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111 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NUM. 4/2015, CELEBRADA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 10 DE ABRIL DE 2015. En la ciudad de Salamanca, siendo las ocho horas y treinta minutos del día 10 de abril de 2015, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Alfonso Fernando Fernández Mañueco, los siguientes Señores Concejales: D. Emilio Arroita García, Dª Adoración Barbero Prieto, D. Enrique Cabero Moran, Dª Isabel Campo Blanco, D. Joaquín Corona Velasco, D. Arturo Miguel Ferreras de la Fuente, Dª María José Generosa Fresnadillo Martínez, D. Carlos Manuel García Carbayo, D. Francisco Javier García Rubio, D. Jesús Marcelo González Rivas, Dª María Cristina Klimowitz Waldmann, D. Ángel Antonio Lago Gusano, D. Daniel Llanos García, D. Julio López Revuelta, D. José Luis Mateos Crespo, Dª María del Gozo Merino Sánchez, Dª Clara Molina Martínez, Dª María Soledad Murillo de la Vega, Dª Paz Pablos Martín, D. Toribio Plaza Galán, D. Jorge Recio Fleminch, D. Fernando-Javier Rodríguez Alonso, Dª María Teodora Ruano Sanchón, Dª María del Carmen Sánchez Bellota, D. Agustín Sánchez de Vega García, y D. Enrique Sánchez-Guijo Acevedo, al objeto de celebrar en primera convocatoria la sesión ordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno, convocada en legal forma para el día de hoy, a la que asisten el Sr. Interventor General D. José Joaquín González Masa y el Sr. Secretario General, D. Eliseo Guerra Ares, que certifica. Abierto el acto por el Sr. Alcalde, se procedió al estudio de los siguientes asuntos que integran el orden del día. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº 2/2015, CELEBRADA EL DÍA 6 DE MARZO 2015. El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobarla. COMISIÓN DE FOMENTO Y PATRIMONIO 2.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y PATRIMONIO

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚM ......2015/03/06  · Cristina Klimowitz Waldmann, D. Ángel Antonio Lago Gusano, D. Daniel Llanos García, D. Julio López Revuelta, D. José Luis

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NUM. 4/2015, CELEBRADA

POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 10 DE ABRIL DE

2015.

En la ciudad de Salamanca, siendo las ocho horas y treinta minutos del día

10 de abril de 2015, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial,

bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Alfonso Fernando Fernández

Mañueco, los siguientes Señores Concejales: D. Emilio Arroita García, Dª

Adoración Barbero Prieto, D. Enrique Cabero Moran, Dª Isabel Campo Blanco,

D. Joaquín Corona Velasco, D. Arturo Miguel Ferreras de la Fuente, Dª María

José Generosa Fresnadillo Martínez, D. Carlos Manuel García Carbayo, D.

Francisco Javier García Rubio, D. Jesús Marcelo González Rivas, Dª María

Cristina Klimowitz Waldmann, D. Ángel Antonio Lago Gusano, D. Daniel Llanos

García, D. Julio López Revuelta, D. José Luis Mateos Crespo, Dª María del Gozo

Merino Sánchez, Dª Clara Molina Martínez, Dª María Soledad Murillo de la

Vega, Dª Paz Pablos Martín, D. Toribio Plaza Galán, D. Jorge Recio Fleminch, D.

Fernando-Javier Rodríguez Alonso, Dª María Teodora Ruano Sanchón, Dª María

del Carmen Sánchez Bellota, D. Agustín Sánchez de Vega García, y D. Enrique

Sánchez-Guijo Acevedo, al objeto de celebrar en primera convocatoria la sesión

ordinaria del Excmo. Ayuntamiento Pleno, convocada en legal forma para el día

de hoy, a la que asisten el Sr. Interventor General D. José Joaquín González Masa

y el Sr. Secretario General, D. Eliseo Guerra Ares, que certifica.

Abierto el acto por el Sr. Alcalde, se procedió al estudio de los siguientes

asuntos que integran el orden del día.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA Nº

2/2015, CELEBRADA EL DÍA 6 DE MARZO 2015.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobarla.

COMISIÓN DE FOMENTO Y PATRIMONIO

2.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y PATRIMONIO

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SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN

PUNTUAL Nº 7 DEL PGOU SOBRE “TIPOLOGIAS EDIFICATORIAS Y

CONSTRUCCIONES SOBRE LA ALTURA DE CORNISA”.

“La Comisión Informativa de Fomento y Patrimonio, en Sesión de

celebrada el día 1 de abril de 2015, ha conocido la propuesta de la Gerencia del

Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo que, literalmente trascrita, dice así:

INFORME PROPUESTA EN RELACIÓN CON LA APROBACIÓN

DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 7 DEL PGOU DE

SALAMANCA “TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS Y CONSTRUCCIONES

SOBRE LA ALTURA DE CORNISA”.

I.- ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El fundamento de la presente Modificación reside, tal y como se

indicaba en los informes Técnicos y Jurídicos emitidos al efecto para su

aprobación inicial, en evitar posibles incongruencias, ya que habían sido

detectados falta de concreción y contradicciones en algunos puntos de la

normativa de aplicación así como de los diferentes planeamientos de desarrollo,

realizando un estudio general del PGOU en relación con estos aspectos, y la

formulación de una propuesta de aclaración normativa de sus Ordenanzas

edificatorias, que resuelva la casuística detectada y conceda la necesaria seguridad

jurídica.

Se pretende completar y/o aclarar las determinaciones de las ordenanzas

edificatorias del PGOU de forma que se concreten en todas ellas las posibilidades

y/o prohibiciones de construcciones por encima de la altura de cornisa, así como

regular un criterio de asignación de tipología edificatoria equivalente con las

definidas por las Ordenanzas del PGOU; todo ello sin implicar modificación

alguna de las diferentes fichas de Planeamiento Asumido, Suelos Urbanos No

Consolidados, y Suelos Urbanizables Delimitados y No Delimitados o de

planeamientos de desarrollo aprobados.

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Segundo.- En relación a la presente Modificación, se emitieron Informes

por los Servicios Técnicos y Jurídicos de la EPE PMVU para su Aprobación

Inicial, con fecha 11 y 29 de abril de 2014 respectivamente, y a su vez, ha sido

informada por el Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca,

con fecha de 29 de mayo de 2014; Mediante Resolución del Excmo.

Ayuntamiento Pleno de Salamanca, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de

octubre de 2014, se acordó prestar su aprobación por unanimidad, a la

APROBACIÓN INICIAL de la Modificación Puntual nº 7 del P.G.O.U. de

Salamanca - “Tipologías edificatorias y Construcciones sobre la altura de

cornisa”.

El expediente ha sido sometido a Información Pública por espacio de dos

(2) meses mediante la publicación de anuncio en la página web municipal el 14 de

octubre de 2014, prensa local (La Gaceta Regional de Salamanca) de 15 de

octubre de 2014, y B.O.C. y L. nº 208 – página 73811 de 29 de octubre de 2014.

Mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2014 un ejemplar de la

Modificación fue remitida a los Registros de la Propiedad Nº 1, 3 y 4 a efectos de

su publicidad y constancia

Durante el periodo de exposición al público, tal y como consta en la

Diligencia emitida al respecto por el Técnico de Administración General de la

EPE PMVU, no han sido presentadas alegaciones al texto de la Modificación

Puntual planteada.

Se ha emitido informe Técnico - Jurídico por el Coordinador de la

Gerencia de la EPE PMVU y el Técnico de Administración General de fecha 16

de marzo de 2015 favorable a la aprobación definitiva de la presente

modificación.

Tercero.- De conformidad con la normativa urbanística y sectorial de

aplicación, fueron solicitados informes de los siguientes Organismos y Entidades:

Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y

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Urbanismo de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla

y León; Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León; Subdelegación del

Gobierno de Salamanca; y Excma. Diputación Provincial de Salamanca.

Cuarto.- El documento objeto del presente informe fechado en marzo de

2015, ha sido redactado por los Técnicos de la EPE PMVU para su sometimiento

a aprobación definitiva.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1º.- Los artículos 56 y 167 de la Ley y el Reglamento de Urbanismo de

Castilla y León respectivamente permiten alterar las determinaciones de

ordenación establecidas en los instrumentos de planeamiento urbanístico,

señalando al respecto que “Los instrumentos de planeamiento urbanístico tienen

vigencia indefinida. No obstante, las Administraciones Públicas competentes

pueden proceder en cualquier momento, de oficio o a instancia de otras

Administraciones Públicas o de los particulares, a alterar las determinaciones de

los instrumentos de planeamiento urbanístico mediante los procedimientos de

revisión y modificación regulados en los artículos siguientes”.

En concreto, y por lo que respecta a los cambios en los instrumentos de

planeamiento general, que es lo que se pretende con el documento objeto de

informe, los arts. 58 de la LUCyL y 169 del RUCyL señalan que “Los cambios en

los instrumentos de planeamiento general, si no implican su revisión, se

considerarán como modificación de los mismos”. En base a ello, el documento

redactado se plantea como una Modificación, por no encajar en ninguno de los

supuestos que el art. 168.1 del RUCyL prevé como determinantes de una

Revisión.

2º.- El objeto de la Modificación Puntual nº 7 es, como hemos indicado

evitar posibles incongruencias, en algunos puntos de la normativa de aplicación

así como de los diferentes planeamientos de desarrollo, realizando un estudio

general del PGOU en relación con estos aspectos, y la formulación de una

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propuesta de aclaración normativa de sus Ordenanzas edificatorias, que resuelva

la casuística detectada y conceda la necesaria seguridad jurídica.

3º.- La tramitación de la Modificación se adecua hasta el momento a lo

establecido en los artículos 58.3 de la LUCyL y 169.4 del RUCyL, habiéndose

seguido en base a ello lo preceptuado en los artículos 51 y siguientes de la LUCyL

y concordantes del RUCyL, tal y como ha quedado expuesto en los antecedentes

segundo y tercero.

El plazo del Ayuntamiento para resolver sobre la aprobación provisional es

de doce (12) meses desde la publicación del acuerdo de aprobación inicial, (art.

159 del RUCyL), por lo que teniendo en cuenta que el primero de los anuncios se

publicó el 14 de octubre de 2014, y el último el 29 de octubre de 2014, la

aprobación provisional por el Ayuntamiento se produce dentro del plazo

normativamente previsto. El acuerdo de aprobación deberá señalar los cambios

introducidos en el documento respecto de lo inicialmente aprobado (si los

hubiere), y notificarse a todos los organismos que han emitido informes así como

a quienes hayan presentado alegaciones (caso de haberlas).

Tras la aprobación provisional, la documentación técnica y el expediente

de la Modificación Puntual nº 7 será remitida a la Consejería de Fomento a

efectos de su aprobación definitiva, todo ello a tenor de los artículos 54 de la

LUCyL, y 159 y 160 del RUCyL.

No obstante lo anterior, y como señalaremos posteriormente, a la vista del

informe de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, al

tratarse de una modificación general que afecta a la ordenación detallada, prevé

que la aprobación definitiva de la misma, se realice por el propio Ayuntamiento

Pleno.

4º.- Al respecto del contenido y documentación de la Modificación

propuesta, la misma incluye una Memoria Vinculante comprensiva de los aspectos

requeridos por el artículo 169.3 b) del RUCyL, y expresiva de los cambios que se

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pretenden introducir en el P.G.O.U., quedando los mismos perfectamente

identificados y justificada su conveniencia e interés público, de conformidad con

la documentación técnica examinada, dado que al tratarse de una actuación de

delimitación y alineación de parcela, manteniendo su condición y titularidad,

procurando una mejor accesibilidad.

5º.- Por lo que respecta a los informes sectoriales emitidos, el contenido de

los mismos puede concretarse en los siguientes:

A.- Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo (DGVAU).

En primer lugar a este respecto, se debe significar la existencia de una

incidencia en la tramitación debida a que la notificación remitida a la Dirección

General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, fue entregada, por error, en la

sede de la Agencia de Protección Civil de Castilla y León con fecha 7 de octubre

de 2014, y emitiendo informe con fecha 19 de noviembre de 2014 (R.G.E. EPE

PMVU de 24 de noviembre de 2014 Nº 359).

En el citado informe se solicitaba la realización de un análisis de riesgos

sobre la zona en la que se pretendía actuar, remitiéndose a la citada Agencia

Autonómica.

Con fecha 26 de noviembre de 2014, se emite el informe señalado donde

se manifiesta que la presente Modificación no conlleva aumento o variación de

riesgos en cuanto a la materia de protección civil; remitiéndose a la Agencia de

Protección Civil de Castilla y León el 27 de noviembre de 2014, emitiéndose

nuevo informe por el citado organismo el 11 de diciembre de 2014 (R.G.E. EPE

PMVU de 23 de diciembre de 2014 Nº 396) manifestando que se habían incluido

las observaciones ante los riesgos naturales y tecnológicos sobre los que ese

centro directivo informa, por lo que no estiman necesario ningún otro

requerimiento a efectos de la tramitación de la Modificación Puntual Nº 7.

Así las cosas se procedió a remitir nueva Comunicación a la Dirección

General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, notificada el 1 de diciembre de

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2014, habiéndose recibido el informe previo de la Dirección General de Vivienda,

Arquitectura y Urbanismo, de fecha 2 de marzo de 2015 (R.G.E. EPE PMVU de

12 de marzo de 2015 Nº 72), en el que se concluye: “La Dirección General de

Vivienda, Arquitectura y Urbanismo informa favorablemente modificación nº 7

del Plan General de Ordenación Urbana de Salamanca, relativa a las tipologías

edificatorias y construcciones permitidas sobre la altura de cornisa, promovido

por el Ayuntamiento.”.

Del mismo modo, se indica en el citado informe, que la presente

modificación del planeamiento afecta únicamente a la ordenación detallada, por lo

que el Ayuntamiento debe seguir los trámites previstos en los arts. 52 LUCyL y

154 y siguientes RUCyL, cuyo hito más destacado será que la aprobación

definitiva de la modificación no se llevará a cabo por la Consejería de Fomento, si

no que se realizará por el Ayuntamiento Pleno y una vez aprobado, se remitirá la

documentación para su archivo en el Registro de Urbanismo de Castilla y León.

B.- Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Con fecha de registro de entrada en este Patronato Municipal de 30 de

diciembre de 2014 Nº 400, se ha recibido el informe sectorial correspondiente en

el que se afirma que “… La Comisión de Patrimonio Cultural de Castilla y león,

en sesión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2014, en relación con la

Modificación puntual núm. 7 del P.G.O.U. de Salamanca “Tipologías

edificatorias y construcciones sobre la altura de cornisa”, promovido por el

Ayuntamiento de Salamanca, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el

artículo 7.2 a) del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el

Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y león, ha

adoptado el siguiente acuerdo: INFORMAR FAVORABLEMENTE la

Modificación puntual núm. 7 del P.G.O.U. de Salamanca “Tipologías

edificatorias y construcciones sobre la altura de cornisa.”.

Por lo tanto se considera innecesaria la realización de cambios en el texto

de la Modificación Puntual nº 7 en tramitación.

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C.- Subdelegación del Gobierno de Salamanca.

Con fecha de registro de entrada en este Patronato Municipal de 4 de

febrero de 2015 Nº 24 y 25, se ha recibido el informe de la Subdelegación de

Gobierno en Salamanca, en el que acompaña tabla de posibles informes

sectoriales a solicitar, así como el informe, de fecha 2 de febrero de 2015, de la

Dependencia Provincial de Industria y Energía, en el que se afirma “que no afecta

a la infraestructura energética básica de competencia de la Administración

General del Estado, es decir, la relativa a oleoductos, gaseoductos y transporte

de energía eléctrica”.

D.- Diputación Provincial de Salamanca.

Con fecha de registro de entrada Ayuntamiento de Salamanca de 5 de

noviembre de 2014 Nº 2014030375 y de la EPE PMVU de 14 de noviembre de

2014 Nº 344, se ha recibido Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de

Salamanca de fecha 22 de octubre de 2014 favorable a los efectos de patrimonio

la presente Modificación Puntual.

Del mismo modo, cumpliendo con lo dispuesto en el art. 54 del Real

Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto

Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

(TRRL), consta en el expediente informe favorable a la aprobación definitiva de la

presente modificación emitido por el Sr. Secretario General del Excmo.

Ayuntamiento de Salamanca, de fecha 27 de marzo de 2015.

Por todo ello, vistos los informes favorables a la aprobación definitiva así

como los artículos 52 a 58 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla

y León, 79, 169.4 y 170 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, 22.2c)

y 47.2ll) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,

se propone que por Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento de Salamanca en Pleno se

adopte el siguiente acuerdo:

PROCEDER A LA APROBACIÓN DEFINITIVA POR EL EXCMO.

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AYUNTAMIENTO PLENO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 7 DEL

PGOU DE SALAMANCA “TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS Y

CONSTRUCCIONES SOBRE LA ALTURA DE CORNISA”, según

documentación fechada en MARZO de 2015, procediendo a continuación la

remisión del expediente a la Consejería de Fomento para su inclusión en el

Registro de Urbanismo de Castilla y León”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y RÉGIMEN INTERIOR.

3.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE REAJUSTE DE LA MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 1/2015

Y APROBACIÓN DEFINITIVA”.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2015, ha conocido el expediente

de referencia, aprobando el siguiente Dictamen:

REAJUSTE DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN

PRESUPUESTARIA POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 1/2015 Y

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL MISMO

UNO.- La Alcaldía Presidencia con fecha 27 de marzo de 2015, remite escrito a

la Directora de la Oficina Presupuestaria, señalando lo siguiente:

1. “El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprobó

el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que

cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio

siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea insuficiente

o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación ordenará la

incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el primer

caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho artículo

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que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

2. Al día de hoy obra en la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento informe

del Interventor de fecha 10 de marzo de 2015 y propuesta del Concejal Delegado

de Hacienda que literalmente transcrita dice:

“Primero.- Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 6 de marzo

de 2015 fue aprobado inicialmente el expediente de modificación presupuestaria

por Suplemento de Crédito nº. 1/2015 en el que, con cargo al Remanente de

Tesorería para Gastos Generales resultante de la Liquidación del Presupuesto

General del Ejercicio 2014 se financiaban los siguientes gastos:

Amortización anticipada 132.499,35

Obligaciones contabilizadas a 31 de diciembre en la cuenta 413 618.719,22

Inversión financieramente sostenibles 379.190,01

Total 1.130.408,58

Segundo.- Durante el periodo de exposición al público de dicho expediente el

Interventor del Ayuntamiento emitió informe en el que ponía de manifiesto que la

Intervención había planteado una pregunta al Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas en relación con la posibilidad de financiar la segunda

anualidad de la obra “Renovación y Mejora del Parque de la Alamedilla”

considerada inversión financieramente sostenible en 2014, con cargo al

Remanente de Tesorería para Gastos Generales resultante de la Liquidación del

ejercicio 2014, y que el Ministerio había respondido que los gastos plurianuales

no tienen cabida en esta disposición.

