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ACUERDO Nº 012-16 04 MAYO DE 2016 POR EL CUAL, EL CONSEJO ACADÉMICO APRUEBA LA GUÍA PARA LA CREACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CURRICULAR

ACUERDO Nº 012-16 - usantander.edu.pausantander.edu.pa/docentes/pdf2016/usantander_guia_creacion_y... · Entre 90 y 120 créditos distribuidos en un periodo ... Unidad de Educación

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ACUERDO Nº 012-16

04 MAYO DE 2016

POR EL CUAL, EL CONSEJO ACADÉMICO

APRUEBA LA GUÍA PARA LA CREACIÓN Y ACTUALIZACIÓN

CURRICULAR

EJO AC

CONSEJO ACADÉMICO

DÉICO

YAZMINA YUNSÁN DE LA TORRE Rectora

LIGIA SOLANO GUTIÉRREZ Vicerrectora Académica

JAIME ALFREDO RANGEL CABALLERO Secretario General

IILIANA CEBALLOS RODRÍGUEZ Decana Facultad de Salud

COLABORACIÓN Y EDICIÓN LIRIXIBELL PRENS GUARDIA

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN…………………………………………………. 1 CREACIÓN DE NUEVOS DISEÑOS CURRICULARES PARA CARRERAS DE PREGRADO, GRADO O PROGRAMAS DE POSTGRADO……………………………………………………. 2 CONTENIDO DEL PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO, GRADO Y POSTGRADO…………………………………………………… 6 ANEXOS……………………………………………………………. 13 ACUERDO N°.012-16………………………………………………… 23

INTRODUCCIÓN

La Universidad de Santander Panamá, acreditada mediante Resolución No. 06 del 31 de julio de 2014, publicada en Gaceta Oficial el 11 de septiembre del mismo año, se encuentra en proceso de crecimiento y consolidación, y ofrece una formación de alta calidad cumpliendo con todos los parámetros exigidos por las normas del Gobierno Panameño en materia de educación. En concordancia con lo anterior, sus programas académicos, cumplen con todos los requerimientos de Ley, basándose en el diseño y contenido de sus currículos en el diagnóstico de los problemas y necesidades de los diferentes contextos, con el fin de plantear las competencias que deben desarrollar los estudiantes, para dar respuesta de una manera idónea, ética y responsable, mediante propuestas de solución que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la comunidad. Teniendo en cuenta lo anterior, se ha diseñado la presente guía, con el fin de orientar a Directivos Académicos, Administrativos y Profesores en la creación y actualización de los currículos de pregrado, grado y postgrado presencial y a distancia (modalidad virtual), con el fin de que se cumplan los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA). Este documento será actualizado, cada vez que se requiera en cumplimiento de la normativa vigente en Panamá.

1

1. CREACIÓN DE NUEVOS DISEÑOS CURRICULARES PARA CARRERAS

DE PREGRADO, GRADO O PROGRAMAS DE POSTGRADO.

1.1 OBJETIVO: El presente procedimiento tiene como fin definir las actividades que garanticen la eficacia del desarrollo de nuevos proyectos que den origen a planes y programas de estudios presenciales o a distancia. 1.2 ALCANCE: Este procedimiento comprende desde la generación de la idea de proyecto hasta la obtención de Resolución de aprobación. 1.3 RESPONSABLE: Vicerrectoría Académica, Decanatura de Facultad, Educación Virtual y Desarrollo Docente. 1.4 DEFINICIONES: Condiciones de Calidad: Elementos valorativos que inspiran la apreciación de las condiciones iniciales de la institución y la evaluación de las características de la calidad del programa académico objeto de análisis, de acuerdo con los lineamientos de la Comisión Técnica Evaluadora. Documento del programa académico: Documento que expresa el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad del programa académico según lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA). Disciplinar: Es el experto contratado para la estructuración de la documentación requerida en el proyecto, asesorado por la Vicerrectoría Académica, el Decano de la Facultad, la Unidad de Desarrollo Docente y Educación Virtual y la Unidad Técnica de Evaluación de la Universidad. Radicación: Consiste en registrar un nuevo programa. Resolución: Es un acto administrativo propio de la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA), mediante el cual se otorga el registro, es decir, el permiso para que el programa sea ofrecido. Lista de verificación de diseños curriculares: Instrumento que expide la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA) (Decreto ejecutivo No. 511 del 5 de julio de 2010, el Decreto Ejecutivo No. 176 del 30 de marzo de 2011 y Decreto Ejecutivo No. 949).

