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ALUMBRADO PÚBLICO Guía Didáctica

ALUMBRADO PÚBLICO

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La calidad de vida de la población de zonas urbanas y rurales está relacionada con la disponibilidad de los servicios públicos fundamentales: vivienda, agua, alimentación, salud, educación, protección, energía, movilidad y comunicación. Así mismo, la calidad de vida está fuertemente ligada al desarrollo del espacio público y la edificación para realizar actividades sociales, culturales, económicas con las cuales se fomenta el desarrollo humano promoviendo valores universales como la civilidad, la convivencia, la solidaridad, la igualdad, la estética o el sentido de identidad colectiva de dicha sociedad.

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ALUMBRADO PÚBLICO

Guía Didáctica

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© 2014 Unidad de Planeación Minero Energética UPME

Guía didáctica para el buen uso de la energía

Alumbrado Público

Segunda Edición

Ministro de Minas y Energía

Tomás González Estrada

Directora General UPME

Ángela Cadena Monroy

Subdirector de Energía Eléctrica

Alberto Rodríguez Hernández

Equipo Científico

Departamento de Ingeniería Eléctrica y Electrónica

de la Universidad Nacional de Colombia

Fernando Augusto Herrera

Francisco Amortegui

Adriana Marcela Torres

ISBN 978-958-98138-9-8

Diseño

Mauricio Rodríguez Ruiz

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CONTENIDO

EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

ESPACIO PÚBLICO

El SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO: 1.1 Funciones del servicio de alumbrado público 1.2 Plan anual de alumbrado público1.3 Criterios de calidad del servicio de alumbrado público

SISTEMA DE ALUMBRADO PÚBLICO2.1 gestión del sistema de alumbrado público2.2 sistema de información de alumbrado público2.3 proyectos de alumbrado público2.4 plan de mantenimiento2.5 proyectos de modernización de alumbrado público2.5.1 sustitución de balastos2.5.2 implementación de luminarias LED2.5.3 sistema de telegestión de alumbrado público2.5.4 Indicadores de desempeño

ESTRATEGIAS DE USO RACIONAL DE LA ENERGÍA 3.1 Optimizar el consumo de energía 3.2 Elaborar diseños adecuados3.3 Desarrollar programas de mantenimiento del sistema

MARCO LEGAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO4.1 De orden constitucional4.2 De orden Jurídico4.3 De orden Regulación4.4 Condiciones especiales de excepción

CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE ILUMINACIÓN

ANEXO A DEFINICIONES ANEXO B CRITERIOS DE CONFORMIDAD DE PRODUCTOS ANEXO C BIBLIOGRAFIA

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La calidad de vida de la población de zonas urbanas y rurales está relacionada con la disponibilidad de los servicios públicos fundamentales: vivienda, agua, alimentación, salud, educación, protección, energía, movilidad y comunicación. Así mismo, la ca-lidad de vida está fuertemente ligada al desarrollo del espacio público y la edificación para realizar actividades sociales, cultura-les, económicas con las cuales se fomenta el desarrollo humano promoviendo valores universales como la civilidad, la convivencia, la solidaridad, la igualdad, la estética o el sentido de identidad colectiva de dicha sociedad.

Espacios abiertos para el desplazamiento, el encuentro y la expre-sión pública como los parques, plazas, calles, andenes, rondas, playas, canales, ciclo vías, pasajes, galerías, bibliotecas, monu-mentos, paraderos de vehículos; inclusive las reservas naturales, las fachadas de las edificaciones educativas, hospitales, de poli-cía, los terminales aéreos o terrestres son referentes geográficos , históricos y culturales de los ciudadanos para identificarse con una urbe; independiente de su tamaño y complejidad, permite zonificar, organizar y articular áreas de un municipio o de una ciu-dad al uso residencial, entretenimiento así como a las actividades agrícolas, comerciales e industriales.

Las urbes como la vida moderna adicionan otras necesidades e interrelaciones para impulsar el concepto de calidad de vida, con-diciones como el crecimiento de la población, el surgimiento de regiones metropolitanas, las ciudades industriales o agrícolas, las zonas temáticas recreativas, los conjuntos cerrados y el recorrido de grandes distancias, entre otros, necesitan desarrollar e inte-grar la población al uso del suelo, la disponibilidad de los servicios y la conservación de los recursos naturales cuya dinámica y sos-tenibilidad en cualquier plazo se debe valorar.

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EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

Atender estas demandas y necesidades implica para los administradores públicos y los planificadores urba-nos un concepto ampliado del futuro de los municipios y ciudades, si se da mayor importancia al desarrollo del espacio público como elemento articulador de los procesos de construcción, conservación y desarrollo sostenible de una comunidad y su región. Retos como el crecimiento vertical cuando se limita su extensión, o mantener la vitalidad de las actividades diurnas con otro tipo de actividades en la franja nocturna, son ge-neradores de oportunidades para recrear, darle mayor visibilidad y seguridad al espacio público.

En este contexto la iluminación y el alumbrado exte-rior se constituye para la población en un servicio fun-damental, como se puede evidenciar al garantizar la continuidad de uso nocturno del espacio público, en la apropiación e integración social de los barrios y su entorno, en el valor agregado de la percepción de se-guridad de la población, promueve la conservación y el desarrollo de proyectos arquitectónicos y estéticos con el mobiliario público, mejora el reconocimiento exterior e incentiva actividades turísticas y facilita la movilidad de peatones y vehículos .

La evolución tecnológica del alumbrado exterior co-mienza en la antorcha y los bulbos de gas, el uso de la lámpara incandescente desde la primera mitad del siglo XX, posteriormente el uso de bombillas de descar-ga de mercurio y sodio y en el comienzo del siglo XXI, con la tendencia a la sustitución masiva de sodio por tecnología LED bajo las consideraciones de generación

de “luz blanca”, mayor índice de reproducción del color, aprovechamiento de fuentes de energía renovables y la mayor eficiencia energética.

En este proceso de masificación de la tecnología LED es indispensable, por parte de los diseñadores en ilumi-nación y los expertos en la tecnología, de acompañar a la responsables municipales y a los administradores del servicio de alumbrado público, de identificar la perti-nencia y oportunidad de invertir recursos públicos en la modernización del alumbrado, en sustentar y contras-tar las ventajas y las condiciones técnicas ofrecidas por la tecnología LED versus los requisitos del Reglamento técnico de iluminación RETILAP, la evolución de los cos-tos, la vida útil, la implementación de Telegestión para la operación y mantenimiento de la infraestructura de alumbrado público.

Como una guía para la administración pública y las res-pectivas comunidades se presenta esta cartilla con un resumen de los principios y criterios regulatorios, técni-cos y económicos para garantizar la prestación del ser-vicio de alumbrado público en Colombia. Su aplicación y difusión complementa los esfuerzos del Ministerio de Minas y energía, de la Unidad de planeación minero energética – UPME y del Departamento de Ingeniería eléctrica y electrónica de la Universidad Nacional de Colombia, de promover la cualificación, la apropiación social de la luminotecnia y el desarrollo científico y tec-nológico para mejorar la calidad de vida de la población colombiana.

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Es el servicio público no domiciliario que se presta con el obje-to de proporcionar exclusivamente la iluminación de los bienes de uso público y demás espacios de libre circulación con trán-sito vehicular o peatonal, dentro del perímetro urbano y rural de un Municipio o Distrito.

El servicio de alumbrado público comprende las actividades de suministro de energía al sistema de alumbrado público, la administración, la operación, el mantenimiento, la moderniza-ción, la reposición y la expansión del sistema de alumbrado público.

Parágrafo:

La iluminación de las zonas comunes en las unidades inmo-biliarias cerradas o en los edificios o conjuntos residenciales, comerciales o mixtos, sometidos al régimen de propiedad res-pectivo, no hace parte del servicio de alumbrado público y es-tará a cargo de la copropiedad o propiedad horizontal. También se excluyen del servicio de alumbrado público la iluminación de carreteras que no estén a cargo del Municipio o Distrito.

