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GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusco 350 - Puerto Maldonado Tel f: (0051) (082) 571199 / 572646- Fax: (0051) (082) 571199 Website: www.regio nmadreded ios.gob.pe - E-mail: regionmddp@regio nmadrededios.gob.pe "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA UN IVERSALIZACION DE LA SALUD" "MADRE DE DIOS CAP ITAL DE LA BIODIVERS IDAD DEL PERÚ " RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL QS8 -2020-GOREMAD/GGR Puerto Maldonado, O9 JUL 2020 VISTOS: El Informe Legal Nº 457-2020-GOREMAD/ORAJ de fecha 02 de julio de 2020 emitido por la Oficina Reg ional de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 2262-2020-GOREMAD/GRI, con fecha 26 de Junio de 2020, emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 108-2020- GOREMAD/GRI-RRCM, de fecha 25 de junio del 2020, em itido por el Especialista en Proyectos de Inversión , el Informe Nº 556-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO de fecha 23 de junio de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Supervis ión y Liquidación de Obras; el Informe Nº 058-2020- GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW de fecha 22 de junio del 2020 emitido por el Inspector de Obra; el Informe Nº 001 -2020-GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHYJCH-RO-ASC, de fecha 19 de junio del 2020 , emitido por el Residente de Obra; el Informe Nº 96-2020-GOREMAD/GRI-RRCM, de fecha 1 O de junio del 2020, em itido por el Especial ista en Proyectos de Inversión; el Informe 500-2020- GOREMAD/GRI-SGSyLO de fecha 09 de junio de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe 049-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW de fecha 27 de mayo del 2020 emitido por el Inspector de Obra; el Informe Nº 006-2020-GOREMAD/GRI-SGO/O- MVJJHYJCH-RO-OYPQ, de fecha 21 de mayo del 2020, emitido por el Residente de Obra; y demás documentos adjuntos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley 27680 -Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV , del Título IV sobre Descentralización, Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Reg ionales y sus modificatorias, Leyes 27902 y 28013, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía económica y administrativa en los asuntos dr. su competencia . Que, los artículos 119 º, 12y 130º del Reg lamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, aprobado por Ordenanza Regional 007-2012- CRMDD/CR, modificado por Ordenanza Regional 026-2012-CRMDD/CR, establece que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, es la responsable de planear, organizar, conducir, ejecutar, supervisar y liquidar las obras de los proyectos de Infraestructura, cons ideradas en el Plan de Inversión del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, así como la Sub Gerencia de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de la ejecución , supervisión y control de obras proyectos de Infraestructura, as í como de la correcta y óptima utilización de los recursos destinados para tal fin , y que es función de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las acciones de supervisión y li quidación de las obras de infraestructura civ il , proyectos y estudios ejecutados a cargo de las diferentes Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Madre de Dios". Que, de acuerdo a la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, de fecha 18 de julio de 1988, se aprobó las normas que regulan la ejecución de las obras públicas por Admin istración Directa, la misma que en su numeral 5º de su artículo 1º establece que "En la etapa de construcción, la Entidad dispondrá de un cuaderno de obra, debidamente foli ado y legalizado, en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones autorizadas, los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que vienen afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidcs y las constanc ias de supervisión de obras ". Que , el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 151-2015-GOREMAD/GGR, de fecha 17 de noviembre del 2015, Resuelve aprobar el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distr ito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios ", con Código SNIP Nº 277987, con un presupuesto ascendente a la suma de OFICINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Av . Alfonso Ugarte 873 6to. P iso - lima 1 Telefax : (0051) (01) 4244388 E-man: oca1aoremad@rea1onmadrededio:s aob pe asesona1und1ca@remooamadreded10S oob oe

AÑO DE LA UN IVERSALIZACION DE LA SALUD MADRE DE DIOS ... · Adicional de Obra Nº 01 por el monto de S/ 1,217,915.02, haciendo un monto total de S/ 10'427,944.46 soles, para la

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  • GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusco N° 350 - Puerto Maldo nado

    Telf: (0051) (082) 571199 / 572646- Fax: (0051) (082) 571199 Website: www.regio nmadreded ios.gob.pe - E-mail: regionm dd p@regio nmadrededios.gob.pe

