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ÍNDICE
Proemio ................................................................................... 3
Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón ............................... 3
San José de Calasanz ............................................................ 4
La obra educativa de San José de Calasanz ......................... 6
La inspiración Calasancia hoy ................................................ 7
Filosofía .................................................................................. 8
Ideario ..................................................................................... 10
Misión y Visión ........................................................................ 16
Sus Valores .............................................................................. 17
Propósitos Institucionales ....................................................... 18
Propósitos del nivel Bachillerato ............................................. 20
NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ............ 22
TÍTULO SEGUNDO. LINEAMIENTOS
ADMINISTRATIVOS .............................................................. 24
Capítulo I.- De las admisiones ................................................ 24
Capítulo II.- Tramitación administrativa y escolar ................... 31
TÍTULO TERCERO. LINEAMIENTOS
ACADÉMICOS ....................................................................... 33
Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones ............................. 33
Capítulo II.- De las inasistencias ............................................ 35
Capítulo III.- De la evaluación, la acreditación
y la promoción ......................................................................... 38
Capítulo IV.- De las Paraescolares y Selectivos ..................... 50
TÍTULO CUARTO. FORMACIÓN INTEGRAL ......................... 54
Capítulo I.- De la Pastoral ........................................................ 54
TÍTULO QUINTO. APOYOS EDUCATIVOS ........................... 57
Capítulo I.- Biblioteca ............................................................... 57
2
Capítulo II.- Compuaulas ......................................................... 60
Capítulo III.- Aulas Activas....................................................... 62
Capítulo IV.- Laboratorio.......................................................... 63
TÍTULO SEXTO. RÉGIMEN CONVIVENCIAL ........................ 66
Capítulo I.- De la responsabilidad escolar ............................... 66
Capítulo II.-De los derechos y responsabilidades
de los alumnos ......................................................................... 69
Capítulo III.- De la presentación personal ............................... 71
Capítulo IV.- De la disciplina escolar ....................................... 73
Capítulo V.- De las sanciones ................................................. 78
TÍTULO SÉPTIMO.
DE LAS COMPETENCIAS RESOLUTIVAS ............................ 81
INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN
DEL REGLAMENTO ............................................................... 83
Directorio ................................................................................ 84
3
PROEMIO
1. Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón
El Colegio Cristóbal Colón es una institución
educativa que abarca cuatro secciones: Preescolar, Primaria,
Secundaria y Bachillerato.
Este Colegio es dirigido por los Padres Escolapios, de
la Orden de las Escuelas Pías fundadas por San José de
Calasanz. El lema del fundador es “Piedad y letras”, hoy
traducido por “Ciencia y fe”, es decir, formar a los niños y
jóvenes en la fe cristiana y en los conocimientos humanos.
Por esto, los Padres Escolapios y colaboradores procuramos
la educación integral de los alumnos, y no solamente su
instrucción académica.
Las familias que están en consonancia con estos
principios son bienvenidas a la familia escolapia del Colegio
Cristóbal Colón, la que, por lo mismo, en un ámbito todavía
mayor, forma parte de la gran familia de las Escuelas Pías
de México, que desarrolla también su labor educativa en
otros lugares de la República, como son:
Instituto José María Morelos, en Santa Ana
Chiautempan, Tlax.
Instituto Fray Pedro de Gante, en Apizaco, Tlax.
Instituto Carlos Gracida, en Oaxaca, Oax.
Instituto Carlos Pereyra, en Puebla, Pue.
Escuela Calasanz, en Puebla, Pue.
Escuela Calasanz, en Veracruz, Ver.
Universidad Cristóbal Colón, en Veracruz, Ver.
A su vez, en diferentes lugares, se imparte la
educación no formal y extraescolar, a través de los Hogares
4
Calasanz y los espacios educativos en las parroquias
escolapias.
2. San José de Calasanz
Nació en Peralta de la Sal, Provincia de Huesca
(España) en el año de 1557. Fue el último de ocho hijos. En
el hogar, aprendió los rudimentos de la fe cristiana y las
letras humanas. Con los Padres Trinitarios, estudió
gramática, retórica y poética. Cursó teología en las
universidades de Valencia, Alcalá y Lérida.
El 17 de diciembre de 1583 recibió la ordenación
sacerdotal. Durante ocho años ejerció el ministerio de forma
plural e intensa: confesor y consejero de varios obispos,
párroco de dos parroquias rurales; arcipreste; visitador,
reformador y procurador, con facultades de vicario general,
maestro de ceremonias y secretario del cabildo de
canónigos de Urgel. A los 35 años, Calasanz se doctoró en
teología y se embarcó hacia Roma, en busca de un
beneficio eclesiástico.
José de Calasanz murió en Roma, a los 91 años, 56
después de su llegada, sin haber vuelto a España. Cuando
se lo ofrecieron, había encontrado ya la perla preciosa del
Evangelio, por la que renunció a todo, incluso a oficios
eclesiásticos muy superiores, como ser obispo o cardenal. Él
mismo se lo dijo al embajador del rey Felipe III de España:
“He encontrado ya en Roma la manera definitiva de servir a
Dios, haciendo el bien a los niños. No la dejaré por cosa
alguna del mundo”.
Con los niños se había encontrado muy pronto en las
calles de Roma. Por todas partes le salían al encuentro
5
bandas de niños pobres, abandonados, malcriados y
degenerados. Enseñaba catecismo a algunos de ellos. Pero
veía que eso no era suficiente para una formación cristiana
eficaz. Trató de que las escuelas de barrio y algunos
colegios religiosos admitieran a los niños pobres. Todas las
puertas se le cerraron. Un buen día del año 1597, en el
Trastévere, el barrio más pobre de Roma, en la parroquia de
Santa Dorotea, descubrió una escuelita en la que, a la vez
que catecismo, se enseñaba a los niños a leer y a escribir.
Pensó que aquella escuelita era la solución. Pronto vio que
no, porque los niños que asistían a ella tenían que pagar y
los niños pobres no podían hacerlo. No se amilanó, sino que
luchó, hasta conseguir del párroco que la escuela de Santa
Dorotea no recibiera más que a niños pobres. Él mismo se
quedó como maestro. Consiguió algunos colaboradores.
Poco a poco se convirtió en el responsable único del plantel.
Fue algo nunca antes visto. Una escuela para los hijos del
pueblo y gratuita. Los historiadores han reconocido que
aquella escuela de Santa Dorotea fue “la primera escuela
popular gratuita de Europa”.
En el año 1600, Calasanz trasladó sus escuelas al
interior de Roma. Les puso el nombre de “Escuelas Pías”,
que significa escuelas gratuitas. Pronto las abrió a toda clase
de niños: pobres y ricos, nobles y plebeyos, católicos,
protestantes y judíos.
Para dar estabilidad y continuidad a su obra, fundó
una orden religiosa, llamada Orden de las Escuelas Pías o
Padres Escolapios. La primera que hubo en la Iglesia,
dedicada totalmente a la educación cristiana.
Durante cincuenta años, los niños fueron la herencia
de José de Calasanz. Le habían ganado el corazón y por
6
ellos quemó su vida, día a día, hasta la más venerable
ancianidad. Todo eso en un tiempo en que no existían
escuelas públicas como ahora, ni los gobiernos se ocupaban
de la instrucción del pueblo. Fue calumniado y perseguido,
humillado y llevado preso. A sus 90 años, pasó por el
doloroso trance de ver destruidas sus escuelas por un
decreto papal. Sufrió un penoso calvario. Lo dijo con
palabras muy hermosas el Papa Pío XII: “Lo que José de
Calasanz sufrió en los últimos años de su larga vida, lo que
soportó con su heroica virtud, resplandece como una de las
más fúlgidas y preciosas joyas en la historia de los santos”.
Murió el 25 de agosto de 1648. Diez años después,
las Escuelas Pías fueron restauradas. En 1748 fue
beatificado, y en 1767, canonizado. En 1948, Pío XII lo
proclamó “Celestial patrono de todas las escuelas populares
cristianas del mundo”. De esa forma, la iglesia lo glorificó y
reconoció sus méritos. Dios, por su parte, no se ha quedado
atrás: ha hecho el milagro de conservar hasta hoy, intactos e
incorruptos, su lengua, hígado y su corazón.
3. La obra educativa de San José de Calasanz
Fundó la primera escuela católica popular gratuita.
Luchó por la obligatoriedad de la enseñanza para todos,
desde los primeros años.
Sistematizó la escuela primaria: ciclos, niveles
escolares, clases, horarios, programas, personal
docente…
Abrió la escuela, desde los primeros grados, hacia la
cultura humanística y las ciencias positivas.
Dirigió preferencialmente su trabajo a los niños y
jóvenes pobres de la sociedad.
7
Comprendió que la fe cristiana se encuentra
profundamente vinculada en el hombre con su formación
humana; con su lema de educador fue: “Piedad y letras”
(Ciencia y fe).
Definió al educador como “cooperador de la verdad”
(núcleo fundamental de la educación en valores).
Impulsó a que sus maestros se formaran en las clases y
con científicos de su época, incluso de los entonces
discutidos, como fueron Galileo y Campanella, porque
los quería bien preparados.
Impulsó una Orden de religiosos (los Padres Escolapios)
y la colaboración de laicos para que realizaran esta obra
tan necesaria y fundamental para la sociedad.
Personalmente, dedicó el resto de su vida a la
educación.
4. La inspiración Calasancia hoy:
El objetivo y la tarea del Escolapio es la educación
integral de los alumnos. Los Escolapios somos los
seguidores de la intuición del fundador, tanto los religiosos
como los demás maestros y colaboradores que dedican su
vida a la infancia y juventud en nuestras instituciones
educativas: nos une el afán cristiano de la formación de las
personas al servicio y desarrollo de la comunidad social y de
la transformación del mundo.
La tarea de los religiosos Escolapios es la educación
realizada a través de diversas instituciones, colegios,
institutos de sordomudos, institutos de formación del
profesorado, editoriales, centros juveniles y de convivencias,
obras educativas hacia los niños callejeros. La educación de
los adultos, a través de diversos movimientos familiares y
conyugales, se realiza en forma directa e indirecta.
8
En 1948, el Papa Pío XI proclamó a San José de
Calasanz “Patrono universal de todas las escuelas
populares cristianas”.
Nuestro Colegio Cristóbal Colón, dirigido por los
Padres Escolapios y laicos que participan estrechamente en
la obra educativa que lleva a cabo, se inspira en el
humanismo cristiano expresado en su ideario.
FILOSOFÍA
El Colegio Cristóbal Colón es una institución
educativa que desde sus inicios ha buscado el cumplimiento
de grandes logros:
una educación de calidad
una administración y una gestión próspera
una floreciente infraestructura material
educación fundamentada en los valores del humanismo
cristiano
Y además, está concebida como una institución
integrada por diferentes niveles educativos de enseñanza;
que buscan colaborar con los padres de familia, en la
educación integral de sus hijos, con un sentido comunitario y
social, al servicio de la población veracruzana.
Las escuelas a cargo de la Orden de los Escolapios
deben ser entendidas no solo como lugares donde se
imparte una enseñanza, sino como un espacio donde un
grupo de seres humanos comparten intereses culturales,
deportivos, políticos entre otras; pero de manera especial lo
que nos caracteriza es el evangelio como un ámbito
9
insustituible que nos permita crecer personalmente y en
comunidad.
En este marco, la escuela Calasancia posee un estilo
formativo que va más allá de lo pedagógico, mantiene como
uno de sus propósitos centrales la búsqueda continua para
conformar una auténtica Comunidad Educativa Cristiana en
la que todos sus integrantes comparten, viven y se
comprometen en un estilo de vida que conlleve la constante
evolución y perfeccionamiento.
Por consiguiente el Ideario Educativo busca promover
un estilo de educación humano – cristiana; a través del cual
se reconoce al hombre como persona, un ser educable,
dotado de la capacidad y voluntad de perfeccionamiento;
cuya capacidad le permite superar sus limitaciones para
realizarse plenamente y contribuir en la transformación de su
entorno presente y futuro.
Es por ello que el Ideario expresa la identidad del
colegio y los rasgos esenciales de la educación que se
ofrece en concordancia con las necesidades de la sociedad.
Para el Colegio la educación es un derecho y una
actividad permanente propia de la persona; reconociendo a
su vez, la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes
y venideras una visión ampliada de la educación básica y
media superior con un renovado compromiso para hacer
frente a la amplitud y a la complejidad del desafío de la
educación integral.
Desde esta postura humanista, el curriculum de cada nivel
educativo se va adecuando; tomando en cuenta las
tendencias educativas de cada época; a través de sus ejes
10
transversales, considerados como los organizadores de las
diferentes temáticas de relevancia social; estos ejes
promueven una educación en valores, para la paz, para la
salud, favorecedora de la multiculturalidad, respeto
ambiental y no sexista.
