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Aspectos Generales Módulo 1: Cédula Definitiva Tipo A1

Aspectos Generales - SMNYL · • Explicarás los siguientes conceptos: Interés Asegurable para el Seguro de Daños, Interés Asegurable para el Seguro de Personas, Prescripción

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Aspectos Generales

Módulo 1: Cédula Definitiva Tipo A1

Guía del AsesorPrograma de Información para el Asesor

Riesgos Individuales del Seguro de Personas

Módulo 1: Aspectos Generales

UN VISTAZO A LA SESIÓN

Esta sesión trata sobre la identificación de Autoridades,

el objeto de las Disposiciones Legales, requisitos y

restricciones, prohibiciones para la Comercialización,

Infracciones, Contratos, Interés Asegurable, la Póliza,

Agentes de Seguros y Cédulas de Agente.

En este texto se presentan el Marco Jurídico, las Bases Técnicas y los conceptos de Riesgos Individuales de Seguros de Personas y Daños que contribuirán al aprendizaje del participante para la intermediación de los Seguros de Personas: Vida, Accidentes y Enfermedades y Gastos Médicos Mayores Individual y Familiar.

Previamente a la utilización de este material, los participantes deberán estar familiarizados con los conceptos de los Seguros de Personas Individual y Familiar, así como con los conceptos Técnicos- Operativos, lo que le facilitará el entendimiento y aplicación del Marco Jurídico que regula su intermediación.

Este material fue creado exclusivamente para que tú lo uses y no puede ser utilizado con el público en general, en virtud de que su fin es exclusivamente didáctico y contribuye a tu preparación para sustentar el examen ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para obtener la Cédula Tipo “A-1”

Derechos Reservados® para uso EXCLUSIVO de Seguros Monterrey New York Life, S.A. de C.V.

2014

Tabla de Contenidos

Apreciación Global de la Sesión del Asesor ............................................................................. 5

Historia sobre el Origen y Desarrollo del Seguro ..................................................................... 7

Aspectos Generales .............................................................................................................. 10

Actividad Aseguradora ........................................................................................................... 28

Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros ........................................ 56

Conoce a Tu Cliente (Prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita,

financiamiento al terrorismo y otras normativas) ................................................................... 62

Ley del Cumplimiento Fiscal sobre Cuentas Extranjeras - FATCA ......................................... 79

Anticorrupción ....................................................................................................................... 84

Protección de Datos Personales ............................................................................................ 85

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Apreciación Global de la Sesión del Asesor EQUIPOAsesor

• Guía del Asesor para este módulo

REQUISITOS PREVIOSAsesor

• Leer la guía para este módulo

OBJETIVOSAl concluir la sesión:

• Identificarás las autoridades y disposiciones jurídicas que regulan la actividad aseguradora.

• Identificarás el objeto de las disposiciones legales.

• Definirás los conceptos e identificarás las diferencias entre una Aseguradora y una Sociedad Mutualista.

• Identificarás las Operaciones y Ramos que autoriza la Ley.

• Identificarás los requisitos y restricciones que exige la Ley y el Reglamento de Agentes para ser Agentes de Seguros.

• Señalarás las prohibiciones que marca la Ley para la Comercialización del Seguro.

• Explicarás qué debe informar, de acuerdo a la Ley, el Agente al Asegurado y a la Compañía y de qué manera hacerlo.

• Explicarás las diferencias entre Contrato de Adhesión o no Adhesión.

• Identificarás las infracciones que puede cometer el Agente.

• Identificarás de acuerdo a la ley los requisitos para el cobro de comisiones y pago de primas.

• Definirás los conceptos de: Contrato de Seguros, Prima, Riesgo.

• Realización del Siniestro, y los conceptos relacionados; Contratante, Beneficiario, Asegurado, Causahabiente.

• Explicarás los siguientes conceptos: Interés Asegurable para el Seguro de Daños, Interés Asegurable para el Seguro de Personas, Prescripción.

• Explicarás el concepto de Póliza y los requisitos que debe contener la misma.

• Identificarás qué es un Agente de Seguros, sus actividades, tipos de Agentes y Canales Alternos de Distribución.

6 Módulo 1: Aspectos Generales

• Identificarás las características de la Cédula que lo autoriza a operar como Agente de Seguros.

• Identificarás el Procedimiento de Orientación, Conciliación y Arbitraje.

• Identificarás el concepto de Lavado de Dinero, dónde ocurre y de qué forma opera dentro del Sector Asegurador.

• Relacionarás la documentación necesaria de identificación que deberán presentar tanto el Asegurado como el Contratante para la prevención de Operaciones Ilícitas y en qué casos deberá hacerlo.

• Explicarás el concepto de Mutualidad, Reaseguro y Riesgo y su clasificación.

• Identificarás los Riesgos Asegurables y sus características (preexistencia).

• Identificarás las actitudes del Ser Humano frente a los Riesgos.

• Explicarás las formas de Compartir y/o Asumir el Riesgo en el Seguro (Coaseguro y Deducible).

• Relacionarás los conceptos de Probabilidad y Estadística y su utilidad en Seguros (Severidad y Frecuencia).

• Explicarás el concepto de Prima y la metodología para su cálculo considerando la Ley de los Grandes Números y la Teoría de la Probabilidad.

• Explicarás los conceptos de Participación de Utilidades y Dividendos en materia de Seguros.

• Identificarás los elementos que integran el Costo Total del Seguro y explicarás en qué consiste cada uno de ellos (Reservas, Gastos de Adquisición, Gastos de Administración, Reaseguro, Utilidad, Recargo por Pago Fraccionado, Derecho de Póliza).

• Identificarás las Obligaciones y Derechos del Asegurado así como de la Compañía de Seguros al momento del Siniestro (Declaraciones, Agravación del Riesgo, Claridad, Procedimientos, Tiempos, Formas de Aviso, etc.)

• Identificarás la obligatoriedad de contratar y mantener vigente una Póliza de Responsabilidad Civil por Errores y/u Omisiones.

• Identificarás los requisitos para realizar: Cobro de Primas, Cobro de Comisiones y Cesión de Derechos a otros Agentes.

• Identificarás las Obligaciones y Derechos del Agente de Seguros en el Reglamento que regula la actividad.

• Identificarás la participación del Agente en los trámites y procesos administrativos en el Ciclo de Vida (Vigencia) de una Póliza.

• Identificarás cómo debe estar constituida una Compañía de Seguros (Capital Mínimo de Garantía, Requisitos de Solvencia y Liquidez).

• Identificarás los trámites necesarios para ejercer la actividad de Agentes de Seguros (alta de SHCP, aprobación de examen ante CNSF, solicitud de Expedición de Cédula).

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Historia sobre el Origen y Desarrollo del Seguro

La historia del Seguro refleja la importancia de este mecanismo de protección económica y su paulatino desarrollo conforme las sociedades fueron haciéndose más complejas.

Pese a lo que pueda llegar a creerse, la historia del Seguro es antiquísima y se remonta a antiguas civilizaciones… veamos los inicios.

El inicio del Seguro

El inicio del Seguro, se encuentra vinculado con el concepto de Préstamo a la Gruesa, en otras palabras, un comerciante, un prestamista y un naviero prestatario compartían los riesgos del transporte marítimo de mercaderías,

ya que era muy alto el índice de pérdidas y no había como respaldarlas.

Al inicio de la Edad Media, principalmente en Italia (centro de los negocios en Europa), apareció el Seguro Mutuo. En este Seguro no había asegurador como persona distinta de los asegurados, sino que ellos mismos formaban un fondo común destinado a reparar los daños que sufrían los miembros de la mutualidad.

El gran desarrollo del Seguro y en especial el marítimo se encuentra vinculado a la historia de Lloyd´s de Londres. Edward Lloyd propietario de un café-taberna en Tower Street, publicaba desde 1698 una hoja titulada “Lloyd´s News”, que era leída por sus parroquianos principalmente comerciantes y navieros, ya que contenía las noticias más recientes de los viajes y de los mercados en el mundo.

Así el café-taberna Lloyd´s se convirtió en una verdadera bolsa de seguros, donde los suscriptores aceptaban y distribuían coberturas entre ellos, sin constituir una organización formal. Hasta 1871 por efecto de la “Lloyd´s Act” del Parlamento, se creó la sociedad con su nombre.

Actualmente es el centro asegurador más importante del mundo.

El Seguro de Vida

El Seguro sobre la Vida apareció por primera vez en Inglaterra en el siglo XVI con la “Casualty Insurance”, para rescatar presos de los turcos y en Italia para el embarazo, bajo la forma de Seguro Temporal sobre la Vida.

No obstante, en poco tiempo la operación se prohibió bajo la consideración de que se trataba de un negocio inmoral, por basarse en la apuesta y por incitar o promover la muerte de los asegurados.

En Inglaterra el Seguro sobre la Vida fue prohibido por la Bubble Act de 1720. La Ley admitió su legitimidad en 1774 siempre y cuando el asegurado hubiera otorgado su consentimiento y se aceptara el importe de la indemnización o suma asegurada correspondiente.

8 Módulo 1: Aspectos Generales

En la historia de las civilizaciones el seguro ha estado presente como un instrumento de previsión, aunque su marco legal se desarrolló muchos años después. En la época prehispánica en Yucatán, los Mayas practicaban el principio de indemnización y pago de deudas, heredándolas a los familiares si éstas no eran cubiertas por el deudor. Nezahualcóyotl, Rey de Texcoco, entregaba parte de sus rentas a los pobres y protegía a los guerreros por las lesiones o mutilaciones que sufrían en el ejercicio de su actividad, extendiendo una ayuda a sus familiares en caso de fallecimiento.

En la Nueva España se aplicaba el principio de indemnización establecido en las Ordenanzas del Consulado de la Universidad de los Mercaderes de la Nueva España, que rigieron de 1604 hasta 1854, fecha en que se publica el Código de Comercio, conocido como el “Código de Lares”, donde se respetó dicho principio.

A finales del siglo XVIII y bajo el reinado de Carlos III se construyó en México el Castillo de Chapultepec, se dota a la ciudad de iluminación, se construye el Palacio de Minería y queda terminada la Catedral Metropolitana. El comercio con Nueva España y con Oriente es el principio del nacimiento de prácticas de aseguramiento bajo las modalidades de transporte de mercancías.

Así como en todas las Culturas, el mar dio origen al seguro en México, y el Puerto de Veracruz fue su principal promotor. En 1789 nace la primera Compañía de Seguros denominada “Compañía de Seguros Marítimos de la Nueva España”, con un capital inicial de 230 mil duros. Su existencia fue de sólo 5 años, aunque en 1802 se funda otra Aseguradora con el mismo nombre.

Posteriormente inicia el movimiento insurgente que provocaría la Emancipación de la Corona Española, culminándose el 27 de Septiembre de 1821. Evidentemente durante estos años y los que siguieron, en lo que se consolidaba el México Independiente, no hubo avances en materia Financiera, en particular en la actividad Aseguradora.

Es hasta 1851 que se establece en México “Wattson Philips y Cía. Sucesores, S.A.” con oficinas en Veracruz, Buenos Aires y Londres. Su estancia en México fue hasta 1935 que transfirió su cartera. En esa época también se define la figura de Agente, la cláusula de guerra y la quiebra.

Se debe a Maximiliano de Habsburgo un fuerte impulso al Sistema Financiero, creando y estableciendo Bancos y Aseguradoras; entre otras funda la primera Compañía de Seguros sobre la Vida llamada “La Bienhechora”, en la que se cubría a las mujeres con un extra premio (hoy se les otorgan descuentos y planes especiales).

En 1870 Benito Juárez promulga el “Código Civil” en el que queda normado y definido el Contrato de Seguro. Una fecha muy importante en el Sector Asegurador es el 16 de diciembre de 1892, cuando Porfirio Díaz promulga la primera Ley del seguro, conocida como Ley del Timbre ya que el impuesto equivalía al 4% de las primas cobradas.

En 1897 se funda la Asociación Mexicana de agentes de seguros contra incendio por los agentes de las 17 aseguradoras extranjeras que operaban en México, para elaborar la primera tarifa de incendio (es el antecedente de la AMIS, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros).

El Seguro Moderno Mexicano

En 1910 surge el Departamento de Seguros en la Secretaría de Hacienda, lo que daría paso a que el 14 de septiembre de 1946 se creara la Comisión Nacional de Seguros, que en 1972 se fusiona con la Comisión Nacional Bancaria (creada en 1925), quedando como Comisión Nacional Bancaria y de Seguros. Finalmente el 3 de enero de 1990, se escinden, quedando como hasta hoy, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).

El 25 de agosto de 1935, el General Lázaro Cárdenas promulga la segunda Ley General del Seguro en México, denominada “Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de seguros”, y el 31 de agosto de 1935, la “Ley sobre el Contrato de Seguro”. Ambas leyes continúan vigentes.

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Por primera vez en dicha ley, se obligaba a todas las aseguradoras a invertir las reservas generadas por su operación, lo que detonó la salida de las extranjeras, al no estar de acuerdo con dicho ordenamiento. De 86 aseguradoras existentes, sólo 7 eran mexicanas. Lo anterior es conocido como la “Mexicanización del Seguro”. Por otro lado, el 21 de septiembre de 1955 se promulga el primer Reglamento de Agentes de seguros, el cual se modificó el 18 de mayo de 2001, entrando en vigor un año después.

En los siguientes 18 años se fundaron 48 aseguradoras para sumar 68 en total, además de que se crea el IMSS el 19 de enero de 1943, lo cual tiene una relación directa con el mercado privado de Seguros. Actualmente el mercado mexicano de seguros se compone de cerca de 80 compañías de las cuales casi un 80% son extranjeras.

En esta pequeña reseña histórica podemos advertir que el seguro en México es un sector fundado hace más de 200 años, y que en su desarrollo y conformación encontramos hoy uno de los pilares del sector financiero de nuestro país. El Seguro en México quedó constituido en 1910. Antes de esta fecha se contaba con disposiciones que garantizaban los intereses de los asegurados en el Código de Comercio.

Las primeras Organizaciones de Seguros:

• En 1897 se fundó La Compañía General de Seguros Anglo Mexicana, dedicada al Seguro de Daños (Generali).

• En 1901 se funda la Compañía de Seguros La Nacional, dedicada al Seguro de Vida (Grupo Nacional Provincial).

• En 1906 se funda la Compañía La Latinoamericana, operando el Seguro de Vida.• En 1908 se funda La Compañía La Veracruzana, dedicada al Seguro de Incendio y de Transportes.

El 25 de mayo de 1910 se promulga la primera Ley que reglamenta en forma moderna las primeras operaciones del Seguro sobre la Vida en México. Hasta el 26 de agosto de 1935 se promulga la Ley Fundamental para el Desarrollo del Seguro en México (Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros).

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Aspectos GeneralesIntroducciónMarco Legal

Las Leyes son normas de conducta que rigen a los individuos en la sociedad. En el caso del ámbito asegurador tenemos la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley sobre el Contrato de Seguro, Reglamento de Seguro de Grupo (vida) y Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas.

Ley relacionada con el Sector Asegurador

Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, cuyo organismo regulador es la CONDUSEF (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros)

Legislación en materia de Seguros

Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS)

Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS).Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas.

El Sector Asegurador se encuentra totalmente regulado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (ya que son instituciones que otorgan un servicio financiero a sus usuarios), correspondiendo la supervisión y vigilancia a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

La actividad aseguradora implica los siguientes aspectos:

a) Económico. Ya que su función es resarcir pérdidas a través de la entrega de un capital que se conforma de las aportaciones que el asegurado hace a la aseguradora, y que son sumadas a las que otras personas también efectúan.

b) Jurídico. Ya que debe regirse por leyes que regulen a las instituciones que lo practican, las personas que lo adquieren y aquellas que se dedican a intermediarlos.

c) Técnico. Ya que el manejo de los recursos está relacionado con los cálculos de mortalidad y/o supervivencia que las personas tienen, de acuerdo a su edad, salud, actividad y demás situaciones previstas en instrumentos estadísticos utilizados para determinar la probabilidad de que cualquiera de los sucesos amparados pueda llegar a presentarse en sus bienes, en sus personas y en eventos a terceros.

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Actores dentro de la Ley

Dentro de la actividad aseguradora, encontramos a los siguientes actores:

Organismos que rigen al Sector

Las autoridades que regulan al sector son las siguientes:

• Secretaría de Hacienda y Crédito Público.• Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.• Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Órgano competente para interpretar, aplicar y resolver para efectos administrativos lo relacionado con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley sobre el Contrato de Seguro, los Reglamentos de Agentes y de Grupo y en general todo en cuanto a la normatividad de la materia.

En materia de seguros, y de acuerdo a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la SHCP es el máximo organismo jurídico encargado del funcionamiento de las Instituciones de Seguros. Es la autoridad que regula la actividad aseguradora. A ésta le compete interpretar, aplicar y resolver, para efectos administrativos, lo relacionado con el sector y en general para todo cuanto se refiere a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, de acuerdo a los preceptos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros en sus operaciones y actividades.

La Secretaría adoptará todas las medidas relativas a la creación, organización y funcionamiento de las instituciones nacionales de seguros y cuando así lo estime conveniente solicitará la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, del Banco de México o de algún otro organismo o dependencia en razón de la naturaleza de los casos que lo ameriten.

Por ejemplo:

• Autorización para crear una nueva Compañía de Seguros.

Figura Persona

Asegurado Persona física o moral que contrata un seguro

Intermediarios o Agente Persona física o moral que se dedica a la intermediación de los contratos de seguros

Asegurador Persona moral que acepta la transferencia de los riesgos que los asegurados hacen a ella

Ajustador o ValuadorPersona física o moral que se dedica al peritaje

y valuación de los daños ocasionados por la consecución de un riesgo

ReaseguroPersona moral que acepta parte de los riesgos

cedidos por el asegurador principal con el fin de reducir su acumulación

AutoridadPersona moral que autoriza, regula, vigila y sanciona las operaciones y actividades desarrolladas por los

actores de la actividad aseguradora

12 Módulo 1: Aspectos Generales

• Autorización para funcionar como Compañía de Seguros o Mutualidad.• Autorización de funcionarios de los primeros niveles de la organización.• Autorización de un nuevo ramo.

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio que se encarga de la protección y defensa de los Usuarios de servicios financieros.

Su principal objetivo es brindar protección y defensa de los derechos e intereses del público Usuario de los servicios financieros, que prestan las instituciones públicas, privadas y del sector social debidamente autorizadas, así como regular la organización, procedimientos y funcionamientos de la entidad pública encargada de dichas funciones.

Su objetivo es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las Instituciones Financieras que operan en territorio nacional, así como también crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros.

Comisión Nacional de Seguros y FianzasCNSF

Es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público encargado de:

• Efectuar la inspección y vigilancia de las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.• Llevar a cabo la inspección y vigilancia de las personas y empresas involucradas en el Sector Asegurador.

Lo anterior con el objeto de que se cumpla con las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

La CNSF deberá procurar un desarrollo equilibrado del sistema asegurador, y una competencia sana entre las instituciones de seguros que lo integran.

Supervisará, vigilará y en su caso sancionará que la operación de los sectores asegurador y afianzador se apeguen al marco normativo, preservará la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones y así garantizará los intereses de los usuarios.

Por ejemplo:

Inspección y vigilancia de:

• Compañías de Seguros.• Agentes de Seguros.• Margen de Solvencia y Reservas.

El RiesgoDefinición

El ser humano se enfrenta a situaciones o riesgos que lo hacen buscar proteger a su familia y a sus bienes, con el fin de mantener su nivel económico.

Por lo anterior, el riesgo es la posibilidad de sufrir una pérdida o daño.

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Para efectos del seguro, riesgo es la posibilidad de sufrir una pérdida o daño, es una eventualidad, un acontecimiento incierto que de ocurrir traerá como consecuencia un desequilibrio económico para el individuo que la sufre. Cuando un evento ocurre, se convierte en siniestro, en ese momento, la Compañía cumple con la promesa de protección.

El desequilibrio o la pérdida económica pueden tomar varias formas, como la pérdida de la propiedad por peligros físicos (incendio, explosión, huracán), la muerte prematura de un hombre clave de una empresa comercial o del que sostiene una familia; puede ser, incluso, la consecuencia de un juicio para recuperar los daños ocasionados por un acto culpable.

Clasificación del Riesgo

Los riesgos se clasifican de diferentes formas, según el punto de vista en que se analice. En su forma más general el riesgo se divide en dos tipos:

Clasificación del Riesgo

Naturaleza de la Pérdida

Por su origen y alcance

Puro: Posibilidad de que un hecho dañoso ocurra. Involucra solamente la probabilidad o posibilidad de

pérdida.

Especulativo: Es aquel donde se pueden obtener mayores, menores o ninguna ganancia.

Particular o personal: Afecta a una persona en particular o a unos pocos.

Catastrófico: Es el hecho o acontecimiento de carácter extraordinario de naturaleza anormal y elevada

intensidad y cuantía de los daños que de él pueden derivarse.

Ejemplos:

Ejemplo de Riesgo Puro:

• El desequilibrio económico que pueda sufrir una mujer por la pérdida de su esposo.• La pérdida económica que pueda tener un comerciante a consecuencia del robo de su negocio.• El desembolso de un automovilista que tenga que hacer por los daños que le cause a una persona

atropellada.

Ejemplo de Riesgo Especulativo:

• Jugar a la lotería es un riesgo especulativo puesto que podemos ganar, perder o tener reintegro (permanecer igual).

• El iniciar un negocio es un riesgo especulativo puesto que podemos tener utilidades o bien perderlo todo porque nos vaya mal.

14 Módulo 1: Aspectos Generales

Ejemplo de Riesgo Particular o Personal:

• La muerte de un jefe de familia.• Los gastos médicos erogados por una operación del apéndice.

Ejemplo de Riesgo Catastrófico:

• Las pérdidas causadas por un huracán en una población costera.

Riesgo Asegurable

Definición:

Riesgo asegurable es la posibilidad de sufrir una pérdida o un daño; es una eventualidad (algo que tiene la posibilidad de suceder), un acontecimiento incierto que de ocurrir traerá como consecuencia un desequilibrio económico para el individuo que la sufre.

Características del Riesgo Asegurables

Para que un riesgo sea asegurable, tiene que reunir 6 características.

Son aquellos que por su naturaleza ocasionan una pérdida, y cumplen con las siguientes características esenciales:

● Incierto o Aleatorio

Un riesgo es incierto o aleatorio cuando tiene una relativa incertidumbre, esto es que exista la duda de que pueda o no suceder, ya que si tenemos certeza de su existencia real, puede hacer desaparecer la aleatoriedad, principio básico del seguro.

● Posible

Es cuando puede suceder. La posibilidad o probabilidad tiene dos limitaciones: la frecuencia y la imposibilidad.

● Concreto y Objetivo

Es cuando pude ser analizado y valorado por la aseguradora desde dos puntos de vista:

1. Cualitativo. Relacionado con el valor estimativo. 2. Cuantitativo. Relacionado con un avalúo, con el valor comercial del bien y con estadísticas.

● Lícito

No ha de ir contra la legislación, reglas morales o de orden público, ni en perjuicio de terceros ya que la póliza sería nula automáticamente.

● Fortuito

Debe provenir de un acto o acontecimiento ajeno a la voluntad humana de producirlo.

● Contenido Económico

La realización del riesgo ha de producir una necesidad económica que se satisface con la indemnización correspondiente.

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Tipos de Riesgos Asegurables

Estos riesgos se clasifican en:

● Riesgos que afectan a las personas

Los riesgos que afectan a las personas y que pueden ser cubiertos en un contrato de seguros son:

• Muerte prematura: Natural o accidental.

• Incapacidad o invalidez: Ya sea a causa de una enfermedad o por un accidente que le impida trabajar y por lo tanto, obtener ingresos.

• Vejez sin recursos económicos: Llegar a la edad de jubilación o retiro sin tener suficiente economía.

● Riesgos que afectan los bienes

Los riesgos que afectan a los bienes y que pueden ser cubiertos por un seguro son:

• Fenómenos de la naturaleza: Destrucción de los bienes, como una casa, por un huracán, una inundación, un rayo o un incendio.

• Actos derivados de hechos sociales: Daños que sufran los bienes, como un auto, ocasionados por personas que participan en una huelga, en un motín o por actos vandálicos.

● Riesgos que afectan a terceras personas

• Riesgos que afectan a terceras personas: Son responsabilidades que emanan de la Ley. Por ejemplo, la inundación del departamento vecino porque una persona dejó abiertas las llaves del agua de su departamento.

• Riesgos consecuenciales: Derivados de los daños directos a los bienes. Por ejemplo, se quema una fábrica (daño directo) y el dueño tiene que seguir pagando sueldos y servicios aunque no pueda producir.

16 Módulo 1: Aspectos Generales

Actitudes del ser humano frente al Riesgo

El individuo siempre que se ha visto amenazado por los riesgos, ha tenido diferentes respuestas o actitudes ante ellos con el objetivo de poder salvaguardar su patrimonio o a él mismo. Estas actitudes son:

● Eliminar el Riesgo Apartar o erradicar todas las causas que puedan causar el daño.

● Disminuir el Riesgo Eliminar los factores que pueden agravar la pérdida, buscar cómo reducir la pérdida cuando ésta se

produzca.

● Prevenir el Riesgo Analizar las posibles causas del riesgo con la finalidad de minimizar la posibilidad de que ocurra. ● Distribuir el Riesgo Repartir o dividir el riesgo.

● Retener o Asumir el Riesgo La persona se convierte en auto asegurador ya que asume el pago de los daños. El riesgo es tan remoto

que la persona decide no contratar un seguro, o no hacer nada.

● Transferir el Riesgo Traspasar las consecuencias del riesgo a otra entidad a través de un convenio o contrato.

Los que afectan a las personas

Muerte

Incapacidad o invalidez

Vejez sin recursos económicos

Fenómenos de la naturaleza

Actos derivados de hechos sociales

Actos derivados de ordenamientos

Derivados de daños directos a los bienes

Natural o accidental

Ya sea causa de una enfermedad o por un accidente que le impida trabajar y por lo tanto, obtener ingresos

Llegar a la edad de jubilación o retiro, sin tener suficiencia

Huracán o granizo

Huelgas y alborotos populares

Responsabilidad civil familiar

Pérdida de utilidades

Los que afectan a los bienes

Los que afectan a terceros

Los consecuenciales

Tipos de Riesgos Asegurables (resumen)

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Las Bases TécnicasIntroducción

Las bases técnicas se definen como todos aquellos conceptos y elementos que se utilizan para el cálculo actuarial que determina las primas y recargos que va a aplicar una compañía aseguradora.

Las circunstancias técnicas para que un riesgo sea asegurable son tres:

● Homogeneidad

El grupo asegurable debe ser homogéneo, tener las mismas características para que el riesgo sea sustancialmente igual, con el fin de que todos los asegurados en igualdad de circunstancias paguen la misma prima o contribución al seguro.

El grupo asegurable debe ser homogéneo y lo suficientemente grande para producir una experiencia que pueda estimarse año con año, con el fin de que todos los asegurados en igualdad de circunstancias paguen la misma prima o contribución al seguro a un costo mínimo (el importe de las indemnizaciones satisfechas más los gastos de administración). Mientras todos pagan primas, muy pocos sufren pérdidas en un año en particular. Sin embargo, todos han tenido el beneficio de protección contra la pérdida.

● Dispersión

Los planes de seguros en términos muy sencillos, son un método para distribuir entre un grupo grande de personas una posible pérdida financiera demasiado grave como para que pueda soportarla en un solo individuo.

● Incertidumbre

El riesgo debe tener una relativa incertidumbre, esto es, que exista la duda de que pueda o no suceder, ya que si tenemos certeza de su existencia real, puede hacer desaparecer la aleatoriedad, principio básico del seguro.

En otras ocasiones, se apoya en el dilema si ha ocurrido o no anteriormente, (incertidumbre del pasado frente a la incertidumbre del futuro).

Es cierto que existen riesgos en donde tenemos la certeza que va a ocurrir, como es el caso del fallecimiento, pero se ignora cuándo, por lo que eso le da el carácter de incertidumbre.

El costo del Seguro

Analicemos cómo se determinará el costo del seguro. Recordemos que el riesgo en el seguro puede definirse como la incertidumbre de que un suceso pueda ocurrir, y si se presenta producirá un desequilibrio económico. La pérdida económica puede darse en diferentes formas, tales como la pérdida de la propiedad por peligros físicos. Es por eso, que el riesgo influye en el cálculo del costo del seguro.

Severidad

Es un factor que influye en el costo del seguro. Éste se mide por dos factores de siniestralidad que los aseguradores utilizan para determinar la cuota técnica o pura de riesgo: por la frecuencia, global promedio y por su severidad relativa promedio.

Frecuencia Global Promedio

Nos indica el promedio de eventos que han ocurrido durante un año completo: a mayor frecuencia mayor costo del seguro, ya que tendremos que pagar a mayor número de personas. La severidad relativa promedio nos indica el costo promedio de los siniestros producidos en un año. Mientras más alto sea éste, más alto será el costo del seguro.

18 Módulo 1: Aspectos Generales

Costo y Grado de Riesgo

Estos dos conceptos de acuerdo a la Administración de Riesgos, contribuirán a la determinación del deducible más adecuado a aplicar y al establecimiento de la suma asegurada a contratar. Se toman en cuenta para la nota técnica.

Bases para determinar el costo del Seguro

Del análisis del riesgo a través de los factores anteriores, se obtienen los datos para llevar a cabo un análisis estadístico de la frecuencia y severidad del riesgo y la probabilidad de que siga sucediendo con más o menos el mismo impacto en el futuro. Para ello, las compañías de seguros se basan en principios actuariales para la determinación del costo del seguro son:

● La Estadística

Se basa en la experiencia previa que a través de registros, se lleva de un riesgo determinado, si no le llevaran registros o no se analizaran los mismos en forma rigurosa, cualquier cálculo o predicción sería especulación, pues estaría dictada al azar.

Es un tratamiento técnico experimental de una serie de datos, hechos o sus circunstancias en orden de conocer su comportamiento de modo global.

● La Probabilidad

Se refiere a la posibilidad de que ocurra un acontecimiento en un período determinado. La posibilidad de ocurrencia de un suceso que dé cómo consecuencia una pérdida.

La ley de probabilidades se aplica para anticipar los posibles siniestros que ocurrirán en un grupo de personas o bienes (tasa de siniestralidad).

La probabilidad se refiere a la posibilidad de que ocurra un hecho determinado. Indica el número de veces que es probable que ocurra un hecho dentro de un número de sucesos posible.

● Ley de los Grandes Números

Constituye la base de las predicciones para el seguro. Esta ley determina el grado de posibilidad de que se produzca determinado acontecimiento.

Se reduce el riesgo al obtener un número mayor de asegurados en un grupo. A medida que aumenta el número de unidades de riesgo (bienes o personas aseguradas) en los grupos, el riesgo objetivo disminuye. Es decir, es más probable que nuestras predicciones sean más acertadas, cuantas más repeticiones ocurran.

Mientras más grande sea el universo y el período de tiempo que se estudie, más confiable serán las predicciones que se pueden hacer para el futuro. El pronóstico se basa en una mayor cantidad de muestras analizadas en donde es más probable acertar que sucederá.

Cuando el pronóstico de cuentas futuras se basa en una mayor cantidad de muestras analizadas es más probable acertar.

Tabla de Mortalidad

La tabla de mortalidad deberá reflejar la experiencia probable de muerte de una población a una edad determinada. Por lo que existen diferentes tablas con diferentes edades, ocupaciones y otras circunstancias.

Las tablas de mortalidad, se basan en experiencias anteriores de poblaciones diversas. Indican el número de fallecimientos esperados a partir de una edad determinada entre un grupo de personas de la misma edad y que están expuestas al riesgo de muerte durante el transcurso de un año.

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La Tasa de Mortalidad

La tasa de mortalidad (muertes por mil), resulta de dividir el número de personas que fallecen en un período de tiempo entre el número de supervivientes en el período anterior a una edad específica por mil.Esta tasa, puede obtenerse para edades determinadas por causas específicas de mortalidad con respecto a cualquier otro atributo.

Construcción de una Tabla de Mortalidad

La construcción de la tabla se inicia calculando el número de fallecimientos que se producen dentro de un grupo predeterminado por la edad u otras características (por ejemplo, hombres, mujeres, fumadores, no fumadores, etc.), también hay que obtener la población de vivientes expuestos al riesgo de muerte a cada edad.

Ejemplo de una Tabla de Mortalidad

Para ilustrar el concepto de “Tabla de Mortalidad”, a continuación se presenta un modelo de tabla en ciertos rangos de edad. Observa cómo va aumentando la probabilidad de muerte al paso de los años.

Edad Número de Vivos Número de muertos Factor al millar0 100,000 700 7.000000

5 99,300 422 4.249750

10 98,878 141 1.426000

15 98,737 159 1.610340

20 98,567 316 3.205940

25 96,968 320 3.300060

30 95,324 360 3.776590

35 93,430 418 4.473940

40 91,019 546 5.998750

45 87,966 757 8.605600

Ejemplo de cálculo de Tasa de Mortalidad: Ejemplo de cálculo de una tasa de mortalidad a edad 25 años

De la tabla de mortalidad, se obtiene la prima que se debería pagar para estar protegido contra el riesgo contratado, a esta prima se le conoce como Prima Pura de Riesgo.

Tasa de Mortalidad

Tasa de Mortalidad 1.041

número de fallecimientosnúmero de vivos

32096.968

=

= =

x 1,0000

x 1,000

20 Módulo 1: Aspectos Generales

La Prima

El costo del seguro o prima es la aportación económica que ha de pagar el contratante o asegurado a la aseguradora por la contraprestación de la cobertura de riesgo que ésta le ofrece.

Tipos de Prima

En seguros, el concepto de prima tiene diferentes aplicaciones, entre las más frecuentes están:

● Prima Pura de Riesgo

Es la prima que se obtiene en función de la probabilidad de que ocurra un siniestro y el monto de la pérdida que tendría el asegurado. Cifra o coeficiente que refleja el promedio de número de siniestros que una póliza de seguros tiene o el promedio de siniestros por año de todo un conjunto de pólizas.

● Prima Anual

Es aquella que cubre 12 meses.

● Prima de Tarifa

Es la que aplica el asegurador a un riesgo determinado y para una cobertura concreta. Está formada por la prima pura más los recargos para gastos generales de administración y adquisición, gastos de cobranza de las primas, gastos de liquidación de siniestros más reservas.

Es la cantidad que tiene que pagar el asegurado por un seguro. Ésta se compone de los siguientes elementos.

Prima pura de riesgo

Gastos de adquisición

% de utilidad

=

Gastos de administración

Prima de Tarifa

Gastos derivados directa o indirectamente de la actividad comercial de la Entidad Aseguradora: retribución de los agentes, promotores (comisiones,

incentivos, subvenciones etc.) publicidad y otros semejantes.

Son gastos inherentes a la operación de la empresa, gastos de personal instalaciones, etc.

21

● Prima Nivelada o Constante

Es aquella que permanece invariablemente durante la vigencia del seguro.

● Prima Devengada

La que corresponde proporcionalmente a un período de riesgo ya corrido. Es el porcentaje de la prima que cobra la aseguradora cuando se cancela el seguro antes del vencimiento anual.

● Prima Creciente

Es aquella cuyo importe tiene un aumento sucesivo a medida que pasa el tiempo.

● Prima Decreciente

Es aquella que sufre una disminución en su importe a medida que pasa el tiempo.

● Prima Fraccionada

Es aquella que se calcula en períodos anuales y es liquidada mediante pagos periódicos más reducidos (mensuales, trimestrales, semestrales.)

En esta opción de pago, el asegurado paga un recargo (una cantidad adicional al costo del seguro). Las razones por las cuales se aplica este recargo son:

• La pérdida de intereses sobre la parte de la prima no pagada. • Los gastos adicionales para efectuar la cobranza. • Los costos de movimiento extra a la contabilidad de la póliza.

Reservas Técnicas

El dinero que se recaba por concepto de primas, forma un fondo que se utilizará para hacer frente a las obligaciones previstas o vencidas (siniestros, indemnizaciones) por parte del asegurado, es decir, dicho fondo se usa para hacer frente a las posibles reclamaciones de los asegurados. Este fondo es conocido como Reserva. Las reservas deben de constituirse para evitar que la aseguradora se declare insolvente para pagar al asegurado.

Definición de Reserva

La reserva es la porción de la prima que tiene por objeto hacer frente a las obligaciones futuras que surgen de una póliza.

La reserva representa los fondos combinados de todas las pólizas retenidas por la compañía, las cuales junto con las futuras primas e intereses son suficientes para cubrir todas las reclamaciones futuras, tienen como fin garantizar la solvencia de la aseguradora para liquidar compromisos contraídos en sus contratos.

Según la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (art. 46, 47, 50, 51, 52 bis) las reservas que la institución aseguradora debe constituir son:

• Reservas para riesgos en curso.• Reservas para obligaciones pendientes de cumplir.• Las demás previstas en esta Ley.

22 Módulo 1: Aspectos Generales

Se integran

1. Por pólizas vencidas, por siniestros ocurridos y por repartos periódicos de utilidades

2. Por siniestros ocurridos y no reportados, incluye los gastos de ajustes asignados

3. Administración de las sumas por dividendos o indemnizaciones propiedad del asegurado

Reservas para Riesgos en Curso

Es la porción de prima que corresponde al tiempo no transcurrido de la póliza. Este tipo de reservas se constituyen para hacer frente a los riesgos que permanecen en vigor al cierre contable y se asigna a cada ramo y no podrán servir para garantizar obligaciones contraídas por pólizas emitidas en otras operaciones y en su caso en otros ramos.

Esta reserva distribuye uniformemente los ingresos de la empresa a lo largo de todo el año, pero origina la constitución de una provisión con qué hacer frente a los posibles siniestros que ocurran en el año siguiente.

Reservas para Obligaciones Pendientes de Cumplir

Son las que se constituyen para hacer frente a los siniestros ocurridos en un período o ejercicio contable anterior, que se encuentran en trámite de pago.

Elementos que constituyen las reservas pendientes de cumplir

1. Por pólizas vencidas, por siniestros ocurridos y por repartos periódicos de utilidades. El importe total de las sumas que deba desembolsar la institución al verificarse la eventualidad prevista en el contrato, se estima conforme a las siguientes bases:

• Para ramos de vida las sumas aseguradas con los ajustes que procedan, de acuerdo con las condiciones del contrato (préstamos, primas pendientes de cobrar).

• En obligaciones pagaderas a plazos, el valor presente de los pagos futuros, calculado al tipo de interés que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

• Para los ramos de daños, siniestros en los que se ha llegado a un acuerdo, por ambas partes: los valores convenidos.

• Siniestros que han sido valuados en forma distinta por ambas partes: el promedio de esas valuaciones.

• Siniestros respecto de los cuales los asegurados no han comunicado valuación alguna a las instituciones, la estimación se realizará con métodos actuariales basados en la aplicación de estándares generalmente aceptados y registrados en la CNSF.

• Para la operación de accidentes y enfermedades se procederá como en la de vida, cuando se trate de capitales o rentas aseguradas por muerte o por incapacidad, y como en la de daños en los demás casos.

• Para los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social, el monto de las rentas que estén vencidas y mandar constituir e invertir la reserva que corresponda.

23

2. Por siniestros ocurridos y no reportados, así como por los gastos de ajuste asignados al siniestro de que se trate, las sumas que autorice anualmente la CNSF a las instituciones, considerando la experiencia de siniestralidad de la institución y tomando como base los métodos actuariales de cálculo de cada compañía, que en su opinión sean los más acordes con las características de su cartera.

3. Por administrar las sumas que por dividendo o indemnizaciones les confíen los asegurados o sus beneficiarios, la reserva se calculará teniendo en cuenta los intereses acumulados.

Reserva Matemática

Está destinada a conseguir un equilibrio futuro entre las primas y los riesgos, teniendo en cuenta que en este seguro la prima anual es constante, mientras el riesgo va paulatinamente agravándose al aumentar la edad del asegurado.

Al mantenerse las primas constantes durante la vigencia del seguro, se produce una doble consecuencia: las primas de los primeros años son más altas de lo que se debería pagar, mientras que las últimas anualidades son menores, lo cual exige del asegurador la retención de una parte de las primas que se pagaron en exceso para compensar el déficit posterior. Esto es la reserva matemática.

Prima

Reserva

Edad

Prima Nivelada

La reserva matemática surge de los excedentes pagados durante los primeros años de vigencia de la póliza (por la aplicación de la prima nivelada), y de los rendimientos obtenidos por su inversión acumulada en un fondo.

La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros menciona dos reservas matemáticas especiales:

• Se constituye una reserva para hacer la provisión de los posibles aumentos en los índices de supervivencia de la población asegurada.

• Se constituye una reserva para apoyar a la aseguradora ante las posibles variaciones en los rendimientos de su inversión. Se llama de contingencia.

24 Módulo 1: Aspectos Generales

Factores de Recargos

Recargo por prima

fraccionada (Art. 37 al 39

LSCS)

• Los factores que más influyen en la aplicación de recargos están basados en las ocupaciones peligrosas, la mala salud, los hábitos inadecuados, los deportes peligrosos (aun cuando existen otros elementos de valoración)

• Cuando la prima anual es liquidada mediante pagos periódicos másreducidos (mensual, trimestral, semestral)

• Elaseguradopagaunacantidadadicionalalcostodelseguro.Lasrazonespor las cuales se aplica este recargo son:

• Lapérdida de intereses sobre la parte de la prima no pagada.

• Losgastosadicionalesparaefectuarlacobranza.

• Loscostosdelmovimientoextraalacontabilidaddelapóliza.

• Se reduce la edad por una excelente salud, el solicitante no fuma y es prácticamente asiduo de algún deporte no peligroso.

• Generalmente se reduce la edad en tres o hasta cinco años, aun cuando algunas compañías podrán utilizar algún otro tipo de fórmulas.

• Sereducelaedadenuno,dosotresañossegúnlaspolíticasdecadacompañía, debido a que la expectativa de vida de la mujer es mayor.

• Sereducelaedadporunoodosañossegúnpolíticasdelacompañía

Riesgo Preferente

Por ser mujer

Ser NO fumador

Recargos y Descuentos

A la tarifa normal se agregan recargas o extraprimas por factores subnormales o que aumentan el grado de riesgo.

La prima se calcula en función de las características del riesgo a asegurar, la probabilidad de que ocurra el siniestro (la realización del riesgo) y el monto de la pérdida que tendría el asegurado.

Recargos

Descuentos

Asimismo, se aplican descuentos cuando existen circunstancias favorables. Los factores más frecuentes en la aplicación de descuentos son:

25

Dividendos y Participación de Utilidades

Los conceptos se aplican al seguro de vida:

Las desviaciones favorables que se presentan en estos tres conceptos son:

• Rendimientos que se obtienen sobre la aportación.• Ahorros en la administración.• Diferencia entre la siniestralidad ocurrida y la siniestralidad esperada.

Las obligaciones contraídas por las aseguradoras son a largo plazo. Debido a la utilización de primas niveladas, es fundamental que los cálculos se efectúen con bases conservadoras de mortalidad, rendimiento financiero y gastos.

La participación de utilidades consiste en un porcentaje que otorgan algunas pólizas sobre los beneficios obtenidos.

Las desviaciones favorables que se presentan en estos tres conceptos, generan un superávit que las compañías acostumbran compartir con sus asegurados, proporcionalmente a las primas cubiertas por cada uno de ellos. Esta participación que otorgan las compañías recibe el nombre de Dividendos.

Dependiendo del tipo de plan contratado y de las políticas de cada aseguradora, los dividendos se podrán otorgar a partir del segundo o tercer año de vigencia de la póliza y dependerá de los resultados de las variables antes descritas para que se otorguen o no.

Dividendos

Excedente Rendimiento

Ahorro Mortalidad

Rendimientos

Gasto

Distribución de la Mortalidad

Ahorro Gastos

Uso de los Dividendos

El asegurado podrá hacer uso de sus dividendos a través de alguna de las siguientes opciones:

En efectivo o Comprar protección.En efectivo

Comprarprotección

• Aplicarlo como parte del pago de prima del pago.

• Dejarlo en depósito.

• Retirarlo anualmente.

• Seguro prorrogado.

• Seguro saldado.

26 Módulo 1: Aspectos Generales

Deducible Coaseguro Franquicia Reaseguro Contraseguro

Distribución del Riesgo

En la actividad aseguradora, la dispersión, distribución o el reparto del riesgo se utiliza para que el costo del seguro sea justo y equilibrado tanto para el grupo asegurable como para la aseguradora, igualando los riesgos que componen su cartera de bienes asegurados, a través de diferentes formas para compartir el riesgo, que son:

Deducible

Es la cantidad o porcentaje establecido en una póliza cuyo importe ha de superarse para que se pague una reclamación, por lo general se establece como porcentaje de la suma asegurada, una cantidad fija o un número determinado de salarios mínimos. Se define también como los primeros pesos de toda pérdida que corren a cargo del asegurado. El deducible conlleva un ahorro en primas para el asegurado.

Coaseguro

De acuerdo a la LGISMS* Artículo 10 Fracción I, es la participación de dos o más empresas de seguros en un mismo riesgo, en virtud de contratos directos realizados por cada una de ellas con el asegurado.

Usualmente también se define como un porcentaje previamente pactado en el contrato de seguro que determina la proporción de la pérdida que quedará a cargo del asegurado en cada siniestro.

Franquicia

Cantidad que marca el límite a partir del cual se indemniza la pérdida en su totalidad, se expresa en forma de porcentaje que se desprende de la suma asegurada, si dicho porcentaje es mayor a la pérdida, no existirá indemnización, si es menor que la pérdida la indemnización se hará íntegra, sin descontar la franquicia.

Reaseguro

Es el contrato en virtud del cual una empresa de seguros toma a su cargo total o parcialmente un riesgo ya cubierto por otra o el remanente de daños que exceda de la cantidad asegurada por el asegurador directo.

De acuerdo al artículo 10 fracción II de la LGISMS* que dice que aunque la transferencia del riesgo se haya cedido a otra compañía, la aseguradora será la responsable del pago del siniestro frente al cliente.

Contraseguro (seguro de menores)

Es el convenio en virtud del cual una empresa de seguros se obliga a reintegrar al contratante las primas o cuotas satisfechas o cubiertas cuando se cumplan determinadas condiciones. (Artículo 10 Fracción III de la LGISMS*).

Nota

De las anteriores formas de distribuir el riesgo, el deducible, el coaseguro y la franquicia son formas que pueden aplicarse cuando el riesgo se comparte entre asegurado y aseguradora.

*Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros

27

Obligaciones del Asegurado al momento del Siniestro

1. Ejecutar todos los actos para evitar o disminuir el daño, los gastos que hace el asegurado para evitar o disminuir el daño y que no son considerados improcedentes los pagará la compañía de Seguros.

2. Si no hay peligro de demora, pedirá instrucciones a la empresa debiendo atenerse a las que ella le indique. Los gastos hechos por el asegurado que no sean manifiestamente improcedentes, se cubrirán por la aseguradora y si ésta da instrucciones, anticipará gastos (Artículo 113).

3. Sin el consentimiento de la empresa, el asegurado estará impedido de variar el estado de las cosas, salvo por razones de interés público o para evitar o disminuir el daño, pero la aseguradora deberá de cooperar para que puedan restituirse a su lugar en el más breve plazo (Artículo 114).

4. Si el asegurado viola la obligación de evitar o disminuir el daño de conservar la invariabilidad de las cosas, la aseguradora tendrá el derecho de reducir la indemnización hasta el valor a que ascendería si dicha obligación se hubiere cumplido; éste quedará privado de sus derechos contra la empresa. (LSCS* Artículo 115).

*Ley sobre el Contrato de Seguro

28

Actividad AseguradoraIntroducción Cuando hablamos de actividad aseguradora, nos referimos a la institución jurídica, la cual se refiere a todas las figuras dotadas de personalidad jurídica que lo componen como el asegurador, el asegurado, el intermediario, los reaseguradores, los ajustadores de siniestros y las autoridades que los regulan conforme a Derecho.

Las compañías de seguros, se apoyan en una serie de leyes y reglamentos, que establecen las bases normativas para la constitución de una empresa, su organización, operación, funcionamiento, disolución y liquidación, así como las bases para el desarrollo de los contratos de seguros, elemento jurídico más representativo de la industria aseguradora.

El Estado Mexicano vigila el funcionamiento de la actividad aseguradora a través de:

• Un órgano de control y regulación: la Dirección General de Seguros y Valores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

• Un órgano de inspección y vigilancia de las instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros: Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).

• Un órgano de protección de los asegurados a través de la Comisión Nacional para la Defensa y Protección de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

• Estas últimas Comisiones dependen también de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La amplitud del seguro, debido a la variedad de riesgos por cubrir, lleva a la actividad aseguradora a la aplicación de Leyes y Reglamentos específicos para regularla.

La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros determina que las leyes que rigen la actividad aseguradora, son de interés público, es decir, que todas las personas interesadas e involucradas en dicha actividad podrán tener acceso a ellas.

Objetivo de la LGISMS

La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las actividades y operaciones relacionadas con la actividad aseguradora, en protección a los intereses del público usuario.

• Ley sobre el Contrato de Seguro.• Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas.• Reglamento del Seguro de Grupo.• Reglas de Operación para los seguros de pensiones de acuerdo a las Leyes de Seguridad Social.• Reglas de Operación del Seguro de Salud.

Leyes Complementarias o Suplementarias

Existen algunos ordenamientos que no forman parte de la legislación específica del seguro, pero que cuentan con algunos artículos que lo afectan. Estas leyes son:

• Código Civil en materia federal (Código Civil Federal).

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Autoridad Definición de Funciones

Secretaría de Hacienda y Crédito

Público

Órgano competente para interpretar, aplicar y resolver para efectos administrativos lo relacionado con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley sobre el Contrato del Seguro, los Reglamentos de Agentes y de Grupo y en general todo en cuanto a la normatividad de la materia.En materia de seguros, y de acuerdo a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la SCHP es el máximo organismo jurídico encargado del funcionamiento de las instituciones de seguros.Es la autoridad que regula la actividad aseguradora. A ésta le compete interpretar, aplicar y resolver, para efectos administrativos, lo relacionado con el sector y en general para todo cuanto se refiere a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, de acuerdo a los preceptos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros en sus operaciones y actividades.La Secretaría adoptará todas las medidas relativas a la creación, organización y funcionamiento de las instituciones nacionales de seguros y cuando así lo estime conveniente solicitará la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, del Banco de México o de algún otro organismo o dependencia en razón de la naturaleza de los casos que lo ameriten.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas

Es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público encargado de:• Efectuar la inspección y vigilancia de las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.• Llevar a cabo la inspección y vigilancia de las personas y empresas involucradas en el Sector Asegurador.

Lo anterior con el objeto de que se cumpla con las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.La CNSF deberá procurar un desarrollo equilibrado del sistema asegurador, y una competencia sana entre las instituciones de seguros que lo integran.Supervisará, vigilará y en su caso sancionará que la operación de los sectores asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservará la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones y así garantizará los intereses de los usuarios y en su caso sancionará.

Comisión Nacional para la Defensa y Protección de los Usuarios de

Servicios Financieros (CONDUSEF)

Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio que se encarga de la protección y defensa de los Usuarios de servicios financieros.Su principal objetivo es brindar protección y defensa de los derechos e intereses del público Usuario de los servicios financieros, que prestan las instituciones públicas, privadas y del sector social debidamente autorizadas, así como regular la organización, procedimientos y funcionamientos de la entidad pública encargada de dichas funciones.Su objetivo es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las Instituciones Financieras que operan en territorio nacional, así como también crear y fomentar entre los usuarios una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros.

