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Asamblea General Extraordinaria de 12 de Enero de 1013 · CAPACIDAD JURIDICA. AMBITO Y FINES DE LA ... Marzo, Reguladora del Derecho de Asociación). ... ASPRONA son democráticos,

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Asamblea General Extraordinaria de 12 de Enero de 1013

ESTATUTOS

1

E S T A T U T O S:

ASPRONA, ASOCIACIÓN PARA ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O

DEL DESARROLLO Y SUS FAMILIAS DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

(Asamblea General Extraordinaria de 12 de Enero de 2013.)

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ESTATUTOS

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ESTATUTOSDEASPRONA

INDICE

CAPITULOIDENOMINACION.CAPACIDADJURIDICA.AMBITOYFINESDELAASOCIACION

Artículo1º:DENOMINACION.Articulo2ºCAPACIDADJURIDICA.Artículo3º:DOMICILIO.Artículo4º:AMBITOTERRITORIALYDURACION.Artículo5º:MISION.Artículo6º:VISION.Artículo7º:VALORES.Artículo8º:FINES.Artículo9º:MEDIOS.

CAPITULOII DELOSSOCIOS,SUSDERECHOSYDEBERESArtículo10º:CONDICIONESGENERALES.Artículo11º:CLASESDESOCIOS.Artículo12º:SOCIOSDENUMERO.Artículo13º:ADQUISICIONDELACONDICIONDESOCIO.Artículo14º:DERECHOSDELOSSOCIOS.Artículo15º:DEBERESDELOSSOCIOS.Artículo16º:PERDIDADELACONDICIONDESOCIO.Artículo17º:DELREGIMENDISCIPLINARIO.Artículo18º:SOCIOSDEHONOR.

CAPITULOIIIDELOSCOLABORADORES

Artículo19º:COLABORADORES.

CAPITULOIV DELOSORGANOSDELAASOCIACION.Artículo20º:ORGANOSDELAASOCIACION.

SECCION1ª:ASAMBLEAGENERALArtículo21º:ASAMBLEAGENERAL.Artículo22º:CLASES.Artículo23º:REUNIONESDELAASAMBLEAGENERALORDINARIA.Artículo24º:FUNCIONESDELAASAMBLEAGENERALORDINARIA.Artículo25º:ASAMBLEAGENERALEXTRAORDINARIA.Artículo26º:FUNCIONESDELAASAMBLEAGENERALEXTRAORDINARIA.Artículo27º:CONVOCATORIAS.Artículo28º:QUORUMDEASISTENCIA.Artículo29º:QUORUMDEVOTACION.Artículo30º:ACTASDELAASAMBLEAGENERAL.

SECCION2ª:JUNTADIRECTIVAArtículo31º:COMPOSICION.Artículo32º:RESPONSABILIDADDELAJUNTADIRECTIVA.Artículo33º:ATRIBUCIONESDELAJUNTADIRECTIVA.Artículo34º:FUNCIONAMIENTODELAJUNTADIRECTIVA.

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ESTATUTOS

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Artículo35º:ACTASDELAJUNTADIRECTIVA.Artículo36º:ELECCIONESDELAJUNTADIRECTIVA.Artículo37º:CESEDELOSMIEMBROSDELAJUNTADIRECTIVA.Artículo38º:CESEFORZOSODELOSMIEMBROSDELAJUNTADIRECTIVA.

SECCION3ª:DELREGIMENDEIMPUGNACIONDELOSACUERDOSSOCIALESArtículo39º:IMPUGNACION.Artículo40º:IMPUGNACIONDELASCONVOCATORIASDEASAMBLEAGENERALYJUNTADIRECTIVA.Artículo41º:IMPUGNACIONDELOSACUERDOSDEASAMBLEAGENERAL.Artículo42º:IMPUGNACIONDELOSACUERDOSDEJUNTADIRECTIVA.Artículo43º:VALIDEZDELOSACUERDOS.

SECCION4ª:COMISIONDECOORDINACION,CARGOSDIRECTIVOSYDECONTROLArtículo44º:COMISIONDECOORDINACION.Artículo45º:FUNCIONESDELACOMISIONDECOORDINACION.Artículo46º:FUNCIONESDELPRESIDENTE.Artículo47º:SUSTITUCIONDELPRESIDENTE.Articulo48º:MOCIONDECENSURADELPRESIDENTE.Artículo49º:FUNCIONESDELSECRETARIO.Artículo50º:SUSTITUCIONDELSECRETARIO.Artículo51º:FUNCIONESDELTESORERO.Artículo52º:SUSTITUCIONDELTESORERO.Artículo53º:CENSORESDEACTASYDECUENTAS. SECCION5ª:ORGANOSDEASESORAMIENTOYPARTICIPACIONArtículo54º:COMISIONESDETRABAJO.Artículo55º:NOMBRAMIENTODEASESORES.Artículo56º:EQUIPOSDEPARTICIPACIONDEZONA.

CAPITULOV REGIMENECONOMICOYFINANCIEROArtículo57º:OBLIGACIONESDOCUMENTALESYCONTABLES.Artículo58º:RECURSOSECONOMICOS.Artículo59º:CUOTAS.Artículo60º:PATRIMONIOYESTADOSFINANCIEROS.Articulo61º:AUDITORIAEXTERNA.

CAPITULOVI MODIFICACIONDEESTATUTOSArtículo62º:PROCEDIMIENTODEMODIFICACION.

CAPITULOVII DISOLUCIONYLIQUIDACIONArtículo63º:DISOLUCION.Artículo64º:COMISIONLIQUIDADORA.Artículo65º:LAASAMBLEAGENERALENELPERIODODELIQUIDACION.Artículo66º:DESTINODELOSBIENESRESULTANTES.

CLAUSULASADICIONALES

DISPOSICIONDEROGATORIA

DISPOSICIÓNFINAL

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ESTATUTOS

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CAPITULOI DENOMINACION.CAPACIDADJURIDICA. AMBITOYFINESDELAASOCIACIONArtículo1º:DENOMINACION. Conladenominaciónde“ASPRONA,AsociaciónparalaAtenciónaPersonasconDiscapacidad Intelectual o delDesarrollo y sus Familias de la provincia deAlbacete”, se constituyó el 10 de Octubre de 1.962 y se incorporó al ámbito deAsociacionesporresolución2.286delaDirecciónGeneraldePolíticaInteriordeldía18de Septiembre de 1.962. El 10 de Diciembre de 1.966 adaptó sus Estatutos a laLey191/1964de24deDiciembreyDecreto1.440/1965de20deMayo. ASPRONA se acomoda en todo momento a la normativa legal que le sea deaplicación(enlaactualidad,elArtículo21delaConstituciónEspañolaylaLeyOrgánica1/2002de22deMarzo,ReguladoradelDerechodeAsociación). ASPRONAcarecedeánimode lucroynopretende finespolíticos, religiosos,nisindicales. LaorganizacióninternayelfuncionamientodeASPRONAsondemocráticos,conplenorespetoalpluralismo. EstádeclaradadeUtilidadPúblicaporacuerdodelConsejodeMinistrosdefecha21deJuliode1.967.Artículo2º:CAPACIDADJURIDICA. ASPRONA, Asociación para la Atención a Personas con DiscapacidadIntelectualodelDesarrolloysusFamiliasdelaprovinciadeAlbacete,enadelanteASPRONA,tieneplenacapacidadjurídicapropiaeindependientedesusasociados,gozadeplenacapacidadparasersujetodederecho(derechosyobligaciones)enlostérminosprevistosporlosEstatutosyporlasLeyes.Artículo3º:DOMICILIO. El domicilio social radica en la calle Pedro Coca, número 21, de la ciudad deAlbacete. Artículo4º:AMBITOTERRITORIALYDURACION. ElámbitodealcanceyactuaciónsecircunscribealaprovinciadeAlbacete,salvoque en determinadas circunstancias sea aconsejable su extensión a otros ámbitosterritoriales,teniendoqueseraprobado,enestecaso,porlaJuntaDirectiva.

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ESTATUTOS

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ASPRONApodrá,previaaprobacióndelaJuntaDirectiva,participarenproyectosinternacionalesyenprogramasdecooperacióntransnacional,pudiendo,enestoscasos,establecerseenotrospaíses. La duración de ASPRONA será indefinida, salvo causa legal o estatutaria dedisolución.Artículo5ºMISIÓN. LaMisióndeASPRONAescontribuir,desdesucompromisoético,conapoyosyoportunidades,aquecadaPersonaconDiscapacidad IntelectualodelDesarrolloysufamilia puedan desarrollar su proyecto de calidad de vida, así como a promover suinclusióncomociudadanadeplenoderechoenunasociedadjustaysolidaria ASPRONA basa su actuación en la democracia interna, la transparencia y lasolidaridadentresusmiembrosArtículo6ºVISION. SerunaAsociaciónunida,conunproyectocomún,abiertaalentornoylíderenlapromoción de la inclusión y la autodeterminación de las Personas con DiscapacidadIntelectualodelDesarrolloArtículo7ºVALORES. LosValoresquelaAsociacióndefiendesonaquellosqueorientanlaactividaddelmovimiento asociativo FEAPS: la consideración de la Persona con DiscapacidadIntelectual o delDesarrollo como sujeto de derecho y deberes, la importancia de susfamilias,lacalidadenlaactuacióndelaOrganizaciónyelinterésportodaslasPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollo,asícomoelenfoquedelaOrganizaciónenfavordeéstas. LosvaloresdebenserentendidoscomoconviccionesmuyprofundasquesirvendeguíaalaconductadelosdistintosactoresointervinientesqueintegranlaAsociaciónyquerespondenaunavisióncompartidadelmundo,delasPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrolloydelarelacióndeéstasconesemundoquelosrodea Estosvaloresson:1)Trabajoenequipo.2)Transparenciaenlagestión.3)Coherencia.4)Informaciónycomunicación.5)Evaluaciónymejoracontinua.6)Solidaridad.7)Reivindicación.8)Innovaciónyaperturaalcambio.9)Igualdadyparticipación10)Formación

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ESTATUTOS

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11)Confianza12)Respeto.13)CarecerdeánimodelucroArtículo8º:FINES. EnrelaciónconlasPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrolloysusFamilias,ASPRONAtiene,concaráctermeramenteenumerativo,lossiguientesfines:

1)Promoverydefenderladignidad,asícomoexigirsusderechos.

2) Apoyar a sus familias para desarrollar el proyecto de vida de estas Personas.

3)PromoverlainclusiónynormalizaciónenlaactuaciónconEllas.

4) Promover el reconocimiento de sus capacidades, méritos y habilidades,desarrollarsupotencialhumanoyelsentidodedignidad,autoestima,sucreatividad,talento,yaptitudesmentalesyfísicas.

5) Promover su plena inclusión escolar, laboral y social para conseguir su máscompleta normalización y participación.6)Promoverapoyos,programas,servicios,centrosyactividadesdirigidosaatendersus necesidades.7)PromoveractitudessocialespositivasyunamayorconcienciasocialhaciaestasPersonas.

