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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO
PLENO, EL DÍA OCHO DE FEBRERO DE DOS MIL CINCO, EN PRIMERA
CONVOCATORIA.
En LEGANÉS, a OCHO DE FEBRERO DE DOS MIL CINCO.
Presididos por el Alcalde-Presidente, DON JOSÉ LUIS PÉREZ RÁEZ, se
reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DON ÁLVARO COUSO
BRAÑA (Se incorporo en el punto 7), DOÑA MARGARITA PEDRUELO
NUCHE, DON FLORENCIO IZQUIERDO IZQUIERDO, DOÑA
YOLANDA SEVILLA LÓPEZ, DON FRANCISCO ARROYO MARTÍN,
DOÑA MARÍA RITA SALINAS GONZÁLEZ, DON SANTIAGO
LLÓRENTE GUTIÉRREZ, DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON
FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ORTIZ, DON ANTONIO GARCÍA
BLÁZQUEZ, DOÑA Mª GUADALUPE BRAGADO CORDERO, DON
FRANCISCO RODRIGO VICENTE (Se incorporo en el punto 40), DON
PEDRO ROJO BERMUDEZ, DOÑA Mª PILAR ALMONACID COLLADO,
DON ANDRES CUBERO DE MIGUEL, DON MARIO J. AVILÉS ORTIZ,
DOÑA Mª DEL SOCORRO DEL FRAILE SARMIENTO, DON ÁNGEL
RAMOS SÁNCHEZ, DON ALEJANDRO MARTÍN ILLARREGUI, DON
JOSÉ LUIS SALAZAR RÍOS, DON JORGE FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ,
DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON MARIANO MAROTO GARCÍA,
DOÑA Mª DEL ROSARIO PEÑA ESPUELA, DON ALARICO RUBIO
TELLO, DOÑA CARMEN ROSA GONZÁLEZ VALDERRAMA, asistidos
del Secretario DON HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la
Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la
sesión Ordinaria por el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían
sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día.
Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las
dieciocho horas.
1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES
- 2 -
ANTERIORES CORRESPONDIENTES A LAS CELEBRADAS:
EL DIA 14 DE DICIEMBRE DE 2.004, CON CARÁCTER
ORDINARIO; EL DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2.004, CON
CARÁCTER EXTRAORDINARIO Y EL DIA 25 DE ENERO DE
2.005, CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO.
Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron: aprobar las
actas de las sesiones anteriores, correspondientes a las siguientes:
1.- EL DIA 14 DE DICIEMBRE DE 2.004, CON CARÁCTER ORDINARIO.
2.- EL DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2.004, CON CARÁCTER
EXTRAORDINARIO.
3.- EL DIA 25 DE ENERO DE 2.005, CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO.
2.- RATIFICACION ACUERDO PRORROGA CONVENIO
ESPECIFICO DE COLABORACION CON CONSEJERIA DE
EDUCACIÓN. COMPENSACIÓN EDUCATIVA (GARANTIA
SOCIAL 2.005).
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Ratificar la firma del acuerdo de prórroga del Convenio Especifico de
Colaboración para el desarrollo del Programa de Compensación Educativa
(Garantía Social, modalidad Talleres Profesionales), desde el 1 de enero hasta
el 31 de diciembre de 2.005, cuya aportación económica por parte de la
Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid asciende a TREINTA
Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS (38.268.- €).
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y a la Concejala-Delegada de Desarrollo
Local, indistintamente, para la firma de cuantos documentos sean necesarios
en ejecución del presente acuerdo
- 3 -
3.- MODIFICACION CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA
CONSTRUCCION Y POSTERIOR EXPLOTACION DE UN
APARCAMIENTO SUBTERRANEO EN LA C/ BATALLA DE
BRUNETE.
Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 11 de junio de 2.002, adopto el
acuerdo de adjudicación por concurso, de concesión de bienes de dominio público para la
construcción y explotación de un Aparcamiento Subterráneo en los terrenos situados en la C/
Batalla de Brunete, a la entidad APARCAMIENTO NAVARREVISCA, SOCIEDAD
COOPERATIVA MADRILEÑA.
La adjudicación hace referencia al proyecto presentado que supone la construcción
de un aparcamiento en tres niveles, por 284 plazas de capacidad y por un periodo de 50 años.
Por la entidad APARCAMIENTO NAVARREVISCA, SOCIEDAD COOPERATIVA
MADRILEÑA, se presento proyecto de construcción definitivo, con una capacidad de 290
plazas para vehículos, en tres niveles. Por lo que se solicita en escrito presentado el 14 de
diciembre de 2.004, su aceptación y correspondiente rectificación en el acuerdo de
adjudicación.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en
votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes
del Grupo Municipal Popular, acordaron: Modificar el acuerdo de adjudicación de 11 de junio
de 2.002, aprobando la CONSTRUCCIÓN Y SUBSIGUIENTE EXPLOTACIÓN,
MEDIANTE CONCESION DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO, DE UN
APARCAMIENTO SUBTERRANEO EN LA CALLE BATALLA DE BRUNETE, a la
empresa APARCAMIENTO NAVARREVISCA, SOCIEDAD COOPERATIVA
MADRILEÑA, modificación que consiste en que la concesión lo es para un aparcamiento de
290 plazas, en tres niveles, y quienes se compromete a su realización con estricta sujeción al
pliego de condiciones y oferta presentada, por un periodo de concesión de 50 años.
4.- AUTORIZACION PARA ARRENDAMIENTO DE LOS
- 4 -
PARCELAS 1 Y 2 PARQUESUR PARA EXPLOTACION DE
UN JARDIN PUBLICO, APARCAMIENTO ECOLÓGICO Y
VIVERO. EXPTE. 162/04.
Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 18 de enero de 2.005, adjudicó a la
empresa RODAMCO INVERSIONES, S.L.U., el concurso convocado para el otorgamiento de
la concesión administrativa de bienes de dominio público, con objeto de construir y explotar
“Un jardín público, aparcamiento ecológico y vivero en las Parcelas Municipales 1 y 2 de
Parquesur, por un plazo de VEINTISEIS AÑOS NATURALES, más la fracción del año
natural que se produjera la adjudicación.
Por D. SIMON THOMAS ORCHARD, en nombre y representación de RODAMCO
INVERIONES, S.L.U., se solicita autorización para celebrar un contrato de arrendamiento con
la Sociedad Anónima CIMODIN, S.A., de acuerdo con el apartado a) de la cláusula 19 del
pliego de condiciones que rigen el concurso, que establece la posibilidad de la cesión de la
concesión previa autorización municipal, según escrito presentado en el Registro General de
este Ayuntamiento de 16 de Noviembre de 2004.
El apartado a) del art. 19 del pliego de condiciones, establece: “El concesionario no
podrá ceder, traspasar, arrendar o subarrendar, parcial o totalmente sin la aprobación del
Ayuntamiento, y no surtirá efecto en tanto no se formalice el negocio en escritura pública. En
todo caso las cláusulas y condiciones del contrato deberán ponerse en conocimiento de la
Administración a fin de que ésta los autorice, debiendo acreditarse la solvencia y experiencia
del cesionario o arrendatario, excepto las zonas comerciales”.
Sin embargo, en el presente caso no nos encontramos en una cesión de contrato, ya
que RODAMCO INVERSIONES, S.L.U., sigue respondiendo ante este Ayuntamiento de todas
las obligaciones contraídas en el contrato de concesión administrativa, sin perjuicio de que se
le autorice a poder arrendar por un plazo determinado uno de los elementos esenciales de la
concesión, pero sin que ello suponga autorización para ceder la concesión administrativa en su
conjunto.
Por todo lo expuesto, vistos los informes emitidos y de conformidad con la
propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
- 5 -
PRIMERO.- Autorizar a la empresa RODAMCO INVERSIONES, S.L.U. para poder
arrendar a la Sociedad CIMODIN S.A., las parcelas 1 y 2 de Parquesur, para
que pueda explotar la zona de Vivero y mantener el jardín público y el
aparcamiento ecológico.
SEGUNDO.- Ambas sociedades siguen obligadas al cumplimiento del contrato dimanante
de la adjudicación de la concesión administrativa para la construcción y
explotación de “UN JARDÍN PÚBLICO, APARCAMIENTO ECOLÓGICO
Y VIVERO EN LAS PARCELAS 1 Y 2 DE PARQUESUR”, conforme al
proyecto aprobado y a todas las contenidas en el pliego de condiciones,
otorgada por este Ayuntamiento el día 18 de enero de 2.005.
5.- DENOMINACIÓN VARIOS VIALES DE LEGANÉS.
Por la Sra. Bragado Cordero se puso de manifiesto que el Equipo de Gobierno
utiliza una formula poco participativa para designar la denominación de los viales, y solicito
que los nombres de la calles deberían llevarse al Consejo de Participación Ciudadana al objeto
de que se efectuase la correspondiente propuesta.
El Sr. Alcalde-Presidente justifico la denominación de las calles que se solicitaba la
aprobación del Pleno, indicando que correspondía a criterios ya establecidos en Plenos
anteriores.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria
y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo
Municipal Popular, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar la denominación de las calles resultantes en el PP-8 y , como sigue:
Calle 6 CALLE DE ALICANTE
Calle 7 CALLE DE LEON
SEGUNDO.- Aprobar la denominación del vial 7 del nuevo Polígono Residencial de la
Fortuna, en su totalidad CALLE JESUS.
- 6 -
6.- BONIFICACIÓN EN TASA POR PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS
URBANOS AÑO 2004
En base a la solicitud formulada por los afectados del acto terrorista acaecido en
Leganés el día 3 de abril de 2.004, en el edificio situado c/ Martín Gaite, nº 38-40 del Barrio de
Leganés Norte, y considerando que la Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos se
exige por la prestación del servicio, teniendo en cuenta que dicho edificio ha tenido que ser
derribado y siguiendo la política de apoyo que este Equipo de Gobierno tiene con las Víctimas
del Terrorismo.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación sobre el
presente punto del orden del día durante la cual la Sra. Bragado Cordero señalo que su grupo
ya propuso en su momento que se eximiese del pago de la tasa a los afectados por la
demolición del Edificio C/ Martín Gaite, nº 38-40; propuesta que no fue aceptada por el resto
de los grupos municipales y que ahora la exención del pago de la tasa debía ampliarse a todos
los vecinos, retirando y eliminado la mencionada tasa de los ingresos de este Ayuntamiento.
Por su parte el Sr. García Blazquez defendió el dictamen del a comisión informativa
y la propuesta que se sometía a la aprobación.
Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
unanimidad, acordaron: Eximir del pago del año 2.004 de la Tasa de Recogida de Residuos
Sólidos Urbanos a los damnificados de la C/ Martín Gaite, nº 38-40.
7.- APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO MUNICIPAL
AÑO 2005
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, se abrió deliberación sobre los Presupuestos Municipales para el ejercicio de 2.005,
durante la cual Sr. García Blazquez expuso las razones por la que se iban a desestimar la
alegaciones presentadas por el Grupo Municipal Popular, y se remitió a la defensa que de los
- 7 -
Presupuestos había efectuado en la sesión de la aprobación inicial de los mismos, indicando
que no se introducía ninguna modificación a los mismo salvo los referente a la Plantilla de
Personal, tal y como se había informado en la comisión informativa.
A continuación el Sr. Ramos Sánchez anuncio el voto en contra del Grupo
Municipal Popular, ya que no se creen el presupuesto que se sometía a aprobación. A su juicio
los ingresos son ficticios, comentando diversos ejemplos tales como entrada de vehículos, etc.,
citando cifras por las que creía que los presupuesto no eran reales y que respecto a los gastos
suponía maquillar los presupuestos para presentarlos a los vecinos cuando en realidad no se
ejecutaban, citando créditos que no había sido ejecutados respecto del presupuesto anterior, y
que además no iban a ser ejecutados en el presente ejercicio. Hizo hincapié sobre el gasto que
estaba realizando este Ayuntamiento en intereses. Se remitió al informe emitidos por la
Interventora Municipal y pregunto en que partida se encontraba los ingresos procedentes de la
venta del Centro de Empresas, y la disfunción que existía respecto de los puesto discontinuos y
de personal eventual entre la memoria y la plantilla de Personal. Comento sus propuestas
referidas a la necesidad de establecer un equilibrio presupuestario, un mayor control del gasto y
una gestión más eficaz.
Seguidamente por la Alcaldía-Presidencia se sometía a votación los presupuestos de
este Ayuntamiento así como los documentos complementarios, de conformidad con el
dictamen de la Comisión Informativa.
Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos en contra de
los Bragado Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz,
Fraile Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, y
los votos favorables del once miembros del Grupo Municipal Socialista y cinco del Grupo
Municipal de Izquierda Unida, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Presupuesto del Ayuntamiento de Leganés para el
ejercicio de 2005, con arreglo al siguiente resumen:
INGRESOS I.- IMPUESTOS DIRECTOS 39.821.950,00 € II.- IMPUESTOS INDIRECTOS 12.458.400,00 € III.- TASAS Y OTROS INGRESOS 19.311.950,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
36.796.600,00 €
V.- INGRESOS PATRIMONIALES 3.771.420,00 € VI.- ENAJENACIÓN DE INVERSIONES
REALES
27.467.700,00 €
VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 8.543.350,00
€
- 8 -
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 629.500,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 8.798.600,00 € TOTAL INGRESOS 157.599.470,00 €
GASTOS
I.- GASTOS DE PERSONAL 58.354.700,00 € II.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES
36.967.380,00 €
III.- GASTOS FINANCIEROS 3.983.000,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
4.070.710,00 €
VI.- INVERSIONES REALES 43.786.250,00 € VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
823.000,00 €
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 629.500,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 7.900.000,00 € TOTAL GASTOS 156.514.540,00 €
SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Presupuesto de la Empresa Municipal
LEGACOM COMUNICACIÓN, S.A., correspondiente el ejercicio de 2005,
con arreglo al siguiente resumen:
INGRESOS
I.- IMPUESTOS DIRECTOS 0,00 € II.- IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00 € III.- TASAS Y OTROS INGRESOS 145.200,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
762.500,00 €
V.- INGRESOS PATRIMONIALES 0,00 € VI.- ENAJENACIÓN DE INVERSIONES
REALES
0,00 €
VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00
€
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 0,00 € TOTAL INGRESOS 907.700,00 €
GASTOS
- 9 -
I.- GASTOS DE PERSONAL 221.500,00 € II.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES
679.500,00 €
III.- GASTOS FINANCIEROS 0,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
0,00 €
VI.- INVERSIONES REALES 6.700,00 € VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00 €
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 0,00 € TOTAL GASTOS 907.700,00 €
TERCERO.- Aprobar definitivamente el Presupuesto de la Empresa Municipal EMSULE,
S.A., correspondiente el ejercicio de 2005, con arreglo al siguiente resumen:
INGRESOS
I.- IMPUESTOS DIRECTOS 0,00 € II.- IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00 € III.- TASAS Y OTROS INGRESOS 65.708.300,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
0,00 €
V.- INGRESOS PATRIMONIALES 1.398.100,00
€
VI.- ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
0,00
€
VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00
€
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 0,00 € TOTAL INGRESOS 67.106.400,00 €
GASTOS
I.- GASTOS DE PERSONAL 633.200,00 € II.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES
63.462.100,00 €
III.- GASTOS FINANCIEROS 1.258.900,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
0,00 €
VI.- INVERSIONES REALES 1.160.200,00 €
- 10 -
VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00
€
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 0,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 77.300,00 € TOTAL GASTOS 66.591.700,00 €
CUARTO.- Aprobar definitivamente el Presupuesto Consolidado, correspondiente el
ejercicio de 2005, con arreglo al siguiente resumen:
INGRESOS
I.- IMPUESTOS DIRECTOS 39.620.913,00 € II.- IMPUESTOS INDIRECTOS 10.894.800,00 € III.- TASAS Y OTROS INGRESOS 84.067.250,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
36.796.600,00 €
V.- INGRESOS PATRIMONIALES 5.160.520,00 € VI.- ENAJENACIÓN DE INVERSIONES
REALES
27.467.700,00 €
VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 8.543.350,00
€
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 629.500,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 8.798.600,00 € TOTAL INGRESOS 221.979.233,00 €
GASTOS
I.- GASTOS DE PERSONAL 59.209.400,00 € II.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES
98.237.143,00 €
III.- GASTOS FINANCIEROS 5.241.900,00 € IV.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
3.308.210,00 €
VI.- INVERSIONES REALES 44.953.150,00 € VII.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
823.000,00 €
VIII.- ACTIVOS FINANCIEROS 629.500,00 € IX.- PASIVOS FINANCIEROS 7.977.300,00 € TOTAL GASTOS 220.379.603,00 €
- 11 -
QUINTO.- Aprobar definitivamente las Bases de Ejecución del Presupuesto para el
ejercicio de 2005, con las modificaciones introducidas en las propuestas del
Sr. Concejal-Delegado de Hacienda y la Srta. Interventora Acctal.
SEXTO.- Aprobar la Plantilla de Personal y la Relación de Puestos de Trabajo de este
Ayuntamiento, conforme al siguiente detalle:
PLANTILLA DE PERSONAL 2005.
A).- FUNCIONARIOS DE CARRERA.
CATEGORÍA Nº PLAZAS
DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS GRUPO art.25 Ley
30/84.
A).- CUERPOS DE HABILITACIÓN NACIONAL.
1 1 Secretario. A
2 1 Interventor. A
3 1 Tesorero A
4 1 Oficial Mayor. A
5 1 Viceinterventor. A
6 1 Vicesecretario. A
B).- ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.
a).- Subescala Técnica.
10 8 Técnico de Administración General. A
b).- Subescala de Gestión
16 2 Técnico de Gestión de Administración General B
c).- Subescala Administrativa.
15 19 Administrativos. C
d).- Subescala Auxiliar.
20 79 Auxiliar Administrativo. D
e).- Subescala Subalterna.
25 14 Subalterno. E
C).- ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
a).- SUBESCALA TÉCNICA.
- 12 -
A).- FUNCIONARIOS DE CARRERA.
CATEGORÍA Nº PLAZAS
DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS GRUPO art.25 Ley
30/84.
1.- Técnicos Superiores.
30 5 Arquitecto. A
31 1 Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. A
32 2 Ingeniero Industrial A
33 1 Facultativo de Archivos y Bibliotecas. A
34 1 Técnico Superior Personal. A
35 2 Técnico Economista. A
36 1 Técnico Superior Pedagogo. A
37 2 T.A.E. Urbanismo. A
38 2 Técnico Superior en Informática y/o Telecomunicaciones A
39 1 Técnico Superior Derecho A
40 1 Ingeniero Agrónomo A
2.- Técnicos Medios.
60 6 Arquitecto Técnico. B
61 4 Ingeniero Técnico Industrial. B
62 3 Ingeniero Técnico Obras Públicas. B
63 1 Ingeniero Técnico Agrícola/Agropecuario. B
64 3 Ingeniero Técnico Topógrafo. B
65 1 Maestro. B
66 1 Asistente Social. B
67 1 Coordinador Escuelas Infantiles. B
68 1 Técnico Seguridad e Higiene B
3.- Técnicos Auxiliares.
90 6 Delineante. C
b).- SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES.
1.- Policía Local.
1-1.- Escala Técnica o de Mando.
101 2 Oficial de Policía. A
1-2.- Escala Ejecutiva.
102 2 Suboficial de Policía. B
103 6 Sargentos de Policía. C
104 12 Cabo de Policía. D
- 13 -
A).- FUNCIONARIOS DE CARRERA.
CATEGORÍA Nº PLAZAS
DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS GRUPO art.25 Ley
30/84.
105 175 Policía. D
2.- Servicio de Extinción de Incendios.
