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1 ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA, CELEBRADA EL 20 VEINTE DE ENERO DE 2011, DOS MIL ONCE. - - - - En la ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre, siendo las 10:30 diez horas con treinta minutos, del jueves 20 veinte de enero de 2011 dos mil once, en la sala de juntas del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, ubicada en Avenida Luis Donaldo Colosio 305, primer piso, Colonia I.S.S.S.T.E.; con fundamento en el artículo 88 y 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 24 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, se reúnen para celebrar sesión ordinaria de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, sus integrantes: los consejeros, licenciados Guillermo Balderas Reyes y Juan Carlos Barrón Lechuga, el segundo de ellos en su carácter de coordinador de la Comisión; licenciado José Refugio Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina del Consejo de la Judicatura, con el carácter de Secretario de Actas; el contador público Juan José Luviano Fukuy, Contralor del Poder Judicial del Estado y licenciado Luis Acosta Venzor, Visitador General. Acto continuo, los consejeros instruyen al Secretario de Actas para que dé lectura al contenido de la convocatoria emitida para esta sesión, siendo el siguiente: - 1. Instalación de la sesión y declaratoria de quórum. 2. Aprobación del acta de la sesión anterior. 3. Aprobación del orden del día. 4. Seguimiento de los acuerdos adoptados. 5. Informe de la Contraloría del Poder Judicial del Estado. 6. Informe de la Visitaduría Judicial. 7. Informe de la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia y Disciplina del Consejo de la Judicatura. 8. Asuntos Generales. Se procede a desahogar el mismo en los términos siguientes: - - - - - - - - - - 1. INSTALACIÓN DE LA SESIÓN Y DECLARATORIA DE QUÓRUM.- Por encontrarse presentes la totalidad de los miembros de esta Comisión, se declara que existe quórum legal para llevarla a cabo y por consecuencia, válidos los acuerdos que en ella se tomen, conforme al artículo 34 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- - - - - - - - - - - - Se da lectura al acta del 02 dos de diciembre de 2010 dos mil diez, misma que previo a esta sesión, se encuentra aprobada y firmada por quienes integraban esta comisión en la fecha citada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los señores consejeros aprueban el orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4. SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS. - - - - - - - - - - - - - 4.1. ACUERDO CD-CJ/118/2010.- Relativo al oficio SEVD/1395/2010, dirigido a la titular del Juzgado Cuarto del Ramo Civil, para que con fundamento en el artículo 184, de la Ley Orgánica y 115 del Reglamento

ACTA COMISION DISCIPLINA 20 ENERO 2011 · dejaría de publicarse al ser una obligación procesal, pero en la medida que brindemos mayores facilidades al público para conocer el contenido

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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE LA

COMISIÓN DE DISCIPLINA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA,

CELEBRADA EL 20 VEINTE DE ENERO DE 2011, DOS MIL ONCE. - - - -

En la ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre,

siendo las 10:30 diez horas con treinta minutos, del jueves 20 veinte de

enero de 2011 dos mil once, en la sala de juntas del Consejo de la

Judicatura del Poder Judicial del Estado, ubicada en Avenida Luis Donaldo

Colosio 305, primer piso, Colonia I.S.S.S.T.E.; con fundamento en el

artículo 88 y 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 24 del

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, se reúnen para celebrar

sesión ordinaria de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura

del Poder Judicial del Estado, sus integrantes: los consejeros, licenciados

Guillermo Balderas Reyes y Juan Carlos Barrón Lechuga, el segundo de

ellos en su carácter de coordinador de la Comisión; licenciado José Refugio

Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina del Consejo

de la Judicatura, con el carácter de Secretario de Actas; el contador público

Juan José Luviano Fukuy, Contralor del Poder Judicial del Estado y

licenciado Luis Acosta Venzor, Visitador General. Acto continuo, los

consejeros instruyen al Secretario de Actas para que dé lectura al

contenido de la convocatoria emitida para esta sesión, siendo el siguiente: -

1. Instalación de la sesión y declaratoria de quórum.

2. Aprobación del acta de la sesión anterior.

3. Aprobación del orden del día.

4. Seguimiento de los acuerdos adoptados.

5. Informe de la Contraloría del Poder Judicial del Estado.

6. Informe de la Visitaduría Judicial.

7. Informe de la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia y Disciplina del Consejo

de la Judicatura.

8. Asuntos Generales.

Se procede a desahogar el mismo en los términos siguientes: - - - - - - - - - -

1. INSTALACIÓN DE LA SESIÓN Y DECLARATORIA DE QUÓRUM.- Por

encontrarse presentes la totalidad de los miembros de esta Comisión, se

declara que existe quórum legal para llevarla a cabo y por consecuencia,

válidos los acuerdos que en ella se tomen, conforme al artículo 34 del

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- - - - - - - - - - - -

Se da lectura al acta del 02 dos de diciembre de 2010 dos mil diez, misma

que previo a esta sesión, se encuentra aprobada y firmada por quienes

integraban esta comisión en la fecha citada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

3. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Los señores consejeros aprueban el orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4. SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS. - - - - - - - - - - - - -

4.1. ACUERDO CD-CJ/118/2010.- Relativo al oficio SEVD/1395/2010,

dirigido a la titular del Juzgado Cuarto del Ramo Civil, para que con

fundamento en el artículo 184, de la Ley Orgánica y 115 del Reglamento

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Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, indicara

expresamente, si era su deseo iniciar procedimiento de responsabilidad,

por la perdida de los expedientes que en su oportunidad reportó al Consejo

de la Judicatura; a lo que con el oficio 2801/2010, de 22 veintidós de

noviembre de 2010 dos mil diez, la licenciada GRACIELA GONZÁLEZ

CENTENO, Juez Cuarto del Ramo Civil, solicito dar seguimiento a la

investigación del paradero de los expedientes reportados y en el momento

de que existan datos o elementos suficientes, se inicie juicio de

responsabilidad contra quien corresponda. Conforme a lo anterior, esta

Comisión determinó que en primera instancia, era conveniente proponer

capacitación al personal que maneja el archivo en los órganos

jurisdiccionales, misma que deberá versar específicamente en la

organización, clasificación y control del archivo de trámite del juzgado; por

lo que se instruyó al Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina para que

conforme a sus facultades, instruyera al Coordinador de Archivos del Poder

Judicial del Estado, maestro Jorge Núñez Chávez, para el diseño de

programa de capacitación en el manejo de archivos para el personal

jurisdiccional, con el fin de mejorar su manejo y evitar el extravío de

expedientes en juzgados. En CUMPLIMIENTO a lo anterior se giro oficio

SEVD/19/2011, al Coordinador de Archivos, maestro Jorge Núñez Chávez

instruyéndole en los términos ordenados por esta comisión recomendando

a éste último se entrevistara con la titular del Juzgado Primero del Ramo

Civil (por ser el órgano jurisdiccional, más eficiente en el uso y requisitado

del sistema electrónico) a fin de que conociera el sistema de control del

archivo de los juzgados; funcionario que actualmente se encuentra en el

proceso de diagnóstico y diseño del curso que se requiere a fin de

proponerlo a esta Comisión para su aprobación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

El consejero Guillermo Balderas Reyes, en uso de la voz subraya la

necesidad de que se involucre en el proyecto al área de Tecnologías de la

Información, para que de ser viable se efectúen los ajustes necesarios al

sistema. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Acto continuo el licenciado José Refugio Jiménez Medina propone a fin de

mejorar el servicio que debemos brindar a la comunidad involucrada en los

diversos procedimientos judiciales que aquí se tramitan, se plantee al Pleno

del Consejo sugerir a los titulares de los juzgados para que en las listas de

acuerdos que se publican vía Internet se inserte el total del acuerdo a

publicar y no una síntesis del mismo. Lo anterior permitiría que los

interesados, al tener conocimiento total del acuerdo publicado, ya no se

vean obligados en acudir a los juzgados para imponerse de la totalidad de

los acuerdos dictados, reduciéndose así el número de personas que

asisten a ellos con ese solo propósito; cabe precisar que la lista impresa no

dejaría de publicarse al ser una obligación procesal, pero en la medida que

brindemos mayores facilidades al público para conocer el contenido de los

acuerdos, además de transparentar nuestra función, evitaríamos la

acumulación de personas en los juzgados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Por otra parte, se sugiere que ante el crecimiento de la población en

nuestro Estado lo que trae como consecuencia el incremento del número

de asuntos en los juzgados tanto civiles como familiares, se propone

analizar la posibilidad de incrementar la capacidad de la página de Internet

del Poder Judicial, para que los acuerdos que emitan los órganos judiciales,

estén a disposición de los interesados en un sistema en donde puedan

consultar los acuerdos que cada expediente contenga, obvio es que se

tendría que analizar el manejo del mismo en relación con las obligaciones

en materia de transparencia por parte del Poder Judicial y que no sean

publicados datos de carácter personal, este sistema que se propone

pudiera ser similar al SISE que maneja el Poder Judicial de la Federación y

por el cual cualquier persona puede consultar los acuerdos emitidos en:

