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NORMATIVAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE).

Agosto Paso A Paso Ace

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NORMATIVAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL

FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA

EDUCACIÓN (ACE).

INDICE

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DOCUMENTO 1_________________________________________________________3

I. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE).__________________________________________________________________3

DOCUMENTO 2________________________________________________________39

II. PASO A PASO PARA LA PLANIFICACIÓN ESCOLAR ANUAL POR LA MODALIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR_________________________39

DOCUMENTO 3________________________________________________________59

III. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS__________________________________________________________________59

DOCUMENTO 4________________________________________________________83

IV. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS_________________________________________________________83

DOCUMENTO 5_______________________________________________________141

V. PASO A PASO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS BIENES: LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS_______141

DOCUMENTO 6_______________________________________________________164

VI. PASO A PASO EN EL MANTENIMIENTO Y/O CONSTURCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, MOBILIARIO Y EQUIPO.______________164

DOCUMENTO 7_______________________________________________________177

VII. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA TRANSFERENCIA MENSUAL.___________________________________________________________177

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DOCUMENTO 1

I. PASO A PASO PARA LA INTEGRACION, LEGALIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE).

INTRODUCCIÓNEl Ministerio de Educación con el propósito de orientar a la comunidad educativa en la integración, legalización y funcionamiento de las Asociaciones Comunales para la Educación, presenta las normas y procedimientos derivados de los principios establecidos en el Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, como en otras disposiciones legales establecidos por instituciones públicas con las que tienen relación esta Modalidad y en instructivos internos del MINED.

Se espera que las Asociaciones Comunales para la Educación, realicen su mejor esfuerzo para cumplir con este documento.

El documento presenta los procedimientos relacionados con:

Creación de la Asociación Comunal para la Educación Sustitución de Miembros Vencimiento del período de los Miembros. Ampliación del Servicio Educativo. Dejar sin efecto la Personalidad Jurídica de la Asociación Comunal para la

Educación. Legalización del cambio de modalidad en un Centro Educativo

¿QUÉ ES EL PROGRAMA EDUCACIÓN CON PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD (EDUCO)?Es una estrategia de provisión de servicios educativos del nivel de Parvularia, Básica y Media con participación de la comunidad en las áreas rurales de difícil acceso de nuestro país.

I. ¿CÓMO SE BENEFICIA UNA COMUNIDAD CON LA CREACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL PROGRAMA EDUCO?Las comunidades rurales que carecen de un centro escolar, pueden solicitar al Ministerio de Educación a través de la Dirección Departamental de Educación la creación de secciones del programa EDUCO, que serán administradas por una Asociación Comunal para la Educación (ACE); debiendo reunir los siguientes requisitos:

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La Comunidad debe ser exclusivamente rural, de difícil acceso o urbano marginal.

Situada dentro de un radio de 3 Kilómetros como mínimo al centro escolar más cercano o tener un alto grado de riesgo o peligrosidad a menos de 3 Kilómetros de distancia de los centros educativos más cercanos.

Poseer población escolar promedio de 28 alumnos para una sección. Llenar solicitud de asignación del servicio educativo, bajo la modalidad del

Programa EDUCO.

II. ¿CÓMO SE LEGALIZA UNA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN?La creación del servicio educativo por primera vez, luego de ser aprobado por el Ministerio de Educación (MINED) mediante el Acuerdo de Acreditación del Centro Educativo; requiere la elección y constitución de la Junta Directiva de la ACE en Asamblea General de la Comunidad.

El Acta de Constitución, es el documento que se firma cuando por primera vez se organiza una Junta Directiva de la ACE en una Comunidad.

Para ello se convoca a Asamblea General a los padres y madres de familia y representantes de estudiantes y demás miembros de la Comunidad en general; a representantes del Ministerio de Educación de nivel nacional y/o departamental al acto de elección y constitución de la Junta Directiva de la ACE.

Antes de firmar el Acta de Constitución, se debe haber leído el Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación y se debe haber realizado la elección. El Acta es firmada por los cinco miembros de la Junta Directiva electos y por todos los asistentes a la reunión de Asamblea General y el representante del Ministerio de Educación.

Es importante considerar en la elección de la Junta Directiva, los siguientes aspectos:

Los miembros de la Junta Directiva no podrán ser cónyuges, ni parientes entre sí dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

Los miembros deben ser padres activos (tener hijos matriculados en el Centro Escolar).

En su defecto los miembros deben ser los representantes legales de los educandos.

El período de duración de cada Junta Directiva es de dos años Los miembros no pueden ser reelegidos en el mismo cargo durante dos períodos

consecutivos, sino en otro cargo por un período igual.

Después de elegida la Junta Directiva de la ACE, la Dirección Departamental elabora el Acuerdo de Personalidad Jurídica, que es el documento legal que le confiere a la ACE, como Modalidad de Administración Escolar Local la facultad para administrar los servicios educativos.

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Una ACE puede ser organizada por dos causales:

A) POR LA CREACIÓN DE UN NUEVO SERVICIO EDUCATIVO.

B) POR CAMBIO DE MODALIDAD EN UN CENTRO EDUCATIVO. A continuación se presentan los Procedimientos para cada causal.

A) PROCEDIMIENTO PARA LA ORGANIZACIÓN DE UNA ACE POR LA CREACION DE UN NUEVO SERVICIO EDUCATIVO

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Comunidad Presenta a la Dirección Departamental petición

por escrito de apertura del servicio educativo.

2. DirecciónDepartamental deEducación

Recibe petición de apertura y verifica la necesidad.

3. DirecciónDepartamental deEducación

Elabora informe de verificación de la necesidad. Envía a la Dirección Nacional de Gestión

Educativa solicitud de creación del servicio, agregando:

o Informe de verificación.o Certificación geográfica del nombre lugar,

autorizada por la Alcaldía de la localidad.o Solicitud para denominar al Centro

Educativo.4. Dirección Nacional

deGestión Educativa

Recibe y analiza la solicitud del servicio aplicando los requisitos establecidos.

5. Dirección Nacional deGestión Educativa

Si cumple los requisitos:o Verifica si hay disponibilidad financiera

para autorizar la asignación del servicio a la Dirección Departamental.

o Si hay disponibilidad financiera, solicita la creación del Centro Educativo a la Dirección de Acreditación, cumpliendo las normativas de la Dirección.

Si no cumple los requisitos, se informa a la Dirección Departamental y devuelve petición.

6. Dirección deAcreditación

Verifica solicitud, y si cumple requisitos genera y legaliza Acuerdo de Creación del Centro Educativo.

Envía Transcripción del Acuerdo a la Dirección Nacional de Gestión Educativa.

7. Dirección Nacional Comunica autorización del servicio educativo a la

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de Gestión Educativa

Dirección Departamental, anexando Transcripción del Acuerdo de Creación del Centro Educativo.

8. DirecciónDepartamental deEducación

Comunica a la Comunidad la aprobación del servicio educativo y delega a un representante para apoyar en la constitución de la ACE.

9. Comunidad Recibe aprobación del servicio. Convoca a Asamblea General para la

constitución de la ACE y elección de la Junta Directiva, en coordinación con la Dirección Departamental.

10. Representante de laDirecciónDepartamental deEducación

Participa en la Asamblea General informando sobre el programa EDUCO y el funcionamiento de la ACE, dando a conocer el Reglamento de la misma.

11. Comunidad Elige los miembros de la Junta Directiva, en votación secreta o pública.

12. Representante de laDirecciónDepartamental deEducación

Levanta el Acta de Constitución de la ACE (Anexo 1).

Presenta el Acta a la Coordinación de Gestión Educativa Departamental para su Visto Bueno, anexando copias de documentos de identidad personal.

Certifica tres copias del Acta de Constitución13. Coordinación de

Gestión EducativaDepartamental

Revisa Acta de Constitución de la Junta Directiva, en original y copias certificadas.

Si la documentación está correcta ingresa información a la base de datos.

Elabora Acuerdo de Personería Jurídica (Anexo 2) y dos Transcripciones (Anexo 3), estas últimas las pasa a firma del Director (a) Departamental.

14. Director (a)Departamental

Firma las dos Transcripciones del Acuerdo, y las devuelve a Gestión Educativa.

15. Coordinación deGestión EducativaDepartamental

Prepara nota de solicitud de trámite anexando:o Acuerdo de Personalidad Jurídica en

original, con su respectiva Transcripción.o Copia de la Transcipción del Acuerdo de

Creación del Centro Educativo.o Copia certificada del Acta de Constitución

de la ACE. Pasa nota de solicitud a firma del Director

Departamental Nacional de Gestión Educativa. Organiza expediente de la ACE con la siguiente

documentación:o Copias certificadas del Acta de

Constitución de la ACE.

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o Transcripción del Acuerdo de Personería Jurídica.

o Copia de la Transcripción del Acuerdo de Acreditación del Centro Educativo

o Copia de la nota de solicitud de legalización firmada por el Director(a) Departamental de Educación.

16. Dirección Nacional deGestión Educativa

Recibe y revisa el Acuerdo de Personalidad Jurídica, con sus anexos.

Envía a Asesoría Jurídica para firma del Titular del Ramo de Educación.

17. Unidad de AsesoríaJurídica del MINED

Recibe y revisa información, si la documentación es correcta envía el Acuerdo a firma del Titular del Ramo Educación.

Recibe el Acuerdo de Personería Jurídica firmado por el Titular, Transcripción y documentación de respaldo y lo remite a la Subgerencia de Recursos Humanos.

18. Subgerencia deRecursos Humanos

Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el Despacho para ser remitidos a: La Dirección Departamental con sus Anexos y otra copia a la Dirección de Modalidades del Nivel Central.

Registra en el Libro de control correspondiente y envía el original del Acuerdo para su rúbrica a Casa Presidencial.

Con la rúbrica de Casa Presidencial lo remite a Microfilm del MINED.

19. DirecciónDepartamental deEducación

Recibe documentación y resguarda en su expediente Departamental respectivo.

Entrega copia de la Transcripción del Acuerdo a la ACE.

20. Asociación Comunalpara la Educación

Recibe de la Dirección Departamental: Copia de la Transcripción del Acuerdo de

Personalidad Jurídica y Acta de Constitución de la ACE con el Visto

Bueno del Coordinador (a) de Gestión Educativa Departamental para ser guardados en el Archivo que lleva la ACE.

21. Secretario de la ACE

Legalizan Libro de Actas de la ACE (Anexo 4).

B) PROCEDIMIENTO PARA ORGANIZAR UNA ACE POR CAMBIO DE MODALIDAD EN UN CENTRO EDUCATIVO.

1. Comunidad Educativa.

Convoca a Asamblea General Analizan y deciden la organización de una ACE

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para que administre el Centro Educativo.2. Representante de la

Comunidad Educativa.

Levanta Acta, sobre la decisión tomada y las justificaciones para que el Centro Educativo sea administrado por una ACE. Dicha Acta deberá ser firmada por todos los presentes, registrándose además el número de DUI.

Elabora solicitud de cambio de modalidad, anexando el acta en original.

Presenta la solicitud a la Dirección Departamental de Educación.

3. Director (a) Departamental de Educación.

Recibe solicitud de la comunidad educativa, para que el Centro Educativo sea administrado por la ACE.

Delega a un representante de la Dirección Departamental para que estudie y verifique el caso.

4. Representante de la Dirección Departamental de Educación.

Verifica la petición de la Comunidad Presenta informe y recomendación al Director(a)

Departamental.

5. Director(a) Departamental de Educación.

Recibe, analiza el informe y de estar de conformidad solicita a la Dirección Nacional de Gestión Educativa aprobación para crear la ACE.

6. Dirección Nacional de Gestión Educativa.

Si cumplen los requisitos establecidos para organizar la ACE, verifica la disponibilidad financiera, y envía nota de autorización a la Dirección Departamental de Educación.

7. Director(a) Departamental de Educación.

Recibe nota de autorización. Envía nota de autorización, Acta de la decisión

de la comunidad y solicitud de cambio de modalidad a la Coordinación de Gestión Educativa para que inicie los trámites para organizar la ACE.

8. Coordinación de Gestión Educativa.

Realiza trámites para organizar una ACE, siguiendo los pasos del 9 al 12 del procedimiento A: ORGANIZACIÓN DE UNA ACE POR CREACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO, DEL ROMANO III DE ESTE DOCUMENTO.

Si la documentación esta correcta ingresa información a la base de datos.

Una vez que Acreditación le haya notificado el cambio de código del centro educativo que será administrado por la ACE; emite Acuerdo de Personería Jurídica y dos Transcripciones del

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mismo, las cuales pasa a firma del Director(a) Departamental de Educación.

Prepara expediente y sigue los pasos PARA LEGALIZAR EL CAMBIO DE MODALIDAD EN UN CENTRO EDUCATIVO, de conformidad al procedimiento VIII de este documento.

MODELO DE ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA ACE Y ELECCIÓN DE LA PRIMERA JUNTA DIRECTIVA

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MODELO DE ACUERDO DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE

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MODELO DE TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE

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INSTRUCCIONES PARA LA AUTORIZACIÓN Y USO DEL LIBRO DE REGISTRO DE ACTAS

III. ¿QUÉ PROCEDIMIENTO SE SIGUE PARA LA SUSTITUCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ACE?

Para sustituir a uno o varios miembros Directivos que renuncien, fallezcan o sean destituidos antes de que termine el período de dos años para el que fueron electos, se debe elaborar un Acta de Enmienda. Esta será firmada, después de celebrada la elección y de ser leída a los presentes, por los Directivos anteriores, los Directivos sustitutos, el representante del MINED y todos los asistentes a la Asamblea General.

Los nuevos miembros deben reunir los siguientes requisitos: El nuevo miembro tiene que ser electo en Asamblea General extraordinaria. Para ser electo como miembro de la Directiva, deben ser padres, madres o

representantes legales con hijos(as) en el Centro Educativo. No ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de

afinidad con otro miembro electo.

A continuación se presenta el procedimiento para la sustitución de los miembros durante el período de dos años.

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Paso Responsable Actividad1. Presidente de la ACE o

mayoría de miembros de la Comunidad

Convoca a reunión extraordinaria de Asamblea General para elección de nuevos miembros.

2. Junta Directiva de la ACE

Desarrolla la Asamblea General para la elección de los nuevos miembros, mediante voto público o secreto.

Si la sustitución fuera la del Presidente, éste deberá rendir informe y hacer entrega mediante inventario de los bienes, recursos y registros a la nueva Junta Directiva.

3. Secretario de la ACE Asienta en el Libro de Actas de la ACE el Acta de Enmienda correspondiente. (Anexo 5)

Saca fotocopia del Acta de Constitución clara y legible y al reverso de la última copia, si son más de 2 páginas, Certifica el Acta y la sella. (Anexo 6)

4. Presidente de la ACE Presenta a la Dirección Departamental para legalizar los nuevos miembros la siguiente documentación:

Certificación del Acta de Enmienda. Copia de renuncia, Acta de defunción o

certificación del Acta donde se exprese la causal de expulsión, según el caso.

Los nuevos miembros deberán anexar copia del DUI.

5. Dirección Departamental de Educación

Recibe y revisa documentación. Ingresa información en la base de datos. Emite nota de cambio de firmas para el

banco (si aplica) la cual deberá ser firmada por el Director Departamental de Educación.

6. Junta Directiva de la ACE

Recibe nota de cambio de firma al banco (si aplica) y los legaliza. (Anexo 7)

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MODELO DE ACTA DE ENMIENDA AL ACTA DE ELECCIÓN DE LA ACE

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MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL ACTA DE ENMIENDA

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MODELO DE NOTA DE CAMBIO DE FIRMAS AL BANCO

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IV. ¿CÓMO SE ELIGEN LOS NUEVOS DIRECTIVOS DE LA ACE CUANDO FINALIZA EL PERÍODO DE DOS AÑOS?

Cuando la Junta Directiva ha finalizado su período de dos años, se realiza la elección de los nuevos miembros por un período igual.

La Junta Directiva saliente al finalizar su período de 2 años tiene ciertas obligaciones:

1. Elabora el Informe final y documentación de soporte de los recursos asignados durante su administración, para su entrega a la nueva Junta Directiva. Dicho Informe deberá contener los siguientes documentos:

Inventario de Bienes muebles y libros. Entrega del Archivo general, que contenga:

Documentación legal (Reglamento Especial de las ACE, Acuerdo Ministerial de Personalidad Jurídica, Libro de Actas, nota de cambio de firmas y Convenios); Documentos financieros (recibos, facturas, planillas, estados de cuentas, conciliaciones bancarias, Libro de Ingreso y Gastos, chequera, etc.);Documentos administrativos (contratos, libros de visitas, libros de matricula escolar, etc.)

Cierre del periodo con su respectivo saldo.

2. Elabora el Acta de Finalización del Período y Traspaso del Patrimonio de la ACE la cual deberá ser firmada por los directivos salientes, nuevos miembros y representantes de la Dirección Departamental del MINED.

3. Remite copia del Acta de traspaso a la Oficina Central y Departamental de Educación.

A continuación encontrará los pasos a seguir para la de Elección de la Nueva Junta Directiva de la ACE cuando la Junta Directiva saliente finaliza su periodo ordinario, de dos años:

Paso Responsable Actividad1. Presidente de la ACE

juntamente con el Representante de la Dirección Departamental de Educación

Convoca a reunión extraordinaria de Asamblea General para elección de los nuevos miembros que integraran la nueva Junta Directiva, por lo menos un mes antes de que finalicen las funciones los actuales miembros.

2. Junta Directiva de la ACE

Apertura la Asamblea General para la elección de los nuevos miembros.

3. Representante de la Dirección Departamental de Educación

Desarrolla la Asamblea General Extraordinaria. Da a conocer los objetivos de la reunión y el

Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación antes de la elección de la nueva Junta Directiva.

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4. Presidente de la ACE Rinde informe de la elección de la nueva Junta Directiva.

5. Representante de la Departamental de Educación y Presidente de la ACE

Desarrolla la reunión de la nueva Junta Directiva, según lo establecido en el Reglamento Especial de la ACE.

6. Secretario (a) de la ACE

Con la colaboración del representante de la Departamental de Educación, asienta en el Libro de Actas de la ACE, el Acta de Elección (Anexo 8).

7. Representante de la Departamental de Educación

Juramenta a los miembros de la nueva Junta Directiva y firma el Acta de Elección.

Obtiene la firma de todos los asistentes a la Reunión.

8. Directiva saliente de la ACE

Hace entrega, mediante inventario de los bienes, recursos y registros a la nueva Junta Directiva, mediante Acta de finalización del período y traspaso del patrimonio de la ACE la que deberá ser firmada por los directivos salientes, directivos entrantes y representantes de la Dirección Departamental de MINED (Anexo 10).

9. Secretario saliente de la ACE

Con la colaboración del representante de la Departamental de Educación certifica el Acta del paso 8.

10. Representante de la Departamental de Educación

Presenta Cuadro de Transcripción del Acta de Elección y certificación del Acta de Traspaso a la Coordinación de Gestión Educativa.

11. Coordinación de Gestión Educativa

Recibe documentación anterior y saca copias para hacer entrega de los originales a Pagaduría Departamental.

Elabora su expediente e ingresa información en la base de datos.

Emite nota de cambios firmas para el Banco para firma del Director Departamental de Educación.

12. Presidente de la ACE Recibe nota de cambio de firma al Banco y los legaliza.

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MODELO DE ACTA DE ELECCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN

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MODELO DE CUADRO DE TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE ELECCIÓN POR SUSTITUCIÓN

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MODELO DE ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PERÍODO Y TRASPASO DE PATRIMONIO DE LAS ASOCIACIONES COMUNALES PARA LA EDUCACIÓN (ACE)

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V. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LA AMPLIACIÓN DEL NIVEL EDUCATIVO?La ampliación del servicio consiste en la autorización a la ACE para atender el nivel de Educación Media.

A continuación se presenta el procedimiento que se debe realizar para dicha ampliación:

Paso Responsable Actividad1. Junta Directiva de

la ACE Presenta por escrito la necesidad de ampliación del

nivel educativo a la Dirección Departamental, cuatro meses antes de que finalice el año escolar.

2. Dirección Departamental de Educación

Verifica el servicio solicitado, en función a los criterios de crecimiento natural y número de alumnos promedio por sección.

Si cumple con los criterios anteriores, presenta solicitud a la Dirección de Modalidades.

3. Dirección de Modalidades

Recibe, revisa y analiza solicitud de ampliación del servicio.

Si cumple con los requisitos establecidos y hay disponibilidad de recursos para su financiamiento; pasa a la Dirección de Acreditación para la verificación del servicio.

4. Dirección de Acreditación

Verifica la necesidad del servicio, y aprueba la ampliación.

Elabora Acuerdo de Ampliación del servicio para Educación Media, y realiza los trámites en la Oficina de Asesoría Jurídica para su correspondiente legalización.

5. Dirección Departamental de Educación

Recibe Transcripción del Acuerdo firmado de ampliación del Servicio y realiza modificación o adenda al Convenio ya firmado.

Envía modificación o adenda a la Junta de la ACE. Pagaduría Departamental realiza trámites para la

transferencia de fondos.

VI. ¿CÓMO SE DEJA SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE?La Personalidad Jurídica de una ACE se puede dejar sin efecto por las siguientes causales:

1. Cuando la comunidad educativa decide que el Centro Educativo sea administrado por otra modalidad de Administración Escolar Local, previa autorización del MINED.

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2. Porque se cierra definitivamente la ACE por baja matrícula, por desplazamiento de la población, o por reordenamiento administrativo al coexistir dos modalidades en una misma infraestructura.

A continuación encontrará los procedimientos a seguir para cada una de las causales:

A) PROCEDIMIENTO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE POR CAMBIO DE MODALIDAD.Paso Responsable Actividad1. Asamblea General

de la Comunidad En coordinación con la Junta Directiva de la

ACE, analiza el cambio de Modalidad de Administración Escolar local.

2. Secretario de la ACE

Levantan Acta sobre la decisión de la comunidad del cierre de la ACE, y dejar sin efecto su Personalidad Jurídica. Dicha Acta deberá ser firmada por los presentes, registrando su número de DUI.

Elabora solicitud de cierre de la ACE dirigida al Director (a) Departamental de Educación correspondiente, la cual debe ser firmada por el Presidente de la ACE.

Presenta solicitud anexando original del acta.3. Director(a)

Departamental de Educación

Delega a un representante de la Departamental de Educación para estudiar y verificar la solicitud.

4. Representante de la Dirección Departamental de Educación

Verifica la causal, informa y recomienda a la Dirección Departamental de Educación.

5. Director(a) Departamental de Educación

Recibe el informe y la solicitud, y de estar de conformidad, solicita a la Dirección Nacional de Gestión Educativa aprobación para cerrar la ACE.

6. Dirección Nacional de Gestión Educativa

Analiza la decisión tomada por la Comunidad y las justificaciones para que el Centro Educativo cambie de modalidad.

En base al análisis la Dirección aprueba o desaprueba el cambio de modalidad.

Si el cambio es desaprobado, informa y devuelve la documentación presentada a la Dirección Departamental correspondiente.

7. Director(a) Departamental de Educación

Si aprueba el cierre comunica por escrito a la ACE, que se ha autorizado la solicitud de la Comunidad Educativa para cambio de modalidad de Administración Escolar Local.

Solicita y gira instrucciones a la Coordinación de

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Gestión Educativa Departamental para que se inicie el proceso de cierre de operaciones de la ACE para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica.

8. Junta Directiva de la ACE

Procede a liquidar los fondos establecidos para el pago del servicio, con el apoyo de un representante de la Dirección Departamental de Educación (Anexo 11).

Procede a liquidar fondos de bonos recibidos. Revisa y actualiza inventario de bienes muebles

y libros. Prepara documentos a entregar a la Dirección

Departamental de Educación. Procede al traspaso de bienes y documentos a la

Dirección Departamental de Educación.9. Secretario de la

ACE Elabora Acta de traspaso de bienes (Anexo 12)

la cual debe ser firmada y sellada por todos miembros de la ACE; y el representante de la Dirección Departamental de Educación.

Elabora Acta de cierre de operaciones (Anexo 13) en el libro de Actas de la ACE, la cual debe ser firmada por todos los miembros.

Prepara nota de solicitud para dejar sin efecto la Personería Jurídica de la ACE, anexando:

o Liquidación de fondos para el pago de los servicios educativos.

o Certificación del Acta de Traspaso de bienes del Centro Educativo.

o Copia de inventario.o Copia de Hoja de liquidación de bonos.o Certificación del Acta de Cierre de

operaciones.o Copia del Acuerdo de Pesonería Jurídica.

10. Presidente de la ACE

Firma solicitud y envía con anexos a la Dirección Departamental de Educación correspondiente.

11. Director(a) Departamental de Educación

Recibe, revisa y pasa a Gestión Educativa para que se emita el Acuerdo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica.

12. Coordinador(a) de Gestión Educativa Departamental

Recibe y revisa documentación. Ingresa datos al sistema y emite el Acuerdo

Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica con dos Transcripciones (Anexo 14 y 15).

Pasa las Transcripciones a firma del Director Departamental.

13. Director(a) Firma y sella transcripciones.

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Departamental de Educación

Devuelve a Gestión Educativa.