109 1 Suboficial de Bomberos. C
110 1 Oficial de Bomberos. A
111 6 Sargento Bombero. C
112 10 Cabo Bombero. D
113 55 Bombero-Conductor. D
114 16 Bombero. D
115 9 Jefe de Dotación C
116 48 Bombero Especialista C
c).- PLAZAS DE COMETIDOS ESPECIALES.
1.- Titulación Superior.
120 1 Director Sala Exposiciones y Area Artística. A
121 1 T.A.E. Director Actividades Deportivas. A
122 3 Inspector Técnico Salud y Consumo. A
2.- Titulación Bachiller Superior.
150 3 Inspector Fiscal. C
151 5 Educador Bachiller Superior C
3.- Titulación Graduado Escolar.
161 2 Agente Fiscal. D
162 2 Auxiliar de Recaudación. D
163 1 Educador Bachiller Elemental. D
165 1 Coordinador Jefe Protección Civil D
d).- PERSONAL DE OFICIO.
202 3 Maestro Capataz. D
203 8 Oficial. D
204 7 Oficial Conductor D
206 6 Ayudante. E
207 4 Operario Peón. E
208 1 Limpiador E
- 14 -
B).- PERSONAL LABORAL.
CATEGORÍA Nº PLAZAS DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS
A).- TITULACIÓN SUPERIOR.
500 1 Técnico Superior Programación y Planificación Económica.
501 2 Técnico de Organización y Métodos.
502 5 Médico.
503 11 Psicólogo.
504 1 Sociólogo.
505 1 Bacteriólogo.
506 1 T.A.E. Laboratorio (Analista).
507 1 Coordinador Planificación Artística.
508 1 Director Escuela de Música.
509 1 Asesor Técnico de Consumo.
510 1 Facultativo de Archivos y Bibliotecas.
511 1 Técnico Superior U.P.L.
512 4 Técnico Superior Fomento de Empleo.
513 1 T.A.E. Superior Personal.
514 2 Licenciado Ciencias de la Información.
515 1 Director Técnico de Deportes.
516 2 Asesor de Gestión Finalista.
517 6 Técnico Superior de Deportes
B).- TITULACIÓN GRADO MEDIO.
541 21 Asistente Social.
542 46 Técnico Grado Medio.
543 2 Profesor Educación Medio Ambiental.
544 1 Director Escuela Infantil.
545 9 Profesor de Música.
546 1 Profesor de Consumo.
547 1 Coordinador Centros Culturales.
548 1 Coordinador de Cultura.
549 7 A.T.S.
550 18 Animadores Socioculturales.
C).- TITULACIÓN DE BACHILLER SUPERIOR.
570 3 Encargado General
571 11 Auxiliar Archivos y Bibliotecas.
- 15 -
B).- PERSONAL LABORAL.
CATEGORÍA Nº PLAZAS DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS
572 2 Auxiliar Técnico de Organización.
573 2 Auxiliar Topografía y Reprografía.
574 18 Educador Bachiller Superior.
575 1 Responsable del Sistema.
576 1 Jefe de Programación.
577 1 Analista.
578 4 Programadores.
579 1 Gerente Matadero.
580 5 Coordinador Actividades Deportivas.
581 10 Profesor Educación Física.
582 8 Monitor de Educación Física.
584 6 Administrativos.
586 2 Auxiliar Fomento de Empleo.
587 2 Monitor Juventud.
588 2 Educadores Sociales.
589 1 Coordinador de Fiestas.
590 1 Mediador intercultural.
800 2 Director de Piscina
D).- TITULACIÓN DE GRADUADO ESCOLAR.
620 3 Encargado.
621 2 Vigilantes de Obras.
622 22 Capataz.
624 3 Oficial Reprografía.
625 111 Oficial.
626 2 Oficial Sonido e Iluminación
627 3 Cocinero.
629 2 Operador de Informática.
631 67 Auxiliar Administrativo.
632 2 Auxiliar Laboratorio.
633 1 Auxiliar Sala de Lectura.
635 4 Entrenador.
636 19 Animador Sociocultural.
637 20 Educador Deportivo.
- 16 -
B).- PERSONAL LABORAL.
CATEGORÍA Nº PLAZAS DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS
638 1 Oficial Máquinas Auxiliares Informática.
640 16 Operario Grúa.
641 1 Coordinador Actividades Deportivas.
642 1 Monitor Terapeuta.
643 3 Auxiliar Información Telefónica.
644 1 Auxiliar de Correos
E).- TITULACIÓN DE CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD
670 70 Ayudantes.
671 137 Operario-Peón.
701 221 Limpiador.
702 5 Ayudante de Cocina.
703 3 Auxiliar de Educador.
704 9 Socorrista.
705 110 Subalterno.
706 34 Auxiliar Instalaciones Deportivas.
709 5 Cristaleros.
- 17 -
C).- FUNCIONARIOS DE EMPLEO.
CATEGORÍA Nº
PLAZAS DENOMINACIÓN DE LAS PLAZAS GRUPO
art.25 Ley 30/84.
901 1 Coordinador Grupo I.U. C
902 1 Coordinador Grupo Municipal PSOE C
903 1 Auxiliar Grupo Municipal P.P. D
904 1 Director de Servicios Alcaldía y Protocolo A
905 1 Coordinador Grupo Municipal P.P. C
906 1 Gerente de Urbanismo A
907 1 Auxiliar Grupo Municipal I.U. D
908 1 Director de Servicios de Mantenimiento B
909 8 Secretarios Altos Cargos D
910 1 Director de Servicios de Informática y Cartografía A
911 1 Director de Servicios de Extinción de Incendios A
912 1 Director de Servicios de Recursos Humanos A
913 1 Director de Servicios de Medio Ambiente A
914 1 Asesor C
915 1 Asesor de Cooperación para el Desarrollo C
916 1 Asesor Educación C
917 1 Asesor Deportes C
918 2 Asesores de Medio Ambiente C
919 1 Asesor Participación Ciudadana C
920 1 Asesor de Mujer C
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RELACION DE PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAL
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1 Secretario de la Corporación f 1 A 30 HN 101 44.582,86
2 Interventor f 1 A 30 LD 59 44.582,86
3 Tesorero f 1 A 30 HN 117 44.582,86
4 Jefe Servicio Servicios Técnicos Urbanismo f 2 A 28 LD 82 26.576,13
6 Oficial de Policía Local f 2 A 24 CM 91 25.723,81
7 Jefe de Extinción de Incendios f 1 A 24 LD 60 25.723,81
8 Jefe Sección Gestión Administrativa Jurídica f 2 A 24 LD 76 21.793,89
9 Jefe Sección Gestión Administrativa Económica (Con disponibilidad)
f 4 A 24 LD 76 21.793,89
10 Jefe Sección Gestión Administrativa Económica (Con flexibilidad)
f 2 A 24 LD 76 21.793,89
11 Jefe Sección Gestión Administrativa (Grupo A)
f 3 A 24 LD 76 21.793,89
12 Jefe Sección Gestión Administrativa (Grupo C)
f 1 C 22 LD 76 20.899,61
14 Jefe Sección Gestión Finalista Deportiva, A extinguir
f 1 A 24 LD 78 26.622,01
15 Jefe Sección Gestión Finalista Social f 1 B 24 LD 77 20.895,29
17 Jefe Sección Servicios Técnicos Urbanismo f 4 A 24 LD 80 21.793,89
18 Jefe Sección Servicios Técnicos Industriales f 1 A 24 LD 80 21.793,89
19 Jefe Sección Servicios Técnicos Medioambientales
f 1 B 24 LD 80 20.895,29
26 Coordinador Sala de Exposiciones y Area Artística
f 1 A 22 LD 70 18.357,58
27 Técnico Servicios Técnicos Industriales f 1 B 22 LD 58 16.868,78
28 Jefe Negociado Gestión Administrativa Económica (Grupo C)
f 17 C 20 CM 67 14.505,91
33 Jefe Negociado Servicio Técnico Formación f 1 B 20 CM 71 14.481,66
29 Jefe Negociado Gestión Administrativa f 5 D 18 CM 67 12.487,70
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Económica (Grupo D)
34 Jefe Negociado Servicios Técnicos Urbanismo
f 3 B 20 CM 72 17.626,39
40 Jefe Negociado Gestión Finalista Educativa (Guarderías)
f 1 B 20 CM 69 15.483,91
45 Técnico Superior Gestión Jurídica f 1 A 22 LD 109 17.571,86
48 Jefe Negociado Inspección Fiscal f 1 C 20 CM 69 14.505,91
51 Jefe Grupo Gestión Administrativa f 0 D 16 CM 61 9.539,72
57 Técnico Superior Gestión Administrativa f 2 A 20 CM 109 17.362,80
58 Técnico Superior Servicios Técnicos Urbanismo
f 2 A 20 CM 112 17.815,06
59 Técnico Superior Servicios Técnicos Archivo
f 1 A 20 CM 116 18.232,06
61 Oficial Mayor f 1 A 28 HN 33.652,87
63 Técnico Servicios Técnicos Urbanismo f 7 B 18 CM 112 13.745,40
64 Técnico Servicios Técnicos Inspección Industrias
f 2 B 18 CM 58 16.525,80
68 Técnico Servicios Técnicos Salud Laboral f 1 B 18 CM 112 13.492,33
74 Inspector Técnico Salud y Consumo (Grupo A)
f 3 A 20 CM 57 17.581,02
76 Educador Escuelas Infantiles G.M.( A extinguir)
f 1 B 18 CM 50 13.492,33
77 Educador Escuelas Infantiles B.S.( A extinguir)
f 5 C 16 CM 50 10.070,25
82 Ayudante Técnico Servicios Técnicos Urbanismo (Delineante)
f 5 C 16 CM 27 10.070,24
100 Jefe del Almacén Municipal y Compras f 1 C 22 CM 53 17.866,82
103 Capataz Servicios Generales, A extinguir f 2 D 17 CM 32 14.248,80
104 Capataz Servicios Generales Nocturno, A extinguir
f 1 D 17 CM 32 21.266,58
108 Oficial Servicios Generales, A extinguir f 0 D 16 CM 85 8.212,75
109 Oficial de Oficios (Fiestas+Guardias) A extinguir
f 5 D 16 CM 90 10.022,14
110 Oficial de Oficios, A extinguir f 3 D 16 CM 85 8.212,75
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115 Conductor Servicios Mantenimiento, A extinguir
f 1 D 16 CM 41 8.212,75
117 Conductor Vehículos Ligeros, A extinguir f 1 E 14 CM 42 8.300,61
118 Conductor Servicios Generales, A extinguir f 1 D 16 CM 38 8.478,87
120 Conductor Servicios Generales Nocturno, A extinguir
f 2 D 16 CM 39 17.535,19
123 Ayudante Maquinaria Auxiliar, A extinguir f 1 E 14 CM 20 8.782,30
126 Ayudante Servicios Generales Nocturno, A extinguir
f 2 E 14 CM 23 17.519,42
128 Ayudante de Oficios, A extinguir f 1 E 14 CM 16 8.196,99
130 Peón Servicios de Mantenimiento, A extinguir
f 2 E 13 CM 94 7.102,81
131 Peón Servicios Generales, A extinguir f 1 E 13 CM 93 7.102,81
132 Limpiador Instalaciones y Dependencias, A extinguir
f 0 E 13 CM 83 7.102,81
135 Suboficial Policía Local f 2 B 22 CM 107 21.243,72
136 Sargento Policía Local f 6 C 20 CM 99 17.650,01
137 Sargento Extinción de Incendios f 6 C 20 CM 98 17.650,01
138 Cabo Policía Local f 12 D 16 CM 31 16.894,49
139 Cabo Bombero f 10 D 16 CM 30 16.894,49
140 Agente de Policía f 174 D 14 CM 2 14.830,19
141 Agente Conductor Alcaldía f 2 D 14 LD 3 22.813,96
142 Bombero Conductor f 56 D 14 CM 29 14.830,19
143 Bombero f 14 D 14 CM 28 14.830,19
144 Administrativo f 2 C 16 CM 1 10.487,12
146 Inspector Fiscal f 2 C 16 CM 56 12.394,15
147 Auxiliar Administrativo f 56 D 14 CM 5 8.409,23
148 Auxiliar Administrativo Cajero Disfuncionado
f 4 D 14 CM 7 11.021,79
149 Auxiliar Administrativo Cajero f 2 D 14 CM 6 9.200,99
150 Auxiliar Administrativo Disfuncionado f 1 D 14 CM 9.354,68
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151 Secretario Alto Cargo f 0 D 14 LD 100 12.090,28
152 Informador f 14 D 14 CM 55 10.875,07
153 Auxiliar Inspección Fiscal f 2 D 14 CM 13 10.316,24
155 Subalterno Dependencias, A extinguir f 2 E 13 CM 103 7.102,83
158 Subalterno Dependencias Turnos, A extinguir
f 6 E 13 CM 104 7.395,51
159 Conserje de Colegios, A extinguir f 8 E 13 CM 44 7.688,21
161 Conserje de instalaciones deportivas, A extinguir
f 1 E 13 CM 45 9.005,47
194 Subalterno Turnos Reclasificado de Ayudante, A extinguir
f 2 E 13 CM 104 8.466,58
196 Ayudante Reclasificado a Subalterno Turnos, A extinguir
f 2 E 14 CM 104 8.196,98
197 Oficial Reclasificado a Subalterno Turnos, A extinguir
f 1 D 16 CM 104 8.207,16
202 Encargado General de Medio Ambiente, A extinguir
f 0 D 18 LD 52 19.931,22
212 Viceinterventor f 1 A 28 HN 33.652,87
217 Coordinador Jefe Protección Civil f 1 D 18 LD 13.890,37
221 Jefe Sección Servicios Técnicos Urbanismo, Grupo B
f 3 B 24 LD 20.895,29
233 Suboficial Extinción Incendios f 1 C 22 CM 107 21.178,25
237 Jefe de Negociado de Recaudación f 1 C 20 LD 17.793,75
242 Auxiliar de Centros Educativos f 0 E 13 CM 7.102,83
251 Jefe de Dotación f 9 C 18 CM 16.923,04
245 Bombero Especialista f 48 C 16 CM 14.858,73
246 Jefe de Negociado de Gestión Administrativa-Económica (Grupo B)
f 2 B 20 CM 16.217,02
248 Técnico de Gestión Informática f 2 A 20 CM 17.069,72
249 Vicesecretario f 1 A 28 HN 33.652,87
250 Jefe de Negociado de Servicios Técnicos Medioambientales
f 1 A 20 LD 17.777,29
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RELACION DE PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAL
LABORAL
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9 Jefe Sección Gestión Administrativa Económica (Con disponibilidad), A extinguir
L 1 A 24 LD 76 21.793,89
13 Jefe Sección Gestión Finalista Educativa L 1 B 24 LD 77 19.343,05
14 Jefe Sección Gestión Finalista Deportiva L 1 A 24 LD 78 26.622,01
16 Jefe Sección Gestión Finalista Cultural L 1 B 24 LD 77 26.387,98
20 Jefe Sección Servicios Técnicos Informática L 1 C 22 LD 80 26.113,00
21 Jefe Sección Servicios Técnicos Imagen / Comunicación
L 2 A 24 LD 80 19.969,57
22 Jefe Sección Servicios Técnicos Consumo y Salud
L 1 B 24 LD 80 19.121,39
23 Jefe Sección Estudios Sociales L 1 A 24 LD 108 17.606,33
24 Jefe Sección Gabinete Técnico L 1 A 24 LD 80 22.237,33
25 Jefe Sección Administrativa Area Finalista L 1 A 24 LD 76 21.793,89
28 Jefe Negociado Gestión Administrativa Económica (Grupo C), A extinguir
L 5 C 20 CM 67 14.505,91
29 Jefe Negociado Gestión Administrativa Económica (Grupo D), A extinguir
L 6 D 18 CM 67 12.487,70
35 Jefe Negociado Servicios Técnicos Salud (CET)
L 1 B 20 CM 71 14.481,66
36 Jefe Negociado Servicios Técnicos Salud (Laboratorio)
L 2 A 20 CM 72 19.145,00
37 Jefe Negociado Servicios Técnicos Salud Laboral
L 1 A 20 CM 71 17.648,14
38 Jefe Negociado Servicios Técnicos Salud y Consumo
L 1 A 20 CM 71 17.777,29
39 Jefe Negociado Gestión Finalista Educativa L 2 B 20 CM 68 14.516,68
41 Jefe Negociado Gestión Finalista Cultural (Bibliotecas)
L 1 A 20 CM 70 17.648,14
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42 Jefe Negociado Gestión Finalista Cultural L 5 B 20 CM 70 16.828,03
43 Jefe Negociado Gestión Finalista Social L 6 B 20 CM 68 15.483,92
44 Jefe Negociado Gestión Finalista Social (Grupo A)
L 1 A 20 LD 71 17.777,29
46 Jefe Negociado Gestión Finalista Deportiva L 2 C 20 CM 69 15.024,23
47 Jefe Negociado Gabinete Técnico L 1 A 20 CM 68 17.426,48
50 Director Escuela de Música L 1 A 20 LD 47 19.286,95
53 Jefe Grupo Servicios Técnicos Informática L 1 C 18 CM 64 24.227,45
54 Jefe Grupo Gestión Finalista Deportiva L 1 C 18 CM 63 12.208,09
56 Director Escuela Infantil L 3 B 19 LD 46 13.875,58
60 Técnico Superior Servicios Técnicos Salud L 0 A 20 CM 115 18.542,51
62 Técnico Superior Gabinete Técnico L 14 A 20 CM 108 17.362,80
65 Técnico Servicios Técnicos Salud L 1 B 18 CM 113 13.492,33
66 Técnico Gestión Finalista Cultural con disfunción
L 4 B 18 CM 111 13.996,44
67 Técnico Servicios Técnicos Salud Deportes L 5 B 18 CM 113 13.492,33
69 Técnico Gestión Finalista Cultural L 12 B 18 CM 111 13.492,33
70 Técnico Gestión Finalista Social con disfunción
L 18 B 18 CM 110 13.996,44
71 Técnico Gestión Finalista Deportiva L 18 C 16 CM 110 10.309,66
72 Técnico Gestión Finalista Educativa L 7 B 18 CM 111 13.731,74
73 Técnico Gestión Finalista Social L 1 B 18 CM 110 13.492,33
76 Educador Escuelas Infantiles G.M. L 19 B 18 CM 50 13.492,33
77 Educador Escuelas Infantiles B.S. L 18 C 16 CM 50 10.070,25
79 Profesor Escuela de Música L 9 B 18 CM 95 13.492,33
80 Analista Informático L 2 C 18 CM 4 21.030,64
81 Programador Informático L 3 C 16 CM 96 19.057,64
83 Ayudante Técnico Servicios Técnicos Urbanismo
L 1 C 16 CM 26 10.070,25
84 Ayudante Técnico Gestión Administrativa Económica
L 2 C 16 CM 25 10.770,99
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85 Ayudante Técnico Gestión Técnico Administrativa
L 1 C 16 CM 25 16.310,16
86 Ayudante Técnico Gestión Finalista Cultural L 2 C 16 CM 24 10.770,99
87 Ayudante Técnico Gestión Finalista Cultural (Archivo)
L 1 C 16 CM 9 11.724,95
88 Ayudante Téc. Gestión Finalista Cultural (Bibliot.) Grupo D
L 1 D 16 CM 10 14.065,37
89 Ayudante Técnico Gestión Finalista Social L 2 C 16 CM 24 10.070,25
90 Auxiliar Técnico Servicios Técnicos Salud L 2 D 14 CM 25 9.731,81
91 Auxiliar Técnico Informática L 2 D 14 CM 14 11.117,58
92 Auxiliar Técnico Gestión Finalista Cultural L 8 D 17 CM 24 18.604,46
93 Auxiliar Técnico de Sonido e Iluminación L 1 D 17 CM 32 14.942,16
94 Auxiliar Técnico Gestión Finalista Social L 12 D 14 CM 24 9.072,95
95 Auxiliar Técnico Gestión Finalista Deportiva L 24 D 14 CM 111 12.003,85
97 Auxiliar Técnico Servicios Técnicos Urbanismo (V.Obras)
L 3 D 17 CM 15 16.915,06
98 Encargado General Servicios Mantenimiento L 1 C 20 LD 52 17.663,43
99 Encargado General Servicios Generales L 2 C 20 LD 52 17.663,43
101 Encargado Servicios Mantenimiento L 2 D 18 CM 54 16.469,63
102 Capataz Servicios Mantenimiento L 10 D 17 CM 32 14.942,16
103 Capataz Servicios Generales L 6 D 17 CM 32 14.248,80
104 Capataz Servicios Generales Nocturnos L 2 D 17 CM 32 21.266,58
105 Capataz Servicios Auxiliares Instalaciones y Deportes (Deportes)
L 2 D 17 CM 33 17.405,17
106 Capataz Servicios Auxiliares Instalaciones y Dep.(Subalternos)
L 1 D 17 CM 34 13.079,46
107 Oficial Servicios Auxiliares (Almacén) L 4 D 16 CM 86 9.667,37
108 Oficial Servicios Generales L 4 D 16 CM 85 8.212,75
109 Oficial de Oficios (Fiestas+Guardias) L 20 D 16 CM 90 10.022,14
110 Oficial de Oficios L 34 D 16 CM 85 8.212,75
111 Oficial Sonido e Iluminación L 2 D 16 CM 92 11.076,93
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112 Oficial Maquinaria Auxiliar Piscinas L 7 D 16 CM 89 10.537,01
113 Oficial Maquinaria Auxiliar L 4 D 16 CM 88 8.212,75
114 Oficial Mantenimiento de Vehículos L 5 D 16 CM 87 13.254,38
115 Conductor Servicios Mantenimiento L 4 D 16 CM 41 8.212,75
