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OFICIALv6MEacuteXICO 2020
Actualizada al 24 de julio de 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 20202
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MEacuteXICO 2020
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Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 3
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Los Estaacutendares Pro Bono Meacutexico la Fundacioacuten Barra Mexicana AC la Funda-cioacuten Appleseed Meacutexico AC el Centro Mexicano Pro Bono AC con la participa-cioacuten de la comunidad juriacutedica y varios despachos trabajaron estrechamente de forma pro bono para la elaboracioacuten de la Guiacutea de Orientacioacuten Juriacutedica por afecta-ciones derivadas del COVID-19 (ldquoGuiacutea Juriacutedica COVID-19rdquo)
A traveacutes de dicha Guiacutea Juriacutedica COVID-19 se ofrece a la poblacioacuten en general y a las organizaciones de la sociedad civil (OSC) informacioacuten clara y concisa ante cuestionamientos situaciones o problemaacuteticas concretas de tipo legal que pu-dieran enfrentar como consecuencia de la emergencia sanitaria
La guiacutea estaraacute sistematizada en una plataforma gracias a la colaboracioacuten de nues-tro aliado el Instituto de Investigaciones Juriacutedicas de la UNAM con la intencioacuten de facilitar el acceso e identificacioacuten de las situaciones en las que pueda encon-trarse cada ciudadano u OSC que atienden a poblaciones vulnerables
Mediante diversas alianzas las instituciones educativas OSC y otras entidades puacuteblicas y privadas del paiacutes brindaraacuten apoyo en la difusioacuten de la citada guiacutea para alcanzar a la mayor poblacioacuten posible
Este esfuerzo es reflejo de la solidaridad de la comunidad juriacutedica organizada en Meacutexico que trabajando de forma pro bono y coordinada espera generar un gran impacto en el paiacutes asiacute como sucedioacute en el caso de los sismos de 2017 en el que nuestra comunidad sumoacute esfuerzos en el aacutembito legal para apoyar a la ciudadaniacutea en circunstancias emergentes y que afectan a la poblacioacuten maacutes vulnerable
Narrativa
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GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
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Aviso LegalLa presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines infor-mativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier deci-sioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten conte-nida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante que revisen de forma regular las disposiciones aplica-bles a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modifi-car el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucra-das en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
En caso de requerir asesoriacutea legal especializada se pue-de contactar a Appleseed Meacutexico al Centro Mexicano Pro Bono y a la Fundacioacuten Barra Mexicana
Maru CortazarDirectora EjecutivaAppleseed Meacutexicomcortazarappleseedmexicoorg
Ivette MonteroDirectora EjecutivaCentro Mexicano Pro Bonoimonteroprobonomx
Carla AguilarDirectora EjecutivaFundacioacuten Barra Mexicanacromanfbmaorgmx
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 5
AacuteREA LEGAL PAacuteG
Derecho Laboral 7
Nueva Normalidad 21
Seguridad Social 13
Salud 23
Seguros 35
Civil y Familiar 43
Proteccioacuten al Consumidor 51
Proteccioacuten de Datos Personales y Comercio Electroacutenico 73
Bancario y Financiero 81
Contratos Civiles y Mercantiles 95
Inmobiliario 109
Propiedad en Condominio 127
Corporativo 137
Fiscal 143
Penal 161
Competencia Econoacutemica 165
Regulatorio y Ambiental 171
Energiacutea 191
Movilidad Humana 203
Mediacioacuten 207
Propiedad Intelectual 211
Actos de Discriminacioacuten 219
Renegocia tu contrato MiPyMES 229
CAP
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Contenido
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ChevezRuizZamarripa
Agradecimientos
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Derecho Laboral
CAPIacuteTULO 01
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 20208 Derecho Laboral
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I- Contingencia Sanitaria vs Medidas laborales preventivas
De conformidad con la Secretariacutea de Salud iquestQueacute medidas laborales deben implementar en los centros de trabajo debido al brote de la epidemia de COVID-19
El 30 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General declaroacute emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 indicando que la Secretariacutea de Salud (ldquoSSrdquo) seriacutea la encar-gada de determinar todas las acciones necesarias para atender la emergencia del COVID-19 Por lo anterior el 31 de marzo de 2020 la SS emitioacute un Acuerdo en donde establece acciones extraordi-narias para atender la emergencia sani-taria generada por el virus SARS-CoV2 que los sectores puacuteblico social y priva-do deberaacuten implementar siendo dichas medidas las siguientes
I Suspensioacuten inmediata de todas las actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de mayo de 20201 (el ldquoPe-riodordquo) con la finalidad de mitigar la dis-persioacuten y transmisioacuten del COVID-19 en la comunidad para disminuir la carga de la enfermedad sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la poblacioacuten residente en el territorio nacional Dicha suspensioacuten dejaraacute de implementarse a partir del 18 de mayo de 2020 en aque-llos municipios del territorio nacional
1emspCon fecha 21 de abril de 2020 la Secretariacutea de Salud publicoacute un Acuerdo mediante el cual se modifican las acciones extraordinarias establecidas en el acuerdo de fecha 31 de marzo de 2020 emitido por la misma autoridad especiacuteficamente para extender la suspensioacuten de actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020
que a esta fecha presenten baja o nula transmisioacuten del virus SARS-CoV22
II Uacutenicamente podraacuten continuar en fun-cionamiento las empresas que realicen las siguientes actividades considera-das esenciales
a) Las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria como son las actividades laborales de la rama meacutedica parameacutedica administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud Tambieacuten los que participan en su abasto servicios y proveeduriacutea entre las que destacan el sector farmaceacuteuti-co tanto en su produccioacuten como en su distribucioacuten (farmacias) la manufactura de insumos equipamiento meacutedico y tec-nologiacuteas para la atencioacuten de la salud los involucrados en la disposicioacuten adecuada de los residuos peligrosos bioloacutegicos in-fecciosos (RPBI) asiacute como la limpieza y sanitizacioacuten de las unidades meacutedicas en los diferentes niveles de atencioacuten
b) Las de los sectores fundamentales de la economiacutea financieros recaudacioacuten tributaria distribucioacuten y venta de ener-geacuteticos gasolineras y gas generacioacuten y distribucioacuten de agua potable industria de alimentos y bebidas no alcohoacutelicas mercados de alimentos supermerca-dos tiendas de autoservicio abarrotes y venta de alimentos preparados ser-vicios de transporte de pasajeros y de carga produccioacuten agriacutecola pesquera y pecuaria agroindustria industria quiacutemi-ca productos de limpieza ferreteriacuteas servicios de mensajeriacutea guardias en la-
2emspConsideramos que previo al 18 de mayo de 2020 la Secretariacutea de Salud debiera publicar las medidas que deberaacuten de seguirse para la reanudacioacuten de actividades
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bores de seguridad privada guarderiacuteas y estancias infantiles asilos y estancias para personas adultas mayores refu-gios y centros de atencioacuten a mujeres viacutectimas de violencia sus hijas e hijos telecomunicaciones y medios de infor-macioacuten Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 9 Derecho Laboral servicios privados de emergencia servicios funerarios y de in-humacioacuten servicios de almacenamiento y cadena de friacuteo de insumos esenciales logiacutestica (aeropuertos puertos y fe-rrocarriles) asiacute como actividades cuya suspensioacuten pueda tener efectos irre-versibles para su continuacioacuten
El 6 de abril de 2020 la SS emitioacute un acuerdo por el cual establece que por actividades cuya suspensioacuten pueda tener efectos irreversibles para su continuacioacuten se entenderaacuten las em-presas de produccioacuten de acero ce-mento y vidrio asiacute como los servicios de tecnologiacutea de la informacioacuten que garanticen la continuidad de los siste-mas informaacuteticos de los sectores puacute-blico privado y social
Las empresas de produccioacuten de acero cemento y vidrio mantendraacuten una activi-dad miacutenima que evite efectos irreversi-bles en su operacioacuten para ello deberaacuten in-formar a la Secretariacutea de Economiacutea en un teacutermino no mayor a 24 horas a partir de la publicacioacuten del acuerdo el nuacutemero total de trabajadores que para dicho efecto re-sulte indispensable Asimismo deberaacuten cumplir con las praacutecticas sentildealadas por la SS para atender la emergencia sanita-ria generada por el virus SARS-CoV2
c) Las necesarias para la conserva-cioacuten mantenimiento y reparacioacuten de
la infraestructura criacutetica que asegura la produccioacuten y distribucioacuten de ser-vicios indispensables a saber agua potable energiacutea eleacutectrica gas petroacute-leo gasolina turbosina saneamiento baacutesico transporte puacuteblico infraes-tructura hospitalaria y meacutedica entre otros maacutes que pudieran listarse en esta categoriacutea
III En todos los lugares y recintos en los que se realizan actividades esenciales se deberaacuten observar de manera obliga-toria las siguientes praacutecticas
a) No se podraacuten realizar reuniones o con-gregaciones de maacutes de 50 personasb) Las personas deberaacuten lavarse las manos frecuentemente estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pantildeuelo desechable o con el antebrazo)c) No saludar de beso de mano o abrazo (saludo a distancia) yd) Todas las demaacutes medidas de sana distancia vigentes emitidas por la Se-cretariacutea de Salud Federal
IV Resguardo de manera estricta duran-te el Periodo a toda persona mayor de 60 antildeos estado de embarazo o puer-perio inmediato o con diagnoacutestico de hipertensioacuten arterial diabetes mellitus enfermedad cardiacuteaca o pulmonar croacuteni-cas inmunosupresioacuten (adquirida o pro-vocada) insuficiencia renal o hepaacutetica independientemente de si su actividad laboral se considera esencial
Las personas que pertenecientes a los grupos vulnerables deberaacuten ausentarse de sus centros de trabajo con permiso con goce de sueldo auacuten cuando realicen actividades esenciales
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Por otro lado aquellas personas que sean parte de los grupos vulnerables deberaacuten de suspender su asistencia a los centros de trabajo de manera inme-diata y si sus funciones lo permiten tra-bajar de forma remota Adicionalmente y en la medida de lo posible los patrones deberaacuten implementar poliacuteticas tempora-les para que todos los empleados inclu-yendo a los grupos vulnerables trabajen desde su casa recibiendo su sueldo iacuten-tegro por el tiempo que dure la medida
iquestExiste alguacuten pronunciamiento de las autori-dades del trabajo respecto a medidas que de-beraacuten implementar los patrones
Si con fecha 20 de marzo la Secretariacutea del Trabajo y Previsioacuten Social (ldquoSTPSrdquo) consciente de los retos a los que pudie-ran enfrentarse los patrones y trabaja-dores ante el COVID-19 en los centros de trabajo emitioacute una guiacutea en donde sentildeala las acciones que los patrones podraacuten implementar en los centros de trabajo para prevenir el contagio del COVID-19 mejorar su capacidad de res-puesta y reducir las afectaciones que la epidemia pudiera causarles Dicha guiacutea fue actualizada con fecha 1 de abril de 2020 en donde se incluyeron nuevas medidas misma que puede ser consul-tada en la siguiente liga httpswwwgobmxstpsdocumentosguia-de-accion-para-los-centros-detrabajo-ante-el-COVID-19
Siendo estas acciones las siguientes
1 Planeacioacuten
a) Designar personal responsable de mantener informados a todos los empleados del centro de trabajo respecto a las indicaciones de la au-
toridad sanitaria1b) Identificar si el centro de trabajo pue-de continuar laborando durante la Jorna-da Nacional de Sana Distancia (ldquoJNSDrdquo) de conformidad con el Acuerdo de fecha 31 de marzo de 2020 publicado por la Secretariacutea de Salud2 ec) Identificar dentro del centro de tra-bajo (i) al personal en mayor riesgo que por su condicioacuten deban aplicar estric-tamente el resguardo domiciliario (ii) las tareas o funciones susceptibles de flexibilizarse o realizarse desde casa (iii) las funciones que por su grado de exposicioacuten o atencioacuten al puacuteblico sean maacutes riesgosas (iv) e identificar las ac-tividades esenciales para mantener la actividad del centro de trabajo
2 Informacioacuten y Capacitacioacuten
a) Informar a los empleados sobre los signos siacutentomas y medidas planteadas en la JNSD por COVID-19b) Colocar en muacuteltiples lugares visibles las infografiacuteas oficiales y distribuirlas a traveacutes de los medios disponiblesc) Dar a conocer a los trabajadores el teleacutefono de emergencia de la autoridad sanitariad) Capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevencioacuten y de limpiezae) Preparar a trabajadores para que pue-dan asumir y realizar diferentes funcio-nes ante posible ausentismo yf) Acceder al kit de herramientas guiacutea y
1emspDicha informacioacuten se actualiza en las conferencias que todos los diacuteas se transmiten en vivo a las 19 horas uso horario de la Ciudad de Meacutexico por el canal oficial de YouTube del Gobierno de Meacutexico httpswwwyoutube comchannelUCvzHrtf9by1-UY67SfZse8w
2emspEl Acuerdo puede ser consultado en la siguiente liga httpswwwdofgobmxnota_detalle phpcodigo=5590914ampfecha=31032020ampprint=true
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 11
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consejos praacutecticos para aprovechar al maacuteximo el teletrabajo
3 Medidas de prevencioacuten
a) Mantener una limpieza permanente del centro de trabajo y los lugares de labor inclui-dos los servicios de alimentos b) Proveer a sus trabajadores de produc-tos sanitarios y de equipo de proteccioacuten personalc) Contar con depoacutesitos de productos des-echables y de uso personald) Escalonar horarios para el uso de las insta-laciones con el fin de disminuir el contacto ye) Separar las estaciones de trabajo compar-tidas a una distancia de 150 a 20 metros
4 Medidas de Proteccioacuten
a) Instrumentar filtro de supervisioacuten ge-neral para ingresar al centro de trabajob) Enviar a casa al trabajador con siacutento-mas de la enfermedad y remitirlo a su centro de atencioacuten meacutedicac) Identificar a trabajadores que hayan estado en contacto con una persona infectada y enviarlos a casa e indicar-les que en caso de presentar siacutentomas acudan a revisioacuten meacutedica yd) Llevar el registro del personal inca-pacitado y evaluar posibles casos de contagio
5 Poliacuteticas temporales
a) Suspensioacuten temporal de actividades no esenciales en el centro de trabajo auacuten en el caso de los sectores fundamentales Acti-vidad no esencial es aquella que no afecta la actividad sustantiva de una organizacioacuten ni los derechos de los trabajadoresb) Suspensioacuten de actividades que invo-lucren la concentracioacuten fiacutesica traacutensito o
desplazamiento de personas a su cen-tro de trabajo de acuerdo con lo esta-blecido en el Acuerdo emitido por la Se-cretariacutea de Salud de fecha 24 de marzo de 20201c) Flexibilizar el trabajo permitir la re-organizacioacuten de los turnos y el escalo-namiento de las jornadas laborales asiacute como el uso de las tecnologiacuteas para mi-nimizar el contacto directo incluyendo el trabajo a distanciad) Permitir al personal en condicioacuten de vulnerabilidad no presentarse al centro de trabajo durante la JNSD con el fin de cumplir con el resguardo domiciliario corresponsablee) Evitar el retorno de trabajadores en-fermos sin contar con la evaluacioacuten meacute-dica pertinente yf) Apoyar a los trabajadores para que se retiren ante la presencia de siacutentomas de la enfermedad a traveacutes de la simplifica-cioacuten de traacutemites de incapacidad y la eli-minacioacuten de descuentos por ausencia
6 Vigilancia y supervisioacuten a) Monitoreo de trabajadores en ais-lamiento y monitorear las disposicio-nes que establezcan las autoridades competentes para la modificacioacuten de acciones
iquestQueacute es la Comisioacuten Mixta de Seguridad e Hi-giene y cuaacuteles son sus funciones
Es un organismo bipartito conformado por igual nuacutemero de representantes de los trabajadores y del patroacuten que tiene por objeto investigar las causas de los
1emspPara consulta del Acuerdo favor de referirse a la siguiente liga httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590339ampfecha=24032020
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202012 Derecho Laboral
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accidentes y enfermedades de trabajo asiacute como proponer medidas para preve-nirlos y vigilar que se cumplan
Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higie-ne (ldquoCMSHrdquo) deberaacuten integrarse en un plazo no mayor de 30 diacuteas a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan
Los patrones tienen la obligacioacuten de apoyar la investigacioacuten de los acciden-tes y enfermedades de trabajo que lleve a cabo la CMSH proporcionando para tal efecto informacioacuten sobre (i) los inciden-tes accidentes y enfermedades de tra-bajo que ocurran en el centro de trabajo (ii) los procesos de trabajo y las hojas de datos de seguridad de sustancias quiacute-micas utilizadas y (iii) el seguimiento a las causas de los riesgos de trabajo que tengan lugar en el centro laboral
La CMSH podraacute proponer medidas adi-cionales para prevenir cualquier riesgo de contagio entre los trabajadores
iquestCuaacuteles son las obligaciones y los dere-chos del patroacuten y del empleado en caso suspensioacuten de labores por declaratoria contingencia sanitaria
En caso de suspensioacuten de labores por declaratoria de contingencia sanitaria las relaciones de trabajo se suspende-raacuten de manera temporal por lo que los trabajadores estaraacuten eximidos de pre-sentarse al centro de trabajo y de pres-tar el servicio debiendo reanudar sus actividades tan pronto termine la con-tingencia sanitaria A su vez los patro-nes tendraacuten la obligacioacuten de pagar a sus trabajadores uacutenicamente la indemniza-cioacuten equivalente a un salario miacutenimo por
cada diacutea que dure la suspensioacuten labores sin que pueda exceder de un mes En ese sentido la ley establece que el pago de la indemnizacioacuten antes mencionada tambieacuten le seraacute aplicable a mujeres em-barazadas en periodo de lactancia yo a trabajadores menores de 18 antildeos En caso que la suspensioacuten de labores exce-da de un mes los patrones no tendraacuten obligacioacuten de pago alguna
No obstante lo anterior y aunque no exis-te una obligacioacuten legal de hacerlo algunas empresas estaacuten analizando la posibilidad de pagarle a sus empleados durante la suspensioacuten de las relaciones de trabajo una cantidad mayor al salario miacutenimo Lo anterior como un deber social con la fina-lidad de contrarrestar los impactos eco-noacutemicos negativos que pudieran afectar a los empleados y sus dependientes
Asimismo los patrones deberaacuten pro-porcionar a los trabajadores los medi-camentos profilaacutecticos que determine la autoridad sanitaria cuando exista peligro de epidemia asiacute como cumplir con las disposiciones que dichas auto-ridades determinen y proporcionar a sus trabajadores los elementos que sentildealen las referidas autoridades para prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia sanitaria
iquestCuaacuteles son las obligaciones y los derechos del patroacuten y del empleado en caso de suspen-sioacuten de labores como medida preventiva por parte del empleador (en caso de que no se haya declarado una contingencia pero que sea un riesgo inminente de contraer el virus por el trabajador)
En caso de que los patrones determinen la suspensioacuten de labores como medida
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 13
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preventiva para evitar el contagio yo la propagacioacuten de la epidemia los emplea-dos tendraacuten derecho a recibir su salario iacutentegro de conformidad con lo estableci-do en sus contratos individuales yo co-lectivos de trabajo Asimismo en caso de que las operaciones de la empresa y los servicios que prestan los empleados lo permiten los patrones podraacuten solici-tar a los empleados que trabajen desde su casa y en su caso los trabajadores tendraacuten derecho al pago completo de sus salarios y beneficios
Adicionalmente patrones y trabajado-res podraacuten llegar a distintos acuerdos en los que se modifiquen las condicio-nes de trabajo (eg jornada y salario)
iquestPuede el patroacuten modificar las condiciones de trabajo de manera unilateral
No Cualquier modificacioacuten a las condicio-nes laborales en donde se establezcan modificaciones tales como la reduccioacuten de la jornada de trabajo (diacuteashoras efec-tivas de trabajo) y la consecuente re-duccioacuten proporcional de salario para ser vaacutelidos deberaacuten ser aprobados por los empleados y deberaacuten constar por escrito
Es importante hacer notar que las medi-das adoptadas por los patrones y traba-jadores mediante dichos convenios se-raacuten de naturaleza temporal y en la medida de lo posible deberaacuten aplicarse de ma-nera general para todos los empleados Lo anterior ya que la finalidad de dichas modificaciones es preservar la salud de los trabajadores y la fuente de trabajo para hacer frente a la crisis social y eco-noacutemica que enfrenta el Paiacutes y poder en la medida de lo posible la toma de medidas maacutes draacutesticas (eg cierre permanente de
operaciones yo terminaciones labora-les) que pudieran contravenir al principio de estabilidad en el empleado
iquestQueacute sucede si una trabajadora o trabajador adquiere una enfermedad contagiosa como es el COVID-19
De conformidad con la Ley Federal del Trabajo si un empleado adquiere una en-fermedad contagiosa como el COVID-19 la relacioacuten de trabajo se suspenderaacute de manera temporal y terminaraacute hasta que concluya el periodo fijado por el Institu-to Mexicano del Seguro Social (ldquoIMSSrdquo) o antes si la enfermedad cesa Para que dicha suspensioacuten surta efectos el empleado deberaacute informar al patroacuten tan pronto como tenga conocimiento para evitar el contagio de otros individuos asiacute como la propagacioacuten de la epidemia
Adicionalmente deberaacuten seguirse las mismas reglas como si se tratara de una enfermedad general por lo que el em-pleado contagiado deberaacute solicitar un certificado de incapacidad por enferme-dad ante el IMSS
Para facilitar dicho traacutemite el IMSS habi-litoacute una plataforma digital para la obten-cioacuten en liacutenea de certificados de incapaci-dades en casos de COVID-19 ello con el objeto de romper la cadena de transmi-sioacuten y mantener la sana distancia Esta facilidad uacutenicamente aplicaraacute a trabaja-dores inscritos en el IMSS y puede ser consultada en la siguiente liga httpstestcoronavirusimssgobmxwebCOVID-19 AccountLoginReturnUrl=2FwebCOVID-19
El trabajador que presente siacutentomas de COVID-19 deberaacute completar en liacutenea un cuestionario para conocer si procede
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202014 Derecho Laboral
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o no la incapacidad En caso de existir riesgo de padecer COVID-19 las autori-dades del IMSS validaraacuten el cuestionario con evaluacioacuten meacutedica y emitiraacuten la in-capacidad digital para posteriormente notificar al patroacuten
Este nuevo traacutemite preveacute ademaacutes que los pagos de subsidios que deriven de la incapacidad otorgada se realicen me-diante transferencia electroacutenica en la cuenta bancaria del trabajador
Los trabajadores deberaacuten ingresar al si-tio httpwwwimssgobmxcovid-19 y aten-der las instrucciones indicadas por las autoridades del IMSS para el traacutemite y obtencioacuten de los certificados de incapa-cidad con motivo de COVID-19
iquestQueacute es la ldquoDeclaratoria de emergencia sanita-ria por causa de fuerza mayorrdquo y cuaacuteles son las consecuencias de su declaracioacuten
Como se comentoacute con anterioridad el pasado 31 de marzo de 2020 se publi-coacute en el Diario Oficial de la Federacioacuten un acuerdo por virtud del cual se esta-blecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria gene-rada por el virus COVID-19 En dicho acuerdo se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus
Lo anterior implica tomar acciones para mitigar la dispersioacuten y transmisioacuten del virus medidas que los sectores puacuteblico social y privado deberaacuten implementar de manera obligatoria tales como (i) la suspensioacuten inmediata del 30 de marzo al 30 de mayo del 2020 de todas las ac-tividades no esenciales (ii) resguardo
domiciliario para grupos vulnerables (iii) Praacutecticas y medidas de prevencioacuten en aquellos lugares y recintos en los que se realicen actividades esenciales en-tre otras
De conformidad con la Ley General de Salud dicha caracterizacioacuten como emer-gencia sanitaria de la enfermedad rela-cionada con el virus COVID-19 faculta a la Secretariacutea de Salud para dictar inme-diatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los dantildeos a la salud y tambieacuten faculta al Poder Ejecu-tivo Federal para declarar mediante de-creto la regioacuten o regiones amenazadas que quedan sujetas durante el tiempo necesario a la accioacuten extraordinaria en materia de salubridad general
Aunque la Ley General de Salud y la Ley Federal del Trabajo no hacen ninguna referencia literal a una ldquoEmergencia Sanitaria por Causa de Fuerza Mayorrdquo agregar el aspecto de fuerza mayor a la caracterizacioacuten de emergencia sani-taria desde un punto de vista estricta-mente legal laboral abre la posibilidad de suspender relaciones laborales con fundamento en el artiacuteculo 427 fraccioacuten I es decir por causa de fuerza mayor no imputable al patroacuten
En los casos de suspensioacuten de las rela-ciones de trabajo por fuerza mayor el pa-troacuten o su representante deben dar aviso de la suspensioacuten a la Junta de Concilia-cioacuten para que eacutesta previo al desahogo de un procedimiento especial la aprue-be o la desapruebe En caso de ser auto-rizada la suspensioacuten la autoridad fijaraacute la indemnizacioacuten que deba pagarse a los trabajadores sin que esta puede exce-der del importe de un mes de salario
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 15
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II Trabajo a distancia (home office) vs obligacioacuten de asistir al centro de trabajo
iquestEl trabajo a distancia se encuentra regula-do de manera especiacutefica en la Ley Federal del Trabajo
En materia de trabajo a distancia no hay legislacioacuten especiacutefica Sin embargo el artiacuteculo 311 de la Ley Federal del Trabajo establece que seraacute considerado como ldquotrabajo a domiciliordquo el que se realiza a distancia utilizando tecnologiacuteas de la in-formacioacuten y la comunicacioacuten
En relacioacuten con el mismo y dado que no existe normatividad especiacutefica son aplicables las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo
iquestQueacute caracteriacutesticas debe tener el traba-jo para que un empleado pueda trabajar de manera remota
No hay caracteriacutesticas legales especiacute-ficas en realidad atiende a las peculia-ridades de las actividades para las que fue contratado el empleado Asimismo cuando la posicioacuten del empleado le per-mita desarrollar sus funciones de mane-ra remota esto puede pactarse por las partes en un convenio especiacutefico en el propio contrato individual de trabajo o en una poliacutetica de la empresa
En la praacutectica la mayoriacutea de las empresas cuentan con una poliacutetica de ldquoHome Offi-cerdquo en la que establecen los teacuterminos y condiciones en los se prestaraacute el trabajo de manera remota entre ellos la elegi-bilidad de los empleados al esquema de ldquoHome Officerdquo la vigencia del mismo la obligacioacuten del empleado de presentarse en el centro de trabajo cuando asiacute se lo
requiera el patroacuten asiacute como la posibili-dad del patroacuten de modificar suspender o cancelar en cualquier momento el es-quema de trabajo de manera remota
iquestLos trabajadores que prestan sus servicios de manera remota tienen derecho a las mis-mas prestaciones que un trabajador que acu-de al centro de trabajo
Siacute el trabajador tiene derecho a las mis-mas prestaciones establecidas para el resto del personal
iquestQueacute medidas pueden implementar los patro-nes para regular el trabajo remoto
Establecer una poliacutetica de ldquohome offi-cerdquo en la que normalmente el patroacuten sentildeala los teacuterminos y condiciones en los que se desarrollaraacute el trabajo remoto que incluya entre otros los horarios de disponibilidad del empleado el nuacutemero de horas en las que el trabajador estaraacute activo y disponible los horarios de dis-ponibilidad para actividades conjuntas por medios de telecomunicacioacuten com-partir agendas electroacutenicas a fin de que el patroacuten y los demaacutes puedan verificar la disponibilidad del empleado y lograr una oacuteptima planeacioacuten para el desempentildeo de las actividades conjuntas
iquestQueacute pasa si un empleado no puede realizar su trabajo a distancia iquestTenemos que pagar su salario
El personal que no pueda realizar su trabajo a distancia y no pueda presen-tarse a laborar en el centro de trabajo por causas ajenas a eacutel tiene derecho al pago de su salario y prestaciones iacutentegras De lo contrario podriacutea res-
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202016 Derecho Laboral
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cindir su relacioacuten laboral por causas imputables al patroacuten
Sobre el particular el 31 de marzo de 2020 la Secretariacutea de Salud Fede-ral emitioacute un acuerdo que establece nuevas medidas para hacer frente a la emergencia nacional sanitaria por cau-sas de fuerza mayor determinada por el Consejo de Salubridad General Este acuerdo incluye la suspensioacuten inmedia-ta de actividades no esenciales del 30 de marzo de 2020 hasta al 30 de abril de 2020 (ldquoPeriodo de Suspensioacutenrdquo)
Dichas medidas son de caraacutecter obliga-torio en toda la Repuacuteblica Mexicana y tienen por objetivo combatir la disper-sioacuten y transmisioacuten del COVID-19
Durante el Periodo de Suspensioacuten las ac-tividades no esenciales deberaacuten suspen-derse de forma inmediata Solo podraacuten continuar las actividades definidas como esenciales por ejemplo aquellas que de manera directa son necesarias para atender la emergencia sanitaria como son las actividades de la rama meacutedica parameacutedica administrativa y de apoyo en todo el sistema nacional de salud Estos centros de trabajo que desarrollen ac-tividades esenciales podraacuten continuar operando siempre y cuando (a) los pa-trones no permitan a los empleados lle-var a cabo reuniones o congregaciones de maacutes de 50 personas (b) los patrones den cumplimiento y requieran a sus em-pleados dar cumplimiento a las medidas sanitarias emitidas por la Secretariacutea de Salud Federal y (c) los patrones no uti-licen el trabajo de personas vulnerables (mayores de 60 antildeos de edad en estado de embarazo o en puerperio inmediato con diagnoacutestico de hipertensioacuten arterial
diabetes mellitus enfermedad cardiaca o pulmonar croacutenicas inmunosupresioacuten insuficiencia renal o hepaacutetica) indepen-dientemente de si su actividad laboral se considera esencial
Todo el personal que esteacute en posibilidad de realizar sus actividades a distancia deberaacute continuar con sus labores y tendraacute dere-cho al pago de su compensacioacuten total
iquestEl trabajo a distancia o home office modi-fica las condiciones de trabajo (eg salario y jornada)
En principio el home office no modifica las condiciones de trabajo tales como actividades horarios y salario Uacutenica-mente modifica el lugar en el que se desempentildearaacuten dichas actividades
iquestEl trabajo a distancia da el derecho del pago a tiempo extraordinario
En estricto sentido el empleado que trabaje maacutes de 48 horas semanales en jornada diurna estariacutea laborando tiempo extraordinario y en principio tendriacutea dere-cho a reclamar el pago correspondiente Sin embargo en la praacutectica no existiraacuten controles de asistencia ni puntualidad por lo que es conveniente pactar desde la poliacutetica de home office que el emplea-do no estaraacute sujeto a los mismos
iquestTiene el patroacuten obligacioacuten de proporcionar a los empleados las herramientas de traba-jo para que los mismos puedan trabajar de manera remota
Conforme a la Ley Federal del Trabajo el patroacuten tiene la obligacioacuten de proporcionar a los empleados herramientas de trabajo En principio el patroacuten tambieacuten debe asu-
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mir el costo del internet y telefono para que el trabajador pueda realizar el trabajo a distancia Es recomendable que en la poliacutetica de lsquoHome Officerdquo quede pactado que estos gastos seraacuten reembolsados por la Empresa exclusivamente durante el periodo de la contingencia sanitaria
iquestCoacutemo se debe garantizar la seguridad de la informacioacuten y confidencialidad en trabajos a distancia o home office
En los mismos teacuterminos establecidos y aplicables a cuando el trabajador labo-ra en el centro de trabajo ya que esta-raacute utilizando las mismas herramientas al desarrollar sus funciones Es obliga-cioacuten de todos los trabajadores guardar los secretos teacutecnicos comerciales y de fabricacioacuten de los productos del patroacuten asiacute como asuntos administrativos e in-formacioacuten cuya divulgacioacuten pueda cau-sar perjuicio a la empresa
III Despido Injustificado
iquestQueacute es el despido injustificado y en queacute casos aplica
La Ley Federal del Trabajo principal es-tatuto que rige las relaciones laborales en Meacutexico se disentildeoacute principalmente para proteger la ldquoparte deacutebilrdquo es decir los derechos de los trabajadores
En ese espiacuteritu la terminacioacuten de las relaciones laborales estaacute estrictamen-te regulada y puede llevarse a cabo por distintas razones que incluyen entre otras la terminacioacuten de la relacioacuten de trabajo por causa justificada1
1emspArtiacuteculo 46 de la Ley Federal del Trabajo
En ese caso la Ley Federal del Trabajo establece una lista exhaustiva de cau-sas que se consideran como suficien-tes para justificar una terminacioacuten de la relacioacuten de trabajo sin responsabilidad por parte del patroacuten2
Por lo tanto cuando el patroacuten decida unilateralmente terminar la relacioacuten la-boral la terminacioacuten seraacute considerada como justificada si estaacute basada en por lo menos una de las causas estableci-das por la Ley Federal del Trabajo y seraacute considerada como injustificada si la ter-minacioacuten se lleva a cabo sin fundamen-tar dicha decisioacuten en una de las causas a las que hacemos referencia
En este uacuteltimo caso el patroacuten deberaacute cubrir al trabajador las indemnizaciones a las que hace referencia la misma ley
iquestCuaacuteles son los derechos del empleado ante un despido injustificado
En caso de que un empleado sea despe-dido injustificadamente el patroacuten tiene la obligacioacuten de entregarle una indemni-zacioacuten constitucional que corresponde a 3 meses de salario maacutes una prima de antiguumledad seguacuten corresponda3 El tra-bajador tambieacuten tendraacute derecho al pago de la parte proporcional de aguinaldo vacaciones y prima vacacional que haya generado hasta el momento del despi-do Asiacute como al pago de las prestaciones que por encima de la ley le haya otorga-
2emspArtiacuteculo 47 de la Ley Federal del Trabajo
3emspLa prima de antiguumledad es igual 12 diacuteas de salario por cada antildeo de servicio En caso de que el salario diario del trabajador exceda al doble del salario miacutenimo esta prima deberaacute pagarse sobre una base topada de dos veces el salario miacutenimo
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do el patroacuten como fondo de ahorro pago de bonos proporcionales etc
La Ley Federal del Trabajo tambieacuten con-templa el pago de 20 diacuteas de salario por antildeo trabajado como indemnizacioacuten en caso de que el trabajador demande ante la autoridad laboral la reinstalacioacuten a su trabajo obtenga sentencia a su favor y a pesar de ello el patroacuten se niegue a reins-talarlo por lo que entonces deberaacute cubrir los veinte diacuteas por antildeo a los que hace-mos referencia a cambio de no reincor-porarse a su trabajo Esto aplica soacutelo a los empleados de confianza empleados domeacutesticos eventuales los que tengan una antiguumledad menor a un antildeo y en to-dos los casos en que sea imposible la continuacioacuten de la relacioacuten laboral por el contacto directo y permanente entre pa-troacuten y trabajador de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo1
iquestEs posible que el patroacuten implemente medi-das para evitar que los empleados laboren tiempo extraordinario iquestExiste alguna obliga-cioacuten en la ley
La Ley Federal del Trabajo no establece medios especiacuteficos para evitar que los trabajadores laboren tiempo extraordi-nario sin embargo es posible hacerlo en los contratos individuales de trabajo con una redaccioacuten adecuada en donde se establezca de manera clara el horario en el cual laboraraacuten asiacute como la limitan-te para laborar tiempo extraordinario
Tambieacuten es posible implementar poliacuteti-cas internas en las cuales se establez-ca la importancia para la organizacioacuten de que sus empleados laboren uacutenicamente
1emspArtiacuteculos 49 y 50 de la Ley Federal del Trabajo
el tiempo contratado y por otro lado dis-fruten de su tiempo libre limitando el uso de teleacutefono y correo institucional en ciertas horas o diacuteas de la semana
Con el fin de preservar la salud de los empleados y continuar con las labores de la empresa durante la pandemia de COVID-19 muchos patrones han optado por implementar Teletrabajo trabajo a distancia o home office En ese sentido se pueden crear poliacuteticas especiacuteficas temporales o permanentes que esta-blezcan las reglas y horarios de trabajo en donde se deje ver la importancia de respetar el equilibrio entre el tiempo la-boral y tiempo personal Es importante mencionar que la Ley Federal del Traba-jo no contempla el teletrabajo o Home Office por lo que la implementacioacuten de poliacuteticas es recomendable
Ademaacutes cuando sea posible los patro-nes pueden implementar dispositivos destinados a administrar y registrar las horas de trabajo de sus empleados
iquestPuede el patroacuten terminar la relacioacuten de traba-jo si la misma se encuentra suspendida
De manera general la Ley no estable-ce prohibicioacuten para terminar la relacioacuten laboral cuando esta se encuentra sus-pendida En este sentido esto deberaacute determinarse en cada caso particular dependiendo de las razones y circuns-tancias especiales de la terminacioacuten y de la causa que deacute origen a la suspensioacuten
La Ley Federal del Trabajo establece va-rias causas de suspensioacuten temporal de las obligaciones de prestar servicio y pagar salario sin responsabilidad para el patroacuten ni para el trabajador entre las
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cuales se encuentra la enfermedad con-tagiosa1 del trabajador suspensioacuten por causa de fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patroacuten2 y el hecho de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanita-ria que implique la suspensioacuten de las la-bores3 teniendo en cuenta que aunque para estas causas no existe prohibicioacuten expresa de terminar la relacioacuten laboral por parte del patroacuten durante la suspensioacuten tampoco existen antecedentes sobre la posibilidad de ejercer ese derecho pues en estricto sentido los efectos legales de la misma se encuentran suspendidos tambieacuten razoacuten por la cual se recomienda realizar la terminacioacuten una vez concluida la suspensioacuten de la relacioacuten laboral
iquestPuede el trabajador terminar la relacioacuten de trabajo si la misma se encuentra suspendida
El trabajador siacute puede terminar la rela-cioacuten laboral con el patroacuten en el momento en que lo desee en virtud del derecho constitucional de libertad de trabajo4 lo cual establece que nadie podraacute ser obli-gado a prestar trabajos personales sin su pleno consentimiento
IV Otras preguntas generales
iquestPueden celebrar convenios el patroacuten y el trabajador modificando las condiciones de trabajo
Siacute es posible siempre y cuando sea un acuerdo de voluntades en donde se esta-
1emspIbiacuted
2emspArtiacuteculos 427 fraccioacuten I de la Ley Federal del Trabajo
3emspArtiacuteculos 42 bis de la Ley Federal del Trabajo
4emspArtiacuteculo 5o de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos
blezcan claramente las condiciones an-tecedentes razones y temporalidad del convenio ya que el patroacuten no puede modi-ficar de manera unilateral las condiciones de trabajo del empleado en su perjuicio
Ante la situacioacuten en la que muchas empresas se encuentran debido a CO-VID-19 celebrar convenios con los em-pleados es al diacutea de hoy la mejor forma de adaptar las condiciones de trabajo para enfrentar la situacioacuten sanitaria a fin de proteger la salud de los empleados seguir las recomendaciones de la Or-ganizacioacuten Mundial de la Salud (ldquoOMSrdquo) y preservar la economiacutea de ambos em-pleados y empresas
En este sentido muchas compantildeiacuteas estaacuten optando por la celebracioacuten de di-chos convenios con sus trabajadores justificando la reduccioacuten de la jornada laboral y en ocasiones de sus salarios por las circunstancias econoacutemicas de-rivadas de la pandemia del Coronavirus COVID-19 fundamentando tal decisioacuten en la necesidad de salvaguardar las re-laciones laborales mientras se protege la salud de los trabajadores y se limita el impacto econoacutemico aplicando las recomendaciones emitida por la OMS y del Gobierno de Meacutexico a traveacutes de la Secretariacutea de Salud siendo importante mencionar que no es necesario que di-chos convenios sean sancionados por la autoridad laboral
iquestQueacute pueden hacer los trabajadores en caso de que el patroacuten modifique sus condiciones de trabajo de manera unilateral
En el caso de que el patroacuten modifique unilateralmente sus condiciones de trabajo los empleados pueden acudir
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en primera instancia ante la Procura-duriacutea de la Defensa del Trabajo de su localidad y presentar una queja para tratar de resolver el tema previo a una demanda
El empleado tambieacuten puede rescindir la relacioacuten laboral con sus patrones por disminucioacuten y afectacioacuten de las condi-ciones laborales en su perjuicio que co-rresponde a unas de las causas estable-cidas por la Ley Federal del Trabajo que justifica la terminacioacuten de la relacioacuten de trabajo por parte del trabajador sin res-ponsabilidad para este uacuteltimo1
En este caso el trabajador tiene dere-cho a recibir el pago de una indemni-zacioacuten constitucional que se compone de 3 meses del salario integrado maacutes 20 diacuteas de salario por antildeo de servicio ademaacutes de los salarios y beneficios devengados maacutes una prima de anti-guumledad seguacuten corresponda Adicional a lo anterior podriacutea solicitar el pago complementario del salario que dejoacute de percibir
Ante la situacioacuten de emergencia sanita-ria en la que nos encontramos es nece-sario que ambas partes trabajadores y patrones lleguen a acuerdos consen-suados con la finalidad de preservar la fuente de trabajo y apoyar la economiacutea de los trabajadores En este sentido es de suma importancia que las modifi-
1emspArtiacuteculo 51 de la Ley Federal del Trabajo
caciones de las condiciones de trabajo establecidas para enfrentar la situacioacuten sanitaria sean aceptadas por los em-pleados y consten en un convenio escri-to firmado por ambas partes con la fi-nalidad de dejar evidencia de las causas justas que dieron origen a la decisioacuten y con ello dar seguridad y certeza juriacutedica a ambas partes
iquestQueacute sucederaacute cuando se suspenda la con-tingencia sanitaria por parte de las autori-dades responsables
Cuando finaliza la suspensioacuten de acti-vidades laborales los empleados tie-nen la obligacioacuten de volver a trabajar de manera inmediata integraacutendose en su mismo puesto o categoriacutea y gozan-do de las mismas prestaciones y dere-chos que teniacutean previo a la suspensioacuten de las labores Si el trabajador no se presenta a laborar de inmediato sin causa justificada podriacutea ser rescin-dida la relacioacuten de trabajo sin respon-sabilidad para el patroacuten por incurrir en maacutes de 3 faltas injustificadas Por su parte el patroacuten tiene la obligacioacuten de reanudar de inmediato las actividades y reincorporar a sus trabajadores en los mismos teacuterminos y condiciones en que veniacutean prestando el servicio En caso de que el patroacuten no reanude las actividades los trabajadores tendraacuten derecho al pago de una indemnizacioacuten de 3 meses prima de antiguumledad y prestaciones devengadas
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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Nueva Normalidad
ANEXO
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iquestQueacute es la Nueva Normalidad
Con fecha 14 de mayo de 2020 la Secretariacutea de Salud publicoacute en el Dia-rio Oficial de la Federacioacuten (ldquoDOFrdquo) el Acuerdo por el que se establece la estrategia para la reapertura de las actividades sociales educativas y econoacutemicas del paiacutes asiacute como ac-ciones extraordinarias al respecto en seguimiento a dicho acuerdo la misma Secretariacutea publicoacute dos decre-tos adicionales el 15 y 29 de mayo de 2020 en el DOF en el mismo tenor pero con informacioacuten maacutes detallada y ampliacutea al respecto
De conformidad con los menciona-dos Acuerdos el Gobierno de Meacutexico puso a disposicioacuten de las empresas y centros de trabajo los Lineamientos teacutecnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral los cuales deberaacuten cumplir con el fin de lograr una rea-pertura exitosa escalonada y respon-sable de las actividades laborales la Nueva Normalidad
iquestComo se va a implementar la Nueva Normalidad
Los referidos Lineamientos Teacutecnicos contemplan una serie de acciones que deberaacuten cumplir los centros de trabajo para la reapertura ordenada gradual y cauta con la finalidad de continuar en el cuidado de la salud de las personas y al mismo tiempo reactivar la econo-miacutea mexicana
Entre dichas acciones se encuentra la elaboracioacuten de un Protocolo de Segu-ridad Sanitaria por parte de los patro-nes asiacute como la implementacioacuten de un
Sistema de Alerta Sanitaria por parte del Gobierno
En ese sentido la implementacioacuten de la Nueva Normalidad se realizaraacute a tra-veacutes de 3 etapas La primera etapa co-menzoacute el 18 de mayo de 2020 con res-pecto a ciertos municipios y la uacuteltima etapa comenzoacute el 1 de junio de 2020 de manera generalizada y en base al semaacuteforo epidemioloacutegico
Durante la primera etapa la cual tuvo inicio el 18 de mayo y comprende los Municipios de la Esperanza los cuales baacutesicamente son todos aquellos que no tienen casos de contagios repor-tados por Covid-19 y ni vecindad con municipios con contagios reportados por lo que se autoriza la apertura a toda la actividad laboral social y educativa
Durante la segunda etapa la cual se desarrolloacute entre el 18 y el 31 de mayo y que consistioacute en una prepa-racioacuten para la reapertura de aquellas empresas o industrias dedicadas a la industria de la construccioacuten de la mi-neriacutea y de la fabricacioacuten de equipo de transporte actividades considera-das recientemente como esenciales las cuales a efecto de poder reiniciar actividades en dicho periacuteodo debie-ron adoptar y validar los Protocolos de Seguridad Sanitaria siempre y cuando cuenten adicionalmente con la aprobacioacuten del IMSS
Durante la tercera etapa la cual empe-zoacute 1 de junio de 2020 en la cual nos en-contramos al diacutea de hoy se inicia con la etapa de reapertura socio-econoacute-mica de todas aquellas empresas que realicen actividades no esenciales
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mediante un sistema de un semaacuteforo epidemioloacutegico semanal por regiones que determinaraacute el nivel de alerta sani-taria y definiraacute queacute tipo de actividades estaacuten autorizadas para llevar a cabo en los aacutembitos econoacutemico laboral es-colar y social en base al nivel de casos de contagio del virus en cada Estado o zona de la Repuacuteblica Mexicana
iquestQuieacuten debe implementar los Protocolos de Seguridad Sanitaria
La obligacioacuten es uacutenicamente para las empresas que realicen actividades esenciales incluidas las ldquooriginalesrdquo que baacutesicamente son aquellas que fueron consideradas como esencia-les por medio del Acuerdo publicado el 31 de marzo de 2020 en el DOF y las empresas esenciales ldquonuevasrdquo es decir las que fueron enlistadas por medio del Acuerdo publicado el 14 de mayo de 2020 en el DOF Dichas em-presas podraacuten continuar o reiniciar sus actividades seguacuten corresponda pero deberaacuten autoevaluarse obliga-toriamente con la herramienta dis-ponible para ello en la paacutegina wwwnuevanormalidadgobmx Dicha he-rramienta es de uso voluntaria para todos los demaacutes centros de trabajo la recomendacioacuten es que todas las empresas se autoevaluacuteen para te-ner certeza y seguridad con el trata-miento de la pandemia con respecto a sus empleados
Hoy en diacutea la obligacioacuten de los cen-tros de trabajo se circunscribe baacute-sicamente al cumplimiento de las medidas establecidas en los linea-mientos teacutecnicos pero no necesitan un permiso o aprobacioacuten previo
iquestQueacute implicaciones tiene el Sistema de Alerta Sanitaria
El 1 de junio se pone en marcha el Sis-tema de Alerta Sanitaria a traveacutes de un Semaacuteforo regional que consta de cuatro niveles de alerta (Rojo para alerta maacutexima naranja para alerta alta amarillo para alerta intermedia y ver-de para alerta cotidiana) mismos que seraacuten medidos a traveacutes del anaacutelisis de las caracteriacutesticas del comportamien-to y consecuencias de la circulacioacuten del virus a nivel estatal
El Sistema de Alerta Sanitaria aplicaraacute de manera general a todo el territorio mexicano clasificando las municipa-lidades de conformidad con su nivel de riesgo e implica la aplicacioacuten de ciertas medidas por parte de las em-presas dependiendo del mismo ya sea esencial o no
La implementacioacuten del semaacuteforo va a tener un impacto sobre queacute empresas pueden operar dependiendo si son esenciales o no y coacutemo pueden ope-rar lo cual se encuentra directamente relacionado con el color de este
En el caso de las empresas o indus-trias consideradas esenciales el se-maacuteforo contempla la continua opera-cioacuten de las empresas consideradas como tal en todos los colores del mismo Sin embargo deberaacuten tomar e implementar las medidas necesarias de acuerdo con el color en el que se encuentre su regioacuten
En caso de las empresas o industrias no esenciales la reanudacioacuten de sus operaciones va a estar condicionada
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al color del semaacuteforo en que se en-cuentre la regioacuten en la que se ubica el centro de trabajo y el tamantildeo de este En ese sentido es de vital importan-cia que las empresas no esenciales esteacuten al pendiente del color del semaacute-foro ya que dependiendo de eacuteste se podraacuten reanudar las actividades bajo ciertas limitaciones y condiciones que estaraacuten sujetas al color del semaacute-
Actividades permitidas a partir del 1 de junio de 2020
Regioacuten Actividad Descripcioacuten de las actividades
Rojo
Escuelas Suspendidas
Espacio puacuteblico Suspendidas
Actividades econoacutemicasSOLO ESENCIALES
Solo las actividades laboralesconsideradas esenciales
Naranja
Escuelas Suspendidas
Espacio puacuteblicoAforo reducido en las actividades del espacio puacuteblico en
lugares abiertos En lugares cerrados suspendidas
Actividades econoacutemicasgenerales
Actividades laborales consideradas esenciales y las actividades no esenciales con una operacioacuten reducida
Amarillo
Escuelas Suspendidas
Espacio puacuteblicoAforo reducido en las actividades del espacio puacuteblico en lugares abiertos y en lugares cerrados con restricciones
Actividades econoacutemicasgenerales
Todas las actividades laborales
Verde
Escuelas
Sin restriccionesEspacio puacuteblico
Actividades econoacutemicasgenerales
foro mismo que actualizaraacute semanal-mente y que las autoridades locales dentro del uso de sus facultades po-draacuten establecer normas y lineamien-tos adicionales a las establecidas por el Gobierno Federal
Es importante ubicar la actividad en el semaacuteforo regional que a continuacioacuten se describe
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Independientemente del Sistema de Alerta sanitaria o del tipo de empre-sa iquestexisten medidas de aplicacioacuten general
Con independencia del Semaacuteforo o del tipo de empresa los Lineamien-tos establecen estrategias de con-trol indispensables y fundamentales para contener la diseminacioacuten del vi-rus las cuales deberaacuten implementar-se en todos los centros de trabajo sin importar su actividad (esenciales o no) o el nivel de alerta de la locali-dad en la que se encuentren
En ese sentido es importante que las empresas usen como base para la creacioacuten de sus poliacuteticas y protoco-los los lineamientos emitidos por la autoridad sanitaria con la finalidad de estar en cumplimiento con las me-didas establecidas por el Gobierno Federal y llevar a cabo una sana reac-tivacioacuten de sus actividades Aunado al hecho de que en caso de ser ins-peccionadas por la autoridad federal competente deberaacuten poder demos-trar que cumplen con todas las me-didas impuestas por las autoridades federales
iquestCuaacuteles medidas tienen que implementar los centros de trabajo
Los lineamientos estaacuten disentildeados de manera que las micro pequentildeas me-dianas y grandes empresas puedan saber cuaacuteles medidas son aplicables a ellas Las medidas se clasifican como indispensables o recomenda-das para permitir a los empleado-res priorizar su implementacioacuten de
acuerdo con las instrucciones de la autoridad federal
En ese sentido los centros de traba-jo deben considerar cuatro criterios para identificar queacute medidas deben implementar para cumplir con los li-neamientos (i) el tipo de actividades que realizan (ii) el coacutedigo de color del municipio donde se encuentra el cen-tro de trabajo (iii) tamantildeo del centro de trabajo y (iv) las caracteriacutesticas internas del centro de trabajo
En relacioacuten con el tipo de actividad los centros de trabajo deben identi-ficar si la actividad que llevan a cabo se considera esencial de acuerdo con las disposiciones de los varios Acuerdos publicados en el Diario Ofi-cial de la Federacioacuten el 31 de marzo 6 de abril 14 y 15 de mayo de 2020 Las actividades esenciales pueden seguir operando independientemen-te del Semaacuteforo y deben someterse al proceso de autoevaluacioacuten en liacute-nea Las actividades no esenciales pueden operar solo cuando el nivel de alerta de su ubicacioacuten lo permita
En relacioacuten con el nivel de riesgo epi-demioloacutegico los centros de trabajo deben identificar el nivel de riesgo del municipio en el que se encuentran de acuerdo con el Sistema de Alerta Sa-nitaria Dado que la autoridad deter-minaraacute el nivel de alerta semanalmen-te los centros de trabajo deben tener planes para cumplir con las recomen-daciones correspondientes y prestar especial atencioacuten al color del Semaacute-foro de su regioacuten para implementar los planes correspondientes a cada nivel de manera oportuna
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202026 Derecho Laboral
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En relacioacuten con el tamantildeo del cen-tro de trabajo los centros de traba-jo deberaacuten identificar el tamantildeo de su unidad econoacutemica con base en el cuadro provisto en los lineamien-tos para implementar las medidas correspondientes
Finalmente se deben identificar las caracteriacutesticas internas especiacuteficas del lugar de trabajo La identifica-cioacuten correcta de las caracteriacutesticas del lugar de trabajo permitiraacute la co-municacioacuten e implementacioacuten de las medidas apropiadas para proteger al personal teniendo en cuenta su espacio fiacutesico y sus condiciones de vulnerabilidad
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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Seguridad Social
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Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202014 Seguridad Social
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a) Prestaciones en especie y econoacutemicas
Los trabajadores que se encuentran ins-critos en el Reacutegimen Obligatorio del Se-guro Social tienen derecho a las siguien-tes prestaciones en especie y en dinero respecto del Seguro de Enfermedades y Maternidad
bull Prestaciones en Especie
Asistencia meacutedico quiruacutergica farmaceacuteuti-ca y hospitalaria que se necesaria desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo de 52 semanas para el mismo pade-cimiento (Artiacuteculo 91 LSS)
Si al concluir el periacuteodo de cincuenta y dos semanas previsto en el artiacuteculo anterior el asegurado continuacutea enfermo el Insti-tuto prorrogaraacute su tratamiento hasta por cincuenta y dos semanas maacutes previo dic-tamen meacutedico (Artiacuteculo 92 LSS)
bull Prestaciones en dinero
Por regla general se otorgaraacute un subsidio en dinero cuando la enfermedad lo incapa-cite para el trabajo El subsidio se pagaraacute a partir del cuarto diacutea del inicio de la inca-pacidad mientras dure eacutesta y hasta por el teacutermino de cincuenta y dos semanas Si al concluir dicho periacuteodo el asegurado continuare incapacitado previo dictamen del Instituto se podraacute prorrogar el pago del subsidio hasta por veintiseacuteis semanas maacutes (Art 96 LSS)
El subsidio en dinero que se otorgue a los asegurados seraacute igual al sesenta por ciento del uacuteltimo salario diario de cotiza-cioacuten El subsidio se pagaraacute por periacuteodos vencidos que no excederaacuten de una se-mana directamente al asegurado o a su
representante debidamente acreditado (Artiacuteculo 98 LSS)
Ahora bien el pasado 25 de marzo el Consejo Teacutecnico del Instituto Mexica-no del Seguro Social (ldquoIMSSrdquo) aproboacute la obtencioacuten en liacutenea de un permiso es-pecial por emergencia sanitaria a favor de los trabajadores
Este es un permiso uacutenico en la historia del Instituto En congruencia con la declara-toria de pandemia hecha por la Organiza-cioacuten Mundial de la Salud (OMS) y en con-cordancia con las recomendaciones de la Secretariacutea de Salud el propoacutesito de este permiso por emergencia el cual puede ob-tenerse en liacutenea es disminuir la cadena de transmisioacuten del COVID-19 al evitar la cir-culacioacuten de los asegurados con siacutentomas de COVID-19 y en su lugar permitirles que permanezcan en casa
Dicha medida permitiraacute la expedicioacuten de certificados de incapacidad temporal y el pago de subsidios en liacutenea por contingen-cia de COVID-19
Los trabajadores enfermos podraacuten justi-ficar su ausencia al trabajo y obtener el pago de los subsidios que otorga el IMSS mediante transferencia bancaria redu-ciendo asiacute el traacutensito de empleados en-fermos a la cliacutenica para evaluacioacuten meacutedica y al banco para el pago del subsidio otor-gado por dicho Instituto
Los asegurados que presenten siacutento-mas de la enfermedad deberaacuten acce-der al portal del IMSS para realizar este traacutemite Asimismo deberaacuten llenar un cuestionario relacionado con sus datos generales y de afiliacioacuten sus antece-dentes meacutedicos y los siacutentomas que pre-
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sentan para la elaboracioacuten del diagnoacutesti-co por parte del Instituto
El cuestionario seraacute remitido a la Unidad Meacutedica Familiar que corresponda para evaluacioacuten y aprobacioacuten cuyo resultado tendraacute las siguientes implicaciones
1 En caso de que el diagnoacutestico sea negativo de COVID-19 el IMSS en-viaraacute al asegurado las indicaciones para el tratamiento de la enferme-dad que corresponda
2 De ser positivo el diagnoacutestico de CO-VID-19 el IMSS tomaraacute las siguien-tes medidas
bull El IMSS remitiraacute las indicaciones al ase-gurado para el tratamiento de la enferme-dad incluyendo medidas de proteccioacuten para miembros de la misma casa bull El IMSS enviaraacute el equipo de proteccioacuten necesario para evitar el contagio familiar tales como cubre brocas alcohol en gel que hace la funcioacuten de antiseacuteptico bacte-riano y un termoacutemetro
bull El IMSS expediraacute y enviaraacute al asegurado y al patroacuten del permiso especial por inca-pacidad temporal para el trabajo por un periacuteodo de 14 diacuteas Dicho permiso podraacute prorrogarse por otros 14 diacuteas en caso de que persistan los siacutentomas o se agrave la enfermedad En caso de que se busque extender dicha incapacidad por que los siacutentomas persisten o se agrave la enfer-medad la evaluacioacuten del empleado deberaacute realizarse de forma presencial en la Uni-dad de Medicina Familiar
El IMSS pagaraacute el subsidio por enferme-dad general por un periodo de 11 diacuteas con
60 del uacuteltimo salario diario integrado del trabajador registrado ante el IMSS Los primeros tres diacuteas de los 14 diacuteas de incapacidad no son cubiertos por el IMSS toda vez que se considera una incapaci-dad temporal por enfermedad general
b) Riesgo de Trabajo
El 15 de abril de 2020 ldquoIMSSrdquo emitioacute los criterios aplicables y el procedimiento para cuando procedereacute dictaminar el COVID-19 como enfermedad de trabajo establecien-do los lineamientos que el IMSS utilizaraacute para determinar la relacioacuten causa-efecto en casos de empleados diagnosticados con COVID-19 y determinar cuaacuteles de eacutestos casos deben calificarse como una enfer-medad de trabajo En caso de ser califica-dos como riesgos de trabajo el asegurado tendraacute derecho al cobro de un subsidio de 100 del salario base de cotizacioacuten con el que se encuentre registrado ante el IMSS y el patroacuten tendraacute que considera el caso como riesgo de trabajo e incluirlo en la de-terminacioacuten anual de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo
c) Movimientos Afiliatorios (avisos de alta baja y movimiento salarial) y pago de cuotas obrero-patronales en diferentes escenarios
El artiacuteculo 15 fraccioacuten I de la Ley del Segu-ro Social impone la obligacioacuten a los patro-nes de presentar los avisos de alta baja modificacioacuten salarial de sus trabajadores en un plazo de 5 diacuteas En nuestra experien-cia recomendamos no presentar estos avisos en la fecha liacutemite por el contrario es conveniente presentarlos con un diacutea de anticipacioacuten al que ocurra el supuesto
En caso de otorgamiento de incapacidad por Enfermedad General la relacioacuten de
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trabajo quedaraacute suspendida por el periacuteo-do de la incapacidad por enfermedad y el patroacuten pagaraacute uacutenicamente la cuota que corresponde al Seguro de Retiro Ce-santiacutea en Edad Avanzada y Vejez (RCVAFORE) y aportaciones de vivienda 5 de INFONAVITrdquo
d) Beneficios para los patrones
1) Conforme a un comunicado de prensa emitido por el IMSS el diacutea 14 de abril de 2020 eacuteste descontaraacute del importe men-sual de las cuotas obrero-patronales por concepto de ausentismo hasta 7 diacuteas por cada trabajador cuando no se haya dado por terminada la relacioacuten de trabajo y con excepcioacuten del costo correspondiente al seguro de enfermedades y maternidad Este beneficio estaraacute sujeto al cumpli-miento de condiciones especiacuteficas
2) En teacuterminos de comunicado de prensa de misma fecha el IMSS hace referencia al Acuerdo No 1912020 emitido por el Consejo Teacutecnico del IMSS en el que remi-te a la posibilidad que establece la Ley del Seguro Social para celebrar convenios de pago en parcialidades de cuotas obre-ro-patronales con un pago inicial del 20 de la cuota patronal y 100 de la cuota obrera Hace referencia a medidas ex-traordinarias para dar facilidades al pago diferido en parcialidades que pueden va-riar de 12 24 y hasta 48 meses Los teacuter-minos del beneficio deberaacuten analizarse una vez publicado el Acuerdo del Consejo Teacutecnico en el Diario Oficial dada cierta fal-ta de precisioacuten del comunicado de prensa
3) Con fecha 16 de abril de 2020 el IMSS emitioacute un comunicado en el que establece un programa de apoyo a Em-presas Solidarias (aquellas que hayan
conservado a sus trabajadores sin re-ducirles el salario) en teacuterminos del que otorgaraacute preacutestamos sin garantiacutea con un plazo de pago de 3 antildeos a partir del 4 de mayo y mediante transferencia electroacute-nica Las tasas de intereacutes oscilaraacuten de 65 al 10 dependiendo del nuacutemero de trabajadores de la empresa
e) Beneficios para los trabajadores
1) Periodo de conservacioacuten de derechos
El empleado que sea dado de baja tendraacute derecho a atencioacuten meacutedica y hospitala-ria para eacutelella y su familia por un periodo de conservacioacuten de derechos que es de ocho semanas a partir de la presentacioacuten de la fecha de baja del empleado siem-pre y cuando este haya cotizado ocho semanas inmediatas anteriores al IMSS (Artiacuteculo 119)
Este periodo podraacute ser prorrogado por el IMSS en los casos de emergencia de asiacute determinarlo las autoridades
2) Seguro de Salud para la Familia
Transcurrido el periodo de conservacioacuten de derechos el trabajador tendraacute acce-so a la contratacioacuten del Seguro de Salud para la Familia con el que podraacute con-tinuar recibiendo atencioacuten meacutedica por parte del IMSS
3) Retiro de las cuentas de retiro cesan-tiacutea en edad avanzada y vejez de las Afores en caso de desempleo
(Artiacuteculo 191 LSS)El trabajador que quede privado de su empleo podraacute retirar parcialmente los re-cursos de la Subcuenta de Retiro Cesan-
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tiacutea en Edad Avanzada y Vejez a partir del cuadrageacutesimo sexto diacutea natural contado desde el diacutea en que quedoacute desempleado en los siguientes teacuterminos
i) Si su cuenta individual tiene al menos tres antildeos de haber sido abierta y tiene un miacutenimo de doce bimestres de cotizacioacuten al Instituto acreditados en dicha cuenta podraacute retirar en una exhibicioacuten la canti-dad que resulte al equivalente a treinta diacuteas de su uacuteltimo salario base de cotiza-cioacuten con un liacutemite de diez veces el sala-rio miacutenimo mensual general que rija en el Distrito Federal
ii) Si su cuenta individual tiene cinco antildeos o maacutes de haber sido abierta podraacute reti-rar la cantidad que resulte menor entre noventa diacuteas de su propio salario base de cotizacioacuten de las uacuteltimas doscientas cincuenta semanas o las que tuviere o el once punto cinco por ciento del saldo de la Subcuenta de Retiro Cesantiacutea en Edad Avanzada y Vejez
Conforme a la Ley del Seguro Social las cantidades a que se refiere este inci-so se entregaraacuten en un maacuteximo de seis mensualidades la primera de las cuales podraacute ser por un monto de treinta diacuteas de su uacuteltimo salario base de cotizacioacuten a so-licitud del trabajador Por medida extraordinaria el IMSS en co-municado de prensa del 14 de abril del antildeo en curso anuncioacute que los trabajadores tendraacuten la posibilidad de recibir las canti-dades en una sola exhibicioacuten Asimismo establece que con objeto de no provocar una afectacioacuten irreversible a largo plazo en la pensioacuten el trabajador podraacute devolver los importes solicitados hasta antes del momento de pensionarse
iquestExiste un Seguro de desempleo en la Ciudad de Meacutexico y cuaacuteles con sus caracteriacutesticas
Siacute para la poblacioacuten residente de la Ciu-dad de Meacutexico entre 18 antildeos y 67 antildeos con 11 meses en desempleo se ofrece un incentivo econoacutemico equivalente al valor mensual de la Unidad de Medida y Actua-lizacioacuten (actualmente $264115 pesos) durante un plazo no mayor a 6 meses cada 02 antildeos siempre y cuando justifi-quen ante la Secretariacutea de Trabajo y Fo-mento al Empleo para la Ciudad de Meacutexico el cumplimento de los requisitos
Es importante considerar que la persona tiene que vivir y haber laborado por lo me-nos 06 meses para una empresa con do-micilio fiacutesico y fiscal en la Ciudad de Meacute-xico haber perdido involuntariamente su empleo y ser buscador activo de empleo
Fuentebull Gobierno de la Ciudad de Meacutexico (30 de marzo de 2020) Programa Seguro de Desem-pleo Secretariacutea de Trabajo y Fomento al Em-pleo Recuperado de httpswwwconsargobmxgobmxaplicativocatsarPrincipalTramiteExtaspxidTramite=12ampPAG_ACTUAL=gobmxapli-cativocatsarPrincipalInicioExtaspx
INCAPACIDADES
iquestQueacute hago si sospecho que tengo coronavirus COVID 19 y tengo que continuar trabajando
Debe quedarse en casa para no propagar el vi-rus notificar al patroacuten de la situacioacuten y acceder a la Plataforma Digital que el Instituto Mexicano del Seguro Social habilite para reportar los ca-sos de coronavirus en liacutenea y recibir en su caso un certificado de incapacidad meacutedica digital asiacute como consejos para el cuidado de su salud y la de su familia y un kit meacutedico
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202018 Seguridad Social
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Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (29 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1542020 Llama IMSS a atender llamado solidario de quedarse en casa para evitar contagios por COVID-19 Meacutexico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154bull Art 134 fracciones V y XI de la Ley Federal del Trabajobull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154
iquestCoacutemo se cerciora el Instituto si me encuentro contagiado con COVID-19
Por las caracteriacutesticas de la enfermedad no se recomienda acudir a su cliacutenica a re-cibir una revisioacuten meacutedica presencial sino que deberaacute acceder a la Plataforma Digi-tal que el Instituto Mexicano del Seguro Social habilite para reportar los casos de coronavirus en liacutenea y responder un cues-tionario de tamizaje
Si no hay riesgo se emiten recomen-daciones para el cuidado de la salud y si hay riesgo se validan las respuestas del cuestionario con meacutedicos especializados para verificar si Usted es sujeto a una in-capacidad especial por COVID-19
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutec-nico del IMSS permiso para facilitar traacute-mite de incapacidad en liacutenea por contin-gencia de COVID-19 Meacutexico Gobmx
Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154
iquestCuaacutento tiempo dura la incapacidad especial por COVID-19
Se cubren 14 diacuteas naturales que es el tiem-po que ldquodura el cuadro leve de COVID-19rdquo
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154bull Artiacuteculo 141 del Reglamento de Presta-ciones Meacutedicas del Instituto Mexicano del Seguro Social
iquestQuieacuten notifica al patroacuten sobre el otorgamien-to de la incapacidad especial por COVID-19
El Instituto Mexicano del Seguro Social por internet aunque se pide que los traba-jadores tambieacuten lo hagan directamente
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154
iquestQuieacuten cubre mi salario durante la incapacidad especial por COVID-19
La incapacidad especial tiene la natura-leza de una incapacidad por enfermedad general y por tanto le da derecho a recibir un subsidio del 60 de su uacuteltimo salario
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diario de cotizacioacuten a partir del cuarto diacutea de incapacidad si se califica como enfer-medad general
Lo anterior ya que durante los primeros 3 diacuteas Usted recibiraacute en realidad un subsidio por 11 diacuteas y no por los 14 diacuteas que dura la incapacidad y que sirve para justificar su imposibilidad para trabajar
En algunos casos como beneficios com-pletamente extraordinarios durante la in-capacidad los patrones a) cubren los pri-meros 3 diacuteas de incapacidad b) otorgan la diferencia del 40 con el salario base de cotizacioacuten y c) otorgan la diferencia entre el salario base de cotizacioacuten y el salario base del trabajador para efectos labora-les (el cual llega a variar)
En caso de ser calificado como riesgo de trabajo el trabajador tiene derecho a un subsidio del 100 de su uacuteltimo salario diario de cotizacioacuten a partir del primer diacutea de incapacidad
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154bull Artiacuteculos 42 fracciones I y I asiacute como 43 fraccioacuten I de la Ley Federal del Trabajo y 96 de la Ley del Seguro Social
iquestCoacutemo me paga el IMSS el subsidio generado por la incapacidad especial por COVID-19
El Instituto Mexicano del Seguro So-cial contactaraacute al asegurado para hacer la verificacioacuten de su cuenta
bancaria y realizar el depoacutesito del subsidio directamente
Es por eso que es muy importante que los afiliados a dicho Instituto cuenten con da-tos actualizados en las Plataformas Digi-tales del IMSS
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154
iquestQueacute medidas toma el IMSS para que durante la incapacidad especial por COVID-19 no con-tagie a mi familia
El Instituto Mexicano del Seguro Social enviacutea por mensajeriacutea un equipo de pro-teccioacuten (cubrebocas alcohol en gel y un termoacutemetro) y un instructivo sobre los signos y siacutentomas del COVID-19 y sobre coacutemo cuidar al enfermo en casa con obje-to de prevenir el contagio intradomiciliario
Asimismo el IMSS puso a disposicioacuten de la poblacioacuten diversos cursos para otorgar informacioacuten teoacuterico-praacutectica que permi-tan a la poblacioacuten implementar estrate-gias de prevencioacuten
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154bull Instituto Mexicano del Seguro Social
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202020 Seguridad Social
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Recuperado de httpwwwimssgobmxCOVID-19cursos
iquestQueacute pasa si tras los 14 diacuteas de incapacidad especial por COVID-19 continuacuteo enfermo
Si despueacutes de los 14 diacuteas el afiliado con-tinuacutea enfermo deberaacute recibir atencioacuten en una unidad meacutedica u hospital y se podraacute prorrogar la incapacidad en los teacuterminos aplicables a una enfermedad general (has-ta por 52 semanas con la posibilidad de proacuterroga por 52 semanas adicionales para las prestaciones en especie y 26 sema-nas adicionales para el pago del subsidio)
En caso de riesgo de trabajo la incapa-cidad seraacute de hasta 52 semanas y pos-teriormente de no darse el alta tendraacute derecho a una pensioacuten por incapacidad permanente parcial o total
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154bull Artiacuteculo 92 de la Ley del Seguro Socialbull Artiacuteculo 96 de la Ley del Seguro Socialbull Artiacuteculo 58 de la Ley del Seguro Social
iquestTodas las personas tienen derecho a la inca-pacidad especial por COVID-19
No uacutenicamente los afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social
Sin embargo como se equipara a una inca-pacidad por enfermedad general los afi-liados soacutelo percibiriacutean el subsidio de 60 del salario base de cotizacioacuten a partir del
cuarto diacutea cuando tengan cubiertas por lo menos cuatro cotizaciones semanales inmediatamente anteriores a la enferme-dad y los trabajadores eventuales cuando tengan cubiertas seis cotizaciones se-manales en los uacuteltimos cuatro meses an-teriores a la enfermedad
Sin embargo el IMSS no se ha pronuncia-do al respecto
En el supuesto de que la enfermedad sea calificada como riesgo de trabajo el sub-sidio es del 100 del salario base de co-tizacioacuten a partir del primer diacutea de incapaci-dad y no aplican requisito de cobertura de semanas previas
Fuentebull Instituto Mexicano del Seguro Social (26 de marzo de 2020) Comunicado de prensa 1472020 Aprueba Consejo Teacutecnico del IMSS permiso para facilitar traacutemite de incapacidad en liacutenea por contingencia de COVID-19 Meacute-xico Gobmx Recuperado de httpwwwimssgobmxprensaarchivo202003154bull Artiacuteculo 97 de la Ley del Seguro Social
DESPIDOS MODIFICACIOacuteN DE CONDICIONES Y SUSPENSIOacuteN DE RELACIONES DE TRABAJO
iquestSi mi relacioacuten de trabajo termina durante la crisis sanitaria procede mi baja ante el IMSS
Siacute ya que hasta el momento no se ha emitido disposicioacuten alguna que con-temple o establezca un impedimento al respecto
Es importante considerar que el patroacuten tiene la obligacioacuten de comunicar la baja ante el Instituto dentro de los 05 diacuteas haacute-biles siguientes utilizando alguna las cau-sales del cataacutelogo correspondiente
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 21
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Fuentebull Artiacuteculo 15 fraccioacuten I de la Ley del Seguro Social
iquestCuaacutento tiempo puedo seguir acudiendo al IMSS a que me atiendan en caso de termina-cioacuten laboral (conservacioacuten de derechos)
El asegurado tendraacute el derecho a recibir exclusivamente asistencia meacutedica de ma-ternidad quiruacutergica farmaceacuteutica y hospi-talaria que sea necesaria dentro de las 08 semanas posteriores a la baja siempre y cuando haya cubierto cuando menos 08 semanas de cotizacioacuten ininterrumpidas antes de la baja
Posteriormente tendraacute derecho a inscri-birse en el Seguro de Salud para la Familia
Fuente bull Artiacuteculo 109 de la Ley del Seguro Socialbull Art iacutec ulos 240 a 245 de la Ley del Seg uro Socia l
iquestMi patroacuten puede modificar unilateralmen-te mi salario base de cotizacioacuten durante la crisis sanitaria
Siacute mediante el aviso de modificacioacuten salarial ante el IMSS en un teacutermino de 05 diacuteas haacutebiles
Es importante sentildealar que el IMSS no estaacute facultado para determinar si un au-mento o disminucioacuten de salario resulta legal o no toda vez que dicho Instituto uacutenicamente se enfocaraacute en que el sala-rio base de cotizacioacuten resulte correcto y actualizado
Por lo anterior el patroacuten junto con un especialista laboral deberaacute asegurarse de tener correctamente documentada
la modificacioacuten salarial y el consenti-miento expreso del empleado aten-diendo a la crisis sanitaria
Fuente bull Artiacuteculo 15 fraccioacuten I de la Ley del Seguro Social
iquestSi acuerdo reducir algunas condiciones du-rante la crisis sanitaria procede la modifica-cioacuten de mi salario base de cotizacioacuten
Siacute mediante el aviso de modificacioacuten salarial ante el IMSS en un teacutermino no mayor a 05 diacuteas haacutebiles siempre que los conceptos de reduccioacuten impacten aquellos que integran el salario base de cotizacioacuten
Fuente bull Artiacuteculos 15 fraccioacuten I y 27 de la Ley del Seguro Social
En caso de suspensioacuten de relaciones de traba-jo por contingencia sanitaria iquestmi patroacuten estaacute obligado a mantenerme registrado y cotizando ante el IMSS
Actualmente la legislacioacuten en materia de seguridad social no preveacute el meacuteto-do de pago de cuotas por suspensioacuten de actividades o de relaciones de tra-bajo ante una contingencia sanitaria
Usualmente se consideran los prime-ros 8 diacuteas como ausentismos de los trabajadores para efectos del Seguro Social por lo que se cotiza y se paga uacutenicamente en el Seguro de Enfer-medades y Maternidad tras lo cual se da de baja al trabajador pues de lo contrario el patroacuten deberiacutea pagar ordinariamente sus cuotas de segu-ridad social
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202022 Seguridad Social
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La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
Sin embargo por la crisis actual se esperariacutea que el eventual Decre-to de contingencia sanitaria aclare esta situacioacuten
Fuente bull Artiacuteculos 31 fraccioacuten I y 37 de la Ley del Seguro Social
SEGUROS DE DESEMPLEO
iquestEn caso de desempleo tengo alguna facilidad econoacutemica que me pueda otorgar el IMSS (Retiro parcial por desempleo)
La Ley del Seguro Social preveacute que du-rante el tiempo en que el trabajador deje de estar sujeto a una relacioacuten laboral tendraacute derecho a realizar aportaciones por su cuenta o bien a retirar parcial-mente por situacioacuten de desempleo los recursos de la Subcuenta de Retiro Ce-santiacutea en Edad Avanzada y Vejez para esta uacuteltima debiendo tener al menos 46 diacuteas en situacioacuten de desempleo y no haber ejercido este derecho duran-te los 05 antildeos anteriores al traacutemite y dependiendo la modalidad a la cual se aplique puede ser equivalente a
A 30 diacuteas de su uacuteltimo salario base de cotizacioacuten con un liacutemite de 10 Unidades de Medida de Actualizacioacuten (ldquoUMArdquo) Para ejercer esta modalidad el trabaja-dor deberaacute tener una cuenta individual con al menos 03 antildeos de haber sido abierta y un miacutenimo de 12 bimestres de cotizacioacuten acreditados
B Lo que resulte menor entre 90 diacuteas del Salario Base de Cotizacioacuten del tra-bajador en las uacuteltimas 250 semanas o las que tuviere y el 115 de los recur-sos acumulados en la subcuenta de Re-tiro Cesantiacutea en edad avanzada y Vejez (RCV) Para ejercer esta modalidad el trabajador deberaacute tener una cuenta in-dividual con 05 antildeos o maacutes de apertura
