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 SECRETARIA CULTURA, TURISM O Y COMERC IO Calle 10 Nº 4-55 Teléfono: 2611277 ESTUDIOS PREVIOS TIPO: CONTRATO DE CONSULTORÍA MODALIDAD DE SELECCIÓN: CONCURSO DE MERITOS PRESUPUESTO OFICIAL: CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA PESOS ($134,048,180.00)  M/CTE. SECRETARIA DE CULTURA, TURISMO Y COMERCIO De conformidad con el artículo 2.1.1 del Decreto 0734 de 2012, la Alcaldía de Ibagué procede a efectuar los estudios previos correspondie ntes que sirvan de soporte para la contratación de la obra pú blica de la referencia. VIABILIDAD DEL PROYECTO Y PLAN DE DESARROLLO  Adelantadas las diligencias correspondientes y necesarias para verificar la existencia del proyecto RESTAURACIÓN DEL PANÓPTICO DE IBAGUÉ”, se constató que se encuentra inscrito en el Banco de Programas y Proyectos del Municipio de Ibagué con el código 2012730010054, y con código de Actualización N° 1012   09   2013   034 del Grupo de Estudios Estratégicos de la Secretaría de Planeación Municipal. El presente proyecto contiene el ítem: OBRAS DE RESTAURACIÓN Y CONSTRUCCIÓN PARA LA TERMINACIÓN DEL PROYECT O PANÓPTICO, que tiene los insumos “Mano de Obra No Calificada, Materiales y Maquinaria y Equipos” para operar la finalidad del mismo.  CONTRIBUCIÓN A LAS METAS DEL PLAN DE DESARROLLO  El Plan de Desarrollo CAMINO A LA SEGURIDAD HUMANA 2012   2015 aprobado mediante el Acuerdo N° 004 de 2012 del Honorable Concejo Municipal, estableció en su Artículo 48° la “ Estrategia la cultura y el arte para el desarrollo humano y ciudadano”, en donde, Basados en la riqueza cultural y artística de la ciudad de Ibagué y aprovechando la institucionalización de la Marca Ibagué Capital Musical, se ampliará y se fortalecerá la cobertura de los programas de formación artística y cultural para la comunidad; se proyectará el Arte y la Cultura local como una actividad económica formal y de calidad para la generación de empleos e ingresos por medio del apoyo al emprendimiento cultural y se fortalecerá la Red de Bibliotecas Públicas en dotación e infraestructura como instrumento para potencializar el capital humano del Municipio de IbaguéI En el marco de esta estrategia, se establecieron los programas: MÁS INFRAESTRUCTURA AL SERVICIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNIDAD; y RESCATE DE NUESTRO PATRIMONIO CULTURAL COMO ENCUENTRO DE LA CULTURA Y DESARROLLO DE LA CIUDAD, en donde se establecieron como objetivos: Incrementar la oferta de infraestructura adecuada en las comunas para el uso, formación y promoción de los trabajos y realización de los gestores y creadores culturales de todas las áreas, sectores, líneas, ritmos y culturas artísticas; Adecuarlainfraestructura cultural del municipio, c on el propósito de generar identidad cultural, su uso y apropiación creativa por parte de la ciudadanía ; Gestionar y/o Cofinanciar el desarrollo d e Nuevos Escenarios culturales para al servicio de la comunidad y de los grupos artísticos y culturales locales; Realizar la restauración de dos bienes de interés cultural como testimonio de la identidad cultura que contribuyan al proceso de modernización de la ciudad mediante el desarrollo del sector cultural; Diseñar e implementar estrategias y acciones para salvaguardar el patrimonio cultural material e inmaterial en sus distintas expresiones y su adecuada incorporación al desarrollo social y económico, así como, a los procesos de construcción de ciudadanía. El Programa MÁS INFRAESTRUCTURA AL SERVICIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNIDAD , plantea que una de las problemáticas más sentida por parte del sector artístico y cultural del Municipio de Ibagué es la ausencia de una infraestructura adecuada para la circulación de contenidos artísticos y culturales, así como,

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    ESTUDIOS PREVIOS

    TIPO: CONTRATO DE CONSULTORAMODALIDAD DE SELECCIN:CONCURSO DE MERITOS

    PRESUPUESTO OFICIAL:CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y OCHOMIL CIENTO OCHENTA PESOS ($134,048,180.00)M/CTE.

    SECRETARIA DE CULTURA, TURISMO Y COMERCIODe conformidad con el artculo 2.1.1 del Decreto 0734 de 2012, la Alcalda de Ibagu procede a efectuar losestudios previos correspondientes que sirvan de soporte para la contratacin de la obra pblica de la referencia

    VIABILIDAD DEL PROYECTO Y PLAN DE DESARROLLOAdelantadas las diligencias correspondientes y necesarias para verificar la existencia del proyectoRESTAURACIN DEL PANPTICO DE IBAGU, se constat que se encuentra inscrito en el Banco deProgramas y Proyectos del Municipio de Ibagu con el cdigo 2012730010054, y con cdigo de ActualizacinN 1012 09 2013 034 del Grupo de Estudios Estratgicos de la Secretara de Planeacin Municipal. E

    presente proyecto contiene el tem: OBRAS DE RESTAURACIN Y CONSTRUCCIN PARA LATERMINACIN DEL PROYECTO PANPTICO, que tiene los insumos Mano de Obra No Calificada, Materialesy Maquinaria y Equipos para operar la finalidad del mismo.

    CONTRIBUCIN A LAS METAS DEL PLAN DE DESARROLLOEl Plan de Desarrollo CAMINO A LA SEGURIDAD HUMANA 2012 2015 aprobado mediante el Acuerdo N004 de 2012 del Honorable Concejo Municipal, estableci en su Artculo 48 la Estrategia la cultura y el artepara el desarrollo humano y ciudadano, en donde, Basados en la riqueza cultural y artstica de la ciudad deIbagu y aprovechando la institucionalizacin de la Marca Ibagu Capital Musical, se ampliar y se fortalecer lacobertura de los programas de formacin artstica y cultural para la comunidad; se proyectar el Arte y la Culturalocal como una actividad econmica formal y de calidad para la generacin de empleos e ingresos por medio deapoyo al emprendimiento cultural y se fortalecer la Red de Bibliotecas Pblicas en dotacin e infraestructura

    como instrumento para potencializar el capital humano del Municipio de IbaguI

    En el marco de esta estrategia, se establecieron los programas: MS INFRAESTRUCTURA AL SERVICIO DELA CULTURA Y DE LA COMUNIDAD; y RESCATE DE NUESTRO PATRIMONIO CULTURAL COMOENCUENTRO DE LA CULTURA Y DESARROLLO DE LA CIUDAD, en donde se establecieron como objetivosIncrementar la oferta de infraestructura adecuada en las comunas para el uso, formacin y promocin de lostrabajos y realizacin de los gestores y creadores culturales de todas las reas, sectores, lneas, ritmos yculturas artsticas; Adecuarlainfraestructura cultural del municipio, con el propsito de generar identidad culturalsu uso y apropiacin creativa por parte de la ciudadana; Gestionar y/o Cofinanciar el desarrollo de NuevosEscenarios culturales para al servicio de la comunidad y de los grupos artsticos y culturales locales; Realizar larestauracin de dos bienes de inters cultural como testimonio de la identidad cultura que contribuyan a

    proceso de modernizacin de la ciudad mediante el desarrollo del sector cultural; Disear e implementarestrategias y acciones para salvaguardar el patrimonio cultural material e inmaterial en sus distintas expresionesy su adecuada incorporacin al desarrollo social y econmico, as como, a los procesos de construccin deciudadana.

    El Programa MS INFRAESTRUCTURA AL SERVICIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNIDAD , plantea queuna de las problemticas ms sentida por parte del sector artstico y cultural del Municipio de Ibagu es laausencia de una infraestructura adecuada para la circulacin de contenidos artsticos y culturales, as como,

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    para la pertinente formacin de gestores y artistas. Por lo tanto, se hace necesario identificar los escenariosexistentes en el Municipio con el propsito de mantenerlos en condiciones fsicas adecuadas para garantizar asector la difusin de los contenidos producidos durante el ao. De igual manera, se debe identificar las comunas

    y corregimientos que carecen de dichos espacios y a travs de alianzas con otras entidades y organismosemprender paulatinamente la construccin de escenarios que permitan beneficiar poblaciones de variossectores urbanos y rurales. Con una infraestructura cultural suficiente para el Municipio de Ibagu no slo segarantizara espacios para la promocin de artistas locales, sino tambin, espacios de encuentro de laciudadana para la recreacin cultural, imprescindible para el fortalecimiento de un capital social positivo.

    Por su parte el programa RESCATE DE NUESTRO PATRIMONIO CULTURAL COMO ENCUENTRO DE LACULTURA Y DESARROLLO DE LA CIUDAD, establece que una de las estrategias para el desarrolloeconmico del pas planteada por la nacin, es apostarle a la promocin del turismo cultural. De esta manera,Ibagu cuenta con productos culturales muy importantes de un alto valor patrimonial que de ser rescatados yadecuados se presentaran como una oferta turstica efectiva, garantizando la permanencia y visitas continuas

    por parte de turistas que ven en el Municipio de Ibagu un atractivo por su ubicacin geogrfica y condicionesclimticas. Del mismo modo, implementar programas dirigidos a fortalecer y consolidar el patrimonio cultural deMunicipio genera consecuencias positivas en el esfuerzo por crear y cultivar en los ciudadanos una identidadcultural que est acorde con la calidad del equipamiento del municipio.

    En el Plan Indicativo, estos programas establecieron como metas de resultado para el cuatrienio: Gestionar y/oCofinanciar el desarrollo de 2 Nuevos Escenarios culturales para el servicio de la comunidad; y Restaurar DosBienes de Inters Cultural de importancia regional y/o nacional. y como meta de producto: Realizar la propuestade desarrollo del proyecto Panptico de Ibagu entre las secretaras pertinentes, la Gobernacin del Tolima yotros sectores.

    DESCRIPCIN DE LA NECESIDAD

    La ley 388 de 1997, o Ley General de Ordenamiento Territorial en su Artculo 3, establece que una de lasFunciones Pblicas del Urbanismo es Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, ladistribucin equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservacin del patrimoniocultural y natural.

