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INFORME DE AUDITORÍA DA-04-29 28 de mayo de 2004 Departamento de Recreación y Deportes (Unidad 1405) Período auditado: 1 de enero de 1995 al 30 de junio de 2002

Auditoria OCPR DRD 2003-2004 Parte II

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Auditoria OCPR DRD 2003-2004 Parte II

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  • INFORME DE AUDITORA DA-04-29 28 de mayo de 2004

    Departamento de Recreacin y Deportes

    (Unidad 1405)

    Perodo auditado: 1 de enero de 1995 al 30 de junio de 2002

  • Informe de Auditora DA-04-29 1 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    CONTENIDO

    Pgina

    INFORMACIN SOBRE LA UNIDAD AUDITADA ............................................................................ 3

    RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA............................................................................................. 4

    ALCANCE Y METODOLOGA .............................................................................................................. 5

    OPININ..................................................................................................................................................... 5

    RECOMENDACIONES............................................................................................................................. 6

    AL SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE RECREACIN Y DEPORTES............................ 6

    CARTAS A LA GERENCIA ..................................................................................................................... 7

    COMENTARIOS DE LA GERENCIA .................................................................................................... 8

    AGRADECIMIENTO ................................................................................................................................ 8

    RELACIN DETALLADA DE HALLAZGOS ...................................................................................... 9

    CLASIFICACIN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO ................................................................ 9 HALLAZGOS EN EL DEPARTAMENTO DE RECREACIN Y DEPORTES ............................. 10

    1 - Desviaciones de los procedimientos relacionados con pagos efectuados

    mediante la emisin de reconocimiento de deuda.................................................. 10

    2 - Desviaciones de ley y de la reglamentacin relacionadas con la limpieza y el

    mantenimiento de instalaciones recreativas, e incumplimiento de contrato .......... 13

    3 - Ausencia de estudio y de subasta en la adquisicin e instalacin de un techo

    para una cancha de baloncesto .............................................................................. 25

    ANEJO 1 - FUNCIONARIOS PRINCIPALES QUE ACTUARON DEL 1 DE JULIO DE 1997

    AL 30 DE JUNIO DE 2002 ...................................................................................................................... 29

  • Informe de Auditora DA-04-29 2 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    Estado Libre Asociado de Puerto Rico

    OFICINA DEL CONTRALOR

    San Juan, Puerto Rico

    28 de mayo de 2004

    A la Gobernadora y a los presidentes del Senado y de la Cmara de Representantes

    Realizamos una auditora de las operaciones fiscales del Departamento de Recreacin y

    Deportes (DRD) para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentacin

    aplicables. Efectuamos la misma a base de la facultad que se nos confiere en la Seccin 22

    del Artculo III de la Constitucin del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y en la Ley

    Nm. 9 del 24 de julio de 1952, segn enmendada.

    Determinamos emitir varios informes de dicha auditora. Este cuarto y ltimo informe

    cubre las operaciones relacionadas con los pagos efectuados mediante la emisin de

    reconocimiento de deuda, la contratacin de la limpieza y el mantenimiento de reas recreativas

    y la adquisicin e instalacin de un techo para una cancha de baloncesto. En el tercer informe,

    Informe de Auditora DA-04-26 del 7 de mayo de 2004, presentamos el resultado del examen

    de las operaciones relacionadas con los contratos para el diseo, mejoras y construccin de reas

    recreativas. En el segundo informe, Informe de Auditora DA-04-07 del 15 de enero de 2004,

    presentamos el resultado del examen de las operaciones relacionadas con la construccin de

    obras por administracin y la propiedad mueble e inmueble. En el primer informe, Informe de

    Auditora DA-03-11 del 11 de febrero de 2003, presentamos el resultado del examen de las

    operaciones relacionadas con proyectos por contrato para realizar trabajos de diseo y

    construccin de techos en 26 canchas de baloncesto.

  • Informe de Auditora DA-04-29 3 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    INFORMACIN SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

    El DRD fue creado por la Ley Nm. 126 del 13 de junio de 1980, segn enmendada. Su

    funcin principal es formular e implantar la poltica pblica del Gobierno sobre recreacin y

    deportes para promover la prctica del deporte y el recreo como instrumentos para lograr un

    mejor disfrute de la vida y para enriquecer las experiencias del ciudadano en sus relaciones con

    la naturaleza. Adems, para promover, mediante su envolvimiento en la recreacin, los

    mecanismos que permitan al ser humano desarrollar un balance emocional que le capacite para

    hacer frente a los problemas que ha generado el desarrollo socioeconmico.

    El DRD es administrado por un Secretario nombrado por el Gobernador de Puerto Rico,

    con el consejo y consentimiento del Senado. Para realizar sus funciones el DRD est organizado

    en las siguientes secretaras: Administracin, Infraestructura Fsica y Social, Recreacin y

    Deportes y Planificacin y Capacitacin. Adems, cuenta con 8 oficinas administrativas a nivel

    central, 10 oficinas administrativas regionales y 2 comisiones1. Tambin cuenta con una Junta

    Asesora de Recreacin y Deportes que asesora al Secretario del DRD en torno a la formulacin e

    implantacin de poltica pblica sobre recreacin y deportes. Dicha Junta responde al

    Gobernador y a la Legislatura.

    En el ANEJO 1 se incluye una lista de los funcionarios principales que actuaron del 1 de

    julio de 1997 al 30 de junio de 2002.

    En los aos fiscales del 1997-98 al 2001-02 el DRD, segn informacin suministrada por

    la agencia, cont con fondos estatales por $151,789,595, de los cuales se efectuaron desembolsos

    y obligaciones por $150,935,556, segn se indica:

    1 Comisiones de Gallo y Boxeo

  • Informe de Auditora DA-04-29 4 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    AO FISCAL

    FONDOS ESTATALES

    DESEMBOLSOS Y OBLIGACIONES

    BALANCE

    1997-98 $ 32,180,169 $ 31,649,492 $530,677

    1998-99 29,825,926 29,619,297 206,629

    1999-00 30,054,229 29,947,089 107,140

    2000-01 30,190,000 30,185,000 5,000

    2001-02 29,539,271 29,534,678 4,593

    TOTAL $151,789,595 $150,935,556 $854,039

    RESPONSABILIDAD DE LA GERENCIA

    Con el propsito de lograr una administracin eficaz, regida por principios de calidad, la

    gerencia de todo organismo gubernamental, entre otras cosas, es responsable de:

    1. Adoptar normas y procedimientos escritos que contengan controles internos de administracin y de contabilidad eficaces, y observar que se cumpla con los mismos

    2. Mantener una oficina de auditora interna competente

    3. Cumplir con los requisitos impuestos por las agencias reguladoras

    4. Adoptar un plan estratgico para las operaciones

    5. Mantener el control presupuestario

    6. Mantenerse al da con los avances tecnolgicos

    7. Mantener sistemas adecuados de archivo y de control de documentos

    8. Cumplir con el Plan de Accin Correctiva de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, y atender las recomendaciones de los auditores externos

    9. Mantener un sistema adecuado de administracin de personal que incluya la evaluacin del desempeo, y un programa de educacin continua para todo el personal

    10. Cumplir con la Ley de tica Gubernamental, lo cual incluye divulgar sus disposiciones a todo el personal

  • Informe de Auditora DA-04-29 5 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    ALCANCE Y METODOLOGA

    La auditora cubri del 1 de enero de 1995 al 30 de junio de 2002. El examen lo

    efectuamos de acuerdo con las normas de auditora del Contralor de Puerto Rico en lo que

    concierne a los aspectos financieros y del desempeo o ejecucin. Realizamos las pruebas que

    consideramos necesarias, a base de muestras y de acuerdo con las circunstancias.

