Aplicación del derecho a la libre determinación

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LA APLICACIN DEL DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIN COMO CONTRIBUCIN A LA PREVENCIN DE CONFLICTOS INFORME DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE EXPERTOS CELEBRADA EN BARCELONA DEL 21 AL 27 DE NOVIEMBRE DE 1998

Organizada por la Divisin de derechos humanos, democracia y paz de la UNESCO y el Centro UNESCO de Catalua

Dr. Michael C. van Walt van Praag y Onno Seroo Editores

---Borrador de traduccin al castellano---

NDICE I. INTRODUCCIN Mensaje del Director General de la UNESCO Objetivo de la Conferencia Contexto de la Conferencia Metodologa Participantes II. III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA CONFERENCIA INFORME Y ANLISIS DE LA CONFERENCIA POR MICHAEL VAN WALT VAN PRAAG La libre determinacin est slidamente establecida en el derecho internacional Los titulares del derecho a la libre determinacin Naciones Pueblos indgenas Minoras Contenido del derecho a la libre determinacin: libre determinacin interna y externa Consenso: Libre determinacin en su sentido ms amplio La libre determinacin es un proceso sin resultado predeterminado La libre determinacin es un derecho a elegir, participar y controlar La libre determinacin es un proceso continuo La libre determinacin es un proceso para la satisfaccin de las necesidades humanas Identidad cultural Control de recursos naturales La nocin de libre determinacin de los pueblos indgenas Elementos externos de la libre determinacin La secesin o separacin del estado La libre determinacin no es un derecho absoluto El concepto amplio de libre determinacin Efectos del aumento de la interdependencia, la regionalizacin, la globalizacin y las estructuras supranacionales El concepto amplio de libre determinacin en el derecho internacional Medios para lograr la libre determinacin Conflicto armado LA LIBRE DETERMINACIN COMO MEDIO PARA PREVENIR Y

RESOLVER CONFLICTOS: CONCLUSIONES

I. INTRODUCCIN En el marco del 50 aniversario de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos tenemos una contribucin orientada hacia el futuro. Somos conscientes de que no es suficiente recordar la lista inicial de derechos humanos elaborada en 1948, o las aadidas por declaraciones posteriores o convenios internacionales en materia de derechos humanos. Hemos tratado de centrar nuestro seminario en una cuestin especialmente delicada y compleja con la conviccin de que, si aclaramos una serie de puntos y estudiamos la forma de hacer que la ejecucin del derecho a la libre determinacin sea viable, estaremos contribuyendo a la prevencin o solucin de muchos conflictos presentes y futuros. Con esta idea en mente, hemos concebido nuestro seminario. Flix Mart, Director del Centro de la UNESCO en Catalua, discurso inaugural, 22 de noviembre de 1998. Mensaje del Director General de la Unesco El tema de esta conferencia es, desde mi punto de vista, especialmente importante para la comunidad internacional. Muchos de los conflictos actuales tienen lugar dentro de estados en los que las comunidades aspiran a un mayor reconocimiento de su identidad cultural y poltica. Debemos estudiar detalladamente estas situaciones y decidir en qu medida los textos internacionales sobre el derecho a la libre determinacin se adaptan verdaderamente a las circunstancias actuales y pueden prevenir este tipo de conflictos. Una de las misiones de la UNESCO es estudiar de manera ms profunda la cultura de la paz. Otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas debern tener cuidado con los aspectos operativos del derecho a la libre determinacin. Nuestra aportacin debe centrarse en la mejora de la definicin moral y jurdica de este derecho. Creo que la Conferencia de Barcelona va a ser muy til si, al tiempo que profundiza en aspectos conceptuales del derecho a la libre determinacin, examina la forma de ejecutar este derecho. En mi opinin, debemos tener en cuenta tres puntos. En primer lugar, el pleno desarrollo de los procesos democrticos. Observo, a mi alrededor, un deseo universal de los individuos y comunidades de una mayor participacin poltica. Esto me hace ser optimista en cuanto a nuestra capacidad de hacer desaparecer viejos modelos de poltica a travs de la dominacin. Se ha iniciado un proceso por el cual estn surgiendo nuevas autoridades internacionales y desafiando viejas soberanas. Existe un creciente deseo de reformar la ONU y convertirla en una autoridad mundial capaz de responder a retos mundiales: la distribucin desigual de la riqueza, el desarrollo insostenible y la negacin de las identidades culturales, entre otros. Pero las aspiraciones democrticas tambin se manifiestan en la toma de conciencia gradual de muchas comunidades humanas y su determinacin a participar en la toma de decisiones. La democracia est firmemente establecida slo cuando los ciudadanos individuales y los grupos constituidos libremente pueden disfrutar de una participacin plena en todos los aspectos de la sociedad. La UNESCO quiere ayudar a elaborar nuevas formas de ejercer el poder poltico. En el mundo actual, se han relativizado las antiguas fronteras entre estados. Deben

desarrollarse estructuras polticas nuevas y ms apropiadas. Debe hacerse todo lo posible para garantizar que los intereses inmediatos de los estados no pongan en peligro las aspiraciones de libertad y otros derechos legtimos de todos los pueblos. Debe haber negociacin entre todas las partes implicadas para prevenir el conflicto y encontrar soluciones pacficas. Debemos abrir el camino hacia estados de mltiples comunidades, creando una familia humana universal en la que se desconozcan los privilegios especiales y la exclusin. En segundo lugar, debemos tener en cuenta la necesidad de garantizar un desarrollo sin obstculos de las identidades de las comunidades dentro del contexto de una economa y una red de comunicacin global. Aunque la globalizacin abre nuevas y excitantes posibilidades a todas las sociedades y culturas, tambin conlleva amenazas para los pequeos o los dbiles. En la UNESCO, creemos que la ciencia, la tecnologa y la educacin deben utilizarse en favor de la diversidad cultural. Tambin creemos que cada uno de los sistemas religiosos y culturales del mundo deben ser libres para establecer sus prioridades respecto a los valores humanos comunes expresados en la Declaracin Universal de los Derechos Humanos, cuyo 50 aniversario celebramos este ao. En cualquier caso, necesitamos disear un futuro que permita a todas las comunidades humanas vivir sin miedo y evolucionar en paz. El derecho a la libre determinacin debe incluir derechos culturales, lingsticos y comunicativos, as como sociales, econmicos y polticos. Todos dependen de todos. Si queremos preservar la riqueza de nuestra diversidad, debemos tener principios ticos e instrumentos jurdicos capaces de fomentar los derechos culturales y polticos de todas las comunidades. Debemos atrevernos a aprovechar los aspectos positivos de la globalizacin sin renunciar a nuestra maravillosa diversidad cultural. La propuesta de la Ciudad de Barcelona de celebrar un Foro Universal de Culturas en el ao 2004 representa un paso importante en esa direccin. La tercera idea que creo que deberamos tener en cuenta es la nocin de que el derecho a la libre determinacin es una contribucin especfica a una cultura de la paz. El mundo est cansado de violencia y de guerras. Existe un reconocimiento, cada vez mayor, de que la guerra es realmente un medio lamentable para resolver conflictos. Nosotros aspiramos a algo mejor. Por tanto, no es utpico creer que, en pocas dcadas, podemos acabar con la guerra, as como hemos rechazado la esclavitud, el fascismo y el totalitarismo en otros momentos de la historia humana. Debe cambiar el concepto de seguridad: hasta ahora, hemos credo que invertir en armamento era la clave para garantizar la seguridad. Hoy sabemos que nuestros verdaderos enemigos son la pobreza, la ignorancia, la destruccin del medio ambiente (es decir, la violacin de los derechos humanos). Siguiendo con esta idea, es necesario hablar de la seguridad de los pueblos que se identifican con una comunidad cultural concreta y desean ser aceptados como actores, por derecho propio, en la escena internacional. La represin cultural, la negacin de los derechos de los pueblos y la marginacin poltica de muchas comunidades son causas de la falta de seguridad. Si queremos que la estabilidad poltica y la paz estn presentes en todos los rincones del mundo, debemos progresar en nuestro respeto por las identidades culturales y polticas de los pueblos. Necesitamos la ayuda de criterios morales y marcos legales. Debemos comprender que se pueden aplicar los principios de la libre

determinacin de diversas maneras, si bien es necesario cierto grado de autogobierno para prevenir el conflicto. En ocasiones, se aborda el derecho a la libre determinacin de manera demasiado simplista, como una opcin rgida entre todo o nada -entre la formacin de un estado independiente o la completa negacin de la identidad cultural y poltica. Creo que debemos buscar aquellos procesos o vas que se adaptan a la diversidad y poner en marcha experimentos imaginativos de diferentes formas de autoadministracin. Ya hemos logrado reconocer la legitimidad de la intercesin y la mediacin bajo las leyes humanitarias. Ahora, es el momento de reflexionar sobre los modos de garantizar el respeto a los derechos humanos y culturales. S que aqu se van a discutir estas cuestiones con rigor intelectual y prudencia. Por mi parte, estoy convencido de que los temas delicados y complejos relativos a la libre determinacin son los mismos que los que estn en la base de los grandes debates actuales sobre el futuro de la vida democrtica, la diversidad cultural y la paz en el mundo. Confo plenamente en que sus deliberaciones nos ayudarn a avanzar. Federico Mayor Objetivo de la Conferencia El objetivo de la Conferencia era explorar nuevas formas de aplicar el derecho a la libre determinacin de manera que contribuya a la prevencin de conflictos. Flix Mart, Director del Centro UNESCO de Catalua y organizador de esta conferencia, mostr, en su discurso de apertura, estar convencido de que la correcta aplicacin de la libre determinacin como un proceso dinmico y continuado podra servir para prevenir futuros conflictos. Dijo tambin que era necesario buscar la forma de sustituir las estructuras polticas heredadas del pasado por otras ms racionales y justas que tuvieran en cuenta la necesidad de autoexpresin y autogobierno de los pueblos. Con el fin de que los participantes de la Conferencia lograran este objetivo, se les pidi que examinaran, en primer lugar, la naturaleza y la evolucin del derecho a la libre determinacin, y luego los mtodos para aplicar este derecho de forma constructiva y efectiva. Contexto de la Conferencia Con ocasin del 50 aniversario de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos, se ha organizado un gran nmero de conferencias y seminarios para reflexionar sobre los progresos que se han hecho en el campo de los derechos humanos desde la adopcin de la Declaracin, el 10 de diciembre de 1948. El prembulo de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos resalta la necesidad de respetar los derechos humanos para que la gente no se vea forzada, en ltimo caso, a buscar la rebelin como recurso contra la

