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Colegio Técnico Profesional
Padre Alberto Hurtado
Chillán
ARGUMENTO A FAVOR DE LA PENA DE MUERTE
“La Pena de Muerte en Chile fue abolida el año 2001, bajo el mandato del Presidente Ricardo Lagos.
Hasta entonces, y desde 1875 -año en que se incluyó en el orden jurídico nacional 58 personas
fueron condenados por los tribunales a dicha pena.
Sin embargo, una vez llegada la democracia en 1990, tanto Aylwin como Frei absolvieron a cada
uno de los condenados a muerte.
Hoy, el caso de la menor de 5 años Francisca Silva, golpeada, violada y asesinada por un taxista en
la ciudad de Valparaíso, abrió nuevamente el debate, y de seguro estará presente durante las
campañas presidenciales y parlamentarias. De hecho, fue una diputada del PPD -y no de la alianza
como se podría haber pensado- la que puso la discusión nuevamente. La parlamentaria Laura Soto
señaló que "es momento de abrir el debate sobre la pena de muerte, y si bien siento grandes
contradicciones en mi interior porque he sido históricamente luchadora en contra de ella, hoy día
pienso que no podemos permitir que niños inocentes sigan muriendo en manos de monstruos como
éste", en alusión a Jaime Saavedra, el confeso autor del horrible crimen. Por su parte, el ministro de
justicia ha sido categórico, señalando que "el Estado no mata", y cerrando la puerta a cualquier
discusión sobre la reinstauración de la Pena de Muerte en Chile. "Este debate valórico, profundo, ya
se hizo en Chile y se eliminó la pena de muerte por una razón bien concreta: el Estado no puede
asesinar gente independiente de lo que esa persona haya hecho", señaló a Canal 13.”
Con este pequeño texto extraído sobre la abolición de la pena de muerte en Chile, comienzo este
argumento en Pro de la pena de muerte, a pesar de que es un tema que conduce a grandes
diferencias de opinión y en el que definitivamente es muy difícil ser de un sólo sentir.
En mi modo de pensar, si se utiliza la pena de muerte en casos justificados como el que he
planteado en el extracto, se pude evitar nuevos crímenes salvando así otras vidas.
Esta puede servir como medida ejemplificadora debido a que del castigo a uno, los otros criminales
y la sociedad en general sabrán que sus delitos graves serán castigados pudiendo perder aún su
propia vida; conociendo las consecuencias pensarán antes de actuar.
Al quedar el malhechor de delitos graves vivo en prisión, no sólo se pierde la tranquilidad de las
víctimas, sino también el resto de la población que queda expuesta a nuevo ataque por parte de
éste, y lo que es peor, se le debe alimentar, vestir, medicinar, cuidar con personal especializado al
cual hay que pagarles un sueldo y ¿es justo que con los impuestos que pagamos los chilenos se
tenga que mantener a asesinos, violadores, delincuentes, entre otros, en lugar de ocupar esos
recursos en mejorar la educación que tanta falta nos hace y alimentar, vestir y brindar abrigo a
tantos desposeídos en nuestra sociedad?
Colegio Técnico Profesional
Padre Alberto Hurtado
Chillán
Además, cuando un criminal es enjuiciado, si tiene recursos paga su libertad, si su defensor es
inteligente queda también en libertad, si cuenta con respaldo de “buenos” médicos a lo mucho lo
declaran incompetente o enfermo mental.
Es por esto que, a pesar de que hay muchos que consideran que la pena de muerte es una
violación a los derechos humanos, uno de los más grandes filósofos que ha tenido occidente, y que
es el formador del pensamiento Kant, conocido en estos días, es partidario de la pena de muerte. El
es incluso talionista, es decir, sostiene práctica y explícitamente la doctrina del Talión del “ojo por
ojo, diente por diente”, por lo tanto, yo creo que esta opinión no es válida. Todos los ciudadanos
tenemos el derecho de defendernos de las agresiones que atentan contra nuestra vida. Acaso una
víctima porque está siendo agredida ¿pierde sus derechos? y aún más ¿acaso no es justo que se le
compense el daño sufrido?
Actualmente la pena de muerte está vigente en 87 países y en cinco de ellos, la aplican también a
menores de edad. Se cree que donde existe la pena de muerte, es temida por los criminales y que
si es suprimida aumentaría la audacia de estos. Por otra parte, creo que se trata de una pena justa,
que castiga adecuadamente la culpabilidad.
Por el lado social vimos que esta pena tiene el carácter de intimidación y de disuasión para otros
delincuentes. Si lo miramos por el lado legal encontramos que una víctima como la del caso
señalado, no puede ejercer su derecho de legítima defensa, por lo tanto, es la sociedad la que debe
llevarla a cabo. La pena de muerte sería pues, un asesinato en legítima defensa.
Y desde el punto de vista de la defensa de la sociedad, como ya lo mencione anteriormente, esta
pena es necesaria cuando no se puede hacer otra cosa con los criminales incorregibles, que no
tienen sentido de moral, y por lo tanto de sentimientos de piedad, hay que eliminarlos en absoluto
de la sociedad. El poder social no puede permitir que exista ni la más mínima posibilidad de que un
acto se repita por difícil que sea.
Esta pena es necesaria, hay una existencia inmemorial de la pena de muerte, por lo tanto, me
declaro completamente a favor de la pena de muerte por los delitos de :
* Asesinato (Núm. 35:16-21, 30:33; Deut. 17:6; Lev. 24:17)
* Por violación (Deut. 22:25)
* Por secuestro (Ex. 21:16, Deut. 24:7)
FELIPE ESTEBAN VERGARA CARRASCO
4º MEDIO C - 2012