Fuente Decreto 2424 de 2006

1.1 FUNCIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO

El alumbrado público tiene como objetivos generales:

• Facilitar la orientación y desplazamiento de las personas en el horario nocturno en forma segura.

• Identificar y reconocer personas, riesgos y obstáculos a una distancia adecuada para actuar oportunamente.

• Desarrollar normalmente actividades nocturnas por parte de las personas con eficiencia y comodidad visual.

• Mantener el estilo arquitectónico y mejorar la apreciación nocturna del entorno, de las edificaciones, calles y mobi-liario urbano.

ESPACIO PÚBLICO:

Es el conjunto de inmuebles públicos y los elementos arquitectónicos y naturales de los inmuebles privados, destinados por su natu-raleza, por su uso o afectación a la satisfac-ción de necesidades urbanas colectivas que trascienden, por tanto, los límites de los inte-reses individuales de los habitantes.

Así, constituyen el espacio público de la ciu-dad las áreas requeridas para la circulación, tanto peatonal como vehicular, las áreas para la recreación pública, activa o pasiva, para la seguridad y tranquilidad ciudadana, las fran-jas de retiro de las edificaciones sobre las vías, fuentes de agua, parques, plazas, zo-nas verdes y similares, las necesarias para la instalación y mantenimiento de los servicios públicos básicos, para la instalación y uso de los elementos constitutivos del amoblamiento urbano en todas sus expresiones, para la pre-servación de las obras de interés público y de los elementos históricos, culturales, religiosos, recreativos y artísticos, para la conservación y preservación del paisaje y los elementos na-turales del entorno de la ciudad, los necesa-rios para la preservación y conservación de las playas marinas y fluviales, los terrenos de bajamar, así como de sus elementos vegetati-vos, arenas y corales y, en general, por todas las zonas existentes o debidamente proyec-tadas en las que el interés colectivo sea ma-nifiesto y conveniente y que constituyen, por consiguiente, zonas para el uso o el disfrute colectivo.

Fuente:Decreto 1504 de 1998

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1.2 PLAN ANUAL DE ALUMBRADO PÚBLICO

El plan anual de alumbrado público es el conjunto de es-trategias, proyectos y actividades diseñadas por la admi-nistración municipal para orientar la prestación del servicio de alumbrado público del municipio, debe considerar entre otros los siguientes aspectos:

• La expansión del sistema de alumbrado público, su fac-tibilidad e ingeniería de detalle

• Criterios de armonización con el POT y la compatibi-lidad con los planes de expansión de otros servicios públicos.

• Verificación de conformidad con los reglamentos téc-nicos RETIE y RETILAP sobre normas técnicas y las estrategias de eficiencia energética implementadas. Artículo 5 del Decreto 2424 de 2006

Podrá ampliar el plan anual con las siguientes actividades:

• Establecer y evaluar el cumplimiento de indicadores y metas de prestación del servicio

• Estrategias conservación y mantenimiento del alum-brado y el mobiliario como árboles, postes y redes eléctricas del municipio para minimizar el impacto am-biental del sistema.

• Análisis de las tendencias tecnológicas de la ilumina-ción, la condiciones del mercado de la energía eléctrica para optimizar los costos del servicio.

• Evaluar el desarrollo del municipio, el crecimiento de la población y de las vías en las zonas rurales y urbanas para identificar necesidades de iluminación de espa-cios públicos y las inversiones a corto y mediano plazo.

EL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

1.3 CRITERIOS DE CALIDAD DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

La comunidad, la administración municipal, la interventoría y el operador del sistema pueden llevar a cabo evaluaciones de la calidad del servicio de alumbrado si se cumplen, entre otros indicadores cuantitativos, los siguientes objetivos:

• Satisfacer las necesidades visuales y de iluminación para los diferentes usos y tareas en el espacio público.

• Conformidad de los requisitos normativos en cuanto a niveles de iluminancia, uniformidad y deslumbramiento en andenes, calles y vías.

• Continuidad en la operación de las luminarias durante las horas de no disponibilidad de iluminación solar.

• Solucionar las fallas e interrupciones en tiempos ade-cuados menores a 48 horas.

• Aplicar estrategias de uso racional de la energía elabo-rando diseños y construyendo sistemas con el cumpli-miento de los requisitos fotométricos, sin exceder los valores normativos de densidad de potencia en la super-ficie a iluminar.

• Elaborar un programa de mantenimiento para conservar las condiciones lumínicas durante la vida útil del sistema de alumbrado público con la mayor eficiencia energética y económica.

• Reducir la polución lumínica hacia el firmamento y hacia el interior de las edificaciones circundantes.

• Coexistencia con las especies vegetales y animales mi-nimizando el impacto visual y ambiental.

• Realizar una gestión y disposición adecuada de los re-siduos, peligrosos y no peligrosos generados en las ac-tividades de mantenimiento, reposición y sustitución de componentes y equipos.

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Comprende el conjunto de luminarias, redes eléctricas, transformadores de uso exclusivo y en general, todos los equipos necesarios para la prestación del servicio de alumbrado público, que no formen parte de las redes de uso general del sistema de distribución de energía eléctrica. De estos componentes se deriva el concepto de unidades constructivas de alumbrado público UCAP y la vida útil definida por la CREG en la Resolución 123 de 2011 para establecer los costos de prestación del servi-cio y el uso de activos del sistema de alumbrado público.

2.1 GESTIÓN DEL SISTEMA DE ALUMBRADO PÚBLICO

Atendiendo al ordenamiento constitucional, a los muni-cipios les corresponde prestar el servicio de alumbrado público, bien directamente o mediante convenio o con-cesión a un tercero. La Ley también define la obligación de la administración municipal de incluir en los presu-puestos anuales los costos de prestación del servicio y los ingresos generados en impuestos o los mecanismos de financiación definidos localmente.

Dependiendo del tamaño del sistema de alumbrado y dada la necesidad de optimizar los recursos , el muni-cipio puede implementar un sistema de gestión integral para atender los aspectos del servicio en la administra-

ción, operación, mantenimiento, modernización, reposi-ción y expansión del sistema, los contratos de suminis-tro de energía, los convenios de facturación, recaudo y las concesiones, cuando aplique.

2.2 SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO

La gestión integral debe contar con un sistema de in-formación para recolectar y evaluar las consultas y re-clamos de la comunidad como usuario del alumbrado, la relación de inventarios de equipos, su localización geográfica, las fichas técnicas, zonificación de vías y es-pacios, los indicadores de fallas y de gestión de calidad del servicio.

Integra el sistema de información los documentos y condiciones del contrato de suministro de energía eléc-trica almacenando los consumos periódicos, la soportes de facturación y los reportes de compensación por defi-ciencias en la calidad del servicio de energía. El sistema se debe complementar con los registros de recaudos por impuestos, contribuciones y pagos del servicio de alumbrado público y otros ingresos así como los pro-yectos de expansión y modernización del sistema de alumbrado público.

SISTEMA DE INFORMACIÓN DE

ALUMBRADO PÚBLICO

REGISTRO DE ATENCIÓN

BASE DE DATOS

CONTRATO DE ENERGÍA

RECAUDOS

Quejas Reclamos

Solitudes de alumbrado Respuestas

InventariosReferenciación

geográfica Proyectos

Inspecciones

ConsumosFacturación

Pagos Compensacion

Contribuciones impuestos

Créditos Eventos

especiales

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2.3 PROYECTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO

Un proyecto de alumbrado público debe ser conside-rado desde varias perspectivas para el mayor beneficio y sostenibilidad. Primero, tiene por objetivo atender las necesidades visuales y lumínicas de la población como usuario del proyecto. Segundo, debe considerar las con-diciones particulares de conservación y desarrollo del espacio público, buscando atenuar los posibles efectos sobre el ambiente por emisión lumínica, por generación de residuos o por el consumo de energía.