IDEARIO
El estilo de educación humanista–cristiana del
Colegio Cristóbal Colón, que desde su fundación ofrece a la
comunidad veracruzana bajo el lema “Piedad y Letras”, se
recoge en el ideario del Centro de Estudios Cristóbal Colón.
1. Principios básicos
1.1. El Colegio Cristóbal Colón reconoce al
hombre como persona, esto es:
1.1.1. Un ser individual, dotado de inteligencia,
voluntad y siempre en constante
proceso de perfección, capaz, por tanto,
de superar sus propias limitaciones y de
abrirse a todos los valores que pueden
enriquecerlo, como lo son la libertad, la
verdad, la justicia y el servicio.
1.1.2. Un ser responsable de su propio
desarrollo personal, a tenor de su
proyecto concreto, realizado como
hombre o como mujer.
1.1.3. Un ser social que puede realizarse como
persona plena, en comunicación con los
demás por el amor, la participación y la
corresponsabilidad.
1.1.4. Un ser creado a la imagen de Dios,
llamado por el Padre a la dignidad de su
11
hijo suyo, en Jesucristo, modelo perfecto
de hombre, con la fuerza del Espíritu
que se hace presente en la Iglesia,
comunidad de amor y de fe.
1.1.5. Un ser histórico, inserto en un espacio y
en un tiempo determinado, México,
Veracruz, que ha de vivir en solidaridad
el esfuerzo de este pueblo, para su
promoción y desarrollo.
1.1.6. Un ser que debe valorar a todo hombre,
sea cual fuera su edad, sexo o cultura,
de forma prioritaria y esencial por ser
persona, y con el que debe colaborar
para hacer un mundo más humano y
feliz.
1.2. El Colegio Cristóbal Colón reconoce a la persona
como ser educable, por tanto:
1.2.1. Cree en la educación como un derecho y
una necesidad del ser humano para
configurarse como persona.
1.2.2. Cree en la educación como una actividad
permanente de crecimiento, ya que la
persona está constantemente
desarrollándose en un mundo en continua
evolución.
1.2.3. Cree en una educación trascendente,
humanista y cristiana, comprometida con la
promoción de una sociedad más humana.
1.2.4. Cree en una educación en la que se
desarrolla a la persona como ser individual,
según sus propias cualidades, y como ser
12
social en comunicación y colaboración con
los demás.
1.2.5. Cree en la educación basada en la
responsabilidad del propio sujeto, pero
necesitado de la guía y orientación de
competentes educadores.
1.2.6. Cree en una educación para la gratuidad del
servicio.
1.2.7. Cree en una educación formal y
escolarizada, pero también en la educación
de la vida.
1.3 El Colegio Cristóbal Colón reconoce al ser
educable como necesitado de instituciones
educativas, así:
1.3.1 Considera la institución como una comunidad
educativa donde todos, directivos, profesores,
personal no docente, alumnos, padres y ex
alumnos, en una integración armónica, se
insertan según la diversidad de posibilidades,
funciones y grado de responsabilidad, en un
objetivo común: la educación integral e
integradora de los alumnos.
1.3.2 Considera la institución como el lugar en el
que todas las personas de la comunidad
educativa se realizan como tales y se educan.
1.3.3 Considera la institución educativa como una
continuación de la acción educadora de los
padres.
1.3.4 Considera la institución educativa como una
necesidad de nuestros tiempos, para que las
personas puedan integrarse competentemente
a la compleja cultura actual.
13
1.3.5 Considera a la institución educativa como un
servicio al desarrollo personal y a la
transformación del mundo concreto en que
vivimos, para posibilitar una mejor calidad de
vida.
1.3.6 Considera a la institución educativa como un
organismo autónomo, pero abierto a la
realidad social y a la vida.
2. A partir de estas opciones básicas:
2.1. El Colegio Cristóbal Colón se define como
institución educativa configurada
concretamente según el ideal Escolapio, esto
es:
2.1.1. Vinculando íntimamente la promoción
humana y la formación religiosa
expresadas por el tradicional “Piedad y
letras”.
2.1.2. Abriéndose a todos sin distinción de
raza, sexo y religión, con una especial
atención a los más necesitados, tanto en
lo personal, como en lo académico y
económico.
2.1.3. Ofreciendo un estilo de educación
sencillo, pero cualitativo y personalizado.
2.1.4. Preocupándose por mantener
claramente la identidad cristiana de
forma personal e intencional, es decir,
en su estructura, en su funcionamiento y
en su contenido educativo, animada por
los valores fundamentales de la libertad
y el amor.
14
2.1.5. Comprometiéndose con México y
especialmente con la población de
Veracruz, a fin de preparar personas
cristianas, hombres y mujeres
responsables, ciudadanos íntegros e
integrados, así como profesionales
competentes.
2.1.6. Trabajando cordialmente como una
necesidad de potenciar el valor de cada
uno y de manifestar el respeto hacia los
otros.
2.2. El Colegio Cristóbal Colón se configura según
las siguientes opciones educativas:
2.2.1. Optamos por una coherencia educativa,
para lo cual se coordinan las líneas
pedagógicas, la unidad de objetivos, los
criterios educativos y métodos, en lo
posible, desde el preescolar hasta la
enseñanza media superior.
2.2.2. Optamos por una educación centrada en
el desarrollo del pensamiento
razonar, en el aprender a aprender y
en el impulso creativo del razonamiento
crítico.
2.2.3. Optamos por una educación en la
disciplina y el orden, como control de uno
mismo y como creación de ambiente de
trabajo; pero también en la comprensión,
en la exigencia personal y en el esfuerzo,
así como en la orientación y ayuda.
2.2.4. Optamos por una educación centrada en
la formación humana pero potenciada por
un alto nivel académico.
15
2.2.5. Optamos por una educación motivadora,
activa, respetuosa, actual, integral e
integradora.
2.2.6. Optamos por una educación
comprometida con la justicia, la paz y el
amor cristiano, con toda la humanidad y
muy concretamente con el pueblo
mexicano, en especial el veracruzano,
con sus problemas, sus aspiraciones y su
futuro.
2.3. El Colegio Cristóbal Colón se caracteriza por
la siguiente forma de actuar:
2.3.1. Valora a la persona por encima de las
estructuras y métodos, ayudando a
profesores y alumnos a optimizar sus
conocimientos, capacidades y actitudes,
estableciendo para ello unas estructuras
adecuadas.
2.3.2. Demuestra sensibilidad ante las
necesidades que, desde el punto de
vista pedagógico, cultural o religioso, se
manifiestan en el entorno, promoviendo
y valorando las actividades que intentan
darles respuesta.
2.3.3. Promueve y anima la renovación
pedagógica del Colegio y colabora con
todas las instituciones que se preocupan
de lo mismo.
2.3.4. Fomenta la reflexión crítica del propio
Colegio, a fin de progresar
constantemente y poder prestar ayuda a
las actividades e instituciones religiosas.
16
2.3.5. Adecua sus estudios y servicio a la
realidad y a las oportunidades
socioculturales del país, en contacto con
su historia, con sus posibilidades
actuales y con su reto, de puerta abierta
a la nueva cultura de Hispanoamérica.
MISIÓN
El Colegio Cristóbal Colón es una Comunidad Educativa
innovadora que ofrece a niños y adolescentes una educación
humana, fundamentada en los valores del evangelio, en la
cultura y en la vida; considerando, un Modelo Educativo
sustentado en la Pedagogía Calasancia y en un enfoque por
competencias desde una perspectiva integral, que facilite a
los educandos enfrentar los retos actuales, para transformar
el mundo que le rodea.
VISIÓN 2020
El Colegio Cristóbal Colón se visualiza como una Comunidad
Educativa líder, acreditada por su calidad que mediante la
Educación Calasancia promueva y fortalezca
corresponsablemente la vivencia de los valores del
Evangelio, el respeto, la solidaridad, la inclusión, la
flexibilidad y la innovación; considerando el discernimiento y
actualización permanentes, para la formación integral de
niños y adolescentes capaces de transformar su realidad
social.
SUS VALORES
La Justicia se promueve mediante el ejemplo de las
personas, al haber congruencia entre las reglas y las
17
acciones, a partir de la igualdad y equidad de los derechos,
es decir, tratar a todos por igual, ser transparentes, hacer lo
correcto, no discriminar, dar a cada uno lo que se merece,
mediante el diálogo y la reflexión respetando las ideas de los
demás.
La Paz es entendida como el ambiente de tranquilidad,
armonía y estabilidad, donde se da solución a los conflictos
con el diálogo, para la sana convivencia de todas las
personas, se representa mediante la espiritualidad y el
respeto en las relaciones interpersonales.
La Solidaridad se demuestra al entender las necesidades
de los demás, con compañerismo y paciencia, es decir,
apoyarse cuando más se necesite en comunidad.
Dignidad es el valor que cada individuo reconoce en sí
mismo y merece por el simple hecho de ser humano íntegro
hijo de Dios. Es la base de las relaciones para interactuar de
manera sana y equilibrada porque a partir del
autoconocimiento de las fortalezas y lo defectos de cada
persona se propicia el respeto para no agredir, intimidar,
exponer, humillar o denigrar al prójimo y a sí mismo,
dándose a respetar y respetando a los demás, considerando
los límites de acuerdo a los principios que cada uno tiene. La
dignidad es cuidarse, saber quién eres y lo que vales.
Para el Colegio Cristóbal Colón, el valor que une a
cada una de las acciones que se realizan e implica a los
valores anteriores es la Verdad, ya que al ser el valor
principal de la obra escolapia en la que los educadores son
Cooperadores de la Verdad, se busca “Educar con la
verdad y para la verdad”; lo que significa ser congruentes
entre la realidad de pensamientos y actuaciones, ser
honesto, objetivo y sincero, es decir, se deben contar los
hechos sin omitir la realidad, es hacer lo correcto aunque
nadie nos vea, hacerse responsable de los actos, lo cual
18
permite crear un ambiente de confianza y apertura al
diálogo.
PROPÓSITOS INSTITUCIONALES
El Colegio Cristóbal Colón, bajo el lema “Piedad y
letras”, tiene los siguientes propósitos:
1. FORMATIVOS
1.1. Ofrecer un servicio educativo de calidad que
cumpla con los objetivos de formación de cada
nivel educativo, contribuyendo a la preparación
de personas al servicio de la sociedad.
1.2. Brindar una educación fundamentada y
comprometida con los valores del humanismo
cristiano, que propicie actitudes de servicio y
compromiso.
1.3. Impartir una educación integral que se oriente no
sólo a la adquisición de conocimientos, sino que
considere el desarrollo de habilidades y la
incorporación de valores.
1.4. Brindar una educación que promueva la
adaptación a los escenarios presentes y futuros,
mediante estrategias que fomenten el trabajo
grupal y las relaciones interpersonales.
1.5. Propiciar un servicio educativo basado en un
modelo pedagógico que responda a las actuales
necesidades educativas del entorno.
1.6. Incentivar el desarrollo de habilidades
intelectuales que les permita a los alumnos
aprender permanentemente y reconocer los
avances en su aprendizaje.
19
1.7. Favorecer el acceso a nuevos niveles de
conocimiento a través del dominio de contenidos
básicos.
1.8. Desarrollar el pensamiento reflexivo, crítico,
creativo y emprendedor mediante una educación
basada en métodos activos.
1.9. Promover la investigación como medio de acceso
al conocimiento y para el desarrollo del
pensamiento crítico y creativo.
1.10. Incorporar los ambientes informáticos al proceso
de enseñanza–aprendizaje.
1.11. Fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras
que permita la comunicación en el contexto de
globalización.
1.12. Promover hábitos y actividades que construyan el
equilibrio biopsicosocial del individuo.
1.13. Propiciar, en todos los niveles, estos cuatro
enfoques: aprender a aprender, aprender a
hacer, aprender a relacionarse, aprender a ser.
2. DE GESTIÓN
2.1. Difundir el Proyecto Educativo a la comunidad del
Colegio.
2.2. Ofrecer un servicio educativo de calidad que
cumpla con los objetivos de formación de cada
nivel educativo, contribuyendo a la preparación
de personas al servicio de la sociedad.
2.3. Fortalecer el proceso de formación y de
educación continua del profesorado y demás
personal.
2.4. Promover la autoformación permanente del
docente y demás personal acorde a las
necesidades internas y externas al colegio.
20
2.5. Crear un ambiente armónico que propicie la
participación proactiva entre los miembros de la
comunidad educativa.
2.6. Proveer la infraestructura necesaria para el
desarrollo de los planes y programas de cada
nivel.
3. ORGANIZATIVOS
3.1. Difundir entre la comunidad educativa, la
estructura organizacional del colegio.
