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ACTA DE S ESIÓN DEL AYUNTAMIENTO FEBRERO 25, 2005 1 de 60 ACTA DE SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DEL 25 DE FEBRERO DE 2005 En el Salón de Sesiones del Ayuntamiento del Palacio Municipal del Municipio de Zapopan, Jalisco, siendo las 09:23 nueve horas con veintitrés minutos del día 25 veinticinco de febrero de 2005 dos mil cinco, se celebró una Sesión Ordinaria del Ayuntamiento, convocada y presidida por el ciudadano Licenciado Arturo Zamora Jiménez, en su carácter de Presidente Municipal , y en la que actuó como Secretario de la Sesión el ciudadano Licenciado José de Jesús Reynoso Loza, Secretario del Ayuntamiento. Antes del inicio de la Sesión, el Presidente Municipal, en cumplimiento al Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 15 quince de julio de 1999 de mil novecientos noventa y nueve, indicó que se rendirían Honores a la Bandera y se entonaría el Himno Nacional, turnando el uso de la voz al Regidor ROBERTO SÁNCHEZ AYALA, quien solicitó a los presentes ponerse de pie. Habiéndose efectuado el correspondiente saludo a la Bandera y entonado el Himno Nacional, el Presidente señaló muy buenos días vamos a iniciar la Sesión correspondiente al día viernes 25 del mes de febrero de 2005. L ISTA DE A SISTENCIA : Acto seguido, el Presidente solicitó a la Secretaría pasara lista de asistencia a los Regidores y habiéndose procedido a ello, se dio fe de la presencia de los ciudadanos Munícipes ARTURO Z AMORA J IMÉNEZ, I SMAEL OROZCO LORETO, MARÍA DE LA SALUD RAMÍREZ FRUCHIER, J OSÉ MARÍA MURIA ROURET, J ORGE ENRIQUE ÁGUILA RIVERA, ELVIA DORA GARCÍA CARREÓN, PLACIDO MIGUEL PRADO AGUILAR , J OSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA, ROBERTO SÁNCHEZ AYALA, JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ CÓRDOVA, BLANCA LILIANA LÓPEZ RODRÍGUEZ, DIGNA GUZMÁN GONZÁLEZ, C ARLOS ENRIGUE ZULOAGA, J OSÉ GUADALUPE TARCISIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO, ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR, MARÍA ESTHER VALLADOLID OROZCO, ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY , MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ, con la justificación de ausencia de la Regidora Lilia Bejarano Cásarez. El Presidente señaló está a la consideración de ustedes señores Regidores la justificación de la ausencia de la Regidora a esta Sesión del Ayuntamiento, lo cual en votación económica resultó APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS. Estando presentes el Presidente Municipal y los Regidores que con él formaron la totalidad de los miembros del Ayuntamiento, el Presidente declaró la existencia de quórum,

Acta febrero 25-2005 - Zapopan · 2005. 12. 7. · “Casa Hogar Nacidos para Triunfar, A.C.”, la cual solicitó se modificaran los Acuerdos del Ayuntamiento de fechas 11 once de

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ACTA DE SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO FEBRERO 25, 2005

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ACTA DE SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DEL 25 DE FEBRERO DE 2005 En el Salón de Sesiones del Ayuntamiento del Palacio Municipal del Municipio de

Zapopan, Jalisco, siendo las 09:23 nueve horas con veintitrés minutos del día 25 veinticinco de febrero de 2005 dos mil cinco, se celebró una Sesión Ordinaria del Ayuntamiento, convocada y presidida por el ciudadano Licenciado Arturo Zamora Jiménez, en su carácter de Presidente Municipal, y en la que actuó como Secretario de la Sesión el ciudadano Licenciado José de Jesús Reynoso Loza, Secretario del Ayuntamiento.

Antes del inicio de la Sesión, el Presidente Municipal, en cumplimiento al Acuerdo

del Ayuntamiento de fecha 15 quince de julio de 1999 de mil novecientos noventa y nueve, indicó que se rendirían Honores a la Bandera y se entonaría el Himno Nacional, turnando el uso de la voz al Regidor ROBERTO SÁNCHEZ AYALA, quien solicitó a los presentes ponerse de pie.

Habiéndose efectuado el correspondiente saludo a la Bandera y entonado el Himno

Nacional, el Presidente señaló muy buenos días vamos a iniciar la Sesión correspondiente al día viernes 25 del mes de febrero de 2005.

L I S T A D E A S I S T E N C I A :

Acto seguido, el Presidente solicitó a la Secretaría pasara lista de asistencia a los

Regidores y habiéndose procedido a ello, se dio fe de la presencia de los ciudadanos Munícipes ARTURO ZAMORA JIMÉNEZ, ISMAEL OROZCO LORETO, MARÍA DE LA SALUD

RAMÍREZ FRUCHIER, JOSÉ MARÍA MURIA ROURET, JORGE ENRIQUE ÁGUILA RIVERA, ELVIA DORA GARCÍA CARREÓN, PLACIDO MIGUEL PRADO AGUILAR, JOSÉ MANUEL

OCEGUEDA BONILLA, ROBERTO SÁNCHEZ AYALA, JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ CÓRDOVA, BLANCA LILIANA LÓPEZ RODRÍGUEZ, DIGNA GUZMÁN GONZÁLEZ, CARLOS ENRIGUE

ZULOAGA, JOSÉ GUADALUPE TARCISIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, ROCÍO DEL CARMEN

MORGAN FRANCO, ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR, MARÍA ESTHER VALLADOLID OROZCO, ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY, MARÍA DEL

CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ, con la justificación de ausencia de la Regidora Lilia Bejarano Cásarez.

El Presidente señaló está a la consideración de ustedes señores Regidores la

justificación de la ausencia de la Regidora a esta Sesión del Ayuntamiento, lo cual en votación económica resultó APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS.

Estando presentes el Presidente Municipal y los Regidores que con él formaron la

totalidad de los miembros del Ayuntamiento, el Presidente declaró la existencia de quórum,

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abierta la Sesión Ordinaria correspondiente al veinticinco de febrero del año en curso y válidos los acuerdos que en ella se tomaren, proponiendo el siguiente:

O R D E N D E L D Í A :

I. APROBACIÓN DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DEL

AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2005. II. TURNO DE ASUNTOS A COMISIONES. III. LECTURA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DE DICTÁMENES. IV. INICIATIVAS DE LOS REGIDORES NO INCLUIDAS EN EL ORDEN DEL DÍA ORIGINALMENTE

PROPUESTO. V. ASUNTOS GENERALES.

El Presidente sometió el Orden del Día a la consideración del Pleno del

Ayuntamiento, con la propuesta de dispensar la lectura de los dictámenes identificados con los números del 1 al 11 en el orden del día originalmente propuesto, asimismo se solicita la dispensa a que se refiere el artículo 15 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal, de distribución con 48 cuarenta y ocho horas de anticipación, relativo al Dictamen que aprueba la adición de una fracción, al artículo 15 del Reglamento de Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco, y que se sometan a votación de manera conjunta éstos 12 Dictámenes, por lo que en votación económica resultó APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS.

A S U N T O S Y A C U E R D O S :

I. DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

A fin de dar cumplimiento con el primer punto del Orden del Día, el Presidente

sometió a la consideración de los Regidores el Acta de la Sesión Ordinaria del Ayuntamiento correspondiente al día 18 dieciocho de febrero de 2005 dos mil cinco, cuya copia les fue previamente entregada por lo que en votación económica les pregunto si se aprueba la dispensa de su lectura, así como el contenido de la misma, la cual resultó APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS.

II. TURNO DE ASUNTOS A COMISIONES.

A efecto de desahogar el segundo punto del Orden del Día, el Presidente propuso a

la consideración del Pleno el turno de asuntos a Comisiones, de las solicitudes presentadas

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ante la Secretaría del Ayuntamiento, asuntos que fueron previamente entregados. Si alguno de ustedes tiene alguna observación con todo gusto.

En uso de la palabra la Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ señaló

incluir por favor este la número dos y la nueve, sea turnada a la Comisión de Ecología por favor.

El Presidente expresó con todo gusto, si, bien de no haber alguna otra observación

túrnense los asuntos a las Comisiones Colegiadas y Permanentes que se proponen para su estudio y correspondiente dictaminación.

La relación de iniciativas y solicitudes que han llegado a la Secretaría del Ayuntamiento

se transcriben a continuación señalando la propuesta de Comisiones a las que serán turnadas apareciendo en primer lugar la que se sugiere para ser la Comisión convocante:

1.- Solicitud presentada por el C. Manuel Salcedo y Condueños, a efecto de que el

Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la venta de un predio de propiedad municipal. Para su estudio y dic taminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Patrimonio Municipal, y de Hacienda. 2.- Solicitud presentada por la Presidenta del Comité de Base Movimiento Territorial

Conjunto Laureles, Ma. de Lourdes Roque Torres, a efecto de que el Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la suscripción de un convenio de colaboración para el mantenimiento de áreas verdes.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Patrimonio Municipal, de Hacienda, de Parques y Jardines y de Participación Ciudadana.

3. Solicitud presentada por el Secretario de Educación, Jalisco, a efecto de que el

Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la entrega en comodato de un módulo de propiedad municipal, para el Programa de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Patrimonio Municipal, de Hacienda y de Educación Pública. 4.- Solicitud presentada por el Presidente del Instituto de Administración Pública,

Jalisco, a efecto de que el Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la entrega en

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comodato de diversos bienes muebles; así como un subsidio mensual para la realización de cursos de capacitación en materia de Administración Municipal.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Patrimonio Municipal, de Hacienda y de Educación Pública. 5.- Solicitud presentada por la Lic. Ignacia Chávez Sánchez, Apoderada Legal de

Lechera Guadalajara, S.A. de C. V., a efecto de que el Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la venta o permuta de un predio de propiedad municipal.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Patrimonio Municipal, y de Hacienda. 6.- Solicitud presentada por el C. Manuel Abelardo Urzua Ochoa, a efecto de que el

Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la indemnización que sufrió el predio de su propiedad por la apertura de la Avenida Cordilleras.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Obras Públicas, de Hacienda y de Presupuesto y Vehículos. 7. Solicitud presentada por el Lic. Fernando González Castellanos, Director General

del Instituto de Ciencias Forenses, a efecto de que el Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la entrega en comodato de un predio de propiedad municipal, para destinarlo a un modulo de Expedición de Constancias de No antecedentes Penales.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Patrimonio Municipal, de Hacienda y de Gobernación. 8. Solicitud presentada por el Oficial Mayor Administrativo, a efecto de que el

Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la renovación de los Seguros de Gastos Médicos Mayores para los Regidores y Directores Generales.

Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y

Permanentes de Hacienda y de Presupuesto y Vehículos. 9. Solicitud presentada por el Director General del Sistema Intermunicipal para los

Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, C.P. José Antonio Aldrete Flores, a efecto de que el Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la entrega en comodato de trece tanques de almacenamiento de agua, con la finalidad de apoyar con el llenado de pipas a la Dirección de Agua Potable y Alcantarillado.

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Para su estudio y dictaminación se propone turnar a las Comisiones Colegiadas y Permanentes de Agua Potable y Alcantarillado, de Patrimonio Municipal y de Hacienda.

III. LECTURA, DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE DICTÁMENES.

A fin de desahogar el siguiente punto del Orden del Día, el Presidente sometió a

votación de los Regidores los 12 dictámenes en el Orden del Día aprobado, dictámenes que fueron resueltos por las diversas Comisiones Colegiadas y Permanentes del Ayuntamiento.

En consecuencia el Presidente solicitó al Secretario para que diera cuenta de una

síntesis así como del número de los dictámenes que se someten a votación. A) Dictamen mediante el cual se resuelve en sentido improcedente la solicitud

presentada por la Directora de la Asociación Civil “Casa Hogar Nacidos para Triunfar, A.C.”, relativa a la modificación de dos Acuerdos del Ayuntamiento por los que se entregaron en comodato dos fracciones de un predio propiedad municipal, para entregar ahora bajo la figura jurídica de la donación.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los suscritos integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

ASISTENCIA SOCIAL, de HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, que tiene por objeto resolver la petición formulada por la Psicóloga Verónica Tejeda Alcantar, en su carácter de Directora de la Asociación Civil “Casa Hogar Nacidos para Triunfar, A.C.”, la cual solicitó se autorizara modificar los Acuerdos del Ayuntamiento de fechas 11 once de mayo del año 2000 y 13 trece de marzo del año 2003, por los que se le entregaron en comodato dos fracciones de predios de propiedad municipal, y requiere que le sean entregados en donación, por lo que procedemos a formular los siguientes

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se resuelve en sentido improcedente la solicitud presentada por la Psicóloga Verónica Tejeda Alcantar, en su carácter de Directora de la Asociación Civil “Casa Hogar Nacidos para Triunfar, A.C.”, la cual solicitó se modificaran los Acuerdos del Ayuntamiento de fechas 11 once de mayo del año 2000 y 13 trece de marzo del año 2003, por los cuales se le entregaron dos fracciones de un predio de propiedad municipal en comodato, arrojando en la suma total de las dos superficies 3,455.48 m2 (tres mil

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cuatrocientos cincuenta y cinco punto cuarenta y ocho metros cuadrados), a fin de que se aprobara entregarles los inmuebles bajo la figura jurídica de la donación, en vez del comodato, ya que es prioridad y obligación de este Gobierno Municipal, el conservar los bienes materiales del Municipio y de sus Organismos Públicos Descentralizados, destinándolos a la atención de los servicios y funciones públicas que les corresponden, de conformidad con la fracción IV del artículo 37 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Es tado de Jalisco.

SEGUNDO.- Por otra parte, se acuerdan modificar los términos del contrato de

comodato, en lo relativo a las causales de rescisión del contrato de comodato, para que quede en los siguientes términos:

“En el caso de que el comodatario no destine el inmueble de propiedad municipal de

3,455.48 m2 para la construcción y operación de la casa hogar para albergar a niños que se encuentran en situaciones extraordinarias o sean víctimas de abusos, a fin de proporcionarles atención integral, o varíe su destino, la parte comodataria quedará obligada a devolver el inmueble al Municipio en un plazo de 30 treinta días contados a partir de la fecha de notificación, respecto de la extinción del contrato de comodato, y por consiguiente, el Municipio quedará facultado a tomar posesión del bien objeto del contrato, una vez transcurrido dicho plazo.”

Se otorga además un plazo adicional improrrogable de 12 doce meses para construir

y concluir la obra de la casa hogar, que servirá de albergue a los niños que se encuentran en situaciones extraordinarias o que son víctimas de abusos, para proporcionarles atención integral.

Dichas modificaciones a los contratos de comodato están sujetas a una condición

suspensiva, consistente en que la asociación civil “Casa Hogar Nacidos para Triunfar, A.C.”, a través de su representante legal, Psicóloga Verónica Tejeda Alcantar, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación que reciba de este Acuerdo, apruebe estas condiciones, estando expresamente de acuerdo en recibir los predios en comodato y no en donación; de lo contrario, de no aceptarlos, la Sindicatura del Ayuntamiento dará curso a la recuperación de los inmuebles, por incumplimiento de las obligaciones de la comodataria, relativas a los plazos en los cuales se comprometió a construir el albergue.

Estas modificaciones se harán constar como un segundo adéndum al contrato de

comodato vigente. TERCERO.- Notifíquese el presente Acuerdo a la Asociación Civil “Casa Hogar

Nacidos para Triunfar, A.C.”, por conducto de su representante legal, Psicóloga Verónica

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Tejeda Alcantar, en el domicilio que señaló en su petición, para su conocimiento y efectos legales procedentes, solicitándole que dentro de los diez días siguientes a la notificación que reciba de este Acuerdo, manifieste su conformidad con las condiciones establecidas en este Acuerdo o en su caso su negativa a aceptarlas, para dar curso al procedimiento que corresponda en consecuencia.

CUARTO.- Comuníquese esta resolución al Síndico Municipal, Lic. Carlos Enrigue

Zuloaga y a la Directora Jurídica Consultiva, Lic. Norma Livier Blanco Núñez, una vez que la Secretaría cuente con la respuesta formal de la Psicóloga Verónica Tejeda Alcantar, acompañando copia de la misma, para que procedan a la elaboración del adéndum del contrato de comodato, conforme a lo señalado en este Acuerdo y en los términos que lo exija la defensa de los intereses municipales o en su caso, dé curso a la rescisión del contrato de comodato, por el incumplimiento de la obligación de construir en plazo determinado el albergue infantil, en caso de que la parte comodataria no aceptara las condiciones del adéndum propuesto en este Acuerdo.

QUINTO.- Notifíquese el presente Acuerdo a la Directora de Patrimonio Municipal,

Lic. Noemí Marisela Sherman Quintero, para su conocimiento, cumplimiento en los términos señalados en este acuerdo y demás efectos legales procedentes.

SEXTO.- Se autoriza al PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO y al SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO, para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento de este

Acuerdo.”

B) Dictamen por el que se resuelve en sentido improcedente la solicitud

planteada por el Director General del Centro de Cultura Convenciones y Negocios JVC, relativa a la promoción de un cambio en la legislación vigente, ante el reto que ha significado el pago de su licencia definitiva de urbanización.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los suscritos integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

ECOLOGÍA, SANEAMIENTO Y ACCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, GOBERNACIÓN, de JUSTICIA, de PUNTOS CONSTITUCIONALES, REDACCIÓN Y ESTILO y de REGLAMENTOS, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto estudiar y, en su caso, resolver la petición formulada por el C. Eduardo A´ de Lima, en su carácter de Director

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General del Centro de Cultura Convenciones y Negocios JVC, en razón de lo cual procedemos a formular los siguientes:

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se resuelve en sentido improcedente la solicitud planteada por el C. Eduardo A’ de Lima, en su carácter de Director General del Centro de Cultura Convenciones y Negocios JVC, por medio de la cual solicitó apoyo en la promoción de un cambio en la legislación vigente, en virtud de que este Ayuntamiento considera que no es necesario reformar los ordenamientos relacionados con la materia urbana, por los razonamientos y fundamentos jurídicos expresados en el contenido de este Acuerdo.

