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“Año del centenario de Macchu Picchu para el Mundo”

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“Año del centenario de Macchu Picchu para el Mundo”

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PRESENTACIÓNDe acuerdo a las normas vigentes del sector de Educación Pública, se ha

elaborado el presente Reglamento Interno, el cual servirá como instrumento normativo, orientador y regulador de las actividades que se ejecutan en la Institución Educativa “José Pardo y Barreda” de Chincha Alta, con vigencia para el año 2011.

Este documento permitirá un mejor análisis de la problemática educativa y, la aplicación y adecuación de los dispositivos legales pertinentes; para alcanzar los objetivos generales y específicos de la educación en nuestra realidad, que se traducen en acciones de competencias a corto y mediano plazo. La Ley General de Educación, propone una formación integral del educando a fin de que este pueda desenvolverse y ejercer libre, consciente y responsablemente frente a los valores éticos, religiosos, cívicos y familiares en la sociedad donde le corresponda vivir.

La Educación en nuestro Perú es tarea de todos, de profesores, padres de familia y comunidad en general. Teniendo en cuenta esta premisa, nos proponemos fomentar los valores, como: la responsabilidad, el respeto, la puntualidad, la solidaridad, la fraternidad y sobretodo la identidad con nuestra institución, para que así, se propugne la consecución de una verdadera justicia social y calidad educativa.

El Director, Personal Directivo, Jerárquico, Profesores, Auxiliares de Educación, Alumnos, Personal Administrativo y de Servicio, así como la APAFA y el entorno de oportunidades en general, mantendrán una interrelación constante que delimiten una responsabilidad y autoridad consciente, coordinando acciones ceñidas a las normas establecidas en el presente, y que a través de las cuales, se conseguirá la superación institucional en el ámbito local, regional y nacional. Por ello, estamos plenamente seguros de que la formación integral, basadas en las capacidades fundamentales y contenidos del aprendizaje; lograremos alcanzar las metas deseadas, de acuerdo a nuestra visión y misión. Con lo expuesto, conseguiremos recuperar el prestigio y la imagen de nuestra Institución Educativa.

Somos conscientes, de lo estipulado en el presente Reglamento Interno, servirá para el logro de los objetivos establecidos, puesto que aquí se considera todo el accionar de cuantos intervienen en el quehacer educacional de nuestra gloriosa casa de estudios: Colegio Nacional “José Pardo y Barreda” y sus integrantes, en consecuencia tenemos, el alto compromiso ético, de honor y moral, de brindar nuestro máximo esfuerzo para que el presente documento se haga cumplir a plenitud con sus objetivos normativos en bien de una educación competitiva.

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CAPÍTULO II

ASPECTOS GENERALES

1.- OBJETIVO GENERAL:

Establecer Normas y Procedimientos de carácter interno que permiten brindar un servicio educativo de calidad, frente a los retos de un nuevo orden social en el mundo globalizado de creciente competitividad.

2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS

2.1.- Planificar, diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el servicio educativo que brinda el plantel, acorde a la realidad, garantizando la calidad y eficiencia educativa.2.2.- Garantizar la gestión administrativa que se brinda en la Educación Básica Regular, utilizando los recursos propios con que cuenta la Institución Educativa.2.3.- Impulsar, propiciar una excelente gestión y capacidad de respuesta frente a los requerimientos específicos que permitan obtener resultados de calidad acorde con la modernización y conforme al avance de la Ciencia y Tecnología.

3.- ALCANCE:

El reglamento interno, norma las funciones y actividades de los agentes educativos de nuestra institución.

4.- FINALIDAD:

4.1.- Normar las acciones para la planificación, organización y ejecución de la I.E.E. José Pardo y Barreda Nivel Primaria, estableciendo un adecuado clima institucional en base al respeto de la persona y el fortalecimiento de la unidad y desarrollo institucional, mejorando el servicio educativo en el aspecto Técnico Pedagógico, acorde con las nuevas corrientes pedagógicas.4.2.- Garantizar la eficiencia, eficacia y calidad al servicio educativo.4.3.- Impulsar el desarrollo de la educación, comprometiendo la participación protagónica de los agentes educativos.4.4.- Promover e impulsar la práctica de valores e identidad con la I.E.E.4.5.- Fortalecer la identidad nacional y el respeto hacia las distintas expresiones de la cultura nacional.

5.- ESTRUCTURA ORGÁNICA:

La I.E. Emblemática José Pardo y Barreda cuenta con una estructura orgánica horizontal dinámica y flexible.

5.1.- Órgano de Dirección* Director* Sub Dirección de Educación Primaria

5.2.- Órgano Técnico Pedagógico y de Asesoramiento:* Consejo Académico* Comité de evaluación* Comisión de disciplina* Responsable de Taller de Computación* Coordinación de Educación Física* Coordinador dl programa Recuperación Académica.

5.3.- Órgano de Ejecución:* Docentes

5.4.- Órgano de apoyo administrativo: * Oficinista

* Comisión de Recursos financieros* Guardianía y personal de limpieza.

5.5.- Órgano de participación concertación y vigilancia

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* CONEI* Alumnos* Asociación de Padres de familia* Plenaria de padres de Familia* Comité del Programa de Alimentación* Sindicato de profesores

6.- BASES LEGALES:

Constitución Política del Perú (1993). Ley General de Educación N° 28044. Ley del Profesorado N° 24029. Su modificatoria 25212 y el D.S.-019-90-ED. Ley de la Carrera Pública Magisterial Nº 29069 y el D.S. Nº 003-2008-ED. Decreto Supremo Nº 078-2006 – PCM. Se autoriza al Ministerio de Educación. llevar a cabo,

a partir del 1º de Enero de 2007, con la participación de las Municipalidades. Resolución Ministerial Nº 031-2007-ED. Plan Piloto de Municipalización de la Gestión

Educativa. Decreto Supremo Nº 005-2008-ED. Dictan disposiciones para la ejecución del Plan Piloto de

Municipalización de la Gestión Educativa e incorporan el nivel secundario. R.M. Nº 0341-2009-ED/.PUB. 18-11-2009. Directiva para el desarrollo del año escolar 2010

en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva. Resolución Nº 065-2010-A/MPCH. Directiva Nº 04-2010-STE-CEM-PMGE/MPCH. Directiva

para el Desarrollo de las Actividades Educativas 2010. Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en

la Instituciones Educativas Públicas. D.S. Nº 004 – 2006 – ED. De los deberes y derechos de los padres de familia. Ley N° 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público general. D.S. N° 006-67 Reglamento de Normas Generales y Procedimientos Administrativos. Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Ley de Procedimiento

administrativo General. Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del profesorado en lo referente a la Carrera Pública

Magisterial. D.S. Nº 019-90-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley del Profesorado. D.S. Nº 013-2004-ED, que aprueba el Reglamento de Educación básica Regular. D.S. Nº 009-2005-ED, que aprueba el Reglamento de Gestión del Sistema Educativo. D.S. Nº 013-2005-ED, que aprueba el Reglamento de Educación Comunitaria. D.S. Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación

y sus modificaciones. D.S. Nº 008-2006-ED, que aprueba los Lineamientos para el Seguimiento y control de la

labor efectiva de trabajo docente en las Instituciones Educativas Públicas. D.S. Nº 007-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28988, Ley que declara la

Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial. D.S.Nº 019-2010-ED. Establecen medidas administrativas aplicables al personal docente y

administrativo del Sector Educación. R.M. Nº 523-2005-ED, que declara el 16 de Octubre de cada año, como el día de la

Educación Inclusiva. R.M. Nº 0349-2008-ED, que crea la Red Nacional de Orquestas Sinfónicas y Coros Infantiles

y Juveniles de las Instituciones Educativas Públicas en el marco del Programa Escuelas Abiertas.

R.M. Nº 0069-2008-ED, aprueban la Directiva “Normas para la matrícula de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo en el marco de la Educación Inclusiva”.

R.M. Nº 401-2008-ED, que establece el sistema del Banco de Libros de la Educación Básica Regular.

R.M. Nº 440-2008-ED, que aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular.

Resolución Viceministerial Nº 0017-2007-ED, que aprueba las Normas que establecen la Organización y la Ejecución de la Actividad Permanente de Movilización Social”. Escuelas Seguras, Limpias y saludables.

R.V. Nº 0022-2007-ED, que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica.

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Resolución Viceministerial Nº 022- 2009- ED, Normas para la prevención de la influenza en la Educación Básica Regular y Técnico Productiva.

R.M. Nº 0025-2008-ED, Normas para la Prevención de la Influenza en Educación Básica y técnic0o Productiva.

R.M. Nº -2005-ED, que declara el 16 de Octubre de cada año, como el día de la Educación Inclusiva.

R.M Nº 0348-2010-ED. Directiva del desarrollo escolar 2011.

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS QUE LA INTEGRAN

1.- ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN

1.1.- DEL DIRECTOR:

Art.1.-El Director es la primera autoridad del plantel, representa legalmente a la Institución, cumple y hace cumplir las normas y los dispositivos legales

1.-Es el responsable de planificar, organizar, conducir, desarrollar, supervisar, evaluar y controlar todas las acciones de gestión pedagógica, administrativa y de los diferentes servicios que brinda la I.E.

2.-Formular, coordinar, ejecutar, y evaluar el Plan de Trabajo Anual, con participación del personal directivo, docente y con la colaboración de la asociación de padres de familia.

3.-Exponer y publicar su plan anual de trabajo, al inicio del año escolar.4.-Coordinar con el personal jerárquico y docentes, las acciones educativas y/o

técnico pedagógicas a fin de mejorar el servicio educativo.5.-Presidir las reuniones técnico pedagógicas, administrativas, del CONEI y otras

relacionadas con la I.E.6.-Dar a conocer oportunamente a los estamentos correspondientes los documentos

de interés general que han sido remitidos a su despacho.7.-Coordinar con le CONEI la suscripción de acuerdos y convenios con entidades

públicas o particulares en bien de la I.E.8.-Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por un buen trato a los

alumnos y demás miembros de la comunidad educativa.9.-Organizar y dirigir el servicio de monitoreo educativo.

10.-Presidir las reuniones técnico-pedagógicas y administrativas y otras relacionadas con los fines de la I.E.

11.-Diseñar ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa.

12.-Aprobar por resolución directoral los instrumentos de gestión de la Institución Educativa.

13.-Delegar funciones a los Subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa.

14.-Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la Institución educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.

15.-Presidir el comité de evaluación para ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo.

16.-Desarrollar acciones de capacitación del personal. 17.-Autorizar visitas de estudio y excursiones de acuerdo a las normas específicas. 18.-Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneración de áreas, así

como la aplicación de las pruebas de ubicación. 19.- Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro de moral, y poner el caso

en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes. 20.-Autoriza la ratificación la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en

los documentos pedagógicos oficiales de acuerdo con las normas específicas. 21.-Expedir certificados de estudios. 22.-Estimular y sancionar, según sea el caso a los alumnos de la I.E., según el

informe del Comité de Disciplina. 23.- Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo.

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24.-Solicitar a la a la Municipalidad la cobertura de plazas docentes o administrativas vacantes en reemplazo del personal en licencia o plaza vacante.

25.-Autorizar permiso al personal a su cargo hasta por tres días al año en casos debidamente justificados.

26.-Firmar en representación del empleador, las solicitudes de las prestaciones del Seguro Integral de Salud.

27.-Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus funciones, como en otras que redunden en beneficio del educando, o a la comunidad. En los casos sobresalientes proponer a la Municipalización, para su reconocimiento por Resolución Municipal.

28.-Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal de la I.E., por incumplimiento de sus funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informar por escrito al escalafón superior.

29.-Fiscalizar a la Asociación de Padres de Familia y cautelar el movimiento económico.

30.-Presentar mensual y anualmente el movimiento económico de la Institución. 31.-Velar por la buena administración de los fondos provenientes de actividades

productivas e ingresos propios, de acuerdo a normas específicas. 32.-Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicio. 33.-Velar por el buen funcionamiento de la biblioteca, los equipos y materiales

educativos. 34.-Presidir la Comisión encargada de otorgar la administración de kioscos y

cafeterías de acuerdo con las disposiciones vigentes.35.- Autorizar el uso eventual de los ambientes y/o equipos.36.- Cronogramar e informar a los interesados lo siguiente:

* Inscripción para el primer grado de primaria.* Clausura del año escolar.* Evaluación de aplazados y programa de recuperación académica.* Matrícula para y ratificación para los demás grados.

37.- Otorgar vacante en coordinación con los Sub Directores.38.- Publicar el horario de atención a los padres de familia.39.- Visar el libro de actas de las asambleas de profesores después de las

observaciones del caso, luego de su lectura para la aprobación de los asistentes.40.- Encargar la Dirección en caso de ausencia al Jefe inmediato inferior o al docente

de mayor nivel o antigüedad.41.- Asistir obligatoriamente a todas las ceremonias que se realicen en la I.E.42.- Monitorea el trabajo de los estamentos que conforman la Comunidad Educativa.43.- Promover y propiciar la cooperación, la integración, respeto y las buenas

relaciones humanas entre los miembros de la comunidad educativa.44.- Coordinar con la comisión de racionalización los casos de destaque,

reasignaciones, excedencias de personal que labora o llega a la I.E.45.- Hacer cumplir las disposiciones legales vigentes sobre rotación de grados y

cambios de turno del personal docente.46.- Propone al CONEI los mecanismos para el control de asistencia, ingreso y salida

del personal docente.47.- Elaborar el Presupuesto Analítico del Personal.48.- Elaborar el presupuesto de requerimiento de la I.E. en coordinación con la

APAFA.49.- Elaborar el CAP de la I.E. en coordinación con los Sub Directores de los

diferentes niveles.50.- Revisar, visar, evaluar y aprobar los planes de trabajo y carpetas pedagógicas

de los Sub Directores.51.- Publicar el consolidado de faltas y tardanzas del personal jerárquico y

administrativo.52.- Publicar el consolidado de faltas y tardanzas del personal docente en

coordinación con los Sub Directores.53.- Informar periódicamente al CONEI el desarrollo de su gestión así como los

logros, dificultades, alternativas y recomendaciones.54.- Implementar el programa de arte, deporte, programa de escuelas abiertas,

vacaciones útiles, programa de promoción y defensa del patrimonio cultural.55.- Formar el Comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar. Haciendo su

reconocimiento mediante Resolución Directoral..

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56.- Denunciar ante la autoridad administrativa competente, hechos irregulares, desacato a la autoridad, actos de corrupción, ventas de vacantes, venta de notas o abuso a menores entre otros detectados en la Institución Educativa.

57.- No autorizar el préstamo de artefactos o bienes que por naturaleza y costo requieren el máximo cuidado.

58.- Elaborar el Informe Anual de Gestión pedagógica y administrativa señalando los logros, dificultades, alternativas y recomendaciones.

1.2.- DEL SUBDIRECTOR:

Art. 2. Los Subdirectores constituyen el órgano de apoyo en la administración de la I.E., siendo inherentes a su cargo la función técnico pedagógico. Tienen la obligación de brindar calidad en cada una de sus funciones a su cargo, con oportunidad y eficiencia, procurando obtener una capacitación sólida y permanente, actuando con lealtad y respeto hacia la Institución y sus miembros, cumpliendo órdenes que la imparta el Superior Jerárquico competente, en que tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con sus funciones. Debe ser un modelo de identidad de los profesores, sus actitudes, ideales y práctica de valores éticos deben constituir un paradigma en la comunidad educativa. Siendo sus funciones las siguientes:

1.- Tener permanentemente disposición para el cumplimiento de su funciones actuando con equidad en sus relaciones con sus superiores, con el personal docente, comunidad educativa, cumpliendo y haciendo cumplir las funciones generales dispuestas por la Ley General de Educación, la normatividad vigente, la Dirección general de la I.E. y el presente Reglamento Interno de la I.E.