Por ello el Interventor del Ayuntamiento señala la necesidad de reajustar el

expediente de modificación presupuestaria por Suplemento de Crédito nº. 1/2015

en el sentido siguiente:

Fuente de financiación:

Remanente de Tesorería para Gastos Generales 751.218,57

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Altas de Crédito:

Cuenta 413 618.719,22

Amortización anticipada (Capítulo IX) 132.499,35

751.218,57

En base a lo anterior, esta Concejalía propone:

Reajustar el expediente de modificación presupuestaria por Suplemento de

Crédito nº. 1/2015 en los términos señalados por el Interventor del Ayuntamiento

en su escrito de fecha 10 de marzo de 2015, que figura unido a esta propuesta”.

3. Por todo ello, vengo a ordenar el reajuste del Expediente de Modificación

Presupuestaria por Suplemento de Créditos número 1/2015 en los términos

señalados por el Concejal Delegado de Hacienda en su propuesta de fecha 27 de

marzo de 2015”.

DOS.- Con fecha 27 de marzo de 2015 emite informe la Directora de la Oficina

Presupuestaria en el que, en cumplimiento del escrito de la Alcaldía propone el

reajuste del expediente de modificación presupuestaria por Suplemento de Crédito

nº. 1/2015 excluyendo del mismo el alta de crédito correspondiente a la inversión

financieramente sostenible del Capítulo VI manteniendo tan solo el alta

correspondiente a la amortización anticipada por importe de 132.499,35 € y a la

distintas aplicaciones vinculadas a los gastos contabilizados en la cuenta 413 a

fecha 31 de diciembre.

TRES.- El informe del Interventor del Ayuntamiento es el emitido con fecha 10

de marzo de 2015, que obra en el expediente y en el que el Interventor, por las

razones expuestas en el apartado I del mismo, señala en la primera de sus

conclusiones que el expediente de modificación presupuestaria por Suplemento de

Crédito nº. 1/2015 debe modificarse siendo el importe total del mismo 751.218,57

€ en lugar de 1.130.408,58 €.

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, y en

cumplimiento de lo señalado por el Ilmo. Sr. Alcalde en orden a reajustar el

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito nº.

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1/2015, propone a V.E. Acuerde:

PRIMERO: Aprobar el reajuste del Expediente de Modificación Presupuestaria

por Suplemento de Créditos número 1/2015, en los términos señalados por el

Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 27 de marzo de 2015.

SEGUNDO: Aprobar definitivamente el Expediente de Modificación

Presupuestaria por Suplemneto de Créditos nº. 1/2015, yo resumen es el siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito

1/2015

Fuentes de financiación:

Remanente de tesorería para gastos generales:

Concepto 870,00 751.218,57

Altas de Crédito

l. Correspondientes a amortización anticipada:

Aplicación Concepto Importe

011,10-913,00 Deuda Pública BBVA. Amortización de préstamos 132.499,35

132.499,35

II. Correspondientes a obligaciones contabilizadas a 31 de diciembre en la Cuenta

“Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a Presupuesto”.

Aplicación Concepto Importe

132,00-221,03 Policía Local. Combustibles y carburantes vehículos 1.341,61

132,00-226,99 Policía Local. Otros gastos diversos 35.695,00

133,10-227,99 Tráfico. Trabajos realizados por otras empresas 6.817,65

136,00-221,03 Extinción de Incendios. Combustibles y carburantes vehículos 1.105,79

136,00-221,14 Extinción de Incendios. Combustibles y carburantes 24,20

153,20-227,99 Vialidad. Trabajos realizados por otras empresas 18.387,92

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 43,27

165,10-221,00 Alumbrado Público. Energía eléctrica 123.411,07

165,10-227,99 Alumbrado Público. Trabajos realizados por otras empresas 76.230,23

231,21-221,03 Centro de Día de Mayores. Combustibles y carburantes 1.385,99

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233,10-226,99 Discapacitados. Otros gastos diversos 800,00

330,60-226,99 Juventud. Otros gastos diversos 2.998,00

336,10-627,00 Patrimonio Histórico Artístico. 26.572,89

342,10-209,00 Instalaciones Deportivas. Canon 2.716,81

342,10-221,00 Instalaciones Deportivas. Energía eléctrica 22.152,30

342,10-221,03 Instalaciones Deportivas. Combustibles y carburantes 1.999,61

920,10-226,04 Secretaría General. Gastos defensa jurídica 58,18

920,20-221,04 Régimen Interior. Vestuario 103.057,96

920,30-202,00 Mantenimiento Dependencias. Arrendamientos 7,27

920,30-221,00 Mantenimiento Dependencias. Energía eléctrica 49.928,95

920,30-221,03 Mantenimiento Dependencias. Combustibles y carburantes 6.528,31

920,40-221,03 Parque Móvil. Combustibles y carburantes 11.859,52

920,40-224,00 Parque Móvil. Primas de seguros 169,20

934,10-352,00 Gestión Tesorería. Intereses de demora 125.427,49

Total 618.719,22

TOTAL 751.218,57

TERCERO: Publicar dicho acuerdo en el B.O.P.

CUARTO: Aprobar las modificaciones del Plan Económico Financiero y del

Anexo de Inversiones que recojan las modificaciones contenidas en este

expediente”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

4.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR CONCESIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO 2/2015.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2015, ha conocido el expediente

de referencia, aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

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CONCESIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO 2/2015

1. Con fecha 25 de marzo de 2015, el Ilmo. Sr. Alcalde remitió a la Oficina

Presupuestaria del Ayuntamiento escrito de incoación del Expediente de

Modificación Presupuestaria por Crédito Extraordinario nº. 2/2015 en los

siguientes términos:

“Primero.- El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se

aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

establece que cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta

el ejercicio siguiente y no exista en el Presupuesto de la Corporación crédito, o

sea insuficiente o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación

ordenará la incoación del expediente de concesión de Crédito Extraordinario en el

primer paso, o de Suplemento de Crédito en el segundo. Señala también dicho

artículo que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

Segundo.- Al día de hoy obra en la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento

escrito del Concejal de Hacienda de fecha 24 de marzo de 2015 que literalmente

transcrito dice:

Con fecha 24 de marzo de 2015 el Interventor del Ayuntamiento, en base a la

norma 6 de la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, que recoge

las normas de reconocimiento y valoración en relación con los arrendamientos y

otros de naturaleza similar, ha informado acerca de la necesidad de habilitar

crédito en los capítulos III, por importe de 216.732,26 € y VI del estado de

gastos, por importe de 719.703,05 € para atender el gasto correspondiente al

arrendamiento del local de la calle Iscar Peyra donde se ubican las dependencias

municipales; asimismo informa el Interventor que dichas habilitaciones se

financiarán mediante baja de la aplicación presupuestaria 920,30-202,00 por

importe de 936.435,31 €.

Por medio del presente escrito le ruego inicie los trámites necesarios para

habilitar crédito en las siguientes aplicaciones:

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Aplicación Concepto Importe

920,30-358,00 Mantenimiento. Intereses operaciones de arrendamientos financieros 216.732,26

920,30-622,00 Mantenimiento. Inversiones en edificios y otras construcciones 719.703,05

Dichas habilitaciones de crédito extraordinario se financiarán mediante baja

de 936.435,31 € de la aplicación presupuestaria 920,30-202,00 “Mantenimiento

dependencias. Arrendamientos”

Tercero.- Por todo ello y a efectos de habilitar los créditos a los que hace

referencia el Concejal de Hacienda en sus escritos de fecha 24 de marzo de 2015,

de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo

2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, el artículo 37 del Real Decreto 500 y la Base 13 de las de

Ejecución del Presupuesto, vengo a ordenar la incoación del Expediente de

Modificación Presupuestaria por Crédito Extraordinario número 2/2015,

habilitando crédito en las aplicaciones presupuestarias a las que se ha hecho

referencia anteriormente, créditos que se financiarán con baja de la aplicación

presupuestaria 920,30-202,00, siendo ésta una de las vías de financiación

previstas en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004”.

2. Con fecha 26 de marzo de 2015 emitió informe la Directora de la Oficina

Presupuestaria en el que, a la vista del escrito de la Alcaldía, señalaba que los

gastos para los que se proponía la aprobación del Expediente de Crédito

Extraordinario nº. 2/2015 tenían su origen en el escrito del Concejal de Hacienda

de fecha 24 de marzo de 2015 al que se hacía referencia en el escrito del Ilmo. Sr.

Alcalde de incoación del expediente, y en el que el Concejal, a la vista del escrito

de lo informado por el Interventor del Ayuntamiento en el sentido de que, en base

a la norma 6 de la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, el gasto

correspondiente al arrendamiento del local en la calle Iscar Peyra había de

aplicarse presupuestariamente a los capítulos III y VI del estado de gastos, ponía

de manifiesto la necesidad de habilitar crédito en las aplicaciones 920,30-358,00 y

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920,30-622,00, señalando que dichas habilitaciones se financiarían mediante

baja de la aplicación presupuestaria 920,30-202,00.

La Directora de la Oficina Presupuestaria teniendo en cuenta que la

tramitación de los Expedientes de Modificación Presupuestaria por concesión de

Crédito Extraordinario una de las funciones atribuidas a la Oficina Presupuestaria

en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución del Presupuesto y a la vista de la

documentación existente, informaba lo siguiente:

- Que en la Orden de la Alcaldía de incoación del Expediente se especifica

que se financiará mediante baja de la aplicación presupuestaria señalada por el

Concejal de Hacienda en sus escritos de fecha 24 de marzo de 2015, siendo esta

una de las vías de financiación previstas, para los expedientes de concesión de

crédito extraordinario, en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 que

aprueba el Texto Refundido de la L.R.H.L.

- Que no existe, al día de la fecha, en el estado de gastos del Presupuesto,

crédito destinado a los fines específicos para los que se habilitan los créditos

extraordinarios.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177

L.R.H.L.).

En base a todo lo anterior, la Directora de la Oficina Presupuestaria, en

cumplimiento de lo ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 25 de

marzo de 2015, propone la tramitación del Expediente de Modificación

Presupuestaria por Crédito Extraordinario número 2/2015 en los siguientes

términos:

Fuentes de Financiación:

Bajas de crédito

Aplicación Concepto Importe

920,30-202,00 Mantenimiento dependencias. Arrendamientos 936.435,31

Total Bajas 936.435,31

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Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

920,30-358,00 Mantenimiento. Intereses operaciones arrendamientos financieros 216.732,26

920,30-622,00 Mantenimiento. Inversiones en edificios y otras construcciones 719.703,05

Total Altas 936.435,31

3. Por su parte la Viceinterventora del Ayuntamiento emitió informe el día 26

de marzo de 2015 en el que, tras invocar la normativa aplicable y los

fundamentos de Derecho (artículo 177 del T.R. de la L.R.H.L., artículo 158.4 del

T.R. de la L.R.H.L. y artículos 36 y 37 del Real Decreto 500/1990), manifiesta

que el presente expediente no afecta a la estabilidad presupuestaria al financiarse

totalmente con bajas de crédito de otras aplicaciones presupuestarias, ni tampoco

a la regla de gasto, a salvo de los resultados efectivos que se deriven de los datos

que arroje la liquidación del Presupuesto del año 2015.

Finaliza su informe la Viceinterventora informando sobre las fases de

tramitación del expediente.

La Comisión, tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

ACUERDE:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Crédito Extraordinario nº. 2/2015, en los siguientes términos:

Fuentes de Financiación:

Bajas de crédito

Aplicación Concepto Importe

920,30-202,00 Mantenimiento dependencias. Arrendamientos 936.435,31

Total Bajas 936.435,31

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

920,30-358,00 Mantenimiento. Intereses operaciones arrendamientos financieros 216.732,26

920,30-622,00 Mantenimiento. Inversiones en edificios y otras construcciones 719.703,05

Total Altas 936.435,31

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SEGUNDO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con

arreglo a lo dispuesto en el artículo 169 del T.R. L.R.H.L., exponiéndolo al

público, previo anuncio en el B.O.P. durante un periodo de quince días,

transcurrido el cual el expediente se entenderá definitivamente aprobado si no se

hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del

plazo de un mes para resolverlas”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. PLAZA GALÁN: Como es lógico, los debates y las aprobaciones de las

modificaciones presupuestarias se realizan y desde luego para requerir los apoyos

de los grupos políticos es lógico que la modificación y la cuantía economica

tengan que tener una explicación.

Por lo tanto consideramos que en este punto, un crédito extraordinario, que

está orientado a recoger los nuevos compromisos presupuestarios del

arrendamiento o de la adquisición del inmueble de Iscar Peyra, necesitamos hacer

una pequeña exposición para fijar, digamos, la postura que va a tomar el Grupo

Socialista Municipal en este asunto. Hay que recordar que en el año 2005, por

febrero, 23 de febrero de 2005, el Ayuntamiento llega a un acuerdo con la diócesis

de Salamanca para el arrendamiento con opción de compra de un inmueble

ubicado en Iscar Peyra, lo que era el antiguo Obispado donde se realizan ahora

mismo funciones municipales del Organismo Autónomo y cuestiones de

urbanismo.

Bien, los acuerdos que entonces se tomaron era de establecer una renta

mensual de 36.000 euros más el IVA correspondiente y a su vez se establecía una

opción de compra sobre el inmueble en el que se proponía como base o como

importe de ese inmueble de nueve millones de euros. Pues bien, diez años

después, a fecha 31 de diciembre y en base a los informes que han sido facilitados

a este Grupo Político, tenemos que decir que el Ayuntamiento ha abonado durante

este periodo un importe total de 5.616.000 euros, voy a hacerlo en cifras justas

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para no provocar ningún error y facilitar la comprensión. 5.616.000 euros como

base del arrendamiento de estos ejercicios. De ellos y en base a los acuerdos de

ese mismo contrato se establecía que una parte podría ir si se ejerce la opción de

compra a la amortización del inmueble. Esa parte y de acuerdo también a los

informes, alcanza el importe de 1.607.000. Pero claro, esto que parecería en

principio como una buena solución, es decir, se paga un arrendamiento y una parte

de ese coste de arrendamiento si se ejerce la opción de compra va a la

amortización del inmueble, supone lo siguiente:

Que de esos 5.616.000, 1.600.000 van a afrontar el pago del inmueble.

Pero claro, lo que nadie podía imaginarse es que de ese coste inicial de nueve

millones en el que estaba valorado el inmueble, en base a una cláusula de revisión

de IPC más un entero, resulta que el coste del inmueble a esta fecha ha subido

hasta los 12 millones de euros. Es decir, 3.043.000 euros más. Es decir, cuanto

más ha pagado el Ayuntamiento más debe, es decir, de todos los 5.600.000 euros,

sólo 1.600.000 va a abonar el inmueble y resulta que el inmueble ha crecido en el

precio por encima de los tres millones de euros. Por eso nosotros, el Grupo

Municipal Socialista no va a poder apoyar este crédito extraordinario porque

consideramos que además de ser, y lo decimos así a las claras, un auténtico

despilfarro y desde luego un mal acuerdo tomado, desde luego no es posible que

podamos apoyar esta modificación presupuestaria. Porque además la desviación

entre lo que se computa como parte del valor abonado por el inmueble y lo que ha

crecido el inmueble supone una desviación negativa de 1.436.000 euros.

Al final de todo el proceso, después de que el Ayuntamiento ha invertido

en ese inmueble, podíamos decir inmueble o podíamos decir solar, porque lo

único que ha quedado de antiguo inmueble es la fachada que da a la Plaza de la

Libertad, y el Ayuntamiento ha hecho una inversión de 4.765.000 euros, más lo

que se ha pagado, menos lo que se computa como amortización del inmueble, más

lo que el precio del inmueble ha crecido en estos últimos diez años, hará que el

Ayuntamiento tenga un coste para ese inmueble que supera los 25 millones de

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euros.

Y Don Fernando, créanos, no sé si esto forma parte también de ese 90% -

92% de cumplimiento de programa electoral que dice el Alcalde, pero desde luego

consideramos que es una auténtica barbaridad, que esto es un contrato y un

acuerdo que, desde luego perjudica claramente los intereses del Ayuntamiento y

como no puede ser de otra forma, los intereses de los ciudadanos y ciudadanas de

Salamanca.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Efectivamente se trata de habilitar crédito

para lo que será la novación del contrato de arrendamiento con opción de compra,

que después tendrá que ser aprobada por el órgano competente de la Corporación.

Bien, usted se ha referido al contrato que se aprobó y que se suscribió en el

año 2005, por lo tanto, estamos hablando en estos momentos de modificar un

contrato que está en vigor, que está vigente, que fue aprobado por este

Ayuntamiento con todas las bendiciones legales en el año 2005 y que por lo tanto

el Ayuntamiento tiene que cumplir. No tiene más remedio que cumplir porque

está vinculado por ese contrato. Un contrato que además le tengo que decir, que

fue una buena operación para el propio Ayuntamiento porque se adquirió un

edificio céntrico, un complejo edificatorio céntrico, porque es un edificio que,

como usted sabe, en realidad a su vez está formado por dos edificaciones, una que

da a Iscar Peyra y otra que es el edificio que da a la Plaza de la Libertad, que ha

ofrecido y que ha dado durante todos estos años y sigue dando un buen servicio a

los ciudadanos y un buen servicio al Ayuntamiento. Y además que se adquirió al

precio de mercado de entonces, claro, del año 2005.

En cuanto a la actualización del precio, pues, la afirmación que usted hace

de nadie podía imaginarse, no es muy afortunada, porque como usted sabe, la

fórmula en la que se actualizaba el precio de la transmisión, en los términos que

usted ha dicho está en el contrato, está en la cláusula del contrato que se refiere a

la opción de compra, por lo tanto, está desde 2005 y está escrita y forma parte del

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contrato que, como digo, en 2005 se aprobó por el Ayuntamiento.

A esta Corporación lo que le corresponde es, primero cumplir aquel

contrato y en segundo lugar lo que le ha correspondido es renegociar con la

diócesis el mismo, llegar a un acuerdo de novación que como digo, próximamente

llevaremos a la aprobación al órgano competente del Ayuntamiento, era un paso

imprescindible también el que hoy hiciéramos esta modificación presupuestaria en

el Pleno Municipal, y esa novación, como sabe, es renegociación, se hace en unos

términos favorables, más favorables para el propio Ayuntamiento que por

ejemplo, en lo que se refiere usted del precio de transmisión, pues simplemente

señalar que el precio queda ya congelado, el precio final de compra del Complejo

edificatorio de Iscar Peyra/Plaza de la Libertad, queda ya cerrado y congelado a

febrero de 2014, es decir, ya no sufre ningún tipo de actualización de aquí al

término del contrato que sería el 31 de diciembre de 2025, pero con la matización

de que como usted sabe y a diferencia del contrato inicial desde esta novación el

Ayuntamiento podrá ejercer la acción de compra en el momento que estime

oportuno. Por lo tanto lo podrá hacer este año, el siguiente, el siguiente, en

cualquier momento que lo estime oportuno podrá ejercer la opción de compra y

con un precio que ya queda cerrado a febrero de 2014, eso sí, lógicamente

aplicando las cláusulas de actualización del mismo que estaban como digo,

recogidas en el contrato de febrero de 2005 y que, por lo tanto, no son ninguna

novedad.