tirana. La libre determinacin es, en s misma, un derecho humano y un requisito previo para el pleno disfrute de otros derechos humanos. Asimismo, los pueblos consideran a menudo la realizacin de este derecho como un modo de liberarse de la opresin y la tirana. Gran nmero de los conflictos armados contemporneos se basan en la reivindicacin de la libre determinacin. Aunque el derecho de los individuos a la libre determinacin ya no se cuestiona seriamente, el de los pueblos provoca polmica sobre todo cuando se cree que puede amenazar la integridad territorial de los estados. A veces, se suele argumentar que ceder ante las reivindicaciones de libre determinacin precipita el conflicto. Pero el Premio Nobel de la Paz Jose Ramos-Horta y Carlos Spottomo, Secretario General de la Comisin Espaola de la UNESCO, recordaron a los participantes en la sesin inaugural que es ms frecuente que el rechazo a la aplicacin del derecho a la libre determinacin provoque conflictos y guerras. Sealaron que la aplicacin constructiva y efectiva de este derecho ha resuelto conflictos en el pasado y puede evitar que surjan nuevos conflictos en el futuro. El Director General de la UNESCO convoc una serie de cuatro reuniones de expertos con el fin de avanzar en la dilucidacin del concepto general de los derechos de los pueblos, prestando especial atencin a la identidad cultural. La primera reunin tuvo lugar en 1985 en Harare. En ella se trataron los problemas relativos a los derechos de los pueblos y el significado histrico y prctico de estos problemas (vase el Informe Final SHS-85/Conf.613/10). La segunda reunin se llev a cabo en Camberra en 1987 y se centr en la clarificacin de la relacin entre los derechos de los pueblos y los derechos humanos tal como se define en los instrumentos internacionales universales existentes (vase el Informe Final SHS-87/CONF.802/7). La tercera reunin tuvo lugar en Pars en 1989 y su informe final (SHS-89/CONF.602/7) reafirm la existencia de los derechos de los pueblos como un concepto aceptado del derecho internacional y examin la polmicaque haba suscitado la elaboracin de estos derechos. La cuarta reunin, celebrada en Budapest en 1991, abord cuestiones relacionadas con la libre determinacin y los derechos culturales en concreto (vase el Informe Final, SHS91/CONF.605/3). Adems de reconocer la delicadeza y complejidad de los debates sobre el derecho de los pueblos a la libre determinacin, los expertos coincidieron en que este derecho no est limitado a los pueblos sometidos al yugo colonial en el pasado, tal como algunos haban afirmado. Descubrieron que no son los estados, sino el propio derecho internacional, quien confiere a los pueblos el derecho a la libre determinacin. Tambin destacaron que su puesta en prctica debe llevarse a cabo dentro del contexto de los objetivos globales del derecho internacional, que incluyen la necesidad de garantizar la paz y la seguridad, as como el desarrollo econmico y social. Los expertos reafirmaron que el respeto hacia los derechos de los pueblos es una condicin indispensable para el disfrute de los derechos humanos y pidieron a la UNESCO que continuara su trabajo pionero de dilucidacin de los derechos de los pueblos. Ante los cambios polticos que se estaban produciendo en todo el mundo, era especialmente importante que se prestara atencin a la cuestin de la libre determinacin y la identidad cultural y que las Naciones Unidas tomaran una iniciativa totalmente nueva a la hora de abordar el tema de la derogacin de los derechos de los pueblos, incluyendo el derecho a la libre determinacin.

Desde la Reunin Internacional de Expertos de 1991, no se han celebrado ms encuentros y la UNESCO apenas ha trabajado en relacin con los derechos de los pueblos y el derecho a la libre determinacin en particular. La UNESCO no cuenta, actualmente, con ningn programa centrado especficamente en los derechos de los pueblos. Sin embargo, segn Janusz Symonides, la cuestin de la libre determinacin se trata de forma cotidiana en el marco de los programas de la UNESCO sobre la democratizacin y los derechos humanos que l dirige, partiendo de la perspectiva, no tanto de los derechos de los pueblos, sino ms bien de los derechos individuales. Janusz Symonides seal en su discurso inicial en esta conferencia que esta reunin se estaba celebrando en un momento en el que la gente est deshacindose de la poltica de la dominacin. La gente quiere que se reconozca su identidad cultural y siente la necesidad de asegurar la libre expresin de esa identidad frente a un nuevo desafo, el de la globalizacin. La importancia del concepto de libre determinacin no ha hecho ms que crecer en los ltimos aos, convirtindose en una cuestin central en muchas disputas y conflictos, tanto intraestatales como, en ocasiones, interestatales. A menudo, las discusiones se polarizan, de modo que, por un lado, estn los que creen que todos los grupos tnicos tienen el derecho a separarse unilateralmente y crear un nuevo estado y, por otro, estn los que defienden a toda costa el status quo y la integridad territorial de los estados. Y, precisamente en esas circunstancias, tiene lugar la discusin sobre la aplicacin del derecho a la libre determinacin como contribucin a la prevencin de conflictos, descrita en este informe. Metodologa y programa de la Conferencia. El encuentro consisti en una conferencia de cinco das de un pequeo grupo de personas de todos los continentes con un amplio conocimiento y experiencia en cuestiones relacionadas con los conflictos y el derecho a la libre determinacin. Entre los participantes se encontraban expertos en el mbito del derecho internacional y acadmicos de otros campos de estudio relacionados con el tema, funcionarios de organizaciones internacionales, representantes de pueblos, lderes de movimientos por la libre determinacin y expertos en el campo de la resolucin de conflictos e investigacin para la paz. Se mantuvieron intensas discusiones en un tono informal que permiti a todos los participantes expresar sus ideas, intercambiar opiniones y llegar a un consenso en temas importantes. La discusin se dividi en nueve sesiones, en las que se trataron ocho temas diferentes pero relacionados entre s, siendo la novena la sesin de clausura. Dos o tres ponentes invitados iniciaban cada sesin y, a continuacin, comenzaban interesantes discusiones. El programa fue el siguiente: Sesin I: El derecho a la libre determinacin: evolucin, lmites y cambios.

Sesin II: El derecho a la libre determinacin como herramienta para evitar conflictos. Sesiones III y IV: Opciones para aplicar el derecho a la libre determinacin. Sesin V: Procedimientos para ejercer el derecho a la libre determinacin. Sesin VI: Actores en la aplicacin del derecho a la libre determinacin. Sesin VII: Aplicacin del derecho a la libre determinacin dentro del concepto de seguridad humana. Sesin VIII: La aplicacin del derecho a la libre determinacin en relacin con la reforma de la ONU. Sesin IX: Conclusiones. PARTICIPANTES DE LA CONFERENCIA Gudmundur ALFREDSSON, Co-Director, Instituto Raoul Wallenberg, Universidad de Lund Jose Antonio AMORIM DIAS, representante del Timor Oriental en Unrepresented Nations and Peoples Organization (Organizacin de las Naciones y los Pueblos No Representados). James ANAYA, Indian Law Ressource Centre, Estados Unidos Aurel ARGEMI, Secretario General del CIEMEN (Centro Internacional Escarr para las Minoras tnicas y las Naciones) Paul ARTHUR, Magee College, Irlanda del Norte Salvador CARDS, Universidad Autnoma de Barcelona Estebancio CASTRO, Becario indgena Kuna de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Helen CORBETT, Secretaria General, Unrepresented Nations and Peoples' Organization (UNPO) Wolfgang DANSPECKGRUBER, Director del Liechtenstein Research Programme on Selfdetermination, Universidad de Princeton Jonan FERNNDEZ, Coordinador del movimiento Elkarri Vicen FISAS, Coordinador de la Ctedra UNESCO sobre Paz y Derechos Humanos, Universidad Autnoma de Barcelona

Enric FOSSAS, Universidad Autnoma de Barcelona Johan GALTUNG, Director de TRANSCEND Seif Sharif HAMAD, Presidente de la Asamblea General de UNPO. John HENRIKSEN, Miembro del equipo indgena de la Oficina del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos Gurutz JAUREGUI, Universidad del Pas Vasco Hanauni KAY-TRASK, KaLahui Hawai'i, Universidad de Hawai'i Michael KEATING, Universidad de Western Ontario Sebastian LARA, Centro de Documentacin sobre Pueblos Indgenas, Vitoria (Pas Vasco) Flix MART, Director del Centro UNESCO de Catalua, Barcelona Martin MIRIORI, Secretario del Gobierno Interino de Bougainville Paul ORTEGA, Director del Centro UNESCO del Pas Vasco John PACKER, Asesor legal del Alto Comisionado para Minoras Nacionales de la OSCE (Organizacin para la Seguridad y la Cooperacin en Europa) Pau PUIG I SCOTONI, Doctor en Historia por la Universidad de Lund Jos RAMOS HORTA, Premio Nobel de la Paz 1996 Jaume RENYER, Universidad Rovira i Virgili Onno SEROO, Responsable de Relaciones Internacionales del Centro UNESCO de Catalonia Edi SHUKRIU, Universidad de Pristina (Kosovo) Mohamed SIDATI, Ministro Consejero de la Presidencia de la Repblica rabe Saharaui Democrtica (RASD) Carlos SPOTTORNO, Secretario General de la Comisin Espaola de Cooperacin con la UNESCO Janusz SYMONIDES, Director de la Divisin de Derechos Humanos, Democracia y Paz de la UNESCO Edita TAHIRI, Foreign Relations Advisor to President Ibrahim Rugova, Kosova Leonie TANGGAHMA, West Papuan Peoples Front