    Para efectuar la auditora utilizamos la siguiente metodologa:

    Entrevistas a funcionarios, a empleados y a particulares Inspecciones fsicas Examen y anlisis de informes y de documentos generados por la unidad auditada Anlisis de informacin suministrada por fuentes externas Pruebas y anlisis de informacin financiera, de procedimientos de control interno y

    de otros procesos

    Confirmaciones de informacin pertinente OPININ

    Las pruebas efectuadas revelaron desviaciones de ley, de reglamentacin y de normas de

    sana administracin relacionadas con la emisin de reconocimiento de deuda, la contratacin de

    la limpieza y el mantenimiento de reas recreativas, y la adquisicin e instalacin de un techo

    para una cancha de baloncesto, las cuales se comentan en los hallazgos 1 y 3 clasificados como

    principales. Por ello, en nuestra opinin, dichas operaciones no se realizaron de acuerdo con la

    ley y la reglamentacin aplicables.

    En la parte de este informe titulada RELACIN DETALLADA DE HALLAZGOS se

    presentan dichos hallazgos.

  • Informe de Auditora DA-04-29 6 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    RECOMENDACIONES

    AL SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE RECREACIN Y DEPORTES

    1. Ver que el Secretario Auxiliar de Infraestructura Fsica y Social y el Secretario Auxiliar de

    Administracin se aseguren que para cada solicitud de servicio se formalice previamente un

    contrato por escrito o se emita una orden de compra, segn corresponda. [Hallazgo 1-a.]

    2. Ver que la Directora de Asesoramiento Legal supervise adecuadamente al empleado a cargo

    de los contratos y se asegure que ste anote en el Registro de Contratos todos los contratos

    formalizados y las enmiendas a stos, y enve a la Oficina del Contralor de Puerto Rico

    copia de los mismos dentro del trmino requerido. [Hallazgo 1-b.]

    3. Ver que el Secretario Auxiliar de Infraestructura Fsica y Social se asegure que:

    a. Los documentos relacionados con las subastas se custodien apropiadamente y se

    mantengan en absoluta confidencialidad hasta el momento en que deban ser

    divulgados, conforme a las normas y los procedimientos. Esto, de manera que no se

    repitan situaciones como la comentada en el Hallazgo 2-a.1).

    b. Se establezcan los procedimientos necesarios para asegurarse que los contratistas

    cumplan con lo dispuesto en los contratos. [Hallazgo 2-a.3)a)]

    c. Se establezcan controles necesarios para evitar que personal del DRD realice

    servicios de mantenimiento de las reas recreativas cuando los mismos han sido

    contratados con particulares. [Hallazgo 2-a.4)]

    d. Los servicios para el mantenimiento de reas recreativas, cuyos importes sobrepasen

    el lmite establecido en el Reglamento de Adquisicin del DRD, se contraten

    mediante el proceso de subasta formal. Adems, ver que los contratos se formalicen

    por escrito. [Hallazgo 2-b.]

  • Informe de Auditora DA-04-29 7 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    e. Los documentos que se utilizan para evidenciar la labor de supervisin de limpieza y

    mantenimiento de parques provean espacio para indicar: la fecha en que se realizan

    los trabajos, la de preparacin del informe y la firma del supervisor que certifica que

    la informacin provista es correcta. [Hallazgo 2-c.]

    f. Para la adquisicin de bienes y servicios se realicen los estudios necesarios para

    determinar la necesidad de los mismos y se cumpla con los reglamentos y los

    procedimientos para la adquisicin de stos. [Hallazgo 3-a.]

    4. En relacin con el Hallazgo 2-a.2) asegurarse que:

    a. La delegacin para formalizar contratos y enmiendas a stos en otros funcionarios se

    realice por escrito.

    b. El Secretario Auxiliar de Infraestructura Fsica y Social se abstenga de autorizar

    pagos por adelantado o, por el contrario, requiera las garantas correspondientes.

    5. Ver que el Secretario Auxiliar de Administracin recobre los $2,380 pagados

    indebidamente al contratista por el mantenimiento de parques. [Hallazgo 2-a.3)b)]

    CARTAS A LA GERENCIA

    Las situaciones comentadas en los hallazgos 1 y 3 de la parte de este informe titulada

    RELACIN DETALLA DE HALLAZGOS se informaron al Hon. Jorge L. Rosario Noriega,

    Secretario del DRD, mediante cartas de nuestros auditores del 2 de mayo y 7 de julio de 2003.

    En las referidas cartas se incluyeron anejos con detalles sobre las situaciones comentadas.

    El borrador de este informe se someti para comentarios al Secretario del DRD y al

    Sr. Eric Labrador Rosa, ex Secretario, mediante cartas del 7 de abril de 2004.

  • Informe de Auditona DA-04-29 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    COMENTARIOS DE LA GERENCIA

    En cartas del 20 de mayo y 15 de julio de 2003 el Secretario del DRD contest las cartas de nuestros auditores. En la contestacin de la carta del 15 de julio el Secretario nos indic que no sometena comentarios de las situaciones informadas por nuestros auditores mediante carta del 7 de julio de 2003.

    En carta del 22 de abril de 2003 el secretario nos indic que no sometena comentarios de las situaciones informadas en el borrador del informe.

    El ex Secretario no contest el borrador del informe.

    AGRADECIMIENTO

    A los funcionarios y empleados del DRD les agradecemos la cooperacin que nos prestaron durante nuestra auditona.

  • Informe de Auditora DA-04-29 9 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    RELACIN DETALLADA DE HALLAZGOS

    CLASIFICACIN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO

    En nuestros informes de auditora se incluyen los hallazgos significativos determinados

    por las pruebas realizadas. stos se clasifican como principales o secundarios. Los principales

    incluyen desviaciones de disposiciones sobre las operaciones de la unidad auditada que tienen un

    efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo. Los secundarios son los

    que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

    Los hallazgos del informe se presentan segn los atributos establecidos conforme a las

    normas de redaccin de informes de nuestra Oficina. El propsito es facilitar al lector una mejor

    comprensin de la informacin ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

    Situacin - Los hechos encontrados en la auditora indicativos de que no se cumpli con

    uno o ms criterios.

    Criterio - El marco de referencia para evaluar la situacin. Es principalmente una ley,

    reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma

    de sana administracin, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinin de un

    experto o juicio del auditor.

    Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

    Causa - La razn fundamental por la cual ocurri la situacin.

    Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el

    informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos

    ilegales sealados.

    En la seccin sobre los COMENTARIOS DE LA GERENCIA se indica si el funcionario

    principal y los ex funcionarios de la unidad auditada efectuaron comentarios sobre los hallazgos

  • Informe de Auditora DA-04-29 10 28 de mayo de 2004 Unidad 1405 incluidos en el borrador del informe que les enva nuestra Oficina. Dichos comentarios se

    consideran al revisar el borrador del informe y se incluyen al final del hallazgo correspondiente

    en la seccin de HALLAZGOS EN EL DEPARTAMENTO DE RECREACIN Y DEPORTES

    de forma objetiva y conforme a las normas de nuestra Oficina. Cuando la gerencia no provee

    evidencia competente, suficiente y relevante para refutar un hallazgo, ste prevalece y se aade

    al final del mismo la siguiente aseveracin: Consideramos las alegaciones de la gerencia, pero

    determinamos que el hallazgo prevalece.

