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D. Gonzalo Piñeiro Alcalde de Santander Ayuntamiento de Santander Santander, 31 de mayo de 2007 ASUNTO: Alegaciones de SEO/BirdLife a la revisión del PGOU DE Santander Felipe González Sánchez, mayor de edad, con DNI 20202330-G, actuando en nombre y representación de la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), inscrita en el Registro de Asociaciones con el nº 3.943, y con domicilio a efectos de notificación en Ruamayor 4, 5 Izq. Presenta las siguientes ALEGACIONES al documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Santander expuesto a información pública hasta el 31 de mayo de 2007. ALEGACIONES DE CARÁCTER GENERAL Las alegaciones que presenta SEO/BirdLife a la revisión del PGOU de Santander se basan en los impactos que el modelo de desarrollo plasmado en el citado plan pueden tener sobre la conservación de la naturaleza a escala local. En este momento la expansión urbanística se presenta como la principal amenaza para la biodiversidad a escala local, y resulta necesario integrar criterios de conservación de la biodiversidad en la ordenación y planificación urbanística con el objetivo de minimizar sus impactos ambientales. Para SEO/BirdLife la propuesta de ordenación que se presenta en la revisión del PGOU tiene importantes déficits en estos aspectos, en los que se incide en este documento de alegaciones que presenta recomendaciones para su mejora. 1. Incumplimiento del principio de sostenibilidad en el planeamiento Aunque en el documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Santander se contempla como uno de los objetivos de carácter general la sostenibilidad del desarrollo urbano "El modelo territorial de desarrollo habrá de estar basado en principios de sostenibilidad", consideramos que este objetivo se incumple claramente. El principal criterio para un planeamiento urbano sostenible debe ser el AHORRO DE SUELO, en el Marco de actuación para el desarrollo urbano sostenible en la Unión Europea (COM 1998-605) tiene entre sus criterios de referencia uno que atiende exactamente a este problema: "Promover modelos urbanos que logren un uso eficiente de los recursos, limitando la dispersión y el uso indiscriminado de suelo". Sin embargo lejos de este criterio la revisión del PGOU presenta un planeamiento hasta el límite de capacidad.

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D. Gonzalo Piñeiro Alcalde de Santander Ayuntamiento de Santander

Santander, 31 de mayo de 2007

ASUNTO: Alegaciones de SEO/BirdLife a la revisión del PGOU DE Santander Felipe González Sánchez, mayor de edad, con DNI 20202330-G, actuando en nombre y representación de la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), inscrita en el Registro de Asociaciones con el nº 3.943, y con domicilio a efectos de notificación en Ruamayor 4, 5 Izq. Presenta las siguientes ALEGACIONES al documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Santander expuesto a información pública hasta el 31 de mayo de 2007.

ALEGACIONES DE CARÁCTER GENERAL

Las alegaciones que presenta SEO/BirdLife a la revisión del PGOU de Santander se basan en los impactos que el modelo de desarrollo plasmado en el citado plan pueden tener sobre la conservación de la naturaleza a escala local. En este momento la expansión urbanística se presenta como la principal amenaza para la biodiversidad a escala local, y resulta necesario integrar criterios de conservación de la biodiversidad en la ordenación y planificación urbanística con el objetivo de minimizar sus impactos ambientales. Para SEO/BirdLife la propuesta de ordenación que se presenta en la revisión del PGOU tiene importantes déficits en estos aspectos, en los que se incide en este documento de alegaciones que presenta recomendaciones para su mejora. 1. Incumplimiento del principio de sostenibilidad en el planeamiento Aunque en el documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Santander se contempla como uno de los objetivos de carácter general la sostenibilidad del desarrollo urbano "El modelo territorial de desarrollo habrá de estar basado en principios de sostenibilidad", consideramos que este objetivo se incumple claramente. El principal criterio para un planeamiento urbano sostenible debe ser el AHORRO DE SUELO, en el Marco de actuación para el desarrollo urbano sostenible en la Unión Europea (COM 1998-605) tiene entre sus criterios de referencia uno que atiende exactamente a este problema: "Promover modelos urbanos que logren un uso eficiente de los recursos, limitando la dispersión y el uso indiscriminado de suelo". Sin embargo lejos de este criterio la revisión del PGOU presenta un planeamiento hasta el límite de capacidad.

