AESANoticias N 11

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  • 8/22/2019 AESANoticias N 11

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    11mayo de 2007 SeguridadAlimentariay Nutricin

    La AESA pasa a denominarse

    Agencia Espaola de Seguridad

    Alimentaria y Nutricin.

    y adems... La AESAN opina sobre las alegacio-nes nutricionales de cidos grasosmonoinsaturados en alimentos.

    Entrevista a Flix Lobo, Presidente

    de AESAN.

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    El acto de presentacin del informe Nutricin, actividad fsica y prevencin de la obesi-dad ha sido el marco elegido por Elena Salgado, Ministra de Sanidad y Consumo, paraexplicar las nuevas funciones que asume la Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria,tras la aprobacin de la Ley 44/2006 de mejora de la proteccin de los consumidores yusuarios y que modifica la Ley 11/2001 por la que se cre la AESA.

    La razn de este cambio en palabras de la Ministra estriba en la necesidad de supe-rar un concepto anticuado de la salud alimentaria, que se vea restringido a los aspectosde la prevencin de las enfermedades que tienen su origen en el consumo de alimentos.

    LA AESA AMPLA SUS COMPETENCIAS

    Pasa a denominarse Agencia

    Espaola de Seguridad Alimentariay Nutricin

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    Las nuevas competencias de la Agencia, quedesde la entrada en vigor de la ley ha pasa-do a denominarse Agencia Espaola de Se-guridad Alimentaria y Nutricin (AESAN), se-rn planificar, coordinar y desarrollar estra-tegias y actuaciones que fomenten la infor-macin, educacin y promocin de la saluden el mbito de la nutricin y, en especial, laprevencin de la obesidad.

    A lo largo de este mismo acto, ElenaSalgado anunci tambin que el Ministerio

    ha denunciado el convenio que se firm en2005, en el marco de la Estrategia NAOS,con la Federacin Espaola de Cadenas deRestauracin Moderna (FEHRCAREM) porlos incumplimientos reiterados de uno desus asociados, la compaa de restauracinrpida Burger King.

    Nuevas funciones de la AESAN.Tal y como seala la Exposicin de Motivosde la nueva ley, su propsito es garantizar ladefensa de los consumidores, configuradaen el artculo 51 de nuestra Constitucincomo principio rector de la poltica social y

    econmica.Precisamente con este fin, se incorporanuna serie de mejoras entre las que seencuentra la modificacin de la citada Ley11/2001 por la que se cre la AgenciaEspaola de Seguridad Alimentaria.

    A esta reforma est dedicada laDisposicin final octava que establece, enprimer trmino, el cambio de denominacinen virtud del cual la Agencia Espaola deSeguridad Alimentaria pasa a llamarseAgencia Espaola de Seguridad Alimentariay Nutricin.

    De conformidad con sus nuevas compe-

    tencias, la AESAN estar legitimada para elejercicio de acciones de cesacin, un nuevoinstrumento que permitir a la Agencia pro-teger a los consumidores y usuarios, cuandoconsidere que sus intereses estn siendovulnerados, recurriendo a la tutela de los tri-bunales de justicia.

    En la norma estn previstos dos supues-tos en los que se podr ejercitar dicha com-petencia.

    El primero se extiende de manera genri-ca a las conductas que lesionen los intere-ses colectivos de los consumidores y usua-rios, tanto en el mbito de la seguridad delos alimentos dirigidos al consumo humanocomo en lo referido a las alegaciones nutri-cionales.

    La accin de cesacin se dirigir a obte-ner una sentencia que condene al demanda-do a cesar en la conducta y a prohibir su rei-teracin futura. Asimismo, la accin podrejercerse para prohibir la realizacin de unaconducta cuando sta haya finalizado altiempo de ejercitar la accin, si existen indi-cios suficientes que hagan temer su reitera-cin de inmediato.

    El segundo supuesto contemplado por lanueva ley se refiere a un aspecto concreto

    de la comercializacin de los alimentos,como es la utilizacin de alegacionesnutricionales informaciones sobre propie-dades saludables de los alimentos en lapublicidad.

    Con respecto a este tema, se estableceque, en los trminos de la Ley General dePublicidad, la AESAN podr solicitar al anun-ciante la cesacin o rectificacin de la publi-cidad ilcita que afecte a los intereses colec-tivos o difusos de los consumidores y usua-rios. Y esto, tanto en el mbito de la seguri-dad de los alimentos dirigidos al consumohumano, como en lo referido a las alegacio-

    nes nutricionales.

    Ms garantas para los consumidoresDurante los ltimos aos, la experiencia hapuesto de manifiesto la existencia de undficit en la proteccin a los ciudadanos, encuanto consumidores y usuarios,en diversosmbitos. Ese es el motivo que ha hechonecesario emprender la reforma legal que seha visto plasmada en la nueva Ley de mejo-ra de la proteccin de los consumidores.

    As por ejemplo, se aade un nuevo art-culo a la Ley General para la Defensa de losConsumidores y Usuarios en virtud del cual,

    ante situaciones de riesgo para la salud yseguridad de los consumidores y usuarios,las administraciones pblicas competentespodrn adoptar las medidas que resultennecesarias y proporcionadas para la desapa-ricin del riesgo, incluida la intervencindirecta sobre las cosas y la compulsindirecta sobre las personas.

    Adems, en estos supuestos, todos losgastos que se generen sern a cargo dequien con su conducta los hubiera origina-do, con independencia de las sanciones quese le impongan. La exaccin de esos gastosy sanciones podr llevarse a cabo por el pro-cedimiento administrativo de apremio.

    Por otro lado, se seala que los responsa-bles de la coordinacin de los sistemas esta-

    tales de intercambio de informacin integra-dos en los sistemas europeos de alertas,trasladarn las comunicaciones que recibana las autoridades aduaneras cuando, confor-me a la informacin facilitada en dichascomunicaciones, los bienes o servicios aler-tados procedan de terceros pases.

    Seis aos de actividadLa Agencia Espaola de Seguridad Alimen-taria fue creada en 2001 como organismo

    autnomo adscrito al Ministerio de Sanidady Consumo, al que corresponde su direccinestratgica, la evaluacin y el control de losresultados de su actividad.

    Desde su constitucin efectiva, la AESAactual AESAN ha tenido como objetivoprimordial promover la seguridad alimenta-ria, como aspecto fundamental de la saludpblica y tambin ofrecer y garantas e infor-macin objetiva a los consumidores y agen-tes econmicos del sector agroalimentarioespaol, en el mbito de las competenciasde la Administracin General del Estado, ycon la cooperacin de las dems administra-

    ciones pblicas y sectores interesados.As lo refleja la ltima memoria publicadade la Agencia, que pone de relieve los es-fuerzos realizados para mejorar la evalua-cin y gestin de riesgos, las redes de alertay control y la labor del Centro Nacional deAlimentacin.

    A estas funciones se suman ahora lasintroducidas por la reciente reforma legal,que se refieren a la planificacin y desarrollode actuaciones que fomenten la salud en elmbito de la nutricin y, sobre todo, en el dela prevencin de la obesidad. Por otra parte,no conviene olvidar que estas funciones no

    son del todo nuevas ya que, a lo largo de2005 y 2006, la AESA ha estado involucradaen la estrategia NAOS y en otras accionesencaminadas a promover una alimentacinsaludable.

    Como seal Elena Salgado, las nuevascompetencias vienen justificadas por el cam-bio que el concepto de salud alimentaria haexperimentado. As, por ejemplo, la obesidadha dejado de ser en las sociedades indus-trializadas un mero problema esttico paraconvertirse en un grave problema de saludpblica. De hecho, la Organizacin Mundialde la Salud la considera una de las grandesamenazas del siglo XXI y cifra en ms de milmillones el nmero de personas que pade-cen sobrepeso.

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    Las nuevas competencias de la Agencia, sern planificar, coordinar y desa-rrollar estrategias y actuaciones que fomenten la informacin, educacin ypromocin de la salud en el mbito de la nutricin y, en especial, la preven-cin de la obesidad.

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    Entrevista

    No se puede contemplar separadamente

    la seguridad alimentaria y la nutricin

    nuestro principal objetivo es que los ciuda-danos se sientan ms seguros y protegi-dos.

    N.A.- Cmo ha recibido la industria ali-mentaria espaola esta ampliacin decompetencias de la AESAN?F.L.- Bien. Saben que es necesario. Debernadaptarse, sobre todo en lo que se refiere aletiquetado y a las alegaciones nutricionalesy de salud.