2.- Participar en la formulación de los documentos técnico pedagógico; PEI, PCI, RI, PAT, CAP correspondiente a su Nivel.

3.- Asumir la responsabilidad de la organización, desarrollo, supervisión, evaluación y control de todas las acciones de gestión pedagógica, administrativa y de los diferentes servicio que brinda la I.E.

4.- Presentar y exponer anualmente el plan correspondiente a su nivel. 5.- Firmar el parte de asistencia a la hora de ingreso y salida. 6.- Cumplir con su horario de trabajo y permanecer en la Institución a solicitud del

Director por necesidad de servicio. 7.- Asistir obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la Dirección,

actividades programadas u otras que sean delegadas por la Dirección dentro o fuera de la I.E.

8.- Presentar al inicio del año escolar su carpeta técnico pedagógica y la mantiene al día con los documentos inherentes a su cargo:

* Ficha de datos informativos* Título* Acreditación de últimas capacitaciones pedagógicas* Acreditación del nivel básico de información educativa* Plan de trabajo anual correspondiente a su nivel.* CAP de su nivel* Organigramas* Plano de distribución de secciones.* Reglamento Interno* Misión, Visión, matriz axiológica de la I.E.* Perfil y manual de funciones.* Calendario Cívico Escolar y docentes responsables* Proyectos que ha elaborado para su nivel* Horario de trabajo del personal jerárquico, docente, y administrativo.* Distribución del Cuadro de Horas.* Distribución de alumnos por turnos, grados y secciones.* Cuadro de distribución de secciones* Nóminas de alumnos* Informe y estadística por trimestre del rendimiento académico por grado

y sección.

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*Cronograma de jornadas y reuniones técnico pedagógicas, entrega de Libretas y reuniones con los padres de familia.

*Resoluciones, normas, directivas emanadas por el MED.

9.- Orientar el trabajo de los docentes orientándolos el asesoramiento corres pondiente y haciéndole conocer las disposiciones oficiales.

10.- Programar y realizar jornadas de actualización e innovación pedagógica.11.- Llevar el control del parte de asistencia del personal a su cargo y presentar

su informe mensual a la Dirección.12.- Reemplazar al personal docente, en caso de enfermedad, licencia, permiso.13.- Informar periódicamente al Director, profesores, alumnos y padres de

familia sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje.14.- Presentar el análisis de la estadística trimestral y anual del rendimiento

Académico por grado y sección en las áreas básicas (Comunicación y Matemática) con la finalidad de realizar las acciones correspondientes para

mejorar el servicio educativo.15.- Informar oportunamente y por escrito a la Dirección del plantel, sobre la

situación del nivel: Estado de matrícula por grado y turnos Vacantes disponibles por grado y turno Posibles plazas de contrato o excedentes Requerimiento o necesidades de su nivel, por orden de prioridad.

16.- Promover y propiciar la cooperación, la unión y las buenas relaciones humanas entre el personal del nivel a su cargo.17.- Participar en las actuaciones y formación de alumnos18.- Gestionar y desarrollar oportunamente las acciones necesarias para captar alumnado en caso de evidenciarse deserción escolar.19.- Coordinar con la oficinista y profesores el proceso de matrícula.20.- Coordinar con el CONEI las acciones de mejoramiento e infraestructura de su nivel. 21.- Informar a la Dirección oportunamente y por escrito sobre los problemas y dificultades que se presentan en su nivel, dando propuestas y alternativas viables para la solución de los mismos.22.- Comunicar oportunamente a todos los profesores de su nivel la Calendari- zación del Año Escolar, fechas cívicas y otras actividades a realizarse du— rante el año lectivo, así como las responsabilidades que asumirán los do- centes en dichas actividades.23.- Coordinar con la Dirección la elaboración del Cuadro de Distribución de Secciones.24.- Coordinar con la Dirección y los docentes de su nivel la rotación de grados.25.- Publicar las fechas de entrega de la documentación técnico pedagógica, Entrega de registros para su visación y entrega de libretas.26.- Coordinar con la Profesora del Taller de Computación y los docentes los Horarios de ingreso de los alumnos según sus necesidades.27.- Capacitar a los profesores de su nivel de acuerdo a las últimas innovaciones pedagógicas.28.- Programar, asesorar y supervisar la elaboración de unidades de aprendizaje y otros documentos técnico pedagógico los que deberá devolver debida- mente visados y firmados dentro de las 48 horas siguientes.29.- Recepcionar y distribuir oportunamente los textos, módulos, material edu- cativo y didáctico emanados por el MED, la Municipalidad y los existentes en la I.E., dando directiva por escrito, respecto a la entrega y distribución de los mismos a los alumnos y/o padres de familia, su uso de conservación y devolución.30.- Coordinar con el personal de oficina las acciones de organización, distribu ción, control, conservación y devolución de los libros entregados.31.- Coordinar con la Dirección, la publicación oportuna del consolidado mensual de asistencia del personal del nivel. 32.- Justificar las faltas, inasistencias y permisos según las disposiciones legales Vigentes, llevando el control de los mismos e informando a la Dirección.33.- participar en la organización del desfile escolar, feria de ciencias u otra ac- tividad que promueva el ministerio de Educación o Municipalidad.

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34.- Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo.35.- Conversar en forma personal y privada con los profesores que incumplen con sus funciones. En caso de reincidencia lo hace por escrito dando las recomendaciones del caso e informando a la Dirección y al CONEI.36.- Demostrar capacidad administrativa y pedagógica permanentemente a los docentes de su nivel en la elaboración de documentos técnicos pedagógicos innovaciones, elaboración de material didáctico, que permitan implemen- tar y mejorar la calidad de servicio de su nivel.37.- Promover, planificar, organizar y coordinar con los docentes jornadas y talleres de orientación para los alumnos en procura de un mejor rendimien to académico, difusión de su derechos y desarrollo de su personalidad.38.- Apoyar al Director en todas las acciones pedagógicas y gestiones adminis trativas que se efectúan dentro y fuera del plantel, por el bienestar de la Institución.39.- Solicitar y hacer entrega oportuna de la papeleta de salida, cada vez que se ausenta de la I.E., especificando en la misma, el motivo de salida, lugar de destino, justificación, hora de retorno firma y sello correspondiente, de— viendo tener conocimiento del mismo su jefe inmediato superior.40.- Organizar y publicar el periódico mural del nivel.41.- Estimular y fomentar sentido de responsabilidad de los docentes, teniendo como base la puntualidad, participación, identificación con la Institución, lealtad, práctica de principios éticos y morales y colaboración con las acti vidades educativas.42.- Tener al día la documentación de matrícula y documentos de los alumnos43.- Actualizar el inventario de su nivel, velar por su mantenimiento, mejora— miento y conservación.44.- Presentar oportunamente antes de finalización del año escolar a la Dirección los requerimientos y necesidades de su nivel para ser incluidos en el pre- supuesto.45.- Participar en la mesa Directiva en las reuniones convocadas por la Dirección asumiendo el rol que le corresponde y apoyando al Director con el desarro- llo de la misma dando los alcances que le compete a su nivel.

PROHIBICIONES Y SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO

Art. 4. El Personal Directivo está prohibido de:

1.- Iniciar el año escolar sin la debida presentación de los documentos Técnicos Pedagógico a su cargo.

2.- Abandonar su puesto sin motivo justificado. 3.- Registrar o firmar la tarjeta de control de asistencia fuera de fecha y hora. 4.- Justificar su inasistencia en la tarjeta. 5.- Incumplir con sus funciones de acuerdo al presente reglamento 6.- Incumplir con los deberes señalados en la Ley del Profesorado. 7.- Faltar a las actividades cívicos patrióticas u otras programadas por la I:E: 8.- Usar los ambientes de la I.E., para desarrollar o participar en reuniones

particulares ajenas a su función. 9.- Participar en actividades ajenas a su función u otras actividades en horario

de trabajo.10.- Faltar a reuniones de cáracter institucional convocados por algunos de los

estamentos de la I.E. u otra institución que convoque y sean delegados.11.- Retirarse antes del término de las asambleas convocadas por la Dirección sin la autorización del Director.12.- Otorgar vacantes o cambio de turno sin la debida autorización de la Dirección13.- Faltar el respeto al Director desacatando sus órdenes siempre que tengan

por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con sus funcio nes.

14.- Faltar de palabra o fomentar con actos, gestos o actitudes, palabras u obras El rompimiento de relaciones humanas entre el personal que labora en la

I.E. y la comunidad educativa.15.- Negarse a firmar arbitrariamente documentos de carácter pedagógico o

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administrativo.16.- No mantener al día los documentos inherentes al cargo.17.- No mantener informado al personal a su cargo sobre los resultados de la

evaluación y supervisión docente.18.- Disponer de más de 30 minutos para su refrigerio distrayendo el tiempo en

otras actividades ajenas a su cargo o en conversaciones privadas con los profesores o amistades.19.- Aprovechar el cargo para formar grupos dando consignas y manipulando actitudes y decisiones del personal a su cargo.20.- Evaluar a los alumnos, cobrar por cambio de turnos o vacantes, traficar con notas.21.- Disponer de los recursos de la Institución Educativa sin conocimiento y auto rización de la Dirección o aprobación de los miembros del CONEI.22.- Solicitar permisos, adelanto de vacaciones en periodos de matrícula, eva luación o finalización del año escolar.23.- Negarse a asumir funciones o delegaturas cuando hay necesidades de Servicio.24.- Hacer comentarios negativos de los docentes, personal administrativo Miembros o miembros de la comunidad educativa con la intención de dañar Su dignidad y reputación.25.- Realizar convenios con personas o instituciones particulares sin la autoriza- Ción del estamento respectivo.

Art. 5. Las sanciones a las que se hacen merecedor los miembros del personal directivo y jerárquico son:

a) Ser amonestado verbalmente o por escrito por parte del Jefe inmediato su-perior según el caso lo amerite.

b) Ser informado por escrito al CONEI para estudiar el caso y tomar las medidasCorrectivas correspondientes.

c) Ser denunciado a la autoridad administrativa competente por los casos in-Dicados en el Art. 1 inciso 56 del presente reglamento.

d) Las faltas de carácter disciplinario son las que se contemplan en los Arts. 28 del D.L. Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Y Art. 27 de la Ley del Profesorado Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 255212.

CAPÍTULO III

DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y TÉCNICO PEDAGÓGICO

1.- DEL CONSEJO ACADÉMICO

Art. 6. El Consejo Académico es un órgano de asesoramiento de la gestión educativa, coordina Coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el Director e integrado por Sub- Directores, personal jerárquico y tres representantes de los docentes pertenecientes a

cada nivel, debiendo cumplir como requisito haber sido capacitado en programas de actualización pedagógica docente, no menor de dos años o acreditar estudios de maestría o post-grado o estar desarrollando proyecto innovadores

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Art. 8.- Las disposiciones contenidas en el presente documento serán acatadas por:

El Director de la Institución Educativa. Personal Directivo. Personal Jerárquico. Personal Docente. Auxiliares de educación. Personal Administrativo y de servicio Alumnos del Colegio. Padres de Familia.

Art. 9.- El presente Reglamento Interno, se basa en los principios de las normas legales vigentes, señaladas en el artículo Nº 07 del presente reglamento.

Art. 10.- Toda Institución Educativa, por mandato de la Ley General de Educación está en la obligación de establecer su propio Reglamento Interno en base a las Normas Legales Vigentes.

Art. 11.- El presente Reglamento Interno tiene como vigencia un año. Luego se actualizará conforme a su realidad y a la normatividad vigente.

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TÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO EDUCATIVO

CAPÍTULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN

Art. 12.- La Institución Educativa Pública “José Pardo y Barreda” fue creada por Ley N° 2560 del 20-11-1917, se encuentra ubicado en la Av. Luis Gálvez Chipoco N° 271 del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha del Departamento de Ica.

Art. 13.- La institución educativa tiene los siguientes fines:

Promover las acciones y servicios educativos en los niveles: Inicial, Primaria y Secundaria en la modalidad de Educación Básica Regular.

Brindar servicios educativos de calidad en conformidad con la Ley General de Educación Ley N° 28044 y sus Reglamentos.

Favorecer la formación integral del alumnado, preparándolo además, como agente positivo del desarrollo.

Orientar el servicio educativo hacia las áreas de Ciencias y Humanidades, así como también, del Área de Educación para el Trabajo; del nivel inicial, primario y secundario, conforme al Plan de Estudios y naturaleza del servicio educativo.

Art. 14.- Constituyen objetivos de la Institución Educativa:

Resolver el problema de la Educación en sus aspectos formativos y técnicos pedagógicos de acuerdo al Proyecto Educativo Regional, Local e Institucional.

Realizar su proceso de integración social entre el trinomio: Escuela – hogar - comunidad, incentivando el interés y la responsabilidad para las tareas educativas.

Contribuir al proceso educativo y al progreso de la población escolar de nuestra comunidad, impartiendo educación: Inicial, Primaria y Secundaria en la modalidad de Educación Básica Regular.

Utilizar adecuadamente las aulas de innovaciones y los programas de las Tics. Incentivar la práctica de valores, priorizando los hábitos de disciplina y

puntualidad, sin dejar de fortalecer los vínculos de amistad entre los integrantes de nuestra institución educativa.

Promover el desarrollo de las actividades culturales, deportivas y de recreación que permitan el desarrollo integral del educando, mediante talleres con la participación obligatoria de todos los estamentos que conforman nuestra institución educativa.

CAPÍTULO V

DE LAS FUNCIONES DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA

Art. 15.- Son funciones generales del la instituciòn educativa:

a) Promover, ejecutar y evaluar íntegramente las acciones y servicios educativos que se desarrollan en su ámbito.

b) Organizar el trabajo educativo en función de las características propias de las modalidades que brindan la Educación Básica Regular, haciendo uso adecuado de los recursos e infraestructura del plantel.

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c) Desarrollar y evaluar el currículo de la educación Básica Regular con relación a las áreas de Ciencias y Humanidades y del Área de Educación para el Trabajo en Secundaria y por áreas de desarrollo personal en los niveles de Inicial y Primaria.

d) Brindar Servicio de Orientación en las prácticas de valores, autoestima y Bienestar a los alumnos en estrecha relación con la familia y la comunidad.

e) Propugnar y desarrollar las actividades productivas que garanticen la capacitación para el trabajo, compatibles con las características del desarrollo socioeconómico y cultural de la Región y de la localidad.

TÍTULO III

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

CAPÍTULO VI

DE LA ORGANIZACIÓN

Art. 16.- La estructura Orgánica de la Institución Educativa está conformada por:

a) El Director.b) Subdirector del Área Administrativa.c) Subdirectores de Formación General I y II.d) Subdirectores del Área de Educación para el Trabajo.e) Subdirectores de Educación Primaria e Inicial.f) Jefes de Laboratorio.g) Jefes de Talleres.h) Coordinación de Tutoría y Orientación del Educando (TOE).i) Consejo Educativo Institucional (CONEI).j) Consejo académico.k) Comunidad Magisterial.l) APAFA.m) Asociación de ex-alumnos.

