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Nombre: Jeison Leonardo Melo Mayorga Fecha: 05 noviembre de 2013 María Liliana Tabio Licenciatura en Filosofía Constitución Política Actividad 1. ¿Quiénes pueden presentar proyectos de ley en Colombia? Rta/ Los miembros del Congreso, el Gobierno a través de sus ministros, los magistrados de las cortes y del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo y el Procurador. También faculta a los ciudadanos que representen el 5 por ciento del censo electoral vigente para presentar un proyecto de ley, o el 30 por ciento de los concejales o de los diputados del país. De igual modo, La Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral, el Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República, tienen la facultad de presentar proyectos de ley en materias relacionadas con sus funciones. 2. ¿Qué requisitos deben cumplir los proyectos de ley? Rta/ Deben tener un título o nombre que los identifique, el articulado y además una exposición de motivos en donde se explican las razones y la importancia del proyecto. Además los requisitos más relevantes son: haber sido publicado oficialmente por el Congreso, antes de darle curso en la comisión respectiva, haber sido aprobado en primer debate en la correspondiente comisión permanente de cada Cámara, haber sido aprobado en cada Cámara en segundo debate y haber obtenido la sanción del Gobierno. 3. ¿Ante quien se presenta el proyecto de ley? Explique el trámite que se debe surtir al momento de presentar el proyecto de ley

Actividad Proyecto de Ley

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Colombia

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Nombre: Jeison Leonardo Melo MayorgaFecha: 05 noviembre de 2013Mara Liliana TabioLicenciatura en FilosofaConstitucin PolticaActividad1. Quines pueden presentar proyectos de ley en Colombia? Rta/ Los miembros del Congreso, el Gobierno a travs de sus ministros, los magistrados de las cortes y del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo y el Procurador. Tambin faculta a los ciudadanos que representen el 5 por ciento del censo electoral vigente para presentar un proyecto de ley, o el 30 por ciento de los concejales o de los diputados del pas.

De igual modo, La Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral, el Procurador General de la Nacin, el Contralor General de la Repblica, tienen la facultad de presentar proyectos de ley en materias relacionadas con sus funciones.

2. Qu requisitos deben cumplir los proyectos de ley? Rta/ Deben tener un ttulo o nombre que los identifique, el articulado y adems una exposicin de motivos en donde se explican las razones y la importancia del proyecto. Adems los requisitos ms relevantes son: haber sido publicado oficialmente por el Congreso, antes de darle curso en la comisin respectiva, haber sido aprobado en primer debate en la correspondiente comisin permanente de cada Cmara, haber sido aprobado en cada Cmara en segundo debate y haber obtenido la sancin del Gobierno.3. Ante quien se presenta el proyecto de ley? Explique el trmite que se debe surtir al momento de presentar el proyecto de leyRta/ Puede ser presentado ante el Senado o ante la Cmara, es decir, una propuesta puede iniciar su trmite en cualquiera de las dos cmaras, salvo el proyecto de ley de Presupuesto, que el Gobierno tiene que presentar ante la Cmara. Etapas del trmite: Se presenta el original y dos copias en la Secretara General del Senado, de la Cmara de Representantes o pblicamente en las plenarias. La Secretara le asigna un nmero y lo clasifica de acuerdo con la materia, el autor y otros puntos de inters. Adems el Presidente de cada cmara, de acuerdo al tema, decide cual comisin constitucional permanente es la que debe estudiar el proyecto para enviarlo a dicha comisin. Una de las cosas ms importantes que hace la Secretara en este momento es enviar el proyecto de ley a la Imprenta Nacional para la publicacin en la Gaceta del Congreso y as todo el pas puede conocer cules son los diferentes proyectos que tiene que estudiar el Congreso.

Cuando la comisin recibe el proyecto de ley el presidente de la misma le asigna uno o varios ponentes. Los ponentes son los congresistas encargados de estudiar el proyecto de ley y presentar un informe, denominado ponencia, sobre la conveniencia o no del proyecto, los beneficios que puede traer, las reformas que pueden hacrsele para mejorarlo, o tambin, el ponente puede manifestar que el proyecto no debera aprobarse porque considera que no sera bueno para el pas.

Cuando el informe de ponencia est listo se enva a publicar en la Gaceta del Congreso; despus la comisin se rene para conocerlo y debatir sus inquietudes. Los informes de ponencia pueden recomendar debatir el proyecto y en ste caso comienza a discutirse. Si por el contrario, la ponencia propone archivar el proyecto la Comisin discute esta propuesta; y si la acepta el proyecto se archiva.

Si un miembro de comisin lo solicita, la discusin del proyecto puede hacerse artculo por artculo y a su vez considerar los cambios que se propongan. En este sentido los congresistas pueden proponer enmiendas, modificaciones, adiciones o supresiones a la totalidad del proyecto o a artculos especficos.

