65
ATEFOR,S.L. ATEFOR, S.L. Octubre de 2017 INFORME DE RESPUESTA A LA SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA SOLICITADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO CON NÚMERO DE EXPEDIENTE IA17/01108 EN RELACIÓN AL DOCUMENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA PARA LA TRAMITACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DEL T.M. DE MALPARTIDA DE PLASENCIA (CÁCERES)

ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

  • Upload
    others

  • View
    7

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

ATEFOR,S.L.

ATEFOR, S.L.

Octubre de 2017

INFORME DE RESPUESTA A LA SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA SOLICITADA POR

LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL,

POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO CON NÚMERO DE EXPEDIENTE IA17/01108 EN RELACIÓN AL

DOCUMENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA PARA LA TRAMITACIÓN DE

LA MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DEL T.M. DE MALPARTIDA DE

PLASENCIA (CÁCERES)

Page 2: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

ATEFOR,S.L.

ÍNDICE

0. OBJETO DEL INFORME ............................................................................................................................................... 3

1. ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA SOLICITADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO

AMBIENTE DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO .......................... 3

Page 3: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

ATEFOR,S.L. 3

0. OBJETO DEL INFORME

La redacción del presente Informe se realiza como respuesta al expediente IA17/01108 en el que solicita

documentación complementaria en relación al documento de Evaluación Ambiental Estratégica

Simplificada para la tramitación de la modificación de las normas subsidiarias municipales del T.M. de

Malpartida de Plasencia (Cáceres)

La persona responsable del presente Informe y del anterior Documento es Juan Ignacio Sáez de Retana

Lladó Ingeniero de Montes por la UPM de Madrid, de la Empresa Atefor, S.L. ubicada en la Travesía de

Somosierra, 1, 28761 Soto de Viñuelas (Tres Cantos), Madrid con número de teléfono 679445170, fax

918041521 y dirección de correo electrónico de contacto [email protected].

1. ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA

SOLICITADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DE

LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS

AGRARIAS Y TERRITORIO

Según lo redactado en el Informe con número de expediente IA17/01108, y conforme a la Ley 16/2015 de

23 de abril de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se habrá de remitir a la

Dirección General la siguiente documentación:

a) Efectos ambientales previsibles y, si procede, su cuantificación. Se deberá estudiar

convenientemente los efectos ambientales que podría causar la presente modificación

b) Copia digital (CD) de la documentación, incluyendo la aclaración solicitada. Dicha copia es

necesaria para poder realizar las consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas

interesadas.

De esta forma, respecto al punto a), se hace constar que en la página 53 del documento de Evaluación

Ambiental Estratégica Simplificada para la tramitación de la modificación de las normas subsidiarias

municipales del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres) se señala que:

"El cambio de expresión de Instalaciones de primera transformación de productos agrícolas a

Instalaciones de primera transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos no

habrá de significar acciones impactantes."

Así, para la alternativa señalada en el citado documento, los efectos ambientales dependerán

individualmente de cada proyecto futuro individualizado, no implicando un menoscabo a priori de los

Page 4: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

ATEFOR,S.L. 4

mismos ya que la modificación solicita únicamente una ampliación del tipo de instalaciones permitidas

sobre las superficies propuestas.

La modificación plantea una ampliación del tipo de instalaciones supuestas de primera

transformación así como una solicitud de permiso para la construcción de dichas instalaciones en el SNU-

DA. Dicho suelo ocupa una superficie total de 26.082,06 ha, lo que supone un 70 % sobre la superficie total

del municipio.

No afectará el cambio de aplicación de la realización de productos agrícolas a Instalaciones de

primera transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos dicha extensión no

afectaría a las dos primeras por sobrentenderse incluidas en la primera.

Respecto al tipo forestal debido a la cercanía del monte mediterráneo que se aproximarían a instalaciones

de corcho o de almacén de bellotas y su selección o incluso a la instalación de un posible vivero de flora

autóctona de fenotipo próximo, se fomentaría incluso la biodiversidad y no tendría sino aspectos positivos

siempre que se redujera a la flora como ya se ha mencionado mediterránea.

Respecto al cinegético se podría traducir en alguna instalación de carácter cinegético que como conllevaría

el pertinente estudio de impacto ambiental en él se valorarían todos los pros y contras de la organización y

de los desechos así como las cargas máximas de animales. También podrían promocionar industrias de

almacenajes de cornamentas para su posterior distribución.

En cualquiera de los supuestos anteriormente descritos no se afectaría de una manera novedosa

con respecto a lo anteriormente autorizado ni desde el punto de vista edafológico, la zona objeto del

presente estudio ocupa suelos dominantes de los órdenes Inceptisol y Entisol. y la superficie está

compuesta por sedimentos precámbricos pertenecientes al Complejo Esquisto Grauváquico. Al tratarse de

éste tipo de suelos.

Ni hidrográficamente al encontrarse todas las posibles localizaciones dentro de la cuenca hidrográfica del

río Tajo, destacando la presencia de los arroyos del Real, de los Buitreros, de los Calzones y de Barbaón. Con

los condicionantes preceptivos impuestos por la propia Confederación a cada caso.

Respecto a la vegetación actual de la zona propuesta se caracteriza mayoritariamente por la presencia de

una dehesa arbolada dedicada a pasto para el ganado, encontrando la existencia de numerosos pies de

encinas (Quercus ilex).

Y sin afección a la fauna mencionada en el informeEn cuanto a la fauna y entre las figuras de protección se

encuentra una especie en peligro de extinción (murciélago mediterráneo de herradura), dos especies

vulnerables, seis susceptibles de la alteración del hábitat y 7 de interés especial.

En cuanto al desarrollo económico de la localidad y considerando que esta población se dedica

Page 5: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

ATEFOR,S.L. 5

principalmente a la agricultura, industria y servicios, dicha modificación permitiría una reestructuración

productiva, mediante la diversificación de actividades que permitieran en el futuro la obtención de rentas

procedentes de los nuevos sectores en auge permitiendo pequeñas transformaciones de productos

producidos en la propia dehesa, adecuándose de esta forma a la realidad económica actual de la localidad,

favoreciendo la creación de futuros puestos de trabajo

Y, en cuanto a la preservación del medio natural del municipio, al hallarse la alternativa escogida fuera de

la superficie afectada por el Parque Nacional de Monfragüe. Así, la superficie sobre la que habría de

aplicarse la modificación del Art. 11.2.4.2, ascendería a 15.822,46 Ha., lo que supone un 42% de la superficie

total del municipio.

Efectivamente se hace cumplimiento de lo especificado anteriormente y expuesto en el Documento

de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la tramitación de la modificación de las normas

subsidiarias municipales del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres) concluyendo que el cambio de

expresión de Instalaciones de primera transformación de productos agrícolas a Instalaciones de primera

transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos no va a significar en ningún caso

acciones impactantes en el medio natural y sí una mejora sustancial para el continuo desarrollo

económico y social de la localidad."

En relación al apartado b), Se adjunta en formato digital toda la información ambiental necesaria

para la tramitación de la modificación de las normas subsidiarias municipales del T.M. de Malpartida de

Plasencia (Cáceres).

En Soto de Viñuelas para Mérida a 4 de octubre de 2017

El Ingeniero de Montes

Juan Ignacio Sáez de Retana Lladó

Col.: 1882

Page 6: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Junio de 2017

“DOCUMENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

SIMPLIFICADA PARA LA TRAMITACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LAS

NORMAS SUBSIDIARIAS MUNICIPALES DEL T.M. DE MALPART IDA DE

PLASENCIA (CÁCERES)”

Page 7: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................................ 2

2. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN ................................................................................................................................ 4

3. ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN PROPUESTA Y DE SUS ALTERNATIVAS RAZONABLES, TÉCNICA Y

AMBIENTALMENTE VIABLES ............................................................................................................................................. 4

4. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN O PROGRAMA .................................................................. 5

5. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL DESARROLLO DEL PLAN O PROGRAMA EN

EL ÁMBITO TERRITORIAL AFECTADO. ............................................................................................................................... 7

5.1.- LOCALIZACIÓN .............................................................................................................................................................. 8

5.2.- EDAFOLOGÍA Y GEOLOGÍA .......................................................................................................................................... 18

5.2.1.- Edafología ........................................................................................................................................................... 18

5.2.2.- Geología .............................................................................................................................................................. 20

5.3.- CLIMA ........................................................................................................................................................................... 22

5.3.1.- Datos Climatológicos .......................................................................................................................................... 22

5.3.2 Régimen de Heladas .............................................................................................................................................. 24

5.3.3 Clasificación e Índices Climáticos .......................................................................................................................... 24

5.3.4. Climodiagrama ..................................................................................................................................................... 25

5.4.- HIDROLOGÍA ................................................................................................................................................................... 26

5.4.1.- Hidrología Superficial .......................................................................................................................................... 26

5.4.2.- Hidrogeología y Aguas Subterráneas ................................................................................................................. 27

5.5.- VEGETACIÓN ................................................................................................................................................................... 28

5.5.1.- Vegetación Potencial .......................................................................................................................................... 29

5.5.2.- Vegetación Actual ............................................................................................................................................... 31

5.6.- FAUNA ........................................................................................................................................................................... 32

5.7.- ESPACIOS NATURALES....................................................................................................................................................... 42

5.8.- PATRIMONIO CULTURAL.................................................................................................................................................... 45

5.8.1.- Vías Pecuarias ..................................................................................................................................................... 45

5.8.2.- Bienes de Interés Cultural ................................................................................................................................... 47

6. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CONCURRENTES ........................................... 47

7. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA

....................................................................................................................................................................................... 49

8. RESUMEN DE LOS MOTIVOS DE LA SELECCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS CONTEMPLADAS .......................................... 50

9. MEDIDAS PREVISTAS PARA PREVENIR, REDUCIR Y, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, CORREGIR CUALQUIER EFECTO

NEGATIVO RELEVANTE EN EL MEDIO AMBIENTE DE LA APLICACIÓN DEL PLAN O PROGRAMA, TOMANDO EN

CONSIDERACIÓN EL CAMBIO CLIMÁTICO ....................................................................................................................... 52

10. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL DEL PLAN .................................... 57

11. CONCLUSIONES......................................................................................................................................................... 58

Page 8: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

2

1. INTRODUCCIÓN

El presente documento de inicio, se redacta en conformidad con lo descrito en la Ley 16/2015, de 23 de abril,

de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura que establece en su artículo 49 los

Planes y Programas que deben ser sometidos a Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada a los efectos de

determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos

establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa debe someterse a una

evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos significativos sobre el medio

ambiente, en relación con el artículo 38 de dicho texto legal.

Artículo 49 Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica simplificada

Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada:

a) Las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 38.

b) Los planes y programas mencionados en el artículo 38 que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de

reducida extensión.

c) Los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en el futuro de proyectos, no cumplan

los demás requisitos establecidos en el artículo 38.

d) Las modificaciones de planes y programas, inicialmente no sometidos a evaluación ambiental estratégica, que

establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto

ambiental en las materias que se recogen en el artículo 38, letras a) y b).

e) Las modificaciones menores de las Directrices de Ordenación Territorial y de los Planes Territoriales.

f) Las modificaciones menores y revisiones de los siguientes instrumentos de ordenación urbanística:

1.º Planes Generales Municipales y Normas Subsidiarias de Planeamiento que alteren la clasificación de

suelo rústico.

Cuando se prevea que una modificación incluida en este apartado no vaya a suponer alteración alguna de

los valores ambientales ni riesgos para la salud pública y los bienes materiales, el órgano ambiental podrá

pronunciarse expresamente sobre la no necesidad de sometimiento de la misma a evaluación ambiental

estratégica simplificada.

2.º Planes Generales Municipales y Normas Subsidiarias de Planeamiento que alteren las condiciones de

calificación del suelo no urbanizable, cuando afecten a las condiciones para ubicar o desarrollar

actuaciones sometidas a evaluación de impacto ambiental ordinaria de proyectos, o supongan la

admisión de nuevos usos o de más intensidades de usos, en suelo rústico de protección ambiental,

natural, paisajística, cultural y arqueológica.

3.º Planes Generales Municipales o Planes Parciales que afecten a suelo urbano, cuando supongan la

ampliación o modificación de las condiciones para el establecimiento de proyectos y actividades sometidos

a evaluación de impacto ambiental ordinaria.

4.º Planes Especiales de Ordenación que modifiquen las determinaciones del planeamiento general y

tengan por objeto la definición o la protección del paisaje o el medio natural.

Page 9: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

3

g) Planes Parciales y Planes Especiales que desarrollen o mejoren el planeamiento urbanístico general que no

hubiera sido sometido a evaluación ambiental estratégica.

h) Los instrumentos de planeamiento territorial o urbanístico que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas

de reducida extensión

Por otro lado, el artículo 29 de la ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece el

Procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada para la emisión del informe ambiental

estratégico indicando el contenido del Documento Ambiental Estratégico:

a) Los objetivos de la planificación.

b) El alcance y contenido del plan propuesto y de sus alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables.

c) El desarrollo previsible del plan o programa.

d) Una caracterización de la situación del medio ambiente antes del desarrollo del plan o programa en el ámbito

territorial afectado.

e) Los efectos ambientales previsibles y, si procede, su cuantificación.

f) Los efectos previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.

g) La motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada.

h) Un resumen de los motivos de la selección de las alternativas contempladas.

i) Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir cualquier efecto negativo

relevante en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa, tomando en consideración el cambio

climático.

j) Una descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental del plan.

Es por ello, que se redacta este documento como documentación complementaria a la “SOLICITUD DE INICIO

DE PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA” de la "Modificación

Puntual de las NN.SS. de Malpartida de Plasencia (Cáceres), S.N.U. Dehesa Arbolada" presentado por D.