Fuentebull Gobierno de Meacutexico (30 de marzo de 2020) Traacutemite Retiro Parcial por Desem-pleo IMSS Gobmx Recuperado de httpswwwconsargobmxgobmxaplicativocatsarPrincipalTramiteExtaspxidTramite=12ampPAG_ACTUAL=gobmxaplicativocatsarPrincipalInicioExtaspxbull Artiacuteculo 191 de la Ley del Seguro Social
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SaludCAPIacuteTULO 03
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202024 Salud
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1 Funcionamiento y facultades del consejo de salubridad nacional
iquestQueacute es el Consejo de Salubridad General y por queacute son importantes sus determinaciones
El Consejo de Salubridad General es un oacuter-gano colegiado que depende directamente del Presidente de la Repuacuteblica y tiene el ca-raacutecter de autoridad sanitaria con funcio-nes normativas consultivas y ejecutivas
Dentro de las facultades principales del Consejo de Salubridad General en el mar-co de la contingencia sanitaria actual se encuentran las siguientes
a Aprobar los acuerdos necesarios y de-maacutes disposiciones generales de obser-vancia obligatoria en el paiacutes en materia de salubridad general b Aprobar y publicar en el Diario Oficial de la Federacioacuten la declaratoria en los casos de enfermedades graves que sean causa de emergencia o atenten contra la seguri-dad nacional
c Opinar sobre programas y proyectos de investigacioacuten cientiacutefica y de formacioacuten de recursos humanos para la salud
d Participar en el aacutembito de su competen-cia en la consolidacioacuten y funcionamiento del Sistema de Salud
e Rendir opiniones y formular sugeren-cias al Ejecutivo Federal tendientes al mejoramiento de la eficiencia del Sistema de Salud y
f Emitir medidas necesarias para com-batir enfermedades transmisibles (vgr virus COVID-19)
La importancia de las determinaciones del Consejo de Salubridad General recae en que por disposicioacuten expresa de la Cons-titucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos es una autoridad que depen-de uacutenica y exclusivamente del Presidente de la Repuacuteblica
De igual forma sus disposiciones yo determinaciones como lo son (i) las me-didas de reconversioacuten hospitalaria y la expansioacuten inmediata de los servicios de salud para la atencioacuten de pacientes con-tagiados de COVID-19 y (ii) la declarato-ria del virus SARS-Cov2 (COVID-19) como enfermedad grave de atencioacuten prioritaria son obligatorias en todo el paiacutes tanto para particulares como para las autoridades administrativas
2 Funciones del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemioloacutegica
El Sistema Nacional de Vigilancia Epide-mioloacutegica tiene por objeto llevar a cabo la obtencioacuten de manera ordenada y comple-ta de toda aquella informacioacuten que refleje los padecimientos (enfermedades) de la poblacioacuten en general y las causas de las mismas Una vez que se cuenta con esta informacioacuten la autoridad sanitaria estaraacute en posibilidad de planear la toma de accio-nes en el sistema de salud nacional
El Sistema Nacional de Vigilancia Epide-mioloacutegica tiene como funciones principa-les las siguientes
a Vigilar las enfermedadespadecimien-tos de la poblacioacuten en general llevar un control de las muertes que eacutestas general y coadyuvar con la informacioacuten necesa-ria para la toma de decisiones en caso de emergencias sanitarias
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b Difundir en forma oportuna los resulta-dos e informacioacuten generada por las accio-nes de vigilancia epidemioloacutegica
c Ser el medio de difusioacuten oficial del Comiteacute Nacional para la Vigilancia Epidemioloacutegica
3 Derechos de las personas en materia de prestacioacuten de servicios de salud como resultado de una emergencia sanitaria
No existen derechos especiacuteficos en ma-teria de prestacioacuten de servicios de salud derivados de una emergencia sanitaria se deberaacute atender al derecho general de proteccioacuten a la salud consagrado en la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos y aquellas disposicio-nes reglamentarias en la materia
Se entiende por servicios de salud to-das aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la socie-dad en general dirigidas a proteger promover y restaurar la salud de la per-sona y de la colectividad
Los servicios de salud se clasifican en (i) servicios puacuteblicos a la poblacioacuten en general (ii) servicios de salud a de-rechohabientes (iii) servicios sociales y privados
De manera particular podemos desta-car los derechos siguientes en materia de prestacioacuten de servicios de salud
a Es materia de salubridad general la prestacioacuten gratuita de servicios de sa-lud para aquellas personas sin seguri-dad social
b Obtener prestaciones de salud opor-
tunas y de calidad idoacutenea y a recibir atencioacuten profesional y eacuteticamente res-ponsable asiacute como trato respetuoso y digno de los profesionales teacutecnicos y auxiliares de la salud
c Elegir de manera libre y voluntaria al meacutedico que los atienda de entre los meacutedicos de la unidad del primer nivel de atencioacuten que les corresponda por domicilio en funcioacuten del horario de la-bores y de la disponibilidad de espacios del meacutedico elegido
d Cuando se trate de la atencioacuten a los usuarios originarios de pueblos y co-munidades indiacutegenas estos tendraacuten derecho a obtener informacioacuten necesa-ria en su lengua
e Decidir libremente sobre la aplicacioacuten de los procedimientos diagnoacutesticos y terapeacuteuticos ofrecidos
f Recibir informacioacuten suficiente clara oportuna y veraz asiacute como la orienta-cioacuten que sea necesaria respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnoacutesticos terapeacuteuticos y quiruacutergicos que se le in-diquen o apliquen
g La prevencioacuten y el control de las en-fermedades transmisibles de atencioacuten prioritaria es considerada servicio baacute-sico de salud
h En caso de que una persona requiera de la prestacioacuten urgente de servicios de salud seraacuten trasladados a los esta-blecimientos de salud maacutes cercanos
4 Protocolos en materia de salud puacuteblica para enfrentar la pandemia COVID-19
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202026 Salud
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Como parte de la Jornada Nacional de Sana Distancia emprendida por el Gobier-no Federal existen diversas recomenda-ciones e informacioacuten relacionada que po-draacute ser consultada en el siguiente enlace httpscoronavirusgobmx
De manera general las medidas preven-tivas en materia de salud puacuteblica emi-tidas por la autoridad sanitaria federal consisten en seguir diversas praacutecticas tales como
a Lavado frecuente de manosb Estornudar o toser cubriendo boca y nariz con un pantildeuelo desechable o con el antebrazoc No saludar de beso mano yo abrazod Personas con alguacuten siacutentoma de enfer-medad (vgr gripe) permanecer en casa de manera obligatoria a menos que sea necesario recibir atencioacuten meacutedica
Como parte de la Jornada Nacional de Sana Distancia emprendida por el Gobier-no Federal existen diversas recomenda-ciones e informacioacuten relacionada que po-draacute ser consultada en el siguiente enlace httpscoronavirusgobmx
5 Medidas yo recomendaciones en caso de confirmarse un caso positivo
Dependiendo del grado de riesgo y gra-vedad del estado de salud de la persona infectada las autoridades sanitarias re-comiendan en caso de confirmar un caso positivo el resguardo domiciliario de la persona infectada En caso de requerir soporte meacutedico se deberaacute acudir a recibir la atencioacuten meacutedica necesaria
Dependiendo del lugar de residencia existen mecanismos para contactar a
la autoridad sanitaria a efecto de reci-bir la orientacioacuten yo atencioacuten meacutedica oportuna A nivel federal el nuacutemero al que se podraacute llamar para recibir aten-cioacuten es el 800 00 44 800 correspon-diente a la Unidad de Inteligencia Epi-demioloacutegica y Sanitaria
Con relacioacuten a los centros de trabajo la Secretariacutea de Salud en conjunto con la Secretariacutea del Trabajo y Previsioacuten Social emitioacute la Guiacutea de Accioacuten para los Cen-tros de Trabajo ante el COVID-19 a efec-to de que se adopten las medidas que colaboren en la prevencioacuten y atencioacuten del COVID-19
Dicha guiacutea contempla una clasificacioacuten de riesgos de los trabajadores por ocu-pacioacuten o condicioacuten de vulnerabilidad asiacute como una serie de recomendaciones praacutecticas para la planeacioacuten capacita-cioacuten prevencioacuten proteccioacuten y monito-reo La guiacutea podraacute ser consultada en el siguiente link httpswwwgobmxcmsuploadsattachmentfile544729GUI_A_DE_ACCIO_N_PARA_LOS_CENTROS_DE_TRABAJO_ANTE_EL_COVID-19_310320_15h00pdf
Es importante sentildealar que de acuerdo a la legislacioacuten sanitaria los patrones y en general toda persona que tenga conocimiento de alguacuten caso positivo de una enfermedad como lo es la epidemia provocada por el virus COVID-19 deberaacute notificar de manera obligatoria a la Au-toridad Sanitaria maacutes cercana sobre tal circunstancia
6 Oacuterganos oficiales de comunicacioacuten y toma de decisiones en emergencia sanitaria nacional
Conforme a la Ley General de Salud se consideran autoridades sanitarias las
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 27
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siguientes (i) Presidente de la Repuacutebli-ca (ii) el Consejo de Salubridad General (iii) la Secretariacutea de Salud y (iv) los Go-biernos de las Entidades Federativas
En caso de epidemia de caraacutecter grave la Secretariacutea de Salud es la dependencia facultada para dictar inmediatamente las medidas indispensables para pre-venir y combatir los dantildeos a la salud a reserva de que dichas medidas sean despueacutes sancionadas ndashvalidadasratifi-cadas- por el Presidente de la Repuacuteblica
De igual manera el Consejo de Salubri-dad General tendraacute la participacioacuten que le corresponda a efecto de adoptar las medidas de prevencioacuten y control indis-pensables para la proteccioacuten de la salud
Cabe sentildealar que en materia sanitaria existe concurrencia de facultades en-tre la Federacioacuten y las entidades fede-rativas para la atencioacuten prevencioacuten y control de emergencias sanitarias No obstante se deberaacute analizar caso por caso a efecto de determinar que las En-tidades Federativas no se extralimiten en dichas facultades
Los oacuterganos oficiales de comunicacioacuten seraacuten aquellos que correspondan a las au-toridades puacuteblicas en el ejercicio de sus funciones El Diario Oficial de la Federa-cioacuten y las Gacetas yo Perioacutedicos Oficiales de cada una de las Entidades Federativas son los medios oficiales de difusioacuten
7 Posibles acciones yo medidas que pueden ser impuestas por las autoridades competentes en relacioacuten al COVID-19
La legislacioacuten sanitaria federal estable-ce que en caso de una accioacuten extraordi-
naria en materia de salubridad general la Secretariacutea de Salud podraacute establecer medidas como
i Encomendar a las autoridades federa-les estatales y municipales asiacute como a los profesionales teacutecnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud el des-empentildeo de las actividades que estime necesarias y obtener para ese fin la par-ticipacioacuten de los particulares
ii Dictar medidas sanitarias relacionadas con reuniones de personas entrada y sa-lida de ellas en las poblaciones y con los regiacutemenes higieacutenicos especiales que de-ban implantarse seguacuten el caso
iii Regular el traacutensito terrestre mariacutetimo y aeacutereo asiacute como disponer libremente de todos los medios de transporte de pro-piedad del estado y de servicio puacuteblico cualquiera que sea el reacutegimen legal a que esteacuten sujetos eacutestos uacuteltimos
iv Utilizar libre y prioritariamente los servicios telefoacutenicos telegraacuteficos y de correos asiacute como las transmisiones de radio y televisioacuten y
v Las demaacutes que determine la propia Secretariacutea
En el caso concreto de la contingencia sanitaria actual el gobierno federal ha emitido los siguientes Acuerdos yo De-cretos con las medidas siguientes
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202028 Salud
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PublicacioacutenObjeto
Acuerdo por el que se establecen ac-ciones extraordina-rias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2
httpswwwdofgobmxnota_detallephp-codigo=5590914ampfe-cha=31032020
31 de marzo 2020
bull Se ordena la suspensioacuten inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de 2020 de las actividades no esencia-les
bull Establece de manera particular queacute actividades se consideran esenciales
- Las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria como son las actividades labo-rales de la rama meacutedica parameacutedica administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud- Las actividades que presten abasto servicios o pro-veeduriacutea a las actividades del punto anterior tambieacuten se consideran como actividades esenciales- Las involucradas en la seguridad puacuteblica y la protec-cioacuten ciudadana- Las de los sectores fundamentales de la economiacutea (vgr industria de alimentos agriacutecola agroindustria abarrotes venta alimentos preparados etc)- Las necesarias para la conservacioacuten mantenimiento y reparacioacuten de la infraestructura criacutetica que asegura la produccioacuten y distribucioacuten de servicios indispensables
bull Los lugares o recintos donde se continuacuteen desa-rrollando actividades esenciales deberaacuten observar ciertas medidas sanitarias en su operacioacuten
bull Se exhorta a la poblacioacuten que no participa en acti-vidades esenciales a que lleve a cabo el resguardo domiciliario correspondiente
bull El resguardo domiciliario para personas mayores de 60 antildeos y cualquier de los grupos vulnerables deberaacute ser obligatorio
bull Se posponen hasta nuevo aviso las encuestas y censos
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 29
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NombreFecha de
PublicacioacutenObjeto
Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epide-mia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (CO-VID-19)
httpswwwdofgobmxnota_detallephp-codigo=5590745ampfe-cha=30032020
30 de marzo 2020
bull Se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad gene-ral para combatir la enfermedad grave de atencioacuten prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (CO-VID-19)
httpswwwdofgobmxnota_detallephp-codigo=5590673ampfe-cha=27032020
27 de marzo 2020
bull La Secretariacutea de Salud podraacute implementar de manera inmediata ademaacutes de lo previsto en el artiacuteculo 184 de la Ley General de Salud las acciones extraordinarias siguientes
- Utilizar como elementos auxiliares todos los recur-sos meacutedicos y de asistencia social de los sectores puacuteblico social y privado- Adquirir todo tipo de bienes y servicios a nivel na-cional o internacional entre los que se encuentran insumos de salud asiacute como todo tipo de mercanciacuteas y objetos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia sin necesidad de llevar a cabo el proce-dimiento de licitacioacuten puacuteblica- Importar y autorizar la importacioacuten asiacute como la adqui-sicioacuten en el territorio nacional de bienes y servicios sin necesidad de agotar traacutemite administrativo alguno- Llevar a cabo las medidas necesarias para evitar la especulacioacuten de precios y el acopio de insumos esen-ciales necesarios
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202030 Salud
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NombreFecha de
PublicacioacutenObjeto
Acuerdo por el que se establecen las medidas preventi-vas que se deberaacuten implementar para la mitigacioacuten y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
httpswwwdofgobmxnota_detallephp-codigo=5590339ampfe-cha=24032020
24 de marzo 2020
bull Establece medidas preventivas para los sectores puacuteblico social y privado tales como
- Grupos vulnerables deberaacuten evitar la asistencia a cen-tros de trabajo espacios puacuteblicos y lugares concurridos- Se suspenden actividades escolares en todos los niveles- Se suspenden temporalmente actividades de sec-tores puacuteblico social y privado que no sean necesarias para hacer frente a la contingencia- Se suspenden eventos masivos- Establece ciertas directrices en materia de higiene
Acuerdo por el que el Consejo de Sa-lubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en Meacutexico como una enfermedad grave de atencioacuten prioritaria asiacute como se estable-cen las actividades de preparacioacuten y respuesta ante dicha epidemia
httpswwwdofgobmxnota_detallephp-codigo=5590161ampfe-cha=23032020
23 de marzo 2020
bull El Consejo de Salubridad General reconoce la epide-mia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 COVID-19 en Meacutexico como una enfermedad grave de atencioacuten prioritaria
bull El Consejo de Salubridad General exhorta a los go-biernos de las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias y en general a los integrantes del Sistema Nacional de Salud a definir a la brevedad planes de reconversioacuten hospitalaria y expansioacuten inme-diata de capacidad
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 31
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8 Obligatoriedad de las acciones yo medidas impuestas y en su caso sanciones de las mismas
Desde un punto de vista sanitario no se preveacute de manera especiacutefica una san-cioacuten por no cumplir con los Acuerdos y Decretos emitidos tanto por la Secre-tariacutea de Salud como por el Consejo de Salubridad General sin embargo siacute se preveacuten sanciones especiacuteficas por no acatar las medidas sanitarias impues-tas mediante dichas publicaciones o por no colaborar con la autoridad sa-nitaria en la lucha contra la epidemia COVID-19 tales como (i) multas y (ii) arresto de hasta 36 horas
Asimismo derivado de la omisioacuten de cumplir con las acciones yo medidas extraordinarias establecidas por la Se-cretariacutea de Salud o el Consejo de Salu-bridad General la autoridad sanitaria podriacutea imponer las medidas de seguri-dad que estime pertinente (vgr clau-sura temporal)
Adicionalmente en caso de que exista reincidencia por parte del particular yo infractor la multa correspondiente po-draacute ser duplicada
9 Libertad de traacutensito de (movilidad yo traslado de un lugar a otro) personas vehiacuteculos aeronaves en caso de que represente un riesgo para la salud
De manera general la Secretariacutea de Salud se encuentra facultada para dictar medi-das relacionadas con la movilidad tanto de personas asiacute como el traacutensito terres-tre mariacutetimo y aeacutereo en caso de que se haya decretado la accioacuten extraordinaria en materia de salubridad general
Las medidas que se dicten en el marco de una contingencia sanitaria necesa-riamente seraacuten temporales ndashdurante el tiempo que dure la contingencia- y se de-beraacute especificar los lugares regiones yo zonas donde aplicaraacuten dichas medidas yo restricciones
Por otro lado la legislacioacuten sanitaria preveacute diversas disposiciones en materia de sa-nidad internacional donde disposiciones adicionales (pej certificado de desinfec-cioacuten) podraacuten ser impuestas por las auto-ridades sanitarias en relacioacuten al traacutensito terrestre aeacutereo o mariacutetimo
10 Importacioacuten de insumos para la salud (pej vacunas) bajo el escenario de la pandemia
a La regulacioacuten mexicana no preveacute la definicioacuten de pandemia sin embargo el artiacuteculo 132deg del Reglamento de In-sumos para la Salud establece que en casos de contingencia la Secretariacutea de Salud podraacute otorgar el permiso para la importacioacuten de materias primas o pro-ductos terminados que no cuenten con registro sanitario De igual forma el 27 de marzo del antildeo en curso se emitioacute el ldquoDECRETO por el que se declaran ac-ciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de aten-cioacuten prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)rdquo el cual permite la importacioacuten de equipo meacutedico agen-tes de diagnoacutestico material quiruacutergico y de curacioacuten y productos higieacutenicos mercanciacuteas de todo tipo y objetos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia sin necesidad de agotar traacutemite administrativo alguno
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202032 Salud
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11 Acceso a servicios de salud puacuteblica
a iquestQueacute pasa si me niegan la atencioacuten
i En caso de que tengas dudas yo que-jas relacionadas con la atencioacuten meacute-dica prestada en relacioacuten con el CO-VID-19 puedes
1 Llamar a la Unidad de Inteligencia Epi-demioloacutegica y Sanitaria al 800-0044-800 (Ciudad de Meacutexico)
2 Llamar al Locatel al 56 58 11 11 (Ciu-dad de Meacutexico)
3 Enviar un mensaje de texto que diga ldquoCOVID-19rdquo al 51515 y
4 Llamar al nuacutemero telefoacutenico propor-cionado por tu Estado mismo que podraacutes encontrar en el directorio de nuacutemeros telefoacutenicos de asistencia COVID-19 para todos los Estados de la Repuacuteblica httpscoronavirusgobmxcontactodirectorio
ii Con fundamento en el artiacuteculo 4deg de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos y el artiacuteculo 1deg de la Ley General de Salud todas las personas tienen derecho a la proteccioacuten de la sa-lud y al acceso a los servicios de salud Aquellas personas o instituciones que se nieguen a prestar ese servicio se haraacuten acreedores a
iii Profesional teacutecnico o auxiliar de la atencioacuten meacutedica
1 6 meses a 5 antildeos de prisioacuten de $4344 (cuatrocientos treinta y cuatro 04100 pesos) a $1086000 (diez mil ocho-cientos sesenta 00100 pesos) y a
una suspensioacuten para ejercer su profe-sioacuten hasta por 2 (dos) antildeos de con-formidad con el artiacuteculo 469deg de la Ley General de Salud
iv Establecimientos
1 Clausura definitiva de conformidad con el artiacuteculo 255deg del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestacioacuten de Servicios de Aten-cioacuten Meacutedica
b iquestQueacute recursos puedo tener
i Si el servicio de atencioacuten meacutedica es negado por una institucioacuten privada o un profesional de salud cuya praacutectica es realizada dentro del sector privado existen dos viacuteas
1 Puedes llevar a cabo un proceso ar-bitral el cual se divide en una etapa conciliatoria y otra etapa decisoria o arbitraje propiamente dicho el cual inicia con la admisioacuten de una queja ante la Comisioacuten Nacional de Arbi-traje Meacutedico (CONAMED) Este pro-cedimiento te permite reestablecer la comunicacioacuten y solucionar la con-troversia en tiempos adecuados y de manera gratuita yo
2 Presentar una denuncia penal de conformidad con el artiacuteculo 469deg de la Ley General de Salud el cual esta-blece el delito consistente en la ne-gativa de la prestacioacuten de servicios de salud
ii Si el servicio de atencioacuten meacutedica es negado por una institucioacuten de salud puacuteblica o un profesional de salud cuya praacutectica es realizada dentro del sector
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 33
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puacuteblico de conformidad con la Ley de Amparo podraacutes inicar un juicio de ampa-ro indirecto ante los Juzgados de Distri-to en contra la violacioacuten al derecho a la salud establecido en el artiacuteculo 4deg de la Constitucioacuten
12 Concurrencia de facultades entre la Federacioacuten y los Estados
a iquestQueacute medidas debo seguir iquestestatales o federales
i Es recomendable que se preste aten-cioacuten y se cumpla en la medida de lo posi-ble con las medidas establecidas tanto por la Federacioacuten como por los Estados Mexicanos La Federacioacuten y los Esta-dos actuacutean en coordinacioacuten armoacutenica de conformidad con el artiacuteculo 73deg de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos el cual establece que Secretariacutea de Salud emitiraacute las medidas preventivas que deberaacuten obedecerse en toda la Repuacuteblica Mexicana siempre en comunicacioacuten con las Entidades Federa-tivas las cuales actuaraacuten de conformi-dad con lo establecido en sus acuerdos de coordinacioacuten celebrados con la Secre-tariacutea de Salud
13 iquestQueacute implica que una enfermedad sea declarada de atencioacuten pioritaria
a Con fundamento en el artiacuteculo 9deg del Reglamento Interior del Consejo de Salu-bridad General aquellas enfermedades graves que sean causa de emergencia o atenten contra la seguridad nacional podraacuten ser clasificadas de ldquoatencioacuten prioritariardquo En caso de que a una enfer-medad se le clasifique como enferme-dad de atencioacuten prioritaria de conformi-dad con los artiacuteculos 181deg y 184deg de la
Ley General de Salud el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventi-vas que se deberaacuten implementar para la mitigacioacuten y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 24 de marzo de 2020 la Secretariacutea de Salud estaraacute obligada a dictar las medi-das necesarias para prevenir combatir y controlar los dantildeos a la salud a traveacutes de diferentes medidas sanitarias entre las cuales se encuentran
i Encomendar a las diferentes autorida-des (federales estatales y municipa-les) asiacute como a los profesionales teacutec-nicos auxiliares de las disciplinas de salud y particulares en general el des-empentildeo de las actividades que estime necesarias
ii Dictar medidas sanitarias en relacioacuten con reuniones sociales
iii Disponer libremente de los medios de transporte propiedad del estado y del servicio puacuteblico y
iv Las que determine la Secretariacutea
14 iquestExiste alguacuten medio de defensa en contra de las medidas sanitarias
a Buscar la aplicacioacuten de un medio de de-fensa en contra de las medidas sanitarias impuestas por el gobierno mexicano seriacutea muy complicado ya que dichas medidas son utilizadas para permitir el derecho al acceso a la salud establecido en el artiacute-culo 4deg de la Constitucioacuten Impugnar cual-quier acto en direccioacuten a la proteccioacuten del derecho colectivo a la salud con la finali-dad de beneficiar los derechos de un solo
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202034 Salud
3C
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individuo (comercio libertad de reunioacuten y asociacioacuten libre traacutensito etc) se podriacutea interpretar como una violacioacuten al derecho a la salud ya que se estariacutea poniendo por encima un derecho no fundamental
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
MEacuteXICO 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
SegurosCAPIacuteTULO 04
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202036 Seguros
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iquestQueacute es el Seguro de Gastos Meacutedicos
A traveacutes del Contrato de Seguro de Gas-tos Meacutedicos la aseguradora se obliga a resarcir al asegurado los gastos que eacuteste tenga que erogar con motivo de al-guna enfermedad padecimiento o acci-dente ya sea mediante el pago directo de los mismos a la institucioacuten de salud en la que haya sido tratado o mediante el reembolso de los gastos seguacuten sea el caso
iquestExisten liacutemites excluyentes yo condicio-nes a las obligaciones contraiacutedas por ase-guradora mediante el Contrato de Seguro de Gastos Meacutedicos
Si regularmente los liacutemites son econoacute-micos y se encuentra plasmados en la Poacuteliza de Seguro mediante el estable-cimiento de la suma asegurada
Por lo que hace a las condiciones y ex-cluyentes estas se encuentran ma-yormente en las Condiciones Genera-les y tiene que ver ya sea con fecha de origen del padecimiento ndashpreexis-tencia- la causa del padecimiento o el padecimiento en siacute es decir que el padecimiento y por lo tanto sus conse-cuencias se encuentran expresamente excluidos
iquestEntones lo que no se encuentra expresa-mente excluido dentro del contrato debe entenderse incluido en la cobertura
Nuestros tribunales a traveacutes de diver-sos criterios han sostenido respec-to del seguro de gastos meacutedicos que todo aquello que no se encuentre ex-presamente excluido debe entenderse incluido en la cobertura de poacuteliza
No obstante existe dentro de la doc-trina la teoriacutea del contrato de seguro a riesgo nombrado es decir que solo lo expresamente incluido dentro del con-trato tendraacute cobertura en cuyo caso tendriacutea que analizarse el catalogoacute de padecimiento y enfermedades del con-trato para determinar si los gastos re-lacionados con el mismo entran dentro de la cobertura
iquestLos gastos meacutedicos derivados del COVID-19 se encuentran amparadas en el contrato de seguro de gastos meacutedicos
Para responder lo anterior es necesa-rio realizar un analizas de la Poacuteliza que pretenda afectarse y sobre todo de la Condiciones aplicables a la misma
De una revisioacuten aleatoria realizada de las condiciones generales aplicables a las poacutelizas de seguros de gastos meacutedi-cos emitidas por algunas de las princi-pales aseguradoras del ramo en Meacutexi-co encontramos que en la mayoriacutea de estas se otorga cobertura a gastos de-rivados de enfermedades contagiosas como lo es el COVID-19
Ahora bien al ser el COVID-19 un pade-cimiento novedoso resulta obvio que el mismo no se encuentre excluido de manera expresa dentro de las condicio-nes generales de cualquier poacuteliza por lo que se podriacutea concluir de manera gene-ral que los gastos derivados de eacuteste se encuentran cubiertos por la mayoriacutea de las aseguradoras
No obstante lo anterior existen algu-nas condiciones generales a traveacutes de las cuales se excluyen de manera ex-presa los padecimientos ocasionados
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 37
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por epidemias yo pandemias declara-das asiacute por la Organizacioacuten Mundial de la Salud o por las autoridades de Salud del paiacutes por lo cual tomando en consi-deracioacuten que durante el mes de marzo de 2020 la Organizacioacuten Mundial de la Salud declaroacute como pandemia al caso COVID-19 los gastos en que en incu-rran los asegurados a traveacutes de este tipo de poacutelizas carecen de cobertura
Por lo anterior se recomienda a los asegurados revisar el contenido de sus poacutelizas de seguro en las cuales se debe contener el nuacutemero de registro de las condiciones generales aplicables a su poacuteliza con lo cual podraacuten consultarlas directamente en la paacutegina de la Comi-sioacuten Nacional de Seguros y Fianzas o bien en la paacutegina de su aseguradora
iquestQueacute limitaciones y exclusiones podriacutea apli-carse de manera especiacutefica a los gastos meacutedicos derivados del COVID-19
En cuanto al pago o reembolso de medi-camentos la mayoriacutea de las poacutelizas de seguro sujetan el pago de estos a que los mismos ademaacutes de ser prescritos por un meacutedico facultado para ejercer la profesioacuten (que cuenten con ceacutedula pro-fesional) dichos medicamentos deben encontrarse aprobados y autorizados para su uso y comercializacioacuten por al-guna de las siguientes autoridades la Food and Drug Administration (FDA) la Comisioacuten Federal para la Proteccioacuten contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) la Secretariacutea de Salud Federal yo la European Medicines Agency (EMA)
En ese sentido cualquier medicamento prescrito que no se encuentre autori-zado por alguna de las autoridades an-
tes sentildealadas puede ser considerado por las aseguradoras como tratamien-to experimental yo de investigacioacuten lo que conllevariacutea el rechazo del gasto erogado por la compra o aplicacioacuten del mismo lo cual resulta en suma relevan-te trataacutendose del COVID-19 pues al diacutea de elaboracioacuten de esta no existe un medicamento aprobado para el trata-miento de dicho padecimiento
Por uacuteltimo es importante sentildealar que la mayoriacutea de las poacutelizas de seguros de gas-tos meacutedicos mayores excluyen los pade-cimientos yo enfermedades que tengan lugar durante los primeros treinta diacuteas de cobertura por lo cual es importante con-templar la oportuna contratacioacuten de un seguro de gastos meacutedicos mayores en caso de que no se cuente con uno
B Seguro de Desempleo (privado y puacute-blico) La terminacioacuten de la relacioacuten la-boral derivada de una contingencia na-cional estaacute cubierta La cobertura del seguro de desempleo ampara la sus-pensioacuten temporal de la relacioacuten laboral Queacute requisitos deben cumplirse para acceder a la cobertura Coacutemo funciona el seguro cuaacutendo estaacute contratado en relacioacuten con un financiamiento
I Seguro de Desempleo Puacuteblico Los seguros de desempleo puacuteblicos son aquellos beneficios que los gobiernos (federales o estatales) dan mediante un apoyo monetario o en especie al tra-bajador que pierde su empleo para que pueda buscar trabajo al tiempo que pro-tege la economiacutea de su familia La Legislacioacuten Federal Mexicana no con-templa un seguro de desempleo es decir
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202038 Seguros
4C
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la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Unidos Mexicanos La Ley Federal del Trabajo Ley del Seguro Social ni la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado contemplan un seguro de desempleo in-dependientemente de la causa de la ter-minacioacuten laboral del trabajador Sin embargo hay ciertas entidades fede-rativas como es el caso de la Ciudad de Meacutexico que dentro de sus programas sociales han implementado un seguro de desempleo A tal efecto el 31 de enero de 2020 se publicoacute en la gaceta oficial de la Ciudad de Meacutexico el ldquoAviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operacioacuten del programa social ldquoSeguro de Desempleordquo para el ejercicio fiscal 2020rdquo Por su parte el Estados de Meacutexico cuenta con la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de Meacutexico En el caso de la Ciudad de Meacutexico este programa tiene como propoacutesito principal ofrecer un incentivo econoacutemico equiva-lente al valor mensual de la Unidad de Me-dida y Actualizacioacuten hasta por 6 meses Ademaacutes de fomentar la reinsercioacuten laboral de las personas a traveacutes de capacitacioacuten y bolsa de trabajo 1 Beneficiarios La Poblacioacuten residente de la Ciudad de Meacutexico mayor de 18 antildeos en desempleo de un trabajo formal y poblacioacuten tradi-cionalmente excluida mujeres despedi-das por motivo de embarazo migrantes connacionales repatriados o retornados hueacutespedes de la CDMX personas pre y li-beradas de alguacuten centro de reclusioacuten en la CDMX y personas de comunidades indiacutege-nas en desempleo
2 Requisitos
a Tener entre 18 y 67 antildeos con 11 meses
b Haber perdido involuntariamente tu empleo despueacutes del 1 de enero de 2018
c Vivir y haber laborado durante 6 me-ses para una empresa con domicilio fiacutesico y fiscal en la Ciudad de Meacutexico
d Ser buscador activo de empleoe Registrarse en la bolsa de trabajo del
Servicio Nacional de Empleo httpswwwempleogobmxregistro-candidato
Si perdiste tu empleo y cumples con los requisitos antes mencionados inicia tu tramite en httpswwwtramitescdmxgobmxdesempleo
Si vives fuera de la ciudad de Meacutexico revisa si tu estado o municipio ha pues-to en marcha un programa social bajo el cual de un seguro de desempleo o un apoyo econoacutemico o en especie por estar desempleado Pues cada uno es-tablece distinto requisitos
II Seguro de Desempleo Privado
EL seguro de desempleo son aquellos seguros que por los cuales las asegu-radoras ofrecen contra el pago de una prima una contraprestacioacuten econoacutemica por un tiempo determinado en caso de que el titular pierda su trabajo Lo maacutes comuacuten es que este tipo de se-guros esteacuten vinculados a un contrato de creacutedito a efecto de que permitir al deudor cubrir los pagos durante deter-minado tiempo y mantener un buen his-torial crediticioAunque cada aseguradora tiene sus
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 39
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poliacuteticas y requisitos todas coinciden en que la causa de desempleo debe ser el despido injustificado pues si re-nuncias de forma voluntaria o se firmoacute un convenio de terminacioacuten por mutuo consentimiento no se podraacute gozar de los beneficios del seguro Otras exclusiones (casos en que no aplica el seguro) son jubilacioacuten pen-sioacuten o retiro del asegurado renuncia abandono o peacuterdida voluntaria del em-pleo conflictos sindicales robos o peleas intoxicacioacuten uso de drogas deshonestidad fraude conflicto de intereses rehusarse a realizar labores del empleo actos dolosos violacioacuten a las reglas laborales entre otras Algunos de los requisitos maacutes comu-nes para que aplique el seguro son a Estar contratado por tiempo
indeterminadob Haber trabajado ininterrumpidamen-
te para la empresa durante cierto tiempo (un antildeo por ejemplo)
c Estar al corriente en los pagosd Tener determinada antiguumledad con
el financiamientoe Avisar al banco en cierto periodo
maacuteximo de tiempo (30 a 180 diacuteas) desde la peacuterdida del empleo
f Laborar en una empresa legiacutetima-mente constituida
Como se mencionoacute anteriormente los seguros de desempleo puede variar de-pendiendo la aseguradora que los sus-criba y por lo mismo los requisitos para hacerlos validos o la exclusiones igual-mente pueden variar
Tanto el seguro de desempleo puacuteblico
como el privado puede aplicar en caso de que la terminacioacuten laboral se deba a una contingencia sanitaria sin embar-go si la terminacioacuten fue voluntaria es decir si hubo de por medio una renun-cia o un convenio de terminacioacuten es muy posible que estos seguros no se puedan hacer valer
III AforeFinalmente aunque no es se trata es-peciacuteficamente de un seguro la Ley de los sistemas de ahorro para el retiro preveacute que Si estaacutes sin empleo y buscas con un apoyo econoacutemico puedes soli-citar a tu Afore un retiro por desempleo
Los requisitos para hacer un retiro de tu cuenta individual son los siguientes
Retiro por desempleo tipo A
Requisitosbull Tener como miacutenimo 46 diacuteas natura-
les sin empleobull No haber realizado este retiro en los
uacuteltimos 5 antildeosbull Que tu cuenta individual tenga como
miacutenimo 3 antildeos de haber sido abiertabull Tener al menos 2 antildeos de cotizacioacuten
al IMSS acreditados en tu Aforebull Contar con el expediente electroacutenicobull Acudir a tu Afore y solicitar tus
recursos
En caso de cumplir con estos requisi-tos podraacutes retirar en una sola exhibi-cioacuten la cantidad que resulte equivalen-te a 30 diacuteas de tu uacuteltimo salario base de cotizacioacuten acreditado a tu cuenta con un tope de 10 veces la UMA (Unidad de Medida Actualizada) que esteacute vigente en la Ciudad de Meacutexico
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202040 Seguros
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TULO
Retiro por desempleo tipo B
Requisitosbull Tener como miacutenimo 46 diacuteas naturales
sin empleobull No haber realizado este retiro en los
uacuteltimos 5 antildeosbull Que tu cuenta individual tenga como
miacutenimo 5 antildeos de haber sido abiertabull Contar con el expediente electroacutenicobull Acudir a tu Afore y solicitar tus
recursos
En caso de cumplir con los requisitos de esta opcioacuten podraacutes retirar lo que resulte menor entre 90 diacuteas de tu salario pro-medio de las uacuteltimas 250 semanas o las que tengas a la fecha de tu solicitud o el 115 del saldo de la Subcuenta de Re-tiro Cesantiacutea en edad avanzada y Vejez
iquestQueacute es el Seguro de Interrupcioacuten de Negocios
De acuerdo con el diccionario de la Fundacioacuten Mapfre el Seguro de Inte-rrupcioacuten de Negocios es ldquoaquel que ga-rantiza al asegurado la entrega de una indemnizacioacuten a consecuencia de los beneficios que deje de obtener con mo-tivo de la paralizacioacuten de su empresa o explotacioacuten causada por un accidente previsto en la poacutelizardquo
El Seguro de Interrupcioacuten de Negocio estaacute disentildeado para proteger a los ne-gocios del impacto financiero el cual deriva de no poder operar el negocio como consecuencia de un siniestro Di-cho seguro consiste en una indemniza-cioacuten por la peacuterdida real de los ingresos del asegurado derivada de la imposibi-lidad que tiene eacuteste de continuar con la operacioacuten normal del negocio ya sea a causa de un dantildeo fiacutesico como puede
ser un incendio terremoto huracaacuten inundacioacuten entre otros
El objetivo principal de la cobertura es restablecer la situacioacuten financiera del negocio en la que se encontraba previo al siniestro cubriendo por lo general y dependiendo de la poacuteliza las ganancias los gastos fijos los gastos por operar en otra locacioacuten los gastos extraordinarios a causa del siniestro el cierre del nego-cio derivado de una orden emitida por una autoridad civil o militar etceacutetera
A pesar de que el Seguro de Interrupcioacuten de Negocio se puede contratar como una poacuteliza individual es importante mencio-nar que por lo general este tipo de co-bertura se encuentra incluida dentro del Seguro Muacuteltiple Empresarial por lo que el asegurado deberaacute de verificar si efecti-vamente cuenta con dicha cobertura
Dicho lo anterior uno de los requisitos para activar este tipo de cobertura es que el negocio haya sufrido un dantildeo fiacutesico como puede ser la peacuterdida o destruccioacuten del bien asegurado sin embargo existen poacutelizas que siacute contemplan la cobertura de la interrupcioacuten de las operaciones del negocio a causa de enfermedades trans-misibles como pudiera ser el caso del COVID-19
Fuente-Paacutegina web de Fundacioacuten Mapfre httpswwwfundacionmapfreorgfundaciones_espublicacionesdiccionario-mapfre-segurossseguro-de-interrupcion-de-negociosjsp-Registro de Contratos de Adhesioacuten de Se-guros (RECAS) de la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) httpsphpappscondusefgobmxrecas
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 41
Seg
uros
iquestA quieacuten cubre el Seguro de Interrupcioacuten del Negocio
Existe la creencia de que uacutenicamente las grandes empresas pueden adquirir este tipo de seguro debido a su costo sin embargo eacuteste puede ser contratado por cualquier tipo de negocio como las micro y medianas empresas
El costo del Seguro dependeraacute del tipo y volumen del negocio asiacute como de las coberturas contratadas en el entendido de que entre maacutes grande y riesgosa sea la operacioacuten del negocio eacuteste seraacute maacutes costoso Sin embargo es aconsejable contratar las coberturas que sean aptas para el modelo de negocio derivado del tamantildeo tipo volumen de la operacioacuten ubicacioacuten geograacutefica etceacutetera ya que de esta manera en caso de presentarse un siniestro la operacioacuten del negocio no se veraacute afectada del todo
El Seguro de Interrupcioacuten de Negocios podraacute ser tan general o especiacutefico como asiacute lo requiera el asegurado Asimismo es importante mencionar que las cober-turas estaraacuten sujetas a todos los teacutermi-nos condiciones limitaciones y exclu-siones que la aseguradora establezca dentro de la poacuteliza contratada
Fuente-Registro de Contratos de Adhesioacuten de Se-guros (RECAS) de la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) httpsphpappscondusefgobmxrecas
iquestEl Seguro de Interrupcioacuten de Negocios cu-bre el COVID-19
Como se ha mencionado anteriormente
el Seguro de Interrupcioacuten de Negocios cubre los dantildeos fiacutesicos a los bienes asegurados causados por un siniestro Aunque el COVID-19 puede ocasionar afectaciones importantes a un negocio las consecuencias que esto genere no seraacuten consideradas como un dantildeo fiacutesi-co Por lo tanto a menos que se especi-fique en la poacuteliza que se cuenta con una cobertura para enfermedades transmi-sibles es muy posible que la asegurado-ra se niegue a responder por las peacuterdi-das ocasionadas a raiacutez del COVID-19
En caso de que la poacuteliza contratada cuente con la cobertura por enfermeda-des transmisibles se deberaacuten de anali-zar los supuestos en los que la asegu-radora determinaraacute la activacioacuten de la cobertura Por lo general uno de los su-puestos bajo los cuales se podraacute activar dicha cobertura seraacute mediante una or-den emitida por parte de una dependen-cia gubernamental autorizada en la cual se limite restringa o prohiacuteba el acceso al bien inmueble (como lo es la suspen-sioacuten de ciertas actividades)
Por lo anterior se indica que el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Fede-racioacuten de fecha 30 de marzo del 2020 emitido por el Consejo de Salubridad General declara como emergencia sa-nitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) por lo que en caso de contar con la cober-tura de enfermedades transmisibles usted podraacute tramitar la reclamacioacuten de su seguro a partir de esta fecha ante la aseguradora con quien tenga contrata-da dicha poacuteliza con la finalidad de que eacutesta cubra cualquier peacuterdida que haya sufrido su negocio
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202042 Seguros
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TULO
Adicionalmente debido a que la cober-tura del Seguro de Interrupcioacuten de Ne-gocio variacutea dependiendo de cada ase-guradora es de suma importancia que el asegurado consulte el alcance de su poacuteliza o bien contacte directamente a su agente de seguros para obtener maacutes informacioacuten
Fuente -Acuerdo por el que se declara como emer-gencia sanitaria por causa de fuerza ma-yor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) ht-tpswwwdofgobmxnota_detallephpcodi-go=5590914ampfecha=31032020ampprint=true-Registro de Contratos de Adhesioacuten de Seguros (RECAS) de la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usua-rios de Servicios Financieros (CONDUSEF) httpsphpappscondusefgobmxrecas
iquestTiene que existir una declaracioacuten generali-zada de emergencia que obligue a cerrar el negocio con el fin de activar el seguro
Siacute Por lo general uno de los supuestos para la activacioacuten de la cobertura de en-fermedades transmisibles del Seguro de Interrupcioacuten de Negocios seraacute la de-claracioacuten generalizada de emergencia que obligue el cierre o en el caso que nos ocupa la declaracioacuten de emergen-cia sanitaria por causa de fuerza mayor
a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Por otro lado se sentildeala la existencia de poacutelizas que contemplan como un su-puesto el hecho de que un funcionario del asegurado tome la decisioacuten de li-mitar restringir o prohibir el acceso al bien inmueble derivado de la presencia real de una enfermedad transmisible en el mismo
Finalmente como se puede observar la activacioacuten del Seguro de Interrup-cioacuten del Negocio dependeraacute mucho de la poacuteliza que se tiene contratada por lo que es muy importante conocer el contenido y alcance de los teacuterminos y condiciones de dicha poacuteliza para poder determinar cuaacuteles son los su-puestos bajo los cuales se puede ac-tivar dicha cobertura por lo que es de suma importancia asesorarse respec-to a los alcances de su poacuteliza por lo que le recomendamos consultar a su agente de seguros
Fuente-Registro de Contratos de Adhesioacuten de Seguros (RECAS) de la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usua-rios de Servicios Financieros (CONDUSEF)httpsphpappscondusefgobmxrecas
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
MEacuteXICO 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
Civil y Familiar
CAPIacuteTULO 05
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202044 Civil y Familiar
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I- Aspectos en materia familiar y registro civil
En este periodo iquestme puedo divorciar
No los Juzgados donde se tramita el di-vorcio (administrativo o judicial) estaacuten ce-rrados hasta el lunes 20 de abril de 2020 periodo que se puede ampliar si las autori-dades asiacute lo consideran conveniente
iquestCuaacutendo me puedo divorciar
En cuanto vuelvan a trabajar los Juzgados has-ta este momento sabemos que en su gran ma-yoriacutea regresan el mieacutercoles 6 de mayo de 2020
iquestQueacute documentacioacuten puedo ir reuniendo para divorciarme cuando sea posible hacerlo
Si el divorcio es de comuacuten acuerdo se pue-de empezar a trabajar en el convenio si las partes llegan a un acuerdo inclusive se po-driacutea firmar el convenio ante mediador priva-do certificado Cuando regresen a trabajar los Tribunales se puede tramitar el divorcio ya con el convenio acordado ante mediador solamente para que se decrete el divorcio
Si el divorcio no es de comuacuten acuerdo se pueden reunir los documentos para justi-ficar el convenio de divorcio es decir acta de matrimonio actas de nacimiento de los hijos todos los comprobantes de los gas-tos (pensioacuten alimenticia) documentos para justificar la custodia y los derechos de visi-ta Tambieacuten los documentos relacionados con los bienes ya sea que el matrimonio se haya celebrado por sociedad conyugal o por separacioacuten de bienes
Si lo necesito iquestpuedo demandar alimentos
Si se debe justificar y acreditar las necesida-des La pensioacuten alimenticia es un concepto
que incluye varios rubros (vivienda servicios de la vivienda comida gastos de educacioacuten gastos meacutedicos en caso de cualquier disca-pacidad los gastos necesarios para su reha-bilitacioacuten y en general todos los gastos para mantener el mismo nivel socioeconoacutemico)
En el caso de los adultos mayores se privile-gia que los alimentos sean por incorporacioacuten es decir que el adulto mayor se incorpore a vivir con la familia
Se debe hacer una relacioacuten de los gastos (pensioacuten alimenticia) y juntar los comproban-tes que justifiquen esa relacioacuten
iquestCuaacutendo puedo pedir alimentos
Si no son urgentes se puede hacer cuan-do vuelan a abrir los Juzgados hasta este momento sabemos que en su gran mayoriacutea regresan el mieacutercoles 6 de mayo de 2020 Mientras se puede ir haciendo la lista de los gastos y reunir los comprobantesSi fueran urgentes se pueden solicitar a los Juzgados que estaacuten de guardia
httpswwwfacebookcom165332150310540posts1599083296935411d=n
httpswwwpoderjudicialcdmxgobmxwp-con-tentuploadsAVISO_V_15_2020pdf
De igual forma si hubiera casos de violencia fa-miliar o violencia hacia las mujeres se puede pre-sentar una demanda la cual se fundamenta en los artiacuteculos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la Ciudad de Meacutexico ante los Juzgados que estaacuten de guardia
El principal objeto de la ley es promover prote-ger y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia Dichos Juzgados Familia-res que estaacuten en guardia son los siguientes
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 45
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Juzgado Familiar
Mes Diacutea
15deg Abril 1616deg Abril 1717deg Abril 1818deg Abril 1919deg Abril 2020deg Abril 2121deg Abril 2222deg Abril 2323deg Abril 2424deg Abril 2525deg Abril 2626deg Abril 2727deg Abril 2828deg Abril 2929deg Abril 3030deg Mayo 131deg Mayo 232deg Mayo 333deg Mayo 434deg Mayo 535deg Mayo 636deg Mayo 737deg Mayo 838deg Mayo 939deg Mayo 1040deg Mayo 1141deg Mayo 1242deg Mayo 131deg Mayo 142deg Mayo 153deg Mayo 164deg Mayo 175deg Mayo 186deg Mayo 197deg Mayo 208deg Mayo 219deg Mayo 22
10deg Mayo 23
Juzgado Familiar
Mes Diacutea
11deg Mayo 2412deg Mayo 2513deg Mayo 2614deg Mayo 2715deg Mayo 2816deg Mayo 2917deg Mayo 3018deg Mayo 3119deg Junio 120deg Junio 221deg Junio 322deg Junio 423deg Junio 524deg Junio 625deg Junio 726deg Junio 827deg Junio 928deg Junio 1029deg Junio 1130deg Junio 1231deg Junio 1332deg Junio 1433deg Junio 1534deg Junio 1635deg Junio 1736deg Junio 1837deg Junio 1938deg Junio 2039deg Junio 2140deg Junio 2241deg Junio 2342deg Junio 241deg Junio 252deg Junio 263deg Junio 274deg Junio 285deg Junio 296deg Junio 30
Dicho en otras palabras los Juzgados de guardia uacutenicamente van a atender casos de violencia (para dictar medidas provisionales) y procedimientos de alimentos urgentes
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202046 Civil y Familiar
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iquestLas demandas de alimentos se presentaraacuten solo por escrito o tambieacuten se haraacuten por comparecencia
Se haraacuten de las dos formas en caso de necesitar alimentos urgentes y con la uacuteni-ca finalidad de atender el intereacutes superior del menor
iquestQueacute documentos puedo ir reuniendo para pe-dir alimentos cuando esto sea posible
Todas las notas facturas y cualquier comprobante que justifique la relacioacuten de gastos que se incluyen en el concepto de pensioacuten alimenticia
Si ya tengo un proceso judicial iquestpuedo recoger mis alimentos en los Juzgados
Si en las guardias que estaacuten establecidas por los Juzgados
Los cuales se pueden encontrar en el si-guiente linkhttpswwwpoderjudicialcdmxgobmxwp-con-tentuploadsACUERDO_03-15-2020pdf
Fecha Juzgados Familiares
20 de abril 13deg 14deg y 15deg21 de abril 16deg 17deg y 18deg22 de abril 19deg 20deg y 21deg23 de abril 22deg 23deg y 24deg24 de abril 25deg 26deg y 27deg25 de abril Fin de semana26 de abril Fin de semana27 de abril 28deg 29deg y 30deg28 de abril 31deg 32deg y 33deg29 de abril 34deg 35deg y 36deg30 de abril 37deg 38deg y 39deg1 de mayo Inhaacutebil2 de mayo Fin de semana3 de mayo Fin de semana
4 de mayo 40deg 41deg y 42deg5 de mayo 1deg 2deg y 3deg6 de mayo Inician labores
Si no puedo ver a mis hijos iquestpuedo presentar una demanda
Desgraciadamente en este momento no es posible presentar una demanda hasta que los Juzgados regresen a trabajar
Si ya tengo un proceso judicial iquestpuedo ver a mis hijos en un centro de convivencia supervisada
No ya que los centros de convivencia su-pervisada estaacuten igualmente cerrados por la emergencia sanitaria
iquestTengo que dejar que mi ex pareja vea a nues-tros hijos
En caso de que este ordenado por un Juez o pactado en un convenio si se deben cumplir siempre y cuando se cumpla tam-bieacuten con las recomendaciones sanitarias es decir que efectivamente no esteacuten sa-liendo de casa y solamente vayan de casa de un padre a casa del otro
iquestPuedo hacer traacutemites en el Registro Civil
En general no hasta que se reabran los Juzgados del Registro Civil Solamente se pueden sacar actas en los quioscos o en liacutenea
iquestPuedo registrar a mi bebe si nace en este periodo
No hasta que se reabran los Juzgados del Registro Civil es muy importante guardar la constancia de alumbramiento (este do-cumento se entrega en el Hospital donde nace el bebe)
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 47
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Si fallece alguacuten familiar iquestpuedo sacar su acta de defuncioacuten
Se pueden sacar actas de defuncioacuten en los Juzgados del Registro Civil de guardia que son los Juzgados 14 18 y 51 y solo emitiraacuten actas de defuncioacuten
iquestQueacute tipo de violencia familiar puede presentarse
Principalmente puede ser violencia psi-coemocional fiacutesica patrimonial econoacutemi-ca sexual contra los derechos reproduc-tivos obsteacutetrica feminicida y simboacutelica
Derecho Sucesorio testamentos y voluntad anticipada
I Fallecimiento de personas
iquestQueacute traacutemites se deben realizar inmediatamen-te despueacutes al fallecimiento de una persona
Entre los traacutemites comunes y maacutes impor-tantes que deben realizarse se encuen-tran los siguientes
a) Procedimientos sucesorios
b) Reunir informacioacuten adicional de los acti-vos y las obligaciones legales del fallecido como1 Informacioacuten de sus bienes muebles e inmuebles2 Informacioacuten relacionada a sus seguros de vida3 Sus esquemas de seguridad social4 Cuentas bancariasi Avisar a los bancos del fallecimiento de
la persona para iniciar la cancelacioacuten de tarjetas y el cobro de cualquier saldo a favor
ii Las deudas de tarjetas de creacutedito no son transferibles a los herederos o fa-
miliares del fallecido y se cancelan con la muerte
c) Informacioacuten relacionada con las perso-nas a cargo del fallecido1 Hijos menores de edad2 Personas declaradas como incapaces
II- Derecho Sucesorio
iquestQueacute es una sucesioacuten y queacute tipos de suce-sioacuten existen
Una sucesioacuten es el proceso de tras-misioacuten de los bienes de una persona fallecida
Existen dos tipos de sucesiones1Sucesioacuten intestamentaria es la re-gulada por la ley porque la persona que fallecioacute no hizo un testamentario Esto podriacutea ir hasta en contra de la voluntad del difunto
Se debe acudir con un Notario Si los posibles herederos son mayores de edad y todos estaacuten de acuerdo eacuteste se encargaraacute de llevar el procedimiento
Acudir ante un Notario So los posibles herederos no son mayores de edad o no estaacuten de acuerdo deberaacuten lle-var un proceso ante un Juez Familiar competente
2 Sucesioacuten Testamentaria es la suce-sioacuten que reconoce los deseos de la per-sona fallecida porque los describe en su testamento
En este caso deberaacutes ir con un notario para que se encargue de buscar el tes-tamento y realices los traacutemites nece-sarios para la transmisioacuten de los bienes
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202048 Civil y Familiar
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III Testamentos
iquestQueacute es un testamento
De acuerdo con el Coacutedigo Civil Federal ldquoEl testamento es un acto personaliacutesimo re-vocable es decir que puedes modificar-lo cuando desees y libre por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para despueacutes de su muerterdquo
Es la herramienta legal maacutes conocida que permite dejar por escrito la decisioacuten sobre el destino de tus bienes o hijos menores de edad y garantiza que se cumpla la vo-luntad de una persona cuando haya falle-cido El testamento permite identificar y dejar muy clara nuestra uacuteltima voluntad ademaacutes de sentildealar quieacuten seraacute el propie-tario o beneficiario de nuestros bienes o coacutemo debe hacerse uso de ellos cuando nosotros ya no estemos
iquestPo r queacute es recom en d able h acer un test ame nt o
Porque si no tenemos testamento antes de fallecer la ley decidiraacute y designaraacute por nosotros el destino de nuestros bienes o de nuestros hijos menores de edad si-guiendo un orden de parentesco primero hijos o descendientes y el coacutenyuge viuda o viudo concubino o pareja estable as-cendientes (padre y madre) y colaterales (hermanos tiacuteos y sobrinos)
Ademaacutes esto ayudaraacute a prevenir proble-mas con nuestros seres queridos
iquestDoacutende puedo elaborar un testamento
Un testamento se debe hacer ante un No-tario Puacuteblico y es un procedimiento sencillo
El notario es quien asesora sobre las dis-tintas posibilidades de coacutemo hacerlo y ayuda en su redaccioacuten seguacuten la legisla-cioacuten aplicable y la voluntad del testador
iquest En este periodo iquestes posible otorgar testamento
Siacute es posible pues auacuten se encuentran abiertas las Notarias Publicas hasta que la autoridad disponga algo distintoldquoHacer un testamento permite a la per-sona darle tranquilidad a la familia porque evitaraacute conflictos posteriores entre los familiares Es preferible dejar clara la uacutelti-ma voluntad de la persona pues de lo con-trario seraacute la ley la que establece el orden usual de los posibles herederos
Por ello si le es posible a una persona ha-cer su testamento ante notario se sugie-re hacerlo no solo en estos momentos de la emergencia sanitaria sino siempre De preferencia se debe dejar muy claro a quien se desea heredar los bienes cuando fallezca la persona aunque no haya un in-minente peligro actual de muerte
Definiciones que debemos conocer al elaborar un testamento
bull Heredero Es la persona que adquiere los bienes a tiacutetulo universal o sea que recibe toda la herencia sin necesidad de determinar en especiacutefico queacute bienes se le heredan El heredero responde de las car-gas de la herencia hasta donde alcance la cuantiacutea de los bienes que hereda es de-cir con los bienes primero debe pagar las deudas Puede ser una persona fiacutesica una sociedad o el Estado y se puede designar uno o varios Los herederos se pueden nombrar para recibir por partes iguales o en la proporcioacuten que quiera el testador
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 49
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bull Legatario La persona que adquiere los bienes a tiacutetulo particular y por lo tanto debe especificarse el bien que se va a de-jar por ejemplo ldquoMi hijo Pablo recibiraacute la casa nuacutemero trece de la calle de Dolores Colonia la Joya en la Ciudad de Meacutexicordquo
El legatario tiene preferencia es decir que primero se paga el legado y despueacutes lo restante se entregaraacute a los herederos bull Albacea Es la persona fiacutesica o la So-ciedad que se encargaraacute de administrar todos los bienes del testador desde su fallecimiento hasta el momento de entre-garlos a los herederos o legatarios Pue-de nombrarse a varias personas para que actuacuteen conjunta o sucesivamente como albacea o una sola inclusive puede nom-brarse a un banco para que se encargue de esta funcioacuten pudiendo tener el here-dero el albacea
bull Tutor Los menores de dieciocho antildeos estaacuten al cuidado de sus padres y a falta de uno queda el cuidado al otro A falta de ambos el juez decide cuaacutel de los abuelos cuidaraacute al menor de edad o a la persona con incapacidad declarada pero el testa-dor puede disponer que una persona dis-tinta de los abuelos o alguno de ellos en especial se haga cargo de ellos
El tutor la persona que se encarga del cui-dado de los hijos o hijas menores de edad de la persona que hace el testamento asiacute como de las personas incapaces Tambieacuten protege y administra los bienes de los me-nores e incapaces mientras llegan a la ma-yoriacutea de edad
bull Curador Persona encargada de vigilar el desempentildeo de las funciones del tutor respecto del cuidado y administracioacuten
de los bienes de los menores de edad o personas incapacitadas Puede ser cu-rador un familiar o persona extrantildea pero no puede serlo el tutor o los parientes de este (consanguiacuteneos o poliacuteticos) hasta el cuarto grado (primos)
Es recomendable nombrar herederos le-gatarios albaceas tutores y curadores sustitutos es decir aquellas personas que podriacutean suplir a los primeros en caso de que ya no esteacuten
iquestEs posible reconocer hijos en un testamento
Tambieacuten puede el testador reconocer en su testamento a una hija o hijo que tenga fue-ra del matrimonio y que no haya reconocido en el Registro Civil En caso de reconocer un hijo en el testamento no se puede sentildealar el nombre de la persona con la que se haya procreado y una vez que se hace el recono-cimiento aun cuando con posterioridad se otorgue un nuevo El reconocimiento queda-raacute firma no pudieacutendose revocar
iquestCuaacuteles son los requisitos para elaborar un testamento
1 Ser mayor de dieciseacuteis antildeos de edad
2 No se requieren testigos sin embargo en caso de que la persona que haga el tes-tamento lo desee el notario lo requiera o de que el testador no sepa o no pueda fir-mar sea sordo o ciego deberaacute presentar-se con dos testigos mayores de dieciseacuteis antildeos que sepan leer y escribir y que no sean herederos o los ascendientes coacuten-yuge o hermanos de estos
3 Presentar en la Notariacutea identificaciones oficiales con fotografiacutea tanto del testa-dor como de los testigos en su caso
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202050 Civil y Familiar
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APIacute
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IV Voluntad anticipada
iquestQueacute es la Voluntad anticipada
El deseo de cualquier persona con capa-cidad de ejercicio respecto a la negativa a someterse a medios tratamientos yo procedimientos meacutedicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida protegiendo en todo momento la dignidad de la persona cuando por razones meacutedicas fortuitas o de fuerza mayor sea imposible mantener su vida de manera natural
iquestCoacutemo puedo ejercer mi derecho a la Voluntad Anticipada
A traveacutes de un documento puacuteblico suscri-to ante notario en el que cualquier perso-na con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales mani-fiesta la peticioacuten libre consciente seria de no someterse a medios tratamientos yo procedimientos meacutedicos que propor-cionen la Obstinacioacuten Meacutedica
iquestQuieacuten se puede hacer cargo de que mi volun-tad se cumpla
Al momento de hacer el documento de voluntad anticipada ante un notario se debe elegir un representante quien es la persona designada para la revisioacuten y confirmacioacuten de las disposiciones esta-blecidas en el dicho documento Ademaacutes deberaacute hacerse cargo de la verificacioacuten del cumplimiento exacto e inequiacutevoco de lo establecido en el mismo la validez la integracioacuten y notificacioacuten de los cambios que se realicen
iquestCuaacuteles son las medidas que puedo tomar en un Documento de Voluntad Anticipada
a) Cuidados Paliativos es el cuidado acti-vo y total de aquellas enfermedades que no responden a tratamiento curativo e incluyen el control del dolor y otros siacutento-mas asiacute como la atencioacuten psicoloacutegica
b) Medidas Miacutenimas Ordinarias Consisten en la hidratacioacuten higiene oxigenacioacuten nutricioacuten yo curaciones del paciente en etapa terminal seguacuten lo determine el per-sonal de salud correspondiente
c) Obstinacioacuten Terapeacuteutica Es la utiliza-cioacuten innecesaria de los medios instru-mentos y meacutetodos meacutedicos para mante-ner vivo a un enfermo en etapa terminal
d) Ortotanasia Significa muerte correcta sin provocar la muerte de manera activa directa o indirecta evitando la aplicacioacuten de medios tratamientos yo procedimien-tos meacutedicos obstinados desproporciona-dos o inuacutetiles procurando no menoscabar la dignidad del enfermo en etapa terminal
e) Reanimacioacuten Es el conjunto de accio-nes que se llevan a cabo para tratar de re-cuperar las funciones yo signos vitales
f) Sedacioacuten Controlada Es la adminis-tracioacuten de faacutermacos para lograr el alivio sufrimiento fiacutesico yo psicoloacutegico en un paciente en etapa terminal con su con-sentimiento expliacutecito impliacutecito o delega-do sin provocar con ello la muerte de ma-nera intencional
g) Tanatologiacutea Consiste en la ayuda meacutedi-ca y psicoloacutegica brindada tanto al enfermo en etapa terminal como a los familiares de eacuteste a fin de comprender la situacioacuten y consecuencias de la aplicacioacuten de la Ortotanasia
MEacuteXICO 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
Proteccioacuten al Consumidor
CAPIacuteTULO 06
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202052 Proteccioacuten al Consumidor
6C
APIacute
TULO
Introduccioacuten
Todos los proveedores de bienes y servi-cios estaacuten obligados a respetar los pre-cios tarifas garantiacuteas y demaacutes condicio-nes aplicables a la comercializacioacuten de bienes Asiacute mismo la informacioacuten y pu-blicidad presentada por los proveedores de bienes o servicios deberaacute ser veraz comprobable clara y deberaacute evitar indu-cir al error o confusioacuten1
A consecuencia de la interrupcioacuten en los negocios en Meacutexico el incremento en la necesidad de la poblacioacuten de com-prar ciertos productos en especiacutefico de primera necesidad y de higiene (por ejemplo tortilla frijol gel antibacterial cubrebocas desinfectantes toallas desinfectantes etc) habraacute comercios que intentaraacuten incrementar de manera injustificada sus precios cambiaraacuten los teacuterminos y condiciones para la compra de sus productos e inclusive podraacuten dis-criminar a consumidores para prevenir que eacutestos compren dichos productos
I Derechos del Consumidor
iquestQueacute debo entender por informacioacuten o publi-cidad engantildeosa
Cualquier informacioacuten o publicidad rela-cionada con productos o servicios que provocan confusioacuten o error a los consu-midores El error o confusioacuten se debe a que el producto o servicio se presentoacute de manera falsa inexacta exagerada parcial o tendenciosa2
1emspArtiacuteculos 7 8 y 32 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
2emspArtiacuteculo 32 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
iquestCuaacutendo hay una discriminacioacuten en la solici-tud de un servicio o producto
Hay discriminacioacuten cuando un negocio que venda productos u ofrezca servicios establece preferencias o discriminacio-nes respecto de la persona que solicita su servicios o productos como seleccioacuten de clientela condicionamiento del con-sumo reserva del derecho de admisioacuten exclusioacuten a personas con discapacidad y otras praacutecticas similares salvo que algu-na ley indique lo contrario Asimismo hay discriminacioacuten cuando un negocio aplica o cobrar precios superiores a las autori-zadas o registradas para la clientela en general ofrece o aplica descuentos en forma parcial o discriminatoria cobra adi-cional a personas con discapacidad
No obstante dadas las medidas adopta-das por el gobierno de distanciamiento social habraacute ciertos negocios que im-pongan cierta limitacioacuten a la admisioacuten de personas pero lo anterior estaacute justifica-do al seguir una orden del gobierno3
iquestCuaacutendo se da un aumento injustificado del precio
Todos los comercios deben de informar y respetar los precios ofertados y eacutestos no deben de exceder de los precios maacutexi-mos ofertados en el mercado El precio maacuteximo de ciertos productos de necesi-dad baacutesica en Meacutexico puede ser estable-cido por el gobierno Cuando un comercio ofrece un producto por encima de dicho maacuteximo o de aqueacutel existente en el merca-do (en contubernio con otros comercios que venden el mismo producto) se con-
3emspArtiacuteculo 58 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 53
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oacuten a
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sidera que hay un aumento injustificado del precio en el producto que queremos comprar1
iquestCoacutemo defiendo mis derechos ante un au-mento injustificado de precios o informa-cioacuten engantildeosa
Los Consumidores cuentan con dos recur-sos para defender sus derechos ante es-tas violaciones la denuncia y la queja Cada una tiene su procedimiento particular
Los comentarios en plataformas de re-des sociales no se consideran denuncias a partir de las cuales la PROFECO actuacutee
iquestQueacute es una queja
Una Queja es una accioacuten formulada ante la PROFECO en contra de alguacuten provee-dor que no respetoacute los teacuterminos y condi-ciones bajo los cuales se adquirioacute un bien o se contratoacute un servicio (Por ejemplo al no respetar precios cantidades condi-ciones garantiacutea etc)
Implica una afectacioacuten directa a los inte-reses y patrimonio del consumidor y se desahoga por medio del procedimiento conciliatorio2
iquestCoacutemo interpongo una queja
Para levantar una queja es necesario ir en persona a tu delegacioacuten PROFECO maacutes cercana donde te pediraacuten que pre-sentes lo siguiente
1emspArtiacuteculos 7 Bis y 8 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor Artiacuteculos 9 y 53 Fraccioacuten I de la Ley Federal de Competencia Econoacutemica
2emsphttpswwwgobmxprofecoarticulosproceso-y-requisitos-de-quejas-y-denunciasidiom=es
1) Tu nombre y domicilio2) Identificacioacuten oficial3) Contrato recibo o comprobante de
compra4) Nombre y domicilio del proveedor en
caso de no aparecer en el recibo sentildea-lar el lugar donde puede ser localizado
5) Descripcioacuten del bien o servicio que se reclama y la narracioacuten de los hechos que dieron lugar a la queja
6) Formato de recepcioacuten de queja impreso
Si por cualquier motivo el consumidor afectado se encuentra fuera del paiacutes tambieacuten puede presentar su queja por viacutea telefoacutenica o por internet a traveacutes del Departamento de Conciliacioacuten a Resi-dentes en el Extranjero (CARE) y deberaacute presentar lo siguiente
1) Carta que explique los hechos Deberaacute incluir nombre domicilio correo elec-troacutenico informacioacuten de identificacioacuten del proveedor y el recibo o comproban-te de la transaccioacuten
2) Formato de recepcioacuten de queja3) Identificacioacuten oficial y comprobante de
domicilio escaneados4) Recibos facturas y contratos que am-
paren el bien adquirido o servicio con-tratado escaneados
5) Cualquier otro documento adicional que pueda contribuir a la reclamacioacuten escaneado
La documentacioacuten deberaacute ser enviada por correo electroacutenico a extranjerosprofe-cogobmx
El procedimiento termina con un acuer-do entre el consumidor y el proveedor y durante el procedimiento un abogado conciliador de PROFECO acompantildearaacute al consumidor
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Tal acuerdo puede resultar en una res-titucioacuten o devolucioacuten del monto pagado por el bien o servicio y en su caso la bonificacioacuten o indemnizacioacuten por dantildeos ocasionados al consumidor
Tambieacuten es posible conciliar en liacutenea con las empresas que se encuentran regis-tradas en Concilianet
iquestQueacute es una denuncia
Una denuncia es una accioacuten formulada ante la PROFECO que se utiliza cuando un proveedor afecta los intereses del consu-midor mediante actos u omisiones (Por ejemplo cuando un establecimiento no exhibe correctamente los precios de sus productos o no los respeta por cualquier motivo un establecimiento no cuenta con las medidas de seguridad adecuadas si no tiene sus precios exhibidos o no los respetan discriminan al consumidor si no te dan kilos de a kilo o litros de a litro o si un producto se anuncia por medio de pu-blicidad engantildeosa etc)1
El consumidor puede interponer una de-nuncia independientemente de que el acto u omisioacuten le haya o no afectado se desahoga en el aacuterea de verificacioacuten de acuerdo a la materia de la denuncia
iquestCoacutemo interpongo una denuncia
Para presentar una denuncia los consu-midores pueden comunicarse al teleacutefono del consumidor (555-568-8722) acudir a alguna de las delegaciones PROFECO o enviar un mensaje al correo electroacutenico repepprofecogobmx
1emsphttpswwwgobmxprofecoarticulosproceso-y-requisitos-de-quejas-y-denunciasidiom=es
En la denuncia se deberaacute indicar lo siguiente
1) Nombre y domicilio del proveedor o en su caso datos para su ubicacioacuten
2) Descripcioacuten de los hechos en los que basa su denuncia indicando el bien producto o servicio de que se trate al igual que la fecha y el lugar
La denuncia podraacute presentarse por es-crito de manera verbal viacutea telefoacutenica electroacutenica o por cualquier otro medio y el consumidor no estaacute obligado a presen-tar pruebas de la violacioacuten ni se le pedi-raacuten sus datos personales Lo uacutenico que hay que hacer es describir la situacioacuten de manera breve y con todos los datos posi-bles seguacuten el listado anterior
Una vez presentada la denuncia la PRO-FECO realizaraacute una visita de verificacioacuten para cerciorarse de las violaciones re-clamadas Si se encuentra que efecti-vamente lesiona derechos de los con-sumidores se impondraacuten las sanciones aplicables2
iquestPueden los proveedores determinar libre-mente los precios de productos como conse-cuencia de la pandemia de Coronavirus
Los proveedores no podraacuten incrementar injustificadamente precios por fenoacuteme-nos naturales meteoroloacutegicos o contin-gencias sanitarias como es el caso de la actual pandemia
Si los particulares alertaran un incremen-to sustancial en precios de productos o servicios a partir de la declaracioacuten del
2emspArtiacuteculos 97 98 98 BIS y 98 TER de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
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oacuten a
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coronavirus como pandemia tienen la posibilidad de interponer una denuncia1
iquestCuaacutendo debo interponer las quejas y denun-cias ante la PROFECO
El plazo de prescripcioacuten de derechos y obligaciones en la Ley Federal de Pro-teccioacuten del Consumidor es decir el plazo para interponer las quejas y de-nuncias ante la PROFECO es de 1 antildeo a partir de que se expida el comprobante que contenga el precio del bien o con-traprestacioacuten del servicio o bien 1 antildeo a partir de que se pague el bien o sea exigible el servicio
Hasta el momento no hay ninguacuten comuni-cado en el que se indique que dicho plazo de 1 antildeo se suspenderaacute por motivos de la contingencia sanitaria actual2
iquestQueacute hago si un producto que adquiriacute o un ser-vicio que contrateacute tiene defectos o no sirve para lo que deberiacutea
El consumidor puede escoger pedir (i) la restitucioacuten del bien o servicio (ii) ter-minar el contrato respectivo o (iii) pedir que se reduzca el precio y en su caso una bonificacioacuten3
iquestQueacute pasa si opto por la restitucioacuten del bien o servicio
El consumidor podraacute pedir que se le re-pare el bien o se le restituya si el bien
1emspArtiacuteculos 10 BIS de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
2emspArtiacuteculos 14 y 105 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
3emspArtiacuteculo 82 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
no queda en un estado adecuado para su uso en este caso el bien deberaacute de ser nuevo
El tiempo que duren las reparaciones no cuenta dentro del plazo de tiempo de la garantiacutea y cuando el bien se haya repa-rado iniciaraacute el tiempo de garantiacutea res-pecto de las piezas que se arreglaron En caso de reposicioacuten del bien el plazo de la garantiacutea se renueva4
iquestA quieacuten se le reclama la reposicioacuten del pro-ducto o a la devolucioacuten de la cantidad pagada y en queacute tiempo
La reclamacioacuten se puede presentar al vendedor fabricante o importador a eleccioacuten del consumidor se tiene que presentar dentro de los dos meses si-guientes a la fecha en que se haya recibi-do el producto siempre y cuando el pro-ducto no haya sido alterado por culpa el consumidor mismo5
iquestQueacute pasa si decido terminar el contrato respectivo
El proveedor tiene la obligacioacuten de reinte-grarle el precio pagado al consumidor y en su caso los intereses6
iquestEn queacute consisten los intereses
Si el proveedor no devuelve el precio den-tro de los 5 diacuteas haacutebiles siguientes a la reclamacioacuten estaraacute obligado a pagar los
4emspArtiacuteculos 82 y 92 fraccioacuten III de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
5emspArtiacuteculo 93 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
6emspArtiacuteculo 82 de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
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intereses que se calcularaacuten con base en el costo porcentual promedio de capta-cioacuten que determine el Banco de Meacutexico
El consumidor tendraacute un antildeo para solici-tar dicha devolucioacuten1
iquestEn queacute casos se tiene derecho a una bo-nificacioacuten
Los consumidores tienen derecho a una bonificacioacuten o compensacioacuten cuando el servicio no se preste o se preste de ma-nera deficiente por causas imputables al proveedor2
iquestCoacutemo se determina la bonificacioacuten
La bonificacioacuten no podraacute ser menor al 20 del precio pagado El pago de la mis-ma se haraacute sin afectar la indemnizacioacuten que en su caso corresponda por dantildeos y perjuicios Para determinar el pago de dantildeos y perjuicios la autoridad tomaraacute en cuenta el pago de la bonificacioacuten que se hubiese hecho
Se podraacute exigir directamente al proveedor pre-sentando su comprobante o recibo de pago3
iquestPuedo tambieacuten solicitar una indemnizacioacuten por dantildeos y perjuicios
Siacute la bonificacioacuten no afecta la indemni-zacioacuten por dantildeos y perjuicios se pueden pedir ambas4
1emspArtiacuteculos 82 y 91 paacuterrafo segundo de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
2emspArtiacuteculo 92 bis de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
3emspArtiacuteculo 92 ter de la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor
4emspArtiacuteculos 82 y 92 ter de la Ley Federal de Proteccioacuten
iquestQueacute son dantildeos y perjuicios
El dantildeo es la perdida que sufre el con-sumidor en su patrimonio por la falta de cumplimiento o cumplimiento deficiente de la obligacioacuten mientras que el perjui-cio es dejar de ganar cualquier beneficio que se deberiacutea de haber ganado si la obli-gacioacuten se hubiera cumplido en tiempo y forma5
II Derechos generales de consumidores Recomendaciones
iquestCuaacuteles son los derechos de los consumido-res que se relacionan con la emergencia sani-taria por COVID19
La Ley Federal de Proteccioacuten al Consu-midor (ldquoLFPCrdquo) contempla entre otros los siguientes derechos del consumidor relacionados con la emergencia sanitaria por COVID19
(a) Principio de informacioacuten El provee-dor deberaacute informar y respetar precios tarifas garantiacuteas cantidades calidades medidas intereses cargos teacuterminos restricciones plazos fechas modalida-des reservaciones y demaacutes condiciones aplicables en la comercializacioacuten de sus productos o servicios los cuales bajo ninguna circunstancia seraacuten negados a persona alguna mucho menos la infor-macioacuten de los mismos (7 LFPC)(b) Precio total a pagar El proveedor de-beraacute informar de forma notoria y visible el monto total a pagar por productos o ser-vicios el cual deberaacute incluir impuestos comisiones intereses seguros y cual-quier otro costo cargo gasto o eroga-
al Consumidor
5emspArtiacuteculos 2108 y 2109 del Coacutedigo Civil Federal
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cioacuten adicional que se requiera cubrir con motivo de la adquisicioacuten o contratacioacuten respectiva sea eacutesta al contado o a creacute-dito (7 Bis y 57 LFPC)(c) Prohibicioacuten de incrementos injustifi-cados Los proveedores no podraacuten incre-mentar injustificadamente precios por fenoacutemenos naturales meteoroloacutegicos o contingencias sanitarias (10 Bis LFPC)(d) No discriminacioacuten El proveedor de productos o servicios no podraacute (i) negar-los o condicionarlos al consumidor por razones de geacutenero nacionalidad eacutetni-cas preferencia sexual religiosas o cual-quiera otra particularidad (ii) establecer preferencias o discriminacioacuten alguna respecto a los solicitantes del servicio (iii) aplicar o cobrar tarifas superiores a las autorizadas o registradas para la clientela en general ni ofrecer o aplicar descuentos en forma parcial o discri-minatoria o (iv) aplicar o cobrar cuotas extraordinarias o compensatorias a las personas con discapacidad por sus im-plementos meacutedicos ortopeacutedicos tecno-loacutegicos educativos o deportivos nece-sarios para su uso personal (58 LFPC)