    Igualmente el Artculo 18 define el Programa de Ejecucin con carcter obligatorio, las actuaciones sobre elterritorio previstas en el Plan de Ordenamiento, que sern ejecutadas durante el perodo constitucional de lacorrespondiente administracin municipal o distrital, de acuerdo con lo definido en el correspondiente Plan deDesarrollo, sealando las prioridades, la programacin de actividades, las entidades responsables y los recursosrespectivos, donde se determinarn los inmuebles y terrenos cuyo desarrollo o construccin se considerenprioritarios. Todo lo anterior, atendiendo las estrategias, parmetros y directrices sealadas en el Plan de

    Ordenamiento.

    La Ley 397 de 1997, por medio de la cual se establecieron las actuaciones, responsabilidades y mecanismospara la identificacin, recuperacin, restauracin, proteccin y fomento del patrimonio cultural de la nacin, dictque son responsabilidad del Ministerio de Cultura, y localmente a travs de las entidades territoriales son lasencargadas de velar por la conservacin de todos los bienes y valores culturales que son expresin de lanacionalidad colombiana, tales como la tradicin, las costumbres, y los hbitos; as como el conjunto de bienesmateriales e inmateriales, muebles e inmuebles que posean un especial inters histrico, artstico, plstico,

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    arquitectnico, urbano, arqueolgico, ambiental, ecolgico lingstico, sonoro, musical, audiovisual, flmicocientfico, testimonial, documental, literario, bibliogrfico, museolgico, antropolgico y de las manifestacioneslos productos y las representaciones de la cultura popular.

    En este sentido, la Ley General de Cultura (397 de 1997) estableci en su Artculo 4, que el patrimonio culturalde la Nacin est constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresin de la nacionalidadcolombiana, tales como la tradicin, las costumbres y los hbitos, as como el conjunto de bienes inmateriales ymateriales, muebles e inmuebles, que poseen un especial inters histrico, artstico, esttico, plstico,arquitectnico, urbano, arqueolgico, ambiental, ecolgico, lingstico, sonoro, musical, audiovisual, flmico,cientfico, testimonial, documental, literario, bibliogrfico, museolgico, antropolgico y las manifestaciones, losproductos y las representaciones de la cultura popular.

    Posteriormente, la Ley 1185 de 2008, modific la Ley General de Cultura en lo relacionado con el PatrimonioCultural, en donde se estableci en el enciso (a.) del Articulo 1, el cual modifica el Artculo 4 de la Ley 397,

    que los Objetivos de la poltica estatal en relacin con el patrimonio cultural de la Nacin son: la salvaguardiaproteccin, recuperacin, conservacin, sostenibilidad y divulgacin del mismo, con el propsito de que sirva detestimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro. Y que la declaratoria deinters cultural podr recaer sobre un bien material en particular, o sobre una determinada coleccin o conjuntocaso en el cual la declaratoria contendr las medidas pertinentes para conservar-los como una unidadindivisible. Se consideran como bienes de inters cultural de los mbitos nacional, departamental, distrital,municipal, o de los territorios indgenas o de las comunidades negras de que trata la Ley 70 de 1993 y, enconsecuencia, quedan sujetos al respectivo rgimen de tales, los bienes materiales declarados comomonumentos, reas de conservacin histrica, arqueolgica o arquitectnica, conjuntos histricos, u otrasdenominaciones que, con anterioridad a la promulgacin de la ley 1185, hayan sido objeto de tal declaratoria porlas autoridades competentes, o hayan sido incorporados a los planes de ordenamiento territorial. As mismo, se

    consideran como bienes de inters cultural del mbito nacional los bienes del patrimonio arqueolgico. el Enciso(c) - Propiedad del Patrimonio Cultural de la Nacin. Los bienes del patrimonio cultural de la Nacin, as comolos bienes de inters cultural pueden pertenecer, segn el caso, a la Nacin, a entidades pblicas de cualquierorden o a personas naturales o jurdicas de derecho privado.

    Qu el Panptico de Ibagu ha presentado la siguiente cronologa de desarrollo:

    1879: Se expide la Ley 6 que dispone la construccin del Panptico y la refaccin de las crceles del circuito.

    1889: En cumplimiento a las Ordenanzas N7 de 1888 y 13 de 1889, el Gobernador expide el Decreto 150 elcual decreta la construccin del Panptico de Ibagu, definiendo espacialidades, caractersticas del terreno, y

    destinacin de recursos econmicos1890: Por medio de la Escritura Pblica N 274 de la Notara 1, el seor Claudio Rengifo vende al GobiernoDepartamental el terreno para la construccin del Panptico.

    1920: Por medio de escritura pblica la Sociedad Urbanizadora del Barrio Beln vende al Departamento unoslotes adyacentes a las obras del panptico para su ampliacin.

    1923: Por medio de la Ordenanza N 1 se faculta al Gobernador para vender el Panptico al Gobierno Nacional.

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    1931: El Gobernador Carlos Lozano y Lozano presenta un informe donde establece que el edificio esinadecuado, insuficiente, insalubre y se presta para accidentes y atentados entre los reos, quienes tampoco

    disponen de luz natural y ventilacin.

    1996: El INPEC inicia trmites para obtener la titularidad del predio

    1997: El Consejo de Monumentos Nacionales declara al Panptico como Monumento Nacional (Resolucin 019)

    1998: Por medio de Resolucin 0752 Mincultura declara al Panptico como Bien de Inters Cultural de CarcteNacional.

    2001: El Gobernador Guillermo Alfonso Jaramillo establece como prioridad la recuperacin del Panptico

    2001: Se firma el Convenio 672 entre la Gobernacin y el Ministerio de Cultura por valor de $4.500 Millones parala Restauracin del Panptico.2003: El INPEC entrega oficialmente el BIC al Departamento.

    2003 2008: En el marco de los recursos aportados por el Ministerio se desarrollan obras pero por un litigiojurdico entre la Gobernacin y el(los) constratista(s) de los trabajos y estudios se suspenden y el BIC entra enun proceso de abandono y deterioro

    2009: La Gobernacin entrega oficialmente el Panptico a la Alcalda de Ibagu, y queda a cargo de laSecretara Administrativa de la Administracin Municipal.

    2009: Se firma el Convenio 923 entre Alcalda y Gobernacin para adelantar obras del rea Nueva delPanptico por $1.600 Millones (Cambio de Cubierta, Cambio de Redes Hidrosanitarias y Elctricas)

    20092010: El Convenio se suspende por un concepto de los entes de control que recomendaron no intervenirla obra mientras se resuelve el l itigio jurdico en curso entre la Gobernacin y el Constructor.

    2011: Se reactivan las obras de intervencin del rea nueva del Panptico.

    2012: Por directriz del nuevo gobierno municipal la responsabilidad de adelantar las gestiones para laconsecucin de los recursos para la terminacin del proyecto panptico se asigna a la Secretaria de Cultura,Turismo y Comercio.

    2012: En el marco del Convenio 295 de 2009 con la Sociedad Colombiana de Arquitectos Regional Tolima, seelabora el presupuesto para la terminacin de las obras civiles del Proyecto Panptico, las cuales se estiman en$5.606.886.786.

    2012: En el Marco del Plan de Desarrollo Camino a la Seguridad Humana 2012 2015, aprobado por eConcejo Municipal de Ibagu por medio del Acuerdo 004 de 2012, se establecieron los programas MSINFRAESTRUCTURA AL SERVICIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNIDAD; y RESCATE DE NUESTROPATRIMONIO CULTURAL COMO ENCUENTRO DE LA CULTURA Y DESARROLLO DE LA CIUDAD,en donde

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    se establecieron como objetivos, entre otros: Adecuar la infraestructura cultural del municipio, con el propsitode generar identidad cultural, su uso y apropiacin creativa por parte de la ciudadana; Realizar la restauracinde bienes de inters cultural como testimonio de la identidad cultura que contribuyan al proceso de

    modernizacin de la ciudad mediante el desarrollo del sector cultural; Disear e implementar estrategias yacciones para salvaguardar el patrimonio cultural material e inmaterial en sus distintas expresiones y suadecuada incorporacin al desarrollo social y econmico, as como, a los procesos de construccin deciudadana.

    2012: Por medio del Acuerdo 006 del 5 de Junio de 2012, el Honorable Concejo Municipal de Ibagu autoriz aAlcalde Municipal a contratar crdito por Cien Mil Millones de Pesos, donde es incluido el proyecto Panptico deIbagu para financiar la terminacin de las obras civiles necesarias por un monto de Seis mil millones de pesos.

    Qu la Alcalda de Ibagu tiene a su cargo la administracin, mantenimiento, mejoramiento, fomento ypromocin de los diferentes escenarios pblicos, tursticos, y culturales, dentro de los cuales se encuentra el

    Panptico de Ibagu, teniendo en cuenta su valor arquitectnico e histrico ya que fue declarado comoMonumento Nacional.

    Que la Administracin Municipal inicio el proceso para contratar la TERMINACIN DE LAS OBRAS CIVILES(PARTE NUEVA) DEL PROYECTO PANPTICO DE LA CIUDAD DE IBAGUE FASE 1 a travs de una licitacin pblicapor un valor estimado de $1.915.153.157.

    Que por lo anteriormente expuesto se hace necesario para contratar la INTERVENTORIA TCNICA, ADMINISTRATIVA YFINANCIERA AL CONTRATO DE TERMINACIN DE LAS OBRAS CIVILES (PARTE NUEVA) DEL PROYECTOPANPTICO DE LA CIUDAD DE IBAGUE FASE 1 que realiza el municipio de Ibagu, de manera que se garanticenel cumplimiento de los principios de la funcin pblica consagrados en el Articulo 209 de la Constitucin Polticaconllevando a la ejecucin de obras encaminadas al beneficio de la comunidad y al cumplimiento de las metas

    establecidas en el Plan de Accin de la vigencia por parte de la Secretara de Culttura, Turismo y Comercio y ePlan de Desarrollo..

