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Proveer un servicio de clase mundial a nuestros usuarios, mediante la mejora permanente de los productos y procesos de operación del Instituto Proveer un servicio de clase mundial a nuestros usuarios, mediante la mejora permanente de los productos y procesos de operación del Instituto i Administración de la subcuenta de vivienda y devolución del fondo 72 – 92 Actualizado 30/06/06 Introducción ........................................................................................................................1 1. Antecedentes y origen del proyecto ...........................................................................1 2. Estructuración ..............................................................................................................2 3. Resultados obtenidos ..................................................................................................8 Anexo 1: Devolución del fondo de ahorro 72/92 ...........................................................12 1. Antecedentes y orígenes del proyecto .....................................................................12 2. Estructuración ............................................................................................................14 3. Acciones tomadas ......................................................................................................14 4. Resultados obtenidos ................................................................................................16 5. Impacto económico ....................................................................................................17 6. Cronograma resumen ................................................................................................18 Anexo 2 Movimientos que afectan las cuentas individuales .......................................20 Anexo 3 ICEFAS................................................................................................................22

Administración de la subcuenta de vivienda y devolución del … · los trabajadores, su historia laboral y las resoluciones de pensión, por lo que de resultar procedente, ... trabajador

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Proveer un servicio de clase mundial a nuestros usuarios, mediante la mejora permanente de los productos y procesos de operación del Instituto

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Administración de la subcuenta de vivienda y devolución del fondo 72 – 92

Actualizado 30/06/06

Introducción ........................................................................................................................1 1. Antecedentes y origen del proyecto ...........................................................................1 2. Estructuración ..............................................................................................................2 3. Resultados obtenidos ..................................................................................................8 Anexo 1: Devolución del fondo de ahorro 72/92 ...........................................................12 1. Antecedentes y orígenes del proyecto .....................................................................12 2. Estructuración ............................................................................................................14 3. Acciones tomadas ......................................................................................................14 4. Resultados obtenidos ................................................................................................16 5. Impacto económico ....................................................................................................17 6. Cronograma resumen ................................................................................................18 Anexo 2 Movimientos que afectan las cuentas individuales .......................................20 Anexo 3 ICEFAS................................................................................................................22

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Administración de la subcuenta de vivienda y devolución del fondo 72 - 92

Objetivo: Transparentar y eficientar la operación del Instituto.

Introducción

1. Antecedentes y origen del proyecto

El Fondo Nacional de la Vivienda está constituido por las aportaciones patronales que se originaron desde la creación del Instituto. Dichas aportaciones, equivalentes al 5% del salario de los trabajadores, constituyen la subcuenta de vivienda del trabajador. A lo largo de su historia, el INFONAVIT ha experimentado cambios en la forma de administrar estas aportaciones, los cuales se reflejan en su propia Ley, por lo que las cuentas que constituyen el fondo se clasifican por período de la siguiente manera:

• Fondo de ahorro 72-92: corresponden a las aportaciones patronales del período mayo de 1972 a febrero de 1992, las cuales conforman la cuenta individual del trabajador administrada por el INFONAVIT. De conformidad con la normatividad de ese período, no genera rendimientos, y en caso de que el trabajador sea beneficiado por un crédito, se aplica a la amortización del mismo. Al momento del retiro del trabajador el saldo es liquidado al trabajador o sus beneficiarios. En los casos de retiro por defunción, incapacidad o jubilación, se entrega una cantidad adicional equivalente al 100%.

• Subcuenta de vivienda1 92: está constituida por las aportaciones patronales del período marzo de 1992 a junio de 1997. Durante este período estuvo administrada por los bancos (ICEFAS o Instituciones de Crédito Especialistas en Fondo de Ahorro). El saldo de las aportaciones generaba rendimientos conforme a la tasa determinada por el INFONAVIT2. A partir del año 1997 y derivado de la creación de las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES)3, dichas cuentas fueron traspasándose, a solicitud del trabajador, a las mismas para su administración.

• Subcuenta de vivienda 97: la conforman las aportaciones patronales a partir de julio de 1997. Las aportaciones son administradas por las

1 Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículo 74. 2 Ley INFONAVIT, artículo 39. http://www.infonavit.org.mx/inf_general/m_juridico/ley_infonavit.shtml 3 Entidades financieras dedicadas a administrar las cuentas individuales y abonar los recursos a las subcuentas que las integran (Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículos 3 y 18).

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AFORES y generan rendimientos conforme a la tasa determinada por el INFONAVIT, de conformidad con el art. 39 de su Ley.

La administración de la información de la subcuenta de vivienda es la fuente de información para los procesos de otorgamiento de crédito, amortización de la cartera y devolución de recursos al trabajador o sus beneficiarios al momento de retiro, por lo que a través del tiempo se ha requerido optimizar la operación de los cajones que integran el Fondo Nacional de la Vivienda.

Mención especial merecen las actividades tendentes a mejorar la devolución del fondo 92 – 97, por lo que se incluyó un apartado especial que se presenta en el anexo 1.

2. Estructuración

a) Fondo de ahorro 72-92

Los recursos de este período son administrados por el INFONAVIT, contándose con una base de datos de trabajadores con las aportaciones patronales por período. Dicha base se utiliza para consultas y para los procesos de aclaraciones que se presentan al momento en que el trabajador efectúa trámites por otorgamiento de crédito o retiro. Las aclaraciones se realizan a través de los CESI´s4 (centros de servicio INFONAVIT, ubicados en varias ciudades de la República Mexicana) y de INFONATEL (centro de servicio de atención telefónica)5 y pueden ser por unificación de cuentas, bajas, altas, cambio de datos de identificación y aclaración de aportaciones de conformidad con el procedimiento establecido6.

