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Introducción La Auditoria Financiera consiste en el examen de los registros, comprobantes, documentos y otras evidencias que sustentan los estados financieros de una empresa , efectuado por el auditor para formular el dictamen respecto de la razonabilidad con que se presentan los resultados de las operaciones , la situación financiera, los cambios operados en ella y en el  patrimonio ; para determinar el cumplimiento de las disposiciones legales y para formular comentarios , conclusiones y recomendaciones tendientes a la mejorara de los  procedimientos relativos a la gestión financiera y al control interno . Representa el examen de los estados financieros de una entidad, con objeto de que el contador público independiente emita una opinión profesional respecto a si dichos estados  presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de una empresa, de acuerdo con los  principios de contabilidad generalmente aceptadas. Cuando la auditoria que realiza satisface al conta dor público respecto al cumplimiento de la información examinada conforme a los principios de contabilidad aplicables, incluye en su dictamen una aseveración (llamada “opinión”) en el sentido de que tal información  presenta razonablemente los aspectos importantes de la situación financiera de la entidad económica y/o de ciertas transacciones resumidas en ella.

Auditoría a Los Estados Financieros

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IntroduccinLa Auditoria Financiera consiste en el examen de los registros, comprobantes, documentos y otras evidencias que sustentan los estados financieros de una empresa , efectuado por el auditor para formular el dictamen respecto de la razonabilidad con que se presentan los resultados de las operaciones , la situacin financiera, los cambios operados en ella y en el patrimonio ; para determinar el cumplimiento de las disposiciones legales y para formular comentarios , conclusiones y recomendaciones tendientes a la mejorara de los procedimientos relativos a la gestin financiera y al control interno .Representa el examen de los estados financieros de una entidad, con objeto de que el contador pblico independiente emita una opinin profesional respecto a si dichos estados presentan la situacin financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situacin financiera de una empresa, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptadas. Cuando la auditoria que realiza satisface al contador pblico respecto al cumplimiento de la informacin examinada conforme a los principios de contabilidad aplicables, incluye en su dictamen una aseveracin (llamada opinin) en el sentido de que tal informacin presenta razonablemente los aspectos importantes de la situacin financiera de la entidad econmica y/o de ciertas transacciones resumidas en ella.

Auditora a los Estados Financieros en MxicoCONCEPTOLaauditora, o examen de estados financieros, es unservicioprofesional por medio del cual uncontadorpblico(o firma o despacho de contadores pblicos) evala ciertainformacinfinanciera preparada por suclientea laluzde losprincipios de contabilidadaplicables a la misma. La prestacin de este servicio culmina con la emisin de un documento, denominado dictamen, en el cual el auditor expresa su opinin acerca del cumplimiento de la informacin financiera que evala con losprincipiosdecontabilidadaplicables a la misma si stos son razonablemente presentados o no".OBJETIVORevisin total o parcial de estados financieros, con un criterio y punto de vista independiente, con objeto de expresar una opinin respecto a ellos para efectos ante terceros.La auditora de estados financieros ha sido y es, sin lugar a dudas, una de las reas de actuacin del contador pblico que mayor impulso ha recibido tanto de organizaciones educativas como de instituciones profesionales e investigadores particulares. Sobra reconocer que, de hecho, esta disciplina ha sido el pilar para el desarrollo y surgimiento de otros tipos de auditora.Es, en funcin a lo referido, que se han logrado excelentes estndares en pronunciamientos formales o institucionales y una alta calidad bibliogrfica que versa sobre la auditora de estados financieros. Por tal razn, en el presente apartado no se pretender abrir nuevos caminos para el conocimiento y ejercicio de esta disciplina; se recurrir fundamentalmente a los lineamientos profesionales ya establecidos, citndose de manera muy especial al Instituto Mexicano de Contadores Pblicos de cuyos pronunciamientos se nutrir bsicamente el contenido de estos comentarios.Es de reconocer, por consecuencia, que el practicante de la auditora de estados financieros deber tener siempre a la mano como requisito indispensable para su ejercicio, los boletines en materia de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y los boletines de Normas y Procedimientos de Auditora emitidos por la referida organizacin profesional; ya que, adems de la invaluable gua que representan, son disposiciones reconocidas y aceptadas por la profesin organizada en torno al Instituto Mexicano de Contadores Pblicos.El Boletn 1020 de la Comisin de Normas y Procedimientos de Auditora del Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, dentro de sus pronunciamientos generales, dice lo siguiente en relacin con la auditora de estados financieros: La finalidad del examen de estados financieros, es expresar una opinin profesional independiente, respecto a si dichos estados presentan la situacin financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situacin financiera de una empresa, de acuerdo con principios de contabilidad, aplicados sobre bases consistentes.En boletines anteriores al referido 1020 se encuentran los siguientes conceptos que complementan el enunciado anterior:Para estar en condiciones de emitir su opinin en forma objetiva y profesional, el auditor tiene la responsabilidad de reunir los elementos de juicio suficientes que le permitan obtener, con certeza razonable, la conviccin de:1. La autenticidad de los hechos y fenmenos que reflejan los estados financieros. Esta conceptualizacin hace referencia al examen de los estados financieros de una empresa, de lo que se infiere que este ejercicio profesional es aplicable nicamente a organizaciones lucrativas. Cabe hacer la aclaracin que tambin son susceptibles de examinacin los estados financieros preparados por organizaciones no lucrativas y entidades gubernamentales. La acepcin ms adecuada a usar, y de aplicacin universal, sera una entidad en lugar de una empresa.

2. Que son adecuados los criterios, sistemas y mtodos usados para captar y refleja; en la contabilidad y en los estados financieros dichos hechos y fenmenos.

3. Que los estados financieros estn de acuerdo con principios de contabilidad aplicados sobre bases consistentes.Para la obtencin de los elementos de juicio suficientes, el auditor debe aplica procedimiento de auditora de acuerdo con las circunstancias especficas del trabajo con la oportunidad y alcance que juzgue necesario en cada caso. Estos tres pronunciamientos reflejan el orden lgico como se realiza e trabajo del auditor, poniendo particular nfasis en que el objetivo del mismo (es emitir una opinin sobre la razonabilidad con que los estados financiero presentan la posicin financiera y que no se pretende como objetivo (. descubrimiento de fraudes, la correccin de los sistemas contables de 1, empresa, la actualizacin de la contabilidad, corregir deficiencias del contra interno, etc. Tambin recuerdan que el auditor no debe emitir su opinin no rene todos los elementos de juicio necesarios para ello, los que se obtiene; a travs de los procedimientos de auditora y que debern adaptarse a la circunstancias en cuanto a alcance y oportunidad.Dictamen del AuditorEl resultado de un trabajo de auditora o examen de estados financieros s presenta en un documento denominado Dictamen del Auditor, cuya definicin expresada en el Boletn 4010 de la Comisin de Normas y Procedimientos d Auditora del Instituto Mexicano de Contadores Pblicos es la siguiente: 1 dictamen es el documento que suscribe el Contador Pblico conforme a las normas a su profesin, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobe los estados financieros de la entidad de que se trate.