    HALLAZGOS EN EL DEPARTAMENTO DE RECREACIN Y DEPORTES

    Los hallazgos de este informe se clasifican como principales.

    Hallazgo 1 - Desviaciones de los procedimientos relacionados con pagos efectuados mediante la emisin de reconocimiento de deuda

    a. Del 16 de julio de 1996 al 29 de marzo de 2001 los funcionarios que se desempearon

    como Secretario del DRD autorizaron el pago a 120 proveedores por servicios facturados

    ascendentes a $2,451,812 para los cuales no mediaron contratos por escrito o no se

    emitieron rdenes de compra. En su lugar, emitieron 163 resoluciones de reconocimiento

    de deuda Nunc Pro Tunc. De stas, 131 (80 por ciento) por $2,368,315 correspondan a la

    prestacin de servicios, cuyos importes fluctuaban entre $200 y $346,826, para los cuales se

    debieron formalizar contratos por escrito. Las restantes 32 resoluciones (20 por ciento) por

    $83,497 correspondan a servicios para los cuales se debieron emitir rdenes de compra.

    Los importes facturados fluctuaban entre $44 y $28,300.

    De las 163 resoluciones, 156 (96 por ciento) por $2,392,409 fueron emitidas del 16 de julio

    de 1996 al 31 de diciembre de 2000, y las restantes 7 (4 por ciento) por $59,403 del

    1 de enero al 29 de marzo de 2001.

    En el Artculo 2(e) de la Ley Nm. 230, Ley de Contabilidad del Gobierno de

    Puerto Rico del 23 de julio de 1974 (Ley Nm. 230), se establece como poltica pblica

    que exista un control previo de las operaciones del Gobierno para que sirva de arma

    efectiva en el desarrollo de los programas encomendados a cada dependencia. De

  • Informe de Auditora DA-04-29 11 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    conformidad con dicha poltica pblica, y como norma de sana administracin y de control

    interno, los jefes de los organismos gubernamentales deben asegurarse de formalizar

    contratos por escrito antes de la prestacin de los servicios. El contrato es necesario para

    que consten todas las obligaciones de las partes en forma clara y precisa y para resolver

    cualquier controversia en caso de incumplimiento de algunas de las partes. Adems, la

    prctica de realizar desembolsos mediante resoluciones Nunc Pro Tunc es contraria a

    dicha Ley.

    En el Artculo 33.2 del Reglamento de Adquisicin del DRD, aprobado por el Secretario

    el 22 de abril de 1996 se establece que ser responsabilidad del Secretario velar por que

    ninguno de sus empleados solicite de licitador alguno la entrega de bienes, prestacin de

    servicios o ejecucin de obra sin haberse emitido previamente una orden de compra.

    La situacin comentada no le permiti al DRD mantener un control adecuado de los

    servicios requeridos y los pagos efectuados en virtud de los mismos. Adems, de surgir

    alguna diferencia de criterio entre las partes podra propender en litigios que consuman

    tiempo y recursos del Gobierno. Tambin propicia el ambiente para que se cometan

    irregularidades y que stas no se puedan detectar a tiempo.

    Permitir la prestacin de servicios sin formalizar contrato impide, adems, el cumplimiento

    con la Ley Nm. 18 del 30 de octubre de 1975, segn enmendada, que requiere que los

    contratos y las enmiendas a stos sean sometidos a la Oficina del Contralor de Puerto Rico

    dentro de los 15 das siguientes a la fecha de su otorgamiento, para los fines dispuestos en

    dicha Ley.

    b. El DRD no someti a la Oficina del Contralor de Puerto Rico copia de las 89 resoluciones

    de reconocimiento de deuda Nunc Pro Tunc emitidas por el Secretario entre el 29 de

    octubre de 1996 al 29 de marzo de 2001 para pagos por $2,329,886, mencionadas en el

  • Informe de Auditora DA-04-29 12 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    Apartado anterior.2 Tampoco incluy las mismas en el Registro de Contratos del DRD.

    La Oficina de Asesoramiento Legal tena, entre sus funciones, dicha responsabilidad.

    En la Ley Nm. 18 del 30 de octubre de 1975 y en el Artculo 6 del Reglamento

    Nm. 33 promulgado por el Contralor de Puerto Rico en virtud de dicha Ley, se dispone

    que los organismos del Gobierno remitirn copia de los contratos a la Oficina del Contralor

    de Puerto Rico dentro de los 15 das siguientes a partir de la fecha de otorgamiento.

    Adems, se establece que todos los contratos y las enmiendas a stos deben ser anotados en

    el Registro de Contratos de cada entidad gubernamental. Por otro lado, en la Carta

    Circular Nm. 98-01 del 17 de julio de 1997, emitida por el Director Ejecutivo de la

    Oficina de tica Gubernamental, se establece que el incumplimiento con la Ley

    Nm. 18 indicada, en cuanto a someter copia de los contratos y de las enmiendas a stos a

    la Oficina del Contralor de Puerto Rico, constituye una violacin a los artculos 3.2(a) y

    3.2(b) de la Ley Nm. 12 del 24 de junio de 1985, Ley de tica Gubernamental, segn

    enmendada.

    En la Carta Circular Nm. OC-98-01 del 8 de julio de 1997 emitida por el Contralor de

    Puerto Rico se establece que independientemente de lo irregular que son las resoluciones

    Nunc Pro Tunc, en aquellos casos donde stas puedan ser otorgadas, los funcionarios

    principales tienen la obligacin de cumplir con la anotacin de las mismas en el Registro

    de Contratos y someterlas a la Oficina del Contralor de Puerto Rico dentro de los 15 das

    siguientes a partir de la fecha de su otorgamiento.

    La situacin comentada impidi que esta Oficina incluyera dichas resoluciones en el

    sistema computadorizado que mantiene para el registro de los contratos otorgados por las

    agencias gubernamentales. Adems, no permiti que las mismas estuvieran disponibles en

    sta para examen por cualquier parte interesada en calidad de documentos pblicos.

    2 Se excluyeron las resoluciones que conforme a la cuanta y la naturaleza espordica del servicio no tenan que ser radicadas en la Oficina del Contralor de Puerto Rico conforme al Reglamento Nm. 33 sobre Registro de Contratos, Escrituras y Documentos Relacionados y Envo de Copias a la Oficina del Contralor, aprobado por el Contralor de Puerto Rico el 28 de enero de 1998.

  • Informe de Auditora DA-04-29 13 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    Las situaciones comentadas en los apartados a. y b. las atribuimos a que los funcionarios

    que se desempearon como Secretario del Departamento, Secretario Auxiliar de

    Infraestructura Fsica y Social (Secretario Auxiliar de Infraestructura) y Secretario Auxiliar

    de Administracin del 16 de julio de 1996 al 30 de junio de 2001 no cumplieron con las

    disposiciones citadas. Los funcionarios que se desempearon como Secretario durante el

    perodo mencionado no supervisaron adecuadamente al personal a cargo de dichas

    operaciones.

    Vanse las recomendaciones 1 y 2.