Tracey TE AROHA WHARE, Becaria indgena Maori de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Michael C. VAN WALT VAN PRAAG, Peace Action Council; antiguo Secretario general de UNPO Joe L.WASHINGTON, SIM-Universidad de Utrecht Myo WIN, Vice-Presidente de Shan Democratic Union Nota: Gudmundur Alfredsson y Helen Corbett finalmente no pudieron atender la conferencia. Pero las ponencias que haban praparado fueron distribuidas y sirvieron de base para el trabajo de la conferencia. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA CONFERENCIA Los participantes de la Conferencia obtuvieron y adoptaron las siguientes conclusiones el 27 de noviembre de 1998, tras un extenso y profundo debate: El principio y derecho fundamental a la libre determinacin de todos los pueblos est slidamente establecido en el derecho internacional, incluyendo la ley de derechos humanos, y debe ser aplicado equitativa y universalmente. La aplicacin pacfica del derecho a la libre determinacin en su sentido ms amplio es una contribucin clave a la prevencin y resolucin de conflictos, especialmente de los que implican intereses opuestos de estados y pueblos existentes, incluyendo a pueblos indgenas y comunidades minoritarias. En este punto, es importante entender la libre determinacin como un proceso continuado de eleccin para garantizar la seguridad humana y satisfacer las necesidades humanas con un amplio espectro de posibles resultados y expresiones adaptadas a las diversas situaciones en particular. stas pueden ser, entre otras, garantas de seguridad cultural, formas de autogobierno y autonoma, autogestin econmica, participacin efectiva a nivel internacional, derechos sobre la tierra y capacidad de proteger el medio natural, libertad espiritual y las diferentes formas de asegurar la libre expresin y proteccin de la identidad colectiva con dignidad. La libre determinacin se alcanza mediante procesos completamente participativos y democrticos en los que tomen parte las personas que buscan el ejercicio de la libre determinacin, incluyendo el referndum cuando sea necesario. La prevencin efectiva de conflictos debe ser "proactiva" y requiere la accin inmediata y comprometida. Esto es esencial para evitar que cualquier actor relevante, ya sean los gobiernos, organizaciones internacionales y otras, individuos y corporaciones, lleven a cabo acciones que impidan el ejercicio del derecho a la libre determinacin, tales como la agresin y manipulacin demogrficas, la asimilacin cultural y la destruccin del medio natural importante para la supervivencia de los pueblos. El desarrollo de un sentimiento universal de respeto por la diversidad cultural y nacional, as como una mayor comprensin de la libre determinacin, son esenciales para el

impulso de la paz en todos los lugares del mundo. Para fomentar esta cultura de la libre determinacin, debe prestarse especial atencin al papel, potencialmente positivo, de los medios de comunicacin y al desarrollo de una educacin de la libre determinacin y su inclusin en la educacin para los derechos humanos. Recomendaciones La Conferencia recomienda A las Naciones Unidas: Que se comprometa de forma "proactiva" en la prevencin y resolucin de conflictos que afecten a estados y pueblos o comunidades minoritarias. Para ello, las Naciones Unidas deberan respetar e impulsar la aplicacin de la libre determinacin en el amplio sentido que se ha tratado en esta conferencia, como modo de promover la paz con justicia; Que cree un mecanismo efectivo dentro de las Naciones Unidas para colaborar en la resolucin de las reivindicaciones de autode-terminacin y de los conflictos; Que cree un foro permanente de pueblos dentro del sistema de las Naciones Unidas que tenga carcter consultivo con la ONU. A la UNESCO: Que avance ms en su tarea respecto al derecho a la libre determinacin y se plantee preparar publicaciones especiales sobre el tema; Que preste especial atencin al papel positivo de la libre determinacin dentro del marco de sus programas de cultura de la paz, la democratizacin y el pluralismo cultural y que incorpore todo ello a los programas nacionales de la UNESCO de cultura de la paz y la reconciliacin. A las organizaciones interguber-namentales y regionales: Que introduzcan la libre determinacin en sus agendas y tengan en cuenta el trabajo de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indgenas, incluyendo stos en sus actividades. A las organizaciones no guberna-mentales: Que impulsen el derecho a la libre determinacin, apoyando a los pueblos que luchan por l y presenten casos concretos a la Comisin de Derechos Humanos de la ONU y a otros foros apropiados.

Decisiones

La Conferencia decide Impulsar la utilizacin de los actuales mecanismos de la ONU y de otras organizaciones para fomentar un mayor entendimiento y aplicacin del derecho a la libre determinacin en un esfuerzo por promover la paz y la justicia y, concretamente, - plantear la cuestin de la autodeter-minacin y otros asuntos tratados en sta y futuras conferencias ante la Comisin de Derechos Humanos de la ONU; - con el fin de progresar y continuar con el trabajo de esta conferencia, crear un grupo de trabajo experto en la libre determinacin que se rena todos los aos antes que la Comisin de Derechos Humanos de la ONU discuta el punto de su orden del da relativo a la autodetermina-cin. Organizar reuniones regionales para tratar la libre determinacin y otros temas relacionados. Explorar la posibilidad de elaborar una publicacin peridica sobre la autodeterminacin y la legitimidad de los estados. Crear una lista de direcciones de correo electrnico de los participantes para que puedan informarse mutuamente sobre los avances en el mbito de la libre determinacin e intercambiar documentos tiles sobre el tema. La Conferencia decide, por ltimo, transmitir estas conclusiones y recomendaciones al Secretario General de las Naciones Unidas, al Director General de la UNESCO, al Presidente de la Comisin de Derechos Humanos de la ONU y al Presidente del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indgenas y publicarlas como parte del informe final de la Conferencia.

III. INFORME Y ANLISIS DE LA CONFERENCIA Michael van Walt van Praag Las conclusiones a las que se ha llegado en la Conferencia de Barcelona en el transcurso de cinco das de intensas discusiones y debates son muy significativas. stas preparan el terreno para una utilizacin constructiva y "proactiva" del concepto y el derecho a la libre determinacin como una parte integral de la prevencin y solucin de conflictos. La Conferencia trat la libre determinacin como un proceso para la prevencin y resolucin de conflictos, as como un principio bsico para la resolucin y la prevencin sustanciales de conflictos. Los participantes de la Conferencia llegaron a un claro consenso en cuanto al hecho de que el principio y derecho fundamental de la libre determinacin est establecido de forma slida en el derecho internacional. Descubrieron que puede contribuir de forma significativa a la prevencin y resolucin de conflictos siempre que este derecho se comprenda y utilice en su sentido ms amplio, coincidiendo en la necesidad de aplicarlo extensivamente. Pero los participantes tambin reconocieron la ansiedad que provoca la nocin de libre determinacin entre los gobiernos de los estados y organizaciones intergubernamentales. Estas instituciones temen la aplicacin de este principio, pues consideran que amenaza la soberana y la integridad territorial de los estados existentes y que, por tanto, tiene el poder de causar tensiones, conflictos e inestabilidad, ms que de prevenirlos o resolverlos. Adems, la Conferencia reconoci el poder que la nocin de libre determinacin tiene para crear expectativas a menudo poco realistas y tiles entre las comunidades, especialmente entre las que se sienten oprimidas y desprovistas. Gran parte de los conflictos armados que han hecho estragos en todo el mundo a lo largo de este siglo, as como la gran mayora de los que surgieron desde el final de la Guerra Fra y continan hoy, se centran en la bsqueda de la libre determinacin por parte de los pueblos, sea o no de forma explcita. Precisamente por esta razn, la conferencia consider imprescindible la exploracin de nuevas formas de cambiar la percepcin de libre determinacin como factor influyente o incluso como causa de conflicto por una nocin de libre determinacin que acte como base e instrumento para una efectiva prevencin y resolucin de conflictos. En este cambio, resulta fundamental el desarrollo de una comprensin ms clara del significado de la libre determinacin y de sus posibles aplicaciones. Mientras la libre determinacin signifique todo para todos, el concepto seguir suscitando pasiones, expectativas y miedos que, en su mayora, son innecesarios, intiles e injustificados. Tan importante como las conclusiones a las que llegamos es el propio contenido de la discusin que tuvo lugar. Los participantes, que acudieron a la mesa dispuestos a aportar sus amplios conocimientos, mostraron opiniones diversas y, en ocasiones, muy opuestas sobre los diferentes asuntos. Algunos de los participantes estaban directamente implicados en luchas por la libre determinacin o en la prevencin y resolucin de conflictos. Otros, eran dirigentes de organizaciones internacionales y acadmicos. Ningn participante fue indiferente a los asuntos tratados. Teniendo en cuenta todo esto, resulta incluso ms revelador que un grupo de expertos tan diverso llegara, por medio de una

extensa e intensa discusin, aun entendimiento comn y una opinin compartida en cuanto a la libre determinacin dentro del contexto de la prevencin y resolucin de conflictos. La libre determinacin est slidamente establecida en el derecho internacional Un anlisis minucioso de la evolucin y del actual estatus de la libre determinacin despeja cualquier duda respecto al hecho de que ste es hoy en da y, en realidad, lo ha sido durante mucho tiempo, un principio bsico y un derecho fundamental dentro del derecho internacional. El principio de libre determinacin aparece plasmado, de forma destacada, en el Artculo I de la Carta de las Naciones Unidas. Anteriormente, fue adoptado explcitamente por el presidente norteamericano Woodrow Wilson, Lenin y otros, convirtindose en el principio rector de la reconstruccin de Europa tras la I Guerra Mundial. El principio se incorpor en 1941 a la Carta Atlntica y a las propuestas de Dumbarton Oaks, que se convirtieron en la Carta de las Naciones Unidas. Su inclusin en la Carta de la ONU supone el reconocimiento universal del principio como base para el mantenimiento de relaciones amistosas y pacficas entre estados. Se reconoce como un derecho de todos los pueblos en el primer artculo comn del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Polticos y el Pacto Internacional sobre Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, que entraron en vigor en 19761. El prrafo 1 de este Artculo establece que: Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinacin. En virtud de este derecho, establecen libremente su condicin poltica y proveen asimismo a su desarrollo econmico, social y cultural. El derecho a la libre determinacin de los pueblos est reconocido por muchos otros instrumentos internacionales y regionales, incluyendo la Declaracin sobre los Principios de Derecho Internacional relativos a las Relaciones Amistosas y la Cooperacin entre Estados aprobada por la Asamblea General de la ONU en 19702, el Acta Final de Helsinki, aprobada por la Conferencia para la Seguridad y la Cooperacin en Europa (CSCE) en 19753, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 19814, la Carta de Pars de la CSCE para una Nueva Europa, aprobada en 19905, y la Declaracin y Programa de Accin de Viena de 19936. Ha sido ratificado por la Corte Internacional de Justicia en el Caso Namibia7, el Caso del Sahara Occidental8 y en el Caso de Timor Oriental9, en los que se confirm su carcter erga omnes. Adems, el alcance y contenido del derecho a la libre determinacin han sido ampliados por el Comit de Derechos Humanos de la ONU10 y el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial11, as como un gran nmero de destacados juristas internacionales. La idea de que el derecho a la libre determinacin forma parte de la llamada 'ley dura' ha sido ratificada por la Reunin Internacional de Expertos para la Dilucidacin de los Conceptos de los Derechos de los Pueblos, convocados por la UNESCO desde 1985 hasta 199112. Se lleg a la conclusin de (1) que los derechos de los pueblos estn reconocidos en el derecho internacional; (2) que la lista de estos derechos no est muy clara, pero tambin (3) que el derecho duro incluye en cualquier caso el derecho a la libre