Rubén de Eusebio Rodríguez.

Page 10: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

4

2. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN

La modificación puntual propuesta, a la cual complementa el presente documento de evaluación ambiental

estratégico simplificado, pretende alcanzar el siguiente objetivo:

Adecuar las condiciones de la Regulación pormenorizada de las construcciones en SUELO NO URBANIZABLE

acerca de construcciones e instalaciones agrícolas y ganaderas.

La modificación puntualiza la expresión del tipo de Instalaciones de transformación de productos agrícolas

dentro del suelo catalogado como SUELO NO URBANIZABLE así como el permiso de dichas construcciones

agrícolas y ganaderas en el catalogado como SUELO NO URBANIZABLE DEHESA ARBOLADA.

3. ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN PROPUESTA Y DE SUS ALTERNATIVAS

RAZONABLES, TÉCNICA Y AMBIENTALMENTE VIABLES

La presente modificación persigue la inclusión de actividades relacionadas con la primera transformación de

productos agrícolas, ganaderos, forestales y cinegéticos en el régimen de usos permitidos en Suelo No

Urbanizable "Dehesa Arbolada" y para ello altera los siguientes artículos:

Art. 10.8.2.b.2 (sobre régimen general del SNU), donde:

• se sustituye la expresión "primera transformación de productos agrícolas" por "primera

transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos".

Art. 11.2.4.2 (régimen del tipo de suelo "Dehesa Arbolada"), donde:

• se sustituye la expresión "primera transformación de productos agrícolas" por "primera

transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos".

• se sustituye la expresión (acerca de la "primera transformación de productos agrícolas,

ganaderos, forestales o cinegéticos') "No se permiten" por "Sí se permiten"

Art. 11.1.4.2 (régimen del tipo de suelo "Parque Natural"), donde:

• se sustituye la expresión "primera transformación de productos agrícolas" por "primera

transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos".

Art. 11.3.4.2 (régimen del tipo de suelo "Alta Productividad Agraria"), donde:

• se sustituye la expresión "primera transformación de productos agrícolas" por "primera

transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos".

Conforme al alcance y contenido de la modificación propuesta, se dan las dos alternativas siguientes:

Alternativa 0:

No alteración de las condiciones actualmente definidas en las Normas Subsidiarias manteniendo el tipo de

Page 11: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

5

construcciones e instalaciones en las clases de Suelo No Urbanizable definidas (Dehesa Arbolada, Parque

Natural y Alta Productividad Agraria) así como no permitiendo la construcción de dichas instalaciones en el

suelo catalogado como SNU-DA.

Alternativa 1:

Ampliación del tipo de instalaciones de primera transformación y permiso de construcción de las mismas en

el suelo catalogado como SNU-DA.

Alternativa 2:

Ampliación del tipo de instalaciones de primera transformación en las todas las clases de Suelo No

Urbanizable y permiso de construcción de las mismas en los mismos.

4. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN O PROGRAMA

En relación a la normativa urbanística en vigor el municipio de Malpartida de Plasencia dispone como

planeamiento urbanístico para el Suelo Urbano, Suelo Urbanizable y Suelo No Urbanizable unas Normas

Subsidiarias Municipales (con aprobación mediante RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2002, de la

Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura y publicadas en el DOE con fecha de 13

de marzo de 2003)

La modificación plantea una ampliación del tipo de instalaciones supuestas de primera transformación así

como una solicitud de permiso para la construcción de dichas instalaciones en el SNU-DA.

Dicho suelo ocupa una superficie total de 26.082,06 Ha , lo que supone un 70 % sobre la superficie total del

municipio. Dicha modificación permitiría una reestructuración productiva, como medio de sostener y elevar

la capacidad de competir en los mercados, pero, también, la diversificación de actividades que permitiera en

el futuro la obtención de rentas procedentes de los nuevos sectores en auge actividades complementarias de

la agricultura/ganaderia.

Se trataría en todo caso de permitir la construcción de instalaciones para aprovechamientos propios de las

dehesas Extremeñas, pequeñas transformaciones de productos producidos en la propia dehesa, como

pueden ser:

• Leche – “queserías artesanas” de MENOS de 500 litros de capacidad diaria.

• Huevos – “Pequeños almacenes de clasificación y envasado así como etiquetado” de MENOS de

10.000 huevos diarios.

• Carne de caza – “cámaras de frio y elaboración de embutidos artesanos” de MENOS de 1.000 kg.

Producción diaria.

• Miel – “almacén para la extracción y embasado de la producción propia de forma artesanas” de

MENOS de 1.000 litros de capacidad diaria.

• Corcho – “Pequeños cocederos para su clasificación, corte y empacado” de MENOS de 10.000 Kg de

Page 12: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

6

Producción diaria.

• Leñas y carbones – “Pequeños cocederos o aserraderos, para la transformación de la leña o su

clasificación, corte y empacado” de MENOS de 10.000 Kg de Producción diaria

• Pequeños talleres artesanales para la confección de piezas artesanales de madera, barro, piedra…

etc.

Para ello, es necesario señalar la Ley 19/1995 de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias,

cuyo objetivo fundamental es corregir los desequilibrios y las deficiencias estructurales que condicionan la

competitividad de las explotaciones agrarias, de modo que la agricultura española, en concreto la Extremeña,

pueda afrontar la creciente liberalización de los mercados de los productos agro-ganaderos y otros, al tiempo

que se aseguren los equilibrios ecológicos básicos y se abren nuevas vías para la obtención de rentas

complementarias a los profesionales de la agricultura/ganadería.

Por ello, el desarrollo previsible del Plan derivado de la modificación de las Normas Subsidiarias en relación a

los aspectos señalados, supondría un potencial crecimiento económico con productos asociados al sector

primario.

Page 13: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

7

5. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL DESARROLLO DEL

PLAN O PROGRAMA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL AFECTADO.

El ámbito territorial afectado por la Modificación puntual será el mismo que afecta de forma general a las

Normas Subsidiarias originales a la que modifica.

Así, será todo el suelo catalogado como No Urbanizable Dehesa Arbolada (ZNU-DA) del término Municipal de

Malpartida de Plasencia.

Distribución sobre ortofoto del Suelo No Urbanizable Dehesa Arbolada dentro del T.M. de Malpartida de Plasencia

Distribución sobre topográfico del Suelo No Urbanizable Dehesa Arbolada dentro del T.M. de Malpartida de Plasencia

Page 14: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

8

Debido a la amplitud de la superficie afectada, se considera en este apartado la caracterización ambiental de

todo el municipio.

La redacción de este capítulo tendrá como objetivo el estudio del estado del ámbito de actuación, de sus

condiciones ambientales y de la utilización de sus recursos naturales en el momento actual. El número de

variables ambientales que conforman un entorno es muy amplio, sin embargo debemos limitar nuestro

inventario a aquellas que se refieran a aspectos que sean realmente significativos.

5.1.- LOCALIZACIÓN

El término municipal de Malpartida de Plasencia, se encuentra al norte de la provincia, dentro de la comarca

de Monfragüe, siendo su altitud media de 467 msnm y su superficie de 373 km2.

El término comprende la localidad del mismo nombre y los aledaños de La Bazagona, Haza de la

Concepción, Palazuelo-Empalme, Pantano de Navabuena y Urdimalas.

La población asciende a 4.673 habitantes, con una densidad de población de 12,53 hab./km2.

El término municipal se sitúa a unos 79 Km. de Cáceres.

Se refleja a continuación toda la información relativa al término municipal de Malpartida de Plasencia

recogida en las fichas de Datos Económicos y Sociales de las Unidades Territoriales de España publicadas por

la obra social de la Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria (C.A.M.P.) con la colaboración técnica de

CYLSTAT.

Page 15: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

9

Page 16: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

10

Page 17: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

11

Page 18: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

12

Page 19: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

13

Page 20: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

14

Page 21: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

15

Page 22: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

16

Page 23: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

17

Page 24: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

18

5.2.- EDAFOLOGÍA Y GEOLOGÍA

5.2.1.- Edafología

El suelo constituye la capa superior de la superficie del planeta, formada por meteorización de las rocas junto

a restos de la descomposición de seres vivos, en la que pueden estar enraizadas las plantas y que constituye

un medio ecológico particular para ciertos tipos de seres vivos.

De acuerdo con el “SoilConservationService” la clasificación de “Capacidad de Uso” se basa en los efectos

combinados del clima y de las características permanentes de los suelos, en sus riesgos de destrucción, en sus

limitaciones de uso, en su capacidad productiva y en las necesidades de explotación del mismo.

Así, las clases de Capacidad de Uso son agrupaciones de suelos que presentan el mismo grado de limitación

y/o riesgos de destrucción, lo que define el potencial de cultivos de la zona, considerando un periodo de

tiempo largo.

Edafológicamente, la zona de estudio ocupa suelos dominantes de los órdenes Inceptisol y Entisol:

Mapa edafológico. Nivel Suborden

ORDEN SUBORDEN GRUPO

Inceptisol

Ochrept Xerochrept

Umbrept Xerumbrept

Entisol Orthent Xerorthent

Page 25: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

19

Los INCEPTISOLES, son suelos caracterizados por tener uno o más horizontes en los cuales los materiales

minerales han sido alterados o removidos pero no acumulados hasta un grado significativo, es decir, son

suelos con un ligero desarrollo de horizontes; también se presenta en los depósitos volcánicos recientes, en

las zonas recién desoladas o en los depósitos piemontanos recientes. Podemos, por tanto, definirlos como

suelos que presentan baja (o incluso media) evolución. Su perfil típico es ABwC.

Como horizontes diagnósticos pueden presentar:

• de los epipedones cualquiera, aunque generalmente se trata de ócrico y también de úmbrico;

• de los subsuperficiales, el horizonte típico de este orden es el cámbico, acompañado a veces del

cálcico (no pueden tener ni argíllico, ni espódico, ni óxico).

Respecto a su génesis, son suelos de definición muy compleja que representan un orden muy heterogéneo.

Su formación no está regida por ningún proceso específico, como no sea la alteración y el lavado. Podríamos

afirmar que todos los procesos están representados, aunque con baja intensidad, y sin que predomine

ninguno. Son pues suelos fundamentalmente eluviales. Se podrían definir como suelos de las regiones

húmedas y subhúmedas con horizontes de alteración y con pérdidas de bases, Fe y Al. Presentan minerales

inestables (la alteración no puede ser tan intensa como para destruirlos totalmente).

Dentro del citado Orden se pueden encontrar dos subórdenes diferenciados principalmente por el clima,

siendo el suborden Ochrept aquél que se encuentra circunscrito a las áreas con pluviometría inferior a los

1.000 mm. Es el suelo más representativo del área granítica.

Dentro a su vez de los Ochrepts, se distinguen: los Xerochreptsdístricos, que constituyen el suelo clímax;

suelen estar cubiertos por pastizal en más de la mitad de su extensión y son cultivados en más de la cuarta

parte, y los Xerochrepts típicos, que se presentan como inclusión en las áreas dominadas por el subgrupo

anterior y ocupan zonas deprimidas en las que se produce una acumulación de bases por lavado o zonas de

cultivo en las que los abonados efectuados favorecen este incremento de bases. Este último grupo es el que

se encuentra presente en la zona sometida a este estudio.

Respecto a los suelos del orden ENTISOL, son suelos muy poco evolucionados (es el orden de suelos con más

baja evolución), y este escaso desarrollo puede ser debido a:

• clima (muy severo, por ejemplo árido)

• erosión (muy intensa)

• aportes continuos (aluviones y coluviones recientes)

• materiales originales muy estables (minerales muy resistentes y el material no evoluciona; ejemplo,

arenas de cuarzo)

• hidromorfía (el exceso de agua impide la evolución).

• degradación (el laboreo exhaustivo puede conducir a la destrucción total del suelo)

Page 26: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

20

Sus propiedades están ampliamente determinadas (heredadas) por el material original, así, de los horizontes

diagnósticos sólo presentan aquéllos que se originan fácilmente. Casi siempre se presentan con horizonte

diagnostico ócrico y sólo algunos con hístico y con álbico (desarrollados a partir de arenas). De igual manera,

cabe destacar que no pueden presentar los siguientes horizontes: ni cálcico, ni cámbico, ni argíllico, ni

espódico, ni óxico, ni siquiera un epipedonmóllico o úmbrico.

Su perfil es: hor. A + hor. C (en algunas ocasiones existe hor. B, pero sin que tenga el suficiente desarrollo

como para poder ser horizonte diagnóstico).

El suborden Orthent viene representado por ser un suelo "esquelético" o delgado. Este tipo se halla en

superficies con reciente erosión o con formas del paisaje muy viejas completamente ausentes de minerales

meteorizables.

5.2.2.- Geología

El término municipal se localiza casi en su totalidad en la hoja 623 (Malpartida de Plasencia) perteneciente al

Instituto Geológico y Minero. Geológicamente la Hoja se sitúa en el Macizo Ibérico. Igualmente, pequeñas

partes del municipo se incluye en las hojas 622 y 598.

Mapa geológico

LEYENDA EDAD ROCAS TIPO (FACIES)

PRECÁMBRICO SUPERIOR Grauwacas y Conglomerados

Page 27: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

21

Page 28: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

22

Se observa que la superficie está compuesta por sedimentos precámbricos pertenecientes al Complejo

Esquisto Grauváquico. Sobre estos sedimentos se deposita la serie paleozoica.

Bajo la denominación de Grauvacas y Conglomerados se agrupa una potente serie sedimentaria de

características turbidíticas, constituida principalmente por grauvacas y pizarras que se disponen en niveles

alternantes de muy diversa potencia. Sin embargo, dentro de esta monotonía litológica se distinguen, a nivel

muy puntual, intercalaciones conglomeríticas y/o cuarzograuvacas, que en ningún caso constituyen niveles

guía.