    Hallazgo 2 - Desviaciones de ley y de la reglamentacin relacionadas con la limpieza y el mantenimiento de instalaciones recreativas, e incumplimiento de contrato

    a. Para el ao fiscal 1999-00 el DRD cre el Proyecto Parques al Da (Proyecto) para

    atender las necesidades de limpieza y mantenimiento de 107 instalaciones recreativas y

    deportivas (parques) ubicadas en los municipios de San Juan, Carolina y Trujillo Alto. El

    Proyecto era administrado por el Secretario Auxiliar de Infraestructura y supervisado por

    un Ayudante Especial del Secretario (Supervisor del Proyecto). Los fondos utilizados para

    cubrir los gastos de mantenimiento de los parques objeto del Proyecto provenan de

    asignaciones legislativas mediante resoluciones conjuntas.

    Para llevar a cabo dicho Proyecto, el 16 de junio de 1999 la Junta de Subasta del DRD

    (Junta) emiti la Invitacin a Subasta Formal Nm. DRD-99-16. El 21 de junio hizo una

    reunin pre-subasta y el 28 de ese mes se efectu la subasta. De los seis licitadores

    que asistieron a la reunin pre-subasta, dos sometieron sus propuestas: uno por

    $42,450 mensuales y el otro $153,700 mensuales por el mantenimiento a los 107 parques.

    Un proveedor se abstuvo de participar, debido a las malas condiciones en las cuales se

    encontraban los parques. La subasta fue adjudicada el 29 de junio de 1999 a la compaa

    que ofreci el precio ms bajo. El 8 de julio de 1999 el Secretario del DRD otorg el

    Contrato Nm. 2000-039 a la compaa por $42,450 mensuales a razn de $396.73 por el

    mantenimiento a cada parque. Dicho Contrato tena vigencia de dos meses, por lo que el

    costo total de ste sera de $84,900. Adems, se estipul que ste poda ser renovado

  • Informe de Auditora DA-04-29 14 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    mensualmente conforme a los fondos recibidos para dicho propsito durante el ao fiscal.

    El Contrato fue enmendado en seis ocasiones entre el 1 de septiembre de 1999 y el 13 de

    junio de 2000. Cinco de las enmiendas se otorgaron para extender el perodo de limpieza

    de los parques desde el 1 de septiembre de 1999 al 30 de junio de 2000. En la sexta

    enmienda se aadi, en el mes de junio, la limpieza y el mantenimiento de otros

    80 parques a un costo de $31,760, para un total de 187 parques. Mediante dicho Contrato

    y las seis enmiendas el DRD efectu 15 pagos a la compaa por $529,256, del 6 de octubre

    de 1999 al 30 de agosto de 2000.

    Para evidenciar la labor de supervisin de la limpieza y el mantenimiento de los parques el

    supervisor utilizaba el Informe de Trabajo Diario. El mismo provea para que se

    indicara: la fecha, el lugar, la brigada (encargado o supervisor), y hora de comienzo y

    terminacin de los trabajos. Adems, provea para las firmas del Supervisor de la compaa

    y del Supervisor del Proyecto del DRD. El Supervisor del Proyecto del DRD, luego de

    preparar el mencionado Informe, preparaba la Hoja Informe Semanal (Informe

    Semanal). ste someta ambos informes al Secretario Auxiliar de Infraestructura para que

    lo firmara. El Informe Semanal provea para el desglose de los parques que se limpiaban

    por da en una semana. Adems, provea para las firmas del Supervisor del Proyecto

    del DRD, del Supervisor de la compaa y del Secretario Auxiliar de Infraestructura. Este

    ltimo funcionario someta a la Divisin de Finanzas ambos informes junto con la factura

    de cobro de la compaa para el pago.

    El examen revel lo siguiente:

    1) El 20 de abril de 1999, 66 das antes de emitirse la Invitacin a Subasta para el

    mantenimiento de los 107 parques, el Presidente de la compaa someti una oferta a

    la Junta de Subastas para el mantenimiento de las reas verdes de los parques del

    Proyecto a un costo de $42,450 mensuales. Dicha oferta contena las mismas

    especificaciones que posteriormente se establecieron en la Invitacin a Subasta. En

    los documentos examinados no se pudo determinar ni los funcionarios del DRD nos

    pudieron informar cmo la compaa obtuvo las mencionadas especificaciones y los

  • Informe de Auditora DA-04-29 15 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    formularios para presentar su oferta antes de que se publicara la misma, lo que

    demuestra, adems, que tampoco hubo una custodia apropiada de los mismos.

    Consideramos que esta situacin puso en desventaja a los dems licitadores. Esa

    oferta fue la que present posteriormente la compaa en la subasta mencionada.

    En el Artculo 64.1(A y B) del Reglamento de Adquisicin se establece que:

    El Pliego de Subasta se entregar a los licitadores en igualdad de condiciones.

    Los licitadores presentarn sus ofertas en los formularios oficiales suministrados por el DRD en original. De ser necesario, los licitadores podrn aadir hojas para aclarar o describir ms detalladamente sus ofertas.

    Adems, en el Apartado D de dicho Artculo se establece, entre otras cosas, que ser

    obligacin de todo licitador presentar sus ofertas en sobres o paquetes cerrados, los

    cuales tendrn que identificarse claramente en su exterior.

    En el Artculo 2(e) de la Ley Nm. 230 se establece como poltica pblica que exista

    un control previo de las operaciones del Gobierno que sirva de arma efectiva en el

    desarrollo de los programas encomendados a cada dependencia. Conforme con dicho

    principio, y como norma de sana administracin y de control interno, los jefes de los

    organismos gubernamentales deben asegurarse que los documentos relacionados con

    los procesos previos a las subastas se custodien apropiadamente para evitar

    favoritismos y otras irregularidades y que de stas ocurrir se puedan detectar a tiempo

    para tomar las medidas correspondientes.

    La situacin comentada propicia el ambiente para que haya favoritismo hacia un

    proveedor en particular en perjuicio de los mejores intereses del DRD. Adems, le

    resta transparencia a los procesos de adquirir bienes y servicios a travs del

    procedimiento de subasta.

    La situacin comentada es indicativa de que la Junta y el Secretario Auxiliar de

    Infraestructura no protegieron los mejores intereses del DRD y se apartaron de lo

  • Informe de Auditora DA-04-29 16 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    dispuesto en la reglamentacin aplicable. Adems, a que los secretarios del DRD que

    se desempearon del 1 de abril de 1999 al 31 de diciembre de 2000 no supervisaron

    adecuadamente dichas operaciones.

    2) Conforme a los informes de trabajo diario, el Supervisor del Proyecto y el

    Supervisor de la compaa certificaron como finalizados los trabajos efectuados por

    sta en 56 de los parques. Tambin en los informes semanales del Proyecto

    correspondiente al perodo del 8 de julio al 7 de agosto de 1999 el Secretario Auxiliar

    de Infraestructura, el Supervisor de la compaa y el Supervisor del Proyecto de los

    parques certificaron que la compaa haba efectuado el mantenimiento en

    los 56 parques. El 9 de agosto de 1999 la compaa someti al DRD la Factura

    Nm. 99080903 para el cobro de los $42,450 por los servicios de mantenimiento de

    los 107 parques. Mediante carta del 14 de septiembre de 1999 la Directora del

    Proyecto de la compaa le inform al Secretario Auxiliar de Infraestructura que

    algunos de los parques no recibieron el servicio de mantenimiento en el mes de julio

    de 1999 debido a las psimas condiciones en los cuales se encontraban. Por ello, la

    compaa no facturara los gastos de mantenimiento de dichos parques. Adems, le

    indic que le concediera un tiempo adicional para cumplir con los servicios de

    mantenimiento correspondiente a dicho mes.

