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Área de Contenidos
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
Firmado Por FELIPE RODRIGUEZ FERNANDEZ
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Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
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El Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía celebrado el 10 de mayo de 2017 encargó
la realización de un informe sobre la publicidad y promoción de actividades de juego en los
servicios de comunicación audiovisual, a propuesta de fecha 25 de abril de 2017 de la
Comisión de Contenidos y Publicidad.
El objeto de este informe es, según consta en la propuesta aprobada por el mencionado
Pleno del CAA, el análisis de la publicidad televisiva y radiofónica de las actividades on-line de
casinos, salas de póker, apuestas deportivas, loterías y bingos; es decir, la publicidad afectada
por el Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego, que
especifica:
El presente Código es de aplicación a toda publicidad, promoción, patrocinio, y
cualquier otra forma de comunicación comercial, difundida en España, de cualquier
modalidad de actividad de juego regulada en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de
regulación del juego, incluida la promoción corporativa, de marca y de eventos,
realizada por las empresas o entidades adheridas al mismo.
Se entiende por comunicación comercial en el ámbito de este Código, cualquier forma
de comunicación visual, verbal, sonora o escrita, difundida por un prestador de servicios
de comunicación audiovisual o electrónica, medio de comunicación o servicio de la
sociedad de la información incluidas páginas web u otros servicios de la sociedad de la
información, o por cualquier otro soporte publicitario en aquello que corresponda a
cambio de una contraprestación, destinada a promocionar, de manera directa o
indirecta, juegos de suerte, envite o azar, o la publicidad o promoción de los operadores
de juego. Se consideran, en todo caso, formas de comunicación comercial, el mensaje
publicitario, el patrocinio, la televenta, el emplazamiento de producto y las
telepromociones.
Además de la publicidad anterior, la parte cuantitativa del informe incluye el análisis de
las comunicaciones comerciales del ente Loterías y Apuestas del Estado y de la ONCE. Estas
entidades no son firmantes del citado Código de Autorregulación, aunque sí están sometidas al
resto de normativa sobre juegos de azar.
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A efectos comparativos, en las conclusiones de este documento se ha hecho referencia
al Informe sobre la publicidad y promoción de actividades de juego en los servicios de
comunicación audiovisual que el CAA realizó en 2014 y en el que se analizaba toda la
publicidad de juegos emitida en los canales autonómicos y nacionales generalistas durante
2013.
En este apartado se ha analizado toda la publicidad del juego emitida entre el 10 de
noviembre y el 10 de diciembre 2017, según datos de Kantar Media, por el prestador
autonómico RTVA (Canal Sur TV y Andalucía TV), así como por todos los prestadores nacionales
de TDT en abierto. Los datos se han tabulado según el análisis estadístico habitual: número y
porcentaje de anuncios por cadena, por tipo de juego, por horario, etc., comprobándose
específicamente, además, si los horarios de emisión se ajustan a lo dispuesto en la normativa.
Dada la gran concentración de la publicidad de las apuestas deportivas en torno a las
emisiones de fútbol, se ha realizado el siguiente análisis:
Se ha seleccionado la emisión en abierto por Antena 3 del partido de semifinales de la
Liga de Campeones disputado el 2 de mayo de 2017 por el Real Madrid CF y el Club Atlético de
Madrid.
Se han analizado las campañas de publicidad del juego emitidas para comprobar si se
ajustan a lo dispuesto en el Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las
Actividades de Juego, suscrito por el prestador Antena 3.
Los ítems analizados son los especificados en dicho Código:
Principio de identificación:
Las comunicaciones comerciales deben ser fácilmente identificables y claramente
reconocibles como tales.
Principio de veracidad:
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La publicidad de juegos de azar, como cualquier otra, está obligada a ser clara y
veraz. Además, en aquellos supuestos en los que la actividad de juego sea
publicitada o promocionada por un anunciante distinto del operador, aquel estará
obligado a informar claramente sobre este hecho y de la identidad del operador de
juego con licencia que realiza la organización y explotación de la actividad de
juego.