116 Conductor Vehículos Ligeros Disfuncionado L 1 E 14 CM 43 9.864,88
118 Conductor Servicios Generales L 17 D 16 CM 38 8.478,87
119 Conductor Servicios Generales 1/2 L 1 D 16 CM 40 11.459,14
120 Conductor Servicios Generales Nocturno L 16 D 16 CM 39 17.535,19
122 Conductor Grúa L 13 D 14 CM 36 13.801,22
123 Ayudante Maquinaria Auxiliar L 1 E 14 CM 20 8.782,30
124 Ayudante Maquinaria Auxiliar Piscinas L 9 E 14 CM 21 10.538,83
125 Ayudante Servicios Generales L 5 E 14 CM 16 8.196,93
126 Ayudante Servicios Generales Nocturno L 22 E 14 CM 23 17.519,42
127 Ayudante de Oficios, Sonido e Iluminación L 2 E 14 CM 11.065,24
128 Ayudante de Oficios L 25 E 14 CM 16 8.196,99
129 Ayudante Mantenimiento de Vehículos L 1 E 14 CM 19 13.256,18
130 Peón Servicios de Mantenimiento L 23 E 13 CM 94 7.102,81
131 Peón Servicios Generales L 59 E 13 CM 93 7.102,81
132 Limpiador Instalaciones y Dependencias L 150 E 13 CM 83 7.102,81
133 Limpiador Instalaciones y Dependencias Nocturno
L 29 E 13 CM 83 9.183,70
134 Limpiador Instalaciones y Dependencias 50% L 2 E 13 CM 83 7.102,83
144 Administrativo, A extinguir L 1 C 16 CM 1 10.487,12
147 Auxiliar Administrativo, A extinguir L 48 D 14 CM 5 8.409,23
150 Auxiliar Administrativo Disfuncionado, A extinguir
L 1 D 14 CM 9.354,68
152 Informador, A extinguir L 6 D 14 CM 55 10.875,07
154 Auxiliar Información Telefónica L 3 D 14 CM 12 8.409,23
155 Subalterno Dependencias L 6 E 13 CM 103 7.102,83
157 Subalterno Dependencias Gran Disfunción L 1 E 13 CM 105 9.125,21
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05
158 Subalterno Dependencias Turnos L 56 E 13 CM 104 7.395,51
159 Conserje de Colegios L 29 E 13 CM 44 7.688,21
160 Conserje Instalaciones Noche L 1 E 13 CM 98 9.183,70
161 Conserje Instalaciones Deportivas L 45 E 13 CM 45 9.005,47
162 Conserje Instalaciones Deportivas 1/2 Jornada L 33 E 13 CM 45 11.573,30
164 Socorrista L 6 E 13 CM 102 9.080,75
167 Técnico Auxiliar de Gestión Económica Administrativa, a extinguir
L 2 C 20 CM 118 14.505,91
172 Coordinador de Festejos L 1 C 22 LD 119 19.919,75
174 Ayudante Técnico Gestión Finalista Deportiva con Disfunción
L 1 D 16 CM 125 13.399,41
179 Jefe Sección Servicios Técnicos Salud Ambiental
L 1 B 24 LD 77 19.121,39
187 Ayudante Técnico Gestión Finalista Cultural (Bibliotecas) Grupo B
L 6 B 18 CM 10 12.981,03
188 Ayudante Técnico Gestión Finalista Cultural (Bibliotecas) Grupo C
L 10 C 16 CM 10 12.336,85
189 Ayudante Técnico Serv. Auxi. Instalaciones y Depend. (Deportes)
L 1 C 17 CM 33 17.701,39
190 Ayudante Técnico de Informática L 1 D 15 CM 121 15.463,52
191 Subalterno Maquinaria Auxiliar L 1 E 14 CM 122 8.281,95
192 Subalterno Conductor L 2 E 14 CM 120 8.281,95
193 Subalterno de Correos L 0 E 14 CM 124 8.281,95
194 Subalterno Turnos Reclasificado de Ayudante L 1 E 13 CM 104 8.466,58
200 Ayudante de Gabinete Técnico L 1 C 20 CM 127 10.423,53
203 Capataz de colegios L 1 C 17 CM 16.058,11
206 Director de Formación para el Empleo L 1 A 24 LD 20.463,40
207 Subdirector de Formación para el Empleo L 1 B 22 CM 17.926,28
208 Técnico Superior de Formación para el Empleo
L 2 A 20 CM 17.362,80
209 Técnico Grado Medio de Formación para el Empleo
L 3 B 18 CM 13.492,29
- 27 -
Nº R
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NOMBRE DEL PUESTO
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210 Encargado de Formación para el Empleo L 1 D 18 CM 129 14.098,24
215 Gestores de Deportes L 6 A 20 CM 17.426,48
216 Jefe Actividades Deportivas L 2 A 20 CM 15.684,09
218 Limpiador Instalaciones y Dependencias 1/2 Jornada
L 3 E 13 CM 83 11.573,30
219 Limpiador Instalaciones y Dependencias Nocturno 1/2 Jornada
L 23 E 13 CM 83 13.654,15
220 Monitor-Capataz L 1 D 14 CM 130 12.863,51
222 Jefe de Negociado Fomento de Empleo L 1 B 22 CM 17.926,28
223 Director de Promoción Económica L 1 A 24 LD 21.793,89
226 Jefe Sección Gestión Finalista Junta Distrito L 1 B 24 LD 18.150,28
227 Jefe Negociado Gestión Finalista Junta Distrito
L 1 B 20 CM 15.483,92
231 Técnico Gestión Finalista Deportiva con Disponibilidad
L 1 C 16 CM 11.873,96
232 Subalterno Dependencias Turnos 1/2 Jornada L 3 E 13 CM 104 10.342,52
234 Jefe de Grupo de Gestión Finalista Deportiva (Grupo A)
L 1 A 20 CM 63 12.910,31
235 Director de Planificación y Programación L 1 A 28 LD 26.576,12
236 Jefe de Negociado Gestión Finalista Cultural (Grupo C)
L 1 C 20 CM 70 15.024,23
238 Auxiliar de Correos L 1 D 14 CM 8.409,23
239 Ayudante Técnico Mantenimiento L 3 E 14 CM 8.196,98
240 Ayudante Conductor Limpieza Viaria L 8 E 14 CM 8.196,98
241 Director de Información y Gestión de Calidad L 1 A 24 LD 26.458,42
242 Auxiliar de Centros Educativos L 3 E 13 CM 7.102,83
243 Analista de Sistemas L 1 C 18 CM 21.030,64
244 Jefe de Grupo de Gestión Finalista Deportiva (Grupo C)
L 4 C 18 CM 12.208,09
500 Médico Piscinas Verano FD 3 A 20 CM 131 19.209,97
502 Socorrista Piscinas Verano FD 2 E 13 CM 102 10.245,36
503 Cajero Piscinas Verano FD 4 D 14 CM 6 11.013,34
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Nº R
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NOMBRE DEL PUESTO
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505 Peón Piscinas Verano FD 10 E 13 CM 132 9.097,01
506 Mozo Vestuario Piscinas Verano FD 9 E 13 CM 133 9.097,01
507 Acompañante de Autocar FD 1 E 13 CM 135 7.115,24
508 Subalterno Verano FD 18 E 13 CM 134 9.097,01
509 Director Piscina Verano FD 2 C 18 CM 63 12.111,25
RELACION DE PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAL
TEMPORAL
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704 Monitor Capataz Formación para el Empleo L D 17 CM 130 14.942,16
706 Oficial de Oficios Formación para el Empleo L D 17 CM 8.212,75
707 Ayudante de Oficios Formación para el Empleo
L E 14 CM 8.196,99
708 Peón Formación para el Empleo L E 13 CM 6.874,19
709 Agente de Innovación Tecnológica (Experto) L A 24 CM 22.748,35
710 Agente de Innovación Tecnológica (Medio) L B 18 CM 14.588,89
- 29 -
RELACION DE PUESTO DE TRABAJO DE PERSONAL
FUNCIONARIO EVENTUAL
Nº R
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NOMBRE DEL PUESTO
Naturaleza
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901 Coordinador Grupo I.U. F. Eventual 1 C
902 Coordinador Grupo Municipal PSOE F. Eventual 1 C
903 Auxiliar Grupo Municipal P.P. F. Eventual 1 D
904 Director de Servicios Alcaldía y Protocolo F. Eventual 1 A
905 Coordinador Grupo Municipal P.P. F. Eventual 1 C
906 Gerente de Urbanismo F. Eventual 1 A
907 Auxiliar Grupo Municipal I.U. F. Eventual 1 D
908 Director de Servicios de Mantenimiento F. Eventual 1 B
909 Secretarios Altos Cargos F. Eventual 8 D
910 Director de Servicios de Informática y Cartografía F. Eventual 1 A
911 Director de Servicios de Extinción de Incendios F. Eventual 1 A
912 Director de Servicios de Recursos Humanos F. Eventual 1 A
913 Director de Servicios de Medio Ambiente F. Eventual 1 A
914 Asesor F. Eventual 1 C
915 Asesor de Cooperación para el Desarrollo F. Eventual 1 C
916 Asesor Educación F. Eventual 1 C
917 Asesor Deportes F. Eventual 1 C
918 Asesores de Medio Ambiente F. Eventual 2 C
919 Asesor Participación Ciudadana F. Eventual 1 C
920 Asesor de Mujer F. Eventual 1 C
SÉPTIMO.- Desestimar las alegaciones y enmiendas presentadas por el Grupo Municipal
Popular
OCTAVO.- Proceder a la publicación de los acuerdos de aprobación definitiva
anteriormente reseñados de conformidad con los establecidos en las vigentes
Leyes de Régimen Local y de Hacienda Locales.
- 30 -
8.- APROBACIÓN PLIEGO CONDICIONES PARA LA
CONTRATACION DE UN PRÉSTAMO A LARGO PLAZO
PARA INVERSIONES AÑO 2005
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación sobre el
presente punto del orden del día, durante la cual el Sr. Ramos Sánchez señalo que su grupo iba
a votar en contra de la propuesta que se sometía a aprobación, ya que la contratación que se
proponía implicaba un aumento del endeudamiento que no se ve compensado con la
generación de ingresos suficientes para cubrir los intereses y la amortización del nuevo
endeudamiento.
Por el Sr. García Blazquez se defendió el dictamen de la comisión informativa,
indicando además que el endeudamiento de este Ayuntamiento no era preocupante y que el
préstamo que se iba a concertar lo era con la finalidad de financiar la Inversiones del
Presupuesto del 2.005.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos en contra de los Sres.
Bragado Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile
Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, acordaron:
PRIMERO.- Contratar una o varias operaciones de crédito y hasta un máximo de
7.950.000.- € (SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL
EUROS), pudiendo celebrarse cada operación en lotes de 2.650.000.- € , o de
superior cuantía.
SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Condiciones para la contratación de un préstamo a largo
plazo para Inversiones para el año 2005, por un importe como máximo de
7.950.000.- € (SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL
EUROS).
- 31 -
9.- PRORROGA DE CONCESIÓN DE BIENES DE DOMINIO
PUBLICO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
UN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE DE HOSTELERIA
UBICADO EN EL PARQUE DE LOS FRAILES EXP. 9/1993.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 16 de febrero de
1.994, se adjudicó concurso para la Concesión de Bienes de Dominio Público con destino a la
“CONSTRUCCIÓN Y SUBSIGUIENTE EXPLOTACIÓN DE UN ESTABLECIMIENTO
PERMANENTE DE HOSTELERIA, OCIO Y CULTURA UBICADO EN EL PARQUE DE
LOS FRAILES” a la empresa EL MIRADOR DE LEGANÉS, S.A.L., por un plazo de diez
años naturales, más la fracción del año natural en que se produjera la adjudicación, con arreglo
a los pliegos de condiciones, plica presentada y proyecto aprobado en la misma sesión, con una
superficie de 133 m2. de construcción.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de octubre de
2.004, se aprobó la ampliación de la superficie legalizable hasta 250 m2. debiendo presentar la
entidad EL MIRADOR DE LEGANES, S.L. las correspondientes licencias de construcción
para la regularización de la situación hasta la superficie ampliada según la Ordenanza
existente.
Dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa se abrió deliberación conjunta
sobre los puntos 9 y 10 del presente Orden del Día, durante la cual el Sr. Ramos Sánchez puso
de manifiesto que los puntos que se sometían a la aprobación del Ayuntamiento Pleno eran
ejemplos claros de una mala gestión, ya que las concesiones habían vencidos el día 1 de enero,
y se sometían ahora a la aprobación del Ayuntamiento cuando ya estaban vencidas las
concesiones administrativas. Continuo el Sr. Ramos Sánchez solicitando diversos informes en
relación con los expedientes de los establecimientos permanente de hostelería ubicados en los
Parque Públicos, ya que no se habían adaptado a lo establecido en los acuerdos anteriores
donde se ampliaban las superficies a ocupar por los mismos.
Seguidamente el Sr. García Blazquez manifestó que los establecimientos
permanentes de Hostelería ubicados en los Parques tenían dos meses a partir de 26 de enero,
para restituir la concesión a su estado primitivo o adoptarlo a los nuevos acuerdos.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos en contra de los Sres.
- 32 -
Bragado Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile
Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, acordaron:
PRIMERO.- Prorrogar la concesión administrativa otorgada por este Ayuntamiento a EL
MIRADOR DE LEGANÉS, S.L. para la Construcción y Explotación de un
Establecimiento Permanente de Hostelería ubicado en el Parque de Los
Frailes en SEIS meses mas, contados a partir del vencimiento de la concesión
SEGUNDO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean
necesarios en ejecución del presente acuerdo
10.- PRORROGA DE CONCESIÓN DE BIENES DE DOMINIO
PUBLICO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
UN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE DE HOSTELERIA
UBICADO EN EL PARQUE DE LA CHOPERA EXP. 9/1993.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 16 de febrero de
1.994, se adjudicó concurso para la Concesión de Bienes de Dominio Público con destino a la
“CONSTRUCCIÓN Y SUBSIGUIENTE EXPLOTACIÓN DE UN ESTABLECIMIENTO
PERMANENTE DE HOSTELERIA, OCIO Y CULTURA UBICADO EN EL PARQUE DE
LA CHOPERA” a la empresa HERMANOS CAMARA RODRIGUEZ, S.L., por un plazo de
diez años naturales, más la fracción del año natural en que se produjera la adjudicación, con
arreglo a los pliegos de condiciones, plica presentada y proyecto aprobado en la misma sesión,
con una superficie de 123 m2. de construcción.
Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de octubre de
2.004, se aprobó la ampliación de la superficie legalizable hasta 250 m2. debiendo presentar la
entidad HERMANOS CAMARA RODRIGUEZ, S.L. las correspondientes licencias de
construcción para la regularización de la situación hasta la superficie ampliada según la
Ordenanza existente y restituir la superficie ampliada no legalizable a la máxima edificable de
250 m2. en el plazo de DOS MESES.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los
Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos en contra de los Sres.
Bragado Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile
Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodriguez, acordaron:
- 33 -
PRIMERO.- Prorrogar la concesión administrativa otorgada por este Ayuntamiento a
HERMANOS CAMARA RODRIGUEZ, S.L. para la Construcción y
Explotación de un Establecimiento Permanente de Hostelería ubicado en el
Parque de La Chopera en SEIS meses mas, contados a partir del vencimiento
de la concesión
SEGUNDO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean
necesarios en ejecución del presente acuerdo.
11.- CESION BIENES DOMINIO PUBLICO PARA INSTALAR UN
ASCENSOR EN LAS TRASERAS DE LA C/ RIO URBIÓN Nº
13.
Vista la Solicitud presentada por D. Juan Antonio Calvo Naharro, con DN.I. nº
5.849.376-Q, como representante de la Comunidad de Propietarios de la C/ Río Urbión, 13, de
concesión administrativa de bienes de dominio público para la instalación de un ascensor en las
traseras de la c/ Río Urbión, 13, con una ocupación de 3,08 x 1,25 m2.
Vista la ponencia de valores del catastro en el que se establece que la zona de uso
residencial tiene un valor de 424,73.- € el metro cuadrado, y una ocupación de planta de 3.185
m2., se establece un único pago de canon de concesión por importe de MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y DOS EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (1.352,76.- €).
Cabe la adjudicación directa de la concesión administrativa derivada de la
inexistencia del principio de concurrencia a que se refiere la Ley de Contratos de las
Administraciones públicas.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la comisión informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,
acordaron:
PRIMERO.- Aprobar el Proyecto de ejecución de obras de Reestructuración para
instalación de un ascensor en Edificio, en los terrenos sitos en las traseras de
la calle Río Urbión, Nº 13, redactado por Dª. Marta Olalla Montalbo,
- 34 -
Arquitecto y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid el
8/9/2004 con nº exp. 2004/52624.
SEGUNDO.- Autorizar la ocupación de bienes de dominio público, para instalar un
ASCENSOR EN LOS TERRENOS SITOS EN LAS TRASERAS DE LA
CALLE RIO URBION Nº 13, por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
DE LA CALLE RIO URBION, Nº 13, un total de 3,185 m2. de ocupación.
TERCERO.- La Comunidad de Propietarios de la calle Río Urbión, nº 13, abonará al
Ayuntamiento de Leganés, en concepto de canon, y en una sola vez, la
cantidad de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS CON
SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (1.352,76.- €), a los treinta días de la
notificación del presente acuerdo.
CUARTO.- La Comunidad de Propietarios de la calle Río Urbión, nº 13 se compromete
al mantenimiento y al cumplimiento de la normativa vigente en el P.G.O.U.
del Ayuntamiento de Leganés y lo establecido por el Ministerio de Industria
y Energía para Ascensores.
QUINTO.- La autorización de la ocupación del terreno de dominio público, lo es
únicamente para el fin señalado, quedando sin efecto la presente autorización
si se modificase el fin o se transformase la personalidad jurídica de la
Comunidad.