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La insostenibilidad de este proceso se fundamenta en el agotamiento del recurso, en este caso el suelo, un agotamiento que no está basado en las previsiones demográficas para los próximos 20 años. En el documento de revisión del PGOU se incluye una proyección de la evolución poblacional de 217.537 habitantes para el año 2025, lejos de los 336.000 residentes que permitirán los nuevos desarrollos contemplados, por lo que consideramos que se debe reducir sensiblemente los 6 km2 que la revisión del PGOU contempla como zonas de nueva expansión urbana, reduciendo la superficie de suelo clasificado como suelo urbanizable, especialmente en los sectores de Suelo Urbanizable Delimitado de Urbanización No Prioritaria que limitan con la Costa Norte Municipal (ver propuestas de suelos a desclasificar como SUNP en el anexo I). SEO/BirdLife considera que en la revisión del PGOU de Santander se debería planificar un desarrollo ajustado a las necesidades reales de viviendas, equipamientos e infraestructuras, frente al planteamiento que se presenta al límite de capacidad del municipio, que como se ha indicado excede las necesidades previstas para los próximos 20 años. En este sentido SEO/BirdLife sugiere que para reducir las necesidades de suelo urbanizable para nuevos desarrollos, se apliquen medidas para incentivar la salida al mercado de alquiler del 12% de viviendas vacías que actualmente existen en Santander (tal y como menciona el propio Plan general) así como de mecanismos por los que se limite o grave la compra de vivienda como inversión inmobiliaria. 2. Carácter no vinculante de la secuencia de urbanización de los diferentes sectores de suelo urbanizable En la revisión del PGOU se establecen dos categorías de Suelo Urbanizable Delimitado, por un lado las de Urbanización Prioritaria (SUP) y por otro lado la de Urbanización No Prioritaria (SUNP), estableciendo los sectores de SUP como de ejecución prioritaria frente a los de SUNP. Sin embargo esta clasificación no es vinculante y la distribución temporal de la implantación de los suelos a desarrollar se deja en manos del mercado inmobiliario y la intervención de la promoción privada. Esto puede provocar desarrollos urbanísticos en los sectores de SUNP sin que se ejecuten algunos de los sectores de SUP, este proceso es más que probable debido a que se trata zonas más atractivas (cercanas a la franja costera norte), presentan menores exigencias de VPO a los promotores y se ajustan al modelo de urbanización dispersa que se está imponiendo en los últimos años; y a que, teniendo en cuenta las previsiones demográficas que se apuntan en el apartado anterior, los desarrollos urbanísticos contemplados en el plan exceden las necesidades previstas para los próximos 20 años. La urbanización previa de sectores de SUNP generaría importantes impactos ambientales: - Dentro de los sectores clasificados como urbanizables los de SUNP se localizan en áreas de paisaje de campiña que presentan en conjunto un mejor estado de conservación que los sectores de SUP, por lo que tienen un mayor interés de conservación a escala local. - Los sectores de SUNP limitan al norte con la costa norte municipal (que se contempla como Parque Litoral Público del Norte) uno de los espacios de mayor valor

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de conservación a escala local, que sufriría una mayor presión con la urbanización de estos sectores. - Por último se generarían bolsas de suelo de sectores de SUP no ejecutados, en los que a pesar de no ser urbanizados sufrirían graves impactos como consecuencia de su fragmentación (estarían rodeados de áreas urbanizadas) y de la necesidad de ejecutar infraestructuras que comuniquen los sectores de SUNP con las zonas urbanas. Por este motivo y con el objetivo de posibilitar un desarrollo urbano ordenado y de reducir su impacto ambiental, SEO/BirdLife considera necesario establecer varias fases para la ejecución de la revisión del PGOU de Santander: una primera fase en la que se desarrollen las bolsas de suelo urbano no desarrollado, una segunda en la que se ejecuten los sectores de SUP y una tercera en la que se ejecuten los sectores de SUNP, considerando también una reducción sustancial de la superficie de SUNP (señalada en el apartado anterior, ver anexo I). La ejecución de cada fase no se podría iniciar hasta que se agotara el suelo a desarrollar en la fase anterior. 3. Efecto negativo de la clasificación del suelo sobre el mantenimiento de las actividades agrarias tradicionales Las actividades agrarias tradicionales, especialmente la ganadería, han generado un paisaje de campiña característico en el entorno rural del municipio de Santander, con un gran interés cultural, paisajístico y que ha permitido el mantenimiento de una gran diversidad de flora y fauna. La campiña de Cueto, Monte y San Román es un paisaje muy parcelado, ocupado por pequeños prados de siega separados por muros de piedra en seco (morios), cubiertos en algunas zonas por zarzales y arbustos dispersos. Debe destacarse que los muros de piedra en seco son un elemento singular y de gran interés etnográfico, cuyas manifestaciones mejor conservadas deberían incluirse en el catálogo de elementos de interés cultural, dentro del inventario de elementos etnográficos. Una parte muy significativa de las especies de flora y fauna presentes en el municipio de Santander están ligadas a la campiña, en el caso de las aves 32 de las 66 especies nidificantes en Santander dependen a escala local de este hábitat. Por este motivo para asegurar la conservación de una fracción significativa de la biodiversidad presente en el municipio es necesario limitar el desarrollo urbanístico en las zonas de campiña mejor conservadas e incentivar el mantenimiento de las actividades agrarias tradicionales. Como se señala en la memoria del PGOU el sector primario tiene un escaso peso en la ocupación poblacional en el municipio de Santander y ha presentado una importante regresión en los últimos años, sin embargo no se valora adecuadamente en el PGOU la importancia de este sector en la conservación de la naturaleza a escala local y no se contempla la necesidad de aplicar medidas de fomento de las actividades agrarias, considerándose como una actividad a desaparecer en el municipio. En este sentido la actividad agraria en el municipio debería considerarse prestadora de servicios ambientales y como tal debería protegerse y promocionarse. SEO/BirdLife considera que el mantenimiento de la ganadería tradicional en el municipio de Santander es imprescindible para conservar el paisaje de campiña, la funcionalidad ecológica de este ecosistema y una importante fracción de la biodiversidad presente en el municipio. Al contrario de lo que señala en la revisión del PGOU, SEO/BirdLife cree incompatible la conservación del área natural del norte del

