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Compartir Publicar en Twitter + 1 Correo electrónico 10 octubre, 2014 no hay comentarios Acta Colectiva 2014 – 2015 en Construcción Civil Revista de Consultoria

_Acta Colectiva 2014 _ 2015 en Construcción Civil - Revista de Consultoria (2)

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    10 octubre, 2014 no hay comentarios

    Acta Colectiva 2014 2015 en Construccin Civil

    Revista de Consultoria

  • Mediante Resolucin Ministerial N 176-2014-TR, el Ministerio de Trabajo y Promocin delEmpleo public, el 26 de agosto 2014, el Acta Final de la Negociacin Colectiva enConstruccin Civil entre la Cmara Peruana de la Construccin (CAPECO) y la Federacinde Trabajadores en Construccin Civil del Per (FTCCP).

    El 27 de agosto se publica en el Diario Oficial El Peruano, el ANEXO de la RM-176-2014-TR con el contenido del ACTA FINAL, culminando el procedimiento legal para que lostrabajadores puedan hacer cumplir, sin duda del empresariado, los reintegros salarialesdesde el 1 de junio 2014 y exigir el cumplimiento de las conquistas logradas por laFTCCP para el periodo 2014-2015(31 de mayo).

    DESCARGAR en PDF la R.M. N 176 y ANEXO:

    R. Ministerial N176-2014-TR

    Convencin Colectiva de Trabajo

  • Acta Final de Negociacin Colectiva en Construccin Civil 2014 2015

    Expediente NO 079-2014-MTPE/2.14

    En lima, a los diecisiete das del mes de julio del ao dos mil catorce, siendo las 11:00horas se reunieron en local institucional de la Cmara Peruana de la Construccin CAPECO, sito en Va Principal 155, Edificio Real III Of. 402, Centro Empresarial Real, SanIsidro, de una parte en representacin de la Cmara Peruana de la Construccin

    CAPECO; los seores Jess Elas Martn Plaza Parra Morzn con DNI NO 08796479, Carlos

    Jaimes Dvila con DNI NO 08352261, Victor Del Solar Laynes con DNI NO 06025593 y

    Pompeyo Mejia Salas con DNI NO 08550349; de la otra parte los Seores integrantes de laComisin Negociadora de la Federacin de Trabajadores en Construccin Civil del Per

    FTCCP, los seores; Mario Huaman Rivera con DNI NO 08044524 Secretario General, Luis

    Alberto Villanueva Carbajal con DNI NO 17826805 Secretario de Organizacin, Wilder Ros

    Gonzles con DNI NO 18104542 Secretario de Defensa, Asisclo Teobaldo Bravo Aldana con

    DNI NO 27838806 Secretario de Obras Pesadas, Buenaventura Vera Prez con DNI NO

    08900768 Secretario General del Sindicato de Lima, Armando Ynti Maldonado con DNI NO

    08359753 Secretario General del Sindicato de los Balnearios del Sur, Mximo Rojas Reyes

    con DNI NO 21136573 Secretario General de la Seccional Regional Junn, Juan Luis Orozco

    Duque con DNI NO 02616875 Secretario General de la Seccional Regional Piura, Manuel

    Coronado Lino con DNI NO 05286634 Secretario General del Sindicato de Loreto y Csar

    Tafur Tacilla con DNI NO 26704302 Secretario General de la Seccional Regional Cajamarca,con el objeto de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a la NegociacinColectiva por Rama de Actividad en Construccin Civil del ao 2014 2015, que corre en

    el Expediente NO 079-2014-MTPE/2.14, dentro de los alcances del Texto nico Ordenado

    del Decreto Ley NO 25593 Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo-, aprobado por

    Decreto Supremo NO 010-2003-TR y su Reglamento Decreto Supremo NO 011-92-TR, deacuerdo al siguiente resultado:

    I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:

    Primero: Las partes acuerdan que, a partir del 1O de junio del 2014, los trabajadores enconstruccin civil del mbito nacional, recibirn un aumento general sobre su JornalBsico diario, segn las siguientes categoras:

  • Operario S/. 3.50 nuevos soles

    Oficial S/. 2.40 nuevos soles

    Pen S/. 2.10 nuevos soles

    Convencin Colectiva por Rama de Actividad del sector de Construccin Civil 2014

    2015Expediente NO 079-2014-MTPE/2.1417 de Julio de 2014

    II.- CONDICIONES DE TRABAJO

    SEGURO DE VIDA

    Segundo.- Los empleadores convienen en hacer extensiva la contratacin a favor de sustrabajadores de la POLIZA DE SEGURO ESSALUD + VIDA, adicional al segurocomplementario por trabajo de riesgo (SCTR), cuando el costo de la obrea presupuestadasea mayor a 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

    BONIFICACION POR ALTITUD

    Tercero.- Los empleadores convienen en elevar el monto de la bonificacin por altitud deS/. 1.00 a S/. 1.80 por da laborado, a todos los trabajadores que presten servicios enobras o centros de trabajos ubicados a partir de los tres mil metros sobre el nivel del mar.