    DESCRIPCIN DEL OBJETO A CONTRATAROBJETO: CONSULTORA PARA LA INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y

    FINANCIERA AL CONTRATO DE TERMINACIN DE LAS OBRAS CIVILES(PARTE NUEVA) DEL PROYECTO PANPTICO DE LA CIUDAD DE IBAGUEFASE 1

    PLAZO: La duracin del presente contrato ser de seis (06) meses calendario a partir delacta de inicio.

    FORMA DE PAGO: - Un primer pago equivalente al treinta por ciento (30%) del valor decontrato a los treinta (30) das siguientes a la legalizacin del contrato

    con cargo a los recursos de la vigencia 2013 segn Acuerdo N 011 de2013 (Vigencias Futuras), previo cumplimiento de los requisitos deejecucin, firma del acta de inicio, presentacin del Cronograma deObras y aprobacin por parte del Supervisor de la AdministracinMunicipal.

    - Un segundo pago equivalente al veinte por ciento (20%) del valor decontrato, con cargo a los recursos de la vigencia 2014 segn Acuerdo N

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    011 de 2013 (Vigencias Futuras), por lo que el contratista deberacreditar la ejecucin del cincuenta por ciento (50%) de las obligacionesestablecidas en el contrato, soportados con la suscripcin de actas

    parciales de obra entre el contratista y el supervisor de la AdministracinMunicipal.

    - Un tercer pago ser equivalente al veinte por ciento (20%) del valor delcontrato, con cargo a los recursos de la vigencia 2014 segn Acuerdo N011 de 2013 (Vigencias Futuras), por lo que el contratista deberacreditar la ejecucin del setenta por ciento (70%) de las obligacionesestablecidas en el contrato, soportados con la suscripcin de actasparciales de obra entre el contratista y el supervisor de la AdministracinMunicipal.

    -

    El cuarto pago ser equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valordel contrato, con cargo a los recursos de la vigencia 2014 segn AcuerdoN 011 de 2013 (Vigencias Futuras), por lo que el contratista deberacreditar la ejecucin del ciento por ciento (100%) de las obligacionesestablecidas en el contrato, con la entrega de la obra finalizada a enterasatisfaccin por parte del supervisor del Municipio.

    - Un quinto y ltimo pag ser equivalente al cinco por ciento (5%) devalor del contrato, con cargo a los recursos de la vigencia 2013 segnAcuerdo N 011 de 2014 (Vigencias Futuras), y que estar sujeto a lafirma del acta de liquidacin del contrato, previo cumplimiento de las

    condiciones y trmites legales respectivos y de acuerdo a ladisponibilidad de caja del Municipio.SUPERVISIN: La supervisin del contrato ser ejercida por el Arquitecto CARLOS HERNANDO

    DAZ, profesional Universitario de la Secretara de Educacin de la AlcaldaMunicipal de Ibagu (Tolima) designado por el Ordenador del Gasto.

    REQUISITOS DEPERFECCIONAMIENTO YDE EJECUCIN

    El contrato se entender perfeccionado con la firma de las partes. Con arreglo alo previsto en los artculos 8.1.16 y decreto 734 de 2012, sern requisitos deejecucin: El Registro presupuestal, Plizas aprobadas por parte de laadministracin.

    REQUISITO DELEGALIZACIN

    Estampillas con el recibo de consignacin.

    INHABILIDADES EINCOMPATIBILIDADES: A la fecha de la presentacin de la oferta, el proponente no se debe encontrarincurso en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad oprohibiciones establecidas por la Constitucin y la Ley, para contratar conentidades estatales, hecho que se har constar bajo juramento en la propuesta

    CERTIFICACIN SOBREEL CUMPLIMIENTO DELAS OBLIGACIONES CONEL SISTEMA GENERAL

    El oferente, persona jurdica, deber presentar certificacin expedida por erevisor fiscal, cuando este lo exija de acuerdo con los requerimientos de ley, opor el representante legal y el contador pblico, en donde se acredite elcumplimiento en el pago de los aportes a sus empleados, en los sistemas de

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    DE SEGURIDAD SOCIAL: salud, riesgos profesionales, pensiones y parafiscales cuando a ello hubierelugar, correspondiente a los seis meses anteriores a la fecha de presentacin dela propuesta.

    IDENTIFICACIN DELCONTRATO A CELEBRAR CONTRATO DE CONSULTORA

    OBLIGACIONES DELCONTRATISTA

    A) FUNCIONES TCNICAS: 1) Efectuar y cumplir con la interventora objeto decontrato de obra, en el cual deber inspeccionar, vigilar, controlar y aprobar losdiversos trabajos que se realicen en el contrato de terminacin de las obrasciviles (parte nueva) del proyecto panptico de la ciudad de Ibagu fase 1. 2)Elaborar los diseos a que haya lugar en el desarrollo de la obra, 3) Elaborar uncronograma de las actividades a desarrollar durante la ejecucin de lasdiferentes obras de acuerdo con el desarrollo de la interventora, 4) Presentar ainicio de la interventora la siguiente documentacin: Programa PersonalPrograma de Trabajo e Inversin. 5) Evaluar e inspeccionar los sectores y reas

    del panptico a intervenir de acuerdo a la programacin presentada por el(os)Contratistas, con el fin de controlar las reas contiguas y hacer lasrecomendaciones pertinentes al Contratista y Supervisor de la AdministracinMunicipal. 6) Participar en forma activa en el control, de la ejecucin, el replanteodel proyecto y dems actividades preliminares a la construccin; 7) Coordinar ePlan de Manejo de Transito elaborado por la Secretara de Trnsito, Transporte yde la Movilidad del Municipio de Ibagu, 8) Consultar con el Grupo deContratacin de la Alcalda de Ibagu, las inquietudes de orden legal que sepresenten en relacin con la ejecucin del contrato, 10) Suministrar el personaidneo para la ejecucin del objeto contractual, 11) Utilizar el personal mnimorequerido, en los trminos de referencia para la Interventora, para lo cual se

    deber de presentar copia de las Hojas de Vida al Supervisor de laAdministracin Municipal con el fin de que sean validadas. El personal debercontar con la Seguridad Industrial requerida para el desarrollo de obras. 12)Adems del personal mnimo exigido, la Interventora deber contar con losprofesionales o tcnicos que se requieran para cumplir cabalmente el contrato,tanto en su plazo como en calidad. Al personal mnimo exigido de conformidadcon los pliegos de condiciones ser al que se le asigne nica y exclusivamentelas labores directas de la ejecucin del contrato. 13) Todos los profesionalesdeben contar con matricula o tarjeta profesional vigente y no se podrn presentardentro del personal requerido a quienes se encuentren comprometidos hasta e100% de tiempo de dedicacin en contratos en ejecucin con la Secretara de la

    Administracin Municipal. 14) El personal presentado en la propuesta deInterventora no podr ser cambiado, salvo por autorizacin expresa y escrita deOrdenador del Gasto, el Supervisor de la Administracin Municipal o eSecretario de Despacho. En todo caso el profesional que lo reemplazara deberser de las mismas o mejores calidades que el propuesto. 15) Elaborarquincenalmente o cada vez que la Supervisin del contrato lo requiera informesescritos y grficos (por sectores) sobre el desarrollo de las obras. Dichosinformes deben ser por escrito, garantizando que la redaccin sea clara y

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    precisa, 16) Organizar y realizar Comits Tcnicos con el (los) Contratistasdurante la ejecucin de las Obras. La periodicidad de las reuniones ser de una(1) por semana, con el fin de verificar el desarrollo del contrato y elaborar las

    actas que documenten el estado del(os) mismos, 17) Mantener durante laejecucin del contrato el recurso humano, tcnico, fsico y dems ofrecidos en lapropuesta, 18) Hacer las recomendaciones que contribuyan al mejor desempeopara la materializacin de la(s) obra(s), 19). Informar de inmediato y por escrito ala Supervisin de la Administracin Municipal la ocurrencia de situaciones defuerza mayor o caso fortuito que puedan afectar la ejecucin del contrato,incluyendo las recomendaciones que procedan segn el caso, 20) Elaborar ysuscribir el Acta de Inicio de ejecucin del presente Contrato conjuntamente conla Supervisin de la Administracin Municipal, previo el cumplimiento de losrequisitos para ello, al igual que las actas de inicio de los Contratos de Obra (lascuales debern de ser firmadas al igual que el resto de las Actas por e

    Contratista, Supervisor de la Administracin Municipal e Interventora). Las Actasde Obra debern adicionalmente de las anteriores firmas ir visada por parte deSecretario de Despacho. 21) Asistir a todas las reuniones programadas que seannecesarias para lograr la debida ejecucin del contrato y elaborar las actas a quehaya lugar, 22) Tramitar oportunamente las Actas de suspensin y reanudacindel presente Contrato y de los Contratos de Obra, para lo cual se debermodificar las respectivas plizas. As mimos las Actas de Justificacin para eltrmite de posibles adicionales de tiempo, recursos o reconocimiento demayores cantidades. Para el inicio de este trmite se deber presentar ladocumentacin respectiva ante el despacho del Secretario Ejecutor con mnimoveinte (20) das del vencimiento de los contratos. 23) El contratista de obliga

    atender todas las observaciones y requerimientos presentados por parte de laSupervisin asignada por parte de la Administracin Municipal, 24) Mantener laconfidencialidad sobre la informacin que le sea suministrada para el desarrollodel objeto del contrato, 25) Estudiar los cambios que se propongan en elproyecto y ordenar aquellos que sean estrictamente necesarios, 26) Vigilar ycontrolar que el personal sea idneo, en calidad y nmero suficiente para eldesarrollo de las obras, 27) Ordenar la suspensin de los trabajos cuando a sujuicio sea absolutamente necesaria, 28) Estudiar detalladamente el(los) contratosde obra civil, las normas bsicas de construccin, los planos de detalles de lasobras y los diseos del proyecto Panptico de Ibagu aprobados por el Ministeriode Cultura con el fin establecer las cantidades de obra y las especificaciones

    particulares de cada intervencin; 29) Exigir la programacin grfica de lostrabajos y el flujo mensual de caja, dentro del trmino respectivo; 30) Llevar unabitcora de las actividades realizadas diariamente (La Bitcora se presentara enforma impresa). 31) Controlar los programas de trabajo y ajustarlosperidicamente de acuerdo a las necesidades de obra. Cuando lo estimenecesario, solicitar por escrito al Contratista ampliar los programas de trabajo ylos respectivos plazos de las actividades; 32) Exigir para la ejecucin de la obra,materiales, mano de obra y elementos de primera calidad, 33) Hacer practicar aContratista en forma oportuna, los anlisis y pruebas de laboratorio a los