determinacin y el derecho a la existencia, en el sentido de la Convencin sobre el Genocidio. La Conferencia de Barcelona concluy que el principio y derecho fundamental a la libre determinacin de todos los pueblos aparece establecido de forma slida en el derecho internacional. La inclusin del derecho a la libre determinacin en los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos y en la Declaracin y Programa de Accin de Viena, mencionados anteriormente, subrayan que la libre determinacin es una parte integral de la legislacin de los Derechos Humanos que tiene una aplicacin universal. Asimismo, se reconoci que la conformidad con el derecho a la libre determinacin es una condicin fundamental para el disfrute de otros derechos humanos y libertades fundamentales, sean civiles, polticas, econmicas, sociales o culturales. El concepto de libre determinacin es muy poderoso. Tal como seal Wolfgang Danspeckgruber: "Ningn otro concepto es tan poderoso, visceral, emocional, incontrolable y excesivo creando aspiraciones y esperanzas como la libre determinacin". Inspira emociones, expectativas y miedos que, a menudo, llevan a conflictos y derramamiento de sangre. Segn uno de los participantes de la conferencia, 50 de los conflictos que existen en el mundo hoy en da estn relacionados con el antagonismo entre reivindicaciones de libre determinacin y soberana estatal. Los participantes de la conferencia estaban convencidos de que, en la mayora de los casos, no es la afirmacin de las reivindicaciones por parte de las comunidades oprimidas, sino la denegacin de la libre determinacin por parte de las autoridades estatales lo que provoca conflictos armados. Con el fin de proponer medios para prevenir y resolver stos y otros conflictos relacionados, los participantes exploraron y discutieron varios enfoques, a veces contrapuestos, para la realizacin de la libre determinacin. Algunos expertos sostuvieron que los titulares deberan estar o estn limitados por el derecho internacional. Otros crean en la necesidad de limitar el posible resultado para todas o algunas categoras de titulares. Por ltimo, la conferencia coincidi en que la mejor propuesta es la de considerar el derecho a la libre determinacin en su sentido ms amplio, como un proceso que aporta un gran abanico de posibles resultados que dependen de las situaciones, necesidades, intereses y condiciones de las partes interesadas. Los titulares del derecho a la libre determinacin. Los instrumentos legales internacionales sobre la libre determinacin la consideran como un derecho perteneciente a "todos los pueblos". Algunos participantes de la conferencia sostuvieron que, para determinar quines son los titulares del derecho a la libre determinacin, debera tomarse como punto de partida el significado corriente del lenguaje. Una mxima muy bien establecida en el derecho internacional, presente en la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados y ratificada por la Corte Internacional de Justicia, es que los trminos de los instrumentos legales internacionales deben interpretarse, generalmente, segn su significado corriente13. El diccionario Webster de la lengua inglesa define pueblo como "todo un grupo de personas que constituyen una comunidad u otro grupo en virtud de una cultura, religin o

elemento similar comunes"14 . En 1989, la Reunin Internacional de Expertos para la Dilucidacin de los Conceptos delos Derechos de los Pueblos de la UNESCO elabor una definicin ms detallada, concretamente con el propsito de identificar a los titulares del derecho a la libre determinacin. Esta descripcin (que, en ocasiones, los participantes llamaban "la definicin Kirby", por su autor principal, Justice Michael Kirby), define a pueblo como: un grupo de seres humanos individuales que tienen en comn todos o algunos de los siguientes elementos: (a) tradicin histrica comn; (b) identidad racial o tnica; (c) homogeneidad cultural; (d) unidad lingstica; (e) afinidad religiosa o ideolgica; (f) conexin territorial; (g) vida econmica comn.15 Los expertos de la UNESCO afirmaron, adems, que "el grupo como un todo debe tener la voluntad de que le identifiquen como un pueblo o la conciencia de ser un pueblo", elemento subjetivo clave para otras definiciones legales de los pueblos. El pueblo debe estar formado por nmero determinado de personas, que no necesita ser muy grande pero que debe ser ms que "una simple asociacin de individuos dentro de un estado" segn estos expertos, que tambin consideraron de gran importancia la existencia de "instituciones u otros medios de expresar sus caractersticas comunes y su voluntad para identificarse". El significado corriente de la expresin "todos los pueblos" incluye a los pueblos bajo subyugacin o dominacin colonial o extranjera, los que estn bajo una ocupacin, los pueblos indgenas y otras comunidades que cumplen los criterios aceptados de forma general para determinar la existencia de un pueblo. John Packer sostuvo que, en el derecho internacional actual, la libre determinacin es un derecho que concierne slo a los pueblos que se encuentran bajo una subyugacin, sufriendo regmenes coloniales, racistas y ocupantes (como un derecho compensatorio) y al total de la poblacin de todos los estados, en cuanto al derecho a determinar su estatus poltico y su desarrollo econmico, social y cultural (derecho primordial). Esta opinin no era compartida por todos, ya que se crea que el derecho a la libre determinacin, dentro del derecho internacional contemporneo, se extenda ms all de esas categoras limitadas e inclua a grupos dentro de la poblacin de los estados considerados como "pueblos". Todo el mundo coincidi en que muchos pueblos estn sufriendo bajo formas contemporneas de colonialismo que no encajan dentro del concepto tradicional y arbitrario de "colonialismo de agua salada". Por ejemplo, los pueblos indgenas siguen sufriendo bajo formas actuales de colonialismo o por las consecuencias de un antiguo colonialismo. Naciones, pueblos indgenas y minoras

Sera importante distinguir entre pueblos, naciones, pueblos indgenas y minoras en la medida en que se diferencian los derechos de cada grupo. Naciones Los conceptos de 'nacin' y 'pueblo' estn muy relacionados y resulta difcil distinguirlos. As, podemos considerar los criterios utilizados para una nacin como similares a los utilizados para un pueblo. Uno de los participantes describi a los pueblos como naciones sin estado. Johan Galtung define una nacin como un grupo de gente con ciertos puntos en el espacio y en el tiempo que consideran sagrados. En este anlisis, el espacio es la patria y el tiempo se refiere a ciertos momentos de la historia, a menudo traumticos. Esta definicin no incluye criterios tales como una lengua comn, una identidad tnica o una religin compartida para identificar una nacin, sino que da gran importancia al arraigo territorial. Sin desechar los criterios de Kirby, los participantes coincidieron en la necesidad de reconocer la importancia de los smbolos y mitos que unen y mueven al pueblo en su identificacin con una nacin o pueblo. Michael Keating identific una nacin como un grupo que reivindica la libre determinacin, sin ser, necesariamente, un grupo tnico y homogneo. Utiliz el ejemplo de Quebec, como una nacin que tiene el derecho a la libre determinacin, aunque, en este caso, el concepto de nacin no es tnico. Estados Unidos es una nacin multitnica y multicultural, pero se podra argumentar que se trata de una nacin en proceso de formacin. Michael Keating adelant varias definiciones, pero dio razones en contra de una definicin clara, puesto que el concepto de nacin tiene diferentes significados en diferentes lugares y una definicin uniforme podra llegar a provocar conflictos. La tendencia a considerar las naciones como unidades monolticas que ocupan territorios mutuamente exclusivos est especialmente cerrada a matices y result ser incompatible con la percepcin indgena de nacin. El razonamiento, por parte de algunos, de que los estados deberan formarse tomando como base el carcter distintivo de cada nacin, principio que llev a la formacin de las naciones-estado en Europa a lo largo del siglo XIX, es desacertado y puede ser peligroso en la actualidad. La realidad es la existencia de orgenes tnicos solapados y mltiples identidades. De hecho, existe muy pocas naciones-estado verdaderas. Al mismo tiempo, el concepto de nacin es tambin una realidad que, adems, tiene una fuerza enorme. Mientras que los estados se crean, se separan o desaparecen, las naciones tienden a sobrevivir. Esto no implica que no se hayan erradicado algunas naciones. Por ejemplo, algunas de las primeras naciones de las Amricas ya no existen como consecuencia del genocidio. La cuestin es que, mientras que los estados no son ms que construcciones artificiales y pragmticas para el ejercicio efectivo de la jurisdiccin y muchos de ellos han sido impuestos por potencias coloniales externas sin atender a realidades geogrficas, tnicas o histricas, las naciones son una realidad antigua y muy asumida que une al pueblo de generacin en generacin y sobrevive a los cambios en las fronteras y gobernantes. Muchas naciones han sobrevivido a esfuerzos coordinados para hacer desaparecer su existencia distintiva. As, por ejemplo, tras siglos de esfuerzos sistemticos por parte de las autoridades del estado francs para absorber todos los grupos nacionales y erradicar sus identidades distintivas con el fin de crear una identidad nacional francesa, las naciones bretona, corsa, alsaciana y vasca siguen existiendo.