    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA UN IVERSALIZACION DE LA SALUD"

    "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

    RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°QS8 -2020-GOREMAD/GGR

    Puerto Maldonado, O 9 JUL 2020 VISTOS:

    El Informe Legal Nº 457-2020-GOREMAD/ORAJ de fecha 02 de julio de 2020 emitido por la Oficina Reg ional de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 2262-2020-GOREMAD/GRI , con fecha 26 de Junio de 2020, emitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; el Informe Nº 108-2020-GOREMAD/GRI-RRCM, de fecha 25 de jun io del 2020, emitido por el Especialista en Proyectos de Inversión , el Informe Nº 556-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO de fecha 23 de junio de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Supervis ión y Liquidación de Obras; el Informe Nº 058-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW de fecha 22 de junio del 2020 emitido por el Inspector de Obra ; el Informe Nº 001 -2020-GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHYJCH-RO-ASC, de fecha 19 de junio del 2020 , emitido por el Residente de Obra; el Informe Nº 96-2020-GOREMAD/GRI-RRCM, de fecha 1 O de jun io del 2020, emitido por el Especial ista en Proyectos de Inversión; el Informe N° 500-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO de fecha 09 de junio de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras; el Informe N° 049-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW de fecha 27 de mayo del 2020 emitido por el Inspector de Obra; el Informe Nº 006-2020-GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHY JCH-RO-OYPQ, de fecha 21 de mayo del 2020, emitido por el Residente de Obra; y demás documentos adjuntos;

    CONSIDERANDO:

    Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27680 -Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV sobre Descentralización , Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Reg ionales y sus modificatorias , Leyes Nº 27902 y Nº 28013, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía económica y administrativa en los asuntos dr. su competencia .

    Que, los artículos 119º, 127° y 130º del Reg lamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, aprobado por Ordenanza Regional Nº 007-2012-CRMDD/CR, modificado por Ordenanza Regional Nº 026-2012-CRMDD/CR, establece que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, es la responsable de planear, organizar, conducir, ejecutar, supervisar y liquidar las obras de los proyectos de Infraestructura, cons ideradas en el Plan de Inversión del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, así como la Sub Gerencia de Obras del Gobierno Regional de Madre de Dios, es la responsable de la ejecución , supervisión y control de obras proyectos de Infraestructura, así como de la correcta y óptima utilización de los recursos destinados para tal fin , y que es función de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras del Gobierno Reg ional de Madre de Dios, dirigir, ejecutar, coord inar, controlar y evaluar las acciones de supervisión y liquidación de las obras de infraestructura civ il , proyectos y estud ios ejecutados a cargo de las diferentes Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Madre de Dios".

    Que, de acuerdo a la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, de fecha 18 de julio de 1988, se aprobó las normas que regulan la ejecución de las obras públicas por Admin istración Directa, la misma que en su numeral 5º de su artículo 1 º establece que "En la etapa de construcción, la Entidad dispondrá de un cuaderno de obra, debidamente foliado y legalizado, en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las modificaciones autorizadas, los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que vienen afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidcs y las constancias de supervisión de obras ".

    Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 151-2015-GOREMAD/GGR, de fecha 17 de noviembre del 2015, Resuelve aprobar el Expediente Técn ico del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata -Región Madre de Dios", con Código SNIP Nº 277987, con un presupuesto ascendente a la suma de

    OFICINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso - lima 1

    Telefax: (0051) (01) 4244388 E-man: oca1aoremad@rea1onmadrededio:s aob pe

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  • GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusco N° 350 - Puerto Mal donado

    Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Webs ite: www.region mad rededios.gob.pe - E-ma il : region mddp@region madrededios.gob.pe

    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES"" "AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD"

    "MADRE DE DIOS CAP ITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ''

    SI. 6 '525,483.02 soles , con un plazo de ejecución de Doscientos Cuarenta (240) días calendarios , bajo la modalidad de Ejecución por Administración Directa.

    Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 124-2017-GOREMAD/GGR, de fecha 30 de mayo del 2017, Resuelve aprobar el Expediente Técnico Modificado del Proyecto denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único de Inversiones Nº 2195357 , con un presupuesto ascendente a la suma de S/ 9'210,029.44 soles, con un plazo de ejecución de Doscientos Cuarenta (240) días calendarios , bajo la modalidad de Ejecución por Administración Directa.

    Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Reg ional Nº 136-2019-GOREMAD/GGR, de fecha 31 de julio del 2019, Resuelve aprobar la Ampliación de Plazo N° 01 equivalente a Seiscientos Noventa y Dos (692) días calendarios , el mismo que suma un total de Novecientos Treinta y Dos (932) días calendario , para la ejecución del Proyecto de Inversión Públ ica denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único de Inversiones Nº 2195357.

    Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Reg ional Nº 017-2020-GOREMAD/GGR, de fecha 1 O de febrero de 2020, Resuelve aprobar la Ampliación de Plazo Nº 02 equivalente a Ciento Cincuenta y Dos (152) días calendarios , el mismo que suma un total de Un Mil Ochenta y Cuatro (1 ,084) días calendario , para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública denominado: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios" , con Código Único de Inversiones Nº 2195357.

    Que, el Gobierno Reg ional de Madre de Dios mediante Resolución Gerencial General Reg ional Nº 042-2020-GOREMAD/GGR, de fecha 07 de mayo del 2020, Resuelve aprobar el Adic ional de Obra Nº 01 por el monto de S/ 1,217,915.02, haciendo un monto total de S/ 10'427,944.46 soles , para la ejecución de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único de Inversiones N° 2195357.

    Que, mediante Informe Nº 556-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO, de fecha 23 de junio del 2020, manifiesta a la Gerencia Reg ional de Infraestructura, que en atención al documento emitido por el Especial ista de Proyectos de Inversión Pública -GRI Informe Nº 96-2020-GOREMAD/GRI-RRCM, mediante Informe Nº 001-2020-GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHYJCH-RO-ASC e Informe Nº 058-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW, tanto la Inspección y Residencia de Obra señalan que han cumplido con levantar las observaciones realizadas al Expediente de Ampliación de Plazo Nº 03 por 153 días calendarios de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357; teniendo como nueva fecha de culminación el 31 de octubre 2020 , por las causales : 1. Por Pandemia COVID-1 9; 2. Imprevistos en Obra; 3. Factor Cl imatológ ico; 4. Tiempo de Paralización de Obra . En vista que se cuenta con la Opinión Favorable de la Inspección y aprobación de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obra, se remite el presente a la Gerencia Regional de Infraestructura para la emisión del acto resolutivo.

    Que, mediante Informe Nº 108-2020-GOREMAD/GRI-RRCM de fecha 25 de junio de 2020, el Especial ista en Proyectos de Inversión, Econ . Roberto Rubín de Celis Méndez, con referencia a la Ampliación de Plazo Nº 03 del PIP: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Cód igo Único Nº 2195357, informa a la Gerencia Regional de Infraestructura:

    l. Antecedentes:

    OFICINA DE CDDRDINACIÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso - Lima l

    Telefax: (0051) (01) 4244388 E·mail: ocalaoremad@rea1onmadrededios aob oe

    asesonamnd1ca@reoooamadrededios oob oe

  • GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusca Nº 350 - Puerto Maldonado

    Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (005 1) (082) 571 199 Website www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail : [email protected]

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    "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIDDIVERSIDAD DEL PERÚ"

    •:• El PIP con Código Único N° 2195357, fue aprobado mediante plazo para la ejecución del presente proyecto, aprobado según Resolución Gerencial General Regional Nº 151-2015-GOREMADIGGR. El Expediente Técnico Modificado fue aprobado mediante Resolución Gerencial General Regional N° 124-2017-GOREMAD/GGR, del 30 de mayo de 2018, por un plazo de 240 días calendarios.

    •:• La fecha de inicio de la obra fue el 13-06-2017, estando prevista para ser culminada el 07 de febrero del 2018. •!• El Proyecto tuvo una primera ampliación de plazo, aprobada mediante Resolución Gerencial General Regional N'

    136-2019-GOREMAD! GGR, por el término de 692 días calendarios, cuya fecha de culminación fue el 31 de diciembre del 2019.