Principio de responsabilidad social:
Se prohíben las comunicaciones comerciales que
o Inciten directa o indirecta a comportamientos antisociales o violentos.
o Realicen una promoción de modalidades o tipos de juego no autorizados o que
induzcan a juegos desarrollados por quien no haya obtenido el correspondiente
título habilitante.
o Representen, aprueben o alienten comportamientos de juego socialmente
irresponsables, así como aquellas que den lugar a daños económicos, sociales
o emocionales.
o Ofrezcan mensajes que puedan desvalorizar el esfuerzo, el trabajo o el estudio,
en comparación con el juego.
o Transmitan tolerancia respecto al juego en entornos de trabajo.
o Sugieran que el juego puede mejorar las habilidades personales o el
reconocimiento social.
o Incluyan contenido sexual o vinculen el juego a la seducción, el éxito sexual o
el incremento del atractivo.
o Presenten el juego como indispensable o prioritario en la vida.
o Sugieran la presión del grupo para jugar o menospreciar la abstinencia del
juego.
o Presenten la familia o las relaciones sociales como secundarias respecto del
juego.
o Denigren a las personas que no juegan o, en sentido inverso, otorguen una
superioridad social a aquellos que juegan.
Principios de juego responsable:
o Prohibición de comunicaciones comerciales o autopromociones que inciten a
la práctica adictiva o patológica del juego.
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o Obligación de inclusión de mensaje de responsabilidad social o lucha contra la
adicción, adecuada al medio o prestador que difunda la comunicación
comercial y al tipo o modalidad de juego1.
o Prohibición de comunicaciones comerciales o autopromociones que exploten el
sufrimiento o sugieran que el juego es una vía de escape de problemas
personales, profesionales, educativos, de soledad o depresión.
o Prohibición de sugerir que el juego puede ser una solución a problemas
financieros.
o Prohibición de dar a entender que las pérdidas excesivas del juego no tienen
consecuencias.
o Prohibición de presentar el juego como una forma de recuperar las pérdidas
económicas del juego.
o Prohibición de realizar ofertas de crédito a los participantes de un juego.
o Prohibición de inducir a error sobre la posibilidad de resultar premiado y de
dar a entender que la repetición del juego aumenta la probabilidad de ganar.
o Prohibición de sugerir que la habilidad o la experiencia del jugador eliminará el
azar de que depende la ganancia.
o Prohibición de representar como gratificantes comportamientos compulsivos
de juego.
o Prohibición de asociar situaciones de juego repetitivas, incontroladas o
compulsivas a emociones fuertes.
o Prohibición de fomentar apuestas o riesgos descontrolados.
Protección de menores:
Se prohíben las comunicaciones comerciales que
o Sugieran que los menores pueden jugar o realizar apuestas.
o Utilicen o incluyan menores.
o Inciten directa o indirectamente a los menores a la práctica del juego, o
exploten la especial relación de confianza que los menores depositan en sus
padres, profesores u otras personas; además, no se emplearán elementos
visuales, sonoros, verbales o escritos que sean especialmente dirigidos a los
1 El 12 de marzo de 2013 se acordó que dicho mensaje fuera Juega con responsabilidad.
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menores, y contendrán, en su caso, una advertencia sobre el uso de ficciones
en los mensajes publicitarios.
o Presenten la práctica del juego como una señal de madurez o de paso a la
edad adulta.
o Presenten el juego como un regalo que un niño puede dar o recibir.
o Sean dirigidas a menores de 18 años.
Autorregulación de horarios de emisión de las comunicaciones comerciales
en los servicios de comunicación audiovisual:
o Únicamente podrán emitirse entre las 22:00 y las 06:00 horas
- Las comunicaciones comerciales y autopromociones de las
actividades de juego de ruleta, punto y banca, black jack, póquer, y
todas aquellas apuestas de contrapartida deportivas o hípicas, sin
perjuicio de lo dispuesto en el punto 4 referido a la emisión de
acontecimientos en directo. No obstante, esa limitación horaria no
será aplicable a las comunicaciones comerciales radiofónicas de las
actividades de juego referidas en este apartado, si bien esas
comunicaciones radiofónicas no podrán ser emitidas dentro de las
franjas horarias de protección reforzada establecidas en el artículo
7.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación
Audiovisual.
- Las comunicaciones comerciales y autopromociones de concursos
incluidos en un programa cuya calificación por edades sea “no
recomendado para menores de dieciocho años”.
- Aquellas comunicaciones comerciales y autopromociones cuyo
contenido pudiera perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de
los menores.
