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QUE ES LA EIA (EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL) Es la que se encarga de mitigar, eliminar todo impacto ambiental que Es un proceso técnico, administrativo destinado a prevenir, minimizar, eliminar, corregir y/o mitigar, e informar sobre los impactos ambientales que los proyectos pueden causar en el ambiente y las medidas para controlarlos. QUIENES ESTAN SUJETOS A LA EIA Los proyectos de inversión pública, privada y de capital mixto que se encuentran dentro de la competencias de VIVIENDA y en el Anexo II del Reglamento de la ley del SEIA (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental) Las modificaciones y ampliaciones de los proyectos siempre que estás supongan un cambio en la magnitud del proyecto (local, regional, etc), actividad, ubicación, área de extensión, altura, diseño, material otros que a criterio de la autoridad sectorial o la autoridad nacional generen nuevos o mayores impactos ambientales negativos. SUBCAPITULO I CATEGORIZACION DE PROYECTOS DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. Es el estudio ambiental que se presenta para aquellos proyectos de inversión cuya ejecución se prevé genere impactos ambientales negativos leves EIA SEMI DETALLADO (EIA-sd). Impactos ambientales negativos moderados. EIA DETALLADO (EIA-d). Impactos ambientales negativos de carácter significativo.

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QUE ES LA EIA (EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL)

Es la que se encarga de mitigar, eliminar todo impacto ambiental que

Es un proceso técnico, administrativo destinado a prevenir, minimizar, eliminar, corregir y/o mitigar, e informar sobre los impactos ambientales que los proyectos pueden causar en el ambiente y las medidas para controlarlos.

QUIENES ESTAN SUJETOS A LA EIA

Los proyectos de inversión pública, privada y de capital mixto que se encuentran dentro de la competencias de VIVIENDA y en el Anexo II del Reglamento de la ley del SEIA (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental)

Las modificaciones y ampliaciones de los proyectos siempre que estás supongan un cambio en la magnitud del proyecto (local, regional, etc), actividad, ubicación, área de extensión, altura, diseño, material otros que a criterio de la autoridad sectorial o la autoridad nacional generen nuevos o mayores impactos ambientales negativos.

SUBCAPITULO I

CATEGORIZACION DE PROYECTOS

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. Es el estudio ambiental que se presenta para aquellos proyectos de inversión cuya ejecución se prevé genere impactos ambientales negativos leves

EIA SEMI DETALLADO (EIA-sd). Impactos ambientales negativos moderados.

EIA DETALLADO (EIA-d). Impactos ambientales negativos de carácter significativo.

SUBCAPITULO III

CLASIFICACIONES DE LOS PROYECTOS DE INVERSION Y TERMINOS DE REFERENCIA DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)

Es el procedimiento por el cual se determina la categoría que le corresponde a un proyecto de inversión de acuerdo a su riesgo ambiental, y determina el estudio ambiental que le corresponde elaborar al titular del mismo. La categoría correspondiente se determina de acuerdo a los impactos que se prevé ocasionar con la ejecución del proyecto.

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SUBACAPITULO IV

PRESENTACION DEL EIA

PLAZOS PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION AMBIENTAL DEL EIA-sd

Conforme al artículo 52 del reglamento de la ley de SEIA, el plazo máximo para la expedición de resolución correspondiente será de 90 días hábiles, 40 días hábiles para la revisión y evaluación, 30 días hábiles para la subsanación de las observaciones y 20 días hábiles para la expedición de la resolución respectiva.

PLAZOS PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION AMBIENTAL DEL EIA-d

Conforme al artículo 52 del reglamento de la ley de SEIA, el plazo máximo para la expedición de resolución correspondiente será de120 días hábiles, 70 días hábiles para la revisión y evaluación, 30 días hábiles para la subsanación de las observaciones y 20 días hábiles para la expedición de la resolución respectiva.

SUBCAPITULO V

CERTIFICACION AMBIENTAL

- VIGENCIA, CADUCIDAD Y PRORROGALa certificación ambiental pierde vigencia, si dentro del plazo de 3 años posteriores a su expedición, el titular no inicia su ejecución del proyecto. Al terminar este periodo, la certificación caduca automáticamente.El titular que no hay dado inicio a sus actividades ni modificado el proyecto, podrá solicitar, por única vez, una prórroga por dos años adicionales, debiendo presentar su solicitud dentro de los 30 días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento.Vencidos los plazos señalados en los puntos anteriores, deberán presentar el estudio ambiental incluyendo las modificaciones correspondientes, para el otorgamiento de una nueva certificación ambiental.