    A base de dicha solicitud, el 1 de octubre de 1999 el Secretario Auxiliar de

    Infraestructura aadi una nota a manuscrito a la carta aceptando la propuesta de la

    compaa sujeto a que completara los trabajos antes de noviembre de 1999. Adems,

    en dicha fecha autoriz el pago de la referida Factura por $42,450. El 9 de octubre

    de 1999, mediante el Comprobante de Pago Nm. 00002590, el DRD le pag a la

    compaa $38,205 por el mantenimiento de los 107 parques y le retuvo $4,245

    equivalente al 10 por ciento del pago total (107 x $396.73 = $42,450 - $4,245 =

    $38,205). Esto, en lugar de $22,216 correspondiente a los 56 (56 x $396.73) parques

    3 Dicha Factura fue recibida el 26 de agosto de 1999 en la oficina del Secretario del DRD, segn el sello de recibido incluido en la misma.

  • Informe de Auditora DA-04-29 17 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    a los que se les ofreci el servicio de mantenimiento. El 10 de diciembre de 1999 el

    DRD pag la retencin mediante el Comprobante de Reintegro Nm. 00002811.

    En los documentos examinados no se localiz evidencia escrita de que el Secretario

    delegara en el Secretario Auxiliar de Infraestructura para que efectuara dicho acuerdo

    ni que aprobara el mismo. Tampoco de los criterios utilizados por dicho funcionario

    para autorizar el pago por adelantado correspondientes a los parques que no se les

    haba prestado el mantenimiento. Esto sin requerir una garanta de que los trabajos de

    mantenimiento de dichos parques se realizara conforme a lo acordado. De los

    documentos examinados se determin que el mantenimiento a 23 parques se ofreci

    entre el 10 de octubre y 7 de noviembre de 1999, por lo que se pag $9,124

    (23 x $396.73) por adelantado correspondiente al servicio de mantenimiento.

    En el Artculo 7(j) de la Ley Nm. 126 se establece que:

    El Secretario podr delegar la facultad para contratar los servicios profesionales tcnicos necesarios para cumplir con los propsitos de dicha Ley en funcionarios subalternos.

    En el Artculo 9(g) de la Ley Nm. 230 se establece que los jefes de las dependencias

    o sus representantes autorizados sern responsables de la legalidad, exactitud,

    propiedad, necesidad y correccin de todos los gastos que sometan para pago al

    Secretario de Hacienda o a un pagador nombrado por ste. Adems, en el

    Artculo 9(e) de dicha Ley se establece que el Secretario podr efectuar o autorizar a

    los pagadores a efectuar pagos por adelantado de aquellos servicios o suministros que

    segn costumbre o prctica comercial se pagaren por anticipado, cuando la necesidad

    del servicio as lo requiera. En consonancia con ese principio, y como norma de sana

    administracin y de control interno, los jefes de las agencias gubernamentales tienen la

    responsabilidad de documentar cualquier delegacin que realicen para formalizar

    contratos o enmiendas. Adems, deben dejar constancia escrita de los criterios que se

    utilizan para autorizar desembolsos por servicios que an no se han prestado y las

    garantas reclamadas a los contratistas para asegurarse que los mismos se presten.

  • Informe de Auditora DA-04-29 18 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    La situacin comentada no le permite al DRD mantener un control adecuado de los

    pagos por servicios prestados y puede ocasionar problemas de ndole administrativo y

    legal en las referidas operaciones. Adems, puede resultar perjudicial a los mejores

    intereses del Gobierno.

    3) De la prueba documental y testifical relacionada con el mantenimiento a los

    107 parques y con el pago de $38,205 efectuado a la compaa el 9 de octubre y el de

    $4,245 el 10 de diciembre de 1999 por dichos servicios durante el perodo del 8 de

    julio al 7 de agosto de 1999 determinamos lo siguiente:

    a) El DRD no estableci un procedimiento adecuado para asegurarse que la

    compaa cumpliera con las clusulas del Contrato relacionadas con el

    mantenimiento de los 107 parques mensualmente. De la evidencia examinada y

    de los informes de trabajo diario y de los informes semanales se determin

    que 51 parques no recibieron el mantenimiento del 8 de julio al 7 de agosto

    de 1999. De stos, 22 lo recibieron entre el 10 de agosto y 6 de septiembre

    de 1999 y 23 entre el 10 de octubre y 7 de noviembre de 1999. En los informes

    de trabajo diario y en los informes semanales se estableci un total de

    45 parques que la compaa haba efectuado dos veces el mantenimiento a dichos

    parques durante dicho perodo para compensar el que debi realizar del

    8 de julio al 7 de agosto de 1999. El Secretario Auxiliar de Infraestructura

    inform a nuestros auditores que autoriz a la compaa a trabajar dos veces al

    mes en algunos de los parques. Tambin en entrevista al Supervisor de la

    compaa, ste nos inform que durante el perodo de julio de 1999 no se realiz

    el mantenimiento a todos los parques debido a que comenzaron tarde a realizar el

    mismo y por el deterioro en que stos se encontraban. De dichos informes se

    desprende que para 45 parques el tiempo transcurrido entre una limpieza y la otra

    fluctu de 7 a 26 das consecutivos, y para 30 de stos el tiempo fluctu entre 7 a

    15 das.

  • Informe de Auditora DA-04-29 19 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    En la Clusula Octava del Contrato se estableci que la limpieza terminara

    cada 30 das calendario (consecutivos) a partir del 8 de julio al 31 de agosto

    de 1999.

    En el Apartado 11 de las Condiciones para la Invitacin a Subasta se

    estableci que se le dar el mantenimiento necesario una vez al mes a cada

    instalacin.

    Adems, como norma de sana administracin y de control interno, los jefes de

    los organismos gubernamentales deben adoptar los mecanismos que

    correspondan para asegurarse que se cumplan con las clusulas establecidas en

    los contratos formalizados.

    La situacin comentada le impide al DRD mantener un control adecuado de la

    administracin del contrato y da lugar a que los servicios contratados no se

    ofrezcan conforme a lo acordado. Adems, propicia el ambiente para que se

    realicen pagos por servicios no prestados como se comenta en el siguiente

    Apartado.

    b) Segn se comenta en el Apartado anterior, y a base de los informes de trabajo

    diario y los informes semanales se determin que la compaa no prest el

    servicio de mantenimiento a 6 de los 107 parques correspondiente al mes de julio

    de 1999. Esto, a pesar de que el DRD le pag los $41,450 correspondientes al

    servicio de mantenimiento de los 110 parques. Ello representa un pago indebido

    de $2,380 (6 x $396.73).

    En el Artculo 9(e) de la Ley Nm. 230 se establece que los desembolsos que

    efecten el Secretario y los pagadores nombrados por ste sern por servicios,

    suministros, materiales y cualesquiera otros bienes rendidos o suplidos. Adems,

    en el Artculo 9(g) de dicha Ley se establece que los jefes de las dependencias o

    sus representantes autorizados sern responsables de la legalidad, exactitud,

  • Informe de Auditora DA-04-29 20 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    propiedad, necesidad y correccin de todos los gastos que sometan para pago al

    Secretario o a un pagador nombrado por el Secretario de Hacienda. Conforme

    con dicha disposicin, y como norma de sana administracin y de control

    interno, el Secretario Auxiliar de Infraestructura debi asegurarse que los pagos

    efectuados a la compaa fueran por servicios prestados.

    La situacin comentada dio lugar a que se pagara indebidamente $2,380 a la

    compaa por servicios de mantenimiento no prestados.