8) Promover y reivindicar la legislación y la normativa ante organismos einstitucionespúblicasquegaranticenelestablecimientodelascondicionessocialesyeconómicas, adecuadas para el cumplimiento de sus fines y para atender susnecesidades.

9) Reunir y difundir información especializada, celebrar congresos, jornadas,conferencias,foros,etc.,quepermitanprofundizarenlasnecesidades,divulgarlas,yfavorecerlasensibilizaciónsocialhaciaEllas.

10)Representarasusmiembrosdondeproceda.11) Cualquier otro fin que, de modo directo o indirecto, pueda contribuir alcumplimientodelamisiónoredundarenelreconocimientodelosderechosyenelbeneficio de las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo y de susFamilias.

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ESTATUTOS

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Artículo9º:MEDIOS. Para el cumplimiento de los fines que anteceden, ASPRONA podrá disponer,entreotros,delossiguientesmedios:

1) Implantar, organizar, desarrollar y gestionar los apoyos, centros, servicios,programasyactividadesqueseestimennecesariosparaello.

2)Aplicarlosprogramasomodelosqueseestimenigualmenteadecuadosparaello.

3)Ofrecerlaformaciónocupacional,regladaocontinuanecesariaparalasPersonascon Discapacidad Intelectual o del Desarrollo, las familias, los socios, losprofesionalesylosvoluntariosqueprestenserviciosocolaborenenlaactividaddelaAsociación,paragarantizarlaadecuadaformacióntécnicayhumanaqueredundeenelcumplimientodelamisiónydelosfines.

4) Establecer cuantas relaciones sean necesarias con las diferentes instituciones,tanto públicas como privadas, para la consecución de los fines.5) Incorporarse a las federaciones y confederaciones, entidades y organismos decarácter provincial, autonómico, estatal o supranacional, en su caso, dedicados afinessimilares,yaseandelosgenéricosodeaquellosquecoincidanenalgunasdesus actividades.6)Promoverycoordinaralvoluntariadoparaelcumplimientodelosfinessociales.7) Promocionar actividades de investigación respecto a las necesidades de lasPersonas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo.8) Valerse de cualquier otro medio lícito que sirva para el logro de la misión yconsecucióndelosfinesantesexpresados.

Lasactividadessedesarrollaránconsujeciónalodispuestoenelartículo32.1.bdelaLeyOrgánica1/2002,de22

demarzo,demodoquenoesténrestringidasexclusivamenteabeneficiaralosasociados,asícomoalodispuesto

enelartículo3,apartados3ºy4º,delaLey49/2002,de23dediciembre,deRégimenfiscaldeentidadessinfines

lucrativosyde incentivos fiscales almecenazgo, ynormasque lasdesarrolleno sustituyan, sinperjuiciode las

excepcionesqueparainvestigacióncientíficaydesarrollotecnológico,serviciosdeasistenciasocialydeportivos

establecelacitadanormativa.

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ESTATUTOS

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CAPITULOII

DELOSSOCIOS,SUSDEBERESYDERECHOSArtículo10º:CONDICIONESGENERALES. ASPRONAtienecarácterabiertoyparticipativo,pudiendointegrarseenlamismacuantaspersonaslosoliciten,siemprequecumplanlosrequisitosdeestosEstatutos,yasumanlamisión,visiónyvaloresquesedejanestablecidos. Será SociodeASPRONA todapersonanatural o jurídica,mayorde edady conplenacapacidaddeobrarque lodeseeysecomprometaen ladefensade los finesdeASPRONA.. ElnúmerodeSociosseráilimitado.Artículo11º:CLASESDESOCIOS. SeestablecendostiposdeSocios:

a)SociosdeNúmero.b)SociosdeHonor.

Artículo12º:SOCIOSDENUMERO.PodránserSociosdeNúmero(enadelanteSocios):

a) Las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo que no tenganlimitado el derecho de asociación de conformidad con una sentencia deincapacitación.

b) Familiares hasta tercer grado de consanguinidad o personas físicas que

ostenten la representación legalo la responsabilidaddehechodePersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollo.

c) LosColaboradores,queseanohayansidomiembrosdelaJuntaDirectivao

delasextintasJuntasComarcales.d) Los Voluntarios y Colaboradores de ASPRONA que una vez presentada su

petición,segúnloscaucesycondicionesestablecidasantelaJuntaDirectiva,yvaloradossusméritos,seanaceptadoscomoSociosconcaráctertransitorioytraspropuestaantelaAsambleaGeneralOrdinariasiguiente,ratificadosporésta,siloestimaseprocedente.

PodránserelectoresyelegiblesparalaJuntaDirectiva..

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Artículo13º:ADQUISICIONDELACONDICIONDESOCIO.

ParasolicitaraccederalacondicióndeSociobastaráconposeerlamayoríadeedadyno tener limitadoelejerciciodelderechodeasociacióndeconformidadconuna sentencia de incapacitación, así como asumir la misión, visión y valores de laAsociación.

Para adquirir la condición de Socio, el interesado deberá presentar una

solicitud por escrito en modelo normalizado ante la Junta Directiva, así como ladocumentación que acredite sus datos personales y su grado de parentesco conalguna Persona con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo, que será el Libro deFamiliaqueasílodemuestre,olarelacióndetutelaocuratelamediantelaSentenciaJudicialcorrespondienteoenelcasoderesponsabilidaddehecho,DeclaraciónJuradaqueasíloacredite.

A propuesta de la Junta Directiva, tras autorización por parte de ésta de la

peticiónefectuadaporelVoluntariooColaboradorysiemprequeposteriormentesearatificadaporlaAsambleaGeneral.

SolamenteencasodenoadmisióndelSocio,laJuntaDirectivacomunicaráporescrito las razones de la misma en un periodo de dos meses desde la solicitud,pudiéndoserecurrirantelasiguienteAsambleaGeneralOrdinariaqueseconvoque.Artículo14º:DERECHOSDELOSSOCIOS. SonderechosdetodoslosSocios:

a) Prestarsuconcursoactivopara laconsecuciónde lamisióny losfinesdeASPRONA,respetandolosprincipiosyvaloresquepostulaésta,utilizandosusmediosdeformaeficiente.

b) Participar, de acuerdo con los presentes Estatutos, en los Órganos de

Gobierno, siendo electores y elegibles todos los Socios, siempre que secumplaelrequisitodeunañodeantigüedadyencontrarsealcorrientedepagodesuscuotas.

c) Representar a la Asociación y a sus Órganos de Gobierno siempre que

ostenten autorización por escrito de la Asamblea General o de la JuntaDirectiva.

d) Solicitar y, en su caso, obtener el respaldo de la Asociación a la hora dedefender los intereses y derechos de las Personas con DiscapacidadIntelectual o del Desarrollo y sus Familias, así como de todo cuanto serelacioneconelmayorcumplimientodelosfinesdeASPRONA.

e) Elevarpropuestasa laComisióndeCoordinación, JuntaDirectivay/oa laAsambleaGeneraleintervenirenelfuncionamientoycontroldeASPRONAsegúnlasnormasinternasquedictenestosEstatutos.

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ESTATUTOS

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f) Conocer, en cualquier momento, la situación económica, el estado decuentasdeingresosygastosyeldesarrollodelasactividades.

g) ImpugnarlosacuerdosyactuacionesqueconsiderecontrariosalaLeyoalospresentesEstatutos,dentrodelplazodetreintadíasnaturales,contadosa partir de aquel en el que el impugnante hubiera conocido, o tenidooportunidaddeconocer,elcontenidodelacuerdoimpugnado,recogidoenel Libro de Actas de las reuniones de sus Órganos de Gobierno yRepresentación..

h) FigurarenelFicherodeSociosprevistoenlalegislaciónvigente.

i) Poseer un ejemplar de los presentes Estatutos y del Reglamento deRégimenInteriorsilohubiere.

j) Participarenlosactossociales.

k) Manifestarporescritosusalegaciones,concarácterprevioalaadopcióndemedidasdisciplinarias,y ser informado,de igualmodo,de lascausasquemotivenaquellas.

l) AsistiralaAsambleaGeneralconvozyvoto,pudiendodelegar,atalefecto,

su representación en otros miembros de la Asamblea; siendo condiciónindispensableparaejercerestosderechos,estaralcorrientedepagodelascuotasdelañoanterior.

DeconcurrirenunSociolacircunstanciadeasalariadodeASPRONA,ohaber

sido elegido o nombrado para un cargo de representación en la dirección yorganización de un sindicato, partido o formación política, automáticamente se lesuspenderá el derecho a ser elegible para los cargos de sus Órganos de Gobierno,manteniendo el resto de los derechos económicos y de Socio antes reseñados. Lasuspensiónfinalizaráunañodespuésdequetalcircunstanciahayadesaparecido.Artículo15º:DEBERESDELOSSOCIOS. SondeberesdelosSocios:

a) Respetar y defender la dignidad y los derechos de las Personas conDiscapacidad IntelectualodelDesarrollo y susFamilias, actuandodemaneraacordeconlosvaloresdeASPRONA,enlaqueseintegran.

b) Compartir, apoyarydifundir sus fines,participaren susactividadese

integrarseensusservicios,comisionesygruposdetrabajo.

c) Contribuir a sufragar los gastos de funcionamiento y la dotación demediosquerequieranlasactividades,atendiendoalpagodelascuotasqueseestablezcan.

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ESTATUTOS

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d) AcatarycumplirestosEstatutos,losReglamentosquelosdesarrollenylosacuerdosydirectricesqueemanendesusÓrganoscompetentes.

e) Prestarlamáximacolaboración,afindequeASPRONApuedamantener

yaumentarelprestigioquecorrespondeasusfines,absteniéndosederealizarcualquieractividadquemenoscabelosfinesperseguidos.

f) Desempeñarfielmentelasobligacionesinherentesaloscargosparalosquepudieranserdesignados.

g) Noaprovecharsede laAsociaciónparasus finespropios,niutilizarsu

imagenofinesensupropiobeneficio.

h) Notificar los cambios de datos que se produjeran, para actualizar sufichadeSocio.

Artículo16º:PERDIDADELACONDICIONDESOCIO. LacondicióndeSociosepierde:

a) PorfallecimientodelpropioSocio.b) Porbajavoluntariamanifestadaporescrito.c) Porimpagodelascuotascorrespondientesaunaanualidad,habiéndosele

concedido un plazo de tres meses para ponerse al corriente de lasmismas. Podrán reingresar de forma automática al hacer efectiva sudeuda.

d) PorincumplimientogravedeloprevistoenlospresentesEstatutos.e) Por actuar de forma lesiva contra las Personas con Discapacidad

IntelectualodelDesarrolloocontralaAsociaciónysusmiembros.f) Porconductasincorrectasquesuponganlavulneracióndelosfinesdela

Asociación o el incumplimiento de las obligaciones recogidas en elartículo18deestosEstatutos,oqueocasionendesprestigioomenoscaboalaAsociación,operturbengravementelanormalconvivenciaentrelosSocios.

