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F3_RODRÍGUEZ_JUAN_U4_A2 Las fuentes del Derecho, son todo tipo de norma, escrita o no, que determina que tan vinculado se encuentra el comportamiento de los ciudadanos y de los poderes de un Estado o comunidad, estableciendo reglas para la organización social y particular y las prescripciones para la resolución de conflictos. En general, cuando se habla de fuentes del derecho, se refiere a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas (de hacer o no hacer) a los habitantes de un Estado. El conjunto de las fuentes del Derecho es muy heterogéneo. La jerarquía de las fuentes hace que en la llamada pirámide normativa, la cúspide de nuestro Derecho se encuentre ocupada por la Constitución, como norma de normas. Bajo ella, rigen las normas que cuentan con carácter de ley formal, mientras que en la base de dicha pirámide hallamos los reglamentos. Decimos entonces que "fuentes del Derecho" son los hechos, actos, doctrinas o ideologías que resultan determinantes para la creación, modificación o sustitución del Derecho, tanto desde su perspectiva histórica, como de los mecanismos necesarios para la producción de nuevas disposiciones

Actividad 2 Unidad 4 ESCRITO

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F3_RODRGUEZ_JUAN_U4_A2

Lasfuentes del Derecho, son todo tipo de norma, escrita o no, que determina que tan vinculado se encuentra elcomportamientode los ciudadanos y de los poderes de unEstadoocomunidad, estableciendo reglas parala organizacinsocial y particular y las prescripciones para laresolucin de conflictos. En general, cuando se habla defuentesdel derecho, se refiere a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas (de hacer o no hacer) a los habitantes de un Estado.El conjunto de las fuentes del Derecho es muy heterogneo. La jerarqua de las fuentes hace que en la llamada pirmide normativa, la cspide de nuestro Derecho se encuentre ocupada por laConstitucin, como norma denormas. Bajo ella, rigen las normas que cuentan concarcterdeleyformal, mientras que en la base de dicha pirmide hallamos los reglamentos.

Decimos entonces que "fuentes del Derecho" son los hechos, actos, doctrinas o ideologas que resultan determinantes para la creacin, modificacin o sustitucin del Derecho, tanto desde su perspectiva histrica, como de los mecanismos necesarios para laproduccinde nuevas disposiciones jurdicas que se adecuen a los jueces, los legisladores, los funcionarios administrativos. Inclinando su voluntad en un sentido determinado en el acto de crear normas jurdicas.Clasificacin de las fuentes del DerechoSon muchas las clasificaciones que se ofrecen de las fuentes del Derecho, entre ellas se tiene: FuentesMaterialesy Reales. Fuentes escritas y no escritas. Fuentes Histricas y Vigentes. Fuentes Formales. FuentesMaterialesy Reales.Son losproblemasque surgen de la realidad histrica de cada pueblo y que son regulados por el Derecho, es decir, son los factores y elementos que determinan el contenido de las normas jurdicas como aquellos factores polticos, sociales, y econmicos que contribuyen a la formacin del derecho y que deben ser tomados en cuenta por los legisladores para crear normas jurdicas.Por ejemplo en Venezuela, la aparicin de la riqueza petrolera a principios del siglo XIX fue la "fuente material o real "de las leyes dehidrocarburosque fue dictada en 1910 (ya derogada). Fuentes escritas y no escritas.Las fuentes del Derecho pueden ser tambin: escritas y no escritas. Entre las primeras estn los escritos de diversa ndole, que se conservan enarchivosybibliotecas. Las segundas corresponden a las fuentes arqueolgicas y la costumbre. En general: Las fuentes escritas, tambin se conocen como fuentes directas, y se dan de esta manera cuando encierran en s las normas jurdicas aplicables (ley, costumbre). Se refiere a las fuentes jurdicas segn que estas contengan la norma en s mismas. Sern directas las que contienen: la Constitucin, la ley, los reglamentos, las ordenanzas, etc. Las fuentes no escritas, tambin conocidas como racionales o indirectas, se presentan cuando, sin contener en s mismas las normas jurdicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas, producirlas, coadyuvan a su explicacin y sirven para suconocimiento. Tales por ejemplo: jurisprudencia, doctrina, principios generales del Derecho, analoga yequidad. Fuentes Histricas:Sondocumentoshistricos que hablan o se refieren al Derecho. En la antigedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes ycontratos). Se refiere a las fuentes jurdicas segn su aplicacin en el tiempo. Sern vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro.Sern histricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitan en lahistoriadelDerecho Positivo. Es el caso de la recordada Ley deHidrocarburosde 1945. Tambin del Hbeas Iuris Civile, compilacin Justinianea de la cual arrancan importantesinstitucionesjurdicas que han tomadodesarrolloa travs de los siglos. Fuentes Formales:Se definen por ser "aquellos hechos o actos a los cuales se les atribuye una especfica aptitud para crear normas jurdicas. Se considera que la fuentes formales son las mismas directas. Pero, se les d esta denominacin pretendiendo aludir a dos aspectos: A lafuerzao poder creador, por ejemplo: ElPoder Legislativo. A la forma misma de la creacin de ese poder, en el ejemplo: La ley. Para algunos tratadistas solamente la ley es fuente formal del Derecho (Aguilar Gorrondona.Derecho Civil, Personas, 4ta.Edicin,UniversidadCatlicaAndrs Bello).Para otros, las fuentes formales son nicamente: La ley y la costumbre. Este sector doctrinal ha logrado imponer dicha opinin, no obstante, que de acuerdo con la definicin, serian tambin formales: La doctrina y la jurisprudencia. La primera, que es la obra de los estudiosos y la segunda, que es elproductodeltrabajoen los tribunales.