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1.5 PROCEDIMIENTO: Las ideas de proyecto a desarrollar serán previamente aprobadas por el Consejo Académico, previa presentación de un anteproyecto validado por la Rectoría, la Vicerrectoría Académica, el Decano de la Facultad y el estudio de perfectibilidad. El disciplinar puede ser propuesto por el generador de la idea o por el Vicerrector Académico o la Rectoría. Los programas académicos en todas sus modalidades deben cumplir, desde su creación, con las condiciones mínimas de calidad que establezca la legislación vigente. Tales como:

- Ley 30 del 20 de julio de 2006.

El artículo No. 34 de la Ley 30 de julio de 2006 que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria señala que: “Cualquier modificación de los estatutos, de los planes de estudio y de la creación de nuevas carreras, requerirá autorización del Ministerio de Educación, previa aprobación del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá y de la Comisión Técnica de Fiscalización.”

- Decreto Ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010.

El Decreto 511 en su artículo No. 85 señala que: “Las universidades particulares presentarán a la Comisión Técnica de Fiscalización, los planes y programas de estudios de las carreras de pregrado, grado y postgrado, para su evaluación y aprobación, a fin de determinar si los mismos cumplen con los requisitos mínimos de estudio.” De acuerdo con el artículo 91 del Decreto Ejecutivo 511, se establece el número de créditos para los niveles de las carreras, así:

CARRERAS CRITERIOS

TÉCNICAS Entre 90 y 120 créditos distribuidos en un periodo mínimo de dos (2) años.

LICENCIATURAS Entre 140 y 180 créditos distribuidos en un periodo de 3.5 años mínimo (11 cuatrimestres mínimo).

- Arquitectura, Ingenierías, Derecho,

Educación, Odontología, Medicina,

Optometría, Medicina Veterinaria.

Mínimo de 180 créditos, distribuidos en un período de cuatro (4) años mínimo (12 cuatrimestres mínimo).

- Título de Profesor de Segunda

Enseñanza o Profesor de Educación

Media Diversificada.

Se otorga después de obtener el título de Licenciado/a. 50 créditos en el área de formación incluyendo la práctica docente.

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ESPECIALIZACIONES Mínimo 35 créditos.

MAESTRÍAS PROFESIONAL: Orientadas a la profundización en los conocimientos y preparación profesional. Mínimo de 55 créditos. Opción de grado: a. Examen general de conocimientos sin valor de créditos. b. Práctica Profesional en títulos cuya idoneidad la requiera. c. Pasantía nacional o internacional con informe de aportes debidamente certificados. d. Sustentación de un proyecto final o negocio que incluya la aplicación de los conocimientos de la especialización.

ACADÉMICAS: Orientadas a la investigación. Mínimo de 55 créditos. Opción de grado: a. Tesis.

DOCTORADOS Mínimo de 60 créditos. Formación de profesionales calificados en una determinada área de conocimiento, capaces de hacer aportes originales en su campo de especialización, a través de la investigación. OPCIÓN DE GRADO: a. Tesis Doctoral.

- El Decreto Ejecutivo No. 176 del 30 de marzo de 2011 modificó algunos

artículos del Decreto 511 por lo que debe ser tenido en cuenta en el momento

de la creación de un programa académico.

ASIGNATURAS OBLIGATORIAS POR LEY PANAMEÑA:

ASIGNATURA LEY O DECRETO

Español Ley 25, Gaceta Oficial 24,085 del 29-6-00.

Inglés Ley 2, Gaceta Oficial 24,720 del 16-1-03.