CAPÍTULO V I I

DE LA DIRECCIÓN Y SUS FUNCIONES

Art. 17.- La Institución Educativa “José Pardo y Barreda”, imparte Educación escolarizada en los niveles: Inicial, Primaria y Secundaria. Está a cargo de un Director que es la primera autoridad de la Institución, responsable de la programación, organización, conducción, desarrollo, supervisión, evaluación y control de todas las acciones técnico pedagógico y administrativo, y de los diferentes servicios que brinda. Labora 40 horas pedagógicas, distribuidas en dos turnos, depende del Plan de Municipalización de la gestión educativa del distrito de Chincha Alta. Art. 18. Son funciones del Director del Colegio:

a) Representar legalmente a la Institución.b) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo.

Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual, con la participación del personal de la institución y con la colaboración de los padres de familia.

c) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y el Reglamento Interno de manera

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participativa. Velar por el buen cumplimiento de los objetivos educacionales y por el buen trato a los alumnos dentro y fuera de la Institución educativa.

d) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica de gestión, experimentación e investigación educativa. Organizar, dirigir y monitorear el servicio de Supervisión Educativa.

e) Aprobar por Resolución Directoral los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. Presidir las reuniones técnico-pedagógicas y administrativas y otras relacionadas con los fines de la Institución.

f) Promover y presidir el CONEI. Autorizar visitas de estudio y excursiones dentro del ámbito de la Provincia y Región, de acuerdo a las normas específicas.

g) Establecer en coordinación con el CONEI antes de inicio del año lectivo, la calendarización del año escolar, adecuándolo a las características geográficas, económico - productivas y sociales de la localidad, teniendo en cuenta las orientaciones regionales garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje. Organizar el proceso de matrícula y exoneración de asignaturas, así como autorizar los traslados y la aplicación de las pruebas de ubicación.

h) Coordinar con la APAFA el uso de sus fondos económicos que esta recaudé, teniendo en cuenta los requerimientos prioritarios del plantel tanto en lo técnico pedagógico como en lo cultural y deportivo de conformidad a lo establecido en su reglamento general. Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro moral y poner el caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes.

i) Delegar funciones a los sub directores y a otros miembros de su comunidad educativa. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos y oficiales de acuerdo con las normas específicas.

j) Estimular el buen desempeño docente, estableciendo en la institución educativa prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. Expedir Certificados de Estudio.

k) Estimular o sancionar, según el caso a los alumnos de la Institución, de conformidad con lo normado en el presente Reglamento.

l) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo.

m) Solicitar al Plan de Municipalización de la gestión educativa del distrito de Chincha Alta y de la Unidad de Gestión Educativa Local, la cobertura de plazas docentes o administrativas vacantes y el reemplazo del personal en licencia.

n) Otorgar permisos al personal a su cargo hasta por tres días al año en casos debidamente justificados informando a la superioridad.

o) Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal de la Institución por incumplimiento de sus funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informar por escrito al Escalafón Superior.

p) Organizar y supervisar el cumplimiento del Programa Anual de Promoción Educativa Comunal.

q) Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para mejorar los servicios educativos que brinda la Institución.

r) Fiscalizar los fondos provenientes de los recursos propios y de las actividades productivas, de acuerdo a las normas específicas.

s) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.t) Supervisar y cautelar los bienes y enseres, los equipos, herramientas,

maquinarias, y materiales educativos de la Institución.u) Supervisar el funcionamiento de los talleres de educación para el trabajo,

biblioteca, aulas de cómputo e innovación y laboratorios.v) Presidir las comisiones:

Especial de evaluación de contratados. Gestión de Recursos Financieros. Actividades Productivas.

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Consejo consultivo escolar. Proyecto Curricular de la Institución Educativa en los niveles de Inicial-

Primaria-Secundaria. Reglamento Interno. Cuadro de horas. Infraestructura. Plan anual de Trabajo. Proyecto Educativo Institucional. Defensa civil. Escuela para padres y orientación sexual. Programa del uso indebido de drogas. Programación Educativa Comunal. PEC. Tutoría y Orientación del Educando. COTIE (comisión técnica de la institución educativa – de racionalización y

excedencia)w) Autorizar conforme a disposiciones vigentes el uso eventual de los ambientes

y/o equipos de la Institución Educativa por parte de instituciones de la comunidad para fines educativos o culturales.

x) Aprobar el cuadro de horas y el horario de clases, así como el horario de trabajo del personal a su cargo.

y) Coordinar con el comité de recursos financieros para informar trimestralmente de manera pública y transparente el manejo de los recursos económicos y bienes ante la comunidad educativa.

z) Presentar y exponer su informe anual a la Asamblea General en la última semana del mes de diciembre, antes de la clausura del año en curso.

Z1) Fomentar y establecer las buenas relaciones humanas entre el personal que labora en la institución.

Z2) Tiene la potestad de convocar y promover el funcionamiento de la Comunidad Magisterial.

Z3) Conformar las diferentes comisiones de trabajo a través de un cronograma para elaborar los documentos de gestión para su aprobación y ser remitidos ala superioridad al inicio del año escolar.

a) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívicas patrióticas que organice o participe la institución.

CAPÍTULO VIII

DE LAS SUBDIRECCIONES Y SUS FUNCIONES

Art. 19. Los Subdirectores: del área administrativa, de Formación General I y II, de Educación para el Trabajo I y II y los subdirectores del nivel primaria, dependen del Director de la Institución Educativa, como los jefes de laboratorio, jefes de taller y docentes que les siguen en jerarquía, colaboran con ella en la organización, ejecución y control de las diferentes actividades en ambos turnos, reemplazándolo en caso de ausencia, laboran 40 horas pedagógicas en vista que la institución educativa cuenta con turno mañana y tarde. En caso de ausencia es reemplazado en sus funciones por el docente que le sigue en jerarquía.

Art. 20. Son funciones del Subdirector del Área Administrativa:

a) Organizar, implementar y brindar servicios, así como medios y recursos que permitan un eficiente funcionamiento de la Institución Educativa.

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b) Programar, organizar, coordinar y supervisar la previsión de los recursos que permitan el óptimo funcionamiento de la Institución Educativa.

c) Efectuar el control de la asistencia, puntualidad y permanencia del personal directivo, jerárquico, administrativo y de servicio A través de la tarjeta de control.

d) Organizar la labor de secretaría, trámite documentario, archivos, publicaciones e impresiones.

e) Administrar los documentos relacionados con las nóminas de matrícula, traslados, rectificaciones de nombres y/o apellidos de los alumnos.

f) Administrar la infraestructura y bienes, así como velar por su mantenimiento y conservación, así como los otros servicios a su cargo, en los 3 niveles educativos.

g) Organizar y actualizar el inventario de bienes y enseres de la Instituciónh) Organizar la distribución de aulas y mobiliarios para la ubicación adecuada de

los alumnos.i) Organizar, supervisar y evaluar el área a su cargo.j) Mantener actualizadas las fichas de escalafón del personal docente,

administrativo y de servicio.k) Organizar los servicios de abastecimiento de recursos financieros, generadas

por actividades productivas y otros, conjuntamente con el Director.l) Orientar y controlar la elaboración de los registros de evaluación, de las actas

oficiales de fin de año, certificados oficiales de estudio, período de recuperación, exámenes de aplazados y de subsanación.

m) Administrar y disponer de las llaves del Plantel conjuntamente con el Director, siendo una responsabilidad compartida.

n) Presentar su informe económico respectivo trimestral y a fin de año y exponerlo a la asamblea general de profesores para su conocimiento.

o) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívicas patrióticas que organice o participe la institución.

Art. 21. Son funciones de los Subdirectores de Formación General:

a) Reemplazar al Director en caso de ausencia.b) Programar, organizar, conducir, supervisar, evaluar y controlar las acciones

educativas de la institución.c) Planificar, orientar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones técnico

pedagógicas en estrecha colaboración con los Directivos, Coordinador de TOE, Jerárquicos y los responsables de las aulas de innovación. Coordinación con el personal jerárquico correspondiente.

d) Participar en la formulación de los documentos de gestión.e) Orientar y coordinar el trabajo de los jefes de laboratorio, coordinación de TOE y

responsables de las aulas de innovación.f) Recepcionar, procesar y administrar la documentación técnico-pedagógica.g) Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y disponer el

reemplazo de los ausentes con los jefes de laboratorios, auxiliares y/o docentes disponibles.

h) Informar mensualmente a la Dirección de la Institución Educativa sobre el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo. asistencia del Personal Docente.

i) Integrar la comisión de formulación y distribución del cuadro de horas.j) Establecer con los otros subdirectores a través de coordinaciones los horarios y

turnos de trabajo del personal.k) Informar periódicamente al Director y a los padres de familia, sobre el avance

del desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje y rendimiento académico a través de la tarjeta de información.

l) Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y en el período vacacional.

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m) Informar periódicamente al Director sobre la situación del área a su cargo.n) Programar los exámenes de aplazados y de subsanación, publicando el rol

correspondiente y firmando los memorando para la evaluación extemporánea de aplazados.

o) Orientar, supervisar y evaluar al personal jerárquico, brindándole asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las disposiciones oficiales vigentes.

p) Realizar con los miembros directivos y personal jerárquico reuniones de trabajo con los docentes por áreas a fin de analizar casos de bajo rendimiento escolar, establecer las causas de retraso en las programaciones curriculares, evaluación, y deserción escolar, proponer soluciones y reajustes necesarios.

q) Revisar la programación curricular, unidades y sesiones de aprendizaje elaborados por los docentes de acuerdo al DCN, y verificar sus avances, además promoverá la ejecución de estudios de investigación y el perfeccionamiento de los métodos para estos.

r) Verificar el cumplimiento de las evaluaciones continuas en las diferentes áreas y la entrega oportuna de los registros en cada bimestre.

s) Promover, coordinar y supervisar los servicios de Tutoría y Orientación Educativa en las actividades programadas. Orientación y Bienestar Integral del Educando y las actividades programadas con el Coordinador de TOE y los tutores.

t) Supervisar y evaluar la disciplina en la Institución Educativa con la participación del Coordinador de TOE, tutores y auxiliares de educación.

u) Supervisar la organización y normal funcionamiento de los laboratorios, biblioteca y otros recursos didácticos relacionados al desarrollo de la programación curricular.

v) Organizar una vez al año campaña de implementación de la Biblioteca del Plantel.

w) Elaborar el inventario de los bienes físicos a su cargo.x) Iniciar las labores educativas el primer día de clases con programas curriculares

y horarios debidamente organizados.y) Establecer y ubicar en lugar visible el horario de atención al público.

Art. 22.- Son funciones de los Subdirectores de Áreas de Educación para el Trabajo. :

a) Planificar, organizar, supervisar, y evaluar las actividades educativas de las Opciones laborales que brinda la institución. Áreas de Educación para el Trabajo de las diferentes especialidades en coordinación con el Director y la Sub-Dirección de Formación General.

b) Promueve la realización de proyectos de innovación de actividades productivas en las diferentes opciones laborales que brinda el plantel. producción como medio de aprendizaje y en contribución al funcionamiento y conservación de talleres y equipos de acuerdo a las normas especificas.

c) Programa la organización de las actividades de orientación vocacional de intereses y aptitudes.

d) Supervisa y racionaliza el uso de ambientes, talleres, campo de producción, máquinas, laboratorios, equipos, herramientas, etc.

e) Organiza el servicio de mantenimiento y conservación del equipo, herramientas y maquinarias de área.

f) Presidir o integrar las diversas comisiones, para el cual sea elegido(a).g) Supervisar y controlar las herramientas, equipos, maquinaria, etc, del área, para

evitar la sustracción indebida.h) Informa a la Dirección del Plantel, sobre el incumplimiento o la irresponsabilidad

de sus funciones de profesores del área.i) Verifica y supervisa el inventario de los talleres, conjuntamente con el Jefe de

Taller y el Administrador.

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j) Representa por delegación al Director.k) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívicas patrióticas que organice

o participe la institución.

Art. 23.- Los Subdirectores Nivel de Educación Primaria, son los responsables de la programación, organización y evaluación de las acciones técnico-pedagógicas del Nivel a su cargo y de todas las funciones que es competencia del Director de quien depende. Tienen una jornada laboral de 40 horas pedagógicas semanales. Art. 24.- Son funciones de los Subdirectores del Nivel de Educación Primaria:

a) Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual, con la participación del personal docente y con la colaboración de los padres de familia.

b) Velar por el buen cumplimiento de los objetivos educacionales y, por el buen trato a los alumnos dentro y fuera de la Institución.

c) Organizar y dirigir el servicio de Supervisión Educativa.d) Organizar el proceso de matrícula y exoneración de área (Formación Religiosa

y/o Educación Física), así como autorizar los traslados y la aplicación de las pruebas de ubicación.

e) Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro moral y poner el caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes.

f) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos y oficiales de acuerdo con las normas específicas.

g) Expedir Certificados de Estudio.h) Estimular o sancionar, según el caso a los alumnos de la Institución, de

conformidad con lo normado en el presente Reglamento.i) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su

cargo.j) Solicitar a la Dirección del Plantel para que haga las gestiones ante la

Secretaría Técnica de Educación del Concejo Municipal Provincial la cobertura de plazas docentes o administrativas vacantes y el reemplazo del personal en licencia.

k) Otorgar permisos al personal a su cargo hasta por tres días al año en forma alternada en casos debidamente justificados informando a la superioridad.

l) Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio del educando, la escuela o la comunidad. En casos sobresalientes proponer a la superioridad su reconocimiento por Resolución.

m) Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal de la Institución por incumplimiento de funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta, informar por escrito a la instancia superior.

n) Organizar y supervisar el cumplimiento del programa anual de Tutoría.o) Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para mejorar los

servicios educativos que brinda la Institución.p) Administrar la documentación de la Institución.q) Administrar los fondos provenientes de actividades productivas de acuerdo a

las normas específicas.r) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.s) Administrar la biblioteca, los equipos y materiales educativos.t) Integrar la Comisión encargada de otorgar la administración de kioscos y

cafeterías, conforme a disposiciones vigentes.u) Solicitar la cuarta semana del mes de diciembre el Proyecto Curricular

para que los docentes pueden elaborar los Programas Curriculares.v) Presentar la última semana de diciembre el informe anual a la autoridad

correspondiente.

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w) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívicas patrióticas que organice o participe la institución.

