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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.° 73-2014 Celebrada por el Concejo Municipal de Vázquez de Coronado a las diecinueve horas del miércoles 18 de junio de 2014, en la sala de sesiones de la Municipalidad Vázquez de Coronado. REG. PROPIETARIOS:, Krisia María Montoya Calderón presidenta municipal, Róger Gerardo Cascante Rodríguez vicepresidente municipal; Mayela Isabel Morales Rodríguez, Greivin Alberto Mora Gómez, Carlos Rodríguez Murillo, Mireya González Núñez y Diego Lezama Ulate. REG. SUPLENTES: María Gabriela Barboza Vargas, Manuel García Murillo, Juan Carlos Alfaro Rodríguez, Zaida Mayela Granados Monge, María de los Ángeles Ramos Esquivel; Mario Enrique Umaña Méndez. AUSENTE. Iván David Jiménez Hidalgo. SÍND. PROPIETARIOS: Rosa Eugenia Vargas Artavia, Aurora Rodríguez Barboza, Fernando Herrera Gómez, AUSENTES: Norberto Sánchez Méndez, Íngrid Ramírez Vega. SÍND. SUPLENTES: Virginia Quirós Artavia, Luis Fernando Solís Castillo. AUSENTES: Francisco Jiménez Salazar, Roberto Jiménez Salazar y María Lucrecia Montero Elizondo. Se encuentran también presentes la Sra. Jéssica Torres Chavarría, secretaria del Concejo Municipal, el señor Leonardo Herrera, Alcalde, Lic. Carlo Magno Burgos, vecinos del cantón. CAPÍTULO I.- ORDEN DEL DÍA Presidenta Municipal, Krisia Montoya: al ser las diecinueve horas se abre la sesión, voy a dar un receso hasta por diez minutos para que los funcionarios de SETENA, se puedan instalar con sus equipos. Presidenta Municipal, Krisia Montoya: se reinicia la sesión, doy lectura al orden de la sesión extraordinaria número 73, del 18 de junio de 2014. ARTÍCULO 1) Lectura del orden del día Se procede a dar lectura al siguiente Orden del Día ACUERDO 2014-217-40: Se convoca a sesión extraordinaria éste miércoles 18 de junio a las 7:00 pm en la sala de sesiones de la Municipalidad de Coronado, para recibir a personeros de Setena con el propósito de orientar la normativa jurídica y técnica para la confección del Plan Regulador. Se convoca a las siguientes personas no presentes en esta sesión: Róger Cascante, Francisco Jiménez, Norberto Sánchez, Maria Lucrecia Montero, Vecinos de la comunidad, a los funcionarios municipales Francisco Pérez y Gilberth Benítez. ACUERDO. Cuenta con siete votos afirmativos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Vota la regidora Maria de los Angeles Ramos en ausencia del regidor Róger Cascante. ACUERDO 2014-EXT-073-01: Se aprueba el siguiente orden del día: Capítulo 1-. Lectura del orden del día. Capítulo II. Presentación de personeros de SETENA referente a normativa jurídica y técnica para la confección del Plan Regulador Capítulo III. Clausura. ACUERDO. Cuenta con siete votos afirmativos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Presidenta Municipal, Krisia Montoya: Voy a explicar la dinámica de la sesión. Conforme los señores van exponiendo y alguna persona tiene una pregunta, levanta la mano para que la hagan y así ellos evacuan la duda. CAPÍTULO II .- Presentación de personeros de SETENA referente a normativa jurídica y técnica para la confección del Plan Regulador. Se proyecta para el Concejo Municipal y el público en general el siguiente documento: 3. DECRETO Nº 32967 2. MARCO GENERAL DE APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO 2.1 Objetivos del procedimiento 2.1.1 La finalidad primordial del Procedimiento es el de aportar los lineamientos técnicos principales y básicos que deberá cumplir la municipalidad , autoridad correspondiente o usuario del instrumento, para incorporar la variable de impacto ambiental o variable ambiental en la planificación del uso del suelo de su territorio jurisdiccional o de interés, así como indicar los lineamientos técnicos que seguirá la SETENA para revisar y evaluar dicha introducción de variable ambiental, a fin de otorgar en definitiva, y en caso de que se cumplan los procedimientos definidos, la Viabilidad (Licencia) Ambiental a la propuesta. 2.1.2 El resultado de la aplicación de este método de IFA y de análisis de alcance ambiental de la propuesta de desarrollo que aquí se describen es un mapa de zonificación de categorías de fragilidad ambiental con las respectivas tablas de limitantes y potencialidades técnicas, el cual servirá de orientación para la toma de decisiones sobre la planificación del uso del suelo y para definir, a modo genérico el alcance ambiental del mismo, dentro de un marco básico y elemental de Evaluación Ambiental Estratégica aplicada al ordenamiento territorial. 2.2.4 Es relevante destacar que el método que a continuación se describe no representa un procedimiento técnico para la definición de zonas de prohibición del uso del suelo. Se trata de un método de tipo restrictivo , que aplica la premisa ambiental del desarrollo sostenible, para orientar a los usuarios del método y a los ciudadanos en general, la forma más equilibrada de insertar las actividades humanas en los espacios geográficos, bajo consideraciones técnicas de capacidad de carga y de propuesta de soluciones tecnológicas apropiadas para la mantención de ese equilibrio ambiental.

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.° 73-2014 …

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA N.° 73-2014

Celebrada por el Concejo Municipal de Vázquez de Coronado a las diecinueve horas del miércoles 18 de junio de 2014, en la sala de sesiones de la Municipalidad Vázquez de Coronado.

REG. PROPIETARIOS:, Krisia María Montoya Calderón presidenta municipal, Róger Gerardo Cascante Rodríguez vicepresidente municipal; Mayela Isabel Morales Rodríguez, Greivin Alberto Mora Gómez, Carlos Rodríguez Murillo, Mireya González Núñez y Diego Lezama Ulate.

REG. SUPLENTES: María Gabriela Barboza Vargas, Manuel García Murillo, Juan Carlos Alfaro Rodríguez, Zaida Mayela Granados Monge, María de los Ángeles Ramos Esquivel; Mario Enrique Umaña Méndez. AUSENTE. Iván David Jiménez Hidalgo.

SÍND. PROPIETARIOS: Rosa Eugenia Vargas Artavia, Aurora Rodríguez Barboza, Fernando Herrera Gómez, AUSENTES: Norberto Sánchez Méndez, Íngrid Ramírez Vega.

SÍND. SUPLENTES: Virginia Quirós Artavia, Luis Fernando Solís Castillo. AUSENTES: Francisco Jiménez Salazar, Roberto Jiménez Salazar y María Lucrecia Montero Elizondo.

Se encuentran también presentes la Sra. Jéssica Torres Chavarría, secretaria del Concejo Municipal, el señor Leonardo Herrera, Alcalde, Lic. Carlo Magno Burgos, vecinos del cantón.

CAPÍTULO I.- ORDEN DEL DÍA

Presidenta Municipal, Krisia Montoya: al ser las diecinueve horas se abre la sesión, voy a dar un receso hasta por diez minutos para que los funcionarios de SETENA, se puedan instalar con sus equipos.

Presidenta Municipal, Krisia Montoya: se reinicia la sesión, doy lectura al orden de la sesión extraordinaria número 73, del 18 de junio de 2014.

ARTÍCULO 1) Lectura del orden del día

Se procede a dar lectura al siguiente Orden del Día

ACUERDO 2014-217-40: Se convoca a sesión extraordinaria éste miércoles 18 de junio a las 7:00 pm en la sala de sesiones de la Municipalidad de Coronado, para recibir a personeros de Setena con el propósito de orientar la normativa jurídica y técnica para la confección del Plan Regulador. Se convoca a las siguientes personas no presentes en esta sesión: Róger Cascante, Francisco Jiménez, Norberto Sánchez, Maria Lucrecia Montero, Vecinos de la comunidad, a los funcionarios municipales Francisco Pérez y Gilberth Benítez. ACUERDO. Cuenta con siete votos afirmativos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. Vota la regidora Maria de los Angeles Ramos en ausencia del regidor Róger Cascante.

ACUERDO 2014-EXT-073-01: Se aprueba el siguiente orden del día: Capítulo 1-. Lectura del orden del día. Capítulo II. Presentación de personeros de SETENA referente a normativa jurídica y técnica para la confección del Plan Regulador Capítulo III. Clausura. ACUERDO. Cuenta con siete votos afirmativos. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

Presidenta Municipal, Krisia Montoya: Voy a explicar la dinámica de la sesión. Conforme los señores van exponiendo y alguna persona tiene una pregunta, levanta la mano para que la hagan y así ellos evacuan la duda.

CAPÍTULO II.- Presentación de personeros de SETENA referente a normativa jurídica y técnica para la confección del Plan Regulador.

Se proyecta para el Concejo Municipal y el público en general el siguiente documento:

3. DECRETO Nº 32967

2. MARCO GENERAL DE APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

2.1 Objetivos del procedimiento

2.1.1 La finalidad primordial del Procedimiento es el de aportar los lineamientos técnicos principales y básicos que deberá cumplir la municipalidad, autoridad correspondiente o usuario del instrumento, para incorporar la variable de impacto ambiental o variable ambiental en la planificación del uso del suelo de su territorio jurisdiccional o de interés, así como indicar los lineamientos técnicos que seguirá la SETENA para revisar y evaluar dicha introducción de variable ambiental, a fin de otorgar en definitiva, y en caso de que se cumplan los procedimientos definidos, la Viabilidad (Licencia) Ambiental a la propuesta.

2.1.2 El resultado de la aplicación de este método de IFA y de análisis de alcance ambiental de la propuesta de desarrollo que aquí se describen es un mapa de zonificación de categorías de fragilidad ambiental con las respectivas tablas de limitantes y potencialidades técnicas, el cual servirá de orientación para la toma de decisiones sobre la planificación del uso del suelo y para definir, a modo genérico el alcance ambiental del mismo, dentro de un marco básico y elemental de Evaluación Ambiental Estratégica aplicada al ordenamiento territorial.

2.2.4 Es relevante destacar que el método que a continuación se describe no representa un procedimiento técnico para la definición de zonas de prohibición del uso del suelo. Se trata de un método de tipo restrictivo, que aplica la premisa ambiental del desarrollo sostenible, para orientar a los usuarios del método y a los ciudadanos en general, la forma más equilibrada de insertar las actividades humanas en los espacios geográficos, bajo consideraciones técnicas de capacidad de carga y de propuesta de soluciones tecnológicas apropiadas para la mantención de ese equilibrio ambiental.

