3
Art. No. Infracción Sanción Importancia 69 Violación de normas tributarias. Cierre temporal (10-20 días) y el doble si el infractor se opone. Toda persona debe de tomar en cuenta las disposiciones de la ley para no ser sancionados por lo que hay que respetar las normativas de la ley. 74 Reincidencia en cometer otra infracción. La multa incrementa un 50%. Para evitar que el negocio pueda ser cerrado definitivamente el infractor debe de no caer en una segunda infracción. 85 - No entregar factura. - Emitir documentos no autorizados. - Maquinas no registradas. - No habilitar libros. Cierre temporal (se podrá duplicar si existe resistencia). Es obligación del contribuyente emitir factura, así como del consumidor final de pedir por la compra de un artículo, prestación de servicios, ya que al realizar dichas acciones se evitará una sanción temporal. 89 Omisión de pagos Multas equivalentes al 100% del importe omitido. Ocurre la sanción del 100% cuando el tiempo transcurrido es más de un mes pero si la misma es antes solo se cobra la mora

Articulos tributarios

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Analisis de articulos tributarios

Citation preview

Page 1: Articulos tributarios

Art. No. Infracción Sanción Importancia

69 Violación de normas tributarias. Cierre temporal (10-20 días) y el doble si el infractor se opone.

Toda persona debe de tomar en cuenta las disposiciones de la ley para no ser sancionados por lo que hay que respetar las normativas de la ley.

74 Reincidencia en cometer otra infracción.

La multa incrementa un 50%. Para evitar que el negocio pueda ser cerrado definitivamente el infractor debe de no caer en una segunda infracción.

85 - No entregar factura.- Emitir documentos no

autorizados.- Maquinas no registradas.- No habilitar libros.

Cierre temporal (se podrá duplicar si existe resistencia).

Es obligación del contribuyente emitir factura, así como del consumidor final de pedir por la compra de un artículo, prestación de servicios, ya que al realizar dichas acciones se evitará una sanción temporal.

89 Omisión de pagos Multas equivalentes al 100% del importe omitido.

Ocurre la sanción del 100% cuando el tiempo transcurrido es más de un mes pero si la misma es antes solo se cobra la mora e interés.

91 El contribuyente no enteren en las cajas fiscales.

Multa 100% del impuesto retenido. Si en algún momento se olvida realizar el pago tiene 30 días hábiles, el contribuyente para reducir la sanción un 50%.

92 Pago de la obligación tributaria después del plazo fijado.

Mora, pagando un día atrasado 0.0005

Es necesario que toda persona que pague tributos realice su pago durante los plazos fijados para evitar una mora o recargo.

Page 2: Articulos tributarios

Art. No. Infracción Sanción Importancia

93 Resistencia a la acción fiscalizadora de la SAT (obstáculos o impedimentos)

Multa equivalente al 1% de los ingresos brutos obtenidos en el último periodo (mensual, trimestral, anual).

Todo acto que el contribuyente realice para impedir la fiscalización de oficio es sancionado por la ley, por lo que es recomendable la información pertinente, siempre y cuando los fiscalizadores estén identificados y utilicen la información adecuadamente.

94 Comisione del contribuyente o responsable que implique percepción o resistencia.Extender facturas sin todos los requisitos legales.

Presentación de las declaraciones después de tiempo.

No concurrir a las oficias tributarias cuando sea requerida la presencia del contribuyente.

Omisión del NIT en cualquier documento.

Utilizar maquinas registradoras sin autorización

Emitir facturas especiales alteradas u otro documento a la SAT.

100 quetzales por documento.

50 quetzales por día atrasado, máximo Q. 1,000.00

Multa de Q. 1,000 quetzales por cada vez que sea solicitado.

Multa de Q. 100 quetzales por documento

Multa de Q. 5,000.00

Verificar que todo documento llene los requisitos necesarios antes de emitir una factura o cualquier otro documento.

El contribuyente debe de tener presente los pagos u obligaciones que tiene con la SAT para evitar cualquier tipo de sanción.

Todo acto de resistencia por parte del contribuyente olvidarse del NIT en los documentos, la omisión de facturas especiales alteradas, la utilización de maquinas registradoras no autorizadas, serán multadas entre Q. 1,000 a Q. 5,000 por lo que el contribuyente debe de tomar las medidas necesarias para evitar este tipo de sanción.