Pueblos indgenas Desde el punto de vista indgena, la expresin 'pueblos indgenas' no tiene un significado intrnseco. Se trata, simplemente, de un trmino tcnico que permite a ciertos pueblos participar, aunque de modo limitado, en discusiones internacionales que afectan a su situacin. Los pueblos indgenas se identifican a s mismos por el nombre distintivo de su nacin o pueblo: Quechua, Sami, Maori, Navajo, Naga, Maasai, Pap, etc. La profesora Erica-Irene A. Daes, la Presidenta-Relatora del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas para las Poblaciones Indgenas, no cree realmente que "exista otra distincin entre pueblos 'indgenas' y 'pueblos' en general que el hecho de que el grupo identificado normalmente como 'indgena' no haya podido ejercer el derecho a la libre determinacin".16 El Relator Especial de la Subcomisin de la ONU para la Prevencin de la Discriminacin y la Proteccin de las Minoras, Jos Martnez Cobo, elabor, en su "Estudio del problema de la discriminacin contra poblaciones indgenas", una "definicin de trabajo" de los pueblos indgenas que sigue actuando como un importante punto de referencia en los debates de las Naciones Unidas. Escribi: Son comunidades, pueblos y naciones indgenas los que, teniendo una continuidad histrica con las sociedades anteriores a la invasin y precoloniales que se desarrollaron en sus territorios, se consideran distintos de otros sectores de las sociedades que ahora prevalecen en esos territorios o partes de ellos. Constituyen ahora sectores no dominantes de la sociedad y tienen la determinacin de preservar, desarrollar y transmitir a futuras generaciones futuras sus territorios ancestrales, y su identidad tnica como base de su existencia continuada como pueblo, de acuerdo a sus propios patrones culturales, sus instituciones sociales y sus sistemas legales.17 Aunque utilicemos esta definicin de pueblos indgenas u otras similares, los elementos ms importantes son la auto-identificacin y un especial arraigo y prioridad en el tiempo respecto al territorio ancestral. Minoras Lo que constituye una minora es tambin, en gran parte, una cuestin de autoidentificacin. No obstante, los elementos principales en cualquier definicin incluyen la inferioridad numrica, caractersticas tnicas, lingsticas, culturales o religiosas distintas a las del resto de la poblacin de un estado, as como la posicin no dominante de la minora. Muchas minoras estn relacionadas con la poblacin de un estado emparentado, a menudo vecino, pero no siempre es as. La consecuencia de la identificacin como una minora puede ser importante, puesto que, en general, se entiende que, si bien los pueblos tienen el derecho a la libre determinacin segn el derecho internacional, las minoras no poseen tal derecho. Las categoras que acabamos de abordar no necesariamente se excluyen mutuamente y algunos grupos pueden evolucionar pasando de una categora a otra segn cambien las circunstancias. As, una comunidad que puede tener el derecho a la proteccin que ofrece

a las minoras la Declaracin de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minoras tnicas, Religiosas y Lingsticas, puede tambin considerarse, y ser reconocido, como un pueblo indgena que posee los derechos que contiene la Convencin 169 de la OIT y cubiertos por el borrador de la Declaracin de los Derechos de los Pueblos Indgenas. Tambin deberamos tener en cuenta que algunas comunidades parecen no encajar en ninguna de las categoras de forma concreta y, por el contrario, poseen elementos de una o ms categoras. Por ejemplo, Kosova est considerado por algunos como una regin de minora nacional albanesa dentro de Serbia, pero no es as como lo definen los propios kosovares. Los albaneses de Kosova forman parte del pueblo y la nacin (que es mayor que el estado de Albania) albaneses. Pero Kosova es tambin una entidad poltica diferenciada en su propio derecho con una reivindicacin creible de libre determinacin. Si bien puede haber fluidez en la clasificacin de comunidades y poblaciones por categoras y puede que las definiciones precisas e inflexibles no hacen justicia a la gran diversidad de situaciones en las que estos grupos pueden encontrarse, sigue siendo importante determinar cules son los derechos de estos grupos. Contenido del derecho a la libre determinacin: Libre determinacin interna y externa En la Conferencia, hubo un gran debate tanto a favor como en contra de la distincin entre el derecho a la libre determinacin interna y la libre determinacin externa. La oposicin fue especialmente dura en la medida en que esta distincin supona la discriminacin respecto a los derechos de las diferentes categoras de pueblos. Se entiende por libre determinacin interna la democracia participativa: es el derecho que tiene toda la poblacin de un estado a decidir la forma de gobierno y la identidad de los gobernantes y el derecho de un grupo de poblacin dentro del estado a participar en la toma de decisiones en el mbito estatal. La libre determinacin interna puede implicar tambin el derecho a ejercer la autonoma cultural, lingstica, religiosa o (territorial) o poltica dentro de las fronteras del estado existente. Se entiende por libre determinacin externa (que algunos describen como libre determinacin "plena") el derecho de un pueblo a decidir su estatus poltico y su posicin en la comunidad internacional con respecto a otros estados, incluyendo el derecho a separarse del estado existente del que forma parte el grupo en cuestin, y a crear un nuevo estado independiente. Algunos participantes sostuvieron que la libre determinacin externa es un instrumento de descolonizacin, que tiene escasas posibilidades de aplicacin, dentro del derecho internacional actual, fuera de aquella situacin y la de los territorios ocupados. Segn este argumento, pocos pueblos, incluyendo los indgenas, tienen el derecho a reivindicar la libre determinacin externa. Sin embargo, de acuerdo con esta idea, los pueblos indgenas, la mayora de los dems pueblos y las minoras pueden reivindicar sus derechos bajo el signo de la libre determinacin interna.

Para apoyar esta idea, se expuso que disminuira la oposicin de los estados a la realizacin de la libre determinacin y que podra ejercer una forma de libre determinacin un mayor nmero de grupos vulnerables que bajo el derecho internacional actual. Por el contrario, otros sostuvieron que esta propuesta equivale a decir que existen diferentes categoras de "pueblos": una primera clase que posee el pleno derecho a la libre determinacin y una clase menos importante que tiene slo un derecho limitado a la libre determinacin interna. La distincin es arbitraria, limita el derecho a elegir y se opone al significado corriente de todos los instrumentos que establecen que "todos los pueblos" tienen el derecho a la libre determinacin, incluyendo el derecho a "determinar libremente su condicin poltica". Se seal que, partiendo incluso de un enfoque positivista de la "ley dura", llegamos a la conclusin de que no existe en la actualidad ningn instrumento internacional en vigor que haga tal distincin o afirme un derecho a la libre determinacin interna.18 Sin resolver del todo estas diferencias en cuanto al enfoque, todos coincidieron en que los aspectos internos y externos de la libre determinacin se podran diferenciar de forma til para discutir formas concretas de aplicar este derecho. Adems, es importante destacar que reivindicar la libre determinacin no implica necesariamente reivindicaciones de secesin; de hecho, generalmente se limitan a demandas de derechos que se han de ejercitar dentro de las fronteras de los estados existentes. Tambin hubo un claro acuerdo con respecto a la necesidad de reconocer derechos compensatorios a grupos vulnerables como los pueblos indgenas y minoras. Consenso: Libre determinacin en su sentido ms amplio La libre determinacin debera entenderse o reformularse en su sentido ms amplio. Si as se hace, puede contribuir verdadera y profundamente a la prevencin y resolucin de conflictos. Los participantes de la conferencia llegaron a esta conclusin tras una larga discusin sobre el significado y naturaleza de la libre determinacin. Esto concuerda con la comprensin y la situacin de la libre determinacin dentro del contexto global del derecho internacional, cuyo principal fin es mantener la paz, las relaciones amistosas entre estados y la seguridad. Es tambin el contexto en el que el Artculo 1 de la Carta de las Naciones Unidas sita la libre determinacin. La libre determinacin es un proceso sin resultado predeterminado La libre determinacin es ms un proceso que un resultado. En realidad, no existe ningn resultado predeterminado en el ejercicio de la libre determinacin. La Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Declaracin sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y de cooperacin entre los Estados, estipul que: El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociacin o integracin con un Estado independiente o la adquisicin de cualquier otra condicin poltica libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinacin de ese pueblo.19

Segn la Corte Internacional de Justicia, el requisito bsico es que el resultado corresponda a la eleccin libre y voluntaria del pueblo en cuestin.20 La libre determinacin es un derecho a elegir, participar y controlar En esencia, la libre determinacin significa que los seres humanos, de forma individual y como grupos, deberan tener el control de su propio destino y que, de acuerdo a eso, deberan concebirse las instituciones de gobierno. sta es la idea que foment la cada de las estructuras coloniales clsicas y la abolicin del apartheid y que hoy promueve la reforma democrtica en todo el mundo. La libre determinacin sigue manteniendo sus races y estando unida de forma inseparable al concepto bsico de democracia, entendida como el derecho a elegir los gobernantes y participar en la toma de decisiones. Los dirigentes que gobiernan con una poltica basada en estos principios cuentan con el consentimiento de los gobernados. En este sentido, el derecho a la libre determinacin es un derecho a elegir y un derecho a participar. Pero el ejercicio de la libre determinacin puede implicar asimismo que un pueblo elija ser gobernado por dirigentes de su propia comunidad, ya sea dentro o fuera del contexto de un estado existente. La libre determinacin es un proceso continuo La libre determinacin no debera verse como una eleccin puntual, sino como un proceso prolongado que asegure la continuidad de la participacin de un pueblo en la toma de decisiones y el control sobre su propio destino. Segn Paul Arthur, este enfoque fue el que permiti a Gerry Adams sostener que, aunque el acuerdo sobre Irlanda del Norte adoptado en 1998 no resulta en la creacin inmediata de una Irlanda unificada, pone en marcha un proceso de libre determinacin en el que las partes pueden trabajar para llegar a un cambio de estatus por medios polticos democrticos. Flix Mart seal tambin el proceso en el que se encuentra Catalua como un proceso dinmico de libre determinacin. Este enfoque hace posible que los cambios "incrementales" se realizen sin tener que forzar a las partes a llegar a un acuerdo sobre cambios definitivos, lo que puede ser demasiado radical para algunos e insuficiente para otros. En este sentido, la libre determinacin no debera considerarse de una forma tan antagonista al estado o a la situacin en que se encuentra el pueblo. Debera verse, ms bien, como un proceso por el que las partes ajustan y reajustan su relacin, si es posible para beneficio mutuo. La libre determinacin es un proceso para la satisfaccin de las necesidades humanas Joe Washington estableci el objetivo del ejercicio de la libre determinacin desde la perspectiva de las necesidades humanas. Los pueblos y comunidades luchan por ganar el control de los medios para poder satisfacer las necesidades de sus miembros. De estas necesidades, las ms importantes son las de seguridad y bienestar humanos. Aqu, por seguridad se entiende la seguridad econmica, sanitaria, medioambiental y alimentaria, as como la seguridad personal respecto a la violencia fsica, lo que implica respeto a los derechos humanos y libertades. Por lo tanto, se pueden concebir diversos medios,