SR. PLAZA GALÁN: Don Fernando, no estamos de acuerdo. No estamos

de acuerdo en una cuestión y un asunto como este, como es una adquisición

mediante un procedimiento o un instrumento financiero de un inmueble no

podemos estar de acuerdo porque no es cierto. No es cierto Don Fernando y no es

cierto que la situación sea más favorable. Es decir, personalmente yo es la primera

vez que veo que un contrato de arrendamiento con opción de compra, donde parte

de las cuotas que se pagan por arrendamiento van a la financiación del inmueble,

al final el inmueble sale más caro que en cualquier otra vía. No, Don Fernando,

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vamos a ver ¿Es cierto o no es cierto que, de los edificios no quedó nada. El

propio informe del Patronato de Vivienda y Urbanismo lo dice claramente, se

destruyó la práctica totalidad del mismo, no se respetó más que la fachada, luego

todas estas cifras que voy a decir, no se pagan por un edificio, se pagan por un

solar. Se pagan por un solar.

Y digan ustedes si no es cierto que el Ayuntamiento invirtió, 4.765.000

euros en ese inmueble, digan ustedes si no es cierto que el Ayuntamiento, desde el

23 de febrero de 2005 hasta el 31 de diciembre del 2014, ha pagado, 5.616.000

euros en cuotas de arrendamiento.

Digan ustedes si no es cierto que de las condiciones del próximo contrato,

el Ayuntamiento va a tener que abonar 14.755.000 euros. Y digan ustedes si no es

cierto que la suma de esas tres cuantías son 25.137.000 euros. Digan ustedes si es

cierto o no es eso. Porque si no lo es, por favor, díganlo ahora mismo, porque

estas cifras están tomadas de los propios informes. Entonces es cuando podemos

valorar los aciertos o desaciertos de contratos pasados y de las propuestas de

novación que se hace para el futuro. Porque además, es curioso Don Fernando, yo

no sabía, desde luego, lo digo con todo el respeto, que la diócesis se dedicaba a

realizar contratos de arrendamiento financiero. Y yo no sabía, desde luego, que el

Ayuntamiento fuese capaz de elegir a la diócesis de Salamanca como elemento

financiero para realizar un contrato de arrendamiento financiero. Nos llama

poderosamente la atención.

Yo sé que en este momento viene exclusivamente la modificación de

crédito y en un, digamos, plenos posterior, que no sé por qué no ha venido antes,

porque desde el día 22 de febrero del año 2015, estamos en el más absoluto

precario Don Fernando. ¿Ha venido aquí a este Pleno algo? ¿Hemos aprobado en

comisión informativa algo de la base del acuerdo? Si es cierto y le agradezco que

ustedes nos hayan pasado los documentos que pueden servir de base del acuerdo.

¿Hay decisión administrativa a día de hoy que garantice la continuidad del

Ayuntamiento en ese inmueble? Ni más ni menos que la voluntad de la diócesis

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hasta la fecha Don Fernando. Y si alguna de las cuantías que yo he mencionado

aquí no es cierto, yo emplazo, desde luego está aquí el Sr. Secretario General y

está el Interventor General para que diga y desmienta que estas cuantías que yo he

pronunciado no son las que constan en el informe del Patronato Municipal de la

Vivienda.

Por lo tanto no podemos aprobar esta modificación de crédito. Además, no

entendemos por qué hasta esta fecha y estando, si sirven de base las negociaciones

avanzadas, no sé por qué no se ha traído este asunto a este Pleno. Para dar

seguridad, no sé si tendrá ya que ocurrir con la próxima Corporación o no. Eso es

mucho peligro Don Fernando, dejar este asunto sin aprobar en esta legislatura

cuando el compromiso ha vencido el día 22 de febrero del 2015, corre mucho

riesgo. Porque esperemos que las cosas se hagan, no en función de quién

gobierna, sino en función de los intereses del Ayuntamiento de Salamanca que son

o deberían de ser los intereses de todos los salmantinos y salmantinas.

Le digo más Don Fernando, probablemente los contratos, y en eso ya,

cuando llega el momento ya se deliberará y existirán los informes de los técnicos

de este Ayuntamiento, pero creo que la legislación financiera establece y requiere

que quienes únicamente puedan realizar contratos de arrendamiento financiero

sean entidades financieras. En la Ley de Transparencia, le ruego que lo aseguren

antes de traer un proyecto a este Pleno, que no cumpla los objetivos. Y que

además, esas entidades financieras deben de tener por objeto social la del

arrendamiento financiero, cosa que ignoro, no creo que la diócesis de Salamanca

tenga entre sus objetos sociales el arrendamiento financiero de los inmuebles.

Por lo tanto Don Fernando poco más que decir. Creo que queda muy claro,

no estamos en absoluto de acuerdo con un proyecto que al final supone para el

Ayuntamiento de Salamanca 25 millones de euros por un inmueble, perdón, por

un solar, porque el inmueble lo ha construido el Ayuntamiento de Salamanca y

esas son las cuantías finales que reflejan el asunto que viene hoy aquí a este Pleno

y por lo tanto creo que hay motivos y sobran razones para que este Grupo

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Municipal no pueda apoyar, al contrario de lo que ha hecho anteriormente, y al

contrario de los otros asuntos y ya anticipo, de los asuntos que vienen con

posterioridad. No puede aprobar, no se debe de aprobar esta modificación de

créditos, esta generación de crédito extraordinario.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Mire, vamos a distinguir entre el contrato de

febrero de 2005 y el de la novación que vamos a hacer ahora. El contrato de

febrero de 2005, este Ayuntamiento está obligado a cumplirlo. Ya se discutió en

su momento cuando se aprobó el contrato de febrero de 2005 sobre el particular,

pero lo que está claro es que ahora es un contrato que está en vigor, es un contrato

vigente que este Ayuntamiento está obligado a cumplirlo y entiendo que eso no lo

discute usted, faltaría más, porque estaríamos contraviniendo el ordenamiento

jurídico. Estaríamos contraviniendo la ley e incurriendo en responsabilidad.

Por lo tanto, el contrato de febrero de 2005 estamos obligado a cumplirlo y

además, en aquel momento ese contrato contó con todos los parabienes, tanto de

los servicios técnicos municipales, como de los servicios jurídicos, como de la

Intervención municipal. El de febrero de 2005, por cierto, los mismos parabienes

con los que va a contar esta modificación, esta novación que llevaremos

próximamente a aprobación formal por parte del órgano competente de la

Corporación. Tiene también los parabienes de los Servicio Técnicos Municipales,

de la Asesoría Jurídica Municipal y de la Intervención Municipal.

Mire, nosotros no pagamos por solares, pagamos por edificios. Cuando el

Ayuntamiento adquirió a la diócesis el edificio de Iscar Peyra y el Plaza de la

Libertad era un edificio existente en la Plaza de la Libertad que por cierto, se ha

mantenido aunque se ha remodelado por dentro y un edificio que existía en Iscar

Peyra, después obviamente el Ayuntamiento optó por hacer una remodelación del

mismo, pero se adquirieron no solares, se adquirieron edificios preexistentes.

Después, el Ayuntamiento hizo una remodelación de los mismos.

Mire, en febrero de 2005 como usted sabe se estableció que el

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Ayuntamiento estaría en renta, estaría en arrendamiento durante diez años y al

décimo año y sólo durante ese décimo año se podía ejercer la opción de compra.

Ahora, en la novación, lo que hacemos es que la opción de compra se puede

ejercer en cualquier momento de aquí a la finalización del contrato, prevista en

2025, pero vuelvo a repetir, se puede ejercer en cualquier momento, puede

ejercerse por lo tanto en 2015, en 2016, en cualquier momento. Además, queda

cerrado el precio, el precio queda cerrado a febrero de 2014, actualizado

obviamente en función de la cláusula que al respecto se establecía en el contrato

de febrero de 2005. Esas cláusulas son habituales en cualquier contrato de

arrendamiento con opción de compra.

Cuando hay un arrendamiento con opción de compra y la compra, la

posibilidad de compra se difiera en el tiempo, es habitual lógicamente que el

precio de transmisión de partida se actualice año a año. Eso es habitual en

cualquier contrato de arrendamiento con opción de compra y además, como sabe,

la novación que nosotros vamos a hacer ahora, aumentamos significativamente el

porcentaje de renta que se va a imputar al precio. Prácticamente vamos a imputar

de media más de un 80% de las rentas que se paguen al precio, antes como sabe se

imputaban en los dos primeros años el 50% y en el resto el 30%, ahora pasaremos

a más de un 80%.

Y por último señalarle, no estamos ante un contrato de arrendamiento

financiero. Lo verá usted en los informes correspondientes cuando se lleve a

aprobación formal por el órgano competente porque hay además un informe del

Interventor al respecto. Esto no es un contrato de arrendamiento financiero, es un

contrato de arrendamiento con opción de compra que no es lo mismo que un

contrato de arrendamiento financiero. Por lo tanto no se equivoque usted con la

naturaleza jurídica del contrato que va a suscribir el Ayuntamiento, en este caso

de la novación contractual que va a suscribir el Ayuntamiento.

En su momento era un arrendamiento con opción de compra y ahora va a

seguir siendo un arrendamiento con opción de compra. Y sobre si estamos en

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precario o no, mire, como usted bien sabe porque tiene además la documentación

correspondiente, el acuerdo ha sido ya refrendado por la diócesis y por lo tanto

además con efectos de 1 de enero de este año. Por lo tanto el Ayuntamiento no

está en ningún precario. La diócesis le ha dado ya el visto bueno a la novación

contractual. Y además así nos lo ha comunicado. Solo queda la aprobación formal

por parte de este Ayuntamiento que estaba esperando simplemente al acuerdo

plenario de hoy para hacer una modificación dentro del presupuesto, cambiando

de capítulos la partida presupuestaria que estaba destinada al arrendamiento a

otros capítulos en función de un informe que ha hecho el Interventor Municipal.

Por lo tanto no estamos en precario, como usted sabe la diócesis ha refrendado ya

la modificación y lo ha hecho además con efectos de 1 de enero de este año.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, con 18 votos a favor (Grupo Popular)

y 9 en contra (Grupo Socialista), acuerda aprobar el dictamen que antecede.

5.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO 3/2015.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2015, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 3/2015

Primero.- La Alcaldía Presidencia con fecha 26 de marzo de 2015, remite escrito a

la Directora de la Oficina Presupuestaria, señalando lo siguiente:

1. “El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprobó

el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que

cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio

siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea insuficiente

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o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación ordenará la

incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el primer

caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho artículo

que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

2. Al día de hoy obra en la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento escrito

del Concejal de Hacienda que literalmente transcrito dice:

”Por Decretos de la Alcaldía de fechas 17 y 27 de Febrero de 2015 fue

aprobada la liquidación del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de

Salamanca correspondiente al ejercicio 2014, en el que se informa que el

Remanente de Tesorería para Gastos Generales ascendía a 12.529.416,48 €

La Disposición adicional novena del Real Decreto Ley 17/2014 de medidas de

sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales (BOE

30/12/2014) bajo el título de “Destino del superávit de las entidades locales

correspondiente a 2014” prorroga para el 2015 la vigencia del régimen especial

para el destino del superávit previsto en la disposición adicional sexta de la Ley

Orgánica 2/2012, de 27 de Abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera, que inicialmente terminaba en 2014. En citada Disposición se permite

que las Entidades Locales saneadas financieramente puedan destinar parte del

superávit de 2014 además de para amortizar deuda a financiar inversiones

financieramente sostenibles, sin que esto afecte al cumplimiento de la Regla de

Gasto y demás requisitos previstos en la Ley de Estabilidad Presupuestaria.

1º.- Se inicien los trámites para la aprobación del oportuno expediente de

modificación de créditos presupuestarios por suplemento de crédito para financiar

con cargo al RTGG del ejercicio 2014 los siguientes proyectos de inversión:

- Refuerzo de firme 2015: 399.915,26 €

- Acondicionamiento en materia de accesibilidad de pasos de peatones

en la ciudad, mediante lotes: 1.024.397,83 €

2º.- Previamente deberá emitirse informe por parte del Director del Área de

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Ingeniería Civil sobre el carácter de tales proyectos como inversiones

financieramente sostenibles, de acuerdo con los requisitos establecidos en la

normativa de aplicación.

3º.- Las inversiones se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria:

153.20-609.00: <<VIALIDAD. INVERSIONES NUEVAS EN

INFRAESTRUCTURAS>>.

En base a lo cual deberá, a tal efecto, incrementar el crédito en la aplicación

antes indicada por importe de 1.424.313,09 €, y modificar el Plan Económico

Financiero y Anexo de Inversiones”.

3. Por todo ello, y a efectos de suplementar los créditos presupuestarios a los

que se ha hecho referencia, de conformidad con las disposiciones normativas

citadas anteriormente y con lo establecido en el artículo 177 del Real Decreto

Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 37 del Real Decreto 500 y la

Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto, vengo a ordenar la incoación del

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos número

3/2015 que se financiará con el remanente de Tesorería para gastos generales

resultante de la Liquidación del Presupuesto General del Ayuntamiento del

ejercicio 2014, siendo ésta una de las fuentes de financiación recogidas en el

artículo 177 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 36 del Real

Decreto 500/1990, de 20 de abril”.

Segundo.- Con fecha 26 de marzo de 2015 emite informe la Directora de la

Oficina Presupuestaria en el que, a la vista del escrito de la Alcaldía informa que

los gastos para los que se propone la aprobación del Expediente de Suplemento de

Crédito nº. 3/2015, tienen su origen en el escrito del Concejal Delegado de

Hacienda de fecha 11 de marzo de 2015 al que hace referencia el Alcalde en su

escrito de incoación del expediente.

En base a lo anterior, y constituyendo la tramitación de los Expedientes de

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Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos, una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto, y a la vista de la documentación a la que se ha hecho referencia,

la Directora de la Oficina Presupuestaria informa lo siguiente:

- Que la Disposición Adicional Novena del Real Decreto Ley 17/2014 ha

prorrogado, para el año 2015, la aplicación de las reglas contenidas en la

Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, estableciendo que para

ello se deberá tener en cuenta la Disposición Adicional Decimosexta del T.R. de

la L.R.H.L., aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004.

En este sentido, el Concejal Delegado de Hacienda, en su escrito de fecha 11 de

marzo, al que hace referencia el Alcalde en su escrito de incoación al expediente,

da cumplimiento a lo establecido en la Disposición Adicional Sexta añadida por la

Ley Orgánica 9/2013 a la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad

Financiera y que contenía reglas especiales para el destino del superávit

presupuestario por las Corporaciones Locales. En efecto, en dicha disposición

adicional se establecía que las Corporaciones Locales deberían destinar, en primer

lugar, el remanente de tesorería para gastos generales a atender las obligaciones

contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta 413, y

cumplido lo anterior si la Corporación tuviera un saldo positivo del remanente de

tesorería para gastos generales, éste se podrá destinar a financiar inversiones

siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta fuera financieramente

sostenible.

En este sentido hay que indicar que los proyectos de inversión a los que hace

referencia el Concejal de Hacienda en su escrito de fecha 11 de marzo, refuerzo de

firme 2015 y acondicionamiento en material de accesibilidad de pasos de peatones

de la ciudad, cumplen los requisitos exigidos por la Disposición Adicional

decimosexta añadida por el Real Decreto Ley 2/2014 al T.R. de la L.R.H.L., de tal

forma que:

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Tienen reflejo presupuestario en el grupo de programa 155 “Vías Públicas”

que figura entre los relacionados por la citada disposición adicional.

Tienen, según han puesto de manifiesto los responsables de los servicios

una vida útil superior a cinco años.

Se trata de gastos imputables al Capítulo VI del estado de gastos del

Presupuesto General de la Corporación.

Van acompañados de memoria económica elaborada por el Director del

Área de Ingeniería Civil.

- Que en el escrito de la Alcaldía de incoación del expediente, se especifica

que los suplementos propuestos se financiarán con cargo al remanente de tesorería

para gastos generales resultante de la Liquidación del Presupuesto General del

Ayuntamiento del ejercicio 2014.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177 de

la L.R.H.L.)

Por lo anterior, la Directora de la Oficina Presupuestaria, en cumplimiento

de lo ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 26 de marzo de

2015, propone la tramitación del Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Crédito número 3/2015, en los siguientes términos:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito

3/2015

Fuentes de financiación:

Remanente de tesorería para gastos generales:

Concepto 870,00 1.424.313,09

Altas de Crédito

Correspondientes a proyectos de inversión financieramente sostenibles.

Aplicación Concepto Importe

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153,20-609,00 Vialidad. Urbanizaciones 1.424.313,09

1.424.313,09

Tercero.- Por su parte la Viceinterventora del Ayuntamiento emitió informe el día

27 de marzo de 2015, en el que, tras invocar la legislación aplicable, y los

fundamentos de Derecho (artículo 177 del T.R. de la L.R.H.L., artículo 158.4 del

T.R. de la L.R.H.L. y artículos 36 y 37 del Real Decreto 500/1990), señala, por lo

que respecta al expediente objeto de informe, entre otros extremos, lo siguiente:

- Que el expediente supone la utilización del remanente de tesorería para

gastos generales al amparo de lo previsto en la disposición Adicional Sexta de la

Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria (prorrogada su vigencia por la

Disposición Adicional Novena del Real Decreto Ley 17/2014) y de la disposición

Adicional Decimosexta del T.R. L.R.H.L. con la siguiente finalidad:

Inversiones financieramente sostenibles: 1.424.313,09 €.

En relación con la posible utilización del remanente de tesorería para gastos

generales para la financiación de inversiones financieramente sostenibles, la

Viceinterventora relaciona en su informe los requisitos que han de cumplirse y

quedar acreditados en el expediente:

Que la Corporación Local no incurra en déficit (remitiéndose a estos

efectos al informe del Interventor a la Liquidación del presupuesto del año 2014

en el que se recoge un volumen de endeudamiento de 72,22%).

Que se encuentre al corriente de las obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.

Que la inversión tenga una vida útil superior a cinco años y que permita,

durante su ejecución mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los

objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública por la Corporación. Con

relación a estos requisitos la Viceinterventora hace referencia al informe del

Director del Área de Ingeniería Civil y del Concejal Delegado de Fomento, de

fecha 11 de marzo de 2015, en el que se hace constar que “la vida útil es superior

a los cinco años y que la inversión no genera ingresos, pero reducirá notablemente

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el gasto de mantenimiento de las calles que son objeto de refuerzo y en el caso de

la adaptación de los pasos de peatones se trata del cumplimiento de un

requerimiento legal”.

