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La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 29 de julio del 2009 ¢ 270,00 AÑO CXXXI Nº 146 - 60 Páginas Este Manual pretende que la estructura organizacional de la Asamblea Legislativa, integrada por cargos o puestos, responda a una clasificación plenamente identificada con los objetivos, las necesidades y las actividades de la Institución. MUNICIPALIDAD DE OSA RECIBIRÁ OFERTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO FLEXIBLE EN EL ACCESO PRINCIPAL DE DISTRITO DE BAHÍA BALLENA Foto con fines ilustrativos P ág. 37 ASAMBLEA LEGISLATIVA APRUEBA MANUAL DESCRIPTIVO DE CLASES PUESTOS ADMINISTRATIVOS P ágs. 2 - 29

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La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 29 de julio del 2009

¢ 270,00 AÑO CXXXI Nº 146 - 60 Páginas

Este Manual pretende que la estructura organizacional de la Asamblea Legislativa, integrada por cargos o puestos, responda a una clasifi cación plenamente identifi cada con los objetivos, las necesidades y las actividades de la Institución.

MUNICIPALIDAD DE OSA RECIBIRÁ OFERTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO FLEXIBLE EN EL ACCESO PRINCIPAL DE DISTRITO DE BAHÍA BALLENA

Foto con fi nes ilustrativos Pág. 37

ASAMBLEA LEGISLATIVAAPRUEBA MANUAL DESCRIPTIVO DE CLASES PUESTOS ADMINISTRATIVOS

Págs. 2 - 29

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PODER LEGISLATIVO

ACUERDOSNº 13-09-10

EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVADE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

De conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 150-2009, celebrada por el Directorio Legislativo el 20 de mayo de 2009.

SE ACUERDA:Aprobar el siguiente

MANUAL DESCRIPTIVO DE CLASESASAMBLEA LEGISLATIVA

PUESTOS ADMINISTRATIVOSPRESENTACIÓN

Este Manual descriptivo de clases de puestos de la Asamblea Legislativa tiene como propósito fundamental proporcionar a la administración un instrumento técnico-legal ágil y actualizado, que responda a las necesidades presentes y futuras que demanda la administración del capital humano como elemento principal para el desarrollo de los programas y las metas institucionales, conforme a los objetivos de la eficiencia y eficacia.

Con este Manual se pretende que la estructura organizacional de la Asamblea Legislativa, integrada por cargos o puestos, responda a una clasificación plenamente identificada con los objetivos, las necesidades y las actividades de la Institución.

Este instrumento asume el abordaje organizacional tanto desde los modelos actuales basados en un enfoque de procesos como desde los tradicionales, fundamentados en una perspectiva estructural. Para lograr lo anterior se ha considerado la repercusión y el momento de transición que afronta la Asamblea Legislativa con la revisión, actualización e implementación de conceptos propios de la administración moderna de la mano con las tendencias globales en el ámbito nacional e internacional.

De este modo se avanza hacia el nuevo modelo de control de gestión, el fortalecimiento de la polifuncionalidad y del trabajo en equipo, la búsqueda de una organización más plana y significativa atención a los rendimientos laborales, tanto desde la perspectiva de los costos como de las evaluaciones del desempeño dinámicas, que realimentan el sistema en busca de su mejora y la correspondiente rendición de cuentas.

Además, se promueve la implementación de variaciones o mejoras en la administración del capital humano a partir del enriquecimiento con otras experiencias institucionales similares; igualmente, se busca la maximización de las potencialidades de las tecnologías de información, como la herramienta que permite un mayor acercamiento a la calidad y la excelencia laboral.

En el proceso anterior ha sido fundamental lo definido en el Plan estratégico institucional, en lo correspondiente a las áreas estratégicas de recursos humanos, comunicación con la sociedad, y estructura y organización funcional, y sus correspondientes objetivos.

Mediante las especificaciones y las descripciones de las diferentes clases de puestos, así como la desagregación de procesos que delimita la definición del trabajo, las tareas, los deberes, las responsabilidades y demás características propias de las posiciones de trabajo, se sustenta la base técnica de la administración de recursos humanos en las áreas de planeamiento, reclutamiento, selección, adiestramiento, capacitación, clasificación de puestos, remuneraciones, evaluación del desempeño y carrera administrativa.

En cuanto a los resultados que se pueden obtener de la aplicación de este instrumento, se cuentan alcanzar mayores niveles de eficiencia y eficacia en el desempeño de los puestos de trabajo y la objetividad en el manejo del capital humano; además, se ofrece a la organización (entendiendo por ella el elemento humano que la integra) la posibilidad de disponer de una guía para reencontrar la identidad de cada puesto de trabajo y, a la postre, la naturaleza de la actividad institucional.

Todos los puestos que integran el Área Administrativa de la Asamblea Legislativa deben ser analizados y ubicados según lo dispuesto en este Manual de clasificación de puestos, excepto las clases de los profesionales en ciencias médicas, que se rigen por una normativa particular, y la clase de Asesor 1 que no es permanente en este Manual y se mantendrá mientras perdure la relación del servidor que ocupa el puesto clasificado como tal, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la sesión Nº 137-97 del Directorio legislativo, de fecha 18 de diciembre 1997. Además, se presentan otras clasificaciones temporales, perentorias en función de la relación existente con el funcionario ocupante del puesto afectado; dicha condición se especifica en el apartado correspondiente.

Los cambios y las modificaciones que conlleva este Manual surgen a partir de la revisión de experiencias en otras instituciones públicas y la asimilación de algunos de los criterios aplicados por estas, tal es el caso de la Contraloría General la República y la Dirección General de Servicio Civil que han actualizado este tipo de instrumentos atendiendo sus propias exigencias y la dinámica nacional e internacional en la materia, así como las características y las necesidades institucionales actuales que evidencian la pérdida de funcionalidad del instrumento anterior.ESTRUCTURA INTERNA DE LA DESCRIPCIÓN DE LAS CLASES DE PUESTOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

Este Manual descriptivo de clases de puestos presenta la siguiente estructuración:

1) Estratoa. Definición del estratob. Roles ocupacionalesc. Indicadores del desempeñod. Nivel de impacto

2) Detalle de las clases ubicadas dentro de este estratoa. Nombre de la claseb. Objetivo del trabajoc. Ubicaciónd. Actividades generalese. Condiciones organizacionales y ambientalesf. Supervisión recibidag. Responsabilidad

i. Por actividadesii. Por equipo, materiales y valoresiii. Por relaciones de trabajo

h. Condiciones de trabajoi. Consecuencias del errorj. Características personalesk. Conocimientos básicosl. Conocimientos y experiencia requeridaA continuación se ofrece una breve explicación de cada una de las

partes utilizadas en el formato de las descripciones y especificaciones.ESTRATO

División organizativa ocupacional para fines metodológicos, orientada a enmarcar procesos de trabajo, niveles organizacionales y factores generales de clasificación.ROLES OCUPACIONALES

Definición general de las actividades más características que se desarrollan en los puestos ubicados dentro de un estrato específico.INDICADORES DEL DESEMPEÑO

Medición objetiva de los alcances de las actividades y labores desarrolladas en los puestos ubicados dentro de un estrato específico, ello desde cuatro escenarios: los procesos y resultados, los recursos, la eficiencia institucional, y el aprendizaje, el crecimiento y la satisfacción.NIVEL DE IMPACTO

Indica hasta dónde las consecuencias de las actividades realizadas en el desempeño de los puestos ubicados dentro de un estrato determinado afectan el entorno y el desarrollo institucional.NOMBRE DE LA CLASE

Nombre breve de la descripción de los cargos; se indica, de manera sintética, la índole del trabajo incluido en ella.OBJETIVO DEL TRABAJO

Se describe, resumidamente, la naturaleza ocupacional mediante la somera descripción de los principales procesos inherentes al cargo, así como la dificultad o nivel del cargo.ACTIVIDADES GENERALES

En esta sección se realiza una desagregación de las principales actividades de los procesos en que se involucran los puestos y que exigen de quienes las ejecutan la dedicación de tiempo y la posesión de determinados conocimientos, destrezas y habilidades. Las actividades o tareas descritas se corresponden con la definición del trabajo.

CONTENIDOPág

NºPODER LEGISLATIVO Acuerdos .......................................................................................2PODER EJECUTIVO Acuerdos .....................................................................................29 Resoluciones ...............................................................................33DOCUMENTOS VARIOS ..........................................................33PODER JUDICIAL Avisos .........................................................................................35TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Acuerdos .....................................................................................35 Resoluciones ...............................................................................35 Edictos ........................................................................................35 Avisos .........................................................................................36CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ..................................36 REMATES ....................................................................................42INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ............................42RÉGIMEN MUNICIPAL ...........................................................50AVISOS .........................................................................................50NOTIFICACIONES ....................................................................55FE DE ERRATAS ........................................................................59

El Alcance Nº 31 a La Gaceta Nº 145, circuló el martes 28 de julio del 2009 y cintiene proyectos del Poder Legislativo, decretos del Poder Ejecutivo, Contratación Administrativa, Remates y Fe de Erratas.

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SUPERVISIÓN EJERCIDASe refiere a la supervisión que le corresponde ejercer al funcionario

en cuanto a procesos y actividades realizadas por el personal colaborador. Se aplica a los puestos que ejercen una jefatura formal o a los que les corresponde coordinar diversos procesos.SUPERVISIÓN RECIBIDA

Se describe el grado de independencia con que labora el funcionario, el tipo de instrucciones, el tipo de supervisión que recibe y la forma en que es evaluado el trabajo.RESPONSABILIDADES

Hace referencia a distintas responsabilidades que se asumen en el ejercicio de los puestos como el cumplimiento de las funciones; uso de equipo, materiales y herramientas, y el manejo y la custodia de valores, documentos e información confidencial.CONDICIONES DE TRABAJO

Hace una descripción de las condiciones ambientales e infraestructurales en que es desempeñado el puesto.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Describe las consecuencias que tendrían para la entidad y para terceros los errores que se cometan en la ejecución de las tareas asignadas a los puestos.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Se describen los conocimientos específicos, las habilidades, las destrezas y las características especiales que el cargo le demanda al funcionario que lo ejecuta.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Se trata de capacitación como cursos, talleres, seminarios, etc. que permiten adquirir conocimientos de actualización y otros relacionados con el puesto.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Estudios formales adquiridos en una institución de enseñanza reconocida por las autoridades respectivas y la experiencia relacionada con el puesto.NORMAS DE APLICACIÓN GENERAL

1. El Manual descriptivo de clases es de aplicación general a todos los puestos administrativos de la Institución.

2. A la administración le corresponderá la aplicación y seguimiento de este Manual, a efecto de que los instrumentos de clasificación de puestos y la ubicación de cada puesto dentro de la estructura ocupacional se encuentren siempre actualizados.

3. La actualización del Manual se hará mediante revisiones periódicas, que pueden ser anuales o según lo determinen la administración o las autoridades superiores de la Asamblea Legislativa, aprobadas por el Directorio legislativo y de conocimiento de la población general por los medios institucionales válidos.

4. Los directores, subdirectores y profesionales jefes de las diversas dependencias de la Asamblea Legislativa, según corresponda, le brindarán colaboración a la oficina encargada de dar mantenimiento al Manual; para ello la mantendrán informada sobre las modificaciones y los cambios que ocurren en la estructura orgánica y funcional de cada unidad.

5. El Directorio legislativo procurará mantener las clases establecidas. La creación de una clase debe ser producto de un estudio profundo y técnico por parte del Departamento de Recursos Humanos.

6. La estructura organizacional de la Asamblea Legislativa, de acuerdo con la propuesta de este Manual, parte de los estratos operativo, calificado, técnico, profesional y gerencial (según la correspondiente definición establecida por la Dirección General de Servicio Civil, el Decreto Ejecutivo Nº 25592-MP y publicado en La Gaceta Nº 220, de 15 de noviembre de 1996) y las diferentes clases incluidas dentro de cada estrato. Además, responde a una relación jerárquica de Director Ejecutivo, Directores de División, Directores de Departamento y Jefaturas. El nivel profesional sin rol de jefatura cuenta con Profesional 1 y Profesional 2; el nivel técnico está integrado por Técnicos en Seguridad, Técnicos 1 y 2, Jefe Técnico y Jefe Técnico de Seguridad. En el estrato calificado se ubican las clases de Secretaria o Secretario de Parlamento, Asistente Administrativo y Trabajador Especializado 1 y 2. Finalmente, en el estrato operativo se ubican las clases de Operador de Equipo Móvil, Jefe de Ujieres, Subjefe de Ujieres, Ujier, Agente de Seguridad y Subjefe Técnico de Seguridad.

7. Los movimientos o cambios en la clasificación de los puestos deberá responder a procesos de investigación y análisis de las solicitudes de estudios de reasignación. El movimiento por recalificación se aplicará solamente en los casos especificados en este Manual, según la normativa existente.

DEFINICIÓN DE TÉRMINOSACTIVIDAD: Conjunto de tareas u ocupaciones propias de una

persona, órgano o entidad.ACTIVIDADES: Cada uno de los componentes que integran

un puesto y que exigen de quien lo ocupa la dedicación de tiempo y la posesión de determinados conocimientos, actitudes, aptitudes, destrezas y habilidades.

ADMINISTRACIÓN: Proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar los esfuerzos de los miembros de la organización y de aplicar los demás recursos de ella para alcanzar las metas establecidas.

ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS: Organización y trato de las personas en el trabajo, de manera que desarrollen plenamente sus capacidades y contribuyan al logro de los objetivos de la Institución y que, al mismo tiempo, obtengan mediante la actividad que ejecutan su propia realización como seres humanos.

ADMINISTRACIÓN POR OBJETIVOS: Técnica en la que el empleado y el supervisor establecen conjuntamente objetivos a futuro. Los empleados serán evaluados dependiendo del grado en que hayan alcanzado los objetivos fijados.

ANÁLISIS: Separación y distinción de las partes de un todo hasta llegar a conocer sus principios constitutivos; se trata del estudio minucioso de un objeto, una cosa o situación de la que posteriormente se elabora una recapitulación del caso investigado y un comentario de los aspectos más relevantes, los cuales han de constituir el fundamento de la recomendación.

ANÁLISIS DE PUESTOS: Estudio de los puestos para conocer las tareas, los deberes y las responsabilidades relacionados con las exigencias físicas y mentales; las herramientas, la maquinaria y el equipo utilizado; las líneas de promoción, los requisitos académicos, los conocimientos, las habilidades y la experiencia; las condiciones organizacionales y ambientales, así como relación con otros puestos.

ANÁLISIS OCUPACIONAL: Proceso sistemático y sistémico de recopilación y análisis de información relativa a los diversos aspectos de un puesto.

CAPACITACIÓN: Proceso por medio del cual los empleados adquieren los conocimientos, las habilidades y destrezas para ejecutar con mayor eficacia y eficiencia las tareas que les corresponden; esto permite el desarrollo y la movilidad en la estructura ocupacional, conducente a facilitar la promoción económica y social del individuo en el ámbito laboral donde se desempeña y en la comunidad.

CARACTERÍSTICAS PERSONALES: Habilidades, destrezas, actitudes, aptitudes, conocimientos, licencias, autorizaciones, capacitación y otras características que deben poseer los funcionarios para desempeñar eficientemente un puesto.

CARGO: Denominación interna con que se conocen los puestos en una institución.

CARRERA ADMINISTRATIVA: Sistema que permite el ascenso desde los cargos de menor nivel hasta los de más alta jerarquía, por méritos, estudios formales y experiencia; usualmente orientado hacia la profesionalización que hace un servidor de su empleo y de la mano con las necesidades institucionales.

CARRERA DE ENSEÑANZA SUPERIOR: Estudios cursados en instituciones de enseñanza superior, incluye tanto universidades como instituciones reconocidas por el Estado.

CLASE: Conjunto de puestos lo suficientemente similares en cuanto a deberes, responsabilidades y autoridad para que se les pueda aplicar el mismo título de clase a cada uno de ellos y exigir a quienes los hayan de ocupar los mismos requisitos de preparación académica, experiencia, conocimientos, etc. Ello puede permitir la utilización de parámetros similares o iguales en los procesos de selección de candidatos a empleo, así como la asignación de la misma remuneración.

CLASIFICACIÓN DE PUESTOS: Procedimiento para examinar, evaluar y ordenar en forma sistemática los diferentes tipos de tareas que se realizan en una organización, considerando, entre otros, factores como deberes y obligaciones, naturaleza de los puestos, grado de dificultad de las tareas, preparación académica, conocimientos de otra índole, experiencia, habilidades y destrezas que deben poseer los candidatos a empleo.

CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES: Incluye diversos factores, tales como, supervisión recibida, supervisión ejercida, responsabilidad por funciones, relaciones de trabajo, equipo y materiales, condiciones ambientales del lugar de trabajo (ruido, iluminación, ventilación, exposición a químicos, sustancias tóxicas, etc.) y consecuencia del error, los cuales son características de los diferentes puestos que incluye la clase.

CONOCIMIENTO: Acción de conocer, conocimiento específico de una materia, una disciplina o un campo de actividad que se requiere para el desempeño eficiente de un puesto.

CONSECUENCIA DEL ERROR: Factor que considera la posibilidad y oportunidad que ofrece el trabajo para cometer errores, ya sea por negligencia o por ser imprevisibles dentro del proceso laboral. Asimismo, se debe considerar si estos errores pueden ser detectados y corregidos sin problemas de trascendencia o si producen atrasos en los procesos, confusión, daños o pérdidas materiales, de tiempo y/o económicos. Igualmente, es conveniente evaluar si estos errores pueden poner en peligro la integridad física de compañeros de trabajo u otras personas.

COORDINACIÓN: Proceso que permite analizar las diversas actividades y combinarlas en tal forma que cada una se efectúe en un momento determinado en relación con otras actividades, procurando alcanzar los objetivos con el mayor grado de eficiencia y eficacia posibles.

CULTURA ORGANIZACIONAL: Conjunto de factores importantes como normas, valores, actitudes y creencias compartidas por los miembros de una organización.

DEBER: Conjunto de acciones, responsabilidades o atribuciones que el ocupante de un puesto determinado debe cumplir como parte de su relación de empleo.

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DELEGACIÓN: Acto bilateral mediante el cual un superior jerárquico confiere deberes y responsabilidades a un subalterno y en algunos casos le da la autoridad que se necesita para desempeñar tales funciones sobre todo si tiene que trabajar con otras personas bajo su mando.

DESARROLLO: Actividades que preparan a un empleado para ejercer responsabilidades en el futuro.

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO (ESPECIFICACIÓN): Lista de las tareas, las responsabilidades, las relaciones de subordinación, las condiciones de trabajo, los requisitos académicos y las responsabilidades de supervisión del puesto.

DESTREZA: Pericia manual y/o mental que se requiere para ejecutar diversas tareas o actividades.

DIFICULTAD: Se refiere a las exigencias que presentan las actividades en cuanto a la naturaleza, el tipo y la frecuencia de los problemas que se deben atender y resolver la aplicación de principios generales, conocimientos adquiridos académicamente o mediante la práctica y la experiencia.

DIRECCIÓN: Proceso y órgano que dirige y guía las operaciones de una organización en la realización de los fines establecidos.

DOMINIO: Conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades que posee una persona sobre una materia, una disciplina o un campo de actividad, lo que le permite aumentar su eficiencia en el trabajo.

EFICACIA: Capacidad para lograr oportunamente y de la mejor manera los objetivos establecidos, “hacer las cosas correctas”.

EFICIENCIA: Capacidad de maximizar el uso de recursos en función de la productividad para alcanzar los objetivos de la organización, “hacer bien las cosas”.

EJECUCIÓN: Función concerniente a la aplicación de políticas dentro de los límites establecidos por la administración y la dedicación de la organización al objetivo particular que se le haya establecido.

ENSEÑANZA GENERAL BÁSICA APROBADA: Tercer año aprobado de estudios secundarios.

ESPECIALIZACIÓN: Modo de formación destinado a trabajadores calificados que requieren conocimientos completos y profundos de una técnica específica o de un campo de actividad determinado.

ESTRUCTURA OCUPACIONAL: Una estructura es un todo formado por clases que guardan relación entre sí. “Ocupacional” es el adjetivo correspondiente a “ocupación” (trabajo, oficio, labor).

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL: Se refiere a la disposición de los centros de responsabilidad (gerencias, direcciones, departamentos, secciones, etc.) que configuran una organización y la relación que mantienen entre sí. Visualiza la división del trabajo.

EXPERIENCIA: Conocimiento que se adquiere con la práctica en el desempeño de un puesto. Los requisitos de las tareas contemplan diferentes grados de experiencia.

EXPERIENCIA EN LABORES RELACIONADAS CON EL PUESTO: Experiencia que se relaciona directamente con las tareas de un puesto y especialidad determinada.

FUNCIONES DE ASESORÍA: Conjunto de actividades llevadas a cabo por los asesores profesionales, incluye sugerencias y confirmación de logros, comunicación, liberación de tensión, ayuda para establecer planteamientos más claros y reorientación.

FUNCIONES: Conjunto de tareas o atribuciones que son ejercidas de manera sistemática y reiterada por el ocupante de un puesto.

HABILIDAD: Talento y aptitud que se requieren para realizar con precisión una o varias tareas o actividades que se desarrollan básicamente con el intelecto.

IDENTIFICACIÓN CON LA TAREA REALIZADA: Posibilidad de efectuar una función discernible, significativa e importante, lo cual le confiere al empleado un sentimiento de responsabilidad y de orgullo profesional.

INFORMACIÓN GERENCIAL: Presentación de informes resumidos para la toma de decisiones.

INSUMO: Se refiere a la razón, motivo, origen o mandato que genera la producción de un determinado producto/ servicio.

JEFATURA: Rol designado dentro de la estructura lógico formal de la organización, integra bajo una autoridad formal ciertos elementos y sujetos.

MANUAL DESCRIPTIVO DE CLASES: Instrumento técnico-legal fundamental para la administración del sistema de clasificación y valoración de puestos.

META: Lo que se espera lograr con el acopio de una serie de recursos fijos y variables en un plazo determinado. Esta definición introduce el concepto de plazo, por lo general, se indica que hay corto, mediano y largo plazo; empero, no hay una medida exacta en tiempo que defina cada uno de ellos. Además, implica alguna medición cuantitativa del objetivo planteado.

OBJETIVO: Este concepto va muy ligado a factores de oportunidad y conveniencia; por lo general, los objetivos son planteamientos que se indican con el propósito de cumplir la misión de una organización. Los objetivos se expresan en términos de tiempo no explícito, incluyen un concepto de corto, mediano o largo plazo, de manera que estos plazos están ligados a la caracterización de objetivos generales y específicos. Por ejemplo, se define el objetivo general: reducir el gasto, aparejado de un objetivo específico como: disminuir el consumo de gasolina durante el período.

OBJETIVO DEL TRABAJO: Tipo de trabajo que constituye la esencia de la clase de puesto.

PARTICIPACIÓN: Implicación mental, emocional y de ejecución de una persona para contribuir a los objetivos y para asumir su componente de responsabilidad en ellos.

PERFIL DEL CARGO: Describe qué tipo de demandas se hacen al empleado y las habilidades que debe poseer con el principal objetivo de la realización eficiente y eficaz del rol laboral; es una pormenorización de las características que como trabajador o funcionario público debe tener la persona que desempeña el puesto, así como de las tareas específicas que debe ejecutar, de acuerdo con la actividad de que se trate.

PLAN ESTRATÉGICO: Plan en que se especifican los objetivos a largo plazo que se postulan una organización y los medios para lograr esos objetivos.

PLANIFICACIÓN: Proceso que lleva consigo una selección entre las alternativas posibles de políticas de acción, objetivos parciales, programas y procedimientos de ejecución, con el fin de lograr una estructura de operaciones consistente, coordinada y enfocada a los objetivos previstos y como apoyo la elección de los medios o recursos necesarios para tal fin.

PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS: Estimados sistemáticos de la producción y de los cambios futuros, así como de la demanda de recursos del humano de una organización.

PREPARACIÓN EQUIVALENTE: Condición definida para casos en los que se posea una preparación similar a los requisitos exigidos para una clase de puesto, los cuales correspondan a estudios de naturaleza semejante, cursados en centros de enseñanza de condición similar. Experiencia atinente que capacite para el desempeño del puesto. Esto según se defina en el Manual.

PROCESO: Conjunto de actos decisorios que transforma con su accionar los insumos hasta convertirlos en productos o servicios. La eficiencia y eficacia que se obtengan a nivel del producto final y que se mide por el grado que satisface la demanda, ponen de manifiesto la buena o mala gestión.

PRODUCTO: Resultado final que se obtiene al incorporar los insumos a los procesos y que, teóricamente, deben satisfacer la demanda en cantidad y calidad al máximo con el costo mínimo posible.

PROGRAMA: Conjunto de actividades encaminadas a alcanzar determinados objetivos.

PUESTO: Conjunto de deberes y responsabilidades asignados por una autoridad competente para que sean atendidos por un funcionario durante la totalidad o una parte de la jornada de trabajo. Son sinónimos: empleo, plaza y ocupación.

RECALIFICACIÓN: Cambio de grupo o nivel clasificatorio de un puesto dentro de una misma clase, cuando hayan variado los atestados personales del servidor regular que lo ocupa y se cumpla el criterio de requisitos y clasificación respectivo y exista el presupuesto para el cambio. Esto según indicación establecida en el Manual de clasificación de puestos.

RELACIONES DE TRABAJO: Relaciones que se efectúan entre personas motivadas por un encuadre laboral.

REQUISITO ACADÉMICO: Se refiere al nivel de preparación académica exigido para el desempeño de un puesto.

REQUISITO LEGAL: Se refiere a todas las certificaciones, las licencias, los títulos o los atestados que deben poseer los candidatos para ocupar un puesto cuyo desempeño, por su índole, resultaría ilegal sin los documentos específicos mencionados (por ejemplo: incorporaciones a colegios profesionales).

REQUISITO PRIMARIO: Requisito académico y de experiencia mínima que una persona debe poseer para ocupar un puesto. Sin embargo, en ocasiones es concebible esperar un desempeño igual de exitoso en personas con una cualidad académica menor pero que ostenta mayor experiencia, de ahí que el déficit académico es compensado con la experiencia del candidato.

REQUISITOS: Este factor se refiere al cúmulo de estudios académicos, experiencia y capacitación necesarios para el adecuado desempeño de las tareas que estructuran el cargo.

RESPONSABILIDAD: Este factor se refiere a la obligación que tiene el servidor de responder, ante los administrados y la administración, de los actos que realice en el ejercicio del cargo, para los cuales está debida y formalmente autorizado y facultado.

REALIMENTACIÓN: Información que ayuda a determinar el éxito o el fracaso de una acción o un sistema. Proceso mediante el cual se analizan los objetivos logrados con los previstos, con el fin de conocer la diferencia existente entre estos, sus causas y sus posibles medidas de corrección.

SEGUNDO CICLO DE ENSEÑANZA GENERAL BÁSICA: Enseñanza primaria aprobada.

SERIE DE CLASES: Conjunto de clases comprendidas en un mismo campo de trabajo, se diferencian entre sí por el grado de dificultad y responsabilidad de las tareas y por el nivel académico. Los diferentes niveles dentro de una serie se indican en orden ascendente a medida que aumenta el grado de responsabilidad, autoridad y dificultad de los puestos. La serie de clases, por las características indicadas, se ubican dentro de un mismo estrato.

SUPERVISIÓN DE PERSONAL: Fase de la dirección que pretende una visión directa e inmediata de las tareas asignadas a los individuos o grupos para asegurar su realización correcta y adecuada, tanto desde la perspectiva técnica (ejecución de funciones y actividades) como administrativa (cumplimiento de todos los actos determinados por la administración para efectos de los controles y valoraciones correspondientes –evaluaciones del desempeño, permisos, aprobaciones para vacaciones, licencias solicitudes de estudios de reasignación, etc.).

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TÍTULO DE CLASE: Nombre breve y oficial de una clase que indica, de manera sintética, la índole del trabajo incluido en ella.

TRABAJADOR: Persona que ejecuta una actividad determinada en cualquier empresa y cuyos logros son intelectuales o físicos. El término trabajador alude a los conceptos de servidor público y privado que desempeñan actividades para el logro de los objetivos de una organización.

UBICACIÓN: Proceso de instalar a un empleado en un puesto nuevo o diferente. Determinación de la unidad administrativa donde se deben ejecutar las actividades de un puesto, según sea el cumplimiento de los objetivos que se persigan.

ESTRATO OPERATIVOEste estrato abarca clases que generalmente se encuentran en la base

de la estructura ocupacional y que requieren el empleo de esfuerzo físico, destreza muscular y coordinación motora, entre otras condiciones. Las labores que se ejecutan en las clases de este estrato son de carácter sencillo y repetitivo. La capacitación se orienta principalmente a las relaciones interpersonales y, por ende, laborales, además de actualizar procedimientos directamente relacionados con las actividades propias de sus cargos. Académicamente, las clases de este estrato demandan estudios que oscilan entre el Segundo Ciclo aprobado de la Enseñanza General Básica y el título de bachiller en Educación Media.

En este estrato se ubican las siguientes clases de puestos: Ujier, Subjefe de Ujieres y Jefe de Ujieres; Agente de Seguridad, y Operador de Equipo Móvil.

El marco referencial de las actividades que integran los cargos y los puestos que contienen las clases mencionadas se define según procedimientos establecidos, sujetos a instrucciones precisas, y propios de una organización de servicio.

La orientación de dichas actividades busca la generación de servicios de manera eficiente y efectiva, y de productos de apoyo operativo propios de las actividades de conserjería, mensajería, labores de vigilancia, conducción de vehículos y otras de similar naturaleza. Para alcanzar el objetivo en estas actividades se requiere la ejecución de tareas con características diferentes a las indicadas, por lo que esos puestos se ubican en otras clasificaciones y otros estratos organizacionales, y lo que ello conlleva.ROLES OCUPACIONALES

• Se compromete con el logro de los objetivos institucionales.• Aplica directrices, políticas, disposiciones y normas establecidas

para el adecuado desempeño de su labor.• Contribuye a las acciones que se implementen para identificar y

modificar sus patrones de conducta y modelos mentales que afectan negativamente su trabajo.

• Realiza acciones conducentes a aumentar su crecimiento personal y laboral.

• Efectúa aportes para el mejoramiento y la innovación de los procesos de trabajo, para que se adapten a las necesidades institucionales en pro de la eficiencia y efectividad del encargo de la sociedad costarricense.

• Participa activamente en la prevención de problemas del trabajo, genera soluciones para abordar positivamente las situaciones críticas que se presenten, así como en el establecimiento de mecanismos de autocontrol.

• Utiliza los recursos de manera responsable, siempre acompañado de la racionalidad necesaria.

• Rinde cuentas ante quien le corresponde por los resultados de su trabajo.

• Establece y mantiene mecanismos de interacción con instancias internas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de su ámbito laboral, además de fortalecer sanamente las relaciones laborales e interpersonales, todo ello para repercutir positivamente en el medio laboral institucional.

• Aplica una visión de la tecnología y del dominio compartido de la información, como parte esencial de la cultura organizacional tendiente a un esquema progresista, proactivo, eficiente y efectivo.

INDICADORES DE DESEMPEÑO

Determinante de éxito IndicadorProcesos y resultados

Ejecución del trabajo Cumplimiento y seguimiento de disposiciones.

RecursosRecursos disponibles Utilización adecuada de recursos materiales

disponibles.Utilización adecuada del tiempo disponible.

Eficiencia institucionalSatisfacción de necesidades institucionales Conocimiento de sus responsabilidades

institucionales y su realidad.Percepción de los clientes acerca del servicio brindado.

Aprendizaje, crecimiento y satisfacciónCrecimiento personalSatisfacción laboral

Calidad y cantidad de sugerencias realizadas.Persistencia por el logro de metas superiores a las establecidas.Establecimiento de relaciones interpersonales y laborales adecuadas.

NIVEL DE IMPACTOSu aporte es significativo en el desarrollo de labores asistenciales

y de apoyo a nivel institucional; por lo tanto, su impacto se refleja en la calidad de las actividades que realiza.DETALLE DE CLASES UBICADAS DENTRO DE ESTE ESTRATO:

UJIERObjetivo del trabajo: Comprometerse responsablemente con la

ejecución de las labores de limpieza y aseo en las diferentes oficinas de la Institución. Asimismo, brindar el apoyo necesario a los diputados durante las sesiones en el Plenario legislativo y en las comisiones legislativas, mediante las labores correspondientes.

Ubicación: Por su índole específica, en esta clase se ubican los puestos del Área de Ujieres del Departamento de Servicios Generales.Actividades generales:

Ejecutar labores de limpieza y aseo en las instalaciones de la Asamblea Legislativa.

Ejecutar la distribución de correspondencia, la entrega de materiales y el acarreo de mercadería, equipo y mobiliario.

Sustituir a sus compañeros cuando se requiera y de acuerdo con las necesidades institucionales.Funciones en Plenario y comisiones legislativas:

Atender el teléfono en el salón de sesiones y trasladar las llamadas o los mensajes al diputado correspondiente y distribuir la correspondencia a los diputados cuando se encuentren en el Plenario.

Llevar documentos para fotocopiar cuando el diputado lo requiera y buscar en la Biblioteca y otras instancias los documentos que los diputados soliciten, tales como: leyes, acuerdos, libros, expedientes y otros.

Distribuir el acta de la sesión del Plenario, el orden del día y los documentos necesarios para el desarrollo de la sesión. Además, recoger las boletas de votación y las firmas necesarias que se requieran durante la discusión de un determinado proyecto.

Atender la entrada principal del salón del Plenario y el ingreso de personas a dicho recinto y cerrar las puertas del Plenario a solicitud del presidente de la Asamblea Legislativa.

Confirmar el quórum de los diputados, registrar en tarjetas la entrada y salida a efecto de brindar información sobre el número de diputados que se encuentran en el Plenario o en las comisiones y entregar la lista de asistencia de diputados en el Plenario o en comisiones al Departamento Financiero, una vez concluida cada sesión.

Participar activamente con el apoyo logístico (servir comidas y bebidas) a los diputados e invitados especiales dentro de las instalaciones de la Asamblea Legislativa o donde el Plenario se traslade a sesionar.

Atender otras funciones a solicitud expresa del diputado dentro de la Institución.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALESSupervisión recibida:

Trabaja siguiendo normas establecidas e instrucciones precisas de jefaturas y jerarcas, concernientes a desempeño, horarios, turnos de trabajo y ubicación. No le corresponde ejercer supervisión de labores.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por la atención oportuna y eficiente de sus labores.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado uso y mantenimiento de implementos, documentos y otros que deba manejar o trasladar como parte de su labor.Por relaciones de trabajo

El trabajo demanda relaciones constantes con los diputados, compañeros, jefaturas y público en general, las cuales deben ser atendidas con responsabilidad, tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

La actividad requiere esfuerzo físico para realizar las labores de orden, aseo y limpieza de las diferentes áreas de la Institución, alzar materiales y transportar equipo.

Le corresponde trabajar jornadas de tiempo completo, las que se prolongarán cuando así lo amerite la atención en las sesiones del Plenario o de las comisiones y/o le corresponda trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores pueden repercutir en la imagen de la Institución en lo que corresponde a las labores que debe efectuar, además de causar atrasos y malestar en el desempeño de las labores tanto de los diputados como de los funcionarios; también pueden ocasionar mala impresión en los visitantes.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo; guardar discreción sobre los asuntos que se le encomiendan o de los que tenga conocimiento; tener solvencia moral, sentido de orden, buenas relaciones humanas, capacidad para seguir instrucciones y buena condición física.

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CONOCIMIENTOS BÁSICOSLos relacionados con el uso adecuado de diferentes productos de

limpieza e implementos para dichas actividades; actualización en el campo de actividad; asimismo, conocimientos asociados a la estimulación de las relaciones interpersonales y laborales.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media. O Conclusión de Enseñanza General Básica (9º año) y dos años de experiencia relacionada. O Certificación de conclusión de Estudios Primarios y cuatro años de experiencia relacionada.

SUBJEFE DE UJIERESObjetivo del trabajo: Colaborar en forma dinámica con el jefe de

la Sección de Ujieres mediante la ejecución de labores de organización, asignación, control y seguimiento del trabajo que realiza el personal.

Ubicación: Sección de Ujieres del Departamento de Servicios Generales.Actividades generales:

Apoyar la gestión del jefe inmediato mediante la coordinación constante y estrecha y asumir por delegación las actividades que el jefe considere pertinentes.

Colaborar en el establecimiento de medidas vinculadas al ámbito laboral de la unidad administrativa, tendientes a fortalecer sus actividades y las de la Institución en general.

Colaborar, de manera eficiente y responsable, en la asignación, la coordinación, la supervisión y el control de equipos, materiales, suministros y trabajo del personal a cargo. De igual manera, colaborar en la atención y resolución de las consultas que se presenten a la unidad administrativa y relacionadas con la actividad.

Sustituir al jefe en sus ausencias temporales adquiriendo la potestad inherente al cargo.

Participar activamente en la revisión de la documentación que debe tener cada una de las curules antes del inicio de las sesiones del Plenario.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Colaborar en la supervisión de las labores ejecutadas por los funcionarios de la Sección. Le corresponde orientar en la ejecución de los trabajos y velar por la disciplina y eficiencia.

Supervisión recibida: Trabaja en coordinación con la jefatura de la Unidad siguiendo instrucciones generales y normas establecidas de parte de la jefatura y del director del departamento de Servicios Generales. Su labor es supervisada y evaluada por medio del análisis de los informes que presenta, la apreciación de la calidad del trabajo realizado y los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por la realización eficiente de todas las actividades que por delegación se le designen, así como de la participación en la organización y supervisión del trabajo de la unidad administrativa y por el eficiente, puntual y oportuno cumplimiento de las actividades y servicios que se brinden.Por equipo y materiales

Es responsable, junto con el jefe, por el adecuado empleo y mantenimiento de los equipos, útiles y materiales asignados a la Sección.Por relaciones de trabajo

La actividad origina relaciones constantes con diputados, jefaturas, colaboradores y público en general, las cuales deben ser atendidas con responsabilidad, tacto y discreción. Puede conocer asuntos confidenciales sobre los cuales debe guardar discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

La actividad requiere esfuerzo físico y mental relacionado con el ejercicio del rol de coordinación, control y supervisión. Debe someterse a los programas de capacitación requeridos para el desempeño del puesto.

Le puede corresponder trabajar sin límite de jornada y trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores pueden repercutir en la imagen de la Institución en lo que corresponde a las labores que debe efectuar, además de causar atrasos y malestar en el desempeño de las labores tanto de los diputados como de los funcionarios; también, los errores pueden ocasionar pérdidas económicas relacionadas con ineficiencia laboral de la unidad administrativa y mala impresión en los visitantes.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo. Guardar discreción sobre asuntos que se le encomienden o de los que tenga conocimiento; solvencia moral, sentido de orden, buenas relaciones interpersonales y habilidad para resolver situaciones imprevistas. Capacidad para trabajar en coordinación estrecha con jefaturas. Asertivo en el trato con colaboradores, jefaturas, jerarcas y con el público. Adecuada presentación personal y buena condición física.

CONOCIMIENTOS BÁSICOSCursos de capacitación en el campo de la actividad, las relaciones

interpersonales y la normativa institucional.CONOCIMIENTO Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media.Experiencia de dos años en labores relacionadas con el cargo y

desarrolladas en la Asamblea Legislativa.Experiencia de seis meses en el manejo y supervisión de labores.

JEFE DE UJIERESObjetivo del trabajo: Garantizar el eficiente y eficaz desarrollo de

los servicios de la Sección a su cargo mediante la ejecución de labores de organización, asignación, control y seguimiento del trabajo que realiza el personal a su cargo.

Ubicación: Sección de Ujieres del Departamento de Servicios Generales.Actividades generales:

Asignar, coordinar y controlar el trabajo del personal a su cargo. Mantener la coordinación necesaria con la jefatura del Departamento a fin de velar por la eficiencia y eficacia de las metas fijadas.

Establecer medidas vinculadas al ámbito laboral de la unidad administrativa tendientes a fortalecer sus actividades y las de la Institución en general.

Efectuar de manera eficiente y responsable la asignación, la coordinación, la supervisión y el control de los equipos, los materiales, los suministros y el trabajo del personal a cargo. De igual manera, atender y resolver las consultas, relacionadas con la actividad, que se presenten en la unidad administrativa.

Definir los métodos y procedimientos para la ejecución del trabajo y evaluar las actividades de su área de trabajo mediante los informes y reportes recibidos y la observación, con el fin de detectar y corregir anomalías.

Preparar el presupuesto de materiales y equipo que se necesitará durante en el año.

Efectuar las actividades administrativas propias del rol de jefatura que desarrolla.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Ejerce supervisión (técnica y administrativa) de los funcionarios de la unidad administrativa a su cargo, vela por su disciplina y eficiencia y toma decisiones sobre los procedimientos de ejecución de los trabajos.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo instrucciones generales y normas establecidas de parte de la jefatura del Departamento de Servicios Generales o de otros superiores y las políticas institucionales. Su labor es supervisada y evaluada por medio del análisis de los informes que presenta, la apreciación de la calidad del trabajo realizado y los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por la realización eficiente de todas las actividades propias de la unidad administrativa a su cargo, así como de la organización y supervisión de los funcionarios de dicha unidad y por el eficiente, puntual y oportuno cumplimiento de las actividades y los servicios que se brindan.Por relaciones de trabajo

La actividad origina relaciones constantes con diputados, superiores, subalternos y público en general, las cuales deben ser atendidas con responsabilidad, tacto y discreción. Por la naturaleza del puesto, le corresponde conocer asuntos confidenciales sobre los cuales debe guardar discreción.Por equipo y materiales

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento de los equipos, el mobiliario, los útiles y los materiales asignados a la unidad administrativa.CONDICIONES DE TRABAJO

La actividad requiere esfuerzo físico y mental relacionado con el ejercicio del rol de coordinación, control y supervisión. Debe someterse a los programas de capacitación requeridos para el desempeño del puesto.

Le puede corresponder trabajar sin límite de jornada y trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores pueden repercutir en la imagen de la Institución en lo que corresponde a las labores que debe efectuar; además, causar pérdidas, daños, atrasos y malestar en el desempeño de las labores tanto de los diputados como de los funcionarios, incluso gestar mala impresión en los visitantes.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo. Guardar discreción sobre asuntos que se le encomiendan o de los que tenga conocimiento; solvencia moral, habilidades de liderazgo y para la toma de decisiones, buenas relaciones interpersonales, habilidad para resolver situaciones imprevistas. Capacidad para trabajar en coordinación estrecha con jefaturas. Asertivo en el trato con colaboradores, jefaturas, jerarcas y con el público. Adecuada presentación personal.

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CONOCIMIENTOS BÁSICOSCursos de capacitación en el campo de la actividad, las relaciones

interpersonales y la normativa institucional.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media.Experiencia de cuatro años en labores relacionadas con el cargo y

desarrolladas en la Asamblea Legislativa.Experiencia mínima de un año en el manejo y supervisión de

personal.SUPERVISOR DE TURNO-SEGURIDAD

Objetivo del trabajo: Colaborar con la Jefatura de la Sección de Seguridad mediante la coordinación y supervisión de un grupo de agentes de seguridad, ejecutando labores de organización, asignación y control de trabajo en los roles respectivos.

Ubicación: Sección de Seguridad.Actividades generales:

Colaborar con la Jefatura de Sección en el establecimiento de medidas tendientes a fortalecer la Institución en el campo de la protección, seguridad y vigilancia.

Coordinar, supervisar y controlar el trabajo del grupo de agentes de seguridad en los roles correspondientes.

Colaborar con la Jefatura en la confección de turnos de trabajo.Girar las instrucciones necesarias al grupo a su cargo, para atender

situaciones de emergencia.Reportar ante el superior cualquier ilícito que ocurra en las plantas

físicas de la Asamblea Legislativa, en el turno correspondiente.Orientar al grupo a su cargo sobre los métodos y procedimientos para

la ejecución del trabajo.Controlar el uso y buen mantenimiento de los equipos, el mobiliario

y los materiales asignados al grupo a su cargo.Colaborar en la atención y resolución de consultas que presenten

los diputados y el público en general, en lo relacionado con el área de actividad.

Le puede corresponder sustituir, en sus ausencias temporales, al jefe o subjefe de la Sección de Seguridad.

Realizar cualquier otra función relacionada con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Supervisar los funcionarios del grupo a su cargo, orientarlos en la ejecución de trabajos y velar por su disciplina y eficiencia.

Supervisión recibida: Trabaja con relativa independencia, siguiendo instrucciones generales y normas establecidas de parte de la Jefatura de Seguridad del Departamento de Servicios Generales o de otros superiores y las políticas institucionales en materia de seguridad. Su labor es supervisada y evaluada por medio del análisis de los informes que presenta, la apreciación de la calidad del trabajo realizado y los resultados obtenidos.RESPONSABILIDAD

Por actividades: Es responsable de la organización y supervisión del trabajo del grupo a su cargo y por el eficiente, puntual y oportuno cumplimiento de las actividades y servicios que le asignen.

Por relaciones de trabajo: La actividad origina relaciones constantes con diputados, superiores, subalternos y público en general, las cuales deben ser atendidas con tacto y discreción. Por la naturaleza del puesto, le corresponde conocer asuntos confidenciales sobre los cuales debe guardar discreción.

Por equipo y materiales: Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento de los equipos, el mobiliario, los útiles y los materiales asignados al grupo a su cargo.CONDICIONES DE TRABAJO

Esfuerzo mental: La actividad requiere algún esfuerzo físico y mental. Debe someterse a los programas de capacitación requeridos para el desempeño del puesto.

Jornada: Le corresponde trabajar los turnos que se le asignen al grupo de agentes de seguridad; también le puede corresponder trabajar sin límite de jornada y trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores cometidos pueden causar pérdidas, daños o atrasos de alguna consideración y poner en peligro la integridad física de compañeros y otras personas, además de repercutir en la imagen de la Institución en correspondencia con las funciones que debe efectuar.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo. Guardar discreción sobre asuntos que se le encomiendan o de los que tiene conocimiento, solvencia moral, buenas relaciones interpersonales, habilidad para resolver situaciones imprevistas, no poseer antecedentes penales o problemas psicológicos que lo inhabiliten para el ejercicio del cargo y buena condición física. Asertivo en el trato con colaboradores, jefaturas, jerarcas y con el público. Adecuada presentación personal.

CONOCIMIENTOS BÁSICOSCursos de capacitación en el campo de la actividad, las relaciones

interpersonales y la normativa institucional.Manejo de armas de fuego.Aspectos técnicos en materia de seguridad y vigilancia.

CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDATítulo de bachiller en Educación Media.Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el área

de actividad en la Asamblea Legislativa.Experiencia mínima de seis meses en el manejo y la supervisión de

grupos de seguridad.Permiso de portación de armas.Capacitación en materia en seguridad y vigilancia.Curso de protección de dignatarios.

AGENTE DE SEGURIDADObjetivo del trabajo: Dar protección, seguridad y vigilancia a

diputados y diputadas, personal administrativo, de fracción y visitantes de la Asamblea Legislativa, así como a los inmuebles y bienes de la Institución, mediante la ejecución de labores variadas de esta índole que requieren experiencia específica.Ubicación:

En esta clase se ubican los puestos relacionados con la seguridad institucional de la Sección de Seguridad del Departamento de Servicios Generales.Actividades generales:

Ejecutar de manera responsable las actividades de protección, seguridad y vigilancia al personal administrativo y de fracciones políticas dentro de la Institución y a los diputados y las diputadas dentro de la Institución y fuera de ella cuando se requiera, así como ejercer vigilancia sobre bienes e inmuebles de la Asamblea Legislativa, ello mediante la implementación de los procedimientos establecidos para tales fines.

Brindar información al público sobre la ubicación de edificios, oficinas y localización de funcionarios.

Formar parte de la Comisión de Seguridad y las brigadas de emergencia como lo establece el Plan de emergencia institucional.

Respetar los procedimientos definidos para los cambios de rol; atender, mantener y dar seguimiento a la bitácora.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Trabaja siguiendo normas y procedimientos establecidos e instrucciones precisa, en lo concerniente a horarios, turnos de guardia, reglas de orden disciplinario, modalidad del trabajo y presentación personal. Sus funciones son supervisadas y evaluadas por medio de la apreciación de los resultados obtenidos y por el cumplimiento de su labor.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por el eficiente desempeño de las actividades asignadas.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y por mantener en óptimo estado de funcionamiento y aseo los implementos, documentos y otros requeridos para el desempeño de sus labores.Por relaciones de trabajo

La actividad origina relaciones constantes con superiores, compañeros, representantes de instituciones del Estado y público en general, las cuales deben ser atendidas con responsabilidad, tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

En el ejercicio de su función está expuesto a situaciones que pueden poner en peligro su integridad física. Además, por los cambios constantes de roles laborales es propenso a la alteración de los hábitos y la cotidianidad de su vida personal y familiar.