    •!• Mediante R. G. G.R. Nº 017-2020-GOREMADI GGR, aprueba la Segunda Ampliación de Plazo por el término de 152 días calendario, cuya fecha de culminación fue el 31 de mayo del 2020.

    /J. Situación Actual •!• El Residente de Obra, lng. Ami/car Soto Col/antes Otto, mediante Informe N' 001-2020-GOREMADIGRI-SGO!O-

    MVJJHYJCH-RO-ASC, menciona que se ha levantado las observaciones y adjunta el Informe N' 006-2020-GOREMADI GRI-SGOIO-MVJJHYJCH-RO-OYPQ preparado por el lng. Otto Yoel Palomino Quispe, mediante el referido Informe, se pude observar adjunta algunos datos, quedando como ampliación de Plazo por 153 días calendarios, computándose a partir del 01 de junio del 2020 hasta el 31 de octubre del 2020.

    •!• El Inspector de Obra, lng. Tania J. Vásquez Vargas, mediante el Informe N' 058-2020-GOREMA DIGRI-SGSYLO-/OIAPA, ratifica y opina favorablemente dicha solicitud de ampliación de plazo.

    ·!· El Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras lng. Edgard Eduardo Olazaval Lazarte, mediante el Informe N° 556-2020-GOREMADI GRI-SGSyLO, aprueba la solicitud en referencia.

    ·!• En el Cuadro N' 01 se presenta el resumen de las ampliaciones de Plazo y la solicitud de Ampliación de Plazo N' 03.

    ACC/ON DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DEL AL TOTAL O/AS APROBACION DE EXPEDIENTE TECN/CO R G G.R. N' 124-2017-GOREMAD/GGR 13-06-2017 07/0212018 240 APROBACIÓN DE LA AMPLIACION DE PLAZO N" 01 R.G G.R N' 136-2019-GOREMADIGGR 08-02-2018 31/12-2019 692 APROBACIÓN DE LA AMPLIACION DE PLAZO N' 02 R.G.G.R. N' 017-2020-GOREMADIGGR 01-01-2020 31/05/2020 152 SOLICITUD DE AMPLIAC/ON DE PLAZO N° 03 TRAMITE ACTUAL 01/06/2020 31/ 10/ 2020 153 TOTAL AMPLIACION DE PLAZO 08/021201 8 31/10/2020 997 PLAZO TOTAL DEL PROYECTO 13-06-2017 31-10-2020 1,237

    111. En conclusión ; •!• Habiéndose levantado las observaciones emitidas mediante el Informe N' 96-2020-GOREMADIGRI-RRCM y

    habiendo sido aprobado por el Inspector de Obra y el Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras; solicita a la Gerencia Regional de Infraestructura, se remita el presente Informe junto con los documentos que la sustentan, a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, con la finalidad que realice la acciones correspondientes para su aprobación mediante acto resolutivo Adjunta el Formato N' 08-A, debidamente visado, para que sea firmado por el Responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones, en señal de conformidad.

