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AUDITORÍA INTERNA
INFORME AOP-07-2015
ESTUDIO SOBRE EL SEGUIMIENTO DEL CONTROL
INTERNO EN EL REGISTRO NACIONAL
Enero 2016
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
1
ÍNDICE
Pág.
A. Introducción…………………………………………………………………........ 2
1. Origen del Estudio…………………………………………………………….. 2
2. Objetivo del Estudio…………………………………………………………... 3
3. Objetivos Específicos…………………………………………………………. 3
4. Alcance………………………………………………………………………... 3
5. Marco Legal y Normativo…………………………………………………….. 4
B. Resultados………………………………………………………………………… 4
1. Verificación del Cumplimiento de la Ley General de Control Interno,
Directrices establecidas por la CGR y demás normas…………………………… 5
2. Verificar la aplicación de la Metodología
y la Guía de Usuario del Sistema Específico de Valoración del Riesgo
Institucional (SEVRI)………….………………………………………………….
6
3. Seguimiento de Recomendaciones……………………………………………. 10
C. Conclusiones……………………………………………………………………… 11
D. Recomendaciones………………………………………………………………… 11
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
2
INFORME DE AUDITORÍA N° AOP–07-2015
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo
Institucional SEVRI, del Registro Nacional
A. INTRODUCCIÓN
1. Origen del Estudio
Este estudio se origina para dar cumplimiento al Plan Anual de Trabajo de la Auditoria
Interna, correspondiente al periodo 2015, con el propósito de evaluar la aplicación del
Sistema Específico de Valoración del Riesgo (SEVRI) en la Institución.
Ley General de Control Interno No. 8292
“[…]
SECCIÓN IV
Informes de auditoría interna
Artículo 35. —Materias sujetas a informes de auditoría interna Los informes de auditoría interna versarán sobre diversos asuntos de su
competencia, así como sobre asuntos de los que pueden derivarse posibles
responsabilidades para funcionarios, ex funcionarios de la institución y
terceros. Cuando de un estudio se deriven recomendaciones sobre asuntos de
responsabilidad y otras materias, la auditoría interna deberá comunicarlas en
informes independientes para cada materia.
Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados
por la auditoría interna, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes
al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con
competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas
recomendaciones.
La comunicación oficial de resultados de un informe de auditoría se regirá por
las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.
Artículo 37. —Informes dirigidos al jerarca
Cuando el informe de auditoría esté dirigido al jerarca, este deberá ordenar al
titular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta
días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, la
implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones,
dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas que
motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la
auditoría interna y al titular subordinado correspondiente.
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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Artículo 38. — Planteamiento de conflictos ante la Contraloría General de la
República
Firme la resolución del jerarca que ordene soluciones distintas de las
recomendadas por la auditoría interna, esta tendrá un plazo de quince días
hábiles, contados a partir de su comunicación, para exponerle por escrito los
motivos de su inconformidad con lo resuelto y para indicarle que el asunto en
conflicto debe remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de
los ocho días hábiles siguientes, salvo que el jerarca se allane a las razones de
inconformidad indicadas.
La Contraloría General de la República dirimirá el conflicto en última
instancia, a solicitud del jerarca, de la auditoría interna o de ambos, en un
plazo de treinta días hábiles, una vez completado el expediente que se formará
al efecto. El hecho de no ejecutar injustificadamente lo resuelto en firme por el
órgano contralor, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el
capítulo V de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N°
7428, de 7 de setiembre de 1994. […]”.
2. Objetivo General
Evaluar el cumplimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional
SEVRI, establecido en la Ley General de Control Interno, Ley No. 8292, publicada en La
Gaceta No. 169 del 04/09/2002 y las Directrices Generales para el Establecimiento y
Funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI),
D-3-2005-CO-DFOE, publicado en la Gaceta N° 134 del 12 de julio del 2005.
3. Objetivos Específicos
I. Verificar el cumplimiento de la Ley General de Control Interno, y las directrices
establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas aplicables
sobre el Sistema de Valoración de Riesgos (SEVRI).