OBJETIVO DE LA REALIZACIN DE UNAAUDITORADE ESTADOS FINANCIEROSElobjetivode una auditoria comn de estados financieros por parte de un auditorindependientees la expresin de una opinin sobre la imparcialidad con que presentan razonamientos en todos los aspectosmateriales, la posicin financiera,resultadodeoperacionesy su flujo deefectivoen conformidad con losprincipios de contabilidadgeneralmente aceptados.Esa seccin de la Declaracin destaca la emisin de una opinin sobrelos estados financieros,lo cual es nuestro objetivo principal. Para las compaas pblicas, el auditor tambin emite un dictamen referente alcontrol internocomo lo requiere la Seccin 404 de laLeyde Sarbanes- Oxley. La razn por la cual los auditores recopilan evidencia es para llegar a una conclusin acerca de la objetividad de losestados financierosy la efectividad delcontrol interno, y para emitir un dictamen de auditora adecuado.Cuando el auditor llega a la conclusin, fundada en la evidencia adecuada, de que existe unaprobabilidadde que los estados financieros engaen a un usuario prudente, el auditor emite una opinin sobre su objetividad y avala por escrito dichos estados. Si por algunos hechos posteriores a la emisin de dicha opinin se detecta que tales estados financieros no sean precisos, entonces quiz el auditor deber demostrar ante los tribunales o dependencias regulatorias que realiz la auditora de forma adecuada y que lleg a conclusiones objetivas. Aunque el auditor no es asegurador ni garante de la objetividad los estados, s tiene la granresponsabilidadde notificar a los usuarios si tales estados estn bien presentados o no. Si el auditor considera que los estados financieros no estn presentados de manera objetiva o no llegan a una conclusin debido a lafaltadedatoso a alguna condicin preponderante, entonces tiene la responsabilidad de notificar tal situacin a los usuarios a travs de suinformede auditora.ORIGEN Y EVOLUCIN EN MXICOCon la promulgacin de la Securities Act of 1933 (SA, Ley de Valores d 1933) y de la Securities Exchange Act of 1934 (SEA, Ley Sobre el Intercambio de Valores de 1934), misma que crea la Securities and Exchange Commissio (SEC, Comisin para la Vigilancia del Intercambio de Valores) en los Estad( Unidos de Norteamrica, segn lo comentado en el apartado correspondiente al devenir histrico de la auditora de estados financieros, se genera un verdadera revolucin en materia de control y vigilancia por parte del gobierno de ese pas sobre las empresas emisoras de acciones y valores que tiene colocados entre el gran pblico inversionista. Este control y vigilancia traen aparejado un nuevo problema.Un nmero considerable de empresas emisoras que han captado recurso va mercado de valores, los han utilizado para su consolidacin y expansin. Dicha expansin representa no slo hacer inversin en su propio pas, los Estados Unidos, sino abrirse hacia otros mercados bajo el contexto general-mente denominado de empresas transnacionales; es decir, llevar parte de esa inversin y recursos hacia otros pases, dentro de ellos Mxico.Y el problema radica en que ya se cuenta con tecnologa contable y de auditora para registrar y revisar las operaciones de las empresas que actan hacia el interior de los Estados Unidos de Norteamrica, y para controlar y revisar el uso de los recursos aportados por el gran pblico inversionista en esas empresas. Pero cmo se van a registrar y controlar las inversiones y consecuentes operaciones hechas en la geografa de otros pases?Recurdese que a la SEC hay que darle cuenta y razn, en forma consolidada, de todas las transacciones que efectan las empresas emisoras en cualquier rincn del mundo donde se hayan colocado recursos captados del gran pblico inversionista. (Conjuntamente con el crecimiento y expansin de las empresas transnacionales que se empez a dar durante las ltimas dcadas del siglo pasado, se dio el fenmeno de una falta de doctrina contable de aplicacin general y homognea para registrar sus operaciones tanto hacia el interior como hacia el exterior de la geografa estadounidense; al igual que para revisar esas operaciones. La solucin a este problema, como ya se qued anteriormente apuntado, sucedi en el ao de 1934. Aqu es evidente que la contadura pblica camin aparejada con todo este proceso).La primer medida que se adopt fue enviando auditores de despachos de contadores pblicos norteamericanos para que examinaran los estados financieros de las filiales, subsidiarias, sucursales o representaciones de empresas transnacionales que operaban en otros pases. Esta accin no tuvo gran xito debido a las siguientes limitantes: la barrera del idioma, la falta de transporte rpido y eficiente como el que existe hoy en da, diferencias en hbitos alimenticios, el gran costo que implicaba el desplazamiento de auditores y, tal vez lo ms importante, la gran discrepancia en doctrina, teora y tcnica contable y de auditora entre la aplicada en los Estados Unidos de Norteamrica y los pases visitados. La solucin que encontraron las empresas transnacionales y los despachos de contadores pblicos que examinaban sus estados financieros, fue exportando esa nueva corriente en materia de contabilidad y auditora hacia aquellos pases donde se encontraba inversin norteamericana vigilada y regulada por la SEC.Y haciendo referencia al caso de Mxico, se tiene que a finales de la dcada de los treinta, despachos de contadores pblicos norteamericanos buscaron y formalizaron asociarse con despachos de contadores pblicos mexicanos para que auditaran a las empresas transnacionales proporcionndoles para el efecto tecnologa contable y de auditora, apoyo financiero y cartera de clientes. Es as como Mxico entra al contexto de la contabilidad y la auditora moderna asimilando y adaptando para el efecto los pronunciamientos del American institute of Certified Public Accountants (AICPA, Instituto Americano de Contadores Pblicos).Tomando como fuente de inicio esa nueva corriente tcnica, Mxico fue desarrollando la suya propia; es as como el Instituto Mexicano de Contadores Pblicos a travs de su entonces Comisin de Procedimientos de Auditora, durante los aos de 1956 a 1976, gener 37 boletines en materia de los inicialmente llamados Procedimientos de Auditora los cuales, por la importancia histrica que representan en la evolucin de la auditora en este pas, a continuacin se detalla el nmero, nombre y fecha de su emisin.

