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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958 LUNES 15 DE JUNIO DE 2015 NÚMERO 113 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Cabezuela del Valle Modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día ............................................................................ Página 3 Casar de Cáceres Baja en el Padrón Municipal de Habitantes ..................................... Página 25 Cedillo Expediente de modificación de créditos n.º 5/2015 ......................... Página 27 Expediente de modificación de créditos n.º 6/2015 ......................... Página 28 Expedientes de modificación de créditos n.º 7/2015 ....................... Página 29 Procedimiento abierto arrendamiento Inmuebles ............................ Página 30 Coria Licencia Municipal de Instalación de Actividad ................................ Página 32 Garganta la Olla Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014........................... Página 33 Garrovillas de Alconétar Expediente de modificación de créditos n.º 4/2015 ........................ Página 34 Malpartida de Cáceres Convocatoria pruebas selectivas de varias plazas mediante contrato laboral tempo- ral ............................................................................................ Página 35 Valverde de la Vera Proyecto de reparcelación........................................................... Página 36 Valverde del Fresno Archivo expediente cambio de titularidad de actividad..................... Página 37 Vegaviana Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014........................... Página 38

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Lunes

15 de Junio de 2015 número 113

ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTOSCabezuela del Valle

Modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día ............................................................................ Página 3

Casar de CáceresBaja en el Padrón Municipal de Habitantes ..................................... Página 25

Cedillo Expediente de modificación de créditos n.º 5/2015 ......................... Página 27Expediente de modificación de créditos n.º 6/2015 ......................... Página 28Expedientes de modificación de créditos n.º 7/2015 ....................... Página 29Procedimiento abierto arrendamiento Inmuebles ............................ Página 30

CoriaLicencia Municipal de Instalación de Actividad ................................ Página 32

Garganta la Olla Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014 ........................... Página 33

Garrovillas de Alconétar Expediente de modificación de créditos n.º 4/2015 ........................ Página 34

Malpartida de CáceresConvocatoria pruebas selectivas de varias plazas mediante contrato laboral tempo-ral ............................................................................................ Página 35

Valverde de la VeraProyecto de reparcelación ........................................................... Página 36

Valverde del FresnoArchivo expediente cambio de titularidad de actividad ..................... Página 37

Vegaviana Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014 ........................... Página 38

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIATRIbUNAL SUpERIOR DE JUSTICIA DE ExTREMADURASecretaría de GobiernoCáceres

Corrección de error ..................................................................... Página 39

JUzGADO DE LO SOCIAL - 1 DE SEVILLASocial ordinario 455/2013 ........................................................... Página 40

JUzGADO DE LO SOCIAL - 2 DE CáCERESEjecución de Títulos No Judiciales 70/2015 .................................... Página 43Seguridad Social 41/2015 ........................................................... Página 47Ejecución de Títulos No Judiciales n.º 71/2015 ............................... Página 49

JUzGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE CáCERESExpediente de Dominio. Inmatriculación 0375/2015 ....................... Página 53

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CAbEzUELA DEL VALLE

ANUNCIO. Modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Resi-dencia de Mayores y Centro de Día

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día “ Virgen de Peñas Albas de Ca-bezuela del Valle, de fecha 23-03-2015, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento; y ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Se modifica el Título Preliminar del Capítulo 1º, y el Capítulo 2º, que quedan redactados como sigue:I.2.- Título Preliminar

La Residencia de Mayores y Centro de Día “Virgen de Peñas Albas” de Cabezuela del Valle (Cáceres), es un centro residencial que está destinado a personas con autonomía, a las que les prestará servicios de hospedaje, alimentación y aquellos otros tendentes a cubrir las necesidades básicas de las personas usuarias, que cataloga la atención que presta a sus residentes así:Todos los servicios que se presten en la residencia deberán de acomodarse en todas sus condiciones al uso residencial, como razón de ser y finalidad principal del mismo.A la Residencia de Mayores y Centro de Día “ Virgen de Peñas Albas” de Cabezuela del Valle ( Cáceres), al Ayuntamiento de la localidad y en su caso al gestor del servicio, le corresponde velar por la observancia de las normas establecidas en este Reglamento, así como en general, supervisar todos los servicios del Centro y, en su caso, tomar las medidas necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo, de forma que este se adapte a las necesidades de las personas usuarias y a las normas que sean de apli-cación.De este Reglamento de Régimen Interno se entregará un ejemplar a los usuarios en el momento de su ingreso en el Centro, y será de aplicación a todas las personas residentes en el centro, así como al personal que preste sus servicios en el mismo, en lo que sea de aplicación.

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Así mismo tendrá que ser observado por los visitantes en todo aquello que les afecte.

CAPITULO II.- SOLICITUDES Y SISTEMA DE ADMISIÓN Y BAJAS

1. Requisitos:Podrán adquirir la condición de residentes de la Residencia de Mayores y Cen-tro de Día “Virgen de Peñas Albas” de Cabezuela del Valle (Cáceres), todas las personas que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto 88/96 y los que en este Reglamento Interno se establezcas, que serán los siguientes:

a) Tener cumplidos los 65 años en el momento de solicitar el ingreso.b) Los pensionistas podrán solicitar el ingreso una vez cumplidos los 60 años.c) La edad mínima de admisión se podrá reducir excepcionalmente a los 50 años, en el caso de personas con algún tipo de discapacidad, cuyas cir-cunstancias personales, familiares y/o sociales lo aconsejen.d) Los solicitantes de servicios ofertados para ancianos no residentes, de-berán cumplir los requisitos de edad mínima establecidos en los apartados anteriores.e) Podrán ser admitidos los cónyuges, parejas de hecho o parientes por consanguinidad hasta el primer grado. (línea directa) f) No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni trastornos de conducta que impidan el normal desarrollo de la convivencia con el resto de los usuarios y el personal del Centro.g) No haber sido sancionado con la expulsión de otro centro público o pri-vado de atención a personas mayores.h) Tendrán preferencia los nacidos en esta localidad y los que acrediten 1 año como mínimo de empadronamiento en el municipio.i) Estar en condiciones de poder valerse por sí mismo para las actividades básicas de la vida diaria.j) Los solicitantes no residentes que hayan nacido en Extremadura y que tienen la condición de extremeñidad o transeúntes en situación de emer-gencia, tal y como se recoge en el Art. 2ª de la Ley 5/87, de 23 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, podrán igualmente instar su solicitud.

2. Solicitudes: Las solicitudes de ingreso, se presentarán en el Registro General del Ay-untamiento de Cabezuela del Valle (Cáceres), pudiendo hacerlo durante todo el año natural y por cualquiera de los medios previstos en el Art. 38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.El ingreso en el Centro tendrá un carácter voluntario, debiendo mediar so-licitud expresa del interesado.

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La información, tramitación y valoración de las solicitudes de ingreso se ll-evará a cabo por el/la trabajador/a social del Servicio Social de Base.