RecomendacioacutenSi detecta alguna de las anteriores vio-laciones en la prestacioacuten de servicios meacutedicos puacuteblicos o privados para la aten-cioacuten deteccioacuten y tratamiento del corona-virus repoacutertalo a traveacutes de la plataforma DenunciaCorrupcionCoronavirus en wwwdenunciacorrupcionmxcoronavirus Tu re-porte permitiraacute alertar a las autoridades de salud sobre las fallas que detectaste
Durante la emergencia sanitaria por COVID19 iquestse suspenden los derechos de los consumidores
Los derechos de los consumidores no se suspenden ni restringen con motivo
de la emergencia sanitaria por COVID19 siendo que su vigilancia debe robuste-cerse por parte de la Procuraduriacutea Fe-deral del Consumidor (ldquoPROFECOrdquo) para que se cumplan los principios baacutesicos de las relaciones de consumo a efecto de mantener el equilibrio de las obligacio-nes entre consumidores y proveedores asiacute como evitar meacutetodos coercitivos yo praacutecticas abusivas y desleales
iquestCoacutemo opera el caso fortuito o fuerza mayor en las relaciones de consumo
Si bien la LFPC uacutenicamente preveacute el caso fortuito o fuerza mayor en el capiacutetulo ldquoDe las operaciones con inmueblesrdquo dichas disposiciones resultan aplicables a to-das las relaciones de consumo indepen-diente del producto o servicios materia de la misma por lo que los proveedores se encuentran obligados a realizar la en-trega fiacutesica o real del producto objeto de la transaccioacuten o a la ejecucioacuten de la ac-tividad o servicio contratado en el plazo pactado con el consumidor conforme a las especificaciones previamente esta-blecidas u ofrecidas
Los proveedores uacutenicamente estaraacuten eximidos de entregar o ejecutar en la fe-cha convenida cuando acrediten plena-mente que la entrega o ejecucioacuten no se realizoacute en la misma por caso fortuito o fuerza mayor que afecte directamente al proveedor al producto o servicio respec-tivo pudieacutendose pactar una nueva fecha de entrega sin responsabilidad alguna (73 Ter y 74 LFPC)
No obstante lo anterior las disposicio-nes del Coacutedigo Civil Federal sobre caso fortuito o fuerza mayor tambieacuten resul-tan aplicables a las obligaciones de las
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partes en las relaciones de consumo debiendo considerarse que el evento insuperable que causa la imposibilidad de cumplimiento de la obligacioacuten debe afectar directamente al proveedor del producto o servicio Asimismo deberaacuten tomarse en consideracioacuten los Acuerdos emitidos por la Secretariacutea de Salud y el Consejo General de Salubridad sobre la suspensioacuten de actividades para la miti-gacioacuten de la transmisioacuten de COVID19 asiacute como las acciones extraordinarias
iquestCuaacuteles son los elementos de la publicidad o informacioacuten comercial Recomendaciones
La publicidad o informacioacuten comercial (etiquetado) relativa a productos o servi-cios que se difundan por cualquier medio o forma debe cumplir con los principios de claridad veracidad y comprobabilidad por lo que la misma no deberaacute contener textos diaacutelogos sonidos imaacutegenes marcas denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o pue-dan inducir a error o confusioacuten por enga-ntildeosas o abusivas (32 LFPC)
Se entiende por informacioacuten o publicidad engantildeosa o abusiva aquella que refiere caracteriacutesticas o informacioacuten relaciona-das con alguacuten producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas inducen a error o confusioacuten al consumidor por la forma inexacta falsa exagerada parcial artificiosa o tendenciosa en que se pre-senta (32 LFPC)
Recomendacionesa Revisar minuciosa y detalladamente cualquier publicidad o informacioacuten co-mercial de productos o servicios que ofrezcan beneficios relacionados con la emergencia sanitaria por COVID19 a
efecto de evitar engantildeos o fraudesb Revisar los teacuterminos y condiciones que en su caso se contengan en la pu-blicidad de productos o servicios rela-cionados con la emergencia sanitaria por COVID19c Consultar informacioacuten en fuentes ofi-ciales y verificar que las paacuteginas de inter-net correspondan a las paacuteginas oficiales de proveedores
iquestQueacute es una promocioacuten u oferta
Es una praacutectica comercial de los provee-dores consistente en el ofrecimiento al puacuteblico consumidor de productos o ser-vicios ya sea con la intencioacuten de (i) pro-porcionar otros productos o servicios (ii) adicionar mayor cantidad de producto o (iii) incentivar la participacioacuten en sorteos yo concursos ya sea en forma gratuita a precio reducido o a un solo precio
iquestCoacutemo puedo identif icar una promo-cioacuten u oferta
Cualquier producto o servicio exhibido con las palabras ldquoofertardquo ldquobaratardquo ldquodes-cuentordquo ldquorematerdquo o cualquiera otra simi-lar respecto de los cuales el proveedor ofrece al puacuteblico consumidor sus pro-ductos o servicios de la misma calidad a precios rebajados o inferiores a los nor-malmente establecidos Cabe sentildealar que los proveedores no podraacuten anunciar un precio para el producto o servicio no-toriamente superior al normalmente dis-ponible al mercado
iquestQueacute recomendaciones debo tomar en cuen-ta antes de aceptar una promocioacuten u oferta
Consultar previamente los teacuterminos y condiciones aplicables a la promocioacuten
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u oferta principalmente restricciones vigencia volumen y disponibilidad de los productos o servicios los cuales deberaacuten estar a disposicioacuten del puacuteblico consumidor previamente a su acepta-cioacuten o contratacioacuten
El proveedor no cumplioacute con la promocioacuten u oferta iquestqueacute puedo hacer
Si el proveedor incumple con la promo-cioacuten u oferta el consumidor puede (i) exigir su cumplimiento (ii) aceptar otro bien o servicio equivalente o (iii) solici-tar la rescisioacuten del contrato ademaacutes de que tendraacute derecho al pago de la diferen-cia econoacutemica entre el precio ofrecido y su precio normal sin perjuicio de una bonificacioacuten que no podraacute ser menor al 20 del precio pagado maacutes los dantildeos y perjuicios que pudieron causarse al con-sumidor afectado
iquestCuaacuteles son mis derechos como consumidor en compras en liacutenea
El consumidor tiene derecho a conocer toda la informacioacuten sobre los teacuterminos condiciones costos cargos adiciona-les en su caso formas de pago de los productos y servicios ofrecidos por el proveedor Ademaacutes la informacioacuten que el consumidor proporcione al proveedor tendraacute el caraacutecter de confidencial por lo que no podraacute transmitirse a terceros para lo cual el proveedor brindaraacute ele-mentos teacutecnicos para mantener la segu-ridad y confidencialidad de la operacioacuten
Asimismo el proveedor deberaacute propor-cionar al consumidor antes de celebrar la transaccioacuten su domicilio fiacutesico nuacuteme-ros telefoacutenicos y demaacutes medios a los que pueda acudir el propio consumidor para
presentarle sus reclamaciones o solici-tarle aclaraciones
Finalmente el proveedor deberaacute abste-nerse de utilizar (i) praacutecticas comerciales engantildeosas respecto de las caracteriacutesticas de los productos y (ii) estrategias de ven-ta o publicitarias que no proporcionen al consumidor informacioacuten clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos en especial trataacutendose de praacutecticas de mercadotecnia dirigidas a la poblacioacuten vulnerable
Recomendacionesa Utiliza aplicaciones oficiales de los
proveedores Esto es realmente impor-tante para evitar ingresar a sitios que roben informacioacuten personal Descargar las aplicaciones moacuteviles desde las paacute-ginas oficiales o bien desde Google-Play o AppStore dependiendo el siste-ma operativo del moacutevil
b Revisar poliacuteticas de privacidad y poliacuteti-cas de devoluciones
c Revisar e identificar cargos realizados en cuentas bancarias En caso de alguacuten cargo sospechoso o no reconocido contactar inmediatamente a la institu-cioacuten crediticia para aclarar el cargo
Queacute es el derecho de retracto en operacio-nes fuera del establecimiento del proveedor iquestCoacutemo me beneficia ante la emergencia sani-taria por COVID19
El derecho de retracto consiste en la fa-cultad del consumidor de dejar sin efec-tos operaciones celebradas fuera del establecimiento mercantil del provee-dor mediante la revocacioacuten su consen-timiento sin responsabilidad alguna en cuyo caso el proveedor deberaacute reintegrar al consumidor el precio pagado salvo por los costos de flete y seguro (56 LFPC)
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Para ejercitar dicho derecho el consu-midor deberaacute notificar fehacientemente al proveedor su decisioacuten de revocar su consentimiento en la celebracioacuten de la operacioacuten ya sea mediante aviso o en-trega del producto en forma personal por correo registrado o certificado den-tro de los cinco diacuteas haacutebiles siguientes a la entrega del producto o la celebracioacuten del contrato lo uacuteltimo que suceda En el caso de servicios el derecho de retracto no seraacute posible si la prestacioacuten del ser-vicio se encuentra a diez diacuteas haacutebiles o menos de la fecha de la orden de compra
Quiero realizar una compra a creacutedito iquestcuaacuteles son mis derechos como consumidor
El proveedor de productos o servicios previo a la celebracioacuten de la operacioacuten se encuentra obligado a informar entre otras cosas (i) el precio de contado del bien o servicio que se pretende adquirir (ii) el monto o detalle de cualquier cargo adicional (iii) el nuacutemero de pagos o par-cialidades a realizar (iv) el derecho que tiene el consumidor de liquidar anticipa-damente el creacutedito con la reduccioacuten de intereses correspondiente (v) el intereacutes a pagar en cada periodo trataacutendose de una tasa fija (vi) la regla de ajuste en in-tereses trataacutendose de tasa variable la cual debe ser faacutecilmente verificable por el consumidor (vii) descuentos o boni-ficaciones (viii) el monto total a pagar incluyendo nuacutemero y monto de pagos in-dividuales intereses comisiones y car-gos ya sea por pagos anticipados o por cancelacioacuten (66 LFPC)
Es importante sentildealar que en teacuterminos de la LFPC uacutenicamente se causaraacuten intere-ses sobre los saldos insolutos del creacutedi-to y su pago jamaacutes podraacutes ser exigido por adelantado sino uacutenicamente por perio-
dos vencidos Ademaacutes los intereses po-draacuten capitalizarse cuando exista acuerdo previo de las partes siempre que el pro-veedor proporcione un estado de cuenta mensual del adeudo (69 LFPC)
iquestPuedo suspender los pagos de mi compra a creacutedito derivado de la emergencia sanitaria por COVID19 sin que ello implique incumplimiento
En principio no La falta de pago de una o maacutes parcialidades ocasionariacutea el in-cumplimiento de las obligaciones con-tractuales y por ende la actualizacioacuten de intereses moratorios penas conven-cionales e inclusive la posibilidad del proveedor de rescindir el contrato Sin embargo los pagos que realice el consu-midor auacuten en forma extemporaacutenea y que sean aceptados por el proveedor liberan a aqueacutel de las obligaciones inherentes a dichos pagos (71 LFPC)
iquestQueacute opciones tengo como consumidor si con motivo de la emergencia sanitaria por COVID19 no puedo continuar realizando los pagos de mi compra a creacutedito
En los casos de operaciones en que el precio deba cubrirse en exhibiciones perioacutedicas cuando se haya pagado maacutes de la tercera parte del precio o del nuacute-mero total de los pagos convenidos y el proveedor exija la rescisioacuten o cumpli-miento del contrato por incumplimiento del consumidor eacuteste tendraacute derecho a optar por la rescisioacuten en los teacuterminos del siguiente paacuterrafo o por el pago del adeudo vencido maacutes las prestaciones respectivas (71 LFPC)
En los casos de compraventa a plazos de bienes muebles o inmuebles si se rescinde el contrato proveedor y consu-
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midor deben restituirse mutuamente las prestaciones que se hubieren hecho El proveedor que hubiera entregado la cosa tendraacute derecho a exigir por el uso de ella el pago de un alquiler o renta y en su caso una compensacioacuten por el demeacuterito que haya sufrido el bien El consumidor que haya pagado parte del precio tiene derecho a recibir los intereses computa-dos conforme a la tasa que en su caso se haya aplicado a su pago (70 LFPC)
Trataacutendose la compra de productos o servi-cios iquestme resultan aplicables como consumi-dor las medidas adoptadas por diversas insti-tuciones bancarias respecto el diferimiento de pago de ciertos creacuteditos
No En teacuterminos del artiacuteculo 5 de la LFPC quedan excluidos de la competencia de la PROFECO los servicios regulados por las leyes financieras que presten las instituciones y organizaciones cuya su-pervisioacuten o vigilancia esteacute a cargo de las comisiones nacionales Bancaria y de Va-lores de Seguros y Fianzas del Sistema de Ahorro para el Retiro o cualquier oacuter-gano de regulacioacuten de supervisioacuten o de proteccioacuten y defensa dependiente de la Secretariacutea de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico
III- Casas de Empentildeo
La presente pandemia ha obligado al confinamiento de las personas en sus domicilios sumado a la larga duracioacuten de dicha medida de prevencioacuten de con-tagio lo cual invariablemente afecta la economiacutea de los consumidores y en consecuencia es probable que se pro-duzca un incremento en la contratacioacuten de servicios de mutuo con intereacutes y garantiacutea prendariacutea tales como los que prestan las casas de empentildeo
Resulta claro entonces el importante papel que tienen en la economiacutea popu-lar las Casas de Empentildeo al ser fuentes de financiamiento que coadyuvan en el desarrollo de la economiacutea popular soco-rriendo financieramente las necesidades maacutes apremiantes al proveer de recursos econoacutemicos inmediatos a los sectores de la poblacioacuten maacutes vulnerables los cua-les en su mayoriacutea no tienen acceso a los servicios financieros por lo que se ven obligados a recurrir a estos servicios
iquestLas casas de empentildeo siguen en funcio-namiento
Siacute al ser considerado como actividad esencial los servicios mercantiles de mutuo con intereacutes y garantiacutea prendaria que ofrecen las Casas de Empentildeo como una fuente de financiamiento que permi-te a la poblacioacuten solventar sus necesida-des econoacutemicas
FuenteACUERDO por el que se dan a conocer los lineamientos para la operacioacuten de casas de empentildeo durante la contingencia sani-taria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)h t t p d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5592747ampfecha=04052020
iquestQueacute servicios pueden prestar las Casas de Empentildeo durante la contingencia
Las Casas de Empentildeo uacutenicamente po-draacuten continuar funcionando para la aten-cioacuten de empentildeo refrendo y desempentildeo de las prendas evitando la enajenacioacuten de estas solamente podraacuten vender aquellas que se consideren fundamenta-les para el funcionamiento de otros sec-tores esenciales de la economiacutea
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FuenteACUERDO por el que se dan a conocer los li-neamientos para la operacioacuten de casas de empentildeo durante la contingencia sanitaria pro-vocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)h t t p d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5592747ampfecha=04052020
iquestQueacute bienes estaacute permitido vender en las Ca-sas de Empentildeo
Los bienes cuya enajenacioacuten se encuen-tra permitida de manera enunciativa maacutes no limitativa son los siguientes
bull Aparatos electroacutenicos y tecnoloacutegicos como pantallas computadoras laptops tabletas electroacutenicas impresoras y te-leacutefonos celulares entre otros que sean esenciales para desarrollar las activida-des laborales y escolares en el hogarbull Aparatos electrodomeacutesticos como es-tufas lavadoras secadoras de ropa re-frigeradores microondas entre otros que sean esenciales para las necesida-des baacutesicas en el hogarbull Herramientas como taladros martillos roto martillos y en general todas aquellas necesarias para el trabajo manual
FuenteACUERDO por el que se dan a conocer los lineamientos para la operacioacuten de casas de empentildeo durante la contingencia sani-taria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)h t t p d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5592747ampfecha=04052020
iquestQueacute restricciones y buenas praacutecticas deben seguirse en las Casas de Empentildeo
Las Casas de Empentildeo no podraacuten incre-mentar injustificadamente los intereses
costos y comisiones en las operaciones de empentildeo con los consumidores por la contingencia sanitaria
Asiacute mismo las Casas de Empentildeo deben implementar las medidas necesarias para que los derechos e intereses de los consumidores no se vean afecta-dos otorgando facilidades y proacuterrogas en las operaciones de refrendo y des-empentildeo y en su caso el diferimiento de la etapa de venta a razoacuten de las facili-dades que sean brindadas hacieacutendolo del conocimiento de los pignorantes mediante las viacuteas que cada Casa de Empentildeo estime pertinentes
Ademaacutes las Casas de Empentildeo deben cumplir en todo momento con lo que es-tablece la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2016 Servicios de mutuo con intereacutes y garantiacutea prendaria
Fuente ACUERDO por el que se dan a conocer los lineamientos para la operacioacuten de casas de empentildeo durante la contingencia sani-taria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)h t t p d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5592747ampfecha=04052020h t t p s w w w d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5493105ampfecha=08082017
IV Servicios de transportacioacuten aeacuterea
Mi vuelo fue cancelado iquesttengo derecho al re-embolso
La procedencia del reembolso por cance-lacioacuten dependeraacute de ciertos factores y escenarios previstos en la LFPC y la Ley de Aviacioacuten Civil (ldquoLACrdquo) en los siguien-tes teacuterminos (65 Ter 1 LFPC y 47 Bis LAC)
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(a) Cancelacioacuten por responsabilidad atri-buible al proveedor Cuando el motivo de cancelacioacuten es por cuestiones imputa-bles a la aeroliacutenea o proveedor de servi-cios de transporte aeacutereo este deberaacute (i) reembolsar el precio del boleto (ii) ofrecer transporte sustituto en el pri-mer vuelo disponible o (iii) transportar al consumidor en fecha posterior que con-venga a eacuteste hacia el destino contratado
En los primeros dos casos el proveedor ade-maacutes deberaacute cubrir una indemnizacioacuten que no podraacute ser inferior al 25 del precio del bole-to o de la parte no realizada del viaje la cual deberaacute cubrir en un plazo no mayor a 10 diacuteas naturales posteriores a su reclamacioacuten
(b) Cancelacioacuten por cuestiones no imputa-bles al proveedor Cuando la cancelacioacuten del vuelo se atribuya a factores externos a la aeroliacutenea como podriacutean ser las medidas oficiales implementadas para prevenir la propagacioacuten del COVID19 el proveedor no se encuentra obligado a reembolsar canti-dad alguna yo indemnizar al consumidor
No obstante lo anterior en teacuterminos de lo dispuesto por el artiacuteculo 36 del Regla-mento de Aviacioacuten Civil (ldquoRACrdquo) el contra-to de transporte de pasajeros celebrado con el consumidor seraacute prorrogado auto-maacuteticamente cuando por causas de fuer-za mayor o caso fortuito el boleto sea cancelado en el entendido de que dicha proacuterroga seraacute por un periodo igual al que duren los efectos de aquellas causas sin cargo adicional para el consumidor
(c) Cancelacioacuten voluntaria Si el consu-midor o pasajero decide no realizar el viaje puede solicitar a la aeroliacutenea la de-volucioacuten del precio del boleto siempre y cuando realice dicha solicitud dentro
de las veinticuatro horas siguientes a la hora de su compra Transcurrido dicho plazo el proveedor podraacute determinar las condiciones de cancelacioacuten siempre en apego a la LAC y la LFPC
No obstante lo anterior la emergencia sa-nitaria por COVID19 y los Acuerdos publi-cados por el Consejo General de Salubridad y la Secretariacutea de Salud podriacutean configurar una causa de caso fortuito o fuerza mayor que impida a los consumidores tomar los vuelos respectivos por lo que la aeroliacutenea deberiacutea ndashen principiondash realizar los cambios correspondientes lo que posiblemente ge-nere algunos cargos por ajustes en tarifas Sugerimos revisar la poliacutetica de cambios y modificaciones del prestador de servicios de transportacioacuten aeacuterea
iquestPuedo solicitar el reembolso de los servicios adicionales contratados como equipaje adi-cional seguros etc
Siacute En caso de que sea procedente el reem-bolso este deberaacute incluir el monto total pa-gado por el consumidor incluyendo los pro-ductos y servicios contratados de forma adicional incluso dicho precio deberaacute ser considerado para cuantificar las indemni-zaciones a las que alude la LAC en virtud de que el reembolso e indemnizacioacuten pro-cede sobre todas las cantidades pagadas por el consumidor (2 IV Bis LAC)
Mi vuelo no ha sido cancelado y quiero cam-biar mi itinerario para evitar un contagio iquestQueacute puedo hacer
Si bien es cierto los cambios de itinera-rio son regulados por cada aeroliacutenea en sus teacuterminos y condiciones derivado de la emergencia sanitaria por COVID19 al-gunas aeroliacuteneas han establecido ciertas
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condiciones temporales denominadas ldquopoliacuteticas de flexibilidadrdquo mismas que sugerimos consultar en las paacuteginas ofi-ciales de internet de cada aeroliacutenea
V Servicios de hospedaje
No pude viajar a mi destino por la emergencia sanitaria de COVID19 iquestentonces pierdo el hospedaje contratado
La relacioacuten con el prestador de servicios turiacutesticos y el turista se regiraacuten por lo que las partes convengan asiacute como por las disposiciones de la Ley General de Turis-mo (ldquoLGTrdquo) su reglamento y la LFPC entre otras disposiciones por lo que conse-cuentemente seraacute necesario revisar los teacuterminos y condiciones pactados por las partes en el contrato respectivo espe-cialmente sobre las poliacuteticas de cancela-ciones reembolsos y caso fortuito o fuer-za mayor (NOM-010-TU2-2001 y 61 LGT)
No obstante lo anterior la emergencia sanitaria por COVID19 y los Acuerdos publicados por el Consejo General de Sa-lubridad y la Secretariacutea de Salud podriacutean constituir causa de caso fortuito o fuer-za mayor que impida a los consumidores recibir los servicios respectivos por lo que el prestador de servicios turiacutesticos deberiacutea ndashen principiondash realizar los cambios respectivos lo que posiblemente genere algunos cargos por ajustes en tarifas
VI Agencias de viaje
iquestDebo recibir alguacuten apoyo de la agencia de viajes para los cambios en los servicios con-tratados
Si los servicios no son prestados en los teacuterminos pactados la agencia deberaacute
(i) auxiliar al consumidor a conseguir los servicios que solucionen su emergencia (ii) coadyuvar con el consumidor para re-clamar ante el prestador final ndashaeroliacutenea u hotelndash las indemnizaciones que corres-pondan e (iii) indemnizar al consumidor en caso de que el prestador final demues-tre la responsabilidad de la agencia en la no prestacioacuten de los servicios (NOM-010-TU2-2001 la LGT y su Reglamento)
VII Insolvencias de proveedores
iquestQueacute hago en caso de que un proveedor con el que tengo relacioacuten de consumo caiga en in-solvencia concurso mercantil quiebra
En primer lugar sugerimos que el con-sumidor presente su reclamacioacuten ante la PROFECO a efecto de interrumpir el plazo de prescripcioacuten del derecho que se reclama del proveedor
Asimismo sugerimos monitorear (i) la paacutegina wwwacolectivasprofecogobmx a efecto de identificar si la PROFECO ejer-cioacute alguna accioacuten colectiva en contra del proveedor que se encuentra en es-tado de insolvencia respecto de alguna afectacioacuten comuacuten a un grupo determi-nado de consumidores y (ii) noticias periodiacutesticas serias sobre si el provee-dor respectivo haya caiacutedo en estado de insolvencia derivado de la emergencia sanitaria por COVID19 y en su caso si se encuentra en traacutemite alguacuten procedi-miento de concurso mercantil para rees-tructurar sus pasivos
Existen numerosos casos en los que la PROFECO ha representado colectiva-mente a los consumidores afectados por la insolvencia de diversos proveedores dentro de procedimientos concursales
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por lo que seraacute importante que en el se-guimiento de la reclamacioacuten y el procedi-miento conciliatorio se verifique con el Conciliador Jefe de Departamento de la ODECO respectiva el Director General de Quejas y Conciliacioacuten o el Director de Ac-ciones Colectivas todos de la PROFECO sobre si dicha autoridad representaraacute a los consumidores afectados por el pro-veedor que caiga en insolvencia En caso de que la PROFECO no pretenda realizar una representacioacuten colectiva de los con-sumidores afectados seraacute necesario comparecer en lo individual al procedi-miento concursal del respectivo provee-dor para solicitar el reconocimiento del creacutedito en el entendido de que los datos del expediente del concurso mercantil pueden consultarse en la pizarra concur-sal1 del Instituto Federal de Especialis-tas de Concursos Mercantiles
Al respecto es importante sentildealar que dentro de los procedimientos concur-sales los creacuteditos de los consumidores tienen el grado de creacuteditos comunes en teacuterminos de los artiacuteculos 217 fraccioacuten IV y 222 de la Ley de Concursos Mercanti-les lo que ha sido confirmado por crite-rios de los Tribunales Federales
VIII Servicios de Telecomunicaciones
iquestCuaacuteles son las medidas que los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben tomar ante eventos de emergencia o fuerza mayor en beneficio de sus usuarios
Los prestadores de servicios de teleco-municaciones deben tomar las medidas necesarias para garantizar la continuidad y
1emsphttpswwwifecomcjfgobmxpaginasservicioshtmpageName=servicios2Fpizarrahtm
calidad de los servicios asimismo deben colaborar con dependencias del Gobierno Federal para informar a la poblacioacuten
Ante la contingencia sanitaria del COVID-19 los servicios puacuteblicos de telecomunicacio-nes y radiodifusioacuten constituyen una herra-mienta indispensable para facilitar informa-cioacuten a los usuarios respecto a las medidas de gobierno al combate a la pandemia
Los prestadores de servicios de telecomu-nicaciones en conjunto con el Instituto Fe-deral de Telecomunicaciones (en adelante el ldquoIFTrdquo) y el Gobierno Federal han adoptado diversas medidas para mantener informa-da a la poblacioacuten respecto a la emergencia sanitaria
bull A partir del 20 de marzo de 2020 los operadores Moacuteviles ATampT Telefoacutenica Telcel y Altaacuten Redes permiten a sus usuarios el acceso gratuito sin consu-mir datos de su saldo a los contenidos de la paacutegina web httpscoronavirusgobmx
bull A partir del 26 de marzo de 2020 los usuarios de telefoniacutea moacutevil deberaacuten recibir SMS gratuitos con anuncios re-comendaciones y otros datos actuali-zados sobre el Covid-19
FuenteComunicado de Prensa No 262020 Insti-tuto Federal de Telecomunicaciones Opera-dores de telecomunicaciones moacuteviles ofre-ceraacuten acceso gratuito a contenidos oficiales sobre Coronavirushttpwwwiftorgmxsitesdefaultfilescomu-nicacion-y-medioscomunicados-iftcomunica-do26ift_1pdf
Comunicado de Prensa No 282020 Institu-to Federal de Telecomunicaciones Usuarios de telefoniacutea moacutevil recibiraacuten de forma gratuita
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por SMS informacioacuten actualizada sobre pan-demia por Coronavirushttpwwwiftorgmxsitesdefaultfilescomu-nicacion-y-medioscomunicados-iftcomunica-dosmspdf
iquestDe queacute manera los usuarios de servicios de telecomunicaciones podraacuten realizar quejas relacionadas con la calidad en la prestacioacuten de los servicios
Los usuarios pueden presentar quejas y reclamaciones de la calidad de los servi-cios de telecomunicaciones a traveacutes de los sistemas de atencioacuten que tengan dis-ponibles los prestadores de servicios de telecomunicaciones
Estos sistemas de atencioacuten deben estar disponibles de forma electroacutenica las 24 horas al diacutea los 7 diacuteas del antildeo para recibir las quejas correspondientes Estas que-jas deberaacuten ser respondidas por parte de los prestadores de servicios de tele-comunicaciones dentro de los teacuterminos que ellos mismos hayan establecido y que podraacuten ser consultados en el Con-trato de Adhesioacuten de cada prestador de servicios de telecomunicaciones mismo que debe estar publicado para su consul-ta en su paacutegina web oficial De cualquier manera el plazo de respuesta en ninguacuten momento podraacute exceder de quince diacuteas naturales contados a partir de la fecha en que fue presentada por el usuario
Es importante tomar en cuenta que para realizar la queja o reclamacioacuten respecto a la calidad de los servicios de telecomuni-caciones se debe acreditar la titularidad del servicio
Los prestadores de servicios de tele-comunicaciones no podraacuten suspender
los servicios de telecomunicaciones a los usuarios que presenten alguna que-ja reclamacioacuten o aclaracioacuten relacionada con la facturacioacuten de su servicio de te-lecomunicaciones hasta en tanto eacutesta no se resuelva
Adicionalmente los usuarios de servicios de telecomunicaciones podraacuten utilizar el portal Soy Usuario del IFT para presentar sus quejas reclamaciones o solicitudes de aclaracioacuten Se podraacute acceder a dicho portal a traveacutes del siguiente enlace ht-tpswwwsoyusuarioiftorgmx
Finalmente los usuarios de servicios de telecomunicaciones tambieacuten podraacuten presentar sus quejas ante la Procuradu-riacutea Federal de Proteccioacuten al Consumidor (en adelante ldquoPROFECOrdquo) a traveacutes de los siguientes medios de contacto
Correos electroacutenicos denunciastelecomuni-cacionesprofecogobmx y quejastelecomu-nicacionesprofecogobmx
Viacutea Chat accediendo al siguiente enlace httptelefonodelconsumidorgobmx
Teleacutefono del consumidor (55) 56 25 67 00 y 800 468 8722
Horario de atencioacuten lunes a viernes de 900 a 1900 horas y fines de semana y diacuteas festivos de 1000 a 1800 horas
Es muy importante que conozcas tus derechos como usuario de servicios de telecomunicaciones para que puedas exigir que tu prestador de servicios de telecomunicaciones los cumpla y res-pete En ese sentido te invitamos a consultar tus derechos miacutenimos en el siguiente enlace httpwwwiftorgmx
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sitesdefaultfilescontenidogeneralusua-r ios-y-audienciascartaderechosminimospdfoverlay-context=usuarios-y-audienciascarta-de-derechos
FuentesNorma Oficial Mexicana NOM-184-SC-FI-2018 Elementos normativos y obliga-ciones especiacuteficas que deben observar los proveedores para la comercializacioacuten yo prestacioacuten de los servicios de telecomuni-caciones cuando utilicen una red puacuteblica de telecomunicaciones (cancela a la NOM-184-SCFI-2012) httpdofgobmxnota_detallephpcodigo=5552286ampfecha=08032019
Portal Soy Usuariohttpswwwsoyusuarioiftorgmx
Sitio web del Gobierno de Meacutexicoh t t p s w w w g o b m x p r o f e -c o a c c i o n e s - y - p r o g r a m a s telecomunicaciones-26290
iquestCuaacuteles son las penalidades por terminacioacuten anticipada de los servicios de telecomunica-ciones por parte de los usuarios
Los usuarios de servicios de telecomu-nicaciones tienen el derecho de termi-nar el contrato de los servicios de forma anticipada en cualquier momento En el caso de que se haya contratado en arren-damiento o de cualquier otra manera un equipo (por ejemplo un teleacutefono celular que se factura en conjunto con los servi-cios de telecomunicaciones) el usuario deberaacute pagar el remanente del valor de dicho equipo Por su parte el usuario de servicios de telecomunicaciones se de-beraacute encontrar al corriente de los pagos de los servicios devengados para poder dar por terminada de manera anticipada la prestacioacuten de estos servicios
Ahora bien si el plazo del contrato de los servicios de telecomunicaciones conclu-ye y el usuario no quiere continuar con su prestador de servicios puede cancelarlo y el prestador de servicios de telecomunica-ciones ya no deberaacute cobrar el periodo sub-secuente excepto cuando se renueve el contrato por continuar usando y pagando los servicios de telecomunicaciones con-tratados originalmente
Es importante tener en cuenta que la termi-nacioacuten de los servicios de telecomunicacio-nes se podraacute realizar a traveacutes de los mismos medios por los que fueron contratados
No olvides que como usuario de servicios de telecomunicaciones tienes el derecho de so-licitar la portabilidad de tu nuacutemero moacutevil o fijo en caso de que quieras cambiar de compantildeiacutea
FuenteNorma Oficial Mexicana NOM-184-SCFI-2018 Elementos normativos y obligaciones especiacutefi-cas que deben observar los proveedores para la comercializacioacuten yo prestacioacuten de los servicios de telecomunicaciones cuando utilicen una red puacuteblica de telecomunicaciones (cancela a la NOM-184-SCFI-2012) h t t p d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5552286ampfecha=08032019
Ley Federal de Telecomunicaciones y RadiodifusioacutenhttpwwwdiputadosgobmxLeyesBibliopdfLFTR_240120pdf
iquestLos prestadores de servicios de telecomu-nicaciones podraacuten unilateralmente modificar los teacuterminos condiciones y tarifas de los ser-vicios que presta
No los contratos de prestacioacuten de ser-vicios de telecomunicaciones no podraacuten
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contar con claacuteusulas que permitan mo-dificar de manera unilateral las condicio-nes de contratacioacuten
Los prestadores de servicios de te-lecomunicaciones deben ofrecer los servicios de acuerdo con los teacuterminos y condiciones conforme a las cuales se hubiere ofrecido obligado o conve-nido con el usuario ya sea de manera taacutecita o expresa
Para el caso de cualquier cambio en las condiciones contractuales el presta-dor de servicios de telecomunicaciones siempre deberaacute informar al usuario y este deberaacute estar de acuerdo
Recuerda que la Procuraduriacutea Federal del Consumidor es autoridad compe-tente para la resolucioacuten de cualquier controversia relacionada con la contra-tacioacuten de los servicios de telecomuni-caciones y que podraacutes presentar cual-quier queja relacionada con lo anterior en los teacuterminos descritos anteriormen-te en esta guiacutea juriacutedica
FuenteNorma Oficial Mexicana NOM-184-SC-FI-2018 Elementos normativos y obliga-ciones especiacuteficas que deben observar los proveedores para la comercializacioacuten yo prestacioacuten de los servicios de teleco-municaciones cuando utilicen una red puacute-blica de telecomunicaciones (cancela a la NOM-184-SCFI-2012) h t t p d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5552286ampfecha=08032019
Ley Federal de Telecomunicaciones y RadiodifusioacutenhttpwwwdiputadosgobmxLeyesBibliopdfLFTR_240120pdf
IXServicios de Energiacutea
Recomendaciones sobre el consumo de energiacutea eleacutectricaCon motivo de la epidemia del COVID-19 que actualmente enfrenta nuestro paiacutes se han emitido una serie de medidas para permanecer en casa lo que conlle-va la posibilidad de que se incremente el consumo de energiacutea eleacutectrica lo cual se veraacute reflejado en un pago mayor Para evi-tar que esos consumos excesivos afec-ten su bolsillo es importante tomar en consideracioacuten la siguiente informacioacuten y recomendaciones
iquestQuieacuten determina las tarifas de ener-giacutea eleacutectrica
La legislacioacuten vigente establece que la Comisioacuten Reguladora de Energiacutea (CRE) es quien determina la metodologiacutea del caacutelculo de las tarifas para el suministro baacutesico Asiacute mismo la Secretariacutea de Ha-cienda y Creacutedito Puacuteblico es la encargada de autorizar estas tarifas
FuenteLey de la Industria EleacutectricahttpwwwdiputadosgobmxLeyesBibliopdfLIElec_110814pdf
Acuerdo por el que se autorizan las tari-fas finales de energiacutea eleacutectrica del sumi-nistro baacutesico a usuarios domeacutesticosh t t p s w w w d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5506179ampfecha=30112017
iquestQueacute tipo de tarifas de energiacutea eleacutectrica exis-ten
Para uso domeacutestico existe actualmen-te un esquema tarifario vigente de la
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Comisioacuten Federal de Electricidad (CFE) que se divide en ocho tarifas que son las siguientes
bull Domeacutesticas 1 1A 1B 1C 1D 1E 1Fbull Domeacutesticas de alto consumo DAC
Las letras sirven para indicar las diferen-tes regiones en Meacutexico ya que cada una variacutea en cuanto a su temperatura miacutenima promedio mensual y dependiendo del tipo de tarifa seraacute el subsidio aplicable a la misma
Tipos de tarifasbull Tarifa domeacutestica 1La tarifa 1 se aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclusi-vamente domeacutestico para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada re-sidencia apartamento apartamento en condominio o vivienda
bull Tarifa domeacutestica 1ALa tarifa 1A aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclu-sivamente domeacutestico para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada residencia apartamento apartamento en condominio o vivienda en localidades cuya temperatura media mensual en ve-rano sea de 25 grados centiacutegrados como miacutenimo Estos servicios soacutelo se suminis-traraacuten en baja tensioacuten y no deberaacute aplicaacuter-seles ninguna otra tarifa de uso general
bull Tarifa domeacutestica 1BLa tarifa 1B aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclu-sivamente domeacutestico para cargas que
no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada residencia apartamento apartamento en condominio o vivienda en localidades cuya temperatura media mensual en ve-rano sea de 28 grados centiacutegrados como miacutenimo Estos servicios soacutelo se suminis-traraacuten en baja tensioacuten y no deberaacute aplicaacuter-seles ninguna otra tarifa de uso general
bull Tarifa domeacutestica 1CLa tarifa 1C aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclu-sivamente domeacutestico para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada residencia apartamento apartamento en condominio o vivienda en localidades cuya temperatura media mensual en ve-rano sea de 30 grados centiacutegrados como miacutenimo Estos servicios soacutelo se suminis-traraacuten en baja tensioacuten y no deberaacute aplicaacuter-seles ninguna otra tarifa de uso general
bull Tarifa domeacutestica 1DLa tarifa 1D aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclu-sivamente domeacutestico para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada residencia apartamento apartamento en condominio o vivienda en localidades cuya temperatura media mensual en ve-rano sea de 31 grados centiacutegrados como miacutenimo Estos servicios soacutelo se suminis-traraacuten en baja tensioacuten y no deberaacute aplicaacuter-seles ninguna otra tarifa de uso general
bull Tarifa domeacutestica 1ELa tarifa 1E aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclu-
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sivamente domeacutestico para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada residencia apartamento apartamento en condominio o vivienda en localidades cuya temperatura media mensual en ve-rano sea de 32 grados centiacutegrados como miacutenimo Estos servicios soacutelo se suminis-traraacuten en baja tensioacuten y no deberaacute aplicaacuter-seles ninguna otra tarifa de uso general
bull Tarifa domeacutestica 1FLa tarifa 1F aplica a todos los servicios que destinen la energiacutea para uso exclu-sivamente domeacutestico para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC conectadas individualmente a cada residencia apartamento apartamento en condominio o vivienda en localidades cuya temperatura media mensual en ve-rano sea de 33 grados centiacutegrados como miacutenimo Estos servicios soacutelo se suminis-traraacuten en baja tensioacuten y no deberaacute aplicaacuter-seles ninguna otra tarifa de uso general
bull Tarifa de alto consumoLa tarifa de alto consumo aplica cuando se registra un consumo mensual prome-dio superior al liacutemite de alto consumo
El consumo mensual promedio se deter-minaraacute con el promedio moacutevil del consu-mo durante los uacuteltimos 12 meses
El liacutemite de alto consumo se define para cada localidad en funcioacuten de la tarifa en la que se encuentre clasificada
Tarifa 1
250(doscientos cincuenta)
kWhmes
Tarifa 1A
300(trescientos)
kWhmes
Tarifa 1B
400(cuatrocientos)
kWhmes
Tarifa 1C
850(ochocientos cincuenta)
kWhmes
Tarifa 1D
1000(un mil)
kWhmes
Tarifa 1E
2000(dos mil)
kWhmes
Tarifa 1F
2500(dos mil quinientos)
kWhmes
FuenteComisioacuten Federal de Electricidad Estruc-tura Tarifaria Vigente Hogar httpsappcfemxAplicacionesCCFETarifasTarifasCRECasaCasaaspx
iquestCoacutemo saber en queacute tipo de tarifa me encuentro
Para saber el tipo de tarifa en el que te encuentras puedes consultar tu recibo de luz como se muestra a continuacioacuten
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Cuando el Consumo Mensual Promedio del usuario sea superior al Liacutemite de Alto Consumo se le reclasificaraacute a la Tarifa Domeacutestica de Alto Consumo En cues-tioacuten de precios la tarifa DAC puede llegar a ser maacutes costosa aumentando el costo de su consumo a casi el doble Lo que sig-nifica que si excedes los consumos a tu tipo de tarifa domeacutestica de acuerdo con la normatividad pasaraacutes a la tarifa DAC
FuenteComisioacuten Federal de Electricidad Tari-fas para el suministro y venta de energiacutea eleacutectrica Consulta tu tarifa httpsappcfemxAplicacionesCCFETarifasTarifastarifas_negocioasp
iquestCoacutemo puedo salir de la tarifa DAC
No existe alguacuten procedimiento especi-fico establecido en ley para poder salir de la tarifa DAC sin embargo lo prime-ro que tienes que hacer es bajar tus consumos a los niveles de la tarifa do-meacutestica que te correspondan Tambieacuten existe la opcioacuten de poder presentar una Inconformidad por cobro excesivo en el consumo de energiacutea eleacutectrica
El traacutemite mencionado anteriormen-te no tiene costo alguno y puede ser presentado de manera presencial en alguno de los Centros de Atencioacuten de la Comisioacuten Federal de Electricidad o en liacutenea
Los uacutenicos datos que se requieren para poder presentar una Inconformidad por cobro excesivo en el consumo de ener-giacutea eleacutectrica son el nuacutemero de servicio que aparece en el recibo de luz y un co-rreo electroacutenico para poder darle segui-miento al traacutemite
Para poder presentar la inconformidad es necesario acceder a la siguiente ligah t t p s w w w g o b m x t r a m i t e s f i -c h a i n c o n f o r m i d a d - p o r - c o b r o - e x c e s i -vo - e n - e l - c o n s u m o - d e - e n e rg i a - e l e c t r i c a CFE200
Lo anterior encuentra su fundamento en las disposiciones administrativas de ca-raacutecter general que establecen las condi-ciones generales para la prestacioacuten del suministro eleacutectrico expedidas por la Comisioacuten Reguladora de Energiacutea que es-tablecen en los Derechos y Obligaciones del Usuario Final del Suministro Baacutesico la facultad para inconformarse o quejar-se cuando asiacute convenga a sus intereses solicitando la reparacioacuten o restitucioacuten del dantildeo o perjuicio causado por el Suminis-trador de Servicios Baacutesicos
De igual manera se puede acudir ante la Procuraduriacutea Federal del Consumidor (PROFECO) para solicitar su intervencioacuten este traacutemite se puede hacer de manera presencial o en liacutenea
Es importante mencionar que una vez que se acude ante la PROFECO se esta-blece que la Comisioacuten Federal de Electri-cidad no podraacute cortar el suministro de luz por falta de pago hasta que concluya el procedimiento iniciado
FuenteTraacutemites Comisioacuten Federal de Electricidad - Inconformidad por cobro excesivo en el con-sumo de energiacutea eleacutectricah t t p s w w w g o b m x t r a m i t e s f i -c h a i n c o n f o r m i d a d - p o r - c o b r o - e x c e s i -vo - e n - e l - c o n s u m o - d e - e n e rg i a - e l e c t r i c a CFE200httpswwwcfemxvunPaginasinconformida-dCobroExcesivoaspx
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202072 Proteccioacuten al Consumidor
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La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
Procuraduriacutea Federal del Consumidor - Proce-so y requisitos de Quejas y Denuncias httpswwwgobmxprofecoarticulosproceso-y-requi-sitos-de-quejas-y-denunciasidiom=es
Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor httpswwwprofecogobmxjuridicopdfl_lfpc_ultimo_CamDippdf
Disposiciones administrativas de caraacutecter general que establecen las condiciones ge-nerales para la prestacioacuten del suministro eleacutectricoh t t p w w w d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5426129ampfecha=18022016
iquestQueacute recomendaciones existen para salir de la tarifa DAC
La Comisioacuten Federal de Electricidad expi-dioacute una guiacutea con las siguientes recomen-daciones para evitar ser reclasificado en la tarifa DAC
bull Cuidar tu consumo sea inferior al liacutemite superior promedio de tu localidad
bull Evita colocar el refrigerador cerca de fuentes de calor como la estufa
bull No introduzcas alimentos calientes al refrigerador deacutejalos enfriar antes de guardarlos
bull Llena la lavadora a su maacutexima capaci-dad esto alarga su vida uacutetil
bull Utiliza la secadora solamente cuando las condiciones meteoroloacutegicas no te permitan exponerla a la intemperie
bull Plancha la mayor cantidad posible de ropa en cada sesioacuten empieza primero por la ropa gruesa o la que necesite maacutes calor y deja para el final las pren-das delgadas asiacute aprovecharaacutes el ca-lor acumulado
bull Desenchufa los televisores que na-die estaacute utilizando recuerda que hay equipos que consumen energiacutea eleacutec-trica sin estar encendidos
bull El consumo de los televisores es ma-yor si este encendido la mayor parte del diacutea
FuenteGuiacutea de Tarifa Domeacutestica de Alto Consumo (DAC) publicada por la Comisioacuten Federal de ElectricidadhttpswwwcfemxCasaInformacionClienteCatalogoTramitestarifaaltoconsumopdf
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Proteccioacuten de Datos Personales y
Comercio Electroacutenico
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La enfermedad infecciosa identificada como COVID-19 que estalloacute el pasado mes de diciembre de 2019 en Wuhan (China) y que posteriormente se propagoacute a nivel mundial ha obligado a los paiacuteses y orga-nizaciones internacionales a tomar las precauciones adecuadas para evitar su contagio El presente escrito tiene como finalidad establecer claridad respecto a las cuestiones relacionadas con la protec-cioacuten de datos personales y en particular los datos personales sensibles frente a organismos puacuteblicos y privados que pudie-ran tratar estos datos durante la pandemia del COVID-19 y algunas consideraciones de comercio electroacutenico Previendo que muchas de las operaciones que tradicio-nalmente se haciacutean en fiacutesico ahora seraacuten a traveacutes de medios electroacutenicos
Sector Salud
iquestQue tipo de datos trata el sector salud
Los hospitales y centros de atencioacuten meacutedi-ca tratan datos personales con la finalidad de identificar a una persona y poder regis-trarla en su sistema sin embargo estas instituciones tratan en su mayoriacutea datos personales sensibles los cuales son aque-llos datos que afecten a la esfera maacutes iacuten-tima de su titular cuya utilizacioacuten indebida pueda dar origen a discriminacioacuten o conlle-ve un riesgo grave para eacuteste
En este sentido es muy importante que tanto los hospitales como cualquier or-ganizacioacuten que recabe datos personales sensibles realice el tratamiento con ape-go a los principios de proteccioacuten de da-tos personales los cuales establecen el eje rector sobre el cual los responsables deberaacuten tutelar los datos personales bajo su proteccioacuten
iquestQueacute son los datos personales sensibles
Dividiremos en dos rubros la respuesta
En teacuterminos de lo sentildealado por la Ley Ge-neral de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de Sujetos Obligados- Son los que requieren una especial proteccioacuten en virtud de su naturaleza y de las conse-cuencias que puede tener el mal manejo de eacutestos en su titular La fraccioacuten X del ar-tiacuteculo 3 de la LGPDPSSO los define como aquellos que se refieran a la esfera maacutes iacutentima de su titular o cuya utilizacioacuten in-debida pueda dar origen a discriminacioacuten o conlleve un riesgo grave para eacuteste
De manera enunciativa maacutes no limitativa se consideran sensibles los datos perso-nales que puedan revelar aspectos comoa) Origen racial o eacutetnicob) Estado de salud presente o futuroc) Informacioacuten geneacuteticad) Creencias religiosas filosoacuteficas y
moralese) Opiniones poliacuteticas y f) Preferencia sexual
Ahora bien lo que refiere la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares en su Artiacute-culo 3 fraccioacuten VI los Datos Personales Sensibles son Aquellos datos persona-les que afecten a la esfera maacutes iacutentima de su titular o cuya utilizacioacuten indebida pue-da dar origen a discriminacioacuten o conlleve un riesgo grave para eacuteste En particular se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen ra-cial o eacutetnico estado de salud presente y futuro informacioacuten geneacutetica creencias religiosas filosoacuteficas y morales afilia-cioacuten sindical opiniones poliacuteticas prefe-rencia sexual
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iquestQue datos personales pueden recabar estos organismos
Para determinar los datos personales que podriacutean recabar los organismos puacuteblicos y privados durante esta pandemia debe-mos precisar que con base en el principio de proporcionalidad previsto en el artiacute-culo 13 de la Ley los datos que recaben deberaacuten ser los necesarios adecuados y relevantes en relacioacuten con las finalidades previstas en su Aviso de Privacidad
En este sentido solo podraacuten ser objeto del tratamiento por parte del responsable aquellos datos que resulten necesarios para efecto de determinar las medidas ne-cesarias en caso de que una persona ten-ga siacutentomas del virus o sea positivo Entre los datos que son relevantes podemos mencionar los siguientes presencia de siacutentomas de COVID-19 saber si la persona tiene la enfermedad infecciosa saber si la persona viajoacute recientemente a un paiacutes en donde haya un alto nuacutemero de casos de in-fectados de COVID-19 o en su defecto si alguna persona fiacutesicamente cercana a eacutel ha realizado un viaje con esas caracteriacutesticas
iquestQueacute tipo de datos me deben solicitar en una institucioacuten de salud (puacuteblica o privada) con re-lacioacuten a COVID-19
Uacutenicamente aquellos que sean adecua-dos relevantes y estrictamente necesa-rios para cumplir con la finalidad del trata-miento es decir detectar si padeces del virus entre ellos se pueden mencionar saber si has viajado recientemente ya sea dentro o fuera del paiacutes si padeces al-gunos de los siacutentomas de COVID-19 asiacute como alguna de las condiciones preexis-tentes que hacen maacutes riesgosa la presen-cia del virus o si has tenido contacto con
alguna persona que esteacute en alguna de es-tas situaciones entre otras
Ademaacutes es necesario que la institucioacuten haga todos sus esfuerzos para limitar el periacuteodo del tiempo del tratamiento para que sea el menor posible
Esto de conformidad con los artiacuteculos 25 y 13 de la LGPDPPSO y de la LFPDPPP respectivamente
iquestPueden hacer puacuteblicos mis datos en caso de ser positivo al COVID-19
Es muy importante para el titular de los datos personales leer el Aviso de Priva-cidad de la persona o institucioacuten a la cual daraacute sus datos personales ya que este es el documento en donde el responsable da a conocer que datos recaba para que fi-nalidades y si realiza transferencia de sus datos personales a un tercero
Ahora bien la Ley Federal de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de los Particulares establece no se requeriraacute el consentimiento del titular para realizar una transferencia de datos personales cuando sea necesaria para la prevencioacuten o el diagnoacutestico meacutedico la prestacioacuten de asistencia sanitaria tratamiento meacutedico o la gestioacuten de servicios sanitarios Asi-mismo tampoco se requeriraacute el consenti-miento del titular cuando la transferencia sea necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un intereacutes puacuteblico
En este sentido se puede afirmar que los hospitales siacute pueden transferir la informacioacuten ya que estaacute previsto en La Ley y se entiende que la finalidad es para salvaguardar un intereacutes puacuteblico que en el presente caso es dar a cono-
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cer a la sociedad el nuacutemero de casos confirmados por cada entidad estatal del paiacutes Las medidas de seguridad para la proteccioacuten de los datos personales sensibles y el respeto a los principios rectores de proteccioacuten son sumamen-te importantes
En caso de ser positivo de COVID-19 iquestla institucioacuten de salud (puacuteblica o privada) pue-de usar mis datos personales sin mi con-sentimiento
En principio no por ser datos perso-nales sensibles requiere de tu con-sentimiento expreso y por escrito sin embargo hay excepciones a este prin-cipio establecidas en el artiacuteculo 22 de la LGPDPPSO y en el artiacuteculo 10 de la LFPDPPP en donde se dice que no se requeriraacute de tu consentimiento cuando el tratamiento de los datos sea indis-pensable para atencioacuten meacutedica la pre-vencioacuten diagnoacutestico la prestacioacuten de asistencia sanitaria tratamientos meacute-dicos o la gestioacuten de servicios sanita-rios mientras no esteacutes en condiciones de otorgar el consentimiento o cuando exista una situacioacuten de emergencia que potencialmente pueda dantildearte en tu persona
En caso de ser positivo de COVID-19 iquesta quieacuten le debo compartir yo esta informacioacuten
Recuerda que tuacute eres el duentildeo de tus datos personales asiacute que tuacute eres quien decide a quien le compartes esta infor-macioacuten (sin tomar en cuenta a la insti-tucioacuten de salud que te realice la prueba y te diagnostique) sin embargo esta es informacioacuten que involucra a todas las personas con las que has tenido contacto yo frecuentas con regulari-
dad por eso es importante que se los hagas saber a ellos con el propoacutesito de que puedan tomar las medidas necesa-rias para cuidar de su salud
Es importante hacer mencioacuten que en caso de ser positivo de COVID-19 si lo compartes por tu propia cuenta en fuentes de acceso puacuteblico por ejemplo en redes sociales no se necesitaraacute de tu consentimiento para tratar tus da-tos personales pues estaacutes decidiendo compartirlos y uacutenicamente tuacute seraacutes el responsable del tratamiento que se le deacute a esta informacioacuten y las consecuen-cias que pueda tener
iquestQueacute son las fuentes de acceso puacuteblico
La LFPDPPPP en su artiacuteculo 3 fraccioacuten X las define como aquellas bases de datos cuya consulta puede ser reali-zada por cualquier persona sin maacutes requisito que en su caso el pago de una contraprestacioacuten
iquestPuedo saber en queacute forma y para queacute usa-raacuten mis datos personales las instituciones de salud (puacuteblica o privada)
Siacute la institucioacuten de salud (puacuteblica o pri-vada) debe informarte a traveacutes de su aviso de privacidad la forma la finali-dad las caracteriacutesticas principales y que datos personales recaba de con-formidad con el artiacuteculo 26 de la LGPD-PPSO y del 15 de la LFPDPPP
iquestA queacute tipos de riesgos se pueden enfren-tar mis datos personales en vista de CO-VID-19
Las personas frente a la pandemia estamos en la constante necesidad
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de buscar informacioacuten cierta actual e inmediata sobre las medidas y teacutec-nicas adoptadas por las autoridades en relacioacuten con COVID-19 asiacute como informacioacuten veraz sobre el mismo esto genera una oportunidad para los ciberdelincuentes de realizar accio-nes para tratar de robarse los datos personales de los ciudadanos vulne-rando los mismos
ESET una compantildeiacutea de seguridad in-formaacutetica el pasado 16 de marzo compartioacute un artiacuteculo llamado ldquoEnga-ntildeos que explotan el miedo por el Co-ronavirusrdquo en donde enumeran las taacutecticas que han estado usando los ci-bercriminales a continuacioacuten se men-cionan algunas de eacutestas
a) A traveacutes de correos electroacutenicos spam se incluyen comunicados en-gantildeosos en los que suplantan paacutegi-nas oficiales para distribuir sitios web infectados haciendo uso de tiacute-tulos llamativos
b) Se enviacutean correos de spam en buacutes-queda de que los ciudadanos crean que pueden ordenar maacutescaras de proteccioacuten respiratoria para mante-nerse a salvo del COVID-19 cuando en realidad lo que se estaacute haciendo es revelar informacioacuten sensible per-sonal y financiera
c) Como la Organizacioacuten Mundial de la Salud -OMS es la principal fuen-te de informacioacuten sobre el brote de Coronavirus se encuentra entre las autoridades cuya identidad se ha visto maacutes suplantada en las uacuteltimas campantildeas de engantildeos La forma de operar de los atacantes ha sido ofre-
cer informacioacuten relevante acerca del virus en un intento por lograr que potenciales viacutectimas hagan clic en los enlaces maliciosos Comuacutenmen-te dichos enlaces pueden instalar malware robar informacioacuten personal o intentar obtener credenciales de ingreso y contrasentildeas
Estos son algunos ejemplos de las vul-neraciones a las que los ciudadanos estaacuten expuestos
iquestQueacute puedo hacer para proteger mis datos per-sonales y no caer en este tipo de praacutecticas
Es importante estar muy alerta y ser extremadamente cuidadoso al momen-to de buscar cualquier tipo de informa-cioacuten relacionada con la pandemia asiacute como con la que tuacute difundes Tambieacuten es importante no caer en paacutenico pues lo que los criminales estaacuten haciendo es aprovecharse de la incertidumbre y del miedo de los ciudadanos
El INAI (Instituto Nacional de Acceso a la Informacioacuten y Proteccioacuten de Datos Personales) ha emitido las siguientes recomendaciones
bull Evitar hacer clic en cualquiera de los enlaces adjuntos o descargar archi-vos anexos a correos no solicitados o textos de fuentes no reconocidas o incluso de fuentes confiables a no ser que esteacute absolutamente seguro de que dicho mensaje sea auteacutentico
bull Ignorar las comunicaciones que le solicitan su informacioacuten personal De ser necesario verifique los con-tenidos del mensaje con el emisor o la organizacioacuten que dicen represen-
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202078 Proteccioacuten de Datos Personales y Comercio Electroacutenico
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tar y haacutegalo a traveacutes de otro medio que no sea el mensaje recibido
bull Mantenerse especialmente atento a los correos que antildeaden un sentido de alerta y lo urgen a tomar una ac-cioacuten inmediata u ofrecen vacunas o curas contra el COVID-19
bull Estar atento ante donaciones frau-dulentas o campantildeas de financia-cioacuten compartida de proyectos
bull Utilizar software de seguridad en muacuteltiples capas que incluya protec-cioacuten contra el phishing
bull Introducir el nombre de usuario y contrasentildea solo cuando la conexioacuten sea segura
bull Lo mismo ocurre en correos de orga-nizaciones oficiales como bancos agencias de impuestos tiendas on-line agencias de viajes aeroliacuteneas etc Incluso de su propia oficina
bull Es muy importante tomarse el tiem-po necesario para leer los teacuterminos y condiciones de todas las aplicacio-nes que se descarguen
Home office
iquestQue pasa si estoy tratando datos persona-les mientras hago home office
Durante la pandemia COVID-19 una de las medidas maacutes importantes para evi-tar la propagacioacuten del virus es el dis-tanciamiento social por consiguiente muchas empresas a nivel nacional se encuentran trabajando desde casa En este sentido es muy importante para
todas las personas que tienen acceso o manipulan informacioacuten sensible o con-fidencial desde sus casas que manten-gan toda informacioacuten personal y sensi-ble en aacutereas restringidas y cumplir con los controles de privacidad baacutesicos
Por consiguiente es fundamental res-guardar las computadoras portaacutetiles tabletas y cualquier dispositivo que cuente con acceso a informacioacuten sen-sible o confidencial con controles de seguridad como contrasentildea para acce-der a estos dispositivos y un respaldo digital para evitar cualquier peacuterdida de informacioacuten personal
Es importante tener en cuenta que los datos personales yo los datos perso-nales sensibles que sean recabados durante el trabajo en casa no deberaacuten ser almacenados en un sistema que no sea los de la empresa lo anterior con la finalidad de cumplir con el principio de responsabilidad el cual establece que el responsable deberaacute velar y res-ponder por el tratamiento de los datos personales que se encuentren bajo su custodia o posesioacuten
Educacioacuten
iquestQue implicaciones hay en materia de pro-teccioacuten de datos y la educacioacuten
En estos momentos la educacioacuten en todos los niveles ha sido suspendida o se ha migrado a modalidad en liacutenea la mayoriacutea de las universidades han opta-do por continuar con los cursos median-te videoconferencias con los alumnos Ante este panorama los datos perso-nales de todos los alumnos deberaacuten ser tratados y resguardados utilizando
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medidas de seguridad administrativas fiacutesicas y teacutecnicas para evitar su altera-cioacuten peacuterdida o acceso no autorizado
Asimismo es importante definir las herramientas electroacutenicas que se de-beraacuten usar para la comunicacioacuten digital con los alumnos y el personal docente procurando en todo momento que los datos personales que sean recabados por estos medios sean uacutenicamente los necesarios para la finalidad de conti-nuar con los cursos impartidos por las escuelas o universidades
Algunas recomendaciones para las instituciones acadeacutemicas que realicen la educacioacuten continua mediante cla-ses virtuales seriacutea apegarse estricta-mente a las necesidades baacutesicas para el desarrollo de la clase sin comprome-ter datos adicionales por parte de los alumnos por ejemplo realizar la clase utilizando los microacutefonos de las plata-formas maacutes no el video si eacuteste no es necesario Es importante tambieacuten ve-rificar la configuracioacuten Aviso de Priva-cidad y poliacuteticas de privacidad de las plataformas que se utilicen para dar las clases virtuales protejan los datos personales de los alumnos y profeso-res y no realicen transferencias a ter-ceros que comprometan esta informa-cioacuten personal
Comercio electroacutenico
iquestSe considera comercio electroacutenico vender mis productos u ofrecer mis servicios a tra-veacutes de plataformas electroacutenicas auacuten cuan-do sean cuentas privadas
Siacute Cuando se ofrecen productos o ser-vicios de forma habitual al puacuteblico se
considera comercio y cuando se ofrez-can comercialicen o venden bienes productos o servicios mediante el uso de medios electroacutenicos oacutepticos o de cualquier otra tecnologiacutea se considera que es electroacutenico
iquestQueacute condiciones tengo que cumplir para entregar los productos yo prestar los servicios
Tanto el Coacutedigo de Comercio como di-versas leyes establecen los requisitos legales indispensables para realizar actos de comercio Al menos debe dejarse claro 1) el servicio o producto que se va a ofrecer de forma veraz sin engantildeos (para que sirve queacute fun-ciones tiene coacutemo opera) 2) las condi-ciones en que se realizaraacute la operacioacuten (cuaacutendo se entrega coacutemo se entrega quieacuten paga los gastos si hay enviacuteo si hay responsabilidad de entrega etc) 3) precio e impuestos generados y forma de pagarse 4) condiciones para devolucioacuten y 5) mecanismos para ha-cer efectiva la garantiacutea
Aunque sea un pequentildeo negocio iquestme apli-can disposiciones de comercio electroacutenico
Si cualquier persona fiacutesica o moral de cualquier tamantildeo debe cumplir con las disposiciones legales dando seguridad juriacutedica a sus consumidores
iquestCuaacuteles son las recomendaciones baacutesicas de seguridad para operaciones en liacutenea
Preferentemente utilizar pagos en liacutenea a traveacutes de plataformas como PayPal MoneyPool etc ya que eacutestas no reve-lan informacioacuten del proveedor Si no se utilizan eacutestas es importante no reve-
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202080 Proteccioacuten de Datos Personales y Comercio Electroacutenico
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lar informacioacuten de tarjetas (no enviar fotografiacutea por ambos lados evitando compartir el nuacutemero de seguridad) ni proporcionar informacioacuten personal Confirmar la recepcioacuten de transferen-cia de dinero previo a entregar la mer-canciacutea o el servicio
iquestTiene alguna consecuencia que ofrezca mis bienes y productos con fotografiacuteas que no sean reales
Siacute La informacioacuten y publicidad que se proporcione debe ser veraz compro-bable clara y exenta de textos diaacutelo-gos sonidos imaacutegenes o alguna otra figura que induzcan o puedan inducir a error o confusioacuten al Usuario y Consu-midor por ser engantildeosas o abusivas de conformidad con las disposiciones
juriacutedicas aplicables Ademaacutes el uso de fotografiacuteas sin autorizacioacuten de quieacuten tiene derechos de autor sobre ellas puede generar una sancioacuten pe-cuniaria considerable
iquestDebo tener un aviso de privacidad aunque sea persona fiacutesica
Siacute Al tratar datos personales de sus clientes y maacutes trataacutendose de sensi-bles debe generarse un aviso de priva-cidad y darse a conocer en los teacuterminos ya comentados Debe en todo momento cuidarse los datos personales que es-tamos tratando no se pueden trasmitir a terceras personas deben cuidarse los dispositivos en que se resguarden y destruirse cuando ya no se utilicen
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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Bancario y Financiero
CAPIacuteTULO 08
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202082 Bancario y Financiero
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Obligaciones generales de los usuarios frente a los bancos
Actualmente el COVID-19 ha cambiado la forma en que el mundo funciona y su afectacioacuten no solo influye en nuestra vida personal sino tambieacuten en la for-ma en que cumplimos mdash o dejamos de cumplirmdash obligaciones legales espe-cialmente respecto de las obligaciones frente a los bancos en su calidad de ins-tituciones de creacutedito (referido en ade-lante como los ldquoBancosrdquo)
I Servicios bancarios
Aunque existen diversos productos que los Bancos ofrecen a los usuarios para efectos praacutecticos podemos identificar los maacutes comunes que son (i) tarjeta de deacutebito (ii) tarjeta de creacutedito (iii) creacutedito personal o empresarial (iv) creacutedito auto-motriz y (v) creacutedito hipotecario (en con-junto los ldquoServicios Bancariosrdquo)
II Cumplimiento general de obligaciones de los usuarios frente a los bancos
Es importante tener en consideracioacuten que la mayoriacutea de los Bancos actualmente es-taacuten otorgando facilidades para el cumpli-miento de obligaciones de sus usuarios derivadas de la afectacioacuten por el COVID-19
En relacioacuten con lo anterior en materia de creacuteditos y preacutestamos al consumo de vi-vienda y comercial la Comisioacuten Nacional Bancaria y de Valores (ldquoCNBVrdquo) en conjunto con los Bancos han establecido apoyos de manera temporal de acuerdo a las condi-ciones y restricciones de cada Banco emi-tiendo las ldquoMedidas implementadas por diversas autoridades financieras en bene-ficio de la situacioacuten econoacutemica de los Usua-
rios de Productos y Servicios Financierosrdquo que se encuentran publicadas en la paacutegina de internet de la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (ldquoCONDUSEFrdquo)1 con el fin de mitigar los efectos asociados a la contingencia derivada del COVID-19 las cuales incluyen entre sus beneficios
bull El apoyo consiste en el diferimiento parcial o total de pagos de capital yo intereses hasta por 4 meses con posi-bilidad de extenderlo a 2 meses adicio-nales respecto a la totalidad del monto exigible incluyendo los accesorios
bull Los saldos se podraacuten congelar sin car-go de intereses Lo anterior resultaraacute aplicable siempre y cuando el creacutedito se encuentre clasificado como vigente (no exista atraso en las mensualida-des) al 28 de febrero de 2020
bull Este apoyo podraacute aplicar a los creacuteditos a la vivienda con garantiacutea hipotecaria creacuteditos revolventes y no revolventes dirigidos a personas fiacutesicas tales como creacutedito automotriz creacuteditos persona-les creacutedito de noacutemina tarjeta de creacutedi-to y microcreacutedito asiacute como para los creacute-ditos comerciales dirigidos a personas morales o personas fiacutesicas con activi-dad empresarial en sus diferentes mo-dalidades incluidos los agropecuarios
Si se encuentra interesado en acceder a alguacuten apoyo de este tipo es importante que se comunique con su Banco para que le informe (i) los requisitos para ser suje-to al beneficio (ii) el plazo aplicable y (iii) coacutemo se estariacutean aplicando los intereses
1emsphttpswwwcondusefgobmxindexphpp=contenidoampidc=1347ampidcat=3
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lo anterior ya que esta informacioacuten puede ser diferente para cada Banco
Caso Fortuito o Fuerza Mayor en los Contratos de Creacutedito Cambio en las Condiciones del Contrato
iquestQueacute es el Caso Fortuito o Fuerza Mayor
Las leyes en Meacutexico no incluyen una defi-nicioacuten concreta de ldquocaso fortuitordquo o ldquofuer-za mayorrdquo sin embargo ambos conceptos hacen referencia a situaciones que estaacuten fuera del control de la parte obligada y que obstaculizan el cumplimiento de una obligacioacuten contractual Tanto la doctrina como los Tribunales Colegiados han es-tablecido de manera consistente que se debe entender por ldquofuerza mayorrdquo a un acontecimiento imprevisible e insupera-ble que imposibilita el cumplimiento de una obligacioacuten
Para eximir al deudor del cumplimiento de su obligacioacuten por fuerza mayor en la cau-sa deben reunirse las siguientes caracte-riacutesticas (i) ser exterior esto es tener una causa ajena a la voluntad del obligado (ii) insuperable o irresistible que el obstaacutecu-lo sea inevitable (iii) imprevisible antes de contratar porque si una diligencia or-dinaria resulta previsible siacute se produciriacutea el incumplimiento de la obligacioacuten porque contratoacute con el riesgo respectivo y (iv) que impida de forma absoluta el cumpli-miento de la obligacioacuten Asimismo se ha establecido que existen tres categoriacuteas de acontecimientos constitutivos del ldquocaso fortuitordquo o ldquofuerza mayorrdquo (i) seguacuten provengan de sucesos de la naturaleza (ii) de hechos del hombre o (iii) actos de la autoridad1
1emspTesis Aislada No 186351 Tribunales Colegiados de
Conforme a la legislacioacuten civil en Meacutexico cuando por ldquofuerza mayorrdquo el deudor no pueda cumplir una obligacioacuten se exceptuacutea al deudor de su cumplimiento y se excluye la aplicacioacuten de penas porque conforme al principio ldquoad impossibilia nemo tene-turrdquo nadie estaacute obligado a lo imposible2 Excepto si la conducta del deudor generoacute o contribuyoacute al ldquocaso fortuitordquo o ldquofuerza mayorrdquo si el deudor aceptoacute expresamente la responsabilidad o si le impone esa res-ponsabilidad la ley3 Al respecto el Artiacutecu-lo 2111 del Coacutedigo Civil Federal establece lo siguiente
ldquoArtiacuteculo 211- Nadie estaacute obligado al caso fortuito sino cuando ha dado causa contribuido a eacutel cuando ha aceptado ex-presamente esa responsabilidad o cuan-do la ley se la imponerdquo
A pesar de que el Coacutedigo Civil Federal usa solamente el teacutermino de ldquocaso fortuitordquo y no ldquofuerza mayorrdquo la Suprema Corte de Justicia se ha pronunciado al respecto estableciendo que son sinoacutenimos Adicio-nalmente algunos doctrinarios han esta-blecido que el ldquocaso fortuitordquo se refiere a un acontecimiento provocado por la naturaleza y la ldquofuerza mayorrdquo hace refe-rencia a un acontecimiento provocado por el hombre por ejemplo una guerrilla o un incendio provocado
Circuito Novena Eacutepoca ldquoArrendamiento La Clausura Del Bien Arrendado No Constituye Caso Fortuito O Fuerza Mayor Que Releve Al Arrendatario Del Pago De Las Rentas Cuando Eacuteste Pudo Evitarlardquo
2emspVilloro Toranzo M (1966) Hechos y Actos Juriacutedicos En Introduccioacuten Al Estudio Del Derecho (Primera ed paacutegs 339-341) Ciudad de Meacutexico Meacutexico Porruacutea
3emspRico Aacutelvarez F Garza Bandala P y Cohen Chicurel M (2015) Responsabilidad Civil En Compendio de Derecho de Obligaciones (Primera ed paacuteg 391) Ciudad de Meacutexico Meacutexico Porruacutea
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 202084 Bancario y Financiero
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iquestQuieacuten tiene la carga de la prueba para de-terminar si existe un Caso Fortuito o Fuer-za Mayor
El deudor tiene la carga de la prueba para demostrar que se actualizan todos los elementos del ldquocaso fortuitordquo o ldquofuerza mayorrdquo Esto es que el ldquocaso fortuitordquo o de ldquofuerza mayorrdquo (i) sea exterior (ii) sea insuperable o irresistible (iii) haya sido imprevisible antes de contratar e (iv) im-pida de forma absoluta el cumplimiento de la obligacioacuten
iquestQueacute es la Teoriacutea de la Imprevisioacuten
Surge de los principios pacta sunt servan-da y rebuc sic stantibus El Artiacuteculo 1796 del Coacutedigo Civil del Distrito Federal esta-blece lo siguiente
ldquoArtiacuteculo 1796- Los contratos se per-feccionan por el mero consentimiento excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la Ley Desde que se perfeccionan obligan a los contratan-tes no soacutelo al cumplimiento de lo expre-samente pactado sino tambieacuten a las con-secuencias que seguacuten su naturaleza son conforme a la buena fe al uso o a la ley con excepcioacuten de aquellos contratos que se encuentren en el supuesto sentildealado en el paacuterrafo siguiente
Salvo aquellos contratos que aparezcan celebrados con caraacutecter aleatorio cuan-do en los contratos sujetos a plazo con-dicioacuten o de tracto sucesivo surjan en el intervalo acontecimientos extraordina-rios de caraacutecter nacional que no fuesen posibles de prever y que generen que las obligaciones de una de las partes sean maacutes onerosas dicha parte podraacute intentar la accioacuten tendiente a recuperar
el equilibrio entre las obligaciones con-forme al procedimiento sentildealado en el siguiente artiacuteculo
Otras legislaciones civiles estatales tam-bieacuten contemplan la figura de la teoriacutea de la imprevisioacuten
Los Tribunales Colegiados han estable-cido que la teoriacutea de la imprevisioacuten no es aplicable a contratos mercantiles como es el caso de los Contratos de Creacutedito Asimismo el Artiacuteculo 78 del Coacutedigo de Comercio establece que en las conven-ciones mercantiles cada uno se obliga en la manera y los teacuterminos que apare-ce que quiso obligarse1 Es decir que los contratos mercantiles deben ser fielmen-te cumplidos no obstante sobrevengan acontecimientos futuros imprevisibles que pudieran alterar el cumplimiento de la obligacioacuten de acuerdo a las condiciones que existiacutean al concretarse aquella sin que pueda un juez modificar las condicio-nes de los contratos2
1emspTesis Aislada No 195622 Tribunales Colegiados de Circuito Novena Eacutepoca ldquoTeoriacutea de la Imprevisioacuten Inaplicabilidad de la en Trataacutendose De Actos De Comerciordquo
2emspTesis de Jurisprudencia No de Registro 186972 Novena Eacutepoca Tribunales Colegiados de Circuito ldquoContratos Los Legalmente Celebrados Deben Ser Fielmente Cumplidos No Obstante Que Sobrevengan Acontecimientos Futuros Imprevisibles Que Pudieran Alterar El Cumplimiento De La Obligacioacuten De Acuerdo A Las Condiciones Que Privaban Al Concertarse Aqueacutellardquo Amparo directo 24698 Martha Irene Bustos Gonzaacutelez 12 de noviembre de 1998 Unanimidad de votos Ponente Carlos Arellano Hobelsberger Secretario Joseacute David Cisneros Alcaraz Amparo directo 128498 Industrias Cormen SA de CV 11 de diciembre de 1998 Unanimidad de votos Ponente Carlos Arellano Hobelsberger Secretario Joseacute David Cisneros Alcaraz Amparo directo 292001 Gustavo Parrilla Corzas 22 de junio de 2001 Unanimidad de votos Ponente Patricio Gonzaacutelez-Loyola Peacuterez Secretario Enrique Villanueva
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Sobre los contratoshellip
En Meacutexico los contratos pueden regirse por derecho mercantil o civil dependien-do de las partes y la naturaleza de las obligaciones Sin embargo la regla gene-ral consiste en que los contratos deben cumplirse en los teacuterminos en que han sido pactados
Las reglas generales de los contratos mercantiles contenidas en el Coacutedigo de Comercio atienden al principio de volun-tad de los contratantes en el que cada uno se obliga en la manera y teacuterminos que aparece que quiso obligarse
ldquoArtiacuteculo 78- En las convenciones mer-cantiles cada uno se obliga en la manera y teacuterminos que aparezca que quiso obligar-se sin que la validez del acto comercial dependa de la observancia de formalida-des o requisitos determinadosrdquo
La Ley General de Tiacutetulos y Operaciones de Creacutedito a su vez establece que el acreditado queda obligado a restituir al acreditante la suma de que disponga y en todo caso a pagarle los intereses pres-taciones gastos y comisiones que se estipulen Dicho artiacuteculo es consistente con el principio de voluntad de las partes y permite que el acreditante y acredita-do establezcan con absoluta libertad los teacuterminos y condiciones del contrato in-cluyendo sobre el pago del creacutedito
Chaacutevez Amparo directo 4272001 Dachi SA de CV 22 de junio de 2001 Unanimidad de votos Ponente Carlos Arellano Hobelsberger Secretario Dante Adriaacuten Camarillo Palafox Amparo directo 22002 Restaurante Villa Reforma SA de CV y otros 25 de marzo de 2002 Unanimidad de votos Ponente Patricio Gonzaacutelez-Loyola Peacuterez Secretario Enrique Villanueva Chaacutevez
ldquoArtiacuteculo 291- En virtud de la apertura de creacutedito el acreditante se obliga a po-ner una suma de dinero a disposicioacuten del acreditado o a contraer por cuenta de eacuteste una obligacioacuten para que el mismo haga uso del creacutedito concedido en la for-ma y en los teacuterminos y condiciones con-venidos quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligacioacuten que contrajo y en todo caso a pagarle los intereses prestaciones gastos y comisiones que se estipulenrdquo
Por lo tanto para evaluar el impacto de la pandemia del COVID-19 en las obliga-ciones de las partes asiacute como cualquier potencial eximente de responsabilidad derivado de este evento sin precedentes debe revisarse el acuerdo de las partes consagrado en cada contrato
Es importante identificar en cada contra-to si (i) las partes acordaron disposicio-nes respecto a efectos adversos que den la posibilidad de modificar suspender cancelar o dar por terminadas obligacio-nes sin responsabilidad para las partes (ii) el contrato preveacute la existencia de ldquocaso fortuitordquo o ldquofuerza mayorrdquo que pue-da eximir a una o ambas partes del cumpli-miento de una obligacioacuten asiacute como si es-tablece plazo para los mismos (iii) aplica la teoriacutea de la imprevisioacuten dependiendo de la ley por la cual se rige dicha relacioacuten contractual y como consecuencia del cambio de condiciones en las que se lle-goacute al acuerdo original (iv) el contrato pre-veacute la posibilidad de cumplir parcialmente con las obligaciones (v) mecanismos de salida (vi) periodos de cura aplicables a eventos de incumplimiento (vii) claacuteusulas de ajuste de contraprestacioacuten (viii) yo
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mecanismos para notificar y perfeccionar los incisos anteriores
Aunque los contratos no contemplen de forma expresa supuestos de ldquocaso fortui-tordquo o ldquofuerza mayorrdquo como excluyentes de responsabilidad seriacutea posible invocarlos en tanto se cumplan los requisitos esta-blecidos por los Tribunales Federales
iquestCOVID-19 califica como Caso Fortuito o Fuerza Mayor para efectos de un Contrato de Creacutedito
El pasado 30 de marzo de 2020 el Conse-jo de Salubridad General emitioacute el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) (el ldquoAcuerdo de Emergencia Sanitariardquo)
Es importante hacer notar que en el Acuer-do de Emergencia Sanitaria el Consejo de Salubridad General declara una emergen-cia sanitaria con base en una causa de ldquofuerza mayorrdquo Cabe sentildealar que ni la Ley General de Salud ni el Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General esta-blecen una definicioacuten de ldquofuerza mayorrdquo de hecho no hay ninguna referencia a di-cho teacutermino en las normas referidas