    N.A.- Va a requerir el desempeo de

    estas nuevas funciones algn cambio enla estructura de la AESAN?F.L.- Hemos reforzado nuestro equipo con laincorporacin de expertos y, adems, conta-remos con el apoyo de nuestro ComitCientfico y el Comit de la Autoridad Euro-pea de Seguridad Alimentaria. Ambos, seencargarn de evaluar las alegaciones quepuedan hacer los fabricantes de productosalimentarios.

    N.A.- Qu implica el que la AESANpueda acudir directamente al sistema

    judicial como sucede en el caso de lasacciones de cesacin?FL.- Ahora disponemos de una nueva herra-mienta: la accin de cesacin, que nos per-mite reforzar la proteccin de los ciudada-nos.Esto repercutir en una mayor seguridadde todos y en una mayor confianza en los ali-mentos que la gente compra y consume.Tampoco conviene olvidar que, a partir del 1de julio, se comienza a aplicar el Reglamentoeuropeo que supone que las declaracionesnutricionales y sobre las propiedades saluda-

    bles de los alimentos, que aparezcan en susetiquetas y en la publicidad sobre ellos,debern ser veraces.

    Noticias AESAN.- Cmo valora la tra-yectoria de la AESAN a lo largo de estosaos?Flix Lobo.- Durante este periodo, en elmbito de la seguridad alimentaria, hemosreforzado los mecanismos de control y alertapara reducir los tiempos de reaccin anteuna hipottica crisis, y hemos propiciado laadopcin de medidas que garanticen laseguridad de los consumidores.

    Pero, sin duda, lo ms destacable creo quees la ampliacin del mbito de la actuacinde la Agencia que, desde diciembre de 2006,

    ha asumido competencias en materia denutricin. Es una tendencia que se observaen los pases de nuestro entorno: no sepuede contemplar separadamente la seguri-dad alimentaria y la nutricin, una vez alcan-zado cierto nivel de excelencia.

    N.A.- Por qu cree que era necesaria lareforma de la ley de mejora de la pro-teccin de los consumidores y usuarios,en lo relativo a la AESAN?F.L.- Para ofrecer mayores garantas y msseguridad a los consumidores. Por un lado, laley nos va a permitir planificar, coordinar ydesarrollar estrategias y actuaciones parafomentar la informacin, la educacin y lapromocin de la salud en el mbito de lanutricin. Por otro, nos otorga un nuevo ins-trumento, las acciones de cesacin, que noshabilitan para intervenir directamente sidetectamos conductas contrarias a la seguri-dad alimentaria o publicidad con alegacionesnutricionales que no sean veraces.

    N.A.- Cules son los retos que este cam-

    bio legal supone para la AESAN?F.L.- Sobre todo, la ampliacin de nuestrombito de trabajo. Esto ya es un reto. Pero

    Acciones contra la obesidad infantilN.A.- Qu pasos va a dar la AESAN parafomentar la salud en el mbito de la nutri-cin y en la lucha contra la obesidad?F.L.- Hay varios proyectos muy ambiciosos enmarcha. Por una parte, est el Perseo que esmuy interesante, incluso desde el punto devista cientfico. Se trata de un programa pilo-to, dirigido a alumnos de educacin primariade centros seleccionados en las comunidadesautnomas con mayor prevalencia de obesi-dad infantil. En total, el programa implica ams de 14.000 chicos y 500 profesionales dedistintos mbitos, pero lo ms importante esque hasta ahora no se haba actuado contrala obesidad en el mbito escolar de unaforma tan integral. Estamos trabajando conlos alumnos, los profesores, las asociaciones

    de padres, con los centros de salud, etc.Por otra parte, estamos preparando el

    Estudio ENRICA desarrollado por la Univer-sidad Autnoma de Madrid y Sanofi-Aventis.Se llevar a cabo entre 14.000 personas, queconstituyen una muestra representativa de lapoblacin espaola de 18 a 64 aos y suobjetivo es proporcionar informacin sobrela obesidad, sus causas y su incidencia en lasenfermedades cardiovasculares. Supone ungran salto cualitativo y nos va a permitirmejorar la prevencin de los factores de ries-go de esta enfermedad.

    N.A.- Cul ha sido el balance de lasacciones desarrolladas hasta el momen-to como la estrategia NAOS y el cdigoPAOS?F.L.- El balance est siendo muy positivo porla repercusin que est teniendo en la socie-dad espaola y por la toma de conciencia deque la obesidad es un problema de salud, nomeramente esttico. Pero an es pronto paraevaluar los resultados. Los investigadorescalculan que el tiempo necesario para eva-

    luar el impacto de las medidas puestas enmarcha es de al menos cinco aos. Traba-jamos a medio y largo plazo.

    FLIX LOBO PRESIDENTE DE LA AESAN

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    Flix Lobo, Presidente de la Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria yNutricin, hace balance en esta entrevista de la labor desarrollada por la Agenciay aborda los desafos que supone la ampliacin de competencias de la AESAN.

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    alimentos o ingredientes que haban sidoaprobados mediante un procedimiento es-pecfico, los llamados nuevos alimentos,pero cerraba esta posibilidad a los alimentosde consumo ordinario.

    Slo se permitirn tres categorasde declaracionesEntre las novedades que introduce la nuevanormativa, hay que destacar el estableci-miento de restricciones muy rigurosas en lasalegaciones que, directa o indirectamente,puedan considerarse destinadas al pblicoinfantil; la prohibicin de las alegacionesteraputicas o curativas, y la limitacin atres de las categoras de declaraciones nutri-cionales.

    A partir del 1 de julio las categoras per-

    mitidas son: Las llamadas declaraciones nutriciona-les o de contenido, que afirman o dana entender que un alimento posee propie-dades nutricionales benficas especficaspor razn de su aporte energtico (valorcalrico) o por los nutrientes u otras sus-tancias que contiene o no contiene. Estees el caso de alegaciones como bajo encaloras, sal o azcar o rico en vitami-nas, fibra o protenas.

    Las declaraciones de propiedades salu-dables, que se refieren a la relacin que

    existe entre una categora de alimentos,un alimento o uno de sus componentes yla salud. As sucede con los alimentos delos que, por contener un determinadoingrediente, se dice que son buenos para

    las defensas del organismo, ayudan areforzar la salud o a reducir el colesterol.

    Finalmente, se contemplan las declara-ciones de reduccin del riesgo de enfer-

    medad, es decir, aquellas que afirmanque el consumo de un alimento o de unode sus constituyentes reduce significativa-mente un factor de riesgo de aparicin deuna enfermedad. Esto ocurre con losanuncios o etiquetas de alimentos queindican que disminuyen el riesgo de pade-cer isquemia coronaria o accidentes cere-bro-vasculares.

    Por otra parte, el Reglamento estableceque no se deber alentar ni aprobar el con-sumo excesivo de un alimento, ni dar aentender que una dieta equilibrada y varia-da no proporciona cantidades adecuadas

    de nutrientes.Adems, para garantizar la veracidad en

    el etiquetado y la publicidad, las empresasdebern demostrar que efectivamente existeun efecto nutricional o fisiolgico beneficio-so en el alimento, basndose para ello enpruebas cientficas que estn internacional-mente aceptadas. Tambin habr de acredi-tarse que la sustancia objeto de la declara-cin est presente o ausente en el productofinal en cantidades que sean suficientes paraproducir el efecto nutricional o fisiolgicodeclarado.

    Por ltimo, se tendr que probar tambinque el efecto nutricional o fisiolgico al quese alude se alcance con la cantidad de ali-mento que sea razonable esperar que seconsuma.

    Evitar que los alimentos se promocionen

    con propiedades que no tienen y prohbelas alegaciones teraputicas o curativas

    NUEVO REGLAMENTO EUROPEO DE ALEGACIONES NUTRICIONALES

    Con objeto de impedir que se formulen alegaciones en favor deproductos que pueden presentar un perfil no saludable, el nuevoreglamento establece el concepto de perfil nutricional, aco-tando con ello las lneas generales de la composicin de un ali-mento para que se le permita formular alegaciones. Esto impli-ca que cuando en un alimento concurran de forma natural pro-piedades beneficiosas con otras no deseables, podrn exaltarselas propiedades positivas pero explicando con claridad al mismo

    tiempo los efectos no saludables ligados al consumo de dichoalimento.