DE LAS FUNCIONES DE LOS JEFES DE LABORATORIO

Art. 25.- Son funciones de los Jefes de Laboratorios:b) Presentar al inicio del año escolar, el Plan de Trabajo Anual que incluirá las

prácticas y trabajo que ejecutaran los alumnos. c) Cuidar el aspecto formativo de la educación, incluyendo los principios de la

ética profesional, siendo de responsabilidad, iniciativa y hábitos de laboriosidad, higiene y economía.

d) Responsabilizarse del buen funcionamiento y conservación del ambiente a su cargo.

e) Cuidar que el trabajo de los alumnos se realice cumpliendo las reglas de seguridad.

f) Mantener la disciplina en el laboratorio.g) Llevar el archivo de las prácticas ejecutadas en el laboratorio.h) Elaborar un programa de mantenimiento, conservación del equipo e insumos.i) Tener el inventario correspondiente actualizado y entregar una copia a los

docentes del área.j) Cumplir además con las funciones inherentes a su cargo.k) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones cívicas patrióticas que organice

o participe la institución.l) Elaborar el cronograma de atención de los usos del laboratorio, ambiente,

materiales y reactivos de los laboratorios, en coordinación con los docentes de Ciencia Tecnología y ambiente y con las diferentes áreas que así lo soliciten.

m) Normar el uso de los laboratorios, si interferir su horario normal de clase.n) Presentar un informe bimestral a la Dirección del Plantel sobre el uso de los

laboratorios.o) Programar, organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso enseñanza

aprendizaje en los laboratorios.p) Recibir, conservar y entregar los equipos en perfectas condiciones de utilización

y bajo inventario.q) Proporcionar el material educativo del laboratorio a los docentes que los hayan

solicitado por escrito con un mínimo de 24 horas de anticipación, previa presentación de su respectiva guía de práctica en buen estado de conservación.

r) Promover, participar y estimular eventos de carácter científico y/o experimental o ferias de ciencias, concursos y/o exposiciones de material didáctico que permita realizar avances en el campo de la investigación con el apoyo del Sub-director de Formación General de acuerdo a su turno.

s) Responsabilizar a los docentes y auxiliares de laboratorios de la pérdida y/o deterioro de los instrumentos, previa verificación.

t) Diseñar, desarrollar actividades educativas y equipos para la enseñanza-aprendizaje de los contenidos curriculares del área de Ciencia Tecnología y Ambiente.

u) Organizar, implementar y asegurar a los docentes del área educativa en el uso de los instrumentos a su cargo.

v) Organizar archivos de las guías de prácticas.w) Solicitar el requerimiento de materiales oportunamente, con la autorización del

Subdirector de Formación General I y II.

Art. 26.- Son funciones de los auxiliares de laboratorio

a) Es responsable de la conservación, mantenimiento y seguridad del laboratorio, depende del jefe de laboratorio y de la Dirección.

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b) Colaborar en la organización e inventario de los equipos y materiales de laboratorio.

c) Proporciona y distribuye oportunamente los materiales para la práctica de acuerdo a lo solicitado oportunamente.

d) Limpia y esteriliza según sea el caso, material e instrumento y ambiente de laboratorio.

e) Participa en el Plan Anual de Trabajo y cronograma de práctica de laboratorio. f) Lleva al día el registro de práctica de laboratorio.g) Elabora el cuadro de requerimiento de materiales, instrumentos e insumos que

se requieran el laboratorio.h) Apoya a las prácticas con la preparación de muestras, registros de análisis y

otros fines.i) Otros que se designen de acuerdo a sus funciones.j) Participar obligatoriamente en las actividades cívicas patrióticas contempladas

en el calendario cívico escolar de la institución.k) No permitir el ingreso de personas que ajenas a la institución, salvo

autorización expresa del Jefe inmediato bajo responsabilidad del auxiliar.

DE LAS FUNCIONES DE LOS JEFES DE TALLER

Art. 26.- Son funciones de los Jefes de Taller:

a) Presentar al inicio del año escolar los Planes: de Trabajo Anual, de monitoreo, y de proyecto de actividades ante su Jefe inmediato.

b) Organizar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el proceso de sostenimiento y mantenimiento de los equipos en los talleres.

c) Monitorear y evaluar la labor del personal docente técnico a su cargo.d) Programar, organizar y coordinar el uso del taller a su cargo para los fines

específicos.e) Establecer el horario de atención en el taller.f) Mantener actualizado el inventario de los talleres a su cargo.g) Organizar, monitorear y evaluar la ejecución de actividades productivas.h) Velar por el adecuado funcionamiento de los talleres.i) Elaborar el programa de mantenimiento de los talleres.j) Informar bimestralmente a su Jefe inmediato superior sobre el funcionamiento

de los talleres a su cargo. Asimismo sobre problemas ocurridos del tipo que fuere.

k) Formular proyectos de innovación productivas para el mejoramiento de la calidad del servicio educativo en coordinación con los profesores a su cargo.

l) Colaborar con el mantenimiento de la disciplina durante su horario de trabajo.m) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones Cívico Patrióticas que organice

o participe la Institución Educativa.n) Permitir el ingreso del director o administrador en visitas inopinadas.

Art. 27.- Se consideran faltas al incumplimiento de las funciones del presente reglamento haciéndose merecedor de las sanciones dispuestas por la normatividad vigente.

Art. 28.- Son objetivos y funciones del Coordinador de Tutoría y Sicología lo siguiente:

a.- Contextualizar las actividades de TOEb.- Organizar, programar, orientar, monitorear y evaluar las actividades de tutoría y orientación educativa (TOE)

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c.- Promover y organizar acciones de formación y asesoría, dirigidas a estudiantes, docentes y padres de familia.

d.- Promover la incorporación de las acciones de TOE en el PEI, PCI y PAT.e.- Promover la realización de reuniones periódicas a lo largo del año escolar

entre tutores por grado y/o nivel para el intercambio de experiencias.

f.- Promover y organizar la realización de al menos cuatro reuniones durante el año entre los tutores y los padres de familia de sus respectivas secciones, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.

g.- Promover la Escuela de Padres de acuerdo a las necesidades y posibilidades de la institución educativa.

h.- Planificar, ejecutar y evaluar las campañas organizar “Tengo derecho al buen trato y estudiantes sanos y libres de drogas¨.

i.- Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente y a los lineamientos de DITOE.

DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR DE TOE

Art. 29a.- Convocar y presidir las reuniones del comité.b.- Velar por el cumplimiento de las funciones del comitéc.- Verificar la elaboración y desarrollo de los planes tutoriales de aula por

parte de los tutoresd.- Conformar el comité de tutoría que debe estar integrado por: - El Director quien lo preside o su representante- El coordinador de tutoría. Si el Director lo considera pertinente, podrá existir

un coordinador por cada nivel o turno.- El responsable de convivencia y disciplina escolar.- Los tutores. En el caso de las Instituciones educativas con numerosas

secciones puede integrarlo un tutor por grado o ciclo.- El psicólogo escolar y/o promotor de tutoría y orientación educativa si lo

hubiera.- Un representante de los auxiliares de educación por turno o nivel cuando sea

pertinente.- Representante de los estudiantes de acuerdo a la organización de la

institución educativa.- Otros integrantes de acuerdo a las necesidades y características de la

institución educativa.-Formar el comité de DESNA.

Art. 30.- Responsabilidades de los tutores:

CON LOS ESTUDIANTES

a.- Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, con el objeto de asegurar su formación integral.

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b.- Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría, teniendo en cuenta las áreas de la tutoría.

c.- Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo – clase y en el conjunto de la dinámica escolar.

d.- Promover la realización periódica de asambleas escolares de aula.e.- Informar al Coordinador de TOE y/o Director de toda situación que vulnere

los derechos de los estudiantes, para que tome las acciones necesarias que garanticen el respeto y cumplimiento de dichos derechos, en coordinación con el comité de tutoría y del apoyo de la fiscalía provincial.

f.- Elaborar e implementar el Plan Tutorial de Aula, el cual será flexible y responderá a las necesidades e intereses de los estudiantes. Este plan debe hacerse tomando en cuenta los planteamientos de los instrumentos de gestión de la institución educativa.

g.- Realizar el seguimiento personalizado de los estudiantes con necesidades educativas especiales incluidos, con el apoyo y asesoramiento del SAANEE.

h.- Evaluar el comportamiento de los estudiantes de educación secundaria de acuerdo a las pautas que señale la Dirección Nacional de Educación Básica Regular

i.- Registrar en la Ficha acumulativa personal del estudiante, los aspectos mas relevantes de su proceso formativo, incluyendo un registro de comportamiento de los estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos.

j.- Coordinar con el director y los padres de familia respectivos, la derivación de los estudiantes que presenten dificultades que requieran atención especializadas a instituciones de salud y otros sectores.

k) Conducir la orientación vocacional y actitudinal de los alumnos a su cargo, sugiriéndole lo mejor de conformidad a sus expectativas.

l) Detectar y atender situaciones emocionales, sociales y de salud (en la medida de las posibilidades), que se presenten en los educandos coordinando con los auxiliares.

ñ) Coordina con los profesores para el progreso del aprendizaje y el comportamiento de los alumnos.

m) Coordina con el auxiliar de educación sobre la entrega de las boletas de información.

DE LOS PADRES DE FAMILIA

a.- Promover y organizar la realización de al menos 4 reuniones durante el ano con los padres de familia de su sección, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.

b.- Desarrollar entrevistas con los padres de familia de los estudiantes que lo soliciten o necesiten.

c.- Coordinar con el comité de tutoría la realización de actividades de escuela de padres.

d.- Sensibilizar a los padres de familia sobre la importancia de asegurar la permanencia de los niños y adolescentes en la institución educativa, abordando para ello temáticas como la no discriminación, la equidad de género, el trabajo infantil y la explotación sexual comercial infantil.

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CON LOS PROFESORES Y AUXILIARES DE EDUCACIÓN

a.- Compartir información sobre el desarrollo de los estudiantesb.- Coordinar y promover acciones que lo comprometan en el desarrollo de la

TOE.Art. 31 El departamento de psicología dependen del subdirector administrativo

y de la subdirección de la formación general de ambos turnos.Tienen los siguientes Objetivos.

a) Contar con una información psicológica sistematizada de los alumnos mediante la entrevista, evaluación y diagnóstico psicológico.

b) Integrar la formación psicológica del educando a través de un trabajo coordinado a través de un personal directivo, coordinador de TOE, docentes y auxiliar de la Institución.

c) Elaborar los perfiles psicológicos de los educandos que sean requeridos por el personal directivo y el coordinador de TOE.

d) Contribuir al proceso integral c de los educando a través de la asesoría psicológica sistematizada.

e) Contribuir y hacer efectiva la acción educativa mediante la información y orientación psicológica de los padres de familia.

f) Tener las informaciones básicas sobre las oportunidades educativas, laborales y sociales de acuerdo a las potencialidades de los educandos.

g) Favorecer al desarrollo personal, velar por su salud mental, física y de sentido moral de los educandos.

h) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones Cívico Patrióticas que organice o participe la Institución Educativa.

Art. 32. Las funciones del departamento de psicología son: Asesorar y apoyar el proceso formativo de educando, poniendo un especial énfasis en los aspectos psicológicos afectivos y cognitivos, académicos, familiares y sociales. Dirige su trabajo hacia la evaluación, detección, prevención, investigación. Asesoría y/o consejería orientado en beneficio de la comunidad educativa. Entre otras funciones específicas, tenemos:

a) Preparar el ambiente de trabajo y los materiales psicológicos.b) Realizar la entrevista y evaluación psicológicas de los estudiantes de la

institución educativa.c) Elaborar los informes psicológicos de los estudiantes en base de la información

obtenida de la evaluación psicológicos.d) Coordinar con los responsables de Toe el estudio de casos y la toma de

decisiones que mejor convenga.e) Coordinar con los tutores la elaboración de los objetivos educativos de los

alumnos de acuerdo a sus características individuales.f) Brindar orientación psicológica, charla a los padres de familia, estudiante y a la

comunidad educativa según sus necesidades y de acuerdo a su programación.g) Llevar a cabo acciones de consejería psicológicas a los casos que lo requieran.h) Elaborar informes semestrales sobre las acciones realizadas por el servicio de

psicología.i) Elaborar el informe de las actividades del plan de trabajo, al finalizar el año

lectivo y presentarlo a la dirección para el informe anual.

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CAPÍTULO IX

DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI)

Art. 33.- El Consejo Educativo Institucional es el máximo órgano de una Institución Educativa, cuya función de participación, concertación, vigilancia ciudadana y toma de decisiones, contribuirá a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático.Es presidido por el Director de la Institución Educativa e integrado por los Subdirectores; representantes de: docentes, estudiantes, administrativos, en concordancia con el Art. 52 de la Ley 28044, por alumnos y PP.FF.Pueden integrarlo también los ex alumnos y representantes de otras instituciones de la comunidad por invitación de sus miembros.

Art. 34.- El Consejo Educativo Institucional se reúne ordinariamente por lo menos cuatro veces al año; extraordinariamente, las veces que sea convocada por el Director, en función de las necesidades de la Institución Educativa o, a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en actas firmadas por todos los asistentes, la que debe ser de público conocimiento en la Institución Educativa o programa.

Art. 35..- Son funciones del Consejo Educativo Institucional:

A) En aspectos de participación:

a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RI, PCI, y demás instrumentos de gestión educativa en el contexto de las necesidades de la Educación Nacional.b)Promover mecanismos y modelos de participación de los factores educativos de la Sociedad Civil, para contribuir el buen clima y liderazgo institucional en la comunidad.c)Participar en la elaboración del cuadro de distribución de secciones y horas de clases de la institución Educativa a través de un(a) representante de los docentes de la comisión respectiva.d)Fortalecer y apoyar la organización, funcionamiento y seguimiento de “círculos de mejoramiento de la calidad de aprendizaje y enseñanza”, “círculos de investigación-innovación”, etc.e)Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y clima laboral adecuado, asumiendo la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa.f)Participar en el comité especial de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación Art. 25. Cap. 2 Consejo Participativo Local de Educación. D.S. N 009 -005.ED.g)Promover y autorizar eventos de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones y la conformación de organizaciones juveniles.h)Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulo al personal docente, administrativo y personal de servicio que destaquen en su desempeño en el aula, en la institución Educativa y en la comunidad.i)Sancionar las faltas graves de indisciplinas de los alumnos.

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B) En aspectos de concertación:

a) Brindar apoyo a la dirección de la Institución Educativa en la solución de conflictos que se susciten al interior de ella.

b) Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la gestión pedagógica, institucional y administrativa de la Institución Educativa.

c) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la Institución Educativa, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delitos. Decreto Supremo Nº 009-2005-ED. Art. 25. Inc. h.

C) En aspectos de vigilancia:

a) Cautelar el cumplimiento de los Derechos y Principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en la Institución Educativa.

b) Vigilar la asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa.c) Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de los estudiantes.d) Monitorear el número de horas efectivas de clase que reciben los alumnos de

acuerdo al número de horas programadas.e) Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes en el horario de clases.f) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos

que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de de Padres de Familia que estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. Decreto Supremo Nº 009-2005-ED. Art. 25. Inc. e.

CAPITULO X

DE LA COMUNIDAD MAGISTERIAL

Art. 36.- La Comunidad Magisterial está integrada por todos los Agentes de la Educación.

Art. 37.- Conforman la directiva de la Comunidad Magisterial:a) Presidente.b) Secretario.c) Tesorero(a).d) Delegados (03).

Art. 38.- Son funciones de la Comunidad Magisterial:a) Participar en Actos Públicos y Cívicos en representación de la

Institución Educativa.b) Actuar en todo momento y circunstancia con Ética y Moral.c) La directiva de la comunidad magisterial se elegirá en asamblea

general por el periodo de un año.d) Participar activamente en el control y mantenimiento de la disciplina

escolar.

CAPITULO X I

DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA

Art. 39.- Los Padres de Familia tienen los siguientes deberes:a) Conocer, respetar y asumir responsabilidad con la Institución Educativa.b) Mantenerse informado del desempeño académico y del comportamiento de su

menor hijo.

