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Carrera 5 No. 9-74 Piso 2 Tel.:8711257 Neiva Huila C.P. 410010 www.alcaldianeiva. gov.co pág. 1 ALCALDIA DE NEIVA SECRETARIA DE PLANEACION Y ORDENAMIENTO PROYECTO DE LEGALIZACIÓN URBANÍSTICA ASENTAMIENTO LA TRINIDAD ZONA NORORIENTE Neiva, Marzo de 2018

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pág. 1

ALCALDIA DE NEIVA

SECRETARIA DE PLANEACION Y ORDENAMIENTO

PROYECTO DE LEGALIZACIÓN URBANÍSTICA

ASENTAMIENTO LA TRINIDAD

ZONA NORORIENTE

Neiva, Marzo de 2018

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RODRIGO ARMANDO LARA SANCHEZ Alcalde Municipal

RAFAEL HERNANDO YEPES BLANCO

Secretario de Planeación y Ordenamiento Municipal

MIGUEL IGNACIO SERRATO TORRES Líder de Ordenamiento y Calidad

EQUIPO TECNICO DE LEGALIZACION

Nelly Vega Cabrera Profesional Especializada SPOM

Yeison Andrés Atehortua Gerardino

Ing Ambiental - Profesional Especializado Contratista SPOM

Katerin Marlen Guzmán Santofimio Ing Ambiental - Profesional Contratista SPOM

Yenith Paola Perdomo Vargas

Administradora de Empresas - Profesional Contratista SPOM

Juan Sebastián Daniels Castro Arquitecto – Profesional Contratista SPOM

Elio Andrés Cordero Polania Abogado – Asesor Jurídico

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Tabla de Contenido

PARTE 1. PRELIMINARES ............................................................................................................. 6

1 PRESENTACION............................................................................................................................ 7

2 JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................................. 8

3 ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL ........................................................................................ 9

3.1 PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACIÓN BARRIAL .............................................. 12

3.1.1 ALCANCE DEL PROYECTO DE LEGALIZACION ........................................................ 13

3.1.1.1 ETAPA PRELIMINAR ...................................................................................................... 13

3.1.1.2 ETAPA DE RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN ....................................................... 15

3.1.1.3 ETAPA DE VALORACIÓN DE LA INFORMACIÓN .................................................... 15

3.1.1.4 ETAPA DE TRABAJO DE CAMPO ............................................................................... 15

3.1.1.5 ETAPA DE INICIO DEL PROCESO DE LEGALIZACION ......................................... 16

3.1.1.6 ESTUDIO TÉCNICO DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA ............................... 17

3.1.1.7 ACTA DE INICIO Y ACEPTACIÓN DEL PROCESO DE RECONOCIMIENTO ...... 17

3.1.1.8 VISITA OCULAR PARA EL PROCESO DE LEGALIZACION .................................. 17

3.1.1.9 ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO URBANÍSTICO .............................................................. 18

PARTE 2. DIAGNOSTICO ........................................................................................................... 19

4 LOCALIZACIÓN DEL ASENTAMIENTO ............................................................................... 20

4.1 LOCALIZACIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA ............................................................... 21

4.2 AREA Y PREDIOS DEL ASENTAMIENTO ......................................................................... 23

4.3 DELEGADO PARA EL PROCESO DE LEGALIZACIÓN ................................................. 24

4.4 ESTUDIO JURÍDICO .............................................................................................................. 24

4.5 ESTUDIO Y ANALISIS AMBIENTAL ................................................................................... 25

4.5.1 CARACTERISTICAS BIOFISICAS ................................................................................... 26

4.5.1.1 GEOLOGIA ........................................................................................................................ 26

4.5.1.2 GEOLOGIA LOCAL ......................................................................................................... 26

4.5.1.3 GEOLOGÍA ESTRUCTURAL ................................................................................................. 27

4.5.2 GEOMORFOLOGÍA ............................................................................................................ 28

4.5.2.1 ABANICO ALUVIAL INACTIVO (F1). .................................................................................... 28

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4.5.3 SUELOS ................................................................................................................................ 29

4.5.4 HIDROGAFIA........................................................................................................................ 32

4.5.5 GESTION DEL RIESGO...................................................................................................... 32

4.5.5.1 AMENAZAS POR INUNDACIÓN ................................................................................... 32

4.5.5.2 AMENAZA GEOLÓGICA ................................................................................................ 33

4.5.5.3 AMENAZAS GEOMORFOLOGICAS ............................................................................ 34

4.5.6 VULNERABILIDAD ............................................................................................................. 36

4.5.7 RIESGOS DE ORIGEN NATURAL ................................................................................... 38

4.5.8 AREAS DE IMPORTANCIA AMBIENTAL ....................................................................... 39

4.5.9 ZONIFICACION AMBIENTAL ............................................................................................ 40

4.5.9.1 ÁREAS DE ALTA RESTRICCIÓN (AAR) – SENSIBILIDAD ALTA ......................... 41

4.5.9.2 ÁREAS SIN RESTRICCIONES (ASR) – SENSIBILIDAD BAJA .............................. 42

4.5.10 SINTESIS DEL ANALISIS AMBIENTAL DEL SECTOR ............................................. 42

5 CONSTITUTIVOS ARTIFICIALES ........................................................................................... 42

5.1.1 PLAN VIAL GENERAL EXISTENETE UPZ LA CEIBAS O DEL NORTE ................. 44

5.1.2 ESTADO ACTUAL DE LAS VIAS DEL PLAN VIAL GENERAL .................................. 46

5.2 ESPACIO PÚBICO .................................................................................................................. 47

5.3 EQUIPAMIENTOS ................................................................................................................... 48

6 CARACTERIZACIÓN SOCIO-ECONÓMICA ......................................................................... 50

6.1 ASPECTOS SOCIALES ......................................................................................................... 50

6.1.1 HISTORIA DEL ASENTAMIENTO .................................................................................... 50

6.1.2 PARTICIPACION COMUNITARIA .................................................................................... 50

6.2 DEMOGRAFÍA ......................................................................................................................... 50

6.3 SERVICIOS SOCIALES BÁSICOS ...................................................................................... 52

6.4 EDUCACIÓN ............................................................................................................................ 54

6.5 RECREACIÓN ......................................................................................................................... 55

6.6 ORGANIZACIÓN COMUNITARIA ........................................................................................ 55

6.7 ESPACIO PRIVADO ............................................................................................................... 56

6.7.1 CARACTERISTICAS DE LOS PREDIOS ........................................................................ 56

6.8 USOS DEL SUELO ................................................................................................................. 65

7. SINTESIS DIAGNOSTICA ....................................................................................................... 68

7.1 VIAS ........................................................................................................................................... 68

7.2 PREDIOS .................................................................................................................................. 69

7.3 EXPECTATIVAS DE TITULACIÓN ...................................................................................... 69

8. CARTOGRAFÍA DIAGNÓSTICO ............................................................................................ 70

9. PREDIOS CON RESTRICCIONES AMBIENTALES .......................................................... 70

10. TRAZABILIDAD DEL PROCESO ........................................................................................ 70

PARTE 3. PROPUESTA URBANA. ........................................................................................... 75

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1. CONCEPTUALIZACIÓN DE LA PROPUESTA URBANISTICA ...................................... 76

1.1 PROPUESTA URBANÍSTICA ................................................................................................ 77

1.1.1 SISTEMA VIAL ......................................................................................................................... 79

1.1.2 PLAN VIAL LOCAL .................................................................................................................. 80

1.1.3 CLASIFICACIÓN DEL SUELO .................................................................................................. 81

1.1.4 DEFINICIÓN DE USOS DEL SUELO ........................................................................................ 81

1.1.5 NORMAS URBANÍSTICAS APLICABLES................................................................................. 82

1.1.5.1 ANTEJARDINES: .................................................................................................................. 82

1.1.5.2 ÁREAS Y FRENTES MÍNIMOS DE LOTE PARA FUTUROS DESARROLLOS: .......................... 82

1.1.5.3 ALTURAS: ............................................................................................................................ 82

1.1.5.4 AISLAMIENTOS: ................................................................................................................... 82

1.1.5.5 PATIOS: ............................................................................................................................... 82

1.1.5.6 VOLADIZOS: ......................................................................................................................... 82

1.1.5.7 PARAMENTOS: .................................................................................................................... 83

1.2 LICENCIAS DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN .......................................................... 83

1.3 AREAS DE CESION Y OBLIGACIONES. ........................................................................... 83

1.4 PREDIOS LEGALIZADOS ..................................................................................................... 84

1.5 PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL BARRIO ...................................... 84

1.5.1 SISTEMA VIAL: ........................................................................................................................ 84

1.5.2 VIVIENDA:................................................................................................................................ 85

1.5.3 PARQUES Y ZONAS DE EQUIPAMIENTOS .............................................................................. 85

2. CARTOGRAFÍA......................................................................................................................... 85

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PARTE 1. PRELIMINARES

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DOCUMENTO TECNICO DE SOPORTE PARA LA LEGALIZACIÓN DEL ASENTAMIENTO LA TRINIDAD DEL AREA DE EXPANSION URBANA DEL

NORORIENTE EN EL MUNICIPIO DE NEIVA - HUILA

1 PRESENTACION En Colombia el crecimiento urbano ha venido generando problemas por su desarrollo y adelanto de asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas subnormales, que se desarrollan hasta por fuera del perímetro urbano. Los asentamientos precarios constituyen la manifestación física y espacial de la pobreza y la desigualdad de un país mayoritariamente urbano. La urbanización ilegal trae consigo consecuencias económicas, sociales y ambientales que no solo afectan a la población de ingresos bajos, sino acarrean perjuicios para la sociedad en conjunto. Entre estos pueden mencionarse el deterioro de la calidad de vida; deficiencias en servicios públicos, viabilidad y equipamientos; obstrucción de obras públicas; precariedad de títulos; evasión fiscal; y extra-costos al presupuesto público. A esto se suma el alto impacto ambiental relativo por la ocupación de zonas no aptas para la urbanización, incluyendo daño a las fuentes de agua, pérdida de vegetación e incremento de la escorrentía con la consecuente generación de situaciones de riesgo. En general, son procesos urbanísticos que no cumplen con los requisitos de ley a los cuales se somete toda construcción, esto es, la solicitud de licencia de urbanización o de construcción, la dotación de servicios públicos y la construcción de las obras de urbanización, construcción, ampliación, adecuación, reforzamiento estructural, modificación, demolición de edificaciones; parcelación, loteo o subdivisión de predios, y para la intervención y ocupación del espacio público, en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación. Para el caso colombiano, estos desarrollos urbanos al margen de los lineamientos del ordenamiento territorial, presentan una serie de problemas, que en conjunto constituyen una cadena de degradación urbana, y entre los que se cuentan:

La inseguridad.

El bajo o nulo suministro de servicios públicos domiciliarios.

La falta de acceso a la infraestructura urbana vial y a la infraestructura de servicios comunitarios.

La imposibilidad de acceso al transporte urbano masivo.

La reducción del bienestar social y familiar.

La dificultad de acceder a una vivienda propia, digna y a su mejoramiento físico.

El desmejoramiento progresivo del entorno natural y del espacio público construido.

Volver a la población en potencial víctima o causante de desastres naturales. Sumado a los anteriores problemas, es claro que al no existir procesos de planeación urbana en estos asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas de interés social, no hay generación de espacio público suficiente y digno, sobre todo en estos desarrollos de vivienda de interés social donde la escasez de recursos económicos de la población no le permite acceder fácilmente a la recreación, a la cultura y a la educación, acentuando las condiciones en las que el subdesarrollo está amarrado a la sub-educación y la degradación ambiental a la pobreza. Por lo anterior, en la medida que problemas como la calidad y seguridad de la vivienda; el Estado físico del entorno urbano y su debida apropiación; la accesibilidad a equipamiento comunal y de servicios; y la garantía de la movilidad urbana, se reduzcan mediante una política integral de desarrollo territorial, se logrará una equidad social. A través de la legalización de los asentamientos humanos, que se desarrollaron en territorios sin el cumplimiento de las normas urbanísticas, se reconoce la existencia, en el contexto urbanístico de una ciudad, mediante la elaboración de un estudio de regularización urbanística y expidiendo la reglamentación respectiva, sin contemplar los derechos de propiedad a favor de eventuales

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poseedores. La Ley 9 de 1989 en su artículo 48, autoriza la legalización por parte de los concejos y las juntas metropolitanas, como acto concerniente al ordenamiento del desarrollo de su territorio, actuación que puede ser delegada en los alcaldes municipales o distritales. Este proceso de legalización solamente es de carácter urbanístico. El proceso de legalización no constituye una obligación expresa para que la entidad territorial tenga que hacer la dotación de los servicios públicos domiciliarios, así como a construcción de las obras de infraestructura de las cuales carece el asentamiento, así como tampoco implica la formalización de los derechos de propiedad a favor de eventuales poseedores. La legalización establecida mediante el Decreto 564 de 2006, hoy 1077 de 2015 y las normas de contención del crecimiento urbano, para que, apoyados en este documento, las entidades territoriales puedan promover el mejoramiento de la calidad de vida en sus jurisdicciones.

2 JUSTIFICACIÓN El presente documento técnico, está dirigido a documentar técnica y jurídicamente, el proceso de legalización, el proyecto urbano y la generación de unas normas complementarias, que permiten culminar con el Acto Administrativo de legalización del asentamiento La Trinidad, que pertenece a la Zona de Expansión del nororiente de la ciudad de Neiva, el cual hace las veces de licencia urbanística. Mediante el proceso de legalización urbanística se pretende cumplir con las expectativas de transformación y dinámica urbana, que se ha generado alrededor de este núcleo poblacional, que por más de 15 años, no ha trascendido en este asentamiento, relación que se vuelve estratégica teniendo en cuenta su localización, oportunidades y ventajas, así como la alta posibilidad de cumplimiento de las normas urbanísticas y que, dada la voluntad de la comunidad y la administración municipal, caso del asentamiento La Trinidad, que presenta alta probabilidad de éxito. En el Municipio de Neiva, es el Plan de Ordenamiento Territorial el que constituye, a partir de la Ley 388 de 1997, la prevalencia normativa en relación con las disposiciones que reglamentan las actuaciones urbanísticas, considerando el carácter estructural, las que establecen las condiciones de ordenamiento, siendo estas las de mayor importancia para lograr los objetivos de largo plazo, describe el modelo de ordenamiento, los objetivos, las estrategias, los sistemas estructurantes naturales y artificiales, el patrimonio y los proyectos estratégicos. En el mismo, se establecen las normas generales, de segunda jerarquía que para Neiva se reglamentaron y desarrollaron mediante Fichas Normativas, estas normas describen derechos y deberes para los propietarios de los inmuebles localizados en cada tipo de suelo, incluyendo tratamientos, aprovechamientos, edificabilidad, cesiones de los nuevos desarrollos, usos y obligaciones. El proyecto urbano como un primer paso que se concreta realizado y liderado por la Secretaria de Planeación y Ordenamiento del Municipio de Neiva, con una amplia participación de la comunidad, reconociéndose la situación existente en la que coexisten diversidad de poseedores y propietarios, particularidades en la renta del suelo; problemas del espacio público y áreas sin servicios públicos. El resultado es un proyecto urbano y unos planos urbanísticos en los que se identifican y definen entre otros aspectos: 1) los usos del suelo y tipo de actividades permitidas; 2) las zonas de alto riesgo no mitigables y los mecanismos para prevenir la urbanización o construcción posterior en los terrenos que tienen esta connotación; 3) las zonas de riesgo mitigables; 4)las zonas de preservación ambiental, retiros de quebradas; 5) espacios públicos que se encuentren ocupados por viviendas y los mecanismos para su reubicación; y 6) propuesta de plan vial y condiciones para su implementación. Se busca la generación de un espacio urbano con prevalencia para el encuentro ciudadano, variable estructurante: el espacio público, la movilidad, la vivienda y el medio ambiente, espacio público como principal elemento que debe irse complementando desde otras instancias, con la construcción de una cultura de lo público y unos acuerdos con la comunidad que faciliten la apropiación de los proyectos en su gestión, construcción y apropiación para tener como paso crucial y definitivo en la actual administración, la firma del Decreto o Resolución de legalización y regularización del sector.

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Para ello, la Secretaria de Planeación y Ordenamiento del Municipio de Neiva se propuso expedir el Acto Administrativo, utilizando para ello las herramientas legales que permiten adoptar las medidas Administrativas tendientes a regularizar el asentamiento La Trinidad.

3 ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL

De conformidad con la Ley 9 del año 1989, contentiva de los lineamientos sobre reforma urbana, se establece formalmente la legalización de los desarrollos urbanísticos que cuenten con vivienda de Interés Social. Artículo 48: “Los concejos, el consejo intendencial y las juntas metropolitanas podrán delegar en los alcaldes e Intendente de San Andrés y Providencia la legalización de las urbanizaciones constituidas por viviendas de interés social. La legalización implicará la incorporación al perímetro urbano o de servicios y la regularización urbanística del asentamiento humano. PARAGRAFO. Los asentamientos urbanos de viviendas de interés social, por fuera del perímetro urbano actual de los municipios, que existieran el 28 de julio de 1988, desarrollados por las organizaciones contempladas en el artículo 62, recibirán el mismo tratamiento que los incorporados al perímetro urbano y de servicios, serán regularizados urbanísticamente y podrán por consiguiente solicitar la prestación de servicios en los términos contemplados en el artículo 47 de la presente ley.” Desarrollando y complementando lo establecido en la Ley 9 del año 1989, en razón a las implicaciones de la legalización, la ley 388 del año 1997 establece que el urbanismo el cual se constituye como función pública, al servir de herramienta de gestión local, permite acceder al espacio público, realizar cambios de uso del suelo y mejorar la calidad de vida en las ciudades mediante la preservación del medio ambiente. ARTICULO 3: “FUNCION PUBLICA DEL URBANISMO. El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines: 1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios. 2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible. 3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural. 4. Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales. Es de anotar que la mencionada Ley 388 del año 1997, en su ARTICULO 15 modificado por el artículo 1 de la Ley 902 del año 2004 establece: “NORMAS URBANISTICAS. Las normas urbanísticas regulan el uso, la ocupación y el aprovechamiento del suelo y definen la naturaleza y las consecuencias de las actuaciones urbanísticas indispensables para la administración de estos procesos. Estas normas estarán jerarquizadas de acuerdo con los criterios de prevalencia aquí especificados y en su contenido quedarán establecidos los procedimientos para su revisión, ajuste o modificación, en congruencia con lo que a continuación se señala.” con lo cual las determinaciones de carácter urbanístico independizan la reglamentación del uso del suelo, de los posibles debates sobre la propiedad, situación que se presenta reiterativamente en los asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas de interés social. Por último, el Decreto 1007 de 2015, que compila el Decreto 564 de 2006, establece en su CAPITULO 5 LEGALIZACIÓN URBANISTICA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS. ARTICULO 2.2.6.5.1 Legalización. La legalización es el proceso mediante el cual la administración municipal, distrital o del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina reconoce, si a ello hubiere lugar, la existencia de un asentamiento humano constituido por viviendas de interés social realizados antes del 27 de junio de 2003, aprueba los planos urbanísticos y expide la reglamentación urbanística, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil y administrativa de los comprometidos. La legalización urbanística implica la incorporación al perímetro urbano y de