    Las bebidas alcohlicas no podrn acogerse a esta modalidadde perfiles nutricionales, puesto que la norma descarta cual-quier posibilidad de formular alegaciones saludables respecto aellas si su graduacin supera el 1,2%. En este caso, slo podrcitarse como dato positivo, la disminucin de su grado alcohli-co o de su contenido calrico.

    El perfil nutricional, un concepto clave

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    La Ministra de Sanidad y Consumo, ElenaSalgado, y el Presidente de la Agencia Espa-ola de Seguridad Alimentaria y Nutricin(AESAN), Flix Lobo, han presentado el nue-vo Reglamento europeo relativo a las decla-raciones nutricionales y de propiedades sa-ludables en los alimentos que empezar aaplicarse en toda la Unin Europea a partirdel 1 de julio.

    Esta norma establece las reglas que debeseguir la industria alimentaria para poderdecir que un alimento contiene determina-das propiedades saludables, lo que se cono-ce como alegacin o declaracin. Enesencia, como seala la Ministra, el regla-mento va a redundar en favor de la protec-cin del derecho de los consumidores a unainformacin veraz, contrastada y con un

    riguroso fundamento cientficoLa necesidad de adoptar estas medidas

    viene dada por la proliferacin en el merca-do, a lo largo de los ltimos aos, de grancantidad de nuevos alimentos con valoresaadidos sobre los tradicionales, como losproductos sin, los dietticos o los enrique-cidos, que incluyen en su etiquetado o publi-cidad declaraciones de sus propiedades paradiferenciarse de los productos de la compe-tencia y para mostrarse como ms atractivosa los ojos de los consumidores. La nuevalegislacin colmar, adems, un cierto vaco

    legal que vena existiendo en el mbito deletiquetado, presentacin y publicidad de losproductos alimenticios ya que, hasta ahora,la legislacin comunitaria slo permita laformulacin de alegaciones para aquellos

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    El Ministerio de Sanidad y Consumo hadenunciado el convenio que firm en 2005con la Federacin Espaola de Cadenas deRestauracin Moderna (FEHRCAREM) comoconsecuencia de los incumplimientos reite-rados por parte de Burger King, uno de losasociados de la federacin.

    As lo ha comunicado, Elena Salgado, Mi-nistra de Sanidad y Consumo al sealar quea partir de este momento, Burger King yFEHRCAREM no son considerados colabora-dores de la Estrategia NAOS y el convenio seestima nulo.

    Concretamente la cadena norteamericanaha infringido el punto 5 del acuerdo, firma-do el 19 de enero de 2005, por el cual lasempresas asociadas a FEHRCAREM se hab-an comprometido a no promover el consu-mo de raciones o porciones individualesgigantes con el objeto de no estimular laingesta excesiva de alimentos y contribuir

    de esta forma a la lucha contra la obesidad.Sin embargo, a finales de octubre de

    2006, Burger King lanz una campaa publi-

    citaria en la que se promova el consumo dehamburguesas gigantes, con el lema XXL.

    A pesar de las numerosas reuniones man-tenidas, de las reiteradas peticiones porparte de la AESAN y del compromiso inicialde la Federacin Espaola de Cadenas deRestauracin Moderna de colaborar en labsqueda de una solucin al conflicto,Burger King no slo no retir su campaa

    sino que incluso puso en marcha otra en laque se incida en el mismo incumplimiento.Finalmente esta segunda campaa fue

    sustituida por otra que se centraba ms enla calidad que en el tamao de las hambur-guesas, pero dado que FEHRCAREM noadopt ninguna medida ni logr el compro-miso de la cadena estadounidense de garan-tizar que estas actuaciones no se repetiranen el futuro, el Ministerio se ha visto en lanecesidad de anular el acuerdo suscrito.

    Sin embargo, son muchas las empresas dealimentacin y restauracin adheridas a laestrategia NAOS que estn desarrollandocon total normalidad, y en el marco de loscompromisos adquiridos, actuaciones quecontribuyen a prevenir la obesidad en rela-cin con la publicidad, la composicin de losproductos alimenticios, etc. De hecho, el deBurger King es un caso aislado.

    Una vez roto el convenio con FEHRCA-REM, el Ministerio de Sanidad y Consumova a suscribir acuerdos especficos a ttuloindividual con distintas empresas integran-tes de la Federacin. Este es, por ejemplo, el

    caso de McDonalds y VIPS, entre otras, queya han expresado su voluntad de seguircolaborando con la Estrategia NAOS.

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    En los acuerdos firmados, en el marco de la estrategia NAOS, entre la Agencia Espaola de

    Seguridad Alimentaria actualmente Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria y Nutricin

    y la Federacin Espaola de Hostelera y Restauracin y la Asociacin Empresarial de

    Cadenas de Restauracin Moderna se recoga el compromiso por parte de estas ltimas

    de no incentivar el consumo de raciones gigantes como una de las medidas para luchar

    contra la obesidad, especialmente entre los nios y los jvenes.

    ANTE EL INCUMPLIMIENTO REITERADO POR PARTE DE BURGER KING

    Sanidad anula el convenio con

    la Federacin de Cadenas deRestauracin Moderna

    AESAN informa

    De acuerdo con los anlisis realizados porel Centro Nacional de Alimentacin de laAESAN (CNA), una hamburguesa de BurgerKing de la gama XXL alcanza un peso netomedio de 328,9 gramos y aporta un valorcalrico medio de 971 kilocaloras por uni-dad, casi el 50% de los requerimientos ca-lricos diarios de un adolescente activo.

    Mltiples estudios han demostrado larelacin directa e inequvoca del tamao dela racin con la obesidad, fundamentalmen-te entre nios y jvenes. De hecho, la Guapara el diagnstico y tratamiento de la obe-sidad en la adolescencia de la SEEN (So-ciedad Espaola de Endocrinologa y Nu-tricin), entre otras, recomienda como as-pecto fundamental y preferencial, tanto enla prevencin como en el tratamiento de laobesidad y la educacin nutricional, reduciry controlar el tamao de la racin.

    Adems, casi una cuarta parte de la men-

    cionada hamburguesa XXL es grasa (19,70%)y de esta cantidad, un elevado porcentajees grasa saturada (38,7%). Por lo tanto suingesta equivale a una ingesta de 25 gra-mos de grasa saturada.

    En este sentido, conviene recordar quelas recomendaciones internacionales degrasa saturada permitida pautan que estetipo de grasa no debe representar ms del10% de la grasa total ni ms del 7% en elcaso de personas con obesidad o que pa-dezcan enfermedades cardiovasculares ometablicas. A ello, hay que aadir un pe-queo pero significativo aporte de grasas

    trans (1,31 g.), o grasas hidrogenadas,que son las ms txicas y peligrosas para lasalud.

    Hamburguesas XXL

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    Nutricin

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    Flix Lobo, Presidente de la Agencia Espao-la de Seguridad Alimentaria y Nutricin harecogido el Premio Actuando contra la obe-sidad otorgado a la Estrategia NAOS por laOficina Regional Europea de la OrganizacinMundial de la Salud (OMS).

    La idea de convocar este premio surgi enla Conferencia Ministerial preparatoria delencuentro de Estambul con el objetivo dereconocer las buenas prcticas en la luchacontra la obesidad en Europa y fomentarque esas iniciativas sean conocidas portodos los pases y puedan ser compartidas.

    Ms de doscientas candidaturas de trein-ta y cinco estados han optado a este galar-dn. Todas ellas fueron examinadas por ex-pertos externos que analizaron tanto su cali-dad como su amplitud de miras.

    La Estrategia NAOS (Nutricin,Actividad F-sica, Prevencin de la Obesidad y Salud), que

    ha resultado ganadora en esta primera edi-cin, fue puesta en marcha en 2005 por elMinisterio de Sanidad y Consumo y es coordi-

    nada por la Agencia Espaola de SeguridadAlimentaria y Nutricin.

    Dirigida a la prevencin de la obesidad yal fomento de la actividad fsica, NAOS halogrado implicar a toda la sociedad espao-la en esta lucha. Precisamente, su enfoquemultisectorial y multidisciplinar ha sido unode los aspectos ms valorados internacio-nalmente y una de las razones por las que sele ha otorgado el citado premio.

    Un problema globalAnte el rpido crecimiento que la obesidadest experimentando en todos los pases delmundo, la Asamblea Mundial de la Saluddecidi lanzar la Estrategia Global sobreDieta, Actividad Fsica y Salud en mayo de2004.