    4) El Director de la Regin Metropolitana y el Supervisor del Proyecto no establecieron

    un mecanismo de control para evitar que los empleados de las brigadas de

    mantenimiento y los de la compaa prestaran servicios de mantenimiento a los mismos

    parques. Examinamos 16 Comprobantes de Gastos de Viaje (Modelo SC-722)

    emitidos del 12 de abril al 23 de octubre de 2000 correspondientes a 8 empleados de

    las brigadas de mantenimiento de las reas recreativas de la Regin Metropolitana del

    DRD. Esto con el propsito de verificar que dichos servicios no se duplicaran. A

    base de los mencionados comprobantes, el 9 de noviembre de 1999, el 21 de marzo,

    el 19 de julio y 26 de septiembre de 2000 los empleados reclamaron gastos de

    viaje por haber sido asignados a prestar servicios de limpieza y mantenimiento

    a cuatro parques localizados en las urbanizaciones Las Cumbres, El Vedado,

    Los Maestros y en la Cuarta Seccin de Country Club. Por otro lado, en los informes

    de trabajo diario correspondientes a las mencionadas fechas, la compaa tambin

    reclam haber prestado servicios de mantenimiento a los mencionados parques. A

    base de ello, el 30 de noviembre de 1999, el 29 de marzo, el 28 de julio y el 29 de

    septiembre de 2000 sta someti las facturas correspondientes por $42,450, $42,450,

    $74,210 y $74,210, respectivamente. El DRD pag las mismas entre el 2 de febrero y

    12 de diciembre de 2000.

    Mediante entrevistas efectuadas por nuestros auditores a cinco de los empleados y al

    Supervisor del Proyecto del DRD, stos nos indicaron, entre otras cosas, que si en los

  • Informe de Auditora DA-04-29 21 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    comprobantes se indicaba que haban visitados los mencionados parques era porque

    haban realizado la limpieza y el mantenimiento en los mismos. Adems, el

    Supervisor de Proyecto nos indic que ellos realizaban la limpieza y el

    mantenimiento de los parques durante su horario regular de trabajo4 y que nunca

    coincidieron en los parques con empleados de la compaa. Por otro lado, mediante

    entrevista al Supervisor de la compaa, ste le inform a nuestros auditores que no

    poda precisar si en los das en que los empleados del DRD realizaron la limpieza y el

    mantenimiento a los cuatro parques, la compaa tambin los realiz. Adems, indic

    que pudo haber coincidido brigadas del DRD con las de la compaa, pero que en

    dichos casos la compaa proceda a realizar los trabajos en una fecha posterior.

    En el Artculo 2(f) de la Ley Nm. 230 se establece que independientemente del

    control previo general que se establezca para todas las operaciones de cada rama del

    gobierno, los jefes de las dependencias y entidades corporativas sean en primera

    instancia responsable de la legalidad, exactitud, propiedad, necesidad y correccin de

    los gastos que se sometan para pago. En consonancia con esta poltica pblica, y

    como norma de sana administracin y de control interno, las entidades

    gubernamentales deben establecer los mecanismos de control correspondientes para

    evitar que en situaciones como la comentada los servicios contratados sean prestados

    por personal de la entidad.

    La situacin comentada no le permite al DRD mantener un control adecuado sobre el

    proceso de pago por los servicios de mantenimiento de los parques. Adems, puede

    dar lugar a que se efecten pagos indebidos. De haberse dado los servicios de

    limpieza y mantenimiento a los cuatro parques por los empleados del DRD, ste

    hubiera pagado indebidamente a la compaa $1,587 ($396.73 x 4).

    4 El horario regular era de 7:00 a.m. a 3:30 p.m.

  • Informe de Auditora DA-04-29 22 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    Las situaciones comentadas en el Apartado a.2) al 4) son indicativas de que los

    funcionarios que se desempearon como Secretario del DRD y secretarios auxiliares de

    Infraestructura durante el perodo de junio de 1999 al 31 de diciembre de 2001 no velaron

    por el cumplimiento con las mencionadas disposiciones de ley y de reglamentos, y de

    normas de sana administracin y de control interno.

    b. El 3 de agosto de 2000 el Secretario del DRD formaliz un segundo contrato5 con la

    compaa mencionada en el Apartado a. para el mantenimiento de los 187 parques a un

    costo de $371,050 por un trmino de cinco meses. En el contrato se estableci que la

    compaa ofrecera el mantenimiento de los 187 parques del 3 de agosto al 31 de diciembre

    de 2000 bajo las mismas condiciones acordadas en el primer contrato del 8 de julio

    de 1999. Adems, se estableci que el costo mensual del mantenimiento de los 187 parques

    era de $74,210 (187 x $396.84 = $74,210). Del 9 de agosto al 14 de diciembre de 2000 se

    efectuaron tres enmiendas6 a dicho contrato. Mediante este segundo contrato el DRD le

    efectu pagos a la compaa por $371,050 mediante cinco comprobantes de pagos emitidos

    entre el 13 de septiembre de 2000 y el 16 de enero de 2001. Por otro lado, el DRD tambin

    le pag a la compaa $74,210 (187 x $396.84 = $74,210) por los servicios de

    mantenimiento de los 187 parques correspondiente a julio de 2000.

    El DRD no realiz una subasta formal para la contratacin de los servicios de

    mantenimiento de los 187 parques para el perodo del 3 de agosto al 31 de diciembre

    de 2000. Tampoco celebr subasta formal ni formaliz un contrato por escrito para los

    servicios de mantenimiento de los 187 parques correspondientes a julio de 2000 a un costo

    de $74,210. Estos servicios fueron pagados el 13 de septiembre de 2000 (Comprobante de

    Pago Nm. 1002786), a base de una Resolucin de Reconocimiento de Deuda.7

    5 El contrato corresponda al ao fiscal 2000-01. 6 Dos de las enmiendas eran para cambiar las cifras de cuentas para efectuar el pago de los servicios y una para agrupar los parques en una sola lista. 7 Lo relacionado al Reconocimiento de Deuda se comenta en el Hallazgo 1.

  • Informe de Auditora DA-04-29 23 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    En el Artculo 4.31 del Reglamento de Adquisicin se establece que subasta formal es el

    procedimiento a utilizarse en el Departamento8 para adquirir bienes o servicios cuyo monto

    exceda la cantidad de $30,000.01.

    En el Artculo 9(a) de la Ley Nm. 230 se establece que las dependencias ordenarn las

    obligaciones y los desembolsos de sus fondos pblicos nicamente para obligar o pagar por

    servicios, suministros de materiales y equipo, reclamaciones u otros conceptos que

    estuviera autorizados por ley. Se dispone, adems, que el Secretario de Hacienda

    contabilizar las obligaciones y efectuar y contabilizar los desembolsos a base de

    documentos que sometan las dependencias, los cuales sern previamente aprobados para la

    obligacin o el pago por el jefe de la dependencia correspondiente o por el funcionario o

    empleado que ste designare como su representante autorizado. En consonancia con dicho

    principio, y como norma de sana administracin y de control interno, las entidades

    gubernamentales deben formalizar contratos por escrito para que consten las obligaciones

    de las partes en forma clara y precisa y se pueda resolver cualquier controversia en caso de

    incumplimiento de alguna de las partes.