14. Coordinador(a) de Gestión Educativa Departamental

Continua los pasos del 4 al 7 del Romano VIII procedimiento para legalizar Cambio de modalidad en un Centro Educativo administrado por una ACE; de este documento.

B) PROCEDIMIENTO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE POR CIERRE DEFINITIVO.

Paso Responsable Actividad1. Asamblea General

de la ComunidadEn coordinación con la Junta de Directiva de la ACE, analiza la continuidad del servicio por las siguientes razones:

Baja matrícula a la establecida para secciones de Parvularia, Básica y Especial.

Reordenamiento administrativo al coexistir dos modalidades en la misma infraestructura educativa.

Desplazamiento de la población a otro lugar. Cambio de modalidad.

2. Secretario de la ACE

Levantan Acta sobre la decisión de la comunidad del cierre de la ACE, y dejar sin efecto su Personalidad Jurídica. Dicha Acta deberá ser firmada por los presentes, registrando su número de DUI.

Elabora solicitud de cierre de la ACE dirigida al Director(a) Departamental de Educación correspondiente, la cual debe ser firmada por el Presidente de la ACE.

Presenta solicitud anexando original del acta.3. Director(a)

Departamental de Educación

Delega a un representante de la Departamental de Educación para estudiar y verificar la solicitud.

4. Representante de la Departamental de Educación

Verifica la causal, informa y recomienda a la Dirección Departamental de Educación.

Si procede el cierre, solicita a la ACE, prepare documentación financiera de los rubros establecidos para el pago del servicio.

Realiza liquidación de los fondos transferidos para el pago del servicio, por año desde la creación de la ACE (Anexo 11) y de haber saldo orienta a la ACE para que haga el reintegro a la Pagaduría Departamental.

Orienta a la ACE para que liquide los bonos pendientes.

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Orienta a la ACE para que actualiza el inventario de bienes muebles y libros.

Cuando la ACE haya liquidado los fondos para el pago del servicio y de bonos, la orienta para que elabore el Acta de traspaso de bienes del Centro Educativo (Anexo 12).

Orienta a la ACE para que finalmente elabore el Acta de Cierre de Operaciones (Anexo 13).

5. Junta Directiva de la ACE

Presenta a la Dirección Departamental: Hoja de liquidación de bonos. Liquidación de fondos para el pago de servicios

firmada por el Presidente y el Tesorero de la ACE, y por el representante de la Dirección Departamental de Educación.

Certificación del Acta de cierre de operaciones de la ACE.

Certificación del Acta de Traspaso. Solicitud de cierre de la ACE firmada por el

Presidente de la Junta Directiva.6. Coordinación de

Gestión Educativa Departamental

Recibe y revisa la documentación. Ordena cierre de la cuenta bancaria de la ACE. Ingresa información a la base de datos y emite

Acuerdo para Dejar sin efecto la Personería Jurídica (Anexo 14) y 1 Transcripción, (Anexo 15).

Registra en el sistema justificación y fecha del cierre.

7. Director(a) Departamental de Educación

Firma la Transcripción del Acuerdo, para que Gestión Educativa agregue al expediente Departamental respectivo, de la ACE.

8. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Envía Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica de la ACE y transcripción del mismo a la Dirección Nacional de Gestión Educativa, con la siguiente documentación:

Acta de decisión de la comunidad solicitando el cierre de la Personalidad Jurídica de la ACE.

Copia del informe y recomendación del Cierre de la ACE realizada por el Representante de la Departamental de Educación.

Copia del Acuerdo de Personalidad Jurídica de la ACE.

Hoja de liquidación de fondos para pago de servicios y bonos recibidos.

Copia Certificada del Acta de cierre de operaciones de la ACE.

Certificación del Acta de Traspaso de Bienes del Centro Educativo y la respectiva documentación

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de respaldo.9. Dirección Nacional

de Gestión Educativa

Recibe y revisa el Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica de la ACE y su documentación, si todo está correcto lo envía a la Oficina de Asesoría Jurídica.

10. Oficina de Asesoría Jurídica del MINED

Recibe y revisa Acuerdo Ejecutivo para dejar sin efecto la Personalidad Jurídica y sus documentos; si todo está correcto envía el original para firma del despacho.

Una vez firmado por el Despacho, el Acuerdo se envía a la Subgerencia de Recursos Humanos para su distribución.

11. Subgerencia de Recursos Humanos

Saca 2 copias del Acuerdo firmado por el Despacho para ser remitidos a: La Dirección de Modalidades del Nivel Central con su documentación de respaldo y la otra a la Oficina Jurídica para su respectiva rúbrica y ser remitida posteriormente al Diario Oficial.

Registra en el libro de control correspondiente y envía el original del Acuerdo para su rúbrica a Casa Presidencial.

Con la rúbrica de la Casa Presidencial lo remite a Microfilm del MINED.

La Transcripción del Acuerdo la envía el Diario Oficial.

12. Dirección Departamental de Educación

Informa para su conocimiento, al ISSS, AFP, Ministerio de Hacienda y agencia bancaria el cierre de la Personalidad Jurídica de la ACE.

Archiva copias de Acuerdo en el expediente departamental de la modalidad.

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MODELO DE HOJA DE LIQUIDACIÓN MENSUAL Y ANUAL PARA EL PAGO DEL SERVICIO

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MODELO PARA ELABORAR EL ACTA DE TRASPASO DE LOS BIENES DEL CENTRO EDUCATIVO

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Page 34: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE ACTA DE CIERRE DE OPERACIONES DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN

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MODELO DE ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE

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MODELO DE TRANSCRIPCION DE ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ACE

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VII. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LEGALIZAR EL CAMBIO DE MODALIDAD EN UN CENTRO EDUCATIVO?

Cuando el Centro Educativo esta siendo administrado por una ACE y la comunidad decide cambiar de Modalidad de Administración Escolar para convertirse en un CDE, el procedimiento que deberá realizarse es el siguiente:

Paso Responsable Actividad1. Coordinación de

Gestión Educativa Departamental

Emite acuerdo para Dejar sin efecto la Personería Jurídica de la ACE y registra en el sistema la justificación de este cierre, y la fecha de creación del ACE.

2. Dirección de Acreditación

Recibe a través del sistema mecanizado, notificación del cierre de la modalidad.

Da seguimiento al caso y solicita una nota firmada por la Dirección Departamental de Educación con la debida justificación, a la cual deberá anexar autorización de los fondos por la Dirección Nacional de Gestión Educativa.

Determina el cambio de código del Centro Educativo con base a los rangos establecidos para cada tipo de modalidad en el sistema.

Emite Resolución y Acuerdo de cambio código. Entrega copia a Gestión Educativa Departamental

la Resolución de cambio de código; mientras está en firma del Titular del Ramo, el Acuerdo respectivo.

Envía Acuerdo de cambio de código para trámite al Departamento Jurídico.

3. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Con la Resolución de cambio de código y con todos los requisitos establecidos para crear la nueva modalidad emite Acuerdo de Personería Jurídica del CDE y 2 Transcripciones del mismo.

Anexa documentación de respaldo de Acuerdo Original de Personería del CDE.

4. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Prepara expediente que será remitido a la Coordinación de Administración Local conteniendo lo siguiente:

o Acuerdo original para dejar sin efecto la Personería Jurídica de la ACE y anexos.

o Acuerdo original de Personería Jurídica del CDE y anexos.

o Copia de Resolución de cambio de código, mientras está en firma del Titular en Ramo, el Acuerdo respectivo.

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Solicitud de trámite firmada por el Director Departamental de Educación.

5. Coordinación de Administración Local

Recibe y revisa documentación proveniente de la Dirección Departamental de Educación.

Analiza toda la documentación proveniente y de estar de conformidad, envía a la Unidad de Asesoría Jurídica.

6. Unidad de Asesoría Jurídica

Revisa, analiza y de estar de conformidad pasa a firma del Titular del Ministerio de Educación.

Una vez firmados los Acuerdos entrega toda la documentación a Recursos Humanos para su distribución.

7. Subgerencia de Recursos Humanos

Recibe documentación y la distribuye de conformidad a lo establecido.

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DOCUMENTO 2

II. PASO A PASO PARA LA PLANIFICACIÓN ESCOLAR ANUAL POR LA MODALIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR

INTRODUCCIÓN

El trabajo de las Instituciones Educativas, debe estar orientado y dirigido por una Planificación Estratégica Institucional (PEI), que durante 5 años guíe las grandes acciones de la comunidad educativa, acciones derivadas de una participación activa de los sectores y de un Diagnóstico Institucional, dándole al Centro Escolar una visión a largo plazo que se hace operativo cada año, por medio del Plan Escolar Anual (PEA).

Precisamente, es sobre el Plan Escolar Anual que este documento pretende orientar a los Directores y las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE, ACE y CECE), para que de acuerdo a sus recursos, limitantes y prioridades haga realidad la ejecución de este.

El Plan Escolar Anual, como un instrumento de planificación de corto plazo, concretiza las acciones del Proyecto Educativo Institucional (PEI), otorgando sentido y dirección al presupuesto y a los proyectos complementarios que se desarrollan en los procesos educativos, administrativos, organizativos y comunitarios de los centros escolares.

Este documento está dirigido prioritariamente a los miembros de las modalidades, a su personal directivo, docente y técnicos de las Oficinas Departamentales, que orientan, apoyan, verifican y coordinan el trabajo de las modalidades.

I. OBJETIVOS:

General:

Orientar a las Modalidades de Administración Escolar Local, sobre la elaboración del Plan Anual, como estrategia y guía de las actividades educativas, que planifica, organiza y coordina durante el año escolar.

Objetivos específicos:

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1. Promover el Plan Escolar Anual como un instrumento de trabajo a los miembros de las Modalidades de Administración Escolar Local.

2. Elaborar el Plan Escolar Anual en la lógica de concreción del Proyecto Educativo Institucional.

3. Facilitar el trabajo, funciones y actividades que desarrollan los miembros de las Modalidades, Comités de Apoyo y los docentes.

4. Aportar conceptos y reflexiones sobre la planificación operativa e instrumentos que apoyen este proceso.

II. ¿QUÉ ES LA PLANIFICACIÓN?

La planificación es el proceso de conducir una organización desde donde se encuentra actualmente hasta donde queremos que esté en el futuro. Este futuro, para los centros educativos es la autonomía escolar, es decir, que los miembros de las Modalidades de Administración Escolar Local, tengan la capacidad y responsabilidad para decidir sobre lo que conviene hacer y fortalecer la gestión de los recursos que se les asignen, no sólo los económicos, humanos y materiales, sino también los pedagógicos. Para alcanzar esta autonomía es importante la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, ya que éste no es responsabilidad ni patrimonio de una sola persona o grupo de personas, sino que es el compromiso de todos los miembros de una Comunidad Educativa.

El Plan Escolar Anual, es el instrumento de gestión que contiene un conjunto de acciones o actividades organizadas cronogramadas, que la comunidad educativa debe realizar para lograr los objetivos propuestos en período anual del trabajo.

III. ¿PORQUÉ ES IMPORTANTE LA PLANIFICACIÓN?

a. Propicia el desarrollo de la Modalidad y de la Institución, al establecer métodos de utilización racional de los recursos.

b. Reduce los niveles de incertidumbre que se pueden presentar en el futuro.

c. Mantiene una mentalidad futurista teniendo más visión del porvenir y un afán de lograr y mejorar las cosas.

d. Reduce al mínimo los riesgos y aprovecha al máximo las oportunidades.e. Permite aprovechar la experiencia y los recursos de las personas e

instituciones que colaboran con el Centro Educativo.f. Promueve la eficiencia al eliminar la improvisación.g. Al establecerse un Plan, suministra las bases a través de las cuales

operará el Centro Educativo.h. Disminuye al mínimo los problemas potenciales y proporciona a las

modalidades, magníficos rendimientos de su tiempo y esfuerzo.

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i. Permite a las modalidades, evaluar alternativas antes de tomar una decisión.

j. Permite establecer las prioridades con base a las necesidades y los recursos.

k. Permite el logro de los objetivos y metas institucionales.l. Fomenta el trabajo en equipo. m. Se invierte en esfuerzos y recursos.

Dentro de las organizaciones, planear es tan importante como organizar, dirigir y controlar, porque la eficiencia no se logra con la improvisación, y si administrar es "hacer las cosas a través de otros", es necesario, primero hacer planes sobre la forma como esa acción se habrá de coordinar.

En el campo de la administración educativa, la planificación ocupa un lugar importante, ya que a partir de ella y con base a un diagnóstico situacional previo, que se evidencia en el PEI, se ejecuten las acciones que tienen que ver con el logro de objetivos y metas referidas al proceso educativo.

Por lo anterior es importante el Plan Escolar Anual, ya que contribuye a conducir la labor propuesta de la comunidad educativa y orienta la organización que se necesita para la consecución de los objetivos y acciones establecidas para un año.

IV. ¿CUÁLES SON LOS RIESGOS DE NO PLANIFICAR?

El no planificar, conlleva una serie de riesgos para una organización, veamos algunos:

1. Si faltan objetivos que orienten el trabajo, esto redunda en la improvisación y en un mal uso de recursos.

2. No se logran los propósitos educativos definidos para el Centro Educativo.

3. Se realizan acciones aisladas, y no integradas a un sólo fin.

4. Los miembros de las Modalidades de Administración Escolar Local de los centros educativos, no reaccionan adecuadamente a las contingencias o emergencias que se presentan.

5. No existe seguimiento ni control de objetivos y resultados esperados.

6. Se gastan esfuerzos y recursos.

7. Los logros anuales no responden a una planificación estratégica.

Dado que no es posible señalar una secuencia única para el proceso de planificación, es posible sugerir dicho proceso siguiendo la lógica que indican las fases siguientes:

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1. Identificación de fortalezas (recursos que se controlan, capacidades y habilidades que se poseen), oportunidades (factores externos, que son positivos, favorables, explotables), amenazas (factores negativos externos) y debilidades para actuar (recursos de los que se carece, habilidades que no se poseen, actividades que no se desarrollan).

2. Diseñar de la mejor manera el paso de la situación actual (problemas que presenta el diagnóstico) a la situación deseada (Por ejemplo, mejoramiento de la calidad, mayor cobertura, etc.).

3. Identificar claramente el objetivo u objetivos que se buscan.

4. Aprestamiento para la acción, es decir disposición de lo necesario para ejecutar las acciones planificadas.

V. ¿QUIÉNES PLANIFICAN AL INTERIOR DE LAS MODALIDADES DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LOCAL?La atribución de planificar es de los miembros de las Modalidades, la cual está contenida en las Leyes y Reglamentos que las rigen, a los Consejos Directivos Escolares, esta atribución se la asigna el artículo 50 numeral 1 de la Ley de la Carrera Docente. Para el caso de las Asociaciones Comunales para la Educación, en el artículo 15 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, corresponde a la Junta Directiva de la Asociación, esta labor; y para los Consejos Educativos Católicos Escolares, en el artículo 13 del Reglamento de los Centros de Educación Católica de El Salvador, se involucra a todos los sectores de la comunidad educativa en la planificación.

Toda la acción de la planificación de las instancias de la comunidad educativa debe estar orientada y concretizada en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

Para ello los componentes que integran el Proyecto Educativo Institucional, como el Proyecto Curricular del Centro; el Proyecto de Gestión Organizativa y Administrativa, los Proyectos Complementarios y el Plan Escolar Anual, deben responder a los ámbitos que conforman el PEI, como son: Pedagógico, Administrativo, Organizativo y Comunitario.

En este sentido, se generara un trabajo cooperativo al interior de los centros educativos, que debe tener un equipo Coordinador y equipos dinamizadores en cada uno de los componentes del PEI, que deberán involucrar a la comunidad educativa, en Comités de Apoyo, y con ello se fortalecerá el proceso de planificación al compartir todos la visión del rumbo de la institución, y no solo en los miembros de las Modalidades.

La participación y el trabajo en equipo y la planificación estratégica son las premisas básicas para lograr un cambio en el trabajo actual de las escuelas. Se debe ir construyendo una nueva filosofía de gestión, donde la visión deseada de la escuela, la

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programación de las estrategias y el mejoramiento de los procesos, son tareas colectivas que requieren el compromiso de toda la Comunidad Educativa.

VI. ¿CUÁNDO PLANIFICAR?En un modelo de gestión educativa, donde se incorporan metas fijadas de manera participativa, y establecidas sobre la base de un Proyecto Educativo Institucional, que contiene objetivos de largo plazo, es prudente revisar y ajustar lo planificado al inicio del año escolar, cuando ya se tienen algunos insumos, entre ellos: Memoria de Labores, Calendario Escolar, Proyectos aprobados, Presupuestos de Ingresos y Gastos ajustados, etc., lo que permite tener una visión mas acertada sobre la marcha del centro educativo y de los resultados que se pueden obtener.

Este proceso de planificación en el corto plazo, debe conllevar a la Modalidad a elaborar el Plan Escolar Anual, el Presupuesto Estimado de Ingresos y Egresos, el Proyecto Curricular del Centro y los Proyectos Complementarios; durante el último trimestre del año lectivo, para ser presentados en la Asamblea de Padres y Madres de familia. En el caso de la aprobación de las Contribuciones de Apoyo Económico Voluntario y Otros Ingresos programados para el año siguiente en los centros educativos de Parvularia, Básica y Especial, se deben aprobar durante el último trimestre del año lectivo y la aprobación de las Cuotas de Escolaridad u otros ingresos de los Centro Educativos con niveles de media, se deben realizar tres meses antes de que finalice el año lectivo. Después de aprobadas las contribuciones o cuotas voluntarias u otros ingresos previstos, se debe presentar a la comunidad educativa el Plan Escolar Anual, revisarlo y ajustarlo al inicio del próximo año escolar, cuando ya terminó el período de matrícula y ya se pueden tener datos exactos y no estimados de los recursos de los que dispondrá la institución proveniente del Ministerio de Educación o de otras fuentes previstas en el presupuesto. Durante el año escolar se deberán ajustar las metas y actividades, en función al logro de objetivos que se tenga u otras prioridades que se operen; dado que las cuotas de escolaridad y contribuciones de apoyo voluntario se pueden pagar mensualmente o en cualquier época del año escolar.

VII. ¿CUÁL ES LA LÓGICA DE LA PLANIFICACIÓN?

La planificación funciona de acuerdo a una lógica muy simple y concreta que resumimos en la siguiente manera:

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La planificación siempre parte de una situación inicial, la cual incluye tanto la realidad interna del centro educativo como de la comunidad donde está inmersa; esta situación se puede conocer mediante un diagnóstico.

Si analizamos el diagnóstico podemos establecer un pronóstico hacia una nueva realidad en un futuro cercano, si no actuamos sobre esa realidad.

La situación deseada es el cambio de rumbo que queremos introducir en la evolución general de la realidad. Alcanzar este objetivo es el propósito de la Planificación.

VIII. PRINCIPIOS DE LA PLANIFICACIÓN

La participación significa que los diferentes actores que se involucran en ella, tanto internos como externos al centro educativo, tienen injerencia en la toma de decisiones y por ende son responsables de los resultados y consecuencias que dichas decisiones tienen. Todo Plan debe ser aprobado por la Modalidad.

Debe de adaptarse a la realidad del medio donde funciona la Institución. La Modalidad debe pensar en primer lugar con qué recursos cuentan y ajustar los Planes, Programas y Proyectos a la disponibilidad de esos recursos.

Debe de facilitar la adecuación a las circunstancias que se presentan, la Modalidad debe de prever varias

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alternativas de acción y establecer sistemas de seguimiento y evaluación durante el desarrollo de las actividades planificadas.

Los planes deben de integrar los intereses tanto de la institución como de las personas que van a participar en la ejecución de las actividades y de los/as beneficiarios/as.

Se debe planificar con claridad. Para asegurar que la planificación sea precisa, es necesario que las Modalidades, tenga respuestas a las preguntas:

¿Qué se quiere hacer? ¿Quién va a ejecutar la tarea?¿Cómo se va a desarrollar el plan? ¿Cuándo se va a realizar?

¿Dónde debe hacerse?¿Con qué recursos?¿Cuál es el objetivo?

IX. ¿CUÁLES SON LOS INSTRUMENTOS DEL PROCESO DE PLANIFICACIÓN?Dentro del proceso de planificación de los Centros Educativos, se van desarrollando una serie de instrumentos:

a. PEIb. PEAc. Presupuesto de los Centros Educativosd. Proyectos Complementarios

El Plan Escolar Anual, es el instrumento de planificación operativa a corto plazo (un año). Este Plan es la concreción del Proyecto Educativo Institucional, que es el instrumento estratégico de desarrollo educativo de mediano y largo plazo dentro del Centro Escolar.

Este se nutre y retoma las actividades contempladas en las políticas y programas del Ministerio de Educación, y además define sus prioridades en función a sus problemas, necesidades e intereses detectadas por la Comunidad Educativa. Para ello es necesario:

Contar con un mínimo de información, proveniente de diagnósticos, evaluaciones, estadísticas, etc.

Tomar en cuenta las condiciones económicas, sociales, culturales, etc. de la institución y del medio ambiente.

El recurso humano debe contar con un mínimo de capacidad técnica en materia de planificación.

La actitud de los miembros de las modalidades, respecto a la planificación, es vital para motivar a la comunidad educativa a participar en Comités de Apoyo.

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Todo Plan Escolar Anual debe ser acompañado del PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS y de los PROYECTOS COMPLEMENTARIOS a realizarse en el año escolar.

Es necesario aclarar que las modalidades deben priorizar las necesidades por áreas de gestión: Pedagógico, Administrativo, Organizativo y Comunitario; desde la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, para luego retomar los objetivos estratégicos en el Plan Escolar Anual. De estos objetivos estratégicos del PEI surgen los Programas de Acción. Estos Programas de Acción deben concretarse en un conjunto de Proyectos que deben contener las actividades, recursos y responsables de ellos en el corto plazo. Estos Proyectos servirán de base para elaborar el Plan de Compras, es decir, con fondos provenientes del Ministerio de Educación, Otros Ingresos (Fondos Propios) y de otras fuentes, tomando como referencia el presupuesto.

X. ¿QUÉ ES EL PLAN ESCOLAR ANUAL?Es un instrumento operativo que contiene un conjunto de acciones o actividades organizadas y cronogramadas, que la comunidad educativa debe realizar para lograr los objetivos propuestos en un periodo anual de trabajo.

XI. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE EL PLAN ESCOLAR ANUAL?Contribuye a conducir la labor propuesta de la comunidad educativa y orienta la organización que se necesita para la consecución de los objetivos y acciones establecidas para un año.

XII. ¿QUÉ ELEMENTOS TIENE UN PLAN ESCOLAR ANUAL?El Plan Escolar Anual (PEA), deberá considerar los componentes básicos siguientes:1. DIAGNÓSTICO Este apartado se refiere al diagnóstico que respalda el

Plan, el cual permite un uso efectivo y eficiente de los recursos existentes. Es decir, el diagnóstico es un análisis objetivo de la situación educativa y social que se intenta modificar y de los problemas a enfrentar, con el fin de establecer las prioridades que la institución educativa esta en condiciones de desarrollar para resolverlos.

2. OBJETIVOS Se deberá describir los que se desea obtener al final del período de duración del Plan, mediante la ejecución de las actividades y los recursos asignados.

3. METAS Las metas son los objetivos cuantitativamente dimensionados. Expresan lo que se logrará en un plazo determinado (las metas deberán estar en función de los procesos institucionales).

4. ACTIVIDADES Son acciones que permiten alcanzar los objetivos previstos establecidos para un período determinado que se plasman en un Cronograma. Deben corresponder a una o varias metas.

5. RECURSOS Es la cantidad de recursos (humanos, materiales y financieros) que se ha previsto para la realización de una

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actividad, con la que se espera obtener determinados productos y alcanzar los objetivos del Plan. Para ello es necesario elaborar el Presupuesto de Ingresos y Gastos que más adelante se detalla.

6. PRESUPUESTO En este cuadro se anotaran los rubros contemplados en cada Meta o Proyecto a desarrollar, la cantidad o número de bienes o servicios, el precio unitario del bien o servicio y el Total (que se obtiene de multiplicar cantidad por precio unitario).

7. PROYECTOS COMPLEMENTARIOS

Los proyectos son acciones definidas para atender necesidades o problemas detectados en el diagnóstico, para un período de tiempo establecido.

8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

En el cronograma, se deberá indicar las semanas del mes en que se realizara la actividad. Por ejemplo si la actividad en la segunda semana de junio, se indicara con el número 2, si se realizara en las cuatro semana de un mes, se indicara 1, 2, 3, 4.

9. EVALUACIÓN Se comparará resultados (Metas y Objetivos) sobre las actividades propuestas y los logros obtenidos.

XIII. ¿QUÉ PASOS SEGUIR PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN ESCOLAR ANUAL?1. Identificar las necesidades prioritarias, evaluación diagnóstica.2. Definir los objetivos anuales.3. Precisar objetivos según las áreas específicas.4. Determinar las metas Institucionales.5. Determinar las actividades.6. Asignar recursos.7. Elaborar el Presupuesto.8. Definir los responsables para cada actividad.9. Elaborar cronograma.10. Definir Plan de Evaluación.11. Elaborar el documento final.