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servicios y la regularización urbanística del asentamiento humano, sin contemplar la legalización de los derechos de propiedad en favor de eventuales poseedores. El acto administrativo mediante el cual se aprueba la legalización hará las veces de licencia de urbanización, con base en el cual se tramitarán las licencias de construcción de los predios incluidos en la legalización o el reconocimiento de las edificaciones existentes.” Respecto de las normas que amparan el control de la aparición y crecimiento de los asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas de interés social, se pueden agrupar en dos tipos: las normas que controlan la enajenación de vivienda y las normas sobre el control físico del desarrollo urbano. En cuanto hace a las normas sobre las cuales se realiza el control a la enajenación de vivienda, se encuentra legislación desde el Código Civil, establecido desde 1887, sin embargo, solo se han formalizado más puntualmente desde mediados de la década de los sesenta y recientemente se han conformado como una serie de normas de implicaciones civiles, comerciales y penales, con las cuales es posible verificar toda transferencia mayor a cinco predios por parte del mismo propietario, lo que se constituye en una actividad de urbanización. Como ya se mencionó, las normas sobre el control de la construcción y la vivienda, se plasman desde el siglo XIX, a manera de esbozos generales de la reglamentación al crecimiento urbano y la construcción de vivienda, sin embargo es hasta el año 1968, en el que se promulga la Ley 66, constituyéndose en la espina dorsal del control a la construcción de vivienda. Esta Ley, estableció en un principio que el Superintendente Bancario ejercería la inspección, vigilancia y control de las actividades de enajenación de inmueble amarrados a procesos urbanísticos, mayores a cinco (5) unidades prediales, previa inscripción del urbanizador ante la entidad, sin embargo y de acuerdo con la modificación establecida mediante el Decreto Ley 078 del año 1987, esta función es ejercida hoy en día por los concejos Municipales o distritales. Se establece también el tipo penal para la compraventa ilegal y la exigencia del permiso de anuncio y enajenación en desarrollo de planes urbanísticos o permiso de ventas, ampliado posteriormente por el mencionado Decreto Ley 078 del año 1987. De acuerdo con las exigencias establecidas para adelantar la actividad comercial de urbanización por parte de particulares, se estableció que las personas jurídicas o naturales que adelanten actos urbanísticos sin su cumplimiento, podrán ser sujetos de la toma de posesión de negocios, bienes y haberes, como medida temporal, o de su liquidación como medida definitiva. La Ley 66 del año 1968 también instituyó la facultad a los órganos de control respectivos, para imponer multas a los urbanizadores que realizaran publicidad engañosa, en relación con su actividad comercial, facultada posteriormente a los Municipios o Distritos mediante la modificación del Decreto Ley 078 del año 1987. El Decreto Ley 2610 del año 1979, el cual modifica Ley 66 del año 1968, amplia el rango de control sobre los predios enajenados en razón a procesos urbanísticos o de construcción, por parte del órgano gubernamental respectivo, en un principio, la Superintendencia Bancaria, hoy en día los Consejos Municipales o Distritales, de conformidad con el Decreto 078 de 1987. También se incluyó como actividad de enajenación, aunque no perfecta al tenor de la Ley, la constitución de promesas de Compraventa, o recibo de anticipos en dinero, lo cual constituirá al futuro una transferencia del derecho de dominio y así poder ser sujeto de control por parte del ente respectivo, al tratarse de una potencial actividad de enajenación. Los delitos contra la enajenación legal, no solamente serán denunciados por la facultad de la Superintendencia Bancaria, sino los podrá denunciar cualquier ciudadano. Lo que respecta al control físico de las ciudades, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 66 del año 1968, aún vigente, se establece que las obras de urbanismo y dotación de servicios públicos le corresponden a los urbanizadores y no a los compradores, siendo una función indelegable, y que está amparada en la disposición constitucional que consagra el derecho a la vivienda digna. Por su naturaleza jurídica, esta es una de las normas que comienzan a puntualizar los controles sobre el ejercicio de los urbanizadores en Colombia, así como las posibilidades legales de carácter penal al ejercicio anti ético de estos. Según lo establecido en el Decreto Ley 078 del año 1987, modificatorio de la Ley 66 del año 1968, a

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los municipios o distritos les corresponde visitar las obras urbanísticas o de construcción con el fin de verificar el avance y correspondencia con las especificaciones aprobadas por las autoridades urbanísticas, atender las quejas presentadas por infracciones en desarrollos urbanísticos y cancelar los registros urbanísticos de los infractores. La Ley 9 del año 1989, o Ley de Reforma Urbana, expidió las normas correspondientes al desarrollo municipal, al espacio público, la adquisición de bienes por parte de los entes públicos mediante enajenación voluntaria o expropiación, los planes de renovación urbana mediante la legalización de títulos para VIS, la regulación de licencias y los procesos de prescripción adquisitiva del derecho de dominio. Sin embargo, la Ley 9 del año 1989, en cuanto a los asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas de interés social o barrios piratas dispuso que los compradores de vivienda de interés social, no estaban obligados a pagar el saldo pendiente de pago en razón a la falta de dotación de servicios públicos domiciliarios y de las obras de infraestructura vial. Por otro lado, también dispuso la facultad a los alcaldes municipales o distritales para imponer sanciones urbanísticas de carácter pecuniario o multas, para quienes parcelaran, urbanizaran o construyeran sin licencia o apartándose de lo establecido en ella, sin perjuicio de las ordenes de suspensión de la obra mediante sellamiento por parte de la autoridad policiva, así como la suspensión del suministro de los servicios públicos domiciliarios, y si era del caso, el poder de decretar la demolición total o parcial de los inmuebles, dependiendo de la infracción. En la Ley 308 de 1996 se crea el tipo penal de la enajenación ilegal, además se impone la obligación a que todo urbanizador, debidamente identificado mediante la licencia respectiva, se encuentra en la obligación de ejecutar todas las obras urbanísticas, así como la construcción de las obras de infraestructura que requiera el proyecto. Modificatoria de la Ley 9 del año 1989, la Ley 388 del año 1997 estableció los instrumentos del ordenamiento territorial, así como todo lo relacionado con las licencias urbanísticas, requisito sin el cual no es posible adelantar cualquier obra de construcción o de urbanismo. Reglamentario de la Ley 388 del año 1997, aparece el Decreto 564 de 2006 que deroga el Decreto 1600 de 2005, en los cuales se profundiza sobre la denominación de las licencias, así como el surgimiento de la “legalización” como método de gestión local para generar ciudad. En la Ley 810 del año 2003 se establecen multas por infracciones urbanísticas y suspensión de servicios públicos por falta urbanística. Por último, en el Código Penal, Artículo 318 se relacionan los delitos contra el orden económico y social, en el que se configura la urbanización ilegal. La Ley 388 de 1997 desarrolla la función pública del urbanismo a través de la obligatoriedad, por parte de municipios y distritos, de elaborar los planes de ordenamiento territorial, modifica algunos de los instrumentos de gestión del suelo contenidos en la Reforma Urbana del 89, reglamenta los mecanismos para garantizar el reparto equitativo de las cargas y beneficios, así como la participación en plusvalía que genera el urbanismo constituyéndose en un prerrequisito para cualquier tipo de intervención pública o privada. Para el caso de Neiva el Plan de Ordenamiento Territorial POT, se adoptó mediante el Acuerdo 016 de 2000, el cual fue revisado y ajustado mediante Acuerdo Nº 026 de 2009 para el Municipio de Neiva. En el tema de vivienda, la ley 388 de 1997 incluye: a. La obligatoriedad de establecer dentro del plan, una estrategia para atender la demanda de

vivienda social, incluyendo la intervención en barrios de desarrollo incompleto o inadecuado b. La definición de los instrumentos técnicos y financieros para garantizar la estrategia de

vivienda. c. La definición y señalamiento de la porción de suelo urbano y de expansión que se requiere

para este tipo de viviendas. d. La posibilidad de destinar recursos provenientes de la participación en plusvalía para vivienda

de interés social. e. La redefinición del concepto de vivienda, superando la segmentación basada únicamente en el

precio final.

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f. El establecimiento de las cesiones a título gratuito previstas en la Ley 9a y el que los subsidios para legalización se realicen mediante resolución de la entidad pública.

g. La modificación del proceso de pertenencia. h. La concreción del procedimiento a seguir para aplicar la expropiación por la vía administrativa.

El Decreto 540 de 1998 reglamenta el artículo 58 de la Ley 09 de 1989, es decir, la cesión a título gratuito de los terrenos fiscales de las entidades públicas del orden nacional que se encuentran ocupados con viviendas de interés social. Define igualmente que este procedimiento es aplicable a las entidades de otros órdenes que decidan acogerse a la disposición de la Ley y a su vez, el Decreto 564 de 2006, permite la legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas de interés social construidas antes del 27 de junio de 2003. En sus disposiciones generales el Artículo 122 expresa que ”La legalización es el proceso mediante el cual la administración municipal, distrital o del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina reconoce, si a ello hubiere lugar, la existencia de un asentamiento humano constituidos por viviendas de interés social realizados antes del 27 de junio de 2003, aprueba los planos urbanísticos y expide la reglamentación urbanística, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil y administrativa de los comprometidos.”. Deberá tenerse presente que la legalización urbanística, en ningún caso, constituirá título o modo de tradición de la propiedad (artículo 131, parágrafo 1º del Decreto 564 de 2006). De otro modo…”La regularización, es un conjunto de acciones que tienen por objeto reconocer las condiciones existentes en la Ciudad no planificada y con base en esta realidad, desarrolla acciones y normativas que le permitan al Municipio articularla con la ciudad formal, no con el ánimo de buscar condiciones similares a ésta, sino para integrar las características y posibilidades de generar mejor hábitat para las familias de más bajos ingresos y debe servir como una excusa para garantizar no solamente un título de propiedad que consolide el patrimonio a las familias ocupantes, sino también para mejorar la calidad de vida del barrio y de la ciudad en general. Por providencia de las citadas normas, la regularización urbanística es competencia de la Administración Municipal, quien la ejecuta sobre la base de un Acto Administrativo que consagra condiciones especiales y aprueba el proyecto urbanístico general del sector elaborado con amplia participación comunitaria. La Administración Municipal debe entonces definir la realización de las acciones pertinentes establecidas en el Decreto Nº 1077 de 2015 donde determina el procedimiento y requisitos para la legalización de barrios y asentamientos subnormales cuya coordinación estará a cargo de la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal. 3.1 PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACIÓN BARRIAL Como lo establece la normativa nacional, el proceso de legalización barrial, es el procedimiento mediante el cual la administración municipal reconoce, si a ello hubiere lugar y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1077 de 2015, la existencia de un asentamiento humano, de vivienda de interés social, desarrollado y consolidado antes del 27 de Junio de 2003, aprueba los planos urbanísticos, regulariza sus usos, espacios públicos, zonas de preservación ambiental y expide la reglamentación urbanística, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil y administrativa de los comprometidos en el proceso. El proceso de legalización no constituye una obligación expresa para que la entidad territorial tenga que hacer la dotación de los servicios públicos domiciliarios así como la construcción de las obras de infraestructura de las cuales carece el asentamiento, manera inmediata, ya que estas acciones deberá preverse mediante el desarrollo del mejoramiento integral del barrio, etapa posterior a la del proceso de legalización. El proceso anteriormente descrito, involucra la incorporación al perímetro urbano y la regularización urbanística del asentamiento humano, sobre la cual se establecen los parámetros de intervención de los particulares y del Estado hacia el futuro, la cual no implica la formalización de los derechos de propiedad en favor de eventuales poseedores.

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El acto administrativo mediante el cual se aprueba la legalización hará las veces de licencia de urbanización, según el CAPITULO 5, articulo 2.2.6.5.1. Del Decreto 1077 de 2015. Dicha licencia servirá de base para tramitar licencias de construcción o reconocimiento, de los predios y sus construcciones existentes, incluidos en la mencionada aprobación. Para efectos de adelantar el saneamiento de la propiedad tanto de los particulares como de los bienes de uso público, posterior al proceso de legalización de asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas de interés social, cuyo predio de mayor extensión sea de propiedad de particulares, se pueden iniciar los procesos legales a que haya lugar con el fin de garantizar las transferencias de los derechos de dominio, tanto de los particulares, así como de los bienes de uso público que se establezcan en la cartografía urbanística de la legalización. Para esto, se puede optar por procedimientos como daciones en pago como resultado de procesos conciliatorios, la expropiación judicial por motivos de utilidad pública o expropiación administrativa por motivos de utilidad pública o procesos judiciales de prescripción adquisitiva del derecho de dominio, establecidos en el Código Civil y la Ley 9 de 1989, según sea el caso. Se recomienda, en caso de tratarse de asentamientos humanos de origen ilegal constituidos por viviendas de interés social, que ocupan bienes fiscales propiedad del municipio, que posterior a la legalización se continúe el proceso de titulación gratuita en el desarrollo del artículo 578 de la Ley 9 de 1989. 3.1.1 ALCANCE DEL PROYECTO DE LEGALIZACION Como producto principal de este proyecto, se tiene la elaboración del estudio de legalización urbanística del asentamiento denominado La Trinidad ubicado en la zona de Expansión en un sector denominado Nororiente de Neiva. Según lo determinado en el plan de trabajo, el Proyecto de Legalización Urbanística para el asentamiento objeto del estudio, se elaboró teniendo en cuenta las siguientes fases y actividades:

1. Etapa preliminar 2. Recolección de información 3. Valoración de la información 4. Etapa de trabajo de campo. 5. Etapa de inicio del proceso de legalización 6. Análisis y diagnóstico urbanístico

3.1.1.1 ETAPA PRELIMINAR

A pesar de que no está contemplada en el Decreto 1077 de 2015, se realizó a fin de dar a conocer a la comunidad los beneficios de la legalización del asentamiento. Se realizó una reunión a fin de darle a conocer a la comunidad los beneficios de la legalización del sector. Se le invito mediante oficio al presidente de la Junta de Acción Comunal del asentamiento La Trinidad. Una vez explicado el proceso que se desarrollará en el asentamiento, se informó y explicó los requisitos exigidos por la normatividad y que deben ser aportados por las partes comunidad y municipio, necesarios para determinar la ocupación del predio desde la legalidad de la propiedad o posesión, así como las condiciones urbanas y ambientales que lo afectan y sobre las cuales se determina técnica y legalmente la viabilidad de la legalización. La mayoría de los documentos están radicados en esta oficina. No obstante la comunidad ha participado de manera activa en el conocimiento y aceptación del proceso de legalización del asentamiento. Registro Fotográfico de las Socializaciones realizadas:

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Socialización Estudios de AVR el día 13 de septiembre de 2016. Socialización del documento diagnóstico el 20 de octubre de 2017:

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3.1.1.2 ETAPA DE RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN Según lo establecido en el plan de trabajo se acopió toda la información necesaria para la elaboración del proyecto de legalización urbanística, que se dividió en distintos grupos de acuerdo con el papel que juega la información en la construcción de la reglamentación específica y a la jerarquía misma y de los contenidos. Información urbanística primaria: Se revisaron: El Plan de ordenamiento Territorial, con todos sus documentos técnicos, fichas normativas, anexos y cartografía; El Plan Parcial de desarrollo Urbano del Nororiente (documentos técnicos, anexos y cartografía), ESTUDIOS DE AMENAZA, VULNERABILIDAD Y RIESGO POR FENÓMENOS DE ORIGEN GEOMORFOLÓGICO Y/O HIDROLÓGICO EN CINCO SECTORES DEL MUNICIPIO DE NEIVA Y CREACIÓN DE BASE DE DATOS DE GESTIÓN DE RIESGO - DINÁMICA PARA INCORPORAR INVENTARIO DE VIVIENDA A REUBICAR, en el marco del Convenio Interadministrativo No. 255 DE 2013, celebrado entre el municipio de Neiva y la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM y Estudio General de Amenaza Sísmica de Colombia” realizado por la universidad de los Andes, la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica (AIS) y el INGEOMINAS. Información cartográfica: el Municipio de Neiva por medio de la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal envió una comisión topográfica para realizar el levantamiento predial de la zona, se aclara que dicho proceso se efectuó en las condiciones y criterios establecidos por el IGAC. De igual forma se recibieron algunos planos aportados por la comunidad del asentamiento, que sirvieron como referencia. Información Catastral: Se tuvieron en cuenta los inventarios prediales disponibles en la Administración Municipal correspondientes a los entregados por el IGAC; así como el censo predial realizado en el sector y el levantamiento topográfico efectuado. Información otras fuentes: Se revisaron los estudios específicos sobre la zona como el Análisis Socioeconómico elaborado por la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal, documentos sobre población, documentos, mapas y planos suministrados por las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, los certificados de libertad y tradición y escrituras públicas de los predios de mayor extensión, los estudios preliminares elaborados para los barrios y asentamientos objeto de legalización en Neiva, la ortofotografía de la ciudad de Neiva (IGAC) e imagen de satélite (Google Earth) y otros documentos aportados hasta el momento por los habitantes del sector para el proceso de legalización urbanística del asentamiento.

3.1.1.3 ETAPA DE VALORACIÓN DE LA INFORMACIÓN De manera simultánea a la consecución de la información se adelantó la valoración de la misma con el fin de resolver de manera rápida en la construcción del diagnóstico de la zona y en la preparación de la base de datos y cartográficas que han sido las referencias básicas del proyecto tanto en los contenidos de diagnóstico y formulación. En esta fase se pudieron concebir las interrelaciones existentes entre los distintos documentos de planeamiento que inciden en la zona, la calidad y exactitud de la información cartográfica, los vacíos de información, las determinantes del área objeto del proyecto y conocer con precisión la información existente en el municipio que hace parte de los requerimientos determinados en el Decreto 1077 de 2015 para el proceso de Legalización Urbanística de Asentamientos.

3.1.1.4 ETAPA DE TRABAJO DE CAMPO El trabajo de campo fue una de las etapas más importantes y determinantes del proyecto de

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legalización, para realizar un primer acercamiento al lugar permitió tener una visión más clara de la realidad que se vive en este asentamiento ubicado en suelo de Expansión al nororiente de la ciudad de Neiva, permitió realizar un registro fotográfico del sector, teniendo en cuenta los distintos aspectos urbanísticos, levantamientos puntuales para la actualización cartográfica en las cuales se identificaron muchos vacíos de información e inconsistencias, el levantamiento de encuestas a nivel predial, el levantamiento de los perfiles viales, identificación de equipamientos, aspectos ambientales y zonas verdes existentes; información que es necesaria para el análisis, la prospectiva y formulación; así como para la definición normativa del sector. Relación del asentamiento con sus alrededores y definición de linderos de los mismos. A partir de esta fase se alimentaron las bases de datos a nivel predial, se ajustó la cartografía del asentamiento, tareas que en conjunto son la base de la propuesta del presente proyecto. Se realizaron las encuestas de carácter socioeconómico, en campo a cada una de las viviendas del asentamiento entre el 10 y 30 de abril de 2015. Se realizaron diversas visitas para la recolección de información vial, servicios públicos, aspectos ambientales, equipamiento, entre otros; con el objeto de realizar y consolidar la caracterización diagnóstica del asentamiento.