- Las autopromociones de aquellos programas dedicados a juegos de
azar y apuestas que sólo pueden emitirse entre la una y las cinco de
la mañana según el artículo 7.2 de la Ley 7/2011, de 31 de marzo,
General de la Comunicación Audiovisual.
o Las comunicaciones comerciales y autopromociones de bingo, las apuestas
mutuas y otras apuestas deberán emitirse fuera de las franjas de protección
reforzada establecidas en el artículo 7.2 de la citada Ley 7/2010, y no serán
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
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emitidas dentro o junto a programas dirigidos a niños, sin perjuicio de lo
establecido en el punto 4 .
o Las comunicaciones comerciales y autopromociones de concursos incluidos en
un programa cuya calificación por edades no sea “no recomendado para
menores de dieciocho años”, de loterías con efecto diferido, de juegos
complementarios y de rifas no tendrán restricciones horarias siempre y cuando
no sean emitidas junto o insertadas en programas dirigidos específica o
primordialmente al público infantil.
o En los supuestos de apuestas deportivas o hípicas, mutuas o de contrapartida
en directo, también se podrá emitir la comunicación comercial y
autopromoción durante las retransmisiones de los acontecimientos deportivos,
desde su inicio hasta el final, incluidos los descansos e interrupciones
reglamentarios, siempre que corresponda con la organización de las apuestas
que se realicen, ya sea sobre el acontecimiento que se retransmita o sobre
otros acontecimientos que se encuadren en la misma competición deportiva,
aunque éstos no sean objeto de retransmisión en ese momento.
Sobreimpresiones:
Los criterios en cuanto a las sobreimpresiones son los siguientes:
o En cuanto a la letra (tomando como referencia de medida las letras
minúsculas) se recomienda un tamaño mínimo de 14 píxeles (medida sobre
una pantalla de 720x576 píxeles) o 26 puntos, si la sobreimpresión es fija, o
de 15 píxeles/28 puntos, en caso de insertarse en forma de scroll.
o El anunciante calculará el tiempo que debe tardar el mensaje en atravesar la
pantalla en función del número total de palabras que contenga. Como medidas
orientativas se ofrecen las siguientes: 12 palabras: 6 segundos; 20 palabras:
10 segundos; 30 palabras: 15 segundos; 40 palabras: 19 segundos; etc. Todo
ello, con una velocidad fija y constante.
Se ha seleccionado la retransmisión en las cadenas SER y COPE del partido de liga Real
Madrid CF-FC Barcelona, jugado el 23 de abril de 2017.
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Los ítems objeto de análisis fueron los mismos que los descritos anteriormente para la
publicidad televisiva, con la lógica salvedad de aquellos elementos visuales que sólo afectan a
la imagen televisiva y que no son de aplicación a las emisiones de radio y de las limitaciones
impuestas por las distintas muestras analizadas en radio y televisión. Tanto la SER como la
COPE han suscrito, como miembros de la Asociación Española de Radiodifusión Comercial, el
Código de conducta sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
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SECTOR INSERCIONES %
ALIMENTACIÓN 48.201 14,07%
AUTOMOCIÓN 12.838 3,75%
BEBIDAS 6.879 2,01%
BELLEZA E HIGIENE 47.825 13,96%
CONSTRUCCIÓN 858 0,25%
CULTURA, ENSEÑANZA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN 17.961 5,24%