Cuando un trabajador recibe un crédito INFONAVIT y cuenta con saldo en su cuenta individual 72-92, se transfiere dicho saldo y se aplica a la amortización del crédito del trabajador, mediante una interfase entre los sistemas de crédito, administración de cartera y recaudación fiscal.

En caso de que el trabajador cuente con saldo en su cuenta individual al momento de su retiro o que cumpla con las causales de devolución del fondo de ahorro, se le paga mediante el sistema de retiros vía INFONATEL. El sistema realiza una validación en las bases de datos de los trabajadores, su historia laboral y las resoluciones de pensión, por lo que de resultar procedente, realiza la transferencia de recursos al banco

4 Para mayor referencia consultar en Sitio Internet INFONAVIT; Bitácora de Transparencia evolución y resultados; Proyecto Canales de atención http://www.INFONAVIT.org.mx/5 Para mayor referencia consultar en Sitio Internet INFONAVIT Bitácora de Transparencia Proyecto Canales de atención. http://www.infonavit.org.mx/inf_general/welcome.shtml 6 Solicitud de aclaraciones a la cuenta individual de fondo de ahorro. EPI_00025. Sistema de Gestión Documental ARA.

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con el que se tenga contratado este servicio7 para que le sea pagado el saldo y en su caso la cantidad adicional al trabajador en un plazo de cuatro días hábiles. En caso de requerirse información adicional, el trabajador la envía vía fax y una vez validada por la mesa de soluciones, se autoriza o rechaza el movimiento. Todo esto, de conformidad con el procedimiento vigente8.

b) Subcuenta de vivienda 92

Durante este período, las cuentas individuales9 eran administradas por los bancos o Instituciones de Crédito y Entidades Financieras Autorizadas (ICEFAS), quienes recibían las aportaciones patronales y los formularios con el detalle de a qué trabajadores correspondían, abriendo una cuenta por cada trabajador. Los recursos se transferían al cuarto día hábil al Instituto a través del Banco de México (Banxico), quien era el responsable de llevar las cuentas de orden a nivel global y presentar un estado de cuenta mensual al INFONAVIT. La administración10 del saldo global y cuentas de orden estuvo a cargo de Banxico desde la creación del SAR hasta finales de 2002, en que finiquitó su responsabilidad, así como la de las ICEFAS.

Durante 2003 las ICEFAS entregaron las bases de datos de los trabajadores con saldos pendientes de traspasar a las AFORES. La recepción se llevó a cabo vía la empresa operadora de la base de datos nacional SAR (PROCESAR), previa revisión por parte del INFONAVIT a través de un tercero y certificación ante corredor público. Para la administración de la base de datos, se suscribió un contrato con la empresa operadora PROCESAR11, instrumentándose los procesos de:

• Individualización de las aportaciones patronales extemporáneas (marzo 92 - junio 97).

• Traspasos a AFORES (SAR92 – AFORE).

• Retiros.

Con este propósito se definió y publicó en el Diario Oficial el procedimiento correspondiente12 y se definieron los manuales de procedimientos transaccionales.

7 El servicio que es contratado por la Tesorería General, en la fecha de este libro es proporcionado por el banco HSBC. 8Autorización de retiros del fondo de ahorro 72-92. PES_00081. Sistema de Gestión Documental ARA. 9 En el anexo 2 se detallan los movimientos que afectan a las cuentas individuales. 10 En el anexo 3 se resumen las responsabilidades de las ICEFAS. 11 Contrato de servicios profesionales consistentes en la administración de la base de datos denominada ”base de datos SAR 92” del 3 de marzo de 2004. 12 Procedimiento al que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para los procesos de individualización, traspasos y retiros de los recursos de la subcuenta de vivienda correspondiente al periodo comprendido entre el segundo

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Como producto de acciones de fiscalización y convenios de pago en parcialidades se continuaron recibiendo aportaciones correspondientes al período 92-97, instrumentándose su recepción con el sistema de depósitos referenciados a cargo de la tesorería del Instituto.

c) Subcuenta de vivienda 97

En julio de 1997 se inició la operación del nuevo sistema de pensiones con base en las modificaciones a la Ley del Seguro Social13, del INFONAVIT14 y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro15.

Para la operación del Instituto bajo los lineamientos de este nuevo sistema, se firmaron convenios con el IMSS, entidades receptoras y PROCESAR.

Para facilitar a los patrones el cumplimiento de su inscripción, la de sus trabajadores y los cambios a esta información, se unificó el trámite de entrega de información, utilizando los canales del IMSS y estipulando en el convenio la entrega diaria de movimientos al INFONAVIT para mantener actualizada las bases de datos, mediante el de afiliación.

En el proceso de recaudación se integran las cuotas al IMSS, las de AFORES y las aportaciones y amortizaciones al INFONAVIT, para lo cual se instrumentaron dos sistemas: el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) y la emisión de cédulas.

El SUA es un sistema informático que permite al patrón la captura de sus datos de identificación, los de sus trabajadores y los movimientos diarios que pudieran presentarse, como altas, bajas, reingresos, cambios de salario, ausentismos e incapacidades, inicio de descuentos por crédito INFONAVIT y condiciones de pago. Con esta información y las reglas de conformidad a la normatividad de cada instituto, el sistema realiza el cálculo de los importes a cubrir por el patrón, por concepto y por período. Si el pago es extemporáneo, el sistema obtiene los recargos correspondientes.

