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Actualización Tributaria 2011 Actualización Tributaria 2011 Pereira, 707 Edificio Diario del Otún Teléfonos 325 0123 - 333 5673 [email protected] www.sotaxco.com

actualizacion tributaria 2011

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Actualización

Tributaria2011

Actualización

Tributaria2011

Pereira, 707 Edificio Diario del Otún Teléfonos 325 0123 - 333 5673

[email protected]

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Page 2: actualizacion tributaria 2011

1. Revisoría Fiscal

2. Impuestos• Entregando oportunidades de ahorro.• Planeación tributaria.

3. Administración de Empresas de Familia

4. Auditorías • Recursos Humanos.• Por Procesos.• Financieras.

5. Actualización Tributaria y Contable

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3

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

NOTA : Los datos aquí presentados constituyen una orientación y guía para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, no corresponde a una asesoría específica. Lo anterior no exime a los lectores y contribuyentes de consultar las normas legales correspondientes.

C o n t e n i d o

1. Vencimientos en impuestos nacionales

2. Obligados a declarar por renta

3. Iva régimen simplificado

4. Información exógena en medios digitales

5. Datos relevantes año 2011

6. Temas laborales

8. Precios de transferencia

7. Impuestos Municipio de Pereira

9. Tablas aplicables

• Interés de mora

• Retención en la fuente ingreso laboral

10. Vencimientos supersociedades

11. Planeando su declaración de renta

2

8

9

10

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15

18

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21

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25

26

• Beneficio de auditoría 20

• Impuesto de renta

• Retención en la fuente

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2 3

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

1. VENCIMIENTOS

1.1 GRANDES CONTRIBUYENTESLas entidades que a 31 de diciembre de 2010 hayan sido calificadas como "Grandes” Contribuyentes el plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios se inicia el 1 de Marzo del año 2011 y vence atendiendo el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación.Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total a pagar en tres (3) cuotas a más tardar en las siguientes fechas:

Grandes Contribuyentes

NIT 1ª Cuota Declara y 2ª Cuota

1 08 de Feb. de 2011 08 de Abril de 2011

2 09 de Feb. de 2011 11 de Abril de 2011

3 10 de Feb. de 2011 12 de Abril de 2011

4 11 de Feb. de 2011 13 de Abril de 2011

5 14 de Feb. de 2011 14 de Abril de 2011

6 15 de Feb. de 2011 15 de Abril de 2011

7 16 de Feb. de 2011 18 de Abril de 2011

8 17 de Feb. de 2011 19 de Abril de 2011

9 18 de Feb. de 2011 20 de Abril de 2011

0 21 de Feb. de 2011 25 de Abril de 2011

Tercera Cuota

08 de Junio de 2011

09 de Junio de 2011

10 de Junio de 2011

13 de Junio de 2011

14 de Junio de 2011

15 de Junio de 2011

16 de Junio de 2011

17 de Junio de 2011

20 de Junio de 2011

21 de Junio de 2011

El valor de la primera cuota no podrá ser inferior al 20% del saldo a pagar del año gravable 2009. Una vez liquidado el impuesto y el anticipo definitivo en la respectiva declaración, del valor a pagar, se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará de la siguiente manera:

Segunda cuota 50% Tercera cuota 50%

1.2 DEMAS PERSONAS JURIDICAS CONTRIBUYENTESEl plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios se inicia el 1 de Marzo del año 2011 y vence atendiendo el último dígito del NIT. El pago se hará en dos cuotas iguales.

Declaraciones de Personas Jurídicas

NIT Declara y 1ª Cuota Pago 2ª Cuota

1 08 de Abril de 2011 08 de Junio de 2011

2 11 de Abril de 2011 09 de Junio de 2011

3 12 de Abril de 2011 10 de Junio de 2011

4 13 de Abril de 2011 13 de Junio de 2011

5 14 de Abril de 2011 14 de Junio de 2011

6 15 de Abril de 2011 15 de Junio de 2011

7 18 de Abril de 2011 16 de Junio de 2011

8 19 de Abril de 2011 17 de Junio de 2011

9 20 de Abril de 2011 20 de Junio de 2011

0 25 de Abril de 2011 21 de Junio de 2011

1.3 PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOSEl plazo para presentar la declaración y para cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y del anticipo, se inicia el 1 de marzo del año 2011 y vence atendiendo los dos últimos dígitos del NIT del declarante que conste en el RUT asi:

NOTA: Para personas naturales residentes en el exterior existen plazos diferentes a los de esta tabla. Ver decreto 4836 de diciembre de 2010

Nit Fecha

96 a 00 09 de Agosto de 2011

10 de Agosto de 2011

11 de Agosto de 2011

12 de Agosto de 2011

16 de Agosto de 2011

17 de Agosto de 2011

18 de Agosto de 2011

19 de Agosto de 2011

22 de Agosto de 2011

23 de Agosto de 2011

Nit Fecha

24 de Agosto de 2011

25 de Agosto de 2011

26 de Agosto de 2011

29 de Agosto de 2011

30 de Agosto de 2011

31 de Agosto de 2011

01 de Sept. de 2011

02 de Sept. de 2011

05 de Sept. de 2011

06 de Sept. de 2011

Personas Naturales

91 a 95

86 a 90

81 a 85

76 a 80

71 a 75

66 a 70

61 a 65

56 a 60

51 a 55

46 a 50

41 a 45

36 a 40

31 a 35

26 a 30

21 a 25

16 a 20

11 a 15

06 a 10

01 a 05

Page 4: actualizacion tributaria 2011

4 5

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

1.4 DECLARACION POR FRACCION DE AÑO

Las declaraciones tributarias de las personas jurídicas y asimiladas a éstas, así como de las sucesiones que se liquidaron durante el año gravable 2010 o se liquiden durante el año gravable 2011, podrán presentarse a partir del día siguiente a su liquidación y a más tardar en las fechas de vencimiento indicadas para el grupo de contribuyentes o declarantes del año gravable correspondiente al cual pertenecerían de no haberse liquidado.