ElcesedelSocionoeximeaéste,enningúncaso,delcumplimientodetodoslosdeberesquepreviamentehayacontraídoconlaAsociación. Podránsersuspendidos temporalmenteenelejerciciodesusderechoscomoSocios,hastaqueregularicensusituación,aquellosSociosquenohayanabonadosuscuotas de forma puntual, salvo que, a juicio de la Junta Directiva, justifiquensatisfactoriamenteelincumplimientodesuobligacióndepago. La baja forzosa sólo podrá producirse, tras la incoación del correspondienteexpediente disciplinario, en el que habrá de constar, como trámite esencial, laaudienciaalSociopresuntamenteinfractor,quiendeberáhabersidoinformadoconanterioridaddeloshechosquehayandadolugaralaadopcióndetalmedida. Lapropuestadebaja, en la condiciónde Socio, deberá estarmotivadapor laJuntaDirectivayratificada,ensucaso,porlaAsambleaGeneral.

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ESTATUTOS

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LabajatendráefectosapartirdelmomentoenqueseproduzcaelacuerdoporpartedelaAsambleaGeneral, llevandoaparejadalapérdidadetodoslosderechosderivadosdelacondicióndeSocio.

Con carácter excepcional, por falta grave contra ASPRONA, y a juicio de lamayoríaabsolutadelaJuntaDirectiva,cualquierSociopodrásersuspendidocomotal,provisionalmentemientrassetramitaelexpedientequedarálugaraladecisióndefinitiva por parte de la Junta Directiva y hasta su ratificación por la AsambleaGeneral.

Artículo17º:DELREGIMENDISCIPLINARIO LosSociospodránsersancionadosporelincumplimientodesusobligaciones.Dichas sanciones podrán consistir en el apercibimiento, la pérdida de derechos(desdeunmescomomínimohastaunañocómomáximo)ylaseparacióndefinitivadelaAsociación. Lasinfraccionespodránserlevesograves.SólolasinfraccionesgravespodránconllevarlaseparacióndefinitivadelaAsociacióny,porconsiguiente,lapérdidadelacondicióndeSocio. Seconsideran,atítulomeramenteenumerativo,infraccionesleves:

a) MostrardesidiaonegligenciaenelcumplimientodeldeberdecolaboraciónenlasactividadessocialesdelaEntidad,cuandodichacolaboraciónhubierasidorequeridadeformaexpresaporlaAsociación.

b) LaalteracióndelbuenordeneneldesarrollodelasreunionesquecelebrenlosÓrganosSociales.

c) Elincumplimiento,dentroofueradedichasreuniones,deldeberderespetohacia el resto de los Socios siempre que no sea constitutivo de injuria ovejacióngrave.

Seconsideraninfraccionesgraves:

a) Lasrecogidasenlosapartadosd)e)yf)delartículo17deestosEstatutos.b) La reiteración de dos o más faltas leves dentro del plazo de seis meses,

habiendosidopreviamenteapercibido.c) El incumplimiento del deber de respeto expresadoanteriormente cuando

seaconstitutivodeinjuriaovejacióngrave.Así comocualquierotraquepuedaestablecerseenelReglamentodeRégimenInterior.

EnlossupuestosdesanciónyseparacióndeSocios,seinformaráentodocasoalafectado,deloshechosquepuedandarlugaratalesmedidas,yseleoirápreviamente,debiendosermotivadoelacuerdoqueseadopteporlosÓrganosAsociativos.

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ESTATUTOS

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La Junta Directiva será el órgano competente para incoar el expedientesancionadoryacordar la sanciónquedeba imponerse.Contrael acuerdode la JuntaDirectiva podrá interponerse recurso, en el plazo de treinta días naturales, que seresolveráenlaprimeraAsambleaGeneralquesecelebre.Artículo18º:SOCIOSDEHONOR.PoracuerdodelaAsambleaGeneral,yapropuestadelaJuntaDirectiva,podráseracreedora al título de Socio de Honor cualquier persona o entidad que se hagamerecedoraaelloporsudestacadayreiteradalaborenprodeladefensaypromocióndelosderechosdelasPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollooporsuactividadenelcumplimientodelosfinesdeASPRONA.La calidad de estos Socios es meramente honorífica y, por tanto, no otorgacondición jurídica de miembro de la Asociación, ni derecho a voto en la AsambleaGeneral,niaparticiparenlosÓrganosdeGobiernoyAdministracióncomotales.

CAPITULOIII

DELOSCOLABORADORES

Artículo19º:COLABORADORES SeránColaboradoresaquellaspersonas físicaso jurídicasquenoreuniendo losrequisitosestablecidosenelartículo13º,contribuyanallogrodelosfinesylosobjetivosdeASPRONAyasusostenimiento. PodránasistiralaAsambleaGeneral,convozperosinvoto. Podránasistiracualquieractosocial. Comoseindicaenelartículo12‐d)cualquierColaboradorquedeseeperteneceralcolectivosocial,deberápresentarsusolicitudantelaJuntaDirectiva,acompañadadelaval de dos Socios, Una vez valorados los méritos del solicitante y en caso deconsiderarlooportuno,laJuntaDirectivaaceptaráalmismo,concaráctertransitorioytrassupropuestaantelaAsambleaGeneralOrdinariasiguiente,ratificadoporésta,siasíloestimaseprocedente.Apartirdeesemomentoytranscurrido,comomínimo,unañodeantigüedadcomoSocio,podráserelegiblecomomiembrodelaJuntaDirectiva,enelcasodepresentarsucandidatura.

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ESTATUTOS

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CAPITULOIV

DELOSORGANOSDEGOBIERNODELAASOCIACIONArtículo20º:ORGANOSDELAASOCIACION. ASPRONA se regirá por el sistema de autogobierno y el principio derepresentaciónatravésdelossiguientesórganos:1.‐DeGobiernoyCoordinación: a)AsambleaGeneral. b)JuntaDirectiva. c)ComisióndeCoordinación2.‐DeAsesoramientoyParticipación: a)ComisionesdeTrabajoyReferentesFuncionales. b)Asesores. c)EquiposdeParticipacióndeZona.

SECCION1ª:ASAMBLEAGENERAL

Artículo21º:ASAMBLEAGENERAL. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación,integradoportodoslosSocios,queadoptasusacuerdosporelprincipiomayoritarioodedemocraciainterna. Tendránderechoaasistir,convozyvoto,alaAsambleaGeneraltodoslosSociosqueno seencuentren suspendidosenel ejerciciode susderechosy seencuentrenalcorrientedepagodelascuotasdeSociodelejercicioanterior.LosmiembrosdelaJuntaDirectiva deberán asistir a las Asambleas. También podrán asistir, si así lo ordena oautorizaelPresidente,elDirectorGeneral,coordinadores,directores,asesorestécnicosyotraspersonasquetenganinterésenlabuenamarchadelosasuntosdelaAsociación,loscualestendránvozperonovoto,exceptosiconcurrelacondicióndeSocio. CadaSociotendráderechoaunvotoypodráostentarlarepresentacióndetresSocios además de la suya propia. La representación se otorgará mediante impresonormalizado que facilitará el Secretario, a petición del interesado, en el que deberáconstar,comomínimo,losdatosidentificativosdelrepresentadoydelrepresentante,asícomoelnºdelDNIylafirmadelosdos,adjuntandotambiénfotocopiadeambosDNI.

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ESTATUTOS

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Losacuerdosseadoptarándeconformidadconel artículo28de lospresentesEstatutos. Todos losSociosestaránobligadosalcumplimientode losacuerdosadoptadosenlaAsambleaGeneral,tantolospresentescomolosausentes.AtodoslosSociosselesinformarádelosacuerdosadoptados. Artículo22º:CLASES. LaAsambleaGeneralpodráser: a)Ordinaria. b)Extraordinaria. ActuaráncomoPresidenteySecretariodelaAsambleaGeneralquienesloseande la Junta Directiva, o quienes estatutariamente los sustituyan. Corresponde alPresidente dirigir las deliberaciones, conceder el uso de la palabra y determinar eltiempodeduracióndelassucesivasintervenciones.Artículo23º:REUNIONESDELAASAMBLEAGENERALORDINARIA. LaAsambleaGeneralOrdinariase reuniráalmenosunavezalaño,dentrodelprimercuatrimestre.EndichaasamblealaJuntaDirectivadarácuentadesugestiónypresentaráelproyectodeactuaciónparaelperíodosiguiente. LaAsambleaGeneralOrdinariadecidirápormayoríasimpledevotospresentesorepresentados.Artículo24º:FUNCIONESDELAASAMBLEAGENERALORDINARIA. LasfuncionesdelaAsambleaGeneralOrdinariaserán:

1) Conoceryaprobar,siprocede,elInformedeActividadesdelejercicioanterior.2) Conocery aprobar, siprocede, laLiquidaciónde losPresupuestos, losEstados

FinancierosylaMemoriaEconómicadelejercicioanterior.

3) Conocer la gestión de la Junta Directiva, sometiendo la misma a debate yaprobacióndelosasistentesyrepresentadosconderechoavoto.

4) Conoceryaprobar,siprocede,laPropuestadePresupuestosyelPlandeAcción

referidosalejercicioencursoenelmomentode lacelebraciónde laAsambleaGeneralOrdinaria.

5) Aprobarlascuotasordinariasodecarácterextraordinarioquedebanabonarlos

Socios.

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ESTATUTOS

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6) Adoptarresolucionessobrelosasuntosquefiguranenelordendeldíaoquese

suscitenpordosterciosdesusmiembrospresentesyrepresentados.

7) Ratificar a los miembros de la Junta Directiva, elegidos como resultado delprocesoelectoralprevio.

8) Ratificar,siprocede,lasexclusionesdelosSocios.

9) DecidirsobrelasinadmisionesdeSociosqueseimpugnen.

10) NombrarlosSociosdeHonor,siprocede,apropuestadelaJuntaDirectiva.

11) Ratificar, si procede, el nombramiento como Socio de cualquier Voluntario o

Colaborador, a propuesta de la Junta Directiva, que tras valoración de susméritos,autorizóconcaráctertransitorio.

12) NombrarlosCensoresdeactasydecuentas,siprocede.

13) Estudiaryaprobar,ensucaso,aquellaspropuestasque,porsuimportancia o

contenido,lesometalaJuntaDirectiva.

14) OíryvalorarlaspropuestasdelosgruposdeAutogestoresyVoluntarios.

15) Aprobar la fundación, creación, promoción, constitución o participación enSociedades, Asociaciones o Fundaciones de cualquier tipo, destinadas alcumplimientodefinesanálogososimilares.

16) Aprobarlafederaciónconotrasentidadesosuseparacióndeéstas.