DEPORTES Y TIEMPO LIBRE 52.032 15,19%
DISTRIBUCIÓN Y RESTAURACIÓN 45.910 13,40%
ENERGÍA 1.902 0,56%
EQUIPOS DE OFICINA, COMERCIO 5.116 1,49%
FINANZAS Y SEGUROS 18.591 5,43%
HOGAR 9.316 2,72%
INDUSTRIAL,MATERIALES DE TRABAJO Y AGROPECUARIO 330 0,10%
LIMPIEZA 9.524 2,78%
OBJETOS PERSONALES 6.936 2,02%
SALUD 13.807 4,03%
SERVICIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS 14.082 4,11%
TELECOMUNICACIONES E INTERNET 14.413 4,21%
TEXTIL Y VESTIMENTA 3.293 0,96%
TRANSPORTE, VIAJES Y TURISMO 2.367 0,69%
VARIOS 10.428 3,04%
JUEGOS Y APUESTAS 6.866 2,00%
CASINO, PÓKER Y BINGO ON-LINE 2.874 0,84%
888CASINO.ES 395 0,12%
888POKER.ES 34 0,01%
CANALBINGO.ES 64 0,02%
GRAN HERMANO BINGO/JUEGO 24 0,01%
WWW.POKERSTARS.ES/SPIN&GO CRISTIANO RONALDO
1.280 0,37%
WWW.PREMIERCASINO.ES 337 0,10%
WWW.TOMBOLA.ES 464 0,14%
WWW.YOBINGO.ES 276 0,08%
APUESTAS DEPORTIVAS 1.645 0,48%
888SPORT.ES 793 0,23%
BET365.ES 46 0,01%
BETFAIR.ES/APUESTAS DEPORTIVAS 12 0,00%
BWIN.ES/APUESTAS DEPORTIVAS 6 0,00%
CARCAJ.ES 107 0,03%
CODERE/APUESTAS DEPORTIVAS 397 0,12%
SPORTIUM/APUESTAS DEPORTIVAS 205 0,06%
WANABET/APUESTAS DEPORTIVAS 63 0,02%
WANABET/BLACK FRIDAY 2 0,00%
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11
WILLIAMHILL.ES 12 0,00%
WWW.INTERWETTEN.ES 2 0,00%
LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO 1.195 0,35%
LAE/LA QUINIELA 19 0,01%
LAE/LOTERIAS APUE.EST 92 0,03%
LAE/SOR.EXTRA.NAVIDAD 1.084 0,32%
ONCE 1.152 0,34%
ONCE/EURO JACKPOT 140 0,04%
ONCE/RASCA MOTOGP 168 0,05%
ONCE/SORTEO 11/11 161 0,05%
ONCE/SORTEO DE NAVIDAD 683 0,20%
OTROS 3.562 1,04%
TOTAL GENERAL 342.609 100,00%
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12
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1,65
%
0,15
%
70
5,86
%
0,55
%
89
1,30
%
0,70
%
12.5
69
3,74
%
99,3
0%
12.6
58
3,69
%
AND
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0,33
%
0,13
%
4 0,
06%
0,
13%
3.
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0,92
%
99,8
7%
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6 0,
91%
C.S
UR
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1,65
%
0,20
%
66
5,52
%
0,69
%
85
1,24
%
0,89
%
9.46
7 2,
82%
99
,11%
9.
552
2,79
%
GEN
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ES
295
17,9
3%
0,32
%
690
24,0
1%
0,75
%
423
36,7
2%
0,46
%
335
28,0
3%
0,36
%
1.74
3 25
,39%
1,
89%
90
.383
26
,92%
98
,11%
92
.126
26
,89%
13 T
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0,06
%
0,02
%
3 0,
10%
0,
05%
7
0,61
%
0,12
%
41
3,43
%
0,71
%
52
0,76
%
0,90
%
5.73
3 1,
71%
99
,10%
5.
785
1,69
%
A3
41
2,49
%
0,17
%
90
3,13
%
0,36
%
161
13,9
8%
0,65
%
37
3,10
%
0,15
%
329
4,79
%
1,33
%
24.4
69
7,29
%
98,6
7%
24.7
98
7,24
%
CU
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4,
13%
0,
38%
13
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70%
0,
76%
35
3,
04%
0,
20%
79
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61%
0,
45%
31
7 4,
62%
1,
79%
17
.375
5,
18%
98
,21%
17
.692
5,
16%
LA S
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78%
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45
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0,
27%
57
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77%
0,
34%
43
2 6,
29%
2,
57%
16
.401
4,
88%
97
,43%
16
.833
4,
91%
LA1
23
1,
92%
1,
18%
23
0,
33%
1,
18%
1.
921
0,57
%
98,8
2%
1.94
4 0,
57%
LA2
1
0,08
%
0,08
%
1 0,
01%
0,
08%
1.
