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Acta Reunión Unión Nacional Ministra Del Trabajo

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Acta reunión sostenida por Unión Nacional de Trabajadores Públicos a Honorarios el 19 de Junio 2015 con Ministra del Trabajo Ministra Rincón.Derechos Fundamentales, reconocimiento como trabajadores públicos, derogación a la cotización obligatoria en AFP

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  • ACTA REUNION CON MINISTRA DEL TRABAJO

    19 DE JUNIO 2015, SANTIAGO

    Hora de inicio: 13:30 hrs.

    Hora de trmino: 14:30 hrs.

    Lugar: Ministerio del Trabajo.

    Asistentes: Ministra del Trabajo Ximena Rincn, sus asesores Rodrigo Rivas y Claudia Donaire;

    Dirigentes de la Unin Nacional: Marcela Hurtubia, Juan Domingo Silva, Washington Pasten,

    Betzabeth Marn, Pablo Tapia, Patricio Bustamente, Natalia Corrales, Magda Becerra.

    Tabla

    La Unin Nacional se presenta a la Ministra una breve descripcin de la organizacin, objetivos y

    fines, planteando que se espera continuar trabajando sin que el cambio de Ministra afecte el

    desarrollo de las negociaciones llevadas hasta ahora.

    Ministra hace hincapi en que no se le quite el derecho al Estado de poder contratar servicios

    profesionales va honorarios para proyectos con una duracin no superior a 12 meses; los/as

    dirigentes aclaran que el objetivo de nuestra organizacin es precisamente terminar con esta

    forma de contratacin pues son estos programas el fundamento de la contratacin precaria que se

    renueva ao tras ao, o semestre tras semestre. Se recalca adems que, sin importar el tiempo que

    duren estos proyectos o programas, el empleador (Estado) debe respetar los derechos laborales

    mnimos del trabajador, tal y como el mismo Estado lo exige del sector privado.

    Dirigentes aclaran que nuestra exigencia es terminar con la contratacin de trabajadores a

    honorarios de labores permanentes, bajo subordinacin y dependencia que ven sus derechos

    laborales y fundamentales vulnerados da tras da; la Unin no pretende eliminar el sistema de

    contratacin a honorarios puro, es decir, trabajadores que efectivamente, presten servicios temporales, sin cumplimiento de horarios ni obligaciones laborales al interior de las instituciones

    pblicas de nivel central y municipios.

    Ministra hace referencia al discurso presidencial del 21 de Mayo en que se alude a nuestra

    condicin laboral, manifestando que al ser una promesa de la Presidenta, es muy probable que la

    condicin del trabajador y trabajadora a honorarios desaparezca al trmino de su mandato.

    Dirigentes aclaran que la cantidad de traspasos (8.800) es insuficiente para la cantidad de

    trabajadores a honorarios existentes (se estima ms de 200.000), dirigentes adems manifiestan su

    preocupacin porque en el discurso mencionado no se hace referencia a los trabajadores a

    honorarios municipales; ante esto, la asesora ministerial menciona el proyecto de ley que ampla

    las plantas municipales. Dirigentes recalcan su preocupacin pues el trmino de la contratacin a

    honorarios no est incorporada ni regulada en el proyecto (honorarios de labores permanentes).

    Se presenta el petitorio de la Unin Nacional leyendo una carta de presentacin acompaando

    adems un documento que profundiza cada punto de ella.

    1. La constitucin de una Mesa intersectorial: ante esta exigencia, la Ministra indica que la mesa ya estara constituida a travs del Ministerio de Hacienda y la participacin de la

    Unin en la Mesa del Sector Publico (MSP). Ante esto, dirigentes de la Unin aclaran que

  • si bien se realizaron reuniones con Hacienda, estas tuvieron como objetivo desarrollar los

    vnculos necesarios que permitan generar un acuerdo con el IPS para desligar el pago del

    seguro contra accidentes laborales y la Salud, de las cotizaciones a las AFP; por tanto, la mesa no se constituy formalmente, destacando adems que no pertenecemos oficialmente

    a la MSP, por tanto urge que se concrete una mesa especfica de trabajo interministerial con

    los honorarios pblicos.