    Esta bonificacin ser entregada en tanto se mantenga la citada condicin de trabajo, y noser computable para el clculo de la indemnizacin por tiempo de servicios,gratificaciones, vacaciones ni beneficios sociales.

    PAGO POR TRABAJO EN FERIADOS

    Cuarto.- Los empleadores acuerdan en otorgar a los trabajadores que laboren en diasferiados una Asignacin Especial equivalente al diez por ciento (10%), de la BonificacinUnificada de la Construccin (BUC) y del diez por ciento (10%), de la Bonificacin por AltaEspecializacin (BAE) a la ocupacin que corresponda.

    Esta Asignacin Especial no ser computable para el clculo de la indemnizacin portiempo de servicios, gratificaciones, vacaciones ni beneficios sociales.

  • Los das feriados a los cuales es aplicable esta Asignacin Especial, sin que sea aplicablea cualquier otro feriado local o regional, son los siguientes:

    - Ao Nuevo (01 de Enero)

    - Viernes Santo

    - Da del Trabajo (01 de Mayo)

    - Fiestas Patrias (28 de Julio)

    - Dia de los Trabajadores de Construccin Civil (25 de Octubre)

    - Navidad del Seor (25 de Diciembre)

    CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS Y CAPACITACIN

    Quinto.- La FTCCP y CAPECO, reconocen la importancia de la certificacin decompetencias y capacitacin de los trabajadores en construccin civil, que otorgaSENCICO en el marco de su competencia orgnica y funcional. Por tanto, ambas partes secomprometen en solicitar a dicha Institucin en forma conjunta y a travs de susdirectores representantes, que anualmente el 20% del monto total recaudado por aportesde las empresas constructoras sea directamente destinado al Programa de CertificacinOcupacional y de Competencias (COCO); y, que con cargo a los mismos aportes, elsubsidio en los cursos de capacitacin de los trabajadores operativos de la construccinsea el equivalente al 90 % de su costo.

    III.- OTROS PUNTOS:

    VIGENCIA:

    La presente convencin colectiva a nivel de rama de actividad, tiene la vigencia de un ao,a partir del primero de junio del dos mil catorce, siendo de aplicacin a todos lostrabajadores en construccin civil del mbito nacional que laboren en obras deconstruccin civil pblicas o privadas, con excepcin de lo dipuesto en el Decreto

    Legislativo NO 727.

    REINTEGROS:

    Una vez que el Instituto Nacional de Estadistica e Informtica INEI, fije los ndices o

  • porcentajes correspondientes, los trabajadores solicitarn a su principal el pago de losreintegros provenientes de la presente negociacin colectiva.

    NATURALEZA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS:

    Las partes convienen en que los acuerdos adoptados; Segundo, Tercero, Cuarto y Quintode la presente convencin colectiva tienen el carcter de permanente, de acuerdo a ley ytendrn vigencia y validez mientras no sean modificadas por un nuevo convenio.

    En todo caso, prevalecern las mejores condiciones y remuneraciones, que tengan lostrabajadores en construccin civil a nivel nacional, a la entrada en vigencia de la presenteconvencin.

    PROTECCION DE RIESGOS LABORALES

    Las partes declaran que:

    1. Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a una proteccin eficaz en materia deseguridad y salud en el trabajo, debiendo los empleadores garantizar la proteccin de todoel personal que le presta su servicio en todos los aspectos relacionados con la seguridad ysalud.

