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,e^^^^cuitu^aItevista a¢ropecua a
Indice de materias y de autoresN
ANO 1948
EDITORIAL AGRICOLA ESPAÑOLACaballero de Gracia, 24
M A D R I D
,A ^icuitu a^Revista a^iropecuar a
Año XVIIN.° 189
DIRECCION Y ADMINISTRACION: Enero
EeEtatia . . . . . . . . . . . An++, 60 pta+s.
Sustripción I'urtugal y Atuéric:+. . . > ?^ .
Heetantes Naíaes . . . . . . 8U .
Editorial
Riquezas coloniales
I jrira c's Iruy ull nhc^llrlicc c'c^ulruluic^^, ,/r 1•:ll^ru^luUc'c^iclrlrtul, ^ elrlrr lu.^^ rlicer.^•ct.^ urir^llturi++lrr.t^ lan•urr'71a^illtua• ec•ulrúlllirrnlrc^ll(e c.^(e I^ic,1u _llllllclu, c^., c(lli-zcí^ de la^s^ ^nl,ú.,• ac•rrt«rlrl.^^ rl l/rolllu2;c:r r'1 rlr.ti^urrull+^ ^^e.l•E^lota^erún clel ^l jrica llc^r^ra, l^ll (allt+^ a(,urlrlullarla,pur la. c'.c^r.^fr^nr^iu-. Irrl.^•tu. a^^cr, rle <•ulullicl.^ rll• tulrr r(ral^^^otellnin h^xrll^a^na r^u r'I 1,'.ti•(e.
1';s•l^nilu- l,c,.^^rr' ^ull rliluilllllu 1 nlpe^rio, resto dc lo qlle.cr llo.,• rli.^•rlltirr etlanclu ln.^^ llnciolles e^u•ollru_s ,5e xell-tu-rult u.l (,ullyllr'tc^ cijricarlo ; pero, E^or stt 1^c-^u^c^tc7 "^s^u ^scaa^u. ^wblaci6li p^recisulltc^llte. requierr^ rnlc^ orrlr'-uunidll, ccullúlllica- a-r(l^i^c•ola ^ jurr^.^•lul, elt Írnlcir;lc rlc^llu.ejo^r seri^r:eiu rle 1;'spnila ^^ de la rololliu.
(-'a.(ar e.^•tas ^^osil^ilirladc^x, c.^trrrlinr•la,, culll2^ararlc/s.fcnic^rldo cll uu^•lltrl turlu.s lcr.ti jur•tul•r.ti• lilltifatiz•u.v ^ lusi,lttcrr.ec, r^rearlus, rlt/c^ ya /u,llarulr lul c^ulnillu q^trr^ ltlclc^.^^llillu,,•o, a•^irltlirra llui^ tr^nrTull lllla Ic^/It'ilna c^urnpr'll-eNt'fríl7, .cUll la.t' t't)N^ti'1^/I(rl.ti' /Ir' ('.^'fU Ilul'rl ('u11111(al.
1;'1 .A^rrrr+^ l;'.^^tculu lla Ilnd+l rurcl Irrur^(lu. rlc^ srl r^rcllr1^1't'i+Cllll(I('Iríll Irt+l' t^.e(U.e tP,)N(!8 ('Ull t'^.t'(ll ('))l.lla,^arll! (r+l'-
Illrccla llur Ir^.^• :1lilri.^^fru.v clr'1 .^li^re, /Ilrlx.^t^ria ^(`unlrr=c•iu ry.l r^rrr•ICl(llru^. r(llc' uu Ira teulclu Inul^a. In^rr•r^clrlr-(r, y r^nc jl/r^ uc°nyrrln <^olt c^l nl^uyu^r r'nttl.^•iusnlu llurln c^+,luniu, +lur^ .^^c vc usE llur In•inlrrcl hr'.^ objc^tu cle+lirrrtu nuidaclo.
.llllc•hu.^^ .^ull lus llr^c^sirlr/rlr.^^ rlr^ Ilrutr'riu.ti• (/rilllal.t• c•u-lullirllr'.^^ qrlr tic'llc^ lu Inr•trr',I,+,Ii. rlc^.^^clr^ Innc/rra rn .^•n.^nll/l(ilrlr.^ rln(^lr'u.^^ (c•urjlrlltrriu. ^'linlli.^tc'ríu, c•u;1.^^lrllr-t'lr,llr'.e Ur'l'++Il+ll((I('(Lti'. t'1111^(llNj['.ti', tlYf1'!r'.^'U.ti' rlr' (('I'1'ul'U-rril, r^rllll+^.^^n, c•ullll^rin/trlu.^ r'(r.l llrl.^^trl ulr'rt^^iltu.^•u.^.r•nurllu. %1(,rn.^^. jrlllrl.^, c^.vl,rc•fa.t• ^11 nledic•ilul.ti•, qllr^ .ti•c°=rlau n++ .t^ul^, Inr ulrr,^l^ru clc' rlir-i.,rl.^•, .^illv jllrll(r° rlirr'r(^lrlr lu.^• lui.ti•nla.ti•, r•ullnn rr.^lllln rlr llc-r•llu rull lu ilrnrlc'rnr/ r^l c•aruu.
I^r.ti•ru•rullrlr cll lllci.rilnu lrrrlu- r.^•trl r'cononlía, c,on ^lulrj++r al/rur•r^c°lrrnnirlltu pc,.^if,lr° rlc' Illre.^^trrl^ e.^•<^a.t•a Inn-
Caballero de Gracia, 24. Te1.211633. Modr^- 1948
Í Corriente . . . . . . . . . . . . . . . . 6,- Itta,.
NúmerosAtrr,e,++l+,.. . .......... . 0,50 mF,str^njFrn. ^^ortugal y atur.t:ca 7.- b
^ Hestantes paíaes. . , 8,- »
Correspon+al en la Repáblicn Ar^,eu+iu;+: U. bn+ucisco (.;fménez Cude., -:A^^du, Je A1ayo, OR2.-óuenos Aicee
lile+n en Nurtu^nl: U. Antonio rluóustu Pereira.-^Avda. CunJc ^'ulbu+n, 67, 2.°-Liebua
Ito c^e ubra que, rlic^ltu ,ti•eu dr l^asu, l,rlcde a•cr t^lrcre-Ilrcrttacla culi la urrlrnur•illl rlr In uyl•ir^ulftlra flirlrr^clla^^crr u.ll, la^clo, J hur ufru. cun In (,ílscll/rrla cle Irllchasf^uertte,^• e^t- otrus• pa-í^ses, r^ollru huclríull- .^•cr, so^retodo, Ilaití, Srllrtu Douulir^u n:Llrr^ulu, e.x r( rlrside-^•t^tltnt de todo r•Icrlur'lltu l/rr^u^•lll,aclu l^ur Illle.^h^u c°+rlu-rt^ia, y al mislllo tic'Irt^po uullarrtllir, c•cnl la rllul^or ru=^iclez posible, qttc las lllu.ti r(rarr.t• rlrjir•ir°nc•i.u.ti Illetru-^olitanas sean culiiertr^.^, r^aru, lu c2ial, julato con eIilcrlisl^r°ll.ti•u(^le r.^fuer^u r^.^^tu(al, las enlpresa^ c,olotliu,-lr.,^ j^/rr'rlrlr u.i^rlrlur run rjicaciu. ilunr^dinta, por .^1^ ea-periell^^ia i^ l^tr^llrcjr' rli.^•l^urli^ble.
/Itstrllnll-lltcr.^^ .ti^rc•lulrluri^vs•, llr'ro ilnl/rr^.^^r•ilrr]iblr.^..^nlr prrr•i.ti•u.^ pru•u r.,•tu : lula. or•r^allizar•iúlt ecultólnic•clrr c'ti^ir^nfr rle' lu^ c•ar^^u i/ (rau.^•Ilorte.5• llla,rt'tinl^os, i^ln-^^urtucir+u rlr' rlr'nlclltu.ti n+Yr^álricos qtl^e ^jlernri(all rc^-rl/rc^ir Irl llullru r!r' ubra tt ullntclttal• lu.^ rcllrlinlicl/tu.^•^/ la r•rllirlucl clr lu.^ Inr^rlttctus n(/tellirlux, y rlnrl xullcllllili^nriúlr ^Ir ( urlc,.,• usfos ele7rlelltu.^•.
l;^.c Iru.v!(^Ir' il/lr' ( rLl)l^ll('11, Plt Ililr'.e(I'u.^ (('Y/'I(ul'li+.ti r'n-
lullial^,.^• .^^r^ h^rllr lu ,eolllrirílr rr Inrv rlc^ I+,x m<í.+ nnc^tl.^^1iu.^^us I,rul,Icnlcl.ti^ de ln^ .l r/ricrlllura c'.^^lluilula, ,^^i Ic,.,^r'stnclic+.5• yllr rlr•t lullluelr(r^ se llrt•nn u r•rr(^o c'ulul,rclr-Lrnl la c'.^•l,^^teuc•iu rlr' ttlra r^ru^n c•llc'n^u, l^ r^oll llulcllriut/ ^riqtt^r'^a u^l<'r'lluclrts clr' ^ac•inlir'utu,,^ clr fu.^'^n(u.^• rlrurir^c'rl Illnrillu, libc'rúlrrlc,llu,^ u_t•^i. cle ^tlla rlc^ la.^ C/rr'or'tr-Iruc•iuac°.^ jrurclulllr'utalr'.^• rlr'l 1•;.^^(nrlu : rl .^^lulrtlli.,•f ru rlrjr'rtili^zml(c^s• hnra, llcarlfr'll^r lu.,^ rlltu.t• rr'l/clillrrc°11(u.^• drr•nl(iz•u lllrc' In•er•is^crmus.
l;'.etu r.e, l^^lu•rt t/ s^ilnlllrnl^lltr', r'll 11111'.^^(ru r^nllrrhtu,Irr .^^ir(lli^ir•r/r^iull rlr^ lu ^ri,ti^ifn nlillisirrinl: rullurrr Irl^rc^Iuln^a- y llr'i•clr nl nlr'r.rinuull sll.^• rc'Irrlrlni^'llfu.ti^ i^ dc'.^^-urrc,llo. ^
/'rcmlrtrnru.^• a Illlc^.^(ru.ti Irr°tures dr^.^urrullrn• rn ur-(!^r•rllu.e r r^lr^nr•tllrrc^iulles lu.ti as^l/r'r•fu.ti• nlir.^^ illtc'rr'.^^antr.^^rlllt^r'riurlllelrfc cllllllciaclus. qrlc' hllc'dall .^r^rr•ir clr^nrirntac^i+ílr a In upilliríll, hoy trrn illf«rr^.^^arln elr us•lultu.ti aolullial^es.
1
EL ALGODON EN EL VALI,E DEL EBRO
^^ar^cce
por
iaz^o % a^^c^c«^
Ingeniero agrónomo
A los siete años de iniciado en Aragón el cultivo
algodonero, una vez vencidas todas las dificultades
de los primeros momentos y seleccionadas aquellas
variedades mejor adaptadas a las condiciones clima-
tológicas y agronómicas de la región, puede conside-
rarse totalmente consolidado en la octava zona al-
godonera, integrada por los regadíos de las provin-
cias de Zaragoza, Huesca, Teruel, Navarra y[,e-
groño.
No es aquél un plazo ciertamente largo en agricul-
tura ; pero fueron los resultados conseguidos tan con-
vincentes y halagadores, que hubieron de inducir a
la adjudicación definitiva de la zona, contando con
un éxito seguro y rotundo. Se caracterizaron aquellos
siete años por una gran diversidad de manifestacio-
nes climatológicas, y así los hubo en que las preci-pitaciones primaverales fueron las mayores del siglo ;
otros, de fuertes heladas prematuras ; n.o faltaron los
excesivamente secos y calurosos, registrándose algu-
nos, por el contrario, húmedos con temperaturas es-
tivales no muy altas, por lo que se tiene ya, ante tal
número de datos, el suficiente conocimiento de causa
para poder disponer de conclusiones prácticas sobre
cómo puede y debe desenvolverse esta planta textil
en la octava zona algodonera.
Ha llegado así para el algodonero el momento de
propagarse en los regadíos del Ebro, a lo que ha
contribuído definitivamente el resultado conseguido
en la campaña de 1947, que ha venido a demostrar
plenamente que el aspecto técnico de este cultivoestá totalmente resuelto. Es oportuno recordar que no
fué, sin embargo, tarea fácil la de su introducción,
lo mismo que en su tiempo ocurrió con los cultivos
que hoy nos parecen más corrientes y tradicionales.
En el año 1900 dispuso la Dirección General de
Agricultura que se realizaran ensayos de cultivo al-
godonero en Barcelona, Jerez, Valencia y Zaragoza,
sin que tengamos constancia de lo que se hizo en
esta última provincia.En 1925, el popular agricultor aragonés don Fran
cisco Alfonso Baeta, y sin duda como consecuencia
de pruebas de carácter particular, decía : uEn localí-
dades rayanas a Aragón, desarrollan las algodonerastodas sus funciones.»
En el año 1940, la lectura de un folleto que publicó
mi querido amigo y prestigioso compañero don Pedro
Cruz Auñón, titulado «Aplicación del cálculo esta-
dístico a un ensayo de variedades del algodonero»,
y en el que el tema principal era la precocidad, me
sugirió la idea de comenzar en la Granja Agrícola de
Zaragoza, del Instituto Nacional de Investigaciones
Agronómicas, en donde desde hace diez años vengo
trabajando sobre plantas textiles, una serie de ensa-
}^os que pronto se salieron del ámbito de aquel Cen-
tro, siendo Sástago el punto de partida, en donde se
encontró desde el primer momento ambiente favora-
ble y entusiasta, por lo que tal nombre ha de ir ya
siempre unido a la historia algodonera de Aragón,
y en el que agricultores grandes y modestos colabo-
raron con entusiasmo y desinterés desde un principio
en esta empresa, debiendo destacar entre los prime-
ros el Excmo. Sr. Conde de Sástago y los señores don
José y don Simón Ordovas.
Dirigiéndome al señor Cruz en tal sentido, con
cuantas orientaciones le parecieron oportunas, se co-
menzaron una serie de trabajos con las variedades
Acala, Security, Cooker, Truit, Negra del Manchu-
kuo, Kuban, Chírpan, Esparta y Tangiiis, observan-
do las características de todas ellas, así como la ma-
riera de reaccionar con el medio, diferentes sistemas
de cultivo y efectos de las distintas clases de abonado.
Todo ello, unido al apoyo entusiasta que prestaron,
desde el primer momento, la Secretaría General del
Instituto de Fomento de la Producción de Fibras
Textiles y la Dirección del Servicio del Algodón, a
las que indudablemente pertenece la mayor parte del
éxito, contribuyó a que hoy se vea Aragón colocado
entre una de ]as zonas algodoneras españolas, que
por sus características y posibilidades despierta mayor
interés.
3
AG1i1CU L'CU RA
Después clel acl^u^e en iur,^ clc ]a, característic^s t
En 1945 se desmotó ya algodón en Zaragoza, y
fué precisamente la clásica prensa de alfalfa, la que,
prescindiendo del tamaño y peso internacional de las
balas de algodón, moldeaba a su manera «balillasn
de 40 a 50 kilogramos.
Muchos y grandes fueron los primeros obstáculos
a vencer. El mayor de todos lo constituía la creencia
de que se trataba de un cultivo poco menos que denegros, y como tales hubo necesidad de trabajar,
para demostrar que no era así. Se concebía la reco-
rras ftiertes ^le Zuvago^^a.
lección de algodón como una faena que, realizada
bajo un sol abrasador y un calor sofocante, era fa-
vorable a insolaciones u otros accidentes parecidos,
cuando en realidad lo que ocurre en Aragón es todo
lo contrario, ya que se cosecha con el frío y vientos
clásicos de los meses de noviembre y aun diciembre,
siendo muy corriente detener la recolección para ir
a descansar al calor de la lumbre en hogueras hechas
con esta finalidad.
El día 1 de diciembre de 1947, siguiente al de una
l:n j^len^^ fl^ra^ióri. l^irtra ^ul7enuce^», d^el Exci^iu. Sr. Co^ide de Sásfago, e^i Scístnao ('/,arugotiu).
AGfi1CULTUfia
nevada registrada en Zaragoza, pretendimos hacer
una fotografía, que hubiese desvanecido por comple-
to la idea de asociar la recolección de algodón conel calor. Se trataba de un campo con todas sus cáp-
sulas abiertas, dispuesto para hacer la tercera reco-
gida, y completamente nevado. La semejanza de ca-
racterísticas de la nieve y algodón quizá no hubiese
permitido éxito en la misma, pero causas imprevistas
impidieron realizarla.
Otra dificultad tampoco despreciable en estos años
pasados fué la tendencia general, y justificada, de pro-
ducir alimentos, que, en unión de la sequía, obliga-
ba a sembrar cereales en la huerta en mayor propor-
ción de la que hubiese llevado, de realizarla en bue-
nas condiciones, en el monte, restando, por tanto, su-
perficie al algodón.
Cuando después de muchos argumentos y razona-
mientos, se llegaba por fin a la decisión de sembrar
algodón, siempre se destinaban a él las tierras peo-
res y de resultados más dudosos ; pero, j pobre al-
^,odón !, se le exigía lo mis^mo que si aquéllas fuesen
de primera y se le comparaban sus cosechas con las
mejores, y aun extraordinarias, que los cultivos ya
tradicionales proporcionaban en las de mejor calidad.
En cuanto algún síntoma de enfermedad o ataque,
por insignificante que fuese, aparecía en algún cam-
po de algodón, todo eran comentarios y lamentacio-
nes, como si los restantes cultivos fuesen inmunes a
todos esos accidentes. Y aun más, se le exigía que
ni aun el pedrisco le ocasionase daños, callando en
cambio otras cualidades que le caracterizaban, como
l.a resistencia a la sequía, tan corriente en muchos
regadíos del Ebro en los mes.es de estiaje, que obli-
gaba a cortar los maíces en verde para el ganado,
prevaleciendo entonces el algodón en todo su apogeo.
A pesar de todo, se ha ido abriendo camino, y a
ello ha contribuído, en cambio, un factor favorable
que, frente a todos los inconvenientes y dificultades,
presenta el algodón, y es su «simpatía» o poder de
atracción que tiene. Quizá a ello contribuya el que en
esta planta el producto utilizable se presenta al es-
tado natural y, en cambio, ni en el trigo se ve la hari-
na, ni en la remolacha el azúcar, ni en las restantes
plantas textiles la fibra. Es planta que llega a suges-
tionar de tal forma, que todo el que la cultiva por
vez primera insiste sobre ella nuevamente.
De una serie de factores de carácter físico, quími-
co, biológico y patológico dependerá, naturalmente>
el éxito de esta planta textil en la zona de Aragón,
y todos aquéllos han sido ya detenidamente estudia-
dos en el transcurso de estos últimos siete años.
Están entre los físicos, la temperatura, presión, pre-
cipitación, iluminación y humedad. Todos ellos son
favorables para el normal desarrollo del algodonero,
pero indudablemente hay uno que contribuye de una
manera esencial a que cumpla todo su ciclo vegetati-
vo con perfecta normalidad, y es el grado de hume-
d^d. A1 ser menor que en otras regiones, sobre todo
en los últimos meses de desarrollo de las plantas, se
evita el que las cápsulas se hidraten, colocándose en-
tonces en condiciones propicias para ataque de pla-
gas o enmohecimientos, muy corrientes en zonas de
alto grado de humedad.
En el carácter químico entran la composición de
la tierra y del agua de riego. Muy distintas son las
tierras de las diferentes comarcas que integran la zona
octava, pero se ha comprobado que en la mayor par-
te de ellas proporciona buenas cosechas. Una de las
A^ites ^le ln seáinid^^ recogida. 1%i^r^^a u,Snlo ^Ir
.+catcu^•ruHa
grandes ventajas de esta textil es la gran facilidad Por último, una de las características más destaca-con que se desenvuelve, a pesar de la escasez de das de este cultivo en la octava zona, es el excelenteabonos, problema éste de gran importancia y digno e^tado sanitario que presenta durante todo su desarro-de tener en cuenta en la actualidad. Respecto al agua Ilo, y aun en cuanto a las plagas más características,de riego, más conviene tener en cuenta la tempera- como las del «Eariasn, no existe por ahora el menor
I_as ^iialro firrnievns bnla-s de algo^ió^i ^rod2acidas ert Z^arago^a rrr cl año ^^^.}5.
tvra que la compoaición, pues si aquélla es excesiva- tcmor, al no haberse comprobado, durante los añosmente baja cuando se proporcionan los primeros rie- éue se viene cultivando, el más pequeño síntoma degos, contribuye a detener el crecimiento aún más de ataque.lo que caracteriza al algodonero en sus dos primeros Nada más elocuente para expresar y poner de ma-meses, r,ifiesto e] comportamiento de esta planta en Aragón,
Pu.^cucl clc ^,)ui^tlun, ^:i^ El l;tu^^u (Zar^^u_^i).
.r^
AGRICULTURA
que ha servido de base para la declaración y conce-
sión de zonas algodoneras a otras regiones españolas
de condiciones parecidas, que la publicación de al-
gunas fotografías, en las que puede apreciarse el as-
pecto de los campos.
Ya no se puede dudar del resultado de este culti-
vo en nuestros regadíos, si bien de dos factores de-
pende el que su incremento siga el ritmo deseado :
el técnico y el económico. El primero está totalmen-
te resuelto después de un largo período experimen-
tal, por el que se ha conseguido la forma de cultivar,
con resultado satisfactorio, esta planta textil por la
que tanto se lucha en el Mundo. E1 segundo es aquel
por el que hay que mantener un precio que le per-
mita alternar con las restantes plantas de regadío,
para comprobar cómo, en plazo corto, aumenta nues-
tra producción algodonera, base de una de las pri-
rneras industrias nacionales.
Recolección de algodón en el ccSoto de Pascual de Quinto^,, El Burgu (T,aragoza).
^
LA MEJORA VACUNA EN^or César Fernández Quintanilla
Ingeniero agrónomo
z1
En nuestro artículo anterior íntentábamos conse-
guir una visión general del problema que nos ocupa,
e iniciábamos los conceptos fundamentales de la for-
m^ en que va a ser atacado. En este artículo vamos
a desarrollar dichos conceptos, exponiendo concreta-
mente las normas zootécnicas de nuestra labor.
Dijimos que el método de trabajo iba a ser la se-
lección en masa ; es decir, que queremos operar des-
de un principio sobre el conjunto de la población
que se trata de mejorar, caracterizando en ella a los
mejores individuos y dándoles mayor facilidad de
propagarse y de fijar sus características. Esto tiene
para nosotros dos ventajas : la primera, y principal,
es que el procedimiento se presta más que la selec-
ción individual (1) a una activa colaboración con el
ganadero ; la segunda es que nos permite abarcar un
número mucho mayor de posibilidades. Contra estas
ventajas existen algunos inconvenientes que, induda-
blemente, tiene la selección en masa ; pero no cree-
mos que ninguno de estos inconvenientes sea excesi-
vamente importante, por lo cual, y en virtud de una
serie de razonamientos que ya dimos y no es nece-
(1) Basada, como sabemos, en la creación de uno o vai•iospequefios «núcleos fundadores».
GALICIA
sario repetir, nos hemos decidido por dicho procedi-
miento.
Nuestro proyecto es dividir la zona por la que se
extiende la raza que queremos seleccionar en varios
«grupos» o «comarcas ganaderas». En cada «grupo»
se Ilevará a cabo una selección y mejora autónoma :
utilizando, en general, sus propios animales para se-
guir ese procedimiento de consanguinidad atenuada
que los americanos llaman alinebreedingn y que, co-
mo es sabido, consiste en conservar las descenden-
cias estrechamente relacionadas a determinados an-
tecesores. Este método tiene la ventaja de que evita,
en lo posible, la probabilidad de los daños que pue-
de traer consigo una consanguinidad demasiado es-
trecha ; por otra parte permite caminar rápidamente
hacia la homozigotidad de la raza, separándola en
familias uniformes, dentro de las cuales es mucho
más efectiva la selección.
Con esta organización estaremos en condiciones de
ir, con relativa rapidez, hacia la uniformidad dentro
de cada «grupo». La consecuencia será que entre los
«grupos» comenzarán a presentarse diferencias típi-
cas. Las características favorables y desfavorables irán
apareciendo en diferentes proporciones y en diferen-
^GRICULTUIt A
.No es diJscil encontra^^se e^n la raza gallega con sementales dee•.xcelente estam.fia, como éste de la Estación Pecunria d^e Luór,
res formas, y entonces será el momento de intensifi-
car la selección y tal vez de recurrir al cruzamiento
entre los diferentes ugrupos», para reforzar o debili-
tar las caracteríaticas que nos interesen.
Todo este sistema que brevemente hemos descrito
es, a nuestro juicio, la marcha genética más acertada
y más rápida para conseguir los fines que persegui-
mos ; ahora se trata de acoplarla a nuestro caso par-
ticular y traducirla a la práctica. Es claro que en un
problema con la enorme envergadura que tiene é_te
que estamos tratando, sería cándido el pretender con-
cretar desde un principio todo el desenvolvimiento
de su evolución. Para transformar toda una ganade-
ría no basta con redactar un proyecto, o unos planes
de trabajo ; son necesarios años de experiencia, de
retoque ... tal vez hasta de modificación y nueva
orientación de las directrices que primitivamente se
trazan. Pero, de momento, lo esencial es empezar con
buen sentido, y esta es la única finalidad que puede
tener el proyecto que estamos comentando.
