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ALCABALA: gravaba todas las transacciones de bienes (sin perjuicio del almojarifazgo), es comparado con el impuesto general a las ventas. El vendedor estaba obligado a pagarlo, se exceptuaban instrumentos de culto, medicinas, el pan, etc. ALMOJARIFAZGO: fue impuesto por el gobernador Lope García de Castro, era un derecho de aduana, se aplicó a las exportaciones e importaciones de bienes. ANNATA: impuesto aplicado a las rentas generadas por ocupar cargos de diversa índole, se calculaba en función de las ganancias obtenidas en un año. AVERIA: se cobraba a los comerciantes en la ruta Callao-Panamá, era para organizar la Armad del Mar del Sur que brindaba protección a los barcos mercantes. BULA DE LA SANTA CRUZADA: fue impuesta en América por pedido de Gregorio VIII, era pagado por las principales ciudades del virreinato. CABEZON: contribución cobrada en razón de las tierras agrícolas no trabajadas (afectaba a l hacendados). COBOS: impuesto que se cobraba de todas las barras fundidas en la casa de quintos (para hac monedas), osciló entre el 1 y 1.5%. DERRAMA: contribuciones que daban a la corona los súbditos cuando aquella se encontraba en guerra. DIEZMO: fue instalado por los Reyes Católicos, consistía en que el 10% de la producción de tierra o bene cio se dedique a la Iglesia Católica, la cobranza de los diezmos se arrendaba mejor postor. GABELLA: impuesto aplicado a la venta de sal. MOJONAZGO: impuesto que afectaba a la venta de vino. QUINTO REAL: el 20% de la producción minera le pertenecía al rey, durante el siglo XVIII el se rebajo al 10% para fomentar la legalización de la producción de plata. SINODO: porcentaje del tributo que se orientaba a sostener al cura doctrinero. TRIBUTO: pagado por los indios de manera comunal, los nativos tenían esa obligación en su

Al Cabala

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ALCABALA: gravaba todas las transacciones de bienes (sin perjuicio del almojarifazgo), es comparado con el impuesto general a las ventas. El vendedor estaba obligado a pagarlo, se exceptuaban instrumentos de culto, medicinas, el pan, etc.

ALMOJARIFAZGO: fue impuesto por el gobernador Lope Garca de Castro, era un derecho de aduana, se aplic a las exportaciones e importaciones de bienes.

ANNATA: impuesto aplicado a las rentas generadas por ocupar cargos de diversa ndole, se calculaba en funcin de las ganancias obtenidas en un ao.

AVERIA: se cobraba a los comerciantes en la ruta Callao-Panam, era para organizar la Armada del Mar del Sur que brindaba proteccin a los barcos mercantes.

BULA DE LA SANTA CRUZADA: fue impuesta en Amrica por pedido de Gregorio VIII, era pagado por las principales ciudades del virreinato.

CABEZON: contribucin cobrada en razn de las tierras agrcolas no trabajadas (afectaba a los hacendados).

COBOS: impuesto que se cobraba de todas las barras fundidas en la casa de quintos (para hacer monedas), oscil entre el 1 y 1.5%.

DERRAMA: contribuciones que daban a la corona los sbditos cuando aquella se encontraba en guerra.

DIEZMO: fue instalado por los Reyes Catlicos, consista en que el 10% de la produccin de la tierra o beneficio se dedique a la Iglesia Catlica, la cobranza de los diezmos se arrendaban al mejor postor.

GABELLA: impuesto aplicado a la venta de sal.

MOJONAZGO: impuesto que afectaba a la venta de vino.

QUINTO REAL: el 20% de la produccin minera le perteneca al rey, durante el siglo XVIII el quinto se rebajo al 10% para fomentar la legalizacin de la produccin de plata.

SINODO: porcentaje del tributo que se orientaba a sostener al cura doctrinero.

TRIBUTO: pagado por los indios de manera comunal, los nativos tenan esa obligacin en su condicin de vasallos del rey. El virrey Francisco de Toledo fue quien regulariz el cobro de tributo en la segunda mitad del siglo XVI.