SEGUNDO.- Notifíquese al C. Eduardo A’ de Lima, en su carácter de Director

General del Centro de Cultura Convenciones y Negocios JVC, en el domicilio de Av. Vallarta 6503, local F-64, Plaza Concentro, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

TERCERO.- Notifíquese este Acuerdo al Director General de Obras Públicas, al

Director de Control del Ordenamiento Territorial, al Tesorero Municipal y al Director de Ingresos, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

CUARTO.- Se autoriza al PRESIDENTE MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento y ejecución

del presente Acuerdo.”

C) Dictamen mediante el cual se autoriza sugerir al Presidente Municipal, considere la procedencia de la solicitud de apoyo económico que presenta el Director del Festival Cultural de Mayo, para la realización del mismo, en su edición 2005.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los suscritos Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

HACIENDA y de PROMOCIÓN CULTURAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, cuyo objeto es estudiar y, resolver la petición formulada por el C. Sergio Alejandro Matos Uribe, firmando como Director del Festival Cultural de Mayo, mismo que solicitó al Ayuntamiento un apoyo económico de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la realización del

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Festival Cultural de Mayo, en su edición 2005, motivo por el cual hacemos de su conocimiento los siguientes:

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se autoriza realizar atenta sugerencia al Presidente Municipal, Lic.

Arturo Zamora Jiménez, en el sentido de considerar si resulta procedente atender la solicitud de apoyo económico de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la realización del Festival Cultural de Mayo, en su edición 2005.

Con relación a los apoyos económicos, existe una partida del Presupuesto de Egresos

para el Ejercicio Fiscal del año 2005, de número 4009, denominada “Apoyos”, con un techo presupuestal asignado, destinado a que el Presidente Municipal pueda ejercerlo en beneficio de la comunidad zapopana, con peticiones como la que se analizó, pero que corresponde valorar, y en su caso resolver si es de atenderse o no, por sobre el resto de necesidades, como titular de la administración pública municipal, de existir además de la disponibilidad financiera, la de la prioridad en este apoyo.

SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que proceda a dar de baja la solicitud del C. Sergio Alejandro Matos Uribe, firmando como Director del Festival Cultural de Mayo, remitiéndola al C. Presidente Municipal, a efecto de que se estudie y, en su caso, se autorice otorgarle un apoyo económico para la realización del Festival Cultural de Mayo edición 2005.

TERCERO.- De la misma manera, se instruye al Secretario del Ayuntamiento para

que en lo subsecuente, las peticiones de personas físicas o jurídicas que soliciten apoyos económicos a este Ayuntamiento, se turnen a la oficina del Presidente Municipal, Lic. Arturo Zamora Jiménez, por ser esta una facultad ejecutiva, evitando que en el desahogo de estas peticiones se pierda tiempo en su tramitación ante el Ayuntamiento.

CUARTO.- Notifíquese esta resolución al C. Sergio Alejandro Matos Uribe, firmando

como Director del Festival Cultural de Mayo, para que acredite plenamente su carácter e interés jurídico, ante el C. Presidente Municipal, pues no acompañó documento alguno que acredite su personalidad.

QUINTO.- Se autoriza al PRESIDENTE MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO, para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo.”

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D) Dictamen por el que se resuelve en sentido improcedente la solicitud presentada por el Secretario General del Congreso del Estado de Jalisco, en seguimiento al Acuerdo Legislativo 259/04, a efecto de que se autorice la adaptación al Reglamento para los Fumadores en esta Ciudad.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los suscritos Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

ECOLOGÍA, SANEAMIENTO Y ACCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, de JUSTICIA, de PUNTOS CONSTITUCIONALES, REDACCIÓN Y ESTILO, de REGLAMENTOS y de SALUBRIDAD

E HIGIENE, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto estudiar y, en su caso, resolver la solicitud contenida en el expediente 590/04, relativa a la solicitud del Maestro Gabriel Gallo Álvarez, en su carácter de Secretario General del Congreso del Estado de Jalisco, a efecto de que el Ayuntamiento estudie y en su caso, autorice la adaptación del Reglamento que regula la conducta de los fumadores, razón por la cual hacemos de su conocimiento los siguientes

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se resuelve en sentido improcedente el expediente número 590/04,

relativo a la solicitud presentada por el Maestro Gabriel Gallo Álvarez, en su carácter de Secretario General del Congreso del Estado de Jalisco, en seguimiento del Acuerdo Legislativo 259/04, a efecto de que el Ayuntamiento estudie y en su caso, autorice la adaptación al Reglamento para los Fumadores en la Ciudad de Zapopan, Jalisco, utilizando el Reglamento Municipal de Guadalajara, Jalisco, ya que el Municipio de Zapopan tiene normas vigentes sobre la materia, con el “Reglamento para los Fumadores en la Ciudad de Zapopan, Jalisco”, el cual fue publicado en la Gaceta Municipal, volumen II número 2, Segunda Época (julio-septiembre de 1993), el 3 de diciembre de 1993.

SEGUNDO.-. Notifíquese el contenido de la presente resolución, al Maestro Gabriel

Gallo Álvarez, en su carácter de Secretario General del Congreso del Estado de Jalisco, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

TERCERO.- Se autoriza al PRESIDENTE MUNICIPAL y al SECRETARIO de este

Honorable Ayuntamiento, para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo.”

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E) Dictamen mediante el cual se autoriza la desincorporación de una fracción de un predio de propiedad municipal ubicado en la Colonia Haciendas del Valle, para entregarlo en comodato a la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida

consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, cuyo objeto es estudiar

y, en su caso, aprobar la ampliación del predio entregado en comodato a la Arquidiócesis de

Guadalajara, A.R., para la construcción de un templo del culto católico, ubicado en el cruce

de las calles Calzada de las Flores y Clavel, en la Colonia Haciendas del Valle, así como

autorizar la ampliación del plazo para la conclusión de la obra referida, motivo por el cual

nos permitimos hacer de su conocimiento los siguientes:

A C U E R D O S :

PRIMERO.- En los términos de las fracciones I y V del artículo 36 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se autoriza la desincorporación del servicio público de una fracción del predio de propiedad municipal ubicado en el cruce de las calles Calzada de las Flores y Calle Clavel, la cual cuenta con una superficie de 600 m2 (seiscientos metros cuadrados), y cuenta con las siguientes medidas y linderos:

Al Norte: en una distancia de 9.85 m. (nueve punto ochenta y cinco metros), con la

Calzada de las Flores; Al Sur: en una distancia de 10.02 m. (diez punto cero dos metros), con el resto de la

propiedad municipal; Al Este: en una distancia de 49.94 m. (cuarenta y nueve punto cuarenta y cuatro

metros), con la superficie entregada a la Arquidiócesis de Guadalajara, para la construcción del templo en el Acuerdo previo; y

Al Oeste: en una distancia de 60.40 m. (sesenta punto cuarenta metros), con construcciones de propiedad privada.

Esta superficie se adicionaría a la entregada en comodato mediante Acuerdo del

Ayuntamiento de fecha 13 de julio de 2000, por los 1,511.26 m2 (mil quinientos once punto veintiséis metros cuadrados).

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Este Acuerdo debe de ser aprobado por mayoría calificada de los integrantes del Ayuntamiento, para ser válido.

SEGUNDO.- Se autoriza la celebración de un contrato de comodato con la

Arquidiócesis de Guadalajara, A. R., respecto de la fracción de 600 m2 (seiscientos metros cuadrados), descrita en el punto anterior, con objeto de que sea utilizada como estacionamiento gratuito del templo y servicios pastorales a construirse, en la Colonia Haciendas del Valle. El contrato de comodato que se firme con la citada asociación religiosa, deberá contar, por lo menos, con las siguientes cláusulas:

a) La Arquidiócesis de Guadalajara, A.R., previo a iniciar cualquier tipo de

adecuación al predio entregado para ser utilizado para estacionamiento, deberá presentar su

proyecto a la Dirección General de Obras Públicas para su revisión y autorización. El

proyecto y la obra deberán cumplir los requisitos que establece la Ley de Desarrollo Urbano

del Estado de Jalisco, el Reglamento Estatal de Zonificación, el Reglamento de

Construcciones y Desarrollo Urbano del Municipio de Zapopan, Jalisco, así como el Plan

Parcial de Desarrollo Urbano correspondiente.

b) Una vez que la Arquidiócesis obtenga de la Dirección General de Obras

Públicas la autorización de su proyecto, antes de iniciar obras deberá de tramitar los

permisos y licenc ias correspondientes, siendo la omisión a lo anterior causa para rescindir el

contrato.

c) El contrato de comodato estará vigente mientras que el inmueble materia del

comodato se destine al fin para el cual fue autorizado, pudiendo ser rescindido por parte de

la autoridad Municipal, en el caso de que el inmueble sea utilizado para un fin diverso de

aquel para el que fue entregado o no se le de ningún uso en absoluto.

d) Los gastos impuestos y derechos que fueran procedentes del inmueble, así

como las obligaciones de carácter laboral necesarias para el cumplimiento del contrato,

correrán a cargo del comodatario, quedando el Municipio exento de cualquier obligación por

estos conceptos.

e) El comodatario no puede conceder a un tercero el uso del inmueble materia de

este contrato, sin el consentimiento expreso y por escrito, de este Ayuntamiento.

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f) La parte comodataria no podrá lucrar con el inmueble o realizar cualquier otra

actividad que no esté relacionada con el objeto para el cual se entrega el bien, sin

consentimiento expreso y por escrito de este Ayuntamiento, de lo contrario se dará por

terminado el comodato y deberá ser restituido el inmueble al Municipio.

g) En el caso de que el comodatario no cumpla con las obligaciones a su cargo,

la parte comodataria quedará obligada a devolver el inmueble al Municipio de Zapopan en

un plazo de 30 treinta días contados a partir de la fecha de notificación, respecto de la

extinción del contrato de comodato, y por consiguiente, el Municipio quedará facultado a

tomar posesión del bien objeto del contrato, una vez transcurrido dicho plazo

h) El comodatario queda obligado a poner toda diligencia en la conservación de

dicho inmueble y responder de todo deterioro del mismo.

i) El comodatario deberá colocar al frente de cada predio materia del contrato de

comodato y en un lugar visible, una placa lo suficientemente legible a primera vista, que

contenga la leyenda: “Este predio es municipal, y fue entregado en comodato para beneficio

de la comunidad”; dicha placa le será proporcionada por la Dirección de Patrimonio

Municipal.

TERCERO.- Se autoriza la prórroga al plazo para la construcción del templo de la

Colonia Haciendas del Valle, establecida en el inciso a), del segundo punto de acuerdos del

Dictamen de fecha 13 de julio de 2000, por el cual se autorizó la firma de un contrato de

comodato con la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R.. Lo anterior, a efecto de que se le

conceda un plazo de 12 doce meses contados a partir de la aprobación de la suscripción del

contrato de comodato correspondiente, donde se formalice la entrega de la superficie

adicional, materia de esta resolución, para terminar la obra del templo y centro pastoral.

CUARTO.- Con testimonio de este Acuerdo, notifíquese a la Arquidiócesis de

Guadalajara A.R., por conducto del C. Juan Cardenal Sandoval Iñiguez, en su carácter de

Arzobispo de Guadalajara, así como al Sr. Cura D. Antonio Villalobos Hernández, Párroco

de la Comunidad de “Nuestra Señora Refugio de los Pecadores”, para su conocimiento y

efectos legales conducentes.

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QUINTO.- Notifíquese el presente acuerdo al Síndico Municipal, Lic. Carlos Enrigue

Zuloaga y a la Directora Jurídica Consultiva, Lic. Norma Livier Blanco Núñez, para que

procedan a la elaboración del contrato de comodato correspondiente a la fracción adiciona l,

haciendo constar en él la ampliación del plazo para la construcción del templo y del centro

pastoral, conforme a lo señalado en este Acuerdo y en los términos que lo exija la defensa de

los intereses municipales.

SEXTO.- De igual forma notifíquese el presente Acuerdo a la Dirección General de

Obras Públicas y a la Dirección de Patrimonio Municipal, para su conocimiento y debido

cumplimiento.

SÉPTIMO.- Se faculta a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO y al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que suscriban los actos jurídicos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.”

F) Dictamen por el que se aprueba la revocación del Acuerdo del

Ayuntamiento mediante el cual se entregó en comodato a la Secretaría de Educación Jalisco, un predio ubicado en la Colonia Parques del Auditorio, a efecto de otorgar otro predio en la misma colonia, para la construcción de una Escuela Secundaria Técnica.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

EDUCACIÓN PÚBLICA, de HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto estudiar y, en su caso, autorizar, la revocación de un Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 15 de septiembre de 1989, por el cual se, aprobó entregar en comodato a la Secretaría de Educación Pública, por conducto del Director General de la Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar, un predio de propiedad municipal ubicado en la Colonia Parques del Auditorio, así como autorizar el que se celebre un contrato de comodato respecto del mismo predio con la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco, motivo por el cual hacemos de su conocimiento los siguientes

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A C U E R D O S : PRIMERO.- Se autoriza la revocación del Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de

septiembre de 1989, por el cual se aprobó entregar en comodato a la Secretaría de Educación Pública, por conducto del Director General de la Unidad de Servicios Educativos a Descentralizar en Jalisco, un terreno con una superficie de 5,001.17 m2 (cinco mil uno punto diecisiete metros cuadrados), en la Colonia Parques del Auditorio, con el fin de que se construyera en él una escuela Secundaria Técnica.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 fracciones I y V de la

Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se autoriza la desincorporación del servicio público del predio municipal de 5,003.648 m2 (cinco mil tres punto seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados), ubicado entre las calles Jesús González Gallo y Plan de la Noria, en la Colonia Parques del Auditorio, a efecto de celebrar respecto del mismo un contrato de comodato con la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Jalisco, regularizando la ocupación del predio. El referido inmueble cuenta con las siguientes medidas y linderos:

Al Norte: En una distancia de 54.92 m (cincuenta y cuatro punto noventa y dos

metros), con la calle Jesús González Gallo; Al Sur: En una distancia de 54.68 m (cincuenta y cuatro punto sesenta y ocho

metros), con la escuela primaria Dr. Belisario Domínguez; Al Este: En una distancia de 92.00 m (noventa y dos metros), con el jardín de niños

Socorro Jiménez Carrillo y canchas propiedad municipal, administradas por el Organismo Público Descentralizado Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco; y

Al Oeste: En una distancia de 90.98 m. (noventa punto noventa y ocho metros), con la calle Plan de la Noria.

En virtud de lo anterior este Acuerdo para ser válido deberá ser aprobado por

mayoría calificada de este H. Ayuntamiento. TERCERO.- El contrato de comodato que se celebre derivado del presente Acuerdo,

deberá contar, al menos, con las siguientes cláusulas: a) El Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación, debe de

renunciar expresamente a cualquier tipo de indemnización, respecto de la edificación hecha, su ampliación o mejoras que lleve a cabo en el predio materia del comodato.

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b) El inmueble entregado en comodato, deberá ser destinado en su integridad a servicios educativos, cuyo servicio se encuentra a cargo del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación.

c) El comodato se concede por un término de 33 treinta y tres años, contados a partir

de la aprobación del presente acuerdo por el Ayuntamiento y de la suscripción del contrato correspondiente.

d) Los gastos, impuestos y derechos que se deriven de la celebración del contrato, así

como las obligaciones laborales, correrán por cuenta del comodatario, quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a las instalaciones educativas de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico, así como aquellos que requiera contratar el Gobierno del Estado de Jalisco.

e) El comodatario no puede conceder a un tercero el uso del inmueble materia de este

contrato sin el consentimiento previo, expreso y por escrito, de este Municipio a través del Ayuntamiento.

f) El comodatario queda obligado a poner toda diligencia en la conservación de dicho

inmueble y responder de todo deterioro del mismo, debiendo reparar los daños. Asimismo, deberá pagar el importe de los gastos ordinarios que se necesiten para el uso y la conservación del bien prestado sin tener, en ninguno de los anteriores casos, el derecho de repetir en contra del Municipio.

g) El comodatario deberá colocar al frente del predio materia del contrato y en un

lugar visible, una placa suficientemente legible a primera vista, que contenga la leyenda: “Este predio es municipal, y fue entregado en comodato a la Secretaría de Educación para fines educativos”; dicha placa le será proporcionada por la Dirección de Patrimonio Municipal.

h) El Municipio podrá dar por concluido el contrato de comodato y en consecuencia,

exigir la devolución total o parcial del inmueble objeto del mismo, antes de que termine el plazo convenido, en el caso de que el comodatario no cumpla con las obligaciones a su cargo, exista causa de interés público debidamente justificada, o el comodatario abandone o dé al inmueble un uso diverso al señalado. En estos casos, la parte comodataria quedará obligada a devolver el inmueble al Municipio en un plazo de 10 diez días contados a partir de la fecha de notificación, respecto de la extinción del contrato de comodato, y, por consiguiente, el Municipio quedará facultado a tomar posesión del bien objeto del contrato,

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una vez transcurrido dicho plazo, tomando en cuenta para ello lo dispuesto por la legislación en materia civil vigente en el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Con testimonio del presente Acuerdo del Ayuntamiento en Pleno,

notifíquese esta resolución al Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco, para su conocimiento y efectos legales conducentes.