Le corresponde laborar en jornadas diurnas, mixtas y nocturnas o sin límite de horario y estar pendientes en caso de que la circunstancia lo exige.CONSECUENCIA DEL ERROR

Los errores cometidos pueden causar pérdidas, daños o atrasos de alguna consideración y poner en peligro la integridad física de compañeros y otras personas, además de repercutir en la imagen de la Institución, en correspondencia con las funciones que debe efectuar.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo. Guardar discreción sobre asuntos que se le encomiendan o de los que tiene conocimiento, solvencia moral, buenas relaciones interpersonales, habilidad para resolver situaciones imprevistas, no poseer antecedentes penales o problemas psicológicos que lo inhabiliten para el ejercicio del cargo y buena condición física. Asertivo en el trato con colaboradores, jefaturas, jerarcas y el público. Adecuada presentación personal.

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CONOCIMIENTOS BÁSICOSCursos de capacitación en el campo de la actividad, las relaciones

interpersonales y la normativa institucional.Manejo de armas de fuego.Aspectos técnicos en materia de seguridad y vigilancia.

CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDATítulo de bachiller en Educación Media.Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el área

de actividad.Permiso de portación de armas.Capacitación en materia en seguridad y vigilancia.Curso de protección de dignatarios

OPERADOR DE EQUIPO MÓVILObjetivo del trabajo: Comprometerse responsable y eficientemente

con las labores de conducción y manejo de equipo móvil (vehículo liviano) perteneciente a la Institución y utilizado para el traslado de funcionarios, diputados, invitados especiales, equipo y materiales. Igualmente, le corresponde velar por el adecuado mantenimiento del vehículo.Ubicación:

Esta clase de puestos se ubica en la Sección de Transportes del Departamento de Servicios Generales.Actividades generales:

Ejecutar labores operativas específicas relacionadas con el manejo de equipo liviano en el traslado de funcionarios, diputados, invitados especiales, equipo y materiales; además, velar por el adecuado mantenimiento del vehículo.

Colaborar con la carga y descarga de materiales, equipos y mercadería; realizar cambios de llantas y reparaciones menores de emergencia, así como realizar mandados y otras gestiones.

Operar motocicleta para el traslado de documentos y realizar trámites de diversa naturaleza.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Los ocupantes se desempeñan siguiendo instrucciones precisas y detalladas, giradas verbalmente o por escrito, contenidas en manuales, reglamentos u otros tipos de documentos. Su labor es supervisada y evaluada por medio de la apreciación de la calidad y oportunidad con que se realice la actividad laboral. En el desempeño del cargo se requiere iniciativa, en razón de atender eficaz y eficientemente las demandas del usuario, así como las presiones propias del entorno vial donde debe desenvolverse.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por la ejecución eficaz, eficiente y oportuna del trabajo asignado y por la calidad que el servicio y el usuario demandan.Por equipo, materiales y valores

Por el adecuado empleo y conservación del equipo, los materiales, las herramientas y la maquinaria que se le asigne y, si es del caso, por el transporte de dinero, personas, materiales, títulos valores y otros documentos.Por relaciones de trabajo

El trabajo demanda relaciones constantes con los diputados, los compañeros, las jefaturas y el público en general, las cuales deben ser atendidas con responsabilidad, tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

Las actividades que caracterizan estos puestos pueden exponer a sus ocupantes a las inclemencias del tiempo, los accidentes de tránsito y los contaminantes existentes en el medio externo a la Institución y propios de las vías de tránsito nacionales (ruido excesivo, polvo, fatiga, aglutinamiento de transeúntes y vehículos, etc.).

En la ejecución de actividades es indispensable la disposición para trabajar sin límite de horario cuando las circunstancias lo ameriten, o bien, en jornadas diurnas, nocturnas o mixtas, así como la disponibilidad para trasladarse a diferentes zonas del país.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Pueden ocasionar pérdidas económicas y atrasos en el trabajo propio y de otros, lo que repercute en el servicio brindado a la Institución. Una incorrecta ejecución de actividades puede causar daños a su integridad física y a la de otras personas.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Aptitud para evocar con facilidad sonidos e imágenes de forma habitual o instantánea (memoria). Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo. Capacidad para atender al público, mantener la ecuanimidad en cualquier situación, brindar soluciones efectivas y responsables para el cumplimiento de las labores asignadas y para mantenerse activo y con disposición la mayor parte de su tiempo laboral.

Guardar discreción sobre asuntos que se le encomiendan o de los que tiene conocimiento; solvencia moral, buenas relaciones interpersonales, no poseer antecedentes penales o problemas psicológicos que lo inhabiliten

para el ejercicio del cargo y buena condición física. Asertivo en el trato con colaboradores, jefaturas, jerarcas y el público. Adecuada presentación personal.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Cursos de capacitación en el campo de la actividad, las relaciones interpersonales y la normativa institucional.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA:

Conclusión de estudios de Enseñanza General Básica.Experiencia mínima de dos años en la ejecución de labores

relacionadas con el cargo.Licencia vigente para conducir vehículo tipo B1.Licencia vigente para conducir motocicleta.

ESTRATO CALIFICADOEste estrato abarca clases que se encuentran en la base de la estructura

ocupacional. Estas ocupaciones se caracterizan por incluir procesos de trabajo cuya ejecución necesita una mayor cualificación ocupacional.

La formación académica requerida puede ser satisfecha al poseer un diploma de Educación Media y un diploma que le califique para el oficio específico, obtenido tanto en un colegio técnico profesional como en otras instituciones de naturaleza similar. En ocasiones la formación académica puede ser menor a las exigencias indicadas, siempre que el trabajador posea pericia en el desempeño del trabajo.

En este estrato se ubican las siguientes clases de puestos: Asistente Administrativo, Secretaria o Secretario de Parlamento y Trabajador Especializado.

El marco referencial de desempeño se ubica dentro de las labores de apoyo administrativo a la gestión institucional y de mantenimiento de la estructura física. Se trabaja bajo sistemas establecidos y sujetos a orientación y delimitación de las acciones dentro del marco de una institución de servicio. Se requiere apoyo a los servicios dentro de un esquema de polifuncionalidad y flexibilidad en el desempeño.

Este estrato brinda los servicios y productos de apoyo administrativo y de mantenimiento de la estructura física, requeridos para el cumplimiento de la misión de la dependencia en la cual ejecuta las funciones y de la Institución en general.ROLES OCUPACIONALES

• Se compromete con el logro de las ideas institucionales.• Aplica directrices, políticas, disposiciones y normas establecidas

para el adecuado desempeño de su labor.• Contribuye a las acciones que se implementen para identificar y

modificar sus patrones de conducta y modelos mentales que afectan negativamente su trabajo.

• Realiza acciones conducentes a aumentar su crecimiento personal y laboral.

• Efectúa aportes para el mejoramiento e innovación de los procesos de trabajo, para que se adapten a las necesidades institucionales en pro de la eficiencia y efectividad del encargo de la sociedad costarricense.

• Participa activamente en la prevención de problemas del trabajo, genera soluciones para abordar positivamente las situaciones críticas que se presenten, así como en el establecimiento de mecanismos de autocontrol.

• Utiliza los recursos de manera responsable, siempre acompañado de la racionalidad necesaria.

• Rinde cuentas ante quien le corresponde por los resultados de su trabajo.

• Establece y mantiene mecanismos de interacción con instancias internas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de su ámbito laboral, además de fortalecer sanamente las relaciones laborales e interpersonales, todo ello para repercutir positivamente en el medio laboral de la Institución.

• Aplica una visión de la tecnología y del dominio compartido de la información, como parte esencial de la cultura organizacional tendiente a un esquema progresista, proactivo, eficiente y efectivo.

• Desempeña actividades de apoyo administrativo a las labores institucionales.

INDICADORES DE DESEMPEÑO

Determinante de éxito IndicadorProcesos y resultados

Ejecución del trabajo Cumplimiento y seguimiento de disposiciones pronta y oportunamente.

Coordinación y comprobación del trabajo Percepción de la coordinación y comprobación del trabajo efectuadas.

Documentación e información adecuadamente almacenada o archivada Espacio físico adecuadamente diseñado

Percepción satisfactoria cómoda y efectiva de la documentación que se tramita y se mantiene en el ente administrativo. Percepción satisfactoria, cómoda y segura del espacio físico laboral.

RecursosRecursos disponibles Utilización adecuada y provechosa de

recursos disponibles.Utilización adecuada del tiempo disponible.

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 9

Eficiencia institucionalSatisfacción de necesidades institucionales Conocimiento de sus responsabilidades

institucionales y su realidad.Percepción de los clientes acerca del servicio brindado.

Aprendizaje, crecimiento y satisfacciónCrecimiento personalSatisfacción laboral

Calidad y cantidad de sugerencias realizadas.Persistencia por el logro de metas superiores a las establecidas.Establecimiento de relaciones interpersonales y laborales adecuadas.

NIVEL DE IMPACTOSu aporte es significativo en el desarrollo de labores asistenciales

y de apoyo a nivel institucional; por lo tanto, su impacto se refleja en la calidad de las actividades y mejoramiento del medio laboral que realiza.DETALLE DE CLASES UBICADAS DENTRO DE ESTE ESTRATO:

ASISTENTE ADMINISTRATIVOObjetivo del trabajo: Comprometerse responsablemente con las

labores asistenciales de los servicios de secretaría de las diferentes unidades administrativas de la estructura organizacional de la Asamblea Legislativa, mediante la ejecución de labores de preparación, trámite, ordenamiento de documentos y otras, cuyo desarrollo requiere el dominio de técnicas de oficina y la coordinación con el equipo de funcionarios de la oficina correspondiente.

Ubicación: Esta clase se ubica en las diferentes unidades administrativas de la Asamblea Legislativa.

Actividades generales:Sus labores deben ser ejecutadas siguiendo instrucciones precisas

de sus superiores jerárquicos y dando seguimiento a las actividades que la lógica dicta para mantener adecuadamente organizado el medio laboral y la información o documentación que ingresa y sale de la unidad que se trate.

Ejecutar un conjunto de labores en el campo de oficina que incluyen: recepción, redacción, trascripción, trámites y archivo de documentos, así como la atención de público sea por teléfono, correo electrónico, personalmente, etc.

Anotar, revisar y actualizar datos en diferentes tipos de registros; atender y suministrar información al público; resolver consultas y preparar respuestas sencillas a gestiones de los usuarios.

Ejecutar cálculos aritméticos de alguna complejidad; operar máquinas y equipo de oficina y atender llamadas telefónicas.

Revisar las necesidades de papelería y materiales de trabajo y controlar su normal abastecimiento.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Trabaja siguiendo normas e instrucciones generales en cuanto a métodos y sistemas de trabajo. Sus actividades son evaluadas por medio de la apreciación de la calidad, cantidad y oportunidad de los trabajos realizados y los resultados obtenidos. No le corresponde ejercer la supervisión de labores.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de que los servicios y las actividades que se le encomiendan se cumplan con eficiencia y oportunidad, así como tener la debida discreción en el manejo de información confidencial, cuya revelación puede causar inconvenientes de trascendencia para la gestión de la Institución.Por equipo, materiales y valores

Tiene la responsabilidad del uso adecuado y racional de los equipos y materiales asignados.Por relaciones de trabajo

Las relaciones de trabajo que se establecen demandan atención inmediata al usuario, compañeros, superiores y altas autoridades, las cuales deben ser tratadas con responsabilidad, tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se ejecuta en condiciones propias de un ambiente de oficina. La actividad demanda esfuerzo mental para analizar información variada. Por sus funciones, le puede corresponder trasladarse a otras oficinas e instituciones. Cuando las necesidades del servicio lo requieran, le corresponderá laborar sin límite de horario.

La naturaleza del trabajo puede ocasionar problemas de salud como fatiga visual por la constante exposición a pantallas de equipo de cómputo, así como problemas posturales y problemas ocasionados por el estrés debido a la cantidad de trabajo.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que se puedan cometer ocasionarían trastornos, atrasos o inexactitud de la información que se suministra y afectar los procesos, productos, o bien, la imagen institucional y el resultado del trabajo de otras personas.

CARACTERÍSTICAS PERSONALESPara el desempeño de los cargos ubicados en esta clase se requiere

capacidad para mantener excelentes relaciones humanas con compañeros y público en general, sentido de orden, capacidad de organización, detallista, esfuerzo, honradez y solvencia moral en general, capacidad para atender varias tareas simultáneamente y disposición para cooperar, capacidad de concentración en el trabajo, habilidad para comprender las necesidades de los demás, capacidad para seguir instrucciones. Por la índole de sus funciones, se requiere confidencialidad en la información que maneja y excelente presentación personal.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con el uso adecuado de implementos de oficina como computador, programas informáticos relacionados, equipos de comunicación como centrales telefónicas, fax.

Los relacionados con la estimulación, actualización y capacitación en habilidades directamente relacionadas con las labores que le corresponde desarrollar como técnicas de redacción y archivo, servicio al cliente, relaciones humanas, procesos y procedimientos institucionales, etc.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media y título de Secretariado o graduado en Secretariado de un colegio técnico profesional.

Capacitación en el uso y manejo de paquetes de cómputo.Experiencia mínima de un año en labores relacionadas con el cargo

o área de actividad.SECRETARIA O SECRETARIO DE PARLAMENTO

Objetivo del trabajo: Comprometerse responsablemente con las labores secretariales de alguna de las siguientes unidades administrativas: direcciones de departamentos, divisiones o Dirección Ejecutiva donde, por las características gerenciales de las actividades, se demanda constante coordinación intra e inter departamentos e instituciones. Además, le corresponde la realización de actividades secretariales de carácter ejecutivo en uno o más procesos de trabajo. Para ello se requiere poseer conocimiento general de la estructura formal y funcional de la Asamblea Legislativa, así como el dominio de técnicas y prácticas propias de este tipo de labores.

Ubicación: Tales puestos deben desempeñar sus labores en la dirección de los diferentes departamentos de la Institución, en alguna de las dos divisiones existentes o en la Dirección Ejecutiva.Actividades generales:

Sus labores deben ser ejecutadas siguiendo instrucciones generales de sus superiores jerárquicos y dando seguimiento a las actividades que la lógica dicta para mantener adecuadamente organizado el medio laboral y la información o documentación que ingresa y sale de la unidad administrativa que se trate.

Asistir dinámicamente a las jefaturas en la coordinación de diferentes actividades de servicios administrativos, dar seguimiento a las gestiones, así como verificar la correcta atención de los clientes y los servicios que se les brinden.

Ejecutar un conjunto de labores en el campo de oficina que incluyen: recepción, redacción, trascripción, trámites y archivo de documentos.

Anotar, revisar y actualizar datos en diferentes tipos de registros; atender y suministrar información al público; resolver consultas y preparar respuestas sencillas a gestiones de los usuarios.

Ejecutar cálculos aritméticos de alguna complejidad; operar máquinas y equipo de oficina y atender llamadas telefónicas.

Revisar las necesidades de papelería y materiales de trabajo y controlar su normal abastecimiento.

Participar en la confección del presupuesto de la Dirección Ejecutiva, de una división o de un departamento.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Trabaja siguiendo normas e instrucciones generales en cuanto a métodos y sistemas de trabajo. Sus actividades son evaluadas por medio de la apreciación de la calidad, cantidad y oportunidad de los trabajos realizados y los resultados obtenidos. No le corresponde ejercer la supervisión de labores.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de que los servicios y las actividades que se le encomiendan se cumplan con eficiencia y oportunidad, así como tener la debida discreción en el manejo de información confidencial, cuya revelación puede causar inconvenientes de trascendencia para la gestión de la Institución.Por equipo, materiales y valores

Tiene la responsabilidad del uso adecuado y racional de los equipos y materiales asignados.Por relaciones de trabajo

Las relaciones de trabajo que se establecen demandan atención inmediata al usuario, compañeros, superiores y altas autoridades, las cuales deben ser tratadas con responsabilidad, tacto y discreción.

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CONDICIONES DE TRABAJOEl trabajo se ejecuta en condiciones propias de un ambiente de

oficina. La actividad demanda esfuerzo mental para analizar información variada. Le puede corresponder trasladarse a otras oficinas e instituciones. Cuando las necesidades del servicio lo requieran, le corresponderá laborar sin límite de horario.

La naturaleza del trabajo puede ocasionar problemas de salud como fatiga visual por la constante exposición a pantallas de equipo de cómputo y problemas posturales y problemas ocasionados por el estrés debido a la cantidad de trabajo.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que puedan cometerse ocasionarían atrasos, trastornos o inexactitud de la información que se suministra, así como afectar los procesos, los productos, o bien, la imagen institucional y el resultado del trabajo de otras personas. Es importante tener presente que se trata de puestos desarrollados en entornos gerenciales por lo que los errores cometidos pueden afectar negativamente los resultados procedentes de tales entornos.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase se requiere capacidad para mantener excelentes relaciones humanas con compañeros y público en general, sentido de orden, capacidad de organización, detallista, esfuerzo, honradez y solvencia moral en general, capacidad para atender varias tareas simultáneamente y disposición para cooperar, capacidad de concentración en el trabajo, habilidad para comprender las necesidades de los demás, capacidad para seguir instrucciones y para trabajar en equipo y excelente presentación personal. Por la índole de sus funciones, se requiere confidencialidad en la información que maneja.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con el uso adecuado de implementos de oficina como computador, programas informáticos relacionados, equipos de comunicación como centrales telefónicas, fax.

Los relacionados con la estimulación, actualización y capacitación en habilidades directamente relacionadas con las labores que le corresponde desarrollar como técnicas de redacción y archivo, servicio al cliente, relaciones humanas, procesos y procedimientos institucionales, etc.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media y título de Secretariado o graduado en Secretariado de un colegio técnico profesional.

Capacitación en el uso y manejo de paquetes de cómputo.Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el cargo

o el área de actividad.TRABAJADOR ESPECIALIZADO (niveles 1, 2)

Objetivo del trabajo: Comprometerse responsablemente con el desarrollo de actividades de carácter rutinario, en la Asamblea Legislativa, que ameritan la aplicación de conocimientos específicos de un determinado oficio y experiencia específica.Ubicación:

Los puestos y cargos contemplados en esta clase se ubican en los departamentos: Proveeduría, Servicios Generales, Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo y Servicios Parlamentarios.Actividades generales:

Ejecución de labores específicas en los departamentos de la Asamblea Legislativa.ACTIVIDADES ESPECÍFICAS:

ELECTRICIDAD Y TELEFONÍA: Instalar, revisar y dar mantenimiento al equipo eléctrico y lo correspondiente en las instalaciones eléctricas; detectar y corregir fallas en las instalaciones de los equipos de cómputo, terminales y similares; solicitar repuestos y elaborar informes periódicos.

Instalar, revisar y dar mantenimiento al equipo telefónico; detectar y corregir fallas en estos equipos y solicitar repuestos.

Dar el mantenimiento preventivo, cuando así se lo soliciten, de las instalaciones para microcomputadoras, terminales, bombas hidráulicas, plantas eléctricas, equipo de transmisión de radio y televisión, portones eléctricos y otros de similares características en cuanto a su fuente de energía.

Revisar periódicamente las instalaciones eléctricas, los dispositivos internos y periféricos y los dispositivos de comunicación; verificar condiciones técnicas de las líneas de conducción eléctrica; instalar la red de alimentación eléctrica y brindar mantenimiento preventivo y correctivo a la red.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.FOTOGRAFÍA: Tomar fotografías digitales de diversos tipos y en

diversas actividades.Efectuar los procedimientos técnicos correspondientes para editar y

seleccionar el material fotográfico.Efectuar los procedimientos técnicos requeridos para organizar,

distribuir, archivar, respaldar y conservar el material fotográfico.Hacer levantados de arte para materiales de apoyo a la gestión de

Prensa, Protocolo y Relaciones Públicas y a la labor de los diputados.

Participar activamente y en apoyo a otras funciones del Departamento e Institución relacionadas con su área laboral como escaneo de imágenes, participación en diseño de páginas html.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.MANTENIMIENTO: Brindar el mantenimiento de las instalaciones

físicas y los jardines de la Institución.Realizar labores de ebanistería, fontanería, cerrajería y pintura.Realizar reparaciones de muebles, estanterías, armarios, etc.; dar

mantenimiento a equipos, máquinas y herramientas.Remodelar oficinas e interpretar planos, bocetos, croquis o

diagramas.Elaborar reportes sobre los desperfectos del equipo y la maquinaria.Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.OPERADOR DE EQUIPO DE IMPRESIÓN: Operar equipo de

reproducción: fotocopiadora, máquinas matrizadoras; preparar el equipo con papel o tóner, tinta y matrices; mantener en orden el material por utilizar; realizar corte de guillotina y encuadernación sencilla.

Llevar controles sobre el material fotocopiado y reproducido; elaborar informes mensuales.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.RADIO OPERADOR: Transmitir información en programas

radiales; mensajes a los agentes de seguridad por circuito cerrado y colaborar en el control de la disciplina y asistencia de los agentes de seguridad.

Transmitir, por medio de enlaces, las sesiones del Plenario o las comisiones plenas; mantener el control sobre la calidad del sonido; colaborar con los diputados, jefes departamentales, de sección o coordinadores de área los mensajes de actividades.

Llevar control de los móviles; confeccionar un informe sobre lo acontecido en el día; colaborar en la reparación y limpieza del equipo.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.PROVEEDURÍA Y BODEGA: Realizar labores de adquisición y

suministro de bienes y servicios.Controlar el ingreso y la distribución de mercaderías y velar por el

buen estado de los materiales y equipos en bodega.Confeccionar solicitudes de mercancías de acuerdo con las facturas

proformas y realizar los trámites institucionales e interinstitucionales sobre las solicitudes de mercadería y órdenes de compra.

Custodiar la documentación de contrataciones y velar por la distribución y acomodo de las mercaderías y equipos.

Realizar inventarios y colocarles la placa distintiva a los equipos antes de que se entreguen a los destinatarios.

Confeccionar y archivar las solicitudes de adquisiciones y hacer cuadros comparativos de las adquisiciones.

Realizar trámites de exoneración y desalmacenaje.Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.TÉCNICO EN GRABACIÓN Y SONIDO: Ejecutar labores

de instalación de equipo de sonido en el salón del Plenario legislativo y grabación de tractos o respaldos de las sesiones del Plenario, utilizando los medios disponibles.

Grabar sesiones, seminarios, conferencias y colaborar en el control de asistencia de los diputados a las sesiones del Plenario y coordinar con el Departamento Financiero lo correspondiente.

Brindar un adecuado uso y mantenimiento a los respaldos efectuados de las diferentes sesiones de los diputados; colaborar en el control del tiempo de uso de la palabra de los diputados, rompimiento del quórum o recesos en el salón de sesiones.

Realizar otras funciones relacionadas con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Los ocupantes se desempeñan siguiendo instrucciones precisas y detalladas, giradas verbalmente o por escrito, contenidas en manuales, reglamentos u otros tipos de documentos. En los cargos de oficios calificados, aun cuando se reciben instrucciones precisas, se trabaja con un apropiado margen de independencia en razón de la aplicación de conocimientos específicos de determinado oficio. Su labor es supervisada y evaluada por medio de la apreciación de la calidad, cantidad y oportunidad de la entrega de productos, los resultados obtenidos y por el cumplimiento de los tiempos previamente estipulados. En el desempeño del cargo se requiere iniciativa, en razón de atender eficaz y eficientemente las demandas del usuario, requerimiento en algunos casos exigible en mayor grado. No le corresponde ejercer supervisión de albores.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por la ejecución eficaz, eficiente y oportuna del trabajo asignado y por la calidad que el servicio y el usuario demandan.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y conservación del equipo, los materiales, las herramientas y la maquinaria que se le asigne y, si es del caso, por la custodia y el mantenimiento de documentación o materiales asignados.Por relaciones de trabajo

En el desempeño de los cargos se establecen relaciones en razón del servicio que se brinda, motivo por el cual debe observarse responsabilidad, tacto, discreción y respeto.

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CONDICIONES DE TRABAJOLas actividades que caracterizan estos puestos pueden exponer a sus

ocupantes a las inclemencias del tiempo, contacto con sustancias tóxicas, ruido excesivo, polvo, fatiga y adopción de posiciones incómodas entre otros, por lo cual requieren una excelente condición física.

La actividad implica diversos grados de riesgo físico, los funcionarios que los ocupen están expuestos a posibles accidentes laborales por los materiales y las condiciones propias de la labor que desempeñan. Esto implica la observancia ineludible de normas de seguridad e higiene y exige la realización de las labores con sumo cuidado y en forma oportuna.

Pueden ocurrir intoxicaciones, producirse disminución en la capacidad auditiva y caídas graves, entre otros. En la ejecución de las actividades es indispensable la disposición para trabajar sin límite de horario cuando las circunstancias lo ameriten, o bien, en jornadas diurnas, nocturnas o mixtas.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores cometidos son corregibles en las diferentes etapas del proceso. No obstante, estos pueden ocasionar pérdidas económicas y atrasos en el trabajo propio y de otros, lo que repercute en el servicio brindado a la Institución y por la Institución. Una incorrecta ejecución de actividades puede causar daños a la integridad física del funcionario ejecutor y a la de otras personas.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Por las características generales de los cargos incluidos en esta clase de puestos, se requiere que los funcionarios que los desempeñan sean detallistas, observadores, con capacidad de escucha y atentos a las observaciones de los otros funcionarios. Además, poseer aptitud para evocar con facilidad sonidos e imágenes de forma habitual o instantánea (memoria). Capacidad para atender al público, mantener la ecuanimidad en cualquier situación, brindar soluciones creativas a los trabajos que se le asignen y mantenerse activo la mayor parte de su tiempo laboral. Habilidad para realizar cálculos aritméticos variados y sencillos.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la actualización y el uso adecuado de implementos de trabajo propios del campo de actividad.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA:

Esta clase de puesto está integrada por dos niveles, el nivel 1 y el 2, la diferencia entre estos es de requisitos (académicos y/o de experiencia) y la ubicación del funcionario en uno u otro responde a las características que en este sentido posea. Se recurre a la aplicación de la recalificación según la normativa existente.Nivel 1

Conclusión de estudios de la Enseñanza General Básica (9º de secundaria).

Experiencia mínima de tres años en la ejecución de labores relacionadas con el cargo.

Capacitación relacionada con el cargo.O

Conclusión de Estudios Primarios (6º grado de primaria).Experiencia mínima de cinco años en la ejecución de labores

relacionadas con el cargo.Capacitación relacionada con el cargo.

Nivel 2Título de bachiller Educación Media o Secundaria.Experiencia mínima de un año en la ejecución de labores relacionadas

con el cargo.Capacitación relacionada con el cargo.

OConclusión de estudios de Enseñanza General Básica (9º de

secundaria).Experiencia mínima de cinco años en la ejecución de labores

relacionadas con el cargo.Capacitación relacionada con el cargo.

ESTRATO TÉCNICOEste estrato abarca clases que incluyen actividades que se encuentran

en una posición intermedia de la estructura ocupacional. Son clases en las que se desarrollan actividades de investigación y análisis de nivel auxiliar o asistencial en una disciplina específica con el fin de producir los insumos necesarios para que los procesos profesionales de la Institución cumplan su misión. La ejecución de las funciones requiere formación que puede abarcar desde el título de bachiller de Enseñanza Media hasta un nivel de cuarto año universitario.

Se ubica en todas las dependencias de Asamblea Legislativa. Trabaja con la guía de un profesional (jefatura o no) que participa significativamente en la consecución de los objetivos definidos para las diferentes unidades administrativas de la Institución; igualmente, trabaja con lineamientos claramente definidos. Sus funciones son de índole asistencial, bien sea en el desempeño de roles técnicos y/o administrativos de soporte para la realización de actividades dentro de una organización de servicios. Requiere competencias personales para intervenir en los procesos de trabajo enmarcados en condiciones de polifuncionalidad, calidad y seguimiento de instrucciones.

La realización eficiente y eficaz de las labores integradas en este estrato genera servicios y productos de carácter asistencial y de apoyo, necesarios para el cumplimiento de la gestión de la unidad correspondiente y con impacto en el desempeño institucional en general. Le puede corresponder la coordinación y supervisión de equipos de colaboradores dispuestos en la realización de actividades operativas o especializadas.

En este estrato se ubican las siguientes clases de puestos: Técnico, Técnico en Seguridad, Jefe Técnico y Jefe Técnico en Seguridad.ROLES OCUPACIONALES

Se compromete, desde su rol, con el logro de las ideas institucionales. Aplica directrices, políticas, disposiciones y normas establecidas para el desarrollo de las actividades correspondientes.

Aporta información requerida para la formulación y definición de la planificación de la unidad. Se responsabiliza por el cumplimiento de los objetivos que le corresponden.

Contribuye a las acciones que se implementen para identificar y modificar sus patrones de conducta y modelos mentales que afectan su trabajo.

Realiza acciones conducentes a aumentar su crecimiento personal y profesional.

Efectúa aportes para el mejoramiento e innovación de los procesos de trabajo, genera soluciones para abordar positivamente las situaciones críticas que se presenten, así como en el establecimiento de mecanismos de autocontrol.

Utiliza los recursos de manera responsable, siempre acompañado de la racionalidad necesaria. Rinde cuentas, ante quien le corresponde, por los resultados de su trabajo.

Establece y mantiene mecanismos de interacción con instancias internas que coadyuven con el cumplimiento de los objetivos de su ámbito laboral, además de fortalecer sanamente las relaciones laborales e interpersonales, todo ello para repercutir positivamente en el medio laboral de la institución.

Aplica una visión de la tecnología y del dominio compartido de la información, como parte esencial de la cultura organizacional tendiente a un esquema progresista, proactivo, eficiente y efectivo.

Realiza estudios técnicos a nivel asistencial.Participa en la evaluación de insumos, servicios y productos.Realiza cualesquiera otras actividades atinentes a su cargo.

INDICADORES DE DESEMPEÑO

Determinante de éxito IndicadorProcesos y resultados

Eficacia Logro de los resultados esperados del equipo de trabajo. Seguimiento de disposiciones pronta y oportunamente. Cumplimiento de las metas dispuestas por la unidad administrativa correspondiente.

Coordinación y comprobación del trabajo Percepción de la coordinación y comprobación del trabajo efectuadas

RecursosRecursos disponibles Utilización adecuada y provechosa de

recursos destinados para sus actividades, aprovechamiento de los recursos tecnológicos.Utilización adecuada del tiempo disponible.

Eficiencia institucionalSatisfacción de necesidades institucionales Conocimiento de sus responsabilidades

institucionales y su realidad.Generación de información confiable, completa, relevante y oportuna.

Aprendizaje, crecimiento y satisfacciónCrecimiento personalSatisfacción laboral

Aporte y contribución a las metas del equipo de trabajo y de la unidad como tal.Persistencia por el logro de metas superiores a las establecidas, participación de calidad y cantidad de sugerencias realizadas.Establecimiento de relaciones interpersonales y laborales adecuadas

NIVEL DE IMPACTOSu aporte es significativo para lograr llevar a la práctica la estrategia

institucional; en este sentido, su impacto se refleja en la generación de productos y servicios de calidad.

DETALLE DE LAS CLASES UBICADAS DENTRO DE ESTE ESTRATO:

TÉCNICO EN SEGURIDADObjetivo del trabajo:

Comprometerse con el cumplimiento de planes y programas del proceso de trabajo mediante la ejecución de labores técnicas variadas y vinculadas a la utilización del equipo de monitoreo y cómputo de la unidad administrativa encargada de la seguridad y vigilancia institucional y de los funcionarios legislativos. Para ello se requiere la aplicación de principios teóricos y prácticos propios de una disciplina o área determinada de conocimientos.

Ubicación: Los cargos de esta clase se ubican en el Departamento de Servicios Generales o donde se concentre la coordinación y dirección de las funciones de seguridad y vigilancia de la Institución.

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Actividades generales:Realiza labores operativas, técnicas y asistenciales de cierta

complejidad en áreas específicas de la seguridad, mediante la utilización de equipo especializado para el ejercicio de la vigilancia y custodia de bienes institucionales.

Aplica conocimientos teóricos y prácticos propios del área de la criminología, investigación criminológica y similares en la consecución de los objetivos laborales.

Le corresponde participar en la recopilación y sistematización de información relacionada con investigaciones o acciones que estén ejecutando los entes competentes y que así lo soliciten.

Le corresponde realizar otras labores relacionadas con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Trabaja siguiendo normas establecidas en manuales y procedimientos definidos para esta área de trabajo, así como instrucciones generales dadas en forma oral o escrita. Su labor es supervisada de manera directa por el superior inmediato y es evaluada por medio de la apreciación de la calidad del trabajo realizado, los resultados obtenidos, la eficiencia del servicio que brinda al usuario, la oportunidad y exactitud de la información brindada a sus clientes, la oportunidad y calidad de los productos que entrega y el logro de metas y objetivos del puesto. No le corresponde ejercer supervisión.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de que sus actividades se desarrollen con eficiencia, oportunidad y calidad. Por la naturaleza de su trabajo, tiene acceso a información de carácter confidencial, cuya revelación inoportuna puede causar perjuicios, atrasos y daños.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el mantenimiento y uso adecuado del equipo, la maquinaria y las herramientas asignadas para la ejecución de su trabajo.Por relaciones de trabajo

La naturaleza de sus funciones origina establecer relaciones con usuarios internos y externos, entre los que pueden encontrarse funcionarios de dependencias nacionales, públicas o privadas, por lo que su desempeño debe caracterizarse por la discreción, el tacto y un trato cortés y responsable.CONSECUENCIA DEL ERROR

Los errores cometidos pueden causar pérdidas, daños o atrasos de alguna consideración y poner en peligro la integridad física de compañeros y otras personas; además, repercutir en la imagen de la Institución en correspondencia con las funciones que debe efectuar.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se ejecuta, predominantemente, en lo interno del centro de monitoreo, en condiciones propias de un ambiente con equipo de monitoreo. La actividad demanda esfuerzo mental, concentración, atención y agilidad visual. Debe ajustarse a las jornadas laborales establecidas para los roles de vigilancia dado que se requiere la cobertura del puesto laboral durante las veinticuatro horas diarias los 365 días del año.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puestos se requiere capacidad para mantener de manera prolongada los procesos mentales de concentración y atención, contar con memoria visual, agilidad visual, habilidad de comunicación escrita, agrado por el trabajo en un ambiente solitario ante la realización de una labor conjunta para lo cual se requieren actitudes de solidaridad, cooperación, buena comunicación, seguimiento de instrucciones, mantenimiento del equilibrio y control emocional, así como capacidad de reacción ante situaciones de emergencia o de necesidad por las características propias de los roles.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos de monitoreo y los programas que para su utilización se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo de la seguridad y vigilancia.

Los relacionados con procesos y procedimientos institucionales.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Conclusión de estudios en bachillerato de Educación Media (secundaria completa).

Estudios universitarios a nivel de segundo año concluido en una carrera afín al puesto.

Experiencia de cuatro años en actividades de seguridad y vigilancia.Permiso de portación de armas al día.

TÉCNICO (niveles 1 y 2)Objetivo del trabajo: Comprometerse con las labores de facilitador

para el cumplimiento de planes y programas del proceso de trabajo mediante la ejecución de labores técnicas variadas, para lo que se requiere la aplicación de principios teóricos y prácticos propios de una disciplina o área determinada de conocimientos.

Ubicación: Los cargos de esta clase se ubican en los diferentes departamentos de la Institución.

Actividades generales:Realizar labores técnicas, operativas y asistenciales de cierta

complejidad en áreas específicas de la administración y de los procesos legislativos que requieren un grado importante de experiencia, conocimientos o formación en campos del quehacer legislativo.

Sus actividades requieren la aplicación de técnicas, conocimientos teóricos y de experiencias adquiridas en un ambiente educativo formal y en el desempeño de actividades similares. Se circunscriben a la aplicación de normas y procedimientos establecidos y/o instrucciones específicas.

Clasificar, ordenar y describir documentos según sea el procedimiento aplicado.

Atender y evacuar consultas de los usuarios internos y externosActualizar, registrar, digitar y/o dar mantenimiento al sistema de

almacenamiento de información según sea el procedimiento aplicado.Aplicar controles de calidad definidos y otros establecidos en las

diferentes unidades administrativas.Custodiar, cuando corresponda, los bienes designados.Realizar los inventarios diversos, según sea requerido.Efectuar la búsqueda de información diversa y por los medios más

adecuados.Confeccionar documentación relacionada con las labores propias de

la unidad administrativa.Efectuar el trámite y seguimiento correspondiente de la documentación

u otro valor de insumo o producto del trabajo de la unidad, por ejemplo, concertar audiencias o entrevistas y dar el seguimiento debido al material de actas.

Participar activamente en la transmisión de información a otros funcionarios o al público usuario o cliente de los servicios que se brindan; ello al impartir charlas, elaborar resúmenes, elaboración de material gráfico variado, realizar descripciones, atender documentación específica y cualquier otro tipo de consultas, confección de orden del día.

Aplicar los procedimientos establecidos y ejecutar las actividades correspondientes según la especificidad de las diferentes unidades administrativas, por ejemplo, manejo de caja chica, mantenimiento de equipo de cómputo, bases de datos, aplicación de medidas de seguridad desde diferentes ámbitos de acción, notificaciones, levantamiento de planos de construcción, filmaciones o grabaciones específicas y transmisiones de actividades propias de la Institución.

Preparar informes relacionados con las actividades que le corresponde ejecutar.

Brindar la asistencia técnica y oportuna en los diferentes escenarios institucionales, según procedimientos establecidos, incluso la participación en proyectos definidos.

Efectuar las coordinaciones correspondientes, intra y extra departamento o Institución, a efecto de satisfacer las labores asignadas.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Trabaja siguiendo normas establecidas de manuales y procedimientos definidos para cada área de trabajo e instrucciones generales dadas en forma oral o escrita. Su labor es supervisada de manera directa por parte del superior inmediato y evaluada por medio de la apreciación de la calidad del trabajo realizado, los resultados obtenidos, la eficiencia del servicio que brinda al usuario, la oportunidad y exactitud de la información brindada a sus clientes, la oportunidad y calidad de los productos que entrega y el logro de metas y objetivos del puesto. No le corresponde ejercer supervisión de labores.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de que sus actividades se desarrollen con eficiencia, oportunidad y calidad. Por la naturaleza de su trabajo, tiene acceso a información de carácter confidencial, cuya revelación inoportuna puede causar perjuicios, atrasos y daños.Por relaciones del trabajo

La naturaleza de sus funciones origina establecer relaciones con usuarios internos y externos, entre los que pueden encontrarse funcionarios de dependencias nacionales, públicas o privadas. Asimismo, le puede corresponder establecer vínculos con organismos internacionales, dependiendo del proceso en que se ubique, por lo cual su desempeño debe caracterizarse por la discreción, el tacto y un trato cortés y responsable.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el mantenimiento y uso adecuado del equipo, la maquinaria y las herramientas asignadas para la ejecución de su trabajo.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se ejecuta, en la mayoría de las circunstancias, en condiciones propias de un ambiente de oficina. La actividad demanda esfuerzo mental y de concentración para analizar información y presentar informes que permitan la toma de decisiones por parte de su superior inmediato. Le puede corresponder trasladarse a diversos lugares del país y cuando las necesidades del servicio lo requieran, le corresponderá laborar sin límite de horario.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puestos se requiere capacidad para mantener excelentes relaciones humanas con compañeros y público en general, sentido del orden, dinamismo, excelente presentación personal, memoria, capacidad analítica y de síntesis,

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razonamiento práctico, capacidad de percepción de necesidades de los demás, seguimiento de instrucciones, resistencia a la rutina, interés por el trabajo, facilidad de adaptación a circunstancias cambiantes y para atender varias tareas en forma simultánea.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad y con procesos y procedimientos institucionales.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Esta clase de puesto está integrada por dos niveles, el nivel A y el B, la diferencia entre estos es de requisitos (académicos y/o de experiencia) y la ubicación del funcionario en uno u otro responde a las características que en este sentido posea. Se recurre a la aplicación de la recalificación según la normativa existente.Nivel 1

Título de bachiller en Educación Media (bachiller de secundaria).Técnico en una carrera universitaria que lo faculte para el desempeño

del cargo (segundo año aprobado o 20 materias aprobadas, o 60 créditos aprobados)

Cursos formales de cómputo relacionados con el cargo.Nivel 2

Título de bachiller en Educación Media (bachiller de secundaria).Diplomado o tercer año aprobado (30 materias aprobadas o 90

créditos aprobados) en una carrera universitaria que lo faculte para el desempeño del cargo.

Dos años de experiencia relacionada con el cargo o en el área académica.

Cursos formales de cómputo relacionados con el cargo.O

Título de bachiller en Educación Media (bachiller de secundaria).Técnico en una carrera universitaria que lo faculte para el desempeño

del cargo (segundo año aprobado).Cuatro años de experiencia relacionada con el cargo o en el área

académica.Cursos formales de cómputo relacionados con el cargo.

SUBJEFE TÉCNICO DE SEGURIDADObjetivo del trabajo: Comprometerse junto con la Jefatura de la

unidad administrativa encargada de la seguridad y vigilancia de la Institución, en la coordinación y supervisión de un grupo de funcionarios agentes o técnicos de seguridad, mediante la ejecución de labores de organización, asignación y control de trabajo en los roles respectivos.

Ubicación: Unidad administrativa encargada de la seguridad y vigilancia institucional.Actividades generales:

Participar junto con la Jefatura de unidad correspondiente en el establecimiento de las medidas tendientes a fortalecer la Institución en el campo de la protección, seguridad y vigilancia.

Coordinar, supervisar y controlar el trabajo del grupo de funcionarios encargados de la seguridad en los roles correspondientes.

Participar con la Jefatura en la confección de turnos de trabajo.Girar las instrucciones necesarias al grupo a su cargo, para atender

situaciones de emergencia.Realizar informes y reportes periódicos y/o cuando sea necesario

sobre las funciones desarrolladas y las situaciones ilícitas ocurridas en las instalaciones físicas de la Asamblea Legislativa en el turno correspondiente.

Orientar al grupo a su cargo, sobre los métodos y procedimientos para la ejecución del trabajo.

Controlar el uso y el buen mantenimiento de los equipos, el mobiliario y los materiales asignados al grupo a su cargo.

Colaborar en la atención y resolución de consultas que presenten diputados y público en general relacionado con el área de actividad.

Le puede corresponder sustituir en sus ausencias temporales al jefe o subjefe de seguridad.

Realizar cualquier otra función relacionada con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Supervisar a los funcionarios del grupo a su cargo, orientarlos en la ejecución de trabajos y velar por su disciplina y eficiencia.

Supervisión recibida: Trabaja con relativa independencia, siguiendo instrucciones generales y normas establecidas de parte de la Jefatura de la unidad administrativa encargada de la seguridad y vigilancia de la Asamblea Legislativa o de otros superiores y las políticas institucionales en materia de seguridad. Su labor es supervisada y evaluada por medio del análisis de los informes que presenta, la apreciación de la calidad del trabajo realizado y los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de la organización y supervisión del trabajo del grupo a su cargo y por el eficiente, puntual y oportuno cumplimiento de las actividades y servicios que le asignen.

Por relaciones de trabajoLa actividad origina relaciones constantes con funcionarios,

jerarcas, diputados y público en general, las cuales deben ser atendidas con responsabilidad, tacto y discreción. Por la naturaleza del puesto le corresponde conocer asuntos confidenciales sobre los cuales debe guardar discreción.Por equipo y materiales

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento de los equipos, el mobiliario, los útiles y los materiales asignados al grupo a su cargo.CONDICIONES DE TRABAJO

La actividad requiere esfuerzo físico y mental. Debe someterse a los programas de capacitación requeridos para el desempeño del puesto.

Le corresponde trabajar los turnos que se le asignen al grupo de funcionarios de seguridad y vigilancia. Le puede corresponder trabajar sin límite de jornada.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores cometidos pueden causar pérdidas, daños o atrasos de consideración, por lo que las labores deben ser realizadas con cuidado y precisión, ya que también se puede poner en peligro la integridad física de los funcionarios legislativos y visitantes de la Institución.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Ser observador y con iniciativa motivada por la necesidad de realizar de manera excelente el trabajo. Debe mantener discreción respecto de los asuntos que se le encomiendan o de los que tiene conocimiento. Habilidad para resolver situaciones imprevistas, no poseer antecedentes penales o problemas psicológicos. Requiere habilidad para tratar en forma responsable, cortés y satisfactoria con el público y funcionarios en general, capacidad de liderazgo, buena comunicación verbal y escrita, habilidad analítica y toma de decisiones. Buena presentación personal y condición física.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Capacitación en el campo de la seguridad, así como en relaciones interpersonales y realidad institucional.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media.Técnico o segundo año universitario aprobado en una carrera que le

faculte para el desempeño del cargo.Experiencia mínima de tres años en labores relacionados con el área

de actividad. Experiencia mínima de seis meses en el manejo y supervisión de grupos de seguridad.

Permiso de portación de armas.Curso de protección de dignatarios.

OTítulo de bachiller en Educación Media.Primer año universitario aprobado en una carrera que le faculte para

el desempeño del cargo.Experiencia mínima de cinco años en labores relacionadas con el área

de actividad. Experiencia mínima de seis meses en el manejo y supervisión de grupos de seguridad.

Permiso de portación de armas.Curso de protección de dignatarios.

JEFE TÉCNICOObjetivo del trabajo: Coadyuvar al eficiente desarrollo de los

procesos de trabajo de las diferentes áreas mediante la ejecución de labores de planeación, dirección, supervisión orientadas a la coordinación de una unidad administrativa compuesta por funcionarios que realizan labores técnicas u operativas rutinarias de la Asamblea Legislativa.Ubicación:

Los puestos de esta clase se ubican en los diferentes departamentos a cargo de una unidad administrativa menor y perteneciente a tales departamentos.Actividades generales:

Planear, coordinar, distribuir, dirigir, controlar y supervisar los procesos en una unidad administrativa “menor”, en tanto que pertenece organizacionalmente a un departamento.

Participar con la dirección de departamento en la revisión y aprobación de informes, manuales e instructivos técnicos y documentos que se elaboren.

Establecer normas y estándares de trabajo y motivar e incentivar al personal a su cargo en coordinación con la jefatura del departamento.

Recomendar estrategias, metodologías o métodos y procedimientos que aumenten la productividad y calidad del trabajo.

Colaborar en la innovación de métodos de trabajo y servicios del área que administra y presentar informes periódicos de su labor, así como elaborar reportes o documentos.

Presentar informes periódicos de su labor y elaborar reportes o documentos de proyectos relacionados con el cargo.

Colaborar con la innovación de métodos de trabajo y servicios del área que administra.

Participar activamente en la ejecución de las actividades propias de la unidad a su cargo.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.

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CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALESSupervisión ejercida: Le corresponde dirigir, organizar y supervisar

el trabajo de personal técnico, calificado y/o operativo, por lo que es responsable por el eficaz y eficiente cumplimiento de las actividades a ellos asignadas y por desarrollar y mantener niveles de motivación elevados en las personas que laboran en su unidad organizacional.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo la política del departamento al cual pertenece y, a su vez, de la Institución, en los aspectos aplicables a su proceso de actividad y según la legislación que define y regula las actividades del organismo. Su labor es evaluada mediante informes que presenta, los aportes creativos al trabajo que realiza, la eficiencia y eficacia obtenidas en el cumplimiento de los objetivos asignados al proceso o la actividad, evidenciada por su capacidad para dirigir y supervisar el personal bajo su responsabilidad, la comprobación de la calidad de los resultados obtenidos y el nivel de motivación personal.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por el proceso o la actividad encomendado, el cual debe ser ejercido mediante la búsqueda del consenso y la armonía entre todos los funcionarios a su cargo. Por ello, la planeación, la organización, la conducción, el control y la evaluación deben formar parte de una unión sistémica del proceso institucional.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y demás bienes asignados a un respectivo ámbito de acción, sea este de proceso o subproceso.Por relaciones de trabajo

La actividad, debido a la naturaleza de sus funciones, origina la interrelación constante con sus superiores jerárquicos, funcionarios de otras instituciones, compañeros y usuarios del sistema, las cuales deben ser atendidas y tratadas con responsabilidad, tacto y discreción, procurando promover la misión institucional.CONDICIONES DE TRABAJO

El desarrollo de las actividades asignadas a esta clase de puesto exigen el esfuerzo mental para resolver y atender las diversas situaciones que se originan de la toma de decisiones, o bien, de la normativa que regula la actividad, lo cual obliga a estar actualizando conocimientos y jurisprudencia propios de la actividad.

Debe observar, en forma estricta, las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Está expuesto a afrontar situaciones que puedan poner en peligro su integridad física y la de los demás. Esta clase de puesto, debido a su naturaleza de funciones, exige que la jornada de trabajo sea sin límite dependiendo de las actividades institucionales.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que puedan cometerse podrían causar pérdidas, atrasos y confusiones que generarían implicaciones de tipo legal, administrativo y financiero, entre otras, con consecuencias para el desarrollo normal de los diferentes procesos y las actividades, y con ello la imagen institucional.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto el ocupante requiere capacidad analítica y de síntesis, razonamiento práctico, autocontrol, discreción y lealtad institucional, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, excelente presentación personal, capacidad para atender varias tareas en forma simultánea, disponibilidad para trabajar sin límite de horario, afabilidad, cortesía y entusiasmo, capacidad para aceptar críticas, agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo de actividad y con procesos y procedimientos institucionales.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Título de bachiller en Educación Media.Diplomado o tercer año universitario aprobado en una carrera que le

faculte para el desempeño del cargo.Experiencia mínima de tres años en labores relacionadas con el área

de actividad. Experiencia mínima de seis meses en el manejo y supervisión personal.O

Título de bachiller en Educación Media.Primer año universitario aprobado en una carrera que le faculte para

el desempeño del cargo.Experiencia mínima de siete años en labores relacionadas con el área

de actividad. Experiencia mínima de seis meses en el manejo y supervisión de personal.