Su característica litológica fundamental es el estar constituido por pizarras y limonitas grises que alternan con

grauvacas grises y verdosas de grano fino a grueso estratificadas en capas de 0,35 a 0,3 m. aunque no están

ausentes los bancos métricos (1,4 a 2 m.) que en general tienden a acuñarse, sobre todo los niveles de

granulometría más gruesa.

Se observan igualmente laminaciones paralelas, cantos blandos de pizarras negras y, en el techo de algunos

bancos, ripples de crestas rectas o linguoides.

Estas características permiten considerar las facies como pertenecientes al tipo C de MUTTI y RICCI LUCCHI

(1975) y, probablemente, al tipo C2.

5.3.- CLIMA

La caracterización del clima dentro del área de estudio para cualquier actuación que se lleve sobre el medio

tiene cierta importancia para la evaluación del impacto ambiental debido, principalmente, a que:

• sirve como información básica para interpretar otros aspectos del medio físico (vegetación, usos de

suelo, etc.)

• pueden darse ciertas alteraciones micro y mesoclimáticas con motivo de la desestructuración de la

vegetación a causa de las diferentes actividades llevadas a cabo durante la obra.

5.3.1.- Datos Climatológicos

La zona objeto del presente estudio está caracterizada climatológicamente por pertenecer al piso

mesomediterráneo.

El termoclima se sitúa, de un modo general, entre los 13 y los 17 ºC con inviernos rigurosos y largos y veranos

cálidos. Del mismo modo, los valores límite del índice de termicidad (It) se hallan entre los 21 y 350.

La media de las mínimas del mes más frío se sitúa entre 1 y 4ºC bajo cero y la media de las máximas del mes

más frío entre 9 y 14ºC.

Para poder tener acceso a las clasificaciones climáticas, se ha escogido la estación de “Malpartida de

Plasencia”, perteneciente a la red de estaciones meteorológicas del INM (clave 3442). La elección de dicha

Page 29: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

23

estación se basa en diversos aspectos relativos a las diferentes estaciones útiles consideradas para el estudio

climatológico. Como primera variable fundamental, se consideran únicamente aquellas estaciones que

ofrezcan tanto datos pluviométricos como de temperatura, excluyendo por tanto las estaciones

pluviométricas que únicamente disponen de datos relativos a precipitaciones. Debido pues tanto a lo

comentado anteriormente como a su proximidad geográfica, a unas condiciones de altitud (468 m.s.n.m.)

dentro de un rango similar respecto a la zona delimitada de estudio (356 m.s.n.m.) y por poseer una serie de

datos suficiente para poder darle validez estadística se selecciona la mencionada estación.

Los datos generales de la estación seleccionada son los siguientes:

NOMBRE DE LA ESTACIÓN ALTITUD (m) LATITUD LONGITUD Nº DE AÑOS DE LA SERIE DE DATOS

Malpartida de Plasencia 468 39º58´ 6º02´ Precipitación 43 (1961-2003)

Temperatura 31 (1973-2003)

El resumen de las variables climáticas utilizadas en el presente estudio se muestra en las siguientes tablas:

EN FB MZ AB MY JN JL AG ST OC NV DC AÑO

tm 6,90 8,80 12,20 13,90 18 23,40 27,20 27 22,80 16 10,70 7,60 16,20

t -1 0,30 2,30 3,30 6,30 10 13,30 14,30 11,20 6,60 2 -0,30 -1,80

ETP 11,3 16,8 36,3 48,9 85,8 134,8 178,5 164,3 107,8 54,4 23,5 12,6 874,9

RM 34,10 29 23,50 24,60 26 16,10 5,90 5,20 21,50 31,10 36,60 29,90 62,70

R 124,7 99,50 75,50 73,50 77,60 33,60 8,80 7,80 47,40 106,60 132,10 120,70 907,90

tm Temperatura media (media de las medias mensuales)

t Temperatura media de mínimas (media de las mínimas mensuales)

ETP Evapotranspiración anual

RM Precipitación máxima en 24 horas (mm)

R Precipitación mensual/anual media (mm)

Los datos utilizados han sido obtenidos a partir de las aplicaciones SIGA (Servicio de Información Geográfico

Page 30: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

24

Agrario) desarrolladas a iniciativa de la Subdirección General de Cultivos Herbáceos del Ministerio de

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y por datos suministrados por el INM.

5.3.2 Régimen de Heladas

Respecto al régimen de heladas, éste es importante debido a que éstas son un factor limitante para el

desarrollo de las distintas especies vegetales.

El Método de estudio elegido es el método de L. Emberger, ya que aun siendo un método sencillo ha

demostrado ser bastante preciso de cara a poder estudiar la influencia de frío en el desarrollo vegetal. L.

Emberger considera cuatro divisiones según los valores de la temperatura media de mínimas de cada mes,

(t):

Para t ≤0ºC Período de helada segura

Para 0ºC< t ≤3ºC Período de helada probable

Para 3ºC< t ≤7ºC Período de helada poco probable

Para t >7ºC Período libre de heladas

Según los datos obtenidos, los valores de la temperatura media mensual de las mínimas absolutas son las

siguientes:

EN FB MZ AB MY JN JL AG ST OC NV DC

t -1 0,30 2,30 3,30 6,30 10 13,30 14,30 11,20 6,60 2 -0,30

Por lo tanto, según Emberger, los diferentes períodos de helada quedan agrupados estacionalmente de la

siguiente manera:

MESES PERÍODOS DE HELADA

ENERO- DICIEMBRE Periodo de helada segura

FEBRERO-MARZO-NOVIEMBRE Periodo de helada probable

ABRIL-MAYO-OCTUBRE Periodo de helada poco probable

JUNIO-JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBRE Periodo libre de heladas

5.3.3 Clasificación e Índices Climáticos

De cara a poder caracterizar las diferencias entre el clima existente en la zona, se procede al cálculo de unos

índices que permiten medir el grado de aridez y clasificar así inicialmente el clima.

Page 31: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

25

Los indicadores elegidos son: Índice de Aridez de Martonne y el Índice Termopluviométrico de Dantin-

Revenga, y la Clasificación de Papadakis.

Índice de aridez de Martonne

Se utiliza principalmente para clasificar las zonas por su aridez. Se basa en la relación existente entre la

precipitación media anual y la temperatura media anual (P y t).

10+=

T

PI

En función de este índice se clasifica el clima en:

0 ≤ I ≤ 5 Desierto (Hiperárido)

0 ≤ I ≤ 10 Semidesierto (Árido)

10 ≤ I ≤ 20 Semiárida de tipo mediterráneo

20 ≤ I ≤ 30 Subhúmeda

30 ≤ I ≤ 60 Húmeda

60 < I Perihúmeda

El resultado obtenido es de 34,65, por lo que basándonos en este índice, la zona queda definida dentro de la

franja Húmeda.

Índice Termopluviométrico de Dantin-Revenga

Se obtiene, al igual que el anterior, usando la temperatura media anual. A partir de la aplicación de la

siguiente fórmula se obtiene el grado de aridez de la zona:

P

xTI

100=

Su clasificación se realiza según:

0 < I < 2 Zona húmeda

2 < I < 3 Zona semiárida

3 < I < 6 Zona árida

> 6 Zona subárida

Operando con los datos existentes, se obtienen los valores de 1,78 para la estación seleccionada,

encuadrándose dentro de la Zona húmeda.

5.3.4. Climodiagrama

En el año 1952, H. Gaussen dijo que un mes podía considerarse seco cuando la precipitación, expresada en

Page 32: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

26

mm, es inferior al doble de la temperatura expresada en ºC.

Basado en este criterio propugnó, para la definición del clima de una estación, la elaboración de lo que él

denominó diagrama ombrotérmico, llevando en el eje de abcisas los tiempos medidos en meses y, en el eje

de ordenadas, tanto las precipitaciones mensuales como las temperaturas medias, empleando para éstas una

escala doble que para las primeras.

Más modernamente, H. Walter y H. Lieth se acogieron a este mismo criterio para estudiar el clima de una

zona y propugnaron la construcción de un diagrama en el que, además, se adjuntan una serie de datos

complementarios.

CLIMODIAGRAMA DE WALTER-LIETH

De este diagrama, llamado climodiagrama de Walter-Lieth, puede deducirse el Intervalo de sequía, que se

define como la longitud, expresada en meses, del intervalo del eje de abcisas en el que la línea de

precipitaciones se halla por debajo de la de temperaturas, que en nuestro caso corresponde entre los meses

de junio y septiembre.

5.4.- HIDROLOGÍA

5.4.1.- Hidrología Superficial

La totalidad del término se encuentra dentro de la cuenca hidrográfica del río Tajo, destacando la presencia

de los arroyos del Real, de los Buitreros, de los Calzones y de Barbaón.

0

15

30

45

60

0

30

60

90

120

E F M A M J J A S O N D

Tem

pera

tura

Pre

cipi

taci

ón

Meses

CLIMODIAGRAMAMalpartida de Plasencia 3442

Page 33: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

27

El régimen hidráulico, en el conjunto de arroyos que atraviesan el término, es fuertemente estacional y

discontinuo. La existencia de corriente de agua es sólo esporádica y con retardos breves tras las descargas de

precipitaciones. Todo ello se corresponde con las características climáticas de la zona y con el carácter de

cabecera de las cuencas implicadas. Tan sólo el Arroyo Bonhabal presenta un régimen continuo, aunque muy

irregular y ligado en estiaje al vertido residual de la población.

5.4.2.- Hidrogeología y Aguas Subterráneas

Para la protección de los recursos hídricos y su rehabilitación, es imprescindible disponer de dispositivos

técnicos adecuados que indiquen y den a conocer los principales parámetros que caracterizan estas masas

subterráneas, incluyendo todos los procesos que en ellas se desarrollan como consecuencia de cualquier

actividad que se produzca sobre la superficie terrestre, por ello y a través de la información obtenida del

Instituto Tecnológico Geominero de España, se pretende el estudio y conocimiento de este recurso,

imprescindible para el desarrollo y sustento de la vida humana, la actividad económica de una zona y el

medio ambiente.

En cuanto a unidades hidrogeológicas, al este del término, según el mapa de síntesis de unidades

hidrogeológicas de la España peninsular e Islas Baleares publicado por el Ministerio de Obras Públicas y

Urbanismo, se localiza la unidad denominada 03.09 "Tiétar".

Page 34: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

28

Límites de la Unidad Hidrogeológica 03.09 Tiétar

5.5.- VEGETACIÓN

El clima, como vimos en el epígrafe correspondiente, es uno de los factores más determinantes en la

composición vegetal de los montes aunque existen otros como el suelo, la fisiografía o el hombre, que

combinados dan origen a la estructura vegetal de nuestro paisaje.

La fitoclimatología es la asociación de grandes tipos de vegetación (fitosociología) a grandes tipos climáticos

(climatología). Allué,J.L (1990) desarrolla una clasificación fitoclimática para España a partir los datos del

Instituto Nacional de Meteorología (INM), las Series de Vegetación Potencial (Rivas Martínez,S., 1987) y

trabajo de campo. El resultado es la caracterización de 19 subtipos de vida vegetal, cada uno de ellos

Page 35: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

29

asociado a unas características climáticas concretas y que se reúnen en cuatro tipos fitoclimáticos generales:

Áridos (III(IV), Mediterráneos (IV(III), IV1, IV2, IV3, IV4, IV(VI)1 y IV(VI)2), Nemorales (VI(IV)1, VI(IV)2, VI(IV)3,

VI(IV)4, VI(VII), VI(V) y VI) y Oroborealioides (VIII(VI), X(VIII), X(IX)1, X(IX)2), y que se ordenan de climas más

cálidos y con sequías asociadas a las altas temperaturas, a climas más fríos, que también pueden implicar

deficiencias hídricas, aunque en este último caso asociadas a las heladas. En ambos extremos (Áridos

(subdesierto), Mediterráneo IV(III) y Oroborealoides de alta montaña (X(IX)1, X(IX)2), la vida de vegetación

con porte arbóreo no es posible debido a las condiciones climáticas extremas.

Aunque el análisis de las comunidades vegetales características de estos tipos fitoclimáticos es más profundo,

valga decir que el tipo correspondiente a la superficie ocupada por el "Quebrantavigas" es el tipo fitoclimático

mediterráneo y con asociaciones potenciales de vegetación del tipo lentiscares, coscojares, acebuchales,

encinares (Quercus ilexrotundifolia) y encinares alsinares (Quercus ilexilex)

El análisis de la vegetación, por tanto, ha de comenzar por un estudio detallado de la vegetación potencial de

la zona sometida al presente estudio basado en las Series de Vegetación Potencial (Rivas Martínez,S., 1987)

5.5.1.- Vegetación Potencial

La vegetación potencial es la que se instala después haber eliminado todas las actividades antrópicas

pudiendo no llegar a ser igual a la vegetación natural potencial (la que tenía el territorio antes de cualquier

modificación antrópica), si las modificaciones realizadas condicionan la sucesión natural e impiden la

instalación de la comunidad climácica original debido a una excesiva degradación del medio.

Su conocimiento es útil para deducir cuál es la vocación natural del territorio y se antoja fundamental para

conocer el nivel de degradación del paisaje debido a la intervención humana.

En los límites del término se localizan las siguientes series:

serie 24c: Serie mesomediterránea luso-extremadurense silicícola de Quercus rotundifolia o encina

(Pyro bourgaeanae-Querceto rotundifoliae sigmetum) con faciación típica.