    La situacin comentada no permite la libre competencia entre los proveedores cualificados

    en perjuicio de los mejores intereses del DRD. Adems, propicia el ambiente para que se

    cometan irregularidades y no se detecten a tiempo. Por otro lado, el no formalizar contratos

    por escrito conlleva riesgos que deben evitarse, ya que de surgir diferencias de criterio entre

    las partes podra propender en litigios que consuma tiempo y recursos del Gobierno.

    Los funcionarios que se desempearon como secretarios auxiliares de Infraestructura y

    como Secretario durante dicho perodo se apartaron del cumplimiento con las mencionadas

    disposiciones. Adems, a que el Secretario del DRD no ejerci una supervisin adecuada

    de dichas operaciones.

    8 Se refiere al DRD

  • Informe de Auditora DA-04-29 24 28 de mayo de 2004 Unidad 1405 c. El Supervisor del Proyecto utilizaba el Informe de Trabajo Diario y la Hoja Informe

    Semanal mencionados en el Apartado a. para evidenciar la labor de supervisin de la

    limpieza y el mantenimiento de los parques. Estos informes no provean espacio para que

    el Supervisor indicara la fecha en que realiz la supervisin, y cundo prepar dichos

    informes. Tampoco provean espacio para que ste certificara, con su firma, que la

    informacin provista en los mismos era correcta.

    En el Artculo 4(g) de la Ley Nm. 230 se dispone, entre otras cosas, que los

    procedimientos para incurrir en gastos y pagar los mismos tendrn los controles adecuados

    que impidan o dificulten la comisin de irregularidades y que permitan, que de stas

    cometerse, se puedan fijar responsabilidades, y que garantice, adems, la claridad y pureza

    de los procedimientos fiscales. Adems, en el Artculo 9(g) se establece que los jefes de

    las dependencias y entidades corporativas o sus representantes autorizados sern

    responsables de la legalidad, exactitud, propiedad, necesidad y correccin de todos los

    gastos que se sometan para pago al Secretario o a un pagador debidamente nombrado por el

    Secretario de Hacienda. En consonancia con esta poltica pblica, y como norma de sana

    administracin y de control interno, los documentos fiscales, como los indicados, deben

    proveer un espacio para la fecha en que se realiza la supervisin y para que los que la

    realizan certifiquen con su firma que la informacin provista en los mismos es correcta.

    La situacin comentada no le permite al DRD mantener un control adecuado de los

    servicios de limpieza y mantenimiento de los parques, y propicia el ambiente para la

    comisin de irregularidades y que stas no se detecten a tiempo, con los consiguientes

    efectos adversos para el erario.

    La situacin comentada obedece, principalmente, a que los funcionarios que se

    desempearon como secretarios auxiliares de Infraestructura del 1 de julio de 1999 al 31 de

  • Informe de Auditora DA-04-29 25 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    diciembre de 2000 no cumplieron con las disposiciones mencionadas. Adems, a que el

    Secretario del DRD que se desempe durante el perodo mencionado no supervis

    adecuadamente dichas operaciones.

    Vanse las recomendaciones 3.a. a la e. y 5.

    Hallazgo 3 - Ausencia de estudio y de subasta en la adquisicin e instalacin de techo un para una cancha de baloncesto

    a. El 4 de septiembre de 1997 el DRD efectu un pago por $85,000 a un contratista mediante

    el Cheque Nm. 01634017. Esto por los trabajos relacionados con la adquisicin e

    instalacin de una estructura abovedada de 105 pies de largo por 52 pies de ancho para

    techar la cancha de baloncesto localizada en la Antigua Base Naval de Miramar

    (Base Naval). Para autorizar el pago, el 13 de agosto de 1997 el DRD emiti una

    Resolucin de Reconocimiento de Deuda Nunc Pro Tunc.

    No se nos pudo suministrar evidencia de que el DRD realizara un estudio para determinar la

    necesidad de techar dicha rea recreativa, en el cual se considerara, entre otros asuntos, la

    utilidad, y el uso inmediato y futuro de la misma. Tampoco se nos suministr evidencia de

    que se realizara una subasta para la adquisicin e instalacin de dicha estructura. No

    obstante, de los documentos examinados surge que el 28 de mayo de 1997 el Secretario

    Auxiliar de Infraestructura le inform al Secretario del DRD la necesidad de una instalacin

    techada para proteger de las inclemencias del tiempo a los nios que participaran del

    Campamento de Verano auspiciado por dicha agencia.9 Por otro lado, en la Resolucin se

    estableci que el Secretario Auxiliar de Conservacin, mediante memorando del 24 de julio

    de 1997, haba indicado que se necesitaba una instalacin techada para proteger de las

    inclemencias del tiempo a los nios que participan en dicho Campamento. Adems, se

    estableci que al no tener otra alternativa, se determin techar la cancha de baloncesto

    localizada en los terrenos de la Base Naval de Miramar. Por lo cual, debido a la premura de

    conseguir la instalacin adecuada, se obvi el proceso de subasta.

    9 Este Campamento se celebraba todos los aos.

  • Informe de Auditora DA-04-29 26 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    Para el cobro de dichos servicios, el contratista someti dos facturas con fecha del 3 de

    junio de 1997. En la primera factur $100,000 por trabajos de construccin realizados en el

    rea del Morro y en la Base Naval. En dicha factura se estableci que los trabajos

    realizados consistan en:

    rea del Morro:

    La construccin de cimientos, pedestales con diferentes elevaciones y pernos de anclaje La fabricacin e instalacin de estructura metlica (cancha abovedada) Poner pintura de acero a la estructura La movilizacin de la estructura desde el Morro a la Base Naval Desmontar la estructura del rea del Morro Movilizar en horas no laborables personal, equipos y materiales desde el rea del

    Morro a la Base Naval

    Base Naval:

    Realizar demoliciones de losa de pisos en los lugares donde se fundirn los cimientos Reponer losas de pisos Efectuar excavaciones y relleno de excavaciones Construir cimientos y pedestales Montar estructura metlica usada en el rea del Morro Fabricar y montar la cancha abovedada de una extensin de 105 pies para cubrir el

    largo de la losa de concreto existente

    Construir cimientos adicionales Pintar el acero estructural En la segunda factura el contratista incluy el cobro de $85,000 y la acompa con la

    Certificacin Nm. 1. La misma era por la instalacin de una estructura abovedada de

    105 - 0 x 52 - 0 en la Base Naval a un costo de $85,000, pero en la Certificacin se

  • Informe de Auditora DA-04-29 27 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    incluyeron los servicios mencionados en la primera factura. Dicha Certificacin fue

    certificada por el Secretario Auxiliar de Infraestructura y aprobada por un consultor

    del DRD.

    La Directora de la Divisin de Fomento y Promocin de la Recreacin del DRD10 nos

    inform que ella no haba solicitado la instalacin de un techo en la cancha de la Base

    Naval. El Secretario Auxiliar de Infraestructura nos inform que la cancha abovedada

    construida en el rea del Morro fue utilizada all para los actos de la toma de posesin del

    Gobernador Electo en noviembre de 1996. Adems, nos inform que el Secretario autoriz

    mover el techo y la estructura instalada en el rea del Morro a la cancha de baloncesto

    localizada en la Base Naval. Tambin, nos indic que las oficinas del DRD estuvieron

    ubicadas en la Base Naval hasta febrero de 2000.

    En el Artculo 4.31 del Reglamento de Adquisicin se establece que subasta formal es el

    procedimiento a utilizarse en el Departamento para adquirir bienes o servicios cuyo monto

    exceda de $30,000.01.

