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ACUERDO DE ADMISIÓN DE DEMANDA Cuautitlán, Estado de México., a 29 de Mayo del año 2015. Con el escrito de cuenta y anexos que al mismo se acompañan, fórmese expediente y regístrese en el Libro en el Gobierno bajo el número que le corresponda. Se tiene por presentado a. BORDESTI SA DE CV por medio del representante legal Lic. Martha Lilia Navarrete Contreras, demandando Via ordinaria de Industrias Trébol Textil, S.A. De C.V las prestaciones que en la misma indica. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1377 y demás relativos del Código de Comercio se admite la demanda en la Vía y forma propuesta. Con las copias simples exhibidas para el efecto, debidamente selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese a la parte demandada para que dentro del plazo de NUEVE DÍAS produzca su contestación, apercibido de que en caso de no hacerlo se tendrá por contestada la misma en sentido AFIRMATIVO Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2.111 del código adjetivo de la materia, se requiere a las partes para que dentro del plazo de TRES DÍAS manifiesten si están de acuerdo en que al momento de que se dicte la resolución definitiva en el presente juicio se publiquen sus datos personales, en el entendido de que la omisión a desahogar dicho requerimiento constituirá su negativa. Por señalado el domicilio para recibir notificaciones y por autorizados a los profesionistas que menciona en los términos del párrafo Tercero del artículo 1069 del Código de Comercio. Notifíquese. Lo proveyó y firma del C. JUEZ Cuarto en materia Civil de Primera Instancia de Cuautitlán, Licenciada en Derecho MARÍA CRUZ GARCÍA MARTÍNEZ ante el Secretario

Acuerdo de Admisión de Demanda

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ACUERDO DE ADMISIN DE DEMANDA

Cuautitln, Estado de Mxico., a 29 de Mayo del ao 2015.

Con el escrito de cuenta y anexos que al mismo se acompaan, frmese expediente y regstrese en el Libro en el Gobierno bajo el nmero que le corresponda. Se tiene por presentado a. BORDESTI SA DE CV por medio del representante legal Lic. Martha Lilia Navarrete Contreras, demandando Via ordinaria de Industrias Trbol Textil, S.A. De C.V las prestaciones que en la misma indica. Con fundamento en lo dispuesto por el artculo 1377 y dems relativos del Cdigo de Comercio se admite la demanda en la Va y forma propuesta. Con las copias simples exhibidas para el efecto, debidamente selladas y cotejadas, crrase traslado y emplcese a la parte demandada para que dentro del plazo de NUEVE DAS produzca su contestacin, apercibido de que en caso de no hacerlo se tendr por contestada la misma en sentido AFIRMATIVO Con fundamento en lo dispuesto por el artculo 2.111 del cdigo adjetivo de la materia, se requiere a las partes para que dentro del plazo de TRES DAS manifiesten si estn de acuerdo en que al momento de que se dicte la resolucin definitiva en el presente juicio se publiquen sus datos personales, en el entendido de que la omisin a desahogar dicho requerimiento constituir su negativa. Por sealado el domicilio para recibir notificaciones y por autorizados a los profesionistas que menciona en los trminos del prrafo Tercero del artculo 1069 del Cdigo de Comercio. Notifquese. Lo provey y firma del C. JUEZ Cuarto en materia Civil de Primera Instancia de Cuautitln, Licenciada en Derecho MARA CRUZ GARCA MARTNEZ ante el Secretariode Acuerdos Licenciado Ana Candelaria Fuentes Montenegro, con quien acta, autoriza y da fe. DOY FE.

Lic. MARA CRUZ GARCA MARTNEZ LIC. ANA CANDELARIA FUENTES MONTENEGRORBRICA JUEZ RBRICA SECRETARIO DE ACUERDOS