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    materiales y las mezclas que considere necesarios para establecer exactamentelas calidades de estos en un laboratorio previamente aprobado por laSupervisin de la Administracin Municipal. El valor de estos anlisis estar a

    cargo del Contratista, 34) Realizar de su cuenta y con su laboratorio deconfianza, los ensayos y pruebas necesarias para verificar la correcta ejecucinde las obras. El numero de ensayos y pruebas de laboratorio se realizaran deacuerdo a lo solicitado por parte del Supervisor de la Administracin Municipal35) Exigir la aplicacin estricta de las normas establecidas por la Norma SismoResistente NSR - 10 y dems que demande la buena ejecucin del proyecto; 36)Inspeccionar, vigilar, controlar y aprobar los diversos trabajos que se realicen37) Ordenar la remocin y reemplazo de toda obra mal ejecutada o no aprobadade conformidad a lo informado a la Supervisin de la Administracin Municipal38) Entregar al CONTRATANTE resea fotogrfica del desarrollo de las obras(la cantidad de fotografas ser sealada por el Supervisor de la Administracin

    Municipal la cual formar parte del Seguimiento y Control de la Obra), por lo cuael citado registro fotogrfico se entregara por sectores identificados en medioimpreso y magntico sealando el antes (inicio) y el despus (terminacin), 39)Verificar y controlar que las existencias en almacn y los gastos en obracorrespondan a la facturacin por servicios de materiales; 40) Revisar los planosfinales de la obra. Estos deben ser entregados por el CONTRATISTA en mediomagntico digitado en Autocad compatible y en los planos originales.

    B) FUNCIONES ADMINISTRATIVAS: 1) Firmar el Acta de iniciacin, de comnacuerdo con el Supervisor, a ms tardar dentro de los cinco (5) das calendariosiguientes a la firma y legalizacin del presente contrato, de acuerdo con e

    programa de trabajo (en este programa se deber definir las fechas de trmite derdenes de pago, a fin de que la Secretara ejecutora tenga en cuenta dichainformacin para la solicitud del desembolso de los recursos a la Secretara deHacienda, toda vez que los mismos corresponden a Recursos del Emprstito. 2)Dar inicio a las obras de las diferentes reas del Panptico de Ibagu aintervenir, 3) Suscribir las actas dentro de los trminos establecidos en losdiferentes contratos de obra. 4) Controlar las actas de pago de acuerdo aavance en la ejecucin de las obras y al flujo de caja con que cuente laAdministracin Municipal, toda vez que los recursos de las obras contratadascorresponden a recursos del emprstito, 5) Recibir todas las obras y realizarlaslas respectivas liquidaciones parciales y/o finales de los Contratos de Obra, 6

    Atender todas las actividades propias de la Interventora de la construccinaplicables al control del cumplimiento de las obligaciones de los contratistas. 7)Coordinar con las Empresas de Servicios Pblicos la ubicacin y reubicacininstalacin y/o reparacin de redes de servicios (acueducto y alcantarillado, gasdomiciliario, energa, cable, telfono, internet etc, si fuere necesario, 8) Cuandosea necesario elaborar los cuadros de reajustes y realizar la revisin de preciospara cada una de las actas; 9) Descontar las multas impuestas por el Municipiode Ibagu de las actas de pago por concepto de obra ejecutada o del acta deliquidacin segn sea el caso; 10) Elaborar informes mensuales y un informe

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    final mostrando una relacin de todos los aspectos surgidos durante el desarrollodel contrato, tanto tcnicos como administrativos y financieros, incluyendorecomendaciones que en su criterio deban tenerse en cuenta para la liquidacin

    del contrato en los cuales deber de incluir como mnimo registros fotogrficosensayos de laboratorio, diseos y dems documentos que se generen en laejecucin del contrato de obra, as mismo, en su informe, debe relacionar elpersonal mnimo (El personal que presento en su propuesta), con susrespectivas planillas de pagos de seguridad social y aportes parafiscales. Deberadems relacionar y entregar copias de toda la correspondencia y documentossurgidos de la ejecucin del contrato, 11) Verificar durante la ejecucin de la obraen los sitios que sean requeridos y/o necesarios y por el tiempo sealados por elSupervisor que el(os) contratistas cuenten con: SEALES VERTICALESPreventivas (que debern ubicarse con suficiente anticipacin al lugar de inicio yterminacin de la obra, los cuales debern ser uniformes), Reglamentarias e

    Informativas, DISPOSITIVOS PARA LA CANALIZACIN DEL TRANSITO(Barricadas, Conos, Delineadores Tubulares, Canecas de Plstico (con mnimo 2franjas blancas de lamina reflectiva Tipo III o Tipo IV), Barreras PlsticasFlexibles (maletines), Tabiques, Cintas Plsticas y Mallas, Reja Porttil PeatonalDISPOSITIVOS LUMINOSOS: Reflectores, Luces de Identificacin de Peligro(Luces Intermitentes), Lmparas de encendido elctrico continuo, Luces deAdvertencia en Barricadas, Seales de Mensaje Luminoso, DISPOSITIVOSMANUALES: Banderas y Paletas (Es necesario que el personal escogido paradicha labor est capacitado para las funciones de banderero, ya que son losresponsables de la seguridad de conductores y empleados y tienen el mayorcontacto con el pblico, por lo cual deber de cumplir con los siguientes

    requisitos: Buenas condiciones fsicas, incluidas visin, audicin y estatura, tenerbuenos modales, buena presentacin personal, sentido de responsabilidadparticularmente para la prevencin de riesgos de accidentes al publico otrabajadores y conocer las normas bsicas de transito). La indumentaria debanderero deber constara como mnimo de casco con dos (2) franjashorizontales de 10 cm de largo por 5 cm de ancho, fabricadas en laminareflectiva Tipo III de color blanco y Chaleco con mnimo dos (2) franjashorizontales, verticales u oblicuas de 5 cm cada una, en cinta reflectiva quecumpla con los coeficientes de retrorrefleccin especificados en la NormaTcnica Colombiana NTC-4739, para la lamina reflectiva Tipo I. Las franjaspodrn ser en color blanco, rojo o amarillo. Cuando las condiciones climticas lo

    requieran, el banderero usara un impermeable de color amarillo con una franjablanca en cinta reflectiva de 15 cm de ancho, colocada horizontalmente en etercio superior a la altura del trax. El banderero deber estar visible para losconductores que se acercan, desde una distancia suficiente que permita unarespuesta oportuna en el cumplimiento de las instrucciones que se impartan.LINTERNAS: Durante la noche o cuando las condiciones de visibilidaddisminuyan es necesario que los bandereros dispongan de dispositivosluminosos que hagan visibles sus mensajes a los conductores. La cantidad y tipode seales a instalarse ser sealada por el Supervisor de la Administracin

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    Municipal. Igualmente dentro de la sealizacin de Carreras o Calles afectadaspor las obras debern contar con polisombra que asle totalmente la obra de suentorno (especialmente en sectores de barrios), vallas pasacalle (la cantidad y

    ubicacin sern determinadas por el Supervisor), seis (6) vallas de pisoinformativas por cada uno de los sectores a intervenir (diferentes de las vallas decontrol de trnsito o sealizacin), cuyo diseo, contenido y dimensiones sernsuministrados por el Supervisor, por lo que la obra deber de contar con toda lasealizacin que se necesite de acuerdo a la normatividad vigente y la que serequiera. Una vez terminada la obra el Contratista se comprometer a entregar ala Administracin Municipal las referidas vallas. De igual modo el Contratista deObra se comprometer a dotar al personal y cuadrillas que se empleen en laejecucin del presente Contrato con los elementos necesarios de seguridadindustrial de acuerdo a especificaciones legales y exigidas por parte delSupervisor del Contrato. Los costos y trmites para el cumplimiento de las

    obligaciones descritas sern asumidos por el Contratita de Obra, todos estoselementos y personal que sean requeridos y/o necesarios en la medida que lasobras a desarrollarse en el Panptico de Ibagu y que son objeto de la presenteinterventora as lo requieran 12) Verificar el cumplimiento de las medidas deproteccin especficas para el tipo de obras que est realizando, as como lasnormas ambientales y de seguridad industrial. De acuerdo a lo estipulado en elArtculo 348 del Cdigo Sustantivo de Trabajo y los Artculos 122 y 133 de la Ley9 de 1979. 13) Verificar que los sitios los sitios aledaos a la obra semantengan libres de residuos, herramientas, y elementos sobrantes dejando losmismos completamente aseados, cumpliendo con el adecuado manejo deresiduos slidos y escombros de acuerdo a la normativa vigente. 14) Verifica

    que el(os) contratistas organicen sus trabajos y adopten las precaucionessuficientes para asegurar la proteccin del pblico y de los trabajadores de laobra y reducir los riesgos y peligros a que stos queden expuestos. EContratista y el Interventor sern responsables si por falta de seales aprobadasy medidas de seguridad inadecuadas, de explosivos y materiales inflamablesocurren accidentes o daos a terceros. 15) Verificar que el Contratista de Obraadopte igualmente las medidas de salubridad e higiene requeridas paraproporcionar a sus trabajadores las condiciones de seguridad indispensablespara la conservacin de la salud, 16) Dar cumplimiento de sus obligaciones conlos Sistemas de Salud, Pensin Y Riesgos Profesionales, aportes a las Cajas deCompensacin Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio

    Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, en concordancia con elArtculo 50 de la Ley 789 de 2002, 17) Conocer y dar cumplimiento a lodispuesto en el Cdigo de tica expedido por la Administracin Municipamediante Decreto 1069 del 19 de diciembre de 2006. 18) El interventoradicionalmente y dentro de la ejecucin del Pacto por la transparencia tendrla obligacin de articular su accin con los grupos de auditores visibles, lapublicacin de informes de Interventora, la asistencia y participacin a los forosconciudadanos, as como atender y dar respuesta a lasobservaciones hechaspor los grupos de auditores visibles. 19) Las dems obligaciones, facultades y

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    funciones de la naturaleza propias de un Interventor sin contrariar en ningncaso lo dispuesto en el contrato y los documentosque hacen parte del mismo.