Para este efecto se habilitará el último formulario vigente prescrito por la DIAN

Para efectos de la liquidación de la hijuela de gastos, las sucesiones ilíquidas presentarán proyectos de las declaraciones tributarias ante la Notaría o el juzgado del conocimiento, sin perjuicio de la presentación de las mismas que debe hacerse de conformidad con el inciso anterior

El titular de la inversión extranjera que realice la transacción o venta de su inversión, deberá presentar declaración de renta y complementarios, con la liquidación y pago del impuesto que se genere por la respectiva operación, y podrá realizarlo a través del apoderado, agente o representante en Colombia del inversionista. La presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por cada operación será obligatoria, aún en el evento en que no se genere impuesto a cargo por la respectiva transacción.

Retención en la FuenteNOTA 1 En los meses en los cuales no se hayan practicado retenciones, NO deberá presentarse declaración.

NOTA 2 Las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total no producirán efecto legal alguno (art 15 ley 1430 de 2010)

NOTA 3 La nota anterior no aplica cuando por parte del agente retenedor este sea titular de un saldo a favor igual o superior a $2.060millones susceptible de compensar con el saldo a pagar de la respectiva declaración y esta compensación se solicite dentro de los 6 meses siguientes a la presentación de la declaración de retención en la fuente.

1.6 DECLARACIONES DE RETENCIONES DE RENTA, IVA Y TIMBRE

1.5

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ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

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1.6

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1.7 DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO DE PATRIMONIO (ET 292 a 298)

A cargo de personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho declarantes del impuesto de renta – con algunas excepciones – calculado sobre el valor del patrimonio líquido poseído a enero 1 de 2011 y cuyo valor sea superior a un mil millones de pesos ($1.000 mm). Se excluye el valor patrimonial neto de las acciones o aportes poseídos en sociedades nacionales, así como los primeros $319.215.000 del valor de la casa o apartamento de habitación.

Rango de la base Tasa Sobretasa Total0.00 %

1.00 %

1.40 %

3.00 %

6.00 %

0.00 %

0.00 %

0.60 %

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1.00 %

1.40 %

2.40 %

4.80 %

999 millones

2.000 millones

2.999 millones

4.999 millones

en adelante

1.000 millones

2.000 millones

3.000 millones

5.000 millones

Se deberá declarar y pagar en ocho (8) cuotas iguales, dos (2) de las cuales se cancelan en al periodo 2011 así:

Impuesto al Patrimonio 2011

NIT 1ª Cuota 2ª Cuota

1 10 de Mayo de 2011 08 de Septiembre de 2011

2 11 de Mayo de 2011 09 de Septiembre de 2011

3 12 de Mayo de 2011 12 de Septiembre de 2011

4 13 de Mayo de 2011 13 de Septiembre de 2011

5 16 de Mayo de 2011 14 de Septiembre de 2011

6 17 de Mayo de 2011 15 de Septiembre de 2011

7 18 de Mayo de 2011 16 de Septiembre de 2011

8 19 de Mayo de 2011 19 de Septiembre de 2011

9 20 de Mayo de 2011 20 de Septiembre de 2011

0 23 de Mayo de 2011 21 de Septiembre de 2011

Page 6: actualizacion tributaria 2011

8 9

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

Datos 2010 UVT

Ingresos

Asalariados

100.013.000 4.073

Trabajadores independientes 81.032.000 3.300

Demás personas (ingresos menores) 34.377.000 1.400

Patrimonio Bruto 110.498.000 4.500

Gastos tarjeta de credito inferiores a 68.754.000 2.800

Compras y consumos totales 68.754.000 2.800

Consignaciones e inversiones 110.498.000 4.500

Declarantes año gravable 2010

2. OBLIGADOS A DECLARAR POR RENTA (Et 592 al 594-3)

No están obligados a declarar por el año gravable 2010 las personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan con todos los siguientes requisitos:

1. Que no sean responsables del impuesto a las ventas .

2. Para asalariados sus ingresos brutos deben provenir al menos en un 80% de una relación laboral.

3. Para independientes sus ingresos debidamente facturados deben provenir al menos en un 80% de honorarios, comisiones y servicios sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente.

4. Para asalariados dentro de los ingresos que sirven de base para efectuar el cómputo, no deben incluirse los correspondientes a la venta de activos fijos, ni originadas en loterías, rifas, similares .

5. Para ingresos originados en relación laboral se entienden incorporadas las pensiones de jubilación, vejez, invalidez y muerte.

6. Para los contribuyentes de menores ingresos e independientes dentro de los ingresos que sirven de base para efectuar el cómputo deberán incluir la enajenación de activos fijos, loterías, rifas, apuestas, así como las herencias, legados, donaciones y porción conyugal - Decreto 4836 de 2010

3. IVA REGIMEN SIMPLIFICADO (ET 499)

Al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:

1. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio en donde ejerce su actividad.