II. Verificar la aplicación de la Metodología y la Guía de Usuario del Sistema Específico
de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI).
III. Preparar y documentar toda la información recopilada, y las pruebas realizadas,
mediante cédulas e informes definidos para tal fin.
4. Alcance del Estudio
El estudio abarca lo realizado por la administración activa en el año 2014, para dar
cumplimiento a la Ley General de Control Interno y a las Directrices Generales del SEVRI,
emitidas por la Contraloría General de la República. Además, el estudio será realizado de
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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acuerdo con lo estipulado en la Ley General de Control Interno, (Ley Nº 8292), y las
Directrices Generales para el Sistema de Valoración del Riesgo (SEVRI), emitidas por la
Contraloría General de la República, así como las Normas para el ejercicio de la Auditoría
Interna del Sector Público y cualquier otra normativa atinente a este estudio.
5. Marco Legal y Normativo
Ley General de Control Interno No. 8292, publicada el 27 de agosto del 2002:
Artículo 14. – Valoración del Riesgo.
Artículo 18. – Sistema específico de valoración del riesgo institucional.
Artículo 19. – Responsabilidad por el funcionamiento del sistema.
Normas de control interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE),
publicadas el 06 de febrero del 2009:
3.2 Sistema específico de valoración del riesgo institucional (SEVRI).
Directrices Generales para el Establecimiento y Funcionamiento del Sistema
Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI) D-3-2005-CO-
DFOE, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de julio del 2005.
Normativa Interna del Registro Nacional:
Metodología del Sistema Específico de Valoración de Riesgos Institucional,
3ra edición, 2010.
Guía de usuario Sistema Específico de Valoración de Riesgos Institucional.
B. RESULTADOS
La valoración de los riesgos institucionales es fundamental para un buen desarrollo y
desempeño de los procesos, facilita la planificación estratégica, evidentemente es una
valiosa herramienta orientada a ubicar a la institución en un nivel de riesgos aceptable.
Debe estar presente en toda organización y requiere la participación activa de los niveles
superiores, la de todos los funcionarios y la de los sujetos interesados a los que afecta.
Dada la necesidad de toda institución ya sea pública o privada de mantener sus riesgos en
niveles aceptables, la Contraloría General de la República (CGR), emitió normativa que
promueve una valoración de riesgos a la cual se le denomina Sistema Específico de
Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI).
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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1. Verificación del Cumplimiento de la Ley General de Control Interno, directrices
establecidas por la CGR y demás normas.
Para verificar el cumplimiento de la Ley General de Control Interno y las directrices
establecidas por la Contraloría General de la Republica y demás normas aplicables al
SEVRI, fue necesario hacer un análisis de ellas individualmente, las cuales son detalladas a
continuación.
1.1 Ley General de Control Interno
La Ley General de Control Interno establece que todo órgano o institución debe identificar
y analizar los riesgos en sus procesos, los impactos que podría tener la materialización de
dichos riesgos y los mecanismos necesarios para mitigarlos. Además, indica que se debe
contar con un Sistema Específico de Valoración de Riesgos, regulado por las directrices
que emita la Contraloría General de la Republica.
Se verificó que la institución cuenta con las siguientes herramientas, que son la base para la
aplicación del SEVRI:
Metodología del Sistema Específico de Valoración de Riesgos Institucional, 3ra
edición, 2010.
Guía de usuario Sistema Específico de Valoración de Riesgos Institucional.
La metodología tiene elementos que coadyuvan al cumplimiento de lo establecido por la
ley, puesto que facilita al jerarca y titulares subordinados la identificación, análisis,
determinación de impactos y la creación de mecanismos para la mitigación de los riesgos
que afectan a las unidades o procesos.
1.2 Normas de Control Interno para el Sector Público
Al igual que la Ley General de Control Interno, las Normas de Control Interno para el
Sector Público, establecen que debe existir un Sistema Específico de Valoración de Riesgos
(SEVRI) que contemple la normativa aplicable.