    C) FUNCIONES FINANCIERAS:1). Verificar que el Contratista cumpla con losrequisitos exigidos por la Dependencia Ejecutora y el ordenador del Gasto parael trmite de las Ordenes de Pago. 2) Constatar la correcta inversin de losrecursos, para este efecto deber exigir segn corresponda la programacin delos trabajos y el flujo de inversin del contrato, 3) Verificar y aprobar el programade trabajos en el cual el contratista de obra deber dejar definir las fechas detrmite de rdenes de pago, a fin de que la Administracin Municipal tenga encuenta dicha informacin para la solicitud de desembolsos de los recursos a laSecretaria de Hacienda Municipal, toda vez que los mismos corresponden arecursos del emprstito. 4) Verificar que se mantenga el equilibrio financiero decontrato, 5) Efectuar el balance econmico de ejecucin del contrato para

    efectos de la liquidacin del mismo. 6) Efectuar las actividades del casoconducentes al buen desarrollo financiero del contrato.

    CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS: 1) El Interventor declara que conoce y seacoge en su totalidad a todas las normas legales y fiscales vigentes que regulanla Contratacin Administrativa del Municipio de Ibagu y las consignadas en eManual de Contratacin del Municipio de Ibagu. Adems manifiesta que seacoge a todas lasdisposiciones y normas que regulan la Profesin

    FUNDAMENTOS JURDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCINEn concordancia con lo dispuesto en el Decreto 0019 de 2012, artculo 219, numeral 3 y lo prescrito en la Ley080 de 1993, artculo 32, numeral 2, procede para el caso la MODALIDAD DE SELECCIN POR CONCURSO

    DE MERITOS, que se reglamenta de acuerdo a lo dispuesto en el Ttulo III: Modalidades de Seleccin, captuloIII: Concurso de Mritos, Seccin II: Del concurso de Mritos previsto en el Decreto 0734 de 2012, artculos3.3.2.1 y siguientes.

    En tanto la finalidad del presente procedimiento es la de contratar una firma idnea que se encargue de realizala CONSULTORA PARA LA INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATODE TERMINACIN DE LAS OBRAS CIVILES (PARTE NUEVA) DEL PROYECTO PANPTICO DE LACIUDAD DE IBAGUE FASE 1; a travs de un proceso de seleccin objetiva por concurso de mritos abierto atravs propuesta tcnica simplificada (PTS) toda vez que la entidad suministrar en los requerimientos tcnicosla metodologa exacta para la ejecucin de la consultora, modalidad que adems se encuentra regulada en elmanual de Contratacin

    ANLISIS ECONMICO - MTODO UTILIZADOQue el Municipio de Ibagu - Secretara de Cultura, Turismo y Comercio, en razn a la necesidad de llevar acabo su misin y de implementar diferentes estrategias para la recuperacin, restauracin y fomento depatrimonio cultural, de los bienes de inters cultural, y en esta caso del Panptico de Ibagu como MonumentoNacional, y en cumplimiento de los principios de transparencia, economa y responsabilidad que rigen lacontratacin pblica y la funcin administrativa procedi a realizar indagaciones de ofertas efectuadas, contratosrealizados y teniendo en cuenta la Experiencia requerida para las labores de interventora, acogi el presentepresupuesto.

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    Para sustentar lo anterior, se anexa cuadro de presupuesto oficial, el cual hace parte integral del presentedocumento

    INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATO DE TERMINACIN DE LASOBRAS CIVILES (PARTE NUEVA) DEL PROYECTO PANPTICO DE LA CIUDAD DE IBAGUE FASE 1EVALUACION ECONOMICA

    PERSONAL PROFESIONAL (A)

    DESCRIPCIN CANTIDADVALOR

    MENSUALFACTOR

    MULTIPLICADORTIEMPO EN

    MESESDEDICACIN VALOR PARCIAL

    COSTOS DE PERSONAL

    Director de consultoriaProyecto ingeniero

    1 $ 3,400,000.00 1.86 6 30% $ 11,383,200.00

    Director de consultoriaProyecto arquitecto

    1 $ 3,400,000.00 1.86 6 30% $ 11,383,200.00

    Residente de Obra 2 $ 2,700,000.00 1.86 6 100% $ 60,264,000.00

    ingeniero civil Especialistaen estructuras

    1 $ 3,400,000.00 1.86 6 25% $ 9,486,000.00

    Arquitecto Especialista enDiseo Urbano o urbanismo

    1 $ 3,400,000.00 1.86 6 25% $ 9,486,000.00

    SUBTOTAL (A) $ 102,002,400.00

    OTROS COSTOS DIRECTOS ( C )

    DESCRIPCIN UNIDADCANTIDAD

    VALORUNITARIO MES

    FACTORMULTIPLIC.

    TIEMPO ENMESES

    %DEDICACIN

    VR. TOTAL

    Ensayos y Laboratorios (losindicados por la supervisin)

    GLB 1 $ 838,582.55 1.1 6 100% $ 5,534,644.83

    Planos - Papelera y registrofotogrfico

    GLB 1 $ 700,000.00 1 6 30% $ 1,260,000.00

    Informes detallados (segnsolicitud de supervisin)

    UNID 1 $ 750,000.00 1 6 50% $ 2,250,000.00

    Transporte UNID 1 $ 183,595.61 1.1 6 100% $ 1,211,731.03Seguridad industrial (chalecos,cascos, botas)

    UNID 1 $ 350,000.00 1.1 6 100% $ 2,310,000.00

    Equipos de Cmputo GLB 1 $ 500,000.00 1.1 6 30% $ 990,000.00

    SUBTOTAL ( C ) $ 13,556,375.86

    D ) COSTO BASICO (A+B+C) $ 115,558,775.86

    E ) IVA 16 % SOBRE EL COSTO BASICO $ 18,489,404.14

    AJUSTE AL PESO

    F) COSTO TOTAL ( D+ E ) $ 134,048,180.00

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    VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

    ADECUACINAL

    PRESUPUESTO

    El presupuesto que se destinara para la CONSULTORA PARA LA

    INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA AL CONTRATODE TERMINACIN DE LAS OBRAS CIVILES (PARTE NUEVA) DEL PROYECTOPANPTICO DE LA CIUDAD DE IBAGUE FASE 1., elcualse encuentra inmersodentro del Presupuesto Municipal de Rentas y Gastos 2013 y 2014 conforme a lo dispuestoen el Acuerdo N 011 de 2013 - Vigencias Futuras, de la siguiente manera:

    VIGENCIA CODIGO DENOMINACION VALOR

    2013 216312114401

    RESCATE, MEJORAMIENTO,RESTAURACIN, CONSTRUCCION YFOMENTO DE INFRAESTRUCTURAS YEL PATRIMONIO CULTURAL YARQUITECTNICO LOCAL

    $40,214,454

    2014 216312114401

    RESCATE, MEJORAMIENTO,

    RESTAURACIN, CONSTRUCCION YFOMENTO DE INFRAESTRUCTURAS YEL PATRIMONIO CULTURAL YARQUITECTNICO LOCAL

    $93,833,726

    Total $134,048,180.00Correspondientes a gastos de:

    INVERSIN X FUNCIONAMIENTO _______

    PRESUPUESTO PROYECTADO $134,048,180.00

    FACTORES DE SELECCIN Y REQUISITOS HABILITANTES

    Se establecen como criterios de Seleccin aquellos establecidos por el Decreto 0734 de 2012 para estaModalidad de Seleccin contemplados en los artculos 3.3.4.3 y 3.3.4.4 que hacen referencia a las condicionesy requisitos de la PROPUESTA TCNICA y el artculo 3.3.4.5 que prescribe los elementos y condiciones de laPROPUESTA ECONMICA.

    1. CERTIFICACIN DEL REGISTRO NICO DE PROPONENTES (RUP)Para el presente proceso, el oferente debe haberse inscrito en el RUP, lo cual demostrar con el certificadoexpedido por la Cmara de Comercio de su jurisdiccin, con una antelacin no mayor a los treinta (30) dascalendario previos a la fecha de presentacin de la propuesta.

    Segn a lo dispuesto en el rgimen de transicin establecido por el Decreto 734 de 2012, para la exigencia delRegistro nico de Proponentes del presente proceso de seleccin, se dar aplicacin a lo dispuesto en elDecreto 1464 de 2010, para aquellos proponentes que tengan an vigente y en firme su inscripcin, renovacin

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    o actualizacin del RUP.

    El oferente o integrante de forma asociativa, sea persona natural o jurdica, deber estar inscrito y clasificado en

    el Registro nico de Proponentes (RUP) de la Cmara de Comercio de su jurisdiccin en cada una de lassiguientes actividades, especialidades y grupos:

    ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

    02: Consultores 10: Otros05 Servicios Bsicos de Ingeniera04 Gestin de proyectos

    En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de sus integrantes deber estar inscrito en lasactividades, especialidades y grupos indicados anteriormente.

    Igualmente, atendiendo que el Decreto tambin seal que dentro del mes siguiente a su publicacin (13 de

    abril de 2012) las Cmaras de Comercio presentaran a la Superintendencia de Industria y Comercio elesquema grfico del formulario y modelos de certificacin para la aplicacin del nuevo Registro nico deProponentes; la Superintendencia mencionada dio su aprobacin el 01 de junio de 2012 mediante ResolucinNo. 35695, fecha a partir de la cual comenz el trmino de tres (03) meses para la implementacin de lasherramientas tecnolgicas para la realizacin del registro por parte de las Cmaras de Comercio del Pas, quese cumpli el pasado 01 de septiembre de 2012, razn por la cual los proponentes que requieran inscribir,renovar o actualizar su informacin en el Registro nico de Proponente con posterioridad a esta ltima fecha,debern dar aplicacin a las exigencias dispuestos en el Ttulo VI del Decreto 0734 de 2012.