Procedimientos de Amparo Indirecto, Amparo Directo, Comunicados

Oficiales Enviados y Recibidos, Concursos Mercantiles, Extinción de

Dominio y Procesos Civiles o Administrativos, según se puede apreciar de

la consulta en la página del Consejo de la Judicatura Federal. - - - - - - - - - -

SEGUIMIENTO AL ACUERDO: En virtud de lo expuesto, en primer término

requiérase al Coordinador de Archivos para que en la próxima sesión de

esta Comisión, presente los avances del proyecto de capacitación en

materia de archivos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Asimismo, en atención a la propuesta del licenciado Jiménez Medina, se

determina que la formalice, sugiriéndole lo haga en coordinación con el

ingeniero Moisés Alejandro Caballero, Director del área de Tecnologías de

la Información, para que esta Comisión pueda analizar la viabilidad del

mismo y en su caso sea presentado como proyecto estratégico de esta

Comisión a desarrollar durante este año.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4.2. ACUERDO CD-CJ/113/2010.- En cuanto a la práctica de la visita

extraordinaria de inspección a la Central de Actuarios, tendiente a verificar

las actividades que realizan los actuarios fuera de dicha Central, así como

el cumplimiento dado a las recomendaciones giradas con motivo de la

última Visita Ordinaria de Inspección; y sí se está observando el contenido

de los Acuerdos Generales emitidos por el Pleno del Consejo de la

Judicatura, Trigésimo Quinto que hace referencia al Uso y Control de

Vehículos; y Cuadragésimo Quinto que regula el Servicio Social que

prestan estudiantes de diversas carreras. En CUMPLIMIENTO, se giró

instrucción al Visitador General con oficio SEVD/63/2011, comisionándose

para tal efecto a los cinco visitadores judiciales, iniciando la visita

extraordinaria, el lunes 17 diecisiete de enero de 2011 dos mil once y se

concluye el día de la fecha. En este orden de ideas, en uso de la voz el

licenciado Luis Acosta Venzor, rinde a esta Comisión informe preliminar en

lo siguientes términos: Se asignó a los visitadores judiciales, licenciados

Emilio Agustín Ortiz Monroy, Juan José Ortiz Hernández y Roberto

Dorantes Hivó, para que verificaran el desempeño de los diligenciarios

fuera de la Central de Actuarios, escogiéndose al azar varios de éstos y

solicitándoles a una hora exacta los expedientes que tenía turnados, así

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como los domicilios que tendrían que visitar; detectándose, en algunos

casos, que estando el actuario dentro de la multicitada Central, en ese

momento se notificaba en su domicilio al interesado, a lo que

evidentemente el actuario no era quien realizaba las notificaciones y que

diversa persona las efectúo; asimismo, en este rubro los visitadores se

entrevistaron con la persona que recepciona notificaciones en la Defensoría

Social del Estado y mostrando los instructivos recibidos en ese día se

advirtió que eran de diferentes diligenciarios, afirmando dicha persona que

una señorita le llevó todos los instructivos. En otro orden de ideas, el día

que inició la visita extraordinaria, se encontraron diversas personas ajenas

a la dicha Central, que no trabajan para el Poder Judicial, realizando trabajo

de los mozos y de los diligenciarios, tales como el aseo del local y la

elaboración de razones actuariales respectivamente; es de destacar que a

las personas que no trabajan para el Poder Judicial, se les encontró tanto

en horarios de oficina como en horas en las que ningún funcionario de la

Central de Actuarios se encontraba en la oficina. De igual forma, en lo

relativo al control y uso de vehículos asignados a esa área, se advirtió que

no cuenta con un registro interno de préstamo y datos asentados en la

bitácora, en ocasiones no coinciden con las entradas y salidas de los

vehículos registrados en la caseta de vigilancia. Finalmente, en cuanto al

seguimiento a las recomendaciones, se observó que algunas de éstas han

sido acatadas y las restantes se encuentran en proceso su cumplimiento.- -

SEGUIMIENTO AL ACUERDO: Los consejeros se imponen del informe de

avances obtenidos de la visita de inspección extraordinaria e instruyen en

el acto al Visitador General para que en la próxima sesión se haga entrega

del acta de visita y se dé cuenta con el informe correspondiente. - - - - - - - -

4.3. ACUERDO CD-CJ/119/2010.- Derivado de los resultados obtenidos en

la auditoría practicada al área de Consignaciones y Garantías dependiente

de la Dirección de Recursos Financieros de la Secretaría Ejecutiva de

Administración, se ordenó al Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina

y al Contralor Interno, verificar la actualización de la circular 10/2006 de

fecha 25 veinticinco de abril de 2006, dos mil seis, debiendo girar oficio de

conocimiento a los juzgados para que acaten lo estipulado por dicha

circular. En CUMPLIMIENTO se giró oficio SEVD/18/2011 reiterando la

vigencia y obligatoriedad de dicha circular a los juzgados de los ramos civil,

familiar y penal, Mixtos de primera instancia y menores del interior del

Estado, la cual establece que solo podrán permanecer bajo el resguardo de

su juzgado hasta por el término de tres meses los cheques que les emite la

Dirección de Consignaciones y Garantías, para el pago o devolución de

garantías pendientes de entregar a sus beneficiarios, debiendo cancelarlos

y devolverlos a esa Dirección a la conclusión de dicho término.. - - - - - - - - -

CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: Los integrantes se dan por enterados,

dando por concluido el presente acuerdo, en la inteligencia de que en lo

subsecuente, dentro de las visitas de inspección ordinaria, se deberá dar

seguimiento al cumplimiento de la citada circular. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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4.4. ACUERDO CD-CJ/120/2010. Derivado del informe de los resultados

obtenidos en la Segunda Visita de Inspección Ordinaria al Juzgado

Primero Mixto de Primera Instancia de Rioverde, en el rubro de revisión

de expedientes se advirtió: Deficiencias en la aplicación del Código

Familiar. Por lo que, la Comisión acordó que se hiciera saber al coordinador

de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura, la

problemática recurrente en la mayoría de los órganos jurisdiccionales

revisados, con relación a la aplicación del Código Familiar, a fin de que se

considere la viabilidad de instrumentar al efecto un curso para el personal

jurídico de los juzgados. En CUMPLIMIENTO, se giro a dicha Comisión el

oficio CD-CJ/619/2010.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: El consejero Guillermo Balderas Reyes,

informa que la Comisión de Carrera Judicial, ya analizó este asunto y se

están programando los cursos en la materia. En este sentido, en lo que

respecta a esta Comisión, se da por concluido el presente acuerdo. - - - - -

4.5. ACUERDO CD-CJ/121/2010.- Respecto de los resultados de la

Segunda Visita de Inspección Ordinaria al Juzgado Mixto de Primera

Instancia de Tancanhuitz, la Comisión instruyó al Visitador General para

que en coordinación con el visitador judicial que efectúo la visita de

inspección, se verificaran las constancias y observaciones detectadas para

determinar si procedía alguna falta administrativa atribuible a algún

funcionario judicial. Y de igual forma, determinó solicitar al licenciado

Rodrigo Cuevas Zacarías, Secretario Ejecutivo de Administración,

instruyera al encargado del área de mantenimiento dependiente de la

Dirección de Recursos Materiales, Ingeniero Héctor Alejandro Artolózaga

Moreno, para que programara visita al local que ocupa el juzgado de

cuenta, verificando las condiciones en las que éste se encuentra, debiendo

informar a esta Comisión el diagnóstico correspondiente, así como las

medidas propuestas al efecto. En CUMPLIMIENTO, se informa que la

Visitaduría se encuentra elaborando proyecto de queja en contra de los

funcionarios responsables de las anomalías detectadas en la visita. En lo

referente a las condiciones del local del Juzgado, el licenciado Rodrigo

Cuevas Zacarías, remitió mediante oficio SEA/025/2011, el diagnóstico de

las condiciones del Juzgado Mixto de Primera Instancia en Tancanhuitz,

San Luis Potosí y el costo estimado de los trabajos necesarios para su

reparación, el cual asciende a la cantidad de $64,206.19 (sesenta y cuatro

mil doscientos seis pesos 19/100 M.N.). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUIMIENTO AL ACUERDO: por lo antes expuesto se instruye al

Visitador General para que en próxima sesión presente el proyecto a que

se hace referencia; y en segundo término en atención al contenido del

diagnóstico que contiene las condiciones en las que se encuentra el

Juzgado Mixto de Primera Instancia en Tancanhuitz, San Luis Potosí, las

medidas que se proponen para la corrección de los defectos que presenta

el inmueble, remítase el mismo al Pleno del Consejo de la Judicatura, a fin

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de que sea ese órgano colegiado el que defina las acciones

correspondientes para solucionar esa problemática.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