Prembulo, agosto de 1956.Conceptos Generales, octubre de 1956.Normas de Auditora Generalmente Aceptadas, diciembre de 1956. Planeacin de la Auditora, enero de 1957.Examen del Control Interno, febrero de 1957.Examen de Cuentas y Documentos por Cobrar, marzo de 1957. Examen de Caja y Bancos, abril de 1959.Examen de Inventarios, junio de 1959.Examen de Ventas y Costo de Ventas, julio de 1961.Examen de los Gastos de Operacin, julio de 1961.Examen de Inmuebles, Maquinaria y Equipo, septiembre de 1962. Pruebas Selectivas de Auditora, septiembre de 1962.Eximen de Pasivos Acumulados y Estimados, abril de 1963.Examen de Inversiones en Valores, agosto de 1963.Examen de Cuentas y Documentos por Pagar, septiembre de 1963. Examen de Pasivo a Largo Plazo, septiembre de 1963.Examen de Contingencias, septiembre de 1963.Participacin de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, mayo de 1964.Examen del Capital Contable, octubre de 1964.Examen de Activo Intangible, octubre de 1964.El Dictamen sobre Estados Financieros, octubre de 1964.El Auditor y la Publicacin de Estados Financieros, agosto de 1965. Problemas de Auditora Iniciales, mayo de 1967.El Dictamen del Contador Pblico en Relacin a Estados Financieros Proforma, junio de 1968.Carta de Confirmacin del Cliente a su Auditor, diciembre de 1968. Terminacin de la Auditora, noviembre de 1969.Responsabilidad del Auditor Externo sobre Estados Financieros Emitidos en el Transcurso del Ejercicio, junio de 1970.Informe sobre el Control Interno Derivado del Examen de Estados Financieros, octubre de 1970.29. Utilizacin de los Dictmenes de otros Auditores, octubre de 1970.30. Opiniones Profesionales del Contador Pblico Distintas al Dictamen sobre Estados Financieros, septiembre de 1971.31. El Dictamen del Estado de Cambios en la Posicin Financiera, noviembre de 1971.32. La Confirmacin en el Examen de Estados Financieros, fecha no identificada.33. La Supervisin del Trabajo de Auditora, fecha no identificada.34. Responsabilidad del Auditor Independiente ante Eventos Subsecuentes, marzo de 1973.35. Carcter y Obligatoriedad de los Boletines de la Comisin, junio de 1973.36. Un Nuevo Dictamen sobre Estados Financieros, octubre de 1975.37. Estados Financieros Ajustados por Cambios en el Nivel de Precios, noviembre de 1976.A partir del ao de 1977 la denominada, desde el ao de 1971, Comisin de Normas y Procedimientos de Auditora del Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, reagrup los referidos 37 boletines emitidos en materia de Procedimientos de Auditora generando una nueva presentacin de dichos pronunciamientos, ampliado el nombre a Normas y Procedimientos de Auditoria, y que quedaron conformados con la siguiente clasificacin:A. Carcter y Obligatoriedad de los Boletines de la Comisin.Serie B. Declaraciones Normativas de Carcter General sobre el Objetivo y Naturaleza de la Auditora de Estados Financieros.C. Normas de Auditora.Serie D. Pronunciamientos sobre las Normas Personales.Serie E. Pronunciamientos sobre las Normas de Ejecucin del Trabajo.Serie F. Procedimientos de Auditoria de Aplicacin General.Serie G. Procedimientos de Auditoria de Aplicacin Especfica. SerieH. Pronunciamientos sobre las Normas de Informacin.I. Definiciones, Conceptos e Interpretaciones.Serie J. Otras Declaraciones de la Comisin.Finalmente, en el ao de 1993 la referida Comisin lleva a cabo una nueva reestructuracin de sus pronunciamientos en materia de Normas y Procedimientos de Auditoria quedando, hasta la fecha, como sigue:Serie 1000. Disposiciones Generales.Serie 2000. Normas Personales.Serie 3000. Normas de Ejecucin.Serie 4000. Normas de Informacin.Serie 5000. Procedimientos de Auditora.Serie 6000. Otras Declaraciones de la Comisin.Para concluir con el presente apartado relativo al origen y evolucin en Mxico de la auditora de estados financieros, se har referencia a una modalidad o ampliacin de la misma que vino a causar un notable y determinante impacto no slo en la evolucin y desarrollo de esta disciplina, sino en el contexto general de la contadura pblica mexicana; esto es, el Dictamen para Efectos Fiscales cuyo objetivo se puede definir en los siguientes trminos: El dictamen de contador pblico para efectos fiscales es una extensin del dictamen para fines financieros al que se incorpora la revisin y opinin sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias federales de su cliente. A continuacin los antecedentes y evolucin de este dictamen.A mediados de la dcada de los cincuentas, el Gobierno Federal de la Repblica Mexicana determin que el problema de evasin fiscal era uno de los que ms le asista en su gestin; y sin embargo, poco poda hacer para enfrentrsele merced a la carencia de recursos humanos, materiales y tcnicos con qu poder combatirlo de manera eficiente. Ante tal situacin, soslay la conveniencia y necesidad de asistirse en su actividad fiscalizadora utilizando, indirectamente, el gran potencial que le podra reportar la contadura pblica independiente facultndola para que en forma simultnea al examen de los estados financieros de su clientes, se extendiera en su revisin hacia el verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias federales.Ante tal perspectiva, el 21 de abril de 1959 mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federacin el da 30 del mismo mes y ao, se cre la Direccin de Auditora Fiscal Federal como un rgano de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico para investigar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. En el Decreto citado destacan los siguientes puntos:a) El propsito del Gobierno Federal de lograr de los contribuyentes la observancia de las leyes fiscales y al mismo tiempo evitar molestias innecesarias o infundadas a los contribuyentes cumplidos.b) La integracin de un Registro de Contadores Pblicos autorizados por la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico para dictaminar con fines fiscales los estados financieros de los contribuyentes.c) El propsito del fisco de orientar su accin contra los defraudadores y evitar molestias e investigaciones innecesarias a los contribuyentes cumplidos que, mediante la asistencia tcnica de contadores pblicos designados por dichos contribuyentes, hace resaltar adems su buena fe.d) El que a los dictmenes para efectos fiscales de los contribuyentes se dar crdito sin necesidad de practicar auditoras por parte de la Direccin de Auditora Fiscal Federal, salvo las pruebas selectivas que dicha Direccin podr realizar para comprobar si los dictmenes se ajustan a las disposiciones legales aplicables y a los principios de contabilidad generalmente aceptados. Fue de esta manera que en el decreto que cre la Direccin de Auditora Fiscal Federal (DAFF) se incorpor una innovacin dentro de los mtodos de fiscalizacin de los contribuyentes: el dictamen de contador pblico para efectos fiscales. Es importante, por lo tanto, reconocer el gran beneficio que le report al pas el ampliar su capacidad fiscalizadora mediante este instrumento; y por su parte tambin a la profesin de contador pblico al otorgrsele un gran reconocimiento y crdito con el nacimiento de dicho dictamen. Es conveniente aclarar que tal rgimen de dictaminacin qued como optativo y no obligatorio, dejando la decisin a los contribuyentes el apegarse a l debido a los alicientes anteriormente sealados.Adems, con objeto de lograr mayor inters aun por parte de los contribuyentes, estos alicientes se ampliaron posteriormente al emitir la Subsecretara de Ingresos de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico el oficio No. 102-119 de fecha 3 de enero de 1962, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federacin el da 18 del mismo mes y ao. En ese oficio expresaba que aquel contribuyente que hubiere sido dictaminado por contador pblico ya no sera revisado por la DAFF en materia de Impuesto sobre la Renta en los ejercicios dictaminados, salvo que hubiese motivos para suponer que el contribuyente haba incurrido en evasin de impuesto y no haya sido sealado en el dictamen.Si bien es cierto que el decreto del 21 de abril de 1959 que estableci la Auditora Fiscal Federal fue derogado por el Cdigo Fiscal de la Federacin que entr en vigor el 1 de abril de 1967, tambin es necesario mencionar que debido a que en este Cdigo se incorpor el dictamen de contador pblico para efectos fiscales, esto dio mayor importancia a dicho dictamen, perfeccionando as lo estipulado en el decreto de abril de 1959, con la notoria diferencia de que en el Cdigo se expresan en forma ms conservadora, generalizada o menos especfica, el crdito que se dar al dictamen y, de manera ms amplia, las facultades de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico para probar su veracidad. El artculo 85 del referido Cdigo Fiscal es el que hizo alusin al dictamen para efectos fiscales, y del cual destacaron los siguientes aspectos:a) Que los hechos afirmados en los dictmenes de estados financieros para fines fiscales se presumirn ciertos, salvo prueba en contrario, si se rene el siguiente requisito (adems del que se refiere a que el contador pblico que dictamine est registrado en la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico): que el dictamen se formule de acuerdo con las disposiciones fiscales y, en su defecto, conforme a las normas y procedimientos de auditora generalmente aceptadas.b) Que la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico podr cerciorarse mediante revisin y pruebas selectivas del cumplimiento del requisito citado en el prrafo anterior.c) Que las opiniones o interpretaciones contenidas en los dictmenes no obligan a las autoridades fiscales, las que podrn ejercer directamente sus facultades de vigilancia y comprobacin sobre los sujetos pasivos o responsables solidarios, y expedir las liquidaciones de impuestos omitidos que correspondan.Como se puede observar por lo mencionado en el prrafo a) anterior, en el Cdigo Fiscal de la Federacin se establece una prioridad de las disposiciones fiscales ante las normas y procedimientos de auditora. Esto obedece al hecho de que las primeras emanan del Poder Legislativo y, en esta forma, el fisco da apoyo y nfasis a sus propias disposiciones sobre cualquier otro tipo de normas; es por ello que, aunque no se supongan contradicciones entre unas y otras, en caso de que llegaran a existir discrepancias (debido a que las disposiciones fiscales incluyeran preceptos ms estrictos o diferentes de las normas y procedimientos de auditora generalmente aceptados), deber cumplirse, en primer trmino, con el contenido de dichas disposiciones.Ya en aos ms recientes, en virtud de que al fisco, particularmente la actual. Administracin General de Auditora Fiscal Federal (otrora Direccin de Auditora Fiscal Federal), le toca establecer claramente el rgimen de los contribuyentes dictaminados, en tal forma que las relaciones entre las tres partes involucradas -fisco, contribuyentes y contador pblico- se sujeten a un marco jurdico y tcnico con base en el cual no haya lugar a confusiones como las que en los primeros aos de ejercicio del dictamen de contador pblico para efectos fiscales se presentaron, se desprendi la necesidad de reglamentar el artculo 85 del Cdigo Fiscal de la Federacin, documento que sali publicado en el Diario Oficial de la Federacin del da 11 de abril de 1980. A continuacin una sntesis de su contenido por el inters que reviste para los efectos del tema ahora en estudio. Considerandos: Que es propsito del Gobierno Federal alentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Que el dictamen relativo a estados financieros para fines fiscales emitido por contador pblico ha demostrado ser un instrumento til en el proceso de fiscalizacin tanto para las autoridades fiscales corro para los contribuyentes. Que es necesario establecer un adecuado marco jurdico que regule los derechos y obligaciones de los contribuyentes que se acojan al rgimen sobre estados financieros para fines fiscales, y de los contadores pblicos que emitan dichos dictmenes.Acorde con las ideas anteriores, el reglamento de referencia contena cinco reas fundamentales como son:

1. Registro de contadores pblicos

2. Caractersticas formales de los avisos para presentar dictamen fiscal y sus elementos complementarios, como son casos de sustitucin de contador pblico e impedimentos para dictaminar.

