30
1 Anticipo del Impuesto a la Renta (Art. 96) JAM 2.1 Fórmula hasta el 2007: Impuesto a la Renta Causado x 50% - Retenciones Nueva Fórmula, el valor mayor entre: (Activos x 0.4% + Ingresos x 0.4% + Patrimonio x 0.2% + Costos y Gastos x 0.2%) - Retenciones Impuesto a la Renta Causado x 50% - Retenciones Si una empresa reporta pérdidas todos los años, no pagaría Anticipos Si una empresa reporta pérdidas tendría derecho a utilizar el pago del anticipo mínimo, como crédito tributario, hasta por cinco años Si una empresa no utiliza el crédito por más de cinco años, el anticipo constituiría un Impuesto a la Renta Definitivo

Anticipo del Impuesto a la Renta (Art. 96)

  • Upload
    deanna

  • View
    41

  • Download
    0

Embed Size (px)

DESCRIPTION

2.1. Anticipo del Impuesto a la Renta (Art. 96). Fórmula hasta el 2007:. Nueva Fórmula, el valor mayor entre:. I mpuesto a la R enta C ausado x 5 0% - R etenciones. I mpuesto a la R enta C ausado x 5 0% - R etenciones. (Activos x 0.4% + Ingresos x 0.4% + Patrimonio x 0.2% + - PowerPoint PPT Presentation

Citation preview

Page 1: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

1

Anticipo del Impuesto a la Renta (Art. 96)

JAM

2.1

Fórmula hasta el 2007:Fórmula hasta el 2007:

Impuesto a la Renta Causado x 50% -

Retenciones

Impuesto a la Renta Causado x 50% -

Retenciones

Nueva Fórmula,el valor mayor entre:

Nueva Fórmula,el valor mayor entre:

(Activos x 0.4% + Ingresos x 0.4% + Patrimonio x 0.2% + Costos y Gastos x 0.2%) -

Retenciones

(Activos x 0.4% + Ingresos x 0.4% + Patrimonio x 0.2% + Costos y Gastos x 0.2%) -

Retenciones

Impuesto a la Renta Causado x 50% -

Retenciones

Impuesto a la Renta Causado x 50% -

Retenciones

Si una empresa reporta pérdidas todos los años, no

pagaría Anticipos

Si una empresa reporta pérdidas todos los años, no

pagaría Anticipos

Si una empresa reporta pérdidas tendría derecho a utilizar el pago del anticipo mínimo, como crédito

tributario, hasta por cinco años

Si una empresa reporta pérdidas tendría derecho a utilizar el pago del anticipo mínimo, como crédito

tributario, hasta por cinco años

Si una empresa no utiliza el crédito por más de cinco años, el anticipo constituiría

un Impuesto a la Renta Definitivo

Si una empresa no utiliza el crédito por más de cinco años, el anticipo constituiría

un Impuesto a la Renta Definitivo

Page 2: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

2

Anticipo del Impuesto a la Renta Valores en millones

JAM

2.1

Empresa AEmpresa A

Ingresos US $ 685Activos US $ 355Patrimonio US $ 206Cstos y Gstos US $ 626Retenciones US $ 4.1

Ingresos US $ 685Activos US $ 355Patrimonio US $ 206Cstos y Gstos US $ 626Retenciones US $ 4.1