QUINTO.- Igualmente, comuníquese la presente resolución a la Secretaría General de

Gobierno del Estado de Jalisco, y al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, para su conocimiento y a efecto de que si, por causa del Acuerdo de Cabildo de fecha 15 de septiembre de 1989, por el que se autorizó la entrega en comodato al Secretaría de Educación Pública de un predio en la Colonia Parques del Auditorio, el espacio materia de este dictamen se encontrara registrado en dicha entidad federal, proceda a darlo de baja en razón de que, al no haber sido autorizada la celebración del acto jurídico por el H. Congreso del Estado de Jalisco, como lo marcaban los artículos 35 fracción IX y 85 fracción III de la Constitución Política del Estado de Jalisco, vigente al momento de la aprobación del Acuerdo de Cabildo, dicho comodato no se suscrib ió y por tanto no surtió efecto jurídico alguno, tal y como se describe en el segundo punto de los antecedentes de la presente resolución.

SEXTO.- Comuníquese esta resolución al Síndico Municipal, Lic. Carlos Enrigue

Zuloaga y a la Directora Jurídica Consultiva, Lic. Norma Livier Blanco Núñez, para que procedan a la elaboración del contrato de comodato, conforme a lo señalado en esta resolución y en los términos que lo exija la protección de los intereses municipales.

SÉPTIMO.- Notifíquese también a la Dirección General de Obras Públicas, a la

Dirección de Patrimonio Municipal y a la Dirección de Educación Municipal, para su conocimiento.

OCTAVO.- Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO y al

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que celebren los actos jurídicos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.”

G) Dictamen mediante el cual se autoriza la revocación del Acuerdo del

Ayuntamiento por el que se aprobó la desincorporación de un inmueble propiedad municipal ubicado en la Colonia Arboleda Infonavit, para celebrar respecto al mismo, un contrato de arrendamiento.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación:

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“Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

EDUCACIÓN PÚBLICA, de HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto estudiar y, en su caso, autorizar la revocación de un Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 2 de julio de 2004, por el cual se aprobó la suscripción de un contrato de arrendamiento con la Asociación Civil “Briseños, A. C.”, esto a petición expresa de dicha asociación, motivo por el cual hacemos de su conocimiento los siguientes

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se autoriza la revocación del Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 2 de

julio de 2004, por el cual se aprobó la desincorporación del servicio público del inmueble propiedad municipal ubicado en la Av. Santa Margarita, número 140, en la Colonia Arboleda Infonavit, así como la firma respecto de la misma edificación, de un contrato de arrendamiento a favor de la Asociación Civil “Briseños, A.C.”, en virtud de que no se cumplieron en tiempo y forma las condiciones establecidas en la resolución citada, para la firma del referido acto jurídico y por tanto los fines perseguidos por la misma, así como por haberlo así solicitado de manera voluntaria y expresa la Presidenta de la Asociación Civil antes referida.

SEGUNDO.- Se resuelve en sentido improcedente la solicitud presentada por el C.

Pablo Camacho Madrigal, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil de Colonos de la Unidad Arboleda Infonavit, a efecto de que se prorrogue el comodato respecto del inmueble ubicado en Av. Santa Margarita número 140, en la Colonia Unidad Arboleda Infonavit, toda vez que este Ayuntamiento no ha autorizado previamente la firma de ningún contrato con la referida asociación y, por tanto, no es posible aprobar una prórroga.

TERCERO.- Con testimonio del presente Acuerdo del Ayuntamiento en Pleno,

notifíquese esta resolución a la Asociación Civil denominada “Briseños, A.C.”, a través de la Sra. María Guadalupe Briseño Bañuelos, en su carácter de Presidenta de la referida asociación, así como al C. Pablo Camacho Madrigal, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil de Colonos de la Unidad Arboleda Infonavit, para su conocimiento y efectos legales conducentes.

CUARTO.- De la misma manera, notifíquese la presente resolución a la Sindicatura de

este Municipio, así como a la Dirección de Patrimonio Municipal, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

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QUINTO.- Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO y al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que suscriban los documentos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.”

H) Dictamen por el que se aprueba una reforma al artículo 21 del Reglamento

de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Zapopan, Jalisco. El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los suscritos integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

ASISTENCIA SOCIAL, de GOBERNACIÓN, de HACIENDA, de JUSTICIA, de PATRIMONIO

MUNICIPAL, de PUNTOS CONSTITUCIONALES, REDACCIÓN Y ESTILO y de REGLAMENTOS, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en pleno, la presente iniciativa, que tiene por objeto estudiar y, en su caso, autorizar una reforma al artículo 21 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que procedemos a formular los siguientes

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se aprueba la reforma al artículo 21 del Reglamento de Policía y Buen

Gobierno para el Municipio de Zapopan, Jalisco, emitiendo el voto aprobatorio, por parte de este órgano de gobierno, de conformidad con el artículo 40, 42 fracción VI y 50 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:

“Artículo 21.-De la misma forma, cuando se detenga a una persona con objetos diversos no perecederos, se le otorgará un plazo de sesenta días a partir de su arresto para reclamarlos, en caso de que no sean reclamados, previo acuerdo del Coordinador General de Juzgados Municipales y Prevención Social, el Organismo Público Descentralizado Sistema Municipal Desarrollo Integral de la Familia, DIF Zapopan, podrá utilizarlos para fines de beneficio social. Ningún servidor público municipal podrá disponer en su beneficio de estos bienes, apercibidos de que de hacerlo se procederá conforme a derecho corresponda, quedando exceptuados aquellos bienes, productos, insumos y mercancías que se encuentren relacionados con la comisión de un delito, por lo que estos bienes deberán de ser remitidos a la mayor brevedad posible a la autoridad competente.”

Para ser autorizada la reforma al Reglamento de Policía y Buen Gobierno para el

Municipio de Zapopan, Jalisco, se requiere el voto en sentido afirmativo, de la mayoría

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absoluta de los miembros del Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 42, fracción III de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

SEGUNDO.- Se ordena la publicación de la reforma al artículo 21 del Reglamento de

Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Zapopan, Jalisco, en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Zapopan, para que entre en vigor a los tres días siguientes al de su publicación en la Gaceta, una vez promulgadas por el C. Presidente Municipal.

TERCERO.- Notifíquese al responsable de la Dirección del Archivo Municipal, para

que proceda a tramitar la publicación correspondiente. CUARTO.- Notifíquese el contenido del presente Acuerdo al Director General de

Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos y al Coordinador General de Juzgados Municipales y Prevención Social, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

QUINTO.- Notifíquese también a la Directora General del Organismo Público

Descentralizado Sistema Municipal Desarrollo Integral de la Familia, DIF Zapopan, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

SEXTO.- En los términos del artículo 42, fracción VII de la Ley del Gobierno y la

Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, remítase al H. Congreso del Estado de Jalisco, una copia de este Acuerdo del Ayuntamiento y de la publicación de la Gaceta correspondiente, para su compendio en la Biblioteca del Poder Legislativo, esto, una vez que sea publicada la reforma que se aprueba.

SÉPTIMO.- En lo relativo al expediente 757/04 se autoriza la baja del mismo en razón

de que se encuentra relacionado a la reforma materia del presente dictamen, por lo que se deberá notificar al Lic. Emilio Valadez Huizar, en su carácter de Director de la Escuela Preparatoria número 7 siete de la Universidad de Guadalajara, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

OCTAVO.- Se autoriza al PRESIDENTE MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo.”

I) Dictamen mediante el cual se autoriza la celebración de un convenio de

colaboración con la persona jurídica denominada Condominio Concentro, respecto de una superficie donde existe un trazo de un vial que no conecta a ningún sitio, que se encuentra físicamente dentro del Condominio.

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El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se transcribe a continuación:

“Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

ESTACIONAMIENTOS, de HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar

a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto analizar la solicitud realizada por el Presidente del Consejo de Administración del Condominio Concentro, Lic. José Fernández de Castro Jenkins, para efecto de que el Ayuntamiento estudie y, en su caso, autorice la utilización de una vialidad municipal como estacionamiento, en virtud de la afectación que sufrió el centro comercial por la construcción del nodo vial de Periférico y Avenida Vallarta, para lo cual hacemos de su conocimiento los siguientes:

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se autoriza la celebración del convenio de colaboración respecto a un

predio de propiedad municipal, con la persona jurídica denominada Condominio Concentro, a través de su representante legal, Lic. José Fernández de Castro Jenkins, respecto de una superficie donde existe un trazo de un vial que no conecta a ningún sitio, que se encuentra físicamente dentro del Condominio, atrás de la barrera de árboles paralela al Anillo Periférico, afectada por la normatividad urbana vigente como área de restricción vial, de carácter municipal.

Dicha superficie será identificada por la Dirección General de Obras Públicas, en el

levantamiento topográfico que se le solicitó mediante oficio No. 404/2005/01/00130, de la Dirección de Integración y Dictaminación, de fecha 9 de febrero de 2005, recibido por la primer dependencia citada el 10 de febrero del mismo año, con folio 12959.

En los términos de lo dispuesto por el artículo 36, fracción I de la Ley del Gobierno y

la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, para ser válido este Acuerdo deberá de ser aprobado por la mayoría calificada de los integrantes del Ayuntamiento.

SEGUNDO.- El convenio de colaboración que se derive de este Acuerdo, contendrá al

menos las siguientes cláusulas: a) El Municipio faculta al particular, para que el predio solicitado sea destinado

como estacionamiento operado por la institución que administra el estacionamiento del Condominio, para ofrecer a los trabajadores del Condominio Concentro espacios de estacionamiento de sus vehículos; a cambio, el Condominio se encargará de proporcionar

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seguridad, mantenimiento, reforestación, cuidado y conservación del predio afectado como vialidad municipal.

b) La celebración del presente convenio no confiere al particular ningún tipo de

derecho real, concediéndole únicamente la autorización para realizar los actos necesarios para el uso de estacionamiento para los trabajadores del Condominio Concentro, así como lograr el buen mantenimiento y conservación del predio en cuestión, así como hacer las mejoras que sean necesarias para mantenerlo en buen estado, incluyendo el enmallado, para resguardarlo.

c) El Municipio se desliga de cualquier obligación jurídica u onerosa que contraigan

el particular para cumplir este convenio, siendo éste el responsable de los gastos que se realicen tanto para el equipamiento del estacionamiento que se autoriza, como para el cuidado y mantenimiento del predio de propiedad municipal.

d) El convenio entrará en vigor el día de su celebración y tendrá una vigencia de diez

años, pudiendo cualquiera de las partes darlo por terminado en cualquier momento, sin necesidad de determinación judicial, dándose únicamente aviso por escrito a la otra, con 30 treinta días de anticipación. Asimismo, podrá prorrogarse por ulteriores administraciones, en función de los resultados derivados del cumplimiento del mismo, así como promoverse las modificaciones pertinentes por acuerdo de ambas partes.

e) Serán causales de rescisión, el que el particular desatienda el mantenimiento

debido al predio de propiedad municipal, que edifiquen obras no autorizadas, diversas de la habilitación como espacios de estacionamiento que se autorizan y por causa de interés público, cuando sea necesario utilizarla para su destino marcado en la normatividad urbana, como vialidad, de vialidad, de ser esto necesario. Esto independientemente de las sanciones a que se pudiere hacer acreedor el particular.

f) Para resolver las controversias que se deriven por la interpretación y cumplimiento

del presente convenio, ambas partes aceptan resolverlas de mutuo acuerdo y, de no ser esto posible, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, renunciando expresamente a la que pudiera corresponderles en relación de sus domicilios presentes o futuros.

g) El convenio de colaboración de esta superficie no escriturada al Municipio de

Zapopan, Jalisco, se fundamentará en lo dispuesto por los artículos 137, 138, 143 y 144 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y la Ley que aprueba el Plan de Ordenamiento de la Zona Conurbada de Guadalajara y la Declaración de Reservas, Usos y Destinos de sus Áreas y Predios, publicado el 27 de mayo de 1982, en particular, el Capitulo

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Tercero del referido Plan de Ordenamiento, denominado Estructuración Territorial, en su fracción IV Modalidades de utilización del suelo, que define la Protección de las Vías de Comunicación y la Infraestructura, en su apartado D, determinando las restricciones del Anillo Periférico en las áreas de reserva urbana.

TERCERO.- Notifíquese esta resolución a la Dirección General de Obras Públicas,

por conducto del Departamento de Topografía, para efecto de que realice a la brevedad el levantamiento topográfico que se le solicitó mediante oficio de número 404/2005/01/00130, de la Dirección de Integración y Dictaminación, de fecha 9 de febrero de 2005, recibido por la primer dependencia citada, el 10 de febrero del mismo año, con folio 12959.

Este levantamiento topográfico, con la descripción de medidas y linderos deberá de

ser remitido a la Secretaría del Ayuntamiento, por conducto de la Dirección de Actas y Acuerdos.

CUARTO.- Notifíquese a la Sindicatura y a la Dirección Jurídica Consultiva, una vez que

la Secretaría del Ayuntamiento haya recibido el levantamiento topográfico, con la descripción de medidas y linderos, para que elaboren el convenio de colaboración que se autoriza, de conformidad con los términos del presente Acuerdo, añadiendo las cláusulas que sean necesarias para la salvaguarda del interés municipal.

QUINTO.- Asimismo, comuníquese este Acuerdo a la Dirección de Patrimonio

Municipal, para que realice la entrega del predio materia del convenio de colaboración al Condominio Concentro, al suscribirse el convenio de referencia.

SEXTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al representante legal del Condominio

Concentro, Lic. José Fernández de Castro Jenkins, en la finca marcada con el número 6503 Z-1 de la Avenida Vallarta, en la Colonia Ciudad Granja en esta ciudad, para su conocimiento y para que acuda a la Dirección de Actas y Acuerdos presentando una copia certificada de su identificación oficial, y copia simple de comprobante de domicilio, a efectos de acreditar su personalidad jurídica. La Secretaría del Ayuntamiento remitirá estos documentos a la Dirección Jurídica Consultiva, con la copia certificada que acredita su representación, la cual obra en el expediente.

SÉPTIMO.- Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SINDICO y al

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que celebren los actos jurídicos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.”

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J) Dictamen por el que se aprueba enajenar mediante venta directa con reserva de dominio a favor de los servidores públicos del Municipio de Zapopan, Jalisco, los predios que forman el predio conocido como “Los Belenes”.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

GOBERNACIÓN, de HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento, el presente dictamen, el cual tiene por objeto estudiar y, en su caso, autorizar enajenar a los servidores públicos de este Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, bajo la figura jurídica de la compraventa con reserva de dominio, los lotes disponibles que se ubican en el cruce de las avenidas Enrique Díaz de León, Obreros de Cananea y Francisco Mújica, en el Municipio de Zapopan, mismos que forman el predio conocido como “Los Belenes”, con el objeto de cumplimentar el Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 20 de agosto de 2003, que aprobó la ejecución de obras de urbanización del predio y la venta de los lotes para ser adquiridos por los servidores públicos de este Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, en virtud de que no fueron adjudicados la totalidad de los lotes, quedando pendientes 148 (ciento cuarenta y ocho lotes), para ser enajenados, para lo cual hacemos de su conocimiento los siguientes

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se autoriza enajenar mediante el procedimiento de venta directa con

reserva de dominio, a favor de los servidores públicos del Municipio de Zapopan, Jalisco, y de sus organismos públicos descentralizados, ratificando el objeto de los Acuerdos del Ayuntamiento de fecha 23 de noviembre de 1994 y 20 de agosto de 2003, 148 ciento cuarenta y ocho lotes que quedaron pendientes de adjudicar y que forman parte del predio ubicado en el cruce de las avenidas Enrique Díaz de León, Obreros de Cananea y Francisco Mújica, en el Municipio de Zapopan, predio conocido como “Los Belenes”.

Este predio se encuentra desincorporado del dominio público, de conformidad con lo

dispuesto por los artículos 84, fracción II, inciso b) y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

Para que proceda el presente Acuerdo del Ayuntamiento, de conformidad con lo

dispuesto por los artículos 36, fracciones V y VI y 88, fracción III de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, es necesario que este Acuerdo sea aprobado por mayoría calificada del Ayuntamiento.

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SEGUNDO.- El procedimiento para la enajenación de los lotes será el siguiente: 1. Se formará una Comisión Transitoria denominada “Comisión de Evaluación de

Solicitudes”, la cual estará integrada por: Un Regidor, por cada partido político representado en la integración del

Ayuntamiento; El Síndico o el funcionario que este designe; La Directora de Patrimonio Municipal o el funcionario que esta designe; El Secretario del Ayuntamiento o el funcionario que este designe dependiente de la

Secretaria; 2. Esta Comisión solo tendrá las facultades de evaluación, control y de verificación

de los expedientes que le presente la Dirección de Patrimonio Municipal, de los servidores públicos que pretendan adquirir un lote.

3. La convocatoria al sorteo será publicada conjuntamente por la Secretaría del

Ayuntamiento y la Dirección de Recursos Humanos, en los lugares visibles de cada dependencia de este Municipio de Zapopan, observando todos los términos aquí planteados, debiendo realizarse a más tardar el día viernes 11 once de marzo de 2005, fecha a partir de la cual se recibirán solicitudes hasta el día viernes 29 veintinueve de abril de 2005. La recepción de solicitudes se hará sólo con expedientes completos, y en horario de oficina, de 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, a través de la Dirección de Patrimonio Municipal.

4. La solicitud debe de cumplir con los requisitos señalados en la convocatoria, y si

se detecta que no cumple con cualquiera de los requisitos, será causa suficiente de rechazo de la misma.

5. Esta Comisión deberá respetar los plazos y términos de recepción de solicitudes

fijados en la convocatoria, por lo que fuera de estos no podrá hacerlo bajo ninguna causa. 6. Sobre el rechazo de las solicitudes deberá recaer un acuerdo fundado y motivado. 7. Una vez terminado el análisis y evaluación de solicitudes, concluido a más tardar

el día viernes 13 trece de mayo de 2005, esta Comisión procederá a emitir un reporte de los servidores públicos que cumplieron los términos de la convocatoria y que participarán en el sorteo; asimismo, deberá hacerlo del conocimiento de un Notario Público, para realizar el procedimiento de sorteo entre estos servidores públicos, esta lista se publicará en los Estrados ubicados en la Presidencia Municipal.

