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5/11/2018 Análisis estático sentencia T-1426/00 - slidepdf.com
http://slidepdf.com/reader/full/analisis-estatico-sentencia-t-142600 1/3
Corporación Corte Constitucional. Sala Novena de Revisión
Magistrado
ponente
lvaro Tafur Galvis
Número de
sentencia
T-1426 de 2000
Actor Otoniel Sarmiento Moreno en defensa de los derechos de Jhon
Alexander Beltrán
Demandado Seguro Social, Seccional Bogotá
Síntesis de
los hechos
Otoniel Sarmiento actúa en calidad de agente oficioso deJhon Alexander Beltrán.
Ellos conforman una pareja. Otoniel ha cotizado al Instituto de Seguros Sociales y desea
inscribir a su pareja en condición de beneficiario. Ambos compañeros son portadores del virus del VIH y
deben acudir permanente a los tratamientos. Jhon está desempleado La única fuente de ingresos que tienen es el salario de
Otoniel, que, según el actor, es mínimo para atender susubsistencia
Problema
jurídico
¿El Instituto de Seguros Sociales vulneró el derecho a la
seguridad social de una persona homosexual cuando se negó a
reconocerla como beneficiaria de su pareja, argumentando que
el artículo 42 de la Constitución limita el concepto de familia a la
formada por un hombre y una mujer y que la ley civil restringe los
efectos de la unión marital de hecho a la conformada por
personas de diferente sexo?
Ratio
decidendi
No se vulnera el derecho a la seguridad social del agenciado,
ya que la Constitución Política prevé una ampliación gradual de
la cobertura del sistema, subordinada a la existencia de los
recursos que así lo permitan; por tal motivo, la inclusión del
compañero y compañera permanentes, en calidad de
beneficiarios, al Sistema de Seguridad Social obedeció, en sus
inicios, al imperativo constitucional de darle a la persona de
5/11/2018 Análisis estático sentencia T-1426/00 - slidepdf.com
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distinto sexo, que hace vida marital con el afiliado, el mismo
tratamiento que se le venía dando al cónyuge. Así mismo,
tampoco hay vulneración de ese derecho, pues la persona del
mismo sexo, que hace vida marital con el afiliado, en cuanto no
fue constitucionalmente asimilada al cónyuge, no puede
acceder al Sistema como beneficiario, porque las normas que
rigen la Seguridad Social no lo tienen previsto.
Siendo así, no le asiste razón al actor cuando invoca la
protección del derecho a la seguridad social de su agenciado
por haberse negado el Seguro Social a inscribirlo como
beneficiario, puesto que las E.P.S. no pueden vincular alrégimen contributivo a quienes no cumplen los requisitos
legales previstos para tal efecto. Además, porque su
compañero puede vincularse al régimen subsidiado.
Reglas La pareja conformada por personas homosexuales no es
asimilable al concepto constitucional de familia. Hay
supuestos de hecho distintos y pueden ser tratados
diferente.
Los miembros de las parejas homosexuales no pueden
pretender acceder al sistema de seguridad social como
beneficiarios de su pareja, por cuanto el sistema fue
diseñado únicamente para los familiares y la familia del
cotizante.
Decisum La Corte decidió confirmar el fallo objeto de revisión, en el
que se negó el amparo solicitado por Otoniel Salcedo, endefensa de los derechos fundamentales de Jhon Alexander
Beltrán.