El esquema desagregado para elaborar el Plan Escolar Anual se encuentra en el Anexo 1.

XIV. ¿QUÉ ES EL PRESUPUESTO?Es una estimación de ingresos y gastos futuros, que la Modalidad debe preparar anticipadamente para cada año en el PEA, pudiéndolo subdividir en semestres, trimestres o meses, para indicar los resultados esperados.

El Presupuesto puede ser modificado o reajustado en base a resultados esperados, previa aprobación de los miembros de la Modalidad.

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XV. ¿PARA QUÉ SIRVE EL PRESUPUESTO? Proyectar los ingresos y egresos del centro educativo. Garantizar la disponibilidad financiera para las actividades prioritarias del centro

escolar. Tomar medidas correctivas. Identificar posibles problemas financieros antes de que se presenten. Decidir sobre las inversiones que la Modalidad podrá o no efectuar. Identificar y evitar inconsistencias en la planificación. Para dar respuestas a observaciones o hallazgos de auditorias internas o

externas.

XVI. ¿CUÁLES SON SUS CARACTERÍSTICAS? Debe estar organizado en función a las actividades y proyectos identificados en

el Plan Escolar Anual y orientados a mejorar la calidad de la educación. Debe reflejar costos razonables dentro del mercado nacional Debe estar en función al logro de los objetivos del Plan Escolar Debe estar acorde a la capacidad institucional para poder ejecutarlo. Debe balancear el aporte del MINED, los recursos propios y de otras fuentes de

financiamiento.

XVII. ¿CUÁLES SON LAS NORMAS A SEGUIR PARA ELABORAR EL PRESUPUESTO?1. Presupuestar todo gasto en concepto de pago de salarios, compra de material educativo, servicios básicos como: agua, energía eléctrica, teléfono, arrendamiento y demás rubros críticos deberán programarse en forma prioritaria y se deberá observar racionalidad en su estimación y uso.

2. En todo Proyecto ya sea financiado por el Ministerio de Educación o de Otros Ingresos, deberán establecerse explícitamente los rubros, los montos y fuentes de financiamiento, los cuales deben estar aprobados por la Modalidad.

3. Las modalidades deberán incluir dentro de su presupuesto anual las asignaciones por diferentes fuentes de financiamiento, como por ejemplo: monto que el MINED en concepto de pago de salarios de docentes o personal administrativo y/o de servicio, servicios básicos, transferencias (Bono de la Calidad u otros) y pago de alquiler, así como los Ingresos propios que reciba; por diferentes conceptos, tales como: contribuciones de apoyo económico voluntarias o cuotas de escolaridad de padres de familia u otros ingresos propios (Tiendas escolares, rentas de cafetines, actividades extracurriculares no obligatorias, etc.), donaciones (en valores y/o especies) y otros rubros generadores de ingreso.

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PLAN ESCOLAR ANUAL

Contenido

1. DIAGNÓSTICOa) Problemática priorizadab) Causas de la problemáticac) Recomendaciones

2. OBJETIVOS Objetivo general Objetivos específicos

3. METAS O PROYECTOS

4. ACTIVIDADES:a) Actividadesb) Cronogramac) Responsable

5. RECURSOSa) Humanosb) Materialesc) Financieros

6. PRESUPUESTO

7. PROYECTOS COMPLEMENTARIOS

8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

9. EVALUACIÓN

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DESCRIPCIÓN DEL ESQUEMA DE PRESENTACIÓN DEL PLAN ESCOLAR ANUAL

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DOCUMENTO 3

III. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Educación con el propósito de orientar a la comunidad educativa en los procesos de recursos humanos que conlleva la administración del servicio educativo de las Asociaciones Comunales para la Educación, presenta las normas y procedimientos derivados de los principios establecidos en el Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, como en otras disposiciones legales establecidos por instituciones públicas con las que tienen relación esta Modalidad y en instructivos internos del MINED.

En este documento, se presenta paso a paso los diferentes procedimientos que la ACE debe realizar para la administración del recurso humano fortaleciendo la operatividad del nivel local para lograr la agilización de los trámites de movimiento de personal.

Se espera que las Asociaciones Comunales para la Educación, realicen su mejor esfuerzo para cumplir con este documento.

I. ¿CÓMO SELECCIONA Y CONTRATA LA ACE A LOS DOCENTES?

El Docente que prestará sus servicios a la ACE, debe cumplir con los siguientes requisitos:

Poseer título de maestro (a) autenticado. Con número de identificación personal (NIP), conocido como escalafón. No deben ser maestros jubilados. No deben estar nombrado en el MINED.

Los maestros (as) seleccionados que llenen los requisitos anteriores, celebraran un contrato de servicios con la ACE. El contrato conforme al Artículo 17 del Código de Trabajo, se conforma de dos partes: Quién presta el servicio, que se denomina: Trabajador; y quién lo recibe y remunera, que se denomina: Patrono o Empleador. El contrato escrito es una garantía a favor del trabajador y su falta será imputable al patrono (Artículo 18 del Código de Trabajo).

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Por tanto, un contrato cualquiera que sea su denominación, es aquel por virtud del cual una o varias personas se proponen ejecutar una obra o prestar un servicio a uno o varios patronos de una institución, entidad o comunidad de cualquier clase, bajo la dependencia de éstos, y mediante un salario.

Para que la contratación del docente sea valida, deberá acordarse en Asamblea General de padres y madres de familia que conforman la ACE, de lo contrario es ilegal.

A continuación se presentan los pasos a seguir para contratar al docente:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. MINED Publica la existencia de plazas en

los principales periódicos del país.2. Maestros(as) interesados(as) Presentan a la Junta Directiva la

documentación siguiente: Currículum Vital Fotocopia de Título autenticado. Fotocopia de NIP. Partida de nacimiento. Fotocopia de DUI. Solvencia extendida por la Junta de

la Carrera Docente (En caso de ser reingreso).

3. Junta Directiva de la ACE Recibe currículum y documentación adjunta.

Revisa, analiza la documentación presentada por aspirantes a la plaza, y selecciona expedientes que cumplen los requisitos de la plaza.

Prepara un resumen de cada aspirante.

(Anexo 1). Convoca (Anexo 2) a la Asamblea

General para la selección del docente.

4. Junta Directiva de la ACE En la Asamblea General presenta el resumen de cada aspirante a la plaza para que sea considerado para la selección.

5. Asamblea General Considera los resúmenes del expediente de los candidatos y elige por mayoría simple, con votación secreta o pública.

6. Asamblea General Ratifica la elección, según resultados de la votación y autoriza

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a la Junta Directiva de la ACE para su contratación.

7. Secretario de la ACE Levanta acta de ratificación del docente seleccionado.

8. Junta Directiva de la ACE Seleccionado el docente, lo convoca para celebrar el contrato de servicios en triplicado. (Ver Modelo de Contrato en Anexo 3).

Después de leído el contrato, si el docente esta de acuerdo, lo firman el Presidente de la ACE y el docente.

9. Junta Directiva de la ACE Entrega un original del contrato al docente.

10. Secretario de la Junta Directivade la ACE

Archiva un original del contrato. Elabora Acta de la toma de

posesión (Anexo 4) del docente en el Libro de Actas.

11. Secretario de la Junta Directivade la ACE

Envía un original del contrato al Ministerio de Trabajo y copia del mismo a la Dirección Departamental de Educación, dentro de los ocho días siguientes a su elaboración y firma.

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MODELO DE RESUMEN DE DATOS DE CANDIDATO A PLAZA VACANTE

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MODELO DE CONVOCATORIA

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MODELO DE CONTRATO ACE-EDUCADOR

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MODELO DE ACTA DE TOMA DE POSESIÓN DE PLAZA VACANTE DE DOCENTE

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XVIII. ¿CÓMO SE ELIGE AL DIRECTOR (A) DE UN CENTRO EDUCATIVO DEL PROGRAMA EDUCO?

La Junta Directiva de la ACE recibirá Currículum Vitae de los aspirantes y se reunirá con la Asamblea General para revisar y analizar la documentación y seleccionar al (la) candidata, que mejor convenga a la Comunidad; y enviará la documentación a la Dirección Departamental de Educación, para su registro e inscripción al Plan de Inducción y las pruebas respectivas.

Los resultados obtenidos serán comunicados a la Junta Directiva de la ACE, para apoyarles en la selección y contratación, a fin de garantizar que el docente contratado desempeñe con eficiencia el cargo de Director. A continuación se presentan los pasos a seguir para contratar a un director(a) del Centro Educativo.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Dirección Departamental de

Educación Presenta listado de Centros

Educativos priorizados para adjudicación de plazas de Director Único

2. Dirección de Modalidades del Nivel Central

Analiza y gestiona recursos.

3. Dirección de Modalidades del Nivel Central

Confirma a la oficina Departamental la asignación de plaza para director.

4. Dirección Departamental de Educación

Planifica y coordina el proceso de inducción y de acreditación en el Centro de Desarrollo Profesional.

5. Dirección Departamental de Educación

Capacita y acredita a los aspirantes.

6. Docente Se presenta a la Comunidad donde esta la plaza de Director(a) Único con su carta de acreditación y presenta a la Junta Directiva dicha acreditación.

7. Junta Directiva de la ACE Convoca (Anexo 2) y celebra Asamblea General para la selección de Director Único.

8. Asamblea General de ACE Elige y ratifica al aspirante seleccionado y se levanta acta firmada por todos los presentes y con su respectivo número de DUI.

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9. Junta Directiva de la ACE Seleccionado el docente, lo convoca para celebrar el contrato de servicios en triplicado. (Ver Modelo de Contrato en Anexo 5)

Después de leído el contrato, si están de acuerdo las partes, lo firman; el presidente de la ACE y el docente.

10. Junta Directiva de la ACE Entrega una original del contrato al docente.

11. Secretario de la Junta Directiva de la ACE

Archiva un original del contrato. Elabora Acta de la toma de posesión (Anexo 4) del docente en el libro de actas.

12. Junta Directiva de la ACE Envía un original del contrato al Ministerio de Trabajo y copia del mismo a la Dirección Departamental de Educación, dentro de los ocho días siguientes a su elaboración y firma.

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CONTRATO ACE-DIRECTOR

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XIX. ¿CÓMO SE DEJA SIN EFECTO EL CONTRATO DE LA ACE CON EL DOCENTE?

La Junta Directiva de la ACE, puede dar por finalizado el Contrato con el maestro(a), por las razones o causales siguientes:

Cuando sea nombrado en una plaza oficial. Cuando no cumpla con el horario de trabajo. Por faltar al trabajo sin causa justificada. Por faltas de respeto verbal o físico a los alumnos(as). Por faltas de respeto a los miembros de la Junta Directiva, Padres y Madres de

familia y demás miembros de la comunidad. Por el mal desempeño de sus labores. Cuando presente mala conducta pública o privada. Por no cumplir con los requisitos académicos que lo acredite como docente. Cuando se cierra la sección por baja matrícula o incumplimiento al Convenio de

transferencia de fondos1. Incumplimiento de otras estipuladas en el Código de Trabajo.

Estos son los pasos a seguir para la cancelación del contrato al docente:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Junta Directiva de la ACE Conoce del caso del maestro, lo discute y

analiza; y si amerita sanción lo somete a conocimiento de la Asamblea General. Convoca (Anexo 2) a Asamblea General para informar sobre el caso.

2. Asamblea General de la ACE

Discute y analiza el caso y determina el procedimiento a seguir: Llamado de atención verbal, por escrito y cancelación de contrato.

Autoriza al Presidente de la ACE para aplicar el proceso establecido debiendo dejar constancia de ello en Acta (Anexo 6), la cual firma el docente y los directivos.

3. Presidente de la ACE Hace el llamado de atención verbal al maestro, levantando el Acta respectiva.

De reincidir el maestro en la falta, aplica una segunda llamada de atención por escrito, dejando constancia en Acta, la cual firma el docente y los directivos.

De continuar la falta por parte del maestro, se expone el caso a la

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Dirección Departamental, presentando las actas anteriores.

4. Dirección Departamental de Educación

Verifica el caso y orienta a la Junta Directiva de la ACE, presentándole alternativas de solución.

5. Dirección Departamental de Educación

Verifica el avance del caso con la comunidad en Asamblea General y levanta Acta de los acuerdos tomados.

6. Dirección Departamental de Educación

Da seguimiento a los acuerdos de Asamblea de Educación General con la Junta Directiva de la ACE y los orienta en las decisiones a tomar.

7. Presidente de la ACE Convoca a la comunidad en Asamblea General para llegar a una resolución del caso, y levanta Acta, la cual será firmada por todos los asistentes colocando sus respectivos números de DUI.

8. Junta Directiva de la ACE Comunica al maestro por escrito la cancelación de su contrato en dicha comunidad.

9. Junta Directiva de la ACE Deja sin efecto el contrato del docente. Comunica a la Dirección Departamental

sobre la cancelación del contrato.

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MODELO DE ACTA

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XX. ¿CÓMO DEBE RENOVARSE O RATIFICARSE EL CONTRATO ACE-DOCENTE?

La ratificación o no del Contrato ACE-Docente debe realizarse un mes antes de que finalice el año calendario.

A continuación se presenta el procedimiento a seguir:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Junta Directiva de la ACE Convoca a Asamblea General de

Padres y Madres de familia de la ACE e informa sobre el desempeño y comportamiento profesional de los docentes durante el año.

Solicita ratificación o no de los contratos de los docentes.

2. Asamblea General de la ACE Determina en base al Informe presentado, la ratificación o no de los contratos de los maestros para el siguiente año.

3. Secretario de la Junta Directiva Levanta Acta de los acuerdos tomados, las asienta en el Libro de Actas de la ACE y es firmada por todos los asistentes con sus respectivos números de DUI.

4. Junta Directiva de la ACE Celebra y entrega nota de ratificación de renovación de su contrato.

Entrega constancia de tiempo de servicio y sueldo a los docentes no ratificados y ratificados. (Ver modelo en Anexo 7)

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MODELO DE CONSTANCIA DE TIEMPO DE SERVICIO Y SALARIO

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XXI. ¿CÓMO REALIZAR EL REORDENAMIENTO DEL RECURSO HUMANO?

En caso de que no exista población escolar se procederá al traslado de fondos a otra comunidad y a la vez se realizará el trabajo de sensibilización con la comunidad favorecida.

Para determinar el reordenamiento del docente el MINED por medio del técnico de la Dirección Departamental monitoreará constantemente al Centro Educativo.

El representante del MINED, presentará por escrito su informe sobre el reordenamiento del docente, a fin de proceder al cierre de la sección. (Ver procedimiento de cierre de sección en el Paso a Paso No. 7 “Administración de la transferencia mensual a las Asociaciones Comunales para la Educación”). La Dirección Departamental de Educación presenta el Informe del reordenamiento a la Dirección de Modalidades para la autorización del cierre de la sección; para que posteriormente esta Dirección informe por escrito a la Dirección Departamental de Educación correspondiente.

XXII. ¿CUÁL ES EL ARCHIVO DEL PERSONAL DOCENTE?

El Secretario de la Junta Directiva de la ACE, debe crear un expediente por cada docente, el cual debe contener los siguientes documentos:

Currículo Vitae y documentos probatorios como copias de títulos, NIP, DUI, diplomas u otros.

Contrato de servicio ACE-Maestro. Incapacidades. Permisos. Hoja de vida. Sanciones por escrito. Copia de la constancia de tiempo de servicio y sueldo. Otros.

Este archivo deberá actualizarlo permanentemente.

Al finalizar el año deberá entregar constancia del tiempo de servicio y de ingreso, descuentos y retenciones debidamente firmada por el Representante legal de la ACE, que es el Presidente de la misma.

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XXIII. ¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA ACE CON EL DOCENTE?

La ACE después de la contratación del docente, es responsable de los siguientes aspectos:

Si el docente no esta inscrito como asegurado en el ISSS, la ACE lo inscribirá en las Oficinas de Inscripción del ISSS.Retirar del ISSS y entregar al maestro cada mes el Certificado de Derechos y Cotizaciones.Si el docente no esta afiliado con el seguro de vida colectivo en la Caja Mutual, deberá indicarle que lo haga en las oficinas de inscripción de la Caja Mutual.Solicitar al docente afiliarse a la AFP de su preferencia; caso contrario la ACE lo afiliará a la AFP donde estén afiliados la mayoría de docentes.

XXIV. ¿EN QUÉ CASOS LA ACE PUEDE CONTRATAR DOCENTES INTERINOS?

La ACE podrá contratar docentes interinos solamente en los casos de:

Incapacidad de uno a tres meses por enfermedad grave del maestro. Incapacidad por embarazo. Becas.

En estos casos el salario del docente lo pagaran entre el ISSS y la ACE. El ISSS pagara el 75% o sea las tres cuartas partes del salario y la ACE el 25% o sea la cuarta parte del salario mensual del docente.

En los casos anteriores, la ACE por medio de su Junta Directiva solicitara el aumento de fondos del 25% a partir del tercer día o el período de la incapacidad que otorgue el ISSS por enfermedad o de los 84 días de salario por maternidad a la Dirección Departamental, para que ésta a través de la Pagaduría Departamental tramite el incremento de fondos.

Asimismo, la Junta Directiva de la ACE deberá enviar copia del contrato de servicios ACE-Docente Interino en el caso de la incapacidad por maternidad, para su registro y control. El pago del interino se realizará con el salario asignado al docente incapacitado.

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A continuación se encuentran los pasos a seguir para solicitar los fondos para el pago del docente interino:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Docente Solicita en el ISSS la constancia

médica, que ampare el período de su incapacidad.

Presenta la incapacidad a la Junta Directiva de la ACE y la solicitud de permiso. (Ver modelo en Anexo 8)

2. Junta Directiva de la ACE Recibe y revisa documentación presentada por el docente y lo guarda en el archivo del personal docente.

3. Junta Directiva de la ACE Busca docente Interino (a) y contrata por el tiempo que dura la incapacidad.

4. Junta Directiva de la ACE Llena solicitud de Incremento de Fondos (Ver Modelo en Anexo 9) y lo presenta a la Dirección Departamental, adjuntándole copia de la Incapacidad y solicitud de permiso del docente.

5. Dirección Departamental de Educación

Recibe y revisa solicitud de incremento de fondos.

Solicita el incremento de fondos a la Pagaduría Departamental de Educación.

7. Pagaduría Departamentalde Educación

Recibe solicitud de incremento de fondos y lo tramita ante la Gerencia Financiera del MINED.

8. Pagaduría Departamentalde Educación

Tramita fondos y los deposita a la Pagaduría Departamental.

9. Gerencia Financiera Recibe fondos y los deposita a la cuenta bancaria de la ACE.

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MODELO DE SOLICITUD DE PERMISO POR INCAPACIDAD

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MODELO DE SOLICITUD DE INCREMENTO DE FONDOS F-4

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DOCUMENTO 4

IV. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS

INTRODUCCIÓN

El propósito de este documento es que todas las Modalidades de Administración Escolar Local: Consejo Directivo Escolar (CDE), Asociación Comunal para la Educación (ACE) y Consejo Educativo Católico Escolar (CECE), conozcan las Normas y Procedimientos Administrativos Financieros para la ejecución de los recursos financieros que ingresan a los centros educativos en concepto de transferencias del MINED y de otros ingresos generados por contribuciones voluntarias y/o cuotas de escolaridad aportadas por los padres y madres de familia, tiendas escolares, actos de graduación y otros.

Con ello se pretende fomentar sanas prácticas administrativas al interior de las Modalidades de Administración Escolar Local y en esa medida se espera que los recursos se inviertan en la satisfacción de las necesidades prioritarias de la población estudiantil.

Estas normas y procedimientos tienen su base legal principalmente en la Ley General de Educación, la Ley de la Carrera Docente y su Reglamento, Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, Convenio de Cooperación Administrativa entre el Gobierno de El Salvador por medio del Ministerio de Educación y la Iglesia Católica a través de la Conferencia Episcopal de El Salvador. Por otro lado las modalidades deben considerar las otras leyes y normas aplicables a la administración de fondos.

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NORMATIVA GENERAL DEL FUNCIONAMIENTO

A. ADMINISTRATIVA:

1. Los fondos que administren las Modalidades de Administración Escolar Local se invertirán en las actividades de los centros educativos respectivos y se destinarán prioritariamente para el mejoramiento de la calidad de la educación.

2. Para recibir transferencias del MINED y administrar los centros educativos las modalidades deberán estar debidamente legalizadas:

CDE: contar con su Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación mediante Acuerdo Ejecutivo y sus miembros reconocidos debidamente mediante Resolución Departamental de reconocimiento de miembros.

ACE: contar con su Personería Jurídica otorgada por el Ministerio de Educación, mediante Acuerdo Ejecutivo y sus miembros registrados en acta. CECE: para administrar los recursos que el Ministerio de Educación les asigna, deberá estar Acreditado mediante Resolución firmada por el Director Departamental de Educación y sus miembros registrados en acta.

3. Las decisiones en la administración de los recursos de los centros educativos deberán tomarse colegiadamente y asentarse en el libro de Actas de la Modalidad. 4. Cuando haya cambios de alguno de los miembros propietarios de la Modalidad que registra y/o controla bienes del centro educativo deberá levantarse el Acta de Traspaso correspondiente.

B. TRANSFERENCIAS DE FONDOS:

1. Las Modalidades para recibir fondos del Ministerio de Educación, deberán suscribir Convenio entre el MINED y los miembros con firma mancomunada, suscribir recibo, haber liquidado los fondos recibidos anteriormente, contar con los registros actualizados y no tener hallazgos de auditoria ya notificadas pendientes de superar.

2. Las Modalidades de Administración Escolar Local deberán atender las condiciones establecidas en los diferentes convenios celebrados con el Ministerio de Educación u otras entidades y serán responsables de la liquidación de los fondos recibidos.

C. OTROS INGRESOS DEL CENTRO EDUCATIVO: (SÓLO PARA CDE Y ACE)

1. Se consideran otros ingresos de los Consejos Directivos Escolares y Asociaciones Comunales para la Educación los provenientes de las contribuciones de apoyo voluntario y las cuotas de escolaridad de los padres de familia, administraciones

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de tiendas escolares, cafetines, donaciones y otros; en cumplimiento al Art. 77 de la Ley General de Educación.

2. La utilización de estos ingresos serán para beneficio de la institución educativa para el mejoramiento de la calidad de la educación, sustentados en Art. 77 de la Ley General de Educación y Art. 8 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación.

3. Para el control de los Otros Ingresos que perciba el Consejo Directivo Escolar, deberán imprimirse dos series de recibos de ingresos prenumerados, una para el control exclusivo de las contribuciones voluntarias o cuotas de escolaridad de los padres de familia y la otra para el control de los demás ingresos que se perciban. En el caso de las ACE únicamente la serie para el control de los ingresos por cafetines, tiendas escolares, donaciones y otros.

4. Todos los ingresos percibidos deberán ser depositados en forma integra, en las siguientes 24 horas hábiles a su recepción.

5. Las modalidades podrán modificar el Plan Escolar Anual y su presupuesto, de acuerdo a las necesidades e ingresos reales que perciba el centro educativo, debiéndolas registrar en acta en el libro correspondiente.

6. Si los ingresos percibidos son mayores o menores a los presupuestados, la modalidad podrá modificar su Plan Escolar Anual y Presupuesto, asignando los recursos en actividades prioritarias del centro educativo.

7. Cuando se realicen actividades especiales en beneficio de la comunidad educativa, aprobadas por el Consejo Directivo Escolar u otra modalidad de administración escolar, no deberá limitarse a registrar únicamente los resultados de dicha actividad, si no que deberán anotarse todos los documentos, que respalden legalmente los egresos y/o ingresos, los cuales deberán registrarse detalladamente en los libros respectivos.

Si para alguna actividad se emiten tarjetas, vales, recibos, ticket, listas etc., deberán resguardar los que no se utilicen o los sobrantes, en el tiempo que determine la ley para su revisión posterior.

D. MANEJO DE LOS FONDOS:

1. Las Modalidades deberán aperturar en cualquier Banco del sistema financiero, una cuenta corriente específica para manejar los fondos que perciban por transferencias del MINED y otra, para los otros ingresos.

2. Para los centros educativos que no perciban ingresos suficientes para aperturar una cuenta corriente, se manejarán en efectivo y sus registros se llevarán en el libro de

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ingresos y gastos correspondientes junto con sus respectivos archivos, siéndoles aplicables las demás regulaciones.

3. Las cuentas bancarias de los Consejos Directivos Escolares y Consejos Educativos Católicos Escolares serán aperturadas a nombre de la Modalidad y Centro Educativo; en el caso de las Asociaciones Comunales para la Educación según Acuerdo de Personería Jurídica, ejemplos: Consejo Directivo Escolar del Centro Escolar “José Matías Delgado”, Asociación Comunal para la Educación del Caserío Tres Amates, Cantón Ojos de Agua, Municipio de Aguilares, Departamento de San Salvador.

4. Las cuentas bancarias deberán ser administradas mancomunadamente de acuerdo a lo siguiente: CDE = Presidente, Tesorero y Concejal Representante de los Maestros; ACE = Presidente y Tesorero; CECE = Director y Tesorero.