• Código de Comercio.• Ley General de Sociedades Mercantiles.• Ley del Seguro Social.• Ley Federal del Trabajo.• Ley del Impuesto sobre la Renta.• Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.• Ley de Navegación.• Ley de Vías Generales de Comunicación.• Reglas de York y Amberes para el transporte marítimo.

Estas leyes tienen por objeto regular la organización y funcionamiento de las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, señalan además, las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, así como las actividades de los agentes de seguros y demás personas relacionadas con la actividad aseguradora, en protección de los intereses del usuario.

Autoridades

30 Módulo 1: Aspectos Generales

Características Aseguradora Mutualidad

Definición

La aseguradora es la persona moral que mediante un contrato de seguro, asume las consecuencias dañosas producidas por la realización del evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.

Esta institución deberá contar con un capital mínimo pagado en cada operación autorizada.

Es la asociación de personas que constituyen una entidad aseguradora, asumiendo todas ellas, de forma conjunta, los riesgos que afecten a cada una de ellas por separado y participando de forma equitativa tanto en los distintos gastos que origine su actividad como en los pagos que deban efectuar por indemnizaciones de los siniestros que lleguen a producirse.

En este tipo de institución no podrá participar como socios los gobiernos, dependencias o instituciones financieras extranjeras.

La duración de la sociedad podrá ser definida.

Este tipo de asociaciones, sin expedir pólizas o contratos, conceden a sus miembros seguros en caso de muerte, beneficios de accidentes y enfermedades o indemnizaciones por daños, con excepción de coberturas de naturaleza catastrófica o de alto riesgo por monto o acumulaciones.

Denominación socialSociedades anónimas de capital fijo o variable.

La razón social debe expresar su carácter de sociedad mutualista.

Número de asociados 2 ó más accionistas.

Son propiedad y están controlados por asegurados.2 ó más mutualizados excepto en los que operan el seguro de vida cuyo mínimo será de 300 asociados.

Operación y funcionamiento

En este tipo de entidades la organización y funcionamiento está estructurado de tal manera que genere: utilidad para la sociedad y para sus socios.El valor de las acciones debe estar íntegramente cubierto en efectivo al ser suscritas.Deberá cobrarse como prima, la cantidad suficiente para cubrir los gastos generales por la administración.Cubrir las reservas suficientes para las obligaciones futuras (indemnizaciones, sumas aseguradas) con los asegurados y la utilidad respectiva.La institución deberá de constituir reservas técnicas para responder a obligaciones futuras.

En este tipo de entidades, la organización y funcionamiento están estructurados de tal manera que: no produzcan lucro ni utilidad para la sociedad ni para sus socios.

Se exige un fondo inicial de menor cuantía.

El excedente inicial lo aportan los asegurados o un intermediario financiero.

Deberá cobrarse como prima, la cantidad suficiente para cubrir los gastos generales por la administración, cubrir las reservas suficientes para las obligaciones futuras (indemnizaciones, sumas aseguradas) con los asegurados.

Tienden a operar dentro de un territorio geográfico limitado.

Tipos de Instituciones de Seguros

Las aseguradoras y mutualidades son entidades que llevan a cabo la actividad aseguradora. Aunque sus bases de funcionamiento son similares, el objetivo por el cual se constituyen es diferente.

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Tipos

Por los productos que ofrece pueden ser de dos tipos:Especializada. Son empresas que se enfocan a un producto o productos específicos dirigidos a un mercado, por ejemplo, empresas de seguros de vida, empresas dedicadas a seguros de gastos médicos, empresas dirigidas a seguros de daños, empresas dirigidas a seguros de automóviles.

Multilínea. Son empresas que se dedican a la venta de todos los seguros o la mayor parte de ellos.

Por los productos que ofrece pueden ser de dos tipos:

Especializada. Son empresas que se enfocan a un producto o productos específicos dirigidos a un mercado.

Multilínea. Son empresas que se dedican a la venta de todos los seguros o la mayor parte de ellos.

Operación Activa de Seguros

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la entidad que determina el tipo de actividades y operaciones que una compañía de seguros está autorizada a llevar a cabo. Establece además criterios que precisan si una operación, se considera operación activa de seguros o no.

Definición de Operación Activa de Seguros

Una operación activa de seguros es aquella que se lleva a cabo cuando, en caso de que se presente un acontecimiento futuro o incierto (riesgo asegurable), previsto por las partes (en un contrato) una persona (aseguradora) contra el pago de una cantidad de dinero (prima) se obliga a resarcir a otra un daño, de manera directa o indirecta, o a pagar una suma de dinero (indemnización).

¿Qué no se considera Operación Activa?

No se considerará operación activa de seguros la indemnización a futuro de bienes o servicios, como en el caso de funerarias, cuando el cumplimiento de la obligación convenida, no obstante que dependa de la realización de un acontecimiento futuro e incierto, se satisfaga con recursos e instalaciones propias de quien ofrece el bien o servicio y sin que se comprometa a resarcir un daño o a pagar una prestación en dinero.

Las anteriores disposiciones con respecto a la operación activa, aplicarán tanto a empresas nacionales como extranjeras.

Se prohíbe a toda persona física o moral distintas a las señaladas en el artículo 1 de la LGISMS* (las autorizadas), la práctica de cualquiera operación activa de seguros en territorio mexicano.

Autorización de Empresas Extranjeras en México

Para que las empresas extranjeras tengan validez legal en México deberán estar autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sin embargo, en algunas ocasiones, los consumidores pueden recibir la propuesta de empresas extranjeras no autorizadas ni reguladas por las autoridades respectivas y que operan en el extranjero.

Se prohíbe contratar con Empresas Extranjeras

Estas instituciones están fuera de la ley y las personas que venden estos seguros y las personas que los contratan pueden tener sanciones.

*Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros

32 Módulo 1: Aspectos Generales

Se prohíbe contratar con empresas extranjeras:

• Seguros de personas cuando el asegurado se encuentre en la República Mexicana al celebrarse el contrato.

• Seguros de cascos de naves o aeronaves y de cualquier clase de vehículos, contra riesgos propios del ramo Marítimo y de Transportes, siempre que dichas naves, aeronaves o vehículos sean de matrícula mexicana o propiedad de personas domiciliadas en la República Mexicana.

• Seguros de crédito, cuando el asegurado esté sujeto a la legislación mexicana.

• Seguros contra la responsabilidad civil, derivada de eventos que puedan ocurrir en la República Mexicana.

• Seguros de los demás ramos contra riesgos que puedan ocurrir en territorio mexicano. No se considerarán como tales los seguros que contraten fuera del territorio mexicano, personas no residentes en el mismo (para sus personas o sus vehículos) para cubrir riesgos durante sus internaciones eventuales.

• Se prohíbe a toda persona ofrecer directamente o como intermediario, en territorio nacional, por cualquier medio público o privado, seguros sobre bienes que se transporten de territorio mexicano a territorio extranjero y viceversa.

Excepciones

En los siguientes casos las compañías de seguros extranjeras podrán vender seguros en Territorio Nacional si:

• La empresa cumple con los requisitos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y tiene autorización para celebrar contratos de seguros en territorio nacional, que amparen aquellos riesgos que solo puedan ocurrir en los países extranjeros en donde estén autorizadas para prestar servicios de seguros. Esta autorización puede revocarse cuando se considere que están en peligro los intereses de los contratantes, beneficiarios o asegurados.

• Cuando un asegurado compruebe que ninguna de las empresas aseguradoras facultadas para operar en el país, pueda o estime conveniente realizar determinada operación de seguro que les hubiera propuesto, se otorgará una autorización específica para que lo contrate con una empresa extranjera, directamente o a través de una institución de seguros del país.

Operaciones y Ramos de SegurosDefinición de Operación de Seguros

Es un conjunto de modalidades de seguro relativas a riesgos de características o naturaleza semejantes.

Las autorizaciones para organizarse y funcionar como institución o sociedad mutualista de seguros, son intransmisibles y puede ser en una o más de las siguientes operaciones de seguros:

33

Operación de Vida

• Los riesgos que puedan afectar a la persona del asegurado en su existencia.• Los beneficios adicionales que, basados en la salud o en accidentes personales, se incluyan en pólizas

regulares de seguros de vida.• Los planes de pensiones o de supervivencia relacionados con la edad, jubilación o retiro de personas,

bajo esquema privado.• Los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social, el pago de las rentas periódicas

durante la vida del asegurado o las que correspondan a sus beneficiarios.

Operación de Accidentes y Enfermedades

• Los accidentes personales: que tengan como base la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal, salud o vigor vital del asegurado, como consecuencia de un evento externo, violento, súbito y fortuito (un accidente).

• Los gastos médicos: que cubre los honorarios médicos, hospitalarios y demás que sean necesarios para la recuperación de la salud o vigor vital del asegurado, cuando se hayan afectado por causa de un accidente o enfermedad.

• Salud: la prestación de servicios dirigidos a prevenir o restaurar la salud, a través de acciones que se realicen en beneficio del asegurado.

Operación de Daños La responsabilidad civil y riesgos profesionales

El pago de la indemnización que el asegurado deba a un tercero a consecuencia de un hecho que le cause un daño previsto en el contrato de seguro.

Operaciones Ramos

Vida

Los riesgos que puedan afectar la persona del Asegurado en su existencia.Beneficios Adicionales.Planes de Pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro de personas, bajo esquema privado.Los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social, el pago de rentas periódicas.

Accidentes y enfermedades

Accidentes personales.Gastos médicos.Salud.

Daños

Responsabilidad civil y riesgos catastróficos.Marítimo y transportes.Incendio.Agrícola y de animales.Automóviles.Crédito.Crédito a la vivienda.Garantía financiera.Diversos.Terremoto y otros riesgos catastróficos.Los especiales que declare la SHCP, conforme a lo dispuesto por el artículo 9° de esta ley.

34 Módulo 1: Aspectos Generales

Marítimo y transportes

Daños a las mercancías que se transportan, el pago de la indemnización por los daños y perjuicios que sufran los muebles y semovientes (objeto que se mueve) que se encuentren en el traslado. Los cascos de las embarcaciones y las aeronaves, por los daños o la pérdida de unos u otros, o por los daños o perjuicios causados a la propiedad ajena o a terceras personas con motivo de su funcionamiento (en estos casos, se podrá incluir en las pólizas regulares que expidan el beneficio adicional de responsabilidad civil).

Incendio

Los daños y pérdidas causados por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante.

Agrícola y animales

El pago de indemnizaciones o resarcimiento de inversiones, por los daños o perjuicios que sufran los asegurados por pérdida parcial o total de los provechos esperados de la tierra o por muerte, pérdida o daños ocurridos a sus animales.

Automóviles

Los daños o pérdida del automóvil y los daños o perjuicios causados a la propiedad ajena o a terceras personas con motivo del uso del automóvil. Se podrán incluir en las pólizas regulares que expidan, el beneficio adicional de responsabilidad civil.

Crédito

El pago de la indemnización de una parte proporcional de las pérdidas que sufra el asegurado como consecuencia de la insolvencia total o parcial de sus clientes deudores por créditos comerciales.

Crédito a la vivienda

El pago por incumplimiento de los deudores, de créditos a la vivienda otorgados por intermediarios financieros o por entidades dedicadas al financiamiento a la vivienda.

Garantía financiera

El pago por incumplimiento de los emisores de valores, títulos de crédito o documentos que sean objeto de oferta pública o de intermediación en mercados de valores.

Diversos

El pago de la indemnización debida por daños y perjuicios ocasionados a cosas por cualquiera otra eventualidad.

El terremoto y otros riesgos catastróficos

• Eventos de periodicidad y severidad no predecibles.• Los especiales que declare la SHCP.

Las Autorizaciones para operar como Instituciones de Seguros

• La SHCP puede otorgar una o varias operaciones.

• Son especializadas (Vida o Daños, Pensiones) excepto las ya autorizadas para ser multilíneas.

• Son intransmisibles.

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• Podrá otorgar autorización para que las instituciones de seguros realicen operaciones de reafianzamiento.

• Las autorizaciones podrán otorgarse también para practicar exclusivamente el reaseguro.

Operaciones y Ramos de SegurosCapital Mínimo de Garantía

Las compañías de seguros deberán constituirse como sociedades anónimas de capital fijo o variable y al momento de crearse deberá contar con un respaldo económico llamado Capital Mínimo de Garantía. Éste se calculará por cada operación o ramo que se le autorice expresados en UDI (Unidades de Inversión) pero pagados en moneda nacional.

Los objetivos de constituir un capital mínimo de garantía son:

• Apoyar los recursos patrimoniales y de previsión, con relación a los riesgos y a las responsabilidades que asuman las instituciones por las operaciones que efectúen, así como a los distintos riesgos a que están expuestos.

• Desarrollar las políticas adecuadas para la selección de riesgos en la contratación de seguros, así como la cesión y aceptación de reaseguro y reafianzamiento.

• Manejar un apropiado nivel de recursos patrimoniales, con relación a los riesgos financieros que asuman las instituciones, al invertirlos con motivo de sus operaciones.

• La determinación de los supuestos y de los recursos de capital que las instituciones deberán mantener con el propósito de hacer frente a situaciones de carácter excepcional que pongan en riesgo su solvencia o estabilidad, derivadas tanto de la operación particular de las instituciones como de condiciones de mercado.

Beneficios

• Permitir la liquidez en la posible desviación del riesgo.

• Proteger a los asegurados por una posible insolvencia de la aseguradora.

• Fortalecer el patrimonio de la aseguradora.

El Contrato de SegurosIntroducción

Los contratos de seguros son los convenios entre las compañías se seguros y los asegurados con el fin de transferir, del asegurado al asegurador, una parte de las pérdidas que puedan producirse por los riesgos que se encuentren asegurados.

El contrato de seguros tiene como fines principales:

• Definir el riesgo que se ha transferido.• Determinar las condiciones en que el contrato tiene aplicación.• Establecer el procedimiento para liquidar los siniestros.

36 Módulo 1: Aspectos Generales

Definición

Es un documento a través del cual, las aseguradoras se comprometen a resarcir el daño o a pagar una suma de dinero si ocurre un evento establecido en el contrato, y el contratante/asegurado de pagar una prima con el fin de estar protegido (Título I Artículo 1).

Para que el contrato de seguros se lleve a cabo debe cubrir los requisitos de existencia y validez. Estos aspectos son establecidos en el Código Civil (Artículos 1794, 1795 y 1796).

La existencia del contrato de seguros se puede comprobar a través de la forma confesional.

Características del Contrato de Seguros. El contrato de seguros tiene las siguientes características:

El contrato de seguros tiene las siguientes características:

Contrato de Adhesión

El contrato de adhesión es en el que una de las partes, en este caso la aseguradora, fija sus condiciones rígidas e inderogables (cláusulas) y se las impone a otra, en este caso al asegurado, beneficiarios y contratante que no hacen sino aceptarlas, adhiriéndose de esta manera al contrato.

En este tipo de contrato, la aseguradora se verá obligada a redactar de antemano el contrato que ha de proponer.

En el contrato de seguro se formalizan las operaciones de seguros. Los contratos de seguros son elaborados unilateralmente en formatos hechos por una institución de seguros (la póliza) y en los que se establecen los términos y condiciones aplicables a la contratación de un seguro, así como los modelos de cláusulas elaboradas para ser incorporadas mediante endosos adicionales a esos contratos, registrados ante la CNSF. El contrato o cláusula que no cuente con el registro es anulable, pero esta acción sólo podrá ser ejercida por el contratante, asegurado o beneficiario o por sus causahabientes, contra la institución de seguros y nunca de manera inversa.

Concepto Descripción

BilateralLas partes se obligan recíprocamente. Existen derechos y obligaciones por parte del contratante/asegurado y la aseguradora.

OnerosoSe estipulan provechos y gravámenes recíprocos. Existe un desembolso económico por parte del contratante/asegurado (prima) y la aseguradora (indemnización).

AleatorioEl contrato cubre eventos que pueden ocurrir o no, por lo tanto la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la pérdida, sino hasta que ese acontecimiento se realice.

Principal No depende de la existencia de otros contratos para que sea válido.

Consensual Consentimiento de las partes en la aceptación de la oferta.

Buena feCada una de las partes (asegurado, asegurador) confía en la honestidad, lealtad y prudencia en que establece el contrato.

De adhesión Las condiciones del contrato no están sujetas a discusión sino que el asegurado las acepta.

Condicional Cuando su existencia o su resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto.

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El contrato de no adhesión es en el que ambas partes fijan sus condiciones, es decir, son escritas bilateralmente por parte de la aseguradora y asegurado de acuerdo a las características del riesgo a asegurar.

En el caso de seguros, los contratos de no adhesión, independientemente de ser particulares, deben ser registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Los contratos de no adhesión…

No deben contener estipulaciones que se opongan a lo dispuesto por las disposiciones legales que les sean aplicables.

No deben establecer obligaciones o condiciones inequitativas o lesivas para la aseguradora, contratantes, asegurados o beneficiarios de los seguros y otras operaciones a que se refieran.

Registro de Contratos

Si después de 30 días de recibir un documento para su registro, la CNSF no informa ninguna observación o rechazo de los contratos quiere decir que no existe inconveniente para su uso.

Elementos del Seguro En el contrato de seguros encontramos las siguientes personas que están involucradas en su celebración:

Persona Hace…

AseguradorMediante la formalización de un contrato de seguros, asume las consecuencias dañosas producidas por la realización de un evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.

Asegurado En sí misma o en sus bienes o intereses económicos está expuesta a riesgo.

Contratante del seguro

Es el que paga la prima del seguro. Es el responsable de cubrir los gastos de expedición y/o los impuestos que genere la póliza.

BeneficiarioEs designado en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen.

Causahabiente Persona a quien han sido transmitidos los derechos de otra.

Otro elemento esencial para la realización del contrato de seguros es el riesgo previsto en el contrato. Sin la existencia de un riesgo, no puede elaborarse un contrato de seguros.

Interés Asegurable

Para que el contrato de seguros sea efectivo, es necesario que las personas que reciben su beneficio (Asegurado, Contratante, Beneficiarios) tengan una razón para contratarlo.

El interés asegurable es un requisito que debe existir en quien desee la cobertura de determinado riesgo; se manifiesta en el deseo de esta persona de que el siniestro no se produzca, ya que a consecuencia de él se originaría un perjuicio para su patrimonio.

Con respecto a este concepto, la LSCS* se refiere a él tanto en los Seguros de Daños como en los Seguros de Personas:

*Ley sobre el Contrato de Seguro

38 Módulo 1: Aspectos Generales

Interés Asegurable en los seguros de daños:

En el seguro de daños el interés asegurable se define como:

Todo interés económico que una persona tenga en que no se produzca un siniestro. Cuando el interés asegurable consista en que una cosa sea destruida y deteriorada, se presumirá que el interés asegurable equivale al que tendría un propietario en la conservación de la cosa o bien.

Cuando se asegura una cosa ajena por el interés que en ella se tenga, se considerará que el contrato se celebra también en interés del dueño, pero éste no podrá beneficiarse del seguro sino después de cubierto el interés del Contratante y de haberle restituido las primas pagadas.

El interés asegurable en los seguros de personas:

En este tipo de seguros se integran los riesgos que puedan afectar a la persona en su existencia, integridad personal, salud o vigor vital.

En el Seguro de Personas se puede cubrir un interés económico de cualquier especie, que resulte de los riesgos de que trate esta operación, o bien dar derecho a prestaciones independientes en absoluto de toda pérdida patrimonial derivada del siniestro.

La Oferta

Las condiciones generales deberán figurar en el formulario de la oferta que la aseguradora ofrece. Las condiciones generales contienen los derechos y obligaciones tanto del asegurado como de la aseguradora.

Aceptación de la Oferta

La oferta para adquirir un seguro se hace normalmente mediante la propuesta que consiste en la descripción material o declaraciones formuladas por el posible asegurado para que la aseguradora emita la póliza.

La oferta tiene la finalidad de establecer las bases para que se pueda producir el mutuo consentimiento, por lo que si en ella figuran inexactitudes de hechos o no se ponen de manifiesto determinadas situaciones que agravan el riesgo ocultándolas, falta el requisito de mutuo consentimiento.

Cuando se celebra el contrato de seguros, el acuerdo de las partes se logra mediante la oferta hecha por la aseguradora y la aceptación del contratante y/o del asegurado.

Declaración de Hechos Importantes

El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante o representado. Si es un representante, éste será el que estará obligado a proporcionar dicha información.

El seguro puede contratarse por cuenta propia o por cuenta de otro.

Perfeccionamiento del Contrato

El contrato de seguro se perfecciona desde el momento en que el proponente tuviera conocimiento de la aceptación de la oferta de seguro por parte de la aseguradora, por ello no está sujeta a la entrega de la póliza o de cualquier otro documento en que conste la aceptación, ni tampoco a la condición del pago de la prima, es decir, no es necesario que el contratante haya recibido la póliza de seguro para que éste se haya perfeccionado.

Puede celebrarse sujeto a plazo, a cuyo vencimiento se obtendrá el beneficio contratado, pero tratándose del seguro de vida, el plazo que se fije no podrá exceder de 30 días a partir del examen médico, si éste fuere

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necesario, y si no lo fuere, a partir de la oferta.

La Póliza

Es el documento que representa al contrato de seguro, y es el que refleja tanto las normas que lo regulan de forma general, particular o especial como la relación convenida entre el asegurado y el asegurador. La póliza de seguro expresa derechos y obligaciones de las partes involucradas (asegurado y aseguradora).

Es un documento cuya inexistencia afectaría al seguro, ya que solo cuando ha sido emitido y aceptado por ambas partes se puede decir que han nacido los derechos y obligaciones que del mismo se derivan.

De acuerdo a la Ley sobre el Contrato de Seguro, la póliza, así como sus adiciones y reformas, se expiden para fines de prueba y se harán constar por escrito. Ninguna otra prueba salvo la confesional, será admisible para probar la existencia del contrato, así como la del hecho del conocimiento de la aceptación.

Es indispensable que la póliza esté escrita o impresa en caracteres fácilmente legibles. Esto también aplica a los documentos que contengan cláusulas adicionales de la misma, y en general, todos los documentos usados en la contratación del seguro. Las pólizas pueden ser:

• Para los seguros de daños y gastos médicos, nominativas, a la orden o al portador.• Para los seguros de vida, nominativas y a la orden.

Elementos que debe contener la Póliza

La aseguradora estará obligada a entregar al contratante del seguro, una póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes. El contrato de seguro a través de la póliza deberá contener:

• Los nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora.• La designación de la cosa o de la persona asegurada.• La naturaleza de los riesgos garantizados o previstos.• El momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración de esta garantía (vigencia).• El monto de la garantía (suma asegurada o monto máximo de indemnización).• La cuota o prima del seguro.• Las demás cláusulas que deban figurar en la póliza, de acuerdo con las disposiciones legales, así como

las convenidas lícitamente por los contratantes (condiciones particulares y especiales).

Prescripción del Contrato

Prescripción significa la extinción de un derecho, una deuda, acción o responsabilidad por el transcurso del tiempo especificado para ello. En este caso es cuando el beneficiario de la póliza no tiene ya derecho de reclamar la suma asegurada o la indemnización.

El contrato de seguro prescribe a los 2 años e inicia al momento en que el asegurado tiene conocimiento del siniestro, excepto en la cobertura de fallecimiento del seguro de vida, donde la prescripción será de 5 años, cuando tenga conocimiento de su derecho. (Art. 81 Ley Sobre el Contrato de Seguros LSCS)

La prescripción no correrá en los siguientes casos:

• Cuando existen omisiones en la declaración del siniestro.• Por inexactas declaraciones del asegurado.• Por falsas declaraciones del asegurado.• Por nombramiento de un perito que evalúe el siniestro.

40 Módulo 1: Aspectos Generales

Prórroga, Modificación o Restablecimiento

Cualquier modificación, prórroga o restablecimiento del seguro se considerará aceptada cuando se extienda una carta certificada con acuse de recibo. (Sólo en el Ramo de Daños).

Cancelación del contrato

Las condiciones por las cuales el contrato de seguro se anulará o cancelará cuando en el momento de la contratación…

• El riesgo hubiere desaparecido.• El siniestro se hubiera realizado.

Cobro de Primas

Los agentes sólo podrán cobrar primas contra la entrega del recibo oficial expedido y se entenderán recibidas directamente por las aseguradoras.

Los agentes están obligados a ingresar las primas, en un plazo que no podrá exceder de 10 días hábiles contado a partir del día siguiente al de su recepción, los cheques y el numerario que hayan recibido por cualquier concepto correspondiente a las pólizas contratadas con su intermediación, así como cualquier documento o recuperación que les hubieren entregado con relación a dichas pólizas. (Art. 24 Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas)

Los cheques que reciban los agentes deberán ser nominativos y a favor de las aseguradoras que asuman el riesgo o la responsabilidad, salvo que las instituciones autoricen a los agentes a recibir los cheques a su propio nombre. Esta autorización deberá constar expresamente y por escrito en un contrato de mandato que para ese fin expreso otorguen las instituciones a los agentes.

En los casos en que los contratantes o los asegurados, beneficiarios o terceros interesados, no paguen las primas y demás prestaciones que hubieren asumido, los agentes están obligados a devolver a las aseguradoras los recibos, pólizas y en general, todos los documentos que obren en su poder correspondientes a los seguros contratados con su intermediación, a más tardar el tercer día hábil siguiente al que hubiere vencido. (Art. 24 Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas)

Las instituciones de seguros podrán aplicar total o parcialmente las comisiones de los agentes en beneficio del asegurado o contratante cuando se especifique en la póliza. Las primas deberán ser pagadas en el domicilio de la aseguradora, y la prima vencerá al momento de la celebración del contrato, entendiéndose siempre que la prima estará vencida desde el comienzo de la cobertura y posteriormente al momento en que acabe el plazo de la unidad de la prima, en caso de duda se entenderá de un año.

La prima fraccionada no podrá ser inferior a 30 días, el plazo para su pago será de 3 a 30 días de acuerdo a lo estipulado en el contrato.

Subrogación de Derechos

En la subrogación el asegurado o beneficiario de la póliza cede sus derechos a la aseguradora cuando ha recibido un daño de una tercera persona. En ese caso, y en lugar de reclamar directamente el asegurado, será la compañía de seguros la que procederá legalmente contra el culpable.

En el seguro de cosas gravadas con privilegios, hipotecas o prendas, los acreedores privilegiados, hipotecarios o prendarios, se subrogarán de pleno derecho en la indemnización hasta el importe del crédito garantizado por tales gravámenes.

Sin embargo, el pago hecho a otra persona será válido cuando se haga sin oposición de los acreedores y en la póliza no aparezca mencionada la hipoteca, prenda o privilegio, ni estos gravámenes se hayan comunicado a la empresa asegurada.

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Si los gravámenes aparecen indicados en la póliza o se han puesto por escrito en conocimiento de la empresa, los acreedores privilegiados, hipotecarios o prendarios, tendrán derecho a que la empresa les comunique cualquier resolución que tenga objeto rescindir, revocar o nulificar el contrato, a fin de que, en su caso, puedan subrogarse en los derechos del asegurado.

Cuando el daño lo haya causado un tercero, la aseguradora, por medio de la subrogación, podrá reclamar a éste hasta la cantidad pagada.

La empresa podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la subrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del asegurado.

Si el daño fue indemnizado sólo en parte, el asegurado y la aseguradora concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma.

Rescisión del Contrato por la Inexacta Declaración u Omisión

Cualquier omisión o inexacta declaración de los hechos, se considerará causa de rescisión del contrato, aunque no haya influido en la realización del siniestro. En ese caso, la aseguradora conservará su derecho a la prima por el período en curso, pero si esto ocurre antes de que el riesgo empiece a correr, entonces la aseguradora solo podrá cubrir los gastos correspondientes. Por otra parte, si el asegurado pagó otros períodos del seguro, la aseguradora restituirá solo las tres cuartas partes de las primas correspondientes a estos períodos. La empresa comunicará al asegurado la rescisión de contrato dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que conozca la omisión o inexacta declaración. Cuando el contrato de seguro comprenda varias cosas o varias personas y la omisión o inexacta declaración no se refieran sino a algunas de esas cosas o personas, el seguro quedará en vigor para las otras, si se comprueba que la aseguradora las habría asegurado en las mismas condiciones.

No se podrá rescindir el contrato cuando la empresa:

• Provoque la omisión o inexacta declaración.• Conocía o debía conocer el hecho que no ha sido declarado.• Conocía o debía conocer exactamente el hecho que ha sido inexactamente declarado.• Renunció al derecho de rescisión del contrato por esa causa.• Celebre el contrato, aun cuando el contratante no conteste uno de los cuestionarios propuestos.

Cláusulas Importantes

Elemento ¿Qué es lo que hace…?

Beneficiarios

Persona designada en la Póliza por el asegurado o contratante, como titular de los derechos de indemnización que en ella se establecen. Para asignar beneficiarios es necesario que éstos tengan un interés asegurable, como el cónyuge y/o descendientes en un seguro de vida. En el caso de no existir beneficiarios la suma asegurada se pagará a la sucesión del asegurado. En una póliza colectiva de accidentes, el derecho de un beneficiario es a partir de que ocurra el accidente.

Suicidio

En caso de muerte del asegurado por suicidio, ocurrido dentro de los dos primeros años de la vigencia de este contrato, cualquier que haya sido la causa y el estado mental o físico del mismo, la compañía solamente cubrirá el importe de la reserva matemática que corresponda a la fecha en que ocurra el fallecimiento. (Artículo 186 de la Ley sobre el Contrato del Seguro).

42 Módulo 1: Aspectos Generales

1.

2.

Se trate de un hecho importante para la valoración del riesgo, es decir, la aseguradora hubiera considerado u otorgado condiciones diferentes si al celebrar el contrato hubiera conocido una agravación similar.

El asegurado conoce o debe conocer toda agravación que emana de actos u omisiones de los inquilinos, cónyuge, descendientes o cualquiera otra persona que con su consentimiento habite el edificio o tenga en su poder el mueble que fuera materia de seguro. (Artículo 53 de la LSCS*).

La Indemnización

En caso de rehabilitación, el período de dos años a que se refiere el párrafo anterior, correrá a partir de la fecha en que se rehabilite.Cuando el contrato de seguros esté colocado en reaseguro, al momento del siniestro será la aseguradora la que responda frente al cliente. Si en el momento del siniestro, la póliza tiene adeudos, la aseguradora tendrá derecho de compensar las primas y los préstamos de la indemnización.

EdadLa aseguradora fija unos límites de aceptación para contratar el seguro. En el caso de que la edad declarada sea inexacta y esté fuera de los límites de aceptación se rescinde el contrato y se devuelve la reserva matemática.

Ley sobre el Contrato de Seguro, (Artículos 52 al 64)

La agravación esencial del riesgo se produce cuando por determinados acontecimientos ajenos o no a la voluntad del asegurado, el riesgo cubierto adquiere una peligrosidad mayor a la inicialmente prevista.

Se presumirá siempre que la agravación del riesgo es esencial cuando:

La agravación del riesgo no producirá sus efectos cuando:

1.

2.

3.

No ejerció influencia sobre el siniestro o sobre la extensión de las prestaciones de la empresa aseguradora.

Tuvo por objeto salvaguardar los intereses de la empresa aseguradora o cumplir con un deber de humanidad.

La aseguradora renunció al derecho de rescindir el contrato por esa causa. Solo se dará por hecha la renuncia si al recibir la empresa el escrito de la agravación del riesgo no le comunica al asegurado dentro de los 15 días siguientes, su voluntad de rescindir el contrato (Artículo 58 de la LSCS*).

Ya que el costo del seguro está en función del riesgo a cubrir, es importante que al modificarse, el asegurado dé aviso a la aseguradora para que ésta determine si continuará asegurando el riesgo, si le cobrará un monto adicional o cancelará el riesgo.

El asegurado deberá comunicar a la empresa las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante el curso del seguro, dentro de las 24 horas siguientes al momento que las conozca. (Artículo 52 de la LSCS*)

Si el asegurado omitiere el aviso o si él provoca una agravación esencial del riesgo, cesarán de pleno derecho las obligaciones de la empresa en lo sucesivo. (Artículo 52 de la LSCS*)

*Ley sobre el Contrato de Seguro

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Ya que el costo del seguro está en función del riesgo a cubrir, es importante que al modificarse, el asegurado dé aviso a la aseguradora para que ésta determine si continuará asegurando el riesgo, si le cobrará un monto adicional o cancelará el riesgo.

El asegurado deberá comunicar a la empresa las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante el curso del seguro, dentro de las 24 horas siguientes al momento que las conozca. (Artículo 52 de la LSCS*)

Si el asegurado omitiere el aviso o si él provoca una agravación esencial del riesgo, cesarán de pleno derecho las obligaciones de la empresa en lo sucesivo. (Artículo 52 de la LSCS*)

Intermediación y Comercialización del SeguroIntroducción

La intermediación de seguros es una de las actividades más importantes que se realizan en una aseguradora, ya que es en esta actividad cuando se efectúa el primer contacto con el cliente y dependerá de la buena asesoría y atención que éste reciba por parte del agente de seguros, lo que determine su permanencia en la compañía de seguros.

Comercialización

Es el conjunto de actividades relacionadas con el incremento, en número y monto de los riesgos asegurados por una aseguradora. Puede decirse que los objetivos específicos de la función comercial en el seguro son:

• Adquisición de nuevas pólizas, comprende no solo la captación de nuevos clientes sino de asegurarnos con necesidades de otro tipo de seguros.

• Aumento de la cobertura en las pólizas existentes, de sumas aseguradas o coberturas en un seguro.• Conservación de asegurados y sus coberturas, busca evitar la cancelación de las pólizas existentes.• Mantenimiento de buenas relaciones con los asegurados, es un método indirecto para conseguir los

objetivos anteriores, tanto de incremento como de conservación de cartera.• Estas actividades se llevan a cabo a través de intermediarios o agentes de seguros, los cuales

se encargan de poner al alcance del consumidor los productos y servicios que ofrece una entidad aseguradora.

Intermediación

El Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas, en los artículos 1 y 2, nos define la actividad de intermediación como aquella actividad que efectúa el agente de seguros:

• El intercambio de propuestas y aceptación de las mismas.• Comercialización y asesoramiento para la celebración del contrato de seguros.• Conservación, modificación, renovación o cancelación del contrato de seguros.

Definición de Agente de Seguros

Un agente de seguros es la persona física o moral autorizada por la Comisión para realizar actividades de intermediación en la contratación de seguros.

*Ley sobre el Contrato de Seguro

44 Módulo 1: Aspectos Generales

Tipos de Agente de Seguros

De acuerdo al Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas existen dos tipos:

Personas Físicas

Independientes, sin relación de trabajo con las instituciones, que operen con base en contratos mercantiles.

Vinculadas a las instituciones por una relación de trabajo, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, autorizadas para promover en nombre y por cuenta de las instituciones, la contratación de seguros o de fianzas.

Agente Mandatario

Es el designado por la institución para que a su nombre y por su cuenta, actúe con facultades expresas (emisión y cobranza de recibos, expedición de pólizas, suscripción, negociación de condiciones especiales, emitir endosos, cobrar primas, etc.)

Personas Morales

Son empresas que se constituyen como sociedades anónimas para realizar actividades de intermediación.

Apoderado, es la persona que ha celebrado un contrato de mandato con un agente persona moral, y se encuentra expresamente facultada para actividades de intermediación, como el celebrar contratos a nombre y por cuenta de una institución aseguradora.

Trámites frente a las Autoridades para ser Agente de Seguros

Para llevar a cabo la actividad de intermediación, es necesario que los agentes reciban autorización de la CNSF, la cual podrá ser por una o varias operaciones, excepto para el caso de los agentes que intermedian los seguros de pensiones, que será expedida exclusivamente para dichos seguros en una sola institución aseguradora.

Las autorizaciones son intransferibles, es decir, servirán única y exclusivamente a la persona que la recibe y se otorgarán a aquéllas que no puedan presionar a sus clientes para comprar un seguro. Debido a lo anterior, los agentes y las aseguradoras responderán por los actos que realicen las personas que, con su consentimiento,

Persona Física

Persona Moral

Apoderado

• Independientes sin relación de trabajo con las instituciones que operen con base en contratos mercantiles.

• Vinculadas a las instituciones por una relación de trabajo, en los términos de la Ley Federal del Trabajo, autorizadas para promover en nombre y por cuenta de las instituciones, la contratación de seguros o fianzas.

• Agente mandatario.

• Empresa que se construye como sociedad anónima para realizar actividades de intermediación.

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realicen las actividades de intermediación sin contar con la autorización requerida por el Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas.

¿Qué es un Agente de Seguros?

Es la persona física o moral autorizada por la Comisión para realizar actividades de intermediación en la contratación de seguros.

Clases y Tipos de Agentes de Seguros

(Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas)

Requisitos para ser Agente de Seguros Personas Físicas

Ser mayor de edad.

En caso de ser extranjero deberá contar con la documentación que compruebe la calidad migratoria que le permite actuar en el país como agente.

No tener alguno de los impedimentos a que se refiere el Reglamento (artículo 13).

Haber concluido estudios de preparatoria o equivalente.

Acreditar ante la Comisión que se cuenta con la capacidad técnica para ejercer las actividades de intermediación a que se refiere el Reglamento correspondiente.

Tener íntegramente pagado el capital mínimo que fije la Comisión.

La escritura constitutiva y cualquier modificación a la misma, deberán estar aprobadas por la Comisión e inscritas en el Registro Público de Comercio.

Estar constituidos como sociedades anónimas y su denominación deberá estar seguida de “Agente de Seguros”.

Deberán contar con apoderados que tengan autorización en las operaciones y ramos autorizados para la persona moral

Para los agentes de seguros vinculados a una institución aseguradora por una relación de trabajo, la autorización correspondiente deberá ser solicitada por conducto de las propias aseguradoras.

Requisitos para ser Agente Persona Moral

46 Módulo 1: Aspectos Generales

Expedición de CédulasCédula de Identificación

La autorización para actuar como agente persona física o apoderado, se hará constar en una cédula que contendrá:

• Nombre.• La indicación, si actúan por cuenta propia o mediante una relación de trabajo con una institución (en el

caso de los apoderados, la denominación de la persona moral que representan).• Las operaciones, ramos y subramos que se les autorice a intermediar.• Fecha de expedición.• Fotografía.• Término de la vigencia.• Datos que determine la Comisión.

En ningún caso se otorgará autorización a un mismo agente o apoderado para intermediar seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social con más de una aseguradora.

En caso de extravío o robo de la cédula, los agentes personas físicas y los apoderados estarán obligados a su costa, a solicitar a la Comisión la expedición de un duplicado, dentro de un plazo no mayor a 30 días naturales de ocurrido el hecho.

Tipos de Autorización

• Provisional.• Definitiva – Tendrá una vigencia de 3 años y la CNSF podrá refrendarla por periodos iguales. El trámite

de refrendo de la autorización deberá ser realizado antes del vencimiento de la misma dentro de los últimos 60 días naturales de su vigencia.

Tratándose de agentes personas morales, la vigencia de la autorización podrá ser indefinida. En el supuesto de que ésta se otorgue por tiempo definido, podrá ser refrendada por períodos iguales.

La autorización para actuar como agente persona moral, se hará constar en un oficio que contendrá su denominación o razón social, la fecha de su expedición y el término de su vigencia, así como las operaciones, ramos y subramos que se les autorice a intermediar. En las autorizaciones para intermediar seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, en la cédula se deberá incluir el nombre de la aseguradora para la cual prestan sus servicios los agentes persona física o apoderados, ya que se podrá intermediar para una sola institución de seguros.

En caso de extravío o robo de la cédula, los agentes personas físicas y los apoderados estarán obligados a solicitar a la Comisión la expedición de un duplicado, dentro de un plazo no mayor de 30 días naturales de ocurrido el hecho previo pago.

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Procedimiento de la AutorizaciónAutorización Provisional

La empresa aseguradora que la solicite deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Expedirla en una sola ocasión.

Integrar un expediente para cada uno de los prospectos.

Acreditar que el prospecto:• Cuenta con escolaridad mínima a nivel preparatoria o equivalente.• Recibió la capacitación teórica de carácter propedéutico de cuando menos 40 horas por

parte de las instituciones de seguros, escuelas o centros de capacitación especializados. La vigencia máxima de este certificado es de 30 días hábiles.

Solicitarla en un plazo no mayor de 3 meses a partir de la fecha de contratación.

Esta acreditación permitirá la intermediación en una compañía o para varias instituciones cuando tengan relación patrimonial (que tengan los mismos accionistas) durante 18 meses.

48 Módulo 1: Aspectos Generales

Autorización Definitiva

Se expedirá una cédula con una vigencia de 3 años.Las autorizaciones definitivas se expedirán por categorías que facultarán a los agentes para intermediar en operaciones o ramos específicos como sigue:

Autorización Puede vender Exámenes

Categoría A:Riesgos Personales y FamiliaresSe puede solo A1 (personas) o A2 (Daños)

• Vida Individual• GMM Individual• Accidentes Personales (AP)

Individual• Salud• Automóviles• Póliza Familiar Múltiple• Embarcaciones Menores de Placer

• Aspectos generales• Riesgos individuales del seguro de

personas• Riesgos individuales del seguro de

daños

Categoría B:Riesgos Empresariales de los Seguros de Personas o DañosSe puede solo B1 (personas) o B2 (daños)

• Vida Grupo y Colectivo• Accidentes Personales (AP) Grupo y

Colectivo• GMM Grupo y Colectivo• Incendio• Transporte de Mercancías• Diversos• Responsabilidad Civil• Ramos Técnicos

• Aspectos generales• Riesgos individuales del seguro de

personas• Riesgos individuales del seguro de

daños• Riesgos Empresariales del Seguro

de Personas• Riesgos Empresariales del Seguro

de Daños

Categoría C:Riesgos Especiales

• Grandes Riesgos de Incendio• Marítimo• Aviones• Reaseguro

• Aspectos generales• Riesgos individuales del seguro de

personas• Riesgos individuales del seguro de

daños• Riesgos Empresariales del Seguro

de Personas• Riesgos Empresariales del Seguro

de Daños• Riesgos Especiales

Categoría D:Agrícola y Animales

• Seguro Agrícola• Seguro de Animales• Seguro de Vida Campesino

• Aspectos Generales• Riesgos de Animales• Riesgos Agrícolas

Categoría E: • Seguro de Crédito • Aspectos Generales• Seguro de Crédito

Categoría G: • Según el Producto • Aspectos Generales• Según el Producto

Categoría H:Pensiones Derivadas de las Leyes de Seguridad Social

• Pensiones• Aspectos Generales• Pensiones

Estos exámenes por categoría estarán formados por diferentes pruebas, las cuales tendrán una calificación individual. En la acreditación de cada examen se podrá alcanzar cualquiera de los siguientes niveles…

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Una fotografía reciente tamaño infantil.

Copia certificada de acta de nacimiento.

Copia fotostática del certificado de estudio con nivel mínimo de preparatoria o equivalente.

Copias fotostática de la cédula de identificación fiscal.

Copia del comprobante de domicilio.

En su defecto original y copia para su cotejo de la cartilla del servicio militar nacional o del pasaporte vigente.

En su defecto, historias académicas de instituciones incorporadas al sistema educativo nacional o cédulas profesionales, así como su original para efectos de cotejo o en su caso, copia certificada ante fedatario público.

En su defecto, del alta ante SHCP, del formato de aviso de modificación de salarios del trabajador emitido por el IMSS, de la Clave Única de Registro de Población (CURP) o del comprobante de aportación del sistema de ahorro para el retiro.

Que podrá ser boleta de pago de impuesto predial, recibo de pago de renta, agua, teléfono, luz, gas o estados de cuenta emitidos por la institución bancaria o financiera.

Hacer el pago de derechos correspondientes.

Comprobante de haber efectuado el pago de derechos correspondiente.Copia del contrato mercantil.

En el caso de categorías “G” y “H” copia del contrato de la Comisión Mercantil celebrado con la institución correspondiente.

Tratándose de prospectos de agentes de origen extranjero, adicional a la documentación anteriormente señalada, deberán presentar original y copia de la FM.2 o carta de naturalización.

La calificación del examen será válida durante un plazo no mayor de 4 años, en caso de que no se tramite la cédula.

Para el cambio de cédula el agente tendrá que acreditar solo los módulos en que haya pasado con Nivel I.

Requisitos para la Autorización Definitiva

Entregar lo siguiente:

Nivel I

Nivel II

Se conseguirá obteniendo un porcentaje mínimo del 60% sin llegar al 80% de aciertos del total de reactivos. En este caso, el agente podrá refrendar y tendrá que volver a acreditar su examen en el siguiente refrendo.

Se conseguirá obteniendo un porcentaje mínimo del 80% de aciertos del total de reactivos. En este caso, se acreditará la capacidad técnica de manera definitiva en los exámenes correspondientes (no será necesario volver a presentar el examen) siempre y cuando se continúe refrendando oportunamente.

50 Módulo 1: Aspectos Generales

Refrendos

Serán cada 3 años, y se otorgarán siempre que se cumpla con los requisitos de acreditación técnica y presentarse dentro de los 60 días naturales antes del vencimiento de la autorización.

¿Quién NO puede ser Agente de Seguros?

Quien no reúna los requisitos que señala este Reglamento. Si el agente ha sido condenado por un delito patrimonial. Los servidores públicos de la Federación, del Gobierno del Distrito Federal, de los Estados o Municipios,

salvo que realicen una labor exclusivamente académica. Con excepción de los servidores públicos de instituciones nacionales de seguros o de fianzas que

realicen actividades de agentes de seguros o de fianzas, como personas físicas sujetos a una relación de trabajo con dichas instituciones.

Los funcionarios y empleados de instituciones de crédito, instituciones y sociedades mutualistas de seguros, instituciones de fianzas, casa de bolsa, especialistas bursátiles, organizaciones auxiliares del crédito, sociedades de inversión, sociedades operadoras de sociedades de inversión, casas de cambio, comisionistas financieros, administradoras del fondo para el retiro, sociedades de inversión especializadas en fondo para el retiro.

Los representantes legales de instituciones, reafianzadoras o reaseguradoras; intermediarios de reaseguro o de reafianzamiento, sean nacionales o extranjeros.

Los ajustadores de seguros, comisarios de averías y quienes actúen en su representación. Los que hayan sido sancionados con la revocación para ejercer las actividades de intermediación. Las personas que estén vetadas, hayan sido removidas o sancionadas con revocación o cancelada su

autorización. Quien pueda influir o ejercer coacción para la contratación de seguros o de fianza.

Póliza de Responsabilidad Civil por Errores y Omisiones

En razón de las actividades de intermediación que realicen los agentes persona física o moral deberán contratar y mantener vigente un seguro de Responsabilidad Civil por errores y omisiones, el cual garantiza el cumplimiento de las responsabilidades en que puedan incurrir frente a sus clientes.

Este seguro se contratará por los montos, términos y bajo las condiciones que la CNSF establezca, y los agentes deberán de acreditar ante la Comisión la contratación o la renovación en su caso, de la póliza de seguro, dentro de un plazo no mayor a 10 días hábiles de vencimiento de la póliza. La Comisión considerará el total de las primas que los agentes generen o puedan generar con su intermediación, el monto de las sumas aseguradas o garantizadas y en su caso, el capital pagado con que cuenten.

La Comisión podrá eximir del cumplimiento de esta obligación a los agentes que intermedien exclusivamente operaciones, ramos y subramos, que por su naturaleza o características considere que no requiere de esta protección.

Acreditar su capacidad técnica.De igual manera, deberán acreditar su capacidad técnica ante esta Comisión en los términos de la circular S-1.8 y las demás disposiciones aplicables.

Recibida la solicitud de autorización definitiva, a través de la forma FAS II, prevista en la circular S-1.2 debidamente llena y firmada, la CNSF emitirá la cédula de autorización en un plazo no mayor de 3 meses contando a partir de la recepción de dicha solicitud. Transcurrido el plazo, se entenderá la resolución en sentido positivo.La aprobación de la capacidad técnica para obtener la acreditación y/o refrendo se deberá sustentar con un examen ante la CNSF conforme a lo siguiente.

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• La información que debe proporcionar tanto el asegurado como la aseguradora para una adecuada valoración del riesgo.

• La forma en que se debe llevar a cabo el cobro de las primas.

• El pago de las comisiones.

• Su cambio de ubicación.

• La cesión de derechos sobre la cartera.

Actividades del Agente de Seguros

Los derechos y obligaciones que el agente de seguros tiene con respecto a la venta de un seguro se pueden resumir en de la siguiente forma:

Información al asegurado: los agentes y apoderados de seguros deberán informar a sus prospectos por escrito por lo menos los siguientes datos:

Datos generales del Agente.- Nombre completo, tipo de autorización, número y vigencia de su cédula, el domicilio donde realiza sus actividades.

En el caso de los apoderados de seguros, la denominación de la persona moral que representan.

El alcance real de la cobertura y forma de conservarla o darla por terminada, de manera amplia y detallada.

Que carece de facultades de representación de la aseguradora para aceptar riesgos y suscribir o modificar pólizas, salvo que se trate de agente mandatario.

El alcance de la cobranza, ya que solo podrá cobrar primas contra el recibo oficial expedido por la aseguradora y que las primas así cobradas se entenderán recibidas por ésta.

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Información a la aseguradora

Que al llenar el cuestionario (solicitud) que le requiera la aseguradora, señale todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones que se convengan.

Los agentes y apoderados de seguros, proporcionarán a las aseguradoras la información auténtica que sea de su conocimiento, relativa al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que las mismas puedan formar un juicio sobre sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.

Los agentes y apoderados de seguros, en el ejercicio de las actividades de intermediación deberán apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, planes de seguros y demás circunstancias técnicas utilizadas por las aseguradoras en los contratos de seguros.

Información sobre el Riesgo

52 Módulo 1: Aspectos Generales

Cobro de Primas

Los agentes solo podrán cobrar primas contra la entrega del recibo oficial expedido y se entenderán recibidas directamente por las aseguradoras.

Los cheques que reciban los agentes deberán ser nominativos y a favor de las aseguradoras que asuman el riesgo o la responsabilidad, salvo que las instituciones autoricen a los agentes a recibir los cheques a su propio nombre. Esta autorización deberá constar expresamente y por escrito en un contrato de mandato que para ese fin expreso otorguen las instituciones a los agentes. En los casos en que los contratantes o los asegurados, beneficiarios o terceros interesados no paguen las primas y demás prestaciones que hubieren asumido, los agentes están obligados a devolver a las aseguradoras los recibos, pólizas y en general todos los documentos que obren en su poder correspondientes a los seguros contratados con su intermediación, a más tardar el tercer día hábil siguiente al que hubiere vencido.

Las instituciones de seguros podrán aplicar total o parcialmente las comisiones de los agentes en beneficios del asegurado o contratante cuando se especifique en la póliza.

La Comisión podrá autorizar a las instituciones la designación de agentes mandatarios, con facultades expresas para expedir pólizas, modificarlas mediante endosos, recibir avisos y reclamaciones, cobrar primas y expedir recibos, así como en el caso de las aseguradoras realiza la comprobación de siniestros.