4.6. ACUERDO CD-CJ/122/2010.- De lo observado en la Segunda Visita

de inspección Ordinaria al Juzgado Cuarto del Ramo Civil; en el rubro de

personal del juzgado se advirtieron 49 cuarenta y nueve faltas durante el

período de la secretaria capturista Rosa Isela Hernández Lara; a lo que se

determinó girar a dicha trabajadora oficio para conminarla a observar

puntualidad en el horario fijado para sus labores, dando CUMPLIMIENTO,

con el oficio CD-CJ/620/2010. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: Los consejeros se dan por enterados y

determinan dar por concluido el presente asunto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4.7. ACUERDO CD-CJ/123/2010.- El licenciado José Refugio Jiménez

Medina presentó a esta Comisión, los Programas Operativos Anuales 2011,

correspondientes a la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia y Disciplina,

Contraloría, Visitaduría Judicial, Servicio Médico Legal, Central de

Actuarios, Archivo Judicial y Coordinación de Archivos. Los cuales fueron

validados por la Comisión y con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 47, fracción II y 65 fracción II del Reglamento Interior del Consejo

de la Judicatura, se determinó remitirlos al Pleno del Consejo de la

Judicatura, para su consideración y en su caso aprobación. Al respecto se

remitieron mediante oficio CD-CJ/613/2010 y el Pleno del Consejo de la

Judicatura, los aprobó en sesión del 04 cuatro de enero de 2011, dos mil

once, encontrándose en la actualidad debidamente registrados en el área

de planeación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: Los Consejeros se dan por enterados y

se tiene por concluido el acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4.8. ACUERDO CD-CJ/125/2010.- En relación a la prórroga para la entrega

de la versión final del Manual de Normatividad para la Entrega Recepción

de los Servidores públicos de las Áreas Administrativas del Poder Judicial

del Estado, el contralor interno INFORMA que aún se encuentra en proceso

su revisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUIMIENTO AL ACUERDO: Se atiende la petición del contralor y se le

otorga una última prórroga para la entrega del referido Manual, debiendo

dar cuenta con el mismo en la sesión de la Comisión programada para el

31 treinta y uno de marzo del año en curso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

No habiendo más asuntos que tratar en este rubro, se procede a continuar

con el siguiente punto del orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5.- INFORME DE LA CONTRALORÍA DEL PODER JUDICIAL DEL

ESTADO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concede el uso de la voz al contador público Juan José Luviano Fukuy,

mismo que da cuenta a esta Comisión, con lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - -

5.1. Oficios CPJ/634/10 y CPJ/014/11 con los que informa los resultados

de las auditorías practicadas al área de Recursos Humanos

específicamente, la primera de ellas a las listas de asistencia del mes de

enero de 2009; y la segunda, enfocada a la revisión del pago de la segunda

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quincena del mes de febrero de 2010; siendo importante subrayar que en la

primera auditoría en mención, se hicieron 147 ciento cuarenta y siete

observaciones y una recomendación sin observación, solventando o

aclarando en el transcurso de la revisión algunas de estas y restando 49

cuarenta y nueve observaciones y una recomendación, a las cuales se les

dará puntual seguimiento directamente con el área auditada a través de la

cédula diseñada para tal efecto y hasta que este órgano de control

considere que fueron solventadas de conformidad; en cuanto a la segunda

auditoria de cuenta, se determinaron 417 cuatrocientos diecisiete

observaciones, mismas que a consideración del órgano de control ya

fueron debidamente solventadas. Finalmente, respecto al oficio

SEVD/74/2011, que contiene opinión del licenciado José Refugio Jiménez

Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina y en el que se

vierten las siguientes OBSERVACIONES: En cuanto a la primera de ellas,

coincide con el auditor en el sentido de insistir en la aplicación del Acuerdo

General Sexagésimo Séptimo, que establece los lineamientos de control de

asistencia e incidencias de los trabajadores del Poder Judicial del Estado,

para evitar que se apliquen criterios convencionales o cambios de

funcionarios con un claro perjuicio al Poder Judicial, al dejar de descontar

faltas, retardos, etcétera. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En cuanto a la segunda auditoría, refiere que coincide con las

observaciones que realiza el auditor, solo se sugiere el que se debe fijar un

plazo a lo auditados para solventar observaciones, y que por conducto de

esta Comisión se requiera a la Directora de Recursos Humanos, para que

de una respuesta precisa a la observación marcada con el número 02 dos

del informe de auditoría que le fue realizada, toda vez que la citada

observación fue en el sentido de que aclarara las diferencias entre la

cantidad que refleja el archivo electrónico según nómina que fue

proporcionada al órgano de control, contra el importe de los recibos

emitidos, y la respuesta a esa observación que dada por la Directora de

Recursos Humanos fue: “ En la nómina impresa que se entregó para la

revisión, se encuentran listado de folios de las personas que son

acreedoras alimentistas, en cuyos listados aparecen los nombres de

las beneficiarias, así como las cantidades y números de cheque, las

cuales encuentro correctas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Con relación al archivo electrónico, para el acumulado únicamente

toma el primer pensionado, porque este proceso se tomó de un

programa que sirve para la información del DIM, ya que en este las

pensiones alimenticias son eliminadas, pero se están haciendo las

modificaciones correspondientes a este proceso para solventar estas

observaciones.”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO ACD-012011.- Impuestos del contenido de estos informes, los

consejeros determinan girar oficio a la Directora de Recursos Humanos

requiriéndola para que a la brevedad, aclare la respuesta dada al auditor de

la contraloría interna en relación a las diferencias detectadas entre la

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cantidad que refleja el archivo electrónico según nómina que le fue

proporcionado al órgano de control, contra el importe de los recibos,

mostrados por el área a su cargo, durante la revisión del pago de la

segunda quincena del mes de febrero de 2010 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5.2. Oficio CPJ/012/11 del CONTRALOR INTERNO, con el que se rinde

informe de los resultados de la auditoría practicada a los Fondos fijos,

valores y formas foliadas y valoradas de las áreas administrativas del

Consejo de la Judicatura; revisión en la que se determinaron 04 cuatro

observaciones con su recomendación y 03 tres recomendaciones sin

observación, a las que se dará seguimiento directamente con el área

auditada a través de cédulas diseñadas para tal efecto. Y en cuanto al

oficio SEVD/72/2011, que contiene opinión del licenciado José Refugio

Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, en el

sentido de establecer antigüedad máxima de documentos para su

recepción y las sanciones o medidas disciplinarias que podrían actualizarse

en caso de incumplimiento, se propone girar instrucciones a los encargados

de los fondos fijos, para que antes de erogarse el 60% sesenta por ciento

del mismo, gestionen su reembolso, así como de aquellos documentos

(gastos) de una antigüedad mayor a 30 treinta días naturales, aún y cuando

no alcancen el sesenta por ciento. Además, sería conveniente que se fije

un plazo para que el ente auditado solvente las observaciones que le son

realizadas, y en el caso de la observación cinco consideró que sería más

conveniente emitir circular por el Consejo o por la Secretaría Ejecutiva de

Administración, en lo referente a la emisión, forma de comprobación y

fechas, etcétera; hasta en tanto se genera el Manual de Procedimientos

correspondiente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

5.3. Oficio CPJ/013/11 con el que el CONTRALOR INTERNO rinde informe

de los resultados de la auditoría practicada a los Fondos fijos, valores y

formas foliadas y valoradas del Instituto de Estudios Judiciales;

determinándose de los resultados 02 dos observaciones con igual número

de recomendaciones, las cuales tendrán su debido seguimiento por parte

del órgano de control. Y por oficio SEVD/75/2011, el licenciado José

Refugio Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina,

refiere que del análisis del documento no advierte hechos relevantes que

pudiesen originar o motivar mayores investigaciones o ampliar la auditoría

practicada, solamente habrá de darse seguimiento puntual a las

observaciones realizadas por el Órgano de Control, mismas que tiene como

objetivo promover el establecimiento o mejora de los controles internos,

para garantizar que la administración de los recursos que s e ejercen se

apliquen para el cumplimiento de los objetivos planeados y autorizados, así

como evitar o prevenir errores, omisiones o irregularidades importantes. - -

5.4. Oficio CPJ/019/11 del CONTRALOR INTERNO, con el que se rinde

informe de los resultados de la auditoría practicada al Área de Recursos

Financieros dependiente de la Secretaría de Administración, enfocada a

realizar prueba de egresos; derivado de la revisión, se determinaron 15

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quince observaciones con sus recomendaciones y 08 ocho

