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AUGUSTO Y LA TRANSICIÓN AL PRINCIPADO BASES POLÍTICAS, IDEOLÓGICAS Y SOCIALES El ascenso de Octaviano: De la muerte de César a Actium. Octaviano, hacia el Principatus: potentia ad unum. De Octaviano a Augustus. El nuevo ordenamiento del Princeps: los noua officia. Aspectos fiscales y sociales del nuevo régimen: consensus uniuersorum.

Augusto principatus

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AUGUSTO Y LA TRANSICIÓN AL PRINCIPADOBASES POLÍTICAS, IDEOLÓGICAS Y SOCIALES

El ascenso de Octaviano: De la muerte de César a Actium.Octaviano, hacia el Principatus: potentia ad unum.De Octaviano a Augustus.El nuevo ordenamiento del Princeps: los noua officia.

Aspectos fiscales y sociales del nuevo régimen: consensus uniuersorum.

EL ASCENSO DE OCTAVIANODE LA MUERTE DE CÉSAR A ACTIVM: PRIMORDIA

AVGVSTILOS PRIMORDIA AVGVSTI (44-36 a. C.)

En el seno del debate republicano entre optimates y populares, entre nobilitas y nouitas, en Octaviano confluyen tres elementos que la historiografía ha llamado primordia Augusti que constituyen un primer paso para explicar su fulgurante cursus honorum:

1. Su linaje (nomen). Octaviano era hijo de un homo nouus, que, por parte de madre, además, entroncaba con Julio César al ser su abuela hermana de César. El propio César le adoptaría y la noticia de dicha adopción le llegaría a Octaviano cuando tras la muerte de aquel, se encontraba en Apolonia. Más tarde, gracias a una Lex Curiata de Imperio, la adopción que César había dejado prevista se perfeccionó inscribiéndose Octaviano de pleno derecho en el árbol familiar de los Iulii. En los Ludii Victoriae Caesaris, celebrados en el 43 a. C. y en los que –en memoria de Venus Genetrix– se expusieron emblemas cesarianos, lo que manifestaría el deseo de Octaviano de que dicha adopción fuera también percibida popularmente.

2. Su fuerza personal (uis). Una vez que muere César, Augusto marcha a Italia donde se entrevista con cesarianos (sobre todo los Balbos) y anti-cesarianos (Cicerón) en un intento de lograr apoyos. Dichos apoyos fructifican cuando –a través de la Lex de Permutatione Prouinciarum–, Antonio queda en desacuerdo con el Senado y es víctima de una campaña de desprestigio que el mismo Cicerón ha asumido dirigir por deseo de Octaviano que –ya con legiones en los Balcanes y en las Galias– en el 43 a. C. es adlectus inter consulares, es decir, introducido entre los cónsules sin, de verdad, haberlo sido.

3. Su posición en el segundo triunvirato (tresuiri rei publicae constituendae), firmado en Bolonia y que pretendía hacer la guerra a los Cesaricidas y cuyos integrantes (Lépido, Octaviano y Antonio), a partir de la Lex Titia, podían dictar leyes y nombrar magistrados y gobernadores (imperium maius). De hecho, toda su política entre el 42 y el 36 a. C. irá encaminada a la eliminación por Octaviano de sus rivales en Occidente (L.. Antonio, hermano de Marco Antonio; Sexto Pompeyo; y el propio Lépido), quedando como único poder frente a Oriente, controlado por Antonio.

EL ASCENSO DE OCTAVIANODE LA MUERTE DE CÉSAR A ACTIVM: CONTRA

ANTONIOLA LABOR CONTRA ANTONIO (36-31 a. C.)

Entre el 36 y el 31 a. C. la labor de Augusto fue una labor de moderación y de popularidad, presentándose como benefactor del ejército (phylostriaotés) y del pueblo (phylodemós), centrando su actuación en tres cuatro objetivos clave:

1. La mejora de su carisma. Desde el 42 a. C., como consecuencia de la apotheosis Caesaris, Octaviano era ya hijo de un diuus. Además, con seguridad desde el 38 a. C. ha incluido en su titulatura el título de imperator como praenomen y el de Caesar como nomen lo que resumía su vinculación cesariana y remitía a su poder militar. En el 41 a. C. se hizo nombrar augur, rango que ya tenía Antonio y que, entre sus prerrogativas, incluía la de ser interpres Iouis, por tanto, “intérprete de la voluntad de los dioses”. Al dotarse en el 36 a. C. de la sacrosantitas tribunitia manifestaba una gran predilección y respeto por las magistraturas plebeyas.