ESTRATO PROFESIONALLos procesos que se desarrollan en este estrato se orientan al análisis

y la investigación, formulación y desarrollo de conceptos, teorías y métodos, asesoramiento o aplicación de los conocimientos en su campo de trabajo.

Dicho estrato se caracteriza por la aplicación de las teorías y los principios propios de un área; la evaluación de las propuestas de cambio y de las investigaciones efectuadas en otros ámbitos.

El trabajo profesional incluye la responsabilidad por los efectos producidos en los métodos y procedimientos como resultado de los procesos efectuados.

Las condiciones organizacionales y ambientales en las cuales se desarrollan las actividades contemplan una amplitud de ambientes de trabajo, desde la ejecución de labores en ambientes controlados hasta la exposición a riesgos laborales que pongan en peligro la integridad física de las personas.

La ejecución de las profesiones contenidas en este estrato está reservada, en virtud de la legislación y la reglamentación vigentes, a quienes se encuentran debidamente incorporados al colegio profesional respectivo y cuentan con el grado de bachiller universitario, como mínimo.

El marco referencial de desempeño se caracteriza por las labores profesionales en roles de diversa complejidad (de menor a mayor), dependiendo de los requerimientos académicos y de experiencia para la eficiente y eficaz realización de las labores propias de una organización de servicio, así como de la independencia con que se realizan las actividades. Los roles de mayor complejidad se caracterizan por la significativa colaboración y asesoramiento al gerente o coordinador de la unidad gerencial correspondiente (departamentos, divisiones, Dirección Ejecutiva). Requiere amplias competencias personales para intervenir en los procesos de trabajo en condiciones de polifuncionalidad.

Participa en el diseño y la generación de los servicios y productos de naturaleza profesional con diferentes niveles de complejidad e impacto, necesarios para el cumplimiento de la misión de la unidad administrativa en la cual aporta sus conocimientos y experiencia (departamento, división, Dirección Ejecutiva). Parte importante de sus actividades implican integrar grupos de trabajo o, incluso, dirigir proyectos de trabajo o liderar equipos.

Dentro de este estrato se cuenta con roles profesionales que además desarrollan actividades de jerarquía mediante la coordinación, el liderazgo, la organización y la definición de aspectos significativos de las labores de la unidad; desde esta posición, el marco referencial se describe como el de líder de uno de los subsistemas organizativos. Requiere valores y compromiso con las políticas rectoras y directrices emanadas del nivel superior y lealtad absoluta hacia la Institución.

En ese sentido, la orientación de sus labores es liderar la unidad bajo su responsabilidad hacia el logro de su misión, en un nivel de intervención en el que predominan los componentes de operativos, mediante la efectiva administración y coordinación de recursos y procesos y el asesoramiento en asuntos que son competencia de la unidad correspondiente. Su campo de gestión se caracteriza por centrarse, predominantemente, en la generación de servicios de apoyo.

En este estrato se ubican las siguientes clases de puestos: Profesional 1, Profesional 2, Médico G2, Asesor 1, Médico G5, Profesional Jefe 1, Profesional Jefe 2, Profesional Jefe de Seguridad, Subdirector de Departamento y Subauditor General.ROLES OCUPACIONALES

Contribuye al desarrollo de las ideas rectoras y se compromete en su logro.

Colabora en la definición de directrices, políticas, disposiciones y normas referentes a su labor. Una vez establecidas las aplica.

Coadyuva en la formulación del plan anual operativo respectivo y se responsabiliza por el cumplimiento de los objetivos que le corresponden o aporta información para la formulación correspondiente y se responsabiliza por el cumplimiento de los objetivos respectivos.

Participa en la identificación de los patrones de conducta y los modelos mentales que existen en su unidad de trabajo y que afectan su gestión y/o contribuye a las acciones para modificarlas. Realiza acciones conducentes a aumentar su crecimiento personal y profesional.

Orienta y guía el desempeño de equipos de trabajo y logra el aprovechamiento de sus competencias para asegurar el mejor funcionamiento de ellos y el alcance de sus resultados esperados. O, busca oportunidades de mejoramiento e innovación para los procesos de trabajo de su área de competencia y propone acciones que los adapten a las necesidades de los clientes y los cambios del entorno.

Brinda asesoramientos y atiende consultas en materia de su competencia.

Establece mecanismos de autocontrol, previene problemas de su área de trabajo y genera soluciones para abordar positivamente las situaciones críticas que se presenten.

Busca oportunidades de mejoramiento e innovación para los procesos de trabajo de su área de competencia y las estructuras que los apoyan, propone acciones que los adapten a las necesidades de los clientes, de los usuarios o de la misma Institución y a los cambios del entorno.

Efectúa investigaciones, promueve y comparte la obtención de conocimientos institucionales, sistemas de información, normativa vigente y aspectos puramente técnicos del proceso en que participa y de las metodologías de trabajo, así como de nuevas tendencias en materia de su competencia, entre otros.

Utiliza los recursos con la mayor racionalidad posible para contribuir a que los objetivos sean alcanzados del modo más eficiente.

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Rinde cuentas ante quien corresponde por el desempeño de las actividades que realiza y por los resultados del trabajo que efectúan sus colaboradores.

Diseña y coordina proyectos correspondientes a su área o unidad de trabajo. Participa en la generación de productos y servicios de naturaleza profesional; asimismo, participa en la evaluación de los insumos, productos y servicios.

Establece y mantiene mecanismos de interacción con instancias internas y externas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Produce información requerida para la toma de decisiones y orienta las acciones correspondientes. Adquiere y aplica una visión de la tecnología y del dominio compartido de la información, como parte esencial de la cultura organizacional.

Realiza cualesquiera otras actividades atinentes a su cargo.INDICADORES DE DESEMPEÑO

Determinante de éxito IndicadorProcesos y resultados

Eficacia Logro de los resultados esperados del equipo de trabajo.Porcentaje de cumplimiento de los tiempos estimados por proyecto u objetivos definidos para la unidad laboral de que se trate.Porcentaje de implementación de las recomendaciones o mejoras por proyectos y objetivos.

RecursosRecursos disponibles Aprovechamiento de los recursos

tecnológicos.Utilización adecuada del tiempo disponible.

Eficiencia institucionalSatisfacción de necesidades institucionales Conocimiento de sus responsabilidades

institucionales y su realidad.Generación de información confiable, completa, relevante y oportuna.

Aprendizaje, crecimiento y satisfacciónCrecimiento personalSatisfacción laboral

Aporte y contribución a las metas del equipo de trabajo y de la unidad como tal.Calidad y cantidad de sugerencias realizadas.Persistencia por el logro de metas superiores a las establecidas, participación de calidad y cantidad de sugerencias realizadas.Establecimiento de relaciones interpersonales y laborales adecuadas

NIVEL DE IMPACTOSu aporte puede ser especialmente significativo en cuanto a llevar a

la práctica la estrategia institucional, por lo que se refleja en la generación de productos y servicios de calidad.ROLES OCUPACIONALES EN CASOS DE ROLES DE LÍDER DE UNIDAD

Brinda asesoramiento en lo interno en los asuntos que son competencia de su unidad.

Participa en el desarrollo de las ideas rectoras institucionales y contribuye significativamente a su logro.

Contribuye significativamente a la elaboración y ejecución del plan anual operativo y del respectivo presupuesto de la unidad a su cargo, definidos conjuntamente con sus colaboradores, de conformidad con los lineamientos del nivel inmediato superior.

Contribuye a la definición de directrices, políticas, disposiciones y normas aplicables en la unidad, las da a conocer y las pone en práctica.

Contribuye a la identificación de los patrones de conducta y los modelos mentales que afectan la gestión de los colaboradores inmediatos y a que se realicen las acciones necesarias para modificarlos.

Implementa acciones para fomentar el bienestar integral de la unidad.

Colabora en el diseño e implementa procesos que desarrollen la creatividad y el aprendizaje generativo de los colaboradores inmediatos y les permite abordar productivamente situaciones críticas.

Participa en la identificación de competencias de sus colaboradores para ser aplicadas en la integración de equipos de trabajo y en la promoción de la polifuncionalidad.

Sirve de facilitador en lo interno de la unidad, promueve el compromiso y el desarrollo de la capacidad de los equipos de trabajo, para obtener los resultados esperados.

Evalúa el desempeño de sus colaboradores mediante indicadores de desempeño y mecanismos que promuevan la excelencia.

Rinde cuentas ante quien corresponda por el logro de los resultados de la unidad.

Integra esfuerzos de sus colaboradores y mantiene la comunicación efectiva con las otras unidades organizativas de la Institución, así como con otros entes y órganos públicos, según su competencia, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Se asegura de que se dote a cada colaborador de los recursos necesarios para que desarrolle adecuadamente sus funciones y se utilicen de forma racional.

Participa en la evaluación de los procesos, productos y servicios que brinda la unidad, con el fin de que sean mejorados e innovados, adaptándolos a las nuevas doctrinas, a las necesidades Institucionales y los cambios del entorno.

Desarrolla, en sus colaboradores, el aprovechamiento de la tecnología y el dominio compartido de la información, como parte esencial de la cultura organizacional.

Realiza cualesquiera otras actividades atinentes a su cargo.INDICADORES DE DESEMPEÑO EN CASOS DE LÍDER DE UNIDAD

Determinante de éxito IndicadorProcesos y resultados

Eficacia Aporte al cumplimiento de metas establecidas según plan anual operativo.Porcentaje de cumplimiento de los tiempos estimados.Porcentaje de implementación de las recomendaciones o mejoras por proyectos y objetivos.

RecursosEficiencia Equilibrio entre costos y servicios

brindados.Utilización racional del tiempo del personal asignado.Aprovechamiento de los recursos materiales.

Eficiencia institucionalSatisfacción de necesidades institucionales Solicitudes atendidas y cobertura de la

atención brindada.Calidad en la atención.

Aprendizaje, crecimiento y satisfacciónClima organizacionalModelos mentales

Grado de satisfacción y compromiso de los colaboradores en el trabajo.Realizar un inventario de modelos mentales.Ejecutar acciones para verificar y compartir modelos mentales.

NIVEL DE IMPACTOSu ubicación en la estructura organizativa y las facultades de

que dispone le permiten participar en la definición de las ideas rectoras de ese subsistema, en la priorización de objetivos y en el impulso de los principios guía. Con sus competencias participa en el logro de los objetivos institucionales, así como el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo de una organización de servicios. Su impacto se refleja en la generación de productos y servicios de calidad.DETALLE DE CLASES UBICADAS DENTRO DE ESTE ESTRATO:

PROFESIONAL 1 (Niveles A y B)Objetivo del trabajo: Comprometerse con el cumplimiento

y desarrollo de los planes y programas del proceso de trabajo en el que se ubican, mediante la ejecución de labores profesionales orientadas a asesorar, ejecutar y controlar las diferentes actividades; para la cual requiere la aplicación de principios teóricos y prácticos propios de una disciplina atinente al cargo y adquiridos en una institución de enseñanza superior.

Ubicación: Los cargos contemplados en estos niveles están ubicados en las diferentes áreas y procesos de la Asamblea Legislativa.Actividades generales:

Les corresponde realizar actividades caracterizadas por una complejidad y responsabilidad relativa en tanto que se requieren conocimientos profesionales a nivel de bachillerato en la especialidad del puesto.

Las actividades demandan el aprendizaje de procedimientos específicos, normativa o estipulaciones ya existentes, así como la aplicación de conocimientos adquiridos, además de alguna creatividad e iniciativa para una mejor organización de las mismas actividades, sin que ello corresponda a una constante.

Es importante señalar que las cuotas de responsabilidades por las acciones desarrolladas se diluyen entre escalas jerárquicas existentes y que la toma definitiva de decisiones le corresponde al superior inmediato u otros. Sus actividades resultan, predominantemente, en insumos para lo interno del mismo departamento.

Deben tenerse presentes los lineamientos establecidos por los diferentes colegios profesionales, en tanto que en algunos casos existen ámbitos de acción y restricciones para los profesionales que no cuentan con grados superiores al bachiller universitario.Actividades específicas:

Aplicación de los procedimientos, los programas, las políticas y otros establecidos para la evaluación del control interno del departamento correspondiente.

Realizar estudios e investigaciones variadas sobre temas específicos que se le asignan.

Apoyar la labor del personal de mayor nivel en el análisis de la información.

Visitar instituciones públicas y privadas con el propósito de recopilar información relacionada con los temas que se estudian o con el desarrollo de proyectos específicos.

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Atender consultas referentes a su campo de especialidad.Elaborar informes sobre temas que se le asignen propios del ámbito

de su competencia.Proponer y aplicar métodos para la solución de problemas

observados.Asistir a reuniones, seminarios y otras actividades similares con el

fin de lograr el cumplimiento de los objetivos.Dar seguimiento a diferentes asuntos para la solución de problemas

o la atención de consultas.Realizar labores técnicas y administrativas a nivel profesional

en donde aplican los conocimientos de su disciplina de menor a mayor complejidad y amplitud.

Realizar otras labores propias de su campo de actividad.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Actúa con independencia de criterio profesional en el área de su especialidad siguiendo instrucciones generales, métodos y procedimientos establecidos en manuales, circulares, resoluciones y en la legislación vigente. Su labor es evaluada según el grado de cumplimiento de las metas que se le han establecido de manera particular, así como por la cantidad, calidad y oportunidad en la entrega de sus productos y por la originalidad de los aportes y las contribuciones al equipo de trabajo en el cual se ubica. Puede corresponderle ejercer la supervisión de actividades técnicas y/o administrativas realizadas por los funcionarios con quienes conforma el equipo y ser el responsable por los productos y servicios que se derivan del proceso a su cargo.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de su gestión en aspectos relacionados con el cumplimiento eficiente y oportuno de las metas establecidas, lo cual se debe reflejar en la calidad que imprime en estudios, proyectos, investigaciones o actividades en que participe.Por relaciones de trabajo

Establece relaciones con superiores y personal de todo nivel en la Institución y fuera de ella, por lo cual debe actuar responsablemente en el ejercicio de su profesión.

Además, cuando corresponda, tiene la responsabilidad de la planeación y coordinación de un equipo de trabajo y el logro de resultados y metas establecidos.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el equipo y los materiales que se le asignen para el desempeño del cargo. Las recomendaciones profesionales que emita sirven como insumo para la toma de decisiones del superior inmediato. Además, en la mayoría de las circunstancias maneja información de un alto grado de confidencialidad, la cual debe ser tratada con tacto, discreción y ética.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se ejecuta en condiciones propias de un ambiente de oficina. La actividad demanda esfuerzo mental para analizar situaciones e información muy variada con el fin de emitir recomendaciones profesionales y para adaptarse a circunstancias cambiantes en forma permanente. Es probable que con frecuencia se requiera trasladarse fuera de la oficina.

Las actividades le pueden exigir trabajar sin límite de jornada, así como desplazarse a diferentes instituciones públicas o privadas ubicadas en el Área Metropolitana.

Consecuencia del error: Los errores que puedan cometerse podrían causar daños, atrasos que van en perjuicio de la imagen del departamento, de la Institución, de los usuarios y del Estado; razones por las cuales las actividades deben ser realizadas con profesionalismo, cuidado y empleando los principios técnicos y jurídicos que rigen la materia de competencia.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Requiere de habilidad para tratar en forma cortés y satisfactoria al personal de los más variados niveles jerárquicos, así como al público en general. Habilidad analítica, crítica y de síntesis, para aplicar principios teóricos y prácticos de la profesión y para organizar y dirigir el trabajo de otros, cuando así corresponda. Debe mantener actualizados los conocimientos y las técnicas propias de su especialidad.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., y los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo y trabajo en equipo.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Esta clase de puesto está integrada por dos niveles, el nivel A y el B, la diferencia entre estos es de requisitos (académicos y/o de experiencia) y la ubicación del funcionario en uno u otro responde a las características que en este sentido posea. Se recurre a la aplicación de la recalificación según la normativa existente.Nivel A

Bachillerato en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Requisito legal:Incorporación al colegio respectivo.

Nivel BBachillerato en una carrera universitaria atinente a su área de

actividad.Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el área

de actividad, a nivel de bachiller universitario.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.O

Formación profesional al nivel de licenciatura o superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.PROFESIONAL 2 (Niveles A, B y C)

Niveles A, B y CObjetivo del trabajo: Comprometerse con el cumplimiento y

desarrollo de los planes y programas del proceso de trabajo en el que se ubican, mediante la ejecución de labores profesionales complejas y de alto impacto en la labor sustantiva de dicha unidad administrativa, orientadas a brindar información, asesorar, ejecutar y controlar las diferentes actividades; para ello requiere la aplicación de principios teóricos y prácticos propios de una disciplina atinente al cargo y adquiridos en una institución de enseñanza superior, así como de la experiencia profesional que promueve la adquisición de herramientas y habilidades para el mejor aprovechamiento de los conocimientos profesionales.

Ubicación: Los cargos contemplados en estos niveles están ubicados en las diferentes áreas y procesos de la Asamblea Legislativa.Actividades generales:Niveles A y B

Los puestos que ostentan una clasificación de Profesional 2 les corresponde realizar actividades caracterizadas por su complejidad, además de que en su cotidianidad sobresale la iniciativa, creatividad, toma de decisiones dinámica, constante coordinación con otros profesionales, en tanto que se plasma en documentos formales con criterios que fundamentan la toma de decisiones por parte de los jerarcas, definen acciones consistentes en lo interno de un grupo o equipo de trabajo o departamento; sus acciones sobrepasan los límites departamentales, por lo tanto, su afectación se puede definir a nivel institucional y más allá, e incluso requiere la aplicación constante de habilidades como el análisis, la síntesis y la comunicación escrita.

Debe asumir activamente las consecuencias y responsabilidades de las acciones que desempeña, le corresponde sustentar criterios y recomendaciones, atender apelaciones relacionadas, ampliar criterios, etc. Es importante tener presente que estos profesionales requieren un nivel académico de licenciatura universitaria y experiencia en el área para el adecuado desempeño de sus actividades laborales. Además, se toman en consideración las características que se asocian a las actividades estipuladas por el colegio profesional respectivo para profesionales con el nivel académico de licenciatura.Nivel C

Este nivel de clasificación es transitorio, solamente para los puestos que a la fecha de aprobación del este Manual de clasificación de puestos de la Asamblea Legislativa poseen una clasificación de Profesional nivel E y no ejecutan actividades de supervisión, coordinación valoración y evaluación de actividades de un grupo de profesionales de su departamento.

Las condiciones y otras variables que componen el nivel responden a las de los puestos clasificados como Profesional nivel E antes mencionados. Esto hasta que las condiciones y las actividades que les caracterizan se modifiquen sustancialmente y permitan su ubicación en otra clasificación o hasta que los puestos queden vacantes y la administración decida sobre ellos. Este nivel C de la clase Profesional 2 en un futuro mediato será eliminado del Manual.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión recibida: Actúa con independencia de criterio profesional en el área de su especialidad, siguiendo instrucciones generales y propias del área académica que se trate y aplicando la creatividad e iniciativa para lograr el desempeño eficiente y eficaz; además, le corresponde la aplicación de métodos y procedimientos establecidos en manuales, circulares, resoluciones y en la legislación vigente. Su labor es evaluada según el grado de cumplimiento de las metas que se le han establecido de manera particular, así como por la cantidad, calidad y oportunidad en la entrega de sus productos y por la originalidad de los aportes y las contribuciones al equipo de trabajo en el cual se ubica. Puede corresponderle ejercer la supervisión y coordinación de actividades técnicas, administrativas o profesionales realizadas por los funcionarios con quienes conforma el equipo, por lo que es responsable de los productos y servicios que se derivan del proceso a su cargo.

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RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable de su gestión en aspectos relacionados con el cumplimiento eficiente y oportuno de las metas establecidas, lo cual se debe reflejar en la calidad que imprime en estudios, proyectos, investigaciones o actividades en que participa.Por relaciones de trabajo

Establece relaciones con superiores y personal de todo nivel en la Institución y fuera de ella, por lo cual debe actuar responsablemente en el ejercicio de su profesión.

Cuando corresponda, tiene la responsabilidad de la planeación y coordinación de un equipo de trabajo y el logro de resultados y metas establecidas.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el equipo y los materiales que se le asignen para el desempeño del cargo. Las recomendaciones profesionales que emita sirven como insumo para la toma de decisiones del superior inmediato. Además, en la mayoría de las circunstancias maneja información de un alto grado de confidencialidad, la cual debe ser tratada con tacto, discreción y ética.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se ejecuta en condiciones propias de un ambiente de oficina. La actividad demanda esfuerzo mental para analizar situaciones e información muy variada, con el fin de emitir recomendaciones profesionales y para adaptarse a circunstancias cambiantes en forma permanente. Es probable que con frecuencia se requiera el traslado fuera de la oficina. Las actividades le pueden exigir trabajar sin límite de jornada, así como desplazarse a diferentes instituciones públicas o privadas ubicadas en el Área Metropolitana.CONSECUENCIA DEL ERROR

Los errores que puedan cometerse podrían causar daños, atrasos que van en perjuicio de la imagen institucional, de los usuarios y del Estado; razones por las cuales las actividades deben ser realizadas con profesionalismo, cuidado y bajo el empleo de los principios técnicos y jurídicos que rigen la materia de su competencia.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se ejecuta en condiciones propias de un ambiente de oficina. La actividad demanda esfuerzo mental para analizar situaciones e información muy variada, con el fin de emitir recomendaciones profesionales y para adaptarse a circunstancias cambiantes en forma permanente. Frecuentemente debe trasladarse fuera de la oficina.

Las actividades le pueden exigir trabajar sin límite de jornada, así como desplazarse a diferentes instituciones públicas o privadas ubicadas en el Área Metropolitana.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Requiere de habilidad para tratar en forma cortes y satisfactoria al personal de los más variados niveles jerárquicos y público en general. Habilidad analítica, crítica y de síntesis para aplicar principios teóricos y prácticos de la profesión y para organizar y dirigir el trabajo de personal cuando así corresponda. Debe mantener actualizados los conocimientos y las técnicas propias de su especialidad, por cuanto la labor exige aportes creativos y originales ajustados a los avances que experimenta la doctrina atinente. Capacidad para coordinar equipos de trabajo, creatividad e iniciativa.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo de actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo y trabajo en equipos.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Esta clase de puesto está integrada por dos niveles, el nivel A y el B, la diferencia entre estos es de requisitos (académicos y/o de experiencia) y la ubicación del funcionario en uno u otro responde a las características que en este sentido posea. Se recurre a la aplicación de la recalificación según la normativa existente.Nivel A

Licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Dos años de experiencia a nivel profesional y posterior a la obtención del grado de licenciatura, en labores relacionadas con el cargo o en el área profesional.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.Nivel B

Licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Cinco años de experiencia a nivel profesional y posterior a la obtención del grado de licenciatura, en labores relacionadas con el cargo o en el área profesional.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.Nivel C

Nivel de clase transitorio con objetivo específico (ver el detalle en la descripción de la clase).

Licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de dos años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de cuatro años en labores relacionadas con el cargo, a nivel de licenciatura, y desarrolladas en la Asamblea Legislativa.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.MÉDICO G2

Objetivo del trabajo: Coadyuvar en la prevención y el mantenimiento de la salud de los funcionarios activos y pensionados de la Asamblea Legislativa mediante el diagnóstico, la asistencia, la prescripción y la administración de tratamiento médico en diferentes especialidades.

Ubicación: Departamento de Servicios de Salud.Actividades generales:

Atender consulta médica a los usuarios de los servicios de salud en el campo de su especialidad.

Efectuar exámenes físicos, realizar diagnóstico, prescribir los medicamentos y administrar otras formas de tratamientos. Llevar el expediente clínico de los usuarios de los servicios.

Solicitar e interpretar exámenes de laboratorio, radiografías y otros exámenes de diagnóstico. Atender consultas clínicas de cirugía menor cuando se amerite.

Colaborar con el equipo de trabajo en el diseño y desarrollo de las investigaciones que se programan en el Departamento.

Dictar charlas, cursillos o conferencias sobre temas de prevención de enfermedades y nutrición. Asistir a reuniones, seminarios y otras actividades.

Realizar las tareas administrativas que se derivan de su función.Ejecutar otras labores propias de su especialidad.

CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALESSupervisión ejercida: En ausencia del médico jefe, le puede

corresponder ejercer supervisión sobre el personal, en lo que se refiere a la aplicación de las técnicas propias relacionadas con la atención médica y de salud, por lo que debe girar instrucciones específicas para la atención de los usuarios de los servicios.

Supervisión recibida: Se dispone de algunos precedentes y lineamientos para la realización del trabajo, pero su ejecución depende de la iniciativa y creatividad propias. La supervisión se ejerce con base en los resultados obtenidos, los informes que se presentan y la apreciación de la calidad de los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades

La naturaleza del trabajo exige la aplicación de conocimientos de medicina humana en una especialidad, para atender y resolver adecuadamente problemas y situaciones variadas, propias del área de su competencia en las cuales, generalmente, está involucrada la salud y el bienestar físico de las personas.Por equipo y materiales

Es responsable del correcto uso del equipo, el material, el instrumental y los medicamentos que se le asignan para el desempeño de su trabajo.Por relaciones de trabajo

Debe mantener relaciones constantes con superiores, compañeros, pensionados y otros usuarios del sistema, las cuales deben ser atendidas con ética profesional, sensibilidad, tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

Se requiere esfuerzo mental para realizar el desempeño de las diferentes actividades, así como poseer la habilidad para desarrollar un trabajo rutinario, con procedimientos permanentes y uniformes; sin embargo, su ejecución debe enfrentarse a diversas situaciones no usuales por causa de accidentes o enfermedades de los funcionarios, que le exigen la decisión inmediata y oportuna de las situaciones que se le presenten.

Riesgos por enfermedades profesionales: se expone constantemente a enfermedades infecto-contagiosas y eventualmente puede padecer estrés laboral.

Jornada: Su labor debe realizarla bajo presión y de acuerdo con el horario establecido por la Institución; ocasionalmente le corresponderá laborar fuera de la jornada ordinaria según las necesidades institucionales, así como sábados, domingos y días feriados.

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CONSECUENCIA DEL ERRORLos errores cometidos pueden causar pérdidas, daños y atrasos de

consideración y una mala praxis pondría en peligro la salud y la integridad física de las personas, por lo que las actividades deben ser realizadas con sumo profesionalismo, cuidado y precisión.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Capacidad de observación y relación de síntomas y signos, capacidad analítica y de organización, preparación en el campo de la medicina, capacidad para trabajar bajo presión y para enfrentarse a situaciones traumáticas e imprevistas, discreción, buenas relaciones humanas, disposición para capacitar y educar a los funcionarios y usuarios de los servicios, y capacidad para trabajar en equipo.Cargos que lo conforman

En esta clase se ubican puestos cuyas funciones corresponden a consulta médica en alguna especialidad.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Paquetes computacionales.Actualización en su especialidad.

CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDAMédico especialista.Dos años de experiencia en la rama de medicina.

Requisito legal:Incorporado al Colegio de Médicos y Cirujanos.

ODONTÓLOGOObjetivo del trabajo: Prevenir problemas y brindar mantenimiento

a la salud dental de los funcionarios de la Asamblea Legislativa, mediante la ejecución de labores de exámenes, tratamiento de enfermedades de los trastornos bucodentales.

Ubicación: Servicios de Salud.Actividades generales:

Examinar clínicamente las estructuras bucales y anexos de cada paciente, prescribirles el tratamiento terapéutico que corresponde e instruirlos en la práctica de higiene dental.

Efectuar tratamientos a nivel básico de operatoria dental, periodoncia preventiva, cirugía dental y ortodoncia primaria.

Programar su trabajo con el fin de calendarizar adecuadamente las visitas y la organización de la consulta y llevar el control de personas tratadas, con referencia del trabajo efectuado.

Brindar el apoyo necesario a los comités de salud bucodental.Controlar la existencia de insumos.Velar por el funcionamiento, mantenimiento y conservación del

equipo e instrumental a su cargo.Capacitar y supervisar las labores del personal auxiliar a su cargo.Rendir informes mensuales de su trabajo.Realizar otras tareas propias del cargo.

CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALESSupervisión ejercida: Le corresponde organizar, asignar y supervisar

el trabajo del personal que se dedica a las labores técnicas y administrativas, de oficina o misceláneas. En este caso, es responsable por el eficiente cumplimiento de las actividades asignadas a ellos.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia técnica, siguiendo instrucciones de carácter general y métodos y procedimientos establecidos en manuales, circulares y en la legislación vigente, aplicable a su área de actividad. En asuntos fuera de rutina, recibe asistencia funcional de su superior inmediato o de asesores externos ante quienes le puede corresponder actuar como personal de contraparte. Su labor es evaluada mediante el análisis de los informes que presenta, la eficiencia y eficacia de los métodos empleados y la calidad de los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades:

La naturaleza del trabajo exige la aplicación de principios y técnicas propias de su profesión para favorecer la salud bucodental de las personas y atender adecuadamente problemas y situaciones variadas, propias del área de su competencia, ya sea como responsable directo del servicio, o bien, como colaborador de profesionales de mayor nivel.Por relaciones de trabajo:

La actividad origina relaciones constantes con superiores, compañeros, funcionarios de la Institución, las cuales deben ser atendidas con ética profesional, tacto y discreción.Por equipo y materiales:

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo, instrumental y materiales asignados para el cumplimiento de sus actividades.CONDICIONES DE TRABAJO

Se requiere esfuerzo mental para realizar el desempeño de las diferentes actividades, así como poseer la habilidad para desarrollar un trabajo rutinario, con procedimientos permanentes y uniformes; sin embargo, en su ejecución debe enfrentarse a diversas situaciones no usuales.

Jornada: Su labor debe realizarla de acuerdo con el horario establecido por la Institución; ocasionalmente podrá corresponderle laborar fuera de la jornada ordinaria según las necesidades institucionales, así como sábados, domingos y días feriados.CONSECUENCIA DE ERROR

Los errores cometidos pueden causar y/o agravar la salud bucodental de sus pacientes o generar pérdidas, daños o atrasos de consideración, por lo que las actividades deben ser realizadas con sumo profesionalismo, cuidado y esmero.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Debe observar discreción en relación con los asuntos que conozca por su ejercicio profesional. Requiere capacidad para tratar en forma cortés y satisfactoria a los pacientes y al público en general y para resolver situaciones urgentes. Conocimiento instrumental del idioma inglés. Debe mantener actualizados los conocimientos y las técnicas propias de su profesión, por cuanto la labor exige un buen desempeño. Buena presentación personal.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Paquetes computacionales.Actualización en su campo de actividad.

CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDACirujano Dentista.Cuatro años de experiencia en labores relacionadas con su

especialidad.Requisito legal:

Incorporado al colegio profesional respectivo.ASESOR

Objetivo del trabajo: Asesorar a las jefaturas departamentales y a las altas jerarquías institucionales en la ejecución de tareas de un alto grado de dificultad y responsabilidad propias del área de especialidad.

Ubicación: El puesto existente con esta clasificación se encuentra ubicado en el Departamento de Servicios Técnicos.Actividades generales:

Asesorar a los superiores en asuntos propios de su especialidad para la toma adecuada de decisiones. Brindar asistencia a sus superiores, cuando así se requiera, en la organización y ejecución de actividades.

Atender y tramitar solicitudes diversas por encargo de sus superiores.

Asesorar a personal profesional, técnico y operativo en la realización de trámites, estudios y atención de casos cuando la jefatura así lo requiera.

Dictar charlas en materia de su especialidad y asistir a cursos cuando se le solicite.

Realizar otras tareas propias de su área de actividad.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Le corresponde organizar, coordinar asignar y supervisar el trabajo del personal técnico profesional a su cargo, por lo que es responsable del eficaz y eficiente cumplimiento de las actividades asignadas a ellos.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo la política de la Institución aplicable a su área de actividad. Su labor es evaluada mediante el análisis de los informes que presenta, los aportes originales al trabajo que realiza, la eficacia y eficiencia obtenidas en el cumplimiento de los objetivos asignados a la unidad a su cargo, evidenciadas por su capacidad para organizar, coordinar dirigir y eventos y la calidad de los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades

Sus deberes contemplan el oportuno asesoramiento a los niveles jerárquicos de la Institución. Debe tomar las precauciones y medidas necesarias para obtener resultados óptimos en las actividades que coordina.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y demás bienes asignados a un respectivo ámbito de acción, sea este de proceso o subproceso.Por relaciones de trabajo

El puesto demanda el establecimiento de relaciones de trabajo relevantes para el buen funcionamiento de la Institución. Se relaciona constantemente con los altos jerarcas de la Institución, así como con sus colaboradores en general; en el ámbito externo, las relaciones se dan con representantes de organismos y empresas nacionales e internacionales, así como con personeros de instituciones públicas y usuarios de la Asamblea Legislativa.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se desarrolla en condiciones propias de un ambiente de oficina con mobiliario, equipo y materiales adecuados para el ejercicio de su cargo.

Jornada: Las características del puesto lo excluyen de la jornada ordinaria.

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CONSECUENCIAS DEL ERRORLos errores que se cometan en la ejecución de las actividades pueden

originar debilitamientos de los controles internos, lo cual podría provocar confusiones, atrasos de consideración y detrimento de la imagen pública y en la prestación de los servicios que brinda la Institución.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad analítica y de síntesis, razonamiento concreto y abstracto, capacidad de retener y transmitir la información correctamente, cortesía, respeto y afabilidad. El ocupante debe poseer autocontrol, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, sentido de justicia y equidad, discreción y lealtad institucional. Asimismo, requiere capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, capacidad para aceptar críticas y para resolver situaciones imprevistas, capacidad de negociación y toma de decisiones.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Paquetes computacionales.Redacción de informes técnicos.Legislación y normativa vigentes atinente a su puesto.Conocimientos de las labores que se realizan en el Parlamento.Actualización constante de los conocimientos de su la especialidad.Información gerencial.Normativa de los procesos legislativos.Planificación estratégica.Cargos que conforman la clase:De acuerdo con lo establecido por el Directorio legislativo en sesión

Nº 137-97, de fecha 18 de diciembre de 1997, en el artículo 26, que dice:“ARTÍCULO 26. SE ACUERDA: A partir de esta fecha, no

reasignar ni nombrar a funcionarios en los puestos de Asesor 1 y Asesor 2. En caso de quedar un puesto vacante clasificado como tal, se debe reclasificar de acuerdo con las funciones que se le asignen.

Lo anterior pretende una sana administración que contemple las técnicas de Recursos Humanos y en cumplimiento de lo estipulado ante el Tribunal del Servicio Civil. ACUERDO FIRME.”En función de lo anterior, esta clasificación es transitoria, solamente

para el puesto que a la fecha de aprobación del este Manual de clasificación de puestos de la Asamblea Legislativa posee una clasificación de Asesor 1. Esto hasta que las condiciones y las actividades que lo caracteriza se modifiquen sustancialmente y permitan su ubicación en otra clasificación o hasta que el puesto quede vacante y la administración decida sobre él. Esta clase de Asesor en un futuro mediato será eliminado del Manual.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional a nivel de licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el cargo en la Asamblea Legislativa.

Experiencia mínima de tres años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.

Experiencia mínima de dos años en el manejo, supervisión o coordinación de personal.

Requisito legal: Incorporado al colegio profesional correspondiente.JEFE DE SEGURIDAD

Objetivo del trabajo: Comprometerse con el eficiente desarrollo de los procesos de trabajo de la Unidad de Seguridad mediante la ejecución de labores de planeación, dirección, supervisión y evaluación. Todo ello en estrecha coordinación con el jerarca de la mayor unidad administrativa a la cual pertenecen las funciones de seguridad y vigilancia.Ubicación:

El puesto al cual corresponde esta clasificación se ubica en la unidad encargada de las funciones de seguridad y vigilancia de la Asamblea Legislativa.Actividades generales:

Planear, coordinar, distribuir, dirigir, controlar, supervisar y evaluar los procesos en el área o unidad que le corresponde asumir la seguridad y vigilancia de la Institución.

Proyectar los gastos y requerimientos en equipo, recurso humano y espacio e informar periódicamente sobre el estado de los procesos, resultados y proyectos del área.

Asumir, responsablemente, junto con la dirección de departamento, la revisión y aprobación de informes, manuales e instructivos técnicos y documentos que se elaboren.

Establecer normas y estándares de trabajo y motivar e incentivar al personal a su cargo, en coordinación con la jefatura del departamento.

Recomendar estrategias, metodologías o métodos y procedimientos que aumenten la productividad y calidad del trabajo.

Comprometerse, junto con la dirección del departamento, con la actualización e innovación de métodos de trabajo y servicios del área que administra.

Rendir cuentas, ante quien corresponda, mediante informes periódicos de su labor, así como elaborar reportes o documentos, por la gestión desempeñada.

Presentar informes periódicos de su labor y elaborar reportes o documentos de proyectos relacionados con el cargo.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Le corresponde dirigir, organizar, supervisar y evaluar el trabajo de personal profesional, técnico y administrativo de su respectivo ámbito, por lo que es responsable por el eficaz y eficiente cumplimiento de las actividades asignadas a ellos y por desarrollar y mantener niveles de motivación elevados en las personas que laboran en su unidad organizacional.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo la política de la Institución aplicable a su proceso de actividad y la legislación que define y regula las actividades del organismo. Su labor es evaluada mediante los informes que presenta, los aportes creativos al trabajo que realiza, la eficiencia y eficacia obtenidas en el cumplimiento de los objetivos asignados al proceso o actividad y por su capacidad para dirigir y supervisar al personal bajo su responsabilidad, la comprobación de la calidad de los resultados obtenidos y el nivel de motivación personal.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por el proceso o la actividad encomendado, el cual debe ser ejercido mediante la búsqueda del consenso y la armonía entre todos los funcionarios a su cargo. Por ello, la planeación, la organización, la conducción, el control, la evaluación, la retroalimentación y la mejora deben formar parte de una unión sistémica del proceso institucional.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y demás bienes asignados a un respectivo ámbito de acción, sea este de proceso o subproceso.Por relaciones de trabajo

La actividad, debido a la naturaleza de sus funciones, origina la interrelación constante con sus superiores jerárquicos, funcionarios de otras instituciones, compañeros y usuarios del sistema, las cuales deben ser atendidas y tratadas con responsabilidad, tacto y discreción, procurando promover la misión institucional.CONDICIONES DE TRABAJO

El desarrollo de las actividades asignadas a esta clase de puesto exige el esfuerzo mental para resolver y atender las diversas situaciones que se origina de la toma de decisiones, o bien, de la normativa que regula la actividad, lo cual obliga a estar actualizando conocimientos y jurisprudencia propios de la actividad.

Debe observar en forma estricta las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Puede estar expuesto a afrontar situaciones que puedan poner en peligro su integridad física y la de los demás.

Esta clase de puesto, debido a su naturaleza de funciones, exige que la jornada de trabajo sea sin límite dependiendo de las actividades institucionales y que, en ocasiones, deba trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que pueden cometerse podrían causar atrasos y confusiones que generarían implicaciones de tipo legal con consecuencias para el desarrollo normal de los diferentes procesos, actividades y con ello la imagen institucional y la misión que la orienta.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad para la toma de decisiones y liderazgo, capacidad analítica y de síntesis, razonamiento práctico, autocontrol, discreción y lealtad institucional, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, excelente presentación personal, capacidad para atender varias tareas en forma simultánea, disponibilidad para trabajar sin límite de horario, afabilidad, cortesía y entusiasmo, capacidad para aceptar críticas, agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo, trabajo en equipos y materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional a nivel de bachiller universitario o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de tres años en labores relacionadas con el cargo a nivel de bachiller y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de cinco años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de bachillerato.

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Requisito legal:Incorporación al colegio respectivo.Permiso vigente de portación de armas.

PROFESIONAL JEFE 1Objetivo del trabajo: Comprometerse con el eficiente desarrollo

de los procesos de trabajo de las diferentes áreas mediante la ejecución de labores de planeación, dirección, supervisión y evaluación, orientadas a la coordinación de un área administrativa o legislativa de la Asamblea Legislativa. Todo ello en estrecha coordinación con el jerarca de la unidad administrativa de que se trate.Ubicación:

Los puestos de esta clase se ubican en todos los departamentos administrativos y legislativos de la Institución.Actividades generales:

Planear, coordinar, distribuir, dirigir, controlar, supervisar y evaluar los procesos en un área o unidad perteneciente al departamento en que está ubicado.

Proyectar los gastos y requerimientos en equipo, recurso humano y espacio e informar periódicamente sobre el estado de los procesos, resultados y proyectos del área.

Asumir responsablemente junto con la dirección de departamento, la revisión y aprobación de informes, manuales e instructivos técnicos y documentos que se elaboren.

Establecer normas y estándares de trabajo y motivar e incentivar al personal a su cargo en coordinación con la jefatura del departamento.

Recomendar estrategias, metodologías o métodos y procedimientos que aumenten la productividad y calidad del trabajo.

Comprometerse, junto con la dirección del departamento, con la actualización e innovación de métodos de trabajo y servicios del área que administra.

Rendir cuentas ante quien corresponda, mediante informes periódicos de su labor, así como elaborar reportes o documentos, por la gestión desempeñada.

Presentar informes periódicos de su labor y elaborar reportes o documentos de proyectos relacionados con el cargo.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Le corresponde dirigir, organizar, supervisar y evaluar el trabajo de personal profesional, técnico y administrativo de su respectivo ámbito, por lo que es responsable por el eficaz y eficiente cumplimiento de las actividades a ellos asignadas y por desarrollar y mantener niveles de motivación elevados en las personas que laboran en su unidad organizacional.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo la política de la Institución aplicable a su proceso de actividad y la legislación que define y regula las actividades del organismo. Su labor es evaluada mediante informes que presenta, los aportes creativos al trabajo que realiza, la eficiencia y eficacia obtenidas en el cumplimiento de los objetivos asignados al proceso o actividad y por su capacidad para dirigir y supervisar el personal bajo su responsabilidad, la comprobación de la calidad de los resultados obtenidos y el nivel de motivación personal.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por el proceso o la actividad encomendado, el cual debe ser ejercido mediante la búsqueda del consenso y la armonía entre todos los funcionarios a su cargo. Por ello, la planeación, la organización, la conducción, el control, la evaluación, la realimentación y la mejora deben formar parte de una unión sistémica del proceso institucional.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y demás bienes asignados a un respectivo ámbito de acción, sea este de proceso o subproceso.Por relaciones de trabajo

La actividad, debido a la naturaleza de sus funciones, origina la interrelación constante con sus superiores jerárquicos, funcionarios de otras instituciones, compañeros y usuarios del sistema las cuales deben ser atendidas y tratadas con responsabilidad, tacto y discreción, procurando promover la misión institucional.CONDICIONES DE TRABAJO

El desarrollo de las actividades asignadas a esta clase de puesto exige el esfuerzo mental para resolver y atender las diversas situaciones que se originan de la toma de decisiones, o bien, de la normativa que regula la actividad, lo cual obliga a estar actualizando conocimientos y jurisprudencia propios de la actividad.

Debe observar, en forma estricta, las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Puede estar expuesto a afrontar situaciones que pueden poner en peligro su integridad física y la de los demás.

Esta clase de puesto, debido a su naturaleza de funciones, exige que la jornada de trabajo sea sin límite dependiendo de las actividades institucionales y en ocasiones trasladarse a diferentes lugares del país, en caso de actividades especiales de los legisladores.

CONSECUENCIAS DEL ERRORLos errores que puedan cometerse podrían causar atrasos y

confusiones que generarían implicaciones de tipo legal con consecuencias para el desarrollo normal de los diferentes procesos y actividades, y con ello la imagen institucional y la misión que la orienta.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad de toma de decisiones y liderazgo, capacidad analítica y de síntesis, razonamiento práctico, autocontrol, discreción y lealtad institucional, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, capacidad para atender varias tareas en forma simultánea, disponibilidad para trabajar sin límite de horario, afabilidad, cortesía y entusiasmo, capacidad para aceptar críticas, agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio y excelente presentación personal.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo, trabajo en equipo y materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional a nivel de licenciatura o superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de tres años en labores relacionadas con el cargo a nivel de licenciatura y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de cinco años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.PROFESIONAL JEFE 2 (Niveles A y B)

Objetivo del trabajo:Comprometerse con el eficiente desarrollo de los objetivos

departamentales, la misión institucional y, por ende, su gestión sustantiva, mediante el desarrollo eficiente de los procesos de trabajo de las diferentes áreas por razón de la ejecución de labores de planeación, dirección, supervisión y evaluación, orientadas a la coordinación de una área administrativa o legislativa de la Asamblea Legislativa. Caracteriza a los puestos con esta clasificación la necesidad de una participación más estrecha con la dirección del departamento, bien sea por su estructura organizacional (Divisiones o Dirección Ejecutiva) o por la ausencia del cargo de subdirector de departamento.Ubicación:

Los puestos de esta clase se ubican en la División Legislativa y Administrativa, la Dirección Ejecutiva y los departamentos en los que no existe el cargo de subdirector de departamento.Actividades generales:Nivel A

Planear, coordinar, distribuir, dirigir, controlar, supervisar y evaluar los procesos en un área o unidad perteneciente al departamento en que está ubicado.

Participar, junto con el director de departamento, en la ejecución de las tareas propias del departamento, tendientes a cumplir los objetivos de la Institución, y en la elaboración de planes y programas de trabajo para cumplir las disposiciones emitidas por los niveles superiores.

Proyectar los gastos y requerimientos en equipo, recurso humano y espacio, así como informar periódicamente sobre el estado de los procesos, resultados y proyectos del área.

Asumir responsablemente junto con la dirección de departamento, la revisión y aprobación de informes, manuales e instructivos técnicos y documentos que se elaboren.

Establecer normas y estándares de trabajo y motivar e incentivar al personal a su cargo en coordinación con la jefatura del departamento.

Recomendar estrategias, metodologías o métodos y procedimientos que aumenten la productividad y calidad del trabajo.

Comprometerse, junto con la dirección del departamento, con la actualización e innovación de métodos de trabajo y servicios del área que administra.

Rendir cuentas, ante quien corresponda, mediante informes periódicos de su labor, así como elaborar reportes o documentos, por la gestión desempeñada.

Presentar informes periódicos de su labor, y elaborar reportes o documentos de proyectos relacionados con el cargo.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.

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Nivel BEste nivel B de la clase de Profesional Jefe 2 es transitorio,

solamente para el puesto que a la fecha de aprobación del este Manual de clasificación de puestos de la Asamblea Legislativa, posee una clasificación de Asistente de División nivel B. Por ello, las condiciones y otras variables que componen este nivel responden a las ya definidas para ese puesto. Esto hasta que tales condiciones y actividades que lo caracterizan se modifiquen sustancialmente y permitan su ubicación en otra clasificación, o que dicho puesto quede vacante y la administración decida sobre este o lo clasifique donde corresponda. Este nivel B de la clase Profesional Jefe 2 en un futuro mediato será eliminado del Manual.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Le corresponde dirigir, organizar, supervisar y evaluar el trabajo de personal profesional, técnico y administrativo de su respectivo ámbito, por lo que es responsable por el eficaz y eficiente cumplimiento de las actividades asignadas a ellos y por desarrollar y mantener niveles de motivación elevados en las personas que laboran en su unidad organizacional.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo la política de la Institución aplicable a su proceso de actividad y la legislación que define y regula las actividades del organismo. Su labor es evaluada mediante informes que presenta, los aportes creativos al trabajo que realiza, la eficiencia y eficacia obtenidas en el cumplimiento de los objetivos asignados al proceso o actividad, evidenciada por su capacidad para dirigir y supervisar el personal bajo su responsabilidad, la comprobación de la calidad de los resultados obtenidos y el nivel de motivación personal.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por el proceso o la actividad encomendado, el cual debe ser ejercido mediante la búsqueda del consenso y la armonía entre todos los funcionarios a su cargo. Por ello, la planeación, la organización, la conducción, el control, la evaluación, la retroalimentación y la mejora deben formar parte de una unión sistémica del proceso institucional.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y demás bienes asignados a un respectivo ámbito de acción, sea este de proceso o subproceso.Por relaciones de trabajo

La actividad, debido a la naturaleza de sus funciones, origina la interrelación constante con sus superiores jerárquicos, funcionarios de otras instituciones, compañeros y usuarios del sistema, las cuales deben ser atendidas y tratadas con responsabilidad, tacto y discreción; procura promover la misión institucional.CONDICIONES DE TRABAJO

El desarrollo de las actividades asignadas a esta clase de puesto exigen el esfuerzo mental para resolver y atender las diversas situaciones que se originan de la toma de decisiones, o bien, de la normativa que regula la actividad, lo cual obliga a estar actualizando conocimientos y jurisprudencia propios de la actividad. Le puede corresponder sustituir al director del departamento en sus ausencias.