La emisión de cédulas es el proceso mediante el cual se elabora la factura al patrón de las cantidades a cubrir por cada trabajador, por cada concepto (cuotas, aportaciones y amortizaciones) y por período. Las cédulas son entregadas a los patrones mediante el proceso de

bimestre de 1992 y el tercero de 1997. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 2004. 13 Ley del Seguro Social. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995. 14 Ley del INFONAVIT, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997. http://infonavit.janium.com/Documentos/18187.pdf15 Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 1996.

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notificación en su domicilio o previo convenio, pasa a la oficina del IMSS a recoger un medio magnético (CD).

El costo por estos servicios se distribuye entre los institutos de acuerdo con el convenio para la distribución de los costos.

Los pagos son efectuados por el patrón en las entidades receptoras autorizadas. El pago lo realizará la empresa presentando la cédula de liquidación (sólo si tiene menos de cinco trabajadores) o el archivo SUA (generado con el Sistema Único de Autodeterminación). Los recursos son depositados al día siguiente en la cuenta que el Banco de México le lleva al Instituto.

La información a detalle de los pagos es transferida electrónicamente a PROCESAR, quien la integra, valida, concilia y dispersa al INFONAVIT y a las AFORES. La información de las aportaciones de trabajadores sin crédito es registrada en la subcuenta de vivienda 97 de cada trabajador en la AFORE de su elección. La información de las aportaciones y amortizaciones de trabajadores acreditados con crédito vigente se registra en la cuenta individual del trabajador que maneja el INFONAVIT y se transfiere para su aplicación al crédito vigente.

La información del pago patronal y detalle a nivel trabajador son la base para llevar a cabo los procesos de cobranza fiscal y fiscalización.

El saldo de la subcuenta de vivienda 97 es modificado por:

i) Rendimientos

De conformidad al artículo 39 de la Ley INFONAVIT, anualmente se determina la cantidad básica a repartir aplicando la tasa de incremento del salario mínimo del Distrito Federal al saldo de la subcuenta de vivienda y ésta se reparte en 12 exhibiciones mensuales. Adicionalmente, una vez al año y determinado el remanente de operación por el área contable, se establece si existe una cantidad adicional a repartir como pago 13. Para aplicar dichas cantidades a las cuentas individuales de los trabajadores en las AFORES, se determina la tasa equivalente, que será multiplicada por el saldo promedio. Los rendimientos son aplicados mediante el procedimiento de unidades de Aplicación de Intereses de Vivienda (AIVS). Este procedimiento se detalla en la circular CONSAR 22-716.

ii) Devoluciones a entidades receptoras

Cuando por error las entidades receptoras efectúan depósitos en exceso, una vez analizada la solicitud y conciliado la información, se procede a la devolución de los recursos efectuando un depósito en la

16 Circular CONSAR 22-7 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2004.

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cuenta de la entidad receptora vía Banco de México. Por estas cantidades se realiza un movimiento de cargo a la subcuenta de vivienda 97.

En caso contrario, cuando la entidad receptora deposita cantidades inferiores a la información de pagos recibidos, se solicita el depósito de la diferencia. Por estas cantidades se efectúa un movimiento de abono a la subcuenta de vivienda 97. El depósito por efectuarse extemporáneamente deberá acompañarse de los rendimientos y/o indemnizaciones correspondientes. Esta operatividad está descrita en la circular CONSAR 38-117.

iii) Transferencia del saldo para la aplicación a créditos

El saldo de la subcuenta de vivienda de un trabajador que obtiene crédito, de conformidad con el artículo 43 bis de la Ley de INFONAVIT, lo puede utilizar para aplicarlo a un crédito otorgado por INFONAVIT o para otorgarlo en garantía de un crédito de entidad financiera (banco o Sofol).

Para efectuar el descuento de la subcuenta de vivienda se elabora una solicitud vía PROCESAR a las AFORES que tengan la cuenta de los trabajadores en cuestión. Los saldos de las solicitudes aceptadas son transferidos al INFONAVIT y los rechazos son notificados igualmente. Este proceso se efectúa mediante el envío y recepción de archivos electrónicos entre INFONAVIT, PROCESAR y las AFORES, y su operación está normada en la circular CONSAR 22.

En la misma circular se detalla el procedimiento para la transferencia de las aportaciones subsecuentes para la amortización de créditos otorgados en entidades financieras al amparo del artículo 43 bis.

iv) Devoluciones a patrones

Cuando un patrón solicita se le devuelvan importes pagados indebidamente o en exceso por concepto de aportaciones o amortizaciones, se valida la procedencia de la devolución18 y se efectúa el cargo, ya sea a la subcuenta de vivienda en las AFORES (tratándose de las aportaciones) o a las cuentas de las aportaciones de trabajadores con crédito y/o amortizaciones. Una vez aplicadas las devoluciones en los registros y bases de datos, los importes son transferidos a través de la tesorería del Instituto a las cuentas de los empresarios. La operación de este proceso está normada por el Código Fiscal de la Federación19 y por la circular CONSAR 20-420.

17 Circular CONSAR 38-1. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 1998. 18 Devolución de pagos indebidos o en exceso. PES-00094. Sistema de Gestión Documental ARA. 19 Código Fiscal de la Federación. Artículos 22, 22-A y 22-B.