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8. Esta Comisión deberá sesionar el tiempo que sea necesario para desahogar el trabajo de evaluación de los expedientes.

9. La Dirección de Patrimonio Municipal colocará en un lugar visible de la

Presidencia Municipal, el plano autorizado de la lotificación, mismo que se encuentra legalmente inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco, así como un listado del costo total de cada lote, con el fin de ser puesto al conocimiento de los interesados durante el plazo de recepción de solicitudes, además deberá darse aviso a los servidores públicos del Municipio de Zapopan, a través de la Oficialía Mayor Administrativa, y a los OPD’s, a través de sus titulares, por medio del pago de la nómina correspondiente, para hacer amplia su difusión y conocimiento.

10. Los Ciudadanos Presidente, Sindico, Regidores, Secretario del Ayuntamiento,

Tesorero, Contralor, Oficiales Mayores y Directores Generales del Municipio de Zapopan y Titulares y Directores Generales de los Organismos Públicos Descentralizados municipales no podrán participar en el sorteo; los demás servidores públicos de la administración pública municipal y paramunicipal (incluidos los de los Organismos Públicos Descentralizados “Sistema Municipal Desarrollo Integral de la Familia, DIF Zapopan”, “Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco” y “Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco”, deberán tener para participar en el sorteo una antigüedad mínima laboral en el Municipio de Zapopan o uno de sus organismos públicos descentralizados de 3 tres años, al día del sorteo (sábado 21 veintiuno de mayo de 2005, a las 11:00 a.m. horas), para ingresar su solicitud en la Dirección de Patrimonio Municipal, y ser candidatos a obtener un lote de terreno urbanizado. Las solicitudes deberán ser remitidas a la Comisión de Evaluación de Solicitudes a través de la Dirección de Patrimonio Municipal.

Si fuere el caso de no adjudicarse en una primera instancia los 148 ciento cuarenta y

ocho lotes, se emitirá una nueva convocatoria, y se dará oportunidad de participar a los servidores públicos de la administración pública municipal y paramunicipal (incluidos los de los Organismos Públicos Descentralizados “Sistema Municipal Desarrollo Integral de la Familia, DIF Zapopan”, “Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco” y “Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco”, excluyendo los citados en el párrafo precedente, que cuenten con una antigüedad laboral de 18 dieciocho meses a la fecha de un segundo sorteo.

La solicitud del servidor público interesado deberá acompañar los siguientes

documentos que forman parte de la misma: a). Acta de nacimiento original; b) Copia de comprobante de domicilio;

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c) Copia de identificación oficial; d) Copias de comprobantes de nómina del último mes; e) Certificados de no propiedad del servidor público, de los Municipios de la Zona

Conurbada de Guadalajara (Municipios de Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tonalá, El Salto y Tlajomulco de Zúñiga) o acreditación de que los bienes inmuebles de los que es propietario son menores en valor (catastral), al lote promedio por adquirir, mediante el o los recibos prediales del presente año 2005, de los Municipios donde resulte tener propiedad (es).

f) Acreditar una antigüedad mínima de 3 tres años como servidores públicos en el Municipio de Zapopan, Jalisco, al día del sorteo (sábado 21 veintiuno de mayo de 2005, a las 11:00 a.m. horas), y para la segunda convocatoria, de no adjudicarse los lotes en el primer sorteo, acreditar 18 dieciocho meses de antigüedad laboral.

11. Los expedientes se recibirán del día en que se realice la publicación de la

convocatoria, hasta el día viernes 29 veintinueve de abril de 2005, a las 15:00 horas, inclusive, en la Dirección de Patrimonio Municipal, en horario de oficina.

12. El costo de cada terreno se encuentra determinado de acuerdo al valor por metro

cuadrado, más la urbanización que arrojó el avalúo, es decir, de $1,660.00 (mil seiscientos sesenta pesos 00/100 m.n., por metro cuadrado). Todos los lotes cuentan con una superficie mínima de 90.00 m2 (noventa metros cuadrados), existiendo algunos lotes de área mayor.

13. Se establece como fecha para efectuar el sorteo de adjudicación, el día sábado 21

veintiuno de mayo de 2005, a las 11:00 a.m. horas, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, sito en el Edificio de la Presidencia Municipal, en Av. Hidalgo, No. 151, Zapopan, Jalisco. Dicho sorteo se efectuará mediante procedimiento sencillo y transparente, con la intervención de un Notario Público; el procedimiento será el siguiente:

El Notario Público se instalará en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, contando

con la presencia de los integrantes de la Comisión de Evaluación de Solicitudes, con el fin de dar fe del sorteo, en los términos del presente dictamen, así como de la adjudicación de lotes, siguiendo los protocolos que para el efecto le señale la Ley.

Se colocará en un lugar visible el plano correspondiente a la lotificación del predio

conocido como “Los Belenes”, con el fin de identificar los lotes que serán sorteados, dichos lotes aparecerán identificados en orden numérico, en la lista que preparará la Dirección de Patrimonio Municipal.

Al iniciar el sorteo se tendrá que acatar el orden sometido en la lista (orden de lotes).

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Se verificará que todos aquellos servidores públicos que hayan sido aceptados para participar en sorteo de adjudicación de lotes, participen en una tómbola, con esferas que identifiquen su solicitud, con una referencia numérica.

El Notario manifestará que en ese momento se sortea un lote, identificando su

manzana y número de lote, de manera sucesiva, de entre los lotes disponibles, hasta llegar al lote número 148 ciento cuarenta y ocho disponible, extrayendo de la urna en cada ocasión un número y señalando a que servidor público adjudicado se refiere.

Se sortearán los 148 lotes (ciento cuarenta y ocho), y si hubiere algún solicitante que

no entregue el enganche en la fecha pactada, perderá el lote adjudicado, el cual deberá ser sorteado en un segundo acto, incluyendo a los servidores públicos con antigüedad laboral de 18 dieciocho meses, lo mismo sucederá si existieran menos solicitudes que lotes disponibles, sobrantes del primer sorteo.

Los servidores públicos adjudicados deberán de realizar el depósito correspondiente

al enganche en la Tesorería Municipal (equivalente al 20% veinte por ciento del valor del inmueble), a más tardar el día martes 31 treinta y uno de mayo de 2005, quien le expedirá un comprobante de pago.

El día viernes 1° primero de julio de 2005, los servidores públicos adjudicados

deberán de pagar la primer mensualidad derivada de su adjudicación y cada mes siguiente, el mismo día deberán de cubrir sus mensualidades, por los cinco años sucesivos (60 sesenta meses). A esta fecha se ajustarán los pagos de los 112 ciento doce servidores públicos adjudicados en el sorteo de fecha 25 de octubre de 2003, ya que han efectuado pagos anticipados, en virtud de que es fecha que no se les ha escriturado el lote, ni se ha urbanizado el terreno; además de referirse todos los pagos a la misma fecha, para facilitar el control de administrativo de pagos.

14. Cualquier situación no prevista en la convocatoria o en el sorteo, será resuelta en

él por la Comisión de Evaluación de Solicitudes. 15. La presentación de información y documentación falsos, será causa de nulidad de

la adjudicación. 16. El resultado del sorteo se publicará en los Estrados del edificio de la Presidencia

Municipal. 17. El pago del terreno podrá ser cubierto de las siguientes maneras:

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a) Pago de contado, del valor del terreno más la urbanización, a $1,660.00 (mil seiscientos sesenta pesos 00/100 m.n.), por metro cuadrado;

b) Venta con reserva de dominio a cinco años, cubriendo un 20% veinte por ciento

del valor total del lote, como concepto de enganche el día martes 31 treinta y uno de mayo de 2005, y los demás pagos en mensualidades iguales que resulten de dividir el saldo entre 60 pagos mensuales, aunque se podrán anticipar pagos del saldo restante. El día viernes 1 primero de julio de 2005, los servidores públicos adjudicados deberán de pagar la primer mensualidad derivada de su adjudicación y cada mes siguiente, el mismo día deberán de cubrir sus mensualidades, por los cinco años sucesivos (60 sesenta meses). A esta fecha se ajustarán los pagos de los 112 ciento doce servidores públicos adjudicados en el sorteo de fecha 25 de octubre de 2003, ya que han efectuado pagos anticipados, en virtud de que es fecha que no se les ha escriturado el lote, ni se ha urbanizado el terreno; además de referirse todos los pagos a la misma fecha, para facilitar el control de administrativo de pagos.

18. Una vez realizado el pago del enganche en la Tesorería Municipal, se procederá a

realizarse la escrituración con reserva de dominio de cada lote, debiendo cubrirse posteriormente las mensualidades conforme lo previsto en el punto precedente, hasta concluir el pago total en un plazo máximo de cinco años.

Podrán los compradores adelantar mensualidades con el fin de que en el Registro

Público de la Propiedad se retire la inscripción de la reserva de dominio de manera anticipada. Se establecerá como pena convencional para el caso de que exista un retraso en el pago de tres mensualidades consecutivas, la rescisión de la compraventa, recuperando el Municipio el lote con todo y sus accesiones, regresando sin intereses los pagos hechos a esa fecha por el adjudicatario, al entregarse voluntariamente la posesión física del espacio, y si fuere el caso de recuperase por vía judicial, se cobrarán de esa cantidad los gastos que genere el juicio y se devolverá la cantidad restante.

Cada uno de los adquirentes de lotes deberá de manifestar su voluntad de obligarse a

no transmitir a ningún tercero el inmueble, en el plazo de 5 cinco años, contados a partir del día de la escrituración, salvo caso de sucesión. Esta obligación deberá de quedar inserta en la escritura correspondiente, consignando el reconocimiento de una cláusula penal a favor del Municipio de Zapopan, Jalisco, en caso de incumplimiento, por un importe del 20% veinte por ciento del valor del inmueble.

19. Los adquirentes de lotes adjudicados cubrirán el costo que se genere por la

escrituración de los lotes, al firmarse el protocolo correspondiente.

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20. La Sindicatura Municipal apoyará a la Dirección de Patrimonio Municipal a preparar el soporte jurídico para la enajenación con reserva de dominio, de conformidad con la información que proporcione la Dirección de Patrimonio Municipal, respecto a cada lote adjudicado.

21. La Tesorería Municipal y la Dirección de Ingresos serán las dependencias

encargadas de recibir los enganches y pagos de las mensualidades, mismas que se integrarán a la cuenta de administración ya existente, depositando las cantidades entregadas por los adjudicados, recursos que serán destinados a cubrir el costo de las obras de urbanización del predio al contratista;

22. La Dirección General de Obras Públicas con el proyecto de urbanización

completo del inmueble deberá de proponer de inmediato al Comité de Asignación de Obras y Contratos, el concurso y adjudicación de la obra de urbanización, pues existen fondos suficientes a la fecha para garantizar su pago;

23. Los lotes se entregarán físicamente al término de la urbanización. TERCERO.- Se aprueba que se escrituren a los servidores públicos adjudicados los

lotes que les correspondan, debiendo realizarse la enajenación del lote mediante venta de conformidad con la lotificación que se encuentra aprobada e inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Estado de Jalisco, esto es, si el lote cuenta con cajón de estacionamiento en dicho Registro, deberá de escriturarse con la asignación del cajón de estacionamiento que le corresponde, sin costo adicional.

Notifíquese este Acuerdo al Director del Registro Público de la Propiedad y del

Comercio del Estado de Jalisco, para su conocimiento y efectos legales procedentes. CUARTO.- Notifíquese a la Dirección de Patrimonio Municipal el presente Acuerdo,

con el fin de que prepare las liquidaciones individuales de cada lote, por manzana, según su superficie, consignando el valor total de los lotes urbanizados, a valor comercial de $1,660.00 (mil seiscientos sesenta pesos 00/100 m.n.), según el avalúo, además de enviársele para su conocimiento y cumplimiento como parte de la Comisión de Evaluación de Solicitudes.

QUINTO.- Comuníquese esta resolución al C. Tesorero Municipal y a la Dirección de

Ingresos, para el cumplimiento del presente Acuerdo en el ámbito de su competencia, respecto a fijar el esquema de pagos de los adquirentes, instrumentar la recepción del enganche y precio de las ventas, mediante la recepción de los pagos mensuales, en los términos y plazos descritos en este Acuerdo, y para dar el destino aquí señalado a los

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recursos derivados de la enajenación a título oneroso autorizada, concentrándolos en la cuenta de administración existente.

La Dirección de Ingresos deberá de ajustar su sistema de pagos de convenios, para

consignar la ampliación del plazo de pago a los 112 ciento doce servidores públicos adjudicados en el sorteo de fecha 25 de octubre de 2003, que cubrieron en tiempo y forma el pago de su enganche. Al recibirse las mensualidades de dichos adjudicados, así como de los que resulten adjudicados en el primer sorteo derivado de este Acuerdo, el día 1 de julio de 2004, el plazo de ampliación de los primeros equivale a una ampliación de 18 dieciocho meses adicionales, justificados en virtud de que es fecha que no se les ha escriturado el lote, ni se ha urbanizado el terreno, debiendo de haberse concluido la urbanización en agosto del año pasado, y recibido los pagos mensuales a partir de la escrituración, la cual no se ha efectuado a esta fecha. Se estima que al 1° de julio de 2005, ya se tendrán escriturados los lotes adjudicados, además de que al referirse todos los pagos mensuales a la misma fecha, se facilita el control administrativo de pagos.

La Tesorería Municipal a través de la Dirección de Ingresos no reembolsará los

pagos hechos por adelantado de los servidores públicos adjudicados el 25 de octubre de 2003, pero estos podrán decidir si siguen adelantando pagos o se administran para pagarlos hasta que les corresponda, en función de los pagos ya acreditados.

SEXTO.- Notifíquese esta resolución al Síndico Municipal y a la Dirección Jurídica

Consultiva, para su conocimiento y debido cumplimiento en los términos de las responsabilidades que este Acuerdo les asigna, para asesorar a la Dirección de Patrimonio Municipal, a efecto de que se escrituren los lotes adjudicados, informándoles que se aprueba que se escrituren a los servidores públicos adjudicados los lotes que les correspondan, con el cajón de estacionamiento que les corresponde según la lotificación inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco, sin costo adicional.

SÉPTIMO.- Comuníquese también a la Dirección General de Obras Públicas para que

con el proyecto de urbanización completo del inmueble, proponga de inmediato al Comité de Asignación de Obras y Contratos, el concurso y adjudicación de la obra de urbanización, pues existen fondos suficientes a la fecha para garantizar su pago, como se le ha informado en diversos comunicados de la Dirección de Patrimonio Municipal Nos. 1462-0363/2004, 1462-0483/2004 y 1462-0848/2004, de fechas 31 de marzo, 12 de mayo y 28 de julio de 2004, así como el No. de folio 404/5/2005/6237, de fecha 30 de septiembre de 2004, y el último de fecha 26 de enero de 2005 de la Secretaría del Ayuntamiento, por el que se informa que es necesario realizar la urbanización lo antes posible, por existir compromisos concretos de esta autoridad municipal para con los servidores públicos adjudicados de los lotes.

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Además a la fecha del 17 de enero de 2005 se tienen concentrados en la cuenta correspondiente $6´851,487.69, del pago de enganches y mensualidades, según informó la Dirección de Ingresos. De enajenarse los 148 lotes restantes, sólo con los enganches de ellos, calculados sobre el precio del lote menor, se obtendrían $4´422,240.00, que sumados a los recursos existentes, dan un total de $11´273,727.69, que garantizan el financiamiento de esta urbanización y la posibilidad de detonar otros proyectos con el resto de los pagos de las mensualidades.

OCTAVO.- Notifíquese este Acuerdo a la Oficialía Mayor Administrativa, para que

coadyuve con la Secretaría del Ayuntamiento a difundir el contenido de este Acuerdo entre los servidores públicos interesados durante el plazo de recepción de solicitudes, invitándolos a enterarse de sus términos y a participar por los medios más idóneos y que garanticen su conocimiento, como puede ser una invitación en los recibos de nómina.

Para los mismos efectos notifíquese a los Titulares de los Organismos Públicos

Descentralizados municipales Sistema Municipal Desarrollo Integral de la Familia, DIF Zapopan; Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco y Servicios de Salud del Municipio de Zapopan, Jalisco.

NOVENO.- Notifíquese este Acuerdo a los titulares de las dependencias municipales

(Secretario del Ayuntamiento, Tesorero, Contralor, Oficiales Mayores y Directores Generales del Municipio de Zapopan), así como de las dependencias desconcentradas, para su conocimiento y para que difundan a través de sus Directores de Área el contenido de este Acuerdo entre los servidores públicos que dependen de ellos.

DÉCIMO.- Los servidores públicos adjudicados en el sorteo de fecha 25 de octubre de

2003, de estar interesados en obtenerlo, podrán solicitar y recibir de manera gratuita una copia simple de este Acuerdo en la Dirección de Actas, Acuerdos y Seguimiento, para su conocimiento, principalmente con relación a la prórroga concedida para sus pagos de mensualidades, a fin de que disipen cualquier duda acreditándoles el seguimiento institucional que se ha dado a este asunto por parte del Ayuntamiento, tanto para la escrituración, como para la urbanización.

DÉCIMO PRIMERO.- En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley

del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, comuníquese el contenido presente Acuerdo al H. Congreso del Estado de Jalisco dentro de los treinta días posteriores a la fecha de la escrituración de los inmuebles que se autoriza enajenar, remitiéndole una copia certificada de este Acuerdo, así como del Acta de la Sesión del Ayuntamiento que corresponde a la Sesión en que se autoriza el presente, para los efectos de

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revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva; lo anterior, por conducto de la Tesorería Municipal y la Dirección de Patrimonio Municipal.