El primer paso en un programa de selección es
determinar claramente la base de que partimos y la
1'vzn r^rj^asq ^nn^lu^ ieurtu La.c ^^aquitirn.^,
rneta a yue aspiramos a llegar. La base nuestra es
esa raza autóctona de capa roja, más o menos oscu
ra, que en algunos escritos hemos llamado ^^IZoja
Gallega>> y que otro^s llaman uRubia Gallegau, otms
<<TeiXa», etc. En su caracterización no vamos a en-
trar aquí, y tan sólo dirernos que en este caso el tipo
racial de que partimos no puede venir definido más
que con una cierta elasticidad, teniendo en cuenta que
muchas de las características que vulgarmente se con-
sideran como inseparables de dicho tipo son ^neros
detalles que no tienen ninguna relación con la pro-
ductividad del animal, y cuya exagerada persecución
puede ser francamente perjudicial para la eficacia
de la selección. Esto no quiere decir que no vaya-
mos a exigir unas mínimas condiciones de raza, ni
H;l terr^.evn es el jwin.cipa^l r.a.^i^tal i^ióvil del al^^e°rnin ,^Yralle,^u
tampoco que despreciemos la conformación y nos
atengamos sólo a la productividad, Por el contrario,
creemos que en un buen programa de selección to
das estas cosae deben de ser consideradas. Es verdad
que el registro de producción nos proporciona el me-
jor informe de la capacidad económica del animal,
pero también es evidente que la conformación nos
puede completar dicho informe, dándonos interesan-
tes dato^ sobre las posibilidades que tiene ese animal
de mantener su producción durante un buen período
de tiempo. Hoy día está unánimemente reconocida
la ineficacia de llevar año tras año una selección en
caminada a conseguir buenas producciones, si al mis-
mo tiempo no se presta la debida atención a selec-
ĉ ionar upa çonf^rmación que garantice el posible
A^RJ^n d LTb R A
mantenimiento de dichas producciones. Todo esto va-
mos, pues, a tenerlo en cuenta, y el éxito de nue^tra
labor depende en gran parte del equilibrio que se-
pamos conseguir entre ello.
Para llevar a cabo este control de productividad,
raza y conformación necesitamos, como primer ele-
mento de trabajo, implantar el regiatro lechero. No
es fácil introducir esto en Galicia ; en las actuales
condiciones del medio rural gallego sería muy difícil
llegar, como en Dinamarca, a la creación de organi-
zaciones campesinas exclusivamente dedicada^ a esta
finalidad ; o el pretender que, como en Austria, Fran-
cia, Italia, etc., sea llevado por organizaciones de
mejora ganadera en las que el registro es una de sus
actividades. Por ahora, la única forma de implantar
el registro lechero en Galicia es a base de una orga-
nización oficial, como es la de nuestro Servicio, que
Ic- introduzca y dirija, hasta que el día de mañana
pueda pa^ar del todo, o en parte, a manos de los ga-
naderos, que serán los primeros en sostenerlo y ayu-
darlo cuando comprendan la trascendencia que su
función tiene.
Por otra parte, debemos darnos cuenta de todo el
alcance que posee este registro, y de que si queremos
que la función genética ^de nuestra labor sea verda-
deramente rápida y eficaz es necesario no caer en
esa vieja y ciega selección que considera los libros
de registro como simples catálogos de animales ins-
critos. Estamos ya a unas alturas en que esto sería
anacrónico y, en vez de catálogos, nuestros registros
deben de ser un control de fórrnulas genéticas y de
datos estadísticos de potencia hereditaria. Es decir,
que, debido al retraso con que nosotros vamos a em-
prender esta actuación, nos encontramos ya con pro-
cedimientos mucho más perfectos que los que usaron
otras nacione^ que nos llevan cien años de delantera,
y, naturalmente, sería absurdo que no no5 aprove-
cháramos de estos procedimientos y nos limitásemos
a hacer lo que, en sus buenos tiempos, hicieron esas
otras naciones.
Quedamos, por tanto, en que el registro lechero es
nuestro primer objetivo y que su organización ha de
ser cuidadosamente adaptada a dos cosas : el medio
gallego y los modernos procedimientos de selección
que vamos a emplear. Por otra parte, es necesario
que esta organización sea lo má^ sencilla y práctica
posible, pues el ejemplo de otros países ha demos.
trado que una de las razones que hacen fracasar con
frecuencia el registro es emplear en él métodos cem,
plicados.
Todo esto se ha tenido en cuenta en el proyecto.
y se ha procurado elaborar un sistema a la vez prác-
tico y que responda a nuestras necesidsdes. No po-
demos extendernos aquí a detallar este sistema ; en
rasgos generales diremos que se va a organizar una
serie de Círculos de Registro Lechero, cada uno de
los cuales estará a cargo de un comprobador de re-
gistro. Estos comprobadores serán personal formado
por nuestro Servicio, y situados en puntos estratégi
camente elegidos, se encargarán de dar vida a una
red de ayudantes de comprobador, que, e.parcidos
por todos los pueblos donde radiquen animales en
registro ( I), serán los que verdaderamente lleven a
cabo el mismo.
Así podremos organizar el registro mensual a do-
micilio, que es el mínimo indispensable para montar
la selección sobre bases seguras, pues espaciando más
los intervalos de registro u organizándolo en formade aregistros colectivos públicosa>, los errores que se
obtienen al hacer las determinaciones de rendimien-to son tan grandes que en ningún país del mundo se
admiten como ba^es aceptables para la selección.Todos los datos que reúnan los comprobadores se-
rán enviados a la oficina central de nuestro Registro
Lechero, donde, trabajados por personal competen.
te, irán abriendo paso a la selección. El registro sellevará a cabo durante una lactacíón, y en los ani-
males que el Servicio considere selectos podrá seguireste registro durante varias lactaciones, a fin de ob
tener los llamados «promedios vitales», que tanta i^m-portancia tienen en la selección.
Sobre la base del registro lechero será posible em-
pezar a localizar los buenos sementale^, que, estu-
diados a través de su descendencia y utilizados con-
venientemente, serán los que dén verdadero impulso^-^ la mejora. Con estos sementales, dentro de cada<<grupon se crearán paradas, dotadas de personal e
instalaciones adecuadas, y organizadas en tal forma
que constituyan lo que se llama uCírculos de Semen-tales», es decir, según rotaciones establecidas con un
cierto número de toros, de tal manera que por con-
sanguinidad nos permitan caminar rápidamente haciala uniformidad del «grupol correspondiente, y queal mismo tiempo esta consanguinidad no sea dema-
siado alta y podamos mantenerla bajo el control dela selección.
Es muy probable que, cuando tengamos ya locali-
zados c^prepotentesn reproductores, recurramos a la
inseminación artificial, como medio de conseguir un
máxi.mo aprovechamiento de dichos animales. Cree-
mos que la inseminación artificial es un peligroso ins-
trumento de trabajo cuando no va dirigido por un
competente criterio genético, pero puede ser valio-
(1) Para poder inscribiru^e en el Registro los an^males t,en-^3rán que responder a unas exigencias determinada5, de carac-teríeticas raciales y producción Los propietarios de las var.a.sin^-critas recibirán una gratificación por la inscripción y. ad^:más, podrán optar a premios, ayudas para el mantenie:nie7-to de crías, etc.
^^
AGRICULTURA
sísimo auxiliar cuando se hace de ella un uso medi-
tado y justo.
Toda esta labor de mejora genética que hemos
proyectado, tiene que venir complementada por una
paralela mejora del medio, pues es evidente que si
nos encontramos con unos animales de grarides po-
sibilidades lecheras y no tenemos alimentos que dar-
les, estamos igual que antes ; o tal vez peor, pues es-
tas mayores posibilidades traen consigo mayores exi-
gencias, que al ser peor satisfechas que en la actua-
lidad, no sólo impedirán manifestarse las posibilida-
des, sino que el rendimiento total será peor.
Ya hemos dicho que, para nosotros, conseguir una
mejora efectiva es el conseguir un efectivo aumento
de la total rentabilidad de la explotación, y esto toca
a muchos puntos. En una interesante conferencia (1)
pronunciada por don Jesús Andreu con motivo del
Congreso Agrícola de Galicia (1944), hacía la afirma-
ción de que en este país, sin grandes transformaciones
agrícolas, simplemente con mejorar las actuales téc-
nicas de cultivo, y principalmente de explotación de
las praderías, se podían alimentar fácilmente vacas
de 3.000 kilogramos anuales de producción lechera.
Nosotros. creemos lo mismo ; si se dirige convenien-
temente la agricultura gallega, no le será difícil se-
guir el ritmo de mejora genética que imprimirá nues-
tra selección ; pero hay que ayudarla a seguir este
ritmo. Para esto nos valdremos de ese brazo de acción
en el campo que vamos a crear con la red de com-
probadores lecheros y de ayudantes de registro ; a
través de ellos irán pasando al campesino las normas
de nuestra mejora, genética y de medio, y se conse-
guirá hacer marchar todo hacia adelante, con ese cri-
terio sintético que es siempre fundamental de toda
actuación agrícola.
(1) Publicada en la Revista «Ganadería», novieinbre 1944.
Comprendemos el valor orientador que para muchas
personas pueden tener las cifras, y por eso vamos a
dar algunas.
La población bovina actual de Galicia es segura-
mente superior al millón de cabezas, y aunque su-
pongamos que sólo a una tercera parte puedan al-
canzar los efectos de la mejora, nos encontramos por
encima de las 300.000 cabezas. El rendimiento me-
dio en leche que actualmente tiene la ganadería de
este país es, desde luego, inferior a los I.000 litros
anuales. Creemos que con esta mejora puede per-
fectamente, por lo menos, duplicarse dicho rendimien-
to medio, y si tenemos en cuenta el número de cabe-
zas a que alcanza este aumento y los precios actuales
de cotización de la leche, no es difícil calcular el
enorme valor económico que para el campo gallego
puede tener. Esto, prescindiendo de los otros aumen-
tos de rentabilidad que arrastrará la mejora.
Respecto al tiempo que exigirá su realización, es
todavía más difícil y más arriesgado el dar algunas
cifras. La labor que nosotros vamos a emprender
ya hemos dicho que es absurdo intentar concretarla
desde un principio ; desgraciadamente, es imposible
conseguir esos resultados al ,«breve plazo» que algu-
nos impacientes pretenden ; transformar una ganade-
ría es asunto pesado y largo, pero tampoco hay que
asustarse. Nosotros vamos a emplear el procedimien-
to que lógicamente permite esperar unos resultados
más rápidos, y en un plazo que, por decir algo, po-
demos fijar en diez años, es fácil que ya nos encon-
tremos con que esta mejora está en pleno funciona-
miento, y ha hecho ver la utilidad práctica de su
actuación. ^1'enemos que tener en cuenta que, por
primera vez, se va a atacar este problema con armas
de su categoría ; hasta ahora se ha estado intentando
descerrajar con un abrelatas una caja de caudales.
^_^)
Ci ^EGLEGLLe N2EGCi/2G^CiCLO/2 GZ ^GGO^R el2 ^0^ ^^^CtG^Oá ^l2GGLa^
Por ANTONIO BERMEJO ZUAZÚAINGENIERO AGRONOMO
Cuando se habla de la agricultura mecanizada de
los Estados Unidos, mucha gente piensa en inmensas
planicies, que se pierden en el horizonte, recorridas
por una carávana de tractores con grandes cosecha-
doras que siegan el trigo.
Esa imagen de su mecanización es cierta, pero muy
parcial y algo anticuada. Es la imagen
totalmente mecanizadas ha-
ce cerca de veinte años: de
las regiones del Oeste Me-
dio, parecidas en clima y
suelo a nuestras Castillas,
donde los cereales, el lino y
el barbecho ocupan todo el
campo cultivado.
A1 viajar por los Estados
Unidos, la impresión es otra.
Y esta impresión es la que
1( o y queremos estampa*
aquí, concretándola con es-
tadísticas oñciales (1) publi-
cadas recientemente.
Y queremos hacerlo por-
que la mecanización agríco-
la se va uhumanizando» en
los Estados Unidos, si se nos
permite expresar así el he-
cho de que se pone al al-
cance de los pequeños agri-
cultores, y se va extendien-
do a toda clase de cultivos,
con lo cual se acerca cada
de las zonas
bruto de los productos del 52 por 100 de las fincas no
Ilega al I I por 100 del total, siendo para cada una
de estas explotaciones menor de 1.500 dólares anua-
les (véase gráfico adjunto).
Se comprende, por tanto, que la inmensa mayoría
de las fincas son relativamente pequeñas. Más del
94 por 100 de ellasmenos de 10.000 dólares, es
decir, si lo expresamos en
trigo, de menos de 4.000 fa-
negas ; y más del 52 por 100
de ellas producen menos de
600 fanegas de trigo cada
una (o su equivalente en otroproducto).
La mecanización alcanzó
en un principio, como es
natural, a las grandes explo-
taciones agrícolas. Después
de la Guerra Europea se
incrementa extraordi n a r i a
mente : tractores, a r a d o s,
gradas, sembradoras para el
cultivo, segadoras-atadoras,
trilladoras cosecha d o r a s,
guadañadoras y rastrillos pa_
ra la recolección ; camiones
para el transporte. Como
vemos, se pien^a en los ce-
reales y, muy en último tér-
mino, en el heno.
EI alza de precios y las
DISTRIBUCION DE LA PRODUCCION AGRICOLA DE 1.94d .VALORADA EN t8 BILLONES DE DOLARES EnTRE ^TS 5,8MLLLONES DE FINCAB E%IS7ENTE5.
VALOR DE LAPRODUGCION
( DOLA0.E5f
0- 599
600 - td99
E500 - Y.^99
2.500- 5.999
1000' S999
6.D00 - 999Y
10.000 - 59.999
(Finw^ Dgrupadas por volor de au producaón)
tienen una producción bruta de
^2^ dt volor ae iDproducdón IoFol
^z d^^-al d^incos
8Ó8^Ó88.C^C
{^ii^^C^ó8 ĉO8ÓÓ8óó8g^í? ií1 `^
^C^^Ó^^ÓcMA9 DE a0.000 S
^
vez más a las condiciones de la mayor parte
tra pequeña propiedad territorial.
de nues-
Las grandes fincas, a que antes aludíamos, son en
número una parte mínima del total, aunque no en
producción : el 52 por 100 de la producción bruta to-
tal se obtiene en menos del 6 por 100 del número
total de fincas, produciendo cada una de ellas más
de 6.000 dólares anuales. Por el contrario, el valor
(i) Datos del Bureau of The Census, publicados en el núme-ro del 3 de julio de i9q7 de ]a revista Far^rn Im^lenaent Ne^¢^r.
ganancias extraordinarias de la postguerra se acogen
con euforia por todos, íncluyendo los agricultores. Es-
tos tienden a aumentar sus propiedades, a comprar
más terreno y mecanizarle. No bastan las ganancias
y se
Las
acude al crédito, tan desarrollado en aquel país.
industrias mecanizadas mantienen en parte su
crecimiento de la guerra adaptándose a la fabricación
cie .maquinaria agrícola.
Todo va bien hasta 1930. Los precios suben, pero
el consumo, la producción y el bienestar general
1]
A h It I C U L'C U lt A
MILLONES DE DOLARES.125
DE REGOLECION.
75
50
VENTA DE APEROS AGRICOLAS.
1.9^35-1.946.MILLONES DE DOLARES
60PARA NENO.
d0
20
25
e0
d0
20
SEMBRADORAS, PLArlTA-DORAS Y REPARTIDORASDE ABONOS.
1 I I I I I
ARADOS.
0
60
40
20
L_1 u
GRADAS Y RODILLOS.no
3U
20
10
1 I I I I
i ^ ^ ^ ^
1 I I i1.935.36. 37 38 39 40 41 42 43 dd d5 46
0
^Z
AGKICU LTURA
sa o0oNUMERO DE CARROS NUMERO DE REMOLQUES
so.ouo
PULVERIZADORE> FABRICADOS FABRICADC^
20 000 - 20 oJ0.
10 000 f0 000. . ^.
o O.1.9d3. 44. 45. d6. 1.939. d0 41 42 d3. 44 d5. 46
aumentan ígualmente. Sin embargo, en 1929, cuando
el nivel de la vida y las actividades económicas al-
canzan puestos nunca igualados, parece ser que se
rompe algún engranaje del complicado mecanismo de
la Economía.
No vamos a explicar cómo y por qué sucedió ese
desajuste de la oferta, la demanda y los transportes,
que los economistas llaman «Crisis Mundialn. El he-
cho es que sucedió. Ante la crisis, todas las acti• ^da-
des productoras sufren un colapso. Las explotaciones
5.000.000.
que habían acudido al crédito se arruinan y son arras-
trados a la bancarrota muchos Bancos.
En 1930 se termina toda la alegría económica an-
terior. Los agricultores ya no compran más máquinas ;
en realidad, muy pocas : las indispensables. Procu-
ran arreglar y conservar lo más posible sus tractores,
sus cosechadoras ; sus fincas ya están mecanizadas y
no hay quien sueñe en ampliarlas ; de lo que tie-
nen, les sobra quizá ya un poco.
El paro obrero en las fábricas se extiende de modo
AUTOMOVILES, GAMIGNES 1' TRACTORES EN U50 ÉN LAS
EXPLUTACIONES P,GRIGOWAS ANOS 1.929-1.9d5.
d.000.000.
3.000.000.
2 000000.
t 000.000.
0.
1.929. 30. 31. 3'L. 33. 34 35. 3G. 37 38 39. 1.940 41 d3. 4d d5.
5.000.000.
d.000.000.
3.000.000.
2.000.000.
1.000.000
4.
13
AGR1C[JLTUR A
alarmante. Es preciso inventar alguna salida a la si-
tuación. Y como de los grandes males surgen los gran-
des remedios, esa salida se inventa. Se plantea el
problema técnico de fabricar maquinaria diferente,
de mecanizar cultivos nuevos y convertir así en clien-
tes de las fábricas a muchos agricultores que no lo
eran. Los industriales vuelven su vista a la multitud
de pequeñas fincas, y a cultivos distintos que el trigo
y cereales.
Y así surge de la Crisis Mundial el tractor para to-
do uso (aAll purposse tractonl). Es un tractor de rue-
das, de menos potencia que los anteriores. Se le em-
NUMERO DETRACTORES^en uso agricola).
VALOR DE. MAQUI-NAS Y APEROS
AGRICOLAS.
^AUMENTO
844. 228
AUMENTO2.086.582.587 E.
2,OF
1.5
r o
DISMINUGION
237. 605.
O
a.
NUMERO DEFINCAS.
w
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1940
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J
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1. 4
5 t-
4F w
z
2
J
J
t F-
f.940 1RCF
plea no sólo para arar y remolcar las máquinas de
recolección, sino para binar, para dar labores entre
líneas. Con él, y con los cultivadores por él arrastra-
dos, pueden darse todas las labores de cultivo nece-
sarias al maíz (que tan extraordinaria extensión cubre
en los Estados Unidos), al sorgo, a la soja, alubias y
demás leguminosas para grano, a las patatas, al al-
godón, etc. Muy pronto se generalizan las ruedas de
goma para este tractor, con las cuales aumenta la ve-
locidad y, con ello, su rendimiento, y se le puede así
emplear para transportes cortos por carretera dotán-
dole de un remolque con ruedas de goma.
En 1934 empieza una relativa recuperación econó-
mica, que aumenta el consumo de maquinaria, si-guiendo el alza, con algunos altibajos, hasta la Gue-
rra Mundial. Los nuevos tractores, con ruedas de go-
ma y con sus aperos de cuftivo, se generalizan cada
vez más.
Las fábricas, una vez que han patrocinado la idea
de extender su maquinaria a toda clase de cultivos,
además de los cereales, siguen estudiando toda clase
de ,máquinas y procurando también adaptarlas a pe-
queñas parcelas. Así se puede resolver la necesidad
imperiosamente impuesta por la Guerra Mundial:
mantener la producción agrícola, a pesar de la esca-
sez de mano de obra. La movilización es cada vez
mayor, y, como consecuencia, a partir de 1943 aumen-
ta como jamás lo había hecho el consumo de tracto-
OBREROSAGRICOLAS.
$UPERPIQE
AIEDIA DF
FINGAS.
150
100a
50
I f VdD
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7.94 S
POBLACIONAGRICOLA.
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1.5 ^
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0.5 -^
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res y de aperos para sustituir a los brazos que faltan.
Las estadísticas, son impresionantes ; bastará contem-
plar los gráficos de producción adjuntos para conven-
cerse de ello.
Para ahorrar mano de obra, aparece el tipo de aco-
sechadora universal para un hombre». Cosecha toda
clase de granos, tanto cereales como leguminosas, li-
no, etc., con un solo obrero en el tractor que la remol_
ca ;«obrero» que muchas veces, durante la guerra, era
un niño, un viejo o una mujer. Su tamaño es a veces
poco mayor que el de una máquina atadora. Ultima-
mente aparecen las cosechadoras de autopropulsión.
La batalla del heno se da también con éxito. Sega-
do con la guadañadora, movida directamente por el
tractor, se le da vuelta y coloca agrupado en hileras,por medio de un rastrillo oblicuo (cerackern) ; luego
14
AGRICUL?UAA
pasa el tractor arrastrando una máquina empacado-
ra y un remolque, donde se van cargando las «pacas».
Esta empacadora móvil era accionada por dos hom-
bres durante la guerra ; hoy día se ha conseguido ha-
cer automático todo el mecanismo atador y ya se es-
tán extendiendo esta clase de empacadoras sin ope-
rarios.
En las explotaciones del Sur, donde el algodón
reinaba casi en monocultivo (Estados Unidos son los
mayores productores de algodón),
la mano de obra abundante, de
negros, escasea más que en nin-
gún sitio durante la guerra, por
dos razones : una es la moviliza-
ción, común a todos los Estados ;
ió l El iotra es a em grac n a os sta-
MiLES
1922 26. 31. 36 a2. 46^T^ ^ d00
PRODUCCION DE TRACTORES
1.922-1.946.
d00
TIPO DE RUEDAS.
dos industriales del Norte, atraídapor los altos jornales que ofrecen
300
200
en esos años las fábricas. La gen-a no vol-ró al Norteu emit ^oog ye q e
verá a los campos de algodón, y
ablllí 0einas os un prose crea en ean bra Set d d .permanen e m e ooe 60
resuelve en gran parte introdu-
ciendo otros cutivos en rotaciónd0
mecanizados, con lo cual dismi-
nuye la producción de algodón,20pero mejora la agricultura de esa
zona. Y también mediante la crea-
ción de complicadas cosechado-
ras de algodón ; alguna de ellas150
realiza el trabajo de 50 hombres
con uno solo.
E i il l l 00
DE
vo amer ca-n e maíz, e cu t
no por excelencia, también se lle-
va a cabo una revolución mecá- 50
nica : aparece y se generaliza la
recogedora, que, remolcada por
un tractor, va arrancando las pa-
nochas de una o dos líneas de
plantas, separa las hojas que las
0 ^^^^i
3DD
2oD
lDo
0
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0
150
loo
50
019°Z- 26. 3L á6.
.. NO HAY DATOS,_ _
recubren y carga las panochas, ya limpias, en un re-
molque arrastrado detrás. El cultivo queda con ellototalmente mecanizado, desde la sembradora quesiembra a golpes, matemáticamente equidistante, has-
ta esta cosechadora, pasando por los diversos cul-tivadores que dejan la parcela como un jardín. Los
gastos del cultivo, que eran de 44 dólares por hectá-rea en 1940, bajan con ello a I 5 dólares ; poco más
de la tercera parte.
En la Yemolacha se hacen estudios y ensayos para
reducir la mano de obra, suprimiendo no sólo la re-
colección a mano, sino el encasillado y el entresaque.
_ ^_^-
DE ORUGA.
Pero las pruebas no son concluyentes, y, por otra
p4rte, suele emplearse en este cultivo mano de obra
menos cara que la yanqui : mejicanos, que pasan to-
dos los años a Estados Unidos para realizar esos tra-
bajos. Se comienzan a vender, sin embargo, las co-
sechadoras de remolacha (373 en 1944, 338 en 1945y 1.371 en 1946).
Y al mismo tiempo aparecen, con breves interva-
los, nuevos tipos de tractor cada vez más pequeños,
i2o
MANCERAS
42. I946.
adaptables a pequeñas parcelas
de fincas que no estaban antes
mecanizadas. Tractores de ruedas
de goma que dan la vuelta en es-
pacio reducidísimo y que, como
los modelos grandes más moder-
nos, van provistos de cctoma de
fuerza» para accionar los aperos
y Ilevan el arado o el cultivador
haciendo cuerpo con ellos mis-
mos, pudiendo alzarlo o bajarlo
por medio del «control hidráuli-
co». De 1940 a 1945 el número de
tractores en las fincas aumenta de
1.567.000 a 2.422.000, a causa
principalmente a los nuevos tipos
de ruedas de goma. Y en el año
1946 el aumento ha sido aún ma-
yor, debido a que en ese año se
ha extendido el «tractor de man-
ceras» («garden tractor»). E s t e
tractor, sujeto por un hombre que
camina detrás, realiza aproxima-
damente, en tierras fáciles y lla-
nas, el trabajo de un par de mu-
las, y puede arar con una reja
pequeña, llevar un cultivador o
accionar una guadañadora. De
1943 a 1946 los tractores de este
tipo fabricados anualmente fue-
ron, en números redondos, 9.000,
17.000, 27.000 y 109.000, permi-
tiendo mecanizar campos que nunca lo habían es-
tado.