17) Ratificar,siprocede,acuerdosadoptadosporlaJuntaDirectiva,queimpliquenla

adquisiciónatítulooneroso,transmisiónogravamendelpatrimoniomobiliariooinmobiliario,siemprequeelimportedelaoperaciónsupereel15%delúltimoPresupuestoanualliquidadoyaprobado.

18) YtodoasuntoqueporlospreceptoslegalesoestatutariosnoseanatribuidosalaAsambleaGeneralExtraordinariaoalosÓrganosInferiores.

Artículo25º:ASAMBLEAGENERALEXTRAORDINARIA. LaAsambleaGeneralExtraordinaria se convocará cuando la JuntaDirectiva loacuerdeocuandoseasolicitadoporescrito,comomínimo,poreldiezporcientodelosSocios.En tal caso laAsambleaGeneralExtraordinariasereunirádentrodelplazodetreintadíasacontardesdesusolicitud,conformealordendeldíapropuestoporquieneshayaninstadosucelebración.

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ESTATUTOS

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Artículo26º:FUNCIONESDELAASAMBLEAGENERALEXTRAORDINARIA. LasfuncionesdelaAsambleaGeneralExtraordinariaserán:

1) Analizar y, en su caso, aprobar la modificación de Estatutos en AsambleaExtraordinariaconvocadaatalefecto..

2) DisolverdeformavoluntariaASPRONA.

3) Analizary,ensucaso,aprobarelPlanEstratégicodelaAsociación.

4) Adoptaracuerdosque impliquen laadquisicióna títulooneroso, transmisióno

gravamendelpatrimoniomobiliariooinmobiliario,siemprequeelimportedelaoperaciónsupereel15%delúltimopresupuestoanualliquidadoyaprobado.

5) Aprobar, si procede, la redacción o modificación del Reglamento de Régimen

Interior.

6) Ytodoasuntoatribuidoa laAsambleaGeneralOrdinariayquepormotivosdeurgencianoseaposibleesperarasucelebración.

Artículo27º:CONVOCATORIAS. La convocatoria de la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria,deberá ser hecha por la Junta Directiva con una antelación de 15 días al menos conrespectodelafechafijada.Enlaconvocatoriadebeindicarseelcarácterdelamisma,ellugardecelebración, la fechayhorayelordendeldía,asícomosi laconvocatoriaseproduceporlaJuntaDirectivaoporsolicituddeunnúmerodeSocios. Las convocatorias de las Asambleas se realizarán por escrito o medioinformatizadoalternativoatodoslosSociosymediantelapublicacióndeunanuncioen,comomínimo,dosdelosdiariosdemayordifusióndelaprovinciaasícomomediantelacolocación de la convocatoria en los tablones de anuncios de cada centro, recurso oserviciodelaAsociación. Artículo28º:QUORUMDEASISTENCIA. LaAsambleaGeneral,tantoordinariacomoextraordinaria,quedaráválidamenteconstituida:- Enprimera convocatoria, cuando concurran a ella, presentes o representados, al

menoslatercerapartedelosSocios.‐Ensegundaconvocatoria, cualquieraqueseaelnúmerode losSociosasistentesy

representados.Entrelaprimeraysegundaconvocatoriadeberánmediartreintaminutos.

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ESTATUTOS

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Artículo29º:QUORUMDEVOTACION. Los acuerdos se adoptarán en la Asamblea General Ordinaria con el votofavorabledelamayoríasimpledelosSociospresentesorepresentados. EnlaAsambleaGeneralExtraordinarialasdecisionessetomaránconelacuerdodelosdosterciosdelosSociospresentesorepresentados Artículo30º:ACTASDELAASAMBLEAGENERAL. DecadaAsambleaGeneralselevantaráunActa,redactadaporelSecretarioenelLibro de Actas correspondiente, debiéndose expresar en ella la fecha de reunión,númerodeconvocatoria,primeraosegunda,elnúmerodeasistentes,existenciaonodequorum,asuntostratadosylosacuerdosadoptados,indicandoenestoscasoselquórumdevotaciónobtenido.LasactasseránsuscritasporelSecretarioconelvistobuenodelPresidente. La Asamblea General podrá designar, como Censores de Acta a dos de susmiembros, quenopertenezcan a la JuntaDirectiva, paraque junto con el Presidente,puedanautorizarelactaqueredacteelSecretariounavezfinalizadalasesiónyantesdequetranscurraelplazodeunmes,noprecisando,entalcaso,deaprobaciónformal. Desdeelmomentoenque seaaprobadael acta, los acuerdos contenidosen lamisma gozarán de fuerza ejecutiva, los cuales no se verán suspendidos por laimpugnacióndelosmismos,salvoquelaautoridadadministrativaojudicialresuelvaensentidocontrario. PodrállevarseelRegistrodeActasdeASPRONAdeformainformatizada.

SECCION2ª:JUNTADIRECTIVAArtículo31º:COMPOSICIÓN: LaJuntaDirectivaeselórganorectorydegobiernodelaAsociaciónyostentarásu plena representación sin ninguna clase de restricciones, sin perjuicio de lascompetenciaspropiasdelaAsambleaGeneral.CompetealaJuntaDirectivagestionaryrepresentarlosinteresesdelaAsociación,deacuerdoconlasdisposicionesydirectivasdelaAsambleaGeneral.

Serálaencargadadevelardeformadirectaypermanenteporelcumplimientodelosfinesylabuenamarchadesusinteresesdurantetodoelejerciciosocial.

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ESTATUTOS

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La Junta Directiva se renovará cada cuatro años siendo sus componentesreelegiblesparasucesivosmandatos. LaJuntaDirectivaestarácompuestaporunmínimode7miembrosyunmáximode13,elegidoscomoresultadodelprocesoelectoralprevio,entrelosSociosmayoresdeedad,enplenousodesusderechoscivilesyquenoesténincursosenlosmotivosdeincompatibilidad establecidos en estos Estatutos y en la legislación vigente. Seránnombrados por un plazo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos cuantas veces sepresentenalareelección. La distribución de sus cargos será: Presidente, Vicepresidente, Secretario,Vicesecretario,Tesorero,Vicetesoreroyunmáximode7vocales. Elcargodedirectivoseostentaráatítulopersonal,porloque,cuandonoseaposiblelaasistencia,solopodrádelegarselarepresentaciónenotromiembrodelaJuntaDirectivadelaAsociación.

LosmiembrosdelaJuntaDirectivadesempeñarángratuitamentesuscargos,sinperjuiciodepoderserreembolsadospor losgastos,debidamente justificados,queeldesempeñodesufunciónlesocasione. Nopueden formarpartede la JuntaDirectivaquienesmantenganunarelacióncontractual decarácter laboral conASPRONA.Tampocopodránsermiembrosde laJunta Directiva aquellas personas que sean elegidas o nombradas para un cargo derepresentación en la dirección y organización de un sindicato, partido o agrupaciónpolítica.

La Junta Directiva designará en su seno una Comisión de Coordinación quetendrálasfuncionesdelegadasqueleconfieralapropiaJunta.Artículo32º:RESPONSABILIDADDELAJUNTADIRECTIVA. Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán su cargo y cumplirán susfuncionesconlealtadydiligenciayresponderánfrenteaASPRONAyfrenteaterceros,deacuerdoconlasleyes,deldañocausadoylasdeudascontraídaspormalicia,abusodefacultadesonegligenciagrave. EncualquiercasoestaránexentosderesponsabilidadlosmiembrosdelaJuntaDirectivaquehayansalvadosuvotoenlosacuerdosquehubierancausadodaño. Los componentes de la JuntaDirectiva y los demás asistentes a las reuniones,guardarán la debida reserva de las deliberaciones de la misma y no difundiráncontenidosque,porsupropianaturalezaoporacuerdodelaJunta,debansersecretos.

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ESTATUTOS

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Artículo33º:ATRIBUCIONESDELAJUNTADIRECTIVA:CorrespondealaJuntaDirectiva:

1) ElegirdeentresusmiembrosalPresidentedelaAsociación.

2) Desarrollar la política de la Asociación y los acuerdos adoptados en laAsambleaGeneral.

3) Representar a ASPRONA. Ordinariamente, esta representación estarápersonificada en suPresidente o en el Vicepresidente de lamisma en casodeausenciadeaquél,ocuando lascircunstancias lo requieran,porcualquierotromiembrodelaJuntaDirectivaenquiendelegueelPresidente.

4)Cumpliryhacercumplir lospresentesEstatutosy losacuerdosválidamenteadoptadosporlaAsambleaGeneral.

5) Resolver lasdudasquesesuscitensobre la interpretaciónde lospresentesEstatutosysuplirsusposiblesomisiones,sinperjuiciodesometersusdecisionesalaprimeraAsambleaGeneralquesecelebre.

6) Aprobar modelos de prestación de apoyos y los de funcionamiento de losdistintosrecursosyservicios.

7) Aprobar la creación de nuevos apoyos y servicios o lamodificación de losexistentes.DecidirsobrelarealizacióndeprogramasquevayanaserejecutadosocoordinadosdesdelapropiaAsociación.

8) Recibir información periódica del desarrollo de las actividades, delfuncionamiento de los apoyos que se presten y de los servicios, valorando lagestióndelDirectorGeneral.

9) Decidir sobre la organización de los actos sociales e institucionales deASPRONA.

10)Constituir,modificaroextinguircomisionesdetrabajo,nombrarasesoresdelaJuntaDirectivayengeneral,determinarlossistemasdeorganizacióninternaqueparasufuncionamientoseestimeoportuno.

11)Aprobarpormayoríade2/3desusmiembroslafirma,adhesiónoapoyoacualquiermanifiesto,candidatura,organización,plebiscitoosimilarquelefuerarequeridoaASPRONA,siemprequelosmismosesténdirectamenterelacionadosconelámbitodelasPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollo.Encualquier caso, los miembros de la Junta Directiva no podrán ostentar sucondicióndetalescuandoejercitenestasaccionesdeformaindividual.

12)Administrarelpatrimonioeinterpretar,ensucaso,lasbaseseconómicasdelaAsociación.

13) Aprobar el Balance de Situación, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, la

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ESTATUTOS

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Memoria Económica, el Plan de Acción y la Liquidación del Presupuesto delejerciciocerradoylaPropuestadePresupuestoyelInformedeActividadesparael ejercicio siguiente, que han de someterse a la ulterior aprobación de laAsambleaGeneral

14) Decidir el cobroy aprobar el importede los servicios, al objetodepoderdeterminarelnúmerodeplazasdisponiblesanteconciertosocualquiertipodeacuerdoqueseestablezcaconotrasorganizacionesylaAdministración,inclusoaparticularesquelosolicitaran.

15)SeleccionaralDirectorGeneralyalosSubdirectores.

16) Otorgar poderes, tanto generales comopara pleitos, pudiendodelegar enotraspersonastodasopartedelasfacultadesqueseenumeranenesteartículo.

17)EstablecerelOrdendeldíadelaAsambleaGeneral.