    Que, teniendo como base la Directiva Nº 001-201 2-GOREMAD/GRPPYAT-SGDIEI -"Normas para la Supervisión en la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública a cargo del Gobierno Reg ional de Madre de Dios", aprobado por Resolución Ejecutiva Regional Nº 551-2012-GOREMAD/PR, de fecha 08 de junio del 2012, que se encuentra en proceso de actualización, donde señala en su inciso 7.7.1 del numeral 7.7. del artículo 7, estab lece que "Tal como lo establece la norma vigente y en base a un criterio técnico razonable, el Residente de Obra y/o Contratista, puede solicitar ampliación de plazo contractual, por las siguientes causales: a) Demora o limitaciones causadas por el otorgamiento de recursos financieros; b) Desabastecimiento de materiales y/o insumos u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente sustentado (. .. ), .. . " ; asimismo, el inciso 7.7.2 de la referida directiva prescribe que "Para que proceda una ampliación de plazo, el Residente de Obra y/o Contratista debe anotar en el Cuaderno de Obra, el hecho que a su juicio amerita una ampliación de plazo y dentro de los quince (15) días de concluido el hecho invocado solicitará y sustentará documentadamente su pedido ante el Supervisor"; el inciso 7.7.3 de la referida directiva prescribe que "Dentro de los siete (7) días siguientes, el Supervisor emitirá un pronunciamiento ante la Entidad contratante, la misma que debe resolver dicha ampliación en un plazo máximo de diez (10) días"; el inciso 7.7.4 de la referida directiva prescribe que "El pronunciamiento del Supervisor y/o Inspector es a través de un Informe mediante el cual debe demostrar fehacientemente que se ha producido una ampliación de plazo y debe contener los siguientes documentos: a) Datos generales, b) Antecedentes, c) Anotaciones del Cuaderno de obra, d) Sustentación Técnica, ( ... ), lo cual se habría cumplido en el presente caso, ya que para la presentación de la Ampliación de Plazo Nº 03, se adjuntó las respectivas copias del Cuaderno de Obra (donde se puede observar las j ustificaciones motivo de la solicitud de Ampliación de Plazo de Obra: 1. Por Pandemia del COVID-1 9 (106 días calendario); 2. Imprevistos en Obra (04 días calendario); 3. Factor Climatológico (10 días calendario) ; 4. Tiempo de Paralización de Obra (33 días calendario), haciendo un total de 153 días

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    Telf: (0051) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 5711 99 Website: www.regionmadrededios.gob.pe - E-mail: regionmddp@region madrededios.gob.pe

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    calendarios; tal como se describe en el Cuaderno de Obra, en los Asientos Nº 252, 254, 256, 258, 259, 260, 262, 264, 271, 273, 274, 278, 280, 282, 299, 303, y 312 -folios 027 a folios 064) .

    Que, de acuerdo al análisis efectuado, se ha determinado que la Ampliación de Plazo N° 03 para la ejecución del proyecto materia de análisis debe concederse por 153 días calendario , el cual se inicia el 01 de junio del 2020 y concluye el 31 de octubre del 2020; razón por la cual es pertinente que el acto resolutivo que la apruebe se aplique con eficacia anticipada considerando el numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General , aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019, que establece lo siguiente: "La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción".

    Que, el Registro en el Banco de Inversiones de la Ampliación de Plazo Nº 03 por 153 días calendario, de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata- Región Madre de Dios", con Cód igo Único Nº 2195357, se real izará una vez de emitida la Resolución de Aprobación de la Ampliación de Plazo Nº 03, conforme a lo consignado en el numeral 33.2 del artículo 33 º -Ejecución física de las inversiones , Directiva Nº 001-2019-EFl63.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones" , donde señala: "33.2 Las modificaciones durante la ejecución física de las inversiones deben ser registradas por la UEI antes de su ejecución mediante el Formato Nº 08-A: Registro en la fase de Ejecución para proyectos de inversión y Formato Nº 08-C: Registros en la fase de Ejecución para IOARR, según corresponda, y siempre que se mantenga la concepción técnica y dimensionamiento, en el caso de proyectos de inversión ". La Directiva antes acotada es importante debido a que establece las obl igaciones de las Unidades Ejecutoras de Inversiones, con la finalidad de cumplir con los plazos y condiciones establecidos en el expediente técnico, las mismas que se efectúan a través de una supervisión constante de la obra -se adjunta Formato Nº 08-A.