Las solicitudes de ingreso se ajustarán al modelo oficial, y a las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación:a) Fotocopia del D.N.I. del/ de los solicitantes.b) Certificado de empadronamiento y convivencia (unidad familiar), expe-dido por el Ayuntamiento en el que resida habitualmente el/la solicitante.c) Informe médico normalizado (Según Anexo II), en el que se especifique si el /la solicitante padece enfermedad infecto contagiosa y/o enfermedad mental, y si tiene, en su caso, trastornos mentales o psiquiátricos que puedan impedir el normal desarrollo de las relaciones de convivencia en el Centro.d) Certificado de pensiones expedido por el INSS, o el Organismo corre-spondiente.e) Fotocopia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente al último ejercicio tributario de IRPF, o en caso de no estar obligado a ello, certificado de Hacienda en el que se haga constar esta circunstancia, y en ese caso Certificado de Imputaciones.f) Certificado de bienes rústicos y urbanos, expedido por el Ayuntamiento del municipio de residencia.g) Declaración jurada en modelo normalizado sobre ingresos y bienes (propiedades mobiliarias e inmobiliarias).h) Compromiso de un familiar en el que este se compromete a hacerse cargo del/ la residente en el plazo de 15 días en el caso de que se pierda la condición de persona con autonomía. (Anexo IV).Una vez completo el expediente se procederá a su baremación por parte del Servicio Social de Base, conforme a los criterios del anexo del Decreto 88/1996, de 4 de junio, por el que se regula el régimen de acceso a centros residenciales dependientes de la Consejería de Bienestar Social para per-sonas mayores, confeccionando un listado de peticionarios que se ordenará por riguroso orden de puntuación.

3. Ingreso en el centro.El ingreso en el Centro tendrá carácter voluntario, debiendo mediar solicitud expresa del interesado.El ingreso se realizará previa Resolución favorable de la Alcaldía, previo informe propuesta de/a Trabajadora Social, que actuará siguiendo el es-tricto orden de puntuación de la lista de espera. La prioridad del ingreso vendrá determinada por las circunstancias personales y familiares, recursos económicos, situación de soledad y abandono, condiciones físicas, psíquicas y sociales. En el supuesto de que una persona solicitante, a pesar de reunir las condiciones exigidas para adquirir la condición de persona usuaria resi-dente, no pueda ser admitida por falta de plazas, entrará a formar parte de la lista de espera.

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Los ingresos de los solicitantes con plaza adjudicada se producirán en un plazo no superior a 10 días desde la notificación que deberá realizar el Servi-cio Social de Base, expresando en ella la fecha a partir de la cual se podrá efectuar el ingreso y la tarifa a satisfacer, con las exenciones o reducciones si procedieran. Podrá solicitarse aplazamiento de ingreso de hasta un mes por causas de fuerza mayor debidamente justificadas.Si no ingresara en este plazo o se negara a firmar el documento de acep-tación de las normas de convivencia recogidas en el Reglamento de Régimen Interior de la Residencia de Ancianos, se entenderá por decaído el derecho de admisión e ingreso ocupando su lugar el siguiente de la lista de espera.El nuevo residente firmará un documento de ingreso en el que figure la acep-tación expresa de las normas contempladas en el Reglamento de Régimen Interior, así como de las condiciones económicas derivadas de su condición de residente.Si el residente no supiese firmar, colocará la huella dactilar del dedo índice derecho en el lugar reservado para su firma, delante de la autoridad admin-istrativa o técnica competente de este Ayuntamiento, que firmará debajo de la impresión dactilar. De no saber firmar el responsable o representante, se actuará de idéntica forma que para la persona residente o usuaria del Centro.Se establece un período de adaptación de la persona usuaria del centro de veinte días naturales siguientes a la fecha de ingreso.

4. Bajas de los/las residentes.La condición de residente o persona usuaria del Centro se perderá por alguna de las siguientes causas:a) A petición propia.b) Por fallecimiento.c) Por sanción disciplinaria.

El contrato podrá rescindirse a instancia del Centro cuando el/la residente incurra en alguna de las siguientes circunstancias: √ El impago de cualquiera de los recibos por su estancia en el Cen-tro. √ No respetar las normas de convivencia del Centro. √ Entorpecer la buena marcha del Centro. √ La embriaguez habitual o la drogadicción. √ La desidia y abandono de su higiene personal, negándose a recibir la asistencia del personal del Centro. √ El acoso sexual, o de otra índole, o su tentativa, o cualquier otro tipo de vejaciones a otra de las personas residentes o al personal del Cen-tro. √ El traslado a otro Centro. √ La ausencia injustificada del Centro cuando esta sea superior a cuatro días.

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√ Por sanción derivada del Reglamento de Régimen Interno. BAREMO REGULADOR DEL RÉGIMEN DE ACCESO A LA RESIDENCIA DE MAYORES “ VIRGEN DE PEÑAS ALBAS” DE CABEZUELA DEL VALLE. 1.-SITUACION SOCIOFAMILIAR (32 PUNTOS)

1.- AYUDA QUE NECESITA PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES IN-STRUMENTALES DE LA VIDA DIARIA ( MÁXIMO 16 PTOS)

1.1.- Cobertura de las NECESIDADES PRIMARIAS( Alimentarse, vestirse, aseo personal, medicarse y manejar dinero):

1.1.1. Con independencia total ..................................................8 Ptos1.1.2. Necesita una ayuda mínima......................................... .. 6 Ptos1.1.3. Necesita ayuda casi a diario............................................. 1 Ptos

1.2. Realización de TAREAS DOMESTICAS de la vida diaria que no pueden ser cubiertas debido a las limitaciones psíquicas o funcionales (Preparación de la comida, limpiar la casa, hacer la compra, lavar y planchar la ropa):

1.2.1. Con independencia total...................................................5 Ptos1.2.2. Necesita una ayuda mínima..............................................4 Ptos1.2.3. Necesita ayuda casi a diario..............................................1 Ptos

1.3. Actividades que posibilitan la COMUNICACIÓN Y RELACIÓN SOCIAL (uti-lización del transporte, uso del teléfono, mantener conversaciones, etc.)

1.3.1 . Con independencia total..................................................3 Ptos1.3.2. Necesita una mínima ayuda..............................................2 Ptos1.3.3. Necesita ayuda casi a diario..............................................1 Ptos

2.-APOYO SOCIAL QUE RECIBE(Excluyentes Máximo 16 puntos):

2.1. NINGUNO O INADECUADOS (Desamparo, carencia de familiares, abandono familiar, Malos tratos etc.. ) .............................16 Ptos

2.2 INSUFICIENTE para permanecer en su medio, apenas cubre las necesi-dades de la persona mayor.( La familia o el apoyo social no puede atenderle , o no les prestan la atención necesaria.

√ .- Por razones de salud2 Ptos√ .- Por razones de trabajo....................................................1 Ptos

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√ .- No tienen ingresos suficientes......................................... 1 Ptos√ .- A su vez requieren atención....................................... 2 Ptos√ .- Sin domicilio familiar...................................................... 2 Ptos√ .- Lejanía y residiendo en lugar no deseado por el solicitante/s....1 Ptos√ .- Se ve obligado a rotar por distintos domicilios....................2 Ptos√ .- Conflictos familiares........................................................2 Ptos√ .- Otra............................................................................. 1 Ptos

2.3 SUFICIENTE , para mantenerse en su medio habitual , pero es externo al hogar. ( Familiares, Apoyo social institucional.), solicita el ingreso por:√ Soledad............................................................................2 Ptos√ Inseguridad personal ( Temores de salud, agresión)...............2 Ptos√ Falta de integración en la unidad de convivencia o lugar de residencia .....2Ptos√ No quiere ser una carga familiar............................................1 Ptos√ Integración lugar de origen o reagrupamiento familiar..............1 Ptos√ Petición propia sin especificar................................................1 Ptos

3. AUTONOMÍA FÍSICA Y PSIQUICA (25 PUNTOS)

3.1 AUTONOMÍA FÍSICA (Max. 15 Ptos)3.1.1 MOVILIDADDificultades o limitaciones en:3.1.1.1 Extremidades superiores .- Normal ................................................................ .4 Ptos .- Leves ....................................................................3 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos

3.1.1.2. Extremidades inferiores .- Normal ..................................................................4 Ptos .- Leves ....................................................................3 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos

3.1.2. INCONTINENCIA DE ESFÍNTERES .- Normal ..................................................................4 Ptos .- Ocasional ...............................................................3 Ptos .- Frecuente .............................................................. 0 Ptos

3.1.3. VISTA .- Normal ..................................................................2 Ptos .- Leves ....................................................................1 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos

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3.1.3. OÍDO .- Normal ..................................................................2 Ptos .- Leves ....................................................................1 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos

3.2. AUTONOMÍA PSÍQUICA (Máximo 10 Ptos) Trastornos o alteraciones de :

3.2.1. ORIENTACIÓN ESPACIO -TEMPORAL .- Normal ..................................................................2 Ptos .- Leves ....................................................................1 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos

3.2.2. PERCEPCIÓN .- Normal ..................................................................2 Ptos .- Leves ....................................................................1 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos

3.2.3. COMUNICACIÓN .- Normal ..................................................................2 Ptos .- Leves ....................................................................1 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos3.2.4. CONTROL EMOCIONAL .- Normal ..................................................................2 Ptos .- Leves ....................................................................1 Ptos .- Importantes ...........................................................0 Ptos3.2.5. MEMORIA .- Normal ..................................................................2 Ptos .-Leves .....................................................................1 Ptos .-Importantes ............................................................0 Ptos3.2.6. CONDUCTA .-Normal ...................................................................2 Ptos .-Leves .....................................................................1 Ptos .-Importantes ............................................................0 Ptos

4 .SITUACIÓN ECONÓMICA (10 Puntos)

4.1. SOLICITUD INDIVIDUAL

4.1.1. Ingresos Netosa) Hasta la cuantía de la Pensión no contributiva............................10 Ptosb) Hasta 1 el Salario Mínimo Interprofesional….............................8 Ptos c) Hasta 1.5 SMI ....................................................................5 Ptosd) Hasta 2 el SMI.....................................................................3 Ptos

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e) Hasta 2,5 el SMI.................................................................0 Ptosf) Hasta 3 SMI……...................................................................-5 Ptosg) Más de 3 SMI ......................................................................-8 Ptos

4.1.2. Patrimonio

h) Desde 18.000 € hasta 36.070 €........................... ..................-5 Ptosi) Desde 36.071 € hasta 54.090 €............................ .................-8 Ptosj) más de 54.090 € .......................................................-10 Ptos

4.2 SOLICITUD CONJUNTASe sumaran los ingresos y el patrimonio de ambos solicitantes.

4.2.1. Ingresos netosa) Menos de 1 el SMI ..............................................................10 Ptosb) Hasta 1,5 SMI…………….…........................................................8 Ptosc) Hasta 2 SMI…………...............................................................5 Ptosd) Hasta 2,5 SMI…… ........................................................3 Ptose) Hasta 3 SMI…… ............................................................0 Ptosf) Hasta 3,5 el SMI ........................................................- 5 Ptosg) Más de 3,5 el SMI……………..……………………………………................... -8 Ptos4.2.2. Patrimonioh) Desde 36.070 €. hasta 54.091 €.............................................-5 Ptosi)Desde 54.091 € hasta 72.121 €................................................-8 Ptosj) más de 72.121 € .......................................................-10 Ptos

5. SITUACIÓN DE LA VIVIENDA ( 10 Puntos)

a) Vivienda sin condiciones de habitabilidad...........................................10 Ptosb) Sin vivienda ( en albergue, pensión y hospital de larga o media estan-cia)………………………..............................................................……… 8 Ptosc) En situación de desahucio.......................................................8 Ptosd) En situación de hacinamiento................................................. 8 Ptose) Vivienda en condiciones deficientes de habitabilidad...................6 Ptosf) Vivienda con rentas gravosas:Del 25% al 50% de los ingresos netos......................................... 4 PtosDel 50% al 75% de los ingresos netos......................................... 6 PtosMás del 75% de los ingresos netos...............................................8 Ptosh) Vivienda en condiciones aceptables de habitabilidad, pero con carencias notables de equipamiento( Mobiliario, electrodomésticos, instalaciones etc) hasta.......................................................................................4 Ptosy) Vive en residencia privada sin fin de lucro.................................3 Ptosj) Vive en otros pisos tutelados o residencias públicos....................3 Ptosk) Vivienda con barreras arquitectónicas, y/o de difícil accesibilidad......6 Ptos

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l) Vivienda aislada fuera del núcleo urbano....................................3 Ptosm) Vive con los hijos..... 6 Ptosn) Vive acogido temporalmente por otros familiares.......................8 Ptosñ) En óptimas condiciones de habitabilidad...................................0 Ptos

6. EDAD ( 10 PUNTOS) 6.1. EDAD

SOLICITUD INDIVIDUALSe dará 1 punto por cada 3 años a partir de los 65 años cumplidos, hasta un máximo de 10 puntos.para lo que se aplicará la siguiente tabla:

de 65 años ................1 Pto a partir de 68 años.....2 Ptos a partir de 71 años.....3 Ptos a partir de 74 años.....4 Ptos a partir de 77 años.....5 Ptos a partir de 80 años.....6 Ptos a partir de 83 años.....7 Ptos a partir de 86 años.....8 Ptos a partir de 89 años.....9 Ptos a partir de 92 años.....10 Ptos

SOLICITUD CONJUNTACuando la solicitud de admisión comprenda al matrimonio o pareja, a efectos de determinar la edad se obtendrá la media aritmética de los años cumplidos de cada uno de los cónyuges, constituyendo la cifra que resulte, redondeada por exceso, como la edad a considerar.

6 .REAGRUPAMIENTO FAMILIAR E INTEGRACIÓN EN LA LOCALIDAD DE ORIGEN.6.1 Por ser natural o residente en la localidad ………………………….…...50 PtosAcreditar 1 año como mínimo de vecindad para los casos de residencia.6.2 Por reagrupamiento familiar……………………………………………...........20 PtosEn este apartado se tendrá en cuenta el hecho de que la persona solicitante tenga familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad en la localidad en que se encuentre ubicado el Centro, o que estén ingresados en el mismo.6.3 Por haber sido residente con anterioridad en el centro para el que solicita su ingreso……………..……………………..............................................20 Ptos

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ANEXO I

RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES “VIRGEN DE PEÑAS ALBAS” SOLICITUD DE ADMISIÓN

DATOS DEL SOLICITANTE:

Apellidos y Nombre__________________________________________________Fecha de Nacimiento_________ de Nacimiento___________________________Domicilio__________________________________________________________Localidad___________________________________Provincia_______________DNI nº____________________________________________________________Número Seguridad Social_____________________________________________Teléfono__________________________________________________________

DATOS DEL CÓNYUGE:

Apellidos y Nombre__________________________________________________Fecha de Nacimiento__________ Lugar de Nacimiento______________________Domicilio__________________________________________________________Localidad___________________________________Provincia________________DNI nº____________________________________________________________Número Seguridad Social_____________________________________________Teléfono___________________________________________________________

SOLICITUDES CONJUNTAS:

A) Nuestro ingreso deberá ser conjunto.