18)DarcuentaalaAsambleaGeneraldelasbajasysuspensionesdederechosdelosSocios,odemiembrosdelaJuntaDirectiva,parasuratificación,siprocede.

19)ProponeralaAsambleaGeneralelnombramientodelosSociosdeHonorasícomolaconcesióndeotrospremiosodistincionesquesepudierancrear.

20)EstablecercaucesparalaparticipaciónenlaJuntaDirectiva,enlostérminosqueseconsiderenoportunos,de losdistintosgruposde interés,especialmentede las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo y de losVoluntarios.21)Cesarasusmiembrosenfuncióndelartículo37delospresentesEstatutos.

22)ExtenderelámbitodeactuacióndeASPRONAaotrosterritorios.

23) Aprobar la participación enproyectos internacionales y enprogramasdecooperacióntransnacional.

24) Designardeentresusmiembrosa lapersonaquesustituya, temporaly/opuntualmente,alPresidente,encasodeausenciaoenfermedaddelmismoydelVicepresidente.

25) Cubrir con carácter provisional las bajas que se produzcan en la JuntaDirectiva..

26) Abrir el proceso electoral para la renovación de los cargos de la JuntaDirectiva,asícomoelegiralmiembrodelaJuntaElectoralysusuplente,ambos“nocandidatos”.

27) Plantear o decidir sobre cualquier asunto, competencia o interés de laAsociación y que no esté reservado legal o estatutariamente a la AsambleaGeneral.

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ESTATUTOS

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28) Realizar concualquierpersonafísicao jurídica,Administraciónoentidad,todaclasedeactos,conveniosycontratos,queporsurelevancia, requieran laconcurrencia de la Junta Directiva; licitar, concurrir y contratar con la UniónEuropea, con el Estado Español, con la Comunidad Autónoma de Castilla‐LaMancha u otras Comunidades Autónomas, con Ayuntamientos y Entidadeslocales.

29) Abrir y cancelar en cualquier entidad financiera u otro establecimiento,cuentascorrientes,ordinariasodecrédito,congarantíapersonal,devaloresodeefectoscomerciales,asícomorealizarmovimientosenlasmismas.

30)AprobarlapolíticadepersonasdelaAsociación

31)Engeneraltodasaquellasactividadesoacuerdosqueredundenenbeneficiode ASPRONA, de los que por su interés, dará cuenta a la Asamblea Generalsiguiente.32) La Junta Directiva, tras recibir petición por escrito de Voluntario oColaborador, debidamente avalada por dos Socios, en el sentido de desearformar parte del colectivo social de nuestra Asociación y entendiendo laconveniencia de acceder a la petición, una vez valorados los méritos delsolicitante,autorizaráelcambioalacondicióndeSocio,concaráctertransitoriohastalaulteriorratificaciónporlaAsambleaGeneralOrdinariasiguiente,siéstaloestimaseprocedente.

33) Todas estas funciones pueden ser delegadas, total o parcialmente, en laComisióndeCoordinación.

Artículo34º:FUNCIONAMIENTODELAJUNTADIRECTIVA. LaJuntaDirectivasereunirá,comomínimo,unavezcadadosmeses,aexcepcióndelmes de agosto, correspondiendo la convocatoria al Presidente. También se podráreunir cuando lo considere necesario el Presidente o cuando lo soliciten un númeroigualosuperioralamitadmásunodesusmiembros. LasreunionesdelaJuntaDirectivasepodránrealizardemodoremoto,cuandolosmedioslopermitan,mediantenuevastecnologíasdelainformación. ElquórummínimoparaquelaJuntaDirectivaquedeválidamenteconstituidaesdelamitadmásunodesusmiembrospresentesorepresentados. La asistencia a las reuniones de la Junta Directiva es obligatoria para loscomponentesdelamisma. Lainasistenciaa3sesionescontinuasó6alternassinjustificar,llevaráconsigolapérdidadelacondicióndemiembrodelaJuntaDirectiva,procediéndosealasustitucióndelavacanteconformealoestablecidoenelartículo36.

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ESTATUTOS

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En casodequealgúnmiembrode la JuntaDirectivanopuedaacudira algunasesión,sinperjuiciodeloprevistoenelpárrafoanterior,podrádelegarporescritosurepresentaciónenotromiembrodelaJuntaDirectivadecuyaasistenciatengacerteza.Lapersonaenquiensedeleguesólopodráacumularunarepresentaciónademásdelasuya. LaconvocatoriadelassesionesdeberácomprenderentodosloscasoselOrdendelDíacorrespondienteyseráhechaporelPresidentecon10díasdeantelación,opormotivos de urgencia, el tiempo que se estime conveniente para que llegue aconocimientodetodossusmiembros. A las reuniones asistirá, siempre que sea necesario, el Director General deASPRONAo lapersonaque lo sustituyayademás,cuando loestimeelPresidente,sepodráinvitarapersonasnopertenecientesaella. Losacuerdosseadoptaránpormayoríasimpledelospresentesyrepresentados,decidiendo,encasodeempate,elvotodecalidaddelPresidente.Artículo35º:ACTASDELAJUNTADIRECTIVA. Decada JuntaDirectivase levantaráunActa,redactadaporelSecretario,enelLibro de Actas correspondiente , debiéndose expresar en ella la fecha de reunión, elnúmero de asistentes a la misma, los asuntos tratados y los acuerdos adoptados,indicandoenestoscasoselquórumdevotaciónobtenido. LasactasseránsuscritasporelSecretarioconelvistobuenodelPresidente. Enelplazodeunasemana,traslacelebracióndelareunión,seenviarácopiadelactaatodoslosmiembrosdelaJuntaDirectiva.ElRegistrodeActasdeASPRONApodrállevarsedeformainformatizada. Artículo36º:ELECCIÓNDELAJUNTADIRECTIVA:

Los miembros de la Junta Directiva, serán elegidos por los Socios, de entreaquellosquecuentencomomínimoconunañodeantigüedadynoesténincursosenincompatibilidadlegaloestatutaria,quehayanpresentadosucandidaturaentiempoyformaanteSecretaríadelaAsociación,mediantecandidaturaabierta.Se realizará una convocatoria pública a todos los Socios que inicie el procesoelectoral. De la totalidad de candidatos presentados, los Socios podrán votar a unmáximodetrece. Paraelmejordesarrollodelprocesoelectoralyconelfinderesolvercualquiercuestión sobre elmismo, será nombrada por la JuntaDirectiva saliente, una JuntaElectoralqueestarápresididaporelSecretariodeASPRONAyensuausenciaporelVicesecretarioyquecontaráademásconunmiembrodelaJuntaDirectivaquenosepresente, comocandidato, al procesoelectoral y en ausenciade éste, porunSocio

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ESTATUTOS

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queigualmentenosepresente,comocandidato,alprocesoelectoralyconelDirectorGeneral de la Asociación y en su ausencia, por la persona o personas en las quedelegueelPresidentedeASPRONA.El cargo de Presidente se elegirá de entre aquellosmiembros ya electos de laJuntaDirectiva,quedeseenpresentarsucandidaturayseráelegidopor lospropiosmiembros,enelcasodeexistirvariascandidaturasmediantevotación,pormayoríasimple, no siendonecesaria ésta si sólo sepresentaseunúnico candidato, todavezqueseprocederíaalaproclamaciónenfirmedelmismo.SisepresentaranmásdedoscandidatosaPresidente,encasodeempate,laelecciónserealizaríaasegundavueltaparticipandoenlamismaaquelloscandidatosmásvotadosyquehubieranobtenidoelempate.Enelsupuestodequenosepresentasealcargoningunacandidatura,seelegiráporvotación,de losmiembroselectos,deentre loscomponentesde la JuntaDirectiva.El Presidente sólo podrá ser elegido por dos mandatos consecutivos, sinposibilidadderelección;hastaquenotranscurrapormedio,almenos,unperiododecuatroaños. ElprocesoelectoralserádefinidoenelReglamentoElectoral..

Las vacantes que puedan producirse con carácter definitivo, podrán sercubiertas provisionalmente por la Junta Directiva, respectivamente, por aquelloscandidatos que hayan quedado, en votos obtenidos, a partir del puesto trece en elescrutinio electoral y en caso de existir empate para sustituir la vacante, tendrápreferencia el que ostente mayor antigüedad como Socio. Estos candidatospermanecerándeformaprovisionalhastasuaprobaciónporla inmediataAsambleaGeneral que se celebre, mediante ratificación de la propuesta de sustituciónpresentadaporlaJuntaDirectiva.

Estos nuevos miembros permanecerán en su puesto durante el periodo querestahastacumplirelplazoparaelquefueronelegidosinicialmentelostitularesquehayancausadobaja.

De acabarse la lista, o no haber candidatos en la misma, la plaza quedará

vacantehastaelsiguienteprocesoelectoral.Si las vacantes llegaran a superar la mitad de los miembros de la Junta

Directiva electa, se abrirá un proceso electoral para la renovación completa de laJuntaDirectiva.Adaptandoenestecasolosplazosdelprocesoalanuevasituación.

Transcurridoelplazoparaelquefueronnombrados,losmiembrosdelaJuntaDirectivacontinuarándehechoeneldesempeñodesuscargoshastaquelaAsambleaGeneraldesigneaquieneshayandesustituirles.Artículo37º:CESEDEMIEMBROSDELAJUNTADIRECTIVA.

LosmiembrosdelaJuntaDirectivacesaránporfallecimiento,portranscurso

delperíododesumandato,porrenunciavoluntaria,porpérdidade lacondicióndeSocio, por ratificación de la Asamblea General Ordinaria a propuesta de la JuntaDirectivaodeformaforzosaporalgunadelascausasestablecidasenelartículo38.

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ESTATUTOS

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También cesarán automáticamente de forma temporal por incompatibilidad

paraejercerelcargo,alsuscribiruncontratolaboralconASPRONAoserelegidosodesignados para un cargo de representación en la organización de un sindicato opolítico.Elceseduraráhastaunañodespuésdefinalizarlasituaciónqueprovoqueelmismo.

Artículo38º:CESEFORZOSODELOSMIEMBROSDELAJUNTADIRECTIVA.LacondicióndemiembrodelaJuntaDirectivasepierdedeformaforzosa,poracuerdoaprobado por mayoría absoluta de la Junta Directiva, por alguno de los motivossiguientes:

a) Realizaractosqueatentencontralamisión,visión,valores,imagen,finesy/olosmediosdeASPRONA.b) IncumplirlospresentesEstatutos.c) Porincumplimientograve,ajuiciodelaJuntaDirectiva,deloacordadoenelsenodelamisma.d) PornoguardarelsecretodeloqueseacuerdeenlaJuntaDirectiva.e) PerderlacondicióndeSocio.f) Noasistira3sesionescontinuasó6alternassinjustificar.g) SuscribiruncontratolaboralconASPRONA.h) Por ser elegido o nombrado para un cargo de representación en ladirecciónyorganizacióndeunsindicato,partidooformaciónpolítica.