2. Que no sean usuarios aduaneros.

3. Que en el establecimiento de comercio no desarrollen actividades que impliquen la explotación de intangibles.

4. Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios por cuantía igual o superior a $ 82.936.000, el responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común.

Regimen Simplificado (ET 499) 2010 2011 Valor UVT

98.220.000 100.528.000 4.000

81.032.000 82.936.000 3.300

110.498.000 113.094.000 4.500

Ingresos brutos totales provenientes

de la actividad inferiores a

No celebración de contratos

de servicios o venta

con valor individual superior a

Valor de las consignaciones

bancarias o depósitos

o inversiones inferiores a

Inscripción previa en régimen común

en contratos con valor superior a 81.032.000 82.936.000 3.300

Page 7: actualizacion tributaria 2011

10 11

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

4. INFORMACION EXÓGENA EN MEDIOS DIGITALES 4.1 Obligados a presentar información en medios digitales (Res. 8660 Agosto de 2010)

4.2 Extracto de la información que deben suministrar

1. Las personas naturales, jurídicas, entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto de renta, que en el último día del año gravable 2009 hubieren obtenido ingresos brutos superiores a 1.100 millones de pesos. 2. Personas Jurídicas Grandes Contribuyentes obligadas a presentar declaración del impuesto de Renta, sean Públicas o Privadas, independiente del monto de los ingresos obtenidos.3. Todos los consorcios, las comunidades organizadas, y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho que efectuaron retenciones en la fuente durante el año gravable 2010, independientemente del monto de los ingresos obtenidos.4. Las personas o entidades que actuaron como Mandatarios o Contratistas, deberán informar el valor de las operaciones inherentes a las actividades ejecutadas. 5. Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar Declaración de Ingresos y Patrimonio independientemente del monto de sus ingresos.

• Costo, deducción o compra de activos fijos o movibles, cuando el valor acumulado sea igual o superior a 500mil pesos.• Pagos por salarios, honorarios, comisiones, servicios, cuyo valor acumulado sea igual o superior a $10 millones.• Ingresos acumulados por valor igual o superior a $1 millón. • Pasivos de cualquier índole, por valor igual o mayor a $5 millones. • Deudores de cualquier índole, por valor igual o superior a $5 millones.• Socios o accionistas con aportes superiores a 5 millones de pesos.• Toda la información contable, no solo los datos fiscales.

informan diferencias superiores al 40% entre total de activos según balance y patrimonio líquido según declaración de renta.• Igualmente diferencias superiores al 40% entre la utilidad contable antes de impuestos y la renta líquida gravable según declaración de renta.

Las empresas en general deben informar :

• Las entidades financieras

•Las reportarán- Consignaciones cuyo valor anual acumulado exceda $25 millones.- CDTs u depósito cuyo valor acumulado sea superior a $5 millones.- Gastos con tarjetas crédito, cuando el valor anual acumulado sea superior a $20 millones.

Entidades Financieras

- Ventas o prestación de servicios a través de tarjetas de crédito, cuando la cuantía sea superior a $10 millones.- Préstamos cuyo valor anual acumulado sea superior a 20 millones de pesos.- Cuentas con saldos a diciembre 31 superiores o igual a $5 millones.

• Las deberán informar los socios o accionistas de las sociedades creadas y capital aportado. • Los reportan todos los ahorros hechos en el 2010. • Los la enajenación de bienes ó derechos independiente de la cuantía. • transacciones superiores a 10 millones.

• Los fondos mutuos de inversión y demás fondos vigilados por la Super Financiera, informan cada uno de los inversionistas y/o ahorradores a quienes se les haya suscrito contratos y/o ahorros superiores a 5 millones de pesos.

