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COBERTURA Y DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO PROGRAMA SERVICIO NÚMERO DE EVENTOS DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO VIAL Grúa Vial: Envío de gasolina Vial: Cambio de llanta Vial: Paso de corriente Vial: Cerrajería Asistencia legal telefónica Seguro de muerte accidental 2 eventos sin costo al año con un arrastre máximo de 50 kms (kilómetros adicionales deberán de ser cubiertos por el usuario) 24 horas, todos los días del año 24 horas, todos los días del año 24 horas, todos los días del año 24 horas, todos los días del año 24 horas, todos los días del año 24 horas, todos los días del año 24 horas, todos los días del año 2 eventos al año en combinación sin costo (costo máximo a cubrir por evento de $450 pesos) Ilimitado, sin costo Único (Suma asegurada por $50,000 pesos) 1. Envío de grúa Cuando el vehículo del usuario, ya sea que se encuentre varado o en circula- ción y sufra algún tipo de falla mecánica sin haber sido ocasionada por un accidente vehicular, éste último podrá solicitar una grúa para trasladarlo al taller más cercano o a un lugar elegido dentro de la ciudad donde ocurra la avería. El vehículo tendrá que encontrarse fuera de la cochera, garage o estacionamiento cubierto, de lo contrario, deberás indicarle al ejecutivo telefónico al que le solicites el servicio a través del número 1800-0-CASALEY (01800-0-2272539), que tu vehículo se encuentra en cualquiera de estos lugares, y en los casos en los que sea viable, se te proporcionará el servicio de rescate con costo preferencial, mismo que deberás pagar en efectivo y directamente al prestador de servicios al momento de recibir el servicio, previo al servicio de arrastre de grúa. El servicio se prestará tanto si el auto es propio como si es prestado. Los siguientes tipos de vehículos no podrán recibir el servicio de arrastre de grúa: rentados, redilas, caja seca, doble rodada, vehículos empresariales o utilitarios, camper con carga, blindados, desarma- dos, vehículo tirando aceite, vehículos que excedan las 3.5 toneladas de peso, vehículos que pertenezcan a servicio público de carga y de personas, federal o particular, como taxis, colectivos, microbuses, autobuses, entre otros, vehículos sin placas o permisos para circular, vehículos que hayan sufrido un accidente o afectación por cualquier fenómeno natural, así como vehículos con una antigüedad mayor a 25 años. Recuerda que deberás de estar presente en todo momento durante la prestación de los servicios, con una identificación oficial, así como contar con las llaves del vehículo. En casos excepcionales, si el vehículo no pueda ser reparado en la ciudad donde se encuentre varado y el usuario desee trasladarlo a otra ciudad, se remolcará hasta una distancia de hasta 50 kilómetros. Los casos excepciona- les son: cuando no existan talleres en la ciudad donde se encuentra varado el vehículo, días y horarios inhábiles y emergencias médicas únicamente. Los siguientes costos no están incluidos como parte del servicio, por lo que deberás de pagarlos en efectivo directamente al proveedor de servicios, al momento de recibir el servicio: 1. Kilómetros adicionales. 2. Costos de peaje del trayecto de arrastre y del regreso de la grúa a su lugar de origen. 3. Maniobras que se requieran para ponerlo en condiciones de arrastre siempre y cuando no ponga en riesgo al proveedor de servicios, al equipo con el que presta el servicio, al vehículo a ser arrastrado, ni al usuario (rescate). 4. Tiempo de espera. En los siguientes casos no podrá brindarse el servicio de grúa: Desastre natural. Conflictos de tipo social como disturbios, represión de autoridades, manifestaciones, guerra, huelga, etc. Cuando el titular conduzca en estado de ebriedad. Cuando no tienen placas o permiso para circular. Cuando el usuario reporte el servicio después de 24 horas de haber sufrido la descompostura o falla mecánica. Cuando el automóvil haya sufrido un accidente o afectación por cualquier fenómeno natural. Golpes o choques intencionados, así como la participación del vehículo en actos criminales. Reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el usuario o por un tercero (siempre y cuando la reparación mayor sea derivada de un siniestro accidente). Remolque del automóvil con carga o con heridos, así como sacar el vehículo atascado o atorado en baches o barrancos. No se cubrirán pago de casetas, maniobras, abanderamientos y tiempo de espera. Si la grúa o auxilio vial llega al destino en el tiempo indicado y el usuario ya no requiere el servicio, el servicio le contará al usuario como si lo hubiera utilizado, sin asumir un costo extra. 2. Auxilio Vial (envío de gasolina, cambio de llanta, paso de corriente y cerrajería) Cuentas con el envío de un máximo de 5 (cinco) litros de gasolina, la cual deberás pagar en efectivo y directamente al proveedor de servicios una vez recibido la prestación del servicio. Si tu vehículo sufre una pinchadura de llanta, te enviaremos a alguien que efectúe el cambio del neumático averiado por el neumático de refacción que tengas en ese momento. No se repararán, ni prestarán llantas y tampoco está considerado como parte de la cobertura el inflado de llantas. Deberás contar con el dado maestro si tu vehículo tiene birlos de seguridad, de lo contrario, el servicio no podrá ser proporcionado. En caso de que tu auto quedara sin energía eléctrica, enviaremos la ayuda necesaria para suministrar corriente y permitirte continuar por tus propios medios para llegar al taller más cercano para la reparación de tu auto. No se prestan acumuladores. Cuando las llaves de tu automóvil, se hayan quedado dentro de éste, enviare- mos a un cerrajero para portezuelas de piloto o copiloto únicamente, (NO CAJUELAS). Si las llaves no se encuentran dentro de la unidad, deberás de pagar el servicio en efectivo y directamente al proveedor de servicios una vez recibido el servicio. No aplica para cerraduras eléctricas, ni cuando la llave se rompa al momento de intentar abrir el vehículo. 