Que tengan su reflejo en el Capítulo VI del estado de gastos del

Ayuntamiento y en concreto en alguno de los grupos de programas recogidos en la

D.A.16 del T.R. L.R.H.L. entre los que consta el grupo 155 “Vías Pública”; en

este punto la Viceinterventora señala que el gasto se recoge en el grupo de

programas 153, Vías Públicas (anterior 155) adaptándose así a la nueva estructura

presupuestaria aprobada por la Orden 419/2014 de 14 de marzo.

Que la iniciación del expediente de gastos y el reconocimiento de la

totalidad de las obligaciones económicas se realicen antes de la finalización del

presente año; señala la Viceinterventora que deberá tenerse en cuenta que las

obras de los pasos de peatones fueron objeto de un expediente de contratación de

tramitación anticipada, por lo que en el momento en que se habilite el crédito, se

deberá aprobar el expediente de gasto y cumplir con lo establecido en la

Disposición Adicional Sexta del T.R. L.R.H.L.

Que el periodo medio de pago, de acuerdo con los datos publicados, no

supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, haciendo

referencia al periodo medio de pago del mes de enero que se sitúa en 21,20 días.

- Que la dotación de crédito presupuestario no lleva consigo la ordenación

del gasto, que ha de ser objeto de acto administrativo distinto, debiendo tenerse en

cuenta lo prevenido en la Disposición Adicional 16 del T.R. L.R.H.L.

- Que de conformidad con lo dispuesto en la disposición Adicional Sexta de

la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, no se

considera como gasto computable a efectos de la aplicación de la regla de gasto.

- Que al afectar la modificación a aplicaciones presupuestarias del Capítulo

VI, se debe aprobar la modificación del Plan Financiero y el Anexo de

Inversiones que se deriva de este expediente.

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- Que el presente expediente afecta a la estabilidad presupuestaria, siendo

objeto de informe separado.

- A continuación la Viceinterventora señala que la situación del remanente

de tesorería para gastos generales, una vez tramitado el presente expediente es la

siguiente:

R.T.G.G. 12.529.416,48 €

Expediente Incorporación 3/2015 3.118.808,27 €

Cuenta 413 618.719,22 €

Amortización anticipada FFPP 132.499,35 €

Expediente Suplemento de Crédito 3/2015 1.424.313,09 €

RTGG no utilizado 7.235.076,55 €

Reiterando que el importe del mismo que no sea destinado a inversiones

financieramente sostenibles, deberá ser utilizado para amortizar operaciones de

endeudamiento antes del 31 de diciembre de 2015.

Cuarto.- También con fecha 27 de marzo de 2015, la Viceinterventora emitió

informe en relación con el cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria en el expediente de Suplemento de Crédito nº. 3/2015 en el que,

tras invocar la normativa aplicable, señala que la evaluación de dicho objetivo se

efectúa considerando solamente las propuestas que suponen incremento de gastos

en los Capítulos I al VII del Presupuesto del Ayuntamiento para el año 2015; en

base a ello la Viceinterventora informa que la aprobación del expediente implica

necesidad de financiación por 1.424.313,09 €. No obstante informa también que

la estabilidad presupuestaria se debe analizar siempre en términos consolidados, y,

realizados los cálculos y los ajustes sobre la base de los datos de los Capítulo I al

VII del estado de gastos e ingresos, deberá, si procede aprobarse un plan

económico financiero de acuerdo con los plazos recogidos en la L.O. 2/2012.

Teniendo en cuenta los datos del Presupuesto y los últimos expedientes

tramitados, el presente expediente disminuye la capacidad de financiación del

Ayuntamiento de Salamanca por importe de 1.424.313,09 €, si bien el

Ayuntamiento sigue cumpliendo el principio de estabilidad presupuestaria, al

tener capacidad de financiación.

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144

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 3/2015, cuyo resumen es el siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito

3/2015

Fuentes de financiación:

Remanente de tesorería para gastos generales:

Concepto 870,00 1.424.313,09

Altas de Crédito

Correspondientes a proyectos de inversión financieramente sostenibles.

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Urbanizaciones 1.424.313,09

1.424.313,09

SEGUNDO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo a

lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado sino se hubieran presentado reclamaciones; en caso

contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

TERCERO: Aprobar las modificaciones del Plan Económico Financiero y del

Anexo de Inversiones que recojan las modificaciones contenidas en este

expediente”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. PLAZA GALÁN: A diferencia del punto anterior y como ya he

anunciado, vamos a dar apoyo a esta modificación de crédito. A esta sí, es decir,

nos podrá no gustar del todo pero a esta sí vamos a dar el sí.

Por cierto Don Fernando, usted dice que no estamos ante una, en el

apartado anterior, operación de arrendamiento financiero. Mire la partida, está

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aquí el Interventor, partida de aplicación 2.0, intereses operaciones de

arrendamientos financieros. Pues por favor, que se corrija el nombre de la partida.

Don Fernando, expediente, intereses operaciones de arrendamientos financieros.

Llámenlos ustedes, que son los que le ponen nombre a la partida, a la aplicación

presupuestaria, denomínenlo de otra forma. Yo le digo lo que viene aquí. Intereses

por operaciones de arrendamiento financiero. Y hasta ahí estamos. Y luego,

respecto al cumplimiento del contrato, claro que ha cumplido el de 2005, en todos

sus términos. Cumplir el contrato del 2005, año 10, ejercer la opción de compra.

¿Porque saben ustedes lo que pretenden con este asunto? Que todos estos

compromisos que alcanzan para el futuro casi 15 millones de euros, casi 15

millones de euros para el futuro ¿Sabe qué es lo que pasa? que no figura y no

computa como deuda financiera, pero eso no es obvio para que todo el mundo

sepa que el Ayuntamiento a partir de ese día que se firme el nuevo contrato, que lo

tendrá aprobado el Obispado, la diócesis, donde se tiene que aprobar es aquí, en

este Salón de Plenos. Hasta que no se aprueba en este Salón de Plenos, los

acuerdos verbales o los compromisos en que ellos hayan quedado no existen en

Administración Local.

Creo que ya tenemos ambos alguna experiencia municipal para saber que

los acuerdos verbales no existen, y lo que no se haya tomado una decisión

administrativa, no existen hasta la fecha. Por eso Don Fernando, los acuerdos se

cumplen en toda su magnitud, no solamente en la parte que interesa.

Y luego, solamente decirle, claro que hay que cumplirlos, pero lo que se

pone de manifiesto, es que aquel acuerdo tomado en el 2005, ha sido perjudicial

para los intereses del Ayuntamiento en más de 3 millones de euros. Y usted dice

que las opciones de compra que todas tienen actualización de valor. Yo le

emplazo a que veamos muchas opciones de compra, arrendamientos con opciones

de compra, y vamos a ver si las actualizaciones del valor es el IPC más un entero,

a ver si son el IPC más un entero. Tiene un nombre para mí, con todo el respeto,

eso es una posición ventajista. O IPC o no IPC. Pero IPC más un entero ha

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demostrado que en años y en ejercicios donde el IPC ha sido 0 el precio del valor

del inmueble que estaba tasado en 9 millones de euros subía a 90.000 euros,

90.000 que se perjudicaban a los ciudadanos de Salamanca.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Bueno, lamentablemente ha aprovechado

usted el turno de un expediente de modificación presupuestaria que nada tenía que

ver con el anterior para volver a introducir una tercera intervención suya sobre

algo que no tiene nada que ver. Parece ser que usted es un mal perdedor y no se

conforma con los turnos ordinarios.

Mire, y entiendo que ya por favor, lo que sí le ruego es que se atenga usted

al Reglamento, y por lo tanto después ya no entremos en seguir debatiendo en un

asunto del Orden del Día otra vez este mismo, porque sino entraríamos en una

perversión del Orden del Día del Pleno.

Pero simplemente por aclararle. Mire, esto es un arrendamiento con opción

de compra, y mire, tengo delante un informe del Interventor Municipal que se lo

leo: “En virtud de lo expuesto se puede señalar que el contrato que se somete a

fiscalización es un contrato de arrendamiento con opción de compra”. Por lo tanto

afirmación taxativa del Interventor que, por cierto, lo hace después de analizar las

diferencias entre en el contrato de arrendamiento financiero y el contrato de

arrendamiento con opción de compra. El Informe del Interventor se lo acabo de

leer. Entiendo que, por lo tanto, espero que usted no vaya a cuestionar lo que dice

el Sr. Interventor al respecto y por cierto, lo que dice la Asesoría Jurídica

Municipal que respalda también el criterio del Sr. Interventor. No es un contrato

de arrendamiento financiero. Es un contrato de arrendamiento con opción de

compra.

Cosa distinta es que a efectos presupuestarios, la instrucción que regula la

contabilidad local asimile el tratamiento presupuestario del arrendamiento con

opción de compra con el del arrendamiento financiero. Por eso viene aquí la

modificación presupuestaria. Pero eso es a efectos presupuestarios internos del

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Ayuntamiento y no afecta a la naturaleza jurídica del contrato que se realiza con

terceros que es de un arrendamiento con opción de compra. No es de un

arrendamiento financiero por mucho que usted se empeñe.

A partir de ahí, mire, los salmantinos lo que deben saber es que en virtud

de un contrato que se suscribió en febrero de 2005, que hoy está en vigor, y que

ahora vamos a novar en condiciones más ventajosas para el Ayuntamiento, el

Ayuntamiento lo que va a adquirir es patrimonio a precio de mercado. Patrimonio

a precio de mercado. Y vuelvo a repetir. Mire, tanto los informes que se hicieron

en 2005 como los informes que ahora obran en el expediente para esta novación,

lo que señalan es que, tanto entonces como ahora, las condiciones que pactó el

Ayuntamiento eran condiciones ajustadas al mercado y ventajosas para el

Ayuntamiento. Por lo tanto, en ningún momento existe ni un solo informe, ni en el

expediente de 2005, ni ahora, que señale que se está adoptando un acuerdo que

sea perjudicial para los intereses municipales. Lo perjudicial para los intereses

municipales es no adoptar el acuerdo que hemos adoptado antes y al que ha vuelto

a referirse usted ahora en otro asunto del Orden del Día y lo perjudicial para los

intereses municipales sería que no se hiciera la novación del contrato de

arrendamiento con opción de compra, que vamos a hacer y que en su momento

nos ejerza la opción de compra, como así haremos por supuesto.

SR. PLAZA GALÁN: Le prometo y es solamente un matiz y lo damos por

concluido. Respecto a la derrota Don Fernando, los deportistas a veces se conoce

que la derrota contiene valores que nunca conocerá la victoria. Lo digo para

determinar la humildad.

Y en segundo lugar, corrijan ustedes lo que quieran. Los efectos de ese

contrato están puestos de manifiesto. De verdad Don Fernando, con ello termino,

vamos a dar el voto favorable a, digamos, los siguientes puntos, porque

consideramos que merecen la pena y desde luego está en función de los intereses

de los ciudadanos pero desde luego, a las pruebas nos remitimos. Yo le he dicho

unas cuantías. Me imagino que quedarán perfectamente grabadas en el Pleno y

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cuando quiera usted, en cualquier comisión, vemos si esas cuantías son ciertas o

no, y luego valoramos, si 25 millones de euros es precio adecuado para ese

inmueble o no.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

6.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO Nº 4/2015.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2015, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR

SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 4/2015

Primero.- La Alcaldía Presidencia con fecha 30 de marzo de 2015, remitió escrito

a la Directora de la Oficina Presupuestaria, señalando lo siguiente:

1. “El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprobó

el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que

cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio

siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea insuficiente

o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación ordenará la

incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el primer

caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho artículo

que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

2. Al día de hoy obra en la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento escrito

del Concejal de Hacienda de fecha 27 de marzo de 2015, que literalmente

transcrito dice:

”Una vez aprobado el expediente de modificación presupuestaria por

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Suplemento de Créditos nº. 3/2015 en base al cual han sido consideradas

inversiones financieramente sostenibles y por lo tanto susceptibles de ser

financiadas con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales, las obras

de acondicionamiento en materia de accesibilidad de pasos de peatones en la

Ciudad y el refuerzo de firme de 2015, que inicialmente estaba financiado con

recursos generales, es posible utilizar dichos recursos como fuente de financiación

de proyectos de inversión que al día de la fecha carecen de crédito presupuestario.

Entre las aplicaciones presupuestarias cuyo crédito es necesario

incrementar se encuentran la aplicación 171,10-639,00 “Parques y Jardines. Otras

Inversiones de Reposición” y 920,39-682,00 “Edificios. Adquisición y Reforma”

con cargo a las cuales va a ser necesario aplicar liquidación de obras que

actualmente se están ejecutando así como diversas obras menores en edificios.

Por ello, le ruego inicie los trámites necesarios para incrementar en

60.000,00 € el crédito de la aplicación presupuestaria 171,10-639,00 y en

151.191,56 € el crédito de la aplicación 920,39-682,00 y le indio que dichos

incrementos se financiarán mediante baja de la aplicación presupuestaria 153,20-

609,00, y en concreto con cargo a las economías de recursos propios resultado de

haber considerado al proyecto “Refuerzo de Firme” inversión financieramente

sostenible y por lo tanto susceptible de ser financiada con cargo al Remanente de

Tesorería para Gastos Generales”.

3. Por todo ello, y a efectos de suplementar los créditos presupuestarios a los

que se ha hecho referencia, de conformidad con las disposiciones normativas

citadas anteriormente y con lo establecido en el artículo 177 del Real Decreto

Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 37 del Real Decreto 500 y la

Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto, vengo a ordenar la incoación del

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos número

4/2015 que se financiará con el remanente de Tesorería para gastos generales

resultante de la Liquidación del Presupuesto General del Ayuntamiento del

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ejercicio 2014, siendo ésta una de las fuentes de financiación recogidas en el

artículo 177 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 36 del Real

Decreto 500/1990, de 20 de abril”.

Segundo.- Con fecha 30 de marzo de 2015 emitió informe la Directora de la

Oficina Presupuestaria en el que, a la vista del escrito de la Alcaldía señalaba que

los gastos para los que se propone la aprobación del Expediente de Suplemento de

Crédito nº. 4/2015, tienen su origen en el escrito del Concejal Delegado de

Hacienda de fecha 27 de marzo de 2015 al que hace referencia el Alcalde en su

escrito de incoación del expediente.

En base a lo anterior, y constituyendo la tramitación de los Expedientes de

Modificación Presupuestaria por Suplemento de Créditos, una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto, y a la vista de la documentación a la que se ha hecho referencia,

la Directora de la Oficina Presupuestaria señala lo siguiente:

- Que en el escrito de la Alcaldía de incoación del expediente, se especifica

que los suplementos propuestos se financiarán con bajas de la aplicación

presupuestaria señalada por el Concejal Delegado de Hacienda en el escrito en el

que solicita incrementar los créditos, siendo esta una de las vías de financiación

previstas para los expedientes de Suplemento de Crédito en el artículo 177 del

Real Decreto Legislativo 2/2004.

- Que al día de la fecha las consignaciones presupuestarias de las

aplicaciones que son objeto de incremento, son insuficientes para atender los

gastos a los que se ha hecho referencia y que no pueden demorarse hasta el

ejercicio siguiente.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177 de

la L.R.H.L.)

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Por lo anterior, esta Oficina, en cumplimiento de lo ordenado por el Ilmo.

Sr. Alcalde en su escrito de fecha 30 de marzo de 2015, propone la tramitación del

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito número

4/2015, en los siguientes términos:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito

4/2015

Bajas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 211.191,56

Total 211.191,56

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

171,10-639,00 Parques y Jardines. Otras inversiones 60.000,00

920,39-682,00 Edificios. Adquisición y Reforma 151,191.56

Total 211.191,56

Tercero.- Por su parte el Interventor del Ayuntamiento emitió informe el día 30

de marzo de 2015, en el que, tras invocar la legislación aplicable, señala, por lo

que respecta al expediente objeto de informe, entre otros extremos lo siguiente:

- Que el artículo 177 del T.R. L.R.H.L. determina que cuando haya de

realizarse algún gasto concreto y determinado que no pueda demorarse hasta el

ejercicio siguiente y que no exista en el Presupuesto de la Corporación crédito, o

sea insuficiente, el Presidente de la misma ordenará la incoación del expediente de

crédito en el primer caso o de suplemento de crédito en el segundo, y si bien es

cierto que el destino de los gastos a los cuales se van a aplicar los créditos es

“liquidación de obras que actualmente se están ejercitando así como diversas

obras nuevas en edificios”, los gastos a aplicar deberían ser objeto de una mayor

concreción y determinación.

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- Que en el expediente se proponen como fuente de financiación bajas de

créditos de gastos de otras aplicaciones presupuestarias no comprometidas

(artículo 177.4 T.R. L.R.H.L. y 36 RDP).

- Que el expediente objeto de informe no afecta a la regla de gasto, ni a la

estabilidad presupuestaria, ni al límite máximo de gastos no financiero.

- Que deben aprobarse las modificaciones del Plan Económico Financiero y

Anexo de Inversiones que recogen las modificaciones contenidas en este

expediente.

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Suplemento de Créditos número 4/2015, cuyo resumen es el siguiente:

Expediente de Modificación Presupuestaria por Suplemento de Crédito

4/2015

Bajas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 211.191,56

Total 211.191,56

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

171,10-639,00 Parques y Jardines. Otras inversiones 60.000,00

920,39-682,00 Edificios. Adquisición y Reforma 151,191.56

Total 211.191,56

SEGUNDO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo a

lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado sino se hubieran presentado reclamaciones; en caso

contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

TERCERO: Aprobar las modificaciones del Plan Económico Financiero y del

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153

Anexo de Inversiones que recojan las modificaciones contenidas en este

expediente”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

7.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

POR CRÉDITO EXTRAORDIANRIO Nº 3/2015.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2015, ha conocido el expediente de

referencia, aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR CRÉDITO

EXTRAORDINARIO NÚMERO 3/2015

Primero.- La Alcaldía Presidencia con fecha 30 de marzo de 2015, remitió escrito

a la Directora de la Oficina Presupuestaria, señalando lo siguiente:

1. “El artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprobó

el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que

cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio

siguiente y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea insuficiente

o no ampliable el consignado, el Presidente de la Corporación ordenará la

incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario, en el primer

caso, o de suplemento de crédito en el segundo. Señala también dicho artículo

que el expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a

incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone.

2. Al día de hoy obra en la Oficina Presupuestaria del Ayuntamiento escrito

del Concejal de Hacienda de fecha 30 de marzo de 2015, que literalmente

transcrito dice:

” Una vez aprobado el expediente de modificación presupuestaria por

Suplemento de Créditos nº. 3/2015 en base al cual han sido consideradas

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inversiones financieramente sostenibles y por lo tanto susceptibles de ser

financiadas con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales, las obras

de acondicionamiento en materia de accesibilidad de pasos de peatones en la

Ciudad y el refuerzo de firme de 2015, que inicialmente estaba financiado con

recursos generales, es posible utilizar dichos recursos como fuente de financiación

de diversos proyectos de gastos para los que al día de la fecha no existe

consignación presupuestaria en el estado de gastos del Presupuesto de 2015.

