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enseñanza federación de enseñanza de comisiones obreras CC.OO. informa CC.OO. informa CC.OO. informa CC.OO. informa CC.OO. informa Plaza de Cristino Martos, 4, 4º 28015 Madrid Teléf. 91 540 92 03 www.fe.ccoo.es Afiliada a la Internacional de la Educación (IE) y Al Comité Sindical Europeo de la Educación (CSEE) FIRMADO EL XIV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 19 de julio de 2012. La Federación de Enseñanza de CCOO suscribió el paso día 12 de julio de 2012 la decimocuarta edición del Convenio Colectivo del sector de la discapacidad. 1º. El XIV Convenio Colectivo tiene el acuerdo de los dos sindicatos de modo que recuperamos la unidad de acción en este gran sector y FETE-UGT y la Federación de Enseñanza de CCOO asumen un nuevo compromiso de trabajo conjunto para los próximos años. 2º. El Convenio Colectivo consigue que la ultraactividad pactada se incorpore de nuevo a la legalidad en este sector, de este modo, en la próxima negociación dispondremos de un convenio colectivo hasta que entre en vigor el nuevo, sin plazos que nos atenacen la negociación. 3º.Otro hito importante es la posibilidad de mantener permanentemente abierta la negociación de modo que en cualquier momento se puede modificar por acuerdo entre los sindicatos y las patronales algún artículo del convenio colectivo sin esperar a que el convenio termine su vigencia. De este modo podemos negociar y acordar todos los problemas que se vayan presentando. 4º. El mantenimiento de los salarios también ha sido pactado en el convenio colectivo precisamente en el momento que se están aplicando rebajas salariales de hasta el 20% de los sueldos en sectores tan parecidos al nuestro como es el caso de la enseñanza concertada o en otros ámbitos similares de la discapacidad públicos, semi- públicos y entidades de servicios. 5º. Hemos pactado en el XIV Convenio Colectivo el Salario Mínimo Garantizado del convenio colectivo para que no prosperen los intentos de pactar en ámbitos inferiores (autonómicos, provinciales o de empresas) salarios más pequeños a los establecidos en las tablas salariales del convenio colectivo.

Acuerdos XIV Convenio de Especial

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Principales acuerdos

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Plaza de Cristino Martos, 4, 4º 28015 Madrid Teléf. 91 540 92 03

www.fe.ccoo.es Afiliada a la Internacional de la Educación (IE) y Al Comité Sindical Europeo de la Educación (CSEE)

FIRMADO EL XIV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 19 de julio de 2012. La Federación de Enseñanza de CCOO suscribió el paso día 12 de julio de 2012 la decimocuarta edición del Convenio Colectivo del sector de la discapacidad. 1º. El XIV Convenio Colectivo tiene el acuerdo de los dos sindicatos de modo que recuperamos la unidad de acción en este gran sector y FETE-UGT y la Federación de Enseñanza de CCOO asumen un nuevo compromiso de trabajo conjunto para los próximos años. 2º. El Convenio Colectivo consigue que la ultraactividad pactada se incorpore de nuevo a la legalidad en este sector, de este modo, en la próxima negociación dispondremos de un convenio colectivo hasta que entre en vigor el nuevo, sin plazos que nos atenacen la negociación. 3º.Otro hito importante es la posibilidad de mantener permanentemente abierta la negociación de modo que en cualquier momento se puede modificar por acuerdo entre los sindicatos y las patronales algún artículo del convenio colectivo sin esperar a que el convenio termine su vigencia. De este modo podemos negociar y acordar todos los problemas que se vayan presentando. 4º. El mantenimiento de los salarios también ha sido pactado en el convenio colectivo precisamente en el momento que se están aplicando rebajas salariales de hasta el 20% de los sueldos en sectores tan parecidos al nuestro como es el caso de la enseñanza concertada o en otros ámbitos similares de la discapacidad públicos, semi-públicos y entidades de servicios. 5º. Hemos pactado en el XIV Convenio Colectivo el Salario Mínimo Garantizado del convenio colectivo para que no prosperen los intentos de pactar en ámbitos inferiores (autonómicos, provinciales o de empresas) salarios más pequeños a los establecidos en las tablas salariales del convenio colectivo.

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6º. La pérdida de los trienios ha sido otro caballo de batalla al que venimos haciendo frente. Y también en este caso hemos conseguido que no se perdiera la cantidad que nos pagaban. Realmente se cambia el trienio por el complemento de desarrollo profesional que también se pagará cada tres años y por el mismo valor, y con el mismo tipo de acumulación cada tres años. 7º. Hemos pactado el cambio de la clasificación profesional pues la nueva ley del PP obliga a eliminar las categorías profesionales y disponer solo de grupos profesionales para facilitar la movilidad funcional en la empresa sin coste alguno. Nosotros hemos pactado los salarios de los puestos de trabajo y de los perfiles profesionales y así hemos evitado que en el futuro nos obliguen a realizar tareas de la categoría superior con el sueldo de la categoría más barata. 8º. La nueva clasificación profesional también incorpora el acuerdo para subirle el salario a las categorías que menos cobraban en el anterior convenio colectivo. Y en este mismo sentido se ha mejorado el salario de la categoría de operario para superar el SMI en aquellos puestos de trabajo que no precisen la asistencia casi permanente de otra persona. 9º. Frente a la propuesta patronal de eliminar los días de permiso retribuido (6 en atención especializada, 4 en centros especiales de empleo y 3 en centros educativos) hemos alcanzado un acuerdo en el convenio para ampliar 3 más los días de vacaciones anuales. De esto modo las vacaciones anuales serán un total de 22 días laborables más 3 días laborables de vacaciones, en total 25 días sin contar sábados, domingos, festivos o días en que se encuentre el trabajador o trabajadora en situación de Incapacidad Temporal (baja por enfermedad). 10º. El complemento salarial para cuando se está de baja hemos conseguido un pacto para que las bajas que más se usan tengan una mejor compensación de modo que han quedado un 25% mejor retribuidas que las que tienen que aplicar en otros sectores públicos, semi´públicos o concertada donde se aplicará al 50% del sueldo del mes anterior de conformidad con el decreto del Gobierno que se aprobó el día 13 de julio de 2012.