Etapa de Trabajo de Campo

3.1.1.5 ETAPA DE INICIO DEL PROCESO DE LEGALIZACION

En esta fase, los interesados en la legalización, presentan ante la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal de Neiva, una solicitud por escrito la cual se radico formalmente, para adelantar el trámite de viabilidad de la legalización, la cual contendrá como mínimo la siguiente información: 1. Nombre completo, identificación y dirección, si se conoce, del urbanizador, el propietario y poseedores de los predios que conforman el asentamiento humano. 2. Nombre completo e identificación del peticionario y dirección donde recibirá notificaciones. 3. Plano de loteo e identificación del predio o predios incluyendo sus linderos y, de ser posible, matrícula inmobiliaria del predio o predios que conforman el asentamiento humano objeto de legalización. 4. Fecha de formación del asentamiento humano, sustentada siquiera con prueba sumaria. Esta información básica, puede ser complementada con la información que la Secretaria de Planeación y Ordenamiento del municipio de Neiva, considere pertinente, toda vez que aporte información relevante, como certificado de tradición y libertad, expedido por la Oficina de Registro de

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Instrumentos Públicos, Fotocopias de las escrituras de compra o promesas de compraventa, de los predios que hacen parte del proceso de legalización, Certificaciones catastrales y planchas de manzanas catastrales del asentamiento, levantamiento topográfico debe estar amarrado a las placas de control de coordenadas geográficas del municipio y localizar los accidentes naturales del terreno; loteo actual de predios poseídos o de propiedad de particulares, demarcando construcciones existentes y lotes sin construir, con alinderamiento acotado, numerados y georeferenciados.

3.1.1.6 ESTUDIO TÉCNICO DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA

Presentada la solicitud, la Secretaria de Planeación y Ordenamiento abre un archivo exclusivo del proceso, en el cual quedará toda la documentación que en torno al proceso de legalización se presente o expida. Seguidamente hará el estudio técnico de la documentación referida, con el fin de emitir un concepto de viabilidad del trámite de legalización. Se verificó, que el sector hubiese sido constituido antes del 27 de Junio de 2003. Para tal efecto se tuvieron en cuenta las escrituras globales de los predios sobre los cuales se desarrolló el sector, así como evidencias fotográficas y documentales como noticias registradas en los medios locales (escritos y hablados).

3.1.1.7 ACTA DE INICIO Y ACEPTACIÓN DEL PROCESO DE RECONOCIMIENTO

Se procedió a revisar que las firmas que respaldan dicha acta correspondieran a más del 51% de propietarios del sector, por otra parte, también se tomó como base la entrega de documentación presentada a la Secretaria de Planeación y Ordenamiento, de un total 478 propietarios (escrituras y promesas de carta ventas anexadas a la solicitud) representada por Aníbal Mora Romero y Ligia Hernández Castro con fecha 02 de Marzo de 2017. No obstante, la comunidad ha participado de manera activa en el conocimiento y aceptación del proceso de legalización del asentamiento. (Ver copias de las actas y de los registros de asistencia de los talleres de socialización y de trabajo con Planeación Municipal y con la comunidad).

3.1.1.8 VISITA OCULAR PARA EL PROCESO DE LEGALIZACION

Se realizó la visita de inspección ocular al área a legalizar denominado La Trinidad ubicado en la zona de Expansión en el sector nororiente del casco urbano del municipio de Neiva, encontrando lo siguiente: 1.- Se constató la existencia del asentamiento humano, denominado La Trinidad, ubicado en la zona de Expansión en el sector nororiente del casco urbano del municipio de Neiva. 2.- El resultado de la visita de la inspección ocular realizada (fecha) en el asentamiento La Trinidad, es el siguiente

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Item Variable Cumplimiento Observación

1 Coincidencia del Plano con lo existente

SI / NO SI existe y coincide parcialmente

2 Restricción Ambiental SI / NO Exclusión por riesgo alto por remoción de masa y ronda quebrada el venado 30%

3 Coincidencia de linderos según escritura

SI / NO Existen inconsistencias respecto al área consignada en la escritura y el SIG del municipio.

4 Ubicación del asentamiento según POT

Urbano/de

Expansión

Zona de Expansión en el sector nororiente del casco urbano del municipio de Neiva

Item Variables Ponderación % Grado de Consolidación

5 Predios Construidos 50 77% 38,5

6 Viabilidad de Servicios Públicos

6.1 Acueducto 9 100% 9

6.2 Alcantarillado 9 100% 9

6.3 Energía 9 100% 9

6.4 Gas 3 70% 2,1

7 Vías y Transporte 10 70% 7

8 Zonas Públicas 10 80% 8

TOTAL 100 83

Conforme al resultado anterior es procedente seguir con el proceso de legalización urbanística 3.- El grado de consolidación del asentamiento La Trinidad actualmente se estima por inspección ocular en un 83%. 4.- El asentamiento La Trinidad posee el servicio de energía eléctrica, el suministro de agua potable pero es deficiente posee red de alcantarillado, servicio de gas domiciliario y recolección de basuras. 5.- Se evidencia la existencia de áreas de cesión mínimas, las cuales serán objeto de análisis conforme a lo establecido en el POT de la ciudad de Neiva.

3.1.1.9 ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO URBANÍSTICO El conocimiento de la información de referencia en sus distintos aspectos, del marco legal y jurídico, tanto temático como territorial, y de la realidad del Asentamiento obtenida a través del trabajo de campo, han permitido la construcción de la síntesis analítica y diagnóstica sobre la cual se está diseñando la propuesta urbanística que responda a todas las determinantes encontradas y establecidas. Se tiene en cuenta en esta fase la delimitación del área de estudio, el análisis del papel que juegan los asentamientos en el POT y los instrumentos que lo desarrollan y el análisis de los sistemas estructurantes y de la forma urbana del asentamiento y su relación con el entorno.

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PARTE 2. DIAGNOSTICO

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4 LOCALIZACIÓN DEL ASENTAMIENTO Geográficamente el área de estudio del asentamiento La Trinidad, se encuentra localizada en la zona de Expansión en el sector nororiente del casco urbano del municipio de Neiva. El Asentamiento La Trinidad se localiza en la margen derecha de la Carrera 23 entre las proyecciones de las calles 68 y 73.

Figura 1. Ubicación del Asentamiento La Trinidad

El asentamiento La Trinidad, en el Plan parcial del Nororiente cuenta con un área de 80.330,30 m2; sin embargo el área que se encuentra registrada en Escrituras No 1319 de fecha 22 de Abril de 1996 proferida por la Notaria Segunda del Circulo de Neiva y la escritura Pública No. 245 de fecha 11 de febrero de 1999, proferida por la notaria Segunda de Neiva, adquirió en mayor extensión, la propiedad, para posteriormente mediante escritura pública No. 143 de fecha 2 de Febrero de 2001, proferida por la notaria 1, englobar lotear y constituir urbanización, tan solo es de 61.910,20 m2.

IDENTIFICACION CODIGO CATASTRAL

PROPIETARIO AREA (Ha)

%

La Trinidad 000200060022000 Múltiples propietarios 6.76 5.81

La Trinidad Múltiples propietarios 4.44 3.82

TOTAL 11.10 100.00

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El asentamiento La Trinidad se encuentra limitado por los siguientes linderos: al norte con el asentamiento Mirador del norte, al oriente con predios de la señora María Leonisa Rincón Machado y la Carrera 25; al occidente con la carrera 23, Barrios Fronteras del Milenio y predio de Marino Cabrera y al sur con predios del señor Hernán Rivera. Su acceso vial se efectúa por la carrera 23 y Calle 70 desde la Av calle 26.

4.1 LOCALIZACIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA El asentamiento La Trinidad se localiza en la zona de Expansión en el sector nororiente del casco urbano del municipio de Neiva, definida en el Articulo 29 del Acuerdo 026 de 2009 por medio del cual se revisa y ajusta el Acuerdo 016 de 2000 que adopta el Plan de ordenamiento Territorial de Neiva.

PAPEL DEL ASENTAMIENTO LA TRINIDAD DENTRO DEL MODELO ADOPTADO EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL De manera general el POT de la ciudad de Neiva, Acuerdo No. 026 de 2009, concibe el área del Asentamiento, como un área de dos características específicas, por un lado, por su condición de borde ciudad y de otra parte, el asentamiento está considerado como zona de ordenamiento deficitario o incompleto y se califican como áreas con tratamiento de mejoramiento integral y vocación residencial y comercial. Estas condiciones definen las acciones en el POT como en los instrumentos específicos que lo vienen desarrollando de manera detallada para el área, como el caso del plan parcial. Es de resaltar que desde el componente general del POT se señalan contenidos que enmarcan las acciones específicas del área objeto del asentamiento, así: Artículo 15º. Política de Distribución y Ocupación del Suelo.- 1. Orientar el crecimiento en la ciudad hacia adentro y racionalizar el uso y ocupación del suelo. 2. Contribuir desde el ordenamiento territorial en la construcción de una ciudad equitativa y participativa. 3. Legalizar la ocupación del territorio de acuerdo a la ley, densificando el área urbana, buscando la consolidación de la misma, aprovechando sus potencialidades, con un espacio público en cantidad y calidad. 4. Iniciar acciones de reubicación y/o localización de asentamientos humanos, por amenazas o riesgos naturales o por condiciones de insalubridad. 5. Compatibilizar el uso productivo de los suelos con su desarrollo sostenible a largo plazo especialmente en la zona rural del Municipio de Neiva. 6. Compatibilizar y armonizar el uso productivo de la actividad de minería e hidrocarburos, con el desarrollo económico y social del Municipio de Neiva. 7. Proteger a los habitantes y moradores de sectores sometidos a procesos planificados de transformación, sin detrimento del principio de prevalencia del interés general sobre el particular. Artículo 16º. Objetivos.- 8. Racionalizar los intereses estratégicos de toda la colectividad local vista a largo plazo, los procesos de ocupación y valorización de las áreas rurales y urbanas para preservar los valores ecológico-paisajísticos de su propia jurisdicción y para garantizar el aprovechamiento sostenible del agua, suelo y aire. 9. Orientar el crecimiento en la ciudad racionalizando, el uso y ocupación del suelo. 10. Consolidar la estructura territorial, a largo plazo, como soporte de las actividades de minería e hidrocarburos, de modo que el municipio sea más competitivo, en el contexto Regional y Nacional. Artículo 17º. Estrategias.-

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11. Promover y apoyar programas de renovación urbana y la consolidación de las áreas por desarrollar dentro del perímetro urbano, con buena dotación de infraestructura y transporte, frenando el crecimiento en sectores de la ciudad que presentan altas restricciones naturales al desarrollo y promoviendo una adecuada mezcla y convivencia de usos y actividades. 12. Orientar el desarrollo de la ciudad a partir del espacio público como esencia de la ciudad y componente central de su sistema estructurante; reorientar la relación de la ciudad con el río potenciando su integración urbanística y recuperando su valor ambiental y sus posibilidades de efectiva apropiación como espacio público; como también integrar efectivamente al desarrollo urbanístico las quebradas y cerros, mejorando su aporte a la calidad ambiental y del espacio público de la ciudad; al igual que valorar, proteger y preservar el patrimonio arquitectónico, histórico, arqueológico, urbanístico y ambiental de la ciudad, efectuando un claro y eficiente control de recuperación, manejo y diseño del espacio público. 13. Promover y apoyar el desarrollo de programas de renovación urbana y redesarrollo y la densificación en sectores de localización central estratégica o con buena dotación de infraestructura y transporte; frenar el crecimiento en los bordes de la ciudad que presentan altas restricciones naturales al desarrollo; promover una adecuada mezcla y convivencia de usos y actividades. 14. Garantizar la determinación de los perímetros soportado en el análisis de crecimiento poblacional, en la accesibilidad de servicios públicos y su articulación vial en suelos aptos para su desarrollo. Artículo 18º. Política de Recuperación y Preservación Ambiental.- 15. Valorar el medio natural como elemento estructurante del ordenamiento territorial y del espacio público, factor clave del equilibrio ambiental y escenario de integración social y construcción de ciudadanía. 16. Devolver a las áreas de preservación ambiental en especial a la ronda de los ríos su carácter público. 17. La estructura del territorio estará determinada por los valores ecológicos de la jurisdicción ante todo, a los determinados en el componente urbano y rural como áreas de conservación ambiental. 18. Fortalecer la capacidad institucional para actuar en la prevención y mitigación del riesgo. Artículo 19º. Objetivos.- 19. Desarrollar los procesos de ocupación del territorio preservando los recursos ecológicos y paisajísticos para garantizar el aprovechamiento sostenible del agua, suelo y aire. 20. Definir la estructura general del territorio garantizando la sostenibilidad ambiental. 21. Valorar el medio natural como elemento estructurante principal del ordenamiento territorial y componente esencial del espacio público. 22. Convertir el espacio público en el elemento principal del sistema estructurante urbano, factor clave del equilibrio ambiental y principal escenario de la integración social y la construcción de la ciudadanía. 23. Establecer medidas enmarcadas en la gestión del riesgo para construir un municipio más seguro y sostenible, donde las opciones de desarrollo no se vean amenazadas por las características ambientales. Artículo 20º. Estrategias.- 24. Caracterizar los componentes ambientales del territorio municipal. 25. Caracterización técnica y normalización de los elementos del soporte medio ambiental del Municipio. 26. Convertir las cualidades ambientales del territorio en el principal factor de valorización del suelo urbano y rural, a través de la intervención estratégica de protección sobre estos componentes. 27. Privilegiar una función ecológica equilibrante y de productividad ambiental en las zonas urbanas y rurales, estableciendo relaciones espaciales efectivas entre la zona urbana y rural, mediante la adecuada integración de los elementos naturales y agropecuarios al paisaje, al espacio público y al

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patrimonio cultural. Además limitar el crecimiento de la ciudad sobre los bordes de características restrictivas al desarrollo urbano. Artículo 528º. Legalización de asentamientos humanos.- Según los preceptos establecidos en el Ley 388 de 1997, Decreto Nacional 564 de 2006 y demás normas que lo modifique, complemente o sustituya, La legalización es el proceso mediante el cual la administración municipal, si a ello hubiere lugar, la existencia de un asentamiento humano constituidos por viviendas de interés social realizados antes del 27 de junio de 2003, aprueba los planos urbanísticos y expide la reglamentación urbanística, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil y administrativa de los comprometidos. La legalización urbanística implica la incorporación al perímetro urbano y de servicios y la regularización urbanística del asentamiento humano, sin contemplar la legalización de los derechos de propiedad en favor de eventuales poseedores. El acto administrativo mediante el cual se aprueba la legalización hará las veces de licencia de urbanización, con base en el cual se tramitarán las licencias de construcción de los predios incluidos en la legalización o el reconocimiento de las edificaciones existentes. Parágrafo.- Proceso de legalización. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 48 de la Ley 9ª de 1989 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya, se consideran legalizados los barrios resultantes del proceso de reorganización barrial del presente acuerdo y de esta manera se cumple con los establecido en el Decreto Nacional 564 del 24 de febrero de 2006 expedido por el Ministerio de Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial y demás normas que lo modifique, complemente o sustituya; para la legalización urbanística de desarrollos urbanísticos con usos diferentes a vivienda se deberá adelantar el respectivo plan de manejo de acuerdo a la reglamentación correspondiente. El área delimitada para el asentamiento La Trinidad está incorporada dentro de los siguientes estudios:

Evaluación de amenazas potenciales de origen geológico (vulcanismo, sísmica), geomorfológico (erosión, remociones en masa), e hidrometeorológico (inundaciones, sequías) y la caracterización geotécnica preliminar de 33 cabeceras municipales del departamento del Huila.

ESTUDIOS DE AMENAZA, VULNERABILIDAD Y RIESGO POR FENÓMENOS DE ORIGEN GEOMORFOLÓGICO Y/O HIDROLÓGICO EN CINCO SECTORES DEL MUNICIPIO DE NEIVA Y CREACIÓN DE BASE DE DATOS DE GESTIÓN DE RIESGO - DINÁMICA PARA INCORPORAR INVENTARIO DE VIVIENDA A REUBICAR, en el marco del Convenio Interadministrativo No. 255 DE 2013, celebrado entre el municipio de Neiva y la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM. 4.2 AREA Y PREDIOS DEL ASENTAMIENTO

En general el área completa objeto de proyecto de legalización urbanística y el número de predios del asentamiento se componen de la siguiente manera:

CUADRO DE AREAS

AREA DEL ASENTAMIENTO 80857.3 100.00%

AREAS DE LOTES 48751.43 60.30%

AREA DE ZONAS VERDES 4753.27 5.90%

AREA DE VIAS 19644.07 24.30%

AFECTACIONES VIALES CALLE 70 3911 4.80%

AFECTACIONES AMBIENTALES 49 0.01%

AREA DOTACIONAL 3748.53 4.66%

TOTAL AREA 80857.3 100.00%

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Número de predios

ASENTAMIENTO NÚMERO DE PREDIOS

La Trinidad 479

La densidad del Asentamiento La Trinidad es la siguiente:

Asentamiento Total personas Hab/viv Predios Densidad

Viv/Ha Bruta

Densidad Viv/Ha Neta Urbanizable

LA TRINIDAD 1.003 3 479 59 59

Comparando los estándares en lo referente a viviendas por hectárea frente a otras zonas de la ciudad se percibe una ocupación alta (con 368 predios desarrollados y 110 sin desarrollar), con densidades poblacionales altas y cifras bajas de zonas verdes por las características de distribución. El estrato socioeconómico está categorizado en uno, según las condiciones de la edificación y su clasificación.

4.3 DELEGADO PARA EL PROCESO DE LEGALIZACIÓN Esta actividad fue realizada por la comunidad del Asentamiento La Trinidad, mediante convocatoria de la Junta de Acción Comunal, para elegir democráticamente a los Delegados del proceso de legalización ante la Secretaria de Planeación y Ordenamiento del municipio de Neiva, proceso que arrojó como resultado el siguiente:

ASENTAMIENTO DELEGADOS PARA EL PROCESO DE

LEGALIZACIÓN CARGO

La Trinidad Aníbal Mora Romero Ligia Hernández Castro

Presidente JAC Vicepresidenta JAC

4.4 ESTUDIO JURÍDICO Dirección – LOTES No. 13 A, 13C Y 13D (VEREDA LAS CEIBAS O LLANITOS) Municipio-. Neiva Departamento- Huila IDENTIFICACIÓN CATASTRAL-. Número cédula catastral-. 00-02-0006-0102-000 Condición de Urbano-. SI _____ NO__X___. Condiciones Urbanísticas: En cuanto al uso del suelo tenemos un área residencial consolidación (ARC) POT Área terreno: 8 HECTAREAS 1.910.20 M2 Linderos: Si __X___ No ______, hay correspondencia entre los indicados en el folio, el último título.

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IDENTIFICACIÓN JURÍDICA-. Número de folio de matrícula -. 200-57569. MATRIZ-200-149294 Fecha del folio-. 25 de Septiembre 2017. ANÁLISIS DE LA CADENA DE TRADICIÓN – La cadena de tradición del folio se encontró que NO ___ SI __X___ está interrumpida. IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR DEL DERECHO DE DOMINIO -. El señor LUBIN SOLANO, en nombre y representación de la ASOCIACION DE VIVIENDA NUEVA COMUNIDAD LA TRINIDAD, mediante escrituras 1319 de fecha 22 de Abril de1996 proferida por la Notaria Segunda del Circulo de Neiva y la escritura Publica No. 245 de fecha 11 de Febrero de 1999, proferida por la notaria Segunda de Neiva, adquirió en mayor extensión, la propiedad, para posteriormente mediante escritura pública No. 143 de fecha 2 de Febrero de 2001, proferida por la notaria 1, englobar lotear y constituir urbanización. Igualmente mediante trabajo de partición de la sucesión del señor EMILIO ROJAS QUINTANA se le adjudico a la Asociación de Vivienda Nueva Comunidad La Trinidad, mediante aprobación de trabajo de partición por parte del juzgado primero de familia del circulo de Neiva, un área de 2000 metros cuadrados correspondiente al lote 13 D y protocolizada mediante escritura pública No. 1310 de fecha 18 de Junio de 2008, de la Notaria Primera del Circulo de Neiva. Registrada en la anotación 4 y 6 del folio de Matrícula Inmobiliaria No. 200-57569. IDENTIFICACIÓN DE LIMITACIONES Y GRAVÁMENES-. SI _x__ NO___ presenta gravámenes IDENTIFICACIÓN DE SEGREGACIONES -. SI __x_ NO___ presenta segregaciones. . CONCEPTO FINAL-. Si __X___ o NO ______ ES VIABLE REALIZAR EL PROCESO DE LEGALIZCION URBANITICA (DECRETO NO. 1077 DE 2015.)

