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INSTRUMENTO PUBLICO NÚMERO FECHA: 10 DE NOVIMEBRE DE 2014 CLASE DE CONTRATO: ACLARACION OTORGANTES: A FAVOR DEL MUNCIPIO DE ZARZAL VALLE DEL CAUCA IDENTIFICACIÓN: Nit No. 891900624-0 MATRICULA INMOBILIARIA: 384-106181 PREDIO NUMERO: 01-00-0138-0065-000 UBICACIÓN DEL PREDIO: CALLE 5ª URBANIZACION PALO GRANDE TIPO DE PREDIO: URBANO En el Municipio de La Victoria, Departamento del Valle del Cauca, República de Colombia, a los dieciocho (18) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2.014), ante el Dr. Octavio de Jesús Zapata Umaña Notario Único de este mismo Círculo de Notaria, comparecieron MARIA ALEJANDRA PERDOMO Alcaldesa del Municipio de Zarzal Valle del Cauca con NIT 891900624-0 elegida popularmente para el periodo 2012- 2015, posesionada mediante Acta de Posesión No. 001 de enero 1 de 2012, mayor de edad, vecina del municipio de La Zarzal Valle, identificada con cédula de ciudadanía No. 66.681.567 de este Municipio, hábil para celebrar contratos y obligarse de lo cual da fe y manifiesta: PRIMERO.- Que por medio de la escritura pública No. 962 de fecha 14 de octubre del año 2014, otorgada en esta misma notaria, e inscrita en la oficina de instrumentos públicos de Tuluá Valle, bajo la matricula inmobiliaria No. 106181, el señor FREDY GAMBOA SARRIA identificado con la cedula de ciudadanía No. 16.671.872 expedida en Cali Valle del Cauca, representante legal de la empresa servicios agrícola y pecuarios sigla SERVIAGRIC S.A. identificada con el Nit No. 900347762-9, debidamente facultado para realizar acuerdos de pago respecto de los impuestos y demás labores de cultivos en los predios, así mismo ostentando la calidad de administrador de los cultivos de caña de azúcar, se procede a relacionarlos y de los cuales solicito a la Alcaldía Municipal de Zarzal Valle del Cauca, cancelar el impuesto predial, para lo cual se suscribió ACUERDO DE PAGO, sobre los predios que a continuación se relacionan: TESORITO 00-01-002-0021-000 $ 3.770.004 00-01-002-0116-000 $3.963.228 00-01-002-0117-000 $3.963.228 00-01-002-0084-000 $145.023.059 EL PLACER 00-01-002-0072-000 $201.591.360 00-01-002-0089-000 $1.275.153

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INSTRUMENTO PUBLICO NÚMERO

FECHA: 10 DE NOVIMEBRE DE 2014CLASE DE CONTRATO: ACLARACIONOTORGANTES: A FAVOR DEL MUNCIPIO DE ZARZAL VALLE DEL CAUCA IDENTIFICACIÓN: Nit No. 891900624-0 MATRICULA INMOBILIARIA: 384-106181 PREDIO NUMERO: 01-00-0138-0065-000UBICACIÓN DEL PREDIO: CALLE 5ª URBANIZACION PALO GRANDE TIPO DE PREDIO: URBANO

En el Municipio de La Victoria, Departamento del Valle del Cauca, República de Colombia, a los dieciocho (18) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2.014), ante el Dr. Octavio de Jesús Zapata Umaña Notario Único de este mismo Círculo de Notaria, comparecieron MARIA ALEJANDRA PERDOMO Alcaldesa del Municipio de Zarzal Valle del Cauca con NIT 891900624-0 elegida popularmente para el periodo 2012-2015, posesionada mediante Acta de Posesión No. 001 de enero 1 de 2012, mayor de edad, vecina del municipio de La Zarzal Valle, identificada con cédula de ciudadanía No. 66.681.567 de este Municipio, hábil para celebrar contratos y obligarse de lo cual da fe y manifiesta: PRIMERO.- Que por medio de la escritura pública No. 962 de fecha 14 de octubre del año 2014, otorgada en esta misma notaria, e inscrita en la oficina de instrumentos públicos de Tuluá Valle, bajo la matricula inmobiliaria No. 106181, el señor FREDY GAMBOA SARRIA identificado con la cedula de ciudadanía No. 16.671.872 expedida en Cali Valle del Cauca, representante legal de la empresa servicios agrícola y pecuarios sigla SERVIAGRIC S.A. identificada con el Nit No. 900347762-9, debidamente facultado para realizar acuerdos de pago respecto de los impuestos y demás labores de cultivos en los predios, así mismo ostentando la calidad de administrador de los cultivos de caña de azúcar, se procede a relacionarlos y de los cuales solicito a la Alcaldía Municipal de Zarzal Valle del Cauca, cancelar el impuesto predial, para lo cual se suscribió ACUERDO DE PAGO, sobre los predios que a continuación se relacionan:

TESORITO 00-01-002-0021-000 $ 3.770.00400-01-002-0116-000 $3.963.22800-01-002-0117-000 $3.963.22800-01-002-0084-000 $145.023.059

EL PLACER 00-01-002-0072-000 $201.591.36000-01-002-0089-000 $1.275.153

LA CECILIA 00-01-002-0016-000 $8.799.09600-01-002-0004-000 $1.479.17700-01-002-0010-000 $187.29000-01-002-0015-000 $2.732.457

LA HONDA 00-01-002-0002-000 $108.174.162ORIENTE 00-01-002-0018-000 $11.905.908

00-01-002-0110-000 $3.067.650COROZAL 00-01-002-0078-000 $120.978.774

$ 616.910.546Que por los citados predios se adeudaba por impuesto predial la totalidad de SEISCIENTOS DIECISÉIS MILLLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/TE ($616.910.546.oo), de los cuales se recibió en dinero la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/TE ($398.840.546.oo),

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cancelados en la cuenta designada por el Municipio de Zarzal Valle del Cauca. El valor restante es decir la suma de DOSCIENTOS DIECIOCHO MILLLONES SETENTA MIL PESOS ($218.070.000.oo), se pretendía que el Municipio a través de la figura jurídica DACION EN PAGO recibiera Lote de terreno ubicado en el área urbana del Municipio de Zarzal Valle del Cauca, en la urbanización Palo Grande, sobre la calle 5ª con una extensión superficiaria de dos mil cuatrocientos veintitrés metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (2.423.40 M2) comprendido dentro de los siguientes linderos tomados del Título Adquisitivo Norte con predio de Jairo A. Acevedo, SUR, con la calle 2ª ORIENTE; con la calle 5ª y OCCIDENTE, con predio de Luis Fernando Martelo. Predio distinguido en la oficina de catastro con el Numero 01-00-0138-0065.000-01. Aportando copia de la escritura pública No. 5.135 de fecha 30 de diciembre de 2011 otorgada por la Notaria 23 del círculo de Cali Valle del Cauca, así mismo aporto copia del Formato de Avalúo de Bienes Inmuebles expedido el Arquitecto Jorge Luis J. Salas Escobar T.P. No. 17700684418 CLD, R.N.A. SCA #1770068418, en el cual se establece lo siguiente: “el avalúo realizado por método residual partiendo de un costo de 125.0000 M2 urbanizado (valor de mercado local), descontando porcentaje del 10% de este valor por falta de urbanismo mínimo interno, lo que correspondería a un valor neto de $112.500 por M2, para una cantidad de 2.423,40 metros que multiplicado por el valor del M2 da un valor total de $272.632.500.oo. Se aporta a la presente copia del certificado de Tradición expedido por la Oficina de registro de instrumentos públicos de Tuluá Valle del Cauca No. de Matrícula 384-106181 de fecha 09 de Abril de 2014 en el cual se evidencia la titularidad del derecho en el suscrito. Efectuados todos los trámites administrativos y legales se profiere acta No. 130.01.11.010 de fecha Septiembre 19 de 2014, proferida por el Comité de Política Fiscal (COMFIS), a través de la cual se concluye que una vez verificado la normativa, el reglamento interno del Municipio, es decir el Manual de Cartera y el proceso llevado a cabo por parte de la Dirección jurídica, se evidenció la procedencia de que el inmueble haga parte de los activos del Municipio, es decir se procediera a realizar los trámites notariales y administrativos que conlleven a la legalización del mismo. En consecuencia, se emitió la resolución No. 100.02.06.104 de fecha Septiembre 24 de 2014, por medio de la cual se resuelve una solicitud en consecuencia, se Aceptó la petición efectuada por el señor FREDY GAMBOA SARRIA identificado con la cedula de ciudadanía No. 16.671.872 expedida en Cali Valle del Cauca, representante legal de la empresa servicios agrícola y pecuarios sigla SERVIAGRIC S.A. identificada con el Nit No. 900347762-9 debidamente facultado para realizar acuerdos de pago respecto de los impuestos y demás labores de cultivos en los predios, e Iniciar los trámites administrativos y legales que conlleven a la escrituración a favor del Municipio de Zarzal Valle del Cauca del inmueble ubicado en el área urbana del Municipio de Zarzal Valle del Cauca, en la urbanización Palo Grande, sobre la calle 5ª con una extensión superficiaria de dos mil cuatrocientos veintitrés metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (2.423.40 M2) comprendido dentro de los siguientes linderos tomados del Título Adquisitivo Norte con predio de Jairo A. Acevedo, SUR, con la calle 2ª ORIENTE; con la calle 5ª y OCCIDENTE, con predio de Luis Fernando Martelo. Predio distinguido en la oficina de catastro con el Numero 01-00-0138-0065.000-01. Expuesto todo lo anterior, bajo la figura Jurídica de DACION EN PAGO se transfirió al Municipio de Zarzal Valle del Cauca, un lote de terreno ubicado en la en la urbanización Palo Grande, sobre la calle 5ª con una extensión superficiaria de dos mil cuatrocientos veintitrés metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (2.423.40 M2) comprendido dentro de los siguientes linderos tomados del Título