3. Requisitos formales y tcnicos de presentacin de dictmenes, estados financieros y anexos.

4. Procedimientos de revisin por parte del fisco.

5. Efectos derivados de la inobservancia del Reglamento.

En el Diario Oficial de la Federacin del 31 de diciembre de 1981 se public un Cdigo de la Federacin que entr en vigor en enero de 1983, el cual no tuvo cambios sustanciales en relacin con lo establecido en el Cdigo de .967 y su correspondiente Reglamento.A la fecha (1996), lo referente a dictmenes de contadores pblico para efectos fiscales se encuentra regulado por el Cdigo Fiscal de la Federacin y su correspondiente Reglamento hacindose destacar que la condicin optativa de acogerse los contribuyentes a dichos dictmenes, a partir del ao de 1991 se vuelve obligatorio, en trminos generales, para todas las personas fsicas con actividades empresariales y las personas morales cuando se den cualesquier de los siguientes supuestos: que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $7554,000.00, que el valor de su activo determinado en los trminos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a 15107,000.00, o que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.FINES Y UTILIZACIN DE LA AUDITORA DE ESTADOS FINANCIEROS

Los fines de la Auditora son: Determinar si la situacin financiera y los resultados de una empresa, reflejados en la contabilidad son razonablemente correctos.

Descubrir fraudes o malversaciones.

Descubrir errores.UTILIZACIN DE LA AUDITORA DE ESTADOS FINANCIEROS.

Permite a los propietarios de un negocio recibir, por parte de una persona totalmente imparcial y ajena a la empresa, una opinin acerca de la situacin financiera delnegocio.

Cuando se proyecta la venta del negocio, el comprador y el vendedor tendrn una informacin razonable en relacin con la situacin financiera.

Proporcionar a las Instituciones de Crdito la informacin necesaria para el otorgamiento de sus crditos.

En caso de suspensin de pagos o quiebras, para saber que la situacin financiera que se determina es razonablemente correcta.

Para implantacin de sistemas de inspeccin y de control interno o bien el perfeccionamiento de los ya implantados.

Para establecer sistemas de costos que estn de acuerdo con las necesidades de la empresa.

Para que se puedan determinar las prdidas despus de siniestros o robos.

Para que se puedan determinarlas causas de las variaciones entre los resultados de un ejercicio y otro.

Para determinar si se ha cumplido con las obligaciones fiscales a que est sujeta la empresa.

Que se puedan determinar responsabilidades y se tomen las medidas necesarias en caso de existir fraudes o malversaciones de fondos.

Para poder determinar si la eficiencia del personal y poder tomar medidas de estmulo o de reprensin.

En caso de fusin de sociedades, para determinar las condiciones en que debe llevarse a cabo la fusin.

Para que las personas interesadas en hacer alguna inversin en la empresa tengan los datos necesarios para estudiar las ventajas y desventajas de dicha operacin.

Para que en caso de muerte de un socio, sus herederos puedan determinar fcilmente el monto de sus derechos y obligaciones en relacin con la empresa

ETAPAS PARA EL DESARROLLO DE LA AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS

Son tres etapas a considerar en un trabajo de examen de estados financieros a practicar por un contador pblico independiente: preliminar, intermedia y final.ETAPA PRELIMINAR.Objetivo: La etapa preliminar en una auditoria de estados financieros tiene como objetivo identificar y sentar las bases sobre las cuales se llevara a cabo un examen de estados financieros.Esta etapa se inicia, de hecho, desde el momento mismo en que un contador pblico independiente es llamado por el dueo o representante legal de una entidad para solicitarle susservicios.De este modo el contador pblico establecer un primer contacto con la entidad a auditar y proceder, en seguida, a efectuar un estudio y evaluacin de la organizacin, de sussistemasy procedimientos, de susistemade control interno, delanlisisde sus factores clave de operacin.Una vez que los servicios han sido formalmente aceptados y contratados, el contador pblico proceder a efectuar la planeacin definitiva de su auditoria.En esta etapa se disearan las cedulas e auditoria a utilizar durante la revisin, se entregaran a o la entidad aquellas que puedan ser llenadas por su personal, se programara la asignacin de auditores y las tareas que se les encomendaran. Se elaboraran los programas de auditora a utilizar.PROGRAMAS DE AUDITORIADurante el desarrollo de la etapa preliminar conveniente que el auditor desarrolle los programas especficos de auditora que van a ser utilizados durante la revisin; ello a efecto de conectar el conocimiento que hasta ese momento se tiene de la entidad con los elementos tcnicos de que se dispondr para auditarla.INFORME DE SUGERENCIASDerivado de todos los estudios, anlisis, evaluaciones einvestigacionesllevados a cabo por el auditor, durante esta etapa preliminar y la planeacin en conjunto de la auditoria, ya debi de haberse hecho de un conocimiento de la entidad y de sus debilidades enmateriade control y en su operacin.ETAPA INTERMEDIA.Objetivo: Efectuarpruebasde los registros, procedimientos y explicaciones dadas por el cliente con el propsito de determinar el grado de confianza que se puede tener en ellos. Iniciar los trabajos de auditora de resultados de operacin y otras a fin de reducir la carga de trabajo en la etapa final.

DESARROLLOEn esta etapa se efectuaran pruebas que permitan corroborar la calidad del control interno existente en la entidad; pruebas que servirn de base para determinar el alcance del examen a practicar y la oportunidad en la aplicacin de los procedimientos de auditora. Se definir elplandemuestreoa seguir. Es practica comn que durante la etapa intermedia de un trabajo de revisin de informacin financiera, adems de los sealado en el prrafo precedente, se inicie en si la auditoria partiendo del examen de las transacciones efectuadas durante los primeros meses de operacin.EXCEPCINNo olvidar que un examen intermedio de informacin financiera se da cuando el contador pblico es contratado con oportunidad; es decir, durante el ejercicio que ser examinado. En aquellos casos en que el contador pblico es contratado despus de haber concluido el ejercicio fiscal a examinar, y por ende su labor inicia durante el ejercicio siguiente, ya no se dar la oportunidad de un examen intermedio. Se estar ante el caso de una auditoria de estados financieros a practicar en dos etapas: preliminar y final.ETAPA FINAL.Objetivo: Concluir conel trabajode auditora en su conjunto.En virtud de que durante la etapa intermedia ya se revisaron algunos meses de transacciones (ingresos, costos y gastos), procede en la etapa final el examen de los meses que quedaron pendientes de revisin. En esta etapa, y por lo que se refiere a las transacciones del ejercicio en su conjunto, independientemente del examen realizado sobre todas las partidas que integran todo eseuniverso, procede efectuar pruebas globales de dichas transacciones para cerrar el circulo de la revisin de este aspecto.Se llevaran a cabo pruebas de corte para cerciorarse que las transacciones han sido registradas en el periodo a que corresponden. Debido a que las transacciones ms crticas son las registradas durante los ltimos das cercanos a la fecha del balance general, las pruebas de corte deben ser dirigidas a tales transacciones.DESARROLLO CIERRE DE AUDITORIA.Discusin de ajustes y reclasificaciones. Durante el desarrollo de la auditoria el contador pblico ha determinado la necesidad de que la entidad auditada da efecto a ajustes y reclasificaciones en su contabilidad a efecto de que sus estados financieros reflejen una razonable situacin financiera y resultados de operacin. Toca al auditor en este momento presentar a la consideracin de la administracin la propuesta de sus ajustes y reclasificaciones, discutirlos y, una vez aceptados, registrarlos.NORMAS DE AUDITORIA.Concepto: Lasnormasde auditoria son los requisitos mnimos decalidad, relativas a lapersonalidaddel auditor, altrabajoque desempea y a la informacin que rinde comoresultadode este trabajo.Objetivo: Las normas de auditora de estados financieros (auditora contable) tienen comoobjetivoconstituir el marco de actuacin que deber sujetarse el Contador Pblico independiente que emita dictmenes (opiniones para efectos ante terceros con el fin de confirmar la veracidad, pertinencia o relevancia suficiente de la informacin sujeta a examinar).CLASIFICACIN DE LAS NORMAS DE AUDITORIA.Las normas de auditora de estados financieros se clasifican en normas personales, normas de ejecucin del trabajo y normas de informacin.NORMAS PERSONALES.Las normas personales se refieren a las cualidades que el auditor debe tener para poder asumir, dentro de las exigencias que elcarcterprofesional de la auditoria impone, un trabajo de este tipo. Dentro de estas normas existen cualidades que el auditor debe tener pre adquiridas antes de poder asumir un trabajo profesional de auditora y cualidades que debe mantener durante el desarrollo de toda su actividad profesional.Entrenamiento tcnico y capacidad profesional. El trabajo de auditora, cuya finalidad es la de rendir una opinan profesional independiente, debe ser desempeado por personas que, teniendo ttulo profesional legalmente expedido y reconocido, tenganentrenamientotcnico adecuado y capacidad profesional como auditores.Cuidado y diligencia profesionales. El auditor est obligado a ejercitar cuidado y diligencia razonables en la realizacin de su examen y en la preparacin de su dictamen oinforme.Independencia. El auditor est obligado a mantener unaactituddeindependenciamental en todos los asuntos relativos a su trabajo profesional.NORMAS DE EJECUCIN DEL TRABAJO.Al tratar de las normas personales, se sealo que el auditor est obligado a ejecutar su trabajo con cuidado y diligencia. Aun cuando es difcil definir lo que en cada tarea puede representar un cuidado y diligencia adecuados, existen ciertos elementos que, por su importancia, deben ser cumplidos. Estos elementos bsicos, fundamentales en la ejecucin de trabajo, que constituyen la especificacin particular, por lo menos al mnimo indispensable, de la exigencia de cuidado y diligencia, son los que constituyen las normas denominadas de ejecucin del trabajo.