4.5 ESTUDIO Y ANALISIS AMBIENTAL

El análisis del entorno o medio natural en la que se enmarca el presente proceso de legalización, se convierte en un requerimiento indispensable, para la prospectiva y formulación de alternativas de intervención sobre el territorio y el mejoramiento integral del barrio, para ello el trabajo de campo fue una de las fases determinantes, el contacto con el lugar permitió hacer un levantamiento fotográfico predial y de los distintos aspectos ambientales como análisis de amenazas y riesgos derivados de fenómenos naturales y antrópicos que puedan presentarse en la zona, así como de las condiciones de saneamiento básico. Así, se considera esta fase como el soporte fundamental para el análisis físico-espacial, pues a partir de éste se define la propuesta de reconocimiento y legalización del Asentamiento La Trinidad, para ello se recopilaron y analizaron los estudios:

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Evaluación de amenazas potenciales de origen geológico (vulcanismo, sísmica), geomorfológicas (erosión, remociones en masa), e hidrometeorológico (inundaciones, sequías) y la caracterización geotécnica preliminar de 33 cabeceras municipales del departamento del Huila.

ESTUDIOS DE AMENAZA, VULNERABILIDAD Y RIESGO POR FENÓMENOS DE ORIGEN GEOMORFOLÓGICO Y/O HIDROLÓGICO EN CINCO SECTORES DEL MUNICIPIO DE NEIVA Y CREACIÓN DE BASE DE DATOS DE GESTIÓN DE RIESGO - DINÁMICA PARA INCORPORAR INVENTARIO DE VIVIENDA A REUBICAR, en el marco del Convenio Interadministrativo No. 255 DE 2013, celebrado entre el municipio de Neiva y la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM.

Se realizaron 3 jornadas de campo los días 02, 10 y 30 de abril, del año 2015, al área objeto de análisis, las cuales permitieron delimitar y concretar las áreas que son susceptibles de legalización y aquellas que, por diferentes motivos como amenazas naturales asociadas a distinto fenómenos, no son viables de dicho proceso.

4.5.1 CARACTERISTICAS BIOFISICAS

4.5.1.1 GEOLOGIA Basados en la literatura técnica consultada y en los estudios geológicos previos elaborados por autores como Instituto de Estudios Ambientales IDEA de la Universidad Nacional de Colombia (1999), Universidad Nacional de Colombia (2010) y CONSORCIO AP IS – CCE (2015), al igual que en las inspecciones de campo se determinó que los terrenos de fundación del Asentamiento La trinidad constan de terrazas y abanicos aluviales antiguos del río las Ceibas que cubren localmente las rocas estratificadas de la Formación Gigante.

4.5.1.2 GEOLOGIA LOCAL Depósitos Cuaternarios Este tipo de depósitos se encuentran constituidos de forma general por partículas redondeados a subredondeados, de diferentes tamaño y origen, predominando las gravas y las arenas constituyendo la unidad litológica de mayor extensión en la zona de estudio, referidos principalmente a depósitos aluviales (terrazas y aluviales recientes) aportados por los drenajes de tipo intermitente de la quebrada El Venado.

- Abanicos aluviales (Qab)

A escala regional este tipo de depósitos se extienden al Este y Norte de la zona de estudio y sectores aledaños al Piedemonte de la Cordillera Oriental, formando una secuencia de varios abanicos adyacentes unos a otros y perpendiculares a la cadena montañosa con una superficie de planicie con un grado de inclinación muy suave hacia el occidente, originados por la acción de eventos torrenciales de ríos sobre rocas cristalinas del macizo de Garzón y formaciones Cretáceas con el correspondiente transporte y depositación de los materiales hasta las zonas de Piedemonte en la garganta y planicie de inundación de su propio valle, encontrándose actualmente en forma dendrítica y disectados por los drenajes más recientes o por la profundización de su propio cauce. En general, el tamaño del material disminuye a medida que se aleja del piedemonte, al tiempo que la redondez de sus partículas va aumentando. Según INGEOMINAS (1989 y 1998), tienen relación genética con el levantamiento de la Cordillera Oriental que ocurrió en el Plioceno-Pleistoceno y fueron formados posiblemente en tres o cuatro eventos históricos por los ríos que nacen en la Cordillera y que depositaron su material al salir al Valle del río Magdalena.

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Este tipo de depósitos corresponde a la unidad con mayor extensión en la zona en especial las localizadas en la parte Sur del área evaluada caracterizados por encontrarse suprayacidos por terrazas y abanicos más recientes conformando las partes y las divisorias de aguas de las microcuencas en donde se presenta gran parte del desarrollo del asentamiento la Trinidad.

Figura 2. Geología del Asentamiento La trinidad. Fuente. CAM – CONSORCIO APIS – CCE. 2015

4.5.1.3 Geología Estructural Según Robinson (1990), la geología estructural es el estudio de la deformación de las rocas y de la determinación de los rasgos geológicos estructurales presentes en ellas, los cuales también se conocen con el nombre de estructuras geológicas; muchas de estas estructuras son las respuestas de las rocas a los esfuerzos que tienen lugar en la corteza terrestre. La geología estructural del departamento del Huila es el reflejo de movimientos compresionales que ocasionaron plegamientos y fallamientos inversos de ángulo alto, principalmente en las estribaciones de las Cordilleras Central y Oriental (INGEOMINAS, 1989). Estructuralmente, la capital del Huila, como ya se mencionó, se encuentra en la llamada Subcuenca de Neiva, que a su vez hace parte de la cuenca del Valle Superior del Magdalena, en la cual se identifican tres grandes dominios tectónicos: Valle del Río Magdalena, flanco occidental de la Cordillera Oriental y flanco oriental de la Cordillera Central. Los límites entre el valle y ambas cordilleras son respectivamente, dos sistemas de fallas con orientación preferencial NNE-SSW, que se destacan a nivel regional: el sistema de fallas de Chusma, que define el límite con la Cordillera Central, y el sistema de fallas de Suaza-Garzón, que define el límite con la Cordillera Oriental. Los dos sistemas están compuestos por fallas que se entrecruzan formando bloques levantados y depresiones tectónicas que Originan los desniveles topográficos y la complejidad tectónica que se presenta en toda el área. Debido a estas estructuras se producen cabalgamientos de las rocas cristalinas de las cordilleras sobre las sedimentitas y depósitos volcanoclásticos y clásticos del Mesozoico y Cenozoico, que se depositaron en el Valle del Río Magdalena. Los flancos de ambas cordilleras son tectónicamente complejos, por combinación de pliegues y fallas; por el contrario, la deformación tectónica del Valle del Magdalena es menor, presentando básicamente plegamientos y fallamientos suaves que definen

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estructuras como anticlinales, sinclinales y fallas locales, la mayoría de ellas con tendencia N-NE, que afectan las rocas del Grupo Honda, Formación Gigante y los depósitos cuaternarios, indicando una reactivación del movimiento durante este período. El plegamiento es suave, con dirección NS a NNE, indicando la presencia de una componente de compresión en sentido EW, que afectó el Valle del Río Magdalena (INGEOMINAS 1989, 1998).

4.5.2 GEOMORFOLOGÍA En el área de estudio es posible reconocer, a nivel regional, una unidad fisiográfica, la cual corresponde al Valle del Río Magdalena. Local y morfométricamente, el área de estudio corresponde a zonas planas a ligeramente inclinadas, con pendientes menores entre 0° y 8°, que se encuentran disectadas formando valles profundos con escarpes y laderas con pendientes medias a altas que en algunos sectores alcanzan a ser mayores de 45º correspondientes al borde urbano donde se localizan de forma preferencial la mayor parte de los asentamientos de la ciudad. El modelado del relieve es facilitado por la acción erosiva del agua de escorrentía que actúa removiendo los materiales inconsolidados de los depósitos recientes; y que actúan removiendo los materiales inconsolidados de los depósitos recientes; y el agua de infiltración – percolación que circula a través de estos y de las rocas blandas y ligeramente permeables de la Formación Gigante, las cuales dado su origen volcánico y su composición, son muy susceptibles a la meteorización y alteración en suelos residuales de características geomecanicas similares a los materiales suprayacentes. Los nombres y la nomenclatura de las unidades que se representan en el Mapa Geomorfológico se describen en el presente capitulo, han sido adaptados de los criterios propuestos por CAM – CONSORCIO APIS – CCE. 2015

4.5.2.1 Abanico Aluvial Inactivo (F1).

El asentamiento La Trinidad está localizado sobre la unidad de abanico aluvial inactivo, registrado en la zona alta del abanico de Neiva caracterizado por pendientes suaves (bajas a muy bajas) ligera a moderadamente disectado que corresponde a las partes más elevadas de la zona de estudio y con

ligera inclinación hacia la cuenca del Rio Las Ceibas.

Caracterización de procesos Geomorfológicos Los trabajos de campo evidenciaron sitios puntuales sujetos a procesos de erosión hídrica superficial. Erosión Hídrica superficial (EH) generada por la acción del agua lluvia sobre los suelos desprovistos de vegetación; así como los procesos de deslave debidos al escurrimiento hídrico sobre las laderas y taludes artificiales desarrollando procesos erosión de tipo Laminar (EHL) y Concentrada (EHC).

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El impacto de las gotas de lluvia provoca desplazamiento de partículas con alturas hasta de 61 cm y distancias laterales de 152 cm en terrenos planos (Schwab et al., 1971, citados por Anaya et al., 1977). Se estima que, en un suelo desnudo las lluvias fuertes salpican aproximadamente 25 t/ha de suelo. Antes de la existencia de este asentamiento informal, la zona se caracterizaba por presentar un relieve de bajo impacto paisajístico, la cual ha sido modificado en los últimos años, esto a partir del año 2002, donde se evidencia una expansión progresiva del asentamiento. Para la creación de este asentamiento se ha tenido que explanar y rellenar áreas para la construcción de las viviendas.

4.5.3 SUELOS Para el caso del Asentamiento La Trinidad, el área se caracteriza por poseer suelos transportados aluviales, por lo que se presentará una descripción de los mimos, a partir de una serie de sondeos efectuados para el Estudio de amenaza, vulnerabilidad y riesgo por fenómenos de origen geomorfológico y/o hidrológico en cinco sectores del municipio de Neiva. Los suelos de este sitio están conformados por superficies varían en relieve desde plano a inclinado, frecuentemente están afectados por procesos de escurrimiento difuso y concentrado y erosión ligera a muy severa. Muy superficiales a moderadamente profundos, bien drenados, localmente mal drenados, erodables, saturados, de fertilidad moderada a alta, humedad deficiente. Con el fin de caracterizar adecuadamente los materiales en la zona de estudio se realizó la siguiente exploración del subsuelo: Asentamiento La Trinidad: Cinco (05) sondeos manuales (Paladraga) en el sector de la Trinidad, con profundidades de 4.00 a 4.40 m y con una distribución aleatoria en toda la zona de estudio a fin de caracterizar el material superficial y Nueve (9) sondeos mecánicos (SPT) todos con una profundidad de exploración de 10.00 m, estos se localizan también de forma aleatoria a lo largo de la zona del estudio. De acuerdo con el numeral 3.3.3 de la resolución 227 de 2006, se programó un plan de exploración del subsuelo como se presenta a continuación:

SONDEO TIPO Norte Este PROFUNDIDAD

S1 MECÁNICO 820.385.640 866.443.372 10,0m

S2 MECÁNICO 820.185.927 866.536.227 10,0m

S3 MECÁNICO 819.962.232 866.496.295 10,0m

S4 MECÁNICO 819.845.287 866.555.115 10,0m

S5 MECÁNICO 819.783.216 866.459.720 10,0m

S6 MECÁNICO 819.730.980 866.628.534 10,0m

S7 MECÁNICO 819.820.825 866.639.728 10,0m

S8 MECÁNICO 819.879.748 866.582.154 10,0m

S9 MECÁNICO 819.973.368 866.521.731 10,0m

S1 MANUAL 996.320.119 991.480.520 2,20m

S2 MANUAL 996.351.162 991.292.482 2,00m

S3 MANUAL 996.230.749 991.298.326 3,30m

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SONDEO TIPO Norte Este PROFUNDIDAD

S4 MANUAL 996.122.938 991.229.573 3,40m

S5 MANUAL 996.434.408 991.272.144 4,40m

Ilustración 1. Localización aproximada de la exploración realizada en el sector La Trinidad

Clasificación de Suelos A continuación se presenta la caracterización geomecánicas realizada para los materiales de suelo encontrados en la zona de estudio, en los cuales predominan los rellenos y materiales con presencia de limos. Material No. 1: Material de relleno Desde la superficie y hasta profundidades variables entre 0,00 a 0,40 m se encuentra un material de relleno con presencia de materiales producto de la explotación de las canteras y las vías aledañas, con presencia de materia orgánica y suelos sensitivos.

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Debido a que se presentan esporádicamente los lentes de grava y su espesor es bajo, no se pudo determinar los parámetros a través del ensayo de SPT. Sin embargo, para la determinación del modelo geológico - geotécnico de la zona de estudio, se realizara el análisis del Back Analysis del presente material a través del software Slide de la casa Rocscience para determinar sus parámetros de resistencia por el método de equilibrio límite. Material No. 2: Arena Limosa Café A partir de 0,40 m de profundidad y hasta 10,0 m se encuentran arenas limosas color café con presencia de lentes de arcillas de baja y alta plasticidad y fragmentos de gravas que van desde partículas de arenas hasta rocas de tamaño medio. Las propiedades del material obtenidas por medio de los distintos ensayos realizados se presentan a continuación.

Material No. 3: Limo Elástico Arenoso A partir de 1,50 m de profundidad y hasta 2,00 m se encuentran lentes de limos elásticos arenosos con presencia de arenas. Las propiedades del material obtenidas por medio de los distintos ensayos realizados se presentan a continuación.

Material No. 4: Gravas limosa color café con vetas Grises A partir de 8.00 m de profundidad y hasta 10.00 m se encuentran lentes de gravas bien gradadas con presencia de limos color café y fragmentos de areniscas. Las propiedades del material obtenidas por medio de los distintos ensayos realizados se presentan a continuación.

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Material No. 5: Arcilla de Alta Compresibilidad con presencia de lentes de Arena A partir de 1,50 m de profundidad y hasta 6,00 m se encuentran arcillas de alta compresibildad con presencia de arenas amarillas. Las propiedades del material obtenidas por medio de los distintos ensayos realizados se presentan a continuación.

4.5.4 HIDROGAFIA El área de interés del Asentamiento La Trinidad no está influenciada directamente con fuentes hídricas, las cuales discurren por sus terrenos, sin embargo, en cercanía a su límite, inicia la quebrada Mampuesto y por el otro costado, un drenaje que es aportante de la quebrada El Cocli.

Estas microcuencas, presentan drenajes o afluentes de tipo intermitente, los cuales poseen un cauce definido y en época de estiaje no cuentan con caudal.

Los drenajes naturales que hacen parte de la red hídrica de la zona de planificación corresponden drenaje de agua en el predio de Guillermo Ortiz Cuenca afluente de la Quebrada El Coclí, parte en la cota 495 msnm es de tipo intermitente y épocas de estiaje no presenta caudal; cuenta con cauce definido hasta los predios de Jesús Yamill Vargas Barreiro en la cota 472 msnm donde se ha intervenido el cauce debido a explanaciones y movimientos de suelos para conformación de terrenos para los proyectos urbanísticos planteados allí. Continúa hacia el occidente hasta predios de la señora Nohora Soto Sanchez donde se observa la construcción de un canal por el cauce de este afluente debajo del secadero de café, con el fin de no interferir con las labores agroindustriales del predio, para continuar su flujo normal hacia el sur por el canal que divide los barrios Venecia y Los Cipreses que discurre hasta el río Las Ceibas.

4.5.5 GESTION DEL RIESGO

4.5.5.1 AMENAZAS POR INUNDACIÓN Según la información disponible de los estudios técnicos y cartografía recopilada del Plan Parcial de Nororiente y POT de Neiva (Acuerdo 026 de 2009), donde se establece que el área objeto de legalización correspondiente al asentamiento La Trinidad, presenta amenaza nula por inundación por no estar influenciada por fuentes hídricas, según los análisis del Plan Parcial de Nororiente; sin embargo, está situación fue redefinida por el estudio de AVR recientemente elaborado en donde aparece definida una amenaza baja por inundación, por presentar una probabilidad muy baja.

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Figura. Zonificación de Amenazas sector asentamiento La Trinidad

4.5.5.2 AMENAZA GEOLÓGICA

Según con el “Estudio General de Amenaza Sísmica de Colombia” realizado por la universidad de los Andes, la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica (AIS) y el INGEOMINAS, adoptado mediante la ley 400 del 19 de agosto de 1997, todo el departamento del Huila en el que se incluye el área de estudio en el municipio de Neiva, se encuentra ubicado dentro de Amenaza Sísmica Alta. De igual forma, las normas NSR-98 (decreto 33 del 9 de enero de 1998 y decreto 34 de 1999) sobre el diseño y construcción sismo resistente define para el municipio de Neiva los coeficientes aceleración horizontal efectiva (Aa) = 0.30g y aceleración Vertical Efectiva (Ad) = 0.04g.

Se entiende como amenaza sísmica el fenómeno físico asociado a un sismo, cuya probabilidad de ocurrencia con cierta magnitud, en una zona determinada y en un periodo futuro, tiene potencial de producir perdida (Modificado d: Comité AIS 300 – Amenaza sísmica, 1998).

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Se destaca que la anterior ley es de carácter nacional, por lo tanto no define el comportamiento del área de estudio de carácter local; de este modo, las aceleraciones generadas por un evento sísmico podrían ser amplificadas o atenuadas dependiendo del comportamiento de los materiales que constituyen el subsuelo, factor de gran importancia a determinar para zonas urbanas. De este modo, es indispensable la realización de estudios de microzonificación sísmica que permitirán definir para zonas urbanas aquellas zonas que podrían verse más afectadas en caso de ocurrencia de un evento sísmico.

4.5.5.3 AMENAZAS GEOMORFOLOGICAS

Amenaza alta y baja por fenómenos de remoción en masa actual y futura

Los movimientos en masa (deslizamientos, caída de bloques y flujos), junto con la erosión, hacen parte de los procesos naturales de denudación de la corteza terrestre y como tales no se consideran susceptibles de total manejo, pero el riesgo que pueden generar si puede ser eventualmente evitable. Los procesos de remoción en masa son movimientos de masas de suelo o roca que se deslizan, moviéndose relativamente respecto al sustrato, sobre una o varias superficies de rotura netas al superarse la resistencia al corte de estas superficies; la masa generalmente se desplaza en conjunto, comportándose como una unidad en su recorrido. En ocasiones, cuando el material deslizado no alcanza el equilibrio al pie de la ladera (por su pérdida de resistencia, contenido de agua o por la pendiente existente), la masa puede seguir en movimiento a lo largo de cientos de metros y alcanzar velocidades muy elevadas, dando lugar a un “flujo” (González, 2002).