Para el cumplimiento de lo establecido en las normas y al igual que se determinó en la
revisión de lo estipulado en la Ley de General de Control Interno, existe una metodología
institucional para la aplicación del SEVRI y una guía que apoya la utilización de la
herramienta.
Con respecto a las revisiones y perfeccionamiento continuo que debe tener la metodología
y demás herramientas del SEVRI, la UDEI indicó en correo electrónico del 02 de octubre
del 2015 lo siguiente: “Desde el 2007, y hasta la fecha la metodología del SEVRI, ha sido
ajustada en tres oportunidades […]”.
1.3 Directrices Generales para el Establecimiento y Funcionamiento del
Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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Las Directrices Generales para el Establecimiento y Funcionamiento del Sistema Específico
de Valoración del Riesgos Institucional, indican una serie de elementos con que debe contar
la metodología de SEVRI institucional.
Se realizó una verificación de cada uno de los elementos indicados en las directrices y no se
logró ubicar puntos que debieran ser sujetos a mejora. Se puede ver el detalle en el Papel de
Trabajo.
Como puntos importantes a denotar, la Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
(UDEI)1 indica que se concientiza y unifica el concepto de riesgo y la importancia del
SEVRI en los funcionarios, a través de charlas considerando los conceptos del tema.
También se coordinan campañas con el Departamento de Proyección Institucional y a
través de este medio se publicó la Política de Valoración de Riesgos. Además, se utilizó el
medio impreso institucional “Entre Tomos” para realizar publicaciones sobre el tema.
Se indica que la actitud proactiva se promulga con la coordinación del Departamento de
Proyección Institucional y con la aplicación de la metodología SEVRI en cada una de las
Direcciones del Registro, proceso mediante el cual participan los titulares subordinados en
la definición de acciones, metas, indicadores, con la correspondiente asignación de
responsables de las medidas propuestas.
Además, se verificó que la UDEI está coordinando con la Dirección de Informática un
nuevo Sistema automatizado del SEVRI en donde se involucra tanto el Jerarca como a los
Titulares Subordinados en la identificación, funcionamiento, evaluación y
perfeccionamiento del SEVRI, al igual que en las matrices actuales.
2. Verificar la aplicación de la Metodología y la Guía de Usuario del Sistema
Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI)
La herramienta utilizada para el análisis y seguimiento del SEVRI establecida por la
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional (UDEI) y aprobada por la Junta
Administrativa consta de las siguientes matrices:
Identificación del Riesgo y el Análisis del Riesgo
Evaluación del Riesgo y la Administración del Riesgo
Seguimiento del Riesgo
Además se cuenta con las siguientes tablas y anexos de ayuda, para sustentar las matrices
anteriores:
1 La UDEI es el órgano encargado por la Dirección General según oficio DGRN-1459/07, de la instauración del Sistema de Control
Interno Institucional.
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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Tabla 1 Estructura del Riesgo
Tabla 2 Probabilidad Ocurrencia del evento
Tabla 3 Efectividad de la Medidas de Administración del Riesgo
Tabla 4 Análisis Costo/Beneficio
Tabla 5 Clasificación Riesgo Residual
Tabla 6 Grado de Afectación a las Causas
Tabla 7 Atención del Riesgo
Tabla 8 Capacidad instalada
Anexo 1 Consideraciones Generales
Anexo 2 Bitácora de Modificaciones
Las matrices, tablas y anexos utilizados para cumplir con el SEVRI, reúnen las directrices
indicadas por la Contraloría General de la República y la Ley General de Control Interno,
de conformidad con los documentos y datos suministrados por la UDEI, según lo verificado
por esta Auditoría Interna por mediante la revisión, análisis y cumplimiento de la respectiva
Ley.
2.1 Direcciones o Unidades en donde se verificó el Seguimiento del SEVRI
para el periodo 2014.