    Como desarrollo de esta estrategia, la

    Conferencia de Estambul se ha convocadocon la finalidad de concienciar a los gobier-nos para que impulsen actuaciones de lucha

    contra la obesidad, de manera que este temase site en la primera lnea de la agenda pol-tica europea. Asimismo, tanto la conferenciacomo el proceso preparatorio que ha llevadohasta ella, han pretendido potenciar las pol-ticas a nivel nacional y fomentar la colabora-

    cin intersectorial e internacional.Durante el encuentro de Turqua se ha

    hecho hincapi en el reto que la obesidadsupone para la salud pblica europea y se haincidido en los aspectos econmicos y socia-les que influyen en el aumento de estadolencia, as como en los costes que impli-ca esta enfermedad para los sistemas sani-tarios y en los beneficios que supone su pre-vencin.

    La atencin de los expertos se ha centra-do en los grupos ms vulnerables, donde la

    necesidad de actuar es ms urgente: lainfancia, la adolescencia y los estratossocioeconmicos ms desfavorecidos. Ade-ms, los asistentes han tenido la oportuni-dad de presentar las polticas desarrolladasen sus respectivos pases y de analizar lasacciones que se han revelado como msefectivas.

    La Conferencia de Estambul ha reunido ams de 600 participantes entre los que seencontraban, junto a las delegaciones nacio-nales y a numerosas organizaciones nogubernamentales, representantes de laComisin Europea, el Consejo de Europa, laFAO, la OCDE, UNICEF y el Banco Mundial.

    Carta Europea contra la ObesidadEn el marco de la reunin internacional deEstambul se ha aprobado tambin la Cartaeuropea contra la Obesidad, por la que losEstados se comprometen a realizar progre-sos apreciables respecto de la obesidad ennios y adolescentes en los prximos cuatroo cinco aos, que permitiran revertir la ten-

    dencia en el ao 2015.La Carta apunta tambin que es precisoponer en marcha estrategias que impliquen

    La Organizacin Mundial de la

    Salud premia la Estrategia NAOS

    La labor desarrollada en Espaapor el Ministerio de Sanidad yConsumo en la lucha contra laobesidad ha sido premiada por la

    Organizacin Mundial de laSalud. La entrega del galardntuvo lugar en el marco de laConferencia Actuando contra laobesidad, celebrada enEstambul a finales de 2006.Durante esta conferencia seaprob, asimismo, la CartaEuropea contra la Obesidad,que pretende convertirse en unagua de los principios y acciones

    orientadores la poltica europeaen esta materia.

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    Nutricin

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    a todos los sectores involucrados, y destacala importancia de centrar los esfuerzos enlos nios para lograr inculcarles hbitossaludables desde la infancia y para prote-gerles de la influencia de la publicidad.

    Por eso, el documento recoge la necesi-

    dad de adoptar medidas que incluyan regu-laciones para reducir sustancialmente laextensin y el impacto de las promocionescomerciales de alimentos y bebidas con altadensidad energtica y propone el estable-cimiento de cdigos de regulacin de lapublicidad.

    En este sentido, hay que recordar queEspaa lleva tiempo aplicando, con muybuenos resultados, medidas en el terreno dela publicidad, especialmente a travs delCdigo PAOS. As, por ejemplo la firma deacuerdos con la industria de la restauracinha permitido solicitar la retirada de unacampaa publicitaria de una cadena decomida rpida por incitar al consumo deraciones gigantes.

    Dos aos de estrategia NAOSTras el galardn recibido en Turqua, y coin-cidiendo con el segundo aniversario de sulanzamiento, el Ministerio de Sanidad yConsumo ha hecho balance de los logrosalcanzados durante los dos primeros aos

    de la Estrategia NAOS. Y lo hizo en la inau-guracin de la Primera Convencin NAOS,

    que ha tenido lugar en la sede de la AESANen Madrid.

    En esta convencin, que ha reunido a lolargo de dos das a expertos nacionales yextranjeros, la Ministra de Sanidad ha pues-to de manifiesto que NAOS se ha consoli-

    dado como un modelo de referencia nacio-nal e internacional, como atestiguan los pre-mios recibidos y su repercusin sobre otrosprogramas.

    Uno de los aspectos ms relevantes deeste encuentro, es que se trata de la prime-ra ocasin en la que todos los sectores invo-lucrados en el desarrollo de la EstrategiaNAOS se renen para compartir experien-cias. De esta forma, se facilita el intercambiode puntos de vista sobre el desarrollo de losdiferentes programas y sobre las actuacio-nes a poner en marcha en el futuro paraseguir luchando contra la obesidad. Estaenfermedad es considerada por la OMScomo la epidemia del Siglo XXI y afectatambin a nuestro pas, uno de los que pre-senta mayor prevalencia de obesidad infan-til de toda Europa.

    En este mbito, Elena Salgado ha subra-yado los esfuerzos llevados a cabo desde laentrada en vigor de NAOS a la hora de pro-mocionar hbitos saludables de alimenta-cin y de prctica regular de actividad fsica,especialmente entre los ms jvenes.

    Entre las acciones resaltadas por la titularde sanidad se encuentran las campaas

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    informativas en los medios de comunicaciny la firma de convenios con asociacionesdeportivas y con corporaciones locales, parael fomento de hbitos de vida saludablesentre la juventud.

    Tambin ha recibido una valoracin muy

    positiva por parte de la Ministra la publica-cin de guas y libros dirigidos a los escola-res y la puesta en marcha de iniciativas pio-neras como los talleres en los que renom-brados maestros de la cocina han mostradoa los nios cmo seguir una alimentacinsana y equilibrada.

    Otro de los apartados de NAOS que hamerecido una mencin especial es la colabo-racin con la industria alimentaria para sus-tituir las grasas saturadas por insaturadas;para fomentar la comercializacin de pro-ductos bajos en sal, grasa y azcares, y paraprocurar la reduccin del aporte calrico delos alimentos. En definitiva, se trata de des-arrollar y promocionar productos ms salu-dables que contribuyan a una alimentacinsana y equilibrada. Algo que ya estnhaciendo numerosas empresas que hanemprendido la disminucin de valor calrico,azcares, grasas totales, saturadas o transde sus productos.

    Por ltimo, se ha corroborado el altogrado de cumplimiento del Cdigo PAOS deautorregulacin de la publicidad de alimen-

    tos dirigida a menores, al que ya estn adhe-ridas las 35 mayores empresas del sector.

    En el marco de actuacin en la lucha contra la obe-

    sidad, el papel que juega la escuela en el fomento

    de de hbitos saludables es decisivo. Por eso, el

    Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autno-

    mas adoptaron un acuerdo en el Consejo Interte-

    rritorial de junio de 2005, para promover una ali-

    mentacin saludable y equilibrada en los mens

    escolares.

    Abundando en esta lnea se est llevando a cabo

    tambin el Programa PERSEO de lucha contra la obe-

    sidad en el mbito escolar. Se trata de una experien-

    cia piloto dirigida a los alumnos de educacin prima-

    ria de 67 centros, seleccionados entre las seis comu-

    nidades autnomas con mayor prevalencia de obesi-

    dad infantil (Andaluca, Canarias, Castilla y Len,

    Extremadura, Galicia y Murcia), adems de las ciuda-

    des de Ceuta y Melilla. En total, el programa implica

    a ms de 14.000 alumnos y 500 profesionales, tanto

    del rea de la sanidad como de la educacin.Este programa, con una financiacin por parte del

    Ministerio de 750.000 euros, consiste en un conjun-

    to de intervenciones sencillas en los centros de

    enseanza que, pretenden promover hbitos salu-

    dables de vida entre los escolares, implicando al

    mismo tiempo a las familias y actuando simultnea-

    mente sobre el comedor y el entorno escolar. Dentro

    de l, se estn llevando a cabo mediciones antropo-

    mtricas a los alumnos, actividades de formacin e

    intervenciones sobre los comedores y la actividad

    fsica en el colegio.

    En la actualidad, y como complemento del progra-

    ma, la Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria y

    Nutricin est editando una serie de materiales edu-

    cativos sobre aspectos relativos a alimentacin salu-

    dable y actividad fsica para el alumnado; guas de

    aplicacin prctica para el profesorado y para las

    familias; guas para los centros sobre mens escola-

    res; y guas para profesionales sanitarios de aten-

    cin primaria sobre las formas de detectar, preveniry tratar la obesidad infantil.

    Programa Perseo

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    Seguridad Alimentaria

    Detectados pimientos espaoles

    con pesticidas no autorizados

    9

    La AESAN considera que el riesgopara la salud es mnimo y valora posi-

    tivamente las medidas adoptadas por

    la Junta de Andaluca.