12.- PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO-
ADMINISTRATIVAS QUE HABRA DE REGIR Y SERVIR DE
BASE EN EL CONCURSO CONVOCADO PARA LA
ENAJENACIÓN DE 34 NAVES INDUSTRIALES Y 30
OFICINAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL UBICADA EN EL
P.I. POLVORANCA, CALLE AVENA Nº 44-46-48 ESQ. CALLE
TRIGO 54.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa y la propuesta obrante en el
expediente, se abrió deliberación sobre el presente punto del orden del día durante la cual la
- 35 -
Sra. Bragado Cordero hizo referencia a los distintos compromisos que este Ayuntamiento había
adquirido con los ocupantes del Centro de Empresas, y pregunto si el equipo de gobierno
estaba al tanto de los informes emitidos en el expediente por el Sr. Secretario y la Sra.
Interventora, refiriéndose al contenido de los mismos y terminando por solicitar que se retirase
el punto de la presente sesión.
La Sra. Sevilla López manifestó que la venta del Centro de Empresas se efectuaba
por concurso para evitar la especulación inmobiliaria, ya que no persigue este Ayuntamiento
un afán recaudatorio pues las empresas instaladas en el Centro de Empresas, no son grandes
empresas por lo que la venta se efectuaba con un carácter social para ayudar a los empresarios
instalados y que comenzaban.
Por la Alcaldía Presidencia se sometió en primer lugar a votación la solicitud de
retirar el punto y dejarlo sobre la mesa. Solicitud que fue rechazada por mayoría ya que
votaron a favor de la misma los diez miembros del Grupo Municipal Popular y votaron en
contra los once miembros del Grupo Municipal Socialista y los cinco del Grupo Municipal de
Izquierda Unida.
Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por
mayoría, con los votos en contra de los Sres. Bragado Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid
Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui,
Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, acordaron:
PRIMERO.- Proceder a la enajenación de 34 naves industriales y 30 oficinas de
propiedad municipal, ubicadas en el Polígono Industrial Polvoranca calles
Avena nº 44, 46 y 48 esquina con calle Trigo, nº 54
SEGUNDO.- Aprobar los pliegos de condiciones que han de servir y ser base en la
enajenación de las 34 naves industriales y 30 oficinas de propiedad
municipal ubicadas en el Polígono Industrial Polvoranca, calle Avena nº 44,
46 y 48 esquina con calle Trigo, nº 54.
TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean
necesarios en ejecución del presente acuerdo.
13.- AUTORIZACIÓN CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA
PLAZA DE GARAJE Nº 48 SOTANO 1 DEL APARCAMIENTO
- 36 -
SITUADO EN AV. FUENLABRADA. ARTICO-ALIGUSTRE Y
VILLAVERDE
Este Ayuntamiento aprobó en el Pleno de fecha 10 de mayo de 1.994, la aceptación
de cesión gratuita de terrenos realizada por DUGEPSA, S.A. y por acuerdo plenario del 15 de
noviembre de 1994, se efectúo la adjudicación de la concesión de terrenos de dominio público
con destino a la construcción del aparcamiento subterráneo entre las calles Avda. Fuenlabrada,
Artico, Aligustre y Villaverde, a DUGEPSA, S.A. y por acuerdo plenario del 11 de noviembre
de 1.997 se aprueba autorizar la transmisión de la concesión efectuada por DUGEPSA, S.A. de
la plaza nº 48, sótano 1º a D. MIGUEL ANGEL MARTIN PERALEDA.
Las condiciones eran: canon: 10.866,30.- €. Plazo: 99 años.
D. MIGUEL ANGEL MARTIN PERALEDA solicita autorización para transmitir la
mencionada plaza a Dª. CONSUELO ARTIGAS SANCHEZ, que esta interesada en la
concesión de la plaza como también solicita.
Resultando, que la concesión tiene efectos del día 30 de noviembre de 1.994, por lo
que han transcurrido 10 años y 2 meses de concesión administrativa y que el precio de la
concesión por año aplicando los IPCs desde 1.994 al 2.004 es de 154,29.- €, resulta que para
los 88 años y 10 meses restantes le corresponde un canon de 13.706,02.- €.
De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Autorizar la cesión de la concesión administrativa de la plaza de garaje nº 48,
sótano 1º del Aparcamiento sito en las calles Avda. Fuenlabrada, Artico,
Aligustre y Villaverde cuyo titular es D. MIGUEL ANGEL MARTIN
PERALEDA a favor de Dª. CONSUELO ARTIGAS SANCHEZ.
SEGUNDO.- El precio de la transmisión no podrá ser superior a TRECE MIL
SETECIENTOS SEIS EUROS CON DOS CENTIMOS DE EURO
(13.706,02.- €).
TERCERO.- Los interesados deberán presentar ante este Ayuntamiento el correspondiente
contrato, debidamente liquidado, así como la documentación que se requiere
en el Pliego de Condiciones, para hacer efectiva la transmisión de la
concesión.
- 37 -
CUARTO.- Dª. CONSUELO ARTIGAS SANCHEZ, deberán presentar una fianza de
434,66.- € en la cuenta del Ayuntamiento.
QUINTO.- La concesión seguirá rigiéndose por las cláusulas establecidas en los Pliegos
de condiciones que sirvieron de base en la concesión original.
14.- CESION DE UNA PARCELA DE PROPIEDAD MUNICIPAL A
LA COMUNIDAD DE MADRID
Este Ayuntamiento en las sesiones plenarias celebradas los días 19 de julio de 1.991
y 27 de enero de 1.993, adoptó el acuerdo de ceder al Estado para su adscripción al Ministerio
de Justicia, una parcela de propiedad municipal situada en la Avda. de Gibraltar con un
superficie de 1.136 m2. para la construcción de los Juzgados de Leganés.
Resultando que la Comunidad de Madrid, nos comunica que por Real Decreto
600/2002 de 1 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Comunidad de Madrid en materia de provisión de medios materiales y económicos para el
funcionamiento de la Administración de Justicia, le ha sido transferida por el Estado la parcela
cedida por el Ayuntamiento de Leganés con una superficie de 1.136 m2.. y situada en la Avda.
de Gibraltar con entrada por la calle Pedro Patiño. Asimismo, nos solicita la regularización de
la situación jurídica registral.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en votación
ordinaria y por unanimidad, acordaron: Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para el
otorgamiento de la escritura de cesión a la Comunidad de Madrid, de la parcela situada en la
Avda. de Gibraltar con entrada por la calle Pedro Patiño, con una extensión superficial de
1.136 m2. Cuyos linderos son: Al Norte con zona verde pública; al Sur con espacio libre
público destinado a aparcamiento; al Este y al Oeste con espacio libre público, ya que la misma
fue cedida por este Ayuntamiento al Estado con fecha 19 de julio de 1.991 y 27 de enero de
1.993, y ha sido transferida a la Comunidad de Madrid.
- 38 -
15.- DAR CUENTA PLENO ANTICIPOS DE CAJA FIJA
La Corporación acordó quedar enterada de los siguientes anticipos de Caja fija:
NOMBRE IMPORTE
DIONISIA DURAN BRAVO 264,62.-
PILAR GONZALEZ ANTA 1.525,99.-
ISABEL AMAYA LOPEZ 2.382,35.-
ISABEL AMAYA LOPEZ 6.577,00.-
ISABEL AMAYA LOPEZ 449,99.-
ISABEL AMAYA LOPEZ 10.261,73.-
CARMEN PEREZ MUÑOZ 4.981,60.-
CARLOS LOPEZ DIAZ 3.000,00.-
JAIME J. CORTES ORTE 41.373,08.-
JOSE A. CALDERON TORRERO 339,31.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 5.548,98.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 1.341,18.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 270,00.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 3.606,00.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 5.430,00.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 13.806,49.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 760,00.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 4.392,00.-
JOSE LAMOLDA FERNANDEZ 664,00.-
JULIO C. CALVO SANTOS 31.966,00.-
JULIO C. CALVO SANTOS 3.084,14.-
JULIO C. CALVO SANTOS 1.037,69.-
JULIO C. CALVO SANTOS 5.860,39.-
JULIO C. CALVO SANTOS 1.828,74.-
JULIO C. CALVO SANTOS 2.335,59.-
JULIO C. CALVO SANTOS 565,37.-
JULIO C. CALVO SANTOS 3.392,21.-
JOSE M. CUADRADO PEREZ 1.501,15.-
JOSE M. CUADRADO PEREZ 2.365,81.-
- 39 -
16.- DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO DE LA VIVIENDA
SITUADA EN LA AVENIDA MARÍA MOLINER, Nº 26 – 12 – 4º
B DE LEGANÉS NORTE.
Con fecha 13 de enero de 2005 y Registro de Entrada nº. 930, se ha presentado por
Dª. Mª MONTSERRAT GIL MOMPO, escrito comunicando al Ayuntamiento su intención de
transmitir el 50% de la vivienda ubicada en la Avenida María Moliner 26 Portal 12, 4º B de
Leganés Norte al copropietario de la misma.
En la nota simple expedida por el Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés constan
como propietarios de los inmuebles (vivienda, garaje y trastero) la solicitante y D. OSCAR
LUIS PARTIDA FRAILE y se señala que la finca se encuentra gravada con los derechos de
tanteo y retracto a favor del Consorcio Urbanístico "Leganés Norte" o entidad que lo sustituya
en las transmisiones y cesiones intervivos, durante el plazo de diez años a contar desde el 25 de
abril de 1996.
El Ayuntamiento de Leganés, en sesión plenaria de 9 de abril de 2002, aceptó la
cesión de los derechos de tanteo y retracto efectuada por el Consorcio Urbanístico "Leganés
Norte" sobre todas las transmisiones y cesiones intervivos de viviendas sujetas a protección
pública resultantes de las parcelas adjudicadas por el Consorcio mediante los correspondientes
concursos públicos en el Polígono "Leganés Norte".
Asimismo, en la citada sesión del Ayuntamiento Pleno, se acordó proceder al
ejercicio del derecho de adquisición preferente mediante la compraventa por parte del
Ayuntamiento de Leganés de las viviendas afectadas por estos derechos que se pretendan
transmitir en "Leganés Norte".
Con esta institución de los derechos de tanteo y retracto en materia de viviendas de
protección oficial normalmente se persigue el posibilitar la transparencia del mercado
inmobiliario, al tener la Administración un conocimiento y control de los precios de
enajenación de las viviendas, a la vez que se posibilita que la Administración incremente su
patrimonio municipal que luego deberá destinar a fines de utilidad pública e interés social.
En este supuesto, al ser una transmisión con la que no se pretende la enajenación
onerosa a un tercero de la totalidad de la vivienda y anejos, no se dan las circunstancias
normales en las que puede ser conveniente el ejercicio del derecho de tanteo.
- 40 -
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,
acordaron: Que en cuanto sea competencia de este Ayuntamiento, se autorice la transmisión
del citado coeficiente (50%) de la vivienda, trastero y garaje sitos en la Avda. María Moliner,
nº 26 Portal 12, 4º B de Leganés Norte a D. OSCAR LUIS PARTIDA FRAILE, siempre que se
cumpla el precio máximo de venta establecido en la legislación aplicable en materia de
vivienda.
17.- CONCESIÓN ADMINISTRATIVA APARCAMIENTO
MIGUEL DE UNAMUNO Y AUTORIZACÍÓN HIPOTECA DE
LA CONCESIÓN A EMSULE.
Este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 8 de octubre del año 2.002, adopto el
acuerdo de encargar a EMSULE, S.A. la construcción y explotación de un aparcamiento para
residentes en los terrenos situados en los patios de recreo del antiguo Colegio Público
“MIGUEL DE UNAMUNO”, sin que suponga ninguna carga económica para este
Ayuntamiento; y comunicar a EMSULE, S.A., que el uso de las plazas de aparcamiento cuya
construcción y explotación se le encarga, no podrá ser cedido por un plazo superior a 50 años.
Por EMSULE, S.A. se pone en conocimiento de este Ayuntamiento que al objeto de
proceder a la financiación de la mencionada obra se hace necesario solicitar los
correspondientes créditos hipotecarios, y para ello es preciso crear el titulo que habilite la
constitución de la referida hipoteca.
El Reglamento de Bienes de las Entidades Locales regula concesión administrativa
de Bienes de Dominio publico, en los artículos 74 y siguientes; y por otra parte, la Ley 7/1985
de 2 de abril en su articulo 85 ter, regula la Sociedades Mercantiles Locales como forma de
gestionar los servicios públicos locales de forma directa.
Aunque el Reglamento de Bienes, en su articulo 78.2. establece que las concesiones
se otorgaran previa licitación, con arreglo a los establecido en el articulo 3 de la ley de
Contratos de las Administraciones Públicas, las relaciones entre el Ayuntamiento y las
Sociedades íntegramente de participación pública quedan excluidas, en principio, de lo
establecido en las mencionada Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- 41 -
Por todo ello, de conformidad con las propuesta efectuada, los Sres. reunidos, en
votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Otorgar a la Sociedad Municipal EMSULE, S.A. una concesión
administrativa para la construcción de un Aparcamiento Subterráneo en el
subsuelo del bien de dominio público situado en el patio del antiguo Colegio
Público Miguel de Unamuno, y definido por los siguientes parámetros: tiene
una superficie de 3.045,13 m2., y linda: Al Norte con el colegio en 87,50
metros; al Sur, poligonal señalando con tramo grueso referente a la parte del
espacio verde paralelo a la Avda. Lengua Española en 87,63 metros; al Este
con zona verde en 29,05 metros y al Oeste con zona verde paralela a la Avda.
la Mancha en 36,89 metros.
SEGUNDO.- El aparcamiento se efectuara con arreglo al Proyecto aprobado por este
Ayuntamiento y tendrá una duración la concesión administrativa de
CINCUENTA Años, plazo máximo de duración de la cesión que podrá
efectuar la Sociedad EMSULE, S.A. a los particulares interesados en la
utilización de las plazas de garaje resultantes de la construcción del
mencionado aparcamiento subterráneo.
TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para el otorgamiento de cuantos
documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo, incluidas las
correspondientes Escrituras Públicas y demás documentos necesarios para
obtener la inscripción de la concesión administrativa en el Registro de la
Propiedad.
CUARTO.- Autorizar a la Sociedad EMSULE, S.A. para concertar un prestamos
hipotecario por importe de 2.939.452.- € con la Caja de San Fernando al
objeto de financiar la construcción del referido aparcamiento subterráneo.
18.- CONSTITUCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA MUNICIPAL Y
APROBACIÓN DE ESTATUTOS PARA CONCESIÓN Y
EXPLOTACIÓN DE CANAL DE TELEVISIÓN DIGITAL
TERRESTRE.
- 42 -
El articulo 9 de la Ley 41/1995, de 22 de diciembre, de Televisión Local por Ondas
Terrestres, conforme a la redacción dada por articulo 109 de la Ley 53/2002 del 30 de
diciembre, estableció:
“Una vez aprobado en el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local la
reserva de frecuencia para la difusión de un canal múltiple de Televisión Local en una
determinada demarcación, los municipios incluidos dentro de la misma, podrán acordar la
gestión por sí de un programa de televisión local con tecnología digital, dentro del múltiple
correspondiente a esta demarcación.
La decisión de acordar la gestión directa de un programa de televisión digital
deberá haber sido adoptada por el pleno de la Corporación municipal".
La disposición transitoria segunda de la misma Ley 41/1995 de 22 de diciembre,
introducida igualmente por la Ley 53/2002 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social (Ley acompañamiento de presupuestos para 2003), señalo
en su número 3:
“3.- El plazo para determinar el modo de gestión de los canales asignados a los
Municipios y agrupaciones de municipios, a que se refiere el articulo 9.1, será
de tres meses a contar desde la aprobación del Plan Nacional de la Televisión
Digital Local”
El Consejo de Ministros el día 12 de marzo de 2.004 aprobó el PLAN TECNICO
NACIONAL DE LA TELEVISION DIGITAL LOCAL, mediante el Real Decreto 439/2004,
publicado en el BOE del 8 de abril de 2004.
Es decir, que el plazo para acordar la gestión por si de un programa de Televisión
Local, con tecnología digital finalizo el día 8 de julio de 2.004.
Con anterioridad a la mencionada fecha este Ayuntamiento en sesión celebrada el
día 6 de julio de 2.004 acordó:
PRIMERO.- Gestionar por si este Ayuntamiento un Programa de Televisión Local con
tecnología Digital, dentro del múltiple correspondiente a la demarcación:
Referencia TL08M denominación Móstoles, canal múltiple nº 30, potencia
radiada 2 Kw; y solicitar de la Comunidad de Madrid la concesión de la
gestión directa de un programa de televisión local digital terrestre de uso
múltiple.
- 43 -
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean
necesarios en ejecución del presente acuerdo hasta la obtención de la
menciona concesión.
Por otra parte, la disposición adicional sexta del Real Decreto 439/2004, de 12 de
marzo, que aprueba el PLAN TECNICO NACIONAL DE LA TELEVISION DIGITAL
LOCAL, establece:
“La decisión sobre el modo de gestión y el control de la gestión directa o de los
concesionarios de servicio público de televisión local en los supuestos de los canales
reservados con arreglo a lo señalado en el articulo 3.3 de la Ley 41/1995, de 22 de diciembre,
corresponderá a los municipios incluidos dentro de la demarcación, atendiendo a criterios de
población, por cualquiera de los medios de colaboración entre administraciones previstos en
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de los
requisitos adicionales que pueda establecer la normativa de las Comunidades Autónomas.
En los supuestos de canales reservados de conformidad con lo dispuesto en el
articulo 3.2. de la Ley 41/1995, de 22 de diciembre, de Televisión local por ondas terrestres, la
decisión sobre el modo de gestión y el control de la gestión directa o de los concesionarios
corresponderá al pleno del ayuntamiento a cuyo favor se hubiese efectuado la reserva, salvo
cuando incluyan dentro de la demarcación municipios cuya población de derecho sea superior
a los 100.000 habitantes, en tal caso será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior”.
El Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local encuadro al Municipio de
Leganés, dentro de la demarcación nº 8 de la Comunidad de Madrid: Referencia TL08M
denominación Móstoles, canal múltiple nº 30, potencia radiada 2 Kw.
Según se establece en el articulo 9 de la Ley 41/1995 de 22 de diciembre,
corresponde a las Comunidades Autónomas el otorgamiento de las correspondientes
concesiones para la prestación del servicio.
Por la Comunidad de Madrid se dicto la Orden 2562/2004, de 29 de julio, de la
Consejería de Presidencia, por la que se regula el procedimiento de concesión de programas de
televisión digital local a los municipios por parte de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 2
de agosto de 2.004).
En la exposición de motivos de la citada Orden se señala que:
- 44 -
“La antedicha Ley 41/1995, de 22 de diciembre, habilita la gestión directa de uno
de los programas de televisión incluido en cada canal múltiplex, sin que sea posible la
participación de persona física o jurídica privada; de este modo, cuando en una demarcación
coincidan dos o más municipios que hayan solicitado la gestión de un programa de televisión
deberán acudir, previo acuerdo, a alguna de las formas de gestión directa previstas en la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, como puede ser el
consorcio, sociedad anónima de capital íntegramente público o la mancomunidad”.
Además en su disposición Tercera establece que :
“La entidad pública que constituyan los municipios solicitantes para la gestión
directa de un programa de televisión deberá estar constituida antes del 1 de marzo de 2.005.
Dentro del mes siguiente a su constitución deberá presentarse ante la Secretaría
General del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid al siguiente documentación:
1.- Documento de creación de la entidad publica que gestiona el programa de Televisión.
2.- Certificado de los distintos Ayuntamiento expedidos con el visto bueno de su Alcalde,
dando su conformidad a esa creación.
3.- En el caso de que se constituya la entidad publica a través de sociedad anónima de
capital íntegramente público, copia de la escritura pública de constitución inscrita en el
correspondiente Registro Mercantil.
4.- Memoria que contemple el Plan de Viabilidad Técnico y Financiero, y el Plan
Estratégico del Proyecto Televisivo, tanto en cuanto a infraestructuras y equipamiento
como a personal y contenidos, así como a su financiación.