Una vez que los miembros de la Comisin han estudiado y discutido suficientemente el proyecto de ley, ste se vota en la misma y si se aprueba el Presidente de la Comisin le asigna uno o varios ponentes para segundo debate, que pueden ser iguales o distintos a los de la primera ponencia. El o los nuevos ponentes son los encargados de revisar una vez ms el proyecto y por ltimo de elaborar la ponencia para el segundo debate en la plenaria de una u otra cmara.

Una vez que est lista la ponencia para segundo debate se enva a publicar para su posterior discusin en la Plenaria de la respectiva cmara, sea Senado o Cmara de Representantes. El coordinador ponente explica ante la plenaria el proyecto y la ponencia, posteriormente pueden tomar la palabra los congresistas y los ministros para opinar; esto es muy parecido a lo realizado en comisin.

Despus de la intervencin del ponente comienza la discusin del proyecto en su totalidad o por artculos especficos si es solicitado. Durante esta etapa el proyecto puede ser modificado; sin embargo, si los cambios hacen que el proyecto sea muy diferente al primero la Plenaria puede decidir si lo enva nuevamente a la comisin.

Si el proyecto de ley es aprobado en la plenaria de la corporacin, en donde se inici el trmite, el Presidente de la misma lo remitir al Presidente de la otra cmara con los antecedentes y todos los documentos necesarios.

En la nueva cmara el proyecto de ley, con los antecedentes, comienza el proceso de la misma forma que en la cmara anterior; de esta manera el proyecto de ley primero se enva a la misma comisin designada en la otra corporacin segn el tema y posteriormente a la plenaria. En ambos casos el proyecto se discute de acuerdo con las reglas descritas anteriormente.

Una vez que cada cmara ha aprobado en dos debates el proyecto de ley este se enva a la Presidencia de la Repblica para su sancin. La sancin en este caso quiere decir ratificacin ya que la rama ejecutiva tambin lo estudia, y si est de acuerdo lo sanciona y lo promulga para que el pas entero conozca la nueva ley y la cumpla.

Puede ser que el Presidente considere que el proyecto de ley es inconstitucional o que no est de acuerdo con el contenido del mismo y en este caso el gobierno puede devolverlo a la cmara donde se origin para su nuevo estudio. Este trmite se conoce como objecin presidencial al proyecto de ley.

Este es el recorrido que tiene que hacer un proyecto para convertirse en ley de la Repblica. Parece que son muchos pasos, pero la idea es que antes de ser aprobado el proyecto los congresistas y los ciudadanos en general puedan estudiar bien el tema para no cometer errores y hacer lo mejor para el pas y sus ciudadanos.4. Cuntas comisiones existen en Senado y Cmara?Rta/ Existen cuatro tipos o clases de comisiones: las constitucionales permanentes, las legales, las especiales y por ltimo las accidentales.En total son catorce Comisiones Constitucionales Permanentes, siete en cada una de las Corporaciones.Existen tres comisiones legales, tanto en el Senado como en la Cmara de Representantes.Las comisiones especiales en algunos casos estn compuestas por senadores y representantes en forma conjunta. Dentro de este tipo de comisiones se encuentran seis.5. En qu consiste el traslado a comisin?Rta/ Consiste en la recepcin del proyecto de ley en una comisin, all el presidente le asigna un o varios exponentes al proyecto. Los ponentes se encargan de estudiar y presentar el proyecto, nombrado ponencia, en el cual se manifestar por el ponente todo lo referente al proyecto. 6. En qu consisten los debates y cuntos debates se deben realizar para aprobar un proyecto de ley?Rta/ Sobre la conveniencia o no del proyecto, los beneficios que puede traer, las reformas que pueden hacrsele para mejorarlo, o tambin, la manifestacin en la cual el proyecto no debera aprobarse porque considera que no sera bueno para el pas. Deben realizarse dos debates para la aprobacin.7. Qu se entiende por sancin presidencial?Rta/ La sancin es la ratificacin por parte de la rama ejecutiva ya que tambin lo estudia, y si est de acuerdo lo sanciona y lo promulga para que el pas entero conozca la nueva ley y la cumpla. Este paso solo es realizado por el Presidente de la Repblica o el Presidente del Congreso.8. En qu consiste la objecin presidencial?Rta/ El Presidente considere que el proyecto de ley es inconstitucional o que no est de acuerdo con el contenido del mismo y en este caso el gobierno puede devolverlo a la cmara donde se origin para su nuevo estudio. 9. Una vez, realizado el control de constitucionalidad del proyecto de ley, si este resulta constitucional, y si el Presidente de la Repblica no lo sanciona. Quin puede sancionarlo?Rta/ La potestad de la sancin esta delegada nicamente al Presidente del Congreso de la Repblica.10. Dnde se publica el proyecto de ley, para que el pas entero conozca la nueva ley y la cumpla?Rta/ Se enva a la Imprenta Nacional para la publicacin en la Gaceta del Congreso.