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Adquisitivo Norte con predio de Jairo A. Acevedo, SUR, con la calle 2ª ORIENTE; con la calle 5ª y OCCIDENTE, con predio de Luis Fernando Martelo. Predio distinguido en la oficina de catastro con el Numero 01-00-0138-0065.000-01, actuación administración contenida en el acto administrativo No. 100.002.06.014 de fecha 24 de septiembre del año 2014. SEGUNDO: Que por medio de la presente escritura publica, procede el compareciente a ACLARAR: Que la clase de contrato celebrado entre el Municipio de Zarzal Valle del Cauca representado legalmente por la señora MARIA ALEJANDRA PERDOMO Alcaldesa del Municipio de Zarzal Valle del Cauca con NIT 891900624-0 elegida popularmente para el periodo 2012-2015, posesionada mediante Acta de Posesión No. 001 de enero 1 de 2012, mayor de edad, vecina del municipio de La Zarzal Valle, identificada con cédula de ciudadanía No. 66.681.567 y el señor FREDY GAMBOA SARRIA identificado con la cedula de ciudadanía No. 16.671.872 expedida en Cali Valle del Cauca, representante legal de la empresa servicios agrícola y pecuarios sigla SERVIAGRIC S.A. identificada con el Nit No. 900347762-9 es una DACION EN PAGO TERCERO. Que de esta manera queda debidamente aclarada la escritura pública No. 962 de fecha 14 de octubre del año 2014, otorgada en esta misma notaria, en cuanto a las demás clausulas todas quedan dentro de su vigencia. La presente escritura fue leída aceptada y aprobada en su totalidad por los comparecientes y advertidos que deben presentar esta escritura para registro, en la Oficina correspondiente, dentro del termino perentorio de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de otorgamiento de este instrumento, cuyo incumplimiento causara intereses moratorios por mes o fracción de mes de retardo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 37 del decreto Ley 960 de 1.970, la encontraron conforme a su pensamiento y voluntad y por no observar error alguno en su contenido imparten su aprobación y firman ante mí y conmigo el Notario que doy fe, declarando los comparecientes estar NOTIFICADOS de que un ERROR NO CORREGIDO en esta escritura antes de ser firmada dará lugar a una ESCRITURA ACLARATORIA que conlleva a nuevos gastos para los contratantes conforme al artículo 102 del Decreto 960 de 1.970, de todo lo cual se dan por enterados y firman en constancia, aceptando además que las declaraciones consignadas en este instrumento corresponden a la verdad y en consecuencia, asumen la responsabilidad de lo manifestado en caso de utilizarse esta escritura con fines ilegales o ilícitos, conocen la Ley y saben que el Notario responde de la regularidad formal de los instrumentos que autoriza, pero no de la veracidad de las declaraciones de los otorgantes, ni de la autenticidad de los documentos que forman parte de este instrumento. Derechos Notariales $ Súper y Fondo $ Iva

El compareciente;

Dra. MARIA ALEJANDRA PERDOMO

Dr. OCTAVIO DE JESUS ZAPATA UMAÑA

Notario Único del Círculo de La Victoria Valle