Por otra parte el articulo 85 ter. de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen
Local establece:
1.- Las sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, cualquiera que se su forma
jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, salvo las materias en que les sea de
aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero, de control de
eficacia y contratación y sin perjuicio de lo señalado en el apartado siguiente de este
articulo.
- 45 -
2.- La sociedad deberá adoptar una de las formas de sociedad mercantil de
responsabilidad limitada, y en la escritura de constitución constará el capital, que
deberá ser aportado íntegramente por la entidad local o un ente público de la misma.
3.- Los estatutos determinaran la forma de designación y el funcionamiento de la Junta
General y del Consejo de Administración, así como los máximos órganos de dirección
de las mismas.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación sobre el
presente punto del orden del día, durante la cual la Sra. Bragado Cordero solicito que quedase
el expediente sobre la mesa para un mejor estudio y dar la oportunidad a otros Ayuntamientos,
al objeto de que se incorporen a la constitución de la Sociedad que gestione la Televisión
Local.
Contesto el Sr. Alcalde-Presidente que se había tenido una reunión previa con los
distintos Ayuntamiento afectados por la demarcación denominada Móstoles, y que algunos de
ellos habían indicado que en principio no les interesaba o no podían concurrir a la constitución
de la Sociedad. Sobre la petición de dejar el punto sobre la mesa el Sr. Alcalde indico que no
era posible ya que la Sociedad deberá estar constituida antes del 1 de marzo.
A la vista de petición efectuada por la Sra. Bragado Cordero por la Alcaldía
Presidencia se sometió a votación en primer lugar la solicitud de dejar o no sobre la mesa.
Los señores reunidos por mayoría, acordaron no dejar el expediente sobre la mesa y
entrar a decidir sobre el fondo del asunto. Votaron a favor de dejar el expediente sobre la mesa
los diez Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, votaron en contra de dejar el
expediente sobre la mesa los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los cinco
Sres. Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
De conformidad con los citados antecedentes, la propuesta obrante en el expediente
y el dictamen de la comisión informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores
reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos en contra de los Sres. Bragado
Cordero, Rojo Bermúdez, Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile
Sarmiento, Ramos Sánchez, Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, acordaron:
PRIMERO.- Proceder conjuntamente con los Ayuntamiento de Alcorcón y Humanes de
Madrid; y aquellos otros que así lo acuerden, a la constitución de una
Sociedad Anónima Municipal que tendrá por objeto obtener la concesión y
- 46 -
explotación de un canal de TV Digital Terrestre, correspondiente a la
demarcación referencia TL08M al amparo de la Orden 2562/2004 de 29 de
julio, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, y en su
caso, la prestación del citado servicio publico de Televisión Local, o la
creación de la entidad pública que lo preste.
SEGUNDO.- Aprobar los Estatutos de la citada Sociedad que obra en el expediente
TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean
necesarios en ejecución del presente acuerdo, incluido el otorgamiento de la
correspondiente escritura pública, y cuanto documentos complementarios
sean necesarios hasta obtener su inscripción en el Registro Mercantil, y en su
caso, la solicitud del otorgamiento de la concesión por parte de la Comunidad
de Madrid
19.- DESIGNACIÓN DE CONSEJERA GENERAL DE LA
ASAMBLEA DE CAJA BADAJOZ.
El Presidente de la Comisión Electoral de la Caja de Badajoz, se ha dirigido a esta
Alcaldía para informar que, según lo establecido en el art. 9 del Reglamento del Procedimiento
Regulador del Sistema de Designación de los Organos de Gobierno de la Caja Badajoz, esta
Corporación Municipal, tiene derecho a designar un Consejero General en la Asamblea
General, siendo el Pleno de la Corporación el órgano competente para dicha designación.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente,
los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres.
Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
PRIMERO.- Designar como Consejera General de la Asamblea General de Caja Badajoz a
Dª. BERNARDINA MACÍAS BOTELLO, actual Presidente de la Casa de
Extremadura en Leganés.
SEGUNDO.- Comunicar el acuerdo anterior a la Comisión Electoral de la Caja de Badajoz.
- 47 -
20.- ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ADOPTADO POR EL
AYUNTAMIENTO PLENO EN SESIÓN CELEBRADA EL 26
DE OCTUBRE DE 2004 RELATIVO AL CONVENIO
URBANÍSTICO SUSCRITO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE
LEGANÉS Y LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS
INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN PARCIAL P.P.-5
“POZA DEL AGUA” DEL PLAN GENERAL DE
ORDENACIÓN URBANA DE LEGANÉS.
El Ayuntamiento de Leganés, en sesión plenaria celebrada el día 21 de abril de
2004, se aprobó inicialmente el Convenio urbanístico relativo a la ejecución del Plan Parcial
P.P.-5 “POZA DEL AGUA” del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
Según se desprende de los informes obrantes en el expediente, dicho acuerdo y la
documentación correspondiente fue sometido a información pública durante el plazo de veinte
días mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el “Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid” núm. 227, de 23 de septiembre de 2004, en el diario “La Razón” de
fecha 23 de septiembre de 2004, y la exposición del anuncio en el Tablón de Anuncios de este
Ayuntamiento durante los días comprendidos entre el 27 de septiembre y el 21 de octubre de
2004 y el acuerdo de aprobación inicial se notificó individualmente a los que aparecían como
interesados en el expediente, sin que se presentaran ningún tipo de alegaciones o
reclamaciones.
El Ayuntamiento de Leganes, en sesión plenaria celebrada el 26 de octubre de 2004
adoptó el acuerdo relativo a la ratificación del citado convenio.
Con posterioridad a la mencionada fecha se ha detectado errores en diversas
cláusulas del Convenio sometido a la aprobación definitiva por el Pleno Municipal en sesión
plenaria celebrada el 26 de octubre de 2.004, por lo que se considera necesario modificar el
texto del Convenio recogiendo una nueva redacción de alguna de sus Cláusulas y excluyendo
los Anexos al mismo, dándole una redacción similar a la recogida en los Convenios suscritos
con las Asociaciones de Propietarios de los restantes Planes Parciales que se están ejecutando
en la actualidad.
Los apartados que se ha considerado necesario modificar son los siguientes:
- 48 -
1.- EXPONENDO DECIMOTERCERO.
2.- ESTIPULACION PRIMERA.
3.- ESTIPULACION SEGUNDA.
4.- ESTIPULACION TERCERA.
5.- ESTIPULACION CUARTA.
6.- ESTIPULACION SEXTA.
7.- ESTIPULACION SEPTIMA.
8.- ESTIPULACION OCTAVA.
9.- ESTIPULACION DUODÉCIMA.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación, durante
la cual el Sr. Salazar Ríos pregunto si la documentación que se sometía a aprobación era igual
a la anterior o si se había modificado, y si la vivienda que se iba a construir era vivienda
protegida.
El Sr. Izquierdo Izquierdo manifestó que se había retirado el Anexo del Convenio
anterior, por lo que era idéntica la documentación de ambos como se había puesto de
manifiesto en los antecedentes que obran en el expediente; y que todas la vivienda que va a
promover el Ayuntamiento van a ser de protección pública.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento,
los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres.
Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
PRIMERO.- Ratificar el contenido del Convenio Urbanístico suscrito entre este
Ayuntamiento y la Asociación de Propietarios de terrenos incluidos en el
ámbito del Plan Parcial P.P.-5 “POZA DEL AGUA”, aprobado
definitivamente por el Ayuntamiento de Leganés en sesión plenaria celebrada
el 26 de octubre de 2004, en el sentido de incorporar las modificaciones
reseñadas en los antecedentes y que se recogen en el texto que obra en el
expediente
SEGUNDO.- Proceder a notificar el acuerdo a los interesados, al objeto de que en el plazo
máximo de quince días se proceda a su firma.
TERCERO.- Inscribir el convenio en el Registro establecido al efecto en este
Ayuntamiento y remitir un ejemplar firmado, junto con su documentación
anexa al archivo municipal de convenios, en cumplimiento de lo dispuesto en
- 49 -
el artículo 248 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad
de Madrid.
21.- SUBSANACIÓN DE ERROR MATERIAL EN SUBVENCIÓN
PARA REHABILITACIÓN EN EDIFICIO EN LA CALLE
CONCEPCIÓN Nº 10. .
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 9 de noviembre de 2.004, acordó
conceder una subvención de 874,64.- €, para la rehabilitación de un edificio en la C/
Concepción nº 10.
De conformidad con el informe de la Arquitecto Técnico de la Oficina de
Rehabilitación de fecha 4 de enero de 2.005, en el citado acuerdo se ha producido un error
material que es preciso subsanar al figurar como titular de la subvención la Comunidad de
Propietarios, cuando debía figurar D. JUAN MARTIN MIGUEL, propietario del inmueble.
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción de la
Ley 4/1999 de 13 de enero, dispone que las Administraciones podrán rectificar en cualquier
momento los errores materiales existentes en sus actos.
Por todo los expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y
unanimidad, acordaron: Subsanar el error material existente en el Acuerdo del Ayuntamiento
Pleno de 9 de noviembre de 2.004, el siguiente sentido: donde dice “Comunidad de
propietarios”, debe decir “D. JUAN MARTIN MIGUEL”.
22.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA
REGULADORA DEL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS
PARA EJERCICIO DE ACTIVIDADES QUE SE CONSIDEREN
INOCUAS.
- 50 -
Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2.004, en el punto 35
del orden del día se acordó aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora del Otorgamiento de
Licencias para ejercicio de Actividades que se consideran Inocuas. Sometida a información
pública durante el plazo de treinta días, mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid de fecha 9 de diciembre de 2.004 y expuesto en el Tablón de
Anuncios Municipal durante el periodo comprendido entre el día 9 de diciembre de 2.004 y 9
de enero de 2.005, sin haberse presentado alegaciones alguna.
De conformidad con los antecedentes obrantes en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres. reunidos, en votación
ordinaria y por unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente la ORDENANZA REGULADORA DEL
OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA EJERCICIO DE
ACTIVIDADES QUE SE CONSIDERAN INOCUAS.
SEGUNDO.- Proceder a la publicación del texto íntegro de la citada Ordenanza
Reguladora del Otorgamiento de Licencias para ejercicio de Actividades que
se consideran Inocuas, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de
conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1.985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Loca y remitir copia de la misma a la
Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid, a los efectos
establecidos en el art. 65 de la citada Ley.
23.- ACUERDO DE REMISIÓN DE LA MODIFICACIÓN
PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN
URBANA DE LEGANÉS EN EL ÁMBITO DEL PLAN
PARCIAL DEL POLÍGONO INDUSTRIAL DEL AUTOMOVIL
(ANEXO A LAS ORDENANZAS VIGENTES DE DISTINTOS
SECTORES: D. ANEXO A LAS ORDENANZAS DEL PLAN
PARCIAL IA-26 EL PORTILLO, A LA CONSEJERÍA DE
MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
PARA LA EMISIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE
- 51 -
ANÁLISIS AMBIENTAL.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 13 de julio de 2004, aprobó
inicialmente la mencionada modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de
Leganés.
De los antecedentes que constan en el expediente se desprende que el mencionado
acuerdo ha sido sometido a información pública mediante la publicación de los
correspondientes anuncios en el B.O.C.M. núm. 304 de 22 de diciembre de 2004, en el diario
La Razón de 24 de noviembre, y estuvo expuesto en el Tablón de Anuncios municipal durante
los días comprendidos entre el 23 de noviembre y el 23 de diciembre de 2004.
No consta que se hayan presentado alegaciones durante el periodo de información
pública.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, de modificación de la ley
7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Reglamento de Planeamiento y en el
artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el
procedimiento que ha de seguirse, una vez transcurrido el periodo de información pública es el
siguiente:
1.- Informe definitivo de análisis ambiental.
2.- Aprobación provisional por el Pleno.
3.- Aprobación definitiva por el Consejero competente en materia de ordenación
urbanística de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Comisión de
Urbanismo de Madrid.
El apartado d) del precitado artículo 57 dispone que el Pleno del Ayuntamiento
remitirá el documento técnico del Plan General a la Consejería competente en materia de
medio ambiente, a efectos de que por la misma se emita en el plazo de dos meses el informe
definitivo de análisis ambiental.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres.
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron: Remitir el documento técnico de la
modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, en el ámbito del
Plan Parcial del Polígono Industrial del Automóvil (Anexo a las Ordenanzas vigentes de
- 52 -
distintos sectores: D. Anexo a las Ordenanzas del Plan Parcial IA-26 "El Portillo"), a la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a efectos de que se emita en el
plazo de dos meses el informe definitivo de análisis ambiental.
24.- ACUERDO DE REMISIÓN DE LA MODIFICACIÓN
PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN
URBANA DE LEGANÉS EN EL ÁMBITO DEL PERI DE
NUESTRA SEÑORA DE BUTARQUE Y ORDENANZA 5.
INDUSTRIA MEDIA IM, A LA CONSEJERÍA DE MEDIO
AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO PARA LA
EMISIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE ANÁLISIS
AMBIENTAL.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 13 de julio de 2004, aprobó
inicialmente la mencionada modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de
Leganés.
De los antecedentes que constan en el expediente se desprende que el mencionado
acuerdo ha sido sometido a información pública mediante la publicación de los
correspondientes anuncios en el B.O.C.M. núm. 303, de 21 de diciembre de 2004, en el diario
La Razón de 24 de noviembre, y estuvo expuesto en el Tablón de Anuncios municipal durante
los días comprendidos entre el 23 de noviembre y el 23 de diciembre de 2004.
No consta que se hayan presentado alegaciones durante el periodo de información
pública.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, de modificación de la ley
7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Reglamento de Planeamiento y en el
artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el
procedimiento que ha de seguirse, una vez transcurrido el periodo de información pública es el
siguiente:
1.- Informe definitivo de análisis ambiental.
2.- Aprobación provisional por el Pleno.
3.- Aprobación definitiva por el Consejero competente en materia de ordenación
urbanística de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Comisión de
Urbanismo de Madrid.
- 53 -
El apartado d) del precitado artículo 57 dispone que el Pleno del Ayuntamiento
remitirá el documento técnico del Plan General a la Consejería competente en materia de
medio ambiente, a efectos de que por la misma se emita en el plazo de dos meses el informe
definitivo de análisis ambiental.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres.
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron: Remitir el documento técnico de la
modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, en el ámbito del
PERI del Polígono Industrial NUESTRA SEÑORA DE BUTARQUE y Ordenanza 5: Industria
Media IM, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a efectos de que se
emita en el plazo de dos meses el informe definitivo de análisis ambiental.
25.- ACUERDO DE REMISIÓN DE LA MODIFICACIÓN
PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN
URBANA DE LEGANÉS EN EL ÁMBITO DEL SUELO
URBANO Y URBANIZABLE, CALIFICADO DE
EQUIPAMIENTO, DE TITULARIDAD PRIVADA, SIN USO
PREDETERMINADO (ARTICULO 123.3 DEL TITULO VIII.
ORDENANZA 7: EQUIPAMIENTO EQ), A LA CONSEJERÍA
DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
PARA LA EMISIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE
ANÁLISIS AMBIENTAL.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 13 de julio de 2004, aprobó
inicialmente la mencionada modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de
Leganés.
De los antecedentes que constan en el expediente se desprende que el mencionado
acuerdo ha sido sometido a información pública mediante la publicación de los
correspondientes anuncios en el B.O.C.M. núm. 214 de 8 de septiembre de 2004, en el diario
- 54 -
La Razón de 19 de agosto, y estuvo expuesto en el Tablón de Anuncios municipal durante los
días comprendidos entre el 14 de agosto y el 14 de septiembre de 2004.
No consta que se hayan presentado alegaciones durante el periodo de información
pública.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, de modificación de la ley
7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Reglamento de Planeamiento y en el
artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el
procedimiento que ha de seguirse, una vez transcurrido el periodo de información pública es el
siguiente:
1.- Informe definitivo de análisis ambiental.
2.- Aprobación provisional por el Pleno.
3.- Aprobación definitiva por el Consejero competente en materia de ordenación
urbanística de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Comisión de
Urbanismo de Madrid.
El apartado d) del precitado artículo 57 dispone que el Pleno del Ayuntamiento
remitirá el documento técnico del Plan General a la Consejería competente en materia de
medio ambiente, a efectos de que por la misma se emita en el plazo de dos meses el informe
definitivo de análisis ambiental.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres.
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron: Remitir el documento técnico de la
modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, en el ámbito del
Suelo Urbano y Urbanizable, calificado de Equipamiento, de titularidad privada, sin uso
predeterminado (art. 123.3 del Título VIII. Ordenanza 7: Equipamiento EQ), a la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a efectos de que se emita en el plazo de dos
meses el informe definitivo de análisis ambiental.
26.- ACUERDO DE REMISIÓN DE LA MODIFICACIÓN
PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN
- 55 -
URBANA DE LEGANÉS EN EL ÁMBITO DEL SUELO NO
URBANIZABLE ESPECIALMENTE PROTEGIDO
(ARTICULO 158. SUELO NO URBANIZABLE DE
PROTECCIÓN AMBIENTAL), A LA CONSEJERÍA DE
MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
PARA LA EMISIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE
ANÁLISIS AMBIENTAL.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 13 de julio de 2004, aprobó
inicialmente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
De los antecedentes que constan en el expediente se desprende que el mencionado
acuerdo ha sido sometido a información pública mediante la publicación de los
correspondientes anuncios en el B.O.C.M. núm. 214 de 8 de septiembre de 2004, en el diario
La Razón de 19 de agosto, y estuvo expuesto en el Tablón de Anuncios municipal durante los
días comprendidos entre el 14 de agosto y el 14 de septiembre de 2004.
No consta que se hayan presentado alegaciones durante el periodo de información
pública.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, de modificación de la ley
7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Reglamento de Planeamiento y en el
artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el
procedimiento que ha de seguirse, una vez transcurrido el periodo de información pública es el
siguiente:
1.- Informe definitivo de análisis ambiental.
2.- Aprobación provisional por el Pleno.
3.- Aprobación definitiva por el Consejero competente en materia de ordenación
urbanística de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Comisión de
Urbanismo de Madrid.
El apartado d) del precitado artículo 57 dispone que el Pleno del Ayuntamiento
remitirá el documento técnico del Plan General a la Consejería competente en materia de
medio ambiente, a efectos de que por la misma se emita en el plazo de dos meses el informe
definitivo de análisis ambiental.
- 56 -
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres.
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron: Remitir el documento técnico de la
modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, en el ámbito del
Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido (art. 158 Suelo No Urbanizable de Protección
Ambiental), a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a efectos de que
se emita en el plazo de dos meses el informe definitivo de análisis ambiental.
27.- AUTORIZACIÓN DE OCUPACIÓN TEMPORAL A LA
COMUNIDAD DE MADRID DE PARTE DE LA PARCELA 59
DEL POLÍGONO 23 PARA ACOPIO DE TIERRA VEGETAL
GENERADA POR LA OBRA DE “AMPLIACIÓN Y MEJORA
DE LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS
URBANOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LEGANÉS”
Con fecha 10 de enero de 2005 y R/E núm. 492 se presenta por la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental escrito, completado con otro de fecha 11 de enero de 2005,
por los que se solicita la ocupación temporal de parte de la parcela 59 del polígono 23.
La mencionada ocupación es necesaria para la ejecución de la obra de "Ampliación
y Mejora de la Estación de Transferencia de Residuos Urbanos en el Término Municipal de
Leganés", adjudicada por la Consejería de Medio Ambiente a la empresa ELSAN-PACSA.
Para ejecutar la obra se precisa crear una zona de aparcamiento de contenedores y
acopio de bolsa amarilla. La ocupación se llevaría a efecto durante los seis meses que la obra
tiene previsto como plazo de ejecución y en dicha superficie se realizarán actuaciones para su
acondicionamiento que, posteriormente, serían demolidas, restaurando el área afectada.