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v) Retiros

Cuando los trabajadores cumplen con las causales de retiro, efectúan su trámite ante el IMSS y/o ante la AFORE con la que mantienen su cuenta y con esto da inicio el proceso de pago de retiros del sistema de pensiones, mismo que se norma por la circular CONSAR 31-5.21

Dependiendo de las causales de retiro y las condiciones particulares de cada asegurado, el IMSS otorga una resolución de pensión, la cual es notificada electrónicamente al INFONAVIT a través de PROCESAR, acción que da inicio a los procesos de retiro por transferencia.

Las transferencias de recursos son únicamente del saldo de subcuenta de vivienda 97 y se realizan al IMSS, AFORES o al gobierno federal, según el tipo de pensión.

En el caso de transferencias al IMSS y a las AFORES, el tiempo es de tres días a partir de la resolución emitida por el IMSS. Las transferencias al gobierno federal se reciben en procesos diarios y su liquidación es bimestral. Circular 31-622.

El proceso de disposiciones se inicia cuando el trabajador se presenta en su AFORE a realizar el retiro de los recursos que le corresponden, estos pueden ser subcuenta de vivienda 92 y 97 en caso de negativa de pensión y subcuenta de vivienda 92 en caso de pensión otorgada por el IMSS.

vi) Devoluciones por errores operativos de las AFORES

Para estar en posibilidad de reintegrar a la subcuenta de vivienda importes que por un error operativo de las AFORES hubieran sido pagados en demasía a un trabajador, se tiene el canal para que las AFORES depositen en una cuenta del Instituto dichos recursos y envíen el detalle de los trabajadores a los cuales se efectuará el abono correspondiente. La operación de las devoluciones por errores operativos de las AFORES está normada en la circular CONSAR 22. Se anexan cuadros de devoluciones por año.

vii) Traspasos a AFORES (SAR92 – AFORE)

Cuando un trabajador comprueba que tiene recursos en la base de SAR92 que no fueron traspasados a su AFORE, realiza el trámite de solicitud de traspaso de conformidad al procedimiento emitido por el

20 Circular CONSAR 20-4. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio de 2005. 21 Circular CONSAR 31-5. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2003. 22 Circular CONSAR 31-6. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 2004.

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INFONAVIT23. De ser procedente dicho traspaso, estos recursos son integrados a su cuenta individual en su AFORE. Se anexan cifras de traspasos por este concepto.

3. Resultados obtenidos

a) En 2001:

Se llevaron a cabo acciones coordinadas con CONSAR, PROCESAR, IMSS y entidades receptoras con el propósito de mejorar los tiempos de entrega, calidad de información y niveles de conciliación de la recaudación de aportaciones y amortizaciones de crédito.

En coordinación con el IMSS se optimizó el procedimiento de emisión de cédulas a patrones, entregando, previa solicitud del patrón, esta información en medios magnéticos (CD) en sustitución a papel.

En cuanto al fondo de ahorro anterior al SAR, se efectuó la conciliación de 66,474 cuentas individuales para efectos de la devolución, precalificación de crédito y traspasos para la amortización de créditos.

En relación al SAR 92, se liberó a nivel nacional el módulo de aclaraciones para apoyar las actividades de precalificación y otorgamiento de créditos.

En cuanto a retiros SAR 97, se optimizaron los procesos y flujos de operación en colaboración con el IMSS, CONSAR, PROCESAR y AFORES, consolidándose el proceso de retiros por negativa de pensión.

Se participó en el diseño del modelo conceptual, criterios jurídicos, operativos y de sistemas del Programa Apoyo INFONAVIT24, iniciando su operación y formalizándose 198 operaciones. Actividad en la que participaron Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles)25, bancos, AFORES, PROCESAR y Comisión Nacional del Sistema de Ahorro al Retiro (CONSAR)26, para instrumentar la operación del sistema en forma integral.

23 Procedimiento al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para los procesos de individualización, traspasos y retiros de los recursos de la subcuenta de vivienda, correspondiente al período comprendido entre el segundo bimestre de 1992 y el tercero de 1997. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 2004. 24 Para mayor referencia consultar en Sitio Internet INFONAVIT; Bitácora de Transparencia ,Proyectos Estratégicos; Proyecto Apoyo INFONAVIT y Cofinanciamiento, banca y Sofoles. http://www.infonavit.org.mx/inf_general/welcome.shtml25 Institución financiera no bancaria que basa su operación en dar crédito. 26 Es la institución encargada de regular y expedir disposiciones y reglas de carácter general sobre los sistemas de ahorro para el retiro, establecer bases de colaboración, otorgar, modificar o revocar autorizaciones y concesiones; supervisar a los participantes en estos sistemas; administrar la base de datos nacional SAR; imponer multas y sanciones; actuar como organismo de consulta; celebrar convenios de asistencia técnica; recibir y tramitar

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b) En 2002:

Se asignaron las tareas de administración del saldo global de la subcuenta de vivienda y la determinación de las tasas de rendimientos, a la Gerencia de Operación de Recaudación Fiscal, actividad anteriormente responsabilidad de la Tesorería General.

Se emitió la normatividad para operar las transferencias por aportaciones subsecuentes y pagos con cargo a la garantía para créditos otorgados en entidades financieras con Apoyo INFONAVIT y se instrumentaron los procesos entre INFONAVIT, PROCESAR y AFORES para actualizar la subcuenta de vivienda del trabajador con dichos movimientos. Circular CONSAR 22-327.

c) En 2003:

En relación a los retiros del fondo de ahorro, con el propósito de incrementar la calidad en el servicio al derechohabiente, se disminuyó el tiempo de atención de hasta 90 días a únicamente tres, se diseñó e implementó un nuevo sistema de retiros del fondo de ahorro 72-9228, utilizando la tecnología de INFONATEL29.