El Consejo de Salubridad General al atribuir la declaratoria de emergencia derivada del COVID-19 a una causa de ldquofuerza mayorrdquo entendemos se refiere en sentido amplio a un acontecimiento imprevisible e insu-perable en materia de salud puacuteblica sin que el mismo deba o pueda interpretarse en el contexto del cumplimiento de obli-gaciones asumidas conforme a contratos vaacutelidamente celebrados de conformidad con la legislacioacuten civil aplicable Esto es el Acuerdo de Emergencia Sanitaria no es
una declaratoria de que existen una causa de ldquofuerza mayorrdquo aplicable en todos los aacutembitos y no puede tener el alcance de constituir en siacute mismo una causa de ldquofuer-za mayorrdquo que exima a las personas del cumplimiento de sus obligaciones o de la imposicioacuten de sanciones o penalidades por incumplimiento de las mismas con-forme un contrato especiacutefico
Seriacutea indispensable analizar caso por caso el impacto que tiene el COVID-19 y la referida declaratoria de emergencia sanitaria incluyendo todas las medidas adoptadas por el gobierno para prevenir y combatir los dantildeos a la salud en cuan-to a la posibilidad o imposibilidad de cada persona para cumplir con sus obligacio-nes asumidas conforme a contratos De no demostrarse la imposibilidad absoluta de alguna de las partes para cumplir con las obligaciones vaacutelidamente contraiacutedas como causa directa e inmediata del CO-VID-19 no podriacutea invocarse a la ldquofuerza mayorrdquo como causal para eximir o liberar a ninguna de las partes de responsabilidad salvo que el contrato en el cual se formali-za la relacioacuten contractual asiacute lo prevea
iquestPuedo incumplir con los teacuterminos de un Contra-to de Creacutedito incluyendo obligaciones de pago durante la Emergencia Sanitaria iquestSe actualiza el supuesto de Caso Fortuito o Fuerza Mayor
El hecho de que el pasado 30 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General haya emitido el Acuerdo de Emergencia Sanitaria no permite o da pie a que las partes en los contratos incumplan con las obligaciones contraiacutedas en los mismos
Como se ha mencionado con anterioridad para poder justificar el incumplimiento de una obligacioacuten contractual la parte co-
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rrespondiente deberaacute aportar pruebas a fin de demostrar que existe un nexo cau-sal entre el incumplimiento y el aconteci-miento de ldquofuerza mayorrdquo
Adicionalmente hacemos notar que el efecto principal del ldquocaso fortuitordquo o ldquofuer-za mayorrdquo es excluir la responsabilidad civil derivada del incumplimiento de una obligacioacuten Es importante establecer que a diferencia de lo que opinan algunos au-tores una ldquodeudardquo en siacute no se extingue a menos que sea definitiva la imposibilidad de cumplir con la obligacioacuten sino que se excluye la ldquoresponsabilidad civilrdquo derivada de haber incumplido con esa ldquodeudardquo
iquestPuedo dar por terminado un Contrato de Creacute-dito argumentando que el COVID-19 es un Caso Fortuito o de Fuerza Mayor
Depende de la naturaleza del contrato asiacute como de las condiciones especiacuteficas pactadas en el mismo Habriacutea que revi-sarlo caso por caso Favor de referirse a la pregunta titulada iquestPuedo renegociar o cambiar los teacuterminos de un Contrato de Creacutedito argumentando que COVID-19 es un Caso Fortuito o de Fuerza Mayor ubi-cada en la seccioacuten 8 de la presente guiacutea
iquestPodriacutea el banco negarme un desembolso de mi creacutedito argumentando un Caso Fortuito o de Fuerza Mayor a causa del COVID-19
Como se ha mencionado anteriormente habriacutea que revisar caso por caso los con-tratos a fin de confirmar los teacuterminos y condiciones en los que dicha institucioacuten se obligoacute a poner a disposicioacuten de sus clientes el creacutedito correspondiente
Supongamos que un banco le ha otor-gado un creacutedito y que dentro de los teacuter-
minos del contrato se estipulare que el otorgamiento del creacutedito estaacute sujeto a la disponibilidad financiera de la tesoreriacutea del banco o cualquier otra fuente fondea-dora utilizada por el banco En ese caso analizando las condiciones actuales que imperan en nuestro paiacutes en relacioacuten con o derivadas del COVID-19 es de nuestra opinioacuten que las mismas no constituyen razoacuten ni motivo suficiente para que el banco pudiera negarle disposiciones de creacutedito a sus clientes con base en dicha claacuteusula puesto que conforme a las leyes aplicables en Meacutexico la norma en relacioacuten a los contratos vaacutelidamente celebrados es que el cumplimiento de los mismos no puede quedar al arbitrio de una sola de las partes
Artiacuteculo 1797 del Coacutedigo Civil Federal La validez y el cumplimiento de los contra-tos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes
En todo caso el banco deberiacutea poder evi-denciar que no tiene disponibilidad finan-ciera con datos objetivos y comprobables y no solamente por una declaracioacuten uni-lateral En el entendido que las meras cir-cunstancias actuales del mercado no son evidencia suficiente para el banco pudiera incumplir unilateralmente con sus obliga-ciones bajo el contrato de creacutedito
Caso fortuito y fuerza mayor
La legislacioacuten aplicable no define el caso fortuito y fuerza mayor Se puede consi-derar un hecho o acto como caso fortuito yo fuerza mayor si se cumplen los siguien-tes elementos (i) evento de la naturaleza o hecho del hombre (ii) que dichos even-tos o hechos sean totalmente ajenos a la voluntad del deudor y fuera de su control
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(iii) que el evento sea imprevisible o bien siendo previsible se esteacute imposibilitado para evitarlo y (iv) debe haber una rela-cioacuten de causalidad entre tales eventos o hechos y la imposibilidad del cumplimien-to de la obligacioacuten lo que significa que eacutesta sea la consecuencia directa e inme-diata de aquellos De los elementos maacutes importantes a considerar es este uacuteltimo ya que para poder alegar un caso fortuito o fuerza mayor se deberaacute probar una rela-cioacuten directa entre eacuteste y la obligacioacuten que supuestamente impide cumplir
Como en todos los casos para poder de-terminar la aplicabilidad de caso fortuito o fuerza mayor se deberaacute atender a los teacuter-minos del contrato y en especial si el con-trato preveacute la existencia de caso fortuito o fuerza mayor como excluyente de res-ponsabilidad o por el contrario renuncia a la aplicabilidad de dichos hechos o actos como excluyentes de responsabilidad
Adicionalmente seraacute recomendable re-visar las ldquoMedidas implementadas por diversas autoridades financieras en be-neficio de la situacioacuten econoacutemica de los Usuarios de Productos y Servicios Finan-cierosrdquo que se mencionan en la seccioacuten anterior a efecto de decidir si se acoge a alguno de los beneficios que los Bancos y la CNBV estaacuten brindando conjuntamente
Ahora bien si no se hubiere pactado dis-posicioacuten alguna relacionada con las con-secuencias de un caso fortuito yo fuerza mayor y las medidas mencionadas en el paacuterrafo anterior no resultan aplicables se deberaacute analizar si la actual situacioacuten re-presenta para el caso especiacutefico un caso fortuito o fuerza mayor esta circunstan-cia podriacutea hacerse valer como excepcioacuten ante una autoridad judicial respecto del
cumplimiento de ciertas obligaciones siendo importante tomar en considera-cioacuten que esto no garantiza que dicha ex-cepcioacuten vaya a ser declarada procedente por el juez correspondiente
Es importante mencionar que tanto las medidas antes mencionadas como la po-sible excepcioacuten por caso fortuito o fuerza mayor estaacuten dirigidas principalmente a que una imposibilidad de pago temporal no se considere un incumplimiento y por lo tanto no sean aplicables penalidades como pudieran ser intereses moratorios pero de ninguna manera detiene que se devenguen intereses ni reduce o elimina la obligacioacuten de pago de intereacutes Uacutenica-mente otorga proacuterrogas en relacioacuten a los periodos en los que se deben de realizar pagos (de intereses yo principal)
Controversias ante CONDUSEF
iquestQueacute es CONDUSEF
La Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Fi-nancieros (CONDUSEF) es un organismo puacuteblico que se encarga de proteger y de-fender los derechos de los usuarios ante entre otras las instituciones de creacutedito contribuyendo de esta manera al sano de-sarrollo del sistema financiero mexicano
Fuente Paacutegina web de la CONDUSEF (httpswwwcondusefgobmxindexphp)
iquestQueacute tipo de servicios presta la CONDUSEF
La CONDUSEF estaacute facultada para
1) Atender y resolver las consultas y recla-maciones que le formulen los usuarios
2) Llevar a cabo el procedimiento concilia-
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torio entre el usuario y la institucioacuten de creacutedito y viceversa
3) Puede ser aacuterbitro es decir hacer las ve-ces de un tribunal si asiacute lo deciden las dos partes (usuario y banco)
4) Promover y proteger los derechos del usuario buscando lograr una relacioacuten equitativa entre las instituciones de creacutedito y los usuarios
5) Proporcionar informacioacuten a los usuarios relacionada con los servicios y productos que ofrecen las instituciones de creacutedito
6) Ordenar la suspensioacuten de informacioacuten que induzca a error dirigida a los usua-rios sobre los servicios y productos fi-nancieros ofrecidos por las institucio-nes de creacutedito
7) Informar al puacuteblico sobre los niveles de atencioacuten de las instituciones de creacutedito
8) Orientar y asesorar a las instituciones de creacutedito sobre las necesidades de los usuarios
9) Revisar los contratos de adhesioacuten utili-zados por las instituciones de creacutedito
10) Publicar en su paacutegina electroacutenica la informacioacuten relativa a las comisiones que cobra cada institucioacuten de creacutedito
11) Promover nuevos o mejores procedi-mientos que faciliten a los usuarios el acceso a los productos o servicios que presten las instituciones de creacutedito
Fuente Artiacuteculo 11 de la Ley de Proteccioacuten y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
iquestPodreacute iniciar traacutemites y dar seguimiento a los procedimientos que se llevan a cabo ante la CONDUSEF
Durante el periodo comprendido entre el 26 de marzo al 17 de abril del antildeo en curso (pudiendo variar dicho plazo de acuerdo a lo que dispongan las autoridades sanita-rias considerando la situacioacuten por la que
atravesamos) CONDUSEF suspendioacute teacuterminos y plazos aplicables a los proce-dimientos administrativos a su cargo asiacute como la atencioacuten personal en sus oficinas
Por lo anterior CONDUSEF mantendraacute la atencioacuten al puacuteblico a traveacutes del correo electroacutenico asesoriacondusefgobmx asiacute como por medio del nuacutemero telefoacutenico 5553400999 para toda la Repuacuteblica Mexicana mediante los cuales se podraacuten iniciar traacutemites y dar seguimiento a los procedimientos que se encuentran a su disposicioacuten El horario de atencioacuten seraacute de lunes a viernes de 9-18 horas en el cual se podraacute poner en contacto con el perso-nal de la CONDUSEF
Fuente Acuerdo por el que se hace del conoci-miento del puacuteblico en general que la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros suspende teacuterminos y plazos asiacute como la atencioacuten per-sonal en las Unidades de Atencioacuten a Usuarios y en las oficinas de atencioacuten al puacuteblico por el periodo comprendido del 26 de marzo al 17 de abril de 2020
iquestQueacute medidas ha tomado CONDUSEF debido al COVID-19
La CONDUSEF suspendioacute la atencioacuten de todo tipo de traacutemites presenciales entre el 26 de marzo y 17 de abril del antildeo en curso (pudiendo variar dicho plazo de acuerdo a lo que dispongan las autoridades sanita-rias considerando la situacioacuten por la que atravesamos) en las 35 oficinas que tienen dentro del territorio nacional sin embargo ha implementado herramientas para aten-der al puacuteblico en general a traveacutes de me-dios electroacutenicos y por ende a distancia
Fuente Acuerdo por el que se hace del conoci-
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miento del puacuteblico en general que la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros suspende teacuterminos y plazos asiacute como la atencioacuten per-sonal en las Unidades de Atencioacuten a Usuarios y en las oficinas de Atencioacuten al Puacuteblico por el periodo comprendido del 26 de marzo al 17 de abril de 2020
iquestPor queacute medio puedo solicitar una asesoriacutea presentar una queja o recibir un servicio de la CONDUSEF
Se podraacute realizar a traveacutes de su paacutegina web wwwcondusefgobmx en el que tam-bieacuten se podraacute tener acceso al Portal de Queja Electroacutenica conocer el estado de su asunto o saber si es beneficiario de una cuenta de depoacutesito o seguro de vida asiacute como poder presentar una queja con-tra un despacho de cobranza y conocer el directorio de las Unidades de Atencioacuten a Usuarios (UNES) de las instituciones de creacutedito entre otros
Las opciones que se tienen para poder defender sus derechos incluyen la aseso-riacutea el procedimiento conciliatorio el dic-tamen teacutecnico el arbitraje la orientacioacuten juriacutedica y la defensoriacutea legal gratuita
En caso de no resolverse la reclamacioacuten presentada en su favor se podraacute pedir el arbitraje de la CONDUSEF y en caso de no aceptarlo la contraparte se podraacute pedir el dictamen de la misma para llevarlo a juicio La propia CONDUSEF le puede proporcio-nar la ayuda de un abogado especializado que tiene el nombre de defensor juriacutedico quien le ayudaraacute a tramitar su juicio ante los tribunales
Por otra parte cualquier persona que su-ponga que es beneficiaria de alguacuten seguro
de vida podraacute acudir a la CONDUSEF a so-licitar informacioacuten que le permita saber si es beneficiaria de alguacuten seguro de vida ya sean individuales o colectivos en su caso
Asimismo se podraacute hacer por medio del correo electroacutenico de CONDUSEF aseso-riacondusefgobmx
De acuerdo con el blog electroacutenico de la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usuarios de Servicios Fi-nancieros en la paacutegina web del Gobierno de Meacutexico
Fuente Artiacuteculos 50 bis 52 60 63 y 85 de la Ley de Proteccioacuten y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (ldquoLPDUSFrdquo)
Creacutedito hipotecario tarjetas de creacutedito creacuteditos de consumo
El pasado 26 de marzo de 2020 la Aso-ciacioacuten de Bancos de Meacutexico (ABM) que agrupa a los principales bancos de Meacute-xico emitioacute un comunicado de prensa (0062020) a traveacutes del cual informoacute que ante la contingencia generada por el COVID-19 y con el fin de aminorar los efectos negativos en la economiacutea de las familias y de las empresas la Banca en su conjunto decidioacute implementar una serie de medidas y apoyos a sus clientes que puedan verse imposibilitados para hacer frente a sus compromisos crediticios
iquestA queacute creacuteditos aplicaraacuten las medidas y apo-yos de los bancos
Estas medidas aplicaraacuten en los siguientes tipos de creacuteditos (1) construccioacuten de vi-vienda (2) creacutedito hipotecario (3) creacutedito automotriz (4) creacutedito personal (5) creacutedi-to de noacutemina (6) tarjetas de creacuteditos (7)
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microcreacutedito y (8) creacuteditos comerciales a empresas y a personas fiacutesicas con activi-dad empresarial
iquestCuaacuteles son los beneficios de estas medidas y apoyos ofrecidos por los bancos
Conforme a las medidas ofrecidas seraacute posible (1) un diferimiento parcial o to-tal de los pagos de capital yo intereses hasta por cuatro meses con la posibili-dad de ampliarlo por dos meses maacutes de conformidad con el programa de cada banco y las necesidades de cada cliente y (2) aplicar facilidades para la modifica-cioacuten de contratos de creacutedito para clien-tes que hayan sufrido un cambio en su perfil de riesgo
iquestEstas medidas y apoyos aplican de manera automaacutetica
No Los apoyos se daraacuten de acuerdo con los procesos de implementacioacuten que ten-ga cada banco y de acuerdo con las con-diciones particulares de cada cliente Un punto importante para considerar es que estas medidas aplicaraacuten a los clientes que estuvieran al corriente de sus pagos al 28 de febrero de este antildeo
iquestQueacute debo hacer para poder hacer uso y bene-ficiarme de estas medidas y apoyos ofrecidos por los bancos
Ten a la mano la informacioacuten de tu creacutedi-to como por ejemplo (1) el banco que te hizo el preacutestamo (2) el tipo de creacutedito (hi-potecario automotriz personal de con-sumo etceacutetera) (3) el nuacutemero de tu creacute-dito (4) de ser posible los comprobantes de pago de los uacuteltimos tres meses y (5) en general toda la informacioacuten que ten-gas para poder identificar el creacutedito
Contacta a tu banco En principio no tie-nes que asistir a una sucursal Intenta contactar a un representante a traveacutes de las plataformas electroacutenicas y paacuteginas web de cada banco o en sus nuacutemeros de atencioacuten a cliente Un representante del banco te deberaacute dar la informacioacuten espe-ciacutefica para poder solicitar el apoyo
Es muy probable que el banco te deacute un folio de autorizacioacuten al momento de solicitar el apoyo Apuacutentalo y guaacuterdalo te serviraacute para poder confirmar que se haya dado de alta el traacutemite Tambieacuten es probable que con motivo del apoyo el banco te solicite la revisioacuten y firma de un acuerdo modificatorio a tu creacutedito Re-visa muy bien estos documentos antes de firmarlos
iquestQueacute pasa si la sucursal de mi banco estaacute cerrada
Los bancos estaacuten ofreciendo llevar a cabo estos traacutemites viacutea telefoacutenica o a traveacutes de la banca electroacutenica Consulta la infor-macioacuten de tu banco en internet y ponte en contacto con uno de sus representantes para obtener maacutes detalles
iquestTuve que haber padecido el COVID-19 para hacer uso de estos apoyos
No No tienes haber contraiacutedo la enferme-dad para solicitar estos apoyos
iquestTuve que haber perdido mi empleo o no tener capacidad de pago para hacer uso de estos apoyos
No En principio no tienes que haber per-dido tu empleo o tu fuente de ingresos para poder hacer uso de estos beneficios temporales
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Uno de mis familiares es el cuentahabien-te iquestpuedo hacer el traacutemite en su lugarPonte en contacto con un representante de un banco con los datos del creacutedito a la mano para poder confirmar los requisitos para obtener estos beneficios
Soy beneficiario de un creacutedito otorgado con-forme al ldquoPrograma Permanente de Apoyo a las Zonas Afectadas por Desastres Naturales (FIRA) iquestpuedo obtener estos beneficios sobre este creacutedito
No Conforme al comunicado de la Asocia-cioacuten de Bancos de Meacutexico estaacuten exclui-dos de estas medidas de apoyo aquellos creacuteditos que formen parte del FIRA o bien para aquellos creacuteditos que ya sean parte de alguacuten otro programa de beneficios
iquestQueacute puedo hacer si mi banco no me otorga el beneficio
Revisa muy bien que cumplas con los re-quisitos que te requiere el banco Recuer-da que los apoyos ofrecidos variaraacuten de acuerdo con las mecaacutenicas de implemen-tacioacuten de cada banco y a las condiciones particulares de cada creacutedito o cliente En su caso intenta contactar a un repre-sentante del banco o en su defecto de la Asociacioacuten de Bancos de Meacutexico o en uacuteltima instancia a la Comisioacuten Nacional para la Proteccioacuten y Defensa de los Usua-rios de Servicios Financieros (CONDUSEF) en sus nuacutemeros de atencioacuten ciudadana (httpswwwcondusefgobmxAFORE y otros Fondos
iquestQueacute es el Buroacute de Creacutedito o Sociedad de Infor-macioacuten Crediticia
Las sociedades de informacioacuten crediticia son empresas privadas ajenas a las ins-
tituciones de creacutedito que se encargan de recopilar la informacioacuten necesaria para integrar un perfil completo de su historial crediticio que se conocen comuacutenmente como ldquoBuroacute de Creacuteditordquo
Fuente Definicioacuten obtenida de FOR-BES MEacuteXICO httpswwwforbescommxburo-de-credito-que-es-y-para-que-sirve
iquestCoacutemo me puede ayudar Buroacute de Creacutedito en esta contingencia sanitaria
Buroacute de Creacutedito trabaja en conjunto con las empresas que otorgan creacuteditos para que los programas de apoyo por el CO-VID-19 emitidos por dichas empresas puedan reflejarse adecuadamente en su historial crediticio de sus clientes que se detalla en los documentos emitidos cono-cidos como reportes de creacutedito
Por lo anterior es importante que las personas y empresas contacten a la ins-titucioacuten de creacutedito con la que tienen un creacutedito para que conozcan los diferentes apoyos que les ofrecen
Fuente De acuerdo con el anuncio que hace Buroacute de Creacutedito a traveacutes de su paacutegina web httpswwwburodecreditocommxyomeque-doencasaindexhtml para apoyar a los consu-midores y las empresas frente a la crisis del COVID-19
Si no puedo realizar los pagos de mis creacuteditos personales de hipotecas de automoacuteviles de mi pequentildea empresa y negocio tarjetas noacutemi-na pequentildea empresa etc iquestCoacutemo se veraacute afec-tado mi Buroacute de Creacutedito
La Asociacioacuten de Bancos de Meacutexico (ldquoABMrdquo) asiacute como muchas instituciones de creacutedito del paiacutes (revisar en el portal
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web de cada institucioacuten) han emitido programas de apoyos a fin de brindar apoyos a sus clientes por la emergencia que se estaacute viviendo y la posibilidad de que haya una disminucioacuten de sus ingre-sos Dichos apoyos consisten en no co-brar durante plazos que van de los 4 a 6 meses de acuerdo con cada institucioacuten lo que quiere decir que las mensualida-des derivadas de los creacuteditos que cada persona o empresa tengan con una ins-titucioacuten de creacutedito no tendraacuten que ser cubiertas durante estos plazos El buroacute de creacutedito de cada persona o empresa no se veraacute impactado de forma negati-va ya que el apoyo de las instituciones de creacutedito incluye el que no se conside-re como falta de pago yo reestructura de los creacuteditos Estamos en una situa-cioacuten de emergencia por el COVID-19 que afecta a todo el mundo y el sector finan-ciero ha reaccionado positivamente en favor de sus clientes
Es recomendable que verifique personal-mente ya sea viacutea telefoacutenica o por medios electroacutenicos si la institucioacuten con la que tiene un creacutedito contratado estaacute otor-gando los apoyos mencionados ante-riormente En algunos casos el apoyo se puede aplicar de forma automaacutetica por la institucioacuten y en otros casos hay que soli-citarlo expresamente para que se active siempre y cuando se cumplan ciertos cri-terios y condiciones seguacuten lo determine cada institucioacuten
Ahora bien en caso de que no pueda reali-zar los pagos mencionados en la presente pregunta y la institucioacuten no tenga imple-mentado alguacuten apoyo para sus clientes de los cuales usted pueda ser beneficia-rio el buroacute de creacutedito registraraacute en su his-torial sus faltas de pagos El buroacute de creacute-
dito estaraacute obligado por ley a conservar su historial crediticio incluyendo sus faltas de pagos en su caso durante al menos setenta y dos meses lo cual puede difi-cultarle contratar nuevos creacuteditos
Por otra parte en caso de que la informa-cioacuten que registre el buroacute de creacutedito en su historial de creacutedito no sea correcta usted podraacute presentar una reclamacioacuten directa-mente ante dicho buroacute de creacutedito seguacuten corresponda
Fuente Publicacioacuten hecha en la paacutegina web sobre las actuaciones que se llevaran a cabo httpswwwabmorgmx y Artiacuteculos 23 25 y 42 al 46 de la Art 25 de la Ley para regular las so-ciedades de informacioacuten crediticia (ldquoLPSICrdquo)
Refinanciamiento con Instituciones Bancarias Condiciones Generales
iquestPuedo renegociar o cambiar los teacuterminos de un Contrato de Creacutedito argumentan-do que COVID-19 es un Caso Fortuito o de Fuerza Mayor
Existen diversos preceptos legales y tesis jurisprudenciales en Meacutexico que podriacutean de manera excepcional ser fundamentos para que las partes de contratos argumenten la necesidad de reestablecer el equilibrio contractual o la renegociacioacuten de sus obligaciones conforme a los contratos de los que sean parte Este derecho podriacutea surgir en caso que las situaciones que impe-raban al momento de la celebracioacuten del contrato hayan cambiado de manera significativa y de forma tal que el cum-plimiento por una parte de sus obliga-ciones resulte maacutes oneroso o implique cargas adicionales a las previstas al mo-mento de celebrar el contrato
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Los principios antes establecidos de-beraacuten interpretarse de forma estricta y argumentarse con prudencia ya que son excepciones a la regla general con-forme a derecho mexicano que requiere el cumplimiento por las partes de sus obligaciones en los teacuterminos pactados en cada contrato
Los derechos de las partes depende-raacuten del tipo de obligaciones que deban cumplirse y de la ley aplicable a cada contrato federal estatal o de la Ciu-dad de Meacutexico a efecto de determinar si dicha legislacioacuten preveacute la teoriacutea de la imprevisioacuten Por lo tanto se sugiere un anaacutelisis particular de cada caso para confirmar los potenciales derechos y obligaciones de los comerciantes en especiacutefico Por ejemplo el Artiacuteculo 1796 Bis del Coacutedigo Civil del Distrito Federal establece lo siguiente
Artiacuteculo 1796 Bis- En el supuesto del segundo paacuterrafo del artiacuteculo anterior se tiene derecho de pedir la modificacioacuten del contrato La solicitud debe hacerse dentro de los treinta diacuteas siguientes a los acontecimientos extraordinarios y debe indicarlos motivos sobre los que estaacute fundada La solicitud de modifica-cioacuten no confiere por siacute misma al solici-tante el derecho de suspender el cum-plimiento del contrato En caso de falta de acuerdo entre las partes dentro de un teacutermino de treinta diacuteas a partir de la recepcioacuten de la solicitud el solicitan-
te tiene derecho a dirigirse al juez para que dirima la controversia Dicha accioacuten deberaacute presentarse dentro de los trein-ta diacuteas siguientes Si se determina la procedencia de la accioacuten por ocurrir los acontecimientos a que se refiere el artiacute-culo anterior la parte demandada podraacute escoger entre
I La modificacioacuten de las obligaciones con el fin de restablecer el equilibrio original del contrato seguacuten lo determine el juez
II La resolucioacuten del contrato en los teacutermi-nos del siguiente artiacuteculo
Conforme a lo anterior la primera opcioacuten seriacutea tener un acercamiento directo con la institucioacuten bancaria en cuestioacuten a fin de negociar una modificacioacuten al contrato En caso de que las partes no llegaren a un acuerdo se podriacutea llevar ante un tribunal judicial
Hacemos eacutenfasis en que la modifi-cacioacuten del contrato no suspende el cumplimiento de las obligaciones y en caso de rescisioacuten del contrato las obligaciones se volveriacutean exigibles Ademaacutes la modificacioacuten o extincioacuten de ciertas obligaciones no seraacute apli-cable a las obligaciones que hayan existido antes de que sucediera el acontecimiento extraordinario si no que le aplicariacutea a las obligaciones posteriores que se encuentren pen-dientes de cumplimiento
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
MEacuteXICO 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
Contratos Civiles y
Mercantiles
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CA
PIacuteTU
LO
General
iquestCuaacuteles son los acontecimientos faacutecticos y juriacute-dicos maacutes relevantes respecto a COVID-19 que podriacutean impactar en las condiciones comerciales
A continuacioacuten se despliega un listado de acuerdos decretos y acontecimientos ge-nerados por las principales autoridades del paiacutes que guardan relacioacuten con el COVID-19 (hasta el diacutea 9 de abril de 2020)
FECHA ACONTECIMIENTO COMENTARIOS ENLACE DE REFERENCIA
123119 Reporte China a OMS Wuhan (China) - 27 casos (Sindrome Respiratorio
Agudo)
httpswwwwhointcsrdon12-january-2020-novel-coronavirus-chinaes
12320 Declaracioacuten sobre la reunioacuten del Comiteacute de Emergencia del Reglamento anitario Internacional (2005) acerca del brote de nuevo coronavirus (2019-nCoV)
OMS httpswwwwhointesnews-roomdetail23-01-2020-statement-on-the-meeting-of-the-international-health-regulations-(2005)-emergency-committee-regarding-the-outbreak-of-novel-coronavirus-(2019-ncov)
13020 Emergencia de Salud Puacuteblica de Importancia Internacional (ESPII) por el brote de 2019-nCoV- OMS
Reglamento Sanitario Internacional
Recomendaciones a los Estados
httpswwwwhointesnews-roomdetail30-01-2020-statement-on-the-second-meeting-of-the-international-health-regulations-(2005)-emergency-committee-regarding-the-outbreak-of-novel-coronavirus-(2019-ncov)
2720 Aviso epidemioloacutegico-CONAVE Nuevo Coronavirus (2019-nCoV) Aviso
Preventivo de Viaje a China
httpswwwgobmxcmsuploadsattachmentfile53274907_febrero_2020_AE-Nuevo_Coronavirus_2019_nCoVpdf
31120 Declaracioacuten de Pandemia- OMS (COVID-19) httpswwwwhointesdgspeechesdetailwho-director-general-s-opening-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19---11-march-2020
31620 Declaracioacuten conjunta de la ICC y la OMS Un llamamiento a la accioacuten sin precedentes dirigido al sector privado para hacer frente a la COVID-19
OMSICC httpswwwwhointesnews-roomdetail16-03-2020-icc-who-joint-statement-an-unprecedented-private-sector-call-to-action-to-tackle-covid-19
31920 Primera Sesioacuten Extraordinaria- Consejo de Salubridad Acuerdo- DOF 23032020
httpswwwgobmxsaludseguropopulargaleriasprimera-sesion-ordinaria-del-consejo-de-salubridad-general-2019
32320 ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en Meacutexico como una enfermedad grave de atencioacuten prioritaria asiacute como se establecen las actividades de preparacioacuten y respuesta ante dicha epidemia
Consejo de Salubridad General COVID-19
Enfermedad grave de atencioacuten prioritaria
httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590161ampfecha=23032020
32420 ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas que se deberaacuten implementar para la mitigacioacuten y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Secretario de Salud- Medidas preventivas
httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590339ampfecha=24032020
32420 DECRETO por el que se sanciona el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberaacuten implementar para la mitigacioacuten y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Presidente de la Repuacuteblica- Sanciona
acuerdo
httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590340ampfecha=24032020
32620 ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General sentildeala los diacuteas inhaacutebiles del 26 de marzo al 19 de abril de 2020 para efectos de la realizacioacuten de traacutemites administrativos
Secretario del Consejo de Salubridad General
httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590578ampfecha=26032020
32720 DECRETO por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atencioacuten prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Presidente de la Repuacuteblica- Acciones
extraordinarias de salud
httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590673ampfecha=27032020
32820 Conferencia de prensa Gabinete- Subsecretario de Salud
33020 ACUERDO por el que se declara emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada poor el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Consejo de Salubridad httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590745ampfecha=30032020
4320 ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias que se deberaacuten de realizar para la adquisicioacuten e importacioacuten de los bienes y servicios a que se refieren las fracciones II y III del artiacuteculo Segundo del Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atencioacuten prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) publicado el 27 de marzo de 2020
Secretario de Salud httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5591156ampfecha=03042020
4320 NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 publicado en la edicioacuten vespertina de 31 de marzo de 2020
Secretario de Salud httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5591157ampfecha=03042020
4620 ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos teacutecnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fraccioacuten II del Artiacuteculo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitariagenerada por el virus SARS-CoV2 publicado el 31 de marzo del 2020
Secretario de Salud httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5591234ampfecha=06042020
4720 ACUERDO por el que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacioacuten establece acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2
Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir
la Discriminacioacuten
httpswwwdofgobmxnota_detallephpcodigo=5591264ampfecha=07042020
Elaborado por Nora Esther Cabrera Velasco actualizado al 9 de abril de 2020
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 97
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iquestCuaacuteles son los problemas que maacutes se obser-van en la praacutectica con relacioacuten a la implicacioacuten contractual derivada del COVID-19
La principal implicacioacuten contractual que puede tener el COVID-19 es precisamen-te impedir o limitar que las partes puedan ejercer sus derechos y cumplir con sus obligaciones conforme a los teacuterminos pactados en el contrato correspondiente
Para evitar la propagacioacuten del COVID-19 los gobiernos federales y locales han to-mado y continuaraacuten tomando medidas que pueden tener fuertes implicaciones en las operaciones comerciales y por ende en la economiacutea en Meacutexico (ej distanciamiento social cierre temporal parcial o total de establecimientos limitaciones en el traacuten-sito dentro del territorio nacional medi-das restrictivas de las importaciones o exportaciones etc)
Los efectos que dichas medidas puedan tener seraacuten diversos dependiendo de la naturaleza de cada contrato Por ejemplo si se toman medidas que limiten el tran-sito por el territorio nacional o las expor-taciones de ciertos productos dichas medidas pueden tener efectos negativos en los contratos de transporte o de com-praventa internacional de mercaderiacuteas Por otro lado si se toman medias que ordenan el cierre temporal de ciertos es-tablecimientos comerciales dichas me-didas pueden tener efectos negativos en diversos contratos de arrendamiento
En teacuterminos generales los problemas que pueden presentarse en la praacutecti-ca son muy diversas incluyendo entre otros (i) la necesidad de renegociacioacuten de precios en transacciones comercia-les (ii) la posible terminacioacuten anticipada
de contratos o cancelacioacuten de proyec-tos (iii) la posible generacioacuten de incum-plimientos contractuales (iv) efectos e impacto de las fluctuaciones del tipo de cambio (v) detonacioacuten de penalizaciones y de situaciones que podriacutean estar dentro de la cobertura de poacutelizas de seguros (vi) problemas de liquidez que resulten en la necesidad de renegociacioacuten de creacuteditos apalancamientos y cumplimiento de obli-gaciones de pago e (vii) imposibilidad de usar bienes muebles yo inmuebles arrendados para los fines acordados en el arrendamiento
iquestQueacute consecuencias aplican del incumplimien-to de un contrato
Por regla general las partes deben cumplir con sus obligaciones contractuales en los teacuterminos pactados El retraso o incumpli-miento de las obligaciones contractuales por una de las partes da lugar a un evento de incumplimiento y tras el otorgamiento de un periodo de cura seguacuten sea el caso da derecho a la otra parte de solicitar (i) el cumplimiento forzoso del contrato o (ii) la recisioacuten del mismo con la indemnizacioacuten de dantildeos y perjuicios en ambos casos
Sin embargo iquestqueacute sucede cuando el in-cumplimiento de una de las partes a sus obligaciones contractuales se debioacute a un acontecimiento imprevisible yo inevita-ble que imposibilita el cumplimiento del contrato En esos casos y como seraacute desarrollado maacutes adelante el incumpli-miento de las obligaciones podriacutea estar justificado con la existencia de un evento de caso fortuito-fuerza mayor
iquestCuaacuteles son las consideraciones legales maacutes relevantes si tengo un contrato vigen-te a la fecha
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En caso de tener un contrato vigente en tiempos de COVID-19 es importante ha-cerse las siguientes preguntas iquestQueacute tipo de contrato tengo iquestCuaacutel es mi obligacioacuten en el Contrato iquestCuaacutel es la legislacioacuten apli-cable al Contrato iquestCuaacutel es la jurisdiccioacuten aplicable iquestCuaacutendo suscribiacute el Contrato iquestExisten claacuteusulas excluyentes de res-ponsabilidad iquestExiste claacuteusula de caso fortuito yo fuerza mayor en el Contrato iquestCuaacuteles son los requisitos de la claacuteusula de caso fortuito yo fuerza mayor iquestCum-plo con los requisitos iquestEstoy imposibili-tado para cumplir con mi obligacioacuten con-tractual iquestQueacute me lo imposibilita iquestEso que me lo imposibilita es imprevisible iquestEsta fuera de mi control iquestTengo alguacuten seguro vinculado a mi contrato iquestLa juris-diccioacuten bajo la cual se regula el contrato contempla disposiciones relativas a la teoriacutea de la imprevisioacuten iquestHan cambiado sustancialmente las condiciones bajo las cuales celebreacute el contrato con motivo de un acontecimiento extraordinario no pre-visible que genere que mis obligaciones sean maacutes onerosas iquestCuaacuteles son los pro-cedimientos establecidos por el Contrato y la legislacioacuten aplicable para solicitar la suspensioacuten modificacioacuten o terminacioacuten de mis obligaciones
Sobre las respuestas a dichas preguntas se podraacute construir la consecuencia juriacutedica procedente respecto al Contrato Es impor-tante destacar que cada relacioacuten contrac-tual es especifica motivo por el cual las interrogantes pueden verse modificadas
iquestCuaacuteles son las consideraciones praacutecticas maacutes relevantes si tengo un contrato vigente a la fecha
En caso de tener un contrato vigente en tiempos de COVID-19 es importante con-
siderar cuales podriacutean ser los posibles im-pactos que dicha pandemia pueda tener en las obligaciones de las partes Dicho anaacutelisis es especialmente relevante si las obligaciones de las partes de conformidad con dicho contrato deberaacuten cumplirse pe-rioacutedica y sucesivamente a lo largo de la du-racioacuten de la pandemia (ej arrendamiento)
Al realizar dicho anaacutelisis es de suma im-portancia tomar en cuenta que tanto el gobierno Federal como los gobiernos de las diversas entidades federativas comen-zaraacuten a tomar diversas medidas en las que se limite o incluso interrumpa el traacutensito dentro del paiacutes y la operacioacuten de diversos establecimiento e industrias En ese con-texto hay que considerar las probabilida-des de que dichas medidas impacten cada contrato en especiacutefico (ej si se trata de un contrato de arrendamiento de un local co-mercial para que seraacute utilizado como gim-nasio la probabilidad de que las operacio-nes sean interrumpidas por la autoridad es alta sin embargo si se trata de un contra-to de arrendamiento de un local comercial para operar una farmacia o supermercado las probabilidades son bajas)
Caso fortuito yo fuerza mayor
iquestQueacute es caso fortuito iquestQueacute es fuerza mayor iquestCuaacuteles son sus diferencias
Los eventos de caso fortuito-fuerza mayor pueden ser considerados como la principal excluyente de responsabilidad en caso de incumplimientos contractuales Desde un punto de vista legal caso fortuito-fuerza mayor tienen las mismas implicaciones le-gales y derivan en las mismas consecuen-cias Sin embargo diversos doctrinarios mexicanos han distinguido estos concep-tos en los siguientes teacuterminos
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- Caso fortuito implica un evento de la naturaleza que es impredecible
- Fuerza mayor implica un evento causa-do por el hombre que es inevitable
A pesar de esta distincioacuten teoacuterica am-bos implican eventos impredecibles o en caso de ser predecibles inevitables que estaacuten fuera del control razonable de las partes Un elemento fundamental de los eventos de caso fortuito-fuerza mayor es que imposibilitan el cumplimiento de las obligaciones contractuales y no solamen-te hacen dicho cumplimiento maacutes onero-so para una de las partes
iquestCuaacutel es el marco juriacutedico aplicable Definicioacuten de la naturaleza del Contrato Diferencia Civil y Mercantil
El marco juriacutedico aplicable dependeraacute de la naturaleza civil o mercantil del contrato en cuestioacuten
Si el contrato en cuestioacuten es civil las partes tendraacuten que analizar si las partes eligieron la legislacioacuten federal o la legis-lacioacuten de alguacuten estado de la repuacuteblica en especifico como aplicable o en caso de no ser asiacute cuaacutel es la legislacioacuten aplicable conforme a las normas de conflicto de le-yes (ej en caso de arrendamiento seriacutea la legislacioacuten de la ubicacioacuten del inmueble)
Si el contrato en cuestioacuten es mercantil la legislacioacuten aplicable seriacutea el Coacutedigo de Comercio aplicando supletoriamente el Coacutedigo Civil Federal
En ciertos casos la determinacioacuten de la naturaleza civil o mercantil de un contrato puede ser controversial per se Por ejem-plo si bien los contratos de arrendamien-
to son generalmente considerados como contratos civiles han existido casos en los que se ha considerado que dichos cen-traros tienen una naturaleza mercantil
Adicionalmente en el caso de los contra-tos internacionales seraacute necesario revi-sar la legislacioacuten aplicable y los mecanis-mos de resolucioacuten de conflicto acordados entre las partes y seguacuten sea el caso las disposiciones de los tratados internacio-nales que pudieran ser aplicables
iquestCoacutemo operan los requisitos de caso fortui-to yo fuerza mayor si tengo claacuteusula en el Contrato
En caso de que se presente un evento de caso fortuito-fuerza mayor que imposibi-lita el cumplimiento de una obligacioacuten de contractual las partes tienen que primero analizar si el contrato preveacute una regulacioacuten especiacutefica de caso fortuito-fuerza mayor En caso de ser asiacute las partes deben de cumplir dicha regulacioacuten (ej notificar la existencia de un evento de caso fortui-to-fuerza mayor si asiacute lo ordena la claacuteusu-la) En caso de que la claacuteusula respectiva no prevea una regulacioacuten exhaustiva de los supuestos de caso fortuito-fuerza ma-yor las partes deberaacuten considerar la regu-lacioacuten que prevea la legislacioacuten aplicable De igual manera en los casos en que las partes hagan renuncias de responsa-bilidad en sus claacuteusulas de caso fortui-to-fuerza mayor hay que considerar si dichas renuncias son vaacutelidas conforme a la legislacioacuten aplicable Por ejemplo si las partes de un contrato de arrendamiento renuncian a su derecho a solicitar la inte-rrupcioacuten o reduccioacuten del cobro de rentas o la eventual terminacioacuten del contrato en casos de caso fortuito-fuerza mayor di-cha renuncia seriacutea nula en el contexto de
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las legislaciones civiles de varios estados (ej artiacuteculo 2331 del Coacutedigo Civil de Chi-huahua 2869 del Coacutedigo Civil de Coahui-la 1930 del Coacutedigo Civil de Guanajuato y 2013 del Coacutedigo Civil de Jalisco etc)
Regla general del 2111 del Coacutedigo Civil Federal y sus elementos
El artiacuteculo 2111 del Coacutedigo Civil Federal establece que por regla general las par-tes no estaacuten obligadas a cumplir con sus obligaciones contractuales si dicho in-cumplimiento se ve imposibilitado por un evento de caso fortuito-fuerza mayor
Sin embargo dicho artiacuteculo establece tres excepciones en las que el incumplimiento de las obligaciones no puede ser excusado por caso fortuito-fuerza mayor (i) cuando la parte afectada ha contribuido o dado causa a el evento de caso fortuito-fuerza mayor (ii) cuando haya aceptado expresa-mente dicha responsabilidad y (iii) cuando la ley impone dicha responsabilidad
iquestCuaacuteles pueden ser los efectos de la actua-lizacioacuten de caso fortuito yo fuerza mayor iquestcontractual y legal
En caso de contar con claacuteusula de caso fortuito-fuerza mayor deberaacuten cum-plirse los requisitos pactados por las partes que generalmente son cinco sustantivos y dos formales como se precisa a continuacioacuten
Requisitos sustantivosbull Imposibilitar el cumplimiento de las
obligaciones de la parte afectada (es decir que exista un nexo causal entre el evento correspondiente y la imposi-bilidad de cumplir con las obligaciones contractuales)
bull Debe ser imprevisiblebull Debe estar fuera del control razonablebull No debe ser resultado de alguna falta o
negligencia de la parte afectada ybull No es posible superar dicho evento to-
mando acciones diligentes
Requisitos formales bull Notificacioacuten bull Temporalidad
Las consecuencias juriacutedicas de la actua-lizacioacuten de una claacuteusula de caso fortui-to-fuerza dependeraacute de lo establecido en la propia claacuteusula generalmente las consecuencias juriacutedicas pactadas son (i) la suspensioacuten de la obligacioacuten por un tiempo determinado (ii) la terminacioacuten anticipada del contrato La suspensioacuten de la obligacioacuten se actualiza cuando el even-to de fuerza mayor no excede el tiempo establecido en el Contrato para determi-nar la superabilidad del evento de fuerza mayor La terminacioacuten anticipada del con-trato se actualiza cuando (i) el evento de fuerza mayor fue insuperable o (ii) asiacute se dispone desde el inicio y la claacuteusula uacuteni-camente establece la terminacioacuten antici-pada del Contrato El efecto de la termi-nacioacuten anticipada del contrato por caso fortuito-fuerza mayor es que se resuel-ven las obligaciones sin responsabilidad para ninguna de las partes
Cuando la terminacioacuten anticipada ema-na de invocar alguacuten precepto de la Ley la consecuencia juriacutedica es la resolucioacuten del Contrato sin responsabilidad para ninguna de las partes a partir de la actualizacioacuten del caso fortuito-fuerza mayor
iquestQueacute presupuestos se requieren para defender la consecuencia juriacutedica derivada de la actualiza-cioacuten del caso fortuito yo fuerza mayor
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Para defender la consecuencia juriacutedica procedente es necesario cumplir con los requisitos sustantivos y formales ante-riormente precisados respecto a caso fortuito-fuerza mayor Para ello es impor-tante evidenciar su actualizacioacuten a traveacutes de las pruebas documentales puacuteblicas o privadas (oficios avisos contratos co-rreos electroacutenicos etc) que se generen durante todo el proceso
iquestEs recomendable negociar yo mediar en caso de que se actualice caso fortuito-fuerza mayor
Siacute es recomendable y es deseable ne-gociar o mediar las mejores condiciones para ambas partes de esa manera se pueden lograr menos perdidas para am-bas partes Es importante que todas es-tas negociaciones o mediaciones queden debidamente documentadas
iquestQueacute ha dicho la Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten y los Tribunales Colegiados so-bre el tema
Del Semanario Judicial de la Federacioacuten destacan y se invocan las siguientes te-sis y jurisprudencias
Eacutepoca Quinta EacutepocaRegistro 341341Instancia Tercera SalaTipo de Tesis AisladaFuente Semanario Judicial de la FederacioacutenTomo CXIXMateria(s) CivilTesisPaacutegina 2074
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO De acuerdo con la doctrina juriacutedica mas au-torizada el caso fortuito o fuerza mayor
exige la existencia de una imposibilidad verdadera y no que el cumplimiento de una obligacioacuten simplemente se haya he-cho mas difiacutecil que el acontecimiento que constituye el obstaacuteculo para la ejecucioacuten de la obligacioacuten haya sido imprevisible y que el deudor no haya incurrido en ninguna culpa anterior
Eacutepoca Quinta EacutepocaRegistro 816462Instancia Tercera SalaTipo de Tesis AisladaFuente InformesInforme 1931Materia(s) CivilTesis Paacutegina 182
RESCISIOacuteN DE UN CONTRATO Soacutelo tiene lugar a virtud del incumplimiento culpa-ble de parte de uno de los obligados y no cuando ese incumplimiento es originado por caso fortuito fuerza mayor o actos del contratante
Eacutepoca Seacuteptima EacutepocaRegistro 246205Instancia Sala AuxiliarTipo de Tesis AisladaFuente Semanario Judicial de la FederacioacutenVolumen 28 Seacuteptima ParteMateria(s) CivilTesisPaacutegina 17
CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR LAS DIFICULTADES DE ORDEN TEacuteCNICO Y LA INCOSTEABILIDAD DE LA OPERACIOacuteN NO CONSTITUYEN CASO FORTUITO NI FUER-ZA MAYOR Y POR LO TANTO SI EL ACTOR ESTIMANDO LO CONTRARIO DEMANDO LA RESCISIOacuteN DEL CONTRATO RESPECTI-
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VO LA ACCION EJERCITADA RESULTA IM-PROCEDENTE Generalmente es aceptado que el caso fortuito lo constituye un acon-tecimiento natural inevitable previsible o imprevisible que impida en forma abso-luta el cumplimiento de una obligacioacuten le-galmente adquirida En el derecho romano se definioacute por el jurista Gayo como ldquoaquella contingencia a la que la humana naturale-za no puede resistirrdquo (major casus est cui humana infirmitas resistere non potest) De consiguiente es manifiesto que ni ldquolas dificultades teacutecnicasrdquo que puedan presen-tarse en la industria de la explotacioacuten del azufre o de cualquiera otro producto ni la ldquoincosteabilidadrdquo de tal operacioacuten pueden constituir un caso fortuito simplemente porque tales circunstancias no tienen el caraacutecter de ldquoacontecimientos naturalesrdquo que son la sustancia misma del caso for-tuito como seriacutean las inundaciones y los temblores La fuerza mayor a diferencia del caso fortuito no es ajena a la voluntad del hombre pues depende de la de un ter-cero distinto de los sujetos de la relacioacuten juriacutedica que impide en forma absoluta en cumplimiento de una obligacioacuten Por tan-to en lo que respecta a las ldquodificultades de orden teacutecnicordquo es incuestionable que tampoco pueden considerarse como fuer-za mayor Ello porque no son voluntad de personas ajenas a la relacioacuten contractual que liga a los contratantes si dichas difi-cultades derivan por ejemplo de condicio-nes geoloacutegicas de la estructura del terreno anteriores a la celebracioacuten del contrato A mayor consideracioacuten la fuerza mayor exi-ge como el caso fortuito que el hecho impida de una manera absoluta el cumpli-miento de la obligacioacuten circunstancia que no se actualiza a virtud de las ldquodificultades teacutecnicasrdquo sino que la superacioacuten de tales dificultades es cosa normal en industrias como la que se menciona En cuanto se re-
fiere a la ldquoincosteabilidad manifiesta de la operacioacutenrdquo debe decirse que tal cuestioacuten tampoco tiene el caraacutecter de fuerza mayor En primer lugar porque la incosteabilidad no la constituye la voluntad de un tercero ajeno a la relacioacuten contractual sino que tal circunstancia se debe a la concurrencia de un complejo de causas de diversa iacutendole a la cual toda empresa esta sujeta advir-tieacutendose que tampoco la incosteabilidad impide de manera absoluta como lo exige la fuerza mayor el cumplimiento de la obli-gacioacuten podraacute ser que su cumplimiento se haga maacutes gravoso pero se insiste no lo impide de manera absoluta
Eacutepoca Deacutecima EacutepocaRegistro 2020827Instancia Tribunales Colegiados de CircuitoTipo de Tesis AisladaFuente Gaceta del Semanario Judicial de la FederacioacutenLibro 71 Octubre de 2019 Tomo IVMateria(s) CivilTesis I3oC371 C (10a)Paacutegina 3466
ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO LA AC-CIOacuteN DE RESCISIOacuteN PROCEDE SIN RES-PONSABILIDAD PARA NINGUNA DE LAS PARTES CUANDO LA COSA ARRENDADA SE VE AFECTADA POR UN HECHO FORTUI-TO O CAUSA DE FUERZA MAYOR De los ar-tiacuteculos 2431 2432 y 2433 del Coacutedigo Ci-vil para el Distrito Federal aplicable para la Ciudad de Meacutexico se advierten las reglas que han de seguirse en el arrendamiento para el caso de que por un caso fortuito o de fuerza mayor se impida o se obstaculi-ce el uso de la cosa arrendada siendo que el legislador dotoacute al arrendatario de dos acciones a saber (i) Solicitar la reduccioacuten de las rentas o (ii) Pedir la rescisioacuten del
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contrato de arrendamiento hipoacutetesis que el legislador consideroacute de orden puacuteblico e intereacutes social en tanto que previno que ta-les prerrogativas eran irrenunciables Asiacute de una interpretacioacuten teleoloacutegica de esos preceptos se advierte que tiene un caraacutec-ter proteccionista en favor del arrenda-tario en la medida en que disponen que las pensiones rentiacutesticas no se causaraacuten mientras dure el impedimento para usar el bien incluso lo faculta para el caso de que de seguir el impedimento de usar el bien arrendado por el plazo de dos meses pueda pedir la rescisioacuten del contrato de arrendamiento Adicionalmente se ad-vierte que el legislador concedioacute al arren-datario dos acciones en el artiacuteculo 2432 citado (i) la de reduccioacuten de rentas y (ii) la de rescisioacuten del contrato acciones que son excluyentes entre siacute y por tanto con-tradictorias razoacuten por la cual el legislador dejoacute a eleccioacuten del arrendatario la accioacuten que mejor le convenga pues aun acaecido el caso fortuito podraacute darse el supuesto de que el arrendatario quiera continuar con la relacioacuten de arrendamiento o por el contrario lo faculta para pedir la rescisioacuten del contrato lo que encuentra razoacuten de ser en que el objeto del contrato de arren-damiento es precisamente conceder el uso o goce temporal de una cosa razoacuten por la cual resulta loacutegico que el legislador haya previsto en favor del arrendatario la accioacuten rescisoria para los casos en que la cosa arrendada se haya visto tan afecta-da al grado de que su uso o goce sea gra-voso o imposible para el arrendatario En esta guisa resulta inconcuso que con la redaccioacuten de los artiacuteculos invocados el legislador ordinario pretendioacute equilibrar las situaciones juriacutedicas de los arrendado-res y arrendatarios previniendo que para los casos en que la cosa arrendada fuera afectada por un hecho o caso fortuito se
estuviera en aptitud de rescindir el con-trato sin responsabilidad para ninguna de las partes En efecto se estima que de la interpretacioacuten teleoloacutegica de los precep-tos referidos se concluye que la rescisioacuten a la que eacutestos se refieren es sin respon-sabilidad para ninguna de las partes en tanto que dicha rescisioacuten de la relacioacuten de arrendamiento obedece a un hecho o caso fortuito mismo que dada su natu-raleza ni el arrendador ni el arrendatario estaban en aptitud de prevenirlo o evi-tarlo En tal orden de ideas la rescisioacuten a que se refieren los artiacuteculos 2431 y 2432 del Coacutedigo Civil invocado se traduce en un beneficio hacia ambas partes ya que les permite por un lado rescindir una relacioacuten juriacutedica de arrendamiento por haberse dantildeado la cosa arrendada en virtud de un hecho o caso fortuito sin responsabilidad para ninguna de las partes lo que le permite al arrendador tomar las medidas necesarias para la debida reparacioacuten de su bien y que eacuteste se encuentre nuevamente en adecua-das condiciones de uso y por otra parte permite al arrendatario pedir la rescisioacuten del contrato por un cambio de condicioacuten que lo hace reflexionar sobre el motivo determinante de la voluntad TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CI-VIL DEL PRIMER CIRCUITO
Eacutepoca Deacutecima EacutepocaRegistro 2003142Instancia Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis AisladaFuente Semanario Judicial de la Federa-cioacuten y su GacetaLibro XVIII Marzo de 2013 Tomo 3Materia(s) AdministrativaTesis I4oA38 A (10a)Paacutegina 2076
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020104 Contratos Civilies y Mercantiles
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO NOCIONES DE CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR COMO CAUSAS EXI-MENTES DE AQUEacuteLLA En materia de res-ponsabilidad patrimonial del Estado como producto de su actividad administrativa irregular si bien es cierto que los reclaman-tes deben acreditarla tambieacuten lo es que el ente estatal demandado y destinatario de la norma estaacute constrentildeido a acreditar la debida diligencia acorde con la normati-va o en la lex artis de la profesioacuten cuando se trata de la prestacioacuten de un servicio o bien que los dantildeos derivan de hechos o circunstancias imprevisibles o inevitables seguacuten los conocimientos de la ciencia o de la teacutecnica en el momento de su acaeci-miento o por la existencia de la fuerza ma-yor En este contexto es preciso tomar en consideracioacuten al caso fortuito y a la fuerza mayor como causas eximentes de la res-ponsabilidad administrativa Asiacute el primero se refiere a la presentacioacuten de un suceso inesperado sorpresivo que se produce ca-sual o inopinadamente o que hubiera sido muy difiacutecil de prever en la medida que no se cuenta con experiencias previas o consis-tentes de la probabilidad o riesgo de que ocurra un siniestro Por su parte la fuerza mayor se traduce en la ocurrencia de un suceso inevitable aunque previsible o re-lativamente previsible -como un huracaacuten o terremoto- de caraacutecter extraordinario Consecuentemente los factores impor-tantes a considerar son la inevitabilidad del hecho dantildeoso y la consecuente fal-ta de culpa cuando el hecho es ajeno al responsable o exterior al vicio o riesgo de la cosa esto es lo decisivo consiste en analizar si el dantildeo puede considerarse imprevisible o pudiendo preverse es in-evitable CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRI-MER CIRCUITO
Eacutepoca Novena EacutepocaRegistro 197162Instancia Tribunales Colegiados de CircuitoTipo de Tesis AisladaFuente Semanario Judicial de la Federa-cioacuten y su GacetaTomo VII Enero de 1998Materia(s) CivilTesis II1oC158 C Paacutegina 1069
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR CUAN-DO EL ACTO O HECHO EN QUE SE SUSTEN-TA ES UN ACTO DE AUTORIDAD La doctrina juriacutedica es unaacutenime al admitir que existen ocasiones en que el incumplimiento de una obligacioacuten no puede ser imputable al deu-dor porque eacuteste se ve impedido a cumplir por causa de un acontecimiento que estaacute fuera del dominio de su voluntad que no ha podido prever o que aun previeacutendolo no ha podido evitar A un acontecimiento de esa naturaleza se le llama caso fortuito o fuerza mayor Los diversos tratadistas como Bonnecase Garciacutea Goyena Henri Leoacuten Mazeaud y Andreacute Tunc tambieacuten son acordes al distinguir tres categoriacuteas de acontecimientos constitutivos del caso fortuito o de fuerza mayor seguacuten pro-vengan de sucesos de la naturaleza de hechos del hombre o de actos de la au-toridad sea que el acontecimiento pro-ceda de cualquiera de esas fuentes y por ello provoque la imposibilidad fiacutesica del deudor para cumplir la obligacioacuten lo que traeraacute como loacutegica consecuencia que no incurra en mora y no pueda consideraacutersele culpable de la falta de cumplimiento con la correspondiente responsabilidad de iacutendo-le civil dado que a lo imposible nadie estaacute obligado Las caracteriacutesticas principales de esta causa de inimputabilidad para el deudor son la imprevisibilidad y la genera-
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lidad puesto que cuando el hecho puede ser previsto el deudor debe tomar las pre-venciones correspondientes para evitarlo y si no lo hace asiacute no hay caso fortuito o fuerza mayor el caraacutecter de generalidad implica que la ejecucioacuten del hecho sea im-posible de realizar para cualquier persona no basta pues con que la ejecucioacuten sea maacutes difiacutecil maacutes onerosa o de desequili-brio en las prestaciones reciacuteprocas Asiacute cuando se trata de actos de autoridad que algunos autores como Manuel Borja Soriano catalogan dentro de la catego-riacutea de hechos provenientes del hombre el hecho del priacutencipe se da a entender a todos aquellos impedimentos que resul-tan de una orden o de una prohibicioacuten que emana de la autoridad puacuteblica PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO
Teoriacutea de la imprevisioacuten
iquestEn queacute consiste la Teoriacutea de la Imprevisioacuten o Rebus Sic Stantibus
La teoriacutea de la imprevisioacuten postula que ante la ocurrencia de un hecho extraordi-nario general imprevisible y ajeno a las partes que cause un desequilibrio eco-noacutemico entre las prestaciones pactadas en un contrato haciendo maacutes gravoso el cumplimiento de las obligaciones para uno de los contratantes la parte afectada po-draacute solicitar la modificacioacuten del contrato a efecto de recuperar el equilibrio de las obli-gaciones y contraprestaciones pactadas
iquestCuaacuteles son las principales similitudes y dife-rencias que existen entre la Teoriacutea de la Impre-visioacuten y el Caso Fortuito-Fuerza Mayor
En primer teacutermino debe sentildealarse que tan-to el caso fortuito-fuerza mayor como la
teoriacutea de la imprevisioacuten parten de la ac-tualizacioacuten de hechos supervenientes a la celebracioacuten de un contrato imprevisibles y de caraacutecter general que alteran de mane-ra sustancial las condiciones que sirvieron como base para la celebracioacuten del mismo
Ahora bien en cuanto al primer elemento diferenciador trataacutendose del caso fortui-to-fuerza mayor el acontecimiento rela-cionado con el mismo debe causar la im-posibilidad absoluta del cumplimiento de la obligacioacuten mientras que en la teoriacutea de la imprevisioacuten el hecho respectivo sin impe-dir de manera absoluta el cumplimiento de la obligacioacuten genera que eacuteste sea excesiva-mente oneroso para alguna de las partes
En cuanto a su aacutembito de aplicacioacuten el caso fortuito-fuerza mayor es aplicable a todo tipo de obligaciones ya sean de caraacutecter civil mercantil o administrativo mientras que la teoriacutea de la imprevisioacuten es uacutenicamente aplicable a obligaciones deri-vadas de contratos civiles sujetas a pla-zo condicioacuten o de tracto sucesivo siem-pre que no sean contratos aleatorios asiacute como a obligaciones derivadas de contra-tos administrativos
Tambieacuten son distintos los efectos que causa la aplicacioacuten de ambas figuras pues mientras a traveacutes del caso fortuito o fuerza mayor se exime al deudor de la responsabilidad del cumplimiento de una obligacioacuten a su cargo en la teoriacutea de la im-previsioacuten se busca la modificacioacuten de las condiciones econoacutemicas de un contrato o en su caso la terminacioacuten del mismo
iquestA queacute tipos de contratos aplica la Teoriacutea de la Imprevisioacuten
En la Ciudad de Meacutexico (artiacuteculo 1796
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y subsecuentes del Coacutedigo Civil para la Ciudad de Meacutexico) y en los estados en los que se ha regulado la teoriacutea de la imprevisioacuten aplica a los contratos civi-les conmutativos es decir aquellos en que las partes conocen sus derechos y obligaciones desde la celebracioacuten del contrato (contrario a los contratos alea-torios como son las apuestas) sujetos a plazo condicioacuten o de tracto sucesivo La parte que solicite la aplicacioacuten de la teoriacutea de la imprevisioacuten debe estar en cumplimiento de sus obligaciones La teoriacutea de la imprevisioacuten es tambieacuten aplicable a contratos administrativos celebrados conforme a la Ley de Adqui-siciones Arrendamiento y Servicios del Sector Puacuteblico en teacuterminos del artiacuteculo 44 de la citada norma En la legislacioacuten mexicana por regla general la teoriacutea de la imprevisioacuten no aplica a contratos de caraacutecter mercantil
iquestQueacute acontecimientos justifican la aplicacioacuten de la Teoriacutea de la Imprevisioacuten por producir un des-equilibrio en las obligaciones contractuales
De conformidad con los artiacuteculos 1796 y 1796 bis del Coacutedigo Civil para la Ciudad de Meacutexico la aplicacioacuten de la teoriacutea de la imprevisioacuten se justifica cuando deri-vado acontecimientos extraordinarios de caraacutecter nacional supervinientes e imprevisibles se genere un desequilibrio econoacutemico entre las partes al hacer maacutes oneroso (gravoso) el cumplimiento de las obligaciones pactadas para alguna de las partes No obstante lo anterior y en tanto que dicha figura se encuentra re-gulada por algunas legislaciones locales habraacute de estarse al contenido de cada una de eacutestas para determinar de manera puntual los acontecimientos que justifi-can su aplicacioacuten
iquestConforme a la Teoriacutea de la Imprevisioacuten el con-trato puede modificarse por acuerdo de las partes o se requiere una resolucioacuten judicial
Siacute conforme a la teoriacutea de la imprevisioacuten y los artiacuteculos 1796 y 1796 bis del Coacutedi-go Civil para la Ciudad de Meacutexico se preveacute la posibilidad de modificar la condiciones pactadas en un contrato por acuerdo de las partes al establecer de manera pun-tual que cuando existe un acontecimien-to nacional extraordinario que justifica su aplicacioacuten la parte afectada tiene dere-cho a solicitar a la contraparte la modifi-cacioacuten del contrato para recuperar el equi-librio de las prestaciones siendo que en caso de llegar a un acuerdo dicha modifi-cacioacuten no requeriraacute una resolucioacuten judicial que lo apruebe para ser vaacutelida
No obstante lo anterior tomando en cuenta que la teoriacutea de la imprevisioacuten se encuentra regulada por las legislaciones locales de al-gunos estados habraacute de estarse al conte-nido de cada una de eacutestas para determinar de manera puntual la necesidad de una re-solucioacuten judicial para su aplicacioacuten
iquestQueacute acciones puede ejercer la parte afectada ante un supuesto de Teoriacutea de la Imprevisioacuten
En teacuterminos del Coacutedigo Civil para la Ciudad de Meacutexico en caso de que se actualice al-guacuten acontecimiento que justifique la apli-cacioacuten de la teoriacutea de la imprevisioacuten y la par-te afectada se encuentre en cumplimiento de sus obligaciones eacutesta tiene derecho a reclamar ante los tribunales competentes la modificacioacuten del contrato para recuperar el equilibrio de las prestaciones
No obstante lo anterior tomando en cuenta que la teoriacutea de la imprevisioacuten se encuentra regulada por las legislaciones
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locales de algunos estados habraacute de es-tarse al contenido de cada una de eacutestas para determinar las acciones que el afec-tado pudiera promover para la obtencioacuten de la modificacioacuten respectiva
iquestExiste alguacuten requisito previo para la proce-dencia de la accioacuten derivada de la Teoriacutea de la Imprevisioacuten
En teacuterminos de la legislacioacuten civil local de la Ciudad de Meacutexico previo al ejercicio de la accioacuten respectiva ante los tribunales com-petentes el afectado deberaacute solicitar a su contraparte la modificacioacuten que permita recuperar el equilibrio econoacutemico entre estos dentro de los treinta diacuteas naturales siguientes al acontecimiento nacional ex-traordinario indicando los motivos sobre los que estaacute fundada su peticioacuten
No obstante lo anterior tomando en cuenta que la teoriacutea de la imprevisioacuten se encuentra regulada por las legislaciones locales de algunos estados habraacute de es-tarse al contenido de cada una de eacutestas para determinar de manera puntual la pro-cedencia y requisitos a que habraacute de suje-tarse el afectado para la obtencioacuten de la modificacioacuten respectiva
iquestCuaacutel es el plazo para el ejercicio de la accioacuten derivada de la Teoriacutea de la Imprevisioacuten
En teacuterminos de los artiacuteculos 1796 y 1796 bis del Coacutedigo Civil para la Ciudad de Meacute-xico una vez ocurrido el acontecimiento que generoacute el desequilibrio la parte afec-tada cuenta con un plazo de treinta diacuteas naturales para solicitar a su contraparte la modificacioacuten respectiva
En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo en un teacutermino de treinta diacuteas na-
turales contados a partir de la recepcioacuten de la solicitud el afectado tendraacute derecho de iniciar la accioacuten respectiva ante el juez competente dentro de los treinta diacuteas na-turales siguientes a que haya fenecido el plazo anterior
No obstante lo anterior tomando en cuenta que la teoriacutea de la imprevisioacuten se encuentra regulada por las legislaciones locales de algunos estados habraacute de es-tarse al contenido de cada una de eacutestas para determinar los plazos a que habraacute de sujetarse el afectado para la obtencioacuten de la modificacioacuten respectiva
iquestQueacute efectos puede tener la sentencia que re-suelva sobre una accioacuten basada en la Teoriacutea de la Imprevisioacuten
En teacuterminos del artiacuteculo 1796 bis del Coacutedi-go Civil para la Ciudad de Meacutexico en caso de ser procedente la accioacuten basada en la teoriacutea de la imprevisioacuten el juez exhortaraacute a la parte demandada para que elija entre (i) la modificacioacuten de las obligaciones a fin de restablecer el equilibrio original del contrato seguacuten lo determine el juez o (ii) la resolucioacuten (terminacioacuten) del contrato
No obstante lo anterior tomando en cuenta que la teoriacutea de la imprevisioacuten se encuentra regulada por las legislaciones locales de al-gunos estados habraacute de estarse al conte-nido de cada una de eacutestas para determinar de manera puntual los efectos que puede tener la sentencia respectiva
iquestLa solicitud de modificacioacuten del contrato con-forme a la Teoriacutea de la Imprevisioacuten justifica por siacute misma la suspensioacuten del cumplimiento de las obligaciones de la parte afectada
En teacuterminos del artiacuteculo 1796 bis del Coacute-
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digo Civil para la Ciudad de Meacutexico la so-licitud de modificacioacuten del contrato no confiere por siacute misma al solicitante el de-recho de suspender el cumplimiento del contrato Es necesario el acuerdo de las partes o la declaracioacuten judicial
iquestQueacute acciones puede ejercer la parte no afec-tada por el evento imprevisible si un juez de-clara que en el caso concreto se actualiza el supuesto de Teoriacutea de la Imprevisioacuten
Como en cualquier proceso judicial las par-tes tienen derecho a impugnar las resolu-ciones judiciales que les causen una afecta-cioacuten Dependiendo el tipo de procedimiento la parte condenada en el juicio pudiera inter-poner un recurso de apelacioacuten yo promover un juicio de amparo para combatir la resolu-cioacuten judicial que le es adversa
iquestPueden las partes renunciar a la aplicacioacuten de la Teoriacutea de la Imprevisioacuten en sus contratos
La posibilidad de renunciar a la aplicacioacuten de la teoriacutea de la imprevisioacuten no ha sido confirmada mediante un criterio obliga-torio por los tribunales del paiacutes Es deba-tible si la teoriacutea de la imprevisioacuten implica un derecho puacuteblico y por lo tanto irrenun-ciable o si se trata de un derecho privado que puede ser renunciable si se hace en teacuterminos claros y precisos De cualquier manera la renuncia al derecho que pre-
veacute la teoriacutea de la imprevisioacuten uacutenicamente podriacutea realizarse una vez actualizado el acontecimiento extraordinario Ello pues la parte afectada (i) no podriacutea renunciar al derecho de modificar el contrato por causa de un acontecimiento que era im-previsible al momento de la celebracioacuten del contrato y (ii) soacutelo podriacutea conocer la magnitud en que sus obligaciones seriacutean alteradas hasta que se actualice dicho acontecimiento La validez de dicha re-nuncia quedaraacute al arbitrio del juez que co-nozca del caso concreto
iquestQueacute legislaciones preveacuten la teoriacutea de la imprevisioacuten
La teoriacutea de la imprevisioacuten aunque gene-ralmente aceptada en doctrina juriacutedica no se encuentra regulada a nivel federal ni en la mayoriacutea de los estados de la Repuacuteblica
Ademaacutes de la Ciudad de Meacutexico la teo-riacutea de la imprevisioacuten tambieacuten se encuen-tra prevista en las legislaciones civiles de Aguascalientes Chihuahua Coahuila Guanajuato Guerrero Jalisco Estado de Meacutexico Morelos Quintana Roo San Luis Potosiacute Sinaloa Tamaulipas y Veracruz Su regulacioacuten no es uniforme de ahiacute que deba atenderse a cada caso y a cada le-gislacioacuten para poder dimensionar de for-ma adecuada su aplicacioacuten elementos procedimiento y efectos
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
MEacuteXICO 2020
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Suspensioacuten de obligaciones en caso de decre-tarse emergencia nacional - rebuc sic stantibus - fuerza mayor teoriacutea de la imprevisioacuten - (Hipo-tecas arrendamiento contratos compra venta privados)
Ante la situacioacuten que se estaacute enfrentando internacionalmente respecto a la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) no siendo Meacutexico la excepcioacuten las personas y organi-zaciones de la sociedad civil se preguntan coacutemo deberaacuten afrontar sus obligaciones contractuales en diversos aacutembitos o por el contrario estar claros en sus derechos desde la renta de su vivienda o del inmueble donde se ubique su oficinainstalaciones hasta posibles obligaciones relacionadas con creacuteditos hipotecarios o de otro tipo
Las respuestas a dichas preguntas real-mente se resuelven atendiendo a la norma-tiva de cada paiacutes y en el caso de Meacutexico a la de cada Estado e incluso en ocasiones Municipio y por supuesto en todos los ca-sos a lo establecido en cada contrato
Asiacute las cosas la presente guiacutea pretende ser una mera base de ideas y anaacutelisis limitada ademaacutes a la Ciudad de Meacutexico sin que deba entenderse conclusiva o extensiva a todos los casos pues realmente debe realizarse un anaacutelisis de cada caso concreto para lle-gar a una conclusioacuten especiacutefica
Dicho lo anterior la normativa de la Ciudad de Meacutexico baacutesicamente en el Coacutedigo Civil del Distrito Federal establece los siguien-tes conceptos que pudieran a llegar a ac-tualizarse ante el evento del COVID-19
1- Rebuc Sic Stantibus A este concepto tambieacuten se le conoce como ldquoteoriacutea de la imprevisioacutenrdquo la cual busca restablecer el equilibrio en las obligaciones de las partes
cuando sucede alguacuten acontecimiento ex-traordinario no previsible que las afecte
Esta figura no se encuentra regulada en to-das las legislaciones locales pero si lo estaacute en el Coacutedigo Civil para el Distrito Federal y preveacute la posibilidad de modificar las obliga-ciones de los contratos civiles para recu-perar el equilibrio entre las partes en caso de eventos ldquonacionalesrdquo extraordinarios que ocasionen que las obligaciones de una de las partes se vuelvan significativamen-te maacutes onerosas que hagan imposible su cumplimiento y siendo factible si
i las partes conocen sus derechos y obligaciones desde la celebracioacuten del contrato
ii el contrato estaacute sujeto a plazo condicioacuten o sea de tracto sucesivo y
iii el solicitante de la modificacioacuten o resci-sioacuten estaacute al corriente de sus obligaciones
2- Caso FortuitoFuerza Mayor El Coacutedigo Civil del Distrito Federal no define el caso fortuito ni la fuerza mayor ni los distingue sin embargo conforme a la doctrina y crite-rios judiciales podemos encontrar diferen-cias importantes entre ellos
El caso fortuito lo constituye un aconteci-miento natural inevitable previsible o im-previsible que impide en forma absoluta el cumplimiento de una obligacioacuten legalmente adquirida es decir los ldquoacontecimientos na-turalesrdquo son la esencia del caso fortuito
Por su parte la fuerza mayor a diferencia del caso fortuito estaacute relacionada con el actuar del hombre dependiendo de la voluntad de un tercero distinto de los sujetos de la rela-cioacuten juriacutedica que impide en forma absoluta el cumplimiento de una obligacioacuten
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Cabe mencionar que si bien el COVID-19 podriacutea suponer un evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor seguacuten se explica maacutes adelante lo cierto es que siempre debe pro-barse no solo el evento sino su conexioacuten con el incumplimiento de una obligacioacuten ex-cepto que exista alguna disposicioacuten especiacute-fica como es el caso del arrendamiento en el que la misma normativa preveacute lo proce-dente en dichos supuestos
No obstante lo anterior podriacutea considerarse un acto del Gobierno Federal o local que im-pida directamente el cumplimiento de algu-na obligacioacuten como un acto de Fuerza Mayor de faacutecil sentido ldquoprobatoriordquo
Al respecto el pasado 24 de marzo de 2020 el Gobierno Mexicano publicoacute en el Diario Oficial de la Federacioacuten el acuerdo de la Secretariacutea de Salud por el que se es-tablecen las medidas preventivas que se deberaacuten implementar para la mitigacioacuten y control de los riesgos para la salud que im-plica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) A traveacutes de dicho acuerdo se establecen las medidas preventivas que se deberaacuten implementar entre las que se encuentran suspender temporalmente ac-tividades del sector privado que involucren la concentracioacuten fiacutesica traacutensito o desplaza-miento de personas a partir del 24 de marzo de 2020 al 19 de abril del 2020 excepto por aquellas empresas negocios estable-cimientos mercantiles y todos aqueacutellos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia
Adicionalmente el 30 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General publicoacute el acuerdo por el que se declara como emer-gencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) mientras
que el 31 de marzo de 2020 la Jefatura de Gobierno publicoacute en la Gaceta Oficial de la Ciudad de Meacutexico el aviso por el que se emite la emergencia sanitaria en la Ciudad de Meacutexico por causa de fuerza mayor para controlar mitigar y evitar el contagio y pro-pagacioacuten del COVID-19 Atendiendo a lo anterior a traveacutes de dichos acuerdos pudiera sostenerse de mane-ra maacutes clara la existencia de un evento de Fuerza Mayor y por ende la viabilidad de que se justifique el incumplimiento de obligacio-nes privadasparticulares
Atendiendo a lo anterior si bien estamos ante un evento grave que puede incidir en la viabilidad de cumplimiento de las obliga-ciones de alguna o ambas partes en una relacioacuten contractual ademaacutes de estarse al caso concreto y a los teacuterminos de los con-tratos y normativa aplicable siempre debe buscarse que las relaciones contractuales sobrevivan y se honren asiacute como un acer-camiento con las otras partes de un con-trato a efecto de no buscar uacutenicamente un beneficio propio sino la permanencia de di-chas relaciones sin afectar en la medida de lo posible a eacutestos y por supuesto no dejar de cumplir obligaciones sin haber existido un acercamiento formal con la contraparte de la relacioacuten contractual que justifique la accioacuten
En cualquier caso seraacute recomendable veri-ficar lo establecido por las partes en el con-trato de que se trate y de lo contrario a lo establecido en el Coacutedigo Civil para el Distrito Federal asiacute como notificar fehacientemen-te a la contraparte contractual el evento de Fuerza Mayor con el que pretenda justificar-se un eventual incumplimiento de obligacio-nes observando las formalidades pactadas o legales correspondientes
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iquestPuedo dejar de pagar mi hipoteca en el supues-to de una emergencia sanitaria
El acreditado deberaacute acercarse a la entidad financiera correspondiente para conocer los beneficios que otorgaraacute a sus acredi-tados en teacuterminos de los criterios conta-bles especiales expedidos por la Comisioacuten Nacional Bancaria y de Valores en atencioacuten al ldquoAcuerdo por el que el Consejo de Salu-bridad General reconocioacute la epidemia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en Meacutexico como una enfermedad grave de atencioacuten prioritaria publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten el 23 de marzo de 2020 y al impacto negativo que se estaacute generando en diversas actividades de la economiacutea dichos beneficios deberaacuten quedar instrumentados a maacutes tardar dentro de los 120 diacuteas natura-les siguientes a partir del 28 de febrero de 2020 conforme a lo siguiente
1 Aquellos creacuteditos con pago uacutenico de prin-cipal al vencimiento y pagos perioacutedicos de intereses asiacute como los creacuteditos con pago uacutenico de principal e intereses al vencimiento que sean renovados o re-estructurados no se consideraraacuten como cartera vencida en teacuterminos de lo esta-blecido en el paacuterrafo 79 del Criterio B-6 ldquoCartera de creacuteditordquo (Criterio B-6) conte-nido en el Anexo 33 de las Disposiciones Al efecto se requiere que el nuevo plazo de vencimiento que en su caso otorgue al acreditado no sea mayor a seis me-ses a partir de la fecha en que hubiere vencido
Lo anterior siempre y cuando se encuen-tren registrados como cartera vigente al 28 de febrero de 2020 conforme a lo estable-
cido en el paacuterrafo 12 del mencionado Crite-rio B-6 y los traacutemites de renovacioacuten o rees-tructuracioacuten correspondientes finalicen a maacutes tardar 120 diacuteas naturales despueacutes de la citada fecha
2 Los creacuteditos con pagos perioacutedicos de principal e intereses que sean objeto de reestructuracioacuten o renovacioacuten podraacuten considerarse como vigentes al momen-to en que se lleve a cabo dicho acto sin que les resulten aplicables los requisitos establecidos en los paacuterrafos 82 y 84 del Criterio B-6 seguacuten sea el caso consis-tentes en
i No habiendo transcurrido al menos el
80 del plazo original del creacutedito cuan-do el acreditado hubiere cubierto