Según González (1990), los procesos de remoción en masa pueden considerarse como fenómenos de segundo orden ya que son producto de factores naturales o artificiales los cuales constituyen los eventos de primer orden o causas; las diversas magnitudes de estas causas provocan el fenómeno con niveles variables de susceptibilidad, dependientes de la susceptibilidad al fenómeno de los materiales in-situ y de la energía potencial gravitatoria de las masas susceptibles en relación al lugar de interés.

Para el estudio, se identificó que el tipo de falla que podía ocurrir es de tipo compuesta debido a los materiales presentes en el área de estudio, para la realización del análisis de estabilidad se modelo bajo los criterios de falla rotacional sobre los estratos de suelo; observando el comportamiento del talud presenta estabilidad en la condición con nivel freático actual. Una vez definidas las características y el comportamiento de la zona, para el análisis de estabilidad se plantearon diferentes condiciones del terreno, presentando escenarios y comportamientos diferentes.

La caracterización de la amenaza desde el punto de vista de ocurrencia del evento, depende del nivel de aceptabilidad que se desee, encontrándose en las literaturas varias categorizaciones, entre las cuales se pueden mencionar las propuestas por Hungr (1997) y más recientemente por la AGS (2007), a partir de estos se propone para categorizar la amenaza por fenómenos de remoción en masa (deslizamientos y caída de rocas), los tres (3) rangos presentados en la siguiente tabla, de acuerdo a la probabilidad de falla anual o frecuencia del movimiento. De acuerdo con la anterior clasificación y categorización de las variables asociadas a la evaluación de la amenaza por fenómenos de remoción en masa, tenemos que para el asentamiento La Trinidad, está definidas las zonas de amenaza baja y media por remoción en masa, según la siguiente ilustración:

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4.5.6 VULNERABILIDAD La vulnerabilidad1 se entiende como la condición o grado de exposición en que se encuentran las personas y los bienes ante una amenaza, los cuales tienen una determinada incapacidad o inestabilidad para afrontarla (por su nivel de información, capacitación o por su cantidad, calidad, ubicación, conformación material y disposición funcional, entre otros factores inherentes a la condición humana). En este sentido, la vulnerabilidad puede ser entendida como “incapacidad de resistencia” ó “incapacidad de recuperación”, y no depende sólo del carácter de la amenaza sino también de las condiciones del entorno.

La vulnerabilidad a los desastres es función de la conducta humana; describe el grado en que un sistema socio-económico es susceptible al impacto de los fenómenos naturales. Incluye aspectos como el grado de conciencia y aceptabilidad de los fenómenos naturales y las amenazas, el estado de los asentamientos humanos y la infraestructura, las políticas y la gestión pública, y la capacidad de organización y respuesta en todas las etapas de los desastres; la gestión de riesgos (los desastres son riesgos no manejados), la gerencia de operaciones (fases de atención y respuesta) y la promoción del desarrollo (recuperación, rehabilitación, reconstrucción, etc.).

Para determinar la vulnerabilidad de las edificaciones ante deslizamientos se utiliza el cálculo del denominado Índice de Vulnerabilidad Física (IVF), utilizando, para tal efecto, la metodología propuesta por Leone3 y modificada por Soler et al4. En resumen, el trabajo consiste en calcular los índices de vulnerabilidad física (IVF), dependiendo del tipo de movimiento, la intensidad de las solicitaciones y las características del elemento expuesto (viviendas). En resumen, el trabajo consiste en:

Clasificar la tipología de viviendas. Esta información es tomada de los diseños arquitectónicos. Calcular los índices de vulnerabilidad física (IVF), dependiendo del tipo de movimiento, la intensidad de las solicitaciones y las características del elemento expuesto (viviendas).

En la siguiente ilustración se muestran los criterios de clasificación de la vulnerabilidad registradas en el asentamiento La Trinidad y sus resultados:

1 Denominada como Vulnerability, vulnerabilità y vulnérabilité en las escuelas de investigación de lengua anglosajona, italiana y francesa.

Gravedad Relativa Numero de predios

I Insignificante 391

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II Marginal 61

III Grave 5

IV Critica 2

Sin estimar 20

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4.5.7 RIESGOS DE ORIGEN NATURAL

El denominado riesgo (económico, social o ambiental, según sea el sector que represente al usuario) se puede simular mediante el modelo dinámico del tipo integral (Rivera, 2001):

En donde, R E, S, A Es el riesgo, sea económico (E), social (S) o ambiental (A). Pe: Es la probabilidad cuantitativa del evento que se pronostica; se denomina también amenaza (H). P E, S, A: Es la pérdida en el sector, sea económico (E), social (S) o ambiental (A), que se relaciona con el evento natural que se predice; también se suele denominar vulnerabilidad (V). Para el caso en estudio, y una vez obtenida la amenaza y la vulnerabilidad, se puede estimar el riesgo físico individual de cada edificación definiendo el índice de riesgo (IR) como:

IR= Pf IVF

Teniendo en cuenta que la amenaza se definió como la probabilidad de ocurrencia del fenómeno y la vulnerabilidad como un índice de pérdidas, representado como un conjunto difuso, el índice de riesgo también es un conjunto difuso que, para el caso utilizado de conjuntos difusos trapezoidales. Para el caso en estudio se tomara como las pérdidas admisibles por el propietario, y conocido como el nivel riesgo admisible, determinando los niveles de riesgo según la probabilidad de excedencia de las pérdidas probables admisibles (IRo), definidas en un 2%, de acuerdo con los criterios establecidos en la siguiente Tabla.

Nivel de riesgo

Criterio

Bajo La probabilidad de excedencia de las pérdidas máximas admisibles (definidas como 10%, valor de IRo) es menor al 2%.

Medio La probabilidad de excedencia de las pérdidas máximas admisibles (definidas como 10%, valor de IRo) está entre el 10% y el 2%

Alto La probabilidad de excedencia de las pérdidas máximas admisibles (definidas como 10%, valor de IRo) es mayor al 10%.

En la zona de estudio del asentamiento La Trinidad no requiere de un planteamiento de obras de mitigación debido a que no existen evidencias de procesos de remoción en masa en zonas puntuales activas o futuras, por esta razón el resultado de la evaluación de riesgo arrojó únicamente, predios en riesgo medio y bajo, como se muestra a continuación:

Nivel de riesgo Numero de predios

Bajo 396

Medio 63

Alto 0

Sin estimar 20

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Figura. Plano de riesgos la Trinidad

4.5.8 AREAS DE IMPORTANCIA AMBIENTAL

En el área objeto de estudio, no se evidencia la presencia de áreas de importancia o con relevancia para conservación o protección ambiental, como Rondas de protección de drenajes principales y sus tributarios, Rondas de protección de manantiales de carácter permanente o intermitente, Zonas de amenaza alta por inundación, erosión o fenómenos de remoción en masa (deslizamientos, caída de rocas, asentamientos diferenciales etc) y/o Zonas que forman parte de corredores ecológicos o relictos de vegetación especial.

Se recomienda que en las zonas verdes y espacios públicos se puedan establecer especies arbóreas y vegetales que contribuyan con la

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4.5.9 ZONIFICACION AMBIENTAL La metodología general se fundamenta en la identificación de áreas que ofrecen diversos niveles de sensibilidad en función de sus propiedades intrínsecas asociadas con la oferta ambiental y la prestación de servicios de orden social y ambiental; es así como, se tienen en cuenta los siguientes criterios, orientados a la identificación y definición de dichas unidades.

Este nivel de sensibilidad de la oferta ambiental, permite definir entonces el nivel de intervención de tal manera que se garantice la sostenibilidad ambiental, en función de los requerimientos de las diferentes actividades proyectadas. Es importante señalar que de forma general, la sensibilidad presenta un comportamiento inverso a la aptitud del área frente al desarrollo de proyectos, esto es que a mayor sensibilidad menor aptitud, y a menor sensibilidad mayor aptitud.

Para el caso del asentamiento La Trinidad las zonas cartografiadas son las siguientes:

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4.5.9.1 ÁREAS DE ALTA RESTRICCIÓN (AAR) – SENSIBILIDAD ALTA

Indica las áreas donde se pueden desarrollar proyectos, pero con restricciones, poniendo en práctica las medidas de control ambiental debido a su alta sensibilidad. Corresponden a las franjas de protección de laderas, sobre las cuales sólo se permitirá la intervención con obras lineales y puntuales de baja densidad; las cuales requerirán para su desarrollo la realización de una serie de medidas de prevención y control hidrológicas y geotécnicas; y es representada por el color café en el Mapa de Zonificación Ambiental.

Zona de protección de Laderas La definición de esta zona se realiza con base en los aspectos geomorfológicos y geotécnicos. El primero de ellos establece el grado de inclinación de las laderas y el desarrollo de procesos morfodinámicos (erosión y remoción en masa) y la segunda el comportamiento geomecánico de los materiales que las constituyen, las cuales definen franjas de protección comprendida entre el cambio de la pendiente de estas y la parte subhorizontal en la parte superior y baja de laderas y taludes. Las zonas referidas a la parte superior están constituidas de forma general por el depósito inconsolidado tipo de abanico aluvial y en algunos sectores por rellenos antrópicos (disposición de escombros); mientras en la parte inferior se registra la presencia de depósitos de planicies aluviales, terrazas, y de ladera (coluviones y derrubios). El comportamiento geomecánico de este tipo de material facilita el desarrollo de procesos morfodinámicos representado por erosión pluvial (calvas de erosión) e hídrica (surcos, cárcavas y zanjas) y fenómenos de remoción en masa de tipo deslizamiento rotacional, reptación, flujos de detritos y terracetas, desarrollados preferencialmente en el cambio de pendiente hacia las laderas de los drenajes principales, situación favorecida por el régimen pluviométrico, al carácter inconsolidado del material, pendiente del terreno y el limitado desarrollo de la cobertura vegetal protectora. La cobertura vegetal predominante en estas zonas está asociada a bosques y áreas seminaturales, pastos naturales y enmalezados, vegetación herbácea o arbustiva, destacando que su uso esta referido en algunos sectores al desarrollo de viviendas de barrios informalmente establecidos o de construcciones de diferente tipo que constituyen las zonas de asentamientos de la ciudad de Neiva. Con base en lo anterior, se determinó para las diferentes zonas que constituyen el área de estudio una zona de protección de ladera mínima de diez (10) metros para la parte superior, que puede ser superior en laderas mayores a 15 m de altura y de acuerdo con los resultados de análisis de estabilidad, y de cinco (5) metros para la parte inferior. Uso Recomendado - Zonas de protección ambiental - Zonas de recreación activa, pasiva y contemplativa (parques, losas deportivas, parques infantiles áreas arborizadas, paseos, alamedas o equipamiento para actividades culturales aire libre). - Vías urbanas, obras de servicio público Todas las anteriores actividades antes de su ejecución deben tener la aprobación por parte de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM. Zona de amenaza media por inundación, avenidas torrenciales y por fenómenos de remoción en masa. Áreas que pueden ser utilizadas para el desarrollo urbanístico condicionadas a lo siguiente: - Estudios geotécnicos, hidrológicos e hidráulicos detallados - Previas obras de control y mitigación para las amenazas presentes - Previo permisos de aprovechamiento forestal

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- Cumplimiento a la Norma Sismo resistente y a la normatividad vigente para el desarrollo de proyectos urbanísticos Todas las anteriores actividades antes de su ejecución deben tener la aprobación por parte de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM.

4.5.9.2 ÁREAS SIN RESTRICCIONES (ASR) – SENSIBILIDAD BAJA Indica las zonas susceptibles de intervención sin restricciones especiales, distintas de las prácticas de buen manejo ambiental favorecidas por su baja sensibilidad. Este tipo de áreas corresponden a las de mayor distribución en las diferentes zonas evaluadas, sobre la que se presenta el desarrollo de construcciones e infraestructura en los sectores estudiados, y es representada por el color verde en el Mapa de Zonificación Ambiental. La zona está referida a las partes más elevadas del área de estudio altamente intervenidas por el desarrollo urbanístico de la ciudad, conformadas por terrenos estables constituidas por el depósito inconsolidado de edad Cuaternaria tipo abanico aluvial, en pendientes bajas (0-8º) a muy bajas (8-16º) en donde los procesos morfodinámicos desarrollados sobre esta unidad son esporádicos y están referidos principalmente a erosión difusa que no ocasiona daños, ni modifica sustancialmente el relieve, considerándose de esta forma una zona estable.

Áreas susceptibles de intervención sin restricciones especiales, en donde se presenta compatibilidad con el desarrollo de proyectos urbanísticos, dado que los impactos potenciales se ven reducidos. Sin embargo, lo anterior obliga al cumplimiento de la Norma Sismo Resistente y a la normatividad vigente para el desarrollo de proyectos urbanísticos.

4.5.10 SINTESIS DEL ANALISIS AMBIENTAL DEL SECTOR Desde el punto de vista de las características topográficas y el comportamiento geomecánica del suelo, no existen inconvenientes geotécnicos que puedan incidir desfavorablemente en la fundación de obras de infraestructura, en especial viviendas. En general los predios poseen características constructivas aceptables, de acuerdo con el análisis de observación en campo varias viviendas presentan buenas técnicas de ingeniería aplicadas a la construcción. Sin embargo, algunas de ellas no cumplen con estas características pues se evidencia la combinación de materiales como ladrillo y cemento, madera, madera-bahareque, madera-plástico. La zona del asentamiento La Trinidad no presenta restricciones ambientales, ya que no se hace parte de zonas de protección o áreas protegidas.

5 CONSTITUTIVOS ARTIFICIALES

MOVILIDAD Y ESTRUCTURA VIAL Para llegar a este sector se puede acceder por dos ejes estructurantes del plan vial que son la Carrera 23 y la Calle 70, la primera que se desprende de la calle 50 y Av 16 y la segunda desde la carrera 7 o Av 26. Como requisito para el desarrollo de legalización barrial se deberá tener en cuenta el aspecto de la movilidad como componente estructurante del desarrollo urbanístico de la ciudad de Neiva con lo que se busca priorizar las inversiones del Municipio, de tal manera que permitan garantizar la adecuada movilidad dentro del perímetro urbano y su conexión con el sector de expansión urbana del Nororiente, la dotación de equipamientos contemplados en el Acuerdo 026 del 2009 “POR

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MEDIO DEL CUAL SE REVISA Y AJUSTA EL ACUERDO NUMERO 016 DE 2000 QUE ADOPTA EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE NEIVA” . Siendo este el sistema estructurante dinamizador y ordenador del desarrollo funcional del territorio, el cual articula de manera armoniosa el sistema vial, de transporte, y el espacio público para proporcionar fomentar y garantizar el desplazamiento seguro y confortable de las personas, el uso de la infraestructura física y los modos de transporte , igualmente define un escenario de integridad y competitividad que promueve el desarrollo local y regional a través de la eficiente y estratégica relación de sus componentes, actores y usuarios. Los componentes del sistema general de la movilidad en la ciudad de Neiva y con relación a la jerarquía de los actores del sistema de movilidad “peatón, ciclista y vehículo son: 1. Sistema vial. 2. Sistema de transporte público. 3. Sistema de espacio público.

Dentro del análisis vial es de tener en cuenta la clasificación y jerarquización de las vías en relación con lo definido en el POT en donde se logró identificar que cuenta con vías del sistema vial estructurante definidas como PVE, PV1, PV2; sin embargo, se logra identificar que la totalidad de las vías existentes corresponde a las definidas como vías locales o barriales identificadas como PV3, PV4, PV5 Y PV6. Con relación al sistema de análisis del sector La Trinidad se puede apreciar que cuentan con la facilidad de vías que permitan cierta movilidad, incluso un adecuado manejo de accesibilidad a los organismos prestadores de servicios de prevención y atención de emergencias así como aquellos que realizan la labor de recolección de basura, dado a que el principal índice de la estructura de la malla vial existente es la consolidación en relación a un adecuado manejo de planificación urbana en relación a su urbanismo. Para el análisis de la estructura vial se identificaron los tramados viales informales complementarios de las vías atendiendo a los flujos que en ella se presentan para deducir su carácter y donde se logra Clasificar de la siguiente manera:

Vías Vehiculares Estructurantes: Son vías vehiculares principales de circulación continua, por las que circula el transporte público que llega a los barrios y sirven de conectores con los barrios y sectores aledaños. Con relación a las vías estructurantes de dicho asentamiento encontramos vías articuladas en pésimo estado por donde transita el trasporte público de la ciudad, estas vías no cuentan con andenes además de separador.

Carrera 23 Calle 70

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PERFIL VIAL V-2 CARRERA 23, Y CALLE 70

ELEMENTO METROS LINEALES

CALZADA 8.00 EN AMBOS COSTADOS

SEPARADOR 2.00

ZONA VERDE 0.50 EN AMBOS COSTADOS

ANDEN 2.00 EN AMBOS COSTADOS

ANTEJARDIN 3.50 EN AMBOS COSTADOS

Vías Vehiculares Locales: Las que permiten el acceso de vehículos, a veces con cierta dificultad por la escasa consolidación del suelo y permiten la conectividad con las vías estructurantes. Actualmente en este asentamiento contamos con vías locales sin pavimentar en regular estado, son vías que en su totalidad no están consolidadas ya que no existen andenes en todo el sector y con perfiles variados.

Carrera 24 Calle 72

Calle 72 b Calle 68

5.1.1 PLAN VIAL GENERAL EXISTENETE UPZ LA CEIBAS O DEL NORTE

El sistema vial y de transporte contemplado en el POT de Neiva, está compuesto por un sistema vial arterial, con especificaciones técnicas especiales determinados por los diferentes perfiles de las vías, donde están dados los paramentos definitivos de las construcciones, los antejardines y demás elementos que conforman el espacio público vial arterial con sus elementos fijos, graficados en las secciones o cortes transversal con los separadores, calzadas, andenes, zonas verdes y las áreas de protección ambiental, definiendo cada una de ellas, y dándoles una anchura mínima de acuerdo a su clasificación e importancia. Las arterias que por su diseño e importancia dentro de la mancha urbana son consideradas indispensables e insustituibles para el normal desarrollo de la ciudad fueron clasificadas por e POT de Neiva en cuatro tipos así: Vías especiales o V-E. Conforman arterias circunvalares o paisajísticas en la Ciudad delimitadas por áreas de protección ambiental o parques longitudinales paralelos a los ríos y quebradas del sector o por áreas de especial valor paisajístico o ambiental. El perfil mínimo de estas arterias es de

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30 metros lineales, divididos por un separador central de 3.00 metros lineales, que conforman 2 calzadas cada una de 3 carriles delimitadas por un corredor de andenes y zonas verdes destinados a los flujos peatonales. Actualmente en la UPZ, existe en operación únicamente una vía clasificada dentro de este tipo la cual se distingue en la nomenclatura actual como la Avenida 7 W, construida esta en dos tramos, el primero entre el Rio las Ceibas y la Calle 26 o carretera a Bogotá y el segundo la 6 W entre esta última vía y la margen izquierda de la Quebrada la Cucaracha o LA TRINIDAD a la altura de la Calle 42 entre los barrios Los Elíseos y Camilo Torres, donde actualmente se está terminando de edificar un pontón de concreto que le dará continuidad a esta artería.