En cuanto al SAR92-97, se inició, en colaboración con la CONSAR y los bancos, la corrección de cuentas direccionadas al INFONAVIT, pero que debían corresponder al FOVISSSTE, efectuando la transferencia de $28 millones, correspondientes a 8,507 trabajadores del Consejo de la Judicatura.

Con motivo de la publicación del decreto por el cual se finiquitó la operación de las instituciones de crédito en materia de los sistemas de ahorro para el retiro30, el Instituto absorbió los procesos de recaudación, individualización, traspaso y retiro de la subcuenta de vivienda constituida por aportaciones de los periodos 92 a 97 en forma conjunta con la CONSAR y el IMSS, con lo que se generó el procedimiento para el trámite de los retiros y traspasos que se aplicaron durante el primer semestre de 2003.

Adicionalmente, se acordó con la CONSAR y PROCESAR el procedimiento para la entrega de la información de la subcuenta de

reclamaciones; e informar al Congreso de la Unión y a la opinión pública de la situación que guarden los sistemas de ahorro para el retiro. 27 Circular CONSAR 22-3, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2002. 28 En el anexo 1 se presenta el desarrollo de este proyecto. 29 Para mayor referencia consultar en Sitio Internet INFONAVIT; Rendición de Cuentas; Bitácora de transparencia , Proyecto Canales de Atención. http://www.infonavit.org.mx/inf_general/welcome.shtml30 Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre de 2002.

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vivienda por parte de dichas instituciones de crédito. En cuanto a la recaudación de las aportaciones extemporáneas, el Instituto implementó el procedimiento para que los patrones enteraran los recursos correspondientes.

d) En 2004:

Se incorporaron al sistema de retiros 72-92 vía INFONATEL los trámites por laudos judiciales, plan privado de pensión y defunción.

En relación al SAR 92, se llevaron a cabo las siguientes acciones derivadas de la publicación del decreto publicado el 24 de diciembre del 2002:

• Recepción, diagnóstico y certificación ante corredor público de la base de datos SAR 92 entregada por los bancos vía PROCESAR.

• Firma del contrato entre INFONAVIT y PROCESAR para la administración de la base de datos SAR92 – Decreto.

• Definición y firma de los modelos conceptuales de procesos operativos derivados del decreto: administración de la base de datos, traspasos y retiros de trabajadores sin AFORE.

Se instrumentó la Base de Datos Nacional SAR Vivienda (BDNSVIV) con los saldos de la subcuenta de vivienda en AFORES para su utilización en el sistema de pensiones y en el INFONAVIT. Para simplificar el cálculo y aplicación de rendimientos, se instrumentó la metodología de unidades de Aplicación de Intereses de Vivienda (AIV’s). Asimismo, se pusieron en marcha procedimientos de actualización de marcas de crédito INFONAVIT y 43 bis en dicha base de datos.

Referente a retiros, se instrumentó el modelo de transferencias al gobierno federal por resoluciones de pensión emitidas al amparo de la Ley IMSS 73. Se llevó a cabo la reingeniería del sistema de retiros unificando los trámites por las diferentes causales, para lo cual se emitió la circular CONSAR 31-5, optimizando el tiempo del trámite de 10 o más días a sólo tres.

e) En 2005:

Se diseño una nueva versión del SUA a la que se le incorporaron los conceptos de seguro de daños, multas y donativos FUNDEMEX. Se llevaron a cabo las pruebas para su liberación, las modificaciones al comprobante de pago a fin de desglosar estos conceptos adicionales, y la certificación de las entidades receptoras para iniciar con esta nueva versión la recaudación a partir de febrero 2006.

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f) En 2006: En coordinación con AFORES, CONSAR y PROCESAR, se están llevando a cabo las siguientes acciones:

• La optimización del proceso de transferencia del saldo de la subcuenta de vivienda para la aplicación al crédito.

• Acreditación de interés por pagos extemporáneos.

• Conciliación de la Base de Datos Nacional SAR Vivienda (BDNSVIV).

• Se tiene programada la conclusión de estas acciones en diciembre de 2006.

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Anexo 1: Devolución del fondo de ahorro 72/92

(Regresar)

1. Antecedentes y orígenes del proyecto

El fondo de vivienda que es administrado por el INFONAVIT inicia su formación el 1 de mayo de 1972, teniendo dos modificaciones sustanciales. La primera, con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR-92) y, la segunda, con la entrada en vigor del Sistema de Pensiones (SAR-97).

En cuanto a los fondos constituidos durante el periodo del 1 de mayo de 1972 al 29 de febrero de 1992, la Ley del INFONAVIT indica que el Instituto tiene la obligación de entregar directamente a los trabajadores, los recursos que no fueron utilizados para aplicarse en la amortización de un crédito de vivienda. Además, debido a que no se consideró que fueran susceptibles de generar rendimientos, al momento del retiro sí se contempla la entrega del total de las aportaciones más una cantidad igual, en los casos de estar pensionado, de fallecimiento y los solicitados por laudo judicial que indiquen el pago de esta cantidad adicional. En el caso de terminación de relación laboral, el pago deberá ser por el monto del saldo registrado.

Por otro lado, el 1 de enero de 1993 entró en vigor el decreto presidencial31 en el que se establece que para fines de un más fácil manejo, se eliminen tres ceros a nuestra moneda. La repercusión de este decreto en el estado de cuenta del fondo de vivienda, implicó que al efectuarse el ajuste de los saldos a nuevos pesos, los fondos acumulados aparentemente disminuyeron.