estructuras polticas y organizaciones que podran satisfacer las necesidades humanas de las comunidades y de sus miembros. John Henriksen seal que existe esta seguridad cuando el pueblo y sus miembros gozan de garantas verificables tanto legales como polticas para el ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales, as como de una sensacin de seguridad. Este elemento subjetivo es especialmente importante a nivel colectivo en el contexto de la libre determinacin. La necesidad de seguridad puede ser un objetivo prioritario en la lucha por la libre determinacin, sobre todo en el caso de pueblos a los que se les ha privado de sus derechos, que han sido oprimidos o han sufrido deportaciones, asimilacin forzada, persecuciones religiosas, etc. Sin embargo, se debe tener cuidado con el uso del trmino 'seguridad', de forma que no sirva de pretexto para que los militares asuman un papel indeseado, con el fin de prestar seguridad. Identidad cultural La cultura, que es un elemento distintivo bsico de los pueblos y dems comunidades, es, a menudo, el eje central de la reivindicacin de la libre determinacin cuando la identidad y la expresin cultural de una comunidad se ven suprimidas o amenazadas. El respeto a los valores culturales distintivos y a la diversidad es fundamental en la nocin de libre determinacin. Para algunas comunidades, el reconocimiento dentro del estado del valor y el carcter distintivo de un grupo puede ser una expresin del uso de su derecho a la libre determinacin. Para otros, la autoridad y la capacidad para ejercer la plena autonoma cultural dentro de un territorio determinado (o para ejercerla de una forma no territorial) es un componente esencial de su ejercicio de la libre determinacin. Control de recursos naturales El control, la gestin y, en la mayora de los casos, la posesin de la tierra y de otros recursos naturales en sta, pueden ser cruciales para un pueblo o comunidad en su lucha por mantener su identidad, cultura, estilo de vida y autonoma. Esto tiene una importancia significativa con respecto a los pueblos indgenas cuyo vnculo con la tierra y el entorno natural es especialmente fuerte. Pero otros pueblos tambin pueden derivar su fuerza y vitalidad espiritual, cultural o econmica de la tierra y sus recursos naturales. Las Naciones Unidas, en la Resolucin 1803 de la Asamblea General (XVII), proclamaron "el derecho de los pueblos y naciones a la soberana permanente sobre sus riquezas y recursos naturales"21 y los Pactos Internacionales sobre los Derechos Humanos reconocen, en su Artculo I (2) comn, el derecho de los pueblos a "disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales". La importancia de este aspecto es especialmente evidente cuando el estado niega a un pueblo el derecho a controlar su tierra y sus recursos naturales. Esto ocurre normalmente cuando esos recursos tienen un gran valor econmico y, por tanto, son explotados por el pueblo dominante o elite para su propio beneficio, el de todo el estado o el de corporaciones extranjeras (transnacionales). Esta explotacin normalmente provoca importantes cambios en el entorno donde vive el pueblo cuyo territorio se est utilizando. En ocasiones, se profanan lugares sagrados, se destruyen bosques vrgenes, se arruinan tierras frtiles, se desplazan pueblos y ciudades y las comunidades ya no pueden mantener su forma de vida. Dicho de otro modo, se viola el derecho del pueblo a la libre

determinacin de una manera fundamental y, a veces, irreversible. La nocin de libre determinacin de los pueblos indgenas Los pueblos indgenas presentan sus reivindicaciones fundamentalmente en trminos de libre determinacin. A menudo, se interpreta esto como un desafo a la integridad territorial de los estados existentes, ya que se teme que los pueblos indgenas quieran formar sus propios estados. En este miedo est implcita la suposicin de que el estado es la forma de organizacin bsica, y ms importante, a la que aspiran todas las comunidades, incluyendo los pueblos indgenas. Pero, segn James Anaya y otros participantes, los pueblos indgenas expresan su derecho "a vivir de forma libre y a determinar su propio destino" sin relacionarlo con la idea de estados cuyos territorios y soberanas se excluyen mutuamente. "En lugar de esto, las interrelaciones son el teln de fondo. No se insiste tanto en la separacin, sino que, ms bien, el objetivo son las relaciones y conexiones. La separacin en este contexto es tan slo una transicin para apartarse de lo negativo y crear nuevos vnculos."22 Aunque el fondo es diferente, las aspiraciones de los pueblos indgenas estn relacionadas con el concepto bsico de libre determinacin: la necesidad de instituciones de gobierno que trabajen permitiendo al pueblo vivir libremente y determinar su propio destino. La determinacin de los pueblos indgenas a cambiar la situacin en la que viven en la actualidad proviene del hecho de que las instituciones bajo las cuales se han visto forzados a vivir desde que fueron colonizados fueron creadas de forma ilegtima y eliminan su capacidad de vivir libremente y elegir su propio destino. Una parte fundamental de la forma de vida y las creencias espirituales indgenas es la conservacin de un vnculo nutriente con la naturaleza, con la Madre Tierra, que es la verdadera fuente de nuestro sustento. La destruccin y la sobreexplotacin de la tierra y sus recursos no slo daan el entorno vivo, sino que impide a la Tierra mantener a las generaciones futuras y viola nuestro derecho a proteger y cuidar la Madre Tierra y sus recursos naturales. Segn esto, nadie es dueo de la naturaleza o la tierra. Su existencia no tiene como fin el provecho personal o el enriquecimiento de un individuo o grupo, sino el beneficio colectivo de nuestra generacin y las futuras. Asimismo, la necesidad de seguridad humana de los pueblos indgenas supone siempre buenas garantas relativas a la propiedad, posesin o control de la tierra y los recursos naturales. Esto sucede porque, en la situacin actual, la ausencia de estas garantas impide a los pueblos indgenas mantener su relacin esencial con la tierra y los recursos naturales, que es el eje de sus diversas culturas. Elementos externos de la libre determinacin Se suele considerar generalmente que el aspecto externo del derecho a la libre determinacin es el derecho a separarse del estado existente. Pero existen otros aspectos externos de relevancia significativa para el ejercicio de la libre determinacin por parte de un pueblo, pero que no conllevan necesariamente la creacin de un estado independiente. Un buen ejemplo es la importancia que los pueblos indgenas dan a la necesidad de proteger y alimentar a la Madre Tierra y sus recursos naturales. Y esta necesidad transciende las artificiales fronteras administrativas y estatales. Una sola

comunidad no puede proteger la tierra y sus recursos si stos estn siendo objeto de una destruccin masiva por otro lado. Por eso, los pueblos indgenas creen que es importante participar en los procesos de toma de decisiones nacionales e internacionales relativos a la conservacin o explotacin de la naturaleza. Igualmente, cualquier pueblo o comunidad puede considerar que es fundamental incluir en su ejercicio de la libre determinacin la autoridad para participar en debates internacionales o la inclusin en las organizaciones internacionales donde se toman decisiones respecto a aspectos esenciales de su existencia y desarrollo. Esto podra incluir su participacin en foros econmicos (como en el caso de la representacin por separado de Tatarstan en las conferencias econmicas internacionales y la pertenencia, por separado tambin, de Hong Kong a organizaciones econmicas internacionales), en organizaciones regionales (como la pertenencia del Consejo Sami al Consejo Nrdico y a la Conferencia Circumpolar), en organizaciones mundiales (podramos tomar como ejemplo la creacin de un Foro Permanente para los Pueblos Indgenas dentro del sistema de las Naciones Unidas) o en organizaciones culturales o religiosas (el deseo de Catalua de participar en la UNESCO podra considerarse como un ejemplo). Los pueblos pueden querer reivindicar el derecho a ser incluidos y no excluidos de los procesos de toma de decisiones sobre cuestiones tan importantes como la guerra y la paz, asuntos reservados tradicionalmente a la autoridad exclusiva de los estados. Hay ejemplos de regiones o comunidades que declaran la neutralidad o zonas no nucleares, a pesar de pertenecer a estados cuyas polticas son contrarias. El ejercicio de la libre determinacin conlleva la no participacin de una unidad autnoma en una organizacin internacional a la que pertenece el estado (tenemos como ejemplo el caso de la retirada de Groenlandia de la Unin Europea, en la que Dinamarca sigue participando activamente). La impresin de que slo los estados plenamente independientes pueden mantener relaciones internacionales y participar en las tomas de decisiones lleva a la interpretacin de que las demandas de una participacin internacional por parte de pueblos no independientes amenaza la integridad territorial y la soberana de los estados e incluso equivale al separatismo. Ciertamente, el grado en que las entidades no independientes pueden participar en la toma de decisiones se ve limitado por el concepto de responsabilidad estatal en el derecho internacional. De acuerdo con el derecho internacional actual, slo los estados tienen la responsabilidad legal y pueden hacerse responsables de la aplicacin de los tratados internacionales. No obstante, pueden reconocerse, a nivel internacional, que las entidades no estatales representan intereses legtimos sin existir amenaza alguna a la existencia ininterrumpida del estado al que pertenecen. As, segn la constitucin de Finlandia, los Sami no slo gozan de autonoma regional, sino que la institucin elegida por el pueblo, el Parlamento sami, tiene tambin la autoridad para representar a la comunidad sami de Finlandia a nivel internacional. De igual forma, Catalua y Quebec cuentan con sus propias oficinas representativas en capitales extranjeras para la promocin del turismo y el comercio. La secesin o separacin del estado. En el contexto ms amplio de la libre determinacin, la separacin o secesin del estado al que pertenece un pueblo debera considerarse como un derecho de ltimo recurso. As,