    Los servicios de la Comisin Europea (RapidAlert System for Food and Feed) remitieron ala Agencia Espaola de Seguridad Alimen-taria y Nutricin una alerta procedente deAlemania, segn la cual algunos anlisis rea-lizados en noviembre y diciembre de 2006 enproductos de diversos pases haban detecta-do residuos de pesticidas no autorizados enpimientos frescos procedentes de Almera. Enconcreto, se hallaron residuos del plaguicidaisofenfos metil en nueve de las quince mues-tras analizadas.

    Ante esta situacin, la Agencia, siguien-do los protocolos establecidos en elSistema Coordinado de Informacin Rpida(SCIRI), transmiti la informacin oportunaa todos los puntos de contacto y procedi acoordinarse con el Ministerio de Agricul-tura, Pesca y Alimentacin y con la Junta deAndaluca, ya que esta era la comunidad de

    procedencia de las hortalizas contamina-das. Precisamente, la Junta de Andaluca hasido la administracin encargada de locali-

    zar y paralizar los lotes de la produccinafectada.Aunque el isofenfos metil es un plaguici-

    da no autorizado, en el caso de la hortalizasalmerienses no entraa un riesgo significati-vo para la salud de los consumidores, dadoque su presencia era mnima y que por sunivel de Ingesta Diaria Admitida, sera nece-sario consumir de forma continuada y encantidades muy elevadas los pimientos con-taminados para que se produjeran efectosnegativos sobre la salud.

    En todo caso, la AESAN ha puesto demanifiesto que el citado producto no debe-ra haber llegado a la cadena alimentaria yque, adems, puede suponer un riesgo paralos trabajadores agrarios que lo utilizan.

    Por esta razn, la Junta de Andaluca hainiciado los procedimientos de sancincorrespondientes contra las empresas quehan utilizado este plaguicida ilegal porhaber incurrido en responsabilidad.

    Control de Residuos de PlaguicidasActualmente existe un Programa Nacional

    de Control de lmites mximos de residuosde plaguicidas en productos de origen vege-tal, ejecutado por las Comunidades Autno-

    En Espaa la gestin de la red de alerta ali-mentaria se efecta a travs del SistemaCoordinado de Intercambio Rpido deInformacin (SCIRI), que ha ido evolucionan-do desde 1987, fecha en que se sentaron lasbases para su desarrollo y funcionamiento.

    El objetivo principal de este sistema es

    garantizar la llegada al consumidor final deproductos seguros. Dentro de l, la AgenciaEspaola de Seguridad Alimentaria yNutricin (AESAN) se constituye como puntode contacto tanto del sistema de Red deAlerta Alimentaria Comunitaria (RASFF),como de contacto centralizador y coordina-dor del SCIRI y de otros sistemas de alertainternacionales como el INFOSAN.

    La base legal de funcionamiento del siste-ma es el artculo 50 del Reglamento (CE)178/2002 del Parlamento Europeo y delConsejo de 28 de enero de 2002 por el quese establecen los principios y los requisitosgenerales de la legislacin alimentaria, secrea la Autoridad Europea de SeguridadAlimentaria y se fijan procedimientos relati-vos a la seguridad alimentaria.

    aesanoticiasn

    Alertas alimentarias

    mas y coordinado por el Ministerio de Agri-cultura, Pesca y Alimentacin y por la Agen-cia Espaola de Seguridad Alimentaria y Nu-tricin (AESAN).

    Este programa se realiza para dar cumpli-miento al Real Decreto 280/1994, por el quese establecen los limites mximos de resi-duos (LMRs) y su control en productos vege-

    tales que transpone la Directiva del Consejo90/642 y recoge las disposiciones de las Di-rectivas 76/895/CEE y 86/362/CEE, las cualesindican expresamente a los Estados miem-bros que establezcan programas de vigilan-cia de los contenidos mximos de estas sus-tancias, a fin de evitar la puesta en circula-cin de productos vegetales cuando superentales lmites.

    En el ao 2005, ao en el que la Agenciaempez a actuar como punto de contactocon la Comisin Europea, se tomaron 4.663muestras, de las cuales 4.160 correspondie-ron a frutas y hortalizas. El 3,8 % de estasmuestras resultaron ser no conformes.

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    Seguridad Alimentaria

    aesanoticias10

    Las autoridades sanitarias delGobierno vasco han notificado laaparicin de dos casos de botulis-mo, debido al consumo de conser-vas de alcachofas elaboradas por la

    empresa navarra Viuda de Mateo.Los afectados, un matrimonio demediana edad, han tenido que reci-bir tratamiento hospitalario.

    Los anlisis efectuados por el Centro Na-cional de Alimentacin, de la Agencia Espa-ola de Seguridad Alimentaria y Nutricinhan confirmado que efectivamente se tratade botulismo, una intoxicacin alimentaria,que aunque infrecuente, puede llegar a sermuy grave.

    El botulismo es producido por la toxinadel Clostridium Botulinum, una bacteria que

    contamina algunos alimentos, como las con-servas vegetales y afecta al sistema nerviosode los seres humanos.

    Los servicios de control oficial de alimen-tos de las comunidades autnomas y losdems puntos de contacto de la red de aler-ta fueron informados rpidamente con el finde que pudiesen adoptar las medidas perti-

    nentes de inmovilizacin y retirada de esteproducto en la fbrica, en los distribuidoresy en los puntos de venta.

    Un slo lote contaminadoEl producto presuntamente implicado en laintoxicacin es un envase cilndrico de vidriode aproximadamente 750 ml. con nmerode lote ND2430512 y perteneciente a la ya

    citada marca Viuda de Mateo. Su etiquetaindica que se trata de corazones de alca-chofa Primera y que el producto es origina-rio de Per. Su fecha de caducidad es el 31de diciembre del ao 2011.

    Slo las conservas de alcachofa de lamarca, lote y fecha de caducidad sealadasse consideran sospechosas y es probableque no haya ningn envase ms afectado.

    Consejos para el consumidorLa AESAN recomienda a los consumidoresque puedan poseer envases del mencionadoproducto que no los utilicen y que losdevuelvan al punto de venta donde losadquirieron en el que se proceder al reem-bolso de la cantidad abonada.

    Aquellas personas que hayan utilizadoestas conservas en platos cocinados concalor no deben preocuparse ya que el calorinactiva las toxinas.

    Asimismo, la AESAN aconseja a los consu-midores que hayan ingerido o puedan inge-rir accidentalmente este producto que sedirijan a los servicios sanitarios ordinarios si

    presentan sntomas como mala visin, nu-seas, vmitos, diarrea o problemas parahablar y tragar.

    n

    Detectado un lote de alcachofas

    que pueden producir botulismo

    ALERTA DE LA AESAN

    El lote potencialmente contaminado es el ND2430512, con fecha de caducidad el 31de diciembre de 2011

    El botulismo es un transtorno neuroparaltico producido por la toxina del Clostridiumbotulinum. El agente causante de esta enfermedad es un bacilo gampositivo anaerobioque sobrevive en los suelos y sedimentos marinos por medio de la formacin de espo-ras, que germinan favorecidas por ciertas condiciones medioambientales.

    Durante su crecimiento y autlisis el bacilo genera una potente neurotoxina que esla responsable de la sintomatologa de la enfermedad. Esta toxina es absorbida desde

    el tracto intestinal y pasa a la circulacin sistmica hasta alcanzar las terminacionesneuromusculares, bloqueando la liberacin del neurotransmisor acetilcolina en las ter-minaciones nerviosas perifricas y produciendo como consecuencia un bloqueo de latransmisin nerviosa.

    La forma ms frecuente de contraer el botulismo es la ingestin de alimentos conta-minados por esporas que han sido almacenados o conservados en condiciones anaerobiaslo que permite su germinacin y multiplicacin con la consiguiente liberacin de toxina.

    En estos casos, el periodo de incubacin oscila entre las 36 horas y los 8 das, aun-que generalmente los sntomas aparecen entre las 18 y las 36 horas posteriores a laingesta. Los primeros sntomas suelen ser generales (debilidad, laxitud) y digestivos(nuseas, vmitos, dolor abdominal, estreimiento o diarrea). Tambin se puede produ-cir menor salivacin con sequedad de boca, lengua y faringe.

    Los sntomas neurolgicos pueden aparecer simultneamente o das ms tarde y los

    ms frecuentes son la visin borrosa, la fotofobia, la disfagia (dificultad para tragar) yla disfasia (dificultad para hablar), entre otros.