    Para el presente proceso de seleccin, el proponente cuya inscripcin, renovacin o actualizacin se hayarealizado conforme al Decreto 0734 de 2012, deber estar inscrito y clasificado en el Sistema de Clasificacin

    Industrial Internacional Uniforme (CIIU), VERSIN 4, en la Clase que se describe a continuacin:

    SECCIN DIVISIN GRUPO CLASEM: Actividadesprofesionales,cientficas y tcnicas

    71: Actividades dearquitectura e ingeniera;ensayos y anlisistcnicos

    711: Actividades dearquitectura e ingeniera yactividades conexas deconsultora tcnica

    7110: Actividades dearquitectura e ingeniera yotras actividades conexasde consultora tcnica

    Cada uno de los miembros del Consorcio o Unin Temporal o cualquier otra forma asociativa, deber aportar elcertificado de inscripcin en el RUP.

    Vigencia del RUP: Conforme a lo establecido por el artculo 6, inc. 3 del Decreto 1464 de 2010 y del artculo6.1.2.4. del Decreto 0734 de 2012, la inscripcin en el registro estar vigente por el trmino de un ao, contadosiempre a partir de la fecha del acto de su inscripcin como proponente, y se renovar anualmente dentro demes anterior al vencimiento de cada ao de vigencia de la misma. En consecuencia, la Certificacin presentadapor el proponente deber acreditar la vigencia de la inscripcin en el registro.

    De conformidad con el artculo 8 del Decreto 1464 de 2010 y 6.1.2.6. del Decreto 0734 de 2012, cuando serenueve o actualice el Registro nico de Proponentes, la informacin que se modifica estar vigente hasta que

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    el acto de inscripcin correspondiente de la nueva informacin quede en firme.

    Para todos aquellos registros contenidos en el RUP, en donde aparezca que dicha informacin ya fue objeto de

    verificacin por la respectiva Cmara de Comercio, dicha inscripcin, renovacin y clasificacin deberencontrarse en firme a la fecha del cierre del proceso, sin perjuicio de lo establecido en el artculo 8 del Decreto1464 2010 y 6.1.2.6. del Decreto 0734 de 2012.

    1.1. Certificado de ReciprocidadSi el proponente es extranjero, podr aportar el certificado de reciprocidad conforme a lo establecido en elartculo 20 de la Ley 80 de 1993, para que se le d el mismo tratamiento y en las mismas condiciones,requisitos, procedimientos y criterios de adjudicacin que el de los proponentes nacionales.

    2. BOLETN DE RESPONSABLES FISCALESEl proponente no deber encontrarse inscrito en el Boletn de Responsables Fiscales (Artculo 60, Ley 610 de2000), situacin que ser verificada por el Municipio de Ibagu podr ser acreditada por el oferente en supropuesta.

    Igual requisito deber cumplir el representante legal de las personas jurdicas, y el representante de losconsorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociacin.

    3. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOSEl Municipio de Ibagu verificar el certificado de antecedentes disciplinarios, vigente a la fecha prevista para la

    recepcin de propuestas, expedido por la Procuradura General de la Nacin (de conformidad con lo consagradoen el Artculo 174 de la Ley 734 de 2002).

    Igual requisito se deber verificar para el representante legal de las personas jurdicas, y el representante de losconsorcios o uniones temporales o cualquier otra forma asociativa.

    En caso de que en el certificado conste que el proponente o el representante legal de las personas jurdicas, o erepresentante de los consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociacin, presentaantecedentes disciplinarios vigentes, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado, el Municipio deIbagu no tendr en cuenta su propuesta para la evaluacin y posterior adjudicacin.

    4.

    CAPACIDAD FINANCIERATodos los proponentes que demuestren inters en participar en el presente proceso de contratacin, debernestar inscritos en el Registro nico de Proponentes con el fin de que la entidad realice la verificacin de losrequisitos habilitantes de carcter financiero de conformidad con lo establecido en el Decreto 0734 de 2012 y elartculo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artculo 221 del Decreto Ley 019 de 2012. Cuando serenueve o actualice el Registro nico de Proponentes, la informacin que se modifica estar vigente hasta quela nueva informacin quede en firme.

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    Para la verificacin de los indicadores financieros se tomara de la informacin contenida en el REGISTRONICO DE PROPONENTES vigente y en firme

    Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, los documentos soporte de lainformacin financiera cada uno aportara el REGISTRO NICO DE PROPONENTES vigente y en firme.

    El Municipio de Ibagu se reserva la facultad de solicitar informacin adicional, si lo considera necesario, con efin de verificar y/o aclarar los datos reportados.

    Si el proponente presenta informacin financiera inconsistente o incompleta, sta no ser tenida en cuenta parael clculo de los indicadores correspondientes y, por lo tanto, la propuesta ser considerada NO HBIL. Sdichas inconsistencias o deficiencias las presenta el integrante de un consorcio o una unin temporal, lasmismas imposibilitarn el clculo del ndice de Endeudamiento y del ndice de Liquidez, y en este caso, lapropuesta tambin ser considerada NO HBIL.

    La capacidad financiera del proponente se calcular a partir de la evaluacin de los siguientesindicadores:

    4.1. Liquidez (L): Se calcula con la siguiente frmula: L = Activo Corriente / Pasivo CorrienteSe considerar ADMISIBLE el proponente que presente una Liquidez igual o superior a cinco (5).

    Para las propuestas en Consorcio, Unin Temporal u otra forma de asociacin, se calcular la Liquidez de cadauno de sus integrantes, aplicando la frmula descrita anteriormente. En este caso, la Liquidez del proponenteser la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos de acuerdo a su porcentaje de participacin.

    4.2. Nivel de Endeudamiento (E): Se calcula con la siguiente frmula: E = Pasivo Total / Activo TotalSe considerar ADMISIBLE el proponente que presente un nivel de endeudamiento (E) menor o igual al treintapor ciento (30%).

    Para las propuestas en Consorcio, Unin Temporal u otra forma de asociacin, se calcular el nivel deendeudamiento (E) de cada uno de sus integrantes, aplicando la frmula descrita anteriormente. En este caso,el nivel de endeudamiento (E) del proponente ser la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellosmultiplicado por su respectivo porcentaje de participacin.

    4.3. Capital de Trabajo (Cw): Se calcula con la siguiente frmula: Cw = Activo CorrientePasivo CorrienteSe considerara ADMISIBLE el proponente que presente un capital de trabajo (Cw) igual o superior alpresupuesto oficial.

    Para las propuestas en Consorcio, Unin Temporal u otra forma de asociacin, se calcular el capital de trabajo(Cw) de cada uno de sus integrantes, aplicando la frmula descrita anteriormente. En este caso, el capital de

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    trabajo (Cw) del proponente ser la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos multiplicado por suporcentaje de participacin.

    5. CONDICIONES TCNICAS MNIMAS EXIGIDAS5.1. EXPERIENCIA ESPECFICA DEL PROPONENTE.Como Consultor

    Los interesados a participar en el presente concurso, persona natural o jurdica haya suscrito, ejecutado yterminado por lo menos dos (02) contratos de relacionados con la INTERVENTORA TCNICAADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para la construccin de EDIFICACIONES DE USO INSTITUCIONAL Y/OCULTURALES Y/O EDUCATIVOS Y/O CENTROS DE CONVENCIONES durante los ltimos cinco (5) aoscontados a partir de la fecha de cierre del presente proceso y que correspondan a interventoras de obras conun rea cubierta construida igual o mayor a 5.000 M2, y cuya sumatoria en valor sea igual o mayor a dos (2)

    veces el presupuesto oficial expresado en salarios mnimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Para locual deber aportar copia de los contratos.

    En caso que el interesado se presente en Consorcio y/o Unin Temporal la experiencia acreditada ser lasumatoria de la experiencia de cada uno de los integrantes. En el caso de que la experiencia relacionada hayasido ejecutada en calidad de Consorcio o Unin Temporal, se tomar como experiencia especfica de cadaintegrante el porcentaje de su participacin en el consorcio y/o Unin Temporal.

    Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurdica se podracumular a la de esta, cuando ella no cuente con ms de tres (3) aos de constituida. La acumulacin sehar en proporcin a la participacin de los socios en el capital de la persona jurdica.

    En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante ser la sumatoria de lasexperiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participacin en el mismo. Nopodr acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurdica cuando stos se asocienentre s para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artculo 7 de la ley 80 de1993.

    En el caso de que la experiencia relacionada haya sido ejecutada en calidad de consorcio o unin temporal,el valor facturado y el rea ejecutada por cada uno de sus integrantes se tomar de acuerdo a su porcentajede participacin en el mismo.

    Para efectos de acreditacin de la experiencia, NO SE ACEPTARN SUBCONTRATOS, ni experienciasadquiridas por medio de contratos por Administracin Delegada, en consecuencia los contratos vlidos paraacreditar la experiencia sern aquellos suscritos directamente entre el ente o persona contratante y eloferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivacin de estos se entender para efectos delproceso como subcontrato. Se debe anexar fotocopia legible de los siguientes documentos: certificacin,contrato y acta final.

    VALOR FACTURADO EN PROYECTOS SIMILARESEste aspecto se verifica en S.M.M.L.V. del ao correspondiente a la firma de los contratos certificados y

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    aportados, para acreditar la experiencia relacionada en el numeral anterior.Para efectos de este calculo, de los SMMLV correspondientes, se anexa la siguiente tabla sobre los valoresde salario mnimo de los ltimos cinco (5) aos.

    A O VALOR SALARIO2.008 $461.500.002.009 $496.900.002.010 $ 515.000.002.011 $535.600.002.012 $566.700.002.013 $589.500.00

    En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante ser la sumatoria de lasexperiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participacin en el mismo. No

    podr acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurdica cuando stos se asocienentre s para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artculo 7 de la ley 80 de1993.

    En el caso de que la experiencia relacionada haya sido ejecutada en calidad de consorcio o unin temporalel valor facturado de cada uno de sus integrantes se tomar de acuerdo a su porcentaje de participacin enel mismo.

    5.2.EQUIPO DE TRABAJO MNIMO REQUERIDOLos aspirantes a participar en el presente proceso, presentaran la documentacin que acredite la vinculacin

    al desarrollo del proyecto del siguiente personal con las calidades y experiencia relacionadas a continuacin.La Administracin Municipal se reserva el derecho de verificar la informacin contenida en estos documentos.