Planeacin ysupervisin. El trabajo de auditora deber ser planeado adecuadamente y, si se usan ayudantes, estos deben ser supervisados en forma apropiada.Estudio y evaluacin del control interno. El auditor debe efectuar un estudio y evaluacin adecuados delcontrol internoexistente, que le sirvan de base para determinar el grado de confianza que va depositar en l; asimismo, que le permita determinar lanaturaleza, extensin y oportunidad que va dar procedimientos de auditora.Obtencin de evidencia suficiente y competente. Mediante sus procedimientos de auditora, el auditor debe obtener evidencia comprobatoria suficiente y competente en el grado que requiera suministrar una base objetiva para su opinin.NORMAS DE INFORMACINEl resultado final del trabajo del auditor es su dictamen o informe. Mediante el, pone enconocimientode las personas interesadas los resultados de su trabajo y la opinin que se ha formado a travs de su examen. El dictamen o informe del auditor es en lo que va a reposar la confianza de los interesados en los estados financieros para prestarles fe a las declaraciones que en ellos aparecen sobre la situacin financiera y los resultados de operaciones de la empresa. Por ltimo es, principalmente, a travs del informe o dictamen, como el pblico y elclientese dan cuenta del trabajo del auditor y, en muchos casos, es la nica parte, de dicho trabajo, que queda a su alcance.En todos los casos en que el nombre de un contador pblico quede asociado con estados o informacin financiera deber expresar de manera clara e inequvoca la naturaleza de su relacin con dicha informacin, su opinin sobre la misma y, en su caso, las limitaciones importantes que haya tenido su examen, las salvedades que se deriven de ellas o todas las razones de importancia por las cuales expresa una opinin adversa o no puede expresar una opinin profesional a pesar de haber hecho un examen de acuerdo con las normas de auditora.BASES DE OPININ SOBRE ESTADOS FINANCIEROS.El auditor, al opinar sobre estados financieros, debe observar que: Fueron preparados de acuerdo con principios de contabilidad

Dichos principios fueron aplicados sobre bases consistentes

La informacin presentada en los mismos y en las notas relativas, es adecuada y suficiente para su razonableinterpretacin.

Por lo tanto, en caso de excepciones a lo anterior, el auditor debe mencionar claramente en qu consisten las desviaciones y su efecto cuantificado sobre los estados financieros.

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORA

OrigenUna de las comisiones normativas ms antiguas y trascendentes de nuestro Instituto es la Comisin de Normas y Procedimientos de Auditoria (denominada as desde octubre de 1971), la cual fue establecida en el ao de 1955, con el propsito fundamental de determinar los procedimientos de auditora recomendables para el examen de los estados financieros que sean sometidos a la opinin del contador pblico.ObjetivosEn agosto de 1971, dicho propsito fue ampliado a cuatro objetivos principales que se conservan a la fecha y que son: Determinar las normas de auditora a que deber sujetarse el contador pblico independiente que emita dictmenes para terceros, con el fin de confirmar la veracidad, pertinencia o relevancia y suficiencia de informacin de su competencia.

Determinar procedimientos de auditora para el examen de los estados financieros que sean sometidos a dictamen de contador pblico.

Determinar procedimientos a seguir en cualquier trabajo de auditora, en sentido amplio, que lleve a cabo el contador pblico cuando acta en forma independiente.