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c) Asistir obligatoriamente a las reuniones cuando sea convocado por la Institución Educativa.

d) Acudir a las reuniones obligatoriamente convocadas por los docentes o tutor para recibir los informes de su hijo.

e) Firmar los documentos de escolaridad de su menor hijo f) Pertenecer o ser miembro de la Asociación de Padres de Familia.g) Matricular o ratificar la matrícula de su hijo según el caso.h) Integrar el Comité de Aula.i) Integrar el Comité de Tutoría.j) Integrar la Comisión Especial de Evaluación de contrato y nombramiento del

personal docente y administrativo de la institución. k) Enviar a su hijo a la Institución Educativa a la hora exacta, debidamente

aseado, correctamente uniformado y con sus útiles educativos de acuerdo al horario de estudio.

l) Apoyar a su hijo en el cumplimiento de sus deberes educativos.m) Adquirir obligatoriamente el cuaderno de control y firmarlo diariamente para su

respectivo control.n) Apoyar al mejoramiento y conservación de los ambientes y otros de la

Institución Educativa y asumir la responsabilidad sobre los daños ocasionados por su hijo.

Art. 40.- Son derechos de los Padres de Familia.a) Ser tratado con respeto.b) Ser atendido en los reclamos fundados que soliciten.c) Informarse del aprovechamiento y comportamiento de su hijo.d) Ser informado del Reglamento Interno y del Manual de Funciones de la

Institución Educativa.Art. 41.- Son prohibiciones de los Padres de Familia:

a) Ingresar a la Institución Educativa en estado etílico.b) Ingresar a las aulas durante el desarrollo de clase sin autorización. (Sólo en

caso de horario de atención, hora de recreo y en hora libre del docente).c) Insinuar y/o sobornar a los profesores (as).d) Fomentar el divisionismo entre los Padres de Familia con mentiras y calumnias.e) Participar en la toma del local de la Institución Educativa.f) Realizar actividades a nivel de aula pro-regalos navideños y otros que no van en

beneficio de la labor educativa.g) Amedrentar y/o amenazar al personal que labora en la Institución Educativa.

Art. 42.- Son funciones del Comité de Aula:

a) Apoyar a solicitud del profesor o Tutor de Aula todas aquellas actividades autorizadas por la Dirección del Plantel que requieren mayor atención en beneficio de los educandos y de la institución educativa.

b) Coordinar con el profesor o tutor de aula las actividades culturales, deportivas, sociales y otras que contribuyan a la formación integral del educando.

c) Presentar el Plan de Trabajo Anual del Comité de Aula.d) Trabajar coordinadamente con la Dirección (Subdirección en todos los niveles),

con los tutores del plantel y con el Consejo Directivo de la APAFA.e) Presentar un informe integral bimestral y/o trimestral general del aula, de las

actividades realizadas.

Art. 43.- Son funciones de la Junta de los Presidentes de Aula:a) Efectuar el control permanente de las actividades del Consejo Directivo de la

APAFA.b) Verificar las denuncias sobre el manejo irregular de los fondos de la APAFA,

recomendando a la Asamblea General y tomar medidas correctivas.

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c) Coordinar y apoyar en el desarrollo de las actividades programadas del Comité de aula.

CAPÍTULO XII

DE LA ASOCIACIÓN DE EX-ALUMNOS

Art. 44.- Está integrada por los ex-alumnos egresados de la Institución Educativa Pública “José Pardo y Barreda”, con la finalidad de colaborar y apoyar la tarea educativa, cívicas, deportivas y académicas; y se rigen por su propio Reglamento.

TÍTULO IV

FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE

CAPÍTULO XIII

DE LAS FUNCIONES DE LOS PROFESORES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL NIVEL SECUNDARIO

Art. 45.- Son los profesionales de la Educación que ejercen su función cognitiva y motivadora en el desarrollo de habilidades, actitudes y valores sobre la base de una comprensión profunda del educando y su realidad. El personal docente debe ser dinámico, proactivo, innovador, actualizado, responsable, veraz, respetuoso de los principios éticos y morales, identificado con su vocación y con su institución siendo digno ejemplo de sus alumnos. Tienen una jornada laboral de 24 horas, 25 horas y 30 horas pedagógicas según el nivel educativo.

Art. 46.- Son funciones del Personal Docente:a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual,

PEI, PCI y el Reglamento Interno de la I.E.b) Programar, evaluar y desarrollar las actividades curriculares, así como las

actividades de T.O.E. y las de Promoción Educativa Comunal.c) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de

nuevos métodos, estrategias y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la I.E. y por las instancias superiores.

d) Los docentes que tengan clases en la primera hora del día Lunes, deberán asistir 15 minutos antes, firmar su asistencia antes que inicie la ceremonia y estar al frente para las actividades correspondientes a la formación, por ningún motivo, deberán estar en la parte posterior o en otro lugar, que no sea al frente de los alumnos, dando ejemplo de civismo, de participación activa en forma obligatoria.

e) Colaborar con el mantenimiento de la disciplina, la puntualidad, la presentación de los alumnos en las aulas y otros lugares del Plantel, no autorizando permiso a los alumnos en horas de clase, salvo caso de emergencia.

f) Realizar evaluaciones de proceso y fines del material programado y realizar las acciones de reprogramación y reajustes necesarios en cada semestre.

g) Controlar la asistencia a clases de los educandos y dar informe mensual al coordinador de TOE. Teniendo en cuenta que el 30% de inasistencia injustificada se considera como retirado.

h) Asistir a las reuniones de trabajo obligatoriamente en su área y cumplir con los acuerdos que se aprueben en la reunión.

i) Presentar oportunamente y tener elaborado su carpeta didáctica completa para su uso permanente con su programación curricular anual y/o semestral de su

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área, con sus unidades de aprendizaje, sesión de aprendizaje, registros oficiales y auxiliares e informes respectivos. (Logros, dificultades y sugerencias), para su monitoreo y/o supervisión correspondiente.

j) Promover certámenes de carácter intelectual, cultural, artístico, deportivo y religioso entre los alumnos.

k) Participar con las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la Institución Educativa.

l) Mantener comunicación con los Padres de Familia sobre asuntos relacionados al rendimiento académico y al aspecto formativo de sus hijos, haciendo uso del cuaderno de control en coordinación con el auxiliar correspondiente.

m) Informar por escrito al profesor tutor de aula, para que eleve dicho informe al Coordinador de TOE y Psicólogo, de los alumnos cuya situación en el plantel, requieran de un tratamiento especial.

n) Cumplir con su labor docente a plenitud, de manera que su trabajo incida directamente y, en forma sistemática en la formación de la personalidad, autoestima y valores del educando.

o) Participar obligatoriamente en las Ceremonias Cívico Patrióticas programadas por el Plantel, Plan de Municipalización de la Gestión Educativa del distrito de Chincha Alta y/o las autoridades provinciales.

p) Absolver en forma adecuada y oportuna las consultas e inquietudes de los alumnos, dentro y fuera del aula.

q) Realizar acciones de recuperación pedagógica en caso que se requiera, donde cada profesor tutor hará entrega de la tarjeta de información de notas por bimestre.

r) Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante su permanencia en la Institución Educativa o fuera de ella.

s) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno, así como las disposiciones legales vigentes.

t) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones Cívico Patrióticas que organice o participe la Institución Educativa.

CAPÍTULO XIV

DE LAS FUNCIONES DE LOS PROFESORES DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Art. 47.- Son funciones y obligaciones de los docentes de aula:

a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual.b) Organizar y ambientar el aula y preparar material educativo con la colaboración de

los educandos y padres de familia.c) Participar en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar en la fecha indicada.d) Presentar oportunamente la programación curricular (Unidades Didácticas),

registros e informes correspondientes y mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.

e) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos, estrategias y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por el plantel y por las instancias superiores.

f) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la SubDirección y Dirección de la institución en las acciones que permitan el logro de los Objetivos de la Educación Primaria y los específicos de la Institución.

g) Coordinar acciones con el responsable de la sección, cuando es profesor por asignatura (Motricidad).

h) Asistir con puntualidad a las reuniones de coordinación que se convoque a nivel de institución, ciclo, grado y cumplir con los acuerdos.

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Los docentes que incumpla con este artículo; inciso (h) se le hará una llamada de atención mediante un memorándum.

i) Atender a los educandos y velar por su seguridad, durante el tiempo que permanecen en el centro educativo, incluyendo las horas de recreo, higiene y alimentación(leche y bizcochos).

j) Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y de su aprendizaje, tratando y derivando a los que requieran atención especializada (psicólogo) SAANAEE.

k) Realizar acciones de recuperación pedagógicas de los alumnos.l) Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la Institución Educativa.m) Coordinar y mantener comunicación permanente con los Padres de Familia sobre

asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos.

n) Programas, desarrollar y evaluar las actividades curriculares así como la colaboración de los educandos y los Padres de Familia.

o) Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje y elaborar la documentación respectiva.

p) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.

q) Los docentes deberán salir con sus respectivos alumnos hasta la puerta de salida del plantel.

Art. 48.- FUNCIONES DEL PROFESOR DEL ÁREA DE EDUCACIÓN FÍSICA EN PRIMARIA

a) Asistir puntualmente a realizar sus labores pedagógicas.b) Cumplir con el programa curricular de su asignatura o las capacidades de las

competencias del área que le corresponde.c) Apoyar las actividades programadas por la subdirección.d) Tratar a los educandos sin discriminación alguna.e) Programar, desarrollar y evaluar los aprendizajes significativos de su área,

incluyendo acciones de tutoría y orientación del educando y de promoción educativa comunal.

f) Mantener actualizados los documentos de su responsabilidad.g) Cumplir con presentar sus unidades de aprendizajes según la programación a

corto plazo y sus sesiones de clases diarias.

Art. 49.- Son funciones de los profesores de educación inicial

a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual del Centro Educativo.

b) Programar, evaluar y desarrollar el currículo de acuerdo a la edad y a la realidad socio-económica, incluyendo las actividades de Tutoría Orientación del educando (TOE) para su atención integral.

c) Organizar y ambientar el aula y preparar material educativo con la colaboración de los auxiliares, educandos y padres de familia.

d) Realizar la evaluación integral de los niños a su cargo, cumplir con la elaboración de la documentación pertinente e informar a los padres de familia.

e) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.

f) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos, estrategias y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por el institución y por las instancias superiores.

g) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección del Centro educativo en las acciones que permitan el logro de los Objetivos de la Educación Inicial y los específicos de la Institución en que laboran.

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h) Detectar problemas que afecten el desarrollo del educando en su aprendizaje, tratando y derivando los que requieren atención especializada.

i) Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la institución educativa.

j) Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en el centro, incluyendo las horas de juego, higiene y alimentación.

k) Coordinar y mantener comunicación permanente con los Padres de Familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los niños y niñas.

l) Participar en la capacitación y orientación de la familia y comunidad.m) Participar en las acciones de Promoción Educativa Comunal.n) Solicitar la primera semana de marzo del año en curso, al director del plantel, el

proyecto curricular elaborado por los especialistas de la Unidad de Gestión Educativa – Chincha, para elaborar el proyecto curricular por áreas de desarrollo.

o) Participar en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar en la fecha indicada.p) Presidir o integrar las diversas comisiones, para el cual sea elegido, a nivel del

Centro Educativo.q) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones Cívico Patrióticas que organice

o participe la Institución Educativa.

TÍTULO VDE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN, BIBLIOTECARIO, SECRETARIA,

OFICINISTA Y PERSONAL DE SERVICIO.

CAPÍTULO XVDE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN

Funciones de los auxiliares de Educación (de acuerdo a la Ley de Educación y funciones).

Art. 50.- Los auxiliares de Educación son servidores docentes en servicio, tienen una jornada laboral de 30 horas, ubicados en el área de la docencia cuya labor es esencialmente de apoyo Técnico-Pedagógico al profesorado, su colaboración en actividades formativo-disciplinarias del alumnado; dependen de la Subdirección de Formación General y forman parte del Comité de Aula.

Su ingreso será antes de la hora de entrada del alumnado del turno que lecorresponde, y su salida será después de la salida del alumnado, comprobando antes de retirarse, que no quede ningún alumno dentro del aula de su turno en el plantel, especialmente después del turno de la tarde. Los Auxiliares de Educación rotarán de turno cada año.

Art. 51.- Son funciones de los Auxiliares de Educación:1.-Prestar apoyo a los Tutores y Docentes en el desarrollo de actividades dentro del año escolar.2.-Dar charlas a los alumnos sobre la Constitución Política del Perú, Educación Cívica, Normas de Urbanidad, Seguridad Vial, Campañas contra las drogas, autoestima, campañas de limpieza y otros, en horas libres o en ausencia del profesor.

a) Los señores auxiliares permanecerán en la zona que le corresponde, durante toda su jornada laboral.

b) Dar a conocer y hacer cumplir en todo momento el Reglamento Interno a los alumnos, así como las demás disposiciones que le conciernen.

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c) Fomentar en el alumnado el Amor y el respeto a los Emblemas Nacionales y de la Patria, desarrollándoles responsabilidades de carácter Cívico-Patrióticos.

d) Evaluar con el coordinador de TOE, tutores, docentes y las Subdirecciones de Formación General el comportamiento de los alumnos, mediante el control de asistencia, puntualidad, orden, aseo, disciplina y responsabilidad según indicadores impresos el registro correspondiente.

e) Llevar al día el cuaderno de control de las secciones a su cargo, anotando méritos y deméritos de cada alumno, teniendo en cuenta el puntaje que se consigna en el presente Reglamento Interno para lo cual informará a la superioridad para estimular el buen comportamiento.

f) Llevar al día los cuaderno de asistencia y de incidencia de los alumnos a su cargo, pasando lista personalmente y a diario. Deberá así mismo, exigir y velar que las tardanzas y faltas sean justificadas por los padres o apoderados en forma personal; de lo contrario se anotará en el cuaderno de conducta el respectivo descuento de puntaje.

g) Informar por escrito cuando sea requerido por sus superiores o cuando lo considere necesario, acerca de las características del alumno en lo que respecta a asistencia, comportamiento e higiene. Los problemas de comportamiento serán informado al Coordinador de TOE.

h) Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene, corte de cabello escolar, y estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. Asimismo está prohibido el uso de aretes, piercings, collares, muñequeras, etc.

i) En la hora del receso o recreo no permitir que los alumnos queden en aula y vigilar el comportamiento durante el mismo.

j) Atender en primera instancia en un clima de cooperación, apoyo y respeto a los Padres de Familia sobre asuntos relacionados de su formación integral.

k) Distribuir citaciones, recomendaciones para los Padres de Familia cada vez que se le solicite; así mismo para elaborar, distribuir y recabar la Tarjeta de Información del Aprovechamiento, cuidando de que estén debidamente firmados y que las notas no hayan sido alteradas.

l) Velar por el buen comportamiento de los alumnos y coordinar con el tutor de aula, y con el Jefe de TOE las citas psicológicas para los alumnos que tienen problemas de comportamiento y/o aprendizaje para su orientación correspondiente.

m) Participar obligatoriamente en las comisiones que le asigne la superioridad.n) Tratar a los alumnos con respeto y afecto, pero guardando cordura

correspondiente.o) Revisar que las puertas de las aulas estén debidamente abiertas, el mobiliario,

televisores si lo hubiera, instalaciones y demás accesorios antes de la iniciación de clases y al término de las mismas, así como durante el desarrollo de clase, también solicitar oportunamente las llaves al administrador para el manejo de sus aulas a su cargo.

p) Colaborar en la realización de actividades programadas en coordinación con la comisión encargada aún en horario extraescolar.

q) Participar en el desarrollo del CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR en la fecha indicada. (Formación de los alumnos en el patio central)

r) Dirigir la formación de los educandos de La institución a la hora de entrada, salida y actividades.

s) Informar periódicamente al Subdirector del Área de Formación General de los logros y dificultades de su competencia.

t) Organizar el sistema de timbres para los cambios de horas de clases.u) Proporcionar al profesor con la debida anticipación tizas, mota, y otros.v) Acompañar y vigilar a los alumnos durante las horas de estudio, formaciones,

recreo y demás actividades escolares que se realicen dentro y fuera del plantel y en las comisiones que, fuera del horario escolar, establezca la Dirección.