    Botulismo

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    Dictmenes del Comit Cientfico

    11aesanoticiasn

    el litio, como podra ser, por ejemplo, sucomercializacin de forma ilegal.

    Por eso, y como norma general, el Comitconsidera que las sustancias que se utilizanen la Medicina humana, como es el caso de

    las sales de litio, no deben usarse para des-naturalizar y marcar los productos alimenti-cios que se retiran de los canales de comer-cializacin de alimentos.

    Usos teraputicos del litioy sus derivados.El dictamen hace, al mismo tiempo, un repa-so a los usos medicinales del litio y de susderivados. As, destaca que el bromuro delitio se usa como sedante, y el carbonato delitio se utiliza para el tratamiento de la artro-sis y como antdoto para las psicosis mana-co-depresivas en fase aguda. Para esto lti-mo, tambin se emplea el citrato de litio.

    Adems, se indica que una de las ventajasque tiene el litio es que se absorbe bien portodas las vas, aunque en su utilizacin clni-ca se viene prefiriendo la administracin oral.

    No obstante, los expertos de la AESANreflejan en su estudio que el litio tambinpresenta numerosas contraindicacionescuando es utilizado como medicamento. En-tre otros efectos secundarios, estn descri-tos efectos adversos renales, cardiovascula-

    res, neurolgicos, dermatolgicos y gas-trointestinales, as como su influencia en elmetabolismo mineral.

    ToxicidadDe acuerdo con la informacin toxicolgicaextrada en estudios con animales, y analiza-da por los expertos de la AESAN, el clorurode litio no es txico en humanos, si es inge-rido por debajo de ciertas dosis. El problema

    radica en que los mrgenes entre las dosisque pueden considerarse teraputicas y lasque pueden resultar txicas es muy estrecho.Concretamente, se han observado efectosagudos a dosis de 500 miligramos/da osuperiores, con calambres, temblores y som-nolencia. Los efectos txicos ms severosincluyen lesiones renales, convulsiones eincluso puede producirse un estado de comao la muerte.Por lo tanto, en relacin con la consultaplanteada por la Comunidad Autnoma de

    Castilla-La Mancha, el problema podra sur-gir en el caso de que personas que estnrecibiendo tratamiento con litio ingiriesenvino marcado con cloruro de litio, superandoentonces las dosis teraputicas. Abundandoen este aspecto, el Comit apunta que tam-poco conviene olvidar que hay estudios queestablecen un efecto sinrgico entre el eta-nol y el cloruro de litio en el sistema nervio-so central.Por otra parte, en el Dictamen se seala quela accin teratognica del litio durante el pri-mer trimestre de embarazo ha sido bienestablecida por lo que es necesario advertirde este tipo de riesgo a las mujeres en edadfrtil que reciben este tipo de tratamiento.Durante el embarazo y, especialmente, en elprimer trimestre es preferible abstenerse deconsumir litio.Sin embargo, no se ha podido demostrar laasociacin entre la exposicin o ingestamaternal de litio y la anormalidad deEbstein, una cardiopata congnita en la queaparece una alteracin del aparato valvulartricuspdeo, aunque s parece que se incre-

    menta ligeramente el riesgo de tener hijoscon malformaciones congnitas, as como elriesgo de nacimiento de nios prematuros.

    La Direccin General de Mercados Alimen-tarios de la Consejera de Agricultura de laComunidad Autnoma de Castilla-La Man-cha plante a la AESAN una consulta relati-va a la posibilidad de emplear cloruro de

    litio como marcador en vinos que tienencomo destino la destilacin.

    El origen de esta cuestin se encuentra enel Reglamento (CE) n 1493/1999, por el quese regulaba la organizacin comn del mer-cado vitivincola. Dicha norma considerabaque las destilaciones de los vinos despea-ban un papel esencial en el equilibrio delmercado del vino de mesa, y abra la posibi-lidad del uso de indicadores o marcadorespara los vinos cuyo destino fuese, precisa-mente, la destilacin.

    Tras analizar toda la informacin sobre eltema que existe actualmente, el ComitCientfico de la Agencia Espaola deSeguridad Alimentaria y Nutricin ha llega-do a la conclusin de que el empleo de clo-ruro de litio para el marcado de vinos desti-nados a la destilacin no supone riesgo parala salud. El dictamen afirma literalmente queno se dispone de informacin respecto aposibles valores residuales de sales de litioen el alcohol obtenido por destilacin, sibien por sus caractersticas qumicas nocabe encontrar ningn valor residual.

    Hecha esta afirmacin, los expertos recal-can que esto es as siempre que no se hagaun uso fraudulento del vino que contiene

    El uso de cloruro de litio comomarcador en vinos para la destilacin

    no presenta riesgos para la saludLa AESAN advierte de los riegos si se produce una utilizacin fraudulenta de estosvinos

    Ante la cuestin planteada por Castilla-La Mancha, relativa a los riesgosderivados del uso del cloruro de litio como marcador en los vinos des-tinados a la destilacin, el Comit Cientfico de la Agencia Espaola deSeguridad Alimentaria y Nutricin considera que esta prctica no supo-ne riesgo para la salud, siempre que no se haga un uso fraudulento deese vino.

    Sin embargo, el propio Comit, tras repasar los usos teraputicos dellitio y la informacin toxicolgica disponible a da de hoy, manifiestaque, como regla general, no deben utilizarse sustancias usadas en Me-dicina para la desnaturalizacin o el marcado de productos alimenticiosque se retiran de los canales de comercializacin de los alimentos.

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    Dictmenes del Comit Cientfico

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    En 2003 la Comisin Europea elabor unaPropuesta de Reglamento sobre el uso dealegaciones nutricionales y de salud en eletiquetado, presentacin y publicidad de losalimentos, que recoga en su Anexo una lista

    de las alegaciones permitidas, as como suscondiciones especficas de utilizacin.Posteriormente, tal y como estaba previs-

    to en dicha Propuesta, la Comisin planteuna cuestin a la Autoridad Europea de Se-guridad Alimentaria (EFSA) sobre la substan-ciacin cientfica de las alegaciones nutricio-nales relativas a los cidos grasos omega-3,la grasa monoinsaturada, la poliinsaturada yla insaturada.

    Concretamente, con respecto a los cidosgrasos monoinsaturados (AGM) se requiri ala EFSA que revisase los mritos cientficos y

    asesorase sobre la adicin de la siguiente ale-gacin al Anexo de la Propuesta de Regla-mento: Alto contenido en cidos grasosmonoinsaturados: solamente podr alegarse

    que un alimento posee un alto contenido en

    cidos grasos monoinsaturados o cualquier

    declaracin que tenga el mismo significado

    para el consumidor si, al menos, un 45% de

    los cidos grasos que contiene el producto son

    grasa monoisaturada, bajo la condicin de

    que el contenido en grasa saturada no debe

    proporcionar ms del 10% de la energa.

    En respuesta a esta consulta, la AutoridadEuropea de Seguridad Alimentaria emitiuna Opinin, a travs del Panel Cientfico deProductos Dietticos, Nutricin y Alergias(Panel NDA), en la que manifestaba su dis-conformidad con el criterio propuesto.

    Segn los expertos, este criterio impedirautilizar la alegacin alto contenido enAGM en el caso del aceite de oliva y entraen contradiccin con la recomendacinexpresada por el propio Panel, en un Informeanterior que,precisamente, determinaba queuna de las principales fuentes de AGM sonlos aceites vegetales, especialmente, el deoliva y el de colza.

    Opinin de la AESAN sobre las

    alegaciones nutricionales de cidosgrasos monoinsaturados en alimentos

    LA AESAN COINCIDE CON LA AUTORIDAD EUROPEA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

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    Dictmenes del Comit Cientfico

    13aesanoticiasn

    Postura de la Autoridad EuropeaLa EFSA constata en su Opinin que losAGM, cuyo representante ms importanteen la dieta es el cido oleico, pueden ser sin-tetizados en los humanos. Por lo tanto, for-malmente, no pueden ser considerados

    como nutrientes esenciales. Ahora bien, susefectos beneficiosos para la salud vienenavalados por mltiples estudios clnicos yepidemiolgicos.

    Sin embargo,de seguirse la recomendacinde la Comisin, el aceite de oliva no podraser incluido en el grupo de alimentos de losque se alega que poseen un alto contenido enAGM, por incumplir la condicin adicional deque el contenido en cidos grasos saturados(AGS) del producto debe ser inferior al 10%de la energa.En el aceite de oliva este tipo decidos representan un 14%.