DÉCIMO SEGUNDO.- Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al

SÍNDICO, al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO y al TESORERO MUNICIPAL, para que celebren los actos jurídicos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.”

K) Dictamen mediante el cual se autoriza la celebración de un contrato de

comodato, respecto de un predio propiedad municipal ubicado en la Colonia La Higuera, a favor de la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R., para la construcción de un conjunto pastoral.

El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de

HACIENDA y de PATRIMONIO MUNICIPAL, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, cuyo objeto es estudiar y, en su caso, autorizar la solicitud de la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R., en virtud de que dicha petición ya fue atendida y aprobada a través del Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 23 de octubre de 2003, por el cual se autorizó la entrega en comodato a la referida asociación religiosa de un predio de propiedad municipal ubicado en la Colonia La Higuera, variando sólo algunas de las condiciones del comodato, motivo por el cual nos permitimos manifestar a ustedes los siguientes:

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se tiene por resuelta y atendida la solicitud presentada ante este Órgano de Gobierno en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 14 de enero de 2005, por la cual la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R., solicita la entrega en comodato de un predio en la Colonia la Higuera, en virtud de que dicha solicitud, ya fue estudiada y aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en Sesión Ordinaria del día 23 de octubre de 2003, en la cual se autorizó la entrega en comodato a favor de la referida asociación religiosa de un predio de 886.885 m2 (ochocientos ochenta y seis punto ochocientos ochenta y cinco metros cuadrados), para la construcción de un templo del culto católico.

Cabe mencionar que la superficie entregada a la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R.,

fue de 886.885 m2 (ochocientos ochenta y seis punto ochocientos ochenta y cinco metros cuadrados), y no de 1,000 m2 (mil metros cuadrados) como lo pidió originalmente, debido a que en una parte del terreno solicitado, se encuentra construido un Centro de Atención

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Infantil, motivo por el que se autorizó la entrega a la asociación religiosa de la fracción restante del terreno cedido al Municipio por la Comunidad Indígena de Mezquitán.

SEGUNDO.- Siendo procedente la baja por ser un asunto ya resuelto, ahora que se

entró a su estudio, conviene que sea resuelto en los mismos términos en que se han atendido diversas peticiones de la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R., con relación al comodato, modificando sus condiciones, ya que mediante Acuerdo del Ayuntamiento de fecha noviembre 26 de 2004, se estudiaron las peticiones de dicha institución resolviendo la supresión de las cláusulas que se refieren a la renuncia de la Arquidiócesis de Guadalajara, A.R., a cualquier tipo de indemnización porque es anticonstitucional, ya que las Comisiones Dictaminadoras consideraron procedente la eliminación de dicha cláusula de los contratos de comodato firmados con la Arquidiócesis, en razón de que se trata de una cláusula natural, dado que la referida renuncia se encuentra establecida en el artículo 2158 del Código Civil del Estado de Jalisco vigente, el cual establece que el comodatario no tiene derecho para repetir el importe de los gastos ordinarios que se necesiten para el uso y la conservación del bien prestado.

Además, respecto al cambio de vigencia del comodato, para que el plazo del contrato

de comodato sea “mientras duren los fines de la Asociación Religiosa”, y no por tiempo limitado, porque se trata de la construcción de templos y sus conjuntos pastorales, y un templo no se construye para cambiar su uso en 20 o 30 años, se resuelve que se elimine esta cláusula, estableciendo otra en la que se disponga que el contrato de comodato estará vigente mientras que el objeto materia del comodato se destine al fin para el cual fue autorizado, pudiendo ser rescindido por parte de la autoridad municipal, en el caso de que el inmueble sea utilizado para un fin diverso de aquel para el que fue entregado.

Fuera de estas dos modificaciones el Acuerdo de fecha 23 de octubre de 2003 se

ratifica en todos sus términos. TERCERO.- Con testimonio de este Acuerdo, notifíquese a la Arquidiócesis de

Guadalajara A.R., por conducto del C. Juan Cardenal Sandoval Iñiguez, en su carácter de Arzobispo de Guadalajara, así como al Sr. Cura D Ángel López Torres, Párroco de la Comunidad de “La Divina Providencia”, para su conocimiento y efectos legales conducentes.

CUARTO.- Notifíquese el presente Acuerdo al Síndico Municipal, Lic. Carlos

Enrigue Zuloaga, y a la Directora Jurídica Consultiva, Lic. Norma Livier Blanco Núñez, para que se proceda a la elaboración del contrato de comodato derivado del Acuerdo del Ayuntamiento de fecha 23 de octubre de 2003, con las modificaciones previstas en el punto segundo de Acuerdos.

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Las instancias encargadas de dar cumplimiento a dicho Acuerdo del 23 de octubre de

2003, es decir, la Sindicatura y la Dirección de Patrimonio, en el ámbito de sus atribuciones, realizarán las acciones necesarias para dar cumplimiento al Acuerdo referido anteriormente. Para ello, notifíquese también a la Dirección de Patrimonio Municipal.

QUINTO.- Se faculta a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL, al SÍNDICO y al

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que suscriban los actos jurídicos necesarios y convenientes para cumplimentar el presente Acuerdo.”

L) Dictamen mediante el cual se aprueba una reforma al Reglamento de

Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco. El texto íntegro del dictamen se anexa a esta acta y cuya parte conducente se

transcribe a continuación: “Los suscritos integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de JUSTICIA,

de MERCADOS, COMERCIO Y ABASTO, de PUNTOS CONSTITUCIONALES, REDACCIÓN Y

ESTILO y de REGLAMENTOS, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, la presente iniciativa, que tiene por objeto estudiar y, en su caso, autorizar una reforma al artículo 15 del Reglamento de Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que procedemos a formular los siguientes

A C U E R D O S :

PRIMERO.- Se aprueba la reforma al artículo 15 del Reglamento de Comercio y de

Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco, emitiendo el voto aprobatorio, por parte de este órgano de gobierno, de conformidad con el artículo 40, 42 fracción VI y 50 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:

“Artículo 15.-Una Cédula Municipal de Licencias o un permiso se considerará en vigor para el establecimiento y giros o giros autorizados al momento de su expedición por parte de la autoridad municipal.

Esta cédula continuará en vigor siempre y cuando no se den los siguientes hechos: I. El establecimiento para el que se otorgue permanezca cerrado por más de tres

meses sin causa justificada, en los términos del artículo 3 fracción IX.

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II. La explotación de uno o más giros comprendidos en la Cédula Municipal de Licencia permanezca interrumpida por más de tres meses sin causa justificada, según lo dispuesto por el numeral citado en la fracción precedente.

III. El comercio, almacenamiento o posesión de artículos que contravengan las disposiciones legales en materia de derechos de autor y de propiedad industrial; y

IV. Cuando se presenten documentos alterados para obtener la licencia o permiso. En los casos señalados en las fracciones III y IV la autoridad municipal revocará

las licencias o permisos otorgados, tanto para comercio establecido como para mercados municipales y comercio que se ejerce en los espacios abiertos públicos o privados, contando con la acreditación de la autoridad correspondiente, para hacer constar que los artículos se encuentran en el supuesto previsto de violación de las leyes citadas o que se trata de documentos alterados; esto, con independencia de las sanciones penales que resulten procedentes e imponga la autoridad judicial.

En los casos anteriores con las certificaciones levantadas por los inspectores, la

autoridad municipal procederá a declarar la cancelación de la licencia respectiva. Lo dispuesto en el párrafo que antecede no aplicará en los casos de licencia

otorgadas para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, las cuales, en los términos de la Ley de la materia, serán revocadas cuando otorgada la licencia, no se inicien operaciones en un plazo de 180 días naturales, a partir de la fecha en que el titular recibió la licencia o permiso.”

Para ser autorizada la reforma al Reglamento citado, se requiere el voto en sentido

afirmativo, de la mayoría absoluta de los miembros del Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 42, fracción III de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

SEGUNDO.- Se ordena la publicación de la reforma al artículo 15 del Reglamento de

Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco, en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Zapopan, para que entre en vigor a los tres días siguientes al de su publicación en la Gaceta, una vez promulgadas por el C. Presidente Municipal.

TERCERO.- Notifíquese al responsable de la Dirección del Archivo Municipal, para

que proceda a tramitar la publicación correspondiente. CUARTO.- Notifíquese el contenido del presente Acuerdo a la Oficial Mayor de

Padrón y Licencias, a la Directora de Licencias y al Director de Mercados, para su conocimiento y efectos legales procedentes.

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QUINTO.- Notifíquese el contenido del presente a la Dirección General de Inspección de Reglamentos, para su conocimiento y debido cumplimiento a partir de vigencia de la reforma que se aprueba. Para los mismos efectos, notifíquese a la Sindicatura y a la Dirección Jurídica Contenciosa.

SEXTO.- Notifíquese el contenido del presente acuerdo al Gobernador del Estado de

Jalisco, Lic. Francisco Javier Ramírez Acuña; al Secretario General de Gobierno, Lic. Héctor Pérez Plazola; al Secretario de Promoción Económica, Lic. José Ramón Robledo Gómez; y al Lic. Luis Fernando Alpuche Peña, Director de Mejora Regulatoria de la citada Secretaría, para su conocimiento.

SÉPTIMO.- En los términos del artículo 42, fracción VII de la Ley del Gobierno y la

Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, remítase al H. Congreso del Estado de Jalisco, una copia de este Acuerdo del Ayuntamiento y de la publicación de la Gaceta correspondiente, para su compendio en la Biblioteca del Poder Legislativo, esto, una vez que sea publicada la reforma que se aprueba.

OCTAVO.- Notifíquese esta resolución al titular de la Delegación en el Estado de

Jalisco de la Procuraduría Federal del Consumidor, para su conocimiento y a efecto de solicitarle formalmente la suscripción de un convenio de coordinación que permita su intervención como área técnica para emitir peritajes acreditando la calidad de artículos que contravengan las disposiciones en materia de derechos de autor, y se expendan en la circunscripción municipal, y dar curso por parte de esta autoridad a la revocación de permisos y licencias que corresponda.

NOVENO.- Se autoriza al PRESIDENTE MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento y ejecución del presente Acuerdo.”

El Presidente preguntó a los señores Regidores si alguno deseaba hablar en pro o en

contra de los dictámenes antes referidos. En consecuencia el Presidente solicitó a la Secretaría tomar nota de la votación

nominal correspondiente, resultando APROBADOS POR UNANIMIDAD DE VOTOS. En el transcurso de la votación la Regidora ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO

señaló puedo hacer un comentario, perdón creo que ya pasó la discusión en uno de los dictámenes que estamos votando.

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A lo anterior el Presidente comentó si como no con todo gusto, incluso puede razonarlo con mucho gusto.

Turnándose el uso de la palabra a la Regidora ROCÍO DEL CARMEN MORGAN

FRANCO manifestó gracias, para el Dictamen diez me gustaría ver si hay posibilidad de que se adiciona una, un parrafito, porque no se especifica que las personas o los, que las personas que ya se vieron beneficiadas en un anterior programa con un predio de esta naturaleza, no podrán participar en ésta si, en el Dictamen de la semana pasada sobre criptas ahí si especificamos que los trabajadores no podrán participar, si ya participaron en una anterior entrega y en este no viene, entonces no se si sea conveniente adicionar que, las personas que ya se beneficiaron, no podrán participar en ésta entrega.

El Presidente expresó si me permiten, dentro de uno de los requisitos que se

establece como condición, es el hecho de que la persona no tenga registrado a su nombre bienes inmuebles en la zona metropolitana, yo creo que a partir de ese requisito ya quedan excluidos, si ya participó en uno ya está fuera.

La Regidora ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO expresó muy bien si ya está el

requisito suficiente no hay problema. El Presidente señaló si muchas gracias.

IV. INICIATIVAS DE LOS REGIDORES NO INCLUIDAS EN EL ORDEN DEL DÍA PROPUESTO. A fin de desahogar el cuarto punto del Orden del Día, el Presidente consultó a los

ciudadanos Regidores integrantes del Ayuntamiento si alguno desea fo rmular alguna iniciativa para efecto de que sea turnada a las Comisiones correspondientes, para su estudio y posterior dictaminación.

Turnando el uso de la palabra al Regidor MIGUEL PRADO AGUILAR comentó buenos

días compañeros Regidores, quienes integramos la fracción del Partido Revolucionario Institucional y con fundamento en los artículos 41, fracción II y L, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, nos permitimos presentar la siguiente iniciativa que consiste en la creación de un Programa de Regularización de Asentamientos sobre suelo Ejidal para el Municipio de Zapopan, para lo cual me permito señalar lo siguiente: La situación indefinida de la tenencia de la tierra, la privatización del ejido, la capacidad financiera y política de promotores inmobiliarios y grupos sociales para conseguir suelo y los escasos ingresos de la mayor parte de la población, es igual a un mercado del suelo urbano con predominio informal donde las posibilidades de mayor negociación solo las tienen los grupos de poder económico y político. La gran demanda de

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vivienda social, las redes clandestinas desarrolladas para la apropiación de terrenos, la poca actividad del sector gubernamental en la provisión y compra de suelo, es igual a muchas posibilidades de acceso al suelo por vía informal. Pueden existir más combinaciones pero lo importante es que estas dos nos permiten ver claramente la capacidad que se tiene para incorporar suelo para vivienda en este momento, la tiene por un lado el sector privado cuyos costos son inaccesibles para la mayoría de la población y, por otro, la tiene el sector de los fraccionadores clandestinos cuyos costos son accesibles a la mayoría de la población, ello bajo el infundado argumento de que la regularización de la tenencia del suelo en estas áreas es competencia del gobierno federal y debe preceder a cualquier otra forma de intervención, en todo caso se trate de suelo privado ejidal, la indefinición jurídica de la propiedad y la falta de un título legal de propiedad, alcanzan a constituirse en un problema que redunda en la pobreza y precariedad, no tanto por la inseguridad o riesgo que presentan las formas de posesión. A falta de definición de una política municipal de regularización y la poca coordinación existente incluso entre dependencias del municipio, hace que los resultados en uno u otro sentido fiscal y de control de edificación, sean hasta ahora poco relevantes incluso contraproducentes, esto se puede ejemplificar en varios puntos: Primero: los parámetros, requisitos y pagos municipales para otorgar permisos de construcción, son los mismos que aquellos exigidos en urbanizaciones regulares, además de acreditar la propiedad o posesión del predio, se debe presentar un plano donde conste que el proyecto arquitectónico respeta los reglamentos de construcción, este plano debe ser elaborado o avalado, por perito debidamente acreditado ante el Ayuntamiento, pues sobre ellos recae en teoría la responsabilidad final de ejecutar la obra conforme a lo autorizado. En la mayoría de los casos los peritos simplemente cobran por estampar su firma en los planos, las viviendas se realizan por autoconstrucción sin la supervisión del responsable de la obra, pues ello implicaría pagarle honorarios y por tanto, sin la certeza de que la construcción cumple con estándares que garanticen la seguridad y el bienestar de sus moradores. En este sentido los permisos de construcción de poco sirven para mejorar la calidad de vida en asentamientos irregulares, más bien debido a la falta de incentivos y de apoyo técnico para obtenerlos está repercutiendo negativamente en la escasa economía de las familias que ahí viven; Segundo: los auto constructores son por lo general de escasos recursos y con poco conocimiento de normas, requisitos fiscales y burocráticos, aplicables a la edificación, por lo que en principio ellos no realizan trámites para obtener un permiso de construcción a menos que se viesen obligados, pues en la sección de registro de obra se reconoce que no existen programas de difusión, información previa a los habitantes de las colonias irregulares para que soliciten sus permisos de construcción; Tercero: hay que recalcar que según la Ley de Catastro se deben registrar todos los predios municipales independientemente de que se cuente o no con un título legal de propiedad, pues las obligaciones catastrales también deben ser observadas por quienes tienen la posesión de un predio, lo cual deja suponer que si no está generalizado el cobro del impuesto predial en asentamientos irregulares, es debido al permanente rezago en la actualización de los registros. La expedición de permisos de construcción, el cobro de

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multas por construir sin dicho permiso, la regularización catastral de predios. De igual se desprende que muchos habitantes de asentamientos irregulares puedan estar pagando impuestos aún cuando no tengan un título legal de propiedad. Sin embargo el primer gran reto es definir una política de suelo que permita ofrecer alternativas reales a la ocupación irregular, establecer prioridades preventivas y de regularización y coordinar los esfuerzos de las diferentes instituciones federales, estatales y municipales, ello permitiría utilizar bajo una misma lógica los instrumentos existentes en la legislación que operan sobre áreas de urbanización irregular, permisos de construcción, impuesto predial para infraestructura, convenios entre autoridades, habitantes ejidatarios y otros que jamás han sido empleados como el derecho de preferencia para construir reservas públicas de suelo. Razón por la cual nos permitimos presentar antes ustedes compañeros Regidores el presente programa para su estudio y aprobación. Único: se instaure un programa de regularización de asentamientos sobre suelo ejidal que considere la modernización y actualización del Catastro para adecuar y agilizar así los sistemas y permitir la inscripción de estos lotes en asentamientos irregulares. Las reservas territoriales dentro del municipio par anticiparse a los problemas que representa el ciclo ocupación-regularización, que es característicos de los procesos de asentamientos populares, talleres de planeación urbana que llevarían a un mejor control del uso del suelo que considere las necesidades de infraestructura y servicios urbanos y una apropiada protección del medio ambiente, descripción y orientación a los auto constructores para el registro de obra y permiso de construcción, la reubicación de predios en zona de riesgo de acuerdo a lo que establece el atlas de riesgos y la certeza jurídica sobre su patrimonio que permitan garantizar un mínimo de bienestar y seguridad a los habitantes de los asentamientos irregulares. Atentamente, Zapopan. Sufragio Efectivo. No Reelección. Zapopan, Tierra de Amistad, Trabajo y Respeto. Zapopan Jalisco a 25 de febrero del 2005; firma la fracción del Partido Revolucionario Institucional y le pediría al señor Presidente se turne la presente a las Comisiones de Gobernación, Participación Ciudadana y Justicia.