Adicionalmente y debido a las modificaciones a la ley del Instituto, durante el periodo SAR-92 el registro y la devolución de las aportaciones corrió a cargo de los bancos autorizados. En el periodo SAR-97 las aportaciones son registradas por las AFORES, quienes también son la ventanilla del INFONAVIT para entregar los recursos derivados de solicitudes de devolución de la subcuenta de vivienda. En ambos casos, los recursos de la subcuenta de vivienda generan rendimientos para garantizar el valor adquisitivo, en el evento de que sean utilizados para la compra de una vivienda.

Las diferentes causas por las que se puede solicitar el retiro son: jubilación (vejez o cesantía en edad avanzada dictaminada por el IMSS, plan privado de pensión otorgado por el patrón), incapacidad permanente parcial (del 50% o más), incapacidad permanente total e invalidez definitiva, y terminación de la relación laboral o defunción.

31 Diario Oficial de la Federación del 22 de junio de 1992. Decreto por el que se crea una nueva unidad del Sistema Monetario de los Estados Unidos Mexicanos.

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La atención que se prestó a los derechohabientes hasta el año de 2003 presentó muchos problemas derivados del manejo de documentación física, elaboración manual de dictámenes, tiempos prolongados de respuesta, reposición de documentación probatoria vigente, traslados del derechohabiente hasta los centros de servicio en delegaciones regionales u oficinas de apoyo.

Para la devolución de este fondo, el trabajador debía presentarse en las oficinas destinadas por el Instituto para realizar este trámite y que estaban localizadas en los centros de servicio dentro del Distrito Federal o en las delegaciones regionales y subdelegaciones en el interior de la República.

Personal del INFONAVIT entregaba la solicitud e instructivo en donde se indicaban los documentos que debería presentar el trabajador o beneficiario, según la causal por la que se solicitara la devolución de los recursos.

Uno de los documentos que debía presentar el trabajador es el estado de cuenta de las aportaciones comprendidas del 3er bimestre de 1972 al 1er bimestre de 1992, por cada una de las empresas donde laboró y emitido por el INFONAVIT, mismo que también contenía los datos de identificación del trabajador. Cuando el trabajador solicitaba este documento debía revisar que la información contenida fuera correcta, en caso contrario, debía solicitar su corrección.

Cuando la corrección correspondía al monto de las aportaciones, debía presentar los formatos fiscales con los que la empresa enteró al Instituto el importe de las aportaciones que abonó para el trabajador, por el (los) año (s) faltante (s). En ausencia de dichos formatos, las empresas que tenían un convenio con el INFONAVIT para no presentar dichos formatos, podían acreditar las aportaciones efectuadas con una carta certificada por la misma empresa.

Cuando la corrección correspondía a los datos de identificación del derechohabiente, tenía que presentar su acta de nacimiento, registro federal de contribuyentes e identificación oficial vigente.

Las correcciones eran aplicables, independientemente de la causal por la que se solicitara la devolución de los recursos.

Una vez que la documentación se entregaba en las ventanillas, el tiempo estimado para la solución era de aproximadamente 30 días. Si era necesario enviar la solicitud y documentos probatorios desde una subdelegación a la delegación, el tiempo aumentaba hasta 60 días naturales.

En caso de haber recibido una negativa de entrega de recursos, el beneficiario podía acudir para presentar una inconformidad ante la Comisión de Inconformidades, ubicada en las oficinas centrales del INFONAVIT.

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Cuando esta entidad tenía el dictamen de la inconformidad presentada, el beneficiario debía acudir nuevamente a las oficinas de la comisión para recibir la respuesta del dictamen mencionado.

Si el domicilio del trabajador estaba en el interior del país, también podía enviar a la Comisión de Inconformidades a través de correo certificado, un escrito con firma autógrafa, explicando el motivo de su inconformidad. La respuesta se le enviaba también por correo certificado en un plazo aproximado de 30 días naturales.

Cuando la comisión resolvía a favor del trabajador, éste debía iniciar nuevamente el trámite de devolución del fondo de ahorro 72/92, al amparo del dictamen emitido.

Si la comisión resolvía como improcedente la inconformidad presentada, el trabajador podía acudir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje o aceptar la resolución emitida.

2. Estructuración

El INFONAVIT, a través del área de Servicios Legales, establece el procedimiento y dictamina la procedencia de las solicitudes del fondo por las causales de incapacidad total permanente, incapacidad parcial permanente del 50% o más, invalidez definitiva, jubilación, muerte, cuando el trabajador cuente con la edad de 50 años o más y deje de estar sujeto a una relación laboral por el período mínimo de un año. Para este propósito, el Instituto aplica las consideraciones establecidas en el artículo 141 de la Ley Federal del Trabajo32.

Adicionalmente y para operar la entrega de dichos fondos, las disposiciones que establecen las condiciones bajo las que se podrá hacer entrega de los depósitos constituidos a favor de cada trabajador se encuentran establecidas en el artículo 40 de la Ley del INFONAVIT33.

3. Acciones tomadas

Como se señaló, la atención que se prestó a los derechohabientes hasta 2003, presentó problemas derivados del manejo de documentación física, elaboración manual de dictámenes, tiempos prolongados de respuesta, reposición de documentación probatoria vigente, así como traslados del derechohabiente hasta los centros de servicio en delegaciones regionales o en oficinas de apoyo.