Por el Jefe de Sección Técnica de Medio Ambiente se informa, con fecha 17 de
enero de 2005, que puede procederse a la concesión de la autorización, teniendo en cuenta lo
siguiente:
1.- Deberán vallar y señalizar el terreno convenientemente.
- 57 -
2.- Que deberán restituir a su condición inicial el terreno objeto de autorización
temporal comunicando a este Ayuntamiento el Plan de obra previsto y los
volúmenes de tierra generados.
Por el Arquitecto municipal se ha emitido informe, de fecha 21 de enero de 2005, en
el que se manifiesta que es de titularidad municipal la mencionada parcela y que, de
conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid, está permitido el uso solicitado, por ser un servicio público
autonómico.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres.
reunidos, en votación ordinaria y unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Autorizar a la Comunidad de Madrid a la ocupación temporal de parte de la
parcela 59 del polígono 23, necesaria para la ejecución de la obra de
"Ampliación y Mejora de la Estación de Transferencia de Residuos Urbanos
en el Término municipal de Leganés, adjudicada por la Consejería de Medio
Ambiente a la empresa ELSAN-PACSA, con las siguientes condiciones:
1.- Se deberá vallar y señalizar el terreno convenientemente.
2.- Se deberá restituir a su condición inicial el terreno objeto de autorización
temporal comunicando a este Ayuntamiento el Plan de obra previsto y los
volúmenes de tierra generados.
SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo a la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
de la Comunidad de Madrid.
28.- APROBACION DEL PROYECTO MODIFICADO Nº 2 DE LAS
OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CIVICO SAN
NICASIO
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
- 58 -
abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
Aprobar el Proyecto Modificado nº 2 de las Obras de Construcción del Centro Cívico San
Nicasio, que implica un incremento de ejecución por contrata de 899.951,15.- €, que representa
un 14,78% sobre el contrato inicial, solicitando la correspondiente aprobación de la
Comunidad de Madrid.
29.- CANCELACION DE LA CONDICION RESOLUTORIA QUE
AFECTA A LAS PARCELAS DE CESIÓN OBLIGATORIA
DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR SERVICIOS
TERCIARIOS PARQUESUR.
El Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el 12 de febrero de 2002 ratificó
los Convenios suscritos entre este Ayuntamiento y RODAMCO INVERSIONES S.L. sobre
actuación urbanística en el Plan Parcial “Parquesur”, relativos a la reordenación de “Parquesur”
y permuta de suelo dotacional.
Como consecuencia de los citados Convenios el Ayuntamiento de Leganés y
RODAMCO INVERSIONES S.L asumían la obligación de modificar puntualmente el Plan
General de Ordenación Urbana de Leganés en el ámbito del Sector “PARQUESUR” y en el del
P.A.U.-4 “AMPLIACIÓN DE PRADO OVERA” y efectuar la permuta de suelos necesaria
para llevar a cabo la reordenación del Sector. RODAMCO INVERSIONES S.L. se
comprometía a la cesión del 15% del nuevo aprovechamiento urbanístico, parte en suelo y
parte en su equivalente en metálico.
La Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés, en los
ámbitos del Sector Servicios Terciarios “Parquesur” y del Sector de Suelo Urbanizable no
Programado P.A.U.-4 “Ampliación de Prado Overa” se aprobó definitivamente por Orden de
Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes con fecha 13 de enero de
2003, publicándose el acuerdo en el B.O.C.M. núm. 47, de 25 de febrero de 2003. La
normativa de la citada modificación puntual se publicó en el B.O.C.M. núm. 53, de 4 de marzo
de 2003.
- 59 -
Por el Ayuntamiento Pleno, en sus sesiones celebradas el 11 de marzo y el 8 de abril
de 2003 se adoptaron los acuerdos de permuta de terrenos entre este Ayuntamiento y
RODAMCO INVERSIONES, S.L. derivados de los Convenios suscritos.
En el Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés consta que las fincas de titularidad
municipal objeto de la permuta se adjudicaron al Ayuntamiento de Leganés con obligación de
dedicarla al destino y uso previsto en el planeamiento y gravadas con la condición resolutoria
de reversión si se modificare aquel.
Las parcelas que el Ayuntamiento de Leganés transmite a RODAMCO
INVERSIONES, S.L. en las que aparece la mencionada condición resolutoria son las
siguientes:
1.- FINCA Nº 1 DEL PROYECTO DE COMPENSACIÓN
DESCRIPCIÓN.- Urbana, destinada a Equipamiento de Interés Público y Social,
(en la actualidad, su destino es, tras la aprobación definitiva de la Modificación puntual del
Plan General, de Uso Comercial Recreativo) en el Carrascal del término municipal de
Leganés, con una extensión de quince mil trescientos veinticinco metros cuadrados, de forma
triangular, que linda al Norte en línea sensiblemente recta de trescientos treinta y nueve
metros cuadrados con ferrocarril de Madrid a Cáceres y Portugal; al Sur, en línea recta de
trescientos veintinueve metros con parcela nº 5 de las de la Junta de Compensación Parquesur
adjudicada a Parques Urbanos S.A.(en la actualidad propiedad de RODAMCO
INVERSIONES, S.L.); al Oeste, en línea de sesenta y cuatro metros treinta centímetros con la
misma parcela nº 5 y en línea de veintiséis metros cincuenta y siete centímetros con parcela nº
2 de las de la Junta e Compensación adjudicada al Ayuntamiento de Leganés; y al Este, con
intersección de linderos norte y sur.
INSCRIPCIÓN. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1, al Tomo 939, Libro 97,
Folio 62, Inscripción 1ª, Finca 8408.
2.- FINCA A.
Es parte de la Finca nº 3 del Proyecto de Compensación del Plan Parcial "Parque-
Sur" (Parque), de forma irregular con un ancho medio de aproximadamente 12 metros,
ubicada a lo largo de su lindero Norte con la Finca nº 5 de dicho Proyecto. Tiene una
- 60 -
superficie de 4.400 m2, lo que supone el 14,4179% del total de dicho parque de 30.517,66 m2,
Finca nº 3.
INSCRIPCIÓN. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1, al Tomo 939, Libro 97,
Folio 64, Inscripción 1ª, Finca 8410.
3.- FINCA B.
Parte de la Finca nº 4 del Proyecto de Compensación del Plan Parcial "Parque-
Sur" (Vía peatonal), de forma alargada y con ancho variable, ubicada a lo largo de parte del
lindero con la Finca 5 paralelamente a la carretera Leganés-Villaverde. Tiene una superficie
de 9.721 m2. Esto supone el 49,7976% de los 19.521,04 m2 que es la superficie total de la
Finca nº 4 Vía peatonal.
INSCRIPCIÓN. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1, al Tomo 939, Libro 97,
Folio 65, Inscripción 1ª, Finca 8411.
4.- FINCA C.
Es parte de la Finca nº 4 del Proyecto de Compensación del Plan Parcial "Parque-
Sur" (Vía peatonal), ubicada en el lindero con la carretera Leganés-Villaverde, de unos 60
metros de longitud y 540 m2 de superficie, que es el 2,7662% del total de la Finca nº 4 Vía
peatonal.
INSCRIPCIÓN. Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1, al Tomo 939, Libro 97,
Folio 65, Inscripción 1ª, Finca 8411.
El artículo 120 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, no prohibe la
modificación del destino de los terrenos de cesión obligatoria, sino que únicamente dispone
que tal variación no podrá implicar en ningún caso disminución de la cuantía de las cesiones
correspondientes al aprovechamiento medio en cada caso.
El artículo 179 del Reglamento de Gestión Urbanística establece que la aprobación
del proyecto de compensación producirá la cesión de derecho a la Administración actuante, en
- 61 -
pleno dominio y libre de cargas, de todos los terrenos que sean de cesión obligatoria y gratuita
según el plan.
Los artículos 2 y 5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, señalan que la actividad urbanística constituye una función pública cuya titularidad
corresponde a las Administraciones públicas competentes, que la gestionarán y desarrollarán
conforme a una equilibrada y equitativa ponderación de los bienes jurídicos relevantes y que la
potestad de planeamiento (que comprende la facultad de establecer el destino y uso del suelo y
su régimen urbanístico) es una potestad administrativa corresponde a la Administración
urbanística que la tenga atribuida, en este caso al Ayuntamiento de Leganés. Esta potestad de
planeamiento no puede verse limitada por el establecimiento de condiciones no exigidas por la
legislación aplicable.
Los posibles sujetos legitimados para solicitar la ejecución de la condición
resolutoria son los actuales miembros de la Junta de Compensación, que en la actualidad la
conforman la Comunidad de Propietarios del Centro Comercial PARQUESUR y el
Ayuntamiento de Leganés, que han prestado consentimiento a la ampliación del Centro
Comercial, que implicaba la modificación del planeamiento y la celebración de las permutas de
suelo correspondientes.
El que los posibles interesados en llevar a efecto la condición resolutoria sean los
mismos sujetos que resultan beneficiarios de la modificación del planeamiento, supone que, en
la práctica sea inviable el ejercicio de la mencionada condición resolutoria; el que la
subsistencia de la condición resolutoria siga gravando las parcelas de cesión obligatoria de
titularidad municipal, o se arrastre dicha carga a las parcelas objeto de la permuta y se limite la
potestad de planeamiento que corresponde al Ayuntamiento de Leganés resulta contrario a lo
dispuesto por la legislación vigente, por lo que de todo ello se deduce que es conveniente
cancelar la citada condición resolutoria.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con la propuesta obrante en el expediente y
el dictamen de la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo y Mantenimiento, los Sres.
reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres.
Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
PRIMERO.- Prestar consentimiento para la cancelación de las condiciones resolutorias
que gravan las fincas registrales 8408, 8410 y 8411, descritas anteriormente
que se adjudicaron en el Proyecto de Compensación del Sector Servicios
Terciarios PARQUESUR al Ayuntamiento de Leganés, con obligación de
- 62 -
dedicarlas al destino y uso previsto en el planeamiento y gravadas con la
condición resolutoria de reversión si se modificare aquel.
SEGUNDO.- Solicitar del Registro de la Propiedad nº 1 de Leganés la cancelación de las
citadas condiciones resolutorias.
TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés para la
firma de cuantos documentos fueran necesarios para llevar a cabo la
cancelación, incluidas las correspondientes escrituras públicas; así como para
la realización de cuantas actuaciones y firmas de documentos fuesen
necesarias realizar en ejecución de los Convenios Urbanísticos aprobados
definitivamente por el Ayuntamiento de Leganés en fecha 12 de febrero de
2002.
30.- INSCRIPCIÓN Y VARIACIONES DE ASOCIACIONES EN EL
REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADANAS.
De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por
unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Proceder a la INSCRIPCION en el Registro Municipal de Asociaciones,
creado a efectos del reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de
Leganés, a las siguientes:
CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL A.T. GINER
D. Andrés Nogales Méndez
C.I.F. G-84160654
C/ San Bernardo, 26, 2º A
28917 - Leganés
ASOCIACION DE INVESTIGACION Y ESPECIALIZACIÓN SOBRE TEMAS IBEROAMERICANOS
D. Jorge Heras Muñoz
C.I.F. G-28831915
C/ San Pablo, 12-3º C
C.P. 28912 - Leganes
- 63 -
SEGUNDO: Proceder a la comunicación de la modificación de los estatutos adaptados de
conformidad con la L.O. 1/2002 de 22 de marzo. Con Resolución de la
Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, Servicio de
Fundaciones y Asociaciones, acordando la modificación el 5 de septiembre
de 2003:
ASOCIACION DE VECINOS EL CARRASCAL
D. Francisco Maldonado Díaz Bajo
C.I.F. G-78287398
Avda. de Bélgica 101
28916 - Leganés
ASOCIACION GENERAL DE VECINOS BARRIO DE LOS FRAILES DE LEGANES
D. Angel Maroto Gómez
C/ Alegría, nº 3
C.P. 28914- Leganés
ASOCIACION DE VECINOS SAN NICASIO
D. Francisco Pérez Hernandez
C/ Río Lozoya , nº 17
C.P. 28913 - Leganés
ASOCIACION PEÑA MADRIDISTA LEGANES
D. Adolfo Aragonés Barrueco
Avda. de Fuenlabrada, nº 55 (Salones Terpsicore)
28911 - Leganés
ASOCIACION DE JUBILATAS ACTIVAS
C.I.F. G-8095827
Dña. María Jesús Martín Encabo
C/ Mayorazgo, 25
C.P. 28915 - Leganés (Madrid)
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TERCERO.- Proceder a la declaración de UTILIDAD PUBLICA a las Asociaciones antes
mencionadas.
31.- CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES BASES GENERALES
Y ESPECIFICAS.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación sobre el
presente punto del orden del día, durante la cual el Sr. Martín Illarregui puso de manifiesto que
su grupo no compartía el hecho de que a cincuenta Entidades se les otorgase nominativamente
subvenciones en los Presupuestos del Ayuntamiento, y por el contrario, al resto de las
entidades se les otorgase las subvenciones a través del correspondiente concurso, ignorando los
criterios que habían llevado al equipo de gobierno a establecer esa diferencia, y solicito que se
tomen en consideración estas manifestaciones para próximos ejercicios.
La Sra. Oliva García defendió el dictamen de la comisión informativa y manifestó
que se había mantenido la cuantía de ejercicios anteriores para las subvenciones nominativas, y
se habían simplificado las bases especificas al objeto del hacer mas fácil el otorgamiento de las
subvenciones.
Terminada la deliberación, de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos,
en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:
PRIMERO: Aprobar las Bases Generales de la Convocatoria de Subvenciones para el año
2005.
SEGUNDO: Aprobar las Bases Específicas, en el ámbito de las siguientes áreas:
Delegación Limpieza y Medio Ambiente 15.000.- €
Delegación Integración Social 18.000.- €
Delegación Integración Social. (Mayores) 3.600.- €
Delegación Integración Social (Infancia) 3.000.- €
Delegación Mujer 21.000.- €
Delegación de Salud y Consumo 11.900.- €
Delegación Juventud 16.564.- €
- 65 -
Junta M. de San Nicasio (Area de Juventud) 3.000.- €
Delegación Participación Ciudadana 24.000.- €
Delegación Participación Ciudadana 9.000.- €
Delegación Deporte 90.150.- €
Delegación Deporte (Entidades Fortuna) 6.000.- €
Delegación, Cultura 18.421.- €
Delegación Festejos 75.500.- €
Junta M. de San Nicasio (Area de Festejos) 18.000.- €
Delegación Pre. Y Cooperación Sub/Coop 150.000.- €
Delegación Presidencia sub./Sensibilizacion 60.000.- €
Junta Municipal de Distrito de la Fortuna 30.000.- €
TERCERO: Aprobar un gasto correspondiente a la convocatoria de Subvenciones del
2005, de 573.135.- € (QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO
TREINTA Y CINCO EUROS).
CUARTO: Aprobar las Bases Específicas en el ámbito de la Junta Municipal de Distrito
de la Fortuna de las siguientes áreas:
PARTICIPACION CIUDADANA
MUJER
JUVENTUD
DEPORTES
CULTURA
SERVICIOS SOCIALES Y FESTEJOS
QUINTO: Aprobar un gasto de 30.000.- € (TREINTA MIL EUROS) para la convocatoria de
subvenciones en el Distrito de la Fortuna correspondiente al año 2005.
SEXTO: Facultar al Sr. Alcalde Presidente y/o Sra. Concejala-Delegada para la
descentralización administrativa y Participación Ciudadana, para la firma de
cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
32.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA COMUNIDAD DE
MADRID PARA EQUIPAMIENTO CENTRO OCUPACIONAL
- 66 -
DE DISCAPACITADOS PSIQUICOS.
De conformidad con los antecedentes obrantes en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por
unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Ratificar la solicitud de subvención a la Consejería de Familia y Asuntos
Sociales para inversiones en reforma y equipamiento en Centro Municipales
de atención a personas con discapacidad para el año 2.005.
SEGUNDO.- Solicitar las subvenciones por los conceptos y cuantías siguientes:
* Gastos de Reforma ......................................................... 6.250.- €
* Gastos de Equipamiento ................................................ 9.457.- €
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y/o a la Sra. Concejala-Delegada de
Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Infancia, respectivamente, para la firma
de cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
33.- CONSTITUCIÓN CONSEJO LOCAL DE ATENCIÓN A LA
INFANCIA Y ADOLESCENCIA DE LEGANÉS.
De conformidad con los antecedentes obrantes en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por
unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Iniciar el proceso para la constitución del Consejo Local de Atención a la
Infancia y Adolescencia en Leganés.
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y/o a la Sra. Concejala-Delegada de
Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Infancia, respectivamente, para cuantas
acciones sean requeridas para la constitución del mencionado Consejo.
- 67 -
34.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LA COMUNIDAD DE
MADRID PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES A
LAS PERSONAS MAYORES.
De conformidad con los antecedentes obrantes en el expediente y el dictamen de la
Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por
unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Ratificar la solicitud de subvención a la Consejería de Familia y Asuntos
Sociales para la prestación de servicios sociales a alas personas para el año
2.005, cuya finalidad es subvencionar el mantenimiento y reforma de los
Centros, así como el equipamiento de los mismos.
SEGUNDO.- Solicitar las subvenciones por los conceptos y cuantías siguientes:
* Gastos de Mantenimiento .......................................... 19.000.- €
* Gastos de Equipamiento .......................................... 8.000.- €
* Gastos de Reforma .................................................... 5.000.- €
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, y/o a la Sra. Concejala-Delegada de
Servicios Sociales, Mujer, Mayores e Infancia, respectivamente, para la firma
de cuantos documentos sean necesarios en ejecución del presente acuerdo.