Debe observar, en forma estricta, las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Puede estar expuesto a afrontar situaciones que pueden poner en peligro su integridad física y la de los demás.

Esta clase de puesto, debido a su naturaleza de funciones, exige que la jornada de trabajo sea sin límite dependiendo de las actividades institucionales y, en ocasiones, trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que puedan cometerse podrían causar atrasos y confusiones que generarían implicaciones de tipo legal con consecuencias para el desarrollo normal de los diferentes procesos y actividades, y con ello la imagen institucional y la misión que la orienta.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad de dirección y liderazgo, capacidad analítica y de síntesis, razonamiento práctico, autocontrol, discreción y lealtad institucional, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, capacidad para atender varias tareas en forma simultánea, disponibilidad para trabajar sin límite de horario, afabilidad, cortesía y entusiasmo, capacidad para aceptar críticas, agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio y excelente presentación personal.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo, trabajo en equipos y materia gerencial.

CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDANivel A

Licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de cuatro años en labores relacionadas con el cargo a nivel de licenciatura y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de seis años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.Nivel B

Nivel de clase transitorio con objetivo específico (ver el detalle en la descripción de la clase).

Licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de un año en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el cargo a nivel de licenciatura y desarrolladas en la Asamblea Legislativa.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.ESTRATO GERENCIAL

Contempla los procesos de definición y formulación de las políticas institucionales, así como la planificación, dirección y coordinación del funcionamiento general de la institución. Corresponde la dirección de unidades administrativas del más alto nivel, o bien, su asesoramiento.

La adopción de procesos de esta naturaleza requiere características de liderazgo, visión futurista, amplitud de criterios, originalidad para el desarrollo de políticas, identificación con las normas generales y programas de gobierno, además de facilidad para organizar y dirigir grupos.

Comprende clases cuyas tareas consisten en la formulación de una política general, así como su interpretación para la toma de decisiones, dentro de los límites de las facultades que les hayan sido conferidas o en virtud de leyes, decretos y reglamentos a nivel superior de la Institución.

De acuerdo con el marco referencial, se desempeña como líder de uno de los sistemas sustantivos integrantes de una institución de servicios. Encabeza las líneas jerárquicas institucionales y es responsable del logro de los objetivos, la misión institucional y de las ideas rectoras. Requiere compromiso con las políticas y directrices emanadas del nivel superior y lealtad absoluta hacia la Institución y sus valores.

Las clases incluidas dentro de este estrato son: Subauditor Interno, Subdirector de Departamento, Director de Departamento, Auditor Interno, Director de División, Director Ejecutivo.

Su actuar se orienta hacia el logro de la misión de la unidad administrativa que lidera, bajo una perspectiva de integración superior en la que predominan los componentes estratégicos de alta política institucional y su entorno. Sus labores repercuten directamente en la gestión estratégica y contribuyen a la definición y ejecución de políticas y directrices superiores, así como al logro de resultados globales.ROLES OCUPACIONALES

Mantiene una adecuada y constante atención sobre el entorno y las demandas que este le plantea a la Asamblea Legislativa.

Asesora a los jerarcas institucionales en la materia de su competencia.

Se compromete con la definición y el desarrollo de las ideas rectoras institucionales, desarrollo de la misión, la visión, los objetivos estratégicos y los valores institucionales y contribuye significativamente a su logro. Todo ello mediante la implementación de los mecanismos, las estrategias y los planes técnicos y administrativos existentes para favorecer y fortalecer una visión compartida y consolidada entre los funcionarios legislativos.

Se compromete con la elaboración, consolidación y ejecución del plan anual operativo y del respectivo presupuesto de la unidad a su cargo, definidos conjuntamente con sus colaboradores, de conformidad con los lineamientos de la estrategia institucional.

Define las directrices para la organización del trabajo de la unidad administrativa a su cargo, se compromete con la definición de directrices, políticas, disposiciones y normas aplicables en la unidad, las da a conocer y las pone en práctica.

Es responsable de que se identifiquen los patrones de conducta y los modelos mentales que afectan la gestión de los colaboradores inmediatos y de que se realicen las acciones necesarias para modificarlos.

Es facilitador en lo interno de la unidad administrativa, promueve el compromiso y el desarrollo de la capacidad de los equipos de trabajo para obtener los resultados esperados.

Implementa acciones para fomentar el bienestar integral de la unidad.

Diseña e implementa procesos que desarrollen la creatividad y el aprendizaje generativo de los colaboradores inmediatos, y que les permita abordar productivamente situaciones críticas.

Identifica competencias en sus colaboradores y las aplica a la integración de equipos de trabajo y en la promoción de la polifuncionalidad.

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Evalúa el desempeño de sus colaboradores mediante indicadores de desempeño y mecanismos que promuevan la excelencia.

Rinde cuentas ante quien corresponda por el logro de los resultados de la unidad.

Integra esfuerzos de sus colaboradores y mantiene la comunicación efectiva con las otras unidades organizativas de la Institución, así como con otros entes y órganos públicos, según su competencia, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Se asegura de que se dote a cada colaborador de los recursos necesarios para que desarrolle adecuadamente sus funciones y se utilicen en forma racional.

Evalúa los procesos, productos y servicios que brinda la unidad, con el fin de que sean mejorados e innovados, adaptándolos a las nuevas doctrinas, a las necesidades institucionales y los cambios del entorno.

Desarrolla en sus colaboradores el aprovechamiento de la tecnología y el dominio compartido de la información, como parte esencial de la cultura organizacional.

Realiza cualesquiera otras actividades atinentes a su cargo.INDICADORES DE DESEMPEÑO

Determinante de éxito IndicadorProcesos y resultados

Eficacia Cumplimiento de metas establecidas según plan anual operativo.Porcentaje de cumplimiento de los tiempos estimados.Porcentaje de implementación de las recomendaciones o mejoras por proyectos y objetivos.

RecursosEficiencia Equilibrio entre costos y servicios

brindados.Utilización racional del tiempo del personal asignado.Aprovechamiento de los recursos materiales.

Eficiencia institucionalSatisfacción de necesidades institucionales Solicitudes atendidas y cobertura de la

atención brindada.Calidad en la atención.

Aprendizaje, crecimiento y satisfacciónClima organizacionalModelos mentales

Grado de satisfacción y compromiso de los colaboradores en el trabajo.Realizar un inventario de modelos mentales.Ejecutar acciones para verificar y compartir modelos mentales.

NIVEL DE IMPACTODada su ubicación en la estructura organizativa y las facultades de que

dispone, su participación es a nivel de las ideas rectoras, en la priorización de los objetivos institucionales y, en gran medida, en el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo de la organización. En función de ello tiene un nivel de impacto estratégico.DETALLE DE CLASES UBICADAS DENTRO DE ESTE ESTRATO

SUBAUDITOR INTERNOObjetivo del trabajo: Comprometerse con la gestión sustantiva de

la Institución en un departamento, mediante la estrecha coordinación con la dirección de este y la ejecución de actividades de planificación, organización, dirección, supervisión y evaluación de los procesos administrativos y financieros para garantizar el apoyo requerido, en concordancia con las políticas institucionales y los planes anuales operativos de un departamento de la Asamblea Legislativa.

Ubicación: Departamento de Auditoría.Actividades generales:

Participar en el proceso de planificación de actividades de la Auditoría Interna, donde se analizan las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas de la organización interna de la Asamblea Legislativa y del servicio que brinda, colabora en la elaboración del plan anual en que se define objetivos, metas y prioridades de auditoría.

Contribuir a que la Auditoría Interna cumpla el objetivo primordial de prestar un servicio de asesoramiento constructivo y de protección a la administración para que alcance sus metas y objetivos con mayor eficiencia y eficacia, por medio del suministro de información, análisis, evaluaciones, comentarios y recomendaciones pertinentes.

Participar en la coordinación y dar seguimiento a la realización de auditorías o estudios especiales de auditoría, de acuerdo con las normas técnicas de esta disciplina y otras disposiciones dictadas por la Contraloría General de la República y con las normas de auditoría generalmente aceptadas, en cualesquiera de las unidades administrativas de la Asamblea Legislativa en el momento que considere oportuno. Asimismo, contribuir con la Dirección Ejecutiva en evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normativa que rige las funciones de la Asamblea Legislativa.

Participar mediante el apoyo técnico y profesional en el desarrollo de los estudios y la comunicación formal de resultados. Participar en la evaluación regular de los sistemas de control interno en relación con los aspectos contables, financieros y administrativos, a fin de determinar su cumplimiento, suficiencia y validez, mediante las revisiones posteriores que han de realizar los profesionales de la dependencia.

Promover y coordinar la revisión de sistemas de control interno con los jerarcas de las unidades auditadas, en cuyo caso debe comunicar el objetivo del estudio, presentar el equipo de auditores que van a realizar el trabajo; brindar asesoramiento a dicho equipo; posteriormente, proceder a comentar los resultados de la auditoría brindando asesoramiento constructivo y oportuno. En ese sentido también acuerda con ellos las acciones sobre la viabilidad y cumplimiento de las recomendaciones.

Coordinar y controlar la ejecución de estudios especiales de auditoría de alto grado de dificultad y de amplia trascendencia institucional, en cuyo caso asigna el estudio y revisa que el programa de trabajo se ajuste a los objetivos y alcances estipulados.

Observar y cumplir las disposiciones legales reglamentarias y la normativa que regula la labor de la Auditoría Interna; asimismo, cumplir las normas de confidencialidad y prohibiciones establecidas. Le corresponde evaluar las labores de auditoría por medio de la elaboración de informes mensuales sobre el avance del plan anual. Dar seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la Contraloría General de la República y de la Auditoría Interna.

Colaborar con las funciones administrativas relativas al control de asistencia, vacaciones, control de activos, actualización de manuales de procedimientos y control de activos, actualización de manuales de procedimientos y control de archivo de gestión, entre otros. También, diseñar registros e instructivos que faciliten y permitan el control para una adecuada administración de los recursos. Definir los manuales de procedimientos para las principales labores rutinarias y de las funciones que por disposición legal debe atender la Auditoría Interna. Confeccionar el presupuesto anual de la Auditoría Interna.

Mantener informado al auditor interno de los resultados obtenidos en su gestión.

Velar por el uso adecuado, eficiente y efectivo de los recursos informáticos asignados a la Auditoría.

Participar en las comisiones, grupos de trabajo y comités en los que el Auditor Interno designe.

Sustituir al auditor interno en sus ausencias temporales, adquiriendo las potestades inherentes al cargo y, al mismo tiempo, los deberes y responsabilidades que ello conlleva.

Asistir a reuniones, seminarios, conferencias, sesiones de trabajo y otras actividades de importancia técnica y política para la Institución dentro del país y fuera de él, participar y emitir criterios sobre los asuntos de su competencia que se planteen. Participar en programas y cursos de capacitación atinentes a sus labores.

Ejecutar otras funciones relacionadas con el cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Participa y apoya al auditor general en la coordinación, el control y la evaluación del trabajo del personal profesional, técnico y administrativo de la Auditoría Interna, en cuanto a la oportunidad, calidad, eficacia y eficiencia en el logro de objetivos y metas de los equipos de trabajo bajo su responsabilidad, así como mediante el análisis de los informes que presentan.

Supervisión recibida: Las actividades se desarrollan con independencia dentro del marco de las disposiciones legales reglamentarias y técnicas que regulan las auditorías internas. Su labor es evaluada por el auditor general en cuanto al cumplimiento de planes de trabajo, metas y objetivos y por la calidad, consistencia y oportunidad de las recomendaciones.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable, junto con el auditor general, de que la actividad de la Auditoría Interna de la Asamblea Legislativa se realice en forma oportuna, independiente y posterior, dentro de la organización, las operaciones contables, financieras, administrativas y de otra naturaleza como base para prestar un servicio constructivo y de protección a la administración; asimismo, debe velar por la calidad y oportunidad en la realización de sus actividades, por el cumplimiento de los cronogramas de trabajo, por la información confidencial que maneja y por las recomendaciones técnicas y profesionales que brinda por medio los informes.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y los materiales que se le asignan para el cumplimiento de sus actividades.Por relaciones de trabajo

La actividad origina relaciones constantes con superiores, diputados, subalternos, funcionarios de instituciones públicas y de empresas privadas y del público en general, las cuales deben ser atendidas con tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se desarrolla generalmente en condiciones ambientales propias de una oficina, con mobiliario, equipo y materiales adecuadas para el ejercicio de su cargo.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que se cometan en la ejecución de las actividades de la Auditoría Interna pueden originar debilitamiento en los controles internos, lo cual podría provocar confusiones, atrasos de consideración y detrimento de la imagen institucional y en la prestación de los servicios que brinda la Asamblea Legislativa. Al brindar una recomendación inadecuada se puede

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inducir a error a la administración, con la responsabilidad disciplinaria, pecuniaria y penal, por lo cual el ocupante del puesto debe tener sumo cuidado en la ejecución de las actividades asignadas.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad de dirección y liderazgo, capacidad analítica y de síntesis, razonamiento práctico, autocontrol, discreción y lealtad institucional, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, capacidad para atender varias tareas en forma simultánea, disponibilidad para trabajar sin límite de horario, afabilidad, cortesía y entusiasmo, capacidad para aceptar críticas, agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio y excelente presentación personal.

Es de suma importancia poseer capacidad para trabajar en equipo, particularmente, en estrecha coordinación con el jerarca inmediato superior.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo, el trabajo en equipos, la planificación estratégica y la materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional al nivel de licenciatura o título superior en la carrera de Administración de Negocios con énfasis contables o en Contaduría Pública.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de cinco años en labores relacionadas con el cargo a nivel de licenciatura desarrollada en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de seis años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.

Requisito legal: Incorporación al colegio respectivo.SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO

Objetivo del trabajo: Participar dinámicamente y comprometerse con la definición de las políticas, las estrategias, los objetivos, los valores, la misión y la visión institucionales, a partir de la gestión sustantiva de un departamento. Garantizar, mediante la estrecha coordinación con la dirección del departamento y la ejecución de actividades de planificación, organización, dirección, supervisión y evaluación de los procesos administrativos y financieros el apoyo y la efectividad requeridos, en concordancia con las políticas institucionales y los planes anuales operativos de un departamento de la Asamblea Legislativa.

Ubicación: En esta clase se ubican los puestos de subdirector de departamento.Actividades generales:

Participar, por delegación del director de departamento en la ejecución de las tareas propias del departamento, tendientes a cumplir los objetivos de la Institución, en la elaboración de planes y programas de trabajo para cumplir las disposiciones emitidas por los niveles superiores.

Comprometerse junto con la dirección del departamento en la ejecución de funciones correspondientes a la organización departamental de acuerdo con la definición establecida junto con el mismo director para cada caso particular. En la supervisión de personal, brindar el seguimiento adecuado de los trabajos asignados.

Brindar asistencia técnica y profesional al director departamental y sustituirlo durante las ausencias temporales, ya sea por permiso o vacaciones; además, brindar asesoramiento a los niveles superiores en materia propia de su especialidad, cuando así se le requiera.

Participar en reuniones, seminarios, charlas y brindar capacitación cuando las necesidades del servicio lo demanden.

Colaborar con las actividades específicas, según corresponda para cada departamento.

Realizar otras tareas compatibles con la preparación y el nivel del cargo por delegación del director o superiores jerárquicos.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Ejerce supervisión sobre personal profesional técnico y asistencial de acuerdo con la división en los procesos de trabajo establecidos.

Supervisión recibida: Por la naturaleza del puesto, trabaja en estrecha coordinación con el director departamental, a quien debe sustituir durante sus ausencias, por lo que su labor es evaluada constantemente con base en el desarrollo y avance de los programas diseñados para el departamento y con base en los resultados obtenidos.

Se desempeña con amplia independencia técnica profesional y administrativa, guiado por las políticas establecidas por el director departamental, las normas que establecen su disciplina y los indicadores de carácter general emanados por los órganos superiores.

RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por delegación de la dirección departamental de desarrollar estrategias para el cumplimiento del plan anual operativo en áreas específicas de actividad.Por equipo, materiales y valores

Es responsable, junto con el director de departamento, por el adecuado uso y mantenimiento del equipo, el mobiliario y los materiales asignados a su departamento.Por relaciones de trabajo

El puesto demanda el establecimiento de relaciones de trabajo asertivas y respetuosas para el buen funcionamiento de la Institución. Se relaciona constantemente con los altos jerarcas de la Institución y con sus colaboradores en general; en el ámbito externo, las relaciones se dan con representantes de organismos y empresas nacionales e internacionales y con personeros de instituciones públicas y usuarios de la Asamblea Legislativa.CONDICIONES DE TRABAJO

El desarrollo de las actividades asignadas a esta clase de puesto exige el esfuerzo mental para resolver y atender las diversas situaciones que se originan de la toma de decisiones, o bien, de la normativa que regula la actividad, lo cual obliga a estar actualizando conocimientos y jurisprudencia propios de la actividad. Le corresponde sustituir al director del departamento en sus ausencias.

Debe observar, en forma estricta, las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Puede estar expuesto a afrontar situaciones que puedan poner en peligro su integridad física y la de los demás.

Esta clase de puesto, debido a su naturaleza de funciones, exige que la jornada de trabajo sea sin límite dependiendo de las actividades institucionales y, en ocasiones, trasladarse a diferentes lugares del país en caso de actividades especiales de los legisladores.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que puedan cometerse podrían causar atrasos y confusiones que generarían implicaciones de tipo legal con consecuencias para el desarrollo normal de los diferentes procesos y actividades, y con ello la imagen institucional y la misión que la orienta.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad de dirección y liderazgo, capacidad analítica y de síntesis, razonamiento práctico, autocontrol, discreción y lealtad institucional, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, capacidad para atender varias tareas en forma simultánea, disponibilidad para trabajar sin límite de horario, afabilidad, cortesía y entusiasmo, capacidad para aceptar críticas, agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio y excelente presentación personal.

Es de suma importancia poseer capacidad para trabajar en equipo y particularmente en estrecha coordinación con el jerarca inmediato superior.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, con procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con el área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo de personal, el trabajo en equipo, la planificación estratégica y materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de cinco años en labores relacionadas con el cargo a nivel de licenciatura y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de seis años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.MÉDICO JEFE (G5)

Objetivo del trabajo: Dirección, coordinación, supervisión y ejecución de labores técnicas, científicas y administrativas del Departamento de Servicios de Salud de la Asamblea Legislativa.

Ubicación: Departamento de Servicios de Salud.Actividades generales:

Organizar, dirigir, coordinar y supervisar los programas de salud del Poder Legislativo.

Proponer y ejecutar las políticas, objetivos y programas de trabajo en diferentes áreas de la medicina (microbiología, sicología, trabajo social, salud ocupacional y rehabilitación, entre otras).

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Diseñar, dirigir y supervisar estudios, proyectos e investigaciones en diferentes campos del quehacer profesional en el área de la salud.

Instruir y supervisar la labor realizada por personal profesional y técnico sobre prácticas y normas de trabajo, tanto en el campo administrativo como profesional.

Realizar exámenes médicos al personal que ingresa a la institución, al que se pensiona y controlar sus enfermedades. Brindar consulta médica al personal de la Asamblea Legislativa, a diputados y a familiares, mediante los enfoques preventivo y curativo.

Efectuar actividades de promoción de la salud y prevención de enfermedades. Coordinar, con otras instituciones, actividades en forma tal que se brinde un mejor servicio a los usuarios de los servicios de salud.

Supervisar la preparación de informes y documentos y determinar las necesidades de materiales, recursos humanos y financieros.

Emitir políticas, directrices, lineamientos y revisar los procedimientos que se aplican en el Departamento de Servicios de Salud.

Presentar, anualmente, el plan operacional del Departamento, incluyendo el proyecto de presupuesto y cronogramas de su aplicación.

Participar en reuniones de alto nivel para la coordinación de los planes de trabajo de la Institución, así como integrar comisiones para organizar y dirigir programas y actividades.

Autorizar la adquisición de bienes y velar por su correcto empleo. Brindar tratamiento, control y seguimiento de casos bajo su cuidado, así como autorizar referencias a otras instituciones de salud cuando la situación lo amerita.

Asistir a reuniones, seminarios y otras actividades. Ejecutar otras labores propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Le corresponde organizar, asignar y supervisar las labores de personal administrativo, profesional y técnico, es responsable por el cumplimiento de las actividades asignadas a ellos y por el logro de objetivos.

Supervisión recibida: Trabaja con independencia, siguiendo las políticas y los procedimientos establecidos tanto por las leyes como por las directrices institucionales. Su labor es evaluada mediante la apreciación de los resultados obtenidos, tanto a nivel administrativo como del área de salud.RESPONSABILIDADPor actividades

Debe aplicar principios y técnicas propias de su profesión para resolver apropiadamente diversas situaciones, organizando, coordinando y dirigiendo las distintas actividades.Por equipo y materiales

Debe responsabilizarse por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo, instrumental y material que dispone la dependencia a su cargo para cumplir sus objetivos.Por relaciones de trabajo

Mantiene relaciones constantes con superiores, subalternos, funcionarios de instituciones públicas y privadas y público en general, las cuales deben ser atendidas con ética profesional, sensibilidad, tacto y discreción.CONDICIONES DE TRABAJO

Ocasionalmente, le corresponderá laborar fuera de la jornada ordinaria ante situaciones de emergencia. Debe someterse a los programas de capacitación requeridos para el desempeño del puesto.CONSECUENCIA DEL ERROR

Los errores que puedan cometerse pueden originar serios problemas que atenten contra la salud de los pacientes y los usuarios de los servicios que se brindan, incluso pueden originarse daños irreversibles por lo que las actividades deben ser realizadas con cuidado y precisión.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Capacidad analítica y organizativa. Capacidad para organizar y dirigir el trabajo de personal subalterno. Habilidad para resolver situaciones imprevistas e iniciativa para alcanzar las metas y los objetivos propuestos mediante la negociación o la programación adecuada de las actividades. Conocimientos de su profesión, especialmente de los últimos avances y logros en ella. Discreción y habilidad para tratar con todo tipo de usuarios, funcionarios y público en general.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Paquetes computacionales. Actualización en su especialidad.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Médico especialista en Medicina Interna.Seis años de experiencia en labores relacionadas con el cargo.Cuatro años de experiencia en la dirección y supervisión de

personal.Requisito legal: Incorporado al colegio profesional respectivo.

AUDITOR INTERNO (según lineamientos girados por la Contraloría General de la República- L-I-2003-CO-DDI)

NATURALEZA DEL PUESTOPlanear, organizar, dirigir, supervisar, coordinar y controlar la

ejecución de las actividades propias de la Auditoría Interna y cumplir las demás funciones establecidas en el Reglamento de auditoría y, en general, en la normativa vigente.

Le corresponderá la dirección superior y administración de la auditoría interna de la Asamblea Legislativa, para ello dictará los lineamientos, las directrices, las políticas y las instrucciones pertinentes, según la normativa jurídica y técnica.1. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICAActividades de asesoría, fiscalización y prevención:

• Asesorar al Directorio legislativo en la materia de su competencia, además de fiscalizar y advertir a los departamentos u oficinas de la Asamblea Legislativa sobre posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

• Colaborar en el desempeño eficaz, eficiente, económico, legal y transparente de la administración en el logro de los objetivos y metas institucionales.

• Realizar auditorías o estudios especiales por iniciativa propia o a solicitud del Directorio legislativo, en relación con los fondos públicos o las actividades administrativas o académicas sujetos a la competencia institucional.

• Verificar el cumplimiento, la validez y eficiencia del sistema de control interno de la Institución, informar de los resultados de las revisiones, auditorías y evaluaciones realizadas al Directorio legislativo, proponiendo las medidas correctivas a la problemática detectada y realizar las acciones de seguimiento correspondiente.

• Autorizar el libre acceso a todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional; también tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad (artículo 33 de la Ley general de control interno).

• Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia; además, solicitar, a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la auditoría interna.

• Auditar y evaluar, en el ámbito total de las operaciones de la Asamblea Legislativa, las diversas áreas, programas y recursos que lo integran, verificando sistemática y permanentemente el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes.

• Definir la totalidad del universo fiscalizable y fijar criterios y herramientas para determinar prioridades de acuerdo con los recursos que dispone.

• Informar al Directorio legislativo, a la Dirección Ejecutiva o a quien corresponda, cuando un acuerdo, orden o procedimiento, del cual tenga conocimiento, no se enmarque dentro de las normas legales y reglamentarias establecidas.

• Asistir a los comités de adquisiciones en calidad de auditor.• Analizar, a solicitud del Directorio legislativo, los informes

relacionados con la ejecución de los planes anuales operativos y el presupuesto institucional, con la finalidad de asesorar en relación con el cumplimiento del control interno, las normas, los reglamentos o las leyes que regulan esta materia.

• Fiscalizar las relaciones entre la Asamblea Legislativa y los distintos entes que giran en torno suyo, con la finalidad de garantizar la administración de los recursos públicos que tiene esta Institución.

• Realizar otras auditorías especiales, asesorías, fiscalizaciones y prevenciones en general, necesarias para el buen desarrollo de la actividad institucional y todas las que se consignen en la Ley general de control interno, Nº 8292, y demás lineamientos, en las normas, las leyes o loa reglamentos que regulen la materia de auditoría.

• Propiciar ante las autoridades competentes el conocer y detectar situaciones que requieren medidas correctivas; el favorecer la optimización del nivel de confiabilidad de la información; prevenir fallas de control en los sistemas contables, presupuestarios, administrativos, operativos y de otra naturaleza; evitar actos de corrupción y mejorar la efectividad de los procesos que se desarrollan en la Institución.

Actividades de planeación, organización, control y ejecución de la Auditoría Interna:

• Dirigir y administrar la Auditoría Interna dictando los lineamientos, las directrices, las políticas y las instrucciones pertinentes, según la normativa jurídica y técnica.

• Aplicar criterios uniformes en el ejercicio de las competencias y sus relaciones; le corresponde formular, gestionar y mantener vigente el Reglamento de organización y funciones de la Auditoría Interna.

• Definir los objetivos y valores fundamentales de la Auditoría Interna para alcanzarlos dentro del marco institucional.

• Elaborar el plan estratégico de la Auditoría Interna en congruencia con el plan estratégico institucional.

• Elaborar, ejecutar y controlar la ejecución del plan anual operativo y el presupuesto de la Auditoría Interna.

• Realizar las modificaciones presupuestarias para garantizar la disponibilidad y el adecuado uso de los recursos asignados a la Auditoría Interna.

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• Administrar y garantizar la utilización eficiente, eficaz, transparente y legal de los recursos humanos, materiales y físicos asignados a la Auditoría Interna.

• Administrar, planificar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar el desempeño del recurso humano asignado a la Auditoría Interna.

• Regular y administrar el manejo de las relaciones y coordinaciones de la Auditoría Interna.

• Diseñar y mantener actualizados los manuales o las guías escritas donde se establezcan las políticas, las metodologías, los procedimientos, los programas u otros que orienten el trabajo de los funcionarios de la unidad. Además, deberá instaurar adecuados sistemas de archivo permanente y temporal que incluyan la identificación, codificación, custodia, revisión y otros sobre los papeles de trabajo, informes, documentos de asesoría, advertencia y otra documentación.

• Coordinar y supervisar las labores de sus subalternos con la finalidad de asegurarse la calidad en la prestación de los servicios.

• Elaborar y presentar al Directorio legislativo y a la Contraloría General de la República, el plan anual de trabajo de la Auditoría Interna y el informe anual de labores, mencionando las principales recomendaciones y departamentos en que estas se dieron.

• Presentar informes periódicos sobre la labor de auditoría o específicos cuando le sea requerido por el Directorio legislativo.

• Definir y documentar los asuntos que formaron parte de la planificación estratégica y de la operativa a corto plazo determinando prioridades.

Asesoría y atención de consultas:• Asesorar y atender consultas del Directorio legislativo en materia de

su competencia.• Participación en sesiones del Directorio legislativo:• Asistir a las sesiones del Directorio legislativo cuando lo requieran.

CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALESSupervisión ejercida

• Deberá implantar una adecuada gestión de supervisión, de manera que le permita asegurarse la calidad de los procesos, servicios y productos de la auditoría. Por el proceso de supervisión y en tal condición debe propiciar que los esfuerzos relacionados con este se dirijan al cumplimiento de los objetivos del Departamento, los de cada proceso y de cada estudio en particular

Supervisión recibida• Trabaja con independencia funcional y de criterio dentro del marco

de las disposiciones legales reglamentarias y técnicas que regulan las actividades de la Auditoría Interna. Responde por su gestión ante el Directorio legislativo y en lo conducente ante la Contraloría General de la República, los aportes originales al trabajo que realiza, la eficacia y eficiencia obtenidas en el cumplimiento de los objetivos asignados al departamento a su cargo.

2. RESPONSABILIDAD2.1 Naturaleza de las funciones

• Ejecutará sus actividades de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico que rige el ejercicio de la auditoría interna y las materias que fiscaliza, por lo que le será indispensable mantener un conocimiento actualizado sobre tales disposiciones y comprometerse con la capacitación y la calidad en el cumplimiento y la vigilancia de la normativa pertinente.

2.2 Por equipo y materiales• Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo

y los materiales que se le asignen a la unidad a su cargo para el cumplimiento de sus fines.

2.3 Por relaciones de trabajo• De conformidad con la normativa aplicable, le corresponderá regular

y administrar el manejo de las relaciones y coordinaciones de la dependencia a su cargo. Tales relaciones se enfocan principalmente al jerarca, los titulares subordinados y otras instancias internas y externas (fundamentalmente la Contraloría General, instituciones de control, comisiones legislativas, Ministerio Público, Procuraduría General, denunciantes y otras pertinentes). También le corresponderá regular las relaciones de los demás funcionarios de la Auditoría Interna con los órganos internos y externos del ámbito de su competencia institucional.

2.4 Por fondos y valores• Es responsable por la totalidad de los materiales, las herramientas y

los equipos asignados a la Auditoría Interna.2.5 Por manejo de información confidencial

• Como parte esencial de su trabajo le corresponde manejar datos e información de carácter confidencial.

3. CONDICIONES DE TRABAJO3.1 Condiciones ambientales

• El trabajo se desarrolla en condiciones propias de un ambiente de oficina con mobiliario, equipo y materiales adecuados para el ejercicio de su cargo.

3.2 Jornada• De acuerdo con el artículo 30 de la Ley general de control interno, la

jornada laboral del auditor será de tiempo completo.4. CONSECUENCIAS DEL ERROR

• Los errores cometidos originan el debilitamiento del control interno de la Institución, con los consiguientes riesgos de pérdida, mal uso o desperdicio de los bienes, activos y otros valores de la Institución, por lo que las actividades deben ser realizadas con sumo cuidado, conocimiento de causa y profesionalismo.

5. CARACTERÍSTICAS PERSONALES5.1 Características

• El auditor deberá caracterizarse por su idoneidad para el puesto correspondiente. Por ello, será un profesional altamente capacitado en materia de auditoría que reúna los conocimientos, la experiencia, las actitudes, las aptitudes, las habilidades para administrar la Auditoría Interna; asimismo, debe cumplir los demás requisitos establecidos en los perfiles de la Institución a la que brindará sus servicios.

5.2 Deberes• Cumplir las competencias asignadas por ley.• Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.• Colaborar en los estudios que la Contraloría General de la República

y otras instituciones realicen en el ejercicio de competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas.

• Administrar de manera eficaz, eficiente y económica los recursos del proceso del que sea responsable.

• No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando ni información sobre lo que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de las funciones institucionales.

• Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.

• Acatar las disposiciones y recomendaciones emanadas de la Contraloría General de la República. En caso de oposición por parte de la Auditoría Interna referente a tales disposiciones y recomendaciones, se aplicará el artículo 26 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República.

• Facilitar y entregar la información que les solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, y colaborar con dicha información.

• Cumplir otros deberes atinentes a su competencia5.3 Prohibiciones

• Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.

• Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipalidades.

• Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre lo que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de la Institución

6. DESCRIPCIÓN DE FACTORES Y SUBFACTORES Y GRADOS6.1 Requisitos ocupacionalesRequisitos académicos

• Mínimo licenciatura en Contaduría Pública, Ciencias Económicas o Administración de Negocios con énfasis o especialidad en Contabilidad, Contaduría Pública, o en Administración de Empresas con énfasis o especialidad en Contabilidad o Contaduría Pública.

• Ser contador público autorizado.Requisitos de experiencia laboral

• Mínimo cinco años consecutivos de experiencia en auditoría interna o externa en el sector público.

• Mínimo tres años de experiencia en puestos de jefatura en auditoría interna o externa en el sector público o en su defecto en el sector privado.

Conocimientos complementarios• Amplio conocimiento de las leyes, los reglamentos, las normas y

los lineamientos que regulan la auditoría interna en el sector público costarricense.

• Conocimiento de las normas que regulan la auditoría en el sector gubernamental a nivel internacional y de las normas que regulan la auditoría en el sector privado.

• Amplio conocimiento de las nuevas tendencias en materia de administración y gerencia.

• Conocimiento sobre gestión del potencial humano.• Conocimiento de los ambientes computarizados existentes en el

campo de trabajo de la auditoría interna, y preferiblemente en los de la Institución.

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• Conocimiento de los métodos de valoración del riesgo en el ambiente gerencial y en la auditoría interna.

• Preferiblemente, dominio de un segundo idioma, fundamentalmente el inglés.

• Preferiblemente con conocimiento general de los procesos de la organización.

Habilidades• Habilidad gerencial• Actitud constructiva• Capacidad de trabajo en equipo• Motivación de logro• Proactividad• Pensamiento sistémico• Perspectiva estratégica• Sensibilidad interpersonal• Orientación de servicio al cliente

Requisitos legales:Incorporación al colegio profesional respectivo.Obligatoriedad de cumplir el artículo 34 de la Ley general de control

interno.DIRECTOR DE DEPARTAMENTO

Objetivo del trabajo:Participar dinámicamente y comprometerse en la definición de las

políticas, las estrategias, los objetivos, los valores, la misión y la visión institucionales. Garantizar la gestión sustantiva de la Institución, en concordancia con las políticas institucionales y los planes anuales operativos de un departamento de la Asamblea Legislativa, mediante la ejecución de actividades gerenciales de planificación, organización, dirección, supervisión y evaluación de los procesos técnico-administrativos.

Ubicación: En esta clase se ubican los puestos de director de departamento de la Asamblea Legislativa.Actividades generales:

Todas las conferidas mediante la normativa vigente.Planificar, organizar, coordinar, dirigir, controlar, evaluar, supervisar

y asignar la gestión del departamento.Participar activamente en la definición de las políticas, las estrategias,

los objetivos, los valores, la misión y la visión institucionales.Girar las directrices necesarias para cumplir los lineamientos del

Directorio legislativo o de los superiores y coordinar con los responsables de cada área el cumplimento de las actividades.

Emitir políticas, directrices, lineamientos y revisar los procedimientos que se aplican en el departamento a su cargo.

Velar por el cumplimiento de la normativa referente a la actividad del departamento y el Reglamento interior de trabajo de la Asamblea Legislativa, la Ley de personal y sus reformas, y la normativa interna y externa de trabajo.

Presentar anualmente el plan operacional del departamento. También presentará, anualmente, el proyecto de presupuesto y cronograma de aplicación.

Ejercer los controles estipulados sobre las acciones, los valores, los procesos, los proyectos y otros que resulten de la gestión que se asignan o se desarrollan en el departamento que coordina.

Asesorar las actividades jerárquicas en la materia de su competencia y coordinar acciones con los demás departamentos.

Proveer de materiales y recursos tecnológicos que requiere el personal a su cargo.

Participar en reuniones de alto nivel para la coordinación de los planes de trabajo de la Institución e integrar comisiones para organizar y dirigir programas y actividades.

Evaluar la obtención de resultados y el logro de las metas establecidas para las unidades técnicas a su cargo, detectando desviaciones en la ejecución de los procesos e implementando medidas correctivas y de control interno.

Brindar información oportuna, confiable y exacta en aspectos relacionados con las actividades de su competencia.

Ejecutar otras labores propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Le corresponde supervisar, controlar y evaluar la ejecución de los procesos de apoyo del área a su cargo y asignados a su equipo de colaboradores inmediatos. Debe evaluar el desempeño de personal profesional y de apoyo administrativo a su cargo, mediante la verificación de los aportes a la actividad y el grado de cumplimiento de metas y objetivos.

Supervisión recibida: La gestión se desarrolla con independencia siguiendo las políticas institucionales y la normativa legal y técnica que regula su campo de acción. Su labor requiere amplia iniciativa, y es evaluada por el director de división.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por logro de las metas y el cumplimiento de la misión del departamento a cargo, en cuanto a la dotación de recursos humanos, financieros, materiales, tecnológicos y de servicios necesarios para la ejecución de las funciones sustantivas. Capacidad para organizar, dirigir, integrar y motivar a los equipos de trabajo.

Debe impulsar el cambio de la cultura organizacional tendiente a la polifuncionalidad, el desarrollo de las actividades en equipo y la lealtad institucional, entre otros. Será responsable además de la detección y resolución de situaciones conflictivas de diversa índole en forma oportuna y acertada.Por equipo, materiales y valores

Es responsable por el adecuado empleo y mantenimiento del equipo y demás bienes asignados a un respectivo ámbito de acción, sea este de proceso o subproceso del departamento a su cargo.Por relaciones de trabajo

El puesto demanda el establecimiento de relaciones de trabajo asertivas y respetuosas para el buen funcionamiento de la Institución. Se relaciona constantemente con los altos jerarcas de la Institución y con sus colaboradores en general; en el ámbito externo, las relaciones se dan con representantes de organismos y empresas nacionales e internacionales y con personeros de instituciones públicas y usuarios de la Asamblea Legislativa.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se desarrolla en condiciones propias de un ambiente de oficina con mobiliario, equipo y materiales adecuados para el ejercicio de su cargo. Las características del puesto lo excluyen de la jornada ordinaria, en tanto que la excelencia laboral puede ameritar trabajar jornadas superiores a las establecidas o más allá de los horarios estipulados.

Debe observar, en forma estricta, las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Puede estar expuesto a afrontar situaciones que puedan poner en peligro su integridad física y la de los demás.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores que se cometen en la ejecución de las actividades pueden originar debilitamientos de los controles internos, lo cual podría provocar confusiones y atrasos de consideración en detrimento de la imagen pública y en la prestación de los servicios que brinda la Institución.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad analítica y de síntesis, razonamiento concreto y abstracto, capacidad de retener y transmitir la información correctamente, cortesía, respeto y afabilidad. El ocupante debe poseer autocontrol, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, sentido de justicia y equidad, discreción y lealtad institucional. Asimismo, requiere capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, liderazgo, capacidad para aceptar críticas y para resolver situaciones imprevistas, capacidad de negociación y toma de decisiones.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, los procesos y procedimientos institucionales, la actualización de conocimientos relacionados con las funciones del Parlamento, del área profesional y laboral, así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo de personal, trabajo en equipo, planificación estratégica y materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional a nivel de licenciatura o título superior en una carrera atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de siete años en labores relacionadas con el cargo a nivel de licenciatura y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de nueve años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.DIRECTOR DE DIVISIÓN

Objetivo del trabajo:Comprometerse con la definición de las políticas, las estrategias,

los objetivos, los valores, la misión y la visión institucionales. Garantizar la gestión legislativa o administrativa de la Asamblea Legislativa en concordancia con las políticas institucionales y los planes anuales operativos de la división, mediante la ejecución de actividades gerenciales de planificación, organización, dirección, supervisión y evaluación de los procesos administrativos.Ubicación:

En esta clase se ubican los puestos de director de División Administrativa y director División Legislativa.Departamentos que conforman cada división:

División Administrativa: la integran los departamentos de Recursos Humanos, Servicios Generales, Servicios de Salud, Proveeduría, y Financiero, así como las unidades o secciones de cada uno de ellos.

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 27

División Legislativa: la integran los departamentos de Servicios Parlamentarios; Estudios Referencias y Servicios Técnicos; Comisiones Legislativas; Archivo; Secretaría del Directorio; Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información; Informática; y Análisis Presupuestario, así como las unidades o secciones de cada una de ellos y/o que organizacionalmente pertenecen a la División.Actividades generales:

Todas las conferidas mediante la normativa vigente.Planificar, organizar, coordinar y evaluar las actividades relacionadas

con la gestión de las divisiones Administrativa o Legislativa a la luz de la visión, la misión y los objetivos institucionales.

Velar por que los recursos materiales y humanos contribuyan al logro de la misión institucional.

Valorar y revisar las políticas, las directrices, los lineamientos y los procedimientos que se aplican en departamentos correspondientes a la luz de la misión, los objetivos institucionales y el plan operativo anual.

Dictar lineamientos para que se apliquen los acuerdos del directorio; velar por el cumplimiento de la normativa correspondiente como por ejemplo el Reglamento interior de trabajo de la Asamblea Legislativa, la Ley de personal y sus reformas, y la normativa interna y externa de trabajo.

Controlar los fondos que se le asignan, presentar informes, promover el desarrollo de actividades de capacitación y velar por la calidad de los servicios que brinda la división.

Coordinar acciones con los demás departamentos, proveer los materiales y recursos tecnológicos que requiere el personal a su cargo, distribuir las tareas y el recurso humano y fomentar el intercambio de información interna y externamente.

Planear conjuntamente con los directores de departamento de la División Legislativa o Administrativa las acciones de cada uno de ellos, que se traducirán en el plan estratégico, de modo que se tenga una visión integrada y se dé un mejor aprovechamiento de los recursos tanto humanos como materiales.

Orientar los departamentos de su división con una visión de conjunto, identificando los obstáculos y problemas que impiden el cumplimiento de la gestión y así integrar las diferentes funciones, actividades y procedimientos de trabajo, de manera que este se realice en forma armónica, fluida y eficaz, siempre dentro del cumplimiento de la normativa jurídica que rige el ámbito de su competencia.

Ejercer la supervisión correspondiente de la gestión de las diferentes unidades legislativas o administrativas de la Institución, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las normas, los reglamentos, las directrices y las políticas establecidas y el cumplimiento de los planes encomendados eficiente y eficazmente.

Realizar reuniones periódicas de coordinación con los jerarcas de los departamentos a su cargo, a fin de establecer los más eficientes mecanismos de coordinación y gestión de la División Legislativa o Administrativa.

Analizar, junto con los directores de departamento de la división a su cargo, la estructura organizacional y ocupacional interna de cada uno y recomendar las modificaciones que impliquen reubicación temporal o permanente del personal entre los departamentos, acorde con las necesidades institucionales y con el fin de dar un mejor servicio.

Realizar estudios periódicos de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos de la gestión institucional en cada departamento de la División Legislativa o Administrativa y formular, anualmente y en colaboración con los jefes de departamento, el presupuesto y los planes de trabajo de los diferentes departamentos de su área.

Ejecutar las políticas institucionales que se dicten desde la Dirección Ejecutiva y el Directorio legislativo en consonancia con la estructura organizacional establecida en la Asamblea Legislativa.

Brindar asesoramiento y apoyo al director ejecutivo, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, y asistir a las sesiones del Directorio legislativo con derecho a voz, pero sin voto, cuando la naturaleza de los asuntos que se conozcan así lo requieran.

Establecer, junto con los directores de departamento de su división, mecanismos que simplifiquen, sistematicen y automaticen los procedimientos.

Evaluar, anualmente, el desempeño de las jefaturas de departamento de su división.

Sustituir al director ejecutivo en sus ausencias.Cualquier otra específica de la división que le delegue el Directorio

legislativo o el director ejecutivo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Por el nivel que ocupa el cargo dentro de la organización, le corresponde ejercer supervisión sobre los directores de departamento que integran la división, a quienes evalúa según los resultados obtenidos en los procesos de cada uno.

Supervisión recibida: Trabaja con amplia independencia técnica en materia legislativa y financiera, acata los lineamientos generales dictados por el Directorio legislativo o el Plenario y trasladados por medio de la Dirección Ejecutiva, en apego a las disposiciones legales existentes. Es supervisado por la Dirección Ejecutiva por medio de los resultados obtenidos.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por el logro de las metas y el cumplimiento de la misión de la división a su cargo, en cuanto a la coordinación, el seguimiento y la definición de la integración y visión de conjunto de los departamentos que conforman la división correspondiente.

Debe impulsar el cambio de la cultura organizacional tendiente a la polifuncionalidad, el desarrollo de las actividades en equipo y la lealtad institucional, entre otros. Será responsable, además, de la detección y resolución, en forma oportuna y acertada, de situaciones conflictivas de diversa índole.Por relaciones de trabajo

El puesto demanda el establecimiento de relaciones de trabajo asertivas y respetuosas para el buen funcionamiento de la Institución. Se relaciona constantemente con los altos jerarcas de la Institución y con los directores de los departamentos y colaboradores en general; en el ámbito externo, las relaciones se dan con representantes de organismos y empresas nacionales e internacionales y con personeros de instituciones públicas y usuarios de la Asamblea Legislativa.Por equipo y materiales

Es responsable por el uso óptimo y racional del equipo que se le suministra para el desempeño de las funciones de la división y de reportar cualquier anomalía que observe.CONDICIONES DE TRABAJO

El trabajo se desarrolla en condiciones propias de un ambiente de oficina con mobiliario, equipo y materiales adecuados para el ejercicio de su cargo. Las características del puesto lo excluyen de la jornada ordinaria, en tanto que la excelencia laboral puede ameritar trabajar jornadas superiores a las establecidas o más allá de los horarios estipulados.

Debe observar, en forma estricta, las condiciones de seguridad e higiene vigentes. Puede estar expuesto a afrontar situaciones que puedan poner en peligro su integridad física y la de los demás.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores pueden obstaculizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, pérdidas de consideración, si no se establecen y ejecutan los controles y procedimientos adecuados.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

Para el desempeño de los cargos ubicados en esta clase de puesto se requiere del ocupante capacidad analítica y de síntesis, razonamiento concreto y abstracto, capacidad de retener y transmitir la información correctamente, cortesía, respeto y afabilidad.

El ocupante debe poseer autocontrol, capacidad de organización, sentido de orden y administración del tiempo y de los recursos disponibles, sentido de justicia y equidad, discreción y lealtad institucional.

Se requiere capacidad para mantener buenas relaciones humanas, capacidad de respuesta, liderazgo, capacidad para aceptar críticas y para resolver situaciones imprevistas y habilidades como negociador, facilitador, motivador y para la toma de decisiones.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con las funciones del Parlamento, del área profesional y laboral, así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo de personal, trabajo en equipos, planificación estratégica y materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional a nivel de licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de ocho años en labores relacionadas con el cargo, a nivel de licenciatura y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de diez años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.Carreras atinentesDirector de División AdministrativaAdministración con sus diferentes énfasis.Economía con sus diferentes énfasis.Director de División LegislativaAdministración con sus diferentes énfasis.Derecho con sus diferentes énfasis.

DIRECTOR EJECUTIVOObjetivo del trabajo: Garantizar la gestión sustantiva de

la Institución mediante la ejecución de actividades gerenciales de planificación, organización, dirección, supervisión y evaluación de los procesos administrativos y financieros, en concordancia con las políticas institucionales y nacionales y los planes anuales operativos de la Dirección Ejecutiva de la Asamblea Legislativa.

Velar por el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Directorio legislativo.

Ubicación: En esta clase se ubica únicamente el puesto de Director Ejecutivo.

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Actividades generales:Todas las conferidas mediante la normativa vigente.Coordinar con los directores de división el cumplimiento de la

normativa jurídica que rige el ámbito de su competencia y mantener controles permanentes sobre el cumplimiento de los planes y programas a cargo de las diferentes instancias sustantivas y de soporte profesional, técnico y administrativo de la Institución.

Brindar asesoramiento y apoyo al Directorio legislativo, en materia administrativa, legislativa y tecnológica y elevar los asuntos que deben ser conocidos y aprobados por este cuerpo colegiado, elaborar la agenda para las sesiones, asistir a las reuniones del Directorio legislativo, en las cuales participa con voz pero sin voto y levantar el acta.

Velar por la correcta preparación y trámite de los proyectos de ley, decretos legislativos y otros documentos afines que se presentan a la Asamblea Legislativa, por iniciativa del Poder Ejecutivo o de los legisladores de turno.

Asistir a las sesiones que celebra el Plenario legislativo y a las sesiones de las comisiones legislativas.

Velar por que las instancias correspondientes brinden la adecuada atención a las necesidades de la Institución en materia financiera, seguridad e higiene, en el cumplimiento de la normativa jurídica, de recursos humanos y de servicios.

Establecer mecanismos para simplificar, sistematizar y automatizar los procedimientos administrativos y de la gestión sustantiva de la Asamblea Legislativa.

Refrendar los pagos que hace la Institución por caja chica y los de la cuenta general, para lo cual debe firmar los cheques respectivos; refrendar las facturas de mercancías, servicios y otros cobros a cargo de la Asamblea Legislativa.

Difundir los proyectos y logros de la Institución, propiciando una imagen positiva y relaciones favorables; mantener relaciones constantes con el cuerpo diplomático acreditado en el país y con los organismos que brindan cooperación internacional.

Coordinar actividades de la Institución con oficinas, dependencias e instituciones públicas y privadas asuntos acordes con el nivel del puesto.

