Auto Resolutivo Desistimiento

Embed Size (px)

Citation preview

  • 5/28/2018 Auto Resolutivo Desistimiento

    1/3

    AUTO RESOLUTIVO

    JUZGADO LOCAL DE LO CIVIL DE ESTELI, MARZO CUATRO DEL AO DOS MIL

    OCHO , LAS OCHO Y VEINTE MINUTOS DE LA MAANA.

    Analizadas las diligencias del proceso que inici con demanda de accin de PAGO

    POR ALIMENTOS presentada por Marta !aldern Osorio en contra de Manuel

    Alem"n Gonz"lez# a la $ista del escrito presentado la parte actora el cual recoge

    Acuerdo E%tra&udicial en donde las partes procesales esta'lecen el tiempo ( la

    )orma de cumplimiento de la o'ligacin alimenticia como dereco de la menor

    G*nesis +enia'el*n a reci'ir los alimentos por parte de su padre, se-or Manuel

    Alem"n Gonz"lez. Siendo que las partes con$inieron que la cuota de un mil

    crdo'as mensuales ser" en relacin a los alimentos presentes ( la suma de seis

    mil crdo'as en concepto de alimentos pasados, los cuales pagar" en cuotas

    mensuales de quinientos crdo'as. Am'as sumas de dinero ser"n a apartir del mes

    de )e'rero del a-o dos mil oco. /esistimiento de la accin intentada, lo cual )ue

    noti)icado a la demandada en la )orma que la le( esta'lece sin que *sta a(a

    contestado so're el /esistimiento presentado. Considerando: 1.-0ue esta accin

    )ue admitida en su momento por llenar los requisitos que la le( esta'lece. 2.-0ue es

    dereco tanto del om're como de la mu&er que se encuentran unidos en

    matrimonio, pedir la disolucin del $1nculo matrimonial en el momento que lo tengan

    a 'ien.3.-0ue el desistimiento presentado no lesiona ning2n dereco a la se-ora

    Melisa Raquel Gmez Rodr1guez en tanto ella misma tiene el dereco de enta'lar la

    demanda de /i$orcio 3nilateral si as1 lo considera necesario. 4.-0ue los derecos

    de alimentos a la menor i&a procreada entre am'os ( que )ueron reclamados en

    la contestacin de la demanda de /i$orcio, son derecos autnomos ( podr"n ser

    reclamado en la instancia ( con el procedimiento esta'lecido en el momento que

    *stos )uesen $ulnerados por cualquiera de sus progenitores . 5.-0ue la )alta de

    contestacin de la parte demandada al /esistimiento de la accin de /i$orcio

    3nilateral por parte del actor, no requiere de ninguna accin o diligencia

    &urisdiccional pues tal como (a de&o dico, quedan a sal$o los derecos de la

    demandada se-ora Melissa Raquel Gmez Rodr1guez e igualmente, quedan a sal$o

    los derecos de la menor +arol Gonz"lez Gmez. !on todo lo anterior, RESUELVO:

    /e con)ormidad al arto. 45 p"rr. segundo ( arto. 46!n., a los artos. 784, 788 ( 789

    del !digo de Procedimiento !i$il de Nicaragua, la Le( 5:7 ( la Le( 78# I.-T*ngase

    por /ESISTI/A la demanda que con accin de /i$orcio 3nilateral por $oluntad de

    una de las partes, present en este ;uzgado Local de lo !i$il de Estel1, Eric