Geografía de Panamá Decreto Ejecutivo 719, Gaceta Oficial 24,955 del 23-12-03.

Historia de Panamá Decreto Ejecutivo 719, Gaceta Oficial 24,955 del 23-12-03.

Educación Ambiental Ley 10, Gaceta Oficial 22,068 del 1-7-1992.

De acuerdo con la normativa vigente, se ha de tener en cuenta en la creación de programas académicos a nivel de pregrado y grado en la Universidad de Santander Panamá, que las asignaturas obligatorias y las del área de humanidades deberán ser incluidas en los planes de estudio de la siguiente forma:

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NOMBRE

DE LA

ASIGNATURA

NÚMERO

DE

ASIGNATURAS

TOTAL

DE

CRÉDITOS

TOTAL

DE

HORAS

UBICACIÓN EN EL

CUATRIMESTRE

Teóricas Práctica

s

Español 1 3 3(48) 0 I

Historia de Panamá 1 3 3(48) 0 II

Geografía de Panamá 1 3 3(48) 0 III

Educación Ambiental 1 3 3(48) 0 IV

Ética 1 3 3(48) 0 V

Socio antropología 1 3 3(48) 0 VI

Psicología 1 3 3(48) 0 VII

Inglés 1 3 3(48) 0 I,II,II,IV

El número de créditos se calculará así: el número de horas por crédito.

Horas teóricas deben ser múltiplos de 16 (presenciales).

Horas prácticas múltiplos de 32.

Horas de laboratorio múltiplos de 48 horas.

- 1 crédito es = 1 hora presencial x semana.

- 1 crédito es = 2 horas prácticas x semana.

- 1 crédito es = 3 horas de laboratorio x semana.

El experto disciplinar que elabore el programa, tendrá el apoyo de la Vicerrectoría Académica, Unidad de Educación Virtual y Desarrollo Docente, la Decanatura de la Facultad correspondiente, la Unidad Técnica de Evaluación, la Unidad de Contabilidad y Finanzas, y de todas aquellas dependencias de las que requiera información. El contenido del texto del documento, atiende lo reglamentado en el respectivo Decreto de ley vigente para la oferta de programas académicos y las demás normas que regulen la disciplina o área de programa. La información debe ser lo más actualizada posible y sus fuentes deben estar claramente identificadas en el documento. Los anexos, tablas y gráficos, entre otros, deben de estar debidamente identificados y relacionados. La presentación del documento se regirá por la correspondiente Norma Técnica vigente para tal fin, o de acuerdo con los parámetros establecidos por la institución a la cual va dirigido el programa. (Ver anexos 1 al 7). Una vez iniciado el proceso de registro, cualquier comunicación oficial que llegue a la Rectoría sobre el programa debe ser informada a los directamente involucrados en la Creación del Programa, Vicerrectoría Académica y Decano.

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2. CONTENIDO DEL PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE PROGRAMAS

ACADÉMICOS DE PREGRADO, GRADO O POSTGRADO.

2.1. OBJETIVO: El presente procedimiento tiene como fin definir las actividades que garanticen la eficacia de la actualización de los programas académicos. 2.2. ALCANCE: Este procedimiento comprende desde la autoevaluación del programa académico hasta la aprobación del mismo. 2.3. RESPONSABLE: Coordinadores de programas académicos. 2.4. DEFINICIONES: Condiciones de Calidad: Elementos valorativos que inspiran la apreciación de las condiciones iniciales de la institución y la evaluación de las características de la calidad del programa académico objeto de análisis. Documento del Programa Académico: Documento que expresa el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad del programa académico según lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA). Comité Curricular: Está conformado por un grupo de docentes del programa académico expertos en las asignaturas que van a revisar y con capacitación en currículo y liderado por el coordinador del programa académico. Lista de Verificación de Diseños Curriculares: Instrumento que expide la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA) (Decreto ejecutivo No. 511 y sus modificaciones, el Decreto Ejecutivo No. 176 del 30 de marzo de 2011). Este procedimiento se realizará cada 6 (seis) años de acuerdo con la norma vigente, basados en los informes de autoevaluación como proceso continuo, integral y participativo que permita identificar una problemática analizarla y explicarla mediante información relevante, que sirve para llevar a cabo las reformas para adaptarse mejor a las demandas permanentes de las variables científicas, humanas, tecnológicas y políticas del entorno. Se hace la revisión general del plan de estudios involucrados a los integrantes del comité curricular e invitando a un representante de los miembros de la comunidad académica (egresados, empresarios, estudiantes). En dichas reuniones deberá crearse un instrumento de medición del plan de estudios (encuestas, entrevistas, etc.).