Impuesto a la Renta declarado

US $ 9.9(-) Retenciones

US $ 5.2(-) Anticipo pagado nueva fórmula

US $ 1.69

Impuesto a la Renta declarado

US $ 9.9(-) Retenciones

US $ 5.2(-) Anticipo pagado nueva fórmula

US $ 1.69

Saldo por cancelar: US $ 3

Saldo por cancelar: US $ 3

(-) Anticipo nueva fórmulaUS $ 1.69

(-) Anticipo nueva fórmulaUS $ 1.69

Empresa BEmpresa B

Ingresos US $ 92Activos US $ 204Patrimonio US $ 119Cstos y Gstos US $ 91

Retenciones US $ 0.137

Ingresos US $ 92Activos US $ 204Patrimonio US $ 119Cstos y Gstos US $ 91

Retenciones US $ 0.137

Impuesto a la Renta declarado

US $ 0.025 (25 mil)(-) Retenciones

US $ 0.171(-) Anticipo pagado nueva fórmula

US $ 1.5

Impuesto a la Renta declarado

US $ 0.025 (25 mil)(-) Retenciones

US $ 0.171(-) Anticipo pagado nueva fórmula

US $ 1.5

Crédito al siguiente año: US $ 1.4

Crédito al siguiente año: US $ 1.4

(-) Anticipo nueva fórmulaUS $ 1.5

(-) Anticipo nueva fórmulaUS $ 1.5

No

invo

lucr

a un

pag

o de

Impu

esto

a la

Ren

ta

Invo

lucr

a un

pag

o de

Impu

esto

a la

Ren

ta m

ínim

o

Año 2008Año 2008

Año 2008Año 2008

Año 2009Año 2009

Año 2009Año 2009

Page 3: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

3

Un impuesto a la Renta Personas Naturales más justo (Art. 88)2.2

RCR

GASTOS PERSONALES: (Art. 73)• Salud, educación, vivienda, establezca el reglamento• Hasta el 50% de los ingresos gravados• Hasta 1.3 veces la fracción básica (USD10.205)

• Exoneración del décimo tercero y cuarto sueldo. (Art. 60)

Fracción Exceso I mpuesto Fracción % I mp. Frac. Ex.0 7,850 0 0%7,850 10,000 0 5%10,000 12,500 108 10%12,500 15,000 358 12%15,000 30,000 658 15%30,000 45,000 2,908 20%45,000 60,000 5,908 25%60,000 80,000 9,658 30%80,000 en adelante 15,658 35%

Page 4: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

4

Un impuesto a la Renta Personas Naturales más justo2.2

JAM, JBG, YLH

7.8

50

10

.00

0

12

.50

0

15

.00

0

30

.00

0

45

.00

0

60

.00

0

80

.00

0

171.924declarantes

171.924declarantes

(4% de la PEA)

70.122 declarantes 70.122 declarantes

(1.6% de la PEA)

17.262 declarantes

17.262 declarantes

(0.4% de la PEA)

5.540declarantes

5.540declarantes

(0.1% de la PEA)

6.099 declarantes

6.099 declarantes

(0.1% de la PEA)

Alrededor de 4 millones de

EXENTOS

Alrededor de 4 millones de

EXENTOS

(94% de la PEA)

Este segmento pagaría

US $ 40 mm menosEste segmento pagaría

US $ 40 mm menos3

Punto de InflexiónRenta anual de US$57.000

4Este segmento pagaría US $ 60 mm más

Este segmento pagaría US $ 60 mm más

5

1 Estructura de Declarantes

Base Imponible

Al incluir gastos personales (-) US$ 140 mm

Al pasar a la nueva tabla (+) US$ 160 mm

La recaudación total...2

Page 5: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

5

Un impuesto a la Renta Personas Naturales más justo2.2Ejemplos prácticos:

YLH

3.025 -346

IR 2007

Page 6: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

6

Herencias, legados y donaciones (Art. 91)

Hasta el 2007 existía una tarifa única del 5% sobre el excedente de una fracción básicadesgravada; la Ley estableció una tabla progresiva con una tarifa de hasta el 35%, que en caso de herencias entre personas en el primer grado de consanguinidad se reduce a la mitad.