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B) Podría ingresar en primer lugar_______________________________________

DATOS ECONÓMICOS DEL SOLICITANTE:

CLASE DE PENSIÓN PROCEDENCIA CUANTÍA MENSUAL

DATOS ECONÓMICOS DEL CÓNYUGE:

CLASE DE PENSIÓN PROCEDENCIA CUANTÍA MENSUAL

OTROS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR:

PROCEDENCIA CUANTÍA MENSUAL

TOTAL DE INGRESOS: ..............

Por esta solicitud, declaro bajo mi responsabilidad que todos los datos son ciertos y así mismo manifiesto que: - No percibo ingresos por algún otro concepto, sólo los declarados. - En el caso de ingreso en plaza para personas con autonomía de la Residencia de Mayores “Virgen de Peñas Albas” me comprometo a abonar mensualmente el 75% de los ingresos brutos totales mensuales sobre la pensión o pensiones que recibo cuando estos sean superiores al SMI, en caso contrario, mi aportación al centro será del 65% de la pensión que cobro. - Aceptar el Reglamento de Funcionamiento y Régimen interno de la Residencia de Mayores “Virgen de Peñas Albas” - Comunicar cualquier variación económica que se produzca durante la estancia.

Fdo:____________________________________

AVISO LEGAL: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Per-sonal, se informa que los datos personales que facilite, serán incorporados a los ficheros de los que es responsable el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, con la finalidad de efectuar los trámites de procedimiento administrativo que correspondan, y podrán ser cedidos de conformidad con la Ley, pudiendo el interesado ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectifi-cación, cancelación u oposición, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento.

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ANEXO IISOLICITUD DE ADMISIÓN CENTRO DE DIA “VIRGEN DE PEÑAS

ALBAS” DE CABEZUELA DEL VALLE

DATOS DEL SOLICITANTEApellidos y Nombre________________________________________Fecha de Nacimiento____________ DNI nº_____________________Domicilio________________________________________________Localidad________________________________Provincia________Teléfono________________________________________________

DATOS DEL CÓNYUGE:Apellidos y Nombre_________________________________________Fecha de Nacimiento____________ DNI nº______________________

DATOS ECONÓMICOS DEL SOLICITANTE:

CLASE DE PENSIÓN PROCEDENCIA CUANTÍA MENSUAL

DATOS ECONÓMICOS DEL CÓNYUGE:

CLASE DE PENSIÓN PROCEDENCIA CUANTÍA MENSUAL

OTROS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR:

PROCEDENCIA CUANTÍA MENSUAL

TOTAL DE INGRESOS: ...................................

Declaro bajo mi responsabilidad que todos los datos son ciertos y así mismo manifiesto que: - No percibo ingresos por algún otro concepto, sólo los declarados. - En el caso de ingreso en el Centro de Día me comprometo a abonar mensualmente el 24% de la pensión. - Aceptar el Reglamento de Funcionamiento y Régimen interno.

En __________________, a, _______ de_______________ 201

Fdo: ___________________

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AVISO LEGAL: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Per-sonal, se informa que los datos personales que facilite, serán incorporados a los ficheros de los que es responsable el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, con la finalidad de efectuar los trámites de procedimiento administrativo que correspondan, y podrán ser cedidos de conformidad con la Ley, pudiendo el interesado ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectifi-cación, cancelación u oposición, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento.

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ANEXO III

DECLARACIÓN JURADA

Don_____________________________________________________________

natural de _______________________________, provincia_________________

nacido el día_____ de_____________ 199__ , y provisto de DNI nº___________

DECLARO BAJO JURAMENTO:

Que los ingresos totales que percibo mensualmente por los conceptos de pensión, rentas, fincas, intereses bancarios etc..., ascienden a la cantidad de ______________mensuales.

Y para que así conste, y a los efectos de sus aportación, para el mantenimiento de la Residencia de Mayores “ Virgen de Peñas Albas” de Cabezuela del Valle, firmo la presente en ______________, a ____ de ______de____

Fdo:__________________________________________

AVISO LEGAL: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Per-sonal, se informa que los datos personales que facilite, serán incorporados a los ficheros de los que es responsable el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, con la finalidad de efectuar los trámites de procedimiento administrativo que correspondan, y podrán ser cedidos de conformidad con la Ley, pudiendo el interesado ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectifi-cación, cancelación u oposición, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento

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ANEXO IV

COMPROMISO FAMILIAR

Don________________________________________ con DNI nº____________en calidad de______________________________, del/ de la residente Don_____________________________________________________________________Con DNI nº_______________________________ , por el presente docu-mento se compromete formalmente a:

1º. Hacerse cargo del/de la residente en el plazo de 15 días en el supuesto de que éste, por enfermedad física o psíquica dejara de ser válido y por consiguiente no reuniera la condición indispensable para permanecer en plaza de personas con autonomía de la Residencia de Mayores “ Virgen de Peñas Albas” de Cabezuela del Valle

2º. Hacerse cargo del familiar residente fallecido en el momento de ex-pedirse el certificado médico de fallecimiento. Hacer todas las gestiones y abonar todos los gastos que conlleve el sepelio y posterior inhumación del residente.

Para que conste y a los efectos que procedan, firma la presente en___________________________, a_______ de______________

Fdo:____________________

Nota: Esta declaración deberá ser firmada por el declarante y su cónyuge, en su caso.

AVISO LEGAL: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Per-sonal, se informa que los datos personales que facilite, serán incorporados a los ficheros de los que es responsable el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, con la finalidad de efectuar los trámites de procedimiento administrativo que correspondan, y podrán ser cedidos de conformidad con la Ley, pudiendo el interesado ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectifi-cación, cancelación u oposición, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento.

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ANEXO V

INFORME MÉDICO PARA AUTÓNOMOS

Don/Doña_______________________________________, colegiado nº____________de____________________, médico de _________________Teléfono______________Reconocimiento efectuado al solicitante Don/Doña_______________________________

1. ¿Padece enfermedad infecto-contagiosa? SI NO

2. ¿Padece enfermedades invalidantes, degenerativas o neurológicas que le impidan parcial o totalmente valerse en las actividades de la vida diaria? SI NO 3. AUTONOMÍA PERSONAL: * Limitaciones en extremidades Superiores: Normal Leves Importantes * Limitaciones en extremidades Inferiores: Normal Leves Importantes * Limitaciones en continencia de esfínteres: Normal Leves Importantes * Limitaciones de vista Normal Leves Importantes * Limitaciones de oído: Normal Leves Importantes 4. AUTONOMIA PSÍQUICA: * Trastornos de Orientación Espacio-Temporal: Normal Leves Importantes * Trastornos ¡de Percepción: Normal Leves Importantes * Trastornos de Comunicación: Normal Leves Importantes * Trastornos de Control emocional: Normal Leves Importantes * Trastornos de Memoria: Normal Leves Importantes * Trastornos de Conducta: Normal Leves Importantes

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DIAGNÓSTICO______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ En __________________a ____ de ______________ 20

Fdo:_________________________

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ANEXO VI

INFORME SOCIAL PARA PERSONAS AUTÓNOMAS

1.DATOS DE IDENTIFICACIÓN PROFESIONAL:TRABAJADORA SOCIAL:______________________________________________________COLEGIADA EN _______________________________CON EL Nº_____________________CON EJERCICIO PROFESIONAL EN_____________________________________________TRABAJA EN_________________________________________________________________

2. DATOS PERSONALES DE LA PERSONA SOLICITANTE:SOLICITANTE:APELLIDOS_________________________________NOMBRE_________________________SEXO________________ ESTADO CIVIL_____________ DNI_________________________Nº AFILIACIÓN SEGURIDAD SOCIAL____________________________________________FECHA DE NACIMIENTO_______________ LOCALIDAD____________________________DOMICILIO___________________________ LOCALIDAD____________________________PROVINCIA___________________________ TELEFONO____________________________CÓNYUGE:APELLIDOS_________________________________NOMBRE_________________________SEXO___________________________________________DNI__________________________Nº AFILIACIÓN SEGURIDAD SOCIAL____________________________________________FECHA DE NACIMIENTO_______________LOCALIDAD____________________________DOMICILIO___________________________LOCALIDAD____________________________PROVINCIA___________________________ TELEFONO_____________________________

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3. FAMILIARES DE CONTACTO:APELLIDOS Y NOMBRE PARENTESCO EDAD DOMICILIO TELÉ-FONO

----4. CAUSA PRINCIPAL DE LA SOLICITUD:- Desamparo (sin medios económicos ni familia).- Abandono familiar (la familia se niega a atenderle).- La familia no puede atenderle.- Conflicto familiar.- Salud.- Sin vivienda.- Vivienda en malas condiciones.- Condiciones precarias de vida.- Soledad.- Petición propia.- Malos tratos.