a) la totalidad de los intereses devengados b) el principal del monto original del creacutedito
que a la fecha de la renovacioacuten o rees-tructuracioacuten debioacute haber sido cubierto
ii Durante el transcurso del 20 final del plazo original del creacutedito cuando el acre-ditado hubiere
a) liquidado la totalidad de los intereses devengados
b) cubierto la totalidad del monto original del creacutedito que a la fecha de renovacioacuten o reestructuracioacuten debioacute haber sido cu-bierto y
c) cubierto el 60 del monto original del creacutedito
Lo anterior siempre que se trate de creacute-ditos que al 28 de febrero de 2020 se en-cuentren registrados como cartera vigente
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conforme a lo previsto en el paacuterrafo 12 del propio Criterio B-6 y que los traacutemites de la reestructuracioacuten o renovacioacuten respectiva concluyan a maacutes tardar 120 diacuteas naturales despueacutes de la fecha antes citada ademaacutes de que el nuevo plazo de vencimiento que en su caso otorguen al acreditado no sea mayor a seis meses a partir de la fecha en que hubiere vencido
3 Los creacuteditos que desde su inicio se es-tipule su caraacutecter de revolventes que se reestructuren o renueven dentro de los 120 diacuteas naturales siguientes al 28 de febrero de 2020 no se consideraraacuten como cartera vencida en teacuterminos de lo establecido en el paacuterrafo 80 del Criterio B-6 que requiere que el acreditado debe-raacute haber
a) liquidado la totalidad de los intereses exi-
gibles y
b) cubierto la totalidad de los pagos a que esteacute obligado en teacuterminos del contra-to a la fecha de la reestructuracioacuten o renovacioacuten
El beneficio antes sentildealado no podraacute exce-der de seis meses a partir de la fecha en que hubieren vencido
Lo anterior siempre que se trate de creacuteditos que al 28 de febrero de 2020 se encuentren registrados como cartera vigente conforme a lo previsto en el paacuterrafo 12 del Criterio B-6
4 En relacioacuten a los creacuteditos citados en los numerales 1 2 y 3 anteriores eacutestos no se consideraraacuten como reestructurados conforme a lo establecido en el paacuterrafo 40 del Criterio B-6 ni deberaacuten ser repor-tados como creacuteditos vencidos ante las sociedades de informacioacuten crediticia
5 En el evento en que las reestructuras o renovaciones incluyan quitas condona-ciones bonificaciones o descuentos sobre el saldo del creacutedito que repercutan en menores pagos para los acreditados como mecanismo para fortalecer la liqui-dez de estos uacuteltimos las instituciones podraacuten diferir la constitucioacuten de estima-ciones preventivas para riesgos crediti-cios relacionadas con el otorgamiento de quitas condonaciones bonificacio-nes y descuentos a sus clientes
Cuando el importe de las quitas condona-ciones bonificaciones y descuentos que otorgue la entidad como parte de los apo-yos a sus clientes antes descritos exceda el saldo de la estimacioacuten asociada al creacutedi-to las entidades deberaacuten constituir estima-ciones hasta por el monto de la diferencia en la fecha de la quita condonacioacuten bonifi-cacioacuten o descuento o bien en liacutenea recta en un periodo que no exceda del ejercicio fiscal 2020
Finalmente aqueacutellas modificaciones a las condiciones originales del creacutedito en las que se ajusten los perfiles de riesgo del acreditado y no impliquen un diferimiento total o parcial de principal yo intereses y que sean distintas a las establecidas en el paacuterrafo 89 del Criterio B-6 no seraacuten consi-deradas como reestructuras en teacuterminos del paacuterrafo 40 del Criterio B-6 Lo anterior siempre y cuando bull Se trate de creacuteditos registrados como
cartera vigente al 28 de febrero de 2020 bull Las modificaciones contractuales se
realicen dentro de los 120 diacuteas naturales siguientes al 28 de febrero de 2020
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bull Se establezca en dichas modificacio-nes que solo seraacuten aplicables por un periodo que no podraacute exceder de 6 me-ses obligaacutendose las instituciones de creacutedito a mantener los perfiles de ries-go originalmente establecidos para cada creacutedito conforme a sus poliacuteticas y procedimientos
En virtud de lo anterior los acreditados que asiacute lo soliciten y cumplan con los lineamien-tos establecidos por la entidad financiera en cuestioacuten podraacuten suspender el pago de los creacuteditos a la vivienda con garantiacutea hipo-tecaria vigentes al 28 de febrero de 2020 hasta por un periodo de seis meses
iquestPuedo perder mi inmueble o bien me lo pueden embargar por dejar de pagar mi hipoteca en el supuesto de una emergencia sanitaria
No en el supuesto que el acreditado haya obtenido el beneficio por parte de la enti-dad financiera correspondiente y en virtud de dicho apoyo haya suspendido el pago del monto mensual correspondiente a su creacutedi-to hipotecario
Sin embargo si el acreditado se encontra-ba previamente en incumplimiento yo no recibioacute formalmente el beneficio corres-pondiente y decide de manera unilateral suspender los pagos a la entidad financie-ra eacutesta uacuteltima estaraacute facultada para aplicar cualquier sancioacuten contractual e incluso iniciar un procedimiento judicial para la eje-cucioacuten de la garantiacutea hipotecaria
iquestAplica alguacuten seguro que cubra mi hipoteca por la declaracioacuten de una emergencia sanitaria
Por regla general las entidades financieras solicitan a los acreditados la contratacioacuten de un seguro cuyo costo se incluye en el
monto mensual del creacutedito hipotecario Se deberaacute revisar la poacuteliza correspondiente a efecto de determinar si dicha poacuteliza cubre la imposibilidad de pago por parte del acredi-tado derivado de un evento de caso fortuito o fuerza mayor (ie COVID-19)
iquestPuedo solicitar la condonacioacuten de intereses por la declaracioacuten de una emergencia sanitaria
En principio no puesto que los criterios contables especiales expedidos por la Co-misioacuten Nacional Bancaria y de Valores son omisos en ese sentido Sugerimos que al momento de realizar la solicitud del benefi-cio correspondiente aplicable durante o en virtud del evento de fuerza mayor se soli-cite al ejecutivo de la entidad financiera la informacioacuten correspondiente a (i) la gene-racioacuten de intereses por el diferimiento de pago (ii) la tasa aplicable (iii) coacutemo se cal-cularaacuten los intereses respecto del contrato de creacutedito original y (iv) opciones de pago o capitalizacioacuten durante la vigencia del creacutedi-to hipotecario
iquestPuedo renegociar la tasa de intereacutes pactada de mi creacutedito hipotecario por la declaracioacuten de una emergencia sanitaria iquestPuedo solicitar que el plazo de mi creacutedito hipotecario se incremente o renegociar sus teacuterminos por la declaracioacuten de una emergencia sanitaria
Seraacute necesario que verifiques los criterios adoptados por cada entidad financiera y los teacuterminos del contrato de creacutedito a efec-to de identificar si existe una claacuteusula que permita solicitar al banco una reestructura del creacutedito y en su caso las condiciones aplicables
De ser omiso el contrato a este respecto puedes vaacutelidamente aceacutercate al banco a efecto de que te indiquen cuaacuteles seriacutean los
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siguientes pasos para lograr formalizar un convenio de reestructura y las condiciones para ello Por lo general dichos convenios son celebrados ante una imposibilidad por parte del deudor o acreditado para seguir cubriendo en su totalidad su creacutedito en los teacuterminos que se encuentren vigentes lo cual podriacutea ser consecuencia directa de la situacioacuten de emergencia que se llegare a vi-vir por lo que asiacute deberiacutea manifestarse
De manera general los criterios contables especiales expedidos por la Comisioacuten Na-cional Bancaria y de Valores establecen que el acreditado puede solicitar a la entidad financiera la reestructuracioacuten de creacuteditos registrados al 28 de febrero de 2020 en los teacuterminos siguientes (1) No habiendo trans-currido al menos el 80 del plazo original del creacutedito cuando el acreditado hubiere cubierto a) la totalidad de los intereses de-vengados b) el principal del monto original del creacutedito que a la fecha de la renovacioacuten o reestructuracioacuten debioacute haber sido cubierto (2) Durante el transcurso del 20 final del plazo original del creacutedito cuando el acredi-tado hubiere a) liquidado la totalidad de los intereses devengados b) cubierto la tota-lidad del monto original del creacutedito que a la fecha de renovacioacuten o reestructuracioacuten de-bioacute haber sido cubierto y c) cubierto el 60 del monto original del creacutedito
Con motivo de la contingencia sanitaria yo de una crisis econoacutemica derivada de eacutesta iquestel banco puede modificar unilateralmente la tasa de inte-reacutes de mi creacutedito hipotecario de fija a variable
En el caso de creacuteditos hipotecarios salvo que en el contrato de creacutedito el banco se hubiere reservado el derecho de modificar unilateralmente la tasa de intereacutes sin nece-sidad de requerir el consentimiento previo del deudor inclusive para cambiarla de fija
a variable la legislacioacuten vigente aplicable no otorga a la institucioacuten de creacutedito derecho al-guno para modificar unilateralmente la tasa de intereacutes de fija a variable Precisamente el banco tiene la obligacioacuten de respetar la tasa de intereacutes fija pactada en un creacutedito hipote-cario no obstante cualquier tipo de fluctua-ciones econoacutemicas en el paiacutes
iquestA queacute dependencia puedo acudir para defen-derme de un banco que busque modificar las condiciones de mi creacutedito hipotecario con moti-vo de la contingencia sanitaria yo de una crisis econoacutemica derivada de eacutesta
Ante la Comisioacuten Nacional para la Protec-cioacuten y Defensa de los Usuarios de Servi-cios Financieros la cual tiene por objeto la proteccioacuten y defensa de los derechos e in-tereses del puacuteblico usuario de los servicios financieros que prestan las instituciones puacuteblicas privadas y del sector social debi-damente autorizadas
Si mi creacutedito hipotecario fue otorgado por el IN-FONAVIT y mi patroacuten rescinde mi relacioacuten laboral o bien mi empresa entra en paro teacutecnico con mo-tivo de un decreto de declaratoria de contingen-cia sanitaria iquestse suspenden en automaacutetico mis obligaciones de pago de dicho creacutedito
Si el trabajador perdioacute su relacioacuten laboral eacuteste podriacutea solicitar al INFONAVIT que sea aplicado a su favor el Fondo de Proteccioacuten de Pagos (que podriacutea considerarse como un ldquoseguro de desempleordquo) o bien alguna proacute-rroga en los pagos de las siguientes amor-tizaciones ya sea eacutesta (i) parcial donde con un pago miacutenimo mensual durante cierto plazo maacuteximo el INFONAVIT absorbe el 50 de intereses y el otro 50 se acumula o (ii) total donde se suspende el pago del saldo del creacutedito en un plazo no mayor a 4 meses en el entendido que el 100 de intereses
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se acumula
Si los ingresos del trabajador disminuye-ron el INFONAVIT otorga diversos apoyos a efecto de que los trabajadores puedan seguir cubriendo las amortizaciones de su creacutedito por ejemplo si la empresa donde el trabajador labora se encuentra en paro teacutec-nico y el creacutedito estaacute al corriente y sin rees-tructura vigente el trabajador cuenta con un apoyo hasta por 12 meses para reducir sus pagos en un 25
Para mayor informacioacuten favor de visi-tar la siguiente liga httpsportalmxinfo-navitorgmxwpsportalinfonavitwebtraba-jadorestengo-un-creditosolucionesutpz1jZDNCoJQEEafpYXLnE8tsXYWdiv6IUqy2YSG3QT-zhlnS22e1Ciqb3QznDDMfMQXEWXhNZFgkKg-vTqt-wvbUFMOy3jBnsVR_uYLzAdC5MLEHrJ2A-6gOjBmAln6FSAN_I6E8sUvkH8j48v5eI__wfA-v9eviZ_Itw_aqAGMOuCRQd0VY2KZqugVuJtFliO-J83gf53GuX_JqfCiK07mrQUNZlrpUSqaxvlNH-DZ-UgzoXFLyTdDr6foBk1OToVrqNxh04ckCLdzd5L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh
Condominio
iquestPuedo legalmente suspender mis obligaciones de pago de cuotas de mantenimiento respecto del condominio en donde se encuentra el inmue-ble que habito
En principio no pues la fuerza mayor debe tener una conexioacuten directa con el incumpli-miento Conforme a los artiacuteculos 55 y 56 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (i) cada condoacutemino yo poseedor estaacute obligado a cubrir puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias de administracioacuten y man-tenimiento establecidas por la asamblea general de condoacuteminos y (ii) dichas cuotas no estaraacuten sujetas a compensacioacuten excep-
ciones personales ni ninguacuten otro supuesto que pueda excusar su pago No obstante lo anterior el mismo artiacuteculo 56 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal sentildeala que si el condoacutemino obligado al pago de las cuotas acredita (a) no contar con recursos o bien (b) se encuentre en estado de insolvencia declarada en ese caso la asamblea general de condoacuteminos podraacute acordar que dichas cuotas puedan ser cubiertas con trabajo a favor del condominio En virtud de lo ante-rior podriacutea considerarse que hasta en tanto no se acuerde que las cuotas puedan ser cubiertas con trabajo a favor del condomi-nio el condoacutemino que incumpla con su obli-gacioacuten de pago de dos cuotas ordinarias o una extraordinaria en el plazo establecido por la asamblea general podraacute ser conside-rado como moroso Lo anterior a reserva de que el reacutegimen de propiedad en condominio o el reglamento especiacutefico establezcan alguna disposicioacuten que lo permita
Compraventa y Promesa de Compraventa
Vendiacute un inmueble a plazo y mi comprador se ha comunicado conmigo para decirme que no van a poder realizar el pago del siguiente abono debido a la emergencia sanitaria iquestQueacute medidas legales debo tomar al respecto iquestDebo yo puedo exigir-les el pago iquestPodemos llegar a alguacuten acuerdo iquestQueacute tipo de acuerdo seriacutea el recomendable
Lo primero que debe hacer es revisar su contrato de compraventa para determinar si las partes acordaron las consecuencias en caso de que el comprador incumpliera con su obligacioacuten de pago del precio y en-viar en su caso las notificaciones de re-querimiento de pago yo incumplimiento contempladas en tal documento Asimis-
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mo el contrato puede prever entre otros la rescisioacuten del contrato (es decir darlo por terminado) en caso de que el comprador incumpla con uno o maacutes pagos parciales la devolucioacuten de la vivienda en caso de que el comprador ya tenga la posesioacuten de la misma y el pago de alguna pena convencional por parte del comprador como consecuencia de su incumplimiento Por ello es importan-te que revise su contrato
En caso de que su contrato de compraventa no contenga acuerdos al respecto es reco-mendable que usted como vendedor enviacutee una notificacioacuten por escrito al comprador notificaacutendole su incumplimiento y requirieacuten-dole el pago a fin de que lo anterior quede documentado
Las partes pueden llegar a un acuerdo en cualquier momento a fin de modificar las condiciones de pago originalmente pacta-das a traveacutes de un convenio modificatorio firmado por ambas partes En caso de que su contrato conste en una escritura puacuteblica el convenio modificatorio tambieacuten deberaacute constar en escritura puacuteblica
Los acuerdos pueden ser entre otros bull Posponer el pago de un determinado nuacute-
mero de parcialidades al final del plazobull Ampliar el plazo del contrato para pagar
un determinado nuacutemero de parcialidades en el plazo ampliado
bull Incrementar el monto de cada parciali-dad y reducir el nuacutemero de parcialidades a fin de que el comprador tenga un plazo durante el cual no tenga que realizar pa-gos parciales
Es importante estar atentos a los decre-tos acuerdos y demaacutes resoluciones que emitan los Gobiernos Federal y local de la Ciudad de Meacutexico a fin de conocer las reglas
que en su caso se llegaren a emitir en ma-teria de pago de precio de compraventa a plazos entre particulares Para el tratamien-to de creacuteditos otorgados por instituciones financieras por favor consulte el apartado respectivo de esta Guiacutea Juriacutedica
iquestQueacute pasa si no llego a un acuerdo con mi arren-dador o mi vendedor (en caso de venta en abonos o a plazo) a efecto de aplazar mis obligaciones de pago de renta o del abono correspondiente
Si las partes no llegan a un acuerdo cual-quiera de ellas podraacute ejercer los derechos concedidos en sus respectivos contratos y en la ley ante los juzgados competentesPor lo anterior es recomendable que las par-tes lleven a cabo sus comunicaciones de manera escrita a fin de que cuenten cada una de ellas con evidencia suficiente para defender los derechos que pretendan ejer-cer ante el juzgado competente
iquestEn todos los casos tiene que existir una decla-racioacuten formal de autoridad respecto a emergen-cia sanitaria [para suspender las obligaciones de las partes bajo los contratos de arrendamiento de vivienda y de compraventa de una vivienda a plazos] o resulta suficiente la afectacioacuten por la situacioacuten sanitaria que se estaacute viviendo
Es importante sentildealar que las medidas dic-tadas por los Gobiernos Federal y Local de la Ciudad de Meacutexico no limitan a los arren-datarios ni a los compradores de inmuebles destinados a casa habitacioacuten en ninguacuten sentido para buscar medidas alternativas que les permitan cumplir con sus respec-tivas obligaciones El hecho de que el paiacutes esteacute atravesando por una emergencia sa-nitaria no coloca a las indicadas partes en una posicioacuten automaacutetica de justificacioacuten de incumplimiento de sus respectivas obli-gaciones conforme a sus contratos y a las
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leyes aplicables
Si tengo celebrado un contrato de promesa de compraventa de un inmueble y por la emergencia sanitaria no puedo cumplir con mis obligaciones iquestpuede dar por terminado el contrato O bien si la otra parte se incumple iquestpuedo reclamar el pago de dantildeos y perjuicios
Mediante el contrato de promesa de com-praventa de un inmueble el promitente comprador se obliga a comprar y el promi-tente vendedor a vender un inmueble de-terminado La obligacioacuten principal de dicho contrato es la celebracioacuten del contrato definitivo de compraventa en el cual entre otras el comprador pagaraacute el precio y el ven-dedor entregaraacute el inmueble
Como en todos los casos para poder deter-minar si se puede dar por terminado el con-trato asiacute como queacute constituye un incum-plimiento primero habraacute que referirse a los teacuterminos del contrato incluyendo queacute pe-nas convencionales preveacute el contrato (pej peacuterdida del depoacutesito o intereses morato-rios) si hay excluyentes de responsabilidad como caso fortuito o fuerza mayor asiacute como cuaacutel es la definicioacuten de estos teacuterminos
Asumiendo que el contrato respectivo no hace referencia a dichos temas seraacute im-portante primero determinar si conforme a la legislacioacuten aplicable la situacioacuten actual podriacutea considerarse como un caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de las obligaciones de las partes
Respecto a las obligaciones del promitente vendedor eacutestas se limitan a la formalizacioacuten del contrato de compraventa y en ese acto a la entrega del inmueble prometido Difiacutecil-mente se podriacutea argumentar que la actual situacioacuten dificulta o limita el cumplimien-
to de dichas obligaciones especiacuteficas Sin embargo si en alguacuten momento las notariacuteas puacuteblicas de la Ciudad de Meacutexico se vieran obligadas a cerrar por la contingencia en-tonces en ese caso especiacutefico seriacutea de imposible cumplimiento la celebracioacuten del contrato definitivo (en virtud de que dicho contrato debe ser formalizado por un nota-rio puacuteblico) en cuyo caso la obligacioacuten de celebrar el contrato definitivo (y por ende el pago del precio) se podriacutea postergar hasta que fuera posible la celebracioacuten de dicho contrato ante un notario puacuteblico
En caso de que por cualquier otra razoacuten el promitente vendedor se niegue a la celebra-cioacuten del contrato definitivo el promitente comprador puede acudir ante un juez de la Ciudad de Meacutexico para solicitar que eacuteste firme en lugar del promitente vendedor y asiacute quede celebrado y formalizado el contrato definitivo asiacute como demandar el pago de los dantildeos y perjuicios que se hubieren ge-nerado Es importante mencionar que en di-cho caso el promitente comprador deberaacute demostrar cuales dantildeos y perjuicios se le generaron (pej pago de rentas que de otra forma no hubiera tenido que pagar)
Respecto al promitente comprador su obli-gacioacuten consiste en la celebracioacuten del con-trato definitivo y en ese caso del pago del precio En dicho caso tambieacuten seriacutea difiacutecil argumentar que la situacioacuten actual repre-senta un caso fortuito o fuerza mayor por virtud del cual no puede dar cumplimiento a sus obligaciones en virtud de que a la ce-lebracioacuten del contrato de promesa se asu-miriacutea que el promitente comprador contaba con los recursos o la fuente de los recursos para el pago del precio asiacute como la existen-cia de fuentes adicionales de financiamien-to como pueden ser creacuteditos venta de ac-tivos etc
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En virtud de todo lo anterior la recomenda-cioacuten principal en estos casos es la nego-ciacioacuten entre las partes para poder acordar nuevos teacuterminos para la celebracioacuten del con-trato que sean beneacuteficos o aceptables para ambas partes como puede ser un plazo ma-yor para la celebracioacuten del contrato definiti-vo condiciones distintas de pago u otras que las partes consideren convenientes
iquestCuaacutendo aplica el caso fortuito y la fuerza mayor en un contrato de promesa de compraventa de inmueble
En virtud de que la obligacioacuten principal en un contrato de promesa es la celebracioacuten del contrato definitivo el caso fortuito o fuer-za mayor se presenta cuando (i) ocurre un hecho de la naturaleza o acto del hombre (ii) que sea totalmente ajeno a la voluntad de las partes y fuera de su control (iii) que el evento sea imprevisible o bien siendo pre-visible se esteacute imposibilitado para evitarlo y iv) dicho acto imposibilite el cumplimien-to de la obligacioacuten de celebrar el contrato definitivo
Por la naturaleza de la obligacioacuten necesaria-mente tendriacutea que tratarse de situaciones que no permitan la celebracioacuten del contrato como podriacutean ser (i) la peacuterdida del inmueble por alguacuten hecho o acto (ii) la imposibilidad material de la celebracioacuten del contrato por situaciones externas como orden de au-toridad competente cierre generalizada de notariacuteas o (iii) prohibicioacuten legal
Arrendamiento
En caso de una contingencia sanitaria iquestel arrendador estaacute obligado a no exigir el pago de la renta
No El Coacutedigo Civil para el Distrito Federal no preveacute de manera expresa que el arrendador esteacute obligado a dejar de exigir el pago de la renta o disminuir el importe de la misma en caso de una contingencia o emergencia sa-nitaria como lo es el COVID-19 Los supues-tos del Coacutedigo Civil para el Distrito Federal en los que siacute se preveacute que no se causaraacute renta o que el arrendatario podraacute pedir una reduccioacuten de la misma derivado de un caso fortuito o fuerza mayor atienden al hecho de que el arrendatario se vea ldquoimpedido a usarrdquo el inmueble o parte del mismo
iquestEn el caso de renta de vivienda puede el arren-dador incrementar el monto de la renta o el arren-datario solicitar que baje o se suspenda durante una emergencia sanitaria
Como se sentildealoacute en la respuesta 15 ante-rior el Coacutedigo Civil para el Distrito Federal no preveacute de manera expresa que el arrendador esteacute obligado a dejar de exigir el pago de la renta o disminuir el importe de la misma en caso de una emergencia sanitaria ni mucho menos incrementarla Tampoco preveacute que el arrendatario pueda solicitar al arrendador una reduccioacuten del importe de la renta o sus-pensioacuten del pago de la misma durante una emergencia sanitaria
No obstante lo anterior no existe restric-cioacuten alguna para que el arrendatario y el arrendador puedan de manera bilateral pac-tar temporalmente una reduccioacuten del im-porte de la renta o suspensioacuten del pago de la misma como una accioacuten de buena fe para enfrentar la situacioacuten que actualmente se vive como resultado del COVID-19
iquestPuedo legalmente suspender mis obliga-ciones de pago de renta en caso de arren-dar vivienda
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Si bien los casos fortuitos yo eventos de fuerza mayor son excepciones al cumpli-miento de las obligaciones contractuales es decir que la parte afectada puede ar-gumentarlos para intentar justificar el in-cumplimiento de sus obligaciones contrac-tuales eacutestos no se encuentran definidos o regulados de manera uniforme dentro del marco juriacutedico mexicano Por lo anterior de-beraacute atenderse a lo dispuesto en cada con-trato de arrendamiento en particular
Debe revisar su contrato de arrendamiento para verificar si contiene claacuteusula de caso fortuito yo fuerza mayor y en su caso queacute supuestos se contemplan como tales ya que por lo general las pandemias no encuen-tran consideradas Si su contrato de arren-damiento no contiene una claacuteusula de caso fortuito yo de fuerza mayor deberaacute aten-derse a lo dispuesto por los precedentes judiciales que de manera general sentildealan que tendraacute que demostrar que se encuentra impedido completamente de cumplir con sus obligaciones contractuales en virtud de dicho caso fortuito yo fuerza mayor En un eventual litigio o disputa le corresponderaacute al juez competente determinarlo
En su caso iquestqueacute alternativas existen para po-der llegar a alguacuten acuerdo con mi arrendado a efecto de suspender o aplazar mis obligacio-nes de pago
Como se mencionoacute en la respuesta 16 an-terior no existe restriccioacuten alguna para que de manera bilateral ambas partes puedan pactar temporalmente una reduccioacuten del importe de la renta o suspensioacuten del pago de la misma como una accioacuten de buena fe para enfrentar la situacioacuten que actualmente se vive como resultado del COVID-19
Soy arrendador de diversos inmuebles y algunos
de mis inquilinos se han comunicado conmigo para decirme que no van a poder realizar el pago de las siguientes rentas debido a la emergencia sanitaria iquestQueacute medidas legales debo tomar al respecto iquestDebo yo puedo exigirles el pago iquestPodemos llegar a alguacuten acuerdo iquestQueacute tipo de acuerdo seriacutea el recomendable
Las medidas dictadas por los Gobiernos Fe-deral y Local de la Ciudad de Meacutexico no im-piden el uso de los inmuebles destinados a casa habitacioacuten ni limitan al arrendatario en ninguacuten sentido para buscar medidas alter-nativas que le permitan pagar las rentas En este sentido el arrendatario continuacutea obli-gado al pago de las rentas a menos que su contrato de arrendamiento lo libere de ma-nera expresa y sin condiciones del cumpli-miento de tal obligacioacuten ante la declaratoria de una emergencia sanitaria Ahora bien en caso de que el contrato de arrendamiento contenga condiciones especiacuteficas para que el arrendatario se beneficie de la liberacioacuten de esa obligacioacuten las mismas deberaacuten ser cumplidas En caso de que el contrato de arrendamiento no contenga acuerdo alguno al respecto el arrendatario continuacutea obliga-do a pagar las rentas
Las partes siempre tienen la posibilidad de llegar a un acuerdo respecto del pago de las rentas en caso de que el arrendatario le haya anunciado que no pagaraacute las mismas
Los acuerdos pueden variar dependiendo de muchos factores como por ejemplo si el arrendatario tiene un historial de repetidos incumplimientos o no si el plazo del contra-to de arrendamiento estaacute a punto de termi-nar si el arrendatario ha realizado mejoras a la vivienda etc es decir depende de cada caso en particular Sin embargo algunos acuerdos pueden ser los siguientes
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Posponer el pago de un determinado nuacuteme-ro de rentas en el tiempo ya sea en un solo pago al final del contrato o bien en parcia-lidades durante un nuacutemero determinado de meses
Compensar el valor de las mejoras realiza-das en su caso por el arrendatario a la vi-vienda contra un nuacutemero determinado de rentas
Es importante que cualquier acuerdo al que lleguen las partes conste en un convenio modificatorio al contrato de arrendamiento firmado por las mismas
iquestTengo obligacioacuten de continuar pagando el man-tenimiento y los servicios de un inmueble que estoy rentando
Tomando en cuenta las excepciones y con-sideraciones mencionadas anteriormente trataacutendose de un arrendamiento de casa habitacioacuten siempre y cuando no exista un impedimento de continuar con el uso y goce del inmueble se mantienen esas obligaciones
Preventa
Si compreacute un inmueble en preventa y ya me con-firmaron que por la emergencia sanitaria se re-trasaraacute la entrega iquestpuedo dar por terminado el contrato de preventa y solicitar el reembolso de mi dinero iquestpuede el vendedor incrementar el precio de venta alegando la contingencia
En todos los casos se tendraacute primero que atender a los teacuterminos del contrato respec-tivo Eacutestos comuacutenmente incluyen penas en caso de retrasos injustificados
Seraacute importante considerar que el retraso por parte del vendedor en la entrega del inmueble podriacutea estar justificada por cual-
quiera o todos los siguientes motivos (i) im-posibilidad de continuar con la obra en virtud de falta de trabajadores como consecuen-cia directa de la contingencia (ii) imposibi-lidad de obtener permisos licencias u otras autorizaciones de las autoridades guberna-mentales debido a cierre de dependencias o interrupcioacuten de procedimientos como re-sultado de la contingencia En los casos an-teriores es probable que el vendedor no se encuentre obligado a penas convenciona-les como pueden ser intereses moratorios o la terminacioacuten del contrato
El vendedor no estaacute facultado para incre-mentar el precio de manera unilateral Para poder incrementar el precio seriacutea nece-sario que el vendedor argumente y pruebe que sus insumos aumentaron de precio de forma significativa e imprevisible en cuyo caso podriacutea acogerse a la teoriacutea de imprevi-sioacuten de los contratos la cual permite ante la eventual presencia de un suceso impre-decible y extraordinario fuera del alcance de las partes que la parte afectada por dicho suceso que generoacute un total y claro desequi-librio econoacutemico intente la accioacuten tendien-te a recuperar dicho equilibrio entre las obli-gaciones mediante un ajuste a las mismas
Para hacer valer este derecho de ajustar las contraprestaciones para asiacute ajustar el desequilibrio econoacutemico de las partes contratantes bajo la teoriacutea de la imprevi-sioacuten antes comentada el vendedor tiene derecho a pedir el citado ajuste dentro de los 30 diacuteas siguientes a los aconteci-mientos relacionados con la contingencia respectiva y las partes tendraacuten 30 diacuteas para negociar un nuevo acuerdo En caso de que no lleguen a un acuerdo podraacuten acudir a un juez quien en caso de conside-rarlo procedente daraacute a escoger a la parte demandada (el comprador en este caso)
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entre la modificacioacuten o rescisioacuten del con-trato En caso de rescisioacuten el vendedor tendriacutea que devolver al comprador todos los montos pagados a esa fecha
Usufructo
Si tengo un usufructo sobre un inmueble iquestel duentildeo puede quitaacutermelo debido a la emergencia sanitaria
En principio no conforme a la legislacioacuten de la Ciudad de Meacutexico el impedimento tem-poral por caso fortuito o fuerza mayor no extingue el usufructo ni da derecho a exigir indemnizacioacuten del propietario
En cualquier caso siempre es recomenda-ble llevar a cabo el estudio y anaacutelisis de los teacuterminos y condiciones del tiacutetulo constitu-tivo del usufructo a efecto de verificar si no existe alguacuten pacto a este respecto
iquestEl usufructuario de mi inmueble puede quitarme la propiedad debido a la emer-gencia sanitaria
No El usufructo es un derecho real y tem-poral de disfrutar de los bienes ajenos ello implica que el usufructuario no es el propie-tario del inmueble ni podraacute serlo por virtud del contrato de usufructo
Servidumbre
Si tengo constituida una servidumbre (ya sea predio sirviente o dominante) iquestel duentildeo del otro predio puede quitaacutermela debido a la emergencia sanitaria
En principio no La legislacioacuten de la Ciudad de Meacutexico establece que la servidumbre voluntaria puede extinguirse entre otros por una remisioacuten hecha por el duentildeo del
predio dominante Lo anterior implica que en cualquier momento y por cualquier cau-sa el duentildeo del predio dominante puede terminar el contrato de servidumbre me-diante una declaracioacuten unilateral de la vo-luntadnotificacioacuten realizada al propietario del predio sirviente
En cualquier caso siempre es recomenda-ble llevar a cabo el estudio y anaacutelisis de los teacuterminos y condiciones del tiacutetulo constituti-vo de la servidumbre a efecto de verificar si no existe alguacuten pacto a este respecto
Uso Habitacioacuten
Si tengo el usola habitacioacuten sobre un inmueble iquestel duentildeo puede quitaacutermelo debido a la emer-gencia sanitaria
En principio no conforme a la legislacioacuten de la Ciudad de Meacutexico las disposiciones de usufructo resultan aplicables al uso y habi-tacioacuten ello implica que el impedimento tem-poral por caso fortuito o fuerza mayor no extingue ni el uso ni la habitacioacuten ni da de-recho a exigir indemnizacioacuten del propietario
En cualquier caso siempre es recomenda-ble llevar a cabo el estudio y anaacutelisis de los teacuterminos y condiciones de los teacuterminos y condiciones del tiacutetulo constitutivo del uso y habitacioacuten seguacuten sea el caso a efecto de verificar si no existe alguacuten pacto a este respecto
Administrativos gobierno y recisioacuten de contratos
iquestEl plazo de prescripcioacuten continuacutea corriendo du-rante una emergencia sanitaria
La prescripcioacuten es el medio legal para adqui-rir bienes y derechos (prescripcioacuten positiva)
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o liberarse de obligaciones (prescripcioacuten ne-gativa) por el simple transcurso del tiempo De forma general la propiedad de bienes inmuebles se adquiere por las personas siempre que posean dichos inmuebles por el tiempo establecido en la ley (pudiendo ser de cinco antildeos a diez antildeos seguacuten el caso concreto) lo cual se requiere cumplir de for-ma previa a la emisioacuten de una sentencia judi-cial que declare la prescripcioacuten positiva es decir la adquisicioacuten legal de la propiedad del inmueble por la posesioacuten de eacuteste durante el tiempo legalmente establecido sin que ninguna otra persona tenga derecho a recla-mar la propiedad del inmueble que se trate
El plazo de prescripcioacuten es decir el tiempo necesario para adquirir la propiedad de un inmueble continuaraacute corriendo y no se inte-rrumpe por una emergencia sanitaria pues en el caso concreto de la Ciudad de Meacutexico conforme al artiacuteculo 1168 del Coacutedigo Civil para el Distrito Federal una emergencia o contingencia sanitaria no es una causa le-gal de suspensioacuten o interrupcioacuten del plazo de prescripcioacuten siempre que el interesado siga en posesioacuten del inmueble y se siga os-tentando como duentildeo del inmueble frente a las demaacutes personas
iquestEl gobierno me puede quitar la propiedad de mi inmueble debido a la emergencia sanitaria
Siacute Conforme a la fraccioacuten V del artiacuteculo 1deg de la Ley de Expropiacioacuten aplicable en materia federal y en materia local para la Ciudad de Meacutexico los procedimientos empleados para combatir o impedir entre otros la pro-pagacioacuten de epidemias como el COVID-19 es una causa de utilidad puacuteblica es decir de intereacutes general de la poblacioacuten y el Gobier-no para proceder a expropiar inmuebles por parte del Gobierno Federal o del Gobierno de la Ciudad de Meacutexico
Dicha expropiacioacuten se tendraacute que realizar mediante declaratoria de causa de utilidad puacuteblica y posterior decreto de expropiacioacuten con el correspondiente pago de una indem-nizacioacuten al propietario afectado
iquestPueden suspendercancelar mi certificado par-celario debido a la emergencia sanitaria
No Las emergencias o contingencias sani-tarias no son causa legal de suspensioacuten o cancelacioacuten de los certificados parcelarios pues conforme a los artiacuteculos 80 y 83 de la Ley Agraria dichos certificados uacutenicamente se cancelan en el supuesto de enajenacioacuten de derechos parcelarios a otra persona o cuando los ejidatarios hubieren adoptado el dominio pleno de las parcelas que teniacutean en posesioacuten
Lo que podriacutea verse suspendido es el traacutemi-te de emisioacuten de los certificados correspon-dientes puesto que diversas dependencias del Gobierno Federal han emitido acuerdos en lo que sentildealan que actualmente se en-cuentran suspendidos diversos traacutemites como medida de prevencioacuten ante la contin-gencia del COVID-19
iquestPuedo rescindirterminar anticipadamente un contrato de materia inmobiliaria con motivo de la contingencia sanitaria argumentando caso for-tuito y fuerza mayor
La rescisioacutenterminacioacuten anticipada de un contrato inmobiliario ante un evento de caso fortuito y fuerza mayor como el COVID-19 dependeraacute de los acuerdos que consten en el contrato correspondiente para determi-nar la viabilidad de suspender el cumplimien-to de las obligaciones esenciales seguir cumpliendo con las obligaciones pactadas solicitar una proacuterroga de cumplimiento o
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rescindirterminar anticipadamente dicho contrato y en su caso de forma supletoria se aplicaraacuten las disposiciones normativas locales que correspondan En el caso de la Ciudad de Meacutexico el artiacuteculo 2111 del Coacutedigo Civil para el Distrito Federal establece de forma general que nadie estaacute obligado al caso fortuito o fuerza mayor es decir que las personas podriacutean suspender el cumplimiento de las obligaciones con-tractuales que hayan pactado debido a que las personas podriacutean encontrar dificultades para cumplir con determinadas obligacio-nes durante el caso fortuito o fuerza mayor ya sea por una imposibilidad fiacutesica para cum-plirlas o porque podriacutea resultar maacutes costoso el cumplimiento de la obligacioacuten por lo que el Coacutedigo Civil para el Distrito Federal permite a las personas que ante un evento de caso fortuito o fuerza mayor suspendan el cum-plimiento de sus obligaciones uacutenicamente mientras dure el caso fortuito o fuerza ma-yor pues una vez que termine eacuteste deberaacuten ponerse al corriente con sus obligaciones que se dejaron de cumplir en ese momento y a seguirlas cumpliendo de forma ordinaria Considerando que el COVID-19 ha sido declarado por la Organizacioacuten Mundial de la Salud como pandemia a nivel mundial y que el Consejo de Salubridad General ya lo reconocioacute como una enfermedad grave de atencioacuten prioritaria y que tambieacuten ha decla-rado una emergencia sanitaria en el paiacutes por dicha enfermedad se puede considerar al COVID-19 un caso fortuito o causa de fuer-za mayor que facultariacutea a las personas para suspender el cumplimiento ordinario de sus obligaciones uacutenicamente por el plazo que dure la contingencia sanitaria siempre que la contingencia constituya un impedimento para cumplir con las obligaciones pues si la contingencia no es una causa de un posible
incumplimiento entonces el caso fortuito o de fuerza mayor no aplicariacutea en ese caso
Una vez que concluya el caso fortuito o fuerza mayor las partes deberaacuten ponerse al corriente en el cumplimiento de sus obliga-ciones una vez que haya terminado el caso fortuito o fuerza mayor Con base en lo anterior las partes del con-trato inmobiliario correspondiente podriacutean llegar a un acuerdo para suspender durante la contingencia sanitaria el cumplimiento de las obligaciones prorrogar el cumplimiento o inclusive rescindirterminar anticipada-mente el contrato inmobiliario sin respon-sabilidad para las partes si asiacute lo decidieren debido a que el incumplimiento de las obli-gaciones por caso fortuito o fuerza mayor del COVID-19 no podriacutea considerarse im-putable a las partes pues la contingencia sanitaria que ha producido un caso fortuito y de fuerza mayor que las personas no es-tariacutean obligadas a soportar por ser un hecho totalmente ajeno a las partes siempre que afecte realmente el cumplimiento de las obligaciones pactadas
iquestEstoy obligado al pago de una pena conven-cional por rescisioacuten de un contrato de materia inmobiliaria por la contingencia sanitaria que se considere caso fortuito y fuerza mayor
El pago de una pena convencional por incum-plimiento de un contrato inmobiliario ante un evento de caso fortuito y fuerza mayor dependeraacute en primer lugar de los acuerdos que consten en el contrato correspondien-te y de forma supletoria se aplicaraacuten las dis-posiciones normativas locales que corres-pondan Como se sentildealoacute en la respuesta a la pregunta inmediata anterior en el caso de la Ciudad de Meacutexico el artiacuteculo 2111 del Coacute-digo Civil para el Distrito Federal establece
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 125
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de forma general que nadie estaacute obligado al caso fortuito o fuerza mayor es decir las personas al no poder realizar debidamente el cumplimiento de sus obligaciones podriacutean incumplir con ciertos teacuterminos contractua-les sin embargo dicho incumplimiento no podriacutea considerarse imputable a las perso-nas porque el caso fortuito o de fuerza ma-yor es una excepcioacuten al cumplimiento de las obligaciones y el incumplimiento no se cau-sariacutea por las personas sino que existe una causa externa que llevariacutea ante un eventual incumplimiento por lo que los deudores no podriacutean estar obligados a pagar las penas convencionales previstas en los contratos derivadas de incumplimiento puesto que dicho incumplimiento se estaacute causando por un caso fortuito o fuerza mayor que es un hecho totalmente ajeno a los deudores por lo que el incumplimiento de las obliga-ciones no podriacutea considerarse imputable a los deudores y por ende no seriacutea viable solicitar el pago de las penas convenciones correspondientes
iquestQueacute sucede con los traacutemites administrativos en materia inmobiliaria durante la contingencia sanitaria
En el caso de la Ciudad de Meacutexico confor-me al Acuerdo por el que se definen los alcances en materia de desarrollo urbano del Considerando cuarto del diverso acuer-do por el que se suspenden los teacuterminos y plazos inherentes a los procedimientos ad-ministrativos y traacutemites y se otorgan facili-dades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para prevenir la propagacioacuten del virus COVID-19 y el Aviso por el que optimiza la lista de traacutemites que se encuentran exceptuados del reacutegimen de suspensioacuten prevista en el numeral prime-ro del Acuerdo antes referido se estable-ce que no se encuentran suspendidos los
siguientes traacutemites (i) Dictamen Teacutecnico para Intervenciones sentildealadas para obras de construccioacuten modificaciones amplia-ciones instalaciones reparaciones regis-tro de obra ejecutada yo demolicioacuten o su revalidacioacuten respecto a ciertos predios (ii) Certificado Uacutenico de Zonificacioacuten de Uso del Suelo Digital (iii) Dictamen de Impac-to Urbano su modificacioacuten y proacuterroga (iv) Visto Bueno del Cumplimiento de los Cri-terios de Sustentabilidad para Aplicacioacuten de la Norma General de Ordenacioacuten No 26 (v) Constitucioacuten de Poliacutegono de Actuacioacuten (vi) Aplicacioacuten del Sistema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano al predio receptor (vii) Aplicacioacuten del Sis-tema de Transferencia de Potencialidades del Desarrollo Urbano al predio emisor (viii) Constancia de Derechos Adquiridos y Re-densificacioacuten y (ix) Certificado Uacutenico de Zo-nificacioacuten de Uso del Suelo Adicionalmente conforme al Segundo Acuerdo por el que se determina la suspen-sioacuten de actividades en las Dependencias Oacuterganos Desconcentrados Entidades de la Administracioacuten Puacuteblica y Alcaldiacuteas de la Ciudad de Meacutexico para evitar el contagio y propagacioacuten del COVID-19 el Gobierno de la Ciudad de Meacutexico ordenoacute la suspen-sioacuten temporal de las actividades en las dependencias oacuterganos desconcentra-dos entidades de la administracioacuten puacutebli-ca y alcaldiacuteas de la Ciudad de Meacutexico por lo que uacutenicamente continuaraacuten realizaacuten-dose las actividades que correspondan a instituciones de seguridad ciudadana sistema penitenciario salud gestioacuten in-tegral de riesgos y proteccioacuten civil bom-beros Servicio Puacuteblico de Localizacioacuten Telefoacutenica LOCATEL C5 obras y servicios sistema de aguas y Alcaldiacuteas en lo relati-vo al suministro de agua asiacute como las ne-cesarias para el otorgamiento de instru-
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mentos relacionados con inmuebles ante notarios puacuteblicos y aquellas actividades o servicios susceptibles de proporcionarse a traveacutes de medios electroacutenicos incluyen-do los de caraacutecter fiscal y presupuestal
Remodelacioacuten de Construcciones
Si contrateacute a un arquitecto y a un ingenie-ro para la remodelacioacutenconstruccioacuten de un inmueble iquestpueden los contratistas incre-mentar el precio de la obra alegando que los precios de los materiales se incrementaron y que la construccioacuten llevaraacute maacutes tiempo de lo previsto iquestpuedo o pueden dar por terminado el contrato
No en teacuterminos del Coacutedigo Civil para el Distrito Federal el empresario (tambieacuten conocido como contratista) que se en-cargue de ejecutar alguna obra por precio determinado no tiene derecho de exi-gir despueacutes ninguacuten aumento aunque lo haya tenido el precio de los materiales o el de la mano de obra de los trabajadores del empresario a menos que el propieta-rio solicite cambios a la construccioacuten en cuyo caso ambas partes pueden acordar modificaciones al monto de la contrapres-tacioacuten y al plazo de terminacioacuten de la obra
Por otro lado y en teacuterminos del citado ordenamiento legal en caso de que al encargarse una obra no se hubie-re fijado el precio las partes podraacuten hacerlo con posterioridad y en caso
de que no se pongan de acuerdo en-tonces se determinaraacute conforme a los aranceles aplicables y a falta de ellos conforme al precio que desig-nen peritos en la materia
En este caso como en todos los an-teriores es necesario revisar los teacuter-minos contenidos en el contrato de obra celebrado entre las partes a fin de determinar las causas por las cuales se podriacutea dar por terminado el mismo En caso de que no exista contrato de obra o bien el mismo no contemple las condiciones para dar por terminado el contrato habraacute que considerar que de acuerdo con el Coacutedigo Civil para el Dis-trito Federal en caso de que empresa-rio falleciere antes de terminar la obra o no pudiere terminar la obra por alguna razoacuten ajena a su voluntad el contrato se daraacute por terminado pero el propieta-rio estaraacute obligado a pagar los honora-rios y gastos erogados y no pagados En el caso de que el empresario no pu-diere terminar la obra por alguna razoacuten ajena a su voluntad habraacute que analizar con detenimiento y en cada caso en particular cuaacuteles fueron esas razones que le impidieron al empresario finalizar la obra para poder determinar si el em-presario efectivamente estaacute facultado para dar por terminado el contrato
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
MEacuteXICO 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
Propiedad en Condominio
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Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020128 Propiedad en Condominio
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iquestLas disposiciones del Gobierno aplican dentro del Condominio
Siacute el interior de los condominios son aacutereas que pueden ser denominadas de uso comuacuten y por tal motivo tienen las regulaciones que cualquier otro espa-cio general tiene Art 2 14 y 21 frac-cioacuten II de la Ley de Propiedad en Con-dominio de Inmuebles para el Distrito Federal que establece que todo aque-llo que no sea parte de la unidad privati-va deberaacute entenderse como un aacuterea de uso comuacuten
A Ley de Justicia Ciacutevica de la Ciudad de Meacutexico de hecho las define como luga-res donde pueden ser cometidas faltas ciacutevicas ldquoArtiacuteculo 5- Se comete infrac-cioacuten cuando la conducta tenga lugar en hellipVI Lugares de uso comuacuten tales como plazas aacutereas verdes jardines sende-ros calles avenidas interiores y aacutereas deportivas de recreo o esparcimiento que formen parte de los inmuebles su-jetos al reacutegimen de propiedad en con-dominio conforme a lo dispuesto por la ley de la materiardquo
iquestEsto significa que debereacute acatar dentro de las aacutereas comunes las disposiciones sa-nitarias de Sana Distancia y de restriccioacuten para espacios puacuteblicos
Siacute las aacutereas comunes son espacios de convivencia general de personas Las medidas que establece el Consejo Ge-neral de Salubridad y la Secretaria de Salud de la Ciudad de Meacutexico aplican para estos espacios como si te encon-traras en una calle
La finalidad es proteger a las personas que conviven en el mismo espacio fiacutesi-
co y que por tal motivo pueden dar lugar a contagios
iquestLas medidas y restricciones aplican a los elevadores
Siacute las medidas aplican desde el mo-mento que abandonas tu casa o unidad privativa Los elevadores se encuen-tran definidos como aacutereas comunes en la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal artiacute-culo 23 fraccioacuten I los Reglamentos In-ternos y en la Escritura Constitutiva del Condominio
iquestCoacutemo me afectan las regulaciones del Go-bierno de la Ciudad de Meacutexico dentro de Condominio
Como es de su conocimiento la Ciudad de Meacutexico ha implementado la Fase 3 de la emergencia sanitaria por CO-VID-19 por declaracioacuten de la Jefa de Gobierno en conjunto con la Secretariacutea de Salud de la CDMX Como medida ge-neral se implementa el uso obligatorio de cubre bocas en aacutereas puacuteblicas a par-tir del lunes 27 de abril
iquestEsta medida de usar tapabocas me aplica
Siacute aplica desde el momento que se abandona la unidad privativa casa o departamento y la persona se ubica en aacutereas comunes caminando rodando o circulando por ellas
Es importante reconocer que deberaacute de considerarse por todos los condoacute-minos que para efectos legales todas las aacutereas comunes son consideradas como un aacuterea puacuteblica para efectos de esta disposicioacuten
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iquestMi departamento lo utilizo para Airbnb puedo seguir usaacutendolo
No derivado de que las labores de hos-pedaje se consideran como una activi-dad no esencial conforme al ldquoTERCER ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN ACCIONES EXTRAORDINARIAS EN LA CIUDAD DE MEacuteXICO PARA ATENDER LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANI-TARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR EN CONCORDANCIA CON EL ACUERDO DEL CONSEJO DE SALUBRIDAD GENE-RAL DEL GOBIERNO FEDERAL CON EL PROPOacuteSITO DE EVITAR EL CONTAGIO Y PROPAGACIOacuteN DEL COVIDndash 19rdquo con nuacute-mero de gaceta 315 bis la cual puede consultar en el link httpsdataconseje-riacdmxgobmxportal_olduploadsgacetasa7f4c9294e6fa92205c8c4249a6c3c60pdf publicado en la Gaceta Oficial de la Ciu-dad de Meacutexico el diacutea 01 de abril del antildeo en curso y sus modificaciones que han prorrogado el teacutermino de suspensioacuten hasta el 30 de mayo de presente antildeo
ldquoIII Todas las actividades no mencio-nadas en la fraccioacuten anterior quedaraacuten suspendidas por ejemplo hellip turismo establecimientos de hospedajerdquo
En virtud de que las actividades clasi-ficadas como de Airbnb son identifica-das por la autoridad como servicios de alojamiento y causan impuestos por tal actividad comercial deben ser suspen-didas en teacuterminos del acuerdo
iquestDebo suspender la obra que estoy ejecu-tando en mi departamento
S iacute e n t eacute r m i n o s d e l t e rc e r a c u e r -d o a r r i b a c i t a d o l a s o b ra s d e nt ro d e l o s d e p a r t a m e nt o s d e b e n s e r
s u s p e n d i d a s p o r s e r u n a a ct i v i -d a d n o e s e n c i a l
iquestTambieacuten deben suspenderse las obras de mantenimiento de condominio
No toda vez que las obras de mante-nimiento permiten la conservacioacuten del condominio su habitabilidad seguridad y salubridad
Sin embargo las obras que NO tengan como finalidad el mantenimiento sino que se consideran de ornato o no esen-ciales pueden ser suspendidas siem-pre que no acarreen mayores perjuicios con su suspensioacuten por dejar inhabita-ble o sin uso un aacuterea del condominio La seguridad e higiene del condominio debe ser el objetivo para resolver una suspensioacuten en estos casos
iquestPuedo seguir haciendo uso de las aacutereas comunes deportivas del condominio
No el tercer acuerdo determinoacute el cie-rre de todas las aacutereas destinadas a sa-lones de fiestas salas de cine teatros auditorios bares bantildeos de regadera y de vapor gimnasios deportivos boli-ches billares parques recreativos con acceso restringido etc
iquestPuedo seguir haciendo uso de las aacutereas de jardiacuten de mi condominio
Si de forma ordenada Lo anterior bajo el supuesto de que el espa-cio de jardiacuten permita la separacioacuten de las personas cuando menos con 2 metros de distancia entre ellas mientras permanecen en el aacuterea Que el aacuterea esteacute ventilada y permi-ta la higiene del espacio de acceso
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020130 Propiedad en Condominio
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para las personas que ingresan y salen de ahiacute
Nuestra recomendacioacuten es que la Admi-nistracioacuten y el Comiteacute de Vigilancia es-tablezcan horarios entre los diferentes departamentos para el uso equitativo del jardiacuten buscando en todo momento no saturar el aacuterea no generar aglome-raciones y establecer si el uso de esta aacuterea les traeraacute aparejada una disciplina de limpieza adicional para garantizar la higiene de aquellos que ingresen al lu-gar transitando por las aacutereas comunes como lo ha sugerido la autoridad Sani-taria de la Ciudad de Meacutexico
No se debe olvidar que la medida de sana distancia incluye las medidas baacutesicas de ldquoQueacutedateencasardquo Las personas que habitan un condominio pueden ser objeto de contagio entre siacute por lo que no debe considerarse que bajar al jardiacuten es una forma de socializacioacuten admitida o no riesgosa en este momento Estas medidas han sido establecidas por la Agencia de Proteccioacuten Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de Meacutexico y por tal motivo deben ser respetadas
iquestPuedo recibir mensajeriacutea o paquetes en mi domicilio
Si pero el condoacutemino que la solicitoacute deberaacute bajar a la entrada de su condo-minio para recibirlos La autoridad Sani-taria ha recomendado que se limite el ingreso de personas extrantildeas al condo-minio y que se lleven a cabo las medi-das de higiene para todos los paquetes que se reciban esto con la finalidad de resguardar la salud de los ocupantes hacia el interior del condominio
iquestQueacute medidas debe tomar mi condominio y yo como condoacutemino para las personas que visitan el condominio y los vehiacuteculos
Las medidas que se han recomendado son
ACCESO PEATONALES Y VEHICULARES
bull Limitar la entrada de personas ajenas al inmueble que muestren signos y siacuten-tomas propios del virus Covid-19 como tos estornudos o fiebre
bull Colocar a la entrada del edificio dispen-sadores de gel antibacterial carteles alusivos a lavado o desinfeccioacuten de manos y al uso de cubre bocas
bull Procurar no recibir visitas salvo en los casos en que sean indispensables
bull Evitar el ingreso de los mensajeros si solicitas alguacuten servicio de entrega acu-de tuacute mismo a recogerlo a la entrada de tu edificio o unidad habitacional
iquestQueacute medidas debe tomar mi condominio hacia el interior
En materia de aacutereas comunes la Agen-cia de Proteccioacuten Sanitaria del Gobier-no de la CDMX ha recomendado lo siguiente
AacuteREAS COMUNES
bull No realizar reuniones vecinales fies-tas visitas a casa de otro vecino o ac-tividades recreativas y deportivas en conjunto
bull Lavar y desinfectar aacutereas comunes como patios recepciones escaleras pasamanos tubulares elevadores pasillos estacionamientos bancas y puertas con la solucioacuten desinfectante propuestas por la autoridad sanitaria
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bull Reducir el acceso al elevador a la ter-cera parte de su capacidad privilegia el uso de las escaleras
bull Limpiar el elevador al menos 2 o 3 ve-ces al diacutea con la solucioacuten desinfectan-te sugerida por la autoridad sanitaria
bull Lavar y desinfectar los depoacutesitos de agua como cisterna y tinacos mante-niendo una cloracioacuten de 1 a 15 ppm de cloro residual libre
bull Retirar decoracioacuten y objetos en desusobull Colocar los residuos en contene-
dores separados para orgaacutenicos e inorgaacutenicos
bull Gestionar ante la autoridad de la Al-caldiacutea o municipio correspondiente la recoleccioacuten de los residuos soacutelidos al menos una vez al diacutea
iquestPuedo dejar de pagar mantenimiento en estos momentos
No todo condoacutemino y poseedor del condominio en su caso estaacute obl igado a cubrir puntualmente las cuotas que para tal efecto esta-blezca la Asamblea General seguacuten lo marca el art 55 de la Ley de Con-dominio de Inmuebles para el Dis-tr ito Federal
De hecho el pago de las cuotas de mantenimiento ordinarias y ex-traordinarias no estaacuten sujetas a compensacioacuten excepciones per-sonales ni ninguacuten otro supuesto que pueda excusar su pago salvo que dicho condoacutemino acredite no contar con recursos o bien se encuentre en estado de insolvencia declarada Soacutelo en ese caso la Asamblea podraacute acordar que dichas cuotas puedan ser cubiertas con trabajo a favor del condominio
Pero si la Asamblea no estaacute en condi-ciones de acordar dicha medida se puede llegar a un convenio con la Admi-nistracioacuten y el Comiteacute de Vigilancia con apoyo del Comiteacute de Mediacioacuten para establecer un mecanismo de pagos re-ducidos difiriendo el pago
Hay que recordar que el pago del man-tenimiento es la uacutenica forma en que el Condominio puede llevar a cabo las la-bores de limpieza y de servicios de las aacutereas comunes que en este momento estaacuten generando maacutes gastos por la ne-cesidad de implementar un sistema de limpieza e higiene maacutes profundo
iquestPuede la Administracioacuten y el Comiteacute de Vi-gilancia establecer limitaciones de uso de las aacutereas comunes de forma liacutecita
Siacute el encargo del Administrador es am-pliacutesimo como lo marca el artiacuteculo 43 fracciones II V y VI XV XVI y XVII de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal y le impone los deberes de resguardar el inmueble y sus ocupantes vigilando en todo momento que los servicios se presten y se cumplan con las medidas impuestas por la autoridad
Asimismo el Administrador es el apo-derado dentro del Condominio sobre las Aacutereas Comunes con facultades de Administracioacuten fraccioacuten XVII del art 43 como tal puede adoptar las medidas urgentes necesarias para la salvaguar-da de la salud de los condoacuteminos que transitan las aacutereas comunes
Conforme a estas disposiciones el Comiteacute de Vigilancia en uso de sus fa-cultades de supervisioacuten que le otorga
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020132 Propiedad en Condominio
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el artiacuteculo 49 fracciones I III V IX (muy importante que apoyen en el llamado al orden y disciplina) XII XIII y XIV de la Ley de Propiedad en Condominio de In-muebles para el Distrito Federal vigila-raacute que las medidas sean proporcionales y adecuadas al fin que se persigue
iquestQueacute medidas deben tomarse con la Basura en los casos de que haya condoacuteminos con COVID-19
El Gobierno de la Ciudad de Meacutexico a traveacutes de las Secretariacuteas de Medio Ambiente y la Secretariacutea de Salud pu-blicoacute en su sitio digital un exhorto a la ciudadaniacutea para separar correctamente sus residuos en orgaacutenicos inorgaacutenicos reciclables asiacute como inorgaacutenicos no re-ciclables y sanitarios con la finalidad de evitar la propagacioacuten del COVID-19 y proteger a los trabajadores de limpia
Las alcaldiacuteas desarrollan acciones para reforzar la correcta separacioacuten de residuos bajo lo establecido en la norma NADF-024-AMT-2013 y asiacute manejar adecuadamente los residuos sanitarios
La correcta separacioacuten de residuos sanitarios debe hacerse en los ho-gares y deben seguir las siguientes indicaciones
bull Colocar en una bolsa los cubrebocas guantes pantildeuelos desechables chi-cles cepillos dentales cigarros enva-ses de medicamentos jeringas apoacute-sitos y gasas Todos estos residuos se nombran como no reciclables y sanitarios
bull La bolsa que contenga estos residuos debe rociarse por dentro y por fuera
con una solucioacuten de agua clorada (se recomienda utilizar una solucioacuten clora-da a 400 ppm la cual se obtiene al antildea-dir 10 mililitros de cloro comercial en un litro de agua)
bull Se sugiere marcar la bolsa con un plu-moacuten permanente escribiendo la leyen-da ldquoResiduos sanitariosrdquo
bull Despueacutes de esto puede entregarse al camioacuten o a la persona que recolecta la basura
Como parte de un trabajo coordinado se pidioacute a las alcaldiacuteas reforzar las medidas de seguridad para los trabajadores de lim-pia para que
bull Usen guantes de trabajo (que no sean de laacutetex) y cubre bocas
bull Fomenten el lavado frecuente de ma-nos y el uso de gel antibacterial
bull Mantengan una sana distancia durante la entrega de los residuos
bull Realicen desinfecciones perioacutedicas a los camiones recolectores utilizando una solucioacuten clorada a 400 ppm la cual se obtiene al antildeadir 10 mililitros de clo-ro comercial a cada litro de agua
Dentro del Condominio debe vigilarse que el personal encargado de los re-siduos debe entregar sus residuos en tres fracciones orgaacutenicos inorgaacutenicos reciclables e inorgaacutenicos no recicla-bles y sanitarios tomando en cuenta que los cubre bocas guantes de laacutetex o plaacutestico papel higieacutenico servilletas pantildeuelos desechables envases de me-dicamentos jeringas apoacutesitos y gasas deben ir en la fraccioacuten de residuos no reciclables y sanitarios
Todos los condoacuteminos deberaacuten apoyar para que se separen correctamente to-
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dos sus residuos y al entregarlos a los trabajadores de limpia deben informar que se tratan de residuos inorgaacutenicos no reciclables que contienen residuos sanitarios para que no abran la bolsa
La Ley de Residuos Soacutelidos y su Re-glamento por razones de salubridad e higiene permite el uso de bolsas de plaacutestico para el manejo de residuos sanitarios Mientras no existan bolsas que cumplan con las caracteriacutesticas sentildealadas en el Reglamento durante la contingencia sanitaria COVID-19 pue-de usarse cualquier tipo de bolsa plaacutes-tica para contener estos residuos
Se recomendoacute a la poblacioacuten usar las bolsas que ya tengan en sus casas o de ser posible comprar las que sean amigables con el ambiente como las que estaacuten hechas de material reciclado o se identifican como compostables
iquestEstoy obligado a informar si estoy enfermo de COVID-19 a la Administracioacuten
En principio la Ley de Proteccioacuten de Datos Personales en Posesioacuten de Par-ticulares protege la informacioacuten de los pacientes como datos sensibles
Sin embargo para poder tomar medi-das adecuadas de sanidad el Condo-minio requiere de cooperacioacuten y que de ese modo el personal de limpieza realice labores de cuidado en las zonas que asiacute lo requieran Adicionalmente la recomendacioacuten es que la notificacioacuten se haga de forma confidencial sin ello la Administracioacuten y el Comiteacute de Vigi-lancia se queda con poca informacioacuten para implementar medidas de seguri-dad para toda la comunidad
Hay que recordar que los residuos que provienen de una unidad privativa que tiene alguacuten enfermo de COVID-19 de-ben ser manejados con cuidado por el personal de limpieza del Condominio para evitar que se disemine una enfer-medad o se contagie alguien del perso-nal del condominio
Adicionalmente es recomendable que los Condoacuteminos enfermos notifi-quen puesto que en solidaridad la Administracioacuten puede estar al pen-diente en caso de una emergencia o de alguna necesidad para adquirir viacute-veres o medicinas
No debe olvidarse que la idea de la notificacioacuten protege a la poblacioacuten de riesgo dentro del condominio como personas adultas mayores mu-jeres embarazadas menores prema-turos y cualquier persona calificada de riesgo
iquestIncurro en una Sancioacuten si no reporto o no hago caso
Siacute conforme a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal los condoacuteminos que violan el artiacuteculo 21 fraccioacuten II son sancionados conforme al artiacuteculo 87 fraccioacuten III se aplicaraacute multa por el equivalente de cincuenta a trescien-tos veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de Meacutexico vigente
Estas sanciones son independientes de las penas en que incurran conforme al Reglamento Interno y las que impon-ga la Asamblea de Condoacuteminos por los dantildeos y perjuicios causados dentro del condominio
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020134 Propiedad en Condominio
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No sobra sentildealar que el coacutedigo Penal de la Ciudad de Meacutexico establece el delito de contagio en su artiacuteculo 159 que sentildeala ldquoAl que sabiendo que pade-ce una enfermedad grave en periacuteodo infectante ponga en peligro de con-tagio la salud de otro por relaciones sexuales u otro medio transmisible siempre y cuando la viacutectima no tenga conocimiento de esa circunstancia se le impondraacuten prisioacuten de tres meses a tres antildeos y de cincuenta a trescien-tos diacuteas multa Si la enfermedad pa-decida fuera incurable se impondraacuten prisioacuten de tres meses a diez antildeos y de quinientos a dos mil diacuteas multa Este delito se perseguiraacute por querella de la viacutectima u ofendidordquo
Por esta razoacuten apelando a la confiden-cialidad y la armoniacutea condominal debe buscarse un punto de cooperacioacuten con respeto para hacer posibles los fines de las autoridades que buscan evitar el contagio masivo de personas y en especial la proteccioacuten de la poblacioacuten de riesgo
iquestPueden celebrarse las asambleas trimes-trales a las que obliga el artiacuteculo 29 frac-cioacuten I de la Ley de Propiedad en Condomi-nio de Inmuebles para el Distrito Federal viacutea digital
No las asambleas de condoacuteminos no pueden ser celebradas en virtud de que se encuentran suspendidas las re-uniones de personas y debe guardase la Sana Distancia La Procuraduriacutea So-cial ha confirmado que esta disposi-cioacuten debe ser respetada de la circular que ha publicado en su sitio web
El fundamento de esto es que las
Asambleas deben ser convocadas y la presencia de los condoacuteminos es funda-mental toda vez que deben firmar su asistencia a la Asamblea y esta debe ser levantada a mano en el momento como lo establece el artiacuteculo 32 de la citada Ley
Bajo estos supuestos las normativas del Consejo General de Salubridad la Secretaria de Salud de la Ciudad de Meacutexico y la Agencia de Proteccioacuten Sa-nitaria del Gobierno de la Ciudad de Meacutexico hacen imposible la reunioacuten fiacutesica de los condoacuteminos para la cele-bracioacuten de una Asamblea ademaacutes del riesgo de Contagio
Ademaacutes la normativa protege a los condoacuteminos que por ser poblacioacuten de riesgo no puedan asistir y vean vulne-rados sus derechos al no poder oiacuter y votar los acuerdos que se adopten
iquestPuede la administracioacuten destinar recur-sos a la limpieza e higiene que se requiere por el COVID-19 aunque no esteacute aprobado en Asamblea
Siacute el Administrador en uso de las fa-cultades que establece el artiacuteculo 43 tiene la obligacioacuten de contratar los prestadores de servicios y bienes necesarios para hacer efectivo su en-cargo Por este motivo puede reorien-tar el gasto para este propoacutesito con el visto bueno del Comiteacute de Vigilan-cia como lo establece el artiacuteculo 26 fraccioacuten I de Ley de Propiedad en Con-dominio de Inmuebles para el Distrito Federal En caso de que dicho presu-puesto no sea suficiente pueden ha-cer uso del Fondo de Reserva con la finalidad de atender la emergencia
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Las medidas tomadas deberaacuten repor-tarse a la Asamblea General que se convoque inmediatamente despueacutes de terminada la emergencia conforme al mismo artiacuteculo 26 fraccioacuten I Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal
El Administrador deberaacute informar si es necesario reintegrar el fondo de Re-serva y si es necesario aportaciones adicionales de los condoacuteminos para ajustar el presupuesto que correspon-da a las nuevas medidas de higiene que deberaacuten ser adoptadas hacia el interior del condominio para proteccioacuten y se-guridad de los condoacuteminos
Se deberaacute dar vista en la siguiente Asamblea General como lo establece el artiacuteculo 26 fraccioacuten I para dar cuenta y en su caso decretar la cuota extraor-dinaria que proceda
iquestQueacute sucede si mi nombramiento como Administrador vence durante la cuarente-na y no es posible hacer el nombramiento de renovacioacuten
En este punto la pregunta se ha formu-lado a la autoridad porque es un tema no previsto en Ley como tal Conforme al tercer decreto de medidas extraordi-narias la Procuraduriacutea Social ha decla-rado diacuteas inhaacutebiles los diacuteas de cuaren-tena lo que haraacute necesario el verificar si dichos diacuteas tambieacuten prorrogan las obligaciones establecidas en la Ley para los traacutemites que la misma sentildea-la Esto es ademaacutes consistente con el hecho de que auacuten celebrando la Asam-blea de Ley la Procuraduriacutea Social de la Ciudad de Meacutexico se encuentra cerrada para la elaboracioacuten de traacutemites
Como actualmente se encuentra la Ley de Propiedad en Condominio de Inmue-bles para el Distrito Federal los Ad-ministradores tienen la obligacioacuten de hacer la convocatoria para su nombra-miento antes de que finalice el mismo sin embargo la Ley establece en el artiacute-culo 43 fraccioacuten XIII que si por causas de fuerza mayor no se ha podido hacer la convocatoria en tiempo es decir 7 diacuteas antes de vencimiento del contrato del Administrador la Ley establece una proacuterroga de 30 diacuteas maacutes para llevar a cabo dicha convocatoria
Es importante sentildealar que el nombra-miento de Administrador lo da la Asam-blea General y las obligaciones del Ad-ministrador pueden ser prorrogadas durante este plazo extraordinario para evitarle perjuicios al condominio y con la finalidad de que si hay cambio de Ad-ministracioacuten el saliente pueda llevar a cabo la entrega de la administracioacuten como lo determina a Ley
iquestQueacute sucede si nuestro Administrador estaacute imposibilitado por enfermedad o fallece du-rante la emergencia sanitaria
La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal esta-blece que si se llega a dar el caso de enfermedad que imposibilite al Admi-nistrador los artiacuteculos 43 fraccioacuten XVII y 49 fraccioacuten XII determinan que el Co-miteacute de Vigilancia podraacute hacerse cargo de la Administracioacuten durante todo el tiempo necesario hasta que esteacute de vuelta el Administrador
En caso de que su falta se haga defini-tiva por haber fallecido la suplencia por el Comiteacute de Vigilancia se extenderaacute
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por todo el tiempo necesario para que se pueda volver a convocar a Asamblea General y hacer el nombramiento de un nuevo Administrador El Comiteacute de Vi-gilancia tendraacute la representacioacuten del Condominio para todos los efectos le-gales por ministerio de Ley
iquestQueacute sucede si alguacuten miembro del Comiteacute de Vigilancia fallece durante la emergen-cia sanitaria
En caso de falta de alguacuten miembro del Comiteacute de Vigilancia el Adminis-trador tiene la obligacioacuten de notificar a la Asamblea de esta situacioacuten para que sea nombrado otro Condoacutemino en su lugar En caso de que haya maacutes miembros del Comiteacute de Vigilancia el oacutergano seguiraacute sesionando hasta que sea posible volver a convocar a Asamblea General y nombrar a las personas que sustituyan a los Con-doacuteminos que hagan falta para inte-grar el oacutergano con apego a la Ley y al Reglamento Interno del Condominio
iquestQueacute sucede si mi nombramiento como Ad-ministrador Registro de Libro o Registro de Condominio quedoacute pendiente de traacutemite por el cierre de la Procuraduriacutea Social de la Ciudad de Meacutexico
No hay problema la publicacioacuten de los Acuerdos de Suspensioacuten de labores por parte de la Procuraduriacutea Social de la Ciudad de Meacutexico han declarado diacuteas inhaacutebiles todos los de la Cuaren-tena motivo por el cual no corren los teacuterminos y una vez abiertas las ofici-nas para traacutemite se podraacute presentar el que corresponda en tiempo y forma
Si llegado el tiempo de la cuarente-na por su extensioacuten se agotara el tiempo de los 30 diacuteas adicionales el Comiteacute de Vigilancia estaacute facultado para convocar a Asamblea conforme el artiacuteculo 32 fraccioacuten II inciso b) con lo cual se mantendriacutea la regulari-dad del Condominio
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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CorporativoCAPIacuteTULO 12
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En tiempos de emergencia iquestse puede ce-lebrar una Asamblea que haya sido convo-cada conforme a los estatutos de la so-ciedad yo la Ley General de Sociedades Mercantiles (la ldquoLeyrdquo) iquestEn caso de que se celebre las resoluciones seriacutean vaacutelidas para todos los accionistassocios
Es importante mencionar que ante el brote global del COVID-19 se han adoptado diversas medidas tanto a nivel nacional como local a fin de con-tener el brote A nivel nacional una de las medidas de prevencioacuten es la suspensioacuten temporal de actividades del sector puacuteblico y privado que invo-lucren la concentracioacuten fiacutesica traacutensi-to o desplazamiento de personas con un cierto aforo mientras que a nivel local la limitacioacuten variacutea en cuanto al aforo (por ejemplo el Estado de Chi-huahua prohibioacute la conglomeracioacuten de personas en actividades privadas sin importar el aforo)
Por lo anterior primeramente habriacutea que confirmar las medidas locales adoptadas en el domicilio social de la sociedad que es el lugar donde gene-ralmente se llevan a cabo las Asam-bleas a fin de confirmar si es posible celebrar la misma En el supuesto de que la actividad no se encuentre pro-hibida la Asamblea se podraacute celebrar y las resoluciones seraacuten vaacutelidas para todos los sociosaccionistas siem-pre y cuando (i) haya estado presente el quoacuterum requerido y (ii) la votacioacuten haya cumplido con el nuacutemero de vo-tos establecido por la Ley yo esta-tutos de la sociedad En todo caso estimamos que si las resoluciones adoptadas en dicha asamblea paran perjuicio a alguacuten o algunos socios
eacutestos tendraacuten siempre la posibilidad de argumentar la causa de fuerza ma-yor o bien de ejercer sus derechos de oposicioacuten
Fuente Artiacuteculos 189 y 190 de la Ley Ge-neral de Sociedades Mercantiles
iquestEstoy obligado a cumplir con las obliga-ciones derivadas de mi cargo como admi-nistrador de presentar el informe a que se refiere el Artiacuteculo 172 de la Ley en la Asamblea General Ordinaria que se cele-braraacute los proacuteximos diacuteas iquestQueacute pasariacutea con la obligacioacuten de la declaracioacuten anual ante el Sistema de Administracioacuten Tributario (el ldquoSATrdquo)
La Ley establece la obligacioacuten de los socios de toda sociedad anoacuteni-ma de celebrar Asamblea Ordinaria por lo menos una vez al antildeo dentro de los cuatro meses que sigan al cierre de cada ejercicio social para entre otros asuntos revisar aprobar o modificar el informe de los admi-nistradores mencionado en el cita-do Artiacuteculo 172 Dicha obligacioacuten es imperfecta respecto de la sociedad ya que no existe sancioacuten en la Ley por su incumplimiento sin embargo el Artiacuteculo 176 dispone que los ad-ministradores que incumplan con la obligacioacuten mencionada podraacuten ser re-movidos de su cargo por la Asamblea de Accionistas con independencia de cualquier otra responsabilidad en la que pudieran incurrir
Salvo que los estatutos sociales lo contemplen expresamente no existe una obligacioacuten similar aplicable a los gerentes o administradores de las so-ciedades de responsabilidad civil
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Si como resultado de las medidas or-denadas por las autoridades o las que la propia empresa haya determinado adoptar para contener la propagacioacuten del COVID-19 (incluyendo por ejem-plo trabajo viacutea remota) se interrum-pe o afecta el acceso a la informacioacuten requerida para la preparacioacuten del re-porte de los administradores sobre la marcha de la sociedad considera-mos que se configurariacutea una causa de fuerza mayor que eximiriacutea de respon-sabilidad al administrador por la falta de presentacioacuten de su informe
Ahora bien es importante mencionar que la celebracioacuten de la Asamblea General Ordinaria no es un requisito para la presentacioacuten de la declaracioacuten anual ante el SAT sino que son dos obligaciones independientes aunque si bien es cierto las dos requieren de los estados financieros de la socie-dad La obligacioacuten de presentar la de-claracioacuten anual de la sociedad ante el SAT deberaacute de ser cumplida hasta en tanto la misma autoridad emita una declaratoria por medio de la cual am-pliacutee el plazo para la presentacioacuten de la declaracioacuten anual la cual hasta la fecha no ha sido emitida
Fuente Artiacuteculos 172 176 y 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Si soy accionistasocio y se convoca a Asamblea en tiempo de emergencia gra-ve pero no se han suspendido actividades comerciales iquestme puedo oponer a la cele-bracioacuten de la Asamblea
La Ley no preveacute el derecho de los ac-cionistassocios a oponerse a la ce-lebracioacuten de una Asamblea La Ley
establece que las resoluciones legal-mente adoptadas por las Asambleas son obligatorias para todos los ac-cionistassocios aun para los ausen-tes o disidentes Sin embargo la Ley otorga el derecho a los accionistassocios que representen el veinticin-co por ciento del capital social de oponerse judicialmente a las resolu-ciones de las Asambleas Generales dentro de los 15 diacuteas siguientes a la fecha de clausura de la misma Fuente Artiacuteculos 200 y 201 de la Ley Ge-neral de Sociedades Mercantiles
iquestSe puede celebrar una Asamblea General OrdinariaExtraordinaria viacutea electroacutenica aun cuando los estatutos de la sociedad no lo prevean
La Ley y los estatutos sociales rigen la organizacioacuten y funcionamiento de la sociedad No obstante que el Coacutedi-go de Comercio (que es de aplicacioacuten supletoria) dispone que en los actos de comercio y en la formacioacuten de los mismos podraacuten emplearse los medios electroacutenicos oacutepticos o cualquier otra tecnologiacutea en nuestra opinioacuten si los estatutos sociales no contemplan ex-presamente la posibilidad de celebrar Asambleas por medios electroacutenicos la validez de esas Asambleas seriacutea cuestionable pudiendo cualquier so-cioaccionista no presente reclamar la nulidad de la Asamblea
No obstante que los estatutos no contemplen asambleas viacutea remota las resoluciones que se adopten en una asamblea celebrada por medios electroacutenicos seriacutean vaacutelidas si los es-tatutos establecen la posibilidad de
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adoptar resoluciones fuera de asam-blea siempre que dichas resolucio-nes se firmen por todos los accionis-tas con derecho a voto
Fuente Artiacuteculo 143 de la Ley General de Sociedades Mercantiles Ley General de Sociedades Mercantiles y Artiacuteculo 89 del Coacutedigo de Comercio
iquestQuieacuten estaacute facultado para suspender o revocar una convocatoria a asamblea de socios o accionistas
La Ley es omisa a este respecto y generalmente los estatutos de las sociedades mercantiles tampoco contemplan este aspecto No obs-tante por principio el mismo oacutergano o persona que esteacute facultada emitir una convocatoria a Asamblea estaraacute facultada para suspenderla o revo-carla Con independencia de lo ante-rior la Asamblea de socios o accio-nistas como el oacutergano supremo de la sociedad estaacute facultada para revocar o suspender cualquier convocatoria efectuada por alguacuten otro oacutergano so-cietario o funcionario facultado
Fuente Artiacuteculo 178 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
iquestQueacute pasa si tengo un traacutemite en proce-so ante una Notariacutea o Correduriacutea Puacuteblica como por ejemplo un acta constitutiva
Si las Notariacuteas o Correduriacuteas Puacuteblicas suspenden actividades derivado de las medidas de prevencioacuten impuestas por las autoridades mexicanas res-pecto del brote global del COVID-19 los traacutemites se pausaran y continua-ran su proceso una vez que la emer-