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municipio (contemplada como área libre natural en el PGOU) con su vocación urbana y con la instalación de equipamientos deportivos al aire libre, especialmente de un campo de golf que provocaría una importante degradación de la zona y la desaparición de numerosas especies de flora y fauna (algunas de ellas catalogadas). La clasificación como urbanizable de gran parte de los suelos agrarios y como sistema general de espacios libres de toda la franja costera norte compromete en gran medida la continuidad de la actividad agraria de la que depende la conservación de la biodiversidad presente en la zona. Por lo que se sugiere la reserva de bolsas de suelo para el desarrollo de actividades agrarias. Para favorecer el mantenimiento de la actividades agrarias SEO/BirdLife considera necesario la clasificación como Suelo Rústico de Especial Protección (SREP) de los terrenos clasificados como Sistema general exterior adscrito al SUP, compatible con los artículos 28, 33 y 34 del POL, y del Sistema general exterior adscrito al SUNP, compatible con los artículos 28, 33 y 34 del POL, en base a sus valores científicos, ambientales, culturales y agrícolas. Además de los terrenos de SUNP que se sugiere desclasificar en el anexo I. La clasificación como SREP se recomienda en el propio documento de revisión del PGOU (Tomo I, Información Urbanística, apartado III Medio Ambiente, 2- Medio Biológico subapartado 2.1.3.- Espacios de interés ambiental dentro del 2.1.3.1.- Costa norte municipal) en el que se señala literalmente: "Teniendo en cuenta los valores ambientales y culturales que posee esta zona, parece recomendable que el nuevo PGOU establezca una protección especial para esta zona y su entorno a través de su calificación como Suelo Rústico de Especial Protección Ambiental y se dictaminen normas encaminadas a proteger la belleza y valor ecológico de toda esta franja aún no excesivamente alterada", (que luego se repite en el subapartado 2.4.- Diagnóstico del medio biológico). Junto con los cambios en la clasificación del suelo, SEO/BirdLife considera que desde el Ayuntamiento de Santander se debe promover el mantenimiento de la ganadería tradicional mediante ayudas, asesoramiento y el impulso de iniciativas que incrementen el valor del producto (producción ecológica, marcas de calidad ...), que faciliten la viabilidad de las explotaciones y aseguren el mantenimiento de la actividad. 4. Necesidad de incorporación de criterios ambientales en el desarrollo de los suelos urbanizables A excepción de la indicación puntual en alguna de las fichas urbanísticas de la conservación de elementos naturales significativos, como la arboleda de la finca de Corbán o el arroyo de Otero como factor vinculante al desarrollo urbanístico, no se contempla ningún condicionante genérico que permita reducir el impacto de los nuevos desarrollos urbanísticos. En este sentido SEO/BirdLife considera necesario integrar los elementos naturales y seminaturales más significativos (pequeñas charcas, arroyos, regatos, abrevaderos, árboles aislados o arboledas, parches arbustivos, manchas de matorral) en el sistema de espacios libres locales de cada uno de los sectores de suelo urbanizable, para lo que se debería exigir la realización de estudios ambientales de cada sector que identifiquen estos elementos previamente a su urbanización (requisito a incluir en la redacción de los Planes Parciales de cada uno de los sectores).