Representar a la Asamblea Legislativa en eventos de carácter nacional e internacional propios de su cargo y ante los diferentes entes de la Administración Pública y la empresa privada.

Dictar charlas y conferencias en materia relacionada con su área de especialidad y con el Poder Legislativo.

Atender consultas de diputados y funcionarios públicos en general, sobre los asuntos propios de la Institución.

Ejecutar otras tareas propias del cargo.CONDICIONES ORGANIZACIONALES Y AMBIENTALES

Supervisión ejercida: Por el nivel que ocupa el cargo dentro de la organización, le corresponde ejercer supervisión sobre las direcciones de división y el personal de la Dirección Ejecutiva, mediante los resultados obtenidos en los procesos que se realizan y en el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Supervisión recibida: Trabaja con amplia independencia técnica, acatando los lineamientos generales dictados por el Directorio legislativo o el Plenario y respetando las disposiciones legales existentes. Es supervisado por el Directorio legislativo por medio de los resultados obtenidos y las reuniones que periódicamente celebra este cuerpo colegiado.RESPONSABILIDADPor actividades

Es responsable por logro de las metas y el cumplimiento de la misión de la Institución, en cuanto a la dotación de recursos humanos, financieros, materiales, tecnológicos y de servicios necesarios para la ejecución de las funciones sustantivas. También, es responsable por mantener un alto grado de colaboración, superación y entusiasmo en su equipo de trabajo, coadyuvando a la conducción exitosa de la Institución. Por la índole del cargo, conoce y maneja amplia información confidencial que debe tratar con prudencia, tacto y ética.

Debe impulsar el cambio de la cultura organizacional tendiente a la polifuncionalidad, el desarrollo de las actividades en equipo y la lealtad institucional, entre otros. Será responsable, además, de la detección y resolución de situaciones conflictivas de diversa índole en forma oportuna y acertada.Por relaciones de trabajo

La naturaleza del trabajo origina relaciones constantes con diputados, miembros de los Supremos Poderes, cuerpo diplomático acreditado en nuestro país, funcionarios de gobiernos extranjeros, Nunciatura Apostólica, misiones diplomáticas, periodistas y funcionarios de la Asamblea Legislativa. Estas relaciones deben ser atendidas con tacto, afabilidad, respeto y discreción.Por equipo y materiales

Es responsable por el uso óptimo y racional del equipo que se le suministra para el desempeño de sus funciones y de reportar cualquier anomalía que observe en el mismo.

CONDICIONES DE TRABAJOEl trabajo se desarrolla generalmente en condiciones ambientales de

una oficina. Su labor demanda un alto grado responsabilidad, ya que debe cumplir las funciones de planificación, dirección, coordinación y control de las labores que se realizan en la Asamblea Legislativa.

Le corresponde laborar sin límite de jornada, trabajar bajo presión y trasladarse a distintos lugares del país o fuera de él, a solicitud de los diputados o para celebrar convenios con organismos internacionales.CONSECUENCIAS DEL ERROR

Los errores pueden obstaculizar el cumplimiento de los objetivos institucionales, ocasionando demoras en el proceso de formación de la ley y pérdidas de consideración si no se establecen los controles y procedimientos adecuados en el campo administrativo-financiero.CARACTERÍSTICAS PERSONALES

El ocupante de esta clase de puesto debe poseer, ineludiblemente, capacidad de trabajo en equipo, habilidad para dirigir, don de mando, capacidad negociadora y de manejo para resolver situaciones conflictivas, así como facilidad para aceptar críticas, capacidad para relacionarse con otras personas y para tomar decisiones acertadas. Además, debe mostrar agudeza de criterio, rigor científico y rapidez de raciocinio.

Por la naturaleza del cargo, su rol debe estar orientado a ser un facilitador y motivador en el desarrollo y ejecución de los procesos. Debe tener capacidad de concentración y de respuesta para atender varias tareas simultáneamente. Debe ser persuasivo, entusiasta, optimista, dinámico, con dominio de sí mismo, paciente, ordenado, cooperador y afable, capaz de organizar el trabajo propio y de los demás. Debe ser un excelente comunicador con gran capacidad para percibir las necesidades, los intereses y los problemas de los demás, así como caracterizarse por el respeto hacia las ideas de otras personas.CONOCIMIENTOS BÁSICOS

Los relacionados con la utilización de los equipos y los programas que para la realización de sus funciones se requieren.

Los relacionados con la actualización y la capacitación en habilidades directamente vinculadas al campo actividad como la redacción de informes, procesos y procedimientos institucionales, actualización de conocimientos relacionados con las funciones del Parlamento, del área profesional y laboral, etc., así como los que estimulen las relaciones interpersonales y repercutan en el manejo de personal, trabajo en equipos, planificación estratégica y materia gerencial.CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA REQUERIDA

Formación profesional a nivel de licenciatura o título superior en una carrera universitaria atinente a su área de actividad.

Experiencia mínima de tres años en el manejo y supervisión de personal.

Experiencia mínima de diez años en labores relacionadas con el cargo, a nivel de licenciatura, y desarrolladas en la Asamblea Legislativa o experiencia mínima de doce años en labores relacionadas con el área de actividad, a nivel de licenciatura.Requisito legal:

Incorporación al colegio respectivo.Carreras atinentes:

Administración con sus diferentes énfasis/ Ciencias Políticas/ Derecho con sus diferentes énfasis/ Economía con sus diferentes énfasis.

CATEGORÍAS SEGÚN CLASES SALARIALESESTRATO OPERATIVO

NOMENCLATURADE CLASE

NÚMERODE CLASE

CATEGORÍA SALARIAL

UJIER 01SUBJEFE UJIERES 05JEFE DE UJIERES 07AGENTE DE SEGURIDAD

01

OPERADOR DE EQUIPO MÓVIL

02

SUPERVISOR DE TURNO

03

ESTRATO CALIFICADO

NOMENCLATURADE CLASE

NÚMERODE CLASE

CATEGORÍA SALARIAL

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

04

SECRETARIA DE PARLAMENTO

06

TRABAJADOR ESPECIALIZADO 1

02

TRABAJADOR ESPECIALIZADO 2

03

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ESTRATO TÉCNICO

NOMENCLATURADE CLASE

NÚMERODE CLASE

CATEGORÍA SALARIAL

TÉCNICO EN SEGURIDAD

04

TÉCNICO 1 04TÉCNICO 2 06SUB JEFE TÉCNICO DE SEGURIDAD

06

JEFE TÉCNICO 08

ESTRATO PROFESIONAL

NOMENCLATURADE CLASE

NÚMERODE CLASE

CATEGORÍA SALARIAL

PROFESIONAL 1-A 09PROFESIONAL 1-B 10PROFESIONAL 2-A 11PROFESIONAL 2-B 12JEFE DE SEGURIDAD 12PROFESIONAL 2-C 13PROFESIONAL JEFE 1 13PROFESIONAL JEFE 2-A 14ASESOR 15PROFESIONAL JEFE 2-B 15ODONTÓLOGO ODONTÓLOGO 2MÉDICO G2 MÉDICO G2

ESTRATO GERENCIAL

NOMENCLATURADE CLASE

NÚMERODE CLASE

CATEGORÍA SALARIAL

SUBAUDITOR INTERNO 16SUBDIRECTOR DE DEPARTAMENTO

16

MÉDICO JEFE G5 MÉDICO G5AUDITOR INTERNO 17DIRECTOR DE DEPARTAMENTO

17

DIRECTOR DE DIVISIÓN

18

DIRECTOR EJECUTIVO 19

Rige a partir de su publicación en La Gaceta.San José, a los veinticinco días del mes de junio del dos mil nueve.

FRANCISCO ANTONIO PACHECO FERNÁNDEZPRESIDENTE

XINIA NICOLÁS ALVARADO GUYON HOLT MASSEY MORAPRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

1 vez.—(O. C. Nº 29062).—C-3250125.—(61514).

PODER EJECUTIVO

ACUERDOSPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 753-P.—San José, 29 de junio de 2009EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN EJERCICIO

De conformidad con lo que establece el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionaros Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez,

Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad número 1-455-128, para que viaje en Delegación Oficial a Panamá, partiendo a las 15:30 horas del 30 de junio y regresando a las 15:30 horas del 01 de julio del presente año. Ello con el objeto de acompañar al señor Presidente de la República al Traspaso de Mando Presidencial de dicho país.

Artículo 2º—Los gastos de viaje del señor Ministro por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $460,32 (cuatrocientos sesenta con 32/100 dólares), sujeto a liquidación. Los costos por concepto de transporte aéreo no serán asumidos por COMEX, tomando en cuenta que el señor Ministro viajará en vuelo privado con el señor Presidente de la República. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como

para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda y pago de gastos de representación ocasionales en el exterior, según el artículo 41 y 48 del Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia se nombra como Ministra a. í. a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra del Ministerio de Comercio Exterior, a partir de las 15:30 horas del 30 de junio y hasta las 15:30 horas del 01 de julio de 2009.

Artículo 4º—Rige desde las 15:30 horas del 30 de junio y hasta las 15:30 horas del 01 de julio de 2009.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, 29 de junio del 2009.

FRANCISCO ANTONIO PACHECO FERNÁNDEZ.—1 vez.—(O. C. Nº 93031).—(Solicitud Nº 27833).—C-33750.—(62814).

Nº 754-PEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política (inciso 1). Así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 8691 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009, publicada en el Alcance Nº 56 a La Gaceta Nº 253 del 31 de diciembre del 2008 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República reformado mediante Resolución R-CO-71-2006 publicada en La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.

ACUERDA:Artículo 1º—Autorizar al señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro

de Hacienda, con cédula de identidad número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que participe en el Encuentro Internacional “El papel impulsor de la banca en la recuperación de las economías de Iberoamérica” y Visita a la Escuela Andaluza de Economía Social (CEPES-Andalucía), a celebrarse en Madrid-España y Andalucía, del 10 de julio al 17 de julio del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 y los gastos por concepto de tiquete aéreo, serán cubiertos por la Secretaría General Iberoamericana, internet serán cubiertos con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se nombra Ministro a. í. del 10 de julio del 2009 de las 3:00 p. m. al 17 de julio del 2009 a las 4:00 p. m. al señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco.

Artículo 4 º—El presente acuerdo rige a partir del 10 de julio del 2009 de las 3:00 p. m. al 17 de julio del 2009 a las 4:00 p. m.

Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de julio del año dos mil nueve.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40349).—C-30020.—(62816).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTONº 119-2009-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica y en el artículo 12 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley Nº 3530 del 5 de agosto de 1965.

Considerando:I.—Que la servidora Laura Suárez Zamora, cédula de identidad

número 01-0584-0680 es funcionaría de la carrera diplomática, en rango de Agregado.

II.—Que mediante oficio de fecha 11 de junio del 2009, la servidora Suárez Zamora, le comunica al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, su decisión de renunciar a la carrera diplomática.

III.—Que mediante oficio Nº PRH-295-09 de fecha 18 de junio del 2009 se le comunica a la señora Suárez Zamora la aceptación de su renuncia a la carrera diplomática. Por tanto.

ACUERDAN:Artículo 1º—Se acepta la renuncia de la servidora Laura Suárez

Zamora, cédula de identidad número 01-0584-0680, como funcionaria de la Carrera Diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Rige a partir del 15 de junio del 2009.Dado en la Presidencia de la República, a los veintidós días del mes

de junio del dos mil nueve.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores

y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(O. C. Nº 93569).—(Solicitud Nº 45490).—C-19520.—(62808).

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Pág 30 La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍANº 274-2009 MGP

LA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146

de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 1) acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2009 y los artículos 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:I.—Que la actividad denominada “XIV Conferencia Regional sobre

Migración”, es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque el objetivo de la conferencia es establecer entre los países representantes un foro de participación y buenas prácticas en el marco de la actividad Migratoria, en la que la Lic. Ana Durán Salvatierra participará.

II.—Que la participación de la Lic. Ana Durán Salvatierra, Viceministra de Gobernación y Policía, cédula Nº 1-0633-0150, es con el fin de representar al Gobierno de Costa Rica en la XIV Conferencia Regional Sobre Migración. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ana Eugenia Durán

Salvatierra, cédula 1-0633-0150, Viceministra de Gobernación y Policía, para que participe en la actividad denominada “XIV Conferencia Regional Sobre Migración”, a realizarse en la Ciudad de Guatemala, los días 8 a 11 de julio del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos de la señora Ana Eugenia Durán Salvatierra, por hospedaje, alimentación y por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en la terminales, así como gastos como transporte en el interior del país a visitar deberán, ser cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.04, del programa 044-00 actividad central, todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de gastos de viáticos al exterior publicada en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008. Los tiquetes aéreos serán cubiertos por los organizadores de la conferencia con todos los gastos de pasaje hacia Guatemala, haciendo la aclaración, que por encontrarse en la República de Tunecina, Túnez, el día 8 de julio del pasaje de llegada a Ciudad de Guatemala será por medio de vuelo Túnez-Guatemala y luego de Guatemala a Costa Rica.

Artículo 3º—Que durante los días del 8 al 11 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaría en dicha actividad, devengará el 100% de su salario.

Articulo 4º—Rige a partir del 8 al 11 de julio de 2009.Dado en el Despacho de la Ministra de Gobernación y Policía, a los

veintinueve días del mes de junio del dos mil nueve.Janina del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y

Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº 98952).—(Solicitud Nº 30476).—C-31520.—(62811).

Nº 278-2009 MGPLA MINISTRA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:I.—Que la actividad denominada “Different People-Different Needs”,

es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas sobre las necesidades y abusos sociales del acervo cultural en la actualidad, en la que la Lic. Ana Durán Salvatierra participará.

II.—Que la participación de la Lic. Ana Durán Salvatierra, Viceministra de Gobernación y Policía, cédula Nº l-0633-0150, es como Expositora en materia de Flujos Migratorios Mixtos. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ana Eugenia Durán

Salvatierra, cédula 1-0633-0150, Viceministra de Gobernación y Policía, para que participe en la actividad denominada “Different People-Different Needs” a realizarse en la Ciudad de Túnez, República de Tunecina, los días del 6 al 8 de julio del 2009.

Artículo 2º—Todos los gastos de la señora Ana Eugenia Durán Salvatierra, por hospedaje, alimentación y tiquetes aéreos serán cubiertos por los organizadores del evento (UNHCR), (IOM), (IFRC), los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales, así como gastos menores como gastos de transporte en el interior del país a visitar deberán ser cubiertos con recursos de la subpartidas 1.05.04, del programa 04-00 actividad central, todos sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de gastos de viáticos al exterior publicada en La Gaceta Nº 92 del 14 de mayo del 2008.

Artículo 3º—Que durante los días del 4 al 8 de julio de 2009, en que se autoriza la participación de la funcionaria en dicha actividad, devengará el 100% de su salario.

Articulo 4º—Rige a partir del 4 al 8 de julio de 2009.Dado en el Despacho de la Ministra de Gobernación y Policía, a los

veintinueve días del mes de junio del dos mil nueve.Janina del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y

Seguridad Pública.—1 vez.—(O. C. Nº 98952).—(Solicitud Nº 30474).—C-26270.—(62813).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORNº 437-2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y,

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 114-2007 de fecha 14 de

mayo de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del 12 de julio de 2007; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 542-2007 de fecha 21 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 27 del 07 de febrero de 2008; y por el Acuerdo Ejecutivo Nº 147-2009 de fecha 04 de marzo de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 78 del 23 de abril de 2009; a la empresa Cajas para Exportación Retornables S. A., cédula jurídica número 3-101-410121, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documento presentado el día 11 de junio de 2009, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Cajas para Exportación Retornables S. A., solicito la modificación de la actividad y del porcentaje de valor agregado nacional.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Cajas para Exportación Retornables S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 51-2009 de fecha 12 de junio de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 114-2007 de fecha 14 de mayo de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del 12 de julio de 2007 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas segunda y sexta, se lean de la siguiente manera:

“2. La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de embalajes plásticos y accesorios adicionales para empaque, y elaboración de artículos plásticos, sus partes y accesorios.”

“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 06 trabajadores, a más tardar el 28 de marzo de 2009. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $2.000.000,00 (dos millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 22 de junio de 2009, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US $3.000.000,00 (tres millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 22 de marzo de 2011. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 30,61%.PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene

lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 114-2007 de fecha 14 de mayo de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del 12 de julio de 2007 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.Comuníquese y Publíquese.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticuatro

días del mes de junio del dos mil nueve.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior,

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(62832).

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 31

Nº 442-2009EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIORCon fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la

Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 de 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:I.—Que el señor Mario Araya Solórzano, mayor, casado en cuartas

nupcias, empresario, portador de la cédula de identidad N° 1-382-466, vecino de Piedades de Santa Ana, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Cine Red S. A., cédula jurídica N° 3-101-498964, presentó solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la junta directiva de PROCOMER en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Cine Red S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER N° 18-2009 de fecha 22 de junio de 2009, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto, ACUERDAN:

1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Cine Red S.A., cédula jurídica N° 3-101-498964, (en adelante denominada la beneficiaría), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º—La actividad de la beneficiaría consistirá en exportar servicios de pre-producción de campo, producción y post-producción dirigidos a productoras audiovisuales, medio de comunicación e información y renta de equipo cinematográfico.

3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Zona Franca Metropolitana S.A., ubicado en la provincia de Heredia.

4º—La beneficiaría gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los -beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre de 2001.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas, la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. No obstante, las exenciones últimamente mencionadas no se aplicarán cuando los beneficiarios potenciales puedan descontar, en su país de origen, los impuestos exonerados en Costa Rica o cuando realice actividades de comercialización, caso éste último en el cual se le reducirá la exoneración del impuesto sobre la renta en la misma proporción en que las efectúe.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 2 trabajadores, a más tardar el 1° de agosto de 2009. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 03 de mayo de 2011. Finalmente, la empresa beneficiaría se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 100%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento

a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 15 de julio de 2009. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual PROCOMER seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaría se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaría estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de PROCOMER ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaría de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaría deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que, para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con PROCOMER.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda-a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones-que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaría se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. Asimismo, la empresa deberá registrarse como patrono en el sistema que la Caja Costarricense de Seguro Social disponga para ello, a partir de la fecha en que se le notifique el ingreso al Régimen de Zonas Francas.

16.—La beneficiaria queda autorizada para realizar actividades productivas fuera del área habilitada como zona franca, por lo que podrá internar temporalmente al territorio aduanero nacional, al amparo del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, lo siguiente: Equipo de uso cinematográfico en general; cámaras de cine; cámaras de grabación en formato digital; cámaras de grabación en cinta o mini discos; juegos de lentes para esas cámaras; luces varias para uso en exteriores y estudio;

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soporte para luces varios como trípodes, andamios y grúas; banderas y filtros de gelatina y papel en diferentes calibres y colores; filtros para cámara; soportes para cámaras como trípodes, bases, dollys y grúas; material virgen como película, cintas, discos duros; equipo de cómputo necesario para editar; grabadoras de audio, micrófonos y equipos de reproducción de sonido; monitores para ver la imagen grabada de estante y portátiles; herramientas varias para mantenimiento de cámaras y luces; y bulbos de repuesto para luces.

17.—Rige a partir de su notificación.Comuníquese y publíquese.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis

días del mes de junio del año dos mil nueve.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior,

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(63134).

Nº 466-2009EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIORCon fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la

Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 121-2000 de fecha 18 de

mayo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 127 del 03 de julio de 2000; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 022-2006 de fecha 19 de enero de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 69 del 6 de abril de 2006; por el Acuerdo Ejecutivo N° 089-2008 de fecha 6 de marzo de 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 19 del 28 de enero de 2009; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 187-2009 de fecha 18 de marzo de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°119 del 22 de junio de 2009; a la empresa Samuel Aarón de Oro S. R. L., cédula jurídica número 3-102-089480, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados el día 26 de junio de 2009, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Samuel Aarón de Oro S. R. L., solicitó la disminución del nivel mínimo de empleo y del nivel de inversión.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Samuel Aarón de Oro S. R. L., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 56-2009 de fecha 29 de junio de 2009, acordó recomendar lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el Ministro de Comercio Exterior, mediante el Oficio DM-911-1 de 26 de septiembre de 2001, señaló lo siguiente:

“(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarías del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general, al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (...)”V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto;

ACUERDAN:1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 121-2000 de fecha 18 de

mayo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°127 del 3 de julio de 2000 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula sexta, se lea de la siguiente manera:

“6. La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 15 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al

menos $150,000.00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo.

PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de la beneficiaría, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos en el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaría, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 121-2000 de fecha 18 de mayo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 127 del 3 de julio de 2000 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.Comuníquese y publíquese.Dado en la Presidencia de la República. San José, a los ocho días del

mes de julio del año dos mil nueve.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior,

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(63128).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍANº 018-2009-MICIT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, y el artículo 7º, inciso i) de la Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, Nº 8316, publicada en La Gaceta Nº 205 del 24 de octubre del 2002, adicionada por el artículo único de la Ley de Exención del Pago de los Derechos de Salida del Territorio Nacional para quienes Representen al País en Actividades Deportivas, Artísticas y Culturales en el Exterior, Nº 8367, publicada en La Gaceta Nº 166 del 29 de agosto del 2003.

ACUERDAN:Artículo 1º—Designar a la estudiante Mary Luz Barrios Hernández,

pasaporte Nº 112740561, para que represente a nuestro país en la “VII Convención Internacional sobre Medio Ambiente y Desarrollo”, a realizarse del 5 al 11 de julio del presente año, en La Habana, Cuba.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por los organizadores del evento. La exoneración corresponderá al pago de los impuestos de salida del país.

Artículo 3º—Rige a partir del día cinco de julio del dos mil nueve, y hasta su regreso el día doce de julio del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República, el día veintiséis de junio del dos mil nueve.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Ciencia y Tecnología, Eugenia M. Flores Vindas.—1 vez.—(O. C. Nº 93406).—(Solicitud Nº 29156).—C-15020.—(63506).

Nº 020-2009-MICITEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍAEn uso de las facultades que le confieren los artículos 140, inciso

20) y 146 de la Constitución Política, y el artículo 7º, inciso i) de la Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional, Nº 8316, publicada en La Gaceta Nº 205 del 24 de octubre del 2002, adicionada por el artículo único de la Ley de Exención del Pago de los Derechos de Salida del Territorio Nacional para quienes Representen al País en Actividades Artísticas y Culturales en el Extranjero, Nº 8367, publicada en La Gaceta Nº 166 del 29 de agosto del 2003.

ACUERDAN:Artículo 1º—Designar a la estudiante Diana Sofía Valverde Méndez,

pasaporte Nº 114760456, para que represente a nuestro país en la “III Olimpiada Centroamericana de Química”, a realizarse del 26 de julio al 1º de agosto del presente año, en la Universidad de San Carlos en Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje y alimentación serán cubiertos por los organizadores del evento, el transporte aéreo será cubierto por el Fondo de Incentivos en conjunto con los padres de familia. La exoneración corresponderá al pago de los impuestos de salida del país.

Artículo 3º—Rige a partir del día veinticinco de julio del dos mil nueve, y hasta su regreso el día dos de agosto del dos mil nueve.

Dado en la Presidencia de la República, el día seis de julio del dos mil nueve.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Ciencia y Tecnología, Eugenia M. Flores Vindas.—1 vez.—(O. C. Nº 93406).—(Solicitud Nº 29151).—C-17270.—(63507).

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 33

RESOLUCIONESMINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución Nº 006-2009-MICIT.—Poder Ejecutivo.—San José, a las catorce horas del día diecisiete de junio del dos mil nueve.

Gestión de pago de la factura Nº 2008-12-000000472 y 2008-11-000000475, presentadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, cédula jurídica Nº 4-000-042139, correspondientes al servicio telefónico del mes de noviembre y diciembre del 2008.

Resultando:1º—Que mediante los oficios Nos. PI-036-2009 y PI-054-2009

con fechas 25 de febrero del 2009, y 13 de marzo consecutivamente, el señor Domingo Lezcano, funcionario del Departamento de Proveeduría, le indica al señor Oficial Mayor, Lic. Gustavo Ulate, que las facturas Nos. 2008-11-000000475 y 2008-12-000000472 del Instituto Costarricense de Electricidad, se excede en el contenido, por lo que no se puede contabilizar y a su vez sugiere tramitar dicha factura por medio de una Resolución Administrativa.

2º—Mediante oficio Nº MICIT-DGFA-073-2009, con fecha 7 de mayo del 2009, el señor Gustavo Ulate, solicita a la Asesoría Jurídica, la realización de la Resolución Administrativa que se requiere para el pago de la factura Nº 2008-11-000000475 por un monto de ¢2.070.755,00 (dos millones setenta mil setecientos cincuenta y cinco colones 00/100), y la factura Nº 2008-12-000000472 por un monto de ¢1.783.325,00 (un millón setecientos ochenta y tres mil trescientos veinticinco colones 00/100), a nombre el Instituto Costarricense de Electricidad.

3º—Para el inicio de esta resolución, la Asesoría Jurídica mediante el oficio Nº AJ-124-2009, con fecha 13 de mayo del 2009, le solicita al señor Luis Jiménez que indique la razón por la cual no se pudo realizar el pago de dicha factura.

4º—El Lic. Luis Jiménez Rojas, mediante el oficio Nº URF-022-2009, indica que el pago no se realizó debido a que no se procedió a reservar el respectivo disponible presupuestario mediante la correspondiente solicitud de pedido.

5º—Para el dictado de esta resolución se han observado los procedimientos de ley.

Considerando:I.—Hechos probados: Para el dictado de la presente resolución,

este Ministerio tiene por demostrados los siguientes hechos: a) Que el Ministerio de Ciencia y Tecnología requiere para su funcionamiento de la utilización de los servicios de telefonía para cumplir con los objetivos que constitucional y legalmente le han sido encomendados. b) Que el Instituto Costarricense de Electricidad es la entidad facultada legalmente para brindar dicho servicio en forma exclusiva en el territorio nacional. c) Que mediante las facturas Nos. 2008-11-000000475 por un monto de ¢2.070.755,00 (dos millones setenta mil setecientos cincuenta y cinco colones 00/100) del mes de noviembre, y 2008-12-000000472 por un monto de ¢1.783.325,00 (un millón setecientos ochenta y tres mil trescientos veinticinco colones 00/100 del mes de diciembre del año 2008. Dicha entidad pone al cobro las facturaciones del mes de diciembre del año 2008, correspondiente a servicios telefónicos por un monto total de ¢3.854.080,00. d) Que el señor Domingo Lezcano, funcionario del Departamento de Proveeduría, le indica al señor Gustavo Ulate, que con las facturas se excede el contenido, por lo que no se puede contabilizar y a su vez sugiere tramitar dichas facturas por medio de una Resolución Administrativa.

II.—Procedencia del pago de la factura presentada: El artículo 15 de la Ley de Contratación Administrativa estipula la obligación de la Administración de cumplir con todos los compromisos adquiridos válidamente, en la contratación administrativa. En el caso concreto este Ministerio recibió de Instituto Costarricense de Electricidad el servicio telefónico que ha puesto al cobro a través de las facturas Nos. 2008-11-000000475 por un monto de ¢2.070.755,00 (dos millones setenta mil setecientos cincuenta y cinco colones 00/100), y 2008-12-000000472 por un monto de ¢1.783.325,00 (un millón setecientos ochenta y tres mil trescientos veinticinco colones 00/100), proveniente de servicios telefónicos, los cuales fueron recibidos a satisfacción por este Ministerio. En ese sentido, se debe autorizar el pago de las facturas puestas al cobro por un monto total de ¢3.854.080,00 (tres millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ochenta colones 00/100), según lo indicado en las facturas.

III.—Pago del servicio mediante resolución administrativa: De conformidad con lo estipulado en el “Instructivo sobre aspectos mínimos a considerar en el análisis de los documentos de ejecución presupuestaria en el proceso de visado”, puntos 3.5.2.1.4 a) por tratarse en la presente resolución de pago de una cuenta pendiente de un ejercicio presupuestario anterior, se ordena el inicio de las gestiones tendientes a determinar la eventual responsabilidad que pudiera derivar por los actos que originan este pago.

Subpartida correspondiente para el pago. En virtud de que las facturas Nos. 2008-11-000000475 y 2008-12-000000472 se refiere a un compromiso del año 2008, su pago debe realizarse con cargo a la subpartida presupuestaria 10204: “Servicios de Telecomunicaciones”. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y con fundamento en las consideraciones que anteceden,

RESUELVEN:Pagar al Instituto Costarricense de Electricidad, cédula jurídica Nº

4-000-042139, la suma total de ¢3.854.080,00 (tres millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ochenta colones 00/100), por concepto del pago de las facturas Nos. 2008-11-000000475 y 2008-12000000472 de noviembre y diciembre de 2008 respectivamente, correspondiente al pago del servicio telefónico del mes de noviembre y diciembre del 2008, con cargo a la subpartida presupuestaria 10204: “Servicios de Telecomunicaciones”. Ordénese a la Unidad de Recursos Financieros cumplir con el pago de las facturas pendientes Nos. 2008-11-000000475 y 2008-12000000472.

Notifíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Ciencia y Tecnología, Dra. Eugenia M. Flores Vindas.—1 vez.—(O. C. Nº 93406).—(Solicitud Nº 29148).—C-57020.—(63508).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍAINSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN

Y TRANSFERENCIA EN TECNOLOGÍA AGROPECUARIAPara ser ejecutado por Junta Directiva, sesión Nº 183 ord., artículo

10, celebrada el 12-05-2009, acuerdo Nº 10:SE ACUERDA:

Se acoge el criterio DAGJ-0370-2009 de fecha 11 de marzo de 2009, de la Contraloría General de la República, según oficio de la Auditoría Interna AUI-INTA-039-2009 de fecha 24 de marzo del 2009, y, conforme los candidatos sugeridos por la Dirección Ejecutiva, se nombra al Ingeniero Nevio Bonilla Morales, funcionario del INTA, como nuevo miembro en la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones del INTA, con voz y voto, en sustitución de la Licenciada Emily Vargas Rivera, quien asistirá a las sesiones que celebre ese órgano en calidad de asesora en materia de su competencia, con voz pero sin voto. Acuerdo firme. Ejecútese por parte de la Dirección Ejecutiva.—Lic. Isabel Alvarado A., Directora Administrativa-Financiera.—Dr. Bernardo Mora Brenes, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 4117).—(Solicitud Nº 25004).—C-12020.—(63154).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESDIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

AVISOPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Dirección General de Aviación Civil, avisa al propietario de la aeronave matrícula TI-AHK Aerotransportes de Occidente S. A., que la misma se encuentra ocupando un espacio en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, Pavas, San José. Por lo tanto, se previene al o los interesados que en el término perentorio de 30 días hábiles deben proceder a retirarla del aeropuerto, caso contrario se procederá a declararla en abandono y se pondrá dicha aeronave a disposición de la Dirección General de Aviación Civil para lo que corresponda, de conformidad con la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973, artículo 247, incisos b) y c).—San José, a las once horas del día dos de junio del dos mil nueve.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—(O. C. Nº 20424).—(Solicitud Nº 4936).—C-36020.—(60968).

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 57, título Nº 1045, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Alvarado Alvarado Milanea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de julio del 2009.—MSc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(62805).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALCambio de Nombre Nº 61078

Que Annabella Rohrmoser Zúñiga, cédula 1-553-331, en calidad de Apoderada Especial de The Cartoon Network Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de THE CARTOON NETWORK LP, LLLP por el de THE CARTOON NETWORK, INC, presentada el día 25 de junio del 2009, bajo expediente 61078. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0006392. Registro Nº 190215 SAMURAI JACK

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en clase 43 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Vielka Sossa Obando, Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos.—1 vez.—Nº 119383.—(63396).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICASAVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma estatutos de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Zent, distrito Carrandi, cantón Matina, provincia de Limón. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomos: 577 y 2009, asientos: 25884 y 19405).—Curridabat, nueve de julio del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 118971.—(62995).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Los Ángeles para el Desarrollo Social y Cultural, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Colaborar con el desarrollo de proyectos ligados a la vida cultural, social y educativa de la comunidad de San Rafael Abajo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Jesús Seas Alfaro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 7415, y adicional tomo: 2009, asiento: 177513).—Curridabat, a los diez días del mes de julio del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 118977.—(62996).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-066830, denominación: Asociación Progresista de La Ciudadela El Zapote. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Documento tomo: 2009, asiento: 115460, con adicional(es): 156694-2009-1).—Dado en el Registro Nacional, a las once horas veintiún minutos y cincuenta y tres segundos del 16 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 119000.—(62997).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Ciudadanos de Hocsan, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Mejorar la calidad de vida de los asociados, mantener las costumbres de los ciudadanos de esa región China. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Yao Hun Lee Lee conocido como Manuel Lee Lee. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009, asiento: 149611, tomo: 2009, asiento: 178277).—Curridabat, a los catorce días del mes de julio del dos mil nueve.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 119041.—(62998).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Nacional de Vainilleros Unidos Aprovainilla, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Estimular y fomentar la producción de vainilla en nuestro país. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Elieth Diaz Mejias. Por encontrarse dicha’ entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2009 asiento: 76643, adicional tomo: 2009, asiento: 140875).—Curridabat, 16 de julio del 2009.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(63073).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONALEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 13481 P.—Condominio Residencial Cerro Colon, solicita concesión de: 3,25 litros por segundo del pozo AB - 2178, efectuando la captación en finca de Fiduciaria Lauca S. A. en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano doméstico Coordenadas 210.825 / 510.650 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(62471).

Exp. 13493P.—Arnoldo Quesada Oviedo, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo RG-558, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús, Atenas, Alajuela, para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 217.700 / 489.300 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(62483).

Expediente 13492P.—Inversiones Jensen S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo AB-2457, efectuando la captación en finca de Inversiones Jensen S. A. en Aserrí, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 203.200 / 525.300 hoja abra. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefa.—Nº 118800.—(62552).

Expediente 13483A.—Carlos Agüero Bermúdez solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Grifo Alto, Puriscal, San José para uso doméstico-consumo humano. Coordenadas 207.450 / 493.250 hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio de 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 118924.—(62553).

Expediente Nº 13479A.—José Pablo Brenes Picado, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento La Piedra, efectuando la captación en finca de dominio público el estado calle pública, en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 200.350/539.450, hoja Tapantí. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(62705).

Expediente Nº 13478A.—Juan Carlos Flores Salas, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento La Piedra, efectuando la captación en finca de dominio público el estado calle pública, en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 200.350/539.450, hoja Tapantí. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(62707).

Expediente Nº 13480A.—Malber de Tobosi E I R S. A., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento La Piedra, efectuando la captación en finca de dominio público el Estado calle pública, en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 200.350/539.450, hoja Tapantí. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(62709).

Expediente Nº 9050A.—Quebrada Seca S. A., solicita concesión de: 0,50 litros por segundo de la quebrada Seca, efectuando la captación en finca de Miroslaw Arangelovic en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano, doméstico, turístico, recreación. Coordenadas 175.947/468.263, hoja Herradura. Predios inferiores: Guido Alpízar Rodríguez. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(62757).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 9059A.—Hacienda El Retiro S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del nacimiento La Bomba, efectuando la captación en finca de Liebres S. A., en Pacayas, Alvarado, Cartago, para uso agropecuario, lechería, consumo humano, doméstico. Coordenadas: 217.800 / 557.400, hoja Istaru. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 118969.—(63003).

Expediente Nº 7621A.—Juan José Valenciano Rojas, solicita aumento de caudal y ampliación de usos de la concesión de: 0,18 litros por segundo del río Pinol, efectuando la captación en finca de Wilbert Alexander Salas

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Villalobos, en Guadalupe, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 240.100 / 491.500, hoja Quesada. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de julio del 2009.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 119028.—(63004).

PODER JUDICIAL

AVISOSDIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección, se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notario(a) de Jermaine Eduardo Cruickshank Edwards, carné 17668, cédula: 112290918, expediente Nº 09-000856-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta este(a) lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, siete de julio del año dos mil nueve.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—Nº 119001.—(63014).

Ante esta Dirección se ha presentado solicitud de inscripción y habilitación como notaria de Seidy Barrantes Arroyo, carné 13146, cédula 1-0897-0783, expediente Nº 09-000276-0624-NO, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación.—San José, veintinueve de abril del año dos mil nueve.—Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, Director.—1 vez.—(63071).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOSNº 14-2009

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES ACUERDA:De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo

110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se autoriza a la señora Dana Barnett Thompson, portadora de la cédula de identidad número siete-cero setenta y ocho-cuatrocientos cuarenta y uno, Coordinadora de Apoyo de la Oficina Regional del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil de Limón, para que firme las certificaciones y constancias de hechos civiles que se expidan en la citada oficina. Rige a partir de su publicación. San José, a las doce horas del dieciséis de julio del dos mil nueve.—Max Alberto Esquivel Faerron, Presidente a. í.—Mario Seing Jiménez, Magistrado.—Zetty Bou Valverde, Magistrada.—Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado.—Ovelio Rodríguez Chaverri, Magistrado.—1 vez.—(O. C. Nº 93148).—C-12770.—(63148).

RESOLUCIONESN.° 3135-M-2009.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a

las nueve horas veinte minutos del diez de julio de dos mil nueve. Expediente 091-B-2009.

Diligencias de cancelación de las credenciales que ostenta el señor Miguel Ángel Montero Alfaro como Síndico Propietario del distrito San Pablo, de la Municipalidad de Barva, provincia Heredia.

Resultando:1º—Mediante oficio número SM-461-09 de fecha 26 de marzo de

2009, recibido vía fax en la Secretaría de este Tribunal el 27 de marzo del año en curso, la señora Patricia M. Campos Varela, en su condición de Secretaria de la Municipalidad de Barva, provincia Heredia, comunicó a este Tribunal lo dispuesto por ese órgano colegiado en el acuerdo Nº 522-09, artículo 2º de la sesión ordinaria Nº 18-2009, celebrada el 25 de marzo de 2009, en el cual se acogió la renuncia presentada por el señor Miguel Ángel Montero Alfaro al cargo de síndico propietario del distrito San Pablo, de la citada municipalidad (folios 1 al 4 del expediente).

2º—Este Tribunal mediante auto de las 8:20 horas del 2 de abril de 2009 previno a la Secretaría del Concejo Municipal de Barva, provincia Heredia para que remitiera original o copia certificada de la carta de renuncia presentada ante ellos por el señor Montero Alfaro (folio 18).

3º—En oficio Nº SM 23-2009 del 2 de abril de 2009, presentado ante la Secretaría de este Tribunal el 3 de abril del año en curso, la Secretaría del Concejo Municipal de Barva cumplió con la prevención que se le formulara (folios 20 a 22)

4º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.Redacta la Magistrada Bou Valverde; y,

Considerando:I.—Hechos probados. Para la resolución del presente asunto, se

tienen por acreditados los siguientes: a) que el señor Miguel Ángel Montero Alfaro fue designado como síndico propietario por el distrito San Pablo en la Municipalidad del cantón de Barva, provincia Heredia, según lo declarado por este Tribunal en resolución número 0206-E-2007 de las 7:10 horas del

18 de enero de 2007 (ver copia de la citada resolución agregada a folio 6 y siguientes de este expediente); b) que el señor Montero Alfaro fue propuesto por el Partido Liberación Nacional (ver nómina de candidatos visible a folio 5 de este expediente); c) que el señor Montero Alfaro planteó, ante el Concejo Municipal de Barva, la renuncia al cargo de síndico propietario del distrito San Pablo (folios 1 a 4 y 20 a 22); d) que el Concejo Municipal de Barva en el artículo 02 de la sesión ordinaria n.° 18-2009, celebrada el 25 de marzo de 2009, conoció de la renuncia formulada por el señor Montero Alfaro al cargo de síndico propietario de esa Municipalidad, disponiendo al respecto en el acuerdo n.° 522-09, acogerla (folios 1 a 4 ); e) que la Síndica Suplente del distrito San Pablo en la Municipalidad de Barva, provincia Heredia es la señora Gladys Carvajal Vargas (ver resolución número 0206-E-2007 de las 7:10 horas del 18 de enero de 2007 y nómina de candidatos, folios 5 al 17).

II.—Sobre el fondo: Con base en lo dispuesto en el artículo 56 del Código Municipal, la renuncia formulada por un miembro del Concejo de Distrito constituye causal para la cancelación de la credencial que en ese carácter ostenta. Esa causal resulta aplicable al síndico propietario y suplente, por cuanto, de conformidad con el artículo 55 del referido cuerpo normativo, ambos son miembros del Concejo de Distrito.

Por lo anterior, al haberse acreditado en autos que el señor Miguel Ángel Montero Alfaro, en su condición de Síndico propietario del distrito San Pablo, cantón Barva, provincia Heredia, renunció voluntariamente a su cargo y que su renuncia fue conocida y acogida por el Concejo de dicha municipalidad, lo procedente es cancelar su credencial.

Al cancelar la credencial del señor Montero Alfaro se produce una vacante en la Municipalidad antes mencionada que es necesario llenar según se desprende de la relación de los artículos 58 y 25, inciso c), del Código Municipal. Al haberse probado en autos que la Síndica Suplente del distrito San Pablo, cantón Barva, provincia Heredia, es la señora Gladys Carvajal Vargas, se le designa para llenar la vacante que dejó el señor Montero Alfaro. La presente designación rige a partir de su juramentación y hasta el cuatro de febrero del dos mil once, fecha en que finaliza el presente período legal. Por tanto,

Se cancela la credencial de Síndico Propietario del distrito San Pablo, cantón Barva, provincia Heredia, que ostenta el señor Miguel Ángel Montero Alfaro. En su lugar se designa a la señora Gladys Carvajal Vargas. La anterior designación rige a partir de su juramentación y hasta el cuatro de febrero del dos mil once, fecha en que finaliza el presente período legal. Comuníquese y publíquese en el diario oficial La Gaceta.

Notifíquese. Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría Mario Seing Jiménez.—Zetty Bou Valverde.—Fernando del Castillo Riggioni.—1 vez.—(O. C. Nº 93188).—C-60020.—(63149).

EDICTOSRegistro Civil-Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lilliam Mayela Castro Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1193-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil nueve. Expediente Nº 22768-09. Resultando: 1º—…, 2º—..., 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de John Paul Shepherd Castro..., en el sentido que el nombre del padre de la persona ahí inscrita es “Don Keith”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 118955.—(63005).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Johana Patricia Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 900-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y siete minutos del veintinueve de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 2350-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Manfred Anderson Gutiérrez González..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Johana Patricia Gutiérrez, no indica segundo apellido”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119011.—(63006).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Isaí Gutiérrez Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1461-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y siete minutos del quince de junio del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 38448-2005. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el _fondo:… Por tanto: _Rectifíquense los asientos de nacimiento de Isaí Gutiérrez Gutiérrez, en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Ramírez Gutiérrez”, y el de José Daniel Gutiérrez Paniagua, en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Ramírez Gutiérrez”, y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Bach. Abel Álvarez Ramírez, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119018.—(63007).

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Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Mercedes Franco Artavia, debidamente ratificada por Katherine y Catalina Viviana ambas de apellidos Artavia Solís, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1098-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, _a las ocho horas y treinta y siete minutos del veintiséis de junio del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 10139-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de María Mercedes Franco Artavia..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “María Gerardina Montes Artavia”, y no como se consignó, consecuentemente el segundo apellido de la misma es “Montes” asimismo los asientos de nacimiento de Katherine, Catalina Viviana y Hellen María, de apellidos Artavia Solís y Brandon Eloy López Artavia..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “María Mercedes Franco Montes”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119019.—(63008).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Miury Patricia Lobo González, conocida como Miury Patricia González Solís, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 783-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y treinta y ocho minutos del once de abril del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 0904-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Génesis Quesada González... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Lobo González”, y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119042.—(63009).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Paola Núñez Esquivel, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 702-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y doce minutos del diecinueve de mayo del dos mil nueve. Ocurso. Expediente Nº 3005-09. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Dayling Linnette Narváez Núñez..., en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Altamirano”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119061.—(63010).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yamileth de los Ángeles Medrano Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 723-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del veinte de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 42898-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Yancy Rivera Medrano..., en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Yamilet de los Ángeles”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119070.—(63011).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Roberto José Gómez Sandoval, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1510-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas veinte minutos del catorce de julio del dos mil ocho. Expediente Nº 35727-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Roberto José Gómez Sandoval con Marta Verónica Rivera Muñoz.... en el sentido que el número de cédula de residencia del cónyuge es “doscientos setenta-ciento siete mil cuatrocientos cincuenta y uno-cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y tres”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 119074.—(63012).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jacqueline del Socorro Morán López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 783-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del veintidós de mayo del dos mil nueve. Expediente Nº 42661-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto. Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jacqueline Mora López... en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Morán”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 119087.—(63013).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Socorro Romero, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 386-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil nueve. Ocurso. Exp Nº 39748-2008. Resultando 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...

Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Michael José Quesada Romero y el de Rosemary Lizeth Cortçes Romero, en el sentido que el apellido de la madre es “Romero, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(63066).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónRufina Edmunda Vallejo Castillo, mayor, casada, del hogar,

nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-95514-38386, vecina de Alajuela, expediente Nº 1133-2008. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, once de junio del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(63505).

María Elena Escobar Sagarra, mayor, soltera, recepcionista, cubana, cédula de residencia Nº 315-175846-004930, vecina de San José, expediente Nº 3161-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(63649).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONESPODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIADIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍAEl Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales

proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de contratación:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000012-PROVCompra de jabón líquido antibacterial para dispensador en spray

y toallas de papel para dispensador para secado de manosFecha y hora de apertura: 26 de agosto del 2009, a las 10:00 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000105-PROVAlquiler de local para ubicar al Juzgado de Seguridad Social

del Primer Circuito Judicial de San JoséFecha y hora de apertura: 4 de agosto del 2009, a las 10:00 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000106-PROVAlquiler de local para ubicar la Oficina Regional del Organismo de Investigación Judicial de Upala

Fecha y hora de apertura: 19 de agosto del 2009, a las 14:00 horas.Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de

la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3° piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada por la avenida 6, calle 15, San José; o bien, obtenerlos a través de internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección [email protected]. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623 / 2295-3295.

San José, 24 de julio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(64500).

BANCO DE COSTA RICALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-005009-01

Contratación del servicio de importacióny exportación de notas bancarias

El Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos del día 9 de setiembre del 2009, para la licitación en referencia.

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Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el 3er. piso del edificio central, ubicado entre calles 4 y 6, avenidas 0 y 2, de 9 de la mañana a las 2 de la tarde.

San José, 23 de julio del 2009.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. 58243).—(Solicitud Nº 28374).—C-11270.—(64514).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERESPROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000010-01Adquisición de cinco vehículos tipo rural todo terreno

El Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), le invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000010-01. Se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 10 de agosto de 2009, para la licitación arriba mencionada.

El cartel se encuentra disponible en la página electrónica www.inamu.go.cr y en la proveeduría del INAMU en Granadilla Norte de Curridabat, del taller Wabe 100 metros este.

San José, 21 de julio del 2009.—Lic. Abdenago López Chacón, Coordinador Administrativo INAMU.—1 vez.—(O. C. Nº 9608).—(Solicitud Nº 10446).—C-9770.—(64527).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000028-01Adquisición e implementación de una solución

informática de calidad de datosLa Municipalidad del cantón Central de Alajuela, recibirá ofertas

por escrito hasta las 11:00 horas del día 05 de agosto del 2009, para la supracitada licitación.

Las especificaciones técnicas y condiciones generales deben retirarse en la Oficina de la Proveeduría, a partir de esta publicación, sita de la esquina suroeste de la iglesia la Agonía, 100 metros oeste, tercera planta, edificio Lauguiale, de lunes a jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30.

Lic. Giovanni Robles Rojas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(64466).

MUNICIPALIDAD DE OSALICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000001-01

Construcción de pavimento flexible en el accesoprincipal del distrito de Bahía Ballena

La Proveeduría de la Municipalidad de Osa avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 18 de agosto del 2009 en la Proveeduría de este Municipio, de conformidad con las condiciones solicitadas en el cartel de suministro, el cual se encuentra a disposición de los interesados únicamente en el Departamento de la Proveeduría Municipal y tiene un costo de ¢ 1.000,00 (mil colones).

Ciudad Cortés, 28 de julio del 2009.—Proveeduría.—Bach. Carlos Quintana Vargas.—1 vez.—(64138).

ADJUDICACIONESOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONCEJO NACIONAL DE CONCESIONESLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-00200

Contratación de un gerente para el Proyecto San José CalderaComunicado de acuerdo quinto de sesión ordinaria Nº 14-2009 del

Consejo Directivo del Consejo Nacional de Concesiones, referente a la Licitación Pública Nº 2008LN-000001-00200 denominado “Contratación de un gerente para el proyecto San José Caldera”.