recomendaciones sin observación, de las cuales se solventaron o aclararon

durante el proceso 03 tres y a las restantes se les dará puntual seguimiento

a través de la cédula diseñada para el efecto, directamente con el área

auditada. Y por oficio SEVD/73/2011, el licenciado José Refugio Jiménez

Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, emite opinión del

informe, considerando necesario se analice el uso de teléfonos celulares

por parte de los chóferes, ya que si bien en el Acuerdo General relativo al

Otorgamiento de Viáticos, el poder realizar una llamada no mayor a cinco

minutos y desde la habitación del hotel como se justificaría el que

Magistrados, Consejeros, Jueces realicen llamadas a los teléfonos

celulares de estos trabajadores, lo que los obliga a realizar un gasto no

contemplado con ellos y que tiene relación directa con sus actividades

laborales (fracción IV artículo Décimo Tercero del Acuerdo General

Sexagésimo Octavo del Pleno del Consejo de la Judicatura). Asimismo, es

observada en esta auditoría el consumo de alimentos por parte del

trabajador Gerardo Macías (chofer), adquiridos en el Mercado San Luis

400, contiguo a esta Ciudad Judicial, lo que en principio es contrario a lo

establecido en el artículo Segundo, fracción XI del Acuerdo General

Sexagésimo Octavo del Pleno del Consejo de la Judicatura, pero no

obstante que en el documento observado por el auditor no se motiva el

porque de ese gasto, es de cuestionarse la solución que habrá de darse

cuando el chofer recibe la indicación de permanecer en esta Ciudad

Judicial en espera del funcionario que deberá transportar o trasladar y esa

espera se prolonga por el tiempo o en el horario en que el trabajador debe

consumir alimentos, y no se encuentra a una distancia mayor a 50

cincuenta kilómetros de esta Ciudad Judicial, pero tampoco puede acudir a

su domicilio por la instrucción que se le dio.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Y por último, opina en cuanto a la observación que hace el auditor de los

gastos de algunos funcionarios, durante las comisiones que les son

asignadas, los documentos con que comprueban los mismos, no reúnen los

requisitos fiscales y exceden del 15% quince por ciento, a que hace

referencia el Acuerdo General que se ha citado en su artículo Décimo

Sexto, sugiere el que se analice la posibilidad de ajustar el acuerdo que ha

mencionado, en el sentido de que deberán comprobarse con facturas los

gastos de hospedaje, combustible o de transporte, pero en lo referente al

consumo de alimentos, se establecerá una tarifa o una tabla donde se

considere el gasto promedio a realizar, dependiendo de la categoría a la

que habrá de llevarse a cabo la comisión, gastos que no estarían sujetos a

comprobación, solamente con la obligación de que el oficio donde se asigna

la comisión, se encuentre sellado por la dependencia o institución a la cual

habría de asistir el funcionario comisionado. Lo anterior, en virtud de que

existen lugares dentro del Estado, caso específico, San Antonio,

Huehuetlán, Tampacán, Villa de Ramos, etcétera, en donde es complicado

obtener factura por consumo de alimentos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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ACUERDO ACD-022011: En atención a las opiniones vertidas por el

Secretario de Vigilancia y Disciplina y por el Contralor, gírese oficio al

licenciado Rodrigo Cuevas Zacarías, Secretario Ejecutivo de

Administración, para que a más tardar en la próxima sesión de esta

Comisión, emita opinión respecto a si es necesario o no, reestructurar el

Acuerdo General Sexagésimo Octavo del Consejo de la Judicatura, relativo

al otorgamiento de viáticos que se asignan a los servidores judiciales.

Precisándole, que el Contralor Interno, contador público Juan José Luviano

Fukuy, manifiesta que el citado acuerdo pudiera ser ajustado en algunos de

sus puntos para hacer más ágil la asignación y comprobación de viáticos

que se otorgan al personal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por último, con fundamento en el artículo 68 fracción IV del Reglamento

Interior del Consejo de la Judicatura, se ordena remitir al Pleno del Consejo

de la Judicatura para su conocimiento, los informes de cuenta. - - - - - - - - -

Concluido el informe de Contraloría, se ordena continuar con el siguiente

punto del orden del día.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6. INFORME DE LA VISITADURÍA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA

JUDICATURA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Visitador General, licenciado Luis Acosta Venzor,

rinde informe del resultado obtenido en la primera visita de inspección

ordinaria del presente año, practicada a los juzgados Mixtos Menores en

Villa de Reyes y Mexquitic de Carmona, Juzgados Segundo del ramo Civil y

Segundo del ramo Familiar; y el área administrativa de Oficialía de Partes

común para juzgados civiles y familiares. Así como de la segunda visita de

inspección ordinaria de dos mil diez, practicada a los juzgados Mixtos

Menores en Tampacán, Tampamolón y San Antonio; lo que realiza en los

siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6.1. Juzgado Mixto Menor de Villa de Reyes, a cargo del licenciado Jaime

Gómez Solano; se efectúo la visita de inspección por el visitador judicial,

licenciado Juan José Ortiz Hernández y se revisó el período comprendido

del 07 siete de junio de 2010 dos mil diez al 09 de enero de 2011, dos mil

once. Y de los resultados obtenidos se informa: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Respecto del personal, hubo cambio de titular del juzgado, a partir del 18

dieciocho de octubre de 2010, dos mil diez, licenciado Jaime Gómez

Solano, en lugar de la licenciada Martha Luz Rosillo Iglesias. Incapacidad

médica: licenciado Luis Alberto Ornelas Vázquez, secretario de acuerdos,

del 04 cuatro de agosto al 04 cuatro septiembre de 2010, dos mil diez;

cubrieron la incapacidad los licenciados Perla Mendoza Miranda y José

Alfredo Mata Reyes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

De los libros de gobierno y de control, se advirtió que en el de actuaría

en materia civil, sólo existen registros hasta el día 26 veintiséis de agosto

de 2010, dos mil diez, se incumplió lo previsto en la fracción III, del artículo

163 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura; y en el de

depósitos civiles, se registró la cantidad de $1,500.00 (un mil quinientos

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pesos 00/100 M.N.), cuando sólo se recibió la cantidad de $1,200.00 (un

mil doscientos pesos 00/100 M.N.). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En materia civil, se recibieron 43 cuarenta y tres asuntos, no se

encontraron demandas o promociones pendientes de acordar; se emitieron

11 once sentencias; se encontraron en poder del actuario judicial tres

expedientes pendientes de notificar, cuyo auto a notificar es del día anterior

al inicio de la visita. Se recibieron 148 ciento cuarenta y ocho exhortos y

despachos de los cuales sólo 06 seis están pendientes de diligenciar. Los

más antiguos son: 232/10, recibido el 08 ocho noviembre 2010, dos mil diez

y 256/10 recibido el 23 veintitrés diciembre 2010, dos mil diez, ambos

juicios ejecutivos mercantiles, en los cuales no hay interés de parte y no

han sido devueltos al juzgado de origen. Se encontraron 03 tres

expedientes citados para resolver, del 04 cuatro de enero de 2011, dos

mil once, para dictar resolución incidental en juicios ejecutivos mercantiles,

las cual se emitieron en los días de la visita. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Y de la revisión de expedientes, se detectó en el 49/10 relativo a

diligencias de jurisdicción voluntaria, que se omitió notificar a las partes el

cambio de titular del juzgado; y en el 52/10 también relativo a diligencias de

jurisdicción voluntaria, trascurrieron ocho días hábiles para notificar el auto

de radicación al Ministerio Público; además, se omitió notificar a las partes

el cambio de titular del juzgado. No se decreta la caducidad de la

instancia en materia mercantil, según se observó en 04 cuatro

expedientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Ahora bien, en materia penal, se radicaron 07 siete procesos, se emitieron

02 dos sentencias y 01 un sobreseimiento. Existe 01 un procesado privado

de su libertad a disposición del juzgado, la audiencia de derecho se fijó

para el 13 trece de enero del año en curso. Se dictaron 03 tres ordenes de

aprehensión, 01 una orden de presentación y 03 tres ordenes de

comparecencia. Se encontraron 02 dos requisitorias y una orden de

presentación (autos de fecha cuatro y siete de enero de dos mil once). Se

recibieron 88 ochenta y ocho exhortos y despachos, estando 06 seis

pendientes de diligenciar, 04 cuatro fueron devueltos diligenciados al

juzgado de origen; sólo existen físicamente dos pendientes de fechas 03

tres y 07 siete de enero 2011, dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- Finalmente, de la revisión de procesos, se advirtió en el 6/10; instruido

en contra de Delfino Piña Segura, por el delito de homicidio y lesiones por

culpa, que el licenciado Luis Alberto Ornelas, secretario de acuerdos

encargado del despacho por ministerio de ley, el 28 veintiocho de julio 2010

dos mil diez, se fijó la cantidad de $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100

M.N.) por concepto de posible sanción pecuniaria, la cual no esta

comprendida en el artículo 62 del Código Penal vigente en el Estado;

además, admitió el incidente no especificado de reducción del monto de la

caución, pero lo resolvió de plano, reduciendo los montos, inobservando lo

previsto en el artículo 476 del Código Procesal Penal. El 03 tres septiembre

2010 dos mil diez, el abogado defensor solicita la adecuación de la caución

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y ofrece como garantía dos inmuebles, se acuerda dejar sin efecto el monto

fijado de la posible sanción pecuniaria y se autoriza cubrir en parcialidades.