En la UPZ también existe proyectada una vía VE, Vía perimetral del Oriente. Vía proyectada por el costado nororiental de Neiva para comunicar la Troncal del Magdalena de la zona Norte de Neiva en la Salida a Bogotá con la Zona sur de Neiva en la salida a Pitalito. Esta vía tendrá un perfil especial con las siguientes especificaciones. Su perfil está definido:

PERFIL VIAL - V - E ESPECIAL

2 Calzadas 10.00 Mts

Separador 3.00 Mts

Anden 2.50 Mts

Zona Verde O Césped 1.00 Mts

Z. Protección ambiental (P.A.) 13.00 Mts

Ciclo ruta 2.0 Mts

La vía dentro de la zona de expansión tendría una longitud aproximada de 2 Km.

Vías tipo V-2. Articulan la UPZ en todos los sentidos tienen con una sección transversal entre 27 a 30 metros lineales, distribuidos en dos calzadas cada una de 3 carriles y delimitadas por zonas verdes y andenes de 2.5 metros lineales de ancho. En el sector estas arterias están representadas por la carrera 23 y la calle 70.

PERFIL VIAL V-2 CARRERA 23, Y CALLE 70

ELEMENTO METROS LINEALES

CALZADA 8.00 EN AMBOS COSTADOS

SEPARADOR 2.00

ZONA VERDE 0.50 EN AMBOS COSTADOS

ANDEN 2.00 EN AMBOS COSTADOS

ANTEJARDIN 3.50 EN AMBOS COSTADOS

Carrera 23. Vía con perfil V2, que parte de la calle 51 y pasa costado occidental de La Trinidad, Mirador del Norte y Bajo Mirador hasta llegar interceptarse con la vía perimetral del Oriente.

Calle 70. Vía con perfil V2, que parte de la avenida Alberto Galindo hasta llegar a la zona de expansión en La Trinidad, continuando por el lote 4, 2 y 3, luego pasa por El Pinal donde es necesario la compra de algunas lotes y viviendas para darle continuidad al perfil vial, continua por el lote 10 hasta llega a Villa Marínela en donde pasaría por áreas destinadas para equipamiento comunitarios para llegar a la vía perimetral del oriente en la parte alta de Granjas Comunitarias, donde también en necesario la compra de predios para su

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construcción. Dentro De la zona de expansión tendría una longitud de 895 metros.

Vías V-5. Corresponden a arterias barriales o ejes de actividad múltiple de un sector específico de la Comuna. Consta de 1 calzada de 8.00 metros lineales de ancho y dos zonas paralelas destinadas a andenes y áreas verdes de 2,5 metros de ancho para un total de sección trasversal que fluctúa de los 13 a los 16 metros lineales. Estas vías están representadas en el sector por la Carrera 25 entre las Calles 66 y la Calle 72B.

PERFIL VIAL V-5 (PLAN PARCIAL NOR -ORIENTE) CARRERA 25

ELEMENTO METROS LINEALES

CALZADA 7.00

ZONA VERDE 0.50 EN AMBOS COSTADOS

ANDEN 1.00 EN AMBOS COSTADOS

ANTEJARDIN 3.50 EN AMBOS COSTADOS

Carrera 25. Vía con perfil tipo V5, que parte de la calle 51 y divide a los lotes 6 y 7, 4 y 5, y a la trinidad del lote 4, hasta llegar a la altura de la calle 74. Dentro de la zona de expansión tiene una longitud de 800 metros.

Vías Vehiculares Locales: Corresponde a las vías internas de la zona de expansión que intercomunican con las anteriormente mencionadas. Para las ya existentes se debe adelantar su adecuación mejorando su perfil para alcanzar el perfil mínimo establecido en el decreto 798 de 2010. Las demás vías que se construyan dentro de la zona de expansión deben tener un perfil mínimo equivalente a una Vía V6. Son las que permiten el acceso de vehículos, este asentamiento cuenta con una vía de acceso principal que es la calle 66, calle 67, calle 68, calle 70a, calle 70b, calle 71, calle 71a, calle 71b, calle 72, calle 72a, calle 72b, carrera 23a, y carrera 24, pero que por su importancia y flujos peatonales y vehiculares, deben tenerse en cuenta.

PERFIL VIAL V-5 (ACUERDO 026 DE 2009) CALLE 66, CALLE 67, CALLE 68, CALLE 70A, CALLE 70B, CALLE 71, CALLE 71A, CALLE 71B, CALLE 72, CALLE 72A, CALLE 72B, CARRERA 23A, Y CARRERA 24.

ELEMENTO METROS LINEALES

CALZADA 5.00

ZONA VERDE 0.50 EN AMBOS COSTADOS

ANDEN 1.00 EN AMBOS COSTADOS

ANTEJARDIN 3.50 EN AMBOS COSTADOS

5.1.2 ESTADO ACTUAL DE LAS VIAS DEL PLAN VIAL GENERAL

CALLE 26. Esta arteria de tráfico rápido sirve como vía de acceso principal a la Ciudad absorbiendo el tráfico que viene de Bogotá, del centro del País y de los municipios del occidente del Departamento del Huila como Aipe, Santa María, Yaguará y Paicol. Consta de varios tramos que siguen un sentido este oeste, que van desde la margen derecha del Río Magdalena hasta la margen derecha del Río las Ceibas, iniciándose de manera bifurcada en los 2 puentes, el nuevo y el viejo de Santander conociéndose en este sector como la salida a Bogotá o transversal 9AW, nomenclatura oficial para el tramo que va desde la Carrera 6W hasta el puente nuevo de Santander donde se convierte en la carretera que sigue la margen izquierda del Río Magdalena en predios del municipio de Palermo.

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La Calle 26 entre la Universidad Surcolombiana y la Carrera 7, es el principal eje articulador central de la UPZ dado que recibe todos los flujos vehiculares y peatonales de la misma, alimentados, en sus cruces con las Avenidas 6W, 1, 2, 5, 6 y 7 presentando dos (2) glorietas de distribución de tráfico en su intersección con las Carreras 2 y 5 y numerosos triángulos y orejas que inducen los flujos vehiculares. En el cruce con la Carrera 6 vía de acceso al LA TRINIDAD se presentan igualmente constantes embotellamientos debido a que se carece de semaforización y señalización adecuada. A partir de la Carrera 7 hacia el oriente hasta el Río Las Ceibas o Carrera 16, esta vía toma el nombre de Calle 27 y está localizada entre los barrios Santa Lucia y Cámbulos. En su totalidad, la Calle 26 tiene una longitud de 3200 metros lineales y es una de las arterias principales de la Ciudad y de la región del valle de Neiva, absorbiendo y distribuyendo todos los sentidos vehiculares que vienen o van a los departamentos del sur del país como el Putumayo y el Caquetá, que por su intermedio se comunica con el Tolima - Cundinamarca. Sirve a sectores con usos predominantes de tipo institucional y educativo como la Universidad Surcolombiana, la Terminal de Pasajeros, el LA TRINIDAD, las instalaciones de la Cruz Roja y a viviendas unifamiliares y multifamiliares. En el cruce con la Carrera 6 vía de acceso al LA TRINIDAD se presentan constantes embotellamientos porque carecen de semaforización y señalización adecuada. Es de analizar que el sector de La Trinidad a nivel de secciones viales, se encontraron diversos perfiles. En todos los casos se encontró una cierta anarquía y escasa consolidación de la sección vial, espacio público en relación con el uso, goce y ocupación de sus elementos públicos, como las vías, andenes, y antejardines. Después de analizar el estado actual de las vías y los perfiles locales existentes en el asentamiento La Trinidad, encontramos que el perfil de las vías en este sector oscila entre 7.8m y 8.0 m, teniendo así la mayoría una malla vial regular, donde encontramos el estado físico de las vías sin estructura de pavimento rígido o flexible, pero en la cual puede circular vehículos en ambos sentidos. También se establece que las principales vías acceso al asentamiento son la carrera 23 y calle 74, desde la Avenida Carrera 7 y Avenida Carrera 16 pasando por las calles 41 y calle 50. El transporte público urbano de Neiva pasa por el eje vial de la calle 26 y la calle 50, las que prestan el servicio de busetas son: Flota Huila- Cootranshuila- Cootransneiva. La Única ruta que llega hasta el asentamiento es la ruta 21 de Flota Huila y accede por la Carrera 23 desde la calle 50 hasta la calle 72.

5.2 ESPACIO PÚBICO El Asentamiento tiene un cubrimiento regular de espacios públicos y elementos constitutivos del mismo, es prácticamente inexistente el conjunto de espacios que generen circulaciones, propicien encuentros, garanticen un esparcimiento y vinculen lo público con lo privado, además de la recreación activa y pasiva. En cuanto a los elementos constitutivos del espacio público se lograron analizar los siguientes:

Andenes: En su mayoría las vías no cuentan con un sistema de circulación peatonal, puesto que los predios no respetaron estas zonas y por tanto no hay zonas duras de circulación.

Plazoletas: No existen lugares de encuentro ciudadano que generen relación e imaginarios

urbanos.

Zonas Verdes: Hay unas áreas verdes, ni zonas de protección que no han sido explotadas para el beneficio común, especialmente por su cercanía al parque de ciudad Mampuesto.

Parques: No Existe un espacio físico que se pueda catalogar cómo parque en el cual existan elementos de esparcimiento y recreación.

Cruces: No existen cruces determinados que generen movilidad y seguridad para el peatón.

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Mobiliario Urbano: El mobiliario urbano es prácticamente inexistente, no existen bancas y la arborización es escasa, es importante resaltar que en sus ejes principales existe un alumbrado público con una gran cobertura.

Señalización: La señalización es totalmente inexistente, no se encuentra ni vertical ni horizontal, además se puede resaltar que la nomenclatura no corresponde al orden de las vías.

Se logró establecer, que existe un área del asentamiento La Trinidad, destinada a la creación de espacios de parques, deportivos y recreativos así como de equipamientos, el cual en la actualidad no se encuentra ocupado:

5.3 EQUIPAMIENTOS

El asentamiento cuenta con varios tipos de equipamientos, que están ubicados en dos grupos principales del mismo, entre los que se destacan la caseta comunal de 8.00m de frente por 14.00 m de largo, en donde también se encuentra el campo de futbol en tierra y el espacio para el parque infantil.

Campo de futbol en tierra

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Caseta comunal

Con relación a salud, acuden a la Carmen Emilia Ospina sede Granjas o Eduardo Santos, no cuentan con escuelas ni colegios, el más cercano es la Escuela del barrio Los Pinos, a nivel de Unidad de Gestión Local las Granjas encontramos que cuenta con todos los equipamientos: Comerciales, Dotacionales, Institucionales y Recreacionales; lo que aporta a todos los habitantes del sector un nivel de vida que garantiza la coexistencia de la estructura social diversa que la ciudad posee, dotándolos de los niveles de calidad ambiental y material que les satisface como ciudadanos. Otro espacio delimitado para equipamientos de culto religioso es el terreno determinado para la Iglesia Católica, donde en la actualidad existe una capilla en donde se celebran las eucaristías dominicales, por parte de la parroquia Santa María de La Paz.

Capilla Católica para celebración de Eucaristía En la Escala Barrial (1er Grado) 1.200-10.000 Habitantes: Se plantea que los espacios de encuentro y equipamientos colectivos sean: Equipamiento de Salubridad y asistencia social (guardería, ancianatos) Equipamiento educativo (jardín infantil, escuela primaria) Equipamiento recreativo y deportivo. Equipamiento de salubridad y asistencia social (centro de salud) Equipamiento educativo (colegio o establecimiento de educación secundaria) Equipamiento de actividades socio culturales y administrativas (centro comunitario, capilla e iglesia). Equipamiento de seguridad (CAI)

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ESTÁNDARES PARA EQUIPAMIENTOS

ESCALA O NIVEL EQUIPAMIENTO ESTÁNDAR

Barrial De 1.200 a 10.000 Háb.

Guardería 0,60 m2 por habitante

Jardín infantil 0.35 m2 por habitante

Escuela primaria 1,50 m2 por habitante

Parque infantil 2,00 m2 por habitante

Salón comunal 0.15 m2 por habitante

Centro de salud 0.10 m2 por habitante

Colegio 1,20 m2 por habitante

Parque recreativo 3,00 m2 por habitante

6 CARACTERIZACIÓN SOCIO-ECONÓMICA

6.1 ASPECTOS SOCIALES

6.1.1 HISTORIA DEL ASENTAMIENTO

Por información de la comunidad, el barrio fue fundado en los años 1993 y 1994, donde llegamos las familias de NORMA PATRICIA LIZCANO, YOLANDA VALDERRMA, JAIRO MONROY, RAMIRO TRUJILLO, JACINTO EMBUS, JUDITH ALARCON, NELCY TOVAR, AMANDA CONTRERAS, ORFA QUINTERO, EDELMIRA QUINTERO, NOE LEYVA, EFEREN ORTIZ, ALBA GUARNIZO Y LEONIDAS TRUJILLO, quienes ocuparon el campamento en tabla y zinc construido por el señor LUBIN SOLANO representante legal de la cooperativa COOTRINIDAD, esta propiedad de vivienda surgió gracias a la adquisición y compra que efectuaron al señor EMILIO ROJAS QUINTANA en el año de 1993. La necesidad de vivienda hace que algunas familias más compraran lotes en dicha urbanización que en el día de hoy se llama la Trinidad, los primeros habitantes soportaron muchos inconvenientes porque el sector era subnormal no tenía agua, los fundadores con trabajo comunitario realizando actividades como bazares, para conseguir los recursos necesarios y construir el alcantarillado dado a que las aguas sucias corrían por las calles. A la fecha el barrio no está legalizado.

6.1.2 PARTICIPACION COMUNITARIA

La participación de la comunidad es mínimo, porque la gente no le gusta participar en la elección de representantes, es así como en las elecciones de este año se inscribieron 149 socios de los cuales se acercaron a votar 115. Para motivar y concientizar a los residentes a involucrarse con la junta, tomaron la determinación de colaborarles solamente a los socios.

6.2 DEMOGRAFÍA Una aproximación demográfica se ocupa fundamentalmente de la dimensión cuantitativa de la población, cuánta gente (volumen de población), su estructura y composición según diferentes características (edad, sexo,...), su distribución en el espacio y su crecimiento. También se incluyen los componentes del crecimiento, es decir, la mortalidad, la natalidad y la migración. La dimensión demográfica es indispensable para un análisis completo de las relaciones entre población, medio ambiente y desarrollo. Es una primera aproximación, pero constituye la base técnica sin la cual no es posible dar cuenta de la evolución, características y tendencias de la población y las relaciones que guarda con otros elementos del desarrollo social y económico. La

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dimensión poblacional más elemental que influye sobre las dimensiones de las demandas por atributos territoriales y servicios es el volumen y tamaño que tiene la población en el momento actual, el tamaño de la población se refiere al número de personas de uno y otro sexo que residen habitualmente, o que han fijado su domicilio de manera permanente, en la división geográfica en estudio, en un momento de tiempo determinado. Se recopiló la información recolectada en el asentamiento La Trinidad; en las fichas técnicas por grupos de edades y número de habitantes en el asentamiento. Hay que tener en cuenta que esta información recopilada corresponde a las viviendas de los lotes que ya están habitados (Aproximadamente 478 predios, de los cuales en la actualidad hay 368 viviendas construidas y ocupadas). El barrio está conformado 368 viviendas habitadas con un promedio de 933 habitantes así:

RANGO DE EDADES

RANGOS % TOTAL

NIÑOS DE 0 A 4 AÑOS 7% 66

NIÑOS DE 5 A 6 AÑOS 3% 33

NIÑOS DE 7 A 11 AÑOS 9% 89

NIÑOS DE 12 A 15 AÑOS 7% 76

JOVENES DE 16 A 17 AÑOS 4% 40

JOVENES DE 18 A 24 AÑOS 11% 109

ADULTOS DE 25 A 59 AÑOS 45% 449

MAYORES DE 60 AÑOS 7% 71

TOTAL POBLACION 100% 933

En edad escolar hay una población de 304 niños y jóvenes. La población que habita el sector la mayoría es de Neiva y algunos provienen del Departamento del Huila. La Población por grupo de edad según censo realizado, predomina la población entre los 25 a 59 años, en un 45% equivalente a 449 personas, mientras que la población mayor a 60 años un total de 71, por ende se puede inferir una población adulta en su balance poblacional.

Fuente: Trabajo de campo SPOM 2016

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La población por Género de las personas que habitan la vivienda se puede estimar, mediante el predominio del femenino con el 52% equivalente a 519 y el 48% masculino equivalente a 485.

6.3 SERVICIOS SOCIALES BÁSICOS

La comunidad cuenta con los servicios básicos, se observa que predominan en un 60% el servicio de energía eléctrica, acueducto, alcantarillado, aseo y en un 59% el gas natural.

UNIDAD DE VIVIENDA CUENTA CON SERVICIOS PUBLICOS

TOTAL ENCUESTAS 479

SI % NO %

ENERGIA ELECTRICA 288 60% 7 1%

ACUEDUCTO 289 60% 6 1%

ALCANTARILLADO 289 60% 6 1%

ASEO 289 60% 6 1%

GAS NATURAL 280 59% 15 3%

NO SUMINISTRAN INFORMACION 183 38%

TELEFONO 74 15% 221 46%

CIFRA DE POBLACION POR SEXO

HOMBRES 48% 485

MUJERES 52% 519

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Los residuos sólidos son recolectados y dispuestos finalmente por la empresa Ciudad Limpia, que lo hace los días martes, jueves y sábados en este sector, para ser llevados al relleno sanitario Los Ángeles, donde son tratados. La cobertura de recolección de basuras es del 100% y se manifiesta un servicio responsable y eficiente.

En el Asentamiento Trinidad el tipo de alumbrado que se utilizan es el eléctrico con un 58% equivalente a 276 predios.

CLASE DE ALUMBRADO UTILIZADO

TOTAL ENCUESTAS 479

VELA 0% 1

KEROSENE, PETROLEO, GASOLINA

0% 0

NO SE OBTUVO INFORMACION 42% 201

ELECTRICO 58% 276

SOLAR, BIOENERGIA, OTROS 0% 0

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De los 478 predios del asentamiento la Trinidad, el 33% de las familias tienen cobertura en salud en régimen subsidiado SISBEN y el 41% no se obtuvo la información.

SISTEMA DE ATENCION DE SALUD DE LAS PERSONAS

TOTAL ENCUESTAS 479

SISBEN 33% 159

CONTRIBUTIVO 24% 116

OTRO 1% 4

NINGUNO 1% 3

NO SE OBTUVO INFORMACION 41% 196

6.4 EDUCACIÓN

La población del asentamiento La Trinidad presenta un nivel de escolaridad que se obtiene de la siguiente manera: 397 personas tienen educación secundaria, equivalente al 47% y educación primaria 322 personas en un 38%.

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6.5 RECREACIÓN

Los espacios que sirven como lugares de esparcimiento y ocupación del tiempo libre para los habitantes del asentamiento La Trinidad, corresponden a campo de fútbol en tierra únicamente; y otros parques ubicados en algunos barrios aledaños, que tampoco se encuentran en el mejor estado o a los denominados por el común de la gente como polideportivos o canchas múltiples, que les permiten compartir espacios para practicar diversos deportes en la actualidad no existe.

6.6 ORGANIZACIÓN COMUNITARIA

La organización comunitaria es la herramienta base que toda comunidad debe tener para lograr el verdadero desarrollo. La comunidad que se organiza, participa y gestiona, tiene gran sentido de pertenencia por su territorio, porque busca la solución a los problemas que los aquejan, aportando no solo a su desarrollo, sino al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. El asentamiento La Trinidad cuenta con una Junta de Acción Comunal, grupos juveniles de danzas y club deportivo. Las Juntas de Acción Comunal, JAC, son organizaciones civiles sin ánimo de lucro integradas por los vecinos de un sector, quienes se dedican a sumar esfuerzos y recursos para solucionar las necesidades de la comunidad y promover la participación ciudadana.