2.2.5 El procedimiento que se describe en este documento está diseñado para ser utilizado en espacios geográficos de todo tipo, no obstante, tratándose de áreas de administración especial, tales como parques nacionales, reservas biológicas absolutas y otros similares, en donde ya existe una decisión especial sobre el uso del suelo, el método puede ser utilizado, empero adaptando algunos de sus componentes a fin de que se ajusten de forma apropiada al marco jurídico que gobierna el uso del suelo en esos territorios

2.2 Limitantes, consideraciones, prevenciones y recomendaciones para el uso del procedimiento.

2.2.1 El procedimiento que aquí se describe, se debe considerar como un procedimiento mínimo, de referencia y orientación básica para la introducción de la variable ambiental en la planificación de uso del suelo y de su alcance ambiental. Su adopción por parte de la SETENA como instrumento técnico, no excluye ni limita la posibilidad de que los usuarios del mismo, puedan utilizar, de modo complementario, cualquier otro tipo de instrumento técnico de ordenamiento territorial que produzca los resultados esperados del método que aquí se plantea, es decir, la identificación de la fragilidad ambiental de los espacios geográficos y de las potencialidades y limitantes técnicas de sus diferentes categorías y zonas de fragilidad ambiental integrada, así como el análisis del alcance ambiental del desarrollo propuesto.

2.2.3 El conjunto de variables técnicas que integra el presente método de ordenamiento ambiental territorial (OAT), no representa el espectro final de variables que podrían ser consideradas. Por el contrario, representa el abanico de variables mínimas a ser integradas, de ahí que, el método no limita ni restringe, bajo ninguna circunstancia, que el equipo técnico responsable del OAT, a su criterio, y con fundamento en el entorno ambiental objeto del estudio, pueda integrar nuevas variables temáticas, siempre y cuando justifique su integración al proceso y determine las nuevas limitantes o potencialidades técnicas que adquiere al sistema.

5.14. Requisitos Técnicos.

5.14.1 CONSULTORES EN OAT

5.14.1.1 El equipo consultor que labore en el desarrollo de mapas de IFA deberá cumplir,

además de los requisitos establecidos en la legislación vigente para el ejercicio profesional, las siguientes condiciones:

a) Estar inscrito en el Registro de Consultores Ambientales que lleva la SETENA, conforme a lo que establece la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento pertinente.

b) Tener conocimientos básicos de la aplicación de la metodología de ordenamiento ambiental territorial (curso de 40 horas sobre el tema).

c) Tener condiciones para el desarrollo de trabajo de campo.

5.14.1.2 Dentro del equipo profesional responsable y coordinador del proceso de OAT deberá contarse con el apoyo de profesionales en disciplinas específicas, tales como geología, biología, geografía, arqueología, sociología, agronomía y urbanismo, entre otras, cuando así se considere necesario y en respeto a lo establecido en la legislación vigente en el país sobre el ejercicio profesional de temas específicos.

5.14.1.3 Cláusula de Responsabilidad Ambiental por la información aportada: los profesionales que participan como parte de los equipos técnicos que preparan o procesan información temática para el desarrollo de mapas de zonificación de IFA para un espacio geográfico dado, deberán firmar el documento final que se presenta a la SETENA en lo referente al tema por ellos tratados. Como parte de esa firma, se suscribirá la siguiente cláusula de responsabilidad ambiental: “El consultor que suscribe la presente información temática es el responsable directo de la información técnica científica que aporta en el mismo. En virtud de ello, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), como autoridad ambiental del Estado costarricense, fiscalizará que el documento que se presente haya cumplido con los lineamientos técnicos establecidos mediante el presente procedimiento y si estos se cumplen aceptará la información presentada como cierta y verídica, a modo de declaración jurada. Sobre la base de los datos aportados, y en consideración de los factores de incertidumbre fijados en el informe, la SETENA podría estar tomando decisiones referentes a la Viabilidad Ambiental del uso de suelo planteado a partir de esa información, de modo que en el caso de que se aportara información falsa o errónea, los firmantes no solo serán responsables por esta falta, sino también por la consecuencias de decisión que a partir de esos datos haya incurrido la SETENA”.

7. PROCEDIMIENTO DE TRÁMITE ANTE LA SETENA

7.1 Documentos a entregar a la SETENA

7.1.1 La autoridad o entidad responsable de la elaboración de Plan Regulador o plan de uso del suelo de que se trate, deberán entregar una copia impresa y una digital de los documentos completos del mismo, incluyendo los informes de aplicación de la metodología de IFA y de Análisis Ambiental. En el caso del informe de metodología de IFA se aceptará que su temática esté desarrollada dentro del documento del Plan Regulador, siempre y cuando se hayan desarrollado de forma simultánea.

7.1.2 Los documentos indicados en el párrafo anterior serán entregados en la sede de la SETENA, acompañados de una carta de entrega formal (Lista de Chequeo) por parte del representante oficial de la autoridad o entidad responsable del Plan Regulador.

7.1.3 Al momento de la recepción de la documentación la SETENA establecerá un número de expediente que seguirá un consecutivo previamente establecido, y con el prefijo EAE y el sufijo SETENA. Para asuntos de consulta y registro oficial todos los interesados utilizarán dicho número de expediente como referencia.

7.2 Procedimiento de revisión técnica de la SETENA

7.2.1 A fin de articular de forma efectiva y eficiente el proceso de revisión de los Planes Reguladores que sean presentados a la SETENA, y en particular, la incorporación de la variable ambiental en los mismos, esta Secretaría Técnica dispondrá de un equipo técnico básico de evaluación ambiental estratégica (EAE) de tipo multidisciplinario que tendrá como responsabilidad la revisión de la documentación y la elaboración del Dictamen Técnico para la Comisión Plenaria de la SETENA.

7.2.2 El equipo técnico de EAE, como será conocido, dispondrá de un coordinador quien será el responsable de organizar todas las actividades vinculadas al proceso de revisión, incluyendo el control estricto de los plazos establecidos en este instrumento.

7.2.3 Para la ejecución del proceso de revisión técnica la SETENA aplicará un formulario a modo de BOLETA de chequeo y de registro y valoración de observaciones técnicas a los

documentos en revisión. Ese formulario será de uso interno de la SETENA y al final del proceso, será utilizado como base para la redacción del Dictamen Técnico que pasará a la Comisión Plenaria de la SETENA.

7.2.5 A criterio de la SETENA se podrán realizar inspecciones ambientales directas al territorio en cuestión, así como el uso de los medios de información posibles a fin de enriquecer y mejorar el proceso de revisión técnica de los documentos. Esto, siempre y cuando la aplicación de esos métodos no implique atrasos en el cumplimiento de los plazos de respuesta fijados a la SETENA en el presente instrumento.

7.3 Dictamen técnico de la SETENA

7.3.1 Una vez finalizado el proceso de revisión de los documentos, el equipo técnico de EAE de la SETENA elaborará el Dictamen Técnico sobre los resultados del mismo.

7.3.3 El Dictamen Técnico deberá ser firmado por el equipo técnico de EAE, encabezado por su coordinador.

7.4 Solicitud de información adicional o rechazo de los documentos

7.4.1 En el caso de que los documentos presentados a revisión ante la SETENA presentaran deficiencias técnicas, y a criterio del Equipo Técnico de EAE, su coordinador podrá solicitar, por una única vez, por medio de un oficio que deberá llevar también la firma del Secretario General de la SETENA, la aclaración o entrega de la información faltante.

7.4.2 Como parte del oficio señalado en el párrafo anterior, se fijará un plazo para la entrega de la información solicitada, periodo de tiempo durante el cual se suspenderá el plazo de revisión señalado para la SETENA.

7.4.3 En el caso de que la información presentada a la SETENA presente faltantes sustanciales o significativos problemas de fondo e incumplimiento de los procedimientos señalados en este instrumento, el equipo técnico elaborará un reporte técnico interno y lo pasará a la Comisión Plenaria a fin de que se confeccione la respectiva Resolución de Rechazo y devolución de los documentos. Esta Resolución deberá estar debidamente fundamentada.

7.5 Otorgamiento de la Viabilidad (licencia) Ambiental

7.5.1 En el caso de que el Dictamen del Equipo Técnico de EAE de la SETENA sea afirmativo, en el sentido de aprobar la integración de la variable ambiental en la planificación de uso del suelo propuesta, el mismo pasará a la Comisión Plenaria de SETENA a fin de que se tome la decisión final sobre los documentos en cuestión.

7.5.2 La Comisión Plenaria de la SETENA como parte del proceso de decisión final, además de disponer de toda la documentación relacionada, podrá establecer una audiencia técnica para que el responsable de la autoridad o entidad responsable y su equipo consultor realicen una presentación técnica de la propuesta, en la cual también podrá participar el coordinador del equipo de EAE de la SETENA o bien un miembro del mismo asignado por éste.

7.5.3 La Comisión Plenaria de la SETENA, en el ejercicio de las potestades que le confiere la legislación vigente, podrá modificar, ampliar o mejorar los términos del Dictamen Técnico emitido por el equipo de EAE, como parte de la aprobación de la documentación y del otorgamiento de la Viabilidad (licencia) Ambiental respectiva.

7.5.5 La Resolución de la SETENA será notificada al representante de la autoridad o entidad responsable del plan y de la documentación entregada a la SETENA en los plazos establecidos en la legislación vigente.

7.6 Plazos a cumplir por la SETENA

7.6.1 Para la revisión de los documentos de integración de la variable ambiental en la planificación del uso del suelo, la SETENA dispondrá de un plazo máximo de 12 semanas.

7.6.2. El plazo señalado podrá ser suspendido únicamente cuando se hubiese solicitado la entrega de información adicional, periodo durante el cual la contabilidad de tiempo para revisión será suspendido.

7.6.3 Solo en casos debidamente justificados se podrá extender el plazo de revisión por parte de la SETENA.

Para ello, deberá mediar una carta oficial de la SETENA al interesado en que le informa del nuevo plazo y le da justificación técnica para dicha decisión. Este procedimiento no aplica para el caso de solicitud de ampliaciones y solo podrá ser aplicado por una única vez.

7.8 Audiencias técnicas solicitadas por el Equipo de EAE de la SETENA

7.8.1 El equipo de EAE, durante el proceso de revisión de la documentación y en caso de considerarlo necesario podrá dar hasta un máximo de tres audiencias técnicas al equipo consultor encargado de la elaboración de la misma, y en particular de integrar la variable de impacto ambiental en la planificación.

7.8.3 El objetivo de las audiencias técnicas serán establecidas por el equipo de EAE de la SETENA, así como los invitados y otros participantes a las mismas. Dichas audiencias no tendrán carácter vinculante y su finalidad primordial será la discusión y aclaración de aspectos técnicos incluidos en la documentación en revisión.

VÍNCULO ENTRE LA INTRODUCCION DE LA VARIABLE AMBIENTAL Y EL

PLAN REGULADOR URBANO

1. No se debe elaborar primero la variable ambiental y luego el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y viceversa.

2. Existe componentes de los estudios técnicos de la variable ambiental presentes en la guía de elaboración del POT.

3. Debemos tener siempre presente, que es importante que los resultados de los componentes de la variable ambiental, se incorporen en la elaboración del POT.

4. De acuerdo a los puntos anteriores, tenemos que, existe un traslape entre los estudios técnicos de ambos componentes.

Del documento anterior se desarrolló la siguiente discusión:

Señora Clara Loria: Consulta: ¿Cuáles son las implicaciones que se pueden tener, si usted acaba de indicar que el Plan Regulador está archivado?