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w) No permitir que los alumnos estén fuera de las aulas durante las horas de clases.

x) Hacer firmar personalmente a los profesores el parte diario de asistencia en la primera hora en la puerta de entrada en ambos turnos, así como en sus respectivas horas de clase a excepción del día lunes.

y) Informar a los profesores en sus horas de clase sobre permisos justificados de alumnos.

z) Entrega y recaba boletas de información de notas así como las citaciones, recomendaciones y otros, en coordinación con el tutor de aula

aa) Cuida en todo momento la integridad física bienestar de los alumnos, en caso de emergencia llevarlo a su domicilio.

bb) Efectúa rondas permanentes por diferentes ambientes de la I.E. velando por el estricto cumplimiento de las normas disciplinarias especialmente en el recreo.

cc) Informa de la asistencia del profesor en el aula y comunica al Subdirector de Formación General, en caso de ausencia para su reemplazo respectivo.

dd) Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación amistad y respeto entre los alumnos, padres de familia, docentes, exalumnos y comunidad.

ee)Esta bajo su responsabilidad en coordinación con el subdirector administrativo, brigadieres y policías escolares la conservación del mobiliario de la limpieza del aula.

Art. 52.- Son prohibiciones de los auxiliares de educación: a) Recibir recompensa económica o en especies de parte de los profesores,

alumnos, padres de familia o apoderados.b) Incitar a los alumnos a cometer actos de rebelión en contra de los principios de

autoridad del plantel.c) Realizar políticas partidarias dentro del plantel.d) Realizar ventas de objetos dentro del plantel.e) Utilizar las instalaciones e implementos del plantel para actividades económicas

y fines personales.f) Llegar al plantel en estado etílico.g) Asistir obligatoriamente a todas las actuaciones Cívico Patrióticas que organice

o participe la Institución Educativa.

h) Abandonar la Institución Educativa sin la autorización específica.i) Abogar por los alumnos que se encuentren con promedios desaprobatorios.

FUNCIONES DEL DOCENTE BIBLIOTECARIOArt. 48.- El docente bibliotecario es el responsable de la organización, programación,

funcionamiento y evaluación de los servicios bibliotecarios así como el funcionamiento y conservación de las colecciones y equipo. Depende, en los colegios del Subdirector de Formación General.Funciones:

a) Planificar, organizar y poner en funcionamiento el programa de servicios de acuerdo con las necesidades y características del I.E. del que forma parte la biblioteca.

b) Codificar, seleccionar, adquirir y procesar técnicamente los libros y demás materiales educativos, de acuerdo con las normas establecidas.

c) Programa con los docentes la utilización racional de los materiales y servicios de la biblioteca.

d) Preparar bibliografías, boletines, guías de difusión, etc, para dar a conocer los materiales y servicios de la biblioteca.

e) Velar por el orden, la conservación y mantenimiento de los materiales, mobiliarios y equipos.

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f) Informar periódicamente a la Dirección del plantel sobre el desenvolvimiento de la biblioteca.

g) El docente bibliotecario ofrecerá un servicio que comprende: Referencia y consulta. Servicio de lectura. Préstamo al aula y al domicilio, dejando como garantía de su devolución

su respectivo DNI, u otro documento personal. Extensión cultural.

h) Cumplir con el horario establecido, asistiendo a sus labores con puntualidad y registrando su asistencia diariamente a la hora de entrada y salida.

Art. 49.- Son los responsables de la programación, ejecución y control de las actividades de la biblioteca. Depende del inmediato superior.Funciones:

a) Formular, ejecutar y controlar el plan de trabajo de la biblioteca.b) Organizar y atender el servicio de biblioteca.c) Coordina con los órganos técnicos-pedagógicos el uso racional del material

bibliográfico y otros.d) Elabora las fichas bibliográficas instruyendo a los usuarios en el manejo del

material bibliográfico, promoviendo su uso y conservación.e) Propicia acciones y actividades que incentiven el enriquecimiento de la

biblioteca.f) Canalizar a través de la Dirección los requerimientos para el apoyo de la

asociación de PP.FF, en la implementación de la biblioteca.g) Recibir sugerencias de los docentes y/o otras personas con la finalidad de

mejorar la atención en la biblioteca.h) Cumplir con su horario de trabajo establecido y permanecer en su ambiente

para la oportuna atención de los usuarios.i) Conservar y mantener los materiales, módulos bibliográficos, mobiliarios y

equipos.j) Elaborar un cuadro estadístico semestralmente así como el inventario de

enseres y bienes de la biblioteca.k) Participar obligatoriamente en las actividades cívicas patrióticas internas y

externas.l) Otras opciones que le asigne el Director a fines a su cargo.

FUNCIONES DE SECRETARIA

Depende de la Subdirección administrativa y/o del Director del Colegio quecentraliza la documentación oficial relacionada con las actividades internas yexternas de la institución educativa y transmite la directiva impartida por elDirector.Orienta, asesora y atiende al personal docente, administrativo, alumnado,PP.FF y público usuario sobre trámites documentarios en el InstituciónEducativa.a) Recepciona, registra, codifica, califica y distribuye la documentación queingresa.b) Realiza el seguimiento y control de los documentos a su cargo informando al

Director.c) Organiza, coordina y conduce el trámite documentario y archivo general.

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d) Mecanografía la documentación emitida por el órgano Directivo.e) Prepara el despacho del Director.f) Organiza y mantiene actualizado el archivo.g) Vela por la conservación y la seguridad de los bienes a su cargo.h) Hace el requerimiento de los útiles de escritorio.i) Llena los certificados de estudios y otros documentos que soliciten los alumnos.j) Cumplir obligatoriamente con su horario establecido para una oportuna atención del

usuario.k) Proporcionar los informes autorizados por el Directorl) Guardar discreción y reserva en el manejo de la documentación.m) Otras funciones afines a su cargo que le asigne el Director, según necesidades del

servicio..

Oficinista: II

Depende de la Subdirección Administrativa y/o del Director de la Institución Educativa.

Funciones:

a) Elaborar y mecanografiar certificado de estudios, constancias y certificados de conducta.

b) Registra y lleva el control de los alumnos que no han ratificado su matricula, de los alumnos retirados, de los exonerados, trasladados, matriculados extemporáneamente y hacer conocer a los docentes documentadamente.

c) Mecanografiar las actas promocionales, de recuperación o de subsanación.d) Mecanografiar bimestralmente los cuadros de méritos por grado para su

publicación.e) Participar obligatoriamente en los desfiles escolares y/o actividades que organiza la

institución educativa.

Otras funciones que le asigne el Director según necesidades de servicio.

TÍTULO VI

DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

CAPITULO I

DE LA ASISTENCIA

Art. 51.- La asistencia y permanencia de los trabajadores y alumnado de la Institución Educativa, está determinada por su jornada laboral y horarios según normas establecidas.

Art. 52. El Registro de Control de Asistencia está constituido por: Tarjetero, marcador de hora de entrada y salida del personal directivo,

jerárquico, administrativo, auxiliares de educación y de servicio; de los niveles Inicial, Primaria y Secundaria.

El parte horario de clases, en el aula para el nivel secundario en los docentes. Formato de informe de las horas efectivas de trabajo pedagógico. La ficha de registro de control mensual. La carpeta personal de control o escalafón debidamente actualizada.

Art. 53. El tarjetero marcador de la hora de ingreso y salida del personal es el instrumento de la Institución Educativa que permanece en la Sub-

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Dirección Administrativa; mediante el cual el trabajador consigna bajo firma de sus respectivas tarjetas, la asistencia de su jornada laboral.

Art. 54. El parte diario de clases es el documento mediante el cual el docente consigna bajo firma los temas desarrollados durante las sesiones de aprendizaje, además de otras incidencias técnico-pedagógicas.Se complementan con los datos contenidos en el Registro de Evaluación por áreas y secciones.El control de los partes diarios estará a cargo de la Subdirección de Formación General del Nivel Secundario, de los Sub-Directores del área de Educación para el Trabajo según corresponda y con el apoyo de los Auxiliares de Educación. El control de asistencia del personal del nivel de Educación Inicial y Primaria estará a cargo de los respectivos Subdirectores.

Art. 55.- La Ficha de Registro de Control es el documento que resume periódicamente (mensual) todas las anotaciones que se originan por efecto del control de asistencia y puntualidad del personal Directivo y Jerárquico.La información mensual de la asistencia del personal docente es elaborada a través del formato de informe de las horas efectivas del trabajo pedagógico por la Subdirección de Formación General, por los Subdirectores en el nivel Inicial y Primaria, para su elevación y revisión ante la Dirección de la Institución Educativa.La información de asistencia correspondiente personal directivo, jerárquico, administrativo, auxiliares de educación y de servicio; es elaborada por la Subdirección Administrativa siguiendo el trámite anterior.Los resúmenes mensuales resultantes servirán para adoptar las acciones correctivas que la Dirección estime conveniente.

Art. 56.- La Carpeta de Control actualizada del personal, es el legajo donde se archiva en orden correlativo todos los antecedentes relacionados con la asistencia de cada trabajador, que obra en los archivos de la Dirección de la Institución Educativa.

Art. 57.- Todo trabajador que ingresa a la Institución Educativa a prestar servicios en calidad de nombrado o contratado deberá presentarse obligatoriamente con su oficio y/o resolución expedida por la autoridad pertinente, además de los documentos de Ley. La Dirección del Plantel mediante Acta o Memorándum, según corresponda, procederá a dar posesión de cargo, para los fines convenientes, ante la Sub-Dirección del área que corresponda.

TITULO VIII

DE LA JORNADA LABORAL DIARIA

Art. 58.- Todos los trabajadores están obligados a concurrir a sus labores con la debida puntualidad, permanecer durante la jornada laboral diaria de trabajo legalmente establecida y desarrollar su labor en cumplimiento de sus funciones. Igual obligación recae sobre los alumnos o educandos.

Art,59. La jornada diaria de trabajo de Lunes a Viernes es la siguiente:Horario para el personal Directivo y Jerárquico: (40 Horas pedagógicas)

Turno mañana : 07:30 am a 1:30 pm.Turno tarde : 12:30 pm a 6:30 pm.

Personal Docente: Nivel Inicial (30 horas):

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Ingreso: 08:00 am a 1:00 pm.Nivel Primaria (30 horas):Turno mañana: 07:45 am a 1:00 pm.

Turno tarde: 1:15 pm a 6:30 pm.Nível Secundaria (24 horas):Turno mañana: 7:45 am a 12:45 pm.Turno tarde: 1:00 pm a 6:00 pm.

Personal administrativo:Turno mañana: 8:00 am a 3:45 pm.Turno tarde: 10:30 am a 6:00 pm.

Personal mantenimiento y servicio:Turno mañana: 6:00 am a 1:00 pm.Turno tarde: 1:00 pm a 8:00 pm.

Al término de la jornada educativa del día, el profesor de aula debe salir conjuntamente con sus alumnos hasta la puerta de salida. No salir antes ni con demora para no ser amonestado.

Art. 60.- El Personal de Mantenimiento (servicio) adecuará su horario de trabajo de acuerdo al número de personal disponible, tratando en todo momento de cubrir los servicios indispensables durante las 24 horas del día y los 7 días de la semana.

Art. 61.- Las necesidades de servicio podrán determinar modificaciones en los horarios de trabajo del personal, más no podrán originar disminuciones de la Jornada Laboral Legal, que es de 07 horas cronológicas diarias.

TITULO IX

DEL CONTROL DE REGISTRO DE ASISTENCIA

Art. 62.- Por sus funciones estará exceptuado del Registro de Asistencia el Director de la Institución Educativa en caso de coordinaciones de urgencia con las autoridades educativas y otros, se justificarán las inasistencias del personal directivo, jerárquico, docente, administrativo y de mantenimiento en Comisión de Servicio debidamente sustentado.

Art. 63.- El Subdirector del Área Administrativa es responsable de verificar diariamente que la hora del reloj de control esté con la hora oficial y de brindar las facilidades para registrar la hora y la firma de asistencia.

Art. 64.- Los elementos auxiliares de control, verificarán que los partes diarios y partes horarios se encuentren a disposición del personal hasta 5 minutos después de la hora de entrada. En el lapso intermedio, se procederá a registrar las incidencias en los Registros de Control. A pesar de la Ley de tolerancia cero.

Art. 65.- El trabajador que ingrese al centro de trabajo con posterioridad al retiro de los Partes Diarios y horarios, deberán apersonarse al personal inmediato para ser considerados como TARDANZA, dentro del lapso que se determine porque a partir de esa hora será considerado como INASISTENCIA.

Art. 66.- Los informes diarios, mensuales de asistencia del personal serán entregados a la Dirección del Plantel dentro del período acorde con el funcionamiento de las Áreas, debiendo adjuntar las justificaciones en los casos establecidos por las normas en vigencia.

Art. 68.- El control de permanencia del trabajador en su puesto de labor es de responsabilidad del Jefe inmediato, sin excluir la que corresponde al propio trabajador.

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Art. 69.- Es responsabilidad de los propios trabajadores justificar sus tardanzas o inasistencias ante los escalones superiores, para lo cual verificarán personalmente los informes diarios y mensuales que obran en las oficinas correspondientes. En caso de no hacerlo con documentos probatorios dentro de las 24 horas siguientes a los hechos y salvo casos excepcionales, se procederá al descuento respectivo.

TITULO X

DE LAS TARDANZAS, INASISTENCIAS, PERMISOS

Y COMISIONES DE SERVICIO

CAPITULO I

DE LAS TARDANZAS

Art. 70.- Es tardanza en el ingreso al Centro de Trabajo o aula de clases, después de la hora establecida por la dependencia.

Art. 71.- Los trabajadores que firmen o registren su ingreso después de los 5 minutos posteriores a la hora de ingreso, incurrirán en tardanza.

Art. 72.- Toda tardanza, dará lugar a un descuento del monto equivalente al total del rango, de acuerdo a la escala en vigencia.

CAPITULO II

DE LAS INASISTENCIAS

Art. 73.- La inasistencia, es la ausencia del trabajador al Centro de Trabajo en horarios hábiles, pudiendo ser justificada o injustificada.

Se considera inasistencia:a) La no asistencia al Centro de Trabajo.b) La salida del Centro Laboral antes de la hora indicada, sin ninguna justificación.

CAPITULO III

DE LOS PERMISOS Y JUSTIFICACIONES

Art. 74.- Se entiende por permiso, la autorización que se concede a un trabajador para no asistir o ausentarse a su institución en horas de trabajo por un tiempo determinado.Los autorizados para conceder permiso, son el Director, los Sub-Directores mediante papeletas de permiso.

Art. 75.- Los permisos se concederán por los motivos siguientes:a) Por prescripción médica.b) Por asistencia a Centros de Salud o Essalud.c) Por comisión de servicio.d) Por motivos familiares o particulares justificables.