Los seguimientos del SEVRI para el 2014 según oficio UDEI 060-2015, fueron los
siguientes:
Auditoría Interna
Dirección General
Archivo Central
Almacén de Suministros
Departamento Financiero
Instituto Geográfico Nacional
Dirección de Servicios
Dirección de Informática
Dirección de Registro Inmobiliario
Dirección de Propiedad Industrial
Dirección de Personas Jurídicas
Dirección de Bienes Muebles
Dirección de Derechos de Autor y Conexos
La UDEI aporta como prueba los riesgos analizados y su seguimiento en las matrices por
medio de documentos escaneados, en donde se puede observar la aplicación del SEVRI
realizada para el periodo 2014 por las Direcciones y su entrega a la UDEI.
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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2.2 Participación del Personal en la Aplicación del SEVRI
De la documentación proporcionada se desprende, que algunas de las Direcciones o
Unidades aportan copia de los registros de asistencia del ejercicio de aplicación del SEVRI,
sin embargo, en el caso de otras Direcciones, no se adjuntan las bitácoras respectivas en los
documentos entregados a la UDEI, lo cual dificulta evidenciar elementos importantes,
como lo son los responsables de las tareas y la fecha del ejercicio.
Conforme a la conversación sostenida con el funcionario Oscar Jiménez Sánchez,
Analista de la UDEI, en reunión del viernes 07 de agosto de los corrientes; este hecho se
resolverá con el nuevo sistema informático del SEVRI, puesto que al indicarse los riesgos y
su evaluación, quedan consignados los responsables y la fecha del evento.
2.3 Seguimiento y actualización del SEVRI para el periodo 2014.
En concordancia con los Lineamientos de la Política del Sistema Específico de Valoración
del Riesgo Institucional (SEVRI), el análisis de Riesgos se realiza de forma integral a cada
Dirección, siendo cada Dirección la responsable de realizar el seguimiento y actualización
del SEVRI.
De conformidad con la revisión de las matrices de aplicación del SEVRI, se pudo constatar
que la mayoría de las Direcciones o Unidades, han actualizado sus riesgos para el periodo
2014, a excepción de la Junta Administrativa y la Dirección Administrativa. La revisión se
llevó a cabo verificando las fechas de los ejercicios en los casos en que éstos estaban
presentes y por medio de los documentos que facilitó la UDEI a esta Auditoría Interna.
2.4 Revisión de la Programación de la Actualización del SEVRI
Según el cuadro “Programación Actualización SEVRI”, se refleja que la Dirección
Administrativa, actualizó por última vez sus Riesgos en julio del 2011.
Se realizó la consulta a la Dirección Administrativa a través del oficio AI-RN-100-2015
sobre las razones por las cuales no se ha realizado el seguimiento del SEVRI de los años
subsiguientes al 2011, a lo que se obtiene como respuesta el oficio DARN-0520-2015 del
31 de agosto de los corrientes que indica: “Como producto de que la Unidad de Desarrollo
Estratégico cuenta en la actualidad con un nuevo sistema para el SEVRI, se aprovechará
esta oportunidad para la actualización de los riesgos de la Dirección Administrativa y sus
Departamentos. […]”
Los demás Departamentos de la Dirección Administrativa están a la espera de la aplicación
del nuevo sistema de SEVRI implementado por la UDEI para actualizar sus matrices de
riesgos.
El artículo 39°, de la Ley N°8292 Ley General de Control Interno, establece las Causales de
Responsabilidad administrativa para el jerarca y los titulares subordinados que incumplan
injustificadamente los deberes asignados en esta Ley.
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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Se tiene el conocimiento de los esfuerzos realizados en varios departamentos de la
Dirección Administrativa en cuanto al seguimiento del SEVRI, en donde la Auditoria
Interna ha recomendado realizarlo en dichas áreas, sin embargo esto no exime a esa
Dirección de la valoración y seguimiento de sus propios riesgos y de los riesgos que se
desprendan de las gestiones de los departamentos de esa dependencia.