3.2. Fortalecer las relaciones de colaboración y
coordinación entre los niveles del colegio.
PROPÓSITOS DEL NIVEL BACHILLERATO
1. Desarrollar el pensamiento reflexivo, crítico y creativo,
mediante el uso y la aplicación de los métodos y de la
información básica de la ciencia y la cultura.
2. Plantear un aprendizaje basado en la investigación y
en la creatividad.
3. Desarrollar habilidades para la utilización adecuada del
lenguaje en sus formas oral y escrita.
4. Promover el desarrollo de habilidades matemáticas
para el planteamiento y resolución de problemas.
5. Promover el desarrollo de habilidades para el aprecio
de las expresiones artísticas y culturales.
6. Estimular el desarrollo físico y deportivo mediante
actividades sistemáticas y con carácter formativo
7. Propiciar la adquisición de aprendizajes en ambientes
informáticos
21
8. Brindar conocimientos que incorporen avances
científicos, tecnológicos y culturales al proceso
enseñanza–aprendizaje.
9. Proporcionar orientación para identificar los intereses y
aptitudes vocacionales.
10. Proporcionar orientación para identificar los intereses y
aptitudes vocacionales.
11. Fortalecer el aprendizaje de lenguas extranjeras para
la comunicación en el contexto globalizado.
12. Promover actividades que desarrollen un alto sentido
ético con relación al respeto y conservación del medio
ambiente.
13. Promover acciones que favorezcan el fortalecimiento
de la Fe en Cristo.
14. Contribuir en el desarrollo educativo sustentado en la
Pedagogía Calasancia.
15. Crear espacios de reflexión que favorezcan el
crecimiento espiritual y moral.
16. Propiciar el desarrollo personal e interpersonal que
favorezca el proyecto de vida en familia y en
comunidad.
22
NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
La presente Normativa tiene como finalidad orientar los
criterios sustantivos de convivencia, de orden académico y
de comportamiento de los integrantes de la Comunidad
Educativa (Directivos, Docentes, Personal Administrativo,
Alumnos y Padres de Familia) considerando;
Los Lineamientos Institucionales del Colegio.
El Reglamento de la Dirección General de
Bachillerato dependiente de la Subsecretaría de
Educación Media Superior y Superior de la Secretaría
de Educación de Veracruz.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
El Colegio Cristóbal Colón es una institución educativa
particular, de inspiración cristiana, cuya organización,
administración y funcionamiento está a cargo de la Orden de
las Escuelas Pías.
Artículo 2.
La enseñanza impartida en el Colegio es en la modalidad
escolarizada y se conforma de 6 semestres y su curso se
sujeta al Plan de Estudios y programas vigentes autorizados
por la Dirección General de Bachillerato.
Artículo 3.
El Colegio Cristóbal Colón es una escuela particular que,
bajo su lema “Piedad y letras”, tiene como propósitos:
a) Impartir una educación fundamentada y comprometida
23
con los valores del evangelio y del humanismo cristiano,
que propicien actitudes de servicio y compromiso en sus
relaciones y con la sociedad.
b) Integrar a los padres de familia en la formación
educativa, mediante actividades que permitan su
participación y compromiso con el proceso formativo del
niño.
c) Ofrecer una educación integral que se oriente en el
desarrollo de todas las potencialidades y dimensiones
de la personalidad, con el fin de formar alumnos
competentes ante el contexto.
d) Brindar una educación que promueva la adaptación a
los escenarios presentes y futuros, mediante
estrategias que fomenten el trabajo grupal y las
relaciones interpersonales.
e) Incentivar el desarrollo de habilidades intelectuales que
les permita a los alumnos aprender permanentemente
y reconocer los avances en su aprendizaje.
f) Fomentar el aprendizaje de la lengua extranjera que
permita la comunicación en el contexto de la
globalización.
g) Fomentar el uso de la tecnología que permita el
desarrollo efectivo de las potencialidades del alumno.
h) Promover hábitos y actividades que contribuyan al
equilibrio bio-psico-social y espiritual de los educandos.
i) Propiciar en todos los niveles, estos cuatro enfoques:
aprender a aprender, aprender a hacer, aprender a
vivir con los demás y aprender a ser.
Artículo 4.
Los órganos de gobierno del Colegio serán los responsables
de revisar, periódicamente, los avances de los planes y
programas, con el propósito de realizar las adecuaciones
24
pertinentes ante los cambios y necesidades del entorno
social.
Artículo 5.
Los educandos son lo más importante de la comunidad
educativa del Colegio; son los protagonistas principales del
proceso educativo, tomando en cuenta sus aptitudes e
intereses, así como las exigencias del entorno social.
TÍTULO SEGUNDO
LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Capítulo I.- De las Admisiones
Artículo 6.
Los Padres de Familia que solicitan, voluntariamente, el
ingreso de su hijo(a) a la sección de Bachillerato, supone la
aceptación, respeto y cumplimiento del Ideario, Principios,
Modelo Educativo, Organización y la presente Normativa de
Convivencia Escolar y todo aquello que la Dirección
considere pertinente para la Formación Integral de los
jóvenes.
Artículo 7.
El Colegio se reserva el derecho de admisión del aspirante
a inscribirse en cualquier curso escolar. Este derecho será
ejercido por la Dirección Académica.
Artículo 8.
Los alumnos se clasifican atendiendo a los siguientes
criterios:
a) Con relación a la inscripción:
25
Nuevo ingreso.- Aquellos alumnos que se inscriben
por primera vez a cualquier nivel o grado del Colegio
Cristóbal Colón.
Reinscripción.- Aquellos alumnos que soliciten
nuevamente su inscripción, previa autorización de la
Dirección Académica.
Con relación a la condición escolar.
Regulares.- Los alumnos (pertenecientes al Colegio)
que no adeuden ninguna materia, actividad o taller
del grado inmediato anterior.
Irregulares.- Los alumnos (pertenecientes al Colegio)
que adeuden hasta tres asignaturas y la Actividad
paraescolar o tres asignaturas y la Capacitación para
el Trabajo, siempre y cuando las asignaturas sean del
semestre inmediato anterior.
Artículo 9.
Las inscripciones y reinscripciones se sujetarán a las
siguientes condiciones:
a) Se llevarán a cabo durante los periodos fijados por la
Dirección Académica.
b) No se considerará inscrito o reinscrito a un alumno
mientras no haya cubierto los aranceles
correspondientes, así como la documentación y las fotos
requeridas, aún cuando la solicitud haya sido autorizada.
c) Cada inscripción o reinscripción será vigente únicamente
para la persona, el nivel, el ciclo escolar y el grado que
se solicitó.
d) No se inscribirá al nivel o grado próximo a ningún
alumno que tenga aportaciones pendientes con la
administración del Colegio.
26
Artículo 10.
La reinscripción de cualquier alumno puede ser condicionada
o rechazada en caso de tener antecedentes disciplinarios
graves o muy graves, o que el padre o tutor haya incurrido
en la violación al reglamento, o mostrar una conducta
agresiva hacia algún integrante de la comunidad educativa.
Artículo 11.
Una vez inscrito un alumno, éste debe sujetarse al
calendario escolar correspondiente que establece la SEP.
Artículo 12.
Una vez inscrito un alumno, permanecerá en el archivo una
copia de su documentación.
Artículo 13.
Toda solicitud de inscripción o reinscripción se considerará
extemporánea cuando se presente después del periodo
fijado para su efecto, y quedará sujeta a los límites de cupo
establecidos por el Colegio.
Artículo 14.
Las inscripciones al Colegio serán condicionadas para
aquellos alumnos que no presenten la totalidad de la
documentación requerida. Este tipo de inscripción está
sujeto a que el alumno presente la documentación faltante
en un plazo no mayor a 30 días naturales, a partir de haber
sido aceptada la inscripción.
Artículo 15.
No se admiten en el Bachillerato, alumnos irregulares o en
proceso de regularización en cuanto a materias cursadas, y
que no hayan sido aprobadas en las escuelas de
procedencia.
27
Artículo 16.
Los alumnos que proceden de la Secundaria Colón y
solicitan su Ingreso a Primer Semestre deberán cumplir con
los siguientes requisitos:
Presentar solicitud de inscripción debidamente
llenada y firmada por el padre o tutor.
6 fotografía tamaño infantil
Cumplir con las aportaciones correspondientes
Certificado de Secundaria
Artículo 17.
Los alumnos que proceden de otras secundarias y solicitan
su Ingreso a Primer Semestre deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
Para su pre-inscripción el aspirante deberá:
Tener la edad de 15 a 16 años.
llenar la solicitud de pre- ingreso.
presentar original y copias fotostáticas del acta de
nacimiento
boleta de calificaciones de 3er. año de secundaria
con promedio mínimo de 8
Cubrir los aranceles correspondientes.
Presentar y aprobar el examen de admisión
Para su inscripción
Alumnos admitidos
Certificado de secundaria cuyo original será
cotejado y devuelto al interesado en el momento de
la inscripción.
o El aspirante que aún no cuente con el certificado de
secundaria deberá presentar una constancia de
conclusión de estudios, con la cual quedará
28
amparado por un plazo de 60 días naturales
contados a partir de la fecha de inscripción.
Cédula CURP cuyo original será cotejado y devuelto
al interesado en el momento de la inscripción.
6 fotografías tamaño infantil en blanco y negro en
papel mate; vestimenta clara, rostro descubierto
Cumplir con la aportación del arancel oficial de
inscripción.
Por ningún motivo la escuela retendrá los
documentos originales del alumno.
Presentar carta de no tener aportaciones pendientes
de la escuela de procedencia, en el caso de
escuelas particulares
Artículo 18.
Las inscripciones a GRADOS INTERMEDIOS quedarán
sujetas al criterio de la Dirección Académica.
Artículo 19.
Los alumnos que deseen incorporarse al Bachillerato en
grados intermedios, deberán:
a) Corroborar que el mapa curricular y la opción
tecnológica de las escuelas de donde proceden sean
compatibles con el sistema al que estamos
incorporados.
b) Ser alumno regular del bachillerato de procedencia. No
se aceptan repetidores
c) Llenar la solicitud de ingreso.
d) Presentar la siguiente documentación
original y copias fotostáticas del acta de
nacimiento
constancia legalizada de estudios (provisional) de
la escuela de procedencia cuyo original será
29
cotejado y devuelto al interesado en el momento
de la inscripción.
Certificado de estudios incompletos cuyo original
será cotejado y devuelto al interesado en el
momento de la inscripción.
o El aspirante que aún no cuente con el
certificado incompleto deberá presentar
una constancia legalizada, con la cual
quedará amparado por un plazo de 60 días
naturales contados a partir de la fecha de
inscripción.
Cédula CURP cuyo original será cotejado y
devuelto al interesado en el momento de la
inscripción
6 fotografías tamaño infantil en blanco y negro en
papel mate; vestimenta clara, rostro descubierto
Cubrir el arancel oficial de inscripción.
Por ningún motivo la escuela retendrá los
documentos originales del alumno.
e) Revalidación y Equivalencia de Estudios.
Con el aspirante que provenga de escuelas de otro
sistema o subsistema:
Su inscripción estará sujeta a entregar el original
del certificado parcial o incompleto de estudios.
En caso de no contar con el certificado, deberá
entregar constancia original de estudios
incompletos que le amparará hasta por 60 días
naturales, misma que tendrá que contener todas
las asignaturas y actividades cursadas con las
calificaciones obtenidas.
o El alumno que en lugar del certificado
entregue constancia de estudios se
inscribirá de manera condicionada
30
(mediante firma de carta compromiso,
establecida para tal efecto) al semestre
que corresponda.
o Si proviene de un plan de estudios
diferente, para ser inscrito en el semestre
inmediato superior, se requiere que no
adeude ninguna asignatura de
semestre(s) anterior(es).
o Cabe la posibilidad de tramitar
Equivalencia o Revalidación de estudios
por asignatura; para tal caso, el alumno
deberá acudir al Departamento de
Revalidación de Estudios de la
Subdirección de Registro y Certificación
Escolar, a fin de que se realice el trámite
correspondiente, si procediera.
o Sólo podrán aceptarse alumnos de otro
sistema o subsistema en los semestres
del II al V y únicamente en periodo de
inscripciones.
o Una vez que el alumno haya hecho
entrega del original del certificado
incompleto, la escuela, o el alumno si él lo
prefiere, deberá tramitar ante el
Departamento de Revalidación de
Estudios, la Revalidación o Equivalencia
de estudios, según corresponda.
o El alumno que no haya cumplido con la
entrega del original del certificado
incompleto, debidamente legalizado, no
tendrá derecho a exámenes finales y, por
lo tanto, causará baja automática.
o El alumno que no cuente con la
Revalidación o Equivalencia de estudios,
31
según sea el caso, no tendrá derecho a
inscripción al semestre inmediato
superior.