5. SITUACIÓN SOCIOFAMILIAR:5.1 AYUDA QUE NECESITA PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA DIARIAA) Necesidades primarias (alimentarse, vestirse, aseo, medicación, manejo de dinero): - Con independencia total. - Necesita una ayuda mínima. - Necesita ayuda casi a diario. B) Tareas domésticas:

- Con independencia total. - Necesita ayuda casi a diario. - Necesita una ayuda mínima. C) Comunicación y relación social:

- Con independencia total. - Necesita ayuda casi a diario. - Necesita una ayuda mínima.

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5.2. APOYO SOCIAL QUE RECIBE:

A) Ninguno o inadecuado: - Desamparo. - Carencia de familiares. - Abandono familiar. - Automarginación. - Malos tratos. B) Insuficiente para permanecer en su medio, a penas cubre las necesi-dades de la persona mayor. Los familiares o el apoyo social no pueden atenderle o no le prestan la atención necesaria. - Por razones de salud. - Por razones de trabajo. - No tienen ingresos suficientes. - A su vez requieren atención. - Sin domicilio familiar. - Lejanía y residiendo en lugar no deseado por solicitante/s - Se ve obligado a rotar por distintos domicilios. - Conflictos familiares. - Otra________________________________

C) Suficiente para mantenerse en su medio habitual. Solicita ingreso por: - Soledad. - Inseguridad personal (temores de salud, agresión...) - Falta de integración en la unidad de convivencia. - No quiere ser una carga familiar. - Integración lugar de origen o reagrupamiento familiar. - Petición propia, sin especificar.

5.3. SITUACIÓN DE LA FAMILIA QUE APOYA A LA PERSONA MAYOR: A) Conflicto familiar: - Grave. - Malas relaciones familiares.

B) Cargas familiares: - Graves (enfermos, toxicómanos, discapacitados...) - Leves (paro, menores...)

C) El/los solicitante/s se ve obligado a rotar por distintos domicilios.

D) Malos tratos.

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6. CONDICIONES DE LA VIVIENDA: A) Sin vivienda (en albergue, pensión, hospital...) B) En situación de desahucio. C) En situación de hacinamiento. D) Vivienda sin condiciones de habitabilidad. E) Vivienda en condiciones deficientes de habitabilidad. F) Vivienda en condiciones aceptables de habitabilidad, pero con caren-cias notables de equipamiento (mobiliario, electrodomésticos, instalaciones etc.). G) Vivienda en condiciones óptimas de habitabilidad y con el equipami-ento necesario. H) Vivienda con rentas gravosas. I) Centro residencial con rentas gravosas, más del 75% de los ingresos netos. J) Vive en residencia privada sin fin de lucro. K) Vivienda con barreras arquitectónicas y/o difícil accesibilidad. L) Vivienda aislada fuera del núcleo urbano. M) Vive con los hijos. N) Vive acogido temporalmente por otros familiares.

Descripción de la vivienda y del uso:

7. SERVICIOS SOCIALES QUE USA EL/LOS SOLICITANTE/S:

A) Usuario de Servicio de ayuda a domicilio (SSB). B) Ayuda a domicilio privada o voluntaria.

C) Teleasistencia.

D) Comida a domicilio.

E) Club de comidas.

F) Otros Pisos Tutelados o residencia de tercera edad.

8. INTERPRETACIÓN Y VALORACIÓN GLOBAL DE LA SITUACIÓN:

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VALORACIÓN DE LA TRABAJADORA SOCIAL: - Urgente. - Muy Necesitado. - Necesitado. - Poco necesitado.

Fecha y firma.

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Cabezuela del Valle a 04 de junio de 2015.

El Alcalde,

Julián PÉREZ REY3416

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CASAR DE CáCERES

ANUNCIO. Baja en el Padrón Municipal de Habitantes

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación realizados en relación con el expediente relativo a la baja en el Padrón Municipal por in-scripción indebida, se procede a practicarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por Resolución de Al-caldía, de fecha 08/06/2015, se acordó lo siguiente:

“Vista la solicitud de D. Augusto Tovar Vivas, comunicando que ya no reside en su domicilio Dª Mariana Moise.

Visto el informe de comprobación de los hechos que ha sido emitido en fecha 4/6/2015, por el Oficial Jefe de la Policía Local, en el que se ponía de manifiesto que MARIANA MOISE, con documento número Y2017643M , ya no reside en su domicilio, y por tanto, no cumple con los requisitos mínimos (residencia habitual), del artículo 54 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Ter-ritorial de las Entidades Locales.

Examinada la documentación que le acompaña, visto el informe de Secre-taría de fecha 1/6/2015, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Iniciar expediente de baja de oficio por la inscripción indebida a Dª MARIANA MOISE, en el padrón municipal de este Ayuntamiento.

SEGUNDO. Dar audiencia a la misma por plazo de quince días, para que presente las alegaciones y documentos que estime pertinente. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.”

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Casar de Cáceres, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

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Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la pre-sente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. Cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente en su derecho.

En Casar de Cáceres, a 8 de junio de 2015.

LA SECRETARIA

Catalina Merchán Martín3473

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CEDILLO

EDICTO. Expediente de modificación de créditos n.º 5/2015

Transcurrido el plazo de exposición pública del expediente de modificación de créditos n.º 5/2015, por suplementos de crédito, dentro del Presupuesto General de este Ayuntamiento, ejercicio 2015, sin que durante el mismo se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remiten los artículos 177.2 y 179.4 de mencionado Real Decreto, el expediente queda elevado automáticamente a definitivo, siendo los capítulos que han sufrido modificaciones y los recursos a utilizar los siguientes:

SUPLEMENTO DE CRÉDITO N.º 5/2015

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE 2 GASTOS. EN BIENES CTES. Y SERVICIOS 720,00 €

TOTAL SUPLEMENTOS DE CREDITOS...... 720,00 €

El total anterior queda financiado por BAJA DE CREDITO DE OTRAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS cuyo resumen por capítulo es el siguiente:

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE 2 GTOS. EN BIENES CTES. Y SERVICIOS 720,00 €

TOTAL .................................................... 720,00 €

Cedillo a 11 de junio de 2015.