El inculpado promovió amparo en contra del auto de fecha 28 veintiocho de

julio de 2010 dos mil diez, se concede para efecto de que se deje

insubsistente y se dicte otro, en el cual se abra el incidente y se tramite

conforme a ley. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Con fundamento en el artículo 40 fracciones IV y V del Reglamento Interior

del Consejo de la Judicatura y derivado del informe que ha rendido a esta

Comisión el Visitador General, háganse a este órgano judicial las siguientes

observaciones:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Para el titular, licenciado JAIME GÓMEZ SOLANO: a).- Proceder a

decretar la caducidad en los juicios ejecutivos mercantiles, una vez

transcurrido el plazo previsto por el artículo 1076 del Código de Comercio;

en razón de que, se detectó en la visita que tal figura legal no se efectúa de

oficio. b).- Conforme a lo dispuesto en el artículo 142, fracción I del

Reglamento Interior del Consejo de la judicatura, deberá vigilar que el

Secretario de Acuerdos cumpla con lo previsto por el artículo 147 fracción I

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, en cuanto a los requisitos

señalados para el llenado del libro del actuario en materia civil; en virtud de

que en la visita de inspección se observó que el mismo carece de los datos

de las notificaciones realizadas a partir del 16 dieciséis de agosto de 2010

dos mil diez al 10 diez de enero de 2011 dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - -

Y al secretario de acuerdos, licenciado LUIS ALBERTO ORNELAS

VÁZQUEZ: a).- Con fundamento en los artículos 147 fracción I, del

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, deberá anotar todos los

expedientes que le hayan turnado para notificación en el libro de actuaría

en materia civil, toda vez de que en la visita de inspección se advirtió que

omitió registrar los datos de las notificaciones realizadas a partir del 16

dieciséis de agosto de 2010 dos mil diez al 10 diez de enero de 2011 dos

mil once. b).- En los casos, en que se encuentre de encargado del

despacho por ministerio de ley, deberá conocer y tramitar los asuntos de

su competencia conforme a lo que dispongan las leyes respectivas; toda

vez que se detectó en la visita de inspección que en el proceso 6/10,

mismo que se instruye en contra de ---ELIMINADO---, por el delito

homicidio y lesiones por culpa, otorgó la libertad provisional bajo caución,

fijando monto por concepto de posible sanción pecuniaria, pena que no

prevé el artículo 62 del Código Penal vigente en el Estado; además, no le

dió el trámite previsto en el artículo 476 del Código de Procedimientos

Penales vigente en el Estado, al incidente no especificado de reducción del

monto de caución, que promovió el procesado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO: Al emitir las recomendaciones, hágasele saber al titular que el

trabajo del juzgado es eficiente y sin menoscabo de ello, se encontraron

anomalías que opacan el buen funcionamiento del mismo, lo anterior con el

fin de que sean corregidas y mejoren su rendimiento del juzgado. - - - - - - - -

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6.2. Juzgado Mixto Menor de Mexquitic de Carmona, el cual se encuentra

a cargo de la licenciada Martha Luz Rosillo Iglesias; se efectúo la visita de

inspección por el visitador judicial, licenciado Roberto Dorantes Hivó y se

revisó el período comprendido del 10 diez de junio de 2010 dos mil diez al

09 de enero de 2011, dos mil once. Encontrándose lo siguiente:- - - - - - - - - -

En cuanto al personal del juzgado, hubo cambio de titular del juzgado, a

partir del 18 dieciocho de octubre de 2010 dos mil diez, licenciada Martha

Luz Rosillo Iglesias, en lugar del licenciado Jaime Gómez Solano. - - - - - - -

Respecto de los libros de gobierno y de control, en general cumplen con

las formalidades del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, con

la única observación de que la letra de los registros no es legible. - - - - - - -

Se revisó el informe de estadísticas de junio 2010, dos mil diez, y no

coincidió el dato reportado de exhortos y despachos civiles recibidos, con

los datos asentados en el libro, diferencia de 02 dos. - - - - - - - - - - - - - - - -

De igual forma, en la revisión de la materia civil, se recibieron 31 treinta y

un asuntos; se emitieron 09 nueve resoluciones. Se recibieron 151 ciento

cincuenta y un exhortos y despachos, de los cuales están 06 seis

pendientes de diligenciar. Los más antiguos son: exhorto de naturaleza

laboral, se fijó el 18 de enero de 2011, para desahogo de prueba

confesional. En el despacho 258/10, se recibió el 10 diciembre de 2010 y a

petición del juzgado de distrito, se fijó el 20 de enero de 2011, para realizar

el emplazamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Igualmente en materia penal, se radicaron 13 trece procesos, se emitieron

07 siete sentencias y 02 dos sobreseimientos; se recibieron 12 doce

ordenes de aprehensión, 06 de presentación y 02 dos de comparecencia.

Se encuentran en trámite 04 cuatro asuntos de menores, 02 dos

concluidos (uno por sentencia y otro por sobreseimiento). Se recibieron 118

ciento dieciocho exhortos y se encuentra uno pendiente de diligenciar. - - - -

Por último, de la revisión de expedientes, en el proceso 3/10, se dictó

sentencia condenatoria por el delito de contra la seguridad del tránsito de

vehículos; y en el proceso 15/10 por el delito de lesiones calificadas. En

periodo de instrucción. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO: Visto el resultado satisfactorio de la visita de cuenta, expídase

atento reconocimiento al personal del juzgado, por su labor administrativo y

eficiencia en el desempeño de sus funciones, al advertirse un buen

funcionamiento administrativo, exhortándolos para que en los subsecuente

continúen en ese nivel de excelencia. Asimismo, hágase extensivo tal

reconocimiento al anterior titular de juzgado ya que se observó que durante

el tiempo en que él fungió como tal, contribuyó a la calidad en el

funcionamiento y servicio de ese órgano jurisdiccional.- - - - - - - - - - - - - - - -

6.3. Juzgado Segundo del ramo Civil, el cual se encuentra a cargo de la

licenciada María Refugio González; se efectúo la visita de inspección por el

visitador judicial, licenciado Juan Antonio Hernández Rangel y se revisó el

período comprendido del 10 diez de agosto de 2010 dos mil diez al 09 de

enero de 2011, dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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En lo relativo al personal del juzgado; el 16 dieciséis de agosto de 2010

dos mil diez, se nombra al licenciado Francisco Rodríguez Ramírez,

secretario de acuerdos, en sustitución del licenciado Miguel Ángel Ruiz

Acosta. El 10 diez septiembre de 2010 dos mil diez, cambió de titular el

juzgado, nombrándose a la licenciada Maria Refugio Jiménez Medina, en

sustitución de la licenciada Maria Luisa Pérez de Portales. - - - - - - - - - - - - -

Respecto de los libros de gobierno, en el de asuntos civiles impreso, no se

anota la fecha de la sentencia, el sentido, el trámite de la apelación, amparo

directo, ni la fecha de archivo, incumpliendo lo previsto con el artículo 163

fracción II, en relación con el 164 del Reglamento Interior del Consejo de la

Judicatura; lo anterior, como resultado de la revisión de 5 expedientes en los

que se dictó sentencia definitiva. El resto de los libros impresos y

electrónicos cumplen con las formalidades establecidas. - - - - - - - - - - - - - - -

Se observaron diferencias en el reporte de estadísticas, específicamente

en los datos de demandas recibidas, promociones recibidas, amparos y

apelaciones de los reportes septiembre y octubre de 2010 dos mil diez,

con los registros asentados en los libros de control impresos.- - - - - - - - - - -

Durante la visita de inspección se recibió una inconformidad de ---

ELIMINADO---, actor en el expediente 1331/09, en relación a que no le han

devuelto el documento base de la acción. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se recibieron 961 novecientos sesenta y un asuntos, se dictaron 168 ciento

sesenta y ocho sentencias definitivas y 152 ciento cincuenta y dos

interlocutorias, se determinaron 91 noventa y un caducidades de la

instancia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se encontraron 33 treinta y tres demandas pendientes de radicar, recibidas

entre el 04 cuatro y 07 siete de enero 2011 dos mil once, la causa es porque

el personal administrativo se reincorporó en su totalidad hasta el día 07 siete

de enero 2010 dos mil diez. Al inicio de la visita se encontraban 175 ciento

setenta y cinco promociones pendiente de acuerdo, recibidas entre el 13

trece de diciembre de 2010 dos mil diez y el 07 siete de enero de 2011, al

concluir la visita, todas las promociones fueron acordadas. Además, se

encontraron 24 veinticuatro promociones pendientes de acuerdo, porque los

expedientes estaban en la Central de Actuarios. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se encontraron en poder del actuario judicial 69 sesenta y nueve

expedientes pendientes de notificar, existen los turnados a la Central de

Actuarios, pendientes de devolver al juzgado, de los cuales 17 diecisiete

fueron enviados para notificación y 52 cincuenta y dos para ejecución. - - -

Se recibieron 72 setenta y dos exhortos y despachos, de los cuales están

09 nueve pendientes de diligenciar. Se encontraron 06 seis exhortos sin

diligenciar pendientes de remitir al juzgado de origen. - - - - - - - - - - - - - - - -