La pérdida de la condición de miembro de la Junta Directiva no supone, enprincipio,lapérdidadelacondicióndeSociodeASPRONA ElceseforzosocomomiembrodelaJuntaDirectivasolopodráproducirsepreviaaudiencia de la persona interesada y tendrá efectos a partir del momento en que seproduzcaelacuerdoadoptadopormayoríaabsolutadesusmiembros. Para proceder al cese forzoso de un miembro de la Junta Directiva, deberáincoarse un expediente para el que serán nombrados dos miembros de la JuntaDirectivaasistidosporelDirectorGeneralde laentidado lapersonaque losustituya.Éstos deberán comunicar por escrito al interesado las causas del cese, dándole unperiodo de 15 días naturales para presentar su pliego de descargo. Una vez oído elinteresado, y realizadas todas las actuaciones que permitan aclarar los hechos, losmiembrosencargadosdelexpedientepresentaránalaJuntaDirectivasusconclusionesconlapropuestaderesolución.LaJuntaDirectivadeberátomar,pormayoríaabsolutadesusmiembros,ladecisiónsobrelapropuestapresentada. Elmiembrode la JuntaDirectiva cesadopodrá impugnar el acuerdoadoptadoantelasiguienteAsambleaGeneralqueseconvoque. Concarácterexcepcional,por faltamuygravecontraASPRONAya juiciode lamayoría absoluta de los miembros que compongan la Junta Directiva, cualquiermiembrodeéstapodrásersuspendidoprovisionalmentecomotal,mientrassetramitaelexpedientequedé lugara ladecisióndefinitivaporpartede la JuntaDirectivaysuposteriortrasladoalaAsambleaGeneralparasuratificación.

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ESTATUTOS

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SECCION3ª:DELREGIMENDEIMPUGNACIONDELOSACUERDOSSOCIALES.

Artículo39º:IMPUGNACIONES

Los acuerdos y actuaciones de la Asociación podrán ser impugnados porcualquierSocioopersonaqueacrediteuninteréslegítimo,silosestimasecontrariosalordenamiento jurídicooa lospresentesEstatutos,por los trámitesdel juicioquecorrespondaconarregloaloestablecidoenlalegislaciónvigente.Artículo40º:IMPUGNACIONDELASCONVOCATORIASDEASAMBLEAGENERALYJUNTADIRECTIVA.

Las impugnacionesquese formulenrespectoa las convocatorias, tantode laAsambleaGeneralcomodelaJuntaDirectivadelaAsociación,deberánrealizarseconcarácter previo a éstas cuando se trate de cuestiones relacionadas con la propiaconvocatoria, o con la competencia de los asuntos propuestos en el orden del día,medianteescritodirigidoalPresidentedelaAsociación,almenosconcuatrodíasdeantelación a la celebración de la reunión y, salvo que el Presidente estime laexistencia de errores o vicios que puedan motivar la anulación de la convocatoria,habrándeserresueltasalcomienzodelareunión.Artículo41º:IMPUGNACIONDELOSACUERDOSDEASAMBLEAGENERAL.

LaimpugnacióndeacuerdosdelaAsambleaGeneralporcausasdistintasalasestablecidasenelartículoprecedente,deberánrealizarseantesde laclausurade lareuniónsielimpugnanteestápresente.

Si no estuviera presente, habrá de realizarse ante la Junta Directiva de laAsociación,enelplazodetreintadíasdesdequeseconozcaformalmenteelacuerdoquelamotiva.

La impugnación de los acuerdos de la Asamblea General, incluidos los que

resuelvan impugnaciones de acuerdos de la Junta Directiva, se substanciarandirectamenteantelostribunalesdelajurisdicciónordinariaenlaformayplazosquelaLeydetermine.Artículo42º:IMPUGNACIONDELOSACUERDOSDEJUNTADIRECTIVA.

LosacuerdosdelaJuntaDirectivapodránserimpugnadosantelamismaenelplazo máximo de treinta días desde que formalmente, cualquier asociado tuvieraconocimientodedichosacuerdos.Quienesestuvieranpresentesdispondrándelmismoplazosiempreycuandohubieransalvadosuvoto.

Los acuerdos adoptados por la Junta Directiva resolviendo impugnaciones,podránser recurriblesante laAsambleaGeneralenelplazodequincedías, contadosdesdequelaresoluciónhayasidocomunicadadeformafehacientealimpugnante.

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ESTATUTOS

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Artículo43º:VALIDEZDELOSACUERDOS

Sinperjuiciodelasimpugnaciones,losacuerdosdelaAsambleaGeneralydelaJuntaDirectivasonejecutivos,salvoquedichosÓrganosacuerdensususpensión.

Agotadas las instancias asociativas, los afectados podrán hacer uso de losderechosquelesasistanantelostribunalesordinarios.

SECCION4ª:COMISIONDECOORDINACIÓN,CARGOSDIRECTIVOSYDECONTROL.

Artículo44º:COMISIONDECOORDINACIÓN. LaComisióndeCoordinacióneselórganoqueaseguralacoordinaciónentreelplano institucional (Junta Directiva) y los planos de la misión y organizacional(responsablesdelagestiónenelámbitoprofesional).Tendrácomoobjeto,sinperjuiciodelsuperiorgobiernodelaJuntaDirectiva,gestionarydecidirsobreasuntosordinariosytodosaquellosqueunaorganizacióndeestascaracterísticasprecisaparaunamayoragilidadde su funcionamiento, dando cuentade su gestión a la JuntaDirectiva en lasiguienteconvocatoriadeésta. LaComisióndeCoordinaciónestaráformada,comomáximo,porsietemiembros:el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero, el Director General, elDirectorde ApoyosyelDirectordeOrganización,queactuará comosecretariode lamisma,olaspersonasquerealicenesastareasencadamomento. EnlaComisióndeCoordinación,losprofesionalestendránvozperonovoto. ElPresidentedeASPRONAtendráunvotodecalidadencasodeempateenlasdeliberaciones.Artículo45º:FUNCIONESDELACOMISIONDECOORDINACIÓN. CorrespondealaComisióndeCoordinación

1) Velar por el buen funcionamiento de los Centros, Servicios, recursos yactividades.

2) Engeneral,ejecutartodasaquellasactividadesquecontribuyanalaconsecuciónde los fines de ASPRONA y que bien por su condición de ordinarias o por sucarácterurgentenopuedanesperaraldebateenlasiguienteJuntaDirectiva.

3) TodasaquellasqueledeleguelaJuntaDirectiva.

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ESTATUTOS

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La Comisión se reunirá cuando lo estime conveniente el Presidente o porsolicituddeunnúmerosuperioral50%demiembrosdelamisma,ydarácuentadeltrabajo realizado en la inmediata reunión de la Junta Directiva. Se dejará constanciaescritadesusacuerdos.Artículo46º:FUNCIONESDELPRESIDENTE.SonfuncionesdelPresidente:1) RepresentaraASPRONA.

2) Convocar y presidir las Asambleas Generales, la Junta Directiva y la ComisióndeCoordinación.CorrespondealPresidentedirigirlasdeliberaciones,concederelusodelapalabraydeterminareltiempodeduracióndelassucesivasintervenciones.

3) AutorizarconsufirmalasactasdelasreunionesdelasAsambleasGenerales,Junta

DirectivayComisióndeCoordinación.4) Velar por la ejecución de los acuerdos adoptados en la Asamblea General, Junta

DirectivayComisióndeCoordinación5) SuscribircontratosennombredeASPRONA,ejercitaraccionesyoponerexcepciones

antelosórganosdelajurisdicciónordinariayespecial,absolverposiciones.6) Aceptardonaciones,legados,recibirsubvencionesyotrosequivalentesdeinterésa

losfinesdeASPRONA.7) VelarporeldebidocumplimientodelospresentesEstatutos.8) ProponerelPlandeAccióndeASPRONAalaJuntaDirectivaylaAsambleaGeneral,

en orden a la consecución de sus fines y objetivos, impulsando y dirigiendo sustareas.

9) Atenderlasquejasque,porescrito,puedanpresentarlosSocios.10) RepresentaraASPRONAtantoanteorganismoscomoanteentidadesfinancierasya

seanpúblicasoprivadas,pudiendoautorizarpagos,cobros,abrir,seguirycancelarcuentas,darconformidadonoasaldos,aceptardeudas,créditos,préstamosuotrosrecursosque sean imprescindiblespara la consecuciónde los finesde ASPRONA,ejerciendo sus facultades conjunta ymancomunadamente conotra firmade entrelos miembros autorizados de la Junta Directiva u otras personas en las que éstadelegue

11) El Presidente podrá facultar, tras aprobación de la Junta Directiva mediante

poderes,acualquiermiembrodelamismaodelostrabajadoresencargadosdelasáreasdetrabajoenquesetienendistribuidoslosservicios,enaquellosaspectosquelaJuntaDirectivaconsidereoportunoenarasaunmejorymáságilfuncionamiento.

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ESTATUTOS

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12) Determinar lo procedente en caso extraordinario y cuya urgencia no permita

convocar a laComisióndeCoordinación, a la JuntaDirectiva oAsambleaGeneral,inspirándose siempre en los presentes Estatutos y dando cuenta de sudeterminaciónenlaprimerareunióndelaJuntaDirectiva,paraconvocar,siprocede,laAsambleaGeneral.

13) Nombrar los cargos de Vicepresidente, Secretario, Vicesecretario, Tesorero y

Vicetesorero,deentrelosmiembroselectosdelaJuntaDirectiva.14) Dirimir con el voto de calidad en las votaciones de la Asamblea General, Junta

DirectivaoComisióndeCoordinación15) CualquierotroasuntodeinterésdentrodelamparodelospresentesEstatutosyla

normativalegalqueleseadeaplicación.Artículo47º:SUSTITUCIONDELPRESIDENTE. En los casosde ausencia, vacanteo enfermedaddelPresidente será sustituidopor el Vicepresidente y en ausencia de éste por quien provisionalmente designe lamayoríadelaJuntaDirectiva,deentrelosmiembrosdelamisma. El Vicepresidente podrá representar a ASPRONA tanto ante organismos oentidades financieras, ya sean públicas o privadas, pudiendo autorizar pagos, cobros,abrir,seguirycancelarcuentas,darconformidadonoasaldos,aceptardeudas,créditos,préstamosuotrosrecursosqueseanimprescindiblesparalaconsecucióndelosfinesdeASPRONA,ejerciendosusfacultadesconjuntaymancomunadamenteconotrafirmadeentre losmiembrosautorizadosde laJuntaDirectivauotraspersonasen lasqueéstadelegue.En caso de dimisión o fallecimiento del Presidente asumirá el cargo elVicepresidentedelaJuntaDirectivaduranteelperiododetiempoquerestedelmandatoparaelquefueelegido. SielVicepresidentenoasumieralaPresidencia,seprocederíaalaeleccióndeunnuevoPresidente,yporelperiododetiempoquerestedemandato,deentreelrestodelosmiembrosdelaJuntaDirectiva. Si aun así no existiera ningún miembro de la Junta Directiva que optase a laPresidenciaseiniciaríaunnuevoprocesoelectoral.Artículo48ºMOCIONDECENSURAALPRESIDENTE

1) ParaplantearunaMocióndeCensuraalPresidentedeASPRONA,deberásersolicitadoporunnúmerodeSociosnoinferioral30%,obienporunmínimodelastrescuartaspartesdelosmiembrosdelaJuntaDirectiva.