Mediante acuerdo quinto de la sesión ordinaria Nº 14-2009 de las doce horas treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil nueve, del Consejo Nacional de Concesiones, el cual se encuentra firme, respecto a la Licitación Pública Nº 2008LN-000001-00200 “Contratación de un gerente para el proyecto San José Caldera”, se indica por tanto: según criterios técnicos y legales, lo establecido por la Contratación General de la República en su oficio DCA-1170 fechado 22 de abril del 2009, la recomendación de la Auditoría Interna emitida en el oficio AI-OF-NP-017-09 del 19 de febrero del 2009 y en razón de la importancia que reviste la Gerencia del Proyecto San José Caldera, lo recomendado por la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones, se declara desierta la Licitación Pública Nº 2008LN-000001-00200 “Contratación de un gerente para el proyecto San José Caldera” y se autoriza a la administración a efectuar un análisis de los perfiles del personal profesional con que cuenta el Consejo Nacional de Concesiones o el Consejo Nacional de Vialidad del recurso humano existente para seleccionar el gerente del proyecto San José Caldera en procura de beneficiar el interés público. Acuerdo unánime.

La Proveeduría procede formalmente a ser de conocimiento de los oferentes participantes en este proceso, el acuerdo antes citado, quienes podrían interponer contra este acto dentro de los diez días hábiles siguientes a partir de esta publicación recurso de apelación ante la Contraloría General de la República de acuerdo con el numeral 174 y siguientes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Lic. Eduardo Arias Cabalceta, Director Administrativo y Financiero a. í.—1 vez.—(O. C. 01-2009).—(Solicitud Nº 34808).—C-24020.—(64518).

SALUDLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000015-UPIMS

Alquiler de edificio para el Área Rectora de Salud de CurridabatConsejo Técnico de Asistencia Médico Social

Se avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que por resolución de las 16:00 horas del 22 de julio del 2009, se adjudicó de la siguiente manera:

1. Adjudicar a Lagal S. A., cédula Nº 3-101-160958, línea única: Servicio de alquiler de edificio para Área Rectora de Salud de Curridabat, por un monto de $13.200,00 (trece mil doscientos dólares exactos).Inicio del servicio: Inmediato al recibo de la orden de compra y copia

del contrato autorizado por la Comisión Interna de aprobación de contratos. Plazo de entrega: De acuerdo con lo indicado en el cartel.

San José, 22 de julio del 2009.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93056-Solicitud Nº 4368).—C-14270.—(64495).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONESLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000025-87900

Compra de equipo de cómputo vario para varias direccionesdel Ministerio de Ambiente, Energía y TelecomunicacionesSe avisa a todos los interesados en esta licitación, para el Ministerio

de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, que por resolución de adjudicación 2009LN-000025-87900, del día 22 de julio del 2009, se adjudica de la siguiente manera:Oferta Nº 1: UMC de Costa Rica S. A., cédula jurídica: 3-101-153345

Líneas 24, 28, 34, 41, 71Monto total adjudicado $3.949,51Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $197,48, que corresponde al 5 % del monto de $3.949,51, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 2: Geotecnologías S. A., cedula jurídica: 3-101-178512Línea 7Monto total adjudicado $7.100,00Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $355,00, que corresponde al 5 % del monto de $7.100,00 que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 4 meses.

Oferta Nº 3: Alfa Gpr Tecnologías, S. A., cédula jurídica: 3-101-252838

Líneas 9, 10, 11, 12, 13, 22, la línea 39, se adjudica parcialmente por 37 unidades.

Monto total adjudicado $16.146,05Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $807,30, que corresponde al 5 % del monto de $16.146,05, que corresponde a lo adjudicado, y el plazo de vigencia será de 4 meses.

Oferta Nº 4: AEC Electrónica, S. A., cédula jurídica: 3-101-151538Línea 53Monto total adjudicado $2.410,00Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $120,50, que corresponde al 5 % del monto de $2.410,00, que corresponde a lo adjudicado, y el plazo de vigencia será de 4 meses.

Oferta Nº 5: I.S. Productos de Oficina, S. A., cédula jurídica: 3-101-059552

Línea 16Monto total adjudicado $1.550,00Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $77,50, que corresponde al 5 % del monto de $1.550,00, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 4 meses.

Oferta Nº 6: Asesores en Cómputo y Equipos C.R., S. A., cédula jurídica: 3-101-136961

Líneas 5, 14, 17, 19, 21, 26, 27, 30, 32, 36, 42, 44, 45, 58, 64, 65, 67, 69, 70, 72

Monto total adjudicado $19.575.43Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $978.80, que corresponde al 5% del monto de $19.575.43, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

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Oferta Nº 8: CR Conectividad, S. A., cédula jurídica: 3-101-108469Línea 49Monto total adjudicado ¢1.555.500,00Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de ¢77.775,00, que corresponde al 5 % del monto de ¢1.555.500,00 que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 11: Grupo Informático Costarricense, S. A., cédula jurídica: 3-101-158355

Línea 1, 15, 18, 37Monto total adjudicado $65.705,00Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $3.285,25, que corresponde al 5 % del monto de $65.705,00, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 12: Central de Servicios P.C. S. A., cédula jurídica: 3-101-096527

Línea 61Monto total adjudicado $4.632,78Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $231,64, que corresponde al 5 % del monto de $4.632,78, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 6 meses.

Oferta Nº 13: Power Solutions, S. A., cédula jurídica: 3-101-423076Línea 43Monto total adjudicado $3.014,00Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $150,70, que corresponde al 5 % del monto de $3.014,00, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 3 meses.

Oferta Nº 16: División Tecnológica Limce, S. A., cédula jurídica: 3-101-101281

Línea 35Monto total adjudicado $199,50Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $9,98, que corresponde al 5 % del monto de $199,50, que corresponde a lo adjudicado, y el plazo de vigencia será de 4 meses.

Oferta Nº 18: HJ Sistemas, S. A., cédula jurídica: 3-101-165205Líneas 2, 51Monto total adjudicado $19.150,00 (Líneas 2 y 51).Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $957,50, que corresponde al 5 % del monto de $19.150,00 que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 19: Componentes El Orbe, S. A., cédula jurídica: 3-101-111502

Línea 20, 25, 33, 40Monto total adjudicado $3.670,00 (Líneas 20-25-33-40)Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $183.50, que corresponde al 5% del monto de $3.670,00, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 20: Sistemas Convergentes, S. A., cédula jurídica: 3-101-142259

Líneas 48, 50, 57Monto total adjudicado $13.265.29Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $663,26, que corresponde al 5 % del monto de $13.265,29, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 21: Distribuidora Libro Técnico, S. A., cédula jurídica: 3-101-159784

Líneas 6, 8, 29, 55, 62, 68, 73Monto total adjudicado $11.257,32Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $562,87, que corresponde al 5% del monto de $11.257,32, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 22: Telerad, S. A., cédula jurídica: 3-101-049635Líneas 38, 46, 47, 54Monto total adjudicado $3.441,99Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $172,10, que corresponde al 5 % del monto de $3.441,99 que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses.

Oferta Nº 24: I.P.L. Sistemas, S. A., cédula jurídica: 3-101-090056Líneas 3, 23, 31, 56, 59, 60, 66Monto total adjudicado $19.624,86Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $981,25, que corresponde al 5% del monto de $19.624,86, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 7 meses.

Oferta Nº 26: Asesora Inmobiliaria y Negocio Red Global, S. A. y Telemática Internacional Corporación, S. A. cédula jurídica: 3-101-344598 /// 3-101-089988

Líneas 4, 52Monto total adjudicado $9.880,60

Debe presentar como garantía de cumplimiento el monto de $494,03, que corresponde al 5% del monto de $9.880,60, que corresponde a lo adjudicado y el plazo de vigencia será de 5 meses. Se declara infructuosa la línea 63, debido a que las empresas

ofertantes, no cotizaron esta línea.Forma de pago: La forma de pago será mediante la forma usual

de gobierno, por medio de Transferencia Electrónica, Caja única. Art. 33 R.L.C.A.

La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera, de acuerdo con la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren, de conformidad con la Resolución de la Contraloría General de la República del 28 de enero del 2000, publicada en La Gaceta Nº 28, del 9 de febrero del 2000.

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 30330-H, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 79 del 25 de abril del 2002.

Los oferentes podrán corroborar todos los pormenores de este proceso, revisando en el expediente administrativo, los documentos respectivos de Análisis Legal, Económico, de Adjudicación y la Resolución de Adjudicación , en los folios del 2725 al 2844, en horario de: 8 a. m. a 2 p. m. de lunes a viernes.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.San José, 22 de julio 2009.—Lic. Marcos Montero Cruz, Proveedor

Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 95871).—(Solicitud Nº 22077).—C-126000.—(64475).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVADEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder judicial, en sesión 71-09, celebrada el día 23 de julio del 2009, se dispuso adjudicar:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000058-PROVContratación de servicios profesionales para la digitalización

de folios que deberán ser migrados (incorporados) en elsistema visión 2020 Web (Sistema de información

integrado de administración electrónica dedocumentos y control de expedientes)

del Departamento de PersonalA: Arrendadora Comercial R & H S. A., cédula jurídica N° 3-101-193298.

La prestación de servicios profesionales para la digitalización de un mínimo de 472.397 folios, los cuales deberán ser migrados (incorporados) en el Sistema Visión 2020 Web (Sistema de información integrado de administración electrónica de documentos y control de expedientes). Demás características y condiciones según cartel

Precio unitario: ¢43,50Precio total: ¢20.549.269,50

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000061-PROVCompra de capillas de extracción de gases para las secciones

de Biología Forense, Pericias Físicas y Química Analíticadel Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses

A: Enhemd S.A, cédula jurídica N° 3-101-257737.Línea N° 1 Compra e instalación de una (1) capilla de extracción de

gases, marca Labconco, modelo 2247300.Precio de la capilla: $6.700,00Precio de la base estándar telescópica: $792,00Total: $7.492,00Línea N° 2 Compra e instalación de dos (2) capillas de extracción de

gases, marca Labconco, modelo 4880300.Precio unitario $10.600,00Precio total: $21.200,00Demás características y condiciones según cartel.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000063-PROVCompra, instalación y puesta en marcha de un

cromatógrafo de gases con head spaceA: AGETEC Centroamérica S. A., cédula jurídica N° 3-101-298468.

Compra, instalación y puesta en marcha de un cromatógrafo de gases, marca Agilent 7890, modelo G 1888, última generación.

Demás características y condiciones según cartel.Precio total $47.850,00San José, 24 de julio de 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic.

Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(64501).

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 39

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALPROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBPROCESO DE GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRASLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000025-PCAD

Contratación de servicios para el mantenimientopreventivo y correctivo del Sistema Supresor

de Incendios del edificio de InformáticaEl Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de

Desarrollo Comunal, comunica que la Comisión de Licitaciones Abreviadas mediante acta Nº 141-2009 del día 22 de julio del 2009, resolvió adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000025-PCAD, de la siguiente manera:Integraciones Tecnológicas del Este S. A., cédula jurídica Nº 3-101-

339462.Contratación de los servicios de mantenimiento preventivo y

correctivo del Sistema Supresor de Incendios del edificio de Informática.A) Mantenimiento preventivo

Precio PrecioDescripción Cantidad unitario total

Costo inspección inicial 1 $750,00 $750,00Costo por cada inspección establecida para los meses 7 750,00 5.250,002, 4, 5, 7, 8, 10 y 11Costo por cada inspección establecida para los meses 3 y 9 2 750,00 1.500,00Costo por cada inspección establecida para el mes 6 1 750,00 750,00Costo por cada inspección establecida para el mes 12 1 750,00 750,00

Costo total de la inspección del Sistema Supresor $9.000,00

Recarga de tanquetas

Costo de recarga de tanqueta 430 ml. 29 375,00 10.875,00Costo de recarga de tanqueta 342 ml. 5 325,00 1.625,00

Costo total recarga de tanquetas $12.500,00 I.V.I.Total de la oferta $21.500,00

Costo por hora del técnico $9,00(veintiún mil quinientos US dólares exactos)

Plazo de prestación contractual: El plazo del servicio a contratar será de un año, con opción de prórroga facultativa, por tres períodos iguales adicionales y consecutivos, hasta completar en consecuencia una prestación máxima posible de cuatro años (incluyendo mantenimiento preventivo y correctivo).

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento del 10% del total adjudicado con una vigencia mínima de catorce meses.

Para rendir esta garantía se deberán observar los requisitos y condiciones que al respecto establece el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Demás condiciones según informe de adjudicación Nº 127-2009 visible en folios 487 al 496 del expediente administrativo.

San José, 7 de julio del 2009.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(64487).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-2104Adquisición de computador unidad de proceso CPU

Empresa adjudicada: Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSan José, 24 de julio del 2009.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Jacqueline Villalobos Hdez., Coordinadora.—1 vez.—(64459).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000042-PRI

Contratación de servicios para engrase, cambio de aceitey filtros para los vehículos automotores

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº 2009-557 del 7 de julio del 2009; se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000042-PRI “Contratación de servicios para engrase, cambio de aceite y filtros para los vehículos automotores”, a:

Única oferta: RAC Servicentro M Y T S. A.Posición Nº 1, Cambio aceite vehículos livianos, a un precio por

servicio de ¢3.700,00.

Posición Nº 2, Cambio de aceite vehículos pesados, a un precio por servicio de ¢5.700,00.

* Para el pago de los insumos, se reserva la suma de ¢8.300.000,00 para aceite, y ¢6.500.000,00 para filtros.Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.San José, 24 de julio del 2009.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1

vez.—(O. C. Nº 2009-29).—C-15020.—(64477).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIALDEPARTAMENTO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2009LA-000002-PROVConstrucción de la adecuación estructural

del mezzanine del Almacén GeneralA los interesados en la presente licitación se les informa que con

fundamento en el artículo 13, inciso p) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General procedió a adjudicar la Licitación Abreviada 2009LA-000002-PROV por “Construcción de la adecuación estructural del mezzanine del Almacén General”, de la siguiente manera:Adjudicatario: Macroestructuras S. A., cédula jurídica: 3-101-067935

Monto total: ¢22.987.099,02Plazo de entrega: 10 semanasTodo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de

cumplimiento equivalente a un 5 % (cinco por ciento) del monto total adjudicado, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía debe tener una vigencia mínima de dos meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto de la presente contratación.

San José, 24 de julio del 2009.—Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 12450).—C-14960.—(64465).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARALICITACIÓN PÚBLICA 2009LN-000001-CL

Mejoras en tanques de almacenamiento en elacueducto de Santa Bárbara

La Municipalidad de Santa Bárbara informa que según acuerdo del Concejo Municipal Nº 2837-09, en sesión extraordinaria Nº 92, del 17 de julio del 2009, se adjudicó a la empresa Sistemas Electromecánicos Felipe & Felipe S. A., esta empresa obtuvo la mayor calificación y cumple así todas las disposiciones del cartel de licitación, además satisface las necesidades de la Municipalidad. El monto total para esta contratación es de ¢41.205.425,00 (cuarenta y un millones doscientos cinco mil cuatrocientos veinticinco colones exactos). Cualquier consulta a los teléfonos 2269-7073 / 2269-9081, ext. 06, fax: 2269-9368, correo electrónico [email protected].

22 de julio del 2009.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(64516).

MUNICIPALIDAD DE AGUIRRELICITACIÓN ABREVIADA Nº 20009LA-000004-01

Mejoramiento de camino Tres PiedrasEL Concejo de la Municipalidad de Aguirre, en sesión ordinaria

Nº 302, artículo tercero, asuntos de tramitación urgente, acuerdo Nº 3, celebrada el 14 de julio del 2009, acuerdan declarar infructuosa la Licitación Nº 2008LA-000004-01 Mejoramiento de Camino Tres Piedras, no se cuenta con el presupuesto para cubrir montos ofertados.

Aguirre, 23 de julio del 2009.—Gerardo Agüero Benavides, Proveedor Municipal.—1 vez.—(64512).

AVISOSBN VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000001-CLContratación de servicios de seguridad y vigilancia

para BN Valores, Puesto de Bolsa S. A.BN Valores, Puesto de Bolsa S. A. informa a los interesados, que el

Comité de Licitaciones en su sesión número noventa del día veinticuatro de julio del 2009 resolvió adjudicar la licitación arriba indicada a la empresa Comandos de Seguridad Delta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-125925-1.

San José, 24 de julio del 2009.—Departamento Administrativo.—Samuel Araya Retana, Gerente Administrativo.—1 vez.—(64531).

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VARIACIÓN DE PARAMETROSCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOSÁREA PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

1. Que han sido avaladas por el ente autorizado las siguientes fichas técnicas:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN MEDICAMENTO VERSIÓN CFT

1-10-13-4110 Hierro (Dextrano o Sorbitol o Polimaltosato) equivalente a 50 mg de hierro / mL. Inyectable.

32902Rige a partir de su

Publicación

1-10-41-3795 Etopósido 20 mg / mL. Inyectable. Ampolla con 5 mL o Frasco ampolla con 5 mL

42702Rige a partir de su

Publicación

1-10-29-1750 Venlafaxina clorhidrato equivalente a 75 mg de venlafaxina. Cápsulas de liberación prolongada

58002Rige a partir de su

Publicación

1-10-50-3070

Folinato base 50 mg. (como folinato cálcico). Polvo liofilizado. Inyectable. Frasco ampolla o Folinato base 50 mg / 4 mL o 5 mL (como folinato cálcico). Solución estéril. Inyectable. Frasco ampolla con 4 mL o 5 mL

01704Rige a partir de su

Publicación

1-10-32-6190 Hidróxido de Aluminio, 5,5 a 6,7% P/P. Suspensión oral. Frasco con 120 mL a 180 mL

10105Rige a partir de su

Publicación

1-10-17-3860 Fentanilo base 0,05 mg / mL. Solución Inyectable. Ampolla con 2 mL.

41104Rige a partir de su

Publicación

1-10-32-6190 Hidróxido de Aluminio 5,5 a 6,7% P/P. Suspensión oral. Frasco con 120 mL a 180 mL.

10105Rige a partir de su

Publicación

1-10-50-7420 Polistireno Sulfato Sódico. Polvo para suspensión con sabor agradable o sin sabor. Frasco con 400 g a 454 g.

27505Rige a partir de su

Publicación

Las variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a la CCSS), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: Publicaciones, Medicamentos, Fichas Técnicas de Medicamentos, Fichas Almacenables.

2. El Comité Central de Farmacoterapia como ente asesor de la Gerencia Médica y la delegación que esta le confiere, en referencia a la Normativa para el Registro de Oferentes de Medicamentos Antineoplásicos de la Institución, acuerda lo siguiente: se acogen las modificaciones para que se lea como sigue:

NORMATIVA PARA EL REGISTRO DE OFERENTES Y ADQUISICIÓNDE MEDICAMENTOS ANTINEOPLÁSICOS EN LA INSTITUCIÓN

• La normativa aplica para el respectivo Registro de Oferentes de Medicamentos ante la CCSS, que acoge a todos los medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas incluidos en la Lista Oficial de Medicamentos (LOM).

• Esta normativa aplica para aquellos medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas incluidos en la Lista Oficial de Medicamentos (LOM) QUE ESTEN registrados o no registrados ante el Ministerio de Salud de Costa Rica y que participan en procesos de adquisición a nivel central y a nivel local. CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA ADQUISICIÓN DEMEDICAMENTOS DENOMINADOS ANTINEOPLÁSICOS

Y OTROS MEDICAMENTOS DE USO ESPECÍFICOEN PATOLOGÍAS ONCOLÓGICAS

Y HEMATO-ONCOLÓGICAS1. Para los medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de

uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas se debe presentar la certificación emitida por la Dirección Médica General del Hospital General u Oncológico o Instituto del Cáncer del país de origen del laboratorio fabricante, firmada por la máxima autoridad en oncología médica y el Director Médico General del Centro Médico, en la que se indique la cantidad anual consumida por pacientes del medicamento fabricado por dicho laboratorio, el número de camas de ese hospital destinado a adultos y el índice ocupacional (para medicamentos de uso parenteral), y el número de consultas en oncología y onco-hematología (para medicamentos de uso oral). Toda la información debe corresponder al mismo año en que se registra en la Caja o preferiblemente al año anterior a la fecha del registro. Al realizarse el análisis por la CCSS si el fármaco tiene un consumo en el Hospital General u Oncológico o Instituto del Cáncer del país de origen, igual o mayor al 100% al consumido en el Hospital Nacional San Juan de Dios, se determinará con un estudio comparativo de dosis diaria definida (DDD) por 100 camas hospital/día para los medicamentos de uso parenteral, y con un estudio comparativo de dosis diaria definida (DDD) por 1000 consultas/día para los medicamentos de uso oral, se les dará el aval de oferente y se incorporará en el Registro en la Caja. En el

caso de oferentes que sean Laboratorios Nacionales, con base a un estudio comparativo de dosis diaria definida (DDD) por 100 camas hospital/día (medicamentos de uso parenteral) o 1000 consultas/día (medicamentos de uso oral) tomando como referencia al Hospital San Juan de Dios, si el resultado es igual o superior al estudio de DDD del año anterior al Registro del medicamento en la Caja, se les dará el aval de oferente y se incorporará en el Registro en la Caja.

2. Certificación del medicamento específico (oral o parenteral) que solicita su registro en la Caja, emitida por la Dirección Médica General del Hospital General u Oncológico o Instituto del Cáncer del país de origen del laboratorio fabricante, firmada por la máxima autoridad en oncología médica y el Director Médico General del Centro Médico, en la que se presente el consumo anual en pacientes, resultados de efectividad y seguridad que han obtenido con el uso del medicamento en el tratamiento de pacientes con patología hemato-oncológica y el tipo de patologías oncológicas tratadas con el producto. Los documentos deben reportar en forma completa y concreta, la efectividad del producto, el tipo y porcentaje de efectos secundarios presentados por los pacientes que han recibido el tratamiento para certificar la seguridad, y el porcentaje desglosado del tipo de patologías hemato-oncológicas tratadas con el producto a registrarse.

3. Certificación del Ministerio de Salud Pública o de la máxima autoridad en Salud Pública equivalente en el país de origen del Laboratorio fabricante presentada por su representante, que reconozca el Hospital General u Oncológico o Instituto del Cáncer, que solicita ser registrado.

4. Toda certificación que se solicita debe ser presentada en forma individual y la información debe referirse a un año y corresponder al año anterior más cercano al momento de su registro en la Caja.

5. Todos los documentos solicitados deben tener las firmas de autoridades en salud debidamente autenticadas, según lo exige la legislación costarricense, además de completar cadena de legalización consular de nuestro país y ratificadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica.

6. Se eximirá de los requisitos arriba enunciados para aquellos medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas de uso parenteral u oral , que se encuentren inscritos y se consuman en cualquiera de los siguientes países: Estados Unidos (FDA), Canadá, Japón, Suiza, Alemania, Inglaterra, Suecia, Francia, Italia, España, Bélgica, Dinamarca, Austria, Holanda, Finlandia, Noruega. Es importante señalar que los laboratorios deben presentar el certificado de libre venta de su producto en los Estados Unidos (FDA), Canadá, Japón, Suiza, Alemania, Inglaterra, Suecia, Francia, Italia, España, Bélgica, Dinamarca, Austria, Holanda, Finlandia, Noruega; o con registro y comercialización en estos mismos países. Y además a aquellos medicamentos cuya procedencia no corresponda a ninguno de los países enlistados arriba, pero que cuenten con el certificado de Reconocimiento Mutuo emitido por la EMEA para su comercialización en alguno de los estados miembros de referencia (Unión Europea), estarían eximidos de presentar los requisitos establecidos arriba. Ese certificado debe ser emitido por la máxima autoridad regulatoria competente en salud pública, del respectivo país.

7. El oferente que ya se encuentre registrado en el registro de oferentes de la CCSS puede revalidar su registro, presentando la información señalada en los puntos arriba correspondientes. Dicho registro será válido hasta el vencimiento del registro sanitario emitido por el Ministerio de Salud de Costa Rica.

8. Aquellos oferentes que se encuentren registrados pero que prefieran presentar sus datos al momento del proceso de compra y no revalidar el registro ante la CCSS sino hasta su vencimiento, deberán presentar los requisitos para los medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas por cada proceso de compra.

9. En el caso de la adquisición de medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas incluidos en la Lista Oficial de Medicamentos (LOM), será el Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica adscrita a la Dirección de Farmacoepidemiología la encargada de efectuar el análisis de los datos y el correspondiente estudio de Dosis Diaria Definida (DDD).

10. En el caso de medicamentos antineoplásicos y otros medicamentos de uso específico en patologías oncológicas y hemato-oncológicas NO LOM adquiridos por cada centro, el análisis de los datos y el correspondiente estudio Dosis Diaria Definida (DDD) será realizado cada vez que se promueva un trámite de compra, y será efectuado y analizado por cada Servicio de Farmacia.

11. Una vez que se publique el Decreto Ejecutivo del Ministerio de Salud Pública que regula el Registro de Medicamentos, en el mismo se contemplan los requisitos específicos para productos de terapia de blanco molecular, estos requisitos se basan en las recomendaciones ICH y forman parte de estas condicionesSan José, 17 de julio de 2009.—Subárea Registro Institucional de

Proveedores.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Responsable.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2112).—C-121250.—(62822).

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 41

1. Que han sido avaladas por el Ente autorizado las siguientes fichas técnicas:

CÓDIGO DESCRIPCIÓN MEDICAMENTO VERSIÓN CFT

1-10-40-1085 Liotironina sódica 75 µg. Tabletas o cápsulas55202

Rige a partir de su publicación

1-10-46-2660 Fusidato sódico 2% (20 mg / g). Ungüento Tópico. Tubo con 15 g.

65403Rige a partir de su

publicación

1-10-50-6861Fórmula Enteral libre de aminoácidos de cadena ramificada. Porcentajes como aporte calórico por

cada 100 g de polvo.

56603Rige a partir de su

publicación

1-10-14-1016 Leflunomida 20 mg. Tabletas recubiertas con film.

16207Rige a partir de su

publicación

1-10-25-4355 Tropisetrón base 5 mg (Como clorhidrato de Tropisetrón) Solución estéril. Inyectable.

27204Rige a partir de su

publicación

1-10-41-3235 Rituximab 10 mg / mL. Solución Inyectable. Frasco ampolla con 10 ml.

65101Rige a partir de su

publicación

1-10-41-3236 Rituximab 10 mg / mL. Solución Inyectable. Frasco ampolla con 50 ml.

68100Rige a partir de su

publicación

1-10-41-3920 Fluorouracilo 500 mg. Solución Inyectable.02702

Rige a partir de su publicación

1-10-45-6830 Fenilefrina clorhidrato al 10% (100 mg / ml)35302

Rige a partir de su publicación

1-10-49-2440 Preparación antihemorroidal. Fórmula. Supositorios con 1 gramo a 2 gramos.

04704Rige a partir de su

publicación

1-10-50-3070 Folinato base 50 mg. (como folinato cálcico).01704

Rige a partir de su publicación

1-10-52-4956 Sulfuro coloidal. Para la preparación de Inyección de Tecnecio-99m

0004Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4957 Fosfato crómico P 32. Suspensión Acuosa0016

Rige a partir de su publicación

1-10-52-4959 Gluceptato. Para la preparación de la Inyección de Tecnecio 99mTc-Gluceptato.

0006Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4960 Albúmina agregada. Para la preparación de la Inyección de Tecnecio 99mTc-Albúmina

0008Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4961 Mebrofenina. Para la preparación de la Inyección de Tecnecio 99mTc-Mebrofenina.

0008Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4963 Oxidronato. Para la preparación de la Inyección de Tecnecio 99mTc-Oxidronato

0011Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4964 Pentetato. Para la preparación de la Inyección de Tecnecio 99mTc-Pentetato.

0011Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4966 Sestamibi. Para la preparación de la Inyección de Tecnecio 99mTc-Sestamibi

0013Rige a partir de su

publicación

1-10-52-4970 Citrato de galio (67Ga), 1 a 3 mCl (37 a 111 megabecquereles)

0014Rige a partir de su

publicaciónLas variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en

el edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a la CCSS), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: Publicaciones, Medicamentos, Fichas Técnicas de Medicamentos, Fichas Almacenables.

Subárea Registro Institucional de Proveedores.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe.—Ing. Marco V. Castro Hernández, Responsable.—1 vez.—(O. C. Nº 2112).—C-77500.—(63654).

FE DE ERRATASSALUD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000051-63100(Modificación y prórroga)

Compra de vehículos Ministerio de SaludSe avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que se han

realizado modificaciones al cartel de licitación, por lo que deben pasar a retirar el documento en la Proveeduría Institucional, sita tercer piso del Edificio Sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8.

Además se indica que se prorroga la fecha de apertura para el 24 de agosto del 2009 a las 10:00 horas.

Todo lo demás permanece invariableSan José, 23 de julio del 2009.—Lic. Vanessa Arryo Chavarría,

Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93056-Solicitud Nº 4369).—C-12020.—(64492).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000011-UPIMS(Modificación y prórroga)

Servicio de vigilancia para nivel central y varias áreas rectoras del Ministerio de Salud

Consejo Técnico de Asistencia Médico SocialSe avisa a los interesados en la licitación arriba indicada que se han

realizado modificaciones al cartel de licitación, por lo que deben pasar a retirar el documento en la Proveeduría Institucional, sita tercer piso del Edificio Sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8.

Además se indica que se prorroga la fecha de apertura para el 21 de agosto del 2009 a las 14:00 horas.

Todo lo demás permanece invariable.San José, 23 de julio del 2009.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,

Proveedora Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 93056-Solicitud Nº 4370).—C-13520.—(64494).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000081-PROV(Modificación Nº 1)

Compra de sistemas de video conferenciaEl Departamento de Proveeduría comunica a todos los potenciales

proveedores interesados en participar en el procedimiento de referencia, que existen modificaciones al cartel, las cuales podrán retirarse a partir de esta publicación en este Departamento; o bien, obtenerlos a través de internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria”. Para mayor información comunicarse a los teléfonos 2295-3623, 2295-3295 ó 2295-31-36.

El plazo para la apertura de las ofertas se prorroga para el 6 de agosto del 2009, a las 10:00 horas.

San José, 24 de julio del 2009.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(64499).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAOFICINA DE SUMINISTROS

UNIDAD DE ADQUISICIONESLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000014-UADQ (Aclaración)

Compra de vestuario, capas y calzadoA los interesados en el concurso indicado, cuya invitación se publicó

mediante La Gaceta N° 135 el martes 14 de julio del 2009, se les informa que el cartel contiene aclaración.

Los interesados deberán retirar la aclaración en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos.

Sabanilla de Montes de Oca, 24 de julio del 2009.—M.B.A. Vanessa Jaubert Pazanni, Jefa.—1 vez.—(O.C. Nº 119965).—C-11270.—(64513).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELESNº 2009LA-000050-1142 (Aviso Nº 2)

Bolsas para nutriciónA los interesados del presente concurso se les comunica que se

modifica la ficha técnica en los siguientes puntos: El quinto párrafo del apartado de muestras. El punto 3 de las especificaciones.

Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.San José, 24 de julio 2009.—Lic. Lisbeth Gattjens Barrantes, Jefa a.

í.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-9750.—(64433).

HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTROSUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2009LA-000003-2601

Compra de abarrotes variosSe comunica que mediante La Gaceta Nº 135 del 14 de julio del 2009,

se publicó que a la empresa Almacén Los Ángeles S. A., se le adjudicó los ítemes 1 al 5, 8 al 10, 12 al 46, 48, 50 al 66 y 68 al 74 por un monto de ¢ 58.999.921,37 siendo lo correcto ¢56.551.321,37.

Todo lo demás que se comunicó en el aviso de adjudicación en La Gaceta Nº 135 permanece invariable.

Limón, 22 de julio del 2009.—Lic. Kris Guillén Rojas, Jefa a. í.—1 vez.—(64524).

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REMATESBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO(Ley Nº 5 del 15 de octubre de 1934)

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica les invita a participar en los siguientes remates:

REMATEN0 01A las trece horas del veinte de agosto del dos mil nueve, en primer

remate, en la puerta principal del Almacén General de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, en la ciudad de San José, Calle Blancos, al mejor postor remataré libre de gravámenes prendarios los siguientes bienes: 36 lavadoras marca Denpo, modelo DW-8400 MTP, 20 amplificadores subwoofer marca JTV, modelo HCS 28 y 20 parlantes montados marca JTV, modelo HCS-28. Base del remate: Un millón cuatrocientos ocho mil novecientos sesenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos, incluye gastos por servicio, impuestos de venta, intereses y honorarios de abogado. Los bienes a rematar se encuentran en las bodegas del Almacén General de Depósito de Calle Blancos de Goicoechea. Esta mercancía se remata en cobro de los servicios de almacenaje, según solicitud número 2002-5290, correspondiente a Motores Automotrices S. A., por recibo de Almacén General de Depósito en el Banco Nacional de Costa Rica. San José, 13 de julio del 2009. Jorge Cerdas Joya, Abogado y Notario.

REMATE N° 02A las trece horas con treinta minutos del veinte de agosto del dos

mil nueve, en primer remate, en la puerta principal del Almacén General de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, en la ciudad de San José, Calle Blancos, al mejor postor remataré libre de gravámenes prendarios los siguientes bienes: 7 bultos de 1 648 kilos, que contienen 58 bobinas de plásticos y 2 bobinas de papel recubierto con aluminio. Base del remate: trescientos treinta mil ciento treinta y un colones con sesenta y ocho céntimos, incluye gastos por servicios, impuesto de ventas, intereses y honorarios de abogado. Los bienes a rematar se encuentran en las bodegas del Almacén General de Depósito de Calle Blancos de Goicoechea. Esta mercancía se remata en cobro de los servicios de almacenaje, correspondiente a Jorge Brizuela Rojas, por Recibo de Almacén General de Depósito en el Banco Nacional de Costa Rica. San José, 13 de julio del 2009. Jorge Cerdas Joya, Abogado y Notario.

REMATE Nº 03A las catorce horas del veinte de agosto del dos mil nueve, en primer

remate, en la puerta principal del Almacén General de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, en la ciudad de San José, Calle Blancos, al mejor postor remataré libre de gravámenes prendarios los siguientes bienes: 3 carretes de cables de acero de ¼”x6x19 FS RHRL B, ¼”X6X26 MRC RHRL B y 3/16”X6X19 MRC RHRL B. Base del remate: Un millón quinientos noventa y tres mil ciento sesenta y cinco colones con cincuenta céntimos, incluye gastos por servicios, impuesto de ventas, intereses y honorarios de abogado. Los bienes a rematar se encuentran en las bodegas del Almacén General de Depósito de Calle Blancos de Goicoechea. Esta mercancía se remata en cobro de los servicios de almacenaje, según solicitud número 2002-5290 y operación de Almacén General número 000-5-002-0001-0539, correspondiente a Compañía Eric C. Murray S. A., por recibo de Almacén General de Depósito en el Banco Nacional de Costa Rica. San José, 13 de julio del 2009. Jorge Cerdas Joya, Abogado y Notario.

REMATE Nº 04A las catorce horas con treinta minutos del veinte de agosto del dos

mil nueve, en primer remate, en la puerta principal del Almacén General de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, en la ciudad de San José, Calle Blancos, al mejor postor remataré libre de gravámenes prendarios los siguientes bienes: 32 bultos con 176 fregaderos de acero inoxidable (24 unidades Ref. 891-74, 48 unidades Ref. 892-28, 24 unidades Ref. 892-30, 5 unidades Ref 892-42, 40 unidades Ref. 892-48 y 35 unidades 892-50). Base del remate: Dos millones setecientos treinta y un mil ciento veintiocho colones con ochenta céntimos, incluye gastos por servicios, impuesto de ventas, intereses y honorarios de abogado. Los bienes a rematar se encuentran en las bodegas del Almacén General de Depósito de Calle Blancos de Goicoechea. Esta mercancía se remata en cobro de los servicios de almacenaje, según solicitud número 2005-6801, correspondiente a Corporación Arias Chuken Macavi S. A., por recibo de Almacén General de Depósito en el Banco Nacional de Costa Rica. San José, 13 de julio del 2009. Jorge Cerdas Joya, Abogado y Notario.

REMATE Nº 05A las quince horas del veinte de agosto del dos mil nueve, en primer

remate, en la puerta principal del Almacén General de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, en la ciudad de San José, Calle Blancos, al mejor postor remataré libre de gravámenes prendarios los siguientes bienes: 1448 bultos que contienen material eléctrico (soportes, tomas, plafones, lámparas, plafoneras, interruptores, placas, desviador unipolar, regulador luminosidad, botón pulsador, pulsantes, entre otros). Base del remate: tres millones doscientos veinte mil trescientos dos colones con cincuenta y nueve céntimos, incluye gastos por servicios, impuesto de ventas, intereses y honorarios de abogado. Los bienes a rematar se encuentran en las bodegas

del Almacén General de Depósito de Calle Blancos de Goicoechea. Esta mercancía se remata en cobro de los servicios de almacenaje, según solicitud número 1999-3988, correspondiente a Frener Eléctrica S. A., por recibo de Almacén General de Depósito en el Banco Nacional de Costa Rica. San José, 13 de julio del 2009. Jorge Cerdas Joya, Abogado y Notario.

REMATE Nº 06A las quince horas con treinta minutos del veinte de agosto del dos

mil nueve, en primer remate, en la puerta principal del Almacén General de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, en la ciudad de San José, Calle Blancos, al mejor postor remataré libre de gravámenes prendarios los siguientes bienes: 337 bobinas con papel bond de diferentes colores y tamaños. Base del remate: Diecisiete millones ochocientos cincuenta y tres mil setenta y siete colones con setenta y un céntimos, incluye gastos por servicios, impuesto de ventas, intereses y honorarios de abogado. Los bienes a rematar se encuentran en las bodegas del Almacén General de Depósito de Calle Blancos de Goicoechea. Esta mercancía se remata en cobro del Certificado de Depósito de Almacén General Nº 069, la operación de crédito del Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal San Pedro Nº 080-010-20251414 y los servicios de almacenaje, según Solicitud Nº 2004-6620 y Operación Almacén General Nº 000-5-002-1113-0069, correspondiente a Formularios para Negocios S. A.-FORMAX, por recibo de Almacén General de Depósito en el Banco Nacional de Costa Rica. San José, 13 de julio del 2009. Jorge Cerdas Joya, Abogado y Notario.—La Uruca, 24 de julio del 2009.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 99).—(O. C. Nº 1-2009).—C-75020.—(64569).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

Nº 2009-384ASUNTO: Convenio de Delegación de Asociación Administradora del

Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Las Delicias de los Chiles, Alajuela.

Conoce esta Junta Directiva de la solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución

Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye

uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que A y A, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Las Delicias de Los Chiles, con aporte de la comunidad, de A y A y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al A y A, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Las Delicias de Los Chiles, cédula jurídica tres-cero cero dos-quinientos cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y cinco, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos setenta y siete, asiento número cuarenta y siete mil seiscientos cincuenta.

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 43

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Huetar Noreste, por memorando Nº SUB-G-GSD-UEN-GAR-FA-ORAR-2009-0149, del día 07 de mayo de 2009, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando Nº DJ-SC-2009-2202 del 05 de mayo, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal Nº DJ-SC-34-2009 del 05 del mes de mayo de 2009, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1º, 4º, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4º y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7º de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:1º—Otorgar la delegación de la administración del acueducto y

alcantarillado sanitario de Las Delicias de Los Chiles, Cédula Jurídica tres -cero cero dos-quinientos cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y cinco mil.

2º—Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.Acuerdo número 2009-384, adoptado por la Junta Directiva del

Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso i), del artículo 6º, de la sesión ordinaria Nº 2009-035, celebrada el 23/06/2009

San José, 23 de junio del 2009.—Sr. Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-100485.—(63140).

Nº 2009-377ASUNTO: Asumir el Acueducto y Alcantarillado de Hacienda Los Reyes

y Condominio Las Vueltas.Conoce esta Junta Directiva el oficio N. SB-G-G-SP-2009-225 del

17-06-09 y el Informe técnico elaborado por la Región Central Oeste de fecha 08 de abril de 2009. Siendo este último el informe técnico definitivo para asumir de pleno derecho el sistema de acueducto y alcantarillado de la Urbanización Ciudad Hacienda Los Reyes y Condominio Las Vueltas.

Resultando:1º—Que la Ley Constitutiva de AyA, Nº 2726 del 14 de abril de

1961, dispone en su artículo uno, que corresponde a AyA dirigir, fijar políticas, establecer y aplicar normas, realizar y promover el planeamiento, financiamiento, desarrollo y resolver todo lo relacionado con el suministro de agua potable y recolección de aguas negras y residuos industriales líquidos, lo mismo que el aspecto normativo de los sistemas de alcantarillado pluvial en áreas urbanas, para todo el territorio nacional.

2º—Asimismo en el artículo dos establece que corresponde al AyA: “F-Aprovechar, utilizar, gobernar, o vigilar según sea el caso, todas

las aguas de dominio público indispensables para el debido cumplimiento de las disposiciones de esta ley, en ejercicio de los derechos que el Estado tiene sobre ellas, conforme a la ley 276 del 27 de Agosto de 1942, a cuyo efecto el AyA se considera el órgano o sustitutivo de las potestades atribuidas en esa ley al Estado, Ministerio y municipalidades.

G-Faculta asumir todos aquellos sistemas municipales que por diversas razones no prestan el adecuado servicio público.

H-Hacer cumplir la Ley General de Agua Potable, para cuyo efecto el AyA se considera como el órgano sustitutivo de los ministerios y municipalidades indicados en esa ley.”

3º—Que mediante oficio Nº IMN-DA-3112-2008 del 12-09-2008, del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Departamento de Aguas se le notifica al señor José Carlos Arce Carvalho:

“Conforme resolución R-413-2006-MINAE de las trece horas del primero de noviembre del 2006 notificada a la Sociedad el 8 de noviembre del 2006 que dispuso la caducidad del expediente de concesión de referencia, en vista de que conforme el Órgano Asesor constituido así lo recomendara en razón del uso poblacional que se le da a las aguas, habiéndose determinado la existencia de un servicio público, no autorizado. (...)

Por tanto, siendo que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República en el artículo 2 establece que los dictámenes y pronunciamientos de esta institución constituyen jurisprudencia administrativa, y son de acatamiento obligatorio para la Administración Pública, se deberá coordinar con el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados con el fin de que se disponga del sistema de acueducto conforme lo dispone el dictamen C-236-2008 del 7 de julio de 2008.” El destacado es nuestro.

4º—Que del informe técnico emitido por la Región Central referente al apartado de información general textualmente se expone la anuencia de los propietarios de entregar el sistema para ser administrado por el AyA:

• “A partir del año 1977, ante la imposibilidad de la Municipalidad de Alajuela de prestar los servicios de acueducto y alcantarillado a la Ciudad Hacienda Los Reyes, se estableció un convenio de concesión, avalado por la Contraloría General de la República, entre ese ente y la empresa Servicios Los Reyes S. A., para que esta fuera la encargada de suministrar estos servicios, hasta tanto estos no pudieran ser prestados por la Municipalidad.

• En agosto de 1998, la empresa Servicios Los Reyes S. A. presenta solicitud formal para que este Instituto sea el que administre y opere ambos servicios. Con oficio CO-OM 98-131, el Ingeniero Víctor Calvo solicita al Señor Rodolfo Molina de Ciudad Hacienda Los Reyes, información del acueducto y alcantarillado para completar el diagnóstico, del cual no se obtuvo respuesta.

• Ciudad Hacienda Los Reyes es una urbanización de clase media alta, con acceso restringido, pero no impide el acceso a funcionarios de instituciones públicas, tales como la Compañía de Fuerza y Luz.

• Cuenta con un club privado, denominado Centro Campero Los Reyes, con casa club con oficinas, restaurantes, vestidores y piscinas, además de zonas de recreación como cafetería, “pic-nic”, áreas verdes, aeromodelismo, canchas de tenis y campo de golf. Este último posee su propio pozo independiente para riego.

• Este complejo habitacional está diseñado para un total de 831 soluciones de vivienda desglosados de la siguiente forma:o Ciudad Hacienda Los Reyes con 550 lotes y 550 solucioneso Condominio Residencial Las Vueltas con 126 lotes y 221

solucioneso Residencial Los Manzanos con 19 lotes y 60 solucioneso Para un total de 831 viviendas

• En conversación telefónica el día 13 de marzo de este año, el Lic. Guillermo Arce, me comunica del interés institucional de asumir los servicios de acueducto y alcantarillado de este complejo habitacional y la anuencia de los propietarios, por lo que se programa una primera visita de inspección a dichas instalaciones con el fin de recabar información básica que permita elaborar un informe técnico.

• Con oficio sin número de fecha 23 de marzo de 2009, el señor José María Arce Espinach, Presidente de Los Reyes, S. A., solicita formalmente que el Instituto asuma la operación y mantenimiento del acueducto y alcantarillado de Ciudad Hacienda Los Reyes y el acueducto del Condominio Las Vueltas.

• La razón para considerar asumir este sistema, es la caducidad de la concesión de explotación de los pozos que abastecen al acueducto, la cual por disposiciones de la Procuraduría General de la República le impide al MINAET su renovación.” El destacado no es del original5º—Que del informe técnico emitido por la Región Central referente

a las observaciones finales textualmente se expone:• “No obstante que en la información suministrada por Los Reyes

S. A., en el aparte Demanda de Agua Estimada, consideran que los caudales de los pozos tienen capacidad para abastecer a 851 casas, con una dotación de 350 lppd, esto no es posible dados los patrones de consumo tan elevados que caracterizan a estos complejos habitacionales, pudiéndose únicamente atender a 325 casas, es decir al 38.2% de lo indicado.Existe una solicitud formal de parte de José María Arce Espinach, de

fecha 12 de noviembre de 2008, para abastecer el Condominio Residencial Las Vueltas que consta de 126 fincas filiales. Según la información aportada por los interesados existen 58 casas en un Condominio con el mismo nombre. No se podría autorizar esta solicitud.

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La Urbanización Ciudad Hacienda Los Reyes consta de 550 lotes, en los cuales aproximadamente 203 tienen construcciones. Sin embargo, la PTAR está diseñada para tratar un caudal correspondiente a 402 casas, como lo se indica en la Memoria Descriptiva y de Diseño de esta planta elaborado por el Ing. Víctor Manuel Cordero Rodríguez. Sin embargo, cuando todos los lotes estén construidos esta PTAR estaría recibiendo un caudal mayor, aportado por las 148 casas de más, que aquel para el cual fue diseñada.

A no tener la Región Central Oeste personal calificado para operar y mantener la PTAR y dados los altos costos de contratación para estas labores, debería considerarse la posibilidad de aplicar el acuerdo de Junta Directiva, Nº 2008-068, en lo referente al Trámite TRPTAR-1, donde en el punto 2 de los Requisitos, exige la conexión de al menos un 75% de las viviendas del proyecto para ser asumida por el Instituto.

En cuanto a la facturación del Condominio Residencial Las Vueltas, al ser necesario construir una caja para la instalación de un macromedidor para el registro del consumo de agua, se estima conveniente que sea el desarrollador quien la construya.

Analizar la normativa de los desarrolladores, de una sola casa por lote, de tal forma que la Institución tenga sustento legal para mantener esta disposición.”

6º—Que las inversiones inmediatas requeridas, tanto para el sistema de acueducto como para el de alcantarillado sanitario y planta de tratamiento, se encuentran detalladas en el informe técnico de fecha 08 de abril del 2009 y se consideran parte integral de este acuerdo.

Considerando:I.—El Estado ha delegado parte de sus competencias en forma

exclusiva al AyA, estas competencias se refieren a la administración, operación, mantenimiento y operación de los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, lo que nos lleva a concluir que este servicio público está nacionalizado.

Lo anterior, encuentra fundamento en que estos servicios son servicios públicos esenciales (véase el dictamen C-373-03 de 26 de noviembre del 2003 y múltiples votos de la Sala Constitucional que establecen el acceso al agua potable como derecho fundamental), lo que significa que el AyA, las Municipalidades y empresas autorizadas por ley son los únicos que tienen competencia para la prestación directa de servicios públicos o aquellas entidades privadas con quienes el AyA ha delegado su prestación (prestación indirecta de servicios públicos).

Como se ha dicho el AyA es el titular de la prestación del servicio y por tanto el ente responsable de velar y asegurar la calidad, continuidad, regularidad, igualdad, mutabilidad y universalidad de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, que son requeridos por la población. En esta línea deben ser encaminadas las políticas y lineamientos institucionales. El AyA tiene su fundamento y fin en la satisfacción efectiva del interés público que la Ley determina. Por tanto, cuenta con una potestad pública de carácter discrecional. Esa discrecionalidad consiste en que la administración, entre varias opciones válidas elige la que más convenga a la satisfacción del interés público y es entonces amparado en este principio que se decide asumir la gestión directa del sistema de acueducto y alcantarillado de la Urbanización Ciudad Hacienda Los Reyes y Condominios Las Vueltas.

II.—En el caso que nos ocupa debemos considerar que una Sociedad de Usuarios, quien venía operando los sistemas de acueducto y alcantarillado en la Urbanización Ciudad Hacienda Los Reyes y Condominios Las Vueltas, carece de título habilitante para la prestación de estos servicios públicos.

Por tanto, es obligación de la Institución asumir la administración directa del sistema para garantizar la prestación de los servicios de acueducto y/o alcantarillado conforme a los principios básicos. Esto con fundamento en las competencias del AyA, dadas por su Ley Constitutiva.

III.—Tal y como se desprende del informe técnico existe anuencia del Presidente de Los Reyes S. A. de entregar la infraestructura requerida para la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado al AyA.

“Con oficio sin número de fecha 23 de marzo de 2009, el señor José María Arce Espinach, Presidente de Los Reyes, S. A., solicita formalmente que el Instituto asuma la operación y mantenimiento del acueducto y alcantarillado de Ciudad Hacienda Los Reyes y el acueducto del Condominio Las Vueltas.”