En poder de la Juez, se encontraron 08 ocho expedientes citados para

resolver, cuya fecha de citación es del 07 siete enero 2011 dos mil once (un

día antes de la visita), se turnaron a los proyectistas el 10 diez de enero de

2011 dos mil once. En poder de los secretarios de estudio y cuenta: se

encontraron 12 doce expedientes, los que corresponden a sentencia

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definitiva y 05 cinco a sentencia interlocutoria, las cuales están dentro del

término de ley, de los cuales 06 seis tenían proyecto de resolución. - - - - - - -

Existen 15 quince recursos de apelación pendientes de enviar al superior; de

los cuales en 08 ocho no se ha integrado el testimonio, de 01 uno faltan

copias y 06 seis por otras causa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Finalmente, de la revisión de expedientes, se observó que en el 1720/09,

ordinario civil, trascurrieron 18 dieciocho días hábiles para dictar un

acuerdo de fecha 24 veinticuatro de agosto de 2010, dos mil diez; en el

1518/10, ejecutivo mercantil, se advirtió que trascurrieron 06 seis días

hábiles para dictar 02 dos acuerdos; en el 1417/10, ejecutivo mercantil, se

observó que la certificación de 08 ocho de diciembre de 2010 dos mil diez,

carece de la firma del secretario de acuerdos; en el 271/10, extraordinario

civil, se advirtió que trascurrieron 06 seis días hábiles para dictar un

acuerdo; y en el 972/10 extraordinario civil, se observó retardo en dictar un

acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Con fundamento en el artículo 40 fracciones IV y V del Reglamento Interior

del Consejo de la Judicatura y derivado del informe que ha rendido a esta

Comisión el Visitador General, háganse a este órgano judicial las siguientes

observaciones:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En cuanto a la titular del juzgado, licenciada MARÍA REFUGIO

GONZÁLEZ REYES: a).- Con fundamento en el 142 fracciones I y X, del

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del

Estado, vigile que el subsecretario realice los informes estadísticos que

deban remitirse a la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento del

Consejo de la Judicatura, de manera que concuerden con los libros de

control que se llevan en el juzgado. b).- Con fundamento en el artículo 950

del Código de Procedimientos Civiles, deberá instruir al personal a su

cargo, a fin de que agilicen con la debida oportunidad la integración de los

testimonios de apelación, a efecto de se remitan dentro del término previsto

al tribunal de alzada; toda vez que en la visita se detectó que no existe

impedimento legal para el envío al Supremo Tribunal, de los recursos de

apelación interpuestos en los expedientes 1639/09, 1071/10, 1197/10,

1765/09, 956/10, 933/02 y 57/10. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Y a los secretarios de acuerdos, licenciados FRANCISCO RODRÍGUEZ

RAMÍREZ y EMILIO GUERRERO RAMÍREZ: a).- Con fundamento en el

144 fracción VII, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del

Poder Judicial del Estado, vigilar con acuerdo del titular del juzgado, que

los informes estadísticos que deban rendirse a la Unidad de Estadística,

Evaluación y Seguimiento del Consejo de la Judicatura, concuerden con los

datos asentados en los libros de control que se llevan en el juzgado. b).-

Con fundamento en el artículo 950 del Código de Procedimientos Civiles,

deberán agilizar con la debida oportunidad la integración de los testimonios

de apelación, a efecto de se remitan dentro del término previsto al tribunal

de alzada; toda vez de que en la visita se detectó que en los recursos de

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apelación interpuestos en los expedientes 1639/09, 1071/10, 1197/10,

1765/09, 956/10, 933/02 y 57/10, no se ha integrado el testimonio. - - - - - -

Y a la subsecretaria administrativa licenciada MARÍA JULIANA

VÁZQUEZ LOREDO: a).- Con fundamento en los artículos 145, fracción VII

del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del

Estado, deberá realizar los informes estadísticos que deban remitirse a la

Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento del Consejo de la

Judicatura, de manera que concuerden exactamente con los libros de

registro impresos y electrónicos que se llevan en el juzgado. - - - - - - - - - -

ACUERDO: Con independencia a las observaciones hechas, esta Comisión

determina se expida atento reconocimiento a la titular del juzgado y hacerlo

extensivo al personal por el esfuerzo mostrado en el desempeño de sus

labores lo que permite que la administración e impartición de justicia sea

pronta, completa e imparcial en favor de la sociedad potosina. - - - - - - - - - -

6.4. Juzgado Segundo de lo Familiar, a cargo del licenciado Juan Paulo

Almazán Cué; Visita de inspección se efectuada por el visitador judicial,

licenciado Luis Fernando Cerda Iglesias y se revisó el período comprendido

del 09 de agosto de 2010 dos mil diez al 09 nueve de enero de 2011 dos mil

once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En cuanto a los libros de gobierno, en el impreso de asuntos civiles, las

anotaciones del expediente 1597/10 se hicieron a lápiz. Además, falta

actualizar el libro electrónico de apelaciones, conforme a los datos que

obran en el libro impreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se recibieron 678 seiscientos setenta y ocho demandas, se dictaron 258

doscientos cincuenta y ocho sentencias definitivas, 166 ciento sesenta y

seis interlocutorias. Se encontraron 20 veinte promociones pendientes de

acuerdo, porque el expediente no había sido devuelto por la Central de

Actuarios, de las cuales sólo 05 cinco habían excedido del término de ley.

Se recibieron 29 veintinueve exhortos y despachos. Se encontraron 03

tres expedientes citados para resolver, de los cuales uno tienen proyecto

de resolución. No exceden del término de ley. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Por último, de la revisión de expedientes, se detectaron en los: 998/2010,

1027/2010 y 1322/2010, promovidos por divorcio necesario, que no se

cumple con la formalidad del artículo 553 del Código de Procedimientos

Civiles en vigor, relativo al término de tres días para ratificar el escrito inicial

y el convenio, solo se señala en el auto de admisión que los

comparecientes deberán realizar el trámite referido sin señalar el plazo

para efectuar el mismo. En los expedientes 1000/2010, 1112/2010,

1040/2010, 1054/2010, se omite asentar las certificación de la causa por la

cual no se desahogó la audiencia programada, conforme a lo que dispone

el precepto legal 75, fracción V de la Ley Orgánica del Poder Judicial del

Estado. En el expediente 1160/2010, feneció el término concedido a las

partes para el ofrecimiento de pruebas, sin que obre la certificación

correspondiente acorde a lo que refiere el artículo 75, fracción V de la Ley

Orgánica del Poder Judicial del Estado. En los expedientes 1149/2010 y

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1160/2010, transcurrió el plazo legal para que el tutor comparezca a

aceptar y protestar el cargo, sin que se emita ninguna providencia al

respecto. En el expediente 1250/2010, se radicó el asunto el 04 de octubre

de 2010, sin que a la fecha de la presente inspección ordinaria obre la

aceptación y protesta legal del cargo conferido a los peritos médicos y se

emita providencia alguna al respecto. En los expedientes 1180/2010 y

1354/2010, no se hizo efectivo el apercibimiento de no tener por interpuesta

las diligencias de jurisdicción voluntaria, que se efectuó al promovente por

auto de 20 veinte de septiembre de 2010 dos mil diez, no obstante que

transcurrió el término que se le concedió al efecto. De acuerdo a lo que

señala el artículo 142, fracción III del Reglamento Interior del Consejo de la

Judicatura. En el expediente 1354/2010, se concluyó de oficio el trámite de

las diligencias de jurisdicción voluntaria por autorización judicial por

donación entre cónyuges, aplicando lo que señala el decreto que se publicó

en el Periódico Oficial del Estado en fecha 12 doce de octubre de 2010, dos

mil diez, relativo a que los cónyuges no requieren autorización judicial para

contratar entre ellos. Sin embargo, en las diligencias aún cuando se

promovieron antes de la vigencia de este decreto, no obra en autos

constancia que acredite la calidad de cónyuges. En el expediente

1040/2010, se detectó dilación en la notificación personal del auto de

radicación por 12 doce días hábiles. En el expediente 1322/2010, se radicó

el 15 quince de octubre y se emplazó el 03 tres de noviembre de 2010 dos

mil diez, transcurrió 10 diez días hábiles. De acuerdo a lo que señala el

artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles en vigor. En el

expediente 1054/2010, la razón de la diligencia de notificación personal que

efectuó la actuaria adscrita al juzgado de fecha de 31 treinta y uno de

agosto, relativa al auto de radicación al actor carece de la firma de la

diligenciaria. En el 1113/2010, la actuaria adscrita al juzgado en la razón

que asentó respecto a la notificación personal de fecha 14 catorce de

diciembre de 2010 dos mil diez, asentó en forma errónea que se trató del

auto de fecha 14 catorce de diciembre de 2011, dos mil once. En el

1354/2010, la diligencia de notificación personal que se efectuó al Agente

del Ministerio Público, con fecha 07 siete de diciembre de 2010 dos mil diez

(auto del 29 veintinueve de noviembre de 2010 dos mil diez), se encuentra

con correcciones mediante el uso de corrector líquido blanco.- - - - - - - - - - -