NIVEL DE ESTUDIOS

TOTAL ENCUESTAS 479

PRIMARIA 38% 322

BACHILLERATO 47% 397

TECNICO 6% 50

UNIVERSITARIO 8% 70

POSTGRADO 1% 5

OTRO 0% 0

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Entre las funciones de la JAC del Asentamiento La Trinidad está, además, planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad, mantener informados a sus vecinos sobre las gestiones del Estado, promover el desarrollo cultural, recreativo y deportivo de su sector, y actuar con base en los principios de democracia, autonomía, prevalencia del interés común y la buena fe. La Junta de Acción Comunal del Asentamiento La trinidad está conformada por las siguientes personas:

PRESIDENTE: ANIBAL MORA ROMERO VICEPRESIDENTE: LIGIA HERNANDEZ CASTRO TESORERO: NELSON RAMIREZ SECRETARIA: LINA MARCELA POLANIA FISCAL: CONSTANZA SANCHEZ SUPLENTE: NO REPORTA

6.7 ESPACIO PRIVADO

En este asentamiento, las vías tienen un trazado regular, aunque no existe el área correspondiente al andén y al antejardín, aunque en la mayoría de manzanas no se han conformado y por lo tanto no están unificados.

6.7.1 CARACTERISTICAS DE LOS PREDIOS Encontramos viviendas semiconstruidas y algunas en buen estado de conservación, el tipo de vivienda predominante es de una planta, continúan las de dos pisos y también existe de 3 pisos. Rango de pisos construidos en la actualidad

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Frente: Debido al loteo irregular que tuvo el barrio, las viviendas tienen un frente de 7 metros Fondo: Las viviendas en su mayoría presentan un fondo aproximado de 14 mt Áreas: Las áreas de los predios se encuentran aproximadamente entre 98mt2 y por lote 140 m2. Existen tres excepciones de áreas menores de 35 m2 - 1 lote, 56 m2 - 1 lote y 63 m2 - 1 lote Rango de áreas de lotes

Al revisar el plano predial se evidencia que el loteo en el área del asentamiento La Trinidad se encuentran actualmente 478 predios, de los cuales en la actualidad hay 368 viviendas construidas y ocupadas, donde el 59% de las viviendas, tienen material de las paredes de bloque, ladrillo, piedra, material prefabricado.

MATERIAL PREDOMINANTE DE LAS PAREDES EXTERIORES

TOTAL ENCUESTAS 479

ZIN, TELA, CARTON, LATA, DESECHO, PLASTICO 0% 2

GUADAÑA, CAÑA, ESTERILLA, OTROS VEGETALES 0% 1

MADERA BURDA 2% 8

BAHAREQUE 0% 2

NO SUMINISTRAN INFORMACION 39%

185

BLOQUE, LADRILLO, PIEDRA, MATERIAL PREFABRICADO

59%

280

MADERA PULIDA 0% 0

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El material de los pisos más utilizado es cemento o gravilla, baldosa, vinilo, tablero o ladrillo en un 30%.

MATERIAL PREDOMINANTE DE PISOS

TOTAL ENCUESTAS 479

TIERRA O ARENA 1% 7

MADERA BURDA, TABLA O TABLON 0% 0

CEMENTO O GRAVILLA 30% 142

NO SUMINISTRA INFORMACION 39% 187

BALDOSA, VINILO, TABLERO O LADRILLO

30% 142

ALFOMBRA, MARMOL O MADERA PULIDA

0% 0

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En el Asentamiento Trinidad predominan la casa o apartamento con un 59% del total de los predios.

En cuanto a la forma de tenencia, En el Asentamiento La Trinidad, el 63% viven en predios de su propiedad.

TIPO DE UNIDAD DE VIVIENDA

TOTAL ENCUESTAS 479

CUARTOS EN CASA O APTO 2% 10

CASA O APTO 59% 280

NO SUMINISTRAN INFORMACION

23% 112

LOTE 16% 75

OTRO 0% 1

ESTE HOGAR VIVEN EN

TOTAL ENCUESTAS 479

ARRIENDO O SUB ARRIENDO 1% 6

FINANCIADA 1% 6

NO SUMINISTRAN INFORMACION

35%

167

PROPIA 63%

299

OTRO 0% 0

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El 72% de los predios encuestados poseen documento que los acredita como propietarios de los mismos.

POSEE DOCUMENTO QUE ACREDITE PROPIEDAD DEL PREDIO

TOTAL ENCUESTAS 479

SI 72% 344

NO 28% 134

En cuanto a la estratificación socio-económica predomina el estrato 1, en un 100%.

ESTRATO SOCIO ECONOMICO

1 100% 479

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En el Asentamiento Trinidad no se registra ningún tipo afectación de las viviendas en un 64%.

En el Asentamiento Trinidad, el 59% respondieron que obtienen el agua para el consumo dentro de la unidad de vivienda.

UNIDAD DE VIVIENDA SE ENCUENTRA AFECTADA

TOTAL ENCUESTAS 479

DESLIZAMIENTO 0% 0

INUNDACION 0% 0

AVALANCHA 0% 0

NO SUMINISTRA INFORMACION 36% 170

NINGUNO 64% 308

DONDE OBTIENE EL AGUA QUE CONSUME

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En el Asentamiento Trinidad, el 58% de los predios posee servicio de inodoro con conexión a alcantarillado.

TOTAL ENCUESTAS 479

FUERA DE LA UNIDAD DE VIVIENDA 0% 1

DENTRO DEL LOTE PERO FUERA DE LA VIVIENDA

1% 2

NO SE OBTUVO INFORMACION 40% 193

DENTRO DE LA UNIDAD DE VIVIENDA 59% 282

EL SERVICIO SANITARIO QUE USAN ES

TOTAL ENCUESTAS 479

LETRINA 0% 0

INODORO SIN NINGUNA CONEXIÓN 0% 0

INODORO CON CONEXIÓN A POZO SEPTICO 0% 1

INODORO CON CONEXIÓN A ALCANTARILLADO

58% 279

NO TIENE 0% 0

NO SUMINISTRA INFORMACION 42% 198

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El sanitario que usan se encuentra dentro de la unidad de vivienda con un 57% del total de los predios. El 56% de los predios encuestados respondieron que utilizan gas natural para la cocina.

EL SANITARIO QUE USAN SE ENCUENTRA EN

TOTAL ENCUESTAS 479

FUERA DE LA UNIDAD DE VIVIENDA 0% 2

NO SE OBTUVO INFORMACION 41% 197

DENTRO DEL LOTE PERO FUERA DE LA VIVIENDA

2% 7

DENTRO DE LA UNIDAD DE VIVIENDA 57% 272

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En el Asentamiento Trinidad, el electrodoméstico más utilizado es la estufa con un 24% del total de los predios

TIPO DE COMBUSTIBLE UTILIZADO PARA COCINAR

TOTAL ENCUESTAS 479

LEÑA, CARBON DE LEÑA, DESECHOS 0% 2

CARBON MINERAL 0% 0

KEROSENE, PETROLEO, GASOLINA 0% 2

GAS DECILINDRO O PIPETA 2% 5

GAS NATURAL 56% 268

NO SE OBTUVO INFORMACION 42% 199

ELECTRICIDAD 0% 2

NO COCINA 0% 0

ELECTRODOMESTICOS O GASODOMESTICOS QUE POSEE

TOTAL ENCUESTAS 479

ESTUFA 24% 272

NEVERA O REFGIGERADOR 23% 265

HORNO 2% 18

LAVADORA 16% 185

TELEVISION A COLOR 23% 262

EQUIPO DE SONIDO 12% 130

CALENTADOR DE AGUA O DUCHA ELECTRICA

0% 2

AIRE ACONDICIONADO 0% 4

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En el Asentamiento Trinidad cuentan con internet y computador un 75% del total de los predios.

TECNOLOGIA

TOTAL ENCUESTAS 479

SI % NO %

POSEE COMPUTADOR 81 30% 189 70%

NO SE OBTIENE INFORMACION

208 77%

TIENE CONEXIÓN A INTERNET

67 25% 203 75%

6.8 USOS DEL SUELO

El sector no cuenta con espacios deportivos, recreacionales, educativos e institucionales, pero acuden a ocupar los espacios existentes en el barrio los Álamos, Los Pinos y Villa Cecilia por la cercanía con él. A nivel de usos del suelo se pudo establecer, con el levantamiento en campo predio a predio, el carácter residencial del sector, que se complementa de manera cotidiana con usos de comercio, servicios y equipamientos de bajo impacto que tienen como propósito dar soporte a la actividad

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residencial, ya que la mayor parte de los predios de la comunidad de La Trinidad es para este uso, y el un número menor para actividades mixtas comercial y residencial.

Sin embargo, la Secretaría de Planeación y Ordenamiento Municipal estableció para la zona objeto de estudio los usos del suelo mediante la ficha normativa PNE 01, que aplica para los asentamientos La Trinidad y Mirador del Norte.

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Actualmente presentan la siguiente situación: ANÁLISIS FUNCIONAL

Si tenemos en cuenta las definiciones normativas, las actividades económicas y los tratamientos urbanos de esta zona, podríamos establecer que la estructura, organización y definición de los polígonos y los usos del suelo, no contribuyen eficientemente en el funcionamiento urbano del sector, la ciudad y la región por cuanto, presentan desarticulación con el modelo de la ciudad, en especial con la Centralidad Comercial Y De Servicios Av. 16, de segundo orden, los Centros Logísticos Las Granjas y Los Pinos, los ejes urbanos importantes como la carrera 7, calle sesenta y cuatro, avenida veintiséis, exclusión de usos principales, compatibles según su actividad económica, borde urbano con área de expansión nor-oriental, además de un alto fraccionamiento de los polígonos normativos mayores, volúmenes arquitectónicos inadecuados para contener los usos, por incumplimientos de normas y licencias entre otros. Merece especial mención la deficiencia urbana en términos de usos de suelo, movilidad y espacio público en el subsector o área de influencia de la Centralidad Comercial y de Servicios AV 26 y AV 16, DE SEGUNDO orden, el Centro Logístico Granjas y el LA TRINIDAD Benito Salas, el cual presenta problemas de funcionalidad urbana complejas. Análisis Socio-económico:

De acuerdo a lo anterior el impacto social y económico se hace evidente en la medida que se presentan especialmente sobre los corredores o ejes viales importantes y algunos sectores residenciales, mencionados en el análisis funcional, con incomodidades, actividades generadoras de riesgo y factores deteriorantes, que afectan e inciden en la calidad de la vida de la comunidad, y en el mejor aprovechamiento económico de sus propiedades, en virtud de las actividades económicas urbanas objetivamente reguladas en el marco del proyecto de la ciudad y la región. Encontramos en la comunidad de personas asalariadas, la mayoría es independiente que devenga su sustento realizando actividades de construcción, reventa de productos, reciclaje, servicio doméstico. La composición familiar de la mayoría la forman padres e hijos y muy pocas personas sin un vínculo familiar. Todos tienen servicio de salud, algunos pertenecen al régimen contributivo o subsidiado. Análisis administrativo:

Si bien la UPZ y la comuna está organizada administrativamente en una Centralidad de Segundo Orden y dos Centros Logísticos, con los problemas funcionales, ambientales y socio-económicos observados, es necesario deducir que operativa y administrativamente esta organización no está presentando los resultados eficientes de planeación, ejecución, seguimiento y control urbano, por lo tanto ameritan ser revisados para su mejoramiento y eficiencia dentro del marco del modelo de ciudad y la región.

7. SINTESIS DIAGNOSTICA 7.1 VIAS

1. La existencia de las vías internas no cumple con los parámetros mínimos establecidos en el POT de Neiva.

2. Vías internas en un 100% no presentan pavimento y se encuentran en mal estado.

3. Vías de acceso en buen estado como la Avenida 26 y la calle 50 con un perfil V-1 y V-3,

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respectivamente, por donde circula el transporte público.

4. No existen andenes y zonas de movilidad y esparcimiento para peatones.

7.2 PREDIOS En términos generales se puede decir que para el asentamiento La Trinidad predomina los predios rectangulares como unidad que conforma la manzana rectangular alargada, con una trama urbana aceptable.

7.3 EXPECTATIVAS DE TITULACIÓN

1. Las familias residentes en este asentamiento obtengan las respectivas escrituras de su predio la cual le da la garantía jurídica de ser propietario del terreno en el cual han construido o levantado su mejora 2. Con base en lo anterior, las familias residentes en el asentamiento denominado barrio LA TRINIDAD puedan acceder a créditos bancarios, hipotecarios para mejorar su calidad de vida. 3. Podrán gestionar ante las entidades de orden nacional, departamental, municipal, de economía mixta y ante particulares subsidios de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico entre otros 4. Podrán comercializar su vivienda al justo precio y sin ninguna clase de inconvenientes de tipo legal

7.4 ZONAS DE CESION Y ESPACIO PUBLICO El asentamiento tiene las siguientes cesiones de acuerdo con el levantamiento de campo realizado;

en el documento de formulación se hará un análisis del cumplimiento de las mismas según lo

establecido para la ciudad de Neiva, para vías, zonas verdes, parques, equipamiento, ya que se

encuentran predios en zonas de protección que deberían ser reubicados y estos no contarían en el

cálculo de las cesiones y se proyectaran la vías que generen una buena comunicación y movilidad

en los asentamientos.

CUADRO DE AREAS (Área m2)

AREA DEL ASENTAMIENTO 80857.3 100.00%

AREAS DE LOTES 48751.43 60.30%

AREA DE ZONAS VERDES 4753.27 5.90%

AREA DE VIAS 19444.07 24.30%

AFECTACIONES VIALES CALLE 70 3911 4.80%

AFECTACIONES AMBIENTALES 49 0.01%

AREA DOTACIONAL 3748.53 4.66%

TOTAL AREA 80657.3 100.00%

Conforme a lo establecido en el Articulo 376 del Acuerdo 026 de 2009 el área mínima de cesiones

para proyectos de Vivienda de Interés Social se tiene lo siguiente:

“…Artículo 376º. Cesiones para viviendas de Interés social.- Para vivienda de interés social tipo 1y 2 El porcentaje mínimo de las cesiones urbanísticas gratuitas para el desarrollo de programas VIS Tipo 1 y 2 será del 25% del Área Neta Urbanizable, distribuido así:

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Para espacio público Entre el 15% al 20% del área neta urbanizable, el cual incluye vías locales y zonas verdes (como parte de las cesiones tipo A) Para equipamiento Entre el 5% al 10% del área neta urbanizable (como parte delas cesiones tipo A)…”

8. CARTOGRAFÍA DIAGNÓSTICO Como soporte se presenta la siguiente cartografía diagnóstico por cada uno de los sectores definidos

para el estudio

1. Área de estudio

2. Zonificación Ambiental

3. Amenazas

4. Vulnerabilidad

5. Riesgos según vulnerabilidad

6. Equipamiento

7. Uso del Suelo

8. Vías de Acceso

9. Llenos y vacíos

10. Rango de Áreas lotes

11. Tipología de la vivienda

12. Tipología de lotes (Regular o irregular)

13. Altura de la vivienda

14. Propuesta Urbanistica

9. PREDIOS CON RESTRICCIONES AMBIENTALES En este aspecto acerca de restricciones de carácter ambiental y de gestión del riesgo de desastres, el Asentamiento La Trinidad no presenta, restricciones a predios, que limiten su legalización urbanística.

10. TRAZABILIDAD DEL PROCESO

FECHA DESCRIPCION DTOS.APORTADOS/REGISTRO FOTOGRAFICO

02/04/2015 Visita de inspección ocular

Acta de visita

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FECHA DESCRIPCION DTOS.APORTADOS/REGISTRO FOTOGRAFICO

10/04/2015 Se realizó el censo predial

30/04/2015 Se realizó el censo predial

18/03/2016 Se realiza reunión con

la JAC donde se les da a conocer el proceso de legalización y se les entrega el formato del censo socioeconómico

05/04/2016 Hacen entrega del censo socioeconómico por parte de la comunidad

12/05/2016 Se hace la invitación a los delegados al proceso de Legalizacion en red de acueducto y alcantarillado del asentamientos mediante radicado SPOM 1983

26/05/2016 Se trabajó con los delegados al proceso de Legalizacion la red de acueducto y alcantarillado

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FECHA DESCRIPCION DTOS.APORTADOS/REGISTRO FOTOGRAFICO

30/07/2016 Reunión con la comunidad falta de entrega de documentación

24/08/2016 Visita técnica verificación de plano de loteo

14/09/2016 Socialización del estudio de AVR con la comunidad.

28/09/2016 Se hace entrega del plano de loteo al Sr ANIBAL MORA ROMERO para que la comunidad lo apruebe

01/11/2016 EL Sr ANIBA MORA ROMERO realiza un derecho de petición del plano de loteo mediante radicado SPOM 7457 de la manzana R-S-U

21/11/2016 Se le da contestación al derecho de petición al Sr ANIBAL MORA ROMERO indicando que la visita se hará el 25 noviembre a las 10 am mediante oficio SPOM 6378

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FECHA DESCRIPCION DTOS.APORTADOS/REGISTRO FOTOGRAFICO

25/11/2016 Se hace la visita técnica solicitada por el Sr ANIBAL MORA ROMERO mediante derecho de petición de la manzana R-S-U

11/01/2017 Entrega de documentos de la Sra. YERIVY LUFID MEDINA YAIMA mediante radicado SPOM 074

10/02/2017 Entrega de documentos de la Sra. ANA LUZ PENAGOS DE ROJAS mediante radicado SPOM 0788

21/02/2017 Plano de loteo aprobado por parte de la comunidad con 289 firmas mediante radicado SPOM 1028

01/03/2017 Entrega de documentos de la Sra. INGRID MILENA GUZMAN ALONSO mediante radicado SPOM 1271

02/03/2017 Se firmó el acta de inicio al proceso de Legalizacion

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FECHA DESCRIPCION DTOS.APORTADOS/REGISTRO FOTOGRAFICO

19-20-21/04/2017

Se realizó el edicto a terceros interesados al proceso de Legalizacion

22/07/2017 Reunión de sana convivencia con la JAC

10/10/2017 Fallo de acción popular

hace entrega jurídica de la Alcaldía de Neiva mediante radicado SPOM 6687

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PARTE 3. PROPUESTA URBANA.

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1. CONCEPTUALIZACIÓN DE LA PROPUESTA URBANISTICA

Teniendo en consideración que no existe normativa exactamente aplicable a los procesos de legalización urbanística de asentamientos informales y al tratamiento de mejoramiento integral de barrios en el POT vigente del Municipio de Neiva, ajustado mediante Acuerdo 026 de 2009, y basados en la potestad de interpretación de las normas urbanísticas establecidas en el artículo 102 de la ley 388 de 1997, el Decreto 1077 de 2015 y el Decreto 564 de 2006 en cuanto a los principios de concordancia, neutralidad, simplicidad y trasparencia, la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal define los lineamientos normativos aplicables al proceso de legalización urbanística para el asentamiento informal denominado LA TRINIDAD ubicado en la zona de Expansión en el sector nororiente del casco urbano del municipio de Neiva.

En consideración a lo anterior y a:

Que una de las estrategias del proceso de legalización urbanística es propender por la legalización de los asentamientos humanos y el mejoramiento integral de la gestión pública para dotar de seguridad jurídica a los destinatarios de la norma urbana, y mejorar la calidad de vida de la población pobre y vulnerable que se encuentran en estado de inferioridad frente a aquellos barrios que están legalizados, y que carecen de servicios básicos necesarios para el desarrollo de la condición humana.