    Al calor de este punto, se propone incorporar a la mesa interministerial, al Ministerio de

    Salud y al Servicio Nacional de la Mujer, atendiendo la vulneracin de derechos que viven

    las mujeres durante el embarazo y luego del parto, al encontrarse bajo la contratacin de

    honorarios, esto, bajo el fundamento y compromiso del Estado en relacin con la proteccin

    del nio/a que est por nacer, proteccin a la maternidad y crianza.

    Se aclara que uno de los objetivos centrales solicitados en esta mesa es alcanzar la

    contratacin nica de los honorarios pblicos, por lo que se requiere transparentar la

    cantidad real de dichos trabajadores, para permitir que Hacienda desarrolle un plan de

    accin adecuado a la poblacin objetivo.

    2. La derogacin de los artculos de la ley 20.255 que establecen la obligatoriedad de cotizacin para trabajadores y trabajadoras independientes y la restitucin del

    articulado previo a esta ley del D.L.3.500: Se enfatiza que, al ser trabajadores bajo

    subordinacin y dependencia, es nuestro empleador quien debe hacerse cargo de esta

    obligacin, dirigentes argumentan adems, que somos trabajadores con labores

    permanentes al interior del Estado, y que no tenemos la posibilidad de negociar nuestros

    ingresos incorporando el porcentaje correspondiente a cotizaciones como lo hacen

    trabajadores independientes reales. Respecto a este punto la Ministra responde informando

    el proyecto de nueva gradualidad en el pago de las cotizaciones que ser ingresado en

    Septiembre.

    Dirigentes, sealan que, de no existir derogacin, ser el Estado a travs de sus

    instituciones quien deber aumentar los ingresos de los trabajadores y trabajadoras a

    honorarios correspondiente al porcentaje destinado al pago de las cotizaciones previsionales

    y seguro laboral, evitando la merma posible en nuestros sueldos.

    3. Liberar la cotizacin de las prestaciones de salud y el seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales del pago previsional. Este punto se trata bajo el

    mismo argumento anterior, enfatizando nuestra calidad de trabajadores dependientes,

    sujetos de derechos laborales, lo que se puede constatar a travs del principio de realidad

    jurdica, en que los hechos dejan de manifiesto nuestra relacin laboral permanente.

    Situacin reconocida incluso por la Corte suprema en los ltimos fallos entre trabajadores a

    honorarios despedidos y los municipios en que desarrollaban sus labores.

    4. Conocer el proyecto de ley que busca modificar la actual ley 20.255 en un plazo de 30 das hbiles a contar de la entrega de la carta petitorio a la Ministra del Trabajo: Ministra

    se compromete, sin dar fecha, a enviar el texto con los contenidos del proyecto,

    entendiendo la importancia de trabajar en conjunto con los principales actores, en este caso,

    los trabajadores y trabajadoras a honorarios.

  • 5. Defensa de la actividad sindical y derecho de organizacin: Ministra seala que jurdicamente no estamos en condiciones de exigir estos derechos, enfocndose en la

    prohibicin de la huelga en el sector pblico, y ofrece justificativos a los dirigentes que

    asistan a reuniones para que no tengan problemas en sus trabajos. Dirigentes aclaran que

    nuestras exigencias van dirigidas al respeto de la actividad sindical de manera integral, y

    que mas all de justificativos exigimos el respeto a la asociacin sindical, horas sindicales y

    fuero de sus dirigentes, pues ya han sido despedidos tres dirigentes sindicales de honorarios

    sin justificaciones claras, amparndose en nuestra fragilidad laboral. Ministra compromete

    el envo de un instructivo a las instituciones pblicas que promueva el respeto a la

    actividad sindical y derecho de organizacin.

    Finalmente, la ministra enfatiza la necesidad de que se constituya una mesa

    interministerial de trabajo, la que debiera ser presidida por Hacienda, pues ser este

    Ministerio quien determinar la forma en que abordar la solucin a las problemticas

    planteadas, lo que no obsta que el Ministerio del Trabajo sea un garante que resguarde los

    derechos laborales de sus trabajadores.