5. La chequera deberá ser administrada por el Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local y nadie deberá firmar cheques en blanco, no obstante la chequera deberá resguardarse en el Centro Educativo.

6. Todo cheque emitido a cargo de los fondos asignados por el MINED y Otros Ingresos, deberá ser firmado por los miembros de las Modalidades que tienen firma mancomunada. Los cheques anulados deberán ser engrapados en el taco de la chequera.

E. CAJA CHICA:

1. Con cargo a los fondos transferidos por el MINED y de otros ingresos que genere el Centro Educativo las Modalidades de Administración Escolar Local; podrán en caso necesario crear una Caja Chica por tipo de transferencia hasta por un monto de $57.14 equivalente a ¢ 500.00; siendo reembolsable su valor por la cantidad gastada.

2. Los gastos pagados por Caja Chica, no podrán ser mayores de US$ 22.86, equivalentes a ¢200.00.

3. Para el registro de los gastos por Caja Chica, llevarán un Libro Auxiliar.

F. ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES:

1. Las adquisiciones y contrataciones de bienes, obras civiles, servicios y consultorías, deberán ser realizadas por un Encargado de Compras, el cual será:

Para los CDE = Concejal Padre de Familia (que no sea el Tesorero); ACE = Secretario (a); CECE = Secretario (a).

2. La recepción de las adquisiciones y contrataciones de bienes, obras civiles y consultorías, será responsabilidad de: CDE = Presidente (a); ACE = Presidente (a); CECE = Director (a).

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3. El pago de bienes y servicios deberá efectuarse con cheque emitido a nombre del Proveedor o Suministrante, los cuales deberán respaldarse con factura o recibo de conformidad a la Ley del IVA o en efectivo según lo normado en el apartado de caja chica; en el caso de pago de bienes y servicios deberá considerarse la ley del impuesto sobre la renta.

4. En las suscripciones de contratos de bienes y servicios las diferentes Modalidades de Administración Escolar Local no podrán comprometer recursos de la institución a períodos mayores del ejercicio fiscal vigente cuando se trate de fondos de los otros ingresos; con los fondos de las transferencias deberán respetar la vigencia y el monto de la ejecución de éstas.

5. Para respaldar la adquisición de bienes y/o servicios para actividades culturales, educativas y recreativas deberán evidenciar la recepción de las mismas mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, DUI y firma de los participantes.

6. Para que la factura que respalda la adquisición de bienes y servicios tenga validez deberá reunir las siguientes condiciones:

No deberá tener borrones, testaduras ni enmendaduras. Deberán de ser documentos originales, no fotocopias. Cuando se refiera a gastos por reparaciones y/o mantenimiento de

inmuebles será indispensable escribir las características particulares de cada bien mueble a reparar, por ejemplo: clase de bienes, marca, serie; el número de inventario correspondiente y los aspectos a considerar de las reparaciones o mantenimiento correspondiente.

En el caso de reparaciones con los inmuebles se deberá especificar la clase de daño a reparar su ubicación, tamaño, área, descripción y cantidad de material utilizado (justificado con facturas según ley) y además las causas que generaron los daños mencionados.

A todos los documentos de egresos deberán estamparles un sello de pagado que contenga la siguiente información: fecha, No. de cheque, valor pagado, nombre del Banco y No. de cuenta.

G. REGISTRO DE LOS FONDOS:

1. Las Modalidades deberán llevar un libro de ingresos y gastos para las transferencias del MINED, en un libro foliado de tres columnas autorizado por la Dirección Departamental del Ministerio de Educación; separando los folios necesarios para el registro de cada transferencia. Al inicio del registro de cada transferencia, deberán anotar el nombre de la misma.

2. Los otros ingresos deberán registrarlos en un libro de ingresos y gastos separado de las transferencias del MINED, en un libro de tres columnas autorizado por

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la Dirección Departamental del Ministerios de Educación. El nombre del libro será “Registro de Otros Ingresos y Egresos de Fondos”.

3. Las modalidades deberán llevar también un Libro de Banco para la cuenta bancaria de las transferencias del MINED.

4. Los registros en los libros de ingresos y egresos deberán reunir las siguientes características:

No deberán dejarse espacios entre líneas ni paginas en blanco. Todas las anotaciones deberán hacerse en orden cronológico y a

tinta azul o negra nunca a lápiz. El libro no deberá tener borrones, testaduras ni enmendaduras, y si

los hubiere deberán hacerse del conocimiento de la Administración Escolar para registrarlo y autorizarlas en el libro de actas respectivas.

Los centros educativos que tengan mecanizados los registros de ingresos y gastos deberán numerar y legalizar las hojas en blanco correspondientes en la Dirección Departamental, para que registren las operaciones mensualmente. La Dirección Departamental llevará un registro para el control de los libros u hojas legalizadas a los Centros Educativos.

5. Las modalidades deberán tomar en cuenta las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI) 1-18-01 Capítulo 1 Normas Generales Documentación de Soporte.

“Las operaciones que realicen las entidades públicas, cualquiera que sea su naturaleza, deberán contar con la documentación necesaria que las soporte y demuestre, ya que con ésta se justifica e identifica la naturaleza, finalidad y resultado de la operación; asimismo, contiene datos y elementos suficientes que facilitan su análisis. La documentación debe estar debidamente custodiada y contar con procedimientos para su actualización oportuna.”

6. Las Modalidades deberán mantener actualizado un archivo mensual y anual por fuente de financiamiento y bono ordenando cronológicamente los documentos legales que respaldan los ingresos y egresos de la manera siguiente:

6.1 Convenio y Contrato de Apertura de Cuenta Corriente;6.2 Recibos de los ingresos; 6.3 Documentos de egresos respaldados por las cotizaciones, facturas y/o

recibos con el No. de cheque y fecha en que fueron pagados y otros documentos que respalden el proceso de compra.

6.4 Libro de Ingresos y Gastos; Libro de Banco y Libro Auxiliar de Caja Chica.

6.5 Chequeras, estados de cuenta del banco y conciliaciones bancarias; 6.6 Informe de Rendición de cuentas anual y de los otros ingresos,

liquidación anual y otros.

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H. RENDICIÓN DE CUENTAS:

1. Las Modalidades de Administración Escolar Local deberán presentar un informe de rendición de cuentas por cada transferencia recibida, conjuntamente con la liquidación respectiva. 2. Los fondos que administran las diferentes Modalidades, serán objeto de auditoria por el MINED y por las instituciones interventoras del Estado.

3. Las Modalidades de Administración Escolar Local presentarán al Ministerio de Educación o a las instituciones interventoras del Estado, toda información relacionada al manejo de los fondos cuando éstas lo requieran.

4. El Consejo Directivo Escolar deberá convocar como mínimo a dos reuniones con toda la Comunidad Educativa durante el año, con la finalidad de presentar el Plan Escolar Anual de la institución, la planificación presupuestaria y los logros obtenidos en su ejecución.

La Junta Directiva de la Asociación Comunal para la Educación deberá presentar informes financieros y de operación a la Asamblea General y autoridades competentes del Ministerio de Educación cuando éstas lo requieran.

ESPECÍFICA PARA CECE:

A. Esta normativa para los Consejos Educativos Católicos Escolares se aplica únicamente a los fondos asignados o transferidos por el Ministerio de Educación.

XXV. PROCEDIMIENTOS PARA GESTIONAR LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO

En este apartado se detallan las actividades y responsables de los pasos a seguir por las modalidades de administración escolar local en la gestión de los fondos que el MINED les transfiere y de aquellos que se generan con el apoyo de la comunidad educativa.

La aplicación de estos procedimientos les permitirá una utilización racional y ordenada de los recursos; así como demostrar transparencia en el manejo de los mismos.

A. APERTURA DE CUENTA BANCARIA

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Miembros

responsables confirma mancomunada:CDE: Presidente,

Se presentan al banco comercial de su preferencia para aperturar las cuentas corrientes correspondientes al manejo de las transferencias del MINED y de los otros ingresos; con la

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Tesorero y Concejal Representante de los Maestros.ACE: Presidente yTesorero.CECE Director yTesorero.

siguiente documentación: Para la ACE deberán presentar copia del

Acuerdo de Personería Jurídica. Para los CDE, Acuerdo Modificativo a la

Personería Jurídica por cambio de denominación del centro educativo, si es nuevo CDE Acuerdo de Personería Jurídica.

Para los CECE, Constancia de acreditación con Vo. Bo. del Titular del Ramo, o Resolución de Reconocimiento de CECE firmada por el Director Departamental, si es de reciente creación.

Originales y fotocopias del DUI de los responsables de la cuenta.

2. Institución Bancaria. Recibe y revisa documentos. Elabora contrato de cuenta corriente a

nombre de la modalidad y centro educativo, lo pasa a firma de los miembros con firma mancomunada.

3. Miembros con firma mancomunada

Reciben y revisan documento, si todo esta correcto lo firman.

4. Institución Bancaria Entrega una copia del contrato a los miembros con firma mancomunada.

5. Institución Bancaria Mensualmente remitirá el original del Estado de Cuenta a la Modalidad de Administración Escolar Local.

En aquellos casos en que no llega correspondencia a la Modalidad, ésta deberá presentarse al Banco cada mes a reclamar el Estado de Cuenta.

B. SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO Y RECIBO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LOCAL Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Director Departamental de

Educación.Envía convocatoria al Presidente de la modalidad

2. Presidente de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Convoca a reunión extraordinaria a los miembros de la modalidad

3. Miembros con firma Preparan la siguiente documentación:

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mancomunada de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Fotocopia del Contrato de la cuenta bancaria (si es nueva).

Fotocopia de la liquidación del(los) bono(s) recibidos el año anterior.

Fotocopia de los DUI, si hay cambio de miembros con firma mancomunada.

Acta de Enmienda, si hay cambio de miembros con firma mancomunada o Acta de Integración si ha vencido el período de los miembros del CDE.

4. Miembros con firma mancomunada de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Se presentan ante el encargado(a) de Administración Escolar Local de la Dirección Departamental de Educación que les corresponda, con los siguientes documentos:

Fotocopia de la Liquidación de los fondos de Bonos del año anterior,

Fotocopias de los Documentos de Identidad

Personal, si son nuevos miembros. Fotocopia del contrato de apertura de

la cuenta corriente. Acta de Enmienda, si hay cambio de

miembros con firma mancomunada o Acta de Integración si ha vencido el período del Consejo, para su legalización.

5. Encargado(a) de Administración Escolar Local de la Dirección Departamental de Educación.

Recibe y revisa documentos presentados por los miembros de la modalidad.

6. Encargado(a) de Administración Escolar Local de la Dirección Departamental de Educación.

Si hay cambio de miembros, emitirá antes que los documentos para legalizar la transferencia, los siguientes:

Resolución de Reconocimiento de Miembros,

Nota de autorización para cambio de firmas dirigida al Banco de la modalidad. (Anexo 1)

Estos documentos deberán ser firmados y sellados por el Director Departamental de Educación.A la modalidad deberá entregar la trascripción del Acuerdo y la nota dirigida al banco, para cambio de las firmas autorizadas.

7. Encargado de Administración Escolar

Si hay cambio de miembros, emitirá antes que los documentos para legalizar la transferencia,

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Local de la Dirección Departamental de Educación.

los siguientes: Resolución de Reconocimiento de

Miembros, Nota de autorización para cambio de

firmas dirigida al Banco de la modalidad. (Anexo 1)

Estos documentos deberán ser firmados y sellados por el Director Departamental de Educación.A la modalidad deberá entregar la trascripción del Acuerdo y la nota dirigida al banco, para cambio de las firmas autorizadas.

8. Miembros con firma mancomunada de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Si la modalidad no tiene problemas de vencimiento de miembros, de liquidación o auditorias notificadas con hallazgos pendientes, emitirá lo siguiente:

Convenio General (Anexo 2), Recibo de transferencia de fondos

(Anexo 3). Nota de autorización al Banco para que

el MINED pueda congelar los fondos de la modalidad.(Anexo 4)

Estos documentos deberá entregarlos a la modalidad para su lectura, revisión y firma.

9. Encargado de Administración Escolar Local de la Dirección Departamental de Educación.

Reciben, leen, revisan documentos, si están de acuerdo con su contenido, los firman y sellan.Devuelven los documentos al encargado de administración escolar local.

10. Director Departamental de Educación.

Una vez revisados, firmados y sellados por la modalidad el Convenio, Recibo y nota de autorización para que el MINED pueda congelar los fondos transferidos, los pasa a firma y sello del Director Departamental de Educación.

11. Encargado de Administración Escolar Local.

Recibe, revisa y de estar todo en orden firma y sella Convenio.Devuelve los documentos al encargado de administración escolar local.

12. Encargado de Administración Escolar Local.

Entrega una copia del Convenio y una del recibo a los miembros de la modalidad.

13. Pagador Auxiliar Departamental.

Prepara expediente de la Modalidad de Administración Escolar Local, conteniendo:

Originales del Convenio y Recibo, Copia del contrato de apertura de

cuenta corriente. (Si es nueva).

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Fotocopias de los DUI (cuando hay cambio de miembros con firma mancomunada).

Hoja de Liquidación de Bono(s) anteriores.

Nota de autorización al Banco para que el MINED pueda congelar los fondos de la transferencia.

Envía expediente a la Pagaduría Auxiliar Departamental.

14. Pagadora Auxiliar Departamental.

Recibe el fólder con los documentos anteriores, revisa documentos y si todo esta correcto, elabora requerimiento de fondos.

15. Gerencia Financiera. Remite requerimiento de fondos a la Gerencia Financiera.

16. Pagador Auxiliar Departamental.

Gestiona los fondos ante el Ministerio de Hacienda.Transfiere los fondos a la cuenta de la Pagaduría Auxiliar Departamental.Comunica del depósito a la Pagaduría Auxiliar Departamental.

17. Encargado de Administración Escolar Local.

Elabora planilla de transferencia de fondos para las cuentas de las modalidades por banco.

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NOTA DE AUTORIZACIÓN PARA CAMBIO DE FIRMAS DIRIGIDA AL BANCO DE LA MODALIDAD

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CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE)

MINISTERIO DE EDUCACIÓNREPÚBLICA DE EL SALVADOR

Nosotros, FRANCISCO UBILFREDO PANAMEÑO, mayor de edad, PROFESOR, del domicilio de SAN SALVADOR, actuando en carácter de Director Departamental de Educación y que en adelante se llamará Ministerio de Educación; y por otra parte los(as) señores(as):

1) DANIEL PÉREZMayor de edad y de ocupación MAESTROdel domicilio de Col. LOS SANTOS No. 1 SOYAPANGOcon Documento Único de Identidad No.extendida en SOYAPANGOcon fecha 01/01/2000

2) MIEMBRO 2 DE PRUEBAMayor de edad y de ocupación SDFdel domicilio SDFDFD con Documento Único de Identidad No.extendida en SAN SALVADORcon fecha 01/01/2002

3) SANDRA MARIBEL MONGEMayor de edad y de ocupación PROFESORAdel domicilio de CTN SAN JERÓNIMO KM 30 GUAZAPAcon Documento Único de Identidad No.extendida en AGUILAREScon fecha 18/03/1998

Quienes actúan mancomunadamente en representación del CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE), que administra el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR "ROQUE DALTON" con código No.11306, ubicado en: AVENIDA FRANCISCO SALINAS No.8, AGUILARES, SAN SALVADOR, Jurisdicción: AGUILARES Departamento: SAN SALVADOR celebran el presente Convenio de transferencia de fondos.

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I. MARCO LEGAL:Para el presente Convenio entre el Ministerio de Educación y el CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR (CDE), se tomará como base:

El Artículo 50, numeral 1 de la Ley de La Carrera Docente. Los Artículos 65 y 77 de la Ley General de Educación. El Artículo 61, literal b); 63 literal a); 71 y 72 del Reglamento de la Ley de la

Carrera Docente.

XXVI. OBJETO:El objeto del presente Convenio es establecer los términos y condiciones en que

el Ministerio de Educación transferirá al Consejo Directivo Escolar, recursos financieros provenientes del Presupuesto General del Ministerio de Educación y de Cooperación de Organismos e Instituciones Nacionales e Internacionales.

XXVII. OBJETIVOS DEL CONVENIO:

El presente Convenio regulará las acciones tendientes a lograr los objetivos siguientes:

A. Que el Consejo Directivo Escolar reciba fondos para apoyar el desarrollo de su Proyecto Educativo Institucional, orientado al mejoramiento de la calidad de los servicios educativos.

B. Fortalecer en el Consejo Directivo Escolar su capacidad de administración y gestión al utilizar procesos democráticos de funcionamiento al interior del centro educativo.

C. Promover programas para el desarrollo integral de los alumnos y alumnas.

XXVIII. RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEL CONSEJO DIRECTIVO ESCOLAR:

A. Del Ministerio de Educación:

1. Determinar y transferir fondos al Consejo Directivo Escolar, las veces que estime conveniente, debiendo justificarse y definiendo objetivos claros, para la ejecución de acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de los servicios educativos en el nivel de EDUCACIÓN BÁSICA

2. Proporcionar y/o gestionar capacitación, asistencia técnica a los miembros del Consejo Directivo Escolar a fin de que éste cumpla con lo estipulado en el presente Convenio y los objetivos institucionales.

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3. Emitir las normas, especificaciones técnicas, condiciones específicas, instructivos para la administración de fondos.

4. Congelar los fondos, todo o en parte cuando las instancias correspondientes adviertan cualquier irregularidad en la administración de estos fondos o cuando así convenga a los intereses del Estado. El Ministerio de Educación hará la comunicación respectiva al Banco donde se encuentren depositados tales fondos y también lo hará del conocimiento a los miembros de la Modalidad.

5. Definir los mecanismos, procesos, períodos e instrumentos sobre como el Consejo Directivo Escolar liquidará dichos fondos.

6. Brindar el seguimiento respectivo para verificar el cumplimiento de las normas establecidas en este Convenio y otros que el Ministerio de Educación disponga, determine o establezca.

7. Establecer el monto de la transferencia a cada institución educativa de acuerdo a criterios que se establezcan por cada transferencia.

B. Del Consejo Directivo Escolar, que en adelante se denominará Modalidad:

1. La Modalidad, queda formalmente obligada a utilizar los fondos exclusivamente para el desarrollo de acciones que conlleven el mejoramiento de la calidad de la educación y cumplir con los requerimientos establecidos en el presente Convenio; así como el cumplimiento de las normas administrativas e instructivos dados por este Ministerio y otras regulaciones del Estado.

2. La Modalidad, llevará los libros de control de los ingresos y gastos debidamente autorizados por la Dirección Departamental de Educación, en donde reflejen los ingresos percibidos, los gastos efectuados y los saldos correspondientes actualizados.

3. La Modalidad, deberá tener los comprobantes de gastos y/o ingresos efectuados, así como los documentos de liquidación de fondos, que deberán estar disponibles para las auditorias correspondientes cuando el Ministerio de Educación y/o alguna institución fiscalizadora o interventora del Estado lo requiera y deberá tener por un período de diez años los libros de ingresos y gastos y por cinco años la documentación de respaldo.

4. La Modalidad, autorizará por escrito al Ministerio de Educación para congelar los fondos según lo estipulado en el numeral 4 literal A del romano IV, de las responsabilidades del Ministerio de Educación.

5. Para los desembolsos de fondos que perciba la Modalidad, ésta deberá presentar al funcionario que designe el Ministerio de Educación, el correspondiente recibo por tipo de Bono debidamente firmado por el Presidente, Tesorero y Concejal Propietario Profesor.

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6. La Modalidad deberá tomar las medidas para conservar su capacidad operativa para adquirir y retener todos los derechos y obligaciones que le asigna el presente Convenio y lograr así una eficiencia mayor en el ejercicio.

C. Responsabilidades Conjuntas:

1. Mantener comunicación constante de acuerdo a las necesidades de cada una de las partes y por los canales respectivos.

2. Garantizar el fiel cumplimiento de lo estipulado en este Convenio e Instructivo para la ejecución de los gastos.

3. Este Convenio tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción y finalizará cuando la Modalidad liquide adecuadamente dichos fondos, ante la instancia y el período que designe el Ministerio de Educación.

4. Ambas partes aceptan que este Convenio se regirá por las normas y procedimientos administrativos-financieros que para tal efecto ha emitido el Ministerio de Educación; ambas partes declaran que conocen, aceptan y se obligan a cumplir en todas sus partes.

XXIX. MONTO DEL CONVENIO:

El monto del Convenio, estará determinado por las disponibilidades financieras del Ministerio de Educación, de los Organismos e Instituciones de Cooperación Nacionales e Internacionales, de acuerdo a las políticas de montos, desembolso y fines que establezcan las mismas, para lo cual presentarán recibo, él cual describirá información concerniente del monto a transferir, destino y fuente de financiamiento.

XXX. DE LO NO PREVISTO:

Las partes convienen en que lo No. Previsto en este Convenio, será resuelto entre la Modalidad y la instancia respectiva del Ministerio de Educación y si es necesario se tendrá por incorporado a éste en forma de Adenda al mismo o por Resolución Departamental.

En fe de lo anterior, firmamos el presente Convenio en la ciudad de SAN SALVADOR, a los DIECISIETE días del mes de enero del DOS MIL TRES.

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MODELO DE RECIBO DE TRANSFERENCIA

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MODELO DE NOTA DE AUTORIZACIÓN AL BANCO PARA QUE EL MINED PUEDA CONGELAR LOS FONDOS DE LA MODALIDAD

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XXXI. PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÒN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO.

A. ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Secretario de la Modalidad

de Administración Escolar Local.

Mantendrá en la institución una lista de proveedores actualizados y sus antecedentes clasificados según la naturaleza del bien o servicio que ofrezcan, con el objeto de disponer de la información oportuna para realizar nuevas adquisiciones (donde se amerite).

2. Modalidad de Administración Escolar Local.

Elabora Plan de Compras (Anexo 5) de conformidad al Presupuesto del centro educativo, a fin de cumplir con los objetivos y metas trazadas por la entidad en el Plan Escolar Anual.Define las características de los bienes o servicios que requieren.

3. Encargado de Compras: CDE Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

-Para realizar la compra deberán observar las formas de contratación establecidas por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (Anexo 6).

4. Encargado de Compras: CDE Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

Elabora solicitud de cotización (Anexo 7) y envía a proveedores que pueden suministrar el tipo de bien o servicio requerido, estableciendo el tiempo de entrega de los bienes o servicios.Cuando se trate de equipo y mobiliario escolar; se deben adquirir eminentemente nuevos y con garantía.Cuando se trate de equipo de cómputo deberá adquirirse con garantía y el software con su respectiva licencia; cuidando que el software sea de las últimas versiones y equipo actualizado.

5. Empresa o Proveedor. Recibe solicitud y prepara por escrito la cotización, para entregarla o enviarla al Encargado de Compras de la Modalidad de Administración Escolar Local.

6. Encargado de Compras: CDE Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

Recibe cotizaciones por escrito, la cual entrega a la modalidad para su respectivo análisis.

7. Modalidad de En reunión ordinaria o extraordinaria hacen los

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Administración Escolar Local.

análisis: Técnico (revisión de las características

técnicas de los bienes o servicios, la garantía del bien o servicio, tiempos de entrega). (Anexo 8)

Económico (precios de los bienes o servicios) (Anexo 9)

Seleccionan al proveedor, dejando asentado en acta tal decisión. (Anexo 10).

8. Encargado de Compras: CDE: Concejal Padre de Familia; ACE: Secretario (a); CECE: Secretario (a)

CDE: Concejal Padre de Familia; ACE: Secretario(a); CECE: Secretario(a).Procede a elaborar Orden de Compra de Bienes y Servicios con numeración correlativa (Anexo 11).

9. Empresa o Proveedor. Entrega los bienes o servicios y factura de consumidor final (Anexo 12) o Recibo a favor de la Modalidad de la Administración Escolar local (Anexo 13) en casos eventuales, al Representante de la Modalidad de Administración Escolar Local.

10. Encargado de la recepción de los bienes por Modalidad: CDE Presidente ACE Presidente y CECE Director.

Recibe y revisa los bienes y/o servicios y factura o recibo, debiendo:

Levantar un Acta de Recepción numerada correlativamente (Anexo 14) para dejar constancia de que se recibe a entera satisfacción.

Cuando fueren bienes y/o servicios para actividades culturales, educativas y recreativas deberán evidenciar la recepción de los mismos mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, número de DUI y firma de los participantes.

11. Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Recibe factura, Orden de Compra, Acta de Recepción y/o listado de asistentes cuando corresponda.

Emite cheque a favor de la empresa o proveedor firmándolo, obtiene firma del Presidente y del Concejal Representante de los Maestros y entrega al Proveedor.

Estampa el sello de pagado a la factura, llenando la información requerida en él. Registra en el libro de ingresos y gastos y en el de Banco.

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Archiva en el expediente correspondiente la documentación.

12. Modalidad de Administración Escolar Local.

Será el responsable de su registro y control, donde podrán demostrar su utilización.