302
0,39
%
99,9
2%
1.30
3 0,
38%
T5
54
3,28
%
0,23
%
263
9,15
%
1,11
%
175
15,1
9%
0,74
%
97
8,12
%
0,41
%
589
8,58
%
2,48
%
23.1
82
6,90
%
97,5
2%
23.7
71
6,94
%
TEM
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0,18
%
0,01
%
1 0,
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0,
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4
0,06
%
0,01
%
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5%
99,9
9%
47.1
87
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7%
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%
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00%
23
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0,
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%
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0,
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45
0 0,
13%
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45
4 0,
13%
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%
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0,
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%
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%
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%
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%
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%
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%
0,68
%
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3,18
%
0,25
%
248
3,61
%
1,62
%
15.0
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%
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%
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%
LAE/
LOTE
RIA
S A
PU
E.ES
T 2
9
31
,52
%
51
5
5,4
3%
1
2
13
,04
%
92
1
00
,00
%
LAE/
SOR
.EX
TRA
.NA
VID
AD
3
02
2
7,8
6%
6
61
6
0,9
8%
1
21
1
1,1
6%
1
.08
4
10
0,0
0%
ON
CE
37
3
32
,38
%
64
1
55
,64
%
13
8
11
,98
%
1.1
52
1
00
,00
%
ON
CE/
EUR
O J
AC
KP
OT
45
3
2,1
4%
8
0
57
,14
%
15
1
0,7
1%
1
40
1
00
,00
%
ON
CE/
RA
SCA
MO
TOG
P
65
3
8,6
9%
8
7
51
,79
%
16
9
,52
%
16
8
10
0,0
0%
ON
CE/
SOR
TEO
11
/11
3
8
23
,60
%
11
0
68
,32
%
13
8
,07
%
16
1
10
0,0
0%
ON
CE/
SOR
TEO
DE
NA
VID
AD
2
25
3
2,9
4%
3
64
5
3,2
9%
9
4
13
,76
%
68
3
10
0,0
0%
RES
TO D
E A
NU
NC
IOS
72
.47
0
21
,58
%
19
9.0
68
5
9,2
9%
6
4.2
05
1
9,1
2%
3
35
.74
3
10
0,0
0%
TOTA
L G
ENER
AL
76
.84
4
22
,43
%
20
1.2
89
5
8,7
5%
6
4.4
76
1
8,8
2%
3
42
.60
9
10
0,0
0%
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
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Tabla 7: Publicidad de juegos y apuestas emitida durante el partido seleccionado.
ANUNCIO HORA INICIO PRINCIPIO DE VERACIDAD
TOTAL GENERAL CUMPLE NO CUMPLE
BETFAIR 02/05/2017 21:35:04 1
1
WILLIAM HILL 02/05/2017 21:38:06
1 1
CODERE APUESTAS 02/05/2017 21:41:08 1
1
BWIN 02/05/2017 21:44:14 1
1
BET365.ES 02/05/2017 21:46:38
1 1
TOTAL GENERAL 3 2 5
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
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Tabla 8: Publicidad de juegos y apuestas emitida durante el partido seleccionado.
EMISORA HORA INICIO CAMPAÑA INSERCIONES
COPE 23/04/2017 21:34:27 WILLIAM HILL 1
TOTAL COPE 1
SER
23/04/2017 20:52:19 WILLIAM HILL 1
23/04/2017 21:15:23 LUCKIA 1
23/04/2017 21:19:30 LUCKIA 1
23/04/2017 21:25:45 WILLIAM HILL 1
23/04/2017 21:48:33 WILLIAM HILL 1
23/04/2017 22:15:58 WILLIAM HILL 1
23/04/2017 22:17:53 LUCKIA 1
23/04/2017 22:30:26 LUCKIA 1
23/04/2017 22:37:36 LUCKIA 1
TOTAL SER 9
TOTAL GENERAL 10
Tabla 9: Transcripción de los anuncios emitidos en radio, por orden cronológico
ANUNCIANTE /EMISORA
HORA INICIO TRANSCRIPCIÓN
William Hill SER
23/04/2017 20:52:19 - Vamos ya con el resumen de la primera parte, igualada, y antes que nada el mensaje de Ponse (sonido de mensaje)
- Un mensaje, Paco, para apostar por este clásico, cómo está en William Hill este Madrid-Barça, es cuota de oro al descanso que si Cristiano Ronaldo o Messi marcan en los primeros diez minutos de la segunda parte, se paga ocho a uno, antes siete a uno, ahora mismo cuota de oro en William Hill, ocho a uno, apuesta por gol de Cristiano o Messi en los primeros diez minutos en William Hill, donde apuestan los que apuestan desde 1934. Juega con responsabilidad.