administradores de carteras colectivas,

Cámaras de Comercio

Fondos de PensionesNotarios

Comisionistas de Bolsa

Grandes contribuyentes

Personas jurídicas y naturales todos los formatos

Nit Fecha Fecha

21 a 25

07 de Abril26 a 30

08 de Abril

31 a 35 11 de Abril36 a 40 12 de Abril

41 a 45 13 de Abril46 a 50 14 de Abril

51 a 55 15 de Abril56 a 60 18 de Abril

61 a 65 19 de Abril66 a 70

24 de Marzo

25 de Marzo

28 de Marzo29 de Marzo

30 de Marzo31 de Marzo

1 de Abril4 de Abril

5 de Abril

6 de Abril

Nit

71 a 7576 a 80

81 a 8586 a 90

91 a 9596 a 00

01 a 0506 a 10

11 a 1516 a 20 20 de Abril

Fecha

06 de Mayo de 201125 de Abril de 201126 de Abril de 2011

27 de Abril de 201128 de Abril de 2011

Nit

678

90

Fecha

29 de Abril de 20112 de Mayo de 20113 de Mayo de 2011

4 de Mayo de 20115 de Mayo de 2011

Nit

123

45

4.3. Fechas de presentación información exógena

Page 8: actualizacion tributaria 2011

12 13

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

Agentes retenedores únicamente formato 1002Nit Fecha Nit Fecha

21 a 24 73 a 76 07 de Marzo

25 a 28 77 a 80 08 de Marzo29 a 32 81 a 84 09 de Marzo

33 a 36

85 a 88 10 de Marzo37 a 40 89 a 92 11 de Marzo

41 a 44 93 a 96 14 de Marzo45 a 48 97 a 00 15 de Marzo

49 a 52 01 a 04 16 de Marzo53 a 56 05 a 08 17 de Marzo

57 a 60 09 a 12 18 de Marzo61 a 64 13 a 16 22 de Marzo

65 a 68 17 a 20 23 de Marzo69 a 72

16 de Febrero

17 de Febrero18 de Febrero

21 de Febrero22 de Febrero

23 de Febrero24 de Febrero

25 de Febrero28 de Febrero

01 de Marzo02 de Marzo

03 de Marzo04 de Marzo

5. DATOS RELEVANTES AÑO 2011

5.1. GRUPOS EMPRESARIALES

5.2. DECLARACIONES TRIBUTARIAS DE MENOR CUANTIA

Para el año gravable 2010, la controlante o matriz de cada uno de los Grupos Empresariales, inscritos en el Registro Mercantil de las Cámaras de Comercio existentes en el país, deben entregar la información a más tardar el 30 de junio de 2011

El plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a 41 UVT, ($1.030.000 año 2011) a la fecha de su presentación, vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la respectiva declaración, debiendo cancelarse en una sola cuota.

Valor enPESOS 2011

Valor en UVT

477.508.000

326.716.000

19.000

13.000

5.3 Renta Presuntiva(Et189). Se excluirán de la base de aplicación de la renta presuntiva los activos del contribuyente destinados al sector agropecuario hasta los primeros

(Et189) Exclúyanse de la base para renta presuntiva, la vivienda de habitación del contribuyente hasta por un valor de

CONCEPTO Valor en

PESOS 2010

466.545.000

319.215.000

30.158.000

Valor enPESOS 2011

Valor en UVT

82.936.000 3.300

1.200

5.4

5.5

No aceptación de costos y gastos (E.T. 177-2.) No son aceptados como costo o gasto los siguientes pagos por concepto de operaciones gravadas con el IVA:a) Los que se realicen a personas no inscritas en el régimen común del impuesto sobre las ventas por contratos en el período gravable de valor individual y superior a b) Los realizados a personas no inscritas en el régimen común del iva, efectuados con posterioridad al momento en que los contratos superen en el respectivo período gravable un valor acumulado de

Herencias legados excluidos de impuesto de renta(ET 307). Asignación por causa de muerte o de la porción conyugal a los legitimarios o al cónyuge. Están gravados con tarifa cero por ciento (0%) los primerosSin perjuicio del punto anterior estarán exentos los primeros

CONCEPTO Valor en

PESOS 2010

81.032.000

82.936.000 3.300 81.032.000

29.466.000

30.158.000 1.200 29.466.000

5.6

5.7 Personas naturales que son agentes de retención(ET 368-2) Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a

5.8 Activos fijos adquiridos que pueden depreciarse en el mismo año.(D.R. 3019/89 art 6) Aquellos cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a

Herencias o legados a personas diferentes a legitimarios o cónyuge(ET308) La ganancia ocasional exenta será el 20% del valor percibido sin que dicha suma sea superior a

753.960.000 30.000

30.158.000 1.200 29.466.000

736.650.000

1.257.000 50 1.228.000

Page 9: actualizacion tributaria 2011

14 15

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

Valor enPESOS 2011

Valor en UVTCONCEPTO

Valor enPESOS 2010

5.9 Firma de declaraciones tributarias por Contador Independiente(Et596 – 599 602- 606). Los contribuyentes y entidades obligadas a llevar libros de con tab i l idad , debe rán p resen ta r l as declaraciones tributarias, firmada por contador público, vinculado o no laboralmente, cuando el patrimonio bruto en el último día del año o los ingresos brutos del respectivo año, sean superiores a

5.10 Sanciones.• Sanción Mínima Impuestos Nacionales.(ET 639). El valor mínimo de cualquier sanción será de

• (ET 651). Sanción por no enviar información. Las personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria así como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado incurrirán en una multa hasta de

•(ET 652). Sanción por expedir facturas sin requisito es del uno por ciento (1%) del valor de las operaciones facturadas sin el cumplimiento de los requisitos legales, sin exceder de

5.11 Ajuste opcional para activos fijos.Aplica para obligados y no obligados a llevar contabilidad

5.12 Intereses presuntivos Sociedades Socios(Et35) Para efectos de impuesto de renta los prestámos en dinero otorgado de Socios a Sociedades o viceversa generan un rendimiento mínimo en el año DTF Diciembre 31 anterior

2.513.200.000

251.000 10

100.000

23.875.000

376.980.000

950

15.000

2.455.500.000

246.000

368.325.000

23.327.000

2.35%3.33%

3.47%4.11%

T.R.M. Diciembre 31

Euro Diciembre 31

U.V.R. Diciembre 31

Inflación año anterior

D.T.F. Diciembre 31

Reajuste del salario mínimo

Unidad de valor tibutario UVT

$ 2.044,23

$ 2.930,81

$ 186,26

2.00%

4.11%

3.64%

$ 24.555,00

6.1 Aportes a la seguridad social

Para empleados con más de $ 2.142.400 (cuatro salarios mínimos) deben aportar 1% adicional para el fondo de solidaridad.