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ESTATUTOS

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2) Lasolicitudseformularámedianteescritomotivadoyfirmado,enelqueseincluiránlosdatosnecesariosparalaidentificacióndelossolicitantes.DichoescritodeberáincluirnecesariamenteelnombredelcandidatoaPresidentepropuestocomoalternativa.

3) Presentada la Moción de Censura ante la Secretaría de ASPRONA, seconstituirádentrodelplazodelos10díasnaturalessiguientes,unaMesadecincopersonasformadapordosmiembrosdelaJuntaDirectivadesignadospor el Presidente, los dos primeros firmantes de la solicitud y el DirectorGeneral.

4) Comprobada por la Mesa la adecuación de la solicitud a los requisitosseñaladosanteriormenteydentrodelplazomáximodecincodíasnaturales,la Junta Directiva convocará la Asamblea General, de manera que ésta sereúna,enunplazonoinferioraquincedíasnaturalesnisuperioraveinteacontardesdeeldíasiguientealdelaconvocatoria,conlafinalidaddellevaracaboelactodevotacióndelaMocióndeCensura.

5) Previamenteadichoacto,tendrávozelrepresentantedelossolicitantesdelaMocióndeCensurayelcensurado.

6) LaAsambleaGeneralyelactodevotaciónestaráncontroladospor laMesacreadaal efecto, la cual resolverá todos los incidentesy reclamacionesquepuedan producirse, teniendo en cuenta que sus acuerdos soninmediatamenteejecutivosysinqueseinterrumpanipuedasuspenderseporestacausalavotación.

7) Unavezfinalizadalavotación,laMesaprocederáalescrutinio.8) LaMocióndeCensurasólosepodráaprobarmediantevotaciónfavorablede

lamayoríaabsolutadelosSociospresentesyrepresentadosenlaAsambleaGeneral.

9) Si fuera aprobada la Moción de Censura, el Presidente cesaráautomáticamenteresultandoproclamadoPresidenteelcandidatopropuestoenlaMociónplanteada,poreltiempoquerestedemandatoelectoral.

10) Si la Moción de Censura no fuera aprobada por la Asamblea General, susfirmantesnopodránpresentarotraenlosmismostérminosduranteelrestodelmandato.

Artículo49º:FUNCIONESDELSECRETARIO.SonfuncionesdelSecretario:

1) RedactarlasactasdelassesionesdelaAsambleaGeneralyJuntaDirectiva,quelassuscribiráconelvistobuenodelPresidente.

2) Expedircertificacionesytestimoniosdeparticularesdelasactasaludidas,conel

vistobuenodelPresidente.

3) Redactar el orden del día y cursar las convocatorias que le encargue elPresidente.

4) RepresentaraASPRONAtantoanteorganismoscomoanteentidadesfinancierasya sean públicasoprivadas, pudiendoautorizarpagos, cobros, abrir, seguir ycancelar cuentas, dar conformidad o no a saldos, aceptar deudas, créditos,

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ESTATUTOS

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préstamosuotrosrecursosqueseanimprescindiblesparalaconsecucióndelosfines de ASPRONA, ejerciendo sus facultades conjunta ymancomunadamenteconotra firmadeentre losmiembrosautorizadosde la JuntaDirectivauotraspersonasenlasqueéstadelegue.

5) Redactarescritos,así comoarchivarycustodiar todos losdocumentos, incluso

los ficheros informatizados,queel funcionamientodeASPRONAdemandeyenespeciallosLibrosdeActasydeSociosdelamisma.

6) Velar por el cumplimiento de las obligaciones legales, de los Estatutos y de

cuantasdecisionesseadoptenenlaAsambleaGeneral,enlaJuntaDirectivayenlaComisióndeCoordinación..

7) Comunicara la JuntaDirectiva laspeticioneso reclamacionesque,porescrito,

puedanpresentarlosSociosenSecretaría.

8) ElaborarelInformeAnualdeActividadesdeASPRONA.

9) Presidir la JuntaElectoralyvelarporelcumplimientodeestosEstatutosenelprocesoelectoral.

10) CuantasfacultadesdelegueenéllaJuntaDirectiva.Artículo50º:SUSTITUCIONDELSECRETARIO. Encasodeausencia,vacanteoenfermedaddelSecretario,serásustituidoporelVicesecretarioyenausenciadeéste,porquienprovisionalmentedesigneelPresidentedeentrelosmiembrosdelaJuntaDirectiva.Artículo51º:FUNCIONESDELTESORERO.SonfuncionesdelTesorero:

1) ControlarycustodiarlosfondosyrecursosfinancierosdeASPRONA.

2) Representar a ASPRONAante organismos como ante entidades financieras yasean públicas o privadas, pudiendo autorizar pagos, cobros, abrir, seguir ycancelar cuentas, dar conformidad o no a saldos, aceptar deudas, créditos,préstamosuotrosrecursosqueseanimprescindiblesparalaconsecucióndelosfines de ASPRONA, ejerciendo sus facultades conjunta y mancomunadamenteconelPresidentey/oconotrafirmadelegadadeentrelosmiembrosautorizadosdelaJuntaDirectivaopersonaenlaqueéstadelegue.

3) SupervisarlacontabilidaddeASPRONA.

4) Emitirinformes,apeticióndelaAsambleaGeneralydelaJuntaDirectiva,sobreasuntoseconómicosdeASPRONA.

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ESTATUTOS

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5) Redactar y firmar, con el visto bueno del Presidente, el Balance, la Cuenta de

Pérdidas y Ganancias, laMemoria Económica y la Liquidación de Presupuestoparasersometidosasuaprobación.

6) ElaborarlosproyectosdelospresupuestosdeASPRONA.Artículo52º:SUSTITUCIONDELTESORERO. Encasodeausencia,vacanteoenfermedaddelTesorero,serásustituidoporelVicetesorero,yenausenciadeambosporquiendesigneelPresidenteprovisionalmentedeentrelosmiembrosdelaJuntaDirectiva.Artículo53º:CENSORESDEACTASYDECUENTAS. La Asamblea General podrá designar como Censores de Actas a dos de susmiembrosquenopertenezcan a la JuntaDirectiva, paraque, junto con el Presidente,autoricen, si procede, el acta que redacte el Secretario una vez finalizada la sesión yantes de que transcurra el plazo de un mes. No precisando, en tal caso, aprobaciónformal. LaAsambleaGeneral podrá elegir a dosSocios, quenopertenezcan a la JuntaDirectiva,comoCensoresdeCuentas,conelobjetodesupervisar,controlarydarelvistobuenosiprocede,atodalagestióneconómicaanualdeASPRONA. SECCION5ª:ORGANOSDEASESORAMIENTOYPARTICIPACION:Artículo54º:COMISIONESDETRABAJO. Para mejorar el funcionamiento, agilizar las actividades o estudiar asuntosconcretosquepuedan interesaral funcionamientoydesarrollodeASPRONA, la JuntaDirectivapodráconstituirtantasComisionesdeTrabajocomoestimeconveniente. Los trabajos de estas Comisiones no serán vinculantes y su contenido,composición y duración temporaldeberán ser aprobadospor la JuntaDirectiva en elmomentodesucreación. Lascomisionesdetrabajonotendráncarácterejecutivo,correspondiendoalosÓrganos de Gobierno el debate, aprobación y desarrollo de las propuestas quepresenten. Podránsernombradosmiembrosde lasComisionesdeTrabajo,ademásde losmiembrosdelaJuntaDirectiva,cualquierSocio,PersonaconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollo,trabajadorovoluntariodeASPRONA.

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ESTATUTOS

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Artículo55º:NOMBRAMIENTODEASESORES.

La Junta Directiva podrá designar Asesores, por el tiempo que librementedetermine,entrepersonasdereconocidoprestigio,experienciayautoridadenelámbitode las materias cuyo asesoramiento se requiera, pudiendo, asimismo, revocarlibrementetalesnombramientos. LosAsesorespodránasistiralasreunionesdelaJuntaDirectivaconvozperosinvoto.De igual formapodránasistir a lasAsambleasGenerales, convozpero sinvoto,salvoenelcasodequeconcurraenlosmismoslacondicióndeSocio. El cargo de asesor no podrá estar remunerado, sin perjuicio de poder serreembolsadoslosgastosdebidamentejustificados,queeldesempeñodesufunciónlesocasione.Artículo56º:EQUIPOSDEPARTICIPACIONDEZONA. SonequipostransversalesqueaseguranelmantenimientoyfortalecimientodelaidentidadterritorialenlaszonasdondeestápresenteASPRONA Estos grupos no tendrán carácter ejecutivo, ni podrán tomar decisiones encuanto al patrimonio, fondos, personal o actividades y recursos que despliegue laAsociación. Los Equipos de Participación de Zona actuarán en su zona de influencia deacuerdo a sus funciones, y desarrollarán acciones fundamentalmente dirigidas alentorno,encaminadasalainclusiónyamantenerunapresenciaactivadeASPRONAysusvalores. La Junta Directiva recibirá sus propuestas, podrá delegarles funciones derepresentaciónyvelaráporelajustedesuactuaciónalamisióndeASPRONA. No interferiránenningúncasoeneldesarrollonormalde lasactividadesde laAsociación,susrecursos,suscentrosolosprofesionales. LosEquiposdeParticipacióndeZonapodránestarcompuestosporPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollo,familiares,socios,voluntarios,profesionalesytodasaquellaspersonas,que,aunnosiendoSociosdeASPRONA,puedanparticiparenladinamizaciónterritorialdelaAsociación. Cada Equipo de Participación de Zona debe tener un coordinador oReferenteFuncional,quepodrásercualquieradelosmiembrosdelequipo,sinprevalenciaalgunapor tener condición de familiar, usuario, trabajador y/o voluntario, que por un ladoejerceráfuncionesdecoordinacióndelpropioequipo;anivel internodelaAsociaciónejercerádeenlaceconelEquipodeParticipaciónGeneralyconsuCAZ(Coordinadorde

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ESTATUTOS

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apoyodezona)correspondiente,yanivelexterior,anteentidades localesy/oanteelrestodelasociedad,ejercerálasfuncionesderelaciónyderepresentaciónqueleseandelegadasoencomendadasporlaJuntaDirectiva.

