ASIGNACIÓN ECONÓMICA A DOCENTES QUE ALCANZARON LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO EN PRONACAP

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/30/2019 ASIGNACIN ECONMICA A DOCENTES QUE ALCANZARON LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO EN PRONACAP

    1/5

    Autorizan Transferencia de Partidasa favor de Gobiernos Regionales parael pago de asignaciones econmicasexcepcionales por concepto dedesplazamiento y logros paradocentes del Programa Nacional de

    Formacin y Capacitacin Permanente- PRONAFCAP

    DECRETO SUPREMO

    N 272-2012-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo N 007-2007-ED secre el Programa Nacional de Formacin y CapacitacinPermanente - PRONAFCAP, responsable de desarrollarlas acciones conducentes a mejorar la formacin enservicio de los profesores de las instituciones educativaspblicas a nivel nacional. Este Programa est bajo laresponsabilidad de la Direccin de Educacin SuperiorPedaggica dependiente de la Direccin General de

    Educacin Superior y Tcnico Profesional del Ministeriode Educacin;

  • 7/30/2019 ASIGNACIN ECONMICA A DOCENTES QUE ALCANZARON LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO EN PRONACAP

    2/5

    NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, viernes 21 de diciembre de 2012481620

    Capacitacin Permanente - PRONAFCAP, iniciado en elperodo 2011, y una Asignacin Econmica Excepcionalpor los montos de S/. 150,00 (CIENTO CINCUENTA Y

    00/100 NUEVOS SOLES) y S/. 250,00 (DOSCIENTOSCINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), a losdocentes que logren el nivel de suficiente o destacado,respectivamente, en el referido Programa Nacional;

    Que, la norma citada en el prrafo precedentedispone tambin que el Ministerio de Educacin,mediante Decreto Supremo y con la opinin favorablede la Direccin General de Presupuesto Pblico delMinisterio de Economa y Finanzas, transfiere losrecursos correspondientes a los gobiernos regionales ygobiernos locales, va modificaciones presupuestariasen el nivel institucional, hasta por un monto de S/. 8200 000,00 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y00/100 NUEVOS SOLES); para lo cual debe contar conel Informe previo y favorable de la instancia tcnicarespectiva del Ministerio de Educacin; asimismo, sealaque dichas Asignaciones Econmicas Excepcionalesno constituyen base de clculo para el reajuste delas bonificaciones que establece el Decreto SupremoN 051-91-PCM, para la compensacin de tiempode servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones,

    asignaciones o entregas;Que, mediante Informe N 314-2012-MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto del Ministerio deEducacin, en base a lo informado por la Direccin deEducacin Superior Pedaggica del citado ministerio,seala que cuenta con los recursos disponibles en elPresupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio deEducacin, Unidad Ejecutora 112: Programa Nacionalde Formacin y Capacitacin Permanente, en la fuentede financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta porel monto de S/. 8 200 000,00 (OCHO MILLONESDOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), paraser destinados al financiamiento de las AsignacionesEconmicas Excepcionales a las que hace referenciala Vigsima Primera Disposicin Complementaria Finalde la Ley N 29812;

    Que, la Direccin General de Gestin de RecursosPblicos del Ministerio de Economa y Finanzas,mediante Memorando N 682-2012-EF/53.01, havalidado el registro en el Aplicativo Informtico parael Registro Centralizado de Planillas y de Datos de

    los Recursos Humanos del Sector Pblico, de 12 197docentes a quienes correspondera pagar la AsignacinEconmica Excepcional por Desplazamiento y de 9 551docentes a quienes correspondera pagar la AsignacinEconmica Excepcional por Logros, a las que hacereferencia la Ley N 29812, hasta por un total de S/.4 826 300,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOSVEINTISEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOSSOLES), de los cuales corresponde a los PliegosGobiernos Regionales la suma de S/. 3 967 150,00(TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETEMIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES)

    fi i l d l A i i E i

    la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios,para financiar el pago de las Asignaciones EconmicasExcepcionales a las que hace referencia la Vigsima

    Primera Disposicin Complementaria Final de la Ley N29812, conforme al Anexo Asignaciones EconmicasExcepcionales por Concepto de Desplazamiento yLogros a los Docentes que alcanzaron los NivelesSuficiente o Destacado en el Programa Nacional deFormacin y Capacitacin Permanente - PRONAFCAPque forma parte del presente Decreto Supremo, deacuerdo al siguiente detalle:

    DE LA: EN NUEVOS SOLES

    SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 010 : Ministerio de EducacinUNIDAD EJECUTORA 112 : Programa Nacional de

    Formacin y CapacitacinPermanente

    CATEGORIA PRESUPUESTAL 043 : Logros de aprendizaje delos estudiantes de II Ciclo deEducacin Bsica Regular

    PRODUCTO 3000069 : Estudiantes de II Ciclo deEducacin Bsica Regularreciben 900 horas lectivasal ao que promuevenaprendizajes significativos,ofrecidas por docentescompetentes