Pago de Comisiones

Las aseguradoras cubrirán a los agentes las comisiones a que tengan derecho durante el tiempo en que estén en vigor las pólizas contratadas con su intermediación, sobre las primas que efectivamente hayan ingresado, aun después de extinguida la relación.

Las comisiones que provengan de la renovación o modificación de una póliza respecto de un mismo riesgo o responsabilidad asumida, corresponderán a los agentes que hayan colocado la póliza inmediata salvo que:

Abandonen el negocio. Que su contrato de intermediación se haya rescindido sin responsabilidad de las instituciones. Hubiere fallecido. El contratante exprese por escrito a la aseguradora que ya no desea la intermediación de ese agente o

revoque su designación nombrando uno distinto.

En caso de fallecimiento del agente persona física, el derecho al cobro de las comisiones pasará a sus legítimos causahabientes.

Cesión de Derechos

Los agentes que operen con base en contratos mercantiles, así como sus causahabientes, podrán transmitir a otros agentes los derechos que les correspondan derivados de su cartera de pólizas, con conocimiento de las instituciones.

Las instituciones tendrán preferencia sobre la cartera del agente. El derecho de preferencia deberá ejercerse en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación que a las propias instituciones les hagan los agentes o sus causahabientes.

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Cancelación de la Autorización para Ejercer la Actividad de Agente

Existen diferentes factores por los cuales la CNSF cancelará la autorización de los agentes de seguros, y son:

Revocación de la autorización.

Muerte.

Renuncia a ejercer la actividad aseguradora.

Terminación de la relación laboral (agentes empleados).

Ser declarado en estado de interdicción (incapacidad legal).

Disolución y liquidación, concurso mercantil o quiebra de los agentes personas morales.

Fusión, en cuyo supuesto se cancelará la de la fusionada.

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Sanciones e InfraccionesEl seguro se reglamenta por varias razones que lo distinguen de otras industrias, su complejidad, su importancia para la seguridad económica de muchas personas y la naturaleza pública de muchas de sus actividades y la necesidad de cierto control sobre sus políticas de comercialización.

Debido a ello, la normatividad determina las sanciones a las personas que comentan alguna infracción sobre lo que la Ley establece que debe ser la actividad.

Las Sanciones

La normatividad del seguro nos indica las sanciones de tipo administrativo que por incumplimiento de las leyes de Seguros y Fianzas y el Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas, se hace acreedor un agente de seguros.

Amonestación Multa en salarios mínimos del D.F. Suspensión Inhabilitación Revocación

Las sanciones serán impuestas administrativamente por la CNSF. Para ello, la citada Comisión siempre deberá oír previamente al interesado en un plazo de 10 días, el cual podrá prorrogarse una vez, para que muestre las pruebas que considere conveniente, y tomará en cuenta las condiciones económicas e intención del infractor, la importancia de la infracción y sus antecedentes en relación con el cumplimiento de la Ley o Reglamento.

En el caso de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, la condición económica se medirá en función del capital contable o del fondo social al término del ejercicio a la imposición de la infracción.

Una vez evaluados los argumentos presentados por el interesado y valoradas las pruebas aportadas por éste, o en su caso, una vez valoradas las constancias que integran el expediente administrativo correspondiente, la Comisión podrá imponer la multa o sanción que corresponda.

Las sanciones que recibe un agente de seguros no se aplican en forma sucesiva, cuando comete una infracción se aplican en forma independiente, considerando la importancia de la infracción y las condiciones del infractor.

54 Módulo 1: Aspectos Generales

Amonestación

Se sancionará con amonestación escrita a los agentes personas físicas o apoderados que incumplan con lo establecido en las fracciones I y III del Artículo 5° y las fracciones I y II del Artículo 7° de este Reglamento.

La imposición de 3 amonestaciones escritas en un periodo de 360 días naturales, tendrá como consecuencia la suspensión de los agentes personas físicas o apoderados de 30 días naturales para desempeñar actividades de intermediación.

Multas

Se establecen con base en el salario mínimo general vigente en el D.F.

Las multas impuestas deberán ser pagadas dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Cuando el infractor promueva cualquier medio de defensa legal en contra de la multa, en caso de que ésta resulte confirmada, total o parcialmente, su importe deberá ser cubierto de inmediato una vez que se notifique al infractor la resolución correspondiente.

La reincidencia se podrá castigar con multa hasta por el doble de la máxima prevista para la infracción de que se trate.

Declare falsamente en su solicitud para obtener la autorización.

Requiera del solicitante cualquier prestación no legal.

Omita informar al cliente todos los datos sobre su seguro y los suyos como agente.

Actúe en perjuicio del solicitante.

Proporcione datos y/o documentos falsos sobre la persona solicitante del seguro.

Se pedirá la suspensión o modificación de la propaganda o publicidad que no se sujete a las disposiciones de carácter general.

Suspensión de 30 a 60 días naturales por no informar por escrito a quien pretenda comprar su seguro de:

• Nombre completo, tipo de cédula, vigencia de la cédula y domicilio.• La imposibilidad que tiene para aceptar riesgos.

Suspensión de 30 días naturales o 2 años máximo por no informar por escrito al proponente sobre el alcance real de la cobertura que le ofrece.

Suspensión

Se suspenderá al agente cuando…

Inhabilitación

Los agentes y apoderados de seguros que cometan alguna de las infracciones previstas en la fracción II del Artículo 139 bis de la LGISMS no serán menor de 2 ni mayor a 5 días.

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Revocación o Cancelación

Serán revocados o cancelados definitivamente:

Personas Físicas

Personas Morales

La Comisión, previa audiencia de los agentes personas físicas o de los apoderados, tomando en cuenta los elementos aportados por las instituciones y las demás personas afectadas, revocará la autorización otorgada a los agentes personas físicas o apoderados para desempeñar actividades de intermediación.

La revocación surtirá efecto respecto a todas las autorizaciones otorgadas al infractor, para ejercer actividades de intermediación.

Declarada la revocación, la persona sancionada deberá entregar la cédula a la Comisión, la cual procederá a su cancelación, además de que no podrá continuar realizando actividades de intermediación.

Declarada la revocación, la persona moral no podrá continuar realizando actividades de intermediación, además de que dicha revocación se publicará en el Diario Oficial de la Federación y se ordenará su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Procedimiento para Sancionar

Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas

ARTÍCULO 5o.- Los agentes y apoderados de seguros deberán informar a quien pretenda contratar un seguro por lo menos de lo siguiente:

I.- Su nombre completo, tipo de autorización, número y vigencia de su cédula, así como el domicilio donde realiza sus actividades y, en el caso de los apoderados de seguros, la denominación de la persona moral que representen;

II.- Del alcance real de la cobertura y forma de conservarla o darla por terminada, de manera amplia y detallada;

III.-Que carece de facultades de representación de la Aseguradora, para aceptar riesgos y suscribir o modificar pólizas, salvo que se trate de agente mandatario;

IV.- Que sólo podrá cobrar primas contra el recibo oficial expedido por la Aseguradora y que las primas así cobradas se entenderán recibidas por ésta, y

V.- Que al llenar el cuestionario que le requiera la Aseguradora, señale todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones que se convengan.

Queja presentada por persona afectada

Presentada la queja con pruebas documentales y elementos probatorios

CNSF analiza todos los elementos de juicio

Desahogo de pruebas y análisis de expediente

Se notifica al agente o apoderado

mediante oficio de la CNSF

Respuesta del acusado

Ley de Protección y Defensa del Usuario de Servicios Financieros

Introducción

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) es un Organismo Público Descentralizado, cuyo objetivo es promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utilizan o

contratan un producto o servicio financiero, ofrecido por las instituciones financieras que operen dentro del territorio nacional, así como también crear y fomentar entre los usuarios, una cultura adecuada respecto de las operaciones y servicios financieros. La CONDUSEF es la comisión que tiene entre sus finalidades arbitrar las diferencias de manera imparcial y promover la equidad en las relaciones entre los asegurados y aseguradoras.

Todo aquel usuario (la persona que contrata, utiliza o que por cualquier otra causa tiene un derecho respecto de un producto o servicio ofrecido por alguna institución financiera) puede solicitar la asesoría de la CONDUSEF.

Objetivo La Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, es la que regula la organización, procedimientos y funcionamiento de la entidad pública encargada de velar por los derechos de los asegurados.

Facultades de la CONDUSEF

La CONDUSEF cuenta con plena autonomía para dictar sus resoluciones y laudos. Su procedimiento arbitral tiene dos modalidades: queja y conciliatoria y con autoridad para imponer las sanciones previstas.

Respecto a los Usuarios de Servicios Financieros

• Atender y resolver las consultas y reclamaciones que le presenten los usuarios.

• Prestar el servicio de orientación jurídica y asesoría legal a los usuarios, en las controversias entre éstos y las instituciones financieras, así como respecto de prestatarios que no corresponden al sistema financiero, siempre y cuando se trate de conductas tipificadas como usura y se haya presentado denuncia penal.

• Proporcionar los elementos necesarios para procurar una relación más segura y equitativa entre éstos y las instituciones financieras.

• Elaborar y publicar estudios de derecho comparado, relacionados con las materias de su competencia.

• Proporcionar la información relacionada con los servicios y productos que ofrecen las instituciones financieras y elaborar programas de difusión con los diversos beneficios que se les otorguen.

• Analizar y autorizar la información dirigida a los usuarios sobre los servicios y productos financieros que ofrezcan las instituciones financieras, cuidando en todo momento que la publicidad que éstas utilicen sea dirigida en forma clara para evitar que la misma pueda dar origen a error o inexactitud.

• Informar al público sobre la situación de los servicios que prestan las instituciones financieras y sus niveles de atención, así como de aquellas instituciones financieras que presenten los niveles más altos de reclamaciones por parte de los usuarios.

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Respecto al Gobierno Federal y Local, y las Instituciones Financieras

• Coadyuvar con otras autoridades en materia financiera para lograr una relación equitativa entre las instituciones financieras y los usuarios, así como un sano desarrollo del Sistema Financiero Mexicano.

• Emitir recomendaciones a las autoridades federales y locales para coadyuvar al cumplimiento de la ley.

• Emitir recomendaciones a las instituciones para el sano desarrollo del Sistema Financiero Mexicano.

• Formular recomendaciones al Ejecutivo Federal, para la elaboración de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos en las materias de su competencia.

• Celebrar convenios con organismos y participar en foros nacionales e internacionales.

• Concretar y celebrar convenios con las instituciones financieras.

• Orientar y asesorar a las instituciones financieras sobre las necesidades de los usuarios.

• Revisar y proponer a las instituciones financieras, por conducto de las autoridades competentes, modificaciones a los contratos de adhesión utilizados por éstas para la prestación de sus servicios.

• Imponer las sanciones establecidas en la ley.

Conciliación y Arbitraje

• Llevar a cabo el procedimiento conciliatorio, ya sea en forma individual o colectiva, entre los usuarios y las instituciones financieras.

• Actuar como árbitro en los conflictos originados por operaciones o servicios que hayan contratado los usuarios con las instituciones financieras.

Procedimiento de Conciliación

La CONDUSEF está facultada para actuar como conciliador entre las instituciones financieras y los usuarios, con el objeto de proteger los intereses de estos últimos.

Presentación de la Reclamación

Las reclamaciones podrán presentarse ya sea en persona, en forma escrita o por cualquier otro medio idóneo, y deberán presentarse dentro del término máximo de dos años contados a partir de que se suscite el hecho que les dio origen, cumpliendo con los siguientes requisitos:

• Nombre y domicilio del reclamante.• Nombre y domicilio del representante legal y el documento que lo acredite.• Descripción del servicio que se reclama, y relación de los hechos que motivan la reclamación.• Nombre de la institución financiera contra la que se formula la reclamación. La CONDUSEF podrá

solicitar a la SHCP y a la CNSF (en un plazo no mayor de 10 días hábiles a la fecha de solicitud) los datos necesarios para proceder a la identificación de la institución financiera, cuando la información proporcionada por el usuario sea insuficiente.

• Documentación que ampare la contratación del servicio que origina la reclamación.

Aviso a la Institución Financiera

La CONDUSEF avisará a la institución financiera acerca de la reclamación presentada en su contra, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la misma, anexando todos los elementos que el usuario hubiera aportado y señalando en el mismo la fecha para la celebración de la audiencia de conciliación, en caso

58 Módulo 1: Aspectos Generales

de no asistir el representante haría acreedor a una sanción.

Procedimiento de Conciliación Conciliación de las Partes

La CONDUSEF deberá agotar primero todos los intentos de conciliación de las partes, por lo que se deberá agotar el procedimiento conciliatorio, conforme a lo siguiente:

Audiencia de conciliación: se citará a las partes a una audiencia que se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que se reciba la reclamación.

Presentación de un informe por parte de la institución financiera: por conducto de un representante, la aseguradora deberá rendir un informe por escrito que se presentará con anterioridad o hasta el momento de la celebración de la audiencia de conciliación, en donde responderá detalladamente a todos y cada uno de los hechos a que se refiere la reclamación. En caso contrario, dicho informe se tendrá por no presentado.

La falta de presentación del informe, no podrá ser causa para suspender o diferir la audiencia, que deberá celebrase el día señalado (salvo que por cualquier circunstancia, a juicio de la CONDUSEF no pueda celebrarse en la fecha indicada, caso en el cual se deberá verificar dentro de los cinco días hábiles siguientes) y se considerará cierto lo manifestado por el usuario.

Solicitud de la información adicional: Cuando la CONDUSEF o el usuario lo considere conveniente, podrá solicitar información adicional, en la Audiencia de Conciliación correspondiente o dentro de los diez días hábiles anteriores a la celebración de la misma, y diferirá la audiencia requiriendo a la institución financiera para que en la nueva fecha presente el informe adicional.

Conciliación de Intereses: en la audiencia respectiva se exhortará a las partes a conciliar sus intereses y si esto no fuera posible, la CONDUSEF las invitará a que de común acuerdo, designen como árbitro para resolver su controversia a alguno o algunos de los árbitros que ésta les proponga, quedando a elección de las mismas que el juicio arbitral sea en amigable composición o de estricto derecho.

Si el usuario o reclamante no acude a la junta de avenencia señalada por la CONDUSEF dentro del procedimiento conciliatorio, sin causa justificada, se dará por desistida su reclamación.

Procedimiento de Arbitraje Procedimiento de Arbitraje

En los juicios arbitrales en amigable composición o de estricto derecho, las partes de común acuerdo, podrán adherirse a las reglas de procedimiento establecidas por la CONDUSEF, total o parcialmente, las cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Nombramiento del Árbitro

Un árbitro de la CONDUSEF deberá reunir los siguientes requisitos.

• Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos.• Tener título y cédula profesional de Licenciado en Derecho o su equivalente.• Contar por lo menos con 3 años de práctica legal en asuntos financieros.• Haber residido en el país durante el año inmediato anterior a su designación.• Gozar de reconocida competencia y honorabilidad.• No ser accionista, consejero, comisario o ejercer cualquier tipo de empleo en alguna institución

financiera.

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Los árbitros que deban excusarse y no lo hagan, podrán ser recusados por la parte afectada, sin juicio de la responsabilidad en que incurran por los daños causados.

En caso de que la CONDUSEF no sea designada como árbitro de una reclamación de un usuario contra una institución financiera, el usuario podrá acudir a los tribunales competentes.

Asignación de Plazos y Bases

El procedimiento arbitral se sujetará como mínimo a los plazos y bases siguientes:

Presentación de la demanda: no podrá exceder de nueve días hábiles, si las partes no están de acuerdo entre ellas, dentro de los 6 días hábiles siguientes a la celebración del convenio, debiendo acompañar al escrito la documentación en que se funde la acción y las pruebas que puedan servir a su favor en el juicio o en su caso ofrecerlas.

Respuesta a la demanda: la contestación a la demanda deberá presentarse dentro del plazo que voluntariamente hayan acordado las partes, pero no podrá exceder de 9 días hábiles, a falta de acuerdo entre ellas, dentro de los 6 días hábiles siguientes a la notificación de la misma, debiendo el demandado acompañar a dicho escrito la documentación en que se funden las excepciones y defensas correspondientes, así como las pruebas que puedan servir a su favor en el juicio o en su caso ofrecerlas.

Período de Prueba: se abrirá el juicio a un período de prueba de 15 días hábiles, de los cuales los cinco primeros serán para ofrecer aquellas pruebas que tiendan a desvirtuar las ofrecidas por el demandado y los diez restantes para el desahogo de todas las pruebas. Cuando a juicio del árbitro y atendiendo a la naturaleza de las pruebas resulte insuficiente el mencionado plazo, éste podrá ser ampliado por una sola vez. Se tendrán además como pruebas todas las constancias que integren el expediente, aunque no hayan sido ofrecidas por las partes.

Los exhortos y oficios se entregarán a la parte que haya ofrecido la prueba correspondiente, para que los haga llegar a su destino. En este caso, cuando a juicio del árbitro no se desahoguen las pruebas por causas imputables al oferente, se le tendrá por desistido del derecho que se pretende ejercer.

Alegatos: se otorgarán 8 días comunes.

Los términos serán improrrogables, se computarán en días hábiles y en todo caso, empezarán a contarse a partir del día siguiente a aquél en que surtan efectos las notificaciones respectivas.

El plazo que tiene el árbitro o tribunal de arbitraje para emitir un laudo, una vez que se ha cerrado la etapa probatoria, es de 60 días.

El Laudo

Es la decisión dictada por árbitros de derecho o en amigable composición a quienes se ha sometido a arbitraje algún asunto. Dicha decisión tiene fuerza ejecutiva, de cosa juzgada, por lo que puede solicitarse su ejecución ante un juez.

La CONDUSEF considerará todos los elementos de juicio que estime necesarios para resolver el arbitraje, y podrá valerse de cualquier persona, y de cualquier objeto o documento, siempre y cuando dichos documentos no estén prohibidos por la ley y sean contrarias a la moral.Quien funja como árbitro, después de analizar y valorar las pruebas y alegatos aportados por las partes, emitirá un laudo que resolverá la controversia planteada por el usuario.

Los laudos dictados por los árbitros propuestos por la CONDUSEF que no hayan sido cumplidos en el plazo debido, deberán ser enviados por el árbitro a la CONDUSEF, a fin de que ésta proceda.

El laudo y las resoluciones, sólo admitirán como medio de defensa el juicio de amparo, dentro de las 72 horas

60 Módulo 1: Aspectos Generales

siguientes a su notificación, cuando a su juicio exista error de cálculo, de copia, tipográfico o de naturaleza similar.

Todas las demás resoluciones que admitan apelación o revocación, podrán impugnarse en el juicio arbitral mediante el recurso de revisión, que deberá resolverse por el árbitro designado en un plazo no mayor de 48 horas.

La Resolución

Corresponde a la CONDUSEF adoptar todas aquellas medidas necesarias para el cumplimiento de los laudos, para lo cual mandará, en su caso, que se pague a la persona en cuyo favor se hubiere emitido el laudo, o se le restituya el servicio financiero que demande.

En caso de que el laudo emitido por la CONDUSEF o por el árbitro propuesto por ésta, condene a la institución financiera a resarcir al usuario, la institución financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles contado a partir de la notificación para hacerlo. Si la institución financiera no cumple en el tiempo señalado, la CONDUSEF enviará el expediente al juez competente para su ejecución.

Las autoridades administrativas y los tribunales estarán obligados a auxiliar a la CONDUSEF, en la esfera de su respectiva competencia. Cuando la CONDUSEF solicite el auxilio de la fuerza pública, las autoridades competentes estarán obligadas, bajo su más estricta responsabilidad, a prestar el auxilio necesario con la amplitud y por todo el tiempo que se requiera.

La CONDUSEF, medidas de apremio

La CONDUSEF, podrá emplear las siguientes medidas de apremio:

• Multas.• El auxilio de la fuerza pública.• Tratándose de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como de Instituciones de Fianzas,

en caso de no ejecución del laudo, se ordenará el remate de valores invertidos conforme a las leyes respectivas.

Defensa a los Usuarios

La defensa a los usuarios es totalmente gratuita y en la CONDUSEF cuenta con un cuerpo de defensores que prestarán los servicios de orientación jurídica y defensoría legal, únicamente a solicitud del usuario.

Para que una reclamación proceda ante la CONDUSEF se deberá presentar en un plazo máximo de veinticuatro meses (2 años) a partir de la irregularidad que le dio origen.

Obligación de los Defensores

Los defensores tienen las siguientes obligaciones:

• Desempeñar y prestar los servicios de orientación y jurídica y defensoría legal, en beneficio de los usuarios.

• Hacer uso de todos los medios a su alcance, de acuerdo con la legislación vigente, para lograr una exitosa defensa de los usuarios.

• Interponer todos los medios de defensa que la legislación vigente le permita en aras de la defensa de los usuarios.

61

El usuario entregaa la Comisión la

reclamación

Informa a la institución financiera de la

reclamación en su contra

La Comisión cita a las partes

La Institución presenta un informe de cada uno

de los hechos

Las partesaceptan que la Comisión sea

árbitro

La Comisión ordena a la Institución que registre la reserva para obligaciones

pendientes de cumplir

La Comisión emite laudo

• Ofrecer todas las pruebas que el usuario le haya proporcionado, así como aquellas que el propio defensor allegue, a fin de velar por los intereses de los usuarios.

• Llevar un registro y expediente de todos y cada uno de los casos que le sean asignados.

• Rendir mensualmente, dentro de los primeros cinco días hábiles, un informe de las labores efectuadas en el mes anterior en el que se consignen los aspectos más relevantes de cada caso bajo su responsabilidad, así como el estado que guardan los mismos.

• Llevar a cabo todas aquellas acciones que coadyuven a la mejor orientación jurídica y defensa legal de los usuarios.

• Los defensores, durante el tiempo que desempeñen dicho cargo, no podrán dedicarse al libre ejercicio de la profesión (salvo que se trate de actividades docentes).

• En caso de que un asunto represente un conflicto de intereses para el defensor asignado por la CONDUSEF, aquél deberá excusarse para hacerse cargo del mismo, y solicitar la asignación de otro defensor.

62

Conoce a tu Cliente (Prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo y otras normativas)

Los individuos y organizaciones involucradas en actividades criminales obtienen enormes ganancias y realizan operaciones cada vez más sofisticadas para ocultar su procedencia y disponer de ellas a través de su incorporación a la economía formal. Muchos países han adoptado medidas al crear diversas leyes que tienen como fin el prevenir, detectar, investigar y sancionar el lavado de dinero o el financiamiento al terrorismo.

Recordemos que la Integridad y reputación de Seguros Monterrey New York Life, sus Colaboradores y fuerza de ventas, se pueden ver seriamente

afectados en caso de no aplicar la ley en el ámbito de sus responsabilidades, independientemente que con ello pueden ser objeto de sanciones civiles o penales por incurrir en incumplimiento

Introducción

Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo¿Qué es Lavado de Dinero?

El Lavado de Dinero es el proceso utilizado para hacer que el dinero proveniente de actividades ilícitas se incorpore a la economía formal a través de:

• Convertir o transferir la propiedad de fondos o bienes a sabiendas de que derivan de delitos o actividades ilícitas.

• Ocultar el origen, naturaleza, localización, movimientos, titularidad o derechos sobre recursos o bienes, a sabiendas de que derivan de delitos o actividades ilícitas.

• Adquirir, poseer o usar la propiedad de bienes o recursos, sabiendo al momento de su recepción que derivan de delitos o actividades ilícitas.

¿Cómo se lava el dinero?

El proceso de lavado de dinero tiene lugar en tres etapas: Colocación, Ocultamiento e Integración.

Colocación. El lavador introduce fondos ilegales en el sistema financiero mediante depósitos en instituciones financieras. Esta etapa puede involucrar transacciones tales como dividir grandes sumas de dinero en efectivo en cantidades pequeñas y depositarlas en contratos de seguros.

Ocultamiento. Los recursos ilícitos son mezclados con recursos lícitos y se dispersan mediante una serie de transacciones financieras con la finalidad de ocultar el verdadero origen y propiedad de los recursos, así como el dificultar su detección o rastro documentado.

Esta fase puede incluir transacciones como:

• Transferencias de fondos entre diferentes pólizas de seguros.• Transferencias de fondos entre diferentes instituciones financieras.• Transferencias desde o hacia territorios con regímenes fiscales preferentes (conocidos como “Paraísos

Fiscales”) o países con poca o nula regulación en prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

• Retiro anticipado de fondos por montos relevantes.

63

Obtención de recursos de

actividades ilícitas

Colocación1ra. Etapa

Ocultamiento2da. Etapa

Integración3ra. Etapa

A través del proceso descrito en la presente lámina los recursos ilícitos regresan a la persona que los generó.

Inadvertidamente usted podría estar involucrado en lavado de dinero durante alguna de estas tres etapas.

Usted o su compañía pueden ser involucrados en un esquema de lavado de dinero mientras ayuda a sus clientes a depositar, transferir o utilizar su dinero en el pago de primas. Podría estar involucrado más comúnmente en operaciones donde el cliente transfiere su dinero de una póliza a otra o de una póliza a diversas cuentas.

Integración. Implica la introducción de los fondos del lavado de dinero de regreso en la economía formal para crear la percepción de legitimidad, ya que el lavador optará por invertirlos en bienes raíces, activos lujosos o proyectos comerciales.

¿Qué es Financiamiento al Terrorismo?

Es la acción voluntaria de proveer o recibir fondos por cualquier medio, directa o indirectamente con la intención o con el conocimiento de que los mismos serán utilizados, para realizar actos terroristas; ya sea por una organización terrorista o por terroristas individuales. El dinero de los terroristas en ocasiones tiene un origen legal, lo cual representa un problema importante en cuanto a la aplicación de medidas de prevención, sin embargo, los grupos terroristas, al igual que los criminales que lavan dinero, necesitan disfrazar la relación entre ellos y sus fuentes de financiamiento y para hacerlo en ocasiones usan métodos similares a la de los lavadores de dinero, por ejemplo: contrabando de dinero en efectivo, estructuración, compra de instrumentos monetarios, transferencias, uso de tarjeta de crédito y débito.

Cliente

Se entiende como cliente a las personas que tengan el carácter de:

a) Contratante o asegurado en un contrato o póliza de seguro y que está obligado a pagar una prima para que, al verificarse la eventualidad prevista en dichos documentos, la Aseguradora resarza el daño, pague una suma de dinero o preste los servicios que constituyen el contenido de la obligación a su cargo;

b) Fideicomitente en un contrato de fideicomiso;

c) Comitente en una comisión mercantil;

Esquema de las etapas del lavado de dinero

64 Módulo 1: Aspectos Generales

d) Mandante tratándose de un mandato, y

e) Obligada a pagar una contraprestación por los servicios que reciba de la Aseguradora, por virtud de un contrato distinto al seguro.

Beneficiario es la persona:

a) Designada por el asegurado para que, cuando se verifique la eventualidad prevista en el contrato de seguro, se le abone el dinero o se presten los servicios que constituyen el contenido de la obligación a cargo de la Aseguradora.

b) Que tenga el carácter de fideicomisario en un contrato de fideicomiso o en cualquier otro contrato que celebre, y

c) En cuyo favor se hagan estipulaciones en un contrato de mandato, comisión o en cualquier otro.

Propietario Real

Se entiende como “Propietario Real” a la persona que no siendo el asegurado o beneficiario por medio de otro o de cualquier acto o mecanismo, obtiene los beneficios derivados de una Operación y es quien, en última instancia, ejerce los derechos de uso, disfrute, aprovechamiento o disposición de los recursos, esto es, como el verdadero dueño de los recursos.

El término Propietario Real también comprende a las personas que ejerzan el Control sobre una persona moral, así como, en su caso, a las personas que puedan instruir o determinar, para beneficio económico propio, los actos susceptibles de realizarse a través de fideicomisos, mandatos o comisiones.

Proveedor de Recursos

Proveedor de Recursos es aquella persona que, sin ser el asegurado en una Operación con componente de inversión, aporta los recursos para dicho fin sin obtener los beneficios económicos derivados de esa Operación. Persona Políticamente Expuesta

Son aquellos que desempeñan o han desempeñado funciones públicas destacadas en territorio nacional o extranjero, considerando, entre otros:

• Jefes de estado o de gobierno.• Líderes políticos. • Funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía. • Altos ejecutivos de empresas estatales, o • Funcionarios o miembros importantes de partidos políticos.

Se asimilan a las Personas Políticamente Expuestas el cónyuge, la concubina, el concubinario y familiares consanguíneos hasta el segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos, hermanos) de los arriba descritos, así como las personas morales con las que la Persona Políticamente Expuesta mantenga vínculos patrimoniales.

Clientes del Régimen Simplificado

Se considerará Clientes de Régimen Simplificado, exclusivamente a las siguientes entidades.

1. Sociedades Controladoras de Grupos Financieros.2. Sociedades de Inversión.3. Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro.4. Sociedades Operadoras de Sociedades de Inversión.5. Sociedades Distribuidoras de Acciones de Sociedades de Inversión.

65

6. Instituciones de Crédito.7. Casas de Bolsa.8. Casas de Cambio.9. Administradoras de Fondos para el Retiro.10. Instituciones de Seguros.11. Sociedades Mutualistas de Seguros.12. Instituciones de Fianzas.13. Almacenes Generales de Depósito.14. Arrendadoras Financieras.15. Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.16. Sociedades Financieras Populares.17. Sociedades Financieras de Objeto Limitado.18. Sociedades Financieras de Objeto Múltiple.19. Uniones de Crédito.20. Empresas de Factoraje Financiero.21. Sociedades Emisoras de Valores.22. Entidades Financieras del Exterior.23. Dependencias y Entidades públicas federales, estatales y municipales.24. Bolsas de Valores.25. Empresas que administren mecanismos para facilitar las transacciones con valores.26. Contrapartes Centrales.27. Proveedores de Precios.28. Instituciones calificadoras de valores.

Podemos observar que en general, las instituciones financieras y entidades de gobierno son a quienes las disposiciones denominan como clientes del Régimen Simplificado. A estos clientes les aplica un proceso de identificación más sencillo descrito en la Política de Identificación de Clientes, la cual se encuentra tanto en la Intranet de la Institución como en el Portal de Asesores.

Sanciones

Cualquier incumplimiento a las Disposiciones será causa de medidas disciplinarias para los funcionarios y empleados, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que les sean aplicables por las autoridades.

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, podrá imponer multas hasta por el equivalente a 100 mil días de salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal. Los funcionarios involucrados en encubrimiento o ayuda al lavado de dinero pueden ser sujetos no solo a sanciones administrativas y monetarias, sino que sus acciones podrían ser consideradas constitutivas de algún delito.

66 Módulo 1: Aspectos Generales

Prueba de Conocimiento

¿Cuál de las siguientes acciones pueden resultar en multas o prisión?

a) Ayudar a clientes a lavar dinero.

b) Ignorar señales de alerta que indican que el cliente está lavando dinero.

c) No reportar transacciones sospechosas de lavado de dinero.

d) Todas las anteriores.

Responsabilidad de los Agentes de Seguros

Para efectos de la imposición de sanciones, se considerarán como incumplimiento, entre otros: información incompleta, ilegible o con errores.

“Las sanciones se impondrán también a los Agentes de Seguros que por sus actos u omisiones hayan ocasionado que las Aseguradoras incumplan con las obligaciones que tienen impuestas.”

De acuerdo a la nueva Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, “se sancionará con prisión o multas a quien proporcione de manera dolosa información, documentación, datos o imágenes que sean falsos, completamente ilegibles, modificados o alterados (Art. 62 de la LFPIORPI)”.

Puedes violar las leyes de lavado de dinero ayudando a un cliente a lavar dinero; ayudado a un cliente a evadir los controles o sistemas de monitoreo; ignorando señales de alerta de lavado de dinero y no reportando las sospechas a Compliance. Vender una póliza a un cliente que posteriormente lava dinero es ilegal solo si no cumples con los requisitos para la identificación y conocimiento de clientes.

ClienteEmpresas del Sistema Financiero Mexicano que son Clientes de SMNYL.

Organizaciones de caridad; Centros Cambiarios, Casinos, loterías y otros juegos de azar; Centros nocturnos, Agricultores y Ganaderos.

Contratantes y asegurados.

Es quien desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en territorio nacional o extranjero.

Designada por el asegurado para que se le abone el dinero o se presten los servicios que constituyen el contenido de la obligación a cargo de la Aseguradora.

Actividades o giros de Alto Riesgo

Políticamente expuesto

Beneficiario

Régimen Simplificado

Acomoda las descripciones en el cuadro de conceptos que le corresponda:

67

Marco Legal

La normatividad sobre la Prevención de Lavado de Dinero es obligatoria para todas las instituciones que integran el Sistema Financiero Mexicano, entre ellas incluidas las Instituciones de Seguros, funcionarios y empleados de las mismas y Asesores de seguros.

El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha establecido diversos ordenamientos legales para detectar, prevenir y sancionar estas actividades, tal es el caso de Las Disposiciones Generales a que se refiere al artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012 (las Disposiciones), el Código Penal Federal y la Ley Contra la Delincuencia Organizada.

Las Disposiciones Generales tienen como finalidad establecer los lineamientos generales para la detección y reporte de operaciones con recursos de procedencia ilícita, fortalecer los procesos de Identificación y Conocimiento del Cliente y modificar las estructuras de las Instituciones para hacer frente a la problemática actual.

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) es la entidad gubernamental que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y que tiene como función el recibir por conducto de la CNSF, los informes de Operaciones Relevantes, Inusuales y Preocupantes, que le remitan las Instituciones de Seguros, entre otras, procesarlos y turnarlos a las autoridades competentes para su investigación y combate al lavado de dinero. Las actividades realizadas por la UIF incluyen la recepción, análisis y divulgación de información y a veces, la investigación y acusación por las violaciones a las Disposiciones.

Políticas para la identificación del Cliente

Las leyes se enfocan en el conocimiento del cliente y del origen de sus recursos. En ocasiones puede resultar tentador omitir requisitos sobre la identificación del cliente para evitar retrasos en la consecución de un negocio o evitar malestar al cliente, sin embargo este enfoque le puede traer serios problemas legales, en especial si su cliente es sujeto a una investigación y las autoridades determinan que usted debió conocer datos relevantes de sus clientes que originaran sospechas o que fueran claras señales de alerta. Esto es llamado "ceguera voluntaria" y no lo exime de responsabilidades legales administrativas e incluso penales.

Las políticas para la identificación de clientes tienen por objeto conocer la identidad de nuestros clientes, documentando dicha identificación conforme marcan las Disposiciones legales.

Las Disposiciones requieren que la Institución obtenga ciertos datos y documentos en función a la naturaleza y monto de las transacciones que realizan los Clientes, así como restringir la emisión de contratos si no se han satisfecho dichos requisitos.

Por otra parte, las políticas buscan lograr un entendimiento del perfil del cliente, con la finalidad de detectar oportunamente las actividades, conductas o comportamiento que denoten inusualidad. El conocimiento del cliente requiere un análisis de congruencia entre su perfil y las transacciones que realiza. TOMA EN CUENTA QUE en ocasiones el perfil del cliente implica la solicitud de requisitos

adicionales, a fin de documentar con mayor detalle del origen de sus recursos. No cumplir con dichos requisitos implica el rechazo del negocio, así como cuando el resultado del análisis genera sospechas importantes sobre el origen de los recursos o no se comprueba el mismo.

A continuación se presentan generales de la política de identificación de clientes, sin embargo, deberás consultar la Política que se encuentra tanto en la Intranet de la Institución como en el Portal de Asesores para conocer más detalles. Si existen dudas al respecto se deberá contactar al especialista en la Política de Identificación de Clientes de la oficina que le corresponda (Especialistas CTC) a través de la cuenta de correo:

[email protected]

68 Módulo 1: Aspectos Generales

Trámites en los que se deberá obtener copia de los documentos de Identificación del Cliente

Seguros Individuales

Trámites de:a) Emisión.b) Rehabilitación de pólizas.c) Cambio de contratante o cesión de derechos.¹d) Cambio de domicilio del contratante o del asegurado titular.

Trámites de:a) Pago de indemnizaciones por fallecimiento.⁴b) Pago de vencimientos de plan dotal.³c) Pago de rescate de pólizas.³d) Pago de incapacidad.² ʸ ³

Notas aclaratorias de seguros individuales:

1. Se solicitarán datos y documentos tanto del nuevo contratante como del cedente.2. Se recabarán documentos de identificación únicamente durante el pago inicial de cada siniestro, evento

o padecimiento.3. Únicamente se identificará a quien reciba el pago, ya sea contratante, asegurado o beneficiario.4. Se identificará a los beneficiarios y asegurado.5. En caso de que la contratación se realice a través de un representante legal o apoderado, este último

deberá presentar su identificación oficial además de los documentos de identificación de la persona que representa.

6. No se solicitarán documentos a los asegurados menores de edad.7. Independientemente de las presentes reglas, el área de Operaciones tendrá la facultad de solicitar

una identificación oficial del cliente, en caso de no contar con elementos para cotejar su firma durante alguno de los siguientes trámites: retiros, pago de primas con fondos de otra póliza, generación de estados de cuenta y préstamos.

Productos de seguro Canales de venta

Figuras de quienes se requieren documentos

Prima anual a partir de:

Vida Individual y Gastos Médicos

MayoresAgentes de seguros Contratante y/o Asegurados 1 Dólar

Accidentes Personales y Vida Individual, excepto

seguros de vida flexibles

Agentes de seguros, Telemarketing y Descuento por Nómina

Contratante y/o Asegurados 2,500 Dólares

Productos de seguro Canales de venta

Figuras de quienes se requieren documentos

Importe de operación a

partir de:

Todos TodosAsegurados y/o

Beneficiarios1 Dólar

69

Trámite

Grupo y Colectivo

Con

trata

nte

Rep

rese

ntan

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egal

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Ben

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ario

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Emisión Inicial

Renovación ¹

Cambio de contratante (cesión de derechos)

Cambio de domicilio del Contratante

Cambio de RFC

Pago de indemnizaciones

Pago de Reembolsos GMM ²

Pago de Incapacidad ²

Seguros de Grupo y Colectivo

X XX X

X XX

X

X X

X

X

Notas aclaratorias para Grupo y Colectivo:

1. Durante las renovaciones de pólizas de Grupo o Colectivo, no se solicitará la actualización de documentos de identificación, siempre y cuando el cliente cuente con su expediente completo y renueve su póliza continuamente, por lo que en caso de dejar un periodo mayor a 6 meses sin cobertura se deberá identificar nuevamente al cliente.

Si durante la renovación de una póliza cambia alguno de los datos del cliente, se deberán solicitar los documentos que amparen dicho cambio.

2. Se recabarán documentos de identificación únicamente durante el reembolso inicial de cada siniestro o evento.

3. El área de Operaciones tendrá la facultad de solicitar documentos de identificación si detecta faltantes, diferencias o errores en los expedientes de identificación.

4. En caso de siniestros que impliquen el pago de rentas o pagos múltiples derivados de un mismo siniestro, sólo se solicitarán documentos al presentar el aviso inicial del siniestro.

70 Módulo 1: Aspectos Generales

Documentos de Identificación

Tipo de Persona Documentos

Persona Física Nacional

• Identificación Oficial.• Comprobante de Domicilio.• Cédula de Identificación Fiscal o CURP (Ver Nota A).• Comprobante de inscripción para la Firma Electrónica Avanzada, cuando cuente

con ella (Ver Nota A).

Persona Física Extranjera

• Identificación oficial (pasaporte o forma migratoria).• Comprobante de Domicilio en México.• Cédula de Identificación Fiscal (Ver Nota A).• Comprobante de inscripción para la Firma Electrónica Avanzada, cuando cuente

con ella (Ver Nota A).• Documento oficial que incluya el “Tax Identification Number” (TIN) o número

de seguridad social de los EEUU (SSN), por ejemplo la forma W9, W8 (Solo para ciudadanos americanos o sujetos a FATCA) (Ver Nota A).

Persona Moral Nacional

• Acta Constitutiva notariada y con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio.

• Comprobante de domicilio.• Cédula de Identificación Fiscal.• Comprobante de inscripción para la Firma Electrónica Avanzada, cuando cuente

con ella (Ver Nota A).• Poderes del Representante Legal (actos de administración general o dominio).• Identificación oficial del Representante Legal.

Persona Moral Extranjera

• Documento que compruebe su existencia legal (Apostillado).• Comprobante de Domicilio.• Poderes del Representante (Apostillado).• Identificación oficial del Representante Legal.

Régimen Simplificado• Poderes del Representante Legal (actos de administración general o dominio).• Identificación oficial del Representante Legal.

• La declaración firmada en la que conste que dicha persona actúa a nombre y por cuenta propia o por cuenta de un tercero formará parte de la solicitud de seguros.

• Los documentos de identificación deberán obtenerse en la fecha en que se presente la solicitud de seguro o en la fecha que se presente el trámite o la reclamación.

• En caso de siniestros que impliquen el pago de rentas o pagos múltiples derivados de un mismo siniestro, solo se solicitarán documentos al presentar el aviso inicial del siniestro. Si se presenta un siniestro posterior, distinto al original, se volverá a identificar al cliente. En caso de presentar documentos incompletos, no autorizados en esta Política, ilegibles o no vigentes, se generará un rechazo en ventanilla.

NOTA “A”: Cuando el cliente no cuente con estos datos o documentos, la INSTITUCIÓN no tendrá obligación de recabarlos.

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Documento Persona Física Vigencia del Documento

Credencial para Votar Mexicanos • Permanente, excepto terminación '03

Pasaporte Mexicanos y/o Extranjeros• Temporal • Ver vigencia: Carátula del Pasaporte

Cédula Profesional Mexicanos • Permanente

Cartilla Militar Mexicanos • Solo para menores de 23 años

Tarjeta única de identidad militar Mexicanos • Permanente

Tarjeta de afiliación al Instituto Nacional de las Personas Adultas

Mayores (INAPAM)Mexicanos • Permanente

Credenciales de identificación con fotografía expedidos por el

IMSS o el ISSSTEMexicanos • Ver vigencia en carátula

Licencia de conducir Mexicanos

• Temporal • Verificar vigencia de licencia (En algunos casos

es permanente)

Certificado de matrícula consular Mexicanos• Temporal (generalmente 5 años)• Ver vigencia en la credencial

Credenciales de Instituciones Públicas de Educación Media

Superior y Superior (Sólo se aceptará para identificar a asegurados de 18 años o

menores de edad)

Mexicanos• Temporal (3 a 5 años) • Ver vigencia en la credencial

Formas Migratorias Extranjeros

• Temporal (generalmente 1 año)• Ver vigencia en la carátula de la Forma

Migratoria o las hojas de refrendo de la misma

Credencial de Inmigrado Extranjeros • Vigencia Permanente

Identificaciones Oficiales

Se aceptarán como identificaciones las siguientes:

NOTA: Los documentos enlistados deberán estar vigentes a la fecha del trámite y no se aceptarán documentos ilegibles (que no se puede o casi no se puede leer), sin sellos de cotejo, alterados, engrapados o recortados.

72 Módulo 1: Aspectos Generales

Documento Vigencia o Antigüedad Máxima Aceptada¹

Comprobante de Telefonía [2] 3 meses, a partir de la fecha límite de pago que aparece en el recibo.

Comprobante de Suministro de Agua Potable

3 meses desde su emisión, sin importar cuantos periodos comprenda el recibo.

Comprobante de Impuesto Predial 12 meses desde su emisión. Recibo de pago anual.

Comprobante de Suministro de Gas Natural

3 meses, a partir de la fecha límite de pago que aparece en el recibo.

Estados de Cuenta Bancarios 3 meses, a partir de la fecha de corte.

Estados de Cuenta de Afores 3 meses, a partir de la fecha de corte.

Formato de alta en el Registro Federal de Contribuyentes o cambio de situación fiscal, en la que conste

el domicilio fiscal [3]

Vigencia Permanente.

Cédula de Identificación Fiscal completa y en la que conste el

domicilio fiscal.Vigencia Permanente.

Identificaciones oficiales con domicilio [4] La identificación deberá estar vigente a la fecha de su presentación para el trámite.

Comprobante de Energía Eléctrica [5] 3 meses, a partir de la fecha límite de pago que aparece en el recibo.

Comprobantes de Domicilio

[1] El comprobante de domicilio no deberá tener más de 3 meses desde su fecha de emisión o límite de pago al presentarse para su pago. En aquellos comprobantes que cuenten con más de una fecha, se considerará la más reciente para determinar su antigüedad.

[2] Se recibirán comprobantes de telefonía fija o móvil sujeta a plan de pago. En el caso de recibos de TV por Cable, únicamente se aceptarán cuando éstos claramente indiquen el pago de servicios de telefonía.

[3] Este documento únicamente se aceptará cuando incluya el sello de la Institución receptora o sello y cadena electrónica del SAT al efectuar el trámite por Internet.

[4] Únicamente se aceptará la identificación oficial para comprobar el domicilio del titular de la misma.[5] Se aceptará este comprobante siempre y cuando contenga el domicilio completo.

Notas: • No se aceptarán documentos sin sello de cotejo, alterados, engrapados o recortados.• No se aceptarán aquellos documentos en los que el domicilio pueda ser capturado de forma manual,

llenados en Internet o que muestren signos de alteraciones, por ejemplo: los formatos universales de la Tesorería o trámites del SAT sin la cadena y firma electrónica.

• Los comprobantes podrán estar a nombre de un tercero, distinto al solicitante, siempre y cuando el domicilio coincida al 100% por el declarado y el cliente indique por escrito que actualmente habita en dicho domicilio.

73

Tipo deOperación Principales Características Como o quién las detecta

RelevantesUna operación en efectivo de 10 mil dólares o más.

• Sistemas.

Inusuales

Entre otras:

La incongruencia entre el perfil del Cliente, sus antecedentes o las operaciones que realiza.

Indicios o sospechas de operaciones relacionadas con actividades ilícitas.

• Sistemas.• Funcionarios y empleado.• Asesores.

InternasPreocupantes

Actividad, conducta o comportamiento de uno o varios funcionarios, empleados o asesores, que van en contra de las disposiciones para la prevención de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

• Funcionarios y empleado.• Asesores.

Operaciones Relevantes, Inusuales, Internas Preocupantes

Las operaciones sospechosas son todas aquellas que la autoridad tipifica como Relevantes, Inusuales o Internas Preocupantes y que pueden ser elemento para identificar operaciones ilícitas. Las principales características de estas operaciones son:

Señales de Alerta

Es crucial que comprendas claramente los controles para prevenir el lavado de dinero así como los canales de comunicación establecidos por la Compañía y para reportar operaciones sospechosas, por ello, a continuación se incluyen diversos métodos utilizados para lavar dinero o acciones que deben ser reportadas como operaciones sospechosas.

Al identificar alguna o varias de las situaciones indicadas, deberás informar inmediatamente al Comité de Comunicación y Control ([email protected]). En ningún caso deberás hacer investigaciones por cuenta propia; alertar al sospechoso sobre el informe o informar del caso a personas distintas a los miembros del Comité.

En caso de dudas sobre las leyes, políticas o procedimientos relativos a la prevención de lavado de dinero o sobre alguna situación en particular, podrás utilizar el correo anterior o bien la cuenta [email protected]

Comportamiento sospechoso del cliente

1. Solicitantes que proporcionan datos de identificación que resultan inexistentes o falsos, por ejemplo: ► No localizar el domicilio manifestado por el cliente.► Varios clientes que no tienen relación aparente, manifiestan tener un mismo domicilio.► Falsificación de firmas o documentos de identificación.

2. Clientes que solicitan frecuentes modificaciones a sus datos de identificación, por ejemplo: ► Clientes que realiza más de 3 cambios de domicilio en un año, en una misma póliza.► Clientes que en un año modifican más de 3 veces a sus beneficiarios.

74 Módulo 1: Aspectos Generales

► Pólizas relacionadas en las que constantemente se efectúan cambios de contratante.

3. Clientes con comportamientos atípicos o extraños, por ejemplo:► Clientes que pretenden sobornar a un asesor o empleado con la finalidad de que acepte la

información incompleta, alterada y/o presuntamente falsa.► Clientes que preguntan sobre los controles de la Compañía para identificar Operaciones Inusuales

o Relevantes y la forma de evadirlos.

4. Existe sospecha o certeza de que el cliente podría estar involucrado en operaciones fraudulentas o delictivas. Por ejemplo: ► Noticias que lo relacionen con actividades ilícitas (por ejemplo: periodicazos, notas en Internet, etc.)► Enriquecimiento rápido y sin razón aparente (en 1 año o menos).► Posesión de armas.

5. Clientes que por su actividad profesional o económica, estén relacionados con actividades de riesgo, por ejemplo:► Personas políticamente expuestas.► Centros cambiarios.► Casinos o centros de apuestas.► Bares y Centros nocturnos.► Agencias Aduanales.► Agencias de Viaje.► Prestamistas.► Fideicomisos.► Apostadores.► Agricultores y ganaderos.► Policía, seguridad pública o militares.► Compra-venta de autos usados.► Importación y exportación de artículos.► Negocios inmobiliarios o de arrendamiento.

6. Casos frecuentes de cancelación anticipada de pólizas por montos altos (importes superiores a los $10,000 dólares de los Estados Unidos de América [dólares]), sin justificación aparente y sin importar las comisiones o sanciones aplicables.

7. Compra de seguros sin solicitar información de los mismos, ni de las condiciones, cuando la contratación del instrumento signifique recuperación de un porcentaje de la prima, por montos considerables (por ejemplo: importes superiores a los $10,000 dólares).

8. Solicitud de pólizas por montos considerables (por ejemplo: importes superiores a los $10,000 dólares), no congruentes con el nivel socioeconómico del cliente.

9. Comportamiento atípico o sospechoso en las operaciones que realiza el Cliente, por ejemplo:► Múltiples depósitos en efectivo para aportaciones adicionales o AVEs a corto plazo y constantes

retiros.► Personas sin actividad productiva aparente (amas de casa, estudiantes, jubilados, etc.) que realizan

transferencias o depositan grandes sumas de dinero (para estos casos se sugiere considerar importes superiores a los $10,000 dólares).

► Traspasos entre pólizas en las que no exista relación aparente entre los contratantes, asegurados o beneficiarios de las mismas.

► Clientes a los que no le interesan los beneficios o rendimientos de los productos sino que se enfocan en: I) la forma de ingresar y retirar dinero, particularmente en efectivo, II) de no ser detectados por los controles de la Compañía, o III) de no ser reportados a SHCP.

► Clientes que solicitan transferencias desde o hacia países con regímenes fiscales preferentes, así como países con bloqueos intencionales por supuesto apoyo a actividades criminales o terrorismo, por ejemplo: Islas Caimán, Corea del Norte, Afganistán, etc.

75

► Cambio de contratante dentro de los 30 días previos a la presentación del siniestro.

10. Cliente que presenta documentos alterados o que existe la sospecha de que sean falsos.

Comportamiento preocupante de agentes y empleados de compañías de seguros

1. Empleado que repentinamente lleva un estilo de vida demasiado lujoso y no acorde a su sueldo.

2. Incremento inesperado en los resultados de las ventas de un asesor derivado de pólizas con pagos de primas en efectivo por 1’000,000 dólares, en un periodo de 6 meses, clientes incluidos en listas de riesgo o cartera enfocada a giros de alto riesgo, como son: Casinos, Centros nocturnos, Centros cambiarios, Agricultores, entre otros.

3. Asesores que utilizan su domicilio personal o laboral para llenar solicitudes y para la recepción de la documentación de uno o varios clientes. Incluye el uso de números telefónicos y correo electrónico.