Hacer las recomendaciones de ndole prctica que resulten necesarias como complemento de los pronunciamientos tcnicos de carcter general emitidos por la propia Comisin, teniendo en cuenta las situaciones particulares que con mayor frecuencia se presentan a los auditores en la prctica de su profesin.Clasificacin de sus boletinesLos boletines de esta Comisin se pueden clasificar de la siguiente forma: Normas de auditoria Procedimientos de auditoria Otras declaracionesLas normas de auditora son los requisitos mnimos de calidad relativos a la personalidad del auditor, al trabajo que desempea y a la informacin que rinde como resultado de dicho trabajo. Las normas de auditora estn sujetas, por tener carcter obligatorio, a un procedimiento especial de aprobacin que establecen los propios estatutos.Los procedimientos de auditora son el conjunto de tcnicas de investigacin aplicables a una partida o a un grupo de hechos o circunstancias examinadas, mediante las cuales el contador pblico obtiene las bases necesarias para fundamentar su opinin. Los procedimientos de auditora y dems recomendaciones de ndole prctica, que se incluyen en los boletines, constituyen la opinin unnime o mayoritaria en su caso de los miembros de la Comisin, con respecto a la mejor forma de llevar a cabo ciertas fases del trabajo de auditora, de obtener la evidencia suficiente y competente y, en general, de realizar dicho trabajo en forma satisfactoria y profesional. Dichos procedimientos y recomendaciones deben ser aplicados en la realizacin del trabajo de auditora.Las otras declaraciones son los medios a travs de los cuales esta Comisin da a conocer polticas, programas, estudios, ejemplos, opiniones, gua, etctera.Esta Comisin considera que independientemente de la obligacin de normar la actuacin del contador pblico como auditor independiente que asegure alta calidad de sus servicios, tiene el compromiso de promover y patrocinar la publicacin de elementos materiales que contribuyan al desarrollo profesional del contador pblico en el campo de la auditoria, a mantener y aumentar su capacidad tcnica y a integrar una doctrina profesional de alto nivel y adaptada a las circunstancias y modalidades especiales de este trabajo en nuestro pas.Disposiciones Generales1010Normas de auditora: son los requisitos mnimos de calidad relativos a la personalidad de auditor, al trabajo que desempea y a la informacin que rinde como resultado de su trabajo.1020 Declaraciones normativas de carcter general sobre el objetivo y naturaleza de la auditora de estados financieros: para dar a conocer informacin econmica, es necesario revisar su contenido, a travs de la auditoria.Normas Personales2010 Pronunciamientos sobre las normas personales: se refiere a la cualidad es que el auditor debe tener para poder asumir, dentro de las exigencias que el carcter profesional de la auditoria impone, un trabajo de este tipo.Normas de ejecucin3010 Documentos de la auditora: el auditor debe documentar todos aquellos aspectos importantes para evidenciar que el trabajo se hizo de acuerdo con las normas de auditora generalmente aceptadas.3020 Control de calidad: los servicios profesionales del auditor se presten con el ms alto nivel de calidad y en cumplimiento con el marco legal y profesional correspondiente.3030 Importancia relativa y riesgo en la auditora: no es necesario examinar todos los rubros o reas de los estados financieros. Se debe enfatizar en relacin directa, tanto a la importancia relativa de las partidas, como al riesgo probable de que dichas partidas tengan errores.3040 Planeacin y supervisin del trabajo de auditora: se requiere de una planeacin adecuada para alcanzar sus objetivos ms eficientemente posible. Debe hacerse un plan inicial, a ser revisado continuamente y en su caso modificado, al mismo tiempo que se supervise el trabajo y efectuado.3050 Estudio y evaluacin del control interno: Deber efectuar un estudio y evaluacin adecuada del control interno como base para la determinacin del alcance, naturaleza y momento de realizacin de las pruebas a las que debern concretarse los procedimientos de auditora.3060 Evidencia comprobatoria: son los elementos que comprueben la autenticidad de los hechos, la razonabilidad de los juicios efectuados, etc.3070 Consideraciones sobre fraudes que deben hacerse en una auditora de estados financieros: al detectar un error el auditor deber evaluar se es intencional o no.3080 Declaraciones de la administracin: la administracin de la entidad hace declaraciones oralmente y por escrito en sus estados financieros o en respuesta a preguntas que se le plantea. Estas declaraciones son parte integrante de la evidencia comprobatoria que obtiene el auditor.3090 Confirmaciones de abogados: es necesario que el auditor solicite a la administracin una relacin de los litigios, demandas y gravmenes que la afecten, los cuales debern ser corroborados por los abogados del cliente a travs de una confirmacin expresa.3100 Revisin Analtica: estudio de las relaciones y tendencias significativas que se desprenden principal mente de la informacin financiera y no financiera, incluyendo la investigacin resultante sobre variaciones y partidas poco usuales.3110 Carta convenio para confirmar la prestacin de servicios de auditora: en la carta convenio se establecer los trminos del servicio y se obtendr la aprobacin del cliente.3120 Tratamientos de procedimientos omitidos, descubiertos despus de la presentacin del dictamen: cuando el auditor descubre y concluye, con posterioridad a la fecha de su dictamen, que uno o varios procedimientos fueron omitidos durante su examen, se debe establecer el tratamiento y los procedimientos generales por aplicar.3130Efecto en la auditora por incumplimiento de una entidad con leyes y reglamentos: el incumplimiento de la entidad con leyes y reglamentos puede afectar sustancialmente a los estados financieros y a su dictamen. El determinar si hay incumplimiento o no es una situacin legal que esta normalmente mas all de la competencia profesional de auditor.Normas de informacin4010 Dictamen del auditor: el dictamen es el documento que suscribe el contador pblico conforme a las normas de su profesin, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate.4020 Dictamen sobre estados financieros preparados de acuerdo con bases especficas diferentes a los principios de contabilidad: se debe establecer pronunciamientos normativos en relacin con los dictmenes que emite el contador pblico sobre estados financieros preparados sobre bases especficas diferentes a los principios de contabilidad generalmente aceptados en Mxico.4030 Efectos en el dictamen cuando se utiliza el trabajo de otros auditores: es posible que el auditor sea contratado para dictaminar una entidad, en cuya auditoria participen otros auditores en la revisin o sean parte o componente, el auditor principal debe evaluar los efectos que tienen en su dictamen el trabajo realizado por dichos otros auditores.4040 Otras opiniones del auditor: con cierta frecuencia y atendiendo a diversas necesidades, les es solicitada al auditor su opinin sobre ciertos hechos o informacin distinta a los estados financieros tomados en su conjunto.4050 Informe sobre la revisin limitada de estados financieros intermedios: el contador pblico puede involucrarse de varias formas con estados financieros intermedios debe realizarse de acuerdo con las normas de auditora generalmente aceptadas.4060 Opinin del auditor sobre la informacin adicional que acompaa a los Estados financieros bsicos dictaminados: en ocasiones la administracin de la entidad presenta informacin adicional a los estados financieros, el auditor debe aclarar la responsabilidad que tiene en relacin con la misma.4070 Opinin del contador pblico sobre la incorporacin de eventos subsecuentes en estados financieros pro forma: es indispensable conocer el efecto que pueden tener sobre las cifras de los estados financieros, transacciones importantes que ocurren despus de los mismos o que no se han consumado o tienen posibilidades de efectuarse.4080 Efectos del trabajo de un especialista en el dictamen del auditor: se tendr que obtener elementos de juicio suficiente s y certeza razonable para opinar sobre asuntos fuera de su mbito profesional y corresponden a un especialista en determinada rea.4090 El dictamen del contador pblico en su carcter de comisario: las funciones de vigilancia de las sociedades annimas a travs de uno o varios accionistas, requiere un informe respecto de la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la informacin presentada por los administradores, a la propia asamblea de accionistas.4100 Opinin sobre el control interno contable: los usuarios de los servicios del auditor estn interesados en la opinin independiente sobre el control interno contable existente en la empresa.4110 Asociacin del nombre del contador pblico con estados financieros publicados: por razones de carcter legal o de otra naturaleza tienen la necesidad de publicar sus estados financieros. Un contador pblico se dice que est asociado a los estados financieros cuando su nombre y su firma aparecen conjuntamente con ellos.4120 Informe del auditor sobre el resultado de la aplicacin de procedimientos de revisin previamente convenidos: el auditor es requerido para realizar un trabajo, mediante el cual sean aplicados procedimientos de revisin previamente convenidos con el cliente, para emitir un informe sobre los resultados obtenidos.4130 Dictamen de auditor sobre estados financieros de entidades mexicanas, preparados para fines internacionales: es necesario normar la emisin de dictmenes sobre estados financieros de entidades mexicanas, para fines internacionales, conciliando y considerando las responsabilidades que el auditor mexicano adquiere al emitir dichos dictmenes, cuya circulacin traspasa las fronteras de su pas.4140 Opinin del auditor sobre informacin financiera proyectada: en ocasiones se requiere de informacin financiera proyectada que muestre los efectos que tendra en los estados financieros y ciertos eventos que podran ocurrir en el futuro y que dicha informacin sea examinada por un contador pblico independiente.4160 Informe para agentes de valores: el financiamiento de las empresas en Mxico, a travs de colocadores de valores ya sea de capital o de deuda ha dado lugar a que las autoridades regulatorias hayan intensificado su vigilancia sobre la informacin financiera.4170 Dictamen sobre estados financieros comparativos: la comparabilidad es una condicin previa a la consistencia, la cual es un requisito fundamental para evitar el riesgo de interpretaciones errneas al momento de hacer comparaciones.4180 Restricciones en el uso del dictamen del auditor: los estados financieros no necesariamente estn preparados sobre las mismas bases de presentacin, por lo que las restricciones en el uso del dictamen son imperativas, ya que de no hacerlas, las personas interesadas podran tomar decisiones errneas.Procedimientos de auditora5010 Procedimientos de auditora de aplicacin general: los procedimientos de auditora, son el conjunto de tcnicas de investigacin aplicables a una partida o a un grupo de hechos o circunstancias relativas a los estados financieros sujetos a examen, mediante los cuales, el contador pblico obtiene las bases para fundamentar su opinin.5020 El muestreo en la auditora: mediante la aplicacin de sus procedimientos de auditora a una muestra representativa de estas transacciones o partidas, puede obtener la evidencia que se requiere.5030 Metodologa para el estudio y evaluacin del control interno: el auditor debe seguir procedimientos recomendados para el estudio y evaluacin adecuados del control interno existente.5040 Procedimientos de auditora para el estudio y la evaluacin de la fundacin de auditora interna: la funcin de la auditora interna, forma parte de las tcnicas de control interno sujetas a evaluacin por parte del auditor externo.5050 Utilizacin del trabajo de un especialista: el auditor debe cubrir y establecer los procedimientos que se consideran adecuados para la revisin del trabajo de un especialista.5060 Partes relacionadas: se recomiendan procedimientos de auditora tendientes a la identificacin de partes relacionadas, la revisin de transacciones y saldos entre ellas y la comparacin de su adecuada revelacin en los estados financieros.5070 Comunicaciones entre el auditor sucesor y el auditor predecesor: un auditor puede ser llamado a suceder o reemplazar a un colega en la realizacin de un examen de estados financieros, la comunicacin con el auditor a quien se pretende suceder o reemplazar, constituye una conducta tica y fortalece las relaciones profesionales.5080 Efectos del Procesamiento Electrnico de Datos (PED) en el examen de control interno: cuando el procesamiento electrnico de datos forma parte del control interno contable es sujeto a examen, el auditor debe documentas adecuadamente sus conclusiones sobre el PED en sus pruebas de auditora.5090 Revisin de control interno de entidades que utilizan organizaciones de servicios: es comn que el procesamiento de la informacin sea realizada por terceros, por otra parte se debe considerar, en su estudio y evaluacin el efecto que tiene el control interno al ser realizado por terceros.5100 Efectivo e inversiones temporales: se refiere al examen de las partidas de efectivo e inversiones temporales, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa5110 Ingresos y cuentas por cobrar: para el examen de los rubros de ingresos y cuentas por cobrar, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5120 Inventarios y costos de ventas: en el examen de los rubros de inventarios y costo de ventas, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5130 Pagos anticipados: para el examen de pagos anticipados, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5140 Procedimientos de auditora relacionados con estados financieros consolidados y combinados, y con la valuacin de inversiones permanentes en acciones: se debe sealar los procedimientos de auditora para la revisin de los estados financieros consolidados y combinados y la valuacin de las inversiones permanentes en acciones de acuerdo al boletn B-8 de la comisin de principios de contabilidad.5150 Inmuebles, maquinaria y equipo: en el examen de los rubros de inmuebles maquinaria y equipo, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5160 Intangibles: para el examen de los activos intangibles, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5170 Pasivos: para el examen de pasivos y al evaluar si la evidencia es suficiente y competente, los procedimientos de auditora, deben ser de acuerdo con las normas de auditora generalmente aceptadas.5180 Estimaciones contables: el auditor es responsable de evaluar la razonabilidad las estimaciones contables hechas por la administracin, incluidas en la informacin contable.5190 Capital contable:en el examen del capital contable, los procedimientos deben ser diseados en forma especfica por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5200 Gastos: para el examen de los gastos, los procedimientos deben ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las condiciones y caractersticas de cada empresa.5210 Examen de remuneraciones al personal: se refiere al examen de las remuneraciones al personal, contractuales y legales, y se considera como procedimiento de auditora aplicable al examen de costos y gastos de operacin.5220 Contingencias no cuantificables y compromisos: una contingencia es la incertidumbre que resulta de la consumacin de un hecho a futuro, que generalmente trae como consecuencia una utilidad o perdida. Un compromiso es una obligacin contractual u orden de compra firmada por un tercero, se debe establecer los procedimientos de auditora para la determinacin y examen de las contingencias no cuantificables y compromisos. Los procedimientos deben ser diseados por el auditor en cada caso en particular, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.5230 Hechos posteriores: algunos hechos o transacciones ocurridos con posterioridad a la fecha del balance y hasta la fecha del dictamen, pueden afectar significativamente, de acuerdo con principios de contabilidad y hacen necesario un ajuste o revelacin de dichos estados.5240 Procedimientos de auditora aplicables a una revisin limitada sobre estados financieros intermedios: en una revisin limitada de estados financieros intermedios el CP efectuara procedimientos de entrevista y de revisin analtica para tener una base razonable, para expresar que no existen modificaciones de importancia en los estados financieros de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados.5250 Metodologa de revisin relativa a la opinin sobre el control interno contable: el examen de control interno, tiene una metodologa de. El auditor deber planear su trabajo, revisar la estructura del control interno contable, preparar un programa de trabajo, llevar a cabo pruebas de cumplimiento y evaluar los resultados de la revisin y preparar la opinin correspondiente.5260 Comprobacin del reconocimiento de los efectos de la inflacin en los estados financieros: se ha hecho consideraciones en los procedimientos de auditora para el reconocimiento de los efectos de la inflacin en los estados financieros.5270 Utilizacin del trabajo de otros auditores: cuando el auditor decida utilizar el trabajo realizado por otros auditores, debe obtener una seguridad razonable que dicho trabajo se realice con las normas de auditora.5280 Procedimientos aplicables a saldos iniciales en primeras auditoras: se refiere a la naturaleza, alcance y oportunidad en la aplicacin de los procedimientos de auditora a los saldos iniciales de las cuentas de naturaleza acumulativa.

