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Adjudicacion Bien Inmueble Melipilla

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Page 1: Adjudicacion Bien Inmueble Melipilla

COMPRA Y VENTA Y ADJUDICACION EN REMATE

PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

MONICA ALBORNOZ ALBORNOZ-A-

IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ

EN MELIPILLA, REPUBLICA DE CHILE, a Primero de Septiembre del dos mil

catorce, ante mí, ANDREA AURORA DEL SOLAR ROJAS, Abogado, NOTARIO PUBLICO, suplente de la titular doña ROSEMARIE MERY RICCI, según Decreto

Judicial, inserto bajo el numero ciento nueve, de este registro, domiciliada en calle

Serrano doscientos sesenta y cuatro, de esta ciudad, comparecen: don GUSTAVO OSCAR CAMPAÑA GONZALEZ, chileno, casado, abogado, cedula de identidad

numero nueve millones novecientos siete mil novecientos veintiséis guion seis, en

su calidad de Juez Interino del Primer Juzgado de Letras de Melipilla, rol único

tributario numero sesenta millones trescientos seis mil cuarenta y tres guion uno,

ambos con domicilio en calle correa numero cuatrocientos noventa, comuna de

Melipilla, en representación legal de la ejecutada, doña MONICA ALBORNOZ ALBORNOZ, chilena, casada, cedula nacional de identidad numero ocho millones

ochocientos setenta mil noventa guion dos, por una parte como vendedor, y en su

oficio, por otra parte como comprador doña IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ, chilena, casada, egresada de derecho, cedula nacional de identidad

numero diez millones setecientos ochenta y cuatro mil dieciocho guion cuatro,

domiciliada en calle Ahumada numero doscientos cincuenta y cuatro,

departamento ochocientos diez, comuna de Santiago, los comparecientes

mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cedulas citadas y

exponen: PRIMERO: Que por este resolución de

fecha-------------------------------------------------, se ordeno reducir a escritura publica la

pertinente acta de venta en remate y adjudicación del inmueble ubicado en calle

Educadoras Hermanas Marambio numero cero ciento ochenta y cinco,

departamento trescientos tres, tercer piso, edificio o block veinte, perteneciente a

la copropiedad once, manzana F, de la población las Ostolazas, comuna de

Melipilla, región Metropolitana, que deslinda: NORPONIENTE: en tramo veintiséis

guion veintisiete de veinticuatro coma veinte metros con pasaje empresario

Manuel Ariztia y en tramo veintiocho guion veintiocho A de diez coma cero cero

metros con copropiedad diez; NORORIENTE: en tramo veinticinco guion veintiséis

de treinta y uno coma cincuenta metros con calle Educadoras Hermanas

Marambio; SURORIENTE: en tramo veinticuatro guion veinticinco de treinta y

Page 2: Adjudicacion Bien Inmueble Melipilla

cuatro coma veinte metros con Avenida Demetrio Bravo; SURPONIENTE: en

tramo veintiocho A guion veinticuatro de veintisiete coma cero cero metros y en

tramo veintisiete guion veintiocho de cuatro coma cincuenta metros con

copropiedad diez.- lo adquirió por compra al serviu metropolitano, singularizada en

el plano de copropiedad inmobiliaria, lamina DE- cuatro mil doscientos cuarenta y

seis guion A CP guion once, el que se encuentra archivado bajo el numero

quinientos cuarenta y uno del registro de propiedad del conservador de bienes

raíces de Melipilla del año dos mil seis. SEGUNDO: por este acto Doña CAMILA BEATRIZ RIQUELME CISTERNAS, chilena, abogada, cedula nacional de

identidad numero trece millones cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y tres

guion dos, en su calidad de Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Melipilla,

en representación legal de la ejecutada doña MONICA ALBORNOZ ALBORNOZ, cede y transfiere, el inmueble ya singularizado en la clausula anterior, a doña IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ, quien se adjudica, acepta y adquiere para

si la referida propiedad, para cuyo efecto a continuación se reduce a escritura

publica el acta de venta en remate y adjudicación del inmueble antes

singularizado, correspondiente a la adjudicación cuyo texto es el siguiente: “ la

juez titular del primer juzgado de letras de Melipilla, doña CAMILA BEATRIZ RIQUELME CISTERNAS, en la calidad en que comparece y estando ejecutoriada

la resolución de fecha treinta y uno de diciembre del dos mil doce que ordena

extender la escritura publica de adjudicación, según consta de la certificación de

fecha veinte de marzo del año dos mil trece, ambas del expediente rol numero c

guion setenta y cinco mil ciento sesenta y uno guion dos mil nueve, caratulados “

SELMAN CON ALBORNOZ”, quien concede y transfiere a doña IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ, ya antes singularizada, quien se adjudica,

adquiere y acepta, todos los derechos que les correspondan sobre la propiedad ya

antes singularizada. TERCERO: el otorgamiento y adjudicación es de

------------------------------------, cantidad que el adeudaba y se declara íntegramente

pagado. CUARTO: en atención a lo previsto en el articulo cuatrocientos noventa y

cinco del código de procedimiento civil que ordena insertar en la respectiva

escritura publica de adjudicación y venta en remate todos los antecedentes

necesarios, y teniendo presente lo previsto en el articulo cuatrocientos diez del

código orgánico de tribunales, a fin de dar cabal cumplimiento a la disposición

legal citada, en copias autorizadas, de los mismos autos, quien a petición de las

partes deja expresa constancia de la exhibición disponiéndose que se agregue a

la escritura y como parte integrante de la misma, fotocopia autorizada de todos los

antecedentes necesarios del expediente judicial antes individualizado, las que

para estos efectos se agregan al final del repertorio numero mil ochocientos treinta

y nueve guion dos mil trece. QUINTO: el otorgamiento y adjudicación de la

propiedad singularizada en la clausula primera, se hace como especie o cuerpo

cierto, con todo lo construido y plantado en ella, en el estado en que actualmente

se encuentre y que el adjudicador declara conocer, con todos sus usos,

Page 3: Adjudicacion Bien Inmueble Melipilla

costumbres, derechos y servidumbres activas y pasivas, libre de todo gravamen,

prohibición o embargo. SEXTO: Se faculta al portador de copia autorizada de la

presente escritura para requerir al Conservador de Bienes Raíces respectivo, las

inscripciones, subinscripciones, cancelaciones y demás anotaciones que

correspondan. Especialmente para requerir la anotación de la presente escritura al

margen de la matriz de la escritura publica suscrita ante el notario publico de

Melipilla, doña ROSSEMARIE MERY RICCI, de fecha veintinueve de agosto del

año dos mil trece, repertorio numero mil ochocientos treinta y nueve guion dos mil

trece.- En comprobante y previa lectura firman los comparecientes. Se da copia.

Doy fe.

_________________________JUEZ INTERINO DEL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

_________________________IRIS DEL CARMEN SELMAN ALBORNOZ

C.I. 10.784.018-4