Artículo 20.
El Colegio se reserva el derecho de establecer los límites de
cupo mínimo y máximo a los Grupos.
Artículo 21.
Cuando se trate de un alumno inscrito y cuyos padres estén
tramitando la custodia legal a favor de uno de ellos, se
deberá entregar, a la Dirección Académica de este
bachillerato, una copia de la resolución final que dicte el juez
correspondiente.
Capítulo II.- Tramitación Administrativa y Escolar
Artículo 22.
Las aportaciones por concepto de colegiatura deberán ser
dentro de los primeros quince días naturales de cada mes.
Artículo 23.
El incumplimiento de tres aportaciones por concepto de
colegiaturas, equivalentes a cuando menos tres meses, por
los padres de familia, tutores o usuarios, libera de toda
obligación a los prestadores del servicio educativo.
Artículo 24.
Es de vital importancia estar al corriente con las aportaciones
de las colegiaturas para poder recoger las boletas en los
periodos establecidos; así como para realizar trámites
administrativos: cubrir el arancel de exámenes
extraordinarios, constancias de buena conducta, de estudios,
entre otros.
32
Artículo 25.
Los alumnos deberán realizar sus trámites de
documentación (por ejemplo, constancias de calificaciones o
de ser alumnos del Colegio, entre otros), previo cumplimiento
de la aportación correspondiente. Para dicho trámite,
deberán dirigirse a Servicios Escolares.
Artículo 26.
Los trámites deberán hacerse de manera personal, por el
alumno o por el padre de familia o tutor, y la documentación
se entregará únicamente a quien realice la solicitud o a un
tercero, siempre y cuando presente una carta poder, así
como su identificación.
Artículo 27.
La documentación requerida deberá tramitarse con un
mínimo de tres días de anticipación. En lo que se refiere a
certificados de estudios, su entrega dependerá de la
Registro y Certificación en Jalapa, Ver.
Artículo 28.
No se extenderán constancias con calificaciones durante los
períodos de exámenes ordinarios y extraordinarios.
1. Bajas Escolares
Artículo 29.
La baja de algún alumno consiste en la suspensión o
cancelación de la matrícula del alumno, y puede ser
reglamentaria, voluntaria y académica, según lo siguiente:
33
a) Bajas voluntarias.- Cuando es solicitada por el
padre de familia o tutor, por razones personales, y
puede ser temporal o definitiva.
b) Baja reglamentaria.- Cuando el alumno falta a las
disposiciones señaladas en la Normativa y puede ser
temporal o definitiva.
c) Baja académica.- Cuando el alumno reprueba más
de tres materias.
Artículo 30.
Las solicitudes de baja deberán presentarse a la Dirección
para la autorización del trámite correspondiente.
Artículo 31.
El alumno que solicite baja definitiva deberá comprobar al
departamento de Servicios Escolares que no tiene
aportaciones pendientes con la administración del Colegio,
para que le sean expedidos los documentos que amparen
los estudios realizados en ella.
TÍTULO TERCERO
LINEAMIENTOS ACADÉMICOS
Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones
Artículo 32.
Las sesiones serán de 50 minutos con un receso de 10
minutos entre cada clase. En los casos de las materias de
Paraescolar, Formación para el Trabajo podrán ser
continuas pero respetando el receso correspondiente de los
alumnos previa autorización de la Dirección Académica.
34
Artículo 33.
El inicio de clases es a las 7:00 horas. La salida será a las
13:50 hrs. (eventualmente a las 14:50 hrs) Por este motivo,
se especifica como horario de entrada 6:45 horas. El portón
(en las instalaciones del Colegio) se cierra a las 7:00 hrs.
Los alumnos que lleguen tarde, por razones de seguridad, se
les permitirá el acceso, se registrará su nombre y se
incorporará a la clase de 7:50; al tercer registro se notificará
a su tutor para que pase a recogerlo.
Para los alumnos de 5º. y 6º. semestre el inicio de clases
será de igual forma a las 7:00 hrs. y se aplica también la
disposición para los que lleguen tarde.
Artículo 34.
Los profesores pasarán lista de asistencia al inicio de cada
clase y:
Registrarán asistencia o falta. No se consignarán
retardos en las listas de asistencia.
El alumno que llegue después del pase de lista se
quedará registrada la falta.
Únicamente, se justificará el retardo a aquellos alumnos
que presenten el justificante firmado por el responsable
de la instancia donde se encontraban.
Artículo 35.
Para evitar la llegada tarde a clases, los alumnos deberán
permanecer en sus salones esperando la llegada del
profesor.
Artículo 36.
A los alumnos que sean reportados por llegar tarde a clase
sin justificación, por tres ocasiones consecutivas o cinco
discontinuas, se les sancionará con la realización de
35
actividades académicas o lo que indique la Dirección, de 3 a
5 días por la tarde. De no cumplir con esta disposición el
alumno se hará acreedor a la sanción de 2 días de
suspensión.
Artículo 37.
No se les recibirá a los padres de familia alimentos, trabajos
o cualquier otro objeto olvidado por el alumno en casa, y
tampoco se les darán avisos de llamadas telefónicas.
Artículo 38.
Una vez iniciada la jornada escolar, no se permitirá la salida
a los alumnos, exceptuando aquellos casos que cuenten con
la autorización del médico escolar.
Si por algún motivo el alumno tiene que atender asuntos
personales (viajes, convivencias familiares, o cualquier
eventualidad ajena a la institución) o no desea concluir la
jornada escolar será mejor que no asista a clases.
Capítulo II.- De las inasistencias
Artículo 39.
La justificación de las inasistencias de los alumnos es
función de la Dirección Académica.
Las inasistencias a clases se justificarán únicamente en los
siguientes casos:
a) Por representar al Colegio En algún evento académico,
espiritual, cultural, o deportivo.
b) Por haber contraído alguna enfermedad contagiosa o
que haya requerido de hospitalización.
c) Por intervenciones quirúrgicas.
d) Por deceso de algún familiar en primer grado de
parentesco.
36
Artículo 40.
La inasistencia por viajes, convivencias familiares y similares
no serán justificados y quedan bajo responsabilidad de los
padres de familia.
Artículo 41.
La justificación de las inasistencias, por enfermedad y/u
hospitalización, se efectuará por medio de certificados
médicos tomando en cuenta los criterios siguientes:
a) Los certificados deberán ser entregados a más tardar
dentro de las 48 horas a la reincorporación del
alumno a sus actividades escolares.
b) Todo certificado presentado fuera de este plazo no
será aceptado. La presentación del certificado no
supone la validación del mismo.
c) Se efectuará la revisión de los certificados para
determinar su validez, tomando en cuenta el mismo
certificado, así como las inasistencias del alumno en
todas las materias.
d) El alumno será informado del resultado, 24 hrs.
después de la entrega del justificante.
e) No se recibirán justificantes con fechas posteriores a la
incapacidad del alumno o fuera del periodo
establecido.
f) El justificante médico autoriza, únicamente, los días
especificados en el mismo, con excepción de los casos
que la Dirección autorice.
g) Toda anomalía detectada en la justificación de las
inasistencias en los certificados médicos dará lugar a
la invalidación de éstos, recibiendo el alumno la
sanción correspondiente.
37
Artículo 42.
Dentro de la institución, se justificará la inasistencia a clases
cuando el alumno asista al servicio médico o cuando
requieran su presencia en Dirección, Servicios Escolares,
Pastoral, Atención Psicológica o Atención Tutorial, siempre y
cuando se notifique con anticipación al profesor que el
alumno será atendido en su hora de clase, o se envíe un
justificante firmado por la instancia responsable.
Artículo 43.
Aquellos alumnos que excedan el número de faltas,
dependiendo del número de horas/clase de cada materia, no
tendrán derecho a presentar examen sumario.
Horas clases a la semana Límite de faltas al semestre
1 4
2 8
3 12
4 16
5 20
7 28
Artículo 44.
Faltas Colectivas
a) Cuando un grupo completo no se presente a
clase, se consignará falta colectiva y será considerada
como muy grave. En estos casos, el profesor de la
primera clase levantará un acta que deberá entregar a
la Dirección Académica, y se darán por vistos los
temas establecidos en la programación de las materias
de ese día.
38
b) Cuando un grupo incurra en falta colectiva por segunda
ocasión, se considerará falta excesivamente grave,
sujetándose cada alumno a la aplicación de la sanción
respectiva por parte de la Dirección.
Capítulo III.- De la Evaluación, la Acreditación y la
Promoción
Artículo 45.
Para efectos de la Evaluación, Acreditación y Promoción de
los alumnos, es obligación del personal directivo de la
escuela organizar y verificar la aplicación de las
Evaluaciones tanto Parciales como Finales, de
Regularización y a Título de Suficiencia, en los periodos
calendarizados oficialmente, así como registrar y entregar,
en tiempo y forma, los reportes de calificaciones
correspondientes a la Unidad Coordinadora de Bachillerato.
1. De la Evaluación
Artículo 46.
Los alumnos tienen derecho a que los profesores expliquen,
al inicio del ciclo escolar, el procedimiento de evaluación que
aplicarán.
Artículo 47.
Se aplicarán en cada semestre dos exámenes parciales y
un sumario que se celebrarán bajo las siguientes
formalidades:
a) Se realizarán dentro de las fechas y horas establecidas
por la Dirección.
b) Los horarios de exámenes se entregarán, a los
alumnos, cuando menos 8 días hábiles de anticipación
39
y estos no podrán ser modificados, salvo en
situaciones extraordinarias y previa autorización de la
Dirección, de no ser así todo examen aplicado no
tendrá validez.
c) Los criterios y los instrumentos de evaluación deberán
ser congruentes con los objetivos y contenidos de los
programas de estudio.
d) Para el desarrollo de los exámenes, se enlistará en un
acta a los alumnos que tengan derecho a ello; esta
acta se elaborará 48 horas antes del día marcado para
el examen, y se cerrará en el renglón siguiente al
último alumno anotado.
e) Los profesores deberán pasar lista al inicio del examen
y se abstendrán de incluir en el acta o de examinar a
los alumnos que no figuren en ella.
Artículo 48.
En el caso de los alumnos que no presenten exámenes
ordinarios por representar al Colegio en algún evento,
enfermedad (previa comprobación) podrá presentarlo en
periodo extemporáneo previa autorización y calendarización
de la Dirección, de no ser así, los exámenes aplicados serán
anulados.
Artículo 49.
Los profesores deberán capturar las calificaciones
debidamente consignadas, en un plazo no mayor a tres días
hábiles posteriores a la celebración de cada examen.
Artículo 50.
Cuando un alumno sea sorprendido copiando, se consignará
“cero” como calificación del examen y se sumará con el
puntaje de participaciones, reportándose por escrito a la
40
Dirección. Si el alumno reincidiera en esta falta, se
considerará falta muy grave.
2. De la Acreditación
Artículo 51.
Para obtener el certificado completo de estudios
(Acreditación del Bachillerato), el alumno deberá cursar y
aprobar todas las asignaturas del Tronco Común, Área
Propedéutica, Actividades Paraescolares y Capacitación
para el Trabajo; así como las materias extracurriculares
establecidas por la institución.
Artículo 52.
Para que el alumno tenga derecho a calificación aprobatoria
o de acreditada, es condición necesaria cubrir cuando
menos el número de sesiones que representen el 80% de las
que se hayan impartido durante el curso
Artículo 53.
Para efectos de acreditación, se registrarán las calificaciones
de los exámenes parciales y sumarios; las cuales deben
integrar los avances logrados por el educando en ejercicios,
tareas, prácticas y demás actividades que el maestro
considere representativas de los aprendizajes.
La clase de paraescolar también se lleva el seguimiento en
forma numérica en cada evaluación: sin embargo:
La calificación final es nominal acreditada (A) o no
acreditada (NA).
Los alumnos llevan dos paraescolares al semestre y
ambas se promedian pero en caso de que una de ellas
41
esté reprobada, automáticamente el promedio es no
acredita (NA).
Artículo 54.
Aquel alumno que no presente alguno de los exámenes se
registrará N/P que equivale a 0, no se toman en cuenta las
actividades.
Artículo 55.
La integración de la evaluación de cada alumno; así como la
captura de la calificación es responsabilidad absoluta del
titular de cada unidad de aprendizaje que integra el plan de
estudios.
Artículo 56.
La evaluación es permanente, pero por cuestiones
administrativas que permitan la información correcta y
oportuna a los educandos y padres de familia, se registran
dos evaluaciones parciales que se promedian; y una
evaluación sumaria cuyo resultado se promedia con la
obtenida de las dos primeras evaluaciones.
Artículo 57.