Serie 24 cb: Serie mesomediterránea luso-extremadurense silicícola de Quercus rotundifolia o encina

(Pyro bourgaeanae-Querceto rotundifoliae sigmetum). VP, encinares.

serie 18 h: Serie mesomediterránea luso-extremadurense silicícola húmedo-hiperhúmeda del roble

melojo (Quercus pyrenaica). Arbuto unedonis-Querceto pyrenaicae sigmetum

serie 23c: Serie mesomediterránea luso-extremadurense y bética subhúmedo-húmeda silicícola del

alcornoque (Quercus suber). Sanguisorbo agrimonioidis--Querceto suberis sigmetum

Serie I: Geomegaseries riparias mediterráneas y regadíos (R).

Page 36: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

30

Mapa de Series de Vegetación

Las series mesomediterráneas de la encina o carrasca, predominantes en las zonas de SUN-DA, corresponden

en su etapa madura o clímax a un bosque denso de encinas que, en ocasiones, pueden albergar otros árboles

(enebros, quejigos, alcornoques, etc.) y que posee un sotobosque arbustivo en general no muy denso. La

etapa madura se desarrolla sobre suelos mulliformes.

A diferencia de las series de los carrascales supramediterráneos, la etapa de sustitución de maquía o garriga

está generalizada y formada por fanerófitoperrenifolios como Quercus coccifera, Phillyrea angustifolia,

Jasminumfruticans, Arbutus unedo, Rhamnusalaternus, etc. Estos árboles o arbustos tienden a desaparecer al

incrementarse el rigor invernal y algunos de ellos pueden ser buenos bioindicadores del límite superior del

piso mesomediterráneo como lo pueden ser otros árboles cultivados (Olea europea, Pinus halepensis, etc.)

En concreto, la serie mesomediterránea luso-extremadurense silicícola de la encina de hojas redondeadas o

carrasca corresponde en su etapa madura a un bosque esclerófilo en el que con frecuencia existe el piruétano

o peral silvestre (Pyrus bourgaeana), así como en ciertas navas, y umbrías alcornoques (Quercus suber) o

quejigos (Quercus faginea). El uso más generalizado de estos territorios, donde predominan los suelos silíceos

pobres, es el ganadero; por ello, los bosques primitivos han sido adehesados a base de eliminar un buen

número de árboles y prácticamente todos los arbustos del sotobosque. Paralelamente, un incremento y

manejo adecuado del ganado, sobre todo lanar, ha ido favoreciendo el desarrollo de ciertas especies vivaces

y anuales (Poa bulbosa, Trifoliumsubterraneum, Bellisannua, Bellisperennis, etc.) que con el tiempo

conforman en los suelos sin hidromorfía temporal asegurada un tipo de pastizales con aspecto de céspedes

tupidos de gran valor ganadero, que se denominan majadales (Poetaliabulbosae) cuya especie directriz, la

gramínea hemicriptofíticaPoa bulbosa, tiene la virtud de producir biomasa tras las primeras lluvias

importantes de otoño y de resistir muy bien el pisoteo y el intenso pastoreo.

Page 37: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

31

En la siguiente tabla se indican algunos bioindicadores de la serie:

ETAPAS DE REGRESIÓN Y BIOINDICADORES.

Nombre de la Serie: Luso-extremadurense silicícola de la encina

Árbol dominante: Quercus rotundifolia

Nombre fitosociológico: Pyro bourgaeanae-Querceto rotundifoliae sigmetum

I.- Bosque Quercus rotudifolia, Pyrus bourgaeana, Paeonia broteroi, Doronicum plantagineum

II.- Matorral denso Quercus coccifera, Phillyrea angustifolia, Cytisus multiflorus, Retama sphaerocarpa

III.- Matorral degradado Genista hirsuta, Cistus ladanifer, Lavandula sampaiana, Halimium viscosum

IV.- Pastizales Agrostis castellana, Psilurus incurvus, Poa bulbosa

5.5.2.- Vegetación Actual

La vegetación actual de la zona propuesta se caracteriza mayoritariamente por la presencia de una dehesa

arbolada dedicada a pasto para el ganado, encontrando la existencia de numerosos pies de encinas (Quercus

ilex). Se expone a la información suministrada por el mapa Forestal editado por el Ministerio de Medio

Ambiente en el año 2000.

Tipos Estructurales. Información extraída del Mapa Forestal publicado por el Ministerio de Medio Ambiente.

Page 38: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

32

Uso de Suelo Tipo Estructural Especie01

Estado de Especie01

Ocupación FCC total

Arbolado Bosque Quercus ilex Fustal 80 % 70 %

Arbolado ralo Bosque adehesado Quercus ilex Fustal 80 % 45 %

Desarbolado

Cultivos

Agua

Artificial

Se señala la presencia de melojares y robledales (Quercus pyrenaica y Quercus robur) así como vegetación de

ribera asociada a los cursos de agua.

5.6.- FAUNA

El objetivo de este apartado es describir la situación de las especies presentes en la zona de estudio,

previamente a la realización de cualquier actuación, con especial atención a aquellas que estén protegidas

por la legislación vigente.

La fauna constituye un importante recurso desde el punto de vista científico, económico y recreativo.

La diversidad faunística de una zona determinada se encuentra condicionada esencialmente por tres factores.

En primer lugar, por la cantidad de alimento que puede ofrecer que, como es natural, está íntimamente

relacionada con la diversidad florística que posea. En segundo lugar, por la capacidad de ocultación que

muestren las distintas formaciones vegetales, fenómeno fundamentalmente ligado a los estratos leñosos

(arbustivo y arbóreo), que ofertan lugares óptimos para crianza y refugio. En tercer lugar, por el grado de

humanización del área; es decir, la mayor o menor presencia antrópica condiciona extraordinariamente la

instalación de parejas o grupos faunísticos estables.

La vegetación suele marcar la pauta en la localización de las especies animales; esta relación vegetación-

fauna es más estrecha y se mantiene más en los ecosistemas más maduros, mientras que en ecosistemas más

degradados se observa la presencia de fauna oportunista acostumbrada a la presencia antrópica.

El inventario faunístico que se detallará a continuación se ha clasificado según lo establecido en el Real

Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de

Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, así como los Anexos de la Directiva

Hábitats 92/43/CEE y la Directiva Aves 79/409/CEE. De igual modo, se han considerado las clasificaciones

expuestas tanto en el DECRETO 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies

Amenazadas de Extremadura..

La metodología empleada para determinar una primera aproximación a la fauna existente en el término

municipal ha sido la que se detalla a continuación:

Page 39: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

33

a) Recopilación bibliográfica tomando como base la información extraída de las siguientes fuentes

• Atlas y Libro rojo de los anfibios y reptiles de España (Ministerio de Medio Ambiente).

• Atlas de las aves reproductoras de España (Ministerio de Medio Ambiente).

• Atlas de los mamíferos terrestres de España (Ministerio de Medio Ambiente).

• Atlas y Libro rojo de los peces continentales de España (Ministerio de Medio Ambiente).

• Plan Cinegético de la Finca

Por tanto, para una primera aproximación del tipo de fauna existente en la zona de estudio, el equipo

redactor se ha basado en el Inventario Nacional de Biodiversidad (cuadrículas de 10x10 km publicadas por el

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) desarrollándose un listado de especies

potencialmente presentes en la zona de estudio.

Cuadrícula de Fauna, Ministerio de Medio Ambiente Rural y Marino

Como se ve en la figura anterior, en la cartografía procedente del Ministerio sobre la Fauna de la Península

Ibérica existente, se detallan cuadrículas de 10 x 10 km. y las seleccionadas para la zona de actuación has sido

la 29TQE53, la 30TTK43, la 29SQE32, la 29SQE42, la 30STK42, la 30STK52, la 29SQE31, LA 29SQE41 y la

29SQE51.

La Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN (también denominada en algunas ocasiones como el Libro

Rojo), creada en 1963 es el inventario más completo del estado de conservación de especies de animales y

Page 40: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

34

plantas a nivel mundial. La lista es elaborada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza

(UICN). Muchos gobiernos y organizaciones crean sus propias listas rojas regionales basadas muy usualmente

en la elaborada por la UICN, en el que clasifican a las especies de su región que se encuentran bajo amenaza.

El objetivo es llevar al público la urgencia de los problemas de conservación, así como ayudar a la comunidad

internacional a reducir la extinción. Es actualizada anualmente, realizándose un análisis en profundidad de las

evaluaciones que contiene cada cuatro o cinco años. En la Lista Roja se clasifica a las distintas especies, en

función de su estado de conservación y de su riesgo de extinción, en una serie de categorías, que en la última

versión de la lista son las siguientes, desde menor a mayor riesgo:

Categorías del Libro Rojo de los vertebrados de España (LR):

• En Peligro Crítico (CR)

• En Peligro (EN)

• Vulnerable (VU)

• Casi Amenazado (NT)

• No Evaluado (NE)

• Extinta en estado silvestre (EW)

• Extinta (EX)

• Preocupación Menor (LC)

• Datos Insuficientes (DD)

A raíz de la aprobación de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y tras un largo proceso

se ha aprobado por parte del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino el Real Decreto 139/2011, para

el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de

Especies Amenazadas (CNEA).

En el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial se recogen todas las especies que

pueden estar amenazadas en un futuro cercano y para las que se recoge la obligatoriedad de evaluar

periódicamente su estado de conservación y la prohibición de afectar negativamente a su situación.

Dentro de este listado encontramos el Catálogo Español de Especies Amenazadas que recoge las especies que

están amenazadas en dos categorías: Vulnerables y En Peligro de Extinción, desapareciendo las categorías de

Interés Especial y Sensible a la Alteración del Hábitat.

Las especies catalogadas como:

• En Peligro de Extinción (PE) son aquellas especies, subespecies o población de una especie cuya

supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando.

Page 41: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

35

• Vulnerables (VU) son aquellas especies, subespecie o poblaciones de una especie que corre el riesgo

de pasar a la categoría anterior en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ella

no son corregidos

• Se recoge en este estudio como especies de Interés especial (IE) aquellas especies incluidas en el

Listado de especies Silvestres en Régimen de Protección Especial pero no se considera en ninguna de

las categorías anteriores del CNEA

Categorías del Catálogo del Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de

Especies Amenazadas de Extremadura.

• En peligro de extinción, reservada para aquellas cuya supervivencia es poco probable si los factores

causantes de su actual situación siguen actuando (PE).

• Sensibles a la alteración de su hábitat, referida a aquellas cuyo hábitat característico está

particularmente amenazado, en grave regresión, fraccionado o muy limitado (SAH).

• Vulnerables, destinada a aquellas que corren el peligro de pasar a las categorías anteriores en un

futuro inmediato si los factores adversos que actúen sobre ellas no son corregidos (VU).

• De interés especial, aquellas otras merecedoras de catalogación y cuyo grado de amenaza sea

insuficientemente conocido (IE)

Se indicarán en los diferentes cuadros expuestos las especies contenidas en una de las cuadrículas tipo,

considerando para ello la 30STK42.

MAMÍFEROS

Respecto a los mamíferos, basándose el equipo redactor en el Inventario Nacional de Biodiversidad

(cuadrículas de 10x10 km publicadas por el ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino) y en

bibbliografía del término municipal, se ha desarrollado un listado de especies potencialmente presentes en la

zona de estudio, que es la que se detalla a continuación:

Page 42: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

36

ESPECIE NOMBRE COMÚN GÉNERO FAMILIA

FIGURAS DE PROTECCIÓN

Libro Rojo UICN CNEA CREA Directiva Hábitats

92/43/CEE

Apodemus sylvaticus Ratón de campo Apodemus Muridae

Arvicola sapidus Rata de Agua Arvicola Microtidae

Capreolus capreolus Corzo Capreolus Capreolidae LC

Cervus elaphus Ciervo Ibérico Cervus Cervidae LC

II,IV,V

Crocidura russula Musaraña gris Crocidura Soricidae

IE

Eliomys quercinus Lirón Careto Elyomis Gliridae

Erinaceus europaeus Erizo europeo Erinaceus Erinaceidae LC

IE

Felis silvestris Gato Montés Felis Felidae

IE

Genetta genetta Gineta Genetta Viverridae LC

IE V

Herpestes ichneumon Meloncillo Herpestes Herpestidae

IE

Lepus capensis Liebre Lepus Leporidae

Lutra lutra Nutria paleártica Lutra Mustelidae NT IE IE II,IV

Martes foina Garduña Martes Mustelidae LC

IE

Meles meles Tejón Meles Mustelidae

IE

Microtus cabrerae Topillo de Cabrera Microtus Muridae NT IE IE II,IV

Mus spretus Ratón moruno Mus Muridae LC

Mustela nivalis Comadreja Mustela Mustelidae

IE

Mustela putorius Turón Mustela Mustelidae

IE

Oryctolagus cuniculus Conejo Oryctolagus Leporidae NT

Otus scops Autillo Otus Strigidae

IE

Sorex granarius Musaraña ibérica Sorex Soricidae

IE

Suncus etruscus Musgaño enano Suncus Soricidae

IE

Sus scrofa Jabalí Sus Suidae LC

Tadaria teniotis Murciélago rabudo Tadarida Molossidae LC

Talpa occidentalis Topo Talpa Talpidae

IE

Vulpes vulpes Zorro Vulpes Canidae LC

TABLA DE MAMÍFEROS POTENCIALES

Dentro de los murciélagos, la diversidad de hábitats que encontramos en la zona de estudio hace posible la

presencia de una enorme variedad de especies de murciélagos. La cantidad de cobijos asociada a los

berrocales, así como los huecos en los troncos de encina y alcornoque, ofrecen una buena protección frente

Page 43: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

37

al sol, así como abundantes lugares de cría. Esto se demuestra con el elevado número de especies de

murciélagos que vamos a encontrar en el área de estudio. Entre las figuras de protección encontraremos una

especie en peligro de extinción (murciélago mediterráneo de herradura), dos especies vulnerables, seis

susceptibles de la alteración del hábitat y 7 de interés especial

ESPECIE NOMBRE COMÚN FAMILIA FIGURAS DE PROTECCIÓN (CREA)

Rhynolophus hipposideros Murciélago pequeño de herradura Rhynolophidae VU

Rhynolophus euryale Murciélago mediterraneo de herradura Rhynolophidae PE

Myotis myotis Murciélago ratonero grande Vespertiniolidae SAH

Myotis blythi Murciélago ratonero mediano Vespertiniolidae SAH

Myotis emarginata Murciélago orejiroto Vespertiniolidae SAH

Myotis nattereri Murciélago de Natterer Vespertiniolidae SAH

Myotis daubentoni Murciélago ribereño Vespertiniolidae IE

Barbastella barbastella Murciélago de bosque Vespertiniolidae SAH

Nyctalus leisteri Nóctulo pequeño Vespertiniolidae VU

Miniopterus schreibersi Murciélago de cueva Vespertiniolidae SAH

Plecotus austriacus Murciélago orejudo meridional Vespertiniolidae IE

Hypsugo savii Murciélago montañero Vespertiniolidae IE

Pipistrellus kulhii Murciélago de borde claro Vespertiniolidae IE

Pipistrellus pipistrellus Murciélago común Vespertiniolidae IE

Eptesicus serotinus Murciélago hortelano Vespertiniolidae IE

Tadarida teniotis Murciélago rabudo Molosidae IE

REPTILES Y ANFIBIOS

El grupo de los anfibios presenta una diversidad de 12 especies (en la comunidad extremeña existe un total

de 15 especies de anfibios) asociadas a los arroyos y las charcas estacionales. Las figuras de protección que

encontraremos en este grupo son 2 especies consideradas vulnerables, 2 susceptibles de la alteración de su

hábitat y 8 especies catalogadas de interés especial.