Art. 76.- Los permisos por enfermedad, serán otorgados al trabajador como resultado de las siguientes acciones:

a) Por atención en consultorio médico o centro asistencial.b) Por prescripción médica, expedida por una dependencia

asistencial del Estado o médico tratante (particular).Art. 77.- La autorización para asistir a consulta médica, podrá ser otorgada, en

ausencia del Director por el Subdirector del Área correspondiente,

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previa verificación de la documentación, debiendo ser dado a conocer oportunamente al titular de la Institución Educativa.

Art. 78.- Los permisos por razones personales en horas de labor, serán solicitados con la respectiva papeleta de salida, anticipadamente y con fundamento, siendo necesaria la autorización del Director, o en su ausencia por el Subdirector del Área.

Art. 79.- La justificación de las inasistencias motivadas por razones personales y particulares, serán otorgadas hasta por tres (03) días en forma alternada al año por la Dirección de la Institución Educativa.

Art. 80.- Las inasistencias por motivos de salud (gravidez, enfermedad común, enfermedad profesional, incapacidad, accidente, etc.); serán justificados oportunamente con documentos probatorios oficiales.

Art. 81.- El trabajador que por enfermedad u otra causa se encuentre impedido de concurrir a sus labores, está obligado a dar aviso a la Dirección del Plantel o al Subdirector de Área por cualquier medio dentro de las 24 horas de ocurrido el suceso, salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditado.Los documentos justificatorios serán presentados por el trabajador el día de su reincorporación, según los procedimientos establecidos para las licencias de salud.

Art. 82.- Los trabajadores que estén citados en los Centros de Salud, en horas coincidentes con su trabajo (ingreso o salida), no registrará su firma en los partes de control de asistencia.

Art. 83.- La Dirección de la Institución Educativa, a través del Área Administrativa enviará mensualmente por conducto regular un informe a la superioridad del consolidado de las horas efectivas del trabajo pedagógico, indicando la relación de tardanzas, inasistencias o infracciones cometidas por el personal del Plantel con las propuestas correctivas que correspondan.

CAPITULO IV

DE LAS SANCIONES POR INASISTENCIAS

Art. 84.- Por cada inasistencia injustificada del personal de mantenimiento, administrativo, auxiliar, docente, jerárquico y directivo, se descontará el monto equivalente al íntegro del día no laborado o del tiempo de inasistencia, que podrían ser horas, días, semanas o meses, según los casos, de acuerdo a la escala de descuentos en vigencia.

Art. 85.- Si las tardanzas e inasistencias repetidas se deben a la distancia o difícil comunicación entre el hogar del trabajador y la institución educativa, se deberán efectuar las coordinaciones a fin de lograr la reasignación o permuta del trabajador a otra Institución educativa más conveniente.

Art. 86.- Las tardanzas o inasistencias injustificadas, no sólo dan lugar a los descuentos; sino, que son considerados como faltas de carácter disciplinario.

Art. 87.- Los trabajadores que con frecuencia incurran en inasistencias o tardanzas injustificadas, tipificarán faltas disciplinarias sujetas a lo establecido por la Ley 11377, D.L. Nº 276 y la Ley del Profesorado 24029, y su modificatoria Ley 25212 y sus Normas Vigentes.

Art. 88.- Cuando se instaure el Proceso Administrativo a un servidor en cualquiera de los casos que los Reglamentos contemplen, deberá ser escrito y sumario a nivel del Plantel. El fallo, lo dictará la superioridad inmediata del Plan

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de Municipalización de Chincha, en base a lo actuado por la Institución Educativa.

CAPITULO V

DE LAS COMISIONES DE SERVICIO

Art. 89.- Comisión de Servicios, es la designación oficial que recae en uno o más trabajadores para que realice una labor específica, dentro de un plazo determinado y en beneficio del Plantel.

Art. 90.- Los documentos sustentatorios de la comisión cumplida deberá obrar en la Dirección o Jefatura del Área dentro de los días laborables, posteriores al término de la misma y, en caso excepcionales dentro de los cinco (05) días laborables subsiguientes.

Art. 91.- Un informe detallado, deberá hacerse llegar a la Dirección de la institución, pudiendo ser conocido por las jefaturas de área, todo el personal del plantel, cuando los asuntos sean de interés general.

CAPITULO VI

DE LA COMPENSACIÓN

Art. 92.- Cuando la Institución Educativa requiera de los servicios de uno o más trabajadores fuera del horario normal, el tiempo voluntariamente laborado por él o los servidores podrá retribuirse en forma de compensaciones horarias, previamente autorizadas; cuando no fuese posible el abono económico ni la compensación señalada se anotará como mérito del trabajador o trabajadores. No debiendo compensarse con días laborables.

Art. 93.- El tiempo de compensación puede ser gozado como máximo hasta el mes siguiente. Previa solicitud del propio trabajador y en coordinación con el Jefe del Área y autorización de la Dirección.

TITULO XI

DEL RÉGIMEN (INTERNO) ADMINISTRATIVO Y DOCENTE

CAPITULO I

DE LAS OBLIGACIONES, PROHIBICIONES Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS

Art. 94.- Son obligaciones de los trabajadores:a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el Servicio

Público.b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los

recursos públicos.c) Concurrir oportunamente y cumplir los horarios establecidos.d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un

mejor desempeño, con apoyo de la superioridad.

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e) Observar un buen trato y lealtad hacia el público en general, hacia sus superiores y compañeros de trabajo.

f) Guardar absoluta reserva en los asuntos que revistan tal carácter, aún después de haber cesado en el cargo.

g) Informar a la superioridad de los actos delictivos o de inmoralidad cometidos en el ejercicio de la función pública.

h) Las demás que señalen las leyes o reglamentos vigentes.i) Cumplir sus funciones con honestidad y honradamente.

Art. 95.- Los Servidores Públicos que determine la Ley o que administran o manejan fondos del Estado (el Director, el Subdirector administrativo, el secretario, los miembros de la comisión de administración de los recursos financieros del plantel), deben hacer Declaración Jurada de sus bienes y rentas al tomar posesión de cargo, y al cesar en los mismos, y periódicamente durante el ejercicio de éstos.

Art. 96.- Son prohibiciones de los Servidores Públicos:a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de

trabajo, salvo labor docente universitaria.b) Percibir retribución de terceros para realizar u omitir actos del servicio.c) Realizar actividad política partidaria durante el cumplimiento de sus

labores en el plantel o actos constitutivos de los delitos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organización terrorista, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo, previstos en el código penal y normas conexas, incurren en falta administrativa muy grave que conlleva a la destitución por el incumplimiento de normas legales.

d) Celebrar por sí, o por terceras personas o intervenir directa o indirectamente, en los contratos en la entidad en los que tenga intereses el propio servidor, su cónyuge o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

e) Promover y/o efectuar obsequios y agasajos a sus superiores para conseguir un beneficio personal.

f) Las demás que señalen las leyes o el Reglamento vigente.g) Realizar ventas de objetos dentro de la institución educativa (aulas).h) Abandonar el aula y/o la institución educativa en horas de clase sin la

autorización respectiva.Art. 97.- Son Derechos de los Servidores Públicos de carrera:

a. Hacer Carrera Pública en base al mérito, sin discriminación política, religiosa, económica, de raza o de sexo, ni de ninguna otra índole.

b. Gozar de estabilidad. Ningún servidor puede ser cesado ni destituido, sino por causa prevista en la Ley de acuerdo al procedimiento establecido.

c. Percibir la remuneración que corresponde a su nivel, incluyendo las bonificaciones y beneficios que proceden conforme a Ley.

d. Gozar anualmente de treinta (30) días de vacaciones remuneradas, salvo acumulación convencional hasta de dos (02) períodos en caso de los directivos, los jerárquicos y docentes de acuerdo a ley.

e. Hacer uso del permiso o licencia por causas justificadas o motivos personales, en la forma que determine el reglamento.

f. Obtener préstamo administrativo de acuerdo a las normas pertinentes (según ingreso de recursos a la Administración o a la comisión de administración de Recursos Financieros).

g. Reincorporarse a la Carrera Pública al término del desempeño de cargos selectivos, en los casos que la Ley indique (destaque)

h. Ejercer docencia en el nivel superior sin que interfiera sus horas de clase en el plantel, ni ausentarse del servicio más de seis (06) horas semanales.

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i. Recibir menciones, distinciones, condecoraciones, resoluciones directorales de acuerdo a los méritos personales.

j. Reclamar ante las instancias y organismos correspondientes, de las decisiones que afecten sus derechos (Plan piloto de municipalización del distrito de Chincha Alta)

k. No se le traslada a una entidad distinta sin su conocimiento o consentimiento.

l. Constituir Sindicatos o Asociaciones de acuerdo a la Ley vigente.m. Hacer uso de la Huelga, en la forma que la Ley determine.n. Gozar al término de la Carrera, de pensión dentro del régimen que le

corresponde.o. Los demás que señalen las Leyes o el Reglamento vigente.p. Los Derechos reconocidos por la Ley a los Servidores Públicos son

irrenunciables.Art. 98.- Son deberes de los profesores, de acuerdo con las normas correspondientes:

a) Desempeñar su función educativa con dignidad y eficiencia y con lealtad a la Constitución, a las Leyes y a los fines de la Institución Educativa donde prestan servicio.

b) Orientar al educando con respecto a su libertad y cooperar con sus padres (apoderados), y la Dirección de la Institución Educativa, a su formación integral, evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados.

c) Respetar los valores éticos y sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural, cívico patriótico.

d) Velar por el mantenimiento adecuado del local, instalaciones deportivas, jardines, infraestructura, mobiliarios, máquinas y equipos de innovación, material bibliográfico, talleres, laboratorios y otros y equipamiento de la Institución Educativa y promover su mejora.

e) Abstenerse de realizar en la Institución Educativa lo que contravengan los fines y objetivos del plantel.

f) Brindar información a los padres de familia sobre el rendimiento académico y/o comportamiento de su menor hijo en horario que no interfiera el desarrollo normal de su clase.

g) Los directivos, jerárquicos, profesores, auxiliares de educación, administrativos y de servicio están en la obligación de asistir los días lunes a las ceremonias de apertura de semana escolar, sin descuidar su presentación personal.

h) Los profesores nombrados y contratados tienen la obligación moral de asistir a las Ceremonias Programadas por el Plan piloto de municipalización de Chincha Alta, y/o entes gubernamentales en concordancia con el plantel. Caso contrario se tomará en cuenta para las sanciones correctivas (hasta descuentos y deméritos correspondientes en el nivel secundario en caso de días laborales).

Art. 99.- Prohibiciones de los profesores.a) Abstenerse de cobrar dinero para realizar compras de insumos y materiales

para la ejecución de proyectos educativos, tanto en el Área de Educación para el Trabajo como en Ciencias y Humanidades. Salvo coordinación con el ente superior o jefe inmediato.

b) Está terminantemente prohibido en la institución realizar todo tipo de actividades, en beneficio propio, o de terceros, caso contrario se denunciará

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a la Dirección de la Institución Educativas para que tome medidas correctivas.

c) Abstenerse a realizar ventas diversas en el aula sin consentimiento de las autoridades educativas o de los padres de familia en los tres niveles.

d) Queda terminantemente prohibido a los profesores, personal de servicio, soporte técnico, realizar trabajos en los talleres, laboratorios de cómputo y Ciencia Tecnología y Ambiente, en beneficio propio y/o para la venta. Caso contrario se denunciará a la Dirección para la sanción correspondiente.

e) Prohibido sacar fuera del plantel las máquinas, equipos, herramientas e instrumentos musicales sin autorización de las autoridades a su cargo.

f) El profesor(a), que incumpla en la ejecución del monitoreo fuera del plantel como supervisor de prácticas de los grados superiores en las diferentes especialidades el nivel secundario del área de Educación para el trabajo, será denunciado ante la superioridad inmediata para que tome las medidas correctivas y sancione de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Asimismo en las diferentes áreas los profesores que no permitan el monitoreo serán informados a la superioridad.

g) Está terminantemente prohibido al personal directivo, jerárquico, administrativo, profesores, auxiliares de educación, de servicio y mantenimiento, presentarse en estado de ebriedad, caso contrario se denunciará a instancia superior de acuerdo al caso, para que tome las medidas correctivas.

h) Esta terminantemente prohibido sustraer sistemáticamente, equipos, maquinas, herramientas, mobiliarios, y otros enseres de propiedad de la institución educativa.

CAPITULO II

EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Art. 100.- Los servidores públicos son responsables en lo civil, penal y administrativo por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del Servicio Público, de las sanciones de carácter disciplinario por las faltas que cometen.

Art. 101.- Las sanciones por faltas disciplinarias son:a) Amonestación, verbal o escrita.b) Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por doce (12)

meses previo proceso administrativo en el que puede ejercer su derecho a defensa, de acuerdo a ley.

c) Destitución.Art. 102.- Los grados de sanción corresponden a la magnitud de las faltas según su

menor o mayor gravedad, sin embargo su aplicación no será necesariamente correlativa ni automática, debiendo contemplarse en cada caso, no sólo la naturaleza de la infracción, sino también de la reincidencia agravante.

Art. 103.- Los descuentos por tardanza no tienen naturaleza disciplinaria, por lo que no eximen de la aplicación de la debida sanción.

art. 104.- Son faltas de carácter disciplinario que según su gravedad pueden ser sancionados con cese temporal o con destitución, previo proceso administrativo.

a) El incumplimiento de las normas establecidas en las Leyes y Reglamentos relativos a los Servidores Públicos.

b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de acuerdo a sus funciones de sus superiores, relacionadas con sus labores.

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c) El incurrir en el acto de violencia, faltar de palabra en agravio de su superior, del personal, Directivos, jerárquico y de los compañeros de labor.

d) La negligencia en el desempeño de sus funciones.e) La utilización o disposición de los bienes de la entidad en beneficio

propio o de terceros.f) La concurrencia al trabajo en estado etílico o bajo influencia de drogas

o estupefacientes y aunque no sea reiterada, cuando por la naturaleza del servicio reviste excepcional gravedad.

g) El abuso de autoridad, el nepotismo, la prevaricación o el uso de las funciones con fines de lucro.

h) El causar intencionalmente daños materiales en los talleres, locales, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de éstas.

i) Los actos de inmoralidad.j) Las ausencias injustificadas por más de tres (03) días consecutivos o

por más de cinco (05) días no consecutivos en un período de treinta (30) días calendario o más de quince (15) días no calendario o más de quince (15) días no consecutivos en un período de ciento ochenta (180) días calendario y los demás que la Ley señala.

Art. 105.- La condena privativa de la libertad, por el delito doloso cometido por un Servidor Público del plantel, lleva consigo la destitución automática.

Art. 106.- El servidor destituido no podrá ingresar al Servicio Público durante el término de cinco (05) años por lo menos.

Art 107.- El servidor que observa buena conducta será rehabilitado de las sanciones administrativas que se le haya impuesto en el curso de su carrera. El Reglamento señalará los plazos y condiciones.

Art. 108.- En las entidades de la Administración Pública se establecerá comisiones permanentes de proceso.

Art. 109.- El servidor que se considere afectado por una sanción, podrá interponer recurso de reconsideración o apelación, con cuya Resolución quedará expedito el recurso ante el respectivo Consejo Regional del Servicio Civil o Tribunal de Servicio Civil, según corresponda.