2. Continuación de su curriculum militar, sobre todo en Iliria. Así se ponía a la altura de Antonio, también victorioso en Macedonia y Oriente.

3. Acercamiento a la plebs. No sólo en el sentido institucional por su sacrosantitas tribunitia, sino en el sentido más cotidiano, Octaviano impulsó, junto con Agrippa, una nueva red de acueductos y conducciones de agua para el abastecimiento de boca en Roma. En esta época proliferaron la celebración de ludi (juegos), los epula (banquetes gratuitos), los repartos de annona (repartos gratutitos de trigo, aceite…), un mecanismo que activó como nunca la liberalitas evergética.

4. Desprestigio de Antonio. Antonio controlaba Oriente y de modo especial Egipto, que había sido declarado socius et amicus Populi Romani. Octaviano se dio cuenta de que era necesaria una propaganda de desprestigio de Antonio presentándole como traidor (perduleia) por aliado de un rey enemigo. Así, cuando en el 32 a. C., Octaviano hizo leer en el Senado las acta de la gestión de Antonio en Egipto saltó la acusación de que éste deseaba formar una especie de monarquía oriental, aspirando a enterrarse en Alejandría y a convertir en reina a Cleopatra. El divorcio de Antonio con Octavia fue el que abrió la acusación a Antonio y la guerra contra Cleopatra. Como Antonio se alineó contra ella quedó a las claras su condición de hostis. Octaviano venció a Antonio en Actium en septiembre del 31 a. C. Antonio y Cleopatra se suicidaron y Octaviano convirtió Egipto en una prouincia dirigida por un miembro del ordo equester de su confianza, el praefectus Alexandriae. Este fue el último paso hacia la potentia ad unum.

OCTAVIANO HACIA EL PRINCIPATVSLA POTENTIA AD VNVM Y EL CONSENSVS

VNIVERSORVMPOTITVS RERVM OMNIVM PER CONSENSVM VNIVERSORVM (31-27 a. C.)

Octaviano ha quedado como el único hombre fuerte (potentia ad unum) de la Res Publica. Su labor en este momento, tras la derrota de Antonio en Actium, deberá ir necesariamente orientada a buscar presentar la legitimidad de sus actuaciones y, sobre todo, la continuidad y restauración del sistema republicano. Basó dicho objetivo en los siguientes puntos:

1. Octaviano vuelve a Roma y organiza su profectius (venida de las tropas vencedoras) y su aduentus (saludo al vencedor) en un contexto en el que, además, se cierra el templo de Jano y se inaugura un altar a la Victoria. Toda la celebración de su victoria es un acto propagandístico en el que se exalta su carácter de potior, al haberse apoderado de Egipto y pacificado el imperio territorial.

2. Mientras, Octaviano siguió incorporando a su poder diversas prerrogativas, así, parece que empezó a exhibir su título de imperator como praenomen. Además, en el 28 a. C. ejerció su potestas censoria dando entrada en el Senado a nuevos miembros. Sólo se negó a asumir el título de Romulus por temor a que el Senado le acusara de afectatio regni.

3. Para conectarse con lo que correspondía a uno de sus objetivos como triumuir de un triunvirato ya deshecho, en el 27 a. C., Octaviano comunica al Senado su deseo de restituirle las legiones, las provincias y las leyes. Este fenómeno, que conocemos como restitutio rei publicae, fue toda una recussatio honorum, es decir, Octaviano, que tiene el poder, se presenta ante el Senado con deseos de librarse de él y de entregarlo a otros.

4. Su capacidad de satisfacer tanto a la plebs, como al ejército, como a los propios patres del Senado explica que se hable de un Octaviano que en esta fecha es potitus rerum omnium per consensum uniuersorum y, sobre todo, explica también la recepción en el 27 a. C. de un título inusual que hace referencia a una auctoritas hasta entonces tenida por inédita: el título de Augustus.

DE OCTAVIANO A AVGVSTVSLA DEFINITIVA FORMACIÓN DEL PODER IMPERIAL

AVGVSTVS (27 a. C.) Y OTROS NUEVOS TÍTULOS PARA EL PRINCEPS (27-23 a. C.)