    Por otra parte, el Panel seala que la con-tradiccin no se produce solamente con res-pecto a la Autoridad Europea, sino tambincon relacin a lo establecido por diversasorganizaciones nacionales e internacionales.

    As, por ejemplo, los datos aportados porel Informe TRANSFAIR indican que el aceitede oliva es la principal fuente de grasamonoinsaturada en los pases del sur deEuropa y que constituye un 60% del aportetotal en Espaa e Italia.

    En otros pases europeos las principales

    fuentes de AGM son las carnes y los produc-tos crnicos, con unas contribuciones queoscilan entre el 30% en Holanda y el 43% enAlemania.

    Por todo ello, la EFSA considera una ano-mala el hecho de que, siendo el aceite deoliva una buena fuente de cidos grasosmonoinsaturados, no pueda ostentar unaalegacin relativa a esta cualidad.

    Posicin de la AESANEl Comit Cientfico de la Agencia Espaola

    de Seguridad Alimentaria y Nutricin hamanifestado su coincidencia con la EFSA enuna Opinin aprobada en sesin plenaria, ytambin considera errneo el criterio pro-puesto por la Comisin.

    Asimismo, los profesionales de la Agencia,exponen en su Dictamen que numerosasopiniones cientficas independientes, ade-ms de la de la propia EFSA, demuestran losefectos beneficiosos que se han detectado alincrementar la relacin entre el contenido decidos grasos monoinsaturados y de cidosgrasos saturados.

    Sin embargo, esta circunstancia, que se daen el aceite de oliva, no ha sido tenida en

    cuenta por la Comisin Europea. Este orga-nismo se ha basado nicamente en la pautade que el contenido de AGS en el productodeber ser inferior al 10% de la energa.

    Criterios de la FAO y la OMS

    A pesar de su desacuerdo con la Comisin, ycon el fin de profundizar en las razonesque han llevado a esta entidad a formular lapropuesta de alegacin objeto de controver-sia, la AESAN revisa en su dictamen las reco-mendaciones sobre la ingesta en poblacinadulta establecidas por diversas organiza-ciones.

    Estas recomendaciones fijan la ingestadiaria de cidos grasos como una propor-cin de la ingesta diaria total de energa(%E) y establecen que debe ser igual o infe-rior al 10% de dicha ingesta. De ah, preci-samente, se deriva la propuesta para elAnexo del Reglamento sobre el uso de ale-gaciones nutricionales y de salud.

    De hecho, la FAO y la OrganizacinMundial de la Salud en su Informe sobreDieta, Nutricin y Prevencin de Enferme-dades Crnicas tambin recomiendan unconsumo de grasas que aporte entre un15% y un 30% de la ingesta diaria total deenerga, indicando que el consumo de AGSdebe ser igual o menor al 10% de esa inges-ta diaria total.

    En este mismo sentido, la AmericanHealth Association aconseja, a travs de suComit de Nutricin, una dieta con unosniveles de ingesta similares a los prescritospor la FAO.

    Por lo tanto, en todos los casos el deno-minador comn es que los niveles de AGSdeben representar un porcentaje igual omenor al 10 % de la ingesta total de energaen la dieta.

    Aportacin relativa de AGM

    El Comit Cientfico de la AESAN estima queel problema surge porque se establece lalimitacin para el alto contenido en AGS enun determinado alimento, sin tener en cuen-ta la aportacin relativa que supone de

    AGM. En base a esto, dado que el aceite deoliva presenta un contenido de AGS del14%, quedara excluida.

    No obstante, la AESAN cree que, al adop-tar este criterio, la Comisin se desva de losostenido por la FAO, que habla siempre derecomendacin sobre niveles de cidos gra-sos saturados respecto a la energa total dela dieta.

    Resulta as altamente contradictorio quela ingesta de una cantidad de un producto,por ejemplo 30 ml. de aceite de oliva, puedaaportar el mximo diario recomendado deAGM sin aportar ms del 2% de la ingestadiaria energtica en forma de cidos grasossaturados y que, paradjicamente, resulteexcluido de la clasificacin de alimentos quepueden alegar ser fuente de cidos grasosmonoinsaturados.

    Adems, la contradiccin se agrava por-que mientras el criterio que faculta la incor-poracin de la alegacin hace referencia a laproporcin porcentual de cidos grasosmonoinsaturados, poliinsaturados e insatu-rados con respecto al peso de los alimentos,

    en el caso de los AGS se opta por la expre-sin % E.

    Menor riesgo de cardiopatasCon el fin de reforzar su punto de vista, laAESAN refleja que los datos epidemiolgicosponen de relieve que una reduccin del 2%de la energa aportada por los AGS diminuyeen un 25% el riesgo de padecer cardiopatascoronarias.

    ndices de mortalidad asociados a cardiopatas coronarias en Europa

    Pas Ingesta diaria de AGM (1) ndice de mortalidad (2)

    Suecia 13% 301.7

    Holanda 13% 145

    Espaa >18% 86.3

    (1) Respecto a la ingesta diaria total de energa. Fuente: Suecia (Becker and Pearson, 2002).Holanda y Espaa (Mensink et El, 1999).

    (2) Datos por ao y por cada 100.000 personas de 1990. 1991 y 1992. Fuente: StatistischesJahrbuch, 1995).

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    aesanoticias14 n

    Alta relacin AGM/AGS.

    Otro dato que destaca la Agencia es que losefectos beneficiosos para la salud estndemostrados para reducciones de ingesta deAGS logradas mediante su sustitucin encantidades similares por AGM.

    Ahora bien, tal y como se reconoce en elinforme de la EFSA, estos efectos positivosse logran con una relacin AGM/ AGS alta.Por esta razn, el aceite de oliva que, deacuerdo con numerosos estudios, presenta

    una relacin AGM/AGS de 75/14 debera serincluida y se debera tener en cuenta esaalta relacin AGM/AGS, al menos en lamisma medida que la consideracin aisladade un lmite de AGS del 10% E.

    Y esto, sin olvidar que de ese 14%, aproxi-madamente, un 3,5% es cido esterico que,en parte, se puede metabolizar a oleico; y quehay variedades de aceite de oliva virgen quepueden tener una relacin AGM/AGS inferiora 4,5, especialmente aquellos que tienen uncontenido de cidos grasos poliinsaturadosms altos.

    Por lo tanto, de todo lo expuesto anterior-mente la AESAN deduce que se debera con-siderar el aceite de oliva dentro de esta cla-sificacin ya que su relacin AGM/AGS de5,3 es alta y supone efectos beneficiosospara la salud.

    En esta direccin, la Food and DrugAdministration, apoyndose en una serie deevidencias cientficas,ha determinado que laingesta diaria de AGM, en forma de aceitede oliva, sustituyendo a alimentos ricos enAGS, y con la condicin de que no se incre-

    mente la ingesta diaria de energa, debe seraproximadamente de 17,5 g. de AGM, quecorresponde a unos 23 g. de aceite de oliva.

    Tras analizar la propuesta relativa a las ale-gaciones nutriciones de alto contenido encidos grasos monoinsaturados de laComisin Europea y la posterior Opininsobre este asunto emitida por el PanelCientfico de la EFSA, el Comit Cientfico dela AESAN considera que en todo caso, el

    aceite de oliva debe ser incluido como fuentede cidos grasos monoinsaturados.

    Tambin opina que no es acertado descalifi-car el aceite de oliva para ostentar alegacio-nes de AGM, basndose nicamente en queel contenido de AGS en el producto debe serinferior al 10% de su energa, sin tener en

    cuenta que los beneficios al incrementar larelacin AGM/AGS estn apoyada por nume-rosas posiciones cientficas independientes,incluida la propia Autoridad Europea deSeguridad Alimentaria, y estn substanciadascientficamente.

    Por el contrario, los expertos espaolescreen que el criterio de la Comisin, ademsde no estar substanciado cientficamente, sesita en franca contradiccin con la realidadde la composicin del aceite de oliva, primerafuente de AGM en la dieta euro-mediterrneay entra en plena contradiccin con las reco-

    mendaciones nutricionales internacionales.

    Conclusiones de la AESANla AESAN conside-

    ra que se deberaincluir el aceite de

    oliva dentro de estaclasificacin ya quesu relacin AGM/AGSde 5,3 es alta ybeneficiosa para lasalud

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    Legislacin

    Primeras disposiciones

    legales de 2007Reglamento (CE) 372/2007, de 2 de Abrilde 2007, de la Comisin, que establece lmi-tes de migracin transitorios para los plasti-ficantes utilizados en las juntas de tapas des-tinadas a entrar en contacto con alimentos.