ACUERDO ACD-032011.- En congruencia con los comentarios surgidos en

esta sesión respecto del uso y requisitos del sistema electrónico con que

cuentan los juzgados de los ramos civil y familiar en la capital; envíese

oficio a los titulares de dichos órganos jurisdiccionales, haciéndoles saber

la importancia del uso del sistema de captura de información que se lleva

en el juzgado a su cargo, sistema que conforme al artículo 158 del

Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura es de uso obligatorio y

sujeto a revisión. Atendiendo a lo anterior, también hágaseles de su

conocimiento que en las visitas de inspección que practique la Visitaduría

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Judicial, los registros de control serán supervisados con base en el sistema

que ahí se tiene instalado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6.5. Oficialía de Partes Común de los juzgados civiles y familiares del

Primer Distrito Judicial, área administrativa a cargo de la licenciada María

de Jesús García Cortina; se efectúo la visita de inspección por el visitador

judicial, licenciado Emilio Agustín Ortiz Monroy y se revisó el período

comprendido del 18 de agosto de 2010 dos mil diez al 09 de enero de

2011, dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se observó un desempeño adecuado de todo el personal adscrito a la

Oficialía Común de Partes, así como un funcionamiento normal de dicho

órgano administrativo, sin haber observado anomalías o irregularidades en

el trámite de los asuntos recibidos, en el turno de las demandas y

promociones ni en cuanto al término en que son rendidos los informes

estadísticos correspondientes. Así bien, de lo más destacable durante la

referida visita de inspección, se observó que el Juzgado Octavo del Ramo

Civil en esta ciudad, decretó un total de 91 noventa y un excusas durante

todo el período inspeccionado, seguido por el Juzgado Tercero de lo Civil

con 26 veintiséis excusas, como se observa, hay una diferencia importante

entre el juzgado octavo y tercero del ramo civil, por lo que, se asienta este

dato en el presente informe para los efectos que se estimen conducentes. -

6.6. Juzgado Mixto Menor de Tampacán, en el cual se encuentra como

encargado del Despacho por Ministerio de Ley, el Secretario de Acuerdos,

licenciado Juvenal Acosta Peñaflor; se efectúo la visita de inspección por

el visitador judicial, licenciado Juan José Ortiz Hernández y se revisó el

período comprendido del 17 diecisiete de febrero al 23 veintitrés de

noviembre de 2010, dos mil diez. No encontrándose anomalías de

trascendencia en la revisión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6.7. Juzgado Mixto Menor de Tampamolón, el cual se encuentra como

encargado del Despacho por Ministerio de Ley, la Secretaria de Acuerdos,

licenciada Sonia Margarita López Alvarado; se efectúo la visita de

inspección por el visitador judicial, licenciado Juan José Ortiz Hernández y

se revisó el período comprendido del 17 diecisiete de febrero al 23 veintitrés

de noviembre de 2010, dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En el periodo se nombraron a los siguientes jueces: licenciados José Luis

Velázquez Hernández, del 21 veintiuno de abril al 20 veinte de junio de

2010, dos mil diez; licenciada Sagrario Hernández Pedraza del 21 veintiuno

de agosto al 05 cinco septiembre de 2010, dos mil diez; y licenciado José

Luis Ortiz Bravo del 06 seis de septiembre al 20 veinte de octubre de 2010

dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

De los libros de control, sólo se advirtió que el libro de procesos de

menores no estaba actualizado, se omitió anotar el proceso 01/10.- - - - - - -

Respecto de la materia civil; se recibieron 16 dieciséis asuntos, se

emitieron 04 cuatro resoluciones; se recibieron 71 setenta y un exhortos, de

los cuales 04 cuatro se encontraron pendientes de diligenciar y se enviaron

14 catorce exhortos. Existían 02 dos expedientes citados para resolver de

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fecha 12 doce de noviembre de 2010, dos mil diez; y se decretó la

caducidad de la instancia en 06 seis expedientes. En dos expedientes:

05/10 relativo a diligencias de jurisdicción voluntaria y 26/09, relativo a un

juicio ejecutivo mercantil, no se dictó resolución dentro del término de ley. -

Por último en materia penal; se radicaron 22 veintidós procesos; entre

ordenes de aprehensión y de presentación se dictaron 21 veintiuno; se

emitieron 09 nueve resoluciones y se suspendieron 04 cuatro

procedimientos; se recibieron 42 cuarenta y dos exhortos y no existen

pendientes de diligenciar; se enviaron 23 veintitrés exhortos; se

encontraron pendientes de resolver 05 cinco procesos, el más antiguo

citado el 16 dieciséis de noviembre de 2010, dos mil diez. En la revisión de

procesos, se detecto en el 03/10, que la orden de aprehensión no se

resolvió dentro del término previsto en el artículo 181 del Código Procesal

Penal. La sentencia de fecha 08 ocho octubre de 2010, dos mil diez, no ha

sido notificada a la parte ofendida. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

6.8. Juzgado Mixto Menor de San Antonio, en el cual se encuentra como

encargado del Despacho por Ministerio de Ley el Secretario de Acuerdos,

licenciado Antonio González Concepción; se efectúo la visita de

inspección por el visitador judicial, licenciado Juan José Ortiz Hernández y

se revisó el período comprendido del 25 veinticinco de mayo al 25

veinticinco de noviembre de 2010 dos mil diez.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En el periodo se nombraron a los siguientes jueces: licenciado José

Antonio Echevarria Rivera, a partir del 25 veinticinco de mayo al 24

veinticuatro de julio de 2010 dos mil diez; y licenciado Juan Miranda Palau,

a partir del 25 veinticinco de septiembre al 31 treinta y uno de octubre de

2010, dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

De los libros de control, sólo se advirtió que en el libro de billetes de

depósito civil, no se anotó la fecha de cuatro entregas de dinero al

beneficiario; en el libro de depósitos penales, no se hizo la anotación de un

depósito recibido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Respecto a la materia civil, se recibieron 02 dos asuntos y se dictaron 02

dos sentencias. Se recibieron 06 seis exhortos (no existen pendientes de

diligenciar), y se enviaron 02 dos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Finalmente, en materia penal, se radicaron 02 dos procesos, entre

ordenes de aprehensión y de presentación se dictaron 05 cinco y se emitió

una sentencia; se recibieron 13 exhortos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Una vez concluido el informe de la Visitaduría Judicial, se determina

continuar con el siguiente punto del orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

7.- INFORME DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE VIGILANCIA Y

DISCIPLINA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA. - - - - - - - - - - - - - - - -

El Secretario de Vigilancia y Disciplina da cuenta a esta Comisión, con las

actividades desarrolladas durante el período comprendido del 03 de

diciembre de 2010 dos mil diez, al día de la fecha; lapso en el que se

iniciaron 02 dos procedimientos administrativos de responsabilidad,

instaurados en contra de los licenciados Martín Salas Mexicano, Julián Ruiz

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Contreras y Arturo Morales Silva, en su entonces función de jueces y

secretarios de acuerdos respectivamente; y el segundo, en contra del

licenciado Luis Fernando Barrera Gómez, en su carácter de actuario

adscrito a la Central de Actuarios; los que sumados a los que se

encontraban en trámite, hacen un total de 16 dieciséis, encontrándose

programadas audiencias a partir del día de la fecha hasta el 23 veintitrés de

febrero de dos mil once; no encontrándose procedimientos citados para

resolver. En cuanto a quejas administrativas, se encuentra en trámite 01

uno. Asimismo, hay 01 una excitativa de justicia en trámite. Finalmente,

en lo relativo al juicio de amparo promovido por el licenciado Antonio

Almendárez Martínez y Verónica Zavala Rivera, el primero en mención

promovió recursos de revisión y se está a la espera de la resolución

correspondiente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO. Los integrantes de esta Comisión, se imponen del informe

rendido por el Secretario de Vigilancia y Disciplina. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se continúa con el último punto del orden del día.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

8. ASUNTOS GENERALES.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

a) El consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, en uso de la voz refiere que

de acuerdo al control que lleva la Visitaduría Judicial, respecto de la

solventación de recomendaciones giradas a los diversos órganos

jurisdiccionales se advierte que un número considerable de funcionarios no

ha reportado en el término concedido, el cumplimiento a las mismas. - - - - -

En congruencia, el licenciado Luis Acosta Venzor, propone que se indique

al titular del juzgado o director del área revisada que al rendir su informe en

relación con las observaciones que le sean realizada, deberá adjuntar los

informes de los funcionarios de su adscripción, así como el acta en donde

conste hizo del conocimiento del personal a su cargo las observaciones,

dentro del término que le sea indicado, y no se realice esto por separado.- -

ACUERDO ACD-042011.- Se instruye al Secretario Ejecutivo de Vigilancia

y Disciplina para que requiera a los titulares de los juzgados que no han

dado cumplimiento a las observaciones y recomendaciones en los términos

indicados, para que dentro del término de tres días hábiles contados a

partir del siguiente hábil a aquel en que reciban el oficio, informen el

cumplimiento dado a las recomendaciones emitidas y derivadas de la

segunda visita de inspección del año 2010 al juzgado de su adscripción.