2.3

RCR

HERENCIA IMPUESTO

CARGA IMPOSITIVA IMPUESTO

CARGA IMPOSITIVA IMPUESTO

CARGA IMPOSITIVA

75.000 3.358 4,5% 1.250 1,7% 625 0,8%

250.000 12.108 4,8% 20.000 8,0% 10.000 4,0%

550.000 27.108 4,9% 87.500 15,9% 43.750 8,0%

FUERA DEL 1ER GRADO DE CONSAGUINIDAD

DENTRO DEL 1ER GRADO DE CONSAGUINIDAD

TABLA ACTUALTABLA EN REFORMA TRIBUTARIA

Hasta el 2007

50.000 2.108 4.2% 0 0% 0 0%

YLH

Page 7: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

7

Herencias, legados y donaciones (Art. 91)2.3

JAM, FSI

Tarifas comparadas internacionalmente

País Desde AlJapón 70%

Bélgica del 10% 65%

Francia 60%

Venezuela hasta 50%

Alemania desde 7 50%

USA del 18% 50%

Inglaterra 40%

Dinamarca del 15% 36%

Colombia 35%

España del 7% 34%

Rep. Dominicana hasta 32%

Nicaragua 30%

Noruega del 8% 30%

Chile hasta 25%

México 13%

Page 8: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

8

Eliminación del ICE Telecomunicaciones (Art. 137)

En lugar de reducirse la tarifa del IVA del 12% al 10% se incorpora la eliminación del Impuesto a los Consumos Especiales a las telecomunicaciones

A base de la experiencia del año 2001 en que se redujo la tarifa del IVA del 14% al 12%, se entiende que la reducción no va al consumidor, sino al empresario, pero para fines de este ejemplo se asume que la mitad va al empresario y la mitad al consumidor:

El caso de la familia Pérez:

IVA 12% ICE 15%Reducción

IVAEliminación

ICEIngresos: 2.000,0Gastos: 1.680,0

Arriendo 350,0Alimentación 12% 150,0 16,1 1,3Alimentación 0% 350,0Educación 400,0Salud 100,0Otros 250,0 26,8 2,2Telefonía 80,0 8,6 10,4 0,7 10,4

TOTAL 4,3 10,4

2.4

RCR

Page 9: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

9

Cambios en el ICE (Art. 137)

ICE Vehículos (grava la adquisición de vehículos motorizados de transporte terrestre de hasta 3.5 toneladas)

Hasta el 2007 la tarifa del ICE fue del 5,15%. Con la Ley se establece una tarifa que aumente conforme se incremente el PVP (incluye IVA e ICE) de los vehículos, y se hace una diferenciación para el caso de camionetas y furgonetas, entendiendo que son utilizadas normalmente para trabajo :

DESDE HASTACAMIONETAS Y FURGONETAS

OTROS

0,00 20.000,00 5% 5%20.000,00 30.000,00 5% 15%30.000,00 40.000,00 25% 25%40.000,00 EN ADELANTE 35% 35%

2.5

El impuesto a los Consumos Especiales buscar gravar y por ende reducir el consumo de bienes considerados suntuarios o nocivos para la salud.

RCR

Page 10: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

10

Otros cambios

JAR

2.5 Cambios en el ICE

Establecer las siguientes tarifas en el ICE:

- Cigarrillos del 98% al 150%- Bebidas alcohólicas del 32% al 40%

- Perfumes,aguas de tocador 20% - Eliminación del ICE Alcohol (Insumo) del 32%

-Videojuegos y clubes sociales al 35%- Armas de fuego, deportivas y municiones al 300%

-Servicios de casinos, salas de juego y otros juegos de azar en 35%-Servicio de televisión pagada 15%

-Focos incandescentes al 100%

Establecer las siguientes tarifas en el ICE:

- Cigarrillos del 98% al 150%- Bebidas alcohólicas del 32% al 40%

- Perfumes,aguas de tocador 20% - Eliminación del ICE Alcohol (Insumo) del 32%

-Videojuegos y clubes sociales al 35%- Armas de fuego, deportivas y municiones al 300%

-Servicios de casinos, salas de juego y otros juegos de azar en 35%-Servicio de televisión pagada 15%

-Focos incandescentes al 100%

Page 11: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

11

Este impuesto debe ser pagado por los propietarios de vehículos motorizados de transporte terrestre en forma anual. El avalúo del vehículo se encuentra registrado en las bases de datos del SRI. La nueva tabla de tarifas incluye dos nuevos tramos: 20.000 – 24.000 con una tarifa sobre el excedente del 5% y el tramo de 24.000 en adelante, con una tarifa del 6% sobre el excedente:

Avaluo del Vehiculo

Pago del Impuesto

Actual

Pago Nueva Tabla

4.000 20 207.500 55 55

11.000 120 12015.500 245 24516.500 280 28023.000 540 57035.000 1.020 1.280

2.6 Nueva tabla del I.V.M. (Art. 154)

MAA

Page 12: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

12

¿Cómo la Ley incentiva a la reactivación productiva y generación de empleo?