El Presidente comentó túrnese la presente iniciativa a las Comisiones que han sido

referidas por el señor Regidor. El Regidor MIGUEL PRADO AGUILAR señaló muchas gracias.

En uso de la palabra la Regidora MARÍA DE LA SALUD RAMÍREZ FRUCHIER manifestó Honorable Ayuntamiento del Municipio de Zapopan, a través de este conducto y con fundamento en lo establecido en el artículo 50, fracción I y II de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, los suscritos Regidores integrantes de la fracción edilicia del Partido Revolucionario Institucional en este Municipio de Zapopan, nos permitimos presentar la presente iniciativa para que reformen y adicionen diversos artículos del Reglamento de Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco, al efecto, nos permitimos formular los siguientes antecedentes y

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considerandos. 1. El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios deberán expedir los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia; 2. La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, en su artículo 40, fracción II, faculta a los ayuntamientos para que, de acuerdo con leyes estatales en materia municipal, expidan los reglamentos necesarios para regular los asuntos de su competencia; 3. El Reglamento de Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco, tiene por objeto regular principalmente la realización de los actos o actividades comerciales industriales, agroindustriales y de servicios, tanto privados como públicos en el ámbito del Municipio; 4. En el citado Reglamento Municipal, es un instrumento jurídico trascendente para el buen funcionamiento de la administración, así como para el desarrollo económico del Municipio y como sabemos, la actividad comercial y de servicios, es una de las más dinámicas en nuestro territorio; 5. A fin de garantizar la seguridad jurídica y el buen funcionamiento de administración, en consonancia con este dinamismo del ramo, es necesario adecuar continuamente nuestro Reglamento a los cambios en las diversas normatividades que le dan sustento, así como las realidades que presenta la actividad económica. Por todo lo anteriormente expuesto solicitamos: Primero: Se autorice reformar y adicionar los artículos 2, 3, 7, 28 y 34 del Reglamento de Comercio y de Servicios para el Municipio de Zapopan, Jalisco; Segundo: Se turne la presente iniciativa a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos, Justicia, Puntos Constitucionales, Redacción y Estilo e Inspección y Vigilancia, es cuanto señor Presidente.

El Presidente señaló muchas gracias túrnese la presente iniciativa a las Comisiones

Colegiadas y Permanentes que han sido mencionadas. Turnándose el uso de la palabra a la Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA

JIMÉNEZ expresó gracias señor Presidente, compañeros Regidores, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado, en sus artículos 41 fracción II y articulo 50 fracciones I y VI, me permito someter a la alta y distinguida consideración de este Honorable Ayuntamiento la presente iniciativa, de propuesta de la nueva estructura de Gobierno del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal del Estado, por los motivos que a continuación se detallan. Uno de los princ ipios de derecho administrativo, es el de la simplificación de las formas y funciones con la estructura actual del gobierno, de las 44 Comisiones, donde sustenta el análisis, la modificación y los cambios legislativos de la administración municipal, están contemplados a partir del artículo 44 y 49, del citado cuerpo de ley, contiene la espesura de un mismo asunto, la conocen por los menos más o más de 4

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Comisiones, que normalmente se integra por las mismas personas y produciéndose el efecto, de que si algunas de las ideas es rechazada en una Comisión, en otra puede ser aprobada, lo que redunda en una parálisis en la toma de decisiones del municipio. La idea en consecuencia es agrupar las tareas afines del municipio, para evitar la diversidad de opiniones y con ello mejorar la productividad institucional. Por otra parte se pretende que el número de Comisiones coincida con el número de Regidores, para que cada uno la presida a efecto de que tenga la participación activa de todo el cuerpo edilicio y se de la oportunidad de fincar la posibilidad de hacer responsable a cada uno de los Regidores un aspecto de la vida municipal. También es de considerar que se unirían y se agregarían Comisiones para formar Subcomisiones de acuerdo a la carga de trabajo se podrían distribuir. Es importante destacar que en nuestro carácter de Regidores podemos intervenir en cualesquiera de las Comisiones, hasta en la etapa de discusión de las sesiones ordinarias, asimismo se determina el número de integrantes que a continuación se describen: la Primera: sería Gobernación y se agrega la Comisión de Transparencia e Información Pública; Segunda: Hacienda y Presupuesto; Tercero: Desarrollo Social, que se unirían tres Comisiones de Asistencia Social, Participación Ciudadana, y Habitación Popular y se agregaría la Comisión de Asuntos Indígenas; Cuarto: Desarrollo Humano, se unen Derechos Humanos y Juventud y se agregan Subcomisiones, para considerar el universo de discapacitados, tercera edad, infantes, adolescentes; Quinta: Ecología, Saneamiento, y Acción contra la Contaminación, se unirían Agua y Alcantarillado, Aseo Público, Cementerios, Ornato e Imagen, Parques y Jardines; Sexta: Educación, se uniría Festividades Cívicas y Deportes; Séptima: sería, se cambiaría el nombre por Infraestructura Municipal, y uniría las Comisiones de Obras Públicas, Alumbrado Público, Calles y Calzadas, Estacionamientos, y Nomenclatura; Octava: Planeación Socioeconómica Urbana, se agregaría lo rural, Promoción y Fomento al Empleo, Comercio, Abasto, Mercados y Tur ismo; Novena: Archivo, Crónica e Historia Municipal, se agregaría la Comisión de Registro Civil; Décima: se cambiaría el nombre de Comisión y Difusión y Prensa a Publicidad Municipal y se verían más aspectos de la vida municipal, redundando; Décima Primera: sería Fomento Cooperativo, se unirían las Comisiones de Artesanías y otra fase del Fomento Agropecuario y Forestal para darle la vida a esa Comisión que se necesita; Décima Segunda: Inspección y Vigilancia se uniría a la Comisión de Espectáculos; Décima Tercera: Patrimonio Municipal, se uniría con Vehículos, parte de una Comisión de Presupuesto, para darle sentido a los bienes muebles e inmuebles de nuestro municipio; Décima Cuarta: Promoción Cultural, quedaría intacta; Décima Quinta: Fomento Económico, se abriría el espacio para generar las Comisiones que tengan el mismo fin; Décima Sexta: Reglamentos se uniría con las Comisiones de Puntos Constitucionales, Redacción y Estilo y Justicia; Décima Séptima: Fomento Agropecuario, se abrirían las Comisiones a los adelantos tecnológicos y científicos de nuestros cultivos, de nuestros alimentos para ser competitivos en el mercado y se le daría otro lugar esta Comisión; Décima Octava: Asuntos Internacionales, se uniría con la Comisión de Ciudades Hermanas para ampliar todavía el sentido que tiene Zapopan ya a nivel internacional; Décima Novena:

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Seguridad, se uniría con las Comisiones de Reclusorios, Protección Civil y se crearía la Comisión de Tránsito Vial; Vigésima: sería Salud e higiene, y se uniría con la Comis ión de Rastro ya que la mejor preocupación es tener salud en ese tipo de comercialización. Por todo lo anteriormente dicho le solicito de la manera más atenta tenga a bien enviar para su análisis, a las Comisiones de Gobernación, y Reglamentos, de acuerdo a los cambios antes mencionados, con el objeto de hacer una prueba de piloto y asimismo remitirla a cada uno de los Regidores con el anexo donde se describen las obligaciones, para que todos los Regidores puedan analizar esta propuesta del número de Comisiones del Ayuntamiento, en la cual veríamos beneficios lo antes posible, es todo señor Presidente.

El Presidente comentó como no con todo gusto señora Regidora, muchas gracias. En consecuencia y sobre el tema anterior, se concedió el uso de la voz al Regidor

JOSÉ MARÍA MURIÁ ROURET quien manifestó gracias señor Presidente con su venia, quisiera pedir que la propuesta de la compañera Regidora puesto que va a la, a toda la infraestructura del Ayuntamiento, no sea analizada solamente por una o dos Comisiones, yo la, por principio la mandaría a todas las Comisiones actuales para que den su opinión.

A lo anterior el Presidente opinó sobre este punto solamente quisiera comentarles

para, con el ánimo de no entrar en polémica, yo creo que no podemos prohibir a ninguno de los señores Regidores que quisiera que éste asunto se analizara, o sea, todos los señores Regidores en cualquier asunto históricamente que han solicitado que se turnen a sus Comisiones, hemos accedido de tal manera que bueno si se trata de un asunto de esta naturaleza, me parece que la moción es muy positiva.

La Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ expuso señor Presidente nada

más para aclarar que en el segundo párrafo penúltimo, se aclaró que solicitaba que se anexara esta información a cada uno de los Regidores.

El Presidente señaló muchas gracias, tiene el uso de la palabra el señor Regidor, del

turno no, pero también el Regidor Alejandro Villaseñor pidió sobre el mismo punto verdad. En uso de la palabra el Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY expresó si en este

sentido yo nada más solicitar, me da gusto que presente la iniciativa la Regidora Mari Carmen Acosta en el sentido de reducción de Comisiones, pero también hacer notar que ya hay turnos previos y que solicito se acumule al expediente que debe estar abierto hace más de seis o siete meses puesto que en este Pleno se presentó ya una iniciativa de reducción de Comisiones que pues sigue durmiendo el sueño de los justos y están turnadas a cinco o seis Comisiones; ya se han hecho observaciones a la misma por parte de los grupos edilicios aquí representados y bueno pues simplemente aprovechando esto que se acumule, que se

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enriquezca y que entonces ahora si entremos a la discusión ya formal, a la dictaminación y sacar una iniciativa que tiene ya más de ocho meses presentada, muchas gracias.

El Presidente señaló muchas gracias. En uso de la palabra el Regidor JOSÉ GUADALUPE TARCISIO RODRÍGUEZ

MARTÍNEZ comentó gracias señor Presidente, en el mismo sentido dado que hay antecedentes de la misma materia y también de un Reglamento de Comisiones que ya inició el estudio en alguna de éstas, bueno yo creo que nuestro Reglamento nos da la facultad a todos los Regidores de participar en cualquier Comisión, ciertamente no con voto pero si con voz; creo y si está de acuerdo el autor de esta propuesta, el Doctor Muriá, pues instalaremos y convocaremos, invitaremos a todos los Regidores, pero para darle mayor facilidad al estudio, a la dictaminación propia de estas iniciativas, que se vaya respetando el turno, antecedentes, de las otras iniciativas relativas a esta misma materia de las Comisiones y bueno pues ya como mesa de trabajo ahí nos involucramos todos, pero para no tener discrepancia a la hora de emitir dictámenes.

El Presidente comentó bien propongo en consecuencia si no tienen inconveniente

que esta iniciativa se acumule a las que ya se tienen en trabajo de Comisiones y se entre al procedimiento que ha propuesto el señor Regidor Ingeniero Tarcisio Rodríguez Martínez.

En uso de la palabra el Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY señaló en este

asunto nada más hacer mención que bien decía el Ingeniero Tarcisio Rodríguez, en cuanto a la reglamentación, está en otro expediente con otro número y las de reducción de Comisiones están en otro número; en este sentido yo creo que sería adecuado no nada más acumular la de la del Regidor, la de la Regidora Mari Carmen Acosta, sino acumular también su Reglamento puesto que en las partes fundamentales de las propuestas, también se encuentran reglamentos en Comisiones, tratamos el mismo asunto de su funcionamiento, de su integración y la cantidad, pues que se acumulen en el mismo expediente, y pues bueno ojalá que lo dictaminemos a la brevedad, gracias.

El Presidente manifestó como no con todo gusto. En uso de la palabra la Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ comentó la

verdad me da mucho gusto, yo nada más los exhortaría a que si me gustaría que pusiéramos fecha del estudio de esta estructura de gobierno porque es necesario darle la eficacia institucional al trabajo de Comisiones.

El Presidente opinó como no muchas gracias con todo gusto para que usted pueda

hacerle el comentario a los Presidentes de Comisiones.

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V. ASUNTOS GENERALES.

A fin de cumplimentar el quinto punto de la Orden del Día, el Presidente consultó a los Regidores si tenían algún asunto que tratar en la Sesión.

En uso de la palabra la Regidora ELVIA DORA GARCÍA CARREÓN expresó gracias

señor Presidente, Honorable Ayuntamiento, el fomento de la educación cívica entre los habitantes de nuestro municipio, es el mejor camino para vivir y convivir en armonía para el progreso. El niño, el joven, el adulto y el adulto mayor, deben conocer el desarrollo de su nación, saber valorar los grandes acontecimientos históricos y tener clara conciencia sobre la participación de los ciudadanos que han conformado el México de hoy. Fomentar la cultura cívica en el municipio de Zapopan, con las normas de orden público, los símbolos patrios son tan importantes para todos los mexicanos que debemos emplearlos con gran respeto. Para este fin, existe una Ley sobre las características y el uso del escudo, la bandera y el himno nacional. Nuestra mexicanidad, nuestro nacionalismo, constituye nuestra fuerza histórica y nuestra razón de ser. Con fundamento en las facultades de supervisión y vigilancia de la Administración Pública Municipal y en cumplimiento de las normas de contenido cívico, propongo que se instruya a la Dirección de Comunicación Social, se publique en el órgano de difusión de este Ayuntamiento o la elaboración de un folleto, la historia de nuestros símbolos patrios así como la Ley que regula sus características y el uso del escudo y de la bandera, el juramento de la misma, los honores a ésta última y la ejecución del himno nacional, es cuanto señor Presidente.

El Presidente respondió muchas gracias muy amable, se instruye que se envíe esta

iniciativa a Comunicación Social por conducto de la Secretaría del Ayuntamiento. En uso de la palabra la Regidora ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO expresó

muchas gracias señor Presidente, nada más para comentar que en esta semana recibimos concretamente el día de ayer, un comunicado del Comité Directivo y Delegados del Sindicato de Servidores Públicos del Municipio de Zapopan, que se estuvo repartiendo ayer en las oficinas, donde se señala que en virtud a los Acuerdos tomados por la Administración Pública Municipal y este Sindicato, se ha establecido la construcción y venta de 450 criptas para empleados de base, así como la venta de 190 terrenos en el núcleo de los Belenes, si es, lo que queremos aquí señalar es que ninguno de los dos programas, absolutamente ninguno de los dos, fueron un Acuerdo entre esta Administración Pública y el Sindicato en cuestión, sino que fueron aprobados por el Pleno del Ayuntamiento como programas institucionales de beneficio para los servidores públicos del municipio. Lo anterior lo comento sin el menor ánimo de interferir en la vida sindical, pero creo que si vale la pena aclarar que este trabajo de, se hizo por parte de la Comisión de Cementerios en Pleno bajo una propuesta de este

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programa por parte de la Dirección de Cementerios que fue quien llevó toda la carga de estos trabajos y no me parece pues justo que una organización se esté adjudicando un trabajo que se realizó por parte de este cuerpo colegiado en Comisiones, este y bajo ese esquema. En particular pues si me gustaría hablar acerca de este programa de las 450 criptas para empleados que fue pues un trabajo como ya comenté, se trabajó en varias Comisiones y que, bueno en el Dictamen en cuestión que apenas aprobamos la semana pasada, se especifica claramente cómo se va a hacer el trámite, qué Dependencias van a llevar a cabo esta difusión, el programa, ellos van a especificarle a los empleados cómo se va a implementar el mismo y se especifica quiénes son los responsables de llevarlos a cabo si, entonces más tarde también ese mismo Sindicato distribuyó una hoja en la que se comenta pues cómo van a ser el procedimiento para la venta tanto de los terrenos de Belenes como de las criptas y me parecería que de repente pues se puede crear confusión entre los mismos empleados por información que no esté muy precisa o muy clara. Yo en este sentido quiero pedirle al compañero Regidor Manuel Ocegueda que de todos conocemos que el sí tiene ingerencia en la vida sindical en este Ayuntamiento, que por favor respete, que respete el trabajo de este cuerpo colegiado y en el futuro se abstenga de adjudicarse trabajos de este Ayuntamiento para sí o para su organización sindical, no se vale que porque el sí tiene acceso a la información de manera privilegiada, estoy hablando por los demás compañeros servidores públicos, pretenda sacar ventaja personal o de grupo, engañando a los trabajadores, queriendo sorprender a éste órgano de gobierno, si, y que atente contra la inteligencia de los servidores públicos y de nosotros, que nosotros si trabajamos, yo en ningún momento me senté con él, gente de su Sindicato en ningún momento se acercó a preguntar cómo era este trabajo, entonces pues no se vale que nos quieran sorprender. Entonces yo aquí nada más pues comentar que como comúnmente se dice no se vale saludar con sombrero ajeno por lo tanto yo le pediría que respete el trabajo que el cuerpo colegiado está realizando.

El Presidente opinó muy bien muchas gracias. Al respecto se concedió el uso de la voz al Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR

TATAY quien señaló si gracias para el mismo tema, yo ignoro cuál sea el Sindicato, hay varios sindicatos yo no conozco profundamente cuál es al que se refieran, pero si en este caso por lo menos en lo que es lo de los terrenos, este pues es un Dictamen que hasta hace unos minutos aprobamos. En este sentido simplemente hacer una felicitación a la Dirección de Patrimonio de éste Ayuntamiento que ante la hondonada de solicitudes, tuvo a bien enviar, si ustedes checan su correo electrónico, a todos los servidores públicos de ésta administración, el memorandum, avisándoles que el asunto no estaba aprobado, que por tanto no existía ningún formato ni solicitud que fuera todavía posible presentar. En este sentido bueno pues este yo creo en la buena fe y que buena intención pues de llevar estas mejoras a todos los trabajadores de manera rápida, pero ahora si que el turno fue más eficiente que el del propio Pleno, muchas gracias señor Presidente.