Concluida la aplicación de la segunda evaluación parcial, se
obtendrá el promedio de las calificaciones parciales, sin que
se aproxime al entero, reportándose con el primer decimal.
Ejemplos
Casos 1er. parcial 2º.Parcial Promedio parcial
A 7 8 7.5
B 8 8 8
C 5 6 5.5
D 6 N/P 3
42
Artículo 58.
A excepción de aquel alumno que no cubra el 80% de las
asistencias a clases o que cause baja, al término del
semestre, TODOS los alumnos presentarán examen final, y
la calificación obtenida será promediada con el promedio
parcial.
Artículo 59.
El promedio final se obtendrá del resultado del promedio
parcial más la calificación del examen final, entre 2, y de
éste se reportará la calificación final, sin fracciones.
Ejemplos
Casos 1er.
parcial
2do.
Parcial
Promedio
Parcial
Examen
final
Promedio
Final
Calificación
Final
A 7 8 7.5 5 6.2 6
B 8 8 8 5.5 6.7 7
C 5 6 5.5 6 5.5 5
D 6 N/P 3 8 5.5 5
E 6 N/P 3 N/p 1.5 2
Artículo 60.
Cada asignatura o actividad se acreditará de manera
independiente, sin seriación.
Artículo 61.
Es obligación del docente entregar las calificaciones y los
exámenes, junto con su clave correspondiente; así como el
control de evaluación continua y/o evidencias, a la
coordinación docente, en un plazo no mayor de tres días
hábiles posteriores a la aplicación de la evaluación de su
asignatura o actividad.
43
Artículo 62.
Los alumnos podrán exentar (únicamente) exámenes finales
siempre y cuando el (la) alumno(a):
a) Obtenga un promedio de 9.5 sin aproximaciones.
b) Entregue en tiempo y forma todas las actividades
solicitadas durante el semestre, incluyendo las que
corresponden al examen sumario.
c) Tenga en orden su material bibliográfico, apuntes y
demás material que indique el profesor de cada materia.
d) tenga un 90 % de asistencia
e) No tener ningún reporte de indisciplina.
f) Estar al corriente en las aportaciones correspondientes
g) Los alumnos deberán asistir a clases hasta que lo
determine la Dirección.
Artículo 63.
Otorgar la revisión de sus exámenes es un derecho del
alumno; por este motivo, el profesor asignará la fecha y hora
de revisión en el salón de clases.
Artículo 64.
La revisión de exámenes será proporcionada única y
exclusivamente a los alumnos.
Artículo 65.
Únicamente se proporcionará revisión extemporánea a los
alumnos que presenten su justificante autorizado o por
notificación de la Dirección.
Artículo 66.
El alumno después de la revisión de su examen está
inconforme con la calificación obtenida tendrá el derecho de
solicitar revisión del mismo, sujetándose a las siguientes
formalidades:
44
a) Deberá presentar, por escrito, a la Dirección una
solicitud de revisión dentro de las 24 hrs. posteriores al
conocimiento del resultado; en ella explicará con
claridad las razones de su inconformidad, por las cuales
considera debe modificarse su calificación.
b) La Dirección turnará la revisión a dos sinodales, siendo
su resolución inapelable.
c) Una vez solicitada la revisión de examen, el alumno no
deberá comunicarse con el profesor ni con los sinodales
designados; de hacerlo, la Dirección anulará la revisión,
y dejará registrada la calificación que tenía el alumno
antes de hacer su solicitud.
d) El resultado puede ser igual al ya reportado por el titular
de la materia, o en su caso mayor o menor.
e) Una vez realizada la revisión, los sinodales levantarán
un acta en donde emitan el resultado de la misma, el
cual será inapelable.
Artículo 67.
No procederá ninguna solicitud de revisión de examen o de
calificación, después del periodo establecido para su efecto.
Artículo 68.
Es obligación del personal directivo de la escuela entregar al
educando, padres de familia o tutores, tratándose de
menores de edad, la boleta de calificaciones de cada
evaluación calendarizada, en un plazo que no exceda de
ocho días hábiles después de cada periodo de evaluación,
recabando el acuse de recibo en una copia de la misma
boleta, debiendo quedar integrado en el expediente del
alumno.
45
Artículo 69.
La entrega de boletas se realizará en las fechas establecidas
por la Dirección.
Los padres de familia que no se presenten en dichas fechas,
podrán solicitarla en Servicios Escolares, sólo en horario de
los sábados.
Artículo 70.
Es de vital importancia estar al corriente en las aportaciones
de las colegiaturas para poder recoger las boletas en los
periodos establecidos.
Artículo 71.
Después de las fechas programadas para la entrega de
boletas, los padres de familia tendrán un lapso de 24 hrs.
para solicitar la aclaración de alguna duda que exista con
relación a las calificaciones de los alumnos.
3. De la promoción
Artículo 72.
Promociona como alumno regular al semestre inmediato
superior, quien haya cubierto aprobatoriamente el total de
las asignaturas y actividades del semestre cursado
Artículo 73.
Podrá promover como alumno irregular quien adeude hasta
tres asignaturas y la Actividad Paraescolar o tres
asignaturas y la Capacitación para el Trabajo, o dos
asignaturas más (Actividad Paraescolar y Capacitación para
el Trabajo), de tal manera que no rebase el número de
cuatro en total.
46
Artículo 74.
Para promover al III semestre deberá haber cubierto
íntegramente el I semestre; para IV semestre, el II semestre;
para el V semestre, el III semestre y; para VI semestre, el IV
semestre, incluyendo la Actividad Paraescolar y la
Capacitación para el Trabajo.
Artículo 75.
Las Actividades Paraescolares deberán cursarse en el
mismo plantel donde se cursan el resto de las asignaturas, y
de no aprobarse, como cualquier otra asignatura o
Capacitación para el Trabajo, podrán presentarse a
regularización en los períodos calendarizados.
Artículo 76.
Los alumnos que no acrediten alguna de las materias
permitidas para la promoción, tendrá derecho a presentarlas
como evaluaciones de carácter extraordinarios y se
celebrarán bajo las siguientes formalidades:
a) Se realizarán dentro de las fechas y horas establecidas
por la Dirección.
b) Los horarios de exámenes se publicarán, cuando
menos 10 días hábiles de anticipación y estos no
podrán ser modificados, salvo en situaciones
extraordinarias y previa autorización de la Dirección,
de no ser así todo examen aplicado no tendrá validez.
c) Los contenidos del examen corresponderán a todos los
temas vistos durante el semestre.
d) Las aportaciones para tener derecho a examen,
ordinario o de regularización, deberán realizarse
cuando menos 24 hrs. antes de la fecha programada,
de no hacerlo se pierde la oportunidad (sólo aplican 3).
47
e) Para el desarrollo de los exámenes, se enlistará en un
acta a los alumnos que tengan derecho a ello; esta
acta se elaborará 24 horas antes del día marcado para
el examen, y se cerrará en el renglón siguiente al
último alumno anotado.
f) Los profesores deberán pasar lista al inicio del examen
y se abstendrán de incluir en el acta o de examinar a
los alumnos que no figuren en ella.
Artículo 77.
Para efectos del reporte final de calificación, la mínima
calificación que podrá registrarse será 5.
Artículo 78.
Al finalizar el semestre, se obtendrá el promedio de las
calificaciones parciales, sin que se aproxime al entero,
reportándose con el primer decimal.
Ejemplo
Artículo 79.
A excepción de aquel alumno que no cubra el 80% de las
asistencias a clases o que cause baja, al término del
semestre, todos los alumnos presentarán examen final, y la
calificación obtenida será promediada con el promedio
parcial.
Casos 1er. parcial 2º. parcial Promedio parcial
A 7 8 7.5
B 8 8 8
C 5 6 5.5
D 6.4 7.8 7.1
E 6 N/P 3
48
Ejemplo:
Caso 1er.
parcial
2º.
parcial
Promedio
parcial
Examen
final
Prom.
Final
Calif.
final
A 6 8 7 8.5 7.7 8
B 6 7 6.5 5 5.7 5
C 7 8 7.5 7 7.2 7
D 10 10 10 9 9.5 10
E 6 7 6.5 5.5 6 6
Artículo 80.
A los alumnos que no presenten examen final, deberá
anotárseles N/P, promediándose esta calificación con el
promedio parcial.
Ejemplo:
Caso 1er.
parcial
2º.
parcial
Promedio
parcial
Examen
final
Prom.
final
Calif.
final
A 7 6 6.5 N/P 3.2 3
B 6 N/P 3 N/P 1.5 2
4. De los exámenes extemporáneos
Artículo 81.
Únicamente podrán presentar exámenes extemporáneos los
alumnos que cuenten con la autorización de la Dirección.
Artículo 82.
Al alumno que por descuido no presente el examen
extemporáneo, se le consignará N/P. Por este motivo, debe
verificar en servicios escolares la fecha y hora programada
para presentarse oportunamente.
49
5. Revisión de exámenes
Artículo 83.
Otorgar la revisión de sus exámenes es un derecho del
alumno; por este motivo, el profesor asignará la fecha y hora
de revisión en el salón de clases.
Artículo 84.
La revisión de exámenes será proporcionada única y
exclusivamente a los alumnos.
Artículo 85.
Únicamente se proporcionará revisión extemporánea a los
alumnos que presenten su justificante autorizado o por
notificación de la Dirección Académica.
Artículo 86.
Cuando el alumno esté inconforme con la calificación
obtenida, tendrá el derecho de solicitar revisión de examen,
sujetándose a lo establecido en art. 66 de la presente
Normativa.
Artículo 87.
Después de la fecha programada para la entrega de
boletas, los padres de familia tendrán un lapso de dos días
para solicitar la aclaración de alguna duda que exista con
relación a las calificaciones de los alumnos.
Artículo 88.
No procederá ninguna solicitud de revisión de examen o de
calificación, después del periodo establecido para su efecto.
50
Artículo 89.
Las evaluaciones de carácter extraordinario se realizarán
siempre a través de exámenes escritos, y se contará
únicamente con tres oportunidades.
Artículo 90.
Los horarios se presentarán, cuando menos, con ocho días
hábiles de anticipación al periodo establecido.
Artículo 91.
Una vez establecido el calendario de exámenes, éste no
podrá ser cambiado, a reserva de situaciones extraordinarias
y previa autorización de la Dirección. De no ser así, todo
examen aplicado no tendrá validez.
Capítulo IV.- De las Paraescolares y Selectivos
1. Paraescolares
Artículo 92.
Los alumnos que cursan 1º 2º y 3er. Semestre deberán
cursar una paraescolar (elegida desde 1er. Semestre) para
cumplir con las disposiciones que señale el titular de cada
una de ellas; y atender, además, los puntos siguientes:
Paraescolar Deportiva: Comprar el uniforme deportivo
del colegio (obligatorio)
Paraescolar Cultural: Comprar el uniforme que
determine el profesor (obligatorio)
Cuidar la presentación y aseo de su persona e
implementos de trabajo.
Portar correctamente el uniforme; de lo contrario no
pueden participar en clase y tendrá falta.
Participar activamente en el desarrollo de la sesión.
51
Las paraescolares las determina la Dirección Académica
considerando la pertinencia de las mismas
2. Selectivos
Artículo 93.
Antes de ingresar a la selección y a las otras disciplinas los
alumnos deberán realizarse un examen médico que apruebe
la condición física del alumno (a) para realizar deporte.
Artículo 94.
Para formar parte de los selectivos será conforme a los
criterios siguientes:
Estar físicamente apto para realizar una actividad física:
condición, técnica, actitud para el trabajo, disciplina.
Presentarse a las pruebas correspondientes
Cupo limitado (equipo de varones y equipo de mujeres)
Futbol: 18 participantes
Volibol: 12 participantes
Basquetbol: 12 participantes
Artículo 95
Presentar al entrenador (según el selectivo del cual forma
parte) la carta compromiso expedida por la institución,
misma que debe ser llenada y firmada por el padre de familia
o tutor.
La promoción del alumno estará determinada por los criterios
de evaluación establecidos por el entrenador y por las notas
académicas de cada alumno, siendo que aquellos que
cuenten con un bajo rendimiento no podrán formar parte
de la actividad seleccionada.
52
Artículo 96.
Para los entrenamientos el (la) alumno(a) deberá:
Comprar los uniformes de entrenamiento y encuentros
en la institución.
Traer maletín para entrenamientos y partidos.
Cuidar que en su alimentación la ingesta sea saludable.
Descansar (dormir) mínimo 8 horas diarias.
Cuidar la presentación y aseo de su persona e
implementos de juego.
Portar correctamente los uniformes destinados para los
entrenamientos y encuentros; de lo contrario no pueden
participar.
Asistencia y Puntualidad:
Asistir puntualmente a los entrenamientos.