6.2 Aportes adicionales del empleado al fondo de solidaridad

Base salarial Valor base Aporte adicional

De 16 a 17 salarios mínimos

0.20%

De 17 a 18 salarios mínimos 0.40%

De 18 a 19 salarios mínimos 0.60%

De 19 a 20 salarios mínimos 0.80%

Más de 20 salarios minimos

8.569.000

9.105.200

9.640.800

10.176.400

10.712.000 1.00%

6. TEMAS LABORALES

Salario Mínimo LegalAuxilio de Transporte Se paga a quienes devenguen hasta 2 SMMLV

$ 535.600 (aumento 4.00%)$ 63.600 (aumento 3.41%) $ 1.071.200

Salud

Pensión

4.00%

4.00%

8.5 0%

12.00%

Concepto Trabajador Empleador Total

12.50%

16.00%

5.13 Otros datos importantes

Concepto Año 2010 Año 2011

$ 1.913,98

$ 2.542,15

$ 190,82

3.17%

3.47%

4.00%

$ 25.132,00

Page 10: actualizacion tributaria 2011

16 17

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

6.3 Aprendices del Sena cuota de apoyo sostenimiento En la etapa lectiva 50% del salario mínimo $ 267.800En la etapa productiva 75% del salario mínimo $ 401.700Para quienes contratan aprendices universitarios el valor a cancelar en ambas etapas corresponde a un salario mínimo.

• Disminución de las bases de retención laborales (ET 387)El trabajador podrá optar por disminuir de su base de retención intereses y corrección monetaria de préstamos para adquisición de vivienda incluido el leasing ó los pagos por salud y educación, aquellos quienes tengan unos ingresos laborales en el año anterior inferiores a

• Pagos por concepto de alimentación o tiquetes (ET 387-1)No constituyen ingreso para el trabajador hasta

Los pagos que efectúen los patronos a favor de terceros son deducibles para el empleador y no constituyen ingreso para el trabajador, siempre que el salario del trabajador no exceda de

• Valor máximo deducible por préstamos para vivienda (ET 387)A deducir mensualmente de la base de retención.

• Renta exenta pagos laborales (ET 206)El veinticinco por ciento (25%) del valor total de los pagos laborales, limitada mensualmente a

115.607.000

1.030.000

7.791.000

2.513.000

6.032.000

4.600

41

310

100

240

6.4 Datos para retenciones de Ingreso Laboral

Valor enPESOS 2011

Valor en UVTCONCEPTO

Valor enPESOS 2010

112.953.000

1.007.000

7.612.000

2.456.000

5.893.000

• Para efectos del impuesto sobre la renta, son deducibles las contribuciones que efectúen las entidades patrocinadoras o empleadoras, a los fondos de pensiones de jubilación e invalidez y de cesantías. Los aportes del empleador a los fondos de pensiones serán deducibles en la misma vigencia fiscal en que se realicen.

• Las sumas que destine el trabajador a ahorro de largo plazo en las cuentas de ahorro "Ahorro para el Fomento a la Construcción-AFC-", no harán parte de la base para aplicar la retención en la fuente y serán consideradas como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, hasta una suma que no exceda el treinta por ciento (30%) de su ingreso laboral o ingreso tributario del año.

6.5 Estímulos a la creación de empresas

Beneficios Ley 1429 de 2010 Formalización y Generación de Empleo

Empresas

123456

TrabajadoresActivo total

Máximo # 505.000 532.500 2.662.500.000

AñoTarifaRenta

Aportes parafiscales

RegistroCámara Ccio.

Aportes Seguridad Social

CeroCero25%50%75%

100%

CeroCero25%50%75%

100%

Cero50%75%

100%100%100%

100%100%100%100%100%100%

NO retención en la fuente por los primeros cinco (5) añosRenta presuntiva a partir del año seis (6)

Ingresos brutosen UVT 2011 25.132

1.00025.132.000 Tarifa impuesto 50%

Cuando haya pérdidas en este lapso, el beneficio de menor tasa de renta puedetrasladarse hasta por cinco (5) años

6.6 Indemnizaciones en contratos a término indefinido

Trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes• Hasta un año de servicio = 30 días de salario• Más de un año de servicio = 30 días por el primer año y 20 días adicionales por cada año.

Trabajadores que devenguen más de 10 salarios mínimos mensuales vigentes.• Hasta un año de servicio = 20 días de salario• Más de un año de servicio = 20 días por el primer año y 15 días adicionales por cada año.

Trabajadores con más de 10 años de servicio el 27 de Diciembre de 2002 se rigen por el artículo 6 de la ley 50 de 1990

Page 11: actualizacion tributaria 2011

18 19

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

7. IMPUESTOS MUNICIPIO DE PEREIRA7.1 Vencimiento Impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Retenciones (Decreto 1370 de 2010)

7.2 Otros datos relevantes Impuestos en Pereira

7.3 Retención en la fuente Impuesto de Industria y Comercio y avisos

7.4 Tarifa

Vencimiento declaración régimen anual : Marzo 31 de 2011. Pago Mayo 31 de 2011

Operaciones sujetas a retenciónTodos los pagos o abonos en cuenta por actividades industriales, comerciales y de servicios sometidos al Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Pereira.Bases para efectuar retención (Las mismas del estatuto tributario nacional)• Por compras iguales o superiores a partir de $ 679.000• Por prestación de servicios cuya cuantía sea igual o superior a $ 101.000

El porcentaje de retención será aquel que le corresponda al beneficiario de conformidad con las tarifas establecidas en el Código de Rentas Municipal. En caso de que el beneficiario no informe la actividad o no se identifique, se aplica la tarifa de otras actividades ya sea industria, servicios o comercio.