Como consecuencia de la recussatio honorum antes referida, Octaviano recibirá el título de Augustus, sin lugar a dudas el de más alcance de cuantos recibe en esta época, no en vano apelaba a condiciones sobrehumanas y sagradas, al modo como las expresaba la palabra griega sebastós, a la que augustus parece traducir. Su titulatura, por tanto, se completa con:

1. Augustus. El título de Augustus, que en el testamento augústeo (Res Gestae Diui Augusti), él mismo dice haber recibido pro merito meo, apela a los conceptos de alguien con carisma, sagrado, heros, diuus o deuotus, casi entre el cielo y la tierra. Dicho título va acompañado de la presentación de Augusto en las monedas con el laurel (árbol de Apolo y de la Victoria) y el clipeus uirtutis (pietas, mens, fides y clementia). Lo recibe en el mismo 27 a. C.

2. Augusto, en el 23 a. C., renuncia al consulado. Es otra operación más propagandística pues podía parecer contradictorio que alguien que se presenta como restitutor reipublicae estuviera violando la anualidad consular. En cambio, recibe un imperium proconsulare maius et infinitum, por tanto sin límite ni geográfico ni cronológico, lo que potencia el título de imperator con que se había hecho honrar tras Actium.

3. Añade a la potestas tribunitia de que ya disfrutaba una serie de prerrogativas que le acercan también a la plebe (el ius intercedendi, el ius agendi cum plebe…). La unión del imperium y de la potestas tribunitia en un mismo particular (priuatus) que, desde el 23 a. C. había dejado de ser un consul es el primer paso –junto a la auctoritas antes comentada– de la transformación que fue capaz de hacer la ingeniería constitucional aplicada por Octaviano, Augusto desde el 27 a. C.

4. Sus actuaciones de la referida ingeniería constitucional acaban con la incorporación entre el 23 y el 2 a. C. de diversos títulos como el de pontifex maximus y el de pater patriae, que se combinan, además, con toda una amplia campaña de representación pública y propagandística en los edificios del Foro Romano. En ese momento, Augusto es ya un princeps y ejerce una amplia labor de control para no sólo monumentalizar la ciudad sino, además, eliminar a todos los que pudieran ser sus rivales en popularidad.

EL NUEVO ORDENAMIENTOLOS NOVA OFFICIA

EL NUEVO ORDENAMIENTO DE LOS PILARES INSTITUCIONALES DE ROMA

SENADO

• Respecto del Senado, se suele argumentar que él buscó colaboración en esta institución pero siempre bajo su control, no en vano detentaba el ius agendi cum senatu y el ius habendi cum senatu, es decir, el derecho a convocarlo y a elegir el contenido de cada sesión.• Dio al Senado una función legislativa, actuando él, en cualquier caso, siempre como princeps Senatu.• Por la Lex Valeria Cornelia otorgó al Senado poder en cuestiones de tipo electoral.• Por medio de la denominada cognitio Senatus se otorga al Senado un poder de carácter jurisdiccional sobre el crimen maiestatis (autoridad) y el crimen de repetundis (corrupción). Mantiene la designación de los gobernadores y la acuñación de moneda, al menos de bronce.

MAGISTRATURAS

• Si Augusto desempeña el consulado y el imperium del tribunado, es lógico que los cónsules y los tribuni pierdan poder. La primera magistratura, al rehusarla Augusto, se devalúa y la segunda, el tribunado, aunque perdura, carece de espacio de ejecución.• Los praetores conservan su poder jurisdiccional. Sigue existiendo un praetor urbanus y un praetor peregrinus y siguen siendo los que detentan mayor poder en las prouinciae que son reservadas al populus.

• El edilado crece en importancia pues fue a partir de sus prerrogativas (juegos públicos, abastecimiento…) ahora compartidas con el praefectus annonae y el praefectus urbis como Octaviano alcanzó su poder gracias a los repartos gratuitos y las acciones en manifestación de su liberalitas.

ASAMBLEAS

• Augusto mantiene el poder ejecutivo de los comitia, incorporando dos funciones básicas: la destinatio para la selección de magistrados; la commendatio para sus prerrogativas; y la nominatio para eliminar a los no deseados.• A partir de ahora, aunque se mantiene la función legislativa, también está controlada por el propio Augusto, que por medio de las leges Iuliae se reserva la iniciativa de la elaboración legal.• La función judicial decae totalmente al sustuituirse la prouocatio ad populum por la appelatio ad Principem.

• En general, también los comitia y todo el aparato asambleario de Roma –del que Octaviano se había servido desde los inicios de su labor propagandística– se verá resentido por la aparición de los noua officia.