EL ALCALDE,

Antonio González Riscado.3476

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CEDILLO

EDICTO. Expediente de modificación de créditos n.º 6/2015

Transcurrido el plazo de exposición pública del expediente de modificación de créditos n.º 6/2015, por suplementos de crédito, dentro del Presupuesto General de este Ayuntamiento, ejercicio 2015, sin que durante el mismo se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remiten los artículos 177.2 y 179.4 de mencionado Real Decreto, el expediente queda elevado automáticamente a definitivo, siendo los capítulos que han sufrido modificaciones y los recursos a utilizar los siguientes:

SUPLEMENTO DE CRÉDITO N.º 6/2015

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE 6 INVERSIONES REALES 2.010,05 €

TOTAL SUPLEMENTOS DE CREDITOS...... 2.010,05 €

El total anterior queda financiado por BAJA DE CREDITO DE OTRAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS cuyo resumen por capítulo es el siguiente:

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE 2 GASTOS EN BIENES CTES. Y SERVICIOS 2.010,05 €

TOTAL .................................................... 2.010,05 €

Cedillo a 11 de junio de 2015.

EL ALCALDE,

Antonio González Riscado.3477

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CEDILLO

EDICTO. Expedientes de modificación de créditos n.º 7/2015

Transcurrido el plazo de exposición pública de los Expedientes de Modificación de Créditos n.º 7/2015 por créditos extraordinarios, dentro del Presupuesto General de este Ayuntamiento, ejercicio 2015, sin que durante el mismo se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remiten los artículos 177.2 y 179.4 de mencionado Real Decreto, el expediente queda elevado automáticamente a definitivo, siendo los capítulos que han sufrido modificaciones y los recursos a utilizar los siguientes:

CRÉDITO EXTRAORDINARIO N.º 7/2015

CAPÍTULO DENOMINACIÓN EUROS 6 INVERSIONES REALES 3.262,56 €

TOTAL CREDITOS EXTRAORDINARIOS………… .3.262,56 €

El total anterior queda financiado por BAJAS DE CREDITOS DE OTRAS PAR-TIDAS PRESUPUESTARIAS cuyo resumen por capítulo es el siguiente:

CAPÍTULO DENOMINACIÓN EUROS 2 GTOS. EN BIENES CTES.Y SERV. 3.262,56 €

TOTAL IGUAL A LOS CREDITOS EXTRAORDINARIOS………. 3.262,56 €

Cedillo a 11 de junio de 2015.

EL ALCALDE,

Antonio González Riscado.3478

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CEDILLO

ANUNCIO. Procedimiento abierto arrendamiento Inmuebles

Por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de junio se aprobó el Pliego de cláu-sulas económico-administrativas que ha de regir el arrendamiento de varios inmuebles propiedad de este Ayuntamiento, cuyo destino es la explotación del pastoreo, el cual se expone al público por un plazo de ocho días contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que puedan presentarse reclamaciones.Simultáneamente se anuncia concurso, si bien la licitación se aplazará, cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el pliego de cláusulas.

1º.- ENTIDAD ADJUDICADORA.a) Organismo: Ayuntamiento de Cedillo.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del Ayuntami-

ento.

2º- OBJETO DEL CONTRATO.Constituye el objeto del contrato el arrendamiento varios inmuebles; “In-stalaciones destinadas a explotación caprina y sala de ordeño” con una su-perficie de 1.170,07 m2, “Nave Quesería” superficie de 104,93 m2, “Nave de ampliación de instalaciones de Explotación Caprina”, con una superficie de 200 m2, finca rústica en la cual se ubican, Parcela 356, Subparcela d), superficie de 2,7264 hectáreas, cuyo destino es explotación del pastoreo.

3º.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.

4º.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. El tipo mínimo de licitación se fija en 90 €/mensuales (impuestos excluidos) y podrá ser mejorado al alza.

5º.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓNPara la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a un único criterio, el precio. 6º.- GARANTÍA DEFINITIVA.El que resulte adjudicatario del contrato deberá constituir una garantía de-finitiva de 100,00 €.

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7º.- OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN.Entidad: Ayuntamiento de Cedillo.Domicilio: Plaza Constitución, 38. (10513) Cedillo.Teléfono: 927-590029.Fax: 927-590126.Fecha límite para obtener documentación e información: Fin de plazo para presentar proposiciones.

8º.- DURACIÓN DEL CONTRATOSe establece un período de duración del contrato de un año, a contar desde su firma, con posibilidad de prórroga por plazos anuales hasta alcanzar una duración máxima de cuatro años.

9º.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.Los licitadores presentarán las ofertas en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, en días laborables de 9 a 14 horas y dentro del plazo de diez días naturales, contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y junto con la docu-mentación especificada en la Cláusula 6º del Pliego de condiciones.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha y hora en que efectuó el envío y comunicarlo al órgano de con-tratación mediante fax o telegrama, dentro de la fecha y hora establecida como plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad al plazo señalado en este anuncio.

10º.-APERTURA DE OFERTAS.Tendrá lugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento a las 12 horas del ter-cer día siguiente a aquel en que termine el plazo señalado para presentar proposiciones, salvo que este sea sábado o domingo, en cuyo caso pasará al lunes siguiente, se podrá conceder un plazo no superior a dos días para que los licitadores corrijan o subsanen las deficiencias observadas en la documentación aportada, en caso de que existan.

Cedillo a 11 de junio de 2015.

EL ALCALDE,

Antonio González Riscado.3487

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CORIA

EDICTO. Licencia Municipal de Instalación de Actividad

D. YONG CHENG, ha iniciado expediente sobre Licencia Municipal de Insta-lación de Actividad Clasificada para MULTITIENDA DE ALIMENTACIÓN CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS en el local sito en la PLAZA DE LA PAZ, 2 - B (REFERENCIA CATASTRAL: 0692001QE1209S0004FQ), de Coria.

Lo que se hace público para que todas aquellas personas que se consideren perjudicadas con la referida instalación puedan formular, en el plazo de diez días, cuantas alegaciones u observaciones estimen convenientes, a cuyo efecto estará a su disposición el expediente en la Oficina de Tramitación de Licencias de Actividad del Excmo. Ayuntamiento de Coria.

En Coria a 10 de junio de 2015.

El Alcalde-Presidente,

José Manuel García Ballestero3486

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GARGANTA LA OLLA

ANUNCIO. Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legis-lativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar rec-lamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

Garganta la Olla a 2 de junio de 2015.

El Alcalde,

Casimiro Herrero Gómez.3463

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GARROVILLAS DE ALCONéTAR

ANUNCIO Expediente de modificación de créditos n.º 4/2015

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automática-mente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 15 de mayo de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 4/2015 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de In-tervención son:

1º. Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de 21.000,00 €.El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente: Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicaciones de Gastos

Aplicación Presupuestaria Descripción Euros

1532 619-02suple

MEJORAS PAVIMENTACION VIAS PUBLICAS

5.000,00

933 622-19c.e.

REHABILITACION EDIFICIO C. SAN FRANCISCO

16.000,00

TOTAL GASTOS 21.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Garrovillas de Alconétar a 10 de junio de 2015.

El Alcalde,

Cándido J. Gil Pizarro.3470

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MALpARTIDA DE CáCERES

ANUNCIO. convocatoria pruebas selectivas de varias plazas mediante contrato laboral temporal

La Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres, con fecha 11 de junio de 2015, ha dictado la Resolución 48/2015, convocando prue-bas selectivas para cubrir, mediante contrato laboral temporal, una plaza de Coordinación Pedagógica y tres plazas de Técnico/a Superior en Educación Infantil, para la Escuela Municipal Infantil de Malpartida de Cáceres, durante el curso escolar 2015-2016.