Funcionario de SETENA, señor Danilo Vindas: Lo que pasa es que los primeros estudios que se realizaron no cumplieron con la normativa, entonces todos esos estudios llegaron y se archivaron, lo que quiere decir es que el proceso debe iniciar de nuevo. Es decir, hay que hacer IFAS, análisis del Plan Ambiental, el Reglamento de Desarrollo Sostenible y ajustarlo al Plan Regulador.

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: acordémonos que los primeros estudios que era el expediente 34-2009, fue archivado a solicitud del Concejo Municipal de este cantón.

Funcionario de SETENA, señor Danilo Vindas: el primer estudio que fue del año 2009, el Concejo solicitó que se archivara.

Regidor, Diego Lezama: Solo para aclarar a doña Clara, que lo que se archivó fueron los estudios, el Plan Regulador no, el Plan Regulador está vigente. Es la variable ambiental cuando se presentó el expediente a SETENA, por dársele seguimiento se archivó, hay que hacer la diferencia.

Funcionario de SETENA, señor Danilo Vindas: hay que aclara una cosa a Lezama, de acuerdo a la disposición de la Sala Constitucional, el Plan Regulador debe ser efectivo hay que incorporarle la variable ambiental y hasta que ésta no se incorpore se pueden determinar procedimientos. Pero, hay que tener cuidado porque si a algún vecino le afecta su condición y tiene la variable ambiental incorporada puede establecer una querella porque no se está cumpliendo con la normativa jurídica, entonces ese es el “pero” que hay, porque la Sala Constitucional dice: que para que los Planes Reguladores sean efectivos tienen que tener incorporada la variable ambiental.

Es decir, mientras no tenga la variable ambiental incorporada, se debe regir por la Ley de Planificación Urbana, es por ello que, lo importante la presencia de los abogados cuando hagan todo el análisis de lo que se está aplicando y, cuáles son los principios que hoy se está aplicando en el cantón de Coronado, en el ordenamiento y la planificación territorial de su cantón y hay un fundamento legal para hacerlo y no contradiga el mandato de la Sala Constitucional y esto debe tenerlo claro el Concejo.

Nosotros no sabemos si ya el cantón presentó los estudios, no sabemos si tienen contratados consultores. Lo que queremos decirles es que para que esto opere y todo lo que son Índices de Fragilidad Ambiental, debe regirse por el Decreto 32967, publicado desde el año 2006, que establece toda la normativa jurídica para establecer los Índices de Fragilidad Ambiental, el Decreto es claro dice: “la introducción de la variable ambiental a los planes reguladores” entonces, no puede haber un Plan Regulador sin IFAS y no puede haber IFAS sin Plan Regulador.

Lo primero que hay que empezar a hacer son los IFAS y el decreto que es una normativa jurídica dice: que las Municipalidades deben cumplir con este proceso, es decir, es un mandato tácito, que la Municipalidad cuando va hacer los Índices de Fragilidad Ambiental debe ajustarse al decreto, por lo tanto, cuando los términos de referencia se elaboraron para la elaboración de los IFAS debe tener como principal termino de referencia es el decreto, y como resultado nos va a dar una planificación del uso del territorio.

Y sigue diciendo el decreto lo que va a dar ese estudio es: el mapa de zonificación, la fragilidad ambiental es decir, nos va a dar desde muy alta fragilidades hasta muy baja fragilidades en diferentes condiciones. Entonces, si yo tengo una zona de alta fragilidad es una zona de baja potencialidad con muchas limitantes y si es de baja fragilidad es de muchas potencialidades pero pocas limitantes, eso es lo que nos da los Índices de Fragilidad Ambiental.

Los IFAS no son prohibitivos, el Plan Regulador es prohibitivo, aquí es donde viene la parte legal para ver como se adaptan junto con los consultores lo que es restrictivo a prohibitivo y ese el temor que han tenido en los cantones que hemos visitado con los IFAS y con el Plan Regulador que dice que es prohibitivo.

Hay un elemento que deben tomar en cuenta especialmente la Comisión del Plan Regulador: los estudios de SENARA. El voto de la Sala Constitucional establece que los Índices de Vulnerabilidad Acuífera deben ser aprobados por SENARA, este es un punto que toca a los IFAS.

Otro aspecto que debe tomar en cuenta el Concejo para la contratación: los consultores lo que han venido diciendo es que esto no es necesario, el voto de la Sala Constitucional es muy claro, donde dice que debe ser aprobado por SENARA e incorporado a los IFAS. También, es un estudio que debe pagar de acuerdo a la normativa de SENARA.

SENARA tiene los términos de referencia para hacer estos estudios, no podemos hacer los estudios IFAS, sin que estén los estudios de SENARA, aquí empieza a complicarse la asunto, porque, además, viene el manual del INVU, ese manual se refiere a cómo se confecciona el Plan Regulador. Queda claro que son tres categorías, es decir, tres estudios diferentes: Estudios de Índices de Vulnerabilidad Acuífera, Estudios de Índice de Fragilidad Ambiental y los Estudios del Plan Regulador.

Lo que interesa es que de acuerdo al orden cómo se van haciendo los productos, para que el cantón no se vaya atrasando. En consecuencia, es importante que la Comisión del Plan Regulador tome en cuenta esta secuencia.

También, es importante tomar en cuenta todas la zonas especiales: los Parques Nacionales y Reservas forestales, esa zonas se zonifican pero no se toman en cuenta para el Plan Regulador, van a estar ahí, pero como ya tienen su ley y su normativa se rigen bajo otros principios.

El decreto mismo establece que es un instrumento técnico que establece cincuenta y siete variables y treinta y ocho mapas temáticos. Los consultores deben justificar i van a incluir nuevas variables, lo que no pueden hacer es modificar el decreto. Lo que ha pasado es que consultores, de cincuenta y siete variables apenas han desarrollado veintisiete, treinta y cinco lo más treinta y siete variables, quedando muchas variables que no se han desarrollado. Además, han presentado entre diecisiete y diecinueve mapas temáticos de los treinta y ocho, eso es un problema porque el resultado final no refleja la realidad del cantón, por lo tanto, los consultores no pueden cambiar a los que dice el Decreto.

A nosotros el INVU y los consultores no han solicitado que flexibilicemos lo que dice el Decreto, pero, como funcionarios públicos debemos estar abocados a lo que la ley explícitamente nos dicta. El principio de legalidad establecidos en el artículo 11 de la Ley General de Administración Pública y el 11 de la Constitución Política. Los señores del Concejo que los asume la Ley General de Administración Pública asumen esa responsabilidad.

Señora Clara Loria: manifiesta: voy entendiendo que la visita de ustedes hoy es como una cuestión de advertencia para que se cumpla todo el Decreto. Yo estuve aquí cuando se hizo Plan Regulador. ¿Por qué los consultores no cumplieron en ese momento, lo que usted está indicando hoy? De ahora en adelante la Comisión del Plan Regulador y todos los miembros del Concejo Municipal deben estar atentos a que todas las variables se cumplan. Me preocupa que los consultores son empresas privadas ellos a veces echan solo para su saco y no se preocupan por los intereses de un cantón.

Funcionario de SETENA, señor Danilo Vindas: El éxito del estudio son los tres ejes, son los términos de referencia, es decir, si yo como consultor utilizo los términos de referencia y los contratos que firmo no son claros, entonces yo como consultor hago lo que quiera.

Es por eso lo importante de la Comisión del Plan Regulador, es el seguimiento, es decir, una persona avocada a tiempo completo le da el seguimiento de lo que están haciendo los consultores. Pero, antes de todo eso es cómo se preparó el cartel de licitación. ¿Qué se les está pidiendo? Esa es la labor del abogado, de tener cuidado con lo que se está pidiendo en ese cartel. En resumen, el éxito de esos estudios está en el cartel de licitación.

Señor, Olman Barrantes: Buenas noche, yo por una formación profesional soy consultor ambiental, estoy inscrito en SETENA desde el año 2006, he participado en varios estudios ambientales, no solo en Planes Reguladores, sino en estudios de impacto ambiental.

Ahora que se ha hablado un poco del tema de los consultores yo quiero aprovechar para dejar un tema bastante claro para los miembros del Concejo Municipal incluido el alcalde; que parte de las situaciones que se les ha presentado a algunos cantones se debe a la escogencia del consultor por parte del Concejo se hace de una manera muy inocente. En Costa Rica tenemos una ventaja que toda la normativa ambiental está reglamentada, en el caso del Plan Regulador está este Decreto, nadie puede inventar el agua tibia, porque todo está debidamente normado y está en la página web de ustedes.

Aprovecho la ocasión para darle algunas recomendaciones a los miembros del Concejo, además, soy vecino de Cascajal de Coronado. A raíz de este tema del Plan Regulador me ha preocupado precisamente que algo tan simple que es hacer un copy page de todos los términos que están en el Decreto lamentablemente que el Concejo no lo haya podido aplicar, entonces, yo les quiero indicar que en SETENA hay más de dos mil consultores inscritos, o sea, no es que hay una lista solo de diez empresas o que hay veinte treinta consultores, si no, que hay muchísimos. Entonces, ustedes como Concejo se dieran a la tarea de plantear adecuadamente esa licitación no van a tener ese tras pies que ya han tenido anteriormente o que han tenido otros Concejos, ese es el comentario que quería hacerles para que lo consideraran. Es decir, se tiene que hacer un proceso d divulgación adecuado, no lo digo por mí, sino, porque hay muchas empresas consultoras ambientales en toda las ramas que con un anuncio publicitario en el Coronadeño o en algún otro mecanismo podría encontrar gente capaz que quieran al cantón, y que no va a suceder lo que mencionaba doña Clara que se valen de la ignorancia o en el poco interés que presentan a las personas y entonces presentan las cosas de tal manera que yo recojo mi dinero como consultor, presento un producto de tercer o cuarta categoría, en consecuencia, el queda mal es el cantón porque no cumple con las expectativas que requiere SETENA. Eso quería que el Concejo lo conozca que tienen más de dos mil opciones para escoger.

Señor, Eduardo Malavassi: yo quisiera preguntar, usted menciona que hay cincuenta y dos variables, yo quiero saber: ¿Qué libertad hay para valorar esas variables? Porque una cosa es valorar la variable y otra la metodología para evaluar la variable, porque existen muchos cuestionamientos sobre los IFAS.

Funcionario de SETENA, señor Danilo Vindas: Su pregunta está bien cuestionada. El mismo Decreto por su forma y su estructura va estableciendo como va siendo esa valoración, el Decreto estipula claramente como los consultores deben hacer la valoración de cada una de las variables; el consultor debe tener un buen experticia y una valoración del Concejo y de la Comisión del Plan Regulador; porque no es lo mismo hacer un estudio de impacto ambiental que hacer un Plan Regulador. Más adelante el compañero Eduardo va a explicar cuáles son los requisitos que debe tener ese consultor para poder trabajar el Índice de Fragilidad Ambiental. Lo que ha sucedido es que nadie sabe qué es el Plan Regulador y nadie sabe cómo se prepara, es por eso que el Decreto dice cómo se debe hacer.