En resumen, vemos que si la antigua mecaniza-
ción agrícola afectaba a las fincas relativamente gran-
des y al cultivo de cereales principalmente, reciente-
mente se está extendiendo a las parcelas pequeñas
y a toda clase de cultivos. Ello ha provocado ya enlos Estados Unidos una verdadera revolución agríco-
la, con consecuencias sociales de toda clase. El cos-
te de producción ha disminuído, y, al aumentar los
beneficios, ello se ha traducido en una subida im-portante del nivel de vida del agricultor. Después de
15
AGRIC^LTI^RA
DISh7iNUCION DEL COSTE DE ORODUCGON
DE MAI2
AÑO 1.940dd DOLARES POR HECTAREA
AÑO 1.4d5^5 DOLARES POR HECTAREA
de I 14 a 153 hectáreas, debido principalmente a ha-
ber aumentado la extensión de las ñncas pequeñas.
EI número total de fincas disminuyó también ligera-
mente.
La cifra de obreros agrícolas (mano de obra asala-
riada) bajó también de una manera extraordinaria,
por efecto de la guerra y de la mecanización recien-te. De 1.750.000 en 1940 pasó a 750.000 en 1945; esdecir, menos del 43 por 100 de los obreros antes em-
pleados. Este es quizá el resultado más notable dela mecanización reciente de los Estados Unidos : ha
puesto más aún el campo en maños de sus dueños.
Actualmente, por cada 7,6 fincas existe un obrero.
DISMINUCION DE LA MANO OE OBRA ASALARIADA
la Guerra Mundial, y escarmentado por lo que le su-
cedió después de los años felices de la postguerra, el
campesino no se lanza alegremente a la ampliación
de sus explotaciones a base de créditos. Paga, en ge-
neral, al contado. Así, el número de fincas cedidas
en arriendo por sus propietarios bajó del año 1940
al 1945 desde 2.400.000 a 1.750.000, aumentando el
número de fincas explotadas directamente desde
3.700.000 a 4.000.0OO..A1 mismo tiempo, la extensión
media de cada finca aumentó 39 hectáreas, pasando
,.,oR ^> -; ^^,^^ - -- ---
, , o^^ - - -
aoaaa _ _ __ ___ __eoo oao
^^^ ^^ - -- - - --
600 000 ^200 000 -- -
At^lO i940 4Ñ0 ^9a5
„soooo oa^ER^s ,sooo^ ^^atA„5
I
Por Decreto-Ley de 19 de diciembre próximo pa-
sado, publicado en el Boletín Oficial del 26 del mismo
mes, han quedado suspendidas la incoación, trami-
tación y ejecución de todos los procedimientos judi-
ciale^ de desahucio de fincas rústicas que tengan porfundamento lo preceptuado en el párrafo segundo de
cada una de las disposiciones adicionales primera, se-gunda y sexta de la Ley de 23 de julio de 1942.
Se exceptúan de dicha suspensión aquellos casos
en los yue el arrendador solicíte la entrega de la finca
para su cultivo directo y personal, comprometiéndo-
se a realizar la explotación en esa forma durante un
plazo mínimo de seis años.
El Decreto entró en vigor el mismo día que fué
publicado en el Boletín Of iciol.
Se justifica la excepcional medida en el preámbulo
por el hecho de que, c^sometido al dictamen de las
Cortes un proyecto de Ley por el que se aplaza la
f•'naIización de los arrendamientos protegidos concer-
tados con anterioridad a la publicación de la Ley
de 23 de julio de 1942, y que con arreglo a las dis-
posiciones adicionales primera, segunda y sexta de
l^ misma había de tener lugar el 30 de septiembre
del próximo año ( I 948), resulta manifiesta la necesi-
dad de adoptar medidas urgentes en evitación de que
una demora en la aprobación del referido proyecto
de Ley hiciese inoperante la nueva disposición u
ocasionase a las partes gastos innecesarios, o perjui-
cios de difícil reparación».
En efecto, las Cortes resolverán en definitiva sobre
un proyecto de Ley que se les ha de someter para
^rorrogar por tres años el plazo de vigencia de los
arrendamientos protegidos, y esperamos que con este
motivo se revisará el concepto que hasta ahora ha
venido imperando para la calificación de tales con-
tratos, con el fin de poner en armonía la realidad
con el impedimento en que hoy se encuentran nu-
merosísimos propietarios pequeños de recuperar sus
fincas para labrarlas directamente.
Las disposiciones adicionales que se mencionan, en
sus párrafos segundos, son las primera, segunda y sex-ta, que comprenden los arrendamientos que al pu-
blicarse la Ley de 1942 pagasen renta inferior a la
equivalencia de 40 quintales métricos de trigo, y en
17
AGRICULTURA
los que el arrendatario cultiva la finca de forma di-
recta y personal, en cuyo caso, según la adicional
primera, el arrendador, a la terminación del plazo
contractual, podría lanzar al arendatario si se com-
prometiese a dicha explotación directa y personal e^
la forma reguladá en el artículo 4.° de la misma Ley
de 1942, sin que en ningún caso pueda volver a
arrendar la finca a quien tenga por conveniente an-
tes del 30 de septiembre de 1948.
La segunda adicional decía que los mismos con-
tratos expirarán con el año agrícola 1942-1943 (los
que se encontraban amparados por la disposición adi-
cional primera, por disfrutar de prórroga no conveni-
da), siempre que el arrendador se propusiera Ilevar a
efecto la explotación directa y personal del predio.
En ningún caso, repite esta adicional segunda, podrá
el dueño arrendar la finca a quien tenga por conve-
niente antes del 30 de septiembre de 1948.
La sexta decía que quedaban derogadas^ las leyes
de 7 de julio y 26 de septiembre de 1941, que sus-
pendieron la ejecución de fallos judiciales firmes, dic-
tados en cualquier clase de juicios, y cualquiera que
sea la acción ejercitada.
Como excepción de lo dispuesto en el párrafo pri-
mero de la adicional, dice el segundo que, para que
pueda ejecutarse sentencia dictada en juicio de
desahucio o en procedimiento declarativo, fundada en
la causa l.8 del artículo 28 de la Ley de 15 de marzo
de 1935, relativa a la conclusión del contrato o de
sus prórrogas referentes a contrato privilegiado, será
necesario que en el escrito instando dicha ejecución
se comprometa la parte a explotar la finca, también
directa y personalmente, en la forma exigida en el
artículo 4.° de la Ley de 1942 ; y si el arrendador no
se compromete a dicha explotación directa y perso-
nal, continuará suspendida la ejecución de la sen-
tencia hasta el 30 de septiembre de 1948, con la ex-
cepción de las sentencias dictadas por el Tribunal
Supremo, que se ejecutarían en todo caso.
No obstante, sigue diciendo la adicional sexta, po-
drán ser ejecutados los fallos referidos a estos con-
tratos privilegiados cuando se hubieran dictado al
amparo de lo dispuesto en los párrafos segundo y ter-
cero del artículo 4.° de la Ley de 28 de julio de 1940.
Estos párrafos se refieren a los casos. en que el
arrendador se proponga establecer en la finca nue-
vos cultivos, aprovechamientos forestales, industriales
o de otra especie, que se consideren anás beneficiosos
para la economía nacional que los existentes, pudien-
do disponer de aquélla para llevarla en explotación
directa avisando al arrendatario con un año de ante-
lación, y obligándose a satisfacerle una indemniza-
ción fijada de acuerdo o, en otro caso, en la cuantía
de la renta de dos anualidades.
A este efecto, por el Ministerio correspondiente, y
a petición del arrendador, deberá hacerse la declara-
ción del cultivo o aproveĉhamiento más beneficioso siasí se considera procedente.
Reunidos, para evitar la consulta, todos estos an-
tecedentes a los que afecta el nuevo Decreto, veamos
sLa trascendencia, en relación con la Ley que se en-
cuentra pendiente del estudio y consideración de las
Cortes para ser aprobada.
Desde que se publicó la Ley de 23 de julio de 1942
surgieron las discusiones sobre la fecha en que ha-
bían de terminar los contratos privilegiados conveni-
dos an.tes de l.° de agosto de 1942, en que la preci-
tada Ley apareció inserta en el Boletín Oficial del
Estado. En general, la inmensa mayoría de los co-
mentaristas coincidieron en que la fecha tope de du-
ración de los contratos de renta inferior a la equiva-
lente de 40 quintales métricos de trigo, y de cultivo
directo y personal, era la de 30 de septiembre de 1948.
No faltaron exégetas que, tergiversando el texto de
las dos disposiciones adicionales, se pronunciasen por
otra solución más en armonía, en la mayoría de los
casos, con apetencias e intereses privados, encubier-
tos con una presunta defensa de esta clase de con-
tratos, que nadie había pensado en atacar.
El Decreto-Ley de 19 de dicie,mbre del año ante-
rior reconoce claramente que estos pactos de arren-
damiento, según la Ley de 1942, finalizan el 30 de
septiembre próximo.
Muchos comentarios se han anticipado a esta de-terminación final, y las plañideras, que nunca faltan,
cultivando la demagogia barata, se rasgaban las ves-
tiduras, presumiendo que iban a ser muchos los cul-
tivadores directos y personales lanzados de las fincas
por arrendadores codiciosos.
La realidad es otra, y es inútil que a ella volvamos
la espalda. A la pequeña colonía corresponde casi
siempre la pequeña propiedad, y un dueño de in-
significante capacidad económica, anquilosado en sus
derechos, y al que se le impide recuperar su tierra
para cultivarla directamente, cuando sus circunstan-
cias no le permiten hacerlo también de manera per-
sonal, ve convertido e] contrato, de mero arrenda-
miento, en un verdadero derecho real vitalicio muy
parecido al censo.
Si este Decreto que comentamos no se hubiera pu-
blicado y la Ley que se anuncia no se dictase antesdel 30 de septiembre próximo, se nos ocurre pregun-
tar : Llegada esa fecha, ^ qué hubiera pasado ? Abs.o-
lutamente nada extraordinario, ni perjudicial para la
economía nacional, ni para los mismos colonos. La
18
AGRICULTURA
mayoría de éstos, con escasos elementos, sin ganado,
con dificultades de toda índole para el cultivo, mal-
viven sóbre una tierra que, carentes de abonos or-
gánicos por falta de ganadería propia, no pueden
fertilizar, y cada día los predios, que dicen cultivan,se esquilsnan más. La desaparición de estas pequeñas
explotaciones constituiría la liberación de muchos
arrendatarios, que iniciarían sus actividades por de-
rroteros de cauce más amplio y rendimiento más po-
sitivo. Vincularlos a la tierra, tan deficientemente cul-
tivada y de la que no sacan para vivir, no resuelve ni
problemas sociales, ni económicos ; pero hay una
sensiblería en torno de estas cuestiones que impide
su contemplación en términos de absoluta realidad.
Por ello, se suspenden los desahucios hasta que !a
Ley se publique, y bueno es que nos fijemos en los
tÉrminos en que el artículo 1.° del Decreto está redac-tado : «Queda suspendida-dice-la incoación, trami-
tación y ejecución de todos los procedimientos judicia-les, de desahucio de fincas rúsficas, que tengan por
fundamenfo lo preceptuado en los párrafos segundas
de las disposiciones adicionales primera, segunda y
sexfa.»
El desahucio es un procedimiento privilegiado para
conseguir el lanzamiento del arrendatario, en deter-minadas circunstancias, que el propietario tiene a su
disposición, pudiendo utilizarlo o no, a su albedrío.
Así lo reconocen las sentencias de 24 de mayo de 1934
y 8 de noviembre de 1945. Y si el Decreto sólo sus-
pende la incoación, tramitación y ejecución de losprocedimientos judiciales de desahucio, parece que el
propietario puede utilizar el procedimiento especial
ordinario para obtener la declaración de que el con-
trato se extingue al llegar la fecha de 30 de septiem-bre de 1948, tramitándolo con arreglo a lo dispuesto
en la nor,ma 3.8, disposición transitoria tercera de la
Ley de 28 de junio de 1940, y pidiendo, como con-
secuencia de la extinción del contrato, el lanzamien-
to del colono en ejecución de sentencia.
Como se trata de una disposición (el decreto desuspensión) de carácter excepcional, y por ello de.
interpretación restrictiva en cuantoto a sus aplicacio-
nes, es evidente que los tribunales tendrán que pro-
ceder con gran cautela, si el caso se presenta, porque
no siendo el procedimiento de desahucio, no cabe la
aplicación del Decreto-Ley de 19 de diciembre.
Otra cosa hubiera sido si en lugar de la redacción
dada al artículo l.° éste se refiriese a toda clase de
procedimientos judiciales conducentes a la declara-
ción de finiquito de los contratos referidos, compren-
diendo, con la generalidad de la expresión, no sola-
mente los de desahucio, sino los especiales declara-
tivos, con lo que la confusión se hubiese evitado.
Amunciada la nueva Ley, con la que, por lo visto y
según el preámbulo del Decreto, se aplaza la finaliza-
ción de los arrendamientos protegidos, tienen la oca-
sión las Cortes de profundizar en el tema que se les
somete, recogiendo la experiencia de estos cinco años
de vigencia de la nueva Ley de 1942, que introdujo
el concepto del contrato privilegiado.
Es evidente que el legislador, al introducir esta
novedad en las Leyes de Arrendamientos, pensó úni-
camente en las explotaciones agrícolas. Así, en el
párrafo primero del artículo 4.° se habla de que el cul-
tiuo se realice por el arrendatario de modo directo
y personal. En el párrafo segundo se declara que seentenderá que el cultiuo es directo y personal cuandolas operaciones agrícolas se realicen materialmentepor el arrendatario o sus familiares, y la Ley de 18
de marzo de 1944, toda ella está inspirada en el cul-
tiuo agrícola, como se acredita con la redacción desus artículos.
En el artículo l.°, apartado 3.°, se exige la pose-
sión, para ejercitar estas acciones, o que se está en
condiciones de adquirir los medios adecuados para
realizar el cultiuo de las fincas ; en los apartados 4.°
y 5.° se insiste en el empleo de la palabra culfioo ;
en el artículo 2.°, asimismo, se expresa sobre la base
del cultiuo directo y personal las condiciones para
ejercitar la acción cuando el arrendador tenga uno 0
más hijos.
En el artículo 3.° se expresa también que los colo-nos han de ser cultiuadores en la finca, y como máselocuente, el apartado 2.° del artículo l.° dice que el
que ejercite la acción ha de tener capacidad de labra-
dor, y que posee capacidad de trabajo para labrar
directa y personalmente las fincas a que se confraela demanda.
Todo ello supone que el legislador pensó siempre
en no considerar como contratos privilegiados los depastos, aunque pagasen renta menor de 40 quintales
métricos de trigo o su equivalencia, y aquellos referi-
dos a pequeños regadíos, como el de huertas, que
tienen unas características completamente distintas a
las de la clásica labor de tierras de secano.
Pero tal distinción debe ser ahora reconocida de
una manera expresa, con el fin de evitar litigios, dis-
cusiones e interpretaciones capciosas.
Suponemos que cuando el proyecto pase a la Co-
misión de Agricultura, ésta abrirá un período 3e ^n-
formación, permitiendo a quien lo solicite no sola-
mente presentar peticiones, sino informar de palabra
con toda la amplitud que se considere precisa, ya que
la materia es interesantísima, y necesario que se lle-
gue a una normalización concreta en la aplicación de
preceptos claros.
19
♦ GR^CUL?URO
Que los pastos no deben ser comprendidos en es-
tas normas destrictivas se deduce de la propia natu-
raleza de la explotación ganadera, ya que esta clase
de arrendamientos no tiene similitud alguna con los
agrícolas, y la protección debe ser también distinta,
puesto que la posesión del ganado suficiente para ta ^
les aprovechamiento^ supone una capacidad econó-
mica mucho más extensa e intensa que la del simple
labrador, y la explotación por temporadas, suma-
mente variable según las regiones ; la extensión en
pradera que supone el límite de renta del equivalen-
te a 40 quintales métricos de trigo y la movilidad v
valor del ganado, asemeja más la explotación a la
iiidustrial que a la agrícola, y por ello no requiere
una tan decidida protección. Basta para esta clase de
contratos el artículo 6.° de la Ley de 1942 y las de-
más normas corrientes, en lo que le son aplicables
de la legislación especial.
Lo mismo hemos de decir de los regadíos, que,
dadas las circunstancias actuales, suponen condicio-
nes de privilegio para los llevadores de las huertas,
pues colocan a los propietarios en condiciones de
inferioridad e inmerecida injusticia.
Existe con profusión multitud de huertas por las
que se pagan 400 ó 500 peaetas de renta anual desde
hace muchos años, con el incremento del artfculo 3."
de la Ley de 1942, y que proporcíonan a sus lleva-
dores beneficios de 40 y 50.000 pesetas. Los que han
aprovechado estas posibilidades que bridan tiempos
difíciles, no pueden ampararse en contratos que ten-
gan privilegio. Para ellos las garantías del Código Ci-
vil son más que suficientes, y, en último término, de-
bieran ser asimilados a los contratos de arrendamien-
to de pastos.
Es de esperar que éstas y otras consideraciones
que omitimos para no hacer demasiado extenso el
alegato se tengan en cuenta en su día para redactar
una Ley que no debe limitarse a aplazar por tres o
más años la finalización de los contratos privilegia-
dos, dejando viva la cuestión ahora planteada para
aquella fecha, sino que, haciendo uso de una expe-
riencia lograda en la aplicación de la Ley, se aclare
y reduzca el ámbito de la protección, con las excep-
ciones que interesamos por estimarlas ju:tas y adecua-
das a lo que la economía agraria requiere y exige..
Así sea.
`LU
Debe fomentarse el contra^o de aparceríaPor ANGEL SANTOS PASTOR
ABOGADO
En virtud del vencimiento de ciertos contratos de
arrendamiento, teniendo en cuenta lo prevenido en
la vigente legislación, muchas fincas en el año agrí-
cola 1947-48 vuelven a la libre disposición de los pro-
pietarios, y se plantea el problema de elegir la forma
de explotación de los predios rústicos. .
Como la ley respeta la autonomía contractual en
las aparcerías, es de suponer que este contrato ad-
quiera mayor desarrollo que el de arrendamiento,
hasta la fecha tan generalizado en nuestra comarca
y en general en todas las regiones de España.
Consecuencia de las grandes ventajas que propor-
ciona el sistema de explotación en aparcería es el
considerable ámbito geográfico en el que, desde tiem-
pos antiguos, tiene desarrollo. Fué empleado en na-
ciones de remota civilización, como Persia, India, Chi-
na y Japón. En los países latinos, como España, Fran-
cia e Italia, también desde antigua época constituye
una de las principales formas de contratación agrí-
cola. Se utiliza igualmente en los Estados balcánicos,
en Marruecos y Argelia, y en los países nuevos, como
los Estados Unidos de Norteamérica, en Brasil, Uru-
guay, Argentina y Australia.
Social y económicamente ofrece ventajas innega-
bles el contrato de aparcería agrícola. Se perfecciona
el cultivo, intensificando la producción, con lo que,
en primer término, se ve favorecida la economía de
un país. El propietario tiene en la aparcería una ma-
yor garantía contra los abusos esquilmantes del cul-
tivador, y el cultivador, a su vez, no está sometido a
un pago ñjo de renta, y tampoco sufre por sí sblo el
riesgo de las malas cosechas.
Por otro lado, resuelve en gran parte el problema
del crédito agrícola, en cuanto hace que capitales que
se destinan a otras empresas industriales, o que están
colocados en cómodos papeles del Estado, se dedi-
quen a la industria agrícola.
La actual regulación legal del contrato de aparce-
ría, por virtud del cual el propietario de una finca
concierta con otra persona el uso o disfrute de aqué-
]la o de alguno de sus aprovechamientos, convinien-
do en repartirse los productos por partes alícuotas,
equitativamente en relación a sus respectivas aporta-
ciones, permite absoluta autonomía a las partes para
estipular los pactos que estimen más convenientes.
En defecto de pacto expreso, se rigen por los usos
y costumbres locales o comarcales. Tampoco se es-
tablecen prórrogas forzosas para el propietario, al
contrario de lo que sucede en los arrendamientos.
Solamente se fija como plazo mínimo una rotación
de cultivo. Por ejemplo, en el caso más general de
nuestra comarca castellana, tratándose de cultivo de
cereales a dos hojas, el mínimo serian dos años, osea una rotación completa de cultivo. Respetando
este plazo, las partes pueden establecer el que libre-
mente convenga, y, llegado el vencimiento, el propie-
tario tiene derecho a reclamar la finca o fincas de que
se trate sin ninguna condición especial.
Es más : si durante la existencia del plazo concer-
tado el propietario-aparcero no quisiera con.tinuar en
la explotación, puede obligar al productor-aparcero a
que realice la opción del artículo 7.° de la ley de 28
de junio de 1940, es decir, a que abandone el cul-
tivo en favor del propietario o convertirse en arren-
datario de una parte de tierra proporcional a su par-
ticipación. En este caso el cultivador se ampararía
ya en los beneficios de las leyes especiales sobre
arrendamientos rústicos.
Por las reflexiones anotadas, es de suponer que la
aparcería agrícola o ganadera tenga gran desarrollo
en fechas próximas, y más aún en circunstancias co-
mo las actuales, por la intervención de productos. Elaparcero-empresario dispone de las reservas legales,
mucho más amplias que si fuera arrendador,
Ahora bien ; es conveniente advertir que, con arre-
^lo al derecho positivo vigente, no sirven simulacio-
nes, tratando de establecer pactos de una figurada
aparcería cuandq en rigor encubre un simple contra-
to de arrendamiento. Es preciso que los actos de los
contratantes coincidan con los términos expresados
en el contrato.
Según el artículo 1.282 del Código civil, para juz-
gar de la intención de los contratantes deberá aten-
derse principalmente a los actos de ésto^, coetáneos
posteriores al contrato.Y
Cualquier simulación perjudicaría sensiblemente a
las dos partes, fomentando discordias y pleitos que
deben evitarse a toda costa, procurando, por el con-
trario, sostener una perfecta armonía y cordialidad
entre trabajadores y empresarios de la tierra.
21
SOCIEDAD ESPAÑOLA PARALA MEJORA DE LA PATATA , S . A .ENTIDAD CONCE SIONARIA DEL ESTADO PARA LA PRODUCCION EN LAPROVINCIA DE BURGOS DE PATATA CERTIFICADA Y.^,SELECCIONADA DE SIEMBRA
OFIC I NAS:Delegación en Burgos : Calle de Madrid, 28.
^ en Madrid. Dirección Técnica : Sern.no, 18.
^ en Barcelona : Vía Layetana, 17.
INFORMACIONESComercio y regulación de productos agropecuarios
Precio de la raíz de ruco
En el Boletín Oficial del Esta-do del día 20 de diciembre de1947 se publica una Orden de laPresidencia del Gobierno por laque se fija el precio de la yucaprocedente de los Territorios Es-pañoles del Golfo de Guinea en4,75 pesetas por kilogramo de
raíz de yuca situada sobre muellede la Península, incluído envase,sin que este nuevo precio puedainvocarse como motivo de altera-ción de los que rigen para los pro-ductos que se elaboren tomandocomo base dicha raíz.
Reserva
En el Boletín Ofical del Estadodel día 4 de enero de 1948 se pu-blica la Circular número 657 dela Comisaría General de Abaste-cimientos y Transportes, fecha 18del pasado mes de diciembre, se-gún la cual la reserva de aceite,que en cuantía inalterable disfru-tará cada uno de los beneficiariosque obtenga el reconocimiento atal derecho, será de veintidós ki-logramos, Esta cantidad global co-rrespondiente a cada persona por'el tiempo de un año natural, es-tá integrada por la suma de diezkilogramos que corresponc^en a lareserva propiamente dicha, y do-ce kilogramos que representa elracionamiento ordinario, a razónde un litro mensual, reconocidopara todos 1 o s reservistas deaceite.
Todos los cultivadores de olivartendrán derechos para sí, para susfamiliares y obreros fijos adscrito5a su explotación olivarera y fami-liares de éstos, a un sobrerracio-namiento de aceite, a razón dediez kilogramos por persona yaño, además del racionamientoordinario d e doce kilogramosanuales del mismo producto.
No tendrán derecho a reservapara obreros fijos adscritos a laexplotación olivarera y familiaresde éstos los cultivadores con ex-tensiones olivareras inferiores a 25hectáreas, teniendo en cuenta pa-ra dicha concesión que el núme-ro de obreros fijos no podrá sersuperior a uno por cada 25 hectá-reas. ^
de oceite
De igual modo los cultivadoresde olivar tendrán derecho a reser-va para obreros eventuales adscri-tos a la explotación olivarera a ra-zón de dos kilogramos por hec-tárea.
Los cultivadores olivareros queademás de olivar tengan dentrode su finca otros cultivos distintoso posean otras explotaciones agrí-colas dentro del mismo términomunicipal o en términos colindan-tes al de aquél en que radica elolivar, tendrán derecho a reservade aceite para los obreros fijos yfamiliares de éstos adscritos a di-cho^ cultivos o explotaciones, arazón de diez kilogramos por per-sona y año, además del raciona-miento ordinario de doce kilogra-mos del mismo producto.