CAPITULOV REGIMENECONOMICOYFINANCIEROArtículo57º:OBLIGACIONESDOCUMENTALESYCONTABLES. La Asociación dispondrá de una relación actualizada de sus asociados, llevaráuna contabilidad que refleje la imagen fiel del patrimonio, de los resultados y de lasituación financiera, así como la memoria de las actividades realizadas. Tambiéndispondrádeuninventarioactualizadodesusbienes. Recogerá en libros de actas las reuniones de sus Órganos de Gobierno yRepresentación.Artículo58º:RECURSOSECONOMICOS. LosrecursoseconómicosdeASPRONAestaránconstituidospor:

1) LascuotasyderramasquesatisfagansusSocios.

2) Losbienespropios,muebleseinmuebles.

3) Losrendimientosdesupatrimonio.

4) Las cuotas o contribuciones de los usuarios de los centros y servicios deASPRONA.

5) Lassubvenciones,donaciones,donativos,legadosyherenciasqueserecibanen

favordelamisma.

6) ConveniosyconciertosquesefirmenconInstitucionespúblicasyprivadas,asícomo las ayudas económicas que puedan corresponderle en función a supertenencia a federaciones, confederaciones o a cualquier otra clase deasociación.

7) Los ingresosobtenidosmediante las actividades lícitasqueacuerde realizar la

JuntaDirectiva,siempredentrodelosfinesestatutarios.

8) Cualquier otra aportación que obtenga para ser destinada al cumplimiento desusfines.

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ESTATUTOS

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LosbeneficioseconómicosobtenidosporASPRONAsedestinaránalcumplimientodesusfines,enningúncasopodránserdistribuidosentresussocios,nilosbeneficiariososusfamiliares.Artículo59º:CUOTAS. ASPRONA establecerá las cuotas de sus Socios, cuyasmodalidades y cuantíaseránaprobadasporlaAsambleaGeneralapropuestadelaJuntaDirectiva. ElimpagodelascuotasconstituyefaltagraveypodrásuponerlaexpulsióndelSocio.

Sinperjuiciodeello, la JuntaDirectivapodráotorgarmoratoriasodispensarelpagototaloparcialdelascuotasfijadasenaquelloscasosenquelascircunstanciasloaconsejenypreviajustificacióndelasmismas. Entodocaso,losSociosdeASPRONAquenohayanabonadolascuotassincausajustificada,a juiciodelaJuntaDirectiva,podránquedarsuspendidosenelejerciciodesus derechos. Asimismo, los Socios que, a la celebración de la Asamblea General, nohayan abonado la totalidad de la cuota correspondiente al año anterior, perderán suderechoavotoenlamisma.Artículo60º:PATRIMONIOYESTADOSFINANCIEROS. Alosefectoslegalesoportunos,sehaceconstarqueelpatrimoniodeASPRONAa31deDiciembrede2011esdeDOCEMILLONESOCHOCIENTOSSESENTAYSEISMILQUINIENTOSNOVENTAYUNEUROCONOCHENTAYCINCOCENTIMOS(12.866.591,85€)yelmontodelpresupuestodeingresosdelEjercicioEconómicode2012,estácifradoen OCHO MILLONES QUINIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETEEUROSCONSETENTAYSIETECENTIMOS(8.502.667,77€),cantidadqueoscilaráenmásoenmenos el presupuesto de los ejercicios anuales futuros, para el desarrollo de lasactividadesyfinesquelesonpropios. El ejercicio económico y el presupuesto son anuales y coincidirán con el añonatural. Enelúltimomesdecadaejercicio,laJuntaDirectivahadeaprobarunproyectode presupuesto relativo a la anualidad siguiente, acompañado de la correspondienteMemoriaExplicativadelmismo. LosestadosfinancierosdeASPRONAestaránformadospor:

1) BalancedeSituación.2) CuentadePérdidasyGanancias.3) EstadodeIngresosyGastosreconocidos.4) EstadodeCambiosenelPatrimonioNeto.5) EstadodeFlujosdeEfectivo.

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ESTATUTOS

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6) MemoriaEconómica.7) InformedeGestión.8) InformedeActividades.9) Liquidacióndel Presupuesto del ejercicio cerrado y la propuesta de

presupuestoparaelejerciciosiguiente. LosEstadosFinancierosseránpresentadosporelTesoreroa la JuntaDirectivaquien,unavezestudiadosyaprobadospormayoríasimpledesusmiembrospresentesorepresentados, los remitirá a la Asamblea General para su ulterior aprobación, siprocede,medianteratificacióndelosestadosrecibidos.Artículo61º:AUDITORIAEXTERNA. La Asociación someterá obligatoriamente a examen de un auditor externoindependiente sus estados financieros. Éste deberá emitir informe sobre losmismos,para ser trasladado a los Socios en la AsambleaGeneral en la que se presenten a suaprobación. CAPITULOVI MODIFICACIONDEESTATUTOSArtículo62º:PROCEDIMIENTODEMODIFICACION. LospresentesEstatutossolopodránsermodificadososustituidosenvirtuddelacuerdo de la Asamblea General Extraordinaria, convocada a tal efecto, adoptado apropuestadelaJuntaDirectiva,previoacuerdoensusenode,almenos,dosterciosdesuscomponentes,oenbaseapeticiones formuladaspor,almenos,dos terciosde losSocios,medianteescritoalaJuntaDirectivadebidamenterazonado. ElacuerdodelaAsambleaGeneralExtraordinariadeberáseradoptadopordosterciosdelosSocios,presentesyrepresentadosdebidamenteautorizados. CAPITULOVII DISOLUCIONYLIQUIDACIONArtículo63º:DISOLUCION. ASPRONAseestableceportiempoindefinidoypodrádisolverseenlossiguientessupuestos:

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ESTATUTOS

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a) Por voluntad de los Socios, manifestada en Asamblea GeneralExtraordinaria, convocada a estos efectos a instancia de la JuntaDirectiva o de Socios que representen el 30 por ciento de losmiembrosconderechoavoto.EnlaconvocatoriasedeberáexponeralosSocios,deformadetalladayrazonada,lascausasporlasquesehallegadoalanecesidaddedisolverASPRONA.

El acuerdodedisolucióndeberá ser adoptado, enAsambleaGeneralExtraordinaria, por mayoría de dos tercios de los Socios presentes orepresentadosconderechoavoto.

LaconvocatoriadeestaAsambleaGeneralExtraordinariadeberásercomunicadaporescritoatodoslosSocios.

b) Porlascausasestablecidasenlalegislaciónvigente.c) Porsentenciajudicialfirme.

Artículo64º:COMISIONLIQUIDADORA. Acordada ladisolucióndeASPRONApor laAsambleaGeneralExtraordinariaodecidida, en su caso, por la autoridad judicial, se procederá por la Junta Directiva,convertida enComisiónLiquidadoraoporquiendetermine la autoridad judicial, a laliquidacióndelpatrimonio. No obstante lo anterior, la Junta Directiva podrá delegar esta función en laComisióndeCoordinación.Artículo 65º: LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA EN EL PERIODO DELIQUIDACION. La Asamblea General Extraordinaria conservará durante el periodo deliquidaciónlaplenituddepoderesyfacultadesqueteníaconanterioridadalacuerdodedisolución, excepto que ésta se produzca por sentencia judicial firme en sentidocontrario.Artículo66º:DESTINODELOSBIENESRESULTANTES. Concluida la liquidación, una vez cumplidas las obligaciones correspondientes,los bienes o recursos económicos resultantes se destinarán por la ComisiónLiquidadora, enprimer lugar a favorde laFundaciónASLAy en suausencia a otrasAsociacionesparalaAtenciónaPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrolloysusFamilias,decarácterbenéficoysinánimode lucro,acogidasalTítulo IIde laLey49/2002 de 23 de diciembre, constituidas preferentemente dentro del ámbito de laprovincia de Albacete, en último caso, entregándolos al organismo provincial,autonómicooestatalalquecorrespondalaatencióndelasPersonasconDiscapacidadIntelectualodelDesarrollo.

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ESTATUTOS

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CLAUSULASADICIONALESPrimera: Con carácter subsidiario de los Estatutos y de los acuerdos válidamenteadoptados por sus Órganos de Gobierno y Representación, en todo cuanto no estéprevistoenlospresentesEstatutos,seaplicarálavigenteLeyOrgánica1/2002,de22demarzo,reguladoradelDerechodeAsociaciónydisposicionescomplementarias.Segunda: Para la solución de aquellas cuestiones que impliquen la intervención deórganosjurisdiccionales,seestablecelasumisiónexpresaalosTribunalesdeAlbacete,conrenunciaacualquierotrofuero.Tercera La JuntaDirectiva será el órgano competentepara interpretar los preceptoscontenidos en estos Estatutos y cubrir sus lagunas, sometiéndose siempre a lanormativalegalvigenteenmateriadeAsociaciones,ydandocuenta,parasuaprobación,alaprimeraAsambleaGeneralExtraordinariaquesecelebre.Cuarta: Los presentes Estatutos serán desarrollados por unReglamento de RégimenInteriorqueenabsolutopodrácontradecirni la letranielespíritudeestospreceptosestatutarios.Elmismoserápresentadoduranteelaño2013,medianteconvocatoria,alaAsambleaGeneralExtraordinariaparasuaprobación.Quinta:EsteReglamentodeRégimenInteriorserá independientede losReglamentosquerigencadaunodelosserviciosqueprestaASPRONA,queencualquiercasoseránúnicos para todos los servicios de la Asociación. La Junta Directiva salida tras lasprimeras elecciones realizadas después de la aprobación de estos Estatutos, deberáasumirelcompromisoderevisarestosReglamentosdeServicios.

DISPOSICIONDEROGATORIALaaprobacióndelospresentesEstatutossuponelaparalelaeinmediataderogacióndecuantasdisposicionesestatutariasanterioresseanopuestasodiferentesa laredaccióncuyaaprobaciónquedaconformadaenlaAsambleaGeneralExtraordinaria,asícomodecuantosreglamentosoacuerdosdeordeninferiorseoponganaloaquíestablecido.

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ESTATUTOS

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DISPOSICIÓNFINAL

Única: Una vez aprobados por la Asamblea General Extraordinaria los presentesEstatutos, la Junta Directiva y las Juntas Comarcales, así como todos sus cargos, quevenían ejerciendo sus funciones, cesarán en pleno y el Presidente convocará en esamismafechaeliniciodelprocesoelectoralconformealosmismos.LosplazossedeterminaránenelapartadocorrespondientedelReglamentoElectoral.Hasta la toma de posesión de la nueva Junta Directiva, surgida del proceso electoralinmediatoa laaprobacióndeestosEstatutos,elgobiernodeASPRONAradicaráen laComisiónPermanenteanterior,quemantienesusfuncionestemporalmente.Para sucesivas convocatorias, el gobiernodeASPRONAradicará temporalmenteen laJunta Directiva saliente, de acuerdo a los Estatutos, sin perjuicio de que esta JuntaDirectivapuedadelegarelmismoenlaComisióndeCoordinación.

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