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En las nuevas zonas verdes se deberían utilizar las especies autóctonas características de la vegetación potencial de la zona y planificar una red de corredores verdes en el desarrollo de sectores de nueva urbanización, que debe ser coherente con la distribución de las áreas de interés para la biodiversidad y con el sistema de zonas verdes y áreas libres existentes. También se debería exigir la incorporación de elementos arquitectónicos o de otro tipo que minimicen el efecto negativo del proceso urbanizador y/o resulten beneficioso para la flora y la fauna (instalación de tejados verdes, aleros favorables para la nidificación de aviones y golondrinas, pasos de fauna en carreteras, dispositivos salvapájaros en los tendidos, creación de estanques naturalizados en las zonas verdes...) 5. Intensificación de usos y equipamientos inadecuados en algunos de los espacios de mayor interés de conservación a escala local Algunos de los espacios de mayor interés de conservación a escala local tienen cierto grado de protección en la revisión del PGOU (limitación en el desarrollo urbanístico) mediante su consideración como espacios libres, unos como la franja costera norte y la peña de Peñacastillo como espacios libres naturales, y la vaguada de las Llamas o parte de la finca de la Remonta como parques equipados. Sin embargo, en la descripción de las propuestas realizadas para estos espacios, considerados como actuaciones urbanísticas relevantes en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, se incluyen actuaciones que pueden generar impactos negativos sobre la flora y la fauna presente. A continuación se señala para cada uno de los espacios los equipamientos contemplados en la revisión PGOU que SEO/BirdLife considera incompatibles con la conservación de sus valores naturales, así como algunos criterios que deberían incorporarse en los proyectos de intervención. FRANJA COSTERA NORTE (PARQUE LITORAL PÚBLICO DEL NORTE) SEO/BirdLife considera el mantenimiento de la ganadería tradicional como un factor imprescindible para la conservación de los valores naturales, paisajísticos y culturales de este espacio, y cree que esta conservación es totalmente incompatible con su vocación urbana y con la instalación de equipamientos deportivos al aire libre, especialmente de un campo de golf que provocaría una importante degradación de la zona y la desaparición de numerosas especies de flora y fauna (algunas de ellas catalogadas). Para conservar la naturaleza no basta con preservar un espacio aparentemente intacto (verde y sin construir), es necesario mantener los procesos y la funcionalidad ecológica del ecosistema, e indudablemente no es lo mismo un paisaje de campiña mantenido por la actividad ganadera que un campo de golf, SEO/BirdLife considera que el objetivo central en la gestión de la franja costera norte debe ser la conservación de sus valores naturales y que los equipamientos y el uso público que se planifiquen se deben supeditar a este objetivo. El paso al patrimonio municipal del suelo de los terrenos de la franja costera norte, como resultado del proceso de compensación de los propietarios de los terrenos afectados por las limitaciones de urbanización contempladas en el POL, puede comprometer el mantenimiento de la ganadería tradicional por lo que deben articularse medidas como la cesión temporal de usos vinculada a la explotación con criterios

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agroambientales. En cualquier caso se deben explorar las vías que garanticen el mantenimiento de la ganadería tradicional en la zona. SEO/BirdLife considera también que esta zona debería tener la máxima protección en cuanto a la catalogación del suelo, que coincide con el diagnóstico del medio biológico presentado en el propio documento de revisión del PGOU pero que luego no se ha trasladado a su catalogación, con el objetivo de preservar sus valores científicos, ambientales, culturales y agrícolas. En cuanto actuaciones concretas el vial que se contempla al norte de los sectores de SUNP que limitan con la franja costera norte debería tener una sección pequeña para limitar la fragmentación de este espacio y contemplar elementos que potencien su permeabilidad. VAGUADA DE LAS LLAMAS (Parque equipado de La Vaguada de Las Llamas) En el caso de la vaguada de las Llamas SEO/BirdLife considera que no resulta suficiente contemplar la conservación del carrizal, sino que lo que se debe asegurar es la conservación del humedal en su conjunto y su dinámica hidrológica natural, por lo que a la hora de redactar el proyecto de ejecución de la zona centro de la vaguada de las Llamas debería realizarse un estudio previo que establezca los condicionantes de carácter ambiental al proyecto necesarios para alcanzar este objetivo. Algunos criterios a considerar serían:

Garantizar la conservación de la dinámica hidrológica del humedal y evitar la alteración de la calidad de las aguas del humedal por vertidos, minimizar la utilización de abonos y pesticidas

Evitar una excesiva artificialización del parque de las Llamas

No restringir la conservación de los hábitats naturales al carrizal del fondo de

vaguada (mantener restos de pastizales, setos, saucedas arbustivas y restos de matorral)

Evitar el aislamiento del carrizal con respecto al resto de la vaguada y

conservar las zonas de ecotono (transición) con los prados húmedos.

Evitar el alumbrado en el entorno del carrizal

Realizar actuaciones de mejora ecológica del carrizal como la creación de zonas de aguas libres (canales y pozas)

Generar en los tramos de regato de las Llamas sin vegetación palustre un

bosquete de ribera que actúe como lugar de refugio, reproducción y alimentación de la fauna

Establecer en la zona arbolada una estructura heterogénea con diferentes

estratos (arbolado, rodales arbustivos y matorrales) utilizando preferentemente especies autóctonas.

Conservar, al menos parcialmente, la orografía natural de la vaguada.

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Contemplar en el diseño del parque la existencia de zonas menos transitadas que puedan actuar como refugio para la fauna

Evitar una excesiva proliferación de pasarelas sobre el carrizal

PEÑACASTILLO Y LA REMONTA (Espacios libres y equipamientos de Peñacastillo – La Remonta) SEO/BirdLife considera adecuada la recuperación y la regeneración de la vegetación autóctona, siempre contemplado la utilización de las especies características de las formaciones vegetales potenciales de la zona. En el diseño de la red de senderos interiores se contempla la necesidad de establecer zonas refugio para la fauna. En el caso de la Cantera, a pesar de tratarse de un espacio altamente transformado por las actividades extractivas, en la actualidad se ha convertido en un hábitat de nidificación para algunas especies de aves rupícolas con una pareja de halcón peregrino, varias de cernícalo vulgar, una de cuervo y una pequeña colonia de avión zapador, especies todas ellas escasas a escala local y con un gran interés de conservación. La conservación de estas especies como nidificantes en Peñacastillo puede verse comprometida por algunos de los equipamientos y actividades contemplados en la actuación propuesta en la revisión del PGOU, especialmente el ascensor panorámico que se contempla, los miradores o el área deportiva de multiaventura por lo que SEO/BirdLife considera necesaria su redefinición o eliminación. En cuanto a la finca de la Remonta SEO/BirdLife considera necesario conservar la charca de la Remonta y el carrizal asociado, hábitat de algunas especies de aves acuáticas escasas a escala local y propone adaptar su entorno como un espacio naturalizado con una aliseda y sauceda arbustiva, estableciendo una red de caminos que permita la existencia de áreas de refugio para la fauna y colocando en el margen de la charca un observatorio ornitológico que permita el acceso con molestias mínimas.

Charca de la Remonta y área que se propone

habilitar como aliseda y sauceda arbustiva

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6. Impactos locales registrados en las fichas urbanísticas de algunos de los sectores de suelo urbano y urbanizable SECTORES EN SUELO URBANIZABLE DELIMITADO DE URBANIZACIÓN PRIORITARIA SUP – 4 En este sector se considera necesario contemplar la conservación de arroyo de Otero y la vegetación acuática asociada tanto en el itinerario sinuoso que se presenta en la ficha de este sector como en el tramo que discurre paralelo a la autovía hasta el límite con Bezana, en el que se presenta la única representación de aliseda del municipio. Se deberá establecer una banda mínima de 10 metros de ancho de protección a lo largo del arroyo, y evitar la afección por lo viales que se desarrollen en la zona. SUP – 11 SEO/BirdLife considera necesario contemplar la conservación de la charca de la Remonta y el carrizal asociado como aspecto vinculante al desarrollo de este sector. SECTORES EN SUELO URBANIZABLE DELIMITADO DE URBANIZACIÓN NO PRIORITARIA SUNP - 2 SEO/BirdLife considera necesario conservar el tramo de regato con los chopos existentes, cambiando el trazado del vial contemplado en la ficha urbanística para evitar la degradación de este espacio.

Tramo de regato y chopera que se propone conservar como Espacio libre local

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SUNP – 9 SEO/BirdLife considera necesario evitar la afección a la masa arbolada de la finca de Corbán por el desarrollo de los viales contemplados en la ficha. SECTORES EN SUELO URBANO NO CONSOLIDADO SU – 3 SEO/BirdLife considera necesario conservar la chopera presente en este sector.

Chopera que se propone integrar en el sistema de áreas libres locales

ÁREAS ESPECÍFICAS AE - 1 (B) SEO/BirdLife considera necesario habilitar como espacio libre este sector como aliseda y sauceda junto a la Charca de la Remonta.

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