Otras declaraciones de la Comisin6060 Muestreo estadstico en auditora: con el objeto de que el auditor aplique los procedimientos de auditora, puede determinar el tamao de la muestra representativa de las transacciones o partidas sujetas a examen para que le permita obtener evidencia suficiente y competente que soporte la opinin del auditor.6070 Consideraciones en la auditora de negocios pequeos: los servicios de auditora a los pequeos negocios ha incrementado, debido a que tienen que cumplir con ciertas disposiciones legales y de necesidades de su administracin.6080 Ayuda para prevenir, disuadir y detectar el fraude: el fraude en la informacin financiera ha originado que se revisen los aspectos de control y sea necesario revisar los factores que inciden en el fraude, as como recomendar programas que ayuden a mitigarlo.6090 Procedimientos de auditora relativa a instrumentos financieros derivados: para revisar los instrumentos financieros derivados, se recomienda utilizar procedimientos que pueden ser diseados por el auditor, tomando en cuenta las caractersticas de cada empresa.

Normas relativas a servicios para atestiguar7010 Normas para atestiguar: las normas para atestiguar constituyen una gua y establecer un amplio marco de referencia para una variedad de servicios profesionales y que constituyen lineamientos profesionales, orientados a promover tanto la consistencia como la calidad en la prestacin de esos servicios.7020 Informes sobre exmenes y revisiones de informacin financiera pro forma: la informacin financiera pro forma cuales hubieran sido los efectos importantes que una o ms operaciones o eventos propuestos o ya ocurridos, pudieran haber tenido sobre los estados financieros bsicos si hubieran ocurrido a la fecha del balance general que contiene la informacin financiera.

NORMAS DE AUDITORA GENERALMENTE ACEPTADAS

Las Normas de Auditora Generalmente Aceptadas (NAGAS) son los principios fundamentales de auditora a los que debe enmarcarse su desempeo los auditores durante el proceso de la auditora. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor.Las Normas de Auditora miden la calidad de los procedimientos que van de ser ejecutados y los objetivos ser alcanzados en la aplicacin de los procedimientos adoptados. Las normas de auditora estn relacionadas con la calidad profesional del auditor, juicio ejercitado por l en la ejecucin de su examen y en la preparacin de su informe.Estas normas generalmente estn, relacionadas y son dependientes entre s. Las circunstancias relativas a la determinacin del cumplimiento de una norma puede igualmente ser aplicado a otra. Los elementos de importancia relativa y riesgo calculado deben ser considerados para la aplicacin de las normas especialmente con las relacionadas a la ejecucin del trabajo y al informe.El concepto deimportancia relativa,es inherente al trabajo del auditor. Debe existir evidencia suficiente para sustentar su opinin con respecto a partidas que son importantes y a las posibilidades de errores como ser en una empresa con reducido nmero de cuentas por cobrar, pero de cantidades importantes. Estas cuentas, individualmente, son de mayor importancia y la posibilidad de error es mayor que en otra empresa que tenga el mismo saldo con mayor nmero de cuentas por importes menores.El grado de riesgo calculado tiene un efecto importante en la naturaleza del examen. Las transacciones de efectivo son ms susceptibles a irregularidades que los inventarios. Por esta razn el trabajo a efectuarse en las operaciones de caja tendr que llevarse a cabo con ms cuidado, sin que necesariamente implique un empleo mayor de tiempo. Las transacciones con terceros ajenos al negocio normalmente estn menos sujetas a un examen detallado que las operaciones con compaas afiliadas o con funcionarios y empleados, en cuyos casos no puede suponerse que exista el mismo grado de desinters al realizarlas. El efecto del control interno en el alcance de un examen es un ejemplo de la influencia del grado de mayor o menor riesgo en los procedimientos de auditora.Las Normas de Auditora Generalmente Aceptadas son aplicables tanto al examen de los estados financieros anuales como tambin al examen de estados financieros intermedios y constituyen los requisitos mnimos que el auditor debe observar en todas sus actividades.