EL NUEVO ORDENAMIENTOORGANIZACIÓN INTERNA DEL PRINCIPATVS

AUGÚSTEOLOS NOVA OFFICIA AUGÚSTEOS: UN APARATO ADMINISTRATIVO LLAMADO A PERDURAR

ROMA

• En la ciudad de Roma, dividida desde el 7 d. C. en catorce regiones con diferentes uici, surgen los siguientes officia:

1. Praefectus Urbi. Es el jefe de policía, al frente de cuatro cohortes urbanas, sin imperium pero con jurisdicción civil y militar dentro del pomerium de Roma.

2. Praefectus Vigilum. Es el responsable del cuerpo de bomberos (uigiles), constituido por siete cohortes.

3. Praefectus Praetorii. El prefecto del pretorio es el jefe de la guardia personal del Princeps (cohors praetoriana), como herencia de la que guardaba la tienda del magistrado cum imperio en un campamento republicano.

4. Praefectus annonae. Está al frente de la statio annonae, una oficina encargada del reparto y abastecimiento de trigo, de la que dependen los praefecti frumenti dandi.

5. Los Curatores Aquarum. Antes el servicio de aguas era responsabilidad de aediles y censores. Ahora la responsabilidad de poner en mantenimiento y cuidar los acueductos recae en mano de ellos.

PROVINCIAE

• Es en las prouinciae –y, en concreto, en su pertenencia– donde más se notan las diferencias derivadas del nuevo régimen. Así, ahora algunas prouinciae dependen directamente –casi a modo de dominium– del princeps y otras siguen dependiendo del populus a través del Senado.

a) Prouinciae del Populus (Senatoriales). Los gobernadores se escogen entre ex-cónsules o ex-praetores elegidos por sorteo. Estos gobernadores tienen el título de proconsules, lo eran por un año y controlaban las legiones aunque al frente de ellas iba también un legatus pro praetore. La recaudación tributaria de las prouinciae del Populus recaía sencillamente en un quaestor.

b) Prouinciae del Princeps (Imperiales). Los gobernadores eran elegidos directamente por el Princeps. El título de esos gobernadores era el de Legatus Augusti pro Praetore. La supervisión de la tributación de estas prouinciae recaía en un quaestor y un procurator.

EL NUEVO ORDENAMIENTOORGANIZACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL

EL CONSENSVS VNIVERSORVM: ASPECTOS FISCALES Y SOCIALES

FISCALIDAD

• Tres eran las arcas a las que iba a parar el dinero recaudado: el aerarium Populi Romani (de herencia republicana, a la que pertenecía el ager publicus); el aerarium militare (engrosado por los impuestos sobre ciudadanos); y el fiscus Caesaris (para albergar las riquezas de las prouinciae administradas por el Princeps).

SOCIEDAD

• El Ordo Senatorius de época augústea empezó a no depender de la posesión de un asiento en el Senado. Desde la lectio del 18 a. C., Augusto rebajó la cifra de senadores a seiscientos y, sin embargo, siguió creciendo el ordo senatorius como un ordo de exclusividad, a modo de una élite basada en el census (patrimonio, en 1 millón de HS), el locus (la pertenencia, de hecho, a partir de la Lex Iulia de maritandis ordinibus, se permitió que sólo con que un miembro de una familia hubiera accedido al ordo era motivo suficiente para la incorporación de ésta a dicha élite) y las mores (la dignitas propia de su rango).

• Sobre los no-ciudadanos había impuestos directos (tributum soli y tributum capitis), que nacían de la professio y la estimatio de sus bienes y que eran recaudados en las ciudades. También existían otros indirectos, los uectigalia.

• Sobre los ciudadanos había impuestos diversos como la uicessima libertatis (gravaba en un porcentaje la manumisión); la uicessima hereditatis (sobre la transmisión de bienes en herencia); y la centenaria rerum uenalium (sobre actividades comerciales).

• El Ordo Equester está integrado por la aristocracia de los negocios, variedad que les impidió ser una clase al modo del ordo senatorius. Se llegaba a él a través de las militiae (varias funciones desempeñadas al frente del ejército), los iudicia (decurias de jueces), y la administración puntual de la res publica. En este sector, surgieron abundantes oficios de carácter fijo y estable articulados en un aparato administrativo funcionarial para distintas tareas: apparitores a rationibus, a libertis, a cognitionibus. Los mejores en cada actividad podían promocionar, incluso.