4. Asesores que alteran documentos de identificación o firmas.

5. Empleados o asesores que ayudan al cliente a evadir los controles de identificación y prevención de lavado de dinero.

Procedimiento para el reporte de Operaciones Inusuales y Preocupantes

Cuando los funcionarios, empleados o Asesores, detecten alguna Operación Inusual o Preocupante deberán informarlo al Comité de Comunicación y Control, anexando los datos mínimos y el soporte documental con el que cuente a la siguiente dirección de correo:

[email protected]

76 Módulo 1: Aspectos Generales

Caso

Se presenta una solicitud de un “Imagina Ser” en la cual el Contratante es una ama de casa de 45 años que reside en dentro de un poblado de bajos recursos.

La prima básica anual que deberá pagar por la póliza es de 20,000 pesos y la prima planeada es de 1´000,000 de pesos.

El pago de la prima básica y planeada es realizado a través de un cheque de caja emitido por una institución financiera en México.

El Cliente declara en su cuestionario financiero que no tiene ingresos fijos, pero que cuenta con la indemnización del seguro de vida de su esposo, quien falleció recientemente.

¿Qué tipo de operación es?

a) Inusual b) Relevantec) Preocupanted) Ninguna

Acomoda las descripciones en el cuadro de conceptos que le corresponda.

Pago en efectivo en una sola exhibición por un monto igual o superior a 10,000 dólares.

Se refieren a operaciones realizadas por Clientes, mismas que son incongruentes con su perfil, antecedentes u operaciones realizadas en el pasado.

Actividades de un Funcionario, Empleado o Agente que pudieran contravenir o vulnerar el cumplimiento de las Disposiciones.

Operaciones Preocupantes

Operaciones Inusuales

Operaciones Relevantes

77

Estructuras Internas (Capítulo VII de las Disposiciones del Art. 140)

Comité de Comunicación y Control

Es el órgano colegiado, compuesto por funcionarios de las distintas áreas de la Institución, cuyas principales funciones son las siguientes:

• Aprobar las políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente.• Conocer el informe de Auditoría sobre la revisión de los controles para la prevención de lavado de

dinero y financiamiento al terrorismo.• Conocer de la celebración de contratos u operaciones de alto riesgo.• Establecer y difundir criterios para la clasificación del Riesgo de los Clientes.• Verificar que los sistemas de la compañía contengan las listas de PEPs o de personas de alto riesgo.• Dictaminar las Operaciones que deban ser reportadas como Inusuales o Internas Preocupantes.• Aprobar los programas de capacitación.• Informar a las autoridades respecto de las conductas de los directivos, funcionarios, empleados y fuerza

de ventas que provoquen que la institución incurra en infracción a lo previsto en las Disposiciones.

Oficial de Cumplimiento

Funcionario de la Institución que tiene, entre otras, las siguientes responsabilidades:

• Enlace entre la Institución, el Comité de Comunicación y Control y las autoridades.• Elaborar las políticas de Identificación y Conocimiento del Cliente y demás medidas para cumplir con

las Disposiciones del Art. 140 de la LGISMS*.• Verifica la aplicación de las medidas adoptadas por el Comité de Comunicación y Control.• Informar al Comité respecto de las posibles Operaciones Preocupantes que detecte.• Monitorear y reportar operaciones o contratos que pudieran representar un riesgo alto para la Institución.• Coordinar el seguimiento de Operaciones así como las investigaciones que deban llevarse a cabo para

que el Comité pueda llevar a cabo su dictamen.• Fungir como instancia de consulta al interior de la aseguradora respecto de la aplicación de las presentes

disposiciones, así como de las políticas de identificación y conocimiento del cliente.• Definir los programas de capacitación.• Entre otras que marcan las Disposiciones.

Consideraciones Adicionales

Listas OFAC** y clientes con monitoreo

Las listas OFAC** son emitidas por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América e incluyen a criminales buscados internacionalmente y gobiernos que fomentan el terrorismo u otras actividades criminales. Es por ello que en SMNYL evitamos hacer negocios con ellos.

Es importante mencionar que al capturar los datos del cliente en nuestros sistemas, automáticamente se realizan validaciones que detectan personas incluidas, no solo en OFAC**, sino también en listas de personas emitidas por autoridades mexicanas e internacionales, así como clientes con antecedentes y transacciones que requieren de un análisis y vigilancia más profunda. Este monitoreo en ocasiones implica que en la emisión o rehabilitación de la póliza se soliciten documentos de identificación e incluso la aplicación de un cuestionario financiero o entrevista directa, aún cuando sus primas de seguros pudieran ser menores a los 10 mil dólares.

Cobros en efectivo

Es importante que los asesores eviten aceptar cobros en efectivo de sus clientes y mucho menos, depositar ese efectivo en sus cuentas personales por varias razones, entre las que se encuentran:

*Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros**Oficina de Control de Activos Extranjeros

78 Módulo 1: Aspectos Generales

a. Al depositar efectivo en sus cuentas, los Asesores son sujetos de reportes a la SHCP por parte de los Bancos.

b. En caso de que algún Cliente esté involucrado en actividades ilícitas, podría estar utilizando al Asesor o a la Compañía como un medio para triangular operaciones y ocultar el origen de los recursos, lo cual a su vez, implica una participación involuntaria del Asesor en operaciones de lavado de dinero.

c. Debido a los altos índices de delincuencia en el país no es seguro portar dinero en efectivo.

Desde la contratación de la póliza se debe recomendar a los clientes la utilización de formas de pago distintas al efectivo, tales como cargo automático, cheques, transferencias electrónicas o pagos referenciados, ya que además de evitar riesgos innecesarios, el asesor ahorra tiempo y ayuda a mejorar la persistencia de sus pólizas. Reserva y confidencialidad

Se deberá mantener absoluta confidencialidad sobre la información relativa a los reportes previstos de las Disposiciones, salvo cuando sean solicitados por autoridades expresamente facultadas para ello.

Además de lo anterior queda estrictamente prohibido alertar o dar a viso a:

I. Los Clientes, respecto de cualquier referencia que sobre ellos se haga en dichos reportes.II. Los Clientes o algún tercero respecto de cualquiera de los requerimientos de información o documentación

previstos en la Disposición, yIII. Los Clientes o algún tercero sobre la existencia o presentación de órdenes de aseguramiento.

No se considerarán como indicios fundados de la comisión de delito los reportes y demás información que, respecto de ellos, generen las Aseguradoras, a efecto de dar cumplimiento a las Disposiciones.

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Ley del Cumplimiento Fiscal sobre Cuentas Extranjeras - FATCA

El contenido de este documento únicamente tiene por objeto informar en términos generales los aspectos más relevantes de FATCA, así como sobre los impactos para los procesos de negocio de Seguros Monterrey New York Life, S.A. de C.V. (la Institución), los agentes de seguros independientes que intermedian sus productos (Agentes) y sus clientes.

Es importante tomar en cuenta que el contenido del presente documento, en ningún caso deberá ser interpretado ni utilizado como asesoría jurídica o fiscal. Si usted requiere asesoría especializada, le sugerimos consultar a un profesional en la materia.

I. Aspectos Generales

La Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés) fue promulgada en los Estados Unidos de América en 2010 con la intención de prevenir que los contribuyentes de aquel país utilicen cuentas financieras fuera de los EE.UU. para evadir impuestos.

Asimismo, el 19 de noviembre de 2012 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por su sigla en inglés) de los Estados Unidos de América firmaron un acuerdo de intercambio de información y ayuda mutua en relación a FATCA. Bajo este acuerdo, las instituciones financieras en México deberán reportar a la SHCP ciertas cuentas de contribuyentes estadounidenses que mantengan en México y el gobierno mexicano deberá compartir dicha información con el IRS. Lo anterior también permitirá que las Instituciones no infrinjan una violación a la secrecía o a las leyes para la protección de datos personales derivado del intercambio.

Las instituciones financieras que no cumplan con las regulaciones de FATCA podrán ser sujetas a una retención del 30%, aplicable a los ingresos que reciban de una fuente de riqueza en los Estados Unidos de América.

Los principales atributos que conllevan a que una persona sea calificada como Persona de EE.UU. y por ello sujeta a FATCA, incluyen; pero no se limitan, a:

● Ser ciudadano de EE.UU.;● Ser residente legal de los EE.UU.;● Tener obligaciones en los EE.UU.; y/o● Estar calificado como una empresa, sucesión o fideicomiso de los EE.UU.

II. Impacto para Seguros Monterrey New York Life y su Fuerza de Ventas

Es política de Seguros Monterrey New York Life (la Institución) el cumplimiento estricto con las regulaciones, por lo que se atenderán todas las obligaciones impuestas por FATCA y por el acuerdo que al respecto fue firmado con el Gobierno Mexicano. Por lo anterior, a partir del 1 de julio de 2014 entrarán en vigor algunos cambios a los procedimientos actuales para cumplir con FATCA:

80 Módulo 1: Aspectos Generales

TRÁMITESFIGURAS QUE PODRÁN SER SUJETOS DE

REQUISITOS DE FATCAREQUISITOS

•Emisióninicial

•Rehabilitaciónnormal

•Contratantepersonafísica•Contratantepersonamoral

Aplicable para accionistas persona física que posean más del 10% de las acciones con derecho a voto, del valor de una sociedad, asociación o fideicomiso.

•BeneficiariosirrevocablesAplicable únicamente cuando existan beneficiarios irrevocables en la solicitud.

Completar el "Cuestionario de Ciudadanía Extranjera" del país correspondiente y su formato W8 ó W9 en caso de ser persona de los EE.UU.

Proporcionar el número de identificación fiscal en EE.UU.

•Retiroparcial

•Rescate

•Vencimientodeplan

•PersonasquerecibenelpagoAplicable a pagos en cuentas en el extranjero o cuando el cliente previamente sea clasificado como Persona de los EE.UU.

•Indemnización

•Beneficiario(s)•Asegurados

Aplicable únicamente cuando reciban el pago de la indemnización.

Dirigido a: Canal Teléfono Correo electrónico

Asesores y promotores Agentel 01-800-288-0228

Clientes Atención a Clientes 01-800-505-4000 [email protected]

Colaboradores Especialistas CTC No Aplica [email protected]

A partir del 1 de julio de 2014 los agentes de seguros o la institución deberán recabar de sus clientes o solicitantes que sean sujetos a FATCA (Personas con obligaciones ficales en los EE.UU.), los datos adicionales (Declaración de obligaciones fiscales en el extranjero o cuestionario de ciudadanía extranjera) que formarán parte de los formatos que utiliza la Institución para los trámites antes señalados. Así como, se deberá obtener el formato de alta ante las autoridades fiscales de los Estados Unidos de América (W8 o W9).

Por su parte, la Institución deberá custodiar los expedientes de identificación de los clientes, monitorear sus operaciones, generar los reportes solicitados en el Acuerdo y enviarlos a la SHCP cuando sea procedente. El entorno regulatorio se encuentra en constante evolución e implican cada vez mayores retos y compromisos de nuestra parte.

Se estima que el universo de clientes sujetos a estas medidas sea muy reducido, no obstante Seguros Monterrey New York Life está trabajando para que los cambios tengan el mínimo impacto en las operaciones de negocios. Contamos con su apoyo para cumplir adecuadamente con estas nuevas responsabilidades.

III. Contacto

En caso de dudas podrás consultar a los siguientes canales:

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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE FATCA

El contenido de estas Preguntas Frecuentes únicamente se brinda como una guía informativa para los diferentes interesados y en ningún caso deberá ser interpretado ni utilizado como asesoría legal o tributaria. Si usted requiere asesoría especializada, le sugerimos consultar a un profesional en la materia.

¿Qué es FATCA?Es la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés), promulgada en los Estados Unidos de América en marzo del 2010.De acuerdo con FATCA y en algunos países con regulaciones locales vinculadas a FATCA, se requerirá a las instituciones financieras reportar, anualmente, las cuentas sujetas a ser reportadas. Estos reportes serán puestos a disposición de las autoridades fiscales de los EE.UU. (Servicio de Impuestos Internos –IRS, por sus siglas en inglés), ya sea directamente o a través de organismos de regulación locales.

¿Qué son “cuentas sujetas a ser reportadas”?• Una o más Personas de EE.UU.; o• Ciertas entidades en las cuales una o más Personas de EE.UU. sean propietarios, o mantengan una

participación considerable de control.

Existen diversos criterios que se evaluarán al momento de determinar si una cuenta es sujeta a ser reportada o no.

Si usted necesita asesoría para determinar si usted es una Persona de EE.UU. o saber los posibles efectos de FATCA sobre sus cuentas, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario internacional.

¿Cuándo entran en vigor FATCA?FATCA entrará en vigor a partir del 1ero de julio del 2014.

¿Cómo me puedo mantener informado?A medida que se vaya teniendo conocimiento sobre nuevos aspectos de FATCA, se llevarán a cabo comunicados informativos o publicaciones en nuestra página web.

¿Tendrá FATCA algún impacto sobre mis pólizas?Esto dependerá si se determina que sus pólizas son sujetas a ser reportadas o no. Se estima que FATCA no tendrá impacto en la gran mayoría de los clientes.

¿Cómo determinará SMNYL si tengo cuentas sujetas a ser reportadas?Cuentas Personales (Personas Naturales/Físicas)Para la mayoría de nuestros clientes personas físicas, la información existente en nuestros registros será suficiente para determinar qué cuentas no estarán sujetas a ser reportadas.Si la información que nos ha proporcionado indica que sus cuentas pueden ser susceptibles de ser reportadas, le estaremos solicitando mayor información, y posiblemente le solicitemos documentación adicional para determinar si cumple o no con las condiciones de Persona de EE.UU. Luego de revisar la información proporcionada, frente al contexto de las regulaciones aplicables, determinaremos si sus cuentas califican como sujetas a ser reportadas o no.

Cuentas Comerciales (Personas Jurídicas/Morales)Para la gran mayoría de clientes empresariales u otros tipos de clientes jurídicos o morales, la información existente en nuestros registros será suficiente para determinar qué cuentas no estarán sujetas a ser reportadas.Si su negocio o entidad es identificado entre aquellos para los cuales estamos en la obligación de obtener información o documentación adicional, se la estaremos solicitando oportunamente. Luego de revisar la información proporcionada, frente al contexto de las regulaciones aplicables, determinaremos si sus cuentas califican como sujetas a ser reportadas o no.

82 Módulo 1: Aspectos Generales

¿Me pueden asesorar respecto a cómo responder a las preguntas y solicitudes relacionadas con FATCA?El derecho tributario en los EE.UU. es un campo altamente especializado. La Institución está en capacidad de proporcionarles información genérica sobre FATCA y las regulaciones locales vinculadas a FATCA, sin embargo, estamos impedidos para proporcionar asesoría específica en materia tributaria.Si requiere asesoría sobre cómo responder a preguntas y solicitudes relacionadas con FATCA, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario de los EE.UU.

¿Qué es una “Persona de EE.UU.”?Si requiere asesoría para determinar si usted es considerado una Persona de EE.UU. para efectos de FATCA, le sugerimos que consulte a un especialista en derecho tributario de los EE.UU. Los principales atributos que conllevan a que una persona sea calificada como una Persona de EE.UU., incluyen; pero no se limitan, a:

• Ser ciudadano de los EE.UU.;• Ser un residente legal de los EE.UU.; • Tener obligaciones tributarias en los EE.UU.; y/o• Estar calificado como una empresa, sucesión o fideicomiso de los EE.UU.

El IRS proporciona mayor información sobre las reglas que aplican a ciudadanos no-estadounidenses en:www.irs.gov

Si soy una “Persona de EE.UU.”, ¿cómo me afectará FATCA?Si usted es una Persona de EE.UU., es posible que le solicitemos completar el formulario W-9 del IRS (Solicitud y Certificación del Número de Identificación del Contribuyente).Adicionalmente, es posible que se nos requiera reportar al IRS, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), información sobre sus pólizas de seguros. Esto no debería tener mayor consecuencia si usted ya viene cumpliendo con sus obligaciones tributarias con el IRS; independientemente, le sugerimos que revise este tema con un especialista en derecho tributario de los EE.UU.

¿Cuándo entra en vigor FATCA?La ley FATCA y las regulaciones mexicanas vinculadas a FATCA, entrarán en vigor por etapas, la primera de ellas a partir del 1ero de julio de 2014. A partir de ese día, las instituciones financieras deberán:

• Aplicar los procedimientos actualizados para la emisión de pólizas que les permitan determinar fehacientemente, si sus clientes cumplen o no con las condiciones de Persona de EE.UU., durante la emisión de pólizas o cambios en los datos del contratante o asegurado titular.

• Revisar las pólizas existentes para identificar aquellas que estén sujetas a ser reportadas.

¿Por qué las instituciones financieras no-estadounidenses están cumpliendo con FATCA? Aquellas instituciones financieras que estén domiciliadas (operen) en países que firmen acuerdos intergubernamentales con el Departamento del Tesoro de los EE.UU. (IGA, por sus siglas en inglés), se les requerirá cumplir con las regulaciones locales que resulten de la implementación de dichos acuerdos. Por otro lado, cualquier institución financiera que opte por no cumplir con las regulaciones de FATCA, estará expuesta a una retención de impuestos del 30%, aplicable a diversos tipos de pagos que tengan su origen en los EE.UU.

¿Todas las instituciones financieras en México están cumpliendo con FATCA?A nivel mundial, la mayoría de instituciones financieras tienen la intención de cumplir con FATCA.En México, la SHCP firmó un IGA con los EE.UU. por lo que será obligatorio implementar FATCA para todas las instituciones financieras a partir del 1 de julio de 2014.

¿SMNYL necesita mi consentimiento para compartir mi información al IRS?No. Ya que México tiene firmado un IGA con los EE.UU. en torno a FATCA y los reportes de información son enviados a las autoridades Mexicanas, por lo que derivan de un requerimiento legal y no violan las leyes de protección de datos personales.

83

¿Qué pasa si me rehúso a contestar preguntas o a completar los formularios relacionados con FATCA?Si usted eligiera no atender los requerimientos de información de la Institución relacionados con FATCA, la legislación local nos requerirá que tratemos sus pólizas activas como sujetas a ser reportadas al IRS. En algunos casos es probable que la Institución esté impedida a ofrecerle nuevos productos o servicios.

¿FATCA aplica únicamente a contratos de seguros?No. Las regulaciones de FATCA aplican a diversos tipos de cuentas financieras, por ejemplo: ciertas cuentas comerciales o de negocios, contratos de seguros y cuentas de inversión –entre otros.

¿Si tengo una póliza en dólares estadounidenses significa que seré reportado al IRS?No. Por sí misma, la divisa en la que se mantiene una póliza de seguro no tiene efecto directo sobre la determinación en cuanto a si las cuentas estarán sujetas a ser reportadas o no.

¿Cómo se tratan las pólizas conjuntas o mancomunadas bajo FATCA?Si una o más figuras de la póliza son identificadas como Personas de EE.UU., a cada uno de estos se les requerirá información y documentación para FATCA y se les asignará el saldo total de la póliza para efectos de los reportes a las autoridades.

¿Si anteriormente les he proporcionado un formato W-9 (o W-8), me estarán solicitando que proporcione otro adicional?La Institución está obligada a obtener cierta documentación relacionada con FATCA.A pesar de nuestro mejor esfuerzo por lograr que este proceso sea lo más sencillo posible para nuestros clientes, cabe la posibilidad de que alguno de los ejecutivos se comunique con usted o le requieran información adicional en uno o varios de sus trámites.De forma anticipada, le ofrecemos nuestras disculpas por cualquier inconveniente que le podamos causar y le agradecemos enormemente por su paciencia y cooperación en este tema.

¿Dónde puedo obtener más información?Podrá encontrar mayor información sobre FATCA en el sitio web del IRS: www.irs.gov

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Anticorrupción (soborno a Servidores Públicos)

Ofrecer, proporcionar o prometer cualquier cosa de valor, directa o indirectamente a Servidores Públicos con el fin de obtener y/o mantener negocios, recibir tratamientos favorables o ventajas indebidas, se considera un soborno (cohecho) de acuerdo al Artículo 222 y 222 bis del Código Penal Federal de México y a la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. Este delito se sanciona con multas que ascienden hasta 2 millones de veces el salario mínimo general y en algunos casos se sancionan con prisión.

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, igualmente impone sanciones por incurrir en este delito.

Por ello es muy importante evitar el uso de fondos propios o de la Compañía para propósitos que violen las normas antes señaladas.

Para una mejor comprensión, a continuación se detallan algunos conceptos utilizados:

Cualquier cosa de valor: efectivo, regalos, comidas, hospedaje, servicios, promesa del empleo futuro, descuento en productos y servicios.

Ventaja indebida: Influir indebidamente para la obtención o retención de negocios, así como para obtener un trato favorable de un Servidor Público (por ejemplo: ofrecer parte de las comisiones o bonos para la obtención o retención de un negocio con una entidad gubernamental).

Servidor Público: Cualquier persona que trabaje o actúe en representación de:

• Gobierno Federal, Estatal o Municipal, así como para entidades reguladoras (por ejemplo; CNSF, CONDUSEF, SHCP, IMSS, INFONAVIT, etc.)

• Compañías paraestatales;• Organizaciones públicas internacionales tales como Naciones Unidas, UNICEF, Banco Mundial, Fondo

Monetario Internacional; o• Partidos políticos, así como candidatos a puestos públicos.

Cualquier violación detectada o sospecha deberá ser Informada inmediatamente al correo [email protected] y por ningún motivo deberás hacer investigaciones por cuenta propia; alertar al sospechoso sobre el informe o informar del caso a cualquier persona no autorizada por la Institución.

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Protección de Datos Personales (Privacidad)

La LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE PARTICULARES, tiene por objeto proteger la información personal (no incluye la de las empresas) que pueda encontrarse en bases de datos en manos de cualquier persona física, o empresa como: aseguradoras, asesores de seguros, bancos, tiendas departamentales, telefónicas, laboratorios, hospitales, etc.

La Ley regula la forma y condiciones en que las empresas deben utilizar los datos personales.

Cualquier persona que obtenga o custodie información personal de terceros es responsable de cumplir con esta Ley.

Titular:

El titular es el dueño de los datos personales y sólo él decide cómo, cuándo, a quién y para qué se entrega la información (salvo las excepciones que marquen las leyes).

Datos Personales:

• Datos de identificación.• Datos laborales.

Datos Sensibles:

• Datos patrimoniales, crediticios.• Datos académicos.• Datos migratorios.• Datos ideológicos.• Datos de salud, expedientes clínicos.• Características físicas, ADN, huella dactilar, étnicos.• Datos psicológicos, psicométricos.• Orientación sexual.

Derechos ARCO

Son facultades que otorga la Ley para que cada persona decida a quién proporciona su información y controlar cómo y para qué es utilizada:

• Acceder.• Rectificar.• Cancelar, y• Oponerse.

86 Módulo 1: Aspectos Generales

Como Compañía, ¿A qué estamos obligados? Asesor,

te recomendamos:

Nombrar a un responsable (Oficial de Privacidad) que atienda las solicitudes de Derechos ARCO.

Contar con un Aviso de Privacidad para informar sobre el uso que le darás a la información de tus clientes y prospectos.

Informar como titular sobre el uso que se dará a tu información (Aviso de Privacidad / Consentimiento).

Obtener el Consentimiento escrito de tus clientes y prospectos para hacer uso de sus datos personales sensibles.

Sanciones

Datos Personales

Datos PersonalesSensibles

Las establece el IFAI- (PD).

Entre 100 y 320 mil salarios mínimos (32 millones pesos).

Hasta 5 años de prisión.

Las penas se duplican.

Hasta 73 millones de pesos.

Hasta 10 años de prisión.

Obligaciones

Contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar que los datos de los titulares no sufran un uso indebido, ilícito, tales como: acceso no autorizado, pérdida, alteración, robo o modificación de los datos personales y sensibles.

Riesgos Individuales del Seguro de PersonasMódulo 2: Cédula Definitiva Tipo A1

En este texto se presentan el Marco Jurídico, las Bases Técnicas y los conceptos de Riesgos Individuales de Seguros de Personas y Daños que contribuirán al aprendizaje del participante para la intermediación de los Seguros de Personas: Vida, Accidentes y Enfermedades y Gastos Médicos Mayores Individual y Familiar.

Previamente a la utilización de este material, los participantes deberán estar familiarizados con los conceptos de los Seguros de Personas Individual y Familiar, así como con los conceptos Técnicos- Operativos, lo que le facilitará el entendimiento y aplicación del Marco Jurídico que regula su intermediación.

Este material fue creado exclusivamente para que tú lo uses y no puede ser utilizado con el público en general, en virtud de que su fin es exclusivamente didáctico y contribuye a tu preparación para sustentar el examen ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para obtener la Cédula Tipo “A-1”

Derechos Reservados® para uso EXCLUSIVO de Seguros Monterrey New York Life, S.A. de C.V.

2014

Guía del AsesorPrograma de Información para el Asesor

Riesgos Individuales del Seguro de Personas

Módulo 2: Riegos Individuales de Seguro

de Personas (Vida Individual, Accidentes y

Enfermedades y Salud)

UN VISTAZO A LA SESIÓN

Esta sesión trata sobre el Seguro de Vida Individual, sus

Bases Técnicas, las condiciones generales de la Póliza,

los tipos de Planes en que se basan los Productos, los

Beneficios y Cláusulas Adicionales, así como la forma de

Indemnización. Resaltaremos los aspectos más importantes

para la intermediación de estos Seguros.

Tabla de Contenidos

Apreciación Global ................................................................................................................. 92

Introducción y Resumen General .......................................................................................... 93

Vida Individual ........................................................................................................................ 94

Aspectos Técnicos ................................................................................................................. 95

Exclusiones ...........................................................................................................................111

Accidentes Personales ........................................................................................................ 121

Exclusiones .......................................................................................................................... 129

Gastos Médicos Mayores .................................................................................................... 130

Seguro de Salud .................................................................................................................. 139

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Apreciación Global EQUIPOAsesor

• Guía del Asesor para este módulo.

REQUISITOS PREVIOSAsesor

• Leer la guía para este módulo.

OBJETIVOSAl concluir la sesión:

• Relacionarás el concepto de Tabla de Mortalidad con el Cálculo del Costo del Seguro.

• Distinguirás los diferentes tipos de Prima (Total, Única, Extraprima, Nivelada, Ascendente, Decreciente) Descuentos y Recargos.

• Identificarás el concepto de Reserva Matemática y Valores Garantizados.

• Explicarás la aplicación del Valor Garantizado.

• Identificarás la designación correcta de Beneficiarios.

• Identificarás el concepto de Dividendos.

• Explicarás las principales Condiciones Generales (Indisputabilidad, Beneficios, Cambio de Plan, Seguro de Menores, Carencia de Restricciones, Contenido de la Póliza, Rescisión de Contrato).

• Distinguirás los diferentes tipos de planes (Temporal, Ordinario de Vida, Vida Pagos Limitados, Dotal).

• Explicarás las opciones de Inversión y Administración en el Seguro de Vida (Fondos de Inversión, Fideicomiso y otras alternativas de inversión).

• Explicarás los Beneficios Adicionales y sus Exclusiones (Muerte Accidental, Pérdidas Orgánicas, Accidente Colectivo, Exención de Pago de Primas, Beneficios de Incapacidad, Rentas y Últimos Gastos).

• Identificarás la documentación, condiciones y trámites necesarios para la Indemnización.

• Identificarás las diferentes formas de Liquidación (Vida Individual y Pensiones Privadas).

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Introducción y Resumen GeneralLos Seguros en general, fueron diseñados para satisfacer las necesidades económicas de las personas y de las empresas en caso de que se presenten los acontecimientos cubiertos por la Póliza.

Los Seguros de Vida pueden cubrir las siguientes contingencias:

• Muerte Prematura.• Sobrevivencia (Jubilación).• Invalidez.

Todos los productos de Seguro de Vida otorgan un beneficio monetario si la persona asegurada fallece, se invalida o se jubila mientras la póliza se encuentra vigente. Además, algunas pólizas de Seguro de Vida permiten acumular un ahorro mientras la persona aún está viva. Las necesidades de las personas de obtener los beneficios del Seguro de Vida son tan variadas como lo son las de obtener cualquier otra cantidad de dinero. Las personas normalmente necesitan fondos para cubrir gastos finales, gastos de cargas familiares, costos de educación e ingresos de jubilación.

Las compañías de Seguros han adaptado sus estilos de comercialización para satisfacer los diferentes niveles de necesidades de los Clientes. Algunas compañías ofrecen Seguros en una tienda departamental, donde el Cliente inicia su adquisición; otras colocan los Seguros por conducto de las Instituciones Bancarias. Algunas otras comercializan los Seguros a través del correo o efectúan publicidad en diarios, revistas y avisos por Internet. Sin embargo, el método más antiguo, más probado y con mejores resultados para vender Seguros, y que aún se utiliza a todo nivel, es a través del contacto personal iniciado por un Agente de Seguros, que sigue demostrando ser el más eficaz.

94

Vida IndividualHemos estudiado las bases que rigen la actividad aseguradora desde el aspecto legal y económico, así como algunos aspectos de orden técnico.

Ahora revisaremos la aplicación de esos conceptos a los Contratos de Seguro que amparan la indemnización por riesgos que pueden ocurrirle a las personas.

Los Riesgos Básicos Amparados

Los riesgos básicos amparados en el Seguro de Vida son el Fallecimiento, la Invalidez y la Supervivencia.

Los riesgos comunes inherentes a las personas son básicamente tres:

a) Fallecimiento prematuro.- Es decir que la muerte de la persona se presente en el momento en que nadie lo espera, ya que su capacidad productiva, intelectual y física aun le permitirían desarrollar un trabajo que produjera ingresos.

b) Supervivencia en etapas improductivas.- Es decir que la muerte no se presenta aun cuando las capacidades intelectuales, físicas y productivas de la persona se hayan reducido a niveles que le impidan desarrollar un trabajo que pueda producirle ingresos.

c) Invalidez.- Cuando a causa de un accidente o enfermedad el Asegurado ya no puede procurarse un ingreso por una actividad remunerada al menos del 50% de lo que habitualmente obtenía antes del accidente o enfermedad.

La muerte prematura y la supervivencia en etapas improductivas son esencialmente los riesgos básicos que las personas tienen y que pueden ser traspasados (asegurarse), ya que el retenerlos (no asegurarse) puede causar desajustes económicos muy severos a la persona o la familia.

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Aspectos Técnicos

El RiesgoDesde el inicio de las civilizaciones, el hombre ha estado expuesto a eventos cuyas consecuencias pueden ser fatales. A estos eventos con sus consecuencias les llamaremos Riesgo, definiéndolo como “Una eventualidad económicamente desfavorable.”

Los tipos de riesgo son:

1. Derivados de la Naturaleza.- Como los fenómenos meteorológicos, lluvias, tormentas, huracanes, etc. ante los cuales pueden tomarse algunas medidas preventivas, ya que en su mayoría son predecibles y estacionarios, no obstante que de cualquier manera generan grandes pérdidas económicas y hasta humanas.

2. Derivados del Ser Humano.- Como las guerras, derrames en mares y lagos, contaminación atmosférica, colisiones de vehículos terrestres, aéreos o marítimos, enfermedades, lesiones, muerte o supervivencia a edades mayores, accidentes y actos delictivos, ante los cuales pueden tomarse algunas medidas ya que por ser propios del hombre, pueden ser predecibles.

3. Derivados de las Leyes.- Como responsabilidad civil por daños a terceros en propiedad ajena, en su persona, en sus bienes, en su moral o en su integridad física, etc. ante los cuales debe pagarse el daño ocasionado hasta de sufrir hasta la pérdida de la libertad.

96 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Tipos de Riesgos Asegurables

Ahora veremos algunos riesgos asegurables y algunos ejemplos:

Los que afectan a las personas

Muerte

Incapacidad o invalidez

Vejez sin recursos económicos

Fenómenos de la naturaleza

Actos derivados de hechos sociales

Actos derivados de ordenamientos

Derivados de daños directos a los bienes

Natural o accidental

Ya sea causa de una enfermedad o por un accidente que le impida trabajar y por lo tanto, obtener ingresos

Llegar a la edad de jubilación o retiro, sin tener suficiencia

Huracán o granizo

Huelgas y alborotos populares

Responsabilidad civil familiar

Pérdida de utilidades

Los que afectan a los bienes

Los que afectan a terceros

Los consecuenciales

La Prima Es el costo del seguro, es la aportación de cada uno de los asegurados que integran un grupo asegurable para resarcir las pérdidas económicas que pudieran causarse por la ocurrencia de uno de los riesgos cubiertos por la póliza.

La prima es la cantidad que paga el Asegurado para tener derecho a la protección y sirve para que la Aseguradora pueda cubrir la contingencia o riesgo previsto en el contrato de seguro, así como los gastos de adquisición, los gastos de administración y la utilidad esperada.

Clasificación de la prima

Prima pura de riesgo

La prima pura de riesgo, en el Seguro de Vida, se obtiene de la Tabla de Mortalidad y cubre únicamente los gastos de mortalidad. Es lo que cuesta a la Compañía el riesgo que ésta tomando, por un periodo determinado (generalmente un año).

Para obtenerla, se multiplica la suma asegurada individual por el número de fallecimientos esperados en el año

97

Suma Asegurada x Fallecimientos esperadosTotal inicial de asegurados

(que se encuentran en la tabla de mortalidad) y el resultado se divide entre el total de asegurados al principio del año.

Prima natural ascendente:

Es el conjunto de primas puras de riesgo durante la vigencia del seguro. La prima crece con la edad, ya que existe una mayor probabilidad de muerte pues cada vez se dividen un mayor número de muertos entre un número menor de vivos.

La Prima Natural Ascendente o Creciente se puede definir como la que se calcula año con año a la edad alcanzada del Asegurado y que va creciendo al aumentar la probabilidad de muerte.

Esta prima se incrementa de acuerdo al aumento de la probabilidad de muerte:

Por lo tanto para este tipo de prima hay un aumento sucesivo en su importe conforme pasa el tiempo conforme el Asegurado tiene mayor probabilidad de morir.

Este tipo de primas se aplica en Seguros cuya vigencia es de un año y que se puede renovar.

Prima decreciente:

En el Seguro de Vida, la Prima Decreciente se aplica a algunas modalidades de ahorro, donde más edad tiene el Asegurado, menor probabilidad de sobrevivencia tiene y, por ende, menor probabilidad de que se produzca la indemnización.

Otro ejemplo de seguro donde se utiliza este tipo de prima es el seguro temporal decreciente, que se otorga para cubrir obligaciones de préstamo del Asegurado como los préstamos hipotecarios. En estos planes, la suma asegurada va decreciendo conforme el monto del préstamo se va saldando, a la par que la suma asegurada disminuye, la prima también.

Prima nivelada:

La prima nivelada es el resultado de promediar las diferentes primas puras de riesgo que el Asegurado tenga que pagar durante los años que participe del seguro, siempre y cuando la suma asegurada permanezca constante.

La Prima Nivelada es la prima que debe pagar el Asegurado a la Compañía en una serie de pagos iguales, a lo largo de un tiempo específico.

Prima Total o de Tarifa:

Las primas consideradas hasta aquí, se han calculado sin considerar los gastos que origina la operación de una Compañía de Seguros, los cuales se dividen en dos grupos:

• Gastos de administración: Se refieren a los gastos generales de la Compañía, derivados de su funcionamiento: renta, teléfono, electricidad, sueldos del personal, papelería, etc.

• Gastos de adquisición: Se refieren a los gastos inherentes a la contratación de las pólizas: comisiones de los agentes, publicidad, exámenes médicos, etc.

Al incluir estos gastos, más la utilidad esperada por la Compañía, obtenemos la Prima de Tarifa.

La prima total es la suma de la prima por fallecimiento (cobertura básica) más las primas de todas las coberturas o beneficios adicionales que ha contratado el Cliente más gastos.

98 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Ya sea la prima de tarifa (cuando solo se ha contratado la cobertura por fallecimiento) o la prima total (cuando existen beneficios adicionales contratados) es la que se cobra al Cliente, más los recargos por pago fraccionado (en algunos casos) y gastos de expedición.

Prima única

Se conoce como prima única a la que paga el Cliente una sola vez y cubre todo el plazo del seguro. Es decir, en un solo pago, ingresa a la Compañía toda la prima (cantidad) requerida para cubrir toda la vigencia de la póliza (toda la prima que debería pagar el cliente durante la vigencia de la póliza).

El Asegurado se libera del pago por el resto de la vigencia de la póliza, representa el valor que marca la póliza al emitirse y considera las obligaciones futuras de la Aseguradora, es una cantidad aplicable en el Seguro Vitalicio.

Extraprimas:

La extraprima es una cantidad de dinero que se suma a la prima nivelada. Se calcula con base en algunos factores que hacen que el riesgo de mortalidad sea mayor. Compensa, a la Aseguradora, la siniestralidad adicional cuando ésta acepta riesgos subnormales.

Los factores que más influyen en la aplicación de extraprima están basados en las ocupaciones peligrosas, la mala salud, los hábitos inadecuados, los deportes peligrosos (aun cuando existen otros elementos de valoración) ya que aumentan el “riesgo” que la Compañía está asumiendo.

Descuentos

Es una reducción a la prima que debe pagar el asegurado. Los factores más frecuentes por los que se aplican descuentos son:

• No fumador. • Sexo femenino.• Condición física.

Recargos por pago fraccionado

Varía dependiendo del número de pagos en que se fracciona la prima cuando no se paga anualmente. Puede o no aplicarse.

Recargo fijo

Es por concepto de administración y emisión de la póliza. Siempre se aplica.

Reserva Matemática

Los excedentes pagados durante los primeros años de vigencia de la póliza, a través de la prima nivelada o prima futura, junto con los rendimientos obtenidos por su inversión, se acumulan en un fondo llamado reserva matemática o actuarial. El asegurado es quien tiene el derecho a disponer de la reserva matemática que ha formado su seguro. Cuando se cambia de tipo de plan y la reserva del nuevo plan es mayor, el asegurado tendrá la obligación de aportar la diferencia que exista entre las dos reservas.

Esta reserva permitirá cubrir las primas pagadas de menos por el asegurado en edades avanzadas, en un plan con prima nivelada. La reserva matemática se define como la porción de las primas niveladas ya pagadas por el asegurado, que no ha sido todavía absorbida por el riesgo cubierto por el asegurador, y que éste retiene y capitaliza para garantizar el pago de las obligaciones futuras (suma asegurada, indemnizaciones). Es decir, es el fondo que se forma del excedente que se paga en los primeros años en la prima nivelada del seguro de vida.

99

Valores GarantizadosA través del mecanismo de la prima nivelada se obtienen excedentes durante los primeros años, los cuales generan rendimientos financieros. Estos excedentes y sus rendimientos constituyen un fondo llamado reserva matemática.

Como la reserva matemática es un fondo de ahorro del asegurado, éste puede disponer de ella a través de los valores garantizados (art. 182 Ley sobre el Contrato del Seguro, “el asegurado que haya cubierto tres anualidades consecutivas, tendrá derecho al reembolso inmediato de una parte de la reserva matemática, de acuerdo también con las normas técnicas establecidas para el caso, las cuales deberán figurar en la póliza”).

El monto de los valores garantizados (parte de la reserva matemática creada) depende de tres factores

• El plan contratado.• La edad del asegurado.• El número de años de vigencia.

Prima

ReservaMatemática

2.84

Prima Natural

Prima NiveladaValores Garantizados

Edad

Ascendente

25 30 35 40 45

Los valores garantizados (parte de la reserva matemática creada) son la serie de derechos que puede ejercer el asegurado, para disponer de la reserva matemática constituida a su favor.

Es importante mencionar que la administración del seguro de vida individual implica gastos iniciales muy fuertes, como son: comisiones para el agente y promotor, exámenes médicos, gastos de expedición. Por ello, las pólizas sólo otorgan valores garantizados (formas de disponer de la reserva matemática creada) a partir de que hayan transcurrido tres anualidades completas (y se hayan cubierto las primas respectivas).

Solo en el caso del seguro temporal con duración menor a 10 años, no se obligará a la aseguradora a conceder valores garantizados (reserva matemática creada) para el caso de muerte.

Formas de ejercer los Valores Garantizados

• Préstamo (ordinario o automático)

• Rescate

• Conversión a seguro saldado

• Conversión a seguro

prorrogado

En efectivo:

Como medio para continuar con

la Conversión a seguro saldado

protección

Préstamos

Una vez que se tiene derecho a la reserva matemática (después de haber cubierto 3 anualidades completas) el asegurado podrá utilizar su fondo a través del préstamo.

Este préstamo puede tener alguna de las siguientes opciones:

Préstamo ordinario, el asegurado puede obtener varios préstamos siempre que el monto total de todos sea inferior al valor de rescate en efectivo de la póliza. Este préstamo genera intereses. El asegurado puede solicitarlo

100 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Ejemplo: Seguro SaldadoS. A. Original: 100,000Plazo Original: 20 años

S. A. Plan Saldado: 74,000(Menor Suma Asegurada)

Plazo Plan Saldado: 10 años (Mismo Plazo)El Cliente decide Saldar su seguro el año 10

para los fines que desee (inclusive para invertirlo).

Préstamo automático, se utiliza para cubrir el pago de primas vencidas y no es necesario que el asegurado lo solicite. Las primas vencidas se seguirán pagando hasta que se agote la reserva.

Debemos recordar que una reserva matemática existe para cubrir, en edades avanzadas, la diferencia en primas que el asegurado no cubre. No olvidemos que la reserva se calcula con un rendimiento financiero. Por esta razón, cuando el asegurado utiliza alguna de las opciones de préstamo, se le cobra un interés (el que generaría la reserva si se mantuviera invertida) más gastos de administración, teniendo que reembolsar el préstamo para restablecer la reserva.

Rescate o Valor en Efectivo

Se aplica cuando el asegurado decide no continuar con su programa de seguro. Se cancela la póliza y se le devuelve en efectivo la reserva que haya generado hasta ese momento menos la parte que se utilizó por el riesgo corrido. El asegurado retira en una sola exhibición el valor de su póliza.

Conversión a Seguro Saldado

Cuando el asegurado decide suspender o no puede continuar con el pago de primas, la reserva se puede utilizar para pagar un seguro por el mismo plazo que se contrató originalmente, pero con menor suma asegurada.

Si al efectuarse la conversión a seguro saldado la póliza tuviera un préstamo, podrá conservarse este adeudo si no excede del 85% de la reserva que corresponda al seguro saldado.

Se reduce la suma asegurada pero se mantiene el plazo del seguro. Conversión a Seguro Prorrogado

El valor de rescate se utiliza para pagar un seguro por la misma suma asegurada que se contrató originalmente, pero por un plazo menor (por el plazo que alcance a pagar la reserva). Es decir, hay una conversión a seguro prorrogado.

Cuando existe una conversión a seguro saldado o prorrogado, los beneficios adicionales se cancelarán a partir de ese momento.

Ejemplo: Seguro ProrrogadoS. A. Original: 100,000Plazo Original: 20 años

S. A. Plan Saldado: 100,000(Menor Suma Asegurada)

Plazo Plan Saldado: 6 años (Menor Plazo)El Cliente decide Prorrogar su seguro el año 10

Se mantiene la suma asegurada pero se reduce el plazo del seguro.

101

Dividendos

Los factores que generan un superávit que las compañías acostumbran compartir con sus asegurados, proporcionalmente a las primas cubiertas por cada uno de ellos, son:

• El exceso de rendimiento en las inversiones.• Ahorro en gastos.• Menor siniestralidad de la esperada.

Esta participación que otorgan las compañías recibe el nombre de dividendos.

Rendimiento• Excedente• Rendimiento

Gasto• Ahorro• Gastos

Mortalidad• Ahorro• Mortalidad

Dependiendo del tipo de plan contratado y de las políticas de cada aseguradora, los dividendos se podrán otorgar normalmente a partir del tercer año de vigencia de la póliza y dependerá de los resultados de las variables antes descritas para que se otorguen o no.

Una vez que el asegurado adquiera el derecho a recibir los dividendos, podrá utilizarlos en alguna de las siguientes opciones:

Aplicar el dividendo como parte del pago de primas:

• Dejar el dividendo en un fondo administrado por la compañía, que le producirá un rendimiento financiero.• Retirar el dividendo anualmente, en efectivo.• Comprar un seguro temporal a un año.• Comprar una protección saldada adicional, del mismo tipo que el plan original y por el tiempo que falte

para completar el plazo contratado.

La diferencia fundamental entre valores garantizados y dividendos es:

Los valores garantizados son la reserva matemática, los dividendos son un exceso en el rendimiento de las inversiones, reducción en gastos y siniestralidad esperada.

Planes y Beneficios AdicionalesSeguro Temporal

Las características del seguro temporal son:

• El plazo de protección y el plazo de pago de primas son idénticos.• La aseguradora únicamente paga si el asegurado fallece dentro del plazo previamente pactado.• Es el plan más económico. Entre más corto sea el período de cobertura, menor será la prima.• La reserva de estos planes es decreciente, debido a que la responsabilidad de la aseguradora concluye

al final de la vigencia.• Vigencia, los plazos de cobertura en este seguro son 1, 5, 10, 15 y 20 años o edad alcanzada 60 ó 65

años.• Beneficios, el asegurado puede contratar todos los beneficios y cláusulas adicionales que desee,

excepto en el temporal 1 y 5 ya que sólo admiten el beneficio de doble indemnización por accidente colectivo.

102 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Tipos de Seguro Temporal

Existen diferentes tipos de Seguros Temporales, éstos son:

Seguro Vitalicio o Vida Entera

Los seguros o planes vitalicios tienen el propósito de proteger al asegurado durante toda su vida y cubrir necesidades permanentes.

Existen dos tipos de seguros vitalicios

• Ordinario de Vida.• Vida Pagos Limitados.

Las características del seguro ordinario de vida son:

• La aseguradora se compromete a pagar la suma asegurada al fallecimiento del asegurado, en cualquier fecha que ocurra.

• El asegurado se compromete a pagar las primas mientras viva.• La aseguradora debe pagar la suma asegurada contratada si el asegurado llega con vida a los 95 – 99

años de edad, pues técnicamente se supone que el asegurado fallece a esa edad.• La vigencia es de toda la vida del asegurado o hasta los 95 – 99 años, dependiendo de la tabla de

mortalidad utilizada.• Beneficios.• El asegurado puede contratar todos los beneficios y cláusulas adicionales.• Otorga al asegurado valores garantizados.• Su reserva es creciente mientras se pagan las primas y ofrece dividendos.• Ofrece dividendos al asegurado al año de vigencia.

Crea una reserva en los primeros años donde la expectativa de muerte del asegurado es menor. Se considera nivelada porque la prima que paga el asegurado es el promedio de la prima pura de

riesgo entre el número de años de protección.

El beneficio por muerte (la suma asegurada) se mantiene sin aumento, pero la prima que se paga va aumentando de acuerdo a la edad del

asegurado (prima pura de riesgo).

La prima que paga el asegurado es nivelada, pero la suma asegurada disminuye con los años.

La prima y la suma asegurada se incrementan en un porcentaje, de acuerdo a la inflación.

Tipo Descripción

Temporal Nivelado

Temporal Renovable (T1 y T5)

Temporal Decreciente

Temporal Creciente

103

Las características del Seguro de Vida Pagos Limitados son:

• La aseguradora se compromete a pagar la suma asegurada al fallecimiento del asegurado, en cualquier fecha que ocurra.

• El asegurado se compromete a pagar las primas durante un período determinado de tiempo de 5, 10, 15, 20 ó 25 años, o a edad alcanzada de 60 ó 65 años.

• La aseguradora debe pagar la suma asegurada contratada si el asegurado llega con vida a los 95 – 99 años de edad, pues técnicamente se supone que el asegurado fallece a esa edad.

• La vigencia es de toda la vida del asegurado o hasta los 95 – 99 años, dependiendo de la tabla de mortalidad utilizada.

• Su reserva es creciente mientras se pagan las primas y ofrece dividendos.

Como puedes ver, la diferencia entre el Seguro Ordinario de Vida y el Vida Pagos Limitados es el tiempo que el Asegurado paga las primas.

Otros tipos de planes de Vida Entera

Vida entera prima única: Que protege durante toda la vida y se paga en una sola exhibición.

Ordinario de Vida Mancomunado: Protege a los dos cónyuges en una sola póliza durante toda la vida. Al morir uno de ellos, la suma asegurada se entrega al sobreviviente y se cancela el contrato. Seguro Dotal

El propósito de este seguro es cubrir las necesidades de protección y el ahorro en vida a través de una dote, ya que protege al asegurado durante un plazo determinado, otorgando al término de la vigencia el efectivo o dote, que será igual a la suma asegurada.

Características del Seguro Dotal

• El plazo de contratación y el de pago de primas son idénticos.• La compañía pagará invariablemente la suma asegurada al asegurado o a los beneficiarios.• Es una combinación de protección y ahorro que satisface necesidades temporales y permanentes

(como la vejez, retiro o jubilación).• Este plan es el más caro en virtud de combinar la protección y el ahorro.• La aseguradora debe pagar la suma asegurada contratada tanto en caso de fallecimiento, como si el

asegurado llega con vida al término de la vigencia (dote).• El asegurado puede contratar todos los beneficios y cláusulas adicionales.• Otorga al asegurado Valores Garantizados a partir de la tercera anualidad.

Existen dos tipos de Seguro de Vida Dotales:

Son similares a una inversión, ya que la suma asegurada contratada es pagada solamente si el asegurado sobrevive (es decir, que no

fallece) hasta el final de la vigencia de la póliza.

Es un seguro que combina protección con un plan de ahorro e inversión. Es decir, pagan la suma asegurada contratada en caso de fallecimiento del asegurado y también en caso de que sobreviva al

final del período. Incluye un dotal puro y un seguro temporal.

Tipo Descripción

Dotal Puro

Dotal Mixto

104 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

En un Dotal Puro, toda la prima se destina a la inversión, mientras que en un Dotal Mixto, una parte de la misma es para protección y el resto para inversión.

Beneficios Adicionales

Son cláusulas que puede contratar el asegurado para tener una mayor protección. Algunas de las características generales son:

• Contratación opcional para el asegurado.• Cuentan con suma asegurada propia, la cual podrá ser igual o inferior a la cantidad establecida en la

cobertura básica (nunca mayor a la suma asegurada por fallecimiento).• Pago de prima adicional.• Vigencia igual o menor a la del plan original.• No pueden contratarse solos. Necesariamente deben agregarse a la cobertura básica de fallecimiento.

Beneficios por Accidente

Definición de Accidente

Toda lesión corporal o la muerte sufrida por el asegurado por la acción súbita, fortuita y violenta de una fuerza externa.

Muerte Accidental

La suma asegurada será pagada si la muerte del asegurado se debe exclusivamente a la lesión o lesiones a consecuencia de un accidente, y cuando la muerte ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del mismo. Las edades de contratación son de 12 a 65 años y se cancela a los 70.

Pérdidas Orgánicas por Accidente

Este beneficio se basa en el concepto de pérdida orgánica que es la amputación quirúrgica o traumática de una parte completa del cuerpo.

Existe una tabla de indemnización que marca el porcentaje de suma asegurada que se debe pagar de acuerdo a la parte del cuerpo que se ha perdido.

La compañía pagará al asegurado la proporción de la suma asegurada contratada bajo este beneficio, en caso de que sufra la mutilación, amputación o pérdida de una parte del cuerpo o de su funcionamiento a consecuencia de un accidente amparado.