Luckia SER
23/04/2017 21:15:23 - ¡Qué bonito es el fútbol, qué bonito jugar y ganar con Luckia! Disfruta de 120 euros en apuestas gratis y diviértete sin riesgo, hazme caso. Luckia apuestas, haz grande el encuentro.
Luckia SER
23/04/2017 21:19:30 - .. se marchan para hacer su gol número 22 en un clásico… - Un clásico que nos recuerda por qué nos gusta tanto este
deporte y para ti que amas el deporte existe Luckia Televisión, entra y podrás ver y apostar en directo, entra ya y llévate hasta 120 euros gratis por apostar.
William Hill SER
23/04/2017 21:25:45 - Venga, buen momento, Ponse, hay que apostar. - Venga, vamos a por Williams Hill, y vamos a hablar apostando.
Fíjate, me voy a por el primer gol, que está en juego ahora. Si el primer gol es de Karim Benzema se pagan 8 euros por euro apostado, y si es de Luis Suárez, 7 euros por euro apostado. ¡Qué fiesta hace William Hill! Estés donde estés, en la tablet, el teléfono, apuesta cuando sea, en William Hill, donde apuestan los que apuestan desde 1934. Siempre con responsabilidad.
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
Firmado Por FELIPE RODRIGUEZ FERNANDEZ
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ANUNCIANTE /EMISORA
HORA INICIO TRANSCRIPCIÓN
William Hill COPE
23/04/2017 21:34:27 - … Real Madrid 1, Barcelona 1, el Madrid que ha tenido que efectuar el primero de los cambios, se ha marchado lesionado xx, en el campo xx, y apostamos, Borja…
- Estés donde estés, apuesta con William Hill y los datos del Real Madrid con la xx tiene que asumir más responsabilidad y ojo, ha marcado cinco goles en los últimos cinco clásicos en el Bernabéu, así que si, marca por ejemplo el último gol, nos llevaríamos siete euros a euro, que es posible, en William Hill, donde apuestan los que apuestan desde 1934. Juega con responsabilidad.
William Hill SER
23/04/2017 21:48:33 - Ponseti, tírate y apuesta, que está esto calentito. - Vamos a hablar apostando con William Hill. Fíjate esta, que me
encanta, Messi o Ronaldo marcarán en los primeros 10 minutos del segundo tiempo. Se pagan 8 euros por euro apostado… Ojo con este: si por ejemplo marca Cristiano el primer gol en el segundo tiempo en cualquier momento, se pagan 5 euros por euro apostado. Si es que tienes que apostar en William Hill, estés en casa ahora con la tablet, el teléfono, en cualquier lado, ahí apuestas en William Hill, donde apuestan los que apuestan desde 1934. Siempre con responsabilidad.
William Hill SER
23/04/2017 22:15:58 - Da paso: ¡Ponse! - Venga, pues vamos con William Hill gol del Real Madrid se
paga 4,33 y el 1-2 a favor del Barcelona cinco euros por euro apostado, ahí está, la apuesta William Hill, ya sabes, ¿no?, donde apuestan los que apuestan desde 1934. Siempre, con responsabilidad.
- Siempre, siempre (suscriben los demás) Luckia SER
23/04/2017 22:17:53 - Llámalo como quieras, golazo o pepinazo, pero esto es fútbol y hay que apostar con emoción, con calidad, con ambiente. Luckia.es. Haz grande el encuentro.
Luckia SER
23/04/2017 22:30:26 - Empate en el Madrid, empata xx, nos trae otro momento Luckia, el momento de que marques tú, entra en luckia.es y apuesta en vivo en este partido, date prisa, ahora te cubre la primera apuesta hasta en 120 euros, entra en luckia.es y haz grande el encuentro.
Luckia SER
23/04/2017 22:37:36 - Esta es la emoción del deporte, algo que no se puede describir en ocasiones, como apostar con Luckia y que te den hasta 120 euros en apuestas gratis. Descárgate la aplicación de Luckia en tu móvil y haz grande el encuentro.
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
Firmado Por FELIPE RODRIGUEZ FERNANDEZ
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En el periodo estudiado, se emitieron 6.866 anuncios del sector juegos y apuestas, lo que
supuso el 2% del total de la publicidad emitida, porcentaje idéntico al registrado en el anterior
informe sobre este asunto, con datos anuales de 2013. Por grupos, la publicidad de juegos se
dividiéndose en:
o Casino, póker y bingo on-line: 2.874 emisiones (0,84% del total de anuncios).
o Apuestas deportivas: 1.645 anuncios (0,48%).
o Loterías y apuestas del Estado: 1.195 anuncios (0,35%).
o ONCE: 1.152 anuncios (0,34%).