El grupo de los reptiles también presenta una buena cantidad de representantes si lo comparamos con el

número total de especies que encontramos en la comunidad extremeña (18 de 22 según el libro rojo de los

anfibios y reptiles de Extremadura). Dentro de este grupo encontramos una especie catalogada como

Page 44: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

38

vulnerable, 1 susceptible de alteración de su hábitat y 16 de interés especial.

ESPECIE NOMBRE COMÚN FAMILIA PROTECCIÓN

Pleurodeles walt Gallipato Salamandridae IE

Salamandra salamandra Salamandra Común Salamandridae SAH

Triturus boscai Tritón Ibérico Salamandridae SAH

Triturus marmoratus Tritón Jaspeado Salamandridae IE

Alytes cisternasii Sapo Partero Ibérico Dsicoglosidae IE

Alytes obstetricans Sapo Partero Común Dsicoglosidae IE

Discoglossus galganoi Sapillo Pintojo Ibérico Discoglosidae VU

Pelobates cultripes Sapo de Espuelas Pelobatidae IE

Bufo bufo Sapo Común Bufonidae IE

Bufo calamita Sapo Corredor Bufonidae IE

Hyla arborea Ranita de San Antonio Hylidae VU

Hyla meridionalis Ranita meridional Hylidae IE

Rana perezi Rana Común Hylidae NA

Mauremys caspica Galapago Leproso Testudinidae IE

Emys orbicularis Galapago Europeo Testudinidae SAH

Tarentola mauritanica Salamanquesa Común Gekkonidae IE

Chalcides striatus Eslizón Tridáctilo Scincidae IE

Chalcides bedriagai Eslizón Ibérico Scincidae IE

Lacerta lepida Lagarto Ocelado Lacertidae IE

Lacerta Schreiberi Lagarto Verdinegro Lacertidae VU

Podarcis hispanica Lagartija Ibérica Lacertidae IE

Acanthodactylus erythrurus Lagartija Colirroja Lacertidae IE

Psammodromus hispanicus Lagartija Cenicienta Lacertidae IE

Blanus cinereus Culebrilla Ciega Amphisbaenidae IE

Coluber hippocrepis Culebra de Herradura Colubridae IE

Coronela girondica Culebra Lisa Meridional Colubridae IE

Elaphe scalaris Culebra de Escalera Colubridae IE

Page 45: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

39

Malpolon monspessulanus Culebra Bastarda Colubridae IE

Natrix maura Culebra Viperina Colubridae IE

Natrix natrix Culebra de Collar Colubridae IE

Vipera latasti Vibora Hocicuda Viperidae IE

ICTIOFAUNA

La ictiofauna citada por el citado Inventario de Biodiversidad para la cuadrícula 30STK42, sin haber llevado a

cabo campañas de muestreo piscícola, es la que se detalla a continuación:

ESPECIE NOMBRE COMÚN GÉNERO FAMILIA

FIGURAS DE PROTECCIÓN

Libro Rojo UICN

CNEA CGEA

Directiva Hábitats

92/43/CEE

Barbus bocagei Barbo común Barbus Cyprinidae LC

Barbus comizo Barbo comizo Barbus Cyprinidae VU A2ce

Chondrostoma lemmingii Pardilla Chondrostoma Cyprinidae VU A2ce

Chondrostoma polylepis Boga de río Chondrostoma Cyprinidae LC II

Cobitis paludica Colmilleja Cobitis Cobitidae VU A2ce + 3ce

Squalius pyrenaicus Cacho Squalius Cyprinidae

TABLA DE ICTIOFAUNA POTENCIAL

AVIFAUNA

Las aves nidificantes citadas por el Inventario de Biodiversidad para la cuadrícula de 10x10 km denominada

30STK42 son los especificados a continuación:

ESPECIE NOMBRE COMÚN GÉNERO FAMILIA

FIGURAS DE PROTECCIÓN

Libro Rojo UICN

CNEA CREA

Directiva Aves 2009/147/CE

79/409/CEE

Alectoris rufa Perdiz roja Alectoris Phasianidae LC II,III

Anas platyrhynchos Ánade azulón Anas Anatidae LC

II,III

Burhinus oedicnemus Alcaraván común Burhinus Burhinidae LC IE I

Buteo buteo Busardo ratonero Buteo Accipitridae LC IE IE Calandrella

brachydactyla Terrera común Calandrella Alaudidae LC IE IE I

Page 46: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

40

Carduelis cannabina Pardillo común Carduelis Fringillidae LC

Carduelis carduelis Jilguero Carduelis Fringillidae LC

Carduelis chloris Verderón común Carduelis Fringillidae LC

Cecropis daurica Golondrina dáurica Cecropis Hirundinidae Certhia

brachydactyla Agateador común Certhia Certhiidae LC IE IE I

Cettia cetti Ruiseñor bastardo Cettia Sylviidae LC IE IE

Ciconia ciconia Cigüeña blanca Ciconia Ciconiidae LC IE IE I

Ciconia nigra Cigüeña negra Ciconia Ciconiidae LC VU

I

Circaetus gallicus Culebrera europea Circaetus Accipitridae LC IE IE I

Cisticola juncidis Buitrón Cisticola Sylviidae LC IE Coccothraustes coccothraustes Picogordo Coccothraustes Fringillidae LC IE IE

Columba

livia/domestica Paloma

bravía/doméstica Columba Columbidae LC II

Columba palumbus Paloma torcaz Columba Columbidae LC

I, II, III

Corvus corax Cuervo Corvus Corvidae LC

Coturnix coturnix Codorniz común Coturnix Phasianidae LC II

Cuculus canorus Cuco común Cuculus Cuculidae LC IE IE

Cyanopica cyana Rabilargo Cyanopica Corvidae LC IE Dendrocopos

major Pico picapinos Dendrocopos Picidae LC IE IE I

Emberiza calandra Triguero Emberiza Emberizidae LC

Fringilla coelebs Pinzón vulgar Fringilla Fringillidae LC IE I

Galerida cristata Cogujada común Galerida Alaudidae LC IE IE

Galerida theklae Cogujada montesina Galerida Alaudidae LC IE IE I

Garrulus glandarius Arrendajo Garrulus Corvidae LC

IE II

Hieraaetus pennatus Aguililla calzada Hieraaetus Accipitridae LC IE I

Hippolais polyglotta Zarcero común Hippolais Sylviidae LC IE IE I

Hirundo rustica Golondrina común Hirundo Hirundinidae LC IE

Lanius excubitor Alcaudón real Lanius Laniidae LC

IE

Lanius senator Alcaudón común Lanius Laniidae NT IE IE

Lullula arborea Alondra totovía Lullula Alaudidae LC IE IE I

Luscinia megarhynchos Ruiseñor común Luscinia Turdidae LC IE IE

Merops apiaster Abejaruco europeo Merops Meropidae LC IE IE

Milvus migrans Milano negro Milvus Accipitridae NT IE IE I

Milvus milvus Milano real Milvus Accipitridae NT IE VU I

Page 47: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

41

Motacilla alba Lavandera blanca Motacilla Motacillidae LC IE IE

Motacilla cinerea Lavandera cascadeña Motacilla Motacillidae LC IE IE

Oriolus oriolus Oropéndola Oriolus Oriolidae LC IE IE

Otis tarda Avutarda común Otis Otididae VU A2cd IE SENSIBLE A LA

ALTERACIÓN DE SU HÁBITAT

I

Otus scops Autillo europeo Otus Strigidae LC IE IE

Parus caeruleus Herrerillo común Parus Paridae LC IE IE

Parus major Carbonero común Parus Paridae LC IE IE

Passer domesticus Gorrión común Passer Passeridae LC Passer

hispaniolensis Gorrión moruno Passer Passeridae LC II

Petronia petronia Gorrión chillón Petronia Passeridae LC IE IE I

Saxicola torquatus Tarabilla común Saxicola Turdidae LC

IE

Serinus serinus Verdecillo Serinus Fringillidae LC

Sitta europaea Trepador azul Sitta Sittidae LC IE IE

Streptopelia decaocto Tórtola turca Streptopelia Columbidae II

Sturnus unicolor Estornino negro Sturnus Sturnidae LC

Sylvia atricapilla Curruca capirotada Sylvia Sylviidae LC IE IE

Sylvia conspicillata Curruca tomillera Sylvia Sylviidae LC IE IE Sylvia

melanocephala Curruca

cabecinegra Sylvia Sylviidae LC IE IE

Tetrax tetrax Sisón común Tetrax Otididae NT VU SENSIBLE A LA

ALTERACIÓN DE SU HÁBITAT

I

Turdus merula Mirlo común Turdus Turdidae LC IE II

Turdus viscivorus Zorzal charlo Turdus Turdidae LC II

Tyto alba Lechuza común Tyto Tytonidae LC IE IE

Upupa epops Abubilla Upupa Upupidae LC IE IE

TABLA DE AVIFAUNAPOTENCIAL

Se recogen igualmente las especies recogidas en el catálogo de especies amenazadas (Real Decreto

139/2011) catalogadas como vulnerables y en peligro de extinción dentro del parque Nacional de Monfragüe:

AVES: Vulnerables

� Aegypius monachus

� Ardeola ralloides

� Cercotrichas galactotes

� Ciconia nigra

Page 48: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

42

� Circus pygargus

� Hieraaetus fasciatus

� Neophron percnopterus

� Pandion haliaetus

En Peligro de Extinción

� Aquila adalberL

� Milvus milvus

MAMÍFEROS: Vulnerables

� Miniopterus schreibersi

� MyoLs bechsteini

� MyoLs blythii

� MyoLs emarginatus

� MyoLs myoLs

� Rhinolophus euryale

� Rhinolophus ferrumequinum

� Rhinolophus mehelyi

En Peligro de Extinción

Lynx pardinus

5.7.- ESPACIOS NATURALES

La Red Natura 2000 es una red ecológica europea cuyo fin es asegurar el estado de conservación favorable de

diversos hábitats naturales y de especies animales o vegetales de interés y de sus hábitats de distribución

natural. Esta red se fundamenta en la aprobación de dos Directivas; la primera de ellas, del año 1979, se

refiere a la conservación de Aves Silvestres (Directiva 70/409/CEE), mientras que la segunda, del año 1992, se

refiere a la conservación de Hábitats (Directiva 92/43/CEE).

La Directiva sobre hábitats se refiere a aproximadamente 200 tipos de hábitats y 700 especies de fauna y

flora de importancia comunitaria. La Directiva sobre aves incluye una lista de especies vulnerables cuyos

hábitats deben ser protegidos en los espacios que los albergan. Reconoce, asimismo, que es preciso proteger

las zonas de importancia para especies de aves migratorias, en particular los hábitats de zonas húmedas.

Se compone de Zonas Especiales de Conservación (ZEC), declaradas por los Estados miembros con arreglo a la

Directiva sobre hábitats y, además, de Zonas Especiales de Protección para las Aves (ZEPA) que se designan

Page 49: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

43

de acuerdo con la Directiva sobre aves de 1979.

Las Zonas Especiales de Conservación (ZEC).

A partir de la aprobación por la Comisión Europea de las listas de Lugares de Importancia Comunitaria, los

Estados miembros de la Unión Europea tienen la obligación de designar los LIC como Zonas de Especial

Conservación, y de fijar medidas de conservación adecuadas que respondan a las exigencias ecológicas de los

hábitats y las especies que albergan.

En las ZEC, los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la conservación de los

hábitats naturales y las especies silvestres y evitar su deterioro o su desaparición.

Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

La Directiva Aves es la otra vía para que un espacio natural quede incluido en la red Natura 2000. La Directiva

Aves establece en su artículo 4 que las especies mencionadas en su anexo I serán objeto de medidas de

conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en

su área de distribución, para lo cual los Estados miembros de la UE deberán clasificar como zonas de

protección especial los territorios más adecuados.