    Que, contando con la documentación técnica sustentatoria , tal como se aprecia en el Informe N° 006-2019/GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHYJCH-RO-OYPQ, de fecha 14 de enero del 2020 , emitido por el Residente de Obra lng . Otto Yoel Palomino Quispe; el Informe Nº001-2019/GOREMAD/GRI-SGO/O-MVJJHY JCH-RO-ASC de fecha 19 de junio del 2020 emitido por el lng . Amilcar Soto Callantes (remite el levantamiento de observaciones) : el Informe Nº 049-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW, de fecha 09 de junio del 2020, y el Informe Nº 058-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO-IO/T JW (a lcanza el levantamiento de observaciones) emitidos por el Inspector de Obra lng . Tan ia Vásquez Vargas , mediante el cual emite su Opinión Favorable; así como la Aprobación del Sub Gerente de Supervisión y Liquidación de Obras Arq. Edgard Eduardo Olazaval Lazarte mediante Informe Nº 500-2020-GOREMAD/GRI-SGSyLO de fecha 09 de junio de 2020 y el Informe Nº 556-2020-GOREMAD/GRI-SGSYLO; asimismo mediante Informe N° 108-2020-GOREMAD/GRI-RRCM el Especialista en Proyectos de Inversión Econ. Roberto Rubín de Celis Méndez solicita remitir los documentos a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica a fin de que se realicen las acciones correspondientes para su aprobación ; por lo que mediante Memorando N° 2262-2020-GOREMAD/GRI , la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, sol icita la Aprobación del Expediente de Ampliación de Plazo Nº 03 por 153 días calendarios, mediante Acto Resolutivo, necesarios para la conclusión de los trabajos programados física y financiera de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Ún ico Nº 2195357, justificando la Ampliación de Plazo Nº 03: a consecuencia de: 1. Por Pandemia del COVID-19 (106 días calendario); 2. Imprevistos en Obra (04 dfas calendario);- 3. Factor Climatológico (10 días calendario); 4. Tiempo de Paralización de Obra (33 días calendario), haciendo un total de 153 días calendarios; tal como se describe en el Cuaderno de Obra, en los Asientos N° 252, 254, 256, 258, 259, 260, 262, 264, 271, 273, 274, 278, 280, 282, 299, 303, y 312 -folios 027 a folios 064), las que se adjuntan al expediente, por lo que se solicita la Ampliación de Plazo N° 03, para el cumplimiento de las metas señaladas, pues sin la Ampliación de Plazo, no será posible alcanzar las metas previstas.

    OFICINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Av. Alfonso Ugarte Nº 873 6to. Piso - Lima 1

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  • GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Jirón Cusco Nº 350 - Puerto Maldonado

    Telf: (0051 ) (082) 571199 / 572646 - Fax: (0051) (082) 571199 Website: www.region madrededios.gob.pe - E-mail : regionmddp@region madrededios.gob.pe

    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA UNIVERSALIZA CION DE LA SALUD"

    "MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ"

    Que, de acuerdo a lo expuesto y contando con la documentación técnica y legal sustentatoria, tal como se aprecia en los informes técnicos del Residente de Obra e Inspector de Obra -emite Opinión Técnica Favorable, as í como la aprobación de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Obras , lo sol icitado por el Especialista en Proyectos de Inversión -GRI ; y lo solicitado por la Gerencia Reg ional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, recomendando la Aprobación del Expediente de Ampl iación de Plazo Nº 03, correspondiente a la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357 , por todo lo expuesto se puede conclu ir que el Expediente de Ampliac ión de Plazo Nº 03 por Ciento Cincuenta y Tres (153) días calendarios, cumple con los requisitos para otorgarle la ampl iación sol icitada , con un incremento del Plazo Total de Ejecución en Un Mil Doscientos Treinta y Siete (1 ,237) días calendario, bajo la Modalidad de Ejecución por Administración Directa.

    Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acond icionamiento Territorial , y de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Resolución Ejecutiva Regional Nº 069-2019-GOR EMAD/GR, de fecha 20 de febrero del 2019;

    RESUELVE:

    ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR con eficacia anticipada al 01 de junio del 2020 la Ampliación de Plazo Nº 03 por Ciento Cincuenta y Tres (153) días calendario, para la ejecución del Proyecto: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, por los fundamentos expuestos en el considerando de la presente resolución , conforme se detalla:

    CAUSALES PARA LA AMPLIACION DE PLAZO Nº 02 N' DESCRIPCION TOTAL O/AS A CAUSALES POR LA PANDEMIA DEL COVID-19 106 B CAUSALES IMPREVISTOS EN OBRA 04 e FACTOR CL/MATOLOGICO 10 o TIEMPO DE PARALIZACION DE OBRA 33

    TOTAL DE O/AS POR CAUSALES= (A+ B + C + DJ 153

    ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER, que el nuevo plazo para la ejecución del Proyecto: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357, es de Un Mil Doscientos Treinta y Siete (1 ,237) días calendario con fecha de culminación del Proyecto al 31 de octubre del 2020.