Llegar 20 minutos antes de iniciar el
entrenamiento
Quienes falten a los entrenamientos no
garantiza que puedan participar en el
encuentro que esté programado.
Las faltas serán justificadas con certificado
médico un día después de la falta.
Artículo 97.
No podrá jugar el alumno que no asistan o falte
constantemente a los entrenamientos, no presente su
credencial, no lleve el uniforme completo.
Artículo 98.
Las bajas en las actividades deportivas pueden ser en los
siguientes casos:
a) Indisciplina durante los entrenamientos y partidos
b) Bajo Rendimiento Académico o materias reprobadas
c) Enfermedad o lesión.
53
Artículo 99.
La baja del alumno, por parte del padre de familia, de la
actividad deportiva deberá ser por escrito y dirigida a la
Dirección Académica, especificando el motivo de la misma.
Artículo 100.
Las sanciones por casos de indisciplina durante los partidos
quedarán sujetas a lo dispuesto por la Dirección Académica.
Artículo 101.
El reingreso a las actividades deportivas estará condicionado
por la Dirección Académica, y deberá ser solicitado, por
escrito, por el tutor de grupo y/o padre de familia.
3. De los Padres de Familia
Artículo 102.
a) La participación activa y ejemplar de los padres de
familia es de vital importancia para fortalecer cada una
de las acciones que el Colegio realice; Por este motivo,
deberán mostrar una actitud de apoyo, respeto y de
colaboración.
b) Respetar y cumplir la normativa de convivencia
deportiva.
c) Vigilar que sus hijos sean puntuales con los horarios
de entrenamientos y encuentros.
d) Mantener una actitud de respeto durante los
encuentros; evitando caer en provocaciones por
padres de familia y/o jugadores de otros equipos.
e) Vigilar que sus hijos sean puntuales con los horarios
de entrenamientos y encuentros.
54
f) Mantener una actitud de respeto durante los
encuentros; evitando caer en provocaciones por
padres de familia y/o jugadores de otros equipos.
g) Dejar limpia el área donde estén animando a los
jugadores.
h) No fumar dentro de las instalaciones ni en las áreas
donde se realicen los encuentros.
i) No llegar en estado inconveniente (alcoholizado) a las
instalaciones del Colegio ni donde se realicen los
encuentros.
j) Solicitar entrevista con el técnico previa cita fuera del
horario de entrenamiento.
Artículo 103.
Todo lo no dispuesto en el presente reglamento será
resuelto por las autoridades académicas y administrativas
competentes.
TÍTULO CUARTO
FORMACIÓN INTEGRAL
Capítulo I.- De la Pastoral
Artículo 104.
Teniendo en cuenta que nuestra institución es de inspiración
cristiana católica, la formación e información que se imparte
es humanista cristiana. Para el cumplimiento de este
objetivo, se realizarán las siguientes actividades:
a) Prerretiros.
b) Retiros
c) Grupos de seguimiento y crecimiento
d) Cursos de catequesis
e) Celebraciones litúrgicas
55
Eucaristías.
Actos penitenciales.
Para - liturgias, etc.
f) Eventos especiales organizados por el departamento
de Pastoral
g) Clases de formación
h) Proyección Calasancia
i) Actividades asistenciales
j) Otros
Artículo 105.
En lo referente a los puntos del artículo 104 es primordial
que los alumnos asistan a todas las actividades, de no
hacerlo pone en evidencia que no está de acuerdo con el
carisma de nuestro Colegio.
Artículo 106.
La falta de disposición para participar en las actividades que
promueva el departamento de Pastoral, evidencia que no se
está de acuerdo con el ideario del Colegio, motivo por el
cual, las autoridades académicas podrán tomar las medidas
que consideren pertinentes.
Artículo 107.
Cuando algún(a) alumno(a) no asista al retiro, tendrá que
presentarse a clases en el grupo que sea asignado por su
tutor(a) y tendrá que cumplir con las actividades que los
profesores de esos grupos establezcan y, además, de no
cumplir con estas disposiciones, se considerará como falta
grave, y se procederá a la aplicación de la sanción
correspondiente.
56
Artículo 108.
En lo referente al artículo 104, si el alumno se viera
imposibilitado para participar en alguna de las actividades,
deberá realizar otra actividad asignada por el (la) profesor(a)
de la materia de Educación en la Fe en común acuerdo con
la Dirección Académica.
Artículo 109.
Sólo los alumnos que participen activamente en los incisos c
y f del artículo 104 tendrán derecho a los beneficios
acordados por el departamento de Pastoral de común
acuerdo con Dirección General y Dirección Académica
Artículo 110.
Los alumnos que participen activamente en las actividades
de Pastoral se comprometen a cumplir en tiempo y forma
con sus tareas escolares, exámenes; así como mostrar una
conducta excepcional, lo cual refiere su testimonio de vida y
desarrollo espiritual.
Artículo 111.
Cuando se lleve a cabo la organización de una actividad
(antes y el día del evento) el responsable del Departamento
de Pastoral notificará, previa autorización del Director
General y cuando menos con 15 días de anticipación, a la
Dirección Académica el nombre de los alumnos que
participarán y el horario correspondiente para la justificación
de faltas; así como la autorización extemporánea de tareas y
aplicación de exámenes.
Artículo 112.
En el caso de una negativa colectiva a las actividades antes
mencionadas, se procederá conforme al artículo 44 de la
presente Normativa
57
Artículo 113.
En cuanto a la proyección calasancia y las actividades
asistenciales, son obligatorias; en caso de incumplimiento de
la proyección calasancia, se tomarán las medidas
pertinentes. En cuanto a las actividades asistenciales, se
procederá conforme lo indique el Coordinador de Pastoral.
Artículo 114.
Lo no previsto en cuanto a las actividades y normativas
referentes a Pastoral, será resuelto por el Coordinador de
Pastoral, en común acuerdo con la Dirección General y
Dirección Académica.
TÍTULO QUINTO
APOYOS EDUCATIVOS
Artículo 115.
En apoyo al desarrollo efectivo de la labor educativa, los
alumnos podrán disponer de los servicios y recursos que
ofrece el Colegio a través de biblioteca, centro de cómputo,
aulas activas y laboratorio, apegándose a las normativas que
cada uno de estos servicios.
Capítulo I.- Biblioteca
Artículo 116.
El horario de los servicios de la biblioteca a sus usuarios
internos, durante el periodo escolar lectivo, será de lunes a
viernes de 8:00 a 17:00 hrs.
58
Artículo 117.
Para hacer uso de los servicios de la biblioteca, los usuarios
internos presentarán la credencial vigente expedida por el
Colegio, que los acredite como miembros del Colegio y,
además, deberán portar el uniforme de diario correctamente.
Artículo 118.
La credencial que presenten los usuarios permanecerá en
calidad de depósito en la recepción de la biblioteca durante
su permanencia en la misma.
Artículo 119.
No está permitido introducir alimentos y/o bebidas a la sala.
Artículo 120.
Durante la permanencia del usuario en la sala, éste deberá
guardar silencio y mantener el orden debido, así como
apagar su celular.
Artículo 121.
No está permitido permanecer en la sala en horario de
clases o al término de un examen.
Artículo 122.
No está permitido fotocopiar el material bibliográfico que
corresponda a una colección, enciclopedia o diccionarios.
Artículo 123.
El material hemerográfico (revistas, folletos, etc.) no está
sujeto a préstamo externo.
Artículo 124.
El préstamo interno será con base en las siguientes
disposiciones:
59
a) El usuario es responsable del material solicitado, de
que no se maltrate, y únicamente debe utilizarlo en la
sala de estudio.
b) Se prestan tres libros como máximo, siendo de
diferente autor y/o título.
c) El usuario debe devolver personalmente el material
utilizado en la recepción de la biblioteca y recoger su
credencial.
Artículo 125.
El préstamo externo será con base en las siguientes
disposiciones:
a) Entregar su credencial vigente, que lo identifique como
alumno del Colegio.
b) Sólo se prestará el material bibliográfico del cual
existan tres ejemplares.
c) El préstamo es únicamente por un día.
d) El usuario deberá entregar el material en la fecha
indicada; de no ser así, por cada día de atraso se le
suspenderá un mes el servicio de préstamo.
e) No se prestará material bibliográfico que pertenezca a
una colección, enciclopedia o diccionario.
f) El usuario deberá llenar y firmar una ficha de control,
en la que se hará responsable del material. El usuario
que entregue el material bibliográfico en mal estado,
deberá reponerlo.
Artículo 126.
Este servicio queda suspendido en periodos que la Dirección
General notificará oportunamente.
60
Artículo 127.
En el caso del servicio de multimedia:
a) Éste será sólo interno.
b) El alumno se hace responsable del uso del mismo; si
se daña el CD, deberá reponerlo.
c) Sólo se permite el manejo de CD, empleando los
discos con los que cuenta la biblioteca.
d) Para tener derecho a este servicio, se aplican las
mismas disposiciones que para ingresar a la biblioteca.
e) No está permitido realizar trabajos escolares en los
equipos destinados al servicio de multimedia.
Artículo 128.
En caso de no respetar las disposiciones señaladas, el
alumno será reportado al tutor de su grupo y se aplicará lo
especificado en el Reglamento General de Alumnos, en el
apartado de sanciones. De incurrir por segunda ocasión, se
le suspenderá el servicio de préstamo interno y externo
durante tres días.
Artículo 129.
Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por la
Dirección.
Capítulo II.- Compuaulas
Artículo 130.
Para tener acceso al centro de cómputo (fuera de su horario
de clase), el alumno deberá portar correctamente el
uniforme de diario y presentar su credencial que lo acredite
como alumno del Colegio.
61
Artículo 131.
Ningún alumno puede permanecer dentro del centro de
cómputo en horas de clase, aún con permiso del maestro.
Artículo 132.
No está permitido cambiar la configuración de las
computadoras, ni instalar información (juegos o programas
que alteren el funcionamiento del equipo, como protectores
de pantalla, tapices, punteros del mouse, etc.)
Artículo 133.
Es obligación y responsabilidad del alumno, el manejo y uso
adecuado de la PC, ya que el que dañe el equipo o
implementos, los repondrá pagándolos.
Artículo 134.
Todo alumno se hace responsable de vacunar sus discos
antes de darles uso en clase y reportar cualquier cambio de
programas en su PC antes de usarla.
Artículo 135.
Queda estrictamente prohibido emplear juegos de vídeo
dentro del centro de cómputo.
Artículo 136.
No se permite introducir alimentos, golosinas o líquidos al
centro de cómputo.
Artículo 137.
Los alumnos que no acaten estas disposiciones serán
reportados al tutor de su grupo y se les aplicará lo estipulado
en el Reglamento General de Alumnos, en el apartado de
sanciones.
62
Capítulo III.- Aulas Activas
Artículo 138.
El profesor es responsable de apartar las aulas activas, con
la Secretaria de Dirección General, e indicar los recursos
que necesita
Artículo 139.
Las grabadoras son para uso educativo, el profesor es el
único que deberá solicitarlas y operarlas, así como
entregarlas al departamento.
Artículo 140.
Todos los maestros subirán a buscar a sus alumnos a su
salón de clases y no se les permitirá la entrada a las aulas
activas hasta que llegue el profesor.
Artículo 141.
No se deberá permitir a los alumnos que entren con
alimentos o bebidas a las aulas activas
Artículo 142.
No se permitirá que los alumnos se suban a las mesas o en
las paletas de las silla, ni que suban los pies en las sillas, y
deberán dejar las sillas acomodadas como se les entregó.
Artículo 143.
No deberán rayar las paredes ni las sillas.
Artículo 144.
Todo el equipo audiovisual será operado únicamente por el
encargado o el profesor.
63
Artículo 145.
El profesor es el responsable del orden, la limpieza y el
cuidado del material audiovisual durante su clase, por lo
tanto, al término de la sesión, el profesor deberá cerrar la
puerta.
Artículo 145.
Todos los servicios de los audiovisuales se deberán reservar
mínimo con dos días de anticipación, sin excepciones.
Artículo 146.
El personal de mantenimiento es el encargado de
proporcionar el material existente que soliciten los profesores
con anticipación, y de reportar a la Secretaria de Dirección
General a los usuarios que no cumplan con la normativa del
uso de aulas activas
Capítulo IV.- Laboratorio
Por sus propias características, el trabajo en el
laboratorio presenta una serie de riesgos de origen y
consecuencias muy variadas, relacionados básicamente con
el comportamiento de los alumnos durante el desarrollo de
cada práctica; siendo necesario enfatizar algunos aspectos
por seguridad de todos los involucrados.
Artículo 147.
Antes de empezar el ciclo de prácticas de laboratorio del
periodo escolar:
El alumno deberá haber presentado la carta responsiva
(anexo) firmada por el padre o tutor.