3. Asesoría Legal telefónica Si se te presenta algún conflicto que te obligue a realizar trámites de carácter legal ante las autoridades correspondientes, tendrás acceso al servicio de asesoría jurídica telefónica en cualquier rama del Derecho; un abogado que te asesorará vía telefónica, sobre los procedimientos y trámites necesarios que deberás seguir de acuerdo con el tipo de situación legal en la que te encuentres. 4. Cobertura muerte accidental Seguro por muerte accidental con una suma asegurada de $50,000 pesos. Edad de aceptación de 18 a 69 años. En caso de muerte accidental del asegurado, si eres beneficiario, deberás comunicarte al 01800-0-CASALEY (01800-0-2272539) y dar aviso sobre el deceso del titular del Programa de Asistencias Privilegia. Te indicaremos los documentos y procedimiento a seguir para hacer válido tu beneficio. ASISTENCIA VIAL Los eventos subsecuentes a los mostrados en la tabla anterior tendrán un costo preferencial, así como adicionales a los incluidos en la cobertura, deberán de ser pagados al proveedor de servicio, en efectivo, al momento de recibir el servicio. En ningún caso aplica reembolso. En cualquiera de los servicios del Programa de REPATRIACIÓN, todos los servicios adicionales solicitados y kilómetros adicionales de traslado, tendrán un costo preferencial extra, el cual deberá de ser pagado por el familiar responsable, en efectivo y directamente al proveedor de servicios una vez recibida la prestación del servicio. En caso de ser necesario el uso de ataúd extragrande se informará del cargo extra. CONDICIONES GENERALES 1) Para poder hacer uso de cualquiera de las asistencias, así como del seguro de muerte accidental, deberás de registrar cada uno de los programas, 24 horas después de haberlos adquirido por primera vez en tiendas CASA LEY, a través de cualquiera de los siguientes medios: a) Comunicándose al 1800-0-CASALEY(1800-0-2272539) b) A través de la página web de CASA LEY (www.casaley.com.mx/asistenciasprivilegia) c) Los eventos subsecuentes a los mostrados en la tabla anterior tendrán un costo preferencial, así como adicionales a los incluidos en la cobertura, deberán de ser pagados al proveedor de servicio, en efectivo, al momento de recibir el servicio. 2) Las asistencias y el seguro por muerte accidental del programa de ASISTENCIA DE SALUD y ASISTENCIA VIAL únicamente aplica para el titular de la tarjeta Privilegia y en el caso del programa de ASISTENCIA REPATRIACIÓN aplica para el familiar asegurado que deberá residir en Estados Unidos, mismos que deberán tener entre 18 y 69 años cumplidos al momento de solicitar cualquiera de las asistencias y el seguro por muerte accidental. 3) Para el programa de ASISTENCIA REPATRIACIÓN, tu familiar deberá residir en Estados Unidos y tú deberás de contar Programa de Asistencias Privilegia vigente, es decir, pagado con al menos 24 horas de anticipación a la solicitud del servicio y tener mínimo 18 años cumplidos al momento de contratar el programa. 4) Para hacer válida la cobertura, la solicitud de cualquiera de los servicios deberá haber sido reportada de manera oportuna vía telefónica al número 1800-0-CASALEY(1800-0-2272539) durante el período de vigencia de los Servicios. 5) Para hacer uso cualquiera de los servicios, deberás comunicarte vía telefónica al número 1800-0-CA- SALEY(1800-0-2272539) y nosotros seremos quienes gestionaremos la totalidad del evento. En caso de que tú gestiones por tus propios medios cualquiera de los servicios de asistencia, la cobertura ya no es aplicable. 6) En casos de fuerza mayor la prestación del servicio puede verse afectada, en cuyo caso haremos nuestro mayor esfuerzo por prestar el Servicio en las mejores condiciones posibles. 7) No nos hacemos responsable de la prestación del servicio en los siguientes casos: • Cuando el Usuario no se identifique como Usuario activo. • Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto, o bien incurra en falsedad de declaraciones. • Cuando el Usuario incumpla alguna de las obligaciones indicadas en estas condiciones generales. • Cuando por una acción intencional del Usuario resulte la comisión de un delito. • La solicitud de servicio de asistencia que contravenga la ley o cuando por disposición de la autoridad respectiva no sea posible brindar el servicio. • No aplican reembolsos de ningún tipo de gasto. • Quedan excluidas de los Servicios las siguientes situaciones: Las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de: Huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor. La participación intencional del Usuario en actos delictivos, riñas, huelgas y alborotos populares. Atención telefónica las 24 hrs, los 365 días del año. 01800 0 CASALEY (01800 2272 539)