105

Tabla de Indemnizaciones

Se considera pérdida de:

• La vista, la falta completa e irreparable de la visión.• La mano, cuando exista separación completa a partir del nivel de la articulación de la muñeca o puño. • El pie, cuando exista separación completa a partir de la articulación a nivel del tobillo.• Los dedos, cuando exista separación de dos falanges.

Doble Indemnización por Muerte Accidental o Colectivo

Este beneficio sólo podrá contratarse junto con el de muerte accidental, es decir, si se contrata la cobertura básica y se quiere este beneficio, es indispensable contratar también el de muerte accidental o el de pérdidas orgánicas.

Características.- Se pagará el doble de la suma asegurada estipulada para este beneficio, si la muerte o las pérdidas orgánicas ocurren bajo las siguientes condiciones:

• Cuando el asegurado viaje como pasajero de cualquier vehículo público no aéreo, operado por una empresa de transporte público, con ruta establecida, itinerario fijo y pago de pasaje.

• Mientras el asegurado viaje como pasajero en ascensor que opere públicamente (no elevadores de minas).

• A causa de un incendio en cualquier teatro, hotel o edificio público, en el que se encuentre el asegurado.

Por pérdida de

La indemnización es:

La vida, ambas manos o pies, la vista de ambos ojos, una mano y un pie, una mano o un pie conjuntamente con la vista de un ojo, por varias pérdidas orgánicas en un mismo accidente.

Una mano o un pie.

La vista de un ojo.

Amputación parcial de un pie, comprendiendo todos los dedos. Tres dedos, comprendiendo el pulgar o el índice de una mano, sordera completa.

Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano.

El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano; el índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano.

Un dedo pulgar.

Un dedo índice.

Cada uno de los dedos medio, anular y meñique.

% de SA

100

50

30

-

-

-

15

10

-

106 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

El accidente deberá notificarse a la compañía, en el plazo máximo de 5 días a partir de la fecha en que se tenga conocimiento del mismo, salvo causas de fuerza mayor.

Definición de Invalidez

La invalidez es la incapacidad total y permanente que sufre el asegurado a causa de una enfermedad o accidente, que le impida el desempeño de su trabajo habitual o de cualquier otro compatible con sus conocimientos, habilidades, aptitudes y posición social.

También se considera como invalidez la pérdida de ambas manos, ambos pies, ambos ojos, una mano y un pie, una mano y un ojo, un pie y un ojo.

Lineamientos Generales (Invalidez)

• La Aseguradora tiene derecho a comprobar a su satisfacción que se a producido el estado de invalidez o incapacidad. De igual forma, podrá investigar, generalmente una vez al año, que se mantiene dicho estado. Por lo que cuando se hace patente la desaparición del estado de invalidez total y permanente también cesarán los beneficios.

• Si el Asegurado se ha rehabilitado o le niega información a la Aseguradora en sus verificaciones, terminarán las obligaciones de ésta.

• El estado de invalidez debe ser continuo durante ciertos meses (que cada Compañía fija) para que proceda. Es decir, para que opere la indemnización se debe cumplir el periodo de espera.

• Cuando la invalidez se deba a la pérdida de órganos mencionados en la definición, no opera el periodo de espera.

En estos beneficios no se otorgan valores garantizados ni dividendos.

Algunos ejemplos de causas que provocan la invalidez y por las cuales se puede dar la indemnización por invalidez, son: derrame cerebral, accidente automovilístico, daño neurológico en la columna vertebral. Exención de Pago de Primas

Con este beneficio la compañía se obliga a mantener en vigor la póliza durante todo el plazo contratado (no puede ser cancelada), sin que el asegurado pague primas, a partir del momento en que se dictamine o certifique el estado de invalidez.

La suma asegurada de este beneficio será el monto de las primas que faltan por pagar durante el tiempo contratado o vigencia del seguro.

Pago Adicional por Invalidez Total y Permanente

Si el asegurado llega a sufrir incapacidad total y permanente, la compañía se obliga a pagarle la suma asegurada contratada para esta cobertura en una sola exhibición, una vez que se haya comprobado el estado de invalidez y pasado el período de espera.

Su suma asegurada es igual o menor a la cobertura básica. Se pueden manejar diferentes formas de entregar la suma asegurada, una vez que se haya comprobado el estado de invalidez.

• En una sola exhibición.• Una parte en efectivo y otra en rentas mensuales.• En rentas mensuales.

107

Renta Mensual por Invalidez Total y Permanente

En caso de que el asegurado llegue a incapacitarse total y permanentemente, la compañía le pagará rentas mensuales durante el tiempo que se haya contratado el seguro o hasta que fallezca el asegurado, lo que ocurra primero. Es decir, el asegurado tendrá una renta mensual vitalicia.

Beneficio de Homicidio Intencional

Cuando el asegurado fallezca por muerte provocada por homicidio intencional, la compañía pagará la suma asegurada establecida para este beneficio. Al igual que en el beneficio de muerte accidental, el fallecimiento debe ocurrir dentro de los siguientes 90 días del accidente.

La suma asegurada nunca será mayor a la establecida para el plan básico y la vigencia será hasta la edad señalada en la carátula de la póliza, máximo 70 años.

Gastos Funerarios

Existen dos formas en que puede funcionar este beneficio:

• Un anticipo sobre la suma asegurada del plan básico, con sólo presentar el Certificado Médico de Defunción.

• Se pagará la suma asegurada contratada para esta cobertura.

Las características de este beneficio son:

• El pago correspondiente se hace a aquel beneficiario que haya realizado el gasto correspondiente y que presente el aviso de siniestro, los documentos que solicite la Empresa y las facturas de los gastos.

• Si el monto total de los gastos fuera menor, la diferencia se repartirá entre los beneficiarios señalados en la póliza en el porcentaje indicado. Debe existir saldo suficiente para cubrirlos, en caso de que haya pedido préstamo sobre la póliza.

• No tiene valores garantizados.• Para que opere, la póliza debe tener más de dos años de vigencia.

Planes no Tradicionales

Estos planes combinan la protección y el ahorro en una sola póliza de seguros:

• Dinámicos.• Protección e Inversión.• Retiro.

Un seguro universal o flexible es un contrato mediante el cual un asegurado adquiere un seguro temporal por un plazo determinado o a edad alcanzada y un seguro de supervivencia para el mismo plazo.

A diferencia de un dotal, el asegurado tiene la flexibilidad para realizar depósitos o retiros al fondo de ahorro constituido, mismo que recibirá al momento del vencimiento del contrato.

Seguro de Vida Universal SIMPLE

Tiene un solo fondo.

El cliente y la compañía comparten el riesgo, por eso tienen un rendimiento mínimo garantizado más la posibilidad de obtener más.

Seguro de Vida Universal VARIABLE

Tiene opción de 1 o más fondos.

El cliente determina el riesgo que desea tomar, por eso no existe ningún rendimiento garantizado.

108 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Los elementos que integran un seguro universal son:

• Beneficio por fallecimiento.• Prima mínima o sugerida.• Prima excedente.• Fondos de inversión.• Retiros parciales.

Beneficio por Fallecimiento de un Plan No Tradicional

El asegurado podrá optar por una de las siguientes opciones:

1. Beneficio Nivelado

El beneficio por fallecimiento será solo el monto de la suma asegurada especificada en el seguro, más los incrementos de suma asegurada otorgados antes de ocurrir el fallecimiento.

2. Beneficio Creciente

El beneficio por muerte será igual al monto de la suma asegurada especificada en el seguro, más los incrementos de suma asegurada otorgados antes de ocurrir el fallecimiento, más el saldo de los fondos excedentes a la fecha en que ocurra el fallecimiento.

Beneficio por fallecimiento

NIVELADO = Acumulación

Suma Asegurada (SA)

CRECIENTE = Protección

SA + Valor en el fondo (s)

$ M

onto

$

$ M

onto

$

Prima

Costo de seguro

Costo de seguro

Prima

Prima Mínima o Sugerida de un Plan No Tradicional

Es la prima que se destina para cubrir los costos del seguro y beneficios adicionales que se contrataron. Se aplica para incrementar el fondo básico.

Prima Excedente de un Plan No Tradicional

Son pagos adicionales a la prima sugerida, esta prima se integra al fondo de inversión.

Fondos de Inversión de un Plan No Tradicional

En este tipo de planes existen dos tipos de fondos:

Fondo Básico

Las primas mínimas o sugeridas recibidas menos los gastos administrativos correspondientes, se aplicarán

109

para constituir e incrementar un fondo básico junto con los intereses que generen.

De este fondo se deducirán mensualmente los costos del seguro correspondiente de acuerdo a la edad del asegurado a la fecha del último aniversario de la póliza.

Fondos Excedentes

Los fondos excedentes podrán variar de acuerdo a los rendimientos que se acreditan en función de las inversiones realizadas.

Retiros Parciales de un Plan No Tradicional

Durante la vigencia de la póliza se podrán hacer retiros parciales, a solicitud del asegurado. El retiro parcial podrá ser por cualquier monto que no exceda el valor de rescate con que se cuente en ese momento. La deducción de los retiros en cada fondo excedente en forma proporcional al saldo de los fondos al momento del retiro. De este monto parcial será deducido el costo de la transacción.

Deducibilidad

Para el seguro de vida, la deducibilidad está legislada por la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los artículos 109, 176 y 218.

Artículo 109 Ley ISR

No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:Cuando el seguro sea por sobrevivencia o supervivencia, las indemnizaciones que las compañías paguen a los asegurados o sus beneficiarios, no pagará impuestos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

• Se paguen al asegurado cuando llegue a 60 años de edad.• Tenga una antigüedad mínima de 5 años con el Seguro.• La prima la pague el asegurado (Fracción XVII).

En el caso de los seguros colectivos, cuando la indemnización sea por muerte, invalidez, pérdidas orgánicas o incapacidad del asegurado y la prima sea pagada por el empleador, la cantidad que se entregue a los beneficiarios (siempre que sean su cónyuge o sus hijos) estará exenta de impuesto. (Fracción XVII).

Artículo 176 Ley del ISR

Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones que les correspondan autorizadas en cada Capítulo de la Ley, las siguientes deducciones personales:

• Si la persona tiene planes personales de retiro, no pagarán impuesto los beneficios que el asegurado reciba de ellos, con excepción del caso en que dichos beneficios los reciba el heredero o el beneficiario designado, quienes deberán acumular el monto a sus ingresos (Fracción V).

• Se entenderá por planes personales de retiro a las cuentas o canales de inversión que se establezcan con el único fin de recibir y administrar ingresos para ser utilizados cuando el asegurado llegue a los 65 años o en casos de invalidez o incapacidad. Los beneficios recibidos de dichos planes no causarán impuesto en el porcentaje señalado en la Ley (Fracción V).

• En caso de muerte del asegurado, sus beneficiarios o herederos deberán acumular a sus ingresos los retiros que efectúe de la cuenta o canales de inversión, según sea el caso.

110 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Artículo 218 Ley del ISR

Los contribuyentes que realicen depósitos en las cuentas especiales de ahorro para el retiro o pagos de primas de seguros de pensiones, jubilación o retiro podrán restar el importe pagado por este concepto de sus ingresos en la declaración del ejercicio que corresponda. Sin embargo, la parte correspondiente al seguro de vida, no será deducible.

Las reservas y los dividendos, así como cualquier cantidad que se reciba por concepto de interés o préstamos e indemnizaciones, deberán tomarse como ingresos acumulables.

En caso de fallecimiento del asegurado, sus beneficiarios o herederos deberán acumular a sus ingresos los retiros que efectúe de la cuenta o canales de inversión, según sea el caso.

111

Exclusiones

Las exclusiones para la cobertura de fallecimiento (plan o cobertura básica) son pocas, y son diferentes a las que aplican a los beneficios que se pueden contratar. A continuación mostraremos las exclusiones para la cobertura por fallecimiento y para los beneficios por accidente, invalidez y homicidio intencional.

La cobertura básica por fallecimiento no tiene exclusiones, excepto el suicidio que no queda amparado durante los dos primeros años de vigencia ininterrumpida de la póliza.

Exclusiones de los Beneficios por Accidente o Invalidez

Las exclusiones para los beneficios por accidente e invalidez son:

• Envenenamiento de cualquier naturaleza, excepto cuando se deriven de un accidente.• Inhalación de gases de cualquier clase, excepto cuando se deriven de un accidente.• Intento de suicidio, si ocurre en los dos primeros años de vigencia de la póliza.• Lesiones causadas intencionalmente.• Enfermedades, padecimientos o intervenciones quirúrgicas de cualquier naturaleza, que no sean

ocasionadas directamente por accidente.• Homicidio intencional.• Riña, cuando el asegurado haya sido el provocador.• Lesiones en navegación aérea, salvo como pasajero de una compañía comercial de aviación en

itinerario regular. Sólo se cubren los accidentes en viajes aéreos en una nave comercial siendo el asegurado pasajero.

• Lesiones en navegación submarina.• Lesiones por participar directamente en pruebas, carreras o competencias de seguridad, resistencia o

velocidad, a bordo de vehículos.• Lesiones por practicar paracaidismo, motociclismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia.• Accidentes que sufra el asegurado encontrándose bajo los efectos del alcohol, drogas o enervantes que

le causen perturbación mental o pérdida del conocimiento (salvo que le hubieren sido prescritas por un médico).

• Enfermedad corporal o mental.• Infecciones, con excepción de las que resulten de una lesión accidental.

Exclusión del Beneficio de Homicidio Intencional

Riña, cuando el asegurado haya sido el provocador.

Verificación (Beneficios de Invalidez)

La aseguradora tiene derecho a comprobar, a su satisfacción, que se ha producido el estado de invalidez. De alguna forma, podrá investigar (generalmente una vez al año) que se mantiene dicho estado. Si el asegurado se ha rehabilitado, o le niega información a la Compañía, cesarán las obligaciones de ésta.El plazo máximo a transcurrir entre el accidente y la muerte o pérdida orgánica es de 90 días.

112 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Período de Espera

Estos beneficios comenzarán a surtir efecto con un período de espera que cada compañía establece (normalmente 6 meses) después de que se haya declarado la Invalidez Total y Permanente.

La indemnización por incapacidad total y permanente paga la suma asegurada contratada en el beneficio 6 meses después de presentarse la incapacidad.

Edad

La aseguradora fija unos límites de aceptación para contratar un seguro, los cuales son 12 años de edad como mínimo y 70 como máximo. En los planes cuyo vencimiento sea a edad alcanzada 60 y 65, el límite máximo de admisión es de 50 y 55 años respectivamente.

La edad mínima es de 12 años porque en menores de 12 años no se cubre el riesgo de fallecimiento.

Modificaciones

En el transcurso de la vida de la póliza, las necesidades de protección del asegurado pueden variar, por lo que éste tiene derecho a efectuar algunas modificaciones a las condiciones de su póliza, éstas solo podrán hacerse entre el asegurado y la aseguradora mediante cláusulas o endosos aprobados por las autoridades.

Cambio de plan

A solicitud del Asegurado, el plan de este seguro podrá cambiarse en cualquier momento a otros de los que emita la Compañía, siempre que esta póliza se encuentre en vigor y la prima por millar del nuevo plan sea mayor a la de la póliza vigente. Si el nuevo plan es de reservas más altas al original, el Asegurado tendrá la obligación de aportar la diferencia que exista entre los planes (art. 155 LSCS).

Por ejemplo cambiar de un Seguro Temporal a un Dotal u Ordinario de Vida.

Cesión

Esta cláusula indica, que previo acuerdo del asegurado y la aseguradora, los derechos de la póliza pueden ser cedidos a terceras personas, como bancos, arrendadoras, etc.

Beneficiarios

Al efectuarse el contrato, el asegurado debe designar libremente y registrar los nombres de los beneficiarios, ya que la suma asegurada y todas las cantidades derivadas de este contrato, serán pagadas a ellos.

Liquidación

Una vez transcurrido el “período de espera”, el asegurado podrá recibir la suma asegurada contratada, de alguna de las siguientes formas, según lo indique el clausulado de cada compañía.

• En una sola exhibición.• Una parte en efectivo y otra parte en rentas mensuales.• En rentas mensuales.

Los plazos de las rentas podrán variar de 24 a 60 meses, y en todos los casos, se darán por concluidas si fallece el asegurado.

113

Renta

Es el pago periódico de un beneficio contratado.

Indemnización

La indemnización es el pago de un beneficio contratado en una sola exhibición.

Reembolso

Es el pago posterior al gasto efectuado por el asegurado.

Suicidio

Durante los dos primeros años de vigencia de la póliza, no se cubre suicidio del asegurado, por lo que en caso de ocurrir la aseguradora está obligada a reembolsar el importe de la reserva matemática.

Indisputabilidad

En la Cláusula de Indisputabilidad se establece que la póliza no será disputable después de 2 años de su emisión o de su rehabilitación, por omisiones o declaraciones inexactas contenidas en la solicitud de seguro.

Carencia de restricciones

El lugar de residencia o el cambio de ésta así como la ocupación, viajes o género de vida del asegurado, no afectan las condiciones de la póliza, excepto cuando sean sancionadas por la ley.

Condiciones GeneralesDentro de las Condiciones Generales de la Póliza, encontramos algunas cláusulas que son muy importantes ya que definen el funcionamiento de cualquier Seguro de Vida.

1. Contrato

El Contrato de Seguros es un documento a través del cual, las aseguradoras se comprometen a resarcir el daño o a pagar una suma de dinero si ocurre un evento establecido en el contrato y, el contratante / Asegurado de pagar una prima con el fin de estar protegido. (Título I Art.)

El contrato de seguro se puede modificar con los Endosos.

2. Apreciación del Riesgo

El Proponente estará obligado a declarar por escrito a la Empresa todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante o representado. Si es un representante, éste será el que estará obligado a proporcionar dicha información.

3. Carencia de Restricciones

El lugar de residencia o el cambio de ésta así como la ocupación, viajes o género de vida del Asegurado, no afectan las condiciones de la póliza, excepto cuando sean sancionadas por la ley.

Debido a esta cláusula las sanciones por agravación del riesgo pueden neutralizarse cuando esta agravación se refiere a viajes, cambio de residencia, ocupación o género de vida.

114 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

4. Cambio de Plan

A solicitud del Asegurado, el plan de este seguro podrá ser cambiado en cualquier momento a otros de los que emita la Compañía, siempre que esta póliza se encuentre en vigor y la prima por millar del nuevo plan, sea mayor a la de la póliza vigente. Si el nuevo plan es de reservas más altas que el original, el Asegurado tendrá la obligación de aportar la diferencia que exista entre los planes. (art.155 Ley Sobre el Contrato del Seguro).

Por ejemplo cambiar de un plan Temporal a un Dotal o a un Ordinario de Vida.

Contenido de la Póliza

Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaran con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza; transcurrido este plazo, se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones. (Artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato del Seguro).

La Póliza

La póliza de seguro es el contrato en el cual se establecen los derechos y obligaciones del Asegurado y de la Aseguradora y es el documento oficial que se entrega a la compra de un seguro (art.20 Ley Sobre el Contrato del Seguro).

Como prueba fehaciente del contrato de seguro entre el Asegurado y la Aseguradora, existen: la solicitud y la póliza, integrada por: las condiciones generales, las cláusulas adicionales, especiales y endosos.

Son objeto de este contrato únicamente la cobertura básica y adicional enunciada y claramente especificada en el espacio de Coberturas Contratadas, señaladas en la carátula de la póliza.

Beneficiarios

Al efectuarse el contrato, el Asegurado debe asignar libremente y registrar los nombres de los Beneficiarios, ya que la suma asegurada y todas las cantidades derivadas de este contrato, serán pagadas a ellos.

El Asegurado tendrá derecho a designar libremente a los beneficiarios del seguro y podrá revocar tal designación mediante notificación por escrito a la Compañía, siempre y cuando no hubiera renunciado a este derecho. La renuncia se hará constar forzosamente en esta póliza y será el único medio de prueba. Cuando se renuncia a revocar a los beneficiarios, se les llama a éstos, irrevocables. Si el Asegurado quisiera quitar al beneficiario irrevocable el propio beneficiario deberá autorizarlo por escrito. En caso de que el beneficiario irrevocable muriera simultáneamente que el Asegurado la indemnización la recibirá los herederos del beneficiario.

En caso de que el o los beneficiarios murieran simultáneamente que el Asegurado la indemnización la recibirá la sucesión legal del Asegurado.

Cuando no exista beneficiario designado, el importe del seguro formará parte de la sucesión del Asegurado y se dividirá en 50% para el cónyuge y 50% para los descendientes.

La misma regla se observará en caso que el beneficiario muera antes que el Asegurado y éste no haga una nueva designación.

Cuando existan varios beneficiarios y fallezca alguno de ellos, su porción acrecentará, por partes iguales, la de los demás, a menos que el Asegurado haya dispuesto otra cosa.

En el caso de que el Asegurado no especifique el porcentaje de la suma asegura que se asignará a los beneficiarios, ésta se distribuirá en partes iguales a cada uno de ellos.

115

En caso de que un Asegurado designa a su cónyuge y sus descendientes como beneficiarios, sin especificar porcentajes, se otorgará 50% a los descendientes y 50% al cónyuge.

La indemnización del Seguro de Vida no es embargable cuando los beneficiarios son el cónyuge y los descendientes del Asegurado.

Edad del Asegurado

Se considera la que haya alcanzado en el aniversario anterior a la fecha de inicio de vigencia.

Artículo 161 LSCS

Cuando el Asegurado paga una prima menor de la que corresponda a la edad real, la Aseguradora reducirá en la proporción que exista entre la prima estipulada y la prima de tarifa para la edad real a la fecha de celebración del contrato.

Si se estuviera pagando una prima más elevada que la que corresponde a la edad real, la Empresa estará obligada a rembolsar la diferencia entre la reserva existente y la que habría sido necesaria para la edad real del Asegurado en el momento de la celebración del contrato.

Si con posterioridad a la muerte del Asegurado se descubriera que la edad declarada en la solicitud era inexacta y se encuentra dentro de los límites de admisión autorizados, la Compañía sólo pagará la suma que las primas pagadas hubieran podido pagar de acuerdo a la edad real, aplicando la tarifa que estaba vigente a la fecha de celebración del contrato.

Si al comprobar la edad real, resulta que está fuera de los límites de admisión, se cancelará la póliza y se devolverá la reserva matemática que corresponda hasta esa fecha.

Indisputabilidad

En la cláusula de indisputabilidad se establece que la póliza no será disputable después de 2 años de su emisión o de su rehabilitación, es decir, la Compañía renuncia a disputarla por omisiones o declaraciones inexactas por parte del Asegurado, contenidas en la solicitud de seguro.

Transcurridos dos años de vigencia ininterrumpida de la póliza, la Compañía pagará toda reclamación de fallecimiento del Asegurado, aun cuando en la solicitud existieran omisiones o declaraciones inexactas.

Contraseguro o Seguro de menores

Las condiciones de contratación y cláusulas se modifican para asegurados menores de doce años de edad, en los siguientes términos:

Un Seguro de Vida para menores, es nulo.

Cuando el menor tenga doce años o más, deberá dar, junto con su representante legal, su consentimiento para el seguro, de lo contrario, éste será nulo (art. 157 y 158 Ley Sobre el Contrato del Seguro).

Además de lo que marca la Ley, las compañías generalmente utilizan los siguientes lineamientos para el caso de seguro de menores:

La prima y valores de rescate han sido calculados considerando al Asegurado como si tuviera doce años de edad.

En caso de fallecimiento del Asegurado antes de cumplir los doce años de edad, la compañía pagará a los beneficiarios designados el importe de las primas cubiertas menos gastos o el valor de rescate, lo que resulte ser mayor.

116 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Hasta la fecha en que el Asegurado cumpla los doce años de edad queda sin efecto legal la cláusula de conversión a seguro saldado o seguro prorrogado.

A partir de los doce años de edad, en caso que el Asegurado eligiera el Seguro Saldado o Seguro Prorrogado, la Compañía calculará los valores a que tenga derecho de acuerdo con los procedimientos aprobados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, ya que los valores garantizados que se muestran en la Tabla no corresponderían.

Suicidio

En caso de muerte del Asegurado por suicidio, ocurrido dentro de los dos primeros años de la vigencia de este contrato, cualquiera que haya sido la causa y el estado mental o físico del mismo, la Compañía solamente cubrirá el importe de la reserva matemática que corresponda a la fecha en que ocurra el fallecimiento, (art. 186 Ley Sobre el Contrato del Seguro). En caso de rehabilitación, el período de dos años a que se refiere el párrafo anterior, correrá a partir de la fecha en que se rehabilite.

Prescripción

Todas las acciones que deriven de este contrato de seguro prescribirán en dos años, contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, excepto la cobertura de fallecimiento, que prescribirá en 5 años (Artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).Tratándose de la realización del siniestro, el plazo empieza a correr a partir de que los beneficiarios se enteran:

a) De la realización del siniestro.b) Del derecho constituido a su favor bajo la póliza. Si los beneficiarios desconocen su calidad de

beneficiarios, el plazo no puede empezar a correr (Artículo 82 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).

La prescripción se interrumpirá no sólo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento de peritos o por la iniciación del procedimiento señalado por el Artículo 135 de la Ley General de Instituciones de Seguros (art. 84 Ley Sobre el Contrato del Seguro).

Lo anterior significa que las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas si no se le exige su cumplimiento dentro del plazo de dos años que marca la Ley.

Rescisión del contrato

Cualquier omisión o inexacta declaración de los hechos, se considerará causa de rescisión del contrato, aunque no haya influido en la realización del siniestro. Y se le conoce cómo rescisión automática del contrato.

La Empresa comunicará fehacientemente al Asegurado la rescisión de contrato dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que conozca la omisión o inexacta declaración.

Cuando el contrato de seguro comprenda varias cosas o varias personas y la omisión o inexacta declaración no se refieran sino a algunas de esas cosas o personas, el seguro quedará en vigor para las otras, si se comprueba que la Aseguradora las habría asegurado en las mismas condiciones.

No se podrá rescindir el contrato cuando la Empresa:

• Provoque la omisión o inexacta declaración.• Conocía o debía conocer el hecho que no ha sido declarado.• Conocía o debía conocer exactamente el hecho que ha sido inexactamente declarado.• Renunció al derecho de rescisión del contrato por esa causa.• Celebre el contrato, aun cuando el contratante no conteste una de las cuestiones (preguntas) propuestas.

117

(Art. 47 - 50 Ley Sobre el Contrato del Seguro)

Omisión o inexacta declaración

Cualquier omisión o inexacta declaración de los hechos, se considerará causa de rescisión del contrato, aunque no haya influido en la realización del siniestro. En ese caso, la Aseguradora conservará su derecho a la prima por el período en curso, pero si esto ocurre antes de que el riesgo empiece a correr, entonces la Aseguradora sólo podrá cubrir los gastos correspondientes. Por otra parte, si el Asegurado pagó otros períodos del seguro, la Aseguradora restituirá sólo las tres cuartas partes de las primas correspondientes a estos períodos. La Empresa comunicará al Asegurado la rescisión de contrato dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que conozca la omisión o inexacta declaración.

ReclamacionesProcedimiento de Reclamación

La reclamación es una carta en la cual los beneficiarios dan aviso a la Aseguradora de lo acontecido a la persona asegurada, reclamando el beneficio del seguro.

La carta reclamación debe contener:

El beneficiario o reclamante debe dar aviso a la Aseguradora:

• Por teléfono, lo antes posible.• Por escrito, a más tardar 24 horas después de que ocurrió el siniestro.

Los documentos requeridos por la Aseguradora para realizar una reclamación son:

• Póliza.• Acta del ministerio público o de alguna autoridad que haya intervenido en el hecho y haya dado fe de

los mismos (cuando se trata de accidente).• Acta de defunción.• Acta de nacimiento.• Acta constitutiva cuando el beneficiario sea una persona moral.• Carta de la institución financiera indicando el saldo insoluto (en caso de Temporales decrecientes).

El proceso en general que siguen la mayoría de las compañías para determinar si procede el pago de la indemnización, es el siguiente:

• Corroborar que la póliza bajo la cual se presenta la reclamación estaba realmente vigente en el momento en que ocurrió la pérdida.

• Constatar que la pérdida estaba realmente cubierta por la póliza a través de las coberturas contratadas.• La persona que analiza el siniestro busca evidencias que comprueben que la pérdida ocurrió realmente,

Elemento Datos

Declaración del Reclamante (puede ser el Asegurado cuando sea invalidez; o los beneficiarios, en caso de fallecimiento del Asegurado)

• Fecha de ocurrencia del siniestro (fallecimiento o accidente).

• Hora aproximada.• Descripción de los hechos (en qué circunstancias

ocurrieron).• Causa del fallecimiento.

Formato de solicitud de reclamación de siniestro

• Número de póliza.• Vigencia de la póliza.• Descripción de los hechos.

118 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

además de detalles suficientes para describir la naturaleza o causa exacta de la misma.

El producto de la póliza deberá ser pagado de la forma estipulada por el Asegurado al o los beneficiarios nombrados.

Una vez que se tienen todos los documentos y se han analizado las circunstancias del siniestro, se determina si se paga o no.

Si la reclamación ha sido aprobada, se emite un cheque por la cantidad correcta de dinero más cualquier monto de intereses, en caso de que existan, que corresponda al Reclamante.

Si la reclamación ha sido rechazada, se envía al Reclamante una carta llamada carta rechazo, en la cual se explican los motivos y fundamentos del mismo.

Los motivos comunes de rechazo de la reclamación son:

• La póliza no se encontraba vigente cuando ocurrió el deceso del Asegurado.• El Asegurado se suicidó durante el período de espera, es decir, durante los dos primeros años de

vigencia de la póliza.• En una reclamación por muerte accidental, se consideró que la muerte no fue accidental, conforme se

establece en la póliza.

Administración del Seguro

Existen algunos planes donde la Aseguradora administra la suma asegurada para los beneficiarios del seguro. Esto genera gastos de administración que se incluyen en la prima, es decir, el beneficiario no paga los gastos de administración.

Fondos de Administración Los fondos de administración pueden tener tres formas:

● Interés exclusivamente. La suma asegurada del beneficiario es administrada por la Aseguradora y éste únicamente recibe los intereses que produce ese capital durante un tiempo que se ha fijado previamente con la Compañía. Al finalizar el tiempo pactado, el beneficiario recupera su capital.

● Cantidad fija. El Asegurador distribuye los beneficios del seguro en sumas mensuales predeterminadas

hasta la entrega total del capital y los intereses que ha generado durante el tiempo de administración de la Compañía. Esta opción permite al beneficiario realizar retiros parciales de la cuenta principal, pero esto reducirá el tiempo durante el cual recibirá las sumas mensuales.

● Período fijo. En esta opción, el Asegurador paga al beneficiario toda la indemnización y los intereses que genera la misma durante un período establecido. Sin embargo, el beneficiario no puede retirar cantidades parciales. Si el beneficiario muere antes de terminar el período fijado, los pagos pendientes deben entregar a un segundo beneficiario.

119

Fideicomiso

El Fideicomiso es un negocio jurídico que se constituye mediante la declaración unilateral de una persona llamada fideicomitente, quien destina ciertos bienes a un fin lícito a favor de determinada o determinadas personas llamadas fideicomisarios, encomendando la ejecución de ese fin mencionado a una institución llamada fiduciaria, la cual no puede ser fideicomisario en la misma operación.

Las reformas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (1993), permiten actuar a las aseguradoras como fiduciarias en el caso de fideicomisos de administración en que se afecten recursos relacionados con:

• El pago de primas por los contratos de seguros que se celebre.• Recursos relacionados con primas de antigüedad.• Fondos individuales de pensiones; rentas vitalicias.• Dividendos.• Sumas aseguradas.• Reservas de fondos de pensiones o jubilaciones del personal complementarias a las que se establecen

en las leyes sobre seguridad social y de primas de antigüedad.• Cantidades adicionales de efectivo, valores, bienes muebles e inmuebles y activos que deriven de las

operaciones señaladas. Las aseguradoras administran los fideicomisos emitiendo pólizas independientes para cada uno de ellos, es decir, cuentas individuales.

Las figuras que intervienen en el fideicomiso son:

• El fideicomitente.- Es aquella persona física o moral que destina ciertos bienes de los que puede disponer a la realización de un fin lícito determinado, y expresa su voluntad de que se encargue de llevar a cabo esa encomienda una entidad llamada fiduciaria.

• El bien o conjunto de bienes.- Lo que se destina a un fin lícito determinado.• El fin lícito o determinado.- De carácter abstracto o impersonal, o bien, puede concretarse en beneficio

de una persona o grupo de personas.• El fiduciario.- Entidades (institución bancaria, aseguradoras, afianzadoras y casas de bolsa) a las que

se encomienda la tarea de ejecutar la afectación patrimonial.• Ei fideicomisario.- Es la persona que recibe el beneficio del fideicomiso o la que recibe los remanentes

una vez cumplida la finalidad del mismo.

Formas de Liquidación

Existen diferentes formas para liquidar una reclamación. La más común es en una sola exhibición. Dentro de ella, podemos encontrar varias modalidades:

● Opción de Interés

El capital (la indemnización) es retenido por la Compañía e invertido en sus instrumentos por un tiempo determinado o por toda la vida del Beneficiario. La tasa de interés es garantizada y se fija en un porcentaje que ofrece la Compañía. Si el capital da más interés que el garantizado, se paga y se le conoce como interés excedente o dividendo de interés. La periodicidad de pago se fija con el beneficiario y generalmente es mensual (aunque puede ser anual). Al finalizar el tiempo estipulado o a la muerte del beneficiario, se entrega el capital retenido a quien se haya designado. Sin embargo, se puede estipular que a la muerte del beneficiario, el capital siga invertido y los intereses se paguen a sus descendientes o beneficiarios.

● Pago por Cuotas

Se establece que el producto de la póliza (la indemnización) sea entregado en pagos iguales durante

120 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

un período de años seleccionado. Estos pagos están integrados por parte del capital y los intereses que genera. Como el capital va decreciendo conforme pasan los años, el monto real de los pagos será desigual puesto que el interés que se genera disminuye conforme el capital lo hace.

● Cuotas Seleccionadas

Los pagos son en forma de renta anual con una cantidad uniforme seleccionada, conformada por el capital y los intereses de tasa garantizada más excedentes. Como se desconoce la tasa de interés a futuro, no se puede determinar el tiempo que durará la renta. Por lo tanto, se establece que se pagará la renta anual mientras dure el capital y existan intereses sobre él.

● Renta Vitalicia

El producto de la póliza se destina a comprar una renta de por vida o por un número determinado de años (5, 10 ó 20). El monto de la renta vitalicia depende del sexo (el monto para hombres es mayor que para mujeres) y de la edad del beneficiario en el momento de hacer la liquidación, por lo que la cantidad sólo se conocerá hasta que se haga pagadera la póliza.

121

Accidentes PersonalesSeguro de Accidentes PersonalesIntroducción

Dentro de los riesgos que amenazan al individuo, existe el de sufrir algún accidente que afecte su salud e integridad física, que puede llevar, incluso, a la pérdida de la vida.

El dinamismo de la vida moderna, con los avances y el desarrollo tecnológico, trae como consecuencia un aumento importante en la posibilidad de sufrir accidentes:

• El tránsito vehicular.• Las máquinas.• El movimiento constante.• La electricidad.• La radioactividad. • Control de las ondas magnéticas.

Un accidente le puede ocurrir a cualquiera, y en cualquier momento.

Coberturas

Este seguro cuenta con una cobertura básica y tres coberturas adicionales o beneficios que el cliente puede contratar (con el pago de la prima correspondiente).

• Muerte accidental

• Pérdidas Orgánicas

• Indemnización por incapacidad total y parcial

• Reembolso de Gastos Médicos

CoberturaBásica

CoberturasOpcionales

Cobertura Básica

Accidente

Toda lesión corporal sufrida involuntariamente por el asegurado y causada por hechos externos, violentos e imprevistos por actos no intencionales.

Muerte Accidental

Tomando la definición de accidente, la muerte accidental es la pérdida de la vida por un hecho externo, violento e imprevisto por actos no intencionales.

122 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Cobertura de Muerte Accidental

Otorga a los beneficiarios designados por el asegurado la suma contratada en caso de que éste perdiera la vida por accidente dentro del límite de tiempo que establezca el seguro, que normalmente es de 90 días contados a partir del accidente.

Generalidades de Contratación

• La edad mínima de contratación es de 12 años.• La edad máxima de contratación es de 65 años.• Cancela automáticamente a los 70 años de edad del asegurado.• Puede haber aumento de suma asegurada entre 10% y 50%.

Coberturas o Beneficios Adicionales Estos beneficios condicionados a la contratación de la cobertura básica, se pueden otorgar en forma individual o conjunta.

Pérdidas Orgánicas

En este tipo de seguros las pérdidas orgánicas se limitan a:

• La mano, su separación completa desde la articulación del puño o de la articulación metacarpiana, o arriba de ella.

• El pie, su separación completa desde la articulación del tobillo o articulación metatarsiana, o arriba de él.

• La vista de un ojo, la desaparición completa e irreparable de su función.• El dedo índice o pulgar, la separación de dos falanges completas.

Si a consecuencia de un accidente el asegurado sufre la pérdida de miembros dentro de los 90 días siguientes a la fecha del mismo, la aseguradora lo indemnizará de acuerdo a los porcentajes de suma asegurada establecidos en la tabla de indemnizaciones.

Si el asegurado fallece por el accidente, la aseguradora pagará a los beneficiarios designados la suma asegurada establecida, deduciendo cualquier cantidad pagada con anterioridad por pérdidas orgánicas cubiertas por el mismo accidente que provocó el fallecimiento.

En caso de que el asegurado sufriera durante la vigencia de la póliza, en uno o varios accidentes, varias pérdidas orgánicas, la responsabilidad de la aseguradora nunca excederá la suma asegurada contratada.

123

Seguro de Accidentes PersonalesTabla de Indemnizaciones

Existen dos tablas de indemnizaciones que manejan las aseguradoras: Tabla “A” y Tabla “B”. La diferencia radica en que la tabla “B” contempla mayor número de conceptos por los que se puede indemnizar. Generalmente las compañías manejan la tabla “A”.

Por pérdida de

La indemnización es de:

Ambas manos, ambos pies o la vista de ambos ojos.

Una mano y un pie.

Una mano o un pie y la vista de un ojo.

Una mano o un pie.

La vista de un ojo.

El pulgar de cualquier mano.

El índice de cualquier mano.

Amputación parcial de un pie comprendiendo todos los dedos.

Tres dedos de una mano, comprendiendo el pulgar y el índice.

Tres dedos de una mano, que no sean el pulgar o el índice.

El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano.

Sordera completa de los dos oídos.

El índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano.

El dedo medio, anular o meñique.

Anquilosis (parálisis) de los miembros cubiertos.

Escala A

% de SA

100

100

100

50

30

15

10

-

-

-

-

-

-

-

-

Escala B

% de SA

100

100

100

50

30

15

10

30

30

25

25

25

20

15

10

124 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Indemnización por Incapacidad Total y Parcial

Incapacidad.- Es la incapacidad total temporal o permanente que sufra el asegurado a causa de un accidente que le impida el desempeño de su trabajo habitual o de cualquier otro compatible con sus conocimientos, habilidades, aptitudes y posición social. También se considera como incapacidad la pérdida de:

• Ambas manos.• Ambos pies.• Ambos ojos.• Una mano y un pie.• Una mano y un ojo.• Un pie y un ojo.

Cobertura

Si como consecuencia directa de un accidente (independientemente de cualquier otra causa) el asegurado, dentro del límite de tiempo que establezca el seguro (generalmente son los primeros 10 días después del accidente), sufriera estado de incapacidad, la aseguradora pagará las indemnizaciones y el pago diario que haya convenido.

Definición de Incapacidad Total

Si dentro de los primeros 10 días, contados a partir de la fecha del accidente, el asegurado queda incapacitado para el desempeño de sus labores y se encuentra recluido por prescripción médica en un hospital o sanatorio o en su domicilio, la aseguradora pagará la indemnización diaria estipulada en la póliza mientras subsista la incapacidad y la reclusión, pero sin exceder de 1,460 días consecutivos o los establecidos en la póliza.

Definición de Incapacidad Parcial

Si dentro de los 10 días siguientes a la fecha del accidente o inmediatamente después de un período de incapacidad total cubierta bajo la póliza, las lesiones sufridas por el asegurado le provocan una incapacidad para desempeñar su ocupación parcialmente, la aseguradora pagará el 40% de la indemnización pagadera por incapacidad total pero sin exceder de 182 días consecutivos, contados a partir de la fecha del accidente.

Reembolso de Gastos Médicos

Si como consecuencia directa de un accidente, el asegurado (dentro del límite de tiempo que señala el seguro para que funcione, que normalmente es de 10 días) se viera precisado a someterse a tratamiento médico o intervención quirúrgica, hospitalizarse o hacer uso de los servicios de enfermería, ambulancias o medicinas, la aseguradora pagará (conjuntamente con las otras indemnizaciones a que tuviera derecho el asegurado) el costo de las mencionadas asistencia hasta la cantidad máxima estipulada por este concepto y previa comprobación.

Los gastos cubiertos por accidente se pagarán por un período máximo de 365 días, contados a partir de la fecha del accidente, sin que en ningún caso excedan de la suma asegurada contratada.

Los gastos que resulten de aparatos de prótesis dental o de cualquier otra clase y tratamientos de ortodoncia (necesarios a causa del accidente) serán cubiertos por la aseguradora hasta el límite de un 15% de la suma asegurada máxima establecida en la póliza.

Los gastos de ambulancia o de traslado del asegurado se pagarán hasta el 5% de la suma asegurada máxima establecida en la póliza.

125

Gastos Médicos

Los gastos médicos que se cubren, como consecuencia de un accidente son:

• Honorarios médicos.• Intervención quirúrgica.• Hospitalización.• Servicios de enfermera, ambulancia, medicinas.• Aparatos de prótesis dental o de cualquier otra clase y tratamientos de ortodoncia (necesarios a

causa del accidente) serán cubiertos hasta el límite de un 15% de la suma asegurada máxima establecida en la póliza.

• Los gastos de ambulancia o de traslado se pagarán hasta el 5% de la suma asegurada máxima establecida en la póliza.

• Los gastos cubiertos se pagarán por un período máximo de 365 días, contados a partir de la fecha del accidente.

Elementos de la Selección de Riesgos¿Qué es la Selección de Riesgos?

Cuando un cliente solicita un seguro de accidentes personales, es necesario analizar algunos datos para determinar su exposición al riesgo y clasificarlo.

Dependiendo del resultado del análisis (de la exposición al riesgo) se calcula el costo del seguro. Los elementos son:

• Ocupación.• Deportes.• Monto del seguro con relación al ingreso del solicitante.• Edad.• Estatura y peso.

Ocupación

La ocupación es la actividad que realiza el solicitante y no el título escolar que tenga. Es necesario describir claramente las labores que desempeña el solicitante, así como las herramientas con las que trabaja, no tiene la misma exposición al riesgo de accidente un oficinista que un soldador.

Es el principal elemento que determina el costo del seguro de accidentes personales.

Generalmente se utiliza una clasificación de ocupaciones que las describe de acuerdo a su peligrosidad o exposición al riesgo. Para utilizar esta clasificación, es necesario saber exactamente la ocupación del cliente y elegir el rubro en el que mayor quede.

Algunas compañías tienen una descripción precisa de las ocupaciones.

126 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Riesgos Pertenece a las personas…A Que trabajan tiempo completo en lugares no peligrosos.

BCuya ocupación la desempeñan principalmente en la calle, sin exposición a riesgos clasificados, o que realizan

trabajos manuales ligeros utilizando material y herramienta poco peligrosa.

CQue necesitan viajar constantemente para el desempeño de su ocupación habitual sin exposición de riesgos

clasificados, o que supervisan procesos de manufactura y operaciones de construcción.

Tabla de Clasificación de Riesgos

Deportes

La clase de deportes que practica y la frecuencia con que se dedica a ellos nos permiten conocer la exposición al riesgo de accidente que puede tener el cliente. Existen algunos deportes que se consideran peligrosos, sobre todo si se practican como profesional…

• Deportes ecuestres.• Hockey.• Carreras de automóviles.• Alpinismo.• Manejo de motocicletas.• Paracaidismo.• Buceo.• Cacerías frecuentes.

Monto del Seguro con Relación a los Ingresos del Solicitante

El monto del seguro debe ir relacionado con el ingreso del cliente ya que el seguro tiene el propósito de que la persona mantenga su mismo nivel de vida, no que mejore a través de la indemnización. El monto del seguro es la responsabilidad máxima de la compañía (suma asegurada) Para cada una de las coberturas, la forma de determinar la suma asegurada es: La suma asegurada contratada para la cobertura por muerte accidental no deberá exceder de cien veces el ingreso mensual del solicitante. Por incapacidad, máximo el 60% de todos los ingresos diarios del solicitante (no se consideran rentas o inversiones). Esto se deberá de establecer al momento del siniestro. Cuando el solicitante tenga otras pólizas garantizándole indemnización diaria por incapacidad, habrá que tomar en cuenta las cantidades que por este concepto tenga cubiertas para calcular el 60% a que se hace mención en el punto anterior. La indemnización por incapacidad para las mujeres se concederá cuando tengan un trabajo remunerado y que sea continuo durante todo el año.

DQue manejan vehículos urbanos, de reparto y transportadores de carga ligera, o que supervisan trabajo en fábricas

con productos o substancias que presentan cierto peligro.

EQue efectúan trabajos manuales ligeros pero cuyas herramientas, material o medio en el que el trabajo se

desempeña representa peligro, o choferes de autobuses foráneos de pasajeros.

FQue realizan trabajos manuales sin manejar maquinaria, pero cuya actividad es por sí misma peligrosa dado

el medio en que se desempeña, o choferes de ambulancia, de camiones de carga pesada, transportadores de material explosivo o peligroso, sean urbanos o foráneos.

G Que manejan maquinaria pesada o que se sirvan de motocicletas o motonetas para el desarrollo de su trabajo.

H Que desempeñan una ocupación cuya naturaleza representa un riesgo peligroso y constante.

I Con ocupaciones sumamente peligrosas, pero que a juicio de la aseguradora podrían aceptarse.

JCon ocupaciones que comúnmente no son asegurables y en caso de ser aceptados, la prima mínima será la

correspondiente a este riesgo.

127

Edad

Como edad del asegurado se considerará la edad alcanzada a la fecha de contratación o, en su caso, a la fecha de renovación.

La edad mínima de contratación:

La edad máxima de admisión es de: 65 años en nuevas contrataciones y 69 años para renovación. La edad de cancelación para todas es de 70 años.

Recargos

Los recargos que aplican a las personas mayores son de 25% de 60 a 64 años y de 50% de 65 a 69 años.

Estatura y Peso

La relación peso – estatura determina el índice de masa corporal (obesidad o delgadez) de las personas. Por lo tanto, es importante conocer estas variantes ya que son las que determinan si el riesgo es normal o no a causa de la delgadez o de la obesidad.

Tipos de Riesgo

Para efectos de este tipo de seguros, se clasifican en:

• Riesgo Normal.• Riesgo Subnormal.• Riesgo Catástrofe.

Riesgo Normal

Los riesgos normales los integran aquellas personas cuya ocupación, deportes que practican, relación peso – estatura se encuentran consideradas dentro de los parámetros aceptados por las compañías, es decir, no existe un riesgo mayor al normal de que sufran un accidente.

Riesgo Subnormal

Lo integran aquellas personas que representan un riesgo de accidente más alto de lo normal por alguna ocupación, deporte o por presentar alguna anormalidad (enfermedad, deformidad, falta de miembros o su edad) en su cuerpo. Cuando la persona padezca alguna enfermedad o deformidad corporal, la aseguradora puede aceptar el riesgo cobrando una prima adicional, o bien, dada la gravedad de la enfermedad o la importancia de la deformidad, puede no aceptar la solicitud, lo cual deberá informársele al solicitante. A continuación se relacionan algunas enfermedades, padecimientos y deformidades que se consideran como riesgos subnormales.

• Ceguera y sordera total o parcial.• Diabetes.• Drogadicción.• Epilepsia.• Glaucoma.• Gota.• Nefritis crónica (mal de Brigth).

Cobertura de muerte accidental. 12 años

Cobertura de incapacidad por accidente. 16 años

Pérdidas orgánicas. 30 días

Reembolso de gastos médicos. 30 días

128 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

• Neurastenia.

Cuando se asegure a una persona que haya sido indemnizada por pérdidas orgánicas se deberá adicionar una cláusula para modificar los porcentajes de indemnización.

Riesgo Catástrofe

Se considera riesgo catastrófico cuando existe una acumulación de 12 ó más asegurados que vayan a utilizar el mismo medio de transporte, en el mismo viaje, por ejemplo, en convenciones, excursiones, congresos, etc.

129

Exclusiones¿Qué son las exclusiones? Las exclusiones como en todos los seguros, se dividen en las que pueden ser cubiertas mediante convenio expreso y las que son definitivas.

Riesgos Excluidos, contratación mediante Convenio Expreso

Cuando el asegurado viaje:

• En taxis aéreos o en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el servicio de transporte regular de pasajeros.

• Como piloto, mecánico de vuelo o miembro de la tripulación de cualquier aeronave.

• Como ocupante de algún automóvil o cualquier otro vehículo de carreras, pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad.

• En motocicletas, motonetas y otros vehículos similares de motor.• A consecuencia de la práctica de paracaidismo, tauromaquia, buceo y

alpinismo.

Riesgos Excluidos Definitivamente

• Efectos de la energía nuclear o atómica.• Enfermedad corporal o mental.• Infecciones bacteriales (con la excepción de las infecciones que acontezcan como resultado de una

lesión accidental).• Tratamiento médico o quirúrgico, cuando éste no sea necesario por no ser consecuencia del

accidente.• Lesiones que el asegurado sufra en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra,

insurrección, rebelión, revolución, riña y actos delictuosos en que participe directamente o por culpa grave del mismo o de sus beneficiarios.

• Homicidio intencional, atentado simple o calificado.• Suicidio o cualquier intento del mismo.• Mutilación voluntaria, aun cuando se cometa en estado de enajenación mental.• Hernias y eventraciones.• Envenenamiento de cualquier origen o naturaleza.• Abortos, cualquiera que sea su causa.• Deportes profesionales.

130

Acontecimiento proveniente de una causa externa, imprevista, súbita y violenta que produce lesiones o la muerte del asegurado.

No se consideran accidentes las lesiones corporales o la muerte provocadas intencionalmente por el asegurado.

Primeros gastos a cuenta del asegurado, hasta el límite establecido en la carátula de la póliza, por cada enfermedad amparada. Excepto cuando queden simultáneamente afectados varios asegurados de una misma póliza, caso en el que se aplicará una sola vez. Su objetivo es evitar reclamaciones menores. Cuando existen gastos complementarios a una enfermedad o accidente que se ha indemnizado, ya no se aplica deducible.

Cantidad que después de aplicar el deducible corre a cargo del asegurado, es equivalente a un porcentaje de los gastos cubiertos. Dicho porcentaje queda indicado en la carátula de la póliza.

Se aplica después de haber rescatado a las partidas procedentes, el deducible convenido y se expresa en porcentajes que fluctúan entre el 10 y el 20%

Cuando existen gastos complementarios a una enfermedad o accidente que se ha indemnizado, se aplica coaseguro a cada uno de ellos.