IV.—Existe en el caso que nos ocupa informe técnico de la Región Central y que a su vez es remitido a la Dirección Jurídica por la Sugerencia de Sistemas Periféricos memorando N. SB-G-G-SP-2009-225. Por tanto:

De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 21 y 50 de la Constitución Política; 1, 2, 264, 268, de la Ley General de Salud; artículos 17, 33 y concordantes de la Ley de Aguas N-276 del 27 de Agosto de 1942, Ley General de Aguas Potable N-1634 del 18 de Setiembre de 1953; artículos 1, 2, 3, 4, 18, 21, 23 y 26 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.

ACUERDA: 1º—Ejercer las competencias propias del AyA y asumir de plano

derecho el sistema de acueducto y/o alcantarillado de Urbanización Ciudad Hacienda Los Reyes y Condominios Las Vueltas de manera inmediata.

2º—Proceda la Subgerencia de Sistemas Periféricos, asumir de inmediato la administración directa de dicho sistemAyA solicitar el registro del recurso ante el MINAET, así como coordinar con las áreas encargadas las actividades requeridas para presupuestar las mejoras necesarias al sistema e indicadas en el informe técnico rendido por la Región Central.

3º—Proceda la oficina cantonal respectiva a realizar el inventario de todos los bienes y su registro patrimonial (tal y como lo establece el acuerdo de Junta Directiva N. 2007-350) y a presentar al Subgerente de Sistemas Periféricos, un informe técnico de los recursos requeridos para cumplir con la adecuada prestación del servicio, como Recursos Humanos, Técnicos y cualquier otro orden, así como a brindar los informes a la Dirección Financiera y de Presupuesto a efectos de patrimoniarlos en los registros contables de AyA.

4º—Proceda el Departamento de Topografía a elaborar los levantamientos topográficos de todos los lotes de tanques, pozos y planos catastrados de servidumbres referenciados con la respectiva propiedad

Comuníquese, notifíquese y publíquese.Acuerdo firme.San José, 23 de junio del 2009.—Ricardo Sancho Chavarría,

Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-164610.—(63157).

Nº 2006-378ASUNTO: Asumir acueducto de playa Potrero.

Conoce esta Junta Directiva el oficio Nº SB-G-G-SP-2009-226 del 17-06-09 y el RCH-09-388 del 06-05-09, remitidos por la Lic. Olga Aronne Benach, de la UEN de Servicio al Cliente y el Ing. Germán Araya Montezuma, de la Dirección Región Chorotega, respectivamente, a través de los cuales remiten los informes técnicos definitivos para asumir de pleno derecho el sistema de Playa Potrero.

Resultando:1º—Que la Ley Constitutiva de AyA, N-2726 del 14 de Abril de

1961, dispone en su artículo uno, que corresponde a AyA dirigir, fijar políticas, establecer y aplicar normas, realizar y promover el planeamiento, financiamiento, desarrollo y resolver todo lo relacionado con el suministro de agua potable y recolección de aguas negras y residuos industriales líquidos, lo mismo que el aspecto normativo de los sistemas de alcantarillado pluvial en áreas urbanas, para todo el territorio nacional.

2º—Asimismo en el artículo dos establece que corresponde al AyA: “F- Aprovechar, utilizar, gobernar, o vigilar según sea el caso, todas

las aguas de dominio público indispensables para el debido cumplimiento de las disposiciones de esta ley, en ejercicio de los derechos que el Estado tiene sobre ellas, conforme a la ley 276 del 27 de Agosto de 1942, a cuyo efecto el AyA se considera el órgano o sustitutivo de las potestades atribuidas en esa ley al Estado, Ministerio y municipalidades.

G- Faculta asumir todos aquellos sistemas municipales que por diversas razones no prestan el adecuado servicio público.

H- Hacer cumplir la Ley General de Agua Potable, para cuyo efecto el AyA se considera como el órgano sustitutivo de los ministerios y municipalidades indicados en esa ley.”

3º—Que mediante Memorando N. RCH-09-388 del 06-05-09, remitido por el Ing. Germán Araya Montezuma, de la Dirección Región Chorotega, se recomienda asumir el sistema de Playa Potrero, con fundamento en el informe técnico del Ing. Alejandro Contreras (CN-2009-107), dejando claro las limitaciones en cuanto a producción y a las inversiones que requiere el sistema.

4º—Que el informe rendido por la Oficina Región Chorotega UEN Acueductos Rurales de abril del 2009 en lo que nos interesa dispone:

“El sistema en la actualidad tiene limitantes en cuanto a capacidad hídrica e hidráulica, siendo abastecido a través de pozos. (...) La organización de la ASADA de Playa Potrero que atiende los servicios de dicha comunidad se compone de una junta directiva compuesta de 6 miembros (...) La organización administradora de este acueducto se encuentra inscrita en el Registro Público con cédula jurídica 3-002-512128 (...) Además en esta comunidad existen problemas de desarrollo del acueducto dado que hay gran cantidad de desarrolladores con solicitudes de agua a los cuales no se les ha resuelto el problema dado que esta ASADA no ha tomado decisiones al respecto, aunque bien conocen los procedimientos como en los casos de desarrollos la respectiva aplicación artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana. Lo que hacen es mandar a los interesados a la Oficina Regional. (...) No cumplen con el inciso 12) del capítulo II: Rendir informes periódicos a la comunidad. No cumplen con inciso 17) del capítulo III: Programa nacional para el mejoramiento de la calidad del agua. No cumple con el inciso 20-21: Mantener planos actualizados del sistema y catastro de usuarios (....) No cumple con el inciso 9) del capítulo IV del Reglamento de Asociaciones en cuanto el envío a la Dirección Regional de usuarios según detalle. (...) Según estados financieros existe un saldo de cuentas por cobrar por morosidad de 4.461.700 al 30-06-2008. (...) no cobran las tarifas recomendadas por ARESEP (...) No cumple inciso 3) del artículo 22, al no rendir informes contables como lo establece dicho inciso. No cumple inciso 4) del artículo 21, capítulo III. No cumplen inciso 4) artículo 22, en el caso de morosos aplicación legal de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento para la suspensión de servicios. Cobro administrativo y cobro judicial vigente dado que según estado financiero de junio 2008 existe gran pendiente por morosidad. No cumple inciso 7) del artículo 22, en lo referente a elaboración de presupuestos anuales para la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas, por cuanto no emiten a esta oficina información alguna. (...) No existe planificación sobre manejo de operación y mantenimiento del sistema de acueducto en la comunidad de Playa Potrero de Tempate de Santa Cruz. Como tampoco planifican el desarrollo del mismo, en función de la demanda de servicios, planificación que garantice la prestación y sostenibilidad del sistema a futuro.” El destacado es nuestro.

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5º—Que la Asada de Playa Potrero número de cédula Jurídica 3-002-512128 carece de convenio de delegación para la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de acueducto y alcantarillado de la zona.

6º—Que el informe técnico remitido por la Subgerencia de Sistemas Periféricos, mediante memorando N. SB-G-G-SP-2009-226 del 17-06-09 señala en sus conclusiones y recomendaciones textualmente:

“La proyección de ingresos es cercana a los 16,4 millones de colones. Los costos por el capital humano solicitado y el presupuesto operativo tiene un costo estimado de 22 millones de colones, por lo que en este momento puede incluir déficit, el cual podrá disminuirse con la optimización del sistema y la incorporación en forma integral a otros sistemas de la zona que están incorporándose a AyA.

El sistema en su totalidad se califica de regular desde el punto de vista funcional y estructural, sin embargo carece de fuentes seguras que aporten la cantidad de agua potable para abastecer la demanda del sistema ya que los pozos actuales están relativamente cerca del mar.

La administración de este sistema por parte de AyA implicaría de previo la construcción de nuevas fuentes de abastecimiento para lo cual no se estiman costos ya que deberá de existir de un estudio hidrogeológico o las características de la nueva fuente de agua para poder realizar los correspondientes trabajos de ingeniería en cuanto a diseños y cálculo de costos.

La construcción de un nuevo tanque y pozo ambos con una mejor ubicación deberá de verse como un proyecto inmediato dada las características descritas anteriormente.”

7º—Que las mejoras requeridas al sistema y cambios operativos, así como las necesidades de capital humano y activos requeridos se detallan en el informe técnico del Ing. Alejandro Contreras (CN-2009-107 del 20-04-09) y que será considerado como parte integral de este acuerdo.

ConsiderandoI.—El Estado ha delegado parte de sus competencias en forma

exclusiva al AyA, estas competencias se refieren a la administración, operación, mantenimiento y operación de los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, lo que nos lleva a concluir que este servicio público está nacionalizado.

Lo anterior, encuentra fundamento en que estos servicios son servicios públicos esenciales (véase el dictamen C-373-03 de 26 de noviembre del 2003 y múltiples votos de la Sala Constitucional que establecen el acceso al agua potable como derecho fundamental), lo que significa que el AyA, las municipalidades y empresas autorizadas por ley son los únicos que tienen competencia para la prestación directa de servicios públicos o aquellas entidades privadas con quienes el AyA ha delegado su prestación (prestación indirecta de servicios públicos).

II.—En el caso que nos ocupa debemos considerar que la Asada de Playa Potrero, carece de título habilitante para la administración, operación mantenimiento y desarrollo de los sistemas, además de quedar documentadas las deficiencias administrativas y técnicas en cuanto a la gestión de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.

Por tanto, es obligación de la Institución asumir la administración directa del sistema para garantizar la prestación de los servicios de acueducto y/o alcantarillado conforme a los principios básicos. Esto con fundamento en las competencias del AyA, dadas por su Ley Constitutiva.

III.—Existe en el caso que nos ocupa informe técnico CN-2009-107 del 20-04-09, avalado por el Director Regional, mediante memorando N. RCH-09-388 del 06-05-09 y que a su vez es remitido a la Dirección Jurídica por la Sugerencia de Sistemas Periféricos memorando N. SB-G-G-SP-2009-226. Por tanto.

De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 21 y 50 de la Constitución Política; 1, 2, 264, 268, de la Ley General de Salud; artículos 17, 33 y concordantes de la Ley de Aguas N-276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Aguas Potable N-1634 del 18 de setiembre de 1953; artículos 1, 2, 3, 4, 18, 21, 23 y 26 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

ACUERDA: 1º—Ejercer las competencias propias del AyA y asumir de plano

derecho el sistema de acueducto y/o alcantarillado de Playa Potrero de manera inmediata.

2º—Proceda la Subgerencia de Sistemas Periféricos, asumir de inmediato la administración directa de dicho sistemAyA solicitar el registro del recurso ante el MINAET, así como coordinar con las áreas encargadas las actividades requeridas para presupuestar las mejoras necesarias al sistema e indicadas en el informe técnico CN-2009-107 del 20-04-2009.

3º—Proceda la oficina Cantonal de Santa Cruz a realizar el inventario de todos los bienes y su registro patrimonial (tal y como lo establece el acuerdo de Junta Directiva Nº 2007-350) y a presentar al Subgerente de Sistemas Periféricos, un informe técnico de los recursos requeridos para cumplir con la adecuada prestación del servicio, como Recursos Humanos, Técnicos y cualquier otro orden, así como a brindar los informes a la Dirección Financiera y de Presupuesto a efectos de patrimoniarlos en los registros contables de AyA.

4º—Proceda el Departamento de Topografía a elaborar los levantamientos topográficos de todos los lotes de tanques, pozos y planos catastrados de servidumbres referenciados con la respectiva propiedad.

Comuníquese, notifíquese y publíquese.Acuerdo firme.San José, 23 de junio del 2009.—Ricardo Sancho Chavarría,

Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-133260.—(63158).

Nº 2009-380ASUNTO: Convenio de Delegación de Asociación Administradora del

Acueducto y Alcantarillado Rural del Asentamiento Valle Verde de Upala, Alajuela.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución

Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Convenio de Delegación Asociación Administradora del Acueducto Rural del Asentamiento Valle Verde de Upala, Alajuela. Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 5 de agosto de 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye

uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad del Asentamiento Valle Verde de Upala, Alajuela, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en asamblea general de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto Rural del Asentamiento Valle Verde de Upala, Alajuela, cédula jurídica tres-cero cero dos-trescientos ochenta mil doscientos veinticinco, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos treinta y seis, asiento número ocho mil trescientos ochenta y cinco

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Brunca, por memorando Nº RHN-2009-0161, del día 11 de mayo de 2009, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando Nº DJ-SC-2009-2202 del 5 de mayo, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal Nº DJ-SC-36-2009 del 05 del mes de mayo de 2009, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto,

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4º y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7º de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992.

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Pág 46 La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009

Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA1º—Otorgar la delegación de la administración del acueducto rural

del Asentamiento Valle Verde de Upala, Alajuela., Cédula Jurídica tres-cero cero dos-trescientos ochenta mil doscientos veinticinco.

2º—Autorizar a la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y reglamentos.

4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y reglamentos.

Comuníquese y publíquese.Acuerdo firme.Acuerdo número 2009-380, adoptado por la Junta Directiva del

Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso e), del artículo 6º, de la sesión ordinaria Nº 2009-035, celebrada el 23/06/2009.

San José, 23 de junio del 2009.—Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-99060.—(63159).

Nº 2009-381ASUNTO: Convenio de delegación Asociación de Acueducto El Progreso

de la Suiza de Turrialba, Cartago.Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la

Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.Resultando:

1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye

uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de El Progreso de La Suiza, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en asamblea general de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación de Acueducto El Progreso de La Suiza, cédula jurídica tres-cero cero dos-doscientos setenta y cinco mil quinientos trece, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número cuatrocientos setenta y siete asiento número nueve mil doscientos cuarenta y seis.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Central Este-Cartago, por memorando Nº SUB-G-DGSD-UEN-GAR-FA-ORAR-CE-ORC-2009-130, del día 07 de mayo de 2009, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando Nº DJ-SC-2009-2202 del 05 de mayo, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal Nº DJ-SC-37-2009 del 05 del mes de mayo de 2009, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto,

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en la Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA1º—Otorgar la delegación de la administración del acueducto El

Progreso de La Suiza, cédula jurídica tres-cero cero dos-doscientos setenta y cinco mil quinientos trece.

2º—Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y reglamentos.

4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y reglamentos.

Comuníquese y publíquese.Acuerdo firme.Acuerdo número 2009-381, adoptado por la Junta Directiva del

Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso f), del artículo 6º, de la sesión ordinaria Nº 2009-035, celebrada el 23/06/2009

San José, 23 de junio del 2009.—Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-96210.—(63160).

Nº 2009-382ASUNTO: Convenio de Delegación Asociación Administradora del

Acueducto de Artola de Sardinal de Carrillo, Guanacaste.Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la

Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.Resultando:

1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 47

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye

uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Artola, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en asamblea general de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Artola, cédula jurídica tres-cero cero dos-quinientos sesenta y nueve mil quinientos dieciocho, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos setenta y siete, asiento número sesenta y nueve mil quinientos veintiséis.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega por memorando Nº RCH-2009-311 del día 17 de abril de 2009, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando Nº DJ-SC-2009-2202 del 5 de mayo, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal Nº DJ-SC-38-2009 del 05 del mes de mayo de 2009, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto,

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA1º—Otorgar la delegación de la administración del Acueducto y

Alcantarillado Sanitario de Artola, cédula jurídica tres-cero cero dos-quinientos sesenta y nueve mil quinientos dieciocho.

2º—Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y reglamentos.

4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y reglamentos.

Comuníquese y publíquese.Acuerdo firme.Acuerdo número 2009-382, adoptado por la Junta Directiva del

Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso g), del artículo 6º, de la sesión ordinaria Nº 2009-035, celebrada el 23/06/2009

San José, 23 de junio del 2009.—Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-96220.—(63161).

Nº 2009-383ASUNTO: Convenio de Delegación Asociación Administradora del

Acueducto Rural de Guadalupe de Rivas de Pérez Zeledón, San José.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución

Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye

uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Guadalupe de Rivas, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en asamblea general de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto Rural de Guadalupe de Rivas, cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos veintitrés, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos treinta y siete, asiento número catorce mil doscientos dieciséis.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Brunca, por memorando Nº UEN-GARB-2009-00253, del día 23 de abril de 2009, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando Nº DJ-SC-2009-2202 del 05 de mayo, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal Nº DJ-SC-35-2009 del 05 del mes de mayo de 2009, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto,

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1º, 4º, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública,

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Pág 48 La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009

Ley del Ambiente Nº 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4º y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA1º—Otorgar la delegación de la administración del acueducto rural

de Guadalupe de Rivas., Cédula Jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos veintitrés.

2º—Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y reglamentos.

4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y reglamentos.

Comuníquese y publíquese.Acuerdo firme.Acuerdo número 2009-383, adoptado por la Junta Directiva del

Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso h), del artículo 6º, de la sesión ordinaria Nº 2009-035, celebrada el 23/06/2009.

San José, 23 de junio del 2009.—Ricardo Sancho Chavarría, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-98345.—(63162).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAEDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se comunica a la señora Nathalie Gabriela Morales Fernández, mayor, cédula siete-cero ciento setenta y nueve-cero trescientos cuarenta y ocho, de demás calidades y de domicilio desconocidos, que por resolución de las trece horas y treinta minutos del catorce de julio del dos mil nueve, dictada por la Oficina Local del San José Este del Patronato Nacional de la Infancia, en la ciudad de San José, dentro del proceso especial de protección a favor de la persona menor de edad Jesús Daniel Morales Fernández, quien nació el doce de setiembre del dos mil nueve, se declaró la condición de adoptabilidad de la persona menor de edad y se ordena el enviado al Consejo Regional de Adopciones. Se le hace saber que en contra de la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación, en primero será resuelto por la Oficina Local de San José Este y el segundo por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, los cuales deberán interponerse dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes contado a partir de la, publicación del tercer edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Se advierte a los interesados que deberá señalar lugar conocido, o bien, señalar número de facsímil para recibir las notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuera inexacto, o si el medio seleccionado fuera defectuoso, o por cualquier otro modo no imputable a la Institución se interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes con el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. La Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia en San José Este, se ubica en la ciudad de San, José, calle veintiuno, casa número diez-noventa y nueve, doscientos metros al sur de la esquina sureste de la Corte Suprema de Justicia. Expediente 741-0047-05.—Oficina Local de San José Este.—Lic. Arnoldo Mora Sequeira, Director de Órgano del Procedimiento Administrativo.—(62745).

Se le comunica a la señora Everlyn Johana Rosales Salas la resolución de las 15:30 horas de tres de abril de 2009, mediante la cual se da inicio a proceso especial de protección en sede administrativa y se arroga esta entidad la representación legal de las personas menores de edad Argeris Johana, Anahí e innominado, todos Rosales Salas hasta tanto administrativa o judicialmente no se resuelva lo contrario. Se confiere el cuido provisional hasta por seis meses a las personas menores de edad

Aryeris Johana, Anahí e innominado, todos de apellidos Rosales Salas en el hogar de su abuela materna Ligia Salas Yerman. Se ordena a la señora Everlyn Rosales Salas, integrarse a un proceso de tratamiento para superar su problemática de adicción a drogas por el tiempo que sea necesario. Se autoriza egreso del niño innominado Rosales Salas del hospital México y su posterior ubicación con su abuela materna. Se ordena seguimiento de la situación. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer; o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra esta resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº 111-00156-05.—Oficina Local de San José.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—(62748).

Se le comunica a la señora Sabina Díaz Centeno la resolución administrativa de las nueve horas del día trece de mayo del dos mil nueve en la cual se resuelve declarar la adoptabilidad de la persona menor de edad Diana Díaz Centeno. Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre las siguientes cuarenta y ocho horas hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo Nº 741-00029-94.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—(62749).

Al señor Ronaldo Martínez López, se le pone en conocimiento, la resolución de las dieciséis horas del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, la cual resolvió el abrigo temporal de la niña Sherly Martínez en el hogarcito San Carlos. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones. Plazo para presentar oposición, cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto. Expediente administrativo 241-00056-2009.—Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal.—(62750).

A los señores Elian Umaña Brenes y Viviana Navarro Vargas, se les comunican las resoluciones administrativas de las nueve horas cuarenta minutos del día seis de julio del año dos mil nueve, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Elian Geovanny Umaña Navarro, en la que se ordena ubicar a la persona menor de edad en el hogar Solidario Familiar de la señora Yeiny Azofeifa Brenes, a fin de que se le brinde cuido, protección, estabilidad, atención, hogar, así como todos los cuidados que requiere una persona menor de edad. Se le notifica por medio de edicto a la progenitora por cuanto se desconoce el paradero de la misma. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de este edicto en el periódico oficial La Gaceta. Expediente Nº 642-048-1999.—Oficina Local de Coto Brus, San Vito, Coto Brus, 09 de julio del 2009.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—(62751).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSSUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTOSLa SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-120-

2009 admite la solicitud de autorización presentada por Gilbert Solórzano Salazar, cédula de identidad número 1-0928-0323, para la operación de un servicio de Internet y voz sobre IP en condición de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 29 de junio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 119240.—(63458).

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 49

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-086-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Nueva Jerusalén S. A., cédula jurídica número 3-101-159069, para la operación de servicios de acceso a Internet en condición de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 01 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 119385.—(63459).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-412-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Aracely Tinoco Vílchez, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia número 155803476030, para la operación de un servicio de acceso a Internet y telefonía IP en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 16 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(63490).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-295-2009 admite la solicitud de autorización presentada por presentada por Alex Gabriel Villalobos Arroyo, cédula de identidad número 6-0356-0414, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 09 de julio del 2009.—Carlos Raúl Gutiérrez, Miembro Consejo.—1 vez.—(63550).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-449-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Rafael Alberto Alvarado Mora, cédula de identidad número 6-0332-0751, para brindar servicios de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 16 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(63553).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-414-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Herwinton Roncancio Agudelo, de nacionalidad colombiana, cédula de residencia número 117000248405, para la operación de un servicio de acceso a Internet en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 16 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—(63594).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-179-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Marco Vinicio Navarro Villalobos, cédula de identidad número 1-0659-0994, para la operación de un servicio de telecomunicaciones en la modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 01 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 119490.—(63782).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-289-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Kattia Yadira Bello Guzmán, cédula de identidad número 1-0811-0591, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 09 de julio del 2009.—Carlos Raúl Gutiérrez, Miembro Consejo.—1 vez.—Nº 119491.—(63783).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-356-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Comercializadora C & G de Occidente S. A., cédula jurídica número 3-101-264509, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 10 de julio del 2009.—Carlos Raúl Gutiérrez, Miembro Consejo.—1 vez.—Nº 119536.—(63784).

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-239-2009 admite la solicitud de autorización presentada por Vanesa Alejandra Mora Jiménez, cédula de identidad número 1-0886-0822, para brindar un servicio de acceso a Internet en modalidad de café Internet. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 07 de julio del 2009.—George Miley Rojas, Presidente.—1 vez.—Nº 119613.—(63785).

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, comunica a las personas portadoras de los siguientes números de identificación, que para finiquitar el proceso de liquidación de cotizaciones enteradas al Régimen de Capitalización Colectiva (RCC) por haberse trasladado voluntariamente al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, según artículos 3 y 5 de la Ley 7531, se les emplaza para que en el término de 8 días hábiles, se apersonen ante nuestras oficinas centrales o sucursales a formalizar el debido finiquito. En caso contrario, se procederá a ejecutar la liquidación con prescindencia de su apersonamiento y por satisfecho el proceso respectivo, dando por concluido el trámite de liquidación de cuotas ante ese Régimen.

102840332 107000538 108910311 401130694 700320734

103410895 107010044 108980280 401170310 700370056

103911312 107020759 109050734 401230155 700481408

103960078 107070352 109100587 401270925 700490529

104180050 107180892 109110288 401290724 700800518

104340634 107220532 109140812 401400164 700920767

104410426 107260649 110060011 401410063 700930428

104530768 107320212 201790117 401410249 800430304

104830879 107470640 202530118 401450891 800470034

105080270 107510235 202801392 401460929 800500681

105230453 107530390 202810809 401480851 800670714

105270784 107530390 204020661 401520975 800710055

105410379 107540765 204250286 401520975 900450796

105640110 107580009 204350134 401530095 900830982

105650243 107650767 204380138 401590483 900950223

105770182 107670432 204420074 401600317 906960678

105790848 107710274 204430057 501530916 6281059143

105920641 107760096 204430650 501710920 945511747124

106050285 107770732 204540909 501770766 4551238791607

106210003 107860819 204760973 502120082 17510684910415

106290827 108020616 204770961 502290824 4-2093957235

106320537 108060480 204840971 502360074

106330480 108160113 204930119 502380614

106340881 108210307 205010851 502460143

106480213 108230577 205030030 502540276

106510024 108260936 206554646 502580909

106520176 108280283 300830537 502720446

106550472 108300927 302540476 502810180

106580277 108380723 302580603 601170291

106680886 108400367 302710987 601240416

106710525 108510980 302720292 601590761

106720025 108620232 302740225 601840925

106760703 108630679 302800261 602080334

106760907 108650698 302840905 602160218

106830977 108670186 302880514 602160589

106950160 108670186 303150886 602240137

106950500 108700248 303180160 602300833

106980780 108760761 303340702 602450568

106990568 108810558 401001394 602900687

San José, 06 de julio del 2009.—Departamento Financiero Contable.—Lic. Kattia M. Rojas Leiva, Jefa.—1 vez.—(O C Nº 22810).—C-105770.—(63233).

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RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria 43-2009, del 6 de julio de 2009, mediante acuerdo Nº 811-2009 por unanimidad con dispensa de trámite de comisión, aprobó que la patente de licor D1-9 correspondiente al distrito de San Isidro, a nombre de Juan Carlos Arce Vega, cédula 4-164-095 se traspase a favor de María del Carmen Pérez Herrera cédula 2-413-174. Se otorgarán ocho días contados a partir de su publicación, para escuchar objeciones de terceros.

San Isidro de Heredia, 29 de mayo del 2009.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(63101).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN La suscrita secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el

acuerdo tomado, en la sesión ordinaria Nº 41-2009, artículo 18, celebrada el catorce de julio del dos mil nueve que literalmente dice:

Se acuerda por unanimidad y en forma definitiva: Conforme a las disposiciones de los artículos 16 y 17 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Nº 7509 y sus Reformas y artículo 25 de su Reglamento, la Municipalidad de Belén, procede a establecer el período de recepción de declaraciones del 3 de agosto al 30 de octubre de 2009. La declaración será un proceso ordenado, dirigido y controlado y se contará con la asesoría del Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda, así como con las plataformas de valores publicados en La Gaceta Nº 167 del 31 de agosto de de 2001. Todos aquellos contribuyentes que no hayan presentado la declaración de bienes inmuebles, deben realizar esta gestión en el término indicado. Aquellos propietarios que no presenten su declaración en el plazo estipulado, serán considerados omisos y sus bienes inmuebles serán objeto de un avalúo por parte de la administración.

Belén, 17 de julio del 2009.—Isabel Murillo Fonseca, Secretaria del Concejo Municipal a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 25518).—C-9020.—(62819).

AVISOS

CONVOCATORIASARRENDAMIENTOS RODRIVA S. A.

Se convoca a asamblea extraordinaria y de socios de la sociedad Arrendamientos Rodriva S. A., cédula jurídica 3-101-020545 que se celebrará en la sede social de la compañía a las 19 horas del 18 de agosto de 2009 en primera convocatoria. De no reunirse el quórum de ley, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria a las 20 horas. El orden del día será: artículo único: análisis, discusión en todos sus alcances y votación sobre la propuesta de la socia María Elena Rodríguez Brenes, presentada ante la sociedad por la representante legal de la misma, Lic. Laura Navarro Barahona.—Representante Olga Marta Rodríguez Brenes, Presidenta.—1 vez.—Nº 119269.—(63446).

RAFAEL A. RODRÍGUEZ VALVERDE S. A.Se convoca a asamblea extraordinaria y de socios de la sociedad

Rafael A. Rodríguez V. S. A., cédula jurídica 3-101-010973-28 que se celebrará en la sede social de la compañía a las 17 horas del 18 de agosto de 2009 en primera convocatoria. De no reunirse el quórum de ley, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria a las 18 horas. El orden del día será: artículo uno: análisis, discusión en todos sus alcances y votación sobre la propuesta de la socia María Elena Rodríguez Brenes, presentada ante la sociedad por la representante legal de la misma, Lic. Laura Navarro Barahona. Artículo dos: nombramiento de la junta directiva.—María Isabel Rodríguez, Representante Legal.—1 vez.—Nº 119298.—(63447).

EL RITMO MUNDIAL (RM) S. A.Se convoca a los socios accionistas de El Ritmo Mundial (RM) S. A.,

a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa, a realizarse en primera convocatoria a partir de las 10:00 horas del día 24 de agosto del 2009 y en segunda convocatoria una hora más tarde, en San José, cien metros norte de la Alianza Francesa, edificio Posada Casa Amón. La agenda es la siguiente:

a. Reforma de cláusula 5ta. referida al capital social de la empresa.b. Reforma de cláusula 2da. referida al domicilio social.c. Nombramiento de nuevos miembros de junta directiva.

Se recuerda a los señores socios accionistas, que para la primera convocatoria se requerirá la presencia del setenta y cinco por ciento de las acciones con derecho a voto como mínimo, y de no estar presentes las mismas, se realizará la Asamblea en segunda convocatoria una hora después con los socios presentes. Se advierte a su vez, que se requirirá la presentación de acciones a fin de legitimar derechos de los socios presentes. En caso de enviar representante deberá presentarse debidamente acreditado.—David Ralph Kammerer, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—Nº 119381.—(63448).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDADe conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del

Código de Comercio, la señora Yamilette Castro Rodríguez, cédula Nº 106950889, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su(s) certificado(s) CPH Nº 100 301 1112025627 por ¢316.658,51 y con fecha de vencimiento del 26-07-2009.—Alajuela, 8 de junio del 2009.— Grupo Mutual.—Patricia Méndez Rodríguez.—Nº 118585.—(62183).

LOURDES SOCIEDAD ANÓNIMALourdes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-006279, solicita

ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro: Registro de Socios, correspondiente al número tres. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 16 de julio del 2009.—Arturo Alexis Loría Agüero, Representante Legal.—Nº 118466.—(62184).

MUEBLE CENTRO DE CARIARI S. A.Mueble Centro de Cariari S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-

cero cuarenta y nueve mil cuatrocientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros números uno: Asamblea General, Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario, Mayor, Inventario y Balances de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintinueve de mayo del dos mil nueve.—Bernal Monge Herrera.—Nº 118559.—(62185).

DRACAENAS DE ALTURA SOCIEDAD ANÓNIMADracaenas de Altura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-

ciento uno-noventa y seis mil ochenta y cinco, con domicilio en esta ciudad de San José, como apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Arturo Fernández Alvarado, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Heredia, cédula número cuatro-cien-mil trescientos veintiséis, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros siguientes: Libro de Actas de Asambleas Generales dos, libro de Actas Registro de Accionistas dos, libro de Actas de Junta Directiva dos, libro Diario dos, libro Mayor dos y libro Inventarios y Balances dos. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Unidad de Timbraje y Legalización de Libros, en el término de diez días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 01 de julio del 2009.—Lic. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—Nº 118594.—(62186).

TEZAROMAZ S. A.Tezaromaz S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-398499,

solicita la reposición de los libros: Actas de Asamblea Generales Nº 1, Actas de Junta Directiva Nº 1, Registro de Accionistas Nº 1, Mayor Nº 1, Diario Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1, por extravío de los mismos. Cualquier oposición debe referirse a la oficina respectiva de la Tributación, dentro de los ocho días siguientes a la última publicación de este aviso.—San José, veinticuatro de junio de dos mil nueve.—Andrea Marín Piedra, Secretaria.—Nº 118673.—(62187).

SERVICIOS MÉDICOS CHOROTEGA SOCIEDAD ANÓNIMAServicios Médicos Chorotega Sociedad Anónima, cédula jurídica

número 3-101-318648, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios y Actas de Consejo de Administración, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—Nº 118674.—(62188).

PESCADERÍAS MARISCAL DEL PACÍFICO S. A.Pescaderías Mariscal del Pacífico S. A., cédula jurídica Nº 3-101-

421268, solicitó a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Invent-Balanc Nº 1, Actas Consejo Nº 1, Actas Asamblea Nº 1, Reg. Socios Nº 1. Los afectados pueden oponerse ante la Administración Tributaria de Puntarenas, dentro de los ocho días hábiles siguientes.—Lic. Ángel Roberto Reyes Castillo, Notario.—Nº 118682.—(62189).

INVERSIONES PANTOJA CRUZ S. A.Inversiones Pantoja Cruz S. A., cédula Nº 3-101-257533, solicita ante

la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario DI, Mayor MY, Inventarios y Balances IB, Actas de Consejo de Administración AAS, Registro de Socios RS, quien se considere, afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la administración tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jonny Echevarría Montoya.—(62770).

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 51

GANORLY S. A.Ganorly S. A. cédula jurídica número 3-101-161500, ha solicitado

ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Registro de Socios, Actas de Asamblea de Accionistas, y Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 20 de julio del 2009.—Lic. Ana Elena Castillo, Notaria.—(62834).

INVERSIONES CALVO Y UGALDE S. A.La sociedad Inversiones Calvo y Ugalde, S. A., número de cédula

3-101-070980, (tres-ciento uno-cero siete cero nueve ochenta) en el trámite de legalización de libros de reposición de libros, solicita ante la Dirección General de Tributación, la entrega anticipada del libro de Actas de Asambleas de Socios número dos, para actualizar su junta directiva. Quien se considere afectado puede enviar su oposición a este trámite, a la Administración Tributaria de San José, dentro de los 8 días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—Jenny Calvo Ugalde.—Nº 118929.—(62961).

INMORO S. A.Inmoro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-345155, solicita ante la

Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Álvaro Díaz Romagoza, representante legal.—Nº 119017.—(62962).

UNIDAD MÉDICA ZURROFE SOCIEDAD ANÓNIMALa Unidad Médica Zurrofe Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº

3-101-082827, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes seis libros: Registro de Accionistas 01, Actas de Asamblea General de Socios 01, Actas de Junta Directiva 01, Mayor 01, Diario 01, e Inventarios y Balances 01. Quien se considere afectado puede manifestar oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 20 de julio del 2009.—Manuel Francisco Sagot, Presidente.—Nº 119119.—(62963).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

DISTRIBUIDORA GUTIÉRREZ DEL VALLE S. A.Distribuidora Gutiérrez del Valle S. A., cédula jurídica Nº 3-101-

124048-30, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Número 1; Mayor Número 1; Inventarios y Balances, Número 1; Actas de Consejos de Administración, Número 1; Actas de Asamblea de Socios, Número 1; Actas de Registro de Socios, Número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—José María Gutiérrez Miloro.—(63075).

GREEN PALMS OF THE PACIFIC S. A.Se avisa que se está en proceso de venta la empresa, Green Palms of

the Pacific S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- dos ocho seis dos ocho tres, domiciliada en Guanacaste, Liberia, de Burger King doscientos metros al este, representada por la señora Tatiana Andrade de Vandruff, de nacionalidad panameña, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Guanacaste, Playa Panamá, Villas del Pacifico, de la entrada principal un kilómetro al sur, pasaporte PE diez mil doscientos, representante legal y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. De conformidad con lo establecido en los artículos cuatrocientos setenta y nueve y cuatrocientos ochenta y tres del Código de Comercio, se convoca a acreedores e interesados para que dentro del término de quince días a partir de la primera publicación se apersonen a hacer valer sus derechos, en las oficinas del Lic. Roberto Quirós Coronado, situadas en San José, Barrio Escalante, avenida cinco, calles veintinueve y treinta y uno, casa número treinta y uno cuarenta y cinco, teléfono veintidós - cincuenta y tres- cuarenta y dos - veintiocho.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—(63076).

JOYAS MARMAR SOCIEDAD ANÓNIMAJoyas Marmar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-299721,

solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, todos numero 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Arca de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Marvin Rodríguez Villalobos.—(63085).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.Para efectos de reposición, yo Fabio Solano Salazar, cédula de

identidad Nº 3-158-039 en mi condición de propietario de la acción y título Nº 1422, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. La reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 24 de julio del 2009.—Fabio Solano Salazar, Propietario.—(63142).

Ana Lucía Ramírez Quesada, cédula de identidad número uno-mil ochenta y nueve-doscientos cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Diario, Mayor, Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Sur, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—Nº 119141.—(63388).

FERLEMA S. A.Ferlema S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero dos cinco

ocho cuatro cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un Diario, un Mayor, un Inventario y Balance, un Actas de Consejo de Administración, un Actas de Asamblea de Socios y un Acta Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de julio del 2009.—Lic. Montserrat Brich de Sánchez, Notaria.—Nº 119224.—(63389).

TRANSECOLÓGICO SOCIEDAD ANÓNIMATransecológico Sociedad Anónima, antes llamada Distribuidora

Pretus Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-158863, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Actas de Registro de Socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—Nº 119291.—(63390).

LOGÍSTICA AIRE MAR COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMALogística Aire Mar Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica

3-101-233654, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del Libro Mayor número uno. Se oirán oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles.—San José, 19 de junio del 2009.—John Otto Knohr Guardia.—Nº 119347.—(63391).

SERVICIOS INFORMÁTICOS VEGA Y VEGA SOCIEDAD ANÓNIMA

Nosotros, Michael Gerardo Vega Fonseca, cédula de identidad número cuatro-ciento setenta y dos-cero cuarenta y cinco, casado una vez, ingeniero en sistemas, vecino de Urbanización Rancho Grande de Ciudad Quesada de San Carlos, casa número cincuenta y cinco y Juana María Fonseca Méndez, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y tres-trescientos ochenta y cinco, casada una vez, comerciante, Barrio San Antonio de Ciudad Quesada de San Carlos, frente a Auto Video Center, en nuestra condición de presidente y secretaria hacemos constar que hemos iniciado el trámite para la reposición por extravío de los siguientes libros de actas: Diario número uno, Mayor número uno, Inventario y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea de Socios número uno y de Registro de Socios número uno; de Servicios Informáticos Vega y Vega Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil trescientos noventa y cinco, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas bajo la cédula jurídica indicada. Se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de la Zona Norte.—Michael Gerardo Vega Fonseca.—Juana María Fonseca Méndez.—Nº 119370.—(63392).

LABORATORIOS QUIFLO SOCIEDAD ANÓNIMALaboratorios Quiflo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica

número tres-ciento uno-tres nueve cuatro cuatro cuatro dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Diario número 1, Mayor número 1, Inventarios y Balances número 1, Actas de Consejo de Administración número 1, Actas de Asamblea de Socios número 1 y Registro de Socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las quince horas del 16 de julio del 2009.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—Nº 119397.—(63393).

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DISTRIBUIDORA QUIFLO COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMADistribuidora Quiflo Comercial Sociedad Anónima, cédula de

persona jurídica número tres - ciento uno - uno uno siete cuatro dos nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Diario número 1, Mayor número 1, Inventarios y Balances número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—Nº 119398.—(63394).

LOS HELECHALES VERDES SOCIEDAD ANÓNIMALos Helechales Verdes Sociedad Anónima, cédula de persona

jurídica número tres - ciento uno - cero seis dos tres dos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Diario número 1, Mayor número 1, Inventarios y Balances número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las quince horas del 16 de julio del 2009.—Lic. María Esther Flores Quesada, Notaria.—Nº 119399.—(63395).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

NUEVA CR S. A.BALANCE GENERAL Y ESTADO FINAL DE LIQUIDACIÓN

AL 20 DE JULIO 2009 (COLONES)

Efectivo ¢31.008.763,98

ACTIVO TOTAL ¢31.008.763,98

Capital SocialUtilidades RetenidasUtilidades del Periodo

¢100.000.000.00¢(69.772.747,81)

¢781.511,79

PATRIMONIO ¢31.008.763,98

Distribución del haber social:Nueva Holdings Inc: ¢31.008.763,98Publicado de conformidad con el artículo 216 del Código de

Comercio.—Neftalí Garro Zúñiga, Liquidador.—1 vez.—(63091).

JUNTA ADMINISTRATIVA DE CEMENTERIOS DE GOICOECHEAEn sesión ordinaria Nº 13-09 celebrada el día 13 de julio 2009,

artículo 4°, inciso 7) en Informes, la Junta Administrativa de Cementerios de Goicoechea, Acuerda mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta avisar a las siguientes personas, que a partir de su publicación tienen 30 días hábiles para regularizar su situación de lo contrario se procederá aplicar el capítulo quinto artículo 15, del Reglamento de la Junta Administrativa de Cementerios de Goicoechea, a declarar resuelto el contrato (Expropiación).

Cementerio Nuestra Señora de Guadalupe (Guadalupe) Nombre Ubicación

1. Carlos A. Sanabria Salguero Cuadro este, línea 17, fosa 482. Luis Solís Garita Cuadro este, línea 7, fosa 12Cementerio El Redentor (Purral):

Nombre Ubicación1. Antonio Montero Cuadro E, línea 6, fosa 132. Edwin Arroyo Chacón Cuadro A, línea 8, fosa 133. Jorge Antonio Monge Rodríguez Cuadro A, línea 10, fosa 64. Rodolfo Gerardo Cubero Cervantes Cuadro E, línea 7, fosa 8/35. Blanca Solano Araya Cuadro C, línea 11, fosa 5

Guadalupe, 20 de julio del 2009.—Aracelly González Fernández, Administradora.—1 vez.—(63113).

ASOCIACIÓN DEL SERVICIO DE VOLUNTARIADO PARA EL DESARROLLO ASISTENCIA HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

Yo, Blanca Vargas Arce, cédula de identidad número: dos-dos, cero nueve-cuatro seis nueve, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación del Servicio de Voluntariado para el Desarrollo Asistencia Hospital San Juan de Dios, cédula de personería jurídica número: tres-cero cero dos - tres cuatro cinco nueve tres cuatro, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de Asamblea de Asociados, número: uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones, ante el Registro de Asociaciones.—21 de julio del 2009.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 119186.—(63386).

ASOCIACIÓN CLUB DE JARDINES DE COSTA RICAYo, Yalile Nassar Leiva, cédula número dos-ciento sesenta y

tres- novecientos ocho, en mi condición de presidenta ostentando la representación legal de la Asociación Club de Jardines de Costa Rica con cédula jurídica número tres-cero cero dos-cincuenta y un mil novecientos cincuenta, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro número uno de Inventarios y Balances, el cual fue extraviado, se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en el Registro de Asociaciones.—San José, 16 de julio del 2009.—Yalile Nassar Leiva, Presidenta.—1 vez.—Nº 119358.—(63387).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 7 de julio del 2009, se constituyó Orthosport Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz Notaria.—1 vez.—Nº 118442.—(62217).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 08:30 horas del 7 de julio del 2009, se constituyó Inversiones TEBI Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz Notaria.—1 vez.—Nº 118443.—(62218).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 7 de julio del 2009, se constituyó Servicios Quirúrgicos del Pacífico Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz Notaria.—1 vez.—Nº 118444.—(62219).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 09:30 horas del 7 de julio del 2009, se constituyó Servicios Ortopédicos del Pacífico Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz Notaria.—1 vez.—Nº 118445.—(62220).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 09:45 horas del 7 de julio del 2009, se constituyó Inversiones Jov Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz Notaria.—1 vez.—Nº 118446.—(62221).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 7 de julio del 2009, se constituyó Servicios Anestésicos Generales (SAG) Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de julio del 2009.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz Notaria.—1 vez.—Nº 118448.—(62222).

Mediante la escritura pública número seis, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas, del día catorce del mes de julio del dos mil nueve, se constituyó la entidad Unidad Gráfica Producciones S. A., con domicilio social en La Pitahaya de Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Herrara, Notario.—1 vez.—Nº 118450.—(62223).

Mediante la escritura pública número ocho, otorgada ante esta notaría, a las quince horas, del día catorce del mes de julio del dos mil nueve, se constituyó la entidad El Faro Comunicación S. A., con domicilio social en Pavas, San José.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Herrara, Notario.—1 vez.—Nº 118451.—(62224).

Mediante la escritura pública número siete, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con treinta minutos, del día catorce del mes de julio del dos mil nueve, se constituyó la entidad Grupo de Comunicación Sinergia S. A., con domicilio social en La Pitahaya de Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Herrara, Notario.—1 vez.—Nº 118452.—(62225).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas de catorce de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Las Tres Zarigüellas S. A. Capital, cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y secretario con la representación legal.—Lic. Dulcerina Salazar Mata, Notaria.—1 vez.—Nº 118453.—(62226).

En escritura noventa y seis-siete, de las 09:00 horas del día 14 de junio del 2009, se realizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Cortijo Chambacu S. A., cédula jurídica Nº 3-101-207798, se modificó la cláusula segunda, la cual debe leerse así: del domicilio: El domicilio social estará en la provincia de Limón, cantón de Talamanca, distrito de Cahuita, localidad de playa Grande, treinta metros al sur de la Pizzería Coconut, pudiendo establecer agencias y sucursales en cualquier lugar de la República o fuera de ella. “Se modificó la cláusula sexta, la cual debe de leerse así: “Los negocios serán administrados por una junta directiva formada por tres miembros que serán: presidente, tesorero y secretario. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo además otorgar nuevos poderes, sustituir su poder parcial o totalmente, revocar sustituciones, hacer otras de nuevo, delegar su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y siempre y en todo momento sin perder por ello su representación. Tendrá además las facultades de abrir y firmar contra las cuentas corrientes o de ahorros en colones, dólares, o euros que existan o llegaren a existir a nombre de la compañía, sea dentro del sistema bancario nacional o de la banca privada, por igual podrá cerrar o suspender dichas cuentas y autorizar a otras personas para que firmen en las mismas. Por igual la asamblea podrá designar gerentes, apoderados

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y representantes con las denominaciones poderes y remuneraciones que estimen convenientes, pudiendo revocar dichos nombramientos.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 118455.—(62227).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas quince minutos del día ocho de julio del dos mil nueve, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bufete Cevana Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil novecientos veinticinco, en la cual se revocó el puesto de tesorero y se nombró nuevo tesorero.—San Isidro de Pérez Zeledón, 14 de julio del 2009.—Lic. Yolanda Chinchilla Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 118457.—(62228).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día quince de julio del dos mil nueve, procedí a protocolizar acta de asamblea general ordinaria de asociados de la asociación denominada Asociación de Productores de Fruta de La Región Brunca cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatrocientos once mil quinientos cuarenta y cuatro, en la cual se eligió la junta directiva para el periodo comprendido del 20 de junio del dos mil nueve al quince de mayo del dos mil once, siendo nombrados como presidente: Luis Zúñiga Moya, cédula: dos-doscientos setenta-ciento tres, vicepresidente: Rodrigo Rodríguez Bonilla, cédula: dos-cuatrocientos ochenta y cinco-cuatrocientos noventa, secretario: Orlando Gamboa Mora, cédula: uno-trescientos setenta y siete-cuatrocientos once, tesorero: Eduardo Delgado Azofeifa cédula: uno- trescientos setenta y cuatro-seiscientos treinta y nueve, vocal: Gonzalo Rojas Picado, cédula: uno-seiscientos sesenta y seis-cero cero seis, fiscal: Melvin Elizondo Delgado cédula uno-seiscientos ochenta y tres-cuatrocientos cincuenta y cinco.—San Isidro de Pérez Zeledón, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Wendy Robles Lizano, Notaria.—1 vez.—Nº 118458.—(62229).

Mediante escritura número ciento ocho-uno, Jade Diseños y Soluciones, Sociedad Anónima y José Trinidad García Miranda, constituyeron: Proyectos Virtuales JDJ Sociedad Anónima. Domicilio: Coronado. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: Jania Umaña Figueroa.—Lic. Alexandra Barrantes Alfaro y Luis Alberto Carrillo Delgado, Notarios.—1 vez.—Nº 118459.—(62230).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad WWW.BUSCOEVENTOS.COM S. A. Capital social diez mil colones, domicilio Ipis de Guadalupe. Plazo noventa y nueve años. Presidente: Luis Marín Jiménez.—San José, 15 de julio 2009.—Lic. Óscar Alejandro Arburola Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 118460.—(62231).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las quince horas del catorce de julio del dos mil nueve, protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Automotirz Alfa del Siglo Veintiuno, se nombró nueva junta directiva y se modificaron dos cláusulas del pacto social.—San Ramón, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 118462.—(62232).

Ante mí, hoy se constituyó la sociedad Track-Sat Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Ana Gertrud Sánchez Eger.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 118463.—(62233).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintitrés de junio del dos mil nueve, Alonso Moya Rojas y Sonia María Moya Vásquez constituyen Funeraria Caminos de Esperanza Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes apoderados generalísimos sin límites de suma. Plazo social 99 años.—Palmares, 14 de julio del 2009.— Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 118465.—(62234).

Ante esta notaría, a las 11:00 horas del 14 de julio del 2009, mediante escritura número 074, se constituyó la sociedad (Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, emitido por el Registro de Personas Jurídicas) sociedad anónima. Plazo social noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente.—San José, 14 de julio del 2009.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 118468.—(62235).

Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del quince de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad N & S Services S. A., cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pago.—San José, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Carlos Adán Pacheco Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 118470.—(62236).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Innovagro Innovaciones Agrícolas S. A., constituida por los señores Óscar Enrique Castro Zúñiga, José Pastor López Rivera y Clara Eugenia Barquero Vargas.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 118474.—(62237).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 16 de julio del 2009, se constituyó Don Gene del Sur S. A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Costa Rica, la Uruca, San José. Capital social: cinco mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 118563.—(62276).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 16 de julio del 2009, se constituyó Amku Global S. A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Costa Rica, San Rafael de Heredia. Capital social: cinco mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de julio del 2009.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 118566.—(62277).

Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional se constituyó la sociedad denominada Chompala S. A. Capital social de treinta mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente, secretario. Escritura otorgada a las ocho horas del veintiocho de noviembre del dos mil ocho.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 118568.—(62278).

Ante mí, Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional se constituye la sociedad denominada Rafalex S. A. Capital social: de treinta mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente y secretario. Escritura otorgada en Puriscal, a las 10:00 horas del 18 de julio del 2009.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 118569.—(62279).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 16:00 horas del 15 de julio del dos mil nueve, se constituyó S. A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca. Capital social: diez mil colones. Presidenta y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma separada.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 118570.—(62280).

Mediante escritura otorgada en esta Notaría a las 12:00 horas del 15 de julio del año dos mil nueve, y estando presente la totalidad del capital social de la empresa Andis Internacional Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas segunda y novena.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 118571.—(62281).

En esta notaría a las 13:00 horas del 10 de julio del 2009, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el Decreto 33171-J publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del dos mil cinco, con domicilio en Dulce Nombre de Naranjo de la provincia de Alajuela, 400 metros y 300 al sur de la iglesia católica, apoderada generalísima presidenta: María de los Ángeles Delgado Morales, 1-735-017. Capital social: 500.000 colones.—Naranjo, 10 de julio del 2009.—Lic. Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 118572.—(62282).

En esta notaría a las 17:00 horas del 30 de junio del 2009, se constituyó Inversiones y Negocios V y A de Grecia Sociedad Anónima, con domicilio en Cantón de Grecia de la provincia de Alajuela, de la esquina noroeste de la iglesia, 200 metros oeste, 400 norte y 75 oeste, apoderado generalísimo presidente: Gerson Villalobos Valenciano, 2-378-875. Capital social: 100.000 colones.—Naranjo, 10 de julio del 2009.—Lic. Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 118573.—(62283).

Por escritura otorgada en Grecia, a las 17:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Comercial Ugalde y Rojas de Poás S. A. Se reforman las cláusulas segunda, sexta y octava del pacto constitutivo. Domicilio: provincia de Alajuela, cantón octavo: Poás, distrito tercero: San Rafael, exactamente en San Rafael de Poás, setenta y cinco metros al suroeste del templo católico. Se acepta renuncia de secretaria y tesorero y se nombra nuevos y se nombra vicepresidenta, todos por el resto del plazo social.—Grecia, 23 de junio del 2009.—Lic. José Eduardo González Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 118575.—(62284).

La suscrita notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar el día de hoy, que se constituyó una sociedad sin nombre, según decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, con domicilio social en San Pablo de Heredia. Recae en el presidente: Verny Wilson Cole, las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—Nº 118578.—(62285).

Hoy en esta notaría se constituyó Galapom Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Hatillo Uno.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 118580.—(62286).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Hacienda El Boulevard Número Veinticuatro, cédula jurídica 3-101-443645, celebrada a las 18 horas del 2 de julio de este año, se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—Guadalupe, 15 de julio del 2009.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 118581.—(62287).

Por escritura otorgada ante mí, Multiservicios Porras y Reilly S.A., reforma cláusula novena de estatutos. Presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma actúan únicamente en forma conjunta.—San José, 12 horas del 25 de marzo del 2009.—Lic. Miguel Antonio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 118582.—(62288).

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Por escritura otorgada el día dieciséis de julio dos mil nueve, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Premier Outsourcing Associates MGF Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciséis de julio del dos mil nueve.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 118588.—(62289).

Por escritura de las dieciocho horas de hoy en conotaría del suscrito y Manuel Enrique Badilla Chavarría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Pagone Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la administración y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 118593.—(62290).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las siete horas del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118595.—(62291).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las siete horas y treinta minutos del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital: enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Arguello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118596.—(62292).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Arguello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118597.—(62293).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118598.—(62294).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118599.—(62295).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118600.—(62296).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118601.—(62297).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas y treinta minutos del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118602.—(62298).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del quince de julio del año dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118603.—(62299).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital: enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118604.—(62300).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas del quince de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118605—(62301).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las doce horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil nueve, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital: enteramente suscrito y pagado.—Lic. María Auxiliadora Argüello Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 118606.—(62302).

Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 10 de julio del 2009, se constituyó la compañía Abraham Windows of the East S. A. Plazo: 99 años. Domicilio social: San Isidro, Cóbano,

Puntarenas, un kilómetro al sur del cruce Ro Negro-Cóbano. Capital social: ¢100.000,00. Presidente: Ronald López Ruiz.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 118608.—(62303).

Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 6 de julio del 2009, se constituyó la compañía Bushka S. A. Plazo: 99 años. Domicilio social: Santa Teresa, Cóbano, Puntarenas, 50 m sur y 50 este de Lora Amarilla. Capital social: ¢100.000,00. Presidente: Erez Chen.—San José, 13 de julio del 2009.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 118609.—(62304).

Por medio de escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 14 de julio del 2009, se constituyó la compañía Valerio’s Tourist Visions S. A. Plazo: 99 años. Domicilio social: San Isidro, Cóbano, Puntarenas, 400 m norte y 400 este servicentro El Palmar. Capital social: ¢100.000,00. Presidente: Erick Valerio Mora.—San José, 15 de julio del 2009.—Lic. Eladio Ant. Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 118610.—(62305).

Ante mí, Edgar Gerardo Campos Araya, por escritura otorgada a las 11:00 horas del 15 de julio del 2009, Ronald Serrano Villegas y Luis Fernando Serrano Ledezma, solicitan el cambio de junta directiva. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las doce horas del dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 118611.—(62306).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día quince de julio del dos mil nueve, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada QOC Crisanteno Dos Tres Uno S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula segunda de los estatutos y se acuerda revocar y hacer nombramiento. San José, quince de julio del dos mil nueve.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 118612.—(62307).

Por escritura número 156-3, otorgada a las 15:00 horas del 8 de julio del 2009, ante esta notaría, Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hig Construction Limitada donde se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos.—Puntarenas, 9 de julio del 2009.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 118613.—(62308).

Por escritura número 155-3, otorgada a las 15:00 horas del 8 de julio del 2009, ante esta notaría, Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Free Conviction Limitada donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—Puntarenas, 9 de julio del 2009.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—Nº 118614.—(62309).

Por instrumento público número 109 autorizado por la suscrita notaria a las 14:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Fuengirola Sociedad Anónima, mediante las que se modifica el domicilio de la sociedad. Domicilio: San José, Santa Ana, del Banco HSBC cuatrocientos metros oeste, cien sur y cien este, Condominio Alameda, número veintisiete.—San José, 12 de febrero del 2009.—Lic. María De La Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1 vez.—Nº 118616.—(62310).

Mediante escritura pública otorgada a las doce horas y cincuenta y ocho minutos del día quince de julio del año dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Ico de Esparza Noventa y Siete S. A., mediante la cual se revocó el nombramiento de presidente de la empresa y se nombró otro en su lugar.—San José, dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Juan Arturo Abdelnour Granados, Notario.—1 vez.—Nº 118617.—(62311).

Mediante escritura pública otorgada a las trece horas y quince minutos del día quince de julio del año dos mil nueve, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Ico Noventa y Uno S. A., mediante la cual se revocó el nombramiento de presidente de la empresa y se nombró otro en su lugar.—Dieciséis de julio del dos mil nueve.—Lic. Juan Arturo Abdelnour Granados, Notario.—1 vez.—Nº 118618.—(62312).

Ignacio Sánchez Ramírez, notario, hace saber que por escritura número doscientos noventa y ocho B, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se reformó la cláusula cuarta. Plazo social, cédula jurídica 3-101-368035.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 118621.—(62313).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada Autopartes Leo Número Dos Palmares Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, quince de julio del año dos mil nueve.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 118623.—(62314).

Mediante escritura número cero sesenta-siete, del día 07 de julio del 2009, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Hermanos Porras Rodríguez S. A., con domicilio social en La Palmita de Naranjo, Alajuela.—07 de julio del 2009.—Lic. Víctor Eduardo Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 118625.—(62315).

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Mediante escritura número cero sesenta y tres-siete, del día 07 de julio del 2009, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Autollantas Huetar S. R. L., con cédula jurídica: 3-102-156817.—07 de julio del 2009.—Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 118626.—(62316).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las 7:30 horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de L Y R Tecnologies Sociedad Anónima, celebrada en Las Brisas de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, a las 11 horas del 29 de junio del año en curso, mediante la cual se reformaron las cláusulas 2 y 7 del pacto social; se revocan nombramientos y se realizan nuevos nombramientos.—San Vito, 01 de julio del 2009.—Lic. Ayalile Jiménez Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 118628.—(62317).

Por escritura otorgada ante mí, Dyanna Nelson Ulloa, en Guápiles de Pococí, se constituyó la sociedad Comercializadora Arguedas & Vargas Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiéndose abreviar Comercializadora Arguedas & Vargas S.R.L.—Turrialba, quince de junio del dos mil nueve.—Lic. Dyanna Nelson Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 118629.—(62318).

Por escritura N° 56 del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó Irigoyen y Quinteros S. A., capital suscrito y pagado, Presidenta la socia Rocío Ramírez Quinteros.—San José, 10 de julio de 2009.—Lic. Luis Ángel Leitón Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 118631.—(62319).

Por escritura otorgada ante mí, Carlos Vargas Chavarría y Joaquín Saborío Duarte, constituyen sociedad denominada Inversiones El Mineral Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Domicilio San Rafael de Heredia. Presidente: Carlos Vargas Chavarría.—San José, a las 10:00 horas del 16 de julio de 2009.—Lic. Andrés Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 118632.—(62320).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas del dos de octubre del dos mil seis, se constituyó Constructora Barrantes y Jara S. A. Capital social de treinta mil colones.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 118634.—(62321).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas con veinte minutos del diecinueve de junio del dos mil nueve, se constituyó Inversiones Picado Chacón S. A. Capital social de treinta mil colones.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 118635.—(62322).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas treinta minutos del ocho de julio del 2009, se constituye la sociedad de esta plaza Inversiones Rouvre Sociedad Anónima.—San José, quince de julio de dos mil nueve.—Lic. Manuel Cháves Marín, Notario.—1 vez.—Nº 118637.—(62323).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del ocho de julio del 2009, se constituye la sociedad de esta plaza Inversiones Lemanica Sociedad Anónima.—San José, quince de julio de dos mil nueve.—Lic. Manuel Cháves Marín, Notario.—1 vez.—Nº 118638.—(62324).

Condominio Puebla Real Bilbao Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cero ocho nueve seis seis, comunica que modificó cláusulas primera y sétima del acta constitutiva y nombró vicepresidente, tesorero y vocal.—Belén, catorce de julio del dos mil nueve.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 118639.—(62325).

Ante el suscrito notario público, siendo las 14:00 horas del día 11 de mayo de 2009, se constituyó la sociedad Vientos del Zurquí S. A. con un capital social totalmente pagado y cancelado.—San José, 15 de julio de 2009.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—Nº 118640.—(62326).

NOTIFICACIONESSEGURIDAD PÚBLICA

AUTO DE APERTURAPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 988-IP-2008 DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San José, a las ocho horas del día veintitrés de febrero del año dos mil nueve. De conformidad con el numeral 57 de la Ley General de Policía, los Decretos Ejecutivos números 28856-SP y 32177-SP, artículos 211, 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, procede este Órgano Director a iniciar procedimiento administrativo disciplinario en contra de Albán Gerardo Azofeifa Chacon; cédula de identidad número 1-1023-920, servidor de este Ministerio y destacado en la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria o civil que le pueda caber por el siguiente hecho: Ausencias Laborales a partir del 6 de junio del 2008; Para los efectos anteriores recábese la prueba pertinente a efecto de establecer la verdad real de los hechos, haciéndole ver a la inculpada

que este Órgano Director ha dispuesto realizar una comparecencia oral y privada ante la Administración, a realizarse en este Departamento, ubicado en San José, Barrio Córdoba, Oficinas Centrales del Ministerio de Seguridad Pública. Tercer piso del Modulo Valverde Vega. A las 09:30 horas del día 24 de marzo del año 2009. Será atendido por el Asistente Legal Ronald E. Esquivel Vargas, responsable de llevar a cabo el presente procedimiento administrativo disciplinario con observancia de los principios del debido proceso y correlativo derecho de defensa. La documentación y pruebas habida en el expediente administrativo disciplinario al cual se le ha asignado el número 988-IP-2008-DDL, puede ser consultada en este despacho en días y horas hábiles, la cual hasta el momento consiste en: Prueba documental: oficio número 1229-2008-RH-SVA, de fecha 18 de junio del 2008, suscrito por el Comisario, Oldemar Madrigal Medal, Director del Servicio de Vigilancia Aérea, oficio número 1230-2008 RH-SVA, de fecha 18 de junio del 2008, suscrito por el Comisario, Oldemar Madrigal Medal, Director del servicio de Vigilancia Aérea, Rol de servicio de las 07:00 horas a las 17 horas del día 06 de junio del 2008 y Constancia Jurada , suscrita por el Comisario Oldemar Madrigal Medal, Director del Servicio de Vigilancia Aérea, fotocopia de reporte de ausencia de Alban Azofeifa Chacón, suscrito por el Intendente, Juan Luis Vargas Castillo, de la Oficina de Capacitación de la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea, Constancia Jurada, suscrita por el Comisario Oldemar Madrigal Medal, Director del Servicio de Vigilancia Aérea, Constancia del día 10 de febrero del 2009, suscrita por el Lic. Minor Sequeira Castro, Encargado del Área de Informática, del Departamento de Control y Documentación de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, oficio número 0320-2009-RH-SVA, de fecha 11 de febrero del 2009, suscrito por el Capitán de Policía, Alex Romero Salazar, Director del Servicio de Vigilancia Aérea, visibles a folios del 01 al 07. Se le informa a dicho servidor que la comparecencia oral y privada señalada, es el momento procesal oportuno para aportar y recibir toda la prueba de descargo (documental y testimonial) y los alegatos pertinentes, por lo cual, la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este Despacho antes, o, en el momento de la comparecencia. De Hacerlo antes, deberá presentarla por escrito, indicando en caso de ofrecer prueba testimonial de descargo, a qué hechos se referirá cada uno de ellos, lo anterior de conformidad con lo estipulado en el artículo 312 incisos 1, 2 y 3 de la Ley General de la Administración Pública. Tiene el derecho de formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia, lo cual deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia, advirtiéndosele que los alegatos podrán presentarse por escrito después de la comparecencia, únicamente cuando no hubiere sido posible hacerlo en la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 317 ibídem, inciso 1 acápite f) incisos e 2) y 3) de ese mismo artículo. Asimismo, se le advierte que de conformidad con la misma ley, artículos 343, 345 siguientes y concordantes, contra el presente Auto de Apertura proceden los recursos ordinarios que la ley prevé, sea el de Revocatoria y el de Apelación, el primero se debe interponer ante el Órgano que emite el acto y el segundo ante el superior de éste, sea el Sr. Ministro de esta cartera, dentro del término de veinticuatro horas a partir de la última comunicación del acto. Los recursos se resolverán en efecto devolutivo y no suspensivo para no perjudicar la celeridad procesal, conforme lo estatuido en los artículos 148 y 269.1 IBIDEM. De igual manera se le hace saber al encausado que le asiste el derecho de hacerse acompañar por un abogado que lo asesore o represente durante el procedimiento. Se le previene además que debe señalar lugar para atender futuras notificaciones, de lo contrario se le estará notificando los actos de procedimiento y la resolución final en su lugar de trabajo o el último domicilio que conste en su expediente personal con el cual cuenta la administración, de conformidad con el artículo 243 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese en la siguiente dirección: Heredia, San Isidro, Central, Residencial San Isidro, casa 41.— Departamento Disciplinario Legal.—Licenciada. Leticia Loría Gutiérrez Jefa a. í.—(Solicitud Nº 30477).—(O. C. Nº 97350).—C-96770.—(39508).

AUTO DE NUEVO DILIGENCIAMIENTODEL AUTO DE APERTURA

Expediente: 988-IP-2008-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección Inspección Policial.—San José a las nueve horas con cincuenta y dos minutos del día veintinueve de junio del dos mil nueve. De conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000 y los artículos 211, 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, 55 inciso d) y 57 de la Ley General de Policía. En vista de que el Auto de Apertura dictado por este Órgano Director de las ocho horas del día veintitrés de febrero del año dos mil nueve, dentro del procedimiento disciplinario administrativo, número 988-IP-2008, tramitado en contra del servidor Alban Gerardo Azofeifa Chacón, cédula de identidad número 1-1023-920, destacado en ese entonces en la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea, no le fue debidamente notificado el aludido Auto de Apertura siendo que resulto materialmente imposible notificarlo personalmente por cuanto el señor Chacón Azofeifa hizo abandono de trabajo desde el 6 de junio del 2008 y se ignora su domicilio actual. Procede este Órgano Director a remitirle el presente diligenciamiento para que se notifique el aludido Auto de Apertura, mediante edicto, que se adjunta. Asimismo, se le hace saber al inculpado Alban Gerardo Chacón Azofeifa, que este Órgano Director ha ordenado realizar una Audiencia Oral y Privada a celebrarse en la Sección de Inspección Policial, del Departamento Disciplinario Legal, de este Ministerio. Situado en el Tercer Piso del Módulo Valverde Vega, Barrio Córdoba San José, a partir de las 9:00 horas del décimo quinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del

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Presente Acto. Se le advierte al encartado igualmente que debe señalar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedara notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas, se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndosele que, por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 Constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Le atenderá la Asistente Legal Lic. Guiselle Alfaro Peraza. Siendo que en todo lo demás el auto de apertura adjunto, se mantiene incólume. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese por edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe a. í.—(Solicitud 30477).—(O. C. Nº 97350).—C-58520.—(62696).

SECCIÓN DE INSPECCIÓN POLICIALAuto de Apertura de causa administrativa disciplinaria.—Expediente

Nº 361-IP-09-DDL.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del día catorce de junio del dos mil nueve, de conformidad el Decreto Ejecutivo NS 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000 y los artículos 211, 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, 55 inciso d) y 57 de Ley General de Policía; sé procede a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo Disciplinario, contra: Víctor Hernández Rojas, cédula de identidad número 1-0556-0012, funcionario de este Ministerio, cuya última ubicación fue en la Escuela Nacional de Policía, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su domicilio actual, a” efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: ausencias laborales a partir del 10 de marzo del 2009. Lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndose saber a la referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en el departamento disciplinario legal, sección de inspección policial del ministerio de seguridad publica, ubicada en el tercer piso del módulo Valverde Vega, Barrio Córdoba frente al Colegio Castro Madriz de esta capital, a partir de las 09:00 horas del décimo quinto día hábil, contado a partir de la tercera publicación del presente acto, donde será atendido por la instructora, Lic. Guiselle Alfaro Peraza, funcionaría responsable de llevar a cabo el presente procedimiento disciplinario con observancia de los principios del debido proceso y correlativo derecho de defensa. La documentación y pruebas habidas en el referido expediente número 361-IP-2008, puede ser consultada y fotocopiada en esta Sección, en días y horas hábiles, la cual hasta el momento consiste en: Documental: 1) DA-475-2009-ENP, de fecha 7 de mayo del 2009, suscrita por el Comisario Daniel Calderón Rodríguez, Director Escuela Nacional de Policía, visible a folios 1 y 2. 2) Fotocopia simple de la resolución número 298-2009-TI-DRH de las diez horas veinte minutos del diez de marzo del 2009, visible a folio 3. 3) Oficio Nº URH-0322-2009-ENP, de fecha 13 de marzo del 2009, suscrita por el Lie. Mario González Hernández, Sub-Jefe Administrativo Escuela Nacional de Policía, visible a folio 4. 4) Oficio Nº 1855-2009-DCOD-DRH de fecha 18 de marzo del 2009, suscrito por la señora Ileana Brenes Pacheco, Jefe de Control y Documentación, visible a folio 5. 5) Fotocopia simple del oficio 2671-2009-DRH-RC-IB, de fecha 16 de marzo del 2008, suscrita por la Lic. Floribeth Castillo Corrales, Jefe Incentivos y Beneficios, visible a folio 06. 6) Fotocopia simple del oficio Nº URH-0356-2009-ENP, de fecha 23 de marzo del 2009, suscrita por el Lie. Mario González Hernández, Sub-Jefe Administrativo, visible a folio 7. 7) Oficio N° URH-0566-2009, de fecha 14 de mayo del 2009, suscrito por el Comisario Daniel Calderón Rodríguez, Director de la Escuela Nacional de Policía, visible a folio 08. Testimonial: Ninguna. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de su interés puede hacerla llegar a este despacho antes o al momento de la comparecencia si lo hace antes, deberá hacerla llegar por escrito, indicando, en caso de ofrecer prueba testimonial de descargo, a que hechos se referirá cada uno de los testigos, lo anterior según lo estipulado en el articulo 312 incisos 2) y 3) de la Ley General de la Administración Pública y los numerales 354 y 365 del Código Procesal Civil, remisión permitida por el artículo 229 de la misma Ley General de Administración Pública. Asimismo se le advierte que de conformidad con la misma ley, artículos 344, 345, siguientes y concordantes contra el presente Auto de Apertura proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y Apelación en Subsidio que la ley prevé. El primero ante el mismo órgano que dictó la resolución y el segundo ante el superior jerárquico y en el plazo improrrogable de 24 horas después de la notificación. Se le advierte igualmente que debe señalar, fax

o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones , apercibido de que si no lo hiciere, quedara notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas, se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndosele que, por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 Constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información qué aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe a. í. Departamento Disciplinario Legal.—(O. C. Nº 95888).—(Solicitud Nº 30486).—C-63770.—(63150).

HACIENDAADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ALAJUELA

ÁREA DE RECAUDACIÓNPor desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas

de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto el Requerimiento de Pago número 1911001450741 del contribuyente que a continuación se indica:

Contribuyente Cédula Impuesto Periodo Monto en colones

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 01/2006 15.886,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 02/2006 15.666,00

Danilo Gutiérrez Hernández. Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 03/2006 12.561,03

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 04/2006 3.347,00

Danilo Gutiérrez Hernández, Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 05/2006 10.821,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 06/2006 12.634,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 07/2006 17.930,00

Danilo Gutiérrez Hernández” Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 08/2006 22.711,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 09/2006 20.963,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 10/2006 19.877,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 11/2006 16.397,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 07/2007 13.301,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 08/2007 11.620,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 09/2007 12.399,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 11/2007 9.900,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 12/2007 9.716,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 01/2008 13.504,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 02/2008 10.696,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 03/2008 8.194,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 04/2008 6.041,00

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 VENTAS 08/2008 4.918,00

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La Gaceta Nº 146 — Miércoles 29 de julio del 2009 Pág 57

Contribuyente Cédula Impuesto Periodo Monto en colones

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 RENTA 09/2006 382,54

Danilo Gutiérrez Hernández Nº Requerimiento 1911001450741 0501411183 RENTA 12/2006 1.062,25

San José, 1º de julio del 2009.—Francisco Fonseca Montero, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 21112).—C-169500.—(62411).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALGERENCIA MÉDICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

26930-5-SEC.—La suscrita, Dra. Rosa Climent Martín, en calidad de Gerente de la Gerencia Médica de la Caja Costarricense de Seguro Social, analizado el expediente del Centro para la Instrucción del Procedimiento Administrativo número 135-07, del Procedimiento Administrativo de Sanción de Apercibimiento o Inhabilitación en contra de la Empresa Tecnología Computarizada Tecnocom Sociedad Anónima conocida como Tecnocom S. A., al ser las quince horas del dieciocho de junio del dos mil nueve:

Resultando:1º—Mediante el oficio número 47517-1, del 7 de noviembre del

2007, la Dra. Rosa Climent Martín, Gerenta de la Gerencia División Médica, denominación dada en ese momento, solicitó a la Lic. Maritza Cantillo Quirós, Directora a. í. del Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos (CIPA), la conformación de un Órgano Director a fin de instruir un Procedimiento Administrativo y determinar la verdad real de los hechos y de proceder imponer la sanción correspondiente al proveedor, siendo la Empresa Tecnocom S. A. (Ver folio 1 del expediente administrativo.)

2º—La Lic. Maritza Cantillo Quirós, Directora del Centro para la Instrucción del Procedimiento Administrativo, en el oficio CIPA-1611-07, del 13 de noviembre del 2007, nombra como Órgano Director a la Licenciada Ericka Fonseca Rueda, para que instruya el procedimiento administrativo de apercibimiento o inhabilitación en contra de la Empresa TECNOCOM S. A.. (Ver folio 28 del expediente administrativo.)

3º—Por medio de la Resolución Inicial de Traslado de Cargos de las nueve horas, del 2 de enero del 2008, se inicia la investigación supracitada, enunciando lo siguiente:

“…HECHOS

De conformidad con la prueba que luego se indicará se tienen por enlistados los siguientes hechos, en grado de probabilidad:

Primero: La Auditoría Interna Área Financiero Contable, elaboró el Informe AFC-023-R-2005 de fecha veintisiete de enero del dos mil cinco, titulado “RELACIÓN DE HECHOS SOBRE LA PRESUNTA RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SERVICIOS DE SALUD, POR LA VIOLACIÓN DE ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. Según la Auditoría Interna, dicho Informe tuvo como objetivo determinar si cada compra de equipo, cumplió con los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento (folio 13 expediente administrativo).Segundo: Alude el Informe de Auditoría en el inciso segundo, que según acta de constitución de la Empresa Tecnocom S. A., “se determinó que el Sr. Luis Eduardo Soto Zamora, cédula 2-443-064, es el presidente de esta empresa y que, mediante Asamblea Extraordinaria, la cual consta en acta 1, celebrada a las 15 horas del 20 de setiembre 1996, se nombró a la Sra. Leticia Jiménez Ortega, cédula 1-575-380, como Secretaria de Junta Directiva de esta empresa. Además, mediante certificación solicitada al Registro Civil, el 31 de mayo 2004, se establece que la Sra. Leticia Jiménez Ortega es esposa del Sr. Luis Eduardo Soto Zamora.” (ver folio 19 del expediente administrativo)Tercero: Indica además la Auditoría en su Informe, que de la documentación revisada “se determinó el 2002, se realizaron compras directas de equipo de cómputo a la empresa Tecnología Computarizada S. A. por un monto de ¢2.146.000.00 (Dos millones ciento cuarenta y seis mil colones). La Auditoria detalla esa información con el siguiente cuadro:

CUADRO 3COMPRAS EFECTUADAS A LA EMPRESA TECNOCOM S. A.

2002

DETALLE FECHA FACTURA V.CH MONTO

Impresora 08-02-02 1009 186913 ¢73.000.00

Unidad de Potencia 14-02-02 1008 186917 34.000.00

Impresora 25-03-02 1057 190706 63.000.00

Impresora 25-03-02 1064 190705 63.000.00

Impresora 05-04-02 1077 190809 63.000.00

DETALLE FECHA FACTURA V.CH MONTO

Scanner 16-04-02 1092 190904 46.000.00

Computadora Pentiun 05-05-02 1112 190712 342.000.00

Computadora Pentiun 05-05-02 1113 190713 342.000.00

2 Impresoras 06-05-02 1114 190714 126.000.00

Computadora Pentiun 13-05-02 1122 190717 342.000.00

Impresora 13-05-02 1123 190718 63.000.00

2 Impresoras 20-05-02 1134 186763 126.000.00

8 Unidades de Potencia 20-05-02 1141 186768 280.000.00

Unidad de Potencia 20-05-02 1146 186761 35.000.00

Impresora 23-05-02 1155 190731 63.000.00

Unidad de Potencia 24-06-02 1203 162525 85.000.00

Total Comparado: ¢2.146.000.00

Fuente: Documentación obtenida en la Oficina de Presupuesto de la Dirección Técnica de Servicios de Salud (ver folios 19 y 20 del expediente administrativo)Cuarto: Aduce el Informe de Auditoría, que en la entrevista que le fue realizada al Dr. Edwin Jiménez Sancho, Director Técnico de Servicios de Salud en el dos mil dos y actual Jefe de Sección de Medicina Preventiva, indicó que la Sra. Leticia Jiménez Ortega “era la persona encargada de dar contenido presupuestario a las compras, de dar asesoramiento en materia presupuestaria a cada una de las unidades con dependencia de esta Dirección, de tramitar las compras en la Dirección Técnica de Servicios de Salud y de tomar la decisión de escoger qué tipo de equipo debía comprarse, esta última función en conjunto con la persona interesada de hacer la compra en cada sección y con el Director de la misma.” (ver folio 20 del expediente administrativo)Quinto: En este mismo sentido indica el Informe de cita, que en la revisión de la documentación que respalda las compras efectuadas por dicha Dirección en el periodo dos mil dos, “se evidenció que la Sra. Jiménez interviene firmando la fórmula “Vales de Caja Chica”, certificando que el gasto cuenta con contenido presupuestario”; además, continúa manifestando el Informe de Auditoria, que al revisar la documentación que respalda algunas de las compras, “se observó que la Sra. Leticia Jiménez tramitó algunas compras, según se desprende de facturas proformas y documentos justificantes de las casas proveedoras en las cuales se señala que se conversó previamente a la propuesta con ella y las facturas proformas y documentos justificantes de las casas proveedoras en los cuales se señala que se conversó previamente a la propuesta con ella y las facturas proformas vienen dirigidas a esta persona, señalándose que son emitidas a solicitud de la Sra. Jiménez”. (ver folio 20 del expediente administrativo). Aparece en el Informe de Auditoria un cuadro con el detalle de facturas proformas enviadas a la Sra. Leticia Jiménez, el cual se detalla a continuación:

CUADRO 4FACTURAS PROFORMAS REMITIDASA LA SRA. LETICIA JIMÉNEZ ORTEGA

FECHA EMPRESA ARTÍCULO A COTIZAR

08-07-02 C.R.Conectividad S.A. Proyector Infocus Mod. LP 280

Sin fecha Vidicom S.A. Proyector Ultraportatil

Sin fecha Vidicom S.A. Proyector Portátil

10-07-02 Tecnocom S.A. Equipo de Cómputo

Sin fecha Epson C.R. Lámpara unitaria

29-07-02 Tecnocom S.A. Proyector de Imágenes

04-04-02 Servicomp S.A. Compra de Impresora

30-08-02 Epson C.R. Lámpara unitaria

29-07-02 Tecnocom S.A. Proyector de Imágenes

Fuente: Documentación obtenida en la Oficina de Presupuesto de la Dirección Técnica de Servicios de Salud (ver folios 20 y 21 del expediente administrativo)Sexto: En el Informe aludido, la Auditoria recomendó a la Gerencia División Médica instruir a la Dirección Técnica de Servicios de Salud para que, con base en las consideraciones señaladas en el inciso dos del capítulo de Acreditación de Hechos del estudio en mención, iniciar un procedimiento administrativo al proveedor Tecnocom S. A., en razón de haber participado en la venta de equipo de cómputo, pese a que aparentemente, a esta empresa le alcanzaría el régimen de prohibiciones, particularmente, lo dispuesto en el inciso c) del artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa y en caso de ser procedente, “se le

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aplique la sanción de inhabilitación previsto en el artículo 100 de la Ley de Contratación Administrativa…” (ver folio 24 del expediente administrativo) Sétimo: Asimismo la Auditoria Interna dio seguimiento a la recomendación mencionada en el inciso anterior, lo cual originó los Informes SAFC-039-A-2007 de fecha dieciocho de enero del dos mil siete y el SAFC-05-023-02-A-2007 del cuatro de setiembre del dos mil siete, que determinaron que “no había sido cumplida”, por lo cual originó la instauración del presente procedimiento administrativo. (ver folios 02 a 12 del expediente administrativo)

IMPUTACIÓN DE HECHOS Y CONDUCTASDe conformidad con los hechos antes expuestos, y en el orden que

de seguido se pasa a exponer, se le imputa en grado de probabilidad a la empresa investigada, lo siguiente:

A la Empresa Tecnocom S. A. se le atribuye el haber participado en la venta de equipo de cómputo, en el año dos mil dos, pese a que aparentemente, le alcanzaría el régimen de prohibiciones, particularmente, lo dispuesto en los incisos b), c), d) y e del artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa. (ver hechos del primero al sétimo de la presente resolución).” (Ver folios del 33 al 43 del expediente administrativo.) 4) La resolución anterior, se intenta notificar en la dirección registral,

el día 25 de marzo del 2008, tal y como consta en el acta levantada para los efectos, donde se hace constar que ni la sociedad, ni el representante legal se localizan en esa dirección. (Ver folio 57 del expediente administrativo.)

5) Ante la imposibilidad de notificar a la empresa demandada, la Gerencia Médica, publicó los día 9, 16 y 30 de septiembre del 2008, en el Diario Oficial La Gaceta, la Resolución Inicial de Traslado de Cargos. (Ver folios del 60 al 75 del expediente administrativo.)

6) En resolución de las 10:00 horas del 30 de enero del 2009, se convocó a la comparecencia oral y privada para las 8:15 horas del día 13 de abril del 2009. (Ver folios 76 y 77 del expediente administrativo.)

7) La comparecencia oral y privada fue celebrada el día 13 de abril del 2009, concluyendo la misma, quedando el asunto listo para el dictado del Informe de Conclusiones. (Ver folios del 79 al 81 del expediente administrativo.)

7) En el presente asunto se han observado los plazos y prescripciones de Ley.

Considerando: I.—El Órgano Director del Procedimiento Administrativo

Disciplinario logro acreditar los siguientes hechos: i) Hechos probados:

Se tienen por demostrados los siguientes hechos:1) Que el Sr. Luis Eduardo Soto Zamora, es el presidente de la

Empresa TECNOCOM S. A. (Ver folio 31 del expediente administrativo.)

2) Que en el acta número uno de Asamblea Extraordinaria, celebrada a las 15:00 horas del 20 de septiembre de 1996, se nombró a la señora Leticia Jiménez Ortega, portadora de la cédula de identidad número uno cero quinientos setenta y cinco cero trescientos ochenta, como Secretaria de la Junta Directiva de esa Empresa. Esta misma persona es empleada de la Institución. (Ver folio 306 de los papeles de trabajo.)

3) La señora Leticia Jiménez Ortega, según consta en la certificación extendida por el Registro Civil a las 10:18 horas del día 31 de mayo del 2004, es esposa del Presidente y representante de la empresa TECNOCOM S. A.. (Ver folio 223 de los papeles de trabajo).

4) En el año 2002, la señora Leticia Jiménez Ortega, en su condición de empleada de la Institución, participó en la adquisición de equipo de cómputo mediante compras directas a la empresa Tecnología Computarizada S. A. por un monto de ¢2.354.000,00 (dos millones trescientos cincuenta y cuatro mil colones), además interviniendo con su firma en el otorgamiento del visto bueno de contenido presupuestario. (Ver folios 042, 053, 063, 068, 308, 334, 349, 358, 368, 389, 399, 431 y 437 de los papeles de trabajo.)

ii) Hechos no probados: En el presente asunto el órgano director no logra determinar hechos no probados.

iii) Del análisis de la prueba recabada en este procedimiento administrativo, realizado por el órgano instructor: El órgano instructor, según sus manifestaciones, valoró la prueba tomando en consideración el principio de verdad real tutelado por los artículos 214, 221 y 297 de la Ley General de la Administración Pública, considerando la prueba con base en las reglas de la sana crítica, sobresaliente lo siguiente:1) Se demuestra, mediante certificación extendida por el Registro

Nacional, Sección Mercantil del Registro de Personas Jurídicas y fotocopias de microfilm de la Sección de Microfilm del Registro Nacional, que según el Tomo 694 y 977, folio 078 y 255, se encuentra el asiento 078 y 378, en el cual se indica expresamente que el señor Luis Eduardo Soto Zamora, casado una vez, portador de la cédula de identidad dos cero cuatrocientos cuarenta y tres cero cero sesenta y cuatro, es el presidente de la empresa TECNOLOGÍA COMPUTARIZADA TECNOCOM SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de personería jurídica número tres- ciento uno- ciento veintitrés mil uno. (Ver folios 31 del expediente administrativo y 307 de los papeles de trabajo.)

2) El señor Soto Zamora, para esa fecha, se encontraba casado con la señora Leticia de Los Ángeles Jiménez Ortega, según consta en la certificación de estado civil extendida por el Registro Civil. Esta señora era la Secretaria de esa misma empresa desde el 20 de septiembre de 1996, según se desprende del acta número uno de la Asamblea General Extraordinaria de las quince horas de esa fecha además, trabajaba para la institución. (Ver folio 223 y 306 de los papeles de trabajo.)

3) El señor Luis Eduardo Soto Zamora, Presidente de la empresa TECNOCOM S. A., remite el 10 de julio del 2002, a su esposa, señora Leticia Jiménez, una carta en donde solicita ser considerada su empresa para las cotizaciones de equipos de cómputo. (Ver folio 115 de los papeles de trabajo.)

4) Obviando el nexo de afinidad, el 29 de julio del 2002, el señor Luis Eduardo Soto, en respuesta a la solicitud realizada por la señora Leticia Jiménez, cotiza un proyector de imágenes. (Ver folio 230 de los papeles de trabajo.)

5) Tal y como se logra precisar en el expediente administrativo, para el año 2002, se realizaron compras directas de equipo de cómputo a la empresa Tecnología Computarizada S. A., por un monto de ¢2.354.000,00 (dos millones trescientos cincuenta y cuatro mil colones netos). Con lo cual fueron autorizados los siguientes Vales de Caja Chica:a) Vale de Caja Chica número 186917, del 14 de febrero del

2002, en donde se autoriza el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢34.000,00 (treinta y cuatro mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 431 de los papeles de trabajo.)

b) Vale de Caja Chica número 186913, del 14 de febrero del 2002, el cual autoriza el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢73.000,00 (setenta y tres mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 437 de los papeles de trabajo.)

c) Vale de Caja Chica número 190809, del 5 de abril del 2002, en donde se autorizó el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢63.000,00 (sesenta y tres mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 399 de los papeles de trabajo.)

d) Vale de Caja Chica número 190904, del 16 de abril del 2002, que autorizó el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢45.000,00 (cuarenta y cinco mil colones netos), contando con el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, por parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 389 de los papeles de trabajo.)

e) Vale de Caja Chica número 190712, del 5 de mayo del 2002, que autorizó el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢342.000,00 (trescientos cuarenta y dos mil colones netos). Consta con el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, por parte de la funcionaria, Leticia Jiménez. (Ver folio 042 de los papeles de trabajo.)

f) Vale de Caja Chica número 190713, del 5 de mayo del 2002, que ordena el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢342.000,00 (trescientos cuarenta y dos mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de parte de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 053 de los papeles de trabajo.)

g) Vale de Caja Chica número 190714, del 5 de mayo del 2002, que autoriza el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢126.000,00 (ciento veintiséis mil colones netos). Consta el Visto Bueno del contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 053 de los papeles de trabajo.)

h) Vale de Caja Chica número 190717, del 13 de mayo del 2002, el cual autoriza el pago a TECNOCOM S. A. por la suma de ¢342.000,00 (trescientos cuarenta y dos mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 063 de los papeles de trabajo.)

i) Vale de Caja Chica número 190718, del 13 de mayo del 2002, el cual ordenó el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢63.000,00 (sesenta y tres mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 368 de los papeles de trabajo.)

j) Vale de Caja Chica número 186763, del 20 de mayo del 2002, que autorizó el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢126.000,00 (ciento veintiséis mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, de parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 358 de los papeles de trabajo.)

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k) Vale de Caja Chica número 190761, del 21 de mayo del 2002, que ordena el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢35.000,00 (treinta y cinco mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, otorgado por la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 334 de los papeles de trabajo.)

l) Vale de Caja Chica número 190768, del 21 de mayo del 2002, que ordena el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢280.000,00 (doscientos ochenta mil colones netos). Consta el Visto Bueno del contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, otorgado por la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 349 de los papeles de trabajo.)

m) Vale de Caja Chica número 190731, del 23 de mayo del 2002, que autoriza el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢63.000,00 (sesenta y tres mil colones netos), contando con el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, otorgada por la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 334 de los papeles de trabajo.)

n) Vale de Caja Chica número 190746, del 31 de mayo del 2002, que autoriza el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢335.000,00 (trescientos treinta y cinco mil colones netos), contando con el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, otorgada por la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 68 de los papeles de trabajo.)

o) Vale de Caja Chica número 162525, del 27 de junio del 2002, que autoriza el pago a la empresa TECNOCOM S. A., por la suma de ¢85.000,00 (ochenta y cinco mil colones netos). Consta el Visto Bueno de contenido presupuestario de la Dirección Técnica de Servicios de Salud, por parte de la funcionaria Leticia Jiménez. (Ver folio 308 de los papeles de trabajo.)

6) En la comparecencia oral y privada, el testigo Lic. Álvaro Sánchez Solís, Asistente de Auditoría, estableció respecto a los hechos lo siguiente:“…Con respecto a este informe, lo que debo de comentar es que al hacer el seguimiento AFC-023-R-2005 RELACIÓN DE HECHOS SOBRE LA PRESUNTA RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SERVICIOS DE SALUD POR LA VIOLACIÓN DE ARTÍCULOS DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, se detectó que la recomendación referida a la empresa Tecnocom, misma que consistía para iniciar un procedimiento administrativo al proveedor Tecnocom por haber participado en la venta de equipo de cómputo por que a esta sociedad le alcanzaría el régimen de prohibiciones particularmente lo dispuesto en el inciso c) en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa y en el caso de ser procedente se le aplique la inhabilitación previsto en el artículo 100 de la Ley de Contratación Administrativa, por lo que se procedió a reiterarla para que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente. En los papeles de trabajo se incluye la evidencia de la Resolución Final del procedimiento administrativo disciplinario y patrimonial contra la Sra. Leticia Jiménez Ortega expediente 015-05, en la cual se procede a suspender por ocho días sin goce de salario a la Sra. Leticia Jiménez Ortega, cédula 1-575-380, en virtud de que se comprobó su vínculo matrimonial con el señor Luis Eduardo Soto Zamora, quien para el momento de los hechos fungió como el Presidente de la Empresa Tecnocom…”. (Ver folios 79 y 80 del expediente administrativo.)

7) En vista de lo anterior, se tiene por acreditado que la Empresa TECNOCOM S. A. participó en la venta de equipo de cómputo, en el año 2002, alcanzándole el régimen de prohibiciones contemplado en la normativa institucional, sea lo dispuesto en los incisos b, c, d y e del artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa.

iv) Sobre la responsabilidad de la empresa investigada: Partiendo de los hechos demostrados y no demostrados se tiene por acreditado para el Órgano Decisor, que la empresa TECNOLOGÍA COMPUTARIZADA TECNOCOM SOCIEDAD ANONIMA (TECNOCOM S. A.) incumplió lo dispuesto en el numeral 22 y 22 bis inciso h de la Ley de la Contratación Administrativa, el cual establece el régimen de prohibición para los oferentes, condicionando su participación a no contar con lazos de parentesco entre los funcionarios a quienes les recae la responsabilidad de elegir o recomendar, viéndose sujeto a lo indicado al artículo 100 inciso f, de ese mismo cuerpo normativo, que dispone la sanción.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:Esta resolución se fundamenta en los artículos 22, 22 bis incisos c),

d), e) y h); 100 inciso f) de la Ley de Contratación Administrativa, 211, 214 y 308 de la Ley General de la Administración Pública, del 109 al 110 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, 71 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 23 Y 217 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, 272 del Reglamento de la Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo 7576-H. Por tanto,

La Gerencia Médica, posterior análisis del expediente administrativo, RESUELVE: EN RELACIÓN CON LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LA EMPRESA TECNOLOGÍA COMPUTARIZADA TECNOCOM SOCIEDAD ANONIMA (TECNOCOM S. A.): Se inhabilita por un plazo de tres años, con base en los artículos 22, 22 bis, incisos c, d, e y h; 100 inciso f de la Ley de la Contratación Administrativa. La empresa TECNOCOM S. A., tiene derecho a presentar recurso de revocatoria o apelación, en una plazo de tres (3) días a partir de la notificación de la presente resolución, tal y como lo dispone los cánones 345, 346 y 349 de la Ley General de la Administración Pública. Es todo. Notifíquese al señor Luis Eduardo Soto Zamora, por medio de publicación en el periódico oficial La Gaceta, en virtud de no ser localizable de forma personal. Firme esta resolución trasládese copia fotostática de la misma al Área de adquisiciones para que proceda conforme a derecho y el Expediente Administrativo al centro para la instrucción del Procedimientos Administrativos para efectos de iniciar Procedimiento Administrativo disciplinario en contra de la señora Leticia Jiménez Ortega.—Dra. Rosa Climent Martín, Gerente.—(62830).

INSTITUTO CONSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS.

San José, a las diez horas del ocho de julio del dos mil nueve.—Notificación de traspaso de planta de tratamiento de aguas residuales denominada Boulevard Las Palmas por parte de la Municipalidad de Mora y la Desarrolladora Vivicon a AyA.

Resultando:1º—Que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

para cumplir con la competencia que tiene en todo el país en materia de alcantarillado, acorde con las posibilidades presupuestarias, asumirá gradualmente, para mantener y operar pequeñas plantas de tratamiento de aguas residuales, que presenten idoneidad técnica.

2º—Que la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización denominada Boulevard Las Palmas ubicada en el cantón de Mora, ha cumplido a la fecha con los requerimientos técnicos indicados por A y A, por lo que procede el trámite del respectivo traspaso a AyA.

3º—Que la empresa Vivicon S. A., propietaria registral del inmueble inscrito bajo folio real Nº 1-545742-000 y la Municipalidad de Mora, propietaria registral del inmueble inscrito bajo folio real Nº 1-545745-000, acordaron traspasar la planta de tratamiento de Boulevard Las Palmas, de conformidad con lo estipulado en la sesión ordinaria 10-2008-2010 celebrada el 07 de julio del 2008. Por tanto:

Se comunica a los usuarios de la planta de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Boulevard Las Palmas, que se encuentra en terrenos inscritos a nombre de la Municipalidad de Mora y de la Empresa Vivicon S. A., bajo el sistema de folio real Nº 1-545742-000, plano catastrado Nº SJ-1268060-2008 entregado a la Municipalidad para facilidades comunales, situada en el distrito de Ciudad Colón del Cantón de Mora, con una medida de ochocientos quince metros con noventa y nueve decímetros cuadrados y el terrenos inscrito bajo folio real Nº 1-545745-000 plano, catastrado Nº SJ-916361-2004, terreno donde se ubica la planta de tratamiento de aguas residuales, situada en el distrito de Ciudad Colón del Cantón de Mora, con una medida de quinientos dieciocho metros con quince decímetros cuadrados, que se inscribirán a nombre de AyA, en virtud de que dicha Planta y los terrenos señalados serán traspasados por la empresa Vivicon S. A. y la Municipalidad de Mora a AyA, para que se encargue de su administración y operación, por lo que una vez que el traspaso sea aprobado por la Contraloría General de la República, se gestionará para incorporarlos como usuarios de AyA del sistema de alcantarillado existente en dicha urbanización y se les aplicará la tarifa aprobada para el Instituto en materia de alcantarillado, se les apercibe para que en el plazo de tres días a partir de esta publicación, presenten sus oposiciones, si las hubiere, a la presente gestión y hagan valer sus derechos ante esta Subgerencia. Notifíquese.—Ing. Eduardo Lezama Fernández, Subgerencia General.—1 vez.—(O. C. Nº 2009-00029).—C-36770.—(63153).

FE DE ERRATASMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZQue en edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta 111 de fecha

11 de junio de 2003, página número 56, a nombre de Ramona Rodríguez Rodríguez, con cédula de identidad 5-115-951, por un error material no se indicó el número del plano catastrado, el cual es plano catastrado número G-942646-2004 de fecha 12 de agosto del 2004 con un área de seiscientos noventa y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados (699,94 m2).

Lic. Alexander Gutiérrez Mena, Alcalde a. í.—1 vez.—Nº 119557.—(63786).

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANODEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

Por un error involuntario se publicó en La Gaceta Nº 19 de fecha 28 de enero del 2009, de la señora María Cecilia Castrillo Barrantes, cédula de identidad Nº 6-190-922, se indicó en el mismo que la parcela se localizaba en Santa Teresa de Cóbano, siendo el correcto en la localidad de Mal País de Cóbano. Publíquese.

Cóbano, 16 de julio del 2009.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(63536).

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J U N T A A D M I N I S T R A T I V ALic. Ana Durán Salvatierra Lic. Ramiro Rodriguez VargasPresidentaRepresentante del Sr. Ministro de Gobernación Policía

Representante de la Editorial Costa Rica

Licda. Xinia Carmona Valverde Lic. Nelson Loaiza SojoRepresentante del Ministerio de Cultura y Juventud Director General Imprenta Nacional

Director Ejecutivo Junta Administrativa