El alumno deberá haber leído la normativa del
laboratorio de ciencias correspondiente.
64
Para efectos de la presente normativa, la autoridad
inmediata en el laboratorio es el encargado del mismo,
junto con el profesor a cargo de la práctica en
coordinación con la Dirección Académica.
Sólo se permitirá el acceso a los alumnos cuando vayan
en grupo con el profesor o cuando el alumno solicite el
permiso al encargado, quien estará en posibilidad de
autorizar o no dicho ingreso.
Para que un grupo pueda hacer uso del Laboratorio y su
material, el profesor solicitante debe avisar al encargado
por lo menos una semana antes, además señalar el
material y reactivos que va a necesitar, ya que es la
única persona que puede facilitarlo.
Artículo 148.
Al comienzo de la práctica de laboratorio:
El profesor encargado hará las indicaciones
convenientes para el buen desarrollo de la misma y
esquematizará, si fuera necesario, los conceptos más
relevantes.
El alumno deberá haber leído el guión correspondiente,
repasado los conceptos teóricos que en ella se estudian.
Presentar el material o materiales (si se les fue
requerido).
Para tener derecho al uso del equipo del Laboratorio, el
usuario debe portar su bata (blanca de algodón y manga
larga) como regla de seguridad. (Es recomendable usar
guantes, sobre todo cuando se utilizan disoluciones
corrosivas como ácidos y bases fuertes y lentes de
seguridad si fuera indicado).
Es muy aconsejable, si se tiene el pelo largo, llevarlo
recogido, así como no llevar colgantes o accesorios que
obstaculicen las operaciones en el laboratorio.
65
Llevar al laboratorio el material imprescindible. (evite
llevar abrigos, material escolar extra, equipos
electrónicos, etc.)
Artículo 149.
Durante la práctica de laboratorio el alumno:
Debe guardar silencio, orden y compostura para
escuchar las indicaciones del profesor de la práctica
correspondiente.
No está permitido ingerir cualquier tipo de alimento o
bebida dentro del laboratorio, así como masticar chicle.
Reportar inmediatamente sobre algún defecto observado
en el equipo, al Profesor de la materia y al encargado
del Laboratorio, de lo contrario se les hace responsable
del mismo.
Lleve a cabo la práctica siguiendo estrictamente el
procedimiento indicado, evite alterar el mismo (puede
generar accidentes).
Trabaje siempre en su mesa, (salvo indicaciones del
profesor) y manténgala limpia en todo momento, si se
presentara algún derrame de sustancias comuníquelo al
profesor.
La responsabilidad de muebles, equipo, material y
sustancias quedará para cada clase a cargo del grupo
que trabaje y en caso de ruptura o deterioro por uso
inadecuado deberá reponerse.
No olvide leer siempre la etiqueta de cualquier reactivo
antes de usarlo, compruebe que se trata realmente del
reactivo indicado y observe los símbolos y frases de
seguridad que señalan los riesgos más importantes
derivados de su uso y las precauciones que hay que
adoptar para su utilización.
No cambie los reactivos del sitio donde estén ubicados.
66
Avise inmediatamente de cualquier incidente a su
profesor.
Abstenerse totalmente de:
Maltratar el equipo.
Jugar con el material o equipo así como,
agredir a otra persona.
Consumir o inhalar los reactivos.
Hacer experimentos no autorizados.
Artículo 150.
Al término de la práctica de laboratorio:
Previa autorización del profesor, se podrá devolver los
sobrantes de los productos utilizados a los frascos de
origen
Limpie perfectamente la mesa.
Lave adecuadamente todo el material y deposítelo ya
limpio al centro de la mesa de trabajo.
Limpie, desconecte o guarde el equipo utilizado; previa
instrucción del profesor.
Espere la indicación del profesor para abandonar el
laboratorio.
TÍTULO SEXTO
RÉGIMEN CONVIVENCIAL
Capítulo I. De la responsabilidad escolar
1. El régimen convivencial es resultado de la interacción
entre los derechos y deberes de los distintos
estamentos de la comunidad educativa, con la finalidad
de defender, animar y fomentar un clima de igualdad,
de respeto, de participación disciplinada, de servicio
comprometido, de responsabilidad y de solidaridad.
67
2. El régimen convivencial facilita la buena interrelación
entre todas las personas que integran la comunidad
educativa y está estructurado dentro de un marco
normativo.
Artículo 151.
Los órganos de gobierno a los que corresponde interpretar la
presente normativa y resolver sobre las responsabilidades
en aspectos importantes son la Dirección General y la
Dirección Académica.
Artículo 152.
Toda persona, integrante de la comunidad educativa, está
obligada a respetar la normativa del estatuto del CCC, del
presente reglamento y de los otros reglamentos vigentes en
los distintos departamentos del Colegio.
Artículo 153.
La delimitación de responsabilidades se da como sigue:
a) El Director General será responsable de sus actos ante
la Orden de las Escuelas Pías.
b) El Director Académico de sección será responsable de
sus actos ante el Director General.
c) Los jefes de departamento y demás personal de
administración y servicios serán responsables de sus
actos ante la Dirección de área.
d) El profesorado será responsable de sus actos ante la
Dirección Académica
e) Los alumnos son responsables de sus actos ante sus
profesores, tutores y Director Académico.
68
Artículo 154.
1. La responsabilidad educativa implica que todas las
personas integrantes de la comunidad del Colegio se
obliguen a observar unas normas favorecedoras de la
convivencia, motivadoras del respeto a la persona y a
la institución, y facilitadoras de la consecución de los
objetivos y las finalidades de la misma.
2. Esta responsabilidad es, por tanto, un valor y una
exigencia que compete a todos y a cada uno, y que el
Colegio debe asegurar y favorecer mediante una
reglamentación que ofrezca la garantía del ejercicio de
los derechos y las obligaciones inherentes a la
persona, en cuanto tal y como integrante de la
comunidad educativa.
3. La responsabilidad del Colegio obliga, de manera
especial, a las autoridades, al profesorado y al
personal administrativo y de servicios, a que realicen
sus actividades con gran profesionalismo y sentido de
responsabilidad.
4. El comportamiento de los integrantes de la comunidad
educativa dentro de la institución y cuando le
represente, ha de ser siempre correcto, en especial por
lo que hace al respeto a todas las personas y a las
buenas costumbres, ya que éstos nunca han de
desdecir de los ideales educativos que se proclaman
en los documentos vigentes, ni lesionar la integridad de
la imagen del Colegio.
69
Capítulo II. De los derechos y responsabilidades de
los alumnos
Artículo 155.
Los derechos de los alumnos son:
a) Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo
de sus potencialidades y habilidades cognoscitivas,
afectivas, motrices y espirituales, de acuerdo con el
ideario del Colegio.
b) Recibir del personal docente, el apoyo necesario para
resolver sus problemas de estudio y dificultades
morales y sociales.
c) Tener iguales oportunidades para realizar su proceso
educativo dentro de las prescripciones del presente
reglamento, y de acuerdo con los planes de estudio,
programas y orientaciones que expidan las autoridades
educativas.
d) Ser valorado con objetividad en su rendimiento escolar,
de acuerdo con los criterios establecidos en el sistema
de evaluación.
e) Ser informado sobre las normas convivenciales y sobre
el funcionamiento del Colegio.
f) Solicitar la revisión de las actividades requeridas por el
profesor durante los días que no estuvo presente el
alumno, previa presentación del justificante.
g) Expresar libre y de manera respetuosa, sus opiniones
sobre todos los asuntos que conciernen a la escuela,
sin más limitaciones que no perturbar las labores
educativas.
h) Ser respetado en su integridad y dignidad personal.
i) Recibir orientación escolar y vocacional y ser atendido
en sus problemas.
70
j) Participar, de acuerdo con sus aptitudes o aficiones,
en las actividades deportivas y culturales que realice la
escuela.
k) Solicitar revisión de sus pruebas escritas cuando estén
inconformes con la calificación obtenida.
l) Expresar sus intereses e inquietudes a los profesores,
los tutores y al Director Académico.
m) Recibir, de acuerdo con el reglamento respectivo, los
beneficios que ofrece el departamento de Becas.
Artículo 156.
Una vez inscritos, los alumnos deben asumir como
responsabilidades:
a) Respetar y cumplir el presente Reglamento General de
Alumnos, y demás disposiciones emitidas por
autoridades y órganos de gobierno.
b) Cumplir las disposiciones académicas y
administrativas.
c) Portar la credencial que los acredite como alumnos
de este Colegio.
d) Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir
con el horario lectivo y seguir puntualmente las
indicaciones de los profesores (en cada una de las
materias, talleres, laboratorios); así como de los
tutores y demás instancias que la Dirección
especifique.
e) Respetar la integridad física y moral de compañeros,
profesores, personal administrativo y de intendencia; y
colaborar con ellos en la creación de un clima de
convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo
escolar.
f) Usar adecuadamente las instalaciones, el mobiliario y
el material que el Colegio ponga a su disposición.
71
g) Mantener la disciplina y adoptar un comportamiento, de
acuerdo con el modelo educativo que ofrece el
Colegio.
h) Hacer llegar a los padres de familia, toda la
información que el Colegio les encomiende.
i ) Participar activamente y de manera respetuosa en las
actividades que promuevan la Dirección y los demás
departamentos e instancias del Colegio.
Capítulo III.- De la presentación personal
Los padres de familia son los primeros y
responsables directos en el cuidado de la presentación
personal de los alumnos.
La escuela partícipe de la coeducación de sus
alumnos promueve los hábitos de higiene y presentación
para facilitar al alumno la percepción prolija y aseada de su
propia imagen.
Es por ello que la presentación personal del
estudiante es parte fundamental de su formación integral;
por este motivo, el Colegio establece los siguientes
lineamientos dentro y fuera de la institución:
Artículo 157.
El (la) alumno(a) deberá portar el uniforme:
I. De diario:
a) Varones.- pantalón azul marino (marcas Gacela),
zapato escolar de piel color negro; con o sin correa (no
tipo o estilo tenis, ni de gamuza); calcetines azul
marino; camisa color beige (marca Medalla), cinturón
negro, camiseta blanca lisa y sin ninguna figura o
leyenda.
72
b) Mujeres.- falda recta (marca sol) color azul marino:
largo a la rodilla; blusa escolar (marca Medalla) color
beige; ropa interior de la blusa de color blanca o beige,
zapato escolar color negro, calcetas color azul marino.
c) Para el tiempo de frío, el (la) alumno(a) deberá usar el
suéter con el logotipo del colegio.
d) Alumnos de 5º. y 6º. Semestre.- deberán portar
pantalón de mezclilla (sin rasgaduras de ningún tipo, ni
desdobladillado) (las mujeres no pueden portar
pantalones a la cadera) playera tipo polo de color
blanca con el logotipo del colegio, tenis o zapato. (Por
ningún motivo se deberá portar chanclas o sandalias).
e) Para el tiempo de frío, el (la) alumno(a) podrá usar
suéter azul marino sin figuras, ni logotipos o rayas.
II. Actividades Paraescolares y Deportivas:
a) Deportivas.- Pants y short color azul marino del
Colegio de ninguna otra marca ni modelo, camiseta
blanca (el logotipo del colegio, lycra negra, zapato tenis
color azul negro y calcetas deportivas color azul
marino.
b) Artísticas.- se utilizará el uniforme que cada profesor
indique de acuerdo con la actividad.
III. De los talleres vespertinos
Se utilizará el uniforme que cada profesor indique de
acuerdo con la actividad.
Los alumnos deberán portar los uniformes correctamente,
de lo contrario, no se les permitirá el acceso al Colegio.
73
Artículo 158.
El arreglo personal de los estudiantes deberá ser:
a) Varones.- Cabello corto (nuca descubierta) con la
frente y oídos descubiertos (no casual), afeitado, no
usar aretes, piercings, ni pulseras o gargantillas de
cuero u otro material que esté de moda. No pintarse el
cabello, ni raparse.
b) Mujeres.- Sin exageraciones en el peinado (quienes
tengan el cabello largo deberán recogerlo); no usar
maquillaje. No traer joyas. Ni accesorios de cualquier
material. No pintarse el cabello.
c) El arreglo personal de los alumnos de 5º y 6º semestre
será igual a lo señalado en los incisos a y b.
d) En todos los casos, deberán cumplir esta indicación;
de lo contrario no se les permitirá el acceso al Colegio.
Nota: la presentación de los estudiantes no se rige por la
moda.
Artículo 159.
Para cualquier actividad (revisión de exámenes, eventos
académicos y culturales, entre otros), el alumno deberá
portar correctamente el uniforme de diario, así como su
credencial; en el caso de actividades deportivas, deberá
portar el uniforme establecido de lo contrario no podrá
permanecer en la institución o lugar de actividad.