gencia haya terminado Cabe men-cionar en estricto sentido que los traacutemites que se encuentran en traacutemi-te ante una Notariacutea o Correduriacutea Puacute-blica generalmente no tienen fecha de vencimiento especiacutefica por lo que no se incurririacutea en el incumplimiento de una obligacioacuten
iquestTengo obligacioacuten de presentar solicitud o renovar mi constancia de inscripcioacuten ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
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Si tu empresa cae en alguno de los supuestos del Artiacuteculo 32 de la Ley de Inversioacuten Extranjera deberaacutes de solicitar tu registro o renovar tu cons-tancia de inscripcioacuten ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras tal y como se establece en el Artiacuteculo 35 de la misma ley y el artiacuteculo 38 de su Reglamento
El 26 de marzo del 2020 la Secretariacutea de Economiacutea publicoacute en el Diario Ofi-cial de la Federacioacuten el decreto me-diante el cual se suspenden teacuterminos como medida para evitar la propaga-cioacuten del coronavirus COVID-19 el cual entroacute en vigor el diacutea de su publicacioacuten y tendraacute vigencia hasta el 19 de abril de este mismo antildeo Sin embargo los teacuterminos para presentacioacuten de solici-tudes y renovaciones no se suspen-dieron para traacutemites ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras En dicho caso si tu plazo liacutemite de re-gistro o renovacioacuten vence dentro del plazo del 26 de marzo al 19 de abril deberaacutes de presentar tu traacutemite en
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liacutenea en tiempo y en forma Para cum-plir con tus obligaciones en esta ma-teria la Secretariacutea de Economiacutea ha habilitado un correo electroacutenico me-diante el cual se podraacuten presentar los documentos en formato PDF Fuente Artiacuteculo 32 y 35 de la Ley de In-versioacuten Extranjera y Artiacuteculo 38 de su Reglamento
iquestTengo obligacioacuten de presentar avisos ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Siacute
El 26 de marzo del 2020 la Secretariacutea de Economiacutea publicoacute en el Diario Ofi-cial de la Federacioacuten el decreto me-diante el cual se suspenden teacuterminos como medida para evitar la propaga-cioacuten del coronavirus COVID-19 el cual entroacute en vigor el diacutea de su publicacioacuten y tendraacute vigencia hasta el 19 de abril de este mismo antildeo Sin embargo los teacuterminos para presentacioacuten de avi-sos no se suspendieron para traacutemites ante el Registro Nacional de Inversio-nes Extranjeras
En dicho caso si tu plazo liacutemite para la presentacioacuten del aviso vence dentro del plazo del 26 de marzo al 19 de abril deberaacutes de presentar tu traacutemite en liacute-nea en tiempo y en forma Para cumplir con tus obligaciones en esta materia la Secretariacutea de Economiacutea ha habilita-do un correo electroacutenico mediante el cual se podraacuten presentar los formatos y documentos en formato PDF
Fuente Artiacuteculo 38 del Reglamento de la Ley de Inversioacuten Extranjera
Alguno de los accionistas de mi compa-ntildeiacutea es extranjero y no ha presentado su aviso para informar su Nuacutemero de Identi-ficacioacuten Fiscal ante el SAT iquestTendraacute que presentarlo
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El paacuterrafo cuarto del Artiacuteculo 27 del Coacutedigo Fiscal de la Federacioacuten faculta a los socios o accionistas extranjeros a no inscribirse en el Registro Fede-ral de Contribuyentes En dicho caso los socios o accionistas extranjeros deberaacuten de proporcionar su Nuacutemero de Identificacioacuten Fiscal ante su paiacutes de origen dentro de los primeros tres meses de cada antildeo
Debido a que no se ha publicado de-creto alguno que suspenda los plazos para traacutemites ante el SAT y que dicha relacioacuten puede ser presentada por medios electroacutenicos se deberaacute pre-sentar el aviso dentro del plazo que marca la ley Fuente Artiacuteculo 27 del Coacutedigo Fiscal de la Federacioacuten y paacutegina oficial del SAT
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La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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FiscalCAPIacuteTULO 13
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020144 Fiscal
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TIacuteTULO I (DISPOSICIONES GENERALES)
iquestExiste al momento alguacuten decreto o resolucioacuten sobre estiacutemulos o facilidades en materia tribu-taria relacionados con el COVID 19
A la fecha ni el SAT ni la SHCP han emi-tido resolucioacuten alguna sobre estiacutemu-los o facilidades en materia tributaria relacionado con el COVID 19 ni existe alguacuten Decreto Presidencial que los pre-vea Sin embargo a nivel Estatal los Gobernadores han emitido diversos Decretos en los cuales otorgan facili-dades respecto al pago de contribucio-nes locales como es el caso del ISN Se adjuntan los maacutes relevantes como Anexo A del presente capiacutetulo
iquestExiste alguacuten mecanismo para el diferimiento de pago de IVA
No hasta el momento no se ha publicado mecanismo alguno para el diferimiento de pago de IVA
iquestExiste alguacuten mecanismo para el diferimiento de pago de ISR
Siacute sujeto a autorizacioacuten se podraacute solicitar el pago en parcialidades (plazo no mayor a 36 meses) o diferido (plazo no mayor a 12 meses) siempre que se presente el for-mato correspondiente y se pague el 20 del monto como primer pago
Para el caso de personas fiacutesicas si se presenta la declaracioacuten anual del ejerci-cio dentro del plazo sentildealado en la ley (a maacutes tardar el 30 de abril) se podraacute efec-tuar el pago hasta en seis parcialidades mensuales y sucesivas pagando la prime-ra mensualidad junto con la declaracioacuten anual del ejercicio
Es importante sentildealar que por disposicioacuten expresa no procederaacute la autorizacioacuten trataacuten-dose de contribuciones que debieron pagar-se en el antildeo calendario en curso ni en los 6 meses previos ni las retenidas trasladadas o recaudadas como pudiera ser el caso del ISR retenido a los trabajadores o a terceros
iquestQueacute requisitos tengo que observar para po-der deducir el costo de productos mermados no vendidos
Trataacutendose de bienes baacutesicos para la sub-sistencia humana en materia de alimen-tacioacuten vestido vivienda o salud antes de proceder a su destruccioacuten por haber perdi-do su valor se deberaacute ofrecerlos en dona-cioacuten a instituciones autorizadas por el SAT para recibir donativos deducibles de ISR dedicadas a la atencioacuten de requerimientos baacutesicos de subsistencia en dichas mate-rias Para tales efectos se deberaacute reunir con una serie de requisitos formales esta-blecidos en el RLISR y las reglas de caraacutec-ter general emitidas por el SAT
TIacuteTULO II (PERSONAS MORALES)
iquestQueacute puedo hacer para modificar el coeficien-te de utilidad empleado para el caacutelculo de mis pagos provisionales de ISR
Cuando se estime que el coeficiente de utilidad a aplicar en pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pa-gos se podraacute solicitar al SAT la autoriza-cioacuten para disminuir el monto de los pagos provisionales de ISR a partir del segundo semestre del ejercicio
iquestQueacute tratamiento fiscal tendraacuten los cobros de poacutelizas de seguro que amparen peacuterdidas rela-cionadas con el COVID 19
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El artiacuteculo 16 de la LISR establece que las personas morales residentes en el paiacutes acumularaacuten la totalidad de los ingresos en efectivo en bienes en servicio en creacutedito o de cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio
Especiacuteficamente la fraccioacuten VI del ar-tiacuteculo 18 de la LISR establece que se consideraraacute como ingreso acumulable la cantidad que se recupere por seguros fianzas o responsabilidades a cargo de terceros trataacutendose de peacuterdidas de bie-nes del contribuyente
Ahora bien la fraccioacuten XII del artiacuteculo 27 de la LISR establece que los pagos de primas por seguros o fianzas seraacuten gas-tos deducibles
Por lo anterior las cantidades recibidas por los pagos efectuados por las asegura-doras deberaacuten considerarse como ingre-sos acumulables mientas que los gastos efectuados por concepto de primas seraacuten considerados como deducibles
Asimismo se consideraraacute como un gas-to deducible en caso de resultar apli-cable el saldo pendiente por depreciar correspondiente a los bienes que se hu-bieran perdido
Por su parte el artiacuteculo 37 de la LISR sentildeala que las peacuterdidas de bienes del contribuyente por caso fortuito o fuerza mayor que no se reflejen en el inventario seraacuten deducibles en el ejercicio en que ocurran La peacuterdida seraacute igual a la canti-dad pendiente de deducir a la fecha en que se sufra
Es importante considerar que cuando esas cantidades que pagoacute la aseguradora
se reinvierten en la adquisicioacuten de bienes de la misma naturaleza a los que se per-dieron o bien para redimir pasivos que habiacutean generado los bienes que se perdie-ron dichas cantidades reinvertidas no se consideraraacuten como un ingreso acumula-ble y soacutelo en el caso en que se reinviertan cantidades adicionales eacutestas se consi-deraraacuten como una nueva inversioacuten
iquestQueacute requisitos debo observar para tomar la deduccioacuten de una cuenta incobrable
El artiacuteculo 25 fraccioacuten V de la LISR sentildeala que seraacuten deducibles los creacuteditos inco-brables y las peacuterdidas por caso fortuito fuerza mayor o por enajenacioacuten de bienes distintos al costo de lo vendido
Por su parte el artiacuteculo 27 fraccioacuten XV de la citada ley establece los requisitos que se deberaacuten observar para poder deducir los creacuteditos incobrables los cuales son
En el caso de peacuterdidas por creacuteditos inco-brables eacutestas se consideren realizadas
i) en el mes en el que se consuma el plazo de prescripcioacuten que corresponda o ii) an-tes si fuera notoria la imposibilidad praacutecti-ca de cobro
Existe notoria imposibilidad praacutectica de co-bro entre otros en los siguientes casos
a) Trataacutendose de creacuteditos cuya suerte principal al diacutea de su vencimiento no exce-da de 30000 UDIS1 cuando en el plazo de
1emspLas UDIS son unidades de medida cuyo valor variacutea dependiendo de la inflacioacuten Eacutestas son usadas generalmente para solventar las obligaciones derivadas de los creacuteditos hipotecarios y otros actos mercantiles Su valor es calculado perioacutedicamente por el Banco de Meacutexico Para tales efectos 30000 UDIS equivalen a
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un antildeo contado a partir de que incurra en mora no se hubiera logrado su cobro En este caso se consideraraacuten incobrables en el mes en que se cumpla un antildeo de ha-ber incurrido en mora Asimismo deberaacuten informar a maacutes tardar el 15 de febrero de cada antildeo a las autoridades fiscales a tra-veacutes del Portal del SAT los creacuteditos inco-brables que dedujeron el antildeo de calenda-rio inmediato anterior
Es importante mencionar que se tendraacute por cumplido el requisito de informar a las autoridades fiscales de la deduccioacuten de los creacuteditos incobrables cuando los con-tribuyentes opten por dictaminarse y ma-nifiesten en la conciliacioacuten contable-fis-cal dicha informacioacuten
Nota Cuando se tengan dos o maacutes creacutedi-tos con una misma persona fiacutesica o moral de los antes mencionados se deberaacute su-mar la totalidad de los creacuteditos otorgados para determinar si eacutestos no exceden del monto referido
En teacuterminos generales la suerte principal estaacute representada por aquellas cantida-des que producen rendimientos o intere-ses en favor de una persona a partir de una fecha determinada El monto al que ascienda la suerte principal al momento en que el creacutedito esteacute vencido podraacute ser inferior al importe original o incluso supe-rior si es que los intereses devengados no pagados se capitalizan por motivos con-tractuales con lo cual se incorporariacutean al monto de la suerte principal
b) Trataacutendose de creacuteditos cuya suerte prin-cipal al diacutea de su vencimiento sea mayor a 30000 UDIS cuando el acreedor haya de-
aproximadamente $195000 pesos
mandado ante la autoridad judicial el pago del creacutedito o se haya iniciado el procedi-miento arbitral convenido para su cobro
Para tales efectos se deberaacute cumplir con los siguientes requisitos
i) El acreedor informe por escrito al deudor que efectuaraacute la referida de-duccioacuten para que este uacuteltimo acumule el ingreso respectivo
ii) Informar a maacutes tardar el 15 de febrero de cada antildeo a las autoridades fiscales a traveacutes del Portal del SAT los creacuteditos in-cobrables que dedujeron el antildeo de calen-dario inmediato anterior
c) Se compruebe que el deudor ha sido de-clarado en quiebra o concurso mercantil
Se establece como requisito que en el pri-mer supuesto debe existir sentencia que declare concluida la quiebra por pago con-cursal o por falta de activos Es decir en el caso de que el deudor haya sido declarado en quiebra deberaacute existir sentencia que de-clare concluida la quiebra por pago concur-sal o por falta de activos supuesto que no se preveacute en el caso de concurso mercantil
En caso de que se me condone la renta de un inmueble iquesttengo que tomar alguna con-sideracioacuten fiscal en particular iquestEs un in-greso acumulable
Por regla general la condonacioacuten en el pago de la renta de un inmueble asiacute como cualquier ingreso derivado de una deuda no cubierta por el contribuyente se considera como un ingreso acumulable Derivado de la contin-gencia por COVID 19 al diacutea de hoy la autori-dad no ha emitido alguacuten beneficio relaciona-do con este concepto (Art 17-IV LISR)
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 147
Fisc
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En particular a continuacioacuten el detalle para personas morales personas fiacutesicas con actividad empresarial y profesional y de-maacutes personas fiacutesicas
a) Personas morales
En el caso de rentas devengadasvenci-das la condonacioacuten de dichas rentas seriacutea un ingreso para el arrendatario En ren-tas que auacuten no han vencido en principio no resulta un ingreso acumulable para el arrendatario
Son ingresos acumulables los derivados por deudas no cubiertas por el contribu-yente en el mes en el que se consuma el plazo de prescripcioacuten o en el mes en el que se cumpla el plazo conforme al artiacuteculo 27-XV de la LISR (Art17-IV LISR)
b) Personas fiacutesicas con actividad empre-sarial y profesional
En principio no es ingreso acumulable Salvo que se trate de rentas vencidas (deuda) en este supuesto se consideraraacute ingreso acumulable el monto total de las condonaciones quitas o remisiones (Art 101-I y 102 LISR)
c) Demaacutes personas fiacutesicas
En principio no es ingreso acumulable Salvo que se trate de rentas vencidas (deuda) en este supuesto se consideraraacute como acumulable el importe de la deuda perdonada (Art 142-I LISR)
En todos los casos es importante ana-lizar las caracteriacutesticas del contrato de arrendamiento puesto que la deuda con-donada o perdonada se considera como ingreso acumulable sin perder de vista
que el artiacuteculo 2429 del CCF establece que el arrendatario estaacute obligado a pagar la renta que se venza hasta el diacutea que se entregue la cosa arrendada
iquestSon deducibles las penas convencionales o indemnizaciones que pague a terceros distin-tos a mis empleados
Por regla general el pago de penas con-vencionales o indemnizaciones a terceros distintos a los empleados son un gasto no deducible
Salvo que i) la ley efectivamente imponga la obligacioacuten de realizar su pago ii) proven-ga de un acto de tercero o fuerza mayor y iii) no sean originadas por culpa imputable al contribuyente (Art 28-VI y 148-I LISR)
En este sentido de deberaacuten analizar a detalle los contratos y las situaciones de hecho que den origen al pago de las pe-nas o indemnizaciones para determinar su deducibilidad aunque en principio los incumplimientos que derivan directamen-te de epidemias como la que nos ocupa podriacutean ser considerados como derivados de fuerza mayor
iquestQueacute tratamiento fiscal tendraacuten los apoyos que reciba mi negocio por parte de (a) organi-zaciones privadas o (b) instituciones guberna-mentales
Los apoyos que reciba una empresa por parte de organizaciones privadas en principio son considerados como un in-greso acumulable
En el caso de apoyos otorgados por insti-tuciones gubernamentales el tratamien-to fiscal dependeraacute del programa o decre-to que otorgue el apoyo
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Lo anterior se describe a detalle en los puntos siguientes 1 Apoyo organizaciones privadas En el caso de los apoyos recibidos por parte de organizaciones privadas la LISR no preveacute tratamiento especial o exencioacuten a los mismos por lo que en teacuterminos del primer paacuterrafo del artiacuteculo 16 de dicha ley estos apoyos se consideraraacuten ingresos por lo que tanto los contribuyentes per-sonas fiacutesicas y morales deberaacuten acumu-lar dichos apoyos en el ejercicio en el que se obtengan a menos que fueran otor-gados en forma gratuita atendiendo a la contingencia 2 Apoyo instituciones gubernamentales No seraacuten acumulables para las personas fiacutesicas yo morales los ingresos por apo-yos econoacutemicos o monetarios que reci-ban los contribuyentes a traveacutes de los programas previstos en los presupuestos de egresos de la Federacioacuten o de las En-tidades Federativas siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos
a) Los programas cuenten con un padroacuten de beneficiarios
b) Los recursos se distribuyan a traveacutes de transferencia electroacutenica de fondos a nombre de los beneficiarios
c) Los beneficiarios cumplan con las obli-gaciones que se hayan establecido en las reglas de operacioacuten de los citados programas y
d) Cuenten con opinioacuten favorable por par-te de la autoridad competente respec-to del cumplimiento de obligaciones
fiscales cuando esteacuten obligados a so-licitarla en los teacuterminos de las disposi-ciones fiscales
Ahora bien en caso de que los contribu-yentes (personas moralesfiacutesicas) que adquieran bienes de activo fijo podraacuten deducir dichas erogaciones siempre que la erogacioacuten de que se trate no se efectuacutee con los mencionados apoyos y se cum-plan con los demaacutes requisitos aplicables de las deducciones
iquestQueacute efectos tendriacutea la NO presentacioacuten de declaraciones anuales pagos provisionales de ISR retenciones de ISRIVA o pagos mensua-les de IVA
Por regla general las consecuencias im-plican el pago de multas recargos y ac-tualizaciones hasta la fecha en que el contribuyente se ponga al corriente de sus obligaciones fiscales
Al diacutea de hoy el ejecutivo federal no ha emitido ninguna proacuterroga o aviso de sus-pensioacuten de la declaracioacuten anual pagos provisionales o declaraciones de IVA con motivo de la contingencia por el COVID 19
En este sentido el artiacuteculo 41 del CFF sentildea-la que cuando las personas obligadas a pre-sentar declaraciones avisos y demaacutes do-cumentos no lo hagan dentro de los plazos sentildealados en las disposiciones fiscales las autoridades fiscales exigiraacuten la presenta-cioacuten del documento respectivo pudiendo aplicar diversas multas y sanciones
Ahora bien en teacuterminos del artiacuteculo 81 fracciones I y IV y 82 fracciones I y IV del referido Coacutedigo el contribuyente que in-cumpla con la presentacioacuten de declaracio-nes anuales pagos provisionales de ISR y
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Fisc
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pagos mensuales de IVA se haraacute acreedor a las multas siguientes
1) De $1423000 a $2849000 por no presentar las declaraciones en los medios electroacutenicos estando obligado a ello pre-sentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fis-cales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos sentildealados en los mismos
2) De $1737000 a $3473000 respec-to de lo sentildealado en la fraccioacuten IV salvo trataacutendose de contribuyentes que de conformidad con la LISR esteacuten obliga-dos a efectuar pagos provisionales tri-mestrales o cuatrimestrales supuestos en los que la multa seraacute de $173000 a $1041000
Asimismo en teacuterminos del artiacuteculo 92 y 108 del CFF la autoridad podraacute calificar como delito de defraudacioacuten fiscal la omi-sioacuten total o parcial del pago de alguna con-tribucioacuten comprendiendo indistintamen-te los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los teacuterminos de las disposiciones fiscales imponiendo las sanciones siguientes
I Con prisioacuten de tres meses a dos antildeos cuando el monto de lo defraudado no ex-ceda de $173428000
II Con prisioacuten de dos antildeos a cinco antildeos cuando el monto de lo defraudado ex-ceda de $173428000 pero no de $260141000
III Con prisioacuten de tres antildeos a nueve antildeos cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $260141000
No obstante el artiacuteculo 73 del CFF preveacute
que no se impondraacuten multas cuando se cumplan en forma espontaacutenea las obli-gaciones fiscales fuera de los plazos se-ntildealados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infraccioacuten a causa de fuerza mayor o de caso fortuito
En teacuterminos generales se considera que el cumplimiento no es espontaacuteneo cuan-do i) la omisioacuten sea descubierta por las au-toridades fiscales ii) La omisioacuten haya sido corregida por el contribuyente despueacutes de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria o iii) La omisioacuten haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez diacuteas siguientes a la presentacioacuten del dictamen de los estados financieros
Considerando lo anterior en caso de que cualquiera de las obligaciones fiscales an-tes sentildealadas se presente de forma es-pontaacutenea las contribuciones omitidas se deberaacuten cubrir adicionando a las mismas los accesorios correspondientes (actuali-zacioacuten por inflacioacuten y recargos federales)
iquestQueacute efectos tendriacutea la disminucioacuten de presta-ciones exentas que entregue a mis trabajadores por ajustes relacionados con el COVID 19
El factor aplicable para calcular la deduc-cioacuten de aportaciones adicionales a fon-dos de pensiones o jubilaciones del perso-nal seriacutea el 047 en lugar del 053 debido a la reduccioacuten de prestaciones exentas de los trabajadores (Art 25-10 LISR)
iquestQueacute tratamiento fiscal corresponderaacute para fi-nes del ISR a las cantidades que entregue a mis empleados como apoyo para atencioacuten meacutedica o funeraria en relacioacuten con el COVID 19
Pueden considerarse deducibles siempre
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y cuando se consideren como apoyos de provisioacuten social respecto de los cuales todos los trabajadores de la empresa pue-den tener acceso (Art28-XI en relacioacuten con Art7 paacuterrafo quinto LISR)
iquestQueacute tratamiento fiscal corresponderaacute a los gastos e inversiones que realice como medi-das sanitarias a efecto de enfrentar la situa-cioacuten actual del COVID 19
En principio podriacutean considerarse dedu-cibles al ser gastos encaminados a pro-teger la salud de los colaboradores de la empresa con el fin de permanecer en funcionamiento Es importante conside-rar las siguientes preguntas al momento de determinar si un gasto es o no dedu-cible (i) iquestEl gasto estaacute relacionado con el objeto social de la empresa (ii) iquestEl gasto o inversioacuten estaacute encaminado a la realiza-cioacuten de la actividad de la empresa y (iii) De no realizarse dicho gasto o inversioacuten iquestrepresentariacutea un obstaacuteculo para realizar su actividad principal (Art27-I LISR)
TIacuteTULO III (NO CONTRIBUYENTES DE ISR)
iquestEs posible que como entidad ldquodonataria au-torizadardquo destine mis recursos para apoyar a pacientes o instituciones de atencioacuten meacutedica relacionados con el COVID 19
Es posible uacutenicamente en el caso en que su actividad esteacute encaminada a la asis-tencia o atencioacuten meacutedica (Art82-IV LISR)
iquestEs posible que como entidad ldquodonataria au-torizadardquo otorgue donativos a otra donataria autorizada dedicada a la atencioacuten meacutedica rela-cionada con el COVID 19 iquestQueacute consideracio-nes tendriacutea que tomar
Como se ha sentildealado en la respuesta an-
terior las donatarias autorizadas uacutenica-mente pueden utilizar sus recursos en la realizacioacuten de la actividad que les fue ex-presamente autorizada
En caso que se pretenda otorgar donati-vos a otras donatarias es necesario solici-tar una autorizacioacuten al SAT para utilizar los donativos deducibles en actividades adi-cionales (Art82-IV LISR en relacioacuten con el Art138 RLISR y la regla 3106 RMF 2020)
TIacuteTULO IV (PERSONAS FIacuteSICAS)
iquestQueacute requisitos y limitantes existen en rela-cioacuten con la deducibilidad de honorarios meacutedi-cos gastos hospitalarios y medicinas
El gasto deberaacute (i) Estar amparado en un CFDI y realizarse a traveacutes de una transfe-rencia electroacutenica cheque nominativo o tarjeta bancaria (ii) Efectuarse en favor del contribuyente coacutenyuge concubina o concubinario o a sus ascendientes o des-cendientes en liacutenea recta y (iii) El gasto soacutelo seraacute deducible en caso que el bene-ficiario (distinto de la persona que realiza el pago) no reciba ingresos superiores a aproximadamente $3169380 MN du-rante un antildeo
Es importante considerar que existe una limitante a las deducciones totales para personas fiacutesicas equivalente a la canti-dad menor entre 5 UMAs elevadas al antildeo ($15846500 MN) o el 15 del total de los ingresos del contribuyente (Art 151-I y uacuteltimo paacuterrafo LISR)
iquestQueacute requisitos y limitantes existen en relacioacuten con la deducibilidad de gastos funerales
Existe un liacutemite en la deduccioacuten de gastos funerarios equivalente a una UMA eleva-
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 151
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da al antildeo ($3169380 MN) La exencioacuten soacutelo es aplicable respecto de los gastos funerarios del coacutenyuge concubina o con-cubinario o a sus ascendientes o descen-dientes en liacutenea recta
Son deducibles los gastos funerarios efectuados por el contribuyente para siacute para su coacutenyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en liacutenea recta
Requisitos contar con el CFDI que se pague a residentes en Meacutexico y el pago sea efectuado mediante cheque nomi-nativo del contribuyente transferen-cia electroacutenica de fondos de cuentas bancarias (sistema financiero) del con-tribuyente o pago mediante tarjeta de creacutedito deacutebito o servicios
El monto de las deducciones personales no podraacute exceder de la cantidad que re-sulte menor entre cinco salarios miacutenimos generales elevados al antildeo ($15411000 MN) o del 15 del total de los ingresos del contribuyente incluyendo aqueacutellos por los que no se pague el impuesto (Art 151-II y 151 uacuteltimo paacuterrafo LISR)
iquestEl fallecimiento de una persona fiacutesica es una causal de exclusioacuten para la presentacioacuten de su declaracioacuten anual
No una vez que se abra la sucesioacuten el albacea deberaacute presentar la declara-cioacuten anual de la persona fallecida por los ingresos que obtuvo del 1ordm de enero del antildeo en cuestioacuten hasta la fecha de su fallecimiento
En lo general el representante legal de la sucesioacuten deberaacute pagar en cada
antildeo calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios consi-derando el ingreso de forma conjunta hasta que finalice la liquidacioacuten de la sucesioacuten Dicho pago seraacute considera-do como definitivo salvo que los he-rederos o legatarios ejerzan opcioacuten de acumular los ingresos que les corres-pondan pudiendo acreditar la parte proporcional del impuesto pagado (Art 92 LISR)
De igual forma el representante legal de la sucesioacuten deberaacute efectuar los pa-gos provisionales y presentar la decla-racioacuten anual considerando los ingresos y deducciones correspondientes (Art 146 RLISR)
Presentar aviso de cancelacioacuten en el RFC por defuncioacuten o por liquidacioacuten de la sucesioacuten (Art 27 CFF Art 29 RCFF y regla 2516 RMF)
iquestQueacute tratamiento fiscal tendraacuten las indemni-zaciones en materia laboral recibidas por una persona fiacutesica como consecuencia de haber contraiacutedo el COVID 19
Seraacuten exentas siempre y cuando se otor-guen en teacuterminos del artiacuteculo 93 fraccioacuten III de la LISR y 157 del RLISR no se pagaraacute ISR por la obtencioacuten de ingresos prove-nientes de las indemnizaciones por ries-gos de trabajo o enfermedades que se concedan de acuerdo con las leyes por contratos colectivos de trabajo o por con-tratos ley
Las indemnizaciones recibidas estaraacuten exentas hasta por un monto equivalente a 90 veces el salario miacutenimo general vigen-te del aacuterea geograacutefica del contribuyente por cada antildeo de servicio
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iquestQueacute tratamiento fiscal tendraacuten los reti-ros parciales que efectuacutee de mi cuenta individual del IMSS por situacioacuten de des-empleo
Los retiros por desempleo se consi-deraraacuten exentos para efectos del ISR En teacuterminos del artiacuteculo 93 fraccioacuten XXVII de la LISR no se pagaraacute el ISR por la obtencioacuten de ingresos prove-nientes de los retiros efectuados de la subcuenta de retiro cesantiacutea en edad avanzada y vejez de la cuenta in-dividual abierta en los teacuterminos de la LSS por concepto de ayuda para gas-tos de matrimonio y por desempleo
iquestPuedo renovar mi firma electroacutenica en este periodo
El traacutemite podraacute realizarse en liacutenea en tanto se encuentre vigente la firma que se pretende renovar (Art 17-D deacutecimo paacuterrafo CFF en relacioacuten a la ficha de traacutemite 106CFF RMF 2020)
iquestExisten facilidades para el pago de agua y predial
Se prorrogan los plazos para el cum-plimiento de las obligaciones fiscales contenidas en el CFCDMX consisten-tes en la presentacioacuten de declaracio-nes y la realizacioacuten de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril del 2020 pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo antildeo No obstante lo anterior todos los medios de pago electroacutenicos imple-mentados por la Secretariacutea de Admi-nistracioacuten y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Meacutexico permaneceraacuten en funcionamiento (Acuerdo por el que se suspenden los teacuterminos y plazos
inherentes a los procedimientos ad-ministrativos y traacutemites y se otor-gan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para prevenir la propagacioacuten del COVID 19 publicado en el DOF el 20 de marzo de 2020)
iquestQueacute facilidades existen para el pago de tenencia vehicular
En el caso del Impuesto sobre Tenen-cia o Uso de Vehiacuteculos cuyo venci-miento para la obtencioacuten del subsidio es el 31 de marzo de 2020 se otorga una ampliacioacuten para la obtencioacuten de la condonacioacuten respectiva hasta el 30 de abril de 2020 (Acuerdo por el que se suspenden los teacuterminos y pla-zos inherentes a los procedimientos administrativos y traacutemites y se otor-gan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para prevenir la propagacioacuten del COVID 19 publicado en el DOF el 20 de marzo de 2020)
Preguntas frecuentes de la Declaracioacuten Anual de Personas Fiacutesicas 2019
httpswwwsatgobmxcsSatelliteblobcol=url-dataampblobkey=idampblobtable=MungoBlobsampblo-bwhere=1461174367221ampssbinary=true
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ANEXO A
ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Aguascalientes Decreto que contiene el programa de apoyo econoacutemico ante la contingencia por COVID-19 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Aguascalientes el 28 de marzo de 2020
- Se difiere el pago del ISN de los meses de abril mayo y junio de 2020 para ser cubiertos hasta en 8 parcialidades mensuales iguales
- Se otorga un 30 de descuento en el pago del ISN que se causen en los meses de abril a diciembre de 2020 a todos aquellos contribuyentes que tengan hasta veinte trabajadores
- Se difiere el pago del impuesto a la venta final de bebidas con contenido alcohoacutelico que se causen durante los meses de abril mayo y junio de 2020 para ser cubiertos hasta en 8 parcialidades mensuales iguales
- Se otorga un 15 de descuento en el pago de derechos
httpseservicios2aguascalientesgobmx
periodicoOficialArchivos4018pdf
Baja California NA - Grupos empresariales solicitan proacuterroga en el pago de los impuestos
NA
Baja California Sur
Decreto mediante el cual se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes de Baja California Sur para afrontar la contingencia sanitaria originada por el COVID-19 y se decretan diacuteas inhaacutebiles para las autoridades fiscales del estado publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Baja California Sur el 23 de marzo de 2020
- Se difiere el pago del ISN de los meses de marzo abril y mayo de 2020 (impuesto causado en marzo se prorroga hasta el 31 de agosto de 2020 impuesto causado en abril se prorroga hasta el 31 de octubre de 2020 impuesto causado en mayo se prorroga hasta el 31 de diciembre)
- Se suspenden los procedimientos fiscales hasta el 20 de abril de 2020
httpsecfinbcsgobmxfnzwp-contentthemesfnz_bcsassetsimagesboletines202012pdf
Campeche NA - Grupos empresariales solicitan proacuterroga en el pago de los impuestos
NA
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ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Ciudad de Meacutexico
Acuerdo por el que se suspenden los teacuterminos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y traacutemites y se otorgan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para prevenir la propagacioacuten del virus COVIDndash19 publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de Meacutexico el 20 de marzo de 2020
- Se prorrogan los plazos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales contenidas en el CFCDMX consistentes en la presentacioacuten de declaraciones asiacute como la realizacioacuten de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril del 2020 pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo antildeo
- No obstante lo anterior todos los medios de pago electroacutenicos implementados por la Secretariacutea de Administracioacuten y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Meacutexico permaneceraacuten en funcionamiento
- En el caso del impuesto sobre tenencia o uso de vehiacuteculos cuyo vencimiento para la obtencioacuten del subsidio es el 31 de marzo de 2020 se otorga una ampliacioacuten para la obtencioacuten de la condonacioacuten respectiva hasta el 30 de abril del mismo antildeo
httpscdmxassetss3amazonawscommedia
files-pdfstorageGACETApdf
Chiapas NA NA NA
Chihuahua NA - El Gobierno del Estado de Chihuahua expresoacute que habraacute estiacutemulos fiscales
NA
Coahuila NA - Se otorga un 5 de descuento en el pago del impuesto predial hasta el 30 de junio de 2020
- Se otorga un 30 de descuento en el pago del impuesto sobre el ejercicio de actividades mercantiles impuesto de los servicios de aseo e impuesto de servicios de traacutensito y transporte
NA
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ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Colima Decreto que otorga el beneficio fiscal a los contribuyentes del estado de Colima para el pago de los derechos e impuestos estatales hasta el jueves 30 de abril de 2020 considerando las medidas de atencioacuten por la contingencia del COVID-19 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Colima el 19 de marzo de 2020
- Se difiere el pago del ISN asiacute como del impuesto por la prestacioacuten del servicio de hospedaje hasta el 30 de abril de 2020
httpwwwperiodicooficialcolgobmxp19032020
p20031901pdf
Durango Decreto administrativo mediante el cual se establecen las acciones a favor de la economiacutea y proteccioacuten al empleo derivadas de la emergencia por la pandemia de COVID-19 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Durango el 24 de marzo de 2020
- Exencioacuten de hasta el 50 del ISN
- Se difiere hasta seis meses los pagos por convenio de impuesto yo derechos locales
- Se otorga un 5 de descuento en todos los tramites locales
httpsecretariageneraldurangogobmxwp-content
uploadssites402020038-Ext-24-de-Marzo-del-2020pdf
Estado de Meacutexico
Acuerdo del ejecutivo del estado por el que se otorgan beneficios fiscales en relacioacuten con el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal con motivo de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Meacutexico el 26 de marzo de 2020
- Subsidio del 50 en el pago del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal causado en el mes de abril a aquellas empresas con 50 trabajadores contratados al 31 de marzo de 2020
httpslegislacionedomexgobmxsiteslegislacion
edomexgobmxfilesfilespdfgct2020mar262pdf
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ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Guanajuato Decreto gubernativo nuacutemero 44 por el que se otorga diversos beneficios fiscales publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Guanajuato el 27 de marzo de 2020
- Se difiere el pago del ISN de los meses de marzo y abril de 2020 para ser cubiertos hasta en 6 parcialidades mensuales iguales
httpperiodicoguanajuatogobmxdownloadfiledir=anio_2020ampfile=PO20
63204ta20Parte_20200328_0029_6pdf
Guerrero NA NA NA
Hidalgo Acuerdo por el que se otorgan beneficios econoacutemicos y fiscales a los contribuyentes que se indican con motivo de la situacioacuten de contingencia de salud provocada por el coronavirus COVID-19 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Hidalgo el 26 de marzo de 2020
- Se exime del 50 del pago del ISN por los meses de marzo y abril a los contribuyentes del sector privado
httpperiodicohidalgogobmxp=37142
Jalisco NA NA NA
Michoacaacuten Plan emergente para proteger la economiacutea de las familias michoacanas
- Subsidio del 100 del ISN durante los meses de marzo abril y mayo a MiPyMes con menos de 50 empleados vinculadas directamente al sector turiacutestico (restaurantes hoteles balnearios agencias de viaje)
- Se condonaraacuten multas y recargos del 1ordm de abril al 30 de noviembre por pago extemporaacuteneo de derechos vehiculares
- Se suspenden actos estatales de fiscalizacioacuten
httpsmichoacangobmxdocsplan-Economico-
Emergentepdf
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ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Morelos Acuerdo por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a fin de mitigar en el estado de morelos los efectos de la enfermedad por coronavirus 2019 o ldquoCOVID-19rdquo publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Morelos el 27 de marzo de 2020
- Se difiere el pago del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal hasta el 30 de junio de 2020
httpperiodicomorelosgobmxperiodicos20205800pdf
Nayarit NA NA NA
Nuevo Leoacuten NA - Se buscaraacute reducir o eliminar temporalmente el ISN
NA
Oaxaca Decreto por el que se dictan las medidas urgentes necesarias para la conservacioacuten de la salubridad puacuteblica del estado publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Oaxaca el 25 de marzo de 2020
- Estiacutemulo fiscal del 50 al impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal a aquellas empresas que acrediten que sus ingresos han disminuido un 50 o maacutes en el segundo bimestre de 2020
- Estiacutemulo fiscal del 100 al impuesto sobre hospedaje en el segundo bimestre de 2020
httpswwwoaxacagobmxwp-contentuploads202003
EXT-ACDGOB-2020-03-25pdffbclid=IwAR3atOmAEMRwqocYLPiSSARAumb9HR-ZI_qPuLrfvfgW6bgqYY4GSdtqOq4
Puebla NA - Se ampliacutea el periodo de pagos con descuentos y condonaciones 2020
NA
Quereacutetaro NA - El programa de Apoyo a la Economiacutea Familiar con el que se condona el pago de tenencia vehicular terminaraacute el 30 de abril de 2020
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ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Quintana Roo Acuerdo por el que se otorgan diversos beneficios y estiacutemulos fiscales a los ciudadanos y contribuyentes del estado de Quintana Roo como respuesta a las medidas adoptadas por el gobierno estatal para atender la contingencia generada por la presencia del COVID-19 publicado en el perioacutedico oficial del estado de Quintana Roo el 24 de marzo de 2020
- Se difiere el pago de los meses de marzo abril y mayo a los meses de octubre noviembre y diciembre del ISN impuesto al hospedaje impuesto al libre ejercicio de profesiones e impuesto sobre extraccioacuten de materiales del suelo y subsuelo
- Se otorga un subsidio del 20 a aquellos contribuyentes que presenten en tiempo y forma las declaraciones de los impuestos antes sentildealados
httpsegobqroogobmxportalsegobMicroBPOphp
San Luis Potosiacute NA - Grupos empresariales solicitan proacuterroga en el pago de los impuestos
NA
Sinaloa NA - El Gobernador del Estado de Sinaloa informoacute que para evitar las aglomeraciones de contribuyentes en las oficinas de recaudacioacuten se otorgaraacute una proacuterroga de un mes maacutes para los estiacutemulos fiscales que el Gobierno del Estado habiacutea consentido para el mes de marzo
NA
Sonora Reglas de operacioacuten mediante las cuales se implementaraacute el ejercicio y aplicacioacuten de los estiacutemulos fiscales en materia de contribuciones y derechos estatales con la finalidad de atender la situacioacuten de emergencia y contingencia sanitaria-epidemioloacutegica y hacer frente a los efectos econoacutemicos que de las medidas instrumentadas se deriven publicadas en el Perioacutedico Oficial del Estado de Sonora el 26 de marzo de 2020
- Se otorga el 50 de descuento en el pago del impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal a aquellas empresas con menos de 50 trabajadores
- Se otorga el 100 de descuento en el pago del impuesto sobre hospedaje
- Se otorga el 50 de descuento en el pago de derechos registrales por inscripcioacuten de vivienda
httpwwwboletinoficialsonoragobmxboletinimagesboletinesPdf2020032020CCV25III
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ESTADO PUBLICACIOacuteN ESTIacuteMULOS FISCALES ENLACE
Tabasco NA NA NA
Tamaulipas NA NA NA
Tlaxcala NA - Se ha propuesto al Gobierno del Estado de Tlaxcala la expedicioacuten de un decreto de estiacutemulos fiscales
NA
Veracruz NA - Grupos empresariales solicitan proacuterroga en el pago de los impuestos
NA
Yucataacuten Decreto 1962020 por el que se otorgan diversos beneficios fiscales para apoyar la economiacutea de los contribuyentes ante la contingencia sanitaria causada en el estado por la pandemia del virus COVID-19 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Yucataacuten el 30 de marzo de 2020
- Estiacutemulo fiscal del 50 al impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal causado en los meses de marzo y abril
- El 50 del impuesto restante podraacute pagarse a maacutes tardar el 10 de diciembre de 2020
- Estiacutemulo fiscal del 100 al impuesto sobre hospedaje causado en los meses de marzo abril mayo
- Estiacutemulo fiscal del 100 al impuesto cedular sobre la obtencioacuten de ingresos por actividades empresariales causado en los meses de marzo y abril
httpwwwyucatangobmxdocsdiario_oficial
diarios20202020-03-30_1pdf
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Zacatecas Decreto gubernativo mediante el cual se otorgan estiacutemulos fiscales y se dictan medidas de racionalidad austeridad y disciplina presupuestal para el ejercicio fiscal 2020 publicado en el Perioacutedico Oficial del Estado de Zacatecas el 21 de marzo de 2020
- Se condona el 100 del ISN causado en los meses de marzo y abril a aquellas empresas con menos de 20 trabajadores
- Se otorga el 50 de descuento en el pago del ISN causado en los meses de marzo y abril a aquellas empresas con 21 a 40 trabajadores
- Se otorga el 30 de descuento en el pago del ISN causado en los meses de marzo y abril a aquellas empresas con maacutes de 40 trabajadores
- Condonacioacuten del 100 de impuesto sobre servicios de hospedaje causado en los meses de abril y mayo
httpperiodicozacatecasgobmxvisualizard158318c-63a9-474c-ba23-b6c55865951812
ANEXO B
Glosario de Acroacutenimos
CCF Coacutedigo Civil Federal
CFCDMX Coacutedigo Fiscal de la Ciudad de Meacutexico
CFDI Comprobante fiscal digital por Internet
CFF Coacutedigo Fiscal Federal
DOF Diario Oficial de la Federacioacuten
IMSS Instituto Mexicano de Seguridad Social
ISN Impuesto sobre noacutemina
ISR Impuesto sobre la Renta
IVA Impuesto al valor agregado
LISR Ley del Impuesto sobre la Renta
LSS Ley del Seguro Social
RFC Registro Federal de Contribuyentes
RLISR Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
RMF Resolucioacuten Miscelaacutenea Fiscal
SAT Servicio de Administracioacuten Tributaria
SHCP Secretariacutea de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico
UDIS Unidad de Inversioacuten
UMA Unidad de Medida y Actualizacioacuten
MEacuteXICO 2020
GuiacuteaJuriacutedicaCOVID19mx
PenalCAPIacuteTULO 14
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020162 Penal
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iquestQueacute se considera violencia intrafamiliar
Es aquella violencia que tiene lugar dentro de la familia ya sea que el agresor compar-ta o haya compartido el mismo domicilio y que comprende entre otros violacioacuten mal-trato fiacutesico psicoloacutegico y abuso sexual
iquestQueacute se considera violencia de geacutenero
Se entiende por violencia de geacutenero cual-quier acto violento o agresioacuten basados en una situacioacuten de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de domina-cioacuten de los hombres sobre las mujeres que tenga o pueda tener como consecuencia un dantildeo fiacutesico sexual o psicoloacutegico in-cluidas las amenazas de tales actos y la coaccioacuten o privacioacuten arbitraria de la liber-tad tanto si ocurren en el aacutembito puacuteblico como en la vida familiar o personal
Tipos y Modalidades de Violencia contra las Mujeres
1 Violencia fiacutesicaLa maacutes visible y reconocida como violen-cia de geacutenero se considera violencia fiacutesica todo aquel acto en que se inflige un dantildeo fiacutesico a la viacutectima que a traveacutes de la agre-sioacuten directa Dicho dantildeo puede ser tempo-ral o permanente Dentro de este tipo de violencia se incluyen golpes heridas frac-turas arantildeazos
2 Violencia psicoloacutegicaEste tipo de violencia se caracteriza por-que la viacutectima se ve humillada minus-valorada y atacada psicoloacutegicamente El ataque puede ser directo y realizado acti-vamente en forma de insultos y vejaciones o bien llevado a cabo de un modo maacutes pasi-vo desvalorizando a la pareja sin que eacutesta considere que estaacute sufriendo un ataque
Tambieacuten hacer que la persona se sienta indefensa obligada a hacer determinadas acciones y dependiente del agresor cul-pable de la situacioacuten de abuso y merece-dora de un castigo
3 Violencia patrimonialSe considera violencia patrimonial la usurpacioacuten o destruccioacuten de objetos bienes y propiedades de la persona viacutec-tima de violencia con intencioacuten de domi-narla o producirle un dantildeo psicoloacutegico
4 Violencia econoacutemicaEste tipo de violencia se basa en la re-duccioacuten y privacioacuten de recursos econoacute-micos a la pareja o su prole como medida de coaccioacuten manipulacioacuten o con la inten-cioacuten de dantildear su integridad
5 Violencia sexualLa violencia sexual se refiere concreta-mente a aquel tipo de situaciones en que una persona es forzada o coaccionada para llevar a cabo cualquier tipo de acti-vidades de iacutendole sexual en contra de su voluntad o bien en que la sexualidad es limitada o impuesta por otra persona
6 Violencia poliacuteticaLa violencia poliacutetica se presenta cuando que una persona es forzada o coaccio-nada para llevar a cabo cualquier tipo de actividades de iacutendole poliacutetico en contra de su voluntad a favor o en contra de de-terminada persona u organizacioacuten de esa iacutendole O bien en relacioacuten a emitir su voto en una determinada forma o privaacutendo-la de su derecho a ser elegidas par aun puesto de eleccioacuten popular
iquestQueacute puedo hacer si mi pareja me grita humilla controla mis ingresos y me aleja de mis familiares y amigos
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 163
Pena
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Definitivamente esta Usted siendo viacutecti-ma del delito de violencia familiar y pue-de tomar cualquiera de las siguientes acciones
1- Acudir al CAVI dependiente de la Fisca-liacutea General de Justicia de la CDMX o a los respectivos de su ciudad o entidad
Ahiacute le brindaraacuten Asistencia social aten-cioacuten psicoloacutegica asesoriacutea legal segui-miento juriacutedico en materia penal aten-cioacuten meacutedica de emergencia tramitacioacuten de medidas de proteccioacuten de emergen-cia previstas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de Meacutexico y como auxiliares de la autoridad ministerial yo judicial la elaboracioacuten de dictaacutemenes psicoloacutegi-cos victimales
Ubicada en la Ciudad de Meacutexico Gene-ral Gabriel Hernaacutendez nuacutemero 56 planta baja Col Doctores entre Dr Lavista y Riacuteo de la Loza CP 06720 En un horario de 900 a 1900 horas de lunes a domingo Teleacutefonos 53 45 52 48 53 45 52 28 53 45 52 29
2- Acudir a alguna organizacioacuten de la so-ciedad civil que le pueda brindar apoyo legal pro bono o el apoyo de un abogado particular especialista en la materia
iquestQueacute puedo hacer si escucho gritos golpes o situaciones que suenan anormales cerca de mi domicilio
Marcar a nuacutemero de emergencia de la po-liciacutea al Nuacutemero 911y proporcionar todos los datos posibles
iquestQueacute puedo hacer si mi pareja controla mis cla-ves y acceso a redes sociales
Es una especie de violencia social asiacute que puedes denunciarlo como te explicamos mas arriba
iquestExiste violencia en el noviazgo
Claro que si ya que es una relacioacuten cerca-na estamos frente a un tipo de violencia y puedes proceder como te explicamos en esta guiacutea
iquestQueacute puedo hacer si mi pareja me obliga a te-ner relaciones sexuales contra mi voluntad
Todos tenemos derecho a la libertad se-xual asiacute que puedes denunciar los hechos ante la Fiscaliacutea de la Ciudad
iquestSabiacuteas que la violencia se mide
Las autoridades y la sociedad civil han creado un folleto llamado Violentoacutemetro que te permite con claridad saber cuando estas siendo sujeto a violencia
iquestQueacute documentos me van a solicitar al presen-tar la denuncia
Al presentar tuacute denuncia proporcionale al Ministerio Puacuteblico la informacioacuten maacutes de-tallada posible pero no necesitas ninguacuten documento
iquestExisten medidas de seguridad para miacute y para mis hijos
Claro el Ministerio Puacuteblico y luego el Juez puede decretar en tu favor medidas de aseguramiento para que no sigan siendo violentados
La policiacutea por su parte tambiacuteen es notificada de esas medidas y te visitaraacute de forma frecuente para prevenir que el agresor lo vuelva a intentar
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iquestEn queacute consisten esas medidas de seguridad y cuaacutento tiempo duran
En principio las decretadas por el Minis-terio Puacuteblico pueden durar hasta 60 diacuteas pero pueden estarse repitiendo
Las medidas pueden ser desde apercibir al agresor que no lo vuelva a hacer hasta prohibirle que se acerque a tu domicilio o lugar de trabajo
Si no cuento con familiares ni redes de apoyo iquesta doacutende puedo acudir para solicitar refugio
La Fiscaliacutea de la Ciudad de Meacutexico tiene la Guiacutea de Canalizacioacuten de las viacutectimas a las casas de emergencia los albergues y refu-gios para garantizar que las mujeres que lo requieran asiacute como sus hijas e hijos reci-ban proteccioacuten y asistencia integral ya sea en espacios puacuteblicos o de sociedad civil
En los refugios iquestme reciben con mis hijos
Si
iquestCoacutemo se define la violencia grave
Dos elementos deben tenerse en cuenta en la definicioacuten la reiteracioacuten de los ac-tos violentos y la situacioacuten de dominio del agresor que utiliza la violencia para el so-metimiento y control de la viacutectima
iquestCoacutemo se definen los Perfiles del agresor
Seguacuten algunos estudios han determinado que el perfil de un hombre potencial vio-lento con la pareja seriacutea
bull Excesivamente celosobull Posesivobull Se irrita con facilidad cuando se le po-
nen liacutemitesbull No controla sus impulsosbull Abusa de bebidas alcohoacutelicasbull Culpa a otros de sus problemasbull Experimenta cambios bruscos de
humorbull Comete actos de violencia y rompe ob-
jetos cuando se enfadabull Cree en la subordinacioacuten de la mujer al
hombrebull Tiene antecedentes de maltrato a
otras mujeresbull Tiene baja autoestima
iquestQueacute es un Feminicidio Tipificacioacuten en el Coacutedi-go Penal Federal
Artiacuteculo 325 del Coacutedigo Penal Federal en Meacutexico establece que lo comete quien priva de la vida a una mujer por razones de geacutenero y refiere que hay siete circunstan-cias clave para ello
1 Existencia de signos de violencia se-xual lesiones o mutilaciones infaman-tes o degradantes
2 Antecedentes de violencia en el aacutembi-to familiar laboral o escolar
3 Exista una relacioacuten sentimental afec-tiva o de confianza entre la viacutectima y el victimario
4 Se tengan amenazas
5 Acoso o lesiones relacionadas con el hecho delictuoso
6 La viacutectima haya estado incomunicada
7 El cuerpo haya sido expuesto o exhibi-do en un lugar puacuteblico
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iquestQueacute acuerdos puedo llevar a cabo con mis competidores en el contexto actual iquestCuaacute-les son ilegales
La Comisioacuten Federal de Competen-cia Econoacutemica (ldquoCOFECErdquo o la ldquoComi-sioacutenrdquo) determinoacute que no perseguiraacute los acuerdos de colaboracioacuten entre agentes econoacutemicos que en el con-texto actual sean necesarios para mantener o incrementar la oferta satisfacer la demanda proteger ca-denas de suministro evitar escasez o acaparamiento de mercanciacuteas y que no tengan por objeto desplazar a sus competidores
Sin embargo la Ley Federal de Com-petencia Econoacutemica (ldquoLFCErdquo) esta-blece que las praacutecticas monopoacuteli-cas absolutas (ldquoPMArdquo) son acuerdos i legales entre agentes econoacutemicos que dantildean la competencia y tienen como objeto o efecto ( i) manipular precios ( i i) dividirse el mercado ( i i i) manipular la oferta o la deman-da ( iv) coludirse en l icitaciones puacuteblicas o (v) intercambiar infor-macioacuten con alguno de los objetos anteriores Por lo que los agentes econoacutemicos deberaacuten ser sumamen-te cuidadosos al intercambiar in-formacioacuten y deberaacuten determinar de manera individual e independiente los aumentos o disminuciones de precios De lo contrario la Comisioacuten iniciaraacute un procedimiento de inves-tigacioacuten para perseguir y sancionar a los agentes econoacutemicos involu-crados en una PMA ya que en las circunstancias actuales cualquier acuerdo entre competidores que afecte la l ibre competencia y con-currencia es particularmente grave
iquestQueacute puedo hacer si me entero de que se estaacuten llevando a cabo arreglos entre com-petidores en el contexto de la actual cri-sis sanitaria
Cualquier persona puede (i) reportar (puede ser de manera anoacutenima si asiacute lo desea) hechos de los que tenga co-nocimiento y considere que constitu-yen una praacutectica anticompetitiva y (ii) denunciar formalmente una praacutectica monopoacutelica Ambos traacutemites deberaacuten presentarse ante la Autoridad Investi-gadora (ldquoAIrdquo) de la Comisioacuten
La presentacioacuten de un reporte no genera una actuacioacuten formal por parte de la AI sin embargo en caso de que la informacioacuten proporciona-da aporte elementos que indiquen la probable comisioacuten de una praacutecti-ca anticompetitiva la AI podraacute ini-ciar una investigacioacuten de oficio Si al concluir la investigacioacuten determi-na que efectivamente existen con-ductas contrarias a la competencia emitiraacute un dictamen de probable responsabil idad o preliminar que turna a la Secretariacutea Teacutecnica para que inicie un procedimiento segui-do en forma de juicio
Por otro lado si se opta por presen-tar una denuncia formal se deberaacute presentar un escrito de denuncia en la Oficialiacutea de Partes de la COFECE que entre otros incluya la descripcioacuten de las praacutecticas denunciadas y los documentos o pruebas relacionados con dicha praacutectica La AI tiene 15 diacuteas para analizar la denuncia y determi-nar si (i) desecha la denuncia por no contar con elementos que presuman la existencia de una praacutectica monopoacute-
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lica (ii) previene al denunciante para que aclare o agregue la informacioacuten necesaria para formalizar su denun-cia (iii) admite la denuncia y ordena el inicio de la investigacioacuten
iquestQueacute medidas estaacute tomando COFECE para permitir el abasto de productos de primera necesidad en la presente crisis sanitaria
COFECE se ha comprometido a ana-l izar de manera expedita las notif i-caciones de concentraciones que se presenten para hacer sinergias y agregar capacidades de produc-cioacuten con la f inal idad de satisfacer de manera oportuna y suficiente las necesidades de la poblacioacuten que surjan con motivo de la emer-gencia sanitaria
iquestQueacute cambios a la operacioacuten de COFECE y del IFT tengo que tener en cuenta
En el contexto actual de emergen-cia sanitaria tanto COFECE como el Instituto Federal de Telecomunica-ciones (ldquoIFTrdquo o el ldquoInstitutordquo) se han sumado a los esfuerzos realizados por diversos organismos del Gobier-no Federal para disminuir los riesgos de la propagacioacuten del virus
COFECE establecioacute mediante un acuerdo publicado en el Diario Ofi-cial de la Federacioacuten (ldquoDOFrdquo) el pa-sado 24 de marzo del presente (el ldquoPrimer Acuerdordquo) que no correraacuten plazos ni teacuterminos legales de los procedimientos que se tramitan ante la Comisioacuten salvo por aque-llos relacionados con (i) anaacutelisis de concentraciones (ii) opiniones o resoluciones en el otorgamiento de
licencias concesiones permisos y otros procedimientos anaacutelogos y (ii i) incidentes para comprobar el cumplimiento de la obligacioacuten de no-tificar una concentracioacuten cuando le-galmente debioacute hacerse Posterior-mente mediante acuerdo de fecha 17 de abril del presente (el ldquoSegundo Acuerdordquo) la Comisioacuten extendioacute las suspensiones de los plazos de cier-tos procedimientos tramitados ante la comisioacuten hasta el 30 de abril de 2020 Quedan exentos de esta sus-pensioacuten los procedimientos mencio-nados en el Primer Acuerdo y adicio-nalmente a partir del 20 de abril (i) las solicitudes de opinioacuten formal (i i) las orientaciones generales (ii i) las consultas puacuteblicas (iv) el procedi-miento del beneficio de la reduccioacuten de las sanciones (v) el beneficio de dispensa o reduccioacuten del importe de las multas relacionado con la pre-sentacioacuten de compromisos en asun-tos de praacutecticas monopoacutelicas relati-vas o concentraciones iliacutecitas (vi) la etapa posterior a la conclusioacuten de las investigaciones por praacutecticas monopoacutelicas o concentraciones iliacute-citas cuando la AI proponga el cierre del expediente o emita el dictamen de probable responsabilidad y (vii) los plazos para que el pleno emita una resolucioacuten en cualquier proce-dimiento siempre y cuando el expe-diente ya se encuentre integrado y en su caso ya se haya celebrado la audiencia oral o ya haya transcurrido el plazo para solicitarla
A pesar de las suspensiones de los plazos de los procedimientos esta-blecidos en el Primer Acuerdo y en el Segundo Acuerdo oficialiacutea de partes
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de COFECE continuaraacute abierta en ho-rario habitual y las promociones que se presenten ante Comisioacuten en rela-cioacuten con los procedimientos afecta-dos por dicha suspensioacuten se consi-deraraacuten como presentadas a partir del 6 de mayo de 2020 fecha en la que volveraacuten a correr los plazos y teacuter-minos legales
Adicionalmente mediante acuerdo de fecha 23 de abril del presente la COFECE emitioacute las disposiciones de la LFCE de emergencia para realizar notificaciones personales por co-rreo electroacutenico en las que estable-cioacute que durante la emergencia sani-taria las notificaciones que deban realizarse personalmente se podraacuten realizar por correo electroacutenico a la direccioacuten de correo electroacutenico de la persona sujeta al procedimiento sus representantes o autorizados La notificacioacuten se realizaraacute adjun-tando a correo electroacutenico una copia digitalizada del acuerdo o resolucioacuten y el destinatario deberaacute confirmar la recepcioacuten dentro de los dos diacuteas siguientes La Comisioacuten emitiraacute un acuerdo en el que haga constar la confirmacioacuten de recepcioacuten y las no-tificaciones surtiraacuten sus efectos al diacutea siguiente de que se notifique por lista dicho acuerdo
Por otro lado el IFT declaroacute mediante un acuerdo publicado en el DOF el 1 de abril del presente la suspensioacuten de labores por causa de fuerza ma-yor dicho acuerdo fue modificado por el propio Instituto para ampliar el plazo establecido inicialmente El IFT establecioacute que suspenderaacute sus labo-res del diacutea 2 al 30 de abril de 2020
en consecuencia y salvo las excep-ciones que se establecen a conti-nuacioacuten se declaran inhaacutebiles los diacuteas sentildealados por lo que no corre-raacuten los plazos y teacuterminos aplicables a todos los traacutemites actuaciones in-vestigaciones y procedimientos que se llevan ante el Instituto Los plazos volveraacuten a correr a partir del diacutea haacutebil siguiente es decir el lunes 4 de mayo del mismo antildeo
A pesar de dicha suspensioacuten se po-draacuten llevar a cabo por viacutea electroacute-nica los traacutemites relacionados con (i) la aprobacioacuten de las ofertas de referencia de servicios mayoristas de telecomunicaciones capacida-des funciones e infraestructura que presten las redes compartidas mayoristas (ii) las solicitudes que realicen los concesionarios que prestan dichos servicios mayoris-tas de telecomunicaciones para la inscripcioacuten ante el Registro Puacuteblico de Concesiones de todas aquellas modificaciones a las tarifas o pro-mociones derivadas de sus ofertas de referencia Ademaacutes en caso de ser necesario el Pleno del Institu-to podraacute celebrar sesiones ordina-rias y extraordinarias dentro de este periodo con el objetivo de resolver asuntos que requieran atencioacuten
iquestQueacute tipo de acuerdos pueden llevarse a cabo entre competidores para aumentar el abasto de productos
Cualquier tipo de acuerdos de colabo-racioacuten que ayuden a satisfacer la de-manda de productos de consumo po-pular y aquellos que ayuden a mitigar la emergencia sanitaria
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Los elementos que ha mencionado la COFECE que deben contener los acuerdos de colaboracioacuten son
bull Mantener o incrementar oferta y sa-tisfacer demandabull Proteccioacuten a las cadenas de suministrobull Evitar escasez o acaparamiento de mercanciacuteasbull Temporalbull Que no tenga por objeto principal fijar o manipular precios reducir la oferta o segmentar mercado en afectacioacuten a los consumidores
Dentro de los ejemplos de acuerdos de colaboracioacuten encontramos
bull Compartir activos para generar eco-nomiacuteas de red y o alcance cuyo efec-to sea reducir costos de insumos necesariosbull Consolidar actividades de produc-cioacuten yo licenciar patentes o derechos de propiedad intelectual para producir bienes directa o indirectamentebull Compartir canales de distribucioacuten yo comercializacioacuten
Cualquiera de estos ejemplos deberaacuten realizarse solo con el objeto de mitigar la epidemia del COVID-19 y deberaacuten comunicarse a la Autoridad Investiga-dora de la COFECE para que analice el caso en concreto
iquestQueacute tipo de concentraciones estrateacutegi-cas pueden llevarse a cabo iquestCuaacutendo las tiene que aprobar la COFECE
La COFECE manifestoacute que la revisioacuten de las concentraciones seraacute expe-dita siempre que la misma sea rea-
lizada con el fin de satisfacer la de-manda de productos necesarios para atender la crisis sanitaria como se mencionoacute en el primer paacuterrafo de la respuesta anterior
La transaccioacuten deberaacute ser notificada si rebasa los umbrales establecidos en el artiacuteculo 86 de la Ley
iquestQueacute hacer en caso de una obligacioacuten a au-mentar precios dentro de una asociacioacuten confederacioacuten o caacutemara
Los acuerdos entre competidores para aumentar o f i jar precios cons-tituyen una praacutectica monopoacutel ica absoluta misma que es violatoria de la Ley
La persona que tenga conocimien-to de que se esta ante esta situa-cioacuten deberaacute rechazar de inmediato dicha conducta y manifestar que no seraacute parte del acuerdo docu-mentar la incidencia y consultar a un abogado especial ista en la materia
Es importante mencionar que la colaboracioacuten con una autor idad puacutebl ica no exime del cumpl imiento de la Ley
En caso de haber participado en un acuerdo de este t ipo los agentes pueden adherirse al programa de inmunidad en el cual daraacuten su total y plena colaboracioacuten para obtener una reduccioacuten en las sanciones mismas que consisten en multas del 10 de los ingresos de cada agente y responsabi l idad penal para las personas f iacutesicas de hasta
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10 antildeos de prisioacuten maacutes una multa de hasta 10 mil UMAS
En los contratos de distribucioacuten exclusi-va iquestpodriacutea COFECE iniciar una investiga-cioacuten en el supuesto de que el distribuidor vendiera los productos en otro territorio al contemplado en su contrato
Siacute es por ello que no obstante las circunstancias de la emergencia sanitaria decretada por la Secreta-riacutea de Salud asiacute como la postura de COFECE respecto del cumplimien-to de la LFCE la posibilidad de que ciertos acuerdos de colaboracioacuten entre agentes econoacutemicos sean ne-cesarios para satisfacer la demanda del mercado ante las circunstancias ello no puede tener como objeto des-plazar a sus competidores
Asimismo el distribuidor deberaacute de seguir el procedimiento estableci-do en su Contrato para que antes de realizar la distribucioacuten del producto en otro territorio en su caso se ob-tenga la autorizacioacuten del proveedor y con ello evitar un incumplimiento a dicho contrato de distribucioacuten
iquestPodriacutea ser sancionada conforme a la LFCE una empresa que ante las circuns-tancias de la pandemia del COVID-19 se negare a vender a personas determinadas el bien o producto que normalmente ofre-ce a terceros
Siacute podriacutea ser sancionada una vez que asiacute lo determine COFECE ya que dicha accioacuten implicariacutea una praacutectica mono-poacutelica relativa prohibida y sancionada por la LFCE y que precisamente ante las circunstancias de la pandemia su sancioacuten podriacutea ser mayor
iquestQueacute puede hacer la empresa que ante las circunstancias de la pandemia se vea afectada para cumplir con las obliga-ciones derivadas de una autorizacioacuten de COFECE
Presentar a la brevedad posible un escrito ante COFECE solicitando la proacuterroga para dar cumplimiento a de-terminada obligacioacuten manifestando que por causas ajenas a su voluntad y fuera de su control como lo es la suspensioacuten de actividades conside-radas como no esenciales ante lo determinado por la Secretariacutea de Sa-lud el 31 de marzo de 2020 respec-to del estado de emergencia sanita-ria por causa de fuerza mayor dicha empresa se encuentra impedida para cumplir con determinada obligacioacuten
Dicha solicitud acorde a lo estableci-do en la LFCE deberaacute ser analizada y contestada por COFECE con lo cual la empresa en caso de resultar favo-rable su solicitud evitaraacute el riesgo legal de que ante la falta de su no-tificacioacuten sea considerado como un incumplimiento que podriacutea ser san-cionado por COFECE
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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Regulatorio y Ambiental
CAPIacuteTULO 16
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020172 Regulatorio y Ambiental
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A REGULATORIO1
I Suspensioacuten de plazos y de actividades de autoridades competentes
iquestQueacute implica la suspensioacuten de actividades plazos y teacuterminos por parte de las autorida-des gubernamentales
A raiacutez del acuerdo publicado el 30 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federacioacuten (ldquoDOFrdquo) por el Conse-jo de Salubridad General declarando como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (la ldquoEmergencia Sanitariardquo) el 31 de marzo de 2020 la Secretariacutea de Salud publicoacute en el DOF un acuerdo2 ordenando la suspensioacuten de las actividades consideradas como no esenciales (incluyendo autoridades) hasta el 30 de abril de 2020 (el ldquoAcuer-do de Suspensioacuten de Actividadesrdquo)
El 21 de abril de 2020 la Secretariacutea de Salud publicoacute en el DOF un acuer-do3 modificando el plazo del Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades y sus-pendiendo las actividades considera-
1emspLas conclusiones de esta seccioacuten parten de una regla general en materia regulatoria La legislacioacuten aplicable a estos permisos o licencias es de caraacutecter local por lo que es necesario revisar la legislacioacuten municipal y estatal antes de tomar cualquier decisioacuten (a fin de verificar que no existan excepciones a estas conclusiones)
2emspldquoAcuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2rdquo publicado el 31 de marzo de 2020 en el DOF
3emspldquoAcuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 publicado el 31 de marzo de 2020rdquopublicado el 21 de abril de 2020 en el DOF
das como no esenciales hasta el 30 de mayo de 20204 (el ldquoAcuerdo de Exten-sioacuten de Suspensioacuten de Actividadesrdquo)
Las autoridades regulatorias han sus-pendido actividades al no ser conside-radas como esenciales (relacionadas con el Sistema Nacional de Salud o con sectores fundamentales5) La suspen-sioacuten de plazos ha sido decretada por las autoridades regulatorias de forma escalonada conforme a diversos de-cretos y acuerdos publicados en los perioacutedicos y gacetas municipales y estatales
Cabe sentildealar que algunas dependen-cias han mantenido abiertos sus por-tales electroacutenicos razoacuten por la cual es posible realizar traacutemites y procesos que puedan gestionarse por este medio
iquestQueacute autoridades gubernamentales han determinado suspender actividades teacutermi-nos y plazos
Si bien la mayoriacutea de las autoridades han decretado la suspensioacuten de plazos es importante revisar las publicacio-nes oficiales del estado y del munici-pio donde se ubica tu establecimiento para conocer queacute autoridades han sus-pendido actividades teacuterminos y plazos Si la autoridad de tu intereacutes es estatal revisa la gacetaperioacutedico oficial del estado y si es municipal la gacetape-rioacutedico oficial del municipio
4emspEste plazo podraacute ser modificado nuevamente en atencioacuten al estado que guarde la Emergencia Sanitaria
5emspPara una mayor referencia favor de consultar en la siguiente direccioacuten electroacutenica la fraccioacuten II del Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades que enlista las actividades esenciales httpsdofgobmxnota_detallephpcodigo=5590914ampfecha=31032020
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Con fines meramente ejemplificativos a continuacioacuten se enlistan algunas de las autoridades estatales y municipa-les que pueden haber decretado la sus-pensioacuten de actividades y plazos1
(i) DireccioacutenSecretariacutea de Desarrollo Urbano
(ii) DireccioacutenSecretariacutea de Obras Puacuteblicas
(iii) DireccioacutenSecretariacutea de Proteccioacuten Civil
(iv) DireccioacutenSecretariacutea de Padrones y Licencias y
(v) DireccioacutenSecretariacutea de Finanzas o Tesoreriacutea Municipal
iquestHasta cuaacutendo estaraacuten suspendidas dichas actividades teacuterminos y plazos
En teacuterminos del Acuerdo de Extensioacuten de Suspensioacuten de Actividades has-ta el 30 de mayo de 2020 Este plazo podraacute ser prorrogado dependiendo del estatus de la Emergencia Sanitaria Este plazo podraacute ser prorrogado depen-diendo del estatus de la Emergencia Sanitaria
Adicionalmente y exclusivamente para la Ciudad de Meacutexico el Gobierno de la Ciudad de Meacutexico publicoacute el pasado 17 de abril en su Gaceta Oficial un acuerdo doacutende se declaran como diacuteas inhaacutebiles los diacuteas referidos entre el 23 de marzo
1emspEl nombre y competencia de estas autoridades puede variar dependiendo del estado y municipio donde esteacute ubicado tuacute establecimiento centro de trabajo yo inmueble
y el 29 de mayo Tomando en cuenta la publicacioacuten anterior toda actuacioacuten solicitud o promocioacuten realizada durante dicho plazo surtiraacute efectos hasta el 1 de junio del 2020
iquestDoacutende puedo verificar los diacuteas inhaacutebiles que ha dictado cada autoridad guberna-mental como consecuencia de la emergen-cia sanitaria
Esta informacioacuten puede consultarse en (i) la paacutegina electroacutenica de la autoridad correspondiente o (ii) traveacutes de los Pe-rioacutedicos y Gacetas Oficiales estatales y municipales que correspondan
iquestLas autoridades gubernamentales podraacuten realizar visitas de verificacioacuten e imponer sanciones durante la emergencia sanitaria
El Acuerdo de Suspensioacuten de Activida-des ordenoacute la suspensioacuten de activida-des no esenciales del sector puacuteblico (incluyendo autoridades gubernamen-tales) Por lo anterior las visitas de verificacioacuten ordinarias de autoridades relacionadas con asuntos regulatorios se entenderaacuten suspendidas hasta en tanto las autoridades decreten la rea-nudacioacuten de las actividades guberna-mentales excepto en aquellos casos en que existan acuerdos de ciertas au-toridades que establezcan actos espe-ciacuteficos o procedimientos especiacuteficos que puedan desarrollarse
Es de suma importancia revisar a deta-lle el alcance de los acuerdos de sus-pensioacuten de plazos de tu localidad En algunos supuestos las autoridades lo-cales podriacutean estar facultadas para ha-bilitar diacuteas y horas haacutebiles para realizar visitas de inspeccioacuten extraordinarias
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020174 Regulatorio y Ambiental
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o en casos de emergencia o para sal-vaguardar el orden puacuteblico yo intereacutes social
II Autorizaciones regulatorias en general
iquestDebo dar cumplimiento a los teacuterminos y condicionantes sentildealados en mis autori-zaciones licencias o permisos durante la emergencia sanitaria
El titular de una autorizacioacuten permiso o licencia que haya sido otorgada con an-terioridad a la Emergencia Sanitaria de-beraacute cumplir (en la medida de lo posible y en los casos en los que sea aplicable) con los teacuterminos y condicionantes de la misma
Si la autoridad donde se ubica tu esta-blecimiento no tiene medios para reci-bir documentos te recomendamos pre-sentar el cumplimiento de los teacuterminos y condicionantes en cuanto la autoridad gubernamental reanude actividades
Las personas con inmuebles o estable-cimientos ubicados en localidades don-de los acuerdos de suspensioacuten de pla-zos hayan suspendido el cumplimiento de obligaciones regulatorias estaraacuten exentas de realizar las acciones des-critas en los paacuterrafos anteriores
III Licencias de Operacioacuten Funcionamiento1
iquestPuedo seguir operando durante la emer-gencia sanitaria iquestQueacute giros pueden seguir operando
1emspDependiendo del Estado donde esteacute ubicado tu inmueble esta licencia puede llamarse ldquolicencia de operacioacutenrdquo o ldquolicencia de funcionamientordquo
Puedes seguir operando durante la Emergencia Sanitaria siempre y cuando desarrolles alguna de las actividades esenciales enlistadas en el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades A reserva de leer con detenimiento dicho acuer-do a continuacioacuten enlistamos un resu-men de las actividades consideradas esenciales2
(i) Las necesarias para atender la con-tingencia sanitaria (ej Actividades meacutedicas farmacias tecnologiacutea y fabri-cacioacuten de insumos y productos para el sector salud)
(ii) Las involucradas en la seguridad puacute-blica y proteccioacuten ciudadana
(iii) Los sectores fundamentales de la economiacutea (sector financiero recau-dacioacuten tributaria distribucioacuten y venta de energeacuteticos gasolineras y gas ge-neracioacuten y distribucioacuten de agua pota-ble industria de alimentos industria de bebidas no alcohoacutelicas mercados de alimentos supermercados tiendas de autoservicio venta de alimentos preparados servicio de transporte de pasajeros y carga produccioacuten agriacutecola y pecuaria agroindustria quiacutemica pro-ductos de limpieza ferreteriacutea servicios de mensajeriacutea (incluyendo empresas y plataformas de comercio electroacuteni-co) guardias en labores de seguridad privada guarderiacuteas y estancias infan-tiles asilos y estancias de la tercera edad telecomunicaciones medios
2emspSi tienes una faacutebrica de vidrio acero cemento o minas de carboacuten te aconsejamos remitirte al siguiente acuerdo en el DOF donde se establecen los requisitos a cumplir frente a la Secretariacutea de economiacutea para seguir operando (httpdofgobmxnota_detallephpcodigo=5591234ampfecha=06042020)
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de informacioacuten servicios privados de emergencia servicios funerarios y de inhumacioacuten almacenamiento y cadena de friacuteo de insumos esenciales logiacutestica (aeropuertos puertos y ferrocarriles) asiacute como todas aquellas actividades cuya suspensioacuten pueda tener efectos o consecuencias irreversibles para su continuacioacuten1 y
(iv) Las necesarias para la conservacioacuten y mantenimiento de servicios indispen-sables (agua potable energiacutea eleacutectrica gas petroacuteleo gasolina turbosina sa-neamiento baacutesico transporte puacuteblico infraestructura hospitalaria y meacutedica (entre otros))
Asimismo si tu establecimiento no es considerado como parte de una activi-dad esencial es necesario que suspen-das actividades hasta que las autori-dades decreten la reanudacioacuten de las mismas
iquestNecesito una autorizacioacuten especial para seguir operando durante la emergencia sanitaria
Si tu empresa realiza alguna de las ac-tividades esenciales enlistadas en el punto (a) anterior y tienes todos tus permisos y licencias para operar pue-des seguir realizando tus actividades sin ninguacuten tipo de autorizacioacuten especial
iquestPuedo continuar operando mi negocio si mi Licencia de OperacioacutenFuncionamiento
1emspLas actividades cuya suspensioacuten pueda tener irreversibles para su continuacioacuten son aquellas empresas de produccioacuten de acero cemento y vidrio asiacute como los servicios de tecnologiacutea de la informacioacuten que garanticen la continuidad de los sistemas informaacuteticos de los sectores puacuteblico privado y social
vencioacute o estaacute por vencer durante la emer-gencia sanitaria iquestDebo o puedo renovar mi licencia durante la emergencia sanitaria
Existen dos posibles escenarios entre los cuales es importante distinguir
(i) El primer escenario es que tu Li-cencia de OperacioacutenFuncionamiento haya vencido antes del inicio de sus-pensioacuten de actividades y plazos por el COVID19 En este supuesto tu licen-cia no es vaacutelida y por ende no debes continuar operaciones hasta en tanto las autoridades de tu localidad reanu-den actividades y en su caso resuel-van la renovacioacuten de tu Licencia de OperacioacutenFuncionamiento
(ii) El segundo escenario es que tu Licen-cia de OperacioacutenFuncionamiento haya vencido o esteacute por vencer durante la suspensioacuten de actividades y plazos por el COVID 19 En este caso te aconseja-mos revisar a detalle el alcance de los acuerdos de suspensioacuten de plazos de tu localidad Podraacutes seguir operando siem-pre y cuando estas comunicaciones au-toricen la proacuterroga de las licencias
Si los acuerdos mencionados en el paacute-rrafo anterior no hacen referencia a pla-zos de licenciaspermisos solo podraacutes renovar tu Licencia de OperacioacutenFun-cionamiento si la autoridad del lugar donde se ubica tu establecimiento ha dejado abierta alguna oficina para re-cibir documentos o en su caso permita su tramitacioacuten electroacutenica
Legalmente nadie estaacute obligado a lo imposible Si la autoridad del lugar don-de se ubica tu establecimiento no tie-ne las herramientas para tramitar una
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renovacioacuten durante la Emergencia Sa-nitaria puedes seguir operando sin una Licencia de OperacioacutenFuncionamien-to vaacutelida siempre y cuando (i) tu acti-vidad esteacute enlistada en el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades como una actividad esencial (ii) solicites la re-novacioacuten de tu Licencia de OperacioacutenFuncionamiento en cuanto el gobierno habilite los medios y (iii) acompantildees di-cha solicitud con un escrito libre argu-mentando que te encontrabas en una imposibilidad material de renovar tu li-cencia (por la Emergencia Sanitaria)
iquestPuedo operar mi negocio si mi licencia es-taba en traacutemite ante la autoridad corres-pondiente iquestQueacute pasa si ya realiceacute el pago del traacutemite
Es requisito indispensable contar con una Licencia de OperacioacutenFunciona-miento a efecto de poder operar es-tablecimientos comerciales e indus-triales (en caso de ser aplicable) Si tu Licencia se encontraba en traacutemite o todaviacutea no habiacutea sido solicitada no po-draacutes operar tu establecimiento durante la contingencia por el COVID-19 al me-nos que en el acuerdo de suspensioacuten de plazos de la localidad en donde se encuentre tu establecimiento se esta-blezca alguna disposicioacuten en contrario
Lo recomendable es que esteacutes al pen-diente de las indicaciones de las auto-ridades para que cuando se reanuden actividades puedas acudir a revisar el estatus de tu Licencia de OperacioacutenFun-cionamiento y en caso de obtenerla ini-ciar operaciones lo maacutes pronto posible