Se define como la edad cumplida del asegurado al momento de contratar o renovar el seguro.

Cuando el asegurado tiene mayor edad de la que declaró al momento de contratar el seguro o se descubre que la edad declarada no corresponde a la edad real, se procede a:

Definición de Accidente

Definición de Deducible

Definición de Coaseguro

Definición de Edad

Gastos Médicos Mayores

Introducción y Glosario

Introducción

Sin lugar a dudas la salud es uno de los dones más preciados del ser humano. El más mínimo quebrantamiento en ella afectará el bienestar familiar y adicionalmente, provocará gastos que puedan llegar a ser de gran cuantía.

Aun cuando en nuestro país la Seguridad Social representada por el IMSS e ISSSTE, ha alcanzado niveles técnicamente elevados, la atención médica particular sigue teniendo gran número de seguidores. Asimismo, existen sectores de la población (profesionistas y comerciantes independientes) que no están inscritos al régimen obligatorio de dichas instituciones.

Por ello el Seguro Familiar de Gastos Médicos Mayores ha llegado a satisfacer una demanda creciente en este aspecto, que el Asesor Profesional de Seguros debe estar preparado para atender.

Glosario

131

• Cuando la edad real es mayor a la declarada pero está dentro de los límites de aceptación, se paga una prima más elevada y proporcional.

• Cuando la edad real es menor a la declarada, se aplica una prima inferior y se reembolsa el 70% de la prima pagada en exceso.

Existen algunas situaciones en que la aseguradora revisa la edad del asegurado:

• Cuando la póliza se contrata por primera vez (no debe ser mayor de 64 años).

• Cuando la póliza se renueva (hasta los 69 años, salvo que sea vitalicia).

• Cuando se desea que un hijo adulto continúe en la póliza (siempre y cuando no sea mayor de 24 años y que sea estudiante).

• Cuando la edad está fuera de los límites de admisión, se rescinde el contrato.

Alteraciones morfológicas estructurales y/o funcionales en un organismo, causadas por morbilidad interna o externa, por las cuales amerite tratamiento médico o quirúrgico.

La enfermedad que se contrae en el útero materno o con la que se nace. Alteración del estado de salud, fisiológico y/o morfológico, en alguna parte, órgano o sistema del cuerpo que tuvo su origen durante el período de gestación.

Gastos de hospitalización y médicos, siempre que sean proporcionados por instituciones o por personas autorizadas legalmente para el ejercicio de su actividad, que no sean familiares del asegurado.

Forma de indemnización mediante la cual la compañía paga directamente al hospital y/o médico con el cual tiene convenio, por los servicios prestados al asegurado de acuerdo a las condiciones del contrato cuando proceda la reclamación.

Lapso ininterrumpido que debe transcurrir desde la fecha de alta de la póliza del asegurado, para que se pueda cubrir un padecimiento o tratamiento, de acuerdo a las especificaciones de la misma.

Tiempo que se concede para pagar la prima del seguro, 30 días.

Lapso en el cual la póliza no está pagada. Inicia a los 30 días de vigencia de la póliza o recibo y termina cuando se recibe el pago completo de la prima o fracción pactada, si éste se realizó después de transcurrido el período de gracia. Exime a la aseguradora de pagar una reclamación si durante este período ocurre un accidente o enfermedad o se presentan algunos signos o síntomas de la misma.

Es el que transcurre desde que el asegurado realiza el primer gasto, por atención de una enfermedad o accidente y hasta 2 años después de este hecho aunque el contrato se encuentre cancelado.

Definición de Enfermedad

Definición de Enfermedad Congénita

Definición de Gastos Cubiertos

Definición de Pago Directo

Definición de Período de Espera

Definición de Período de Gracia

Definición de Período al Descubierto

Definición de Período Máximo de Indemnización

132 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Es el tiempo en que se cubren los gastos y enfermedades especificadas en la carátula de la póliza, aplicando las exclusiones correspondientes y terminará al presentarse alguna de las siguientes situaciones:

• Al certificarse la curación, a través del alta médica.• Al agotarse el límite máximo de responsabilidad.• Al concluir el término que se haya pactado para la prestación

del servicio

Tiempo ininterrumpido durante el cual ha estado asegurada la persona en una póliza de gastos médicos.

Considera el período ininterrumpido en que el asegurado estuvo con otro plan de otra aseguradora, para cubrir padecimientos y/o síntomas que se iniciaron en el mismo.

Esto no implica la aceptación de los padecimientos anteriores a dicho período. El tiempo transcurrido para los padecimientos con período de espera se respeta en el nuevo plan.

Son padecimientos o enfermedades preexistentes aquellas que:

1. Cuando se haya declarado su existencia previamente a la celebración del contrato o, cuando se compruebe mediante la existencia de un expediente médico donde se haya elaborado un diagnóstico por un médico legalmente autorizado, o bien, mediante pruebas de laboratorio o gabinete, o por cualquier otro medio reconocido de diagnóstico.

Cuando la institución cuente con pruebas documentales de que el asegurado haya hecho gastos para recibir un diagnóstico de la enfermedad o padecimiento de que se trate, podrá solicitarle el resultado del diagnóstico correspondiente, o en su caso el expediente médico o clínico, para resolver la procedencia de la reclamación.

2. Cuando el asegurado haya hecho gastos previos a la celebración del contrato, comprobables documentalmente, para recibir un tratamiento médico de la enfermedad y/o padecimiento de que se trate.

Grupo de médicos y hospitales vinculados a la aseguradora que por convenios, proporcionan el servicio de pago directo o vía reembolso, de los gastos médicos cubiertos a los asegurados.

Autorización previa que el asegurado recibe para ser intervenido quirúrgicamente, incluyendo la hospitalización, cirugía ambulatoria y/o tratamiento médico.

Sistema o forma de indemnización que consiste en que los gastos realizados como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto por el seguro, deberán ser liquidados por el asegurado directamente al prestador del servicio. De estos gastos, aquellos que procedan, serán reintegrados posteriormente por la compañía al asegurado, o a quien éste designe ante la misma.

Definición de Período de Beneficio

Definición de Antigüedad

Definición de Reconocimiento de Antigüedad

Definición de Preexistencia

Definición de Red de Prestadores Médicos

Definición de Programación de Cirugías

Definición de Reembolso

133

Concepto Cubre los gastos por:Honorarios Quirúrgicos

Honorarios del cirujano, sus ayudantes e instrumentistas, hasta por la cantidad máxima que se establece en la póliza.

Tabla de Honorarios Quirúrgicos

Cada una de las diferentes intervenciones quirúrgicas con el porcentaje máximo de suma asegurada que se pagará para cada una de ellas, se describen en una tabla de honorarios quirúrgicos.

Honorarios de consultas médicas

Sanatorio u hospital, consultorio o domicilio, sujeta a una consulta o visita diaria.

Gasto Usual y Acostumbrado

(GUA)Es el costo usual en la atención de servicios médicos, medicamentos.

Hospital o sanatorioHabitación estándar, alimentos, gastos de anestesia, gastos inherentes al tratamiento médico, cama extra

para el acompañante, sala de operaciones, sala de recuperación o de curaciones, terapia intensiva.

MedicamentosMedicinas consumidas por el asegurado en el hospital, así como los medicamentos adquiridos fuera del

mismo, siempre que sean prescritos por un médico y se presente la nota de la farmacia y la receta.

Anestesista

Anestesia y honorarios del anestesista sujetos al máximo establecido en la póliza.

Los honorarios de este especialista se calculan como el 30% de lo que corresponda al cirujano, de acuerdo a la tabla de honorarios y la base contratada.

Enfermera Honorarios de enfermera en domicilio o en hospital, sujetos a un máximo de tres turnos por día.

Otros Transfusiones de sangre y aplicación de suero, plasma y líquidos semejantes, consumo de

oxígeno.

Documento que determina el monto máximo que la aseguradora pagará por concepto de honorarios médicos por intervenciones quirúrgicas, tratamientos y consultas médicas.

Es la cláusula del contrato de seguros que permite al asegurado disponer del cien por ciento de la suma asegurada contratada, aun cuando un accidente o enfermedad anterior haya agotado la suma asegurada original, siempre y cuando dicho accidente o enfermedad no tenga relación con el actual padecimiento.

Definición de Tabla de Honorarios Quirúrgicos

Definición de Reinstalación Automática

Gastos y Enfermedades CubiertosGastos Cubiertos

Estos gastos se dividen en:

• Gastos generales.• Gastos cubiertos con período de espera (solo algunas compañías los manejan).

Tabla de Gastos Generales Cubiertos

134 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Concepto Cubre los gastos por:

Gastos de diagnóstico

Radiografías y análisis de laboratorio, electrocardiogramas, encefalogramas, isótopos radioactivos, ultrasonido o cualquier otro estudio indispensable para el diagnóstico o tratamiento de un accidente o una

enfermedad amparada.

Aparatos de ortopedia

Compra o renta de aparatos ortopédicos, excepto la reposición de los existentes antes del accidente o enfermedad.

Servicio de terapiaLos servicios de terapia tales como fisioterapia, radioterapia, quimioterapia, excepto los de carácter

psicológico y psiquiátrico.

Gastos por trasplante de

órganosGastos por trasplante de órganos (excepto los del donante).

Prótesis Aparatos de prótesis ortopédica, mamaria, ocular, valvular o cualquier otro tipo de prótesis.

Se excluye la reposición de aparatos de prótesis ya existentes a la fecha del accidente o la enfermedad.

Ambulancia Ambulancia terrestre (en algunas aseguradoras, ambulancia aérea).

Gastos por embarazo

Gastos originados por las siguientes complicaciones del embarazo y del parto:

Intervenciones quirúrgicas realizadas con motivo de embarazos extrauterinos.Fiebre puerperal.

Eclampsia y toxicosis gravídica.Embarazo molar.

Equipo de recuperación

Renta de equipo para la recuperación como sillas de ruedas, muletas, pulmón de acero o cualquier otro equipo usado para el tratamiento.

Tratamientos médicos o quirúrgicos

Tratamientos reconstructivos, no estéticos, indispensables a consecuencia del accidente o la enfermedad cubiertos.

Tratamientos dentales

Tratamientos dentales, alveolares o gingivales indispensables a consecuencia del accidente cubierto (se deben presentar radiografías que prueben el daño sufrido).

Padecimientos congénitos

Padecimientos congénitos de los asegurados nacidos durante la vigencia de la póliza.

Gasto Cubierto Período de EsperaCesárea, siempre que sea la primera. 10 meses.

Los siguientes padecimientos: Tumoración mamaria e histerectomíaHemorroides, fistulas rectales o prolapsos del recto.

Amigdalitis y adenoides, hernias.1 año de vigencia.

Tratamientos médicos o quirúrgicos de nariz, senos paranasales (excepto por accidentes amparados) gingivales (excepto por

accidentes amparados) y eventraciones, padecimientos anorrectales, ginecológicos, insuficiencia venenosa, varices de las extremidades

inferiores e insuficiencia del piso perineal.

2 años de vigencia continua de la póliza. Solo algunas aseguradoras los cubren.

SIDA.

5 años de vigencia continua de la póliza, siempre que el virus del SIDA no haya sido detectado antes o durante este período. Solo algunas aseguradoras lo

cubren.

Gastos Cubiertos con Períodos de Espera

Los tiempos de espera que presentamos son los que utilizan en general las compañías que manejan este tipo de gastos. Otras podrían establecer tiempos diferentes de acuerdo a su experiencia en el ramo.

135

Gastos No Cubiertos y ExclusionesTratamientos no Amparados

Los siguientes tratamientos no se encuentran amparados en la póliza:

• Psiquiátricos.• Estados de enajenación mental, depresión psíquica o nerviosa, neurosis o psicosis, cualesquiera

que sean las manifestaciones clínicas.• Para corregir trastornos de conducta y aprendizaje.• Alcoholismo o toxicomanías.• De carácter estético o plástico, salvo las reconstructivas indispensables a consecuencia de un

accidente o enfermedad amparada.• De calvicie, reducción de peso, infertilidad o esterilidad.• Para control de la natalidad.• Quiroprácticos, acupunturistas, naturistas, de quelaciones (limpieza de las venas y arterias) o de

hipnotismo.• Dentales, alveolares o gingivales, salvo los necesarios a consecuencia de un accidente amparado.• Experimentales, cuya eficacia no esté debidamente comprobada.

Enfermedades no Amparadas

Las siguientes enfermedades no están amparadas por la póliza:

• Circuncisión.• Enfermedades preexistentes.• Parto normal.• Embarazo, legrado, parto y cualquiera de sus complicaciones, salvo los casos mencionados en la

sección de coberturas.• Enfermedades congénitas en niños nacidos fuera de la vigencia de la póliza.• Lesiones pigmentarias de la piel (lunares o nevus).• Hallux valgus (juanetes).• SIDA.• Astigmatismo, presbicia, hipermetropía, miopía, estrabismo, queratotomía radiada, queratomileusis

y epiqueratofaquia.

Otros gastos no amparados:

• Anteojos, lentes de contacto o aparatos auditivos.• Suicidio o intento del mismo o de mutilación voluntaria.• Curas de reposo y check up.• Consumo de alimentos en el hospital para acompañantes del paciente.• Complicaciones derivadas de tratamiento médico o quirúrgico de lesiones, padecimientos,

afecciones excluidas por el Seguro.• Ambulancia aérea.• Reposición de prótesis dañadas que ya tenía el asegurado antes de contratar la póliza a consecuencia

de un accidente cubierto.

Lesiones no amparadas

También se excluyen los gastos resultantes de las siguientes lesiones que sufra el asegurado:

• En actos delictuosos o riña, cuando él sea el provocador.• En servicio militar, actos de guerra, revolución, insurrección o rebelión.• En pruebas de carreras o competencias de velocidad, resistencia o seguridad.• En práctica profesional de cualquier deporte.

136 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

• En motocicletas, motonetas o vehículos similares de motor.• En alpinismo, paracaidismo, buceo, charrería, esquí de cualquier tipo, tauromaquia o cualquier

deporte aéreo.• En aeronave que no pertenezca a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para

transportar pasajeros.• Bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de enervantes, estimulantes o similares que no hayan

sido prescritos por un médico.

Formas de AseguramientoFormas de Contratación

El seguro de gastos médicos mayores se puede contratar de tres formas:

1. Individual.2. Familiar.3. Colectivo.

Cobertura Básica

La cobertura básica se puede contratar como:

Cobertura Nacional.- La aseguradora reembolsará al asegurado los gastos médicos que efectúe en cualquier parte de la República Mexicana, por la atención médica u hospitalaria de un accidente o enfermedad ampradas en la póliza.

Coberturas Adicionales

Emergencias o Urgencias en el Extranjero.

La aseguradora reembolsa al asegurado los gastos médicos que se realicen, al estar de visita en otro país, por la atención médica urgente.

Cobertura de Gastos en el Extranjero

Esta cobertura reembolsa al asegurado los gastos médicos erogados fuera del territorio nacional y que se encuentren cubiertos de acuerdo a las condiciones generales de la póliza.

Sistema de Reclamaciones y Pago de SiniestrosPago de Siniestros

Tradicionalmente la póliza de GMM se indemniza durante 730 días (24 meses) a partir del primer gasto erogado o hasta agotar la suma asegurada contratada, lo que ocurra primero.

Cuando se trata de padecimientos complementarios de una indemnización, es decir, cuando se presentan gastos que proceden de una enfermedad o accidente que ya ha sido reclamada, únicamente se aplicará coaseguro.

En la mayoría de las compañías, existen dos formas de indemnización para gastos médicos:

• Reembolso.• Pago Directo.

137

La Compañía da el catálogo de Red de Servidores al Asegurado

La Compañía realiza convenios con los proveedores (red de

servidores)

El asegurado acude a la Red de Servidores

El proveedor manda la factura, con monto de gastos a la

aseguradora

El proveedor solicita a la compañía autorización para dar

el servicio

El asegurado paga al

proveedor

Si

La compañía analiza los gastos, y paga al proveedor de acuerdo

a su convenio

El asegurado no paga al proveedor

No

Reembolso

El asegurado paga directamente a los proveedores de los servicios médicos, hospitalarios, medicinas, etc. que le han proporcionado.

El monto de los gastos que procedan, de acuerdo con lo establecido en la póliza, será devuelto por la compañía de seguros al asegurado, una vez que se haya aplicado el deducible y/o coaseguro correspondiente.

Procedimiento de Reclamación por Reembolso

• Es necesario verificar que los gastos que esté reclamando se encuentren amparados por la póliza.• El monto de los gastos que reclama se debe ajustar a los límites que maneja la compañía, es decir,

a la tabla de honorarios.• El importe de gastos que proceden se les aplica el deducible establecido en la póliza.• Al resultado se le deduce el coaseguro establecido también en la póliza.• Se elabora el cheque para pagar al asegurado los gastos.

Ejemplo de Pago de Indemnización

El pago de indemnización se determinará de la siguiente manera:

1. Se sumarán todos los gastos médicos cubiertos ajustándolos a los límites establecidos a las condiciones generales y/o endosos.

2. A la cantidad resultante se descontará primero el deducible y después el coaseguro.3. El deducible se aplicará en una sola ocasión por cada enfermedad o accidente cubierto.

Pago Directo

La compañía realiza convenios con médicos, hospitales, laboratorios, farmacias, casas de ortopedia, etc. a través de los cuales los proveedores se comprometen a dar servicio a los asegurados que les sean referidos y la compañía les paga los gastos directamente. Es decir, el asegurado va con el proveedor y no tiene que pagarle el servicio ya que la compañía lo hará directamente. Algunas compañías, cuando el asegurado acude a su red de servidores, lo exentan del pago de deducible.

Para que la hospitalización opere en el pago directo es necesario que el asegurado permanezca mínimo 24 horas o se haya programado el tratamiento o la operación.

138 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Procedimiento de Reclamación por Pago Directo

• Comprobar que los gastos estén amparados por la póliza.• Verificar la autorización con el proveedor de la Red Médica.• Aplicar el deducible al importe determinado.• Descontar el coaseguro a los gastos resultantes.

Deducible

Se aplica una vez por cada enfermedad o accidente. Es una cantidad fija que paga el asegurado, se aplica únicamente sobre el total de los gastos procedentes, en gastos complementarios ya no aplica.

Coaseguro

Porcentaje a cargo del asegurado, se aplica una vez descontando el deducible, se aplica sobre cada gasto complementario.

Conceptos Importantes

• Antigüedad.• Accidente.• Deducible.• Coaseguro.• Edad.• Enfermedad.• Enfermedad congénita.• Gasto usual y acostumbrado.• Pago directo.• Período de espera.• Período de gracia.• Período al descubierto.• Periodo máximo de indemnización.• Periodo de beneficio.• Preexistencia.• Red de prestadores médicos.• Programación de cirugías.• Reconocimiento de antigüedad.• Reembolso.

139

Seguro de SaludObjetivo del Seguro de SaludIntroducción

El Seguro de Salud surge en nuestro país con base a una modificación realizada a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros el 3 de enero de 1997, con lo que surgen las Instituciones de Seguros Especializadas en Salud, conocidas como ISES.

Este seguro es el ramo más reciente de la operación de Accidentes y Enfermedades.

Surge de una necesidad social de satisfacer la demanda de protección médica que las instituciones gubernamentales no pueden abarcar.

En el seguro de salud existen definiciones muy importantes que determinan su funcionamiento y su diferencia con el seguro de gastos médicos.

Las Instituciones de Seguros Especializadas en Salud son prestadoras de servicios para la promoción, fomento, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud de las personas.

La Comisión Nacional de Arbitraje Médico es el organismo al cual puede acudir el Usuario de los servicios de las ISES para consultas o reclamaciones respecto de los servicios que ha adquirido.

Es el mecanismo para preservar los derechos de los pacientes que contratan un seguro de salud que especifica que el paciente no deberá ser sometido a ningún procedimiento, diagnóstico, tratamiento terapéutico, sin ser informado de los riesgos, beneficios y alternativas.

Es la participación económica a cargo del asegurado al utilizar cualquier servicio. Esta participación debe estipularse al inicio de la vigencia de la póliza y puede ser un porcentaje del costo del servicio o una cantidad fija.

Es la identificación de un padecimiento que se fundamenta en los signos o síntomas que se manifiestan.

Es la fecha en que el asegurado es dado de alta en la póliza, siempre y cuando ésta se renueve con vigencias sucesivas ininterrumpidas.

Es el concepto que describe que las coberturas que se ofrecen contemplan las acciones de fomento, prevención, terapéuticas y de rehabilitación.

Son las cuatro especialidades pilares, pediatría, gineco-obstetricia, medicina interna, cirugía general, cuya principal función es el mantenimiento de la salud y la prevención de enfermedades a través de la detección

Conceptos y Definiciones

ISES

CONAMED

Consentimiento

Copago

Diagnóstico

Fecha de Antigüedad

Integralidad

Medicina de Primer Nivel

Glosario de Términos

140 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Medicina de Segundo Nivel

Medicina Preventiva

Padecimiento Cubierto

Prevención

Recursos Propios

Red Médica

Rehabilitación

Restauración

Riesgo Cubierto

Servicio Integral

temprana de los signos o síntomas que presentan los individuos.

Son las especialidades que estudian un sistema o aparato del cuerpo humano, como cardiología, gastroenterología, neurología, inmunología, etc.

Es la rama de la medicina encargada de la detección temprana de enfermedades, de fomentar la salud, tomar medidas para eliminar o disminuir los riesgos de la salud o enfermedades, dar seguimiento a la salud, prevenir el surgimiento de enfermedades o complicaciones de las ya existentes.

Se le considera así, ya que los signos o síntomas se manifiestan dentro de la vigencia de la póliza utilizando la cobertura del seguro para su atención médica.

Realizar acciones para fomentar la salud con objeto de promover medidas de vida sana, disminuir o eliminar riesgos y para la detección temprana de enfermedades.

Son los recursos humanos y físicos, clínicas, laboratorios, médicos, empleados, instalaciones, que las ISES tienen para proporcionar, de manera adecuada, los servicios que han ofrecido a los asegurados.

Es el grupo de médicos y hospitales vinculados a la aseguradora por convenios y que proporcionan el servicio a los asegurados.

Las características de la red de servicios médicos y hospitalarios con las que contarán las ISES para garantizar la protección de los asegurados:

• Pueden ser propias, contratadas o combinación de ambas.• Los profesionales cuenten con cédula profesional y certificados por

la especialidad.• Que los hospitales cuenten con la certificación del Consejo de

Salubridad General.

El asegurado podrá rehabilitar el servicio de su póliza, cuando ésta haya sido cancelada por falta de pago, siempre y cuando presente el pago de la prima y lo solicite a la compañía. Ésta se reserva el derecho de rechazar la aceptación de la rehabilitación.

Es el concepto que se define como la prestación de servicios dirigidos a la realización de acciones terapéuticas y de rehabilitación para la recuperación de la salud del asegurado.

Este riesgo tiene dos naturalezas:

• Un evento futuro e incierto en su realización (una enfermedad, una epidemia, etc.).

• Eventos ciertos en su realización (vacunación, campañas de mejoramiento de la salud, de aplicación de flúor, etc.).

Se conoce así a la atención médica conjunta que se proporciona al individuo para el mantenimiento o recuperación de la salud.

141

Todo problema médico-quirúrgico agudo que ponga en peligro la vida, un órgano o una función del asegurado y que requiera de atención inmediata.

Urgencia Médica

Aspectos Legales y OperativosAspectos Legales

El Seguro de Salud está regulado por:

Artículo 8º LGISMS

V. Para el ramo de salud, los contratos que tengan como objeto la prestación de servicios dirigidos a prevenir o restaurar la salud, a través de acciones que se realicen en beneficio del asegurado.

1. En cuanto a su papel como aseguradora, es autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La SHCP es el órgano competente, para interpretar, aplicar y resolver para efectos administrativos todo lo relacionado con las Instituciones de Seguros Especializados en Salud.

2. En cuanto a los servicios y productos de salud que presta, por la Secretaría de Salud, que está facultada para llevar a cabo las funciones de inspección y vigilancia, y emite los dictámenes de autorización y verificación de las ISES sobre los servicios y productos de salud.

3. Los órganos responsables de la supervisión de las ISES son: La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Secretaría de Salud, dicha supervisión busca lograr la vigilancia integral de las mismas.

Por otra parte, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa del Usuario de Servicios Financieros (CONDUSEF) atienden las quejas de los usuarios de las Instituciones de Salud. La primera, en cuanto a los servicios de salud, la segunda, en relación con los servicios que competen a la aseguradora.

El Seguro de Salud

• Prevenir o restaurar la salud.• Prestar los servicios de salud a través de recursos e instalaciones propias o no propias.• Su práctica solo puede autorizarse a instituciones de seguros.• El seguro de salud está regido por las siguientes leyes:

• Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS).• Ley sobre el Contrato de Seguros (LSCS).• Ley General de Salud.• Normas Oficiales Mexicanas en Salud (NOMS).• Reglas para la Operación del Ramo de Salud.

Aspectos Operativos

Las Instituciones de Seguros Especializadas en Salud deben constituirse como Aseguradoras de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

Además deben contar con la autorización de la Secretaría de Salud a través de dictámenes (provisional, definitivo y anual) que hagan constar que la Institución de Seguros cuenta con los elementos necesarios para ofrecer estándares de calidad en materia de salud.

142 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Médicos o Servicios fuera de la Red

Los asegurados podrán optar por recurrir a médicos fuera de la red, pagando la diferencia entre los honorarios de éste y el tabulador establecido por la ISES.

Se podrán reembolsar los gastos por servicios cuando el asegurado demuestre cualquiera de las siguientes causas:

• Falta de disponibilidad del servicio.• Error del diagnóstico.• Saturación.• Urgencia médica.

Cambio de Estructura

Los cambios de estructura hospitalaria se deben informar a los asegurados a más tardar 15 días hábiles después de realizados.

Terminación del Contrato

El contrato con las ISES puede terminarse cuando sucede alguna de las siguientes cosas:

• Se certifique la curación del paciente.• Se agote la suma asegurada (si es que existe límite).• Termine el período de prescripción del contrato de seguro.

Características del Seguro de SaludNaturaleza del Riesgo

El riesgo que ampara el seguro de salud es de dos naturalezas:

• Un evento futuro e incierto en su realización, como una enfermedad o una epidemia.• Eventos ciertos en su realización como la vacunación, campañas de mejoramiento de la salud, de

aplicación de flúor, etc.

Riesgos Asegurables

1. Medicina Preventiva

• Detección temprana de enfermedades.• Fomento a la salud.• Medidas para eliminar o disminuir riesgos de salud o enfermedades.• Seguimiento a la salud.• Prevenir el surgimiento de enfermedades o complicaciones de las ya existentes.

2. Restauración de la salud

• Acciones terapéuticas y de rehabilitación para recuperar la salud del individuo.

3. Maternidad

143

Selección de Riesgos

Condiciones de Asegurabilidad

Cumplir con requisitos y políticas que fija la compañía aseguradora como cuestionario médico y/o pruebas médicas, edad, sexo, entre otras, son consideradas condiciones de asegurabilidad.

En el seguro de salud la morbilidad de los grupos asegurables es la base de la selección. A cierta edad la gente está más propensa a padecer ciertas enfermedades, sobre todo si no toma las medidas preventivas y mantiene un estado de salud aceptable. La selección de riesgos toma en cuenta la historia clínica de la persona y el estado de salud que tiene en el momento de solicitar el seguro. A esto se le llama factores médicos. Entre los más importantes están:

• Edad.• Sexo.• Estatura y peso.• Historial clínico y estado de salud.• Historia clínica familiar.• Tabaquismo, alcoholismo.

Edad

La edad del solicitante es importante ya que a través de ella se determina la exposición al riesgo, el costo del seguro y los límites de aceptación.

Sexo

Estadísticamente hablando las mujeres son más propensas a las enfermedades que los hombres y esto impacta en el costo del seguro.

Estatura y Peso

La estatura debe medirse sin los zapatos y el peso con la ropa. Se utilizan las mismas tablas de peso-estatura que en gastos médicos. Sirven para determinar si estos factores pueden constituir un riesgo mayor a lo normal. Por ejemplo, si existe un sobrepeso, hay una propensión a ciertas enfermedades.

Historial Clínico y Estado de Salud

A través del historial clínico de la persona se pueden determinar las preexistencias y el estado de salud que tiene en el momento, mayor susceptibilidad de tener ciertas enfermedades o padecimientos.

Historia de Salud de la Familia

El historial de salud de la familia puede resultar interesante para identificar afecciones actuales y potenciales. Suele ser considerado un factor importante ya que puede reflejar predisposición a tener algún padecimiento.

Tabaquismo y Alcoholismo

El tabaquismo o el alcoholismo forman parte de los hábitos de la persona que pueden deteriorar su salud y hacerla propensa a tener ciertos padecimientos.

El Costo del Seguro

Los elementos que determinan el costo de seguro son:

• Edad.

144 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

Especialidad Colectividad que atiende

PediatríaAtención a niños desde su nacimiento hasta los 12 años. Los adolescentes, hasta los 16 años pueden

entrar en esta especialidad.

Medicina interna Atención de adolescentes y adultos, de manera general e integral.

Gineco-obstetriciaAtención de mujeres mayores de 14 años en cuanto a sus funciones reproductoras y desarrollo y

funcionamiento hormonal.

Cirugía generalIntervenciones quirúrgicas no especializadas (amigdalitis, apendicitis, etc.) parte de la medicina que tiene

por objeto la curación de enfermedades por medio de operaciones hechas con instrumentos generalmente cortantes.

• Sexo.• Copago.

Cobertura

Prevención

En este tipo de medicina está ubicada la consulta de primer contacto o los médicos de primer nivel, ya que se pretende evitar las enfermedades o las complicaciones que puedan surgir de las ya existentes.

• Detección temprana de enfermedades.• Fomento a la salud.• Medidas para eliminar o disminuir riesgos de salud o enfermedades.• Seguimiento a la salud.• Prevenir el surgimiento de enfermedades o complicaciones de las ya existentes.

Curación o Restauración

La medicina de segundo nivel y hospitalización están dentro de la medicina curativa o terapéutica cuyo objetivo es devolver la salud a la persona enferma.

El seguro de salud ofrece sus paquetes tomando como base el paquete mínimo de atención que marca la Secretaría de Salud y comprende los siguientes servicios:

Acciones terapéuticas y de rehabilitación para recuperar la salud del individuo

• Maternidad.• Accidentes.• Enfermedades.

La cobertura básica está conformada por las cuatro especialidades:

• Pediatría.• Medicina interna.• Gineco-obstetricia.• Cirugía general.

145

Coberturas Adicionales Servicios o Coberturas Adicionales

• Hospitalización.• Servicio de ambulancia de traslado.• Cuidados en casa.• Suministro de oxígeno.• Medicamentos.

Urgencias Médicas

Se catalogan como urgencias médicas todo problema médico – quirúrgico agudo que ponga en peligro la vida, un órgano o una función del asegurado y que requiera atención inmediata.

Algunos ejemplos de urgencias médicas son como un paro cardíaco y/o respiratorio, convulsiones, fractura expuesta, traumatismo en cráneo con pérdida del conocimiento, dificultad severa para respirar, quemaduras de tercer grado, etc.

En caso de que el asegurado requiera servicios fuera de la red por presentarse una urgencia, la Institución deberá reembolsar el costo de los mismos.

Servicios Opcionales

• Consulta con especialistas de segundo nivel como el cardiólogo, neurólogo, oncólogo, ortopedista, etc.

• Apoyos en diagnósticos especializados como tomografía axial, resonancia magnética, radioterapia, medicina nuclear, mastografía, hemodinámica, hemodiálisis, ecocardiografía, etc.

• Fisioterapia para lesiones que pueden causar invalidez y/o incapacidad parcial y/o de recuperación tardía.

• Suministro de aparatos de prótesis y ortopedia.• Muletas, bastones, andaderas, camas, collarines, etc. y endoprótesis (articulaciones, marcapasos,

etc.).• Cirugía especializada, como la cardiovascular, angiológica, oncológica, neurológica, etc.• Servicio dental preventivo y curativo.• Hematología, inmunología.

Siniestros A diferencia de otros seguros, los siniestros se realizan en todo momento que el asegurado acude a hacer uso de los servicios que compró. Es decir, cada consulta a la que acude el asegurado, aun cuando sea de tipo preventivo, se considera un siniestro.

El asegurado está obligado, cuando hace uso del servicio contratado a:

• Realizar el copago que se señala en la carátula de la póliza para cada servicio y cada vez que lo use.

• Seguir el procedimiento que esté indicado por la ISES con la que contrató la póliza, para hacer uso de los servicios a los que tiene derecho.

La ISES debe en su obligación:

• Proporcionar un servicio ágil, adecuado, atento e idóneo de acuerdo a los planes que comercializan.• Mantener actualizados los directorios de prestadores de servicios y comunicar la actualización a los

asegurados.

146 Módulo 2: Riesgos Individuales de Seguro de Personas

• Mantener, de acuerdo a la NOM (Norma Oficial Mexicana) de salud y a las disposiciones de la Secretaría de Salud, las instalaciones propias y los médicos, o exigir a los prestadores de servicios que cumplan con esas normas.

El contrato prescribe en dos años a partir de la fecha que concluya la vigencia de la póliza.

Las ISES tienen derecho a

• Recibir el pago del servicio que proporciona.• Diseñar sus productos.• Elegir a sus proveedores médicos, hospitalarios y de servicios.• Seleccionar los riesgos que acepta.

Los asegurados tiene derecho a

• Recibir un trato digno.• Estar informados y dar su consentimiento del diagnóstico y tratamiento que se le va a dar.• Tener acceso a los servicios que ha contratado.• Si no está de acuerdo con el diagnóstico del médico de la red, puede recurrir a otro especialista,

pagando él la diferencia entre los honorarios del médico que eligió y los tabuladores que maneja la ISES.

• En caso de error de diagnóstico, puede consultar otra opinión dentro o fuera de la red médica.

CONAMED

La CONAMED (Comisión Nacional de Arbitraje Médico) es el organismo encargado de resolver cualquier conflicto que surja entre el prestador de servicios médicos y los usuarios. El usuario puede consultar o reclamar respecto a los servicios o productos de salud que adquirió. Uno de los documentos más importantes que maneja la CONAMED es la “Declaración de los Derechos de los Pacientes”. El asegurado – paciente tiene derecho, cuando hace uso del servicio contratado a lo siguiente.

Derechos de los Pacientes

Las ISES están obligadas a contratar con mecanismos que preservan los derechos de los pacientes:

Entre esos mecanismos encontramos:

Acceso expedito a los servicios

• Trato respetuoso y digno por parte de todo el personal de la ISES.• La información debe ser confidencial y los servicios con respecto a la privacidad.• Debe existir seguridad para el asegurado, sus acompañantes y sus pertenencias durante el servicio

al que acuda.• El asegurado tendrá derecho a conocer la identidad y grado de preparación de las personas en el

periodo que le presten el servicio.• La información sobre el padecimiento, diagnóstico y alternativas de curación se le debe informar al

asegurado en todo momento.• El enfermo tendrá derecho a estar comunicado, en todo momento, con sus familiares.• Se necesitará el consentimiento del paciente para cualquier acción terapéutica y debe participar en

las decisiones relacionadas con el tratamiento y el diagnóstico de su padecimiento.• El asegurado tendrá derecho a pedir otra opinión sobre su padecimiento, de acuerdo al contrato de

seguros.• El usuario podrá no aceptar el tratamiento al que se le quiera someter, escoger el médico y hospital

en el que se trate y cambiar cuando lo considere pertinente, de acuerdo al contrato de seguros.

A la queja se agregará copia simple y legible de los documentos que soporten los hechos manifestados (notas y

147

Servicio Usuario(s)

Solución de inconformidades derivadas de la relación médico paciente.

Promoventes* (usuarios o familiares de usuarios de servicios médicos).Prestadores particulares de servicios médicos.

Prestadores institucionales de servicios médicos (IMSS, ISSSTE y PEMEX).

Emisión de recomendaciones para mejorar la calidad de los servicios de atención médica.

Sociedades médica.Instituciones de salud.Gremios de abogados.

Usuarios de servicios periciales.Solicitantes de dictámenes periciales (Procuradurías, Fiscalías

especializadas, SECODAM** y Delegaciones).

Enseñanza para la prevención y atención de conflictos derivados del acto médico.

Escuelas y facultades de medicina, Academias, Asociaciones, Consejos y Colegios médicos.

Promoción y difusión de los servicios CONAMED.Usuarios y prestadores de servicios médicos.

recetas médicas, carnet de citas, etc.).

Para poder acceder al proceso de información y asesoría, el usuario debe seleccionar alguna de las siguientes modalidades: correo o correo electrónico, de manera personal o telefónica.

1. Asesoría, puede ser vía telefónica o presentarse en la Dirección General de Orientación y Gestión o vía correo o correo electrónico. El paciente tiene derecho de quejarse.

2. Gestión Inmediata (personal o vía telefónica): presentar número de afiliación al IMSS o ISSSTE y en caso de no ser derechohabiente de ninguna de las instituciones anteriores, presentar carnet de consulta.

3. Conciliación: presentar toda la documentación anterior.4. Arbitraje: presentar toda la documentación anterior.5. Esto se resuelve a través de un LAUDO.6. Las reglas de operación de las ISES especifican que cualquier consulta o reclamación derivada

del contrato de salud deberá sujetarse a la Ley de Protección y Defensa del Usuario de Servicios Financieros y la CONAMED.

La CONAMED tiene como función el resolver conflictos por la prestación de servicios médicos.

* Promovente, del verbo promover y la terminación –(e)nte, que forma adjetivos verbales. En el ámbito jurídico es común usar promovente, como término especializado. Persona "que promueve" algo

** Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo

Sistemas y Mercados Financieros

Módulo 3: Cédula Definitiva Tipo A1

Guía del AsesorPrograma de Información para el Asesor

Módulo 3: Sistemas y Mercados Financieros

UN VISTAZO A LA SESIÓN

En este módulo identificaremos como está conformado el

Sistema Financiero Mexicano, cuáles son los mercados

financieros, instrumentos de inversión, los seguros en

el sector financiero y sus diferencias, la administración

patrimonial y las herramientas matemáticas básicas para

finanzas.

En este texto se presentan el Marco Jurídico, las Bases Técnicas y los conceptos de Riesgos Individuales de Seguros de Personas y Daños que contribuirán al aprendizaje del participante para la intermediación de los Seguros de Personas: Vida, Accidentes y Enfermedades y Gastos Médicos Mayores Individual y Familiar.

Previamente a la utilización de este material, los participantes deberán estar familiarizados con los conceptos de los Seguros de Personas Individual y Familiar, así como con los conceptos Técnicos- Operativos, lo que le facilitará el entendimiento y aplicación del Marco Jurídico que regula su intermediación.

Este material fue creado exclusivamente para que tú lo uses y no puede ser utilizado con el público en general, en virtud de que su fin es exclusivamente didáctico y contribuye a tu preparación para sustentar el examen ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para obtener la Cédula Tipo “A-1”

Derechos Reservados® para uso EXCLUSIVO de Seguros Monterrey New York Life, S.A. de C.V.

2014

Apreciación Global .............................................................................................................. 155

Sistema Financiero Mexicano ............................................................................................. 156

Mercado de Valores ............................................................................................................. 173

Riesgo Financiero................................................................................................................ 181

Matemáticas Financieras..................................................................................................... 185

Conoce más sobre la Industria Aseguradora ...................................................................... 199

Tabla de Contenidos

155

OBJETIVOSSistema y Mercados Financieros

• Conocerás los principales términos del área de finanzas para que los utilices como herramienta práctica en la asesoría y comercialización del seguro de vida con inversión.

• Identificarás las autoridades que regulan la Actividad Financiera en México.• Identificarás las instituciones que operan en el Sistema Financiero Mexicano, su propósito y relación

entre sí.• Identificarás los tipos de Intermediarios financieros y las diferencias entre ellos.• Identificarás la relación entre autoridades, instituciones e intermediarios del Sistema Financiero

Mexicano.

Apreciación Global EQUIPO

Asesor

• Guía del Asesor para este módulo.

REQUISITOS PREVIOS Asesor

• Leer la guía para este módulo.

156

CONCEPTOS IMPORTANTESA continuación definiremos algunos conceptos básicos relacionados con este tema.

Sistema Financiero Mexicano

Término

Sistema Financiero Mexicano

Grupos Financieros

Institución Financiera

Intermediario Financiero

Intermediación Financiera

Operación Financiera

Definición

El Sistema Financiero Mexicano está constituido por un conjunto de instituciones que captan, administran y canalizan el ahorro de nacionales y extranjeros a la inversión. Se integra por: grupos financieros, banca comercial, banca de desarrollo, casas de bolsa, sociedades de inversión, aseguradoras, arrendadoras financieras, afianzadoras, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, casas de cambio y empresas de factoraje.

Son las asociaciones de intermediarios de distinto tipo, con reconocimiento legal que se comprometen a seguir políticas comunes y a responder conjuntamente de sus pérdidas.Entre las ventajas que implican estos grupos, destaca la posibilidad de que sus integrantes actúen de manera conjunta, ofreciendo servicios complementarios al público.Los grupos financieros están integrados por una sociedad controladora y cuando menos tres entidades de las entidades siguientes: almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, casas de bolsa, casas de cambio, empresas de factoraje financiero, instituciones de banca múltiple, instituciones de seguros y de fianzas.

Entidad que interviene en los mercados financieros y cuya actividad consiste en captar o intermediar fondos del público e invertirlos en activos como títulos-valores, depósitos bancarios, etc.

Instituciones legalmente constituidas que facilitan las transacciones en el mercado financiero.

Función de intervención que realizan las instituciones nacionales de crédito, organismos auxiliares, instituciones nacionales de seguros y de fianzas, y demás instituciones o entidades legalmente autorizadas para constituirse como medio de enlace entre el acreditante de un financiamiento y el acreditado, obteniendo una comisión por su labor de concertar los créditos en los mercados de dinero nacionales e internacionales.

Una operación financiera se lleva a cabo cuando se contrata un servicio o producto financiero; se diferencian de las operaciones mercantiles porque no necesariamente implican la compra o venta directa de un bien tangible, sino que facilitan el acceso a recursos monetarios para efectuar diversas operaciones.

157

Término Definición

Se refiere a las facilidades que ofrece la Institución Financiera para realizar alguna operación. Generalmente, la Institución sólo participa como intermediario.

Son los diversos instrumentos de que dispone una institución financiera, autorizados por la autoridad competente, para llevar a cabo la actividad financiera.

Cuando se habla de usuarios se refiere a gente con capacidad jurídica para contratar los servicios y/o productos que ofrecen las instituciones financieras, es decir, mayores de 18 años con todas las facultades mentales y legales.En el caso de ser beneficiarios pueden ser menores de edad o mayores de edad que no pueden valerse por sí mismos pero que tienen el derecho de recibir el resultado de los servicios u operaciones financieras en las que hayan sido designados como beneficiarios.

Es la unión de 2 ó más individuos constituidos para un fin común, se refiere a las empresas o sociedades.

Es aquél en el que se lleva a cabo la compra-venta de valores (inversiones financieras).Normalmente se integra por varios mercados subsidiarios:Mercado de capitales ( para inversión a largo plazo).Mercado de dinero (para inversión a corto plazo).Mercado accionario (para inversiones con renta variable).Mercado de deuda (para inversiones con renta fija).Mercado primario (para la nueva emisión de valores).Mercado secundario (para la compra-venta de valores ya emitidos).

Toda la entrada de dinero.

Salidas de dinero.

Son las obligaciones que la empresa tiene con accionistas. Se tienen: Capital y Utilidades Acumuladas:

• Capital: representa la inversión inicial y aportes posteriores que hayan realizado los dueños o accionistas de la empresa para la constitución y operación de la misma.

• Utilidades Acumuladas: son las ganancias que la empresa va teniendo en el tiempo las cuales se van acumulando. Éstas se pueden capitalizar (convertirse en Capital) y distribuirse a los dueños a través del pago de dividendos.

Servicio

Producto

Persona Física (Usuarios)

Persona moral

Mercado financiero

Ingresos

Egresos

Patrimonio

158 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

SistemaFinancieroMexicano

Ahorradores (Inversionistas)

1. Individuos

2. Empresas

3. Gobierno

4. Extranjeros

Deudores (Inversores)

1. Empresas

2. Gobierno

3. Individuos

Objetivo

Todas estas instituciones tienen un objetivo: captar los recursos económicos de algunas personas para ponerlo a disposición de otras personas, empresas o instituciones gubernamentales que lo requieren para invertirlo. Éstas últimas harán negocios y devolverán el dinero que obtuvieron además de una cantidad extra (rendimiento) como pago, lo cual genera una dinámica en la que el capital es el motor principal del movimiento dentro del sistema.

Componentes y Organización

El Sistema Financiero Mexicano agrupa a diversas instituciones u organismos interrelacionados que se caracterizan por realizar una o varias de las actividades tendientes a la captación, administración, regulación, orientación y canalización de los recursos económicos de origen nacional e internacional. Algunos ejemplos son: Grupos Financieros, Banca Comercial o Banca Múltiple, Banca de Desarrollo, Casas de Bolsa, Sociedades de Inversión, Aseguradoras, Arrendadoras Financieras, Afianzadoras, Almacenes Generales de Depósito, Uniones de Crédito, Casas de Cambio y Empresas de Factoraje.

159

Intermediarios Financieros

Definición

Los intermediarios financieros son los que, como su nombre lo indica, intermedian las operaciones entre los distintos participantes del mercado. Es decir, son las personas físicas o morales que actúan, de mediadores entre quienes desean recibir recursos y quienes desean invertirlos logrando con eso transformar plazos, montos, riesgos y reducir costos. Son quienes captan los recursos (ahorro) y lo reinvierten en portafolios de acciones y bonos.

La primera diferencia fundamental entre las Autoridades (entidades reguladoras) y los intermediarios (entidades operativas) es la siguiente:

Las primeras son Reguladoras: pueden sancionar, regulan el desempeño del Sistema financiero para mantener y lograr la integridad del mismo, como por ejemplo al mercado de valores que se encuentra dentro del Sector Bursátil.

Los segundos son Operativos: son los que llevan las operaciones para que el sistema Financiero funcione y tenga vida.

SistemaFinancieroMexicano

Ahorradores

(Inversionistas)

1. Individuos.

2. Empresas.

3. Gobierno.

4. Extranjeros.

Deudores (Inversores)

5. Individuos.

6. Empresas.

7. Gobierno.

7. Extranjeros.

Intermediarios Financieros e

Instituciones Financieras

160 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Autoridades del Sistema Financiero Mexicano

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) representa la máxima autoridad dentro de la estructura del Sistema Financiero Mexicano. Su objetivo es: regular y vigilar la solvencia de las instituciones financieras y autorizar su organización y operación.

Autoridades del Sistema Financiero Mexicano

Algunas de sus funciones son:

• Manejar la deuda pública de la Federación y del Departamento del Distrito Federal.• Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público.• Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central, a

la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito.

• Ejercer las atribuciones que le señalen las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y de organizaciones y actividades auxiliares del crédito.

Banco de México (BANXICO)

La finalidad principal de esta autoridad es proveer al país de moneda nacional, enviando los billetes y monedas a la Banca Múltiple y a la Banca de Desarrollo, para facilitar las transacciones económicas diarias. Comisiones

Las comisiones son organismos que dependen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Su objetivo es inspeccionar y vigilar las diversas instituciones financieras: La Comisión Bancaria y de Valores a los sectores

Entidades Reguladoras

Banco de México (BANXICO) Asesor

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

(SHCP)

Comisión Nacional Bancaria de Valores.

(CNBV)

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas

(CNSF)

Comisión Nacional del Sistema de Ahorro

para el Retiro (CONSAR)

Comisión Nacional Para la Protección

y Defensa de los Usuarios de Servicios

Financieros (CONDUSEF)

161

Instituciones que Integran el Sistema Financiero MexicanoSector Seguros y Fianzas

I. Sector Seguros y Fianzas

1. Instituciones de Seguros o

Aseguradoras.

2. Sociedades Mutualistas de Seguros.

3. Instituciones de Fianzas.

Com

isió

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e

Seg

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ianz

as

Institución

Instituciones de Seguros o Aseguradoras

Sociedades Mutualistas de Seguros

Instituciones de Fianzas

Descripción

Son empresas que a cambio de un pago, conocido como prima, se responsabilizan

de pagar al beneficiario una suma de dinero limitada o reparar el daño que sufra

la persona o la cosa asegurada ante la ocurrencia de la eventualidad prevista,

cuando se cumplan ciertos requisitos indicados en un documento llamado póliza.

En el caso de los seguros de vida con inversión, estas instituciones establecen,

mediante un contrato, un ahorro a largo plazo, ligado a la transferencia del riesgo

por muerte. Es una forma de diversificar. Las Instituciones de Pensiones, cuyas

obligaciones son a largo plazo, invierten en instrumentos a largo plazo.

Son instituciones de seguros en las cuales el cliente es un socio más de la

mutualidad, por lo que si la empresa se desarrolla favorablemente puede pagar

dividendos entre los usuarios.

Son empresas que a cambio de un pago pueden garantizar que se cumplirá una

obligación y si no es así, la afianzadora le pagará al beneficiario una cantidad fijada

en el contrato para restituir los daños que puede causar este incumplimiento.

Bancario, Bursátil y Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito; la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a los sectores de Seguros y de Fianzas; La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, al sector de Ahorro para el retiro. La CONDUSEF actúa como conciliador entre las instituciones financieras y los usuarios, con el objeto de proteger los intereses de estos últimos. Asesora y orienta a los usuarios acerca de las operaciones y los servicios que ofrecen las instituciones financieras. Implementa actividades correctivas (atender quejas y resolver reclamaciones) y preventivas (orientar y promover la educación financiera).

También existen leyes que regulan a los diferentes sectores y son aplicadas por las Comisiones correspondientes: Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro por la CONSAR; Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualista de Seguros por la CNSF; Ley de Instituciones de Crédito y Ley de Sociedades de Inversión por la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores), etc.

162 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Sistema de Ahorro para el Retiro

Sistema Bancario

II. Sistema de Ahorro para el

Retiro

1. Administradoras de Fondo para el

Retiro (AFORES).

2. Sociedades de Inversión

Especializadas en Fondo para el Retiro

(SIEFORES).

Com

isió

n N

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nal d

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mas

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horr

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ra e

l Ret

iro

Institución

Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES)

Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES)

Descripción

Son empresas privadas autorizadas que administran el dinero de la cuenta individual

del trabajador inscrito en el IMSS o en el ISSSTE por concepto de retiro, cesantía

en edad avanzada o vejez.

Son empresas a través de las cuales las AFORES invierten dinero de las cuentas

individuales de los trabajadores para maximizar la ganancia, buscando la protección

del ahorro para el retiro. La SIEFORE invierte el dinero del trabajador en diversos

instrumentos.

III. Sector Bancario

1. Bancos Comerciales o Institución de Crédito o Banca Múltiple.

2. Banca de Desarrollo o de Segundo piso o Banco de Fomento.

Com

isió

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acio

nal B

anca

ria y

de

Valo

res

SOFOLES.

SOFOMES.

Fideicomisos públicos, Fondos de Fomento

Económico. Dependen de BANXICO.