    NOTA: El Municipio de Ibagu podr solicitar el cambio inmediato del personal que preste un servicioinadecuado y el Contratista deber atender de inmediato el requerimiento. En caso de que el contratistarequiera cambios en el personal propuesto en su oferta inicial, se permitir siempre y cuando el nuevopersonal propuesto cumpla con las mismas condiciones requeridas en la convocatoria pblica, documentosque sern previamente verificados por el interventor del contrato para autorizar el cambio. Dicha autorizacindeber ser por escrito.

    5.2.1.DIRECTOR DEL PROYECTO:Experiencia General:Ingeniero civil y/o Arquitecto con experiencia profesional mnima de diez (10) aos.

    Experiencia Especfica y Formacin:Arquitecto o ingeniero civil debidamente titulado y matriculado, con ttulo de estudios de postgrado a nivel deespecializacin, maestra o doctorado en rea relacionada con la construccin, estructuras, gerencia de obra odireccin y/o administracin de obras civiles, con experiencia profesional especfica y relacionada con la

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    INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para la construccin de EDIFICACIONESINSTITUCIONALES CULTURALES Y/O EDUCATIVOS Y/O CENTROS DE CONVENCIONES con funcionescomo director de mnimo dos (2) contratos con un rea mnima de 5.000 M2 de rea cubierta construida.

    Dedicacin: La dedicacin mnima del director de obra ser del 30 % del tiempo, estar disponible cada vezque la Alcalda de Ibagu y su interventora lo requieran y su asistencia a los Comits de Obra (que tendrnuna periodicidad mnima semanal) es OBLIGATORIA.

    La certificacin y/o actas que acrediten la experiencia en calidad de contratista y/o director debern serexpedidas directamente por la entidad contratante beneficiaria del proyecto.

    Se debe acreditar que la experiencia especfica haya sido obtenida en el transcurso de los ltimos cinco (5)aos.

    En el caso de personas naturales, el proponente podr ser el mismo director de obra, siempre y cuando cumplacon las expectativas de la entidad. La experiencia que certifique como contratista se le aceptar igualmentepara Director de obra

    5.2.2. RESIDENTE DE OBRA EXPERTO:Experiencia General:Ingeniero Civil y/o Arquitecto con experiencia profesional mnima de cinco (05) aos. .

    Experiencia Especfica:Arquitecto o ingeniero civil debidamente titulado y matriculado, con experiencia profesional especfica y

    relacionada con la INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para la construccin deEDIFICACIONES DE USO INSTITUCIONAL Y/O CULTURAL Y/O EDUCATIVO Y/O CENTROS DECONVENCIONES con funciones como residente de mnimo dos (2) contratos con un rea mnima de 5.000M2 de rea cubierta construida.

    Dedicacin: La dedicacin del residente de obra experto ser del 100 %, TIEMPO COMPLETO, estardisponible cada vez que la Alcalda de Ibagu o la interventora lo requieran y su asistencia a los Comits deObra (que tendrn una periodicidad mnima semanal) es OBLIGATORIA.

    La certificacin y/o actas que acrediten la experiencia en calidad de residente de obra deber ser expedidadirectamente por la entidad contratante beneficiaria del proyecto.

    Se debe acreditar que la experiencia especfica haya sido obtenida en el transcurso de los ltimos cinco (5)aos.

    5.2.3.INGENIERO CALCULISTA - ESTRUCTURALISTA:Experiencia General:Ingeniero Civil con experiencia profesional mnima de Diez (10) aos.

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    Experiencia Especfica:Ingeniero civil debidamente titulado y matriculado, con ttulo de estudios de postgrado a nivel deespecializacin, maestra o doctorado en rea relacionada con estructuras, con experiencia profesional

    especfica y relacionada con la INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para laconstruccin de EDIFICACIONES INSTITUCIONALES CULTURALES Y/O EDUCATIVOS Y/O CENTROS DECONVENCIONES con funciones como Ingeniero Calculista y/o Estructuralista de experiencia en diseo mnimocuatro (4) proyectos de construccin de Centros de Convenciones, Colegios y/o Edificaciones de usoinstitucional, bajo parmetros de la norma sismorresistente NSR-10.

    Dedicacin: La dedicacin mnima del asesor estructural ser del 30 % del tiempo, y estar disponible cada vezque la Alcalda de Ibagu o la interventora lo requieran.

    La certificacin y/o actas que acrediten la experiencia en calidad de diseador deber ser expedida por laentidad a la cual se presto dicho servicio, adems debe anexar las correspondientes licencias de construccin.

    Con la firma del profesional en los formatos establecidos, tanto el proponente como el personal profesionapropuesto se comprometen a realizar las actividades propias del cargo durante la ejecucin del contrato. Elproponente al que le sea adjudicado el contrato no podr cambiar el personal profesional incluido en supropuesta a menos que exista una justa causa, la cual deber ser sustentada ante la Alcalda Municipal deIbagu, para su evaluacin y posterior autorizacin. En caso de aprobarse el cambio por parte del Municipio deIbagu, el personal deber reemplazarse por uno de idnticas o mejores condiciones de formacin yexperiencia con relacin al presentado en la propuesta.

    Por cada posgrado a nivel de especializacin, maestra doctorado que acredite el personal profesional, seadicionarn dos (2) aos a la experiencia general.

    Sin perjuicio del personal mnimo exigido en el presente numeral, el proponente que resulte adjudicatario podrestablecer el nmero de personas que utilizar en el desarrollo de los trabajos, de acuerdo con el enfoque deorganizacin que le d a los mismos, pero debe garantizar la realizacin de stos y por tanto los proponentesdeben tener en cuenta todo el personal al calcularle valor de la propuesta. Asimismo deber considerar en elvalor la asesora ocasional de especialistas en temas relacionados con el desarrollo de las obras, tales comoestructura e instalaciones.

    EL PROPONENTE DEBER PRESENTAR PARA EL EQUIPO DE TRABAJO LOS SIGUIENTESDOCUMENTOS QUE DEMUESTREN LAS CONDICIONES ANTES SEALADAS:

    Carta de intencin firmada con el equipo mnimo de trabajo que presenta en la propuesta. Hoja de vida de cada uno

    Fotocopia del diploma profesional o acta de grado, de cada uno. Fotocopia de la Tarjeta Profesional si es del caso. Certificado De Vigencia de la matricula profesional Fotocopia de otros ttulos obtenidos si es del caso. Documentos que acrediten la experiencia solicitada de cada uno Dems documentos que sean necesarios para demostrar la experiencia

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    El Consultor se obliga a mantener, durante la ejecucin de los trabajos y hasta la entrega final y recibo delContrato de Consultora, el personal ofrecido en su Propuesta y aprobado por el municipio de Ibagu necesario

    para el desarrollo de la Consultora.

    El municipio de Ibagu se reserva el derecho de exigir al Consultor, por escrito, el remplazo de cualquiepersona vinculada al proyecto, sin que ste tenga derecho a elevar ningn reclamo al respecto. El municipio deIbagu tambin podr solicitar, en cualquier momento, el suministro de informacin sobre la nmina del personaasignado a la Consultora, y el Consultor atender esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se lehaya fijado. El desacato de cualquiera de estas disposiciones constituye causal de incumplimiento del Contrato.

    6. CRITERIO DE EVALUACIN PUNTAJE ASIGNADOEn concordancia con lo dispuesto en el literal a del numeral 3 del artculo 2.2.9 del Decreto 0734 de 2012, para

    la ponderacin de los factores clasificatorios de las propuestas, estos se evaluarn de conformidad con lossiguientes criterios de evaluacin:

    FACTOR PUNTAJEA) PRECIO 60B) PONDERACIN FACTOR DE CALIDAD 20C) APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 10D) BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS POR LA

    MIPYMES10

    Total puntaje 100

    A) EVALUACIN POR PRECIO ( 60 PUNTOS )La evaluacin econmica de las propuestas se adelantara con el valor de las propuestas hbiles y que no hayansido descalificadas.Al factor precio se le asignaran sesenta (60) puntos de acuerdo al siguiente procedimiento:Para el proceso de asignacin de puntajes por precio, el Municipio de Ibagu - Secretaria de Cultura, Turismo yComercio, con el nimo de garantizar los principios de transparencia y seleccin objetiva de la contratacinestatal, ha establecido un (01) procedimiento, el cual se aplicar en la fecha y lugar establecidos en elcronograma contractual para la celebracin de la audiencia de orden de elegibilidad y adjudicacin del proceso.

    PROCEDIMIENTO.

    Se obtiene el promedio geomtrico del valor corregido de las propuestas presentadas (Pp), donde (Pn) es cadauna de las propuestas a evaluar Pp = (Pn2)/n). Al promedio de las ofertas presentadas (Pp), se le suma elpresupuesto oficial (Po) y se obtiene un promedio bsico (Pd), el promedio bsico corresponde al promediodefinitivo Pd = (Pp + Po)/2

    ASIGNACIN DE PUNTAJES.De acuerdo al orden de elegibilidad por precio se asignara la puntuacin as:Primer lugar 60 (Sesenta) puntos a la propuesta ms cercana por encima o por debajo del promedio geomtrico

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    aplicado, 59.5 (Cincuenta y nueve punto cinco) puntos a la segunda propuesta ms cercana por encima o pordebajo del promedio geomtrico aplicado, y 59 (cincuenta y nueve) puntos a la tercer propuesta ms cercanapor encima o por debajo del promedio geomtrico aplicado, y as sucesivamente hasta llegar al ltimo lugar.

    B) PONDERACIN FACTOR DE CALIDAD - VALORES Y REAS EJECUTADOS - (Hasta 20 puntos)Para dar cumplimiento a lo mencionado en el Articulo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el Artculo 2.2.9 del Decreto734 de 2012, en lo referente al ofrecimiento ms favorable para la entidad, la Alcalda de Ibagu realizar laponderacin de calidad de la propuesta en los siguientes aspectos sobre los cuales se obtendr un mximo de20 puntos as:

    CRITERIO DE EVALUACIN PUNTAJE MXIMOVALOR EJECUTADO EN CONTRATOS 10REA SUPERVISADA (INTERVENTORATCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA)

    10

    De acuerdo a los contratos aportados para dar cumplimiento a la experiencia general y especfica, se calificar

    la experiencia adicional, teniendo en consideracin las ventajas que para la entidad presenta contar con uncontratista que haya desarrollado proyectos de mayor envergadura al mnimo exigido, la calificacin se realizarcon los siguiente rangos:

    VALOR EJECUTADO EN CONTRATOSRANGOS PUNTAJE

    MXIMOSi los contratos aportados suman, en su conjunto, un valor igual a tres (3) y Menor a Cuatro (4) veces el valor delPresupuesto Oficial, expresado en SMMLV.