En adicioacuten a lo anterior es importante mencionar que el pago de un traacutemite no
constituye una licencia por lo que solo podraacutes iniciar operaciones una vez que la autoridad municipal expida tu Licen-cia de OperacioacutenFuncionamiento
IV Licencias de Uso de Suelo
iquestPuedo continuar operando mi negocio si mi licencia vencioacute o estaacute por vencer en estos diacuteas
A diferencia de la mayoriacutea de licencias y permisos en materia regulatoria el duentildeo u operador de un inmueble no estaacute obligado a mantener una Licen-cia de Uso de Suelo vigente pero si a operar una actividad compatible con el uso de suelo otorgado a su inmueble de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano aplicable (ej Industrial habita-cional habitacional mixto)
Si no tienes una Licencia de Uso de Suelo vigente puedes seguir operan-do tu negocio siempre y cuando (i) tu negocio sea considerado una actividad esencial de conformidad con el Acuer-do de Suspensioacuten de Actividades y (ii) tu negocio sea una actividad compati-ble con el uso de suelo concedido a tu inmueble por el Plan de Desarrollo Urba-no municipal (ej industrial)
Es importante considerar que en mu-chos municipios las autoridades piden las Licencias de Uso de Suelo como re-quisito para expedir otros permisos o licencias En estos casos la imposibili-dad de obtener una Licencia de Uso de Suelo no exime al particular de cumplir con ese requisito
iquestPuedo renovar mi licencia durante la emer-gencia sanitaria
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Al igual que en aquellos casos donde tu Licencia de Uso de Suelo vencioacute reciente-mente o estaacute proacutexima a vencer es de suma importancia revisar el detalle y alcance de los acuerdos de suspensioacuten de plazos de tu localidad y analizar caso por caso
En el supuesto en el que el gobierno del municipio donde se ubica tu negocio haya dejado abierta alguna oficina para recibir documentos o en su caso permita la tramitacioacuten electroacutenica de la Licencia de Uso de Suelo puedes acudir a dichos medios para tramitar su renovacioacuten
V Permisos de Construccioacuten
iquestPuedo obtener un Permiso de Construc-cioacuten durante la emergencia sanitaria
Si las autoridades del municipio donde se ubica la obra a desarrollar han decre-tado la suspensioacuten de actividades y de plazos no es posible obtener un Permiso de Construccioacuten Este documento ten-draacute que ser solicitado cuando se reanu-den las actividades gubernamentales
Te sugerimos estar al pendiente de las fechas en las cuales las autoridades de tu municipio reanudaraacuten actividades para que acudas de inmediato a realizar los procesos necesarios para la obtencioacuten del permiso correspondiente y en su caso puedas iniciar la obra lo antes posible
iquestPuedo iniciar construcciones sin contar con el permiso aplicable iquestSi mi permiso estaba en traacutemite
Conforme a la legislacioacuten aplicable no es posible iniciar construcciones o rea-lizar una modificacioacuten sobre una obra existente si no se cuenta con un Permi-so de Construccioacuten La solicitud o pago
del traacutemite no constituye una Licencia de Construccioacuten
En adicioacuten a lo anterior la falta de Per-miso de Construccioacuten es agravante y fuente de responsabilidad civil y penal en ciertos casos
iquestEn caso de tener contrato(s) de obra pue-do renegociarlo(s) o en su caso darlo(s) por terminado(s)
Cada contrato de obra es distinto Te recomendamos revisar los siguientes puntos de tu contrato
(i) Busca una claacuteusula que hable de caso fortuito o fuerza mayor (alguna si-tuacioacuten ajena a las partes que no pudo haber sido predicha o impedida tal como lo es como la Emergencia Sanita-ria)) La mayoriacutea de estos documentos preveacuten la posibilidad de flexibilizar los teacuterminos del contrato de obras cuando se estaacute ante un caso fortuito o de fuer-za mayor Esta flexibilizacioacuten podriacutea ser reflejada (entre otras) en la exencioacuten de obligaciones durante la situacioacuten de emergencia (ej no pagar contrapresta-cioacuten) o en la renegociacioacuten de las con-diciones del contrato (ej ampliacioacuten de plazos)
(ii) Busca si tu contrato incluye una claacuteusula de terminacioacuten anticipada Esta claacuteusula puede prever la posibi-lidad de terminacioacuten del contrato me-diante el pago de una penalidad o por el simple hecho de existir un caso fortui-to o de fuerza mayor que haga inviable el cumplimiento del contrato
iquestQueacute obligaciones persisten con los contra-tistas y directores responsables de obra
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En caso de que el contrato que tengas celebrado con tus contratistas y Direc-tores Responsables de Obra continuacuteen vigentes persisten todas las obliga-ciones establecidas en dichos contra-tos hasta en tanto no se notifique la actualizacioacuten de la claacuteusula de ldquocaso fortuito o fuerza mayorrdquo o en su caso no se renegocien las claacuteusulas
En la mayoriacutea de los casos persistiraacuten principalmente las obligaciones de pago sin embargo en casos puntuales podriacutea prevalecer la entrega de docu-mentos o de productos materia de di-chos contratos
iquestDebo suspender mis actividades de cons-truccioacuten durante la emergencia
Tu construccioacuten debe de ser suspen-dida siempre y cuando no esteacute relacio-nada con ninguna de las actividades esenciales enlistadas en el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades
VI Autorizaciones de Proteccioacuten Civil
iquestPuedo continuar operando si mi autoriza-cioacuten vencioacute o estaacute por vencer durante la emergencia sanitaria
Existen dos posibles escenarios entre los cuales es importante distinguir
(i) El primer escenario es que realices una actividad esencial (de conformi-dad con el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades) y que tu Autorizacioacuten de Proteccioacuten Civil haya vencido an-tes del inicio de suspensioacuten de acti-vidades y plazos por el COVID19 En este supuesto tu autorizacioacuten no es vaacutelida y por ende no debes conti-
nuar operaciones hasta en tanto las autoridades de tu localidad reanu-den actividades y en su caso emitan la renovacioacuten de tu Autorizacioacuten de Proteccioacuten Civil
(ii) El segundo escenario es que reali-ces una actividad esencial (de confor-midad con el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades) y que tu Autorizacioacuten de Proteccioacuten Civil haya vencido o esteacute por vencer durante la suspensioacuten de actividades y plazos por el COVID 19 En este caso te aconsejamos revisar a detalle el alcance de los acuerdos de suspensioacuten de plazos de tu locali-dad Podraacutes seguir operando siempre y cuando de la lectura de alguna de estas comunicaciones puedas interpretar la proacuterroga de los plazos de vigencia de licencias y autorizaciones
iquestPuedo operar mi negocio si miacute autorizacioacuten estaba en traacutemite ante la autoridad corres-pondiente iquestQueacute pasa si ya realiceacute el pago del traacutemite
Es necesario contar con una Autori-zacioacuten de Proteccioacuten Civil a efecto de poder iniciar operaciones en estableci-mientos en que existan concentracio-nes importantes de personas o por el tipo de actividad que se desarrolle en los mismos Si tu licencia se encontra-ba en traacutemite no podraacutes operar tu es-tablecimiento durante la contingencia por el COVID-19 al menos que en el acuerdo de suspensioacuten de plazos de la localidad en donde se encuentre tu establecimiento se establezca alguna disposicioacuten en contrario
Lo recomendable es que esteacutes al pendiente de las indicaciones de las
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autoridades para que cuando se re-anuden actividades puedas acudir a revisar el estatus de tu Autorizacioacuten de Proteccioacuten Civil y en caso de ob-tenerla iniciar operaciones lo maacutes pronto posible
En adicioacuten a lo anterior es importan-te mencionar que el pago de un traacute-mite no constituye una licencia por lo que solo podraacutes iniciar operacio-nes una vez que la autoridad munici-palestatal expida tu Autorizacioacuten de Proteccioacuten Civil
iquestPuedo seguir operando si durante la emer-gencia sanitaria la afluencia de personas en mi negocio o las personas trabajando en mi inmueble son distintas a las contempladas en mi autorizacioacuten de proteccioacuten civil
Puedes seguir operando siempre y cuando (i) se trate de una actividad esencial de conformidad con el Acuer-do de Suspensioacuten de Actividades y (ii) el nuacutemero de personas trabajando o que concurran el inmueble sea igual o menor al contemplado en tu autoriza-cioacuten de Proteccioacuten Civil
iquestLas visitas de inspeccioacuten programadas se sus-penderaacuten iquestEn su caso se podraacuten reagendar una vez terminada la emergencia sanitaria
Previo al otorgamiento de una Autori-zacioacuten de Proteccioacuten Civil las autori-dades pueden solicitar una visita de inspeccioacuten a efecto de validar la in-formacioacuten ingresada Para el caso en el que se haya agendado una visita de inspeccioacuten durante las siguientes se-manas esta se daraacute por suspendida y podraacute ser reprogramada en cuanto las autoridades decreten la reanudacioacuten
de actividades excepto trataacutendose en casos de emergencia en que la au-toridad esteacute obligada a actuar
VII AnuenciasDictaacutemenes de viabilidad
iquestPuedo operar mi negocio si mi AnuenciaDictamen estaba en traacutemite ante la autori-dad correspondiente
Si tu AnuenciaDictamen se encuentra en traacutemite y es requisito para poder tra-mitar otras autorizaciones regulatorias que son necesarias para la operacioacuten de tu negocio no podraacutes operar duran-te la Emergencia Sanitaria
VIII Licencias de anuncios
iquestPuedo colocar alguacuten anuncio en mi negocio si la autoridad no me ha expedido el Licen-cia correspondienteiquestQueacute pasa si ya realiceacute el pago del traacutemite
Es necesario contar con una Licencia de anuncios a efecto de poder instalar los mismos conforme a la legislacioacuten local y municipal correspondiente Si tu licencia se encontraba en traacutemite no podraacutes colocar un anuncio en tu es-tablecimiento durante la contingen-cia por el COVID-19 al menos que en el acuerdo de suspensioacuten de plazos de la localidad en donde se encuentre tu establecimiento se establezca al-guna disposicioacuten en contrario El pago del traacutemite no autoriza la colocacioacuten de anuncios
Lo recomendable es que esteacutes al pendiente de las indicaciones de las autoridades para que cuando se re-anuden actividades puedas acudir a solicitardar seguimiento a tu licen-
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cia y puedas colocar tu anuncio lo antes posible
iquestPuedo mantener alguacuten anuncio en mi nego-cio si mi Licencia de anuncios vencioacute o estaacute por vencer en estos diacuteas
Existen dos posibles escenarios entre los cuales es importante distinguir
(i) El primer escenario es que tu Licencia de Anuncios haya vencido antes del ini-cio de suspensioacuten de actividades y pla-zos por el COVID19 En este supuesto tu licencia no es vaacutelida y por ende no tie-nes autorizacioacuten para colocar anuncios en tanto las autoridades de tu localidad reanuden actividades y en su caso emi-tan la renovacioacuten de tu licencia
Ante la imposibilidad de retirar tu anun-cio te recomendamos solicitar la renova-cioacuten de su licencia en cuanto sea posible
(ii) El segundo escenario es que tu Li-cencia de Anuncios haya vencido o esteacute por vencer durante la suspensioacuten de actividades y plazos por el COVID 19 En este caso te aconsejamos revisar a detalle el alcance de los acuerdos de suspensioacuten de plazos de tu localidad
Podraacutes seguir colocando tu anuncio siempre y cuando (i) de la lectura de las comunicaciones descritas en el paacuterrafo anterior se pueda interpretar la proacuterroga de la vigencia de licencias o (ii) no exis-tan herramientas para tramitar una reno-vacioacuten durante la Emergencia Sanitaria
IX Denuncias y Quejas
iquestEn caso de alguacuten abuso accioacuten u omisioacuten de las autoridades gubernamentales regu-
latorias durante la emergencia sanitaria ante queacute instancia puedo acudir a efecto de interponer una denuncia o queja
Considerando que las atenciones pre-senciales se han suspendido hasta en tanto las autoridades decreten la reanudacioacuten de actividades diversas autoridades de los tres oacuterdenes de gobierno han creado en sus paacuteginas oficiales una seccioacuten de atencioacuten ciu-dadana en la cual es posible reportar cualquier incidente
A continuacioacuten se mencionan dos ejem-plos de los mecanismos mencionados en el paacuterrafo anterior
( i) El Municipio de Guadalajara cuen-ta con una aplicacioacuten moacutevil l lamada ldquoCiudapprdquo en la que los ciudadanos pueden ponerse en contacto con las autoridades para obtener ayuda y orientacioacuten
(ii) El Gobierno de la Ciudad de Meacutexico abrioacute el Sistema Unificado de Atencioacuten Ciudadana de la Ciudad de Meacutexico para recibir quejas comentarios denuncias sugerencias y demandas ciudadanas durante la Emergencia Sanitaria
iquestCuaacutel seriacutea el procedimiento de dicha de-nuncia o queja
La mayoriacutea de los sistemas implemen-tados por los estados y municipios pre-veacuten los siguientes pasos
(i) Ingresar a la paacutegina oficial de la auto-ridad correspondiente
(ii) Seleccionar la opcioacuten de quejas y denuncias
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(iii) Redactar descripcioacuten de solicitud
(iv) Proporcionar datos generales
(v) En su caso adjuntar evidencia que respalde la peticioacuten y facilite el trabajo de las autoridades y
(vi) Aceptar el aviso de privacidad
Al momento de enviar tu solicitud seraacutes proporcionado con un folio de segui-miento No olvides anotar este coacutedigo a fin de darle seguimiento a tu procedi-miento o queja
iquestCuaacuteles seriacutean las consecuencias de la de-nuncia o queja
Cada estado o municipio determinara las consecuencias derivadas de es-tos procedimientos A continuacioacuten se mencionan algunas de las posi-bles sanciones1
(i) Amonestacioacuten
(ii) Suspensioacuten del empleo
(iii) Destitucioacuten del empleo cargo o comisioacuten
(iv) Inhabilitacioacuten temporal para des-empentildear empleos yo
(v) Sanciones econoacutemicas
1emspEstas sanciones podraacuten variar dependiendo de la gravedad de la infraccioacuten el puesto del servidor puacuteblico y los dantildeos econoacutemicos y patrimoniales causados (en su caso)
B AMBIENTAL
I Suspensioacuten de plazos yo teacuterminos de autoridades ambientales
iquestQueacute implica la suspensioacuten de actividades plazos y teacuterminos por parte de las autorida-des ambientales
De conformidad con el Acuerdo de Sus-pensioacuten de Actividades y el Acuerdo de Extensioacuten de Suspensioacuten de Activi-dades todas las actividades conside-radas como no esenciales (incluyendo autoridades) deben suspender activi-dades por lo menos hasta el proacuteximo 30 de mayo de 2020
En el aacutembito de las autoridades solo se consideran como esenciales las relacionadas con el Sistema Nacional de Salud o relacionadas con sectores fundamentales de la economiacutea (por ejemplo servicios de agua energiacutea servicios sanitarios) por lo cual las autoridades en materia ambiental han suspendido sus actividades conforme a lo sentildealado en el paacuterrafo anterior
En consecuencia algunas autoridades tanto federales como estatales ha pu-blicado acuerdos en los uacuteltimos diacuteas mediante los cuales determinan sus-pender teacuterminos y plazos para substan-ciar procedimientos administrativos yo ingresar promociones hasta momento hasta el proacuteximo 17 de mayo de 2020
En este sentido durante los diacuteas cita-dos en los acuerdos arriba referidos no se computaraacuten los plazos y teacuterminos correspondientes en los procedimien-tos administrativos que se substan-cien ante las autoridades ambientales
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respectivas (ej traacutemites solicitudes procedimientos administrativos ins-taurados etc)
iquestQueacute autoridades ambientales han determina-do suspender actividades teacuterminos y plazos
Si bien la mayoriacutea de las autoridades han decretado la suspensioacuten de plazos es importante revisar las publicaciones ofi-ciales federales y estatales para conocer queacute autoridades han suspendido activi-dades teacuterminos y plazos Si la autoridad de tu intereacutes es federal podraacutes encontrar estas publicaciones en el Diario Oficial de la federacioacuten y si es estatal en la Ga-ceta Perioacutedico Oficial estatal
Con fines meramente ejemplificativos a continuacioacuten se enlistan algunas au-toridades que ya han emitido acuerdos para suspender teacuterminos y plazos (i) Gobierno Federal
Acuerdo por el que se hace del conoci-miento del puacuteblico en general los diacuteas que seraacuten considerados como inhaacutebi-les para efectos de los actos y proce-dimientos administrativos substancia-dos por la Secretariacutea de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus oacuterganos ad-ministrativos desconcentrados( h t t p s w w w d o f g o b m x n o t a _ d e t a l l e phpcodigo=5590173ampfecha=24032020)
Acuerdo por el que se habilitan diacuteas y horas para las unidades administrativas que se indican a efecto de que lleven a cabo los actos administrativos inhe-rentes a los traacutemites y procedimientos que se sentildealan( h t t p s s i d o f q a s e g o b g o b m x notas5591174)
Acuerdo por el que se hace del cono-cimiento del puacuteblico en general los diacuteas que seraacuten considerados como inhaacutebiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos subs-tanciados por la Secretariacutea de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus oacuterganos administrativos desconcen-trados con excepcioacuten de los traacutemites y procedimientos que se indican (httpssidofqasegobgobmxnotas5591799)
Acuerdo por el que se suspenden los plazos para continuar las visitas domi-ciliarias o las revisiones de gabinete debido al impedimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de faculta-des de comprobacioacuten asiacute como los pla-zos y teacuterminos de procedimientos dis-tintos a los anteriores sustanciados por la Coordinacioacuten General de Recau-dacioacuten y Fiscalizacioacuten y las Direcciones de Recaudacioacuten y Fiscalizacioacuten en los Organismos de Cuenca de la Comisioacuten Nacional del Agua por causas de caso fortuito o fuerza mayor originadas por la pandemia de enfermedad por el coro-navirus COVID- 19 (httpssidofqasegobgobmxnotas5591367)
Acuerdo por el que se ampliacutea el perio-do de suspensioacuten de los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete debido al impe-dimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de facultades de comproba-cioacuten asiacute como los plazos y teacuterminos de procedimientos distintos a los anterio-res sustanciados por la Coordinacioacuten General de Recaudacioacuten y Fiscalizacioacuten y las Direcciones de Recaudacioacuten y Fis-calizacioacuten en los Organismos de Cuen-ca de la Comisioacuten Nacional del Agua por causas de caso fortuito o fuerza mayor
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originadas por la pandemia de enferme-dad por el coronavirus COVID-19(httpssidofqasegobgobmxnotas5591870)
(ii) Ciudad de Meacutexico
Acuerdo por el que se suspenden los teacuterminos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y traacute-mites y se otorgan facilidades admi-nistrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales para prevenir la propagacioacuten del virus COVIDndash19 (ht-tpsdataconsejeriacdmxgobmxportal_old uploadsgacetas182dba042c9d9530cca-c4e8d99f81f73pdf)
Segundo Acuerdo por el que se deter-mina la suspensioacuten de actividades en las Dependencias Oacuterganos Descon-centrados Entidades de la Administra-cioacuten Puacuteblica y Alcaldiacuteas de la Ciudad de Meacutexico para evitar el contagio y propa-gacioacuten del COVID-19 (httpsdataconse-jeriacdmxgobmxportal_olduploadsgace-tasddcac298af1eb9c3e3235ac7890a9a32pdf)
Acuerdo que modifica y adiciona el di-verso por el que se suspenden los teacuter-minos y plazos inherentes a los proce-dimientos administrativos y traacutemites y se otorgan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligacio-nes fiscales para prevenir la propaga-cioacuten del virus COVIDndash19(httpsdataconsejeriacdmxgobmxportal_olduploadsgacetas3732ed66793fb4ad0fe-cb5efb7b30e7fpdf)
Aviso mediante el cual se informa la suspensioacuten de actividades y ampliacioacuten del calendario para realizar la verifica-cioacuten de emisiones vehiculares para los
vehiacuteculos que cuenten con engomado de circulacioacuten color rosa cuyo uacuteltimo diacute-gito numeacuterico de la placa de circulacioacuten corresponda con 7 u 8 con engomado de circulacioacuten color rojo o uacuteltimo diacutegito numeacuterico de la placa de circulacioacuten sea 3 y 4 y con engomado de circulacioacuten color verde o uacuteltimo diacutegito numeacuterico de la placa de circulacioacuten sea 1 y 2 corres-pondiente al primer semestre del 2020(httpsdataconsejeriacdmxgobmxpor-tal_olduploadsgacetasda1094166b239e-8c96ec1beeb5303b30pdf)
(iii) Nuevo Leoacuten
Acuerdo mediante el cual y para efecto de enfrentar de manera oportuna y efi-caz la emergencia sanitaria provocada por la pandemia COVID-19 se suspen-den las labores en todas las Dependen-cias y Entidades de la Administracioacuten Puacuteblica del Estado por el periodo com-prendido del diacutea 23 de marzo al diacutea 20 de abril del 2020 y en consecuencia esos diacuteas se declaran como inhaacutebiles (httpsginlgobmxTransparencia_2015ArchivosAC_0001_0007_00168382_000003pdf)
Acuerdo general de la Secretariacutea de Desarrollo Sustentable del Estado de Nuevo Leoacuten con motivo de la de-claracioacuten de pandemia COVID-19 en relacioacuten con el traacutemite denominado ldquoCeacutedula de Operacioacuten Anual de la Sub-secretariacutea de Proteccioacuten al Medio Am-biente y Recursos Naturales (httpsginlgobmxTransparencia_2015ArchivosAC_0001_0007_00168386_000001pdf)
(iv) Estado de Meacutexico
Acuerdo del Secretario del Medio Am-biente por el que se emiten las acciones
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que llevaraacute a cabo la Secretariacutea y sus organismos auxiliares sectorizados con motivo del COVID-19 (httplegislacionedomexgobmxsiteslegislacionedomexgobmxfilesfilespdfgct2020mar234pdf)
Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas y de seguridad que se deberaacuten implementar para la mi-tigacioacuten y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus (Covid-19) en el Estado de Meacutexi-co (httplegislacionedomexgobmxsiteslegislacionedomexgobmxfi lesfi lespdfgct2020abr022pdf)
Acuerdo del Secretario del Medio Am-biente por el que se prorroga el diverso por el que se emiten las acciones que llevaraacute a cabo la secretariacutea y sus orga-nismos auxiliares sectorizados con mo-tivo del COVID-19 publicado en el pe-rioacutedico oficial ldquogaceta del gobiernordquo el 23 de marzo de 2020 (httplegislacionedomexgobmxsiteslegislacionedomexgobmxfilesfilespdfgct2020abr173pdf)
(v) Quereacutetaro
Acuerdo que establece medidas para atender y contener la contingencia por el virus COVID-19 publicado por la Pro-curaduriacutea Estatal de Proteccioacuten al Me-dio Ambiente y Desarrollo Urbano (ht-tpslasombradearteagasegobqueretarogobmxgetfilephpp1=20200322-01pdf)
Acuerdo que modifica el Acuerdo que establece medidas para atender y con-tener la contingencia por el virus CO-VID-19 de fecha veintisiete de marzo de dos mil veinte emitido por la Procu-raduriacutea Estatal de Proteccioacuten al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano y publi-
cado en el Perioacutedico Oficial del Gobier-no del Estado de Quereacutetaro ldquoLa Sombra de Arteagardquo y en la paacutegina institucional electroacutenica de este organismo puacuteblico httpsprocuraduriaambientalqueretarocom (httpslasombradearteagasegobqueretarogobmxgetfilephpp1=20200430-01pdf)
Acuerdo por el que se suspenden los servicios de verificacioacuten vehicular en el Estado de Quereacutetaro como medida sa-nitaria para mitigar la propagacioacuten del COVID-19 (httpslasombradearteagasegobqueretarogobmxgetfilephpp1=20200428-01pdf)
(vi) Quintana Roo
Acuerdo por el cual se Establece la Suspensioacuten de Labores Presenciales asiacute como de Plazos y Teacuterminos Legales en la Praacutectica de Actuaciones y Dili-gencias en los Procedimientos que se desarrollan ante la Secretariacutea de Eco-logiacutea y Medio Ambiente del Estado de Quintana Roo que se indican (httpsdrivegooglecomopenid=1gkYxGMSFSfdHr-0zU6MgyHl8txfI73OBj)
Acuerdo por el cual se ampliacutea el periodo de la suspensioacuten de labores presencia-les asiacute como de plazos y teacuterminos le-gales en la praacutectica de actuaciones y diligencias en los procedimientos y tra-mites que se desarrollan ante la Secre-tariacutea de Ecologiacutea y Medio Ambiente del Estado (httpsdrivegooglecomopeni-d=1zCIbw7od7ZfOYmuCJhf5v20s94v4f-O6)
iquestHasta cuaacutendo estaraacuten suspendidos dichos teacuterminos y plazos
Hasta el momento las autoridades am-bientales y estatales que han emitido
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acuerdos al respecto determinando cerrar hasta el proacuteximo 30 de abril re-anudando actividades el diacutea 4 de mayo
iquestDoacutende puedo verificar los diacuteas inhaacutebiles que ha dictado cada autoridad ambiental como consecuencia de la emergencia sani-taria
Esta informacioacuten puede consultarse en los portales de las autoridades ambien-tales o a traveacutes de las publicaciones en los Perioacutedicos o Gacetas Oficiales tan-to el federal como los locales
iquestLas autoridades ambientales podraacuten reali-zar visitas de verificacioacuten e imponer sancio-nes durante la emergencia sanitaria
El Acuerdo de Suspensioacuten de Activida-des ordenoacute la suspensioacuten de activida-des no esenciales del sector puacuteblico incluyendo aquellas del sector puacuteblico (autoridades ambientales) que no se encuentren relacionadas con el Siste-ma Nacional de Salud yo con activida-des fundamentales de la economiacutea Por lo anterior las visitas de verificacioacuten ordinarias de autoridades relacionadas con asuntos ambientales se entende-raacuten suspendidas hasta en tanto las au-toridades decreten la reanudacioacuten de las actividades en todos los sectores de la poblacioacuten excepto en aquellos casos que la situacioacuten particular del establecimiento o actividad lo requiere y asiacute lo fundamente la autoridad o se trate de una emergencia
Es de suma importancia revisar a detalle el alcance de los acuerdos de suspen-sioacuten de plazos federales y estatales En algunos supuestos las autoridades am-bientales podriacutean estar facultadas para
habilitar diacuteas y horas haacutebiles para realizar visitas de inspeccioacuten extraordinarias (en supuestos de emergencia o de activida-des que puedan ocasionar alguacuten dantildeo al medio ambiente los recursos naturales la vida silvestre o a la salud puacuteblica)
II Autorizaciones ambientales en general
iquestPuedo continuar operando si mi autoriza-cioacuten vencioacute o estaacute por vencer durante la emergencia sanitaria
Existen dos posibles escenarios entre los cuales es importante distinguir
(i) El primer escenario es que tu permiso ambiental haya vencido antes del inicio de suspensioacuten de actividades y plazos por el COVID19 De conformidad con las dispo-siciones de ley es necesario contar con las autorizaciones ambientales vigentes aplicables a la operacioacuten o actividad que se realiza por lo que si no se cuenta con dicho documento no se puede operar
No obstante y toda vez que se trata de una situacioacuten extraordinaria es re-comendable acercarse a la autoridad competente ya sea federal o local a efecto de confirmar si hay medidas implementadas que permitan solicitar la proacuterroga o renovacioacuten de la autoriza-cioacuten por otros medios (viacutea electroacutenica) Si las opciones mencionadas en el paacute-rrafo anterior no estaacuten disponibles te recomendamos solicitar la renovacioacuten de tu licencia en cuanto las autorida-des ambientales reanuden actividades
(ii) El segundo escenario es que tu auto-rizacioacuten ambiental haya vencido o esteacute por vencer durante la suspensioacuten de actividades y plazos por el COVID 19 En este caso te aconsejamos revisar
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a detalle el alcance de los acuerdos de suspensioacuten de plazos de la autoridad ambiental aplicable Podraacutes seguir ope-rando siempre y cuando de la lectura de alguna de estas comunicaciones puedas interpretar la proacuterroga de los plazos de vigencia de licencias y autorizaciones
Legalmente nadie estaacute obligado a lo imposible Si la autoridad ambiental aplicable no tiene las herramientas para tramitar una renovacioacuten durante la Emergencia Sanitaria puedes seguir operando sin una autorizacioacuten ambien-tal vaacutelida siempre y cuando (i) tu acti-vidad esteacute enlistada en el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades y (ii) solici-tes la renovacioacuten de tu autorizacioacuten am-biental en cuanto el gobierno habilite los medios y (iii) acompantildees dicha solicitud con un escrito libre avisando a la autori-dad que ante la Emergencia Sanitaria te encontrabas en una imposibilidad mate-rial de renovar tu autorizacioacuten
iquestPuedo operar mi negocio si mi autorizacioacuten ambiental estaba en traacutemite ante la autori-dad ambiental
De conformidad con la legislacioacuten am-biental es requisito indispensable contar con distintas autorizaciones ambienta-les a efecto de poder operar estableci-mientos comerciales e industriales Si tu autorizacioacuten se encontraba en traacutemite o todaviacutea no habiacutea sido solicitada no po-draacutes operar tu establecimiento durante la Emergencia Sanitaria al menos que en el acuerdo de suspensioacuten de plazos de la autoridad ambiental aplicable establezca alguna disposicioacuten en contrario
Lo recomendable es que esteacutes al pen-diente de las indicaciones de las auto-
ridades para que cuando se reanuden actividades puedas acudir a revisar el estatus de tu autorizacioacuten ambiental y en caso de obtenerla iniciar operacio-nes lo maacutes pronto posible
En adicioacuten a lo anterior es importante mencionar que el pago de un traacutemite no constituye una licencia por lo que solo po-draacutes iniciar operaciones una vez que la au-toridad ambiental expida tu autorizacioacuten
iquestEn su caso durante la emergencia sanita-ria debo dar cumplimiento a mis obligacio-nes ambientales y en su caso a los teacuterminos y condicionantes sentildealados en mi autoriza-cioacuten
El titular de una autorizacioacuten ambiental que haya sido otorgada con anterioridad a la Emergencia Sanitaria deberaacute cum-plir (en la medida de lo posible y en los casos en los que sea aplicable) con los teacuterminos y condicionantes de la misma
Es importante realizar una revisioacuten de los teacuterminos y condiciones estableci-dos en sus permisos ambientales para verificar las obligaciones de reporte con que debes de cumplir durante las fechas en que las autoridades ambien-tales hayan determinado suspender teacuterminos y plazos yo prorrogarlos Lo anterior toda vez que el cumplimiento de las mismas deberaacute presentarse una vez concluya la vigencia de los acuer-dos previamente mencionados
Asimismo es de suma importancia acercarse con las autoridades ambien-tales respectivas de ser posible para confirmar las medidas que estaacuten imple-mentado al interior de sus dependen-cias y si han habilitado horarios para
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atencioacuten al puacuteblico y para para la recep-cioacuten de solicitudes y traacutemites
iquestAnte la imposibilidad de obtener su apro-bacioacuten puedo ejecutar alguna actividad que no ha sido autorizada por la autoridad ambiental correspondiente
No la legislacioacuten ambiental vigente tanto a nivel federal como estatal no te permite llevar a cabo una actividad que no haya sido autorizada Si bien es cierto que las actividades de las autoridades han sido restringidas con motivo de la Emergencia Sanitaria esto no autoriza a los particulares a llevar a cabo activida-des sin la autorizacioacuten correspondiente
En este sentido te recomendamos ve-rificar con la autoridad competente las medidas que estaacuten implementado al in-terior de su dependencia y si han habili-tado oficinas que permitan la recepcioacuten de solicitudes y traacutemites
iquestQueacute sucede con las obligaciones de repor-te que deben cumplirse viacutea electroacutenica
Pocas autoridades se han pronunciado sobre si los acuerdos de suspensioacuten de plazos que se han emitido son apli-cables a obligaciones o traacutemites elec-troacutenicos No obstante lo anterior las autoridades que cuentan con esta he-rramienta han mantenido abiertos sus portales para poder realizar cualquier traacutemite o gestioacuten viacutea electroacutenica
A efecto de que se lleven a cabo los ac-tos administrativos inherentes ciertos traacutemites y procedimientos (entre los cua-les se encuentra la Ceacutedula de Operacioacuten Anual) el 6 de abril de 2020 la Secretariacutea del Medio Ambiente y Recursos Natura-
les (ldquoSEMARNATrdquo) publicoacute un acuerdo habilitando diacuteas y horas haacutebiles (httpssidofqasegobgobmxnotas5591174)
III Emisiones a la atmoacutesfera de jurisdiccioacuten local o federal
iquestQueacute sucede con los reportes de los equi-pos de emisiones a la atmoacutesfera ya sea de jurisdiccioacuten federal o local
Generalmente los reportes de equipos de emisiones a la atmoacutesfera ya sean de jurisdiccioacuten federal o local se presen-tan a traveacutes de plataformas electroacuteni-cas por lo que no existiraacute inconveniente en dar cumplimiento a esta obligacioacuten
Es importante acercarse con la autoridad competente para verificar lo anterior Por ejemplo la Secretariacutea de Desarrollo Sustentable del Estado de Nuevo Leoacuten mediante acuerdo publicado en el Perioacute-dico Oficial del Estado el 25 de marzo de 2020 ha determinado otorgar una proacute-rroga de 60 diacuteas naturales para presen-tar la Ceacutedula de Operacioacuten Anual plazo que empezaraacute a correr a partir del 30 de abril de 2020 Por su parte el 6 de abril de 2020 la SEMARNAT publicoacute acuerdo mediante el cual se habilitan diacuteas y horas para las unidades administrativas que se indican a efecto de que lleven a cabo los actos administrativos inherentes a los traacutemites y procedimientos que se sentildea-lan entre los cuales se encuentra la Ceacute-dula de Operacioacuten Anual (httpssidofqasegobgobmxnotas5591174)
iquestQueacute debo de hacer si he determinado de-cretar un paro de actividades
De conformidad con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 fraccioacuten VII del Reglamento
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de la Ley General del Equilibrio Ecoloacutegico y la Proteccioacuten al Ambiente en Materia de Prevencioacuten y Control de la Contami-nacioacuten de la Atmoacutesfera si tienes fuen-tes fijas de jurisdiccioacuten federal podraacutes decretar un paro siempre y cuanto lo notifiques previamente a la SEMARNAT
En caso de tener fuentes fijas de juris-diccioacuten local deberaacutes realizar la notifi-cacioacuten mencionada en el paacuterrafo ante-rior ante la autoridad ambiental estatal (ej la Secretariacutea de Medio Ambiente de la Ciudad de Meacutexico (artiacuteculo 135 frac-cioacuten VI de la Ley Ambiental de Protec-cioacuten a la Tierra en el Distrito Federal))
No obstante y toda vez que se trata de una situacioacuten extraordinaria es recomen-dable acercarse a la autoridad compe-tente ya sea federal o local a efecto de confirmar si se pueden presentar estos avisos viacutea electroacutenica o presencial Si es-tas opciones no estaacuten disponibles te re-comendamos presentar el aviso de paro de actividades en cuanto las autoridades ambientales reanuden sus funciones
iquestPodraacute decretarse la suspensioacuten de circu-lacioacuten de fuentes moacuteviles (vehiacuteculos ser-vicio puacuteblico de transporte) de emisiones
Los Estados en el aacutembito de sus facul-tades podraacuten establecer liacutemites a la cir-culacioacuten de automoacuteviles cuando estos no esteacuten relacionados con aquellas acti-vidades catalogadas como esenciales
Un ejemplo de lo anterior es el caso de la Ciudad de Meacutexico y del Estado de Meacutexico Los gobiernos de dichos Es-tados han establecido restricciones a la circulacioacuten vehicular particular y del servicio de transporte puacuteblico Estas
medidas no son aplicables a aquellas personas que desempentildeen actividades esenciales En caso de incumplimiento las autoridades locales estaraacuten facul-tadas para emitir sanciones de traacutensito
IV Servicios contratados de terceros (laboratorios etc)
iquestQueacute pasa con los terceros que he contra-tado para realizar anaacutelisis a mis instalacio-nes en cumplimiento con mis obligaciones ambientales
Si durante la Emergencia Sanitaria se teniacutea programado realizar anaacutelisis para cumplir con las obligaciones ambientales (tales como estudio de emisiones a la at-moacutesfera de aguas residuales de ruido etc) se recomienda confirmar con los pro-veedores contratados si estos estaraacuten en posibilidad de restar dichos servicios
En caso de que no sea estrictamente in-dispensable llevar a cabo los anaacutelisis an-tes referidos se recomienda analizar la conveniencia de posponerlos hasta una fecha posterior a la conclusioacuten de la Emer-gencia Sanitaria
V Residuos
iquestQueacute sucede si mis proveedores no van a estar en condiciones de recolectar mis re-siduos peligrosos
Los residuos peligrosos no deben de permanecer en tu almaceacuten temporal por un plazo mayor a seis meses Con-firma que tus prestadores de servicios de recoleccioacuten transporte y disposi-cioacuten final de residuos peligrosos esteacuten en condiciones de prestar dichos ser-vicios durante la Emergencia Sanitaria
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Si por circunstancias extraordinarias consideras no poder cumplir con el plazo establecido en el paacuterrafo ante-rior puedes ingresar una proacuterroga ante SEMARNAT Esta solicitud podraacute ser ingresada hasta 20 diacuteas haacutebiles antes del vencimiento del plazo1
No obstante y de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Suspensioacuten de Actividades y el Acuerdo de Extensioacuten de Suspensioacuten de Actividades es im-portante verificar si es posible ingresar la proacuterroga viacutea presencial o electroacutenica Si SEMARNAT no habilita medios para in-gresar la proacuterroga durante la Emergencia Sanitaria te aconsejamos (i) solicitar la proacuterroga en cuanto SEMARNAT habilite los medios y (ii) acompantildear dicha soli-citud con un escrito libre argumentando que te encontrabas en una imposibilidad material de solicitar dicha proacuterroga (por la Emergencia Sanitaria)
iquestQueacute sucede si mis proveedores no van a estar en condiciones de recolectar mis re-siduos de manejo especial
Confirma que tus prestadores de ser-vicios de recoleccioacuten transporte y dis-posicioacuten final de residuos de manejo especial esteacuten en condiciones de reali-zar dichas actividades en tiempo y for-ma durante la Emergencia Sanitaria
En caso de que estas personas no puedan prestar los servicios descritos en el paacute-rrafo anterior te recomendamos notificar a la autoridad ambiental estatal corres-pondiente No obstante y de conformidad
1emspArtiacuteculo c56 de la Ley General para la Prevencioacuten y Gestioacuten Integral de Residuos Peligrosos y 65 de su Reglamento
con lo dispuesto en el Acuerdo de Sus-pensioacuten de Actividades es importante verificar si es posible ingresar este aviso viacutea electroacutenica o presencial Si la autoridad ambiental estatal no habilita medios para ingresar la proacuterroga durante la Emergencia Sanitaria te aconsejamos (i) ingresar el aviso en cuanto se habiliten los medios y (ii) acompantildear dicho aviso con un escrito libre argumentando que te encontrabas en una imposibilidad material de ingresar dicho aviso (por la Emergencia Sanitaria)
iquestQueacute sucede con la generacioacuten recolec-cioacuten transporte y disposicioacuten de residuos durante la emergencia sanitaria
Derivado de la contingencia sanitaria y la potencial propagacioacuten del virus del CO-VID-19 a traveacutes de los residuos genera-dos tanto en casas habitacioacuten como en instalaciones del sector comercial in-dustrial y de servicios la SEMARNAT ha publicado la Cartilla para Mejores Praacutec-ticas para la Prevencioacuten del COVID-19 en el Manejo de Residuos Soacutelidos Ur-banos herramienta creada en conjunto con la Secretariacutea de Salud y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologiacutea la cual tiene como objetivo dictar las modalida-des operativas necesarias asiacute como las praacutecticas y acciones que deberaacuten imple-mentar los gobiernos federal estatal y municipal los prestadores de servicio de recoleccioacuten y separacioacuten de residuos soacutelidos urbanos (ldquoRSUrdquo) y la poblacioacuten en general para el debido manejo de los RSU y asiacute evitar la proliferacioacuten del virus del COVID-19 La cartilla podraacute ser con-sultada en el siguiente viacutenculohttpswwwgobmxcmsuploadsattach-mentfile545891Cartilla_de_Mejores_Practi-cas_para_la_Prevencion_del_COVID-19pdf
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iquestSe estaraacuten otorgando incentivos para el pago de servicios de recoleccioacuten
Hasta el momento ni las autoridades fe-derales ni las locales han decretado ofi-cialmente el otorgamiento de incentivos para el pago de servicios de recoleccioacuten
VI Agua
iquestQueacute pasa con el suministro de agua iquestSe interrumpiraacute ante la contingencia
Ninguna autoridad ha decretado suspen-sioacuten en el suministro de agua No obstan-te lo anterior es importante que el consu-mo de agua sea moderado y responsable ya que el recurso es escaso y puede ha-ber recortes de suministro de agua en zonas altamente pobladas como la Zona Metropolitana del Valle de Meacutexico
iquestEstoy obligado a pagar mi recibo por el sumi-nistro de agua potable en esta contingencia
Es importante consultar la informacioacuten que las dependencias tanto federales como lo-cales han puesto a disposicioacuten del puacuteblico o en su caso intentar acercarse a las mis-mas a efecto de confirmar las medidas y ac-ciones que han implementado al respecto
Algunos gobiernos locales como los que se mencionan a continuacioacuten han otorga-do facilidades para el pago de derechos y el cumplimiento de obligaciones fiscales
(i) Ciudad de Meacutexico
Mediante el ldquoAcuerdo por el que se suspen-den los teacuterminos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y traacutemites y se otorgan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones
fiscales para prevenir la propagacioacuten del virus COVIDndash19rdquo artiacuteculo cuarto se pro-rrogan los plazos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales contenidas en el Coacutedigo Fiscal de la Ciudad de Meacutexico consistentes en la presentacioacuten de decla-raciones y la realizacioacuten de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril del 2020 pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo antildeo(httpsdataconsejeriacdmxgobmxportal_olduploadsgacetas182d-ba042c9d9530ccac4e8d99f81f73pdf)
(ii) Nuevo Leoacuten
Se otorga exencioacuten del pago del servi-cio de Agua y Drenaje por un mes
iquestSe incrementaraacute el monto que pago actual-mente por el suministro de agua potable
Hasta el momento no se ha emitido ningu-na disposicioacuten que indique el incremento en el pago del suministro de agua potable
iquestPuedo hacer un acuerdo yo convenio para dife-rir mis adeudos por el suministro agua potable
Seraacute importante acercarse con las de-pendencias locales en donde se tenga actividad para confirmar si es posible celebrar un convenio en estos teacuterminos El suministro de agua potable es regula-cioacuten municipal por lo que cada gobierno local a traveacutes de su organismo o Secre-tariacutea respectiva deberaacute emitir sus dis-posiciones y lineamientos aplicables
VII Denuncias y Quejas
Favor de referirse a la seccioacuten A (IX) de este capiacutetulo misma que tambieacuten es aplicable a las autorizaciones en mate-ria ambiental y regulatoria
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I Suspensioacuten de plazos y de actividades de autoridades competentes
iquestCuaacuteles son las autoridades competen-tes maacutes relevantes ante las cuales se l levan los asuntos en materia de ener-giacutea necesarios para la operacioacuten de mi establecimiento
Las autoridades competentes en ma-teria de energiacutea responsables para la operacioacuten de establecimientos son la Secretaria de Energiacutea (ldquoSENERrdquo) Centro Nacional de Control de Energiacutea (ldquoCENACErdquo) Comisioacuten Federal de Elec-tricidad (ldquoCFErdquo) y la Comisioacuten Regula-dora de Energiacutea (ldquoCRErdquo) mismas que estaacuten facultadas y que deben estar en constante coordinacioacuten para aten-der temas en materia energeacutetica de conformidad con en el artiacuteculo 11 en la Ley de la Industria Eleacutectrica y en el artiacuteculo 5 de la Ley de la Comisioacuten Fe-deral de Electricidad
iquestCuaacuteles de estas autoridades suspendie-ron actividades y plazos
Hasta este momento la CRE SENER y el CENACE han realizado publicaciones relacionadas con la suspensioacuten de ac-tividades por la pandemia provocada por el virus COVID-19
La publicacioacuten de la CRE se realizoacute de manera inicial el 24 de marzo de 2020 en la edicioacuten vespertina del Diario Ofi-cial de la Federacioacuten (ldquoDOFrdquo) indicando que suspenderiacutean plazos hasta el 20 de abril de 2020 Sin embargo de ma-nera posterior el 7 de abril de 2020 se publicoacute en el DOF la ampliacioacuten a la suspensioacuten de plazos y teacuterminos en ese sentido eacutestos se suspenden has-
ta el 30 de abril del 2020 por lo que todas las solicitudes que se hagan en ese periodo se tendraacuten realizadas has-ta el 4 de mayo del 2020
Asimismo la SENER publicoacute el 25 de marzo en el mismo medio el acuerdo de suspensioacuten de plazos y teacuterminos has-ta el 20 de abril de 2020 sin embargo el 17 de abril del 2020 se publicoacute en el DOF la ampliacioacuten de la suspensioacuten de teacuterminos y plazos hasta el 30 de abril por lo que todas las solicitudes que se hagan en ese periodo se tendraacuten reali-zadas hasta el 4 de mayo del 2020
En la misma liacutenea el 1 de abril del 2020 el CENACE publicoacute en el DOF el acuer-do por el que se suspenden plazos y teacuterminos del 26 de marzo de 2020 al 19 de abril de 2020 posteriormente el 9 de abril del 2020 a traveacutes del DOF se publicoacute la ampliacioacuten de la suspen-sioacuten de plazos y teacuterminos hasta el 30 de abril por lo que todas las solicitu-des que se hagan en ese periodo se tendraacuten realizadas hasta el 4 de mayo del 2020
En cuanto a la CFE si bien no ha habido una publicacioacuten en el DOF se han ce-rrado ciertos moacutedulos de atencioacuten a clientes pero al momento no han pa-rado sus operaciones
Es necesario resaltar que debido al Acuerdo por el que se establecen ac-ciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS ndash COV2 publicado en el DOF el 31 de marzo de 2020 me-diante el cual se establece la suspen-sioacuten de labores hasta el 30 de abril y al subsecuente Acuerdo por el que
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se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanita-ria generada por el virus SARS-CoV2 publicado el 21 de abril de 2020 en el DOF mediante el cual la suspensioacuten de labores previamente establecida se extiende hasta el 30 de mayo del 2020 es altamente probable que las autoridades antes referidas publi-quen nuevos acuerdos ampliando la suspensioacuten de plazos y teacuterminos
iquestQueacute beneficios yo liberaciones de res-ponsabilidad se pueden invocar frente a las autoridades sentildealadas
En teacuterminos generales si se acredita que el caso fortuito o fuerza mayor im-posibilita el cumplimiento de las obli-gaciones bajo los contratos que se tengan celebrados y que se realizaron todas las acciones posibles a efecto de mitigar yo evitar los efectos gene-rados por dicho caso fortuito o fuerza mayor la parte en incumplimiento po-driacutea invocar la aplicacioacuten de la libera-cioacuten de responsabilidad prevista en el Coacutedigo Civil para los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor
II Electricidad
iquestQueacute pasaraacute con el suministro de ener-giacutea eleacutectrica iquestSe interrumpiraacute ante la contingencia
El pasado 24 de marzo del 2020 la CFE comunicoacute lo siguiente ldquoLa CFE no detendraacute su operacioacuten generaraacute y suministraraacute energiacutea eleacutectrica sin in-terrupciones del servicio tal como lo requieren las instituciones puacutebli-cas privadas sociales y los hogares
de todos los mexicanosrdquo Ademaacutes el Acuerdo por el que se establecen ac-ciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS ndash COV2 establece como una actividad esencial cuyas labores no pueden ser suspendidas la distri-bucioacuten de servicios indispensables dentro de los cuales se encuentra de manera expresa el suministro de ener-giacutea eleacutectrica
A pesar de que la CFE ya manifestoacute que el suministro de energiacutea eleacutectrica no se detendraacute el artiacuteculo 108 de la Ley de la Industria Eleacutectrica preveacute que en caso de accidentes o contingencias que no permitan que CFE continuacutee sus labores como suministrador de ener-giacutea el CENACE tendraacute las facultades para mantener y restablecer el sumi-nistro de energiacutea del sistema
Asimismo el Modelo de contrato de suministro de energiacutea eleacutectrica en baja tensioacutenrdquo publicado por la CFE sentildeala que la misma no seraacute responsable por interrupciones de energiacutea eleacutectrica en supuestos de caso fortuito o fuerza mayor
iquestEn su caso cuales son las medidas que se implementaraacuten a efecto de ga-rantizar la continuidad del suministro de energiacutea eleacutectrica
La Secretariacutea de Salud emitioacute el 31 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federacioacuten (ldquoDOFrdquo) el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emer-gencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 en virtud del cual se es-tablecieron acciones extraordinarias
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que deberaacuten ser implementadas por el sector puacuteblico social y privado para atender la emergencia sanitaria gene-rada por el virus SARS-CoV2 dentro de las que se encuentra la suspensioacuten inmediata de actividades no esencia-les posteriormente el 21 de abril de 2020 fue publicado en el mismo me-dio el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen ac-ciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 mediante el cual la suspensioacuten de labores para activida-des no esenciales se extiende hasta el 30 de mayo del 2020
En este sentido se determinaron como actividades fundamentales de la economiacutea y en consecuencia acti-vidades esenciales que deberaacuten con-tinuar en funcionamiento aquellas que son necesarias ldquohellip para la conserva-cioacuten mantenimiento y reparacioacuten de la infraestructura criacutetica que asegura la produccioacuten y distribucioacuten de servicios indispensableshelliprdquo dentro de las que se encuentra enumeradas expresamente energiacutea eleacutectrica gas petroacuteleo y ga-solina entre otros maacutes que pudieran listarse en esta categoriacutea
Asimismo el diacutea 6 de abril de 2020 la Secretariacutea de Salud publicoacute en el DOF el ldquoACUERDO por el que se establecen los Lineamientos teacutecnicos relaciona-dos con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fraccioacuten II del Artiacuteculo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraor-dinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 publicado el 31 de marzo del 2020rdquo mediante el cual se determinoacute
que las minas de carboacuten deberaacuten man-tener una actividad miacutenima para satis-facer la demanda de la CFE a efecto de que eacutesta pueda continuar generan-do electricidad
En conclusioacuten mediante la publicacioacuten del Acuerdo del 31 de marzo de 2020 se busca adoptar medidas necesarias a efecto de garantizar que las activi-dades relacionadas con la generacioacuten y distribucioacuten de energiacutea eleacutectrica continuacuteen de manera regular obser-vando las medidas preventivas corres-pondientes y que de esta manera se garantice la continuidad en el suminis-tro de energiacutea eleacutectrica
iquestEstoy obligado a pagar a la Comisioacuten Federal de Electricidad mi recibo por el suministro de energiacutea eleacutectrica en esta contingencia
Siacute dado que de conformidad con el ldquoModelo de contrato de suministro de energiacutea eleacutectrica en baja tensioacutenrdquo publicado por la CFE esta tiene el de-recho de suspender el suministro de energiacutea eleacutectrica cuando el usuario in-curre en la falta de pago de la factura-cioacuten del periodo correspondiente
El 17 de abril del 2020 se publicoacute en el DOF el Acuerdo por el que se determina el mecanismo de fijacioacuten de tarifas fi-nales de energiacutea eleacutectrica del suminis-tro baacutesico a usuarios domeacutesticos por el periodo que se indica con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor derivada de la epidemia de enfermedad generada por el virus COVID-19 Si bien dicho acuerdo no contempla la suspensioacuten de los pagos al recibo de luz establece que durante
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el periodo comprendido del 30 de mar-zo y hasta los 7 diacuteas naturales poste-riores a partir del diacutea siguiente en el que concluya la vigencia del Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 publicado en el DOF el 30 de marzo o hasta 7 diacuteas naturales posteriores a que la autori-dad competente de por terminada la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor no seraacuten considerados los consumos de ener-giacutea eleacutectrica realizados por los usua-rios domeacutesticos para la determinacioacuten del consumo mensual promedio A pe-sar de que es probable que aumente el consumo de luz durante este periodo en nuestras casas este aumento no tendraacute repercusioacuten a futuro en la ta-rifa en la que se encuentren clasifi-cados actualmente (la mayoriacutea de los usuarios domeacutesticos tienen la tarifa de ldquobajo consumordquo) En ese sentido es necesario seguir pagando de manera regular el recibo por suministro de luz pero el que aumenten su consumo no repercutiraacute en su clasificacioacuten actual ni en su consumo mensual promedio
iquestSe incrementaraacute el monto que pago actualmente a la Comisioacuten Federal de Electricidad por el suministro de ener-giacutea eleacutectrica
Actualmente la CFE no ha realizado pu-blicacioacuten ni mencioacuten alguna respecto a alguacuten cambio de tarifas uacutenicamente se ha comunicado el cierre de algunos moacutedulos de atencioacuten a clientes
Ademaacutes es importante mencionar que de acuerdo con los artiacuteculos 9 y
28 de la Ley de la Industria Eleacutectrica las tarifas o costos de electricidad se rigen conforme a las Reglas de Mer-cado esto quiere decir que las tarifas estaacuten reguladas
Por el momento como ya se mencio-noacute anteriormente solo se ha contem-plado que a pesar de que se llegue a aumentar el consumo de luz durante el periodo de contingencia sanitaria no se reclasificaraacute la tarifa de los usua-rios domeacutesticos a una tarifa maacutes alta que pudiera ser ocasionada por el in-cremento en el consumo eleacutectrico
Ante cualquier cambio que su reci-bo muestre en la tarifa por KiloWatt debe de contactar a la CFE para acla-rar esta situacioacuten Es poco probable que llegara a darse un cambio en las tarifas como consecuencia de la con-tingencia sin embargo en el supues-to de que eso sucediera se tendriacutea que realizar una publicacioacuten oficial hacieacutendolo del conocimiento de la po-blacioacuten como lo establece el artiacuteculo 148 de la referida Ley
iquestPuedo hacer un acuerdo yo convenio con la Comisioacuten Federal de Electricidad para diferir mis adeudos por el suministro de energiacutea eleacutectrica
DDe conformidad con el Manual de Disposiciones Relativas al Suministro y Venta de Energiacutea Eleacutectrica Destinada al Servicio Puacuteblico los particulares po-draacuten celebrar con la CFE un convenio de pago en la modalidad de ldquoAmorti-guadordquo a traveacutes del cual la CFE proce-deraacute a sustituir la facturacioacuten real por un pago que se calcula de un promedio de los pagos mensuales o bimestrales
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de los uacuteltimos 12 meses a este valor se le sumaraacute el resultado de restar al monto de la facturacioacuten real el mon-to de la facturacioacuten del mismo periacuteodo del antildeo anterior
El beneficio de esta modalidad es la de disminuir el impacto que el incremento en las tarifas del pago de electricidad pueda tener sobre los particulares y garantizar un flujo constante de pago
iquestQueacute alternativas tengo de suministro de energiacutea eleacutectrica adicionales a la Comisioacuten Federal de Electricidad
Como resultado de los cambios le-gislativos que se dieron a raiacutez de la Reforma Energeacutetica en el antildeo 2013 ahora puedes instalar en tu domicilio o negocio tu propia Central Eleacutectrica de Generacioacuten Distribuida yo Gene-racioacuten Limpia Distribuida menor a 05 MW y realizar un contrato de interco-nexioacuten con CFE Suministrador de Ser-vicios Baacutesicos
Lo anterior implica la posibilidad y el beneficio de instalar paneles solares en viviendas o negocios de acuerdo a la cantidad de electricidad que con-sumes y el espacio que se tiene dis-ponible para su instalacioacuten De esta manera y al generar tu propia energiacutea eleacutectrica dejariacuteas de ser dependiente de la energiacutea que suministra la CFE La Resolucioacuten RES1422017 de la CRE publicada en el DOF el 7 de mar-zo de 2017 es el instrumento que contiene las especificaciones teacutecni-cas modelos de contrato metodolo-giacuteas de caacutelculo de contraprestacioacuten y diversos lineamientos que son apli-cables a las centrales eleacutectricas de
Generacioacuten Distribuida y Generacioacuten Limpia Distribuida
iquestSe puede considerar a la pandemia como un evento de caso fortuito o fuerza mayor para efectos contractuales (ie PPA o de auto abasto de interconexioacuten y partici-pante en el mercado)
Dentro de los contratos generalmente se incluye como parte de la definicioacuten de evento de caso fortuito o fuerza mayor entre otros a las epidemias yo cualquier situacioacuten imprevisible y gra-ve que impida que alguna de las partes pueda cumplir con sus obligaciones
En este sentido en caso de que como consecuencia de la pandemia yo de las medidas adoptadas en relacioacuten con la misma alguna de las partes se encuentre imposibilitada para cum-plir con sus obligaciones dicha parte en incumplimiento podriacutea invocar la existencia de un evento de caso for-tuito o fuerza mayor como excluyente de responsabilidad salvo que se haya acordado lo contrario en el contrato correspondiente
iquestExiste alguacuten procedimiento especiacutefico que deba seguirse a efecto de invocar un evento de caso fortuito o fuerza mayor bajo los contratos de electricidad
El procedimiento a seguir a efecto de invocar la existencia de un evento de caso fortuito o fuerza mayor depen-de de los teacuterminos establecidos para tales efectos en el contrato corres-pondiente no obstante lo anterior en los formatos utilizados en materia de energiacutea eleacutectrica se puede identificar lo siguiente
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bull Trataacutendose de contratos de inter-conexioacuten se deberaacute de notificar por medios electroacutenicos o por escrito a la otra parte en un plazo no mayor a 10 diacuteas naturales contados a partir de la fecha en que se presente dicho con-trato o fuerza mayor
bull Por su parte los contratos de parti-cipacioacuten en el mercado requieren que la parte afectada notifique ya sea por medios electroacutenicos o por escrito la existencia de un evento de caso for-tuito o fuerza mayor en un plazo de 5 diacuteas haacutebiles a partir de que se haya presentado el evento
bull En el caso de los contratos de co-bertura eleacutectrica se deberaacute de notifi-car a la contraparte dentro de los 10 diacuteas haacutebiles siguientes a que se tenga conocimiento de dicho evento de caso fortuito o fuerza mayor
III Gasolinas y Dieacutesel
iquestQueacute pasaraacute con el suministro de gasoli-nasdieacutesel iquestSe interrumpiraacute ante la con-tingencia
La suspensioacuten del suministro de ga-solina y dieacutesel es poco probable por dos razones
Primero debido a que los gobiernos en todo el mundo sobre todo aquellos que han enfrentado un escenario criacutetico por el Covid-19 han puesto como prioridad la continuidad del funcionamiento de los servicios puacuteblicos Esto significa invertir tiempo y recursos en el disentildeo e instru-mentacioacuten de planes que garanticen la operacioacuten de actividades elementales como el suministro de combustibles
La segunda razoacuten es el hecho de que el consumo de combustibles ha caiacute-do de manera dramaacutetica en Meacutexico y el mundo En este contexto no exis-te una alta demanda para el suminis-tro de gasolinasdieacutesel y en cambio existe todaviacutea una alta oferta para dicho suministro
iquestEn su caso cuaacuteles son las medidas que se implementaraacuten a efecto de garantizar la continuidad del suministro de gasoli-nadieacutesel
La Secretariacutea de Salud emitioacute el 31 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federacioacuten el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 en virtud del cual se establecieron accio-nes extraordinarias que deberaacuten ser implementadas por el sector puacuteblico social y privado para atender la emer-gencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 dentro de las que se en-cuentra la suspensioacuten inmediata de actividades no esenciales posterior-mente el 21 de abril de 2020 fue pu-blicado en el mismo medio el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraor-dinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 mediante el cual la suspensioacuten de labores para actividades no esen-ciales se extiende hasta el 30 de mayo del 2020
En este sentido a traveacutes de dicho decreto se determinaron como acti-vidades fundamentales de la econo-miacutea y en consecuencia actividades esenciales que deberaacuten continuar
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en funcionamiento aquellas que son necesarias ldquohellip para la conservacioacuten mantenimiento y reparacioacuten de la in-fraestructura criacutetica que asegura la produccioacuten y distribucioacuten de servicios indispensableshelliprdquo dentro de las que se encuentra enumeradas expresamente energiacutea eleacutectrica gas petroacuteleo y ga-solina entre otros maacutes que pudieran listarse en esta categoriacutea
En conclusioacuten mediante la publicacioacuten del Acuerdo del 31 de marzo de 2020 se busca adoptar medidas necesarias a efecto de garantizar que las activi-dades relacionadas con la distribucioacuten de gasolina y dieacutesel continuacuteen de ma-nera regular observando las medidas preventivas correspondientes
iquestPor queacute causas se podriacutea interrumpir el suministro de gasolinasdieacutesel
De conformidad con el artiacuteculo 71 del Reglamento de las Actividades a que se Refiere el Tiacutetulo Tercero de la Ley de Hidrocarburos se preveacute la posibi-lidad de suspender el servicio de ex-pendio al puacuteblico de gasolina o dieacutesel cuando eacutesta se origine por caso fortui-to o fuerza mayor lo que incluye por su naturaleza una pandemia como el COVID-19
Adicionalmente el servicio de expen-dio podriacutea suspenderse uacutenicamente por causas relacionadas con el man-tenimiento y seguridad de las es-taciones de expendio de gasolina y dieacutesel previstas en la NOM-EM-001-ASEA-2015 y en las ldquoDisposiciones Administrativas de Caraacutecter General que Establecen los Lineamientos de Seguridad Industrial Seguridad Ope-
rativa y Proteccioacuten al Medio Ambiente para el Expendio Simultaacuteneo de Petro-liacuteferos yo Gas Naturalrdquo o en su caso por razones de desabasto podriacutea su-frirse una diminucioacuten en el suministro de gasolina o dieacutesel pero debido a los bajos precios actuales en el mercado de hidrocarburos ese panorama re-sulta altamente improbable
En temas de transporte y almacenamiento de gas natural iquestse puede solicitar un ajus-te a la tarifa regulada bajo el argumento de contingencia
Si de conformidad con la ldquoDirectiva sobre la Determinacioacuten de Tarifas y el Traslado de Precios para las Activida-des Reguladas en Materia de Gas Na-tural DIR-GAS-001-2007rdquo los permi-sionarios podraacuten solicitar a la CRE la actualizacioacuten de las tarifas maacuteximas aplicables cuando se verifique la exis-tencia de circunstancias extraordina-rias que afecten la inflacioacuten el tipo de cambio o la viabilidad el proyecto El permisionario deberaacute acreditar dichas condiciones a la CRE
iquestPor queacute disminuyoacute el costo de la gasolinadieacutesel durante la contingencia En un futu-ro iquestse incrementaraacute el costo de la gasoli-nadieacutesel derivado de la contingencia
El precio del combustible disminu-yoacute a principios de marzo de este antildeo debido a que a nivel internacional se celebroacute una reunioacuten entre los paiacute-ses miembros de la Organizacioacuten de Paiacuteses Exportadores de Petroacuteleo (ldquoOPEPrdquo) y Rusia En dicha reunioacuten se teniacutea por objetivo disminuir la produc-cioacuten de petroacuteleo y con ello hacer fren-te a una menor demanda del hidrocar-
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buro ante los efectos del COVID-19 Rusia se mostroacute en desacuerdo con dicha medida por lo que decidioacute in-crementar su produccioacuten a lo que se unioacute Arabia Saudita Consecuencia de esto es que al aumentar la oferta de petroacuteleo el precio del hidrocarburo ha tendido a disminuir y con ello el de todos sus productos derivados parti-cularmente el de la gasolina
En las proacuteximas semanas la demanda por gasolina y dieacutesel podriacutea continuar siendo inferior debido a que Meacutexico se encuentra en fase 3 de la contingencia como medida frente al COVID-19 por lo que podriacutea fomentar a que maacutes per-sonas realicen labores desde su casa o eviten desplazamientos en medios de transporte concurridos aunado a que el mercado internacional experi-menta la misma situacioacuten
Finalmente existe la posibilidad de que haya un repunte importante una vez que el mercado de hidrocarburos se estabilice pero esto no se mani-festaraacute hasta en tanto no exista una confianza en el mercado derivado de control a la propagacioacuten del COVID-19
iquestAnte queacute dependencia se podriacutea presen-tar una reclamacioacuten o queja relacionada con la venta o distribucioacuten de gasolinadieacutesel
La CRE deberaacute en el ejercicio de sus funciones atender y proveer asisten-cia a quienes resulten afectados por esta situacioacuten y ademaacutes tendraacute el de-ber de hacer cumplir a las expendedo-ras de gasolina y dieacutesel de sus obliga-ciones contractuales lo que implica proveer dicho servicio
IV Gas Natural
iquestQueacute pasaraacute con el suministro de gas natu-ral iquestSe interrumpiraacute ante la contingencia
Dicho escenario es poco probable ya que la mayoriacutea de los productores de gas natural que le venden a Meacutexi-co son grupos estadounidenses que dependen del mercado mexicano De igual manera la demanda mexicana depende de maacutes de un 80 de las importaciones que se realizan desde Estados Unidos Consecuentemente existe una interdependencia particu-larmente estrecha que hace de este tema un asunto de intereacutes nacional para ambos paiacuteses
El suministro de gas natural al igual que el suministro de energiacutea eleacutectrica es considerado por el Acuerdo por el que se establecen acciones extraor-dinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS ndash COV2 como una actividad esencial por estar expresamente catalogada como un servicio indispensable
iquestPor queacute causas me pueden interrumpir el suministro de gas natural
Las causas por las cuales las empre-sas comercializadoras de gas natural podraacuten suspender el suministro debe-raacuten estar contenidas en el contrato de suministro de gas natural que en su caso se tenga celebrado entre el par-ticular y la empresa comercializadora de gas natural
No obstante el artiacuteculo 71 del Re-glamento de las Actividades a que se Refiere el Tiacutetulo Tercero de la
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Ley de Hidrocarburos establece que los Permisionarios no incurriraacuten en responsabilidad por suspensioacuten del servicio o actividad cuando eacutesta se origine por caso fortuito o fuerza mayor (tal como la pandemia gene-rada por el Covid-19)
iquestSe incrementaraacute el costo del gas natural derivado de la contingencia
No es posible determinar con exacti-tud si el precio del gas natural aumen-taraacute derivado de la contingencia
Los proveedores autorizados de gas natural uacutenicamente podriacutean incremen-tar el costo del gas natural siacute se es-tablecieron condiciones negociables que en tal caso el Proveedor deberaacute hacerlas del conocimiento del Usua-rio Final siempre y cuando no caigan en supuestos que impliquen limita-ciones o discriminacioacuten indebida del Usuario Final
Por lo tanto si bien no es posible de-terminar si el precio del gas natural au-mentaraacute derivado de la contingencia lo cierto es que en caso de que aumente el Proveedor deberaacute obtener consenti-miento de la CRE y otorgar previo aviso a los usuarios
iquestQueacute alternativas tengo para obtener su-ministro de gas natural
Existen muchas empresas que se de-dican a la comercializacioacuten de gas na-tural Al contratar el suministro con cualquier persona es importante veri-ficar que cuente con el permiso de co-mercializacioacuten correspondiente emiti-do por la CRE
Existen muchas empresas distribui-doras de este servicio es importan-te que se encuentren debidamente autorizadas para prestar este tipo de servicio la Asociacioacuten Mexicana de Gas Natural tiene en su paacutegina de in-ternet (httpsamgnmxproveedores) una seccioacuten con las empresas que forman parte de esta Asociacioacuten y que estaacuten debidamente autorizadas por la CRE para suministrar gas natural
iquestEstoy obligado a pagar mi recibo por el su-ministro gas natural en esta contingencia
Siacute debido a que el pago es una de las obligaciones contractuales principa-les asumidas por el Usuario Final al momento de convenir con el provee-dor y seguacuten lo establecido en el Re-glamento de las Actividades que se Refiere el Tiacutetulo Tercero de la Ley de Hidrocarburos y la ldquoRESOLUCIOacuteN por la que la Comisioacuten Reguladora de Energiacutea expide las disposiciones administrati-vas de caraacutecter general en materia de acceso abierto y prestacioacuten de los ser-vicios de transporte por ducto y alma-cenamiento de gas naturalrdquo punto 40 expedida por el CENAGAS en caso de que el Usuario Final incumpla sus obli-gaciones contractuales seraacute acreedor a que se le suspenda el suministro de gas natural sin responsabilidad por parte del Proveedor
V Gas LP
iquestQueacute pasaraacute con el suministro de gas LP iquestSe interrumpiraacute ante la contingencia
El escenario de interrupcioacuten del sumi-nistro de gas LP resulta improbable en virtud de que el mercado de suminis-
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tro de gas LP continuacutea manifestaacutendo-se como una necesidad baacutesica que el gobierno y las empresas particulares priorizaraacuten durante esta contingencia
Ademaacutes el Acuerdo por el que se es-tablecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS ndash COV2 considera al suministro de gas (de manera general) como una actividad esencial por considerarse un servi-cio indispensable
iquestPor queacute causas se pueden interrumpir el suministro de gas LP
Se puede interrumpir el suministro por el incumplimiento de las obligaciones contractuales como lo establece el artiacuteculo 59 de la Ley de Hidrocarbu-ros asiacute mismo de conformidad con el artiacuteculo 71 del Reglamento de las Actividades a que se Refiere el Tiacutetu-lo Tercero de la Ley de Hidrocarburos se preveacute la posibilidad de suspender el servicio de expendio al puacuteblico de gasolina o dieacutesel cuando eacutesta se ori-gine por caso fortuito o fuerza mayor lo que incluye por su naturaleza una pandemia como el COVID-19
iquestSe incrementaraacute el costo del gas LP como resultado de la contingencia
No es posible determinar con exacti-tud si aumentaraacute el costo del gas LP Lo anterior ya que el precio del gas LP depende de varios factores como el valor del mercado el valor del pe-troacuteleo entre otros como lo establece el artiacuteculo 77 del Reglamento de las Actividades a que se Refiere el Tiacutetulo Tercero de la Ley de Hidrocarburos To-
mando en consideracioacuten la situacioacuten actual en la que se encuentran todos los paiacuteses y debido al conflicto que se suscitoacute entre la OPEP y Rusia que ya fue mencionado con anterioridad lo maacutes probable es que el costo del gas LP disminuya sin embargo hasta que no se haga una publicacioacuten oficial en el DOF no puede haber ninguacuten cam-bio en el precio
De conformidad con el artiacuteculo 8 del reglamento mencionado con anterio-ridad la CRE debe aprobar las tarifas maacuteximas permitiendo que los permi-sionarios pacten acuerdos conven-cionales o descuentos en teacuterminos de los criterios que dicte la CRE mediante disposiciones administrativas para la negociacioacuten de dichos acuerdos asiacute mismo con base en la Ley Federal de Proteccioacuten al Consumidor en su articu-lo 10 bis se establece que los provee-dores no podraacuten incrementar injusti-ficadamente el precio por fenoacutemenos naturales meteoroloacutegicos o contin-gencias sanitarias Por lo que basaacuten-donos en esta legislacioacuten no se deberaacute incrementar el costo del gas LP
iquestQueacute alternativas tengo para obtener su-ministro de gas LP
Existen muchas empresas privadas que se dedican exclusivamente al su-ministro de gas LP En caso de que la empresa que actualmente te suminis-tre el gas LP suspenda sus servicios o aumente las tarifas podraacutes contratar el suministro de gas LP con cualquier empresa que preste dichos servicios en tu ciudad En el siguiente link httpswwwgobmxcredocumentospermisos-otor-gados-en-materia-de-gas-lp se pueden
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La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
consultar todas las empresas con permiso vigente en materia de Gas LP para las actividades reguladas (trans-porte distribucioacuten expendio al puacuteblico y comercializacioacuten)
Ademaacutes la CRE cuenta con una aplica-cioacuten moacutevil llamada ldquoamiGASLPrdquo que le permite al consumidor de gas LP com-parar precios a fin de elegir al distri-buidor que ofrezca las mejores condi-ciones y consultar si dicho distribuidor tiene el permiso correspondiente de la CRE En caso de que ya tengas celebrado un contrato de suministro de gas LP con alguna empresa seraacute importante que revises el contrato a efecto de evaluar si incurririacuteas en alguna penalidad por cambiar de suministrador de gas LP
iquestEstoy obligado a pagar mi recibo por el su-ministro de gas LP en esta contingencia
Siacute hasta en tanto el suministro no se interrumpa
Dado que el suministro de gas LP es un servicio contratado con una empresa privada y no prestado mayormente por el Estado (como los servicios de luz y agua) lo maacutes probable es que las em-presas que se dediquen al suministro
de gas LP no reduzcan sus tarifas ni suspendan el suministro
iquestAnte queacute dependencia se podriacutea presen-tar una reclamacioacuten o queja relacionada con el incremento no autorizado venta o distribucioacuten de gas LP
En caso de que suspendan el suminis-tro de gas LP se debe acudir o estable-cer comunicacioacuten con la CRE quien es responsable de estos temas a pesar de la contingencia se habilitaraacuten diacuteas y horas haacutebiles necesarias para que se provean los asuntos que se conside-ren necesarios
Asimismo con base en la Ley de los Oacuterganos Reguladores Coordinados en Materia Energeacutetica la CRE debe prote-ger los intereses de los usuarios por lo que deberaacute contar con una cobertu-ra nacional y atender todos los proble-mas en cuestioacuten de prestacioacuten de ser-vicios En ese sentido a pesar de que hay suspensioacuten de plazos y teacuterminos legales para atender a la ciudadaniacutea la Ventanilla de atencioacuten se encuentra disponible de lunes a viernes de 900 a 1200 horas asiacute como la mesa de ayuda disponible a traveacutes del nuacutemero telefoacutenico 55 3300 0692 y el correo electroacutenico mesaayudacregobmx
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Movilidad Humana
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Movilidad humana (personas nacionales migrantes y refugiadas)
La movilidad humana es el derecho humano que tie-ne toda persona a transitar libremente de un lugar a otro La Organizacioacuten Internacional para las Migra-ciones (OIM) la define como ldquola movilizacioacuten de per-sonas de un lugar a otro en ejercicio de su derecho a la libre circulacioacutenrdquo
En nuestra Carta Magna dicho derecho se encuen-tra establecido en el artiacuteculo 11 derecho que soacutelo podraacute restringirse o suspenderse mediante Ley o Decreto dictado por autoridad competente
En la siguiente seccioacuten haremos referencia a infor-macioacuten proporcionada por la Secretariacutea de Relacio-nes Exteriores el Instituto Nacional de Migracioacuten y la Comisioacuten Mexicana de Ayuda a Refugiados Es de suma importancia aclarar que el contenido de sus plataformas son sitios activos por lo que es-taacuten cambiando constantemente su contenido de acuerdo con la situacioacuten actual y a las poliacuteticas que el gobierno de Meacutexico implemente diariamente en relacioacuten al COVID-19
Personas de nacionalidad mexicanaMe encuentro en el extranjero y quiero regre-sar a casa iquesta quieacuten le puedo pedir ayuda
La Secretariacutea de Relaciones Exteriores es la secreta-riacutea de Estado encargada de disentildear planear coordinar y ejecutar las poliacuteticas puacuteblicas en materia precisa-mente de relaciones exteriores y entre otras cosas el organismo encargado de proteger a los mexicanos cuando estos se encuentran en el extranjero Por lo anterior los mexicanos que se encuentran en el ex-tranjero podraacuten solicitar informacioacuten pedir orientacioacuten y ayuda a traveacutes del portal de la SRE
Derivado de la contingencia internacional y como una nueva medida de seguridad las personas que viajen (salida e ingreso) viacutea aeacuterea deberaacuten de llenar el cuestionario denominado ldquoCuestionario de Iden-tificacioacuten de Factores de Riesgo en Viajerosrdquo Este
cuestionario se podraacute descargar en la siguiente ligahttpsafachostingerappcom
Portal de atencioacuten a mexicanos en el extran-jero afectados por COVID-19Plataforma para solicitar asistencia consular en caso de haber sido afectados por la cancelacioacuten o suspensioacuten de vuelos ocurridos en el marco de las restricciones de viaje impuestas por diversos paiacute-ses para contener la propagacioacuten del COVID-19httpsextranetsregobmxproteccionCOVID19
Necesito viajar al extranjero iquestqueacute recomen-daciones debo seguir iquestme pueden prohibir abandonar territorio nacional
Para viajar al extranjero seraacute necesario ademaacutes de consultar la guiacutea del viajero confirmar diariamente en los sitios de cada gobierno del paiacutes a donde se quiera viajar si existen restricciones de ingreso yo salida de dicho territorio cuaacutento tiempo seraacute obli-gatorio permanecer en cuarentena asiacute como cual-quier otra medida impuesta para la prevencioacuten del COVID-19 igualmente recomendamos confirmar con la liacutenea aeacuterea si existen nuevas disposiciones sanitarias en relacioacuten con vuelos nacionales e in-ternacionales Finalmente valdraacute la pena considerar queacute paiacuteses requieren visa previa para su ingreso to-mando en cuenta que la mayoriacutea de los paiacuteses han suspendido la emisioacuten de visas
Guiacutea del viajero httpswwwgobmxguiadelviajero
Como se mencionoacute anteriormente derivado de la contingencia internacional y como una nueva medida de seguridad las personas que viajen (salida e ingreso) viacutea aeacuterea deberaacuten de llenar el cuestionario denominado ldquoCuestionario de Identificacioacuten de Factores de Riesgo en Viaje-rosrdquo Este cuestionario se podraacute descargar en la siguiente liga httpsafachostingerappcom
Personas migrantes en MeacutexicoiquestEl Instituto Nacional de Migracioacuten va a seguir trabajando de forma normal
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El Instituto Nacional de Migracioacuten (INM) continuacutea prestando servicios y atendiendo al puacuteblico en ge-neral sin embargo ante la contingencia sanitaria causada por el COVID-19 hasta el diacutea 17 de abril (a reserva de nuevas indicaciones) han tomado diver-sas acciones tales como
bull Mantener una sana distanciabull Recibir fichas de turno para evitar la concentra-
cioacuten de personas en las aacutereas de ingreso y ven-tanilla y
bull Contar con insumos de higiene
La informacioacuten sobre estas medidas se puede en-contrar en la siguiente ligah t t p s w w w g o b m x i n m a r t i c u l o s ajustes-en-la-dinamica-laboral-en-el-inamiidiom=es
Es importante mencionar que para cada traacutemite se entrega un determinado nuacutemero de fichas esto es a criterio de la autoridad migratoria razoacuten por la cual los usuarios del INM requieren llegar muy temprano y formarse para poder alcanzar a recibir un turno que les permita presentar su traacutemite
En algunas oficinas de representacioacuten el INM da preferencia a los traacutemites que tienen vencimiento como expediciones de tarjetas de residencia por renovacioacuten canjes y cambios de condicioacuten limitan-do auacuten maacutes los turnos para presentar traacutemites que no tienen ninguacuten tipo de vencimiento y que pueden ser presentados en cualquier momento
Si bien es cierto que el INM continuacutea laborando (excepto del pasado 6 al 10 de abril del antildeo en cur-so) es importante mencionar que con base en los acuerdos del diacutea 1 de abril de 2020 y del acuerdo publicado el 30 de abril del presente por causa de fuerza mayor se suspenden los plazos teacuterminos y actividades no esenciales de la Secretariacutea de Go-bernacioacuten durante el periacuteodo que comprende del 30 de abril al 30 de mayo de 2020