Distribución por cadenas de los anuncios de juegos y apuestas. Esta publicidad se
emitió prioritariamente en las temáticas no infantiles (73%), seguidas de las generalistas
nacionales (25%), siendo marginal el porcentaje de emisión en las autonómicas andaluzas
(1,3%) y, sobre todo, en las temáticas infantiles (0,06%). Por televisiones concretas, siete
cadenas acumularon más de la mitad de las emisiones, a saber: Gol TV (11%), Telecinco
(8,6%), FDF-Telecinco (7,7%), BEMADtv (7,5%), La Sexta (6,3%), Discovery Max (6%) y Neox
(5,5%).
o La publicidad de apuestas deportivas se concentró claramente en Gol TV (31,4% de
los anuncios), seguida por La Sexta (8%), Neox (7,7%) y Discovery Max (6,7%). No se
registraron emisiones de este tipo de publicidad en La 1, La 2, TVE 24H, Andalucía TV,
Canal Sur TV, Disney Channel, ni Boing, advirtiéndose, sin embargo, la emisión de 3
anuncios en Clan.
o Por su parte, los anuncios de casino, póker y bingo on-line se emitieron sobre todo
en FDF-T5 (9,5%), Telecinco (9,2%), BEMADtv (9,1%), DMAX (7,7%), La Sexta (6,9%),
Paramount Channel (6,9%) y Gol TV (6,3%). Este tipo de publicidad estuvo ausente
también de La 1, La 2, TVE 24H, Andalucía TV, Canal Sur TV, Disney Channel, y
Boing, habiéndose registrado una emisión en Clan.
Peso de la publicidad de juegos y apuestas en la publicidad de cada canal. En este
sentido, aparece que Teledeporte fue quien le concedió mayor importancia (16,7%), pero debe
tenerse en cuenta que el volumen absoluto de publicidad emitida por este canal es bastante
bajo. Tras Teledeporte, los mayores porcentajes de anuncios de juegos y apuestas dentro de la
publicidad general se dan en Gol TV (7,7%), BEMADtv (4,6%) y FDF-Telecinco (4,5%).
o Los anuncios de apuestas deportivas supusieron el 5,3% de las emisiones
publicitarias de Gol TV y el 3,4% de Teledeporte. En ningún otro canal estos anuncios
llegaron al 1% de las emisiones.
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
Firmado Por FELIPE RODRIGUEZ FERNANDEZ
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Informe sobre la publicidad y promoción de actividades de juego en los servicios de comunicación audiovisual. 21
o Los anuncios de casino, póker y bingo on-line tuvieron mayor peso en la publicidad
de FDF-T5 (2,3%), BEMADtv (2,3%), DMAX (1,8%) y Gol TV (1,8%).
Por campañas concretas, la siguiente tabla muestra aquellas que superaron en el periodo
considerado las 100 emisiones, destacándose claramente, como puede apreciarse, las dos
primeras:
CAMPAÑA Nº DE INSERCIONES
WWW.POKERSTARS.ES/SPIN&GO CRISTIANO RONALDO
1.280
LAE/SOR.EXTRA.NAVIDAD 1.084
888SPORT.ES 793
ONCE/SORTEO DE NAVIDAD 683
WWW.TOMBOLA.ES 464
CODERE/APUESTAS DEPORTIVAS 397
888CASINO.ES 395
WWW.PREMIERCASINO.ES 337
WWW.YOBINGO.ES 276
SPORTIUM/APUESTAS DEPORTIVAS 205
ONCE/RASCA MOTOGP 168
ONCE/SORTEO 11/11 161
ONCE/EURO JACKPOT 140
CARCAJ.ES 107
En cuanto al horario de emisión, se aprecia que la publicidad de juegos y apuestas se emite
fuera del horario de protección de menores en un 64% (porcentaje que sube al 87% y 78% para
los anuncios de apuestas deportivas y juego on-line, respectivamente), lo que contrasta con el
22% del resto de la publicidad. No se ha detectado la emisión de anuncios de apuestas
deportivas ni juegos on-line durante la franja reforzada del horario de protección de menores,
pero sí se emitieron 221 anuncios (13%) de apuestas deportivas y 639 (22%) de casinos, póker
y bingo on-line entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche, dentro, por tanto, del horario de
protección de menores, lo que en principio contravendría lo dispuesto en el Código de
conducta sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego, salvo en el caso de
las los anuncios de apuestas deportivas que se hubieran emitido en retransmisiones en directo
de acontecimientos deportivos. Estos datos contrastan con los ofrecidos por el estudio
realizado por el CAA sobre la emisión de esta publicidad en 2013, año en que solamente un
0,46% de los anuncios de casino y póker se emitió en horario de protección de menores.