Sanción mínima urbana $ 148.000Sanción mínima rural $ 99.000Impuesto mínimo mensual Industria y ComercioUrbano $ 10.700 más avisos y tablerosRural $ 7.200 más avisos y tableros

Sobretasa Bomberil (Acuerdo 45 de 2010 Concejo de Pereira)La tarifa a pagar será del 5.5% del valor del Impuesto de Industria y ComercioVigente por 7 años a partir de enero 1 de 2011

NUEVO 2011

Bimestre Vencimiento

Enero - Febrero Marzo 16 de 2011

Marzo - Abril Mayo 16 de 2011

Mayo - Junio Julio 18 de 2011

Julio - Agosto Septiembre 16 de 2011

Septiembre - Octubre Noviembre 16 de 2011

Noviembre - Diciembre Enero 16 de 2012

8. PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Plazos para presentar las declaraciones Individual y/o Consolidada de Precios de Transferencia. Decreto 4836 de 2010

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que en dicho año gravable hubieran celebrado operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas domiciliados o residentes en el exterior y cuyo patrimonio bruto a 31 de Diciembre de 2010 hubiera sido igual o superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT ($ 2.455.500.000) o cuyos ingresos brutos en el mismo año hubieran sido iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT. ($ 1.497.855.000).

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios residentes o domiciliados en Colombia que en dicho año gravable hubieran realizado operaciones con residentes o domiciliados en paraísos fiscales, aunque su patrimonio bruto a 31 de Diciembre de 2010 o sus ingresos brutos en el mismo año, hubieran sido inferiores a los topes señalados en el literal anterior, salvo que desvirtúen la presunción prevista en el Parágrafo 2 del artículo 260-6 del Estatuto Tributario. En los casos de subordinación, control o situación de grupo empresarial de conformidad con los supuestos previstos en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio y en el artículo 28 de la Ley 222 de 1995, está obligado a presentar la declaración informativa consolidada, el ente controlante o matriz, cuando la controlante o matriz o cualquiera de las sociedades o entidades subordinadas o controladas tenga la obligación de presentar la declaración informativa individual.

Cuando la controlante o matriz extranjera tenga en el territorio colombiano una sucursal y una o más subsidiarias, corresponde a la sucursal cumplir con la obligación de que trata este artículo.

de precios de transferencia se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos.

de precios de transferencia se presentará en forma electrónica, atendiendo al último dígito del Nit.

Están obligados a presentar declaración informativa individual de precios de transferencia por el año gravable 2010 :

La declaración informativa individual

El formulario de la declaración informativa consolidada

Page 12: actualizacion tributaria 2011

20 21

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

PRECIOS DE TRANSFERENCIA

No habrá lugar a preparar y conservar documentación comprobatoria por operaciones de ingreso, costos, deducciones, activo y pasivo, cuyo monto anual acumulado no supere las 10.000 UVT ($245.550.000) . -Decreto 4349 de 2004, art 1º -

NIT Hasta el día

1 08 de Julio de 20112 11de Julio de 2011

3 12 de Julio de 20114 13 de Julio de 2011

5 14 de Julio de 20116 15 de Julio de 2011

7 18 de Julio de 20118 19 de Julio de 2011

9 21 de Julio de 20110 22 de Julio de 2011

NIT Hasta el día

26 de Julio de 201126 de Julio de 2011

26 de Julio de 201126 de Julio de 2011

26 de Julio de 201127 de Julio de 2011

27 2011de Julio de 27 2011de Julio de

27 2011de Julio de 27 2011 de Julio de

Declaración individual Declaración consolidada

12

34

56

78

90

9. TABLAS APLICABLES 2010

Beneficio de auditoríaNOTA : El beneficio de auditoría (ET 689-1) para los años 2010 a 2012 aplicará desde la fecha de la presentación de la declaración con incrementos de impuesto y términos de revisión por parte de la administración tributaria así:

Términode firmeza Período Incremento del impuesto

18 meses12 meses6 meses

18 meses12 meses6 meses

201020102010

2011 y 20122011 y 20122011 y 2012

La inflaciónLa inflaciónLa inflación

La inflaciónLa inflaciónLa inflación

2,5 veces3,0 veces5,0 veces

5,0 veces7,0 veces

12,0 veces

Intereses de MoraPara obligaciones cuyo vencimiento sea a partir del 1° de Enero de 2006, la tasa de interés moratorio será la tasa equivalente a la tasa efectiva de usura certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para el respectivo mes de mora. (ET.635)

Los intereses deben liquidarse por día de retraso en los pagos.