Las Bases que han de regir la convocatoria se han publicado íntegramente en el Tablón Oficial de Anuncios del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez naturales días a contar desde el siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes habrán de presentarse en el Ayuntami-ento de Malpartida de Cáceres en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, o mediante cualquier otro procedimiento recogido en la Legislación Administrativa.

Los sucesivos anuncios referentes a esta Convocatoria se harán públicos exclusivamente en el Tablón Oficial de Anuncios del Ayuntamiento de Mal-partida de Cáceres.

Malpartida de Cáceres, 11 de junio de 2015.

El Alcalde,

Alfredo Aguilera Alcántara3481

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VALVERDE DE LA VERA

ANUNCIO. Proyecto de reparcelación

Por Resolución de Alcaldía de fecha 11/06/2015, se ha aprobado definitiva-mente el proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución “UE Parque Empresarial” de las NNSSMM de Valverde de la Vera que se ha tramitado por este Ayuntamiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Valverde de la Vera, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Valverde de la Vera a 11 de Junio de 2015.

La Alcaldesa en funciones,

Nathalie Victoria Deprez García3485

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VALVERDE DEL FRESNO

ANUNCIO. Archivo expediente cambio de titularidad de actividad

Esta Alcaldía, mediante Decreto 192/2015, de esta misma fecha; ha re-suelto archivar por caducidad y sin más trámite, el expediente que se in-struye de resultas de la declaración responsable suscrita por D. ROBERTO FERNÁNDEZ CARRASCO, con registro de entrada número 3035, y domicilio a efectos de notificaciones en la avenida don Santos Robledo 3; mediante la que da conocimiento del cambio de titularidad de la actividad de BAR LA ESTRELLA, con emplazamiento en la AVENIDA DON SANTOS ROBLEDO, 3 de esta localidad.

Lo que se hace público durante el plazo de diez días, a fin de que quien se considere interesado, se persone en el expediente, durante el horario de atención al público, en la Secretaría Intervención de este Ayuntamiento. Transcurrido este plazo de no haberse personado tercero interesado, instando la continuación del expediente, esta resolución será firme.

Valverde del Fresno a ocho de junio de dos mil quince.

La Alcaldesa,

Ana Isabel Pérez López.3462

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VEGAVIANA

ANUNCIO. Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas en sesión celebrada el 4 de junio de 2015, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

Vegaviana a 5 de junio de 2015.

El Presidente,

Juan Caro Dionisio.3465

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIbUNAL SUpERIOR DE JUSTICIA DE ExTREMADURA

Secretaría de Gobierno

ASUNTO. Corrección de error

Advertida errata en la inserción del Edicto de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de CÁCERES, número 96, de fecha 21 de mayo pasado, relativo al nombrami-ento de Juez de Paz SUSTITUTO de la localidad de CECLAVÍN, se rectifica el mismo en los siguientes términos:

En el párrafo segundo de citado Edicto, donde dice: << PARTIDO JUDICIAL DE CACERES. LOCALIDAD DE CECLAVIN. JUEZ DE PAZ SUSTITUTO: D/Dª ASCENCION MONTACHEZ CARRASCO>>, debe decir: PARTIDO JUDICIAL DE CACERES. LOCALIDAD DE CECLAVIN. JUEZ DE PAZ SUSTITUTO: D/Dª ASCENCION MONTAÑEZ CARRASCO >>

Cáceres a 10 de junio de 2015.

EL PRESIDENTE El SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones.

Julio Márquez de Prado Pérez Diego Jesús Rosado Montero3472

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JUzGADO DE LO SOCIAL - 1 DE SEVILLA

EDICTO. Social ordinario 455/2013

D. REYNALDO CARLOS CARMONA ARGÜELLES, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 455/2013 a instancia de la parte actora D. JULIO NAVARRO RODRÍGUEZ contra CELIA LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTOS SL, CAMBEMBA SLU, ATLANTIC SERCO SLU y COCALIM SLU sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha del tenor literal siguiente:

D E C R E T O

Secretario Judicial Dª ROSA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

En SEVILLA, a treinta de abril de dos mil trece

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- D/Dª JULIO NAVARRO RODRIGUEZ, presentó demanda de REC-LAMACION DE CANTIDAD frente a COCALIM SLU, ATLANTIC SERCO SLU, CELIA LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTOS SL y CAMBEMBA SLU

SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 455/2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art 82,1 Ley 36/2011, de 10 de octu-bre, reguladora de la jurisdicción social. procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVADISPONGO:

- Admitir la demanda presentada.

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- Señalar el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE A LAS 9,50 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en AVDA. DE LA BUHAIRA, S/N, EDIF. NOGA, 1ª. PLANTA, SALA DE VISTAS Nº 8,

- Citar para conciliación a celebrar el mismo día A LAS 9,20 HORAS EN LA 5ª. PLANTA-SECRETARÍA, para acreditación de las partes y de su represent-ación procesal ante el/ la Secretario/a Judicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011 de RJS. "Artículo 83. 83. Suspensión de los actos de conciliación y juicio.2. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del juicio, el secretario judicial en el primer caso y el juez o tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda.3. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de de-clarar su rebeldía.”

- El/la Secretario/a Judicial no está presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social.

-Dar traslado a S.Sª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda.

-Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.

-Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrada.

-Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles sigu-ientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recur-rente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación al demandado COCALIM SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLE-TIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

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En SEVILLA, a diez de junio de dos mil quince.

EL SECRETARIO JUDICIAL

“En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o proced-imiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”.

3467

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JUzGADO DE LO SOCIAL - 2 DE CáCERES

EDICTO. Ejecución de Títulos No Judiciales 70/2015

D. DAVID MÉNDEZ CALVO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 2 de CÁCERES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES Nº 70/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de MARIO BRAVO MACIAS, contra la empresa FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA., sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones, cuyos tenores literales son los siguientes:

A U T O

Magistrado/a-JuezSr. D. JOSÉ MARÍA CABEZAS VADILLO

En CÁCERES, a veintiséis de Mayo de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- MARIO BRAVO MACIAS ha presentado demanda de ejecución de Acto de conciliación frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA S.A..

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este ha examinado su jurisdicción, competencia objetiva y ter-ritorial, y entiende que en la demanda de ejecución de Acto de Conciliación 4.058,55 euros de principal y de 649 euros en concepto provisional de in-tereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

SEGUNDO.- Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obli-gación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución Acto de Conciliación a favor de la parte ejecutante, MARIO BRAVO MACIAS, frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA S.A., parte ejecutada, por importe de 4.058,55 euros en concepto de principal, más otros 649 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC., Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la opos-ición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento docu-mentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régi-men público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL MAGISTRADO JUEZ EL SECRETARIO JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario Judicial D. DAVID MÉNDEZ CALVO.

En CÁCERES, a uno de Junio de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de MARIO BRAVO MACIAS, frente a FORJADOS Y MA-TERIALES FORMA SA., por la cantidad de 4.058,55 euros en concepto de

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principal, más otros 649 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que con-tiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Requerir de pago a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA., por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesion-ales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos inten-tadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES/ CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de traba-jador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1143 0000 abierta en

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ESPAÑOL DE CRÉDITO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si efec-tuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución re-currida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CACERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CÁCERES, a nueve de Junio de dos mil quince.