1.- FUENTES HISTORICASSondocumentoshistricos que hablan o se refieren al Derecho. En la antigedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes ycontratos). Se refiere a las fuentes jurdicas segn su aplicacin en el tiempo. Sern vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro.Sern histricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitan en lahistoriadelDerecho Positivo. Es el caso de la recordada Ley deHidrocarburosde 1945. Tambin del Hbeas Iuris Civile, compilacin Justinianea de la cual arrancan importantesinstitucionesjurdicas que han tomadodesarrolloa travs de los siglos.

2.- FUENTES REALESSon losproblemasque surgen de la realidad histrica de cada pueblo y que son regulados por el Derecho. Por ejemplo en Venezuela, la aparicin de la riqueza petrolera a principios de este siglo fue la "fuente Real "de las leyes de hidrocarburos que fue dictada en1910 (ya derogada).3.- FUENTES FORMALESSe definen por ser "aquellos hechos o actos a los cuales se les atribuye una especfica aptitud para crear normas jurdicas. Se considera que las fuentes formales son las mismas directas. Pero, se les da esta denominacin pretendiendo aludir a dos aspectos:a. A lafuerzao poder creador, por ejemplo: ElPoder Legislativo.b. A la forma misma de la creacin de ese poder, en el ejemplo: La ley. Para algunos tratadistas solamente la ley es fuente formal del Derecho (Aguilar Gorrondona.Derecho Civil, Personas, 4ta.Edicin,UniversidadCatlica Andrs Bello).Para otros, las fuentes formales son nicamente: La ley y la costumbre. Este sector doctrinal ha logrado imponer dicha opinin, no obstante, que de acuerdo con la definicin, serian tambin formales: La doctrina y la jurisprudencia. La primera, que es la obra de los estudiosos y la segunda, que es elproductodeltrabajoen los tribunales.

Debe efectuarse una distincin entre fuentes de produccin y fuentes de conocimiento:fuentes de produccinhace referencia a los hechos o actos jurdicos que tienen como efecto la creacin, modificacin o derogacin de las disposiciones o normas de un ordenamiento jurdico. Este es el significado con el que se alude a la ley, al reglamento o a la costumbre como fuentes del derecho. La expresin fuentes del Derecho se utiliza tambin en el sentidofuentes de conocimiento, denotando el conjunto de instrumentos que permiten conocer tales disposiciones o normas. Fuentes son entonces, los documentes o publicaciones que hacen cognoscible o facilitan el conocimiento del Derecho.