Entre los gastos para los que se hace necesario habilitar crédito

extraordinario están los derivados del convenio de colaboración que se firmará

entre el Ayuntamiento de Salamanca y la Asociación de Empresarios Detallistas

del Mercado Central de Abastos de Salamanca y que consistirán en financiar las

obras del local al que se han desplazado durante la ejecución de las obras del

mercado y el gasto de instalación de vitrinas y cámaras de los distintos puestos.

Por ello, le ruego inicie los trámites necesarios para habilitar crédito en las

aplicaciones 431,10-479,00 “Mercados. Otras subvenciones a empresas privadas”

y 431,10-770,00 “Mercados. Transferencias de Capital a Empresas Privadas” por

importes de 103.860,35 € y 84.863,35 € respectivamente, y le comunico que

ambos créditos extraordinarios se financiarán mediante baja de la aplicación

presupuestaria 153,20-609,00, y en concreto con cargo a las economías de

recursos propios resultado de haber considerado al proyecto “Refuerzo de Firme”

inversión financieramente sostenible y por lo tanto susceptible de ser financiada

con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales”.

3. Por todo ello, y a efectos de habilitar los créditos presupuestarios a los que

se ha hecho referencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del

Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el artículo 37 del Real Decreto 500 y la

Base 13 de las de Ejecución del Presupuesto, vengo a ordenar la incoación del

Expediente de Modificación Presupuestaria por Crédito Extraordinario número

3/2015 que se financiará, tal y como ha indicado el Concejal Delegado de

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Hacienda en su escrito de fecha 30 de marzo, con baja de la aplicación

presupuestaria 153,20-609,00, siendo ésta una de las fuentes de financiación

recogidas en el artículo 177 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y

artículo 36 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril”·.

Segundo.- Con fecha 31 de marzo de 2015 emitió informe la Directora de la

Oficina Presupuestaria en el que, a la vista del escrito de la Alcaldía señalaba que

los gastos para los que se propone la aprobación del Expediente de Crédito

Extraordinario nº. 3/2015, tienen su origen en el escrito del Concejal Delegado de

Hacienda de fecha 30 de marzo de 2015 al que hace referencia el Alcalde en su

escrito de incoación del expediente y en el que el Concejal, ante la necesidad de

atender las aportaciones derivadas del Convenio de Colaboración que se firmará

entre el Ayuntamiento y la Asociación de Empresarios Detallistas del Mercado

Central de Abastos solicita habilitar crédito extraordinario en las aplicaciones

presupuestarias 431,10-479,00 y 431,10-770,00 por importes de 103.860,35 € y

84.863,35 € respectivamente, señalando que dichas habilitaciones se financiarán

mediante baja de la aplicación presupuestaria 153,20-609,00.

Constituyendo la tramitación de los Expedientes de Modificación

Presupuestaria por concesión de Crédito Extraordinario una de las funciones

atribuidas a la Oficina Presupuestaria en las Bases 113 y 13 de las de Ejecución

del Presupuesto y a la vista de la documentación existente, la Directora de la

Oficina Presupuestaria, señala lo siguiente:

- Que en la Orden de la Alcaldía de incoación del Expediente se especifica

que se financiará mediante baja de la aplicación presupuestaria señalada por el

Concejal de Hacienda en su escrito de fecha 30 de marzo de 2015, siendo esta una

de las vías de financiación previstas, para los expedientes de concesión de crédito

extraordinario, en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 que

aprueba el Texto Refundido de la L.R.H.L.

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- Que no existe, al día de la fecha, en el estado de gastos del Presupuesto,

crédito destinado a los fines específicos para los que se habilitan los créditos

extraordinarios.

- Que el Expediente, que habrá de ser previamente informado por la

Intervención, se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación con

sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos (artículo 177

L.R.H.L.).

En base a todo lo anterior, esta Oficina Presupuestaria, en cumplimiento de lo

ordenado por el Ilmo. Sr. Alcalde en su escrito de fecha 30 de marzo de 2015,

propone la tramitación del Expediente de Modificación Presupuestaria por Crédito

Extraordinario número 3/2015 en los siguientes términos:

Fuentes de Financiación:

Bajas de crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 188.723,70

Total Bajas 188.723,70

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

431,10-479,00 Mercados. Otras subvenciones a empresas privadas 103.860,35

431,10-770,00 Mercados. Transferencias de capital a empresas privadas 84.863,35

Total Altas 188.723,70

Tercero.- Por su parte el Interventor del Ayuntamiento emitió informe el día 1 de

abril de 2015, en el que, tras invocar la legislación aplicable, señala, por lo que

respecta al expediente objeto de informe, entre otros extremos lo siguiente:

- Que el artículo 177 del T.R. L.R.H.L. determina que cuando haya de

realizarse algún gasto concreto y determinado que no pueda demorarse hasta el

ejercicio siguiente y que no exista en el Presupuesto de la Corporación crédito, o

sea insuficiente, el Presidente de la misma ordenará la incoación del expediente de

crédito en el primer caso o de suplemento de crédito en el segundo.

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- Que en el expediente se proponen como fuente de financiación bajas de

créditos de gastos de otras aplicaciones presupuestarias no comprometidas

(artículo 177.4 T.R. L.R.H.L. y 36 RDP).

- Que el expediente objeto de informe no afecta a la regla de gasto, ni a la

estabilidad presupuestaria, ni al límite máximo de gastos no financiero.

- Que deben aprobarse las modificaciones del Plan Económico Financiero y

Anexo de Inversiones que recogen las modificaciones contenidas en este

expediente.

El Interventor concluye su informe, formulando las siguientes conclusiones:

La modificación presupuestaria propuesta se ajusta al T.R. L.R.H.L..

La modificación presupuestaria propuesta no afecta a regla de gasto, ni a la

estabilidad presupuestaria ni al límite máximo de gasto no financiero.

El Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y AEDMASA deberá ser

objeto de fiscalización previamente a su aprobación.

La Comisión tomando en consideración cuanto antecede, propone a V.E.

Acuerde:

PRIMERO: APROBAR el Expediente de Modificación Presupuestaria por

Crédito Extraordinario número 3/2015, cuyo resumen es el siguiente:

Fuentes de Financiación:

Bajas de crédito

Aplicación Concepto Importe

153,20-609,00 Vialidad. Inversiones nuevas en infraestructuras 188.723,70

Total Bajas 188.723,70

Altas de Crédito

Aplicación Concepto Importe

431,10-479,00 Mercados. Otras subvenciones a empresas privadas 103.860,35

431,10-770,00 Mercados. Transferencias de capital a empresas privadas 84.863,35

Total Altas 188.723,70

SEGUNDO: Continuar la tramitación administrativa del expediente con arreglo a

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lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de

Haciendas Locales, exponiéndolo al público, previo anuncio en el B.O.P. durante

un periodo de quince días, transcurrido el cual, el expediente se entenderá

definitivamente aprobado sino se hubieran presentado reclamaciones; en caso

contrario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

TERCERO: Aprobar las modificaciones del Plan Económico Financiero y del

Anexo de Inversiones que recojan las modificaciones contenidas en este

expediente”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

8.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y

RÉGIMEN INTERIOR SOBRE APROBACIÓN DE UN NUEVO LÍMITE

DE GASTO NO FINANCIERO DEL AYUNTAMIENTO PARA EL

EJERCICIO 2015.

“La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Régimen Interior, en

sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2015, conoció el expediente de

referencia aprobando el siguiente Dictamen:

EXPEDIENTE INCOADO PARA APROBAR UN NUEVO LÍMITE DE

GASTO NO FINANCIERO DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA PARA

EL EJERCICIO 2015

Primero: El día 10 de marzo de 2015, el Interventor del Ayuntamiento, emitió

informe en el que ponía de manifiesto que el artículo 30.1 de la Ley Orgánica

2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,

determina que las Corporaciones Locales deberán aprobar en sus respectivos

ámbitos el límite máximo de gasto no financiero. El Interventor hace referencia a

su informe nº. 68/15, de fecha 10 de marzo de 2015, para señalar que el límite

máximo de gasto no financiero para 2015 que puede aprobar el Ayuntamiento de

conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica es de

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125.814.254,64 €.

Segundo: El día 10 de marzo de 2015, el Concejal Delegado de Hacienda, en

aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.1 de la L.O. 2/2012, de 27 de abril, y

de conformidad con el informe del Interventor del Ayuntamiento nº. 68/2015, que

figura unido a este Dictamen, ha formulado la siguiente propuesta:

“Que el límite máximo de gasto no financiero del Ayuntamiento para el ejercicio

2015 sea de 125.814.254,64 €”.

La Comisión, vista la propuesta y los informes que anteceden propone a V.E.:

APROBAR que el límite máximo de gasto no financiero del Ayuntamiento para el

ejercicio 2015 sea de 125.814.254,64€”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar el

dictamen que antecede.

9.- ASUNTOS DECLARADOS DE URGENCIA.

9.1.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE SOBRE

APROBACIÓN DEL DOCUMENTO “TORMES + ESTRATEGIA DE

DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO 2015-2020,

DESARROLLO URBANO HIPO-CARBÓNICO PARA LA COHESIÓN

SOCIAL Y ECONÓMICA DE BARRIOS DESFAVORECIDOS”.

“La Comisión de Medio Ambiente en sesión celebrada el día 8 de abril de

2015, ha conocido del documento “TORMES + ESTRATEGIA DE

DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO 2015-2020.

DESARROLLO URBANO HIPO CARBÓNICO PARA LA COHESIÓN

SOCIAL Y ECONÓMICA DE BARRIOS DESFAVORECIDOS”.

La Junta de Gobierno Local con fecha 26 de septiembre de 2014 aprobó el

documento borrador de la estrategia de desarrollo urbano sostenible e integrado

Tormes +. Desde dicha fecha se ha procedido a realizar un proceso de

información pública de dicho documento resultando un proceso de participación

pública social e institucional, a través del cual se han realizado una serie de

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160

cambios y adaptaciones del documento inicial de borrador. Así del documento

inicial se han realizado un total de 18 cambios y adaptaciones que han sido

incluidos en el documento final.

Dicha estrategia se va a aplicar sobre un ámbito de más de 280 Has.

delimitadas por el Río Tormes y los barrios de Buenos Aires, Tejares, Chamberí y

Arrabal, así como terrenos en la margen derecha del río de sistemas generales de

espacios verdes, que representan un espacio social de alta oportunidad estratégica

para desarrollar un proyecto integrado de desarrollo urbano sostenible, ya que

aquí concurren todos los elementos necesarios para desarrollar un enfoque

integrado multisectorial y de amplio espectro y contenido social.

Sobre este espacio urbano, la Estrategia se marca como objetivo principal

la puesta en valor, como recurso activo para el desarrollo urbano sostenible, del

Río Tormes, sus Riberas y la zona agrícola de Salas Bajas para el conjunto de la

ciudad de Salamanca buscando al mismo tiempo mejorar las condiciones

socioeconómicas y la calidad urbana de los Barrios Trastormesinos.

Bajo la denominación de directrices de la estrategia se describe la

zonificación funcional del ámbito así como los criterios y condiciones para la

delimitación de zonas y distinción entre zonas de “atracción” y zonas de

“difusión”, proponiéndose inicialmente ocho nodos que son:

1.- Factoría de la luz.

2.- Centro multifuncional de Tejares de promoción del emprendimiento y

de la cultura de barrio.

3.- Nodo para el desarrollo agro-urbano de la zona de huertos.

4.- Aula medioambiental en Huerta Otea (aula de la energía).

5.- Edificio municipal entre calles Mayor de Chamberí y Miguel Ángel.

6.- Locales de intermediación social en barrio de Buenos Aires.

7.- Equipamiento deportivo adaptado en calle Luis Cortés y Paseo César

de la Riva.

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8.- Nodo de coordinación de actividades al servicio de la promoción de los

barrios en el Ayuntamiento de Tejares.

Por último señalar que la Estrategia incluye una relación de 22 acciones,

objetivos y prioridades del documento, encaminados a la valorización del espacio

fluvial (acciones de la nº1 a la nº5 con un presupuesto estimado de 3.527.323,34

€), reducción del carbono ( acciones de la nº6 a la nº10 con un presupuesto

estimado de 4.407.936,93 €), generación de empleo y actividad ( acciones de la

nº11 a la nº14, con un presupuesto estimado de 3.802.661,03 €), promoción de la

inclusión social ( acciones de la nº15 a la nº20, con un presupuesto estimado de

3.720.070,90 €) y capitalización de la administración municipal ( acciones nº21 y

nº22 con un presupuesto estimado de 1.685.129,53 €).

A la vista de lo anteriormente expuesto se propone por unanimidad al

Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerde: APROBAR EL DOCUMENTO “TORMES

+ ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E

INTEGRADO 2015-20120. DESARROLLO URBANO HIPO CARBÓNICO

PARA LA COHESIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA DE BARRIOS

DESFAVORECIDOS”, que se adjunta al presente dictamen”.

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. CABERO MORÁN: Brevemente para valorar este proyecto que se

presenta a la consideración del Pleno. Nos parece un buen proyecto, un proyecto

que debe conseguir, a eso debe aspirar el Ayuntamiento y se está trabajando al

respecto, la financiación europea para su desarrollo pero que en todo caso, debe

servir de referencia también para su incorporación, su implantación en esta zona

de la ciudad, una zona importante, por su dimensión medio ambiental, también

por su dimensión social y vecinal, las propuestas que se han formulado desde este

Grupo Municipal han sido tenidas en cuenta.

También valoramos positivamente que se haya tenido en cuenta la

presencia y las propuestas de la Universidad de Salamanca y de organizaciones

vecinales, de la economía social y otros colectivos ciudadanos que sin duda lo han

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enriquecido. Y nos parece que es un buen modelo de trabajo, un proyecto para la

ciudad, interesante, por tanto va a contar con el voto favorable de este Grupo

Municipal.

SR. ARROITA GARCÍA: Como bien decía el Portavoz del Grupo

Socialista y al margen de las actuaciones concretas de la estrategia, todas las

acciones de puesta en valor del río, de la redistribución del aislamiento de los

barrios implicados en este proyecto o en el ámbito de actuación de este proyecto

del resto de la ciudad, de la mejora de la calidad de la vida de estos barrios, de la

mejora de la dimensión física y medio ambiental de toda esta zona en la que

vamos a actuar, lo más importante de esta estrategia es que es un proyecto de

ciudad, y no como una frase hecha, sino que es un proyecto de ciudad de verdad.

Y en primer lugar y lo quiero poner en primer lugar con todo conocimiento

de causa, la participación y la aportación intensa desde la lealtad institucional por

parte de su Grupo, por parte del Grupo Socialista, una implicación también en

segundo lugar y aportación y aprobación de la propia estrategia por parte de los

órganos municipales, lo órganos municipales de participación que todos nos

hemos dado como pueden ser el Consejo de Ciudad o como el propio Consejo de

Urbanismo y Medio Ambiente. En tercer lugar, la aportación, implicación y apoyo

de las organizaciones vecinales de la zona, de las empresas de economía social, de

los representantes de diferentes colectivos empresariales, de la propia

participación de órganos estatales como el ADIF o la propia Confederación

Hidrográfica del Duero.

La fundamental colaboración y aportación que como bien usted decía de la

Universidad de Salamanca, y de cualquier otro colectivo ciudadano que ha

decidido aportar y colaborar con nosotros, con este Ayuntamiento, con estos dos

Grupos Políticos, en el desarrollo de esta importantísima estrategia. Pero sobre

todo y para terminar, es un proyecto de ciudad, es un proyecto de la zona, sobre

todo por la ilusión e implicación que hemos recibido tanto ustedes como nosotros,

el Ayuntamiento, en la presentación, en la puesta a disposición del proyecto y

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recibir aportaciones por parte de los vecinos que viven en estos barrios, en estos

barrio de Tejares, barrio de Chamberí, barrio de Buenos Aires, y el Arrabal.

Es decir, la implicación y la ilusión con que este proyecto ha sido recibido

en estos barrios en concreto en algunos de ellos con muchísima ilusión. Yo creo

que es lo que hace que es una estrategia de ciudad y yo creo que está muy bien

que todos nos pongamos de acuerdo en un proyecto de futuro y en un proyecto

que esperemos todos que tenga además el respaldo de esos importantes fondos

europeos que yo creo que esta vez si nos merecemos.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda apreciar la

urgencia y aprobar el dictamen que antecede.

10.- MOCIONES.

10.1.- MOCIÓN CONJUNTA DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

MUNICIPALES POR LA QUE SE PROPONE QUE EL AYUNTAMIENTO

SE ADHIERA A LA “DECLARACIÓN INSTITUCIONAL EN DEFENSA

DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA”.

SR. SECRETARIO: El texto de la moción es del tenor siguiente:

“El Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca, en su sesión

ordinaria de 26 de marzo de 2015, aprobó unánimemente una “Declaración

institucional en defensa de la Universidad de Salamanca”, cuyo texto es el

siguiente:

“La sociedad española ha sufrido en los últimos años una crisis económica

de extraordinaria profundidad, que ha menoscabado los niveles de vida de los

españoles y dañado el funcionamiento de sus instituciones. Afortunadamente, sin

embargo, se acumulan hoy los síntomas de que la crisis empieza a quedar atrás y

de que se abren posibilidades de detener ese deterioro que hace unos meses

parecían inabordables.

En este contexto, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca

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desea poner de manifiesto ante la opinión pública que el Estudio Salmantino, en

vísperas del Octavo Centenario de su fundación, se enfrenta a problemas muy

graves, que incluso pueden comprometer su futuro. Y requiere por ello el apoyo

de todas las instituciones de su entorno, tanto públicas como privadas, para que se

pongan en marcha las medidas que permitan revertir esta situación.

1.- La Universidad de Salamanca ha perdido en los últimos años cerca de

350 trabajadores, entre profesores y personal de administración y servicios. Esta

pérdida de personal tiene su origen en la denominada “tasa de reposición”, que en

los últimos años ha impedido reponer 9 de cada 10 bajas de profesorado

permanente (y todas las que se produjeran en el Personal de Administración y

Servicios) y en 2015 sólo permite la reposición de 1 de cada 2 bajas, tanto de

profesorado como de personal de administración y servicios. Por otro lado, la

Universidad de Salamanca ha sufrido una merma en la financiación que recibe

para afrontar sus gastos de personal de más de 20 millones de euros, careciendo

por tanto de recursos económicos para sustituir con personal temporal a la

mayoría de los profesores y miembros del personal de administración y servicios

que la ley le prohíbe reponer.

2.- Por ello, tal y como en su día reclamaron unánimemente las Cortes de

Castilla y León, se hace necesario que desaparezca cuanto antes cualquier tasa de

reposición. Además, resulta preciso un compromiso de nuestra Comunidad

Autónoma de que no seguirá reduciendo sus aportaciones para la financiación del

personal. La Universidad de Salamanca cuenta con una de las plantillas más

envejecidas de todo el sistema universitario español, por lo que la perduración de

la tasa de reposición supone que es una de las que más personal pierde y de las

que en mayor proporción ve reducido su presupuesto. En este sentido, la

Universidad de Salamanca reclama expresamente un sistema de financiación de

las universidades públicas de Castilla y León que se realice con criterios claros,

objetivos y estables, y en el que se incluyan incentivos a las universidades que

sean capaces de cumplir con los objetivos que les sean impuestos.