No tendrán derecho a reservapara los obreros fijos mencionadosen el párrafo anterior los cultiva-dores de olivar con extensiones deotros cultivos o explotaciones in-feriores a las que se especifican enel siguiente cuadro :
Regadío ... ... ... 6 hectáreas.Secano cultivado... 30 »
Se tendrá en cuenta para laconcesión de la reserva de aceitea los obreros fijos y familiares aque se refiere el presente artículoque el número de obreros no po-drá ser superior a uno por cadauna de las extensiones fijadas enel cuadro anterior.
Lo^ cultivadores de olivar ten-drán derecho a reserva para losobreros eventuales de sus explo-
taciones agrícolas distintas de lasolivareras, de acuerdo con la si-guiente escala :
Tierras de regadío 2 kg. por Ha.Tierras de secano
cultivadas ... ... 1 kg. por Ha.
Los aparceros del olivar tendránla consideración de obreros fijosy gozarán, por tanto, de derechode reserva, a razón de diez kilo-gramos por persona y año para síy sus familiares, cualquiera quesea el número de hectáreas a quese extienda el régimen de aparce-ría, además del racionamientoanual ordinario de doce kilogra-mos.
Los dueños o arrendatarios dealmazaras tendrán derecho a re-serva de aceite para sí y sus fa-miliares a razón de diez kilogra-mos por persona y año, ademásdel racionamiento ordinario dedoce kilogramos. También ten-drán derecho a reserva de aceiteen la misma cuantía para cadauno de los obreros fijos de la al-mazara, excluídos los familiaresen consideración a que el trabajolo prestan únicamente durante unaparte de la campaña.
Serán titulares de la reserva ytendrán derecho a ésta en la for-ma anteriormente especificada lospropietarios que cultiven directa-mente el olivar, y en otro caso losarrendatarios, a los cuales se ex-tiende la denominación de culti-vadores. Por tanto, carecerán dederecho de reserva para sí y susfamiliares los propietarios que nocultiven de un modo directo susexplotaciones olivareras, siendosustituídos a todos los efectos porlos arrendatarios.
Tanto los propietarios como losarrendatarios, y en general los cul-tivadores de olivar, necesitaránhallarse inscritos en el censo oli-varero del Sindicato Vertical delOlivo para poder gozar del dere-cho de reserva.
La reserva de los cultivadores
23
AGRICULTUEA
para sí, sus familiares y obreros
no podrá sobrepasar la cantidadde aceite a producir a base de laaceituna entregada en almazaraprocedente los predios del propie-tario o arrendatario de que setrate.
En consecuencia, no se admiti-rán cultivadores ni persona algu-na de ellos dependiente, con re-serva parcial, de tal forma que sialguna persona no puede reservar-se la cantidad total que por dere-cho le corresponda, por no haberproducido lo suficiente al efecto,puede optar entre entregar la to-talidad del aceite producido, que-dando, por tanto, sujeta a racio-namiento normal, o reservarse esacantidad causando baja en el ra-cionamiento durante los doce me-ses a que alcanzara la reserva.
Todos los cultivadores de oli-var, para poder ejercitar su dere-cho a la reserva que pueda co-rresponderles para sí, familiares,obreros fijos y eventuales emplea-do^ tanto en su olivar como en lasdistintas explotaciones agrícolas(incluídos los familiares de losobreros fijos), deberán solicitarlaen el término municipal donde ra-diquen las fincas del olivar, antelos Ayuntamientos, extendiendopor duplicado el modelo insertoen el Boletín Oficial de 4 de ene-ro de 1948, uno de cuyos ejempla_res les será devuelto por el Ayun-tamiento una vez que sea revisa-do y sellado por el mismo.
Cuando las explotaciones oliva-reras que dan derecho al coseche-ro a la reserva estén situadas endi =tinto término municipal a aquelen oue desee recibir la reservaque le corresnonda para sí y susfamiliares, deberá presentar dichasolicitud en el Ayuntamiento deltérmino en que estén situadas lasfincas olivareras, haciendo cons-tar que la reserva de aceite no de-sea recogerla en el término muni-cipal en que la solicitó, sino en elpunto de su residencia habitual
Los cultivadores de olivar quesoliciten la reserva de aceite queles corresponda cuando tenganñnca^ de olivar establecidas enotros términos harán constar en sudeclaración jurada que no la hansoliictado en los demás términosmunicinales ni en concepto decultivadores de olivar ni como al-mazareros.
Los dueños o arrendatarios dealmazaras solicitarán la reserva deaceite, presentando también, porduplicado, ante los Ayuntamien-tos respectivos donde tengan es-tablecidas sus almazaras, el mode-lo que también publica dicho Bo-letín, uno de cuyos ejemplares lesserá devuelto una vez revisadopor aquel organismo.
Los almazareros con derecho are^erva solamente por tal concep-to harán constar en la peticiónque formulen que no han solici-tado la reserva en ningún otro tér-mino.
Aquellos que puedan tener de-recho a reserva como almazarerosy como cultivadores de olivar de-berán solicitar la reserva para sí,sus familiares y obreros fijos dela almazara en el Ayuntamientodel término en que radique la
misma, y la correspondiente a
obreros fijos y eventuales de oli-var y de otras explotaciones quepueda corresponderles como cul-tivadores de olivar en el términomunicipal en que radique éste,haciendo constar en sus solicitu-des que en ningún caso se pro-duce duplicidad en las peticionesde reserva.
Las peticiones de reserva deaceite por los cultivadores y al-mazareros deberán formularsedentro del plazo de treinta díasnaturales a contar del comienzode la campaña de recolección deaceituna, en el término municipalcorrespondiente, o dentro del mis-mo plazo, contado a partir de lafecha de la publicación de las pre-sentes normas (4 de enero de 1948)si la recolección ya hubiese co-menzado.
Precio del algodón en bruto
En el Boletín Ofictal del Estadodel día 6 de enero de 1948 se pu-blica uno Orden del Ministerio deAgricultura, cuya parte dispositi-va dice así :
Artículo único.-El precio delalgodón bruto para la campaña1948 será el mismo señalado pa-ra las anteriores de 1946 y 47, quefué el siguiente :
Algodón americano de fibracorta, 4,85 pesetas el de primeraclase ; 4,00, pesetas el de segunday 3.30 pesetas el de tercera clase.
Algodón e^ipcio, clase Giza, 7,y similares, 7,70 pesetas el de pri-mera clase : 6.25 pesetas el de se-gunda. y 4,85 pesetas el de ter-cera clase.
Independientemente de e s t eprecio se abonarán las primas quea continuación se señalan :
Para el algodón de tipo ameri-cano, tanto en secano como enregadío. L 15 por kilogramo de al-godón bruto.
Para el algodón de tipo egip-cio, 1.00 pesetas por kilogramo dealgodón bruto.
Estas primas serán abonadasnor el Instituto de Fomento de laProducción de Fibras Textiles.
Además de las primas anterio-res aueda autorizado el Instituto ^de FomPnto de la Producción deFibras Textiles a pagar una pri-ma de fomento del cultivo oue..como máximo, alcanzará a 2,50
pesetas por kilogramo de algodónbruto y que se abonará de losfondos de fomento del cultivo quedisnone este organismo.
Esta prima de 2,50 sólo se con-cederá al algodón americano, tan-to de secano como de regadío,que corresponda al ritmo de en-trega obligatoria por las entida-des concesionarias.
Asimismo, solamente será per-cibida esta prima de 2,50 en laszonas de secano por aquellos cul-ti^^adores de algodón que hayansembrado de garbanzos, cuandomenos, la superficie mínima se-ñalada por las ,Juntas AgrícolasLocales.
El Instituto de Fomento de laProducción de Fibras Textiles se-guirá suministrando la fibra de al-godón nacional a través del Sin-dicato Nacional Textil, al mismoprecio del internacional, como lovenía realizando de acuerdo conlas disposiciones vigentes sobreesta materia.
^Vladrid, 2 de enero de 1948.-Rein.
24
AGRICULTURA
Reserva de productos alimenticios
En el Boletín Ofiical del Esta-do del día 6 de enero de 1947 seha publicado la Circular número659 de la Comisaría General deAbastecimientos y Transportes,fecha 20 de diciembre último, so-bre reserva de productos alimen-ticios para transformaciones in-dustriales y consumo de boca.
Solamente podrán concederselos derechos de reserva, objeto deesta Circular, sobre determinadosproductos agrícolas que se obten-gan en terrenos que reúnan las si-guientes modalidades :
A) Terrenos de regadío denuevo establecimiento, cuya trans-formación se realice por iniciativay a expensas de los particulares,con o sin auxilio económico delos Organismos oficiales, siendoindispensable que el caudal deagua que se utilice a tal efectoproceda de concesiónes o alum-bramientos no utilizados hasta lafecha.
Quedan exceptuados de los be-neficios establecidos en el párrafoanterior los terrenos situados enlas zonas denominadas regables,por ser de posible regadío comoconsecuencia de las obras hidráu-licas realizadas por el Estado.
B) Terrenos de secano actual-mente improductivos, que no es-tén comprendidos entre los afec-tados por la Ley de 5 de noviem-bre de 1940 y disposiciones com-plementarias,
En ningún caso las concesionesde reserva afectarán a terrenos deextensión inferior a una hectárea.
Los productos agrícolas suscep-tibles de ser objeto de reserva sonlos siguientes:
En regadío : Alubias, patatas,arroz, remolacha azucarera y ca-cahuete.
En secano : Trigo, cebada, avebanzos, lentejas y patatas.
Con fecha 31 del pasado mes deoctubre, el Ministerio de Agricul-tura, de acuerdo con el de Indus-tria y Comercio, ha resuelto to-mar en consideración se incluyael cultivo del trigo, entre los delgrupo de regadío con derecho areserva.
Los beneficios establecidos enla presente disposición serán otor-gados a los cultivadores directosde los terrenos que, reuniendo las
condiciones estipuladas en los ar-tículos anteriores, acrediten debi-damente haber concertado un ré-gimen de explotación en comúncon industria transformadora, queutilice como primeras materias losproductos obtenidos o derivadosde los mismos, o bien en aquellasEmpresas o colectividades que losdestinen
Teniendo en cuenta las dificul-tades que se les pueden presen-tar a los cultivadores, al ser elloslos que, aportando los documentosnecesarios, soliciten directamentelos derechos de reserva, y consi-derando que en orden a la trami-tación de los mismos las dificul-tades serían allanadas al ser direc-tamente las industrias o entidadeslas que lo soliciten, dada la agi-lidad con que en la actualidad lavida comercial se desenvuelve, yal objeto de unificar trámites eimprimiéndole al mismo tiempo lamáxima celeridad se ha dispuestoque sin excepción de ninguna cla-se la solicitud de los derechos dereserva se efectúe directamentepor la industria o entidad que hu-biera concertado con el cultivadordirecto un régimen de explotaciónen común.
De acuerdo con lo anteriormen-
te expuesto podrán solicitar losderechos de reserva sobre los pro-ductos agrícolaĉ que se obtenganen las explotaciones que hubiesenconcertado con destino para con-sumo de boca, las siguientes en-tidades :
A) Organismo oficiales.B) Empresas industriales o co-
merciales.C) «Obra Sindical de Coopera-
ciónn paar obreros y empleadosde sus Cooperativas agrícolas.
D) Hospitales y Sanatorios.E) Comunidades religiosas, asi-
los y Colegios.
F) Cuerpos o Unidades de losEjércitos de Tierra, Mar y Aire.
Podrán solicitar los derechos dereserva sobre los productos agrí-colas que se obtengan en las ex-plotaciones que hubiesen concer-tado con destino a transformacio-nes industriales las industrias quereúnan los requisitos siguientes :
A) Que la industria esté fun-cionando sin interrupción legal y
a nombre del industrial solicitan-te, con anterioridad al 1 de juliode 1947.
B) Estar comprendida la indus-tria solicitante en uno de los gru-pos siguientes :
l. Licores, aguardientes y cer-
veza.
2. Confitería y pastelería.3. Pasta para sopa y alimenti-
cias.
4. Turrones y mazapanes.5. Galletas.6. Helados y horchatas.7. Conservas vegetales, agrios
y derivados con azúcar.8. Productos alimenticios.9. Productos dietéticos y d e
régimen.10. Laboratorios farmacéuticos.
A excepción de las industriasde licores, aguardientes, heladosy horchatas, que solamente podránsolicitar azúcar como materia pri-ma para sus elaboraciones, el res-to de las industrias comprendidasen el apartado B) del artículo an-terior deberán solicitar todos losproductos agrícolas que necesitenen sus elaboraciones y que pue-dan ser objeto de reserva.
El artículo o artículos objeto dela reserva que en su día se con-ceda ^ tendrá necesariamente quedestinarse a la elaboración de to-dos los productos susceptibles deaplicárseles la materia prima ob-jeto de la reserva que hasta la fe-cha hayan sido autorizados a laindustria solicitante, no procedien-do destinar los productos agríco-las que en concepto de reserva sele adjudique a la fabricación deartículos o productos cuya fechade autorización o productos cuyade autorización por el Organismoque proceda sea posterior a la de1 de julio de 1947, sin que pre-viamente sea autorizado por estaComisaría General.
Todas las industrias que solici-ten el azúcar como materia primapara elaborar sus artículos alimen-ticios o bebidas deberán tener pre-sente que el porcentaje de dichoartículo en la elaboración de losmismos no podrá ser superior aun 65 por 100.
Asimismo todas 1 a s industriasque utilicen el trigo en las elabo-ración de sus productos, previas1 a s transformaciones necesarias,deberán tener presente que el por-centaje d e intervención d e este
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AGRICULTURA
artículo en la elaboración de losmismo no podrá ser superior a un50 por 100, sustituyéndose el res-to por el de otro artículo suscep-tible también de ser objeto de re-serva.
En las explotaciones de regadíosolamente podrá cultivarse el ca-cahuete para la extracción de acei-te y con destino exclusivo comoreserva para consumo de boca,excepto en el caso en que sea ne-cesario como componente en laelaboración de un producto quelo precise como complemento.
Las industrias de confitería po-drán elaborar todos los productospropios de su industria, quedan-do únicamente limitada ^a fabri-cación de caramelos y bombones,a la que no podrán destinar unacantidad de azúcar superior al 10por 100 del total que como reser-vistas les corresponda.
Los industriales de pasta parasopa y alimenticias tendrán quetener en cuenta que la producciónque obtengan como consecuenciade la reserva que se les adjudiquese destinará solamente, con el co-nocimiento de la Comisaría, al su-ministro de Colectividades, indus-trias de hostelería, Economatos yComedores de Empresa.
Mediante instancia, que suscri-birán el cultivador directo de lastierras a quien se hayan concedi-do los derechos de reserva y el re-presentante legal de la industria oentidad beneficiaria, solicitarán dela Jefatura Agronómica de la pro-vincia en donde radiquen las tie-rras, y una vez llegado el momen-to de la recolección del productoobjeto de la reserva, y antes decomenzar dicha operación, s e arealizada una visita a las mismasal objeto de que se informe sobre1 o s requisitos consignados en lacircular de la Dirección Generalde Agricultura, dictada al efectocomo consecuencia de la Ordenconjunta d e] o s Ministerios deAgricultura e Industria y Comer-cio, de fecha 3 del pasado mes deoctubre y para el desarrollo de lamisma.
Una vez que obre en poder delcultivador directo de los terrenosel informe de la eJfatura Agronó-mica a que se refiere el artículoanterior se podrá verificar 1.a re-colección del producto, que seráentregado al organismo encarga-
do de su recogida o, en caso deser remolacha, a la fábrica de azú-car con la que la tenga contra-tada.
E s t o s organismos o fábricasacreditarán, mediante 1 o s docu-mentos establecidos para ello (porejemplo, modelo C-I del S. U. T.,cuando sea trigo, ; certificado dela azucarera, cuando sea remola-cha, u otras certificaciones cuan-do de trate de otro organismo),las cantidades de artículos entre-gados por los beneficiarios de lasreservas.
Mediante instancia que nueva-mente suscribirá el mismo indus-trial que en principio solicitó losbeneficios de reserva en represen_tación del cultivador directo delos terrenos, acompañará los do-cumentos a que se hace referen-cia en los artículo 21 y 21, se so-licitará la entrega de todos los pro-ductos agrícolas para los cualessolicitaron los derechos de reserva.
La instancia y los documentosque necesariamente han de acom-pañarla s e r á n presentados e nlas Delegaciones Provinciales deAbastecimientos y Transportes co-rrespondientes al lugar donde seencuentre domiciliada la industriao entidad solicitante, con poste-rioridad al 1 de octubre de cadaaño.
En el supuesto de que el pro-ducto agrícola objeto de la reser-va (por ejemplo, patata) no pu-diera conservarse por su fácil de-terioro hasta la fecha indicada an-teriormente, los documentos cita-dos en los artículos anteriores se-rán presentados en el momentoque se crea necesario.
En el caso de que el productoobjeto de la reserva sea arroz, lainstancia y certiñcaciones antesmencionadas se dirigirán a la Co-misaría de Recursos de la Zonade Levante, para que por este or-ganismo, a su vez, sean remitidasa esta Comisaría Genera] con losinformes necesarios.
P a r a la determinación de lacuantía de la reserva se tendrá encuenta lo siguiente :
A) La reserva para el consu-mo de boca no podrá exceder porpersona y año del médulo que pa-ra la reserva del productor tengaestablecida o establezca la Comi-saría General de cada uno de losartículos de que se trate.
De acuerdo con lo anteriormen-te expuesto y hasta nueva ordenlos módulos de la reserva seránlos siguientes :
Judías, 24 kilos por persona yaño.
Lentejas, 24 ídem íd.Garbanzos, 24 ídem íd.Arroz, 24 ídem íd.Trigo, 40 ídem íd.Azúcar, 8 ídem íd.Aceite, 6 ídem íd.Patatas, 8 ídem y mes.
Cuando el artículo objeto de lareserva sea arroz, judías, lentejaso garbanzos, el módulo será porun total de 24 kilos por personay año, pudiendo constituir el mis-mo módulo sobre un solo artículoo varios, sin que exceda de la can-tidad fijada.
La cuantía total de dicha reser-va se determinará en función deese módulo y del número de ra-ciones o plazas que tenga acre-ditada la entidad beneficiaria alsolicitar la concesión del mencio-nado derecho.
B) La cuantía de la reserva delos productos que se hubieran so-licitado con destino a transforma-ción industrial se fijará a la vistade la capacidad de absorción dela materia prima objeto de la re-serva y en relación con la capa-cidad de producción.
La producción que se obtengamediante el cultivo empleado ylas transformaciones que se pre-cisen cuando se trate de utilizardichos productos c o m o materiaprima para transformaciones in-dustriales se ádjudicará en la for-ma siguiente :
A) Sn los casos de renovaciónde los derechos de reserva conce-didos al amparo de la Circular nú-mero 605, quedará a disposiciónde la Comisaría General el 25 por100 de la cosecha obtenida.
B) En los casos de concesiónde derechos al amparo de la pre-sente circular se tendrá presentelo siguiente :
l.° En el primer año de dis-frute de 1 o s mencionados dere-chos quedará a disposición de laComisaría General el 15 por 100de la cosecha obtenida.
2.° A partir del segundo añode disfrute de los citados dere-chos quedará a disposición de laComisaría General el 25 por 100de la cosecha obtenida.
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AGRICULTURA
C) E1 75 u 85 por 100 restante,según proceda, constituirá la re-serva del beneficiario en cuantono exceda de la cuantía calcula-da a base de lo dispuesto en elapartado B) del artículo anterior.
En el supuesto de que ese 75u 85 por 100 exceda de la capa-cidad de absorción (en 300 jorna-das de ocho horas), determinadacon arreglo al apartado B) del ar-tículo anterior, el sobrante q u eresulte quedará a disposición dela Comisaría General para poderatender otras necesidades.
Asimismo deberá tenerse encuenta que en el supuesto de quela cantidad de los productos agrí-colas recolectados y entregados alorganismo recolector correspon-diente exceda de la cantidad quecomo cosecha probable fué calcu-lada por la Jefatura Agronómica,sólo se admitirá sobre el excesoun 10 por 100 en concepto de to-lerancia.
Los organismos militares recibi_rán la totalidad de los productosque obtengan, y los sobrantes queresulten como consecuencia de laaplicación del apartado A) del ar-tículo anterior serán puesto a dis-posición, de la Intendencia Mili-tar, para que por esta Jefatura asu vez se comunique a la Comi-saría General las cantidades a queasciende la totalidad de lo produ-cido, al objeto de deducirlas delos cupos globales que les hayande ser asignados.
Las entregas de la reserva decada beneficiario podrá verificar-se total o parcialmente en el tiem-po y forma que esta ComisaríaeGneral crea más conveniente, deacuerdo con la naturaleza del pro-ducto cultivado, la clase de indus_tria y las eicistencias y necesida-des del abastecimiento nacional.
La cuantía total del productoque constituye la reserva p a r aconsumo de boca se dividirá, alos efectos de su distribución, endozavas partes, y la porción ali-cuota mensual, .más los sobrantesque resulten de repartos anterio-res, se distribuirá, a través dé susrespectivos economatos, con ab-soluta equidad entre los emplea-dos u obreros que figuren inscri-tos en el censo de consumidoresde la entidad o industria de quese trate o enumerados en la rela-ción de personal y sus familiares
que se citan en el artículo 11 enel momento en que se efectúe ca-da reparto.
Las distribuciones mensuales in-dicadas serán autorizadas en cadacaso por las Delegaciones Provin-ciales de Abastecimientos respec-tivas, interviniendo bien de oficioo a instancia de parte interesada,cuidando de señalar el módulo yaprobar el precio de la ración, devigilar directamente o por mediode las Delegaciones locales los ex-presados repartos y de exigir altérmino de cada uno de ellos lasliquidaciones correspondientes.
La duración de los derechos dereserva que por la presente circu-lar se regulan será la siguiente :
A) Los terrenos de nuevo re-gadío, de tres a cinco años, fija-do en cada caso por la Comisa-ría General de Abastecimientos yTransportes.
B) En los terrenos de secanola duración será de tres años.
Una v e z cumplimentados losplazos señalados, los terrenos afec-tados dejarán de disfrutar los be-neficios de reserva.
En los casos de nuevos regadíoslas respectivas Jefaturas Agronó-micas formularán la propuesta deduración de la reserva, teniendoen cuenta el coste por hectáreade la transformación realizada ylos elementos de juicio que esti-men oportuno valorar en relacióncon el esfuerzo realizado.
Los derechos de reserva conce-didos al amparo de la Circular nú-mero 605 podrán renovarse porlos plazos que en el artículo an-terior se establecen, siempre quelos terrenos sobre 1 o s cuales sepretende continuar los citados be_neficios reúnan 1 a s condicionesque se establecen en la presentecircular.
En el mismo Boletín Oficial sepublica otra circular de la Direc-ción General de Agricultura, fe-cha 20 del pasado mes, por laque se dan las siguientes normasa las Jefaturas Agronómicas parala expedición de los informes co-rrespondientes :
1.' Terrenos.-Las condicionesy circunstancias de los terrenos alos cuales puede certificarse a losefectos de reserva son :
a) Terrenos de regadío de nue-
vo establecimiento, cuya transfor-fación se realice por iniciativa ya expensas de 1 o s particulares,con o sin auxilio económico de1 o s Organismos oficiales, siendoindispensable q u e el caudal deagua que se utilice a tal efectoproceda de concesiones o alum-bramientos no utilizados hasta lafecha.
Quedari exceptuados de los be-neficios establecidos en el párra-fo anterior los terrenos situadosen las zonas denominadas rega-bles, por ser de posible regadíocomo consecuencia de las obrashidráulicas realizadas por el Esta-do. En estas zonas no se conce-derá certificado, cualquiera q u esea el procedimiento que se pre-tenda p a r a la puesta en riego(elevaciones, apertura d e pozos,captaciones de aguas, etc.), ni de-be tenerse en cuenta el estado enque se encuentren las obras depuesta en riego que el Estado rea-lice.
b) Terrenos de secano actual-mente improductivos que no es-tén comprendidos entre los afec-tados por la Ley de 5 de noviem-bre de 1940 y disposiciones com-plementarias. Se tendrá en cuen-ta que se entiende por terreno desecano improductivo aquel que noestando comprendido entre aque-llos a que se refiere dicha Leysea capaz de producir alguna co-secha de los cultivos cuyos pro-ductos son objeto de reserva. Nodeberá certificarse ningún terrenode secano que en el momento dela inspección se encuentre sem-brado o labrado c o n anteriori-dad ; se decir, que solamente de-be certificarse cuando se trate denuevas rotulaciones que precisa-mente se realicen para acogerseen lo sucesivo a los beneficios dereserva.
2.' Cultivos que pueden alcan-zar estos beneficios:
En regadío : Trigo, alubias, pa-tatas, arroz, remolacha azucareray cacahuet.
En secano : Trigo, cebada, ave-na, centeno, escaña, m a í z, gar-banzos, lentejas y patatas.
Con fecha 31 del pasado mesde octubre, el Ministerio de AQri-cultura, de acuerdo con el de In-dustria y Comercio, ha resueltotomar en consideración se inclu-ya eT cultivo del trigo entre los de
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AGRICULTUltA
grupo de regadío con derecho areserva.