A diferencia de lo que sucede con la Directiva Hábitat y las ZEC, la Directiva Aves no prevé un procedimiento

normalizado para la selección y designación de las ZEPA. En cualquier caso, la Comisión Europea y los Estados

miembros acordaron posteriormente unos criterios cuantitativos que un espacio debe cumplir para poder ser

declarado ZEPA.

Se reflejan en la siguiente figura los Espacios Naturales Protegidos localizados dentro del término municipal

de Malpartida de Plasencia.

Page 50: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

44

Detalle del mapa de Localización de los Espacios NAtirales Protegidos

PARQUE NACIONAL DE MONFRAGÜE

Monfragüe se encuentra aproximadamente en el centro de la provincia de Cáceres, en el triángulo que

formarían las conocidas ciudades de Plasencia, T rujillo y Cáceres. Su eje vertebrador lo constituye el río Tajo

a su paso por suaves montañas rodeadas de extensas dehesas.

Monfragüe, con 18.396 hectáreas, fue el primer espacio protegido de Extremadura. Se declaró Parque

Natural el 4 de abril de 1979, tras varios años de lucha para evitar que las plantaciones de eucaliptos

aterrazaran y eliminaran el matorral y bosque autóctono, hábitat de gran cantidad de fauna amenazada.

Desde su declaración como espacio protegido hasta hoy, Monfragüe se ha ido consolidando como un

verdadero santuario para observar aves. Todos los años, miles de turistas llegan a la zona para disfrutar del

vuelo de las cigüeñas negras, alimoches, buitres o la rarísima águila imperial. Desde su área de U so Público,

una zona privilegiada como pocas, puede disfrutarse no solo de fauna en peligro de extinción sino también de

paisajes y vegetación incomparables.

La posibilidad de declarar Monfragüe Parque Nacional se planteó desde principios de los años 90,

alcanzándose dicha categoría en Marzo de 2007 (Ley 1/2007 de 2 de marzo; BOE nO 54 de 3 de marzo) tras

un proceso claramente marcado por el consenso de las distintas partes implicadas.

La gestión ordinaria del Parque corresponde al Gobierno de Extremadura, que la organizará de forma que

resulte coherente con los objetivos de la Red de Parques Nacionales.

Además de la categoría de Parque Nacional, son varias las figuras de protección que coexisten sobre este

territorio. En 1991 fue declarado Zona de Especial Protección para las Aves, figura gue fue posteriormente

ampliada en mayo de 2004 hasta la actual ZEPA "Monfragüe y Dehesas del entomo" que abarca las 116.160

hectáreas coincidentes con la Zona Periférica de Protección del Parque Nacional.

Esta misma extensión goza desde julio de 2003 de la calificación como Reserva de la Biosfera, reconocimiento

específico de la buena relación que desde siglos existe en estas tierras entre el hombre y el medio.

Dicho espacio natural se localiza a una distancia aproximada de 2 km. de la finca objeto de estudio

LIC ES4320060 “Arroyos Barbaón y Calzones”

La zona LIC denominada Arroyos Barbaón y Calzones ocupa una superficie total de 1.797,40 ha.

Según la ficha facilitada por el Ministerio de Medio ambiente, el espacio engloba los Cursos fluviales

adyacentes al Parque Natural de Monfragüe, situándose al noroeste del mismo. Corresponden a los dos ríos

del mismo nombre que discurren desde el sur de las estribaciones de la sierra de Tormantos hasta el valle del

Tajo.

LIC ES4320031 "Río Tiétar"

La zona LIC denominada "Río Tiétar" ocupa una superficie total de 4.321,03 ha. se extiende por buena parte

de la red fluvial del río Tiétar en Extremadura, prolongándose a traves de 26 municipos hasta el Embalse de

Page 51: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

45

Torrejón-Tiétar en Monfragüe.

ZEPA 0000427 "Río y Pinares del Tiétar"

ZEPA situada en el noreste de la provincia de Cáceres, sobre las comarcas de Jaraiz de la Vera, Plasencia y

Navalmoral de la Mata, distribuido a lo largo de 26 municipios diferentes y con una superficie total de

8716,53 Ha.

Un total de 28 elementos referidos en la Directiva Hábitat se encuentran representados en dicho enclave. De

ellos 10 son hábitat y 18 se corresponden con taxones del Anexo II. En este enclave se encuentran también un

total de 7 taxones pertenecientes al anexo I de la Directiva Aves. El paisaje se encuentra representado por

robledales galaico portugueses de Quercus robur y Quercus pyrenaica, con manchas de dehesa de varias

Quercus y algunas etapas seriales como retamales y brezales, con representación de vegetación ripícola en

cursos de agua

5.8.- PATRIMONIO CULTURAL

5.8.1.- Vías Pecuarias

A lo largo de la historia, las vías pecuarias han desempeñado un papel importante en la evolución de las

relaciones sociales y económicas en el medio rural, y especialmente, en todo lo que se refiere al manejo de la

cabaña ganadera y a la industria derivada de la misma.

La denominación de vías pecuarias proviene de la definición de antiguas rutas que cruzan la Meseta

castellana y que permiten el paso de los ganados trashumantes. En su conjunto forman un sistema de

caminos de distinta anchura, hasta un máximo de 70-100 metros en las cañadas reales, siendo bienes de

dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e

inembargables, según el artículo 2 de la ley de vías pecuarias 3/1995, de 23 de marzo. Según el artículo 4 de

dicha ley, las diferentes vías pecuarias se clasifican según su anchura, estableciéndose de esta manera los

siguientes tipos:

“1. Las vías pecuarias se denominan, con carácter general: cañadas, cordeles y veredas.

a. Las cañadas son aquellas vías cuya anchura no exceda de los 75 metros.

b. Son cordeles, cuando su anchura no sobrepase los 37,5 metros.

c. Veredas son las vías que tienen una anchura no superior a los 20 metros.

2. Dichas denominaciones son compatibles con otras de índole consuetudinaria, tales como azagadores,

cabañeras, caminos ganaderos, carreradas, galianas, ramales, traviesas y otras que reciban en las demás

lenguas españolas oficiales.

3. Los abrevaderos, descansaderos, majadas y demás lugares asociados al tránsito ganadero tendrán la

Page 52: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

46

superficie que determine el acto administrativo de clasificación de vías pecuarias. Asimismo, la anchura de las

coladas será determinada por dicho acto de clasificación.”

De esta manera, las rutas más estrechas y de menor rango se llaman cordeles, cuerdas y veredas, debiéndose

citar los abrevaderos (pilones, arroyos o remansos de ríos donde el ganado bebía), descansaderos (lugares

destinados al descanso de animales y pastores) y majadas (lugares donde se pasaba la noche, se recogía el

ganado y servía de cobijo a los pastores).

En Extremadura, las Vías Pecuarias alcanzan una longitud de 7.200 kilómetros y ocupan una superficie

aproximada de 30.000 hectáreas. Además, seis de las grandes cañadas de la red nacional atraviesan nuestra

región.

El uso ganadero de estas vías ha decaído en la actualidad y hay factores como la circulación de vehículos o la

urbanización, que pueden deteriorarlas e invadirlas. En este sentido, hay que trabajar para frenar este

proceso, pero, sobre todo, porque estas vías tienen muchas posibilidades desde el punto de vista turístico y

recreativo, esto es, son un recurso endógeno más de gran valor ambiental y cultural que es necesario

rentabilizar para el Desarrollo Rural. El objetivo es reconvertir su uso específicamente ganadero en espacios

de ocio en el medio rural recuperando con ello toda una cultura popular y profesional basada en la

trashumancia.

Por todo ello, estas vías son un importante elemento para el Desarrollo Rural porque favorecen la fijación de

la población en las zonas rurales, debido a su alto potencial en el desarrollo de actividades socioeconómicas

como el turismo de naturaleza, la puesta en valor del patrimonio natural y cultural o la promoción de

actividades artesanales

La regulación de las vías pecuarias existentes en la Comunidad de Extremadura es objeto del DECRETO

49/2000, de 8 de marzo, por el que se establece el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma

de Extremadura.

Dentro del término municipal de Malpartida de Plasencia, se pueden encontrar las siguientes vías pecuarias:

NOMBRE LONG (M) ANCHURA (M) CLASIFICACION

DESLINDE Norma Aprobación Publicación

Cañada Real de San Polo 5.300 75,22 O. M. 24/05/1960 B.O.E. 09-06-1960 Sí

Cañada Real de Trujillana 6.000 75,22 O. M. 24/05/1960 B.O.E. 09-06-1960 Sí

Colada de Galisteo 9.500 33,4 O. M. 24/05/1960 B.O.E. 09-06-1960 Sí

Colada de Mirabel 13.500 20 O. M. 24/05/1960 B.O.E. 09-06-1960 No

Cordel del Valle 13.000 37,61 O. M. 24/05/1960 B.O.E. 09-06-1960 Sí

Cordel de Navalmoral 16.000 37,61 O.M. 24/05/1960 BOE 09/06/1960 Sí

Page 53: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

47

5.8.2.- Bienes de Interés Cultural

La Comunidad Autónoma de Extremadura atesora un notable patrimonio histórico que, en sus diversas

categorías, constituye uno de los más importantes testimonios de su historia. Dicho patrimonio se refleja, se

clasifica y se regulan sus medidas de protección según lo recogido en la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y

Cultural de Extremadura.

Extremadura cuenta ya con 169 Bienes de Interés Cultural (BIC): de ellos, 90 se encuentran en la provincia de

Cáceres y 79 en la de Badajoz

No obstante, los bienes protegidos con esta categoría en Extremadura suman un total de 254, ya que existen

otros 85 sobre los que se han incoado los oportunos expedientes de declaración como BIC, por lo que recae

sobre ellos el mismo nivel de protección, según indica la citada Ley 2/1999.

Dentro del T.M. de Malpartida de Plasencia se localiza la Iglesia Parroquial de San Juan Bautista, catalogado

como monumento y el Poblado ferroviario de Monfragüe, conjunto histórico incoado en 2004.

6. EFECTOS PREVISIBLES SOBRE PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CONCURRENTES

A continuación se ofrece una relación de los principales Planes y Programas que pueden tener conexión con

la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de planeamiento para regular el uso del suelo no

urbanizable dehesa arbolada, parque natural y de especial protección agrícola de Malpartida de PLasencia.

PLANES DESCRIPCIÓN

Plan Nacional de Adaptación al Cambio

Climático

El Plan, elaborado por la Oficina Española de Cambio Climático (OECC), fue adoptado por el Consejo de Ministros en el año 2006 después de un amplio proceso de consulta pública y participación con los principales órganos de coordinación a nivel nacional: la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático, al Consejo Nacional del Clima, el Grupo Interministerial de Cambio Climático y la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente. El objetivo último del PNACC es lograr la integración de medidas de adaptación al cambio climático basadas en el mejor conocimiento disponible en todas las políticas sectoriales y de gestión de los recursos naturales que sean vulnerables al cambio climático, para contribuir al desarrollo sostenible a lo largo del siglo XXI.

Plan Hidrológico Nacional

Fue aprobado en 2001 y modificado en 2005. Instrumento de ordenación y reequilibrio hídrico orientada al uso sostenible del agua y la recuperación ambiental del entorno y dominio público aceptado. Se orienta a corregir los problemas de dotación de aguas existentes.

Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2013-2016

La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de 1 de junio de 2011 establece los planes de Investigación Científica y Técnica y de Innovación como esenciales para el desarrollo por la Administración General del Estado de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación. En el diseño y elaboración del han participado las distintas unidades de la Administración General del Estado, los agentes sociales, los centros públicos de investigación y las universidades, los centros tecnológicos y unidades de interfaz, las asociaciones empresariales, las plataformas tecnológicas existentes y expertos procedentes de la comunidad científica, técnica y empresarial, nacionales e internacionales, y ha contado además con la participación de las Comunidades Autónomas en la definición de los mecanismos de articulación y coordinación establecidos.

Page 54: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

48

Plan Forestal de Extremadura

Los objetivos del Plan Forestal de Extremadura en concordancia con las directrices básicas, marcan las líneas prioritarias de actuación que posibilitarán el desarrollo del sector en el horizonte temporal planteado. En este sentido, el Plan Forestal de Extremadura plantea la consecución de los siguientes objetivos: Asignación de la funcionalidad prioritaria a los terrenos forestales y, cuando sea necesario, restauración o adecuación de la cubierta a dicha funcionalidad. Optimización del uso de los recursos naturales renovables. Mejora de la gestión de los terrenos forestales a través de la adecuación de los medios y técnicas existentes a los nuevos planteamientos y de la integración a la gestión de una participación activa del entorno socioeconómico directamente relacionad. Consolidación de la red de áreas protegidas en Extremadura con la incorporación de los lugares de comunitario (LIC) y de aquellos otros espacios que se considere necesario en orden a garantir una buena representación de la totalidad de la diversidad biológica extremeña, tanto en lo referente a ecosistemas como a paisajes, hábitats y especies. Contribución a la mejora de la industrialización y comercialización de productos forestales. Mejora de la defensa del monte frente a los riesgos naturales y humanos. Consolidación del patrimonio forestal. Mantenimiento de la diversidad biológica. Integración de los beneficios generados en los montes públicos, siempre dentro de sus posibilidades, en las comunidades sociales de su entorno.

