Arzualdo Castro

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Sentencia No. 202: Caso Anzualdo Castro Vs. Per (22 de Setiembre de 2009)Fecha(s) de supervisin de cumplimiento: 21 de agosto de 2013

Tipo de ReparacionesMedida OrdenadaModo de implementacinCumplimiento

Nulo/no informacinParcialTotal

Investigacin y sancinConducir eficazmente los procesos penales que se encuentran en trmite y/o activar, en su caso, los que sean necesarios

La Corte valora los esfuerzos realizados por el Estado, orientados a conducir los procedimientos penales para encontrar y sancionar a los responsables de la desaparicin forzada del seor Anzualdo Castro; sin embargo, resulta indispensable que en su prximo informe se refiera a los avances concretos de la investigacin, as como a las acciones que ha emprendido para la identificacin de los autores materiales del hecho delictivo.

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Investigar los hechos, identificar, juzgar y sancionar a los responsables

Asegurar el acceso de los familiares de la vctima en todas las etapas de la investigacin

Divulgar pblicamente los resultados de los procesos

Determinar el paradero de la vctimaLa Corte considera que el Estado no ha informado sobre avances especficos al respecto, el Tribunal le solicita que informe sobre las acciones concretas queha llevado a cabo para la bsqueda y localizacin de Kenneth Ney Anzualdo Castro o, en su caso, de sus restos mortales, para lo cual deber proporcionar un cronograma de trabajo sobre las acciones encaminadas para tal efecto.

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Adoptar criterios para la identificacin de las personas desaparecidas durante el conflicto interno e identificar sus restosLa Corte considera que el Estado ha emprendido acciones destinadas a recuperar, identificar y entregar los curpos de las vctimas del conflicto armado. La Corte determina que hubo cumplimiento parcial. Pero para el cumplimiento total, solicita al Estado un informe adicional en que precise tareas pendientes de realizar para estandarizar los criterios de identificacin; as como establecer sistema de informacin gentica

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Adoptar un sistema de informacin gentica para determinar y esclarecer la filiacin de las vctimas y su identificacin

IndemnizacionesDao material:Dao emergente: US$15.000,00

Prdida de ingresos: US$140.000,00 a favor de la vctimaEstado no ha cumplido con dicha obligacin, por lo que insta al Estado a realizar sin mayor dilacin los pagos referidos e informe al Tribunal al respecto.

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Dao inmaterial: US$80.000,00 a favor de la vctima; US$50.000,00 a favor de cinco familiares de la vctima; US$20.000,00 a favor de un familiar de la vctimaEstado no ha cumplido con dicha obligacin, por lo que insta al Estado a realizar sin mayor dilacin los pagos referidos e informe al Tribunal al respecto.

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Rehabilitacin en Salud

Brindar atencin mdica y psicolgica gratuita, inmediata, adecuada y efectiva, incluyendo el suministro de medicamentos, a los familiares declarados vctimas.El Estado debe realizar una valorazin fsica y psicolgico de los beneficiarios para identificar sus padecimientos. Debe establecer plan de tratamiento mdido y psicolgico.Deber informar a la Corte sobre: a) perfil mdico- psicolgico de las vctimas b) plan de tratamiento a seguirc) medidas para hacerlo efectivo

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Medidas SimblicasPublicar la Sentencia en el Diario Oficial y en otro de circulacin nacionalEl Estado deber publicar la sentencia en el Diario Oficial y en otro de amplia circulacin nacionalX

Acto pblico de reconocimiento de responsabilidad internacional(*)La Corte valora la realizacin del acto pblico de reconocimiento de responsabilidad, en el qu participaron los familiares de las vctimas y altos funcionarios de Gobierno. La Corte considera que Estado cumpli totalmente con la medida.

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Colocar una placa en el Museo de la MemoriaLa Corte valora las acciones del Estado para construir el Museo de la Memoria, por lo que exhorta al Estado que, una vez establecido el recinto, coloque sin dilacin la placa en memoria del seor Anzualdo Castro. La Corte requiere al Estado que informe la fecha programada para culminacin del Museo y colocacin de la placa.

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Adecuacin de normas

Tipificar adecuadamente y en un plazo razonable, el delito de desaparicin forzada de personasCorte valora las medidas tomadas jurisdiccionalmente, pero constata que el Estado no ha emprendido medidas legislativas para adecuar el tipo penal de desaparicin forzada. Solicita al Estado que le informe sobre las gestiones que realizar, incluyendo un cronograma al respecto

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Costas y gastos

Costas y Gastos: US$14.000,00Estado no ha cumplido con dicha obligacin, por lo que insta al Estado a realizar sin mayor dilacin los pagos referidos e informe al Tribunal al respecto.

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Otras medidas

Capacitar en temas de derechos humanos, de modo permanente, a los miembros de los servicios de inteligencia, de las Fuerzas Armadas, y a operadores de justiciaCorte valora las medidas destinadas a capacitar en derechos humanos a funcionarios, por lo que estima cumplimiento parcial. Sin embargo, para cumpliminto total, el Estado debe dar informacin precisa sobre programas permanentes de edicacin y su cntenido a favor de funcionarios de intelifencia, FFAA y jueces y fiscales.

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(*) El 23 de julio de 2013 el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Daniel Figallo, llev a cabo el presente acto de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas pblicas.