No podrá certificarse el cultivode patata en la zona de produc-ción de la patata de siembra.
Tercera. Solicitud del certifica-do.-La solicitud para la visita deinspección a la finca de que se tra-te y posterior expedición del cer-tificado deberá hacerse por escritoa la Jefatura Agronómica de laprovincia en que radique la finca.E^ta solicitud debe estar sus.critapor el cultivador directo y por elindustrial, y deberán exhibir eldocumento, suscrito por ambos ycon el visto bueno del Alcalde deltérmino municipal donde radiquela finca, acreditativo de que sehan comprometido a realizar enrégimen de explotación común loscultivos que se solicitan y el pla-zo de duración de dicho acuerdo.
Cuarta. Visitas de inspección a
las ^incas.-Es requisito indispen-sable que por un Ingeniero de lajefatura Agronómica sea visitadala finca antes de extender el cer-tificado. Solamente en el caso deque claramente la Jefatura Agro-nómica entienda que las fincas noreúnen los requisitos indispensa-bles para que pueda expedirse elcertificado, podrá omitirse la vi-sita.
Las visitas a las fincas previasolicitud de los interesados debenrealizarse, cuando menos, dos ve-ces : la primera, previa al certi-ficado, y la segunda, antes de re-coQer la cosecha.
En la primera visita se reco-nocerán los terrenos y obras rea-lizadas y las posibilidades de lasiniciadas o proyectadas ; en la se-gunda visita se comprobará la ter_minación de las referidas obras yse aforará, con la mayor aproxi-mación posible, los rendimiento^probables de los diferentes culti-vos que han sido objeto de bene-fYcios de reserva.
Quinta. Ex/^edición de certifi-cados.-La expedición de certifi-cados, tanto de la primera comode la segunda visita, se hará conarreglo al modelo oficial, que de-berán llevar la conformidad delIn^eniero Jefe de la Jefatura Agro-nómica ; y cuando se trate denuevos re^a^íos, además deberáexponer dicho Ingeniero Jefe lapropue^ta de duración de la reser-va, en el primer certificado, de
acuerdo con lo dispuesto en el ar-tículo 6.° de la Orden ministerial.
Cuando la petición se refiera aobras de riego aun no ejecutadaso a concesiones de agua no con-cedidas todavía por el Organismocompetente, el primer certificadotendrá el carácter de eeprovisio-naln, a reserva de que en la se-gunda visita de inspección se com-pruebe por el Ingeniero la totalrealización de la obra, y la con-cesión o di^po,nibilidad del agua,en cuyo caso el primer certificadose elevará a definitivo.
En todos los casos las. JefaturasAgronómicas deberán contestar alas solicitudes de los interesados,bien con el certificado pertinente,o con oficio dirigido a los mi^mos,en caso denegatorio, especifican-do las razones de la desestima-ción.
Sexta. En aquellos casos ex-cepcionales en que por las Jefatu-ras Agronómicas existan dudaspara la expedición del certificado,se consultará a e^ta Dirección Ge-neral de Agricultura, expresandoel mayor número de anteceden-tes sobre el caso, con el fin deresolver en definitiva y unificarcriterios.
Séptima. Periódicamente, y amedida que se extiendan los cer-tificados tanto de la primera comode la segunda visita de inspec-ción, las Jefaturas Agronómicasdeberán remitir a esta DirecciónGeneral relaciones de los quese havan expedido, especificando,cuando menos, los siguientes da-tos : término municipal en que ra-dica la finca, nombre del cultiva-dor directo, cultivos de que se tra-ta, superficies, secano o regadío,
y en este último caso, clase deobra a realizar y forma de utili-zación del agua y plazo propuestopara el derecho de reserva.
Una copia de estas relacionesse remitirá por la Jefatura Agro-nómica a la Delegación Provin-cial de Abastecimientos de su pro-vincia.
Octava. Las peticiones de cer-tificado que se cursen a las Jefa-turas Agror^ómicas y que se refie-ran a concesiones de reserva yaotorgadas al amparo de la Circu-lar número 605 de la ComisaríaGeneral d e Abastecimientos y1^ransportes, que se indica en elartículo transitorio de la Ordenconjunta de 3 de octubre de 1947,se tramitarán en la siguiente for-ma :
a) Peticiones que claramenteesfán f uera de las condiciones quese exigen en la mencionada Or-den de 3 de octubre de 1947.-Secontestará de oficio a los intere-^ados expresando el motivo de ladenegación, advirtiéndoles al mis_mo tiempo su derecho a solicitarde la Comisaría General de Abas•tecimientos v Transportes la prci-rroga de un año, a tenor de lo quese especifica en e] segundo párra-fo de dicho artículo transitorio.
b) Peficiones que en principio
cum^len can los requisitos estable-
cidos en la Orden conjunta de 3
de octubre de 1947.-Se seguirán
los mismos trámites que para
aquellas nuevas peticiones a quese refieren los apartados anterio-
res, realizándose las comprobacio-nes y tomas de datos preci^os pa-ra extender el certiñcado corres-pondiente.
Intervención de la almendra y avellana
En el Boletín Oficial del Estadodel día 9 de enero de 1948 se pu-blica una Orden conjunta de losMinisterios de Industria y Comer-cio v de Agricultura, por la quese dictan normas para la aplica-ción de lo disDUesto en el Decre-to-Ley de 14 de noviembre de1947 sobre intervención de la al-mendra y avellana.
De las existencias de almendray avellana declaradas por los ex•portadores hasta la fecha se dedi-cará como mínimo para la expor-
tacicín e1 75 por 100 del peso to-tal. El resto, que incluirá los de^-tríos totales, podrá destinarse a1mercado interior.
De las existencias de dichos pro-ductos declaradas actualmente poralmacenistas y descascaradores sededicarán a la exportación y mer-cado interior los mi^mos porcen-tajes, para lo cual dichos alma-cen;stas y descascaradores Pntre-Qarán obiiQatoriamente, como mí-nimo, el citado 75 por 100 a lasexportadores, contra documento
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AGKICULTUkA
que así lo acredite, los cuales que-dan obligados a destinarlos ínte-gramente a la exportación.
De las existencias de almendraen poder de los agricultores, yadeclaradas o que se reclaren has-tata el I de marzo próximo, sededicarán a la exportación los dostercios, como mínimo, y de lasde avellana, con igual plazo dPdeclaración, el 50 por 100, por-centajes que obligatoriamente ven-derán con este destino a los al-macenistas, descascaradores o alos exportadores directamente, losq u e librarán 1 a documentaciónacreditativa correspondiente.
Cuando estas ventas con destino a la exportación se realicen através de los almacenistas y des-csscaradores, éstos, a su vez, que_dan obligados a entregar la tota-lidad de la mercancía a los ex •portadores, los que igualmente ladestinarán íntegramente a ]a ex-portación.
Los restantes poseedores de al-mendra o avellana podrán venderdirectamente en el comercio al de-tall o en pequeñas partidas, cuyacuantía se determinará, sus exis-tencias a c t u a 1 es declaradas oaquellas que en lo sucesivo ad-quieran procedentes de los por-centajes destinados al comerciointerior.
L o s fabricantes e industrialespodrán transformar las existenciasdeclaradas o aquellas que en losucesivo adquieran, tanto de al-mendra como de avellana, proce-dentes también de los porcentajesdestinados a comercio interior,realizando las elaboraciones paraque fueron adquiridas y pudiendocomerciar normalmente c o n losproductos d e 1 a transformación,s a 1 v o las disposiciones que encualquier momento pudiera adop-tar la Comisión que por dicha Or-den se crea.
T o d a la almendra y avellanaque haya de movilizarse c o m oconsecuenĉia del apartado ante-rior, bien sea con destino a laexportación, al almacenamiento 0al comercio interior, precisará dela correspondiente guía única decirculación. Dichas guías de circu-lación serán expedidas por las De-legaciones Provinciales de Abas-tecimientos, previos los requisitosque para ello se establezcan porla Comisión.
A1 fijar dichos requisitos tendrámuy principalmente en cuenta quede las existencias declaradas ac-tualmente en poder de almacenistas, descascaradores y exportado-res no se destine al mercado in-terior partida alguna que no co-rresponda a exportación ya rea-lizada en la proporción estableci-da. Igualmente se tendrá en cuen-ta la no concesión de guías condestino al mercado interior paramercancías procedentes d e 1 a sexistencias en poder de los pro-ductores, declaradas o que se de-quede asegurada la entraad en al-claren hasta el 1 de marzo, sinque quede asegurada la entrada,en almacenes del exportador, delporcentaje correspondiente.
Del mismo modo cuidará la Co-misión de que las salidas para laexportación de las existencias enpoder de los exportadores se ha-gan alternándolas con las que pa-ra tal fin existen en poder de al-macenistas y descascaradores, enla proporción que aquélla deter-mine.
Las guías necesarias para quPlos exportadores movilicen 1 amercancía destinada a la expor-tación serán solicitadas con la do-cumentación precisa para justii^-car su destino.
Los precios máximos de la al-mendra y avellana en almacén deexportador, fijados por kilogramr^en pepita o grano ya descascara-do, serán 1ns siguientes:
Almendra :
De las variedades Marco-na, Jordana, Largueta ysimilares ... ... ... ... ..
De las variedades Esperan-za, Mallorca escogida,Comunas y Valencia5
Ptas.
10,30
clasificadas ... ... ... .. , Q.50De las variedades Valen-
cia sin clasificar, Mallor-ca propietario, Sin tro-zos, y similares ... . _ .. 9,00
Auellana :
Precio de grano, segúnrendimiento medio... .. Q,50
Los precios del fruto en cáscara, así como los de las clases in-termedias, en casos especiales, ylas equivalencias en medidas deuso local, principalmente para laavellana, se fijarán por la comi-
sión, sin exceder el precio medioponderado, para uno y otro fru-to, en pepita, de ^^,50 pesetas porkilogramo.
La Comisión adoptará las me-didas oportunas para que en lacontabilidad de mercancías, queobligatoriamente llevar'an tanto losexportadores como los almacenis-tas y los descascaradores, se dis-tingan exactamente las can:ida-des movilizadas procedentes deadquisiciones realizadas hasta lafecha actual y las correspondien-tes a las nuevas compras.
La Comisión establecerá la ne-cesaria vigilancia a estos efectosy exigirá los partes de movimien-to que sean precisos.
En cumplimiento de lo dispues-to en el artículo 8.° del Decretode 14 de noviembre último, secrea la uComisión para el Comer-cio de Almendra y Avellana»,que estará constituída en plenodel modo siguiente :
Tres Vocales técnicos ejecuti-vos en representación respectiva-mente del Ministerio de Agricul-tura, Comisaría General de Abas-tecimientos y Dirección Generalde Comercio, entre los cuales se-rán designados el Presidente ySecretario por Orden conjunta deambo^ Ministerios.
Vocales asesores : cuatro parael fruto almendra, y otros cuatropara el fruto avellana, que serán,para cada producto un exporta-dor, un almacenista decascara-dor, un productor agricultor y uncooperador, designados por el Sin-dicato Vertical de Frutos y Pro-ductos Hortícolas, los dos prime-ros a propuesta de los grupos sin-dicales correspondientes y los dosúltimos a propuesta de las Her-mandades Provinciales de Labra-dores y Ganaderos y de la UniónNacional de Cooperativas d e 1Campo, respectivamente.
Industrialización de legumbresbastas
En el Boletín Oficial del 9 deenero de 1948 se publica la Cir-cular número 660 de la ComisaríaGeneral d e Abastecimientos yTransportes, fecha 23 del pasadomes de diciembre, según la cualdurante la campaña agrícola 1947_48, que concluirá el día l.° dejunio próximo, de las legumino-
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ACRICULTURA
sas intervenidas sólo podrán in-dustrializarse las algarrobas, al-mortas, guisantes y habas.
Los productos a elaborar que-dan determinados en el siguientecuadro de rendimientos :
tander, Vizcaya y Zamora, y enlas restantes provincias a travésde las respectivas Delegacionesde Abastecimientos y Transpor-tes.
Los organismos a que se refie-
PRODUCTO ELABDRADO
MATERIA PRI^fA Granomondado
Puré em-paqu^tado
Subpro-ductoe Mermas Total
Algarrobas ... ... ... ... ... 65 10 20 5 100Almortas ... ... ... ... ... ... + 85 10 5 100Guisantes ... ... ... ... ... ... - 85 10 5 100Habas ... ... ... ... ... ... - 80 15 5 100
Tanto los productos elaboradoscomo los subproductos y residuosde fabricación quedarán interveni-dos para su distribución por laDirección Técnica de Abasteci-mientos.
Las órdenes de suministro secursarán a los fabricantes a travésde la Comisaría de Recursos dela zona norte en las provincias deBurgos, Guipúzcoa, León, Nava-rra, Palencia, Salamanca, San-
re el párrafo segundo del artícu-lo anterior vigilarán la aplicaciónde las materias primas y produc-tos elaborados, así como las ope-raciones de fabricación, evitandocualquier adulteración, que seráconsiderada como atentado a lasalud pública. Para ello dispon-drán con la debida frecuencia to-mas de muestras para ulterioranálisis en laboratorio oficial.
Los precios en fábrica y oficia-
les de cada uno de los productosexpresados, así como los márge-nes comerciales que se les reco-noce a los intermediarios, son lossiguientes :
AfiTICUI OPreeiofábrica
Algarrobas mondadas ... 2,186Puré algarrobas ... . .. ... 3,199Puré almortas... ... ... ... 2,621Puré guisantes ... ... ... 3,645Puré habas ... ... ... ... ... 3,903Salvado ... ... .. . . . . .. . . .. 0,50
Las algarrobas mondadas y lossalvados se venderán a granel. To-dos los demás artículos, envasa-dos en paquetes de 250 gramos.
Los almacenistas recolectoresque vendan la materia prima a lasFábricas de purés cobrarán los pre-cios siguientes :
Ptue. Qm.
Algarrobas ... ... ... ... ... 125Almortas ... ... ... ... ... 93Guisantes . ... ... ... ... 180Habas ... ... ... ... ... ... 190
ALGODONERA DEL EBRO, S. A.ZARA G O Z A
Concesionaria de la 8.° zona algodonera:
Zaragoza, Huesca, Teruel, Navarra y logr ^ño
DOMICILIO SOCIAL: SAN VICENTE DE PAUI, NUM. 1
FACTORIA DESMOTADORA: AVENIDA DE S. JUAN DE LA PEÑA
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AGRICULTURA
EL DDT Y LAS ABEJASA propósito del peligro que
pueda suponer la generalizacióndel empleo de los insecticidas abase de DDT, como principio ac-tivo, viene hablándose por partede algunos apicultores en térmi-nos que parecen expresar un mo-tivo de alarma para su industria.
La realidad no permite, hoy porhoy, en nuestro país, justificar lostemores que se abrigan ; peroAGRICULTURA estima un deber in-formar a sus lectores sobre el es-tado del problema, a la luz de losdatos que hasta ella llegan y conla mira de tratar de plantearlo ensus verdaderos términoa.
Que las abejas son sensibles alDDT no precisa demostrarse. Pe-ro éste no es el problema ; sinohasta qué punto puede perjudi-carles el empleo de esta clase dein_ecticidas en la lucha contra Iasplagas del campo. Y todavía más,si la sustitución parcial de los ar-senicales por los preparados a ba-se de DDT significa para las abe-jas un peligro mayor que el re-presentado hasta ahora por el em-pleo de los primeros,
Veamos, ante todo, cuándo unin^ecticida de uso agrícola puederesultar peligroso para las abejas.Estos insectos sólo acuden a libaren las Aores, o a veces tambiénen los frutos maduros ; luego, entérminos generales, sólo podráperjudicar a las abejas el insecti-cida que queda sobre estas partesde la planta.
La floración y la época de ma-durez del fruto no son las apro-piadas-salvo excepciones-paráaplicar pulverizaciones, ni con ar-senicales, ni con DDT. Pero in-cluso la pulverización de la plan-ta florida, en el caso de que seaplique, no deposita fácilmente elinsecticida en cantidad que lle-gue a hacerla, en la práctica, se-riamente perjudicial.
La Estación Agronómica Ex-perimental de Utah (Estados Uni-dos) señala, en un trabajo sobreel tema, que durante los ensayosde aplicación en gran escala, enlos patatares de Wáshington, deinsecticidas de la serie DDT, norecibieron ninguna queja de par-te de los apicultores. Y en F.s-paña, el empleo de esta clase deinsecticidas en pulverización, que
ya registra cifras de millares detoneladas, no permite aportar da-tos que contradigan fundadamen-te los anteriores hechos.
Prácticamente, pues, la aplica-ción del DDT en pulverizacionesno puede representar motivo depreocupación para los apicultores.
No podría decirse otro tanto delos productos aplicados en seco,mediante espolvoreos. En este ca-so, el depósito de insecticida enlas flores es ya mucho mayor y suempleo en el período de floraciónpuede suponer, de hecho, un pe-ligro más o menos grande paralas abejas,
Los casos de intoxicación se hanregistrado, sobre todo, en lasaplicaciones hechas desde aviállo con aparatos espolvoreadoresde motor y gran rendimiento. Yello es lógico, pues de esta ma-nera, como la distribución del in-secticida no puede realizarse bien,no sólo cae sobre las plantas cul-tivadas, sino también sobre las es-pontáneas melíferas, incluso fue-ra de las parcelas tratadas, y pue-den producirse casos de envene-namiento, como ya se comprobó,asimi^mo, al aplicar arsenicalesen ^olvo contra las plagas. de losbosques.
Los espolvoreadores de ,mochi-la, o de poco rendimiento, limi-tan este peligro> si bien no lo evi-tan, cuando se trata de aplicacio-nes durante el período de la flo-ración, pues en otra época deldesarrollo de las plantas tampo-co puede suponérseles peligrosos.desde el punto de vista que nosocupa.
CONSEJOS A LOS
TRACTORISTAS
Cuando el tractoiestá en un local ce-rrado es preciso abrirlas puertas antes deponer el motor enmarcba, porque en-tonces los gases deescape carecen deolor, color y sabor,pero son sturt.2men-te ^°enenosos.
(Del folleto «Cur-sos prácticos p-a r atractoristas», de laEscuela Especial deIngeníeros Agróno-mos. )
En nuestro país, hoy por hoy,los espolvoreos con esta clase deinsecticidas (como de cualquier •otros) tienen una importancia mí-nima comparados con los que seaplican en pulverizaciones, y, portanto, el peligro que pueden su-poner para la Apicultura es másremoto que real.
No obstante, y para tener máselementos de juicio, nos per.miti-mos con^ignar unos datos de untrabajo realizado por Eckert enlos Estados Unidós sobre el efec-to del DDT en las abejas.
En él se ensaya, entre otras co-sas, el empleo de pastas de po-len con proporciones variablesde DDT. Pues bien, contenidosque o^cilaban entre 0,23 y 0,98por 100 de DDT técnico fueronsoportados por ]as colmenas sinperjuicio apreciable.
En cambio, espolvoreando di-rectamente abejas con insecticidasde 2 y 3 por 100 en DDT, se com-probó una mortalidad de cuantíavariable con las abejas tratadas.Y es, precisamente, esta acciónde contacto la que supone per-juicio en los espolvoreos de plan-tas en flor.
En Estados Unidos, el empleode insecticidas arsenicales y deDDT en espoluoreos está muydesarrollado ; se discute actual-mente la conveniencia de una re-gulación en las aplicaciones, peroen manera alguna de suprimir suempleo.
Nuestro caso dista mucho deser el de ese país, y creemos porello que no hay motivo serio depreocupación para los apicultorespor esta causa.
AGRICULTURA
Andalucía Oriental
^ utvQUt3 escasas, las lluvias hanfavorecido a los sembrados.
En Málaga éstos se encuentran
desiguale^, a pesar de todo. Enlos más tempranos se practican
escardas. En Granada, las legum-bres están atrasadas ; pero, en ge-
neral, el campo está en buenascondiciones. En Jaén todo nació
bien. Se granea lo más adelanta-do. Las habas han sido objeto de
e:cardas.
En el viñedo de Granada se danIabores de arado.
La aceituna de Málaga, en laszonas más abundantes y más tar-días, ha traído retraso en su ma-durez y ha sido pasto de la mos-ca. En Granada la cosecha es bue-
na, aunque no llega a la del añopasado. En 1 a s comarcas m á sfrías se ha helado algo el fruto,que con dificultad llega en todocaso a la madurez en ellas. Ade-más de haber mucho fruto y vo-luminoso en Jaén, se encuentrasano y, en las pruebas efectua-das, rinde normalmente ; escaseanlos medios de tran^porte, lo cualprolongará la recolección.
En esta provincia se prepara el
terreno para plantar platata tem-prana. En Sierra Nevada (Grana-
da) se últimó la recolección conresultado mediano, p o r haberse
quedado chico el tubérculo. En laparte más temprana de Málaga
se plantaron ya algunas parcelas ;ha continuado la recogida de la
segunda cosecha, que dió cifrasmás bajas que las normales y só-
lo de calidad regular en cuanto altubérculo.
En dicha provincia se recogenlos agrios bajo buenos auspicios.
En Granada la producción dede remolacha fué deficiente. Lacaña en Málaga vegeta bien, aun-
que las bajas temperaturas h a n
quemado las puntas.
Andalucía Occidental
F AVORECIDA por las lluvias de finde otoño, la siembra ha con-
cluído en buenas condiciones y laplanta nació bien y ahijó, graciasa! tiempo posterior, frío y seco.
Prosigue en Huelva la poda dela vid, y en Córdoba, las labo-res de arado y cava. Se recogennaranjas en Huelva y Sevilla, h3-biendo comenzado los embarquesen la última.
La impresión sobre la cosech3de aceituna en Huelva es h o ymás favorable, por lo que ayuda-con las lluvias. En Cádiz y Sevillaestá muy adelantada la recolec-ción. Las predicciones son bue-nas, aunque se desprendió much^aceituna y hay bastante porcenta-je de ella picada. En Córdoba esmás abundante la cosecha en laszonas de campiña. El rendimien-to en aceite es satisfactorio, aun-que la acidez es alta, por el ata-que de la mosca.
Se prepara en Sevilla la plan-tación de la patata.
Extremadura
^ ^^ N Badajoz las siembras presen_^ tan buen aspecto y son obje-to de gradeos. En Cáceres, porhaberse efectuado en malas con-diciones, sobre todo con falta dehumedad, las plantitas están re-trasadas y con mala vista, suspi-rando por nuevas lluvias. Se danlaborea de aricado en las actuali-dad.
En el viñedo de Badajoz, ope-iaciones de poda y laboreo super-ficial. Terminó la recolección decastaña en Cáceres, única buenade 1 a s producciones frutales deallí por este año. Ha comenzadoa cogerse naranja, que tiene pocaimportancia en la provincia y cu-ya cosecha no pasará de regular.
Se está en ambas provincias enplena recolección de aceituna dealmazara, siendo 1 a cosecha deCáceres sana, pero corta, y la deBadajoz, superior a la de 1947.
Castilla la Nueva
L As siembras de Ciudad Realy Madrid, especialmente las
tempranas, tienen por ahora unbuen aspecto. En Toledo estánmuy desiguales, llevando adelan-to Ias tempranaa y retraso las tar-días. Se está haciendo en buenascondiciones la preparación del te-rreno para las siembras de prima-vera. Por las intensas heladas de
fines de diciembre la nascenciade los sembrados de Cuenca nose realizaba como e^ debido, ycon dificultad proseguían las siem-bras de cebadas, avenas, algarro-
ba y yeros. En Guadalajara lassiembras tempranas tiene peor as-pecto que en el mes anterior, por
lo mucho que las han castigadolos hielos. Se prepara el terrenopara la siembra y avena y alga-rroba y, en general, paar las siem-bras primaverales. L^s lentejas dela pasada cos.echa se conservanmalamente, por tener mucho gor-gojo. En esta provincia la cose-cha de aceituna es muy buena yde excelente calidad. En las de ^más provincias hay buena produc-ción.
En Toledo se ha sazonado per-fectamente y en Ciudad Real me-joró la impresión a última hora.Se está en plena recolección, al-go dificultada por el tiempo, entodos sitios.
En Ciudad Real y Toledo, podade las cepas y apertura de hoyospaar nuevas plantaciones. En Ma-drid y Cuenca continúa la poda.
Se acabó de coger la patata deúltima época, siendo corta la co-secha en Guadalajara. En Madridha dado buen rendimiento pon-deral (aunque los tubérculos seanpequeños) en el caso de emplearbuena simiente. En Cuenca se danlabore^ preparatorias para las nue-vas plantaciones.
E n Toledo, mediana cosechade remolacha, con gran desigual-dad en los resultados. En Cuencallegará a buena la cosecha, ex-cepto en las zonas que se inun-daron. También floja cosecha enMadrid.
No será mejor el resultado dela fruta de invierno en esta pro-vincia. En Cuenca, poda y trata-mientos de invierno al arboladofrutal.
3°
AGRICULTURA
Catalufia
Ej N g e n e ra 1 ha terminado lasiembra y t o d o ha nacido
bien y tiene buen aspecto, salvoen Tarragona, en donde las siem-bras tempranas tienen medianoaire. En esta provincia no ha po-dido terminarse a tiempo la se-mentera por la escasez de las llu-vias. A fines d e diciembre e aBarcelona aún no se había aem-brado toda la cebada y la avena,así como algunas de las legum-bres.