35.- CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE LA
CONVOCATORIA DE APOYO A PROYECTOS EDUCATIVOS
DEL MUNICIPIO. CURSO 2.004/2.005.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación sobre el
presente punto del orden del día, durante la cual el Sr. Martín Illarregui señalo que son
insuficientes a su juicio las cantidades consignadas para la subvenciones para los distintos
Centros Educativos, ya que debían otorgarse mayores cantidades para llevar a cabo los
proyectos de los citados centros educativos; terminando solicitando se haga un esfuerzo en los
ejercicio futuros para consignar mayores cantidades
- 68 -
Terminada la deliberación y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos,
en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron:
PRIMERO.- Aprobar y conceder las subvenciones que a continuación se relacionan y que
ascienden a TREINTA Y NUEVE MIL SESENTA Y CINCO EUROS
(39.065.- €), condicionado al cumplimiento de las bases:
CENTRO: C.E.E. ALFONSO X EL SABIO A.M.P.A. CIF: G80907652 SUBVENCION 990.- €
PROFESORADO CIF: Q2868957H SUBVENCIÓN 2.180.- €
CENTRO:
C.E.I.P. ABEN HAZAM PROFESORADO CIF: Q2868136I SUBVENCIÓN 990.- €
CENTRO:
C.E.I.P. ANDRÉS SEGOVIA A.M.P.A. CIF: G81009243 SUBVENCIÓN 184.- €
CENTRO:
C.E.I.P. ANTONIO MACHADO PROFESORADO CIF: Q2868614E SUBVENCIÓN 384.- €
CENTRO:
C.E.I.P. CONCEPCIÓN ARENAL A.M.P.A. CIF: G78025830 SUBVENCIÓN 806.- €
PROFESORADO CIF: Q2868100E SUBVENCIÓN 346.- €
CENTRO:
C.E.I.P. FRANCISCO DE QUEVEDO A.M.P.A. CIF: G28664506 SUBVENCIÓN 1.270.- €
PROFESORADO CIF: Q2868102A SUBVENCIÓN 674.- €
CENTRO:
C.E.I.P. GARCÍA LORCA PROFESORADO CIF: Q2868101C SUBVENCIÓN 490.- €
CENTRO:
C.E.I.P. GERARDO DIEGO A.M.P.A. CIF: G79201646 SUBVENCIÓN 706.- €
PROFESORADO CIF: Q7868003J SUBVENCIÓN 312.- €
CENTRO:
C.E.I.P. GINER DE LOS RIOS A.M.P.A. CIF: SUBVENCIÓN 338.- €
- 69 -
CENTRO:
C.E.I.P. GONZALO DE BERCEO A.M.P.A. CIF: G28526861 SUBVENCIÓN 184.- €
PROFESORADO CIF: Q2868882H SUBVENCIÓN 506.- €
CENTRO:
C.E.I.P. JOAN MIRÓ A.M.P.A. CIF: G81188393 SUBVENCIÓN 1.156.- €
PROFESORADO CIF: Q28038252 SUBVENCIÓN 142.- €
CENTRO:
C.E.I.P. JOSE M. DE PEREDA PROFESORADO CIF: Q2868104G SUBVENCIÓN 622.- €
CENTRO:
C.E.I.P. LEPANTO A.M.P.A. CIF: G80134687 SUBVENCIÓN 590.- €
PROFESORADO CIF:Q2868108H SUBVENCIÓN 608.- €
CENTRO:
C.E.I.P. LOPE DE VEGA A.M.P.A. CIF: G79745386 SUBVENCIÓN 458.- €
CENTRO:
C.E.I.P. LUIS DE GONGORA A.M.P.A. CIF: G28715944 SUBVENCIÓN 890.- €
PROFESORADO CIF: Q7868022J SUBVENCIÓN 844.- €
CENTRO:
C.E.I.P. MIGUEL DE CERVANTES A.M.P.A. CIF: G80715550 SUBVENCIÓN 440.- €
CENTRO:
C.E.I.P. MIGUEL DELIBES A.M.P.A. CIF: G80860844 SUBVENCIÓN 438.- €
PROFESORADO CIF: Q2868611A SUBVENCIÓN 912.- €
CENTRO:
C.E.I.P. MIGUEL HERNÁNDEZ
PROFESORADO CIF: Q2868616J SUBVENCIÓN 696.- €
CENTRO:
C.E.I.P. PÉREZ GALDÓS
PROFESORADO CIF: Q2868615B SUBVENCIÓN 626.- €
CENTRO:
C.E.I.P. PIO BAROJA
- 70 -
PROFESORADO CIF: Q2868935D SUBVENCIÓN 468.- €
CENTRO:
C.E.I.P. TRABENCO
PROFESORADO CIF: Q2868117I SUBVENCIÓN 1.572.- €
CENTRO:
C.E.I. VALLE INCLÁN
PROFESORADO CIF: Q7868258J SUBVENCIÓN 990.- €
CENTRO:
C.E.I. VERBENA
A.M.P.A. CIF: G82240832 SUBVENCIÓN 584.- €
PROFESORADO CIF: Q7868168A SUBVENCIÓN 1.228.- €
CENTRO:
C.E.I.P. VICTOR PRADERA
A.M.P.A. CIF: G79253241 SUBVENCIÓN 876.- €
PROFESORADO CIF: Q2868751E SUBVENCIÓN 458.- €
CENTRO:
C.E.P.A.L. ROSALIA DE CASTRO.
PROFESORADO CIF: Q7868006C SUBVENCIÓN 440.- €
CENTRO:
E.E.I. PANDORA
PROFESORADO CIF: B82796731 SUBVENCIÓN 990.- €
CENTRO:
E.E.I. LA NORIA
A.M.P.A. CIF: G81514275 SUBVENCIÓN 258.- €
CENTRO:
I.E.I. LOPE DE VEGA
PROFESORADO CIF: Q7850030C SUBVENCIÓN 184.- €
CENTRO:
I.E.S. ARQUITECTO PERIDIS
PROFESORADO CIF: Q2868118G SUBVENCIÓN 220.- €
CENTRO:
I.E.S. ENRIQUE TIERNO GALVÁN
PROFESORADO CIF: Q2868120C SUBVENCIÓN 1.088.- €
CENTRO:
I.E.S. FORTUNA
PROFESORADO CIF: Q2868121A SUBVENCIÓN 780.- €
- 71 -
CENTRO:
I.E.S. GABRIEL GARCÍA MÁRQUEZ A.M.P.A. CIF: G80026016 SUBVENCIÓN 651.- €
PROFESORADO CIF: Q7868214C SUBVENCIÓN 538.- €
CENTRO:
I.E.S. JOSÉ DE CHURRIGUERA
A.M.P.A CIF: G80631765 SUBVENCIÓN 312.- €
PROFESORADO CIF: Q7868031A SUBVENCIÓN 2.222.- €
CENTRO:
I.E.S. JULIO VERNE
PROFESORADO CIF: Q2868956J SUBVENCIÓN 1.780.- €
CENTRO:
I.E.S. LUIS VIVES
PROFESORADO CIF: Q2868750G SUBVENCIÓN 520.- €
CENTRO:
I.E.S. MARÍA ZAMBRANO
PROFESORADO CIF: Q7868093A SUBVENCIÓN 1.016.- €
CENTRO:
I.E.S. OCTAVIO PAZ
PROFESORADO CIF: Q7868005E SUBVENCIÓN 596.- €
CENTRO:
I.E.S. PABLO NERUDA
PROFESORADO CIF: Q7868194G SUBVENCIÓN 2.214.- €
CENTRO:
I.E.S. SAN NICASIO
PROFESORADO CIF: Q2868124E SUBVENCIÓN 298.- €
S U M A T O T A L………………………….. 39.065.- €
SEGUNDO: Denegar las siguientes subvenciones, por los motivos que se indican:
CENTRO: C.E.I.P. ANDRES SEGOVIA SOLICITADO POR:
NOMBRE PROYECTO: MOTIVO
PROFESORADO TALLER DE CIRCO
Proyecto muy interesante, pero se ha subvencionado durante dos años consecutivos, por lo que no corresponde subvención de
- 72 -
corresponde subvención de acuerdo a las Bases de la Convocatoria
CENTRO:
C.E.I.P. MIGUEL HERNANDEZ
SOLICITADO POR:
NOMBRE PROYECTO: MOTIVO
PROFESORADO EL HUERTO, UN RECURSO Este proyecto se ha subvencionado durante dos años consecutivos, por lo que no corresponde subvencion de acuerdo a las Bases de la Convocatoria.
PROFESORADO EXPRESION CORPORAL Este proyecto se ha subvencionado durante dos años consecutivos, por lo que no corresponde subvencion de acuerdo a las Bases de la Convocatoria.
CENTRO:
C.E.I.P. PEREZ GALDOS
SOLICITADO POR:
NOMBRE PROYECTO: MOTIVO
PROFESORADO LET´S READ Aunque que con otro nombre, este proyecto se presenta por tercer año por lo que se desestima de conformidad con las Bases de la Convocatoria
PROFESORADO VEN A LEER Aunque que con otro nombre, este proyecto se presenta por tercer año por lo que se desestima de conformidad con las Bases de la Convocatoria
CENTRO:
I.E.S. JUAN DE MAIRENA
SOLICITADO POR:
NOMBRE PROYECTO: MOTIVO
PROFESORADO CONVIVIENDO CON EL QUIJOTE
Presentado fuera de plazo
CENTRO:
I.E.S. SALVADOR DALI
SOLICITADO POR:
NOMBRE PROYECTO: MOTIVO
PROFESORADO AJARDINAMIENTO DEL INSTITUTOS
Este proyecto se ha subvencionado durante dos años consecutivos, por lo que no corresponde subvencion de acuerdo a las Bases de la Convocatoria.
- 73 -
CENTRO: I.E.S. SIGLO XXI SOLICITADO POR:
NOMBRE PROYECTO: MOTIVO
PROFESORADO IMPLANTACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGIAS DOCUMENTALES EN CICLOS FORMATIVOS
Este proyecto se ha subvencionado durante dos años consecutivos, por lo que no corresponde subvencion de acuerdo a las Bases de la Convocatoria.
TERCERO.- Los perceptores de estas subvenciones deberán justificar ante los servicios
técnicos de Educación, la aplicación de las mismas de acuerdo con las bases
de ejecución del presupuesto y las específicas de esta convocatoria.
CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente y al Concejal-Delegado de Educación,
indistintamente, para la firma de cuantos documentos sean necesarios en
ejecución del presente acuerdo.
36.- ACUERDO DE COLABORACIÓN CON LA FEMP SOBRE
RED DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN PARA
INMIGRANTES Y EMPLEADORES.
Dada lectura al dictamen de la comisión informativa se abrió deliberación sobre el
presente punto del orden del día, durante la cual el Sr. Martín Illarregui manifestó que la
propuesta que se sometía a aprobación era un ejemplo de mala gestión por parte del
Ayuntamiento, ya que el servicio había comenzado a prestarse el día siete de febrero, y se iba a
aprobar en el día de hoy día ocho.
Terminada la deliberación, y de conformidad con la propuesta obrante en el
expediente y el dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Sociales, los Sres. reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Sres. Concejales
asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
PRIMERO.- Integrar el Ayuntamiento de Leganés en la Red de Información y Orientación
que para tal fin ha creado la F.E.M.P.
- 74 -
SEGUNDO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean
necesarios en ejecución del presente acuerdo.
37.- RECURSOS Y DEMANDAS
1.- RECURSO P.A. NÚM. 577/2004, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 9 DE MADRID,
INTERPUESTO POR MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y
REASEGUROS A PRIMA FIJA.
Habiendo sido reclamado el expediente tramitado en este Ayuntamiento en relación
con el recurso Procedimiento Abreviado núm. 577/2004 del Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo núm. 9 de Madrid, interpuesto por MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS
Y REASEGUROS A PRIMA FIJA contra desestimación de la reclamación de responsabilidad
patrimonial por los daños y perjuicios ocasionados con motivo de un accidente de circulación;
y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y
Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de
los diez Señores Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
PRIMERO.- Remitir el expediente al citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid.
SEGUNDO.- Que la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso de
referencia, sea ejercida por los Procuradores: DON JOSÉ GRANADO
WEIL, DON ROBERTO PRIMITIVO GRANIZO PALOMEQUE Y DOÑA
BEATRIZ RUANO CASANOVA; y por los abogados: DON MARIANO
MUÑOZ BOUZO, DON JUAN SANTIAGO CORVILLO, DOÑA ANA
MARÍA LLULL GONZÁLEZ, DOÑA FRANCISCA COBOS GIL, DON
JAVIER DORCA MERCADER, DON ANTONIO ROBLES GARCÍA,
DOÑA CARMEN DELGADO DÍEZ Y DON PEDRO GONZÁLEZ
CEROLO.
38.- SENTENCIAS Y AUTOS.
1.- JUICIO VERBAL Nº 925/04 DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 49
DE MADRID, INTERPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO DE
- 75 -
LEGANES CONTRA MANUEL FERNANDEZ DIAZ, SEGUROS
MERCURIO, S.A.
Visto el auto de fecha 14 de diciembre de 2.004, dictado por el Juzgado de Primera
Instancia nº 49 de Madrid, en el juicio verbal núm. 925/04, seguido contra MANUEL
FERNANDEZ DIAZ, SEGUROS MERCURIO, S.A. por daños causados a bienes
municipales 166/03; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los diez Sres. Concejales asistentes del Grupo Municipal Popular, acordaron:
quedar enterados del mencionado Auto y que por las Unidades correspondientes se propongan
las resoluciones que procedan.
2.- RECURSO P.O. NÚM. 60/03 ACUMULADO (P.O. 93/03), DEL
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 1 DE
MADRID, INTERPUESTO POR AUTOCARES CABRERA BUS, S.L.
Vista la sentencia de fecha 30 de noviembre de 2004, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 1 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
60/03 Acumulado (P.O. 93/03), interpuesto por AUTOCARES CABRERA BUS, S.L. contra
decreto de suspensión de obras en expediente de Infracción Urbanística; y de conformidad con
el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos,
en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales del
Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por
las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
3.- RECURSO P.O. NÚM. 113/03, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 6 DE MADRID,
INTERPUESTO POR LOVERCONS, S.L.
Vista la sentencia de fecha 10 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
113/2003, interpuesto por LOVERCONS, S.L. contra resolución denegatoria de la solicitud de
licencia de obra; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar
- 76 -
enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan
las resoluciones que procedan.
4.- RECURSO P.O. NÚM. 114/03, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 7 DE MADRID,
INTERPUESTO POR GESTORA DE COMUNIDADES REUNIDAS.
Vista la sentencia de fecha 25 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 7 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
114/03, interpuesto por GESTORA DE COMUNIDADES REUNIDAS sobre sanción por
infracción urbanística; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de
Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con
las abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:
quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se
propongan las resoluciones que procedan.
5.- RECURSO P.A. NÚM. 237/04, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO Nº 9 DE MADRID, INTERPUESTO POR D. JESÚS
RAMÍREZ DEL PUERTO Y OTROS.
Vista la sentencia de fecha 26 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Abreviado núm.
237/04, interpuesto por D. JESÚS RAMÍREZ DEL PUERTO Y OTROS contra resolución
desestimatoria de seis recursos de reposición contra liquidaciones tasa de basura industrial; y
de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda,
los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez
Señores Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la
mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se propongan las resoluciones
que procedan.
6.- RECURSO P.O. NÚM. 20/04, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO Nº 19 DE MADRID, INTERPUESTO POR
RETEVISIÓN MOVIL, S.A.
- 77 -
Vista la sentencia de fecha 13 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 19 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
20/04, interpuesto por RETEVISIÓN MOVIL, S.A. contra denegación licencia de obras para
instalación de una estación base de telefonía móvil; y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo
Municipal Popular, acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las
Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
7.- RECURSO P.O. NÚM. 43/04, DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO Nº 19 DE MADRID, INTERPUESTO POR
FERROVIAL-AGROMAN, S.A.
Vista la sentencia de fecha 17 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 19 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
43/04, interpuesto por FERROVIAL-AGROMAN, S.A. contra resolución en Inspección Fiscal
sobre Impuesto Actividades Económicas; y de conformidad con el dictamen de la Comisión
Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por
mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo Municipal Popular,
acordaron: quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades
correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
8.- RECURSO P.O. NÚM. 67/2004, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 23 DE MADRID,
INTERPUESTO POR SISTEMAS INTEGRALES DEL SUELO, S.L.
Visto el auto de fecha 17 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 23 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
67/2004, interpuesto por SISTEMAS INTEGRALES DEL SUELO, S.L. sobre Licencia
Urbanística; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Régimen
Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con las
abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar
enterados del mencionado auto y que por las Unidades correspondientes se propongan las
resoluciones que procedan.
- 78 -
9.- RECURSO P.O. NÚM. 41/2004, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 24 DE MADRID,
INTERPUESTO POR IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA,
S.A.
Vista la sentencia de fecha 25 de enero de 2005, dictada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid, en el recurso por Procedimiento Ordinario núm.
41/2004, interpuesto por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA, S.A. sobre Tasa por
licencia de apertura de zanjas; y de conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa
de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría,
con las abstenciones de los diez Señores Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:
quedar enterados de la mencionada sentencia y que por las Unidades correspondientes se
propongan las resoluciones que procedan.
10º.- INCIDENTE DE NULIDAD DEL RECURSO APELACION NÚM
303/2002 (P.O. Nº 152/2001), DE LA SECCIÓN 2ª, DE LA SALA DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA, INTERPUESTO POR D. JOSE LAMOLDA FERNANDEZ.
Visto el Auto de fecha 25 de enero de 2005, dictado por la Sección Segunda, de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
incidente de nulidad contra la sentencia del 9 de marzo de 2.004 del recurso de apelación núm.
303/2002, interpuesto por D. JOSE LAMOLDA FERNANDEZ, contra sentencia en el P.O. nº
152/2001 sobre denegación de licencia de obras, y de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores reunidos, en votación
ordinaria y por mayoría, con las abstenciones de los diez Señores Concejales asistentes del
Grupo Municipal Popular, acordaron: quedar enterados del mencionado Auto y que por las
Unidades correspondientes se propongan las resoluciones que procedan.
39.- MOCIÓN SOBRE ESTABLECIMIENTO DÍA 27 DE ENERO,
DIA DEL HOLOCAUSTO.
Se dio lectura a la siguiente Moción:
- 79 -
El Consejo de Ministros del 10 de diciembre de 2.004 adopto el acuerdo de instituir
el 27 de enero como día Oficial de la Memoria del Holocausto y la Prevención de los
Crímenes contra la Humanidad. La fecha elegida conmemora la liberación hace 60 años del
campo de exterminio de Auschwitz, símbolo como desgraciadamente tantos otros,
(Mauthausen, Dachan, Buchenwald …) de la depravación y la ignominia a la que puede llegar
el ser humana. En estos campos de exterminio junto a la población judía sufrieron y murieron
mas de 10.000 españoles que huyendo de la Dictadura impuesta tras la Guerra Civil, fueron
capturados por las tropas alemanas cuando vivían exiliados en Francia. También sufrieron
miles de ciudadanos europeos y de otros lugares por razón de su credo, raza o ideas.
La fecha del 27 de enero servirá para honrar a los seis millones de judíos
exterminados en el holocausto nazi, también a más de 10.000 españoles que sufrieron la
deportación y murieron en los campos nazis. Será la fecha que nos recordará lo que, con total
seguridad, ha sido el mayor crimen cometido en la historia de la Humanidad por un Gobierno,
con la complicidad y silencia del resto bajo el miedo y el terror.
Para que ese silencio no vuelva a mostrarse de manera tan sonora, para que el
olvido no nos haga cómplices, la historia de los campos de exterminio nazi debería ser
entendida por todos como una siniestra señal de peligro, nadie pensaba que aquello podría
ocurrir en Europa, pero sucedió.
Al principio fueron exterminados los discapacitados, los “anormales” … después lo
s judíos (entre cuatro millones y medio y seis millones), rusos (más de cuatro millones),
polacos, yugoslavos, checos, griegos, marroquíes, argelinos, franceses, italianos, españoles,
ingleses, austríacos, etc. Distintos grupos religiosos (protestantes, católicos y testigos de
Jehová …) homosexuales, presos comunes, partisanos y brigaditas, y grandes grupos de
personas de etnia gitana.
En el horror del holocausto nazi murieron seis millones de judíos, y junto a ellos,
miles de españoles. Todos los supervivientes, prometieron hacer conocer al mundo los
horrores vividos en estos campos para que la Humanidad no olvidara ni repitiera, nunca mas,
estos crímenes.
En el caso de los españoles esta misión fue décadas más gravosa porque la mayoría
de ellos no pudieron regresar a su país.
Tenemos un compromiso, una exigencia democrática elemental para con ellos,
honrar la Memoria de aquellos hombre y mujeres que sufrieron el mayor crimen contra la
- 80 -
Humanidad, manteniéndonos siempre atentos, y no olvidar, para que estos hechos, nunca
jamas, se vuelvan a repetir.
Por todo ellos se propone la adopción de los siguientes ACUERDOS:
PRIMERO.- Se suma a al decisión del Gobierno de España de instituir la fecha del 27 de
enero como día Oficial de la Memoria del Holocausto y la Prevención de los
Crímenes contra la Humanidad.
SEGUNDO.- Solicita a la instituciones que en esta fecha también sean recordados
siempre, de manera singular, lo mas de 10.000 españoles que sufrieron y
murieron en los campos de exterminio nazis, los exiliados y todos aquellos
que fueron deportados o perseguidos por sus ideas”.
Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria y
unanimidad, acordaron: Aprobar la moción que ha quedado transcrita anteriormente.
40.- MOCIONES SOBRE VÍCTIMAS DEL TERRORISMO.
Se dio lectura a la siguiente Moción:
“El pasado 22 de enero de 2005 tuvo lugar una Manifestación convocada por la
Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) que contó con una masiva afluencia ciudadana
cercana a las 50.000 personas, así como con una nutrida representación del Partido Popular y
una significativa ausencia de dirigentes y altos cargos socialistas, en concreto la del Alto
Comisionado para las Víctimas, Gregorio Peces-Barba.