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MODELO DE PLAN DE COMPRAS

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FORMAS DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

MONTO US$ TIPOS DEADQUISICIONES

FORMAS DECONTRATACIÓN

OBSERVACIONES

De 0 a 10 salarios mínimos urbanos1/ o sea De US$ 0.0011 a US$ 1,440.00

Obras, bienes, servicios y Consultorías.

Libre Gestión Basta una sola cotización.

Arriba de 10 salarios mínimos urbanos hasta por un monto inferior a 80 salarios mínimos urbanosDeUS$ 1,440.01 a US$ 11,520.01

Obras, bienes, servicios y consultorías.

Libre Gestión Deberá contener como mínimo 3 cotizaciones de ofertantes.Se debe realizar comparación de calidad y precios. Cuando se trataré de ofertante único o marcas específicas, en que bastará un solo ofertante, para lo cual se debe emitir una resolución razonada (Anexo 6-A). (Art. 13 que reforma el literal c) del Art. 40 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones y Art. 14 que reforma el literal c) del Art. 41 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones. 2/“No podrá adjudicarse la adquisición o contratación al mismo ofertante o contratista cuando el monto acumulado de un mismo bien o servicio asignado por Libre Gestión, supere el equivalente a 80 salarios mínimos urbanos, dentro de un período de tres meses, so pena de nulidad”. Art. 17 que reforma el Art. 70 de la Ley.

Arriba de 80 salarios

Obras, bienes, servicios y

Licitación Pública. Es la forma de selección de contratistas en la que se

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mínimos urbanosUS$ 11,520.01

consultorías. elabora una lista de ofertantes, con un mínimo de cuatro invitaciones a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras a las que se invita públicamente a participar a fin de asegurar precios competitivos 3/ (Art. 16 que reforma al Art. 66 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones.

1/ Considerando que el salario mínimo urbano actual es de US$ 144.00; modificándose los techos automáticamente si se modifica el salario mínimo urbano.

2/ Para aplicación de estos contenidos, referirse al Decreto No. 868, Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, publicada en el Diario Oficial, Tomo No. 347, del 15 de mayo del 2001 y reformas a la Ley mediante Decreto No. 244, publicado en el Diario Oficial No. 11, Tomo No. 350 del 15 de enero del 2001.

3/ Cuando existan convenios especiales que regulen de diferente manera las formas de contratación de bienes y servicios, el MINED podrá emitir una resolución modificativa específica.

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MODELO DE FORMATO DE RESOLUCIÓN RAZONADA

Page 108: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE SOLICITUD DE COTIZACIÓN

Page 109: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE ANÁLISIS TÉCNICO

Page 110: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE ANÁLISIS ECONÓMICO

Page 111: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE ACTA DE ADJUDICACIÓN DE UN BIEN O SERVICIO

Page 112: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE ORDEN DE COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS

Page 113: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE FACTURA

Page 114: Agosto Paso A Paso Ace

MODELO DE RECIBO (SI NO ES CONTRIBUYENTE OBLIGADO DEL IVA)

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MODELO DE FORMULARIO DE ACTA DE RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Page 116: Agosto Paso A Paso Ace

B. REGISTRO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS FONDOS TRANSFERIDOS POR EL MINED O DE OTROS INGRESOS.

PASO REPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de

Administración Escolar Local

En reunión de la modalidad acuerdan: Autorizar el Libro de Banco de la cuenta

bancaria de las transferencias en la primera pagina del libro, debiendo firmar todos los miembros de la modalidad, y

Llevar a legalizar a la Dirección Departamental el libro de Ingresos y Gastos de las transferencias y el de los otros ingresos, según corresponda.

2. Presidente de la Modalidad de AdministraciónEscolar Local.

Se presenta a la Dirección Departamental correspondiente a legalizar el Libro de Ingresos y Gastos de las operaciones financieras a efectuarse.

3. Director (a) Departamental de Educación.

Legaliza el Libro de Ingresos y Gastos de las operaciones financieras a efectuarse.Lleva control de la autorización de los mismos.

4. Director (a) Departamental de Educación.

Una vez legalizado el libro lo entrega al Presidente de la modalidad.

5. Presidente de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Entrega Libro de Ingresos y Gastos de las transferencias y el de los otros ingresos, así como el Libro de Banco de la cuenta bancaria de las transferencias al Tesorero para que inicie el registro de las operaciones financieras.

6. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Recibe los libros legalizados.

7. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Confirma en el banco la disponibilidad financiera de las cuentas.

8. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

En la parte superior del primer folio a utilizar por cada transferencia o de otros ingresos del libro de ingresos y gastos correspondiente, debe anotar el nombre y año de los fondos a registrar.De igual forma en el Libro de Banco de la cuenta de las transferencias, deberá anotar el número de la cuenta a que corresponde el Libro, el nombre del banco y el año.

9. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Registra la cantidad de los fondos recibidos, en la columna referente a Ingresos y también en la de saldos del Libro de Ingresos y Gastos (Anexo 15) y de igual manera en el Libro de Banco correspondiente (Anexo 16).

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10. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Todo gasto debe pagarse mediante cheque (Anexo 17).Cada vez que emita un cheque de pago, el Tesorero debe:

Considerar la aplicación de la Ley del Impuesto sobre la Renta, principalmente el Capítulo II, Art. 66.

Registrar en el Libro de Ingresos y Gastos y en el Libro de Banco, los movimientos efectuados, en la parte que corresponde a los Gastos ; llevando así el control de todos los gastos y saldos realizados en forma periódica, incluyendo cheques emitidos a favor del Encargado de Caja Chica.

11. Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Sella de pagado cada factura o recibo cancelado, indica la fecha, cheque No., por el valor (US$), Banco y No. de cuenta (Anexo 18).

12. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Totaliza los ingresos, los gastos y el saldo al finalizar cada página del Libro de Ingresos y Gastos, indicando que pasa a la siguiente página, y en la siguiente indicará que vienen totales de la página anterior.

Mensualmente debe establecer el saldo; así como también el acumulado anual.

13. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Al final de cada mes, deberá hacer un resumen de los egresos por concepto.

14. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Deberá integrar un archivo por fuente de financiamiento, ordenando cronológicamente los documentos legales que respaldan los ingresos y egresos (Ver numeral 3 del literal G de la Normativa).

15. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Archiva documentos legales y financieros (resguardando por cinco años los documentos de respaldo y por diez años los libros) para la rendición de cuentas correspondiente.

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MODELO DE REGISTRO EN EL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS

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MODELO DE REGISTRO EN EL LIBRO DE BANCO

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MODELO DE CHEQUE

MODELO DE SELLO ANEXO 18

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C. REGISTRO Y CONTROL DE LOS DOCUMENTOS DE LOS OTROS INGRESOS DEL CENTRO EDUCATIVO.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de

Administración Escolar Local

En reunión ordinaria acuerdan realizar los trámites para la impresión de los talonarios de recibos de ingresos, antes de que inicie el año escolar.

2. Modalidad de Administración Escolar Local

Manda a una imprenta a elaborar los recibos prenumerados de ingresos, (sólo para CDE y ACE) en dos series:

Una para las contribuciones voluntarias o cuotas de escolaridad (Anexo 19-A), otra para las demás fuentes de ingresos. (Anexo 19-A)

3. Modalidad de Administración Escolar Local

Una vez impresos los recibos, entregan talonarios de las dos series, mediante control de numeración al Tesorero de la modalidad.

4. Tesorero de la Modalidad

Recibe, firma control y resguarda los talonarios.

5. Tesorero o persona designada por la modalidad

Emite recibo correspondiente por cada ingreso.

Registra detalladamente en el libro de ingresos y gastos, en la columna de ingresos y en orden cronológico el concepto y el monto recibido.

Remesa íntegramente en las 24 horas hábiles siguientes a la recepción de los fondos a la cuenta corriente de la modalidad, dejando copia del comprobante de remesa.

6. Tesorero o persona designada por la modalidad

Al finalizar cada mes hará un resumen de los ingresos percibidos de cada concepto

7. Tesorero o persona designada por la modalidad

En caso de perdida de recibos, la Administración Escolar deberá registrar en acta oportunamente la numeración de los recibos prenumerados extraviados.

8. Tesorero o persona designada por la modalidad

Para el registro y control de los gastos de estos fondos, deberá aplicar la normativa y procedimientos establecidos para la ejecución de las transferencias; así como aperturar caja chica.

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MODELO DERECIBO DE INGRESOS (CONTRIBUCIONES VOLUNTARIAS Y/O CUOTAS DE ESCOLARIDAD)

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MODELO DE RECIBO DE INGRESOS (OTROS INGRESOS)

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D. MANEJO DEL LIBRO AUXILIAR DE CAJA CHICA

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de Administración

Escolar LocalEn reunión ordinaria acuerdan la creación de Caja Chica, por un monto no mayor de US$ 57.14, equivalente a ¢500.00, para efectuar gastos menores de hasta US $22.85, equivalentes a ¢ 200.00.

2. Secretario de la Modalidad Registra este acuerdo en el Libro de Actas de la modalidad, indicando la finalidad de uso de los fondos.

3. Modalidad de Administración Escolar Local

Ordenan la impresión de vales prenumerados para el control de la caja chica (ver anexo 20).

Autorizan en el primer folio, el libro auxiliar que tendrá que llevar para el registro de los ingresos y gastos por el fondo que de caja chica. Hacen entrega del libro auxiliar al Tesorero para que lleve los registros correspondientes al uso de los fondos.

4. Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Elabora cheque a su favor por el valor de US$ 57.14Solicita a los miembros que tienen firma mancomunada, que firmen el cheque.

5. Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Elabora recibo por el valor del cheque especificando la finalidad de uso de los fondos.Hace efectivo el valor del cheque.

6. Presidente(a) o Director(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Aprueba compra por Caja Chica y comunica al Tesorero.

7. Encargado de Compras: CDE Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

Solicita fondos al Tesorero para realizar la compra.

8. Tesorero(a) de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Elabora vale prenumerado especificando el uso del dinero y la cantidad en letras y números.Solicita al Encargado de Compras que firme el vale.

9. Encargado de Compras: CDE Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

Firma vale prenumerado y se lo devuelve al Tesorero.

10. Tesorero de la Modalidad de Entrega el dinero y archiva el vale.

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Administración Escolar Local.11. Encargado de Compras: CDE

Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

Efectúa la compra y pide factura de consumidor final o recibo en casos eventuales debidamente firmado por quién recibe el pago.

12. Encargado de Compras: CDE Concejal Padre de Familia ACE Secretario (a) CECE Secretario (a)

Entrega factura o recibo al Tesorero como comprobante de la compra.

13. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Sella la factura o recibo con el sello de PAGADO, escribe cancelado en el vale, se lo anexa a la factura y los archiva.

14. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Al acumular el 80% o más en facturas y/o recibos pagados, elabora solicitud de liquidación de caja chica (Anexo 21) anexando comprobantes de gasto.Solicita a la Modalidad la reposición de dichos fondos.

15. Modalidad de Administración Escolar Local.

Si la modalidad autoriza la reposición del 80% de los fondos para caja chica, de nuevo se siguen los pasos del 4 al 14.

16. Tesorero de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Para la liquidación final de los saldos de los fondos no habrá reintegro a Caja Chica, sólo comprobación de los gastos.

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MODELO DE VALE

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MODELO DE LIQUIDACIÓN DE CAJA CHICA

1 / Si es factura anotar el número, si es recibo anotar el nombre de quién recibió el dinero.

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E. ELABORACIÓN DE CONCILIACIÓN BANCARIA

PASO REPONSABLE ACTIVIDAD01. Modalidad de

AdministraciónEscolar Local.

Solicita oportunamente cada mes al banco los estados de las cuentas bancarias.

Cuando se trate de la cuenta de las transferencias, debe verificar contra el Libro de Banco y la chequera para revisar los cheques emitidos y concilia ambos saldos. Suma los saldos del libro de ingresos y gastos de las diferentes transferencias, cantidad que debe coincidir con el saldo del libro de banco.

Cuando se trate de la cuenta de los otros ingresos, debe verificar contra el libro de ingresos y gastos de esta fuente y la chequera y concilia ambos saldos.

2. Tesorero(a) de la AdministraciónEscolar.

Elabora informe de conciliación bancaria (Anexo 22).

3. Presidente (a) oTesorero (a) de la AdministraciónEscolar.

De no estar de acuerdo con el Estado Bancario, deberá reclamar las inconsistencias ante el banco en un período no mayor de 10 días de haberse recibido el informe por parte del banco.

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MODELO DE CONCILIACIÓN BANCARIA

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F. RENDICIÓN DE CUENTAS Y LIQUIDACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL CENTRO EDUCATIVO.

Las modalidades de administración escolar local deberá elaborar un informe anual de rendición de cuentas y presentar la liquidación de fondos cuando se trate de las transferencias por el Ministerio de Educación, ante la comunidad educativa y la Dirección Departamental de Educación correspondiente.

Para los otros ingresos deben únicamente rendir un informe anual a la comunidad educativa.

El informe anual de rendición de cuentas deberá contener los objetivos y metas alcanzadas, el número de niños, niñas y jóvenes beneficiados, los ingresos recibidos, los gastos realizados y saldo a la fecha del informe; todo lo anterior en función del Plan Escolar Anual y presupuesto de la institución educativa.

A continuación, se presenta el procedimiento que las modalidades deben seguir para elaborar y presentar la liquidación de los fondos transferidos por el MINED, detallando paso a paso las actividades y responsables; así como el formato a utilizar:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Presidente de la

ModalidadCuando se han agotado los fondos de una transferencia, convoca a reunión a la modalidad para:

Informar que se agotaron los fondos y Que conjuntamente con los otros miembros

con firma mancomunada prepararan la liquidación y la presentaran a la Dirección Departamental correspondiente.

2. Miembros con firma mancomunada de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Ordenan toda la documentación de respaldo y de registro financiero por cada transferencia recibida de acuerdo a los lineamientos contenidos en el formulario de liquidación.(Anexo 23)

3. Miembros con firma mancomunada de la modalidad de Administración Escolar Local.

Llenan el formato de liquidación (Anexo 23).

Elaboran el informe de rendición de cuentas, en el que se demuestre el cumplimiento de los objetivos y metas, número de beneficiarios atendidos y otros indicadores.

4. Miembros con firma mancomunada de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Presentan a la Dirección Departamental: El formato de liquidación en original y copia

debidamente lleno, firmado y sellado, Toda la documentación de respaldo en

original, y Adjuntan el Informe de Rendición de

Cuentas en original.

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5. Técnico de la Unidad de Administración de la Dirección Departamental de Educación.

Revisa y sella toda la documentación que respalda la liquidación, registra en el sistema la información correspondiente;

SI NO HAY OBSERVACIONES: Firma y sella de recibido el formulario de

liquidación, Archiva una copia del formulario de la auto

liquidación y el informe original de rendición de cuentas en el expediente de la modalidad,

Devuelve original del formulario de liquidación sellado y con firma de recibido; así como el resto de la documentación presentada a los miembros de la modalidad.

SI HUBIERAN OBSERVACIONES: Imprime hoja de observaciones y

determina en ella la fecha de nueva presentación de la liquidación,

Entrega la hoja original a los miembros de la modalidad,

Guarda copia de la hoja de observaciones en el expediente de la modalidad.

SI LA MODALIDAD DEBE REEMBOLSAR O REINTEGRAR FONDOS:

Archiva el cheque y copia de remesa de reintegro y reembolso en el expediente de la modalidad

Orienta a que número de cuenta debe elaborarse el cheque de devolución de fondos e indica a donde deben depositarlos.

6. Modalidad de Administración Escolar Local.

Archiva la documentación de respaldo por un período de cinco años y los libros por un mínimo de 10 años.

7. Técnico de la Unidad de Administración de la Dirección Departamental de Educación.

Envía copia de formato de la autoliquidación y cheques o remesas si lo hubieran al Pagador Auxiliar Departamental

8. Pagador Auxiliar Departamental.

Recibe y concilia la información para preparar su informe de caja y enviarlo junto con un listado de los centros educativos que ha reembolsado o reingresado anexando copia de cheque o remesa a la Gerencia Financiera.

9. Gerencia Financiera Recibe cheques y remesas y realiza depósitos y

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anotaciones correspondientes a las Direcciones Departamentales de Educación.

Realiza, conciliaciones de las cuentas según la fuente de financiamiento

Registra información de las 14 Direcciones Departamentales de Educación.

10. Dirección Departamental de Educación

Considera información para transferir el próximo año.

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DOCUMENTACIÓN REQUERIDA A LAS MODALIDADES PARA LIQUIDAR TRANSFERENCIAS

1. Formato de Liquidación debidamente lleno, firmado y sellado.

2. Convenio.

3. Recibo o recibos cuando tienen recibos complementarios.

4. Libro de Actas

5. Plan Escolar Anual y Plan de Compras (por Bono).

6. Libro de Ingresos y Gastos y Libro de Banco de la cuenta de las transferencias.

7. Chequera (s).

8. Ultima Conciliación Bancaria.

9. Ultimo Estado de Cuentas.

10. Cotizaciones firmadas y selladas por el Proveedor.

11. Cuadros de Análisis Económico y Técnico (compra después de US$ 1,440.00).

12. Orden de Compra de Bienes y Servicios.

13. Actas de Recepción de Bienes y Servicios.

14. Comprobantes de Gasto (Facturas de Consumidor Final y/o Recibo con sello de pagado).

15. Contratos de Bienes y/o Servicios.

16. Si han constituido Caja Chica deberán presentar el libro auxiliar correspondiente, los comprobantes de ingreso y gasto y demás documentos que señala el Documento Paso a Paso 4.

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17. Inventario (cuando haya compra de mobiliario y/o equipo).

18. Cuando fueren bienes y/o servicios utilizados para actividades culturales y educativas, deberán evidenciar la recepción de los mismos mediante un listado que contenga el nombre de la actividad, lugar, fecha, nombre, número de DUI y firma de los participantes.

19. Para el Bono de Alimentación el Informe Mensual de alimentos.

20. Para el Bono de Asistencia Administrativa contrato de servicios, informe mensual de asistencia técnica.

21. Adjunto a la liquidación de gastos, deberán presentar un Informe de Rendición de Cuentas que contenga los beneficios alcanzados con cada Bono, cumplimiento del objetivo, la población beneficiada.

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DOCUMENTOS QUE DEBERÁ CONSIDERAR EL TÉCNICO QUE LIQUIDARÁ TRANSFERENCIAS 2001

INSTANCIA DEPARTAMENTAL

1. Convenio General y Recibos por financiamiento firmado y sellado.

2. Documento 4, Paso a Paso en la Administración y rendición de cuentas de las transferencias financieras del estado y otros ingresos incluidos provenientes de las contribuciones voluntarias de los padres de familia y/o cuotas de escolaridad; y otros documentos específicos que respalden los diferentes bonos.

3. Instructivo MINED No. 001/2001.

4. Resoluciones vigentes que modifican al Instructivo MINED No. 001/2001.

5. Proyectos para Bono: Juventud para Escuelas Abiertas, Alegría, CRA y Planes de Desarrollo Profesional Docente.

6. Listado de centros educativos beneficiados por cada una de las diferentes transferencias, especificando el nombre correcto de la transferencia, que incluya código, tipo de modalidad, nombre del centro educativo, monto transferido, fuente de financiamiento.

7. Listado de Bonos codificados nombre, fuente de financiamiento.

8. Expedientes de las modalidades para confrontar documentos e información.

9. Nombre y número de las cuentas a las cuales deberán hacerse los reintegros y reembolsos de los diferentes bonos.

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MINISTERIO DE EDUCACION

GERENCIA ADMINISTRATIVA

CUADRO RESUMEN DEL GASTO DE LOS FONDOS RECIBIDOS AÑO __________

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DOCUMENTO 5

V. PASO A PASO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS BIENES: LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

INTRODUCCIÓN

El documento Paso a Paso en el Registro y Control de los Bienes: Libros, Muebles e Inmuebles de los Centros Educativos, contiene las normas y procedimientos que se deberán aplicar, cuando por cualquier circunstancia se tengan que efectuar “cargos, traslados, descargo de bienes y codificación de libros, muebles, equipo y otros”.

Estos procedimientos les permitirán un mejor control de los bienes del Centro Educativo; así como también mantener actualizado sus inventarios.

A manera de “Consejo”, no olvides hacer uso de estos instrumentos siempre que amplíen o reduzcan los bienes que administra la Modalidad correspondiente.

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I. INORMATIVA GENERAL DE FUNCIONAMIENTO

A. Las Modalidades de Administración Escolar Local están obligadas a administrar el mobiliario, equipo, libros e inmuebles del centro educativo, que adquieran bajo cualquier concepto. En el caso de los CECE se aplica únicamente a los bienes adquiridos a través del Ministerio de Educación o con fondos de las Transferencias que el MINED hace a las Modalidades de Administración Escolar Local.

B. Los Consejos Directivos Escolares y/o Asociaciones Comunales para la Educación deben recibir y entregar conforme inventario, el mobiliario, equipo, libros de la institución educativa, cuando el Director(a) Presidente(a) o la Modalidad asuma o cesen en sus funciones (Art. 36, literal n del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, Instructivo del Sistema de Registro y Control de los Bienes del Ministerio de Educación y Art. 23 del Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación); debiéndose constar en el Libro de Actas del centro escolar. Para registrar y actualizar el inventario deberán utilizarse los formularios Anexos AF-11 y/o AF-13.

C. Al finalizar cada año calendario, las Modalidades de Administración Escolar Local, deberán reportar sus inventarios actualizados a la Dirección Departamental correspondiente.

D. En el caso de que en un centro educativo haya disolución de una modalidad y se organice otra, los bienes serán transferidos a la nueva modalidad o al MINED mediante acta de traspaso, mientras se legaliza la nueva modalidad, en las condiciones en que se encuentren a ese momento.

E. La infraestructura de los centros educativos oficiales no podrá utilizarse para ninguna actividad ajena a la labor educativa y que no sea organizado por el Consejo Directivo Escolar o por la Asociación Comunal para la Educación, salvo en aquellos casos donde por Decreto Legislativo se autorice su uso.

F. Para codificar el mobiliario, libros y equipo del centro educativo, se utilizará el Manual de Codificación de Bienes del MINED.

G. Para una mejor administración de los bienes, los Consejos y/o Asociaciones Comunales, deberán cumplir con lo estipulado en el Instructivo del Sistema de Registro y Control de los Bienes del Ministerio de Educación, para el nivel Local.

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XXXII. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES, LIBROS, MUEBLES E INMUEBLES

Las Modalidades de Administración Escolar Local Consejo Directivo Escolar (CDE), Asociación Comunal para la Educación (ACE) y Consejo Educativo Católico Escolar (CECE); esta última cuando sea favorecido con bienes proporcionados directamente por el MINED o adquieran bienes por medio de una transferencia de fondos del MINED; administraran los bienes de las instituciones educativas debiendo entregar los inventarios al final de cada año calendario, los cuales serán enviados al Técnico responsable de activo fijo en la Dirección Departamental correspondiente, este reporte se acompañará de copias de los documentos de traslados y descargos realizados en el transcurso del año; además, las modalidades deben quedarse con las originales en su archivo, como respaldo.

A continuación se describen paso a paso los procedimientos para el registro de los cargos, traslados y descargos de bienes libros, muebles y equipo:

A. CARGO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Presidente o Director de

la Modalidad de Administración Escolar Local.

En reunión de la modalidad, informa a la Modalidad de Administración Escolar Local, la existencia física y/o documento de adquisición de bienes, el cuál será inventariado.

2. Director del Centro Educativo.

Verifica existencia, codifica en base al Manual de Codificación de Bienes del MINED (apéndice 2 del Instructivo) y actualiza el inventario (Formulario AF-11 y/o F-13).

3. Presidente o Director de la Modalidad de Administración Escolar Local.

En reunión de la modalidad, presenta para aprobación y firma el inventario actualizado.

4. Modalidad de Administración Escolar Local.

Firman la actualización del inventario (Formulario AF-11 y/o F-13).

5. Presidente o Director de la Modalidad de Administración Escolar Local CDE, ACE o CECE.

Remite copia del inventario actualizado al Técnico de Activo Fijo Departamental correspondiente para su registro.

Entrega el inventario al Secretario para su archivo.

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN FORM. AF-11

ACTIVO FIJO

MODELO DE INVENTARIO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LA INSTITUCIÓN

Page 146: Agosto Paso A Paso Ace

INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DONDE SE REGISTRA EL INVENTARIO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Se anotará tal como está nombrada oficialmente la institución.

CÓDIGO DE LA INFRAESTRUCTURA: se pondrá el número que ha sido asignado a la institución educativa.

TIPO DE CARGO: se especificará la clase de cargo, según como fue adquirido el bien por la institución educativa en la forma siguiente:

Entrega del Ministerio.......................................1-1Donaciones.......................................................1-2Compra con actividades de la escuela.............1-3Bonos................................................................1-4

CÓDIGO Y CORRELATIVO: se anotarán los cuatro dígitos de la clase del bien según instructivo y su correlativo según la cantidad de bienes adquiridos.

CARACTERÍSTICAS: Se especificarán los detalles tales como: tipo de bien, marca, serie, modelo u otros que identifiquen el bien.

ESTADO FÍSICO: se anotará la cantidad de muebles de conformidad al estado en que se encuentren:

BUENO (B)REGULAR (R)

FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año en que la institución adquirió el bien.