Se recoge actualmente en Bar-celona peras y manzanas, de buenestado sanitario, pero con produc-ciones inferiores a las corrientes.
En Lérida la remolacha da me-dianos rendimientos, salvo en al-gunas zonas mejos abonadas. Fi-nalizó la saca de patata de segun-da cosecha, von buen resultado,en esta provincia y en Cierona.
Levante
E tv toda la región ae acuea faltade humedad, que pone en pe-
ligro la vida de las plantas ; losembrado a última hora no naceo nace mal, y todo el plan de la-bores se ve dificultado por la fal-ta de tempero. En Albacete estánbien los sembrados tempranos ymedianos loa tardíos, especialmen-te los enclavados en terrenos fuer_tes. En Alicante no ae ha podidoconcluir la sementera y los cam-pos tienen mal aspecto. Se reco-lectan habas de verdeo. En Va-lencia se riegan las tierras en queesto ea posible para proporcionaralgún tempero ; tampoco se pudoultimar la siembra. En Castellónel aspecto de los campos no pasade regxlar.
En Albacete, con la intensidadque el tiempo permite, se recogela aceituna, que, en general, ofre-ce buena cosecha. En Murcia ocu-rre lo propio, aunque el redimien-to no será satisfactorio por el ata-que de la mosca ; en el litoral vamuy avanzada la recolección. EnAlicante, Valencia y Castellónprosigue 1 a cogida d e aceituna,contándose de antemano con cal-dos medianos p o r la expresadacausa.
En la última de estas tres pro-vincias continúa también la reco-lección de agrios y se dan laboresde arado y de poda a los algarro-bos. En Valencia se coge princi-
palmente la naranja «Naveh^, conp o c a iatensidad ; la cosecha esaceptable, aunque se ha caído mu-cho fruto y la mosca ha hecho dela3 suyas. Algo parecido puededecirse de los dátiles de Alican-te. En Murcia se riegan los huer-tos de agrios para mantere el te-rreno en las mejores condicionesde luchar contra eventuales des-censos peligrosos de la tempera-tura. También ha hecho muchodaño la mosca,
En el viñedo de Valencia, la-bores de arado, poda y aperturade hoyos. En Alicante se terminóde coger la uva «Aledou. Los vi-nos de la pasada vendimia hanresultado de poca graduación, in-estables y defectuosos.
En Murcia se coge patata de se-gunda cosecha con resultados in-feriores a la media normal. EnAlicante se recolecta la «verde-teu con bajos rendimientos en laVega Baja del Segura.
Balearea
L As abundantes lluvias del mesd h i id
nuar la siembra en mejores con-diciones y q u e 1 o s sembradosofrezcan buen golpe de vista.
Se recogen las mandarinas, pu-diéndose apreciar claramente 1 aimportancia de los daños causa-dos por la mosca. Continúa la po-da de los almendros y las nuevasplantaciones.
S e desarrolla normalmente larecolección y molienda de la acei-tuna y continúa el arranque de^patata de segunda cosecha, man-teniéndose para estos cultivos lasimpresiones de meses anteriores.
Canarias
L A prolongada sequía ha retra-sado mucho las operaciones
de siembra.En la platanera ae dieron labo-
res superficiales, abonado y cortede racimos.
Continúa la recolección de pa-• tata en regadío. Los rendimientoa
han sido fatales en secano y me-dianos en regadío. Ha empezado1 a plantación c o n simiente in-
pasa o an perm t o conti- glesa.
MovimientoINGENIEROS AGRONOMOS
Fallecinxientos.-Ha fallecido, traspenosa enfermedad, el prestigioso In-geniero Agrónomo Ilmo, Sr. D. ^1ar-ciso Ullastres Coste, Inspector general del Cuerpo y Jefe del Servicio de
Semillas Hortfcolas. Lo inespera^o desu muerte, en plena y fecunda activi-dad, ha hecho más sensible tan irre-parable pérdida. Reciba su familianuestro más sincero pésame.
También ha fallecido el IngenieroAgrónomo Ilmo. Sr. D. Fernando Es-pejo Rodrfguez, Inspector genera] delCuerpo, que ocupó importantes car-gos en el Servicio de Catastro.
Nuestro sincero pésame.
Nombramientos. - Por Ordenes d^lMinisterio de Agricultura, fecha 4^lediciembre de i947, se nombra al ex-celentfsimo seRor don José Marfa Dfazde Mendivil, Jefe del Servicio de laPatata de Siembra, y don Manuel Ga-dea Loubriel, Jefe del Servicio de Se-millas de Cereales y Leguminosas, ambos dependientes del Instituto Nacio-r.al para la Producción de SemillaaSelectas.
Por Orden del Ministerio de Agri-cultura fecha 3 de enero de ^948 ser.ombra Director del Mapa Agronómi_co Nacional al ilustrfsixno aeñor donJosé Cruz Lapazarán.
de personalDestinos.-A la Jefatura de la Sec-
ción 7.°, «Relaciones Agronámicas conel extranjero», de la Uirección Gene-ral de Agricultura, don Eladio Asen-sia Villa ; a la Sección z.°, «Inves-tigación y Enseñanza», don Baldome-ro Gaspar Rodrigo, y al Observato-rio Fitopatológico de Zaragoza, denSimón Vicente Juan.
Reingresos.-Don Ramán de Irazus-ta Tolosana y don Lorenzo Cid Gómezuodulfo.
Ascensos.-A Ingeniero i.°, don Ga-briel Candela González.
PERITOS AGRICOLAS
Juhilación. - D o n Enrique MartfnUgarte.
SuQernumerarlo en activo. - DoñaMarfa del Carmen Judrez Carrasco ydon Fernando Castillo Salcedo.
Destinos.-Como resultado de con-curso a los Servicios Centrales de la
Dirección General de Agricultura, donFernando Garcfa Fernández, y al Ser-
vicio de Catastro de la Riqueza Rústi-ca, don Pedro Tom^s de Villota M^i-niesa, don Luis de Góngora Gómez,don Andrés Alonso Lej, don José Ma-nuel Dfaz , Moro don Antonio Aldca-nueva Muñoz y don Luis Gaspar Bru-ned.
i^
Andalucía
Cádiz se celebraron las acos-tumbradas ferias y mercados
en esta época del año, con esca-sa concurrencia de 1 a s distintasespecies, sobre todo de lanar. Pre-cios sostenidos, en general, mani-Festando alguna baja el vacuno.E1 número de transacciones fuébastante numeroso. Censos soste-nido y estado sanitario satisfac-torio. En Córdoba, la poblaciónpecuaria aumentó en toda clasede especies. La peste aviar con-tinúa causando bastantes estragos.La montanera e^ buena. En Huel-va no hubo ferias durante el mes.El estado de los pastos es nor-mal y continúa la escasez de pien-sos. En 1 a s pocas transaccionesque, entre particulares, se cele-braron en Sevilla se observó alzaen vacuno, lanar y cabrío, baja enporcino y sostenido en caballar.Mediano el estado sanitario en elganado de cerda. La paridera, pa-ra el lanar, no ha pasado de me-diana. Hay poco pasto por la es-casez de lluvias y bajas tempera-turas.
En Almería se vieron sus mer-cados normalmente concurridosde lanar y cabrío. Las transaccio-nes fueron numerosas y los pre-cios sostenidos, excepto en caba-llar, que acusa alza. Censo sin va-riación. A falta de lluvia, los pas-tos son muy escasos. La feria deGuadix, en Granada, estuvo pococoncurrida. El número de tran-saccionesfué escaso y los preciosse mantuvieron sostenidos. Au-mentaron los censos larrar y ca-brío. En Jaén no hubo ferias du-rante el mes. El estado sanitarioes, en general, bueno. Normal si-tuación de pastos. La montanerafué buena y el cebo de ganadode cerda menor que el año pa-sado. E n Málaga hubo muchastransacciones, la mayor parte en-tre partiçulares. Cotizaciones e nbaja para el porcino.
Ca^tillao
E N Avila tuvieron 1Lt^ar los mer-cados de Barco de Avila, Pie-
drahita y la capital, estando bas-tante concuridos. S e efectuaronnumerosas transacciones y los pre-cios quedaron en alza. Todo elganado procedió de la provinciay algo de porcino extremeño. Seexportó ganado con destino a Ma-drid. Aumentó el censo lanar ycabrío. En porcino h a y algunoscasos de peste porcina. El estadode los pastos es bueno, debido albuen tiempo reinante. En Burgosse celebró 1 a feria d e Aranda,siendo normal la concurrencia devacuno, lanar y cabrío, efectuán-d o s e numerosas transacciones.Precios sostenidos. Censo estabi-lizado en las especies de abastoy en baja para el equino. Normalestado de pastos. En Segovia secelebraron los habituales merca-dos y la feria de Turégano, muyconcurridos unos y otra p o r to-da clase de ganado, realizándoseb u e n número de transacciones.Precios en alza para el vacuno ysoatenido para las restantes espe-cies. Aumentó la población vacu-na y porcina, disminuyó la lanary permaneció invariable en cabríoy equiao. Buena situación de pas-tos. En Soria, la feria de Berlan-ga de Duero estuvo bastante con-curida, con precios sostenidos endistintas especies y clases, excep-to los cerdos cebados, que acu-saron baja. El número de transac=ciones fué más bien reducido envacuno, pero muy elevado en lasdemás especies, particularmentelanar. El estado sanitario es acep-table. Pocas transacciones en losmercado^ vallisoletanes y preciossostenidos. Censo s i w variación.Aunque existen algunos focos, elestado sanitario es bueno.
En Ciudad Real h u b o muchaconcurrencia de vacuno y porcino.Cotizaciones sostenidas, exceptoen porcino, que acusa baja. Cen-
so e.n alza, por crías, en lanar ycabrío. Continúan los estragos cau-sados por la peste aviar. En Cuen-ca no hubo ferias durante el mss.El censo ganadero ha disminuíd•por exportación y sacrificio en lasespecies de abasto y sigr^e sin va^riación en caballar, mular y as-nal. En Guadalajara, 1 a s pocastransacciones efectuadas lo fueronentre particulares. El estado sani-tario es bueno, continuando nor-mal el aspecto de los pastos. Conconcurrencia regular se celebraronen Madrid los habituales mercasdos. Precios so^tenidos en porci-no, en baja para vacuno y en al-za para lanar. El censo ganaderosostenido para toda clase de es-pecies, salvo en lanar, que acusaalza por crías. Buen estado sanita-rio, excepto en las aves. Los mer-cados toledanos estuvieron desani-mados. Precios sin variación, conligera elevación en algunas clasesde vacuno. El censo ganadero au-mentó, por importación de otrasprovincias, en el porcino, ademásde las crías. Normal situación depastos.
Levante
Alicante, escasa concurren-E cia de ganado, con bastantestransacciones. Precios sostenidos.Disminuyó la población vacuna,mientras sube la lanar y cabría,y continúa si variación la porcinay caballar. Estado sanitario satis-factorio. A la feria de Cabanes,en Castellón, asistió equino en es-caso número. En Segorbe se ce-lebró el mercado semanal de le-chones, con normal concurrencia.Precios sostenidos en vacuno yen baja para las restantes espe-cies. Las transacciones fueron nu-merosas. En Murcia, concurrencianormal y cotizaciones sostenidasen las distintas especies.^ Las ope-raciones fueron reducidas en la-nar y, sobre todo, en vacuno, asícomo en caballar y mular. Gran
34
AGttll;lJL'I'Uti.A
animación en cabrío y asnal. (.:en_so sostenido. Estado normal d elos pastos. Los mercados valencia-nos estuvieron escasamente con-curridos de animales de diferen-tes especies. A pesar de ello, l^sprecios se mantuvieron sostenidosy se realizaron numerosas tran-sacciones en las especies de abas-to. Censo sin variación.
En Barcelona, escasa concurren-cia en ferias y mercados, a losque sólo acudió vacuno, porcinoy caballar. Precios sostenidos. Me-diana situación de pastos. En Ge-rona se celebraron los mercadoshabituales con normal concurren-cia. Cotizaciones sin variación envacuno y equino, así como en la-nar, si bien los corderos han ba-jado. Por el contrario, en porcinose observa una fuerte tendenciaalcista. El •número de transaccio-nes fué bastante elevado en lasespecies de abasto. Censo en ba-ja, por sacrificios y exportación aBarcelona, del - vacuno y del la-nar. Estado sanitario bueno, engeneral. En Léridai escaea concu-rencia, efectuándose buen núme-ro de transaccionea. Precios sos-tenidos y procedencia del ganadosólo de la provincia. En Tarrago-na, los precios, salvo en porcinoy asnal, en que se mantuvieronsostenidos, acusaron alza en lasreetantes especies. El número detransacciones, aunque muy eleva-do en relación con la concurren-cia, fué más reducido que el mesanterior. Censo en alza, por im-portación y crías, en porcino, ysistenido en las demás especies.
Aragón, Rioja y Navarra
EN Huesca, ademá3 de los mer-cados habituales, h a tenido
lugar la feria de Barbastro. conconcurrencia casi exclusiva de ga-nado mular, realizándose bastan-tes transacciones, aunque sin lle-gar a lo normal. Los precios casino han sufrido variación respectoal mes pasado. La concurrenciade vacuno fué escasa, normal lade porcino y nula la lanar y ca-brío. Censo invariable, excepto ellanar, que registra aumento, porcrías. Pastos deficientes, p o r laprolongada sequía. En Teruel nose han celebrado ferias durante elmes. Los precios continúan en al-za. Censo aumentado en vacuno,
en tanio que disminuye en el la-nar, por trashumancia y sacrifici^,Buen estado sanitario. En Zarago-za, la feria de Daroca acusó es-casa concurrencia, debido al maltiempo, efectuándose pocas tran-sacciones. El mercado semanal deporcino en Zaragoza ofreció tam-biién póca animación. Precios sos_tenidos. Estado sanitario medianoen vacuno y lanar y bueno en lasrestantes especies. En Navarra, laferia de Estella estuvo desanima-da de vacuno y cabrío, normal enlanar y muy concurrida de porci-no y equino. Precios sostenidos,con tendencia al alza en vacuno.
S e exportó ganado a Cataluña,Aragbn y León. Censo ganaderoen alza, por crías, en porcino, ysin variación en las restantes es-pecies. En Logroño, la feria deSanto Domingo estuvo muy con-currida. Los elevados precios dela oferta hizo que el número detransacciones fuera muy reducido.A causa de dicha paralización enlas transacciones, c o m o conse-cuencia de 1 o s elevados preciospedidos, parece iniciarse algunabaja en los miamoc.
Norte y Noroeete
E SCASA concurrencia en los mer-cados alavesea. Cotizacionea
sostenidas para toda clase de es-pecies, excepto la porcina y equi-na, que están en baja. El núme-ro de transacciones E u é eacaso.Censo sostenido. Los pastos pre-sentan peor aspecto que en unaño normal. En Guipúzcoa, las fe-rias de Villarreal y Zumárraga sevieron normalmente concurridas.efectuándose buen úmero de tran-sacciones. Precios sostenidos. En
o^ERr^s ^ D^n^N^st 1 t''I^^ lt'l' ^^ ti
VENTA DE VACAS HOLANDESASY SIIIZAS de la provincia de San-tander. Diriglrse a doa Antonio Gu-tiérrez Asensio, ganadero. Colindrea(Santander).
VIVEROS QEL ROSERs. Maríano^brrentó, Avenlda de lvs Mártíres.43 y 45, Lérída.
HARINA DE PESCADO. Manuel
Sánchez Rodríguez. Lumbrales (Sa-
lamanca).
ARBOLES FRIITALES, forestales y
semillas. Lorenzo S a u r a, Avenída
Caudillo, 61, Lérida.
V'izcaya se celebraron las feriasde Durango y Arrutia. Precios enalza para vacuno y caballar, lige-ra baja en el porcino y sosteni-dos en lanar y cabrío. El estadode los pastos es muy bueno. Hadisminuído el censo ganadero enporcino y permanece sin variaciónen las restantes especies.
Extremadura y Región leonesa
Las ferias y mercados celebra-dos durante el mes en la provin-cia de Badajoz estuvieron esca-samente concurridos de vacuno ylanar. Precios en baja para ca-brío, porcino y equino y sosteni-dos en vacuno y lanar. Censo ga-nadero estabilizado. Buen estadosanitario. El estado de la monta-nera es mejor que en lo normal.En Cáceres se han celebrado lasferias de Trujillo, Navalmoral yLogrozán, con normal concurren-cia, si bien casi exclusiva de ga-nado de cerda. También tuvieronlugar los acostumbradoe mercadoscon la misma concurrencia que enlas ferias. Los precios quedaronsin variación, salvo en ganado decerda, en el• que se registra unaligera baja. Aumentó el censo pe-cuario, por crías, en lanar y ca-brío. Estado sanitario, en general,satisfactorio, excepto en las aves.
En León, mercadoe normalmen-te concurridos, efectuándose nu-merosas transacciones a preciossostenidos. Pastos abundantes, da-do el excelente otoño. En Sala-manca, cotizaciones sostenidas envacuno y caballar, acusando alzaen lanar y cabrío y baja en por-cino. Número de transacciones re-ducido. El estado de los pastostambién es muv satisfactorio.
VIVEROS LEVANTE. Orandes can-
tidades plantas todas clases. Flori•
fla, 19, Paíporta.
:3:^
}k^x^}C^::-:{^}:^}: ^::^:Cm`:.-..-.:^:.^..- x^:{^..-..-..°..^::-..°}:
Sociedad áeoeral ^lucarera de Espa^aConcesionario del Estado para la produc-ción de semilla selecta de remolacha.
Variedades Años6 de remolacha 30 produciendo
forrajera . sem i llas.
ROJA GIGANTE ( PERAGIS ). - BARRES ORIGINAL
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x^x^x^x^::^x^x^::^x^x^x=.._x^x^x^:^®x^::^x^r:^x^.:^x
^^^^^^^^ ^^ ^^^^^^HEALIZACION DE B A R B E-
CHOS EiV EL AÑO AGRICOLA
1947-48
En el Boletfn Oficial del Estado deldía zo de diciembre de 1947 se publi-ca una Orden del Ministerio de Agri-cultura, cuya parte dispositiva diceasf :
i.° En toda España deberán reali-
zarse durante el año agrfcola de 1947-
i948 labores de barbecho preparatorias
para el cultivo del trigo y centeno, en
las extensiones que se señalan en el
apartado z.° de esta Orden. Indepen-
dientemente se realizarán los restantes
barbechos destinados a los demás ce-
ceales de otoño, sea o no semillados,
de acuerdo con lo prevenido en la Ley
de 5 de noviembre de i94o.
z.° A la publicación de la presanteOrden, la Dirección General de Agr:-cultura fijará para cada provincia lasuperfiie destinada a barbecho para tri_go y centeno. El total nacional de es-tas superficies no deberá ser inferior a4•3z6.8oo hectáreas para el trigo y hec-táreas 600.00o para el centeno.
3.° Las Jefaturas Agronómicas pro-vinciales, tan pronto conozcan la su-per(icie asignada a sus provincias, la
distribuirán entre los distintos térmi-nos municipales, de acuerdo con susposibilidades, y comunicarán a las res-pectivas Juntas Agrícolas o a las Jun-tas Sindicales Agropecuarias, en donde
éstas hayan sido constitufdas, la ex-tensión de barbecho para trigo y cen-teno que corresponde a su términomunicipal, que en ningún modo podráser inferior a la señalada en cumpli-miento de la Orden de este Ministeriode fecha i8 de septiembre del corrien-
te año.
4.° Las Juntas distribuirán esta su_perficie obligatoria de barbecho entre
los cultivadores del término municipaly antes del día 3o de diciembre de t947lo deberán comunicar a los interesadosy exponer en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento la lista de estas super-ficies, por orden alfabético de cultivá-
dores, remitiendo copia de la misma
a la Jefatura Agronómica correspon-cliente. El hecho de la exposición de !alista en el Ayuntamiento se considera-rá en todo caso como notificación su-ficiente a los interesados.
Las Juntas harán ]a distribución dc^estos barbechos entre las fincas del tér-mino, fijando primeramente la super-ficie que se debe barbechar en aquella^esplotaciones que no han producidotrigo o centeno en los últimos años ^
que, a juicio de la Junta, son aptaspara tal produccióny en aquellas otrasque son .susceptibles de una intensifi-cación en el cultivo de dichos cereales.Una vez totalizadas las superficies mf-^^imas de barbechos para trigo y cen-teno que corresponde a estas fincas, elresto de las supeficies a barbechar pa-ra dichos cereales en el término muni_nipal se distribuirá entre los restantes.Este reparto se efectuará tomando co-mo base el realizado el año anterior,en cumplimiento de la Orden de 4 deseptiembre de i946, y las rectificacio-r.es hechas en cumplimiento de la Or-den de i8 ie septiembre de 1947•
5.° Las superficies que deban sc^millarse de garbanzos, lentejas, habasy mafz en los barbechos serán fijadasy tistribufdas entre los cultivadores deforcna análoga que para el trigo, cuan-do llegue el momento oportuno.
6.° Las labores de barbecho deb?-rán ser comenzadas en cada localidaden la ópoca acostumbrada en la mie-ma, y en ningún caso dichas laboresse comenzarán después del dfa t.° deenero para los terrenos que deban de-ban dedicarse a semillas de primave-ra, ni después del dfa i5 de febreropara los restantes barbechos.
7.° Los interesados podrán recurrircontra las superficies sañaladas por lasJuntas ante las mismas, con anterio-ridad al i5 de enero de i948. Estasresolverán las reclamaciones dentro delos diez dfas siguietites a su presen-tación.
En última instancia y contra dicharesolución sabrá recurso ante las Jefa_turas Agronómicas respectivas.
Los cultivadores directos de fincasen las que hasta la fecha no se hubiesecultivado trigo ni centeno o cuya su-E erficie señalada para barbecho de es-tos cereales excediera de un 3o por toode la marcada para el año anteriorp o d r á n, excepcionalmente, recurrircontra las resoluciones de las JefaturasAgronómicas sobre esta materia ant:rla Dirección General de Agricultura,que resolverá en definitiva.
De acuerdo con lo dispuesto en e!artfculo 4.° de la Ley de 5 de noviem-bre de i94o, los planes formulados enpráctica sin demora por los cultivado-res directos, sin perjuicio de que, encaso de disconformidad, puedan serimpugnados.
8.° Las Juntas vigilarán las fechas
del comienzo en las labores de barbe-
cho en las fincas de su término muni-
cipal y cuidarán de que se realicen enla totalidad de las superficies fijadas,se^ún uso y costutnbre de buen labra-
dor en la qmarca, debiendo dar cuen-ta mensualmente a la Jefatura Agro-nómica provincial del estado de taleslubores y su terminación.
g.° En lo sucesivo, por el ServicioI^'acional del Trigo se deberá exigirque en las declaraciones del C-t de ca-da cultivador se detallen las auperficiesn^fnimas obligatorias fijadas para cul-tivo de trigo, especificando el de seca-no y el de regadfo, asf como las corres-pondientes al centeno.
Las Jefaturas provinciales del Ser-vicio Nacional del Trigo tendrán a dis-posicibn de las Jgfaturas Agronómicasprovinciales dichas declaraciones C-^de cada cultivador para la debida com-probaĉión de la superficie de siembra.
io. EI incumplimiento de lo dis-puesto en ]a presente Orden por part^de los cultivadores será sancionado conarreglo a lo prevenido en la Ley deĉ de noviembre de ig4o, sin perjuiciode pasar el tanto de culpa a otras Au-toridades y Organismos pertinentes, sila falta origina daños a la producciónnácional.
i t. La omisión o negligencia porparte de las Juntas de lo que se pre-viene en esta disposición será comuni-cado por la Jefaturas Agronómicas *^los Gobernadores civiles, de acuerci^^con lo dispuesto en la Ley de 5 de no-viembre de ^94o y en las disposicionestransitorias z6 y z7 del Reglamento delas Hermandades Sindicales del Cam-po (Orden de la Presidencia del Go-bierno de z3 de marzo de 1945), paraque imponga las correspondientes san-ciones, sin perjuicio de pasar el tantode culpa a otras Autoridades u Orga-nismos pertinentes si la falta ariginaigualmente graves daños a la produc-ción nacional.
^z. La Dirección General de A•ri.cultura dictará las disposiciones qurestime opórtunas para el cumplimien-to de lo dispuesto en la presente Or-den.
Madrid, i5 de diciembre de i947.-Rein,
SUSPENSION DE LOS DESAHU.CIOS DE FINCAS RUSTICAS
En el Bolet{n Oficial del Estado deldfa z6 de diciembre de i947 se publi^aun Decreto-Ley cuya parte dispositivadice asf :
Articulo i.° Queda suspendida !aincoación, tramitación y ejecución detodos los procedimientos judiciales dedesahucio de fincas rústicas que teu-gan por fundamento lo preceptuado en
37
AGRICU L'fU fi A
los párrafos segundos de cada una jelas Disposiciones adicionales 1.&, z.° ^6.' de la Ley de ^3 de }ulio de r942•
Se exceptúan de dicha suspensiónaquelios casos en los que el arrenda-dor solicite la entrega de la finca parasu cultivo directo y personal, compro_metiéndose a realizar la explotación e q
esa forma durante el plazo mfnimo d.seis años.