    Reglamento (CE) 333/2007, de 28 deMarzo de 2007, de la Comisin, por el que

    se establecen los mtodos de muestreo yanlisis para el control oficial de los nivelesde plomo, cadmio, mercurio, estao inorg-nico, 3-MCPD y benzo(a)pireno en los pro-ductos alimenticios. Esta norma ser aplica-ble a partir del 1 de julio de 2007.

    Directiva 2007/19/CE, de 2 de Abril de2007, de la Comisin, por la que se modifi-can la Directiva 2002/72/CE relativa a losmateriales y objetos plsticos destinados aentrar en contacto con productos alimenti-

    cios y la Directiva 85/572/CEE del Consejopor la que se determina la lista de los simu-lantes que se deben utilizar para controlar lamigracin de los componentes de los mate-riales y objetos de material plstico destina-dos a entrar en contacto con los productosalimenticios.

    Directiva 2007/12/CE, de 26 de Febrerode 2007 de la Comisin, por la que se modi-fican algunos anexos de la Directiva 90/642/CEE del Consejo en lo referente a loslmites mximos de residuos de penconazol,benomilo y carbendazima.

    Directiva 2007/11/CE, de 21 de Febrerode 2007 de la Comisin, que modifica de-terminados anexos de las Directivas 86/362/CEE, 86/363/CEE y 90/642/CEE del Con-sejo por lo que respecta a los contenidosmximos de residuos de acetamiprid, tiaclo-prid, imazosulfurn, metoxifenozida, S-me-tolacloro, milbemectina y tribenurn.

    Directiva 2007/8/CE, de 20 de Febrero

    de 2007 de la Comisin, por la que se modi-fican los anexos de las Directivas76/895/CEE, 86/362/CEE y 90/642/CEE del

    Consejo en lo relativo a los contenidosmximos de residuos de fosfamidn ymevinfs.

    Directiva 2007/9/CE, de 20 de Febrerode 2007 de la Comisin, por la que semodifica el anexo de la Directiva90/642/CEE del Consejo en lo que respecta

    a los lmites mximos de residuos de aldi-carb.

    Directiva 2007/7/CE, de 14 de Febrerode 2007 de la Comisin que modifica deter-minados anexos de las Directivas86/362/CEE y 90/642/CEE del Consejo por loque respecta a los contenidos mximos deresiduos de atrazina, lambda-cihalotrina,fenmedifam, metomilo, linurn, penconazol,pimetrozina, bifentrina y abamectina.

    Recomendacin, de 28 de Marzo de2007, de la Comisin, relativa al seguimien-to de la presencia de furano en productosalimenticios.

    Recomendacin 2007/255/CE, de 3 deAbril de 2007, relativa a un programacomunitario coordinado de control para2007, destinado a garantizar el respeto delos lmites mximos de residuos de plaguici-das en los cereales y en determinados pro-ductos de origen vegetal, as como a losprogramas nacionales de control para 2008.

    ltimos Reglamentos pro-mulgados en 2006Durante el ltimo trimestre de 2006 laComisin Europea impuls diversos regla-mentos entre los que cabe destacar lossiguientes:

    Reglamento (CE) 2023/2006, de 22 deDiciembre de 2006, de la Comisin, sobre

    buenas prcticas de fabricacin de materia-les y objetos destinados a entrar en contac-to con alimentos.

    Reglamento (CE) 2007/2006, de 22 deDiciembre de 2006, de la Comisin, por elque se aplica el Reglamento N 1774/2002,del Parlamento Europeo y del Consejo, conrespecto a la importacin y el trnsito dedeterminados productos intermedios deriva-dos de material de la categora 3, destinadosa usos tcnicos en productos sanitarios, pro-

    ductos para el diagnstico in vitro y reacti-vos de laboratorio, y se modifica dichoReglamento.

    Reglamento 1881/2006, de 19 deDiciembre de 2006, de la Comisin, por elque se fija el contenido mximo de determi-nados contaminantes en los productos ali-menticios. Este reglamento, que sustituye alReglamento (CE) 466/2001, modifica el con-tenido mximo de determinados contami-nantes a fin de tener en cuenta la nueva

    informacin y la evolucin del CodexAlimentarius y es de aplicacin desde el 1 demarzo de este ao.

    Reglamento 1883/2006, de 19 deDiciembre de 2006, de la Comisin, por elque se establecen mtodos de muestreo yde anlisis para el control oficial de los nive-les de dioxinas y PCB similares a las dioxi-nas en determinados productos alimenticiosEste Reglamento deroga la Directiva2002/69 (CE) ya que la aplicacin de nuevosniveles mximos para la suma de dioxinas,furanos y PCB similares a las dioxinas as loexige.

    Reglamento 1882/2006, de 19 de Di-ciembre de 2006, de la Comisin, por elque se establecen los mtodos de muestreoy de anlisis para el control oficial del conte-nido de nitratos en ciertos productos ali-menticios. A fin de garantizar que los labo-ratorios de control utilicen mtodos de an-lisis con niveles de eficacia comparables sefijan en este Reglamento los criterios gene-

    rales a los que debe ajustarse cada mtodode anlisis.

    aesanoticias 15n

  • 8/22/2019 AESANoticias N 11

    16/16

    AESAN informa

    aesanoticias16 n

    Conse

    jo

    de

    Redaccin Presidente

    Flix Lobo

    Director Ejecutivo

    Jos Ignacio Arranz Recio

    Secretario Gral.

    Octavio Rivera

    Subd. Gral. de Gestin de Riesgos Alimentarios

    M Luz Carretero Baeza

    Subdirectora Gral. de Coordinacin de Alertas

    Alimentarias y Programacin de Control Oficial

    Beln Crespo Snchez-Eznarriaga

    Subdirector General de Coordinacin Cientfica

    Jess Campos Amado

    Director CNA

    Fernando Tovar

    Subdirector CNA

    Jos Juan Snchez SanzVocal asesor

    Juan Manuel Ballesteros Arribas

    Responsable de Comunicacin

    Hctor Alonso

    AESA. Alcal, 56. 28071. Madrid

    e-mail: [email protected]

    Elaboracin de contenidos

    Corporacin Multimedia

    Diseo y maquetacin

    Montserrat Gmez

    Impresor Artegraf

    NIPO 355-07-004-9

    D.L. M-

    Los das 27 y 28 de marzo se hacelebrado en la sede de la AESAN

    la I Convencin NAOS

    Esta I Convencin NAOS responda a una necesidad de poner encomn las experiencias, programas y actuaciones que se han ido des-arrollando en los ltimos dos aos, en el marco de la EstrategiaNAOS, tanto desde la iniciativa privada, como desde las diversasadministraciones, la comunidad cientfica, los profesionales sanita-rios y la industria alimentaria.

    La I Convencin ha reunido a diversos expertos nacionales e inter-nacionales que en torno a varias mesas redondas: El reto de la obesidad para la salud publica. Alianzas y sinergias para mejorar los hbitos alimentarios y

    aumentar la prctica de la actividad fsica.

    La escuela ante el reto de la obesidad infantil. Polticas y planes de accin para promover estilos de vida salu-dables.

    La responsabilidad del sector privado.

    Han debatido sobre los resultados de actividades ya realizadas ysobre cuales pueden ser los retos y lneas de trabajo a medio y largoplazo para la necesaria prevencin de la obesidad y adems sensi-bilizar a la poblacin de que adems de la dieta es imprescindible laprctica de la actividad fsica.

    En este sentido durante la Convencin se present la nuevaPirmide NAOS, que incorpora en la misma figura, de forma grafica yatractiva, tanto las recomendaciones dietticas mas saludables comolas recomendaciones de actividades fsicas variadas y sencillas quedeben realizarse diaria, semanal, u ocasionalmente; de forma que atravs de la Pirmide NAOS, en una visin conjunta y rpida, se faci-

    lita la comprensin y la promocin de la asociacin de la alimenta-cin saludable y la actividad fsica, objetivo bsico de la EstrategiaNAOS.

    (Informacin completa en el siguiente nmero)

    De izquierda a derecha, Jos Ignacio Arranz Recio, Director Ejecutivo de AESAN, Flix Lobo, Presidente de AESAN y Juan Manuel

    Ballesteros, Vocal Asesor, durante la presentacin de la Convencin NAOS.

    FOTO: AESAN