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El Presidente manifestó muchas gracias. Por alusiones en uso de la palabra el Regidor JOSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA

señaló yo nada más para comentar en relación a la alusión que hace la compañera Regidora, pues decirle que la situación está muy clara, es decir, si Usted considera que en los conceptos que vertió respecto del Sindicato, existen algunas anomalías, pues ahí está el propio Sindicato donde puede reclamarle, es decir, si bien es cierto los, el cuerpo colegiado y de gobierno toma sus decisiones, pues también el Sindicato toma sus decisiones y en su vida interna pues también establece sus criterios de trabajo y si hay alguna situación en la que Usted no esté de acuerdo pues yo la invito a que acuda al Sindicato y ahí sea donde vaya a reclamarles o a sugerirles lo que aquí se ha comentado, eso es todo señor Presidente.

El Presidente respondió muchas gracias. En uso de la palabra la Regidora ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO si muchas

gracias, si compañero como Usted bien dice si está muy claro y aquí no es queramos reclamarle al Sindicato, no nos corresponde y como lo comenté yo no me quiero meter en la vida sindical como es el caso de otros compañeros aquí, porque bueno es de todos conocidos que Usted si trabaja en éste Sindicato, tengo entendido y si no aquí Usted dígame ahorita si no, Usted es el Secretario General de esta organización. Y aquí lo único que decimos es el primer párrafo con el que empieza este comunicado es que, con un cordial saludo nos dirigimos a ustedes a efecto de informales de los acuerdos con la administración y tu agrupación sindical y sueltan una serie de cosas, entre ellos lo de los terrenos de los Belenes y lo de las criptas, y quiero decirle que ambos trabajos no fueron acuerdo con la organización sindical, con ninguna organización de éste Ayuntamiento, fue trabajo colegiado de los Regidores, de los Directores y no se vale pues que atenten o que nos quieran sorprender y atentar contra la inteligencia de los trabajadores, si no nacieron ayer y no se vale estarlos engañando y estarse adjudicando cosas que no corresponden si. En el asunto pues de, por ejemplo de los terrenos de los Belenes, pues es correcto si, tan se sorprendió la administración que la propia Directora de Patrimonio tuvo que enviar un comunicado diciendo es un asunto que aún no se vota, es un asunto que aún no se conoce y para el cual todavía no estoy enterada y por lo tanto no opera este programa aún. Entonces si me parece pues que es mucha ventaja por parte de ésta organización sindical, el quererse abrogar trabajos que no participó, en los que no intervino y que no le corresponde adjudicarse. Yo creo que los trabajadores se merecen todo el respeto y me parece muy bien que la organización informe de los beneficios que están obteniendo ellos pero no como si fueran un logro sindical de tal o cual organización, o de tal o cual grupo, o de tal o cual persona.

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Continuando con el uso de la palabra el Regidor JOSÉ MANUEL OCEGUEDA

BONILLA expresó mire yo nada más finalmente quiero hacer la siguiente precisión, o sea en relación a los comentarios y en relación a que habla de respeto la compañera Regidora, pues yo también le quiero pedir su respeto en el sentido de un servidor porque si Usted habla de un documento y si me dice que ahí aparece mi nombre o si ahí está mi nombre, pues entonces haga alusión a mi pero sino lo es, pues entonces en lo personal yo le pido el respeto, igual se lo merece creo que la organización sindical, por eso yo le insisto y le sugiero que si hay alguna duda, bueno pues que lo haga en el seno del lugar donde es correspondiente, eso es todo señor Presidente.

Turnándose el uso de la palabra al Regidor DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR manifestó

muchas gracias, con fundamento en el artículo 12 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, solicito señor Presidente Municipal, instruya al Secretario del Ayuntamiento, a efecto de que de lectura al artículo 13 del Decreto número 17,191 que crea el Consejo Municipal del Deporte de Zapopan.

El Presidente respondió si, antes de que proceda a dar lectura al artículo que se ha

mencionado, pide el uso de la palabra el señor Regidor JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ CÓRDOVA quien señaló si para mismo, también quisiera que leyera el artículo 13 del Reglamento en cuestión por favor.

El Presidente comentó con todo gusto. En virtud de lo anterior se solicito al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO diera

lectura al artículo 13 del Decreto que crea éste OPD así como al artículo 13 de su propio Reglamento. Decreto número 17,191, artículo 13, el Director General deberá caucionar el manejo de fondos que estén a su cargo dentro de los 30 días hábiles siguientes al día en que tome posesión de su cargo en cualquiera de las formas que señala el artículo 47 de la Ley de Hacienda Municipal y por el importe del 1% de los ingresos registrados en la cuenta anual del Consejo Municipal del Deporte en el último año anterior a la caución. Dicha caución deberá otorgarse a favor del Ayuntamiento y remitida a la Secretaría General con copia a la Junta de Gobierno. El Director General deberá de renovar la caución cada año en el mes de enero. La contravención al presente artículo le impedirá al Director General cobrar su sueldo y será destituido si no cumple con esta obligación. El artículo 13 del Reglamento del Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco, publicado en Gaceta Municipal dice lo siguiente …”Independientemente de las facultades y obligaciones a las que se refiere este artículo, el Director conjuntamente con el Jefe de la Sección Administrativa, deberá caucionar su manejo de fondos dentro de los 30 días hábiles siguientes al día en que tome posesión de su cargo en cualquiera de las formas que señala el artículo 47 de la Ley de Hacienda Municipal por el importe del 1% de los ingresos registrados en la cuenta anual del

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Consejo en el último año anterior a la caución. Dicha garantía deberá otorgarse a favor del Honorable Ayuntamiento ante la Tesorería, de la cual deberá remitir copia a la Junta de Gobierno del Consejo.

El Presidente concedió de nueva cuenta el uso de la palabra al Regidor DIEGO

MONRAZ VILLASEÑOR quien expresó gracias, siguiendo con el uso de la palabra que me había otorgado, de la lectura de los artículos anteriores se desprende claramente la obligación del Director General del COMUDE de caucionar el manejo de fondos a su cargo, misma que deberá renovarse a más tardar en el mes de enero de cada año, haciendo énfasis en que un Decreto como todos sabemos, es superior a cualquier otro Reglamento. En los dos años en que el Licenciado Albino Galván Martínez ha sido Director General del COMUDE, ha incumplido en tiempo con ésta obligación, sin que haya dejado de percibir su sueldo y sin que haya recibido una sanción por parte de éste Ayuntamiento, ya que en el año 2004, se caucionó el uso de los recursos el día 23 de marzo con “Afianzadora Insurgentes” y en el presente se renovó dicha fianza hasta el día 22 de febrero ante la misma Afianzadora, según constancia expedida por la misma Afianzadora de la cual anexamos copias simples. Ante el evidente incumplimiento de sus obligaciones legales por parte del Director General del COMUDE, que han comprometido la correcta aplicación y protección de los recursos municipales y con fundamento en el artículo 13 del Decreto número 17,191 que crea el Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, le solicito señor Presidente Municipal someta a votación nominal del Ayuntamiento en Pleno, el siguiente Punto de Acuerdo: Único: Se destituya al servidor público Licenciado Albino Galván Martínez, Director General del Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco, de su cargo al haber incurrido en violación al artículo 13 del Decreto número 17,191 por el que se autorizó la creación del Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal con personalidad jurídica y patrimonio propio denominado “Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco”, así como el artículo 13 del Reglamento del Consejo Municipal del Deporte de Zapopan, Jalisco, toda vez, que no caucionó dentro de los términos de ley, el manejo de fondos que están a su cargo, previendo para este caso la ley, la destitución del servidor público, gracias.

Turnándose el uso de la palabra al Regidor CARLOS ENRIGUE ZULOAGA señaló nada

más me permito respecto a este punto, recordar que no podemos hacer un juicio sumario sin que haya sido el interesado oído y vencido en juicio. De tal manera que de considerarse por este Ayuntamiento que existen las faltas o que pudieran existir las faltas, debe abrirse un procedimiento en el cual se le den las garantías de audiencia y defensa.

El Presidente comentó muchas gracias.

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En uso de la palabra la Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ expresó bueno muchas gracias, yo soy también de la idea de hacer el juicio pero también es de considerar el tiempo, el tiempo no fue en tiempo y forma hecha la petición de destitución o sea el año pasado y es un acto consentido, eso lo tenemos que entender y si se renovó a un año, se tendría que ver la falta administrativa en juicio porque el acto consentido consentimos nosotros, entonces esperamos a que se vaya a juicio se va a sobreseer el juicio por ese mismo acto y aparte en el Reglamento no subsiste la sanción, sino simplemente la obligación, o sea son cuestiones de estudiarlo jurídicamente, yo soy de la idea de analizarlo y después emitiría una opinión en mi representación de Coordinadora del Partido Verde.

El Presidente manifestó muchas gracias. Concedido que fue el uso de la palabra al Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY

comentó gracias, en este sentido señor Presidente nada más hacer mención que se olvidó por ahí, otro Regidor solicitó la lectura del Reglamento Interior de COMUDE, pero bueno en este sentido sin darle lectura a lo que el Reglamento Interior del COMUDE no establece sanción ni tampoco temporalidad, pero aquí entraríamos a discusiones bizantinas desde la Pirámide de Kelsen hasta un montón de cuestiones en jerarquías de leyes, yo diría que si ya el señor Síndico tuvo a bien ilustrarnos en el sentido de que en este caso se debería de dar por lo menos la audiencia de que el servidor público pueda aducir a lo que en derecho corresponda y siendo él, su oficina perdón, la encargada del propio, pues simplemente que se establezca y que se proponga por este Pleno, se agote el procedimiento administrativo y hecho esto entonces si de haber discusión al respecto o duda, pues entonces si entremos a un debate de fondo una vez que se de, yo creo que el avance para la claridad en este tema pues es bien que se abriera ese procedimiento administrativo y esperar su resolución, es cuanto señor Presidente.

El Presidente respondió bien muchas gracias señor Regidor. En uso de la palabra el Regidor ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ opinó gracias

señor Presidente, me gustaría comentar pues que lo interesante aquí también sería que se pusiera en la mesa el que Usted tuviera a bien solicitarle al Director del COMUDE solicitar licencia mientras está sujeto a un proceso, como se ha venido haciendo en los casos que ya se han suscitado en éste, de éste tipo de situaciones pues, no.

Turnando el uso de la palabra al Regidor JOSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA

comentó gracias señor Presidente, compañeros Regidores, en días pasados hemos seguido con atención el tema respecto a esta polémica que se ha generado entorno al Consejo Municipal del Deporte, inclusive en un medio local “Notisistema” y en la Comisión que me honro en presidir, nos hemos avocado a analizar los señalamientos que contra el Director de

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éste Organismo se han hecho ante la opinión pública y hoy en éste momento, como todos los integrantes de éste Ayuntamiento estamos preocupados por transparentar lo que ocurre en nuestras instituciones pero además estamos atentos a la aplicación de la Ley y en este caso sus Reglamentos. Por ello me permito presentar ante ustedes, algunas consideraciones entorno a este caso. Se ha señalado el Director del COMUDE por no depositar en tiempo la caución del 1% que exige el Reglamento en la materia, por su falta se exige se le apliquen la sanción de suspender sus pagos y en caso extremo destituirlo del cargo. Resulta por un lado extraña la vehemencia con la que algunas voces demandan tal sanción amparados en argumentos legales que supuestamente les dan razón, pero no podemos aplicar sanciones que nuestro Reglamento vigente no contempla y para ello hagamos un poco de historia. En Sesión Ordinaria del 14 de agosto de 1997, el Ayuntamiento de ese entonces, aprobó la creación del COMUDE, turnando la petición al Congreso del Estado, quien tuvo a bien emitir el Decreto 17,191 y en dicho Decreto se estipuló …”El Director General deberá caucionar el manejo de fondos que está a su cargo por el importe del 1% de los ingresos registrados en la cuenta anual del Consejo Municipal del Deporte, en el último año anterior a la caución. La contravención al presente artículo le impedirá al Director cobrar su sueldo y será destituido si no cumple con ésta obligación”…, pero en el Reglamento que da origen al COMUDE, publicado en la Gaceta Municipal con fecha de 15 de junio de 1999, dos años después, se establece con toda claridad lo siguiente: …”Que será el Director del Organismo el que deberá caucionar el manejo de fondos”…, como aquí ya se mencionó el artículo 13 del mismo Reglamento, pero sin embargo queda muy claro que no existen sanciones estipuladas por falta de dicha caución, si ustedes revisan señores Regidores con cuidado el Reglamento y en el dicho artículo, no encontrarán sanción alguna. Esto no es novedoso y los críticos lo saben. En la pasada administración el Director del Deporte, omitió hacer la caución del manejo de fondos por el 1% estipulado, amparado en el Reglamento de 1999 y no en el Decreto, esto ocurrió durante el 2001, 2002 y 2003, años en los que estuvieron al frente del deporte otras personas sin que hayan fincado sanción alguna. Posteriormente dicho Director fue destituido por razones, pero ajenas a la fianza no depositada. Ahora se pide la remoción del actual Director invocando sanciones que no son válidas, que intentan aplicar el Decreto por encima de un Reglamento, solo les recuerdo que en el ámbito municipal el que aplica, pues es precisamente el Reglamento, la Ley especial precisa todas las disposiciones generales, por tanto el Decreto ya no es aplicable, recuerden que el Reglamento data de 1999 y el Director asumió su cargo en el 2004, durante ese tiempo no se ha llevado a cabo ninguna modificación legal. Los críticos piden aplicar sanciones obviamente que no existen, ellos en su momento hicieron el Reglamento y no lo ejecutaron cuando debían hacerlo, pero mejor dicho, sabían que no podían hacerlo. Ahora piden sanciones invocando una Ley insisto ya no aplicable, es justo que nos dediquemos como Ayuntamiento a promover acciones a favor del deporte y no acusaciones sin estar dentro del marco legal. La transparencia señores, compañeros Regidores es precisamente conocer para el caso que nos ocupa, las leyes y Reglamentos, aplicarlas es la fuerza del estado de derecho,

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siempre y cuando existan las disposiciones legales que nos permitan hacerlo, eso es cuanto señor Presidente.

El Presidente contestó muchas gracias. En uso de la palabra la Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ señaló

señor Presidente yo percibo aquí dos cosas muy diferentes, uno es el aspecto de la legalidad de la caución y la otra es lo que a mi me llama la atención que vienen ciudadanos a decirnos que hay entrega de espacios deportivos, entonces a mi me gustaría que por su conducto le solicite al Director de COMUDE, me envíe un inventario de todas las áreas deportivas, quién es el Administrador también con el objeto de hacer una gira de esos espacios verdes y conocer a los propietarios y yo también exhortar a los ciudadanos de que si tienen pruebas pues que ellos lo hagan por los medios legales correspondientes verdad?, si pero eso es interesante que ustedes lo hagan, es todo señor Presidente.

El Presidente expresó muchas gracias. En uso de la palabra el Regidor ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ comentó

muchas gracias señor Presidente, aquí lo interesante es analizar pues y como bien lo dijo el Licenciado Enrigue Zuloaga, que no queremos que quede en estado de indefensión en este caso el Director del COMUDE, creo que si nos ponemos a discutir ahorita las jerarquías en materia de normas, leyes, como lo quieran llamar, no llegaríamos a ninguna parte. Lo interesante es el antecedente que se ha fijado en ésta Administración que cuando un Director o algún servidor público de la presente Administración se encuentra sujeto en algún procedimiento, pues se le ha solicitado licencia, para citar ejemplos podría mencionar lo que sucedió con el Director del Museo de Arte Zapopan, que fue sujeto a un procedimiento que por cierto fue ajeno al Ayuntamiento y solicitó licencia y se le aceptó. Por otra parte también se encuentra lo que sucedió en las compras fraccionadas y a sobre precio que el Director de Alumbrado Público y el Director de Adquisiciones fueron sujetos a un proceso y que una vez que se inició éste proceso y cuando estaba en boca de todos ésta situación, se le solicitó por su conducto señor Presidente, presentaran licencia. Creo que estos antecedentes marcan perfectamente bien cuál sería la decisión más correcta para que no se deje en estado de indefensión por una parte y por otra parte se cumpla con la norma. Creo que aquí no venimos a discutir algo que está plasmado, es algo que se tendría que cumplir y hacerse cumplir por su parte señor Presidente.

El Presidente manifestó muchas gracias. En uso de la palabra el Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY opinó si gracias

señor Presidente, en éste sentido insisto lo que había propuesto desde un principio, en razón

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de que el tema si es controvertido o sea, por una parte hay un argumento donde se exime una obligación y por otra un Decreto, habría que ver insisto la jerarquía, un sin número de cosas, yo diría que la instancia adecuada, volver a insistir sin condenar a nadie, es precisamente ese procedimiento administrativo. En el caso de la licencia, si bien es cierto que el Regidor Hernández y coincido con él, ha sido algo tradicional, en éste caso hay algo que por primera ocasión es inédito y es diferente, estamos hablando del titular de un Organismo Público Descentralizado donde yo si tengo mis dudas de que el Presidente tuviera la facultad o si quiera hacer la sugerencia recta de una licencia, en éste caso me iría yo a que fuera la Junta de Gobierno quien propio se lo pidiera y él estaría en libertad de hacerlo o no, yo dijera sin entrar a tanto en cuanto la postura en punto medio, pues debería ser precisamente ser escuchado en el Director y yo diría que lo interesante que satisfaceria a ambas partes, o sea las partes que van por el Reglamento especializado y quien se enfoca por el Reglamento de origen, pues se dilucidaría muy bien en un procedimiento administrativo a cargo de la Sindicatura y, entonces si, una vez emitida esa opinión válida y un acto administrativo de parte de una Dependencia que está facultada para ello, de proceder en su caso ya se verá qué es lo que corresponde, pero si en el caso de la licencia ser enfático en que yo si tengo mis dudas aunque es Usted el Presidente de Zapopan que pueda hacer esa recomendación a un OPD sin dejar tener su papel en su carácter de Presidente, gracias.