Asimismo el INM se encuentra laborando con poco
personal en virtud de que personas de la tercera edad mujeres embarazadas o en periacuteodo de lactan-cia y las madres de nintildeos menores de 12 antildeos no estaacuten acudiendo a las instalaciones del Instituto
Con base en el acuerdo mencionado previamente se suspenden uacutenicamente los traacutemites que deban llevar a cabo las personas extranjeras con condi-cioacuten de estancia de residente temporal o residente permanente que se encuentren actualmente en el paiacutes o en el exterior incluyendo los que se derivan de los realizados en las embajadas o consulados de Meacutexico este acuerdo no hace mencioacuten a los visi-tantes ni a los empleadores
Cabe destacar que cualquier actuacioacuten reque-rimiento solicitud o promocioacuten realizada ante el Instituto Nacional de Migracioacuten en alguno de los diacuteas considerados como inhaacutebiles por el presente Acuerdo surtiraacute efectos hasta el primer diacutea haacutebil al de la conclusioacuten del plazo siendo este el diacutea 1 de junio de 2020
Personas solicitantes de asilo (refugio) en Meacutexico
La Coordinacioacuten Mexicana de Ayuda a Refugiados (ldquoCOMARrdquo) ha decidido suspender algunas de sus actividades con fundamento en el Acuerdo de la Secretariacutea de Gobernacioacuten publicado el 24 de mar-zo de 2020 por el que se establece la suspensioacuten de plazos y teacuterminos legales
Las respuestas a continuacioacuten proporcionadas de-rivan del comunicado oficial emitido por COMAR en fecha 25 de marzo de 2020 y su adenda de fecha 23 de abril de 2020 Sugerimos revisar constante-mente el sitio web de COMAR httpswwwgobmxcomar para estar al tanto de cualquier novedad pu-blicada por la autoridad
Asiacute mismo recomendamos acceder al cuestionario de preguntas y respuestas frecuentes editado por COMAR para maacutes informacioacutenhttpswwwgobmxcomaresarticulosavisa-co-
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020206 Movilidad Humana
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mar-sobre-la-operacion-y-medidas-por-el-covid-19i-diom=es
iquestTengo que seguir cumpliendo con mi obliga-cioacuten de firmar ante COMAR
No la obligacioacuten de firma respecto el procedimien-to de reconocimiento de la condicioacuten de refugiado queda suspendida a partir del diacutea 24 de marzo del 2020 y hasta el 30 de mayo del 2020 Esta sus-pensioacuten aplica tanto en las oficinas de COMAR asiacute como en las representaciones de INM en los Esta-dos donde no hay una oficina de COMAR
Si las oficinas de COMAR estaacuten cerradas iquestpuedo comunicarme con ellos
COMAR ha habilitado teleacutefonos y correos electroacute-nicos para brindar atencioacuten durante la suspensioacuten El directorio lo puedes encontrar en el documento emitido por COMAR y disponible en w w w g o b m x c m s u p l o a d s a t t a c h m e n t file543595200325_Tarjeta_Informativa_Comar_CO-VID2019__2_pdf
iquestEl conteo de los diacuteas sigue normalTodos los procedimientos ante COMAR estaacuten sus-pendidos desde el 24 de marzo del 2020 y hasta el 30 de mayo del 2020 Lo anterior incluye conteo para los procedimientos de reconocimiento las so-licitudes de cambio de Entidad Federativa las entre-vistas de elegibilidad y la emisioacuten de resoluciones
De forma particular los procedimientos de reuni-ficacioacuten familiar han quedado suspendidos hasta nuevo aviso Se recomienda prestar atencioacuten a los comunicados que se pudieran publicar en el sitio web de COMAR (httpswwwgobmxcomar)
COMAR auacuten no me da mi Constancia iquestme voy a quedar sin documentos hasta el 30 de mayo
No Si auacuten no recibes tu Constancia enviacutea un co-rreo electroacutenico a ldortegasegobgobmx en el cual tambieacuten mandes de toda la informacioacuten o docu-mentacioacuten con la que cuentes (por ejemplo en queacute fecha solicitaste)
Se vencioacute mi Constancia iquestqueacute puedo hacerDeberaacutes solicitar por escrito que COMAR renueve tu Constancia El escrito deberaacutes presentarlo en la oficina de COMAR o en la representacioacuten de INM que te corresponda
Ya teniacutea fecha para mi entrevista de elegibili-dad iquestse va a llevar a cabo
No las entrevistas de elegibilidad tambieacuten han sido suspendidas hasta nuevo aviso
Se recomienda prestar atencioacuten a los comunicados que se pudieran publicar en el sitio web de COMAR httpswwwgobmxcomar
Estaba tramitando mi Visa Humanitaria (Tarje-ta de Visitante por Razones Humanitarias) iquestel proceso va a seguir de forma normal
Recuerda que la Vista Humanitaria (Tarjeta de Visi-tante por Razones Humanitarias) es tramitada ante el INM Es necesario que consultes directamente en el INM el procedimiento
El ACNUR (Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados) iquestseguiraacute pres-tando servicios
Siacute pero cambiaron temporalmente nuestra forma de atenderte Ahora seraacute viacutea telefoacutenica no es nece-sario que vayas a sus oficinas
Si ya estaacutes registradoa con el ACNUR sus equipos de acompantildeamiento tambieacuten estaraacuten comunicaacuten-dose contigo para saber coacutemo te encuentras En caso de ser necesario ACNUR te citaraacute para acudir a las oficinas Te recordamos que su atencioacuten es individual Todas las personas tienen necesidades diferentes asiacute que los apoyos que ofrecen son diferentes
Para maacutes informacioacuten sobre coacutemo ACNUR estaacute tra-bajando en el contexto del COVID-19 te invitamos a revisar su sitio web httpshelpunhcrorgmexicocoronavirus
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MediacioacutenCAPIacuteTULO 19
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020208 Mediacioacuten
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iquestQueacute es la mediacioacuten
La mediacioacuten es un mecanismo alternati-vo de solucioacuten de controversias (ldquoMASCrdquo) voluntario en el que dos personas invo-lucradas en una controversia buscan y construyen una solucioacuten satisfactoria con la asistencia de un tercero imparcial1
Esto es la mediacioacuten es una alternativa a los a los juzgados y tribunales jurisdiccionales
A traveacutes del Centro de Justicia Alternativa en el caso de la Ciudad de Meacutexico depen-diente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Meacutexico las partes de un conflicto pueden prevenirlo o resolverlo en un proce-dimiento con reglas claras con el apoyo de un mediador mediante una solucioacuten o ldquocon-veniordquo que recogeraacute los acuerdos a los que se llegue y que tendraacute valor de cosa juzgada (es decir tiene los mismos efectos de una sentencia definitiva emitida por un tribunal) si se cumplen los requisitos exigidos por la ley y demaacutes normativa aplicable
En general hay dos tipos de mediacioacuten (i) la puacuteblica y (ii) la privada Ambas dependen en el caso de la Ciudad de Meacutexico del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Meacutexico Aunque multitud de Estados de la Repuacuteblica lo han adoptado y regulado de similar forma La mediacioacuten puacuteblica es aquella que lleva di-rectamente el Centro de Justicia Alternativa a traveacutes de mediadores puacuteblicos La media-cioacuten privada al igual que la mediacioacuten puacuteblica es un procedimiento voluntario mediante el cual las partes involucradas con el apoyo de un Mediador Privado pueden comunicarse y negociar para encontrar de manera amigable y satisfactoria la solucioacuten legal a su problema
1emspArtiacuteculo 2 X de la Ley De Justicia Alternativa Del Tribunal Superior De Justicia Para El Distrito Federal
de caraacutecter civil mercantil o familiar
iquestQueacute tipo de controversias pueden prevenirse o resolverse haciendo uso de la Mediacioacuten
La mediacioacuten es aplicable en las siguien-tes materias
I En materia familiar las controversias que deriven de las relaciones entre las personas que se encuentren unidas en matrimonio concubinato sociedad de convivencia o aun cuando no se encuen-tren en dichos supuestos tengan hijos en comuacuten entre personas unidas por alguacuten lazo de parentesco por consanguinidad por afinidad o civil asiacute como los que sur-jan de esas relaciones con terceros Igual-mente es aplicable a casos de Sucesioacuten Testamentaria o Intestamentaria
II En materia civil en aquellas controver-sias que deriven de relaciones entre parti-culares sean personas fiacutesicas o morales
III En materia mercantil las que deriven de re-laciones entre comerciantes en razoacuten de su participacioacuten en actos de comercio consi-derados asiacute por las leyes correspondientes
A modo de ejemplo se pueden llevar a cabo convenios de temas tan dispares como son pensioacuten alimenticia de sepa-racioacuten reestructura de creacuteditos reco-nocimientos de adeudos modificacioacuten a contratos de arrendamiento o de com-praventa de inmuebles acuerdos entre socios y accionistas entre otros
iquestQuieacutenes participan en un proceso de mediacioacuten
Los principales actores en una mediacioacuten son las partes involucradas en el conflic-to presente o futuro con capacidad para
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 209
Med
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oacuten
acudir a la mediacioacuten como alternativa para la solucioacuten de su controversia deno-minados los ldquoMediadosrdquo y el Mediador
iquestEn queacute consiste la figura del Mediador y cuaacutel es su funcioacuten
El Mediador es un especialista imparcial que cumple con una serie de requisitos para ejercer como tal y que tiene como principal funcioacuten la de facilitar la comunica-cioacuten entre los Mediados y propiciar la nego-ciacioacuten hasta alcanzar uno o varios acuer-dos que seraacuten plasmados en un Convenio1
El Mediador Privado es un abogado certifica-do en las materias civil mercantil y familiar bajo la supervisioacuten y regulacioacuten del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Meacutexico
Como se ha dicho previamente el Media-dor es un facilitador El Mediador no deci-de sobre la controversia ni interviene en los acuerdos que se alcancen si no que se limita a revisar la viabilidad juriacutedica de las propuestas que los Mediados aporten durante el proceso de mediacioacuten
iquestCoacutemo se desarrolla el procedimiento de mediacioacuten
El procedimiento de mediacioacuten se desarro-lla sin formalidades de ninguacuten tipo pues se adapta a las necesidades de los parti-cipantes La duracioacuten de la mediacioacuten de-pende de la complejidad de cada conflicto en particular asiacute como del tiempo que los participantes esteacuten dispuestos a dedicar a la mediacioacuten pueden ser desde reuniones de dos horas hasta sesiones que duran
1emspArtiacuteculo 2 XII de la Ley De Justicia Alternativa Del Tribunal Superior De Justicia Para El Distrito Federal
todo el diacutea El Mediador siempre se pone de acuerdo con los Mediados antes de convo-car a una reunioacuten de mediacioacuten
Lo tratado en mediacioacuten y su resultado tiene caraacutecter estrictamente confidencial y por lo tanto no puede ser divulgado por el me-diador o los participantes a ninguacuten tercero
iquestEs necesario tener abogado para participar en el procedimiento de mediacioacuten
No es necesario Los participantes acuden de manera personal y podraacuten siacute asiacute lo deci-den ser asesorados en todo momento por un abogado
iquestQueacute documento nos dan como comprobante
El documento en el que se haraacuten constar los acuerdos y obligaciones de las partes seraacute el Convenio de Mediacioacuten
Un Convenio una vez inscrito en el Centro de Justicia Alternativa por disposicioacuten ex-presa de la ley adquiere inmediatamente la categoriacutea de ldquocosa juzgadardquo como si se tra-tara de una sentencia dictada por un juez y su cumplimiento puede ser exigido en viacutea de apremio como si se ejecutara una sentencia
El valor de cosa juzgada se refiere al mo-mento procesal en que una resolucioacuten ju-dicial es firme y ya no admite ninguacuten recur-so legal que pueda modificarla o revocarla
Los juzgados estaacuten cerrados iquestpuedo llevar a cabo una mediacioacuten
El Centro de Justicia Alternativa del Tri-bunal Superior de Justicia de la Ciudad de Meacutexico por la situacioacuten actual no estaacute activo por lo que los mediadores puacuteblicos no estaacuten trabajando por ahora
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020210 Mediacioacuten
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Por el contrario los mediadores privados certificados siguen trabajando por lo que se puede avanzar en procesos de media-cioacuten en el entendido de que el correspon-diente Convenio deberaacute ser inscrito en el Centro de Justicia Alternativa una vez rei-nicie sus actividades
iquestCoacutemo puedo contactar a un Mediador Privado
Las listas de los Mediadores Privados dependen de cada uno de los Centros de Justicia Alternativa de los estados En el caso de la Ciudad de Meacutexico puedes con-sultar la lista de Mediadores Privados en la paacutegina de internet del Centro de Jus-ticia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Meacutexico (httpswwwpoderjudicialcdmxgobmxcja) o en la siguiente liga httpswwwpoderjudici-alcdmxgobmxcjamediacion-privada-2 Si estaacutes en cualquier otro Estado de la Re-puacuteblica te recomendamos buscar en las paacuteginas de internet del Tribunal Superior de Justicia de tu Estado
iquestEs posible que se atiendan asuntos en Media-cioacuten y haciendo uso de medios electroacutenicos
Siacute La legislacioacuten que regula a la media-cioacuten privada certificada en la Ciudad de Meacutexico permite el uso de medios elec-troacutenicos lo que permite que el media-dor pueda atender a los Mediados aun cuando eacutestos se encuentren en lugares distintos o si por razones derivadas de cualquier emergencia sanitaria caso for-tuito fuerza mayor o por cualquiera otra
no puedan o no quieran reunirse perso-nalmente o estar presentes
Por lo tanto este proceso puede reali-zarse en estos momentos si las partes asiacute lo acuerdan con el auxilio de las em-presas prestadoras de servicios de cer-tificacioacuten autorizadas para ello por las autoridades federales y haciendo uso de la firma electroacutenica avanzada que junto con la fe puacuteblica del Mediador genera un instrumento con valor de una prueba do-cumental puacuteblica para el caso de que se tenga que acreditar su valor integridad e incluso existencia ante los distintos tri-bunales ante los que se pueda tener que exigir su ejecucioacuten
Fuentes y enlaces de intereacuteshttpwwwpoderjudicialcdmxgobmxcjawp-contentuploadsLey_Justicia_Alternativa_TS-JDF-Todas-las-Rfmas_Lic-AnaHdzCJApdf
httpwwwpoderjudicialcdmxgobmxcjawp-contentuploadsRgmto-Interno-CJA-del-TS-JCDMX-Acdo-23-23_2016pdf
httpwwwpoderjudicialcdmxgobmxcjawp-contentuploadsReglas-del-Mediador-Priva-do-Acdo-24-23_2016pdf
httpswwwpoderjudicialcdmxgobmxcjacja-que-es-mediacion
httpswwwgobmxfgresarticuloscono-ces-como-se-desarrolla-la-mediacion-en-los-me-canismos-alternativos-de-solucion-de-controver-siasidiom=es
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
MEacuteXICO 2020
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Propiedad Intelectual
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Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020212 Propiedad Intelectual
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1 Nociones generales de propiedad intelectual
iquestQueacute protege la Propiedad Intelectual
La Propiedad Intelectual protege bienes intangibles es decir derechos y faculta-des derivadas de una actividad creati-va inventiva o de caraacutecter industrial asiacute como actividades dentro del comercio
iquestCuaacuteles son las autoridades administrati-vas en materia de Derechos de Autor y Pro-piedad Industrial
Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR)
Es un organismo desconcentrado de-pendiente de la Secretariacutea de Cultura cuyo objetivo es salvaguardar los dere-chos autorales
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)
Es un organismo descentralizado de la Se-cretariacutea de Economiacutea cuyas facultades consisten en garantizar la proteccioacuten de los derechos de propiedad industrial
2 Traacutemites en el Instituto Nacional del Derecho de Autor y su situacioacuten frente a la emergencia sanitaria por el COVID-19
iquestCuaacuteles son los traacutemites que puedo hacer en el Instituto Nacional del Derecho De Autor
Registros de obras contratos pode-res anotaciones marginales escri-turas y estatutos de sociedades de gestioacuten colectiva solicitudes de ante-cedentes registrales dictamen previo reservas de derechos al uso exclusivo ISBN e ISSN
iquestPuedo realizar traacutemites durante el periodo de suspensioacuten de actividades por el COVID-19
Las medidas que el Instituto Nacional del Derecho de Autor estaacute tomando para que los usuarios puedan realizar traacutemites de forma remota o en liacutenea son las siguientes
Direccioacuten de Registro de Obras
A traveacutes del correo registrocontingenciaculturagobmx se pueden presentar solici-tudes de registro excepto buacutesquedas de antecedentes registrales
Direccioacuten de Reserva de Derechos
Por una parte las Reservas de Derechos que se encuentren en proceso de renova-cioacuten asiacute como aquellas que venza su vi-gencia durante el periodo de suspensioacuten seguiraacuten surtiendo todos sus efectos como si estuvieran vigentes hasta que la suspensioacuten se levante
En adicioacuten a lo anterior se pueden realizar los siguientes traacutemites en liacuteneabull Dictamen Previo httpswwwserviciosin-
dautorculturagobmxsodipindexphpbull Solicitudes de ISBN e ISSN para edito-
res registrados en el Sistema en liacuteneao ISBN httpsisbnmexicoindautorcerlalcorgo ISSN httpswwwagenciasindautorcultura
gobmxissnindexphplogin
Definiciones
iquestQueacute es el Derecho de Autor
Es el reconocimiento que otorga el estado a las personas fiacutesicas que crean obras lite-rarias y artiacutesticas por el cual el autor goza de derechos morales y patrimoniales
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iquestQueacute son los derechos morales
Son los derechos con los que se reconoce al autor como creador de su obra y a deci-dir sobre la divulgacioacuten modificacioacuten re-tirar del comercio la misma y de oponerse a que se le atribuya una obra que no es de su creacioacuten
iquestQueacute son los derechos patrimoniales
Son facultades exclusivas de los auto-res para realizar por siacute mismos o autorizar o prohibir la explotacioacuten de sus obras en cuanto a su reproduccioacuten publicacioacuten edicioacuten o fijacioacuten material de su obra asiacute como la comunicacioacuten puacuteblica y transmi-sioacuten puacuteblica o radiodifusioacuten de las mismas
iquestQueacute es una Reserva de Derechos
Es la facultad de explotar de forma ex-clusiva tiacutetulos de publicaciones perioacute-dicas difusiones perioacutedicas nombres y caracteriacutesticas de personajes humanos de caracterizacioacuten ficticios o simboacutelicos nombres o denominaciones de personas o grupos dedicados a actividades artiacutesti-cas asiacute como promociones publicitarias
iquestQueacute es un Dictamen Previo
Es un documento de caraacutecter informativo que permite conocer antecedentes de re-servas previamente otorgadas o en traacutemite
iquestQueacute es el ISBN
Es un Nuacutemero Internacional Normalizado de Libros (ISBN) por sus siglas en ingleacutes International Standard Book Number es un coacutedigo numeacuterico que se designa a una publicacioacuten o edicioacuten de forma exclusiva relacionado a un tiacutetulo y a su editor
iquestQueacute es el ISSN
Es un Nuacutemero Internacional Normaliza-do para Publicaciones Perioacutedicas (ISSN) por sus siglas en ingleacutes International Standard Serial Number es un coacutedigo numeacuterico que se designa para obtener administrar y transferir informacioacuten de las publicaciones perioacutedicas existentes para evitar posibles errores de identifica-cioacuten del tiacutetulo o informacioacuten hemerograacutefi-ca de las mismas
3 Traacutemites en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y su situacioacuten frente a la emergencia sanitaria por el COVID-19
iquestCuaacuteles son los traacutemites que puedo reali-zar en el Instituto Mexicano de la Propie-dad Industrial
Registros de Marcas Avisos Comer-ciales Imagen Comercial Publicacioacuten de Nombres Comerciales Renova-cioacuten de Signos Distintivos Declara-cioacuten de Uso Real y Efectivo de Signos Distintivos Inscripcioacuten de Transmi-sioacuten de Derechos Licencias de uso o Franquicias Transformacioacuten de Reacute-gimen Juriacutedico o Cambio de Nombre Denominacioacuten o Razoacuten Social Auto-rizacioacuten de uso de Denominacioacuten de origen o Indicacioacuten Geograacutefica Nacio-nal Solicitudes de Patentes Regis-tro de Modelo de Utilidad de Disentildeo Industrial Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados Buacutesqueda de Informacioacuten Tecnoloacutegica Registro de Poderes Declaracioacuten de Uso Real y Efectivo de Signos Distintivos Soli-citud Internacional de Patentes PCT (Patent Cooperation Treaty) y Solici-tud Internacional de Marcas (Siste-ma de Madrid)
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020214 Propiedad Intelectual
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iquestPuedo realizar traacutemites durante el periodo de suspensioacuten de actividades por el COVID-19
Siacute se puede realizar los siguientes traacutemi-tes en liacutenea a traveacutes del portal electroacuteni-co de servicios del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (PASE)
bull Registro de Marcabull Aviso Comercialbull Imagen Comercialbull Publicacioacuten de Nombre Comercialbull Renovacioacuten de Signo Distintivobull Solicitud de Patentebull Registro de Modelo de Utilidadbull Registro de Disentildeo Industrialbull Buacutesqueda de Informacioacuten Tecnoloacutegica y bull Registro de Poder
Definiciones
iquestQueacute es una Marca
Es todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de mane-ra que permita determinar el objeto claro y preciso de la proteccioacuten
iquestQueacute es un Aviso Comercial
Son las frases u oraciones que anuncian al puacuteblico consumidor los productos o servi-cios que ofrece su titular para distinguir-los dentro del mercado
iquestQueacute es la Imagen Comercial
Es la pluralidad de elementos ope-rativos elementos de imagen como tamantildeo disentildeo color disposicioacuten de la forma etiqueta empaque decora-cioacuten o cualquier otro que al combinar-se distinga productos o servicios en el mercado
iquestQueacute es un Nombre Comercial
Es un nombre denominacioacuten o teacutermino que identifica y distingue a una empresa o establecimiento comercial industrial o de servicios asiacute como los productos o servi-cios que ofrece en el mercado
iquestQueacute es una Patente
Es la facultad exclusiva que el Estado le otorga a los inventores o sus cau-sahabientes que realicen invenciones para su explotacioacuten en provecho por siacute mismo o por terceros con su consenti-miento la cual tendraacute una vigencia de 20 antildeos improrrogables
iquestQueacute es un Modelo de Utilidad
Son los objetos utensilios aparatos o herramientas que como resultado de una modificacioacuten en su disposicioacuten configu-racioacuten estructura o forma presenten una funcioacuten diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad la vigencia de los modelos de uti-lidad es de 10 antildeos improrrogables
iquestQueacute es un Disentildeo Industrial
Son creaciones industriales que se di-viden en disentildeos industriales que son toda combinacioacuten de figuras liacuteneas o co-lores que se incorporen a un producto in-dustrial con fines de ornamentacioacuten y en modelos industriales que estaacuten consti-tuidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patroacuten para la fabricacioacuten de un producto industrial que le deacute una apariencia especial
Tienen una vigencia de 5 antildeos suscepti-bles de renovacioacuten por periodos sucesi-
Guiacutea de orientacioacuten juriacutedica por afectaciones derivadas del COVID-19 215
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vos de la misma duracioacuten hasta un maacutexi-mo de 25 antildeos
4 Situacioacuten de las autoridades administrativas frente al COVID-19
iquestCuaacutel es la situacioacuten de las funciones y pro-cedimientos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y del Instituto Nacional del Derecho de Autor dentro de la pandemia del COVID-19
Sin perjuicio de lo anterior hay que tener en cuenta que en estos momentos se encuentran suspendidos los plazos teacuter-minos y actividades en ambas dependen-cias con base en los siguientes acuerdos
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
bull En el Diario Oficial del 24 de marzo del antildeo en curso se publicoacute el Acuerdo por el que se suspenden los plazos y teacuter-minos del Instituto Mexicano de la Pro-piedad Industrial hasta el 19 de abril de 2020
bull En el Diario Oficial del 27 de marzo del antildeo en curso se publicoacute el Acuerdo por el que se suspenden actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causa de fuerza mayor hasta el 19 de abril de 2020 sentildealan-do que la dependencia puede convocar personal para la realizar las siguientes actividades
- Actividades necesarias para contribuir a la mitigacioacuten de la pandemia
- Levantar medidas provisionales dentro de procedimientos de declaracioacuten de infraccioacuten para lo cual habilitaraacute hora-rios y diacuteas que considere necesarios
previa solicitud al correo electroacutenico medidasimpigobmx
bull En el Diario Oficial del 17 de abril del antildeo en curso se publicaron los siguien-tes Acuerdos
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad In-dustrial por causa de fuerza mayor hasta el 30 de abril de 2020
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren teacuterminos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial hasta 30 de abril de 2020
bull En Diario Oficial del 28 de abril del antildeo en curso se publicaron los siguientes Acuerdos
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad in-dustrial por causa de fuerza mayor hasta el 30 de mayo de 2020
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren teacuterminos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial hasta el 30 de mayo de 2020
bull En Diario Oficial del 29 de mayo del antildeo en curso se publicaron los siguientes Acuerdos
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del Ins-tituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causa de fuerza mayor hasta en tanto que las autoridades lo estimen pertinente
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Acuerdo por el que se modifica el diver-so por el que suspenden los plazos y no corren teacuterminos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial hasta en tanto se materialicen las condiciones para la reapertura de las actividades en la sede principal del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
bull En el Diario Oficial del 19 de junio del antildeo en curso se publicoacute el si-guiente Acuerdo
Acuerdo por el que se habilita la recep-cioacuten fiacutesica de solicitudes o promociones competencia de la Direccioacuten Divisional de Proteccioacuten a la Propiedad Intelectual del Instituto Mexicano de la Propiedad Indus-trial a traveacutes del Servicio de Asignacioacuten de Citas
En el cual se habilitaraacute un sistema de recepcioacuten de solicitudes y promocio-nes ante la Direccioacuten Divisional de Proteccioacuten a la Propiedad Intelectual que funcionaraacute cuaacutendo las condiciones sanitarias sean pertinentes de la si-guiente forma
- El servicio de asignacioacuten de citas se encontraraacute disponible en un horario de 0900 a 1600 horas con citas de duracioacuten maacutexima de 15 minutos y una tolerancia de 5 minutos para acudir a la cita
- No podraacuten asignarse citas para el mis-mo diacutea en que sean solicitadas
- Podraacuten solicitarse maacuteximo 3 citas por fecha
- Solamente se podraacute ingresar una solici-tud o promocioacuten por cita
- Se deberaacute exhibir la cita correspondien-te para ingresar a las instalaciones
Las solicitudes o promociones que sean ingresadas mediante cita durante la vi-gencia del periodo de suspensioacuten de pla-zos y teacuterminos del Instituto se tendraacuten por legalmente presentadas el primer diacutea haacutebil de su levantamiento
Instituto Nacional del Derecho de Autor
bull Ya estaba determinado un periodo de suspensioacuten de labores del 6 al 17 de abril del antildeo en curso en el Acuerdo por el que se sentildealan los diacuteas en que el Instituto Nacional del Derecho de Autor suspenderaacute sus servicios en el antildeo 2020 publicado en el Diario Oficial de la Federacioacuten de fecha 28 de enero de 2020 Por otra parte mediante el Acuerdo publicado por la Secretaria de Salud ya habiacutea declarado la suspensioacuten de labores no esenciales del sector puacute-blico por publicacioacuten en el Diario Oficial de la Federacioacuten de fecha 24 de marzo del antildeo en curso
bull El 1ordm de abril del antildeo en curso se publicoacute el Acuerdo por el que se suspenden los plazos y teacuterminos legales en el Instituto Nacional del Derecho de Autor por cau-sas de fuerza mayor en que se dispone
- Se suspenden los plazos teacuterminos celebracioacuten de audiencias y juntas de avenencia la praacutectica de notificacio-nes requerimientos y desahogos asiacute como todo tipo de diligencias aplica-bles a los traacutemites y procedimientos seguidos ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor durante el periodo que comprende los diacuteas del 26 de mar-zo al 17 de abril de 2020
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- No se recibiraacuten solicitudes o pro-mociones salvo aquellas que se refieran a la recepcioacuten de traacutemites por los servicios que ofrezca el Ins-tituto Nacional del Derecho de Au-tor como medida administrativa extraordinaria (en liacutenea) y compren-deraacuten exclusivamente el registro de obras y contratos el dictamen previo de reservas de derechos al uso exclusivo y la asignacioacuten de los nuacutemeros internacionales normaliza-dos de libro (ISBN) y para publicacio-nes perioacutedicas (ISSN)
- En el caso de las Reservas de Dere-chos al Uso Exclusivo aquellas que se encuentren en proceso de renova-cioacuten ante el Instituto Nacional del De-recho de Autor a la fecha de publica-cioacuten del presente acuerdo asiacute como las que se venzan durante el periodo de suspensioacuten seguiraacuten surtiendo todos sus efectos como si estuvie-ran vigentes hasta en tanto se levan-te el estado de suspensioacuten
bull El 17 de abril del antildeo en curso se publi-coacute en el Diario Oficial el Acuerdo por el que se continuacutea con la suspensioacuten de los plazos y teacuterminos legales en el Ins-tituto Nacional del Derecho de Autor por causas de fuerza mayor en el cual se ampliacutea la suspensioacuten al 30 de abril de 2020
bull El 11 de mayo del antildeo en curso se pu-blicoacute en el Diario Oficial el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se continuacutea con la suspensioacuten de los plazos y teacuterminos legales en el Institu-to Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor hasta el 29 de mayo de 2020
bull El 29 de mayo del antildeo en curso se pu-blicoacute en el Diario Oficial el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se continuacutea con la suspensioacuten de los plazos y teacuterminos legales en el Institu-to Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor hasta el 15 de junio de 2020
bull El 11 de junio del antildeo en curso se pu-blicoacute en el Diario Oficial el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se continuacutea con la suspensioacuten de los plazos y teacuterminos legales en el Institu-to Nacional del Derecho de Autor por causa de fuerza mayor hasta que la autoridad sanitaria dicte las medidas necesarias para la reanudacioacuten de ac-tividades presenciales
5 Aspectos de la propiedad industrial frente al COVID-19
iquestEn queacute consisten las licencias de utilidad puacute-blica que pudieran ser aplicadas dentro de la pandemia del COVID-19
La Ley de la Propiedad Industrial (Ar-tiacuteculo 77) dispone que por causas de emergencia nacional y mientras duren estas e incluyendo dentro de las mismas las enfermedades gra-ves declaradas de atencioacuten prioritaria por el Consejo de Salubridad General el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial podraacute por declaracioacuten que se publicara en el Diario Oficial de la Federacioacuten determinar que la explo-tacioacuten de ciertas patentes se realice mediante la concesioacuten de Licencias de Utilidad Puacuteblica en el caso que se entorpezca la produccioacuten prestacioacuten o distribucioacuten de satisfactores baacutesicos o medicamentos para la poblacioacuten
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020218 Propiedad Intelectual
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Sentildeala esta disposicioacuten ademaacutes que en el caso de enfermedades como podriacutea ser el caso del COVID-19 el Consejo de Salubridad General en un momento dado podriacutea realizar una de-claratoria de atencioacuten prioritaria y de esta forma empresas farmaceacuteuticas que esteacuten en condiciones de produ-cir ciertas medicinas cuyas patentes esteacuten vigentes y que pertenezcan a otros empresas del ramo que pue-den ser uacutetiles para paliar la pandemia pueden solicitar al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial se les otor-guen Licencias de Utilidad Puacuteblica previa opinioacuten del Consejo de Salubri-dad General y en el teacutermino maacutes breve posible y no pudiendo exceder la con-cesioacuten de dichas licencias de un plazo de 90 diacuteas
Las Licencias de Utilidad Puacuteblica se sentildeala en esta misma disposicioacuten nunca podraacuten ser otorgadas en ex-clusiva y no son transmisibles La Se-
cretariacutea de Salud fijaraacute las condicio-nes de produccioacuten calidad duracioacuten y campo de aplicacioacuten de la Licencia El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial determinara escuchando previamente al titular de la patente respectiva y al solicitante de la Licen-cia de Utilidad Puacuteblica un monto de re-galiacuteas razonable para dicho titular
6 Recomendaciones
En caso de que se necesiten ingresar traacutemites al Instituto Nacional del De-recho de Autor o al Instituto Mexica-no de la Propiedad Industrial se reco-mienda optar por los sistemas remotos y en liacutenea que se implementaron como apoyo a la situacioacuten que enfrentamos con el COVID-19 puesto que son he-rramientas tecnoloacutegicas que nos per-miten realizar traacutemites a distancia sin poner en riesgo nuestra salud ni la de los demaacutes previniendo el contagio
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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Actos de Discriminacioacuten
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Introduccioacuten
La igualdad es un derecho fundamental que contempla la Constitucioacuten Federal pues prohiacutebe en su artiacuteculo primero todo tipo de discriminacioacuten motivada por ori-gen eacutetnico o nacional el geacutenero la edad las discapacidades la condicioacuten social las condiciones de salud la religioacuten en-tre otras Por considerarlo relevante se transcribe la parte conducente del pre-cepto legal antes citado
ldquoArtiacuteculo 1o En los Estados Unidos Mexica-nos todas las personas gozaraacuten de los dere-chos humanos reconocidos en esta Consti-tucioacuten y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte asiacute como de las garantiacuteas para su proteccioacuten cuyo ejercicio no podraacute restringirse ni sus-penderse salvo en los casos y bajo las condi-ciones que esta Constitucioacuten estableceldquo()
ldquoQueda prohibida toda discriminacioacuten mo-tivada por origen eacutetnico o nacional el geacute-nero la edad las discapacidades la con-dicioacuten social las condiciones de salud la religioacuten las opiniones las preferencias sexuales el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personasrdquo
Se destaca que ni en situaciones de emer-gencia como la que hoy vive el mundo con motivo de la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) se justifica realizar actos que supongan alguacuten tipo discriminacioacuten Derivado de las medidas implementadas en Meacutexico para combatir la pandemia se han generado praacutecticas discriminatorias en diversos aacutembitos mismas que son vio-latorias de Derechos Humanos
CONAPRED - iquestQueacute es iquestCuaacuteles son sus objetivos
El Consejo Nacional para Prevenir la Dis-criminacioacuten (CONAPRED) de acuerdo a su portal de internet se define como un oacuterga-no del Estado institucioacuten rectora que bus-ca promover ciertas poliacuteticas yo medidas que contribuyan al desarrollo cultural y so-cial garantizando el derecho a la igualdad como el primero de los derechos funda-mentales establecidos en la Constitucioacuten
El Consejo recibe y resuelve quejas por pre-suntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales en ejercicio de sus funciones Lo que busca es desarrollar acciones tendientes a la pro-teccioacuten de los ciudadanos sin distincioacuten al-guna que impida o anule el reconocimiento o el ejercicio de los derechos e igualdad de oportunidades de las personas
Esto encuentra su fundamento en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discri-minacioacuten (LFPED) cuyas disposiciones son de orden puacuteblico y de intereacutes social Como se mencionoacute anteriormente lo que se busca es prevenir y eliminar todas las formas de discriminacioacuten que se ejerzan contra cualquier persona promover la igualdad de oportunidades y de trato
Por considerarlo de su intereacutes en liacuteneas siguientes se rescatan algunas de las pre-guntas que pueden surgir en relacioacuten con la discriminacioacuten que ha surgido en ciertos casos debido a la emergencia sanitaria
iquestQueacute se entiende por discriminacioacuten
La LFPED en su artiacuteculo 1ero define a la dis-ciminacioacuten como ldquotoda distincioacuten exclusioacuten restriccioacuten o preferencia que por accioacuten u
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omisioacuten con intencioacuten o sin ella no sea obje-tiva racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar restringir impedir menoscabar o anular el reconocimiento goce o ejercicio de los derechos humanos y liberta-des cuando se base en uno o maacutes de los si-guientes motivos el origen eacutetnico o nacional el color de piel la cultura el sexo el geacutenero la edad las discapacidades la condicioacuten social econoacutemica de salud o juriacutedica la religioacuten la apariencia fiacutesica las caracteriacutesticas geneacuteti-cas la situacioacuten migratoria el embarazo la lengua las opiniones las preferencias sexua-les la identidad o filiacioacuten poliacutetica el estado ci-vil la situacioacuten familiar las responsabilidades familiares el idioma los antecedentes pena-les o cualquier otro motivordquo
Asimismo determina que ldquoTambieacuten se entenderaacute como discriminacioacuten la homo-fobia misoginia cualquier manifestacioacuten de xenofobia segregacioacuten racial antise-mitismo asiacute como la discriminacioacuten racial y otras formas conexas de intoleranciardquo
Por otro lado la Real Academia Espantildeola menciona que el acto de discriminar con-siste en dar un trato desigual a una per-sona o una colectividad por motivos de raza religioacuten poliacutetica sexo edad condi-cioacuten fiacutesica condicioacuten mental entre otros
Asimismo CONAPRED establece que la discriminacioacuten se considera una ldquopraacutecti-ca cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo que a ve-ces no percibimos pero que en alguacuten mo-mento la hemos causado o recibidordquo
iquestEn queacute legislacioacuten mexicana se encuentra prevista la obligacioacuten de garantizar la igualdad entre los mexicanos
Como se mencionoacute anteriormente la igual-dad se encuentra consagrada en el artiacuteculo 1ero de la Constitucioacuten Poliacutetica de los Es-tados Unidos Mexicanos Por otro lado la LFPED contempla en los artiacuteculos 2o y 3o la obligacioacuten del Estado y de los poderes puacute-blicos de promover condiciones para que la libertad e igualdad de las personas sean rea-les y efectivas Debe haber una coordinacioacuten entre los poderes puacuteblicos federales para eliminar aquellos obstaacuteculos que limiten el ejercicio o impidan el pleno desarrollo de las personas Por otro lado esos poderes puacutebli-cos federales tienen la obligacioacuten de adoptar medidas necesarias que esteacuten a su alcance para que toda persona goce de todos sus de-rechos y libertades consagrados en la Cons-titucioacuten leyes y tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte
Por otro lado se establece que en el Pre-supuesto de Egresos para cada ejercicio fiscal se deben incluir las asignaciones co-rrespondientes para promover las acciones que tiendan a promover y proteger los dere-chos fundamentales antes mencionados
iquestAnte queacute autoridad y queacute procedimiento se debe seguir en caso de sufrir discriminacioacuten
A raiacutez de la reforma de 2003 se creoacute la LFPED misma que fue reformada por el Congreso de la Unioacuten el diacutea 20 de marzo de 2014 dotando de atribuciones amplias al Consejo Nacional para Prevenir la Discri-minacioacuten (CONAPRED) con un apego a los instrumentos internacionales en la mate-ria mismos que han sido ratificados por el Estado El Consejo goza de autonomiacutea teacutecnica y de gestioacuten cuenta con recur-sos suficientes para prevenir y erradicar formas de discriminacioacuten El CONAPRED tiene la facultad para dictar resoluciones que se formulen en el procedimiento de
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queja pues no se encuentra subordinado a autoridad alguna adoptando sus deci-siones con independencia plena
Por otro lado una segunda instancia a la que se puede acudir en caso de discrimina-cioacuten es ante el Consejo para Prevenir y Eli-minar la Discriminacioacuten de la Ciudad de Meacute-xico (COPRED) que fue creado el diacutea 25 de noviembre de 2011 como organismo des-centralizado sectorizado a la Secretariacutea de Desarrollo Social de la Ciudad de Meacutexico
El CONAPRED ha publicado una serie de acuerdos a traveacutes de los cuales con moti-vo de la contingencia establece las accio-nes extraordinarias para atender la emer-gencia sanitaria Dichos acuerdos sentildealan que quedan suspendidos los plazos y teacuter-minos relacionados con la tramitacioacuten de ciertos procedimientos pero quedan exceptuados aquellos que por su grave-dad yo urgencia requieran su tramitacioacuten Asimismo se sentildeala que se privilegiaraacute en todo momento la atencioacuten al puacuteblico a tra-veacutes de medios electroacutenicos y telefoacutenicos
iquestCoacutemo tramitar una queja ante CONAPRED
La ubicacioacuten de oficinas del Consejo es en Dante Ndeg14 Colonia Anzures Delegacioacuten Mi-guel Hidalgo CP 11590 Ciudad de Meacutexico
La peticioacuten se presenta para ser valorada por viacutea telefoacutenica de forma personal o bien puede presentarse un escrito en la oficina antes mencionada o enviarlo por medio de la paacutegina wwwconapredorgmx o a traveacutes del correo electroacutenico quejasconapredorgmx o al teleacutefono 55 5262 1490
No es necesaria la presencia o apoyo de un abogado o abogada para la presentacioacuten de la queja pues puede realizarse de manera
personal El Consejo conoce de actos omi-siones o praacutecticas sociales consideradas discriminatorias que puedan ser atribuidas a particulares (personas fiacutesicas o morales) o a personas servidoras puacuteblicas federales El Consejo cuenta con un aacuterea denominada Jefatura de Departamento de Orientacioacuten quien brinda orientacioacuten juriacutedica sobre los derechos que tiene toda persona
No se pueden presentar quejas por discri-minacioacuten en contra de funcionarios puacuteblicos estatales o municipales pues CONAPRED interviene uacutenicamente en quejas contra las personas servidoras puacuteblicas federales o de los poderes puacuteblicos federales
A partir de que suceden los presuntos actos se tiene un antildeo para presentar la queja ante CONAPRED Si las conductas son graves a consideracioacuten del Consejo se puede ampliar el plazo
iquestQueacute datos debo aportar para que se trami-te mi queja
Para presentar una queja ante CONAPRED deben especificarse los siguientes datosbull Datos personales (nombre direccioacuten teleacutefono correo electroacutenico en caso de contar con eacuteste)bull Datos personales de la persona o personas presuntamente agraviadas en caso de no ser la misma persona quieacuten presente la queja bull Narracioacuten de hechos que contenga cir-cunstancias de modo tiempo y lugar en que se dieron los acontecimientos (iquestQuieacuten iquestCoacutemo iquestCuaacutendo y iquestDoacutende) ybull Datos que permitan identificar a los (as) presuntos (as) responsables de dichos actos omisiones o praacutecticas sociales discriminatorias (nombres cargos y domi-cilio para que de ser el caso se efectuacuteen las notificaciones correspondientes)
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iquestQueacute papel tiene la Comisioacuten Nacional de De-rechos Humanos en asuntos como estos
La Comisioacuten Nacional de los Derechos Hu-manos (Comisioacuten) es competente en los siguientes casosbull Cuando las autoridades administrativas cometan actos u omisiones que violen los derechos humanosbull Cuando una persona cometa un iliacutecito con la tolerancia de un servidor puacuteblico o cuando estos uacuteltimos se nieguen a ejercer las atribuciones legales que les corresponden en relacioacuten con acciones iliacutecitas en especial si hay una vulneracioacuten a los derechos humanos ybull Cuando haya inconformidades por he-chos u omisiones de la autoridad u Orga-nismos Locales de Derechos Humanos
En los casos antes mencionados la Comi-sioacuten tiene competencia para conocer las quejas relacionadas con presuntas viola-ciones a derechos humanos en cualquier lugar del territorio nacional
Cualquier persona puede denunciar presun-tas violaciones a derechos humanos y pre-sentar directamente una queja ante la Comi-sioacuten o por medio de un representante legal Cuando los interesados esteacuten privados de su libertad puede un pariente o vecino de la per-sona afectada presentar la queja ante la Co-misioacuten sin importar si son menores de edad
La queja soacutelo puede presentarse dentro del plazo de un antildeo a partir de que inicioacute la presun-ta violacioacuten a derechos humanos o que se tu-viera conocimiento sobre los mismos Cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos la Comisioacuten puede ampliar el plazo
Desde que se admite una queja se inicia un expediente que es asignado a un visi-
tador adjunto quien es responsable de su traacutemite hasta la conclusioacuten del mismo
iquestCuaacutendo no tiene competencia la Comisioacuten para resolver una queja
La Comisioacuten no tiene competencia para re-solver una queja en los siguientes casosbull En actos y resoluciones de organismos y autoridades electoralesbull Resoluciones de caraacutecter jurisdiccional laudos o sentenciasbull Consultas formuladas por autoridades o particulares sobre la interpretacioacuten de dis-posiciones constitucionales o legales ybull Conflictos entre particulares pues la Comisioacuten conoce uacutenicamente conoce so-bre actos y omisiones atribuibles a la au-toridad o servidores puacuteblicos federales
iquestSon impugnables las determinaciones de la Comisioacuten
Conforme al artiacuteculo 170 Reglamento de la Comisioacuten las resoluciones que dicte y con las que se concluya de manera definitiva un expediente de queja o recurso de incon-formidad no admitiraacute impugnacioacuten alguna
iquestCuaacutel es el procedimiento para presentar una queja ante la CNDH
La queja debe presentarse por escrito en las instalaciones de la Comisioacuten De no ser posi-ble puede ser enviada por correo electroacutenico o fax En casos considerados urgentes se admiten quejas no escritas que se hayan formulado por otro medio de comunicacioacuten Al tratarse de menores de edad o personas que no puedan escribir las quejas pueden presentarse de manera oral Todo escrito de queja debe dirigirse a la Comisioacuten o a su Pre-sidenta Mtra Mariacutea del Rosario Piedra Ibarra solicitando la intervencioacuten de la Comisioacuten
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El escrito de queja debe estar firmado o con huella digital del interesado Debe contener datos miacutenimos de identificacioacuten como el nombre apellidos domicilio y nuacute-mero telefoacutenico (si es posible) para tener comunicacioacuten directa con el agraviado o persona que presente la queja
Se deben narrar los hechos que se esti-man violatorios a los derechos fundamen-tales exponiendo el nombre de la presun-ta autoridad responsable y acompantildear los documentos para comprobar la violacioacuten a los derechos humanos
iquestCuaacutel es el lapso que tiene una autoridad para cumplir con las determinaciones de la Comisioacuten
De acuerdo con el sistema nacional no jurisdiccional de proteccioacuten de los dere-chos humanos el organismo local o au-toridad a los que se dirija una recomen-dacioacuten derivada de un recurso de queja o impugnacioacuten deberaacuten informar sobre el cumplimiento que a dicha resolucioacuten haya dado dentro de los quince diacuteas haacutebiles si-guientes a su notificacioacuten
Asimismo contaraacute con quince diacuteas haacutebiles adicionales para enviar la documentacioacuten respectiva que acredite ese cumplimiento
Durante la pandemia iquesten queacute aacutembitos puede existir discriminacioacuten y coacutemo identificarla
A raiacutez de la pandemia que estamos en-frentando han surgido nuevas formas de discriminacioacuten y si no nuevas son formas que se han presentado o han agravado otras formas de discriminacioacuten
Entre ellas se encuentra la discriminacioacuten a las personas que han sido contagiadas del virus xenofobia racismo e inclusive
algunas personas llegan a tener la creen-cia de que homosexuales son portadores del virus poniendo en una situacioacuten de desventaja ante los demaacutes
Condicionar los servicios de atencioacuten meacutedica iquestse considera discriminacioacuten
Siacute es considerada una forma de discrimi-nacioacuten pues debido a su estado fiacutesico condicionas a una persona el acceso a atencioacuten meacutedica vulnerando su derecho a la igualdad y a la salud consagrados en la Constitucioacuten Poliacutetica de los Estados Uni-dos Mexicanos Ante una discriminacioacuten de este tipo se puede acudir a las instan-cias antes sentildealadas pues toda persona por el simple hecho de serlo tiene dere-cho a atencioacuten meacutedica y oportuna
iquestCoacutemo se han visto afectados por la discrimi-nacioacuten los prestadores de servicios meacutedicos
La Secretaria de Salud cuenta con una Carta de los Derechos Generales de las y los Meacute-dicos en Meacutexico en la que se detalla entre otros el derecho que tienen a salvaguardar su prestigio profesional y a recibir un trato respetuoso por parte de los pacientes y sus familiares asiacute como del personal relaciona-do con su trabajo Ademaacutes es importante destacar que el artiacuteculo 16 constitucional sentildeala que ldquoNadie puede ser molestado en su persona familia domicilio papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competenterdquo Es por ello por lo que ninguacuten trabajador de la salud debe sufrir agresiones en contra de su per-sona con motivo del COVID
Se han registrado diferentes actos de discriminacioacuten en contra de los profesio-nales de la salud tales como el rociar a una enfermera con cloro (Sinaloa) agredir
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fiacutesica y verbalmente a una trabajadora de sanidad en una tienda (San Luis Potosiacute) o recibir amenazas con quemar un hospital local si se reciben pacientes con COVID (Morelos) incluso se les ha prohibido el uso de medios de transporte Los actos detallados son ilegales y atentan en con-tra de la dignidad de las personas
Ante tales agresiones algunos de los es-tados como la Ciudad de Meacutexico han im-plementado un operativo para vigilar los centros de salud que se mantendraacute hasta que finalice la contingencia sanitaria que pretende que los policiacuteas coadyuven con el personal de cada institucioacuten de salud para apoyarlos en caso de alguna even-tualidad y con ello mantener el control y evitar la alteracioacuten del orden puacuteblico
iquestQueacute ha dicho el CONAPRED respecto a los actos de violencia y discriminacioacuten durante la emergencia sanitaria
En el boletiacuten de prensa 0162020 del CO-NAPRED1 se sentildeala que es falso que el personal de salud represente un peligro para la sociedad que existen protocolos de higiene y seguridad para no contagiar-se ni contagiar a otras personas
Asimismo el CONAPRED hizo un llamado a la ciudadaniacutea a detener esas acciones y a las autoridades de seguridad y justicia a que ga-ranticen su dignidad e integridad Ademaacutes se determina que agredir a personal de salud e intentar destruir instalaciones meacutedicas para evitar la atencioacuten a pacientes diagnostica-dos con COVID-19 solo se explican por la desinformacioacuten el miedo y los perjuicios
1emsp Veacutease en httpswwwconapredorgmxindexphpcontenido=boletinampid=1346ampid_opcion=103ampop=213
Finalmente reitera la posibilidad de denunciar actos de violencia y agresioacuten al 911 y que la presentacioacuten de quejas por actos discrimina-torios ante CONAPRED es fundamental
iquestQueacute hacer ante muestras de racismo y xenofo-bia En particular a personas con rasgos orien-tales por considerarlas focos de contagio
Durante la pandemia se ha estigmatizado a personas extranjeras y personas que tie-nen rasgos fiacutesicos de Asia oriental como sujetos de contagio Ello han incrementa-do las muestras de racismo y xenofobia
Debe sentildealarse que la desigualdad de trato y acceso a los derechos y bienes no susti-tuye ni disminuye la gravedad de otras for-mas de discriminacioacuten sino que las poten-cializa y redimensiona Es asiacute que los actos de discriminacioacuten hacia personas que pue-den considerarse focos de contagio han generado que se creen otras formas de dis-criminacioacuten y que culminan en un mismo fin el trato desigual y el rechazo social
Ante una discriminacioacuten de este tipo se pue-de tramitar una queja ante las instituciones antes mencionadas pues es clara la viola-cioacuten a los derechos fundamentales hay una clara transgresioacuten a ellos Es importante que la persona deacute seguimiento a su queja pues ante una violacioacuten a derechos fundamenta-les todo individuo tiene derecho al acceso a la justicia asiacute como a una resolucioacuten
iquestCoacutemo reaccionar ante la afirmacioacuten que cier-tas personas sostienen sobre si el virus se ori-gina por preferencias sexuales iquestEsto da lugar a otro tipo de discriminacioacuten
De igual forma se han presentado quejas con-cretas ante el CONAPRED provenientes de grupos de diversidad sexual que se han visto
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afectados porque algunos liacutederes religiosos han interpretado que el origen del COVID-19 derivoacute de la homosexualidad Inclusive se ha hecho tambieacuten referencia a que tiene que se relaciona con el feminismo o con la decisioacuten de las mujeres sobre su cuerpo
Al igual que el caso de la xenofobia y el ra-cismo la discriminacioacuten por las preferen-cias sexuales durante la pandemia ha sido recurrente generando ademaacutes desinfor-macioacuten sobre el verdadero origen del virus Ademaacutes la fraccioacuten XXVIII del artiacuteculo 9 de la LFPED determina que realizar o promover violencia por la preferencia sexual de las personas es considerado discriminacioacuten
Es evidente que la intencioacuten de las personas que afirmaron que el origen del COVID-19 es la homosexualidad no era otra maacutes que generar informacioacuten falsa para promover violencia y odio en contra de estas pobla-ciones por considerarlas la fuente del virus
iquestConstituye discriminacioacuten el hecho de que no se permita el ingreso a un lugar por no portar cubrebocas
El artiacuteculo 9 de la LFPED sentildeala en su fraccioacuten XXII que impedir el acceso a cualquier servi-cio puacuteblico o institucioacuten privada que preste servicios al puacuteblico asiacute como limitar el acce-so y libre desplazamiento en los espacios puacute-blicos se consideran como discriminacioacuten
Aunado a lo anterior el artiacuteculo 29 cons-titucional establece que ni en casos de invasioacuten perturbacioacuten grave de la paz puacuteblica o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto podraacute restringirse ni suspenderse el ejer-cicio del derecho a la no discriminacioacuten
Es asiacute que derivado de lo sentildealado en los
paacuterrafos anteriores es posible concluir que siacute constituye discriminacioacuten la restric-cioacuten de acceso a lugares puacuteblicos si no se porta cubrebocas Es importante destacar que se encuentran excluiacutedos de la clasifi-cacioacuten anterior los establecimientos pri-vados que no presten servicios al puacuteblico
Es una forma de discriminacioacuten excluir o negar el servicio de funerarias a las familias cuyos familiares murieron por el virus
Siacute es una forma de discriminacioacuten pues en este caso toda persona tiene derecho a ser velada de la manera en la que ella o incluso los familiares quisieran La discriminacioacuten es producto de una mala concepcioacuten que se tiene sobre el virus pues el virus soacutelo puede habitan en seres vivos No prestar el servi-cio funerario a un difunto constituye discri-minacioacuten contra la familia y la persona quien quiere que ese servicio sea prestado
Aunado a lo anterior se han realizado di-versos estudios en los que se demuestra que ocho de cada diez servicios requeri-dos son referidos a pacientes con muer-te derivada del virus
Por otro lado el Gobierno de la Ciudad de Meacutexico hizo una recomendacioacuten a los fa-miliares de personas fallecidas que se abstengan de llevar a cabo funerales para evitar riesgos sanitarios
iquestCuaacuteles son los principales hechos denunciados
El nuacutemero de quejas por discriminacioacuten que se han tramitado desde que se decla-roacute la pandemia ha sido exponencial Hasta mediados de abril se habiacutean presentado ante el CONAPRED 32 casos1 de perso-
1emspNo existen datos oficiales actualizados que
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nas que han vivido discriminacioacuten o agre-siones durante la contingencia derivado de un informe reciente del CONAPRED se sentildeala que la mayoriacutea de las quejas son de trabajadores de unidades meacutedicas de ins-tituciones de seguridad social del perso-nal de enfermeriacutea limpieza condominios pacientes con VIH y clientes de banco
El 3 de abril la titular del CONAPRED du-rante la conferencia de prensa del Infor-me diario sobre coronavirus COVID-19 en Meacutexico1 sentildealoacute que los principales hechos denunciados durante la pande-mia son insultos amenazas o maltratos obligacioacuten de ir a trabajar obligacioacuten de trabajar estando en situacioacuten de riesgo hostigamiento laboral inobservancia de medidas de contencioacuten y sana distancia hostigamiento vecinal divulgacioacuten puacutebli-ca de informacioacuten cliacutenica en medios o re-des sociales despido dificultades para acceder a atencioacuten meacutedica expresiones discriminatorias y obligacioacuten de ir a traba-jar sin las condiciones adecuadas
iquestCoacutemo se han visto afectados por la discriminacioacuten los meacutedicos o prestadores de servicios de salud
La Secretaria de Salud cuenta con una Carta de los Derechos Generales de las y los Meacute-dicos en Meacutexico en la que se detalla entre otros el derecho que tienen a salvaguardar su prestigio profesional y a recibir un trato respetuoso por parte de los pacientes y sus
confirmen el nuacutemero exacto de quejas que se han presentado Desde la Jornada de la Sana Distancia las denuncias ante CONAPRED han aumentado exponencialmente medios informativos como los periodiacutesticos sentildealan un aproximado de 220 quejas registradas a nivel nacional maacutes no se cuenta con datos oficiales
1emspVeacutease en httpswwwyoutubecomwatchv=Ml89sCtixbM
familiares asiacute como del personal relaciona-do con su trabajo Ademaacutes es importante destacar que el artiacuteculo 16 constitucional sentildeala que ldquoNadie puede ser molestado en su persona familia domicilio papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competenterdquo Es por ello que ninguacuten trabajador de la salud debe sufrir agresiones en contra de su persona con motivo del COVID
Se han registrado diferentes actos de discriminacioacuten en contra de los profesio-nales de la salud tales como el rociar a una enfermera con cloro (Sinaloa) agredir fiacutesica y verbalmente a una trabajadora de sanidad en una tienda (San Luis Potosiacute) o recibir amenazas con quemar un hospital local si se recibiacutean pacientes con COVID (Morelos) incluso se les ha prohibido el uso de medios de transporte Los actos detallados son ilegales y atentan en con-tra de la dignidad de las personas
Ante tales agresiones algunos de los es-tados como la Ciudad de Meacutexico han im-plementado un operativo para vigilar los centros de salud que se mantendraacute hasta que finalice la contingencia sanitaria que pretende que los policiacuteas coadyuven con el personal de cada institucioacuten de salud para apoyarlos en caso de alguna even-tualidad y con ello mantener el control y evitar la alteracioacuten del orden puacuteblico
iquestQueacute puede hacer la administracioacuten puacuteblica para prevenir todo tipo de discriminacioacuten deri-vada del virus
Como bien se sentildeala en el artiacuteculo 17 frac-cioacuten IV de la LFPED el CONAPRED tiene como objeto coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Eje-cutivo Federal en materia de prevencioacuten y
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eliminacioacuten de la discriminacioacuten Para cum-plir con dicho objeto tiene como atribucioacuten el generar y promover poliacuteticas programas proyectos o acciones cuyo objetivo o re-sultado esteacute encaminado a la prevencioacuten y eliminacioacuten de la discriminacioacuten
Derivado de las atribuciones antes sentildea-ladas la titular del Consejo hizo un llamado a la administracioacuten puacuteblica a las organiza-ciones a la sociedad y al sector privado a brindar informacioacuten veraz oportuna y cla-ra basada en ciencia en lo que respecta al Coronavirus Asimismo se destaca la im-portancia de que todo tipo de comunica-cioacuten respecto al tema del virus COVID-19 debe contemplar a personas con diversas discapacidades auditiva visual intelec-tual asiacute como ser accesible a los pueblos y comunidades indiacutegenas en sus propias lenguas pues dicha informacioacuten es fun-damental para todos los ciudadanos
iquestQueacute medidas de reparacioacuten existen por dantildeos causados por discriminacioacuten
Derivado del Capiacutetulo VI de la LFPED se desarrollaron los Lineamientos que Re-gulan la Aplicacioacuten de las Medidas Admi-nistrativas y de Reparacioacuten del Dantildeo en Casos de Discriminacioacuten1 Estos linea-mientos tienen por objeto brindar seguri-dad juriacutedica a las viacutectimas y agentes dis-criminadores acerca de los criterios y el contenido de las medidas administrativas
1emspDiario Oficial de la Federacioacuten del 13 de junio de 2014 Disponible en httpwwwdofgobmxnota_ detallephpcodigo=5348669ampfecha=13062014
y de reparacioacuten que la Direccioacuten General de Quejas del CONAPRED impondraacute y daraacute seguimiento cuando sean procedentes
Dichos lineamientos preveacuten como medi-das de reparacioacuten las siguientesbull Medidas de rehabilitacioacuten buscan facili-tar a la viacutectima hacer frente a los efectos sufridos por causa del acto u omisioacuten o praacutectica social discriminatoriabull Medidas de satisfaccioacuten buscan resta-blecer la dignidad de las viacutectimasbull Medidas administrativas por actos omi-siones o praacutecticas sociales discriminato-rias acciones que el agente discriminador debe cumplir y su objeto es restituir com-pensar rehabilitar y satisfacer los derechos de las viacutectimas por los dantildeos causadosbull Reparacioacuten integral del dantildeo obligacioacuten del discriminador de restablecer la situa-cioacuten de las viacutectimas previa a la violacioacuten al derecho a la no discriminacioacuten y eliminar los efectos que produjo dicha violacioacuten asiacute como compensar restablecer o resti-tuir a las viacutectimas de violaciones para re-vertir en la medida de lo posible los efec-tos de la vulneracioacutenbull Garantiacutea de no repeticioacuten conjunto de acciones encaminadas a evitar violacio-nes futuras al derecho a la no discrimi-nacioacuten por motivos y aacutembitos similares a los investigados en la queja y a corregir estructuralmente los factores que las originaron
La presente guiacutea se elabora uacutenicamente con fines informativos y no deberaacute considerarse como asesoriacutea legal de ninguacuten tipo Recomendamos en cada caso contactar a sus asesores legales para la toma de cualquier decisioacuten Es importante sentildealar que la informacioacuten contenida en la presente guiacutea estaacute actualizada y es vaacutelida a la fecha de emisioacuten de la misma por lo que es importante
que revisen de forma regular las disposiciones aplicables a nivel federal estatal yo municipal que realicen las autoridades correspondientes que pudieran modificar el contenido o alcance de la guiacutea Los despachos de abogados profesionistas y organizaciones involucradas en la preparacioacuten de esta guiacutea no emiten ninguna opinioacuten sobre alguacuten asunto en particular
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Renegocia tu contrato MiPyMES
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Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020230 Renegocia tu contrato MIPYMES
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Se recomienda consultar directamente httpsrenegociamx que es una Plataforma 100 gratuita al servicio de quienes no cuentan con asesoriacutea legal ni informacioacuten clave para iniciar un proceso de negocia-cioacuten con su contraparte La informacioacuten aquiacute esquematizada se encuentra en di-cha paacutegina web en donde ademaacutes se ge-neran los formatos y convenios de mane-ra automaacutetica lo que facilita el proceso de negociacioacuten
iquestCuaacutel es el contexto juriacutedico por conocer para renegociar un contrato
Las relaciones contractuales se rigen por el principio pacta sunt servanda los pac-tos estaacuten para cumplirse Ello significa que aquello que acuerden las partes hacien-do uso de la autonomiacutea de la voluntad1 y bajo el principio de buena fe contractual2 debe cumplirse como si fuera ley Desde el momento en el que se perfecciona un acuerdo de voluntades las partes quedan obligadas al cumplimiento de lo expresa-mente pactado3
Los contratos son acuerdos de volunta-des que crean modifican o extinguen obli-gaciones y derechos contractuales4 Las partes pueden acordar en todo momento modificaciones o adiciones a sus contra-tos5 Para que dichos cambios produzcan efectos juriacutedicos es necesario que cum-plan con los elementos de existencia y validez de los contratos Los elementos de existencia son el consentimiento y el
1emspArtiacuteculo 78 del Coacutedigo de Comercio
2emspArtiacuteculo 1796 del Coacutedigo Civil Federal
3emspArtiacuteculo 1796 del Coacutedigo Civil Federal
4emspArtiacuteculo 1793 del Coacutedigo Civil Federal
5emspArtiacuteculo 1792 del Coacutedigo Civil Federal
objeto6 y los elementos de validez son capacidad la ausencia de vicios del con-sentimiento la forma en los casos exi-gidos por la ley y el fin motivo u objeto liacutecito7
El objeto de este apartado y de la Plata-forma Renegocia Tu Contrato (de donde se toma el contenido) es servir como vehiacuteculo para que las partes acuerden cambios a sus contratos sin la asesoriacutea de un abogado y sin poder reunirse fiacutesica-mente o utilizar correo o mensajeriacutea No invita a las partes a invocar caso fortuito o fuerza mayor o en su caso teoriacutea de la imprevisioacuten La intencioacuten es abrir un espa-cio de negociacioacuten para que las partes en-cuentren juntas la mejor solucioacuten posible para continuar su relacioacuten comercial Si no funciona las partes pueden hacer uso de los otros instrumentos que da el derecho para determinar las consecuencias juriacutedi-cas del incumplimiento de contratos en el contexto de la emergencia sanitaria el caso fortuito y fuerza mayor la teoriacutea de la imprevisioacuten y la claacuteusula rebus sic stantibus y el cumplimiento forzoso de contratos viacutea jurisdiccional Esas viacuteas son maacutes largas costosas e inciertas y en ese sentido son menos uacutetiles para que las empresas puedan salir de la paraacutelisis y la incertidumbre en la que estaacuten inmersas
iquestQueacute puntos juriacutedicos son importantes a con-siderar durante el proceso de renegociacioacuten
1) Claridad sobre el objeto del convenioEl proceso de negociacioacuten se lleva por es-crito lo que permite preservar y revisar en el futuro las comunicaciones entre las partes que hicieron posible el acuerdo
6emspArtiacuteculo 1794 del Coacutedigo Civil Federal
7emspArtiacuteculo 1795 del Coacutedigo Civil Federal
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Ademaacutes la oferta y la aceptacioacuten son ex-pliacutecitas y por escrito Finalmente invitar a las partes a especificar el objeto de lo que van a renegociar tiempo precio volumen etceacutetera Ese proceso escrito permite ga-rantizar la claridad de lo acordado
2) Perfeccionamiento y consentimiento
Un contrato se perfecciona por el mero consentimiento de las partes excepto cuando requieran de alguna formalidad establecida en la ley La forma tradicio-nal de evidenciar el consentimiento es a traveacutes de la firma autoacutegrafa Sin embargo ante la emergencia sanitaria hay que re-currir a otros medios que son igualmente legales con la misma validez pero cuyo uso todaviacutea no es prevalente
Tanto el Coacutedigo de Comercio1 como al Coacute-digo Civil Federal2 establecen la validez de las expresiones de consentimiento por medios digitales tales como firmas elec-troacutenicas correos electroacutenicos o cualquier otro mensaje de datos que conserve la integridad de la informacioacuten y que sea ac-
1emspVeacutease los artiacuteculos 80 y 89 bis del Coacutedigo de Comercio ldquoNo se negaraacuten efectos juriacutedicos validez o fuerza obligatoria a cualquier tipo de informacioacuten por la sola razoacuten de que esteacute contenida en un Mensaje de Datos Por tanto dichos mensajes podraacuten ser utilizados como medio probatorio en cualquier diligencia ante autoridad legalmente reconocida y surtiraacuten los mismos efectos juriacutedicos que la documentacioacuten impresa siempre y cuando los mensajes de datos se ajusten a las disposiciones de este Coacutedigo y a los lineamientos normativos correspondientesrdquo
2emspArtiacuteculo 1834 bis del Coacutedigo Civil Federal ldquoLos supuestos previstos por el artiacuteculo anterior se tendraacuten por cumplidos mediante la utilizacioacuten de medios electroacutenicos oacutepticos o de cualquier otra tecnologiacutea siempre que la informacioacuten generada o comunicada en forma iacutentegra a traveacutes de dichos medios sea atribuible a las personas obligadas y accesible para su ulterior consulta
cesible para consulta La Suprema Corte de Justicia de la Nacioacuten reconocioacute que el NIP usado para autorizar operaciones con tarjetas creacutedito son firmas electroacutenicas en teacuterminos del artiacuteculo 89 Bis del Coacutedigo de Comercio3 Esto significa que si bien auacuten no hay un criterio que establezca ex-presamente ese reconocimiento general no menos cierto es que el Poder Judicial reconoce la existencia y validez de distin-tos tipos de firmas electroacutenicas que to-man distintas formas y que se otorgan a traveacutes de distintos medios
Con base en dicha premisa se sugiere en primer lugar que el usuario acuda a los servicios de firma electroacutenica que tienen mayor aceptacioacuten en el mercado y cuyo reconocimiento es maacutes sencillo En segundo teacutermino si no se desea o no se puede acceder a dichos servicios se su-giere plasmar el consentimiento a traveacutes de un rastro digital que respete los dos principios legales conservacioacuten integral del mensaje que contiene el consenti-miento y conservacioacuten histoacuterica para ulte-rior consulta
3) Personalidad juriacutedica de quienes sus-criben el convenio
Cuando una o ambas partes son perso-nas morales resulta muy importante que quien firme en representacioacuten de la per-sona moral tenga personalidad juriacutedica Es importante que las partes se cersio-ren sobre ello las opciones que se po-nen como ejemplo es que firme el mismo representante que firmoacute inicialmente el contrato o en su defecto si al interior de su propia empresa no tienen esa claridad que coloquen el nombre de la persona con
3emspTesis aislada no 2020107
Guiacutea actualizada al 24 de julio de 2020232 Renegocia tu contrato MIPYMES
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el maacutes alto rango dentro de su empresa para que sea eacutesta la que firme el convenio respectivo
iquestPor queacute la importancia de renegociar en el contexto actual
La crisis sanitaria del COVID-19 (ldquoLA EMERGENCIA SANITARIArdquo) ha puesto en riesgo el conjunto de las relaciones con-tractuales que dan sustento a la actividad productiva del paiacutes Existe un incumpli-miento generalizado de contratos deriva-do de las poliacuteticas de confinamiento y la suspensioacuten total o parcial de actividades en todo el paiacutes Las empresas de todos tamantildeos estaacuten enfrentando serios pro-blemas de liquidez para cumplir sus obli-gaciones de pago sea porque alguien maacutes no les cumplioacute porque al frenar acti-vidades no tienen efectivo para cumplir o ambas
La profundidad de la recesioacuten econoacutemica estaraacute asociada entre otras variables al tiempo que nos tome reestablecer la re-gularidad contractual es decir a que el incumplimiento sea la excepcioacuten y no la regla Para ello tenemos que evitar que la conflictividad producto de los incumpli-mientos contractuales termine en largas y costosas batallas judiciales Tambieacuten tenemos que evitar que los problemas de liquidez se conviertan en problemas de solvencia y desencadenen en la quiebra de las empresas Finalmente tenemos que generar instrumentos para que las re-laciones contractuales perduren a pesar de la crisis
Todo ello seraacute posible si acreedores y deudores renegocian sus contratos para hacerlos viables en el nuevo contex-to econoacutemico del paiacutes y del mundo Las
grandes empresas ya estaacuten renegocian-do sus contratos y para ello cuentan con servicios legales de calidad Sin embargo ese no es el caso de las micro y pequentildeas empresas y quizaacute tampoco de algunas de las medianas Muchas de estas empresas no cuentan con asesoriacutea juriacutedica para re-negociar y darle formalidad a los nuevos acuerdos comerciales
iquestCuaacuteles son los principios de una negociacioacuten exitosa
bull Separa a las personas (a ti y a tu con-traparte) de los problemas
Ceacutentrate en el o los problemas a resolver en la negociacioacuten en satisfacer lo que buscas Con frecuencia las negociaciones se enredan con las personas con las que negociamos y los aspectos personales in-volucrados en la negociacioacuten Para bene-ficio de tus negociaciones lo mejor seraacute recordar que el problema es tuyo y no del otro que tuacute no sabes lo que el otro estaacute viviendo y que necesitas a la otra persona para salir adelante de una mejor manera Si la negociacioacuten se vuelve personal y hay ofensas o agresiones la negociacioacuten se descarrilaraacute Asiacute que enfoacutecate en la nego-ciacioacuten y no permitas que los aspectos personales contaminen los resultados
bull Conceacutentrate en los intereses y no en las posiciones de las respectivas partes
Con frecuencia llegamos a las negociacio-nes con la idea de obtener algo concreto un pago una condonacioacuten una cosa o que alguien haga algo concreto Eso con-creto que queremos es nuestra posicioacuten en la negociacioacuten Las posiciones de las partes en una negociacioacuten siempre son
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contradictorias En cambio los intereses son las razones por las que queremos lo que estamos pidiendo y pueden ser de distintos tipos estabilidad econoacutemica o emocional seguridad conservar relacio-nes entre muchas otras Las posiciones (el pago la condonacioacuten la cosa que al-guien haga algo etceacutetera) son formas de satisfacer esos intereses pero casi nun-ca son la uacutenica forma de satisfacerlo Si en tus negociaciones centras tus esfuer-zos en satisfacer tus intereses y los de la otra persona en lugar de buscar puntos medios entre las posiciones de las partes tendraacutes mucho mejores resultados
Un ejemplo La parte A quiere la ventana cerrada y la parte B la quiere abierta Es-tas son sus posiciones y son contradicto-rias Por otro lado el intereacutes de la parte A es que no se le vuelen los papeles mien-tras que el intereacutes parte B recibir aire fres-co Desde las posiciones es muy difiacutecil en-contrar una solucioacuten Desde los intereses maacutes faacutecil por ejemplo abrir una ventana que esteacute maacutes lejos de la mesa para que no se vuelen los papeles de la parte A pero que entre suficiente aire fresco para la parte B
bull Seacute creativao y busca soluciones inge-niosas que beneficien a todos los invo-lucrados en la negociacioacuten
Buscar soluciones creativas que permi-tan satisfacer los intereses de ambas partes facilita las posibilidades de acuer-do y cuando esas soluciones se buscan en conjunto hace posible que las par-tes enfrenten desde un mismo lado el problema
Algunas sugerencias para lograrlo son las siguientes (i) No prejuzgues sobre lo que
el otro quiere o debe hacer (ii) Las nego-ciaciones suelen tener varias posibles so-luciones no solo una (la propia) (iii) En la gran mayoriacutea de los casos se puede ldquocre-cer el pastelrdquo y generar maacutes valor (iv) El problema de la otra persona en la negocia-cioacuten (su deuda empleados etc) tambieacuten es tuyo si eso impide que lleguen a una solucioacuten (v) Inventa opciones que satis-fagan los intereses de ambas partes y haz una lluvia de ideas
bull Insiste en la utilizacioacuten de criterios ob-jetivos como guiacuteas para la buacutesqueda de acuerdos
Es decir justifica todo lo que pides La ciencia ha demostrado que si pedimos algo con justificacioacuten es mucho maacutes pro-bable que se nos otorgue Como parte de tu preparacioacuten investiga e infoacutermate Del mismo modo pide al otro que te explique con criterios objetivos coacutemo justifica sus peticiones Algunos ejemplos de criterios objetivos son precios de mercado dispo-siciones legales estaacutendares industriales opinioacuten experta etc
bull Define cuaacutel seriacutea el escenario maacutes fac-tible si se rompe la negociacioacuten
Para saber si tu postura en la negociacioacuten es buena o mala compaacuterala contra la que seriacutea tu alternativa si no se llega a un arre-glo en la negociacioacuten Por ejemplo espe-rar a vender una mercanciacutea y arriesgarse a que el precio en el mercado sea maacutes bajo dado el COVID-19 o bien que el conflicto se vaya a juicio con el tiempo y el dinero que eso tomariacutea no se vuelve rentable para nadie Cuando tenemos clara nuestra alternativa entonces es maacutes faacutecil decidir queacute nos conviene y queacute no nos conviene en una negociacioacuten Y lo mismo a la con-
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traparte ayudarle a analizar lo que pasa-riacutea si no llegan a un acuerdo informaraacute su decisioacuten
iquestCuaacuteles son las actitudes imprescindibles
1 Se honestoa contigo mismo y con tu contraparte en relacioacuten con tus intereses fundamentales No juegues ldquojueguitosrdquo2 Escucha y busca entender a tu con-traparte Recuerda que todos estamos pasando momentos difiacuteciles asiacute que tu negociacioacuten se veraacute beneficiada de que escuches y entiendas la perspectiva de la otra persona y que se lo hagas saber3 Pon la supervivencia de tu empresa en el centro
iquestCoacutemo preparo una negociacioacuten
Una vez que has identificado todos los elementos descritos (intereses criterios objetivos opciones de solucioacutenhellip) podraacutes tener maacutes confianza y reducir la brecha de riesgo en tu negociacioacuten Es muy uacutetil es-cribir tu propuesta inicial y procurar que sea lo maacutes clara posible Recuerda sin em-bargo mantener la mente abierta y reco-nocer que hay cosas que no sabes y que hay muchas formas en que la negociacioacuten se puede resolver
Ya que tienes todo lo anterior estaacutes listo para iniciar la negociacioacuten Ve a la siguien-te seccioacuten para conocer coacutemo hacerlo
iquestPara queacute conflictos no funciona el meacutetodo que se propone en este apartado
NO APLICA para conflictos de iacutendolebull Bancario y financierobull Laboralbull Familiarbull Derechos del consumidor
bull Administrativobull Penal
iquestQueacute etapas se proponen para renegociar un contrato
Etapa 1 Prepaacuterate para renegociarEtapa 2 Presenta tu propuesta de renegociacioacutenEtapa 3 Llega a un acuerdo con tu contraparteEtapa 4 Cierra el trato y deacutejalo por escrito
A continuacioacuten se explica cada una de las etapas para mayor agilidad en el pro-ceso se sugiere consultar httpsrenegociamx en donde se explica queacute hacer en queacute consisten los pasos para renegociar y queacute formatos pueden utilizar El objetivo es que las partes utilicen la informacioacuten y herramientas para agilizar sus negocia-ciones sin la intervencioacuten de un abogado En el contexto de LA EMERGENCIA SA-NITARIA1 y el confinamiento se sugieren herramientas tecnoloacutegicas como firma electroacutenica correo electroacutenico firma au-toacutegrafa escaneada etceacutetera
iquestCoacutemo funciona la etapa Prepaacuterate para rene-gociar
Etapa 1 Prepaacuterate para renegociar
La etapa 1 es la que determina si estaacutes en condiciones para iniciar una renegocia-cioacuten Es clave que contestes las pregun-tas correctamente y recabes la informa-cioacuten necesaria
1emspEl Gobierno Federal ha emitido una serie de acuerdos y decretos que se pueden consultar en el httpswwwdofgobmx y las fuentes oficiales de los Estados de la Repuacuteblica