Lo que está pasando con los consultores es que, al no tener dentro de la Municipalidad personas con conocimiento de lo que se está haciendo entregan cualquier cosa y al final el consultor se aparta y después queda el pleito entre SETENA y la Municipalidad.

Al final, no es que la Municipalidad hizo mal el estudio, lo que sucedió es que cuando se trabajaron los términos de referencia no hubo una persona que le diera seguimiento constante a lo que los consultores estaban haciendo.

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: Buenas noches, somos funcionarios del Departamento de Evaluación Ambiental Estratégica, este Departamento es el encargado de evaluar la variable ambiental, que ordenó la Sala Constitucional a los Planes Reguladores que no lo han incorporado, nosotros somos los encargados de valuar esta situación en SETENA.

Como decía Danilo, a raíz de lo que estaba ingresando en SETENA y lo deficiente de los estudios tanto en lo técnico, lo legal y lo administrativo, se resolvió hace un año empezar a trabajar con las Municipalidades.

Lo primero que hacemos es hacerle esta presentación al Concejo Municipal, hemos recorrido cerca de setenta municipalidades del país, con el propósito de que el Concejo esté enterado de que se trata todo este proceso, posterior a esto l que hacemos es trabajar en aspectos técnicos con la Comisión del Plan Regulador en sesiones de trabajo con la Comisión, porque consideramos que llevar este proceso a la lado de las comisiones al momento de ingresar a SETENA, es muy improbable que un estudio se archive.

Como todos sabemos para el país son necesarios todos estos Planes de ordenamiento territorial y los procesos se estaban realizando de una forma muy deficiente y como consecuencia se da la pérdida de tiempo y dinero a las municipalidades.

Los puntos que estamos exponiendo aquí son extraídos del Decreto para que lo puedan revisar, como decía Danilo, el Decreto trae toda la metodología para los estudios y consideramos que es importante que el Concejo los tenga para que se den cuenta de qué se trata todo esto.

Hay puntos que es sobre los consultores que es técnico pero tiene su parte administrativa.

En la reunión anterior nos comunicaron que había un financiamiento del Fondo de Pre inversión no reembolsable de MIDEPLAN; yo no sé si ustedes ya están gestionando el cartel de licitación; es importante

que tengan presente esto de los consultores al momento de elaborar el cartel; porque hay tres puntos que pide el decreto que hay que cumplir: el primer punto, es que cada uno de los consultores que elabora estos estudios debe estar inscrito en la SETENA y cumplir con los requisitos que se SETENA solicita. Segundo, debe tener un curso de cuarenta horas en ordenamiento territorial y ambiental y tercero, tener aptitudes para el trabajo de campo, cada uno es igual de importante.

El grupo de consultores debe estar constituido por profesionales en estas disciplinas: geología, biología, geografía, arqueología, sociología y urbanismo como mínimo.

Regidor, Diego Lezama: antes de continuar con esto, yo quisiera aclarar dos aspectos: una, que tal vez nosotros hemos ido fallando en cuanto a la preparación de la variable ambiental, en el sentido de que algunos compañeros consideraban, con todo el respeto que se merecen consideraban que sin dinero no se podía planificar, yo difería de ese concepto, yo quisiera que usted se refiriera a eso porque me parece importante. El otro aspecto es la parte legal, creo que hay algo más en la parte legal que creo que se pueda considerar y se tuviera mayor claridad y tal vez el abogado del Concejo se pueda referir a eso, porque es el momento oportuno ya que tenemos público.

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: Si, como estábamos viendo estos requisitos que dicen en el Decreto se deben cumplir y es muy importante que los tengamos presentes al momento de elaborar el cartel de licitación del que hablábamos al momento de contratar la empresa consultora.

Porqué les digo esto, porque antes de empezar nosotros con el análisis de la parte técnica se revisa que cada uno de estos consultores que están realizando los estudios cumpla con cada uno de los requisitos. Por ejemplo, se han dado casos de consultores que firman como biólogos y no es biólogo, esto lo que le produce a la Municipalidad es una pérdida de tiempo y trabajo en la realización de estos estudios.

Lo importante, es que ustedes tengan presente desde el momento de contratar estos aspectos, porque si empiezan a elaborar y a trabajar y hay un consultor que no cumple los está perjudicando, entonces, deben tener presente que todo esté en regla desde el inicio.

Además, se les pide a los consultores que firmen una clausula de responsabilidad ambiental de lo que están presentando, por eso es importante que estén cumpliendo tanto en lo técnico como en lo legal.

Les voy a leer esta parte (Decreto) para que ustedes se den cuenta porque nuestro Departamento exigimos que esto se cumpla, dice: “en virtud de ello la Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA, como autoridad ambiental del Estado costarricense fiscalizará que el documento que se presente haya cumplido con los lineamientos técnicos establecidos mediante el presente procedimiento”

Nosotros somos los encargados de velar porque este procedimiento se cumpla, no podemos aprobar estudios que están mal elaborados.

A veces por falta de conocimiento no se tiene noción de lo delicado y la trascendencia que tienen estos estudios para el momento en que la Municipalidad tomen decisiones, ya sea, de otorgar un permiso de construcción de determinado proyecto; es decir, es un instrumento técnico que les va ayudar a tomar decisiones. Si está mal elaborado, ustedes van a tomar decisiones erróneas y van a enfrentar problemas como denuncias. En conclusión, es que esto les sirva para

tomar las decisiones correctas, no para hacerlos incurrir en errores.

Por lo anterior, es muy importante que haya una Comisión de Plan Regulador que le dé seguimiento a los que elaboran los consultores. El problema que se ha dado es que las Municipalidades contratan, el consultar va y no se vuelven a ver o quizá solamente en un par de reuniones y cuando ya tiene elaborado los estudios se los presenta a la Municipalidad; el Concejo lo aprueba quizá sin tener el conocimiento necesario para saber que estén bien elaborados y lo envían a SETENA, eso es lo que ha estado pasando, en esta etapa lo que queda es: si están bien aprobar la viabilidad ambiental y si está mal rechazarlo.

Desdichadamente, todo lo que estaba ingresando desde hace dos años se estaba archivando. Un proyecto de BID catastro que ustedes han escuchado mencionar de mil seiscientos millones de colones, casi que el cien por ciento se archivó, no podemos permitir que esto siga sucediendo, esto es uno de los motivos por lo que estamos en este tipo de trabajo con ustedes.

Regidor, Juan Carlos Alfaro: buenas noches a todos los presentes, a mí lo que me llama la atención en términos generales, son los plazos establecidos en el Decreto. ¿El no cumplimiento con los plazos establecido en el Decreto han afectado a otras Municipalidades para seguir adelante con la realización del Plan Regulador?

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: Más adelante el compañero Danilo, les va a explicar de los plazos que debe cumplir la SETENA como el que debe cumplir las Municipalidades.

Regidor, Carlos Rodríguez: buenas noches, Eduardo, me parece muy interesante lo que está explicando porque he estado analizando la preparación de los Planes Regulares en todo Costa Rica. Me puse en contacto con funcionarios de SETENA y del INVU y tratar de comparar el cumplimiento de la variable ambiental con las normas urbanísticas que se establece con la Ley de Planificación Urbana, es lamentable el vacío que hay en todo el país. Los Planes Reguladores costeros están sufriendo de ese vacío. Por eso, me parece que ese acercamiento de ustedes con las Municipalidades del país es válido, incluso, porque se trata de algo tan técnico. Básicamente la pregunta es, esto es como la receta ambiental para las Municipalidades, ¿Sería simplificar demasiado los conceptos, los trámites y exigir que los consultores ambientales cumplan al pie de al pie de la letra con el Decreto 32967?

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: ¿La pregunta se refiere para los consultores externos?

Regidor, Carlos Rodríguez: El Decreto es tan incluyente tan amplio, porqué no exigirles a los consultores en el cartel de licitación que cumplan al pie de la letra con el Decreto, eso salvaría a la Municipalidades de eventuales incumplimientos.

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: Sí, como decía el compañero, los términos de referencia de los estudios están en el Decreto de la de principio a fin, se debe cumplir y debe quedar muy claro en el cartel de licitación.

Ustedes como Municipalidad, dentro de cartel pueden incluir otras situaciones, capacitaciones o informes, pero, lo que dicta el cómo y contenido de los estudios es el Decreto.

El Decreto explica los temas, las variables, todos los temas que deben desarrollar, es una guía metodológica basada en un Decreto, es definitiva eso es lo que el

consultor debe cumplir y la Municipalidad debe velar porque se cumpla antes de enviarlo a SETENA.

Hay un punto importante, por ejemplo, el Plan Reglador de San José nos indicaba que no había sitios arqueológicos, está bien, si no hay no debe desarrollarse pero, se le solicita al Museo Nacional que indique que el San José no hay sitios arqueológicos y se liberan de desarrollar un tea que deben desarrollar. Esos detalles técnicos son los que nosotros queremos trabajar con la Comisión en el momento en que tengan una empresa y consultores trabajando.

Señora, Clara Loría: Sigo yo, con el tema de los Planes archivados. Me preocupa lo que ustedes han comentado de Planes Reguladores archivados que han llegado mal y todo los que han archivado, eso implica que ustedes al archivar equis Plan Regulador de equis Municipalidad todo es dinero invertido se pierde, entonces, las Municipalidades tienen que volver a pedir préstamos. Lo digo por el cuidado, espero que los compañeros que están en la Comisión tengan el cuidado. La Comisión debe tener su abogado, quizá, el abogado municipal, a veces se dice que no hay tiempo para estas cosas; se debe tener en cuenta que es dinero del pueblo, de préstamos, se trata del Plan de Coronado que no se quiere que llegue donde ustedes y se archive porque no cumple con las especificaciones del Decreto.

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: Ese es un tema tan importante que lo podríamos discutir toda la noche. Deben especificarse los términos de referencia, es decir, cómo se van haciendo los desembolsos al consultor, cómo va cumpliendo para que al fin tengan ustedes un producto que si se archivó qué va a pasar, son situaciones que ustedes deben tener claras antes de contratar al consultor; lo que ha venido sucediendo es que se archiva y al consultor ya se le pagó y se fue y la Municipalidad se quedó sin nada, es por eso que es importante la presencia de una abogado porque es un tema que se debe tener muy presente al momento de redactar el cartel de licitación.

Si se archiva y se había pedido dinero de los fondos de Pre inversión de MIDEPLAN, cómo van a volver a MIDEPLAN a pedir dinero para un proyecto que ya se elaboró y se hizo mal. Nos dijeron a nosotros en los fondos de Pre inversión que están analizando que si a una Municipalidad se le financió y se les archivo, si iban o no a financiar más.