Art. 110.- El servidor que ha sido sancionado administrativamente o penalmente no podrá solicitar ningún cargo, así mismo a concursar.

CAPITULO III

DE LOS ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS DOCENTES

3.1. DE LOS ESTÍMULOS

Art. 111.- Los profesores en ejercicio que demuestren eficiencia, cumplimiento en el desempeño de sus funciones, se harán acreedores de los siguientes estímulos:

a) Agradecimientos y felicitaciones mediante Resolución Directoral, Municipal, Ministerial o Suprema.

b) Becas a cargo del plantel o de las dependencias superiores.c) Certificados.d) Diplomas de mérito.e) Viajes organizados por el Plantel y el Ministerio de Educación, al

interior y exterior del país.f) Palmas Magisteriales que dan lugar a la bonificación que señale el

Reglamento de la Ley del Profesorado.

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g) Otros premios.Art. 112.- Los estímulos a los que se refieren el artículo anterior, serán anotados en la

hoja personal de Escalafón o considerados como mérito para los efectos de promoción.

Art. 113.- Los estímulos otorgados por recomendación de la Comisión Evaluadora del Consejo Directivo, CONEI y del Director del Plantel, serán de acuerdo al Reglamento correspondiente.

Art. 114.- La entrega de estímulos se harán en ceremonia pública: Aniversario del plantel y al finalizar el año escolar (Clausura).

Art. 115.- Debe crearse un fondo económico para el otorgamiento de las becas.

3.2. FALTAS

Art. 116.- Constituyen faltas de los docentes las siguientes:a) Ser apoderado de alumnos del Plantel, con previo condicionamiento.b) Observar conducta inmoral.c) Realizar actividades económicas o financieras sin el permiso correspondiente.d) Usar las instalaciones o implementos del Plantel para fines particulares.e) Atentar contra la unidad, dignidad y prestigio de la Institución Educativa y sus

integrantes.f) Presentarse al Plantel o ingresar a clases en estado de ebriedad.g) Modificar las notas en los registros oficiales. Condicionado a: compra

de rifas, tarjetas de actividades, víveres, alhajas u otros.h) Tratar en clases, temas que no están considerados dentro de la sesión

de aprendizaje, entre ellos política partidaria, sindicalismo y temas personales.

i) Incumplir negligentemente las funciones del cargo encomendado. j) Iniciar la clase después de la hora establecida, así como abandonar las mismas

antes del término del tiempo fijado sin causa justificada.k) Inasistir o ausentarse reiteradamente del aula y/o de la institución educativa

dentro de su horario de trabajo.l) Atentar contra la integridad física, moral, abandonarlos y/o exponerlos al peligro

a los educandos a su cargo.m)Faltar de palabra o de obra a la Autoridad Educativa, al Personal

Jerárquico, a los miembros de la Comunidad Magisterial, a los padres de familia y a los alumnos.

n) Desacato a la autoridad según jerarquía.o) La entrega extemporánea de las programaciones curriculares, unidades y

sesiones de aprendizaje. p) La entrega extemporánea de los registros oficiales de evaluación al término de

cada bimestre o trimestre, así como los documentos técnicos pedagógicos e inventarios.

q) Inasistir a las Asambleas convocadas por el Director y en Primaria por la Subdirección.

r) Inasistir a las actividades Cívico patrióticas convocadas por las autoridades sin mérito a estímulos.

s) Retirar alumnos en horas de clase por motivo de disciplina no está permitido; en tal caso informar al auxiliar de educación para que en coordinación con el Jefe de TOE se envié una papeleta al padre o apoderado. Asimismo, no abandonar el aula y/o la institución educativa en horas de clase sin la autorización respectiva.

t) Usar celulares en horas de clases, abusando de llamadas, abusando de llamadas y recepciones de la misma.

3.3. SANCIONES

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Art. 117.- Los profesores en caso de incumplimiento, se harán acreedores a las siguientes sanciones:

a) Amonestación.b) Suspensión e informe a la superioridad.

TITULO XII

DE LOS ALUMNOS

CAPITULO I

DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

Art. 108.- Son deberes de los alumnos:

a) Respetar a los profesores y condiscípulos y no usar el nombre de la Institución Educativa en actividades no autorizadas por la autoridad respectiva.

b) Asistir puntualmente a la Institución Educativa, a las horas de clases y las actividades programadas por el Plantel.

c) Someterse al régimen educativo de la Institución con buena fe y confianza en sus superiores.

d) Cuidar y preservar los ambientes, talleres, laboratorios, equipos, mobiliarios, jardines, instalaciones y otros de la Institución Educativa.

e) Cumplir con las disposiciones emanadas de las autoridades educativas. f) Mantener el orden y la higiene del aula, laboratorios, talleres, patios, baños y

bibliotecas.g) Presentarse al plantel correctamente uniformado, aseado, con el cabello corto,

el peinado con raya al lado izquierdo y el distintivo correspondiente al Plantel.h) Apoyar en el control de la disciplina si se es brigadier o policía escolar.i) Mantener con sus compañeros vínculos de camaradería, solidaridad,

colaboración y respeto.j) Presentarse con su padre o apoderado que lo haya matriculado cuando sea

solicitado por las autoridades de la Institución Educativa.k) Observar en todas partes, la mayor decencia y compostura; procurando el

decoro y el prestigio del Plantel.l) Abstenerse de asistir a lugares prohibidos o estar en la calle en horas de clases

con el uniforme de la Institución Educativa.m) Concurrir a sus clases con textos y material escolar requerido por los

profesores.n) Debe considerarse como miembro de la Familia Pardina y colaborar a estrechar

los vínculos de amistad, en todas las actividades en bien del Plantel.o) Obedecer y respetar a todos los miembros de la comunidad pardina. p) Participar obligatoriamente en las actividades Cívico-Patrióticas del Plantel.q) Hacer uso obligatorio del recreo en el patio.r) Usar uniforme de color beige en forma progresiva (aprobado en asamblea de

padres de familia).

CAPITULO II

DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Art. 119.- Recibir un trato justo sin discriminación de ninguna clase:

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a) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes y por practicar valores cívico-éticos.

b) Exigir respetuosamente la asistencia y puntualidad de sus profesores en el desarrollo de sus aprendizajes.

c) Ser evaluado en caso de enfermedad debidamente comprobada.d) Ser escuchados y atendidos en sus reclamos, siguiendo el curso normal.e) Ser evaluados sin ningún tipo de marginación y con justicia. f) Los alumnos participantes en concursos internos, distritales, provinciales,

regionales y nacionales, de las diferentes áreas, deben ser evaluados en el momento oportuno.

g) Pedir sus notas promedios al profesor de sus áreas (asignatura).h) Solicitar respetuosamente a los docentes información de sus evaluaciones en

forma progresiva.i) Participar a través de su Alcalde en las reuniones de CONEI.j) Reunirse organizadamente para sugerir mejoras en bien de la Institución

Educativa.

CAPITULO III

DE LAS NORMAS DE INGRESO Y SALIDA DE ALUMNOS DEL COLEGIO

Art. 120.- Los alumnos tendrán en cuenta el horario fijado para su ingreso y salida:a) Los alumnos tienen la obligación de asistir a la Institución Educativa

correctamente uniformados.b) El horario de clases del Plantel para los alumnos es el siguiente:

NIVEL INICIAL:Turno mañana: Ingreso: 8:30 am.

Salida : 12:30 pm.NIVEL PRIMARIO:Turno mañana: Ingreso: 07:40 am.

Salida : 12:40 pm.Turno tarde: Ingreso: 12:50 pm.

Salida : 05:50 pm.

NIVEL SECUNDARIO:Turno mañana: Ingreso: 07:40 am

Salida : 12:45 p.mTurno tarde: Ingreso: 1:00 pm.

Salida : 6:00 pm.

c) Los alumnos que acumulen tres (03) tardanzas consecutivas, se les considerará como una inasistencia, debiendo presentarse con su padre o apoderado al Plantel.

d) En el caso, de que los alumnos no justifiquen sus tardanzas con sus padres o apoderados, no podrán ingresar a la Institución hasta que cumpla con lo dispuesto.

e) El alumno que se hallara fuera del salón de clase, durante el cambio de hora, será amonestado, y en caso de reincidencia, será sancionado con una llamada de atención por escrito.

f) El alumno no puede salir del aula antes del recreo, salvo caso de emergencia.g) El alumno no puede ingresar al plantel fuera de la hora de ingreso, utilizando

para lo cual un medio vedado (saltar las paredes o rejas).

CAPITULO IV

DE LAS PROHIBICIONES

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Art. 121.- Está prohibido para los alumnos:

a) Evadirse del Plantel durante el horario de clase.b) Faltar el respeto y dejar de cumplir las disposiciones emanadas por sus

profesores, trabajadores del Plantel, Auxiliares de Educación, Brigadieres o Policías Escolares.

c) Faltar de palabra o agredir físicamente a sus compañeros.d) Emitir juicios injuriosos contra las autoridades de la Institución, los familiares de

los alumnos y los propios compañeros.e) Hacer inscripciones y grabados en el mobiliario, puertas, paredes y ventanas;

así como, en los servicios higiénicos.f) Valerse de recomendaciones o amistades para alcanzar ventajas, privilegios y

hacer obsequios a los profesores.g) Intentar o cometer fraudes en las pruebas, tareas y documentos escolares.h) Fumar, beber licor o consumir drogas dentro y fuera del Plantel.i) Portar instrumentos que pudieran hacer daño.j) Burlarse de los Símbolos de la Patria y de la Institución.k) Por ningún motivo, el alumno debe estar en el aula, baños u otras instalaciones

mientras se celebran ceremonias en el patio del Plantel.l) Permanecer en los kioscos y patio en las horas de clases.m) Traer radios, reproductor de CD, celulares, Mp3, Mp4, aretes, muñequeras,

collarines, piercings y objetos de valor. Caso contrario se decomisarán.n) No tener corte de cabello diferente al escolar.o) Permanecer en el aula en horario de recreo.

CAPITULO V

DE LAS SANCIONES DE LOS ALUMNOS

ARt. 122Las sanciones por el incumplimiento de deberes y obligaciones de los educandos, serán los siguientes:

a) Amonestación verbal de parte de la Coordinación de TOE (profesor de aula en primaria), si la falta es leve con su respectiva anotación.

b) Amonestación escrita de parte de la Coordinación de TOE (profesor de aula en primaria) o de los Auxiliares de Educación, con conocimiento del Padre o Apoderado.

c) En caso de reincidencia o falta grave, se notificará al padre o apoderado, para que se presente a la Institución.

d) Suspensión hasta por tres (03) días de parte de la Coordinación de TOE según la falta, con conocimiento del padre o apoderado.

e) Suspensión hasta por cinco (05) a ocho (08) días por la Dirección del Plantel, con acuerdo de CONEI.

f) Suspensión por más de ocho (08) días o separación definitiva del Plantel, por acuerdo de CONEI.

g) La sanción de suspensión se determinará por Resolución Directoral, por un período no mayor de ocho (08) días y, se aplicará en caso de faltas graves.

h) Se sugerirá cambio de institución educativa, con entrega de documentos y certificados, previa reposición del material dañado.

i) La sugerencia de cambio de institución educativa, se dará a los alumnos que reincidan en faltas graves.

j) No se permitirá la matrícula en el Plantel a los alumnos que tengan problemas de comportamiento.

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k) Los alumnos que acumulen 30% de inasistencia injustificada, no tendrán derecho a ser evaluados y repetirán de grado.

l) Reposición del material dañado (planta física o mobiliarios) incluyendo la sanción respectiva.

CAPITULO VI

ORGANIZACIÓN DE LOS ALUMNOS

Art. 123.- La organización del alumnado es el siguiente:a) Brigadier General en cada turno.b) Brigadier Adjunto.c) Brigadier de Sección.d) Policía Escolar.e) Comité de aula.

CAPITULO VII

DE LA EVALUACIÓN DE COMPORTAMIENTO DEL ALUMNADO

Art. 124.- Todo alumno será evaluado en su comportamiento por el profesor tutor y con el apoyo de los auxiliares de educación, teniendo en cuenta los siguientes indicadores:

a) Es puntual en el ingreso a la Institución Educativa.b) Responde en forma adecuada al docente.c) Respeta el horario de recreo y cambio de hora.d) Llega a la I. E. correctamente uniformado.e) Participa en actividades cívico patrióticas.f) Usa el corte de cabello escolar.g) Saluda a compañeros y profesores.h) Mantiene limpio el espacio donde estudia.i) Contribuye con plantas para conservar el medio ambiente.j) Respeta a sus compañeros.

ESCALA DE COMPORTAMIENTOMUY BUENO AD 8-10BUENO A 6-7REGULAR B 4-5DEFICIENTE C 0-3

TITULO XIII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

CAPITULO I

Art. 125.- El Director ejecutará los acuerdos adoptados por la Asamblea General de profesores.

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Art. 126.- El Director velará por la correcta administración, así como también por el mantenimiento de la moral de la institución educativa.

Art. 127.- Asuntos no contemplados en el presente reglamento, serán resueltos a la brevedad posible por el director o CONEI.

TITULO XIV

DE LA APROBACION Y ACTUALIZACION

CAPITULO I

DE LA APROBACIÓN

Art. 128.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia al siguiente día de su aprobación por el CONEI y con Resolución Directoral.

CAPITULO IIMODIFICACION Y ACTUALIZACION

Art. 129.- La actualización de su contenido del presente Reglamento Interno, se hará según normas específicas vigentes emanadas por el Ministerio de Educación adecuándolas a nuestra realidad.

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AÑO DEL CENTENARIO DE MACCHU PICCHU PARA EL MUNDO

Chincha, 24 de febrero de 2011

Informe Nº 03-2011/JPB

De : La comisión de Reglamento Interno 2011

AL : Director de la I.E José Pardo y Barreda

Asunto : Remite Original del Reglamento Interno 2011

Nos es grato dirigirnos a su despacho para comunicarle que la comisión ha cumplido con la elaboración del reglamento interno 2011, para su aprobación mediante Resolución Directoral de su Dirección.

Así mismo le solicitamos la impresión y copias del mismo para cada uno de los integrantes de la comisión, como también para el personal Directivo, Jerárquico y para las diferentes áreas.

Atentamente

“Año del Estado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática”

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 027-2004-UGEL-CH-CNJPB/D

Chincha Alta, 25 de Marzo del 2004

Visto el proyecto del Reglamento Interno del Colegio Nacional “José Pardo y Barreda” de chincha.CONSIDERANDO:

Que es propósito del Colegio Nacional “José Pardo y Barreda” de Chincha trabajar de manera organizada, estableciendo pautas para el desarrollo de las actividades educativas en un clima de respeto y armonía,

De conformidad a lo dispuesto por D.S. N° 004-83-ED la R.M N° 016-96-ED, el D.S. N° 007-2001-ED, R.M N° 168-2002-ED, R.M-0310-2003-ED, R.M N° 030-2004-ED y el Manual del Director Del Centro Educativo.SE RESUELVE:

1°.- APROBAR el Reglamento Interno del Colegio Nacional “José Pardo y Barreda” de Chincha, para su aplicación y cumplimiento por todos los estamentos del Centro Educativo.

Regístrese y Comuníquese.

__________________________ Alejandro Lévano Avalos

DIRECTOR

__________________________ JULIA CHARAJA LOZA

DIRECTORA PROGRAMA SECTORIAL Dirección técnico Pedagógico Cultural