EL SECRETARIO JUDICIAL3468

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Número 113 /Lunes 15 de Junio de 2015 Página 47BOPCáceres

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JUzGADO DE LO SOCIAL - 2 DE CáCERES

EDICTO. SEGURIDAD SOCIAL 41/2015

D.ª MARÍA ELENA GONZÁLEZ ESPINOSA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 2 de Cáceres, HAGO SABER:

Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 41/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de IBERMUTUAMUR contra INSTITUTO NA-CIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, CONSTRUCCIONES GALCON S.L, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LUIS MARTÍN MORALES, TOMÁS TALAVÁN GARCÍA, sobre SEGURIDAD SOCIAL, se ha dictado la sigu-iente resolución:

SENTENCIA Nº 123/ 2015.

En la ciudad de Cáceres a 9 de junio de 2015.

Don José María Cabezas Vadillo, Magistrado titular del Juzgado de lo Social nº 2 de Cáceres y de su Provincia, ha visto y oído los autos registrados con el número 41 / 2015 y que se siguen sobre SEGURIDAD SOCIAL, en los cuales figuran como partes de un lado como demandante IBERMUTUAMUR, y de otra como demandados CONSTRUCCIONES GALCÓN S.L., que no com-pareció al acto del juicio, INSS, TGSS, TOMÁS TALAVÁN GARCÍA y Don Luis Martín Morales en su condición de administrador concursal de la empresa referida. FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por IBERMUTUAMUR, contra CONSTRUC-CIONES GALCÓN S.L. y Don Luis Martín Morales en su condición de admin-istrador concursal de la empresa referida, y en consecuencia, condeno a dichos demandados a abonar al actor la cantidad de 8.724,16 euros, sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del INSS para el caso de insolvencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que no es firme y contra ella puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia, anunciándose el recurso.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia la pro-nuncio mando y firmo.

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Número 113 /Lunes 15 de Junio de 2015 Página 48BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSTRUCCIONES GALCÓN S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Cáceres.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Cáceres, a nueve de Junio de dos mil quince.

LA SECRETARIA JUDICIAL3464

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Número 113 /Lunes 15 de Junio de 2015 Página 49BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

JUzGADO DE LO SOCIAL - 2 DE CáCERES

EDICTO. Ejecución de Títulos No Judiciales nº 71/2015

D. DAVID MÉNDEZ CALVO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 2 de CÁCERES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES Nº 71/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de JOSÉ MARÍA GARCÍA DONCEL, contra la empresa FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA., sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resoluciones, cuyos tenores lit-erales son los siguientes:

A U T OMagistradoSr. D. JOSE MARIA CABEZAS VADILLO

En Cáceres, a veintiséis de Mayo de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- JOSE MARIA GARCIA DONCEL ha presentado demanda de ejecución de Acta de Conciliación ante la UMAC frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA S.A. I.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Este ha examinado su jurisdicción, competencia objetiva y ter-ritorial, y entiende que en la demanda de ejecución de Acta de Conciliación ante la UMAC 8.746,23 euros y de 1.399 euros en concepto provisional de intereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

SEGUNDO.- Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obli-gación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

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Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución Acta de Conciliación ante la UMAC a favor de la parte ejecutante, JOSE MARIA GARCIA DONCEL, frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA S.A. I, parte ejecutada, por importe de 8.746,23 euros en concepto de principal, más otros 1.399 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC.,

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la opos-ición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento docu-mentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régi-men público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL MAGISTRADO LA SECRETARIA JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario/a Judicial D. DAVID MÉNDEZ CALVO.

En CACERES, a uno de Junio de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de JOSE MARIA GARCIA DONCEL, frente a FORJADOS Y

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MATERIALES FORMA SA., por la cantidad de 8.746,23 euros en concepto de principal, más otros 1.399 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que con-tiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Requerir de pago a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA., por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesion-ales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos inten-tadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES/ CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de traba-

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jador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1143 0000 abierta en ESPAÑOL DE CRÉDITO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial”. Si efec-tuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución re-currida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CÁCERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CACERES, a nueve de Junio de dos mil quince.

EL SECRETARIO JUDICIAL3469

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JUzGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE CáCERES

EDICTO. Expediente de Dominio. Inmatriculación 0375/2015

D.ª MARINA VÁZQUEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO/A DEL SERVICIO COMÚN DE ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO CIVIL EN CÁCERES

HAGO SABER: Que en este órgano judicial JDO.1A.INST.E INSTRUCCIÓN N.1 DE CÁCERES se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACIÓN 0000375 /2015 a instancia de D./Dª ALIPIO BRAVO MORENO, CONCEPCION MACIAS GALAN , JULIO TALAVERA MACIAS , JULIA BOLA CANALES , EUGENIO BRAVO MORENO , SIMONA GORDEJO FLORES , SANTOS CONDE TALAVERA , ANTONIA PORTILLO BRAVO expediente de dominio de las siguientes fincas:

“URBANA: Casa sita en la calle Gabriel y Galán, número uno de Navas del Madroño, que mide doscientos diez metros cuadrados, que con-sta de planta baja, y alta y linda: por la derecha entrando con hijos de Joaquín Barroso Martín, por la izquierda panadería de hijos de Isidoro Flores y por el fondo con Eugenio Macías Barroso”. .- Finca Inscrita en el Registro de la propiedad nº 2 de Cáceres con el número registral 584, inscrita al folio 114 del Libro 31 de Navas del Madroño, Tomo 1.113 general del Archivo; y es la siguiente: “URBANA; Casa número uno en la calle del Chapatal, de Navas del Madroño, que mide diez metros de fachada por veintiuno de fondo y limita por la derecha de su entrada, con casa de Vicenta Rodríguez, una de las herederas de Manuel Caballero Mena, izquierda, horno para cocer pan de Ángeles Prieto e hijos de Zenón Rodríguez Gómez, como sucesores de Epifanio Alarcón y otros; y espalda, con corral de casa de Gregorio Moreno Galán, hoy de Claudia Galán y otro de la de Olalla Galán Galán, y además con calle de Santa Maria.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca como personas de quien proceden las fincas, a Dña AMARANTO GALAN RODRIGUEZ O SUS IGNORADOS HEREDEROS; heredera conocida DÑA PILAR FRADES GALAN; a D. MANUEL MARTINEZ ALONSO Y DÑA MARIA DEL CARMEN MARTIN RODRIGUEZ O SUS IGNORADOS HEREDEROS; como titulares registrales a D. GREGORIO ADRIANO GALAN MORENO O SUS IG-NORADOS HEREDEROS; DÑA CLAUDIA TERESA GALAN MORENO O SUS IG-NORADOS HEREDEROS Y D. CIRIACO MORENO GALAN O SUS IGNORADOS HEREDEROS, como colindantes a D. ISIDRO FLORES BARRIGA, DÑA MARIA LUISA BARROSO IGLESIAS, D. FELIX CORCHO RODRIGUEZ, DÑA VICTORI-

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ANA CORDERO CALLEJA, DÑA CARMEN BARROSO IGLESIAS, D. EUGENIO MACIAS BARROSO, DÑA VICENTA RODRIGUEZ, DÑA ANGELES PRIETO, HEREDEROS DE D. ZENON RODRIGUEZ GOMEZ, DÑA CLAUDIA GALAN, DÑA OLALLA GALAN GALAN Y AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL MADROÑO, D. EU-GENIO MACIAS BARROSO, D. PEDRO MACIAS BARROSO Y DÑA REMEDIOS BARROSO MACIAS (estos tres últimos como miembros de la Comunidad de Propietarios c/ Santa María nº 4)

Y a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción so-licitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En CÁCERES, a uno de Junio de dos mil quince.

LA SECRETARIO/A JUDICIAL3471

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