Regidor Manuel García: buenas noches todos, básicamente para que me lo hagan más claro, yo comprendo que el cartel es la base, que el grupo de consultores debe acatar a cabalidad el Decreto como tal. A lo que quiero llegar es al acompañamiento que ustedes dan, porque para mí el acompañamiento es el caso del caso del Concejo es la Comisión, es decir, son nuestro brazo técnico, afortunadamente tenemos capital humano y técnico de gran valía. La duda que tengo, es qué acompañamiento tendremos nosotros como Concejo, en qué consiste, quisiera que nos los dejen claro.

Funcionario de SETENA, señor Eduardo Segnini: El tema del acompañamiento surgió por la preocupación que teníamos al ver que se estaban archivando expedientes; somos dos personas para acompañar a todas las Municipalidades del país; no tenemos un programa establecido de acompañamiento. Estamos trabajando de la siguiente manera: con las Municipalidades que ya tienen su Comisión de Plan Regulador y están elaborando los términos de referencia nos comunican ya sea, por correo electrónico o por teléfono y os indican que necesitan una reunión con nosotros para que le ayudemos ya sea, con observaciones al cartel de licitación o una reunión para un informe de avance con los consultores o para evacuar cualquier duda que tengan, se coordina una

reunión tanto en la SETENA como en la Municipalidad, así es como hemos venido trabajando con las Comisiones de Plan Regulador.

Señor, Olman Barrantes: nuevamente quería hacer alusión a siguiente: en realidad al único ente que le meten gato por liebre es a la Municipalidad, quiero comentarles que desde que yo soy consultor ambiental y he trabajado con infinidad de personas en el sector privado como público. Precisamente, en el sector público el centavo que se pierde puede significar perder el puesto en una Compañía, en el sector privado cuando se contrata a un consultor para que se encargue de desarrollar u obtener una licencia ambiental como esta se cancela cuando esté aprobado, se maneja por tractos, adicional a eso se le dice a la persona que debe llevar un cronograma de cumplimiento.

Me gustaría que ustedes vayan al archivo de SETENA o bien existe la facilidad de que puede revisar electrónicamente, pueden verificar que desde que existe SETENA desde el año noventa cinco, con la Ley Orgánica del Ambiente, las contrataciones al sector privado se han archivado como diez expedientes incluyendo el de Crucitas y otros que han sido polémicos que han sido característicos por un problema en la zona o una situación muy particular algo que contrasta con los Planes Reguladores.

Yo no sé, y con todo respeto de los Miembros del Concejo, si quizá que el dinero mal gasten no les representa perder su puesto o empleo tal vez por eso no se le da la importancia del caso, no sé si suene feo el ejemplo, si yo llego a una Municipalidad y solicito que se me lastré un calle y me la dejan mal lastreada pues no importa porque la gente vio que quedo mal lastreada y listo entonces quedo conforme. En este caso quiero hacer hincapié que los Concejos y no solo el de ustedes, que no sé si es por desidia o por no aprovechar los recursos que tienen porque hasta donde yo conozco todas las Municipalidades tienen su departamento legal podrían poner a su abogado. Les adelanto de una vez, que yo como vecino de Coronado, propongo por segunda vez dar mi trabajo en forma totalmente ad honorem para que se garantice de que la empresa o el consultor que se contrate realice el trabajo adecuadamente. Repito, de los más de treinta mil expedientes que hay en SETENA del sector privado solo se han archivado diez expedientes.

Si el Concejo no quiere generar una fiscalización efectiva, de una vez que se manifieste a viva voz de lo contrario que la fiscalización se haga adecuadamente.

Me parece increíble y veo muy loable que SETENA con todo el trabajo que tiene tenga que sacar estos ratos para venir aquí, porque inclusive como Municipalidad, yo sé que nadie puede tener conocimiento pleno y absoluto de todas las cosas, pero, es el colmo que a mí SETENA tenga que venir aquí a decirme cómo hacer las cosas, o sea, la Municipalidad no puede alegar desconocimiento de la ley, este Decreto existe desde el año dos mil seis y cualquier abogado del departamento legal debe conocerlos de principio a fin.

Vuelvo a insistir en que no solo debe conformarse la Comisión de Plan Regulador sino, que se debe tener gente que conozca y fiscalice los productos que está ahí entonces les va a pasar lo que les sigue pasando a todos los Concejos que invierten dinero y se gastan en productos que no sirven, por ejemplo, hay consultores que lo que hacen es un copy page más cuando son cantones muy cercanos.

Como lo indicaban ustedes (funcionarios de SETENA) el Decreto lejos de ser el plan prohibitivo es para restringir, sí afecta a el vecino, por ejemplo, en el caso de Coronado que gran parte en su territorio es de recarga de zona acuífera debidamente descrita por el

SENARA, evidentemente cuando se elaboren esos mapas IFAS vamos a tener una repercusión altísima en el nivel de fragilidad desde el Rodeo, Las Nubes, Cascajal etcétera; entonces, qué sucede que el consultor que se contrata en la Municipalidad como el no vive aquí, ni tiene propiedades ni le interesa nada hace cualquier mapa IFA y entonces le dicen a los vecinos esto fue lo que aprobamos. Yo agradezco a la Municipalidad que se archivaran los del Plan Regulador, porque si eso se hubiera aprobado yo hubiera sido el primero que se apersona al expediente y le empiezo a buscar hasta la última cosa que no estuviera bien hecha porque es Plan no cumplía ni con un tercio de lo establecido en el Decreto , a raíz de eso yo quisiera que alguna persona del Concejo, llámese el presidente o el alcalde o algún me manifieste que interés tienen ustedes en realizar una fiscalización de los trabajos que se van a contratar para realizar este Plan Regulador.

Señor, Javier Gutiérrez: buenas noches, a los señores de SETENA, no sé si recuerdan que hace algunos años una compañía española recibió bastantes fondos para hacer unos cambios a Planes Reguladores de varios cantones y no se quedó en nada. Quisiera preguntarles, ¿Ustedes tienen algún registro de esos consultores y si los han denunciado? Ustedes son funcionarios de gobierno deberían denunciar estas estafas ya que es dinero que todos no sotos pagamos.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: Si, nosotros somos empleados públicos, en ese caso se perdieron cinco millones y medios de dólares, nosotros no podemos decir que eso es un delito, presentamos una denuncia ante la fiscalía de probidad para que ellos investiguen qué fue lo que pasó con esos fondos, ya que son públicos y que no dieron los productos para los que se contrataron.

Para mí no hay consultor malo, todo está en la fiscalización que se le haga al contratante. En ocasiones en los Concejos Municipales se desconoce de qué se está hablando cuando se toca el tema del Plan Regulado, cuando se habla de este tema se abarca de quince a veinte minutos y punto.

El Reglamento dice que se debe estar desarrollando simultáneamente el Plan Regulador y los IFAS. Entonces, el Concejo de Coronado debe saber qué es lo que se debe hacer, cuánto tiempo dura la elaboración de IFAS, lo estudios de SENARA, del Plan Regulado; la inclusión de cada uno de los elementos para tener un paquete.

Hay dentro de la Municipalidad una Unidad de Ordenamiento Territorial que lleve ese control, para que le estén dando el Concejo cada quince días o cada mes un informe de cómo está la situación. La señora (Clara Loría), dijo algo muy importante, el primer financiamiento de dónde salió, son fondos públicos y cualquier vecino puede presentar una demanda por malversación de fondos públicos, porque se invirtieron fondos para obtener un producto y ese producto no dio resultado; por eso damos un acompañamiento, pero debemos tener mínimo una vez al mes una reunión sugerida con la Comisión del Plan Regulador donde se les explique al Concejo Municipal cómo va el proceso del cartel de licitación, qué se ha aprobado, cuáles reuniones han tenido con los miembros de SETENA para ir viendo los avances.

Cuando la Municipalidad nos presenta todos requisitos los comparamos con una lista de chequeo; para que esto no les rebote en SETENA la Comisión del Plan Regulador se va a basar en esa lista y se las presenta al Concejo.

Hay algo muy importante es todo esto, que cuando lo presenta el alcalde o la Presidencia Municipal, lo hace bajo juramento diciendo que “los estudios que

presentamos reflejan la realidad del cantón” y cuando se rebota porque no cumplen ese juramento se convierte en prevaricato y cualquier vecino se entera puede poner una denuncia. Si nosotros pasamos los estudios mal hechos es a nosotros a los que van a denunciar.

No sé cuánto tiempo tiene previsto la Comisión para hacer el estudio SENARA, estudios IFAS y el Plan Regulador, según lo que hemos estado trabajando con MDEPLAN, esto es un trabajo que puede tardarse entre cuarenta ocho y cincuenta y dos meses.

Cuando se ingresa al departamento se les va dar una nota donde se les indica el número de expediente y que empieza la evaluación que está dirigida por un coordinador que hará la evaluación directa con la Comisión del Plan Regulador. Ese coordinador será el encargado de establecer el grupo multidisciplinario que va a hacer la evaluación de ese estudio, así como se pidieron profesionales para elaborarlo SETENA tendrá profesionales para evaluarlo.

Es importante que se den cuenta que en esa evaluación lo primero que evaluamos son los consultores, si los consultores no cumplen, en ese momento se archiva todo; porque yo como profesional, como ingeniero forestal no puedo firmar un estudio geológico y eso es lo que han hecho algunos consultores, eso se llama falsedad ideológica.

Una vez recibido ese punto, revisamos la cartografía, se va analizando cada uno de los treinta y ocho mapas y se van haciendo observaciones. Después, analizamos la parte técnica y se verifica el apartado cinco, tres, uno, las variables si fueron o no aplicadas. Al final, se describe todo el análisis que se hizo y la validez del estudio que se está presentado, veamos en la presentación el tercer punto indica que es el estudio Hidrogeológico y este debe ser presentado a SENARA. Es importante que sepan que los consultores dicen que eso no es necesario que ellos como consultores pueden hacer un estudio o una valoración hidrogeológica sin necesidad que lo avale SENARA y señores si eso no está es un problema, veamos que, es el tercer punto de cincuenta y siete variables. Este Decreto tiene una característica que es concatenado, es decir, la variable número no es importante para hacer la variable número dos, y se necesita la variable uno y dos para poder hacer la tres y así sucesivamente.

Nosotros le remitimos este punto a SENARA, porque es el único ente competente para hacer este trabajo, además de acuerdo al voto de la Sala Constitucional eso lo debe hacer SENARA y los consultores lo omiten y ha sido la causa de archivo de más de cuarenta estudios en SETENA. Desde el año 2012 a la fecha de más de cincuenta estudios de Planes Reguladores, apenas se han aprobado cuatro, las Municipalidades presentaron recursos de revocatoria que han sido desestimados porque no cumplían con la normativa jurídica.

Una vez que ya todo lo anterior esté analizado se le pide inspección de campo, aquí la Municipalidad debe nombrar a una persona que acompañe a los funcionarios de SETENA para hacer la validez de campo, pero, los compañeros de la Municipalidad tuvieron que haber hecho trabajo d campo con los consultores, esto por qué, porque henos llegado a cantones donde el estudio dice que es área urbana y es una plantación de bosque y situaciones así.