3

Aspectos que incluye la Ley:

Declaración de IVA en ventas a crédito en el mes subsiguiente de la

transacción.

Declaración de IVA en ventas a crédito en el mes subsiguiente de la

transacción.

Exoneración de rendimientos por depósitos e inversiones a

un plazo mayor a un año

Exoneración de rendimientos por depósitos e inversiones a

un plazo mayor a un año

3.1 Incentivo a la generación de empleo

Incentivo a la generación de empleo

3.2

3.3

3.4Deducción de 10 ptos. del Impuesto a la Renta sobre reinversiones en equipo y

maquinaria

Deducción de 10 ptos. del Impuesto a la Renta sobre reinversiones en equipo y

maquinaria

De las 880 empresas que reinvirtieron en el 2003, 159 incrementaron sus activos fijos, 250 incrementaron ingresos en el primer año y 186 en el segundo año.

De las 880 empresas que reinvirtieron en el 2003, 159 incrementaron sus activos fijos, 250 incrementaron ingresos en el primer año y 186 en el segundo año.

Page 13: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

13

Incentivo a la generación de empleo formal y estable

Beneficios mediante deducciones (gastos) adicionales para las remuneraciones pagadas a nuevos empleados y a discapacitados

La empresa ABC al finalizar el año 2007 tiene 10 empleados, de los cuales Luisa es discapacitada y gana USD 500 mensuales. Durante el año 2008 salió un empleado e ingresaron dos nuevos empleados:

• Juan: ingresó el 1ro de febrero y ganó USD 500 mensuales

• María: ingresó el 1 de abril y ganó USD 1.200.

AÑO 2008

Incremento neto de empleados: 1 (para aplicar el incentivo, la compañía considera el gasto en sueldos de María)

1.- Sueldos de Luisa: 6.000 (500 x 12m)2.- Sueldos de María: 10.800 (1.200 x 9m)

Beneficios obtenidos por la empresa ABCPor Luisa 9.000 El beneficio por los discapacitados es del 150% adicionalPor María 10.800 El beneficio por los empleados nuevos es del 100% adicional

Total 19.800

3.1

RCR

Page 14: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

14

Exoneración de rendimientos por depósitos e inversiones a plazo (Art. 62)

La norma incentiva la no salida de divisas haciendo atractivo el ahorro al no cobrarle impuestos, es decir adicionalmente a castigar la salida se incorporan mecanismos que motiven a la gente a dejar sus recursos en el Ecuador

Hasta 2007Empresa ABCDepósito: 100.000 dólaresPlazo: 1 añoTasa de interés: 5% anualRendimiento. 5.000Tarifa del IR: 25%Impuesto: 1.250

LEY ACTUALEmpresa ABCDepósito: 100.000 dólaresPlazo: 1 añoTasa de interés: 5% anualRendimiento. 5.000Tarifa del IR: exentoImpuesto: 0

JAR

3.2

Page 15: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

15

¿Cómo la Ley regula la actividad económica en el país?

4

Aspectos que incluye la Ley:

Tarifa cero de IVA al Sector Público

Tarifa cero de IVA al Sector Público

Impuesto a los Ingresos Extraordinarios

Impuesto a los Ingresos Extraordinarios

Desincentivo a la salida de divisas

Desincentivo a la salida de divisas

4.1 Incentivo a la producción agropecuaria

Incentivo a la producción agropecuaria

4.2

4.5

4.4

Sustitución del financiamiento de Donaciones del Impuesto a

la Renta

Sustitución del financiamiento de Donaciones del Impuesto a

la Renta

4.6

Derogatoria de Ley de Beneficios Tributarios para

nuevas inversiones productivas

Derogatoria de Ley de Beneficios Tributarios para

nuevas inversiones productivas

4.8

Incentivo al ingreso de divisas: Exención de Rentas

Generadas en el Exterior

Incentivo al ingreso de divisas: Exención de Rentas

Generadas en el Exterior

4.3Se mantienen las preasignaciones

Se mantienen las preasignaciones

4.7

Page 16: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

16

• Inmuebles del sector urbano,• Inmuebles de superficie igual o menor a 25 Has.,• Inmuebles ubicados fuera del radio de 40 Km. de fuentes de agua,• Inmuebles ubicados a 3.500 metros sobre el nivel del mar,• Areas de protección o reserva ecológica,• Inmuebles de comunas, de pueblos indígenas y más organizaciones de campesinos y pequeños agricultores legalmente reconocidas,• Humedales y bosques naturales,• Inmuebles de propiedad del Estado,• Inmuebles de Universidades Públicas y cofinanciadas que lo destinen a investigación o educación agropecuaria. FSI

4.1

No está gravado con este impuesto

Incentivo a la producción agropecuaria (Art. 173 y ss.)

Page 17: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

17

FSI

4.1

Unidades de Producción Agrícola (UPAs)

Incentivo a la producción agropecuaria

Superficie de la UPA % de Propietarios de UPA según superficieMenos de 5 hectáreas 63.51%Entre 5 y 20 hectáreas 20.97%Entre 20 y 100 hectáreas 13.20%Más de 100 hectáreas 2.32%

Alrededor del 85% de los propietarios de tierras, no tendrán que pagar el Impuesto sobre las tierras rurales.

Alrededor del 85% de los propietarios de tierras, no tendrán que pagar el Impuesto sobre las tierras rurales.

Page 18: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

18

Incentivo a la producción agropecuaria

Pepe tiene 30 hectáreas de terreno y cultiva arroz.

Se paga el impuesto a la tierra rural sobre lo que exceda de las 25 hectáreas.

El impuesto a la tierra es de (30-25)=5 Hectáreas multiplicado por $7.85 (el 1 por mil de la fracción exenta de US $ 7.850), es decir pagaría $39.25.

Pepe tiene ingresos por su actividad económica por $500 y gastos de $200, como pagó $39.25 por concepto de impuesto por esas tierras Pepe puede deducirse adicionalmente cuatro veces lo que pagó, es decir $157. Por lo que la Utilidad por la actividad económica por el cultivo de arroz es de US $ 143 (500-200-157).

Si Pepe no produce en esas 30 hectáreas de terreno, pagaría los $39.25 y no se podría compensar, ni deducir con otro impuesto.

Incentivar el uso productivo de las tierras rurales. Los propietarios de tierras que las produzcan, generarán ingresos gravados con el Impuesto a la Renta, de los cuales se podrán deducir cuatro veces el valor pagado por concepto de impuesto a las tierras.

4.1

FSI

Page 19: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

19

Impuesto a la Salida de Divisas (Art. 155 y ss.)

Se convierte en un castigo para los especuladores financieros. Constituye un tributo que se ha aplicado con éxito en otros países como Francia, Malasia, Indonesia, entre otros.

La tasa es del 0,5% y están exentos los pagos por:

• importaciones,• intereses y el capital de préstamos,• repatriación de utilidades y reaseguros,• consumos realizados en el exterior por medio de tarjetas de crédito emitidas en el país, cuyo titular sea una persona natural,• el sector público.

JAR

4.2

Page 20: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

20

Incentivo al ingreso de divisas: Exención de Rentas Generadas en el Exterior (Art. 102)

La norma incentiva la entrada de capitales, muchas rentas que han tributado a tasas más bajas en otros países prefieren no regresar al Ecuador, pues en nuestro país bajo la normativa actual tendrían que pagar al traer las rentas

Hasta 2007Empresa ABCPosee acciones en XYZ (Uruguay)Rendimiento 10.000 Tarifa del IR en Uruguay: 15%Impuesto: 1.500

10.000 x 25% = 2500 – 1500IR= 1000

Ley actualEmpresa ABCPosee acciones en XYZ (Uruguay)Rendimiento 10.000 Tarifa del IR en Uruguay: 15%Impuesto: 1.500