32 Mismas que en caso de proceder se les aplican las consideraciones establecidas en el artículo 141 de la Ley Federal del Trabajo. http://www.INFONAVIT.org.mx/inf_general/m_juridico/ml/ml_lft_136_153.shtml 33 http://www.INFONAVIT.org.mx/inf_general/m_juridico/ley_INFONAVIT.shtml

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Para hacer frente a la baja eficiencia con que se realizaba la devolución de los recursos, un área de oportunidad era aprovechar la infraestructura del centro de contacto telefónico (INFONATEL), el cual cuenta con todos los elementos técnicos y humanos para atender a nivel nacional este servicio, por lo que sólo se desarrolló internamente un sistema informático que realiza la dictaminación automática de las solicitudes, de la siguiente manera:

• El trámite lo inicia el solicitante llamando por teléfono al número habilitado por el centro de contacto telefónico. Una vez que el operador contesta, se le solicita sus datos de identificación y la causa por la que está realizando dicha solicitud.

• La información proporcionada por el derechohabiente la captura el operador en la pantalla de su computadora y el sistema realiza la dictaminación correspondiente. Después de recibir la respuesta del sistema, el operador indica los datos correspondientes al banco en donde puede cobrar, folio de pago, fecha de pago e importe a cobrar, con los que el solicitante acudirá ante la ventanilla del banco y solamente se identificará para que le puedan hacer entrega de sus recursos.

• Posterior a esto, el banco notifica al INFONAVIT de los pagos que efectuó para que se realicen las aplicaciones contables correspondientes y la actualización de las bases de datos institucionales respectivas.

• En el evento de que así lo desee el trabajador, también puede acudir al centro de servicio o delegación regional del Instituto, donde le brindan la atención utilizando el mismo sistema informático que usa INFONATEL.

Las herramientas para poder efectuar los trámites mediante un sistema informático son las bases de datos con la información para validar la procedencia del retiro:

• La base de datos con las resoluciones de pensión se crea después de negociar con el IMSS el envío a este Instituto del archivo electrónico correspondiente a través de PROCESAR, aprovechando la infraestructura operativa de los diferentes procesos que se implementaron con la entrada en vigor del sistema de pensiones.

• Las bases de datos de trabajadores permiten revisar la relación laboral de cada uno de los trabajadores y su situación sobre los movimientos afiliatorios que se les han aplicado.

• La utilización de sistemas electrónicos de pago, facilita la solicitud de transferencia de recursos del Instituto para instruir al banco que ponga a disposición de los beneficiarios los fondos correspondientes. Esta transacción bancaria se efectúa en unas cuantas horas.

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4. Resultados obtenidos

• En conjunto, el procedimiento operativo de la devolución del fondo 72/92 se ha mejorado sustancialmente. Con el esquema anterior, se daba respuesta en un plazo de 60 días. Con este nuevo sistema, la respuesta se proporciona en el mismo momento y si es positiva, el cobro por parte del beneficiario es en tres días hábiles posteriores.

• La emisión de las cartas de negativa de pago, en su caso, se efectúa el mismo día y se proporciona al solicitante en un periodo máximo de una semana.

• Las solicitudes por defunción, laudo judicial y plan privado de pensión, quedan sujetas a enviar los documentos probatorios, acción que se inicia recibiendo vía fax estos documentos y atendiéndolos en un plazo máximo de cinco días hábiles.

• El trámite se realiza a través de canales alternos como el INFONATEL, además de la atención en sitio a través de los Centros de Atención (CESI´s) y las delegaciones regionales.

• Se reducen los tiempos para disponer de la información necesaria para realizar la dictaminación de las solicitudes. Ésta la realiza un sistema informático, lo cual permite una mayor certeza en el resultado de su monto y oportunidad para proporcionar una respuesta.

• El registro de los trámites en las bases de datos se efectúa en el momento de la operación.

• Las solicitudes para ubicar los recursos y su disposición por parte del derechohabiente son más rápidas y sin necesidad de efectuar escritos o trámites innecesarios.

• La interacción de la información que recibe el Instituto, debido al convenio de intercambio de información con el IMSS y la operación de los procesos que se establecieron con la participación del INFONAVIT en el sistema de pensiones, permite optimizar la explotación de las bases de datos institucionales.

• El registro contable de las operaciones de devolución se efectúan en tiempo y forma.

• La salida de recursos del Instituto por este concepto significa un mayor control y se afecta únicamente la partida correspondiente.

• El número de solicitudes se atiende de acuerdo con la demanda diaria y el antecedente del trámite queda registrado en la base de datos de Administración de Relación con el Ciudadano (ARC).

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5. Impacto económico

Se evitó al derechohabiente la pérdida de horas de trabajo y gastos de transportación, ya que desde su hogar o en un lugar cercano, vía telefónica a través del sistema INFONATEL puede hacer su trámite de devolución del fondo de ahorro.

Significó un ahorro para el INFONAVIT en la reproducción documental del expediente, derivado de que el derechohabiente proporciona vía telefónica al operador de INFONATEL los datos de identificación siguientes: Número de Seguridad Social (NSS), Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y nombre completo.

Disminución en los tiempos de respuesta:

• La solicitud del trámite de la devolución del fondo de ahorro a nivel nacional se redujo. Son 60 minutos los que se requieren para recibir la llamada, proporcionar los datos, registrarlos en el sistema y enviar el mensaje.

• El tiempo para efectuar el pago del fondo de ahorro es mínimo y el medio para ponerlo a disposición del beneficiario en una sucursal bancaria cercana a su domicilio, es más rápido y eficiente.

El no tener que emitir un documento de pago significa un ahorro en papelería.

Cuando se trata de negativas de pago, la carta de negativa se emite en un tiempo mínimo y así, el derechohabiente puede interponer el recurso de inconformidad en un tiempo menor.