La inspección de campo es muy importante, la Municipalidad define si los consultores nos acompañan a esas inspecciones, ya que nosotros solo nos entendemos con la Municipalidad y con la Comisión, nosotros no nos entendemos con consultores, porque los consultores son contratación directa de la Municipalidad.

Después se hace el dictamen técnico, es donde se hace la valoración de campo, la valoración escrita todos los análisis que se han realizado y va firmado por todos los que participaron en ese análisis y el coordinador como representante. Aquí quiero aclarar algo importante: ¿Por qué no se piden anexos? Un Plan Regulador no se modifica, no se reelabora, ese es un concepto que ha sido mal interpretado por los consultores. Porqué, porque si la información que se presenta es nada más son firmas, o que falto un río o localizar un pueblo, eso es subsanable, pero cuando hay faltantes como por ejemplo, diecisiete mapas, entonces, eso se debe volver a incorporar hay que hacer una vez más las valoraciones para hacer los cambios que se van a hacer, qué pasa si se cambia el IFA, cambia el análisis ambiental, cambia el reglamento de desarrollo sostenible y por ello el Plan Regulador un solo cambio hace que el producto no sea el mismo.

Según el punto siete punto cuatro tres del Decreto, “En el caso de que la información presentada a la SETENA presente faltantes sustanciales o significativos problemas de fondo e incumplimiento de los procedimientos señalados en este instrumento, el equipo técnico elaborará un reporte técnico interno y lo pasará a la Comisión Plenaria a fin de que se confeccione la respectiva Resolución de Rechazo y devolución de los documentos. Esta Resolución deberá estar debidamente fundamentada”

Esto viene al Concejo y puede tomar dos caminos: primero, cierra el libro y ice aquí no pasó nada y segundo, inicia una investigación para determinar qué fue lo que sucedió; porqué esos estudios después de tener cuatro o cinco meses treinta millones de colones no generó el producto que se tuvo que haber dado.

La Comisión Plenaria es la única que da la viabilidad, todo esto es proceso que tiene un plazo de doce meses.

Señor, Javier Gutiérrez: ya que esta Municipalidad no le ha hecho ni un solo cambio al Plan Regulador, a pesar de que yo creo que era cada cuatro años que había que revisarlo Yo quisiera preguntar ¿Existe alguna ley o Decreto que le exija a la Municipalidad que debe actualizar el Plan Regulador?

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: de acuerdo a la Ley de Planificación Urbana cada cinco años debe presentar un informe de seguimiento de cómo va lo planificado con lo ejecutado.

Señor, Javier Gutiérrez: Y si no se ha presentado, ¿yo tengo algún derecho como ciudadano? He sido afectado por todo esto.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: la aplicación de la norma, eso es con el INVU mediante la Ley de Planificación Urbana.

Señor, Javier Gutiérrez: con respecto a lo que usted estaba hablando, que se puede durar de cuarenta y ocho a cincuenta y dos meses, ¿es tanto el plazo?

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: solo los estudios de SENARA, dura unos seis meses, los IFAS pueden tardar entre doce y veinticuatro meses, son cincuenta y siete variables, visitas campo.

Señor, Javier Gutiérrez: No se está cambiando la Constitución, es un Pla Regulador.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: es que se trata de los estudios, le pongo el ejemplo, de lo mismo que usted habló de BID Catastro hicieron diecinueve estudios en doce meses y cuando los revisamos no servían.

Lo que se recomienda al cantón de Coronado es que se deben estructurar los tiempos, ya que, no se puede estructurar un cartel de licitación sin saber cuáles son los tiempos. Además, no se puede revisar el producto final sino se han revisado los informes de avance, porque si el producto final está mal todo lo hecho anteriormente se perdió y por eso se debe planificar.

Es más fácil para nosotros analizar con la Comisión del Plan Regulador las dieciocho variables en el momento, que llegar al final y revisar cincuenta y siete variables.

Lo ideal es trabajar una variable a la vez y estar seguros que esa variable está bien analizada. El cartel de licitación tiene una serie de multas y cláusulas yo aplico las cláusulas incluso, asumimos que el cartel tiene apelaciones y si yo no estoy de acuerdo hay un tercero que va a revisar, es el Tribunal de Apelaciones.

Regidor, Carlos Rodríguez: nosotros contamos con ochenta millones que nos aprobó MIDEPLAN para el Plan Regulador; usted nos habla se setenta y dos meses que más o menos coincide con lo de SETENA y el INVU para la aprobación de la viabilidad ambiental y urbanística. Nosotros tenemos dieciséis años de tener un Plan Regulador pétreo prácticamente, no acepta modificaciones, se olvidó de hacer previsiones cada cinco años, aunque es una norma jurídica está en un contexto sociológico en un contexto social; cuando el Plan Regulador se aprobó Coronado tenía uno cincuenta y cuatro mil habitantes más o menos y ahora hay casi ochenta mil, hay una presión enorme como me decía don Francisco hace un rato tiene trece de doscientos setenta kilómetros para desarrollo urbano; existe una limitación enorme para el desarrollo del cantón. A lo que quiero llegar: con ochenta millones y plazos tan amplios para cumplir con todos esos estudios y nuestro Plan Regulador no se puede ser parcialmente modificado esto tiene que ver con la significación de los cambios. A SETENA por su criterio de proporcionalidad y razonabilidad que debe regir y todas las actuaciones de los funcionarios públicos no le debería interesa los cambios menores, cito casos específicos, en este cantón estamos enfrascadas en el interés de personas que tienen un sustento mínimo en la operación de salones de belleza, pañaleras, minisúper, nada de eso se permite y, nosotros vamos a durar unos seis años, con ochenta millones de que a seis años no sé qué es lo que podamos pagar y el costo va a ser mucho más de los ochenta millones. Entonces, qué le vamos a decir nosotros a la gente, estamos ante una realidad ambiental totalmente variante.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: a pregunta se la hago al revés, ¿Qué fue lo que le planteó el cantón de Coronado a MIDEPLAN? Porque por lo que usted me está diciendo en MIDEPLAN debe haber un cartel de licitación donde dice qué es lo que van hacer, ya que, MIDEPLAN les aprobó ese dinero, tuvo que decirles que es para que se ejecuten en cinco, seis o diez meses, porque exactamente ese el periodo de ejecución; todo está en el diagnóstico que hizo el Concejo o que hizo la Comisión de Plan Regulador, el diagnóstico para llegar y decir que necesitaban ochenta millones para hacer toda la reestructuración de ordenamiento territorial del cantón; esto se basa en un diagnóstico, un pronóstico y una propuesta. Es decir, tuvo que existir un diagnóstico antes de haber un planteamiento a MIDEPLAN.

Regidor, Carlos Rodríguez: El hecho de que una entidad pública de carácter no financiero como es el MIDEPLAN conceda o no una cantidad determinada de dinero para hacer un Plan Regulador, me parece que incurre en cierto grado de responsabilidad, por qué una entidad financiera normalmente para financiar proyectos solicita requisitos.

También me preocupa esa carencia y falta de coordinación interinstitucional, con todo el respeto que

se merecen, entre SETENA, SENARA y el INVU y MIDEPLAN, porque tenemos un problema histórico muy grande en las Municipalidades hay una carencia de conocimiento por este tipo de cosas. Los Planes Reguladores a pesar de ser tan importantes, siguen siendo difíciles de cumplir, en conclusión pienso que lo ochenta millones que nos aprobó MIDEPLAN, fue un dinero que se trató de obtener para iniciar el Plan Regulador porque nos está asfixiando. Tal vez, no tuvimos suficiente cuidado para desmenuzar ese Decreto, todos los gastos para la realización de un programa, eran los ochenta millones o nada. Usted no cree que SETENA, SENARA y demás instituciones pudieron decirle a MIDEPLAN que si, por ejemplo, la Municipalidad tiene ochenta millones y hay plazo; me parece que hay una falta de coordinación para que estos trabajos llegue a buen término.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: nosotros ya hemos estado en reuniones con MIDEPLAN con el tema de Planes Reguladores y MIDEPLAN ya está tomando sus medidas y haciendo reestructuraciones hoy en la mañana estábamos coordinando con FEMETROM para llevarles el mensaje de la situación que estábamos viendo y también estuvimos hablando con la ANAI para que nos dieran la oportunidad de exponer esto. No se trata de asustar al Concejo, sino que ya sabiendo la situación rectifiquen si tienen que hacerlo o replantear y conversar con MIDEPLAN, y decirles no dieron ochenta millones, ¿ustedes creen que con esto nos alcanza? Es por eso de este acercamiento con las Municipalidades para que replanteen el proceso los IFAS y los Estudios de Vulnerabilidad, porque como repito el noventa y nueve por ciento de las Municipalidades de Costa Rica no saben lo que es un Plan Regulador.

Es importante que se le dé seguimiento a todo esto, nosotros nos vamos, pero es necesario que alguien dicte todas estas directrices, es necesario tener a una persona que lidere el proceso, un funcionario Municipal que esté relacionado con MIDEPLAN, con SENARA y las otras entidades analizando como se deben ir cambiando las directrices, debe ser una persona que esté solo en esto.

Regidor, Juan Caros Alfaro: por eso yo hablaba del plazo precisamente, así como se ve el panorama, tenemos ochenta millones y debemos iniciar el proceso, el plazo que se está solicitando son cuarenta y ocho meses, entonces, se debe tener certeza de que la Comisión va a llevar el proceso de tal forma que se pueda cumplir con ese plazo de lo contrario sería en vano y hay que pensar que nosotros estamos hasta el 2016, y que este proceso debe continuarlo el proceso que venga.

Señora, Lilliam Alvarado: buena noches, es lamentable que esta charla llegara hasta ahora, ya vimos que arrancamos mal, porque con ochenta millones en cuatro años está difícil que nos alcance y con un Plan Regulador con dieciséis años que no se le hace ningún estudio.

Entiendo que el Plan Regulador está vigente, pero que no puede estar vigente si no tiene las variables ambientales, pregunto, un Coronado que ha cambiado en estos dieciséis años, qué pasa con esos lugares donde los terrenos eran disque agrícolas ahora son urbanizaciones y que lamentablemente en el caso nuestro la Municipalidad indica que aunque sean nuestras propiedades que nos van a desalojar de ahí. Mi consulta es cuánto vamos a esperar nosotros y otros ciudadanos para que se solucione lo del Plan Regulador, ya que usted le dice al regidor Lezama que el Plan está incompleto porque le faltan las variables ambientales.

Funcionario de SETENA, Danilo Vindas: en asuntos de ambiente y de Plan Regulador hay cincuenta y siete leyes que afectan, entonces si una deja descuidado algo

por otra se aplica, por ejemplo los Planes Reguladores se aplican por la Ley de Planificación Urbana y así tienen las Municipalidades el sustento para aplicarlo.

En el caso de Coronado es mejor hacerlo nuevo, porque es del año 1996 y la realidad es otra.