ASISTENCIA VIAL - casaley.telasist.com.mx · años cumplidos al momento de solicitar cualquiera de las asistencias y el seguro por muerte accidental. 3) Para el programa de ASISTENCIA

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COBERTURA Y DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO

PROGRAMA SERVICIO NÚMERO DE EVENTOS DISPONIBILIDADDEL SERVICIO

VIAL

Grúa

Vial: Envío de gasolina

Vial: Cambio de llanta

Vial: Paso de corriente

Vial: Cerrajería

Asistencia legal telefónica

Seguro de muerte accidental

2 eventos sin costo al año con un arrastre máximo de 50 kms (kilómetros

adicionales deberán de ser cubiertos por el usuario)

24 horas, todos los días del año

24 horas, todos los días del año

24 horas, todos los días del año

24 horas, todos los días del año

24 horas, todos los días del año

24 horas, todos los días del año

24 horas, todos los días del año

2 eventos al año en combinación sin costo (costo máximo a cubrir

por evento de $450 pesos)

Ilimitado, sin costo

Único (Suma asegurada por $50,000 pesos)

1. Envío de grúaCuando el vehículo del usuario, ya sea que se encuentre varado o en circula-ción y sufra algún tipo de falla mecánica sin haber sido ocasionada por un accidente vehicular, éste último podrá solicitar una grúa para trasladarlo al taller más cercano o a un lugar elegido dentro de la ciudad donde ocurra la avería. El vehículo tendrá que encontrarse fuera de la cochera, garage o estacionamiento cubierto, de lo contrario, deberás indicarle al ejecutivo telefónico al que le solicites el servicio a través del número 1800-0-CASALEY (01800-0-2272539), que tu vehículo se encuentra en cualquiera de estos lugares, y en los casos en los que sea viable, se te proporcionará el servicio de rescate con costo preferencial, mismo que deberás pagar en efectivo y directamente al prestador de servicios al momento de recibir el servicio, previo al servicio de arrastre de grúa. El servicio se prestará tanto si el auto es propio como si es prestado. Los siguientes tipos de vehículos no podrán recibir el servicio de arrastre de grúa: rentados, redilas, caja seca, doble rodada, vehículos empresariales o utilitarios, camper con carga, blindados, desarma-dos, vehículo tirando aceite, vehículos que excedan las 3.5 toneladas de peso, vehículos que pertenezcan a servicio público de carga y de personas, federal o particular, como taxis, colectivos, microbuses, autobuses, entre otros, vehículos sin placas o permisos para circular, vehículos que hayan sufrido un accidente o afectación por cualquier fenómeno natural, así como vehículos con una antigüedad mayor a 25 años. Recuerda que deberás de estar presente en todo momento durante la prestación de los servicios, con una identificación oficial, así como contar con las llaves del vehículo.