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Con base del instrumento definido en las reuniones de revisión del plan de estudios, se aplicará el mismo a los estudiantes, docente, graduandos y empresarios interesados en la actualización del plan de estudios. Una vez aplicado el instrumento de medición de la efectividad del plan de estudios, se procederá a analizar la información recolectada, con el fin de definir la pertinencia de su actualización. Si se define la pertinencia de la actualización del plan de estudios del programa académico, el comité curricular deberá proceder a analizar el contenido de la reforma que pretende hacerse y a construir un documento donde se explique los contenidos cambiados, se justifique la pertinencia de dichas actualizaciones y se hagan las modificaciones al programa académico. Adicionalmente, un cuadro comparativo del plan de estudios vigente y el plan de estudios propuesto. El contenido del documento de actualización del plan de estudios, deberá contener lo exigido por la lista de verificación de actualización de diseño curricular de pregrado, grado y postgrado expedida por la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA), dependiendo de la modalidad del programa académico. Finalmente, realizará una reunión de presentación de la actualización del plan de estudios con los actores participantes en la construcción del documento, ante el Decano de la Facultad y los docentes del programa académico. Ante la desaprobación de la propuesta por parte de la comunidad académica deberá procederse a plantear espacios de discusión donde se discuta la reforma. Una vez agotadas las instancias anteriores el Consejo de Facultad aprueba la reforma y esta es elevada ante el Consejo de Facultad para su aprobación final y registro ante la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA). El flujograma contenido en la siguiente página, refleja el procedimiento anteriormente descrito.

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FLUJOGRAMA DESCRIPCIÓN DOCUMENTOS RESPONSABLE

INICIO

Elaborar el ante

proyecto

Revisar

anteproyecto

Realizar Con Es Viable? No

2 ajustes observaciones

Si

Gestión

contratación disciplinar

Construcción del documento del

proyecto

Presentación del proyecto a Decanatura

Presentación del

proyecto al Consejo Académico

Aprobar creación del programa

Emitir acuerdo de creación

Revisión de completitud

1

Generación de idea de proyecto de programa

Alta dirección/ Comunidad Académica

Elaboración del anteproyecto

Disciplinar propuesto, Educación Virtual y Desarrollo Docente

Revisión del anteproyecto. En caso de ser validado se continúa con el proceso; por el contrario se desiste.

Vicerrector Académico

Decano de la Facultad

Gestión de contratación del disciplinar

Acta de Reuniones

Talento humano

Construcción del documento del proyecto

Documento del programa

Disciplinar, Educación Virtual y Desarrollo Docente

Presentación del proyecto a la Decanatura de la Facultad a la cual está adscrito.

Disciplinar

Presentación del proyecto ante el Consejo Académico.

Disciplinar

Aprobar la Creación del Programa

Consejo

Académico

Emitir acuerdo de Creación

Acuerdo Secretaría General

Enviar a la Unidad Técnica de Evaluación Institucional documentación para revisión de completitud

Decanatura de

Facultad

Revisión completitud Unidad Técnica

de Evaluación

Radicar documentación

Rectoría

Entregar copia documentación a Secretaría General

Rectoría

Gestión del pago a la CTDA.

Rectoría

8

Gestión comunicaciones con la CTDA.