CANTIDAD: se anotará el número de unidades de una sola clase de bienes.

VALOR UNITARIO: se anotará el precio del bien.

VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de determinado tipo de bienes.

CLAVE: se marcará con la letra (R ) si el valor es real y con la letra (E) si el valor es estimado.

FIRMA: en este espacio firmarán todos los miembros representantes de la institución educativa.

NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponde la firma del espacio superior; en caso del CDE, será el Tesorero y

Page 147: Agosto Paso A Paso Ace

de la ACE el Presidente (en el espacio sector padre de familia); en el caso del sector alumno se ubicará si existe representante de éste.

SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa, que ha sido anotado al inicio del presente.

Page 148: Agosto Paso A Paso Ace

MINISTERIO DE EDUCACIÓN FORM. AF-13

ACTIVO FIJO

MODELO DE INVENTARIO BIBLIOGRÁFICO

Page 149: Agosto Paso A Paso Ace

INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR EL INVENTARIO

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: se anotará tal como está nombrada oficialmente la institución.

CÓDIGO DE LA INTITUCIÓN: se pondrá el número que ha sido asignado a la institución.

TIPO DE CARGO: se especificará la clase de cargo, según como fue adquirido el bien por la institución educativa en la forma siguiente:

Entrega del Ministerio................................................1-1Donaciones................................................................1-2Compra con actividades de la Escuela......................1-3Bonos.........................................................................1-4

CÓDIGO DEL LIBRO Y CORRELATIVO: se anotarán los tres dígitos de la clasificación del libro de acuerdo a la materia que trate, según Manual de Codificación y su correlativo, según la cantidad de libros adquiridos.

TÍTULO: anotar el nombre del libro asignado por el o los autor(es), identificando en la portada o su reverso.

AUTOR: anotar el nombre de la institución o persona(s) responsable de la obra. En caso sean más de dos autores, se anote el primer nombre, más la frase; y otros.

ESTADO FÍSICO: se anotará la cantidad de libros de conformidad al estado en que se encuentren: Bueno (B) Regular (R)

FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año en que la institución adquiere el bien.

VALOR UNITARIO: valor de adquisición de los libros.

CANTIDAD: se anotará el número de unidades de un mismo libro, según su clasificación.

VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de determinado libro.

CLAVE: se marcará con la letra (R) si el valor es real y con la letra (E) si es estimado.

NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponde la firma del espacio superior, en caso de CDE, será el Tesorero y de la ACE el Presidente (en el espacio sector Padre de Familia); en el caso del sector Alumno se ubicará si existe representante de éste.

Page 150: Agosto Paso A Paso Ace

SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa, que ha sido anotado al inicio del presente.

B. TRASLADO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de

Administración Escolar Local, solicitante

Envía nota de solicitud de traslado de bienes.

2. Modalidad de Administración Escolar Local, otorgante.

Recibe solicitud y en reunión colegiada acuerdan traslado de bienes; y autorizan al Presidente o Director, al Tesorero y al Secretario, para firmar el Formulario AF-9.

3. Secretario de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Registra este acuerdo en el acta de la reunión, la cual deben firmar todos los presentes (Anexo 11).

4. Modalidad de Administración Escolar Local receptora.

Reciben Bienes y si todo corresponde a lo especificado en el Formulario AF-9, lo firma el Presidente de la institución receptora.

5. Presidente o Director de Modalidad de Administración Escolar Local, otorgante.

Remite copia de autorización de traslado (Formulario AF-9) al Técnico de Activo Fijo Departamental.

Entrega el original al Secretario para su archivo correspondiente.

6. Técnico de Activo Fijo Departamental.

Procede a realizar el cargo y descargo respectivo.

Page 151: Agosto Paso A Paso Ace

ACTA DE TRASPASO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

(Libro de Actas del Centro Escolar)

Page 152: Agosto Paso A Paso Ace
Page 153: Agosto Paso A Paso Ace

INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE

TRASLADO DE MOBILIARIO

II. GENERALES:

1. Número Correlativo: el formulario deberá ser numerado en orden subsiguiente.

2. Procedencia: deberá anotarse el nombre de la dependencia o institución que posee el bien(es).

3. Destino: deberá anotarse el nombre de la dependencia o institución educativa hacia donde se traslada el bien(es).

4. Tipo de movimiento: deberá de marcarse con una “X” en el espacio que identifica el tipo de traslado.

XXXIII. CARACTERÍSTICAS:

Clase de Bien: deberá anotarse el nombre del bien.

Número de Inventario: deberá anotarse el código que posee el bien.

Marca: deberá anotarse la marca del bien si la posee.

Serie: se coloca el número de serie del bien si lo posee.

NOTA: para las Modalidades de Administración Escolar Local, sólo se llenará un original y dos copias, el original quedará en poder de la dependencia que entrega y las copias, una para quien recibe y la otra para la Departamental.

Para las Unidades Administrativas Centrales y Departamentales, este formulario constará de un original y tres copias, que serán distribuidas así. Original para quien autoriza el traslado y las copias para el Departamento y/o Unidad de Activo Fijo, personal de vigilancia y personal que retira el bien.

Page 154: Agosto Paso A Paso Ace

C. DESCARGO DEL MOBILIARIO, EQUIPO Y LIBROS

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Presidente o Director de la

Modalidad de Administración Escolar Local.

Determina la utilidad del bien(es).

Si se trata de pérdida de un bien, investiga el faltante y denuncia a la Policía Nacional Civil.

2 Presidente o Director de la Modalidad de Administración Escolar Local.

Convoca a reunión extraordinaria a los miembros de la Modalidad para informar ya sea sobre la utilidad de un bien (es) o sobre la pérdida. Acuerdan reunirse posteriormente para tomar decisión sobre el descargo.

3. Modalidad de Administración Escolar Local.

Verifican físicamente el estado del bien(es), si se trata de bienes inservibles;Si se trata de una pérdida, investigan el faltante y le dan seguimiento a la denuncia a la Policía Nacional Civil, para determinar responsabilidades.

4. Modalidad de Administración Escolar Local.

En reunión acuerdan descargar el bien, dejando tal decisión asentada en acta correspondiente, la cual firman todos los presentes.

5. Modalidad de Administración Escolar Local.

Firman solicitud de descargo por inservible o pérdida (formulario AF-12), describiéndose en él todas las características del bien(es) a descargar.

6. Presidente(a) o Director(a) de Modalidad de Administración Escolar.

Envía copia de solicitud de descargo (AF-12) a la Dirección Departamental de Educación correspondiente.Entrega original al Secretario para su archivo correspondiente.

7. Dirección Departamental Recibe solicitud de descargo y la margina al Técnico de Activo Fijo Departamental.

8. Técnico de Activo Fijo Departamental.

Recibe solicitud, la ratifica y procede a realizar trámite ante la Comisión de descargo Departamental.

Informa a la modalidad por escrito sobre la resolución tomada.

Actualiza inventario.

Page 155: Agosto Paso A Paso Ace

MINISTERIO DE EDUCACIÓN FORM. AF-12

ACTIVO FIJO

SOLICITUD DE DESCARGO DE MOBILIARIO Y EQUIPO ESCOLAR

Page 156: Agosto Paso A Paso Ace

INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE DESCARGO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: se anotará tal como está nombrada oficialmente la institución.

CÓDIGO DE LA INSTITUCIÓN: se pondrán los números que han sido asignados para cada una de las instituciones educativas (según refrenda anterior).

TIPO DE DESCARGO: se especificará la clase de descargo, en la forma siguiente:

Inservible....................2-1Robo...........................2-2

CÓDIGO Y CORRELATIVO: se anotarán los cuatro dígitos de la clase de bien, según Manual de Codificación y su correlativo, según la cantidad de bienes adquiridos.

CARACTERÍSTICAS: se especificarán los detalles tales como: marca, serie, modelo, color, medidas u otros que identifiquen el bien.

FECHA DE ADQUISICIÓN: se anotará el día, mes y año que la institución adquirió el bien.

CANTIDAD: se anotará el número de unidades de una sola clase de bienes.

VALOR UNITARIO: se anotará el precio del bien.

VALOR TOTAL: se obtendrá de multiplicar el precio unitario por la cantidad de determinado tipo de bienes.

FIRMA: en este espacio firmarán todos los miembros representantes de la institución educativa.

NOMBRE: aquí se anotará el nombre completo de la persona a quien le corresponda la firma del espacio superior; en caso del CDE, será el Tesorero y la ACE, el Presidente (en el espacio sector padre de familia); en el caso del sector alumno se ubicará si existe representante de éste.

SELLO: deberá estamparse el sello correspondiente de la institución educativa que ha sido anotado al inicio del formulario.

Page 157: Agosto Paso A Paso Ace

XXXIV. PROCEDIMIENTO DE LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE INMUEBLES:

El Ministerio de Educación, podrá adquirir bienes inmuebles por medio de donaciones, comodatos iguales o mayores a treinta y cinco años o por compra venta, los cuales deben legalizarse y registrarse para su control.

A continuación se presentan los procedimientos para legalizar y registrar una donación, un comodato o una compra venta de un inmueble.

A. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE UNA DONACIÓN DE INMUEBLE AL RAMO DE EDUCACIÓN

Se entenderá por donación, a la acción de una persona natural o jurídica de dar gratuitamente un inmueble de su propiedad al Ramo de Educación, para que ahí funcione un centro educativo. En lo que se refiere a la titulación del inmueble donado, esto se da cuando los propietarios carecen de Escritura Pública que no esta inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz a su favor o presentan un documento privado, entonces se seguirá el trámite de titulación a través de la Fiscalía General de la República, a efecto de tramitar el respectivo título para su registro en el Registro de la Propiedad Raíz.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de

Administración Escolar Local

Gestiona con el propietario del inmueble la donación.Llenan la oferta de donación, anexando de acuerdo al propietario de que se trate, la documentación que se señala en el Anexo 2 de este procedimiento.

2. Modalidad de Administración Escolar Local

Presenta al Departamento de Asesoría Jurídica del MINED, la documentación para el trámite correspondiente.

3. Departamento de Asesoría Jurídica

Revisa y si todo esta correcto la recibe.

Elabora Acuerdo Ejecutivo en donde el MINED acepta el inmueble donado, para firma del Titular del Ministerio de Educación

Una vez firmado el Acuerdo, procede a elaborar Escritura Pública y solicita la firma de la Escritura a la Fiscalía General de la República.

4. Departamento de Presenta para registro y control un testimonio a:

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Asesoría Jurídica Fiscalía General de la República Propietario del inmueble Oficina de Activo Fijo Asesoría Jurídica

Presenta un Testimonio de la Escritura al Registro de la Propiedad Raíz, para ser inscrita a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo de Educación.

5. Oficina de Activo Fijo Registra en el sistema el testimonio y archiva el documento para su control.

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DOCUMENTOS QUE RESPALDAN UN TRAMITE DE DONACIÓN:

DONACIONES DE PERSONAS NATURALES:

1. Llenar la oferta de donación por él o los donantes.2. Fotocopia de antecedentes de la donación.3. Fotocopia de DUI.4. Fotocopia de NIT.

DONACIONES POR ALCALDÍAS MUNICIPALES:

1. Certificación del Acuerdo del Concejo Municipal en el que acuerdan hacer la donación, dicho documento debe contener lo siguiente: medidas y colindancias de sus cuatro rumbos, ubicación, área, extensión, valúo y designar al señor Alcalde para que firme la escritura de donación a favor del Ministerio de Educación.2. Fotocopia de antecedente de donación.3. Fotocopia de la credencial del Alcalde.4. Fotocopia de DUI.5. Fotocopia de NIT de la Alcaldía.

DONACIONES DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS DE LA REFORMA AGRARIA:

1. Certificación del Punto de Acta en donde la Asociación acuerda hacer la donación.2. Dicho documento debe contener lo siguiente: ubicación, área de extensión y designar al Presidente de la Cooperativa para firmar la escritura de donación a favor del Ministerio de Educación.3. Fotocopia del antecedente de donde se hará la desmembración.4. Fotocopia de la DUI del Presidente de la Cooperativa.5. Fotocopia de credencial extendida por el jefe del Departamento de Asociaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura y Ganadería.6. Fotocopia de Estatutos de la Asociación Cooperativa.7. Fotocopia del NIT de la Cooperativa.8. Fotocopia de la personería jurídica de la Cooperativa, extendida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería.9. Fotocopia del Acuerdo del Acta del ISTA, en donde el ISTA autoriza a la Asociación Cooperativa la donación del inmueble al Ministerio de Educación, manifestando su ubicación, área, además el ISTA se compromete a desgravar la porción a donar y autorizar al Presidente para firme la escritura la Escritura de Desgravación.10. Fotocopia de la escritura de desgravación de la porción a desgravar otorgada por el ISTA a favor de la Cooperativa donante.

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DONACIONES DE PERSONAS JURÍDICAS O ASOCIACIONES:

1.ertificación del punto de acta donde la Sociedad donante acuerda la donación. Dicho punto de acta debe contener lo siguiente: medidas y colindancias de sus cuatro rumbos, ubicación, área de extensión y valuó del inmueble, designar al representante legal de la Sociedad para que firme la respectiva escritura pública de donación a favor del Ministerio de Educación.2.otocopia de la escritura de constitución de la Sociedad.3.otocopia de la credencial del Representante Legal de la Sociedad.4.otocopia de DUI del Representante Legal.5.otocopia del NIT de la Sociedad.6.otocopia del antecedente de donde se desmembrará la porción a donar.

DONACIONES ESPECIALES: (No hay antecedente escrito)

1. El donante debe comprobar que la posesión, uso y dominio del inmueble a donar la ha ejercido por más de diez años consecutivos de manera quieta.

Page 162: Agosto Paso A Paso Ace

B. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DEL COMODATO DE UN INMUEBLE A FAVOR DEL RAMO DE EDUCACIÓN

Se entenderá por comodato, al préstamo gratuito de un inmueble que una Persona Jurídica (Alcaldías Asociaciones o Sociedades) hace al Ramo de Educación, para que ahí funcione un centro educativo, por un período no menor de treinta y cinco años.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de

Administración Escolar Local

Gestiona con el propietario del inmueble el préstamo o comodato para que ahí funcione el centro educativo.

Cuando ya existe acuerdo presentan la documentación (que se cita en el anexo 2) al Departamento de Asesoría Jurídica para el trámite correspondiente.

2. Departamento de Asesoría Jurídica

Revisa documentación y si todo esta correcto la recibe.

Elabora Acuerdo Ejecutivo en donde se recibe en calidad de comodato el inmueble, del Titular del Ministerio de Educación.

Una vez firmado el Acuerdo, procede a elaborar Escritura Pública.

Solicita firma de la Fiscalía General de la República.

3. Departamento de Asesoría Jurídica

Presenta para archivo y control un Testimonio a:

La Fiscalía General de La República

Al propietario del inmueble A la Oficina de Activo Fijo Al Departamento de Asesoría

Jurídica

Presenta también un Testimonio al Registro de la Propiedad Raíz, para su marginación.

4. Oficina de Activo Fijo Registra en el sistema el testimonio y archiva el documento para su control.

Page 163: Agosto Paso A Paso Ace

C. LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LA COMPRA VENTA DE UN INMUEBLE A FAVOR DEL RAMO DE EDUCACIÓN

Se entenderá por compra venta, a la adquisición de un inmueble mediante pago que hace el Ramo de Educación, a una Persona Natural o Jurídica, para que ahí funcione un centro educativo.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de Administración

Escolar LocalGestiona con el propietario del inmueble la compra venta, para que ahí funcione el centro educativo.Cuando ya existe acuerdo, y el propietario ha fijado el precio de venta, presentan la oferta a los Titulares del Ramo de Educación.

2. Titulares del Ramo de Educación de Educación

Recibe oferta y margina a la Gerencia Administrativa para gestionar financiamiento.

3. Gerencia Administrativa Verifica si hay posibilidad de financiamiento, Si hay, envía solicitud de valuó del inmueble a la Dirección de Infraestructura.

4. Dirección Nacional de Diseño e Infraestructura

Verifica si el inmueble reúne las condiciones necesarias para que funcione ahí un centro educativo.Investiga precios de propiedades de zonas aledañas y en la Alcaldía de la jurisdicción del inmueble para determinar si el precio es justo.

5. Dirección Nacional de Diseño e Infraestructura

Si el inmueble reúne las condiciones y el precio es justo, pasa a la Gerencia Administrativa para el trámite correspondiente de gestión de fondos para el pago.

Si determina que el precio del inmueble no es justo, recomienda a la Gerencia Administrativa, para que solicite valuó a la Dirección General del Presupuesto.

Page 164: Agosto Paso A Paso Ace

6. Gerencia Administrativa Si la modalidad de administración escolar local cuenta con fondos para el pago, emite Resolución autorizando la compra venta del inmueble.

Si no se cuenta con fondos, elabora solicitud ante el Ministerio de Hacienda.

Una vez se cuenta con el financiamiento, pasa el caso al Departamento de Asesoría Jurídica para el correspondiente trámite de legalización y registro de la Escritura Pública. (Ver procedimiento de donación).

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DOCUMENTO 6

VI. PASO A PASO EN EL MANTENIMIENTO Y/O CONSTURCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, MOBILIARIO Y EQUIPO.

INTRODUCCIÓN

El Centro Educativo es un lugar muy importante en la comunidad, en sus aulas se aprende a leer y escribir, a conocer la historia y a encontrar explicaciones sobre los fenómenos externos; en sus Instalaciones, también se socializa y se comparte con otros seres humanos.

Pero con el correr de los años, esas instalaciones sufren desgaste y hasta deterioro si no se les brinda el mantenimiento debido, lo cual impediría que otras generaciones puedan beneficiarse de ellas.

Por lo que es necesario promover en los usuarios una cultura de conservación de los Centros Educativos, fundamentada en un marco de valores orientados a desarrollar y fortalecer el sentido de pertenencia mediante la participación creativa, responsable y comprometida de la comunidad, para que a través del trabajo cooperativo se desarrollen actividades innovadoras y permanentes de mantenimiento de la infraestructura.

En el presente documento se presentan las normas básicas y procedimientos que deben considerar la comunidad educativa, en la ejecución de obras de mantenimiento (preventivo y correctivo), rehabilitación y/o construcción de la infraestructura escolar.

Page 166: Agosto Paso A Paso Ace

I. MARCO CONCEPTUAL

Para poder referirnos al mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y/o equipo escolar, primero debemos precisar que se entiende por mantenimiento, su propósito y la importancia de la participación de los actores principales desde el planeamiento hasta la ejecución del mismo.

¿En qué consiste el mantenimiento de la infraestructura, mobiliario y equipo del centro educativo?

Es el proceso que permite conservar el estado físico original de operación o funcionamiento y del diseño del inmueble, instalaciones, equipo y mobiliario del centro educativo.

¿En que consiste el mantenimiento preventivo?

Es un proceso continuo de tareas o acciones planificadas para mantener la infraestructura escolar, mobiliario y equipo en buen estado de funcionamiento, en su condición y apariencia original; así como prevenir las necesidades de reparación y prevenir mayores daños en caso de desastres naturales, por ejemplo:

Tareas diarias: 1. Barrer y trapear; 2. Limpiar y lavar servicios sanitarios, urinarios, bebederos; 3. Limpiar el terreno para evitar acumulación de basura; 4. Vaciar recipientes de basura, hacer uso de composteras, prácticas de reciclaje de basura y el resto enterrarla; 5. Limpiar ventanas; 6. Sacudir mobiliario y equipo, etc.

Tareas semanales: 1. Revisar pisos, paredes, techos; 2. Revisar cerraduras y bisagras; 3. Revisar el mobiliario: sillas desajustadas, clavos o tornillos en pizarras, pupitres, estantes, mesas, etc.; 4. Revisar equipo: cables, focos, etc.; 5. Revisar tanque de agua, cañerías, grifos; 6. Revisar tomas eléctricos, lámparas, focos, cajas oxidadas, falta de tornillos, placas quebradas; 7. Revisar puertas, ventanas, etc. Para determinar necesidades de mantenimiento.

Tarea quincenal: Mantenimiento a reservorios.

Tareas mensuales: 1. Revisar muros y canales de desagüe; 2. Revisar cercas perimetrales; 3. Revisar cubiertas de techo; 4. Revisar cimentaciones y drenajes de aguas lluvias; 5. Limpieza del equipo, etc., para determinar necesidades de mantenimiento.

Tareas anuales: 1. Pintar el centro educativo; 2. Reparar y pintar mobiliario con barniz; 3. Fumigar paredes, pisos y techos; 4. Revisión de fosa séptica, pozo de absorción o campo de riego.

Page 167: Agosto Paso A Paso Ace

¿En qué consiste el mantenimiento correctivo?

Son los trabajos de reparaciones mayores de la infraestructura, mobiliario y equipo, las cuales requieren mayor tratamiento y especialización, trabajos orientados a la corrección de fallas de los elementos constructivos para restablecerlos a sus condiciones normales de funcionamiento.

¿Qué debe entenderse por construcción de infraestructura?

Construcción de las instalaciones educativas por reemplazo o ampliación de áreas de una infraestructura educativa:

REEMPLAZO

Centros Educativos acreditados que carecen de infraestructura adecuada y necesitan la construcción completa de las instalaciones físicas.

AMPLIACIÓN

Ampliar o extender las instalaciones físicas de un centro educativo acreditado.

XXXV. NORMATIVA GENERAL PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA 1. El MINED velará por que las instituciones oficiales posean la infraestructura y el mobiliario indispensable para desarrollar el proceso educativo.

2. Para la Construcción o Ampliación de la Infraestructura Educativa corresponde al MINED, por medio de la Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura, normar, controlar, autorizar, evaluar, coordinar, ejecutar, monitorear, supervisar, brindar asistencia técnica, todo lo relacionado con la infraestructura educativa (espacios arquitectónicos de los centros educativos).

3. Los Consejos Directivos Escolares, las Asociaciones Comunales para la Educación y los Consejos Educativos Católicos Escolares, son responsables de planificar, presupuestar y administrar los recursos destinados al mantenimiento preventivo del edificio escolar, los padres y madres de familia, alumnos, docentes deberán organizarse en comités de mantenimiento preventivo escolar.

4. Las inversiones en obras de infraestructura física ejecutadas en los edificios escolares públicos, constituyen “inversiones públicas” y se regirán por las normas técnicas de control interno de la Corte de Cuentas de la República.

Page 168: Agosto Paso A Paso Ace

5. Las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE, ACE y CECE) podrán invertir en mantenimiento preventivo o correctivo de la infraestructura del edificio escolar previa aprobación por el MINED y cuando el inmueble sea propiedad del Estado en el Ramo de Educación, comodatos por 35 años o más a favor de éste o cuenten con ofertas de donación o de comodatos y estén en trámite en el Departamento Jurídico del MINED.

6. Para la construcción de la infraestructura del edificio escolar deberá considerarse la normativa del diseño del MINED, la legalidad del terreno, las condiciones físico-ambientales, la orientación Norte-Sur de las edificaciones; así como también, deberá respetarse los diseños tipos vigentes del MINED en los diferentes niveles educativos (Parvularia, Básica, Media y Especial).

7. El color oficial de los edificios escolares públicos será azul bandera, a una altura de repisa de ventana (1.40 mts.) y blanco la parte superior, en el caso del interior de las aulas estas serán pintadas de color blanco totalmente, a la altura de repisa de ventanas será de aceite y el resto de agua, salvo consideraciones especiales (patrimonio cultural, inmuebles privados, etc.).

8. En el caso de la Educación Especial, los espacios siguen las normas generales aplicables a los espacios de Educación Parvularia y Básica en cuanto a la forma, dimensiones, iluminación, ventilación, etc., especificándose cambios en aspectos de seguridad para el desplazamiento de los alumnos en aulas y zonas de circulación, así como en el área de servicios sanitarios. También deben considerarse rampas en todas las áreas de la escuela, deben evitarse las excesivas diferencias del nivel con los demás espacios del centro educativo y con terrenos colindantes.

9. Ninguna de las Modalidades de Administración Escolar Local (CDE ACE y CECE) pueden autorizar el uso de terrenos educativos para que instituciones públicas, privadas u ONG´S instalen tuberías, drenajes tendidos eléctricos o de telefonía en general o rótulos de publicidad, afectando la seguridad de la comunidad educativa y las instalaciones del edificio escolar.

10. Para la construcción de espacios físicos recreativos, jardines, etc., deben considerarse los porcentajes normados por el MINED para cada nivel educativo.

11. Los terrenos ofrecidos en donación o comodato deberán cumplir condiciones y áreas mínimas y esto dependerá de la población escolar y el nivel educativo que se pretende atender:

90 alumnos = 1,260 M2180 alumnos = 2,520 M2360 alumnos = 5,040 M2Otros = consultar al MINED

12. Las modalidades de administración escolar local, deben destinar en su presupuesto quinquenal y anual, fondos para el mantenimiento preventivo escolar, los cuales deben ser invertidos exclusivamente en ello.