    3

    Si los contratos aportados suman, en su conjunto, un valor igual o superior a Cuatro (4) veces y Menor a cinco (5)veces el valor del Presupuesto Oficial, expresado en SMMLV.

    5

    Si los contratos aportados suman, en su conjunto, un valor igual o superior a cinco (5) veces el valor del

    Presupuesto Oficial, expresado en SMMLV.10

    REA SUPERVISADA (INTERVENTORA TCNICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA)RANGOS PUNTAJE

    MXIMOSi los contratos aportados acreditan, en su conjunto, actividades de INTERVENTORA TCNICA,ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para la construccin de EDIFICACIONES DE USO INSTITUCIONAL Y/OCULTURAL Y/O EDUCATIVO Y/O CENTROS DE CONVENCIONES para proyectos con un rea cubiertaconstruida igual o superior a cinco mil metros cuadrados (5.000 M2) y Menor a seis mil metros cuadrados (6.000M2).

    3

    Si los contratos aportados acreditan, en su conjunto, actividades de INTERVENTORA TCNICA,ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para la construccin de EDIFICACIONES DE USO INSTITUCIONAL Y/O

    CULTURAL Y/O EDUCATIVO Y/O CENTROS DE CONVENCIONES para proyectos con un rea cubiertaconstruida igual o superior a siete mil metros cuadrados (7.000 M2) y Menor a ocho mil metros cuadrados (8.000M2).

    5

    Si los contratos aportados acreditan, en su conjunto, actividades de INTERVENTOR A T CNICA,ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA para la construccin de EDIFICACIONES DE USO INSTITUCIONAL Y/OCULTURAL Y/O EDUCATIVO Y/O CENTROS DE CONVENCIONES para proyectos con un rea cubiertaconstruida igual o superior a Ocho mil metros cuadrados (8.000 M2).

    10

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    C) APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (10 puntos).Se entiende por servicio de origen nacional aquel prestado por empresas constituidas de acuerdo con lalegislacin nacional colombiana, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia.

    Igualmente para la aplicacin del puntaje del presente factor y segn el pargrafo del artculo 1 de la Ley 816de 2003 y el artculo 4.2.2 del Decreto 0734 de 2012, se otorgar tratamiento de "servicio de origen nacional" aaquel servicio que aunque sea ofrecido por sociedades constituidas en el exterior o por personas naturalesextranjeras no residentes en Colombia tengan personas de nacionalidad colombiana a su servicio.

    En cumplimiento de lo sealado en la Ley 816 de 2003 por medio de la cual se apoya a la industria nacional atravs de la contratacin pblica a los proponentes constituidos como empresas nacionales que ofrezcanservicios nacionales se les asignar diez (10) puntos y a los proponentes constituidos como empresasextranjeras que incorporen componente colombiano de bienes y servicios profesionales, tcnicos y operativosse les asignar cinco (5) puntos.

    El constructor que NO adjunte dicha certificacin de que los servicios son de origen nacional tendr unacalificacin de cero (0) puntos.

    D) BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS POR LAS MIPYMESEn cumplimiento de lo sealado en la Artculo 4.1.5. Condiciones preferenciales en favor de la oferta de bienes yservicios producidos por las Mipymes se otorgar un puntaje a los bienes y servicios producidos por lasMipymes de la siguiente manera:

    BIENES Y SERVICIOS PUNTAJEBienes y servicios producidos por las microempresas 10

    Bienes y servicios producidos por las pequeas empresas 6Bienes y servicios producidos por las medianas empresas 3

    PUNTUACIN TOTAL.El puntaje total para cada propuesta es el resultante de la suma de los puntajes parciales asignados en losaspectos descritos atrs; luego, se ordenan las propuestas en funcin del puntaje as obtenido, de mayor amenor, tal que aquella que tenga el mayor ocupe el primer lugar y as sucesivamente.

    CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES

    En caso de presentarse empate a iguales puntajes se proceder a aplicar los criterios de desempate

    consagrados el artculo 12 de la Ley 1150 de 2007, si persistiere el empate se aplicar el artculo 4.2.5 ysiguientes del Decreto 0734 de 2012, hasta agotar el procedimiento y llegado el caso que persista el empatepodr recurrirse a un mtodo de desempate que proceda por el azar como el mtodo de balotas. Se introducirn en una bolsa negra tantas balotas como proponentes empatados. Todas las balotas tendrn el mismo color a excepcin de una. Los proponentes procedern a sacar la balota en el orden de recibo de su propuesta. El proponenteque saque la balota de color diferente ser el adjudicatariodel contrato

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    ESTIMACIN, TIPIFICACIN Y ASIGNACIN DE RIESGOSDe conformidad con lo establecido en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007 y especialmente de lo normado en el Ttulo V GARANTAS EN LA CONTRATACION DE LA ADMINISTRACIN PBLICA del Decreto 0734 de 2012, se procede a

    tipificar, estimar y asignar el riesgo parcial o totalmente que debido a los posibles hechos o circunstancias que por lanaturaleza del convenio y de la actividad a ejecutar son de probable ocurrencia, como sigue, lo mismo que a disponer lasplizas y seguros que se requieran para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que adquiere el contratista con eMunicipio de Ibagu en virtud de la realcin contractual que se desprende del presente proceso:

    MATRIZ CALIFICACION DE RIESGOPROBABILIDAD CUANTIFICACION DEL RIESGO

    ALTISIMA Se espera que ocurra en la mayoria de las circunstancias 100%ALTA Probablemente que ocurra en la mayoria de las circunstancias 75%MEDIA Es posible que ocurra algunas veces 50%BAJA Podria ocurrir Algunas veces 25%MUY BAJA Su ocurrencia es demasiado eventual 10%

    MATRIZ DE ASIGNACION DEL RIESGOTipificacin Descripcin Asignacin DistribucinSuministro deinformacin errneao Desactualizada

    Se presenta cuando el municipio no informa correctamente alcontratista los datos necesarios para la ejecucin del contrato

    Municipio deIbagu

    25%

    Uso o recoleccin deinformacin errada

    Cuando el contratista usa informacin incorrecta y genera elproducto intelectual contrario a la realidad e intiles.

    Contratista 25%

    Conceptos erradospropios e las cienciasnaturales

    Se materializa cuando al llevar a la practica el productointelectual ejecutado se hacen manifiestos errores de clculoel mismo es de imposible ejecucin.

    Contratista. 25%

    Insuficiencia deprofesionales

    Ocurre por causa de imposibilidad de enganchar personalprofesional calificado para adelantar el objeto del contrato

    Contratista 25%

    Pago de Salarios,prestaciones socialesy honorarios

    Se materializa cuando el contratista omite cumplir con lasobligaciones que se derivan de la relacin de trabajo consubcontratistas conforme a la Ley.

    Contratista. 25%

    Falta de Idoneidaddel personalpresentado

    Cuando el personal designado por el contratista para laejecucin del contrato no cumplen debidamente uoportunamente sus obligaciones con el contratista

    Contratista 25%

    Incumplimiento delContrato

    Sucede cuando alguna de las partes, no cumple el objeto ocon lo establecido en la obligaciones del Contrato

    Municipio deIbagu/Contra

    tista

    25%

    ANLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTAS DESTINADAS A QUE AMPAREN LOS

    PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUALPara garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de la presente Contratacin, el contratista constituira, afavor del Municipio de Ibagu, una garantia unica otorgada por un banco o una compaa de seguros legalmenteestablecida en Colombia, o cualquier mecanismo de cobertura del riesgo, con el siguiente amparo, cuantia y vigencia:

    1.- Garanta de seriedad de la propuesta: Constituir y presentar a favor del MUNICIPIO DE IBAGUE la garanta deseriedad de la propuesta, representada en pliza expedida por una compaa de seguros o garanta de entidad bancarialegalmente establecida en Colombia, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial, convigencia mnima de noventa (90) das calendario, contados a partir de la fecha lmite de entrega de propuestas (cierre del

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    ANLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTAS DESTINADAS A QUE AMPAREN LOSPERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL

    concurso).

    2.- Garanta nica:Como se defini en el numeral anterior, ante los posibles riesgos que se pudieran presentar el amparoque garantiza el cumplimiento satisfactorio del contrato se dar suscribiendo una pliza de garanta por parte decontratista.El contratista constituir las siguientes garantas:

    Cumplimiento:Por una cuanta equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual asu plazo y cuatro (4) meses ms.

    Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: Por una cuanta equivalente al cinco por ciento (5%) devalor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) aos ms.

    Calidad del servicio: por un valor equivalente al 10% del contrato, por el trmino del contrato y cuatro(4) meses ms. Responsabilidad civil extracontractual: Por una cuanta equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total decontrato, con una vigencia igual a su plazo. Esta garanta tendr como finalidad cubrir las siguientes contingencias: ADaos en los bienes de terceros, ocasionados por actos u omisiones, an con culpa grave, derivados de la ejecucin de lasobras objeto del contrato. B) Muerte o lesiones de terceros ocasionados por actos u omisiones, an con culpa grave,derivados de la ejecucin de las obras objeto del contrato. C)Muerte o lesiones del personal que labora en la obra. D)Losdaos sufridos por las obras y los materiales durante la ejecucin del contrato.

    NOTA: En caso en de que al Contratista no le sea posible constituir a favor del Municipio alguna de las garantasmencionadas en una Compaa de Seguros o Entidad Bancaria legalmente constituida en el Pas que ampare el objeto depresente contrato y as lo acredite, debe acudir a otros mecanismos de cobertura establecidos en el Decreto 734 de 2012.

    Dado en Ibagu a losFirmas:

    NGELA VIVIANA GMEZ NEZSecretaria de Cultura, Turismo y Comercio