Plan de prevención de incendios forestales de

Extremadura

El Plan de Prevención de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 86/2006, de 2 de mayo (DOE nº 55 de 11 de mayo de 2006) establece las medidas generales para la prevención de los incendios forestales Se aplicará en todo el territorio de la Comunidad Autónoma. Las actuaciones de prevención se realizarán en montes públicos y privados en función de determinadas características, y en zonas de ocio, campings y campamentos, vertederos, explotaciones agrícolas y forestales, gasolineras, vías de comunicación, líneas eléctricas y edificaciones y urbanizaciones aisladas. El plan de prevención de incendios forestales es el documento que debe presentarse ante la Consejería de Desarrollo Rural y en el que se reflejan las medidas preventivas que se van a realizar en cada monte o actividad susceptible de originar incendios obligada a ello. Es obligación :

• En los Montes Públicos: Administraciones Públicas. • En los montes privados: Los titulares de derechos reales o personales de uso y disfrute. • Los titulares de zonas de ocio, campings y campamentos, vertederos, explotaciones

agrícolas y forestales, gasolineras, vías de comunicación, líneas eléctricas y edificaciones y urbanizaciones aisladas.

• En las áreas periurbanas: los ayuntamientos. Todos los términos municipales están encuadrados en alguno de los 4 niveles de riesgo de incendio que se han establecido, estos niveles van del 1 al 4 en orden creciente de peligrosidad y en función de ese nivel cada Plan de Prevención tiene unas exigencias distintas.

Plan de Infraestructuras Viarias de Extremadura

El Plan de Infraestructuras Viarias de Extremadura tiene como objetivo dar una visión estratégica para el futuro a medio y largo plazo de la estructura territorial y poblacional de Extremadura, atendiendo a las crecientes demandas de tráfico motivadas tanto por el mayor índice de bienestar como por el aumento de población, especialmente en las áreas metropolitanas. Así mismo, el Plan apuesta en primer lugar, por una importante red de Alta Capacidad, que vertebre el territorio y facilite la plena accesibilidad, y la seguridad y la comodidad en las comunicaciones, y en segundo lugar, por una equilibrada y homogénea red de carreteras en el conjunto de la geografía de Extremadura que garantice este servicio público a la población, a las empresas y agentes económicos y sociales, de forma que sea un factor decisivo para el desarrollo y progreso de la Región.

Plan Integral de Residuos de Extremadura (2016-2022)

Las sucesivas directivas europeas sobre residuos han obligado a los estados miembros a dotarse de instrumentos jurídicos y de planificación. La Ley 10/1998, de 21 de abril, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la actual política de residuos de la Unión Europea, donde en el artículo 4 establece que corresponde a las Comunidades Autónomas la elaboración de los planes autonómicos de residuos. Actualmente se encuentra en vigor el Plan Integral de Residuos de Extremadura (2016-2022). Los objetivos estratégicos propuestos para el Plan Integral de Residuos de Extremadura 2016-2022 son los siguientes: •

• Proteger la salud humana y del medio ambiente mediante una gestión eficiente de los residuos.

• Contribuir a la lucha contra el cambio climático y otros impactos negativos asociados a la gestión de residuos.

• Reducir la generación de residuos. • Incrementar la valorización de los residuos. • Suprimir progresivamente la eliminación de residuos valorizables. • Disponer de una red de instalaciones de tratamiento de residuos adaptada a las necesidades

de Extremadura. • Mejorar la información, transparencia y participación en materia de residuos • Impulsar el cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de residuos, para

facilitar el acceso a la financiación europea.

Page 55: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

49

7. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA

La motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, a la

presente modificación de las Normas Subsidiarias, se basa específicamente en que está englobado dentro del

ámbito de aplicación definido en la Subsección 2ª (Procedimiento de evaluación ambiental estratégica

simplificada para la emisión del informe ambiental estratégico), de la Sección 1ª (Evaluación ambiental

estratégica), del Capítulo VII (Evaluación Ambiental), del Título I (Prevención ambiental) de la “Ley 16/2015,

de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura” (DOE - 81/2015, de 29

de abril)

Concretamente en su apartado f) 2ª, del Artículo 49. “Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental

estratégica simplificada”.

Artículo 49 Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica simplificada

Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada:

a) Las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 38.

b) Los planes y programas mencionados en el artículo 38 que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de

reducida extensión.

c) Los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en el futuro de proyectos, no cumplan

los demás requisitos establecidos en el artículo 38.

d) Las modificaciones de planes y programas, inicialmente no sometidos a evaluación ambiental estratégica, que

establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto

ambiental en las materias que se recogen en el artículo 38, letras a) y b).

e) Las modificaciones menores de las Directrices de Ordenación Territorial y de los Planes Territoriales.

f) Las modificaciones menores y revisiones de los siguientes instrumentos de ordenación urbanística:

1.º Planes Generales Municipales y Normas Subsidiarias de Planeamiento que alteren la clasificación de

suelo rústico.

Cuando se prevea que una modificación incluida en este apartado no vaya a suponer alteración alguna de

los valores ambientales ni riesgos para la salud pública y los bienes materiales, el órgano ambiental podrá

pronunciarse expresamente sobre la no necesidad de sometimiento de la misma a evaluación ambiental

estratégica simplificada.

2.º Planes Generales Municipales y Normas Subsidiarias de Planeamiento que alteren las condiciones de

calificación del suelo no urbanizable, cuando afecten a las condiciones para ubicar o desarrollar

actuaciones sometidas a evaluación de impacto ambiental ordinaria de proyectos, o supongan la

admisión de nuevos usos o de más intensidades de usos, en suelo rústico de protección ambiental,

natural, paisajística, cultural y arqueológica.

Page 56: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

50

3.º Planes Generales Municipales o Planes Parciales que afecten a suelo urbano, cuando supongan la

ampliación o modificación de las condiciones para el establecimiento de proyectos y actividades sometidos

a evaluación de impacto ambiental ordinaria.

4.º Planes Especiales de Ordenación que modifiquen las determinaciones del planeamiento general y

tengan por objeto la definición o la protección del paisaje o el medio natural.

g) Planes Parciales y Planes Especiales que desarrollen o mejoren el planeamiento urbanístico general que no

hubiera sido sometido a evaluación ambiental estratégica.

h) Los instrumentos de planeamiento territorial o urbanístico que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas

de reducida extensión

Todo ello, sin perjuicio del resultado a que dé lugar el presente expediente durante su proceso de evaluación

ambiental, en su plazo de exposición pública y consulta a las administraciones públicas afectadas y personas

interesadas.

8. RESUMEN DE LOS MOTIVOS DE LA SELECCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS CONTEMPLADAS

Los motivos para seleccionar las dos alternativas contempladas se centran en los siguientes fundamentos:

En cuanto a la alternativa 0

Se corresponde con la situación actual que describe, propone y estructura las Normas Subsidiarias

Municipales de Malpartida de Plasencia.

Limita de forma drástica el uso sobre terrenos catalogados como Suelo No Urbanizable Dehesa Arbolada, el

cual supone más del 70% de la superficie del término, al no permitir la construcción de industrias de primera

transformación de productos agrícolas.

Igualmente, las Normas Subsidiarias se limitan a instalaciones de primera transformación de productos

agrícolas ignorando otros sectores tales como el ganadero, forestal o cinegético.

En cuanto a la alternativa 1

Se considera como la opción óptima para dar salida a las necesidades y circunstancias actuales de los

territorios incluidos en las diferentes catalogaciones propuestas (SNU-DA, SNU-PN y SNU-AP) conjugando la

necesidad de una realidad ineludible en relación a un desarrollo económico con la preservación del medio

natural de las zonas en cuestión. Ya que se le podrá

En cuanto al desarrollo económico de la localidad:

Dicha modificación permitiría una reestructuración productiva, mediante la diversificación de actividades que

permitiera en el futuro la obtención de rentas procedentes de los nuevos sectores en auge permitiendo

pequeñas transformaciones de productos producidos en la propia dehesa, adecuándose de esta forma a la

realidad económica actual de la localidad, favoreciendo la creación de futuros puestos de trabajo.

En cuanto a la preservación del medio natural del municipio.

Page 57: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

51

Se limitan las modificaciones a la definición de las instalaciones de primera transformación de productos de la

dehesa, ampliándose a ganaderos, forestales o cinegéticos, productos éstos de presencia habitual en los

terrenos considerados.

Por otro lado, la modificación referente al permiso de construcción de instalaciones para la primera

transformación, se limita exclusivamente al SNU-DA, excluyendo los otros suelos considerados.

De esta manera, la superficie afectada por dicha modificación no afectaría ni a los terrenos ocupados por

Parque Nacional de Monfragüe, que se regirá según lo reflejado en su Instrumento de Gestión, el Plan de

Ordenación de los Recursos Naturales del Área de Monfragüe ni a superficies ocupadas por otros espacios

naturales.

Así, la superficie sobre la que habría de aplicarse la modificación del Art. 11.2.4.2, ascendería a 15.822,46 Ha.,

lo que supone un 42% de la superficie total del municipio.

Mapa de Calificación del Suelo No Urbanizable Dehesa Arbolada excluidas las superficies ocupadas por Espacios Naturales

Protegidos

En cuanto a la alternativa 2

Supondría una mayor afección a los elementos del medio derivados de que cualquiera de las acciones

asociadas a las modificaciones propuestas se producirían sobre una mayor superficie (en torno a 26.000 Ha.)

incluyendo espacios naturales protegidos y cuya catalogación cabe dentro de Suelo no Urbanizable.

Page 58: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

52

9. MEDIDAS PREVISTAS PARA PREVENIR, REDUCIR Y, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, CORREGIR

CUALQUIER EFECTO NEGATIVO RELEVANTE EN EL MEDIO AMBIENTE DE LA APLICACIÓN DEL

PLAN O PROGRAMA, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN EL CAMBIO CLIMÁTICO

Con carácter general, conforme al libro Estrategia para el cambio climático para Extremadura 2009-2012

consultado, la acción contra el cambio climático no debe estar enfrentada con el desarrollo industrial y

socioeconómico de la región.

El Gobierno de Extremadura ha decidido tomar un posicionamiento activo frente a las variaciones climáticas

previstas, y para ello, ha aprobado la Estrategia de Cambio Climático para Extremadura (2009-2012), que

marca las directrices a seguir en materia de mitigación y adaptación al cambio climático durante los próximos

años en la Comunidad.

Esta Estrategia aborda seis áreas de actuación distintas, donde se recogen 25 medidas concretas a

desarrollar:

Mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero

Integración del Cambio Climático en la evaluación de Planes y Programas

Desarrollo de instrumentos

Preparación y adaptación

Formación y conocimiento

Política ambiental

Sensibilización

Por otro lado, las NN.SS. para el planeamiento urbanístico constituyen el instrumento local para la ordenación

del territorio, lo cual implica incluir la conservación y/o la promoción de la calidad ambiental del término

municipal entre sus finalidades generales. Así, en su articulado, el 10.4 recoge lo referido a Estudios de

Impacto Ambiental, definiendo los fines de los mismos:

10.4.2. Fines

Los contenidos de los estudios de Impacto Ambiental podrán verse por las alteraciones en el medio natural causados por

una o varias de las siguientes cuestiones:

• La situación de la instalación en el medio.

• El volumen edificado, dimensiones, materiales empleados, colores y texturas de los acabados, etc.

• El tránsito de vehículos.

• La emisión al medio ambiente de cualquier tipo de residuos.

• El uso impropio del medio natural.

Cualquier otro fin específico podrá ser considerado por la Administración actuando con objeto de lograr el tratamiento

Page 59: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

53

más adecuado.

Y, en su artículo 10.4.4 se desarrolla el contenido de los diferemntes estudios de impacto:

10.4.4. Método

El método a emplear para la realización de los Estudios de Impacto Ambiental deberá ajustarse al siguiente esquema

básico:

1.- IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO SUSCEPTIBLES DE RECIBIR IMPACTO. En donde se definirá el

estado previo a la operación, en aquellos aspectos básicos que puedan afectar la instalación en cuestión tanto de

tipo ambiental, como de tipo social, urbano, económico, etc.

2.- IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL PROYECTO. Donde se efectúa un análisis del proyecto, especificando

los elementos del mismo susceptibles de producir impacto en el medio.

3.- ENFRENTAMIENTO DE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO Y DEL PROYECTO. Fase en la que se pondrán de manifiesto

los impactos no deseados en el medio producidos por el proyecto.

4.- VALORACIÓN DE LAS ALTERACIONES. Donde se valorarán todas las implicaciones parciales sobre el medio que,

tanto en fase de proyecto, construcción o funcionamiento se detecten.

5.- MEDIDAS CORRECTORAS. Se especificarán las medidas de todo orden encaminadas a paliar el impacto

detectado, y la relación de las alteraciones inducidas generadas por las medidas correctoras.

Este método podrá dar lugar a modificaciones del proyecto original en el sentido de aplicarle las Medidas Correctoras,

quedando el citado proyecto modificado a la consideración de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente o a la de

Vivienda, Urbanismo y Transportes

Los objetivos y las determinaciones de las NN.SS. llevan así a establecer determinadas medidas de control

ambiental.

MEDIDAS PREVENTIVAS Y MEDIDAS CORRECTORAS

Las medidas preventivas reducen la agresividad de la acción, actuando fundamentalmente sobre la

localización de la obra u acción, y sobre la elección de la tecnología más adecuada para la protección del

medio ambiente. Estas medidas actúan directamente sobre el origen de los impactos medioambientales para

tratar de mitigar o eliminar su efecto.

Las medidas correctoras minimizan el impacto cuando es inevitable que se produzca éste, principalmente

mediante acciones de restauración, intentando reducir o eliminar las afecciones que ya se han producido

Se expone a continuación una aproximación a las medidas preventivas y correctoras derivadas de la

modificación de las Normas Subsidiarias en lo referente al artículo Art. 11.2.4.2 y en especial, a la solicitud de

permiso de construcción de instalaciones de primera transformación de productos agrícolas, ganaderos,

forestales o cinegéticos en SNU-DA, lo que puede suponer acciones impactantes sobre el medio.