En el transcurso de dicha manifestación se produjeron actitudes recriminatorias a
los dirigentes socialistas que acudieron a la manifestación, que han suscitado la condena de la
organización de la manifestación y de formaciones políticas entre las que se encuentra el
Partido Popular, demostrando una actuación cívica y responsable, que le fue negada en otras
ocasiones en las que miembros del PP fueron atacados en el curso de otras manifestaciones.
El Ministro de Defensa llegó a declarar que había sido agredido por alguno de los
manifestantes, palabras que a pesar de no contar con el refrendo de los atestados policiales,
- 81 -
suscitaron la orden de los responsables socialistas en materia de seguridad para investigar lo
ocurrido para determinar posibles responsabilidades penales.
Como consecuencia de estas declaraciones, la Brigada Provincial de Información
de la Policía procedió a identificar a los responsables de la supuesta agresión, que
desencadenó en la detención de dos ciudadanos de Las Rozas afiliados al Partido Popular,
que en ningún momento habían actuado con violencia en la manifestación.
Los propios afectados y el Partido Popular han manifestado la ilegalidad de esta
detención, que constituye una violación de los más elementales derechos constitucionales, la
libertad de conciencia, el honor y la propia imagen de los ciudadanos.
El hecho de poner al servicio de unos intereses políticos los recursos policiales del
Estado, obviando toda cautela democrática, es más propio de un régimen totalitario que de
una democracia.
Por todas estas circunstancias, el Ayuntamiento de Leganés aprueba la siguiente
MOCIÓN:
PRIMERO.- Reafirmar nuestro total e inquebrantable apoyo a todas las víctimas del
terrorismo.
SEGUNDO.- Expresar nuestra firme condena a todo acto terrorista y nuestra confianza en
la Ley y el Estado de Derecho para derrotar a sus autores.
TERCERO.- Manifestar nuestra preocupación ante las actuaciones dirigidas contra dos
ciudadanos sobre la única base de una falsa imputación y condenar un
procedimiento que pone en riesgo la integridad de nuestro Estado de
Derecho, por cuanto quiebra la seguridad jurídica, los derechos y las
libertades de la ciudadanía.
CUARTO.- Exigir al Ministerio y al Delegado del Gobierno en Madrid que den una
explicación ante este atropello democrático, y al Ministerio de Defensa que
explique la ambigüedad en sus declaraciones y, a todos ellos, que asuman su
responsabilidad ante este gravísimo episodio”.
Después de amplia deliberación, durante la cual se solicito expresamente por los
grupos municipales que con independencia de aprobar o rechazar la moción, quedase
constancia en el Acta que todos apoyaban a las Víctimas del terrorismo y condenaban los actos
- 82 -
terroristas; los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la
moción que ha quedado transcrita anteriormente. Votaron a favor de la misma los once Sres.
Concejales del Grupo Municipal Popular, y votaron en contra los once miembros del Grupo
Municipal Socialista y los cinco miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
41.- MOCIONES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA
COMUNIDAD DE MADRID
Se dio lectura a la siguiente Moción presentada por el Grupo Municipal Popular :
“La Seguridad Pública es competencia exclusiva del Estado. Las Corporaciones
locales participamos en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos que
establece la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local en el marco de la Ley de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad. Los municipios con población superior a 5.000 habitantes tienen
constituidos Cuerpos de Policía Local.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, por su parte, atribuye a la
Administración regional competencias en materia de coordinación de los Cuerpos de Policía
local.
La Seguridad ciudadana es una cuestión que preocupa a los vecinos de nuestros
municipios. Las Administraciones públicas, debemos, por tanto, desde nuestros respectivos
ámbitos competenciales, aportar soluciones a los principales problemas que se nos plantean.
Los Ayuntamientos venimos realizando un importante esfuerzo para contribuir a
mejorar la seguridad ciudadana. Aquellos municipios que tienen constituido Cuerpo de
Policía local incrementan en lo posible sus recursos humanos, y los municipios que por razón
de población no cuentan con Cuerpo de Policía local, invierten en medios materiales para
coadyuvar al mejor desempeño de las labores de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado.
El esfuerzo inversor que la Comunidad de Madrid está realizando en colaboración
con los Ayuntamientos de la región, a través del Proyecto de Seguridad Ciudadana, para
financiar medios humanos y materiales, constituye un elemento importante en este empeño de
incrementar los niveles de seguridad en el conjunto de la región.
- 83 -
Por los motivos anteriormente expuestos, el Grupo Municipal Popular presenta la
siguiente MOCIÓN para su aprobación por el Pleno Municipal: El Ayuntamiento de Leganés
solicita a la Delegación de Gobierno en nuestra región y al Ministerio que adopten medidas
con el objetivo de garantizar la seguridad en nuestros municipios. En este sentido solicitamos
al Gobierno de la Nación:
- Que cubran las vacantes existentes en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
destinados a la Comunidad de Madrid.
- La dotación de los agentes necesarios entre Policías Nacionales y Guardias Civiles
para la Comunidad de Madrid.
- La dotación inmediata de Guardias Civiles en los municipios de menos de 5.000
habitantes que carezcan de la debida protección.
- El establecimiento de un plan de mejora y acondicionamiento de los Cuarteles e
instalaciones de la Guardia Civil ubicados en nuestra Comunidad.
- La dotación de medios materiales necesarios para la prestación del servicio por parte
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en las mejores condiciones.
- La creación de Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía en los Ayuntamientos de
más de 25.000 habitantes que así lo soliciten.
- La colaboración y coordinación con los Ayuntamientos de la región en orden a
garantizar la seguridad de los ciudadanos”.
Seguidamente por el Grupo Municipal Socialista se manifestó que presentaba una
moción alternativa a la del Grupo Municipal Popular cuyo tenor literal es el siguiente:
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La seguridad pública, garantizada por el Estado, es el único marco posible para el
ejercicio de los derechos ciudadanos en condiciones de libertad, igualdad y calidad.
Los ciudadanos han tenido, desde finales de los años noventa, elementos objetivos
suficientes para percibir un deterioro en su seguridad, como han puesto de relieve los estudios
de opinión que se han realizado durante los últimos años.
- 84 -
Este deterioro obedece, entre otras causas, al incremento de la criminalidad
tradicional acompañada cada vez más en estos años de formas y manifestaciones de violencia
contra las víctimas, a la llegada a España de la criminalidad organizada, a los retos que
desde el punto de vista de la seguridad comporta el fenómeno de los modernos flujos
migratorios con los que pueden penetrar las mafias internacionales, o a las cifras
insostenibles de violencia de género. Pero obedece, sobre todo, al abandono que, entre 1996 y
2004, han padecido los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad a los que el Gobierno de la Nación
descapitalizó en medios personales y materiales y, desde luego, a la inexistencia de políticas y
planes de seguridad ciudadana acertados.
La Comunidad de Madrid, ha sido una de las más perjudicadas por esta situación
y, esos años, han sido los peores en cuanto a criminalidad se refiere.
Una idea estrecha y equivocada del concepto de seguridad ha sido, por otra parte,
la constante de los últimos Gobiernos de nuestra Comunidad.
Si bien es cierto que ahora se ha abierto una línea de financiación a los
Ayuntamientos de la Región para la creación de nuevas plazas de policías locales, también lo
es que esta financiación no existiría sin el concurso de los Alcaldes de la Región.
Pero este llamado Nuevo Proyecto de Seguridad de la CAM nace sin ningún tipo de
estudio o análisis previos y está teniendo ya graves repercusiones en los pequeños municipios,
que ven como los efectivos de sus plantillas optan a otras plazas creadas en otros de mayor
población.
El Gobierno de la Nación, después del 14 de Marzo, ha tenido que esforzarse para
volver a situar a la seguridad ciudadana y pública en el lugar que siempre ha debido ocupar y
ocupaba hasta 1996. La recuperación del número de efectivos perdidos durante estos últimos
8 años (4.200 agentes de policía nacional y 3028 agentes de la guardia civil concluirán su
formación en 2005), la inversión en reparación y mantenimiento de las infraestructuras
existentes (47 millones de € para 2005), la nueva construcción de comisarías de policía
nacional (Vicálvaro, Barajas y Usera), la compra de material móvil, de comunicaciones, de
material informático y la puesta en marcha de programas de Seguridad Vial y de Protección
Civil, hacen que se inicie el camino adecuado.
La Comunidad de Madrid debe ser una de las regiones más seguras de Europa. Y
debe serlo para conseguir el máximo bienestar y calidad de vida de sus ciudadanos y
ciudadanas, para fortalecer su condición de motor de la economía y, desde luego, para
fortalecer aún más la candidatura olímpica de MADRID 2012, en la que todos estamos
comprometidos.
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En méritos a cuanto queda expuesto, y en virtud de lo establecido en el artículo 97.3
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno la adopción de los siguiente
ACUERDOS:
PRIMERO.- El Ayuntamiento de Leganés exhorta al Gobierno de la Comunidad de
Madrid para que inste al Gobierno de la Nación:
1.- A continuar manteniendo durante la Legislatura las dotaciones
presupuestarias necesarias, tanto para cubrir las vacantes de Policía
Nacional y Guardia Civil existentes en la Comunidad de Madrid,
como para dotar a estos cuerpos y fuerzas de medios materiales
suficientes.
2.- A incrementar dichos efectivos de acuerdo con el Plan Estratégico de
Seguridad Ciudadana elaborado por la Delegación del Gobierno en
Madrid (Proyecto ITER).
3.- A continuar con su política de mejorar, rehabilitar y mantener
adecuadamente tanto las comisarías de policía nacional como los
cuarteles de la guardia civil radicados en nuestra Comunidad, a
través de las oportunas consignaciones presupuestarias.
4.- A continuar con las políticas de coordinación, puestas en marcha por
la Delegación del Gobierno en Madrid, tal y como se han definido en
el Plan Estratégico de Seguridad Ciudadana de la Delegación del
Gobierno en Madrid (Proyecto ITER).
5.- A estudiar una nueva distribución de las competencias y funciones de
los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y la policía local,
mediante las oportunas reformas legales.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Leganés insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid:
1.- A ejercer plenamente las competencias que le son propias y que
contribuyen a una mejor seguridad y protección ciudadanas para la
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región.
2.- A colaborar lealmente con la Delegación del Gobierno en Madrid, en
el ámbito de sus competencias.
3.- A ejercer las actuaciones que sean precisas para que los pequeños
municipios dispongan de efectivos de policía local.
4.- A presentar un paquete de medidas orientadas a la prevención de la
delincuencia que contenga, en todo caso, políticas dirigidas a la lucha
contra la droga y la marginación social, medidas de carácter
educativo y contra el fracaso escolar, medidas de carácter social que
faciliten la integración de las minorías y los colectivos en situación de
riesgo, y a la erradicación de fenómenos de carácter racista y
xenófobo”.
Después de amplia deliberación, por la Alcaldía Presidencia se sometió a votación
independiente las dos mociones que se han transcrito anteriormente.
En relación con la moción presentada por el Grupo Municipal Popular los Señores
reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, acordaron: Rechazar la moción que ha quedado
transcrita en primer lugar. Votaron a favor de la misma los once Sres. Concejales del Grupo
Municipal Popular, y votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal Socialista y
los cinco miembros del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
Sometida a votación la moción del Grupo Municipal Socialista y que se ha transcrito
en segundo lugar fue aprobada por mayoría. Votaron a favor de la misma los once miembros
asistentes de Grupo Municipal Socialista y los cinco miembros del Grupo Municipal de
Izquierda Unida, votaron en contra los once miembros del Grupo Municipal Popular.
En su virtud se acordó:
PRIMERO.- El Ayuntamiento de Leganés exhorta al Gobierno de la Comunidad de
Madrid para que inste al Gobierno de la Nación:
1.- A continuar manteniendo durante la Legislatura las dotaciones
presupuestarias necesarias, tanto para cubrir las vacantes de Policía
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Nacional y Guardia Civil existentes en la Comunidad de Madrid, como
para dotar a estos cuerpos y fuerzas de medios materiales suficientes.
2.- A incrementar dichos efectivos de acuerdo con el Plan Estratégico de
Seguridad Ciudadana elaborado por la Delegación del Gobierno en Madrid
(Proyecto ITER).
3.- A continuar con su política de mejorar, rehabilitar y mantener
adecuadamente tanto las comisarías de policía nacional como los cuarteles
de la guardia civil radicados en nuestra Comunidad, a través de las
oportunas consignaciones presupuestarias.
4.- A continuar con las políticas de coordinación, puestas en marcha por la
Delegación del Gobierno en Madrid, tal y como se han definido en el Plan
Estratégico de Seguridad Ciudadana de la Delegación del Gobierno en
Madrid (Proyecto ITER).
5.- A estudiar una nueva distribución de las competencias y funciones de los
cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y la policía local, mediante las
oportunas reformas legales.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Leganés insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad
de Madrid:
1.- A ejercer plenamente las competencias que le son propias y que
contribuyen a una mejor seguridad y protección ciudadanas para la región.
2.- A colaborar lealmente con la Delegación del Gobierno en Madrid, en el
ámbito de sus competencias.
3.- A ejercer las actuaciones que sean precisas para que los pequeños
municipios dispongan de efectivos de policía local.
4.- A presentar un paquete de medidas orientadas a la prevención de la
delincuencia que contenga, en todo caso, políticas dirigidas a la lucha
contra la droga y la marginación social, medidas de carácter educativo y
contra el fracaso escolar, medidas de carácter social que faciliten la
integración de las minorías y los colectivos en situación de riesgo, y a la
erradicación de fenómenos de carácter racista y xenófobo.
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42.- RUEGOS Y PREGUNTAS
Por el Grupo Municipal Popular se efectúo los siguientes RUEGOS:
1º.- El Grupo Popular en el Ayuntamiento de Leganés, SOLICITA:
Relación de inversiones realizadas por el Ayuntamiento de Leganés en la Escuela
Infantil José María de Pereda y la correspondiente partida económica cargada en los
presupuestos municipales.
Por el Sr. Rubio Tello se señalo que se había realizado una inversión de 42.487,25.- € y
esta prevista otra de 18.920.- €, así como un gasto corriente de 81.177.- €
Por el Grupo Municipal Popular se efectúo las siguientes PREGUNTAS:
1.- El día 28 de enero de 2005 ha anunciado que el Consistorio está estudiando la
posibilidad de que el municipio aproveche la inutilizada vía militar de San Nicasio para
habilitar un tranvía que conecte diferentes barrios de nuestra ciudad.
- ¿Nos podría explicar en qué fase de estudio se encuentra este proyecto?
- Además de los barrios de La Fortuna y San Nicasio, ¿en cuáles más se estudia su
instalación?
- En la partido 23/4324/627.00 con Nº de Proyecto 0523018 del Presupuesto de
inversiones de 2005 aparecen 300.000 € para el concurso de ideas del bulevar San
Nicasio. ¿Se tiene previsto convocar este concurso en este ejercicio o ya no será
necesario?
- En la partida 23/4324/610.00 con Nº de Proyecto 05230150 del ejercicio 2005 se
destinan 500.000 € para el bulevar de San Nicasio. Si este espacio se habilita para
tranvía y no para bulevar, ¿se mantendrá esta inversión para este espacio?
- ¿Nos podría explicar los acuerdos a que ha llegado en la reunión que ha mantenido
con los responsables del Ministerio de Defensa referente a la cesión de los terrenos de
la vía militar a su paso por San Nicasio?
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2.- ¿En virtud de qué criterios conceden una reserva de crédito en los Presupuestos para el
ejercicio 2005 para algunas entidades mientras que otras han de solicitar las ayudas
por medio de concurso?
3.- En el Pleno celebrado el pasado 9 de noviembre de 2004 el Grupo Municipal Popular
en el Ayuntamiento de Leganés preguntó si el equipo de gobierno tenía previsto el
arreglo y acondicionamiento de la calle San Félix, en el barrio de los Santos, calle que
a día de hoy todavía se encuentra sin pavimentar y sigue lleno de excrementos caninos
y suciedad pese a que en el Pleno se nos aseguró que efectivamente se iban a comenzar
las obras de acondicionamiento de esta calle.
El Grupo Popular realiza las siguientes PREGUNTAS:
- ¿Tiene realmente el equipo de gobierno intención de acondicionar la calle San
Félix?
- En el caso de que así sea, ¿cuándo se realizarían las obras de arreglo de la citada
calle?
43.- MOCIONES
Se dio lectura a la siguiente Moción:
“La actual red de centros de Leganés data del año 1995. Han transcurrido, por
tanto, diez años en los cuales ha ido evolucionando la realidad y necesidad educativa de
nuestra ciudad.
El Consejo Escolar Municipal, órgano de expresión y consulta donde está
representada toda la comunidad educativa, lleva largo tiempo demandando una revisión de la
Red de Centros para que ésta responda más y mejor a las necesidades educativas de nuestros
vecinos y vecinas. Se han hecho propuestas en materias como la Formación Profesional, la
mejora de la Atención a la Diversidad, la necesidad de afrontar un Plan de Inversiones en
nuevas infraestructuras para la ciudad... etc.
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Estas propuestas fueron y han sido asumidas por el equipo de gobierno municipal
(PSOE-IU), el cuál las has trasladado en sucesivas ocasiones a la Dirección de Área
Territorial y también al propio Consejero de Educación. En este punto, ante una propuesta de
mejora global de la Educación Pública de Leganés, realizada por el Ayuntamiento y
respaldada por el Consejo Escolar Municipal, nos encontramos con la decisión “precipitada y
unilateral ” de la Consejería de Educación de fusionar los Institutos Públicos Juan de
Mairena y Octavio Paz, al igual que otros 6 Institutos también Públicos de Alcorcón, Móstoles
y Getafe.
Como equipo de gobierno consideramos que decisiones que afecten a asuntos tan
relevantes como la Educación, tienen que partir del diálogo y del consenso entre las distintas
administraciones y la comunidad educativa, porque entendemos que a los problemas de la
Educación en nuestro municipio hay que responder de manera global y no con parches que no
contribuyen más que a enturbiar la buena dinámica de trabajo de los centros educativos. En
este sentido, queremos manifestar que FRENTE A LA FUSIÓN, LEGANÉS NECESITA UNA
NUEVA RED DE CENTROS.
Por todas estas razones, el equipo de gobierno municipal (PSOE-IU) presenta al
Ayuntamiento en Pleno para su aprobación la siguiente MOCIÓN:
MOCIÓN:
1.- Mostrar su apoyo y solidaridad a la comunidad educativa de ambos centros contrarios
a dicha fusión.
2.- Apoyar los planteamientos realizados por el Consejo Escolar Municipal, los directores
de los IES Públicos de Leganés y los sindicatos de la Enseñanza para hacer un estudio
global de la situación de la Educación en Leganés.
3.- Rechazar firmemente la fusión de ambos Institutos Públicos y exigir al gobierno
regional que inicie de inmediato un proceso para garantizar una nueva Red de Centros
en Leganés que permita que la Educación Pública responda a las necesidades
educativas actuales de la población.
4.- Exigir al Gobierno Regional el diálogo necesario para que nuestra ciudad consiga las
inversiones demandadas para mejorar la Educación Pública de Leganés”.
Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por
mayoría, con los votos en contra de los Bragado Cordero, Rodrigo Vicente, Rojo Bermúdez,
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Almonacid Collado, Cubero de Miguel, Avilés Ortiz, Fraile Sarmiento, Ramos Sánchez,
Martín Illarregui, Salazar Ríos y Fernández Rodríguez, acordaron: Aprobar la moción que ha
quedado transcrita anteriormente.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó
la sesión, siendo las veintiuno horas y cuarenta y cinco minutos, de todo lo que
yo, como Secretario doy fé.