Art. z.° EI presente Decreto - Leyentrará en vigor desde el mismo dfade su publicación en el ccBoletfn Ofi-cial del Estado».
Art. 3.° Por los Ministerios de Jus-ticia y Agricultura se dictarán las nor-mas complementarias que estimen pr9-cisas para el mejor cumplimiento deesta disposición.
Art. 4.° De este Decreto-Ley se da-rá oportunamente cuenta a las CortesEspañolas.
Asf ]o dispongo por el presente De-creto-Ley, dado en Madrid a 19 de di-ciembre de r947.-Francisco Franco.
NUEVA ZONA ALGODONERA
En el Boletin Oficial del Estado deldfa 6 de enero dc r948 se publica unaOrden del Ministerio de Agriculturacuya parte dispositiva dice asf :
Artfculo r.° A los efectos de aplica-ción del art(culo 3.° del Decreto de 5 denoviembre de t94o sobre participaciónde las Empresas industriales en el fo-mento del cultico algodonero se creala Zona Xi, que comprenderá las pro-vincias de ^'alladolid, Palencia, Sala-manca y Zamora, propias para el al-godón de tipo americano y variedadesde ciclo corto.
Art. a.° Se abre concurso públicoentre Enticlades industriales interesa-das en el fomento del algodonero parala adjudicación provisional, con carác-ter de ensayo, por dos años (campa-ñas i948-49), de la Zona XI de] algo-dón, definidas en el artfculo anterior.
Art. 3.° Las Entidades industrialesque se interesen en el cultivo del a]-godonero deberán presentar sus peti-ciones al Instituto de Fomento de l^,Producción de Fibras Textiles (Mini=-terio de Agricultura) antes del cífa r."de marzo cie 1948, comprometiéndos^.^ desarrollar en la zona la labor cl,fomento según el plan que expresen enla mencionaad instancia, en ]a qu^deberán figurar los elementos que pre_cisen, tanto en semillas como en me-dios de cultivo, asf como también IrrSgarantfas de orden moral, técnico yeconómico qrie ofrezcan para el des-arrsllo de su gestión.
Arf. 4° EI Ministerio de Agricul-tura, a la vista de las peticiones for-
muladas y previa propuesta del Insti-tuto de Fomento de la Producción d^.Fibraq Tr•stiles, }^r^ce^<lerrí ^r f.r res^-
lución del concurso, entendiéndose quela gestión de la Entidad tendrá en lazona concursada carácter de excluaiva,deservándose, no obstante, el Serviciodel Algodón la facultad de admitir ins_cripciones en la misma.
E1 algodón que se produzca en !azona adjudicada será de libre disposi-ción de la Entidad adjudicataria mien-tras dure esta concesión provisional .ledos años, al término de la cual semarcarán los cupos mfnimos de entre_ga obligatoria para la concesión defi-nitiva.
Art. j.° Las solicitudes de siembrnque utilice la Empresa para sus com-promisos, con los cultivadores deberán
ser previamente aprobad^s por el Ser-vicio del Algodón, el cual conserva l;rfacultad de inspeccionar las tierras an-tes de su siembra y de delimitar laszonas de cultivo, según variedad. Di-chas solicitudes han de presentarlas!as entidades, debidamente relaciona-das y detalladas, los dfas r y rs cíecada mes.
El Servicio de] Algocíbn queda facul_tado para limitar las inscripciones desiembra, de acuerdo con las existen-cias de semillas de que disponga par,rla próxima campaña, asf como tari^-bién los porcentajes de extensión su-perficial a sembrar en cada una de laszonas regables que comprende la con-cesión objeto de este concurso.
Art. 6.° Los precios que regirán enla carnpañ ade r948 para el algodón
bruto, fibra y subproductos serán losque oportunamente se fijen por el Mi-nisterio de Agricultura.
Art. 7.° En las instancias a que serefiere el artfculo 3.° podrán indicarsetambién las aspiraciones y posibilida-des de las Empresae industriales aefectuar por su cuenta la desmontacibny desborrado del algodón que se pru-duzca en su zona.
&-t^ ccta cle!
Si la entidad llegase a desmotar lascosechas de r948 Y r949 en instalacio-nes o factor(as propias percibirá delInstituto la prima de desmotación yu^•se concecía, mediante acuerdo especial,en condiciones similares a como se con-certó con las entidades de otras "!,u-nas algodoneras en análogas circuns_tancias.
El Estado dará cu:rntas facilidadesestán a su alcance para importar lassemillas que se consideren precisas yque, a juicio del Servicio, saan conve-nientes ; pero solamente podrán sem-brarse éstas en las campañas rq48-49^si antes de r.° de abril de cada año hansido reconocidas por el Servicio, queseñalará las Zonas adecuadas. Análo-gamente se darán facilidades para lasinstalaciones industriales que se inten-ten implantar, maquinariac, etc.
Art. g.° Los anticipos y auxilios enmetálico y especies que el Institutoconcede a los cultivadores serán deaplicación a la entidad que los repre-sente ; igualmente liquidará con éstalae entregas, en Factorfos o almacenesciel Servicio, de algodón bruto qucrealicen los cultivadores yue estipulencon ella, en forma análoga a como lohace el Servicio con los cultivadores engeneral.
Art. ro. Antes del mes de diciembre
de r94q, y teniendo en cuenta el des-
arrollo de las campañas, asf como losplanes y proyectos que presente la en-tidad adjudicataria para la continua-ción de su gestión, el Ministeri• de.
Agricultura decidirá la consolidación dela concesión otorgada con carácter pro-visional, elevándola, si procede, a de-finitiva por un plazo de diez años, oanulá^dola si la gestión no hubiera sidn
^tisfactoria.
^ladrid, 3r de diciembre de tq47.-IZeirr.
BOLETIN' OFICIALDEL E STADO
AdmisiGn de solicltudes paxa la tiobre-
estímaclón de lanas.
Siedidas para cunrbatlr la peste aviar•
Adrninistración Central. - Dísposición
de la Direcclón General de Ganader;a,
fecha 4 de dicíembre de 1947, ampliando
el plaao en quince días para la admisión
de solícítudes para la sobreestímaclón
de las lanas. (aB, O.,> dei 7 de diciembre
de 1947.)
OrQen del Ministerio de Agricultura,fecha 27 de noviembre de 1947, sobr•emedidas para combatír la peste avíar•.(aB. O.a del 11 de diclembre de 1947.)
haneamiento de terrenos Ltfectados decarbunco bacterldiano.
Orden del Ministerio de Agricultura.
fecha 30 de novlembre de 1947, sobre sa-
3ó
neamiento de terrenos enzootécnicamen-
^e infectados de carbunco bacteridiano,
etcétera. («B. O.» del 11 de diciembre
de 1947.)
.4dquíslciiín, sacriflclo e Industrialización- del ganado de cerda.
Administración Central.-Circular nú-mero 656 de la Comísarfa General c.e
Abastecítnientos y Transportes, fecha 11
de dicíembre de 1947, por la que se dan
normas sobre adquísíción, sacriflcío e
industríalízación del ganado do cerda
durar.te la campafia 1947-1948, ( aB. O.udel 15 de diciembre de 1947.)
Yreclo de la rafz de yncu.
Orden de la Presidencia del Gobierno.fecha 15 de dlciembre de 1947, por laque se flja el precio de la raíz de yucaprocedente de los territorios espafiolesdel Golfo de la Guinea. («B. O. u del 20de dlciembre de 1947. )
Reall•r.ación de barbecbos en el atio
agrfcola 194i-1948-
Orden del Minísterio de Agricultura,
fecha 15 de díciembre dé 1947, sobre la
realízación de barbechos en el aHo agri-
cola 1947•1!48. («B. O.» del 20 de díciem-
bre de 1947. )
Suspenslón de los desahucíos de flncasrí^sticas.
Decreto-Ley de la Jefatura del Estado,fecha 9 de díciembre de 1947, Dor el
que se suspende la tramítacíón y ejecu-
ción de los juícíos de desahucío de fln-cas nísticas fundados en las causas a
que se refíeren las Dísposicíones adicío-
nales prímera, segunda y sexta de la
Ley de 23 de Julio de 1942. («B. O.n del
28 de dícíembre de 1947.)
AGIi1CULTURA
Ordenación de transportes mer.íníco^
por carretera.
Ley de la Jefatura del Estado. fecha
_7 de dicíembre de 1947, sobre ordena-cíón de los transportes mecrinicos por
carretera. ( «B. O-» del 28 de diciembrede 1947. )
Mtrtualidad de Ftutcionaríos dei Vlinis-terio de Agricu;tw•a.
Orden del Ministerio de Agricultura.
fecha 19 de dicíembre de 1947, por la
que se sefialan las cuotas y pensiones
que regírán para la Mutualidad de Fun-
cionaríos de dícho Mínisterio en 1948.^«B. O.» de 1 de enero de 194Z.1
Vacantes de ingenieros Agrónou^os y Ye-ritos agricolas en el S. O. I• V. R. F..
Orden del Mínísterio de Industria yComercío, fecha 30 de septi^mbre de1947, por la que se convoca concursoentre Ingeníero^ Agrónoinos y Perit.os
agrícolas del Eatado, para proveer, res-pectívamente, dos plazas de Ingeníeros
terceros y cuatro de Peritos terceros enel Servicío Oficial de Inspección, Vigl-lancía y Regulacíón de las Exportacío-nes, («8. O.» del 2 de enero de 1948J
Reserva de aceite.
Adminístración Central.-Circular nú-
xzero 657 de la Comisarfa General deAbastecimientos y Transportes, fecha 18
de díciembre de 1947, sobre reserva deiceite. ( «B. O.n del 4 de enero de 1948.)
Nuevas zonas algodoneras-
Orden del Mínísterío de Agrícultura.
fecha 31 de dícíembre de 1947, por laque se crea 1a Zona II Algodonera y seanuncía concurso públíco para su adlu-dícacíón províncíal. ( cB. O.n del 6 deenero de 1948.)
Precio del agodón bntto.
Orden del Mínisterio de Agricultura,
fecha 2 de enero de 1948, por la que ^.e
fijan los precíos del algodón bruto para
la campafia de 1948. («B. O.» del B de
enero de 1948.)
tteserva de productos alimentlclos.
Circular de la Dirección General deAgi•icultura. fecha 20 de diciembre de
1947, sobre reserva de productos alimen-
t.icios a que se reflere la Orden conjunta
de los NIinísterios de Agrícultura y de
Industria Y Cotrercío, de fecha 3 de oc-
tubre de 1947, i«1'. O.» del 6 de enerode 1948. )
Sobre la mísr.:a cuestión y en el mis-mo «Boletín Oficial» ^.e publíca la circu-lar núm. 659 de la Co^.nísarfa General deAbastecimientos y Transportes, fecha 20de dícíembre de 1947.
Intervenclón de la almendru y avellana.
Orden conjunta de los Minísteríos de
Industria y Comercio y Agricultura, fe-
cha 6 de enero de 1948, por la que se
dictan normas para la aplícación de lo
dispuesto en el Decreto-Ley de 14 de no-
viembre de 1947 sobre la íntervencíón de
almendra y avellana, reanudando la mo-
vilizacíón de estos frutos. fljandv su
precío y creand,o la Comísíón para co-
mercío de los mísmos. («B. O.» del 9
de enoro de 1948. )
En el «BOletin Oflcíaln fle 10 de enerode 1948 se publica otra Orden conjuntade ambos Ministerios, fecha 5 de enerode 1948, nombrando los Vocales de laComisíón anteríormente cltada.
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..9E
?@ _x .::::::::::::::::::::e:o::e::o:::::::e:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::^:::::::::::::::::::::::::::::::::a::::::::::::::::::::m::::::::::::::::_::
Liquidación en metálicode las rentas en especie
Un agricultor navarro.
«Hace unos cuarenta años que mi ^a.dre (q. e.
p. d.) roturó unas tierras a renta, /^agando en-
tonces un cuartal de trigo por robada (medida
de Navarra que equivale a 5,500 hilogramos) ;
pero a los pocos años la subió a dos cuartales
todos los años, y es la renta que se paga actual-
menfe.Hace unos doce años nos las re^arfió mi /^a-
dre para dos hermanos, los que hemos uenido
pagando la renta todos los años, unas veces en
especie y otras en metálico (los años que por la
sequía no se recolecfaba especie) ; pero siempre
en armonía con el adminisfrador. El año pasado
(y éste es el caso) f uí a pagar a 99 pesefas quin-
tal métrico, como ofros años ; pero me dice el
administrador que tenía obligación de pagar en
especie, por ser contrado (éste uerbal, a no ser
que mi padre tuviera escrifo) anfes del año 1936,y para pagar a dinero que habían acordado re-
partir el premio que el Servicio Nacional del Tri-
go daba a los productores para las dos parfes,
o sea las 91 pesetas por quintal métrico, y resul-
faba el quinfal métrico a 145 pesetas lo de ren-fas, y así pagué ; pero otros colonos fueron a
pagar y por cobrarles a 145 pesefas no quisieron
pagar, agregando que no podían cobrar m6s que
a 99 pesefas quintal métrico.Estos que no pagaron, han pagado la renfa
del año pasado esfe año, y les cobra a 94 pese-tas quintal métrico la del 46 y 47, y yo le recla-mo que además de pagar perdí 45 pesetas elquintal métrico y no lo deuuelue.
^Tengo derecho a quedarme de mano las 45
pesetas que pagué el año pasado de más? ^Opagar este año, como cobra, a 94 pesetas, y por
parte reclamar como sea lo que pagué el año pa-
sado de m6s, para ser igual que lodos los demáscolonos? Quiero una contestación, si puede ser,
clara y ferminanfe, ya que no he pagado esteaño ^erque reclamaba las 45 ^esetas ^or quinfal
métrico, y tampoco quiero, si ns tengo razdn,perjudicar en nada.n
Esta consulta ae contrae a la posibilidad de reali-zar el pago en dinero, de las rentas concertadas enespecie, en los arrendamientos rústicos.
La ley de 23 de julio de 1942 dispone en su artícu-l0 3.° quc para los futuros contratos de arrendamien-
tos de fincas rústicas la renta que debe satisfacer elarrendatario se fijará, necesariamente, en una deter-minada cantidad de trigo, fijada libremente por laspartes ; pero su pago deberá efectuarse en dinero decurso legal, estableciendo la equivalencia, a razóndel precio de tasa vigente para el trigo, sin ningun3clase de bonificaciones, ni premios, el día en que larenta deba ser satisfecha.
Por tanto, en los contratos celebrados después de lavigencia de la Ley, no existe problema, puesto que larenta, si bien ha de fijarse en trigo, se satisfará suequivalente en metálico, al precio de tasa, sin boni-ficación, ni aumento ninguno.
E1 problema surge con respecto a los contratos ce-lebrados antes de la publicación de la Ley de 1942,en los que se establecía la condición de que la rentase entregara en especie.
Desde el punto de vista jurídico tampoco existíatal problema, ya que había que satisfacerse la renta,efectivamente, en especie, conforme estaba estipu-lado, pues la Ley de 1942 no se oponía a ello, yaque las normas que establece y acabamos de consig-nar, en cuanto al pago de rentas, son para los con-tratos futuros, es decir, celebrados con posterioridada la Ley.
Sin embargo, contra esta posibilidad de exigir alarrendatario el pago de la renta en la especie pacta-da, estaban las disposiciones de la Comisaría Gene-ral de Abastecimientos, que en sus circulares dandonormas para la recogida de cereales, en los corres-pondientes años agrícolas, obligaba a los arrendata-rios a entregar la totalidad del trigo recolectado, porlo que, consecuentemente, no podían cumplir con suobligación los que tenían que satisfacer la renta enespecie.
Surgió entonces el problema de si dichas circula-res podían o no .modificar las cláusulas contractualesque tenían fuerza de ley para los contratantes, pues-to que no había ninguna disposición legal que seopusiera a ellas, y estas discrepancias han quedadoya resueltas con el Decreto-Ley de 24 de julio de1947, publicado en el Boletín Oficial del Esfado de14 de agosto.
Este Decreto-Ley dispone que cuando en los con-tratos de arrendamiento de fincas rústicas, concerta-dos con anterioridad a la vigencia de la Ley de 23de julio de 1942, se hubiera pactado que la renta sesatisfaga en especie y ésta se hallase sujeta a inter-vención oficial, que no permita al arrendatario dis-poner de la misma, podrá éste librarse del cumpli-miento de tal obligación, efectuando el pago delcanon arrendaticio en moneda de curso legal, esta-bleciéndose la equivalencia a razón del precio fijado
41
nGktCU trTURn
a estos efectos por las Autoridades u Organismoscompetentes.
Por consiguiente, cuando la rente esté pactada entrigo, siempre refiriéndonos a los contratos anterioresa la Ley de 1942, y como quiera que el trigo estáintervenido, habrá de satisfacerse la renta en metá-lico a razón del precio fijado por el Organismo cosn-petente.
Este Organismo es la Comisaría General de Abas-tecimientos y Transportes, que fija esta equivalenciaen 84 pesetas quintal métrico, más 10 pesetas de pri-ma, es decir, a 94 pesetas el quintal métrico. Así sedetermina en el artículo 43 de la Circular de la men-cionada Comisaría, número 628, por la que se dictannormas para la campaña de cereales 1947-1948, pu-blicada en el Bolefín Oficial del Estado de 29 de ju-nio de 1947.
En la campaña de 194•6-1947 rigió el mismo preciode 94 pesetas quintal métrico, pues así se establecióen el artículo 12 de la Circular de la Comisaría Ge-neral de Abastecimientos de 15 de junio de 1946.
En su consecuencia, tanto en el año agrícola actualcomo en el anterior, el arrendatario que debía pagarsu renta en trigo hubo de entregarla en metálico, arazón de 94 pesetas el quintal métrico.
Si al pagar usted la renta del año actual al pro-pietario, éste consiente en descontarle lo que pagóde más el año pasado, puede hacerlo ; pero si el pro-pietario no consiente este descuento, tendrá usted queentregarle la renta de este año, sin perjuicio de recla-,marle, en la forma que proceda, incluso judicialmen-te, el excesa que recibió el año anterior.
fauier Martín Artajo2,347 Abogado
Fabricación de margarina
Hijos de P. Iribarren, Arizcun (Navarra).
c^Interes6ndonos la elaboración de margarina,agradeceríamos nos indicasen el procedimientoo alguna obra que trate sobre este asunta.n
Con el nombre de margarina se comprenden losproductos que, por su composición química, color,o'or, aspecto, consistencia, extensibilidad, pardeo yproducción de espuma durante la fusión, se asemejanlo más posible a la manteca natural o mantequilla.
A continuación se describen sucintamente las prin-cipa'es operaciones que comprende la fabricación dela margarina.
Mezcla de grasas.-Cuando en la fabricación eeem*^lean exclusivamente, o con carácter predominan-
te, grasas animalea, se obtiene la margarina animal ;
y cuando son exclusivamente aceites y grasas vegeta-
les, la margarina uegetal. Como grasas animales set:san el sebo (jugo de primera fusión), sebo prensa-do, la oleomargarina, manteca de cerdo y aceites depescado endurecidos ; como aceites vegetales, princi-palmente los de semillas de algodón, de sésamo, decacahuete, de colza, de maíz y de girasol ; y comograsas vegetales, los aceites y estearinas de coco y
de nuez de palma, y las grasas obtenidas por endu-recimiento de los aceites vegetales.
La base de la margarina animal es la oleomargari-na, y la de la margarina vegetal la manteca de cocoo la grasa de nuez de palma. Según la consistenciaque se quiera dar al producto, la mezcla contiene unagran proporción de aceite o una gran proporción degrasas, cuyo punto de fusión sea superior al de labase fundamental, la oleomargarina o la manteca decoco. Como ejemplo de mezclas, tenemos las si-guientes :
Para margarinas anímales finas;
VERANO INVIERNO
L.eche ... ... ... .... ... ... 500,00 lts. 500,00 Its.Oleomargarina ... ... ... 500,00 kgs. 500,00 kgs.Sebo (jugo l.g fusión) ... 25,00 » 0,00 »Aceite sésamo ... ... ... 50,00 » 70,00 »Colorante para manteca. 0,40 » 0,40 »
Para margarinas animales de segunda clase:
VERANO INVIERNO
Leche ... ... ... ... ... ... 300,00 Its. 300,00 ]ts.Oleomargarina ... ... ... 280,00 kgs. 280,00 kgs.Sebo (jugo l.8 fusión) ... 150,00 » 80,00 »Aceite algodón ... ... ... 50,00 » 130,00 »Aceite sésemo .... .... ... 50,00 ^r 50,00 nColorantes para manteca. 0,60 » 0,60 »
Para margarinas vegetales, puede sustituirse en lasmezclas anteriores la oleomargarina por la mantecade coco, y el sebo por la estearina de algodón. '
Tratamiento de la mezcla de grasas con feche.-Tiene por objeto incorporar a la margarina aquello scomponentes, no grasos, de la leche que comunican a1a mantequilla sus propiedades características, principalmente aroma, y la particularidad de pardear y ha-cer espuma durante la fusión.
Se utiliza generalmente leche desnatada, y si se de-sea que la margarina obtenida sea duradera y dearoma persistente, debe de pasteurizarse y acidificar•se a continu^ción por la adición de un cultivo purode fermentos lácticos.
A veces, en la fabricación de margarina, especial-mente en la vegetal, se prescinde totalmente de laleche, y en lugar de emulsionar la grasa con ésta,se emulsiona con agua y se sustituye la acción delos componentes de la Ieche por adición de otras sustancias, las que asimismo pueden usarse cuando in-terviene la leché para reforzar la acción de ésta. Co-mo sustancia aromática se emplea el diacetilo puro 0concentrado, y en muy pequeña cantidad (4-5 mg, poikilo de margarina) ; como sustancia fijadora del aro-ma, la diacetina, la que puede combinarse con unapequeña cantidad de succinato diefílico; como mate-rias emulsionantes y productoras del pardeado y dela formación de espuma al fundir la margarina, layema de hueuo de gallina (o yema con clara) y eljarabe de glucosa, pudiendo sustituirse la primera porpreparados a base de lecitina; y como materias colo-
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rantes (la margarina no coloreada, es casi blanca), lasmismas que se emplean en la fabricación de la man-tequilla, cuyas caract.rísticas generales son las de sersolubles en grasa, insolubles en agua e insípidas, ino-doras y no nocivas para la salud.
Emulsión de las grasas.-La emulsión de las grasascon leche o agua se realiza por mezcla enérgica, auna temperatura superior a la de fusión de la mez-cla, en los aparatos llamados Kirn, que en esenciaconsisten en calderas bien estañadas en su interior,con dobles paredes y un agitador-batidor que en swmovimiento alcanza cualquier parte de las paredes in-teriores : entre las dobles paredes existen un serpen-tín de vapor y un tubo que ag^ua,^ que sirven para ob-tener la conveniente temperatura.
El trabajo comienza a la temperatura de 45°, y du-rante la agitación se deja correr agua fría entre laedobles paredes para llevar la temperatura a 25°. Laoperación de emulsión dura, aproximadamente, cua-renta y cinco minutos.
Existen aparatos llamados emulsioraadores y homo-geneizadores que realizan el emulsionamiento con lamáxima perfección, forzando el líquido bajo presióna pasar por finas aberturas.
Criatalización de la emulsión.-Esta operación co-rresponde al batido en la fa>oricación de la mante-quilla, y tiene por objeto llevar a la forma sólida lagrasa de la emulsión obtenida con los aparatos ante-7iores, y que se encuentra en ella al estado líquido.Puede realizarse por tres métodos : Primero, por ba-tido, enfriando al mismo tiempo, de modo análogoal batido en la fabricación de la manteca ; segundo.por contacto directo con un medio refrigerante, y ter-cero, por extendido sobre superficies frías.
En el primer procedimiento se bate la emulsiónfría enérgicamente en una mantequera, hasta que.al igual que en el batido ordinario de la manteca.las gotas de grasa solidificadas se reúnen en grumos,los que luego se someten al amasado, lo mismo queen aquella fabricación. Pueden utilizarse una mante-quera y un malaxador ordinarios, pero en la fabrica-ción en gran escala se hace eri calderas, en las quesucesivamente se verifica la emulsión, el enfriamiento,el batido y el amasado.
En el segundo procedimiento pueden emplearse va-rios métodos, siendo uno de ellos el de dejar fluir laemulsión del aparato emulsionador mediante una lla-ve y dejar caer el chorro por intermedio de un pomode regadera en agua de hielo, con lo que la marga-rina se solidifica en grumos como sémola ; otro mé-todo es el de la pulverización de la emulsión en for-ma de niebla por medío de toberas en un espacioque contenga aire muy frfo.
El tercer procedimiento es el más perfecto y eco-nómico de todos. Los locales de trabajo están siem-pre secos, se evitan las posibles infecciones e impu-rificaciones procedentes del empleo del agua comorefrigerante y los inconvenientes de la putrefaccióndel agua residuaria por su cpntenido en partículasde albúmina y grasa, y la emulsión se enfría rapidí-simamente, con regularidad, en capas delgadas y enla totalidad del espesor de las mismas, por lo queloa cristales de margarina ^on pequeños, uniformes ypulidos. Se emplean aparatos que en esencia son aná-
AGRICULTURA
logos a los de cilindros para la obtención de la le-che en polvo ; la emulsión cae entre dos cilindrosque giran en direcciones opuestas, uno al lado delotro, y por cuyo interior circula un líquido refrige-rante (solución salina a- 15°) ; se solidifica sobre lasuperficie fría de ellos y la capa sólida formada sedesprende continuamente por medio de un rascadoro cuchillo.