El cambio de expresión de Instalaciones de primera transformación de productos agrícolas a Instalaciones de

primera transformación de productos agrícolas, ganaderos, forestales o cinegéticos no habrá de significar

acciones impactantes.

Page 60: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

54

Así, se especifica una serie de medidas a con el objetivo de corregir efectos negativos en el Medio Ambiente

1.- Para contribuir a la conservación de la calidad atmosférica

• Exigir cumplimiento de la legislación sobre emisiones atmosféricas en todas la actividades y

proyectos

• Las partículas en estado sólido, más comúnmente denominadas "polvo", constituyen el principal

agente modificador de la calidad del aire. Los efectos de estas partículas se centran principalmente

en las molestias que originan en la población de núcleos urbanos cercanos al producirse un

ensuciamiento del entorno habitado y una disminución de la calidad del aire respirable que puede

llegar a ser causa de enfermedades. Por otro lado, estas partículas se depositan sobre la vegetación

de la zona originando la oclusión de los estomas, y disminuyendo la capacidad fotosintética de las

plantas, reduciendo notablemente el crecimiento de las mismas.

• Para el caso de las partículas gaseosas, que serán las emitidas por los diferentes motores de

combustión de la maquinaria se deberá verificar periódicamente el mantenimiento de la misma.

Todo esto habrá de recogerse en unas fichas de mantenimiento que llevará cada máquina. En ellas

figurarán las revisiones y las fechas en que éstas se han llevado a cabo en el taller.

• Los motores de combustión interna se revisarán de manera que cumplan los límites de emisión de

contaminantes previstos en la legislación vigente.

• Igualmente, en relación a la contaminación acústica, eberán adoptarse una serie de medidas que

podrán reducir a los niveles de contaminación acústica esperada durante la fase de ejecución tales

como adopción de maquinaria con especificaciones de bajos niveles de ruido en funcionamiento en

los regímenes normales de obra, o el control de los reglajes y funcionamiento de los motores de la

maquinaria, así como los elementos de aislamiento acústico, obligando a la reposición de los

elementos defectuosos o deteriorados y al correcto reglaje de la maquinaria

2.- Para contribuir a la protección y conservación del suelo

• Aprovechamiento de los viales existentes evitándose,, dentro de lo posible, la creación de nuevos

viales de acceso

• Inspección y mantenimiento de maquinaria garantizándose el correcto estado y funcionamiento de

los vehículos y maquinaria de obra con los correspondientes certificados de revisión y realizando el

mantenimiento de cambio de filtros y de aceites y/o demás operaciones en una zona que disponga

de las convenientes condiciones de prevención de una posible contaminación por vertidos

accidentales o derrames.

• Planificar los depósitos o acumulaciones de escombros, tierras o materiales rocosos, tanto en lo que

se refiere a sus localizaciones, como en cuanto a su disposición en función del drenaje de aguas.

• Establecer planes para el control y la reducción del depósito de estos materiales residuales

adoptando progresivamente las determinaciones al respecto del Plan Director de Gestión Integrada

Page 61: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

55

de Residuos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

• Limitar la extracción y los movimientos de tierras, reduciéndolos a lo imprescindible.

• Para contribuir a la conservación del paisaje tradicional, evitando las transformaciones discordantes,

fundamentalmente por construcción descontrolada.

• Limitar la edificación dispersa hasta los mínimos exigibles por la legislación vigente de suelo, de

ordenación del territorio, de aguas y de vías de comunicación. Ordenar y regularizar esta actividad.

3.- Para contribuir a la protección y conservación de la hidrología

• Mantener la capacidad de drenaje de los arroyos realizando las necesarias labores de limpieza y/o

corrección de los cauces, incluyendo los arroyos menores en las labores de mantenimiento.

• Contribuir a la estabilización de los cauces con plantación y/o cuidado de la vegetación existente en

las márgenes.

• Asegurar el cumplimiento de la legislación para todos los vertidos de aguas residuales, tanto los que

se realizan hacia el sistema de colectores y de depuración municipal como los que se realizan en

forma dispersa. Estas últimos deben garantizar, por sus propios medios, el cumplimiento de las

exigencias legales para dichos vertidos

• Excluir del término todo vertedero de residuos susceptible de producir lixiviados (aguas

contaminadas), cumpliéndose lo especificado en el Plan Director de Gestión Integrada de Residuos

de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

• En ningún caso se autorizarán dentro del Dominio Público Hidráulico la construcción, montaje o

ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o

temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Dominio Público

Hidráulico.

• Toda actuación que se realice en la zona de policía de cualquier cauce público, definida por 100 m de

anchura medidos horizontalmente y a partir del cauce, deberá contar con la preceptiva autorizaron

de la Confederación Hidrográfica, según establece la vigente Legislación de Aguas, y en particular las

actividades mencionadas en el artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

• No se procederá a la instalación de acopio de materiales, vertederos y préstamos en las

proximidades de ecosistemas de las riberas de los ríos

• Se tendrá especial cuidado con los vertidos procedentes del mantenimiento de la maquinaria, ya que

podrían ser lavados por el agua de lluvia y contaminar aguas superficiales próximas o acuíferos. Por

este motivo, las operaciones de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en taller y los

vertidos de aceites usados deberán ser recogidos en bidones para luego ser transportados por un

gestor autorizado.

• No se realizarán vertidos de materiales de obra, residuos sólidos urbanos, residuos no inertizados o

de dudosa caracterización o cualquier otro elemento que por erosión, escorrentía o lixiviación

puedan afectar a aguas superficiales y subterráneas.

• Se recomienda el uso del vapor para la limpieza y desinfección del local y de todos los utensilios

Page 62: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

56

empleados o, en su defecto, estudiar la posibilidad de reducir los volúmenes de agua utilizados para

la limpieza de equipos e instalaciones, (uso de grifos con temporizador, limitadores de presión, etc

• Utilizar productos de limpieza en cantidades mínimas recomendadas por el fabricante para evitar la

contaminación del agua

• Usar productos de limpieza biodegradables, libres de cloro y fosfatos

• Utilizar detergentes de “un solo pase”, que permiten obtener los mismos resultados en el lavado que

el doble tratamiento ácido-básico. Los formulados con agentes desinfectantes permiten incluso

eliminar la fase de desinfección

4.- Para contribuir a la protección y conservación de la vegetación

• Proteger los ecosistemas naturales, los hábitats y las especies amenazadas del término municipal.

• Facilitar la conservación y/o la explotación racional de los recursos naturales, renovables y no

renovables, del término municipal: suelos, aguas, paisajes, variedades agropecuarias, rocas,

patrimonio histórico, …

• Las posibles afecciones indirectas sobre la vegetación por deposición de polvo se limitarán mediante

el riego periódico de las pistas en los periodos secos y de calor con el fin de evitar la puesta en

suspensión de partículas por la rodadura de los vehículos.

• Aprovechamiento de la red de caminos existente.

• Minimización de las zonas de acopio de materiales.

5.- Para contribuir a la protección y conservación de la fauna

• Localizar los parques de maquinaria lejos de las áreas de nidificación preferente.

• Realizar un control de la iluminación, evitando en la medida de lo posible los trabajos nocturnos.

Para evitar los impactos ocasionados por la presencia probables nuevos tendidos eléctricos, se tendrán en

cuenta los siguientes condicionantes de diseño de la nueva red:

• Evitar el crecimiento desordenado de líneas eléctricas aéreas. Señalar corredores para las líneas de

alta y de baja tensión, preferentemente apoyándose en la vías de comunicación existentes

(ferrocarril, carreteras, caminos) .

• En lo posible, favorecer en todo lo posible que los nuevos proyectos opten por el tendido

subterráneo.

• Evitar la instalación de apoyos con fusibles, seccionadores o interruptores con aisladores rígidos en la

parte superior del apoyo

• Fijación de los conductores con una cadena de suspensión doble o con cadena sencilla de suspensión

reforzada

• Aislamiento de conductores en proximidad de aisladores rígidos con cable seco

• Aislamiento de la porción del conductor en arco que conecta los extremos de las cadenas

horizontales de amarre

• Construcción de líneas con aisladores de cadena o suspendidos y distancia mínima de 1,5 m entre

Page 63: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

57

fases y de 50cm entre fase y tierra

• Elevación del aislador rígido de la fase central con 70cm entre conductor y apoyo

• Reducir el riesgo de colisión con elementos de señalización de líneas aéreas: desviadores, posadores

elevados o bolas plateadas

• Colocación de nidales para aves insectívoras y rapaces

6.- Para contribuir a la protección de las zonas del término municipal que atesoran elementos del patrimonio

cultural, facilitando las condiciones necesarias para su preservación

• Divulgar el conocimiento y el valor cultural o científico de los elementos patrimoniales catalogados:

Yacimientos y enclaves arqueológicos, edificios, pozos,..

• Facilitar la investigación sobre dicho patrimonio.

• Hacer cumplir lo legislado en lo referente al patrimonio y lo especificado en las NN.SS. en lo referente

a edificios y elementos catalogados y al suelo de especial protección de interés cultural.

7.- Para contribuir a una óptima gestión de residuos.

• Exigir cumplimiento de la legislación sobre gestión de residuos, en especial lo recogido dentro del

Plan Integral de Residuos de Extremadura (PIREX) y de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y

suelos contaminados.

10. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL DEL PLAN

Según lo dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de

Extremadura que establece en el artículo 65 el contenido mínimo del estudio de Impacto Ambiental,

incluyendo en su epígrafe e) la necesidad de un Plan de Vigilancia ambiental.

En el programa se detalla el modo de seguimiento de las actuaciones y se describe el tipo de informes y la

frecuencia y período de su emisión.

El Programa de Vigilancia Ambiental va dirigido tanto al Contratista, como al Director facultativo de las Obras

y a otros organismos encargados de la gestión ambiental del territorio, facilitando la labor de seguimiento y

constatación de los siguientes puntos:

• Controlar la correcta ejecución de las medidas preventivas y correctoras de impacto ambiental

previstas y su adecuación a los objetivos de calidad establecidos para cada factor ambiental.

• Verificar los estándares de calidad de los materiales (tierra, plantas, agua, etc.) y los medios

empleados en las actuaciones proyectadas de índole ambiental.

• Comprobar la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas y ejecutadas. Cuando tal

eficacia se considere insatisfactoria, determinar las causas y establecer los remedios adecuados

• Seguir la evolución de las superficies restauradas, comprobar la calidad y oportunidad de las medidas

adoptadas y, determinar, en caso negativo, las causas que han provocado su fracaso y las medidas a

adoptar.

Page 64: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

58

• Detectar impactos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental y proponer las medidas

adecuadas para reducirlos, eliminarlos o compensarlos.

• Describir el tipo de informes y la frecuencia y periodo de su emisión, que deben remitirse a la

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

El Programa de Vigilancia deberá llevarse a cabo desde el inicio de la actividad.

El promotor comunicará la fecha de inicio de los trabajos a la Consejería, remitiendo asimismo informes

periódicos durante la fase de obra, en los que se detallen los diferentes controles realizados, referidos al

seguimiento de las medidas de protección ambiental instrumentadas. Es particularmente importante

garantizar el cumplimiento de las medidas protectoras establecidas en el estudio y de las inherentes al

proyecto de explotación, para que los impactos no lleguen a tener lugar.

El seguimiento de los impactos ambientales se realizará sobre aquellos elementos y características del medio

para los que se han detectado impactos significativos. El control se establecerá a través de aquellos

parámetros que actúen como indicadores de los niveles de impacto alcanzado.

Se registrarán asimismo los factores ambientales que pudieran incidir en el desarrollo de las medidas

correctoras en la evolución de los impactos, a fin de establecer un marco de referencia adecuado para la

evaluación posterior de resultados.

Además de los trabajos de vigilancia señalados, se realizarán otros particularizados cuando se presenten

circunstancias o sucesos excepcionales que impliquen deterioro ambiental o situaciones de riesgo.

El programa de vigilancia ha de constituir un sistema abierto al ajuste y adecuación en respuesta ante las

variaciones que pudieran plantearse con respecto a la situación prevista.

Durante el plazo de garantía de la obra, hasta su recepción definitiva, la redacción de todos los Estudios

siguientes y el control de la calidad ambiental correrán por cuenta del Contratista.

11. CONCLUSIONES

Teniendo en cuenta todo lo anteriormente expuesto, del presente documento de Evaluación

Ambiental Estratégica se concluye que la citada Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del

Término Municipal de Malpartida de Plasencia en relación a sus artículos 10.8.2.b.2, 11.2.4.2, 11.1.4.2

y el 11.3.4.2 para regular el uso en el suelo no urbanizable no afectará a los valores ambientales de la

zona objeto de actuación, valorándose el impacto global como compatible siempre que se adopten las

medidas correctoras previstas, no produciendo en ninguno de los casos un impacto calificable de

Severo o Crítico sobre los distintos factores ambientales valorados.

Las áreas más frágiles ambientalmente del territorio, aquéllas incluidas en Espacios Naturales

catalogados dentro de cualquier figura de protección ambiental, no sufrirán ninguna transformación

negativa significativa como consecuencia de la modificación.

Por tanto es totalmente factible, al menos, desde el punto de vista medioambiental, debiéndose

Page 65: ATEFOR, S.L. - Consejería de Medio Ambiente y Rural

Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada para la Tramitación de la Modificación de las NN.SS.

del T.M. de Malpartida de Plasencia (Cáceres)

59

estudiar pormenorizadamente con posterioridad cada uno de los proyectos derivados de la

modificación de las NN.SS.

En Soto de Viñuelas para Mérida a 2 de junio de 2017

El Ingeniero de Montes

Juan Ignacio Sáez de Retana Lladó

Col.: 1882