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3.- El personal de la Universidad de Salamanca ha sufrido en los últimos

años un deterioro de sus condiciones laborales que contribuye negativamente a la

prestación del servicio público al que está obligado. Resulta necesario, por tanto,

que desaparezcan las restricciones, tanto normativas como económicas, que hoy

limitan la contratación de nuevo personal, conducen a la precariedad laboral e

impiden que se cumplan las legítimas expectativas de promoción de su

profesorado y su personal de administración y servicios.

4.- La Universidad de Salamanca, como el resto de las universidades

públicas españolas, se encuentra abocada en los próximos años a una progresiva

pérdida de estudiantes. Se hace necesario, por tanto, que los poderes públicos

revisen todas las medidas que contribuyen a agudizar ese problema y en particular

aquellas que implican una merma de nuestra capacidad para atraer estudiantes

españoles y extranjeros.

5.- Las dificultades por las que atraviesa la Universidad de Salamanca

constituyen un grave problema para su entorno social y económico, que tiene en la

Universidad uno de su más importantes activos. Por ello recaba un apoyo

explícito de dicho entorno para que los poderes públicos pongan en marcha, con la

mayor urgencia, las medidas que contribuyan a mejorar una situación que empieza

a resultar insostenible.”

Por lo expuesto, los Grupos Políticos Municipales, al amparo de lo

establecido en el artículo 88 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del

Excelentísimo Ayuntamiento de Salamanca, al considerar de especial relevancia

que la Corporación se adhiera a esta “Declaración institucional en defensa de la

Universidad de Salamanca”, proponen al Pleno la adopción de los acuerdos

siguientes:

1) Mostrar la total adhesión del Ayuntamiento de Salamanca a la

“Declaración institucional en defensa de la Universidad de Salamanca”, aprobada

unánimemente por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca en su

sesión ordinaria de 26 de marzo de 2015.

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2) Dar traslado de los presentes acuerdos al Excelentísimo Señor Rector

Magnífico de la Universidad de Salamanca, así como al Excelentísimo Señor

Ministro de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España, y al

Excelentísimo Señor Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León”.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda aprobar la

moción que antecede.

10.2-. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA QUE

EL TRANSPORTE DE VIAJEROS LLEGUE HASTA EL EDIFICIO DEL

HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO.

El texto de la moción es el siguiente:

“Desde su inauguración en 1975, el edificio del Hospital Clínico

Universitario viene arrastrando un gran déficit en materia de accesibilidad, que han

sufrido todos los salmantinos, para poder acceder a él en transporte público

colectivo, cosa que ha repercutido en sus bolsillos, pues la única alternativa que

tienen para llegar al mismo ha sido hacerlo en taxi o en coche privado.

Este problema se ha acrecentado con las obras del nuevo hospital y la

reducción de aparcamientos en el recinto hospitalario, así como con el

envejecimiento de la población en nuestra ciudad y la pérdida de poder

adquisitivo de las personas mayores, que cada día es más escaso, por lo que hay que

acomodar el transporte público de viajeros a los nuevos tiempos y facilitar su

desplazamiento hasta los puntos más demandados por ellos.

Las líneas de autobuses que más cerca dejan del centro hospitalario son la

4, 5, 6 y 11, que paran en el Paseo de San Vicente enfrente del Clínico, y la 7, que

para en la C/. La Alberca, confluencia con Avda. de los Maristas. La distancia que

ha de salvarse para llegar al edificio del Hospital Clínico, tanto desde el Paseo de

San Vicente como desde la C/. La Alberca, es un verdadero suplicio para personas

que tienen insuficiencia respiratoria, problemas cardíacos, problemas de

movilidad, etc.

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Hay muchos vecinos en nuestra ciudad, sobre todo mayores y personas con

escasos recursos, que solo disponen del transporte público para poder

desplazarse hasta el edificio del Hospital Clínico. Por este motivo, el

Ayuntamiento, como la administración más cercana al ciudadano, está obligado a

facilitar un transporte público, cómodo y accesible, para llegar al centro

hospitalario en las mejores condiciones.

Por ello, el Grupo Municipal Socialista propone que el Pleno adopte el

siguiente acuerdo:

“El Pleno del Ayuntamiento de Salamanca acuerda que se inicien, a la

mayor brevedad, los estudios pertinentes para dotar de transporte público de

viajeros el acceso a la entrada del edificio del Hospital Clínico Universitario, con

microbuses -tipo lanzadera-, que partiendo de la Gran Vía, que es donde paran la

mayoría de las líneas, suban hacia la Plaza de España, Avenida de Mirat, Paseo de

las Carmelitas, Filiberto Villalobos, Peña de Francia, Avenida de los Maristas,

Gregorio Marañón y Donantes de Sangre.”

Seguidamente se sucedieron las siguientes intervenciones:

SR. GONZÁLEZ RIVAS: Desde su inauguración en 1975, el edificio del

Hospital Clínico Universitario viene arrastrando un gran déficit en materia de

accesibilidad, que han sufrido todos los salmantinos, para poder acceder a él en

transporte público colectivo, cosa que ha repercutido en sus bolsillos, pues la

única alternativa que tienen para llegar al mismo ha sido hacerlo en taxi o en

coche privado.

Este problema se ha acrecentado con las obras del nuevo hospital y la

reducción de aparcamientos en el recinto hospitalario, así como con el

envejecimiento de la población en nuestra ciudad y la pérdida de poder

adquisitivo de las personas mayores, que cada día es más escaso, por lo que hay

que acomodar el transporte público de viajeros a los nuevos tiempos y facilitar su

desplazamiento hasta los puntos más demandados por ellos. Las líneas de

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autobuses que más cerca dejan del centro hospitalario son la 4, 5, 6 y 11, que

paran en el Paseo de San Vicente enfrente del Clínico, y la 7, que para en la calle

La Alberca, confluencia con Avda. de los Maristas. La distancia que han de salvar

para llegar al edificio del Hospital Clínico, tanto desde el Paseo de San Vicente

como desde la calle La Alberca, es un verdadero suplicio para personas que tienen

insuficiencias respiratorias, problemas cardíacos, problemas de movilidad, etc.

Hay muchos vecinos en nuestra ciudad, sobre todo mayores y personas con

escasos recursos, que solo disponen del transporte público para poder desplazarse

hasta el edificio del Hospital Clínico. Por este motivo, el Ayuntamiento, como la

administración más cercana al ciudadano, está obligado a facilitar el transporte

público, cómodo y accesible, para llegar al centro hospitalario en las mejores

condiciones.

Por ello, el Grupo Municipal Socialista propone que el Pleno adopte el

siguiente acuerdo:

“El Pleno del Ayuntamiento de Salamanca acuerda que se inicien, a la

mayor brevedad, los estudios pertinentes para dotar de transporte público de

viajeros el acceso a la entrada del edificio del Hospital Clínico Universitario, con

microbuses -tipo lanzadera-, que partiendo desde la Gran Vía, que es donde paran

la mayoría de las líneas, suban hacia la Plaza de España, Avenida de Mirat, Paseo

de las Carmelitas, Filiberto Villalobos, Peña de Francia, Avenida de los Maristas,

Gregorio Marañón y Donantes de Sangre, teniendo su punto final en el espacio

que hay a la entrada del Clínico donde está ubicado el Kiosco”

Creemos que es un tema bajo nuestro punto de vista imprescindible para

la ciudad de Salamanca, porque como ya hemos dicho antes, la población cada

vez es mayor, por suerte, eso significa que cada vez vivimos más pero también

cuanto mayores nos hacemos es cuanto más problemas tenemos. Y es cuando más

requerimos el poder asistir a este centro. Por ello es por lo que insistimos que se

tome el acuerdo que hemos planteado en esta moción.

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SR. LAGO GUSANO: Durante el año 2014 por parte del Grupo Municipal

Socialista se hicieron diversas propuestas sobre los accesos al Complejo

Universitario Hospitalario, en concreto en Pleno, cinco plenos y muchas veces en

la Comisión de Policía, sin que en ninguna de estas intervenciones, casualidad, se

hiciera referencia a la necesidad de un servicio de transporte público que llegara al

Hospital Clínico. Olvido o simplemente constancia de que en realidad ese servicio

no es necesario y que con lo que existe, con las mejoras realizadas para el acceso

de las personas, sobre todo aquella con movilidad reducida era suficiente.

Porque Corporaciones de distinto signo político que ha tenido este

Ayuntamiento, nunca han planteado el acceso. ¿Por qué? Porque el acceso era

difícil por el vial que había para llegar y mucho más ahora con las reformas que se

están haciendo del Hospital.

Esto debió quedar claro, ya se lo expliqué, en la Comisión de Policía y

Transporte, pero deben ustedes no estar de acuerdo cuando vuelven a plantear este

tema, la moción no nos dicen absolutamente nada de cómo quieren que esto se

haga. La noticia que tenemos es, en rueda de prensa, hecha por su Portavoz que

dice textualmente, “es inaudito que un hospital no tenga acceso en transporte

público”, denuncia el candidato a la Alcaldía, Enrique Cabero, “lo que pasa en

Salamanca con el Hospital es impresentable, nos movemos en la miseria” añade.

Imagino que sería igual en los años que ustedes gobernaron. Porque ustedes

gobernaron durante tres legislaturas. Si, es verdad que ganar, ganaron una, pero

gobernaron doce años ¿Qué pasa que entonces era abandono o era responsabilidad

el no plantearse el acceso al hospital Clínico?

Ustedes presentan una moción que saben que es imposible que se pueda

llevar a efecto antes del día 13 de junio cuando tome posesión la nueva

Corporación Municipal. Pero es más. Hace cuatro meses, Don Jesús, usted decía

textualmente, aparte de eso, también nos parece, puede ser legal, pero al menos a

nosotros no nos parece ético, que a cuatro meses de toma de posesión de la nueva

Corporación que salga elegida de las próximas elecciones, hipotequemos a dicha

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Corporación con un acuerdo que va a estar firmado por cuatro años. No nos

parece tampoco normal, por eso solicitamos lo mismo que solicitamos a la

Comisión de Policía, Tráfico y Transportes, que dicho asunto quede sobre la mesa

y que la nueva Corporación tome la decisión que crea oportuna.

Nada más y nada menos Don Jesús, eso es exactamente lo que dijo usted

pidiendo que quedara sobre la mesa la modificación de la ordenanza de terrazas en

lo que afectaba a la Plaza mayor y ahora a 44 días, no a cuatro meses ¿Se ha

convertido en ético lo que no era ético? Ustedes mismos.

Manifiestan en su moción que la mayoría de las líneas pasan por la Gran

Vía y es verdad, lo que no dicen es que en dirección sur solo hay una parada, la

parada de la Plaza del Empresario y que eso va a condicionar todo su proyecto de

microbuses lanzadera, bueno, microbuses, lo de lanzadera será el servicio, no el

microbús.

Entonces ¿Dónde ponemos la parada? ¿En Correos? En Gran Vía con

Sancti Spíritus? ¿En la Plaza de San Julián? Nos da igual, al final el coste va a ser

el mismo porque el microbús tiene que llegar a Correhuela y salir por San Julián

para subir por Gran Vía. Donde ustedes quieran. Vista esta situación está claro

que los viajeros, que los usuarios tendrán que hacer un trasbordo. Bienvenidos a

los que cuando se hizo la modificación de las líneas de autobuses estábamos de

acuerdo con que hubiera trasbordos. Trasbordos que, por cierto, de acuerdo con el

convenio, todas aquellas personas que tienen un bonobús va a ser gratuito.

Entonces, veamos su propuesta y la realidad, aquellas líneas que no pasan

por el paseo de San Vicente. La Línea 1 que hace Cipreses –Buenos Aires en

dirección sur, haría el trasbordo en la Plaza del Empresario, para coger su

microbús en Correos. Exactamente 88 metros y dos semáforos para llegar. Y digo

lo de los dos semáforos por aquello del tiempo que tiene uno para llegar. La línea

2 ya se bajaría lógicamente, es Pizarrales/San Julián, se bajaría lógicamente a la

Avenida de Villamayor y cogería en el Paseo de Carmelitas 85, tres líneas de

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autobuses que le dejarían en el paseo de San Vicente. La línea 3 es un clon de la

línea 6, luego sus cabeceras tanto en Garrido como en San José son las mismas, la

única modificación es que la línea 3 tiene diez minutos de frecuencia y la línea 6,

20. Lógicamente ningún usuario de esta zona se le va a ocurrir la lanzadera

cuando tiene cerca de su casa una salida.

La Línea 7 en el Campus-Universidad-Prosperidad, se quedaría en la calle

de la Alberca, con lo cual únicamente sería cruzar Avenida de Maristas para coger

la línea 4 que le dejaría también en el Paseo de San Vicente. La línea 8,

Prosperidad-Chamberí, igual, situación sur, se bajaría en la Plaza del Empresario,

los 88 metros habidos hasta Correos y en dirección norte lógicamente cogería la

Línea 5 en la calle Miguel Ángel, en ningún caso va a coger ninguna lanzadera.

La línea 9 Capuchinos-Zurguén, en la Avenida de Mirat, con cruzar simplemente

la calle, tendría el servicio de todos los autobuses que pasan por el Hospital

Clínico Universitario.

La línea 12 esta, ni contigo ni sin mi tienen mis males remedio. Porque no

pasa por el Hospital Clínico ni hay ninguna línea que nos llegue Y la línea 13,

Huerta Otea-San José, los de San José lo cogerían la línea 6 en Hilario

Goyenechea y los de Huerta Otea, si no se bajan andando hasta el Clínico,

tendrían la misma posibilidad que la línea 2 en la Avenida de Villamayor para

acercarse a Paseo Carmelitas 85.

En resumen, para qué vamos a poner un servicio de microbuses con

servicio de lanzadera cuando prácticamente con trasbordo todos, absolutamente

todos pueden llegar al paseo de San Vicente. Es verdad que usted lo que plantea,

me va a decir, yo no planteo eso, yo lo que planteo es que los microbuses lleguen

a la puerta del Hospital Clínico. Y aquí nos encontramos con una situación, una

cosa es lo que yo quiero, y otra cosa Don Jesús, lo que yo puedo. Porque claro,

cómo llegamos al Hospital Clínico Universitario y qué problemas plantea la

llegada al Hospital Clínico Universitario. El problema es que uno es dueño de sus

silencios y es esclavo de sus palabras. Y el 4 de noviembre usted en un pleno

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decía, ya pueden hacer 18, refiriéndose a los viales, lo mismo que hagan ustedes

no uno sino cuatro aparcamientos para los padres, puedan dejar a los niños para

acceder a estos sitios única y exclusivamente tiene la Avenida de los Maristas. Es

el punto gordiano del tema y es lo que nosotros hemos planteado siempre. Aquí es

donde se va a formar una ratonera.

Y ahora, en ese nudo gordiano, en esa ratonera, ¿quieren ustedes meter

más tráfico? ¿Quizá porque como usted reconoció en el Pleno de 5 de diciembre

ya no existía tal ratonera porque mi compañero Carlos Carbayo había quitado el

queso? ¿O quieren ustedes volver a ponerlo para lo que está pacíficamente

funcionando deje de estarlo?

No sé qué pensarán sus compañeros de las manifestaciones con la

seguridad de los alumnos de los colegios del entorno del Hospital Clínico

Universitario, y lo que es más importante, los padres de los alumnos de estos

colegios ¿O es que los alumnos no importaban tanto como poner palitos en las

ruedas para que las obras del hospital no fueran al ritmo previsto?

Pero es que además, esta propuesta, hace recorrer a los usuarios, distancias

que hacen poco atractivo la utilización de este tema. Mire usted, después de la

modificación de la línea de transporte, la línea con más incremento y más

rentabilidad, es la línea número 2, porque se adapta en tiempos a lo que quieren

los ciudadanos. Si yo voy a tardar más en el autobús que andando, me voy a ir

andando. Y ustedes lo que nos proponen es que los ciudadanos se den una vuelta

por la ciudad de Salamanca que está muy bonita, que está para comérsela, pero

que hombre, cuando uno va al hospital, lo que quiere es llegar pronto y no que le

den una vuelta por la ciudad.

Cuando dicen que llegamos al Kiosco, hay que ver cómo llegamos y como

esto es un problema técnico, yo se lo pregunto a los técnicos cuál es la solución. Y

he pedido un informe a la Policía Local. Y el informe de la Policía Local dice

textualmente: “Otra cuestión importante era la posibilidad de que un autobús

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urbano pudiera circular hasta la entrada de urgencias del hospital clínico, lugar en

el que se ubica una parada en el punto más próximo a la misma para la recogida

de viajeros. Se realiza una búsqueda para determinar un punto adecuado para el

establecimiento de la misma no encontrando en ningún punto apropiado, ni en la

Avenida del Doctor Gregorio Marañón, ni en la calle Donantes de Sangre ya que

la necesidad de establecer un carril exclusivo de acceso de ambulancias al hospital

en las dos vías citadas, con además el establecimiento del un carril de acceso al

parking público existente en este punto en la segunda de las vías, impide la

posibilidad de su establecimiento”.

Otro factor a tener en cuenta, sería el pronunciado cambio de rasantes que

presenta el nuevo vial provisional de acceso que comunica la calle Donantes de

Sangre con el propio Hospital, el cual es muy probable que fuese impracticable

para los autobuses de plataforma baja, que es la utilizada en transportes públicos

dotados de capacidad para el transporte de personas con movilidad reducida. Visto

el informe, pudiéramos decir, acabada la discusión. Pero incluso vamos a pensar

que el autobús, el microbús, pueda llegar al mismo punto a donde llegaba la línea

7 hasta por acuerdo de la Universidad de la Salamanca, hubo que dejarla en la

calle de la Alberca. Llegamos incluso, estamos diciendo, a la Glorieta de

Donantes de Sangre, enfrente de la Facultad de Medicina.

Tenemos dos propuestas, la actual que es la parada en el Paseo de San

Vicente y la otra, la única viable de su propuesta, que sería llegar a la Glorieta de

Donantes de Sangre, pues bien, aquí ya es una cuestión de distancias. ¿Cuánta

distancia hay desde el Paseo de San Vicente hasta el Hospital Clínico? 275 metros

según certificación de la Policía Local. ¿Cuántas distancia hay desde la Glorieta

de Donantes de Sangre hasta el hospital? 325 metros. Si las matemáticas no fallan,

y no suelen fallar, hay 50 metros menos con la situación actual, que con la

propuesta que ustedes pueden plantear.

A partir de ahí, parece que no es lógico hacer una propuesta que va a

implicar más recorrido, más distancia para los ciudadanos. Ustedes mismos.