si el estado y sus sucesivos gobiernos han oprimido a un pueblo de forma repetida y durante mucho tiempo, han violado los derechos humanos y libertades fundamentales de sus miembros, han excluido a sus representantes de las tomas de decisiones, sobre todo en cuestiones relacionadas con el bienestar y la seguridad del pueblo, han eliminado su cultura, religin, lengua y otros elementos de identidad valorados por sus miembros, habindose probado otros medios para conseguir un grado suficiente de autogobierno y que han fracasado claramente, puede surgir entonces el tema de la secesin como medio para la recuperacin de los derechos y libertades fundamentales, as como el fomento del bienestar del pueblo. Se podra considerar este derecho anlogo al derecho de ltimo recurso de la rebelin contra la tirana y la opresin a que se refiere el prembulo de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos. Los pueblos y comunidades pueden buscar la secesin porque les parece que el estado independiente como nico medio de obtener el nivel de libertad y seguridad al que aspiran. En parte, esto se debe a que el sistema legal y poltico internacional no aporta formas adecuadas de proteccin y garantas a las comunidades que se encuentran dentro de las fronteras de los estados independientes, cualquiera que sea el estatus de stas dentro del estado. Los conceptos de derechos de las minoras, derecho de los pueblos indgenas yderechos humanos han demostrado, en muchas ocasiones, ser insuficientes para proteger a las comunidades contra la persecucin colectiva, la explotacin y la eliminacin. Incluso se han llevado a cabo genocidios, como en el caso de Ruanda, y ataques armados masivos, como el de Chechenia, sin que la comunidad internacional haya actuado de forma efectiva. Pero el deseo de crear un estado independiente existe tambin a causa de una atencin insuficiente dada a las experiencias positivas que han resultado de la aplicacin de formas de libre determinacin diferentes a la secesin. Cuanto ms se pueda demostrar que las necesidades humanas individuales y colectivas de las comunidades, sobre todo la de sobrevivir y desarrollarse dentro de un entorno seguro, pero tambin la de dignidad y aceptacin internacional, se pueden garantizar adecuadamente mediante soluciones que no lleguen a la secesin, ms atractivas sern estas opciones. La libre determinacin no es un derecho absoluto Apenas ningn derecho reconocido por la ley es absoluto. Esto ocurre tambin con la libre determinacin, que no se puede ejercer ni aplicar de forma unilateral. Cuando el derecho, del modo en que se reivindica, tropieza con otros principios legales y derechos internacionales, todos y cada uno de estos derechos deberan ser sopesados, teniendo en cuenta el objetivo primordial del derecho internacional de mantener la paz y la seguridad. Otros derechos y principios que pueden considerarse en este proceso incluyen: los derechos de las minoras o pueblos indgenas y otros pueblos y grupos de poblacin dentro del territorio del pueblo que reclama el derecho a la libre determinacin; la integridad territorial del estado, cuando la reivindicacin del pueblo implique la separacin de ste; derechos y obligaciones a los que las partes pueden estar obligadas como, por ejemplo, los tratados; y la disposicin de la ley de los derechos humanos. A menudo, se hace referencia al antagonismo existente entre el derecho a la libre determinacin y el principio de integridad territorial de los estados.

Los participantes de la Conferencia comentaron que, si bien el principio y derecho a la libre determinacin tenan una profunda base tica y moral, esto no ocurra con el principio de integridad territorial, que es una construccin legal, poltica y pragmtica. Por otro lado, el principio de integridad territorial de los estados tiene un fin muy prctico, con su objetivo primordial de mantener la paz y la seguridad basado en el principio de no-intervencin en los asuntos internos de los estados. El principio de integridad territorial aparece invocado claramente en relacin con la libre determinacin en la Declaracin sobre la concesin de la independencia a los pases y pueblos coloniales (1960), la Declaracin sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y de cooperacin entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas (1970) y, ms recientemente en la Declaracin y Programa de Accin de Viena (1993). Esta ltima (que utiliza prcticamente el mismo lenguaje que la Declaracin de relaciones de amistad) reconoce el derecho de todos los pueblos a la libre determinacin pero establece que: ...nada de lo anterior se entender en el sentido de que autoriza o fomenta accin alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad poltica de Estados soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinacin de los pueblos y estn, por tanto, dotados de un gobierno que represente a la tolidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distincin alguna. (nfasis aadido).23 Este prrafo impone un requisito de legitimidad sobre un estado, invocando el principio de integridad territorial contra la reivindicacin de la libre determinacin que amenaza esa integridad. Esto significa que un estado que oprime, destruye o explota deliberadamente a un pueblo o comunidad en lugar de protegerlo o representar sus intereses no tienen derecho legtimo a invocar el principio de integridad territorial contra ese pueblo o comunidad. Un estado que viola gravemente sus obligaciones fundamentales con sus ciudadanos pierde la legitimidad de gobernarlos. Esto tambin es aplicable en relacin con las obligaciones del estado respecto a un pueblo o comunidad distinta situada dentro de sus fronteras. Jose Ramos-Horta lleg a la conclusin de que el mantenimiento de la integridad territorial est en manos de los gobiernos en el poder. Al aceptar estas obligaciones, incluyendo el respeto al derecho a la libre determinacin con todas sus consecuencias, y comprometindose a un dilogo con todos los sectores de la sociedad, un gobierno puede mantener la integridad territorial del estado o asegurar que el cambio pacfico tenga lugar de manera que beneficie al estado. La libre determinacin tambin impone responsabilidades respecto a los derechos humanos a los que la reivindican, incluyendo los derechos de las minoras y pueblos indgenas y de otros pueblos y comunidades que se encuentren dentro de su jurisdiccin, as como la obligacin de resolver, de forma constructiva, problemas que surjan de la aplicacin de este derecho. El concepto amplio de libre determinacin

Del anterior anlisis resulta un concepto de la libre determinacin mucho ms amplio, flexible y complejo que una definicin que limite la libre determinacin a la separacin. Entendido as, la libre determinacin no tiene por qu amenazar la integridad territorial de los estados y puede ser bastante compatible con su defensa. Los principales obstculos a la comprensin y aceptacin de este concepto de libre determinacin son el apego al concepto dogmtico de nacin-estado, la nocin extrema de soberana como atributo exclusivo del estado independiente y la obsesin territorial. La aplicacin del concepto amplio de libre determinacin puede llevar a gran nmero de soluciones en las relaciones entre estados y grupos de poblacin dentro de dichos estados adaptadas a las necesidades concretas de las partes implicadas. Estas soluciones pueden tener un carcter territorial o un carcter funcional no territorial y pueden tener componentes tanto internos como externos. Para idear soluciones apropiadas, los atributos ms importantes son la creatividad, la flexibilidad y una buena comprensin de lo que el pueblo que reivindica la libre determinacin quiere conseguir concretamente y de los intereses legtimos vitales de las dems partes. Al buscar soluciones adecuadas para cada caso especfico, resulta til no limitarse a conceptos tradicionales de estado. Tambin es indispensable concebir formas de libre determinacin que aporten garantas suficientes para la aplicacin efectiva a largo plazo de los acuerdos a los que se llegue. John Packer explic el modo en que el Alto Comisionado de la OSCE para las Minoras Nacionales abord la cuestin de la divisin jurisdiccional entre el estado ucraniano y la repblica autnoma de Crimea. En lugar de explorar lo que podra corresponder a la jurisdiccin de las autoridades de Crimea, el Alto Comisionado decidi trabajar en direccin contraria, partiendo de lo que no estara, razonablemente, dentro de sus jurisdicciones. Encontr "nicamente cuatro materias: la defensa nacional, la poltica monetaria, el mantenimiento de las fronteras nacionales y ciertos aspectos (no todos) de la diplomacia internacional (incluyendo, de forma destacada, la capacidad de adquirir responsabilidades en el derecho internacional)."24 Otros ejemplos creativos incluyen el Acta de los Derechos de los Pueblos Indgenas de Filipinas (1997); las disposiciones de la Constitucin finlandesa con respecto a la autonoma territorial y funcional del pueblo sami; el autogobierno deGroenlandia, que cuenta con aspectos internos y externos de mucho alcance; el acuerdo de Nunavut en Canad en relacin con el pueblo Inuit, que ahora tienen un gobierno separado que incluye una asamblea representativa, una rama ejecutiva, un tribunal, un servicio civil y una capacidad limitada de participacin en la diplomacia internacional; la autonoma territorial de los Kuna Yala de Panam, que reconoce e incorpora instituciones indgenas dirigentes y ofrece proteccin a las selvas vrgenes que son la base de la forma de vida de los Kuna; y los acuerdos de Chittagong Hill Tracts que, si se aplican adecuadamente, podran dar un grado significativo de autogobierno a los pueblos indgenas de esta regin de Bangladesh. Johan Galtung propuso modelos de confederacin de autonomas para pueblos de la misma nacin (por ejemplo, los kurdos y los mayas) a travs de las fronteras de los diferentes estados en los que se encuentran, de forma que no afectara a la integridad territorial de los respectivos estados. Irlanda del Norte es un ejemplo reciente muy creativo que permite la existencia de mltiples identidades que han sido desvinculadas del concepto restrictivo de territorio y jurisdiccin exclusiva.

Efectos del aumento de la interdependencia, la regionalizacin, la globalizacin y las estructuras supranacionales. El aumento de la interdependencia de todos los estados en aspectos econmicos, ambientales y polticos ha llevado a la dilucin del concepto tradicional de soberana estatal. La soberana estatal tambin se ha visto minada por el crecimiento de economas de libre mercado y el papel cada vez ms importante de entre 18.000 y 20.000 organizaciones no-gubernamentales (ONGs) en todo el mundo. Un factor en la elaboracin de soluciones para la autonoma y el autogobierno, as como para otras expresiones de libre determinacin, puede ser el papel de instituciones supranacionales, como la Unin Europea, la Zona Norteamericana de Libre Comercio y la Comunidad de Estados Independientes. Este tipo de instituciones y acuerdos internacionales provoca la ruptura del monopolio del estado. La soberana ya no es ejercida de forma exclusiva por el estado, sino tambin por rganos supraestatales. Adems de esto, el progreso de la democracia y la relevancia cada vez mayor de los derechos humanos refuerzan las posibilidades de expresin y realizacin del derecho de libre determinacin en su sentido ms amplio. Por otro lado, el actual dominio de los asuntos internacionales por parte de los Estados Unidos y la creciente globalizacin, que aumenta la concentracin de poder en pocas manos, podra influir negativamente en la aceptacin generalizada de la libre determinacin. El concepto amplio de autodetermi-nacin en el derecho internacional. A pesar de que la Conferencia, como ya hemos mencionado, lleg a un total acuerdo en cuanto a la incorporacin del derecho a la libre determinacin en el derecho internacional, hubo una importante discusin entre los participantes sobre si la interpretacin amplia del derecho a la libre determinacin est reconocida tambin en el derecho internacional. Algunos expresaron que el actual derecho internacional slo reconoce el derecho a la libre determinacin de una pequea categora de pueblos, bsicamente los que se encuentran bajo el dominio y la represin colonial o extranjera o bajo regmenes racistas. Se dijo que esta forma de libre determinacin conlleva el derecho a crear un estado separado. Otras soluciones, como la autonoma regional o funcional, no entran dentro del concepto legal de libre determinacin y, por tanto, deberan manejarse bajo otros trminos. Dichas soluciones entran dentro de la jurisdiccin exclusiva del estado y, por tanto, no forma parte del derecho internacional. La definicin de la forma de autogobierno o de otras soluciones corresponde nicamente a las autoridades del estado, sin ningn tipo de intervencin externa. Otros argumentaron que el concepto amplio de libre determinacin est aceptado en el derecho internacional y que su puesta en prctica no entra exclusivamente dentro de la jurisdiccin nacional del estado, sino que, por el contrario, es una cuestin que afecta mucho a la comunidad internacional. Se record, en primer lugar, que los instrumentos internacionales, especialmente la Declaracin sobre los principios de derecho