Unidad Técnica de Evaluación

Espera respuesta de CTDA Comunidad

Académica

Realizar ajustes en caso que la CTDA lo requiera

Disciplinar

En caso de que se realice visita por pares preparar la logística d e l a visita de pares requiere

Unidad Técnica de Evaluación

Atender la visita de pares

Disciplinar / Altas Directivas /

Unidad Técnica de Evaluación

Esperar resolución de Aprobación del Registro

Comunidad Académica

9

Fuente: Vicerrectoría Académica, 2015.

FLUJOGRAMA DESCRIPCIÓN DOCUMENTOS RESPONSABLE

1

Radicar documentación

Entregar copia

documentación a Secretaría General

Gestión de pago

ante la CTDA

Esperar respuesta de la CTDA y realizar

ajustes si se requiere.

Si se requiere visita por pares preparar

logística de la misma

Responder requerimientos de

la CTDA en caso necesario

Esperar resolución de aprobación del

programa

Socializar la Resolución de

aprobación

2

FIN

Socialización de la aprobación del Registro

Rectoría

10

ACTUALIZACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS

DIAGRAMA DESCRIPCIÓN DOCUMENTO RESPONSABLE

INICIO

Necesidad de

realizar reforma del currículo

Revisar

resultados de la

Autoevaluación

Revisar el plan de estudios

Medición y análisis del plan de estudios

Definir y analizar el contenido de la

reforma

Documentación y justificación de los

cambios

Verificar el contenido de la

reforma

Presentación de la

reforma para aprobación

Es aprobada? NO Realizar discusión y

ajustes

SI Presentar ante

el Consejo Académico

Registro ante Unidad Técnica de

Fiscalización

FIN

Cada 6 años de acuerdo con la norma se realiza el proceso de reforma del currículo

Currículo vigente

Coordinador del Programa Académico, Comité Curricular, unidad de desarrollo docente y educación virtual

Revisar los resultados de la autoevaluación

Informe de Autoevaluación

Coordinador del Programa Académico, Comité Curricular

Revisar el plan de estudios

Currículo vigente

Comité curricular/ Miembros de la Comunidad académica

Medición y análisis del plan de estudios

Instrumento de medición (encuesta, entrevista, etc.)

Comité curricular/ Miembros de la Comunidad académica

Definir y analizar el contenido de la reforma

Currículo vigente Vs currículo propuesto

Coordinador del Programa Académico, Comité Curricular, unidad de educación virtual y desarrollo docente

Documentación y justificación de los cambios

Cuadro comparativo

Coordinador del Programa Académico, Comité Curricular

Verificar el contenido de la reforma

Lista de Verificación de actualización de diseño curricular (CTDA)

Coordinador del Programa Académico, Decano de la Facultad

Presentación de la reforma

Currículo actualizado

Coordinador del Programa Académico

Aprobar la reforma Currículo actualizado Consejo de Facultad

Si existe desaprobación, realizar discusión.

Currículo actualizado

Coordinador del Programa Académico, Comité Curricular

Presentar ante el Consejo Académico

Currículo actualizado con modificaciones sugeridas

Coordinador del Programa Académico

Registro ante CTDA

Currículo actualizado aprobado

Rectoría

Fuente: Vicerrectoría Académica, 2015.

11

CONTROL DE CAMBIOS

FECHA VERSIÓN DESCRIPCIÓN PÁG.

MAYO 2016 2 Actualization del documento

12

ANEXOS

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Anexo 1. Lista de Verificación de Diseños Curriculares Pregrado y

Grado en modalidad presencial.

Anexo 2. Lista de Verificación de Actualización de Diseños

Curriculares de Pregrado y Grado en modalidad presencial.

Anexo 3: Lista de Verificación de Diseño Curricular de Pregrado y Grado en modalidad a Distancia

Anexo 4. Lista de Verificación de Actualización de Diseño Curricular de Pregrado y Grado en modalidad a Distancia.

Anexo 5. Lista de Verificación de Diseño curricular Postgrado en modalidad presencial.

Anexo 6. Lista de Verificación de Actualización de Diseño Curriculares de Postgrado en modalidad presencial.

Anexo 7. Lista de Verificación de Diseño Postgrado en modalidad a Distancia.

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