163

Institución

1. Bancos Comerciales o Institución de Crédito o de Banca Múltiple

2. Banco de Desarrollo o Banco de Segundo Piso o Banco de Fomento

Fideicomisos Públicos, Fondos de Fomento Económico. Dependen de BANXICO

Sociedades financieras de objeto limitado o SOFOLES

Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES)

Descripción

Son empresas que a través de varios productos captan, es decir, reciben el dinero del público en general (ahorradores e inversionistas) y lo colocan, es decir, lo prestan a las personas o empresas que lo necesitan y que cumplen con los requisitos para ser sujetos de crédito. Se dice que realizan operaciones pasivas (recibir el dinero) y operaciones activas (prestar el dinero).También apoyados en los sistemas de pago ofrecen servicios como pago de servicios (luz, teléfono, colegiaturas, etc.), transferencias, compra y venta de divisas, y monedas de oro y plata que circulan en México, entre otros.

Son bancos dirigidos por el Gobierno Federal cuyo propósito es desarrollar ciertos sectores (agricultura, autopartes, textil), atender y solucionar problemáticas de financiamiento regional o municipal, o fomentar ciertas actividades (exportación, desarrollo de proveedores, creación de nuevas empresas). Funcionan como fondos de fomento. Se les dice de segundo piso pues sus programas de apoyo o líneas de financiamiento la realizan a través de los bancos comerciales que quedan en primer lugar ante las empresas o usuarios que solicitan el préstamo. BANSEFI, NAFIN, BANOBRAS, Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros BANSEFI. Es una institución cuyo propósito es incrementar la cultura de ahorro, de modo que es una organización que sólo ofrece productos de captación. Es decir, para hacer depósitos, y no tiene productos de colocación para ofrecer créditos.

Su propósito es apoyar cierto tipo de actividades definidas. Debido a que cada una es muy distinta no se pueden generalizar en su funcionamiento. Ejemplo: Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC). Fideicomisos Instituidos en Relación a la Agricultura (FIRA), Fondo de Operación y Descuento Bancario a la Vivienda (FOVI) y Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR).

Podemos llamarlos bancos especializados porque prestan exclusivamente a un sector (por ejemplo construcción, automotriz) o actividad (por ejemplo consumo a través de tarjetas de crédito, fondos de retiro), sólo que en lugar de recibir depósitos para captar recursos tienen que obtener dinero mediante la colocación de valores o solicitando créditos. Su principal producto es el otorgar créditos para la adquisición de bienes específicos como carros o casas u operar tarjetas de crédito.

Son instituciones en que se efectúan en una sola empresa las operaciones de las instituciones de arrendamiento financiero, de factoraje financiero y las sociedades financieras de objeto limitado (SOFOLES). Captan recursos de la colocación de diferentes instrumentos de inversión.

164 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Sector de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

IV. Sector de Organizaciones y

Actividades Auxiliares de Crédito

1. Arrendadoras Financieras.2. Uniones de Crédito.3. Sociedades de Ahorro y Préstamo

o SAP’s.4. Casas de Cambio.5. Empresas de Factoraje.6. Almacenes Generales de Depósito.

Com

isió

n N

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alor

es

Institución

Arrendadoras Financieras

Uniones de Crédito

Sociedades de Ahorro y Préstamo o SAP’s

Casas de Cambio

Empresas de Factoraje

Almacenes Generales de Depósito

Descripción

Una empresa (la Arrendadora), se obliga a comprar un bien para conceder el uso de éste a otra persona (Arrendador o cliente), durante un plazo forzoso.

Son empresas que tienen por objeto facilitar el acceso de sus socios al crédito, prestar su garantía o aval, recibir préstamos de sus socios, de instituciones de crédito, de seguros y de fianzas.

Son personas morales con personalidad jurídica y patrimonio propios; de capital variable, no lucrativas, en las que la responsabilidad de los socios se limita al pago de sus aportaciones; para participar en ellas se deberá adquirir una parte social de la propia institución. Tienen por objeto la captación de recursos exclusivamente de sus socios, mismos que colocan únicamente entre los propios socios o en inversiones en beneficio mayoritario de los mismos.

Son sociedades anónimas dedicadas exclusivamente a realizar en forma habitual y profesional operaciones de compra, venta y cambio de divisas.

Son empresas financieras que se dedican a adquirir, no necesariamente comprar, los derechos de cobro que tienen personas o empresas a través de facturas, pagarés, letras de cambio, contra recibos y otros títulos de crédito.

Tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito y pudiendo otorgar financiamiento con garantía de los mismos.

165

1. En este tipo de instituciones tienen como base la diversificación de las inversiones en diferentes instrumentos que garanticen cierta seguridad.

2. Los contratos derivados son instrumentos financieros cuyo valor se determina en función de los precios de mercado de otros activos subyacentes (de ahí su nombre).

Sector Bursátil

V. Sector Bursátil

1. Casa de Bolsa.2. Sociedades de Inversión y

Operadoras de Sociedades de Inversión.

3. Socios Liquidadores y Socios Operadores.

Com

isió

n N

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anca

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de V

alor

es

Institución

Casas de Bolsa

Sociedades de Inversión

Operadoras de Sociedades de Inversión

Socios Liquidadores y Socios Operadores

Descripción

Son empresas que ofrecen el servicio de intermediación en el mercado de valores

(BMV) entre aquéllos que desean invertir su dinero, o bien, las empresas que

requieren de algún tipo de financiamiento; estas operaciones se realizan a través

de instrumentos denominados valores.

Son empresas cuyo fin es adquirir y vender activos objeto de inversión con

recursos que obtienen de colocar las acciones de su capital social entre el público

inversionista.

Las operadoras, las integran un grupo de gente profesional que toma las decisiones

de cómo invertir el dinero de todos los socios (es decir los accionistas) para obtener

el mejor rendimiento posible de acuerdo al riesgo que se quiere tener. Esto es

similar a las SIEFORES¹

Son empresas que ofrecen el servicio de intermediación en el mercado de

derivados (MexDer). Al igual que con las casas de bolsa sólo ponen en contacto a

los compradores y vendedores por lo que no garantizan rendimientos²

166 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

SHCP

Sistema Financiero Mexicano

BANXICO

I. Sector Seguros y Fianzas

1. Instituciones de Seguros o Aseguradoras.

2. Sociedades Mutualistas de Seguros.

3. Instituciones de Fianzas. Com

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II. Sistema de Ahorro para el Retiro

1. Administradoras de Fondo para el Retiro (AFORES).

2. Sociedades de Inversión Especializadas en Fondo para el Retiro (SIEFORES). C

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III. Sector Bancario

1. Bancos Comerciales o Institución de Crédito o Banca Múltiple.

2. Banca de Desarrollo o de Segundo piso o Banco de Fomento.

Com

isió

n N

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anca

ria y

de

Valo

res

SOFOLES.

SOFOMES.

Fideicomisos públicos, Fondos de Fomento

Económico. Dependen de BANXICO.

IV. Sector de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito

1. Arrendadoras Financieras.2. Uniones de Crédito.3. Sociedades de Ahorro y Préstamo o SAP’s.4. Casas de Cambio.5. Empresas de Factoraje.6. Almacenes Generales de Depósito.

V. Sector Bursátil

1. Casa de Bolsa.2. Sociedades de Inversión y Operadoras de

Sociedades de Inversión.3. Socios Liquidadores y Socios Operadores.

CO

ND

USE

F

Estructura

167

Sociedades de InversiónDe acuerdo a la Ley de Sociedades de Inversión, éstas son sociedades anónimas cuyo objetivo es la adquisición de valores y documentos seleccionados de acuerdo con el criterio de diversificación del riesgo, con recursos que provienen de la colocación de acciones representativas de su capital social entre el público inversionista.

Ser dueño de las acciones de una sociedad de inversión significa ser propietario de una parte de la cartera de valores de la empresa que se dedica a invertir de manera profesional. Cuando una sociedad de inversión ofrece que los recursos invertidos estarán disponibles en cualquier momento, se dice que ofrece liquidez. Cuando los recursos invertidos tienen un vencimiento fijo, la liquidez disminuye.

Una sociedad de inversión cumple tres objetivos éticos fundamentales:

1. Fortalece y descentraliza el mercado de valores.2. Permite el acceso del pequeño y mediano inversionista al mercado de valores.3. Contribuye al financiamiento de la planta productiva.

A continuación encontrarás, textualmente, lo que dice la Ley de Sociedades de Inversión sobre los principios más importantes y las características de este tipo de sociedades:

El objetivo de las sociedades de inversión es la adquisición y venta de Activos Objeto de Inversión con recursos provenientes de la colocación de las acciones representativas de su capital social entre el público inversionista, así como la contratación de los servicios y la realización de otras actividades (art. 5 Ley de Sociedades de Inversión).

Son Activos Objeto de Inversión los valores, títulos y documentos a los que les resulte aplicable el régimen de la Ley del Mercado de Valores inscritos en el Registro Nacional de Valores o listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, otros valores, los recursos en efectivo, bienes, derechos y créditos, documentados en contratos e instrumentos, incluyendo aquéllos referidos a operaciones financieras conocidas como derivadas, así como las demás cosas objeto de comercio que de conformidad con el régimen de inversión previsto en la presente Ley y en las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Comisión para cada tipo de sociedad de inversión, sean susceptibles de formar parte integrante de su patrimonio (art. 2, frac. I, Ley de Sociedades de Inversión)

Las operaciones que pueden realizar las sociedades de inversión son (art. 15 Ley de Sociedades de Inversión):

• Comprar, vender o invertir en Activos Objeto de Inversión de conformidad con el régimen que corresponda de acuerdo al tipo de sociedad.

• Celebrar reportos y préstamos sobre valores a los que les resulte aplicable la Ley del Mercado de Valores con instituciones de crédito o casas de bolsa, pudiendo actuar como reportadoras o, en su caso, prestatarias o prestamistas.

• Adquirir las acciones que emitan. Esto no será aplicable a las sociedades de inversión de capitales y cerradas, a menos que sus acciones coticen en bolsa, supuesto en el cual podrán recomprarlas ajustándose para ello al régimen previsto en la Ley del Mercado de Valores para las sociedades emisoras.

• Comprar o vender acciones representativas del capital social de otras sociedades de inversión sin perjuicio del régimen de inversión al que estén sujetas.

• Obtener préstamos y créditos de instituciones de crédito, intermediarios financieros no bancarios y entidades financieras del exterior.

• Emitir valores representativos de una deuda a su cargo, para el cumplimiento de su objeto.

Tipos de Sociedades de Inversión

Los tipos de sociedades de inversión que están autorizadas son:

1. Sociedades de inversión de renta variable.

168 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

2. Sociedades de inversión en instrumentos de deuda.3. Sociedades de inversión de capitales.4. Sociedades de inversión de objeto limitado.

Sociedades de inversión de renta variable

Las sociedades de inversión de renta variable operarán con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a acciones, obligaciones y demás valores, títulos o documentos representativos de una deuda a cargo de un tercero, a los que se les designará para efectos de este capítulo como valores (art. 22 Ley de Sociedades de Inversión).Las inversiones que realicen las sociedades de este tipo, deberán considerar las siguientes disposiciones de carácter general:

• El porcentaje máximo del activo total de la sociedad que podrá invertirse en valores de un mismo emisor.

• El porcentaje máximo de valores de un mismo emisor que podrá ser adquirido por una sociedad de inversión.

• El porcentaje mínimo del activo total de la sociedad que deberá invertirse en valores y operaciones cuyo plazo por vencer no sea superior a tres meses.

• El porcentaje mínimo del activo total de la sociedad que deberá invertirse en acciones y otros títulos o documentos de renta variable, (art. 23 Ley de Sociedades de Inversión).

Sociedades de inversión en instrumentos de deuda

Las sociedades de inversión en instrumentos de deuda operarán exclusivamente con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a valores, títulos o documentos representativos de una deuda a cargo de un tercero, a los cuales se les designará como valores (art. 24 Ley de Sociedades de inversión).Las inversiones que realicen las sociedades de este tipo deberán considerar las siguientes disposiciones generales:

• El porcentaje máximo del activo total de la sociedad que podrá invertirse en valores de un mismo emisor.

• El porcentaje máximo de valores de un mismo emisor que podrá ser adquirido por una sociedad de inversión.

• El porcentaje mínimo del activo total de la sociedad que deberá invertirse en valores y operaciones cuyo plazo por vencer, no sea superior a tres meses, (art. 25 Ley de Sociedades de Inversión).

Sociedades de inversión de capitales

Las sociedades de inversión de capitales operarán preponderantemente con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a acciones o partes sociales, obligaciones y bonos a cargo de empresas que promueva la propia sociedad de inversión y que requieran de recursos a mediano y largo plazo (art. 26 Ley de Sociedades de Inversión). Adquieren acciones de otras empresas con la finalidad de capitalizarlas, hacerlas más rentables y venderlas. Sociedades de inversión de objeto limitado

Las sociedades de inversión de objeto limitado operarán exclusivamente con los Activos Objeto de Inversión que definan en sus estatutos y prospectos de información al público inversionista (art. 30 Ley de Sociedades de Inversión).

169

Sociedado Fondo

• Existe la posibilidad de pérdida.• Existe la posibilidad de obtener

rendimientos altos "Inversión" a largo plazo que aumenta el riesgo. Pueden contener instrumentos de deuda y de capitales.

• Pueden invertir en instrumentos indizados a la inflación (INPC) Ganancias de capital con la diferencia entre el precio de compra y de venta.

• EI riesgo financiero es mayor por algunos de sus instrumentos.

• Instrumentos de inversión de bajo riesgo. • Alta liquidez. • Los instrumentos que se adquieren son

tomados hasta el vencimiento.• Instrumentos emitidos por el gobierno

federal.• Los instrumentos representan un pasivo

para los emisores.• Las sociedades de inversión de objeto

limitado operarán exclusivamente con los Activos Objeto de Inversión que definan en sus estatutos y prospectos de información al público inversionista.

• Compra únicamente acciones de pequeñas y medianas empresas que requieren crédito a mediano y largo plazo.

• Adquieren acciones de otras empresas con la finalidad de capitalizarlas, hacerlas más rentables y venderlas.

• Compra únicamente acciones de pequeñas y medianas empresas que requieren crédito a mediano y largo plazo.

• Adquieren acciones de otras empresas con la finalidad de capitalizarlas, hacerlas más rentables y venderlas.

Tipo deInstrumento Características específicas Operaciones que realizan

De renta Variable

De instrumentos

de Deuda

De objeto limitado

De Capitales

CETES y Acciones

ABS, CETES, UDIBONOS, CPO, Bondes, papel comercial o cualquier otro instrumento equivalente con cargo a tercero.Obligaciones.

Acciones,obligaciones,bonos.

• Comprar, vender o invertir en Activos Objeto de Inversión. Celebrar reportos y préstamos sobre valores.

• Adquirir las acciones que emitan Comprar o vender acciones representativas del capital social de otras sociedades de inversión. Obtener préstamos y créditos de instituciones de crédito, intermediarios financieros no bancarios y entidades financieras del exterior.

• Emitir valores representativos de una deuda a su cargo.

• Los recursos los captan con la venta de acciones representativas de su capital social.

• Obtienen rendimientos a través de dividendos, ganancias de capital, intereses.

Modalidades

Este tipo de sociedades puede adoptar alguna de las siguientes modalidades:

• Abiertas: aquéllas que tienen la obligación, en los términos de la Ley y de sus prospectos de información al público inversionista, de recomprar las acciones representativas de su capital social o de amortizarlas con Activos Objeto de Inversión integrantes de su patrimonio, a menos que conforme a los supuestos previstos en los citados prospectos, se suspenda en forma extraordinaria y temporal dicha recompra.

• Cerradas: aquéllas que tienen prohibido recomprar las acciones representativas de su capital social y amortizar acciones con Activos Objeto de Inversión integrantes de su patrimonio, a menos que sus acciones se coticen en una bolsa de valores, supuesto en el cual se ajustarán en la recompra de acciones propias a lo establecido en la Ley del Mercado de Valores.

170 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Instituciones de ApoyoDefinición

Son las entidades que facilitan las transacciones que se realizan en los mercados financieros.

Clasificación

Entre las instituciones de apoyo se encuentran:

1. La Asociación de Bancos de México (ABM).2. Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles (AMIB).3. Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).4. Bolsa Mexicana de Valores (BMV).5. Sociedad de Información Crediticia (Buró de Crédito).6. Instituto para el Depósito de Valores (INDEVAL).

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) Autoridad.

171

Ejercicio1. ¿Cuál es la autoridad máxima que regula y vigila la solvencia de las instituciones financieras?

2. ¿Qué entidades inspeccionan y vigilan a las instituciones financieras?

3. ¿Qué entidad provee de dinero a la banca?

4. ¿Qué empresas administran el dinero de la cuenta individual del trabajador inscrito en el IMSS o el ISSSTE por concepto de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez?

5. Es una institución cuyo objetivo es diversificar el riesgo ligado al ahorro por contrato y el riesgo por muerte:

6. ¿Qué leyes son aplicadas por las Comisiones para regular a las Instituciones Financieras?

7. ¿Qué operaciones pueden realizar las sociedades de inversión?

172 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

8. ¿Cuáles son los tipos de sociedades de inversión que están autorizados?

9. Explica las dos modalidades que se pueden dar en cualquier tipo de sociedad de inversión.

10. Con qué objetivo de inversión operan…

Las sociedades de renta variable:

Las sociedades de instrumentos de deuda:

Las sociedades de capitales:

Las sociedades de objeto limitado:

11. ¿Cuál es la función de los intermediarios financieros?

173

Mercado de Valores

DefiniciónEl Mercado de Valores se define como el sitio donde se llevan a cabo, de manera organizada, transacciones de compra y venta de valores e inversiones, y cuyo propósito es canalizar recursos para el financiamiento de empresas, o bien, para la ejecución de proyectos con el objeto de obtener las mayores ganancias.

Como en todo mercado, existe un componente de oferta y otro de demanda. En este caso, la oferta está representada por títulos emitidos tanto por el sector público como por el privado, en tanto que la demanda la constituyen los fondos disponibles para inversión procedentes de personas físicas o morales. En este mercado participan instituciones reguladoras, operativas y de apoyo, por ejemplo, las casas de bolsa, las sociedades de inversión, las operadoras de sociedades de inversión, etc.

Definición de Valores

Los valores son títulos de crédito que son objeto de oferta pública o de intermediación en el mercado financiero.

Son valores: las acciones, obligaciones, bonos, certificados y demás títulos de crédito, y documentos que se emitan en serie o en masa en los términos de las leyes que los rijan, destinados a circular en el Mercado de Valores.

Participantes

Los participantes del mercado de valores son:

• Emisores.• Intermediarios financieros, principalmente bursátiles.• Quien compra los valores (inversionistas).

Existen diferentes formas de clasificar al mercado de Valores de acuerdo al plazo, a la manera en que se coloca y al tipo de rendimiento que ofrece.

174 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Mercado de Valores

Plazo (Tiempo)

• Mercado de Dinero (Corto Plazo).• Mercado de Capitales (Largo Plazo).

Colocación

• Mercado Primario.• Mercado Secundario.

Rendimiento

• Mercado de Deuda (Renta Fija).• Mercado Accionario (Renta

Variable).

Clasificación Tipos Definición

Por su Plazo

Por su Colocación

Por su Rendimiento

Mercado de Dinero.

Mercado de Capitales.

Mercado Primario.

Mercado Secundario.

Mercado de Deuda.

Mercado Accionario.

Son instrumentos con plazo menor o igual a un año (corto plazo).

Son instrumentos con un plazo mayor a un año (largo plazo) o sin fecha de vencimiento.

Se efectúa la colocación del papel la primera vez; se canalizan los recursos directamente a la empresa solicitante.

Participan agentes con activos de menor valor y riesgo, los emisores no se ven afectados por los cambios en los precios de sus activos.

El emisor se obliga a pagar una cantidad fija (renta fija) en intervalos regulares hasta una fecha específica.

El emisor vende acciones y el comprador tiene derecho a participar en las utilidades de la empresa, si las hay (dividendos-renta variable).

175

EjercicioRelaciona la columna de Tipo de Mercado con la de Descripción, poniendo en el paréntesis el número que le corresponda

Tipo de Mercado

1. Mercado de capitales

2. Mercado de Dinero

3. Mercado Primario

Descripción

( ) En este mercado de efectúan nuevas colocaciones, las cuales canalizan los recursos directamente a la empresa solicitante.

( ) Este mercado maneja instrumentos con plazo menor o igual a un año (corto plazo).

( ) Maneja instrumentos con un plazo mayor a un año (largo plazo).

Escribe las siguientes definiciones:

1. Mercado de valores

2. Valores

¿Quiénes participan en el mercado de valores?

176 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Instrumentos Financieros

Definición Un instrumento financiero es un documento o contrato que garantiza derechos al inversionista (quien lo posee) y obligaciones a su emisor (quien vende). Los inversionistas tienen el derecho de recibir un pago del monto de la deuda más intereses (rendimientos) en un plazo determinado y pactado desde el momento de su emisión.

Instrumentos del Mercado de Dinero (Corto Plazo) o Mercado de Deuda (Renta Fija)

Instrumento Financiero Contrato que garantiza derechos a quien los posee

y obligaciones a quien vende.

Renta fija.

Renta Variable.

Instrumentos

Gobierno Federal

1.- CETES

2.- BONDES

3.- UDIBONOS

4.- UMS

5.- BREM’S

6.- BPA’S

7.- PICFARAC

Bancarias Empresas

1.- AB’S

2.- PRL V

3.- CEDES

1.- Papel Comercial

2.- Obligaciones

3.- CPO’S

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• Son emitidos por el Gobierno Federal.• Son colocados por el Banco de México.• Son de los instrumentos más seguros.• Da mayor liquidez al generar un beneficio vendiéndolo con descuento (a un precio

más bajo de lo que paga a su vencimiento).• El plazo de colocación mínimo es de 28 días y múltiplos de 28 días hasta 728 días,

aunque se han colocado a 7 días. Se consideran de corto plazo.

Son títulos de crédito a largo plazo, en moneda nacional, que obtienen recursos de financiamiento a largo plazo para el Gobierno para cubrir su déficit y consignan la obligación directa e incondicional del mismo de pagar la suma de dinero así como sus intereses.

• Son títulos de crédito a largo plazo a cargo del Gobierno Federal. Los plazos serán los que el Gobierno Federal determine en las convocatorias correspondientes.

• La tasa de interés que devengarán los UDIBONOS será fija y los intereses serán pagaderos cada 182 días.

• El rendimiento en moneda nacional de los UDIBONOS dependerá del precio de adquisición de los títulos, la tasa de interés de la emisión correspondiente y el valor de las UDIS.

• Están ligados al índice Nacional de Precios al Consumidor.

• Son instrumentos de cobertura cambiaría de largo plazo (deuda externa) cotizados en el mercado nacional y extranjero.

• Los emisores son los Estados Unidos Mexicanos (UMS) y el objetivo es cambiar la deuda anterior a 1990 con 500 bancos extranjeros por un bono que mejore el servicio del pasivo externo mexicano. Se colocan principalmente en el extranjero. La tasa de interés puede ser fija o variable de acuerdo a las características de la emisión.

El Banco de México emitirá Brem’s con el único objeto de regular la liquidez en el mercado y facilitar el manejo de las Operaciones.

Los BPA’S, serán títulos de crédito a mediano y largo plazo a cargo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB).

• Pagaré de Indemnización Carretera (PIC). Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC).

• Plazo: 1823 días equivalentes a 10 períodos de 182 días.• La tasa de interés será pagadera por 182 días y será de 5.625% sobre el monto

denominado en UDIS.• El pagaré se encuentra avalado por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.

CETESCertificados de la Tesorería de la Federación

BONDESBonos de Desarrollo del Gobierno Federal

UDIBONOS Bonos del Gobierno Federal,denominados en unidades de Inversión

UMS (United Mexican States) Bonos del Gobierno Federal colocados en el extranjero

BREM’SBonos de Regulación Monetaria

BPA’SBonos de Protección al Ahorro Bancario

PICFARAC Pagaré de Indemnización Carretera

Por lo general, en el mercado de dinero se comercian instrumentos financieros de deuda de corto plazo (menos de un año) que cuentan con alta liquidez (se puede vender fácilmente) y bajo riesgo. Los recursos obtenidos sirven para cubrir los gastos de las empresas emisoras.

Instrumentos financieros o Valores emitidos por el Gobierno Federal

Nombre Características

178 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Valores emitidos por los Bancos

Nombre

Son letras de cambio giradas por sociedades mercantiles, aceptadas por una institución de banca múltiple, con base en una autorización de línea de crédito previamente autorizada por dicha institución, cuyo destino es proporcionar recursos de corto plazo para capital de trabajo de la empresa que la gira, de manera que sus vencimientos pueden variar en múltiplos de siete, entre siete y ciento ochenta y dos días.

Título emitido por la Banca Múltiple para captar recursos a corto plazo, con el objeto de financiar sus operaciones. Instrumento de deuda.

• Títulos de crédito en los cuales el banco se compromete a devolver el importe al tenedor hasta el plazo fijado.

• El depositante recibe un interés periódico.• Canaliza el ahorro interno de los particulares.

Características

Aceptaciones Bancarias ABS

Pagarés con Rendimiento Liquidable al Vencimiento. PRLV

Certificados de depósito

bancario CEDES

Valores emitidos por Empresas

Nombre

Pagarés a corto plazo emitidos por compañías financieras o grandes grupos comerciales o industriales; éstos pueden venderse ya sea directamente o a través de intermediarios.

Pagan el total de los intereses al finalizar el tiempo del contrato.

Es un Título valor que forma parte del pasivo de la empresa.También se considera como un crédito colectivo a cargo de un emisor. Debe contar con una Garantía.

Son títulos de crédito que representan el derecho a una parte alícuota de los rendimientos de los valores, derechos o bienes de cualquier clase que tenga un fideicomiso irrevocable para ese propósito.Los certificados serán nominativos, tendrán cupones y deberán emitirse por series y serán designados como ordinarios o inmobiliario.

Características

Papel comercial

Pagaré

Obligaciones (Emitido por Empresas)

Certificados de Participación (CPO’S)

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Instrumentos del Mercado de Capitales (largo plazo) o Mercado Accionario (Renta Variable)

En el Mercado de Capitales o Accionario se pone en contacto la oferta y la demanda de valores dirigidos a obtener flujos de capital de inversión para las empresas. Está diseñado para la formación de capital social de la empresa, o bien, para el desarrollo de proyectos de largo plazo por parte del emisor. Por lo general, no presentan un vencimiento y los rendimientos están en función de las utilidades por lo que es considerado de renta variable.

Instrumento

Estos títulos otorgan una retribución variable que está condicionada a las políticas y resultados financieros de la empresa emisora y a la oferta y la demanda de sus documentos en el mercado.

Los rendimientos obtenidos son variables ya que la tendencia que siga la situación financiera de la empresa emisora no se puede conocer de antemano. Dependiendo de esta última, los rendimientos obtenidos con los títulos pueden ser muy altos, no existir o incluso arrojar un saldo negativo al comparar el precio de compra con el de su cotización en el mercado. Este es el riesgo que se corre al invertir en ellos.

El principal instrumento que se utiliza en este tipo de mercado es la Acción. Otros son las obligaciones y los certificados de participación ordinaria.

Definición de acciones

Es un título de crédito que representa la parte alícuota (la parte alícuota indica que un todo está dividido en porciones iguales) del capital contable de una empresa. Se emiten en serie o en masa y son títulos nominativos. Las acciones son instrumentos de inversión con fondos agresivos de crecimiento o de alto riesgo.

Mercados Especializados

Los Mercados Especializados se refieren a aquellos instrumentos que satisfacen una necesidad particular, como puede ser en materia de pensiones las SIEFORES en donde se invierten los recursos que cada trabajador, patrón y el Gobierno depositan en las AFORES. Otros son los derivados y cambios.

180 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

EjercicioRelaciona la columna Instrumento con la de Características. Pon el número que corresponda de la primera en el paréntesis de la segunda.

Instrumento

1. Papel Comercial

2. CETES

3. PICFARAC

4. CEDES

5. UDIBONOS

6. ABS

7. PRL V

8. BONDES

9. Acciones

Características

( ) Pagaré la indemnización Carretera. Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas.

( ) Título emitido por la Banca Múltiple para captar recursos a corto plazo.

( ) Son títulos de crédito a largo plazo, en moneda nacional, que obtienen recursos de financiamiento a largo plazo para el Gobierno para cubrir su déficit.

( ) Da mayor liquidez al generar un beneficio vendiéndolo con descuento (a un precio más bajo de lo que paga a su vencimiento).

( ) Instrumentos de deuda a corto plazo, emitidos por empresas nacionales.

( ) Están ligados al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

( ) Representa la propiedad de la empresa pues parte de su capital.

( ) Títulos de crédito en los cuales el banco se compromete a devolver el importe al tenedor hasta el plazo fijado.

( ) Son letras de cambio giradas por sociedades mercantiles, aceptadas por una institución de banca múltiple.

Completa los siguientes enunciados:

1. En el mercado de dinero se comercian instrumentos financieros de______________________ que

cuentan con ________ y bajo_________________.

2. El Mercado de Capitales está diseñado para la formación de ________________ o bien, para el

desarrollo de proyectos de________________ por parte_________________. Por lo general, no

presentan _______.

3. Las acciones son instrumentos de________________ de crecimiento o de alto_________________

181

Inversiones

“Las inversiones consisten en un proceso por el cual un sujeto decide vincular recursos financieros líquidos a cambio de expectativas de obtener unos beneficios también líquidos, a lo largo de un plazo de tiempo, denominado vida útil u horizonte temporal del proyecto”.

En una inversión se consideran los siguientes factores:

a) Liquidez de los recursos financieros vinculados (facilidad para venderlos).b) Certeza (más o menos exacta) del desembolso inicial.c) Incertidumbre de los beneficios futuros.

Se puede invertir directamente en los instrumentos o indirectamente a través de sociedades de inversión y productos que ofrecen las instituciones financieras.

Por ejemplo:

• Se puede invertir directamente en compañías mexicanas comprando sus acciones, o indirectamente a través de sociedades de inversión comunes o de capitales que a su vez invierten los fondos en acciones de compañías.

• En el caso del ahorro se puede invertir en pagarés (PRLV) como cliente en un banco que le garantiza (mediante el seguro de depósito) la devolución de su dinero o invertir directamente en una caja de ahorro popular donde usted es socio y participa de las pérdidas y ganancias.

• Se puede invertir directamente en una propiedad comprándola y administrándola, o indirectamente a través de un certificado de participación inmobiliario cotizado en bolsa (CPI).

• Se puede invertir directamente en papeles del Gobierno Federal comprándolos en un banco o casa de

Riesgo FinancieroDefinición

El concepto de riesgo financiero es entendido como la incertidumbre o aleatoriedad en la obtención de un resultado seguro en las diferentes actividades desarrolladas. En esta definición damos cabida no sólo a las pérdidas, sino también a los potenciales beneficios y oportunidades que el entorno y su relación con el entorno nos ofrecen. Cuando la rentabilidad futura de un activo financiero no es predecible entonces se habla de que el inversionista se enfrenta a un riesgo financiero.

Riesgo Financiero Incertidumbre en la obtención de un resultado seguro.

Probabilidad de la pérdida o ganancia financiera.

Riesgo de Mercado

Riesgo de crédito

Tolerancia al Riesgo

182 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

bolsa, o bien, indirectamente a través de mesas de dinero en bancos o reportos en casas de bolsa (el reporto es un contrato mediante el cual el reportador adquiere, por una suma de dinero, la propiedad de títulos de crédito y se obliga a transferir al reportado la propiedad de otros tantos de la misma especie en el plazo convenido, y contra reembolso del mismo precio más un premio).

• También puede invertir indirectamente a través de SIEFORES o cierto tipo de seguros de vida con inversión.

Tolerancia al Riesgo Financiero

La tolerancia al riesgo refleja la forma que una persona selecciona para manejar sus inversiones, entender sus alternativas y tomar decisiones.

Los riesgos pueden ser manejados de una de estas formas o en ciertas combinaciones de ellas:

• Retener (Sin ninguna protección sobre riesgo de caída, como cuando se mantiene un producto agrícola sin precio).

• Transferir (La persona paga una prima para transferir las consecuencias económicas que sufrirá su familia si él muere).

• Reducir (Mantener las cercas en buen estado para mantener el ganado alejado de la vía y un plan de mercadeo que asegure algún nivel de retorno garantizado son ejemplos de reducción de riesgo).

• Seguro propio (Reservas de emergencia basadas en las ganancias de años anteriores).• Evitar (No seleccionar una empresa particular. No empujar ningún extremo del período oportuno para

sembrar. No incrementar su promedio de deudas más allá de su nivel de posibilidades).

A medida que se invierte una cantidad mayor en instrumentos de más riesgo se incrementa el potencial de utilidad (rendimiento), pero también se incrementa el riesgo, la volatilidad (un valor se denomina volátil cuando su precio varía en relación con la variación del mercado) y la posibilidad de pérdida.

Al concentrar las inversiones en instrumentos de menor riesgo se incrementa la seguridad y preservación del capital, pero se reduce la posibilidad de rendimiento (ganancia) y la capacidad de compensar los efectos de la inflación. Por ejemplo, mantener todo el capital en mercado de dinero puede causar una pérdida en poder adquisitivo ya que la inflación puede resultar ser mayor al rendimiento.

El Poder Adquisitivo

Es la cantidad de bienes o de servicios que se pueden adquirir con una suma de dinero. Poder de compra del salario de un ciudadano medido por unos bienes básicos, generalmente admitidos que permiten las comparaciones internacionales. Para mantener el poder adquisitivo es necesario que los intereses de una inversión sean superiores a la inflación.

Diversificar

Diversificar es repartir la inversión entre diversos activos para reducir el riesgo, sin renunciar a obtener una rentabilidad similar. Esto permite reducir la variabilidad de las rentabilidades de diversas acciones.

Diversificar no es sólo repartir las inversiones entre distintos instrumentos por prudencia o incertidumbre sobre su rentabilidad futura, sino que es, sobre todo, reducir el riesgo conjunto de una cartera para un nivel de rendimiento dado.

Aunque la diversificación consigue disminuciones de riesgo, éste no queda totalmente eliminado. Existen factores externos que afectan en igual sentido a todas las acciones, por ejemplo, inestabilidad política, incertidumbre acerca de unas declaraciones sobre la evolución de la inflación, la fluctuación del tipo de cambio, etc.

Diversificar la inversión ayudará a mejorar la rentabilidad y a reducir el riesgo. Además, debes diversificar mediante una asignación de activos de acuerdo con el perfil inversor o la tolerancia al riesgo.

183

Mediante la diversificación de las inversiones una empresa puede enfrentar el riesgo por los peligros que le rodean y los limita.

De la misma forma, las compañías de seguros diversifican un riesgo como puede ser el riesgo por muerte y lo distribuyen entre un gran grupo de asegurados.

Rentabilidad y riesgo

Los mercados financieros valoran las inversiones en función de su rentabilidad esperada (es decir, lo que esperamos ganar) y de su riesgo (la probabilidad de que la inversión no se comporte como se espera). Es decir, el inversionista renuncia temporalmente al poder de comprar otros bienes o servicios a cambio de soportar el riesgo.

La rentabilidad es un elemento fundamental que debe analizarse cuando una persona decide destinar fondos para una inversión.

La relación entre la rentabilidad y el riesgo es una relación directa ya que a mayor riesgo, más alta suele ser la rentabilidad esperada y viceversa. Para conseguir una rentabilidad más alta se debe asumir más riesgo.

Rentabilidad y liquidez

Por liquidez se entiende la disposición inmediata de fondos financieros y monetarios para hacer frente a todo tipo de compromisos. En los títulos de crédito, valores o documentos bancarios, la liquidez significa la propiedad de ser fácilmente convertibles en efectivo.

Entre menor sea la liquidez de un activo financiero y mayor su riesgo, la inversión es más rentable. Entre mayor sea la rentabilidad de un activo financiero y menor su riesgo, la liquidez es mayor. Por lo tanto, la relación entre liquidez y rentabilidad es inversa o decreciente.

Devaluación

La devaluación es la reducción del valor nominal de una moneda corriente frente a otras monedas extranjeras. La devaluación de una moneda puede tener muchas causas entre estas por una falta de demanda de la moneda local o una mayor demanda de la moneda extranjera. Lo anterior puede ocurrir por falta de confianza en la economía local, en su estabilidad, en la misma moneda, etc.

Una de las consecuencias de la devaluación es el abaratamiento de las exportaciones de productos y servicios del país que se devalúa, si los comparamos con los de los otros países.

Inflación

La inflación es el aumento sostenido y generalizado del nivel de precios de bienes y servicios. Se define también como la caída en el valor de mercado o del poder adquisitivo de una moneda en una economía en particular.

Costo de Oportunidad

En la evaluación financiera de un negocio o proyecto, sí calculamos su valor presente menos los pagos futuros a la tasa de interés de inversiones alternativas que tuviéramos, estamos considerando el costo de oportunidad de ese negocio o proyecto. Un costo no es únicamente el dinero que sale para pagar algún producto o servicio, sino también es el dinero que se deja de recibir como consecuencia de la decisión de aceptar el negocio o proyecto que se evalúa en lugar de invertirlo en otros activos. Es decir, es lo que dejamos de recibir por haber tomado la decisión de hacer otra cosa.

El costo de oportunidad tiene que ver con la aceptación de una “segunda opción” en lugar de la primera que se nos presentó.

184 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Completa las siguientes frases:

1. Cuando la rentabilidad futura de un activo financiero no es___________________ entonces se habla de que el inversionista se enfrenta a un ________________.

2. _______________________, surge del hecho de que una de las partes del instrumento financiero deje de cumplir con ____________________ y produzca, en la otra parte, _____________________.

3. En los títulos de crédito, valores o documentos bancarios, __________________ significa la propiedad de ser fácilmente convertibles_________________.

4. Existe una relación directa entre riesgo y ____________________.

5. Entre menor sea_________________ de un activo financiero y mayor ______________, la inversión es más rentable.

6. Entre mayor sea _______________________ de un activo financiero y menor____________, la liquidez es mayor.

7. La relación entre liquidez y _______________ es inversa.

185

Tasas

Todas las actividades financieras descansan en la costumbre de pagar un rédito por el uso del dinero prestado, es decir, el precio a pagar por los recursos financiados o bien el beneficio a recibir por prestar una cantidad de dinero. La mayor parte de los ingresos de los bancos y compañías inversionistas se derivan de los intereses sobre préstamos.

Toda persona que obtiene un préstamo queda obligada a pagar un rédito (renta de un capital) o interés por el uso del dinero tomado en préstamo, y la persona que presta a recibir un rendimiento.

Tasa de interés

Es el costo asignado por el uso del dinero. Es el beneficio, ganancia, renta, utilidad o provecho que se paga por utilizar dinero prestado por terceros; es la retribución por un servicio prestado.

El interés es el alquiler o rédito que se conviene pagar por un dinero tomado en préstamo o el beneficio por prestar el dinero. También es la diferencia entre el préstamo recibido y la suma de los pagos realizados para su liquidación. Se expresa como una suma a pagar por cada unidad de dinero prestado; es llamado Tasa y expresado en %, en una unidad de tiempo estipulado, por lo general, a un año.

Tasa Nominal

La tasa nominal es la tasa convenida para una operación financiera; es la tasa de interés sin considerar la inflación.

La tasa nominal es el incremento monetario de una inversión en un periodo determinado, generalmente se da para un año.

Tasa Efectiva

La tasa efectiva de interés es la que realmente actúa sobre el capital. La tasa efectiva es aquella tasa que se calcula para un período determinado y que puede cubrir períodos intermedios; en ella se considera la inflación.

Tasa de Inflación

Tasa porcentual a la que crece el nivel de precios en una economía durante un período específico. Cuando se da un incremento generalizado en los precios se habla de una tasa de inflación creciente.

Conceptos

A continuación veremos los diferentes tipos de tasa, a nivel concepto, que más adelante calcularemos.

Matemáticas Financieras

186 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Tasa Real

Es el porcentaje resultante de deducir a la tasa de interés general vigente la tasa de inflación. Generalmente es un excedente de la tasa de interés vigente.

Tasa de Rendimiento

La tasa de rendimiento es una tasa de interés que representa, en términos porcentuales, la ganancia sobre lo que se invierte, en el tiempo.

Comúnmente se calcula cuando se realiza una inversión por tiempo determinado y al final se tiene una ganancia.

Es el retorno que se obtiene de una inversión y toma en consideración todos los flujos que se obtienen y se pagan en el proceso.

Para comprender cómo difiere la tasa de rendimiento de la tasa de interés, se realizarán algunas aplicaciones.

El precio al que se puede vender la acción menos el precio al que se compró más cualquier dividendo en efectivo que se haya recibido, todo dividido entre el precio de compra, hace evidente la diferencia entre la tasa de rendimiento de las inversiones y la tasa de interés, por cuanto las acciones no tienen tasa de interés, pero en el tiempo sí tienen una tasa de rendimiento.

Tasa Pasiva

La Tasa Pasiva es la que pagan los intermediarios financieros a los oferentes de recursos por el dinero captado.

Tasa Activa

La tasa activa o de colocación es la que reciben los intermediarios financieros de los demandantes por los préstamos otorgados.

De estas dos tasas, la última siempre es mayor, porque la diferencia con la tasa de captación es la que permite al intermediario financiero cubrir los costos administrativos, dejando además una utilidad.

La tasa de interés activa es una variable clave en la economía ya que indica el costo de financiamiento de las empresas.

La diferencia entre la tasa activa y la pasiva se llama margen de intermediación.

Tasa de Cambio

La Tasa de Cambio de un país es el valor de cada moneda nacional comparada con una moneda internacional. Se puede definir también como el poder de compra de una moneda respecto al poder de compra de otra medida, en términos monetarios. Es el precio de la divisa extranjera en términos de la unidad monetaria nacional.

Factores como la fortaleza de la economía, la disponibilidad de recursos y la confianza internacional, deciden el valor de las diversas divisas.

Existen principalmente dos tipos de esquemas cambiarios:

a) Tipo de cambio fijo: En donde el valor de una moneda está atado a un referente internacional (por ejemplo el dólar).

b) Tipo de cambio flexible: En donde el valor varía según el comportamiento de los mercados de divisas.

187

Tasa de Recuperación

Es la fracción del costo inicial que se elimina por depreciación cada año.

Interés Simple

Cuando una tasa de interés se aplica sobre un Capital Inicial (el monto de dinero en efectivo disponible para la inversión). Es el importe que se cobra por el uso temporal del dinero al final de un período señalado sobre un monto fijo y una tasa determinada.

Interés Compuesto o capitalizable

El interés compuesto representa la reinversión de los intereses ganados en cada período, para producir nuevos intereses en el período siguiente. Los intereses ganados se añaden al capital y generan intereses sobre los intereses.

El interés se capitaliza haciendo que el Capital se vuelva más grande, por lo que el capital no es constante sino que cambia a través del tiempo.

Operaciones con DecimalesRazones y Proporciones

Razones

Una razón es la comparación de dos números mediante una división o cociente. Este cociente se interpreta como el número de veces que uno de ellos es mayor que el otro. Esto se expresa como:

Ejemplo:

Una persona, al comprar una caja que contiene 30 manzanas, observó que seis salieron magulladas; la razón que se obtiene es:

Simplificando la razón, se tiene:

Lo cual se interpreta como: una manzana de cada cinco está magullada.

188 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Proporciones

Se llama proporción a la equivalencia entre dos razones y se expresa como:

Siempre que b y d sean diferente a 0

En una proporción, a los términos a y d se les llama extremos, mientras que b y c, son medios.

Dos razones forman una proporción solamente si el producto de sus extremos es igual al producto de sus medios. Este enunciado es conocido como la propiedad fundamental de las proporciones y se expresa así:

Tanto Por Ciento

El cálculo del tanto por ciento es una proporción que se establece con relación a cada 100 unidades y se expresa con el símbolo de %. Es el número de partes que se tomaron de un entero que se dividió en 100 partes.

Por ejemplo:

Si con una inversión de $5,000.00 se obtiene un rendimiento de $300.00 ¿qué rendimiento corresponde a cada S100.00 de inversión?

Se establece la proporción:

Esto es 6 por cada 100.

Así, por ejemplo, si se dice que el 25 % de las personas que forman la Cámara de Diputados son de la oposición, se está diciendo que de cada 100 diputados, 25 son de la oposición.

Si hay 100 diputados, 25 son de la oposiciónSi hay 300 diputados, 75 son de la oposición

189

Convertir el Tanto por Ciento a Decimal

Para convertir un porcentaje a decimal puedes utilizar cualquiera de las dos alternativas que se presentan:

1. Divide el número entre 1002. Recorre el punto decimal dos lugares a la izquierda.

Por ejemplo: Convierte 83% a un decimal.

190 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Ejercicios

191

TReal =1+Tasa de período (1){

{

{

1+ inflación del período-1 x 100

TR =Valor Final + Dividendos

Valor Inicial-1 x 100

TR =15.25

13.94x 100 = 9.39%

Cálculo de tasasTasa de Interés

Es el costo asignado por el uso del dinero. Es el beneficio, ganancia, renta, utilidad o provecho que se paga por utilizar dinero prestado por terceros; es la retribución por un servicio prestado.

Para el cálculo del interés se debe tomar en cuenta:

• Que las tasas se expresan en términos porcentuales y que al momento de calcular se debe expresar en términos decimales.

• Para el cálculo se utiliza el año comercial de 360 días, cada mes es de 30 días, la quincena de 15 días y el trimestre de 90 días.

• Las tasas generalmente se expresan a un año, excepto si se indica algún otro período. Cuando esto sucede se convertirá en el plazo de la operación llamada Tasa Efectiva.

Tasa Real

Es el porcentaje resultante de deducir a la tasa de interés general vigente la tasa de inflación. Generalmente es un excedente de la tasa de interés vigente.

Para calcularlo se aplica la siguiente fórmula:

}

}

}

Tasa de Rendimiento

La tasa de rendimiento es una tasa de interés que representa, en términos porcentuales, la ganancia sobre lo que se invierte.

Para calcular la Tasa de Rendimiento se aplica la siguiente fórmula:

Por ejemplo:

El señor Juan Pérez compró una acción del Banco X, a un precio de $13.94 U.S. dólares y 60 días después vendió la acción en una operación de bolsa a un precio de $15.25 U.S. dólares. Calcular la tasa de rendimiento efectiva en ese período.

192 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

TR =Valor Final

Valor Inicial-1 x 100 X

360

plazo

TR =15.25

13.94-1 x 100 X

x 100

360

60= 56.38%

Capital (C) Tasa de interés (i)

Cantidad de dinero

que se presta o

ahorra.

I(i x t)

IC x i

C x i X tI(C x t)( )

Tiempo (t) Interés (I)

Por ciento (%) que se cobra

o se paga por el ahorro o el

préstamo del dinero.

Plazo o período durante el

cual se maneja un capital

(días, meses, años).

Dinero que se cobra o se

paga por un capital que se

ahorra o se presta.

Capital (C) Tasa de interés (i) Tiempo (t) Interés (I)

{

{

}

}

Si se deseara conocer la tasa de rendimiento anualizada, se deberá aplicar la siguiente fórmula:

Sustituyendo el ejemplo:

Interés Simple

El interés es la cantidad de dinero que se paga por el uso de un capital prestado.

En las operaciones bancarias y financieras aparecen cuatro términos o elementos:

C= t= i= i=

193

Ejercicio

Completa la siguiente tabla, calculando lo que falta:

Capital (C) Tasa (i)

$4500

$16000

$5000

$

$

$

$1500

$50

$250

$150

Tiempo (t)Interés (I)

$

$

$

$13000

$19500

$240

$270

$3.50

$67.50

$12

11%

12%

11%

13%

13%

12%

9%

9%

1 año

3 años

2 años

4 años

5 años

1 año

1 año

1 año

Interés Compuesto o capitalizable

En los problemas de interés simple el capital que genera los intereses permanece constante todo el tiempo que dura el préstamo o la inversión.

Si en cada período o intervalo de tiempo convenido se agregan los intereses al capital, se forma un monto sobre el que se calcularán los intereses.

194 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Ejercicios

195

Valor del Dinero en el TiempoEl dinero tiene un precio. Un peso de hoy no tiene el mismo valor que un peso de mañana. A la relación que existe entre un precio de hoy y uno en el futuro se le llama Valor del Dinero en el Tiempo: el capital inicial a un interés determinado durante un período establecido. Un capital puede ser trasladado de un período a otro y sufrir cambios en su valor. Si un capital es desplazado a un tiempo futuro se dice que se capitaliza y en el caso contrario, se actualiza. El valor del dinero varía de acuerdo a la inflación que se dé, a los rendimientos y al plazo de la inversión.

Terminología

Antes de explicar cómo estimar el valor del dinero en el tiempo es importante conocer los siguientes términos:

Término

Es una cantidad de dinero que aporta una persona para invertir y que va a sufrir

cambios en su valor en el tiempo.

Representa el beneficio que se recibe por invertir una cantidad o bien; el monto a

pagar por haber solicitado financiamiento.

Es el interés en términos porcentuales que por lo general se expresa en años.

El plazo del tiempo que dura la inversión o la vida que tiene un crédito. Puede

expresarse en días, semanas, meses, años o cualquier período a pactar. La fecha

en que la operación termina o fecha de vencimiento.

Cantidad a recibir en el futuro resultado de la inversión.

Definición

Capital Inicial (C) o Valor

Presente (VP)

Interés o Rédito (I)

Tasa de Interés (i)

Plazo( t)

Monto final (M) o Valor Futuro

(VF)

CONSUMO

FUTURO

CONSUMO ACTUAL$1,000

$1,000

CONSUMO

FUTURO

$1,000

$1,000CONSUMO ACTUAL

196 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Valor Futuro

El Valor Futuro expresa lo que valen en una fecha futura los flujos que se reciban hasta el momento. La acumulación de dinero, junto con el interés que produce a lo largo del tiempo, se considera Valor Futuro.

Para su cálculo se tiene la siguiente fórmula:

El Sr. Ramírez pide un préstamo al banco por $15,000.00 y se compromete a pagar dentro de 6 meses. Consideremos una tasa de interés del 15% mensual. ¿Cuánto tendrá que pagar en el futuro?

El Sr. Ramírez pagaría por el préstamo $ 34,695.91

Veamos cómo se representa gráficamente:

Valor Presente

El valor presente indica cuánto vale hoy el dinero esperado en el futuro. Si al dinero que esperamos en el futuro le descontamos los intereses que producirá, obtendremos el Valor Presente. Para su cálculo tenemos la siguiente fórmula:

Valor Futuro (VF)=Valor Presente (VP)[1+Interés (i)]

Valor Futuro (VF)=15.000 [1.15]

Valor Presente (VP)=(Valor Futuro (VF))

([1+Interés (i)]

197

Anualidades

Definición

Se denomina anualidad a un conjunto de pagos iguales o desiguales realizados a intervalos iguales de tiempo; no siempre se refiere a períodos anuales.

Se conoce como intervalo o período de pago, al tiempo que transcurre entre un pago y otro, y se denomina plazo de una anualidad al tiempo que pasa entre el inicio del primer período de pago y el período final de pago.

Algunos ejemplos de anualidades son:

• Los pagos mensuales por renta.• El cobro quincenal o semanal de sueldos.• Los abonos mensuales a una cuenta de crédito.• Los pagos de primas de pólizas de seguro de vida.