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Mejoren la propuesta, pero en estas condiciones lógicamente creemos que

habiendo solucionado el problema de acceso que es verdad que hasta el año

pasado el acceso del paseo de San Vicente era complicado por unas escaleras que

prácticamente nadie utilizaba, y se bajaba por el terraplén, pero eso se ha

solucionado incluso con su colaboración, que el Sr. Alcalde se lo ha agradecido en

un Pleno. Se han solucionado para que las personas que lo tienen más difícil que

son las de movilidad reducida, a través de rampas, creemos que la moción no tiene

ningún recorrido.

SR. GONZÁLEZ RIVAS: Yo pensaba que iban a poner la pega del dinero,

pero veo que no, es que han puesto otras pegas que vamos a ver cómo las

desmontamos. En primer lugar usted dijo que por qué no lo habíamos hecho

nosotros que hemos estado gobernando en tres legislaturas. Es cierto, hemos

estado gobernando en tres legislaturas. Pero hace veinte años que están

gobernando ustedes.

En veinte años creo que la ciudad de Salamanca ha sufrido un cambio

bastante importante sobre todo de cara a los propios habitantes. La gente joven se

ha tenido que marchar fuera, porque aquí no encuentra dónde poderse ganar el

pan. La mayoría de la gente mediana está en paro, por desgracia, y luego, el resto

de gente que últimamente es la mayoría, somos ya gente mayor, como usted y

como yo, jubilados ya. Usted y yo de momento estamos bien, aunque nos han

hecho un arreglillo, que a mí por lo menos me han dejado bastante decente, pero

estamos bastante bien.

Y cuando nosotros planteamos el problema de accesos al hospital, ya le

dije que se había solucionado el problema de cara a gente que va en silla de

ruedas, gente que va con el carrito de los niños, todo eso está solucionado. Pero

para la gente que acude al médico diariamente, que son mucha, que andar cuatro

pasos se tiene que parar porque no pueden respirar, y yo sin ir más lejos tengo el

problema de mi suegro ahora, de mi hermana que murió que tenían ese problema.

Que la única solución que tenían para poder llegar hasta el clínico era en coche

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particular o en taxi. Mis suegros de momento se pueden pagar el taxi, suerte que

tienen. Pero hay mucha gente que no se puede pagar el taxi, porque por desgracia,

la mayoría de las jubilaciones que hay aquí en Salamanca, son una verdadera

miseria y con eso tienen que vivir, y si encima luego tienen que cogerse el taxi

cada dos por tres, pues usted me dirá cómo van a llegar.

Eso es lo que nosotros estamos planteando, para toda esa gente, el que va

en silla de ruedas ya no tienen ningún problema en llegar. Y como dije también al

principio cuando hablábamos de, no al principio de este pleno, sino cuando

empezamos a sacar el tema de los accesos, ocurre una cosa muy sencilla. Antes la

gente no podía llegar de ninguna manera. Me refiero, con silla de ruedas o con el

carrito de los niños, porque había aceras, muy estrechas y además de las aceras

estrechas, encima en medio había farolas. El lumbreras que hizo este diseño la

verdad que se lució.

Pero bueno, a lo que vamos. Se hicieron los accesos para estas personas y

han quedado bastante decentes, la verdad, por lo menos ahora pueden llegar hasta

allí. Pero para la otra gente, para la que yo le he estado diciendo que, como digo,

es mucha la que hay, más de lo que nosotros nos creemos, y para eso no hace falta

más que irse todos los días allí a la puerta del clínico y ver la gente que va y ver

cómo intentan subir la pendiente o las rampas, subir andando, o con muletas, o ya

digo, o con una insuficiencia respiratoria que no se lo permite. Para esta gente es

para la que hay que poner esto.

Ocurre otra cosa también. Muchas personas, tienen a sus hijos, tienen a sus

nietos que los acercan, pero hay otras que no los tienen. Los dejamos arriba, en

Paseo de San Vicente, desde ahí, ¿cómo bajan? Bajan en ascensor, pero luego

tienen, la pendiente de la cuesta que hay, que es muy pronunciada y no pueden

subirla ni bajarla. Y si vienen por el otro lado, exactamente igual. La distancia que

hay desde la calle La Alberca hasta la entrada del clínico también.

Y yendo un poco a las soluciones, ustedes nos entregaron con fecha

19/6/2014, un informe de la policía municipal, elaborado por la Policía Municipal.

Entre las propuestas que venían, decía: “Transporte público, objetivos: fomentar

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el uso del transporte público. Mantenimiento de tiempos medios en recorridos.

Uso de alternativas e intercambiadores. Transporte lanzadera. Y parada de taxis en

el Complejo Hospitalario”. Ustedes mismos lo decían. Nosotros no estamos

diciendo nada nuevo, nada que se nos haya ocurrido porque estamos en

elecciones. Esto además ya lo habíamos planteado hacía ocho años. Por lo tanto,

usted, lo que tiene que hacer, que además lo que nosotros le pedimos es que se

empiece, que se apruebe esto. No quiere decir esto que ya entre en

funcionamiento, porque no va a poder entrar en funcionamiento ya. Va a tener que

ser la próxima Corporación la que lo haga, pero por lo menos, que se tome un

acuerdo para tratar de solucionar este grave problema que tiene Salamanca.

Yo no le estoy diciendo que entre en funcionamiento mañana, ni se lo

hemos pedido nuestro Grupo. Lo que pedimos y además lo dice muy claramente,

es que se inicien a la mayor brevedad los estudios pertinentes para dotar de

transporte público. Es el acuerdo que nosotros queremos que se aprueba aquí. Que

luego, será la próxima Corporación la que tendrá que asumirlo. Las paradas y todo

lo demás. Para eso están los técnicos. Yo lo he dicho, yo no soy técnico. Yo, lo

que planteo, o de lo que hablo y de lo que discuto, es lo que a mí me da a entender

mi forma de ver las cosas. A veces estoy confundido, pero yo creo que la mayoría

de las veces no lo estoy. Y la prueba es que muchísimas de las cosas que hemos

planteado, fueron cogidas y las han llevado a la práctica. Y no le voy a hacer un

relato hoy aquí porque no merece la pena. Creo que todos lo sabemos.

Por ello, insistimos, apoyen ustedes esta moción. No lo van a tener que

hacer ahora, ya, va a ser un acuerdo que se va a tomar por estos dos Grupos y que

luego tendrá que ser la próxima legislatura con los que entren, que no sabemos

quién va a entrar, los que tendrán que llevarlo a efecto, pero por lo menos habrá

un compromiso por nuestra parte y por la suya en que vamos a poner todos los

medios en que esto se llevará a cabo.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por 9 votos a favor (Grupo Socialista)

y 18 en contra (Grupo Popular), acuerda desestimar la moción que antecede.

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10.3. OTRAS MOCIONES. No se formularon.

11.- CONTROL Y FISCALIZACIÓN.

11.1.- CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE 23

DE MARZO DE 2015 SOBRE APROBACIÓN DE LOS MARCOS

PRESUPUESTARIOS PARA EL PERIODO 2016-2018.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

11.2.- CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA.

Se ha entregado a los Grupos Políticos el extracto de las Resoluciones

dictadas hasta el 27 de febrero de 2015. Igualmente en cumplimiento del art. 41

del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Excmo. Ayuntamiento de

Salamanca, las Resoluciones de Alcaldía dictadas desde la última sesión plenaria,

han estado a disposición de los Sres. Concejales en Secretaría General de la

Corporación.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, acuerda darse por enterado.

11.3.- INFORMACIÓN DE ALCALDÍA. No hubo información.

11.4.- CONTESTACIÓN A LAS PREGUNTAS DEL GRUPO

MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE IGUALDAD, AYUDA A DOMICILIO,

ESCUELAS INFANTILES, GASTOS DEL CENTRO LUIS VIVES.

SRA. KLIMOWITZ WALDMANN: La primera pregunta que plantea la Sra.

Murillo es por qué no se han incluido talleres en las actividades programadas con

motivo del 8 de marzo del Día Internacional de la Mujer.

Le diré que las actividades se han programado en el seno del Consejo de la

Mujer, con la participación y a través del consenso de todas las representantes, en

este Consejo y que, como digo, está representado no solamente por asociaciones

de mujeres, también asociaciones que atienden a víctimas de violencia de género.

Asociación de Mujeres empresarias, Asociaciones de Mayores, las dos

Universidades y la Junta de Castilla y León, con lo que la participación es muy

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amplia. Y la programación que se ha llevado a efecto, es la que ha designado y ha

consensuado el Consejo de la Mujer. Si usted hubiera asistido a su sesión, pues

indudablemente lo sabría, pero aún así, una compañera suya, de su Grupo

Municipal, ha estado presente y ha dado su visto bueno y ha aprobado la

programación de estas actividades.

Respecto a su segunda pregunta, sobre por qué no creamos un agente de

igualdad, aquí parte usted de un error, puesto que el Ayuntamiento cuenta desde el

5 de septiembre de 2008, de forma ininterrumpida con un agente de igualdad de

oportunidades que entre otras muchas actividades, tareas y funciones, pues realiza

las de coordinar, impartir y evaluar todos los talleres de coeducación en materia

de igualdad de oportunidades en Primaria donde se llega a más de 30 centros y

más de 900 alumnos y alumnas. También toda la impartición y evaluación de

talleres de prevención de violencia de género, también el apoyo a todas las

actividades de promoción, de sensibilización y de prevención de violencia de

género. Asimismo el apoyo a las asociaciones de mujeres, con formación,

orientación y asesoramiento como formación a demanda de estas asociaciones. O

también toda la gestión en cuanto a coordinación de la plataforma on line del

Ayuntamiento de Salamanca y la impartición de cursos on line entre otras muchas

tareas y funciones que realiza.

La tercera de sus preguntas es si no nos preocupa que solo haya una queja

en el servicio de Ayuda a domicilio. Bueno, aquí parte usted de nuevo de un error.

Porque no hay una sola queja respecto al servicio de Ayuda a domicilio. Esto no

solamente no nos preocupa sino que nos satisface enormemente, puesto que esto

responde al compromiso del Ayuntamiento donde los servicios de atención a la

dependencia, tampoco son correctas las cifras que usted da. Estamos atendiendo

alrededor de 3000 familias, 3000 personas dependientes y todo su entorno

familiar, con unos servicios, como digo, integrales, de atención personalizada y

que en concreto en la ayuda a domicilio, están respaldados por alrededor de 170

profesionales en concreto, mujeres auxiliares de ayuda a domicilio que con total

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profesionalidad, dedicación y vocación, están atendiendo a diario a estas personas

dependientes para que puedan permanecer en sus domicilios con el mayor

bienestar y en las mejores condiciones deseables.

Otra pregunta, es si vamos a reforzar las escuelas infantiles. Bien, las

Escuelas Infantiles Municipales cumplen una labor social fundamental de apoyo a

las familias y de apoyo fundamentalmente a aquellas familias con escasos

recursos. Vuelve usted a incurrir en un error al hablar de las plazas existentes,

estas son superiores, son 411 plazas. Cuentan además con un horario, con servicio

de comedor, y además un recurso municipal que pone al servicio de las familias

salmantinas que pretende también favorecer la conciliación de la vida laboral y

personal y familiar de las familias salmantinas y que además se complementan

con otros muchas servicios que el Ayuntamiento pone al servicio, como digo, de

todas las familias salmantinas como son las ludotecas, como son actividades

infantiles y juveniles, como son la campaña de verano que comprende todas las

vacaciones escolares como son también talleres de apoyo al estudio, en fin, un

sinfín de actividades programadas tanto para la integración y la mejor atención de

los menores de nuestra ciudad, como para facilitar la vida, la conciliación, a las

familias salmantinas.

La siguiente pregunta es sobre si las asociaciones que van a ocupar el Luis

Vives, van a pagar gastos de mantenimiento. Bien, en este caso, es que el

Ayuntamiento va a ceder gratuitamente a las asociaciones, los espacios del nuevo

centro de participación que se está ultimando en el antiguo Colegio Luis Vives.

Este nuevo centro además surge del compromiso del Ayuntamiento con los

ciudadanos y ciudadanas de nuestra ciudad, de extender la red de centros cívicos y

además, es fruto del diálogo con las asociaciones. En todo momento se ha

dialogado con las asociaciones, las condiciones de cesión de estos nuevos

espacios.

El Ayuntamiento por tanto va a poner a disposición de las asociaciones, un

centro moderno, accesible y totalmente equipado y acondicionado con un

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presupuesto de casi 540.000 euros y su utilización por parte de las asociaciones,

será totalmente gratuita. Las asociaciones solamente van a tener que asumir, los

pequeños gastos variables derivados que ellos mismos generen en la realización

de sus actividades como puede ser la utilización del teléfono, de su teléfono, o la

utilización de la luz.

Otra pregunta, la última, es, pregunta usted por el Plan de Igualdad. Bien,

el Plan, como ya se les ha informado, está en fase de evaluación, pero

indudablemente sigue completamente vigente y sigue siendo además el marco

conceptual que alberga todas las actuaciones en materia de igualdad de

oportunidades que desde el Ayuntamiento y desde la Concejalía se llevan a cabo.

Tanto las líneas directrices estratégicas, como los objetivos, como las actuaciones,

siguen desarrollándose con plena normalidad en cuanto a promoción,

sensibilización, conciliación de la vida laboral y familiar, formación y empleo o

prevención de la violencia de género se siguen desarrollando todas estas

actividades como así es nuestro compromiso y siguen siendo principios rectores

de nuestra actividades en materia de promoción de igualdad de oportunidades

entre mujeres y hombres.

SRA. MURILLO DE LA VEGA: Muchas gracias a la Concejala de

Bienestar Social por contestarme a las preguntas y vamos a completar la

información. Vamos a empezar por el empleo, porque en esta ciudad es

absolutamente relevante el hecho de que se generen puestos de trabajo. Yo plantee

que no haya un agente de igualdad de oportunidades, si me gustaría conocer la

RPT, la clasificación en ese sentido de ese agente de igualdad de oportunidades.

Porque no vale yo que me dedique, que esté dentro de mis actividades trabajar la

igualdad y que de pronto se me coloque, se me administre una categoría

profesional. O sea, entonces, habría que aportar la RPT y no simplemente actúa

como, no, pero eso no es agente de igualdad de oportunidades.

¿Y por qué decimos esto? Pues miren, en muchas comunidades

autónomas, pongo de ejemplo, La Rioja, como ve una comunidad autónoma

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distinta, La Rioja, los Ayuntamientos tienen agencias de igualdad que permiten

que los Ayuntamientos se coordinen entre sí y tienen reuniones en ese sentido

para optimizar las actuaciones de la propia comunidad autónoma. Es decir, que no

estamos poniendo al agente de igualdad simplemente porque quede bien, sino

porque es un punto de coordinación. Y el agente de igualdad permitiría asesorar a

otras Concejalías, Urbanismo, Economía, Medio Ambiente, para ver qué impacto

tiene sobre las propias familias, ya que también se ocupa de la familia un agente

de igualdad.

Por lo tanto, usted dice que existe y yo mantengo que no, por favor, si me

equivoco, usted demuéstremelo con la RPT y con una clasificación profesional, no

simplemente diga que lo tiene, demuéstremelo con la RPT, o sea, con un

documento más fiable. Y por supuesto, en ese sentido, usted plantea que se

hicieron actividades. Mire, yo estoy hablando de actividades financiadas por el

Ayuntamiento. El Consejo de la ciudad lo componen cinco asociaciones de

mujeres. El resto son instituciones. Cinco asociaciones de mujeres, una es de

violencia claro, es que entre cinco tiene que haber violencia. Es un poco como

todo, como cuando vas a elegir asociaciones que estén dentro de tu marco de

actuación.

Planteamos en un momento determinado, que fuera abierto, o sea, que las

personas pudieran participar. Que las demás asociaciones que no están incluidas,

por ejemplo no están incluidas las secretarías de igualdad de los sindicatos, pero

tampoco están incluidas otras asociaciones de vecinos, otras asociaciones que

tienen también una parte de mujer, que estuvieron presentes y usted dijo, no, no

pueden estar presentes porque eso no está así. Bueno, está en Sevilla. Yo pongo

siempre ejemplos afines a su ideología y a su forma de afrontar la administración

pública. No están presentes. Y son actividades que no conllevan más que actos

simbólicos. Es decir, yo le estoy planteando, por qué no genera una buena mesa de

empleo con las autónomas. Por qué no genera una buena mesa de emprendedoras.

Por qué no genera una buena mesa, quiero decir, mesa en el sentido de unas

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buenas jornadas con lo que implica trabajar con la Universidad y trabajar con

expertos y expertas, pero unas buenas jornadas, para el 8 de marzo, no

simplemente la entrega de un diploma y un reconocimiento que yo no le quito

mérito, todo lo contrario, pero no basta. O sea, esas actividades complementan

unas buenas jornadas con cualquier aspecto que tenga que ver con la promoción,

con la innovación. Porque tenemos una ciudad universitaria con chicas, no estoy

hablando de personas excluidas, sino chicas que merecerían también una atención

en el sentido de ir a aprender unas jornadas que financie el Ayuntamiento.

Por lo tanto, que estaba valorado por el Consejo de la Mujer, pues muy

bien, lo valoran 10 personas y hasta aquí hemos llegado. Y yo le sigo planteando

que abra el Consejo de la Mujer, pero como dice el Sr. Fernando, para los 44 días

que quedan, pues a lo mejor no es cuestión de plantear que sea visible cómo se

toman las decisiones, porque al final es un tema de transparencia cómo se toman

las decisiones. Pues cinco asociaciones deciden, pues muy bien, vamos a dar un

premio, vamos a hacer una obra de teatro y aquí paz y después gloria. Hacemos un

comunicado en la calle donde además siempre tenemos, nos compadecemos del 8

de marzo.

Usted ha planteado que Luis Vives es un centro cívico magnífico y que las

asociaciones han acordado, vamos a ver, si yo soy asociación, para que ustedes

me entiendan, los que son ajenos a esta forma de funcionamiento. Si yo soy una

asociación y estoy trabajando para liberar al Ayuntamiento de actividades que

debería hacer el Ayuntamiento pero que yo lo estoy haciendo en ese sentido. Y

resulta que yo me reúno con la Concejala o la técnica en quien ella delegue y me

dice que acuerde conmigo que paguen la calefacción y que pague el teléfono y la

luz si es necesario, pues claro, claro que acuerdo eso. Porque la subvención de

1.500 euros o de 2.500 euros que el Ayuntamiento me da anualmente depende

también que me lleve bien con el Ayuntamiento.

Porque el Ayuntamiento ha incrementado en un 50% la subvención a la

asociación la Red Madre, cosa que no ha hecho con otro tipo de asociaciones. Por

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tanto, me conviene presupuestariamente, aunque sea manejando la escasez y la

miseria, aceptar las condiciones que el Ayuntamiento me propone, que no es que

acuerde conmigo sino que me propone. Entonces, pago la calefacción y pago la

luz. No sé cómo ustedes pueden aceptar que paguen la calefacción y que paguen

la luz. No sé cómo pueden aceptar eso.