En casos excepcionales, si el vehículo no pueda ser reparado en la ciudad donde se encuentre varado y el usuario desee trasladarlo a otra ciudad, se remolcará hasta una distancia de hasta 50 kilómetros. Los casos excepciona-les son: cuando no existan talleres en la ciudad donde se encuentra varado el vehículo, días y horarios inhábiles y emergencias médicas únicamente. Los siguientes costos no están incluidos como parte del servicio, por lo que deberás de pagarlos en efectivo directamente al proveedor de servicios, al momento de recibir el servicio:

1. Kilómetros adicionales. 2. Costos de peaje del trayecto de arrastre y del regreso de la grúa a su lugar de origen. 3. Maniobras que se requieran para ponerlo en condiciones de arrastre siempre y cuando no ponga en riesgo al proveedor de servicios, al equipo con el que presta el servicio, al vehículo a ser arrastrado, ni al usuario (rescate). 4. Tiempo de espera.

En los siguientes casos no podrá brindarse el servicio de grúa:

Desastre natural.Conflictos de tipo social como disturbios, represión de autoridades, manifestaciones, guerra, huelga, etc.Cuando el titular conduzca en estado de ebriedad.Cuando no tienen placas o permiso para circular.Cuando el usuario reporte el servicio después de 24 horas de haber sufrido la descompostura o falla mecánica.Cuando el automóvil haya sufrido un accidente o afectación por cualquier fenómeno natural.Golpes o choques intencionados, así como la participación del vehículo en actos criminales.Reparaciones mayores y la compostura o armado de partes previamente desarmadas por el usuario o por un tercero (siempre y cuando la reparación mayor sea derivada de un siniestro accidente).

Remolque del automóvil con carga o con heridos, así como sacar el vehículo atascado o atorado en baches o barrancos.No se cubrirán pago de casetas, maniobras, abanderamientos y tiempo de espera.Si la grúa o auxilio vial llega al destino en el tiempo indicado y el usuario ya no requiere el servicio, el servicio le contará al usuario como si lo hubiera utilizado, sin asumir un costo extra.

2. Auxilio Vial

(envío de gasolina, cambio de llanta, paso de corriente y cerrajería)

Cuentas con el envío de un máximo de 5 (cinco) litros de gasolina, la cual deberás pagar en efectivo y directamente al proveedor de servicios una vez recibido la prestación del servicio.

Si tu vehículo sufre una pinchadura de llanta, te enviaremos a alguien que efectúe el cambio del neumático averiado por el neumático de refacción que tengas en ese momento. No se repararán, ni prestarán llantas y tampoco está considerado como parte de la cobertura el inflado de llantas. Deberás contar con el dado maestro si tu vehículo tiene birlos de seguridad, de lo contrario, el servicio no podrá ser proporcionado.

En caso de que tu auto quedara sin energía eléctrica, enviaremos la ayuda necesaria para suministrar corriente y permitirte continuar por tus propios medios para llegar al taller más cercano para la reparación de tu auto. No se prestan acumuladores.

Cuando las llaves de tu automóvil, se hayan quedado dentro de éste, enviare-mos a un cerrajero para portezuelas de piloto o copiloto únicamente, (NO CAJUELAS). Si las llaves no se encuentran dentro de la unidad, deberás de pagar el servicio en efectivo y directamente al proveedor de servicios una vez recibido el servicio. No aplica para cerraduras eléctricas, ni cuando la llave se rompa al momento de intentar abrir el vehículo.

3. Asesoría Legal telefónicaSi se te presenta algún conflicto que te obligue a realizar trámites de carácter legal ante las autoridades correspondientes, tendrás acceso al servicio de asesoría jurídica telefónica en cualquier rama del Derecho; un abogado que te asesorará vía telefónica, sobre los procedimientos y trámites necesarios que deberás seguir de acuerdo con el tipo de situación legal en la que te encuentres.