Page 169: Agosto Paso A Paso Ace

XXXVI. PROCEDIMIENTOS PARA EL MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

a. MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO

El mantenimiento preventivo escolar, tiene como objetivos prevenir el deterioro de la infraestructura, mobiliario y/o equipo, a fin de conservarlo en óptimas condiciones de funcionamiento, distribución adecuada de la infraestructura, higiene y ornato para contribuir con la calidad de la educación; así como promover la participación permanente y organizada de la comunidad educativa.

A continuación se presenta paso a paso el procedimiento a seguir:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de Administración

Escolar LocalLevanta un inventario de desperfectos o daños de las instalaciones, mobiliario y equipo del Centro Educativo elaborando ficha de inventario de daños (Anexo 1) apoyándose del mapa escolar.

2. Modalidad de Administración Escolar Local

Organiza a la comunidad educativa en comité de mantenimiento los cuales rotarán en el año escolar (Anexo 2).

3. Modalidad de Administración Escolar Local y Comité de Mantenimiento Preventivo Escolar

Priorizan y cuantifican de acuerdo a recursos disponibles las obras a realizar.

Elaboran el Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Preventivo del centro educativo (Anexo 3), el cual es incluido en el PEI y Plan Escolar Anual.

4. Modalidad de Administración Escolar Local y Comité de Mantenimiento Preventivo Escolar

Ejecuta actividades contempladas en el Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Preventivo, con calidad.

5. Modalidad de Administración Escolar Local

Informa a la comunidad educativa de los avances del Plan Anual de

Trabajo de Mantenimiento Preventivo.

6. Dirección Departamental de Educación, por medio de sus Técnicos de Enlace.

Da seguimiento a las actividades establecidas en el Plan.

Informa de cualquier irregularidad a la Dirección de Diseño y Supervisión de

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Infraestructura Educativa.

7. Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura Educativa.

Da seguimiento y monitoreo a la ejecución de las actividades de mantenimiento establecidas en el Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Preventivo.

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MODELO DE INVENTARIO DE DAÑOS

Page 172: Agosto Paso A Paso Ace

EQUIPOS DE TRABAJO

Page 173: Agosto Paso A Paso Ace

PLAN ANUAL DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Page 174: Agosto Paso A Paso Ace

XXXVII. MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO.

El mantenimiento correctivo, tiene como objetivo corregir el deterioro ocasionado por el uso y el paso del tiempo de la infraestructura, mobiliario y equipo; para prolongar su vida útil.

A continuación se presenta paso a paso el procedimiento a seguir:

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de

Administración Escolar Local y Comité de Mantenimiento Escolar

Identifican necesidades de mantenimiento correctivo de la infraestructura, mobiliario y/o equipo.

2. Modalidad de Administración Escolar Local y Comité de Mantenimiento Escolar

Priorizan y cuantifican de acuerdo a disponibilidad financiera y autogestión.

Elaboran su Plan Anual de Trabajo de Mantenimiento Correctivo, y lo incorporan en el Plan Escolar Anual del Centro Educativo.

3. Modalidad de Administración Escolar Local

Solicita a la Dirección Departamental el trámite de autorización del Plan de mantenimiento correctivo a la Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura Educativa.

4. Modalidad de Administración Escolar Local

Una vez autorizado el Plan, contrata los servicios de empresa, persona natural o persona calificada y/o compra los materiales en base a lo estipulado en el procedimiento para la adquisición de bienes y servicios.

5. Proveedor del servicio y Modalidad de Administración Escolar Local

Ejecuta el plan informando semanalmente de avances y finalización (Anexo 4) de las obras o reparaciones a la Modalidad de Administración Escolar Local.

6. Comité de Mantenimiento Da seguimiento a la ejecución de las obras, informando a la modalidad de cualquier irregularidad, para que tomen las medidas pertinentes.

7. Modalidad de Administración Escolar Local

Da seguimiento a la Administración del financiamiento del proyecto.

Informa de cualquier irregularidad a la Dirección de Diseño y Supervisión de la Infraestructura

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Educativa.

8. Dirección de Diseño y Supervisión de la Infraestructura Educativa

Monitorea, da seguimiento y recepciona las obras ejecutadas del proyecto a fin de que sea recibido a satisfacción.

Page 176: Agosto Paso A Paso Ace

PLAN ANUAL DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO

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XXXVIII. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA (reemplazo o ampliación).

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Modalidad de Administración

Escolar Local y Comité de Mantenimiento Escolar

Identifica la necesidad de ampliar o construir la infraestructura educativa, considerando los siguientes criterios:

Matrícula total Matrícula turno máximo Espacios físicos con los que

cuentan Situación legal del terreno Número de secciones Número de docentes

2. Modalidad de Administración Escolar Local

Presentan sus necesidades a la Unidad de Gestión Educativa de la Dirección Departamental de Educación correspondiente.

3. Gestión Educativa Departamental

Analiza las necesidades identificadas a nivel departamental de los centros educativos a construir y prepara consolidado a la Dirección Departamental de Educación.

4. Dirección Departamental de Educación

Presenta solicitud acompañada del consolidado de Centros Educativos con necesidades de reemplazo o ampliación a la Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura.

5. Dirección de Diseño y Supervisión de Infraestructura Educativa.

Recibe solicitud y verifica propuesta para incorporar a los proyectos de infraestructura, de acuerdo a la factibilidad financiera disponible.

Comunica resolución al Director Departamental de Educación respectivo.

6. Dirección Departamental de Educación.

Informa sobre resolución a las modalidades interesadas y a la Unidad de Gestión Educativa Departamental.

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DOCUMENTO 7

VII. PASO A PASO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA TRANSFERENCIA MENSUAL.

INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Educación con el propósito de orientar a la comunidad educativa en los procesos financieros que conlleva la transferencia mensual a las Asociaciones Comunales para la Educación, presenta las normas y procedimientos derivados de los principios establecidos en el Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación, como en otras disposiciones legales establecidos por instituciones publicas con las que tienen relación esta Modalidad y en instructivos internos del MINED.

Se espera que las Asociaciones Comunales para la Educación, realicen su mejor esfuerzo para cumplir con este documento.

El documento presenta los procedimientos relacionados con:

A. Apertura de cuenta bancaria de la ACEB. Suscripción de convenio de transferencia ACE-MINEDC. Elaboración de recibos a la ACED. Transferencia a la ACEE. Incremento de seccionesF. Cierre de seccionesG. Pago de planillas mensuales al ISSS por el sistema tradicionalH. Pago de planillas mensuales por sistema de facturación directa al ISSS por la ACEI. Inscripción de la ACE y del docente al ISSSJ. Afiliación de los docentes con las administradoras de fondo de pensionesK. Pago a las AFPL. Pago de la retención de impuesto sobre la rentaM. Comprobación de gastos

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I. ¿QUÉ TRANSFERENCIAS RECIBE LA ACE?

Las Asociaciones Comunales para la Educación reciben, la transferencia de fondos para el pago del servicio educativo de las secciones que administran; que incluye el rubro de Servicios Personales: Salario, Aguinaldo, Indemnización anual, sobresueldos por doble sección, sobresueldo del Incentivo a la Ruralidad, los Aportes patronales y el Seguro de vida; y el rubro de Gastos de Operación que incluye: material gastable y otros gastos por cada sección, y la Transferencia del Bono de Calidad, según el número de secciones que tenga.

XXXIX. ¿QUIÉNES PARTICIPAN EN LOS ASUNTOS FINANCIEROS DE LA ACE?

En estos asuntos financieros participan el Ministerio de Educación, el Banco y la Junta Directiva de la ACE.

El MINED, a través de la Pagaduría Departamental, será la responsable de depositar mensualmente a la Directiva de la ACE el dinero para pagar el salario al maestro y al director, seguro de vida, sobresueldo por incentivo a la ruralidad, junto con el aporte patronal del seguro social salud (ISSS), y el aporte patronal de pensiones (AFP, ISSS vejez, invalidez y muerte o INPEP) y otros gastos de operación de cada una de las secciones que administran. Y en un solo pago, en el último mes del año el aguinaldo y la indemnización anual. Y en función de la evaluación que realiza el MINED se realiza el pago anual del bono de desempeño institucional.

La relación con el Banco, inicia a partir de la apertura de cuenta corriente por el Presidente y Tesorero de la ACE, y continua con otros servicios, como el envío o entrega del Estado de Cuentas y respuestas que la ACE requiera sobre el saldo de la cuenta.

Por su parte, la Directiva de la ACE debe cumplir con estas obligaciones:

Administrar el dinero, tal como lo establece el MINED. Emitir todos los meses los cheques para el pago del Salario líquido al

docente, las retenciones de Ley al docente, el ISSS salud, y el aporte por pensión (AFP, ISSS vejez, invalidez y muerte, INPEP) patronal, la renta del docente, el material gastable y los otros gastos.

Llevar el control mensual de los ingresos y los gastos. Archivar todos los recibos y facturas de los gastos mensuales.

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XL. ¿QUÉ ES LA TRANSFERENCIA?Es la cantidad de dinero que el Ministerio de Educación deposita en la cuenta bancaria de la ACE para cubrir los compromisos de pago establecidos para el funcionamiento de los servicios educativos.

TRANSFERENCIA MENSUAL

SERVICIOS PERSONALES GASTOS DE OPERACIÓN Salario nominal Sobresueldos Incentivo a la Ruralidad Aportaciones patronales

Material gastable(Enero-Septiembre) Otros gastos

TRANSFERENCIA ANUAL

SERVICIOS PERSONALES GASTOS DE OPERACIÓN Aguinaldo Indemnización anual Seguro de vida

Bono de la calidad u otros.

Veamos en detalle los Servicios Personales:

SALARIO A PAGAR A LOS DOCENTES

El salario de los docentes se deposita todos los meses del año (12 meses). El salario al docente debe cancelarse la última semana de cada mes, y el docente debe entregar un recibo al Presidente o Tesorero. (Ver Modelo de recibo de pago al docente en Anexo 1).

De este salario se hacen los descuentos por ISSS salud, AFP (ISSS vejez, invalidez y muerte, INPEP, IPFA) y la renta. El dinero o saldo que queda después de hacer los descuentos se llama: SALARIO LÍQUIDO A PAGAR AL DOCENTE.

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TABLA 1

TABLA DE DEDUCCIONES AL TRABAJADOR

SAP/AFP ISSS

ENTIDAD COTIZACIÓN COMISIÓN SALUDINVALIDEZ, VEJEZ Y

MUERTE

CRECER 3.25% 2.95% 3.00% 7.00%CONFIA 3.25% 3.00% 3.00% 7.00%

Los valores anteriores, están sujetos a cambio, de acuerdo al revaluó que establece la Ley de Pensiones.

El descuento de Renta, se aplicará conforme a lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta vigente.

SOBRESUELDOS.

Para el caso de los docentes que laboran en el Programa EDUCO, el MINED deposita mensualmente los sobresueldos de los docentes que trabajan doble sección, y un sobresueldo por trabajar en áreas rurales distantes y de difícil acceso; que lo conocemos como incentivo a la ruralidad.

AGUINALDO.

Es una compensación en efectivo que la ACE entrega al docente por los servicios prestados durante el año de trabajo. Esta compensación se entrega en el mes de diciembre, y es equivalente al 50% del sueldo base. (Ver Modelo de recibo en Anexo 2).

o Si el docente trabaja el año completo o los últimos seis meses del año, tiene derecho al aguinaldo completo que equivale al 50% del salario base.

o Si el docente ha trabajado menos de 6 meses, el aguinaldo es proporcional.o Si el docente es despedido tiene derecho a su aguinaldo en forma proporcional

al tiempo de trabajo, conforme lo establece el Art. 202 del Código de Trabajo. En este caso la Junta Directiva deberá presentar solicitud de incremento de fondos, independientemente sean estos los primeros o últimos 6 meses.

INDEMNIZACIÓN ANUAL.

Esta indemnización equivale a un salario base, y se deposita en diciembre de cada año, a los trabajadores que prestaron sus servicios durante el año de trabajo. Si el docente es despedido tiene derecho a la indemnización en forma proporcional al tiempo de trabajo. En este caso la Junta Directiva de la ACE deberá presentar solicitud de

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incremento de fondos, independientemente sean estos los primeros o últimos 6 meses. (Ver Modelo de recibo en Anexo 3)

INCENTIVO A LA RURALIDAD

Esta cantidad de dinero se entrega todos los meses al docente como sobresueldo por trabajar en áreas rurales distantes y de difícil acceso.

PAGO DE OBLIGACIONES PATRONALES DE LA ACE.

La Junta Directiva de la ACE (como Patrono del Docente), recibe en la transferencia mensual lo equivalente para pagar del Seguro Social Salud (ISSS), y a las aportaciones patronales por pensiones (AFP, ISSS vejez, invalidez y muerte o INPEP). Este dinero lo recibe la ACE durante los doce meses del año.

Lo que recibe la ACE como patrono del docente más lo que descontó al docente para el ISSS salud, y la Renta; se suman y se pagan en las oficinas del ISSS o en el Banco; en el Ministerio de Hacienda o en el Banco lo que corresponde a la renta, llenando los formularios correspondientes. Para el control de estos descuentos al docente, se llevará un control anual de las deducciones por docente (Ver modelo en el Anexo 4).

Para el pago de la renta deducida al docente, se llena y presenta el formulario “DECLARACIÓN MENSUAL DE PAGO A CUENTA E IMPUESTO RETENIDO”. (Ver modelo en el Anexo 5).

Los pagos de ISSS se realizan según calendario del ISSS y el AFP y renta se pagan en los primeros diez días hábiles de cada mes. Los días hábiles son de lunes a viernes, dado que la mayor parte de instituciones bancarias y de gobierno, trabajan esos días.

TABLA 2

TABLA DE APORTES PATRONALES

SAP/AFP ISSSENTIDAD COTIZACIÓN SALUD INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTECRECER 6.75% 7.50% 7.00%CONFIA 6.75% 7.50% 7.00%

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ANEXO 1MODELO DE RECIBO DE PAGO A DOCENTES

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ANEXO 2

MODELO DE RECIBO PARA PAGO DE AGUINALDO A DOCENTES

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ANEXO 3

MODELO DE RECIBO PARA PAGO DE INDEMNIZACIÓN ANUAL AL DOCENTE

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ANEXO 4

MODELO DE CONTROL ANUAL DE DEDUCCIONES POR DOCENTE

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ANEXO 5

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Veamos en detalle los Servicios Profesionales

COMPRAS DE MATERIAL GASTABLE.

El material gastable son los bienes o cosas que le ayudan al maestro para dar las clases y a los niños y niñas les faciliten comprender mejor y con mayor facilidad la clase.

Este dinero solamente se deposita por nueve meses, o sea de Enero a Septiembre.Estos materiales pueden ser:

Gastable, como yeso, plastilina, papelería de diferente textura y color, etc.

Visual, como láminas, mapas, carteles y otros. Juguetes y Juegos educativos para zonas de trabajo de parvularia, para

primer grado de educación básica. Útiles de enseñanza, como esferas, compás, juegos de geometría,

ábacos, libros de cuentos y otros. Deportivos: pelotas para la práctica de diferentes ramas deportivas, redes

y otros

El maestro debe presentar a la Junta Directiva de la ACE, la lista del material (que contenga: nombre del material solicitado; especificaciones técnicas del material, marca; cantidad y precio) que va ocupar cada mes.

No se debe entregar el dinero al maestro para que ellos hagan las compras, porque por mandato de Ley no están autorizados.

El dinero para la compra de material gastable no puede ocuparse para hacer celebraciones o para otras cosas, que las mencionadas anteriormente. DEBE GASTARSE OPORTUNAMENTE EN EL AÑO.

OTROS GASTOS.

Son depósitos que el Ministerio de Educación hace durante los doce meses del año para que los miembros de la Junta Directiva de la ACE puedan pagar su transporte, comprar sellos, comprar la chequera, certificación de cheques y para el mantenimiento del aula.

BONO DE LA CALIDAD.

Estos fondos se transfieren con el objetivo de contribuir a satisfacer las necesidades prioritarias de material educativo, gastos de operación y capacitación local de los centros educativos, en los niveles de Parvularia, Básica y Media, orientados a mejorar la calidad de los servicios que ofrecen a los niños, niñas y jóvenes.

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Los gastos dentro de este Bono se regulan mediante normativa que extiende el Ministerio de Educación cada año.

XLI. ¿CÓMO SE LEGALIZA LA TRANSFERENCIA MENSUAL DE FONDOS?

La Dirección Departamental de Educación, es la entidad del MINED responsable de legalizar y transferir los fondos mensuales.

Para legalizarse la transferencia, la ACE debe tener su cuenta bancaria aperturada y sus miembros actuales reconocidos en la Dirección Departamental de Educación. La legalización de la transferencia consiste en la firma del Convenio de transferencia ACE-MINED; del recibo y nota de congelamiento de fondos en el banco. Finalizada esta legalización se efectúa la transferencia a la Cuenta bancaria de la ACE.

A. APERTURA DE CUENTA BANCARIA DE LA ACE

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Coordinación de Gestión

Educativa DepartamentalSolicita a la ACE, apertura de la cuenta bancaria con el nombre que aparece en la personería jurídica, por medio del Técnico de Enlace.

2. Presidente y Tesorero de la ACE

Aperturan cuenta corriente en el Banco que les quede más cercano a su Centro Escolar.

3. Institución Bancaria Presidente y Tesorero de la ACE

Asigna número de cuenta y entrega copia del contrato de apertura de cuenta corriente.

4. Coordinación de Gestión Presentan copia del contrato de apertura de cuenta corriente a la Coordinación de Gestión Educativa Departamental.

5. Educativa Departamental Genera el registro de la Cuenta Bancaria en el Sistema de Transferencia de la ACE.

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B. SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO DE TRANSFERENCIA ACE-MINED

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Coordinación de Gestión

Educativa DepartamentalCon el Acuerdo de personería jurídica firmado por el Despacho Ministerial y demás documentación legal registra información en el sistema de transferencia de la ACE, para elaboración de Convenio, Recibo Mensual y Nota de autorización al Banco para congelar los fondos.

2. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Elabora convenio de transferencia y convoca a la ACE para celebración del mismo. (Ver modelo en Anexo 6)

3. Presidente y Tesorero de la ACE

Se presenta a la Coordinación de Gestión Educativa para firma de Convenio.

4. Director Departamental de Educación

Le dan lectura al Convenio, sellan y firman.

5. Director Departamental de Educación y miembros de la ACE

Entrega convenio legalizado en original al Representante legal de la ACE (Presidente) y una copia a la Coordinación de Gestión Educativa

6. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Recibe copia de Convenio legalizado y lo envía a la Pagaduría Departamental para trámite de fondos.

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ANEXO 6

MODELO DE CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE)

Nosotros, CARLOS MAURICIO ARIAS TORRES, mayor de edad, LICENCIADO EN _____________________, mayor de edad, del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR , actuando en carácter de Director Departamental de Educación y que en adelante se llamará Ministerio de Educación; y por otra parte el señor MANUEL DE JESUS CÓRDOVA GONZÁLEZ, mayor de edad y de ocupación ALBAÑIL, del domicilio de COL. LA ESPERANZA, LOTIFICACIÓN EL CHAPARRAL 2, POLÍGONO 4, LOTE 27, CANTÓN EL CAPULÍN, COLÓN, con Documento de Identidad No. 005348-3, extendido en Colón el 28 de septiembre de 1993; quién actuará en representación de la Asociación Comunal para la Educación (ACE) del Caserío Colonia La Esperanza, Cantón El Capulín, Jurisdicción de Colón, La Libertad, que administra el Centro Escolar CENTRO ESCOLAR CASERÍO COLONIA LA ESPERANZA, C/ EL CAPULÍN, con código 68014, ubicado en CASERÍO COL. LA ESPERANZA, CANTÓN EL CAPULÍN, J/COLÓN, LA LIBERTAD, celebran el presente convenio de prestación de servicios educativos, en la que se atenderá:

NIVELSECCIONES

NOMBRAMIENTO DIRECTOR

TOTAL SUELDO BASE SOBRE SUELDOANTIGUAS NUEVAS ANTIGUAS NUEVAS

PARVULARIA            BÁSICA            MEDIA            TOTAL            

MARCO LEGAL:

Para el presente convenio entre el Ministerio de Educación y la Asociación Comunal para la Educación (ACE), se tomará como base:

o El artículo 79, párrafo 2 de la Ley General de Educacióno Reglamento Especial de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE)

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XLII. OBJETO:

El objeto del presente convenio es establecer los términos y condiciones en que el Ministerio de Educación transferirá Asociación Comunal para la Educación (ACE), recursos financieros provenientes del presupuesto del Ministerio de Educación y de Cooperación de Organismos e Instituciones Nacionales e Internacionales, para alcanzar los fines de la Educación Nacional.

XLIII. OBJETIVOS DEL CONVENIO

El presente Convenio regulará las acciones tendientes a lograr los objetivos siguientes:

A. Para prestar los servicios educativos en los niveles y modalidades de atención autorizados por el MINED, en su comunidad.

B. Fortalecer en la Asociación Comunal Para La Educación (ACE), su capacidad de administración y gestión al utilizar procesos democráticos de funcionamiento al interior del centro educativo.

C. Promover programas para el desarrollo integral de los alumnos y docentes en busca de una calidad educativa.

XLIV. RESPONSABILIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN:

A. Determinar y transferir fondos a la Asociación Comunal para la Educación (ACE), las veces que estime conveniente, para la ejecución de acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad educativa en los niveles de Educación Parvularia, Básica y Media.

B. El Ministerio de Educación asignará fondos complementarios a la Asociación Comunal para la Educación (ACE); para el pago de indemnizaciones y complementación de salarios, por motivo de despido, licencias concedidas y pago de salarios al personal docente becado por convenios celebrados con otras instituciones.

C. Podrá asignarse fondos adicionales cuando el Ministerio de Educación estime conveniente, emitiendo acuerdo ejecutivo.

D. Proporcionar capacitación a y/o asistencia técnica a miembros de la Asociación Comunal para la Educación (ACE); maestros y director que estos contraten, en las áreas que se requiera el buen desarrollo del proceso educativo.

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E. Hacer cumplir el Reglamento Especial de las ACE, Normas Técnicas, instructivos y de más documentos de apoyo, para la administración de fondos.

F. Garantizar la existencia de un promedio de veintiocho alumnos por sección, para los niveles de Parvularia, Básica y Media, excepto en casos donde haya aulas especiales que podrán tener de 3 a doce alumnos por sección.

G. Congelar los fondos total o parcialmente cuando las instancias respectivas comprueben cualquier irregularidad en la administración de estos fondos o cuando así convenga a los intereses del Estado.

H. Liquidar los fondos transferidos durante el periodo de vigencia de la Asociación Comunal para la Educación (ACE)

I. Brindar el seguimiento respectivo para verificar el cumplimiento de las normas establecidas en este convenio y otros que el Ministerio de Educación disponga, determine o establezca.

J. Este convenio tendrá una duración de __________meses, contados a partir de esta fecha pudiendo ser prorrogados por un periodo igual de conformidad a lo establecido por el Ministerio de Educación toda vez que se cumplan las obligaciones contraídas por ambas partes. Podrán darlo por terminado de común acuerdo o en forma unilateral por parte del Ministerio de Educación, cuando no se están cumpliendo con los objetivos establecidos.

K. Este convenio se regirá por las disposiciones del Reglamento especial de las ACE. Dado por decreto ejecutivo 45 de fecha 30/04/1998, la Modalidad declara que ha recibido copia del reglamento referido, el cual conoce, acepta y obliga a cumplir en todas sus partes.

XLV. RESPONSABILIDADES DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN (ACE), que en adelante se denominará Modalidad:

A. La Modalidad, queda formalmente obligada a utilizar los fondos exclusivamente para el desarrollo de acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de educación, mejorar la gestión o promover programas de educación integral y cumplir con los requerimientos establecidos en el presente convenio; así como el cumplimiento de las normas administrativas, instructivos, procedimientos y documentos de apoyo dados por el Ministerio de Educación o instituciones contralores del Estado.

B. La Modalidad queda formalmente obligada a mantener una matrícula de veintiocho alumnos por sección en los niveles de Parvularia, Básica y Media, en las secciones de aula especial mantener de tres a doce alumnos por sección, preservar la calidad del proceso de enseñanza aprendizaje conforme a los

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requisitos establecidos por el Ministerio de Educación, a colaborar con la organización de la escuela de padres, usar exclusivamente la infraestructura para fines educativos y mantener en buen Estado los bienes, adquiridos con fondos provenientes del Ministerio de Educación, así como los otros mobiliario y equipo, que proporcione el mismo y otras instituciones.

C. La Modalidad queda formalmente obligada a mantener registros y cuentas separadas que muestren todos los recursos disponibles y gastos efectuados en relación con los servicios prestados, así como llevar los libros de ingresos y gastos, debidamente autorizados por la Dirección Departamental de Educación, en donde se reflejen los ingresos obtenidos, los gastos y los saldos correspondiente actualizados.

D. La Modalidad, deberá poseer y resguardar los comprobantes de los gastos efectuados, así como los documentos de liquidación de los bonos transferidos, deberá proporcionar a solicitud de auditorias internas o externas todo tipo de documentación relacionado con los fondos transferidos a fin de que sean revisados para establecer el correcto uso de los mismos.