Tercero debe ser desarrollado por un profesional com-petente, es indispensable que tenga los conocimientos y fundamentos de la luminotecnia para interpretar, aplicar y cumplir en las diferentes etapas, los criterios regula-torios y normativos de un sistema de alumbrado públi-co, seleccionando y utilizando las mejores tecnologías y equipos disponibles en el mercado para lograr el mayor beneficio de los recursos invertidos en el proyecto.

Un proyecto de alumbrado público se categoriza de acuerdo con la clase de iluminación del espacio público o de las vías y con la magnitud del proyecto de acuerdo con el número de puntos y la longitud de la instalación. El proyecto de alumbrado puede ser para el desarrollo de un sistema nuevo como expansión del sistema, la

Usuario

Espacio Público

Reglamentación

Tecnología

Ambiente

ALUMBRADO PÚBLICO

Ejecución

Identificación categorización

y selección DiseñoRecibo de

obras

EvaluaciónTécnica/Financiera

AmbientalInterventoría Inspectoría

RETIE/RETILAP

EL SISTEMA DE ALUMBRADO PÚBLICO

reposición de equipos por depreciación, la repotencia-ción o por modernización debido a mejoras y cambios tecnológicos.

El Reglamento de iluminación RETILAP en su sección 610 recomienda seguir los siguientes pasos en el desa-rrollo de un proyecto de alumbrado público:

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2.4 PLAN DE MANTENIMIENTO

Un criterio de calidad del servicio es el desarrollo del programa de mantenimiento del sistema de alumbrado público para garantizar la conserva-ción de los parámetros lumínicos, la disponibili-dad de los equipos para una operación adecuada y mantener los niveles de eficiencia energética y económica durante la vida útil del sistema.

El plan de mantenimiento es suministrado por el diseñador del proyecto, ajustado por el operador del sistema para verificar el cumplimiento y efec-tividad por parte del interventor. En el desarrollo del plan se debe contemplar variables técnicas y ambientales como la depreciación del flujo lumi-noso de las fuentes, la degradación del conjunto óptico de la luminaria, la interferencia por el cre-cimiento de los árboles, el índice de protección IP de los equipos, la contaminación ambiental de la zona, el cambio de la propiedades reflectivas del suelo y los periodos de limpieza y reposición de equipos.

Es indispensable acompañar la ejecución del plan de mantenimiento con verificación de la opera-ción y las mediciones lumínicas antes y después, para determinar que el sistema no esta funcio-nando con valores de iluminancia promedio por debajo de los mínimos mantenidos. En Colombia se han desarrollado equipos para medición de iluminancia en las vías, sin necesidad de inte-rrumpir el tráfico, son instalados en automóviles haciendo el barrido de los carriles a una veloci-dad promedio de 40 km/h en forma continua. Con el sistema georeferenciado y automatizado en un computador portátil, se pueden elaboran perfiles longitudinales y transversales de ilumi-nancia de las vías, generar en tiempo real repor-tes gráficos y numéricos facilitando la evaluación histórica por parte del operador y el interventor y la gestión informática del mismo.

2.5 PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO

Las tendencias regulatorias y sociales en la prestación de servicios públicos se orientan a mejorar los indicadores de gestión, promover el uso racional y sostenible del recurso, armonizar la construcción y operación de la infraestructura con el espacio y el medio ambiente aprovechan-do los desarrollos tecnológicos en materiales, iluminación e informática, caracterizados res-pectivamente por la mayor duración y resistencia a las condiciones ambientales; mejor índice de reproducción de color, generación de luz blanca, mayor eficacia lumínica y factor de utilización de la luz; y la capacidad de almacenar y procesar de datos para la automatización y gestión óptima del servicio.

La modernización del sistema de alumbrado pú-blico se desarrolla en los siguientes campos de iluminación:

• Sustitución de balastos electromagnéticos por balastos electrónicos.

• Implementación de luminarias LED en reem-plazo de luminarias de descarga

• Instalación de sistemas de telegestión del alumbrado.

Para obtener los beneficios esperados en un pe-riodo de tiempo con un proyecto de moderniza-ción, se deben cumplir unos criterios asociados con el sistema de iluminación actual, la tecnolo-gía seleccionada y los recursos económicos para la inversión en modernización del municipio.

Previo a la decisión de efectuar la modernización del sistema se debe realizar los siguientes pasos:

• Inspección del sistema de iluminación selec-cionado

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• Medición de las condiciones actuales de nivel de iluminancia, uniformidad y deslumbramiento y lumi-nancia donde sea pertinente.

• Revisar las fichas técnicas y los reportes de mante-nimiento de los equipos para determinar el tiempo de uso, la vida útil, el consumo, eficacia y eficiencia, el estado de depreciación y el costo de reposición, entre otros.

• Recopilar información similar de los equipos sustitu-tos, las especificaciones, condiciones de operación, la compatibilidad y los certificados de conformidad RETILAP y RETIE.

• Seleccionar las opciones para modernizar el siste-ma de alumbrado.

2.5.1 Sustitución de balastos:

En luminarias con lámparas de sodio se puede sustituir balastos electromagnéticos tipo Reactor y CWA cuya eficiencia en promedio es del 85%, por balastos elec-trónicos cuya eficiencia supera el 90%. Se debe evaluar el beneficio económico de la inversión considerando el ahorro de energía por menores perdidas, las ventajas por control de los cambios en la tensión de red, el au-mento de la vida útil de la bombilla y la capacidad de dimerización si se aplica para parques públicos.

2.5.2 Implementación de luminarias LED:

Las fuentes de luz para alumbrado público basadas en LED presentan un incremento significativo en el índice de reproducción de color con valores del 85%, y efi-cacias lumínicas de la luminaria del orden de los 100 lm/W en elementos comerciales. Estas ventajas suma-das al desarrollo de luminarias con mejor desempeño lumínico por el manejo óptico y fotométrico para distri-buir la luz en el plano de trabajo, valores altos de factor de utilización y el potencial para desarrollar Telegestión impulsan su aplicación compitiendo técnica y financie-ramente con el sodio y los haluros metálicos.

Para modernización con las luminarias LED no debe li-mitarse a la simple sustitución del punto luminoso ba-sado en una menor potencia consumida; es indispensa-

ble un rediseño a partir de las condiciones del sistema de alumbrado existente, la interdistancia y su altura de montaje. Por el alto costo de adquisición de la tecnolo-gía LED, se recomienda con base en el diseño estimar los beneficios económicos y la recuperación de la inver-sión para la vida útil del equipo y el proyecto.

De acuerdo con el proyecto de modernización, el dise-ñador deberá suministrar como mínimo la siguiente in-formación y especificaciones para la implementación de tecnología LED:

• El estudio fotométrico de las zonas diseñadas y los resultados para el diseño típico

• El nivel de intervención del sistema de alumbrado para garantizar el cumplimiento de los requisitos lu-mínicos (cambio en brazos soporte, altura de mon-taje, interdistancia)

• Costos de adquisición, operación y mantenimiento y evaluación de costos de inversión, análisis econó-mico y financiero durante la vida útil del proyecto. Metodología RETILAP.

• Especificaciones y características de las luminarias, los módulos LED, el conjunto óptico, la carcasa, el equipo de control(driver), los elementos de protec-ción, postes y accesorios de montaje.

• Condiciones de operación y servicio de los equipos

• Estimación de la polución lumínica al firmamento

• Declaración de conformidad de los parámetros fotométricos en formato RETILAP.

• Certificación de conformidad de calidad de los equi-pos y productos emitido

• Relación de normas de fabricación y los protoco-los de pruebas emitidos por un laboratorio acre-ditado por el ONAC o un organismo internacional reconocido.

• Garantía de fabricación por defectos y las condicio-nes bajo las cuales se otorga

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2.5.3 Sistema de Telegestión de alumbrado público

Un sistema de Telegestión es el conjunto de equipos (Hardware) y programas (Software) ensamblados para operar, medir, controlar y monitorear un sistema de alumbrado público en forma remota.

El sistema de Telegestión en su arquitectura general comprende los siguientes niveles y componentes

Nivel 1 Controlador de luminaria: En cada punto lumi-noso se efectúa el encendido/ apagado mediante reloj astronómico, reloj local o comando centralizado y la di-merización en caso de disponer la función en el balas-to. Hace medición y transmite los parámetros eléctricos tensión, corriente, potencia, en algunas tecnologías se emplea la red eléctrica de alimentación PLC para co-municar los controladores de luminaria haciendo redun-dante el sistema en caso de falla en un punto luminoso luminarias.

Nivel 2 Controlador local: Concentra los datos y realiza la supervisión de un grupo de controladores de lumi-naria de acuerdo con la longitud y cantidad de puntos del ramal. El sistema de comunicación con los contro-ladores es inalámbrico empleando radiofrecuencia, te-lefónica celular o canales de datos en la banda de GHz. Los protocolos de comunicación pueden ser abiertos o cerrados de acuerdo con el nivel de seguridad y se en-lazan con el concentrador central empleando sistemas inalámbricos o canales de internet.

Nivel 3 Concentrador del sistema: Recolecta, procesa y almacena en un servidor la información de los controla-dores locales para efectos de la gestión, supervisión, con-trol y monitoreo de sistema de alumbrado. La información generada sobre el estado del sistema de alumbrado es empleada en un centro de control donde se definen los pa-rámetros de operación y control, los niveles de seguridad informática y las condiciones de acceso a los programas para los diferentes usuarios del sistema de Telegestión.

Nivel 1 Control de punto 1

Control y monitoreo de la ciudad

Portal internet

Servicios de internet libres

Mapas GoogleTraficoClima

Servidor

Reportes Localización geográfica Condiciones eléctricas

Nivel 2 Control de ramales 2

Nivel 3 Concentrador del sistema 3

Control luminaria

Comunicación ente puntos

Controlador local

Controlador local

Controlador local

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Un sistema de Telegestión apoya la administra-ción del sistema de alumbrado público al generar reportes en tiempo real o histórico sobre el esta-do, la ubicación espacial y temporal de las fallas, las variables eléctricas tensión, corriente y poten-cia, energía, horas de operación y permite el diseño de indicadores para evaluar la calidad del servicio. La implementación del sistema de telegestión de alum-brado público debe considerar entre otros las siguientes condiciones:

Seguridad de la información: definir si los protocolo de comunicación y control son abiertos o cerrados para es-tablecer niveles de acceso de un usuario al sistema y los programas.

Flexibilidad: realizar modificaciones o expansiones a la configuración del sistema sin interrumpir la operación.

Confiabilidad: garantizar el canal de comunicaciones para evitar el bloqueo del sistema o la operación inco-rrecta de encendido y apagado masivo de luminarias.

Compatibilidad: capacidad para operar entre siste-mas de telegestión de diferente marca y entre el siste-ma de Telegestión con las luminarias y los equipos del sistema de alumbrado público.

Accesibilidad: Capacidad de disponer de la informa-ción a nivel de consulta, diseño de reportes, tareas de mantenimiento y verificación de fallas y anomalías en tiempo real.

Redundancia: Disponer de equipos complementarios para respaldar el sistema de control especialmente en

TELEGESTIÓN

Control Supervisión

Parámetros eléctricos

Fallas

Tiempo de operación

Encedido/apagado

Dimerización

Protecciones

Por Punto

Por Grupo

Índices de calidad del servicio

Consumos de energía

Índices de calidad de potencia

Reportes

las funciones de encendido/apagado, canales de comu-nicación y dispositivos de medida para verificar el estado del sistema, evitando apagados o encendidos masivos.

2.5.4 Indicadores de desempeño

Para determinar los beneficios de la inversión por mo-dernización del alumbrado público se debe definir un conjunto de variables e indicadores con los cuales se evalúe el efecto en la calidad del servicio y del sistema de alumbrado público. Sin embargo, la administración municipal, la interventoría o el operador del sistema pueden adoptar o definir otros indicadores apoyados e RETILAP, en las particularidades técnicas y contractua-les del proyecto.

Variable Indicadores de cumplimiento

Cumplimiento de los requi-sitos de iluminación

Nivel de iluminación Deslumbra-mientoActual norma obtenido

UniformidadIRCActual obtenido

Reducción de la potencia instalada

kW

Actual obtenido

% Potencia actual

Reducción del consumo anual de energía

kWh

Actual obtenido

% del consumo

Costos consumo anual de energía

Millones $

Actual obtenido

% del consumo

Reducción de los tiempos de mantenimiento

Tiempo

Actual obtenido

Costos de mantenimiento

Millones $

Actual obtenido

% del consumo

Vida útil del equipo Tiempo

Actual esperado

Índice de disponibilidad del sistema

Unidades apagadas - noche

Unidades encendidas -día

Cantidad

Actual esperado

% fallas

Indicador de eficiencia ener-gética

Luminancia

Densidad de potencia

Actual obtenido

Iluminancia

Energy efficiency ratio

Actual obtenido

Índices de calidad de po-tencia

THD corriente > 32%

Actual esperado

Factor de potencia > 0.9

Actual esperado

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3

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3.1 OPTIMIZAR EL CONSUMO Y COSTO DE LA ENERGÍA

• Uso de fuentes de luz con la mayor eficacia lumínica y alto índice de reproducción de color • Emplear luminarias de la potencia adecuada y conjuntos ópticos con el mejor factor de utilización para lograr

los niveles de iluminación• Instalar balastos y equipos con la mayor eficiencia energética• Encender luminarias solo en condiciones de falta de luz natural• Elaborar convenios de suministro de energía en bloques para obtener el menor costo posible.

3.2 ELABORAR DISEÑOS ADECUADOS

• Garantizar el cumplimiento de los requisitos lumínicos utilizando el menor número de luminarias y la mejor distribución fotométrica.

• Seleccionar luminarias con un índice de protección adecuada a las condiciones ambientales de polvo, hume-dad, salinidad y temperatura de la región.

• Reducir las emisiones de luz al firmamento.• Evaluar económicamente los beneficios a largo plazo considerando las diferentes etapas de adquisición, ope-

ración, mantenimiento y reposición.

3.3 DESARROLLAR PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA

• Conservar las condiciones lumínicas de acuerdo con los requisitos normativos• Eliminar objetos o partículas que reduzcan la emisión del flujo luminoso • Medir periódicamente las condiciones eléctricas y lumínicas del sistema de alumbrado.• Verificar la depreciación del flujo luminoso de las luminarias.• Prevenir encendidos de luminarias en horas diurnas.• Gestionar adecuadamente los residuos generados por los equipos del sistema de alumbrado.

3.4 EMPLEO DE FUENTES ALTERNAS DE ENERGÍA

Dada la variedad en las condiciones geográficas y ambientales de Colombia, se puede evaluar el potencial de apro-vechamiento de energía fotovoltaica o eólica en el municipio para suministrar la energía al sistema de alumbrado público. Se dispone en el mercado de tecnologías para construir parques de generación o sistemas de paneles o turbinas instalados en cada punto luminoso, dichas tecnologías presentan la ventaja de operar en sistemas aisla-dos de la red eléctrica mediante sistemas de almacenamiento en baterías.

Un segundo sistema puede trabajar en forma combinada con la red de distribución, en un sistema hibrido el cual entrega energía eléctrica a la red de baja tensión durante el día, y en la noche, la red suministra la energía para el sistema de alumbrado.

ESTRATEGIAS DE USO RACIONAL DE LA ENERGÍA

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Con base en el organigrama sobre el servicio de alum-brado público se identifican la siguiente estructura para la prestación:

4.1 DE ORDEN CONSTITUCIONAL:

El artículo 311 de Constitución Política de Colombia es-tablece que al municipio le corresponde prestar los ser-vicios públicos y por intermedio del articulo 338 le otor-ga a los Concejos municipales la autonomía de definir el impuesto o contribución para recuperar los costos de prestación. Por otra parte, el artículo 365 establece el deber del Estado de asegurar la prestación de los ser-vicios públicos eficientemente, en forma directa o indi-rectamente, así como la regulación, control y vigilancia de los servicios públicos.

ESTRUCTURA POLÍTICA Y LEGAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN COLOMBIA

SERVICIO DE APDecreto. 2424 - 2006

UNIDADES CONSTRUCTIVAS Resolución CREG 123 de 2011

TARIFA Resolución CREG 005 de 2012

LEY ELÉCTRICALey 143 de 1994

LEY SERVICIOS PÚBLICOS

Ley 142 de 1994

Ley 1150 de 2007 Art 29

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

RETIE RETILAP Res 91872-2012 RETIQ

RESIDUOS ILUMINACIÓN Res 1511 2010

COMUNIDAD

CONTRALORIAPLAN ANUAL

SAP

INTERVENTORÍA

DIAN POT CONTRATOS PRESUPUESTO IMPUESTOS

CONCESIONARIO AP COMERCIALIZADOR DE ENERGÍA

FIDUCIARIA

MODERNIZACIÓN EXPANSIÓN MANTENIMIENTO ADMINISTRACIÓNOPERACIÓN SUMINISTRO DE ENERGÍA FACTURACIÓN

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991ARTÍCULOS 311 338 365

PRESIDENCIA CONGRESO

CONVENCIONES. Los cuadros con íconos hacen referencia a los actores / Los cuadros punteados, indican que estos procesos son opcionales para el municipio. / Los cuadros de fondo blanco hacen referencia a documentos legales (resoluciones, leyes, reglamentos, entre otros). Fuente: Universidad Nacional de Colombia.

ORDEN CONSTITUCIONAL

ORDEN JURÍDICO

ORDEN REGULATORIO

MUNICIPIOALCALDÍA

CONCEJO MUNICIPAL

CREG

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MARCO LEGAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO

ESTRUCTURA POLÍTICA Y LEGAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO EN COLOMBIA

SERVICIO DE APDecreto. 2424 - 2006

UNIDADES CONSTRUCTIVAS Resolución CREG 123 de 2011

TARIFA Resolución CREG 005 de 2012

LEY ELÉCTRICALey 143 de 1994

LEY SERVICIOS PÚBLICOS

Ley 142 de 1994

Ley 1150 de 2007 Art 29

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

RETIE RETILAP Res 91872-2012 RETIQ

RESIDUOS ILUMINACIÓN Res 1511 2010

COMUNIDAD

CONTRALORIAPLAN ANUAL

SAP

INTERVENTORÍA

DIAN POT CONTRATOS PRESUPUESTO IMPUESTOS

CONCESIONARIO AP COMERCIALIZADOR DE ENERGÍA

FIDUCIARIA

MODERNIZACIÓN EXPANSIÓN MANTENIMIENTO ADMINISTRACIÓNOPERACIÓN SUMINISTRO DE ENERGÍA FACTURACIÓN

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991ARTÍCULOS 311 338 365

PRESIDENCIA CONGRESO

CONVENCIONES. Los cuadros con íconos hacen referencia a los actores / Los cuadros punteados, indican que estos procesos son opcionales para el municipio. / Los cuadros de fondo blanco hacen referencia a documentos legales (resoluciones, leyes, reglamentos, entre otros). Fuente: Universidad Nacional de Colombia.

ORDEN CONSTITUCIONAL

ORDEN JURÍDICO

ORDEN REGULATORIO

MUNICIPIOALCALDÍA

CONCEJO MUNICIPAL

CREG

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4.2 DE ORDEN JURÍDICO:

Ley 97 de 1913 asigna la facultad para crear un impuesto sobre el alumbrado público para Bogo-tá y la Ley 84 de 1915 amplió la facultad asigna-da a Bogotá para todos los municipios del país.

Servicios públicos domiciliarios

La Ley 142 de 1994 establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, al-cantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de gas combustible, telefonía pública fija básica con-mutada y la telefonía local móvil en el sector rural.

Ley 143 de 1994: establece el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribu-ción y comercialización de energía eléctrica en el territorio nacional.

Prestación del servicio de alumbrado público.

El Decreto 2424 del 2006 define las condicio-nes para la prestación del servicio de alumbrado público, la planeación regulación económica, los criterios de la metodología para determinar los costos máximos (Resolución 123 de 2011) y las funciones de control, inspección y vigilancia.

Contratos estatales de concesión de prestación del servicio de alumbrado público:

El artículo 29 de la Ley 1150 del 2007 para to-dos los contratos en que los municipios o dis-tritos entreguen en concesión la prestación del servicio de alumbrado público a terceros, debe-rán sujetarse en todo a la Ley 80 de 1993(art 4), contener las garantías exigidas en la misma, incluir la cláusula de reversión de toda la infraes-tructura administrada, construida o modernizada, hacer obligatoria la modernización del Sistema, incorporar en el modelo financiero y contener el plazo correspondiente en armonía con ese mo-delo financiero.

44.3 DE ORDEN REGULATORIO

Metodología para el cálculo de los costos máxi-mos de remuneración

Resolución 123 del 2011 de la CREG aprueba la metodología para calcular los costos máximos que deben aplicar lo municipios, en la remuneración a los prestadores del servicio y en el uso de los ac-tivos vinculados al sistema de alumbrado público.

Contrato y tarifa energía eléctrica

La misma Resolución 123 del 2011 de la CREG, en su artículo 9° define el costo de suministro de energía para el servicio de alumbrado público y el artículo10° establece para la tarifa de suministro de energía eléctrica el régimen de libre negocia-ción entre empresas comercializadoras y los mu-nicipios. Para el caso de no tener contrato de su-ministro, la tarifa se define de acuerdo con el costo establecido para el usuario regulado del sector ofi-cial en el nivel de tensión correspondiente.

Contratos de facturación y recaudo

Resolución CREG 005 de 2012 actualiza la me-todología para calcular los costos de contrata-ción del servicio integrado de facturación y re-caudo del impuesto de alumbrado público y su implementación en el recibo correspondiente.

Contrato de interventoría

Establecido en el numeral 700 del RETILAP sobre los requisitos y obligaciones de la interventoría para el control técnico de proyectos de alumbra-do público.

Gestión ambiental

La Resolución 1511 del 2010 establece los sistemas de recolección selectiva y de gestión ambiental de residuos de bombillas usadas de tecnología fluorescente compacta, fluorescente tubular, haluros, vapor de sodio y vapor de mer-curio con el propósito de prevenir y controlar la degradación del ambiente.

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Instalaciones eléctricas

La Resolución 90795 del 2014 actualiza la ver-sión del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE, establece los requisitos para ga-rantizar la protección de los seres vivos contra los riesgos de origen eléctrico, señala las exigencias y características de las instalaciones eléctricas y fija los parámetros mínimos de seguridad. Así mismo, determina los requisitos de conformidad e la instalación, los productos y las personas.

Iluminación interior, exterior y alumbrado público

La Resolución 91872 de 2012 actualiza El Re-glamento técnico de iluminación y alumbrado público RETILAP, en el cual se definen los requi-sitos de los sistemas de iluminación y alumbrado público para garantizar los niveles de ilumina-ción, las exigencias y especificaciones mínimas para que las instalaciones de iluminación garan-ticen la seguridad y el confort, las condiciones de diseño y operación y la criterios de conformidad de los productos empleados en las instalaciones.

Control y Vigilancia del servicio de alumbrado

El Decreto 2024 de 2006 en su artículo 12 es-tablece tres tipos de controles del servicio de alumbrado público, el control social en las con-tribuyentes y usuarios del servicio y los munici-pios la instancia ante la cual se tramitaran las peticiones, quejas y reclamos. El control fiscal en la relación contractual con los prestadores del servicio y con la interventoría lo ejercerá la Con-traloría General de la Republica o la respectiva Contraloría departamental.

El control técnico para el servicio y los proyectos de alumbrado público es responsabilidad de la interventoría designada por el municipio. Para el tema de suministro de energía eléctrica se asig-na la responsabilidad a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de la vigilancia

sobre las empresas. El RETILAP en su sección 800.1 adiciona el control aduanero en el ingreso al país de los productos empleados en sistemas de iluminación, a la Dirección Nacional de im-puestos y aduana Nacional- DIAN.

4.4 CONDICIONES ESPECIALES DE EXCEPCIÓN

Iluminación decorativa: Las fuentes lumínicas de uso exclusivo en iluminación decorativa, lámpa-ras móviles de mesa, pie o tipo oficina e ilumina-ción navideña, no requieren certificar fotometrías ni eficacia lumínica, pero deberán mediante de-claración del proveedor certificar el cumplimien-to de requisitos de seguridad contra riesgos de origen eléctrico. Las fuentes lumínicas decorati-vas no se podrán utilizar en iluminación general, su uso en estas aplicaciones será considerado como un incumplimiento al reglamento.

En instalaciones de iluminación propias de vehí-culos (automotores, trenes, barcos, navíos, aero-naves), iluminación propias de equipos, electrodo-mésticos, máquinas y herramientas CUANDO no se clasifique como instalación especial, tal como ascensores, escaleras eléctricas, puentes grúas.

Productos destinados exclusivamente a aplica-ciones de material publicitario o muestras para ensayos de laboratorio, pruebas o estudios de mercados o que ingresen al país de manera ocasional para participar en ferias exposiciones, o que tengan intención por objeto promocionar mercancías, importador o al primer distribuidor en Colombia antes de la entrada en vigencia del presente; fuentes luminosas para aplicaciones especiales tales como control de insectos, apli-caciones medicinales, de investigación, fuentes de Luz de radiación ultravioleta o infrarrojo. Los LEDs, OLEDs y los LEPs, de potencias menores a 10 W y las fuentes con arreglos de LEDs, OLEDs o LEPs de potencia menores a 10 W no son ob-jeto del presente reglamento.

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POTENCIA ELÉCTRICA (P) :La potencia es la energía consumida por unidad de tiempo. Su unidad de medida es el vatio (W). Los fabricantes proporcionan información de la potencia que consume cada bombilla mediante su valor en Vatios, por ejemplo, se consiguen en el mercado bombillas de vapor de sodio de alta intensidad de descarga (HID) de 70 W, 150 W, 250 W, 400 W y 1000 W.

5FLUJO LUMINOSO (Ф) : Es la cantidad de luz que emite una fuente luminosa en todas las direcciones por unidad de tiempo.

LUMEN (LM): unidad de medida del flujo luminoso.

NIVEL DE LUZ O ILUMINANCIA (E) La iluminancia es la densidad de flujo luminoso que incide sobre una superficie.

DESLUMBRAMIENTO: Es una sensación producida, dentro del campo visual del observador, por una luminancia suficientemente mayor o menor que aquella a la cual los ojos se habían adaptado y que causa molestias, incomodidad o perdida temporal de la visibilidad.

En alumbrado público el deslumbramiento tiene dos componentes:

• El deslumbramiento molesto que produce falta de comodidad al observador durante la conducción a través de un área iluminada.

• El deslumbramiento incapacitivo que consiste en la disminución temporal de la capacidad del observador.

LUX (LX): unidad de medida de Iluminancia. Un lux equivale a un lumen por metro cuadrado. (1lx = 1lm/m2)

Para medir el nivel de Iluminancia en un terreno determinado se utiliza un instrumento llamado Luxómetro.

LUMINANCIA (L) : Es una medida de la luz emitida por una fuente primaria o secundaria. En la figura para el observador, la fuente primaria es la superficie del pavimento y la fuente secundaria es la luminaria.

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EFICACIA LUMÍNICA O LUMINOSA: Expresa la relación que existe entre el flujo luminoso que emite una bombilla y la potencia eléctrica consumida. Su unidad de medida es el lumen por vatio (lm/W).

EFICIENCIA DE UNA LUMINARIA: La eficiencia de una luminaria define la relación que existe entre el flujo luminoso emitido por el conjunto (luminaria+bombilla) y el emitido sólo por la bombilla en su interior. Es una medida del aprovechamiento que se hace del flujo luminoso total de la bombilla instalada en una luminaria.

CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE ILUMINACIÓN

INDICE DE REPRODUCCIÓN DEL COLOR (IRC): Escala de medida creada para comparar la calidad de reproducción de los colores en las fuentes de luz. La medida se presenta como porcentaje, entre mayor sea, mejor es el resultado. Como referencia, la luz dìa tiene 100% de IRC.

En la luminaria se contemplan los siguientes componentes:

LUMINARIA: Conjunto de elementos para distribuir, filtrar, controlar, transformar y dirigir la luz emitida por la bombilla, incluye todos los accesorios mecánicos, ópticos y eléctricos indispensables para el soporte, protección de las bombillas y su conexión a la fuente de alimentación.

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ALCANCE CORTO.

Luminaria cuyao máxi-mo valor de intensidad está en un ángulo me-nor de 60o respecto de la vertical

PARÁMETROS LUMINOTÉCNICOS DE LA LUMINARIA – CURVA CIE 0° - 180°

PARÁMETROS LUMINOTÉCNICOS DE LA LUMINARIA – CURVA CIE 90º-270º

5

DISPERSIÓN ESTRECHA

Luminaria cuyo máximo valor de intensidad está en ángulos de 45o res-pecto a la vertical

• El ángulo de referencia es 45º, equivalente a una condición de altura del montaje de la luminaria igual al ancho de la vía.

• Con este criterio se determina la altura de montaje, el poste para el montaje de la luminaria y potencia de la luminaria.

• Tener luminarias de la potencia más baja posible cumpliendo con niveles de iluminación requeridos, reduce los costos por consumo de energía.

ALCANCE INTERMEDIO

Luminaria cuyo máxi-mo valor de intensi-dad está entre 60o y 70o respecto de la vertical

ALCANCE LARGO

Luminaria cuyo máxi-mo valor de intensidad está por encima de 70o respecto de la vertical

DISPERSIÓN MEDIA

Luminaria cuyo máxi-mo valor de inten-sidad está entre los ángulos de 45o y 55o respecto a la vertical

DISPERSIÓN ANCHA

Luminaria cuyo máximo valor de intensidad está por encima de 55o res-pecto a la vertical.

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TIPOS DE LUMINARIA

¿QUÉ ES LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA?

Es un efecto producido por el reflejo y la emisión inadecuada de la luz artificial de uso exterior e interior, por ejemplo por las luminarias que emiten luz hacia arriba, que puede verse por las noches en el cielo e impide la observación nor-mal de las estrellas, además produce deslumbramiento y reduce la visibilidad del firmamento en las ciudades.

Básicamente es un efecto producido por la reflexión y difusión de la luz artifi-cial en los gases y en las partículas del aire y va más allá de ser un problema estético visual, también significa un gasto innecesario de energía eléctrica.

Decorativa Catenaria

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RETILAP SECCIÓN 120.1

Potencia nominal de una fuente luminosa: Potencia requerida por la fuente luminosa, según indicación del fabricante, para producir el flujo luminoso nominal. Se expresa en vatios (W)Tensión nominal: Valor de la tensión de alimentación es-pecificado por el fabricante y según el cual se determinan las condiciones de aislamiento y de funcionamiento de un equipo. Se expresa en voltios (V).Flujo luminoso (Φ): Cantidad de luz emitida por una fuente luminosa en todas las direcciones por unidad de tiempo. Su unidad es el lumen (lm).Flujo luminoso nominal: Flujo luminoso medido a las 100 h de funcionamiento de la bombilla, en condiciones de utiliza-ción normales. Se aplica solo a bombillas de alta intensidad de descarga.Lumen (lm): Unidad de medida del flujo luminoso en el Sis-tema Internacional (SI). Fotométricamente, es el flujo lumino-so emitido dentro de una unidad de ángulo sólido (un este-reorradián) por una fuente puntual que tiene una intensidad luminosa uniforme de una candela.Eficacia luminosa de una fuente: Relación entre el flujo lu-minoso total emitido por una fuente luminosa (bombilla) y la potencia de la misma. La eficacia de una fuente se expresa en lúmenes/vatio (lm/W).Eficiencia de una luminaria: Relación de flujo luminoso, en lúmenes, emitido por una luminaria y el emitido por la bom-billa o bombillas usadas en su interior.Temperatura de color (de una fuente luminosa): Tempera-tura de un cuerpo negro radiador que tiene una cromaticidad igual a la de la fuente de luz. Se mide en Kelvin (K).Índice de reproducción cromática (IRC): Las propiedades de una fuente de luz, a los efectos de la reproducción de los colores, se valorizan mediante el “Índice de Reproduc-ción Cromática” (IRC) ó CRI (“Color Rendering Index”). Este factor se determina comparando el aspecto cromático que presentan los objetos iluminados por una fuente dada con el que presentan iluminados por una “luz de referencia”. Los espectros de las bombillas incandescentes ó de la luz del día contienen todas las radiaciones del espectro visible y se los considera óptimos en cuanto a la reproducción cromática; se dice que tienen un IRC= 100.

Índice de rendimiento de color (Ra): Efecto de una fuente de luz sobre el aspecto cromático de los objetos que ilumina por comparación con su aspecto bajo una fuente de luz de referencia. La forma en que la luz de una bombilla reprodu-ce los colores de los objetos iluminados se denomina índice de rendimiento de color (Ra). El color que presenta un objeto depende de la distribución de la energía espectral de la luz con que está iluminado y de las características reflexivas selectivas de dicho objeto.Intensidad luminosa de una fuente puntal de luz en una dirección dada (l): Cantidad de flujo luminoso en cada uni-dad de ángulo sólido en la dirección en cuestión. Por lo tan-to, es el flujo luminoso sobre una pequeña superficie cen-trada y normal en esa dirección, dividido por el ángulo sólido (en estereorradianes) el cual es subtendido por la superficie en la fuente I. La intensidad luminosa puede ser expresada en candelas (cd) o en lúmenes por estereorradián (lm/sr).Flujo Hemisférico Superior (FHS): se define como el flu-luminoso emitido por el equipo de iluminación (luminaria y bombilla) por encima del plano horizontal. Dicho plano co-rrespondealánguloγ=90°enelsistemaderepresenta-ción(C,γ).Elflujohemisféricoseexpresacomounporcen-taje del flujo total emitido por la luminaria.Iluminancia (E): Densidad del flujo luminoso que incide sobre una superficie. La unidad de iluminancia es el lux (lx).Lux (lx): Unidad de medida de iluminancia en el Sistema Internacional (SI). Un lux es igual a un lumen por metro cua-drado (1 lx = 1 lm/m2 )Iluminancia inicial (E inicial): Iluminancia promedio cuando la instalación es nueva.Iluminancia promedio horizontal mantenida (E prom): Va-lor por debajo del cual no debe descender la iluminancia pro-medio en el área especificada. Es la iluminancia promedio en el período en el que debe ser realizado el mantenimiento. También se le conoce como Iluminancia media mantenidaLuminancia (L): En un punto de una superficie, en una dirección, se interpreta como la relación entre la intensi-dad luminosa en la dirección dada producida por un ele-mento de la superficie que rodea el punto, con el área de la proyección ortogonal del elemento de superficie sobre un plano perpendicular en la dirección dada. La

ANEXO - DEFINICIONESA

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25

unidad de luminancia es candela por metro cuadrado. (Cd/m2). Bajo el concepto de intensidad luminosa, la luminancia puede expresarse como:

L=(dIdA)*(1/cosγ)

Factor de uniformidad general de la luminancia (Uo): Re-lación entre la luminancia mínima y la luminancia promedio sobre la superficie de una calzada.

Uo=Lmin/Lpro en [%].

Es una medida del comportamiento visual que no puede ser inferior a 40% para L comprendido entre el rango de 1 cd/m2 a 3 cd/m2, con el fin de que un objeto sea perceptible el 75% de los casos en un tiempo no mayor a 0,1 s.

Deslumbramiento: Sensación producida por la luminancia dentro del campo visual que es suficientemente mayor que la luminancia a la cual los ojos están adaptados y que es causa de molestias e incomodidad o pérdida de la capaci-dad visual y de la visibilidad. Existe deslumbramiento cega-dor, directo, indirecto, incómodo e incapacitivo.

Coeficiente de Utilización (CU ó K): Relación entre el flujo luminoso que llega a la superficie a iluminar (flujo útil) y el flujo total emitido por una luminaria. Usualmente, se aplica este término cuando se refiere a luminarias de alumbrado público. También se conoce como factor de utilización de la luminaria

Factor de utilización de la luminaria (k): Relación entre el flujo luminoso que llega a la calzada (flujo útil) y el flujo total emitido por la luminaria. Usualmente se aplica este término cuando se refiere a luminarias de alumbrado público. Tam-bién se conoce como Coeficiente de Utilización (CU).

Factor de mantenimiento (FM): Factor usado en el cálculo de la luminancia e iluminancia después de un período dado y en circunstancias establecidas. Tiene en cuenta la herme-ticidad de la luminaria, la depreciación del flujo luminoso de la bombilla, la clasificación de los niveles de contaminación del sitio y el período de operación (limpieza) de la luminaria.

Factor de uniformidad de iluminancia: Medida de la varia-ción de la iluminancia sobre un plano dado, expresada

mediante alguno de los siguientes valores

a) Relación entre la iluminancia mínima y la máxima.

b) Relación entre la iluminancia mínima y la promedio

Mantenimiento del flujo luminoso Efecto de mantener o mantenerse, cuidar su permanencia.

<Correctivo, preventivo> Conjunto de operaciones y cui-dados necesarios para que las instalaciones puedan seguir funcionando adecuadamente.

Matriz de Intensidades: Tabla que, en función de los ángu-losCyelánguloγ,definelosvaloresdeintensidadluminosaque suministra la luminaria en cualquier punto a su alre-dedor. Los datos de intensidad luminosa se pueden dar en candelas por 1.000 Im.

Vida promedio (de un lote de fuentes luminosas): Prome-dio de tiempo transcurrido, expresado en horas, de funciona-miento de un lote de fuentes luminosas, antes de que haya dejado de funcionar la mitad de dicho lote.

Vida física (de una fuente luminosa): Promedio de tiem-po transcurrido, expresado en horas, antes de que la fuente luminosa deje de funcionar completa y definitivamente, por haberse dañado cualquiera de sus componentes, sin que hayan interferido influencias externas.

Vida económica (de una fuente luminosa): Período de tiempo transcurrido, expresado en horas, hasta cuando la relación entre el costo de reposición de la fuente luminosa y el costo de los lumen – hora que sigue produciendo ya no es económicamente favorable- La vida económica depen-de, por consiguiente, del costo de las fuentes luminosas de reemplazo, del costo de su instalación en el portabombilla (mano de obra) y del costo de la energía eléctrica.

Vida útil (de una fuente luminosa): Período de servicio efec-tivo de una fuente que trabaja bajo condiciones y ciclos de trabajo nominales hasta que su flujo luminoso sea el 70 % del flujo luminoso total.

Vida normal (de una bombilla de descarga): Periodo de funcionamiento a tensión nominal, expresado en horas, en ciclos de diez horas, en la posición recomendada por el fa-bricante.

ANEXO - DEFINICIONES

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Atendiendo la directriz del Reglamento RETILAP se de-berá suministra la siguiente información

300.1 Disposición de información sobre los requisitos y la información de marcaciones, rotulados, catálogos o guías técnicas debe ser verificada dentro del proceso de certificación del producto. Los parámetros técnicos de-berán ser verificados mediante pruebas o ensayos rea-lizados en laboratorios acreditados o reconocidos según la normatividad vigente.

300.2 información sobre condiciones ambientales del lugar. Los elementos que conforman un sistema de ilu-minación en especial los de alumbrado público para un área de influencia determinada deberán estar especifi-cados de acuerdo con las características ambientales del lugar donde se instalen. Los parámetros que el dise-ñador, operador o encargado del mantenimiento deben tener en cuenta para especificar los productos dentro de la realización de sus actividades, en la gestión de un sistema de iluminación, son:

• Ambiente: Tropical, salino, corrosivo, otros.

• Humedad relativa : mayor del %

• Temperaturas: Máxima, promedio Mínima. (grados centígrados)

• Tipo de instalación: A la intemperie, aérea, ambiente peligroso, otros)

305 PRODUCTOS FUENTES DE LUZ

305. 1 Contenido máximo de mercurio y plomo

305.3 Información adicional de público conocimiento.

Además de la información de marcación tanto en el pro-ducto como en el empaque, especificada en el presente Anexo General para cada tipo de fuente, para los pro-ductos de aplicación especializada, tales como lámparas de sodio, mercurio alta presión halogenuros metálicos, fluorescentes tubulares, en U o circulares, balastos el fabricante o comercializador deberá disponer en catálo-go impreso, en medio magnético, páginas Web u otros

Bmedios, para consulta e información de los comprado-res o diseñadores, la información que aplique al tipo de fuente sobre los siguientes aspectos:

• Norma técnica bajo la cual se definen los paráme-tros eléctricos,

• Vidas útiles o vidas promedio,

• Curvas de depreciación del flujo luminoso,

• Tipo de casquillo,

• Temperatura de color (K) o Correlación de la tempe-ratura del color (K).

• Índice del rendimiento del color.

• Forma del bulbo

• Acabado del bulbo

• Flujo luminoso, posición hacia abajo (base up) (lm), si aplica.

• Flujo luminoso, posición hacia arriba (base down) (lm), si aplica.

• Si usa reflector la información del flujo luminoso se debe reemplazar por el ángulo de apertura e inten-sidad luminosa.

Cuadro comparativo de especificaciones productos de iluminación

Marcación:

• Marca registrada, logotipo o razón social del fabricante.

• Potencia nominal en vatios (W).

• Referencia de fabricación.

• Símbolo que indique el método de arranque (bom-billa europea)

• Temperatura del color (K) o código del fabricante.

Empaque:

• Marca Registrada, logotipo o razón social del fabri-cante y/o importador.

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• Potencia No• minal (W)• Flujo luminoso lm• Vida promedio horas• Referencia de fabricación o denominación.• Símbolo que indique el método de arranque (bom-

billa europea)

Balastos

330.4 BALASTOS PARA LÁMPARAS DE DESCARGA DE ALTA INTENSIDAD (HID).

Los balastos para las bombillas de sodio, además de los requisitos de los numerales 330.1, 330.2 y 330.3 que les aplique, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Rangos de regulación de potencia y tensión:

2. Las curvas características de los balastos para las bombillas de sodio alta presión deben cumplir con los trapezoides de funcionamiento de la bombilla

3. Durante la vida de la bombilla, la curva de la ca-racterística típica del balasto debe estar dentro de los límites especificados por el trapezoide, para la tensión y potencia de la bombilla.

4. Sostenimiento del arco en las bombillas HID con disminución de la tensión de la red: El balasto debe mantener la bombilla en operación, con disminucio-nes repentinas de la tensión de la red, con duración inferior a 4 segundos

5. Los balastos tipo CWA (Constant Wattage Auto-transformer) para bombillas de sodio sólo se podrán usar cuando las variaciones de tensiones de la red de alimentación superen los valores de operación para el balasto tipo reactor la cual está definida en ±5% de la tensión nominal.

6. Las tensiones de bombilla de sodio de alta presión que se podrán comercializar en el país y las máxi-mas perdidas permitidas en los balastos son las establecidas en la Tabla 330.4 Bombilla de sodio. Tensión [V] de bombilla.

CUADRO COMPARATIVO DE ESPECIFICACIONES

Luminarias Mercurio MHD Induc-ción

Sodio LED

Valores típicos comerciales

Gama de poten-cias

Flujos típicos

Eficacia fuente de luz

Eficacia del conjunto

Eficiencia siste-ma óptico

Vida útil

Índice de repro-ducción de color

Temperatura de color

Índice de pro-tección

Balastos Electromagnético Electrónico

Reactor CWA

ANEXO - CRITERIOS DE CONFORMIDAD DE PRODUCTOS

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1. Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG. Cartilla del Usuario de los servicios públicos de Energía Eléctrica y Gas Combustible. Bogotá D.C., Colombia. Junio de 2005.

2. MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA. Decreto Numero 2424 de Julio 18 de 2006, Por el cual se regula la pres-tación del servicio de Alumbrado Público. Bogotá, D.C., Colombia. 2006.

3. UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA. Boletín Estadístico de Minas y Energía 1999-2005. Colombia. Mayo de 2006. ISBN 95897855-0-6

4. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION. Estrategias y acciones para fomentar el uso eficiente y racional de energía. Bogotá D.C., Colombia. Agosto 23 de 1995. 25 p. (Documento CONPES 2801).

5. SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Cartilla de servicios públicos para alcaldes. Bogotá D.C. Colombia. Noviembre de 2007.

6. Unidad Ejecutiva de Servicios públicos - UESP. Manual Único de Alumbrado Público para Bogotá, D.C. Bogotá: Imprenta Distrital, 2004. 847 p. (Resolución Nº 17 del 10 de Febrero de 2004). No. 3069. ISSN 0124-0552.

7. INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TÉCNICAS Y CERTIFICACIÓN. Reglas generales y especificaciones para el alumbrado público. Bogotá: ICONTEC, 2004. 150 p. (NTC 900).

8. ________ . Luminarias: Requisitos generales y ensayos. Bogotá: ICONTEC, 1999. (NTC 2230).

9. CIE TECHNICAL REPORT. Recommendations for the lighting of roads for motor and pedestrian traffic. Commis-sion International de L’éclairage, Publication No. 115. ISBN 3-900-734-59-3.

10. Uso Racional y Eficiente de la Energía / Mundo Eléctrico. Vol. 21, No. 69 (Oct. – Dic. 2007). Bogotá, Colombia. ISSN 1692-7052.

11. SILVA L., Jorge y PORRAS R., Gregorio. Implantación de las políticas de eficiencia energética. [en línea]. Co-lombia. Universidad de los Andes. Disponible en <http://revistaing.uniandes.edu.co/pdf/rev10art3.pdf?ri=7f-db520c1aedc3a582f518cebcc9ed92>.

12. UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGÉTICA. Programas de Uso Racional de Energía. En: 13er Congreso Mercado de Energía Mayorista. [en línea]. Colombia, 2007. UPME. Disponible en <http://www. energiamayoris-ta.com.co/memorias2007/noviembre2/Programa_Uso_Racional_Energia_UPME.pdf>.

ANEXO - BIBLIOGRAFÍAC

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Con el apoyo técnico y científico de

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