internacional referentes a las relaciones de amistad y de cooperacin entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, establecen que los modos de aplicacin del derecho a la libre determinacin van ms all del derecho a la secesin. La Declaracin seala: El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociacin o integracin con un Estado independiente o la adquisicin de cualquier otra condicin poltica libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinacin de ese pueblo. (nfasis aadido). Este lenguaje incluye claramente la autonoma, el autogobierno y otras soluciones dentro o fuera del marco del estado. Puesto que la libre determinacin se incluye en la ley de los derechos humanos, como ya se ha dicho, no es, por definicin, una cuestin que afecte exclusivamente a la jurisdiccin nacional de los estados, sino que es una responsabilidad y un inters internacional. En segundo lugar, el derecho internacional evoluciona constantemente y la prctica estatal, as como la opinin de los publicistas y expertos del derecho internacional (que tambin se consideran fuentes legtimas del derecho internacional), tienden, cada vez ms, a interpretar la libre determinacin de forma que incluya formas de autogobierno, autonoma y otras soluciones dentro del marco estatal. Muchas de las soluciones de autogobierno y autonoma aplicadas dentro de los estados, tales como las relativas a Groenlandia, los Innuit, los Kuna Yala y otros casos ya descritos en esta publicacin, son prueba de una prctica estatal en evolucin que incluye estas formas dentro de la libre determinacin. Esta idea aparece respaldada por el lenguaje actual del Proyecto de Declaracin sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas, que ha sido adoptado por el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indgenas y la Subcomisin de la ONU de la Prevencin de Discriminaciones y la Proteccin a las Minoras. El Artculo 31 de dicho proyecto establece que: Los pueblos indgenas, como forma concreta de ejercer su derecho de libre determinacin, tienen derecho a la autonoma o el autogobierno en cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, en particular la cultura, la religin, la educacin, la informacin, los medios de comunicacin, la salud, la vivienda, el empleo, el bienestar social, las actividades econmicas, la gestin de tierras y recursos, el medio ambiente y el acceso de personas que no son miembros a su territorio, as como los medios de financiar estas funciones autnomas. El Artculo 31 no se considera una cualificacin del derecho a la libre determinacin (como se reconoce en el Artculo 3 del mismo proyecto) sino como un modo especial de aplicarlo respecto a los pueblos indgenas.25 Con el fin de fomentar la aceptacin y aplicacin del concepto amplio de libre determinacin -que todos los participantes consideraron como un paso importante en la prevencin de conflictos armados-, algunos subrayaron que es importante destacar el derecho consuetudinario emergente a este respecto. Medios para lograr la autodetermina-cin.

El ejercicio de la libre determinacin requiere, por su propia naturaleza, la expresin de la voluntad del pueblo. Esto puede concebirse como una o ms acciones bien definidas o como procesos continuados de consulta, participacin y toma de decisiones incluyente. La celebracin de un referndum para determinar la voluntad del pueblo en relacin con un cambio de estatus y otras cuestiones es un acto propio de la libre determinacin totalmente aceptado. Surgen las dificultades, sobre todo en los referndum, con cuestiones relativas a derechos territoriales, en zonas que la comunidad que quiere ejercer la libre determinacin comparte con otros pueblos y comunidades. Segn muchos participantes de la Conferencia, cuando esos otros habitantes son colonos, no deberan tener derecho a participar en dicho referndum. Esto resulta ser cierto especialmente cuando los colonos han sido desplazados a regiones indgenas o incitados a hacerlo por un programa del gobierno elaborado para modificar la composicin demogrfica de la regin en cuestin. Estas prcticas, encubiertas o manifiestas, han provocado que muchos pueblos se vean reducidos a una minora numrica en sus propias tierras de origen. El Sahara Occidental, Nueva Caledonia, as como Papua Occidental, Hawaii, Zanzbar y el Tbet se tomaron como ejemplos de regiones en las que un gran nmero de colonos han cambiado y siguen cambiando el equilibrio demogrfico. En estos casos, un referndum en el que todos los habitantes tengan la misma voz no puede juzgarse como un acto de libre determinacin por parte del pueblo perjudicado. Un ejemplo que viene al caso es el referndum del Sahara Occidental, ahora previsto para Diciembre de 1999. La ONU ha decidido que las personas que el gobierno de Marruecos ha enviado o incitado a trasladarse all desde 1975 no tienen derecho a votar en el referndum. La aplicacin de la libre determinacin no requiere necesariamente un acto nico. La voluntad del pueblo puede verse afectada dentro de un sistema democrtico por la utilizacin de las instituciones estatales existentes. Esto supone un sistema realmente democrtico y completamente participativo, no un sistema que limite el concepto de democracia a la "decisin de una mayora numrica". Cuando slo importan los votos, un pueblo o comunidad numricamente inferior carece de control sobre su destino. La libre determinacin puede ejercerse tambin a travs de uno o ms procesos de negociacin y dilogo y de la firma de acuerdos entre las autoridades estatales y representantes del pueblo en cuestin. En ocasiones, la participacin de terceras partes puede ser til en estos procesos. La mediacin del Secretario General de las Naciones Unidas y de otros ha servido recientemente para avanzar en el proceso de paz de Bougainville. El dilogo al nivel de la comunidad es muy importante en un proceso de libre determinacin. Fue, sin duda, un factor significativo en la consecucin de los acuerdos de Irlanda del Norte. Tanto en Bougainville como en el Pas Vasco, se estn poniendo en prctica importantes iniciativas que pretenden llevar a un consenso del pueblo a travs de procesos globales de dilogo y consulta altamente integradores, como instrumentos bsicos de libre determinacin, entre todos los sectores de la sociedad. El acto de libre determinacin no se reduce a un referndum, sino que se considera un proceso integrado en el que el referndum es slo un elemento. Existen escasos procedimientos bien definidos para la adjudicacin o aplicacin de las

reivindicaciones de libre determinacin. Esto es, en parte, la razn por la que existen tantos desacuerdos que provocan conflictos armados. La Corte Internacional de Justcia ha dictado sentencias y opiniones consultivas sobre cuestiones relativas a la libre determinacin, especialmente en el caso del derecho de los saharauis a la libre determinacin, pero no est capacitado para hacer cumplir sus decisiones. Entre otras vas judiciales internacionales se incluyen la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En la medida en que las reivindicaciones de libre determinacin implican la demanda del respeto a los derechos humanos o derechos de las minoras, los procedimientos del Comit de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales y el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial pueden proporcionar vas para dirigirlas. El procedimiento de la UNESCO sobre derechos culturales puede ser tambin una opcin til. Pero estos rganos carecen igualmente de medios para imponer cualquier decisin. No existe un rgano internacional efectivo, dentro, por ejemplo, del sistema de las Naciones Unidas, que adjudique las reivindicaciones de libre determinacin y est autorizado para apoyar activamente y garantizar su ejecucin pacfica. El estado de Liechtenstein, por iniciativa de su Jefe de Estado, S.A.R. el Prncipe Hans Adam II, present el proyecto de un pacto sobre la libre determinacin a travs de la autoadministracin para que la Asamblea General de las Naciones Unidas lo valorara en 1993. Esta propuesta incluye disposiciones sobre procedimientos y estructuras para el apoyo de una ejecucin pacfica de la libre determinacin. Desgraciadamente, no ha recibido ningn apoyo significativo por parte de los estados miembros de la ONU. Conflicto armado En todas las regiones del mundo, los conflictos se convierten en violentos por el deseo de los gobiernos estatales de un control total, por un lado, y por las reivindicaciones de libre determinacin (en sentido amplio) de los pueblos, minoras u otras comunidades, por otro lado. Cuando los gobiernos reconocen y respetan el derecho a la libre determinacin, los pueblos puede ejercerlo de un modo pacfico. Cuando los gobiernos optan por hacer uso de la fuerza para aplastar o prevenir este movimiento, o cuando pretenden imponer polticas de asimilacin contra el deseo del pueblo, las demandas se polarizan y, normalmente, surge el conflicto armado. Los Tamil, por ejemplo, no buscaban la independencia y no utilizaron la violencia durante los aos 70, pero la negativa del gobierno a aceptar la expresin igualitaria de su identidad distintiva llev a una confrontacin armada y a una guerra de secesin. La tendencia de la comunidad internacional a aceptar la libre determinacin nicamente cuando se presenta con un hecho consumado o a prestar atencin a los conflictos una vez que ya son violentos, incita a la violencia y perjudica a los que intentan recurrir a medios pacficos y democrticos. En muchos casos, las luchas por la libre determinacin se convierten en conflictos armados. Un ejemplo de ello es la lucha en Eritrea, que dura ya 30 aos. La pasividad de

las Naciones Unidas y de sus miembros no dej otra opcin a este pas. Los albaneses de Kosovo, bajo el acertado liderazgo de Ibrahim Rugova, han intentado, a lo largo de una dcada, obtener el apoyo internacional necesario para conservar el carcter no violento de su movimiento. El asunto no se tom en serio a nivel internacional hasta que explot finalmente el conflicto armado. Los conflictos de Abkhazia (que no fue provocado, como se ha dicho a menudo, por una bsqueda de la secesin) y de Chechenia (que comenz con un ataque militar ruso masivo) no recibieron ninguna atencin digna hasta que las televisiones de todo el mundo mostraron los horrores de la guerra. A pesar de la atencin prestada, sin embargo, las cuestiones que constituyen la base de dichos conflictos continan estando sin resolver. Asimismo, debera reconocerse que algunas luchas armadas, como la de los Gagauz en Moldavia y la de los Jummas en Chittagong Hill Tracts, han acabado en acuerdos en los que se otorgaba un grado considerable de autonoma.