Regidor, Diego Lezama: Cuando se estuvo trabajando el Comisión del Plan Regulador anterior yo manifesté en el seno del Concejo que yo hacía una estimación mínima de los ciento cuarenta millones, dije que había que planificar, es decir, había que hacer el anteproyecto del Plan Regulador para saber a qué íbamos a llegar, pero lamentablemente en esa Comisión no hubo cuórum por nueve meses, ciertamente se hizo algunos acercamientos con algunos consultores, para que explicaran la forma de trabajo, qué era lo que mejor consideraban para el desarrollo del Plan Regulador y al menos la Universidad Nacional en su Escuela de Geografía atendió ese llamado, era parte de lo que yo le manifestaba a la Comisión del Plan Regulador de ese momento. Esa fue la pregunta que usted no me contestó, que para planificar no se necesitaba dinero pero, algunos compañeros consideraban que si dinero no se podía planificar. Lo otro que quería decir es que aquí sí existió una oficina de Plan Regulador que debía dar seguimiento, pero la cerraron. Por último, yo lo que creo es que SETENA aprueba la viabilidad ambiental no el Plan Regulador; se han dado casos donde la variable ambiental está bien pero el Plan Regulador se rechaza e el INVU porque el diagnóstico está mal hecho y se han rechazado los Planes Reguladores.

Regidor, Mario Umaña: buenas noches, he estado analizando los planteamientos que ustedes nos vienen a hacer, yo tengo mi propio criterio. Yo vine en el año ochenta y seis a este Concejo y buscamos hacer un pequeño reordenamiento del cantón de Coronado. El desarrollo de este cantón requiere de presupuestos de decisiones que realmente hagan un cambio radical en este cantón.

Analizando la situación de los recursos yo me atrevo a decir que ochenta millones no es ni para empezar y don Diego se queda muy corto l decir que con ciento cuarenta millones, yo creo que se necesitan cuatrocientos o quinientos millones, ustedes dirán que estoy loco, pero la realidad es que de un año a otro los costos suben demasiado. Hoy aquí yo Mario Umaña creo que no se puede engañar a la gente y decirles que lo vamos a hacer y creo que casi ni a tiempo completo un funcionario puede hacer todo al filo de la ley. Si solo tenemos ochenta millones creo que es imposible hacer algo y que ese dinero se va a perder.

¿De las personas que ustedes tienen registrados y han hecho mal el trabajo se pueden acusar penalmente, existe algún mecanismo para hacerlo?

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: claro que existe, la Ley General de Administración Pública nos obliga a responder con mi peculio cualquier error que se cometa e incluso puedo ir a la cárcel.

Regidor, Mario Umaña: ¿cuántos de esos van a ir a la cárcel o van a pasar por un proceso? Me atrevo a asegurar que es casi imposible que alguien sea culpable.

Señor, Javier Gutiérrez: ¿hay un tipo de coordinación entre instituciones para que en el Plan Regulador pidan todo lo que están pidiendo?

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: cuando es Costa Rica se socializan las pérdidas pero se privatizan las ganancias. Cuando hay normas que se establecen y no me afectan nadie dice nada, pero cuando me están afectando me desestabilizan.

Cuando se presentó esa normativa ninguna Municipalidad lo estudio y presentó algo ante la Sala Constitucional.

Señor, Javier Gutiérrez: las normas que están poniendo se aplican a países de primer mundo.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: ¿Por qué no han apelado?

Señor, Javier Gutiérrez: porque lamentablemente los Concejo Municipales que han existido de aquí para atrás han dormido el sueño de los justos y los ciudadanos pagamos los platos rotos y las otras instituciones exigen en demasía.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: le voy a poner un ejemplo, en San Pablo de Heredia que es una zona de tatos cafetales rodeados de urbanizaciones y ahora hay un Plan Regulador que no permite que se urbanice los cafetales solo pueden hacerlo en parcelamientos agrícolas, lotes de cinco mil metros cuadrados nada más, ahora hay un problema legal porque ya el café no da. La ley no está mala lo que está mal es la pasividad de a quien se le aplica la ley porque no respondemos en el momento.

Señor, Javier Gutiérrez: Yo estoy de manos atadas por mi caso específico ¿existe alguna norma que le exija a la Municipalidad que tenga el Plan Regulador vigente?

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: ¿Ya revisó la normativa de Planes Reguladores?

Señor, Javier Gutiérrez: No existe nada que obligue a la Municipalidad mantener el Plan Regulador vigente.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: ¿Usted ha hecho alguna apelación ante la Sala Constitucional?

Señor, Javier Gutiérrez: Le agradezco el consejo.

Regidora, Zaida Granados: buenas noches, solamente me quedó una preocupación cuando la señora se refirió a que el Plan Regulador no está vigente, quiero aclarar que si está vigente, solo que no tiene la parte ambiental , pero como no tiene esa parte tiene que regularse por la normativa vigente es decir, por otras leyes, pero el Plan Regulador nuestro continua vigente, solo quería aclarar.

Funcionarios de SETENA, Danilo Vindas: recordemos que SETENA tiene doce semanas para revisar, pero este plazo se puede reducir si nosotros estamos cerca del proceso de cuatro a seis semanas aproximadamente. Es importante que el Concejo tome el acuerdo de que nos van invitar por medio de la Comisión del Plan Regulador a estar revisando toda esa información.

Los plazos se suspenden cuando se pide algún documento; los plazos no se deben dejar vencer, porque si se vencen es un asunto administrativo y obliga a archivar y se pierde todo lo que se ha hecho.

Después se dan audiencias, dice la Ley que son tres, sin embargo, nosotros damos más.

Lo otro, es que los IFAS se envían a SETENA , sin que se les dé esta charla.

Funcionarios de SETENA, Eduardo Segnini: les voy a explicar la importancia que tiene que estos estudios se vayan realizando. Les voy a presentar un cuadro:

Se presenta a continuación un cuadro comparativo entre los estudios de la variable ambiental (SETENA)y los del Plan Regulador (POT-INVU).

No.

COMPONENTE DEL ESTUDIO

VARIABLE AMBIENTAL

PLAN REGULADOR

(POT)

1 Cartografía Presente Presente

2 Geología(estratigrafía, fallas geológicas) Presente Presente

3 Geomorfología (pendientes, red hidrográfica, áreas de inundación)

Presente Presente

4 Hidrogeología (acuíferos, áreas de recarga acuífera, vulnerabilidad y pozos)

Presente Presente

5 Estabilidad de Laderas (Uso de Pendientes)

Presente Presente

6 Amenazas Naturales (Sismicidad, Inundaciones, Fallas geológicas, Tsunamis, Vulcanismo, Licuefacción) – Datos Climáticos

Presente Presente

7 Coberturas Vegetales (Bosques, Humedales, Manglares, otros)

Presente Presente

8 Uso Actual de Suelo por Actividades Agrícolas

Presente Presente

10. Áreas Protegidas, Corredores Biológicos Presente Presente

y vacíos de conservación

11 Uso Actual del Suelo por desarrollo Urbano actual y Transicional (densidad de población, Tipo de Uso y Red Vial)

Presente Presente

12 Sitios Arqueológicos y otros Factores Antrópicos clave (Fuentes de agua, Acueductos, Alcantarillados, Rellenos Sanitarios)

Presente Presente

13 Unidades de paisaje Presente Presente

14 Zonificación de Uso del Suelo (Plan Regulador con Variable Ambiental Integrada)

Presente Presente

15 Reglamento de Desarrollo Sostenible Presente Presente

I. ASPECTOS LEGALES. Sugeridamente antes de iniciar con los estudios se deben elaborar los términos de referencia para la confección del estudio IFA y el plan regulador, además el contrato que regirá la relación entre los consultores y la municipalidad.

II. SENARA. Antes de realizar los estudios que solicita el decreto Nº 32967, se debe hacer el estudio de vulnerabilidad acuífera y la aplicación de la matriz del SENARA, presentar este estudio a SENARA para que esta institución lo evalue. Una vez aprobado se incorpora al estudio del IFA y el AAA.

III. SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA (SIG). Es muy importante que antes de iniciar estos estudios, la Municipalidad cuente con un programa de SIG, para poder analizar la información que se va generando. Además personal capacitado en el uso de este instrumento.

IV. COMISIÓN DE PLAN REGULADOR. Sugeridamente es necesario darle apoyo a la Comisión de Plan Regulador, para que se reúna en forma constante y supervise el avance de los trabajos que realizan los consultores y estén revisando los productos que los consultores generen.

Funcionario de SETENA, Eduardo Segnini: Voy a presentarles una diapositivas donde está todo resumido:

Funcionarios de SETENA, Eduardo Segnini: con los IFAS se hace un diagnóstico actual del cantón, con base a ese diagnóstico se hace el análisis de todo ese diagnóstico, si ese primer capítulo está mal elaborado lógicamente el análisis se hace sobre una base mal hecha y vamos a obtener un producto malo.

El Reglamento ambiental que se va a introducir en los reglamentos municipales los va inducir a error en vez de ayudarles a tomar buenas decisiones se tomarán decisiones incorrectas.

Señora, Teresita Vargas: ¿E qué parte de la planeación va la participación ciudadana?

Funcionarios de SETENA, Eduardo Segnini: esa es una excelente pregunta, en la presentación que estoy leyendo no está y le voy a explicar porqué.

Voy aclarando, la participación de la sociedad civil inicia en SENARA, desde ahí se da la participación de todo el proceso hasta que llega aquí nuevamente esa es la participación de la sociedad civil. Haciendo una audiencia pública n india que ese sea todo el proceso, eso no real. En la Comisión de Plan Regulador debe haber al menos tres integrantes de la sociedad civil según la Ley de Planificación Urbana. Lo que respecta a la audiencia pública se va a realizar posterior a la viabilidad ambiental, según una discusión que se dio en Casa Presidencial.

Como sugerencia, que se hagan las observaciones antes de ir a SETENA porque algunas observaciones pueden alterar la cartografía, eso como una sugerencia nada más.

Señora, Teresita Vargas: ¿Cuál institución es la responsable de parte ambiental?

Funcionarios de SETENA, Eduardo Segnini: a nosotros nos dejaron fuera de la audiencia pública, solamente.

Señor, Javier Gutiérrez: ¿La audiencia pública va a ser después de todo este proceso y si hay un cambio hay que comenzar de nuevo?

Funcionario de SETENA, Eduardo Segnini: para que quede claro, SETENA no tiene nada que ver con la audiencia pública, lo que es claro es que el INVU no aprueba sin la audiencia pública realizada. SETENA si otorga viabilidad ambiental sin audiencia pública.

La lógica dice que si hay cambios en la parte ambiental debería ser analizado por SETENA, pero después de que nosotros otorgamos la viabilidad ambiental no sabemos más de lo que sucede en la audiencia ni en el

INVU. En resumen, a audiencia pública va después de la viabilidad ambiental, lo que no sé es si la Municipalidad puede hacerla antes de la viabilidad ambiental. Ustedes pueden hablar con los abogados y definir si hacen la audiencia pública antes o después de la viabilidad ambiental.