    ACTIVIDAD 5000170 : Capacitacin a docentesde Educacin Inicial(PRONAFCAP-ProgramaBsico)

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGasto Corriente2.3 Bienes y Servicios 609 400,00

    CATEGORIA PRESUPUESTAL 044 : Logros de aprendizaje de losestudiantes de Primaria deEducacin Bsica Regular

    PRODUCTO 3000073 : Estudiantes de Primaria dela Educacin Bsica Regularreciben 1100 horas lectivasal ao que promuevenaprendizajes significativos,ofrecidas por docentescompetentes

    ACTIVIDAD 5000177 : Capacitacin PRONAFCAP2011- Programa Bsico Nivelde Educacin Primaria

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGasto Corriente2.3 Bienes y Servicios 1 676 750,00

    CATEGORIA PRESUPUESTAL 045 : Logros de aprendizaje de losEstudiantes de Secundaria de

  • 7/30/2019 ASIGNACIN ECONMICA A DOCENTES QUE ALCANZARON LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO EN PRONACAP

    3/5

    NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, viernes 21 de diciembre de 2012 481621

    PRODUCTO 3000069: Estudiantes de II Ciclo deEducacin Bsica Regularreciben 900 horas lectivas

    al ao que promuevenaprendizajes significativos,ofrecidas por docentescompetentes

    ACTIVIDAD 5000170: Capacitacin a docentesde Educacin Inicial(PRONAFCAP-ProgramaBsico)

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos OrdinariosGasto Corriente2.1 Personal y Obligaciones Sociales 609 400,00

    CATEGORIA PRESUPUESTAL 044: Logros de aprendizaje de losestudiantes de Primaria deEducacin Bsica Regular

    PRODUCTO 3000073: Estudiantes de Primaria dela Educacin Bsica Regularreciben 1100 horas lectivasal ao que promuevenaprendizajes significativos,

    ofrecidas por docentescompetentes

    ACTIVIDAD 5000177: Capacitacin PRONAFCAP2011- Programa Bsico Nivelde Educacin Primaria

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios

    Gasto Corriente

    2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 676 750,00

    CATEGORIA PRESUPUESTAL 045: Logros de aprendizaje de losestudiantes de Secundaria de

    Educacin Bsica RegularPRODUCTO 3000077: Estudiantes de Secundaria

    de la Educacin BsicaRegular reciben 1200 horaslectivas al ao que promuevenaprendizajes significativos,ofrecidas por docentescompetentes

    ACTIVIDAD 5000178: Capacitacin PRONAFCAP2011- Programa Bsico Nivel

    de Educacin SecundariaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios

    Gasto Corriente

    2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 681 000,00

    TOTAL EGRESOS 3 967 150,00

    Artculo 2.- Procedimiento para la aprobacininstitucional

    2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en lapresente Transferencia de Partidas aprueban mediante

    programtico, dentro de los cinco (5) das calendariode la vigencia del presente dispositivo legal. Copia dela Resolucin ser remitida dentro de los cinco (5) das

    de aprobada a los organismos sealados en el numeral23.2 del artculo 23 de la Ley N 28411, Ley General delSistema Nacional de Presupuesto. Los Pliegos de lasinstancias descentralizadas habilitadas por el presentedispositivo remitirn copia de la citada resolucin alMinisterio de Educacin.

    2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los Pliegos involucrados, solicitar a la DireccinGeneral de Presupuesto Pblico las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporacin denuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades deMedida.

    2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesen los Pliegos involucrados instruirn a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

    Artculo 3.- Pago de las asignaciones y la relacinde docentes beneficiarios

    La Oficina General de Administracin de los pliegos

    habilitados, y las Direcciones Regionales de Educacin,velarn por el control y estricto cumplimiento de lo dispuestoen el presente dispositivo legal, para lo cual la Direccinde Educacin Superior Pedaggica publicar en el portalinstitucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe) la relacin nominada de docentes beneficiariosy montos correspondientes, conforme al registro validadoen el Aplicativo Informtico para el Registro Centralizadode Planillas y de Datos de los Recursos Humanos delSector Pblico, y remitir a los pliegos habilitados y a lasDirecciones Regionales de Educacin la citada relacinnominada.

    Artculo 4.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos de la transferencia de partidas a que

    hace referencia el artculo 1 del presente dispositivono podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a finesdistintos para los cuales son transferidos.

    Artculo 5.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo ser refrendado por

    la Ministra de Educacin y el Ministro de Economa yFinanzas.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintedas del mes de diciembre del ao dos mil doce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    PATRICIA SALAS OBRIEN

    Ministra de Educacin

  • 7/30/2019 ASIGNACIN ECONMICA A DOCENTES QUE ALCANZARON LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO EN PRONACAP

    4/5

    NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, viernes 21 de diciembre de 2012481622

    PLIEGOS GOBIERNOS REGIONALES

    DesplazamientoLogros

    Costo

    S/.Total

    Destacado Suficientes

    N dedocentes

    CostoS/.