2.5 Revisión del Informe de Riesgos año 2014 (fecha 01/12/2014)
En las tablas 2 y 4 del Informe de Riesgos 2014 entregado por la UDEI, se indica que la
Dirección Administrativa no realizó la actualización del SEVRI para el periodo 2014 y que
la Junta Administrativa no lo hizo en los periodos 2013 y 2014.
En correo del 21 de agosto de los corrientes, se hace la siguiente consulta a la UDEI, sobre
la información contemplada en el Informe de Riesgos del 01 de diciembre 2014: “Si es
posible conocer cuál es el estado actual de las Direcciones o Unidades que se señalan en el
Informe de Riesgos 2014, que no realizaron la actualización del SEVRI” y se obtuvo la
siguiente respuesta: “Mediante Acuerdo J033-2015, de la Sesión Ordinaria N°04,
celebrada el 22 de enero del 2015. La Junta Administrativa dispone que “… que se haga
una revisión integral de los riesgos…” Situación que la UDEI, está atendiendo según lo
programado, para incluir en el nuevo Sistema automatizado de los riesgos de cada
Unidad.”.
En oficio UDEI-068-2015 recibido el 27 de agosto del presente, la UDEI hace la aclaración
de la información contemplada en las tablas 2 y 4 del Informe de Riesgo 2014 e indica que
la Dirección de Inmobiliario “mediante oficio RIM-RN-096-2014 del 11 de mayo de los
corrientes, remitió a la UDEI, la matriz de Seguimiento de los Riesgos asociados a su
gestión”. Por consiguiente la Dirección de Inmobiliario ha cumplido con el seguimiento del
SEVRI.
El oficio AI-RN-099-2015 del 26 de agosto de los corrientes se consulta a la Junta
Administrativa sobre el seguimiento del SEVRI a lo que a la fecha de este informe no se ha
recibido respuesta a la consulta realizada.
Se extrae Tabla 2 del Informe de Riesgos del 01 de diciembre 2014, emitido por la UDEI
en donde se resumen aquellas Direcciones que no han realizado el seguimiento o
actualización del SEVRI y el nivel de aceptabilidad de los riesgos establecidos por cada
Dirección.
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Tabla 2 Riesgos por Unidad Organizativa
Según nivel de aceptabilidad Sin Actualizar al 2014
Fuente: Unidades organizativas del Registro Nacional.
2.6 Consulta sobre sanciones a raíz de incumplimientos en la aplicación y
seguimiento del SEVRI
Se consultó a la UDEI en oficio AI-RN-072-2015, la aplicación de alguna sanción a raíz de
incumplimientos o de acciones que debiliten la implementación, seguimiento,
perfeccionamiento y evaluación del SERVRI, a lo que la UDEI indicó que “a la fecha no
ha habido ninguna sanción relacionada con el tema consultado”.
3. Seguimiento de Recomendaciones
El informe AOP-03-2014, emanó 3 recomendaciones, a saber:
“IV. Recomendaciones
A la Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
1. Propiciar la aplicación del SEVRI, en el área institucional faltante, a saber
el Instituto Geográfico Costarricense.
2. Incluir, dentro del informe que se remite a conocimiento de Junta
Administrativa, un recordatorio al máximo jerarca, donde se le indique su
responsabilidad de velar porque todas las áreas institucionales efectúen el
seguimiento anual o semestral respectivo, con el objetivo de que se haga un
llamado de atención a las direcciones que no cumplan con esta condición.
3. Priorizar los esfuerzos concernientes a la coordinación requerida, a nivel
institucional, para lograr brindar continuidad en el servicio a los usuarios, en caso
de un evento de emergencia.”.
La UDEI facilitó los documentos correspondientes que prueban la ejecución de las
recomendaciones 1 y 2, las cuales fueron satisfactorias, quedando dichas recomendaciones
como cumplidas.