INTE

RES

DE

MO

RA

Des

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asta

Tasa

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leD

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o 1

-200

832

.75%

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Abril

1 -

2008

32.8

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Julio

29

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6Ju

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1-20

0622

.62%

Julio

1 -

200

832

.27%

Agos

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06Ag

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.53%

Oct

ubre

1 -

200

8

Mar

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1 -

2008

Juni

o 30

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008

Sept

bre

30 -

200

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008

31.5

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Sept

1 -

2006

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0622

.58%

Oct

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1 -

200

6D

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0622

.61%

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Mar

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1 -2

009

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1%

Abril

1 -

200

9Ju

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30 -

200

930

.42%

Julio

1-

2009

Sept

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30-

2009

27.9

8%

Oct

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1 -

200

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25.9

2%

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9%

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26 -

200

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31

- 20

0720

.75%

Abril

1 -

2007

Juni

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- 20

0725

.12%

Julio

1 -

200

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28.5

2%O

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31 -

2007

31.8

9%

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Mar

zo 3

1 -

2010

24.2

1%22

.97%

22.4

1%21

.32%

Abril

1 -

201

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nio

30 -

2010

Julio

1 d

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10Se

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010

Oct

ubre

1 -

2010

Dic

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31 -

201

0

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011

Mar

zo 3

1 -

2011

23.4

2%Ab

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011

Juni

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-20

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de

2011

Sept

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201

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ctub

re 1

-20

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icbr

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- 2

011

Has

taTa

sa a

plic

able

Page 13: actualizacion tributaria 2011

22 23

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

RETENCIÓN EN LA FUENTE - 2011CONCEPTO BASE Porcentaje Base UVT

Ingresos laborales 2.388.000 Indemnizacion laboral (ET 401-3) 5.127.000

Honorarios, comisiones

+ Persona jurídica 100%

+ Persona natural 100%

+ Persona natural con ingresos

o contrato superior a 82.936.000

Servicios integrales de salud (ET 392) 101.000

Emolumento declaranteEclesiástico 679.000

Emolumento Eclesiástico NO declarante 679.000

Ver tabla

20.00%

11.00%

10.00%

11.00%

2.00%

4.00%

3.50%

95

204

3.300

4

27

27

Servicios+ Declarante 101.000

+ No declarante, ingreso menor $82.936.000 101.000

Fletes transporte de carga 101.000

Transporte de pasajeros

Terrestre nacional 679.000

Aéreo y marítimo 101.000

Empresas de servicios temporales 101.000

Empresas de vigilancia y/o aseo 101.000

Hoteles restaurante hospedajes 101.000 Indemnizaciones

Extranjero no residente vs Estado o privado

Nacional o extranjero residente vs privado

Nacional vs Estado

ArrendamientoBienes muebles 100%

Bienes inmuebles 679.000

4.00%

6.00%1.00%

3.50%

1.00%

1.00%

2.00%

3.50%

33.00%

20.00%

0.00%

4.00%

3.50%

4

3.3004

27

4

4

4

4

27

Consultoría en Ingeniería de proyectosde infraestructura y edificaciones

+ Declarante o ingreso superior a

+ No obligada a declarar

82.936.000 6.00% 3.300(Dec. 1141 de 2010)

10.00%

RETENCIÓN EN LA FUENTE - 2011

CONCEPTO BASE Porcentaje Base UVT

Impuesto de timbre 150.792.000

Consultorías, servicios técnicos y

asistencia tecnica, prestados por

no residentes o no domiciliados ET408

100%

10.00%

0.00%

Compras

En general y otros ingresos

Combustibles

Productos agropecuarios

+ sin procesamiento industrial

+ Café pergamino o cereza

Compras con Tarjetas débito

o crédito. Hecha por bancos

679.000

100%

2.312.000

4.021.000

3.50%

0.10%

1.50%

0.50%

1.50%

27

92

160

Loterías, rifas, apuestas similares

Construcción, obra material

Enajenacion A Fijos Persona natural

Rendimientos financieros

1.206.000

679.000

100%

100%

20.00%

1.00%

1.00%

7.00%

48

27

Impuesto a las ventas

Compras

Servicios

Pagos tarjetas crédito o débito

679.000

101.000

100%

50.00%

50.00%

10.00%

27

4

Dividendos y Participaciones (DR 567/07)

Socios declarantes de renta

No obligado a declarar

No obligado a declarar y con pago

de dividendos superior a

ET 49

ET 49

ET 49

35.185.000

20.00%

33.00%

20.00% 1.400

6.000

Page 14: actualizacion tributaria 2011

24 25

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

TABLA DE IMPUESTO DE RENTAY COMPLEMENTARIOS AÑO 2010

RANGOS EN U V T TARIFAIMPUESTO

DESDE HASTA MARGINAL

>0 1.090 0% 0

>1.090 1.700 19%

(Renta gravable o ganancia ocasionalgravable expresada en UVTmenos 1.090 UVT)*19%

>1.700 4.100 28%(Renta gravable o ganancia ocasionalgravable expresada en UVTmenos 1.700 UVT)*28% más 116 UVT

>4.100 En adelante 33%(Renta gravable o ganancia ocasionalgravable expresada en UVTmenos 4.100UVT)*33% más 788 UVT

RANGOS EN PESOS TARIFA IMPUESTODESDE HASTA MARGINAL

>0 26.765.000 0% 0

26.765.001 41.744.000 19%Renta gravable o ganancia ocasional gravablemenos $ 26.764.000 por 19%

41.744.001 100.676.000 28%Renta gravable o ganancia ocasional gravable menos $ 41.743.000 por 28% más $ 2.848.000

100.676.001 En adelante 33% Renta gravable o ganancia ocasional gravablemenos $ 100.675.000 por 33% más $ 19.349.000

TABLA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTAY COMPLEMENTARIOS EN PESOS