198 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Ejercicios

199

La Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) es el organismo que agrupa y representa a las compañías aseguradoras de México.

Misión

La AMIS tiene como misión: Promover el firme y sano desarrollo del Seguro y la Empresa Aseguradora, representando a sus asociadas con libertad, responsabilidad subsidiaria y solidaria.

¿Quién es la AMIS?

Objetivos

La AMIS tiene como objetivos:

• Promover el desarrollo de la industria aseguradora.• Representar sus intereses ante autoridades del sector público y privado.• Proporcionar apoyo técnico a sus asociadas.

Representación

La Asociación, representa a 78 empresas aseguradoras de las 95 autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), estas 78 empresas abarcan el 97% de las primas en México.

La AMIS cuenta con una red de convenios con las asociaciones más prestigiadas de los mercados de Estados Unidos, Canadá, Europa y Latinoamérica.

Propósito

La AMIS tiene como propósito el trabajar por México, luchar por una sociedad mejor asegurada y promover una cultura de prevención más amplia a través de un acercamiento más estrecho con los posibles clientes y usuarios con campañas de orientación y comunicación, partiendo del concepto: Nada es seguro, tu seguro sí.

Empresas Filiales

Las empresas filiales a la AMIS de apoyo general son:

200 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Plan de expansión de mercados

La AMIS ha emprendido un Plan de Expansión de Mercados que es la estrategia más ambiciosa y agresiva en los últimos 10 años para lograr que el seguro llegue a las familias que, hasta ahora, no cuentan con los beneficios que representa estar asegurado.

El Plan de Expansión de Mercados (PEM) es un conjunto de 15 Programas Estratégicos cuyo cumplimiento, debe concluir en la expansión de la industria de seguros hasta alcanzar en 10 años el 5% del PIB.

Algunos de estos Programas requieren un soporte de comunicación fundamental para su éxito en términos de creación de las condiciones de negocio óptimas para las afiliadas.

Programas

Entre los programas a desarrollar destacan los de:

• Salud.• Pensiones.• Riesgos Catastróficos.• FONDEN (Fondo de Desastres Naturales).• Seguros Obligatorios de Daños.• Aseguramiento obligatorio a nivel nacional.• Registro Público Vehicular.• Centro estadístico.• Regulación y supervisión.• Aseguramiento masivo.• Canales de distribución.• Protección al Sistema Educativo Nacional.

Institución

Institución que registra las reclamaciones y asegurados de los ramos de Vida y

Accidentes y Enfermedades.

Coordina las acciones relativas a la localización, identificación y reparación de los

vehículos robados.

Centro de capacitación especializado en seguros y fianzas, que proporciona

servicios de capacitación a las aseguradoras.

Centro de evaluación para la aplicación de los exámenes de certificación de agentes

para la evaluación de su capacidad técnica en seguros y fianzas.

Centro de Investigación y capacitación en materia de reparabilidad, seguros y

cultura vial.

Descripción

Oll.- Oficina de Intercambio de

Información

OCRA.- Oficina Coordinadora

de Riesgos Asegurados.

IMESFAC.- Instituto Mexicano

Educativo de Seguros y

Fianzas, A. C.

CEI.- Centro de Evaluación

para Intermediarios.

CESVI.- Centro de

Experimentación y Seguridad

Vial México.

201

Programa Integral de Comunicación del Sector Asegurador (PIC)

El Programa Integral de Comunicación del Sector Asegurador (PIC) es uno de los soportes fundamentales del Plan de Expansión de Mercados.

El PIC se enfoca a elevar la cultura de prevención de riesgos y difundir los beneficios de estar asegurado.

Su objetivo es el eliminar los obstáculos e impulsar las fuerzas de la industria, para lograr el crecimiento del mercado.

Indicadores del Sector AseguradorMejores prácticas

Las aseguradoras mexicanas, siempre a la vanguardia, se mantienen informadas de las mejores prácticas de la industria a nivel internacional y las incorpora apegándose a estrictos códigos de ética corporativa.

Participación del Sector Asegurador en el PSB

A pesar de que México es la 15a economía en el mundo, debido a la falta de cultura del seguro, México ocupa el lugar 62 en la emisión de primas con respecto a su Producto Interno Bruto (PIB). (Cifras al 2007).

Recordemos que el PIB es el conjunto de bienes y servicios que se producen en un país medido en moneda nacional.

Primas pagadas y protección para el asegurado

El contrato de seguro es un acuerdo por escrito entre el asegurado y la aseguradora en la que, el asegurado se compromete a pagar una cierta cantidad llamada prima a cambio de que la aseguradora le ofrezca apoyarlo económicamente, a través de una suma asegurada o indemnización, cuando ocurra algún evento (escrito en el contrato) que le cause un desequilibrio económico.

El sector asegurador, genera primas por 1.95% del PIB, con esa aportación de primas se ofrece protección por sumas aseguradas equivalentes a casi tres veces el PIB; un asegurado en promedio recibirá $166.00 de protección por cada peso de prima que aporte. (2005).En el 2007, con respecto al 2006, el sector asegurador tuvo un crecimiento en primas del 12% en términos reales.

Generación de empleos

La industria aseguradora, cuenta con 7,637 oficinas y sucursales en toda la República siendo una importante fuente de empleos ya que, en forma directa, 23,471 trabajadores colaboran diseñando productos, administrando las pólizas, evaluando riesgos, pagando siniestros, etc.

Así mismo, 43,637 agentes de seguros mediante contratos mercantiles asesoran a los asegurados ofreciéndoles diferentes opciones de aseguramiento de acuerdo a sus necesidades de protección, (cifras al 2007).

Dimensión del sector

En cuanto al número de contratos vigentes, el crecimiento anual promedio durante el período de 2003 al 2005 ha sido de 13%.

En la actualidad, existen 83 millones de contratos y certificados que ofrecen protección a personas, familias, empresas e instituciones. Estos contratos ofrecen protección por un total de $27 billones de suma asegurada, lo cual equivale a casi 3 veces el PIB.

202 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Reservas técnicas

Con el fin de poder pagar las obligaciones futuras producto de un siniestro (eventualidad que al suceder produjo un desequilibrio económico), las compañías de seguro deberán crear un fondo llamado reserva.

Las compañías aseguradoras cuentan con reservas técnicas por más de $332 mil millones íntegramente invertidas en nuestro país, lo que convierte al sector como el tercer ahorrador institucional más importante del País (cifras al 2007).

Indemnizaciones

Durante el 2007, el sector asegurador atendió 4 millones de siniestros que representó el pago de $189 mil millones.

Intermediarios de SegurosConstantemente, tanto en las instituciones de seguros como en la AMIS, se realizan estudios donde se observan cómo el público adquiere sus seguros por intermediación de los agentes de seguros o de un banco (Bancaseguros).

Uno de los elementos más importantes a considerar dentro de la actividad de intermediación, es la cercanía que se tiene con el cliente desde que se ofrece el seguro cuando se explica las bondades del seguro, hasta la asesoría cuando se tiene que pagar un siniestro.

Definición de intermediario

La intermediación de seguros es una de las actividades más importantes que se realizan en una aseguradora, ya que es en esta actividad cuando se efectúa el primer contacto con el cliente.

Los canales de distribución

Los canales de distribución son una red de organizaciones e individuos que realizan todas las actividades de mercadeo necesarias para entregar el producto dé la compañía a sus clientes.

Tipos de canales de distribución

Existen diferentes tipos de canales de distribución. Entre los más frecuentes se encuentran:

• Los agentes de seguros personas físicas o morales.• La bancaseguros.• Personas morales no intermediarios financieros.

Encuesta de AMIS

La AMIS recientemente realizó una encuesta en donde se analizaron diversos aspectos de la intermediación y que a continuación presentamos.

Adquisición de los seguros

Sin distinguir si son usuarios o no, las personas tienen contacto con agente de seguros en promedio 5.3 veces al mes.

De la muestra seleccionada (personas que son aseguradas) para la encuesta, los seguros fueron adquiridos a través de:

203

• Un agente de seguros el 57.97%.• Una sucursal bancaria el 28.23%• Otros canales el 13.80%

El tiempo promedio en que una persona tiene vigente un seguro es en promedio 6 años, (cifras al 2007).

Preferencia por el intermediario

Las personas entrevistadas mostraron preferencia por comprar a:

• Agentes de Seguros Especializados 47%• Persona cercana y experta en Seguros 26%• Agente de seguros recomendado por un familiar 8%• Agente de seguros recomendado por un amigo 7%

Entre diferentes conceptos, se midió las preferencias de los entrevistados con respecto a:

1) La selección de un agente de seguros por las siguientes razones:• Servicio al cliente 70%• Información de Servicio 43%• Atención 22%• Confianza 21%• Honestidad y Honradez 13%

2) Las características que hacen que un consumidor prefiera a un agente de otros son:• Servicio al cliente 52%• Información de Servicio 36%• Beneficios sobre el servicio 25%• Costos sobre las pólizas 9%• Aceptación de la compañía que representan 7%

Indicadores Seguro de VidaEl Seguro de Vida es aquél en el cual el riesgo por el que se asegura es el fallecimiento de una persona específica (el asegurado), a cuya muerte, si la póliza está en vigencia, la aseguradora está de acuerdo en pagar al beneficiario una cantidad o ingreso determinado.

Contribución al mercado asegurador

El ramo de Vida es un factor importante para el sector asegurador, ya que, durante el 2006, contribuyó al desarrollo del mercado de seguros en más de un 15% en términos reales.

En el 2007 el crecimiento en Vida fue del 8.2% y en Vida Individual del 10.6%. El desarrollo de estos seguros se ha mantenido sobre todo por los que tienen un alto componente de ahorro.

Debido a la tendencia mundial de una mayor esperanza de vida de la población, hay un importante crecimiento en primas con altos componentes de ahorro, las personas están más comprometidas con su futuro y requieren de un seguro que solvente los años no productivos y vivir dignamente cuando ya no se tiene trabajo.

Número de Asegurados en Vida

A junio de 2008 aproximadamente 26 millones de mexicanos cuentan con un seguro de Vida.

Actualmente existen 37 aseguradoras que ofrecen este tipo de seguro.

204 Módulo 3: Sistema y Mercados Financieros

Emisión de pólizas

Durante el 2007, emitieron 77 mil millones de pesos.

Indemnizaciones

Durante el periodo enero-diciembre de 2007 el Sector Asegurador ha realizado pagos por indemnizaciones en el ramo de vida por $36,735 millones de pesos, con lo que se atendió a 105 mil asegurados. En promedio se pagan 101 millones de pesos diarios por indemnizaciones y responsabilidades diarias.

El sector asegurador pagó su seguro de vida, a los beneficiarios de 91 mil personas aseguradas que desafortunadamente fallecieron

Indicadores de los Seguros de Salud y Gastos Médicos MayoresLa salud es un bien de carácter público y debe ser entendida como un elemento primordial que debe atender el gobierno en beneficio de la sociedad. Cada país debe implementar sistemas eficientes que permitan que la población tenga libre acceso a ella.

En México, el sistema es mixto, es decir, gubernamental y privado, aunque prevalece el gubernamental. La medicina privada se visualiza, en nuestro país, como un complemento a la pública. El 50% de los sistemas de salud es privado y sólo el 5% de éste se realiza a través de las aseguradoras.

Naturaleza del Seguro de Gastos Médicos Privados

Los seguros privados son de libre contratación y la aseguradora y el asegurado deciden las condiciones y las coberturas. En Gastos Médicos Mayores el contrato busca proteger financieramente al asegurado por los gastos inesperados que pueda sufrir a consecuencia de una enfermedad o accidente inesperado, por lo tanto será él el que decida el alcance de la cobertura o el tipo de póliza que prefiere.

Indemnizaciones

Las Compañías de Seguros indemnizaron en el 2007 en los Ramos de Gastos Médicos Mayores y Salud más de 18 mil millones de pesos.

Con respecto al Seguro de Gastos Médicos Mayores, más de 520 mil asegurados hicieron uso de su póliza de Gastos Médicos Mayores y se indemnizan por hora 1.8 millones de pesos en promedio apoyando así a más de 350 mil familias, en el periodo de enero a diciembre de 2007.

Durante el 2007 una sola persona recibió indemnizaciones que han superado los 10.5 millones de pesos.

Preexistencia

El seguro es un mecanismo que ofrece alivio económico a las personas que lo compran, ante la eventualidad de presentarse alguna enfermedad o accidente. Su finalidad es proporcionar una cobertura ante los riesgos inciertos y futuros que puede llegar a sufrir el asegurado.

El asegurado tiene la obligación de declarar todos los datos necesarios para la apreciación del riesgo que está tomando, para así determinar la prima a cobrar acorde a sus características.

La preexistencia es algo que ya ocurrió, por lo que va en contra del fin del seguro. Sin embargo, en Seguros de Grupo y Colectivo se llega a cubrir por las características y objetivos que persigue el contratante.

En casos particulares se llegan a cubrir los gastos médicos que se originan de padecimientos preexistentes declarados al momento de solicitar la póliza, a partir del inicio de vigencia de ésta, entendiéndose como padecimientos preexistentes aquellos cuyos síntomas o signos se hayan manifestado con anterioridad a la fecha de alta de cada asegurado de la póliza.

205

Repaso de Sistema Financiero MexicanoActividades de Aprendizaje:

A) Describe brevemente las funciones de cada una de las entidades que regulan el Sistema Financiero Mexicano:

1. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

2. Banco de México (BM).

3. Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).

4. Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

5. Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).

6. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

B) Describe brevemente las funciones de cada uno de los intermediarios financieros que operan en el Sistema Financiero Mexicano:

1. Instituciones de Seguros.

2. Instituciones de Fianzas.

Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

206 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

3. Instituciones de Banca Múltiple.

4. Instituciones de Banca de Desarrollo.

5. Casas de Bolsa.

6. Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES).

7. Sociedades de Inversión.

8. Arrendadoras Financieras.

9. Casas de Cambio.

10. Uniones de Crédito.

11. Grupos Financieros.

12. Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).

13. Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORES).

207Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

C) Describe con qué activos objeto de inversión operan:

1. Las sociedades de renta variable.

2. Las sociedades de instrumentos de deuda.

3. Las sociedades de capitales.

4. Las sociedades de objeto limitado.

Examen de RepasoEvaluación Capítulo 1 “Sistema Financiero Mexicano”

1. Máxima entidad rectora del Sistema Financiero Mexicano: a) Banco de México b) SHCP c) INDEVAL d) CNBV

2. Promueve el sano desarrollo del sistema financiero, así como coadyuva el buen funcionamiento de los Sistemas de Pago:

a) Banca Mexicana b) CONDUSEF c) Banco de México d) SHCP

3. Planea y delinea el Sistema Financiero Mexicano a través de otorgar y revocar autorizaciones para la constitución de los diversos intermediarios financieros:

a) SHCP b) CNBV c) Banco de México d) AMIS

4. Prestar servicios de tesorería al Gobierno Federal y actuar como agente fiduciario del mismo y participar en el FMI son dos funciones de:

a) Secretaría de Relaciones Exteriores b) Banco de México c) Casas de Bolsa d) Mercados Financieros

208 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

5. Organismo desconcentrado de la SHCP, responsable de la supervisión y regulación de entidades financieras de captación, colocación e inversión:

a) CONDUSEF b) IPAB c) CNBV d) CNSF

6. Organismo público desconcentrado que tiene como objeto asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de contratantes de productos de Afianzadoras que operen en el territorio nacional:

a) CNSF b) CNBV c) CONDUSEF d) CONSAR

7. Las compañías aseguradoras, afianzadoras, casas de bolsa y sociedades de inversión, son: a) Instituciones de crédito b) Organizaciones auxiliares de crédito c) Instituciones de apoyo del Sistema Financiero Mexicano d) Intermediarios financieros no bancarios

8. Órgano desconcentrado de la SHCP, que tiene a su cargo la coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los Fondos de Inversión para el retiro:

a) CNSF b) CONSAR c) ABM d) SOFOL

9. Su objetivo es inspeccionar y vigilar las diversas instituciones financieras. a) Secretaría de Hacienda y Crédito Público b) Banco de México c) Comisiones d) INDEVAL

10. Sociedades Anónimas facultadas para captar recursos públicos a través de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y otorgar créditos para una determinada actividad o sector:

a) Sociedades de Inversión b) Sociedades de Financieras de Instrumentos de Deuda c) Sociedades Financieras de Objeto Limitado d) Uniones de Crédito

11. Se consideran bancos especializados, porque prestan exclusivamente a un sector. Obtienen dinero mediante la colocación de valores o solicitando créditos.

a) Banca múltiple b) Banco de segundo piso o de fomento c) SOFOLES d) BANSEFI

209Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

12. Entidad financiera bajo control de la CONSAR: a) Arrendadoras Financieras b) SIEFORES c) Uniones de Crédito d) SOFOMES

13. Es el mecanismo por el cual llega a las Instituciones de Crédito el ahorro e inversiones de las personas: a) Captación b) Mercadeo c) Colocación d) Retención

14. La CNSF tiene bajo su control a: I. Sociedades Controladoras de Grupos Financieros II. Sector de Intermediarios Financieros no Bancarios a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

15. Sociedades de inversión que operan exclusivamente con valores, títulos o documentos representativos de una deuda a cargo de un tercero.

a) Sociedad de Renta Variable b) Sociedad de Objeto Limitado c) Sociedad de Deuda d) Sociedad de Capitales

16. Los Fondos Privados de Inversión son regulados por: a) PROCESAR b) CNSF c) CNBV d) CONSAR 17. Los Seguros vinculados a Sociedades de Inversión se diferencian de los Seguros de Vida Universales

y Dotales en: a) Pueden obtener una ganancia (riesgo especulativo) b) Son más costosos c) No incluyen cobertura por fallecimiento d) Son vitalicios

210 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

Examen de RepasoEvaluación Capítulo 2 “Instrumentos y Productos Financieros”

Actividades de Aprendizaje

A) Define brevemente los siguientes conceptos:

1. Mercado Financiero

2. Mercado Primario

3. Mercado Secundario

4. Mercado de Dinero

5. Mercado de Capitales

6. Mercado Accionario

7. Mercado Especializado

211Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

Examen de RepasoEvaluación Capítulo 2 “Mercados Financieros”

1. Denominación para indicar la concurrencia de oferta y demanda de productos financieros: a) Casa de Bolsa b) Bolsa Mexicana de Valores c) Mercados Financieros d) Mercados abiertos globalizados

2. El Mercado de Derivados y el Mercado Cambiario: I Forman parte de los Mercados Especializados Financieros y complementan el Sistema Financiero Mexicano II Se pueden considerar como Mercados Especializados porque requieren el uso de instrumentos propios

adicionales a los otros Mercados de Dinero y Capitales a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

B) Relaciones ambas columnas por medio del paréntesis:

1. CETES

2. CEDES

3. UDI O BONOS

4. PICFARAC

5. ABS

6. CEBUR

7. PAPEL COMERCIAL

8. ACCIONES

9. PRLV

10. BONDES

( ) Títulos de crédito en los cuales el banco se compromete a devolver el importe del dinero al tenedor hasta el plazo fijado.

( ) Títulos de crédito a largo plazo en moneda nacional, sirven para cubrir déficit gubernamental.

( ) Pagaré de indemnización carretera.

( ) Instrumentos de deuda a cargo del Gobierno Federal que operan a descuento. Son los instrumentos más seguros del mercado.

( ) Títulos de crédito emitidos por la Banca como fuente de financiamiento corto plazo.

( ) Títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal y cuyo valor está vinculado a la inflación reportada por el INPC.

( ) Son letras de cambio giradas por empresas y que cuentan con el aval de un banco.

( ) Títulos representativos del capital social de las empresas privadas. Son los instrumentos de mayor riesgo en el mercado.

( ) Instrumentos de deuda a corto plazo emitidos por empresas nacionales. Se documentan como pagarés a cargo de la sociedad emisora.

( ) Representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de quien lo emite para su circulación en el Mercado de Valores.

212 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

3. No es su función primordial proveer instrumentos de cobertura o inversión que fomenten una adecuada administración de riesgos:

a) Mercado de Derivados b) Mercado de Cobertura c) Mercados Especializados d) Mercado de Dinero

4. Los Mercados Financieros tienen los siguientes grupos de instrumentos: I Deuda bancaria, Deuda Bursátil, Deuda Comercial, Deuda de Bajo Riesgo, Deuda Cambiaria II Acciones Bursátiles, Fianzas, Seguros, Acciones abiertas, Acciones Cerradas a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

5. El Mercado de Capitales: I Es el que está dedicado a las operaciones que permiten a las empresas y entidades capitalizarse mediante

la emisión de Deuda y/o Acciones II Tiene un riesgo elevado porque en el caso de la Renta Variable no se puede garantizar un interés a ganar a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

6. Es una inversión a un plazo determinado, a una tasa de interés fija y pactada al inicio del período. Ofrecida por la Banca Múltiple:

a) CETES b) Pagaré con rendimiento liquidable al vencimiento c) BREMS d) Cuenta de cheques

7. En esta inversión se fija a un plazo específico la devolución del capital, la tasa se pacta al inicio y los intereses se pagan mensualmente. El nivel de rendimiento tiende a ser superior a un Pagaré:

a) SOFOMES b) Cuenta de Ahorro c) Sociedades de Inversión d) Certificado de Depósito

8. Instrumento de Deuda del Gobierno Federal, cuya importancia dentro del Mercado de Dinero ha sido tal que ahora son el medio de referencia en la fijación de tasas para todo este mercado:

a) Bonos de Regulación Monetaria b) Certificados de la Tesorería de la Federación c) BONDES D d) Bonos de Desarrollo

213Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

9. La relación entre Rentabilidad y Liquidez, en una inversión, es: a. Directa b. Indirecta c. Creciente d. Decreciente

10. La caída en el valor de mercado o del poder adquisitivo de una moneda de una economía en particular, es una definición de:

a) Devaluación b) Crisis económica c) Inflación d) Estanflación

11. Surge del hecho que una de las partes del instrumento financiero deje de cumplir con sus obligaciones y produzca, en la otra parte, una pérdida financiera:

a) Riesgo de liquidez b) Riesgo de crédito c) Riesgo de flujos de efectivo d) Riesgo financiero

12. Son valores emitidos por empresas: a) Aceptaciones bancarias, CEBUR y UDI Bonos b) Papel comercial y PRLV c) Papel comercial y Certificado Bursátil a corto plazo d) Aceptaciones bancarias y PICFARAC

13. Su objetivo es regular la liquidez en el mercado y facilitar el manejo de operaciones. Se pueden emitir con vencimiento a 1 y 3 años.

a) CEBUR b) BREM c) BPA´S d) CETES

14. Son factores a considerar al elegir una determinada inversión: a) Liquidez, certeza e incertidumbre b) Liquidez, horizonte y riesgo c) Horizonte, certidumbre y riesgo d) Horizonte, certeza y volatilidad

15. El Riesgo de Tasa de Cambio, Riesgo de valor razonable de tipo de interés y Riesgo de Precio, son factores del:

a) Riesgo de liquidez b) Riesgo de crédito c) Riesgo de mercado d) Riesgo de flujos de efectivo

214 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

16. Condición a tomar en cuenta al momento de elegir entre un tipo de inversión y otro: a) Costo de oportunidad b) Tasa de rendimiento c) Plazo corto o largo d) Tasa de recuperación

17. Componente común en las definiciones de riesgo para Seguros y Fianzas: I. Incertidumbre II. Posibilidad de ganancia real a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

18. La probabilidad de ocurrencia de un evento: a) Prima b) Reserva Matemática c) Inversión d) Riesgo 19. De los siguientes elementos cuál corresponde al Riesgo Puro, no al Riesgo Especulativo: a) Inversiones en el MexDer b) Juegos de Azar c) Seguros d) Sociedades de Inversión de Renta Variable

20. Es un cambio brusco y a la baja en la paridad de una moneda ante otra que se utilice como referencia mundial:

a) Ajuste de mercados b) Revaluación c) Devaluación d) Dispersión de riesgos

21. Respecto al Costo de Oportunidad: I. La inmovilización de recursos que producen un beneficio financiero y no poder aprovecharlos para otra

opción II. No debe ser tomado en cuenta para una decisión financiera a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

22. Toda salida de dinero que realiza una persona para adquirir bienes, servicios, pago de adeudos o inversiones:

a) Activos b) Egresos c) Ingresos d) Pasivos

215Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

23. Es el índice de ganancia obtenida por una inversión, medido en forma de porcentaje: a) Rentabilidad b) Tasa de retorno c) Liquidez d) Flujo de Efectivo

24. Todo el dinero que recibe una persona por unidad de tiempo: a) Egresos b) Flujo de efectivo c) Liquidez d) Ingresos

25. Situación que guarda la diferencia entre ingresos y egresos. Determina disponibilidad del dinero: a) Flujo de Efectivo b) Devaluación c) Activos d) Rentabilidad

26. Está determinada por el efectivo propiamente dicho y lo disponible en cuentas corrientes: a) Activos b) Flujo de efectivo c) Rentabilidad d) Liquidez

27. Todo adeudo documentado, reconocido y comprometido que tiene una persona: a) Pasivos b) Activos c) Egresos d) Retorno

28. La aceptación personal de un nivel de riesgo en cualquier inversión, sin que la persona tome decisiones impulsivas que lo afecten:

a) Pasivo b) Adeudos c) Tolerancia al Riesgo d) Tasa de Retorno

29. Su selección como instrumentos de inversión estará determinado por una alta Tolerancia al Riesgo personal:

I. Pagaré bancario II. Instrumento del mercado bursátil en Acciones a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

216 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

30. Es la base para poder elaborar un presupuesto familiar: a) Tasa de Retorno b) Tasa de Rentabilidad c) Liquidez d) Flujo de Efectivo

Examen de RepasoEvaluación Capítulo 3 “Matemáticas Financieras”

1. Financieramente para expresar cantidades se utilizan: a) Porcentajes b) Decimales c) Tasas Nominales d) Razones

2. Cuándo la Tasa de Interés capitaliza los intereses, se habla de: a) Tasa Real b) Interés Simple c) Tasa Nominal d) Interés Compuesto

3. Para convertir una expresión decimal a porcentajes, se debe de: I. Recorrer el punto decimal 2 lugares a la derecha II. Multiplicar por 100 a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

4. Cuando en un cálculo financiero, se pasa de una fecha anterior a una fecha posterior, se habla de: a) Valor Histórico b) Valor Futuro c) Valor Real d) Valor Presente 5. ¿Cómo se expresa en decimales 8.23%? a) 823 b) 0.000823 c) 0.0823 d) 8.23

6. Cuando la Tasa de Interés se aplica siempre sobre el Capital inicial se habla de: a) Valor Presente b) Inflación c) Interés Simple d) Valor Futuro

217Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

7. ¿Cómo se expresa en porcentajes la cifra 2.97? a) 29.7% b) 2.97% c) 0.0297% d) 297%

8. Una potencia se define como: a) Multiplicaciones abreviadas b) Exponentes c) Sumas abreviadas d) Sumas sucesivas

9. Un diferencial que se paga o se cobra al poseedor de un Capital se refiere a: a) Tasa Real b) Tasa de Interés c) Tasa Nominal d) Tasa de Inflación

10. ¿Cuál es la medida de cambio en el nivel general de precios de bienes y servicios? a) Índice de Precios y Cotizaciones b) Índice del Banco de México c) Índice Nacional de Precios al Consumidor d) Índice de Inflación Nacional

11. Cuándo en un cálculo financiero, se pasa de una fecha posterior a una fecha anterior, se habla de: a) Valor Histórico b) Valor Futuro c) Valor Real d) Valor Presente

12. Una cantidad igual periódica que se destina a la amortización de un crédito o a la formación de un capital durante un número determinado de períodos, es la definición de:

a) Mensualidad b) Anualidad c) Valor Presente d) Valor Futuro

13. La relación entre 2 números se conoce como: a) Razón b) Porcentaje c) Proporción d) Interés

14. Un Capital de $74,000.00 al 0.5% de Interés Simple mensual, ¿en cuánto se convertirá en 6 meses? a) $76,220.00 b) $76,247.94 c) $74,247.49 d) $76,347.94

218 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

15. ¿Cómo se abrevia la expresión 8*8*8? a) 8+3 b) 8*3 c) 88 d) 83

16. Utilizando Interés Simple ¿Qué intereses pagará una cuenta de $29,480.00 al 5% anual durante 3 años?

a) $4,646.79 b) $33,902.00 c) $34,126.79 d) $4,422.00

17. La Tasa que descuenta el efecto de la inflación a una ganancia se denomina: a) Tasa Real b) Tasa de Interés c) Tasa Nominal d) Tasa de Inflación

18. La variación que existe en una cantidad de una fecha inicial a una fecha final es la definición de: a) Tasa de Interés b) Tasa Nominal c) Tasa Real d) Rendimiento

19. La Tasa que se oferta, que no tiene período de conversión y que normalmente se expresa en forma anual se denomina:

a) Tasa Real b) Tasa de Interés c) Tasa Nominal d) Tasa de Inflación

20. Para convertir una expresión porcentual a decimales, se debe de: I. Recorrer el punto decimal 2 lugares a la derecha II. Multiplicar por 100 a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

21. Para calcular la Tasa Real es necesario conocer: I. La Tasa de Interés II. La Tasa de Inflación a) Sólo I es correcto b) Sólo II es correcto c) I y II son correctos d) Ni I ni II son correctos

219Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

22. Una Proporción es: a) Un arreglo numérico b) La suma de dos Razones c) La igualdad de dos Razones d) La diferencia de Razones

23. Un Capital de $10,227.00 al final de 2 años arroja un saldo de $11,037.88 ¿Cuánto generó de intereses? a) $810.88 b) 7.93% c) $405.44 d) 3.89%

24. ¿Qué cantidad corresponde a ¾ partes de $1,000? a) 75% b) $750.00 c) $75.00 d) $7,500.00

25. Con una Inflación de 3.48% y una Tasa de Interés de 3.97% ¿Cuál fue la Tasa Real? a) 2.040816% b) 2.111836% c) 0.490000% d) 0.473521%

26. La unidad de una Sociedad de Inversión costó 1.183624. Se vendió en 1.970126 ¿Qué Rendimiento se obtuvo?

a) 60.078594% b) 78.650201% c) 66.448636% d) 60.443686%

27. Con una prima de $9,426.00 se contrata una Suma Asegurada de $1, 250,825.00 ¿Cuánto se alcanzará a comprar con $12,000.00?

a) 1, 529,333.88 b) $1, 592,393.38 c) $1, 602,933.83 d) $1, 667,766.62

28. ¿Cuál es el Valor Presente de $129,485.03 al ½ % mensual en 2 meses? a) $99,007.45 b) $128,199.83 c) $130,783.12 d) $130,779.88

29. ¿Cuál es la Tasa Real cuando i = 150% y j = 120%? a) 13.636364% b) 30% c) 16.63463% d) 15%

220 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

30. La Cuenta Maestra pagó el último año 1.84% de Intereses ¿A qué tipo de Tasa corresponde? a) Tasa Real b) Amortización c) Tasa Activa d) Tasa Pasiva

31. ¿Cuánto dinero se requiere depositar hoy para tener $15,000.00 dentro de 3 meses, al .75% mensual? a) $14,669.93 b) $15,340.04 c) $15,337.50 d) $14,667.50

32. Una Suma Asegurada inició con una protección de $750,000.00. En el último estado de cuenta aparece una Suma Asegurada de $1, 124,813.34, ¿Qué incremento tuvo?

a) 66.677300% b) 94.792115% c) 49.975112% d) 59.975112%

33. ¿Cuál es la Tasa Real cuando i = 1.5% y j = 12%? a) 11.5% b) 10.344828% c) -11.5% d) -9.375000%

34. Determina el Valor Futuro de $10,230.45 al 0.6% anual, que es lo que paga una cuenta de ahorro, en 3 años.

a) $185.26 b) $10,415.71 c) $181.96 d) $10,048.49

35. ¿Cuál es la Tasa Real de una Inversión que pagó el 8.03%, si la Inflación fue de 5.25%? a) -2.780000% b) 2.641330% c) -2.573359 d) 2.780000%

36. Para un Valor Presente de $25,319.71, calculado al 1% mensual durante 3 meses, ¿Cuál es el Valor Futuro?

a) $26,079.30 b) $24,582.24 c) $26,086.92 d) $24,575.06

221Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

37. Un cliente quiere incrementar su Suma Asegurada, que al corte del último estado de cuenta es de $1, 418,934.00, en $500,000. Si por ese monto paga $9,982.15, ¿Cuál será la prima actualizada?

a) $14,649.11 b) $17,017.11 c) $3,517.48 d) $13,499.63

38. El saldo en una cuenta de inversión es de $85,011.10. ¿Cuánto se depositó hace 5 años si los intereses generados fueron de $1,911.34?

a) $83,099.76 b) $84,628.83 c) $86,922.44 d) $85,393.37

39. En un crédito automotriz cobran el 17.5% anual. Esta Tasa de Interés se refiere a: a) Tasa Real b) Amortización c) Tasa Activa d) Tasa Pasiva 40. ¿Cuáles son los intereses generados por una inversión de $8,420.05, al 1.5% mensual, en dos meses

capitalizables? a) $8,173.02 b) $8,674.55 c) $254.50 d) $252.60

Examen FinalI. SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

1. Las compañías aseguradoras, afianzadoras, casas de bolsa y sociedades de inversión, son: a) Instituciones de crédito b) Organizaciones auxiliares de crédito c) Instituciones de apoyo del Sistema Financiero Mexicano d) Intermediarios financieros no bancarios

2. Es una institución auxiliar de crédito a) Almacén General de Depósito b) SOFOLES c) Casa de Bolsa d) Instituciones de Fianzas

3. Su objetivo es inspeccionar y vigilar las diversas instituciones financieras a) Secretaría de Hacienda y Crédito Público b) Banco de México c) Comisiones d) INDEVAL

222 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

4. Son instituciones del Sector Bursátil reguladas por la CNBV a) Empresas de factoraje, SOFOMES y SOFOLES b) Socios Liquidadores, Operadores, Casas de Bolsa y Sociedades de Inversión c) AFORES y SIEFORES d) Sociedades de Inversión y Sociedades de Ahorro

5. Los bancos, casas de bolsa y organizaciones auxiliares de crédito son inspeccionadas por: a) Comisión Nacional de Seguros y Fianzas b) Comisión Nacional Bancaria y de Valores c) Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro d) CONDUSEF

6. Actúa como conciliador entre las instituciones financieras y los usuarios, a efecto de proteger los intereses de éstos últimos

a) Comisión Nacional de Seguros y Fianzas b) Comisión Nacional Bancaria y de Valores c) Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro d) CONDUSEF.

7. Se consideran bancos especializados, porque prestan exclusivamente a un sector. Obtienen dinero mediante la colocación de valores o solicitando créditos

a) Banca múltiple b) Banco de segundo piso o de fomento c) SOFOLES d) SOFOMES

8. Son empresas privadas cuyo objetivo es administrar el dinero proveniente de los trabajadores inscritos ante el IMSS o el ISSSTE

a) SIEFORES b) Seguros para el retiro c) AFORES d) SOFOLES

9. Instituciones que fija el tipo de cambio del peso con respecto a las divisas internacionales: a) SHCP b) BANXICO c) Banca Comercial d) Banca Múltiple

10. Su propósito es apoyar el rescate de autopistas concesionadas por el Gobierno Federal a) FARAC b) FIRA c) FOVI d) FONATUR

223Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

11. Son empresas cuyo propósito es administrar inversiones en el mercado de valores: a) Operadoras de Sociedades de Inversión b) Sociedades de Inversión c) Casas de Bolsa d) Empresas de Factoraje

12. Son aquellas instituciones del SFM que pueden sancionar y regular el desempeño del mercado de valores para mantener y lograr la integridad del mismo

a) Intermediarios Financieros b) Entidades Operativas c) Entidades Reguladoras d) Instituciones de Apoyo

13. El IPAB, Buró de Crédito, Bolsa Mexicana de Valores, la AMIB y la AMIS son ejemplos de: a) Intermediarios Financieros b) Entidades Operativas c) Entidades Reguladoras d) Instituciones de Apoyo

14. Institución cuyo objetivo es diversificar el riesgo ligado a la transferencia del riesgo de muerte a) Sociedad Mutualista b) Aseguradora c) Reaseguradora d) Institución de fianzas

15. Son instituciones en que se efectúan en una sola empresa, las operaciones de las instituciones de arrendamiento financiero, factoraje financiero y SOFOLES. Captan recursos de la colocación de diferentes instrumentos de inversión

a) Banca múltiple b) Banco de segundo piso o de fomento c) SOFOLES d) SOFOMES 16. Las Casas de bolsa, Sociedades de Inversión, Operadoras de Sociedades de Inversión, Socios

Liquidadores y Socios Operadores pertenecen al sector: a) Bursátil b) Extrabursátil c) Secundario d) Financiero

II MERCADOS FINANCIEROS

1. Es el sitio donde se lleva a cabo la compra venta de manera organizada de transacciones de compra y venta de valores o inversiones a fin de canalizar recursos para el financiamiento de empresas

a. Bolsa Mexicana de Valores b. Casa de Bolsa c. Mercado de Valores d. Mercado Financiero

224 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

2. Está representada por títulos provenientes tanto del sector público como del privado a. Demanda b. Oferta c. Casa de Bolsa d. Bolsa Mexicana de Valores

3. En base al plazo de inversión, los mercados financieros se clasifican en: a. Primario y Secundario b. Dinero (spot) y capitales (Futuro) c. Deuda y acciones d. Mercado de Dinero y Mercado de Capitales

4. En función a su rentabilidad, se clasifican en: a. Primario y Secundario b. Dinero (spot) y capitales (Futuro) c. Deuda y acciones d. Mercado de Dinero y Mercado de Capitales

5. El emisor se obliga a pagar una cantidad fija (renta fija) en intervalos regulares hasta una fecha específica

a. Mercado Primario b. Mercado de Dinero c. Mercado de Deuda d. Mercado Secundario

6. Participan agentes con activos de menor riesgo, y los emisores no se ven afectados por los cambios en precios de sus activos

a. Mercado Primario b. Mercado de Dinero c. Mercado de Deuda d. Mercado Secundario

7. Maneja instrumentos con plazo menor o igual a 1 año a. Mercado Primario b. Mercado de Dinero c. Mercado de Deuda d. Mercado Secundario 8. Documento que garantiza derechos a su tenedor y obligaciones a su emisor a. Acción b. Instrumento Financiero c. Derivado d. Bono

225Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

9. Son títulos de crédito a largo plazo a cargo del Gobierno Federal con el propósito de promover el ahorro interno. Su plazo es de 3, 5 y 10 años

a. BONDES b. BONOS “M” c. BPA’S d. CEBUR

10. Títulos de crédito a largo plazo, en moneda nacional, que consignan la obligación del Gobierno Federal a pagar el principal y los intereses correspondientes

a. BONDES b. BONOS “M” c. BPA’S d. CEBUR

11. Su objetivo es regular la liquidez en el mercado y facilitar el manejo de operaciones. Se pueden emitir con vencimiento a 1 y 3 años

a. CEBUR b. BREM c. BPA´S d. CETES

12. Títulos de crédito a mediano y largo plazo a cargo del Instituto de Protección al Ahorro Bancario a. CEBUR b. BREM c. BPA´S d. CETES

13. Títulos de crédito que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de quien los emite para su circulación en el mercado de valores. Serán bienes muebles aun cuando estén garantizados con hipoteca

a. CEBUR b. UMS c. BPA´S d. UDI O BONOS

14. Son de los instrumentos más seguros del mercado. Se emiten a 28, 91 días o con vencimiento dado en múltiplos de 7 días

a. Aceptaciones Bancarias b. PRLV c. Certificados de Depósito d. CETES

15. Son instrumentos de cobertura cambiaria de largo plazo (deuda externa) cotizados en el mercado nacional y extranjero

a. UMS b. CD´s c. Papel comercial d. CETES

226 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

16. Son valores emitidos por los bancos: a. CETES, papel comercial y certificado de depósito. b. Aceptaciones bancarias, PRLV y Certificados de Depósito c. Aceptaciones bancarias, CETES y UDIBONOS d. PRLV, papel comercial y UDIBONOS

17. Son valores emitidos por empresas: a. Aceptaciones bancarias, CEBUR y UDIBONOS b. Papel comercial y PRLV c. Papel comercial y Certificado Bursátil a corto plazo d. Aceptaciones bancarias y PICFARAC

18. Es un instrumento que corresponde al Mercado de Derivados: a. Bonos b. Certificados de Participación Ordinaria c. Opciones d. Acciones

19. Títulos a largo plazo para cubrir déficit gubernamental: a. CEBUR b. UMS c. BPA´S d. UDIBONOS

20. Título de crédito que representa la parte alícuota del capital contable de una empresa. Se emiten en serie y son títulos nominativos.

a. Obligaciones b. Certificados de Participación c. Acciones d. CPO´s

21. Se considera como un crédito colectivo a cargo de un emisor. Debe contar con una garantía, que puede ser: hipotecaria, quirografaria, prendaria o fiduciaria. Emitido por gobierno, empresas o bancos.

a. Obligaciones b. Certificados de Participación c. Certificados de Depósito (CEDES) d. CPO´s

22. Títulos de crédito que representan el derecho a una parte alícuota de los rendimientos de los valores, derechos o bienes de cualquier clase que tenga un fideicomiso irrevocable para este propósito

a. Obligaciones b. Certificados de Participación c. Acciones d. Opciones

227Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

23. Títulos emitidos por los Almacenes Generales de Depósito. Acredita la propiedad de mercancías o bienes depositados en el almacén que lo emite

a. CEBUR b. CPO c. CEDES d. SWAP

24. Son factores a considerar al elegir una determinada inversión: a. Liquidez, certeza e incertidumbre b. Liquidez, horizonte y riesgo c. Horizonte, certidumbre y riesgo d. Horizonte, certeza y volatilidad

25. El Riesgo de Tasa de Cambio, Riesgo de valor razonable de tipo de interés y Riesgo de Precio, son factores del:

a. Riesgo de liquidez b. Riesgo de crédito c. Riesgo de mercado d. Riesgo de flujos de efectivo

26. Surge del hecho que una de las partes del instrumento financiero deje de cumplir con sus obligaciones y produzca, en la otra parte, una pérdida financiera:

a. Riesgo de liquidez b. Riesgo de crédito c. Riesgo de flujos de efectivo d. Riesgo financiero

27. Se presenta ante las dificultades de obtener los fondos para cumplir con los compromisos asociados con los instrumentos financieros. También se define como la incapacidad para vender un activo rápidamente y obtener del mismo un importe próximo o valor razonable

a. Riesgo de liquidez b. Riesgo de tipo de interés c. Riesgo de flujos de efectivo d. Riesgo financiero

28. ¿Qué sucede si la inflación es mayor al rendimiento en una inversión? a. El inversionista perdería poder adquisitivo b. El inversionista ganaría poder adquisitivo c. No se afecta el poder adquisitivo, solo la tasa real d. La ganancia real sería mayor

29. La relación entre Rentabilidad y Riesgo, en una inversión, es: a. Directa b. Indirecta c. Creciente d. Decreciente

228 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

30. La relación entre Rentabilidad y Liquidez, en una inversión, es: a. Directa b. Indirecta c. Creciente d. Decreciente

31. La caída en el valor de mercado o del poder adquisitivo de una moneda de una economía en particular, es una definición de:

a. Devaluación b. Crisis económica c. Inflación d. Estanflación

32. Son causas de devaluación monetaria: I. Falta de demanda de moneda local o mayor demanda de la extranjera II. Incremento de demanda de la moneda local y disminución de la extranjera III. Falta de confianza en la estabilidad, en la moneda o en la economía local IV. Incremento en la confianza en la estabilidad, en la moneda o en la economía local a) Solo I y IV son correctas b) Solo II y IV son correctas c) Solo I y III son correctas d) Solo II y III son correctas 33. Es el dinero que se deja de percibir como consecuencia de la decisión de aceptar el negocio o

proyecto en lugar de invertirlo en otros activos. Es el flujo de efectivo que se deja de percibir como consecuencia de la aceptación del negocio o proyecto. Representan una salida de dinero

a. Costo de oportunidad b. Valuación de proyecto c. Flujo de efectivo d. Liquidez

34. Es un contrato mediante el cual, a cambio del pago de una prima, una aseguradora se compromete a realizar un flujo de pagos al contratante y/o a un grupo de beneficiarios durante determinado periodo de tiempo o hasta la muerte del asegurado o de algunos de los beneficiarios o de todos ellos

a. Seguro Tradicional b. Seguro Flexible c. Anualidad o Renta d. Fideicomiso

35. ¿De qué depende el monto de la renta que recibirán los beneficiarios? I. Del precio de la renta al momento de comprarla; es decir, al momento de la muerte del asegurado. II. Del número de beneficiarios y de su edad; y en su caso, de la contratación de un periodo de garantía de

pagos. a. Solo I es correcto b. Solo II es correcto c. Ambos son correctos. d. Ninguno de los dos es correcto

229Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

36. Corresponde a las entradas de dinero o aumento del patrimonio a. Ingresos b. Egresos c. Activos d. Flujo de efectivo

37. Conjunto de bienes y derechos propiedad de una entidad económica. Se clasifica de acuerdo a su grado de liquidez, de mayor a menor

a. Ingresos b. Capital Contable c. Patrimonio d. Activo

38. Es el conjunto de deudas y obligaciones que tiene una entidad económica. Se clasifica de acuerdo a su grado de exigibilidad:

a. Patrimonio b. Pasivo c. Egresos d. Costos de operación

39. Es la capacidad de una empresa de hacer frente a sus obligaciones a corto plazo, con ayuda de sus activos monetarios

a. Apalancamiento b. Liquidez c. Operatividad d. Rentabilidad

Matemáticas Financieras

1. Es el alquiler o rédito que se conviene por un dinero tomado en préstamo o el beneficio de prestar el dinero. Es el costo asignado por el uso del dinero.

a. Tasa Nominal b. Tasa Efectiva c. Tasa de Interés d. Tasa Equivalente

2. Es la tasa convenida para una operación financiera, sin considerar la inflación a. Tasa Nominal b. Tasa Efectiva c. Tasa de Interés d. Tasa Equivalente

3. Es la tasa de interés que realmente actúa sobre el capital. Se calcula para un periodo determinado y puede cubrir periodos intermedios. En ella se considera la inflación

a. Tasa Equivalente b. Tasa Real c. Tasa Capitalizable d. Tasa Efectiva

230 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

4. Es el retorno que se obtiene de una inversión y toma en consideración todos los flujos que se obtienen y se pagan en el proceso

a. Tasa Real b. Tasa de Retorno c. Tasa de Rendimiento d. Tasa Nominal

5. Es la tasa de descuento del valor presente de una inversión que la iguala a cero: a. Tasa Real b. Tasa Interna de Retorno c. Tasa Nominal d. Tasa Capitalizable

6. Es la que pagan los intermediarios financieros a los oferentes de recursos por el dinero captado. Indica el costo de financiamiento de las empresas

a. Tasa Activa b. Tasa de interés c. Tasa Pasiva d. Tasa de Cambio

7. Es la que reciben los intermediarios financieros de los demandantes por los préstamos otorgados a. Tasa Activa b. Tasa de interés c. Tasa Pasiva d. Tasa de Cambio

8. ¿Qué cantidad corresponde a ¾ partes de $1,000? a. 75% b. $750.00 c. $75.00 d. $7,500.00 9. Un artículo tiene un precio al público de $600, IVA incluido. ¿Cuál será el importe sin IVA, considerando

una tasa del 15%? a. $90 b. $690 c. $4,000 d. $521.74

10. Si con una inversión de $6,000 se obtiene un rendimiento de $200, ¿cuánto se obtendrá de una inversión de $9,000?

a. $500 b. $400 c. $300 d. Ninguna de las anteriores

231Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

11. De un universo de 4,500 clientes de una aseguradora, el 30% cuentan con un plan de retiro ¿a cuántos clientes se refiere?

a. A 1,350 clientes b. A 135 clientes c. A 13,500 clientes d. A 3.5 clientes

12. Un Capital Inicial de $6,750 invertido a una tasa de interés compuesto del 5% arrojó un monto de $8,200. ¿A cuánto asciende el rendimiento de dicha inversión?

a. 21.48% b. $1,450.00 c. Depende del plazo de la inversión d. $7,087.50

13. Una persona obtiene un préstamo por $7,000 liquidable en dos años. ¿A cuánto ascenderá el interés mensual que tendrá que pagar, considerando una tasa de interés simple del 10%?

a. $4.86 b. $58.33 c. $700 d. $1,400

14. Si un inversionista deposita un capital de $4,500 a plazo fijo en una cuenta que le abona el 2% de interés simple mensual, ¿Cuánto podrá retirar al cabo de 4 meses?

a. $360 b. $4,166.67 c. $4,860 d. $4,530

15. ¿Qué interés mensual produce una inversión de $18,000 al 7.5% anual de interés simple? a. $18,112.50 b. $17,888.20 c. $1,350.00 d. $112.50

16. ¿Cuánto tiempo se tendría que dejar invertido un Capital de $3,000 para poder retirar $4,500 considerando una tasa de interés simple anual del 25%?

a. 2 meses b. 2 semestres c. 2 años d. Ninguna de las anteriores

17. Una persona adquiere una computadora en $18,000 y 5 meses después la vende en $22,000. ¿Qué tasa de interés simple mensual obtuvo por la operación?

a. 4.44% b. 44.44% c. 0.444% d. 0.5333%

232 Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

18. ¿A qué tasa de interés simple se duplica un capital en 13 meses? NOTA* Se puede considerar como base cualquier cantidad; por ejemplo: $100, que al duplicarse, llegarían a

ser $200. a. 0.0769% b. 0.769% c. 76.9% d. 7.69%

19. Determinar la tasa de interés simple anual equivalente al 2.5% bimestral PISTA* Se necesita una simple multiplicación

a. 5% b. 30% c. 15% d. 8%

20. Si se depositan $2,750 durante 3 años a una tasa de interés compuesto efectiva anual del 5.6%, ¿Cuánto se podrá retirar?

a. $3,238.35 b. $3.080.00 c. $2,777.57 d. $2,777.50

21. La población de un país ha crecido a una tasa anualizada del 4.5%. Si en 2008 su población es de 5’500,000 habitantes, ¿Cuál será su población estimada al cabo de 5 años? NOTA* El incremento demográfico se comporta como interés compuesto

a. 6’737,500 b. 5’747,500 c. 6’850,378 d. 6’854,000

22. Considerando una inflación anualizada del 5.6%, ¿cuál será la inflación acumulada durante 4 años? NOTA* la inflación también se comporta como interés compuesto

a. 22.4% b. 24.53% c. 24.35% d. 1.224%

23. ¿Cuál es el interés que generará una inversión de $3,000 durante 2 años al 0.6% capitalizable semestralmente?

a. $36.16 b. $147.06 c. $0.36 d. $376.53

24. Considerando una tasa del 24% con capitalización trimestral, calcular la tasa efectiva por trimestre a. 6% b. 8% c. 0.6% d. 0.8%

233Anexos (Exámenes de Repaso y Final)

25. Determinar la Tasa Efectiva para una inversión colocada al 6% con capitalización semestral durante dos años

a. 6.09% b. 12.55% c. 0.1255% d. 1.255%

26. Considerando que una inversión generó un interés nominal del 2.56% y la tasa de inflación de ese mismo año fue del 4.5%, determinar la tasa real

a. -1.94% b. 1.8916% c. -1.8565% d. 1.94%