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
Firmado Por FELIPE RODRIGUEZ FERNANDEZ
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Durante el descanso de del partido de fútbol seleccionado se emitieron 5 anuncios de publicidad de
apuestas deportivas, todos ellos spots convencionales. Durante la retransmisión del juego propiamente
dicho no se emitieron comunicaciones comerciales de juegos o apuestas, ni de forma verbal por los
locutores ni gráficamente por medio de sobreimpresiones o animaciones.
Los 5 anuncios de apuestas deportivas analizados cumplen todo lo dispuesto en el Código de conducta
sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego, salvo el principio de veracidad por parte
de los spots de William Hill y Bet365, ya que en ellos no se especifican las condiciones del servicio.
Esto supone un porcentaje del 40% de incumplimiento del principio de veracidad por parte de los
anunciantes. En el informe realizado por el CAA sobre datos de 2013, con una muestra mucho mayor
de anuncios, no se hallaron campañas que no cumplieran con este principio.
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
Firmado Por FELIPE RODRIGUEZ FERNANDEZ
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En la retransmisión del partido seleccionado, se hallaron 9 comunicaciones comerciales de
apuestas deportivas emitidas por la SER y 1 emitida por la COPE.
A diferencia de la publicidad televisiva de juegos y apuestas analizada en el punto anterior, la
publicidad radiofónica se emite en cualquier momento del juego y aprovechando sus
vicisitudes. Todas las comunicaciones comerciales se integran absolutamente en el discurso
narrativo de los presentadores y colaboradores del programa, empleándose técnicas, mensajes
y recursos auditivos (efectos sonoros, canciones coreadas por presentadores y colaboradores,
vivas, utilización de imperativos y exclamaciones, entre otros) que dificultan la distinción entre
programación y publicidad. Por este motivo, podría considerarse que las comunicaciones
comerciales radiofónicas analizadas no respetan el principio de identificación de la publicidad
(punto 3 de las normas éticas del Código de conducta sobre comunicaciones comerciales de
las actividades de juego). Este dato es congruente con las conclusiones del estudio realizado
por el CAA en 2013, en el que el 87% de los anuncios no respetaba el principio de
identificación.
En cuanto al principio de veracidad establecido en el antedicho código, las condiciones de
prestación de los servicios no se especifican o se hace de manera parcial, indicando solamente
algún aspecto de los mismos. En particular, las comunicaciones comerciales de Luckia
emitidas por la SER enfatizan la oferta de 120 euros gratis para los apostantes, con mensajes
como Disfruta de 120 euros en apuestas gratis y diviértete sin riesgo, indicándose en otros que
es hasta 120 euros sin aclararse de ninguna manera las condiciones de esta oferta. En el
estudio de 2013, se halló que todas las campañas estudiadas respetaban el principio de
veracidad.
Las comunicaciones comerciales de Luckia en la SER (50% de las emitidas) no incluyen en
ningún caso el mensaje de juega con responsabilidad (sí lo hacen las de William Hill), por lo
que incumplen el punto 6.2. del principio de juego responsable. En el informe de 2013, el 80%
de las campañas estudiadas incumplieron este principio.
Respecto a los horarios de emisión, aunque buena parte de las comunicaciones comerciales
analizadas se difundieron todavía en horario de protección de menores, las apuestas deportivas
pueden emitirse en este horario durante la retransmisión de partidos, según lo dispuesto en el
punto 4 de los principios de autorregulación del Código de conducta sobre comunicaciones
comerciales de las actividades de juego.
Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
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Código: ZZW2D8037SIDSOfDS/5Dq6wyrTfcBE Fecha 08/09/2017
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