En adelante

TARIFAIMPUESTO

DESDE HASTA MARGINAL

>0 95 0% 0

>95 150 19%(Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)*19%

>150 360 28%(Ingreso laboral gravado expresado UVT menos 150 UVT)*28% más 10 UVT

en

>360 33%(Ingreso laboral gravado expresado menos 360 UVT)*33% más 69 UVT

en UVT

TABLA DE RETENCION EN LA FUENTE PARA INGRESOS LABORALES GRAVADOS

RANGOS EN U V T

10. VENCIMIENTOS SUPERSOCIEDADES

Informe de Prácticas Empresariales

NIT FECHA NIT FECHA

01 a 05 4 de Abril 51-55 25 de Abril

06 a 10 5 de Abril 56-60 26 de Abril

11 a 15 6 de Abril 61-65 27 de Abril

16-20 7 de Abril 66-70 28 de Abril

21-25 8 de Abril 71-75 29 de Abril

26-30 11 de Abril 76-80 2 de Mayo

31-35 12 de Abril 81-85 3 de Mayo

36-40 13 de Abril 86-90 4 de Mayo

41-45 14 de Abril 91-95 5 de Mayo

46-50 15 de Abril

Información Financiera

NIT FECHA NIT FECHA

51-55

56-60

61-65

66-70

71-75

76-80

81-85

86-90

91-95

15 de Marzo

16 de Marzo

17 de Marzo

18 de Marzo

22 de Marzo

23 de Marzo

24 de Marzo

25 de Marzo

28 de Marzo

01 a 05

06 a 10

11 a 15

16-20

21-25

26-30

31-35

36-40

41-45

46-50

1 de Marzo

2 de Marzo

3 de Marzo

4 de Marzo

7 de Marzo

8 de Marzo

9 de Marzo

10 de Marzo

11 de Marzo

14 de Marzo 96-00 29 de Marzo

96-100 6 de Mayo

Page 15: actualizacion tributaria 2011

26 27

ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2011

11. Planeando su Declaración de RentaRecuerde tener a mano la siguiente información cuando piense en su declaración de

renta.1. Certificados de las entidades financieras con el saldo a Diciembre 31 el cual incluya

además los rendimientos ganados y las retenciones que le practicaron.

2. Certificados de depósitos, inversiones financieras o en otras entidades, a su favor (C.D.T. - fiducia, Tes, papeles del Gobierno, etc.). cédulas de capitalización, pólizas de seguro de vida, certificados que incluyan el valor de la inversión, los intereses ganados y las retenciones que le hayan hecho.

3. Certificados sobre aportes en fondos de pensiones obligatorios o voluntarios, fondos mutuos de inversión etc. Recuerde que los aportes del año en fondos de pensiones tienen la opción de disminuir el impuesto de renta a pagar.

4. Relación de las cuentas por cobrar a su favor existentes en Diciembre 31 con identificación del deudor y el NIT correspondiente, si estas generaron intereses y retenciones obtener el certificado correspondiente.

5. Certificado de los aportes o acciones en sociedades, para evaluar si hubo adquisición de nuevas acciones o aportes, pago de dividendos o utilidades y posibles retenciones en la fuente por el ingreso de utilidades.

6. Relación y valor de los inventarios en mercancías, semovientes u otras especies poseídos a fin de año.

7. Relación de vehículos, propiedades y demás bienes poseídos o que figuren a su nombre en Diciembre 31.

8. Certificado de las deudas vigentes (bancarias, hipotecarias, etc.) o en su defecto el documento que las respalde (letra, pagaré). Igualmente el valor de los intereses pagados en el año.

9. Certificado(s) de ingresos obtenidos durante el año, y la certificación sobre las retenciones que le hubieren practicado (Salarios, honorarios, ventas, servicios, arriendos, comisiones, utilidades, etc.).

10. Relación de los gastos que tengan directa relación con los ingresos obtenidos, con identificación de concepto del gasto, nombre del beneficiario, NIT, o en su defecto los comprobantes correspondientes.

11. Los pagos del impuesto predial o la declaración de autoavalúo, del período con copia de los recibos oficiales con el fin de conocer los avalúos catastrales.

12. Relación de los bienes que se adquirieron y/o vendieron durante el año, con relación de comprador o vendedor, NIT, valor de la transacción, retención en la fuente o en su defecto los documentos que amparan dichas transacciones.

Recuerde que las retenciones en las ventas de los vehículos son efectuadas en la Oficina de Tránsito y la de los inmuebles son hechas en las Notarías.

13. Cualquier otro movimiento o inversión realizada en el año, no considerada en los puntos anteriores y que amerite tenerlo en cuenta al momento de elaborar la declaración.

14. Consideración de futuras inversiones en bienes. Esta opción debe incluir todas las proyecciones o planes a futuro de posibles

ventas de bienes declarados u otros cambios de activos que se estén declarando.

Calcule igualmente el valor de nuevas inversiones o adquisiciones que piensa realizar a futuro, con el objeto de verificar la justificación de fondos para ello.

15. Copia de la declaración del año anterior con su correspondiente cuadro en donde se detallen el patrimonio, los ingresos obtenidos y gastos.

16. No olvide el formulario del año gravable correspondiente.

La Dian cruza información sobre consumos con tarjetas de crédito y débito, consignaciones efectuadas en el año, datos de escrituras de Notarías y Cámaras de Comercio, además conoce los ingresos superiores a quinientos mil pesos acumulados en el año.

Sea consistente con la información que declara y sus ingresos o los gastos o pagos

efectuados durante el año gravable.

RECUERDE:

Page 16: actualizacion tributaria 2011

Jorge Hoyos SalazarContador Público

Asociado a

Pereira, 707 Edificio Diario de Otún Teléfonos 325 0123 - 333 5673 Email: [email protected]

www.sotaxco.com

Notas

28 29

/actualización tributaria