El Presidente opinó muchas gracias bien se toma también esta nueva protesta y a

continuación, propuesta perdón. En uso de la palabra el Regidor DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR manifestó muchas

gracias, el Reglamento del Consejo Municipal del Deporte de Zapopan vigente, en el capítulo 14 que habla de las sanciones, en su artículo 79, contempla perfectamente suspensiones temporales, suspensión definitiva y algún otro tipo de sanciones. En este mismo Reglamento como todos podemos recordarlo el día 1º ó 2º de enero que tuvimos aquí al Director del COMUDE, fue el propio Ayuntamiento en Pleno, fuimos todos lo Regidores los que le dimos el nombramiento el día 1º de enero, nosotros lo nombramos Director del COMUDE, es por eso que se contempla que también éste órgano de gobierno es autoridad para poder llevar a cabo éste tipo de situaciones. Por lo que señor Presidente yo le solicitaría que entonces aunado a la recomendación del Síndico, a las recomendaciones de los Regidores, creo que estamos coincidiendo en proponer un Punto de Acuerdo para que se suspenda temporalmente de sus funciones y se inicie el procedimiento administrativo que el mismo Síndico nos recomienda, ese sería el Punto de Acuerdo a someter a votación nominal.

El Presidente señaló bien nada más para acotar, entonces retira su propuesta original

y pide que se inicie procedimiento.

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A lo anterior el Regidor DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR manifestó que se vote el que se inicie el procedimiento administrativo y la suspensión temporal.

El Presidente respondió bien. En uso de la palabra el Regidor JOSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA opinó yo nada

más para insistir en que si hubiera alguna duda que en el caso particular de la mayoría de los integrantes de la Comisión no la tenemos en el sentido de lo que nos marca el Reglamento Interno, si hubiera alguna duda como órgano de gobierno en un momento dado en lo que pudiéramos pensar es de que el Síndico nos orientara a quien tuviera las dudas, pero eso de que se sancionara por supuesto que estamos en desacuerdo, mucho menos tomar un Punto de Acuerdo porque hay que recordar bueno pues que es la Junta de Gobierno la que rige la vida interna del Órgano Público Descentralizado del COMUDE, entonces si vamos a partir de un principio de orden para clarificar lo que en éste órgano de gobierno alguien tuviera duda, pues el señor Regidor y Síndico que forma parte de él pudiera orientar a quien tuviera así las dudas y luego surgiera lo que a consecuencia tuviera a lugar verdad, si es que él, si así se decidiera tomar algún procedimiento administrativo pues de igual tendríamos que verlo en la Junta de Gobierno, entonces es una serie de pasos que sugiero, por eso propongo que no pudiera ponerse un Punto de Acuerdo.

El Presidente manifestó muchas gracias. En uso de la palabra el Regidor ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ señaló muchas

gracias señor Presidente, aquí también lo interesante es también pues recordarle a los miembros de éste Ayuntamiento que, pues fuimos nosotros los que le dimos el nombramiento, aquí se le tomó protesta, evidentemente si nosotros fuimos los que le dimos o le otorgamos el nombramiento, pues somos también nosotros los que por este conducto solicitaríamos que presente su licencia y que se sujete al proceso administrativo que se le llevaría.

El Presidente concedió el uso de la palabra al Regidor JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ

CÓRDOVA quien expresó si bien efectivamente como lo dijo algún compañero Regidor que el 1º ò 2 de enero que también o sea bueno así que lo manejó, que se le dio o se le tomó protesta o que le dimos al Director del COMUDE Albino Galván Martínez este la confianza de que llevara a cabo los trabajos dentro de ese Órgano, de igual manera yo creo que debe de regirse dentro del órgano de gobierno de una OPD que primeramente pasara por la OPD que es la que rige las actividades del Director del COMUDE, puesto que le dimos la confianza a él y después también estuvimos como parte todos nosotros o supimos o avalamos algunos de nosotros quienes integraran parte de esa OPD. Así es que mi propuesta es igual un Punto de Acuerdo en que se mande a la OPD de COMUDE para que ahí sea como la instancia

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correspondiente, donde se deba de ver en primera instancia el procedimiento que se le debe de seguir al Director.

El Presidente respondió muchas gracias. Turnando el uso de la palabra al Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY comentó

si nada más para reiterar lo de la propuesta, porque aquí una es la propuesta que se vaya a la Junta de Gobierno de COMUDE sino el procedimiento administrativo quien es el facultado para hacerlo es la propia Sindicatura, si de eso se derivara alguna acción que la Junta de Gobierno eventualmente tuviese que asumir, ya será sobre el asunto de que ha sido escuchado y se ha interpretado esta discusión legal en ese sentido; en el caso de la licencia temporal yo si quisiera insistir, tratándose de un Organismo Público Descentralizado, sería como llegar al extremo guardar a proporción en el ámbito municipal, como que el propio Congreso en actos sumarios, de repente destituyera magistrado o si lo elevamos al Federal o a los senados, embajadores, etcétera, etcétera, sin haber mediado un procedimiento. Entonces en este sentido sí clarificar esto y volver a insistir en esa independencia que tiene la OPD ya como un acto consumado el hecho del nombramiento, pues primero tendría que retrotraerse, agotarse las etapas intermedias antes de llegar quizás a la última etapa que es el Pleno, no se han agotado, en tanto las etapas intermedias vamos, es como brincar y también haciendo una muy mala comparación de un juicio de carácter ordinario en primera instancia brincárnoslas todas y llegar a la resolución de los ministros equivaliéndolos aquí a los Regidores. Yo si diría en éste caso volver a proponer ese procedimiento administrativo a cargo del Síndico que dilucide si las, qué parte tiene razón o cuál asiste y en ese sentido de haberla, bueno entonces si se empezaran a tomar las determinaciones, pero si garantizando de alguna manera la insistencia de que la OPD no necesariamente puede en éstos momentos por sus características, recibir una recomendación que no sea la de su propia Junta de Gobierno y la Junta no tendría elementos si en tanto un procedimiento administrativo no ha sido resuelto, si exhortar a que se hiciese pues con agilidad verdad.

El Presidente comentó muchas gracias. En uso de la palabra el Regidor DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR expresó gracias, la

sección primera del Reglamento del mismo Consejo Municipal del Deporte que nos habla de la Junta de Gobierno y nos menciona sus atribuciones, así como su integración, pues nos habla de la improcedencia para que se ésta instancia la adecuada en erigirse Juez de ésta situación, ya que el artículo 7º nos dice que el Director del Consejo Municipal del Deporte sería el Secretario, entonces en ese sent ido no puede ser él Juez y parte. De la misma naturaleza en el artículo 8° habla de las siete atribuciones que tiene la Junta de Gobierno, en ninguna menciona la destitución del Director, bueno pues él es parte de la Junta de Gobierno, no podría ser esto congruente, de la misma naturaleza éste Reglamento cuando

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habla de la Junta de Gobierno en el artículo 9º, nos dice que la Junta de Gobierno celebrará por lo menos una Sesión Ordinaria bimestral, esto únicamente lo acoto en el sentido pues de también hacer público que la Junta del Gobierno del COMUDE no ha estado funcionando de manera regular, no ha estado cumpliendo éste Reglamento, ya que el mismo Regidor Ocegueda podrá decirnos que él si es integrante de ésta Junta de Gobierno, pues de que han sido escasas las reuniones de ésta Institución. Por lo tanto vemos con el Reglamento en la mano, con el Decreto en la mano, con las fianzas en la mano y con todos elementos claros que nos sumamos y coincidimos también con el Regidor Alejandro Villaseñor en el sentido de que se inicie pues tal procedimiento administrativo y que en éste caso desde luego que también la suspensión temporal es desde luego procedente, viable y que se, entonces se pida la votación nominal señor Presidente, pedida desde un principio en éste Punto de Acuerdo que estamos hoy concluyendo.

A lo anterior el Presidente manifestó muchas gracias. Turnado de nueva cuenta que fue el uso de la palabra a la Regidora MARÍA DEL

CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ señaló gracias señor Presidente le solicito por favor gire instrucciones para que la Junta de Gobierno me envíe el Acuerdo donde da, tiene el acuerdo de otorgar la caución correspondiente de acuerdo al Reglamento en su artículo 12 fracción IV, que es un elemento clave, gracias.

El Presidente respondió muchas gracias y turnando el uso de la palabra al Regidor

JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ CÓRDOVA comentó gracias señor Presidente este para bueno en concordancia con el Regidor Alejandro Villaseñor Tatay para modificar la propuesta de mi Punto de Acuerdo en que efectivamente primero sea el procedimiento administrativo este puesto o llevado a cabo por Sindicatura y este ya después de ese procedimiento que se den este los resultados necesarios o a dónde se pudiera dirigir o al revés este que es lo que pudiera determinar este la Sindicatura.

Tomando en cuenta lo anterior el Presidente señaló entonces estamos hablando de

dos propuestas, ambas establecen la situación de que se inicie un procedimiento, yo coincido que el procedimiento debe iniciarse precisamente ante la Sindicatura, por lo tanto se somete a votación nominal si se inicia el procedimiento con el tema de la licencia, perdón, o suspensión.

Por lo anterior el Presidente solicitó a la Secretaría recibiera la votación nominal

correspondiente. Antes de la votación la Regidora MARÍA ESTHER VALLADOLID OROZCO preguntó

qué es exactamente lo que estamos votando.

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A lo que el Presidente respondió se votaría el inicio del procedimiento en una

primera, o sea estamos proponiendo que se inicie el procedimiento, eso es lo que estamos proponiendo, entonces tiene dos modalidades: una, el procedimiento, continuando con el desempeño de sus funciones hasta en tanto concluya o, dos, el procedimiento con una suspensión de sus labores.

Por lo tanto se solicitó de nuevamente al señor Secretario iniciara la votación

nominal del inicio del procedimiento con suspensión de labores resultando RECHAZADA POR

MAYORÍA DE VOTOS. En el transcurso de la votación el Regidor CARLOS ENRIGUE ZULOAGA opinó me

abstengo en virtud de que de emitir cualquier opinión en cualquier sentido, quedaría inhabilitado para poder realizar la investigación.

De igual manera la Regidora MARÍA ESTHER VALLADOLID OROZCO señaló a favor

mi voto dado en virtud de que en diferentes ocasiones se han presentado situaciones similares, y voy poner el caso de hace tiempo en aquellas licencias que fueron otorgadas en forma irregular, hasta la fecha no se ha iniciado ningún procedimiento. Entonces este me preocupa que no, sería muy claro precisamente que ésta persona se retirara del cargo para una investigación, y quisiera comentarles que el respeto a la ley y el actuar institucional es sagrado, el cumplimiento de la ley no puede ser negociado, premisa que me obliga a una reflexión; es nuestra responsabilidad el vigilar que ésta se cumpla adecuadamente y como Regidores que votamos dicho nombramiento, el silencio puede traer consecuencias de tipo legal para cada uno de nosotros. Por lo que los invito a tomar la decisión que corresponde y así mandar el mensaje correcto al resto de los servidores públicos, para que cumplan en tiempo sus obligaciones y así proteger los intereses de los zapopanos, mi voto es a favor.

El Presidente respondió muchas gracias, adelante. En este mismo sentido se turnó el uso de la palabra al Regidor ALEJANDRO

VILLASEÑOR TATAY señaló si nada más para explicar la intencionaria del voto y dejar muy en claro una situación. Son dos propuestas, estamos votando la inicial, la que es la propuesta del grupo edilicio del PAN, está la alternativa que también se votará después, que es la propuesta del Regidor López Córdova, de Muriá, de un servidor, de varios, en el sentido de que las dos unifican lo mismo, habrá un procedimiento administrativo; en cuanto a la licencia hemos diferido en este caso y si ser muy acuciosos que me abstendría de la votación en el sentido de que el único acto que no puede ser después reclamado como no ejercido, es cuando alguien en la propia votación acepta ese procedimiento, entonces en ese sentido

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habiendo hecho la otra propuesta pues no me resta también más que igual que el Síndico, abstención.

El Presidente mencionó muchas gracias. En consecuencia la Regidora MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ comentó señor

Presidente mi voto es en contra porqué, porque realmente yo lo que quiero que primero se de la garantía de audiencia, se haga la investigación y asimismo le solicito que todos estos ciudadanos que están quejándose de manera verbal lo hagan de manera oficial y con pruebas y me lo hagan llegar por favor, gracias.

El Presidente contestó muchas gracias. En uso de la voz el Secretario expresó me permito dar cuenta que se ha incorporado

a ésta Sesión la Regidora Lilia Bejarano Cásarez, consultando el sentido de su voto. El Presidente al emitir su voto manifestó abstención toda vez que en el caso de que

haya sanción, abstención repito porque toda vez de que en el caso de que haya sanción, me corresponde imponerla.

Una vez efectuada la votación nominal anterior, se inició la votación nominal

respecto a la propuesta de un procedimiento administrativo en contra del funcionario en cuestión, el Director del COMUDE señor Albino Galván Martínez, solicitando a la Secretaría se sometiera a votación dicha propuesta, resultando APROBADO POR MAYORÍA DE

VOTOS. Al momento de ser tomada la votación correspondiente, el Regidor CARLOS

ENRIGUE ZULOAGA opinó abstención por las razones indicadas anteriormente. En razonamiento de su voto el Regidor DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR comentó

gracias si también el voto de su servidor iría en el sentido de abstención esto con la intención de sumarse a la mayoría para se inicie ese procedimiento, sin embargo es en abstención porque estábamos de acuerdo con la anterior propuesta que era desde nuestro punto de vista la correcta, en abstención.

En este mismo sentido el Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY señaló si en este

caso si no sería razonar el voto en el sentido de que estamos a favor de esa propuesta y el del procedimiento, pero si nada más hacer una reflexión antes de terminar la votación, argumentando digo que no se vaya a tomar nada personal, pero si en el estricto apego de lo que son los actos y en el manejo del propio cuerpo de gobierno en el sentido de las

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votaciones, de que aprecio mucho a la compañera Regidora Lilia Bejarano que ahorita no sabe qué es lo que voy a comentar, no es nada personal pero si decir una cosa, en este caso en el extremo señor Secretario de los Reglamentos que nos rigen en la vida interna de éste cuerpo de gobierno, no puede votar en el sentido que ha sido justificado por el Pleno su inasistencia previamente, entonces nada más para no causar un conflicto reglamentario, simplemente solicito que en esa votación se haga la anotación correspondiente y se excluya de la cuantificación de los votos ese voto en ese sentido; en una pureza extrema vamos, no es nada personal verdad, gracias.

A lo anterior el Presidente señaló bien sobre este punto quisiera hacer el siguiente

comentario la señora Regidora efectivamente se pidió en votación económica si se aprobaba su solicitud de inasistencia a ésta Sesión, sin embargo entendemos que el hecho de que por el hecho de encontrarse presente, pues ella tiene todo el derecho de sumarse y de incorporarse a ésta Sesión y además tiene el derecho legítimo de emitir su voto, por lo tanto yo considero que no estamos cometiendo ninguna infracción a ningún Reglamento, lejos de ello estamos garantizando lo que a todos los señores Regidores tienen derecho.

Interviniendo el Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY comentó señor

Presidente nada más entonces corrigiendo pues en esa claridad vamos, para después no tener ciertos conflictos en cuanto a las votaciones, entonces simplemente que en éste sentido se de por reconocida la presencia y se omita del Acta y se retire la inasistencia gracias.

El Presidente manifestó si nada más para comentar que en efecto el señor Secretario

oportunamente dio cuenta de la presencia e incorporación de la Regidora. Por lo anterior el Secretario preguntó el sentido de su voto perdón. El Regidor ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY respondió a favor señor Secretario. El Secretario contestó gracias. Visto lo anterior, el Presidente dio por concluida esta Sesión Ordinaria del

Ayuntamiento siendo las 10:45 diez horas con cuarenta y cinco minutos, citándose a los ciudadanos Regidores a la próxima Sesión que, con carácter de Ordinaria, tendría verificativo en el Recinto Oficial, a las 9:00 horas del día viernes 11 once de marzo de 2005 dos mil cinco, levantándose la presente acta para constancia, la cual firmaron los que en ella intervinieron y así quisieron hacerlo.

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ARTURO ZAMORA JIMÉNEZ

ISMAEL OROZCO LORETO

MARÍA DE LA SALUD RAMÍREZ FRUCHIER

JOSÉ MARÍA MURIÁ ROURET

JORGE ENRIQUE ÁGUILA RIVERA

ELVIA DORA GARCÍA CARREÓN

PLACIDO MIGUEL PRADO AGUILAR

JOSÉ MANUEL OCEGUEDA BONILLA

ROBERTO SÁNCHEZ AYALA

JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ CÓRDOVA

BLANCA LILIANA LÓPEZ RODRÍGUEZ

DIGNA GUZMÁN GONZÁLEZ

CARLOS ENRIGUE ZULOAGA

JOSÉ GUADALUPE TARCISIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ

ROCÍO DEL CARMEN MORGAN FRANCO

ALEJANDRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR

MARÍA ESTHER VALLADOLID OROZCO

LILIA BEJARANO CÁSAREZ

ALEJANDRO VILLASEÑOR TATAY

MARÍA DEL CARMEN ACOSTA JIMÉNEZ.

JOSÉ DE JESÚS REYNOSO LOZA

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DOY FE