Regidor, Diego Lezama: una sugerencia, en el INVU se tiene conocimiento de esta situación, una de las situaciones que se ha manejado es que la empresa o consultor que ha contratado para hacer estos estudios se le propone que realice una audiencia pública para los IFAS, para pode subsanar ese vacío y al final tienen que hacer talleres de capacitación. La audiencia es cuando ya se tiene todo el insumo para su aprobación para que se le hagan observaciones, aunque, eso no significa de que si una sola persona haga una observación esta se acoja; puede ser que una persona que haga una observación esté fuera de la normativa vigente o una situación muy particular que no persigue el interés común.

Funcionario de SETENA, Eduardo Segnini: para nosotros es mejor revisar los estudios con una audiencia realizada porque viene mejor.

Presidenta municipal, Krisia Montoya: en primer lugar les agradezco que nos hayan hecho esta exposición. Quiero concluir con algunas cosas: cuando don Olman Barrantes, se refería que si nosotros estábamos interesados en lo que respecta al Plan Regulador, quiero decirle que sí, que este Concejo Municipal se ha preocupado por este tema, a pesar que el mismo Plan Regulador establece que en una de las cláusulas que requería de una revisión cada cinco años; tanto es así que cuando vino uno de los personeros de MIDEPLAN, le manifestamos que nuestra urgencia es la actualización del Plan Regulador.

Quiero comunicarles a los vecinos presentes que cuando yo ejercí la Presidencia el primeo de mayo de este año, nombre la Comisión del Plan Regulador como una Comisión especial, sin embargo, algunas personas me hicieron la observación de que yo había nombrado mal a Comisión y que debía acogerme al artículo 59 y 60 de la Ley de Planificación Urbana, tal como lo mencionaba don Eduardo hace un momento. Para que todos estén enterados la nueva Comisión del Plan Regulador ahora está integrada por siete miembro tal y como lo establece la Ley, se incluyeron a tres personas de sociedad civil que son: don Eduardo Malvassi, quien es: geólogo, vulcanólogo, petrólogo y doctor en Ciencias de la Tierra. Don Gustavo Barrantes: geógrafo, MSc. En Sistemas de Información Geográfica y doctorante en Ciencias Naturales, además, es sub director de la Escuela de Ciencias Geográficas de la Universidad Nacional y don Guillermo Barboza, quien tiene un post

grado en geología y geofísica, es petrólogo y geólogo consultor ambiental. Además, es hidrólogo y especialista en amenazas naturales. Por la administración municipal estás los ingenieros: Francisco Pérez y Gilberth Benítez y por el Concejo Municipal los compañeros Mario Umaña y Diego Lezama; esta es la nueva Comisión del Plan Regulador que si no me equivoco empiezan a sesionar la próxima semana.

Para nosotros ha sido un gran aporte el que ustedes estuvieran aquí porque no es solo tema jurídico es un tema bastante técnico, además es un tema de participación ciudadana, se hizo un gran esfuerzo para poder convocar ya que fue el lunes cuando se convocó ha existido mucho interés de este Concejo Municipal, de las diferentes Presidencias para que se trabaje este Plan Regulador.

Funcionario de SETENA, Eduardo Segnini: muchas gracias, solamente agradecerles a ustedes por el tiempo; para nosotros es muy importante explicarles a ustedes todo este proceso.

Abogado del Concejo Municipal, Lic. Carlo Magno Burgos: buenas noches, muchas gracias por traer esta exposición de un tema tan importante no solo para el municipio, sino, para todo el cantón. Lo primero que quiero recalcar es un proceso que estamos iniciando a nivel de Municipalidad, al inicio escuché que hubo una confusión sobre la vigencia del Plan Regulador y por tema aclaratorio es importante que tengan conocimiento que hay una norma que está vigente, que se pueda no ejecutar es un tema que no me corresponde definir es un tema más técnico y hasta político; por eso estamos es un proceso de realizar un nuevo plan urbanístico, me parece importante aclarar que está vigente.

Es importante -aquí me ofrezco de voluntario para colaborar- de elaborar un documento que le sirva al Concejo, a los funcionarios municipales y al ciudadanía e cuál es el proceso que se debe realizar para la ejecución para el nuevo Plan Regulador y además de de eso cuál es el estado actual. Para toda la ciudadanía pueden llegar al Concejo y estamos para servirles.

Regidor, Róger Cascante: buenas noches todos, agradecer a los funcionarios y a la ciudadanía por tomarse el tiempo para venir, con un tema tan importante para el cantón y que se ve que están comprometidos.

Cuando algunos reidores estuvieron hablando, incluido don Carlos Rodríguez, lo invade a uno un espíritu de pesimismo cuando s enfrenta uno a una maraña de setenta y cinco leyes y un montón de instituciones, cuando el cuento de la autonomía municipal queda disminuido a eso un cuento. Pero, lo que quiero resaltar es que todo comienzo es difícil, este Plan Regulador tiene dieciseises años ya tocaba reformarlo hace mucho y como lo decían ustedes anteriormente la realidad es otra, lo cierto y lo real de todo esto es que ningún otro Concejo se había tomado en serio esta tarea, al final es una cuestión óptica de cómo usted ve las cosas, se ve el vaso medio lleno o medio vacío; hace seis meses no teníamos un cinco y hoy tenemos ochenta millones, entonces es claro que hay que buscar más recurso, pero ahora lo que tenemos que hacer es arrancar, posiblemente, el proceso licitatorio tome más de un año, ya que estos están sujetos a apelaciones a objeciones y a infinidad de cosas; pero lo que sí es claro es que este Concejo se propuso una meta y es arrancar con este proceso, aquí nadie a dicho vamos a concluir con la revisión, con la reforma, nuestra intención fue poner las bases para que los siguientes Concejos puedan continuar con la reforma y adecuarlo con la realidad del cantón. En conclusión, lo que quiero es hacer es un llamado de evitar el pesimismo, tenemos muy poco pero hemos caminado y todo camino por largo que tenga una meta empieza por el primer paso, quiero hacer un

llamado al Concejo que redoblemos esfuerzos y si tenemos que buscar recurso los buscamos y no aflojemos.

Regidor, Greivin Mora: buenas noches para todos, sumarse a las palabras del compañero Róger, don Róger que bonita reflexión hace usted esta noche, creo que es importante que no seamos mezquinos en la vida, las personas pesimista ven en una oportunidad una desgracia, las personas pesimistas vemos en una desgracia una oportunidad; es muy importante valorar que hemos arrancado con este proceso, este Concejo ha sido valiente como lo dijo la señora presidenta y nosotros en menos de cuatro años hemos logrado iniciar creo que eso es lo más relevante de todo esto.

¿Necesitamos de muchos insumos?, claro que sí, pero iniciemos, caminemos, esa es nuestra responsabilidad, para eso nos eligieron, para eso estamos aquí todos y todas, hagámoslo, seamos consecuentes con lo que el pueblo y la ciudadanía nos está pidiendo. Muchas gracias.

Regidor, Carlos Rodríguez: este es un tema tan importante que se despierta el ánimo para discutir lo que ustedes han expuesto acá. Según recuerdo el Decreto 32967, dice que rige a partir de su publicación y aplica Planes Reguladores nuevos, yo lo quisiera es dejar un producto más práctico en el cantón. El propósito de las instituciones es servir a los intereses públicos, en el caso de las comunidades que son un ente de carácter territorial lo que tienen que hacer es velar por los intereses que los ciudadanos tienen dentro de su territorio.

Aquí nosotros estamos viendo los intereses de una gran parte de la comunidad con los cual creo que constitucionalmente se estaría violando ese principio de igualdad que menciona el artículo treinta y tres de la Constitución. ¿Es posible obtener de SETENA un documento oficial que nos diga a nosotros de lo que nos debemos valer única y exclusivamente de la Ley de Planificación Urbana-un documento de carácter legal – y de aspectos ambientales –porque el Plan Regulador no tiene la viabilidad- es posible tener ese documento legal?

¿Podemos nosotros modifica el Plan Regulador para incluir estas empresitas de subsistencia con el aval de SETENA o con la autorización de SETENA?

Funcionario de SETENA, Danilo Vindas: le recuerdo don Carlos, que no podemos pasar por encima de la Ley, lo que se debe pretender es que la Ley se modifique, porque SETENA como institución no puede decir no vamos a cumplir a Ley.

Regidor, Carlos Rodríguez: yo le voy a contestar: el artículo diecisiete de la Ley de Planificación Urbana permite la modificación de los Planes Reguladores siempre y cuando se cumpla con el artículo diecisiete, solo que la Ley de Planificación es anterior al Decreto que es del 2006, hay un principio de retroactividad de la ley que nos perjudica a nosotros por haber dictado una norma no sé cuántos anteriores al Decreto que no permite modificarlo.

Funcionario de SETENA, Danilo Vindas: falta algo y es el voto de la Sala Constitucional que dice: que todos los Planes Reguladores habidos y por haber debe incluirse la variable ambiental.

Regidor, Carlos Rodríguez: en la literalidad de ese fallo, ¿es en los Planes Reguladores nuevos?

Funcionario de SETENA, Danilo Vindas: no, es todos.

Regidor, Carlos Rodríguez: pero la ley no tiene efecto retroactivo.

Funcionario de SETENA, Danilo Vindas: lo que yo le sugiero es que le haga la consulta la Sala Constitucional. Que la Sala les dé la interpretación de su fallo, SETENA no puede interpretar solo debe aplicar.

Regidora, Mireya González: dada la complejidad de este proceso y las exigencias inherentes me parece importante retomar el planteamiento del ingeniero Olman Barrantes, de cómo vamos a trabajar el tema de la fiscalización. Como nos recomendaban los funcionarios de SETENA, nosotros debemos estar muy seguros de que todo lo que se va a presentar a SETENA, debe ser en cumplimento de todos estos requisitos, entonces sí me parece que es importante que el Concejo y la Comisión del Plan Regulador tome en cuenta el ofrecimiento del señor Olman Barrantes para que se tome en cuenta ese ofrecimiento.

Regidor, Manuel García: agradecerles a todos ustedes, y tomarle la palabra al abogado Barrantes y a la señora que se quedó hasta el final. Y unirme a las palabras de don Róger Cascante y que seamos positivos.

Presidenta municipal, Krisia Montoya: la compañera que se quedó hasta el final, es doña Sidney Castellón, quien es una de las asesoras de la Comisión del Plan Regulador, es ingeniera civil y administradora de proyectos, será de gran apoyo para la Comisión.

Agradecerles a todos y pasamos al capítulo tercero de clausura y al ser las veintidós horas y treinta minutos.

CAPÍTULO III.-Clausura

ARTÍCULO 3) Al no haber más asuntos que tratar se levanta la sesión extraordinaria 73 del miércoles 18 de junio del 2014 al ser las veintidós horas y treinta minutos .

Sra. Krisia Montoya Calderón, Presidenta Municipal

Jéssica Torres Chavarría, Secretaria del Concejo

Municipal

En caso de objeciones a la presente Acta,

Ver correcciones en el Acta nº219

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