E. Será responsabilidad de la Modalidad tramitar oportunamente los fondos suficientes para responder en casos de incapacidad, interinatos o indemnizaciones.

F. Será responsabilidad de la Modalidad permitir el acceso a personal autorizado del Ministerio de Educación a las instalaciones del centro escolar para que sean examinados los elementos financiados con recursos del Ministerio de Educación.

G. La Modalidad deberá llevar un registro de tiempo de servicio del personal docente y administrativo, respaldado con el original del contrato y una copia de la constancia de trabajo que cada año se emitirá a los empleados.

H. La Modalidad proporcionara los servicios que tenga a su disposición a fin de complementar debidamente los bienes proveídos por el Ministerio de Educación para la prestación de los servicios bajo su cargo. Tales recursos podrán consistir en mano de obra, materiales, infraestructura u otros.

I. La Modalidad está obligada a reintegrar al Ministerio de Educación los fondos comprobados como faltantes de una auditoria realizada en un periodo determinado.

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XLVI. MODIFICACIONES:

El presente Convenio podrá ser modificado por cualquier circunstancia mediante Adenda o Resolución, emitida por el Ministerio de Educación.

Dado en la ciudad de _____________________, el __________ del mes de __________________; del año 200___.

Firma _____________________________ Nombre CARLOS MAURICIO ARIAS TORRESN º DUI:Representante del MINED

Firma ______________________________Nombre MANUEL DE JESÚS CÓRDOVAN º DUI:Presidente de la ACE.

C. ELABORACIÓN DE RECIBOS A LA ACE

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Coordinación de

Gestión Educativa Departamental

Actualiza información de la ACE sobre secciones, cambio de miembros u otros aspectos legales y financieros en el Sistema de Transferencia a la ACE, genera las transferencias correspondientes al mes y elabora el Recibo mensual y nota de autorización del Banco para congelar fondos. La nota al Banco se tramita una sola vez al año.

2. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Elabora el recibo de transferencia mensual (Ver Modelo en Anexo 7) y nota al Banco para congelar fondos.

3. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Envía recibos a la ACE y nota del Banco por medio del Técnico de Enlace, para su firma.

4. Asociación Comunal para la Educación

Recibe, revisa, firma y sella los recibos y nota del Banco.Entrega documentos firmados al Técnico de Enlace.

5. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Recibe recibos ya firmados y nota del Banco y los legaliza en el Sistema de Transferencia a la ACE.

6. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Remite los recibos y nota del Banco a la Pagaduría Auxiliar Departamental para el trámite de transferencia de fondos a la ACE.

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ANEXO 7

MODELO DE RECIBO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS

POR US$ 1,550.06

Recibimos del Pagador Auxiliar Departamental de SANTA ANA fondos provenientes de GOES la cantidad de UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA 06/ 100 DÓLARES (US$ 1,550.06); Transferencia de Fondos por Servicios Educativos prestados en el mes de julio del 2002, en representación de la Asociación Comunal para la Educación (ACE), que administra el CENTRO ESCOLAR “CASERÍO SAN JORGE, C/MALPASO”.

Código Nº 60022 ubicado en:Caserío: SAN JORGECantón: MAL PASOMunicipio: METAPÁNDepartamento: SANTA ANAFecha de emisión del recibo: 20/07/2002No. de Cuenta de la ACE: 004301000008545Banco: BANCASA

________________________________ _______________________________ Presidente Tesorero TRÁNSITO DE JESÚS GUERRA MIGUEL ANGEL UMAÑA LEMUS D.U.I. 4-3-021944 D.U.I. 4-3-0011638

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ANEXO 7

DETALLE DE GASTOS

JULIO 2002Código No.: 60022 Fecha de emisión del recibo:

20/07/2002Nº de cuenta de la ACE: 004301000008545

Banco: BANCASA

SALARIO, PREST. AGUINALDOS

No. DEMONTO POR

MONTO TOTAL

SECCIONES SECCIÓN  PARVULARIA      SUELDO BASE 1    SALARIO   398.29 398.29RURALIDAD   40 40MATERIAL GASTABLE   22.86 22.86OTROS GASTOS   11.43 11.43APORTE PATRONAL ISSS   47.49 47.49APORTE PATRONAL AFP   19.91 19.91BÁSICA      SUELDO BASE 1    SALARIO   398.29 398.29RURALIDAD   40 40MATERIAL GASTABLE   22.86 22.86OTROS GASTOS   11.43 11.43APORTE PATRONAL ISSS   47.79 47.79APORTE PATRONAL AFP   19.91 19.91SOBRESUELDO 2    SALARIO   137.14 274.28RURALIDAD   40 80MATERIAL GASTABLE   22.86 45.72OTROS GASTOS   11.43 22.86APORTE PATRONAL ISSS   16.46 32.92APORTE PATRONAL AFP   6.86 13.72

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D. TRANSFERENCIA MENSUAL A LA ACE

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Coordinación de Gestión

Educativa DepartamentalRemite los recibos firmados a la Pagaduría Auxiliar Departamental, para el trámite de transferencia de fondos a la ACE.

2. Pagaduría Auxiliar Departamental

Recibe recibos y verifica firmas contra actas de elección o constitución de la ACE.

Elabora Requerimiento de Fondos y lo cierra en el Sistema de Transferencia mensual a la ACE.

Envía Requerimiento a la Gerencia Financiera.

3. Gerencia Financiera Recibe Requerimiento y verifica fondos revisa y consolida requerimientos.

Tramita fondos ante el Ministerio de Hacienda.

Recibe fondos y los transfiere a las Pagadurías Auxiliares Departamentales.

4. Pagaduría Auxiliar Departamental

Recibe los fondos.

Elabora Planilla contra requerimiento y la envía al Banco para la transferencia de fondos a la cuenta bancaria de la ACE.

Comunica a la ACE el depósito realizado

Efectuada la transferencia, cierra la Planilla en el Sistema de transferencia a la ACE.

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E. INCREMENTO DE SECCIONES EN UNA ACE.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Asociación Comunal de

la Educación.Solicita a la Dirección Departamental el incremento de una nueva sección para el centro educativo.

2. Dirección Departamental de Educación

Recibe solicitud y verifica necesidad en la comunidad.

Hace un listado de requerimientos y analiza disponibilidad de fondos en la Dirección Departamental por fuente de financiamiento.

Dependiendo del financiamiento se pueden dar las dos situaciones siguiente:

Si cuenta con financiamiento para el incremento. En este caso deberá obviar los pasos del 3 al 7 de este procedimiento

3. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Envía listado y análisis a la Dirección Departamental de Educación para su aprobación

4. Director (a) Departamental de Educación

Recibe y revisa listado; y de estar de acuerdo aprueba el incremento

Devuelve la aprobación a Gestión Educativa. Envía solicitud a la Dirección Nacional de Gestión Educativa 

5. Director (a) Departamental de Educación

Envía solicitud a la Dirección Nacional de Gestión Educativa 

6. Dirección Nacional de Gestión Educativa

Elabora un consolidado de los incrementos autorizados, a nivel Nacional.

Envía a la Oficina de comunicación Social para su publicación.

7. Oficina de Comunicación Social

Publica las secciones por Departamento y por centro educativo.

8. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Una vez recibida la autorización de la nueva sección actualiza el incremento en el sistema mecanizado EDUCO.

Emite 3 Resoluciones modificativas al Convenio de Transferencia de fondos entre el MINED y la ACE, en original (Anexo 8)

Page 201: Agosto Paso A Paso Ace

Pasa a firma del Director Departamental las Resoluciones

9. Director (a) Departamental de Educación.

Revisa firma y devuelve a Gestión Educativa las Resoluciones.

10. Coordinación de Gestión Educativa Departamental

Recibe y distribuye las resoluciones así: Una para la ACE. Una al expediente departamental de la

ACE. Una para la Pagaduría Departamental

11. Asociación Comunal para la Educación

Recibe Resolución para su expediente, y para efectuar la contratación del docente.

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ANEXO 8

RESOLUCIÓN MODIFICATIVA Nº_________

AL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN

Dirección Departamental de Educación de Usulután, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil tres.

CONSIDERANDO:

1. Que mediante la suscripción del convenio de transferencia de fondos de fecha veintiuno de enero del dos mil tres entre el Ministerio de Educación y la Asociación Comunal para la Educación (ACE) del Caserío ___________________________, Cantón ___________________________, Municipio ______________________, Departamento ___________________, código _______; se estipulo que la ACE prestaría los servicios educativos para atender las siguientes secciones:

NIVELSECCIONES

NOMBRAMIENTO DIRECTOR

TOTALSUELDO BASE SOBRE SUELDOANTIGUAS NUEVAS ANTIGUAS NUEVAS

PARVULARIA 1 1 0 0 0 2BÁSICA 3 2 0 0 0 5MEDIA 0 0 0 0 0 0TOTAL 4 3 0 0 0 7

2. Que por el crecimiento en la demanda de los servicios educativos que presta la ACE, se estima que es necesario crear:

NIVEL

SECCIONES

TOTALSUELDO

BASE SOBRE SUELDO DIRECTOR UNICOPARVULARIA 1 0 0 1

BÁSICA 3 0 0 3MEDIA 0 0 0 0TOTAL 4 0 0 4

POR TANTO: con base en las razones expuestas, esta Dirección Departamental,

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RESUELVE:

I. Modificar el Convenio suscrito con fecha veintiuno de enero del dos mil tres a partir de______________ ; en el sentido de que el número de secciones que atenderá la misma será de conformidad a lo siguiente:

NIVELSECCIONES

NOMBRAMIENTO DIRECTOR

TOTALSUELDO BASE SOBRE SUELDOANTIGUAS NUEVAS ANTIGUAS NUEVAS

PARVULARIA 1 2 0 0 0 3BÁSICA 3 5 0 0 0 8MEDIA 0 0 0 0 0 0TOTAL 4 7 0 0 0 11

II. En todo lo demás queda vigente el referido Convenio. COMUNÍQUESE.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

JORGE ALBERTO ESPERANZADirector Departamental de Educación

JAER / SEP

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F. CIERRE DE SECCIONES DE UNA ACE

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Dirección

Departamental de Educación

Identifica sub-utilización de los servicios profesionales docentes en el Centro Educativo que administra la ACE.

Envía a un técnico a verificar el cierre de la(s) sección(es).

2. Técnico de la Dirección Departamental de Educación

Solicita a la ACE la documentación financiera de los rubros establecidos para el pago del servicio de la sección, del período fiscal vigente.

Solicita a Pagaduría Departamental el monto y fuente de financiamiento, de la transferencia mensual de la sección, correspondiente al ejercicio fiscal en que se cierra.

Realiza la liquidación de los fondos y de haber saldo da instrucciones a la ACE para que reintegre a la Pagaduría Departamental

(Anexo 9). Devuelve documentación de respaldo a la ACE

3. Secretario de la ACE

Elabora Acta de Cierre de la sección, en el Libro de Actas de la ACE, la cual será firmada por todos miembros de la Junta Directiva, con el visto bueno del Técnico de la Dirección Departamental de Educación (Anexo 10)

Con la colaboración del Técnico de la Departamental de Educación certifica copia del Acta (Anexo 11)

4. Pagaduría Departamental

Si hay reintegro por la ACE, lo deposita a la cuenta correspondiente dependiendo de la fuente de financiamiento

5. Dirección Departamental de Educación

Actualiza el cierre de la sección en el sistema mecanizado EDUCO

Emite Resolución Modificativa al Convenio de Transferencia de Fondos entre el Ministerio de Educación y la ACE por cierre de secciones (Anexo 12), la cual deberá ser firmada por el Director Departamental de Educación.

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ANEXO 9

LIQUIDACIÓN FINANCIERA DE LOS FONDOS TRANSFERIDOS A LA SECCIÓN EN EL ÚLTIMO EJERCICIO FISCAL

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ANEXO 10

MODELO DE ACTA DE CIERRE DE UNA SECCIÓN

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ANEXO 11

MODELO DE CERTIFICACIÓN DE ACTA

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ANEXO 12

Dirección Departamental de Educación de USULUTÁN, a los quince días del mes de enero del dos mil tres.

CONSIDERANDO:

1. Que mediante la suscripción del Convenio de transferencia de fondos de fecha veinte de febrero del dos mil tres entre el Ministerio de Educación y la Asociación Comunal para la Educación (ACE) del Caserío, Cantón ISLA SAN SEBASTIÁN, Municipio SAN DIONISIO, Departamento USULUTÁN, código 80127; se estipuló que la ACE prestaría los servicios educativos para atender las siguientes secciones:RESOLUCIÓN MODIFICATIVA No.11-0002-03AL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA ASOCIACIÓN COMUNAL PARA LA EDUCACIÓN

NIVELSECCIONES

NOMBRAMIENTO DIRECTOR

TOTALSUELDO BASE SOBRE SUELDOANTIGUAS NUEVAS ANTIGUAS NUEVAS

PARVULARIA 1 0 0 0 0 1BÁSICA 4 0 4 0 0 8MEDIA 0 0 0 0 0 0TOTAL 5 0 4 0 0 9

2. Que por disminución en la demanda de los servicios educativos que presta la ACE, se estima que es necesario cerrar:

NIVEL

SECCIONES

TOTALSUELDO

BASE SOBRE SUELDO DIRECTOR UNICOPARVULARIA 0 0 0 0

BÁSICA 1 0 0 1MEDIA 0 0 0 0TOTAL 1 0 0 1

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POR TANTO: con base en las razones expuestas, esta Dirección Departamental,

RESUELVE:

I. Modificar el Convenio suscrito con fecha veinte de febrero del dos mil tres a partir del 28/02/2003; en el sentido de que el número de secciones que atenderá la misma será de conformidad a lo siguiente:

NIVELSECCIONES

NOMBRAMIENTO DIRECTOR

TOTALSUELDO BASE SOBRE SUELDOANTIGUAS NUEVAS ANTIGUAS NUEVAS

PARVULARIA 1 0 0 0 0 1BÁSICA 3 0 4 0 0 7MEDIA 0 0 0 0 0 0TOTAL 4 0 4 0 0 8

II. En todo lo demás queda vigente el referido Convenio. COMUNIQUESE.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

JORGE ALBERTO ESPERANZADirector Departamental de Educación

JAER / SEP

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V. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES PATRONALES DE LA ACE CON EL ISSS, LA AFP Y EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CON LAS DEDUCCIONES DEL ISSS, AFP Y EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL DOCENTE?

OBLIGACIONES CON EL INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL.

PAGO DE PLANILLAS AL ISSS.

Todos los meses la Junta Directiva de la ACE debe pagar las planillas mensuales en las Oficinas del ISSS o en los Bancos autorizados, según el calendario del ISSS cada mes. Para ello existen dos sistemas: el tradicional y el sistema de facturación directa.

A. PAGO DE PLANILLAS MENSUALES AL ISSS POR EL SISTEMA TRADICIONAL

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Presidente o Tesorero

de la ACE Se presentan a retirar planillas a Oficinas

administrativas del ISSS ubicadas en hospitales o consultorios de las cabeceras departamentales.

2. Presidente o Tesorero de la ACE

Elaborar y revisan la planilla

3. Presidente de la ACE Firma la planilla

4. Presidente o Tesorero de la ACE

Se presentan a cancelar o depositar las planillas en el departamento de cobranza del ISSS o en Oficinas Administrativas de Hospitales o Consultorios de Cabeceras Departamentales según calendario del ISSS.

Si las planillas se dejan en depósito en el Banco, se cancelaran al efectuarse las remesas mensuales hecha por la Pagaduría Departamental.

5. Presidente o Tesorero de la ACE

Canceladas las planillas, retiran los certificados patronales y los entregan a los docentes.

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B. PAGO DE PLANILLAS MENSUALES POR SISTEMA DE FACTURACIÓN DIRECTA AL ISSS

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Instituto Salvadoreño del

Seguro SocialEnvía las planillas ya elaboradas

2. Presidente o Tesorero de la ACE

Se presentan a las Oficinas Administrativas del ISSS ubicadas en los Hospitales de las Cabeceras departamentales a retirar las planillas ya elaboradas según calendario ISSS.

3. Presidente o Tesorero de la ACE

Reciben y revisan planillas elaboradas

4. Presidente de la ACE Firma la planilla.

5. Presidente o Tesorero de la ACE

Realizan el trámite de pago de la planilla en el Banco de acuerdo al calendario del ISSS.

En el caso que el Ministerio de Educación no haya depositado los fondos asignados del mes, se revisan las planillas y se dejan en depósito en la Oficina Administrativa del ISSS, ubicados en los Hospitales regionales de cada Cabecera departamental para no incurrir en multa por no presentar las planillas en las fechas previstas.

AFILIACIÓN DE LA ACE Y DEL DOCENTE AL INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL.

La afiliación de la ACE al ISSS es una sola vez. En el caso de los docentes si ya esta inscrito al ISSS, entregara su numero de afiliación y en el caso de un docente no afiliado, se tendrá que inscribir al ISSS.

C. INSCRIPCIÓN DE LA ACE Y DEL DOCENTE AL ISSS

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Miembros de la Junta

Directiva de la ACEPresentan al Departamento de Inspección del ISSS con copia de los siguientes documentos:

Presentan al Departamento de Inspección del ISSS con copia de los siguientes documentos:

Acuerdo de Personalidad Jurídica firmado.

Acta de constitución de ACE-MINED. Contrato Docente-ACE DUI del Presidente de la ACE y del

docente.

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Fotografía tamaño cedula del docente.

2. Presidente de la ACE Llena la documentación de inscripción, ayudado por un empleado del ISSS.

3. Presidente de la ACE Retira de las Oficinas del ISSS el carné de la ACE.

4. Docente Retira de las Oficinas del ISSS el carné de afiliación.

5. ISSS Lleva registro actualizado del docente.

OBLIGACIONES CON LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES.

AFILIACIÓN DE LOS DOCENTES A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA PENSIONES.

En el caso de la afiliación de los docentes a las Administradoras de Fondos para Pensiones, están obligados todos los empleados públicos y privados menores de 36 años de edad, esta afiliación debe ser personal.

Para los docentes mujeres de 36 a 50 años o hombres de 36 a 55 años, pueden optar por una AFP o por el sistema público de pensiones del ISSS. En el caso, de docentes mujeres mayores de 50 años o hombres mayores de 55 años, deberán quedarse en el sistema público de pensiones del ISSS.

El trámite de pago de planillas de la AFP, lo realizan el presidente o tesorero de la ACE, en los bancos y financieras designadas por las AFP. Los pagos de las planillas se realizan en los primeros 10 días hábiles del mes siguiente, en que se devengaron las cotizaciones.

La omisión absoluta del pago de la cotización, dentro del plazo legal señalado, se sancionará con una multa del veinte por ciento de la cotización no pagada más un recargo moratorio del dos por ciento por cada mes o fracción. (Articulo 161, numeral 1 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones).

La afiliación del docente es efectiva, cuando recibe copia del contrato con el NUP asignado por la Superintendencia de Pensiones.

Para elaborar la planilla de la AFP, el número de docentes debe ser menos de 50 personas.

Si el contrato no fuera remitido en el periodo que establece la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, (en los ultimas cinco días de cada mes); las cotizaciones pagadas deben ser pagadas en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) en planillas provisionales.

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D. AFILIACIÓN DE LOS DOCENTES CON LAS ADMINISTRADORAS DE FONDO DE PENSIONES

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. AFP Visita las escuelas para reunir a los

docentes y explicar el funcionamiento de las Administradoras de Fondo para Pensiones

2. Junta Directiva de la ACE Afilian a los docentes

3. Junta Directiva de la ACE Tramitan la documentación con la Superintendencia de Pensiones

4. AFP Remite contrato aprobado a la AFP5. AFP Recibe contrato aprobado.

Remite contrato a la ACE6. AFP Recibe y revisa el contrato. Si el

contrato tuviere inconsistencia en el número de NIT o en el nombre del Cantón o Caserío, lo remite para su corrección a la AFP

7. Superintendencia de Pensiones

Recibe contrato con observaciones.

8. AFP Corrige y remite nuevamente el contrato a la Junta Directiva de la ACE.

9. Junta Directiva de la ACE Recibe y revisa el nuevo contrato legalizado

10 AFP Si el contrato ya no presenta observaciones, la ACE realiza los pagos en los primeros 10 días.

11. AFP Lleva registro actualizado del docente.

Si el contrato ya no presenta observaciones, la ACE realiza los pagos en los primeros 10 días hábiles de cada mes, en bancos autorizados por las AFP.

E. PAGO A LAS AFP

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Presidente y Tesorero de

la ACE Revisa contratos de las AFP Número de NUP

2. Tesorero de la ACE Llena las planillas de cada AFP.3. Tesorero de la ACE Se presenta a la AFP o Banco autorizado a

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realizar el pago.4. AFP o Banco Entrega recibo de pago efectuado en el mes.5. Tesorero de la ACE Archiva el recibo de la AFP.

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EL PAGO DE LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA1/.OBLIGACIONES CON EL MINISTERIO DE HACIENDA.

PAGO DE LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

La renta retenida mensualmente al docente o retenciones por prestación de servicios prestados a la ACE, deberán cancelarse en las delegaciones fiscales o en los bancos autorizados durante los primeros diez días hábiles de cada mes.

F. EL PAGO DE LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA1/.

PASO RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Presidente de la ACE Retira formulario F-14 en Delegaciones

Fiscales Departamentales2. Tesorero de la ACE Llena formulario F-143. Presidente de la ACE Revisa y firma el Formulario F-144. Presidente de la ACE Se presenta a la Delegación o Banco en los

primeros 10 días hábiles del mes siguiente a cancelar el impuesto retenido del salario al docente contratado.

5. Delegación o Banco Recibe el pago, revisa y sella el Formulario F-14

6. Delegación o Banco Presidente de la ACE

Devuelve duplicado al Presidente de la ACE.

7. Tesorero de la ACE Revisa copia para verificar sello y firma de recibido.

8. Presidente de la ACE Archiva copia del recibo.

El pago de la retención de impuesto sobre la renta debe efectuarse, en los primeros diez días hábiles del mes siguiente; de no hacerse en ese periodo, se incurrirá en multa por mora. La multa mínima será de ¢ 1,000.00. La multa será pagada en las Oficinas del Ministerio de Hacienda o en las Delegaciones Fiscales Departamentales, y es responsabilidad de la Junta Directiva de la ACE.

El Tesorero de la ACE presentara en el mes de enero de cada año, el INFORME ANUAL DE RETENCIONES (Ver Modelo en el Anexo 13), a la Dirección General de Tesorería, para efecto de cumplir con esta obligación.

XLVII. ¿CUÁLES SON LOS CONTROLES PARA LA COMPROBACIÓN DE GASTOS?

La Junta Directiva de la ACE, deberá llevar cada mes el control de los pagos efectuados, para comprobación de los gastos efectuados. Estos gastos son el pago de

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salario al docente, facturas de compra de materiales, planillas de pago al ISSS, AFP, etc.

Este control de comprobación de gastos lo llevara el Tesorero de la ACE, para demostrar los pagos efectuados.Asimismo, el Tesorero deberá presentar mensualmente y al final del año, la HOJA DE LIQUIDACIÓN MENSUAL Y ANUAL DE GASTOS (Ver Modelo en Anexo14), para efecto de comprobación de liquidación de los fondos transferidos.

1/ El impuesto sobre la renta se descuenta a partir de $316.67 de sueldo.

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ANEXO 13

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Al inicio del año, en el mes de Enero, el Tesorero de la ACE, deberá extender una constancia de salarios, retenciones y descuentos anuales al docente o persona que presto un servicio a la ACE, para su presentación al Ministerio de Hacienda. (Ver Modelo en el Anexo 15)

A. COMPROBACIÓN DE GASTOS.

PASOS RESPONSABLE ACTIVIDAD1. Tesorero de la ACE Recibe y archiva facturas, recibos, planillas de

acuerdo a la cantidad del cheque emitido.2. Tesorero de la ACE Registra en el libro de Ingresos y Gastos las

facturas, recibos y planillas pagadas.3. Tesorero de la ACE Verifica que la suma de los gastos mensuales sea

igual al valor de los cheques emitidos en el mes.

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ANEXO 14

MODELO DE HOJA DE LIQUIDACIÓN MENSUAL Y ANUAL PARA EL PAGO DEL SERVICIO

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ANEXO 15

MODELO DE COMPROBANTE DE SALARIOS, RETENCIONES Y DESCUENTOS

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VII. ¿CUÁLES SON LOS ARCHIVOS QUE LLEVA LA ACE Y CÓMO SE ORGANIZAN?

Los archivos, son carpetas donde se guardan todos los documentos de la ACE, de forma ordena.

Estos archivos deben estar en la Escuela, pero si no hay seguridad para dejarlos en la Escuela, pueden estar en casa del Secretario o Tesorero de la ACE.

Los encargados de los archivos son: el Secretario de la ACE, quien debe guardar los documentos legales y administrativos. Y el Tesorero de la ACE, quien debe guardar los documentos financieros.

Los documentos que se archivan deben estar ordenados en una sola carpeta o bolsa ordenadas, y se debe rotular la carpeta así:

Estos Fólderes los archivará el Secretario(a) de la ACE: