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AN sancionó Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales 22 julio 2014 | 10 Este instrumento legal garantiza a los venezolanos la protección respeto, goce y ejercicio irrenunciable, indivisible inalienable e interdependiente de los derechos humanos y garantías constitucionales, sin discriminación La Asamblea Nacional (AN) sancionó este martes la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Durante la sesión ordinaria realizada en el Hemiciclo Protocolar del Palacio Federal Legislativo, fueron aprobados 21 artículos de esta normativa. Este instrumento garantiza a los venezolanos la protección respeto, goce y ejercicio irrenunciable, indivisible inalienable e interdependiente de los derechos humanos y garantías constitucionales, sin discriminación. En este sentido, toda persona podrá ejercer ante los tribunales competentes la acción de amparo, aun de aquellos inherentes al ser humano que no figuren expresamente en la Constitución Nacional o en los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, con el propósito de que se restablezca inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. El vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior de la AN, José Javier Morales, propuso la eliminación del artículo 24, donde se establecía el amparo de mero derecho. “En este artículo no se establece la posibilidad de que se puede dar la audiencia pública y por lo tanto estaríamos atentando contra el principio del debate oral y el debido proceso o el derecho a la defensa”, refutó. La normativa establece que quien incumpla el mandamiento de amparo constitucional será sancionado con arresto de uno a 20 meses.

An Sancionó Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales

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AN sancionó Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales22 julio 2014 | 

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Este instrumento legal garantiza a los venezolanos la protección respeto, goce y ejercicio irrenunciable,

indivisible inalienable e interdependiente de los derechos humanos y garantías constitucionales, sin

discriminación

La Asamblea Nacional (AN) sancionó este martes la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y

Garantías Constitucionales.

Durante la sesión ordinaria realizada en el Hemiciclo Protocolar del Palacio Federal Legislativo,

fueron aprobados 21 artículos de esta normativa.

Este instrumento garantiza a los venezolanos la protección respeto, goce y ejercicio irrenunciable,

indivisible inalienable e interdependiente de los derechos humanos y garantías constitucionales, sin

discriminación.

En este sentido, toda persona podrá ejercer ante los tribunales competentes la acción de amparo,

aun de aquellos inherentes al ser humano que no figuren expresamente en la Constitución

Nacional o en los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y

ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, con el propósito de que se restablezca

inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.

El vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior de la AN, José Javier Morales,

propuso la eliminación del artículo 24, donde se establecía el amparo de mero derecho.

“En este artículo no se establece la posibilidad de que se puede dar la audiencia pública y por lo

tanto estaríamos atentando contra el principio del debate oral y el debido proceso o el derecho a la

defensa”, refutó.

La normativa establece que quien incumpla el mandamiento de amparo constitucional será

sancionado con arresto de uno a 20 meses.

“De acuerdo con los reglamentos internos se declara sancionada la Ley Orgánica de Amparo sobre

Derechos y Garantías Constitucionales y se remite al Ejecutivo Nacional con el fin de su

promulgación”, expresó el presidente del ente legislativo, Diosdado Cabello.

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Fuente/AVN

Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales Durante la sesión ordinaria

del 22/07/2014 fueron aprobados 21 artículos de esta normativa, con lo cual quedó sancionada.

De acuerdo a lo expuesto, el instrumento garantiza la protección respeto, goce y ejercicio

irrenunciable, indivisible inalienable e interdependiente de los derechos humanos y garantías

constitucionales, sin discriminación. El Vicepresidente de la Comisión Permanente de Política

Interior de la Asamblea Nacional, José Javier Morales, propuso la eliminación del artículo 24,

donde se establecía el amparo de mero derecho. “En este artículo no se establece la posibilidad de

que se pueda dar la audiencia pública y por lo tanto estaríamos atentando contra el principio del

debate oral y el debido proceso o el derecho a la defensa”, refutó. La normativa establece que

quien incumpla el mandamiento de amparo constitucional será sancionado con arresto de 1 a 20

meses.