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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Para efectos de la valoración de la recomendación #3, el día 24 de agosto de los corrientes,
se realizó una reunión con la Licda. Adelita Abarca Ortega, y con el Lic. Oscar Jiménez
Sánchez, Jefe y Analista de la UDEI respectivamente; con la finalidad de consultar sobre
aspectos relacionados a la continuidad de los servicios, a lo que se indicaron:
“La UDEI para este año 2015 está trabajando en la planeación y actualización
de las Políticas vigentes de la Continuidad de los Servicios, y se espera para el
año 2016, iniciar con la implementación respectiva una vez finalizada la etapa
de la Planeación, comprendiéndose que se tienen cuatro etapas: Planeación,
Implementación, Ejecución y Seguimiento.
El tiempo estimado para la Implementación una vez finalizada la Etapa de
Planeación en este año, es relativo, ya que depende de la respuesta de las
diferentes Direcciones y Unidades del Registro Nacional, por tanto es difícil
proyectar un tiempo estimado dado las variables que se pueden presentar en la
Etapa de la Implementación; nos comenta la Licda. Adelita Abarca, Jefe de la
Unidad de Desarrollo Institucional.
El Lic. Oscar Jiménez, comenta que los riesgos es la base de la Continuidad,
para ello es importante definir zonas sensibles de riesgos y su impacto.”
Dadas las características de la tercera recomendación citada, esta queda en proceso.
C. CONCLUSIONES
La gestión de riesgos es una herramienta importante en toda institución, a fin de
mantener en niveles mínimos, aquellos elementos que podrían interferir con el buen
desempeño, eficacia y eficiencia de los procesos.
Para efectos de la gestión de riesgos institucional, el Registro Nacional por medio de la
UDEI, ha realizado esfuerzos importantes para cumplir con la normativa establecida por la
Contraloría General de la República, a fin de orientar, controlar, integrar y realimentar el
SEVRI.
Con respecto a la evaluación del apego de la metodología y demás herramientas del
SEVRI institucional a la normativa, se verificó que se incluye lo establecido en la Ley
General de Control Interno, en sus artículos 14, 18 y 19 y Directrices Generales para el
Establecimiento y Funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo
Institucional (SEVRI).
En relación a la aplicación del SEVRI, se determinó que la Junta Administrativa y la
Dirección Administrativa, no realizaron las respectivas actualizaciones de sus riesgos para
el año 2014. El resto de Direcciones, cumplieron con lo establecido en la metodología.
La UDEI tiene como proyecto la automatización de la aplicación del SEVRI con un
Estudio de Seguimiento del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional SEVRI, del Registro Nacional
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Sistema Informático, en donde se podrán evidenciar los responsables del análisis de los
riesgos establecidos. Asimismo, según lo asegura la UDEI, el sistema tendrá una bitácora
que almacenará eventos de modificación, inclusión y eliminación de riesgos y otros
movimientos.
A pesar de que la UDEI ha promovido una cultura institucional para concientizar sobre
la importancia de la gestión de riesgos, no han existido sanciones a los incumplimientos
que se han dado a lo largo del tiempo.
D. RECOMENDACIONES
A la Dirección General
1. Realizar el seguimiento del SEVRI de forma integral, en acatamiento de lo
dispuesto en la normativa aplicable, para aquellas Direcciones que no han
actualizado el SEVRI.
A la Dirección Administrativa
2. Realizar el seguimiento del SEVRI de forma integral, en acatamiento de lo
dispuesto en la normativa aplicable, y gestionar lo que corresponda, en los
departamentos de esa dependencia, que no han actualizado el SEVRI.
A la Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
3. Continuar con la atención de la recomendación en proceso del informe AOP-03-
2014 a saber: “Priorizar los esfuerzos concernientes a la coordinación requerida,
a nivel institucional, para lograr brindar continuidad en el servicio a los usuarios,
en caso de un evento de emergencia.”.
4. Considerar la importancia de plasmar con mayor relevancia en el Informe de
Riesgos semestrales, aquellas Direcciones que no están cumpliendo con el
seguimiento y actualización del SEVRI.