Capítulo IV. De la disciplina escolar
Artículo 160.
La disciplina escolar deberá ser el resultado de la
cooperación de todos los que conforman la comunidad
educativa: entidad titular, directivos, profesores, alumnos,
personal administrativo y de servicios, y padres de familia.
74
Artículo 161.
La violación de los preceptos de este reglamento será motivo
de una sanción que corresponderá a la gravedad de la falta.
Artículo 162.
Las faltas se graduarán en leves, graves, muy graves y
excesivamente graves, según los siguientes criterios:
a) Se considerarán faltas leves todas aquellas que no
lesionen la integridad de las personas, ni de los
materiales de la institución.
b) Se considerarán faltas graves todas aquellas que,
directa o indirectamente, afecten el orden, el mobiliario
y/o material, así como el adecuado desarrollo de la
docencia o de los servicios académicos,
administrativos o pastorales del Colegio.
c) Se considerarán faltas muy graves aquellas que dañen
la integridad moral de las personas o la imagen de la
institución, por contravenir a los principios del ideario o
la moral pública, así como la sustracción de sus
bienes.
d) Se considerarán faltas excesivamente graves aquellas
que dañen la integridad física de alumnos, profesores y
demás personal que forme parte de la comunidad
educativa, así como promover daños a la salud.
Artículo 163.
Son consideradas como faltas leves, aplicables al alumnado
en general:
a) Portar de manera inadecuada el uniforme escolar
b) Comer o introducir alimentos o golosinas al salón de
clase, laboratorios, aulas activas, biblioteca y capilla.
c) Entrar a oficinas o cubículos sin autorización.
75
d) No entregar las notificaciones que envía la escuela a
los padres de familia.
e) Tirar basura en los pasillos y salones.
f) Quedarse en la cafetería, patio y pasillos al concluir el
receso.
g) Hacer publicidad de eventos sin autorización de la
Dirección.
h) Salir del salón con cualquier pretexto y permanecer en
los pasillos durante el periodo de clases.
i) Cambiarse del lugar asignado por el tutor, coordinador
o profesor dentro del aula.
j) Todas aquellas que por su analogía en la gravedad,
así lo ameriten.
Artículo 164.
Son consideradas como faltas graves, aplicables al
alumnado en general:
a) Reincidir por tercera ocasión en falta señalada como
leve.
b) Perturbar el desarrollo de las clases: platicar y distraer
a los compañeros en clase.
c) Portar celulares y cualquier aparato electrónico u
objeto ajeno al trabajo escolar.
d) No cumplir con las actividades que el profesor solicite
dentro del aula, extraescolares y/o laboratorio.
e) Hacer mal uso o destruir el material didáctico,
deportivo y demás mobiliario de la institución.
f) Realizar festejos en las aulas sin autorización.
g) Esconder los útiles escolares a sus compañeros.
h) Arrojar cualquier otro objeto en los salones de clase,
pasillos y balcones.
i) Salirse del salón durante las clases sin permiso.
76
j) Que las parejas estén tomadas de la mano, abrazadas
o besándose en salones, pasillos o en las
inmediaciones de la institución.
k) Rayar, grabar, pintar o escribir en bancas, muros,
puertas, ventanas y demás partes del edificio.
l) No cumplir con el protocolo en actos cívicos.
m) Llegar tarde a clases.
n) Utilizar materiales ajenos a la clase como son:
celulares, juegos de vídeo, revistas, cámaras
fotográficas, entre otros. En caso de pérdida el Colegio
no se hace responsable de su búsqueda o devolución.
o) Utilizar piercings visibles y no visibles.
p) Introducir balones, juegos de azar, juegos de mesa.
q) Esconderse en los baños o algún otro lugar para no
entrar a clase.
r) Introducirse en el salón que no les corresponde y
permanecer en el horario de clase.
s) Participar en juegos bruscos en cualquier lugar del
Colegio, que pongan en peligro la integridad física de
los alumnos, profesores y personal.
t) Introducirse en los salones que no les corresponde sin
autorización cuando no se encuentra el alumnado de
dicha aula.
Artículo 165.
Son consideradas como faltas muy graves:
a) Reincidir en la comisión de alguna falta considerada
como grave, o por quinta ocasión, en alguna falta
señalada como leve.
b) El desacato a las disposiciones emanadas de las
autoridades del plantel.
c) Salir del Colegio sin autorización.
d) Fumar dentro de la institución.
77
e) Dirigirse a maestros, compañeros o empleados de
manera irrespetuosa (por ejemplo gritar, usar palabras
altisonantes e inadecuadas).
f) Sustraer material y/o mobiliario de las aulas,
laboratorios y talleres, equipo deportivo.
g) Robar el material de los compañeros.
h) Ofender o difamar a compañeros y demás personal de
la institución.
i) Agredir verbalmente a los compañeros, profesores y
demás personal del Colegio.
j) Introducir al Colegio publicaciones pornográficas e
impropias.
k) Vender toda clase de artículos dentro y fuera del salón
de clases.
l) Manifestar conductas antideportivas (agresión verbal
y/o física hacia los jugadores, entrenadores, árbitros,
público en general) en las instalaciones del Colegio o
fuera de ellas, cuando se representa a la institución.
m) Falsificar, sustraer o alterar documentos
institucionales, así como presentar documentación
falsificada en su forma y contenido.
n) Teñirse el pelo o raparse.
o) Promover la venta de artículos dentro del Colegio.
p) Encender o lanzar cohetes dentro hacia el exterior de
la institución.
q) Robo o deterioro intencional, total o parcial, del
patrimonio institucional.
r) Provocar o inducir situaciones de agresión física y/o
verbal en manera directa o indirecta.
s) Todas aquellas que por su analogía, así lo ameriten.
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Artículo 166.
Son consideradas como faltas excesivamente graves:
a) Realizar actos que contradigan o debiliten los
principios básicos del Colegio.
b) Participar en actos delictuosos dentro o fuera del
campus escolar.
c) Introducir armas blancas, o de fuego, o cualquier otra
de las prohibidas por las disposiciones de orden
público, al interior del Colegio.
d) Introducir, distribuir, consumir o encontrarse bajo los
efectos de drogas, bebidas embriagantes o cualquier
otro estimulante considerado tóxico para la salud, al
interior del Colegio, o en actividades académicas,
deportivas y culturales celebradas fuera del plantel,
pero en representación de la institución.
e) Agredir físicamente a compañeros, profesores o
personal dentro y fuera de la institución.
f) Involucrar a personas ajenas al Colegio para intimidar
o agredir a integrantes de la comunidad educativa.
g) Daño parcial o total a vehículos de la comunidad
educativa.
h) Participación de un padre de familia, familiar, amigo o
conocido en agresión física o verbal hacia algún
integrante de la comunidad educativa.
i) Todas aquellas que, por su analogía, así lo ameriten.
Capítulo V. De las Sanciones
Artículo 167.
Las sanciones que podrán imponerse, de acuerdo con la
gravedad de éstas y con la legislación oficial, pueden ser
cualquiera de las siguientes:
En el caso de faltas leves: amonestación oral (hasta
tres) o escrita y realizar las siguientes actividades:
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Tareas académicas por las tardes. (mismas
que tendrán que ser supervisadas por el
profesor o instancia que reporta)
Limpieza de pasillos, salones y/o patio de
receso durante el receso o por las tardes; así
como otras actividades de mantenimiento que
sean pertinentes.
Participar en actividades de asistencia social,
que se designe en común acuerdo entre la
Dirección y el Departamento de Pastoral.
En el caso de faltas graves:
Se notificará a los padres de familia la gravedad
de la falta.
Se levantará el acta respectiva.
Se canalizará al departamento de orientación
educativa.
Se le asignarán tareas adicionales de servicio a
la comunidad tres a ocho días hábiles.
No podrá participar como seleccionados en las
actividades deportivas, académicas y culturales.
En el caso de faltas muy graves:
Se notificará a los padres de familia la gravedad
de la falta.
Se levantará el acta respectiva.
No podrá participar como seleccionados en las
actividades deportivas, académicas y culturales
Se le asignarán tareas adicionales de servicio a la
comunidad de seis a veinte días hábiles.
De incurrir por segunda ocasión en la comisión de
una falta señalada como muy grave.
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se recomendará que continúe sus estudios en
otra institución
No se le otorgará inscripción para el siguiente
semestre.
En el caso de faltas excesivamente graves:
se sugerirá que continúe sus estudios en otra
institución
no se le otorgará reinscripción para el siguiente
semestre.
En los casos en que los alumnos porten
accesorios (gargantillas, correas de cuero, entre
otros) Ipod, guitarras (con excepción de los
alumnos que asisten al taller de guitarra),
celulares u otros objetos, éstos les serán
retirados y se entregarán hasta fin de curso o
semestre.
En los casos de realizar daños al inmueble, el
alumno deberá cubrir el costo correspondiente y
colaborar en las actividades de mantenimiento
del mismo.
Cuando a algún alumno se le quiten accesorios
que no debe traer, éstos serán entregados, por
el tutor, al finalizar el periodo escolar; en los
casos de celulares u otro accesorio de valor, será
entregado, por el tutor, a los padres de familia.
En todos los casos, con anotación en el
expediente del alumno y notificación al padre.
81
TÍTULO SÉPTIMO
DE LA COMPETENCIAS RESOLUTIVAS
Artículo 168.
La disciplina de los alumnos dentro del aula es
responsabilidad total de los profesores. Tutores, prefectos y
demás instancias académicas y administrativas, junto con la
Dirección Académica, cumplirán funciones de apoyo y
asesoría, según sea el caso.
Artículo 169.
En caso de la comisión de faltas leves por parte de los
alumnos, las autoridades podrán sancionarlos
inmediatamente. Esto se deberá comunicar de manera
inmediata al tutor, según corresponda.
Artículo 170.
Los profesores son responsables de mantener la disciplina
de los alumnos dentro del aula, y están facultados para
suspender al alumno de su clase hasta por dos días, siendo
que el alumno no podrá solicitar la oportunidad de entregar
trabajos o tareas.
Dicha sanción se aplicará cuando éste incurra en el cuarto
reporte por interrumpir el desarrollo de las clases, o por
incumplir las actividades realizadas en las sesiones.
Para tal efecto, es necesario que la persona que levante el
reporte, especifique por escrito la suspensión, así como la
actividad adicional que deba realizar y, además, tendrá que
verificar que el alumno cumpla dicha sanción.
El incumplimiento de dicha actividad se considerará falta
grave y se aplicará la sanción correspondiente.
82
Artículo 171.
El profesor está obligado a reportar por escrito al tutor y al
coordinador de grado, el comportamiento inadecuado,
omisión o incumplimiento de la Normativa por parte de algún
alumno. A su vez, éstas deberán reportar las faltas a la
Dirección Académica o a la instancia que ésta especifique.
Artículo 172.
El alumno está obligado a reparar, inmediatamente, los
daños parciales o totales que, de manera intencional o
accidental, se hagan al material didáctico y deportivo, así
como al inmueble, además de la aplicación de la sanción
correspondiente.
Artículo 173.
El alumno es responsable de los daños que ocasione al
transporte, material de trabajo o inmueble al que asista en
cualquier actividad que se realice fuera de las instalaciones
del Colegio.
Artículo 174.
El alumno que sea suspendido durante el periodo de
exámenes por faltas leves, tendrá derecho a presentarlos en
la fechas que determine la Dirección Académica; fuera de
estos casos se registrará N/P (no presentó) y se tomarán en
cuenta, únicamente, las participaciones acumuladas antes
de la suspensión.
Artículo 175.
El alumno que sea suspendido, no deberá presentarse
en la institución durante el tiempo señalado, a ningún tipo
de actividad escolar ni extraescolar ni en las inmediaciones
de la Institución.
83
Artículo 176.
El Colegio no se hace responsable de la perdida, reparación,
búsqueda, ni de la reposición física o económica de los
accesorios personales.
INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL
REGLAMENTO
Artículo 177.
Todo lo no dispuesto en el presente reglamento será
resuelto por el Consejo Académico.
Artículo 178.
La interpretación oficial de la Normativa de la Convivencia
Escolar, compete únicamente al Consejo de Gobierno.
Artículo 179.
El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en los medios informativos de carácter oficial
del Colegio Cristóbal Colón, quedando derogados todos los
reglamentos y demás disposiciones legislativas que se
opongan al presente ordenamiento.
H. Veracruz, Ver. a 1ro.de Septiembre de 2013
Modificado conforme a las observaciones realizadas por la
Dirección General de Bachilerato del Estado de Veracruz el
14 de Abril de 2015
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DIRECTORIO
Hno. Gerardo V. Leyva Bohórquez
Director General del CCC.
Mtra. Emma Illescas Navarro
Directora Académica de Bachillerato