. Laminado y amasado.-La emulsión grasa solidifi-cada se lleva a cubetas movibles de madera, de fon-do abovedado y con canal de escunimiento para darsalida al agua. Para eliminar el exceso que queda daé^ta, se somete al proceso del laminado y amasado.
El laminado se realiza con una máquina de cilin-dros acanalados, que consiste, en su forma más sim-ple, en dos cilindros de madera de haya, o porcela-na, con ranuras en forma de flechas, que ajustanperfectamente, y a los que se hace inover por el apro-piado juego de engranajes. Se hace pasar la marga-rina tres-cuatro veces por los cilindros.
Después del laminado se deja reposar la margarinadurante unas horas, después de lo cual se lleva a laplataforma de la amasadora, la que termina el tra-bajo de la laminadora. Las máquinas amasadoras sonanálogas a las empleadas en la fabricación de lamantequilla. Hay máquinas laminadoras-amasadoras,que realizan las dos operaciones, una a continuaciónde la otra, en el mismo aparato.
La margarina que sale de la amasadora queda yadispuesta para su moldeado y empaquetado, sirvien-do los mismos método^ y aparatos que se utilizanpara el moldeado y empaquetado de la mantequilla.
BibIiografía.-W. Clayton: Margarine; W. Fahrion:Die Fabrilzation der Margarine, des Gliceryns undStearins; G. Lebbin : Margarine.
Arturo del Río
2.348 Ingeniero agrónotno
Alimento granulado paragallinas
Un suscriptor de Extremadura.
aEn una granja avícola que poseo deseo pre-parar, para alimentación de ponedoras, la mez-cla en granulado que hace tiempo fué divulga-da por las oenfajas de este preparado de pienso.
Poseo la máquina troqueladora necesaria ytengo ref erencia de que troqueles que hagancomprimidos del tamaño que tiene de grueso unlapicero corriente corfado a trocitos de un cen-tímetro, es indicado, y acerca de dicho extremoles estimaría se sirvieran informarme.
Mi desconocimiento para llevar a efecto elproyecto citado, y en el que les estimaría sesirvieran facilitarme su información, consiste enqué tengo que ^hacer con la mezcla seca parahacer dichos granulados, si he de emplaar aguapara humedcccr^a o algún otro produafo, nombrede éste o ésfos y proporciones, como asimismo ciellos, al Irumedecer el pienso, caso de que estosea necesario, producen fermentación. Las ma-
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FITENA
FIBRAS TEXTILES NACIONALES , S . A .
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CULTIVO Y OBTENCIONDE FIBRA DE LINO
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DOMICILIO SOCIAL:
ALCALA, NUM. 21. - MADRIDTEL. 21 65 21 (3 líneas)
DELEGACION:
AUSIAS MARCH, 23: BARCELONATEL. 14124 (3 líneas)
DIRECCION TEIEGRAFICA: CANAPA
tcrias de que se ha de componer el pienso sereducen a las corrienfes empleadas, como sal-vados, harinas de cebada, maíz, avena, harinade alfalfa, turto linaza y la parte mineral nece-saria de ellos.n
1-Iace ya bastantes años que se propagó intensa-mente el método de alimentar las gallinas a base degranulados, a los que se asignaban las ventajas depermitir una dosificación exacta de las raciones, y deevitar las notables pérdidas de la alimentación nor-mal a base de pastas secaa o húmedas.
Razón esta últíma realmente digna de ser tenidaen cuenta, al ser posible encontrar una economía enla aplicación del sistema, pese a los nuevos gastosde preparación del alimento y amortización de la má-quina (de ilimitada duración práctica).
En estas condiciones debe encontrarse el consul •tante, provisto de una máquina eficaz (en tiemposnormales se vandían máquinas perfectas para estosusos), adecuada para proporcionarle el alimento dia-rio necesario, en forma de tabletas de tamaño me-nor al del grano de maíz, que resulta suficiente.
Y llega la consulta, que no es fácil de contestar,ya que para hacerlo bien serfa preciso tener la prác-tica de la elaboración de los comprimidoa, a baseprecisamente de esoa mismos componentes o muy si-milares, práctica que en ninguna mano mejor que enla del consultante se puede adquirir con toda rapi-dez. La facilidad de que el comprimido salga bien, sebasa en el estado de pulverización de cada elemento,en la cantidad de grasa y de humedad, en la pro-porcionalidad y naturaleza de los componentes y enla presión dada, que las máquinas permiten modificarconvenientemente.
A mayor molienda previa corresponde mayor faci-lidad de aglomeración, la cual aumenta también conla proporcionalidad creciente de las harinas panifica-bles, y disminuye para las que no lo son. Las hari-nas de alfalfa, y especialmente el salvado, dificultanla aglomeración, y lo rnismo la conchilla de ostra. Eluso de aceites de hígado de bacalao mejora la aslo-meración, y, finalmente, la mejora también la propor-ción de humedad que tenga la mezcla.
El exceso de humedad perjudica notablemente laconservación del producto, pero con un total de un5 al 7 por 100, y aun algo más si la práctica demues-tra que es necesario, el producto debe conservarseel tiempo suficiente.
Nunca conviene tener preparadas harinas con tiem-po excesivo, pues, en el mejor de los casos, se enran-cian por oxidación de grasas, lo que si por sí no tfe-ne importancia alguna, puede señalar la posibilidadde que se produzcan fermentaciones perjudiciales.
En el uso adecuado de la proporción de humechd,está a la vista la solución del problema, previa labuena pulverización de los elementos que formen laración más conveniente.
La experiencia debe empezarse sin agregar agua,ya que hay que contar también con la humedad quelos componentes llevan en su estado normal.
La última palabra debe darla precisamente el con-sultante en un asunto en que la práctica es escasí-sima, y puede desarrollarla con amplitud, y segura-
AGRICULTURA
mente con tal eficacia, que podrá ser él mismb quienpueda contestar a su pregunta muy en breve y contoda exactitud.
2.34^dw
Ramón OlalquiagaInaeniero agrónomo.
Prestación personal paracaminos
Don José Aunés Beltrán, Almenara.
«Agradecería que, lo más pronto que les seaposible, me dijeran que si tratándose de una ca-rretera de la Diputación que une al Barrio delMar con ésta ; que parte de la carretera cruzael término municipal de La Llosa y en este pue-blo no haeen prestación, si aquí tienen derechoa exigirla. Caso de poderse negar, como quieraque entregan la notificación por duplicado y exi-gen se firme, si se puede negar o no a ello, ycaso de hacerme pagar el importe de lo que vaI-ga eI carro, según se dice se ^hará, f qué debohacer? Camo si l^ hiciesen por vfa administra-fiva.n
El pasar la carretera o camino vecinal por el tér-mino municipal de La Llosa y no hacer prestaciónpersonal en dicho pueblo, no le exime de las obliga-ciones que se indicaban claramente en la contestacióna la consulta número 2.311, aparecida en eata reviataen el mes de octubre.
Pueale suceder que en dicho término municipal aehallan hecho prestaciones personales en otras obras,y que por ello eetén libres de nuevas obligaciones, obien que el Ayuntarniento, por alguna otra causa,que no podemos averiguar, haya acordado no contri-buir a los trabajos.
Las disposiciones legales obligan a todos por igual,por lo que es de creer que, cuando no se ven obliga-dos a ello, será por causa muy justificada.
Se aconseja, pues, al consultante que, o bien hagala prestación obligatoria, o bien abone los gastos equi-valentes a sus obligacionea.
2.350Antonio Aguirre
InQentero de Camtnos
Instalación de electrobomba
Don Manuel Cardona, Mahón (Baleares).
«Poseo un huerto de regadío de sobre mediahectárea de terreno, t o d o convenienfementeplantado. En él fengo un pozo que tiene desdesu piso al cuello 43 metros, en el cual tengo e^n-plazada una noria hace catorce o quin^ce añoscomo máximo.
La noria es de cangilones y la cadena de unsisterna especial ideado par un mecánico de lalocalidad, que ha colocado bastantes. Pero seda el caso que dichas norias no dan el resuIta-do que esperabarn, porque además de cada añotener que repararlaa, se da el caso que al lIe•
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AGK1l:ULTU1tA
gar a los diez años los remaches se rompen y ĉaela noria dentro del pozo; con el consiguiente des-trozo y quedando la cadena inservible por losdeteriorados remaches. Esto, como es natural,en el tiempo que más necesidad tienen del aguapara el riego, perdiendo toda la cosecha por nopoder regar.
Ahora bien; reponer otra vez las cadenas queme ha de costar un capital y tan mal resulfadome ha dado, con sus reparaciones anuales y unaduración máxima de díez a quince años, ya sélo que da de sí y no mé conuieen repetir.
r Qué resultado cree usted que me pueda darla celocación de una bomba de pistón u otrosistema más práctico en todos los sentidos, máseconómico y de más rendimiento de caudal^
Me dicen que hay unas bombas de aire com-primido que dan muy buen resultado y gran ren-dimienfo. No puedo darle más detalles, por nohaber leído y visfo nada de este sistema de bom-bas y aquí, en Mahón, no haber ninguna ins-talada ; pero según me dice la misma perso-na sabe que en Palma de Mallorca hay instala-das unas pocas, con gran satisfacción, se igno-ra marcas y detalles, por desconocerse los inte-resados propietarios ni saber a dónde dirigirse.
Por esto me . dirijo a usfed, c o m o persona
competente en el asunto, con el f in de que meoriente y asesore lo que crea puede mhs intere-
sarme y convenirme, ya en economía y resulfado.
Con el fin de que usted pueda resoluer el casacon algún f undamento, le expondré a la ligera lascaracterísticas del pozo y motor que acciona,
EI pozo, desde el fondo aI piso firme, es d^43 metros de hóndo, luego el cuello o paredesdonde tira el agua al depósito, 3 metros. El mo-tor eléctrico, un A. Z. A., de 2 H. P. antiguo,muy bueno y de potencia, no camo los motoresactuales, que rinden escasamente los 2 H. P.que señalan.»
Puesto que en el pozo existe una Ifnea eléctrica,probablemente trifásica, lo más ecunómico es instalarun grupo electrobomba centrífugo a cinco metros delfondo, para lograr agotarlo. Esta instalación implica,en primer lugar, que el agua no alcance mayor alturade los cinco metros antedichos, inutilizando el motory, además, preparar para el grupo un local amplio yseco en la pared del pozo donde instalarle con lasdebidas facilidades para su inspección diaria ; desdeluego, el motor eléctrico ha de ser del tipo protegidocontra el goteo o mejor blindado, y calcularse con ge-nerosidad de potencia para evitar su calentamiento,oue en el ambiente húmedo del pozo contribuiría adestruir el aislamiento del devanado.
Si esta instalación no es realizable y el motor sólopuede colocarse en el brocal del pszo, hay que acu-dir a una noria moderna, de cangilón pequeño, comola que construye la firma Donato López, calle Lu-ciente, 7, Madrid, o bien al empleo de bombas devarilla t;on cilindro y émbolo, o centrífugas de ejevertical, cuyo montaje es delicado si quieren evitarseconstantes reparaciones. La finna «Bombas Ideal», ca_]le de Lauria, 19, Valencia, puede hacer oferta de las
primeras y las firmas ^cConstrucciones Mecánicas Fita>;, de Figueras (Gerona), y uEl Material lndustrialn,calle de Veneras, 2, Madrid, de las segundas.
Los sistemas de aspiradores y aire comprimido ado-lecen del defecto de proporcionar un rendimiento me-diocre, es des^ir, necesitan mucha potencia para sa-car poca agua y ello sólo está indicad• en instalacio-r_e^ donde el coste del agua elevada es indiferente.cual ocurre para el abastecimiento doméstico.
La solución perfecta en este caso es un grupo elec-trobomba sumergido, que trabaja en el fondo del pozocolgado de la propia tubería, pero su adquisición hoyen España resulta prácticamente imposible, por nof^^bricarlos nuestra inaíustria y estar muy restringidar,u importación.
Eladio Aranda Heredia
2.3^1 Ingeniero agrónomo.
Capacidad de un gallinero
Don Félix Sebastián, Anguiz (Burgos).
«Tengo un gallinero que mide 20 metros delargo por cuatro de ancho y dos de alto, pare-des lucidas, fecho raso y piso de cemento. Endicho ,qallinero he tenido hasta hace unos díaspollos con peste, o sea enfermos, que no pue-do descifrar la clase de enfermedad, que con-sistía en qua tenfan como ronquido a la gargan-ta y se criaban raquíticos, habiendo tenido debajas el 40 por 100, y los que quedaron con po-ca salud. A1 parecer, han estado asf desde quelos empecé a criar, en mayo, hasta ahora, quelos he retirado.
Deseo saber, en primer lugar, ar el local deesas medidas es bastante en capacidad para criar1.500 pollos recién nacidos, que quiero traer den-Pro de dos mess, y qué prac,edimienfo tengo queemplear para una ef icaz desinf ección del localy parque de 2.000 metros cuadrados.»
Aun tratándose de pollitos, no creemos suficientela capacidad del local para albergat el número quese cita. Desde luego que pueden alojarse reuniendolas debidas condiciones de ventilación y luz, con lostechos, pisos y paredes perfectamente preparados,para su mejor limpieza y desinfección ; pero sería con-veniente ampliar el mismo en un 50 por 100.
Para la desinfección, aparte las condiciones quehemos señalado de luz y buena ventilación, etc., debepracticarse un blanqueo trimestral, a ba3e de 10 litrosde agua caliente, 200 gramos de sulfato de cobre y1 kilo de cal, que habrán de disolverse, separada-mente, antes de su empleo.
Y como complemento, en el gallinero y parque, lalimpieza diaria de comederos y bebederos, recogién-dose las deyecciones, que se cubrirán, en los esterco-leros o depósitos, con una capa de cal, regando a suvez los suelos con soluciones antisépticas.
Por último, nuestro consultante, aunque al parecerse trata de la y^este de los polluelos, para aplicar conseguridad el tratamiento adecuado, debe confirmar el
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AGRICULTURA
diagnóstico remitiendo productos patológicos, que de_be recoger un técnico, al lnstituto de Biología Ani-mal, Embajadores, 68, Madrid, o a otros centros aná-logos.
3.252 Fllix F. Turégano
Construcción de pocilga
Don Jaime González, Salamanca.
aPrecisa^ridu de la construcc^ión de ^un c^cebo-nerou o apocilgau, nrejor dicho, eon eapacidadpara 85 ecabezas de esta especie entre los diversostarrtaños que reslrltaic e1i el cicrso del año en lareería de cerdos, agradee^ría a ustedes su infor-^rne en relación con. los puntos que s^iguen :
1.° Orientación apropiada para el alima. deesta prov^ineia, teni^endo prese^rcte que la insta,la-ción se haría en filica rústica.
2.° Distribució^c gerceral mds conveniente,teniendo en elcenta que :
a) ;nxistirán seis hernbras e^r•iando, cada unade las cuales preeisaráa de una independenciaubsobuta a todos los efeetos, fuera de las h-orasque se hallasen paciendo en el eampo.
b) Que en la fase adel destete, has•ta pasa^r^a hacer roida en común con los adultosv , eonvi-niera aislamiento para la comida y dornlir, a fircde evitar ser ^nordidos par éstos. (L+'n este perió^do se pod2a calcular la existencia de tre^nta cer-ditos para efectos de cubicación de dorlnidero.)
d) Que la ear,istencia de aadultosn sería de cin-cuelita aprcrximadamente ; y
d) Que se realizard la ceba de éstos ert rrú-mero de 18, desde luego a base de pienso.
3.° Sistema de aentilación y clase de pisosconvenientes, asZ como capacidad de aire necesa-r10, y finalncente, si ello no fuera abusar de laamabilidad de ustedes, les quedaria muy agrade-r,ido del envZo de un croqleis acotado para 1.cnamás exacta ortientaci.ón e,n la. c.onstrucaión. que^^rr^te^r^lu, si.endo 1ni deseo eroadir el a^ntielcad^sistema de poeilgas insalubres, faltas de a^ire, luzy de alzada no superior a la altura del cerdn.
E1 deseo del señor González de sustituir los clásicoszahurdones por cochiqueras racionalmente concehidasnos parece interesantisimo, pues quizá sea el cerdo elanimal peor tratado de todos los vinculados a nuestrasexplotaciones, con riesgo de su salud primero, conrnerma de los beneficios que reporta luego y, por tíl-timo, con grave peligro de ocasionar una cuantiosa eirreparable pérdida al propio ganadero.
I{^n Salamanca, tanto en las ce.rcanías de la capitalcomo en gran parte de la provincia, la orientación ideales a Saliente, con una ligera inclinación a Mediodía.
La distribncilin m^s adecuada hav ^ue estudiarla
de nodo y manera que las cerdas de vientre dispongande celdas y parques individuales, mientras que las ca-bezas destetadas se agrupen y hagan vida común,aparte de los adultos y de los cebones, que deben alo-jarse en departamentos distintos.
Las celdas destinadas a las hembras de cría han detener dimensiones en relación con las característicasde la raza, es decir, con su tamaño propio, pudiendotomarse como regla aproximada q,l dar un largo doblede la longitud media propia de la raza que se explotev un ancho superior a dicha longitud. Con algo menosde cuatro metros cuadrados por cabeza suele ser bas-tante, y si el ganado sale el campo, como sucede eneste caso, puede ser suficiente con un 75 por 100 de laextensión citada y aún menos. I+^l parque debe tenerdoble superficie que la celda, salvo yue pueda supri-mirse, por salir frecuentemente los animales al campo.
Los departamentos destinados a recría y engordepueden calcularae a razdn de 1,25 v 2,25 metros cua-drados por cabeza, según tamaños, y agrupar a losanimales en piaras de veinte como máximo.
La altura media interior de la porqueriza puede es-tablecerse en 2,50 metros, dotándola siempre de cie-lo-raso, de cañizo v mejor de tela metálica, con el finde lograr una mejor y más fácil limpieza y un mayor,aunque como es natural reducido, aislamiento.
El tipo de piso m:£s conveniente es aquel que, den-tro de evitar humedades, ea decir, ser sano, hace quelos animales no resbalen. El hormigón dispuesto so-bre un firme de grava, obliga a darle una gran rugo-5idad y, por ello, a veces se sustituye por ladrillos^lisl^uestos de cara y bien cogidos con cemento. Seauiiu u otro el sistema elegido, no conviene olvidar 1^^colocación de una buena capa de paja, constituy®nd^^la obligada cama.
Por lo que se refiere a la ventilación, lo más corrien-te es producirla mediante ventanas, dotadas de suscuarterones, dejando pasar el aire y el sol cuando asic.onvenga. Un procedimiento también sencillo consiste.^^n colocar unos tubos de 8 d 10 centímetros de diá-nietro en el techo para dar salida al aire, y otros a1,20 metros del suelo para que este aire penetre. I;stcha de hacerse de modo que la superficie de salida sealigeramente superior a la de entrada, para evitar fuer=tes corrientes y a base de disponer un túbo de entra-da y otro de salida por cada dos celdas. Sistema máscaro es la instalación de chimeneas de ventilacidn delas que se fabrican diferentes modelos como el James-way, por ejemplo.
Para que el señor González pueda apreciar detallecy características constructivas se compaña un ejem-plar de la Hoja Divulgadora núm. 42, del año 1944;editada por el Ministerio de Agricultura, pues, aun-que no se refiera concretamente a su caso, estimamospuede aervirle de orientacidn.
2.3i3San.ttiago Matallana Verltrrra
Ingeniero sgrónomo
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BJBLIOGRAFIA
KELSeY (W. Eric).-The s^ell of thehoney bee (El encanto de la abe-ja).-Un libro de z74 páginas, coni46 fotograffas y gráficos. - Se-gunda e^ición. - Chapman H^^llLtd.-Londres, 1947
En la copiosa bibliograffa apfcolale todos los pafses se encuentra des-
de el pequeño manual que prometea] impaciente aficionado hacer un;lrápida fortuna con la explotación dela colmena hasta el estudio cientffi_co y concienzudo, de sola utilidadpara el especialista, pasando por el
elegante ensayo literarió, estilo Maeterlinck. No es fácil en-contrar un libro que reúna todas estas caracterfsticas, y, porello, tantu más sorprende la lectura de la obra de W. EricKelsey, que ha acertado plenamente en lograr un conjuntoaimónico y ecléctico. Empieza por una parte preliminar queaconseja se lea durante el invierno, junto al fuego. Con sulectura aprenderá el aficionado el ciclo vital de la colmena.Si con ello entra en ganas de explotarla durante la primaverasiguienfe, la segunda parte de la obra le irá dando consejosy reglas para realizar todas las faenas y resolver cuantas du-das se le presenten. Conseguido mayor o menor éxito, volvP_rán los frfos y la inactividad, A1 meditar en ]as largas vela-das invernales sobre ]a posibilidad de evitar aquel fallo, me-jorar un detalle o conocer el porqué de todo lo maravillosoque haya ido observando durante la temporada de trabaju,bastará que lea la tercera y última parte de la. obra, donde seexpone con admirable claridad ]a anatomfa y biologfa de laabeja y los motivos que la inducen a visitar las flores, de-volviendo favor por favor al contribuir a]a perpetuación dela planta que la cede su néctar.
En definitiva, se trata de un libro que entretiene, instrúyey hace pensar, cuya lectura aconsejamos a quienes se intere-sen por la apicultura y traduzcan el inglés. La edición, muycuidada, con profusión de gráficos y fotograffas.
CASTILHO (Artur).-Pereiras ^07t9-L-
^uesas (Subsidios para la pomo-
• logfa portuguesa).-Oporto, 194.'•
^^^^ i- 1^^^ Con este folleto el competente In_f?C)1^TlíCl)[^St^ĉ ' geniero agrónomo portugués señor
Castilho comienza el estudios de lasvariedades de peras más usadas enPortugal, de cada una de ]as cua-les se indica la sinonimia, su ori-gen, caracterlsticas botánicas, datosculturales e importancia económica.Es una vali^sa aportación al estu-dio de la fruticultura lusitana, in-
aispensable tanto para el racional aprovechamiento de las
variedades indfgenas como para la posible adaptación de las
extranjeras. F.1 autor, Jefe de la Secciún de Estudios Cultu-
rales de la Estación Aararia Central de Oporto, anuncia la
rc^ntinuación de tan proveehoso estudio.
5uxco.-Al^mana^.ue Agrlmla ^948.-
Un folleto de i8q págs., con nume-
rosas fotograffas.-Madrid, i948•
La prestigiosa revista «Surco» ha
publicado su acostumbrado Ahnana-yuc agrfcola, en el que, además delas acostiunbradas secciones de ca-lendario y metcorológica, se publicaninteresantes datos sobre abonos, que-serfa, maquinaria agrfcola, coeficien-tes de trabajo, medidas regionales yequivalencias, obligaciones mensualesagrosociales y económicas de los agricultores, etc. Tambiénpublica documentados artfculos sobre el cultido del lino rsobre el queso, debido a la pluma del Ingeniero agrónomo se-ñor Soroa, y un detenido y completo estudio del también In-geniero sefíor Del Cafiizo, sobre las ratas, su especies, cos-tumbres y daflos.
OiRAS PUBLICACIONESSARASOLA, FAVRHT y VALLEGA.-RCQCLlÓri (le algUnaS c8T1a(laS
con respeclo a uE^rysiphe Gramin^a Hordei» en Argentina.
Boletfn número i del Instituto de Fitotecnia del Ministerio
de Agricultura de la República Argentina.-Diciembre iq47.
Los autores, Ingenieros agrónomos de la División de In-
munologfa Vegetal del Instituto de Fitotecnia Argentino, hanestudiado la reacción de algunas cebadas a uno de los pará-sitos que en mayor grado le atacan en dicho pafs : ErysipheGraminis.
Como para la seleccíón de plantas resistentes interesa sabersi existen razas fisiológicas, ee ensayó la reacción de las va-riedades diferenciales de DtcTZ (t93o) y TiDn (i937), asf comode muchas otras cebadas, con respecto a poblaciones parásitasprocedentes de distintos lug^res de la región cerealista y reco-gidas en distintos años. En ningún caso se observaron dift+-rencia en el comportamiento de dichas cebadas, como tainpocodistintos tipos de reacción en alguna de ellas. Con lo ante-rior se tuvo el primer indicio de la existencia en Argentinade una población parásita muy homogénea, pCObablementeconstituf3a por una sola raza.
Una vez determinadas las cebadas más resistentes se lasusG como variedades de prueba, ya que, al eliminar por suresistencia a la raza más común, podfan poner en evidenci.^la presencia d'e cualquier otra que, aunque poco abundante,fuera capaz de atacarlas. Hasta el presente estas cebadas sehan comportado de la misma manera con respecto a todas laspoblaciones probadas,lo que indicarfa que en dicho pals sólose tiene una raza fisiológica.
Si se comparan los resultados obtenidos con aquellos deotros autores que trabajaron con las misnias cebadas en otrospafses se puede afirmar que la raza encontrada en Argentina,y que llaman los autores Arg. r, es diferente a todas las des-critas anteriormente.
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