La generación de un pago electrónico permite poner a disposición del solicitante los recursos en un menor tiempo. Es más fácil y rápido que el beneficiario pueda hacer efectivo el cobro de su devolución con sólo acudir a la sucursal más cercana del banco operador.

La entrega inmediata de una carta de negativa de pago, en su caso, permite al derechohabiente gestionar lo conducente con mayor rapidez.

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6. Cronograma resumen

Antecedentes

El fondo inicia su formación el 1º de mayo de 1972 con la creación del sistema de ahorro para el retiro y la entrada en vigor del sistema de pensiones.

Actividades 2001 2002 2003 2004 2005 2006

La atención prestada a los derechohabientes hasta 2003 presentó problemas derivados del manejo de documentos físicos.

El área legal del Instituto establece el procedimiento y dictamina la procedencia de las solicitudes del fondo de acuerdo con diversas causales.

Se toman en cuenta las disposiciones que establecen las condiciones de entrega de los depósitos conforme al art. 40 de la Ley del INFONAVIT.

En caso de muerte, la entrega se efectúa conforme a una orden de prelación de acuerdo con la Ley del IMSS.

En caso de que el trabajador tuviera un crédito INFONAVIT, el importe del fondo a que tuviere derecho se hará en términos de la Ley federal del trabajo.

Proceso y operación de la devolución

Se aprovechó la infraestructura del INFONATEL y se desarrolló un sistema informático que realiza la dictaminación automática.

Se sistematizó un proceso iterativo ante cada solicitud: solicitud de datos y causa de la solicitud; el operador efectúa la consulta electrónica e indica el banco al que puede acudir para recuperar el importe correspondiente; el banco notifica al INFONAVIT los pagos efectuados para la aplicación contable.

Mejorar sustancialmente el proceso operativo a través de:

○ La validación de la procedencia del retiro a través de las bases de datos.

○ El cruce de información con el IMSS a través del PROCESAR con objeto de revisar movimientos afiliatorios y la resolución de pensión.

Se agrega la opción para realizar el trámite a través de canales alternos (INFONATEL).

Se reducen los tiempos para disponer de la información necesaria para realizar la dictaminación de solicitudes.

El registro de los trámites se efectúa en el momento de la operación.

La ubicación y disposición del fondo por parte del derechohabiente es más rápida.

La interacción de la información optimiza la explotación de las

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Actividades 2001 2002 2003 2004 2005 2006bases institucionales.

La salida de recursos monetarios del Instituto significa un mayor control.

El ahorro en tiempos de traslado y gastos de transportación por el trabajador se reducen sustancialmente.

Reducción importante en la cantidad de documentación solicitada.

Reducción del tiempo de respuesta al trabajador.

El servicio de devolución del fondo es a nivel nacional.

El registro de eventos involucrados en el proceso es al momento en que ocurren.

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Anexo 2 Movimientos que afectan las cuentas individuales

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Los movimientos que por diversos conceptos afectan las cuentas individuales se relacionan a continuación:

a) Fondo de ahorro 72-92

Depósitos a favor de los trabajadores por aportaciones extemporáneas (recaudación) y / o aclaraciones.

Devolución del fondo de ahorro (retiros) por las causales: • Jubilación. • Pensión. • Plan privado de pensión. • Incapacidad total y permanente del 50% o más. • Fallecimiento. • Por laudo judicial. • Terminación de la relación laboral y edad mayor a 50 años.

Traspaso para la aplicación al crédito del trabajador

b) Subcuenta de vivienda 92

Depósitos a favor de los trabajadores por aportaciones extemporáneas (recaudación).

Retiros por las causales: • Jubilación. • Pensión. • Plan privado de pensión. • Incapacidad total y permanente del 50% o más. • Fallecimiento. • Por laudo judicial. • Terminación de la relación laboral y edad mayor a 60 años.

Traspaso SAR-92 a AFORE34.

34 Procedimiento al que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para los procesos de individualización, traspasos y retiros de los recursos de la subcuenta de vivienda correspondiente al período comprendido entre el segundo bimestre de 1992 y el tercero de 1997. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 2004.

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Rendimientos.

c) Subcuenta de vivienda 97

Depósitos a favor de los trabajadores por aportaciones del periodo y/o extemporáneas.

Retiros por las causales: • Jubilación. • Pensión. • Incapacidad total y permanente del 50% o más. • Fallecimiento. • Por laudo judicial. • Negativa de pensión. • Terminación de la relación laboral y edad mayor a 65años.

Traspaso para la aplicación al crédito del trabajador:

• INFONAVIT. • Entidades financieras (Apoyo INFONAVIT y Cofinanciamiento).

Devoluciones: • A patrones por pagos indebidos o en exceso. • A entidades receptoras por depósitos en exceso. • Por errores operativos.

Rendimientos.

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Anexo 3 ICEFAS

(Regresar)

Durante el período marzo 1992 a diciembre 2002 las ICEFAS fueron responsables de los siguientes procesos:

• Recepción de las aportaciones patronales. • Emisión de comprobantes de pago. • Registro en la cuenta patronal. • Registro en la cuenta individual, con las subcuentas de retiro y vivienda. • Emisión de comprobante de aportaciones recibidas. • Emisión de estado de cuenta de la cuenta individual. • Traspasos ICEFA - ICEFA. • Correcciones (unificación, separación y actualización de datos).

En tanto que de marzo 1992 a junio 2003, se encargaron de las siguientes actividades:

• Traspasos ICEFA - AFORE (a partir de julio de 1997). • Retiros. • Entrega de información bimestral a institutos.