    En el Artculo 82.10 de dicho Reglamento se indican las situaciones en que el

    Departamento podr negociar sin necesidad de subasta. Una de ellas establece que:

    El Secretario del Departamento determine que debido a una emergencia o urgencia se requiera la inmediata entrega de materiales, efectos y equipo o prestacin de estos servicios. Estas compras o prestacin de servicios se justificarn con un informe explicativo al respecto.

    En el Artculo 4.12 del Reglamento de Adquisicin se dispone que:

    Se entender por emergencia o urgencia aquella situacin que ocasione unas necesidades pblicas inesperadas e imprevistas y que se requieran una accin inmediata de parte del Departamento por estar en peligro la vida, la salud o la seguridad del pueblo o de suspenderse o afectarse el servicio pblico o la propiedad del Departamento; o si el trmino para usar los fondos est a punto de vencer y toda oportunidad para adquirir los bienes obras y servicios deseados pueda perderse afectando adversamente el inters pblico.

    10 Divisin encargada de organizar los campamentos de verano.

  • Informe de Auditora DA-04-29 28 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    En el Artculo 87 del Reglamento de Adquisicin se establece que:

    Cuando exista una emergencia, como se define en el Artculo 4.12 de dicho Reglamento, se obviar el trmite de subasta formal y se proceder a justificar la adquisicin.

    En el Artculo 2(e) de la Ley Nm. 230 se dispone, como parte de la poltica pblica del

    Gobierno, que en las agencias y en las entidades gubernamentales exista un control previo

    de todas las operaciones del gobierno para que sirva de arma efectiva al jefe de la

    dependencia en el desarrollo de los programas que se le han encomendado. Adems, en el

    Artculo 2(f) de dicha Ley se establece que los jefes de las entidades o sus representantes

    autorizados sern responsables de la legalidad, correccin, exactitud, necesidad y propiedad

    de las operaciones fiscales. En consonancia con ese principio, y como norma de sana

    administracin y de control interno, los funcionarios gubernamentales deben asegurarse de

    realizar los estudios que correspondan para determinar la necesidad de incurrir en gastos en

    la adquisicin de bienes y servicios que sean de utilidad inmediata y futura de la agencia y

    responda a sus mejores intereses.

    La situacin comentada limita la participacin entre proveedores y propicia el ambiente

    para que haya favoritismo hacia un contratista en particular y le resta transparencia a dicho

    proceso. Adems, puede dar lugar a la comisin de errores e irregularidades y que stas no

    se detecten a tiempo para fijar responsabilidades. La ausencia de estudios da lugar, adems,

    a que se inviertan recursos en la adquisicin de bienes y servicios de los cuales no se

    obtenga el mayor rendimiento, en perjuicio de los mejores intereses de la agencia.

    La situacin comentada es indicativa de que los funcionarios que se desempearon como

    Secretario del DRD y como Secretario Auxiliar de Infraestructura del 28 de mayo al 4 de

    noviembre de 1997 se apartaron de las disposiciones citadas.

    Vase la Recomendacin 3.f.

  • Informe de Auditora DA-04-29 29 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    ANEJO 1

    DEPARTAMENTO DE RECREACIN Y DEPORTES

    FUNCIONARIOS PRINCIPALES QUE ACTUARON DEL 1 DE JULIO DE 1997 AL 30 DE JUNIO DE 2002

    NOMBRE

    CARGO

    PERODO

    DESDE HASTA

    Hon. Jorge L. Rosario Noriega Secretario 3 ene. 01 30 jun. 02

    Sr. Eric R. Labrador Rosa 1 jul. 97 31 dic. 00

    Srta. Ana C. Bentez Torres Subsecretaria 16 ene. 01 30 jun. 02

    Sra. Lourdes Coln Morales 1 mayo 00 31 dic. 00

    Sr. Jos Franqui Romn Subsecretario 1 jul. 97 30 abr. 00

    Sr. ngel D. Castro Vallejo Ayudante Especial 1 jul. 98 31 dic. 00

    CPA Gretchen I. Ferr Tirado Directora de Auditora Interna 1 feb. 01 30 jun. 02

    Sr. Edimburgo Melndez Rivera Director de Auditora Interna Interino

    16 dic. 00 31 ene. 01

    Director de Auditora Interna 16 abr. 98 15 dic. 00

    Sra. Hilda Snchez Ros Directora de Auditora Interna Interina

    1 jul. 97 15 abr. 98

    Lic. Marisara Melndez Torres Directora de Asesoramiento Legal11

    16 ene. 01 30 jun. 02

    Vacante Director de Asesoramiento Legal 19 abr. 00 15 ene. 01

    Lic. Jos A. Ramos Aponte 2 ago. 99 18 abr. 00

    Vacante 16 jul. 99 1 ago. 99

    Lic. Luisa Arroyo de Abada Directora de Asesoramiento Legal 1 jul. 97 15 jul. 99

    11 Desde agosto de 1998 al ao 2001 se llamaba Oficina de Asesoramiento Legal y anterior a agosto de 1998 se llamaba Oficina de Servicios Legales.

  • Informe de Auditora DA-04-29 30 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    CONTINUACIN DEL ANEJO 1

    NOMBRE

    CARGO

    PERODO

    DESDE HASTA

    Sr. Jos A. Riefkohl Marty Secretario Auxiliar de la Secretara Auxiliar de Infraestructura Fsica y Social12

    16 ene. 00 30 jun. 02

    Vacante 1 sep. 00 15 ene. 01

    Sr. Luis F. lvarez Torres 1 mayo 00 31 ago. 00

    Sra. Lourdes Coln Morales Secretaria Auxiliar de la Secretara Auxiliar de Infraestructura Fsica y Social

    1 jul. 99 30 abr. 00

    Vacante Secretario Auxiliar de la Secretara Auxiliar de Infraestructura Fsica y Social

    16 mayo 99 30 jun. 99

    Sr. Jos R. Tormos Picn 1 jul. 97 15 mayo 99

    Sr. Pedro Efran Martnez Peterson Director de la Oficina de Gerencia de Proyectos de Mejoras Permanentes 13

    1 ene. 97 30 jun. 00

    Sr. Ramn A. Ortega Rodrguez Secretario Auxiliar de Administracin

    19 ene. 01 30 jun. 02

    Vacante 17 dic. 00 18 ene. 01

    Sra. Carmen L. Cruz Matos Secretaria Auxiliar de Administracin

    1 jul. 97 16 dic. 00

    Sra. Mara Cristina Ortiz Navarro Directora de Finanzas 1 jul. 97 30 jun. 02

    Sra. Myrna Febus Renta Directora de la Regin Metropolitana

    2 ene. 01 30 jun. 02

    12 Antes de julio de 1999 se llamaba Secretario Auxiliar de Conservacin y Mantenimiento. 13 Este puesto se elimin el 30 de junio de 2000.

  • Informe de Auditora DA-04-29 31 28 de mayo de 2004 Unidad 1405

    CONTINUACIN DEL ANEJO 1

    NOMBRE

    CARGO

    PERODO

    DESDE HASTA

    Sra. Luz E. Vlez Ortiz Directora de la Regin Metropolitana

    1 oct. 98 31 dic. 00

    Sr. ngel D. Castro Verdejo14 Director de la Regin Metropolitana

    1 jul. 97 30 sep. 98

    14 Ejerci el puesto de Ayudante Especial y de Director de la Regin Metropolitana simultneamente durante el periodo del 1 de julio al 30 de septiembre de 1998.