10.000 x 0% = 0

JAR

4.3

Page 21: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

21

La empresa ABC le vende equipos de computación al Ministerio de Finanzas por un valor de US $ 120. La empresa tiene una utilidad del 20% sobre sus compras

Tarifa Cero del IVA del Sector Público (Art. 109 y 115)

Estarán gravados con tarifa 0 del IVA todos los bienes y servicios que sean prestadas a las entidades del Sector Publico, y las Empresas Públicas que perciben ingresos exentos de IR. “En el caso de que el sujeto pasivo tenga crédito tributario originado por las ventas a instituciones del Estado y empresas públicas, que no pueda ser recuperado hasta seis meses posteriores a la declaración, podrá solicitar la devolución a laAdministración Tributaria; siendo aplicable a esta devolución lo establecido en esta ley para la devolución del IVA a exportadores.” (Art. 122)

120

9,680

0

20 2,4

Ventas al SP

Ventas US $ IVA en US$

100 12

Importaciones 12%

Compras 12%

Total compras

IVA compras US $Compras US $

El Sector Público no paga IVA y el proveedor tiene derecho a devolución en sus compras

Hasta el 2007, el Sector Público hubiera tenido que solicitar devolución de IVA por US$ 14.4

4.4

MAA

Page 22: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

22

Sustitución del financiamiento de Donaciones del IR4.6

YLH

Recibirán anualmente en compensación un valor equivalente a lo recibido por el último ejercicio económico, que se ajustará anualmente conforme el deflactor del Producto Interno Bruto.

Donación Impuesto a

la Renta

DISPOSICION GENERAL SEGUNDA, LEY REFORMATORIA PARA LA EQUIDAD TRIBUTARIA DEL ECUADOR en el Tercer Suplemento del R.O. 242 de 29 de diciembre del 2007.

Universidades y Escuelas Politécnicas

públicas, las cofinanciadas por el

Estado;

Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos

públicos y lo cofinanciados por el

Estado;

Municipios y ConsejosProvinciales

Antes

Con la Ley Reformatoria

Page 23: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

23

Preasignaciones4.7

YLH

Hasta que se promulguen las Leyes correspondientes, las participaciones de los impuestos se mantendrán.

PREASIGNACIONES

DISPOSICIONES TRANSITORIAS, LEY REFORMATORIA PARA LA EQUIDAD TRIBUTARIA DEL ECUADOR en el Tercer Suplemento del R.O. 242 de 29 de diciembre del 2007.

10% FODESEC, 6% FONSAL, 10% Universidades y Escuelas Politécnicas

Públicas, 1% Universidades Particulares Cofinanciadas, CTG y CRM 6% del Impuesto

a la Renta de las provincias de Guayas y Manabí respectivamente

Municipalidades, Agua Potable, Deporte y Maternidad Gratuita, mantendrán por lo menos los recursos recibidos en el 2007

por concepto del ICE.

Antes

Con la Ley Reformatoria

RentaRenta ICEICE

Page 24: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

24

¿Cómo la Ley fortalece la gestión tributaria en la lucha contra la evasión?

Aspectos que incluye la Ley:

Reformas al Código Tributario

Reformas al Código Tributario

Page 25: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

25

Reformas al Código Tributario

TASA DE INTERES POR MORA

TRIBUTARIA

TASA DE INTERES POR MORA

TRIBUTARIA

LA TASA DE INTERÉS DE MORA TRIBUTARIA ES LA MISMA QUE SE APLICA PARA LA DEVOLUCIÓN DE PAGO INDEBIDO O EN EXCESO DE IMPUESTOS

Me cobrarían un Interés por

mora significativo (1.5 veces

TAR)

Me cobrarían un Interés por

mora significativo (1.5 veces

TAR)

Me cobrarían un Interés por

mora del 1.1 veces TAR

Me cobrarían un Interés por

mora del 1.1 veces TAR

Si declaro y NO pago

QUÉ ME CONVIENE?ANTESSIN LA REFORMA

AHORACON LA REFORMA

Decido

NO pagar.