ESTRATEGIAS PARA MEJORAR AUDITORAS A ESTADOS FINANCIEROStiles las fuentes externas de informacin En los trabajos de auditora de estados financieros, es conveniente que el contador pblico se entreviste con los funcionarios del cliente las veces que el considere necesario en las diferentes etapas del proceso. Ello con la finalidad de obtener toda la informacin que el propio contador considere necesaria, a fin de poder planear adecuadamente su trabajo a desarrollar en las diferentes etapas de la auditora, y de esta forma, cumplir adecuadamente con un servicio profesional independiente, para el cual ha sido contratado. Por lo que hace a toda la informacin que se necesita recopilar para planear una auditora de estados financieros, se puede obtener de diferentes maneras; sin embargo expondremos lo que principalmente se debe tomar en cuenta. Por principio, la naturaleza de la empresa y sus condiciones particulares. Dada la importancia que tiene la etapa preliminar de la auditora de los estados financieros y su planeacin, es en este periodo cuando es necesario que el auditor aplique toda su habilidad y experiencia a fin de obtener toda la informacin que l necesita. Respecto a los medios que puede utilizar el auditor para ello, mencionaremos nicamente tres: entrevistas con funcionarios del cliente, para determinar el objetivo, las condiciones y limitaciones del trabajo, el tiempo a emplear, los honorarios, los gastos adicionales y la coordinacin del trabajo, entre otros. Visitas a las instalaciones y observacin de las operaciones para conocer las caractersticas operativas de la empresa. Y lectura de algunos documentos que se relaciones con la situacin jurdica de la empresa. Cuando se lleven a cabo las entrevistas con funcionarios del cliente, es recomendable que el auditor elabore previamente una lista de los asuntos que va a tratar, y empezar a desarrollarlos a travs de una amigable conversacin. De esta forma se le facilitar llevar a cabo la entrevista con los funcionarios, y as podr obtener de manera ms eficiente toda la informacin que se necesita. Entre algunos puntos que se deben de tratar en las entrevistas con los funcionarios para obtener informacin se encuentran las polticas generales de laempresa; las relativas a la produccin; las polticas de comercializacin, las financieras, as como los criterios de contabilizacin. En las entrevistas con funcionarios del cliente es importante que dichas entrevistas sean realizadas con funcionario clave, ya que ellos nos comentarn, de los asuntos que pueden ser importantes para las reas de su responsabilidad, y cmo pueden afectar a la empresa, as como cuales fueron las razones que los llevaron a tomar esas decisiones. Estas entrevistas tipo discusiones pueden muy bien incluir tanto a funcionarios del rea financiera como de otras reas responsables de decisiones de tipo operativo. Dentro de nuestras entrevistas tambin es til solicitar al personal del cliente, que identifique las fuentes externas de informacin que ellos consideren importantes. Estas entrevistas tipo discusiones con el cliente no son slo una manera eficiente de aumentar o actualizar nuestra comprensin del negocio, sino tambin proporcionan una mejor visin acerca de cmo entiende la administracin el negocio y su ambiente. Para asegurar que las entrevistas con funcionarios de alta gerencia sean eficaces, es importante tener antes, cierto grado de planeacin que permita tener una agenda formal donde se cumplan los puntos principales Para las auditoras repetitivas o subsecuentes, el nfasis de las entrevistas con los funcionarios de la administracin, sern con la finalidad de actualizar el conocimiento adquirido en aos anteriores, as como conocer cules han sido los movimientos o variaciones ms importantes e impactantes que se han realizado en el ejercicio. Se debe mantener evidencia suficiente y competente Todos los resultados obtenidos en las entrevistas con funcionarios del cliente, deben de ser plasmados en papeles de trabajo, as como documentarlos, es decir verificar que lo que nos ha dicho el personal del cliente, sea cierto. Al dejar la evidencia en papeles de trabajo, est cumpliendo con la norma de ejecucin de trabajo, dentro de la planeacin y evidencia suficiente y competente, adems de que, indudablemente sta actividad repercute en la planeacin y eficiencia del trabajo

ConclusionesLa necesidad de disponer de estados financieros veraces dio lugar al nacimiento de la auditora de estados financieros.Es en trminos generales un proceso, llevado a cabo conforme a unas normas, mediante el cual los estados financieros de una sociedad se someten a examen y verificacin de unos expertos cualificados e independientes (auditores) con el fin de que emitan su opinin sobre la fiabilidad que les merece la informacin econmicofinanciera contenida en los mismos. Esta opinin se comunica por medio de un informe o dictamen de auditora.Auditoria de estados financieros es expresar una opinin respecto de la razonabilidad de los estados financieros, en todos sus aspectos significativos, como por ejemplo la situacin financiera de una empresa, resultados de las operaciones y flujo efectivo. Todo esto de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.Se rige por la Normas de Auditoria Generalmente aceptadas llamas NAGAS. Estas normas exigen el obtener conocimiento previo del Control Interno de la entidad.La auditora de los estados financieros surge de una necesidad por parte de los usuarios de corroborar las cifras expresadas en dichos documentos, es decir, identificar si existi algn error en la elaboracin de los mismos, ya sea de forma accidental o malintencionada.Es de suma importancia el desarrollo y aplicacin de la Auditoria a los Estados Financieros no solo en las empresas, sino a cualquier entidad, ya que de esta manera los auditores se comprometen a reunir evidencia y a proporcionar un alto nivel de seguridad que los Estados Financieros cumplan con los principios de contabilidad generalmente aceptados, u otra base apropiada de contabilidad Para emitir un informe de auditora los auditores reunirn la evidencia necesaria obteniendo una comprensin del control interno de la compaa, inspeccionando documentos, observando activos, investigando dentro y fuera de la compaa y realizando otros procedimientos de auditora. Ese informe de auditora establece que, en opinin de los auditores, los Estados Financieros se ajustan a los principios de contabilidad generalmente aceptados, es por esta razn que la aplicacin y desarrollo de una Auditoria a los Estados Financieros es de gran importancia en el desenvolvimiento de una empresa.Desde la modernizacin de los procesos y normas de contabilidad, la auditora ha tenido un papel de gran importancia en el mundo de los negocios; solo por medio de ella se puede conocer la veracidad de todos los elementos de los estados financieros, los cuales poseen una enorme trascendencia en las decisiones. En la actualidad los cambios econmicos conducen a las empresas a una mayor velocidad, por lo tanto, la veracidad y exactitud son parte fundamental en los negocios. Entonces, puedo decir: la auditora ser una disciplina constante dentro del mundo de los negocios y ser imposible deshacerse de ella.Glosariofiabilidad.1.f.Cualidad de fiable.2.f.Probabilidad de buen funcionamiento de algo.

aseveracin. (Dellat.asseverato, -nis).1.f.Accin y efecto de aseverar.

acepcin. (Dellat.accepto, -nis).1.f.Cada uno de los significados de una palabra segn los contextos en que aparece.2.f.desus.aceptacin(aprobacin).

garante. (Delfr.garant,y estequiz delfranco*wernd;cf.a.al.ant.wrnt,al.gewhren, otorgar).1.adj.Que da garanta.U. t. c. s.aparejado, da. (Del part. deaparejar).1.adj.Inherente o inseparable de aquello de que se trata.Los terremotosTRAENaparejados muchos males.Su decisinLLEVaparejada aquella sorpresa.2.adj.Apto, idneo.

subsidiario, ria. (Dellat.subsidiarus).1.adj.Que se da o se manda en socorro o subsidio de alguien.2.adj.Der.Dicho de una accin o de una responsabilidad: Que suple a otra principal.

discrepancia. (Dellat.discrepanta).1.f.Diferencia, desigualdad que resulta de la comparacin de las cosas entre s.2.f.Disentimiento personal en opiniones o en conducta.

alusin. (Dellat.alluso, -nis, retozo, juego).1.f.Accin de aludir.2.f.Ret.Figura que consiste en aludir a alguien o algo.

inobservancia. (Dellat.inobservanta).1.f.Falta de observancia.

malversacin.1.f.Accin y efecto de malversar.2.f.Der.Delito que cometen las autoridades o funcionarios que sustraen o consienten que un tercero sustraiga caudales o efectos pblicos que tienen a su cargo.

diligencia.(Dellat.diligenta).1.f.Cuidado y actividad en ejecutar algo.2.f.Prontitud, agilidad, prisa.3.f.Trmite de un asunto administrativo, y constancia escrita de haberlo efectuado.4.f.Coche grande, dividido en dos o tres departamentos, arrastrado por caballeras y destinado al transporte de viajeros.5.f.coloq.Negocio, dependencia, solicitud.

inequvoco, ca.1.adj.Que no admite duda o equivocacin.

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