4. Cobertura muerte accidental Seguro por muerte accidental con una suma asegurada de $50,000 pesos.Edad de aceptación de 18 a 69 años.

En caso de muerte accidental del asegurado, si eres beneficiario, deberás comunicarte al 01800-0-CASALEY (01800-0-2272539) y dar aviso sobre el deceso del titular del Programa de Asistencias Privilegia. Te indicaremos los documentos y procedimiento a seguir para hacer válido tu beneficio.

ASISTENCIA VIAL

Los eventos subsecuentes a los mostrados en la tabla anterior tendrán un costo preferencial, así como adicionales a los incluidos en la cobertura, deberán de ser pagados al proveedor de servicio, en efectivo, al momento de recibir el servicio.

En ningún caso aplica reembolso.

En cualquiera de los servicios del Programa de REPATRIACIÓN, todos los servicios adicionales solicitados y kilómetros adicionales de traslado, tendrán un costo preferencial extra, el cual deberá de ser pagado por el familiar responsable, en efectivo y directamente al proveedor de servicios una vez recibida la prestación del servicio. En caso de ser necesario el uso de ataúd extragrande se informará del cargo extra.

CONDICIONES GENERALES1) Para poder hacer uso de cualquiera de las asistencias, así como del seguro de muerte accidental, deberás de registrar cada uno de los programas, 24 horas después de haberlos adquirido por primera vez en tiendas CASA LEY, a través de cualquiera de los siguientes medios: a) Comunicándose al 1800-0-CASALEY(1800-0-2272539)b) A través de la página web de CASA LEY (www.casaley.com.mx/asistenciasprivilegia) c) Los eventos subsecuentes a los mostrados en la tabla anterior tendrán un costo preferencial, así como adicionales a los incluidos en la cobertura, deberán de ser pagados al proveedor de servicio, en efectivo, al momento de recibir el servicio.

2) Las asistencias y el seguro por muerte accidental del programa de ASISTENCIA DE SALUD y ASISTENCIA VIAL únicamente aplica para el titular de la tarjeta Privilegia y en el caso del programa de ASISTENCIA REPATRIACIÓN aplica para el familiar asegurado que deberá residir en Estados Unidos, mismos que deberán tener entre 18 y 69 años cumplidos al momento de solicitar cualquiera de las asistencias y el seguro por muerte accidental.

3) Para el programa de ASISTENCIA REPATRIACIÓN, tu familiar deberá residir en Estados Unidos y tú deberás de contar Programa de Asistencias Privilegia vigente, es decir, pagado con al menos 24 horas de anticipación a la solicitud del servicio y tener mínimo 18 años cumplidos al momento de contratar el programa.4) Para hacer válida la cobertura, la solicitud de cualquiera de los servicios deberá haber sido reportada de manera oportuna vía telefónica al número 1800-0-CASALEY(1800-0-2272539) durante el período de vigencia de los Servicios.

5) Para hacer uso cualquiera de los servicios, deberás comunicarte vía telefónica al número 1800-0-CA-SALEY(1800-0-2272539) y nosotros seremos quienes gestionaremos la totalidad del evento. En caso de que tú gestiones por tus propios medios cualquiera de los servicios de asistencia, la cobertura ya no es aplicable.6) En casos de fuerza mayor la prestación del servicio puede verse afectada, en cuyo caso haremos nuestro mayor esfuerzo por prestar el Servicio en las mejores condiciones posibles. 7) No nos hacemos responsable de la prestación del servicio en los siguientes casos:• Cuando el Usuario no se identifique como Usuario activo. • Cuando el Usuario no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto, o bien incurra en falsedad de declaraciones. • Cuando el Usuario incumpla alguna de las obligaciones indicadas en estas condiciones generales. • Cuando por una acción intencional del Usuario resulte la comisión de un delito.• La solicitud de servicio de asistencia que contravenga la ley o cuando por disposición de la autoridad respectiva no sea posible brindar el servicio.• No aplican reembolsos de ningún tipo de gasto.• Quedan excluidas de los Servicios las siguientes situaciones: Las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de: Huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor. La participación intencional del Usuario en actos delictivos, riñas, huelgas y alborotos populares.

Atención telefónica las 24 hrs, los 365 días del año.

01800 0 CASALEY(01800 2272 539)