Decido

NO pagar.

Decido

PAGAR A TIEMPO.

Decido

PAGAR A TIEMPO.

Page 26: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

26

Si el SRI me detecta, pago lo

que antes dejé de pagar e intereses...Es conveniente

evadir!!!

Si el SRI me detecta, pago lo

que antes dejé de pagar e intereses...Es conveniente

evadir!!!

Es conveniente declarar

adecuadamente mis impuestos

Es conveniente declarar

adecuadamente mis impuestos

Reformas al Código Tributario

RECARGO POR GLOSASRECARGO POR GLOSASDeclaro MENOS de lo

que debiera

QUÉ ME PASARÍA?QUÉ ME PASARÍA?ANTESSIN LA REFORMA

AHORACON LA REFORMA

Si el SRI me detecta, pago lo

evadido,MAS 20% DE

RECARGO)

Si el SRI me detecta, pago lo

evadido,MAS 20% DE

RECARGO)

La A.T. La A.T. efectúa efectúa determinadeterminacionesciones tributariastributarias ante la evasión del impuesto ante la evasión del impuesto

Evado? O pago el impuesto

adecuadamente...?

Evado? O pago el impuesto

adecuadamente...?

Page 27: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

27

Reformas al Código Tributario

CAUCIÓN POR SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE GLOSASCAUCIÓN POR SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE GLOSAS

10% DE LA CUANTÍA DE LA

ACCIÓN.

LA IMPUGNACIÓN DE ACTOS DETERMINATIVOSLA IMPUGNACIÓN DE ACTOS DETERMINATIVOS

DEBERÁ AFIANZARSE CON EL

SE DEVOLVERÁ LA CAUCIÓN.

(DE HABERSE DEPOSITADO EN NUMERARIO, GENERARÁ INTERESES A FAVOR DEL

CONTRIBUYENTE).

LA CAUCIÓN SERÁ CONSIDERADA ABONO A LA DEUDA TRIBUTARIA.

ImpugnaciónACEPTADA

ImpugnaciónRECHAZADA

CAUCIÓNCAUCIÓN

CAUCIÓNCAUCIÓN

Page 28: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

28

Reformas al Código Tributario

RÉGIMEN SANCIONATORIORÉGIMEN SANCIONATORIO

INCORPORACIÓN DE DISPOSICIONES VARIAS

INCORPORACIÓN DE DISPOSICIONES VARIAS

QUE TIENEN RELACIÓN CON LA TÉCNICA JURÍDICA:

TEXTOS SOBRE DEFINICIONES DE

TÉRMINOSTIPIFICACIÓN

RESPONSABILIDADES ENTRE OTROS...

Page 29: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

29

Reformas al Código Tributario

DELITOS TRIBUTARIOSDELITOS TRIBUTARIOS

DELITOS TRIBUTARIOS

SOLAMENTE AQUELLOS QUE

SE COMENTAN CON DOLO

Serán...

Se ha eliminado del Código Tributario...

LA CULPA...

... COMO ELEMENTO QUE CONFIGURE

EL DELITO

Page 30: Anticipo del Impuesto a la Renta  (Art. 96)

30

Reformas al Código Tributario

NUEVOS DELITOS TRIBUTARIOS ...NUEVOS DELITOS TRIBUTARIOS ...

1. DESTRUCCIÓN, OCULTACIÓN O ALTERACIÓN DOLOSAS DE SELLOS DE CLAUSURA O DE INCAUTACIÓN;

CÓDIGO TRIBUTARIO. Art. 344

2. REALIZAR ACTIVIDADES EN UN ESTABLECIMIENTO QUE SE ENCUENTRE CLAUSURADO;

3. IMPRIMIR Y HACER USO DOLOSO DE COMPROBANTES DE VENTA O DE RETENCIÓN;

4. UTILIZACIÓN A SABIENDAS EN LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS O EN LOS INFORMES QUE SE SUMINISTREN A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, DE DATOS FALSOS, INCOMPLETOS O DESFIGURADOS;

SIGUESIGUE