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ALGUNAS FÓRMULAS PROCESALES : 1. Sea juez Ticio. Si resulta probado que N.N. debe dar a A.A. las cien medidas de buen trigo de Africa de que se trata, condena en tanto dinero como la cosa valga a N.N. respecto a A.A.; si no resulta probado, absuelve. 2. Sea juez Ticio. Puesto que Aulo Agerio ha estipulado (se ha hecho prometer) de Numerio Negidio algo indeterminado que ya se puede exigir, todo lo que por este asunto Numerio Negidio le deba dar o hacer a Aulo Agerio, condena juez a Numerio Negidio a pagar a Aulo Agerio hasta un máximo de diez mil sestercios, si no resulta probado, absuélvelo. 3. Sea juez Ticio. Si resulta que N.N. debe dar a A.A. los diez mil sestercios de que se trata, y si en tal asunto no hay ni hubo dolo malo por parte de A.A., tú juez, condena a N.N. con respecto a A.A. en diez mil sestercios; si no resulta, absuelve. … o la cuestión litigiosa no está ya juzgada o aducida ya en pleito en tramitación … o si en tal asunto no se hizo nada contra la ley o senadoconsulto … o si no se convino que el dinero no se pediría durante un quinquenio 4. Sea juez Ticio. Si resulta probado que N.N. debe dar a A.A. diez mil sestercios, si no ha sido convenido entre A.A. y N.N. que no se pediría ese dinero durante un año, o se ha hecho algo por N.N. con dolo malo, condena juez a N.N. a pagar a A.A. diez mil sestercios; si no resulta probado, absuélvelo. 5. Sea juez Ticio. Si resulta que la cosa litigiosa es propiedad civil de A.A. y no es retituida a A.A. según tu arbitrio, condena juez a N.N. a pagar a A.A. cuanto la cosa valga; si no consta, absuélvelo. 6. Si resulta que la cosa de que se trata es de A.A. con arreglo al derecho de los Quirites, a no ser que por tu indicación dicha cosa sea restituida a A.A. condena tú a N.N. con respecto a A.A. a tanto dinero como la cosa valga; si no resulta, absuelve.

Algunas Formulas Procesales

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ALGUNAS FÓRMULAS PROCESALES:

1. Sea juez Ticio. Si resulta probado que N.N. debe dar a A.A. las cien medidas de buen trigo de Africa de que se trata, condena en tanto dinero como la cosa valga a N.N. respecto a A.A.; si no resulta probado, absuelve.

2. Sea juez Ticio. Puesto que Aulo Agerio ha estipulado (se ha hecho prometer) de Numerio Negidio algo indeterminado que ya se puede exigir, todo lo que por este asunto Numerio Negidio le deba dar o hacer a Aulo Agerio, condena juez a Numerio Negidio a pagar a Aulo Agerio hasta un máximo de diez mil sestercios, si no resulta probado, absuélvelo.

3. Sea juez Ticio. Si resulta que N.N. debe dar a A.A. los diez mil sestercios de que se trata, y si en tal asunto no hay ni hubo dolo malo por parte de A.A., tú juez, condena a N.N. con respecto a A.A. en diez mil sestercios; si no resulta, absuelve.

… o la cuestión litigiosa no está ya juzgada o aducida ya en pleito en tramitación… o si en tal asunto no se hizo nada contra la ley o senadoconsulto… o si no se convino que el dinero no se pediría durante un quinquenio

4. Sea juez Ticio. Si resulta probado que N.N. debe dar a A.A. diez mil sestercios, si no ha sido convenido entre A.A. y N.N. que no se pediría ese dinero durante un año, o se ha hecho algo por N.N. con dolo malo, condena juez a N.N. a pagar a A.A. diez mil sestercios; si no resulta probado, absuélvelo.

5. Sea juez Ticio. Si resulta que la cosa litigiosa es propiedad civil de A.A. y no es retituida a A.A. según tu arbitrio, condena juez a N.N. a pagar a A.A. cuanto la cosa valga; si no consta, absuélvelo.

6. Si resulta que la cosa de que se trata es de A.A. con arreglo al derecho de los Quirites, a no ser que por tu indicación dicha cosa sea restituida a A.A. condena tú a N.N. con respecto a A.A. a tanto dinero como la cosa valga; si no resulta, absuelve.

7. Sea juez Ticio. Si A.A. compró el esclavo Estico de que se trata y le fue entregado; si en el supuesto de haberle poseído un año dicho esclavo debiera ser suyo con arreglo al Derecho de los Quirites, a no ser que por tu indicación sea restituido a A.A. tú juez, condena a N.N. respecto de A.A. a tanto como la cosa valga; si no resulta, absuelve.

8. Sea juez Ticio. Puesto que los herederos de Lucio Ticio han pedido que se les diese un juez para la división del patrimonio hereditario y para los actos de administración y la gestión realizada sobre tal herencia por uno de ellos después de haberse convertido en heredero, cuanto deba ser adjudicado (a Cayo y Sempronio) adjudícalo juez (a Cayo y Sempronio) y todo lo que por este motivo deba responder uno con respecto al otro, condena juez al uno a favor del otro, si no absuélvelo.