Que la legalización es un instrumento que reconoce urbanísticamente, asentamientos que fueron desarrollados al margen de la normatividad y que involucra la aprobación de un plano urbanístico y la asignación de normas urbanas al desarrollo acorde a su área, estabilidad, saneamiento básico, dotacionales y problemática social.

Que se hace necesario integrar el asentamiento informal LA TRINIDAD a la estructura de la ciudad, de tal forma que le permita a la administración municipal invertir recursos en infraestructuras, con el fin de mejorar las condiciones de habitabilidad de la población.

Que el asentamiento LA TRINIDAD se encuentra consolidado, desarrollado por contar con una mínima estructura urbana a través de un trazado vial existente en terreno y el 78% de los lotes ocupados con construcciones habitadas.

Basado en estas las consideraciones, se tendrá en cuenta las siguientes normas urbanísticas para la elaboración de la propuesta urbanística aplicable al asentamiento LA TRINIDAD.

1. Se permitirán vías con perfiles igual o mayores a siete metros cuarenta centímetros (7,40m) para la circulación vehicular para garantizar el acceso de los habitantes a cada zona del asentamiento.

2. Se determina un porcentaje mínimo del 10% para áreas de cesión Tipo A (Zonas verdes, vías y equipamientos).

Previendo el positivo impacto social que genere el proyecto, sería el primer paso para mejorar la calidad de vida de toda la población Neivana, fomentando la densificación del suelo baldío que existe en el perímetro urbano en busca de la satisfacción de las necesidades básicas de todos aquellos que no tienen la posibilidad de tener una vivienda propia y toda la población que se encuentra asentada en terrenos catalogados en alto

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riesgo y que son objeto de reubicación.

El proyecto estará estructurado de la siguiente manera:

A. Manzana A, con 30 lotes.

B. Manzana B, con 16 lotes.

C. Manzana C, con 18 lotes.

D. Manzana D, con 18 lotes.

E. Manzana E, con 18 lotes.

F. Manzana F, con 20 lotes.

G. Manzana G, con 28 lotes.

H. Manzana H, con 21 lotes.

I. Manzana I, con 26 lotes.

J. Manzana J, con 22 lotes.

K. Manzana K, con 26 lotes.

L. Manzana L, con 22 lotes.

M. Manzana M, con 24 lotes.

N. Manzana N, con 24 lotes.

O. Manzana O, con 22 lotes.

P. Manzana P, con 24 lotes.

Q. Manzana Q, con 22 lotes.

R. Manzana R, con 26 lotes.

S. Manzana S, con 20 lotes.

T. Manzana T, con 26 lotes.

U. Manzana U, con 25 lotes.

1.1 PROPUESTA URBANÍSTICA

La configuración urbanística con la que cuenta actualmente la urbanización La Trinidad no se

modificó, debido a que responde a unos criterios de ordenamiento apropiados que no genera

irregularidades y proporciona una distribución de suelo que obedece a los criterios de ordenamiento

vigentes en el tiempo de su desarrollo (1994).

El trabajo que se desarrolló se basó en la estructura predial existente de las manzanas, en la

definición de áreas de espacio público existentes y en la localización de equipamientos y perfiles

viales evidenciados en el lugar.

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1.1.1 Sistema Vial

La estructuración del sistema vial se formula acogiendo los sistemas generales que vienen

planteados desde el Acuerdo 026 de 2009 (Plan de Ordenamiento Territorial), de tal forma que se

garantice una articulación con los tejidos urbanos inmediatos, con la Comuna 2 y el área urbana del

municipio de Neiva.

El asentamiento La Trinidad cuenta con tres (3) vías de acceso de carácter estructural que se

articulan con el plan vial de la ciudad consignados en los anexos cartográficos FU-09 y FU-10 del

Acuerdo 026 de 2009, donde se cuenta con el espacio área para el normal desarrollo de las obras

cuando sean requeridas conforme al desarrollo urbanístico del sector y por el Sistema Estratégico de

Espacio Público de la ciudad.

Estas vías estructurantes garantizan la conexión con las vías locales del barrio y de los diferentes

desarrollos urbanísticos inmediatos, en el cual, el eje estructurante correspondiente a la Carrera 23

se podrá desarrollar conforme a lo establecido en el Anexo 17 del Acuerdo 026 de 2009.

La Calle 70 y 74, son otros dos ejes estructurantes de ingreso al barrio y cuentan con el espacio

requerido por la normativa municipal aunque estas se afectarán en su continuidad y perfil vial. Lo

anterior obedece a que el desarrollo urbanístico Mirador del Norte, no dejó el espacio requerido para

la continuidad vial de la Calle 74; de igual manera, en el perfil de la calle 70 se propone un reajuste

de su sección transversal inferior a lo exigido por la norma, sin embargo, esto no afectará su

capacidad de servicio ni flujo vehicular a futuro, cuando el área complete su desarrollo urbanístico.

De acuerdo al documento CONPES 3756 de 2013 (DECLARACIÓN DE IMPORTANCIA ESTRATÉGICA DEL PROYECTO SISTEMA ESTRATÉGICO DE TRANSPORTE PÚBLICO DEL MUNICIPIO NEIVA), el eje vial estructurante de la carrera 23 entre calle 51 y calle 74 se encuentra dentro de los proyectos viales a construir para garantizar el correcto funcionamiento del sistema de transporte público colectivo, obra que se encuentra priorizada por parte de TRANSFEDERAL SETP S.A.S.

Estas vías estructurantes igualmente serán objeto de estudio para la habilitación de carriles

compartidos o exclusivos para vehículos no motorizados (bicicletas), de acuerdo con los estudios de

aforos, demanda y capacidad de servicio de la vía.

CALLE 70 Y CARRERA 23- PERFIL VIAL V-2

ELEMENTO METROS LINEALES

2 CALZADAS 6.50 c/u EN AMBOS

COSTADOS

SEPARADOR 1.20

ANDEN 2.00 c/u EN AMBOS

COSTADOS

ZONA VERDE O

CESPED 1.00 c/u

EN AMBOS

COSTADOS

ANTEJARDÍN N.A N.A

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1.1.2 Plan Vial Local

La forma ortogonal con que fue concebida y desarrollada el barrio LA TRINIDAD, cuenta con los

espacios mínimos para la adecuación y construcción de las diferentes vías locales que garanticen el

acceso peatonal y vehicular motorizado y no motorizado de los residentes y visitantes del sector, así

como de los diferentes servicios de emergencia y servicios público que brinda la ciudad. Es así como

las calles 68, 69, 71, 72, y 73 entre carreras 23 y 25, al igual que la carrera 24 entre calle 68 y 73

cuentan con el ancho el cual garantiza la sección transversal mínima requerida para el uso de los

diferentes usuarios, permitiendo velocidades máximas de 15 km/hr.

Para un correcto flujo vehicular en el sector, la Secretaria de Movilidad deberá realizar un estudio de

transito donde se establezca sentidos viales unidireccionales con el ánimo de minimizar los conflictos

viales que se puedan presentar debido al reducido espacio vehicular que se propone.

Debido a la irregularidad de los perfiles viales que se presentan en el barrio LA TRINIDAD y espacios

reducidos para una movilidad segura y eficiente de sus diferentes usuarios, se propone un perfil tipo

para las vías locales antes mencionadas y se conforma de la siguiente manera:

SECCION TRANSVERSAL 7.40 MTS

CALZADA VEHICULAR 4,00 mts

ZONA VERDE 0,50 mts al lado y lado.

ANDEN 1,20 mts al lado y lado.

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PERFIL VIAL – VIAS LOCALES

CALLE 68-69-71-72-73 ENTRE CARRERAS 23 Y 25 y la CARRERA 24 ENTRE CALLES 68 Y 73

1.1.3 Clasificación Del Suelo

La categorización del suelo, en el Barrio LA TRINIDAD es de Expansión.

1.1.4 Definición De Usos Del Suelo

De acuerdo con la clasificación General del Territorio (Plano CG-01), establecida por el Acuerdo No

026 de septiembre 4 de 2009, el asentamiento se encuentra catalogado como Suelo de Expansión.

Para el trámite administrativo de legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas

de interés social, y con fundamento a tenor ordenado en el Decreto 1077 de 2015 y la Ley 09 de

1989, la Administración Municipal podrá reconocer la existencia de asentamientos humanos

constituidos por viviendas de interés social si a ello hubiere lugar; igualmente, como formula de

mandato disponen, que se aprueban los planos urbanísticos y se expide la reglamentación

urbanística, agrega ademas, que el instrumento jurídico de legalización comporta o implica la

incorporación al perímetro urbano y de servicios y la regularización urbanística del asentamiento

humano; con todo, ha menester ante la ausencia de normas exactamente aplicables a una situación,

como lo es en este caso, del asentamiento denominado “La Trinidad”, en donde se vislumbra

ausencia o carecimiento de norma, proceder a expedir la siguiente reglamentación urbanística del

mismo, acorde a lo anterior, y así seguirse a su legalización.

De conformidad con las directrices establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, y para dar

cumplimiento a lo dispuesto en el numeral anterior, se deberá tener en cuenta que el POT, propende

por la legalización de los asentamientos humanos y de mejoramiento integral dentro de sus

estrategias. Con ello se busca medrar denodadamente, la gestión pública en estos trámites y dotar

de seguridad jurídica a los destinatarios de la norma urbana.

Conforme y consecuente con lo anterior, se definieron las condiciones urbanísticas a las que se

sujetará el Barrio“La trinidad” objeto de legalización, mediante la Circular No. 003 del 07/03/18 y la

norma de usos del suelo aplicable al Barrio La Trinidad a través de la la Ficha Normativa PNE 01,

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con la cual se determinaron los usos principales, complementarios y condicionados del suelo, como .

1.1.5 Normas Urbanísticas Aplicables

De manera análoga a la forma de las manzanas se define la propuesta específica para la estructura

predial final del barrio LA TRINIDAD según se observa en el Plano Estructura predial propuesta.

LOTEO: El criterio para la subdivisión predial utilizado atiende a cumplir al menos con el lote de un

área mínima de 35 metros cuadrados con frente de 5 metros lineales, y excepcionalmente para el 2%

de los predios, siempre y cuando su núcleo familiar no sea mayor a 4 personas.

Se acepta el loteo que actualmente se encuentra. Al igual que las dimensiones de las áreas y frentes

de los predios que fueron desarrollados en su momento en el sector y/o el desarrollo que se ha

ejecutado con anterioridad al presente proceso de legalización. Con posterioridad a la emisión del

Acto Administrativo que legaliza el barrio urbanísticamente, no se permitirán áreas y frentes mínimos

inferiores a los consignados en el Acuerdo 026 de 2009, cualquier modificación o subdivisión

posterior requiere aprobación previa de las Curadurías Urbanas y deberá cumplir con un área

mínima de setenta y dos (72) metros cuadrados con frente no menor a (6) metros. Para los predios

existentes no se permiten las subdivisiones por fuera del loteo propuesto.

Para el desarrollo de lotes y/o predios sin desarrollar, cuya área sea igual o superior a 500 M2, se

aplicará el 21% en áreas de Cesión tipo A y las cesiones tipo B correspondientes.

1.1.5.1 Antejardines:

Puesto que el asentamiento durante su desarrollo urbanístico no previo áreas para antejardín, no se

permitirán cerramientos sobre las fachadas de los predios, además no se permite utilizar cubiertas de

ningún tipo sobre la fachada y no podrán tener ninguna barrera arquitectónica que impidan la libre

circulación del peatón en las áreas destinadas para anden, como escaleras, materas y demás

elementos arquitectónicos y ornamentales que impidan la libre circulación.

1.1.5.2 Áreas y frentes mínimos de lote para futuros desarrollos:

Se realizarán de conformidad a lo establecido en el Acuerdo 026 del 2009.

1.1.5.3 Alturas:

Para vivienda unifamiliar y bifamiliar, se permitirá una altura de uno (1) a tres (3) pisos, o de acuerdo

con las normas de altura que determine la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal.

1.1.5.4 Aislamientos:

Lateral: No se exige.

Posterior: Para viviendas unifamiliares, bifamiliares o multifamiliares serán de 3.00 metros a partir del

segundo piso.

1.1.5.5 Patios:

Para edificaciones hasta de 2 pisos el patio mínimo será de 9.00 m2 con lado menor de 3.00 ML.

1.1.5.6 Voladizos:

No se permitirán voladizos en el predio sobre zonas verdes o comunales y vías peatonales, en lotes

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que no prevean antejardín se permitirá hasta 0.60 metros solo sobre la fachada principal.

1.1.5.7 Paramentos:

Rigen los paramentos establecidos en el Acuerdo 026 de 2009.

En los eventos que para el cumplimiento de estas normas se requiera modificar redes existentes

de servicios públicos, generados por el desarrollo objeto del presente reconocimiento y legalización,

estas correrán por cuenta del usuario y se ejecutarán bajo la coordinación de cada empresa

prestadora del servicio público domiciliario.

1.2 LICENCIAS DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN

De acuerdo con lo previsto por el Decreto Nacional 1077 de 2015, el acto administrativo mediante el

cual se aprueba la legalización hará las veces de licencia de urbanización, con base en el cual se

tramitarán las licencias de construcción de los predios incluidos en la legalización o el reconocimiento

de las edificaciones existentes.

Se deberá realizar el trámite ante las Curadurías Urbanas del Municipio de Neiva para el respectivo

reconocimiento de las construcciones existentes al momento de la legalización urbanística en las

viviendas de interés social, de tipo multifamiliar y establecimientos comerciales, cuyos costos los

deberá asumir el propietario del predio.

A partir de la vigencia del Acto Administrativo que apruebe el proceso de legalización urbanística, la

toda obra o construcción, ampliación, modificación y demolición de edificaciones, así como de

subdivisión, que se adelanten en los desarrollos aquí legalizados deberán estar amparadas con la

respectiva licencia ante cualquiera de las curadurías urbanas y sujetarse a los requisitos sobre las

redes de servicios públicos señalados por las empresas prestadoras de los mismos.

Para el reconocimiento de la existencia de las edificaciones, localizadas en el asentamiento LA

TRINIDAD, se aceptará vías con perfiles menores a diez (10) metros que permitan la circulación

vehicular en un sentido.

Cuando no se cumplan las distancias y condiciones técnicas mínimas para un trazado vial vehicular,

se aprobarán vía peatonales, pero deben permitir el acceso y la circulación de una motocicleta. No

se permitirá ninguna clase de cerramiento en área de ante jardín.

1.3 AREAS DE CESION Y OBLIGACIONES.

Las zonas de cesión tipo A, se toman teniendo en cuenta el artículo 376 del Acuerdo 026 de 2009 y

deberán ser entregadas al municipio de Neiva, según lo estipulado en los parámetros urbanísticos y

legales, bajo el siguiente análisis:

Descripción Norma Aplicable

Cesiones Tipo A

(R-1) 1-130 Viv: 21%( 6%

parque de Ciudad, 7%zona verde y 8% equipamientos).

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ITEM ÁREA %

ÁREA ASENTAMIENTO 80657,28 100,0%

ÁREA DE LOTES 48751,43 60,4%

ÁREA DE ZONAS VERDES 4753,27 5,9%

ÁREA DE VIAS 19444,05 24,1%

AFECTACIONES VIALES CALLE 70 3911 4,8%

AFECTACIONES AMBIENTALES 49 0,1%

ÁREA DOTACIONAL 3748,53 4,6%

TOTAL 80657,28 100,0%

ANALISIS DE CESIONES OBLIGATORIAS PROPUESTA %

RANGO 1 TIPO A: 1 – 130 VIV/HA.

ZONAS VERDES 5368,80 7% 5711,84

7,4%

EQUIPAMIENTOS 6135,78 8% 4924,47

6,4%

PARQUE DE CIUDAD (ZPMA)

4601,83 6% 0,00

0,0%

TOTAL 16106,41 21% 10636,31 13,9%

Una vez avalada la propuesta de legalización urbanística del Asentamiento LA TRINIDAD, NO se

requiere compensar las áreas de Cesión Tipo A del asentamiento, por cuanto según los análisis

efectuados por el Comité Técnico de Legalización de la SPOM; se concluyó viable aceptar las áreas

y zonas establecidas en la propuesta urbanística; las zonas de cesión deben ser transferidas al

Municipio de Neiva y afectadas en el folio de matrícula para los fines aquí descritos.

1.4 PREDIOS LEGALIZADOS

En el Asentamiento LA TRINIDAD serán legalizados los 478 predios que hacen parte de este

Asentamiento, y deberán someterse a las normas urbanísticas aquí establecidas y definidas en el

Acuerdo 026 de 2009, y sus normas complementarias.

1.5 PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL BARRIO

De acuerdo con los análisis efectuados en el diagnostico situacional del asentamiento LA TRINIDAD

y lo previsto en el proceso de mejoramiento integral, coherente y eficiente que atienda a las

necesidades del barrio, se definieron los siguientes proyectos:

1.5.1 Sistema vial:

1. Obras de urbanismo

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2. Pavimentación de vías.

1.5.2 Vivienda:

1. Mejoramiento de vivienda (estructural).

1.5.3 Parques y Zonas de Equipamientos

1. Construcción y adecuación de parques y equipamientos.

ITEM Descripción Unidad Cantidad Valor unitario Valor Total

1 Construcción de redes de servicios públicos

1.1 Mejoramiento redes de acueducto

Ml 3300 $480.000 $ 1.584.000.000

1.2 Mejoramiento redes de alcantarillado

Ml 3300 $780.000 $ 2.574.000.000

2 Construcción de obras de urbanismo y vías

2.1 Construcción de obras de urbanismo (incluye Bordillo en concreto de 3000 psi y andenes)

Ml 1.200 $100.000 $120.000.000

2.2 Construcción de Pavimento rígido incluye construcción de bases y sub-bases, juntas, sellado de juntas, dovelas y pasadores

M3 1.800 $890.000 $1.602.000.000

3 Subsidios de mejoramiento de vivienda

3.1 Mejoramiento de vivienda (estructural)

Vivienda 7 $8.900.000 $ 62.300.000

4 Construcción y adecuación de Zonas Recreativas y deportivas

4.1 Construcción de parque Infantil

Unidad 1 $120.000.000 $ 120.000.000

4.2 Construcción de placa polideportiva con cubierta

Unidad 1 $ 741.210.550 $ 741.210.550

4.3 Puesto de salud Unidad 1 $ 952.791.574 $ 952.791.574

4.4 Centro Comunitario Unidad 1 $ 1.123.224.761 $ 1.123.224.761

TOTAL $ 8.879.526.885

Nota Precios presentados sin IVA.

2. CARTOGRAFÍA.

Los planos que soportan y acompañan el proceso de legalización barrial de LA TRINIDAD son:

TRI-01 ÁREA DE ESTUDIO.

TRI-02 ZONIFICACIÓN AMBIENTAL

TRI-03 AMENAZAS

TRI-04 VULNERABILIDAD

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TRI-05 RIESGOS

TRI-06 EQUIPAMIENTOS

TRI-07 USOS DEL SUELO

TRI-08 VIAS DE ACCESO

TRI-09 LLENOS Y VACÍOS

TRI-10 RANGO DE ÁREAS LOTES

TRI-11 TIPOLOGÍA VIVIENDAS

TRI-12 TIPOLOGÍA LOTES

TRI-13 ALTURA VIVIENDA

TRI-14 PROPUESTA URBANÍSTICA