    2. En cumplimiento del citado deber de prevencin, los empleadores debern adoptar lasmedidas de seguridad previstas en la normativa legal vigente. A tal efecto, entre otrasacciones, los empleadores debern:

    a. Entregar a sus trabajadores y trabajadoras los equipos de proteccin individual para eldesempeo de las labores.

    b. Brindar a sus trabajadores y trabajadoras informacin inherente a su puesto de trabajoy de las medidas de prevencin que deben adoptar durante el desarrollo de su labor.

    c. En los supuestos en que por la ubicacin del centro de trabajo, se presententemperaturas que puedan provocar situaciones de riesgo por la intensidad del calor y laexposicin de los trabajadores/as a la radiacin solar, los empleadores debern organizarel trabajo, coordinar las tareas y adecuar el horario de trabajo, de forma que se reduzca eltiempo de exposicin, disponiendo que aquellos trabajos que requieran ms esfuerzo seejecuten en las horas de menos radiacin solar.

  • 3. Asimismo, corresponde a cada trabajador y trabajadora cumplir las medidas deprevencin que en cada momento se adopten en el centro de trabajo, y velar por su propiaseguridad y salud asi como de otras personas a las que pueda afectar su actividad laboral,a causa de sus acciones y omisiones. En particular, debern:

    a. Utilizar correctamente los medios y equipos de proteccin

    b. Informar de inmediato a su superior o jefe directo, a los trabajadores y trabajadorasdesignados para realizar actividades de prevencin o, en su caso, al servicio deprevencin, acerca de cualquier situacin que , a su juicio, entrae un riesgo para laseguridad y salud de los trabajadores.

    c. Cooperar con los empleadores para que stos puedan adoptar las medidas de seguridady salud en el centro de trabajo para cumplir con el desarrollo de sus labores.

    APLICACION DE NORMA

    TIEMPO PERDIDO:

    Las partes declaran que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Texto

    nico Ordenado del D. Leg. NO 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral,

    aprobado por D. S. NO 003-97-TR, su Reglamento y dems normas conexas ycomplementarias, el tiempo perdido, durante la jornada de trabajo, por caso fortuito, fuerzamayor o por cualquier otra circunstancia no imputable a los trabajadores, no afectar lasremuneraciones y dems condiciones de trabajo de stos; en consecuencia, losempleadores reconocern como trabajo efectivo las referidas suspensiones de labor, encaso corresponda y luego que se siga el procedimiento que establecen las mencionadasnormas.

    DE LAS REPRESENTACIONES GREMIALES

    El presente convenio colectivo por rama de actividad se celebra entre las organizacionesmayoritarias y representativas de las empresas y trabajadores en la actividad deconstruccin civil, siendo sus efectos generales para todos los trabajadores del citadombito a nivel nacional, durante su vigencia.

    PUBLICACION DE LOS ACUERDOS:

  • Las partes convienen en solicitar al Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, que en

    cumplimiento a la Resolucin Ministerial NO 314-2006-TR d a conocer pblicamente,mediante acto administrativo, los acuerdos adoptados en, trato directo contenidos en elConvenio Colectivo 2014 2015, suscrito entre CAPECO y la FTCCP. Para tal efectodeber publicarse en el Diario Oficial El Peruano el texto del Convenio adjunto a laResolucin Correspondiente.

    DECLARACIN FINAL

    Las partes declaran que de comn acuerdo y en negociacin directa, con sujecin a losConvenios Internacionales de la Organizacin Internacional del Trabajo OIT y lalegislacin nacional, han dado solucin definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivelde rama de actividad presentado por la Federacin de Trabajadores en Construccin Civil

    del Per FTCCP correspondiente al periodo 2014 2015, materia del expediente NO 079-2014-MTPE/2.14.

    Igualmente, declaran que rechazan los actos de violencia, vandalismo, extorsin eintimidacin de toda clase que generan daos en las obras, sus bienes, activos, ingenieros,funcionarios, personal administrativo, trabajadores de las empresas y a la comunidaddonde se desarrollan las obras a nivel nacional.

    Asimismo, las partes reafirman su compromiso de respeto a la libertad de contratacin, ala productividad en las obras, y a la competitividad; asi como, su compromiso de propiciary coadyuvar con la seguridad del personal, equipos, materiales e instalaciones en lasobras, evitando actos de violencias en ellas; preservando la paz laboral, emitiendo lasdirectivas necesarias a sus afiliados.

    Leda la presente Acta, las partes la suscriben en seal de conformidad, conviniendo enhacerla de conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo, para los fines legalescorrespondientes.

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    Reviewer REVISTA DE CONSULTORIA

    Review Date 2014-10-10

    Acta Colectiva 2014 2015 en Construccin Civil

  • Reviewed Item Acta Colectiva 2014 - 2015 en Construccin Civil

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