Apercibiéndolos que de no hacerlo en el plazo que se le indica, se dará

vista a esta Comisión para los efectos administrativos procedentes. - - - - - -

b) El Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina en este acto hace

entrega a los integrantes de esta comisión de la tarjeta que contiene la

propuesta del calendario del primer semestre para las sesiones de esta

Comisión, sesiones que habrían de efectuarse si es aprobada la propuesta

los días 03 tres y 17 diecisiete de febrero; 03 tres, 17 diecisiete y treinta y

uno de marzo; 14 catorce de abril; 12 doce y 26 veintiséis de mayo; 09

nueve y 23 veintitrés de junio; 07 siete de julio; en punto de las 10:30 diez

horas con treinta minutos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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ACUERDO ACD-052011.- Una vez analizado el referido calendario, los

consejeros determinan aprobar las fechas y hora señaladas. - - - - - - - - - - -

c) El Contralor Interno subraya la necesidad de la intervención del órgano

de control en la revisión del control de cauciones y objetos de delito en los

juzgados que conocen de materia penal, así como el control de aquellos

procesados que tienen la obligación de pasar su revista mensual al gozar

de su libertad bajo caución, actividad que se venía supervisando por parte

de la contraloría por medio de los auditores quienes intervenían en visitas

de inspección en apoyo a la Visitaduría Judicial, lo cual dejo de efectuarse

por cuestiones económicas; en este sentido se propone a esta Comisión la

autorización de llevar a cabo auditorías en órganos jurisdiccionales que

conocen de materia penal, enfocadas específicamente en los rubros ya

mencionados; para estar en posibilidades de dar seguimiento al manejo de

cauciones y el ingreso de los montos correspondientes al Fondo de Apoyo

del Poder Judicial del Estado y de ser necesario realizar observaciones y

recomendaciones precisas a los titulares de los juzgados, con el propósito

de eficientar estos conceptos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO ACD-062011.- Examinada la propuesta del contador público

Juan José Luviano Fukuy, esta Comisión, autoriza se lleven a cabo

revisiones por parte del órgano de control a juzgados que conozcan en

materia penal, los que habrán de ser seleccionados por la Contraloría, lo

que deberá hacer del conocimiento de esta Comisión, previo al inició de la

misma. Estas auditorias deberán enfocarse a la revisión de los controles

que se tengan en relación a las revistas mensuales que deben verificar

aquellos procesados que gozan de su libertad condicional bajo caución y si

el juzgado esta al pendiente de aquellos que no cumplen con esa revista

para hacer efectivas las cauciones, además el manejo que se da a la

aplicación del Plan Ponciano Arriaga, el seguimiento a aquellas cauciones

que fueron aportadas en pólizas de fianza por compañías aseguradoras y

al debido ingreso de las cauciones que se han hecho efectivas al Fondo de

Apoyo del Poder Judicial del Estado, entre otros aspectos. - - - - - - - - - - -

d) Acto continuo, el licenciado José Refugio Jiménez Medina, da cuenta

con el oficio SEVD/14/2011, con el cual solicita autorización para llevar a

cabo la primera visita de inspección ordinaria de este año a los órganos

judiciales, que se mencionan en el mismo, a los cuales de aprobarse por

esta comisión, habrá de comunicarse el inicio de la visita dentro del plazo

que establece el artículo 27 del Reglamento de la Visitaduría Judicial. - - - -

ACUERDO ACD-072011.- Impuestos del programa de visitas de inspección

a efectuarse a los órganos jurisdiccionales que se mencionan en el oficio

SEVD/14/2011 y con el que se da cuenta en este momento, los Consejeros

determinan autorizar la totalidad de las revisiones propuestas - - - - - - - - - -

e) El Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, da cuenta con lo

sucedido a la licenciada Claudia Guadalupe Hernández Zapata, Secretaria

de Estudio y Cuenta adscrita al Juzgado Especializado para Menores, a

quien le fue robada del interior de su vehículo el equipo de computo portátil

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que le había sido proporcionado por la titular del Juzgado para sus

actividades junto con el duplicado del proceso penal 03/2011; al respecto la

titular del Juzgado informó, que en atención a que el original de expediente

03/2011 se encontraba en el Juzgado, no se causo algún daño o perjuicio a

la administración de justicia, del cual se ordenó obtener copias fotostáticas

para con ellas una vez debidamente certificadas por la Secretaria de

Acuerdos, ordenar reponer el duplicado de esa causa. Y respecto a la

computadora portátil que pertenecía al Poder Judicial y se encontraba bajo

el resguardo de la Titular, la Secretaria de Estudio y Cuenta se ha

comprometido a cubrir el costo de mismo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO.- Los consejeros se dan por enterados, instruyendo en el acto

al licenciado José Refugio Jiménez Medina, para que haga saber a la titular

del juzgado que es su responsabilidad verificar que los bienes muebles que

se encuentren bajo el resguardo y para el uso propio del juzgado, no deben

salir bajo ninguna circunstancia del local y en cuanto al costo del equipo de

computo a reponer en su oportunidad el Secretario Ejecutivo de

Administración, les hará de su conocimiento su importe. - - - - - - - - - - - - - -

f) Finalmente, se hacer saber a esta Comisión que la Contraloría del Poder

Judicial dentro de su Programa Operativo Anual, tiene registrado como

objetivo la capacitación del personal que la conforma, con el fin de lograr la

meta establecida, se propone participen en el curso práctico de auditoría

automatizada que se impartirá en el Colegio de Contadores Públicos de

San Luis Potosí, A.C. por el C.P.C. Carlos A. Carpy Morales (sic), curso

que se considera es benéfico para esta institución, por lo que, se solicita el

apoyo de esta Comisión, para que sea el conducto ante el Pleno del

Consejo de la Judicatura a fin de obtener el apoyo necesario y participar en

el citado curso. El costo por persona es de $3,500.00 (tres mil quinientos

pesos 00/100 M.N.) más I.V.A. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Así mismo, el licenciado Jiménez Medina, comenta sobre la Maestría en

Administración con Énfasis en Impuestos y Gestión Pública, que ofrece la

División de Estudios de Postgrado de la Facultad de Contaduría y

Administración de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, la cual se

cursaría los días viernes por la tarde y sábados por la mañana, con

duración de dos años, mismo que requiere un mínimo de 15 personas para

iniciar en el mes de agosto del presente año. Acompañando folleto

informativo, siendo necesario aclarar que la información que contiene fue

diseñada para los costos contemplados para el año 2010 dos mil diez, por

lo que, los precios podrían tener algún ajuste, así como las fechas de inicio

de clases.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

ACUERDO: Se deberá elaborar tarjeta informativa para los consejeros

integrantes de la Comisión, a fin de que puedan hacerlo llegar al Pleno del

Consejo de la Judicatura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En términos de los artículos 18 fracción V y 19 fracción VI de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado; 6 y 7 del

Reglamento del Poder Judicial para la aplicación de la Ley de

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Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis

Potosí, remítase copia de la presente acta a la Unidad de Información

Pública y al Director del Área de Tecnologías de la Información para su

publicación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 13:30 trece horas con

treinta minutos del día de la fecha, se declara cerrada la sesión ante el

Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina que da fe.- - - - - - - - - - - - - -

_________________________________ Licenciado Juan Carlos Barrón Lechuga

Coordinador de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura.

__________________________________ Licenciado Guillermo Balderas Reyes

Consejero de la Judicatura.

____________________________________ Licenciado José Refugio Jiménez Medina

Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina.

___________________________________ Licenciado Luis Acosta Venzor

Visitador General

___________________________________ Contador Público Juan José Luviano Fukuy

Contralor del Poder Judicial del Estado

LAS PRESENTES FIRMAS, PERTENECEN AL ACTA DE LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA CELEBRADA EL VEINTE DE ENERO DE DOS MIL ONCE. L`JRJM/pnop.