No sé cómo puede afectar cuando ustedes tienen otro tipo de gastos que

evidentemente son gastos con un incremento presupuestario enorme. No voy a

hablar de las rotondas que ya saben ustedes que yo con las rotondas tengo mi

tema, rotondas de tierra, rotondas para extraterrestres como la del Zurguén que se

ve desde el ámbito. Ustedes no pueden pedir a una asociación que pague la

calefacción. No pueden pedir a una asociación que pague el teléfono y la luz

porque esos teléfonos además, van a estar absolutamente controlados en términos

de por qué se hace la llamada.

Ustedes han planteado la ayuda a domicilio. No hay una sola queja en la

Comisión Informativa, dijimos una sola queja, pero en comisión informativa usted

misma dijo que había una queja. Bien, yo me preocuparía muchísimo que no

hubiera quejas. Igual que me preocuparía muchísimo si llevo los temas de

violencia, que no hubiera denuncias. Yo me preocuparía muchísimo. De verdad

están los usuarios tan contentos cuando la trabajadora de ayuda a domicilio va

media hora porque la otra media hora de transporte y computa como una hora de

dedicación ¿Es que no estarían también pensando en términos de aumentar las

horas? Los convenios de ayuda a domicilio tienen 40 horas anuales de formación.

No se está cumpliendo el convenio, Las empresas contratadas no están

cumpliendo ese convenio.

La obligación es seguir y supervisar cómo se están planteando los

convenios. Yo no tengo una queja. Vamos a ver cómo va la ayuda a domicilio. A

quién puedo preguntar, a las personas que trabajan. Me voy a reunir con las

trabajadoras de ayuda a domicilio. ¿Qué ocurre con los trabajadores de ayuda a

domicilio?

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Bien, en el pliego de condiciones del Ayuntamiento, en el pliego de

condiciones de las empresas se debe recoger que al menos cobran el salario

mínimo interprofesional. Se debe recoger un compromiso de la empresa de que no

se modifiquen las condiciones laborales de las trabajadoras, porque si no, se

suspendería el contrato, es decir, que yo tengo una disponibilidad para que todo el

mundo me entienda, como trabajadora a domicilio. Y a mí me pagan ocho horas,

pero me pueden llamar a las diez de la mañana, a las siete de la tarde, a las nueve

de la noche. Por supuesto, los domingos no porque los domingos no hay ayuda a

domicilio. Cada uno que tenga a bien arreglarse con la familia si la tiene.

Es evidente, por ejemplo, que si voy a hablar con las trabajadoras, tendría

que hablar también de cuáles son sus condiciones de trabajo. La Junta de Castilla

y León, según Real Decreto de 1224/2009 podría reconocer competencias

profesionales. ¿Qué significa esto? Significa que si yo no tengo ningún tipo de

formación, ese Real Decreto me habilita para generar competencias profesionales

basadas en mi experiencia laboral, es decir, que yo además me estoy acreditando

como una profesional de ayuda a domicilio, lo que redundaría en la calidad de mi

trabajo y la prestación de mis servicios.

La Junta de Castilla y León ha convocado solo una vez para acreditar a

todas las personas con trabajos informales. Rioja, ha convocado siete veces. Usted

debe preocuparse, no únicamente de los usuarios en términos de no hay quejas, no

se quede sentada esperando que llegue una queja, porque si yo estoy con la ayuda

a domicilio, y a la propia trabajadora le pagan cuatro euros porque el convenio

está fijado en seis, no se quede esperando, porque encima que me dan la ayuda a

domicilio, yo me quejo al Ayuntamiento. Un Ayuntamiento que para mí es una

institución que queda absolutamente lejos de mi vida cotidiana como para

quejarme encima de que me dan la ayuda a domicilio. Céntrese en las

trabajadoras. Nunca nombran a las trabajadoras absolutamente para nada. Nunca

se reúnen con las trabajadoras. Y eso está, ya que usted habla que el plan está

vigente, pues como todo en esta vida, lo que no caduca está vigente, pero esto ha

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caducado, como todo en esta vida.

Usted tiene un plan que no ha evaluado en el año 2013, y en el objetivo

cinco de su plan habla, “mejorar las condiciones de trabajo de todas las

trabajadores dependientes también de las empresas de contratación del

Ayuntamiento de Salamanca” perfecto, pues adelante, reúnase con las

trabajadores e investigue cómo transcurre su jornada de trabajo.

Cuando usted está hablando de escuelas infantiles, si, es verdad, me he

confundido en la cifra Sr. Klimowitz, lo lamento, dije 370 plazas y son 411, lo

lamento. Absolutamente insuficientes. No me corrija por 30 ó 40 niños, no

estamos en una subasta, absolutamente insuficientes. Usted puede completar

perfectamente los programas de la Junta de Castilla y León, los puede completar

como hacen otros Ayuntamientos, si la Junta de Castilla y León no tiene

actividades la primera semana de septiembre que no hay colegios, yo la completo

con actividades infantiles, que paga el Ayuntamiento de Salamanca. Si tengo

centros cívicos de manera estable tengo centros cívicos para que los niños tengan

actividades extraescolares. Es decir, no se conforme con la cifra de 370 a 411. Eso

no tiene nada que ver, no se conforme con eso. Genere actividades que puedan

tener a las familias, ya que la familia parece una capitalización y

patrimonialización de lo que implica las actividades familiares y la famosa

conciliación, ofrezcan actividades fuera de la jornada escolar. Es decir, que no me

he confundido tanto.

Lo que quiero decirle es que no se conforme con actos ceremoniales que

tengan coste cero. No se conforme con un bienestar social y usted se lleva el 5%

del presupuesto, porque el gasto social incluye Policía, alumbrado, salarios.

Usted está trabajando con la escasez de este Ayuntamiento. Usted no tiene una

concejalía donde se generen grandes presupuestos y se afronten grandes obras, no

la tiene. Y usted tiene la principal Concejalía de este Ayuntamiento

SRA. KLIMOWITZ WALDMANN: Bien, pues muchas gracias. Con total

brevedad. Precisamente por deferencia hacia su persona y por el respeto que me

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ha merecido en los cuatro años que hemos compartido en este Ayuntamiento, yo

me he limitado a contestar con veracidad las preguntas, que de verdad le puedo

asegurar que han supuesto un ejercicio y un esfuerzo entresacar entre una

intervención y unas interpretaciones que hace usted incorrectas, llenas de lapsus y

desde luego con muchísimas falsedades, eso se lo tengo que decir.

Y por eso me he limitado a contestar las preguntas, como son, pero como

usted da pie no puedo dejar pasar el que usted vierta esas críticas, o vierta esas

cuestiones sobre servicios de gran calidad, sobre la situación laboral de mujeres

que están trabajando con profesionalidad y con total dignidad en un servicio

municipal. Que diga usted que el servicio municipal, una persona con 600 euros

va a tener que pagar al servicio de ayuda a domicilio a 8 euros la hora. O sea, si

eso son las cuentas que a usted le salen, serán las cuentas del gran capitán, porque

una persona que cobra por debajo o alrededor del IPREM, el servicio es

totalmente gratuito, eso entre otras cosas.

Pero vierte usted críticas tan aberrantes como el decir que los bordillos, el

rebaje de bordillos son obras innecesarias en este Ayuntamiento. Por favor, tenga

usted algo más de sensibilidad con las personas con discapacidad. Personas con

movilidad reducida, y por favor cuente con ellas como estamos contando el

Ayuntamiento para, precisamente, hacer una ciudad con una accesibilidad

universal para todos.

Y yo, lo que lamento de verdad es que estos cuatro años, Sra. Murillo, no

le hayan servido a usted para aprender algo, para escuchar y para recoger en

muchos casos la mano tendida que se le ha brindado desde este Equipo de

Gobierno para trabajar conjuntamente en pos de materias tan importantes como la

igualdad.

11.5.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

11.5.1.- RUEGOS QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALITA RELATIVOS AL ESPACIO VERDE DEL PASEO DE

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CARMELITAS, A LA AMPLIACIÓN DE LA LÍNEA 5, LA SUBVENCIÓN

A LAS ASOCIACIONES DEL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL Y

PREGUNTA SOBRE LAS INDAGACIONES DE LA MAQUINARIA DEL

RELOJ DE TEJARES.

SR. GONZÁLEZ RIVAS: Tengo tres ruegos y una pregunta. El primero es

el que suelo hacer últimamente en todos los plenos y es que se devuelva a su

estado anterior, el espacio verde que eliminaron en el Paseo de Carmelitas para

facilitar que dos establecimientos de hostelería pudiera poner terraza y que

supuso un coste para las arcas públicas de 28.000 euros.

El segundo es que alarguen la línea cinco para que pare al lado del centro

de salud de Chamberí, lo cual supondría unos 37.000 euros más o menos al año y

prestaría un servicio muy demandado por la población de personas mayores que

viven en el barrio. Siendo una cantidad mínima comparada con los ahorros o con

el superávit, como queramos llamarlo, de 12,5 millones de euros que según

declaraciones suyas ha tenido el Ayuntamiento de Salamanca en el ejercicio 2014.

El tercer ruego es que se busque alguna solución para dotar de subvención

a las asociaciones del área de bienestar social que se hayan quedado sin ella por el

adelanto del plazo para solicitarla, no habiendo sido notificado ni por llamada

telefónica, ni correo postal o reuniones informativas.

Y la pregunta, es muy sencilla y es referente a la que plantee en el pleno

anterior, y es en qué situación se encuentran las pesquisas o las indagaciones para

averiguar dónde ha ido a parar la maquinaria del reloj de Tejares.

SR. GARCÍA CARBAYO: Han sido infructuosas, a pesar de algunas

pistas que teníamos sobre un posible destinatario de la maquinaria, al final, han

resultado infructuosas, esa persona señala que no la tiene en su poder y por lo

tanto ya se le va a dar traslado a la asesoría jurídica para que ejercite las acciones

oportunas.

11.5.2.- RUEGOS QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

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SOCIALITA RELATIVO A LA ACCESIBILIDAD DEL PARQUE HELIO

ANTONIO DE NEBRIJA

SRA. CAMPO BLANCO: Bajo la fórmula de ruego, vamos a hablar sobre

una situación del recientemente inaugurado Parque Público en la desembocadura

del Arroyo del Zurguén, con nombre Helio Antonio de Nebrija, creo que va a ser

el nombre.

A este Parque se accede, cualquier ciudadano, puede ir, desde la Vaguada

de la Palma, desde Rector Esperabé, desde el Paseo del Desengaño si va

caminando, desde otros barrios, Tejares, barrios aledaños si va en autobús, pues

tiene Ignacio Ellacuría, tienen varias paradas, del 5, del 8, del 11. Se pude acceder

por varias vías, tanto caminando como en autobús.

Las personas con movilidad reducida también pueden acceder igualmente,

como debe ser, igual que cualquier otro ciudadano por estas calles. Los rebajes de

bordillos, hablando de rebajes de bordillos están bien hechos en esa zona. Hay una

zona en la que no, por ejemplo en la que comunica, Paseo Desengaño con Rector

Esperabé, no el rebaje en sí mismo, sino, hay unas zanjas de alquitrán y unas

vallas por las cuales no se puede pasar, pero bueno, si alguien conoce la zona,

puede más hacia delante, hacia Salas bajas, cruzar por ahí, cruzar enfrente.

Hablamos de la usabilidad y la practicabilidad y la accesibilidad de este

Parque. Se pude acceder como hemos dicho, pero una vez que llegas al parque si

tienes que bajar, no se puede acceder en silla de ruedas. El parque tiene, no sé si

es gravilla, arena, desconozco el grosor, pero hace que sea impracticable para

personas con sillas de ruedas manual. Hemos recibido quejas incluso de las

residencias aledañas de las personas mayores, y de ciudadanos. No se pude

acceder ni subiendo ni bajando, hay que hacer mucha fuerza empujando una silla

manual para poderlo bajar porque las ruedas se hunden en este terreno.

Rogamos, que se corrija inmediatamente esa situación para que sea

practicable para todos los ciudadanos.

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11.5.3.- RUEGO QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALITA RELATIVO AL MEDALLÓN DE FRANCO DE LA PLAZA

MAYOR

SR. CORONA VELASCO: En el próximo mes de junio, representantes del

Equipo de Gobierno Municipal van a tener que personarse en el Juzgado de

Salamanca como consecuencia de una demanda de Izquierda Unida para el

cumplimiento estricto de la Ley de la Memoria Histórica. En esa demanda, se

solicita expresamente la retirada del medallón de Franco de la Plaza Mayor.

Bien, este Grupo Municipal Socialista suscribe en su integridad el

contenido de esa demanda, porque nos parece razonable, nos parece legítima

desde el punto de vista de coherencia con la historia, con la historia de esta

ciudad, y también desde un punto de vista de coherencia legal y de aplicación

estricta de la Ley de la Memoria Histórica. Suscribimos íntegramente esta

demanda, porque efectivamente nosotros hemos presentado en la anterior

legislatura nada más y nada menos que tres mociones solicitando la retirada de

toda distinción, honor, placa, condecoración o medallón que estuviera en la ciudad

de Salamanca como enaltecimiento de la dictadura o del dictador Franco.

Sr. Alcalde finaliza la legislatura, nosotros muy recientemente en una

comisión de fomento y patrimonio, hemos vuelto a llevar este tema y le pedimos

que no sea una decisión de un Juez quien haga eliminar el medallón de Franco de

la ciudad de Salamanca. Le pedimos que sea una decisión política de este

Ayuntamiento.

El Sr. Lanzarote se negó en tres ocasiones a hacerlo posible, a hacerlo

viable. Yo creo que en su momento Sr. Alcalde, y no haga pasar por la vergüenza

a esta Corporación o a la próxima que tenga que ir a un Juzgado a algo que debe

salir del propio Ayuntamiento como decisión política. Creo que no se debe

corresponder con una vergüenza a este Ayuntamiento, a esta ciudad, y a muchos

ciudadanos. A veces Sr. Alcalde la política y la historia se dan la mano. Hágalo

usted posible.

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ILMO. SR. ALCALDE: Es un ruego o una pregunta, pero, en forma de

ruego. Tomamos nota del ruego.

11.5.4.- RUEGO QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALITA SOBRE LA ANULACIÓN DE LOS HONORES,

DISTINCIONES Y CONDECORACIONES A FRANCISCO FRANCO.

SR. CORONA VELASCO: A ver si tengo un poquito más de suerte en el

siguiente. Mire, todos los que estamos aquí estamos orgullosos de muchos actos y

acuerdos que se han adoptado en este Ayuntamiento a lo largo de su historia.

Algunos, yo creo que bastantes, sentimos vergüenza por algunos actos y algunos

acuerdos que se han adoptado en este Ayuntamiento. Le reitero que en la anterior

legislatura, el Partido Popular se negó en tres ocasiones en este Pleno a la

eliminación de aquellas distinciones, condecoraciones, acuerdos municipales

incluso. Mire, el 12 de mayo de 1948 se estableció en este Ayuntamiento por

unanimidad la creación de la medalla de oro de la ciudad. En ese mismo acuerdo

se estableció que el primer destinatario de esa medalla de oro de la ciudad fuera el

Dictador Francisco Franco. Poco le debió de importar, tardó seis años en

recogerla. Exactamente no me quiero equivocar, ocho de mayo de 1954.

El 1 de Abril de 1964 se estableció siendo alcalde Don Julio Gutiérrez

Rubio, por unanimidad en este Ayuntamiento, conceder la concesión de título

Alcalde Honorario a perpetuidad al dictador Francisco Franco. Alcalde Honorario

a perpetuidad de este Ayuntamiento y de la ciudad de Salamanca. Bien,

increíblemente, ninguno de estos dos acuerdos, se ha anulado por parte de ningún

Equipo de Gobierno de este Ayuntamiento.

Sr. Alcalde, finaliza la legislatura, yo le pido como ruego, expresamente,

que inicie los trámites oportunos a efectos de anular estos acuerdos municipales.

Esta ciudad no tiene por qué estar unida históricamente ni a la dictadura ni

al franquismo, y nosotros, como final de legislatura le pedimos que esta

Corporación adopte el acuerdo de la anulación de aquellos acuerdos que aún están

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vigentes en este Ayuntamiento, y que son contrarios a la Ley de Memoria

Histórica del año 2007, actualmente vigente, y que ustedes llevan gobernando a

nivel nacional durante los últimos cuatro años prácticamente y que no la han

derogado. Cumplan al menos la legalidad.

ILMO. SR. ALCALDE: Bueno, pues yo creo que como es un tema de

legalidad, me va a permitir que todas estas cuestiones que usted está planteando

pidamos el informe sobre su legalidad, la Ley creo que se aprobó bajo el mandato

de un presidente que era cercano a su partido, o que era Secretario General de su

partido. ¿Le parece bien que traslademos a los servicios jurídicos plantear esto

como una cuestión de legalidad?

SR. CORONA VELASCO: La Ley está vigente. Es cierto que ustedes no

estaban nada de acuerdo con el contenido de esta Ley. No estaban tan nada de

acuerdo que desde que gobiernan ustedes a nivel nacional, presupuestos generales

del Estado, Ley de la Memoria Histórica, cero euros.

Sr. Alcalde, artículo 15 de la Ley: “Las administraciones públicas en el

ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de

escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de

exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la guerra civil y de la

represión de la dictadura” Pidan informes jurídicos.

11.5.5.- PREGUNTA QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALITA EN RELACIÓN CON EL CENTRO DE COMUNICACIONES

Y EMERGENCIAS DE LA POLICÍA LOCAL.

SR. FERRERAS DE LA FUENTE: En noviembre del año 2007, y por un

importe aproximado de 1.400.000 euros, el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento

de Salamanca contrató el Centro de Comunicaciones y Emergencias de la Policía

Local, a la empresa Emurtel S. A, siete años después, sigue sin funcionar.

En diversas ocasiones a lo largo de los cuatro años de esta legislatura, han

contestado a nuestras preguntas sobre este tema informándonos que se estaba

Page 82: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚM ......2015/03/06  · Cristina Klimowitz Waldmann, D. Ángel Antonio Lago Gusano, D. Daniel Llanos García, D. Julio López Revuelta, D. José Luis

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exigiendo a la empresa el cumplimiento íntegro del contrato. Por lo que se ve

infructuosamente.

Nos podían decir cuál son las medidas que van a adoptar y el calendario de

las mismas a fin de corregir esta falta de eficiencia en la gestión y que por fin

estas instalaciones funcionen correctamente.

SR. RODRÍGUEZ ALONSO: Se le contestará en el siguiente Pleno.

Y sin más asuntos a tratar, siendo las diez horas y diez minutos, el

Ilmo. Sr. Alcalde levantó la sesión, de la que se extiende la presente acta por

mí, el Secretario, y que con las formalidades preceptivas firma ante mí el Sr.

Alcalde, de todo lo cual DOY FE.-

El Alcalde, El Secretario Gral,