    N dedocentes

    CostoS/.

    N dedocentes

    CostoS/.

    445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA 84 21,000 32 8,000 42 6,300 35,300

    464 GOBIERNO REGIONAL DE LA PROV. CONST. DE CALLAO 61 15,250 42 10,500 19 2,850 28,600

    446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 35 8,750 13 3,250 22 3,300 15,300

    447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 20 5,000 - 9 1,350 6,350

    448 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANUCO 62 15,500 7 1,750 47 7,050 24,300

    449 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA 50 12,500 25 6,250 19 2,850 21,600

    450 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE JUNIN 61 15,250 6 1,500 36 5,400 22,150

    451 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 132 33,000 72 18,000 49 7,350 58,350

    452 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE 1 250 - 1 150 400

    463 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIAS 157 39,250 108 27,000 35 5,250 71,500

    453 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO 291 72,750 65 16,250 206 30,900 119,900

    454 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS 3 750 2 500 1 150 1,400

    456 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO 19 4,750 12 3,000 6 900 8,650

    457 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA 105 26,250 40 10,000 58 8,700 44,950

    458 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO 52 13,000 5 1,250 44 6,600 20,850

    459 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN 94 23,500 11 2,750 74 11,100 37,350

    460 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA 3 750 3 750 - 1,500

    462 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 47 11,750 16 4,000 18 2,700 18,450

    CATEGORA PRESUPUESTAL 044: LOGROS DE APRENDIZAJE DE LOSESTUDIANTES DE PRIMARIA DE EDUCACIN BSICA REGULAR

    4,178 1,044,500 1,098 274,500 2,385 357,750 1,676,750

    440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 107 26,750 7 1,750 78 11,700 40,200

    441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH 108 27,000 12 3,000 65 9,750 39,750

    442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC 5 1,250 - 5 750 2,000

    443 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA 279 69,750 160 40,000 93 13,950 123,700

    444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO 23 5,750 1 250 11 1,650 7,650

    445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA 388 97,000 138 34,500 180 27,000 158,500

    464 GOBIERNO REGIONAL DE LA PROV. CONST. DE CALLAO 125 31,250 41 10,250 61 9,150 50,650

    446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 223 55,750 105 26,250 98 14,700 96,700

    447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 69 17,250 4 1,000 35 5,250 23,500

  • 7/30/2019 ASIGNACIN ECONMICA A DOCENTES QUE ALCANZARON LOS NIVELES DE SUFICIENTE O DESTACADO EN PRONACAP

    5/5

    NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, viernes 21 de diciembre de 2012 481623

    881335-7

    PLIEGOS GOBIERNOS REGIONALES

    DesplazamientoLogros

    Costo

    S/.Total

    Destacado Suficientes

    N dedocentes

    CostoS/.

    N dedocentes

    CostoS/.

    N dedocentes

    CostoS/.

    CATEGORA PRESUPUESTAL 045: LOGROS DE APRENDIZAJE DE LOSESTUDIANTES DE SECUNDARIA DE EDUCACIN BSICA REGULAR

    4,293 1,073,250 1,117 279,250 2,190 328,500 1,681,000

    440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 133 33,250 4 1,000 81 12,150 46,400

    441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH 85 21,250 12 3,000 72 10,800 35,050

    442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC 8 2,000 2 500 3 450 2,950

    443 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA 267 66,750 213 53,250 34 5,100 125,100

    444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO 37 9,250 - 17 2,550 11,800

    445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA 422 105,500 108 27,000 192 28,800 161,300

    464 GOBIERNO REGIONAL DE LA PROV. CONST. DE CALLAO 63 15,750 36 9,000 38 5,700 30,450

    446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 288 72,000 152 38,000 114 17,100 127,100

    447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 78 19,500 7 1,750 36 5,400 26,650

    448 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANUCO 208 52,000 38 9,500 93 13,950 75,450

    449 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA 89 22,250 35 8,750 31 4,650 35,650

    450 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE JUNIN 274 68,500 65 16,250 132 19,800 104,550

    451 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD 247 61,750 61 15,250 146 21,900 98,900

    452 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE 5 1,250 3 750 2 300 2,300

    463 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA PROVINCIAS 309 77,250 82 20,500 149 22,350 120,100

    453 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO 546 136,500 72 18,000 348 52,200 206,700

    454 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS 7 1,750 1 250 7 1,050 3,050

    455 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA 3 750 - - 750

    456 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO 122 30,500 18 4,500 75 11,250 46,250

    457 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA 377 94,250 97 24,250 201 30,150 148,650

    458 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO 187 46,750 40 10,000 116 17,400 74,150

    459 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN 345 86,250 50 12,500 197 29,550 128,300

    460 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA 17 4,250 12 3,000 3 450 7,700

    461 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES 1 250 1 250 - 500

    462 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 175 43,750 8 2,000 103 15,450 61,200

    Total 9,921 2,480,250 2,740 685,000 5,346 801,900 3,967,150