    TOTAL DIAS CON AMPLIACION DE PLAZO Nº 03 ACC/ON DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DEL AL TOTALD/AS

    APROBACION DE EXPEDIENTE TECNICO R G.G.R. N' 124-2017-GOREMADIGGR 13-06-2017 07/021201 8 240 APROBACION DE LA AMPLIACION DE PLAZO Nº 01 R G G.R. N' 136-2019-GOREMADI GGR 08-02-2018 31/ 12-2019 692 APROBACIÓN DE LA AMPLIACION DE PLAZO N' 02 R.G G.R. N' 017-2020-GOREMAD/GGR 01-01-2020 31/0512020 152 SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO Nº 03 TRAMITE ACTUAL 01/06/2020 31/10/2020 153 TOTAL AMPL/ACION DE PLAZO 08/02/2018 31/ 10/2020 997 PLAZO TOTAL DEL PROYECTO 13-06-2017 31-10-2020 1,237

    ARTICULO TERCERO.- APROBAR. el Expediente Técn ico Modificado por Ampl iación de Plazo Nº 03, del Proyecto de Inversión Púb lica denominado; "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357 , con un costo del Proyecto ascendente a la suma de S/ 10,427,944.46 (Diez Millones Cuatrocientos Veintisiete Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro con 46/100 Soles) , con un plazo de ejecución de Un Mil Doscientos Treinta Siete (1 ,237) días calendarios , debiendo cumplirse el cronograma de ejecución de acuerdo al exped iente técnico modificado, bajo la Modalidad de Ejecución por Admin istración Directa; conforme a la siguiente estructura presupuesta! :

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    "DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES" "AÑO DE LA UNIVERSAL IZACIDN DE LA SALUD"

    "MADRE DE DI OS CA PITAL DE LA BIODI VERSIDAD DEL PERÚ"

    EXPEDIENTE TECNICD ADICIONAL N' 01 RUBRO APROBADO POR RGGR N" APROBADO POR RGGR N'

    124-2017-GOREMADIGGR 042-2020-GOREMADIGGR COSTO TOTAL DE OBRA SI 7,674,857.09 SI 1'21 7,915.02 GASTOS DE SUPERVISIÓN SI 467 ,143.39 MONITOREO SI 106,431 68 GESTION DE PROYECTO SI 775,024.62 GASTOS DE LIQUIDACION SI 81 ,09112 EXP TECNICO SI 105,481 54 TOTAL DEL PRESUPUESTO SI 9'210,029.44 SI 1 "217,915.02

    MONTO (SI )

    SI 8'892,772.1 1

    SI 467,143.39 SI 106,431 .68 SI 775,024.62 SI 81 ,091 .12 SI 105,481 .54 SI 10 '427 ,944.46

    ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER a la Gerencia Reg ional de Infraestructura, remitir copia de todos los actuados a la Secretaria Técn ica de Proced imiento Administrativo Discipl inario de la Entidad , a fin de determinar responsabilidad si es que las hubiera por la demora en la tramitación del Expediente para la aprobación de la Ampliación de Plazo Nº 03 de la Obra: "Mejoramiento Vial del Jr. Javier Heraud y Jr. Jorge Chávez de la Ciudad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata - Región Madre de Dios", con Código Único Nº 2195357.

    ARTÍCULO QUINTO.- PRECISAR, que el contenido de los documentos que sustentan la presente resolución as í como la oportun idad en que se emitieron son de exclusiva responsabilidad de los que suscriben los mismos, en el marco del principio de presunción de veracidad y de buena fe proced imental. En tal sentido, la presente resoluc ión no conval ida acciones que no se ciñan a la normatividad admin istrativa vigente, ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restri ngidas o fuera del marco de la Ley.

    ARTÍCULO SEXTO.- PONER en conocim iento a la Gerencia Reg ional de Infraestructura, y las instancias que correspondan para los fines admin istrativos pertinentes.

    REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE

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